BOLETÍN JUDICIAL Nº 70 DEL
8 DE ABRIL DEL 2011
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Avisos
TERCERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional
para la Selección
y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2007, del 06 de agosto del
2007, artículo V, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 66-07, del 06
de setiembre del 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la eliminación de incidentes de ejecución del año 2007 del Juzgado de Ejecución
de la Pena de
Limón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: P 3 L 07
Expedientes: 468
Paquetes: 17
Año: 2007
Asunto: Incidentes de Ejecución.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 28 de
marzo del 2011.
Lic.
Alfredo Jones León
(IN2011023931) Director
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47
bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional
para la Selección
y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007,
artículo VIII, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de
mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 1992 al 2005 de la Oficina de Trabajo Social
y Psicología del II Circuito Judicial de Alajuela. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 9 A 92
Expedientes: 2721
Paquetes: 26
Año: 1992 - 2005
Asunto: Documentación
Administrativa: 26 paquetes con 2721 Expedientes Sociales, Psicológicos y
Psicosociales. (1 paquete con 1 expediente de 1992, 2 de 1994, 7 de 1995 y 4 de
1996, 1 paquete con 83 expedientes de 1997, 2 paquetes con 196 expedientes de
1998, 3 paquetes con 289 de 1999, 4 paquetes con 402 expedientes del 2000, 3
paquetes con 366 expedientes del 2001, 3 paquetes con 398 expedientes del 2002,
4 paquetes con 402 expedientes del 2003, 3 paquetes con 343 expedientes del
2004, 2 paquetes con 228 expedientes del 2005.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 28 de
marzo del 2011.
Lic.
Alfredo Jones León
(IN2011023934) Director
Ejecutivo
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional
para la Selección
y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 03-2006, del 01 de setiembre de
2006, artículo I, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 83-06, del 02
de noviembre del 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la eliminación de expedientes de violencia doméstica del año 2008 del Juzgado
de Violencia Doméstica de Pérez Zeledón, La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: V 1 S 08
Expedientes: 1301
Paquetes: 23
Año: 2008
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 28 de
marzo del 2011.
Lic.
Alfredo Jones León
(IN2011023937) Director
Ejecutivo
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional
para la Selección
y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2007 celebrada el 06 de agosto
de 2007, articulo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 66-2007
celebrada el 06 de septiembre de 2007, artículo XXXVII, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1990
al 2008 de la
Subdelegación Regional de Turrialba del Organismo de
Investigación Judicial. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en
ese Despacho.
Remesa: O 16 C 90
Ampos: 30
Libros: 6
Paquetes: 17
Año: 1990 - 2008
Asunto:
Documentación Administrativa: 1
paquete con 5 ampos de Capturas, Estadística, Correspondencia enviada y
recibida de 2005 a
2007. 1 paquete con 5 ampos de Viáticos, Circulares, Capturas, Diligencias
Menores, Estadística, Correspondencia Certificada de 2005 a 2007. 1 paquete con 5
ampos de Capturas, Diligencias Menores, Análisis de casos, Denuncias, Notas. De
2005 a
2006. 1 paquete con 5 ampos de Capturas pendientes,
Capturas,
Diligencias Menores, Notas, Distribución de denuncias de 2003 a 2006. 1 paquete con 5
ampos con Remisión, Tener a la
Orden, Actas de decomiso, Estadística, Notas de 2006. 1
paquete con 5 ampos de Boletas de combustible, Notas, Registro de detención,
Capturas pendientes, Horas Extras de 2003 a 2007. 1 paquete con 6 libros: Libro de
conocimiento, Libro de informes SI, Exposición Criminalística, Informes de
Investigación CI, Cursos de 1990
a 2003. 1 paquete con Registro de Asistencia de 2006 a 2008. 1 paquete con
Correspondencia recibida, Boletas del médico, Control de revisión de decomisos,
Dirección general (memorando), Plan Operativo, Facturas por pagar y cobro,
Estadísticas de 2006 a
2007. 1 paquete con Viáticos, Estadísticas, Notas de 2007. 5 paquetes con Notas
N° 4 2007, Estadísticas 2008, Notas Estadísticas 2008, Estadísticas 2008, Notas
N° 3 2007.
1 paquete con
Planes Operativos, Análisis, Correspondencia, Fotocopias, Control de
Combustible, Registro de Asistencia de 2006 a 2008. 1 paquete con Pertenencias de
detenidos, Viáticos N° 2 2007, Horas Extras de 2006 a 2007.
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho
días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos
veces más en el Boletín Judicial.
San José, 28 de
marzo del 2011.
Lic.
Alfredo Jones León
(IN2011023939) Director
Ejecutivo
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional
para la Selección
y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2007 celebrada el 06 de agosto
de 2007, articulo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 66-2007
celebrada el 06 de septiembre de 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento
de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se
procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1977 a 2008 de la Dirección General
del OIJ. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20399
Paquetes: 249
Libros: 2
Ampos: 539
Carpetas: 123
Año: 1977-2008
Asunto: Documentación Administrativa: 01
Paquete de correspondencia Año 1987, 06 Paquetes de correspondencia Año 1991,
04 Paquetes de correspondencia Año 1992, 14 Paquetes de correspondencia Año
1993, 10 Paquetes de correspondencia Año 1994, 25 Paquetes de correspondencia
Año 1995, 12 Paquetes de correspondencia Año 1996, 29 Paquetes de
correspondencia Año 1997, 01 Paquete de Actas Reportes Mensual de Expedientes
Administrativo Año 1998, 01 Paquete de Horas Extras Año 1998,
01 Paquete de
Informes Año 1998, 56 Paquetes de correspondencia Año 1999, 01 Paquete de
Reporte de novedades Actas Año 1999, 01 Paquete de Recursos de Amparo Año 1999,
01 Paquete de Recurso de Habeas Corpus Año 1999, 01 Paquete de Circulares Año
1999, 01 Paquete de Informe Mensual de Labores Año 1999, 61 Paquetes de
correspondencia Año 2000, 01 Paquete de Circulares Año 2000, 01 Paquete de
Copias de Periódicos Año 2000, 01 Paquete de Recurso de Amparo Año 2000, 01
Paquete de Recurso de Habeas Corpus Año 2000,
01 Paquete de
Documentación de Expedientes Administrativo Año 2000, 01 Paquete de
Nombramiento de Personal Año 2000, 01 Paquete de Caja Chica Año 2000, 02
Paquetes de Correspondencia Año 2001, 01 Paquete de Presupuesto Año 2001, 02
Paquetes de correspondencia Año 2002, 01 Paquete de Horas Extras Año 2002, 03
Paquetes de correspondencia Año 2003, 05 Paquetes de correspondencia Año 2005,
01 Paquete de Compras de OPO-SPII Año 2005, 01 Paquete de Presupuesto Año 2006,
92 Ampos de correspondencia Año 2003,
90 Ampos de
Correspondencia Año 2004, 101 Ampos de correspondencia Año 2005, 98 Ampos de
correspondencia Año 2006, 62 Ampos de correspondencia Año 2007. 96 Ampos de
correspondencia Año 2008, 02 Libro de Entradas y Salidas de Expedientes Penales
Años 1986 – 1992, 09 Carpetas del Año 1977 con información de Casos Varios
sobre, Adulteración de Licor, Marihuana Decomisada, Investigación de trafico de
Drogas, Investigación de Avión Anaranjado, Caso Atendidos por la Sección de
Estupefacientes,
Caso
Pulsero-Capresa Caso C43-77, Prófugos Norteamericanos, Investigación de George
Ford Caso Mike Cura, 24 Carpetas del Año 1978 con información de casos varios sobre: Expediente Caso Escobar Gaviria, Caso Decomiso de Marihuana,
Investigación para Lic. Fernando Cruz, Planta Marihuana, Cristo Rey, Caso
investigación U.S. A., Caso Tuso, Caso Sánchez Cunnighan, Suestro Prenda
Juzgado Primero de Instrucción, Caso Secuestro Motos, caso Maopin Crawn, Caso
Jaime Perera, Caso Narcóticos N.S.P., Caso Sergio Emilio Araya Villalobos,
Investigación
Rafael Solano Arias, Caso Mario Vicente Jarquín Miranda, Decomiso de Rocola,
Caso de Secuestro documentos Excelsior, Falsificación de Carné, Secuestro de
documentos en Barsuna, Decomiso de Caja Registradora, Caso Clínica Clandestina
de Abortos, Trascripción de Dialogo Telefónico trafico de cocaína,
Investigación Laboratorio Haschis, Investigación de Tráfico de marihuana en la Reforma, 20 Carpetas del
Año 1979 con información de casos varios sobre: Caso Coca Cola, Caso Yau Wai NG
Lcon,
Allanamiento
Ana María Morales Ramírez, Menores Cementerio, Caso Mario Vicente Jarquín
Miranda, Caso Captura El Mudo, Caso Cédula Alterada, Caso Los Nicas
Indeseables, Caso Zúñiga Suárez, Caso Allanamiento Casa de Santa Marta, Caso
Faltas a la Autoridad,
Caso Carne exportada de Venezuela, Caso “LOVE” trafico de Cocaína,
Conversaciones Telefónicas de Coca Pacheco, Caso Salazar Fioravanti, Caso de
Oficialía, Caso Policía de Tránsito Desamparados, Caso Juan Mejías la Golfitena, Caso de
Hatillo 05,
01 Carpeta del
Año 1980 con información sobre: Caso Levis, 18 Carpetas del Año 1981 con
información de casos varios sobre: Caso la que se hacia la loca para comer,
caso Cuchucho, caso arma perdida en Fiscalía, Irrespeto a la Autoridad parque
Morazán, caso Inspección Judicial, Caso del Timo las Chapitas, Caso el Rapto,
Caso Allen y el Inodoro, Caso daños Ciudadela Calderón Muñoz, Caso Agresión a
Tobal, Caso Suplantación de miembro del OIJ, Caso Lesiones Graves por la Zebra, Caso abusos
deshonestos de Macho Piel Roja,
Sustracción de
Munición, Falsificación de Concreto S. A., Caso Pistola de Juguete, Industrias
Luthmer, Caso Pasaporte de Migración, 02 Carpetas del Año 1983 con información
de casos varios sobre: Patrimonio de la Dirección General,
Caso Dólares, 03 Carpetas del Año 1985 con información de casos varios sobre:
Asamblea Legislativa Caso Caro Quintero, Caso Secuestro extorsivo y homicidio
de Pacheco Pinto Guillermo, Plan de estudio de la Escuela Superior
de Policía, 01 Carpeta del Año 1987 con información sobre: Caso Roberto
Tristán,
03 Carpetas del
Año 1988 con información de casos varios sobre: Libro
de Caja, Manual de procedimientos del programa ICITAP, Caso Hermano Lic.
Guillen, 03 Carpetas del Año 1989 con información de casos varios sobre: Caso
Homicidio Diego Trejos, Cumbre Presidencial, Comisión de Informática Pendiente,
05 Carpetas del Año 1990 con información de casos varios sobre: Caja de
Seguridad con Marihuana, Desaparición de Niños en Costa Rica, Denuncias Contra
Inspectores de Tránsito, Detención Boliviano Edgar Fernández Lazcano,
FBI Advanced Latent Finger Print School U.S. Department Of. Justicie, 01
Carpeta del Año 1991 con información sobre: Estupefaciente Intervenciones
Telefónicas llamadas internacionales, 10 Carpetas del Año 1992 con información
de casos varios sobre: Remisión de Sumario de Prevención Policial (Comando
Cobra dos), Caso Limón Salamanca (Homicidio de Rolando Watson), Ejecución
Presupuesto OIJ (Proyecto Marco de Referencia), Caso Corrupción Panamá, Radio
Patrullas (Recortes de Periódicos),
Caso Di Leoni
Badilla Roque (Homicidio Leonardo Chacón), Caso Secuestro Extorsivo en
perjuicio del Lic. Luis Fishman, Caso Secuestro de Alemana Sra. Gelinde
Kaltenbach, Caso Secuestro Cabo Marzo-San Carlos, Auditoria Aspectos a Valorar,
04 Carpetas del Año 1993 con información de casos varios sobre: Caso Los
Chapulines, Caso Comando Polaina, Caso Tamaya, Secuestro de Magistrados, 02
Carpetas del Año 1994 con información de casos varios sobre: Caso Asalto Bancos
Venezolanos, Caso Randolf Charles Brenner Silva,
01 Carpeta de
Año 1995 con información sobre: Cicap informe de Limón, 15 Carpeta del Año 1996
con información sobre: Estupefacientes, 01 Carpeta del Año 1997 con información
sobre: Caso de Licor Adulterado.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 28 de
marzo del 2011.
Lic.
Alfredo Jones León
(IN2011023940) Director
Ejecutivo
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional
para la Selección
y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007,
artículo II, aprobada por el Consejo
Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace
del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del
año 2003 al 2009 de la
Oficina Centralizada de Notificaciones de Pérez Zeledón. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 34 S 03
Paquetes: 71
Libros: 1
Documentos: 2
Año: 2003 a 2009
Asunto:
Documentación administrativa: 55 paquetes de listado de cedulas de
notificaciones del 2007 a
2009, 2 paquetes de informes mensual y trimestral del 2009, 10 paquetes de
control de notificaciones recibidas del 2007, 4 paquetes de correspondencia
certificada del 2003 a
2007, 1 libro de notificaciones por casillero del 2009, 1circular
2009,1control diario de listas 2009.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 28 de
marzo del 2011.
Lic.
Alfredo Jones León
(IN2011023942) Director
Ejecutivo
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional
para la Selección
y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007,
artículo II, aprobada por el Consejo
Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace
del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del
año 1941 al 2009 del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20400
Paquetes: 44
Libros: 185
Ampos: 221
Agendas: 21
Año: 1941-2009
Asunto: Documentación Administrativa: 6
Paquetes con registros de remesas de los años 1941 a 1979. 1Libro de
entrada de 1991 y 1986, 3 Libros de Evidencias de 1984 -1987, 1 Libro de
Boletas de Donaciones de 1989-1990, 1 Libro de Actas de Decomiso 1987, 1 Libro
de Conocimientos 1989 y 6 paquetes de
Registro de Remesas de 1981-1989. 5 Libros de Inventario de Evidencias, 5
Libros de Conocimientos, 2 Libros de
Registro de Correspondencia Certificada, 1 Ampo de Actas de Objetos
Decomisados y 1 Ampo de Boletas de
Comisiones, todos de 1992.
3 Libros de
Inventario de Evidencias, 8 Libros de Conocimientos, 4 Libros de Registro de Correspondencia Certificada, 1 Libro de
Boletas de Donaciones, 1 Libro de Entradas y
1 Ampo de Actas de Objetos
Decomisados, todos de 1993. 4 Paquetes de Informes Estadísticos, 6 Libros de
Inventario de Evidencias, 9 Libros de Conocimientos, 3 Libros de Registro de
Correspondencia Certificada, 1 Libro de Boletas de Donaciones, 3 Libros de
Entradas, 1 Ampo con Resoluciones, 1 Ampo con Registros y Reportes, y 2 Ampos de Actas de Objetos Decomisados,
todos de 1994.
5 Paquetes de
Informes Estadísticos, 4 Libros de Inventario de Evidencias, 9 Libros de
Conocimientos, 2 Libros de Registro de Correspondencia Certificada, 1 Libro de
Entradas, 1 Ampo con Registros y Reportes,
y 1 Ampo de Actas de Objetos Decomisados, todos de 1995. 1 Paquete de
Informes Estadísticos, 4 Libros de Inventario de Evidencias, 11 Libros de
Conocimientos, 4 Libros de Registro de Correspondencia Certificada, 1 Ampo con
Exámenes Criminalísticos, y 1 Ampo de Consecutivos de Oficios, todos de 1996.
3 Paquetes de
Informes Estadísticos, 4 Libros de Inventario de Evidencias, 6 Libros de
Conocimientos, 4 Libros de Registro de Correspondencia Certificada, 2 Libro de
Entradas, 1 Ampo con Ordenes de Captura, 1 Ampo con Circulares y 1 Ampo con
Exámenes Criminalísticos y 1 Ampo con Libertades, todos de 1997. 1 Paquete de
Informes Estadísticos, 1 Libro de Inventario de Evidencias, 7 Libros de
Conocimientos, 1 Libro de Entradas, 1 Ampo Con Registro de Nombramientos, 1
Ampo con Oficios, 1 Ampo con Circulares, 2 Ampos con exámenes Criminalísticos,
1 Ampo con Informes Mensuales y Anuales y 1 Paquete con Actas de Destrucción,
todos de 1998.
2 Paquetes de
Informes Estadísticos, 1 Libro de Inventario de Evidencias, 10 Libros de
Conocimientos, 2 Libros de Entradas, 1 Libro de Registro de Correspondencia
Certificada, 1 Ampo con Oficios, 2 Ampos con Circulares, 2 Ampos con
Libertades, 1 Paquete con Registro de Remesas y 3 Ampos con Agendas de
Señalamiento, todos de 1999. 1 Paquete de Informes Estadísticos, 10 Libros de
Conocimientos, 1 Libro de Registro de Correspondencia Certificada, 4 Ampo con
Oficios, 3 Ampos con Circulares, 3 Ampos con Libertades, 1 Ampo con Tener a la Orden, 1 Ampo con
notificaciones, 1 Ampo con Informes Mensuales y Anuales, 1 Ampo con Registros
de Nombramientos,
1 Ampo con
Habeas Corpus, 1 Ampo con Registros de Allanamientos, 2 Ampo con Registros de
Objetos Decomisados y 4 Agendas de Señalamiento, todos del 2000. 2 Paquetes de
Informes Estadísticos, 9 Libros de Conocimientos, 4 Ampos con Oficios, 3 Ampos
con Circulares, 2 Ampos con Libertades, 3 Ampos con Tener a la Orden, 1 Ampo con
Notificaciones, 2 Ampos con Informes Mensuales y Anuales, 1 Ampo con Registros
de Nombramientos, 2 Ampos con Habeas Corpus, 2 Ampos con Registros de
Allanamientos, 1 Ampo con Registros de Objetos Decomisados,
1 Ampo con
Registro de Dictámenes Médicos, 1 Ampo con Ordenes de Giro, 1 Ampo con
Remisiones, 1 Ampo con Control de Asistencia, 1 Ampo con Registro de Inspección
Judicial y 3 Agendas de Señalamiento,
todos del 2001. 8 Libros de Conocimientos, 1 Libro de Registro de
Correspondencia Certificada, 3 Ampos con Circulares, 1 Ampo con Comisiones, 3
Ampos con Libertades, 4 Ampos con Consecutivos de oficios, 3 Ampos con Tener a la Orden, 1 Ampo con Informes
Mensuales y Anuales,1 Ampo con Control de Asistencia, 2 Ampos con Ordenes de Remisión, 1 Ampo con Ordenes de Giro,
1 Ampo con
Registros de Nombramientos, 1 Ampo con Habeas Corpus, 1 Ampo con Registros de
Allanamientos, 1 Ampo con Reportes y Registros y 1 Ampo con solicitudes de Averiguar
Muerte, todos del 2002. 2 Paquetes de Informes Estadísticos, 7 Libros de
Conocimientos, 1 Libro de Registro de Correspondencia Certificada, 4 Ampos con
Circulares, 1 Ampo con Comisiones, 4 Ampos con Libertades, 1 Ampo con
Consecutivos de oficios, 3 Ampos con
Tener a la Orden,
1 Ampo con Informes Mensuales y Anuales, 1 Ampo con Control de Asistencia, 2
Ampos con Ordenes de Remisión,
1 Ampo con
Registros de Nombramientos, 1 Ampo con Habeas Corpus y 1 Ampo con Registros de
Allanamientos, todos del 2003. 2
Paquetes de Informes Estadísticos, 6 Libros de Conocimientos, 1 Libro de
Registro de Correspondencia Certificada, 3 Ampos con Circulares, 1 Ampo con
Comisiones, 3 Ampos con Libertades, 2 Ampos con Consecutivos de oficios, 4 Ampos con Tener a la Orden, 2 Ampos con Informes
Mensuales y Anuales, 2 Ampos con Control de Asistencia, 3 Ampos con Ordenes de
Remisión, 1 Ampo con Registros de Nombramientos, 1 Ampo con Habeas Corpus,
1 Ampo con
Registros de Allanamientos, 4 Agendas de Señalamiento, 1 Ampo con Notificaciones
y 1 Ampo con Órdenes de Captura, todos del 2004. 2 Paquetes de Informes
Estadísticos, 2 Libros de Conocimientos, 1 Libro de Registro de Correspondencia
Certificada, 4 Ampos con Circulares, 1 Ampo con Comisiones, 4 Ampos con
Libertades, 2 Ampos con Consecutivos de oficios, 3 Ampos con Tener a la Orden, 1 Ampo con Informes
Mensuales y Anuales, 1 Ampo con Control de Asistencia, 1 Ampo con Ordenes de
Remisión, 1 Ampo con Registros de Nombramientos, 1 Ampo con Habeas Corpus,
3 Agendas de
Señalamiento, 4 Ampos con Notificaciones, 1 Ampo con inventario de Objetos
Decomisados y 1 Ampo con Órdenes de Captura, todos del 2005. 1 Paquete de
Informes Estadísticos, 2 Libros de Conocimientos, 1 Libro de Registro de
Correspondencia Certificada, 4 Ampos con Circulares, 2 Ampos con Libertades, 1
Ampo con Consecutivos de oficios, 3
Ampos con Tener a la Orden,
1 Ampo con Informes Mensuales y Anuales, 3 Ampos con Ordenes de Remisión, 1
Ampo con Registros de Nombramientos, 4 Agendas de Señalamiento, 1 Ampo con Reportes
y Registros, y 3 Ampos con Boletas
Anuladas, todos del 2006.
1 Libro de
Control de Detenidos, 1 Paquete de Informes Estadísticos, 1 Libro de
Conocimientos, 4 Ampos con Circulares, 1 Ampo con Libertades, 5 Ampos con
Consecutivos de Oficios, 1 Ampo con
Tener a la Orden,
3 Ampos con Informes Mensuales y Anuales, 3 Ampos con Ordenes de Remisión, 1
Ampo con Registros de Nombramientos, 3 Agendas de Señalamiento, 2 Ampos con
Reportes y Registros, 1 Paquete de informe de proveeduría, 1 Ampo de registro
de copias, 1 Ampo de Allanamientos,
todos del 2007.
1 Paquete de
Informes Estadísticos, 1 Libros de Conocimientos, 1 Ampo con Circulares, 1 Ampo
con Libertades, 3 Ampos con Consecutivos de oficios, 1 Ampo con Tener a la Orden, 2 Ampos con Informes
Mensuales y Anuales, 1 Ampo con Registros de Nombramientos, 3 Ampos con
Reportes y Registros, y 1 Paquete con Informes de Proveeduría, todos del 2008.
1 Ampo con oficios de enero a diciembre del año 2009.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 28 de
marzo del 2011.
Lic.
Alfredo Jones León
(IN2011023943) Director
Ejecutivo
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional
para la Selección
y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007,
artículo II, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de
mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Documentación Administrativa del año 2000 al 2009 de la Administración Regional
de Golfito. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa: A 12 P 00
Cajas: 15
Año: 2000 - 2009
Asunto:
Documentación Administrativa: 5
cajas con Registros de Notificaciones de 2000 a 2009. 2 cajas con Control de Correo
Certificado de 2000 a
2009. 1 caja con Reintegro de Dinero de 2000 a 2009. 1 caja con Reportes de Fax de 2000 a 2009. 1 caja con
Consecutivo de Oficios de 2000
a 2008. 1 caja con Libreta de Control y servicios de
Mantenimiento de Vehículos de 2002
a 2009. 1 caja con Horas Extras, entradas de mercadería,
Viáticos pagados de 2001 a
2009. 1 caja con Circulares de 2000
a 2009. 2 cajas con Solicitud de vehículos, Boletas de
combustible, boletas de decomiso temporal de armas en entrada del edificio,
Boletas de Fotocopias, Registro de Asistencia de 2000 a 2009.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva,
dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este
aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 28 de
marzo del 2011.
Lic.
Alfredo Jones León
(IN2011023944) Director
Ejecutivo
PRIMERA
PUBLICACIÓN
Asunto: Asueto concedido a los servidores que laboran
en las oficinas judiciales del cantón de Grecia de la provincia de Alajuela
SE HACE SABER:
Que las
oficinas judiciales del cantón de Grecia de la provincia de Alajuela,
permanecerán cerradas durante el día veintisiete de abril de dos mil once, con
las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos
cívicos de dicho cantón.
San José, 28 de
marzo del dos mil once.
MBA. Ana
Eugenia Romero Jenkins,
Exonerado.—(IN2011024734). Subdirectora
Ejecutiva.
Asunto: Asueto concedido a los servidores que laboran
en las oficinas judiciales del cantón de La Cruz de la provincia de Guanacaste.
SE HACE SABER:
Que las
oficinas judiciales del cantón de La
Cruz de la provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas
durante el día seis de mayo de dos mil once, con las salvedades de costumbre,
por motivo de la celebración de los festejos cívico patronales de dicho cantón.
San José, 29 de
marzo del dos mil once.
MBA. Ana
Eugenia Romero Jenkins,
Exonerado.—(IN2011024735). Subdirectora
Ejecutiva
publicación
de una vez
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo N° 11 de la Ley N° 2281 “Creación del Fondo de Socorro Mutuo
del Poder Judicial”, se invita a los servidores judiciales aquí citados, que en
la actualidad se encuentran con permisos y suspensiones sin goce de salario,
para que dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la publicación de
este aviso, procedan a cancelar el saldo adeudado por concepto de cuotas
atrasadas, mediante depósito en la cuenta corriente N° 100-01-095-001214-2 del
Banco Nacional de Costa Rica denominada “Fondo de Socorro Mutuo”, o en la caja
del Departamento de Financiero Contable, sita en el primer piso del Edificio de
la Plaza de la Justicia. De no
hacerlo, perderán los derechos que como mutualista les otorga la citada Ley.
Cédula
de identidad Nombre
y apellidos Saldo
¢
105800980 Chaves
Madrigal Dennis Eduardo 5.500,00
105870258 Peraza Delgado Dinia Patricia del C 7.500,00
107640629 Araya Rodríguez Evelyn Gabriela 7.500,00
107930506 Sandoval Poveda Antonio Enrique 3.000,00
108060530 Trigueros Brenes Mayra Helena 7.500,00
108660047 Navarro Marín Viviana 2.500,00
108700972 Chacón Mejía Ronald Gerardo 7.500,00
109000929 Retana Rodríguez Alexis Francisco 4.500,00
109080916 Hernández Sequeira Dora de los Ang. 2.500,00
109660888 Sequeira Barrantes Guillermo Alonso 3.000,00
109950587 Valenciano Solano Wesley de la Trinida 3.000,00
109980100 Herrera Barboza Mauricio José 7.500,00
110140171 Angulo Salazar Mario Alonso 7.500,00
110490295 Ching Sojo Maylin Alejandra 3.000,00
204510648 Dall Anese Ruiz Francisco Javier 11.500,00
205260244 Duran Castro Marlene 2.500,00
303290104 Gamboa Dormond Cristian Guillermo 8.500,00
303760539 MC Carthy Chavarría Luis Gerardo 4.500,00
502690836 Hernández González Omar Donal 7.500,00
503340208 Castillo Barrantes Haydee 7.500,00
601260386 León Pérez Gerardo 11.500,00
602220848 Jiménez Carranza Benito Martín 7.500,00
602390410 Zeledón Cortes Bellanira 3.000,00
602830673 Ortega Morales Jorge 7.500,00
701010028 Castro Solís Rodrigo Martín 8.500,00
701120211 Jara Oviedo Marta de los Ángeles 11.000,00
701610866 Cordero Marroquín Éricka Isabel 11.000,00
701670907 Rodríguez Murillo Gustavo Alonso 1.500,00
Publíquese en
el Boletín Judicial.
San José, 28 de
marzo del 2011
Alfredo
Jones León,
Director
Ejecutivo
1 vez.—Exonerado.—(IN2011024733).
PRIMERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE
SABER:
De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 81 de la Ley
de la
Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las
catorce horas y veintiséis minutos del veintiocho de marzo del dos mil once, se
da curso a las acciones de inconstitucionalidad números 11-000329-0007-CO y la
acumulada a esta, número 11-000806-0007-CO, interpuestas por Álvaro Sáenz
Saborío, mayor, casado una vez, ingeniero civil, vecino de San José, San Rafael
de Escazú, Alto de las Palomas, portador de la cédula de identidad número
uno-quinientos-cero setenta y dos, en mi condición de presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma y con la representación judicial y
extrajudicial de la
Asociación Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria,
cédula jurídica número tres-cero cero dos-cero cincuenta y un mil trescientos
dieciséis y Manuel H. Rodríguez Peyton, mayor, casado, vecino de Curridabat,
portador de la cédula de identidad uno-trescientos cuarenta y uno-cuatrocientos
noventa y cinco, en su condición de presidente con facultades de apoderado
generalísimo de la
Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector
Empresarial Privado (UCCAEP), cédula de persona jurídica tres-cero cero
dos-cero cinco seis tres ocho uno, para que se declare inconstitucional la Ley de Asociaciones Nº 218 de
8 de agosto de 1939, según reforma introducida por Ley Nº 8901, publicada en La Gaceta Nº 251 del
27 de diciembre de 2010, la cual reforma el artículo 10 de la Ley de Asociaciones Nº 218, de
8 de agosto de 1939, el artículo 42 de la Ley de Asociaciones Solidaristas, Nº 6970 de 7 de
noviembre de 1984, los artículos 345, 347 y 358 del Código de Trabajo y el
artículo 21 de la Ley
sobre el Desarrollo de la
Comunidad, Nº 3859, de 7 de abril de 1967. Las normas se
impugnan en cuanto dispone que se deberá garantizar la
representación paritaria de ambos sexos, e indica que en toda nómina y órgano
impar, la diferencia entre el total de hombres y mujeres no podrá ser superior
a uno. Se acusa la inconstitucionalidad de esta Ley, por violar los artículos
25, 28, y 60 de la
Constitución Política, que regulan entre otros, el derecho de
asociación, el principio de libertad y la autonomía de la voluntad, la libertad
de sindicalización y por contravenir además los principios de razonabilidad y
proporcionalidad. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en
que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de
conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este
aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta
la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse
en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de
aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único
que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución
final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los
que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición
interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas
que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera
inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación
de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos
pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta
la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de
coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su
caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les
interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de
la Ley de la Jurisdicción
Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91,
0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la
norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones
señaladas.
San José, 29 de marzo del 2011.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exento.—(IN2011024725) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 81 de la Ley
de la
Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las doce
horas y veintisiete minutos del veintidós de marzo del dos mil once, se dio
curso a la acción de inconstitucionalidad número 10-017768-0007-CO que
promovido Rodrigo de Assis Romera, mayor, brasileño, soltero, ejecutivo
internacional, vecino de Heredia, Barreal, quinientos metros este de Real
Cariari, portador del pasaporte número CX siete cinco siete cuatro uno cero, en
su condición de Gerente Administrativo Contable con facultades de Apoderado
Generalísimo sin límite de suma de la empresa Compañía Nestlé Costa Rica S. A.,
personería jurídica número 3-101-177279, para que se declare inconstitucional
la directriz interpretativa Nº 20-03 emitida por el Director General de
Tributación Directa, En ese sentido, señala que tal disposición de alcance
general lesiona los artículos 45 y 56 de la Constitución Política,
estima el menoscabo de los principios de reserva de ley, de jerarquía
normativa, de seguridad jurídica, de libertad de empresa y del derecho de la
propiedad. Refiere el actor que la administración tributaria realizó a su
patrocinada un ajuste a la base imponible derivado del estudio de precios de
transferencia según el valor normal del mercado para los períodos fiscales 2005
y 2006, al pretender que se cancelen impuestos por ingresos que no fueron
recibidos por su empresa. Explica que lo anterior se fundamenta en la citada
directriz, y en ese sentido señala que de modo equívoco Tributación Directa
afirma que tal disposición permite interpretar los artículos 8 y 12 del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios, esgrime que las normas de precios de
transferencia no son normas técnicas, porque facultan a la Tributación Directa
a variar un elemento esencial del tributo, como lo es la base imponible, al
tener la opción de asignar ingresos brutos, deducciones, créditos de una
empresa a otra, incluso en distintas jurisdicciones, además asegura que sobre
el tema precios de transferencia no existe regulación lega!, y que precisamente
los lineamientos para su desarrollo devienen de la Organización para la Cooperación y Desarrollo
Económico (OCDE), misma que Costa Rica no ha aprobado y por ello sostiene que
no forma parte del marco de legalidad. Advierte que tal ente presenta una
completa estructura con el fin de evaluar la razonabilidad de los montos
pagados o cobrados en operaciones entre partes relacionadas. Refiere como
asunto base el recurso de casación planteado ante la Sala Primera de la Corte Suprema de
Justicia, contra la sentencia número 4314-2010 dictada por el Tribunal
Contencioso Administrativo, según expediente Nº 09-002281-1027-CA en la cual
invocó la inconstitucionalidad de la citada “directriz interpretativa” como
medio necesario y razonable para amparar los derechos de su patrocinada. Considera
que con tal directriz lejos de interpretar la ley tributaria, se pretende
extender sus alcances y límites por medio de la creación de una disposición
normativa de naturaleza externa que obligue al contribuyente. En ese sentido,
asegura que la
Administración Tributaria creó un mecanismo que excede sus
facultades y competencias y por tal razón resulta jurídicamente “inidóneo para
la regulación de los Precios de Transferencia, específico y complejo fenómeno
de la materia tributaria que requiere de regulación legal y reglamentaria
especifica y precisa para realizar un orden jurídico en el que coexistan como
es debido las potestades de fiscalización de la Administración Tributaría
y los derechos y garantías del contribuyente”. Afirma que dicha directriz tiene
como finalidad regular los precios de transferencia de acuerdo al valor normal
del mercado, introduciendo una norma que trata de suplir la ausencia de
disposiciones reglamentarias o legales propias de la materia tributaria, y no
simplemente la insuficiencia de normas de tal naturaleza y jerarquía. Establece
que el Ordenamiento Jurídico carece de una disposición referente a los precios
de transferencia y a los métodos para precisarlos, con el objeto de su
respectivo tratamiento fiscal, vicisitud que desde su perspectiva incide de
forma directa en la esfera de los contribuyentes al determinar la causa, el
contenido y el monto de las obligaciones tributarias, condicionando el
ejercicio de la libertad de empresa. Sobre el tema en discusión, define los
precios de transferencia como aquéllos en los cuales se pactan los bienes
tangibles e intangibles, servicios, prestamos o cualquier otra operación
efectuada entre sujetos relacionados, en otros términos, “son los precios a los
que una empresa vende a su entidad relacionada, y por lo tanto, tienen o puede
tener consecuencias fiscales, al incidir en la base imponible para el cálculo
de los impuestos”. Concluye el actor que la directriz configura un acto
arbitrario de la administración tributaria, pues lejos de interpretar la ley
tributaria, excede sus alcances y límites, además tal administración regula los
precios de transferencia según su valor de mercado por medio de una instrucción
interna general emitida por la Dirección General de Tributación Directa a sus
subordinados jerárquicos, misma que no constituye fuente de derecho y por ende
no resulta de observancia obligatoria para los contribuyentes, ni podría
incidir en su situación y posición jurídica, ni en sus relaciones de naturaleza
tributaria con la administración. Califica a la directriz como innovativa y no
como interpretativa, misma que alcanza la esfera de los contribuyentes y
determina el orden de sus derechos y obligaciones, proceder en virtud del cual
se usurpan las potestades legislativas y reglamentarias, al quebrantar en
consecuencia los principios de interdicción de la arbitrariedad, de legalidad,
de regularidad jurídica, de reserva de ley, de jerarquía normativa, de
seguridad jurídica, de libertad de empresa y del derecho de la propiedad. Por
lo expuesto solicita declarar con lugar la acción interpuesta. Así se informa
para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo
impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta
tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos
judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y
se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la
sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el
sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía
administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos
tendentes a agotar esa vía, que únicamente son tos que se inician con y a
partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final,
salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la
tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los
quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán
apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la
interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado
o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en Cuanto a su procedencia
o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de
inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber
además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91,
0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la
norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones
señaladas.
San José, 23 de marzo del 2011.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exento.—(IN2011024726) Secretario
De acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 81 de la
Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que por resolución de las dieciséis horas y
nueve minutos del veintidós de marzo del dos mil once, se dio curso a la acción
de inconstitucionalidad número 11-000497-0007-CO que promovida Julieta Murillo
Bolaños, para que se declare inconstitucional los artículos 115 y 131 inciso e)
de la Ley de
Tránsito, número 7331 de 13 de abril de 1993, por estimarlo contrario a los
artículos 35, 39 y 42 de la Constitución Política que tutelan los principios
del debido proceso, de tipicidad, de juez natural, de razonabilidad y de
proporcionalidad. Refiere la accionante que en fecha 11 de enero de 2011 un
oficial de tránsito le confeccionó en la provincia de San José un parte en
virtud de portar un teléfono celular a la entrada de un parqueo y por tal razón
se le impuso una multa fija de 237.150 colones, por aplicación de los numerales
115 y 131 e) de la citada ley de tránsito. Señala como asunto base la apelación
interpuesta el día 17 de enero del presente año ante la Unidad de Impugnaciones del
Consejo Nacional de Seguridad Vial (COSEVI) en el cual invocó la
inconstitucionalidad de tales normas por considerar que las multas son
desproporcionales y contrarias a la razonabilidad, en primer término por
exceder más del 50% al 75% del salario mínimo legal, además por los efectos de
cosa juzgada material y por no existir el proceso legal de impugnación a favor
de los perjudicados, aspecto que en su opinión sólo las leyes y la Constitución Política
conceden a las sentencias judiciales firmes. Agrega que tales disposiciones
normativas vulneran el principio de tipicidad penal, al calificarlas como tipos
abiertos, porque los oficiales de tránsito se arrogan la facultad de juez y
parte, sin existir un contralor judicial que tutele las garantías de los
administrados. Por último, señala que las normas impugnadas no cumplen con un
fin disuasivo, sino confiscatorio del salario mínimo. En virtud de todo lo
expuesto solicita declarar con lugar la acción interpuesta. Así se informa para
que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo
impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta
tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos
judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y
se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la
sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el
sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía
administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos
tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a
partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final,
salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la
tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los
quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse
quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la
interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado
o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia
o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de
inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber
además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91,
0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la
norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones
señaladas.
San José, 24 de
marzo del 2011.
Gerardo
Madriz Piedra
Exento.—(IN2011024727) Secretario
Para los
efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 10-17021
promovida Bernán Luis Salazar Ureña en contra de la jurisprudencia de la Sala Tercera de la Corte, referente a la
interpretación del artículo 205 del Código Procesal Penal, se ha dictado el
voto número 03056-11 de las catorce horas con treinta y nueve minutos del nueve
de marzo de dos mil once, que en lo que interesa dice:
“Se declara sin
lugar la acción”.
San José, 29 de
marzo del 2011.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exento.—(IN2011024728) Secretario
Para los
efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 09-06753
promovida Alcalde Municipal de Escazú en contra del Párrafo Primero de la Ley de Impuesto Sobre Bienes
Inmuebles, Ley Nº 7509 del 09-05-95, se ha dictado el voto número 03075-11 de
las catorce horas con cincuenta y ocho minutos del nueve de marzo de dos mil
once, que en lo que interesa dice:
“Se declara sin
lugar la acción.”
San José, 29 de
marzo del 2011.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exento.—(IN2011024729) Secretario
Para los
efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 10-04048
promovida por Juan Camilo Saldarriaga Jiménez y Matías Villagra Morales en
contra del Artículo 173 del Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa
Rica, se ha dictado el voto número 03076-11 de las catorce horas cincuenta y
nueve minutos del nueve de marzo de dos mil once, que en lo que interesa dice:
“Se declara con
lugar la acción. En consecuencia, se anula por inconstitucional el artículo 173
del Estatuto Orgánico de la
Universidad de Costa Rica. Esta sentencia tiene efectos
declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma, sin perjuicio
de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario
Oficial La Gaceta
y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.”
Se hace saber
que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir
del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.
San José, 29 de
marzo del 2011.
Gerardo
Madriz Piedra
Exento.—(IN2011024730) Secretario
Para los
efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 08-08326
promovida por Bernardo Roberto Cruz Durán en contra del Artículo 34 del
Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, se ha dictado el voto número
03077-11 de las quince horas del nueve de marzo de dos mil once, que en lo que
interesa dice:
“Se declara con
lugar la acción y, en consecuencia, se anula el inciso g) del artículo 34 del
Estatuto de Servicio Civil, por violar los derechos fundamentales a la
seguridad social, a la solidaridad, a la salud y al trabajo. Esta sentencia
tiene efecto declarativo a partir de la anulación de la norma impugnada, sin
perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en
el Diario Oficial La Gaceta
y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.”
Se hace saber
que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir
del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.
San José, 29 de
marzo del 2011.
Gerardo
Madriz Piedra
Exento.—(IN2011024731) Secretario
HACE
SABER:
A: Kattia Ellerbrock Zúñiga, mayor, notaria pública, cédula
de identidad número 01-0888-0095, de demás calidades ignoradas; Que en proceso
disciplinario notarial número 10-000201-0627-NO establecido en su contra por
Josefina de la Peña Alfaro,
se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: proceso Disciplinario
Notarial. Expediente: 10-000201-0627-NO denunciante: Josefina de la Peña Alfaro
denunciada: Kattia Ellerbrock Zúñiga. Juzgado Notarial. San José a las nueve
horas quince minutos del veintiocho de junio del dos mil diez. Se tiene por
establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial de Josefina de la Peña Alfaro contra
Kattia Ellerbrock Zúñiga, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho
días, con respecto de los hechos expondrá con claridad, si los rechaza por
inexactos o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones;
también manifestará las razones que tenga para su negativa a los fundamentos
legales en que se apoye En la misma oportunidad ofrecerá las pruebas que estime
de su interés, con indicación en su caso del nombre y las generales de la ley
de los testigos, y a las hechos respecto de los cuales deberán referirse. Para
los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional
de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de
la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le
previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el
cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en
estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no
se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las
resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente
notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas,
incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya
citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir
notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cual de ellos se
utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que
realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo
deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder
Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del
territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere
alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para
atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo
hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la
notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la
parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada
de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del
Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días
martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución
deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el
ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada;
en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona
encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones
Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del
2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en
su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por
medio de notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o
por medio de cedulas y copias de ley en su casa de habitación: San José,
Moravia, esquina suroeste de Colegio Sión, 100 oeste 50 sur, para lo cual se
comisiona a la Oficina
de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en forma personal
en su oficina: San José, de la antigua Dos Pinos 100 metros al sur, para
lo cual se comisiona a Judicial de San José, quienes podrán notificarle en de
conformidad con el artículo 21 de la
Ley N° 8687, solicítese al registro civil copia debidamente
certificada del domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase por medio
de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional
de Notariado. Conforme al numeral 153, párrafo IV del código notarial, remítase
mandamiento a la dirección de servicios registrales del Registro Nacional, para
que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese registro.
En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así
conste. Notifíquese. Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez. Juzgado
Disciplinario Notarial. San José a las catorce horas treinta minutos del
dieciocho de marzo del dos mil once. Visto en memorial que corre a folio 09,
del expediente y por haberse omitido en su oportunidad, se tienen como partes
denunciantes a las señoras: Josefina de la Peña Alfaro y María
Iluminada de la Peña
Alfaro. Asimismo, se ordena publicar nuevamente el edicto
para notificar a la Lic. Kattia
Ellerbrock Zúñiga, agregando esta resolución.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(IN2011024720). Jueza
Que en
el proceso disciplinario notarial N° 07-001228-627-NO, de Dora Eugenia Alfaro
Guillén contra la notaria Mónica Rodríguez Campos, este juzgado mediante
resolución número 806-2010 de las diez horas treinta y cinco minutos del
veintiséis de octubre del dos mil diez, dispuso imponerle a la citada notaria
Mónica Rodríguez Campos (cédula de identidad 1-1000-0253) la corrección
disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función
notarial. Dicha sanción regirá al amparo del artículo 161 del Código Notarial,
ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 26 de marzo del 2011
Msc.
Juan Carlos Granados Vargas
1 vez.—(IN2011024721). Juez
A: Pablo
Andrés Esquivel Chaverri, mayor, notario público, cédula de identidad número
01-0793-0920, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario
notarial 09-000749-627-NO establecido en su contra por José Antonio Barboza
Ramírez, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado
Notarial; San José, a las diez horas treinta y cinco minutos del veintidós de
setiembre del dos mil nueve. Se tiene por establecido el presente proceso
disciplinario notarial con acción resarcitoria de José Antonio Barboza Ramírez
contra Pablo Andrés Esquivel Chaverri, a quien se confiere traslado por el
plazo de ocho días. Con respecto de los hechos expondrá, con claridad, si los
rechaza por inexactos o si los admite como ciertos o con variantes o
rectificaciones; también manifestará las razones que tenga para su negativa y
los fundamentos legales en que se apoye. En la misma oportunidad ofrecerá las pruebas
que estime de su interés, con indicación en su caso del nombre y las generales
de ley de los testigos, y a los hechos respecto de los cuales deberán
referirse. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como
parte a la
Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo
señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba
que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo
citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo
electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no
lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s)
señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán
automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas
después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo
y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales
para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de
ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la
que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de
correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder
Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del
territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere
alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para
atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo
hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la
notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte,
que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada
de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del
Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días
martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso
de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de
acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a
fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por
válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada.
(artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687,
publicada en La Gaceta
N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta
resolución a la parte denunciada, por medio de cédula y copias de ley,
personalmente o en su casa de habitación, para lo cual se comisiona a la Oficina Centralizada
de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, quienes podrán
notificarlo ya sea su oficina: San Pedro de Montes de Oca. Barrio Dent, costado
norte de Taco Bell, de no ser localizado allí proceder a notificarlo en su casa
de habitación: Moravia de la
Sony Music, 75
metros oeste. Obténgase, por medio de intranet, las
direcciones reportadas por el denunciado en la Dirección Nacional
de Notariado y del Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del
Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro
Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito
en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder
en que así conste. Notifíquese. Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez. Juzgado
Notarial. San José a las nueve horas veinte minutos del diecisiete de febrero
del dos mil once. En razón de que no ha sido notificada la existencia del
presente proceso al denunciado Pablo Andrés Esquivel Chaverri, y conforme a la
información expedida por el Registro Civil (folio 57), se ordena notificar al
denunciado en el domicilio registral la resolución dictada al ser las diez
horas treinta y cinco minutos del veintidós de setiembre del dos mil nueve y la
presente, por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del II
Circuito Judicial de San José, personalmente o por medio de cédulas y copias de
ley en su casa de habitación San Vicente de Moravia, frente costado norte
Restaurant Princesa Marina. Siendo que no fueron resueltas en su momento
procesal oportuno las pretensiones realizadas por el actor Barboza Ramírez a
folio 11, en los puntos c, d y e; y de conformidad con el artículo 98 inciso 1
y 197 del Código Procesal Civil a fin de subsanar el procedimiento y evitar
futuras nulidades, se resuelve: 1).- En relación a los puntos c) y d), se
rechazan de plano las solicitudes de ordenar el secuestro del protocolo del
notario denunciado así como de ordenar la salida del país del mismo; toda vez
que tales peticiones resultan improcedentes en esta vía, si es de su interés
proceda el actor a formular denuncia penal donde corresponda, para lo cual
queda a su disposición el expediente de marras, a fin de que proceda con la
reproducción del mismo por sus propios medios, con el fin de presentarlo como
prueba en otro proceso judicial. 2) Vista la solicitud de medida cautelar de
anotación de demanda al margen del asiento de inscripción de los inmuebles
mencionados, efectuada por la actora Bran Moreno, se rechaza la misma por las
siguientes razones: 1).- De conformidad con el artículo 150 y 151 del Código
Notarial en esta jurisdicción notarial únicamente se tramitan dos tipos de
pretensiones, por un lado la estrictamente disciplinaria que tiene como
objetivo imponer una sanción a la notaria o al notario conforme a los hechos
que se le atribuyen y por otro lado la pretensión resarcitoria cuyo propósito
es otorgar al damnificado los daños y perjuicios causados por la actuación
notarial que se acusa como defectuosa. 2).- En relación al punto e), de
conformidad con el numeral 282 del Código Procesal Civil la anotación de
demanda procede cuando la demanda está comprendida en los primeros cuatro
incisos del artículo 468 del Código Civil, tomando en cuenta lo anterior sólo
procede a notar la demanda cuando: “1º Las demandas sobre propiedad de
determinados bienes inmuebles, y cualesquiera otras que versen sobre propiedad
de derechos reales o en que se pida la constitución, declaración, modificación
o extinción de cualquier derecho real sobre inmuebles. 2º Las demandas sobre cancelación
o rectificación de asientos del Registro. 3º Las demandas sobre declaración de
presunción de muerte, incapacidad de administrar y cualquiera otra por la que
trate de modificarse la capacidad civil de las personas, en cuanto a la libre
disposición de sus bienes. 4º El decreto de embargo y secuestro de bienes
raíces. Esta inscripción dura tres meses; si dentro de este término no se
presenta el embargo hecho para su inscripción, queda cancelada sin necesidad de
declaratoria ni de asiento.” (sic). De manera tal, que
la presente denuncia disciplinaria notarial no está prevista dentro de los
incisos del numeral 468 del Código Civil, de ahí que la medida cautelar
solicitada es absolutamente improcedente en esta sede por lo cual se rechaza.
Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez Tramitador. Juzgado Notarial. San José a
las siete horas cincuenta y cinco minutos del veintiuno de marzo del dos mil
once. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado(a) Pablo
Andrés Esquivel Chaverri, las resoluciones dictadas a las diez horas treinta y
cinco minutos del veintidós de setiembre del dos mil nueve y nueve horas veinte
minutos del diecisiete de febrero del dos mil once en las direcciones
reportadas en la
Dirección Nacional de Notariado, Colegio de Abogados y el
último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 36, 41 y
67), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas
Jurídicas (folio 44), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del
artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional
esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por
una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional.
Se le hace saber al denunciado que los hechos que se le atribuyen son
supuestamente denuncia la parte actora el incumplimiento y la no inscripción de
una hipoteca de primer grado, la misma tiene que ver con las escrituras 430 de
las quince horas diez minutos del dieciocho de abril del dos mil seis y las 431
de las catorce horas del dieciocho de diciembre del dos mil siete, en ambas no
se indica el número de Tomo. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese
ésta resolución a la Jefatura
de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al
denunciado Pablo Andrés Esquivel Chaverri, cédula de identidad 01-0793-0920.
Notifíquese.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(IN2011024722). Jueza
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Manuel Francisco Naranjo
González, cédula de identidad 5-172-252, fallecido el 23 de octubre del 2010,
se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este
despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número
11-000159-1021-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000159-1021-LA. Por
María Antonieta Monge Sáenz a favor de Manuel Francisco Naranjo González —Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 23 de marzo del 2011.—Lic. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—1
vez.—(IN2011024708).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Bautista Araya Chaves,
cédula 3-178-223, fallecido el 4 de febrero del 2010, se consideren con derecho
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de “Consignación de Fondo de Capitalización Laboral” bajo el expediente número
11-000253-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000253-0173-LA.
Promovido por Roani Mercedes Maitland Daily a favor de los causahabientes del
fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de marzo del 2011.— Lic. Arnoldo
Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2011024714).
Por el
término de ocho días, se cita y emplaza a los causahabientes del trabajador
fallecido Javier Enrique Palacios Echeverría, portador de la cédula de
identidad numero 9-070-239, vecino de La Virgen, Sarapiquí, para que se apersonen en estas
diligencias de devolución de prestaciones de trabajador fallecido a favor del
causante establecida por Judith Madrigal Méndez, quien es mayor, portadora de
la cédula de identidad numero 4-162-100 y vecina de La Virgen, Sarapiquí, bajo los
apercibimientos de que si no lo hicieren el importe será entregado de
conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
Contravencional de Menor Cuantía de Sarapiquí, Puerto Viejo, diecisiete de
marzo del dos mil once.—Lic. Francisco Vargas Ramírez, Juez.—1.—
vez.—(IN2011024715).
Para los
fines del artículo 21 del Reglamento del Banco Popular y Desarrollo Comunal, 85
del Código de Trabajo, con ocho días de término se cita y emplaza a todos los
causahabientes del trabajador fallecido José Alfredo Morera Villalobos, cédula
de identidad número 2-626-593, quien fue mayor, laboraba como pistero, vecino
de Naranjo, El Rosario, 100
metros antes del Ebais, para que se apersonen en estas
diligencias de Devolución de Ahorros de Trabajador Fallecido, en expediente
11-300006-0310-LA-1 (06-11) (3), promovidas por Lilliam Villalobos Bogantes,
bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del término dicho las
sumas de dinero pasarán a quien corresponda de acuerdo con las disposiciones
legales.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Naranjo, 22 de
marzo del 2011.—Lic Tatyana Rodríguez Castro, Jueza.—1 vez.—(IN2011024716).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Roberto Fajardo
Zelaya, quien fue mayor, divorciado, chofer, vecino de Cartago, y falleció el
11 de julio del 2008, se consideren con derecho para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias consignación de
prestaciones bajo el número 11-000157-1023-LA, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 11-000157-1023-LA. Promovido por Marta Isabel Zelaya Calderón.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 24
de marzo del 2011.—Lic. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1
vez.—(IN2011024717).
Se cita a
los causahabientes del trabajador fallecido Osvaldo Rodríguez Valverde, quien
fue mayor, soltero, empacador, vecino de San Cristóbal del Pital, tercera casa
a mano izquierda, cédula de identidad 2-582-786, para que dentro del plazo de
ocho días se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de
Devolución de Prestaciones Laborales promovidas por Elizabeth Valverde Porras y
como depositantes Frutex S. A., La Caja Costarricense
de Seguro Social y la
Operadora de Pensiones del Banco de Costa Rica y con la
advertencia de que si así no lo hicieren, el dinero se girará a quien
corresponda de acuerdo con lo que establece el artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente: 11-300044-0317-LA.—Juzgado de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos,
Ciudad Quesada, 16 de marzo del 2011.—Lic. Greivin Fallas Abarca, Juez.—1 vez.—(IN2011024718).
Se cita a
los causahabientes del trabajador fallecido William Antonio Soza, quien fue
mayor, unión libre, peón agrícola, vecino de Santa Rosa de la Palmera, cédula de
identidad 155809173617, para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a
hacer valer sus derechos en las diligencias de Devolución de Prestaciones
Laborales promovidas por Estela del Socorro López Soza y como depositante la Lydia S. A. y Operadora
de Pensiones del Banco Costa Rica con la advertencia de que si así no lo
hicieren el dinero se girará a quien corresponda de acuerdo con lo que
establece el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente: 11-300048-0317-LA.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 16 de marzo del 2011.—Lic. Greivin
Fallas Abarca, Juez.—1 vez.—(IN2011024719).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó David Antonio Rivera Flores, quien fue
mayor, salvadoreño, soltero, vecino de Calle Fallas Desamparados, portaba la
cédula de residencia número 122200275530, se les hace saber que Ana Verónica
Fernández Vargas, portadora de la cédula de identidad número 1-1118-0044,
vecina de San Sebastián, se apersonó en este Despacho en calidad de madre de
los menores Jafeth Enrique y Ana Verónica ambos de apellidos Rivera Fernández,
hijos del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido David Antonio Rivera Flores. Expediente número 11-000123-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San
José, 9 de febrero del 2011.—Lic. Lourdes Montenegro Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2011024757).
A los
causahabientes de quién en vida se llamó Reynaldo Oconitrillo Brenes, quien fue
mayor, casado, vecino de Concepción de Atenas de Alajuela, con cédula de
identidad número 110440214, se les hace saber que Bridgestone Firestone de
Costa Rica S. A., portadora de la cédula jurídica número 3-101-008915, vecino
de Belén, se apersonó en este despacho en calidad de patrono del fallecido a
fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por
ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola
vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en
este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos.
Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Reynaldo Oconitrillo
Brenes. Expediente número 11-000177-0505-LA.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 17 de marzo del 2011.—Lic. Marlene Palacios Alpízar,
Jueza.—1 vez.—(IN2011024758).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Benjamín Venegas Vargas, quien fue
mayor, casado, vecino de Heredia, San Antonio, Barrio San Vicente, del Liceo de
Belén, 200 metros
al oeste y 100 metros
al norte, con cédula de identidad número 0111880761, se les hace saber que
Yorlin Elieth Polanco Sánchez, portadora de la cédula de identidad número
155807404616, vecina de Heredia, San Antonio, Barrio San Vicente, del Liceo de
Belén, 200 metros
al oeste y 100 metros
al norte, se apersonó en este despacho en calidad de esposa del fallecido a fin
de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello
se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en
el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este
despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos.
Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Benjamín Venegas Vargas,
expediente número 11-000157-0505-LA.—Juzgado de
Trabajo de Heredia, 9 de marzo del 2011.—Lic. Ingrid lleana Gregory Wang,
Jueza.—1 vez.—(IN2011024759).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Miguel Gómez Oconitrillo, quien fue
mayor, vecino de San Francisco de Heredia, urbanización casa N° 14, con cédula
de identidad número 202490987, se les hace saber que: Rosidia del Carmen Gómez
Ramírez, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número
110560217, vecina de San Francisco de Heredia Urbanización Bernardo Benavides
casa N° 14, se apersonó en este despacho en calidad de hija del fallecido, a
fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por
ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola
vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en
este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Miguel Gómez Oconitrillo,
expediente número 11-000206-0505-LA.—Juzgado de
Trabajo de Heredia, 16 de marzo del 2011.—Lic. Marlene Palacios Alpízar,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011024761).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Jorge Danilo Rodríguez Alfaro quien
fue mayor, divorciado, vecino de Heredia, San Francisco, urbanización Bernardo
Benavides, con cédula de identidad número 0400820288, se les hace saber que:
Rosibel Rodríguez Cerrato, portadora de la cédula de identidad o documento de
identidad número 111110880, vecina de Heredia, San Francisco, urbanización
Bernardo Benavides, se apersonó en este despacho en calidad de hija del
fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de
prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido
Jorge Danilo Rodríguez Alfaro, expediente número 11-000183-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 14 de marzo del
2011.—Msc. Brenda Caridad Vargas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011024763).
Se cita y
emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó Gerardo Alfredo
Tijerino Vega, quien fue mayor, portador de la cédula de identidad número
8-0047-0170, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días hábiles,
contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, se apersonen en
las diligencias que por devolución de cuotas de trabajador fallecido, bajo
apercibimiento de que si así no lo hicieren se procederá a entregar el importe
correspondiente, a quienes de conformidad con lo estipulado en el artículo 85 del
Código de Trabajo y sus reformas, tengan derecho a él. Exp. 11-00013-0315-LA-2.—Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Orotina, 22 de marzo del 2011.—Lic. Ileana Loáiciga
Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011024764).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Wilmer José Vega López,
cédula 8-079-435, fallecido el día 1º de agosto del año 2010, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de “Consignación de Prestaciones Laborales” bajo el expediente
número 10-002794-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
10-002794-0173-LA. Promovido por Natividad López Reyes a favor de los
causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de marzo del
2011..—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2011024766).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ivette Zulay Vega Méndez,
cédula 1-750-656, fallecida el día 10 de diciembre del año 2010, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de “Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen
Obligatorio de Pensiones Complementarias” bajo el expediente número
11-000395-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
11-000395-0173-LA. Promovido por Jorge Christian Montero Díaz a favor de los
causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de marzo del
2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2011024772).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ana María Vargas Granados,
cédula 9-069-692, fallecida el día 16 de noviembre del año 2010, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de “Consignación de Aguinaldo Proporcional” bajo el expediente
número 11-000394-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
11-000394-0173-LA. Promovido por Rita María Vargas Granados a favor de los
causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José,
15 de marzo del 2011..—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2011024774).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Johnny Rivas Porras, cédula
1-897-882, fallecido el día 3 de mayo del año 2008, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias
de “Consignación de Fondo de Capitalización Laboral” bajo el expediente número
11-000269-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
11-000269-0173-LA. Promovido por Holly María Vargas Leitón a favor de los
causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de
marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2011024776).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de María del Rosario Ibarra
Segura, cédula 1-633-827, fallecida el día 09 de julio del año 2010, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de “Consignación de
Aguinaldo y Salario Escolar” bajo el expediente número 11-000268-0173-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000268-0173-LA. Promovido por Alejandro
Antonio Ibarra Segura a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, 15 de marzo del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez
Desanti, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2011024778).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros de
trabajador fallecido, de quien en vida se llamó María de los Ángeles López
Chavarría; quien en vida fue mayor, costarricense, portó la cédula de identidad
número 1-0397-0048, soltera; vecina de Pavas, Lomas del Río Los Laureles
alameda frente al kinder Las Abejitas casa número 34-E, y quien falleciere el
dieciocho de febrero de dos mil once, y que se consideren con derecho a las
mismas, con el fin que se apersonen dentro del plazo de ocho días, contados a
partir de la publicación de este edicto, a este despacho a hacer valer sus
derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus
reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en devolución de ahorros de
trabajador fallecido, expediente 11-300013-891-LA.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantia de Pavas, 21 de marzo del 2011.—Lic.
Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2011024843).
A los causahabientes
de quien en vida se llamó Cecilia Mayela Murillo Sánchez, quien fue mayor,
soltera, secretaria, vecino de Heredia, San Pablo, La Puebla, costado oeste de la
plaza de deportes, con cédula de identidad número 0401400773, se les hace saber
que: María Mayela Sánchez Jiménez, portadora de la cédula de identidad o
documento de identidad número 0401080053; vecina de Heredia, San Pablo, La Puebla costado oeste de la
plaza de deportes, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del
fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de
Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida
Cecilia Mayela Murillo Sánchez. Expediente número 11-000181-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 15 de marzo del año
2011.—Lic. Ingrid Ileana Gregory Wang, Jueza—1 vez.—Exento.—(IN2011025705).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada; a las ocho horas y cero minutos del
veinticuatro de mayo del dos mil once, y con la base de ciento ochenta y siete
mil dólares exactos (o su equivalente en colones), en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
215.930-000 la cual es terreno para construir lote bloque 17-A. Situada en el
distrito 05 Concepción, cantón 03 La
Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Estefany Rojas Rivas y Magaly Calvo Horth y Marlon Rojas
Monge; al este, lote 16-A y al oeste, lote 18-A. Mide: ciento sesenta y cuatro
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del ocho de junio de dos mil once, con la base de ciento cuarenta mil
doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés
de junio del dos mil once con la base de cuarenta y seis mil setecientos
cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de, Banco General (Costa Rica) Sociedad Anónima contra
César Eduardo Quirós Monge, Res Uno del Este Sociedad Anónima, representada por
Shahrokh Beyzaie Beyzaie. Exp.: 11-001083-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 02 de marzo del 2011.—Lic.
Jackeline Brenes Segura, Jueza.—(IN2011024830).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las
catorce horas y cero minutos del quince de junio de dos mil once, y con la base
de ciento once mil trescientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos siete
mil cuatrocientos cincuenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para
construir, bloque B lote 1. Situada en el distrito 08 Río Azul, cantón 03 La Unión, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 18 metros 89 centímetros; al
sur, Facilidades Comunales; al este, Facilidades Comunales y al oeste, lote 2.
Mide: ciento ochenta y un metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de
junio de dos mil once, con la base de ochenta y tres mil cuatrocientos setenta
y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de
julio de dos mil once con la base de veintisiete mil ochocientos veinticinco
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad
Anónima contra Alexander Pérez Díaz. Exp.: 11-001490-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 16 de marzo del 2011.—Lic.
David Acuña Marín, Juez.—(IN2011024844).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; en el mejor
postor a las nueve horas del ocho de junio del dos mil once con la base de dos
mil novecientos setenta y ocho dólares remataré lo siguiente: Un vehículo marca
Nissan Sentra modelo 2002 color dorado, de gasolina, placas 615146, para el
segundo remate se señalan las nueve horas del veintitrés de junio del dos mil
once con la base de dos mil doscientos treinta y tres dólares ochenta centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas del ocho de julio del dos mil once con la base de setecientos
cuarenta y cuatro dólares sesenta centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Lo anterior se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa
Rica Sociedad Anónima contra José Luis Ángeles Mancilla. Exp.:
10-002168-0640-CI-A.—Juzgado Civil de Menor Cuantía
de Cartago, 14 de marzo del 2011.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2011024851).
En la
puerta exterior de este Despacho, a las ocho horas y treinta minutos del
veintidós de junio del año dos mil once, en el mejor postor remataré lo
siguiente: A) Con la base de cuarenta y dos mil cuatrocientos treinta y dos
dólares con diecisiete centavos y libre de gravámenes prendarios pero
soportando colisión, el vehículo placas número SJB 9497, marca Volkswagen, año
2004, Vin 9BWRF82W14R412036, cilindrada 6450 cc, color amarillo, categoría
transporte colectivo interurbano y B) Con la base de cuarenta mil seiscientos
sesenta y cuatro dólares con diecisiete centavos y libre de gravámenes
prendarios, colisiones o infracciones el vehículo placas número SJB 9478, marca
Volkswagen, año 2004, Vin 9BWRF82W34R412037, cilindrada 6450 cc, color
amarillo, categoría transporte colectivo interurbano. Para llevar a cabo el
segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de julio
de dos mil once, con la base de treinta y un mil ochocientos veinticuatro
dólares con doce centavos (rebajada en un 25%) para el vehículo placas SJB 9497
y la suma de treinta mil cuatrocientos noventa y ocho dólares con doce centavos
(rebajada en un 25%) para al vehículo placas SJB 9478. De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos
del primero de agosto de dos mil once, con la base de diez mil seiscientos ocho
dólares con cuatro centavos (un 25% de la base original) para el vehículo
placas SJB 9497 y la suma de diez mil ciento sesenta y seis dólares con cuatro
centavos (un 25% de la base original) para al vehículo placas SJB 9478. Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Citibank de
Costa Rica Sociedad Anónima contra Autobuses La Paz Sociedad Anónima,
Carlos Enrique Acuña Jiménez. Exp.: 10-000115-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 15 de del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(IN2011024852).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
dieciséis horas y cero minutos del siete de junio de dos mil once y con la base
de cinco millones colones exactos, en el mejor postor remataré finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 125478-000 la cual es terreno con
naturaleza de solar, situada en el distrito Río Azul, cantón La Unión, de la provincia de
Cartago. Colinda al norte, con Antonio Monge; al sur, con calle pública con 33,19 metros; al este,
con calle pública y al oeste, con Antonio Monge. Mide trescientos treinta y
seis metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de junio de dos mil once,
con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del siete de julio de dos mil once con la base de
un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de, Misael Sánchez Fonseca contra Clark Antonio Monge Jiménez.
Expediente número 11-001034-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 01 de marzo del 2011.—Lic. Luis
Abner Salas Muñoz, Juez.—(IN2011024860).
En este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; y al ser las diez horas del seis de
mayo del dos mil once, y con la base de tres millones doscientos cuatro mil
cuatrocientos veintisiete colones con veintiocho céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos noventa y dos mil ochocientos setenta y dos cero cero cero la cual
es terreno para construir con casa lote 186. Situada en el distrito 01
Alajuela, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
lotes 219 y 220; al sur, calle quinta; al este, lote 187 y al oeste, lote 185.
Mide: ciento veintiséis metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las diez horas del veinte de mayo de dos mil once,
con la base de dos millones cuatrocientos tres mil trescientos veinte colones
con cuarenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta, se señalan las diez horas del tres de junio de dos mil once
con la base de ochocientos un mil ciento seis colones con ochenta y dos
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de
Cartago contra José Enrique Marín Salas, Yamileth Isabel Rojas Fernández.
Expediente Nº 11-000164-0638-CI.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 marzo del 2011.—Lic. Luis Fernando
Guillén Zumbado, Juez.—(IN2011025523).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez
horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil once, y con la base de tres
millones novecientos catorce mil ochocientos veintinueve colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número 86599-000 la cual es terreno para construir lote L-5. Situada
en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, calle pública con nueve metros de frente; al sur, Corliza S. A; al este,
Corliza S. A. y al oeste, Corliza S. A. Mide: ciento ochenta metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho
de mayo de dos mil once, con la base de dos millones novecientos treinta y seis
mil ciento veintiún colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del tres de junio de dos mil once con la base de novecientos
setenta y ocho mil setecientos siete colones con veinticinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Fundación para la
Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Rosibel Jiménez
Pérez. Exp. 10-000772-0930-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 1º de diciembre del
2010.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2011025534).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez
horas y cero minutos del tres de mayo de dos mil once, y con la base de un
millón ciento catorce mil novecientos sesenta y siete colones con setenta y
nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento nueve mil cuatrocientos ochenta y uno cero
cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero
Guápiles, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
con Serviforsa S. A.; al sur, con Serviforsa S. A.; al este, con Serviforsa S.
A. y al oeste, con calle pública con ocho metros de frente. Mide: ciento
cincuenta y un metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de mayo de dos
mil once, con la base de ochocientos treinta y seis mil doscientos veinticinco
colones con ochenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dos de
junio de dos mil once con la base de doscientos setenta y ocho mil setecientos
cuarenta y un colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra José
Alberto Avellán Roldán Exp. 10-000888-0681-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía de Pococí, 18 de marzo del 2011.—Lic. Henry Piñar
Alvarado, Juez.—(IN2011025535).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando dos servidumbres trasladadas; a las once horas y quince minutos del
veintiocho de abril de dos mil once, y con la base de diez millones setecientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número cinco uno cinco nueve nueve seis cero
cero uno, cero cero dos la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el
distrito 01 San Pablo, cantón 20 León Cortés, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Eufronio Cordero Cordero; al sur, calle pública; al este,
calle pública; y al oeste, René Picado. Mide: trescientos siete metros con
ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once
horas y quince minutos del trece de mayo de dos mil once, con la base de ocho
millones veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos
del treinta de mayo de dos mil once con la base de dos millones seiscientos
setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Evelyn Juliana Araya Mora y Mónica
Rebeca Araya Mora. Exp. 10-002466-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 9 de marzo del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2011025543).
En la puerta
exterior de este Despacho; soportando servidumbre traslada citas
032100006581-01-0901-003; a las quince horas y cero minutos del veintiocho de
abril del dos mil once, y con la base de treinta y cinco mil dólares, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 00275739-000 la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito San Miguel, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Manuel Antonio Delgado Zúñiga; al sur, Fernando Cruz Díaz y
Asociación Administradora del Acueducto y Alca; al este, calle pública; y al
oeste, Salvador Ramírez Ramírez. Mide: diecinueve mil ochocientos ochenta y
tres metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y cero minutos del trece de mayo del dos mil once, con
la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del treinta de mayo del año dos mil once con la base de ocho mil
setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Liana
Rosa Benavides Grutter contra Manuel Ángel Delgado Zúñiga. Exp.
10-006197-1044-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de
febrero del 2011.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2011025591).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
catorce horas y cero minutos del ocho de junio del dos mil once, y con la base
de cinco mil ochocientos unidades de desarrollo (o su equivalente en colones),
en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula Nº 190121-000, la cual es terreno para construir lote siete.
Situada: en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, lote seis; al sur, Carlos Sánchez Gamboa; al este,
Carlos Sánchez Gamboa, y al oeste, calle pública con frente de 7 metros. Mide: ciento
setenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
catorce horas y cero minutos del veintitrés de junio del dos mil once, con la base
de cuatro mil trescientos cincuenta unidades de desarrollo (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y cero minutos del ocho de julio del dos mil once, con la base de mil
cuatrocientos cincuenta unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Herberth Sánchez Chávez. Expediente Nº 11-000270-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
14 de marzo del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—RP2011230378.—(IN2011024423).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve
horas y treinta minutos del dieciocho de octubre de dos mil once, y con la base
de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta mil
trescientos doce-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para
construir lote F-14. Situada en el distrito 03 Carmen, cantón 01 Cartago de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, de lote F-4 y F-5; al sur, calle
pública; al este, lote F-13; y al oeste, lote F-15. Mide: ciento veinte metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos
del dos de noviembre de dos mil once, con la base de seis millones colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos
mil once, con la base de dos millones colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Dora Emilia González
Solano y Silvia Elena González Solano. Expediente: 11-005496-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 21 de marzo del 2011.—Lic. Minor Antonio
Jiménez Vargas, Juez.—(IN2011024700).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once
horas y cero minutos del seis de junio de dos mil once, y con la base de once
millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, matrícula número 66753-000, la cual es terreno para construir con
una casa. Situada en el distrito Veintisiete de Abril, cantón Santa Cruz de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ricardito Ruiz Juárez; al sur,
Ricardito Ruiz Juárez; al este, Ricardito Ruiz Juárez; y al oeste, calle
pública con 17 metros
46 centímetros.
Mide: trescientos trece metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
once horas y cero minutos del veintiuno de junio de dos mil once, con la base
de ocho millones quinientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y cero minutos del seis de julio de dos mil once, con la base de
dos millones ochocientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra
Merli Rodríguez Ortiz y Ronald Antonio Juárez Ruiz. Expediente:
11-005489-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de marzo del 2011.—Lic.
Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2011024702).
A las
dieciocho horas del tres de mayo del dos mil once, en la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes prendarios y con la rebaja del veinticinco
por ciento de ley, sea la suma de un millón ochenta y tres mil veintinueve
colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placas: 194595, marca: Toyota, estilo: Corolla, capacidad:
cinco personas, carrocería: sedan 4 puertas, año: 1990, color: rojo, número de
chasis: EE90-0285107, número de motor: 2E-1991328. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra
David Rojas Flores. Expediente: 02-013445-0170-CA.—Juzgado
Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José,
8 de marzo del 2011.—Lic. Hannia Marchena Jiménez, Jueza.—(IN2011024809).
En este
despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción por
colisión expediente 09-1227-494-TR; y al ser las once horas del seis de mayo de
dos mil once, con la base de once mil cuatrocientos un dólar con noventa y
cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa:
754761, marca: Kia Río LX, 4 puertas, 2008, anaranjado, chasis y vin:
KNADE221286383276. Para el segundo remate se señalan las once horas del veinte
de mayo de dos mil once, con la base de ocho mil quinientos cincuenta y un
dólares con cuarenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las once horas del tres de junio de dos mil
once, con la base de dos mil ochocientos cincuenta dólares con cuarenta y ocho
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A.
contra Henry Mauricio Méndez Sánchez. Expediente número: 10-001352-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
10 de marzo del 2011.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—(IN2011024822).
En este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
acueducto y de paso de A y A; y al ser las ocho horas del dos de mayo de dos
mil once, y con la base de ciento diecisiete mil setecientos dólares moneda de
curso legal de los EE.UU, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número F-23425-cero cero cero, la cual
es terreno filial seis-b, lote apto para construir, destinado a uso
habitacional. Situada en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia de la
provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre de paso en medio
Rigoberto Ramírez Saborío; al sur, área común destinada a acera; al este,
filial 5-B; y al oeste, área común destinada a acera. Mide: ciento setenta y un
metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas del dieciséis de mayo del dos mil once, con la base de
ochenta y ocho mil doscientos setenta y cinco dólares moneda de curso legal de
los EE.UU (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas del treinta de mayo de dos mil once, con la base de
veintinueve mil cuatrocientos veinticinco dólares moneda de curso legal de los
EE.UU (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC Costa Rica S .A. contra
sucesión de Francisco Fonseca Pinilla. Expediente número: 10-002644-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
24 de febrero del 2011.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—(IN2011024823).
En la este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada; y al ser las ocho horas y treinta minutos del dos de mayo de dos
mil once, y con la base de setenta y cinco mil trescientos dólares con catorce
centavos moneda de curso legal de los EE.UU, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo et sistema de folio real, matrícula número doscientos ocho
mil seiscientos dieciocho-cero cero cero, la cual es terreno lote cincuenta y
dos-L terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 03 La Unión de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, lote 3-L; al sur, calle pública; al este, lote
51-L; y al oeste, lote 53-L. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de
mayo de dos mil once, con la base de cincuenta y seis mil cuatrocientos setenta
y cinco dólares con diez centavos moneda de curso legal de los EE.UU (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y treinta minutos del treinta de mayo de dos mil once, con la base de
dieciocho mil ochocientos veinticinco dólares con tres centavos moneda de curso
legal de los EE.UU (un veinticinco por ciento de la base inicial).Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC Costa Rica S. A.
contra Andrés Pérez Hidalgo. Expediente: 10-003308-0638-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de febrero del
2011.—Lic. Rodrigo Solano Sabatier, Juez.—(IN2011024825).
En este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de
Aguas y Ley de Caminos Públicos y al ser las nueve horas del dos de mayo del
dos mil once, y con la base de cuarenta y un millones cuatrocientos setenta mil
quinientos ochenta y un colones con cincuenta y un céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento veintisiete mil novecientos veintiséis-cero cero cero, la cual es
terreno de pastos. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública y Visajes Técnicos
S.A.; al sur, calle pública y José Joaquín Muñoz Bustos; al este, calle
pública; y al oeste, Aristides Segura Cascante y José Joaquín Muñoz Bustos. Mide:
setenta y un mil ochocientos cuarenta y cuatro metros con ochenta y un
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del
dieciséis de mayo de dos mil once, con la base de treinta y un millones ciento
dos mil novecientos treinta y seis colones con trece céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas
del treinta de mayo de dos mil once, con la base de diez millones trescientos
sesenta y siete mil seiscientos cuarenta y cinco colones con treinta y siete
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC Costa Rica S. A.
contra Inversiones Fiduciarias Guanacastecas S. A., Joaquín Muñoz Fonseca. Expediente:
10-003214-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 25 de febrero del 2011.—Lic. Henry
Sanarrusia Gómez, Juez.—(IN2011024826).
En este
despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando una infracción por
colisión, boleta Nº 08242478; y al ser las trece horas y treinta minutos del
tres de mayo de dos mil once, y con la base de quince mil seiscientos setenta
dólares con cincuenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placas: 643439, marca: Ssang Youn, año: 2007, color:
blanco, 4x4, chasis y vin: KPTS0A1KS7P037777. Para el segundo remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil once, con
la base de once mil setecientos cincuenta y dos dólares con noventa y un
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil
once con la base de tres mil novecientos diecisiete dólares con sesenta y tres
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A.
contra Elizabeth Rojas Esquivel. Expediente: 11-000243-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 3 de marzo del 2011.—Lic. Rodrigo Solano Sabatier, Juez.—(IN2011024827).
En este
despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción por
colisión boleta 1089900014. Expediente: 10-600545-500-TC; y al ser las diez
horas treinta minutos del cinco de mayo de dos mil once, y con la base de trece
mil ciento setenta y ocho dólares con diecisiete centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas: 705964, marca: Hyundai, Tucson GL, año:
2008, color plateado, chasis y vin: KMHJM81BP8U743940. Para el segundo remate
se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil
once, con la base de nueve mil ochocientos ochenta y tres dólares con sesenta y
dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las diez horas treinta minutos del dos de junio de dos mil once, con
la base de tres mil doscientos noventa y cuatro dólares con cincuenta y cuatro
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica S.A.
contra Edgar Granados Méndez. Expediente: 10-003309-0638-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de marzo del 2011.—Lic.
Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(IN2011024828).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando el derecho 002 una demanda de Divorcio; a las nueve horas y treinta
minutos del veintisiete de mayo de dos mil once, y con la base de treinta y
siete mil doscientos diecisiete dólares con veintidós centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos catorce mil ochocientos ochenta y cuatro cero cero uno, cero cero
dos la cual es terreno para construir lote 163-K. Situada en el distrito San
Juan, cantón La Unión,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 164-K; al sur, lote 162-K;
al este, calle pública con un frente de 10,05 metros y al
oeste, Parque número 4. Mide: doscientos noventa y ocho metros con sesenta y
cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del trece de junio de dos mil once, con la base de veintisiete
mil novecientos doce dólares con noventa y un centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil once con la base de nueve
mil trescientos cuatro dólares con treinta centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Edgar Eduardo Ramírez
Porras y Greivin Navarro Fallas. Exp.: 11-001486-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de marzo del 2011.—José
Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2011024845).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las once
horas y treinta minutos del uno de junio de dos mil once, y con la base de dos
millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos doce colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo Placa: 568120, marca: Fiat,
categoría: automóvil, VIN: 9BD17156142446129, año: 2004, color: gris,
cilindrada: 1242 cc. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta
minutos del dieciséis de junio de dos mil once, con la base de un millón
ochocientos cuarenta y ocho mil doscientos treinta y cuatro colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil once con la base
de seiscientos dieciséis mil setenta y ocho colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San
José Sociedad Anónima contra Carlos Cortez Gonzalo. Exp.: 11-000894-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
24 de febrero del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—(IN2011024846).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce
horas y cero minutos del tres de junio de dos mil once y con la base de nueve
mil doscientos treinta y seis dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo placa número 707638, marca Chevrolet, año 2007, Vin
KL1MJ61037C322129, cilindrada 1000 cc, color azul, categoría automóvil. Para el
Segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de junio
de dos mil once, con la base de seis mil novecientos veintisiete dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de julio de dos mil once con
la base de dos mil trescientos nueve dólares exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Eimy Raquel Ramírez Redondo,
Óscar Vinicio Coto Sáenz. Exp.: 10-002352-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 14 de marzo del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2011024849).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada citas 0273-00002734-021-0901-001; a las once
horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil once, y con la base de
ciento cincuenta y cuatro millones sesenta y un mil seiscientos cincuenta y
nueve colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y
tres mil setecientos cincuenta y tres cero cero cero la cual es terreno inculto
con una casa. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la
provincia de San José. Colinda: al noreste, Sebastián Terra Freon; al noroeste,
Emestine Umberger de Lang; al sureste, Jorge Zeledón Venegas y al suroeste,
servidumbre de paso cinco metros de frente y Danilo Alfaro Campos. Mide: ochocientos
setenta y tres metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintidós de julio de
dos mil once, con la base de ciento quince millones quinientos cuarenta y seis
mil doscientos cuarenta y cuatro colones con noventa céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
treinta minutos del diez de agosto de dos mil once con la base de treinta y
ocho millones quinientos quince mil cuatrocientos catorce colones con noventa y
siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S.
A., contra Claudio Quirós Mora, Javier Valerio Quirós. Exp.: 11-005248-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 25 de marzo del 2011.—Lic. Ericka Esther
Robleto Artola.—(IN2011024878).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez
horas del ocho de junio del dos mil once, y con la base de setenta y dos mil
novecientos noventa y ocho dólares con setenta y seis centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos ocho mil cuatrocientos veintisiete cero cero cero la cual es terreno
para construir lote 48-H. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, aven 2 pública con un frente a esta de 6 metros; al sur, lote 13
H de Urbanizadora Siglo 20 S. A.; al este, lote 47 H de Urbanizadora Siglo 20
S. A. y al oeste, lote 49 H de Urbanizadora Siglo 20 S. A. Mide: ciento veinte
metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas del
veintidós de junio del dos mil once, con la base de cincuenta y cuatro mil
setecientos cuarenta y nueve con veintidós dólares (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del seis de
julio del dos mil once con la base de dieciocho mil doscientos cuarenta y nueve
con setenta y cuatro dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad
Anónima contra Alcazar Ugarte Gloria. Exp.: 10-001233-0638-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de marzo del 2011.—Lic.
Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2011024889).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos, servidumbre de
acueducto y de paso de AyA; a las quince horas y cero minutos del siete de
junio de dos mil once, y con la base de treinta y siete millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número F60144-00 la cual es terreno finca filial
dieciocho destinada a uso habitacional de una sola planta en proceso de
construcción. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de
la provincia de San José. Colinda: al norte acceso vehicular con un frente de
once metros con cuarenta y nueve centímetros lineales; al sur finca filial
diecisiete; al este finca filial diecinueve y al oeste acceso vehicular con un
frente de catorce metros treinta y nueve centímetros lineales. Mide: ciento
sesenta y seis metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de junio de dos
mil once, con la base de veintisiete millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del siete de julio de dos mil once con
la base de nueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Wendel José Gordon
Crooks. Exp: 11-001012-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 28 de febrero del 2011.—Lic.
Jackeline Brenes Segura, Jueza.—(IN2011024904).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve
horas y treinta minutos del siete de junio de dos mil once, y con la base de
diez millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 264991-000 cero
cero cero la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito cero dos
Jesús, cantón Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Mayra
Ramírez Boza y otros; al sur calle pública con cero siete metros; al este Mayra
Ramírez Boza y otros y al oeste, Dulce María Acosta Sandoval. Mide: ciento
sesenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y treinta minutos del veintidós de junio de dos mil once, con la base de
siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del siete de julio de dos mil once con la base de dos millones
seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ernesto Gerardo Rutishauser Ramírez,
Kattia María Rutishauser Ramírez. Expediente Nº 10-002718-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de marzo del 2011.—Lic.
Gerardo Calvo Solano, Juez.—RP2011230406.—(IN2011024912).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada; a las ocho horas y treinta minutos del dos de mayo de
dos mil once, y con la base de once millones seiscientos mil colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número trescientos noventa mil cuatrocientos cincuenta y uno
cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa de habitación.
Situada en el distrito once El Páramo, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte calle pública; al sur, Humberto Mata
Rojas; al este, Humberto Mata Rojas y al oeste, Humberto Mata Rojas. Mide:
cuatrocientos metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de mayo de
dos mil once, con la base de ocho millones setecientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del uno de junio de dos mil once con la base
de dos millones novecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Adrián Arroyo Mata, Angélica
Agüero Angulo. Exp: 10-001455-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 18 de febrero del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2011230407.—(IN2011024913).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once
horas y treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil once, y con la base
de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 533736-001-002 la
cual es terreno para construir lote 77. Situada en el distrito Purral, cantón
Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto destinado a
calle pública; al sur, lote 79; al este, lote 78 y al oeste, lote 76. Mide:
ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once
horas y treinta minutos del tres de junio de dos mil once, con la base de un
millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
treinta minutos del veinte de junio de dos mil once con la base de seiscientos
veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago
de Ahorro y Préstamo contra Luis Gerardo Vargas Espinoza, Roxana Calderón
Morales. Exp: 11-000611-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 17 de febrero del 2011.—Lic.
Marlene Martínez González, Jueza.—RP2011230409.—(IN2011024914).
En la
puerta exterior de este despacho; soportando servidumbre trasladada inscrita en
las citas: 0335-00010102-01-0960-002, hipoteca en primer grado inscrita en las
citas: 0574-00038073-01-0001-001
a favor del Banco Nacional de Costa Rica, por un monto
de dieciséis millones de colones y practicado inscrito en las citas:
2009-00050228-01-0001-001, a
favor del Banco Nacional de Costa Rica inscrito por el Juzgado Civil de Menor
Cuantía de Turrialba, bajo el expediente: 09-000057-1006-CI; a las ocho horas
con treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil once, y con la base de
cuatro millones seiscientos veinte mil colones, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento un mil
ciento nueve-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito primero, Turrialba, cantón quinto, Turrialba, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte lotes 71 y 72; al sur calle pública; al
este lote 66 y al oeste lote 68. Mide: ciento ochenta y ocho metros con ochenta
y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas con
treinta minutos del siete de julio de dos mil once, con la base de tres
millones cuatrocientos sesenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas con treinta
minutos del veintiocho de julio de dos mil once con la base de un millón ciento
cincuenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sionny Quirós
Coto contra Mauricio Monge Gómez. Expediente Nº 11-000048-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 18 de marzo
del 2011.—Lic. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—RP2011230426.—(IN2011024915).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios;
a las quince horas del cinco de mayo del año dos mil once, y con la base de
veinticinco millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo CL 231828 Marca: Dodge, categoría: marca
liviana, carrocería: caja abierta o Cam-Pu, tracción: 4x4, cilindrada: 6700 c.
c., combustible: diesel, modelo: Ram 2500, serie: 3D7KS28A57G767883, año: 2007,
color: gris. Para el segundo remate se señalan las quince horas del diecinueve
de mayo del año dos mil once, con la base de dieciocho millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las quince horas del dos de junio del año dos mil
once, con la base de seis millones trescientos cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Allen Rónald Arrieta Hidalgo contra Jarvimar de Nosara S. A.
Expediente Nº 10-000550-0295-CI.—Juzgado Civil de
Grecia, 18 de marzo del 2011.—Lic. Francis Porras León, Juez.—RP2011230433.—(IN2011024916)
A las ocho
horas quince minutos del dieciocho de mayo de dos mil once, en la puerta
exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes
hipotecarios comunes y anotaciones, con la base de la hipoteca de primer grado
a favor del actor, sea la suma de cinco millones de colones netos (¢5.000.000),
remataré: finca del partido de Alajuela matrícula de folio real número
272.197-000, que se describe así: terreno para construir con una casa de
habitación, sito: en el distrito quinto, Venecia, cantón décimo, San Carlos, de
la provincia de Alajuela, colinda al norte, José Victilio Miranda Mesén, al
sur, María Hortensia Miranda Campos, al este, Arturo Mora Córdoba; y oeste, servidumbre
de paso. Mide: ciento veinticuatro metros con setenta y nueve decímetros
cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda
subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la
suma de tres millones setecientos cincuenta mil colones netos (¢3.750.000,00),
se señalan las: ocho horas quince minutos del primero de junio de dos mil once.
En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas
para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base
original, sea la suma de un millón doscientos cincuenta mil colones netos
(¢1.250.000,00), se señalan las: ocho horas quince minutos del quince de junio
de dos mil once. Se remata por ordenarse así en expediente número 10-100635-0297-CI
que es ejecutivo hipotecario de Pedro Quesada Solís contra Víctor Hugo Miranda
Campos.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de marzo de 2011.—Lic. María
Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2011230435.—(IN2011024917).
A las ocho
horas treinta minutos del día martes veinticuatro de mayo del dos mil once, en
la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes, y con la base de un
millón trescientos cuarenta y cinco mil seiscientos colones, al mejor postor se
rematará: vehículo placas 290215 marca Daihatsu estilo Terios categoría
automóvil, tracción cuatro por cuatro color rojo año 1998 chasis número
JDAJ100G000516275 número de motor HC0664996 marca Daihatsu cilindrada mil
trescientos centímetros cúbicos. En el caso de resultar fracasado este primer
remate, para llevar a cabo una segunda subasta con rebaja del 25% de la base
original; sea la base de un millón nueve mil doscientos colones se señalan las
ocho horas treinta minutos del día miércoles ocho de junio del dos mil once. De
ser fracasado también el segundo remate, para llevar a cabo una tercera subasta
se señalan las ocho horas treinta minutos del día miércoles quince de junio del
dos mil once, esta vez con la base de trescientos treinta y seis mil
cuatrocientos colones (que corresponde a un 25% de la base original, artículo
25 de la Ley de
Cobro Judicial N° 8624 del 20 de noviembre del año 2008). Lo anterior por haber
sido ordenado así en ejecución prendaria 10-100153-0934-CI (161-A-10) de Ramiro
Rodríguez Montero contra Alfredo Rivera Durán.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, diecisiete de marzo del
dos mil once.—Lic. Víctor Hugo Medina Morales, Juez.—RP2011230442.—(IN2011024918).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones ambos derechos y además
el derecho 002 soportando dos anotaciones preventivas y una anotación de
demanda penal; a las once horas y cero minutos del cinco de mayo del año dos
mil once, y con la base de veinte millones de colones exactos (¢20.000.000,00),
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número doscientos veintiocho mil seiscientos veintidós-cero
cero uno, cero cero dos (228622-001,002) la cual es terreno repasto y charral.
Situada en el distrito 02 Buena Vista, cantón 15 Guatuso, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte río Buena Vista; al sur calle pública; al este
Esquiel Lumer y al oeste, César Jenkis Ramírez. Mide: doscientos un mil
doscientos treinta y siete metros con veintiocho decímetros cuadrados
(201.237,28). Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos
del diecinueve de mayo del año dos mil once, con la base de quince millones
colones exactos (15.000.000.00) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dos de junio
del año dos mil once con la base de cinco millones colones exactos
(5.000.000,00) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Ángel Araya Méndez
contra Eudes c.c. Eudis Salas Picado. Exp: 11-000063-0295-CI.—Juzgado
Civil de Grecia, 17 de marzo del 2011.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara,
Jueza.—RP2011230546.—(IN2011024919).
A las diez
horas del cinco de mayo del dos mil once, en la puerta exterior de este
despacho judicial, con la base de nueve millones doscientos cincuenta mil
colones, sáquese a primer remate el bien hipotecado, sea la finca inscrita en
el Registro Público, de la propiedad matrícula cero seis cinco dos nueve
dos-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa marcada con el
número 831, situada en el distrito uno, cantón uno de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, con INVU al sur, con INVU, al este, con calle pública y al
oeste, con quebrada. Mide, quinientos veinte metros con veinticinco decímetros
cuadrados, a las once horas del veinte de mayo del dos mil once, se llevará a
cabo el segundo remate sobre dicha propiedad y con una rebaja del 25% de la
base original, sea la suma de seis millones novecientos treinta y siete mil
quinientos colones, a las diez horas del seis de junio del dos mil once, se
realizará el tercer remate con el 25% de la base original, sea la suma de: dos
millones trescientos doce mil quinientos mil colones, lo anterior por haberse
ordenado así dentro de ejecución hipotecaria número 10-101745-473-CI, establecido
por Municipalidad de Limón, contra Jesús Chávez Mata.—Juzgado de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
Limón.—Lic. Mario García Araya, Juez.—(IN2011025246).
En la
puerta exterior de este despacho libre de gravámenes prendarios y anotaciones
judiciales, a las quince horas y treinta minutos del veintisiete de abril del
año dos mil once, y con la base de siete millones novecientos ochenta mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número
C 146914, marca Kenworth, año 1999, VIN 1XKTD69X3XJ791928, cilindrada 14000 c.
c., color azul, categoría carga pesada; para el segundo remate se señalan las
quince horas y treinta minutos del doce de mayo del año dos mil once, con la
base de cinco millones novecientos ochenta y cinco mil colones, (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y
treinta minutos del veintisiete de mayo del año dos mil once, con la base de un
millón novecientos noventa y cinco mil colones, (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Autos El Propietario S. A., contra Esaú Miranda Vargas, Monte Piedra S.A., y
Salvador Sánchez Rivas. Expediente Nº 08-029941-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 9 de
febrero del año 2011.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—(IN2011025268).
En la
puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre traslada a las citas 0257-00004045-01-0002-001 y
servidumbre de paso a las citas 2009-00147394-01-0005-001, a las nueve horas y
cero minutos del nueve de junio del año dos mil once, y con la base de
veinticuatro mil seiscientos noventa y cinco dólares con sesenta y siete
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en El
Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número seiscientos doce mil sesenta y siete-cero cero
cero, la cual es terreno de pasto, situada en el distrito 06 de Platanares,
cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Corporación Un Millón Trescientos Setenta y Nueve Mil Quinientos Cuarenta y Dos
S.A., al sur calle pública; al este, Corporación Un Millón trescientos Setenta
y Nueve Mil Quinientos Cuarenta y Dos S. A. y al oeste, Corporación Un Millón
Trescientos Setenta y Nueve Mil Quinientos Cuarenta y Dos S. A., mide cinco mil
doscientos nueve metros cuadrados, para el segundo remate se señalan las
dieciséis horas y cero minutos del treinta de junio del año dos mil once, con
la base de dieciocho mil quinientos veintiún dólares con setenta y cinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de julio del año dos mil
once, con la base de seis mil ciento setenta y tres dólares con noventa y un
centavos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Sindy Valverde Umaña
contra Carlos Manuel Quirós Aguilar.—Expediente: Nº
11-000037-0188-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez
Zeledón), 10 de marzo del año 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2011230618.—(IN2011025272).
En la
puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, a las catorce
horas y cero minutos del trece de mayo del año dos mil once, y con la base de
un millón ochocientos treinta y nueve mil noventa y tres colones con sesenta y
seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número cuatrocientos sesenta y un mil seiscientos
cuarenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno con una casa, lote 21-168,
situada en el distrito 03-Daniel Flores, cantón 19-Perez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lote 158; al sur, calle pública; al
este, lote 169 y al oeste, lote 167, mide trescientos trece metros con treinta
y ocho decímetros cuadrados, para el segundo remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del treinta de mayo del año dos mil once, con la base de
un millón trescientos setenta y nueve mil trescientos veinte colones con dos
céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de junio del año dos mil
once, con la base de cuatrocientos cincuenta y nueve mil setecientos setenta y
tres colones con cuarenta y un céntimos, (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Daniel Castro Arce.—Expediente Nº
11-000635-0857-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur,
Pérez Zeledón, 22 de marzo del año 2011.—Lic. Karina Quesada Blanco, Jueza.—RP2011230630.—(IN2011025273).
En la
puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre de paso y servidumbre sirviente; a las quince horas y
cero minutos del doce de mayo del dos mil once, y con la base de cuatrocientos
treinta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección
de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos nueve
mil trescientos tres cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada
en el distrito 11, Quebradilla cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Banco Cuscatlán de Costa Rica Sociedad Anónima, Centro de
Negocios El Itsmo CNI Limitada al sur, Centro de Negocios El Itsmo CNI Limitada
La Rueda Sociedad
Anónima; al este, acceso a calle pública, Centro de Negocios El Itsmo CNI
Limitada y al oeste servidumbre, Centro de Negocios El Itsmo CNI Limitada, mide
veintidós mil novecientos ochenta y cinco metros con ochenta y ocho decímetros
cuadrados, para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos
del veintisiete de mayo de dos mil once, con la base de trescientos veintiséis
millones doscientos cincuenta mil colones exactos, (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero
minutos del trece de junio de dos mil once, con la base de ciento ocho millones
setecientos cincuenta mil colones exactos, (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Asefisa Sociedad Anónima, contra Desarrollos Urbanísticos Navarro Sociedad
Anónima, José Antonio Navarro Rojas, Residencias Jiménez & Navarro Sociedad
Anónima, Residencias Navarro y Asociados Sociedad Anónima, Urbanizadora Navarro
de Cartago Sociedad Anónima.—Expediente Nº 11-000704-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 14 de febrero del año 2011.—Lic. David
Acuña Marín, Juez.—RP2011230658.—(IN2011025274).
A las ocho
horas del dieciocho de mayo del dos mil once, libre de gravámenes hipotecarios
y con la base de diez millones de colones, al mejor postor remataré la
siguiente finca del partido de Puntarenas, matricula folio real número sesenta
y siete mil ochocientos cincuenta y nueve-cero cero uno cero cero dos, que es
terreno para construir, hoy con una casa, sito en distrito primero Espíritu
Santo, del cantón segundo Esparza, de la provincia de Puntarenas. Linda al
norte, y este, con María de los Ángeles Esquivel; al sur, Ramón Herrera León y
oeste, calle pública, mide doscientos noventa metros cuadrados, de no haber
postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del
primero de junio del dos mil once, con la base de siete millones quinientos mil
colones, (rebajada en un 25%), de no apersonarse rematantes, para el tercer
remate, se señalan las ocho horas del trece de junio del dos mil once, con la
base de dos millones quinientos mil colones, (un 25% de la base original), lo
anterior por haberse ordenado así en hipotecario 10-100912-642-CI, de Flor
María Flores Arrieta, contra Lilliam del Carmen Castro Castro y otro.—Juzgado
Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Jueza.—RP2011230670.—(IN2011025275).
En la
puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios, a las trece
horas treinta minutos del doce de mayo del dos mil once, y con la base de
veinticuatro millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en El Registro Público, partido de San José, sección
de propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00375182-000, la
cual es terreno lote, bloque Z, para construir con una casa, situada en el
distrito 06, San Francisco de Dos Ríos, cantón San José, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, noroeste, Construc La Constancia S. A., al
sur, noreste, lote 12; al este, sureste lote 14 y al oeste suroeste, calle
pública, mide ciento setenta y seis metros cuadrados, para el segundo remate se
señalan las trece horas treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil
once, con la base de dieciocho millones colones exactos, (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas
treinta minutos del trece de junio del dos mil once, con la base de seis
millones colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Luis Campos
Sánchez contra Viviana Elena de Jesús Valerio Carvajal.—Expediente
09-005799-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 25 de enero del año 2011.—Lic. Hellen Mora Salazar,
Jueza.—RP2011230672.—(IN2011025276).
En la
puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho
horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil once, y con la base de diez
millones ochocientos cuarenta y nueve mil noventa y un colones con siete
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil quinientos noventa y
ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir, con una casa, situada
en el distrito cero dos, Cervantes, cantón Alvarado, de la provincia de
Cartago. Colinda: al noreste, Pablo Aguilar Casasola; al noroeste, Pablo
Aguilar Casasola; al sureste, calle pública, con ocho punto cuarenta y cinco
metros y al noroeste, Víctor Aguilar Montenegro, mide ciento cuarenta y seis
metros con veinticinco decímetros cuadrados, para el segundo remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil once, con la
base de ocho millones ciento treinta y seis mil ochocientos dieciocho colones
con treinta céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de junio de dos mil
once, con la base de dos millones setecientos doce mil doscientos setenta y dos
colones con setenta y siete céntimos, (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Crédito Agrícola de Cartago, contra Pablo Aguilar Montenegro.—Expediente
Nº 10-003016-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 2 de marzo del año
2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2011230674.—IN2011025277).
En la
puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando condiciones y restricciones, citas cinco mil seiscientos ochenta y
cinco-cero cero cero, a las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de
mayo de dos mil once, y con la base de diecisiete mil quinientos dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil cuatrocientos sesenta y dos
cero cero cero, la cual es terreno para construir, con un local comercial,
situada en el distrito uno, Guápiles, cantón dos, Pococí, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, Pedro Manuel Díaz; al sur, Bienvenido Araya Aguilar; al
este, Bienvenido Araya Aguilar y al oeste, calle pública. Mide doscientos
metros cuadrados, para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del uno de junio de dos mil once, con la base de trece mil ciento
veinticinco dólares exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de
junio de dos mil once, con la base de cuatro mil trescientos setenta y cinco
dólares exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Sacha S. CH S.
A., contra Rosa María Angulo Araya. Expediente Nº 11-001073-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 17 de marzo del año 2011.—Lic. Ana Rita Valverde
Zeledón, Jueza.—RP2011230715.—(IN2011025278).
En la
puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones a las citas 0355-00007608-01-0900-001 y
afectaciones y limitaciones Ley Forestal, a las citas 0575-00034783-01-0001-001, a las quince horas y
cero minutos del cinco de mayo del año dos mil once, y con la base de treinta y
seis mil setecientos tres dólares con veintiocho centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
seiscientos tres mil ochocientos sesenta y dos-cero cero uno-cero cero dos, la
cual es terreno para agricultura, con una casa, situada en el distrito primero
San Isidro de El General, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, Orfilia Cascante Muñoz; al sur, calle pública, con
un frente de 302,33
metros lineales; al este, en parte quebrada, en medio de
Orfilia Muñoz Cascante y en parte en quebrada en medio de Orfilia Cascante
Muñoz y al oeste calle pública, con un frente de 302,33 metros
lineales, mide trece mil doscientos ochenta metros cuadrados, para el segundo
remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de mayo del
año dos mil once, con la base de veintisiete mil quinientos veintisiete dólares
con cuarenta y seis centavos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de junio
del año dos mil once, con la base de nueve mil ciento setenta y cinco dólares
con ochenta y dos centavos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ola Majestad S.
A., contra Ademar Altamirano Monge y Gilberth Alberto Arias Muñoz.— Expediente Nº 10-000644-0188-CI.—Juzgado Civil del I
Circuito Judicial de la Zona
Sur, Pérez Zeledón, 10 de marzo del año 2011.—Lic.
Ricardo Cerdas Monge, Juez.—RP2011230724.—(IN2011025279).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones bajo el tomo: 325 asiento: 12793; a las
nueve horas y cero minutos del doce de mayo del año dos mil once, y con la base
de trescientos dieciocho millones cuatrocientos ochenta y tres mil trescientos
treinta y un colones con cuarenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
2761-M-000 la cual es terreno con un condominio compuesto por seis fincas
filiales de una planta cada una destinada a uso habitacional en proceso de
construcción. Situada en el distrito Veintisiete Abril, cantón Santa Cruz, de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, alameda con un frente a ella de
catorce metros cincuenta y ocho centímetros; al sur, calle pública con un
frente de quince metros cincuenta y cuatro centímetros; al este, Transporte
Cerdi S. A. y al oeste, alameda con un frente a ella de cuarenta y cuatro
metros treinta y ocho centímetros. La cual fue dividida en las siguientes
filiales: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 74566-000
la cual es terreno finca filial numero 1 de una planta ubicada en el primer
nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el
distrito Veintisiete Abril, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, áreas verdes, piscinas, zona social y acera; al sur, Finca
Filial número dos y áreas verdes; al este, áreas verdes y Transporte Cerdi S.
A. y al oeste, Áreas Verdes y acera. Mide: noventa metros con diecinueve decímetros
cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 74567-000
la cual es terreno Finca Filial número 2 de una planta ubicada en el primer
nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el
distrito Veintisiete Abril, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, áreas verdes y Finca Filial número uno; al sur, aceras y
áreas verdes; al este, áreas verdes y Transporte Cerdi S. A. y al oeste, áreas
verdes y acera. Mide: noventa metros con diecinueve decímetros cuadrados. 3)
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 74568-000 la cual es
terreno Finca Filial número 3 de una planta ubicada en el primer nivel
destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito
Veintisiete Abril, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, aceras y Finca Filial número dos; al sur, aceras y parqueo; al este
áreas verdes y Transporte Cerdi S. A. y al oeste, áreas verdes y acera. Mide:
noventa metros con diecinueve decímetros cuadrados. 4) Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 74569-000 la cual es terreno Finca Filial
número 4 de una planta ubicada en el segundo nivel destinada a uso habitacional
en proceso de construcción. Situada en el distrito Veintisiete Abril, cantón
Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, vacío al sur,
Finca Filial número cinco; al este, Transporte Cerdi S. A. y al oeste, alameda
con un frente a ella de cuarenta y cuatro metros. Mide: noventa metros con
diecinueve decímetros cuadrados. 5) Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 74570-000 la cual es terreno Finca Filial número 5 de una
planta ubicada en el segundo nivel destinada a uso habitacional en proceso de
construcción. Situada en el distrito Veintisiete Abril, cantón Santa Cruz, de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Finca Filial número cuatro; al
sur, Finca Filial número seis; al este, Transporte Cerdi S. A. y al oeste,
alameda con un frente a ella de cuarenta y cuatro metros. Mide: noventa metros
con diecinueve decímetros cuadrados. 6) Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 74571-000 la cual es terreno Finca Filial número 6 de una
planta ubicada en el segundo nivel destinada a uso habitacional en proceso de
construcción. Situada en el distrito Veintisiete Abril, cantón Santa Cruz, de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Finca Filial número 5; al sur,
vacío; al este, Transporte Cerdi S. A. y al oeste, alameda. Mide: noventa
metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan
las nueve horas y cero minutos del veintisiete de mayo del año dos mil once,
con la base de doscientos treinta y ocho millones ochocientos sesenta y dos mil
cuatrocientos noventa y ocho colones con sesenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del trece de junio del año dos mil once con la base de setenta y
nueve millones seiscientos veinte mil ochocientos treinta y dos colones con
ochenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Petrus Reiner Sjerps Maurice. Exp.: 10-028671-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, 09 de marzo del 2011.—Licda. Skarleth Chavarría
Rodríguez, Jueza.—(IN2011025588).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve
horas y treinta minutos del veintinueve de abril de dos mil once, y con la base
de setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo marca Honda Civic LX, año 1988, sedán cuatro puertas, color celeste,
chasis 1HGED3553JA033524, motor D15B21633194, cilindrada 1489 centímetros
cúbicos, combustible gasolina, placas 192678. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil once, con la
base de quinientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta
minutos del treinta y uno de mayo de dos mil once con la base de ciento setenta
y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ramón Alberto
Chinchilla Bermúdez contra Luis Carlos Obando Muñoz. Exp. 10-006083-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro, Primer Circuito
Judicial de San José, 21 de enero del 2011.—Lic. Ana Rita Valverde Zeledón,
Jueza.—(IN2011025592).
En este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; y al ser las diez horas del cuatro
de mayo de dos mil once, y con la base de tres millones quinientos setenta y
siete mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número doscientos seis mil setenta y dos cero cero
cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02-La Virgen,
cantón 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Ademar
Alfaro Bolaños; al sur Ademar Alfaro Bolaños; al este Juan Bautista Alfaro
Bolaños y al oeste calle pública. Mide: doscientos treinta metros con siete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del
dieciocho de mayo de dos mil once, con la base de dos millones seiscientos
ochenta y dos mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del uno de junio
de dos mil once con la base de ochocientos noventa y cuatro mil doscientos
cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y
Préstamo contra Yasir Alemán Mairena. Expediente Nº 11-000038-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
3 de marzo del 2011.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—(IN2011025606).
En este
Despacho libre de gravámenes hipotecarios; y al ser las once horas del dos de
mayo de dos mil once, y con la base de siete millones cuatrocientos cincuenta
mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número trescientos once mil quinientos cuarenta y tres
cero cero cero la cual es terreno para construir lote 16. Situada en el
distrito 05 Guácima, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte lote 15; al sur lote 17; al este lote 18 y al oeste calle pública con 7 metros. Mide: ciento dos
metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las once horas del dieciséis de mayo de dos mil once, con la base de
cinco millones quinientos ochenta y siete mil quinientos colones (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas
del treinta de mayo de dos mil once con la base de un millón ochocientos
sesenta y dos mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Luis González
Álvarez, Sandra Patricia Murillo Sánchez. Expediente Nº 11-000289-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 3 de marzo del 2011.—Lic. Rodrigo Solano Sabatier,
Juez.—(IN2011025607).
En la
puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones
judiciales, a las once horas y treinta minutos del veintinueve de abril del dos
mil once, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1. Con la base de
cuatrocientos doce mil quinientos colones, un compresor para aire, de color
azul, marca classic 07 modelo 707CK07-008, serie 707-004201.9909, motor Baldor,
SPEC. 37F942Y660H2, Frame.215TD/, ser. F100, HP.10 Teao, Volts. 208-230/460,
AMPS.28.5/28.4/14.2, RPM.1760, HZ-60. Enfriamiento por aceite, enfriador SN
W026705, PN 625¨0022, PN K5702704, opera a 16 psig y 250°F, horas de uso 2638. Tanque de aire, NATL.BD.NO230281,
Certified By, Steel: Fab, W.Abingdon.VA MAWP.200PSI. At450. MDNI-20°F. At 200PSI, HD.149 SH.181.YR2000, Part No. CRN.C
7228.10. 2.
Con la base de cincuenta mil colones un extractor de aire, polvo y aserrín, con
aspas de paletas, cilíndrico, tiene transcisión de redondo a cuadrado en lámina
de hierro galvanizado calibre 26, sin motor. 3. Con la base de
setecientos cincuenta mil colones una sierra radial de brazo para madera color
gris marca Holytek Industrial-Corp. Modelo: No.BS-888, serie No.3502, MFB date
2006.7, Electric 2.5 HP/220V/60HZ. Motor marca Induction Motor PHKSEI/TYPE STC,
Rating. Cont, Volt.220 Design CNS-C-1120/CYLCEL.60HZ, Code.H AMP.14, rol
No.6208/6204, RPM-3400 serie No.950620, 1 fase, 2 polos 2,5 hp, fecha
fabricación 2006. 4. Con la base de novecientos cincuenta mil colones
una lijadora de rodillos para madera, color gris marca: Holytek, modelo
SL-5424V, serie B2234, MFG-Date.2006/08, Electric.12.5 HP/220V/60HZ 3PH, motor
induction, type-phases, ouput.12.5HP/HP/220volts, Poles 4, 60HZ, rotor
C/RPM.17.20, RICE 5°/AMPS 34, DATE-2006 MFG No.95072103 motor Avance,
Induction, motor, HP.1/2KW/Volt220, Pole 4/HZ, 60, RPM.1720, AMP.2.2, Heat 60°,
Phase 3, Date 2006/09, Class/E/Ser NO 0001KB. Motor Elevacion, TP1-3/Phase/Motor, modelo
GH-22-200-40S, Type M200-5623HP ¼ Volts 220AMPS. 1.6, Power
02KW Pole 4, 50/60HZ, Ins. Class-F Class 1P 54, RPM.1450/1720. 5. Con la base de doscientos mil
colones un recolector de polvos y aserrín por aspiración, color gris, marco
JET, Equipment.S.Tools, Dust.Collector Model No DC1900, Motor 3HP, 1PH, Stock. NO 708623 230V.Only, serie 01111575,
Prewired.230V Motor-Jet, Equipment.S Tools, Outpup 3 HP, HZ60, Pole2, Volt 230,
Heat 60°, Amp 15, Classe, RPM 3450, Date 2001, 1ph, serie OKT,002615. 6. Con la base de seiscientos mil
colones una lijadora de rodillos para madera/Holytek, color gris, Drum.Sander,
modelo SL-3724, Item. NO
SL 3724, Main Motor.7.5 HP 5,63KW, Fed. Motor 1/4 HP 0.18KW,
Volts 220, 60HZ, Phase. 1, Date.03.04, Serial.NO S1221, motor del rodillo,
3-132S15FEV06, BL12702, motor Inducao-Calola,Nductio.
Motor jaula de ardilla,HZ 60, CAT.N, HP7.5,
RPM.1760,FS.1.15,ISOL.At80k/P/H80-IP55, 208-230/460V/27.9-25.4/12.7ª,
REG.SI./MAX.ANB.40°/ALT 1000M. Motor Avance Induction.Motor,
HP1/4, Volt 220, HZ.60, 12.1, Clase.3/Class E. 7. Con la base de cuatrocientos treinta mil colones una canteadora
para madera .Holytek-Industrial Corp, color gris model HJ 126L, serie J
12600157, MFG Date 7/2002, Electric 3HP, 220V, 60HZ 1 PH. Motor marca NN-US Phase Induction
Motor, Type AEEEF/FR/112/M/INS/E/ip, Output 3HP, 2.2KW, Poles 2, HZ 60, Rol
6306ZZ/6305.ZZ, Volt 115/230, AMP 33.6/16.8, RPM 3450 Weight KG, PE Rating
Cont, serie 0627011, Date.2002, Made IN-Taiwan. 8. Con la base de setecientos cincuenta mil colones una sierra de
mesa para madera Holytek, Industrial Corp, color gris, modeloTB-300, serie
304000, Date 2006.3, Electric 5HP, 220V, 60HZ, 1PH motor WEG,-1112N/13 Julo
7CC839441, motor Inducao-Calola/HZ60, COS 0.95/KW.3.7/5.0HP, RPM 3460,FS
1.15.BAT K, LB.LN.7.0, LB 5.5,220/440 Vols, A22.0/110, KEC-S1 Max.AMB.40°STK. 9.
Con la base de setecientos cincuenta mil colones una sierra radial para madera,
Holytek. Industrial.Cor.P,
color beige, modelo BS.888, serie 3504, Mfg date 2006/07, Electric 2.5 HP,
220V, 60hz. Motor Industrialcorp, Phase 1, Type STS, Pole 2, HP 2.5, Rating
Cont, date 2006, V 220, Desing CNS-C-1120, Ciclos 60, Code H, Temp.Rice 45°/14
AMP, Rol 6206/6204, RPM 3400, serie 950 620. 10. Con la base de un millón ciento cincuenta mil colones una
cepilladora tres labores para madera, Holytek Industrial Corp, color gris,
modelo AP-32, serie 95039, Mfg Date.2006/07, Electric 9 HP, 220V, 60hz, 1 fase,
2 motores idénticos, 2 Hp,2 polos, 60 hz, Heat 60°,220V, Amp 1.5, RPM 3600,
date 2006, Phae-1, serie 6293, motor Principal “Cuchilla”, 10 Hp, 60 HZ, 3 Fases,
V 220/440, AMP 26/13, RPM 3500. 11. Con la base de cuatrocientos
cincuenta mil colones un trompo para madera Holytek Industrial Corp, color
gris, modelo HS-625 MS, serie 060149 MFG Date 2006/07 Electric 5 HP, 220V,
60HZ, motor CS, 1 Phase, Induction, V220, HZ 60, AMP 20, RPM 3600, INS.2006,
Rating/EFF 65°, serie 61202. 12. Con la base de trescientos cincuenta
mil colones un trompo para madera, marca Holytek. Industrial Corp, color celeste, modelo CT 01ª,
serie 07111765 MFG Date 2005/07, Electric 2HP, 220V, 60HZ 1 fase, Motor, Youba
Inducton Motor, Outrut 2HP, 2 polos, 60hz, Heat 60° Volts 220, Weight.KGS, AMP.
12/CLASS/A, RPM 3450/ Date 2005/07, Phase 1, serie 03 081,
Made in Taiwan.
13. Con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones un trompo para
madera, Holytek Industrial Motor, color gris modelo HS 625TS, serie 05 0038,
MFG Date 2005.01, Electric 5HP 220V, 60Hz, 1PH, motor Avance, Output
1PH/Pole2-40, HZ 60/Heat 60°/Volts 220, AMP 4.2/25 Class ALT/54, RPM 3210/1700,
Date 2006, Phase 1, serie 2516, motor Principal, Motor-Youba 3 Phase, Type
AEEF/Frame, Volt.220/440, HZ 60 INS/E, AMP 15/7.5, Desing Date. 2004, serie B79297. 14. Con la base de cuatrocientos doce mil quinientos colones una
sierra circular de mesa, Holyter Industrial Corp, color beige model TBS-2500,
serie 99652, MFG Date 2002/07, Electric. 3HP/220V/60HZ 1PH. Motor marca Youba, 3-Phase,
Induction Motor, tipo AEF/Frame, Poles 2, Output.5 HP, Vols 220/440/HZ60,
INS/E/AMP15/7,5,RPM 3450, desing date 2004, WWGP/KG, serie YB 192 98. 15. Con la base de doscientos
cincuenta mil colones un taladro de banco para espigas, Holytek.IM-Corp, color
celeste, modelo CP-1913, serie 07031965, mfg date 2005/07 Electric
1HP/220V/60HZ 1 PH. Motor
Youba Output 1 HP, Pole2, HZ 60/Heat60°, Volt 220, WEICGHT KGS/AMP7, class A/RPM3450, date 2005/06, phase 1 serie 02907. 16. Con la base de doscientos
cincuenta mil colones un extractor para polvo y aserrín Holytek Industrial
Corp, color beige, modelo DSC-101, serie 038870, MFG date 2006.2, Electric
2HP/220V/1PH/60HZ. Motor, placa borrada, tiene bolsa recolectora. 17.
Con la base de trescientos cincuenta mil colones una sierra cinta, AV
QAC-Equipement, color beige, modelo BW 5300, phase 1, 2HP/60HZ, VOLTS 220, date
2006/07, serie 060 70002, made in Taiwan. Motor Industrial Baldor, Cat No.M
3710t, Spec 37G813t860 H 1, HP 7.5, volts 208-230/460, AMP.21.2/19.6/9.8,
RPM.1760, Frame 213t, Hz 60/PH3, Ser F 1.15, Code H, ES.B/Class-F, Nema.Nom.
EFF/89.5°/P.F80, Rating 40°/AMB-Cont, serie F0608082390. 18. Con la base
de doscientos cincuenta mil colones un torno para madera Record Power, modelo
CL136, color verde, motor Record Power C E CL16X15 Wood Turning Lathe, made by
Record W, Sheffield England; serie 05689, 220v/50HZ /2.5ª,
430W(P1)250W(P2),1425 RPM Spindle Speeds (RPM),2000/950, cable eléctrico de
alimentación reparado no original. 19. Con la base de doscientos
cincuenta mil colones una motomba hidráulica con tanque para aceite enfriado en
radiador de aire motor Lincoln.TEFC, A.C color gris, motor, Frame: 184t/RPM
1745, serie 1779092, HP5, phases 3.INS.B,Vols.230/460/A.13.6/6.8, Max.Amb
40°/60HZ Service Factor 1.5, Time. Rating Cont, Lincoln Code. T -2523-6, Nema
Code J Nema Desing, B. 20. Con la base de cuatrocientos cincuenta mil
colones una cepilladora JET sin placa, color gris, ancho de mesa 50 cm/20”, con
ajuste de altura de mesa, buen estado. 21. Con la base de cuatrocientos
mil colones una cepilladora JET sin placa, color gris, motores idénticos, JET
Equimemt Tools Out Put 3HP/HZ 60, Pole 2, Volts 230, Heat 60, AMP 18, Class/E,
RPM 3450/date 2002/7 phase 1, serie 0000047. 22. Con la base de
doscientos cincuenta mil colones un extractor para polvo y aserrín, Holytek
Industrial Corp, color beige, modelo DSC-101, serie 043012MFG DATE 2006/06,
Electric 2 HP, 220V, 60 HZ/1PH motor HP.2/220V, poles 2, HZ60/RPM3450/AMP.12,
Heat-60°C
phase 1, date 2006/06, class E, serie 2438YB. 23. Con la base de
doscientos mil colones un extractor para polvo y aserrín c marca jet, motor
Jet-Equipment Output 3HP/HZ 60 Pole 2, 230 Volt, Heat.60°/AMP 15/Class E, date
2001.12, phase 1, serie OKTOO 25 76 made in Taiwan. 24. Con la base de
ciento ochenta mil colones un extractor para polvo y aserrín color beige, marca
O AV, modelo SDC-2042K, PHASE 1/2HP/60Hz, volts 220, date 20006/07, AMP volts
110, serie 06070002. Motor,
HP 2/volts 220/110, Pole2,HZ60, RPM 3450, AMP 8/16/Heat 60°, phase 1, date
2006/07, Class.E, serie OFS 00119. 25. Con la base de veinte mil colones un abanico circular sin placa,
con rodines, 98cm de diámetro, con motor, cobertores de malla metálica
electrosoldada cromada y aspas, sin enchufe. 26. Con la base de
veinticinco mil colones un taladro de pedestal sin placa ni motor, color negro,
marca Truper, 12 velocidades por faja, 250-3100 rpm. 27. Con la base de
treinta y cinco mil colones una sierra de mesa pequeña, color negro, de sierra
circular marca Skilsaw, modelo 340 0/13A 8515V. 120/Aconyy, TO/CA S Element, 60
HZ. 4800 RPM, F0134004A, 254mm, sin motor ni disco de corte. 28. Con la
base de veinte mil colones un ventilador industrial de tiro forzado sin placa
ni motor, color beige, con polea de aluminio y aspas, con base en lámina hierro
negro pintado calibre 20. 29. Con la base de trescientos mil colones una
canteadora para madera color gris, marca Holytek-Industrial, modelo CM-405E,
serie 06C1 493 Output 5HP, MEKJ3, phase 2, Pole 2, Rol 6209/6206 Volt 220, AMP,
RPM 2860/3400, HZ. 50/60, INS/E date 2006.7, Rating Cont, serie 525624, Frame
112M. 30. Con la base de quince mil colones una refrigeradora marca
Haier pequeña de una puerta. 31. Con la base de veinticinco mil colones
una computadora monitor Hurricane, CPU-Tech, teclado-Tech. 32. Con la
base de quinientos colones una calculadora D.HR. Isote. 33. Con la base
de veinte mil colones una máquina de escribir Brother MD.ML 100-ST. 34.
Con la base de dieciséis mil colones ocho sillas giratorias, color negras que
equivalen a la suma de dos mil colones cada una. 35. Con la base de
cuatro mil colones dos sillas-corrientes color negras que equivalen a la suma
de dos mil colones cada una. 36. Con la base de cinco mil colones una
mesa esquinera. 37. Con la base de diez mil colones una computadora
monitor .Moc. Teclado Tech CPU-MD-1770. 38. Con la base de mil
quinientos colones un teléfono inalámbrico Uniden. 39. Con la base de
dieciséis mil colones cuatro escritorios de secretaria que equivalen a la suma
de cuatro mil colones cada uno. 40. Con la base de seis mil colones un
escritorio ejecutivo. 41. Con la base de veinte mil colones un equipo de
sonido, marca Sony M-GRX70 con parlantes.42. Con la base de dos mil
colones un extintor de incendios marca Badger. 43. Con la base de cinco
mil colones un reloj marcador marca Ronald-Jack, color gris. 44. Con la
base de veinticinco mil colones un archivo de seguridad con caja fuerte,
estructura de madera, marca Honeywell.MB 2054. 45. Con la base de cinco
mil colones un archivo metálico de dos gavetas Panavision. 46. Con la
base de quince mil colones tres archivos Panavision de tres gavetas cada uno,
que equivalen a la suma de cinco mil colones cada uno.47. Con la base de
veinticinco mil colones un aire acondicionado de pared, marca Super General. 48.
Con la base de doscientos cuarenta mil colones, 120 sargentos grandes para
madera, marca truper, 130cm largo, con tornillos oxidados, algunos tornillos o
su manija quebrados que equivalen a la suma de dos mil colones cada uno. 49.
Con la base de siete mil colones siete sargentos marca Irwin que equivalen a la
suma de mil colones cada uno. 50. Con la base de trescientos mil colones
seis máquinas para prensar puertas, construcción nacional, ancho
110cm, altura 169cm, largo 244 cm, en viga C que equivalen a la suma de
cincuenta mil colones cada uno. 51. Con la base de doce mil colones seis
gatas hidráulicas marca Big-Red 6 de toneladas que equivalen a la suma de dos
mil colones cada una. 52. Con la base de veinte mil colones una
carretilla hidráulica, color amarilla, sin marca (“perra”). 53. Con la
base de cinco mil colones una silla giratoria, ejecutiva con brazos. 54.
Con la base de cuatro mil colones cuatro sillas “comedor”, asiento plástico con
patas de metal que equivalen a la suma de mil colones cada una. 55. Con
la base de quinientos colones un coffe maker marca Hamilton Biach. 56.
Con la base de cinco mil colones una mesa de comedor con sobre de azulejo. 57.
Con la base de diez mil colones dos cajas de herramientas con herramientas
varias que equivalen a la suma de cinco mil colones cada una. 58. Con la
base de mil colones un nivel de 72”
marca Stanley en aluminio. 59. Con la base de cinco mil colones un esmeril
de banco eléctrico, marca Delta, 120 vac, 3600 RPM, sin protecciones. 60.
Con la base de veinticinco mil colones un motor eléctrico marca Induction
Motor, 7,5 HP Volts. 220,60 HZ/RPM 1720, MP 36/Heat 60°, Class. 1/Date 2004/03.
61. Con la base de diez mil colones un motor eléctrico marca Westing
House Phase 3,60 HZ, Kua Code, H, 7.5 HP, serie 75023 RPM 3500/Time MRS 24, Ins
CL B Ins Code B 91, ser FAC 1.15, Nema O SB Frame 184T, 40°, Volts 230/460, AMP
19.8/9.9. 62. Con la base de cinco mil colones un motor electrico marca
JET Equipment Tools Output 3 HP, KW 2.25, HZ 60/Pole 2/Volts 230, AMP.16/RPM
3450 Heat 60°. 63. Con la base de ocho mil colones un motor eléctrico
Uniclose, HP 3, Insul Class B, HZ 60, Frame 182T, Volts 230/460, AMP 9.2/4.6
Cont Rating, 40°Max. AMD,
type A, RPM 1740, Upperoropp, Lower Or Shaf Xen DBREG 6206, END BRC 6205/J53 SF
1.15, Decing B, Code K IBHF-4542-00434. 64. Con la base de dos mil colones una caja de herramientas negra de
tres gavetas, marca Hazet, contiene tornillos y tuercas varias. 65. Con
la base de dos mil colones una cajas cubos Stanley, incompleta, plástica. 66.
Con la base de cinco mil colones una caja de cubos, marca Hazet incompleta,
metálica. 67. Con la base de dos mil colones una bomba de espalda para
fumigar, marca Tecnos Pray, color amarilla. 68. Con la base de dos mil
colones un extinguidor de agua a presión, sin marca de 10 litros, para agua a
presión, metálico esmaltado. 69. Con la base de cinco mil colones una
lijadora manual de banda, marca Makita de 100x610mm, serie 25020-E, modelo
9404, 120 vac, sin enchufe ni colector de polvo. 70. Con la base de tres
mil colones un motor eléctrico, color anaranjado, placa borrosa, se lee
siguientes datos: marca WEG, 240/480 VAC, 1730 RPM, 3 fases. 71. Con la
base de dos mil colones un archivo de dos gavetas. 72. Con la base de
tres mil colones un juego de llaves coro fijas Stanley, 30/26/32/23/21/17/19. 73.
Con la base de doscientos colones una llave para bujías. 74. Con la base
de doce mil colones doce fresas para madera de figuras varias para fresado de
madera que equivale a la suma de mil colones cada una. 75. Con la base
de ocho mil colones una lijadora de banda, marca Truper MD-PUL 4X6, de motor
con faja, modelo PUL 4X6, 127 vac, 60 hz, 6 Amp, con placa Bitumat 134. 76.
Con la base de cuatro mil colones dos taladros eléctricos, buenos sin marca que
equivale a la suma de dos mil colones cada uno. 77. Con la base de mil
colones una llave inglesa para cañerías de 18”, marca Great Neck, china. 78. Con la
base de mil quinientos colones tres porta cuchillas de la molduradora
(voladores cilíndricos) que equivale a la suma de quinientos colones cada una.79.
Con la base de ocho mil colones cuatro archivos de cuatro gavetas, marca
Panavision que equivale a la suma de dos mil colones cada uno. 80. Con
la base de quinientos colones un filtro aire para compresor marca Driaire. 81.
Con la base de treinta y cinco mil colones un tablero eléctrico de
distribución, PRL 2A304F12255, Eton-Cutler Hammer, con un breaker principal de
225 AMP con tres breaker de 60-60-100 AMP. 82. Con la base de cinco mil
colones un centro de carga eléctrica, Cutler-Hammer, CH30ET 200F. 83. Con la base
de mil colones un archivo dos gavetas sin marca, metálico, tiene un golpe en
parte superior. 84. Con la base de tres mil colones seis filtros de
aire, para compresor marca Ingersoll Rand, NO. 32012957, hecho en México,
diámetros: ext 11cm, int 7.3, 11,7
cm largo que equivale a la suma de quinientos colones
cada uno. 85. Con la base de mil colones dos filtros de aire grandes
Ingersoll Rand que equivale a la suma de quinientos colones cada uno. 86.
Con la base de dos mil colones dos micro-ondas eléctricos LG, se encuentran en
deficiente estado, que equivale a la suma de mil colones cada uno. 87.
Con la base de mil colones un microondas atlas, se encuentra en deficiente
estado. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del
dieciséis de mayo de dos mil once, con las siguientes bases (bases rebajadas en
un veinticinco por ciento) : 1. Con la base de
trescientos nueve mil trescientos setenta y cinco colones, un compresor para
aire. 2. Con la base de treintay siete mil quinientos colones un
extractor de aire, polvo y aserrín. 3. Con la base de quinientos sesenta
y dos mil quinientos colones una sierra radial de brazo para madera. 4.
Con la base de setecientos doce mil quinientos colones una lijadora de rodillos
para madera. 5. Con la base de ciento cincuenta mil colones un
recolector de polvos y aserrín por aspiración. 6. Con la base de
cuatrocientos cincuenta mil colones una lijadora de rodillos para
madera/Holytek. 7. Con la base de trescientos veintidós mil quinientos
colones una canteadora para madera. 8. Con la base de quinientos sesenta
y dos mil quinientos colones una sierra de mesa para madera Holytek. 9.
Con la base de quinientos sesenta y dos mil quinientos colones una sierra
radial para madera. 10. Con la base de ochocientos sesenta y dos mil
quinientos colones una cepilladora tres labores para madera. 11. Con la
base de trescientos treinta y siete mil quinientos colones un trompo para
madera Holytek Industrial Corp. 12. Con la base de doscientos sesenta y
dos mil quinientos colones un trompo para madera. 13. Con la base de
trescientos treinta y siete mil quinientos colones un trompo para madera. 14.
Con la base de trescientos nueve mil trescientos setenta y cinco colones una
sierra circular de mesa. 15. Con la base de ciento ochenta y siete mil
quinientos colones un taladro de banco para espigas. 16. Con la base de
ciento ochenta y siete mil quinientos colones un extractor para polvo y
aserrín. 17. Con la base de doscientos sesenta y dos mil quinientos
colones una sierra cinta. 18. Con la base de ciento ochenta y siete mil
quinientos colones un torno para madera Record Power. 19. Con la base de
ciento ochenta y siete mil quinientos colones una motomba hidráulica. 20.
Con la base de trescientos treintay siete mil quinientos colones una
cepilladora JET sin placa. 21. Con la base de trescientos mil colones
una cepilladora JET sin placa. 22. Con la base de ciento ochenta y siete
mil quinientos colones un extractor para polvo y aserrín. 23. Con la
base de ciento cincuenta mil colones un extractor para polvo y aserrín. 24.
Con la base de ciento treinta y cinco mil colones un extractor para polvo y
aserrín. 25. Con la base de quince mil colonesun abanico circular sin
placa. 26. Con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones un
taladro de pedestal. 27. Con la base de veintiséis mil doscientos
cincuenta colones una sierra de mesa pequeña. 28. Con la base de quince
mil colones un ventilador industrial de tiro forzado. 29. Con la base de
doscientos veinticinco mil colones una canteadora para madera. 30. Con
la base de once mil doscientos cincuenta colones una refrigeradora marca Haier.
31. Con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones una
computadora. 32. Con la base de trescientos setenta y cinco colones una
calculadora D.HR. Isote. 33. Con la base de quince mil colones una
máquina de escribir. 34. Con la base de doce mil colones ocho sillas
giratorias, color negras que equivalen a la suma de mil quinientos colones cada
una. 35. Con la base de tres mil colones dos sillas-corrientes color
negras que equivalen a la suma de mil quinientos colones cada una. 36.
con la base de tres mil setecientos cincuenta colones una mesa esquinera. 37.
Con la base de siete mil quinientos colones una computadora. 38. Con la
base de mil ciento veinticinco colones un teléfono inalámbrico. 39. Con
la base de doce mil colones cuatro escritorios de secretaria que equivalen a la
suma de tres mil colones cada uno. 40. Con la base de cuatro mil
quinientos colones un escritorio ejecutivo. 41. Con la base de quince
mil colones un equipo de sonido. 42. Con la base de mil quinientos
colones un extintor de incendios. 43. Con la base de tres mil
setecientos cincuenta colones un reloj marcador. 44. Con la base de
dieciocho mil setecientos cincuenta colones un archivo de seguridad con caja
fuerte. 45. Con la base de tres mil setecientos cincuenta colones un archivo
metálico de dos gavetas. 46. Con la base de once mil doscientos
cincuenta colones tres archivos Panavision de tres gavetas cada uno, que
equivalen a la suma de tres mil setecientos cincuenta colones cada uno. 47.
Con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones un aire
acondicionado de pared. 48. Con la base de ciento ochenta mil colones,
120 sargentos grandes para madera, que equivalen a la suma de mil quinientos
colones cada uno. 49. Con la base de cinco mil doscientos cincuenta
colones siete sargentos que equivalen a la suma de setecientos cincuenta
colones cada uno. 50. Con la base de doscientos veinticinco mil colones
seis máquinas para prensar puertas, que equivalen a la suma de treinta y siete
mil quinientos colones cada uno. 51. Con la base de nueve mil colones
seis gatas hidráulicas que equivalen a la suma de mil quinientos colones cada
una. 52. Con la base de quince mil colones una carretilla hidráulica.
53. Con la base de tres mil setecientos cincuenta colones una silla
giratoria. 54. Con la base de tres mil colones cuatro sillas “comedor”,
que equivalen a la suma de setecientos cincuenta colones cada una. 55.
Con la base de trescientos setenta y cinco colones un coffe maker marca
Hamilton Biach. 56. Con la base de tres mil setecientos cincuenta
colones una mesa de comedor con sobre de azulejo. 57. Con la base de
siete mil quinientos colones dos cajas de herramientas con herramientas varias
que equivalen a la suma de tres mil setecientos cincuenta colones cada una. 58.
Con la base de setecientos cincuenta colones un nivel de 72” marca Stanley en aluminio. 59.
Con la base de tres mil setecientos cincuenta colones un esmeril de banco
eléctrico. 60. Con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta
colones un motor eléctrico. 61. Con la base de siete mil quinientos
colones un motor eléctrico marca Westing House. 62. Con la base de tres
mil setecientos cincuenta colones un motor electrico marca JET Equipment Tools.
63. Con la base de seis mil colones un motor eléctrico Uniclose. 64.
Con la base de mil quinientos colones una caja de herramientas negra de tres
gavetas. 65. Con la base de mil quinientos colones una caja cubos
Stanley, incompleta, plástica. 66. Con la base de tres mil setecientos
cincuenta colones una caja de cubos. 67. Con la base de mil quinientos
colones una bomba de espalda para fumigar. 68. Con la base de mil
quinientos colones un extinguidor de agua a presión. 69. Con la base de
tres mil setecientos cincuenta colones una lijadora manual de banda. 70.
Con la base de dos mil doscientos cincuenta colones un motor eléctrico. 71.
Con la base de mil quinientos colones un archivo de dos gavetas. 72. Con
la base de dos mil doscientos cincuenta colones un juego de llaves. 73.
Con la base de ciento cincuenta colones una llave para bujías. 74. Con
la base de nueve mil colones doce fresas ara madera de figuras varias que
equivale a la suma de setecientos cincuenta colones cada una. 75. Con la
base de seis mil colones una lijadora de banda. 76. Con la base de tres
mil colones dos taladros eléctricos que equivale a la suma de mil quinientos
colones cada uno. 77. Con la base de setecientos cincuenta colones una
llave inglesa para cañerías de 18”.
78. Con la base de mil ciento veinticinco colones tres porta cuchillas
de la molduradora (voladores cilíndricos) que equivale a la suma de trescientos
setenta y cinco colones cada una. 79. Con la base de seis mil colones
cuatro archivos de cuatro gavetas que equivale a la suma de mil quinientos
colones cada uno. 80. Con la base de trescientos setenta y cinco colones
un filtro aire para compresor. 81. Con la base de veintiséis mil
doscientos cincuenta colones un tablero eléctrico de distribución. 82.
Con la base de tres mil setecientos cincuenta colones un centro de carga
eléctrica, Cutler-Hammer. 83. Con la base de setecientos cincuenta
colones un archivo dos gavetas sin marca. 84. Con la base de dos mil
doscientos cincuenta colones seis filtros de aire, para compresor que equivale
a la suma de trescientos setenta y cinco colones cada uno. 85. Con la
base de setecientos cincuenta colones dos filtros de aire grandes que equivale
a la suma de trescientos setenta y cinco colones cada uno. 86. Con la
base de mil quinientos colones dos micro-ondas eléctricos LG, que equivale a la
suma de setecientos cincuenta colones cada uno. 87. Con la base de
setecientos cincuenta colones un microondas Atlas y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil
once con las siguientes bases (un veinticinco por ciento de la base inicial):
1. Con la base de ciento tres mil ciento veinticinco colones, un compresor para
aire. 2. Con la base de treinta y siete mil quinientos colones un extractor de
aire, polvo y aserrín. 3. Con la base de ciento ochenta y siete mil quinientos
colones una sierra radial de brazo para madera. 4. Con la base de doscientos
treinta y siete mil quinientos colones una lijadora de rodillos para madera. 5.
Con la base de cincuenta mil colones un recolector de polvos y aserrín por
aspiración. 6. Con la base de ciento cincuenta mil colones una lijadora de
rodillos para madera /Holytek. 7. Con la base de ciento siete mil quinientos
colones una canteadora para madera. 8. Con la base de ciento ochenta y siete
mil quinientos colones una sierra de mesa para madera Holytek. 9. Con la base
de ciento ochenta y siete mil quinientos colones una sierra radial para madera.
10. Con la base de doscientos ochenta y siete mil quinientos colones una
cepilladora tres labores para madera. 11. Con la base de ciento doce mil
quinientos colones un trompo para madera Holytek Industrial Corp. 12. Con la
base de ochenta y siete mil quinientos colones un trompo para madera. 13. Con
la base de ciento doce mil quinientos colones un trompo para madera. 14. Con la
base de ciento tres mil ciento veinticinco colones una sierra circular de mesa.
15. Con la base de sesenta y dos mil quinientos colones un taladro de banco
para espigas. 16. Con la base de sesenta y dos mil quinientos colones un
extractor para polvo y aserrín. 17. Con la base de ochenta y siete mil
quinientos colones una sierra cinta. 18. Con la base de sesenta y dos mil
quinientos colones un torno para madera Record Power. 19. Con la base de
sesenta y dos mil quinientos colones una motomba hidráulica. 20. Con la base de
ciento doce mil quinientos colones una cepilladora JET sin placa. 21. Con la
base de cien mil colones una cepilladora JET sin placa. 22. Con la base de
sesenta y dos mil quinientos colones un extractor para polvo y aserrín. 23. Con
la base de cincuenta mil colones un extractor para polvo y aserrín. 24. Con la
base de cuarenta y cinco mil colones un extractor para polvo y aserrín. 25. Con
la base de cinco mil colones un abanico circular sin placa. 26. Con la base de
seis mil doscientos cincuenta colones un taladro de pedestal. 27. Con la base
de ocho mil setecientos cincuenta colones una sierra de mesa pequeña. 28. Con
la base de cinco mil colones un ventilador industrial de tiro forzado.29. Con
la base de setenta y cinco mil colones una canteadora para madera. 30. Con la
base de tres mil setecientos cincuenta colones una refrigeradora marca Haier.
31. Con la base de seis mil doscientos cincuenta colones una computadora. 32.
Con la base de ciento veinticinco colones una calculadora D.HR. Isote. 33. Con
la base de cinco mil colones una máquina de escribir. 34. Con la base de cuatro
mil colones ocho sillas giratorias, color negras que equivalen a la suma de
quinientos colones cada una. 35. Con la base de mil colones dos sillas
corrientes color negras que equivalen a la suma de quinientos colones cada una.
36. Con la base de mil doscientos cincuenta colones una mesa esquinera. 37. Con
la base de dos mil quinientos colones una computadora. 38. Con la base de
trescientos setenta y cinco colones un teléfono inalámbrico. 39. Con la base de
cuatro mil colones cuatro escritorios de secretaria que equivalen a la suma de
mil colones cada uno.40. Con la base de mil quinientos colones un escritorio
ejecutivo. 41. Con la base de cinco mil colones un equipo de sonido. 42. Con la
base de quinientos colones un extintor de incendios. 43. Con la base de mil dos
cincuenta colones un reloj marcador. 44. Con la base de seis mil doscientos
cincuenta colones un archivo de seguridad con caja fuerte. 45. Con la base de
mil doscientos cincuenta colones un archivo metálico de dos gavetas. 46. Con la
base de tres mil setecientos cincuenta colones tres archivos Panavision de tres
gavetas cada uno, que equivalen a la suma de mil doscientos cincuenta colones
cada uno. 47. Con la base de seis mil doscientos cincuenta colones un aire
acondicionado de pared. 48. Con la base de sesenta mil colones, 120 sargentos
grandes para madera, que equivalen a la suma de quinientos colones cada uno.
49. Con la base de mil setecientos cincuenta colones siete sargentos que
equivalen a la suma de doscientos cincuenta colones cada uno. 50. Con la base
de setenta y cinco mil colones seis máquinas para prensar puertas, que
equivalen a la suma de doce mil quinientos colones cada uno. 51. Con la base de
tres mil colones seis gatas hidráulicas que equivalen a la suma de quinientos
colones cada una. 52. Con la base de cinco mil colones una carretilla
hidráulica. 53. Con la base de mil doscientos cincuenta colones una silla
giratoria. 54. Con la base de mil colones cuatro sillas “comedor”, que
equivalen a la suma de doscientos cincuenta colones cada una. 55. Con la base
de ciento veinticinco colones un coffe maker marca Hamilton Biach. 56. Con la
base de mil doscientos cincuenta colones una mesa de comedor con sobre de azulejo.
57. Con la base de dos mil quinientos colones dos cajas de herramientas con
herramientas varias que equivalen a la suma de mil doscientos cincuenta colones
cada una. 58. Con la base de doscientos cincuenta colones un nivel de 72” marca Stanley en aluminio.
59. Con la base de mil doscientos cincuenta colones un esmeril de banco
eléctrico. 60. Con la base de seis mil doscientos cincuenta colones un motor
eléctrico. 61. Con la base de dos mil quinientos colones un motor eléctrico
marca Westing House. 62. Con la base de mil doscientos cincuenta colones un
motor electrico marca JET Equipment Tools. 63. Con la base de dos mil colones
un motor eléctrico Uniclose. 64. Con la base de quinientos colones una caja de
herramientas negra de tres gavetas. 65. Con la base de quinientos colones una
caja cubos Stanley, incompleta, plástica. 66. Con la base de mil doscientos
cincuenta colones una caja de cubos. 67. Con la base de quinientos colones una
bomba de espalda para fumigar. 68. Con la base de quinientos colones un extinguidor
de agua a presión. 69. Con la base de mil doscientos cincuenta colones una
lijadora manual de banda. 70. Con la base de setecientos cincuenta colones un
motor eléctrico. 71. Con la base de quinientos colones un archivo de dos
gavetas. 72. Con la base de setecientos cincuenta colones un juego de llaves.
73. Con la base de cincuenta colones una llave para bujías. 74. Con la base de
tres mil colones doce fresas para madera de figuras varias que equivale a la
suma de doscientos cincuenta colones cada una. 75. Con la base de dos mil
colones una lijadora de banda. 76. Con la base de mil colones dos taladros
eléctricos que equivale a la suma de quinientos colones cada uno. 77. Con la
base de doscientos cincuenta colones una llave inglesa para cañerías de 18”. 78. Con la base de
trescientos setenta y cinco colones tres porta cuchillas de la molduradora
(voladores cilíndricos) que equivale a la suma de ciento veinticinco colones
cada una. 79. Con la base de dos mil colones cuatro archivos de cuatro gavetas que
equivale a la suma de quinientos colones cada uno. 80. Con la base de ciento
veinticinco colones un filtro aire para compresor. 81. Con la base de ocho mil
setecientos cincuenta colones un tablero eléctrico de distribución. 82. Con la
base de mil doscientos cincuenta colones un centro de carga eléctrica,
Cutler-Hammer. 83. Con la base de doscientos cincuenta colones un archivo dos
gavetas sin marca. 84. Con la base de setecientos cincuenta colones seis
filtros de aire, para compresor que equivale a la suma de ciento veinticinco
colones cada uno. 85. Con la base de doscientos cincuenta colones dos filtros
de aire grandes que equivale a la suma de ciento veinticinco colones cada uno.
86. Con la base de quinientos colones dos micro-ondas eléctricos LG, que equivale
a la suma de doscientos cincuenta colones cada uno. 87. Con la base de
doscientos cincuenta colones un microondas Atlas. Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso monitorio de
Guillermo Constenla Umaña contra Detalles Exclusivos y Acabados Residenciales
de Centroamérica S. A., Gilberth Montero Jiménez. Expediente: 10-001264-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 28 de enero del 2011.—Lic. Jéssica Vargas
Barboza, Jueza.—(IN2011025611).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
catorce horas y cero minutos del tres de mayo de dos mil once, y con la base de
siete millones ochocientos ocho mil novecientos cuatro colones con setenta y
siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos quince mil ciento treinta y
tres-cero cero cero la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el
distrito Concepción, cantón Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte calle pública con 22.19
metros de frente; al sur Desarrollos Olcalfa S. A.; al
este Tajo La Garita S.
A. y al oeste Desarrollos Olcalfa S. A. Mide: mil sesenta y siete metros con
sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil once, con la
base de cinco millones ochocientos cincuenta y seis mil seiscientos setenta y
ocho colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del treinta y uno de mayo de dos mil once con la base de un millón novecientos
cincuenta y dos mil doscientos veintiséis colones con diecinueve céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra
Edwin Eloy Mata Alpízar, José Edwin Mata Sánchez. Expediente Nº
10-003205-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 11 de enero del 2011.—Lic.
Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2011025630).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; y al ser
las ocho horas y treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil once, y con la
base de tres millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y
ocho mil cincuenta y dos cero cero cero la cual es terreno con una casa lote
Q-3. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte calle pública con un frente de 10 metros; al sur Mutual
Guanacaste de Ahorro y Préstamo; al este Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo
y al oeste Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo. Mide: Doscientos cincuenta
metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil once, con la base
de dos millones seiscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta
minutos del uno de junio de dos mil once con la base de ochocientos setenta y
cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Noelia García Morales, Yaneth García
Morales. Expediente Nº 10-002964-0638-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de enero del 2011.—Lic.
Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—(IN2011025674).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez
horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil once, y con la base de siete
millones doscientos setenta y siete mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento sesenta y cinco mil seiscientos cincuenta y tres cero cero uno,
cero cero dos la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Quebrada
Grande, cantón Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Sociedad Agrícola Ganadera Las Micas S. A.; al sur, María Geovanna Meza López;
al este, Sociedad Agrícola Ganadera Las Micas S. A.; y al oeste, calle pública
con un frente de 24 metros
lineales. Mide: doscientos metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las 10:00 horas del 16/05/2011, con la base
de cinco millones cuatrocientos cincuenta y siete mil setecientos cincuenta
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de mayo de dos mil
once con la base de un millón ochocientos diecinueve mil doscientos cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ángel Luis Prendas Pérez, Rosa Isabel
Fernández Rodríguez. Exp. 11-000095-0638-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1º de marzo del
2011.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—(IN2011025675).
Primer
remate: a las nueve horas del dos de mayo del dos mil once en la puerta
exterior libre de gravámenes hipotecarios, con base en la suma de tres millones
doscientos mil colones en el mejor postor remataré: finca inscrita en Registro
Público, partido de Guanacaste número registral ciento veintinueve mil
doscientos cuarenta y cuatro-cero cero uno y cero cero dos, que es terreno para
construir, sito en el distrito cuatro Belén del cantón quinto Carrillo de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, granja familiar 23; sur, granja
familiar 21 y calle pública; este, calle pública y al oeste, parcela 2. Mide:
mil ciento veintidós metros y cuatro decímetros cuadrados. Pertenece a José
Alexis Moraga Piña y a Hellen Sairis Rodríguez Torres. Otros gravámenes:
(Reservas de ley de aguas y de la ley caminos públicos) Citas
0501-00018875-01-0048-001, (Limitaciones del IDA Ley 2825 artículo 67) citas
0501-00018875-01-0049-001, (Practicado de un anotante) citas
0575-00032403-01-0001-001. Segundo remate: de no haber postores, para llevar a
cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del dieciséis de mayo del
dos mil once, con la base de dos millones cuatrocientos mil colones (rebajada
de un 25% la base original). Tercer remate: de no apersonarse rematantes, para
el tercer remate, se señalan las nueve horas del treinta de mayo del dos mil
once, con la base de ochocientos mil colones (un 25% de la base original). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela-La Vivienda de Ahorro Préstamo contra José Alexis Moraga Piña y Hellen
Sairis Rodríguez Torres. Expediente: 10-000308-0638-CI.—Juzgado
Agrario de Liberia, 7 de marzo del 2011.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—(IN2011025677).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
catorce horas y treinta minutos del veintinueve de abril de dos mil once, y con
la base de doscientos cuarenta y nueve mil doscientos veintiséis colones con
setenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 38810-000, la cual es terreno
con una construcción de una planta. Situada en el distrito Guadalupe, cantón
Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, Alberto Galimany
Godoy; al sur, calle pública con 11 metros 41 centímetros; al
este, Heliodoro Vargas Campos; y al oeste, Cerconey Méndez S. A. Mide:
trescientos tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil once, con la
base de ciento ochenta y seis mil novecientos veinte colones con cuatro
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos
mil once, con la base de sesenta y dos mil trescientos seis colones con sesenta
y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de James Brand Tedeschi contra Sashror Enterprise S. A.
Expediente: 10-000993-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 1º de
marzo del 2011.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2011025691).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho
horas y cero minutos del veintinueve de abril de dos mil once, y con la base de
siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 177796-001-002 cero
cero uno, cero cero dos la cual es terreno lote K-70 terreno para construir.
Situada en el distrito San Francisco, cantón Cartago, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte avenida cuatro con un frente de 16 metros 06 centímetros
lineales; al sur lote 71 al este alameda 21 con un frente de 8 metros 30 centímetros
lineales y al oeste lote 90. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con diez
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del dieciséis de mayo de dos mil once, con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del
treinta y uno de mayo de dos mil once con la base de un millón setecientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Los
Coyotes del Prado Dorado S. R. L. contra Bernarda Rosa Espinoza López, José
Cristóbal Espinoza Cardona. Exp. 10-002086-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 28 de marzo del 2011.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—RP2011230942.—(IN2011025714).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho
horas treinta minutos del dos de mayo del dos mil once, y con la base de siete
mil quinientos dieciocho dólares con ochenta y siete centavos moneda de los
Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo
placa 662622, marca Ford, estilo Fiesta, automóvil, sedán 4 puertas, 4x2, vin
9BFBT11N668486992, año 2006, color blanco, capacidad 5 personas, cilindrada
1600 c.c., gasolina, 4 cilindros. Para el segundo remate, se señalan las nueve
horas treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil once, con la base de
cinco mil seiscientos treinta y nueve dólares con tres centavos moneda de los
Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de mayo
del dos mil once con la base de un mil ochocientos setenta y nueve dólares con
setenta y un centavo moneda de los Estados Unidos de América (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Harold Antonio
Sequeira Rojas. Exp. Nº 10-000452-0341-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo de Turrialba, 27 de enero del 2011.—Lic. Francisco Javier
Bonilla Rojas, Juez.—(IN2011025749).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho
horas y cero minutos del veintinueve de abril del dos mil once, y con la base
de nueve mil quinientos dieciocho dólares con noventa y cinco centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 681720, año 2007,
combustible gasolina, Vin KNABA24327T409452, capacidad 5 personas, N° motor
G4HG6M999006, color negro, cilindrada 1086 c.c. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de mayo del dos mil once,
con la base de siete mil ciento treinta y nueve dólares con veintiún centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y quince minutos del uno de junio del dos mil once con la base
de dos mil trescientos setenta y nueve dólares con setenta y tres centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Luis Diego Montoya Molina. Exp.
09-001106-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia,
22 de febrero del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011025750).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre sirviente a las citas 0390-00009649-01-0003-001, a las diez horas y cero
minutos del veintiocho de abril del año dos mil once, y con la base de treinta
y cuatro millones doscientos mil setecientos cincuenta y dos colones con
setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos setenta y nueve mil
quinientos treinta-cero cero cero la cual es terreno de breñón. Situada en el
distrito primero San Isidro de El General, cantón decimonoveno Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública, Max Alberto
Elizondo Castro y María Marcelina Vargas Arias; al sur Burveracosovi S. A; al
este, Damaris Elizondo Castro y al oeste, Enilda Elizondo Castro, Max Alberto
Elizondo Castro y María Marcelina Vargas Arias. Mide: siete mil setecientos
sesenta y seis metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de
mayo del año dos mil once, con la base de veinticinco millones seiscientos
cincuenta mil quinientos sesenta y cuatro colones con cincuenta y siete
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del treinta de junio del año dos mil once
con la base de ocho millones quinientos cincuenta mil ciento ochenta y ocho
colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra
Lilly María Elizondo Castro. Exp. Nº 10-000109-0341-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 25 de enero del
2011.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—(IN2011025751).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve
horas y cero minutos del veintiocho de abril de dos mil once, y con la base de
seis mil novecientos cincuenta y ocho dólares con seis centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo placas 615176 marca Citroen estilo C3
categoría automóvil, capacidad 5 personas año 2006 color beige, serie
VF7FCKFVB6A000731, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2, chasis
VF7FCKFVB6A000731 Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del trece de mayo de dos mil once, con la base de cinco mil doscientos
dieciocho dólares con cincuenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subastase señalan las nueve horas y cero minutos
del treinta de mayo de dos mil once con la base de mil setecientos treinta y
nueve dólares con cincuenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Arnold Ramírez Quirós. Exp.
11-003495-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de marzo del 2011.—Lic.
Katia María Araya Jacome, Jueza.—(IN2011025752).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios;
a las diez horas y treinta minutos del veintinueve de abril del año dos mil
once, y con la base de dos millones trescientos sesenta y dos mil ciento
ochenta y ocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo
placa: 802167 marca: Honda. Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año:
2003, color: gris, tracción: 4x2, carrocería: sedan 2 puertas hatchaback,
modelo: Civic, cilindros 04, combustible: gasolina, cilindrada: 2000 cc, serie:
SHHEP33533U400343. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del trece de mayo del año dos mil once, con la base de un millón
setecientos setenta y un mil seiscientos cuarenta y un colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos del veintisiete de mayo del año dos mil once
con la base de quinientos noventa mil quinientos cuarenta y siete colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Autos Rojas E.G.R S. A. contra Mery Ann
Bonilla Alfaro. Exp. 11-000135-0295-CI.—Juzgado
Civil de Grecia, 9 de marzo del 2011.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara,
Jueza.—(IN2011025755).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada, a las ocho horas y treinta minutos del tres
de mayo del dos mil once, y con la base de setenta y siete mil ciento ochenta y
cuatro dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y nueve mil
setecientos noventa cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada:
en el distrito sétimo, cantón sétimo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Marco Antonio González; al sur, calle pública con ocho metros con
ochenta y tres centímetros; al este, Horacio Castillo Vargas, y al oeste,
Alfonso Mora Porras. Mide: doscientos treinta y dos metros con setenta y cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil once, con la base de
cincuenta y siete mil ochocientos ochenta y ocho dólares exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho
horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil once, con la base
de diecinueve mil doscientos noventa y seis dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Giselle María Rojas Núñez contra Inversiones El Gonzalo I Y A S.
A. Expediente Nº 10-000137-0296-CI.—Juzgado Civil de Trabajo y Agrario del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 7 de marzo del 2011.—Lic.
Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2011231244.—(IN2011025789).
Se convoca
a todos los interesados en la sucesión de Luis Alberto Chaves Mata, quien fuera
mayor, divorciado, profesor, portador de la cédula de identidad 1-6720895,
vecino de San Sebastián, a una junta que se verificará en este Juzgado a las
trece horas treinta minutos del tres de mayo del dos mil once, para conocer
acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil.
Expediente Nº 09-100137-0216-CI.—Juzgado Civil,
Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián.—Msc. Diamantina
Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2011020185).
Se convoca
a todos los interesados en la sucesión de Carlos Ocampo Bolaños, quien fue
mayor, soltero, comerciante, vecino de San José, con cédula de identidad
cuatro-cero cuarenta y siete-ciento catorce, a una junta que se verificará en
este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del cinco de mayo de dos mil
once, para conocer los extremos a que se refiere el artículo 926 del Código
Procesal Civil. Expediente 05-000638-182-CI (1). Sucesión de Carlos Ocampo
Bolaños.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de
San José, 18 de marzo de 2011.—Lic. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—1 vez.—(IN2011025692).
Se hace
saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 10-002635-0504-CI,
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de las
Temporalidades de la
Iglesia Católica de la Diócesis de Alajuela (TICDA), cédula jurídica
vigente número 3-010-045209, representada por Marvin Marcelo Araya Alpízar, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es
terreno con construcciones, jardín y asfalto. Situada en el distrito 04 Jesús,
cantón 04 Santa Bárbara de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Cencinai
del Ministerio de Salud; al sur, Susie Priscilla Miranda González; al este,
Susi Priscilla Miranda González; y al oeste, calle pública con un frente a ella
de veinticinco metros con noventa y dos centímetros. Mide: dos mil cincuenta
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble
posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica
y quieta. Que los actos de posesión han consistido en realizar construcciones,
mantenimiento de jardines y de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad.
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida Temporalidades de la Iglesia Católica
de la Diósecis
de Alajuela. Expediente: 10-002635-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 24 de marzo del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2011024696).
Soportando
servidumbre trasladada citas 0303-00000166-01-0003-001, y estando libre de
gravámenes hipotecarios con la base de seiscientos ochenta mil colones
(¢680.000,00), sáquese a remate el inmueble embargado en autos. Finca que se
describe así: inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de
Propiedad Bienes Inmuebles, matrícula número 00080237-000, la cual es terreno
para construir de figura irregular. Situada en el distrito Jesús, cantón Santa
Bárbara de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con Cecil Alfred High
Higgins; al sur, con Cecil Alfred High Higgins; al este, con Cecil Alfred High
Higgins; y al oeste, con la carretera de Barba a Birri, con un frente de 35 metros 71 centímetros.
Mide: seis mil doscientos ochenta y cinco metros con veintidós decímetros
cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas del nueve de junio del dos
mil once. De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate, se señalan
las diez horas del veinticuatro de junio del dos mil once, con la base de
quinientos diez mil colones (¢510.000,00) (rebajada en un 25% de la base
original).- de no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las
diez horas del ocho de julio del dos mil once, con la base de ciento setenta
mil colones (¢170.000,00) (25% de la base original). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso Or.S.Pri.
Des.Tra. Emba. Per. Lact. de Teresa Silva Meneses
contra High Leslie. Expediente: 04-002705-0166-LA.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de marzo del 2011.—Lic. Lourdes Montenegro
Espinoza, Jueza.—(IN2011024723).
Laureano
Mena Soto, cédula 2-411-958, mayor, soltero, operador de maquinaria, vecino de La Bomba, Beberly, doscientos
metros oeste y setenta y cinco sur del Bar Tucán; promueve diligencias de
información posesoria, para inscribir en el Registro Público, partido de Limón,
el siguiente inmueble: terreno para construir con una casa, sito en el distrito
cuarto Matama, cantón primero de la provincia de Limón. Mide: trescientos
cuarenta y siete metros con treinta y cinco decímetros cuadrados; linda: al
norte, con Isaí Acevedo Barrientes, al sur, con Marta Rodríguez López; al este,
con calle pública con veinte metros noventa y siete centímetros; y al oeste,
con Roberto Araya López. El inmueble está libre de gravámenes, no existen
condueños, ni cargas reales, y fue estimado en la suma de un millón de colones.
Llámese a todos los interesados en las presentes diligencias de información
posesoria para que dentro del plazo de un mes se apersonen en este despacho en
defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de ley si lo omitieren.
Expediente: 10-102176-0473-CI-2.—Juzgado Civil de
Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
Limón, 1º de marzo del 2011.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—(IN2011024831).
Julio
Mauricio Chavarría Arias, mayor, casado una vez, carnicero, vecino de Barrio
Jarazal de Puriscal, cédula de identidad número uno-ocho ocho cinco-ocho seis
tres, promueve diligencias de información posesoria para que se ordene al
Registro Público de la
Propiedad partido de San José, inscribir a su nombre la finca
que se describe así: terreno de solar, sito distrito primero Santiago, cantón
cuarto Puriscal de la provincia de San José. Mide: trescientos cinco metros
cuadrados, linda al norte, calle pública; al sur, calle pública a Carit; este,
Cindy Vanessa Ramírez; y al oeste, Rosa Cristina Delgado Salazar, Manuel
Antonio Delgado Salazar y Santiago Delgado Marín. Todo conforme al plano
catastrado número SJ-uno cuatro siete cinco siete tres cero-cero-dos mil once.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen en el asunto en
defensa de sus derechos. Información posesoria Nº 11-100057-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago,
15 de marzo del 2011.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—1
vez.—RP2011230395.—(IN2011024923).
Se hace
saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 06-100575-0386-CI,
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de quien es
mayor, estado civil casado una vez, vecino de Liberia, Barrio San Roque,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero setenta
y ocho-seiscientos veintinueve, profesión pensionado, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca
ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir con
una casa de habitación. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, María del Carmen Solís Quintanilla;
al sur, José Viriato Venegas Sánchez; al este, Benjamín Acevedo; y al oeste,
calle pública con un frente de diez metros con ochenta y nueve centímetros.
Mide: ciento noventa y tres metros con veintiséis decímetros cuadrados. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de trescientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra y
venta, mediante escritura número ciento cuarenta y cuatro de fecha quince de
mayo del dos mil seis que le hiciera Florentina Fernández Duarte, mayor,
costarricense, casada una vez, cédula de identidad numero 5-118-885, no le liga
grado de parentesco alguno, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercarlo y
limpiarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria promovida por…Expediente: 06-100575-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 7 de marzo del 2011.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—RP2011230417.—(IN2011024924).
Se hace
saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 09-001514-0640-CI,
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rosibel
Ilama Sánchez, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Santa Elena de
Corralillo, Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 0302300336, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en
la provincia de Cartago, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada
en el distrito Corralillo, cantón Guarco de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, camino público; al sur, Asociación de Iglesias del Evangelio de
Jesucristo; al este, con camino público; y al oeste, calle público. Mide:
trescientos veinticinco metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicha inmueble en la
suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de su madre que lo
había poseído por más de diez años y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en vivir
con su familia. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria promovida por Rosibel Ilama Sánchez. Expediente:
09-001514-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
22 de febrero del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1
vez.—RP2011230527.—(IN2011024925).
Se hace
saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 11-000070-0640-CI,
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Carlos
Luis Mata Maroto, quien es mayor, estado civil casado una vez , vecino de Tejar
de El Guarco de Cartago, 300
metros al este y 300 metros al norte de
la escuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número
301600368, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en
la provincia de Cartago, la cual es terreno de solar para construir. Situada en
el distrito 03 Tobosi, cantón 08 El Guarco de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, calle pública con un frente a esa calle de 13 metros con 65 centímetros; al
sur, Erick Zacar S. A.; al este, José Adrián Calvo Flores; y al oeste,
Marianela Calvo Flores. Mide: doscientos trece metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble en forma
transmitida por parte del señor Luis Arturo Elizondo Fallas, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en dar mantenimiento, arreglando las cercas sobre las
colindancias, protegiendo el recurso natural, limpieza y cuido. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en
estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de
un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el
despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Carlos Luis Mata Maroto. Expediente: 11-000070-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 22 de marzo del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—RP2011230597.—(IN2011024926).
Edith
Sánchez Jiménez, casada dos veces, ama de casa, con cédula número 5-128-410,
Sandro Salas Sánchez, soltero, Oficial de Policía, con número de cédula
7-173-771 y Juan Eladio Arias Sánchez, divorciado, cajero con cédula número
1-1084-0679, todos vecinos de Limón centro, Río Blanco, Río Quito, frente a la
plaza de deportes, promovemos diligencias de Información Posesoria para
inscribir en el registro respectivo el siguiente inmueble: naturaleza: terreno
con una casa de habitación y para la
agricultura, situado en la provincia de Limón, cantón primero, distrito tercero
Río Blanco, área de una hectárea cuatro mil cuatrocientos cincuenta metros cuadrados
con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Plano catastrado número:
L-1258094-2008. Linderos: al norte, calle pública con un frente de 163.83 metros; al
sur, Río Quito, al este, con Gabriela Baltodano Hernández; y oeste, María
Margarita Céspedes Umaña, Aurea Gabriela Alfaro Céspedes y Alexander Alfaro
Céspedes. Fue estimado el inmueble en la suma de cinco millones de colones. No
existen condueños, ni cargas reales. Llámese a todos los interesados para que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de edicto se
apersonen a este despacho en defensa de sus derechos. Proceso de información
posesoria, expediente N° 11-160020-465-AG (A1).—Juzgado
Agrario de Limón, 9 de marzo del 2011.—Lic. Heilin Rojas Madrigal,
Jueza.—1 vez.—(IN2011025162).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Se avisa a
la señora María del Rosario Chavarría Villalta, mayor, costarricense, soltera,
cédula de identidad 1-663-139 y demás calidades desconocidas, que en este
Juzgado, se tramita el expediente 10-000401-673-NA, correspondiente a
diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se
solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad, Marilyn
Chavarría Villalta. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten
su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de
marzo del dos mil once.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—O. C. Nº
34028.—Solicitud Nº 48211.—C-7820.—(IN2011023665).
Se comunica
que en el Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, se
tramita proceso de depósito judicial de las personas menores de edad de nombres
Angelina Luciana y Cristy, ambos de apellido Segura Marín hijo de, Jazmín Marín
Ramírez y Luis Enrique Segura Segura promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Jazmín
Marín Ramírez y Luis Enrique Segura Segura, bajo el número de expediente
11-400009-921-FA(3). Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren algún interés en este asunto, para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la última publicación del edicto ordenado,
se apersonen y manifiesten lo que estimen conveniente.—Juzgado de Familia
Penal Juvenil de Corredores, Ciudad Neily, 07 de febrero del 2011.—Lic.
Juan Carlos Sánchez García, Juez.—O. C. Nº
34028.—Solicitud Nº 48211.—C-8420.—(IN201123666).
Se comunica
que en el Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, se
tramita proceso de depósito judicial de persona menor de edad de nombre José
Marvin Córdoba López hijo de, Evelyn López Arriola y José Marvin Córdoba Sirias
promovido por el Patronato nacional de la Infancia contra Evelyn López Arriola y José
Marvin Córdoba Sirias, bajo el número de expediente 11-400036-921-FA(3). Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren
algún interés en este asunto, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la ultima publicación del edicto ordenado, se apersonen y
manifiesten lo que estimen conveniente.—Juzgado de
Familia Penal Juvenil de Corredores, Ciudad Neily, 01 de marzo del
2011.—Lic. Freddy Quesada Valerio, Juez.—O. C. Nº
34028.—Solicitud Nº 48212.—C-8420.—(IN201123667).
Se convoca
por medio de edicto que se publicara por tres veces consecutivas, a todas
aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de la persona
menor de edad Karla Paola Jiménez Madrigal ya por haber sido nombrados en
testamento, ya por corresponderles la legítima tutela, para que se presenten
dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación
del último edicto. Exp. 11-000085-0673-NA.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de
marzo del 2011.—Lic. Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—(IN2011023882).
PUBLICACIÓN DE UNA
VEZ
Se hace
saber que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido
por Esther María Amador Valle, soltera en unión libre, oficios domésticos,
nicaragüense, pasaporte Nº C0 783560, vecina de La Argentina de Grecia, y
Junier Mora Angulo, mayor, divorciado una vez, vecino de La Argentina de Grecia,
portador de la cédula de identidad número uno-novecientos nueve-trescientos
sesenta y cinco, encaminadas a solicitar la autorización para cambiar el nombre
de su hijo(a) menor Escarleth Mora Amador por el de Hilary Scarleth Mora
Amador. Se emplaza a los interesados en el proceso, a efecto de que dentro del
plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se
apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de
ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº
10-000693-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia.—Lic.
Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1
vez.—RP2011230212.—(IN2011024444).