BOLETÍN JUDICIAL Nº 64 DEL 31 DE MARZO DEL 2011
HACE
SABER:
Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 09-000453-627-NO, de Archivo Notarial contra Eduardo
Antonio Wong Briceño (cédula de identidad 5-0129-0971), el Tribunal Notarial
modifica la sentencia 835-2010 y mediante voto N°
01-2011 de las catorce horas del catorce enero de dos mil once, dispuso
imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión
en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín Judicial.
San José, 22 de febrero del 2011.
Lic. José
Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2011022254) Juez
Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 10-000312-627-NO, de Ronald Gerardo Mora Alvarado contra
Hernán Hidalgo Orozco (cédula de identidad 2-0332-0533), este Juzgado mediante
resolución N° 1004-2010 de las ocho horas del
veinticuatro de diciembre de dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario
la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la
función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial.
San José, 22 de febrero del 2011.
Lic. José
Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2011022257) Juez
Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 08-000652-627-NO, de Lisa Ethel Sicotte contra Giovanni Alexis Sancho Rodríguez (cédula de identidad 2-0310-0629), este Juzgado mediante resolución N° 1003-2010 de las siete horas treinta y cinco minutos del veinticuatro de diciembre, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de tres años y seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 22 de febrero del 2011.
Lic. José
Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2011022258) Juez
Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 08-000562-627-NO, de sucesión de Luis Ángel Vargas Sequeira contra Gricelio Albán Ugalde García (cédula de identidad 6-0177-0569), este Juzgado mediante resolución N° 1007-2010 de las nueve horas quince minutos del veinticuatro de diciembre del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de doce meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 22 de febrero del 2011.
Lic. José
Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2011022259) Juez
Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 09-000632-627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Pablo Rodríguez Solano (cédula de identidad 1-0935-0477), este Juzgado mediante resolución N° 935-2010 de las once horas del veintinueve de noviembre de dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 22 de febrero del 2011.
Lic. José
Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2011022261) Juez
A: Jacqueline Villalobos Durán, mayor, notaría pública, cédula de identidad número 6-219-302, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial número 10-000686-627-NO establecido en su contra por Mario Leiva Herrera, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial de Mario Leiva Herrera contra la notaría pública Jacqueline Villalobos Duran, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional, y ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, sea que no señalar telefax, según lo dispuso la Circular N° 169-08, acordada en sesión N° 65-08 del 2 de setiembre del 2008. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada, (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, para lo cual se comisiona a la Oficina Central de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José, quienes podrán localizarla en Zapote, de la Casa Presidencial 100 metros al sur, edificio esquinero, segunda planta. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado, además solicítese al Registro Civil que informe el domicilio más actual reportado por esa parte y conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Regístrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Previo a tener por bien presentada la certificación que consta del folio 1 al 20, apórtese como multa la suma de doscientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (art. 285 y 286, ambos del Código Fiscal). Además, en atención a lo regulado por el artículo 136 del Código Procesal Civil y para efecto de notificar oportunamente a las demás partes, aporte el demandante dos juegos de fotocopias del folio 1 al 20, si no lo hiciere no se le atenderán futuras gestiones. Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez.w. Juzgado Notarial. Siendo fallidos los intentos por notificarle a la Licenciada Jacqueline Villalobos Duran, la resolución dictada a las quince horas y veinticinco minutos del treinta y uno de agosto del dos mil diez en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el Colegio de Abogados (ver folio 55), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 46 al 52), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la denunciada que los hechos que se le atribuyen son supuesta confección irregular de escritura. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público a la denunciada. Jacqueline Villalobos Durán, cédula de identidad 6-219-302. Notifíquese.
San José, 10 de marzo del 2011.
Lic. José
Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2011022262) Juez
A: Marilyn Rodríguez Mena, mayor, notaria pública, cédula de identidad número 1-843-0036, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial número 10-000126-0627-NO establecido en su contra por Adriana Castro Jiménez, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial de Adriana Castro Jiménez contra la notaría pública Marilyn Rodríguez Mena, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional, y ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, sea que no señalar telefax, según lo dispuso la Circular N° 169-08, acordada en sesión N° 65-08 del 2 de setiembre del 2008. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada, (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, para lo cual se comisiona a Policía Proximidad de San Rafael de Escazú, quienes podrán notificarlo ya sea en forma personal o bien en su domicilio localizado en Escazú, San Rafael, 125 al sur de la iglesia católica. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por el denunciado en la Dirección Nacional de Notariado y del Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Regístrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez.w Siendo fallidos los intentos por notificarle a la notaría Marilyn Rodríguez Mena, la resolución dictada a las once horas del veintidós de marzo del año dos mil diez en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registra! reportado en el Registro Civil (ver folio 28), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 14 al 19), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la denunciada que los hechos que se le atribuyen son por no inscribir un matrimonio. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público a la denunciada Marilyn Rodríguez Mena, cédula de identidad uno-ochocientos cuarenta y tres-cero treinta y seis. Notifíquese.
San José, diez de marzo del dos mil once.
Lic. José
Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2011022263) Juez
A: Franklin Fernández Coles, mayor, notario público, cédula de identidad número tres-doscientos dos-cero cero uno, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial número 10-000676-627-NO establecido en su contra por Registro de la Propiedad Mueble, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial de Registro Nacional de la Propiedad Mueble contra el notario público Franklin Fernández Coles, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados en los oficios DRBM-193-2010 de fecha 12 de julio del 2010 y DRBM-266-2010 de fecha 27 de setiembre del 2010 y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional, y ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, sea que no señalar telefax, según lo dispuso la Circular N° 169-08, acordada en sesión N° 65-08 del 2 de setiembre del 2008. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada, (artículos 4, 11, 34, 36, 39,47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, para lo cual se comisiona al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Garabito, quienes podrán notificarlo ya sea en su domicilio: Garabito, Quebrada Ganado, 500 metros al este del cementerio, o bien lo ubican personalmente en su oficina: Quebrada Ganado, contiguo a Ferretería El Único. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado, además solicítese al Registro Civil que informe el domicilio más actual reportado por esa parte y conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Regístrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez.w. Juzgado Notarial. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado(a) Franklin Fernández Coles, la resolución dictada a las nueve horas diez minutos del cuatro de octubre del dos mil diez en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 38), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 31), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del articulo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son que presuntamente otorgo el día 17 de junio del 2010 el testimonio de escritura número 400 donde brindo fe pública de la comparecencia personal del propietario registral del auto Bonilla Cuendis, el cual tiene anotada una defunción desde el día 30 de agosto del 2003. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado(a) Franklin Fernández Coles, cédula de identidad tres doscientos dos cero cero uno. Notifíquese.
San José, diez de marzo del dos mil once.
Lic. José
Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2011022267) Juez
A: Diego Arturo Oviedo Alpízar, mayor, notario público, cédula de identidad número 2-418-740, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial número 10-000396-627-NO establecido en su contra por Rancho Peman P M S. A., se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial con Acción Resarcitoria de Rancho Peman P M S. A. contra los notarios públicos Efrén Arauz Centeno y Diego Arturo Oviedo Alpízar, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. Con respecto de los hechos expondrá, con claridad, si los rechaza por inexactos o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestará las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En la misma oportunidad ofrecerá las pruebas que estime de su interés, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y a los hechos respecto de los cuales deberán referirse. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado de ocho días, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional y debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte; que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada, (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o mediante cédula y copias de ley, para lo cual se comisiona a la Oficina Central de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José, para que le notifique al notario Efrén Arauz Centeno ya sea personalmente lo ubican 50 metros al oeste de Drs. Echandi, Edificio Ramírez, o bien en su casa de habitación: del ITAN 200 este y 300 sur. Para que notifique al notario Diego Arturo Oviedo Alpízar personalmente o en su domicilio localizado en Moravia San Vicente Residencial San Rafael N° 8, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por el denunciado en la Dirección Nacional de Notariado. Mediante oficio solicítese al Registro Civil que indique el domicilio más actualizado reportado por la parte denunciada. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Regístrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez.w. Juzgado Notarial. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado(a) Diego Arturo Oviedo Alpízar la resolución dictada a las once horas treinta y cinco minutos del siete de junio del dos mil diez en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 43), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 36), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son supuestamente un traspaso irregular de vehículo. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Diego Arturo Oviedo Alpízar, cédula de identidad Nº 2-418-740. Notifíquese.
San José, diez de marzo del dos mil once.
Lic. José
Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2011022273) Juez
Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 01-001530-0627-NO, de Asociación Nacional de Empleados Judiciales contra Miguel Ángel Ortiz Hidalgo (cédula de identidad 6-0131-0326), este Juzgado mediante resolución de las ocho horas treinta minutos del primero de marzo del dos mil once, dispuso levantar a partir del veintiocho de febrero del dos mil once al citado notario la corrección disciplinaria de suspensión en el ejercicio de la función notarial decretada mediante sentencia N° 234-2007 de las nueve horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil siete.
San José, 1º de marzo del 2011.
Lic. José
Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2011022274) Juez
Juzgado Notarial, San José a las catorce horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil once. Se corrige el error cometido en los oficios números 06-1129-627-NO y en el respectivo edicto, todos fechados 7 de setiembre del 2010: publicado en el Boletín Judicial N° 197 del 11 de octubre del 2010, en el sentido que se omitió indicar que la suspensión del notario Luis Fernando Zúñiga Portilla, cédula de identidad 7-085-968, se mantendrá vigente hasta el tanto proceda a la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa. Lo anterior rige a partir de su publicación por una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese, comuníquese y publíquese.
San José, diecisiete de marzo del dos mil once.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(IN2011022276) Jueza
A Gladys Barquero Melchor, mayor, notaria pública, cédula de identidad número 3-0329-0805, domicilio ignorado: que en proceso disciplinario notarial número 08-000570-627-NO, establecido en su contra por Dirección Nacional de Notariado, se han dictado las resoluciones que dicen: “Resolución N° 00974-2010. Juzgado Notarial San José, a las once horas y cuarenta minutos del día veintiuno de diciembre del año dos mil diez. Proceso Disciplinario Notarial establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el notario Gladys Barquero Melchor, mayor, abogado y notario, de otras calidades que no constan en autos, representado por el licenciado Sergio González León, en su condición de Defensor Público. Resultando: I.—..., II.—..., III.—..., IV.—… y considerando: I. Hechos probados: 1º—..., 2º—..., 3º—... II. Sobre el fondo: III.—... Por tanto: Se declara con lugar el presente proceso disciplinario notarial y se le impone a la notaria Gladys Barquero Melchor la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil. Publíquese el edicto respectivo en el Boletín Judicial. Rige ocho días naturales después de su publicación.
Lic. José
Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2011022279) Juez Tramitador
En el Proceso Disciplinario Notarial N° 06-000416-0627-NO de Registro Civil contra el notario público Marvin Antonio Valenciano Rojas portador de la cédula de identidad número 2-333-950, este Juzgado mediante resolución N° 0198-2010 de las dieciséis horas del doce de marzo del año dos mil diez, dispuso imponerle al notario público Marvin Antonio Valenciano Rojas, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Exonerada la publicación del edicto por el principio de gratuidad.
San José, 15 de febrero del 2011.
Lic. José
Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2011022280) Juez
Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 09-000584-0627-NO, de Registro Civil, Departamento Civil, Tribunal Supremo de Elecciones contra Rosanna Sudasassi Chacón (cédula de identidad 9-0065-0466), este Juzgado mediante resolución N° 0940-2010 de las catorce horas treinta y tres minutos del lunes veintinueve de noviembre de dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 2 de marzo del 2011.
Lic. José
Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2011022281) Juez
A Luis Alberto Valverde Bermúdez, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-0576-0554, domicilio ignorado: Que en proceso disciplinario notarial número 06-000884-627-NO, establecido en su contra por José Elidier Arroyo Cruz, se han dictado las resoluciones que dicen: “Resolución N° 0909-2011. Juzgado notarial. San José, a las once horas treinta y tres minutos del veintitrés de noviembre del dos mil once. Proceso Disciplinario Notarial establecido por José Elidier Arroyo Cruz contra el notario Luis Alberto Valverde Bermúdez, mayor, abogado y notario, de otras calidades que no constan en autos, representado por la licenciada Francini Cortés Segura, en su condición de Defensora Pública. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., 4º—… y Considerando: I. Hechos probados: 1º—..., 2º—... II. Sobre el fondo: III.—... Por tanto: Se declara con lugar el presente proceso disciplinario notarial y se le impone al notario Luis Alberto Valverde Bermúdez la corrección disciplinaria de diez años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial .Comuníquese a la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil. Publíquese el edicto respectivo en el Boletín Judicial. Rige ocho días naturales después de su publicación. Juzgado Notarial. San José a las nueve horas cuarenta minutos del siete de marzo del dos mil once. A manera de enderezar los procedimientos y por ser prematura se anula la resolución de las siete horas treinta minutos del tres de febrero del dos mil once, así mismo se reserva el pronunciamiento de los recursos de apelación formulados por la Defensora Pública del notario Valverde Bermúdez (folio 161 al 164) y por el notario Badilla Toruno (folio 184 al 189) hasta tanto esté debidamente notificada la sentencia correspondiente. En otro orden de ideas y de conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil; notifíquese al notario Luis Alberto Valverde Bermúdez, la sentencia número 0909-2011, así como la presente resolución, por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, siete de marzo del dos mil once.
Lic. José
Daniel Durán Artavia
1 vez.—(IN2011022283) Juez
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Manuel de la Cruz Argüello Solano, cédula 1-648-939, fallecido el día 26 de octubre del 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente número 11-000036-0169-CI, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000036-0169-CI. Promovido por Sylvia Argüello Madrigal a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022171).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis David Talavera Franco, cédula 1-369-844, fallecido el día 29 de abril del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de 29 de abril del 2010 bajo el expediente número 11-000241-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000241-0173-LA. Promovido por Grace Ramírez Rodríguez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022172).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Julio César Corella Álvarez, cédula 2-312-268, fallecido el día 4 de agosto del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente Número 11-000430-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000430-0173-LA. Promovido por Marlene Medrano Pérez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022173).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Ángel Castro Chacón, cédula 1-475-216, fallecido el día 17 de enero del año 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente número 11-000443-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000443-0173-LA. Promovido por Marta Eugenia Goni Núñez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022174).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Manuel Granados Montero, cédula 3-100-495, fallecido el día 21 de setiembre del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente Número 11-000343-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000343-0173-LA. Promovido por Brenda de los Ángeles Montoya Montano a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022175).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Enrique Oller Zamora, cédula 4-092-731, fallecido el día 1º de agosto del 2001, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente número 11-000331-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000331-0173-LA. Promovido por Pedro Oller Taylor a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022177).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Frida Álvarez Salazar, cédula 1-227-764, fallecida el día 6 de setiembre de 1999, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente número 11-000227-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000227-0173-LA. Promovido por Roberto Carlos Morera Álvarez a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022179).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Luisa Bolaños Prado, cédula 1-329-688, fallecida el día 20 de junio del 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Aguinaldo Proporcional del año 2010 bajo el expediente número 11-000304-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000304-0173-LA. Promovido por Katya María Bolaños Prado a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022180).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Thelma María Fonseca Estrada, cédula 5-142-1221, fallecida el día 24 de octubre del 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Aguinaldo Proporcional y Pensión de los meses de setiembre y octubre del año 2010 bajo el expediente número 11-000480-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000480-0173-LA. Promovido por Thelma María Ulloa Fonseca a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022181).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mauricio Rodríguez Ramírez, cédula 3-360-553, fallecido el día 24 de junio del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el expediente número 10-002796-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 10-002796-0173-LA. Promovido por Karen Mariana Sánchez Sánchez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022185).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Tomás García Sánchez, cédula 5-361-512, fallecido el día 2 de julio del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el expediente número 10-002795-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 10-002795-0173-LA. Promovido por María García Sánchez y Mayra Danelia Martínez Arceda a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022186).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Antonio Cantillo Auld, cédula 3-345-429, fallecido el día 6 de noviembre del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el expediente número 10-001787-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 10-001787-0166-LA. Promovido por Johanna Valerín Correa a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022188).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Antonio Ardón Ardón, cédula 2-106-456, fallecido el día 1º de agosto del 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente número 11-000240-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000240-0173-LA. Promovido por Virginia María Castro Campos a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022189).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Josefina Mora Zúñiga, cédula 1-215-171, fallecida el día 3 de diciembre del 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Aguinaldo Proporcional y Pensión del mes de diciembre del 2010, bajo el expediente número 10-002712-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 10-002712-0173-LA. Promovido por Eduardo, Carmen, Aida, Elizabeth y Lorena, todos de apellidos Araya Mora a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022190).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Wilber José Espinoza Morales, cédula 1-898-637, fallecido el día 19 de diciembre del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente número 11-000226-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000226-0173-LA. Promovido por Susana Morales Jara a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022193).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gerardo Francisco Durán Retana, cédula Nº 1-500-737, fallecido el día 25 de octubre del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Aguinaldo Proporcional bajo el expediente número 11-000228-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 11-000228-0173-LA. Promovido por Flora Retana Monge a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022195).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Astrid Violeta Carvajal Tellini, cédula Nº 1-266-709, fallecida el día 20 de octubre del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Aguinaldo Proporcional del año 2010, bajo el expediente Número 11-000210-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 11-000210-0173-LA. Promovido por Zulema Di Luca Carvajal a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022197).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Benedicto Gerardo Arias Venegas, cédula Nº 1-812-755, fallecido el día 18 de noviembre del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral bajo el expediente número 11-000225-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 11-000225-0173-LA. Promovido por Grettel del Carmen Ramírez Medina a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022198).
Se cita a los causahabientes del trabajador fallecido Pablo Antonio Jaime Álvarez, quien fue mayor, soltero, técnico en electricidad, vecino de Ciudad Quesada, cédula de identidad 1-1059-788, para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de Devolución de Prestaciones Laborales promovidas por Argentina Rivera Rivera cc Rosa Argentina Jaime Álvarez y como depositante la Operadora de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social y con la advertencia de que si así no lo hicieren, el dinero se girará a quien corresponda de acuerdo con lo que establece el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. Nº 10-300293-0317-LA.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza.—1 vez.—(IN2011022219).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Antonio Espinoza Chávez, quien fue mayor, casado, vecino de Aserrí, con cédula de identidad número cinco-cero uno uno uno-cero cuatro cero cuatro, se les hace saber que: Juana Antonia Matamoros, de calidades esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Antonio Espinoza Chávez expediente número 10-300026-0236-LA.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Aserrí, 18 de marzo del 2011.—Lic. Wálter Obando Corrales, Juez.—1 vez.—(IN2011022220).
Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes de la fallecida Esmeralda Durán Delgado, quien fuera mayor, viuda, pensionada, vecina de Desamparados, San Juan de Dios, de la Licorera La Alameda 200 al norte, casa esquinera a mano derecha, cédula de identidad número uno- ciento setenta y dos-setecientos veinticuatro, quien falleció el dos de febrero del dos mil once,con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Pensión del Régimen No Contributivo de la Caja Costarricense del Seguro Social, expediente número 11-300023-0237-LA (25-2-11), gestionada por: Zaida Camacho Durán contra Banco Nacional de Costa Rica, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 11 de marzo del 2011.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2011022222).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Germán Armando Calvo Castillo, cédula Nº 3-198-1302, fallecido el día 3-198-1302, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de “Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias” bajo el expediente número 11-000211-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 11-000211-0173-LA. Promovido por Anabel Zúñiga Garita a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022238).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ismael de Jesús Sequeira Rivera, cédula Nº 1-562-418, fallecido el día 17 de diciembre del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de “Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias” bajo el expediente número 11-000201-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 11-000201-0173-LA, promovido por Ana Cecilia Sequeira Chavarría y Evelyn Tatiana Sequeira Chavarría a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de marzo del año 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011022239).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Manuel Espinoza Cascante, cédula Nº 5-134-413, fallecido el 10-09-10, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 11-000143-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 11-000143-1021-LA. Por Blanca Flor Sancho Muñoz a favor de Juan Manuel Espinoza Cascante.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 16 de marzo del 2011.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2011022241).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Olivia Rodríguez Rodríguez, quien fue mayor, casada, de último domicilio en San Nicolás de Cartago, con cédula Nº 3 0051 3603, y falleció el 2 de octubre del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el número 11-000112-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 11-000112-1023-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 3 de marzo del 2011.—Lic. Clelia Calvo Bermúdez Jueza, Jueza.—1 vez.—(IN2011022243).
Se cita y emplaza a todos los causahabientes de la trabajadora fallecida Anny de los Ángeles Valladares Acuña, cédula Nº 1-1217-495, vecina de Hatillo, San José, fallecida en fecha el diez de octubre del dos mil diez, la cual laboraba para Hewlett Pachard Costa Rica Limitada, para que dentro del octavo día, se apersonen a estas diligencias de devolución de ahorros, promovidas por bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, los dineros pasarán a quien corresponda, conforme a derechos. Lo anterior de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. Nº 11-000314-926-LA (4).—Juzgado Contravencional y de Trabajo de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores, 11 de marzo del 2011.—Lic. Mónica Fallas Mesén, Jueza.—1 vez.—(IN2011022244).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las nueve horas del veinte de mayo del dos mil once, en la puerta exterior de este, Despacho y con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones (según avalúo pericial) sáquese a remate el bien mueble embargado en autos: soportando decreto de embargo inscrito al tomo: 0012, asiento: 00140165, secuencia: 001, de fecha 06-07-2004, vehículo placas: 378534 marca: Nissan, estilo: Sentra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 1N4EB32A8NC719211, carrocería: sedán 2 puertas, tracción: 4X2, peso bruto: 1505 kgrms, chasis: 1N4EB32A8NC719211, año fabricación: 1992, estado actual: inscrito bajo las citas de tomo: 0009, asiento: 00251823, secuencia 001 fecha 5 de julio del 2000. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las nueve horas del tres de junio del dos mil once, con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento); si fracasaren los anteriores señalamientos, se procederá a realizar una tercera subasta para tales efectos se señalan las nueve horas del diecisiete de junio del dos mil once con la base de trescientos doce mil quinientos colones. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Viviana María Castillo Martínez contra Ruth Rodríguez Obando. Exp. 08-000059-0874-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 14 de marzo del 2011.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—Exonerado.—(IN2011021805).
A las siete horas con treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil once, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Upala, ubicados 400 metros este del hospital de Upala, contiguo al PANI de Upala, remataré con la base de treinta y siete mil quinientos cuarenta y un colones; cuarenta y cinco piezas de la especie Cenízaro, con un volumen total de cero punto doscientos ochenta y un metros cúbicos, que se encuentran en Makengal de Guatuso, 1 kilómetro y medio de la escuela de Makengal (sur, oeste,). Se remata por estar así ordenado en comisión número 05-A-11, expediente número 11-200090-630-PE, por infracción a la Ley Forestal, contra Álvaro Chávez Rojas, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Upala.—Lic. Ólger León Contreras, Juez.—Exonerado.—(IN2011021807).
En la puerta exterior de este, Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; a las catorce horas y cero minutos del dos de mayo del año dos mil once, y con la base de cincuenta y un mil doscientos setenta y ocho unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veintinueve mil doscientos treinta y dos cero cero cero la cual es terreno para construir, lote X con una casa. Situada en el distrito tres, cantón catorce, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Francisco Laurito Hidalgo y calle pública con 3 metros; al sur, Francisco Laurito Hidalgo; al este, calle pública con 13, 79 m de frente y al oeste, Víctor Montero Solano. Mide: doscientos cuatro metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de mayo del año dos mil once, con la base de treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y ocho punto cincuenta unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de junio del año dos mil once con la base de doce mil ochocientos diecinueve punto cincuenta unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Antonio García Martínez y Viviana Garite Rodríguez. Exp. 10-005536-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de marzo del 2011.—Lic. Fulgencio Jiménez Rojas, Juez.—(IN2011021850).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y libre de anotaciones judiciales de todo tipo, soportando reservas y restricciones inscritas en las citas 0323-00005377-01-0901-001; a las nueve horas del veintiséis de abril del dos mil once, y con la base de treinta y nueve mil doscientos treinta y cinco dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y dos mil novecientos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito nueve Brunka, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Rodrigo Martínez Fuentes; al sur, con carretera interamericana; al este, con Rodrigo Martínez Fuentes y al oeste, con Rodrigo Martínez Fuentes. Mide: diez mil cuatro metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del nueve de mayo del dos mil once, con la base de veintinueve mil cuatrocientos veintiséis dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del diecinueve de mayo del dos mil once, con la base de nueve mil ochocientos ocho dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Wilba del Sur S. A. contra Rodrigo Martínez Fuentes y Clementino Martínez Méndez. Exp.: 10-100096-1046-CI (103-10).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—RP2011228680.—(IN2011021867).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las quince hojas y cero minutos del diecinueve de mayo del año dos mil once, y con la base de veintinueve mil dólares exactos para cada inmueble, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y siete mil trescientos noventa y cinco-cero cero cero la cual es terreno para uso agrícola. Situada en el distrito segundo general, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Asdrúbal Vargas Castro, Jesús Orlando González Pérez, servidumbre agrícola; al sur, La Ciara C.J. Sociedad Anónima; al este, Xinia María y José Enrique González Mora, Noemi Beatriz Mora Solís y al oeste, Quebrada Chanchos servidumbre agrícola y Rodolfo González Fonseca. Mide: trece mil treinta y tres metros con veintisiete decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y siete mil ciento setenta y siete-cero cero cero la cual es terreno para uso agrícola. Situada en el distrito segundo General, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Municipalidad de Pérez Zeledón, Asdrúbal Vargas; al sur, José González; al este, José González en medio servidumbre agrícola con 32,55 centímetros de largo y al oeste, quebrada Los Chanchos. Mide: diez mil metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de junio del año dos mil once, con la base de veintiún mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) para cada inmueble y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta de junio del año dos mil once con la base de siete mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial) para cada inmueble. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Villaroy del Sur S. A., contra Rodolfo González Fonseca. Exp.: 10-000861-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 02 de marzo del 2011.—Lic. Iván Cartín Cordero, Juez.—RP2011228698.—(IN2011021868).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del tres de mayo de dos mil once, y con la base de nueve mil trescientos trece dólares con noventa y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 709871, Chrevrolet, Aveo, automóvil, 5 personas, 2007, color negro vin KL1TD51Y97B177798. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil once, con la base de seis mil novecientos ochenta y cinco dólares con cuarenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de junio de dos mil once con la base de dos mil trescientos veintiocho dólares con cuarenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credibanjo Sociedad Anónima contra Distribuidora Molina Bustamante DISTRIMOBU S. A. Exp.: 10-002358-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de febrero del 2011.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—RP2011228701.—(IN2011021869).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando dos infracciones por colisión del Juzgado de Tránsito de Alajuela, sumarias 07-003892-0494-TR y 08-004748-0494-TR; a las once horas y treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil once, y con la base de ocho mil seiscientos treinta y dos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas seiscientos mil novecientos veintinueve, marca Chevrolet, categoría automóvil, carrocería sedán cuatro puertas, tracción cuatro por dos, Vin KL1TD61T65B306975, capacidad cinco personas, año dos mil cinco, color azul, cilindrada mil doscientos centímetros cúbicos. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del doce de mayo de dos mil once, con la base de seis mil cuatrocientos setenta y cuatro dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del treinta de mayo de dos mil once con la base de dos mil ciento cincuenta y ocho dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Jorge Arturo Ordóñez Sequeira, Mario Arturo Ordóñez Ruiz. Exp.: 10-005395-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 18 de febrero del 2011.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—RP2011228705.—(IN2011021870).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada inscrita con
las citas: 0297-00019016-01-0901-001, Obligaciones inscrita bajo las citas:
0297-00019016-01-0902-001, servidumbre sirviente inscrita bajo las citas:
0304-00015931-01-0004-001 y servidumbre sirviente inscrita bajo las citas:
0318-00015503-01-0005-001; a las trece horas y cero minutos del dieciocho de
mayo de dos mil once, y con la base de noventa y siete mil doscientos dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 202634-000 cero cero cero la cual es terreno bloque E lote I lote comercial.
Situada en el distrito 05 Concepción, cantón 03 La Unión, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, lote 2 E; al sur, avenida Mar Pacífico con un
frente de 14,11 metros; al este, lote 17-D y al oeste, calle Río Pacuare con un frente de 13,59 metros. Mide: doscientos
treinta y dos metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y cero minutos del dos de junio de dos mil once, con la
base de setenta y dos mil novecientos dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y
cero minutos del diecisiete de junio del dos mil once, con la base de
veinticuatro mil trescientos dólares exactos, (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Bac San José S. A., contra Alejandra María
Quirós Murillo, Naturalez de Jacinto Sociedad Anónima
y Rafael Alexander Sanabria Alvarado. Exp.: 10-000244-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25
de febrero del 2011.—RP2011228707.—(IN2011021871).
A las ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de doscientos veinticinco mil colones, al mejor postor remataré: la finca matrícula número ciento veintidós mil seiscientos cuarenta y siete-cero cero cero del partido de Heredia, situada en el distrito de Ulloa, cantón de Heredia, provincia de Heredia. Colinda: al norte, con lote 13; al sur, con lote 15; al este, con alameda; y al oeste, con lote 5, bloque L, lote 14, naturaleza para construir. Mide: ciento veinte metros cuadrados, propiedad de Yamileth Vindas Arce. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Instacredit S. A. contra Fanny Melissa Salas Vindas y Yamileth Vindas Arce. Expediente: N° 08-002208-0225-CI-7.—Juzgado Cuarto Civil de Menor Cuantía de San José, 9 de marzo del 2011.—Lic. Rose Mary Lawrence Mora, Jueza.—RP2011228715.—(IN2011021872).
A las ocho horas del veintiséis de abril del dos mil once el primer remate, con la base dada por el perito sea la suma de tres millones ochocientos sesenta y seis mil quinientos colones, a las ocho horas del diez de mayo del dos mil once, el segundo remate con la base rebajada del 25% de la base original, sea la suma de dos millones ochocientos noventa y nueve mil ochocientos setenta y cinco colones. Y a las ocho horas del veinticuatro de mayo del dos mil once, el tercer remate con el 25% de la base original, sea la suma de novecientos sesenta y seis mil seiscientos veinticinco colones; en la puerta exterior de este Despacho remataré en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones, lo siguiente: finca inscrita en la Sección de Propiedad, partido dé Limón, matrícula número cero cero cero treinta y cuatro mil cuatrocientos treinta y siete-cero cero cero de naturaleza para construir y agricultura número ochenta y siete. Esta situada en el distrito y cantón primero de la provincia de Limón. Linda: al norte, camino; sur, con lote ochenta y uno; este, con lote ochenta y seis y oeste, con camino. Mide: trescientos quince metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario número 96-100139-0462-CI-3 establecido por Banco de Costa Rica contra Dónald Quintanilla Quintanilla y otros.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 11 de febrero del 2011.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—RP2011228717.—(IN2011021873).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del veintinueve de abril del dos mil once, y con la base de treinta y seis millones quinientos cincuenta y un mil novecientos ochenta y un colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 136979-000, la cual es terreno apto para construir. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 22 metros 95 centímetros y en parte Rónald Álvarez Deliyore; al sur, Juana Quirós Ordóñez y Gilberto Álvaro Amador y Juana Quirós Ordóñez; al este, Rónald Álvarez Deliyore, Gilberto Álvaro Amador, Juana Quirós Ordóñez y al oeste, calle pública con 22 metros 71 decímetros cuadrados. Mide: novecientos veintidós metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del trece de mayo del dos mil once, con la base de veintisiete millones cuatrocientos trece mil novecientos ochenta y seis colones con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintisiete de mayo del dos mil once, con la base de nueve millones ciento treinta y siete mil novecientos noventa y cinco colones con treinta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jairo Bustos Barrantes. Expediente: 10-000370-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 25 de febrero del 2011.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2011228720.—(IN2011021874).
A las diez horas del dieciocho de mayo del dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, libre de gravámenes prendarios, y con base de dos millones de colones, al mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas CL 227893, marca Toyota, categoría carga liviana, carrocería caja abierta, chasis MRODR22G800001959, uso particular, capacidad tres personas, año 2008, color negro, número de motor 2KD7389481, marca Toyota, modelo de motor KUN25L-FRMDH. Para el segundo remate se señalan las diez horas del dieciséis de junio del dos mil once, con la base de un millón quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del catorce de julio del dos mil once, con la base de quinientos mil colones (base del veinticinco por ciento de la original). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio prendario de Abigail Vargas Coto contra Edgar Antonio Brenes Sanabria. Expediente número: 10-100110-0350-CI.—Juzgado Contravenciónal y de Menor Cuantía de Alvarado, 9 de marzo del 2011.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—RP2011228755.—(IN2011021875).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado; a las diez horas y cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil once, y con la base de tres millones quinientos cincuenta y nueve mil quinientos cuarenta y un colones con setenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 71790-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuarto, cantón sexto de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Leonel Villalobos; al sur, calle pública; al este, David Carrillo Carrillo; y al oeste, David Carrillo Carrillo. Mide: quinientos sesenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del trece de junio de dos mil once, con la base de dos millones seiscientos sesenta y nueve mil seiscientos cincuenta y seis colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de junio de dos mil once, con la base de ochocientos ochenta y nueve mil ochocientos ochenta y cinco colones con cuarenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fernando Morera Pacheco contra David Carrillo Carrillo. Expediente: 10-000796-0681-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de enero del 2011.—Lic. Dany Matamoros Bendaña, Juez.—RP2011228840.—(IN2011021877).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil once, y con la base de un millón doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00131341 cero cero cero la cual es terreno para construir, situada en el distrito cuarto Roxana, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 11; al sur, servidumbre de paso; al este, lote 9 y Piña Frut S. A., y al oeste, lote 24, mide ciento treinta y dos metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados, para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del once de mayo del dos mil once, con la base de novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil once, con la base de trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marlene Ugalde Molina, contra Víctor Solís Chong. Expediente: 10-000694-0930-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pococí, 8 de marzo del 2011.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—RP2011228843.—(IN2011021878).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente, servidumbre trasladada, a las diez horas y cero minutos del veintinueve de julio de dos mil once, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 174082-000, la cual es terreno de tajo, situada en el distrito quinto, cantón nueve, de la provincia de Guanacaste, colinda: al norte Marlen Steling Navarro Sánchez; al sur, calle pública; al este, Marlen Steling Navarro Sánchez y al oeste, Marlen Steling Navarro Sánchez, mide seis mil trescientos veinte metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil once, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del uno de setiembre de dos mil once, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Damaris García Salas, contra Marlen Sterling Navarro Sánchez, Rafael Navarro Sánchez. Expediente: 11-000052-0930-CI.—Juzgado Civil del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 9 de marzo del 2011.—Lic. Dany Matamoros Bendaña, Juez.—RP2011228850.—(IN2011021879).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del nueve de junio de dos mil once, y con la base de cinco millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veintiséis mil seiscientos ochenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno con una casa lote 4 C, situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Rafael Brenes Sanabria; al sur, Luis Enrique Ortega Guillén; al este, María de Los Ángeles Jiménez S. y al oeste, calle pública con 9-00, mide ciento setenta metros, con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil once, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de julio de dos mil once, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima, contra Luis Vega Aguilar, Marta Eugenia Torres Guillén. Expediente: 10-003024-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de marzo del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—RP2011228894.—(IN2011021880).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones, reservas y restricciones; a las diez horas y cero minutos del once de mayo de dos mil once, y con la base de cuatro millones cuatrocientos setenta y seis mil novecientos ochenta colones con ochenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 76327-000, la cual es terreno de solar con una casa, situada en el distrito quinto, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública, con veinticuatro metros con noventa y seis centímetros en medio Juvenal Vega Barquero; al sur, Juvenal Vega Barquero; al este, Juvenal Vega Barquero y al oeste, Juvenal Vega Barquero, mide quinientos sesenta y seis metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil once, con la base de tres millones trescientos cincuenta y siete mil setecientos treinta y cinco colones con sesenta y un céntimo, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos, del diez de junio de dos mil once, con la base de un millón ciento diecinueve mil doscientos cuarenta y cinco colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica, contra Guillermo Aguilar Quirós. Expediente: 10-000828-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 10 de enero del 2011.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—RP2011228897.—(IN2011021881).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y diez minutos del seis de junio de dos mil once, y con la base de cinco millones colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintisiete mil novecientos doce cero cero uno cero cero dos, la cual es terreno lote 17 B, para construir con una casa, situada en el distrito 02 Cot, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 16, al sur, Asociación Cot Oreamuno Cartago; al este, calle pública y al oeste, quebrada, mide ciento cuarenta y un metros, con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y diez minutos del veintiuno de junio de dos mil once, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y diez minutos del seis de julio de dos mil once, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Napier Sociedad Anónima, contra Bernarda Rivera Rodríguez, Rubén Ramírez Mejía. Expediente: 10-002814-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 10 de marzo del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—RP2011228899.—(IN2011021882).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del veintidós de junio de dos mil once, y con la base de dos millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 142368-001-002, la cual es terreno para construir, lote 11-C, situada en el distrito 05 Concepción, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, lote 12, al noroeste, alameda con ocho metros de frente; al sureste, lotes cinco y cuatro del bloque C, ambos en parte y al suroeste, con el lote número diez, mide ciento diecisiete metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de julio de dos mil once, con la base de un millón setecientos veinticinco mil colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de agosto de dos mil once con la base de quinientos setenta y cinco mil colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Piedra y Navarro Sociedad Anónima, contra Carmen Fuentes Monge, Luis Virgilio Pereira Camacho. Expediente: 10-003073-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de marzo del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—RP2011228902.—(IN2011021883).
En este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, a las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil once, y con la base de tres millones de colones exacto, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 170914-010, que corresponde a un cuarenta y dozavo sobre el dominio, la cual es terreno de cafetal, situada en el distrito diez Desamparados, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Franklin y Miguel Arce Hernández; al sur, línea férrea Ferrocarril del Atlántico; al este, Virginia Cruz Solano y al oeste, Virginia Cruz Solano. Mide: siete mil seiscientos treinta metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de mayo del dos mil once, con la base de dos millones doscientos veinticinco mil colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil once, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Rafael Antonio Campos Campos contra Sandra Villalobos Quirós. Expediente: 10-000687-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de febrero del 2011.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—RP2011228908.—(IN2011021884).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y cero minutos del tres de mayo del dos mil once, y con la base de cuarenta y ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos diecinueve mil trescientos cuarenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de repasto, situada en el distrito segundo, cantón segundo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alcides Ramírez Villalobos y María Teresa Rojas Corrales; al sur, Reyes Braulio Cubero Morera; al este, María Teresa Rojas Corrales, Carretera Interamericana, con un frente de ciento quince metros y al oeste: Azarias Salas Arroyo. Mide: treinta y nueve mil novecientos noventa metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil once, con la base de treinta y seis millones de colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del treinta y uno de mayo del dos mil once, con la base de doce millones de colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopesanramon R.L., contra Edras Arias Arguedas y Carmen Julia Cubero Morera. Expediente: 11-000027-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 9 de marzo del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2011228909.—(IN2011021885).
En la puerta exterior de este despacho libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; a las catorce horas y cero minutos del veintinueve de abril del dos mil once, y con la base de diecisiete millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos treinta y cuatro mil veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación, situada en el distrito 03 San Rafael, cantón octavo Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto de Lomas de Perseverancia S. A., al sur, resto de Lomas de Perseverancia S. A., al este, calle pública, con once metros con sesenta y tres centímetros y al oeste, Agrícola La Casualidad S. A., plano: A-1096322-2006. Mide: doscientos trece metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de mayo del dos mil once, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de mayo del dos mil once, con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Rosa Porras Aguilar. Expediente: 11-000131-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 10 de marzo del 2011.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2011228923.—(IN2011021886)
A las nueve horas quince minutos del veintinueve de abril de dos mil once, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre trasladada, citas 0311-00005658-01-0013-001, servidumbre trasladada, citas 0311-00005658-01-0202-001, e hipoteca en primer grado, a citas 0469-0005795-01-0001-001 y con la base de cuarenta y dos millones trescientos dieciocho mil setecientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 455629-001, la cual es terreno para construir lote 8-B, situada en el distrito Sánchez, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, urbanización La Itaba Sociedad Anónima, al sur, lote 7-B, al este, lote 1 destinado a calle pública, con frente de doce metros, y al oeste, lote 1-2 B, mide trescientos metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso sucesorio de Vitalina Quirós Gómez, contra Expediente: 02-000876-0184-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del 2011.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—RP2011228926.—(IN2011021887).
A las diez horas treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil once, en la puerta exterior de este despacho, soportando reservas y restricciones inscrita bajo el tomo trescientos doce, asiento dieciséis mil cuatrocientos treinta y siete, e hipoteca de primer grado a favor del Banco de Costa Rica, inscrita al tomo quinientos treinta y seis, asiento trece mil cuatrocientos sesenta y cuatro, por la suma de tres millones de colones y con la base de nueve mil quinientos ochenta y ocho dólares, al mejor postor se rematará la finca del partido de San José, matrícula de folio real número cuatrocientos sesenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y seis cero cero cero, qué es terreno para construir con una casa, sita en distrito seis Candelarita, cantón cuarto Puriscal, de la provincia de San José, linda al norte con calle, al sur y al este, con Enrique Agüero Acuña y al oeste con Fernando Zúñiga Céspedes, mide doscientos quince metros con treinta y siete decímetros cuadrados según plano catastrado número SJ-cero dos cero cinco siete cuatro nueve-mil novecientos noventa y cuatro. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del seis de junio del dos mil once, con la base, de siete mil ciento noventa y un dólares (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del trece de junio del dos mil once, con la base de dos mil trescientos noventa y siete dólares (25% de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en juicio ejecutivo hipotecario Nº 10-100348-197-CI, de Inversiones Moreno de Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada, contra Raúl Agüero Jiménez.—Juzgado Civil y Trabajo de Puriscal, 16 de marzo del 2011.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—RP2011228946.—(IN2011021888).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del veintiocho de abril de dos mil once,, y con la base de doce millones ciento sesenta y tres mil quinientos veintidós colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas EE 022031, marca Komatsu, categoría equipo especial genérico, carrocería agropecuarios, chasis 201763, uso particular, estilo retroexcav, capacidad 1 persona, año 2002, color amarillo, número motor 26296731, combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de mayo de dos mil once, con la base de nueve millones ciento veintidós mil seiscientos cuarenta y dos colones con dieciocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de mayo de dos mil once con la base de tres millones cuarenta mil ochocientos ochenta colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica) S. A. contra Chinchimiricacula S. A., representada por Erick Ugalde Campos y Enrique Ramírez Acuña. Exp. Nº 11-001814-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 3 de febrero del 2011.—Lic. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—(IN2011022440).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de julio de dos mil once, y con la base de trece millones cuatrocientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 73681-000 la cual es terreno lote 145, terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con diez metros de frente; al sur, Agropecuaria Los Bovinos S. A; al este, Agropecuaria Los Bovinos S. A., y al oeste, lote 146. Mide: trescientos veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de agosto de dos mil once, con la base de diez millones noventa y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de agosto de dos mil once con la base de tres millones trescientos sesenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Elvis García González. Exp. Nº 11-000108-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de febrero del 2011.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—(IN2011022474).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y servidumbre, referencia Nº 2251-126-001, anotada al tomo: 301, asiento: 205; a las catorce horas y treinta minutos del catorce de abril de dos mil once, y con la base de ciento cincuenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 170293-000 la cual es terreno construir. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle pública con una medida de 176.18 metros; al sur Inversiones Lutz, S. A.; al este Pacific Coastline Harbour S. A. y al oeste Pacific Coastline Harbour S. A. Mide: treinta mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de abril de dos mil once, con la base de ciento doce mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil once con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Paul Joseph Hughes Leduc contra 3-101-554572 S. A. Expediente Nº 11-001653-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 2 de marzo del 2011.—Lic. Ana Rita Valverde Zeledón, Jueza.—RP2011229119.—(IN2011022565).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y libre de anotaciones judiciales de todo tipo, soportando reservas y restricciones inscritas en las citas 0394-00000147-01-0902-001; a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil once, y con la base de dieciocho mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 79203 000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito segundo, cantón tercero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte con Ofelia Fuentes Araus, sur con Carretera Interamericana con 31M y este con Ministerio de Salud y Eddy Michel D. y al oeste con Ofelia Fuentes Araus. Mide: mil quinientos treinta y siete metros con sesenta y siete decímetros cuadrados; para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de mayo del dos mil once, con la base de trece mil quinientos dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil once, con la base de cuatro mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Wilba del Sur S. A. y Mainor Valverde Acuña contra Rodrigo Martínez Fuentes. Expediente Nº 10-100095-1046 CI (102-10).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—(IN2011023179).
A las nueve horas del catorce de abril del año dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dieciséis mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y nueve mil novecientos setenta y seis-cero cero cero la cual es terreno para construir, lote 18-E. Situada en el distrito cuatro Patalillo, cantón once Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte lote 17E; al sur lote 19E; al este Jesús Aurelio Zúñiga Blanco y al oeste lote dest a calle pública. Mide: ciento sesenta y un metros con catorce decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa Rica contra Ronald Gerardo Solís Delgado. Expediente Nº 99-000148-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del 2011.—Lic. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(IN2011023181).
A las nueve horas veinte minutos del catorce de abril del año dos mil once, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 303110, marca Mitsubishi, categoría automóvil, capacidad para siete personas, año 1994, color verde, número de chasis JA4MR41HXJOO6070, número de motor V43WRHEL2M. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Nacional Costa Rica contra Vilma Chavarría Hernández. Expediente Nº 01-014435-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de marzo del 2011.—Lic. Francisco Hernández Quesada, Juez.—(IN2011023183).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas del veintiséis de abril del año dos mil once, se rematan los siguientes bienes; 1) con la base de cincuenta y tres mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y seis mil trescientos sesenta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Guápiles, cantón de Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle pública con doce metros; al sur Carlos Luis Araya Moreira; al este Asociación Solidarista de Empleados Mensuales de Bandeco Guápiles y al oeste Asociación Solidarista de Empleados Mensuales de Bandeco Guápiles. Mide: doscientos noventa y nueve metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del once de mayo del año dos mil once, con la base de treinta y nueve mil setecientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas quince minutos del veintiséis de mayo del año dos mil once con la base de trece mil doscientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) A las diez horas del veintiséis de abril del año dos mil once, con la base de veintiocho mil dólares en el mejor postor remataré lo siguiente bien: la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete mil ciento sesenta y seis -cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cero uno Guápiles, cantón de Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte Seguros Zurquí SRL; al sur calle pública con frente de once metros lineales; al este Seguros Zurquí SRL y al oeste Seguros Zurquí SRL. Mide: doscientos dos metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del once de mayo del año dos mil once, con la base de veintiún mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas quince minutos del veintiséis de mayo del año dos mil once con la base de siete mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de A S S Tres Amigas Limitada contra Interprise Corporation T.H.S. Sociedad Anónima. Expediente Nº 10-000708-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 27 de enero del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011023194).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las dieciséis horas del veinticinco de abril del dos mil once y con la base de tres millones novecientos setenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas ochocientos cinco mil cincuenta y nueve, marta Toyota, estilo RAV 4, categoría automóvil, año mil novecientos noventa y ocho, color negro. Para el segundo remate, se señalan las diez horas del diez de mayo del dos mil once, con la base de dos millones novecientos setenta y siete mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas del veinticinco de mayo del dos mil once, con la base de novecientos noventa y dos mil quinientos colones, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Marco Antonio Rodríguez Esquivel contra Angélica Bonilla Quirós. Expediente Nº 10-000220-0341-CI.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 9 de febrero del 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2011023270).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia Ministerio Público, Fiscalía de Hatillo, tramitada bajo el número de sumaria 09-001744-0492-TC; y colisión tramitada bajo el número de sumaria 09-001744-0492-TC, en el Juzgado de Tránsito de Hatillo; a las diez horas y cero minutos del dos de mayo del año dos mil once, y con la base de novecientos noventa y seis mil novecientos treinta y dos colones con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 377023, marca Toyota, año 1992, estilo Tercel, color rojo, categoría automóvil, carrocería sedan 2 puertas, tracción 4X2, categoría JT2EL46B4N0152361, chasis JT2EL46B4N0152361, vin JT2EL46B4N0152361, techo duro. para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de mayo del año dos mil once, con la base de setecientos cuarenta y siete mil seiscientos noventa y nueve colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del uno de junio del año dos mil once, con la base de doscientos cuarenta y nueve mil doscientos treinta y tres colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Esprocapital Sociedad Anónima contra Alfonso Vargas Ugalde y Rosario Vega Blanco. Exp. 11-000419-0370-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 10 de febrero del 2011.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2011022145).
En la puerta exterior de este, despacho y con la base de dos millones de colones exactos, soportando dos gravámenes prendarios inscritos a los tomos 2008, asientos 00142345 y 00268384, de fechas 12/05/2008 y 08/09/2008 respectivamente y con dos anotaciones de las sumarias 09-009007-1012-CJ de fecha 09/07/2009 y 09-002774-0504-CI de fecha 10/12/2009, sáquese a remate el bien embargado en autos: vehículo placas 383653, marca Hyundai, estilo Galloper Exceed, carrocería station wagon, año 1993, capacidad para siete personas, color gris, motor 3000 c.c., combustible gasolina. Para tal efecto se señala un primer remate a las diez horas con cero minutos del día quince de abril del año dos mil once, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas con cero minutos del seis de mayo del año dos mil once, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un 25%). de no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas con cero minutos del día veinte de mayo del año dos mil once, con la base de quinientos mil colones (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en el proceso ordinario laboral de José Fernando Salazar Gutiérrez contra Sergio Ramírez Moya. Exp. 08-000242-1023-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 8 de marzo del 2011.—Lic. Rónald Figueroa Acuña, Juez.—Exonerado.—(IN2011022170).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del trece de abril de dos mil once, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 532340 derechos cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 11 San Rafael, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte Mireya Padilla Gutiérrez y Edgar Enio Blanco Morales; al sur calle pública; al este Minor Ureña Quintanilla y al oeste Río Cañas y en parte calle pública. Mide: mil doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de abril de dos mil once, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de mayo de dos mil once con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inmobiliaria Rodufa S. A. contra Rodolfo Jesús Gámez Herrera, Sandra Alvarado Chaves. Expediente Nº 11-000599-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de febrero del 2011.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2011022449).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las 15:00 horas del 14 de abril del 2011, y con la base de veinte mil trescientos noventa y seis dólares con treinta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de…, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito 02, cantón Buenos Aires de la provincia de… Colinda: al norte, Asociación de Cooperativas Europeas Longo Mai; al sur, Irene Beita Granados, Graciliano Beita Ureña, José Daniel Beita Ureña; Gerardo Corrales Durán y fin de servidumbre de paso; al este, Irene Beita Granados, Graciliano Beita Ureña, José Daniel Beita Ureña y Gerardo Corrales Durán y al oeste, Asociación de Cooperativas Europeas Longo Mai. Mide: treinta y cuatro mil novecientos cuarenta y cinco metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de mayo del dos mil once, con la base de quince mil doscientos noventa y siete dólares con veintidós centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del dos de junio del dos mil once, con la base de cinco mil noventa y nueve dólares con siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ola Majestad S. A., contra Ademar Altamirano Monge, Yolanda María Guillén Benavides. Expediente: 10-000647-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 1º de marzo del 2011.—Lic. Leonardo Loría Alvarado.—(IN2011022515).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones al tomo; 0327, asiento; 00014793, secuencia; 01-0901-001; a las trece horas treinta minutos del veintiocho de abril del año dos mil once, y con la base de cincuenta y seis millones trescientos cincuenta y un mil seiscientos cuarenta y siete colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y tres mil cuarenta y nueve cero cero cero, la cual es terreno pasto, montaña y montañuelas, un corral y una casa de habitación. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte Manuel Enrique Molina Sánchez; al sur Rafael Castro; al este Fabio Monge Naranjo, Río La Unión en medio y al oeste calle pública de acceso y José Heinrich Von Storren. Mide: trescientos sesenta y cinco mil trescientos un metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Plano SJ-0010362-1975. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las; catorce horas treinta minutos del diecinueve de mayo del año dos mil once; (rebaja de un 25% de la base original) De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las siete horas treinta minutos del nueve de junio del año dos mil once; con la base de catorce millones ochenta y siete mil novecientos once colones con noventa y tres céntimos. Publíquese el edicto de ley. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Moisés Molina Gómez. Expediente Nº 10-000513-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 3 de marzo del 2011.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2011022516).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reserva de prioridad citas tomo 2009 asiento 338717. Servidumbre trasladada citas tomo 331 asiento 12715, medianería citas tomo 331 asiento 12715: a las nueve horas y cero minutos del dos de mayo del año dos mil once, y con la base de once millones ciento cincuenta y ocho mil novecientos veinticinco colones con treinta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos mil ciento cuarenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa Nº 1969. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte lote 1970; al sur lote 1968; al este lote 1964 y al oeste alameda 6. Mide: noventa y siete metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de mayo del año dos mil once, con la base de ocho millones trescientos sesenta y nueve mil ciento noventa y cuatro colones con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de junio del año dos mil once con la base de dos millones setecientos ochenta y nueve mil setecientos treinta y un colones con treinta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Juan Carlos Calvo Andrade. Expediente Nº 10-017267-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 2 de febrero del 2011.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—(IN2011022533).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada al tomo: 313, asiento: 6958, secuencia: 01-0002-001; a las nueve horas y treinta minutos del treinta de mayo del año dos mil once, y con la base de quince millones quinientos treinta y cinco mil seiscientos dieciocho colones con ochenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 475959-000 la cual es terreno para construir, lote 14-H. Situada en el distrito 07 Patarrá, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte lote 13-h; al sur lote 15-h; al este calle pública y al oeste Hernán Garro López. Mide: ciento veintiséis metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de junio del año dos mil once, con la base de once millones seiscientos cincuenta y un mil setecientos catorce colones con catorce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de junio del año dos mil once con la base de tres millones ochocientos ochenta y tres mil novecientos cuatro colones con setenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Roberto Vinicio Aguilar Zamora. Expediente Nº 10-032838-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 3 de marzo del 2011.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2011022534).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las nueve horas y treinta minutos del quince de abril del año dos mil once (fecha y hora del tercer remate), con la base de un millón trescientos veintitrés mil setecientos ochenta siete colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número tres tres ocho dos siete cero, marca B. M. W., año 1999, Vin WBADM41020GM06975, cilindrada 2.494 c. c., color gris, categoría automóvil-523 I. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Brunca S. A. contra Jacqueline Miranda Marín. Expediente Nº 09-001175-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de marzo del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2011229447.—(IN2011022590).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas treinta minutos del veinticinco de abril de dos mil once, y con la base de diecinueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, matrícula 00241156-000, la cual es terreno para café. Situada en el distrito 07 Sabanilla, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con Henry Barquero Vargas; al sur, con Horacio Vega Molina; al este, con calle pública; y al oeste, con Henry Barquero Vargas. Mide: novecientos cinco metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil once, con la base de catorce millones doscientos cincuenta mil colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las once horas treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil once, con la base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Sara Ester Flores Castillo. Expediente N° 11-000614-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 8 de febrero del 2011.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—(IN2011023600).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando tres servidumbres sirvientes y una servidumbre pluvial; a las diez horas y treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil once, y con la base de setenta y seis mil setecientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil ochocientos cincuenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir bloque J lote N 16. Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón 03 La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lotes 32 y 33; al sur, calle pública; al este, lote 17; y al oeste lote 15. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del trece de mayo de dos mil once, con la base de cincuenta y siete mil quinientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de mayo de dos mil once con la base de (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Larry Gerardo Díaz Prieto, Rosibel Contreras Alvarado, Zorayne del Carmen Martínez Contreras. Expediente: 10-002444-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de febrero del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2011023603).
Se convoca a los socios o miembros de Asociación Movimiento Hermandades de Trabajo, a una Junta que se verificará en este Despacho a las ocho horas cero minutos del catorce de abril del año dos mil once, para que de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos sesenta y seis del Código Procesal Civil, elijan representante. En caso de no asistir ningún miembro a la junta, el Juzgado hará recaer el nombramiento en persona idónea. Proceso: ejecutivo simple de Caja Costarricense de Seguro Social contra Asociación Movimiento Hermandades de Trabajo. Expediente Nº 07-027711-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 25 de febrero del 2011.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2011023184).
Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 08-000688-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Enilda Gallo Rodríguez, quien es mayor, estado casada una vez, vecina de Villareal de Santa Cruz, Guanacaste portadora de la cédula de identidad número 5-00930063, pensionada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: la finca que se describe a continuación: Naturaleza: terreno de patio. Situado en: Villareal, distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz y provincia 05 Guanacaste, Plano Catastral: G-1222792 2008, Medida: 883,03 m2. Linderos: norte, Ademar Jiménez Sánchez; sur, calle pública con 19,80 m lineales frente a ella, este, Mireya Jiménez Santana, José Paulino Santana Rodríguez, oeste, Ademar Jiménez Santana. Indica la promotora que la finca no ha sido inscrita en el Registro Público, que carece de título inscribible de dominio, que la solicitud no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio y no existente cargas reales o gravámenes ni condueños; estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. Indica también que la finca la adquirió por herencia le dejo el señor José Santana Ruiz, en junio de 1970 y quien es su progenitor y que desde ese entonces la ha poseído en forma pública, pacífica, continua y a título de única poseedora y dueña. Que sus actos de Posesión han consistido en el mantenimiento de cercas perimetrales y chapeas periódicas. Ante el Registro Público de la Propiedad, mediante certificación notarial de fecha 9 de setiembre del 2009 no aparecen bienes inscritos a su nombre bajo el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias (certificación de folio 10). Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Enilda Gallo Rodríguez. Exp.: 08-000688-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 16 de marzo del 2011.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—RP2011228939.—(IN2011021894).
Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 10-000094-0993-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Filander Antonio Bolaños Rodríguez, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Piedades Norte de San Ramón, frente a la Ermita, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-373-982, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de pastos y bosques. Situada en el distrito Piedades norte, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María del Carmen Rodríguez; al sur, Marcos Chávez Cárdenas; al este, calle pública con un frente a ella de doscientos quince metros con ochenta y un centímetros y al oeste, con Joaquín Rodríguez Álvarez. Mide: sesenta y nueve mil cuarenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-un millón trescientos noventa y cuatro mil seiscientos tres-dos mil diez. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño en abril del dos mil diez, fecha en que adquirió en donación de Dulcelina Rodríguez Álvarez, quien lo ha poseído por más de diez años, posesión que fue derivada al promovente. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, el cercado, cuido de terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos Proceso Información Posesoria, promovida por Filander Antonio Bolaños Rodríguez. Exp.: 10-000094-0993-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 24 de setiembre del 2010.—Lic. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—1 vez.—(IN2011022210).
Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 10-000093-0993-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Wilberth Bolaños Rodríguez, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Piedades Norte de San Ramón, frente a la Ermita, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-308-210, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de caña. Situada en el distrito Piedades Norte, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, río La Paz; al sur, María del Carmen Rodríguez Salazar y Eliécer Montero Alpízar; al este, Eliécer Montero Alpízar y servidumbre agrícola de siete metros de ancho y al oeste, río La Paz. Mide: diecinueve mil novecientos sesenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-un millón cuatrocientos nueve mil cuatrocientos treinta y uno-dos mil diez. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño en el mes de abril del año dos mil diez, fecha en que adquirió por donación de Dulcelina Rodríguez Álvarez quien lo ha poseído por más de diez años, posesión que derivada al promovente. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, cercado, cuido del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias; otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Wilberth Bolaños Rodríguez. Exp.: 10-000093-0993-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 24 de setiembre del 2010.—Lic. Luis Alberto Miranda García, Juez.—1 vez.—(IN2011022211).
María Aida Vargas Vargas, mayor de edad, casada una vez, vecina de Comunidad, frente a escuela de la misma localidad, cédula de identidad número nueve-cero cuarenta y uno-setecientos tres, promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales: el inmueble que se describe así: terreno agrícola, situado en Los Ángeles de Palmira, distrito segundo, de Carrillo cantón quinto, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Lidiette Vargas Moya; sur, Seidy María Miranda Bermúdez; este, Seidy María Miranda Bermúdez, y oeste, María Isidora Vargas Serrano y calle pública con un frente de 201 metros con 70 centímetros. Según plano catastrado número cinco-un millón trescientos noventa y ocho mil trescientos ocho-dos mil diez. Mide: de extensión cinco mil quinientos once metros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito y que no se pretende evadir con esta diligencia las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, no pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por donación de José Natividad Vargas Vargas en el año 1990 y la transmisión formal fue realizada el dieciocho de marzo del dos mil diez. Estima el inmueble en tres millones de colones y la diligencia en la suma de tres millones quinientos mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se cita a todos los interesados para que se apersonen en defensa de sus derechos. Exp. Nº 10-000118-0387-AG 6, Información Posesoria de María Aida Vargas Vargas.—Juzgado Agrario de Liberia, 9 de marzo del 2011.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2011022212).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 02-000019-0689-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Asdrúbal Chacón Sánchez, quien es mayor, agricultor, soltero, vecino de Quebrada Arroyo de San Lorenzo de Tarrazú, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-194-194, a fin de inscribir a su nombre ante el Registro Público de la Propiedad, las fincas que se describen a continuación: La primera se ubica en Quebrada Arroyo de San Lorenzo de Tarrazú, y es terreno de montaña. Sus colindancias son: al norte, con Guillermo Madrigal Mora; al sur, con el promovente; al este, con Carlos Godínez Godínez y Marvin Mora Mora; y al oeste, con Quebrada y con la Asociación de Productores de Vainilla. Mide: ocho hectáreas con tres mil doscientos veintisiete metros con ochenta y dos decímetros cuadrados, de acuerdo al plano catastrado SJ-632955-2000. La segunda también se ubica en Quebrada Arroyo de San Lorenzo de Tarrazú e igualmente es terreno de montaña. Sus colindancias son: al norte, con el promovente y Marvin Mora Mora; al sur, con el Río Savegre; al este, con Víctor Mora Chacón y Marvin Mora Mora; y al oeste, con Ramón Jiménez Vargas. Mide: nueve hectáreas cuatrocientos noventa y ocho metros con treinta y dos decímetros cuadrados, de acuerdo al plano catastrado SJ-634412-2000. Indica el promovente que sobre dichos inmuebles no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima cada una de las fincas y las presentes diligencias en la suma de cien mil colones. La posesión fue adquirida el 28 de noviembre de 1986 por cesión de derechos realizada por su padre, Ramón Raúl Chacón Chinchilla, y a la fecha la ha mantenido en forma quieta, pacífica, pública, ininterrumpida y a título de dueño desde hace más de quince años. Asimismo manifiesta que no existen codueños en las fincas a titular. Los actos de posesión han consistido en la conservación de la montaña para oxígeno y el mantenimiento de linderos. No se ha inscrito a nombre del promovente, mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso no contencioso de Información Posesoria, promovido por Asdrúbal Chacón Sánchez. Expediente Nº 02-000019-0689-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 05 de agosto del 2010.—Dr. Carlos Alb. Bolaños Céspedes, Juez.—1 vez.—(IN2011022213).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-000133-0507-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Nelson Gerardo Peraza Cerdas, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Roxana, Pococí, Limón, 100 metros al este de la Escuela Los Lagos, portador de la cédula de identidad número 2-0353-0951, pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es bosque. Situada en el distrito cuarto Roxana, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Ana Patricia Porras Díaz; al sur, José Bartolo Ventura Rodríguez; al este, calle pública con 121.3 metros; y al oeste, José Eduardo Valverde Vargas. Mide: diecisiete mil setecientos treinta y un metros con treinta y cinco decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-1288186-2008. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de quince millones de colones y las diligencias en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de tres años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en conservación del área de bosque, limpieza de la finca, cuido y siembra de agricultura y mantenimiento de las cercas, mejoras como la puesta de alambre, siembra de agricultura de yuca, plátano, árboles frutales y una casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Nelson Gerardo Peraza Cerdas. Exp. 10-000133-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 9 de marzo del 2011.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—(IN2011022214).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-000531-0296-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Franklin Alvarado Montes, quien es mayor, estado civil casado tres veces, vecino de San Juan de San Ramón, urbanización Los Jardines, cincuenta metros al norte del teléfono público, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-doscientos cuarenta y cuatro-cero cincuenta y dos, profesión pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es cultivos. Situada en el distrito cuarto, Piedades Norte, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Álvaro Gonzales Ávila y Walter Vargas Jiménez; al sur, Luz Ania Cuadra Huertas; al este, Guillermo Jiménez Jiménez; y al oeste, Danilo Salas Castro. Mide: seiscientos cincuenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1400885-2010. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Franklin Alvarado Montes. Exp. 10-000531-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 8 de marzo del 2011.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—(IN2011022215).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000076-1002-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Gerardina Navarro Brenes, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de San Juan Norte de Turrialba, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-doscientos trece-ciento noventa y ocho, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es Solar con casa. Situada en el distrito Turrialba, cantón Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Javier Camacho Obando, Crisanto Jiménez Navarro, Grettel Jiménez Brenes; al sur, servidumbre agrícola en medio Andrey Cerdas Navarro, con una extensión de treinta y cinco metros con cuarenta y siete centímetros y Javier Camacho Obando; al este, Javier Camacho Obando y servidumbre agrícola en medio Andrey Cerdas Navarro; y al oeste, Crisanto Jiménez Navarro, Grettel Jiménez Brenes y servidumbre agrícola en medio Andrey Cerdas Navarro. Mide: doscientos noventa y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-1362903-2009. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones quinientos mil colones y tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por venta verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta y ocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cuido y mantenimiento de zonas verdes y sus cercas. Que no ha inscrito mediante, el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro de l plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Gerardina Navarro Brenes. Exp. 09-000076-1002-AG.—Juzgado Agrario de Turrialba, 27 de abril del 2010.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2011022216).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-000066-1129-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de José Luis Quesada Padilla quien es mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de Barrio Morazán de Pérez Zeledón, cien metros al norte del Templo Católico, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-quinientos ochenta y uno-quinientos veinticinco, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de frutales . Situada en el distrito uno, San Isidro del General, cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Edgar Humberto Vargas Umaña; al sur, Víctor Hugo Vargas Umaña; al este, con río Quebradas; y al oeste, con la propiedad de José Luis Quesada Padilla. Mide: quinientos cincuenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el piano catastrado número SJ-1404547-2010. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en tres millones de colones, las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta privada, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veintisiete años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza periódica del terreno, conservación de cercas de alambre, siembra y mantenimiento de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Luis Quesada Padilla. Exp. 10-000066-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 11 de enero del 2011.—Esp. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—(IN2011022217).
Sucesores de Alfredo Rodríguez Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-624201, domiciliada en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 75 metros al oeste del Liceo San Carlos, frente a la antigua Pepsi, representada por Juan José Rodríguez Solís, mayor, casado, empresario, cédula 2-283-515, vecino de Alajuela, San Carlos, Fortuna, El Tanque, contiguo al Aeropuerto. Solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de pasto, con corral y semovientes, sito en San Roque, distrito primero, Quesada, cantón diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, calle pública con un frente a ella de cincuenta y nueve metros con veintiún centímetros lineales, Xinia Avila Quirós, Luis Alfredo Rodríguez Solís y Vidal Vargas Castillo; al sur, Gilda María Solís Chaverri, calle pública con un frente a ella de ciento catorce metros con setenta centímetros lineales y Guido Alvarado Barrantes; al este, calle pública con un frente a ella de ciento cuarenta y dos metros con cero un centímetros lineales y Xinia Ávila Quirós; y al oeste, calle pública con un frente a ella de veintiséis metros con dieciséis centímetros lineales, Quebrada, Guido Alvarado Barrantes, Lidia Abarca Rojas, Amparo Arana García, Flor Méndez Valverde, Carlos Valerio Cascante, Iris Núñez Villegas, Aurora Camacho Álvarez, Teresa Soto Argüello, Carmen Saborío Bolaños y Mirella Villegas Cruz. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número 2-1335345-2009 de fecha 15 de abril de 2009, una superficie de diecisiete mil veintisiete metros cuadrados. El inmueble antes descrito lo adquirió la sociedad titulante por venta que le hicieran los hermanos de su representante, señores Joaquín Alberto Rodríguez Solís, mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad número 2-295-788, vecino de El Tanque de la Fortuna, un kilómetro al sur del Aeropuerto; Pío Bernal Rodríguez Solís, mayor, soltero, empresario, cédula de identidad número 2-371-901, vecino de Ciudad Quesada, Barrio San Roque, del Liceo San Carlos, 300 metros al sur; Fernando Enrique Rodríguez Solís, mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad números 2-355-583, vecino de Ciudad Quesada, Barrio San Roque, del Liceo 500 metros al oeste; Luis Alfredo Rodríguez Solís, mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad número 2-344-951, vecino de Ciudad Quesada, 100 metros al oeste del Liceo San Carlos y Olimpia Rodríguez Solís, mayor, casada dos veces, pensionada, cédula de identidad número 2-267-948, vecina de Alajuela, Villa Hermosa, Segundo Parque; en fecha 10 de enero de 2011, mediante testimonio de escritura número 236-64, otorgada ante el Notario Carlos Manuel Arroyo Rojas y quienes le transmitieron la posesión que han ejercido sobre el mismo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueños por un período mayor a diez años. Valora el terreno en la suma de ocho millones de colones y en la suma de diez millones de colones estima las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de Información Posesoria 11-000023-0298 AG establecida por sucesores de Alfredo Rodríguez S. A.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 3 de marzo de 2011.—Lic. Marco Antonio Bolaños Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2011022218).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Jorge Coto Coto, a las 18:00 horas del 19 de octubre del 2010, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Flor de María Quijano Vives, mayor de edad, casada una vez, comerciante, vecina de Lomas de Tepeyac, Guadalupe, casa dos-F, cédula Nº 1-247-926. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Gladys Marín Villalobos, avenida 10, entre calles 11 y 13. Bufete Alfaro y Asociados. Teléfono: 2257-3019.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2011228205.—(IN2011021102).
Ante esta notaría al ser las 16:00 horas del 11 de marzo de 2010, se realizó el acta de apertura de la sucesión ab intestato de Esterlina Romero Brenes, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Río Conejo de Corralillo de Cartago, del Hogar de Ancianos Patriarca, San José, cien metros norte, cédula tres-ciento cuarenta y cinco-ciento noventa y ocho. Por lo tanto y en cumplimiento del artículo ochocientos noventa y cuatro del Código Procesal Civil, se procede a publicar por una vez en el Boletín Judicial, citando interesados para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos. Es todo.—Lic. Didier Fallas Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2011228749.—(IN2011021904).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría a las 8:30 horas del 28 de mayo del 2009, se declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Marco Vinicio Pérez López, mayor de edad, cédula de identidad uno-doscientos ocho-seiscientos cuarenta y cinco. Se citan y emplazan a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Gustavo Adolfo Esquivel Quirós, ubicada en San José, Pitahaya, avenida tres, calle treinta y cuatro, casa número tres cuatro uno dos.—Lic. Gustavo Adolfo Esquivel Quirós, Notario.—1 vez.—RP2011228752.—(IN2011021905).
Se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión ab intestata de quién en vida fue Ildefonso Quevedo Esquivel, mayor, pensionado, casado una vez, cédula de identidad número 6-0023-0628, vecino de San José, Desamparados, San Miguel, Higuito, urbanización Veracruz 200 metros al sur de la escuela. Para que dentro del plazo de un mes después de publicado el presente edicto se apersonen a ser valer sus derechos ante la notaría del Licenciado Neiver P. Gutiérrez Ondoy, ubicada en San José, Desamparados, San Miguel, Higuito, urbanización Veracruz, casa 4C, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del término indicado, la herencia pasará a quién corresponda. Exp: 001-2011.—San José, 21 de marzo del 2011.—Lic. Neiver P. Gutiérrez Ondoy, Notario.—1 vez.—RP2011228758.—(IN2011021906).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Amador Fernández, quien en vida fue casado en sus primeras nupcias, pensionado, vecino de San José, Zapote, cincuenta metros al sur de Gollo, número de cédula uno-doscientos setenta y seis-doscientos diez, fallecido el primero de marzo del dos mil once en San José, Central, Zapote, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de éste edicto, comparezcan ante esta Notaría en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que en su omisión, la herencia pasará a quien corresponda. La dirección de esta Notaría es Bufete Gallardo & Gallardo, sito en San José, Barrio Otoya, Edificio Teral, oficina 38, telefax 2248-4341.—San José, 21 de marzo de 2011.—Lic. Alonzo Gallardo Solís, Notario.—1 vez.—RP2011228764.—(IN2011021907).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Alonso Castro Zúñiga, quien fuera mayor, soltero, albañil, vecino de Guadalupe con cédula de identidad 1-143-348. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-000082-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de febrero del 2011.—Lic. Magda Díaz Bolaños Jueza.—1 vez.—RP2011228769.—(IN2011021908).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José María Chacón Ureña, mayor, abogado, casado dos veces, quien portaba la cédula de identidad número tres-ciento veinticinco-ciento uno, quien portaba la cédula de identidad número uno-ciento nueve-siete mil ciento veintiséis, vecino de San José, San Pedro costado norte de la Universidad Latina, para que en el plazo de treinta días comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2011. Notaría del Bufete de! Licenciado Luis Adolfo Vetrani Arguedas, carné número 15649, Llorente de Tibás, de apartamentos Llorente ciento cincuenta metros al este y setenta y cinco metros norte.—Lic. Luis Adolfo Vetrani Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2011228793.—(IN2011021909).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Fernando Araya Arias, mayor de edad, soltero, agricultor, cédula de identidad 1-334-483, vecino de San Carlos, Venecia, La Unión, 300 metros al sureste de la entrada principal camino a Los Alpes, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0002-2011. Notaría del Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, sito costado sur de Catedral, Ciudad Quesada, San Carlos. Teléfono 2461-2500.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2011228811.—(IN2011021910).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Bernardita Blanco Vargas, mayor de edad, casada una vez, miscelánea, vecina de San Carlos, Ciudad Quesada, Barrio San Antonio, 75 metros norte de la Ermita, cédula de identidad 2-202-679, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2011. Notaría del Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, sito costado sur de Catedral, Ciudad Quesada, San Carlos. Teléfono 2461-2500.—Lic. Bayardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—RP2011228812.—(IN2011021911).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Emilio Araya Céspedes, quien fuera mayor de edad, casado una vez, fue titular de la cédula de identidad número seis-cero veintiséis-seiscientos ochenta y tres, quien falleciera el día catorce de mayo de dos mil cinco, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número: 2010-01-EAC. Notaría del Bufete de la Licenciada Olga Lydia Guerrero Vargas, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, cincuenta metros al oeste del Cuerpo de Bomberos.—Lic. Olga Lydia Guerrero Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2011228815.—(IN2011021912).
Se emplaza a acreedores, legatarios y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Víctor Salazar Rojas, cédula N° 1-0266-0694, mayor, casado, agricultor, vecino de Santiago de Puriscal, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso para hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Asimismo se nombra albacea provisional a Haydeé Umaña Cambronero, mayor, casada una vez, oficios del hogar, vecina de Santiago de Puriscal, cédula N° 1-0247-0867. (Sucesión N° 10-100078-0197-CI causante Víctor Salazar Rojas, promueve Haydeé Umaña Cambronero).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal.—Lic. Adriana Jara Benavides, Jueza.—1 vez.—RP2011228835.—(IN2011021913).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Enoc Javier Alvarado Torres, quien fuera mayor, divorciado, comerciante vecino de Liberia Guanacaste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000338-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 14 de octubre del 2010.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—1 vez.—RP2011228855.—(IN2011021914).
El suscrito Notario hago constar que el día de hoy se presentaron a mi Despacho, el señor Olger Clodomiro Vargas Araya, viudo una vez, ebanista, cédula dos-tres dos siete-dos cinco siete; el señor José Manuel Vargas Gutiérrez, soltero, oficinista, cédula uno-mil trescientos veinticuatro-cuatrocientos cuarenta y siete, ambos vecinos de Hatillo Dos, San José, Alameda ocho, casa seis siete ocho; la señora Ana Rosa Idalia Agüero Vargas, casada una vez, ama de casa, cédula seis-cero veintiséis-novecientos setenta y el señor Marco Tulio Gutiérrez Hernández, casado una vez, pensionado, cédula cuatro-cero cincuenta-cero treinta y dos, ambos vecinos de Desamparados, San José, de las oficinas del ICE ciento cincuenta metros al Norte y me solicitaron que iniciara la tramitación extrajudicial del sucesorio de la señora Damaris Gutiérrez Agüero, quién fue casada una vez, Educadora, vecina de Hatillo Dos, San José, alameda ocho, casa seis siete ocho, cédula uno-quinientos noventa y seis-setecientos ochenta y cinco. Con base en lo anterior se cita y emplaza a los herederos e interesados en dicha sucesión, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen ante la oficina del suscrito Notario, situada en San José, La Uruca de Migración cuatrocientos metros al oeste, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo verifican, la herencia pasará a quién legalmente corresponda.—San José, 18 de marzo del 2011.—Lic. Michel Salim Semaan Khachab, Notario.—1 vez.—RP2011228863.—(IN2011021915).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Mario Eduardo Caravaca Acosta, quien fuera mayor, casado en segundas nupcias, ingeniero agrónomo, cédula número cinco-cero cuarenta y ocho-setecientos cuarenta y siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 98-100121-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 10 de marzo del 2011.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—1 vez.—RP2011228934.—(IN2011021917).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Eduardo Espinoza Peraza, mayor, soltero, cédula número cinco-ciento cuarenta-setecientos uno, educador pensionado, vecino de Urbanización La Paz II de San Miguel de Desamparados, San José, de los teléfonos públicos cien metros al norte, casa número siete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero dos-dos mil once. Notaría del Bufete Leal Vega, sita en Santa Cruz, Guanacaste, cincuenta metros norte de los Tribunales de Justicia.—Lic. Luis Eduardo Leal Vega, Notario.—1 vez.—RP2011228935.—(IN2011021918).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carmen Emelda Espinoza Peraza, quien fue mayor, divorciada una vez, pensionada, cédula número cinco-cero cero ochenta y cuatro-cero trescientos ocho, vecina de barrio Buenos Aires de Santa Cruz, Guanacaste del Banco de Costa Rica, trescientos metros al este, y setenta y cinco metros al norte, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero uno-dos mil nueve. Notaría del Bufete Leal Vega, sita en Santa Cruz, Guanacaste, cincuenta metros norte de los Tribunales de Justicia.—Lic. Luis Eduardo Leal Vega, Notario.—1 vez.—RP2011228938.—(IN2011021919).
Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Josefa Claudia Gómez Solano conocida como Fanny Josefa Gómez Solano, quien fuera mayor, divorciada, del hogar, vecina de Goicoechea, cédula de identidad siete-cero cero cincuenta-mil veintiocho. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000079-0164-CL.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de marzo del 2011.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—1 vez.—RP2011228944.—(IN2011021920).
Se hace saber: que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Manuel Emilio Solano Fallas, quien fuera mayor, casado, agente de ventas, vecino de Cedros de Montes de Oca, con cédula de identidad número 1-487-439. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000081-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de febrero del 2011.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—1 vez.—RP2011228947.—(IN2011021921).
Por una sola vez, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó: Rafael Ángel Guillén Calderón, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Francisco de Heredia, Residencial Los Itabos, casa número veintiocho, cédula de identidad número tres - ciento cincuenta y dos - doscientos ochenta, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001 - 2011-SUC, sucesorio notarial. Tramitado en la notaría del Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, sita 25 metros al este de los Tribunales de Justicia, Oficentro de la avenida segunda, oficina número tres.—San José, 21 de marzo del 2011.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—RP2011228963.—(IN2011021922).
De acuerdo a lo establecido en los artículos 917, 945 y siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, artículo 129 del Código Notarial, se informa y cita a todos aquellos interesados, herederos, legatarios, acreedores, que en esta notaría, se ha iniciado en sede notarial, la sucesión de la señora Lorenza conocida como Florencia Gamboa Martínez, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa con cédula de identidad número cinco- cero cero ochenta y seis- cero quinientos cuarenta y cinco, vecina de Upala de Alajuela, para que en el término de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo aquélla pasara a quien corresponda. La notaría está ubicada en Alajuela centro, Central, de los Tribunales de Justicia ciento veinticinco metros al sur. Teléfonos 2443-4838 ó 8392-2669.—Lic. Doris Céspedes Elizondo, Notaria.—1 vez.—(IN2011022140).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Alexis Quesada Valverde, quien fuera mayor, costarricense, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número uno-doscientos treinta y siete -novecientos noventa y ocho, Pérez Zeledón, vecino de La Bonita de Rivas, un kilómetro al noroeste de la escuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 11-000064-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 3 de marzo del año 2011.—Lic. Iván Cartín Cordero, Juez.—1 vez.—(IN2011022141).
De acuerdo a lo establecido en los artículos 917, 945 y siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, artículo 129 del Código Notarial, se informa y cita a todos aquellos interesados, herederos, legatarios, acreedores, que en esta notaría, se ha iniciado en sede notarial, la sucesión de la señora Isabel Dávila Durán, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número seis- cero cero treinta y ocho- cuatrocientos veintinueve, vecina de Coyol, Alajuela, para que en el término de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda. La notaría está ubicada en Alajuela centro, Central, de los Tribunales de Justicia ciento veinticinco metros al sur. Teléfonos 2443-4838 ó 8392-2669.—Lic. Doris Céspedes Elizondo, Notaria.—1 vez.—(IN2011022142).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Elbert Alexis Barrantes Salazar, quien fue mayor, soltero, operador de montacargas, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, Barrio Maracaná, 100 metros norte de Abastecedor Maracaná, con cédula de identidad número 1-1098-595, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentaren dentro del plazo indicado la posible herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio de Elbert Alexis Barrantes Salazar, promovido por Hilda Barrantes Salazar y Silvia Elena Barrantes Salazar. Exp. Nº 10-102570-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 28 de febrero del 2011.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—(IN2011022245).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Rafael Rodríguez Cruz y Carmen Consuelo Zamora Alfaro, quienes fueron mayores, casados una vez, agricultor y del hogar, cédula dos- uno cinco dos-cero noventa y nueve, y dos- uno cinco uno- nueve uno cuatro, respectivamente, quien fueron vecinos de San Miguel de Grecia, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se aperciben a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo , la herencia pasará a quien corresponda, expediente 01-2011, notaría del Lic. Fabio Evencio Rodríguez Bastos, Grecia, cincuenta metros al norte de la Iglesia.—Grecia, veinte de febrero del dos mil once.—Lic. Fabio Evencio Rodríguez Bastos, Notario.—1 vez.—(IN2011022321).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Fernando Alfaro Alfaro, quien fue mayor, casado una vez, constructor, cédula dos- doscientos trece- novecientos setenta y cuatro, quien fue vecino de Grecia, Alajuela, fallecido el día veintisiete de octubre del dos mil diez, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se aperciben a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente 02-2011, notaría del Lic. Fabio Evencio Rodríguez Bastos, Grecia, cincuenta metros al norte de la iglesia.—Grecia, 2 de febrero del 2011.—Lic. Fabio Evencio Rodríguez Bastos, Notario.—1 vez.—(IN2011022322).
Licenciado Manuel Rodríguez Arroyo, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) hace saber que: en el Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur se tramita el expediente Nº 09-400454-0919-FA, que es Proceso de Diligencias de Insania, promovente Jetty Calderón Acuña en favor de Rafael Ángel Calderón Acuña, y en el cual se dictó la sentencia de primera instancia número 322-10, y cuya parte dispositiva dice: De conformidad con lo anterior y artículos de leyes citados, se declara Insano a Rafael Ángel Calderón Calderón, cédula Nº 1-239-531, se nombra como su curadora a su hija Jetty del Carmen Calderón Acuña, quien a partir de la firmeza de esta resolución deberá aceptar el cargo ante el suscrito, asumiendo la administración de los bienes del insano, así como los deberes y obligaciones que le comprenden en razón de tal cargo, indicando el modo en que de acuerdo con los numerales 199 y 203 del Código Procesal Civil garantizará su administración si llegara a administrar bienes o dinero. Además dentro de los treinta días siguientes a la aceptación del cargo, deberá presentar un inventario de los bienes y rentas que recibe el insano, y dentro de los treinta días siguientes a la presentación del mismo deberá confeccionar y aportar el presupuesto de los gastos de administración para cada año ante este despacho, así como una cuenta anual del Patrimonio del incapaz (artículos 241, 213 siguientes y concordantes del Código de Familia). A partir de la firmeza de esta resolución doña Ana deberá asumir los deberes y obligaciones que le comprenden en razón de tal cargo (Numeral 235 y concordantes del Código de Familia). Se ordena anotar la presente declaración de Insania en el Registro Civil, provincia de San José, asiento de nacimiento de Rafael Ángel Calderón Calderón con cédula Nº 1-239-531 y al Registro Público de la Propiedad, Sección Personas, así como en la Sección de Inmuebles, Finca de la provincia de San José, matrícula de Folio Real Nº 464658-000 a nombre de, Rafael Ángel Calderón Calderón sin especial condenatoria en costas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón.—Lic. Manuel Rodríguez Arroyo, Juez.—1 vez.—RP2011228683.—(IN2011021923).
Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José, hace saber al señor Derong Cen, mayor, con pasaporte número G01331808, de demás calidades desconocidas. Que en este despacho se tramita el proceso bajo el número único 06-000519-0187-FA, que es proceso especial de filiación de declaratoria de hijo extramatrimonial de Jaqueline Fray Murillo contra Derong Cen. Se le emplaza al señor Derong Cen por el plazo de diez días a efecto de que se apersonen al proceso a formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Publíquese.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 20 de setiembre del 2010.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—RP2011228805.—(IN2011021925).
Por el término de quince días se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso cambio de nombre promovido por Antonia Efigenia Gutiérrez Montero c. c. María Antonia Gutiérrez Montero, mayor, casada una vez, cédula seis-cero sesenta y siete-setecientos noventa, vecina de Chomes de Puntarenas, para que se apersonen a hacer sus reclamos. Cambio de nombre 08-100804-642-CI*1 establecidas por Antonia Efigenia Gutiérrez Montero c.c. María Antonia Gutiérrez Montero.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 16 de setiembre del 2010.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—RP2011228885.—(IN2011021926).
Ante esta Notaría se presentaron hoy para contraer matrimonio: Mainor Corrales Quesada conocido como Minor Corrales Quesada, mayor de edad, soltero, comerciante, cédula dos-cuatrocientos sesenta y cinco-seiscientos cuatro, de cuarenta años, nacido en San Carlos, Alajuela y vecino del domicilio Platanar, quinientos metros al oeste de la plaza de deportes, San Carlos, Alajuela, padres: José Corrales Jiménez y María Luisa Quesada Solís, todos costarricenses; y Aurora del Carmen Díaz Rodas, mayor de edad, soltera, secretaria, misma dirección anterior, de veintisiete años, nacida en Guatemala, pasaporte número cero uno uno tres seis tres nueve siete nueve, padres: Marco Tulio Díaz Hernández y Mayra Iliana Rodas Ruiz, todos de nacionalidad Guatemalteca, y ambos manifiestan su interés en contraer matrimonio de acuerdo con las leyes de Costa Rica, los mismos no han procreado hijos y manifiestan que poseen capacidad legal y volitiva para dicho acto. La presente se publica para que terceros interesados en término de ley opongan cualquier objeción.—Ciudad Quesada, catorce de marzo del dos mil once.—Lic. José Francisco Bolaños Montero, Notario.—1 vez.—RP2011228782.—(IN2011021928).
Kender Virgilio Castro Bravo, mayor, soltero, trabajador de construcción, vecino de San Miguel de Quebrada Grande de Tilarán, 800 metros al este de la Escuela de San Miguel, portador de la cédula de identidad número 5-0386-0699, nativo de Liberia, Guanacaste, el 25 de marzo de 1992, hijo de María Isabel Castro Bravo, vecina de San Miguel de Quebrada Grande de Tilarán; y María Elena Arguedas Fajardo, mayor, soltera, niñera, vecina de Tilarán, centro, 175 metros al sur de la Clínica de Tilarán, portadora de la cédula de identidad número 5-0376-0910, nativa de Liberia, Guanacaste, el 26 de agosto de 1990, hija de William Arguedas Venegas y María Fidelina Fajardo López, ambos vecinos de Tilarán. Si cualquier persona conoce algún impedimento para la celebración de este matrimonio sírvase comunicarlo dentro de los ocho días siguientes a la publicación.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán, quince de marzo del dos mil once.—MSc. Cinthia Sáenz Valerio, Jueza.—1 vez.—(IN2011022158).
Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Yeneri Adolfo Quirós González, mayor, de veintisiete años de edad, soltero, electricista, vecino de Santa Ana, Pozos, cédula de identidad número 4-0180-0245 y Ana Cristina Roldán Vargas, mayor, de veintitrés años de edad, soltera, ama de casa, vecina de Santa Ana, Pozos, cédula de identidad número 1-1315-0886. Se concede un plazo de ocho días, a quien tenga que hacer alguna oposición a dicho matrimonio, la que deberá presentarse por escrito ante este Despacho y en ese término. Expediente Nº 11-100008-0242-CI.—Juzgado Contravencional M. Cuantía de Santa Ana, 02 febrero del 2011.—Lic. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—1 vez.—(IN2011022269).
Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, Víctor Alfonso Roldán Vargas, mayor de veinticinco años de edad, soltero, oficinista, vecino de Pozos, Santa Ana, cédula de identidad número 1-1248-0758 y Libni Gamboa Calderón, mayor, de veintiún años de edad, soltera estudiante, vecina de Santa Ana, Lindora, cédula de identidad número 1-1401-0166. Se concede un plazo de ocho días, a quien tenga que hacer alguna oposición a dicho matrimonio, la deberá presentar por escrito ante este Despacho y en ese término. Expediente Nº 11-100031-0242-CI.—Juzgado Contravencional M. Cuantía de Santa Ana, 21 marzo del 2011.—Lic. José Bernal Rodríguez Marín, Juez.—1 vez.—(IN2011022271).
Notifíquese al propietario registral del vehículo placas 272697; Miguel Ángel Gerardo Sánchez Porras, cédula 2-0354-0567, que de conformidad con el artículo 160 de la Ley de Tránsito vigente, tiene derecho a comparecer dentro del plazo de ocho días hábiles siguientes, a manifestarse si lo desea; de no hacerlo se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta la sentencia. Expediente 10-600014-0350-TR.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Alvarado, Pacayas, 21 de marzo del 2011.—Lic. Gisella González Sáenz, Jueza.—1 vez.—RP2011228796.—(IN2011021924).