BOLETÍN JUDICIAL Nº 94 DEL 17 DE MAYO DEL 2011

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR Nº 49-2011

ASUNTO:   Solicitud de aprobación de montos para transporte o viáticos al exterior.

A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE HACE SABER QUE:

El Consejo Superior, en sesión extraordinaria N° 32-11 (Presupuesto 2012), del 6 de abril de 2011, artículo XXI, acordó comunicarles que cuando se requiera solicitar la aprobación de un monto para transporte o viáticos al exterior, en todos los casos, de previo a remitir la gestión ante el Despacho de la Presidencia de la Corte, para la certificación del contenido económico, se deberá contar con la aprobación de este Consejo, que analizará la procedencia de la solicitud y si se ajusta al cumplimiento de los objetivos institucionales, dando prioridad a la capacitación de los jueces y juezas.

San José, 2 de mayo del 2011.

                                                          Silvia Navarro Romanini

1 vez.—Exento.—(IN2011035146).               Secretaria General

CIRCULAR Nº 53-2011

ASUNTO:   Requisito para permisos que conoce el Consejo Superior.

A LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS JUDICIALES

SE HACE SABER QUE:

El Consejo Superior, en sesión N° 3-11, del 18 de enero de 2011, artículo XVI, dispuso comunicarles que para los casos de permisos que deba conocer este Consejo, además de los requisitos ya establecidos, se deberá aportar una constancia digital extendida por el jefe, jefa, coordinador o coordinadora del despacho, de que las labores de la persona que solicita el permiso se encuentra al día.

En caso de que el permiso sea para el jefe, jefa, coordinador o coordinadora, la constancia deberá extenderla su jefatura.

San José, 4 de mayo del 2011.

                                                          Silvia Navarro Romanini

1 vez.—Exento.—(IN2011035148).               Secretaria General

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

segunda PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2009 de fecha 26 de febrero del 2009, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 58-09 celebrada el 02 de junio del 2009, artículo LV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Penales de los años 1994 a 2000 del Juzgado Penal Juvenil de Cartago, La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           T 2 C 94

Expedientes:    393

Paquetes:         07

Año:                  1994

Asunto:            Penal Varios: Sobreseimiento: 01 violación, 01 abusos deshonestos, 06 robo, 08 lesiones leves, 01 tenencia de droga, 01 estupro,02 atípicos, 05 infracción a la ley de tránsito,03 palabras obscenas,14 daños, 01 agresión con arma, 01 consumo de bebidas, 01 falso testimonio, 12 hurtos, 02 irrespeto a la autoridad, 02 violación de domicilio, 02 molestias, 02 golpes, 06 Desorden público, 07 perturbaciones, 01 privación de libertad, 01 retención indebida. Archivado: 02 violación, 07 abusos deshonestos, 39 robos, 18 lesiones leves, 03 infracción a ley de psicotrópicos, 02 tentativas de suicidio, 01 acto obsceno, 01 atípico, 01 receptación, 08 infracción a la ley de tránsito, 08 palabras obscenas, 15 daños, 07 agresión con arma, 02 falso testimonio, 31 hurtos, 01 injuria, 08 desordenes, 03 molestias, 03 golpes perturbaciones 02 receptación, 04 riñas, 01 encubrimiento de homicidio y secuestro, 14 amenazas, 03 retención indebida. Absolutoria: 05 abusos deshonestos, 19 robos, 12 lesiones, 01 infracción a la ley de psicotrópicos, 02 tentativas de suicidio, 01 receptación, 04 infracción a la ley de tránsito, 05 palabras obscenas, 09 daños, 03 agresión con arma, 10 hurtos, 01 crueldad con animales, 01 desordenes, 02 irrespeto a la autoridad, 01 violación de domicilio, 05 molestias, 02 golpes, 01 encubrimiento de homicidio y secuestro, 05 amenazas. Desestimado 03 robos, 05 lesiones leves, 01 infracción a la ley de psicotrópicos, 01 desaparición de menor, 05 daños, 05 falso testimonio, 04 hurtos, 01 desorden, 01 violación de domicilio, 09 contra el orden público, 04 perturbaciones, 01 amenazas.

Remesa:           T 2 C 95

Expedientes:    483

Paquetes:         04

Año:                  1995

Asunto:            Penal Varios: Sobreseimiento: 01 violación Archivado: 07 violación, 07abusos deshonestos, 56 robos, 69 lesiones leves, 59 daños, 32 hurtos, 11 amenazas,01 tentativa de suicidio,11 palabras obscenas,21 desordenes, 05 riñas,02 mirar indiscreto por rendijas,33 irrespeto a la autoridad,28 infracción a la ley de tránsito, 02 receptación, 10 embriaguez,01 infracción a la ley de psicotrópicos,19 agresión con arma, 01 abandono de animales,07 amenaza,04 resistencia de autoridad,05 violación de domicilio,01 sustracción de menor,01 suicidio,02 apropiación indebida. Absolutoria:02 violación,01 abusos deshonesto,08 robos,07 lesiones,03 daños,04 hurtos,01 homicidio,01 tentativa de suicidio,03 palabras obscenas, 01 desorden, 01 irrespeto a la autoridad,09 infracción a la ley de tránsito,01 receptación,02 embriaguez,01 tenencia de droga, 03 amenazas. Desestimado:02 robos,02 daños,07 hurtos,02 palabras obscenas,09 desordenes,02 exhibicionismo,04 irrespeto a la autoridad,02 infracción a la ley de tránsito,01 receptación,02 embriaguez,02 agresión con arma,01 resistencia a la autoridad,01 atípico,02 tentativa de incendio,01 desaparición.

Remesa:           T 2 C 96

Expedientes:    521

Paquetes:         07

Año:                  1996

Asunto:            Penal Varios: Sobreseimiento: 04 abusos deshonestos, 21 robos, 05 lesiones, 06 daños, 13 hurtos, 02 tentativas de suicidio, 03 agresiones con arma. Archivado: 01 violación,03 abusos deshonestos,31 robos,21 lesiones,08 daños,20hurtos,05 amenazas,03 infracción a la vida silvestre,01 falsificación de documento,01 tentativa de suicidio, 08 palabras obscenas,04 desordenes,02 riñas, 03 agresión con arma 03 irrespeto a la autoridad,19 infracción a la ley de tránsito,01 violación de domicilio,01 extorsión,01 tentativa de homicidio,02 apropiación indebida,01 infracción a la ley de migración,02 escándalos. Absolutoria: 01 violación,03 abusos deshonestos,07 robos,04 lesiones,035 daños,01 hurto,02 palabras obscenas,04 agresión con arma,04 infracción a la ley de tránsito,01 infracción a la ley de psicotrópicos,01 resistencia a la autoridad,01 tentativa de homicidio. Desestimado: 01 violación,07 abusos deshonestos,33 robos,31 lesiones,17 daños,23 hurtos,14 amenazas, 01 vagancia, 01 infracción a la ley de vida silvestre,03 tentativa de suicidio, 13 palabras obscenas,08 desordenes,04 riña,01 portación de arma, 14 agresión con arma,06 irrespeto a la autoridad,46 infracción a la ley de tránsito, 04 receptación,01 embriaguez,10tenencia de droga,02 resistencia a la autoridad,08 violación de domicilio,01 desaparición,02 simulacro de delito,01 usurpación,04 atípico,04 escándalos, 01 falso testimonio, 01 estafa.

Remesa:           T 2 C 97

Expedientes:    487

Paquetes:         05

Año:                  1997

Asunto:            Penal Varios: Sobreseimiento:01 abuso deshonesto,20 robo,11 lesiones,04 daños,05 hurtos,02 amenazas,03 palabras obscenas, 01 desorden,08 agresión con arma,01 infracción a la de conservación de vida silvestre, 01 tentativa de suicidio,21 infracción a la ley de tránsito,04 violación de domicilio,02 resistencia a la autoridad, 03 receptación,01 atípico,01 portación de armas,02 extorsión. Archivado: 03 abusos deshonestos,08 robo,23 lesiones,08 daños,12 hurto,06 amenazas,05 palabras obscenas,03 desordenes,04 agresión con arma,01 infracción al derecho de autor,24 infracción a la ley de tránsito,01 irrespeto a la autoridad,01 privación de libertad,02 violación de domicilio,01 mirar por rendijas,01 riña,01 atípico,01 portación de armas. Absolutoria: 01 abusos deshonestos, 01 robo,02 lesiones,02 daños,03 hurto,01 palabras obscenas,02 agresión con arma,01 infracción a la ley de tránsito,01 infracción a la ley de psicotrópicos,04 resistencia a la autoridad,01 homicidio. Desestimado :02 violación,04 abusos deshonestos,34 robos,36 lesiones,16 daños,32 hurtos,15 amenazas,26 palabras obscenas,08 desordenes,11 agresión con arma,06 venta ilegal,01 infracción a derechos de autor, 01 tentativa de suicidio01 falsificación,01 coacción,05 tentativas de suicidio, 36 infracción a la ley de tránsito,06 irrespeto a la autoridad, 03 tenencia de drogas, 07 violación de domicilio,06 infracción a la ley de psicotrópicos,04 receptación, 02 riñas,03 atípico,03 portación de armas, 01 homicidio.

Remesa:           T 2 C 98

Expedientes:    697

Paquetes:         09

Año:                  1998

Asunto:            Penal Varios: Sobreseimiento: 03 violación,03 abusos deshonestos,25 robos,28 lesiones,21 daños,20 hurtos,09 amenazas, 40 palabras deshonestas,14 desordenes,12 agresión con arma,03 portación de armas,02 irrespeto a la autoridad,01 privación de libertad,02 tentativa de suicidio,01 coacción,03 riñas,,01 apropiación indebida,01 infracción a la ley silvestre,01 homicidio,01 usurpación,55 infracción a la ley de tránsito,02 violación de domicilio,02 atípico,01 falsificación de documento,02 embriaguez. Archivado: 01 violación,06 robos,15 lesiones,11 daños,11 hurtos,07 amenazas,08 palabras obscenas,03 desordenes,08 agresión con arma,01 irrespeto a la autoridad,01 resistencia a la autoridad,01 crueldad con animales,01 riña,20 infracción a la ley de tránsito,01 atípico,01 estupro. Absolutoria:02 violación,01 abusos deshonestos,06 robo, 04 lesiones,01 daño,05 hurtos, 01amenazas,03 agresión con arma,01 irrespeto a la autoridad,01 resistencia a la autoridad,01 injurias, 01 homicidio,01rapto,01 esturo. Desestimado 03 violación,03 abusos deshonestos,39 robos,28 lesiones, 25 daños,56 hurtos,04 amenazas,18 palabras obscena,14 desordenes,16 agresión con arma,10 portación de armas,04 irrespeto a la autoridad,01 privación de libertad, 01 suicidio,01 estafa,02 tentativa de suicidio,25 infracción a la ley de tránsito,03 violación de domicilio,14 infracción a la ley de psicotrópicos,34 atípicos,01 venta ilegal,01 desaparición,02 raptos,03 discenciones domesticas,02 moneda falsa,01 no pago de servicio,01 proxenetismo,06 receptación,01 estupro.

Remesa:           T 3 C 99

Expedientes:    579

Paquetes:         07

Año:                  1999

Asunto:            Penal Varios: Sobreseimiento: 02 abusos deshonestos,07 robo,49 lesiones,13 daños,10 hurtos,16 amenazas,29 palabras obscenas,10 desórdenes,07 agresión con arma, 17 irrespeto a la autoridad,01 receptación,01 consumo de comestibles,01 infracción a la ley de trabajo, 01 falso testimonio,01 infracción a la ley de conservación de vida silvestre,01 mirar por las rendijas,01 tentativa de suicidio,53 infracción a la ley de tránsito,05 violación de domicilio,04 infracción a la ley de psicotrópicos,01 calumnias,08 venta ilegal, 08 riña,01 exhibicionismo. Archivado: 02 abusos deshonestos, 04 robos, 14 lesiones, 05 daños, 04 hurto, 04 palabras obscenas, 01 desorden, 02 irrespeto a la autoridad, 04 infracción a la ley de tránsito, 01 venta ilegal, 01 extorsión. Absolutoria: 01 robo, 02 lesiones, 03 daños, 01 palabras obscenas, 04 agresión con arma. Desestimado 02 violación,57 robos,19 lesiones,20 daños,41 hurtos,15 amenazas, 10 palabras obscenas,02 desordenes,25 agresión con arma,10 portación de arma,02 irrespeto a la autoridad, 01 contravención,03 receptación,01 resistencia a la autoridad,01 abandono dañino de animales,01 infracción a la ley de conservación silvestre,01 embriaguez,36 infracción a la ley de tránsito,02 violación de domicilio,23 infracción a la ley de psicotrópicos,07 atípico,03 venta ilegal, 02 riña,01 administración fraudulenta,01 homicidio,01 extorsión,02 documentos falsos.

Remesa:           T 3 C 00

Expedientes:    491

Paquetes:         06

Año:                  2000

Asunto:            Penal Varios: Sobreseimiento: 01 abusos deshonestos,06 robo,28 lesiones,38 infracciones a la ley de tránsito,06 daños,10 hurtos,06 amenazas,16 palabras obscenas,11 desordenes,02 agresión con arma,12 irrespeto a la autoridad,02 infracción a la ley de armas,03 violación de domicilio,04 infracción a ley de psicotrópicos,01 resistencia agravada,03 riñas,11 venta ilegal,01 apropiación indebida,01 crueldad con animales. Archivado: 01 violación,02 abusos deshonestos,07 lesiones,05 infracción a la ley de tránsito,02 daños,01 hurto,01 amenaza,02 palabras obscenas,01 desordenes,01 agresión con arma,02 irrespeto a la autoridad,01 querella,01 infracción a la ley de conservación de vida silvestre,01 exhibicionismo. Absolutoria: 02 robos, 02 lesiones, 02 palabras obscenas, 02 agresiones con arma, 01 violación de domicilio, 01 resistencia agravada. Desestimado: 02 violación, 03 abusos deshonestos,42 robos, 11 lesiones,13 infracción a la ley de tránsito,19 daños,40 hurtos, 08 amenazas,11 palabras obscenas, 07 desordenes,13 agresión con arma,05 irrespeto a la autoridad, 13 infracción a la ley de armas, 04 violación de domicilio,01 disensiones domesticas,01 privación de libertad,03 proposiciones irrespetuosas,32 atípico, 48 infracción a ley de psicotrópicos,02 resistencia agravada, 03 receptación,01 suicidio, 02 falsificación de moneda,02 coacción,01 receptación,01 infracción a la ley de trabajo, 02 estafa, 01falsificacion de documento.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso

San José, 3 de mayo de 2011.

                                                              Alfredo Jones León,

Exonerado.—(IN2011033783)                        Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 03-2006, del 01 de septiembre de 2006, artículo I, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 83-06, del 02 de noviembre del 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Penales de los años 1991 a 2004 del Juzgado Penal de Hatillo, La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           P 158 S 91

Expedientes:    02

Paquetes:         01

Año:                  1991

Asunto:            Penal Varios: 1 Violación, 1 Abuso calificado. Expedientes con sentencias de sobreseimientos definitivos y desestimaciones firmes.

Remesa:           P 120 S 94

Expedientes:    04

Paquetes:         01

Año:                  1994

Asunto:            Penal Varios: 1 Almacenamiento de Droga, 1Apropiación retención indebida, 1 Abusos deshonestos, 1 Alteración señas y marcas. Expedientes con sentencias de sobreseimientos definitivos y desestimaciones firmes.

Remesa:           P 123 S 95

Expedientes:    06

Paquetes:         01

Año:                  1995

Asunto:            Penal Varios: 2 Averiguar Muerte, 1 Retención Indebida, 1 Corrupción Agravada, 1 Infracción Ley de Armas, 1 Falsificación de Señas y Marcas. Expedientes con sentencias de sobreseimientos definitivos y desestimaciones firmes.

Remesa:           P 121 S 96

Expedientes:    14

Paquetes:         01

Año:                  1996

Asunto:            Penal Varios: 1 Asociación Ilícita, 1 Estafa, 2 Alteración Señas y Marcas, 1Averiguar Muerte, 1 Agresión con Arma, 2 Daños, 1 Uso Documento Falso, 2 Hurto, 1 Robo Agravado, 1 Receptación, 1 Tenencia Instrumentos Para cometer Delito. Expedientes con sentencias de sobreseimientos definitivos y desestimaciones firmes.

Remesa:           P 234 S 97

Expedientes:    48

Paquetes:         1

Año:                  1997

Asunto:            Penal Varios: 1 Abuso Deshonesto, 1 Estupro, 3 Agresión, 12 Robo, 7 Averiguar Muerte, 1 Administración Fraudulenta, 1 Privación de Libertad, 2 Libramiento Cheque sin fondos, 2 Estafa, 1 Homicidio Culposo, 8 Hurto, 3 Lesiones, 1 Peculado, 1 Retención Indebida, 1 Receptación, 1 Violación Domicilio, 1 Resistencia Agravada, 1 Usurpación Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivos y desestimaciones firmes.

Remesa:           P 95 S 98

Expedientes:    260

Paquetes:         06

Año:                  1998

Asunto:            Penal Varios: 10 Agresión con arma, 1 Privación de Libertad, 1 Abusos Sexuales, 1 Adulteración de Licor, 9 Daños, 6 Desobediencia Autoridad, 10 Estafa, 2 Homicidio, 26 Hurto, 1Incumplimiento Deberes, 1 Invasión Área Protegida, 2 Incendio, 79 Lesiones Culposas, 3 Receptación, 1 Retención Indebida, 34 Robo, 63 Tenencia Droga, 4 Usurpación, 3 Violación, 2 Violación Domicilio, 1 Violación de Sellos. Expedientes con sentencias de sobreseimientos definitivos y desestimaciones firmes.

Remesa:           P 70 S 99

Expedientes:    351

Paquetes:         05

Año:                  1999

Asunto:            Penal Varios: 22 Agresión con arma, 1 Penalidad de Corruptor, 1 Abuso Sexual, 1 Abuso de Autoridad, 3 Resistencia Agravada, 1 Adulteración de Licor, 3 Receptación, 1 Privación de Libertad, 6 Amenazas, 4 Alteración Señas Marcas, 34 Robo, 10 Daños, 3 Sustracción de Menor, 1 Retención Indebida, 4 Alteración Señas Marcas, 34 Robo, 10 Daños, 3 Sustracción de Menor, 4 Alteración Señas Marcas, 34 Robo, 10 Daños, 3 Sustracción de Menor, 7 Desobediencia Autoridad, 1 Cohecho, 4 Usurpación, 1 Contaminación de Aguas, 1 Uso Documento Falso, 1 Estupro, 10 Estafa, 1 Evasión, 1 Fraude Simulación, 2 Homicidio, 27 Hurto, 1Incumplimiento Deberes, 1 Invasión Área Protegida, 2 Incendio, 1 Inf. Ley Loterías, 1 Inf. Ley Armas, 80 Lesiones Culposas, 3 Violación, 2 Violación Domicilio, 1 Violación de Sellos, 1 Ejercicio Ilegal Profesión, 63 Tenencia Droga. Expedientes con sentencias de sobreseimientos definitivos y desestimaciones firmes.

Remesa:           P 35 S 00

Expedientes:    1348

Paquetes:         26

Año:                  2000

Asunto:            Penal Varios: 216 Agresión con arma, 3 Penalidad de Corruptor, 1 Administración Fraudulenta, 2 Abusos Sexuales, 10 Privación de Libertad, 28 Abuso de Autoridad, 3 Portación Ilegal de arma, 14 Averiguar Muerte, 1 Portación articulo P/ Tacha, 1 Aborto Culposo, 1 Rapto Impropio, 23 Amenazas, 15 Resistencia Agravada, 3 Alteración Señas Marcas, 23 Receptación, 1 Perjurio, 3 Allanamiento Ilegal, 124 Retención Indebida, 3 Abandono de incapaz, 93 Robo, 1 Abandono Domicilio, 13 Sustracción de Menor, 1 Aborto Culposo, 1 Tentativa Violación, 23 Atípico, 5 Tenencia Droga, 1 Cohecho, 2 Tenencia de Arma, 1 Circulación Moneda Falsa, 1 Tentativa Homicidio, 2 Concusión, 2 Tentativa de Suicidio, 39 Daños, 27 Usurpación, 97 Desobediencia Autoridad, 15 Uso Documento Falso, 5 Denuncia calumniosa, 1Violación, 47 Estafa, 39 Violación Domicilio, 1 Evasión, 3 Violación de Sellos, 3 Estelionato, 3 Violencia Doméstica, 5 Extorsión, 1 Venta Ilegal de Lotería, 2 Falsedad Ideológica, 1 Simulación Delito, 2 Favorecimiento Real, 1 Sustracción Documento, 1 Falso Testimonio, 72 Tenencia Droga, 8 Homicidio culposo, 87 Hurto, 3 Incumplimiento. Deberes Alimentarios, 6 Incumplimiento Contractual, 76 Infracción Ley Armas, 1 Infracción Ley Loterías, 3 Incendio, 115 Lesiones Culposas, 52 Lesiones, 10 Libra/ Cheque sin Fondos, 1 Peculado. Expedientes con sentencias de sobreseimientos definitivos y desestimaciones firmes.

Remesa:           P 22 S 01

Expedientes:    1273

Paquetes:         25

Año:                  2001

Asunto:            Penal Varios: 202 Agresión con arma, 1 Penalidad de Corruptor, 2 Administración Fraudulenta, 16 Privación de Libertad, 3 Abusos Sexuales, 1 Palabras obscenas, 51 Abuso de Autoridad, 88 Portación Ilegal de arma, 36 Averiguar Muerte, 2 Portación articulo P/ Tacha, 1 Abuso Patria Potestad, 35 Resistencia, 38 Amenazas, 34 Receptación, 3 Abandono de incapaz, 1 Responsabilidad Representante, 15 Atípico, 71 Retención Indebida, 1 Concusión, 57 Robo 1 Circulación Moneda Falsa, 12 Sustracción de Menor, 72 Daños, 2 Tenencia de Arma, 228 Desobediencia Autoridad, 1 Tentativa de Incendio, 38 Estafa, 2 Tentativa de Suicidio, 5 Ejercicio Ilegal Profesión, 11 Usurpación, 1 Estelionato11 Uso Documento Falso, 7 Falsedad Señas y Marcas, 3 Violación, 3 Falsedad Ideológica, 28 Violación Domicilio, 1 Fraude Simulación, 3 Violación de Sellos, 5 Homicidio Culposo 4 Violencia Doméstica, 64 Hurto, 2 Violación Correspondencia, 2 Incumplimiento Deberes Alimentarios, 5 Suicidio, 1 Inf. Ley Forestal, 1 Inf. Ley de Licores, 1 Inf. Ley Patrimonio Nacional, 1 Inf. Ley Derechos Autor, 39 Lesiones Culposas, 50 Lesiones, 8 Libra/ Cheque sin Fondos, 2 Matrimonio Ilegal, 1 Maltrato de Menores. Expedientes con sentencias de sobreseimientos definitivos y desestimaciones firmes.

Remesa:           P 21 S 02

Expedientes:    1401

Paquetes:         28

Año:                  2002

Asunto:            Penal Varios: 180 Agresión con arma, 1 Penalidad de Corruptor, 2 Administración Fraudulenta, 10 Privación de Libertad, 7 Abusos Sexuales, 43 Portación Ilegal de arma, 39 Abuso de Autoridad, 14 Averiguar Muerte, 5 Abuso Patria Potestad, 19 Resistencia, 5 Receptación, 66 Retención Indebida, 60 Amenazas, 125 Robos, 1 Abandono de incapaz, 7 Robo Agravado, 21 Atípico, 4 Sustracción de Menor, 4 Alteración Señas y Marcas, 1 Tentativa Incendio, 1 Circulación Moneda Falsa, 4 Tentativa Homicidio, 64 Daños, 16 Tentativa de Suicidio, 1 Denuncia Calumniosa, 3 Tentativa de Robo, 2 Descuido de Animales, 1 Tenencia Explosivos, 215Desobediencia Autoridad, 19 Usurpación, 1 Desacato, 6 Uso Documento Falso, 27 Estafa, 1 Violación, 1 Ejercicio Ilegal Profesión, 41 Violación Domicilio, 3 Extorsión, 2 Violación de Sellos, 2 Falsificación Señas y Marcas 1 Violencia Doméstica, 2 Falsedad Ideológica, 1 Violación de la Custodia, 1 Homicidio, 1 Suicidio, 82 Hurto, 1 Incumplimiento Deberes, 2 Incumplimiento Contractual, 1 Incumplimiento Deber Alimentario, 8 Infracción Ley de Armas, 2 Inf. Ley Vida Silvestre, 1 Infracción Ley Forestal, 3 Infracción Ley Derechos Autor, 1 Infracción Ley de Radio, 6 Infracción Ley Psicotrópicos, 123 Lesiones Culposas, 127 Lesiones, 13 Libramiento Cheque sin Fondos, 1 Llamadas Mortificantes. Expedientes con sentencias de sobreseimientos definitivos y desestimaciones firmes.

Remesa:           P 16 S 03

Expedientes:    1406

Paquetes:         28

Año:                  2003

Asunto:            Penal Varios: 211 Agresión con arma, 1 Penalidad de Corruptor, 1 Alteración Documento, 5 Privación de Libertad, 1 Abusos Sexuales, 19 Resistencia, 36 Abuso de Autoridad, 12 Receptación, 23 Averiguar Muerte, 48 Retención Indebida, 1 Abuso Patria Potestad, 75 Robo, 51 Amenazas, 30 Robo Agravado, 1 Aborto, 6 Sustracción de Menor, 69 Atípico, 1 Tentativa Violación, 2 Alteración Señas y Marcas, 1 Tentativa Homicidio, 4 Circulación Moneda Falsa, 10 Tentativa de Suicidio, 32 Daños, 1 Tentativa de Robo, 21 Descuido de Animales, 2 Tenencia Explosivos, 197 Desobediencia Autoridad, 13 Usurpación, 1 Estelionato, 73 Uso Documento Falso, 16 Estafa, 2 Violación, 1 Ejercicio Ilegal Profesión, 41 Violación Domicilio, 10 Falsificación Señas y Marcas, 1 Violación de Sellos, 1 Falsedad Ideológica, 1 Violencia Doméstica, 4 Homicidio Culposo 3 Venta de Licor, 38 Hurto, 2 Incumplimiento Deberes 1 Incumplimiento Contractual, 10 Infracción Ley Estupefaciente 61 Infracción. Ley de Armas, 1 Infracción Ley Propiedad, 8 Infracción Ley Derechos Autor, 2 Incendio, 90 Lesiones Culposas, 163 Lesiones, 2 Libra/ Cheque sin Fondos. Expedientes con sentencias de sobreseimientos definitivos y desestimaciones firmes.

Remesa:           P 11 S 04

Expedientes:    1285

Paquetes:         25

Año:                  2004

Asunto:            Penal Varios: 216 Agresión con arma, 1Perjurio, 2 Administración Fraudulenta, 3 Privación de Libertad, 7 Abusos Sexuales, 117 Portación Ilegal Arma, 6 Abuso de Autoridad, 12 Resistencia, 18 Averiguar Muerte, 7 Receptación, 2 Accionamiento de arma, 59 Retención Indebida , 28 Amenazas, 53 Robo, 10 Atípico, 67 Robo Agravado, 3 Alteración Señas y Marcas, 1 Sustracción Documento Público, 3 Circulación Moneda Falsa, 2 Sustracción de Menor, 2 Consumo Licor Vía Pública, 1 Tentativa Homicidio, 1 Concusión, 1 Tentativa Incendio, 1 Captación Indebida Manifestación, 9 Tentativa de Suicidio, 1 Coacción, 60 Tenencia Ilegal Armas, 15 Descuido de Animales, 1 Tenencia Explosivos, 161 Desobediencia Autoridad, 1 Tentativa de Evasión, 33 Daños, 9 Usurpación, 3 Denuncia Calumniosa, 44 Uso Documento Falso, 15 Estafas, 2 Violación, 1 Evasión, 20 Violación Domicilio, 1 Falsedad Ideológica, 2 Violación de Sellos, 1 Fraude de Simulación, 1 Violencia Doméstica, 1 Homicidio Culposo, 3 Venta de Licor, 74 Hurto, 4 Incumplimiento Deberes, 2 Incumplimiento Contractual, 7 Infracción Ley Estupefaciente, 1 Infracción Ley Loterías, 2 Infracción Ley Adulto Mayor, 2 Infracción Ley Derechos Autor, 77 Lesiones Culposas, 109 Lesiones. Expedientes con sentencias de sobreseimientos definitivos y desestimaciones firmes.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 3 de mayo del 2011.

                                                              Alfredo Jones León,

Exonerado.—(IN2011033784)                        Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 02-2010, de fecha 15 de noviembre del 2010, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 03-2011, celebrada el 18 de enero del 2011, artículo XLV. De la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006, de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 73-2006, celebrada el 28 de setiembre de 2006, artículo LIII. De la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2009, de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 58-09, celebrada el 02 de junio del 2009, artículo LV y la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (CISED) en Acta Nº 01-2008, de fecha 28 de marzo del 2008, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 28-08, celebrada el 17 de abril del 2008, artículo XXXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de faltas y contravenciones del 2003 al 2008, expedientes de tránsito del 2000, expedientes civiles del 2003 al 2005, expedientes laborales de 2006 al 2008 y expedientes de pensión alimentaria de 2006 al 2008 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Osa, Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

FALTAS Y CONTRAVENCIONES

Remesa:            G 22 P 03

Expedientes:    289

Paquetes:         3

Año:                  2003

Asunto:            Expedientes de Faltas y Contravenciones

Remesa:           G 19 P 04

Expedientes:    361

Paquetes:         4

Año:                  2004

Asunto:            Expedientes de Faltas y Contravenciones

Remesa:           G 13 P 05

Expedientes:    366

Paquetes:         4

Año:                  2005

Asunto:            Expedientes de Faltas y Contravenciones

Remesa:           G 9 P 06

Expedientes:    414

Paquetes:         5

Año:                  2006

Asunto:            Expedientes de Faltas y Contravenciones (Archivados y Absolutoria).

Remesa:           G 8 P 07

Expedientes:    462

Paquetes:         5

Año:                  2007

Asunto:            Expedientes de Faltas y Contravenciones (Archivados y Absolutoria)

Remesa:           G 1 P 08

Expedientes:    266

Paquetes:         3

Año:                  2008

Asunto:            Expedientes de Faltas y Contravenciones (Archivados y Absolutoria)

TRÁNSITO

Remesa:           G 31 P 00

Expedientes:    172

Paquetes:         3

Año:                  2000

Asunto:            Expedientes de Tránsito.

LABORAL:

Remesa:            L 7 P 06

Expedientes:    23

Paquetes:         1

Año:                  2006

Asunto:            Laboral: Infracción a la ley de trabajo y seguridad social 23.

Remesa:            L 6 P 07

Expedientes:    11

Paquetes:         1

Año:                  2007

Asunto:            Laboral: Infracción a la ley de la C.C.S.S 10, Consignación de Prestaciones 1.

Remesa:            L 1 P 08

Expedientes:    5

Paquetes:         1

Año:                  2008

Asunto:            Laboral: Infracción a la ley de la C.C.S.S 5.

CIVIL:

Remesa:            C 9 P 03

Expedientes:    10

Paquetes:         1

Año:                  2003

Asunto:            Civil Varios: Desahucio 8, Consignación de Alquiler 2.

Remesa:            C 8 P 04

Expedientes:    9

Paquetes:         1

Año:                  2004

Asunto:            Civil Varios: Desahucio 4, Consignación de Alquiler 5.

Remesa:            C 4 P 05

Expedientes:    8

Paquetes:         1

Año:                  2005

Asunto:            Civil Varios: Desahucio 7, Consignación de Alquiler 1.

PENSIÓN ALIMENTARIA

Remesa:           Q 4 P 06

Expedientes:    34

Paquetes:         1

Año:                  2006

Asunto:            Pensión Alimentaria (Archivado sin Sentencia).

Remesa:           Q 3 P 07

Expedientes:    19

Paquetes:         1

Año:                  2007

Asunto:            Pensión Alimentaria (Archivado sin Sentencia).

Remesa:           Q 1 P 08

Expedientes:    29

Paquetes:         1

Año:                  2008

Asunto:            Pensión Alimentaria (Archivado sin Sentencia).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 3 de mayo de 2011.

                                                              Alfredo Jones León,

Exonerado.—(IN2011033785)                        Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1993 al 2007 de la Unidad Especializada de Delitos Contra la Propiedad del Ministerio Público. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           A 55 S 93

Libros:        42

Ampos:       109

Agendas:   8

Año:            1993 al 2009.

Asunto:       Documentación Administrativa: 18 Libro de conocimientos Del 20-11-97 al 30-10-06. 8 Libros de certificados Del 6-10-98 al 31-7-07. 6 ampos con Informes Del 2001 al 2007. 4 (ampos) y 1 (libro) de Conocimientos Del 2000 y del 2005 al 2009. 3 ampos con Registros de asistencia Del 2006 al 2008. 8 Agendas de señalamiento Del 2003 al 2007. 13 ampos con Consecutivos de oficios Del 2003 al 2009. 4 ampos con Circulares Del 2002 al 2003 y 2005. 7 ampos con Registros de oficios del despacho Del 2001 y del 2004 al 2008. 7 ampos con Boletas de envío al deposito de objetos De 1998 al 2007. 1 ampo con Copias de informes policiales Del 2004. 29 (ampos) y 7 (libros) con Registros De 1999, 1995, 2000 al 2009. 1 (ampo) y 1 (libro) con control de evidencia Del 17-2-1998 al 31-3-2000 y del 2006. 6 Libros de entradas De 1997 al 2006. 6 (ampos) y 1 (libro) con Correspondencia y comisiones Del 21-07-1993 al 20-12-1996 y del 2001 al 2005.

10 ampos con Copias de TENER A LA ORDEN del año 2001 al 2007 con los siguientes consecutivos: 21802 a 21803, 21806 a 21813, 21818, 21820 a 21822, 21828 a 21830, 21836 a 21837, 21840 a 21841, 21843, 21845, 21848 a 21850, 21852 a 21854, 21857, 21860 a 21862, 21864 a 21866, 21870 a 21872,21875, 21878, 21902 a 21909, 21914 a 21916, 21922 a 21924, 21926-21928 a 21929, 24935 a 24937, 24942 a 24944, 24948, 24950 a 24951, 24976 a 24978, 24983 a 24998, 25000 a 25001, 25004 a 25006, 25008 a 25009, 25011 a 25018, 25020-24939. 25022, 24958, 24957, 24956, 24955, 24952, 21933, 21932, 21899, 21898, 21897, 21896, 21895,

21894, 21893, 21887, 21885, 21882, 21881, 21869.- 0021833, 0021900, 0021937 a 21950, 0024964 a 24972, 25260 a 25272, 25477 a 25500, 55631 a 55649, 55776 a 55800, 65101 a 65123, 65077 a 65086, 65026, 69327, 69326, 65100, 65099 a 65096,65093 a 65083,65074 a 65070, 65067, 65066, 65064 a 65060, 65057, 65055, 65053 a 65051, 65040, 65038 a 65027.-109806 a 109820, 109822 a 10924, 110551, 110553 a 110562, 110564 a 110592, 110594 a 110598, 110601, 11065 a 11067, 110609 a 110612, 110614, 110620 a 110625, 118202, 118204, 118206 a 118215, 118217 a 118218, 118220, 118222 a 118224, 118230 a 118234, 118236 a 118241, 119691,

103090 a 103094, 103098 a 103100, 103102 a 103106, 103108 a 103119, 103121 a 103128, 103130 a 103131, 103135 a 103144, 103146 a 103150, 109752, 109756, 109758 a109763, 109775, 109777 a 109780, 109800, 109803 a 109805, 109781 a 109784, 109786 a 109788, 109791 a 109799, 126451 a 126453, 126455 a 126466, 126468 a 126473, 126476 a 126478, 1264781 a 126492, de la 0109825 a la 0126516, 134195, 142091, 142149 a 142150, 150476 a 150511, 142119 a 142148, 151001 a 151074, 157452 a 157488.-0134151 a 0134203, 0126701 a 0126800, 0126517 a 0126550, 0112461, 00118134, 0118370, 0134161 a 134164,

0134166 a 0134175, 0134180 a 0134190, 0134192 a 0134194, 134196 a 134200, 134204 a 134209, 134212 a 134216, 134218 a 134232, 134235 a 134240, 134243, 134245 a 134256, 134258 a 134268, 134270, 134274 a 134279, 142079 a 142089, 142090, 142092 a 142102, 142104 a 142117, 142126, 166558 a 166564, 166600 a 166602.- 143571, 157489 a 157500, 166392 a 166397, 166399 a 166400, 166402 a 166411, 166413, 166415 a 166416, 166418 a 166425, 166551 a 166585, 166587 a 166599, 166603 a 166618, 172526 a 172536, 172537 a 172598, 17295|6 a 172876, 172877 a 172883, 172961, 172964 a 172973.-0166619,

0166621 a 166623, 166625, 172583 a 172891, 172893 a 172899, 172900 a 172905, 172907 a 172925, 172927 a 172934. 172936 a 172946, 172948 a 172950, 172962 a 172963, 172974, 172975,172977 a 172986.-103101, 103089 a 103084, 103082 a 103076, 91908, 91907, 84650 a 84647, 84644 a 84642, 84639 a 84637, 84635 a 84630, 84628 a 84620, 84615, 84614, 84610 a 84607, 84601 a 84597, 8595, 84591, 84589, 84588, 84586, 84585 a 84581, 84576 a 84572, 84570 a 84568, 84563 a 84560, 84555 a 84551, 84578, 84577, 84169, 69650, 69648 a 69643, 69639 a 69632, 69630 a 69629, 69400 a 69396, 69394, 69392 a 69390, 69387, 69386, 69385, 69383,

69382, 69380 a 69378, 69375 a 69371, 69369 a 69361, 69357, 69355, 69354 a 69344, 69342 a 69329, 65069, 65050, 65049, 65047, 65048.-142151 a 142175, 150515 a 150525, 172983, 172987 a 173000, 186276 a 186350, 199802 a 199824, 199840, 199842 199844 a 1999850, 199862 a 199864, 199869 a 199875, 200101 a 200133, 200151 a 200171, 186323.-00210034 a 0029976, 0209801 a 209801, 0203651 a 203750, 0200134 a 0200175, 0199825 a 0199861, 0119440, 0193178, 0186300, 0186299.-0203694, 0203689, 0200147.

9 ampos con Copias de ORDEN DE LIBERTAD del año 2001 al 2007 con los siguientes consecutivos: 18776 a 18780, 18782, 18786, 18796, 18799 a 18800, 22917, 27376, 27378, 27378, 27381 a 27382, 27384, 27390, 27392 a 27397, 27402, 27408 a 27411, 27413 a 27415, 27418 a 27421, 27423 a 27425, 27400, 27327, 27326, 27304, 27303,27301, 27386 27300, 27299 a 27295, 27293 a 27289, 27287, 27286.-62507, 27975, 27974 a 27971, 27969 a 27967, 27965, 27964, 27962 a 27954, 27952, 27550, 27549, 27546 a 27535, 27533 a 27528, 27526.- 55827, 55826.- 18788, 27276 a 27288; 27305 a 27350, 27551 a 27573.- 55842 a55853, 55885 a 55887, 55828 a 55836, 55838, 55876 a 55884, 55891 a 55893, de la 0055854 a la 0055898; 88787 a 88800; 95726 a 95729; 95951, 96126 a 96134.-0055900, 0055899; 0055872 a 0055858, 0027043, 0055873 a 0055875, 0088777 a 0088786, 0088801 a 0088806 0096135 a 16156.-0096158, 0096160 a 0096165, 019601 a 109607; 96168; 96169 a 96175.

9 ampos con Copias de REMISIÓN DE DETENIDOS del año 2001 al 2007 con los siguientes consecutivos: 31851 a 31852, 31854 a 31861, 31863 a 31869, 31871 a 31872, 31874 a 31892, 31894 a 31913, 31975 a 31925, 32076 a 32078, 32080 a 32083, 32086 a 32089, 32091 a 32104, 32106 a 32107, 32109 a 32110, 32111 a 32114, 32116 a 32137, 32140 a 32162, 32166 a 32181, 32183 a 32186, 32189, 32202 a 32209, 32211 a 32229, 32276 a 32288, 32090, 32291 a 32328, 32330, 32351 a 32353, 32355 a 32368, 32371, 32373 a 32375, 32477, 32479 a 32487, 32489 a 32493, 32500, 32502, 32504, 32507, 32509 a 32515, 32532, 32535 a 32539, 32541 a 32542,

32546 a 32548, 32550, 32552 a 32554, 32557 a 32561, 32563 a 32566, 32567 a 32570, 32572 a 32575, 32578 a 32586, 32589 a 32592, 32595 a 32597, 32600 a 32613, 32618 a 32619, 32621 a 32624, 32643 a 32646, 32648 a 32650, 32569, 32614 a 32617, 32625 a 32626, 32628 a 32630, 32632 a 32635, 32642, 33656, 21926 a 21934, 21942 a 21945, 21935, 21958, 21964, 21966, 21969, 21967, 21971 a 21976, 21978 a 21979, 21980 a 21983, 21987 a 21991, 21993 a 21994, 21998 a 22000, 22403 a 22423, 22425, 22767, 23326 a 23328, 23330 a 23346, 23352 a 23375, 33502 a 33499, 33492, 33490,33489 a 33494, 33482 a 33476, 33474 a 33464, 33457 a 33455,

33453 a 33451, 33448 a 33435, 33432,33431,33428 a 33426, 32350 a 32344, 32343 a 32334, 32324,32323,32320 a 32306,32274 a 32271, 32268 a 32260, 32258, 32256 a 32252, 32250 a 32238, 32235 a 32230, 32200, 32199, 32197 a 32195, 32193 a 32190, 32188, 32187,24962.-77063 a 77054, 77052, 77025 a 77020 a 77017, 77015 a 77011, 77009 a 77004, 77002 a 76983, 76981 a 76976, 69024, 69023, 69020 a 69016, 69014 a 69008, 69006 a 69000, 68999, 68997 a 68993, 68991 a 68949, 68947 a 68945, 68943 a 68909, 68904, 68902, 68901, 62725, 62715, 62713, 62712.- 99675 a 99658, 99655 a 99651, 99635 a 99615, 99613 a 99606, 99604 a 99601,

92461, 92459 a 92456 a 92452, 92450 a 92437, 92435 a 92430, 92428 a 92423, 92421 a 92419, 92417, 92415, 92414, 92412, 92410 a 92387, 92384 a 92062, 92059, 92058, 92056 a 92050, 92048 a 92044, 92039 a 92014, 92012 a 92002, 91975 a 91971, 91969 a 91964, 91962, 91956, 91954, 91953, 91952, 91950, 91949, 91946 a 91938, 91936 a 91915, 91910, 91906 a 91901, 84625 a 84621, 84615 a 84612, 84609 a 84601, 84580, 84500 a 84487, 84485 a 84470, 84467 a 84463, 84461, 84460, 84459 a 84450 a 84444, 84437 a 84435 a 84432, 84430, 84426, 84200, 84199 a 84194, 84192 a 84189, 84187, 84186, 84184 a 84179, 84176, 84174 a 84170,84168 a 84138, 84136 a 84130, 84128 a 84126, 77475, 77473 a 77456, 77453, 77451 a 77428,

77426 a 77420, 77418 a 77416, 77414 a 77409 a 77338, 77337 a 77323 a 77301, 77150 a 77135, 77133, 77132, 77130 a 77101, 77099 a 77090, 77087 a 77075, 77073 a 77069, 77067, 77066, 77064, 77050, 77049, 77045 a 77026 / 92471 a 92467, 92465 a 92462.- 32505 a 32506, 33513 a 33515, 33730 a 33779; 33782 a 33909; 33911 a 33952; 33968 a 33967; 33969 a 33975; 33906; 33960 a 33965, 33954 a 33959, 334058, 34061 a 34077, 34080 a 34085, 34087 a 34098, 34100 a 34127, 34129 a 34149, 34151 a 34158, 34160 a 34173, 34176 a 34180, 34182 a 34187, 34224, 34227, 34229 a 34240, 34242 a 34245, 34376, 34246 34351, 34359 a 34361, 34363 a 34371 a 34389, 34399, 62601 a 62611, 62613 a 62614, 62673, 62615 a 62639, 62641 a 62659,

62664 a 62672, 62674 a 62678, 62688 a 62704, 62707 a 62711, 62714 a 62752, 62759 a 62775.-92472 a 92473, 92475, 99636 a 99646, 99649 a 99650, 99676 a 99683, 99686 a 99698, 99700, 100152 a 100154, 100163 a 100170, 100174 a 100183, 100185, 100187 a 100194, 100198 a 100202, 100223 a 100225, 100195 a 100197, 100203 a 100206, 100209 a 100219, 100276 a 100284, 100286 a 100300, 100326, 100328 a 100329, 100331 a 100333, 100335 a 100350, 106526 a 106544, 106547 a 106548, 106550 a 106560, 106563 a 106565, 106568 a 106577, 106579, 106586 a 106589, 106591 a 106603, 106776 a 106782, 106784 a 106800,

106805 a 106806, 106807 a 106809, 106801 a 106804, 106810 a 106831, 106835 a 106841, 106844 a 106850, 106859, 106876 a 106877, 106880 a 106925, 107151 a 107167, 107172 a 107186, 107188 a 107205, 107207 a 107224, 107351 a 107361, 107382 a 107414, 107416 a 107418, 107420 a 107428, 107430 a 107450, 109755, 109801, 126301 a 126306, 126308 a 126313, 126315 a 126316, 126319 a 126341, 126351 a 126355, 126357 a 126367, 126370, 126389 a 126403, 126575 a 126577, 126581, 126585 a 126590, 126592 a 126603, 126605 a 126609, 126612 a 126650, 107225, 107362 a 107378, 107380 a 107381, 100155 a 100162,

100171 a 100173, 106566, 106605 a 106614, 106616 a 106639, 106642 a 106673, 106675 a 106689, 106691 a 106700, 111926 a 111930, 111933 a 111939, 111941 a 111954, 111957 a 111964, 111967 a 111975, 111977 a 111979, 111981 a 111983, 111985 a 111993, 111995, 111997, 11200, 112003 a 112005, 112007 a 112013, 112015 a 112057, 112059 a 112075, 112201, 112203 a 112211, 112213 a 112215, 112218 a 112225, 112227 a 112230, 112232 a 112241, 112243, 112246 a 112256, 112258 a 112272, 112279, 112286 a 112300, 110615, 110617 a 110619, 118205, 118225 a 118227, 118676 a 118699, 118701, 118703 a 118723, 118725 a 118726, 118730 a 118745, 118747 a 118748, 118752 a 118775, 118851 a 118865,

118867 a 118872, 118876 a 118899, 118901, 118908, 118910 a 118950, 119076 a 119090, 119093 a 119098, 119100, 119113 a 119143, 119159.- 0107168 a la 0135021, 144307, 144763 a 144771, 145134 a 145150, 145152, 145155 a 145162, 145163 a 145167, 145169 a 145190, 145192 a 145242, 145251 a 145300, 149601 a 149776, 149780 a 149781, 149787 a 149825, 149926 a 149954, 149957 a 149967, 149989 a 150000, 150226 a 150250, 157826 a 1578672. 157751 a 157900, 157951 a 158137, 158140 a 158146, 158148 a 158325, 158351 a 158355, 158401 a 158450.- 0144151 a0144158; 0140376 a 0140500; 0140002 a 0140175; 0134847 a 0135275; 0112316 a 0112325.-144159 a 144174, 144176 a 144187, 144192 a 144233,

144235 a 144278, 144280 a 144301, 144303144305, 144302 a 144318, 144320 a 144335; 144340 a 144350, 144526 a 144573, 144575 a 144580, 144584 a 144600, 144602 a 144608, 044614 a 144629, 144632 a 144647, 144650 a 144698, 144707 a 144738, 144741 a 144753, 144755 a 144766, 0144769 a 144775, 145101 a 145103, 145105 a 145133, 145136 a 145140, 145153 a 145154, 164796 a 164811, 164967 a 164998, 158173, 158177, 158284, 164626 a 164650, 164751 a 165295, 164801 a 164900, 164926 a 164966, 164999 a 155000, 165251 a 165299, 172851 a 172950, 173101 a 173260, 173287 a 173524, 178201 a 178300, 158356 a 158374,

178376 a 178393, 178401 a 178410; 178241, 178394 a 178399, 178400 a 178402, 178411 a 178419, 178421 a 178434, 178436 a 178447, 178449 a 178450, 178490 a 178491, 178501 a 178540, 178542 a 178551, 178575 a 178599, 178600 a 178603, 178610 a 178625, 178776 a 178778, 178781 a 178799, 183476 a 183482, 183484 a 183499, 183500 a 183522, 183524 a 183534, 183536 a 183539, 183541 a 183550, 183726 a 183760, 183762 a 183789, 183793 a 183799, 183800 a 183815, 183817 a 183871, 183874, 183899, 183900 a 183921, 183925 a 183950, 184026 a 184045, 184047 a 184083, 184085 a 184097, 184141 a 184196, 184201 a 184203, 184205 a 1874222, 178800 a 178823 a 189163, 189165, 189168 a 189175,

184099 a 144100, 184197 a 184200, 184204, 182223 a 184225, 193801 a 193802, 189176 a 189225, 189401 a 189525, 189301 a 189375, 189726 a 189800, 189851 a 193024, 193102 a 193170, 193175, 193196 a 193200, 193214 a 193350, 193776 a 193787, 198791, 193793, 193799, 193800 a 193925, 194001 a 194100, 194226 a 194254, 194276 a 194300; 200208, 0204863 a 0204851; 0204700 a 0204501; 0200550 a 0200126, 0200000 al 0199871, 0194450 a 0194351, 0194297 a 0194256, 019425, 0193213 a 193171, 0189279, 0203351189151, 189146 a 189139, 184192 a 184190, 184186, 184177, 184176, 184174, 184173, 184172, 184155 a 184142, 184140 a 184123,184115 a 184101, 184097 a 184085, 184803 a 184051, 184031, 184050, 184049 a 18407, 184045 a 184043 a 184039, 184037,184035 a 184026, 183925. 183921 a183915, 183900, 183899 a 183877, 183875, 183874.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 3 de mayo de 2011.

                                                              Alfredo Jones León,

Exonerado.—(IN2011033786)                        Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 03-2006, de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 73-06, celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes civiles del año 2005 y laborales del año 2008 del Juzgado Civil y Trabajo de Menor Cuantía de Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           C 47 S 05

Expedientes:    35

Paquetes:         1

Año:                  2005

Asunto:            Civil Varios: 30 Desahucios, 5 Consignación de alquiler.

Remesa:           L 1 S 08

Expedientes:    4

Paquetes:         1

Año:                  2008

Asunto:            Laboral Varios: 4 Infracción a la ley de trabajo.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 3 de mayo de 2011.

                                                              Alfredo Jones León,

Exonerado.—(IN2011033787)                        Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2007 celebrada el 06 de agosto de 2007, articulo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 66-2007 celebrada el 06 de septiembre de 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1965 al 2002 de la Sección de Patología Forense O. I. J. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           20398

Paquetes:   1057

Cajas:          33

Libros:        689

Ampos:       223

Año:            1965 a 2002.

Asunto:       Documentación Administrativa: 1047 paquetes Reportes y Registros: Protocolos de Autopsia de 1965 a 2002. 651 Libros de Protocolos de Autopsia de 1965 a 1981. 31 cajas con Fotografías y negativos de 1965 a 2002. 10 paquetes con Reportes y registros: Bloques de Autopsia de 1965 a 2002. 223 ampos con Dictámenes Criminalísticos de 1965 a 2002. 38 Libros de actas de 1965 a 2002. 2 cajas con Oficios consecutivos de 1965 a 2002.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 3 de mayo de 2011.

                                                              Alfredo Jones León,

Exonerado.—(IN2011033788)                        Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2006, del 28 de junio del 2006, artículo IV, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 50-06 del 11 de julio del 2006, artículo L. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentos Base del año 1970 al 1995 del Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           20402

Documentos:   14

Cajas:                1

Año:                  1970

Asunto:            Documentos Base: 02 cartas de renuncia, 11 constancias de nacimiento, 01 libreta.

Remesa:           20403

Documentos:   422

Cajas:                01

Año:                  1971

Asunto:            Documentos Base: 03 escrituras, 271 facturas, 43 pagaré, 06 certificados de prenda, 62 recibos, 02 letras de cambio, 15 sobres de posiciones, 18 cheques, 02 contratos de arrendamiento.

Remesa:           20404

Documentos:   210

Cajas:                01

Año:                  1972

Asunto:            Documentos Base: 02 certificados de prenda, 74 facturas, 30recibos, 05 pagaré, 01 plano catastro, 03 copias de facturas, 02 contratos de arrendamientos, 06 sobres de posiciones, 82 tarjetas de control laboral, 05 cheques.

Remesa:           20405

Documentos:   4

Cajas:                01

Año:                  1973

Asunto:            Documentos Base: 02 pagaré, 02 sobres de posiciones

Remesa:           20406

Documentos:   72

Cajas:                01

Año:                  1974

Asunto:            Documentos Base: 23 facturas, 01 pagaré, 01 plano catastro, 01 constancia de salario, 11 sobres de posiciones, 03 testimonios de escritura, 08 certificados de prenda, 24 cheques.

Remesa:           20407

Documentos:   118

Cajas:                01

Año:                  1975

Asunto:            Documentos Base: 66 facturas, 13 pagaré, 10 sobres de posiciones, 01 testimonio de escritura, 02 certificados de prenda, 07 cheques, 05 cartas de despido, 09 recibos, 01 contrato de arrendamiento, 04 tarjetas de control laboral.

Remesa:           20408

Documentos:   132

Cajas:                01

Año:                  1976

Asunto:            Documentos Base: 19 pagaré, 01 constancia de salario, 01 compra de venta, 09 sobres de posición, 01 testimonio de escritura, 04 certificado de prenda, 06 cartas de despido, 39 recibos, 37 facturas, 03 orden de compra, 11 cheques, 01 dictamen médico.

Remesa:           20409

Documentos:   545

Cajas:                02

Año:                  1977

Asunto:            Documentos Base: 38 pagaré, 185 recibos, 62 sobres, 01 carta venta, 06 cartas, 01 certificado de prenda, 06 notas de pedido, 02 fotos, 32 cheques, 69 recibos, 90 facturas, 04 comisiones, 42 cartas de despido, 01 orden de compra, 02 dictamen médico, 04notas de cobro.

Remesa:           204010

Documentos:   641

Cajas:                03

Año:                  1978

Asunto:            Documentos Base: 32 certificado de prenda, 03 escritura, 177 pagaré, 02 carné, 128 facturas, 01plano catastro, 01 contrato privado, 53 sobres de posiciones, 04 cartas de recomendación, 01 contrato de obra, 25 cheque, 163 recibos, 01 cupones, 01 libreta de ahorros, 03 testimonio de escritura, 01 contrato de arrendamiento, 17 constancias de nacimiento, 09 fotos, 12 letras de cambio, 01 contrato, 01 carta, 05 notas bancarias.

Remesa:           204011

Documentos:   480

Cajas:                02

Año:                  1979

Asunto:            Documentos Base: 110 pagaré, 126 letras de cambio, 01 plano catastro, 05 testimonio de escritura, 15 cheques, 01 contrato de arrendamiento, 02 libretas de tiempo, 33 certificados de prenda, 01 certificado de medico, 12 sobres de posiciones, 01 carta, 37 recibos, 01 boleta bancaria, 101 facturas, 04 contratos, 08 carta ventas, 22 contestación de demanda

Remesa:           204012

Documentos:   425

Cajas:                03

Año:                  1980

Asunto:            Documentos Base: 21 sobres de posiciones, 15 certificados de prenda, 238 facturas, 07 contratos de arrendamiento, 04 cartas de venta, 22 testimonio de escritura, 82 recibos, 07 notas de debito, 08 cartas, 14 cheques, 02 ordenes de compra, 01 plano catastro, 02 cuadernos, 01 libreta, 01 fecha cierta.

Remesa:           20413

Documentos:   948

Cajas:                02

Año:                  1981

Asunto:            Documentos Base: 02 contratos de arrendamiento, 42 sobres de posiciones, 166 pagaré, 50 certificados de prenda, 23 facturas, 08 contratos de arrendamiento, 09 carta venta, 16 testimonio de escritura, 502 recibos, 48 notas de crédito, 32 cartas, 18 cheques, 08 fotos, 01 ordenes de compra, 01 demanda de investigación de paternidad, 01 cuaderno, 01 libreta, 01 certificado medico, 08 letra de cambio, 01 fecha cierta, 10 libretas de plantillas

Remesa:           20414

Documentos:   07

Cajas:                01

Año:                  1982

Asunto:            Documentos Base: 07 libros diario contables

Remesa:            20415

Documentos:   1308

Cajas:                02

Año:                  1983

Asunto:            Documentos Base: 02 copia de expediente, 10 testimonio de escritura, 01 tercería, 141 sobre de posiciones, 303 recibos, 131 pagaré, 02 diplomas, 15 certificado de prenda, 04 letras de cambio, 02 tarjetas de circulación, 03 carta venta, 257 facturas, 46 cartas, 06 fotos, 09 cheques, 02constancia, 02 plano catastro, 01 folleto de salario mínimo, 351 depósitos bancarios, 03 contrato laboral, 01 libreta de ahorros, 03 contrato de arrendamiento, 02 bitácora, 05 ordenes patronales, 04 acción de personal, 02 reglamento..

Remesa:           20416

Documentos:   1274

Cajas:                02

Año:                  1984

Asunto:            Documentos Base: 681 recibos, 121 deposito bancario, 51 sobres de posiciones, 26 certificados de prenda, 38 cheques, 145 facturas, 114 pagaré, 32 notas bancarias, 06 boletas de pago infracción, 07 testimonio de escritura, 25 cartas, 01 reglamento de vicesa,   01 dictamen medico, 02 tarjeta navideña, 02 fotos, 05 contrato de arrendamiento, 02 libreta de ahorros, 04 colillas de cheques, 02 tercería excluyente, 02 constancias de nacimiento, 01 plano catastro, 02 ordenes de compra, 04 compra venta.

Remesa:           20417

Documentos:   1537

Cajas:                03

Año:                  1985

Asunto:            Documentos Base: 200 copias de expedientes, 05 depósitos bancarios, 137 colillas de recibos, 367 facturas, 365 recibos, 45 cheques, 06 testimonios de escritura, 05 contratos de arrendamiento, 28 certificados de prenda, 46 sobre de posiciones, 109 pagaré, 09 letra de cambio, 03 hipoteca, 28 fotografías, 07 tarjetas postal, 01 comprobantes de pago, 02 memorandum, 09 cartas, 03 facturas proforma, 02 compra venta, 08 constancias 06 planos catastro , 01 cuaderno de apuntes, 01 copia certificada, 01 boleta de diario, 01 dictamen medico, 01 block de facturas, 84 comprobantes de cheques, 01 reglamento interno, 03 tarjetas de control laboral, 01 copia de cheque, 52 acciones de personal.

Remesa:           20418

Documentos:   1654

Cajas:                03

Año:                  1986

Asunto:            Documentos Base: 04 compra venta, 09 plano catastro, 04 escritos, 564 facturas, 608 recibos, 133 pagaré, 47 cheques, 11 carta, 09 escrituras, 68 certificados de prenda, 01 bono, 03 notas de debito, 02 contrato de servicios profesionales, 59 sobre de posiciones, 25 depósitos bancarios, 08 hipotecas, 03 telegramas, 01 patente de licores, 15 constancias, 10 letras de cambio, 23 fotografías, 03 contratos de arrendamiento, 03 comprobante de pago, 20 planillas, 10colillas de cheques, 01 permiso de patronato, 01 certificado de plazo bancario, 02 dictamen médicos, 01constancia de nacimiento, 06 memorandum.

Remesa:           20419

Documentos:   632

Cajas:                01

Año:                  1987

Asunto:            Documentos Base: 03 plano catastro, 05 sobre de posiciones, 45 recibos, 154 ordenes patronales, 03 certificados de prenda, 17 testimonio de escritura, 11 pagare, 60 fotos, 29 facturas, 71 cartas, 05 tercerías, 01 letra de cambio, 05 cheques, 13 libretas de ahorro, 04 constancias de nacimiento, 03 carta venta, 200 carnet de citas medicas, 02 facturas proforma, 01 estimación laboral.

Remesa:           20420

Documentos:   190

Cajas:                01

Año:                  1988

Asunto:            Documentos Base: 15 facturas, 44 certificados de prenda, 07 copia de deposito bancario, 30letras de cambio, 02 pagaré, 22 recibos, 50 cheques, 04 carta venta, 05cartas, 03 contrato de arrendamiento, 01 plano catastro, 03 libros contables, 04 testimonio de escritura.

Remesa:           20421

Documentos:   1019

Cajas:                01

Año:                  1989

Asunto:            Documentos Base: 01 factura, 143 depósito bancario, 845 copias de cheques.

Remesa:           S 1 C 91          

Documentos:   1164

Caja:                  01

Año:                  1990

Asunto:            Documentos Base: 01 sobre de posiciones, 03 certificaciones, 05 libros diario contables, 06 pagaré, 01 cesión de derechos, 42 acciones nominales, 31 cartas, 03 certificados de prenda, 13 letras de cambio, 01 escritura, 205 depósitos bancarios, 853 copias de cheques.

Remesa:           S 1 C 91          

Documentos:   1841

Cajas:                01

Año:                  1991

Asunto:            Documentos Base: 38 planos catastro, 90 fotos, 62 constancias, 36 interrogatorio, 55 copia de cedulas hipotecarias, 3 expedientes médicos, 574 recibos, 60 letras de cambio, 52 certificados de prenda, 01 dictamen médico, 07 certificados de depósito, 10 carta venta, 41 pagaré, 447 facturas, 14 escrituras, 20 notas de debito, 30 cartas, 24 cupones de intereses, 01 orden patronal, 14 acciones de personal, 01 libro contable, 08 certificaciones, 01 hoja control de calidad, 44 cheques, 208 deposito bancario.

Remesa:           S 1 C 92          

Documentos:   1948

Cajas:                01

Año:                  1992

Asunto:            Documentos Base: 76 cartas, 29 certificados de prenda, 21 pagaré, 49 facturas, 117 recibos, 584 letras de cambio, 40 sobre de posiciones, 31 escrituras, 17 cheques, 03 libretas, 02 contratos de arrendamiento, 02 constancias, 33 hipotecas, 01 carne de seguro social, 01 carta venta, 19 contratos laborales, 08 dictámenes médicos, 11 planos catastro, 04 comprobantes de pago, 06 block de recibos, 10 memorandum, 09 libros mayor, 06 certificaciones, 869 copias de cheques.

Remesa:           S 1 C 93

Documentos:   1198

Cajas:                02

Año:                  1993

Asunto:            Documentos Base: 697 copias de cheques, 195 facturas, 32 cheques, 269 recibos, 05 letras de cambio

Remesa:           S 1 C 94

Documentos:   863

Cajas:                01

Año:                  1994

Asunto:            Documentos Base: 01 sobre de posiciones, 59 copias de cheques, 72 recibos, 731 copias de cheques

Remesa:           S 1 C 95

Documentos:   1602

Cajas:                02

Año:                  1995

Asunto:            Documentos Base: 1000 copias de expedientes, 230 plano catastro, 06 cartas, 26 certificaciones, 200 facturas, 03copias de cheques, 05 carta venta, 12 escrituras, 05constancias, 80 recibos, 01contrato de construcción, 32 contratos de trabajo, 01 expediente medico, 01 libro diario mayor.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 3 de mayo de 2011.

                                                              Alfredo Jones León,

Exonerado.—(IN2011033789)                        Director Ejecutivo

publicación de una vez

En vista de que no ha sido posible notificar a los particulares propietarios de los vehículos involucrados en colisiones, por desconocerse su paradero, según se cita a continuación, a solicitud de los Despachos que se dirá:

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE DESAMPARADOS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

11-600280-491-TC-B

MARIA CRISTINA CANALES PIZARRO

5-072-744

175630

1FMCA11U3JZA76760

11-600322-491-TC-D

SERRANO CORDERO EDWIN REP. LEG. ASESORES EN CONTROL SANITARIO DE PLAGAS E.S. S.A.

3-101-390899

CL 200481

JS4DA32V254130139

11-600403-491-TC-D

SANDOVAL VIACHICA ESPERANZA

8-0070-0092

863585

KMHJF31KPVU582343

11-600458-491-TC-D

SABORIO SOTO CARLOS LUIS

7-0052-0272

C 13797

JALFSR115F3526252

11-600499-491-TC-D

ZUMBADO BARRANTES LUIS ALBERTO

2-0274-0584

407894

2S3TA01C6L6400998

11-600362-491-TC-D

ROSMER JURADO VAN-GRIEKEN REP. LEGL DE IMPORTACIONES MEALTIME S.A.

3-101-327002

CL 188314

FE519A40208

11-600506-491-TC-D

VARGAS GUILLEN HILDA MARIA

1-0259-0507

123529

JHMAAJ4420S302184

11-600030-491-TC-C

GRUAS QUIROS S R.L.

3-102166653

C-131703

J508300

11-600380-491-TC-C

ALEJANDRO TORRES GAITAN

155805017024

TSJ-3460

KMHCG45C62U368340

2010-601589-491-TC-A

JASON ROBERTO GUEVARA ARAYA

4-175-872

394240

KMHJF21JPNU290060

2011-600197-491-TC-A

FABIO MONGE HERNÁNDEZ

1-1196-186

CL-228856

KN3HAP53E1K741598

2011-600335-491-TC-A

FELIX VICENTE CABEZAS CASTILLO

2-508-978

193821

JAACH18L8H5405684

2010-601162-491-TC-B

MARIA EMILIA QUIROS GUEVARA

1-665-540

MOT-75456

37F009355

11-600389-491-TC-B

CINDY YORLENY RAMIREZ SOLANO

1-1149-590

803777

KMHVF21NPRU127376

11-600466-491-TC-D

ZELEDON HERNANDEZ TATIANA ELENA

1-1351-0287

726574

1HGEJ8146WL034973

11-600460-491-TC-C

FEDERICO CHAVARRIA RODRIGUEZ

1-412-1240

TSJ-468

YT1400111980

11-600465-491-tc-c

LUIS GERARDO ESPINOZA MENDEZ

5-151-554

805232

KMHVF31JPRU929150

11-600435-491-TC-D

MENDEZ SANCHEZ HUMBERTO REP. LEG. DE HUMMEN S. A.

3-101-404049

561569

2CNBJ13C116912593

10-602017-491-TC-C

GINCARLO SING TACSAN

1-1070-879

319070

KNAJA5535RA722942

11-600201-491-TC-D

GUTIERREZ CORONADO ELIECER REP. LEG. DE ALGAS COLON A.C. S. A.

3-101-280525

854972

JS3JB43V8B4101376

11-600201-491-TC-D

TORRES BENITEZ NORA AMELIA

12200000481

162043

JT3YR26V9E5014758

JUZGADO DE TRÁNSITO HATILLO

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-001822-0492-TC

ADVENTURE RENT A CAR S. A.

19/12/-3741

601794

JDAJ102G000569876

10-002039-0492-TC

HERNANDEZ MATAMOROS ESTRELLA

302250076

816503

KMHVF21NPSU145232

10-002240-0492-TC

REP. LEGAL DE CISTERNA MORESOL S. A

3-101-510450

C-134533

1FUYDZYB8SH756917

10-002240-0492-TC

REP. LEGAL DE SHAMIDARI S. A

3-101-452994

CL-156912

KMJWVH7SPWU068513

10-002449-0492-TC

IMPORTADORA DE VEHÍCULOS SUN CITY S. A.

3-101-355152

243352

JT2AR92EXK3159606

10-002461-0492-TC

RAMIREZ ACHOY JESSICA DE LOS ANGELES

1-1096-0172

394835

3G1SE5435YS180780

10-002466-0492-TC

ARANA OTAROLA MARCELINO

8-0082-0493

228712

JT2EL36G2K0382367

10-002471-0492-TC

CHAVEZ RAMÍREZ PEDRO

13521256

745629

KMHVF21MPRU048650

10-609728-0489-TC

SANTAMARIA ASTORGA JASSON

1-1294-0982

698164

KMHVA21NPRU011890

11-000046-0492-TC

ASOC IGLESIA DE DIOS DE LA PROFECIA DE COSTA RICA S. A.

3-002-056308

3151

B11AB7X217585

11-000059-0492-TC

CORDERO BARRANTES ADRIANA

1-0918-0814

325486

WAUZZZ8DZXA036079

11-000076-0492TC

NEBULOSA VEHICULOS WAW S. A.

3-101-447872

CL 226486

VF3GBWJYB8J026576

11-000076-0492TC

SAENZ ZUÑIGA ANA MERCEDES

1-0614-0968

855189

3N1AB61E67L686024

11-000187-0492-TC

LARA RIVAS CAROLINA

1-1024-754

702690

1N4AB41D7XC704489

11-000243-0492-TC

VIERA MONTANO YANETH

8-0079-0357

812171

MA3FB31SX90020806

11-000250-0492-TC

ULLOA GAMBOA CARLOS

1-536-057

TSJ-347

KMHCG41FPYU175389

11-000254-0492-TC

 BADO CORTES JENNY

601820030

838010

JTMZD33V20D011210

11-000278-0492-TC

CORPORACIÓN BBG SO S. A.

3-101-216187

CL 170942

BU2110007090

11-000283-0492-TC

ORTIZ ROSALES EYLEEN MARIA

1-1291-0812

604584

KMHVA21NPSU090480

11-000285-0492-TC

JIMENEZ FONSECA INGRID

1-1094-0759

488184

KMHVF21NPRU059563

11-000306-0492-TC

MBROWER DE COSTA RICA S. A.

3-102-212903

C 151899

3HAMMAAR48L697224

11-000333-0492-TC

ZUÑIGA JIMÉNEZ ROLANDO

1-0978-0447

652122

KMHVF24N1VU416558

11-000334-0492-TC

CARVAJAL VINDAS FANNY

103230842

525891

KNAJA5545RA718430

11-000343-0492-TC

BLANCO SOLIS CARLOS JOSE

1-0875-0709

376358

KMHVF14NXSU192079

11-000347-0492-TC

VINDAS VINDAS BLANCA

1-396-430

MOT-243933

L3J1CCEB28C740040

11-000418-0492-TC

MELENDEZ FERNANDEZ WALTER

5-0273-0236

393161

KMHJF31JPNU291916

11-000442-0492-TC

BOUSLEIMAN JOSEPH

701539226

575050

KLAJC52Z4YK536817

11-002494-0492-TC

OROZCO GUERRERO RONALD

106450724

TSJ-002289

KMHDN45D32U265492

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y  DE MENOR CUANTÍA PURISCAL

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

 

 

 

 

 

10-600170-241-TR

PUCHITO PRODUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-512453

389589

KMXKPE1CP1U391313

10-600170-241-TR

RAFAEL BARRANTES MORA

2-0164-0547

232759

JN1PB2214HU541442

09-600121-241-TC

3-101-484910 SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-484910

008842

BJ40021789

10-600243-241-TR

ADVENTURE RENT A CAR SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-356941

623272

2CNBJ1363T6949660

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-1530-492-TC(C)

MEJIA GOMEZ FREDDY

5-230-745

365469

JS4JC51C6H4190079

10-609274-489-TC

CORRALES MORA GERARDO E.

1-744-869

670550

WDBCB20A5CB017329

10-609274-489-TC

ABARCA SALAZAR ALEXIS G.

1-758-620

C 127767

1HSRDG2R1HH470171

10-609641-489-TC

PINCAY SANABRIA WALTER

1-674-780

TSJ 3725

KMHJF31JPRU652418

10-609569-489-TC

GOMEZ VARGAS KATTIA LORENA

1-878-552

CL 233187

KL1BB05518C155097

10-609521-489-TC

ARCE LOAIZA RAFAEL GERARDO

9099-694

C 145587

RH613312

10-609493-489-TC

BLANCO SHIAN EMILIANO

2-291-1352

TSJ 4347

KMHVF21NPTU383381

10-608770-489-TC

CORRALES MADRIGAL JOSE MARIA

1-199-884

TSJ 6535

KMHVF14N9SU189626

10-608965-489-TC

QUESADA SUAREZ JUAN CARLOS

1-565-452

402547

JB4EW31T5KU105267

10-608734-489-TC

MOLINA MONTERO LUIS ESTEBAN

1-1043-924

739089

8AD2AKFWU8G021717

10-608985-489-TC

JIMENEZ TORRES ANA PATRICIA

1-596-374

338020

JHMAH5334FS015418

10-609284-489-TC

ACUÑA OBANDO CARLOS ALBERTO

3-187-540

TSJ 3490

KMHCH41BP2U362009

10-609453-489-TC

RIOS OPORTA MERCEDES

2-285-282

740424

JM1BG2249R0746699

10-609561-489-TC

GOMEZ DUARTE MARIA CECILIA

5-189-731

209946

JN8HD16Y8JW034698

10-608802-489-TC

TRANSPORTES SUPERIORES DEL ESTE ROLAN S. A.

3101083048

C 137526

1FUPBSEB1TL594625

10-602774-500-TC

GOMEZ SOTO ALEJANDRO

1-623-764

637603

KMJRD37FPVU356582

10-609118-489-TC C

ZHIFONG INVERSIONES ORIENTALES S. A.

3101297381

661425

WAUZZZ4L97D054080

10-609438-489-TC C

REGISTEK S. A.

3101230459

CL 211378

9BD25521A68771222

10-609889-489-TC C

CARRANZA GAMBOA THELMA MARIA

6-308-442

321570

JN1HJ01FXRT237676

11-600907-489-TC C

MORA BENAVIDES MARIA EVELYN

1-526-038

807685

KMHJG34F2VU030757

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

11-600555-489-TC C

BADO CORTES JENNY

6-182-030

838010

JTMZD33V20D011210

11-600777-489-TC C

REN XU WENCHENG

8-081-710

598906

JMYLNV76W5J002352

11-600821-489-TC C

EL LENCHIN DIVISOR S. A.

3101150367

426934

WBAGG81020DF91125

11-601308-489-TC C

SOLANO PALMA YALILE

1-790-017

642956

3N1AB41D4XL072729

11-601252-489-TC C

ALBACEA DE CASTILLO AGUILAR RAFAEL ANGEL

1-161-140

461033

KMHJF31JPPU54305º

11-600226-489-TC C

CORPORACION TRANSA DE VALLE VERDE DE COSTA RICA S. A.

3101422684

C 137430

JNAPA20H9VGN60176

11-600683-489-TC C

MEZA MOYA LEONEL

1-1262-428

686348

KMHVA21NPSU0739

11-601356-489-TC C

DELGADO ROJAS BLANCA

2-252-216

645928

1Y1SK5265TZ017423

10-609910-489-TC C

FUENTES  MORA OSVALDO ARTURO

1-591-304

TSJ 6170

CE1003055258

10-609074-489-TC C

RVF SOLUCIONES EDUCATIVAS DEL OCCIDENTE S. A.

3101277889

CL 242713

1N6BD06T15C439886

11-600835-489-TC C

GRUPO E INVERSIONES OLMAHE S. A.

3101500945

CL 221336

KMFXKS7APTU052058

11-600835-489-TC C

TOQUE DE MIDAS S. A.

3101390703

680050

KMHCG45G3YU028994

11-600588-489-TC C

ESPINOZA MENDEZ LUIS GERARDO

5-151-554

TSJ 3807

AE1113094576

11-600588-489-TC C

MENESES CONTRERAS JOHNNY ARTURO

6-109-572

320408

2P4GH2535PR28818

11-600181-489-TC C

JIMENEZ JIMENEZ FEDERICO WALDEMAR

3-234-014

TSJ 6370

3N1EB31SXZK712882

10-609729-489-TC C

P&M PIELES SELECTAS DE SAN JOSE S.A.

3101333170

586795

KMJWWH7JP4U599877

10-609631-489-TC C

MORA VALVERDE CARLOS LUIS

1-345-367

TSJ 3178

KMHJF31JPRU760857

11-600535-489-TC C

RIVERA GUZMAN SERVICIOS ESPECIALES S. A.

3101364390

C 145938

JALC5B1U5K3001706

10-609384-489-TC

JOHNNY ENRIQUE MORALES MORALES

1-0620-0395

TSJ-6333

JTDBJ41E60J001817

10-609730-489-TC

REYNIER CASTILLO AGUIRRE

1-0799-0779  

808823

1HGEG8547PL021675

11-600385-489-TC

NEIDY BADILLA LEON

1-0648-0178

CL-196929

KMFXKS7APTU036144

10-608432-489-TC

WILLIAM GARCIA FALLAS

1-0475-0236

TSJ-5225

KMHVF21NPRU122859

11-600187-489-TC

RAUL GUEVARA VILLALOBOS

1-0911-0497

550805

JTDKW113000210779

10-609192-489-TC

JORGE PALMA POVEDA

1-0472-0591

593595

KMHBT51HP5U271753

10-608569-489-TC

ANNETTE GONZALEZ SMITH

1-0509-0842

238527

KLATF19Y1SB532783

10-609929-489-TC

ERICKA PRISCILLA CALVO AVILA

1-0859-0932

390532

KMHJF31JPNU212234

11-600312-489-TC

MARIA ESTRELLA RAMIREZ BERROCAL

7-0047-1113

436991

KMHJF31JPPU447231

10-607448-489-TC

YORLLY MENA GODINEZ

6-0255-0429

541386

JMY0RK9604J000440

10-607448-489-TC

WAGNER SIBAJA GONZALEZ

6-0190-0566

TSJ-6216

KMHVF21NPRU055251

11-00835--174-TR

DEL ORO SOCIEDAD ANONIMA

3101154436

ZFE-297

JAANPR66P47100152

11-600546-489-TC

EDGAR CARBALLO CHAVES

4-0101-0143

TSJ-351

KMHVF24N7XU573093

11-600400-489-TC

RAUL ALEJANDRO PASEYRO

17359773

MOT-156218

LX8PCKP096F000607

11-600167-489-TC

COMPAÑIA TRANSPORTISTA DEL SUROESTE LTDA

3102010970

SJB-9701

9BSK4X2BF53554800

10-609285-489-TC

FRANCISCA FLOR CASTRO CHAVARRIA

9-0032-0291

591432

KMJFD27BPXU417398

10-609935-489-TC

DIEGO ALONSO ZUMBADO ROCHA

2-0599-0018

MOT-176581

LAELGZ4027B652859

10-603379-489-TC-F

PADILLA DELGADO MINOR

106260204

TSJ-6285

KMHCG45G4YU107784

10-603379-489-TC-F

REP. LEGAL DE LA EMPRESA SERVICIOS ADMINISTRA TIVOS VARGAS MEJIAS S. A.

3101203897

MOT-251029

9C2MD28939R100049

10-607497-489-TC-F

MORALES CECILIANO ANA DE LOS ANGELES

109590904

539710

KMHVF12J4MU351908

10-607497-489-TC-F

REP. LEGAL DE LA EMPRESA 3101568187 S. A.

3101568187

SJB-12474

JTFJK02P405005835

10-608683-489-TC-F

REP LEGAL DE LA EMPRESA RECICLADORA LA CALMA SOCIEDAD ANONIMA

3101528447

CL-248541

LETYECG20AHN02683

11-601187-489-TC-F

ALVARADO CESPEDES HECTOR

106150830

C-123783

J549818

11-586-174-TR-F

VARGAS SALAS KATTIA MARIA

107800713

457777

KMHJF31JPPU520478

10-606138-489-489-TC-F

GOMEZ VEGA JOSE MANUEL

106280607

CL-71215

FALTA INFORMACION

10-609891-489-TC-F

QUESADA MADRIGAL JUAN EVANGELISTA

 105670797

585893

JS3TD21V0T4105191

10-607588-489-TC-F

SANTOS RAMOS MARTA ALICIA

800600740

CL-125704

BU610018375

11-600819-489-TC-F

REP LEGAL DE REYEZUELO SOCIEDAD ANONIMA

3101220282

CL-200766

V11820926

11-600338-489-TC-F

SANCHEZ GRANADOS JINNETTE

107260140

225804

KMHVF31NPSU087297

10-609907-489-TC-F

SOTO MATA LIZBETH

108470846

783875

SC763973

11-601059-489-TC-F

SALAZAR MUÑOZ HAROL DIEGO

603640175

580530

JTEBY14R908002200

11-601059-489-TC-F

GUERRERO ZÚÑIGA WALTER ANTONIO

107620706

423345

KMHJW31MPTU019431

10-608742-489-TC-F

BARRANTES ROJAS FRANCISCO JAVIER

108240254

TSJ-3133

KMHCG45C42U307780

11-601107-489-TC-F

RODRIGUEZ SANCHEZ MARIA DEL MILAGRO

104000470

461459

KMHJF31JPNU354352

11-600397-489-TC-A

TORRES CASTRO MARITZA

1-0740-0129

401083

KMHJF22R9PU355659

10-609336-489-TC-A

QUIMICA DINAMICA S. A.

3-101-121127

MOT 291399

ME4KC09E1A8000904

10-606524-489-TC-A

DEL VALLE HERNANDEZ JOSE ANGEL

1-0768-0976

TSJ 603

KNADC123326100158

11-600844-489-TC-A

 JIMENEZ MORA JOSE ANGEL

2-0331-0390

C 133961

1FV6HLAA9SL671636

10-606855-489-TC-A

VALVERDE UREÑA MARIA FERNANDA

1-1389-0182

664584

VF7FC8HZK7A001116

10-606835-489-TC-A

RANCHO EL BOSQUE S. A.

3-101-325295

746900

KMHVF31JPNU656642

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-609441-489-TC-A

CHINCHILLA CANALES WENDY PAMELA

1-1123-0772

515042

2CNBJ18U5P6936440

10-609331-489-TC-A

MOYA GARRO MANUEL

4-0110-0946

326794

JF1AC4221NB211453

11-600090-489-TC-A

DATA INFO M&M CONSULTORES DE COSTA RICA EN SISTEMAS S. A.

3-101-258107

489293

EL420065262

11-600090-489-TC-A

ALFARO PEÑA ORLANDO ALBERTO

1-0550-0619

TSJ 6105

KMHJF22R5RU664483

11-600214-489-TC-A

QUESADA HERNANDEZ MARIA DEL MILAGRO

1-0487-0609

TSJ 3395

KMHCG45C72U359338

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

 10-000275-0174-TR

NUÑEZ BERMUDEZ WENDY PRISCILLA

111470952

566339

JM7BK326341100220

 10-000275-0174-TR

ALVAREZ TREJOS IRMA MAYELA

104070715

CL  112096

JF3AU5LL01G522239

10-003105-0174-TR

RODRIGUEZ   MOSQUERA   IRIS ADRIANA

PAS: CC38563689

517870

JM1BJ2225X0113064

10-003750-0496-TR

GABINO GARCES EMERSON

800840817

640498

KMHVF21NPRU050392

10-004306-0174-TR

ARIAS PEÑARANDA GONZALO ALBERTO

401890473

775906

4S2Y4348661

 10-004914-0174-TR

GOMEZ SOLIS JOSE LUIS ANTONIO

105900312

395782

KMHJF31JPNU365305

 10-005616-0174-TR

ACCESOS AUTOMATICOS SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR GUILLERMO RAMIREZ CASTRILLO

3101177456

CL  221561

MHYDN71V68J100398

10-005664-0174-TR

J M V TEC S. A. REPRESENTADA POR JOSE MARIO VARGAS RODRIGUEZ

3101166306

259325

TE31634848

 10-606326-0489-TC

VARGAS VENEGAS PILI MARIA DEL ROSAR 

204500711

TSJ  004865

3N1AB41D1VL003526

10-606326-0489-TC

CREAR INTERNACIONAL S. A. REPRESENTADA POR JEANNETTE ARIAS CASCANTE

3101081543

328529

KMHJW31MPSU003412

 10-006754-0174-TR

ROJAS RODRIGUEZ JOSE FABIO

205390500

CL 220606

8AFER13F27J097362

10-007316-0174-TR

BLANCO MADRIGAL Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR LUIS FELIPE BLANCO MADRIGAL

3101187112

599390

KMHVF21NPRU008867

10-007332-0174-TR

RAMIREZ RAMIREZ IVETH GRACIELA

401770570

462616

2HGEJ6421TH106153

10-007332-0174-TR

CARBALLO GODINEZ VIRGINIA

108490855

561941

KMHVA21NPRU012638

 10-007485-0174-TR

COMERCIALIZADORA ALIJOSELI SOCIEDAD ANONIMA , REPRESENTADA POR KATTIA ANGULO AVENDAÑO

3101284286

CL  216404

1N6DD26S3WC337504

10-007493-0174-TR

ARAYA VARGAS JOHNNY MARTIN

900650999

TSJ  005369

KMHCG45G8YU033558

10-007831-0174-TR

MARIN ANCHIA ANA MARIA

104750684

TSJ  005589

KMHCG51BP1U098780

 10-007874-0174-TR

M.B. ON BOARD MOTORS S. A., REPRESENTADA POR JULIAN ERIK BURLAGE SCHOTT 

3101354362

528226

WDB2030641A003153

10-007874-0174-TR

HERMEL COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR HENRY MELTZER STEINBERG

3101147672

747644

KMFWVH7HP3U511154

10-008243-0174-TR

DESECHOS DELTA DEDELSA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR KARLA RAABE FERNANDEZ

3101320972

C  151001

4VM2CJFD3VR476685

10-008269-0174-TR

FRANCIS CESPEDES GIGI XABIERA

701880279

MOT  279607

L5YTCKPA681129079

10-008269-0174-TR

 LEAL CORDELIA SOCIEDAD ANONIMA  REPRESENTADA POR JUAN IGNACIO GALLEGOS GURDIAN

3101210156

566146

JHLRD77404C208575

10-008295-0174-TR

AUTOS CORCOBADO INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR NOE GERARDO SOLANO HERRERA

3101129230

618770

3N1EB31S8ZK711195

10-008577-0174-TR

VANGUARD SECURITY OF COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR JOSE ROBERTO ODIO FUENTES

3101281475

MOT  258749


9C2MD35U08R100362

10-008602-0174-TR

INDUSTRIAL CLARA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR VERA PALMA ZUÑIGA

3101553403

830878

2CNBJ18U8M6939411

10-008635-0174-TR

BENEFICIO RIO NEGRO SOCIEDAD ANONIMA , REPRESENTADA POR ELENA ALICIA  WACHONG HO

3101047570

543519

JTEHH20V800269572

10-008881-0174-TR

VARGAS CARVAJAL GERARDO FRANCISCO

109590866

765287

3N1CB51D8YL352587

 10-009026-0174-TR

CONEJO RAMIREZ STEVEN GERARDO

304510311

C  130154

1HSRKCAR7RH584676

 10-009026-0174-TR

PROYECTOS TECNICOS CONSTRUCTIVOS PTC SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR RONI JAY  MELTZER FERENCZ

3101344429

CL  207556

8AJFR22G004505906

10-009065-0174-TR

EMPRESAS BALLAR ASOCIADAS SOCIEDAD ANONIMA

3101580400

483696

WDB2030451A015717

10-009171-0174-TR

JIMENEZ HERNANDEZ JUAN ESTEBAN

701220821

C  148445

2HSCNAMR3YC047368

10-009235-0174-TR

REPRESENTACIONES PETROLERAS DE MEDIO ORIENTE SOCIEDAD ANONIMA , REPRESENTADA POR CARLOS TOMAS OCONITRILLO CONEJO

3101218507

702990

JS3TD54V084102067

10-009235-0174-TR

PROPACE INGENIERIA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR WILLIAM ALVAREZ PRADA

3101199078

MOT  252751

LWBPCJ1F581067414

10-009251-0174-TR

 RODRIGUEZ JAEN ROXANA MARIA

107470811

680199


1NXAE04E9PZ047375

10-009282-0174-TR

NARANJO MATA GRETTEL CAROLINA

303820257

289677


JS4JC31C1L4101211

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

 10-009425-0174-TR

NAVARRO RODRIGUEZ FREDDY ALBERTO JOAQUIN

105600217

699341

JMYSRCS6A7U000862

 10-009425-0174-TR

INDUSTRIAL WCD QUINIENTOS OCHENTA Y UNO SOCIEDAD ANONIMA  REPRESENTADA POR WALTER CERDAS DURAN

3101129777

615992

1J4FF68S0XL627110

10-009442-0174-TR

 QIU     LI

CR:115600251902

745295

MR0YZ59G700069405

10-009488-0174-TR

CASTRO VALVERDE ALICIA

105170134

TSJ  006495


JDAJ102G000581983

10-009511-0174-TR

CAMPOS RIVERA VIVIANA CRISTINA

111310008

518343

JM7BJ103100100867

10-009520-0174-TR

BREGSTEIN Y COMPAÑIA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR RODRIGO OBANDO PIEDRA

3101069845

274419

1FMDU34E4VUB14561

10-009585-0174-TR

3101532745 SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR PABLO BOLAÑOS ULLOA

3101532745

802397

1J8HR78378C210677

10-009699-0174-TR

 DISTRIBUIDORA FERRETERA ARSA S. A. , REPRESENTADA POR MANUEL SALAS PORRAS

3101360451

CL  176546

BU1010002503

10-009708-0174-TR

KOPPER TRANSPORT LINE SOCIEDAD ANONIMA , REPRESENTADA POR ALVARO KOPPER CRUZ

3101013403

C  142864

F.I.

11-000048-0174-TR

CHINCHILLA MONGE EVELYN

111620991

806528

KLY4A11BD2C822810

11-000078-0174-TR

SEGURA ALVAREZ MARVIN GERARDO DEL CARMEN

501650548

CL  125144

1N6ND06Y3EC332797

11-000169-0174-TR

AVENDAÑO VILLEDA JOSE GERARDO

602600718

181062


1HGED3558JA079754

11-000229-0174-TR

LA MAQUILA LAMA S. A. , REPRESENTADA POR CARLOS TANZI PEÑA

3101196511

C  125786

GD174S10389

 11-000422-0174-TR

RIASCOS   BATIOJA   HAROLD EDUARDO

CR: 117001185231

761767

KMHDN45D43U475035

 11-000450-0174-TR

ALLON HERRERA JOSE FRANCISCO

900600338

222836

JF1AN43B9GB449837

11-000486-0174-TR

 MARENCO   MAIRENA   FATIMA MARGARITA

CR: 1558-0008179

445696

2CNBE18U3M6905879

11-000508-0174-TR

MEDINA CALDERON CARLOS EDUARDO TRINIDAD

105880263

TSJ  005195

KMHJF31JPRU640527

11-000508-0174-TR

SALAZAR BURGER RICHARD MARIO

108930262

CL  172396

4S1CL11L5N4222948

11-000575-0174-TR

VALVERDE MONTERO BERNARDO ALBERTO DE JESUS

900380905

836908

KMHVF21NPVU479208

11-000597-0174-TR

ROJAS MARADIAGA EMILIA MAGALY

206170697

624787

9BR53ZEC208619489

 11-000699-0174-TR

MURILLO SOTO MIRIAM ALEJANDRA

104790614

154247

JDAG100S000722794

11-000727-0174-TR

BARBOZA MESEN JUAN RAMON

103210959

TSJ  003354

KMHJF31JPRU752142

11-000863-0174-TR

SANCHEZ GARCIA KENDAR AGUSTIN

701810182

800964

VC507495

11-000863-0174-TR

CONSULTORA GINPAC SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR LUIGI EUGENIO DEMETRIO SANSONETTI TINOCO

3101203329

610467

JDAJ102G000564407

11-001047-0174-TR

ORTEGA ORTEGA ANA MARIA

800730566

TSJ  001553

JTDBJ21E404004122

11-001083-0174-TR

CAMPOS CASTRO LUIS ALBERTO DE JESUS

105500779

TSJ  005042

KMHVF21NPRU034462

11-001088-0174-TR

FARRIER VARGAS LIBERTH

104760893

275105

JMB0NV430WJ000112

11-001143-0174-TR

FILTRO MOTOR G B SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR GUILLERMO BRENES GUIER

3101168006

722751

MR0YZ59G800063578

11-001144-0174-TR

QUIROS CONEJO ANA OLGA LIDIA

106600118

424785

KMHJW31KPTU064432

 11-001196-0174-TR

SAAVEDRA ZAMORA JOSE ALONSO

110810591

446187

4A3AK34Y0SE032238

11-001289-0174-TR

CAMPRE CAMIONES PARA RECOLECCION SOCIEDAD ANONIMA , REPRESENTADA POR MILTON FONSECA CORRALES

3101411486

C  144667

1M2K189C77M034713

11-001333-0174-TR

 INVERSIONES COLACHO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR LUIS GONZALO CARTIN GOMEZ

3101124519

CL  213233

KNCSE211577188668

 11-001495-0174-TR

 SANCHO MORERA ALEJANDRO

206260745

707607

1N4EB32A5NC701992

10-004677-0174-TR

VALVERDE SOLANO JORGE ARTURO

105760614

MOT  217507

LC6PAGA1880809748

10-005408-0174-TR

RODRIGUEZ ZAMORA MIGUEL

202700474

269273

EE960031252

10-005766-0174-TR

INVERSIONES CAPITALES DE HOY SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR RODOLFO ANTONIO CASTRO LACHNER Y PAOLA CASTRO MONTEALEGRE

3101229244

178561

KMHVF31JPPU704414

10-005898-0174-TR

EL MAR PROFUNDO Y SERENO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR SUSANA MARIA CAMPOS RODRIGUEZ

3101370183

596955

93HGD17405Z500726

10-006295-0174-TR

SOLIS AZOFEIFA MARCO VINICIO

111600854

768039

JHMEH9598NS000915

10-006648-0174-TR

 CHAVARRIA GONZALEZ KATTIA DENISE

108240740

C  141518

YB3U6A3A4JB414889

10-006746-0174-TR

SANCHEZ RODRIGUEZ ALFREDO

103940419

216353

JN1PB11S5GU153283

10-006895-0174-TR

AILLAUD ARTAUD SANDRA MARIE ANNE

900710213

705127

KMHJM81BP8U701001

10-006926-0174-TR

 INVERSIONES COMERCIALES ASOFISCHEL SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR ALONSO CARMONA ROBLERO

3101426516

CL  184798

3N6GD13S7ZK009500

10-007349-0174-TR

HERNANDEZ MORALES RAFAEL ANGEL

107310480

634366

2HGEJ1130RH514281

10-007598-0174-TR

GONZALEZ GOMEZ DANILO

105130190

701296

JN1BCAC11Z0008196

10-007598-0174-TR

SOCIEDAD DE SEGUROS DE VIDA DEL MAGISTERIO NACIONAL REPRESENTADA POR MIGUEL CORDERO UMAÑA

3007045048

652292

8AJYZ59G703005246

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

10-008044-0174-TR

SANTACORRA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR CARLOS SANTANA VALVERDE

3101305722

600802

2C1MR2268X6707768

10-008085-0174-TR

RIGUEMO SOCIEDAD ANONIMA , REPRESENTADA POR JOSE ANGEL GOMEZ RODRIGUEZ

3101342092

446676

AE1113106144

10-008085-0174-TR

EMPRESA DE TRANSPORTES LUSARA SOCIEDAD ANONIMA , REPRESENTADA POR LUIS FERNANDO SANCHEZ RAMIREZ

3101059704

C  135791

1M2AA13Y3PW026720

10-008112-0174-TR

ARAYA MENDEZ YAMILETH

301991023

641217

VZN1308082189

10-008112-0174-TR

 VINDAS VINDAS NURIA MARTINA

107320969

557922

JTDBT113500340680

10-008581-0174-TR

BARRANTES JIMENEZ HECTOR GERARDO

602390088

MOT  187367

LYRJYLIA960000607

10-008684-0174-TR

KLIMAIRE S.A. LA CUAL SE FUSIONO CON BRISAS ZULIA BDZ S.A. PREVALECIENDO LA ULTIMA, REPRESENTADA POR ROBERTO RAMON TORREZ GARCIA

3101386540

CL  152869

JAABL14AOH0735248

10-009136-0174-TR

ALJAFERIA CRC SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR JUAN MIGUEL ALFARO ACUÑA

3101371341

368716

KMJFD37APVU340696

10-009225-0174-TR

DESARROLLOS,CONSTRUCCION E INGENIERIA DECISA S.A., REPRESENTADA POR MAURICIO FERNANDO RUIZ PALZA

3101108309

CL  133542


JT4RN50R2J5160048

10-009267-0174-TR

3101554508 SOCIEDAD ANONIMA , REPRESENTADA POR MARTA EUGENIA ESQUIVEL RODRIGUEZ

3101554508

794519

JDAJ210G001090436

10-009283-0174-TR

ACOSTA HERNANDEZ CARLOS ANSELMO SIXTO

401011087

MOT  146355

LWBPCJ1F551A30975

 10-009351-0174-TR

 PEREIRA COREA LEYMER

701500057

310684

JHMCB7561MC010293

10-009388-0174-TR

LORIA AZOFEIFA VICTOR MANUEL

113080123

MOT  206926

LLCHPS50681000005

10-009421-0174-TR

HERRERA ALVARADO JOSE FABIO

105460462

462634

JT172SC1100047480

10-009463-0174-TR

AGRICULTURAS COMERCIALES TICOTOM DEL ESTE SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR OLGA ACUÑA FERNANDEZ

3101434988

CL  209467

LY2110020072

 10-009489-0174-TR

MONGE IZAGUIRRE MARIO ENRIQUE

107740605

551250

JSAERA31S45150472

10-009512-0174-TR

 CASTILLO ESPINOZA HEINER MAURICIO

112350476

C  139137

2FUPDDYB8WA901381

 10-009528-0174-TR

SALAZAR SEQUEIRA FLOR DE MARIA

106760876

833187

KMHVF21NPWU543956

10-009706-0174-TR

CONCEPCION  SEVILLANO   ROXANA

1220000526

120491

BN13002130

11-000026-0174-TR

CARVAJAL CASTRO MAXIMINO

104480264

TSJ  000357

KMHVF31JPRU956789

11-000026-0174-TR

ALMACEN EL MUNDO DEL REGALO DE SAN JOSE SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR MAURICIO MADRIGAL MADRIGAL

3101201928

772779

JF1SH5LW49G021621

11-000028-0174-TR

MONTOYA LOPEZ JORGE ARTURO

104680803

423488

JT2EL43BXM0077913

 11-000065-0174-TR

SWATON SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR BEJOS EDUARDO YAMUNI JIMENEZ

3101267908

702018

YV1MK434272017558

 11-000076-0174-TR

SALAS DORMOND CAROLINA MARIA

303470094

678565

WBAAC7406F0679096

11-000138-0174-TR

 INVERSIONES MIL CINCUENTA Y NUEVE S. A., REPRESENTADA POR RAUL CAMPOS MONTERO

3101166194

584103


KPD661217WP053390

11-000178-0174-TR

ASESORES ADUANALES Y COMERCIALES SOCIEDAD ANONIMA , REPRESENTADA POR RODOLFO ARCE PORTUGUEZ

3101035585

583536

LGWFF2G5X5A081765

11-000258-0174-TR

HERNANDEZ GUTIERREZ XINIA LORENA

104650316

595616

VF32AKFWU5W016138

11-000282-0174-TR

ROJAS LOPEZ GERARDO ANTONIO

301750491

297377

ZFA18200004551937

11-000349-0174-TR

3101536721 SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR JAIME GRANADOS BRENES

3101536721

754630

WBAAV53421FT02869

11-000350-0174-TR

DESPACHO NARANJO Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR CARLOS ALBERTO NARANJO MARTINEZ

3101377574

499887

1N4AB41D2VC705370

11-000488-0174-TR

 SANCHEZ CASTRO ALEX FRANCISCO

303070215

TSJ  005762

KMHVF14N6SU200985

11-000488-0174-TR

FORKLIFT EQUIPMENT SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR SEAN MICHAEL MORIARTY

3101365275

EE  028653

60146

11-000503-0174-TR

ORTEGA GUILLES AMANCIO MARTIN

106530770

CL  141103

JT4RN81R5K5044361

11-000539-0174-TR

INVERSIONES HEMISFERIO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR ENRIQUE SANCHEZ HERRERA

3101607845

805344

KNADC2422YS101045

11-000638-0174-TR

MIRANDA RODRIGUEZ RUTH ANGELINA

111670204

788457

KMHVA21NPSU025573

 11-000643-0174-TR

FERNANDEZ TREJOS FABIOLA GUADALUPE

303770238

743137

MA3FB31S980184787

11-000655-0174-TR

PADILLA VINDAS JOSE ALBERTO

108350200

MOT  265423

LHJYCMLA38B900431

11-000695-0174-TR

BERROCAL MONTOYA ROSE MARY

104180948

275540

JMBSNCK1ATU021062

11-000775-0174-TR

ELIZONDO VARGAS CARLOS LUIS

105510688

TSJ  001044

JTDBJ21E104012310

11-000795-0174-TR

PIEDRA SOLANO JOSE LUIS

102910974

TSJ  006475

KMHVA21NPVU266937

11-000925-0174-TR

CALVO RODRIGUEZ CARLOS

110880328

507511

EL420335080

11-000943-0174-TR

PORRAS MEJIAS ALVIN DE JESUS

502100112

706390

JS3TD21V5V4104637

11-001015-0174-TR

BADILLA VALVERDE FRAY LEONEL

105180640

541013

1N4EB32A2PC787720

11-001101-0174-TR

TRANSPORTES DEL AGRO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR LUIS RODOLFO CHACON TORREBIERTE

3101168776

CL  118500

BU840006801

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

 11-001105-0174-TR

ARGUEDAS MUÑOZ JEFFRY ANDRES

112460250

440827

1HGEJ6577VL017400

11-001129-0174-TR

MEDINA   VALENCIA   MARCO ANTONIO

PAS: CC92226101

785614

F.I.

 11-001181-0174-TR

MORALES QUESADA GINA MARIELA

303680457

626958

JMYSNCS3A6U002054

11-001307-0174-TR

ALVARADO MURILLO CARLOS EDUARDO

203590828

C 154670

PKA213S50505

11-001373-0174-TR

SANDOVAL NAVARRO YORLENE PATRICIA

109290154

466497

JTDBZ21E100003364

 11-001425-0174-TR

SOLANO MARTINEZ MARJORIE MARIELA

109610714

593203


1NXBR12E8XZ297319

11-001686-0174-TR

VEGA FLORES ALLAN ALBERTO

303130531

856341

KMHVA21LPTU146779

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE ACOSTA, SAN JOSÉ

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

11-600005-247-TC

COOPERATIVA DE PRODUCTORES DE LECHE DOS PINOS R.L.

3-004-045002

C.140360

3ALACYCS45DU12514

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE PAVAS Y ESCAZU

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-602041-0500-TC

JUSTO NAVARRO BENAVIDEZ

6-149-215

TSJ-5262

KMHCG45C51U160206

10-603046-0500-TC

GIOVANIA SANDOVAL HERNANDEZ

1,55812E+11

385814

JT2EL32HXK0342164

11-600184-0500-TC

SANDRA CESPEDES GARCIA

1-0581-0452

530711

4N2DN11W6RD841500

10-601807-0500-TC

MANUEL VALVERDE HUERTAS REP LEGAL DE EL SEGUNDO CARRO NUEVO DE ERSTHSA S. A

3-101-330005

803075

KMHCG51FPYU024692

10-603027-0500-TC

CRISTIAN CHAVES SANCHEZ

1-0986-0492

C-146910

1FUYDDYB6XDA39131

10-602193-0500-TC

GABRIELA RUEDA VEGA

01-1121-0482

753774

KL1MJ61048C483638

11-600147-0500-TC

EIDA YORLENY MORA ARIAS

02-0534-0073

669216

2CNBJ13C2Y6930496

10-602923-0500-TC

ZAIDA GONZALEZ CASTRO

1-0963-0466

652099

JT2EL46B3N0209262

10-601847-0500-TC

MICHELLE COHEN

PA-089776534

518905

KMXKPS1BP3U460503

10-608895-0489-TC

WILLIAM QUIROS MASIS

1-0594-0078

TSJ 4186

NO SE INDICA

11-600319-0500-TC

CARLOS SERRANO PEREIRA

7-0982-0423

188018

JN1PB22SXHU505263

10-602498-0500-TC

XIOMARA RIVAS MARTÍNEZ

RES: 2701669000096939

TSJ 4354

JTDBJ21E204006483

10-608919-0489-TC

MARIA EUGENIA SANCHEZ HERRERA

01-0491-0652

TSJ 1712

KMHCG45C21U191333

10-602824-0500-TC

JUAN ANTONIO QUESADA CARMONA, REP DE WORLD E MEDS S. A.

3-101-279114

CL 220930

3GNFK12377G281471

10-602762-0500-TC

JUAN BOSCO CASCANTE TORRES

01-0679-0492

TSJ 698

JTDBJ21E702007446

10-603142-0500-TC

JORGE ULLOA SANDOVAL Y JORGE ALBERTO ULLOA VALVERDE, REP DE TALLER INDUSTRIAL HALLEY S. A.

3-101-305998

CL 138224

1N6SD11S4LC420427

11-600287-0500-TC

RODRIGO UGALDE CASTILLO

05-0174-0971

MOT 224211

LWBPCJ1F7810006789

10-602799-0500-TC

ARMANDO HERNANDEZ CALZADILLA REP LEGAL DE EL FORTIN CALZADILLA S. A

3-101-320109

MOT-230588

LP6PCMA2980M00039

10-602803-0500-TC

FRANCISCO SOLIS MATAMOROS

1-481-252

TSJ-1728

JTDBJ21E904011714

10-603034-0500-TC

RIGOBERTO ALFARO RIZO

1,55804E+11

319772

JN1PB02SXBU684058

10-602613-0500-TC

ALEJO AGUILAR BARZUNA, REP, DE TRANSDELISTMO S. A

3-101-149683

C-130970

1FUYSPYB7KP358472

10-000017-0527-PE

ANA YAMILET CERDAS VALVERDE

1-0897-0244

575207

KL1TD51Y05B295705

10-602432-0500-TC

HERNAN RODRIGUEZ RODRIGUEZ

1-0486-0880

359012

NO INDICA

10-601664-0500-TC

ESTRELLA MAHOMAR BANDEK

1220000146

210864

JN1PB21SXHU025306

10-608111-0489-TC

MARGOT CHICAIZA PARRALES

1-0839-514

472025

KMHJF31JPMU13311

11-600074-0500-TC

DOGULAS M CORTINOVIS

1900310074

CL-170229

2GCEK19K7R1296050

11-600094-0500-TC

ANTONIO DIAZ HOLMAN

1,55806E+11

435037

KMHJF31JPNU256194

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE PEREZ ZELEDON

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

11-000193-0804-TR

TRANSPORTES HERYHER SOCIEDAD ANÓNIMA REP/ OLMAN HERNÁNDEZ GAMBOA CED 1-0568-0048

3-101-204594

C 134356

U685T13574

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

11-000363-0494-TRF

MAURICIO DELGADO CARVAJAL

2-514-926

C-156617

MKA210E60688

11-000071-0494-TRV

GILDA  MARIA NAVARRO  HERRERA

3-201-557

794761

2CNBJ13CXY6941620

11-000201-0494-TRV

INVERSIONES CAMARIAS S. A.

3-101124844

MOT 160691

9C2JD20106R520273

11-000019-0494-TRF

MIGUEL ANGEL DIAZ JARA

7-490-814

454295

KMHVA21LPTU159054

11-000013-0494-TRS

YESENNIA TREJOS MORERA

1-851-854

468676

JN1PB26SXJU014885

11-000154-0494-TRF

LILIANA MARIA VIQUEZ MONTERO

4-132-194

406036

KMJWWH7BPWU071177

JUZGADO DE TRANSITO DE ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

11-000389-0494-TRA

EDGAR ALPIZAR GUIDO

6-293-337

MOT 190621

LC6PCJD5570800820

11-000179-0494-TRF

DERVER JOSE RAMIREZ LOPEZ

2-527-173

C-155426

MKA210N65720

11-000017-0494-TRP

TECNO CONSULTORES HIDRAULICOS S. A.

3-101478374

CL-195990

8AFER11F14J345891

11-000326-0494-TRP

ANDREA SALAZAR AGUILAR

2-507-705

821401

KLY4A11BD2C809821

11-000331-0494-TRP

JOSE ANTONIO VEGA ESPINOZA

2-273-823

C-142089

1FUEYCYB5GH289175

10-003807-0494-TRP

NATALIA MOYA CIFUENTES

1,17001E+11

393170

JP3CA11A5PU030735

10-003782-0494-TRP

RICARDO AYUB LACAYO

1-648-191

450408

KMHJF31JPNU161767

11-000463-0494-TRF

FAGE HAY GREGORY LEE

1-1457-165

218306

1J4GZ58S8RC299301

11-000051-0494-TRV

ZAIDA FONSECA BERROCAL

2-394-676

522046

KMHJF31JPMU111782

11-000028-0494-TRS

DUCAR S. A.

3-101534474

CL 230992

K0569908F0

11-000148-0494-TRS

SISTEMAS  SERVICIOS TECNICOS S Y S AMERICA

3101225751

609654

VF7GJWJYB93275850

11-000299-0494-TRA

PRAGA INGENIERIA S. A.

3-101441813

CL 217957

RN80N164001

10-003920-0494-TRA

JAVIER QUIROS PEREIRA

2-193-492

150214

BCAB13500592

10-003107-0494-TRA

JUAN VARGAS MORERA

2-640-272

543142

KMHVF21LPSU243535

11-000253-0494-TRS

ELISA MARIA CAMPOS VINDAS

2-277-1383

400269

KMHJF31JPNU210379

11-000431-0494-TRP

MARIA  MAGDALENA CORDERO CHAVES

2-227-941

CL 135618

JN6ND11S7KW100707

11-000138-0494-TRS

ARELYS OCONITRILLO SANCHEZ

5-334-471

802895

1HGEJ8141WL068755

11-000489-0494-TRA

XINIA MARIA ARRIETA MURILLO

2-341-997

770015

XC736450

11-000444-0494-TRA

MARIO RICARDO PHILLIPS MEWNAN

1-1260-277

506225

1FALP4049VF124149

11-000558-0494-TRF

LENA SIBAJA VENEGAS

6-323-755

580667

1N4EB31F0RC874841

11-000441-0494-TRP

BURO EJECUTIVO DE SEGURIDAD BES S. A.

3-101563678

CL 241328

MNTVCUD40Z0005484

11-000393-0494-TRF

MAURICIO ALVARADO CAMPABADAL

1-1188-927

760830

KL1MJ61028C527555

11-000194-0494-TRF

ALQUILER DE MAQUINARIA RONUR-CK LTDA

3-102529685

CL 231949

JN1CPGD22Z0008879

11-000513-0494-TRF

ROGER GONZALEZ ALFARO

2-435-191

MOT 212607

L4STCKDK272300326

10-003320-0494-TRS

FANBERG CHARLES

710464012

300626

1gndt13w9s22588854

11-000577-0494-TRS

ANA LORENA RUDIN ARIAS

2-359-592

TA 684

JTDBJ21E702009777

11-000369-0494-TRA

DIANA PAMELA ARAYA HERNANDEZ

1-13100017

115853

DSFC11AJU00860

11-000559-0494-TRA

OSCAR ALBERTO SOLANO CONEJO

5-246-587

MOT 254405

LC6PAGA1780835628

09-004178-0494-TRP

ROGER JOSE ALFARO VASQUEZ

3-302-965

C-135537

1HTSDAAN8SH635410

10-003244-0494-TRP

WENDY GONZALEZ CARVAJAL

1-1038-109

628582

93YBB01256J678361

10-003470-0494-TRP

CARLOS ALBERTO VARGAS GARCIA

1-1073-191

CL 168827

4S1CL11L5L4202938

11-000466-0494-TRP

JENNY MARIA GUEVARA BARRANTES

1-507-503

327384

JDAG203S000515159

09-009807-0305-PES

LUIS ALBERTO GUERRA GOMEZ

1-880-293

CL 235583

1FTCF15N2PKB64693

10-000686-0494-TRS

JUAN PORRAS VARGAS

2-363-755

CL 110352

JAANKR58LL7100156

10-002602-0494-TRS

MARIO BADILLA GOMEZ

7-147-212

428340

KMHVF21JPPU819857

10-002844-0494-TRS

PIELES TINOCO S. A.

3-101148940

225450

KMHJF31MPRU672131

10-002904-0494-TRS

ROY EDUARDO GUILLEN ARAYA

3-367-909

127724

AL10137533

10-003165-0494-TRS

TRANSPORTES ALAJUELA TURRUCARES S. A.

3-101126945

HB-001207

1BAAJCSA7RF060449

10-003180-0494-TRS

EDGAR MURILLO CARVAJAL

1-800-451

HB-2503

KMJWWH7HP4U602067

10-003220-0494-TRS

SOCIEDAD AMIGOS LIBRO AMERICANO AMILIA S. A

3101179569

233428

JM3LV5222L0246392

10-003330-0494-TRS

CRUZ DEL SOCORRO ROMERO RIOS

2-405-178

192519

KMHLA21J2HU190218

10-003456-0494-TRS

MARIA ALVAREZ RUIZ

2-265-786

659307

JT2EL43A2N0202251

10-003517-0494-TRS

JENNIFER  TATIANA VARGAS FLORES

2-623-612

630714

2C1MR2298T6753329

10-605858-0489-TCS

LUXEMBURG MMGR S. A.

3101429053

622363

1FMZU73K05ZA34066

11-000464-0494-TRA

ALLEN ARIAS CHINCHILLA

2-364-739

533838

1GNET16P236225133

11-000437-0494-TRS

KEVIN CORTES DURAN

1-1049-276

MOT 137250

C4NM501605

10-002154-0494-TRA

JOAN LAYNER

2-8832675

784864

SXA110138609

11-000151-0494-TRV

IRVING JORHANY PIZARRO MARCHENA

6-275-565

743767

JDAJ210G001071914

10-003946-0494-TRV

LAUREANO TOBAL SEGURA

6-146-882

MOT 81084

C4TC629375

11-000414-0494-TRA

FERNANDO JOSE OBISPO PEREIRA

D0539520

MOT 207402

LC6PAGA1780803018

11-000845-0305-PES

LUIS FERNANDO HERNANDEZ JIMENEZ

1-580-426

TA-850

1-580-426

09-003435-0494-TRS

INMOBILIARIA  JUPAUFR S A

3-101212789

147596

JT3YR36WOH003048

11-000419-0494-TRA

MAXCOL MARO INTERNACIONAL S. A.

3-101165387

MOT 263154

MD2DJS9Z79VE00341

11-000293-0494-TRF

ERICKA SUSANA CENTENO CESPEDES

4-199-522

MOT 239357

LYXTCJPAX80B00006

10-003132-0494-TRA

SILVIA PATRICIA MAYA PEREZ

1-787-443

571875

MNTVCUD40Z005403

10-002079-0494-TRA

KINERET S. A.

3-101-025306

EE-028016

SLP214TCU0911650

10-002164-0494-TRA

ANA ISABEL CARVAJAL VARELA

1-353-012

197795

KLATF19T1PB448200

10-002529-0494-TRA

SERVIFRENOS CARTAGO S. A.

3-101-151563

CL-16756

JA7FL24W7WP028187

10-002549-0494-TRA

SONIA ELENA OBANDO RIVERA

1-646-759

570530

1N4EB32A6PC723616

10-002594-0494-TRA

LIGIA SANABRIA BOLAÑOS

2-285-772

802540

KMJWAH7HPAU111841

10-002710-0494-TRA

THE ANCIENT NOMAD LTDA

3-102-514427

603321

JDAJ1026000570224

JUZGADO DE TRANSITO DE ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-002786-0494-TRA

MARTHA LORENA GUTIERREZ ALPIZAR

1-977-0456

603321

JDA31026000570224

10-003042-0494-TRA

JUNCAN MATHIEW PINEDA

1-780-069

791663

JTDBT123230287200

10-003107-0494-TRA

JUAN VARGAS  MORERA

2-640-272

543142

KMHV21LPSU2435351

10-003132-0494-TRA

SILVIA PATRICIA MOYA PEREZ

1-787-443

571875

KMHVF31JPNU540771

10-003177-0494-TRA

SUPER CARRIERS INTERNACIONAL S. A.

1-787-443

122350

LKJ5004537

10-003237-0494-TRA

PAOLA BOLAÑOS ZUMBADO

1-1193-112

756541

TC732461

10-003242-0494-TRA

HENRITA DE ALAJUELA S. A.

3-101185184

145705

EE 900121822

10-003489-0494-TRA

GERARDINA CORDERO RAMIREZ

6-170-930

354878

IGNORADO

10-003530-0494-TRA

CICLO REPUESTOS ALAJUELA INT S. A.

3-101152661

419713

KNJBT06K1J6141096

10-003570-0494-TRA

REYNALDO ANTONIO CANALES FUENTES

IGNORADO

735858

3N1CB51D8YL320707

10-009534-0305-PEP

MAYRA YANETH OCAMPO CORTES

2-557-419

453134

KMHJF31JPNU165020

11-000052-0494-TRP

INVERSIONES ORIENTALES DE VIVIENDA

3-101272484

380296

JMYLRV73W1J000361

10-003760-0494-TRA

JOHNATAN SUAREZ ARROYO

1-779-042

326093

KMHVD1237LU040848

10-003920-0494-TRA

JAVIER QUIROS PEREIRA

2-193-492

150214

BCAB13500592

11-000299-0494-TRA

PRAGA INGENIERIA S. A.

3-101441813

CL 217957

AN80N164001

11-000713-0494-TRF

ALBERTO PEREZ CAMACHO

5-300-938

MOT 163465

LXMTCJPM870002706

11-000299-0494-TRA

PERAGA INGENIERIA S. A.

3-101-441813

CL 217957

AN80N164001

11-000314-0494-TRA

LUIS ALBERTO VARGAS ANGULO

6-136-438

CL-232349

YC398522

11-000369-0494-TRA

DIANA PAMELA ARAYA HERNANDEZ

1-13100017

115853

DSFC11AJU00860

11-000389-0494-TRA

EDGAR ALPIZAR GUIDO

6-293-337

MOT 190621

LC6PCJD5570800820

11-000424-0494-TRA

LUIS FERNANDO GOMEZ PANIAGUA

2-430-373

CL 140498

JN6ND11836W001440

11-000414-0494-TRA

JORGE ROJAS CARRANZA

2-624-664

201255

JN1HJ01P2LT426709

11-000669-0494-TRA

EDITH MIRANDA NOVOA

5-344-541

412707

JN1HJ01P2KT2884488

09-004307-0494-TRV

LUIS ORTIZ AGUILAR

2,20121E+12

CL 201240

JALC4B153X7003529

10-001657-0494-TRV

JORGE VALVERDE MADRIGAL

1-441-310

347325

1Y1SK5369RZ030749

10-001787-0494-TRV

JUAN ISAIAS FLORES ALVAREZ

4-201-705

454259

KMHJF31JPMU059230

10-001909-0494-TRV

CECILIA RODRIGUEZ FERNANDEZ

7-600-685

462662

JSAFJB43V24100062

10-002245-0494-TRV

BELINA IMPORTACIONES E INNOVACIONES

3-101417790

CL 223513

MROCS12G400036170

10-002721-0494-TRV

ALEXANDER AGÜERO VARGAS

9-500-472

500363

JTDBT1132002606642

10-002716-0494-TRV

FRANCISCO ALVAREZ CARBALLO

2-223-504

731462

JS3TD02V0P4105877

10-002887-0494-TRV

OLIVIER MARIN SANCHEZ

1-402-329

CL 185314

JAAN1R71R27100042

10-002962-0494-TRV

JORGE MANUEL CHAVARRIA UMAÑA

1-399-1300

MOT 233080

LC6PCJK6580816562

10-002987-0494-TRV

GILBERTO HERNANDEZ MORA

9-480-100

718916

JDAJ210G001057427

10-003053-0494-TRV

CLARA ROSA ROJAS BOLAÑOS

9-270-149

792505

SXA100140472

10-003268-0494-TRV

KAREN MARIA ALVAREZ SALAS

2-466-129

390627

JM7BJ10M100111491

10-003268-0494-TRV

WILSON ENRIQUE CORTES NUÑEZ

5-303-754

465587

2CNBJ8U1M6915855

10-003308-0494-TRV

ARRENDAMIENTOS ARROPUNTO COM SA

3-101587469

812050

KMHJM81BDAU170066

10-003429-0494-TRV

ANA LORENA BARBOZA CHAVARRIA

1-546-191

219889

DSNCB1ARU01630

11-000052-0494-TRP

INVERSIONES ORIENTALES DE VIVIENDA S. A.

3101272484

380296

JMYLRV73W1J000361

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE ATENAS, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000100-0851-TR

LIZETH ALVARADO GONZALEZ

1-482-709

CL 245445

MNCUSFE40AW835297

10-000379-0851-TR

GRUPO DILAJON S. A POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE EL SEÑOR DAVRIN GONZÁLEZ ARTAVÍA

3-101-402157 2-519-0378

CL 235104

JV7012991

10-000392-0851-TR

DENIA M. CHINCHILLA BADILLA

1-646-055

657623

2TIAE09E2PC007293

10-000419-0851-TR

CARLOS ALBERTO VEGA ROMERO

1-1339-125

CL 232410

KN4HAW7342K023283

10-000428-0851-TR

JUAN CARLOS UBILLA CARRO

9-064-719

CL 093423

JF3AU5HL01G506782

 

 

 

 

 

JUZGADO TRANSITO DE GRECIA, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

11-000116-0899-TR

PROMOAUTOS SA POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL ERIKH GONZÁLEZ BARRANTES

 204070208

379380

JTDBT113200003531

11-000108-0899-TR

MORAYMA ROJAS ZÚÑIGA

601280077

550897

JDAL251S001003837

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE GUATUSO, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

2010-600056-0324 TC

EDGAR ANTONIO CÓRDOBA

PASAPORTE 142100

192771

KMHLF31J1JU463520

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA LA FORTUNA DE SAN CARLOS. ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

11-600051-671-TC 2

ANA GABRIELA RODRIGUEZ ARIAS

2-572-877

685592

JTDBJ21E104014879

11-600050-671-TC-1

MATEO ANDREI GORDIENKO

104780177

MOT-209090

9C2MD28917R100192

10-600046-671-TC

ANA MELANIA RIVERA ALVARADO

025RE002689001999

MOT-221095

LAEMNZ4008B951620

10-600046671-TC

EDGAR MAROTO CAMBRONERO

3-366-400

245945

JACCH58E5K7902106

10-600103-671-TC-1

CARLOMAGNO VILLEGAS RODRIGUEZ

2-360-922

342209

JN1GB21S2KU500342

10-600178-671-TC-2

AGRÍCOLA INDUSTRIAL LA LYDIA SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-015635

C 140806

4GTK7C135WJ600867

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO SAN CARLOS, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600922-0742-TC

INVERSIONES LOS NACIENTES H Y P SOCIEDAD ANONIMA

3-101-224990

340026

KMHVF21JPMU424425

11-600044-0742-TC

AMANDA DAISY ARIAS VALVERDE

2-237-306

CL 180578

JNAPC22L6GGM40169

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE SAN RAFAEL,  HEREDIA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000612-0375-TC

OSCAR BEJAR TELLO

8-0078-537

285336

NO INDICA

10-001046-0375-TC

LUIS PAULINO CASTILLO GONZÁLEZ

1-344-507

808515

NO INDICA

09-001774-0375-TC

ROBERTO VILLALOBOS CRUZ

1-1084-952

254921

NO INDICA

10-000951-375-TC

JUAN CARVAJAL GONZÁLEZ

5-221-159

MOT-267673

LCS5BKPK885XKF008

10-000761-375-TC

JERSON LÓPEZ SEGURA

5-146-1489

765680

KMHVF21NPVU416801

10-001007-375-TC

MAURICIO MOSCOA CÓRDOBA

1-127-90167

MOT-252145

LB2TCJ20982021172

10-001603-375-TC

CESAR SMITH SCOOT

15910002935

399136

KMHVA21LPTU235402

10-000196-375-TC

TAYLOR BROOKS LEIGH

4-000559749

CL-184445

MM7UNY08100178469

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA SAN ISIDRO. HEREDIA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600632-374-TC

ORDONEZ Y CIA LIMITADA, SUCURSAL COSTA RICA REPRESENTADA POR MARTA EUGENIA ESQUIVEL RODRÍGUEZ

3012432659

CL-132269

YN1060019173

10-600573-374-TC

BALLESTA S. A REPRESENTADA POR VIOLERA LARA CARRILLO

3101143361

408281

1GAHG39R7Y1142300

10-600661-374-TC

ELIECER VILLALOBOS MÉNDEZ

204350611

C-139632

1XKWDB9X3GJ330427

09-600489-374-TC

FELIX OMAR FLORES SÁNCHEZ

135-RE-012241

536023

KMHVF31JPPU860115

09-600531-374-TC

MARITZA N. DELGADO MORENO

155814341832

629833

WC720573

10-600523-374-TC

JOSÉ ALEJANDRO MONGE MENDEA

112200173

CL-211180

JHFAF03H369000041

10-600650-374-TC

YANIRA ARLEY REINA

PA0069205

C-151719

1GDM7C1C92J513182

 

 

 

 

 

JUZGADO TRANSITO CARTAGO

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

100040670496TR

 NOEL BOLAÑOS MUÑOZ

400910452

843433

1NXAE04B7RZ138864

100035250496TR

ANTONIO ABARCA SANDI

104970791

515789

1N4AB41D0TC776774

100016030496TR

ANA CIRCE GAITAN CORNEJO

106010478

TC 000524

KMHVF24N5XU577711

090047810496TR

HAZEL CORTES SANCHEZ

109730031

757024

JS3TA74V594100465

100040010496TR

ALBERTO BVENAVIDEZ CHINCHILLA

112020762

347138

1HGCB7541NA225218

100040980496TR

YAHAIRA MARIA ULATE GARRO

304120594

814245

KMHVA21NPVU272537

100039680496TR

VICTOR QUIROS ALVAREZ

302420744

TC 631

KMHVA21NPTU124324

110004200496TR

MANUEL SNOWBALL RETANA

102700189

268904

KMHLA31J0JU247785

100038330496TR

RICARDO SALAS TORRES

112220729

130372

JHMAB5225EC045059

100039070496TR

VICTOR PEREZ CERVANTES

30259034

TC 546

KMHVA21NPVU281723

100026030496TR

MARIO FERNANDEZ ARAYA

302180574

371197

KMHVF31JPMU424819

110002830496TR

SALOME RODRIGUEZ CALVO

203000338

450859

1NXBR18E2WZ000809

100024090496TR

YAMILETH ARAYA MENDEZ

301991023

641217

VZN13080822189

100038170496TR

CRISTIAN MONGE QUIROS

108430780

770411

KMHJF31JPSU883910

100027080496TR

CRISTIAN MURILLO GAMBOA

303270472

747564

JN1BCAC11Z0015970

100027080496TR

RODRIGO VILLALOBOS CASTRO

106530737

175850

KMHLA22JXJU238150

110000430496TR

WILLIAM GERARDO PICADO MENDEZ

109420188

CL 100362

9BGTE80JHHC147514

090004820569PE

NELSON CEDEÑO MADRIZ

110060380

149017

JN1PB15S1DU009963

110006020496TR

FAUSTINO SOLANO CALVO

300700301

218521

JN1GB21S1KU526303

110003350496TR

PATRICIA MORA JIMENEZ

110320995

680547

KMHDN46D95U181888

100030030496TR

TELMA GAMBOA PALOMO

600560712

369048

KMHJF23R4SU864534

100039000496TR

REMODELACIONES Y SERVICIOS DE MANTENIMIENTO T&B S. A

3101211845

CL 198095

9BD25521348732473

JUZGADO TRANSITO CARTAGO

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

100035250496TR

ANGEL GUERRA S. A. RLTDA, REPRESENTADO POR MARIO LUIS ZANOTTI CAVAZZONI

3102198924

CL 189601

JTFAD426600071244

100036090496TR

TRASNSPORTES HERRERA S. A., REPRESENTADO POR JOSE FABIO HERRERA FERNANDEZ

3101079954

CL 155724

BU1000109442

100037710496TR

TRANSPORTES REFRIGERADOS DE CARTAGO S. A REPRESENTADO POR MANUEL ANTONIO ALVARADO CESPEDE

3101122148

C 150664

1FUYDDYB5XLA69632

090029690496TR

CONSULTORES FINANCIEROS COFIN S. A REPRESENTADO POR DANILO ZAMORA MENDEZ

3101291070

CB 1787

KMJTA18BP3C900180

100033270496TR

LA FIESTA PLATEADA S. A, REPRESENTADO POR ROSALIO ORTEGA HEGG

3101279536

CL 237146

1N6DD26T34C475081

110000990496TR

CORPORACION GUAYMI S. A REPRESENTANTE LEGAL VERA VIOLETA RIVERA BATRES

3101113194

C 28778

1FUPTCYB1JH331565

110004280496TR

ARGON LIMITADA,  REPRESENTADA POR CARLOS RAMÓN ARCE VEGA

3102018374

CL 129750

LN1060091312

110000460496TR

AUTOS GBS C.R S.A REPRESENTADA POR GABRIEL ANDRES SEGURA CORRALES

3101546813

494651

KMHVF31JPPU766863

110000920496TR

SEGURIDAD TANGO SA, REPRESENTADA POR WILLIAM BENAVIDES LOPEZ

3101295842

MOT 289116

LTMJD19A5A5101523

100040720496TR

INVERSIONES COLACHO SA, REPRESENTADA POR  LUIS GONZALO CARTIN GOMEZ

3101124519

CL 213233

KNCSE211577188668

110004620496TR

TRANSPORTES R.M.J S. A REPRESENTADA POR GRACE GERARDA CHAVES PICADO

3101582289

CL 235784

MMBJNKB408D084257

110004730496TR

CARS & CARS S. A REPRESENTADO POR JOSE MANUEL DURAN GRANDE

3101343749

469004

WAUZZZ8E22A098573

100030190496TR

CONSTRUCTORA GRUPO INTERNACIONAL Y DESARRROLO DE SAN JOSE S. A., REPRESENTADO POR ANTONIO RODRIGUEZ AGUILAR

3101157891

615543

KNAFE222265235770

100030090496TR

SERVICIOS DE LOGISTICA JIRETH S.A., REPRESENTADO POR GERARDO LEON QUIROS

3101412820

CL 242469

KMCXNN7BP1U490374

100031230496TR

COMPAÑÍA FARMACEUTICA S. A., REPRESENTADA POR LIDIA BARQUERO ZAYAS

3101002403

MOT 199417

LC6PCJG9470824007

100029070496TR

ASESORES GLOBALES GSG DE COSTA RICA S. A, REPRESENTADO POR JOSE GERARDO BRENES ALFARO

3101529987

156317

1HGCA5522HA043439

100038140496TR

GLORIA ELENA AGUDELO MOJICA

800500122

623703

JTDKW923800004087

110002200496TR

IRENE CASTRO SOTO

202400092

380428

KNAFB222XY5509779

100002560496TR

ANA YANCY BRENES MONGE

303500545

509920

KMHJF31JPNU250357

100030360496TR

PATRICIA FERNANDEZ JIMENEZ

112590395

811244

XC729858

100031930496TR

TERESA DIAZ GUTIERREZ

105980124

247400

KMHVF12J5MU301907

100027690496TR

LIDIETTE SALAZAR PALMA

103981225

510520

9BWJB49A13P032507

100025990496TR

DAGOBERTO RUIZ GUADAMUZ

503080372

194773

1HGEC4632HA065011

100038660496TR

HENRY CHAVARRIA ARAYA

602040102

407247

KNADA22K2NA462331

100037110496TR

MARIA PEREIRA PEREIRA

302330625

848773

EL420440604

110004000496TR

ROXANA MARIA ARCE ACUÑA

301990666

772588

KMHVA21LPTU174213

100036930496TR

CARLOS ALBERTO CALVO SANDI

109480237

265891

JT2EL31F3L0482493

110003710496TR

MEYLIN ACHOY VARGAS

109570750

276530

JMB0NV430WJ000156

110006090496TR

PATRICIA HORTON CHAVARRIA

304190274

660769

KNJLT05H8S6117180

100033100496TR

JORGE RUCHNOR MASIS

107630140

798650

JF1SH5LS59G075665

110002910496TR

SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA TORREMOLINOS SSVT S. A REPRESENTADO POR LUIS ANTONIO CALVO MORALES

3101435744

MOT 266718

LZSJCML0075002910

100031700496TR

CONDYTRANS SA, REPRESENTADA POR JOSE HERNAN BRENES NUÑEZ

3101266774

CL 174473

BU2110007252

100030910496TR

 MONTES URUCA S. A REPRESENTADO POR JOSE KRUCKER STUBI

 

EE 25692

126340

100040230496TR

DERIVADOS DEL VALLE S. A., REPRESENTADO POR LUCIA GOEZ CHAVES

3101139960

CL 187055

FE519BA40198

100027210496TR

SERVICIOS RAPIDOS DE GRUAS HNOS NN S. A., REPRESENTADO POR ELENA PATRICIA MENDEZ AGUILAR

3101311516

CL 247980

4YJ802994

110000640496TR

TORREANA S. A. REPRESENTADA POR CECILIA ORTIZ SUÑOL

3101173804

261686

1HGEG8647NL037175

110003360496TR

SERVICIOS ADMINISTRATIVOS VARGAS MEJIAS S. A. REPRESENTADA POR JOHAN VARGAS MEJIAS

3101203897

MOT 280728

ME4KC09BX98101490

 

 

 

 

 

JUZGADO PENAL DE CARTAGO

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

08-001051-0058-PE

NO INDICA

NO INDICA

165675

J F1AN42BOHB449115

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTIA TURRIALBA, CARTAGO

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

11-000112-1008-TR

MARIA CHAVES CALDERÓN

3-0254-0811

024309

F50950580

11-000137-1008-TR

JOSE MORA SÁNCHEZ

3-0227-0567

C 148077

2HSFMAMRITC049659

11-000141-1008-TR

ADOLFO MADRIGAL GONZÁLEZ

030253-0510

433373

KMHVF14N5SU159099

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE GARABITO, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

11-600046-0445-TC

WILLIAM ANTONIO CARMONA QUESADA

1-0407-0833

566825

93CXM19R24C141978

10-600270-0443-TC

ARTURO ERNESTO CABALLERO ORDOÑEZ

16040000737 (RESIDENCIA)

752202

JTDBJ42E109002440

10-600270-0443-TC

EMILCE OROZCO FONSECA

3-0195-0093

536381

KMHVF21NPRU072782

11-600056-0445-TC

JEFREY ALBERTO ROJAS MARIN

1-1152-0334

739388

2T1AE04B5RC053541

10-600293-0445-TC

JOHN LOUIS O TOOLE

039221268

CL-167015

4TARN81A6PZ141381

11-600047-0445-TC

KARLA VANESSA GRANADOS BENAVIDES

1-1046-0944

498868

JHMEJ6570VS12753

11-600052-0445-TC

JULIAN ANDRES GOLDSZTEP

25239562

644133

KMHVD14N6TU181166

11-600051-0445-TC

WILFONG III JAMES GARFIELD

PASAPORTE 097337859

394627

KMXKPE1HPYU349688

10-600007-0445-TC

JORGE PÉREZ ARIAS

01-0553-0119

473105

KMHJF31JPNU333442

11-600048-0445-TC

WALTER VILLEGAS ROSALES

6-0246-0501

801361

KMHVA21NPTU199871

11-600040-0445-TC

LILLIANA AUXILIADORA VENEGAS CASTILLO

1-0822-0327

585092

KMHVA21NPTU213504

11-600040-0445-TC

XIANY LUCRECIA CASTILLO ROJAS

2-0378-0440

CL 232186

8AJFZ29G906032906

11-600011-0445-TC

CAROLINA ÁLVAREZ CASTRO

1-1443-0873

591958

VF33CRHYM5S022033

10-600347-0445-TC

POTRERO PURA VIDA SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-449787

390868

JN1TAZR50Z0021072

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-601050-607-TC-1

CORPORACION PAPATURRO S. A

3-101-374293

242612

LJ700001792

10-601684-607-TC-1

RODRIGO RAMIREZ VILLALOBOS

4-114-697

779637

JDA000F7000641456

10-601669-607-TC-1

FRANKLIN MURILLO BALTODANO

6-143-224

272207

JA4GK1S2NJ008824

11-600052-607-TC-1

JONNATHAN CHAVARRIA MEJIA

7-206-748

243499

1HGED3549LA043324

10-601116-607-TC-1

NAREL INVESTMENT S. A

3-101-387300

CL-234936

KMFXKS7APTU016758

10-601645-607-TC-1

YEHUDI CANTON FERNANDEZ

1-864-405

638830

KMHVF21NPSU247124

10-601325-607-TC-2

KAREN LEDEZMA GARCIA

6-235-261

508460

2CNBJ1863S6902359

10-601391-607-TC-2

MARIA VEGA PORRAS

1-757-977

CL-245567

MPATFR54H9H500951

10-601688-607-TC-2

DIONEL MENDEZ SALAZAR

6-277-837

MOT-130722

9C2JD20105R520012

10-601031-607-TC-3

ANGEL GUERRA S.R.L.

3-102-198924

CL-197625

JTFAD426100089859

10-601557-607-TC-3

SHIRLEY VILLALOBOS QUIROS

6-252-777

CL-136437

1N6HD16S5JC396607

10-601428-607-TC-3

CARMEN CRESPO PERERA

1-142-161

153911

2PB12M008725

10-601644-607-TC-3

ASDRUBAL GUTIERREZ CABALCETA

6-238-938

TP-752

JTDBT923171052592

10-601623-607-TC-3

VANESSA MORENO QUIROS

1-817-566

421158

JT2EL46B3N0230113

10-601623-607-TC-3

RAMON QUESADA NUÑEZ

5-234-192

650514

JTDBJ22E404013918

10-601455-607-TC-3

JOSE HERRERA MORA

6-288-978

TP-255

MMBJNKB408D006638

10-601605-607-TC-3

ALVARO PANIAGUA MORA

6-310-559

MOT-285198

L5DPCKB29AZL00207

10-601169-607-TC-3

ALEX RAMIREZ SALAS

1-989-684

326431

KMHVF22J3LU146441

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONALY DE MENOR CUANTÍA DE OSA, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

11-600022-442-TC

FREDDY CERDAS RODRÍGUEZ

1-0869-0789

CL-156850

JM7UFY0W5W0135188

10-600002-0442-TC

VICTOR HUGO RUÍZ OBANDO

6-153-478

710141

AE1010085239

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE COTO BRUS, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

11-600011-441-TC

RICARDO ENRIQUE SOLÍS RETANA

2-267-514

SJB-7444

KMJTA18BPXC900056

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE NICOYA, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

11-000033-0768-TR

CORPORACION DE SERVICIOS MULTIPLES DEL MAGISTERIO NACIONAL REPRESENTADA POR JOSE ANTONIO CASTILLO ARAYA

3-007-071587

3-178-377

665147

KNAMB761376147180

10-000413-0768-TR

MARCELO GABANA

PASAPORTE AA033756771

428194

HZJ800029078

10-000303-0768-TR

JENNIFER RUIZ RODRIGUEZ

503050609

834924

WC507346

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE NICOYA, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000446-0768-TR

BRAD THOMSON

PASAPORTE 038248348

33260

FALTA INFORMACIÓN

11-000066-0768-TR

JAVIER ALBERTO LOPEZ MONTERO REPRESENTANTE LEGAL DE PREGO MOTOR DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA

1-543-097

646453

JDAJ10G001008521

 

 

 

 

 

JUZGADO DE MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO DE SANTA CRUZ, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000571-0783-TR

ANDREA MARIA NÚÑEZ MUÑOZ

4-0190-0667

384013

KMHVF31JPRU937292

11-000016-0783-TR

LEONARDO JOSÉ BARRANTES MARCHENA

05-0349-0574

327524

4S2CG58E1S4314181

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE BAGACES, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600069-0399-TR

MARY VANESSA CABALCETA PEÑA

1-0839-0639

481529

NO INDICA

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE CAÑAS, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600185-402-TC

SALOMÓN RAMÍREZ ZUMBADO

4-0169-0949

408328

JN1PB22S9JU578081

10-600199-402-TR

TRACTORES DE LA PAMPA SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-49850

CL-249871

MNCUSFE40AW846806

10-600067-402-TR

FABIO DANILO CAMACHO RODRÍGUEZ

1-0983-0155

C-182664

JAACL11L5S7208704

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE ABANGARES, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600093-0403-TR

EMPRESA MAS ALLA DEL ATARDECER S. A. R/ARNOLDO OCAMPO ARDON

CED IDENTIDAD 02-0150-0062

CL-216130

3B7KF23D8VG799966

10-600149-0403-TR

MAICOL ANDRES UMAÑA CRUZ

1-1336-0976

638764

K850VP014213

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE LIMON

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600561-498-TR

CACERES CABALCETA JOSE

135RE044804

C-149687

1FUYDSEB6YLF78249

10-600977-498-TR

DUNCAN FRANCIS LUCRECIA

7-074-085

TL-373

JTDBJ41E30J002178

10-601312-498-TR

MICHELIS  S. A.

3-101-191153

253201

JN1PN34S0HM042253

10-601330-498-TR

M & R MAGA SOCIEDAD ANONIMA

3-101-296576

C-156036

1FUJA6CG81PJ28517

10-601408-498-TR

SOLIS BONILLA MARIA EUGENIA

1-391-1249

619221

JTDBT113300403615

10-601488-498-TR

TRANS. ACUCOSA CARIBE  S. A.

3-101-405132

LB-1494

1FDXJ75C04VA04999

10-600030-498-TR

DISTRA. ANARAMAM AL DEL ESTE S. A.

3-101-215012

C-134227

1FUYDZYB0TL846139

11-600084-498-TR

DISEÑOS INMOBILIARIOS MANZANILLO S. A.

3-101-459670

CL-183705

JTFAY117502000764

11-600119-498-TR

TRANP. MAXX DEL CARIBE S.R.L

3-102-469855

C-145085

1FUYDDYB5YMF69723

11-600126-498-TR

BARRANTES MENDEZ FABIO

1-402-275

C-142566

1XP6DR9X5SD608559

11-600126-498-TR

RODRIGUEZ MORA VICTOR JULIO

1-356-779

C-142566

1XP6DR9X5SD608559

11-600148-498-TR

ZUÑIGA SABORIO NATIVIDAD

3-139-660

446155

KMHJF31JPRU632572

09-601080-498-TR

GONZALEZ MORA MERCEDES

RE:0216001999

623201

2T1AE04B2SC067175

09-601480-498-TR

AZOFEIFA ALVAREZ GUILLERMO

7-085-248

718521

VC718032

10-600436-498-TR

AGUIRRE ABEA GERARDO

1-810-062

612012

JS3TD03V3R4102442

10-600608-498-TR

BARRANTES CORRALES JORGE

2-249-216

C-124369

1HSRDGT8HH488181

10-600873-498-TR

MARIN GUZMAN DAVID

1-356-813

C-135809

1FUPBZYB5TL867974

10-600966-498-TR

PEREZ ACOSTA MERIBETH

7-190-321

549582

KMHNM81WP3U113523

10-600989-498-TR

ALFARO MEJIAS WILLIAM

2-589-548

C-151804

1FUYDPB7SP760080

10-600999-498-TR

DECAPROM  S. A.

3-101-322440

CL-231080

JHFCF43H909000701

10-600999-498-TR

BAIGUI AUTOPARTES S. A.

3-101-350889

MOT-128973

9C2JC30604R300125

10-601019-498-TR

MORALES SANCHO FLOR

1-442-131

450449

KMHVF21JPNU677639

10-601059-498-TR

VENTURA ESTRADA XIOMARA

7-150-538

390070

KMHVF31JPMU537209

10-601080-498-TR

BARRANTES VASQUEZ PEDRO

5-140-767

MOT-160265

LXMTCJPM270002698

10-601092-498-TR

MATARRITA MARENCO GRACE

7-077-407

TL-686

KMHCG45C01U193775

10-601131-498-TR

TRANS. INTERMODALES D AVANZADA S. A.

3-101-289604

C-128846

1HSRDGTR1KH692179

10-601169-498-TR

PEREZ SOLANO ALVARO

5-142-804

589960

KMHVA21NPVU237236

10-601233-498-TR

MOLINA PICADO JOSE

7-146-852

CL-124646

YN850045695

10-601301-498-TR

RODRIGUEZ ROSALES ERICK

5-275-607

526662

KMHJF31JPPU452079

10-601305-498-TR

CECILIANO CASTRO GERARDO

1-531-575

C-155212

1FUJA6CG22PJ03629

10-601221-498-TR

CAMPOS MORALES LUIS ENRIQUE

7-096-950

C-144172

1FUYDSEB8SH578731

10-601413-498-TR

MONTES CHING SAYLIN

7-135-683

586624

KMHVA21NPTU174022

JUZGADO DE TRANSITO DE LIMON

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-601429-498-TR

SOLANO VEGA LILLIAM

9-092-920

C-28021

EHB24231

10-601452-498-TR

ELECTRODOMESTICOS MABECA S. A.

3-101-150651

640841

3N1EB31S9ZK713943

10-601457-498-TR

MORA LOBO RANDALL

5-293-421

C-143023

1FUYDCYBXNH484730

10-601482-498-TR

KURR MONTIQUE LORNA

7-081-945

TL-243

KMHJF31JPSU885795

10-601486-498-TR

RODRIGUEZ MOYA MARTIN

3-269-785

C-127249

HHB15925

10-601486-498-TR

NUÑEZ OVIEDO FERNANDO

2-292-631

C-140470

J673585

10-601514-498-TR

CASTRO MARTINEZ LEIDY

7-099-009

535279

KMHJF31JPNU259508

 

 

 

 

 

 

Se hace del conocimiento de estas personas, que de conformidad con lo establecido en el artículo 160 de la Ley de Tránsito, tienen derecho a comparecer al Despacho Judicial dentro del término de ocho días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, a manifestar si desean constituirse como parte o no del proceso, con la advertencia de que no hacerlo, se entenderá que renuncian a ese derecho y los trámites continuarán hasta sentencia. Publíquese.

San José, 05 de mayo del 2011.

                                                              Alfredo Jones León,

1 vez.—Exonerado.—(IN2011034675).        Director Ejecutivo

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

CONCURSO ÚNICO Nº CJ-14-2011

segunda PUBLICACIÓN

El Consejo de la Judicatura, el Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial y la Escuela Judicial abren concurso para el programa de formación inicial para aspirantes a la judicatura (FIAJ)

JUEZ GENÉRICO O JUEZA GENÉRICA

 

Examen programado

para el:

Modalidad examen

Selección de personas candidatas para participar

en el FIAJ

Fase

teórico

práctica

Fase práctica

tutelada

27/06/2011

Prueba escrita por competencias profesionales que incorpora la evaluación de conocimientos (una prueba, valor 50% y la evaluación de competencias (ocho pruebas, 50%).

Posterior

al

16/08/2011

Del 24/10/2011 al 04/05/2012

Del 07/05/2012 al 26/10/2012

 

 

I.   Requisitos:

Generales:

   Ser costarricense, ciudadano(a) en ejercicio.

   Bachiller de secundaria. (Deberá remitirse en formato electrónico, escaneado)

   Licenciatura en Derecho. (Deberá remitirse en formato electrónico, escaneado)

   Incorporado(a) al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. (Deberá remitirse en formato electrónico, escaneado)

   Fotografía. (Indispensable presentarla al momento en que se le efectúe la valoración médica)

   Encontrarse al día con las obligaciones en el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

   Cumplir con lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera Judicial, el Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

   En caso de ser nombrado(a), se deben aprobar los cursos institucionales de carácter obligatorio en materia de: equidad de género, accesibilidad, servicio público de calidad, hostigamiento sexual y acoso psicológico en el trabajo y sistema de gestión.

Específicos:

   Conocer y aceptar todas las condiciones del Programa mediante la firma de un contrato de formación.

   Redactar una carta (2000-2500 caracteres) donde fundamente los motivos e intereses por recibir esta capacitación profesional y su afinidad por la solución del conflicto social. Es obligatorio para participar y deberá remitirse en formato electrónico en conjunto con los requisitos cuando se inscriba en el concurso.

II. Acerca de la inscripción:

a)  Inscripción electrónica: Es imprescindible que las personas oferentes se inscriban mediante la oferta electrónica de servicios en la dirección www.poder-judicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm y para funcionarios y funcionarias judiciales: intranet/personal/juecesyjuezas.htm

El Temario de la prueba de conocimientos se encuentra disponible en la dirección electrónica señalada, por lo que no se suministrarán por otro medio.

b)  Para la correcta inscripción en los concursos, es preciso que complete todos los espacios requeridos. Al final del proceso de inscripción, el sistema brinda el respectivo comprobante, caso contrario su solicitud será desestimada.

c)  No remita documento adicional por algún otro medio de comunicación manifestando su interés de participar en el concurso, ya que automáticamente queda inscrito(a) en línea. Para estos efectos, se habilitan las veinticuatro horas hasta la fecha de vencimiento del concurso.

d)  Quienes participen por primera vez como aspirantes a la Judicatura, además de inscribirse electrónicamente, deben enviar en formato electrónico (escaneado) los atestados que se requieren al cierre de este concurso o a más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha de su vencimiento. También deberán hacerlo las personas que no se encuentran elegibles en la Carrera Judicial o quienes lo hayan presentado en un período mayor de dos años.

III.   Condiciones del concurso:

a.  Relación entre las personas participantes y el Poder Judicial: La relación entre las personas participantes y el Poder Judicial es contractual, no laboral. Las personas escogidas que laboren para el Poder Judicial deberán tramitar un permiso sin goce de salario por el tiempo de duración del Programa.

b.  Beneficios que le brinda el programa: Instrucción gratuita; entrega de materiales sin costo alguno; acceso a bibliotecas de la institución y a aquellas pertenecientes a instituciones con las que se tenga convenio; utilización del laboratorio de cómputo y de todas las instalaciones y servicios destinados para la capacitación de las personas usuarias de la Escuela Judicial; entrega de un subsidio mensual por un monto de 500.000 colones durante los doce meses de duración del Programa.

Reconocimiento de dos puntos en Carrera Judicial por la aprobación del Programa FIAJ al igual que se realiza con el Programa de Formación General Básica de la Escuela Judicial.

c.  Compromisos de la persona participante:

1.  Conocer y aceptar todas las condiciones del programa y firmar el contrato de formación.

2.  Cumplir el calendario asignado: la fase teórico-práctica del 24 de octubre de 2011 al 4 de mayo de 2012 y la práctica tutelada del 7 de mayo al 26 de octubre de 2012.

3.  Realizar el Programa con resultados óptimos según los criterios de evaluación formulados por la Escuela Judicial y aprobados por el Consejo de la Judicatura.

4.  Aprobar cada uno de los módulos y talleres, asistir a las sesiones presenciales, a la práctica tutelada y a todas las actividades y visitas programadas.

5.  Durante la ejecución del Programa de formación, no podrá realizar actividades de abogacía y/o notariado. No podrá aceptar nombramientos interinos o en propiedad dentro o fuera del Poder Judicial.

6.  Durante los tres años siguientes a la aprobación del Programa, deberá estar disponible para laborar en el Poder Judicial en caso de ser nombrado o nombrada.

7.  El incumplimiento de los deberes asumidos por la persona participante, según el Programa y el contrato, darán lugar a la rescisión unilateral y forzosa de la relación contractual. En tal caso, deberá devolver los subsidios recibidos, con intereses al tipo legal, y deberá pagar cualquier otro gasto generado a la institución.

8.  En caso de no aprobar el Programa o de retiro injustificado, deberá pagar lo establecido en el punto 7 anterior.

9.  Rendir una garantía a satisfacción de la institución.

10.  Suscribir una póliza de seguro estudiantil.

11.  Los demás que determine la Escuela Judicial para lograr los objetivos del programa.

IV. Criterios de selección:

    Para el programa de formación inicial se seleccionará a 25 personas candidatas.

    Las personas aspirantes serán seleccionadas por prelación de notas.

    Las personas que no sean seleccionadas para este Programa podrán continuar en el concurso a efectos de obtener su elegibilidad en el sistema de Carrera Judicial, en cuyo caso, si resultan nombradas en propiedad en la Judicatura, deberán aprobar el Programa de Formación que diseñe la Escuela Judicial.

V.  De los componentes por valorar:

    Examen: Los y las aspirantes deben someterse a una prueba escrita de conocimientos por competencias profesionales, ante el tribunal examinador, con un valor de 50% de la nota final, y a ocho pruebas que valorarán competencias profesionales, con un valor de 50% de la nota final. El tiempo total de aplicación de las pruebas es de cuatro horas.

Las personas que realizarán las evaluaciones deben presentarse a partir de las 8:00 a. m., y hasta las 8:30 a. m. No se admitirá aspirantes después de la hora señalada. Para realizar las evaluaciones se les entregará un sobre con la totalidad de las pruebas. Estas deberán ser realizadas y extraídas del sobre, una a la vez, en un tiempo determinado. Asimismo, una vez finalizada debe ser colocada nuevamente en el sobre. El orden de las pruebas no debe ser alterado o mantener más de una, fuera del sobre. El incumplimiento de esta disposición, será motivo de anulación de la prueba.

Las siguientes son las competencias profesionales a evaluar:

Capacidad cognitiva: capaz de identificar un problema y evaluar las causas profundas que lo provocan; busca soluciones eficientes y realistas mediante la identificación de información relevante; formula hipótesis; evalúa las consecuencias y programa las actividades requeridas para alcanzar un objetivo determinado con el fin de generar alternativas de solución, utilizando un enfoque sistemático.

Inteligencia integradora: capacidad mental para buscar e identificar información relevante, integrarla y organizaría en un cuerpo coherente de conocimientos para identificar y programar las actividades requeridas para alcanzar un objetivo determinado.

Creatividad: capacidad para generar con regularidad nuevos enfoques, aportes y respuestas con soluciones innovadoras y válidas a problemas y situaciones de la labor judicial, mediante combinaciones nuevas y apropiadas de elementos con diferentes perspectivas y paradigmas.

Comunicación escrita: habilidad para transmitir información, ideas y criterios a través de la escritura, aplicando la terminología adecuada y adaptándola a los procedimientos del sistema judicial, de manera que sea comprensible e unívoco, así como la habilidad para comprender los mensajes escritos y los documentos técnicos elaborados por otras personas que tengan relevancia para desempeñar su labor.

Capacidad para dirección y toma de decisiones: habilidad para proponer, canalizar y fomentar de forma ágil la resolución de situaciones propias de los procesos judiciales mediante un enfoque proactivo y eficiente que se adecué tanto a las exigencias presentes como a aquellas que surjan con posterioridad. Demanda un nivel de autoridad racional y objetiva en el cual se ponderen todos los aspectos pertinentes que permitan gestionar la toma de decisiones propicias según cada circunstancia.

Inteligencia emocional: la inteligencia emocional es el conjunto de conocimientos, capacidades y actitudes necesarias para comprender, expresar y regular de forma apropiada los fenómenos emocionales. Estas habilidades y competencias determinan la conducta de un individuo, sus reacciones y sus estados mentales, y puede definirse como la capacidad de reconocer nuestros propios sentimientos y los de las demás personas, de motivarnos y de manejar adecuadamente las relaciones.

Trabajo en equipo: capacidad de promover, fomentar y mantener relaciones de colaboración eficientes con miembros del ámbito judicial así como otros grupos de trabajo que resulten pertinentes con la integración de esfuerzos comunes que garanticen el óptimo desarrollo de la práctica judicial.

Objetividad: capacidad de emitir una resolución objetiva, basada en los elementos normativos, probatorios y demás aspectos de los procedimientos, desligándose de sus convicciones personales y valoraciones subjetivas.

    Entrevista: Quienes tengan posibilidad de quedar elegibles se someterán a una entrevista con por lo menos dos integrantes del Consejo de la Judicatura, la cual versará sobre la organización del Poder Judicial, la actividad jurisdiccional en general y específica del área a la que se aspira, aspectos del sistema jurídico costarricense y sobre la cultura jurídica de la persona aspirante.

    Experiencia profesional: Se califica a partir de la fecha de Incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

Si como profesional en Derecho, posee experiencia laboral externa al Poder Judicial, se deberá aportar lo siguiente:

v Abogado(a) litigante: Declaración jurada no protocolizada sobre los periodos que fungió como abogado(a) o notario(a). (Deberá remitirse en formato electrónico, escaneado)

v Empresa o institución: Constancia emitida por esta que especifique:

1.  El o los puestos desempeñados.

2.  Requisitos y especialidad del o de los puestos profesionales.

3.  La fecha de rige y vence de los períodos laborados.

4.  Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso de que los haya disfrutado, se debe señalar el período.

5.  El motivo de salida.

6.  Si hubo o no pago de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley. (Deberá remitirse en formato electrónico, escaneado)

En concordancia con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de Carrera Judicial, a aquellas personas que ya cuenten con elegibilidad y que participen en un concurso de una misma categoría y materia, se les considerará la experiencia ya acreditada, sin variar la fecha establecida conforme al numeral anterior. Se podrá computar nueva experiencia únicamente si ya ha superado el plazo de dos años desde el anterior corte.

    Promedio académico: Para promediar este componente, debe aportar la certificación de notas de la carrera universitaria. (Deberá remitirse en formato electrónico, escaneado)

    Publicaciones: La guía para la calificación de los y las participantes en la Carrera Judicial contempla únicamente el reconocimiento de ensayos y libros atinentes a la disciplina del Derecho, previo estudio y reconocimiento de la Unidad de Componentes Salariales del Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial.

    Docencia: Debe presentar en formato electrónico, escaneado, constancia con membrete emitida por la universidad donde fue docente, en la cual especifique el nombre del curso, el cuatrimestre y el año en el cual se impartió.

    Posgrado: Se reconocerán dos puntos por la especialidad o por la aprobación del Programa de Formación General básica para Jueces y Juezas; tres puntos por la maestría y cinco puntos por el doctorado. El tope máximo en este rubro es de cinco puntos y no es acumulativo. (Deberá remitirse en formato electrónico, escaneado)

    Capacitación recibida: Se reconocerán los certificados de capacitación en la Carrera Judicial, siempre que contengan la cantidad de horas establecidas; la capacitación sea impartida por alguna institución de renombre, atinente a la disciplina del Derecho y sea realizada luego de la incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. (Deberá remitirse en formato electrónico, escaneado)

    Evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas: A quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se les realizarán evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas, cuyos resultados serán parte integral del proceso de selección. La información derivada de su participación en este concurso será utilizada por los órganos decisorios.

    Promedio final de elegibilidad:

Para las personas candidatas seleccionadas en el Programa de Formación Inicial para Aspirantes a la Judicatura (FIAJ):

Para ser consideradas elegibles, las personas deberán aprobar el FIAJ. En este caso, el resultado obtenido en este Programa se ponderará con la nota de la prueba de aptitud y conocimientos más los componentes correspondientes a la entrevista, promedio académico, experiencia, publicaciones, docencia, posgrado y cursos de capacitación, a razón de un 40% y un 60% el Programa de Formación Inicial (FIAJ). La nota mínima de aprobación del FIAJ será de 75%.

Para las personas candidatas que no sean seleccionadas en el FIAJ y, por lo tanto, continúan con el programa de ingreso a la Carrera Judicial:

Se ponderará el 100% de la nota de elegibilidad con el puntaje obtenido en la prueba de aptitud y conocimientos, más los componentes de entrevista, promedio académico, experiencia, publicaciones, docencia, posgrado y cursos de capacitación.

    Conclusión del concurso: El concurso se dará por finalizado conforme lo disponga el Consejo de la Judicatura.

VI. De la sanción, solicitudes de exclusión y reprogramaciones

    De la sanción: En concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial, no podrán participar en este concurso aquellas personas que fueron descalificadas por no haberse presentado a realizar el examen en el concurso CJ-11-2010 de Juez Genérico o Jueza Genérica.

Asimismo, todas aquellas personas oferentes que se inscriban en este concurso y no se presenten a realizar el acamen o se presenten posterior a las 8:30 a. m. del día indicado, o se le anule el examen, serán descalificadas de forma inmediata en este acto, por lo que no podrán participar en el siguiente concurso. Esta disposición aplica para aquellas personas participantes que no aprueben el FIAJ o que no superen el 70% en su promedio final.

    Exclusión: No se aceptarán solicitudes de exclusión del concurso, excepto en casos muy calificados. El Consejo de la Judicatura valorará los motivos de fuerza mayor siempre y cuando estén debidamente justificados. Para las personas seleccionadas en el FIAJ, aplica lo establecido en el punto 7 del inciso c), apartado III de este cartel.

    Reprogramación: Solo se podrá solicitar la reprogramación de la prueba de selección en los cinco días hábiles posteriores a la fecha del examen y únicamente procede en casos muy calificados y debidamente justificados mediante documentos que acrediten su gestión ante el tribunal examinador. En el caso de incapacidades, estas deben ser emitidas por la C.C.S.S. o, en su defecto, por el médico o la médica de empresa de la institución. Las personas candidatas que soliciten reprogramación de la prueba deberán tener en cuenta que la selección para el FIAJ se realizará posterior al 16 de agosto del 2011.

Salvo en casos emergentes que serán valorados por el tribunal examinador, no se aceptarán solicitudes de reprogramación por asuntos de trabajo. En los casos que ya se hubiera cambiado la cita inicial, salvo motivos de fuerza mayor que será valorado por el Consejo de la Judicatura, no se dará trámite a solicitudes de reprogramación de examen.

VII.  De las notificaciones

    Para todos los efectos, la Sección Administrativa de la Carrera Judicial utilizará como principal medio de notificación el correo electrónico, por lo que quienes ofertan deben señalar correctamente la dirección electrónica para atender notificaciones; por lo tanto, deberá mantener ese medio en óptimas condiciones, ya que, una vez comprobada la entrega electrónica, se dará por notificado el asunto.

    En caso de indicar incorrectamente el correo electrónico o de no encontrarse éste en óptimas condiciones al momento de efectuar la comunicación, se exime de toda responsabilidad a la Sección Administrativa de la Carrera Judicial y se tendrá por realizada la notificación 24 horas después de dictada la resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico señalado, debe ser comunicado a esa oficina al correo carrera-jud@poder-judicial.go.cr

Consultas:

Escuela Judicial: a los teléfonos 2267-1541/2267-1533/2267-1527 o a los correos electrónicos escuelajudicialFIAJ@poder-judicial.go.cr; kescabar@poder-judicial.go.cr

Sección Administrativa de la Carrera Judicial, ubicada en el cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), horario de atención de 7:30 a. m. a 12 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m., de lunes a viernes o a los teléfonos 2295-3918 / 2295-3781 o al correo electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr

Este concurso vence el 20 de mayo del 2011

La inscripción por medio electrónico, se habilita

hasta las veinticuatro horas de la fecha indicada.

San José, 4 de mayo del 2011.—Departamento de Personal.—MBA. Francisco Arroyo Meléndez, Jefe.—1 vez.—(IN2011033247).

SALA CONSTITUCIONAL

segunda PUBLICACIÓN

ASUNTO:   Acción de Inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las quince horas y treinta y cinco minutos del dos de mayo del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-004241-0007-CO promovida por Lemuel Byram López para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 31 de la Ley número 7302, “Ley de Creación del Régimen General de Pensiones con cargo al Presupuesto Nacional, y los artículos 47, 48, 49, 50 y 51 del Decreto Ejecutivo 33080-MTSS-H, que es reglamento a la Ley 7302, por estimarlos contrarios a los artículos 11, 50, 51, 73 y 74 de la Constitución Política. Las normas se impugnan en cuanto establecen que el disfrute de la pensión se suspenderá por el desempeño de cualquier cargo remunerado en la Administración Pública, por lo que una persona que reciba pensión no puede recibir salario por parte del Estado, situación que lesiona el derecho al trabajo y a la seguridad social del pensionado. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 3 de mayo del 2011.

                                                    Marta Yanori Quesada Morera

(IN2011033926)                                                    Secretaria a. í.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las nueve horas y cuarenta minutos del dos de mayo del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 10-013570-0007-CO promovida por Ramón De Mendiola Sánchez, mayor, casado,, administrador de empresas, portador de la cédula de identidad número 1-679-990, vecino de San José en su condición de apoderado generalísimo de la sociedad Florida Ice And Farm Company, Sociedad Anónima para que se declare inconstitucional la jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia vertida en los votos. números 290-F-S1-2009 de las 10:30 horas del 20 de marzo del 2009 y 000794-S1-F-2010 de las 14:10 horas del 1° de julio de 2010, según la cual se fija en un treinta por ciento el margen de utilidad del distribuidor, sin que exista fundamento normativo vigente para establecer dicho porcentaje. La jurisprudencia se impugna en cuanto fija el margen de utilidad, sin que exista fundamento normativo para ello, lo cual el violatorio del régimen constitucional tributario. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 3 de mayo del 2011.

                                                    Marta Yanori Quesada Morera

(IN2011033927)                                                    Secretaria a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 10-11565 promovida por Delsa María Calvo Soto, Ruth Calvo Soto en contra del Artículo 572 inciso 4 del Código Civil, se ha dictado el voto número 04575-11 de las quince horas con veintisiete minutos del seis de abril de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara con lugar la acción. En consecuencia se anula por inconstitucional las frases del inciso 4) del artículo 572 del Código Civil que siguen: “legítimos o naturales por parte de madre” “legítimos o natural por parte de la madre”. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Sin embargo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se dimensionan los efectos en el sentido de que la inconstitucionalidad declarada no afecta los procesos, sucesorios firmes o en los que se haya decretado en firme la exclusión de herederos con fundamento en las normas, declaradas inconstitucionales. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.”

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 13 de abril del 2011.

                                                           Gerardo Madriz Piedra

(IN2011033930)                                                       Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las once horas y cinco minutos del veinticinco de abril del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad Nº 11-003582-0007-CO, que promovida Dennis Janik, de un solo apellido en razón de su nacionalidad canadiense, para que se declare inconstitucional el artículo 27 de la Ley de Penalización de Violencia contra las Mujeres, Nº 8589 del veinticinco de abril del dos mil siete. La norma se impugna en cuanto establece una serie de tipos penales indeterminada, que violenta los principios de legalidad y tipicidad penal, los cuales constituyen una garantía para todas las personas, en cuanto a que toda conducta que se repute delictiva debe estar claramente descrita en una figura penal. Considera el accionante que el precepto infringe lo dispuesto en los artículos 28, 37, 39, 40 y 41 de la Constitución Política; 5.2, 7.2 y 9 de la Convención Americana de Derechos Humanos; 3, 5, 11 y 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. La generalidad y amplitud de esa norma permite adecuar cualquier conducta, lo que deja a las personas en una situación de desprotección frente al Estado, que podría ejercer su poder punitivo de manera abusiva, dado que para sancionar a una persona por los delitos contenidos en el artículo 27, pueden invocarse muy diversas conductas. La misma establece: “Quien amenace con lesionar un bien jurídico de una mujer o de su familia o una tercera persona íntimamente vinculada, con quien mantiene una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no, será sancionado con pena de prisión de seis meses a dos años.” Afirma el accionante que se trata de una norma escueta, abstracta y general. Cada juzgador puede interpretarla de manera distinta, lo que impide saber exactamente qué conductas podrían configurar el delito sancionado. Por la falta de concreción y determinación conceptual se deja un margen de discrecionalidad muy grande en manos del juzgador, y eventualmente, del Ministerio Público, en perjuicio de las personas que podrían verse como parte de un proceso penal por conductas poco o nada específicas, lo que resulta inconstitucional. Estima que frente a figuras tan amplias y generales, es claro que lo que ocurrirá es precisamente lo que el constituyente originario pretendió evitar, que el Estado intervenga en circunstancias muy variadas, dejando a las personas en completa inseguridad, evento inaceptable en un Estado democrático de derecho, dado que sin parámetros especificados, distintas conductas podrían ser objeto de persecución penal, con las graves implicaciones que representa encontrarse sometido a un proceso criminal. Las personas no podrían adecuar su conducta a la norma, por ni siquiera saber cuál es la conducta delictiva precisa y concreta, porque en el artículo cuestionado no se señala, dejando un peligroso portillo abierto para que sea la creatividad, cuando no el capricho y la arbitrariedad del Estado, lo que defina finalmente qué es amenaza y cuándo es una real. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (Resoluciones Nos. 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 26 de abril del 2011.

                                                    Marta Yanori Quesada Morera,

C-Exento.—(IN2011033960)                              Secretaria a. í.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las trece horas y treinta y siete minutos del trece de abril del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad Nº 11-000738-0007-CO, que promovida por María Gisela Ortiz Rivera, para que se declaren inconstitucionales el párrafo primero del artículo 160 de la Convención Colectiva del Instituto Nacional de Seguros, así como las Disposiciones para la Aplicación del Beneficio por Incapacidad firmadas por la Gerencia de ese Instituto, e incorporadas a dicha Convención Colectiva, por estimarlos contrarios al principio constitucional del debido proceso, al principio de legalidad, derecho de estabilidad en el trabajo y el derecho a la salud. Las normas se impugnan en cuanto las referidas Disposiciones para la Aplicación del Beneficio por Incapacidad establecen límites al período de las incapacidades, llegando al caso de otorgar unilateralmente licencias sin goce de salario, y en otros casos el despido. Asimismo, la accionante indica que las Disposiciones aludidas fueron emitidas a modo de reglamento por la Gerencia del INS, e incorporadas a la Convención Colectiva, sin haber sufrido el procedimiento de negociación y homologación convencional, todo lo cual estima lesiona el derecho a la salud, a la estabilidad en el trabajo y al principio de legalidad. Por otra parte, alega que el párrafo primero del numeral 160 ídem, lesiona el principio constitucional del debido proceso, toda vez que otorga la posibilidad de despedir a cualquier trabajador del INS sin darle el derecho de defensa, y sin respetar las garantías del debido proceso, como sucedió en su caso, ya que fue cesada de su puesto el 3 de enero de este año. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (Resoluciones Nos. 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 25 de abril del 2011.

                                                    Marta Yanori Quesada Morera,

(IN2011033964)                                                    Secretaria a. í.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las diez horas y treinta y nueve minutos del veinticinco de abril del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad Nº 11-002680-0007-CO, promovida por Luis Fernando Ortiz Mata, para que se declare inconstitucional el artículo 122 inciso c) punto 2) de la Ley de Tránsito, Nº 8696 de 17 de diciembre del 2008. Indica el actor que tal norma contraviene el artículo 33 de la Constitución Política. Refiere el accionante que dicha disposición normativa incluye en una misma categoría la medición decibélica a vehículos que son totalmente diferentes, tanto en sus dimensiones de carrocerías, como en sus prestaciones de tamaño, motor, cilindrada, potencia, dimensiones de escape, año de fabricación, carburado, inyectado, pues en el punto 2) incluye en una sola categoría a los siguientes vehículos, bici-motos, motocicletas, microbuses, vehículos cuyo peso sea entre 35 y 8 toneladas. Enfatiza que dicha ley, en el punto dos diferencia los vehículos por su pesaje y a pesar de las diferencias, los cataloga primero por su peso, además de ser diferente por las características de cilindrada, potencia, año de fabricación, tipo de escape, por ello estima un perjuicio al aplicársele una misma medición decibélica a todos, sin valorar que sus prestaciones técnicas son completamente distintas. Afirma que la norma en cuestión resulta arbitraria por quebrantar el principio de igualdad y discriminatoria como consecuencia de un error legislativo, pues el afectado se le multa con un parte de aproximadamente 151.000,00 colones, se le retiran las placas, debe someterse a un proceso, impugnar la boleta de tránsito, además de la sanción, indica que se desminuyen 15 puntos en la licencia de conducir. Agrega que el error implícito en el punto 2 inciso c) de la citada ley, de igual modo causa agravio a todos los conductores de vehículos, que son controlados por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, debido a que en cualquier momento se les podría aplicar una prueba de sonido ilegal, por tal razón le bajarían las placas y el Estado le cobra una multa sobre un procedimiento que a su parecer el MOPT no tiene regulado, generando la inaplicabilidad de una normativa. Explica que el sábado 29 de enero del 2011 transitaba en su vehículo Suzuki, por la localidad de Parrita, y un oficial de tránsito lo obligó a detenerse y a descender del automotor, de seguido el funcionario lo aceleró, le colocó un micrófono en las muflas y le informó que no pasaba los límites de sonido y le confeccionó el parte Nº 2-2011-10 00003 de fecha 29 de enero del 2011 por la suma de ¢158.100,00 colones, y lo dejó sin las placas de su vehículo. Reitera que la sanción es ilegítima porque se le aplicó una prueba de sonido, de la cual no existe regulación escrita para realizarla, insiste que le impusieron un medidor de sonido en las muflas originales, le aceleraron el vehículo al máximo sin conocimiento técnico. En virtud de todo lo expuesto, solicita declarar con lugar la acción interpuesta, ante el menoscabo del principio de igualdad, por incluir en varios tipos de automotores en una misma categoría para la medición decibélica, cuando son totalmente diferentes. Alega que el legislador tomó como iguales vehículos que por sus características tecnológicas y mecánicas son absolutamente diferentes, lo cual perjudica al aplicarse una medición sónica. Refiere que no es lo mismo medir el sonido de una bici-moto de 49 centímetros cúbicos de un pistón a un vehículo de 8 pistones con 8000 cc. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (Resoluciones Nos. 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 26 de abril del 2011.

                                                   Marta Yanory Quesada Morera,

(IN2011033965)                                                    Secretaria a. í.

Que dentro de la acción de inconstitucionalidad Nº 11-002680-0007-CO, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.—San José, a las once horas y cincuenta y cuatro minutos del veintiséis de abril del dos mil once. Se corrige el error material que contiene la resolución dictada a las diez horas y treinta y nueve minutos del veinticinco de abril del dos mil once, en el sentido que el número correcto de la Ley de Tránsito que contiene el artículo impugnado 122 inciso c) punto 2) de la presente acción es la Nº 7331 y no como erróneamente se indicó Ley Nº 8696. Notifíquese a las partes esta resolución. /Gilbert Armijo Sancho, Presidente a. í.”.

San José, 26 de abril del 2011.

                                                    Marta Yanori Quesada Morera

(IN2011033966)                                                    Secretaria a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad Nº 10-04048, promovida por Juan Carlos Saldarriaga y María Villagra Morales en contra del artículo 173 del Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica, se ha dictado el Voto Nº 04780-2011 de las catorce horas treinta y tres minutos del trece de abril del dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se acoge la gestión de aclaración planteada y se dispone que la declaración de inconstitucionalidad y eliminación del ordenamiento jurídico no es de la totalidad del texto del artículo 173 del Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica, sino exclusivamente de la palabra “costarricense” contenida en la parte final de dicha norma, la que, en consecuencia, debe leerse así: “Para ejercer la representación estudiantil de cualquier orden será requisito indispensable ser estudiante regular y no ser funcionario universitario.” Notifíquese.

San José, 4 de mayo del 2011.

                                                         Martha Quesada Morera,

C-Exento.—(IN2011034319)                              Secretaria a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 08-08518 promovida por Óscar López Arias en contra de los artículos 29 inciso f) y 136 inciso c) de la Ley General de la Administración Pública y el 6 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y los acuerdos del Consejo de Gobierno que constan en el artículo 2º de la sesión ordinaria número 85 del 2 de abril y primero y segundo, de la sesión número 92 del 18 de abril, ambas del 2008, se ha dictado el voto número 04781-2011 de las catorce horas con treinta y cuatro minutos del trece de abril de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Estése el accionante a lo resuelto por este Tribunal Constitucional en las sentencias Nº 2010-12299 de las 14:45 horas de 21 de julio de 2010 y 2011-2698 de las 15:05 horas del 2 de marzo del 2011. En lo demás, se rechaza de plano la acción de inconstitucionalidad”.

San José, 4 de mayo del 2011.

                                                          Martha Quesada Morera

(IN2011034320)                                                    Secretaria a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 10-17061 promovida por Jorge Alberto Chavarría Guzmán, en su condición de Fiscal General de la República en contra de los artículos 20 y 21 de la Ley de Control de Ganado Bovino, Prevención y Sanción de su Robo, Hurto y Receptación, número 8799 del diecisiete de abril del dos mil diez, por estimarlos contrarios a los principios de legalidad, tipicidad penal y seguridad jurídica, previstos en los artículos 11, 121.1 y 39 de la Constitución Política y 11 párrafo segundo de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 9 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 15 párrafo primero del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, se ha dictado el voto número 04879-2011 de las dieciséis horas con doce minutos del trece de abril de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Por extemporánea se rechaza la coadyuvancia planteada por la Corporación de Fomento Ganadero. Se declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad interpuesta. Notifíquese.”

San José, 4 de mayo del 2011.

                                                          Martha Quesada Morera

(IN2011034321)                                                    Secretaria a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 08-05263 promovida por Defensoría de Los Habitantes de la República en contra de la Jurisprudencia del Tribunal de Familia de San José en materia de adopciones internacionales, se ha dictado el voto número 05269-2011 de las quince horas con catorce minutos del veintisiete de abril de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara con lugar la acción. En consecuencia se declara inconstitucional la jurisprudencia del Tribunal de Familia de San José, según la cual las disposiciones del Convenio de La Haya no son aplicables a los casos de la adopción internacional directa. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la jurisprudencia anulada, sin perjuicio de las sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada. Se dimensionan los efectos de esta sentencia para que se entienda que, los Tribunales de Familia están obligados a aplicar las disposiciones del Convenio de La Haya a todo tipo de adopción internacional que todavía no esté firme, y atendiendo siempre el interés superior del menor. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.”

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 4 de mayo del 2011.

                                                          Martha Quesada Morera

(IN2011034322)                                                    Secretaria a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad número 10-05556 promovida por Leslie Barbara Zelinsky Levy en contra de la última frase del inciso 6), del artículo 11 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950, que dice “A la vez, deberá expresar, en igual forma, que renuncia a su nacionalidad excepto si se tratara de nacionales de países con los que existan tratados de doble nacionalidad” por estimarlo contrario al artículo 33 de la Constitución Política y al principio de razonabilidad y proporcionalidad, se ha dictado el voto número 05270-11 de las quince horas con quince minutos del veintisiete de abril de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se rechaza la solicitud de adhesión planteada por Alfred Blaser. Se declara sin lugar la acción interpuesta. Notifíquese.”

San José, 4 de mayo del 2011.

                                                          Martha Quesada Morera

(IN2011034323)                                                    Secretaria a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 10-06788 promovida por Eduardo Sancho González y Javier Coto Echeverría, apoderados especiales judiciales de Hacienda Urasca Sociedad Anónima en contra de los artículos 22 y 23 de la Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Constitución de Servidumbres del Instituto Costarricense de Electricidad, número 6313 del 04 de enero de 1979, el artículo 13 de la Ley de Expropiaciones, número 7495 del 8 de junio de 1995, del artículo 79 de la Ley de Modernización y Fortalecimiento del Instituto Costarricense de Electricidad, número 8660 del 8 de agosto del 2008, las referencias que se hacen a “la imposición de la servidumbre” en los párrafos del tercero en adelante y las disposiciones 5.2.8, 5.2.9, 5.2.10, 5.2.11, y 7.1.2 del “Manual para la Elaboración de Avalúos para Expropiación” del Instituto Costarricense de Electricidad, publicado en La Gaceta Nº 109 de 7 de junio del 2005, por estimarlos contrarios al artículo 45 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 05271-11 de las quince horas con dieciséis minutos del veintisiete de abril de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara sin lugar la acción de Inconstitucionalidad.”

San José, 4 de mayo del 2011.

                                                          Martha Quesada Morera

(IN2011034324)                                                    Secretaria a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 09-10666 promovida por José Rafael Cordero González en contra del párrafo segundo del artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa, por estimarlo contrario al artículo 33 de la Constitución Política y a los principios de razonabilidad y proporcionalidad, se ha dictado el voto número 05272-11 de las quince horas con diecisiete minutos del veintisiete de abril de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara sin lugar la acción.”

San José, 4 de mayo del 2011.

                                                          Martha Quesada Morera

(IN2011034325)                                                    Secretaria a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 09-07149 promovida por Carlos José Gómez Quintanilla en su condición de apoderado especial judicial de Manuel Garrón Chacón en contra de la Jurisprudencia de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia vertida en los votos números 00052-2006 de las 9:30 horas del 8 de febrero del 2006, 00808-2007 de las 10:10 horas del 31 de octubre y 00025-2008 de las 9:35 horas del 18 de enero, se ha dictado el voto número 05273 de las quince horas con dieciocho minutos del veintisiete de abril de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad.”

San José, 4 de mayo del 2011.

                                                          Martha Quesada Morera

(IN2011034326)                                                    Secretaria a. í.

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las nueve horas del ocho de julio del dos mil once en la puerta exterior de este despacho y con la base de un millón doscientos treinta mil colones (según valor fiscal) sáquese a remate el bien mueble embargado en autos; vehículo placas: 132691, libre de gravámenes, marca: Alfa Romeo, estilo: Alfa 33, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedán 4 puertas, peso bruto: 1340 kg, chasis: ZAR905A20-050-68215, año fabricación: 1984, estado actual: inscrito bajo las citas de tomo: 8888, asiento: 00044136, secuencia 000 fecha 13 de agosto de 1984. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las nueve horas del primero de agosto del dos mil once, con la base de novecientos veintidós mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento); si fracasaren los anteriores señalamientos, se procederá a realizar una tercera subasta para tales efectos se señalan las nueve horas del diecisiete de agosto del dos mil once, con la base de trescientos siete mil quinientos colones. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Dionari González Gómez contra Sergio Rafael Rivera Chacón. Expediente: 09-000146-0874-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 26 de abril del 2011.—Lic. Floribeth Palacios Alvarado, Jueza.—(IN2011034689).

A las nueve horas del veintidós de julio del dos mil once, en la puerta exterior de este despacho y con la base de un millón ochocientos treinta mil doscientos cuarenta colones, según avalúo municipal, soportando reservas y restricciones, sáquese a remate el inmueble embargado en autos. Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 098078-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Nicoya, cantón: segundo Nicoya de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Lubricantes Gomo Sociedad Anónima; al sur, calle pública con 8,00 metros; al este, lote dos y al oeste, Salvador Fajardo Toruño. Mide: seiscientos diez metros con ocho decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las nueve horas del nueve de agosto del dos mil once, con la base de un millón trescientos setenta y dos mil seiscientos ochenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento); si fracasaren los anteriores señalamientos, se procederá a realizar una tercera subasta para tales efectos se señalan las nueve horas del veinticuatro de agosto del dos mil once, con la base de cuatrocientos cincuenta y siete mil quinientos sesenta colones. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Liz Orfilia Ajún Sandí contra Enrique Alberto Sandoval Núñez, Luis Ramón Araya Arias. Expediente número: 10-000019-0874-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 26 de abril del 2011.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—(IN2011034691).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los causahabientes y demás interesados en las diligencias de devolución de ahorros de la trabajadora fallecida Yorleny Lara Lara, quien fuera mayor, soltera, educadora, cédula de identidad número 0502730439, vecina de La Cruz, promovidas por Santos Lara García, bajo el expediente número: 10-300020-0398-LA, para que dentro de los ocho días siguientes a la publicación de esta citación, comparezcan ante este despacho a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si así no lo hicieren, los extremos aquí reclamados pasarán a quien legalmente corresponda.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de La Cruz, Guanacaste, 27 de enero del 2011.—Lic. Ana Patricia Barrantes Ruiz, Jueza.—1 vez.—(IN2011034676).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jenny María Arce González, cédula 9-074-544, fallecido el 01-01-10, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 11-000221-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000221-1021-LA. Por Nataly Chacón Arce a favor Jenny María Arce González.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 14 de abril del 2011.—Lic. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—1 vez.—(IN2011034677).

A los causahabientes de quien en vida se llamó, quien fue Brayan Álvarez Torrentes, vecino de Bagaces, La Fortuna, barrio La Margarita, casa B-1, con cédula de identidad número 05-0370-0726, se les hace saber que: Ana Rosa Torrentes Serrano, portadora de la cédula de identidad número 05-0274-0612, vecina de Bagaces, La Fortuna, barrio La Margarita, casa B-1, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido Brayan Álvarez Torrentes, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Brayan Álvarez Torrentes. Expediente número 11-000079-0942-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 26 de abril del 2011.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2011034679).

A los causahabientes de quien en vida se llamó, quien fue Carlos Eduardo Mora Villalobos, vecino de barrio Los Ángeles de Liberia, Guanacaste, 75 metros al sur del MOPT, con cédula de identidad número 202370523, se les hace saber que: Noemi Meza López, portadora de la cédula de identidad número 800560777, vecina de barrio Los Ángeles de Liberia, Guanacaste, 75 metros al sur del MOPT, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente número 11-000076-0942-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 4 de abril del 2011.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2011034680).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ana Cecilia Álvarez Briceño, mayor, soltera, quien fue vecina de Santa Cruz, educadora, cédula de identidad 501370154, fallecida el 25 de diciembre del 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 11-000068-1052-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000068-1052-LA a favor de José Alejandro Álvarez Briceño.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Guanacaste, 3 de mayo del 2011.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—(IN2011034681).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Rocío Varela Acuña, vecina de Alajuelita, con cédula de identidad 6-261-350, se les hace saber que Sara Acuña Salazar, portadora de la cédula de identidad 9-066-280, vecina de Alajuelita, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Rocío Varela Acuña, expediente número 11-300019-251-LA.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Alajuelita, 6 de mayo del 2011.—Lic. Efraín Marín Madrigal, Juez.—1 vez.—(IN2011034728).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ana Lucrecia Delgado Cervantes, cédula de identidad 1-614-562, fallecida el 14 de marzo del 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 11-000234-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000234-1021-LA. Por Freddy Aguilar Paniagua a favor de Ana Lucrecia Delgado Cervantes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 27 de abril del 2011.—Lic. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—1 vez.—(IN2011035056).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gerardo Santamaría Jiménez. cédula 202720601 quien fue mayor, vecino de San Ramón, fallecido el 26 de diciembre del 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones, bajo el número 11-000054-0692-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 11-000054-0692-LA a favor de Myriam Rodríguez Castro.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 3 de mayo del 2011.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011035115).

Se cita a todos los causahabientes de Nora Mora Agüero, quien fue mayor, casada, enfermera, vecina de Tirrases de Curridabat, cédula de identidad Nº 1-398-623, fallecida el veintiocho de agosto de dos mil diez, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias a hacer valer sus derechos. Artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 11-300034-0197-LA.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, a las once horas treinta y cinco minutos del cuatro de mayo de dos mil once.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011035116).

Se cita y emplaza a los causahabientes del trabajador Pedro Antonio Torres Gutiérrez, cédula número 5-104-019, quien fuera mayor de edad, casado vecino de Venado de San Carlos, 50 m norte de la iglesia, casa de cemento color amarilla y fallecido el día veintidós de junio del dos mil diez, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la primera publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias de devolución de extremos laborales que por derecho correspondan al trabajador fallecido que se tramitan en este Despacho Judicial, bajo apercibimiento que si no lo hacen, se entregará el importe a quienes de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas tengan derecho. Exp. N° 11-300009-671-LA-2.—Juzgado Contravencional de La Fortuna, San Carlos, Alajuela, 15 de abril 2011.—Lic. Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011035117).

Se emplaza a todos los interesados en la diligencia del Cobro del Fondo de Capitalización Laboral del trabajador fallecido José Danilo Chévez Cortés, quien fue mayor, costarricense, con cédula de identidad número 5-314-036, y vecino de Puntarenas, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, el dinero pasará a quien corresponda. Exp. N° 11-300181-1024-LA-7(3).—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, a las nueve horas del tres de mayo del dos mil once.—Lic. Jeannette Navarro Chavarría, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011035118).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Jesús Sanabria Sanabria, quien fue mayor, soltero, mantenimiento en el sistema de incendios y aire acondicionados, portó la cédula de identidad número 1-0660-0828 y falleció el diecinueve de agosto de dos mil diez. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de Consignación de Prestaciones número 11-300033-0895-LA de Jesús Sanabria Sanabria.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 13 de abril de 2011.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011035119).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de los otros dineros provenientes de devolución de prestaciones y dineros del Fondo de Capitalización Laboral del señor Arturo León Cordero, quien fue mayor, laboró para la empresa Servicios Atuneros de Puntarenas, vecino de Esparza, portó la cédula número 2-202-316, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas, bajo el número 11-300002-0437-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, Puntarenas, a las trece horas cincuenta minutos del treinta de marzo del dos mil once.—Lic. Norma Araya Sánchez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011035120).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jean Carlos Rojas Montero, mayor, soltero, portador de la cédula de identidad número 6-0388-0823, vecino de Heredia, San Pablo, Barva, urbanización La Armonía, casa número 17-A, fallecido el quince de noviembre del dos mil diez, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias bajo el número 10-000858-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 10-000858-1022-LA. Por el fallecimiento de Jean Carlos Rojas Montero a favor de María Cristina Montero Alfaro.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de abril del 2011.—Msc. Jenny Fallas Ureña, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011035121).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Danilo Barrantes Alfaro, fallecido, quien fue mayor, casado, vecino de Alajuela, Tacacorí, 75 metros oeste de la escuela, casi al frente del Cerdo Dorado, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 11-000179-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000179-1022-LA. Por el fallecimiento de Danilo Barrantes Alfaro, promovidas por María Arias Córdoba.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de abril del 2011.—Msc. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011035122).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Josué David Vega Quesada, fallecido el 13 de diciembre del 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 11-000107-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000107-1022-LA. Por el fallecimiento de Josué David Vega Quesada a favor de Cindy Vanessa Porras Gamboa.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de abril del 2011.—Msc. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011035131).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

segunda PUBLICACIÓN

A las ocho horas treinta minutos del dos de junio del dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones, y con la base de doce millones trescientos noventa y seis mil novecientos diez colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: El inmueble inscrito en el Registro Público al partido de San José, situado en la provincia de San José, cantón primero de San José, distrito diez Hatillo, que colinda: al norte, con INVU; al sur, con INVU; al este, con casa INVU; y al oeste, con Paseo República de Venezuela, con una medida registral de ciento ochenta y seis metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados, que se encuentra descrito en el plano catastrado Nº SJ-081138-1989 del diecisiete de abril de mil novecientos ochenta y nueve y cuya naturaleza es terreno para construir con una casa, propiedad de Caridad Espinoza Rodríguez. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil once, con la base de nueve millones doscientos noventa y siete mil seiscientos ochenta y dos colones con cincuenta céntimos.(rebajada en un 25% la base). De no haber postores, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de julio del dos mil once, con la base de tres millones noventa y nueve mil doscientos veintisiete colones con cincuenta céntimos, (un 25% de la base). Se remata por ordenarse así en proceso sucesorio de Caridad Espinoza Rodríguez. Exp. 2005-100167-0216-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, a las trece horas del siete de abril del dos mil once.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—(IN2011033855).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones y al ser las nueve horas treinta minutos del quince de junio de dos mil once, y con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y nueve mil quinientos cincuenta y seis cero cero cero, la cual es terreno de pastos, lote 3-B. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Mario Danilo Campos e Hijos S. A.; al este, Mario Danilo Campos e Hijos S. A. y al oeste, Mario Danilo Campos e Hijos S. A. Mide: mil cuatro metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil once, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil once con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Edwin Alberto Sánchez Cascante contra Freddy Alonso Herrera Núñez. Exp. 11-000423-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de abril del 2011.—Lic. Kattia Alfaro Martínez, Jueza.—(IN2011033863).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0297-00006968-01-0901-001; a las once horas y cero minutos del cinco de julio de dos mil once, y con la base de treinta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos diecinueve mil ciento setenta y dos-cero cero cero la cual se describe como terreno para construir. Situada en el distrito 03 Vuelta de Jorco, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Katsi S. A. y Asociación de Desarrollo de Vuelta de Jorco; al sur, calle pública; al este, Roxana Vargas Prado y Desarrollos Madri S. A. y al oeste, Katsi S. A. y calle pública. Mide: siete mil ciento ochenta y un metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de julio de dos mil once, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil once con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Manuel Quirós Alvarado contra Sociedad Desarrollos Madri S. A. Exp. 11-004601-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 1º de abril del 2011.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2011033864).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas número 0333-11026-01-0900-001; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de junio de dos mil once, y con la base de ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 599915-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Vuelta de Jorco, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Rafael Monge Garbanzo; al sur, José Rafael Monge Garbanzo y calle pública; al este, José Rafael Monge Garbanzo y al oeste, José Rafael Monge Garbanzo. Mide: doscientos dos metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de julio de dos mil once, con la base de seiscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de julio de dos mil once, con la base de doscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Manuel Quirós Alvarado contra José Martín Monge Castillo. Exp. 11-004596-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 7 de marzo del 2011.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2011033865).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del seis de junio del dos mil once, y con la base de un millón trescientos cincuenta y dos mil novecientos ochenta y nueve colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa CL 236453, marca Isuzu, año 1998, capacidad cinco personas, categoría carga liviana, color blanco, cilindrada 4300 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil once, con la base de un millón catorce mil setecientos cuarenta y un colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de julio del dos mil once, con la base de trescientos treinta y ocho mil doscientos cuarenta y siete colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de Inversiones Noviembre Diecisiete del Este S. A. contra Beisy Azofeifa Vindas. Expediente Nº 11-006032-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2011034285).

En la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José Sumaria Nº 09-603038-489-TC; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de julio del dos mil once, y con la base de diecinueve mil seiscientos un dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 758237, marca Ford, estilo Escape, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, carrocería todo terreno 4 puertas, color gris, tracción 4x2, chasis 1FMCU03Z88KE73569, Nº motor: no indica; cilindrada 2300 cc, combustible gasolina, cilindros 04. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del tres de agosto del dos mil once, con la base de catorce mil setecientos dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de agosto del dos mil once, con la base de cuatro mil novecientos dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de Banco BAC San José S. A. contra Yendry Vargas Moraga. Expediente Nº 11-006966-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 13 de abril del 2011.—Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2011034286).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales; a las catorce horas y cero minutos del uno de junio de dos mil once, y con la base de diez mil ciento ochenta y ocho dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 648250, marca Chevrolet, categoría automóvil, estilo Aveo serie KL1TD51Y16B629032, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2, chasís KL1TD51Y16B629032, Vin KL1TD51Y16B629032, uso particular, capacidad 5 personas, año 2006, color gris, peso bruto 1465 Kgrms, número de motor F15S313629OK, cilindrada 1500 cc, potencia 62.00 KW, combustible gasolina, modelo H4LM550 cilindros 04 . Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de junio del dos mil once, con la base de siete mil seiscientos cuarenta y un dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de julio del dos mil once, con la base de dos mil quinientos cuarenta y siete dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de Banco BAC San José S. A. contra Jorge Arturo Abarca Flores. Expediente Nº 11-004179-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 25 de febrero del 2011.—Lic. Katia María Araya Jácome, Jueza.—(IN2011034289).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas veinte minutos del trece de junio del dos mil once y con la base de cuatro millones seiscientos mil ciento ochenta y cinco colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 199857-000, la cual es terreno para construir, situada en el distrito La Virgen, cantón Heredia, de la provincia de Heredia, colinda al norte, Dimas Elizondo Elizondo, al sur, Rancho Grande S. A., al este, Pedro Alfaro Alfaro y al oeste, calle pública con frente de dieciocho metros lineales. Mide quinientos ochenta y dos metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas veinte minutos del veintiocho de junio del dos mil once, con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta mil ciento treinta y nueve colones con cuarenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas veinte minutos del veinte de julio del dos mil once, con la base de un millón ciento cincuenta mil cuarenta y seis colones con cuarenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Félix Ángel Elizondo Montero, expediente Nº 11-000416-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 7 de abril del 2011.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—(IN2011034290).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintidós de junio del dos mil once, y con la base de catorce mil novecientos setenta y un dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 679235, marca Peugeot, año 2007, color gris, serie 8AD2AKFWU7G034271. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de julio del dos mil once, con la base de once mil doscientos veintiocho dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de agosto del dos mil once, con la base de tres mil setecientos cuarenta y dos dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de Banco BAC San José S. A. contra Ericka Inés Mourelo. Expediente Nº 09-001156-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 29 de marzo del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(IN2011034296).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas con treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil once y con la base de quince mil quinientos cincuenta y siete dólares con ochenta y cuatro centavos moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: CL-doscientos catorce mil cero ochenta y cuatro, marca: Toyota, estilo Dyna, año: 2007, color: blanco, capacidad: 3 personas, carrocería: ganadero, chasis y vin JHFAY047406000266, cilindrada: 3660 c. c., combustible: diesel. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas con treinta minutos del treinta de junio del dos mil once, con la base de once mil seiscientos sesenta y ocho dólares con treinta y ocho centavos moneda del curso legal de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las diez horas con treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil once con la base de tres mil ochocientos ochenta y nueve dólares con cuarenta y seis centavos moneda del curso legal de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Cristian Adolfo Sanabria Ramírez. Expediente Nº 11-000065-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 9 de marzo del 2011.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—(IN2011034332).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas con treinta minutos del ocho de julio del dos mil once, y con la base de veintiséis mil quinientos treinta y seis dólares con noventa y nueve centavos moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa setecientos cuarenta y ocho mil cuarenta y uno, marca: Nissan, estilo: X-Terra SE, año: 2008, color: gris, capacidad: 5 personas, chasis y vin: 94DTEND228J945956, combustible: diesel. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas con treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil once, con la base de diecinueve mil novecientos dos dólares con setenta y cuatro centavos moneda del curso legal de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas con treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil once con la base de seis mil seiscientos treinta y cuatro mil dólares con veinticinco centavos moneda del curso legal de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Sonia Serrano Mena. Expediente Nº 11-000102-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 5 de abril del 2011.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—(IN2011034335).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil once, y con la base de mil trescientos cincuenta y ocho dólares con sesenta y ocho centavos de dólar, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo, placas CD 33000084, marca Hyundai, estilo: tucson, capacidad cinco personas, color azul, año 2006, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del ocho de julio del dos mil once, con la base de mil diecinueve dólares con un centavo de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil once, con la base de trescientos treinta y nueve dólares con sesenta y siete centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Herly Teresa Peda Escalona. Expediente Nº 11-000068-0341-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Turrialba, 8 de abril del 2011.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—(IN2011034336).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas treinta minutos del veinte de julio del dos mil once, y con la base de ocho mil setecientos sesenta y cuatro dólares con sesenta y ocho centavos de dólar, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 684534, marca Mazda, automóvil, carrocería: station wagon o familiar, 4x2, vin: JM7CR10F170104920, capacidad: 7 personas, año 2007, color dorado, cilindrada 1998 c, gasolina, modelo CC38 LAA. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil once, con la base de seis mil quinientos setenta y tres dólares con cincuenta y un centavo de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil once, con la base de dos mil ciento noventa y un dólares con diecisiete centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Gerardo Antonio Calderón Vargas. Expediente Nº 11-000103-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 26 de abril del 2011.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—(IN2011034338).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta minutos del tres de junio de dos mil once y con la base de treinta y dos mil ochenta y tres dólares con setenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo C150765, marca Internacional, estilo 7600 6x4, serie 3HTWYAXT67N567911, año 2007, categoría carga pesada. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veinte de junio del dos mil once, con la base de veinticuatro mil sesenta y dos dólares con setenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del cinco de julio de dos mil once, con la base de ocho mil veinte dólares con noventa y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito Sociedad Anónima de Capital Variable contra Residencias Jiménez y Navarro Sociedad Anónima, Residencias Navarro y Asociados Sociedad Anónima, Sierra Terracota Sociedad Anónima, Urbanizadora Navarro de Cartago Sociedad Anónima. Exp. Nº 11-001423-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 25 de marzo del 2011.—Lic. José Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2011034343).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del tres de junio de dos mil once, y con la base de noventa y nueve mil ochocientos ochenta dólares con diecinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo EE 028515, marca Caterpillar, estilo 320D, serie CAT0320DCKGF00321, año 2008, equipo especial obras civiles. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del veinte de junio del dos mil once, con la base de setenta y cuatro mil novecientos diez dólares con catorce centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos del cinco de julio del dos mil once con la base de veinticuatro mil novecientos setenta dólares con cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito Sociedad Anónima de Capital Va contra Residencias Jiménez y Navarro Sociedad Anónima, Residencias Navarro y Asociados Sociedad Anónima, Sierra Terracota Sociedad Anónima, Urbanizadora Navarro de Cartago Sociedad Anónima. Exp. Nº 11-001470-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 30 de marzo del 2011.—Lic. José Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2011034344).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las dieciséis horas del tres de junio de dos mil once, y con la base de treinta y dos mil veinticinco dólares con sesenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas C-148290, marca International, estilo 7600, categoría tractocamión carga pesada, año 2007, carrocería vagoneta, color blanco, chasis 3HTWYAXT97N556675, combustible diesel. Para el segundo remate, se señalan las diez horas del veinte de junio de dos mil once, con la base de veinticuatro mil diecinueve dólares con veintiséis centavos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de julio de dos mil once, con la base de ocho mil seis dólares con cuarenta y dos centavos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito S. A. contra Urbanizadora Navarro de Cartago S. A., Sierra Terracota S. A., José Antonio Navarro Jiménez, Residencias Jiménez y Navarro S. A. y Residencias Navarro y Asociados S. A. Expediente Nº 11-000984-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 01 de marzo del 2011.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—(IN2011034345).

A las 14:30 horas del 2 de junio de 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones soportando reservas y restricciones bajo las citas 0299-00009137-01-0901-001 y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco actor, sea la base de ¢6.050.058,33, sáquese a remate la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, Folio Real,
matrícula Nº 335.760-000 y que se describe así: terreno con una casa, sito: en distrito dos Florencia, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle pública; sur y este, José Luis Villegas Rodríguez; y oeste, servidumbre de paso en medio con William Araya Castro. Mide: seiscientos treinta y nueve metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢4.537.543,75, se señalan las: 14:30 horas del 16 de junio del 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢1.512.514,58, se señalan las: 14:30 horas del 30 de junio del 2011. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 11-100068-0297-CI, ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Fray Donald Villegas Ulate.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 25 de abril del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2011034366).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas del dos de junio del dos mil once, y con la base de trece millones seiscientos setenta y dos mil quinientos sesenta colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo. Para el segundo remate se señalan las diez horas del diecisiete de junio del dos mil once, con la base de diez millones doscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos veinte colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del cuatro de julio del dos mil once con la base de tres millones cuatrocientos dieciocho mil ciento cuarenta colones con ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica Sociedad Anónima contra Taller Europa Sociedad Anónima. Exp. 10-000012-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 14 de abril del 2011.—Lic. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—RP2011235914.—(IN2011034409).

A las dieciocho horas y cuarenta minutos del trece de julio del dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre trasladada al tomo 330, asiento 15013 y con la base de doscientos cuarenta y siete mil trescientos cuarenta y tres colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos tres mil quince-cero cero cero la cual es terreno lote 16-C para construir con una casa. Situada en el distrito 09 lote 5C, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 5; al sur, con 6 m 75 cm alameda Río Corobicí; al este, lote 17 C; y al oeste, lote 15 C. Mide: ochenta y siete metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de INVU contra Mario Alberto Porras Zamora. Exp. 02-006292-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 13 de abril del 2011.—Lic. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—RP2011235973.—(IN2011034410).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportado seis servidumbres trasladadas, a las diez horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil once y con la base de trece millones quinientos setenta y seis mil doscientos setenta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta y cinco mil trescientos cincuenta y nueve-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito noveno-Pavas, cantón primero-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Morebena Sociedad Anónima; al sur, calle pública; al este, INVU; y al oeste, Morebena Sociedad Anónima. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil once con la base de diez millones ciento ochenta y dos mil doscientos seis colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento de la base original) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil once con la base de tres millones trescientos noventa y cuatro mil sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Heilin Patricia Fallas González, Víctor Francisco Cabezas Vargas. Exp. 08-000313-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 27 de abril del 2011.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—RP2011236012.—(IN2011034411).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando Hipoteca de Primer Grado a favor de Evelio Alberto Badilla Ruiz inscrita bajo las citas 2010-00251959-02-0002-001; a las nueve horas con treinta minutos del catorce de junio de dos mil once, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y seis mil seiscientos sesenta y siete-cero cero cero la cual es terreno de patio con dos casas. Situada en el distrito 02 Zaragoza, cantón 07 Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y Ramón E. Pacheco V; al sur, calle pública; al este, calle pública; y al oeste, Ramón Esteban Pacheco Vargas. Mide: trescientos cuarenta y nueve metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas con treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil once, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas con treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil once con la base de un millón ciento veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Simple de Banco Nacional de Costa Rica contra Geovanni Muñoz Barahona. Exp. 08-000077-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 26 de abril del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2011236013.—(IN2011034412).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, dos servidumbres de paso a las once horas y cero minutos del catorce de junio del dos mil once, y con la base de sesenta y tres millones setecientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta mil cuatrocientos cuarenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno de tacotal. Situada en el distrito primero, cantón cuarto Bagaces de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Marc Martinus Adrianus Va Erp y Agropecuaria RicaJoa S. A.; al sur, lotes uno, dos, tres y cuatro y Apropecuaria Ricajoa S: A.; al este, calle de seis metros lineales, lote cuatro segregado y Agropecuaria Ricajoa S. A.; y al oeste, Agropecuaria Ricajoa S. A. Mide: seis mil quinientos ochenta y un metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de junio del dos mil once, con la base de cuarenta y siete millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de julio del dos mil once, con la base de quince millones novecientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mauricio Enrique Palacios Mena. Expediente: 11-000061-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 28 de abril del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2011236014.—(IN2011034413).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado al tomo: 557, asiento 7080, y condiciones Ref. al tomo 357, asiento 2516, a las nueve horas y cero minutos del uno de junio del dos mil once, y con la base de tres millones seiscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y seis mil cuarenta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Francisco de Dos Ríos, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 52 de Década Noventa S. A.; al sur, calle pública con nueve metros con cuarenta y cuatro centímetros; al este, lote 72 de Década Noventa S. A. y al oeste, calle pública con 17 metros. Mide: ciento cincuenta y siete metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de junio del dos mil once, con la base de dos millones setecientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de julio del dos mil once con la base de novecientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alejandro Alfredo Vargas Rojas, Carmen María Granados Cordero. Exp. 10-002910-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 1º de abril del 2011.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2011035231).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo del año dos mil once, y con la base de treinta y siete millones seiscientos diez mil seiscientos cincuenta y ocho colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 173053 000 cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tres, Mayorga, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Martín Eduardo Suárez Ávila; al sur, Enrique Giovanny Suárez Ávila; al este, Martín Eduardo Suárez Ávila y al oeste, calle pública con un frente de 69,97 metros. Mide: tres mil ochocientos sesenta y seis metros cuadrados, para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de junio del año dos mil once, con la base de veintiocho millones doscientos siete mil novecientos noventa y cuatro colones con trece céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de junio del año dos mil once con la base de nueve millones cuatrocientos dos mil seiscientos sesenta y cuatro colones con setenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ana Isabel Campos Bermúdez. Expediente Nº 11-000073-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 13 de abril del 2011.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—RP2011236274.—(IN2011035261).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cincuenta minutos del tres de junio de dos mil once, y con la base de cuatrocientos veinticuatro mil trescientos catorce colones con setenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo MOT-284902, marca Kazuki, estilo kz150-GY, año 2009 serie LP6LCKA390K00007, carrocería motocicleta, color blanco, tracción 2x2. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cincuenta minutos del veinte de junio de dos mil once, con la base de trescientos dieciocho mil doscientos treinta y seis colones con nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cincuenta minutos del cinco de julio de dos mil once con la base de ciento seis mil setenta y ocho colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Óscar Enrique Céspedes Cordero contra Otto Martín Pacheco Alvarado, Rocío Solano Serrano. Expediente Nº 11-001845-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 24 de marzo del 2011.—Lic. José Guillermo Guevara Solano, Juez.—RP2011236275.—(IN2011035262).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del dos de junio del año dos mil once, y con la base de un millón doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: máquina que es limpiador de ocho inyectores para vehículo por medio de ultrasonido, para motores de gasolina, marca Total Racing, modelo Ate-Tr mil sesenta y tres, serie Tr dos cinco cero ocho uno dos cero ocho, año dos mil seis, corriente ciento diez voltios, rango de temperatura para operar menos diez grados centigramos, hasta mas cuarenta grados centigramos, volumen del tanque del líquido cuatro litros, tamaño cuatrocientos ochenta milímetros de ancho por quinientos milímetros de fondo por cuatrocientos sesenta milímetros de alto, peso cuarenta y ocho kilogramos. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de junio del año dos mil once, con la base de novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de julio del año dos mil once con la base de trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eduardo Aragón Amador, Vicente Freddy Aragón Sevilla. Expediente Nº 10-024372-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 8 de abril del 2011.—Lic. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—RP2011236302.—(IN2011035264).

A las 08:45 horas del 02 de junio de 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco actor, sea la base de ¢9.400.000,00, remataré: finca inscrita en Propiedad del partido de Alajuela, folio real matrícula número 268.667-000, que es lote 20 de solar, sito en Aguas Zarcas de San Carlos, distrito cuatro del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle pública con 10 metros; al sur y al oeste, Ricardo Soro Montero y al este, lote 21. Mide: ciento noventa y nueve metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢7.050.000,00, se señalan las 8:45 horas del 16 de junio de 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢2.350.000,00, se señalan las 08:45 horas del 30 de junio de 2011. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 11-100338-297-CI, ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Amalia Cabezas Padilla.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 7 de abril de 2011.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—RP2011236383.—(IN2011035266).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del dos de junio del dos mil once, y con la base de dos millones de colones exactos para la finca matrícula de folio real número 11023-006 y de esa misma cantidad para la finca 10980-007, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 11023-006 la cual es terreno de café, potrero, rastrojo, caña, plátano y una casa. Situada en el distrito 04 Lepanto, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Israel Castillo Quirós; al sur, Isaías Guerrero; al este, Israel Castillo Quirós y al oeste, calle pública. Mide: doscientos cinco mil seiscientos veinticinco metros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 10980-007 la cual es terreno de rastrojo, repastos con una casa. Situada en el distrito 04 Lepanto, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Mario Alvarado, Rufino Alvarado, río La Balsa; al sur, Isaías Guerrero, Edwin Carballo y Joaquín Ruiz; al este, Cirilo Rosales con quebrada en medio y al oeste, Isaías Guerrero con calle en medio y Ernesto Sánchez. Mide: quinientos setenta y dos mil noventa y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diecisiete de junio del dos mil once, con la base de un millón quinientos mil colones exactos para la finca matrícula de folio real número 11023-006 y de esa misma cantidad para la finca 10980-007 (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del cuatro de julio del dos mil once con la base de quinientos mil colones exactos para la finca matrícula de folio real número 11023-006 y de esa misma cantidad para la finca 10980-007 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Calixto Israel Castillo Guerrero contra Aracelly Castillo Guerrero. Expediente Nº 10-000302-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 25 de abril del 2011.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2011236420.—(IN2011035267).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones citas 392-6182-01-900-001; a las diez horas y treinta minutos del uno de junio de dos mil once, y con la base de seis mil setecientos nueve dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00116124-000, la cual es terreno para construir con cinco cabinas. Situada en el distrito 01 Guácimo, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Constructora Marcha de Guácimo S. A.; al sur, calle pública, Fernando Chana e Iris Oviedo Arlet; al este, calle pública y al oeste, Fernando Chana y Dionisia Chana. Mide: doscientos siete metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil once, con la base de cinco mil treinta y un dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil once con la base de mil seiscientos setenta y siete dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agronómica Agua Viva S. A. contra Constructora Marcha de Guácimo S. A., Jeffrey Thomas Daniels, Marvin Chana Holnes. Expediente Nº 10-009843-1044-C.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de febrero del 2011.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—RP2011236443.—(IN2011035268).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del tres de junio de dos mil once, y con la base de cuatro millones trescientos sesenta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos sesenta y tres mil seiscientos setenta y ocho cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Marcos, cantón Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Adaly Blanco Méndez; al sur, servidumbre en medio de Adaly Blanco Méndez; al este, Adaly Blanco Méndez y al oeste, Adaly Blanco Méndez. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de junio de dos mil once, con la base de tres millones doscientos setenta y cuatro mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de julio de dos mil once con la base de un millón noventa y un mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Lucitania Umaña Navarro, Marbell Antonio Calvo Rojas. Expediente Nº 10-002442-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 2 de marzo de 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—RP2011236293.—(IN2011035552).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil once, y con la base de seis mil ochocientos once dólares con treinta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo 617294, Daihatsu, Terios, 2006, azul, 4x4, JDAJ102G000575062, familiar, 5 personas. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del quince de junio de dos mil once, con la base de cinco mil ciento ocho dólares con cincuenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del treinta de junio de dos mil once con la base de mil setecientos dos dólares con ochenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima contra José Raúl Calvo Elizondo. Expediente Nº 10-002927-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 10 de mayo del 2011.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—(IN2011035559).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del ocho de junio del dos mil once, y con la base de veintiún mil cuatrocientos cincuenta dólares en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas EE 024404, marca: Caterpillar, categoría: equipo especial agrícola, año: 2005, estilo 416D, chasis CAT0416DAB2D00660, color amarillo, motor G4D00756. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de junio del dos mil once en la suma de dieciséis mil ochenta y siete dólares con cincuenta centavos de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de julio del dos mil once con la base de cinco mil trescientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito S. A. de C. V. contra Alexánder Herrera López. Expediente Nº 09-003512-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de marzo del 2011.—Lic. Kattia Alfaro Martínez, Jueza.—(IN2011035659).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del siete de junio de dos mil once y con la base de ciento veintinueve mil doscientos cuarenta y dos dólares con cuarenta y un centavos (o su equivalente en colones), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas EE-027885, marca: Caterpillar, categoría: equipo especial obras civiles, vin: CAT0120HC5FM04504, año: 2008, color: amarillo, cilindrada: 6600 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de junio de dos mil once, con la base de noventa y seis mil novecientos treinta y un dólares con ochenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de julio de dos mil once con la base de treinta y dos mil trescientos diez dólares con sesenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito Sociedad Anónima de C. V. contra Residencias Jiménez y Navarro Sociedad Anónima y Residencias Navarro y Asociados Sociedad Anónima representadas por José Antonio Navarro Rojas y a este en su condición personal, Sierra Terracota Sociedad Anónima representada por Roberto Navarro Jiménez y Urbanizadora Navarro de Cartago Sociedad Anónima representada por José Antonio Navarro Jiménez. Expediente Nº 11-001466-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 14 de marzo del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—(IN2011035660).

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las siete horas treinta minutos del seis de junio del dos mil once. En la puerta exterior de Juzgado Penal de San Carlos, remataré con la base de trescientos cuarenta y nueve mil doscientos ochenta y un colones con setenta y dos céntimos, con un volumen de ocho punto cero cuatro metros cúbicos; para un total de diez trozas de la especie cebo; madera que se encuentra en depósito provisional de Heriberto Salazar Rojas de la Junta de la Escuela El Sahino de Pital San Carlos. Se remata por estar ordenado así en la Comisión Nº 14-C2-2011, en causa Nº 11-200776-306-PE, que se instruyó por el delito de Infracción a la Ley Forestal, contra Gustavo Morales Guerrero en perjuicio de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 28 de abril del 2011.—Lic. Luis Diego Calvo Madrigal, Juez.—(IN2011034687).

A las diez horas del diecinueve de julio del dos mil once, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes, madera que se dirá: 3 trozas de madera y 8 artezones de la especie cedro amargo y con la base de noventa y dos mil cuatrocientos catorce colones con veintidós céntimos exactos, y 30 piezas de madera de la especie Cenízaro, con un valor total de ciento cincuenta y cinco mil quinientos treinta y un colones con ochenta y cuatro céntimos. Lo anterior se remata por ordenarse así en Expediente N° 11-000551-396-PE, seguido contra Heriberto Junez Acuña por el delito de infracción a Ley Forestal en daño de los Recursos Naturales.—Juzgado Penal de Liberia, 13 de abril del 2011.—Lic. Ana Ruth Ortega Chavarría, Jueza.—(IN2011034690).

A las ocho horas treinta minutos del veintinueve de junio del dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0364-00003597-01-0900-001, 0407-00004824-01-0906-001 y 0407-00004824-01-0901-001; y con la base de cuatro millones de colones, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, folio real, matrícula número 233.822-001 y 002, que es terreno con una casa, sito en Cutris, distrito once de San Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Francisco Otárola Chacón; sur y este, Sara María Jiménez; y al oeste, calle pública con 26,36 metros. Mide: ochocientos setenta y siete metros con veinticuatro decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de tres millones de colones, se señalan las ocho horas treinta minutos del  veinte de julio de dos mil once. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de un millón de colones se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil once. Se remata por ordenarse así en expediente N° 11-100248-0297-CI. Ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra José Antonio Murillo Rivera y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 26 de abril de 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—(IN2011034701).

En este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, dos servidumbres de paso y servidumbre de paja de agua; y al ser las ocho horas del catorce de junio de dos mil once, y con la base de cuatro millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: a) finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos veintinueve mil quinientos dieciséis-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 01 Santa María, cantón 17 Dota de la provincia de San José. Colinda: al norte, Colegio Técnico de Santa María de Dota; al sur, José Joaquín Ureña Zamora; al este, Aníbal Chacón Monge; y al oeste, Armando Zamora Romero. Mide: seis mil ochocientos diecinueve metros con dos decímetros cuadrados. b) Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos noventa y cuatro cuatrocientos sesenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 01 Santa María, cantón 17 Dota, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rodrigo Alberto Romero Ceciliano; al sur, Carlos Yanuario Romero Ceciliano; al este, Aníbal Chacón Jinesta; y al oeste, Armando Zamora Monge. Mide: siete mil dos metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiocho de junio de dos mil once, con la base de tres millones ciento cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del diecinueve de julio de dos mil once, con la base de un millón cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). ambas fincas responden por las bases indicadas y soportando lo consignado líneas precitadas. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC Costa Rica S. A., contra Genner Romero Ceciliano, Zaira Naranjo Abarca. Expediente número: 11-000362-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de marzo del 2011.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—(IN2011034812).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil once, y con la base de ciento sesenta y ocho mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y nueve mil quinientos ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, piscina, lote 53. Situada en el distrito San Rafael, cantón Escazú de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 15m; al sur, lote 56; al este, lote 54 y al oeste, lote 52. Mide: cuatrocientos ochenta y cinco metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del uno de junio del dos mil once, con la base de ciento veintiséis mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil once, con la base de cuarenta y dos mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. (Banco Banex S. A.) contra Cristian Dumitrache Dumitrache. Expediente: 09-002754-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de marzo del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011034813).

En este Despacho; libre de gravámenes prendarios; y al ser las catorce horas treinta minutos del diez de junio de dos mil once, y con la base de catorce mil doscientos treinta y tres dólares con sesenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 720358, marca: Volkswagen Jetta, año: 2008, color: gris, chasis y vin: 3VWRV49M78M625524. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil once, con la base de diez mil seiscientos setenta y cinco dólares con veintiún centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del ocho de julio de dos mil once, con la base de tres mil quinientos cincuenta y ocho dólares con cuarenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. contra Carlos Alberto Ayon Lacayo. Expediente: 11-000391-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de marzo del 2011.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—(IN2011034814).

En este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción por colisión boleta 080356477, sumaria 09-2562-497-TR; a las ocho horas treinta minutos del diez de junio de dos mil once, y con la base de quince mil ochocientos diecisiete dólares con veintiocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 683659, marca: Peugeot 307, color: gris, año: 2006, capacidad: 4 personas. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil once, con la base de once mil ochocientos sesenta y dos dólares con noventa y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de julio de dos mil once, con la base de tres mil novecientos cincuenta y cuatro dólares con treinta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. contra Henry Moya Meléndez, María Elena Umaña Rodríguez. Expediente número: 11-000244-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de marzo del 2011.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—(IN2011034816).

En este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y al ser las quince horas treinta minutos del trece de junio de dos mil once, y con la base de seis millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y ocho mil novecientos sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 San José, cantón 03 Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Áurea Barrantes Quesada; al sur, Rodolfo Quesada; al este, calle pública con 10.00 metros y al oeste, Áurea Barrantes Quesada. Mide: ciento setenta y un metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil once, con la base de cuatro millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del dieciocho de julio de dos mil once con la base de un millón quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. contra Joaquín Quesada Barrantes. Expediente número: 11-000363-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de marzo del 2011.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2011034817).

En este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil once, y con la base de trece mil setecientos cuarenta y ocho dólares con setenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 645632, marca: Suzuki-Grand Vitara, año: 2006, color: gris; chasis y vin: JS3TA74V074100290. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil once, con la base de diez mil trescientos once dólares con cincuenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil once con la base de tres mil cuatrocientos treinta y siete dólares con dieciocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. contra Edwin Solano Rivas. Expediente: 11-000390-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de marzo del 2011.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—(IN2011034818).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando limitaciones al tomo 378, asiento 2092; a las diez horas y quince minutos del veintitrés de junio del dos mil once, y con la base de siete millones cuarenta y un mil doscientos veintiocho colones con nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F00008689-001-002 y 003, la cual es terreno apartamento 4 habitacional. Situada en el distrito San Sebastián, cantón San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Viviendas y Desarrollos S. A.; al sur, área común de circulación peatonal; al este, apartamento 5 y al oeste, apartamento 3. Mide: sesenta y cuatro metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del ocho de julio del dos mil once, con la base de cinco millones doscientos ochenta mil novecientos veintiún colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del tres de agosto del dos mil once, con la base de un millón setecientos sesenta mil trescientos siete colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. (Banco Banex S. A.) contra Elieth Rodríguez Molina. Expediente 10-000410-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 17 de marzo del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011034820).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, dos servidumbre dominante y servidumbre sirviente y al ser las diez horas del seis de junio de dos mil once, y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos trece mil cuatrocientos cincuenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa lote 24-H. Situada en el distrito 01-Alajuela, cantón 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 23-H; al sur, lote 25-H; al este, alameda 1, con frente de 7.50 metros y al oeste, lote 5 H. Mide: ciento doce metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veinte de junio de dos mil once, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del cuatro de julio de dos mil once con la base de seiscientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Alberto Piedra Peñaranda, Gilda María Peñaranda Soto. Exp. 11-000397-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de marzo del 2011.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2011034829).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada al tomo: 338 asiento: 4046; a las once horas y cero minutos del ocho de junio del año dos mil once, y con la base de dieciséis millones quinientos trece mil veinticinco colones con noventa y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veintiún mil ciento sesenta y nueve cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno bloque K terreno para construir lote N° 10. Situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área de facilidades comunales; al sur, calle pública; al este, lote 11 K y al oeste, lote 9 K. Mide: ciento veintiséis metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintitrés de junio del año dos mil once, con la base de doce millones trescientos ochenta y cuatro mil setecientos sesenta y nueve colones con cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del ocho de julio del año dos mil once con la base de cuatro millones ciento veintiocho mil doscientos cincuenta y seis colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Kattia María Vega Carrillo, Otto Chavarría Castrillo. Exp. 11-003606-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de marzo del 2011.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—RP2011236033.—(IN2011035015).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas con treinta minutos del dieciséis de junio del año dos mil once, y con la base de siete millones noventa y seis mil ochocientos colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trece mil novecientos trece-cero cero cero la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito segundo, cantón segundo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, camino a Salitral en medio y Juana Acosta; al sur, carretera Nicoya-Puerto Jesús y José Nicolás Venegas Venegas; al este, José Nicolás Venegas Venegas y Pura Pérez Vega y al oeste, Pura Pérez Vega. Mide: tres mil trescientos tres metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del primero de julio del año dos mil once, con la base de cinco millones trescientos veintidós mil seiscientos colones con cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas con treinta minutos del dieciocho de julio del año dos mil once con la base de un millón setecientos setenta y cuatro mil doscientos colones con un céntimo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Antonio Filadelfo del Rosario Venegas Chinchilla, Runiar del Carmen Jaen Villagra. Exp. 11-000087-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 28 de abril del 2011.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2011236077.—(IN2011035016).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas del cinco de julio de dos mil once y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y siete mil ochocientos derechos cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito y cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, William Campos Rodríguez; al sur, Carlos Quirós Fonseca; al este, quebrada Los Piches y al oeste, avenida 25 de Julio con trece metros con cuarenta y seis centímetros lineales. Mide: trescientos sesenta y dos metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiséis de julio de dos mil once, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del diez de agosto de dos mil once con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L., contra Dagoberto Bermúdez Rodríguez, Odilie Núñez Sibaja. Exp. 10-000070-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 25 de abril del 2011.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—RP2011236086.—(IN2011035017).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las nueve horas y cero minutos del nueve de junio del año dos mil once, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y seis mil trescientos setenta y nueve-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa BK-16. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Invu; al sur, lote 15; al este, Invu y al oeste, alameda. Mide: ciento diecisiete metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de junio del año dos mil once, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de julio del año dos mil once con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Jenny Isabel Núñez Sánchez. Exp. 11-000123-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 25 de abril del 2011.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2011236102.—(IN2011035018).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado en favor de Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo, representada por el señor. Rigoberto Salas Mejías; a las nueve horas y treinta minutos del uno de junio de dos mil once, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y tres mil seiscientos cincuenta y ocho cero cero uno, cero cero dos (173658-001-002) la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Orosi, cantón Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Guadalupe Picado Boza; al sur, calle pública; al este, Guadalupe Picado Boza y al oeste, Guadalupe Picado Boza. Mide: doscientos metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil once, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil once con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ivannia Bonilla Serrano contra Milagro Siles Sánchez. Exp.11-000604-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 29 de marzo del 2011.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—RP2011236157.—(IN2011035019).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veintidós de junio de dos mil once, y con la base de siete millones novecientos dieciséis mil doscientos cuarenta colones con setenta y tres céntimos el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y tres mil cuatrocientos dieciséis cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 72 al sur, lote 74; al este, lote 60 y al oeste, alameda tres con un frente de 6 metros. Mide: noventa y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de julio de dos mil once, con la base de cinco millones novecientos treinta y siete mil ciento ochenta colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de agosto de dos mil once con la base de un millón novecientos setenta y nueve mil sesenta colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Víctor Gerardo Madrigal Valverde. Exp.10-002849-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de marzo del 2011.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—RP2011236188.—(IN2011035020).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas treinta minutos del veintinueve de junio del año dos mil once, y con la base de cinco millones cien mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 54142-002 la cual es terreno solar para construir. Situada en el distrito San Rafael, cantón Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Aníbal Segura; al este, calle pública y al oeste, río San Nicolás. Mide: ciento ochenta y cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiuno del julio del año dos mil once, con la base de tres millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de agosto del año dos mil once con la base de un millón doscientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Carmen Lidia Sibaja Chávez, Wálter Solano Redondo. Exp. 11-001373-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 8 de abril del 2011.—Lic. José Guillermo Guevara Solano, Juez.—RP2011236189.—(IN2011035021).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del siete de junio de dos mil once, y con la base de setenta millones trescientos cincuenta y seis mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y dos mil setecientos dieciséis-cero cero cero la cual es terreno Alajuela. Situada en el distrito Ceiba, cantón Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Incofer; al sur, calle pública; al este, Gerardo Córdoba Núñez y al oeste, I.D.A, Abonos del Pacífico S. A y Edwin Mora Murcia. Mide: doscientos veintidós mil setecientos sesenta y un metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil once, con la base de cincuenta y dos millones setecientos sesenta y siete mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de julio de dos mil once con la base de diecisiete millones quinientos ochenta y nueve mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segando del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Heimy Chávez Guillén contra Gerardo Córdoba Núñez. Exp. 09-000016-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de marzo del 2011.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—RP2011236206.—(IN2011035022).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del cinco de julio de dos mil once, y con la base de ciento quince mil seiscientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecinueve mil trescientos sesenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Guadalupe, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Eyda Vargas Campos; al sur, Lino Mora Montero, al este, José Sánchez Chacón y Haydee Sánchez Chacón y al oeste, calle pública. Mide: ciento ochenta y cinco metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil once, con la base de ochenta y seis mil setecientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil once con la base de veintiocho mil novecientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Kapama S. A., contra Javier Francisco Montero Vega. Exp. 11-006865-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de abril del 2011.—Lic. Katia María Araya Jácome, Jueza.—RP2011236217.—(IN2011035023).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de julio de dos mil once, y con la base de setenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veintiún mil ochocientos treinta y dos-cero cero cero la cual es terreno lote 108 terreno para construir una casa. Situada en el distrito San Antonio, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida Basu; al sur, lotes 122 y 123 ambos en parte; al este, avenida Basy y lote 107 y al oeste, Corporación Enron Sociedad Anónima. Mide: doscientos ochenta y ocho metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de agosto de dos mil once, con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto de dos mil once con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Genética Piscis S. A., contra María Lorena Agüero Porras. Exp. 11-006866-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 2 de mayo del 2011.—Lic. Ana María López Retana, Jueza.—RP2011236218.—(IN2011035024).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil once, y con la base de cinco millones setecientos noventa y seis mil treinta y cuatro colones con cuarenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa S-17247, marca Nacional, año 2005, color rojo, categoría semi-remolque, carrocería basculante, vin 4565241. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil once, con la base de cuatro millones trescientos cuarenta y siete mil veinticinco colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del ocho de agosto de dos mil once con la base de un millón cuatrocientos cuarenta y nueve mil ocho colones con sesenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Brunca Sociedad Anónima contra María de los Ángeles Artavia Ortiz, Isai Lizano Ibarra, Transportes Hermanos Lizano T.H.L Sociedad Anónima. Exp. 11-002194-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 13 de abril del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—RP2011236223.—(IN2011035025).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del quince de junio de dos mil once, y con la base de nueve millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y ocho mil cinco cero cero cero la cual es terreno de naturaleza lote A-12, bloque A con una casa de habitación. Situada en el distrito 07 Patarrá, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote-11 A; al sur, lote-13 A; al este, Ademar Gold Van Schroter y al oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta y dos metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil once, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de julio de dos mil once con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Laura Hernández Monge, Leonel Quintero Barrera, Leotis Janitzio Quintero Rodríguez. Exp. 11-002286-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 26 de abril del 2011.—Lic. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—RP2011236227.—(IN2011035026).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del quince de junio de dos mil once, y con la base de quince millones cuatrocientos treinta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y siete mil novecientos cuarenta y cuatro cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir, lote número dos con una casa. Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 1; al sur, lote 3; al este, lote 4 y al oeste, calle pública con 7,51 metros. Mide: ciento veinte metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil once, con la base de once millones quinientos setenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veinte de julio de dos mil once con la base de tres millones ochocientos cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Andrés Octavio Bolaños Deodoro, Karla Andrea Araya Chinchilla. Exp. 11-002217-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 13 de abril del 2011.—Lic. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—RP2011236228.—(IN2011035027).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso inscrita al tomo 561 asiento 17169 secuencia 01 subsecuencia 0004; a las quince horas y cero minutos del uno de junio de dos mil once, y con la base de doce millones trescientos diez mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos setenta y cinco mil sesenta y nueve-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Álvaro y Manuel Amador Navarro; al este, María de los Ángeles Castellón Jara y Maikel Angelly Castro Castell y al oeste, María de los Ángeles Castellón Jara y Maikel Angelly Castro Castell. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de junio de dos mil once, con la base de nueve millones doscientos treinta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de junio de dos mil once con la base de tres millones setenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Joel Quesada Pérez, Rafael Ángel Quesada Pérez. Exp. 11-002201-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 27 de abril del 2011.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—RP2011236229.—(IN2011035028).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las dieciséis horas del dos de junio del 2011, y con la base de veintidós millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 351934-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Aserrí, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Jorge Eduardo Boza Cordero; al sur, Guillermo Claudio Araya Mejías; al este, Eduardo Fallas y al oeste, calle pública con 50.00 metros. Mide: mil quinientos setenta metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas del diecisiete de junio del 2011, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas del cuatro de julio del 2011 con la base de cinco millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Norman Mora Araya. Exp. 11-000100-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de febrero del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—RP2011236230.—(IN2011035029).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal y anotación de embargo; a las ocho horas y quince minutos del tres de junio de dos mil once, y con la base de treinta mil doscientos ochenta y cinco dólares con setenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas C-149411, marca Internacional, estilo 7400 (6x4), serie 3htwyaxt37n566800, año 2007, categoría carga pesada. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del veinte de junio de dos mil once, con la base de veintidós mil setecientos catorce dólares con treinta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del cinco de julio de dos mil once con la base de siete mil quinientos setenta y un dólares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito Sociedad Anónima de Capital Va contra Residencias Jiménez y Navarro Sociedad Anónima, Residencias Navarro y Asociados Sociedad Anónima, Sierra Terracota Sociedad Anónima, Urbanizadora Navarro de Cartago Sociedad Anónima. Exp. 11-001060-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 2 de mayo del 2011.—Lic. José Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2011035067).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta minutos del tres de junio de dos mil once, y con la base de setenta y siete mil quinientos treinta y ocho dólares con ocho centavos (o su equivalente en colones), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: EE-27881, marca: Caterpillar, categoría: equipo especial obras civiles, vin: CAT0938GPRTB01366, año: 2006, color: amarillo, cilindrada: 7200 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del veinte de junio de dos mil once, con la base de cincuenta y ocho mil ciento cincuenta y tres dólares con cincuenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del cinco de julio de dos mil once con la base de diecinueve mil trescientos ochenta y cuatro dólares con cincuenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito Sociedad Anónima de C.V. contra Residencias Jiménez y Navarro Sociedad Anónima y Residencias Navarro y Asociados Sociedad Anónima representada por José Antonio Navarro Rojas y a este en su condición personal, Sierra Terracota Sociedad Anónima representada por Roberto Navarro Jiménez y Urbanizadora Navarro de Cartago Sociedad Anónima, representada por José Antonio Navarro Jiménez. Exp. 11-001360-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 22 de marzo del 2011.—Lic. Jacqueline Paola Brenes Segura, Jueza.—(IN2011035068).

A las ocho horas del veintiocho de junio del dos mil once, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente y con la base de veintidós millones cuatrocientos diez mil cuatrocientos ochenta y nueve colones con siete céntimos, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número ciento doce mil doscientos cuarenta y seis-cero cero cero, que es terreno lote cuatro, para construir, sito en distrito octavo Barranca del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, sur y oeste con Armando Vindas Herrera, y al este calle pública con frente de diecinueve punto cincuenta metros. Mide mil novecientos veintisiete metros con treinta y tres decímetros cuadrados, según plano P-cero cinco cinco seis tres nueve nueve-mil novecientos noventa y nueve. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del doce de julio del dos mil once, con la base de dieciséis millones ochocientos siete mil ochocientos sesenta y seis colones con ochenta céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del veintiséis de julio del dos mil once, con la base de cinco millones seiscientos dos mil seiscientos veintidós colones con veintisiete céntimos (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 10-100472-642-CI-2 de Banco Popular contra Wálter Vindas Castro.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Jueza.—(IN2011035081).

En la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios a las quince horas del veintiocho de junio del dos mil once, y con la base de cinco millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil ciento treinta y ocho colones con sesenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cero ochenta y seis mil setecientos cuarenta y nueve-cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa lote 8 denominado lote 390. Situada en el distrito ocho Barranca, cantón uno Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con IMAS; al este, María Elen Obando Zúñiga y al oeste, con Asdrúbal Villegas Obando. Mide: trescientos un metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del doce de julio del dos mil once, con la base de cuatro millones ochenta y tres mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del veintiséis de julio del dos mil once con la base de un millón trescientos sesenta y un mil doscientos ochenta y cuatro colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Pedro Aguirre Aguirre y otra. Exp. Nº 10-100566-0642-CI-2.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 28 de abril del 2011.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Juez.—(IN2011035082).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando dos servidumbres trasladadas y dos medianerías y al ser las diez horas treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil once, y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta mil sesenta y siete cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, avenida 10 con 9.10 metros; al sur, INVU; al este, INVU y al oeste, INVU. Mide: doscientos veintisiete metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de junio de dos mil once, con la base de siete millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil once con la base de dos millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marta Zulay Sancho Solano, Zulay Solano Domínguez. Exp. Nº 11-000612-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de abril del 2011.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2011035123).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso y al ser las ocho horas treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil once, y con la base de siete millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta mil ciento sesenta y cuatro cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno de potrero con una casa. Situada en el distrito 01 San Marcos, cantón 05 Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Juan José Cerdas Leiva; al este, Juan José Cerdas Leiva y al oeste, Juan José Cerdas Leiva. Mide: setecientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del uno de julio de dos mil once, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de julio de dos mil once con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Josefina Fernández Masís, Mariano Monge Sanabria. Expediente Nº 11-000441-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de abril del 2011.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(IN2011035124).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; y al ser las diez horas y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil once, y con la base de trece millones doscientos treinta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento quince mil quinientos dieciocho cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 53; al este, calle pública y al oeste, lote 1. Mide: ciento noventa y siete metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del uno de julio de dos mil once, con la base de nueve millones novecientos veintidós mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de julio de dos mil once con la base de tres millones trescientos siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Elena Jiménez Badilla, Pedro Pablo Pérez Pérez. Expediente Nº 11-000195-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de abril del 2011.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2011035125).

En este Despacho; libre de gravámenes  hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y al ser las nueve horas del diecisiete de junio de dos mil once, y con la base de doce millones seiscientos cuarenta y seis mil ochocientos nueve colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veinticuatro mil quinientos veintisiete cero cero cero la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 03 Barbacoas, cantón 04 Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Hugo Alberto Aguilar Quesada; al sur, calle pública con 19 m 30 cm; al este, Hugo Alberto Aguilar Quesada y al oeste, María Cristina Quesada. Mide: quinientos setenta metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del uno de julio de dos mil once, con la base de nueve millones cuatrocientos ochenta y cinco mil ciento siete colones con veintitrés céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintidós de julio de dos mil once con la base de tres millones ciento sesenta y un mil setecientos dos colones con cuarenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Xinia Navarro Rojas. Exp. Nº 11-000484-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de abril del 2011.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(IN2011035126).

En la puerta de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del trece de junio de dos mil once, y con la base de dieciocho millones trescientos ochenta y tres mil quinientos noventa y tres colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y siete mil doscientos cincuenta y seis cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa, lote 23. Situada en el distrito tres Mayorga, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Asociación de Desarrollo Integral; al sur, lote N° 19; al este, lote N° 22 y al oeste, Asociación de Desarrollo Integral. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de junio de dos mil once con la base de trece millones setecientos ochenta y siete mil seiscientos noventa y cinco colones con once céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de julio de dos mil once con la base de cuatro millones quinientos noventa y cinco mil ochocientos noventa y ocho colones con treinta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra César Castillo Chaves, Manuel Antonio Navarro Reyes, Paula de los Ángeles Eras Pineda, Sandra Leonor Vargas Eras. Exp. Nº 09-001572-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de mayo del 2011.—Lic. Brenda Vargas Quesada, Jueza.—(IN2011035127).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de junio de dos mil once, y con la base de treinta millones doscientos un mil ochocientos setenta y ocho colones con ochenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y dos mil ciento seis cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito Uruca, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, La Florentina S. A. y lote baldío; al sur, Sociedad Taller Montero S. A. aproximadamente a 4.00 metros; al este, calle pública con 10.00 metros de frente y al oeste, Compañía Nacional de Fuerza y Luz S. A., aproximadamente a 6.00 metros. Mide: doscientos cincuenta y cuatro metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil once, con la base de veintidós millones seiscientos cincuenta y un mil cuatrocientos nueve colones con dieciséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de julio de dos mil once con la base de siete millones quinientos cincuenta mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con setenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra María Ángela Chavarría Pérez. Expediente Nº 11-000540-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de abril del 2011.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2011035128).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del dieciséis de junio de dos mil once, y con la base de ocho millones ciento cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veintiún mil seiscientos ochenta y uno cero cero cero la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito San Isidro de El General, cantón Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mercedes Solís Piedra; al sur, Eligio Ulloa; al este, calle pública y al oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil once, con la base de seis millones ciento doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de julio de dos mil once con la base de dos millones treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ricardo Salas Segura. Expediente Nº 11-000654-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de abril del 2011.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2011035129).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de junio de dos mil once, y con la base de treinta y ocho millones cuatrocientos siete mil seiscientos sesenta y cinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento doce mil novecientos setenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Alajuela, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 4 metros; al sur, Víctor Rojas Esquivel; al este, Elicet Dahard Silva y al oeste, Alejandro Galva Jiménez. Mide: setenta y nueve metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil once, con la base de veintiocho millones ochocientos cinco mil setecientos cuarenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de julio de dos mil once con la base de nueve millones seiscientos un mil novecientos dieciséis colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gabriela Castro Vega. Exp. Nº 11-000485-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de abril del 2011.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2011035130).

A las diez horas, treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil once, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones de colones, al mejor postor remataré, la siguiente: finca del partido de Puntarenas, matrícula folio real número noventa y cinco mil cuatrocientos setenta y siete-cero cero cero, que es terreno para construir, sito en distrito cuarto Lepanto del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, este, y oeste, con Dionisio Sosa Villalobos y al sur, calle pública con quince punto tres metros. Mide: doscientos veinticuatro metros con veintinueve decímetros cuadrados, según plano cero dos cero tres cero cinco siete-mil novecientos noventa y cuatro. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas treinta minutos del doce de julio del dos mil once, con la base de un millón quinientos mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil once, con la base de quinientos mil colones (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 10-100911-642-CI-2 de Pedro Emilio Quirós Vargas contra: Edward Morales García.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 26 de abril del 2011.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—(IN2011035135).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta minutos del diecisiete de junio de dos mil once, y con la base de tres millones trescientos dieciséis mil ochocientos cincuenta y cinco colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 757444, marca Toyota, año 2001, color vino, vin 1NXBR12E31Z536993. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del cuatro de julio de dos mil once, con la base de dos millones cuatrocientos ochenta y siete mil seiscientos cuarenta y un colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del diecinueve de julio de dos mil once con la base de ochocientos veintinueve mil doscientos trece colones con ochenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica Sociedad Anónima contra Cristian Mora Bolaños. Exp. Nº 10-000404-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 3 de mayo del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2011035139).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil once, y con la base de un millón ochenta y un mil trescientos treinta y dos colones con cincuenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 332284, marca Nissan, categoría automóvil, año 1999, color blanco, chasis 3N1EB31S0ZK100691. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil once, con la base de ochocientos diez mil novecientos noventa y nueve colones con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de julio de dos mil once con la base de doscientos setenta mil trescientos treinta y tres colones con catorce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica Sociedad Anónima contra José Manuel Abarca Ugalde. Exp. Nº 11-000998-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 5 de mayo del 2011.—Lic. José Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2011035144).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas del dos de junio del dos mil once, y con la base de cinco mil ochocientos ochenta y cuatro dólares con setenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 511018, marca Peugeot, categoría automóvil, serie VF32AWJYU3WO32623, carrocería sedán cuatro puertas, tracción 4x2, año 2003, de color gris. Para el segundo remate se señalan las diez horas del diecisiete de junio del dos mil once, con la base de cuatro mil cuatrocientos trece dólares con cincuenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del cuatro de julio del dos mil once con la base de mil cuatrocientos setenta y un dólares con diecinueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra Manuel Antonio Calvo Fonseca. Expediente Nº 11-002138-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 8 de abril del 2011.—Lic. David E. Acuña Marín, Juez.—(IN2011035147).

A las ocho horas del dos de junio de dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, soportando plazo de Convalidación Reg. Artículo 15 de la Ley 2825 inscrita al tomo: 536, asiento: 12309, Restricciones Reg. Artículo 18 de la Ley Nº 2825 inscrita al tomo: 536, asiento: 12309 y libre de gravámenes hipotecarios, con la base de catorce millones de colones exactos, al mejor postor se rematará: finca del Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos sesenta mil novecientos diez-cero cero cero, la cual es terreno de patio con una casa de habitación. Situada en el distrito nueve Chires, cantón cuarto Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Asociación de Iglesias de Dios Pentecostal de C. R.; al sur, con Rafael Méndez Sandoval; al este, con calle pública con trece metros de frente, y al oeste, con Alexis Morales Quirós. Mide: trescientos setenta y dos metros con catorce decímetros cuadrados, según plano catastrado numero SJ- cuatrocientos setenta y cuatro mil quinientos cincuenta y tres-mil novecientos noventa y ocho. En caso de de no haber postores, para el segundo remate se señalan ocho horas del dieciséis de junio de dos mil once, con la base de diez millones quinientos mil colones (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintitrés de junio de dos mil once con la base de tres millones quinientos mil colones (25% de la base inicial). Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 11-100105-0197-CI de Asociación Solidarista de Empleados de Laboratorios Griffith de Centroamérica contra Bolívar Cedeño Vindas.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 12 de abril del 2011.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—(IN2011035170).

En la puerta exterior de éste Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del cuatro de julio del año dos mil once, y con la base de doce millones trescientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y un mil ochocientos catorce-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 33. Situada en el distrito primero Filadelfia, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 31; al sur, calle pública con 25,00 m; al este, calle publica con 10,00 m, y al oeste, lote 32. Mide: Doscientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de julio del año dos mil once, con la base de nueve millones doscientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de agosto del año dos mil once con la base de tres millones ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Yari conocido como Harry Angulo Sandoval. Exp. Nº 11-000122-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 2 de mayo del 2011.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—(IN2011035171).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios soportando denuncia penal bajo la sumaria 09-16513-042-PE a las catorce horas y cero minutos del diecinueve de julio del dos mil once, y con la base de veintisiete mil ochocientos tres dólares con trece centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 659852, marca Toyota Land Cruise, año 2004, vin JTEBY25J400013392, cilindrada 2982 cc, color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de agosto del dos mil once, con la base de veinte mil ochocientos cincuenta y dos dólares con treinta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos dieciocho de agosto del dos mil once, con la base de seis mil novecientos cincuenta dólares con setenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así  en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica) S. A. otrora Banco Banex Sociedad Anónima contra Esteban Ernesto Gil Girón Carvajal, Full Soccer S. A. Exp. Nº 09-002097-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 5 de abril del 2011.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—(IN2011035239).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veinte de julio del año dos mil once, y con la base de cinco millones novecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta mil trescientos noventa y uno cero cero cero (30 391-000) la cual es terreno de café. Situada en el distrito Santo Tomás, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Adrián Azofeifa; al sur, Célimo Barquero Rodríguez; al este, Ermelinda y Antonio Matamoros; y al oeste, Cafetalera Montealegre Ltda. Mide: dos mil seiscientos setenta y dos metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de agosto del año dos mil once, con la base de cuatro millones cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del año dos mil once con la base de un millón cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Dieciséis de Julio Limitada, Sistemas de Tuberías S. A. Exp. Nº 10-001814-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 13 de abril del año 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2011236245.—(IN2011035271).

A las ocho horas y quince minutos del veintiuno de junio del dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada de citas 0375-00000427-01-0859-001, hipoteca de primer grado, bajo citas 0392-00015354-01-0002-001, practicado de citas 0462-00016016-01-0001-001 y con la base de siete millones trescientos setenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número la cual es terreno. Situada en el distrito Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común y Avenida Dinamarca; al sur, apto. N 333; al este, área común y zona verde; y al oeste, apto. N 331. Mide: 49.14 cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Rodolfo Herrera Salazar contra María del Rocío Martínez Salas. Exp. Nº 02-000248-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de abril del año 2011.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—RP2011236260.—(IN2011035272).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas del veintiséis de julio del año dos mil once, y con la base de treinta y dos mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas C147852, marca Wester Star, año 1999, color gris, categoría carga pesada, vin 2WLPCDXH9XK9543, motor 06RE119335. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de agosto del año dos mil once, con la base de veinticuatro mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto del año dos mil once con la base de ocho mil ciento veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Atlantic Tractor Sociedad Anónima contra Eladio Madrigal Arguedas. Exp. Nº 10-002159-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 27 de abril del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2011236289.—(IN2011035273).

A las ocho horas quince minutos, del veintinueve de junio de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0361-00000022-01-0900-001 y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor de la actora, sea la base de ¢30.000.000,00, remataré: finca inscrita en Propiedad del Partido de Alajuela Folio Real matrícula número 407.063-001-002-003, que es terreno de agricultura sito en San Rafael de Guatuso, distrito primero, del cantón quince, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Río Samen y Carlos Campos Álvarez; al sur, Luz Marina Chaves Fernández, calle pública, Carlos Campos Álvarez y Oliver Obando Valverde; al este, Luz Marina Chaves Fernández, Carlos Campos Álvarez, Cristóbal Gómez Parra, José Antonio Zúñiga Rojas, Luis Gerardo Mondragón Valverde, Giselle Piedra Álvarez; y al oeste, Luz Marina Chaves Fernández, Olivier Obando Valverde y Jaime Solano Soto. Mide: sesenta y un mil ciento noventa y nueve metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢22.500.000,00, se señalan las: ocho horas quince minutos del veinte de julio de dos mil once. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢7.500.000,00, se señalan las ocho horas quince minutos del cuatro de agosto de dos mil once. Se remata por ordenarse así en Exp. Nº 11-100368-297-CI. Ejecución hipotecaria de Compañía Villa Arrieta S.R.L. contra José Luis Sanabria Villalobos y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 25 de abril del 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2011236294.—(IN2011035274).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; y al ser  las quince horas del siete de junio de dos mil once, y con la base de doce mil dólares moneda de curso legal de los EEUU, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 1. F-82960 cero cero cero, la cual es terreno finca filial ocho de una planta, patio, jardín y corredor destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial siete; al sur, filial nueve; al este, Inversiones Rosa Linda S. A.; y al oeste, calle a acceso peatonal de área común libre. Mide: noventa y ocho metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. 2. F-82959 cero cero cero, la cual es terreno finca filial siete de una planta, patio, jardín y corredor destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito0 7 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, juegos infantiles de área común libre; al sur, filial ocho; al este, Inversiones Rosa Linda S. A.; y al oeste, calle a acceso peatonal de área común libre. Mide: noventa y ocho metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. 3. F-82958 cero cero cero, la cual es terreno finca filial seis de una planta, patio, jardín y corredor destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Apodenio Abarca Durán y Miriam Casasola Quirós; al sur, filial cinco; al este, calle de acceso peatonal de área común libre; y al oeste, Apodenio Abarca Durán. Mide: noventa y tres metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. 4. F-82956 cero cero cero, la cual es terreno finca filial cuatro de una planta, patio, jardín y corredor destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial cinco; al sur, filial tres; al este, calle de acceso peatonal de área común libre; y al oeste, Anselmo Ruiz Gómez y Mayela Díaz Sánchez. Mide: noventa y ocho metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. 5. F-82955 cero cero cero, la cual es terreno finca filial tres de una planta, patio, jardín y corredor destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial cuatro; al sur, filial dos; al este, calle de acceso peatonal de área común libre; y al oeste, Anselmo Ruiz Gómez. Mide: noventa y ocho metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. 6. F-82953 cero cero cero, la cual es terreno finca filial uno de una planta, patio, jardín y corredor destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial dos; al sur, parque de área común libre; al este, calle de acceso peatonal de área común libre; y al oeste, Anselmo Ruiz Gómez. Mide: noventa y ocho metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. 7. F-82954 cero cero cero, la cual es terreno finca filial dos de una planta, patio, jardín y corredor destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial tres; al sur, filial uno; al este, calle de acceso peatonal de área común libre; y al oeste, Anselmo Ruiz Gómez. Mide: noventa y ocho metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. 8. F-82957 cero cero cero, la cual es terreno finca filial cinco de una planta, patio, jardín y corredor destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial seis; al sur, filial cuatro; al este, calle de acceso peatonal de área común libre; y al oeste, Mayela Díaz Sánchez y Apodenio Abarca Durán. Mide: noventa y ocho metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veintiuno de junio de dos mil once, con la base de nueve mil dólares moneda de curso legal de los EEUU (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del cinco de julio de dos mil once, con la base de tres mil dólares moneda de curso legal de los EEUU (un veinticinco por ciento de la base inicial). Con respecto las fincas enumeradas: 9.  F-82961 cero cero cero, la cual es terreno finca nueve de una planta, patio, jardín y corredor destinada a uso habitacional el proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial ocho; al sur, filial diez; al este, Inversiones Rosa Linda S. A.; y al oeste, calle de acceso peatonal de área común libre. Mide: noventa y ocho metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados, y 10. F-82962 cero cero cero, la cual es terreno finca filial diez de una planta, patio, jardín y corredor destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial nueve; al sur, área común libre; al este, Inversiones Rosa Linda S. A.; y al oeste, calle de acceso peatonal de área común libre. Mide: noventa y ocho metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Las bases serán: Base primera la suma de cuarenta y dos mil dólares, base segundo remate: treinta y un mil quinientos dólares, tercera base: diez mil quinientos dólares, se fijan la misma hora y fecha señalada anteriormente. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Tres-Ciento Uno-Quinientos Cuarenta Y Siete Mil Doscientos Veinte contra Inmobiliaria Ugalde y Vega S. A. Exp. Nº 10-003282-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de marzo del 2011.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—RP2011236339.—(IN2011035275).

A las diez horas del dos de junio de dos mil once. En la puerta exterior de este Despacho, con la base de cuatro millones de colones y libre de gravámenes prendarios, al mejor postor se rematará: vehículo placas C-ciento treinta y nueve mil quinientos cincuenta y cinco, categoría carga pesada, serie, chasis y vin 1M2K1442LM003329, carrocería vagoneta, tracción sencilla, capacidad dos personas, años mil novecientos noventa, color blanco, marca Mack. Para el segundo remate se señalan las diez horas del dieciséis de junio de dos mil once, con la base de tres millones de colones (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintitrés de junio de dos mil once, con al base de un millón de colones (25% de la base inicial). Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo prendario Nº 10-100069-0197-CI de Federico Castro Chinchilla contra Hans Francisco Valverde Morgan.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 15 de abril de 2011.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—(IN2011035546).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: Ley 2825;  a las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de junio del año dos mil once, y con la base de ocho millones setenta y tres mil trescientos treinta y tres colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veintidós mil trescientos quince cero cero cero la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 04 Piedades Norte, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, José Arias; al este, parcela dos seis A y al oeste, parcela dos cuatro-A. Mide: mil novecientos veintiocho metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del cuatro de julio del año dos mil once, con la base de seis millones cincuenta y cuatro mil novecientos noventa y nueve colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiséis de julio del año dos mil once con la base de dos millones dieciocho mil trescientos treinta y tres colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ana Julia Arguedas Monge contra Leaval de la Paz Sociedad Anónima, expediente 10-002743-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 8 de abril del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011035562).

En la puerta exterior de este, Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del siete de junio de dos mil once, y con la base de ochenta y un mil cuatrocientos veinticuatro dólares con sesenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: EE-27292, marca: caterpillar, categoría: equipo especial obras civiles, vin: CAT0312CLFDS00762, año: 2008, color: amarillo, cilindrada: 4250 c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de junio de dos mil once, con la base de sesenta y un mil sesenta y ocho dólares con cincuenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de julio de dos mil once con la base de veinte mil trescientos cincuenta y seis dólares con diecisiete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este, despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito Sociedad Anónima de C.V. contra Residencias Jiménez y Navarro Sociedad Anónima y Residencias Navarro y Asociados Sociedad Anónima representadas por José Antonio Navarro Rojas y a este, en su condición personal, Sierra Terracota Sociedad Anónima representada por Roberto Navarro Jiménez y Urbanizadora Navarro de Cartago Sociedad Anónima representada por José Antonio Navarro Jiménez. Exp: 11-001476-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 14 de marzo del 2011.—Lic. Jacqueline Paola Brenes Segura, Jueza.—(IN2011035658).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones, a las trece horas y treinta minutos del dos de junio de dos mil once y con la base de cinco millones trescientos treinta mil ciento veintitrés colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 117671-000, la cual es terreno para construir, situada en el distrito primero Guápiles, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón, colinda: al norte, calle pública; al sur, resto   Carlos Luis Castro Zúñiga; al este, calle pública y al oeste, resto Carlos Luis Castro Zúñiga, mide ciento cincuenta metros con sesenta y seis decímetros cuadrados; para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de junio de dos mil once, con la base de tres millones novecientos noventa y siete mil quinientos noventa y dos colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de julio de dos mil once, con la base de un millón trescientos treinta y dos mil quinientos treinta colones con ochenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para La Vivienda Rural Costa Rica-Canadá contra Johanna Chacón Jiménez. Exp. Nº 11-000033-0930-CI.—Juzgado Civil del II Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 27 de enero del 2011.—María Cristina Cruz Montero, Jueza.—(IN2011035689).

A las dieciocho horas y veinte minutos del dos de junio del año dos mil once, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre trasladada citas 0368-00007105-01-0920-001, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seis millones setecientos setenta y siete mil ciento cincuenta colones con noventa céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 231891-000, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela, colinda: al norte, Ovidio Herrera Castro; al sur, Delfina Sánchez Padilla; al este, Gerardo Herrera Herrera y al oeste, calle pública, mide mil cuatrocientos diecinueve metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Luis Granados Zúñiga. Exp. Nº 07-004372-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del II Circuito Judicial de San José, 8 de abril del 2011.—Lic. Francisco Hernández Quesada, Juez.—RP2011236520.—(IN2011035697).

En la puerta exterior de este juzgado libre de gravámenes hipotecados, soportando cond, reservas y pro, a las catorce horas treinta minutos del seis de junio del dos mil once y con la base de siete millones cuatrocientos treinta y dos mil seiscientos diecisiete colones con setenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cero cero quinientos cuarenta y seis mil seiscientos ochenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el distrito tres San Juan de Mata, cantón dieciséis Turrubares, de la provincia de San José, colinda: al norte, con Julio Madrigal Díaz; al sur, con Tomás Batalla Esquivel y Julio Madrigal Díaz; al este, con Río Turrubares y al oeste, con calle pública 3 Mts y Julio Madrigal Díaz; mide mil cuatrocientos noventa y dos metros con cuarenta decímetros cuadrados, para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil once, con la base de cinco millones quinientos setenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y tres colones con veintinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del cuatro de julio del dos mil once, con la base de un millón ochocientos cincuenta y ocho mil ciento cincuenta y cuatro colones con cuarenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Servicios Turísticos Durán & Durán RDCH Inc S. A. y otra. Exp. Nº 08-100548-0642-CI-3.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 29 de abril del 2011.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Juez.—RP2011236583.—(IN2011035698).

A las nueve horas treinta minutos del dos de junio de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbres trasladadas bajo las citas: 0292-00005940-01-0002-001, 0292-00005940-01-0003-001, 0292-00005940-01-0004-001, 0292-00005940-01-0005-001, 0292-00005940-01-0006-001, 0292-00005940-01-0007-001, 0292-00005940-01-0008-001, servidumbres sirvientes bajo las citas 0356-00013647-01-0004-001 y 0356-00013647-01-0005-001, servidumbres trasladadas bajo las citas 0356-00013647-01-0904-001, 0356-00013647-01-0905-001 y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de ¢3,100,000,00, remataré: finca inscrita en propiedad del partido de Alajuela, folio real matrícula número 418.382-000, que es terreno para construir sito en Ciudad Quesada de San Carlos, distrito primero del cantón diez de la provincia de Alajuela, linda al norte y al oeste, calle pública; al sur, Fernando Antonio Barrientos Rojas y al este, calle pública y Fernando Antonio Barrientos Rojas, mide trescientos veintitrés metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢2,325,000,00, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil once, para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢775,000,00, se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta de junio de dos mil once. Se remata por ordenarse así en Exp. Nº 11-100310-297-CI, ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Sodelba Méndez Miranda y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 13 de abril del 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2011236703.—(IN2011035699).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas con treinta minutos del primero de junio del dos mil once, y con las bases de cuarenta y cinco millones diez mil ciento cincuenta y dos colones, con cuatro céntimos y siete millones trescientos veintisiete mil doscientos treinta y cuatro colones con cinco céntimos respectivamente, en el mejor postor remataré lo siguiente: la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 150103-000, la cual es terreno con casa, situada en el distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas, colinda: al norte, resto de Vaca Bonita S. A., al sur, lote uno; al este, calle pública con frente de catorce mil metros lineales y al oeste resto de Vaca Bonita S. A., mide quinientos metros cuadrados y la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 150102-000, la cual es terreno de repastos, situada en el distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas, colinda: al norte, lote dos; al sur, restos de Vaca Bonita S. A., al este calle pública con frente de catorce metros lineales y al oeste restos de Vaca Bonita S. A., mide quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas con treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil once, con la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta y siete mil seiscientos catorce colones con tres céntimos, para la finca matrícula número 150103-000 y cinco millones cuatrocientos noventa y cinco mil cuatrocientos veinticinco colones con cincuenta y tres céntimos para la finca matrícula número 150102-000 (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas del primero de julio del dos mil once con la base de once millones doscientos cincuenta y dos mil quinientos treinta y ocho colones con un céntimo para la finca matrícula número 150103-000 y un millón ochocientos treinta y un mil ochocientos ocho colones con cincuenta y un céntimos para la finca matrícula número 150102-000 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Carlos Castrillo Gutiérrez. Exp. Nº 10-000279-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 28 de febrero del 2011.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—(IN2011035984).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del seis de junio del dos mil once, y con la base de ciento dos millones seiscientos cuarenta y siete mil ciento veintitrés colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registró Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos treinta y un mil setecientos ochenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno lote 22 F, terreno para construir, situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela, colinda: al norte, lote 23 F; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, lote 21 F. Mide: doscientos ochenta y seis metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil once, con la base de setenta y seis millones novecientos ochenta y cinco mil trescientos cuarenta y dos colones con cincuenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de julio del dos mil once, con la base de veinticinco millones seiscientos sesenta y un mil setecientos ochenta colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rodolfo Rodríguez Vargas. Exp. Nº 10-017195-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 23 de noviembre del 2010.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—(IN2011036003).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cincuenta minutos del seis de junio de dos mil once y con la base de ciento quince mil trescientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número F-cero cero cero tres nueve tres nueve ocho-cero cero tres y cero cero cuatro (F-00039398-003 y 004), la cual es terreno finca filial, número 2 de tres niveles, destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situada en el distrito 08, San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela, colinda: al norte, lote 6 D, filial número 1, calle pública, área comuna libre zona verde; al sur, lote 8 D, filial número 1, área común libre zona verde; al este, lote 3 D, filial número 1 y al oeste, filial número 4, área común libre zona verde, área común líber acceso peatonal. Mide: trescientos veintiún metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cincuenta minutos del veintiuno de junio de dos mil once, con la base de ochenta y seis mil cuatrocientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cincuenta minutos del seis de julio de dos mil once, con la base de veintiocho mil ochocientos veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Juan Carlos de Jesús Abarca Alvarado y Nícida Torres Lobo. Exp. Nº 10-003074-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 9 de marzo del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2011036004)

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas treinta minutos del tres de junio de dos mil once y con la base de diez mil doscientos ochenta dólares con cincuenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 672974, marca Toyota, estilo Yaris, año 2007, color plateado, capacidad 5 personas, categoría automóvil, carrocería sedán 4 puertas, tracción 4x2, chasis JTDBT923001121262, uso particular para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veinte de junio de dos mil once, con la base de siete mil setecientos diez dólares con treinta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del cinco de julio de dos mil once, con la base de dos mil quinientos setenta dólares con trece centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de Banco BAC San José S. A. contra Susana Barzuna Flores. Exp. Nº 11-001472-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de abril del 2011.—Lic. Ana Rita de Los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2011036007).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Rafael Arce Sancho, a una junta que se verificará en este juzgado a las trece horas treinta minutos del treinta de mayo del dos mil once, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 04-100003-0399-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 5 de abril del 2011.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—1 vez.—(IN2011036058).

Títulos Supletorios

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000011-0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Octavio Alejandro Madrid González quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de La Paz de Piedades Norte de San Ramón, un kilómetro al oeste de la escuela, portador de la cédula de residencia que exhibe número uno tres cuatro cero cero cero cero cinco siete ocho dos cuatro, profesión administrador de empresas, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es de repastos. Situada en Bajo La Paz, distrito, cuatro de Piedades Norte, cantón, dos San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Diego Alfonso Madrid Figueroa; al sur, con calle pública con un frente de doscientos diez metros con dieciséis centímetros lineales; al este, Eladio Arias Arias y Esmeralda Elizondo Fernández; y al oeste, Rafael María Elizondo Cárdenas, Diego Alfonso Madrid Figueroa. Mide: cincuenta y cinco mil doscientos veinticinco metros con noventa y ocho decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-uno cero cero cuatro cuatro tres seis-dos mil cinco. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Octavio Alejandro Madrid González. Exp. 11-000011-0993-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 5 de abril del 2011.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—(IN2011034702).

Maritza López González, mayor de edad, casada una vez, vecina de San Cristóbal de Bijagua de Upala, Alajuela, cédula de identidad número dos-quinientos veinte-trescientos noventa y ocho, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales: el inmueble que se describe así: terreno de montaña, situado en Guacalito, distrito primero de Upala, cuarto Bijagua, cantón trece Upala, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, Mario René Alvarado Montero y en parte Gonzalo Pérez Zúñiga; al sur, Ministerio del Ambiente y Energía; al sur y sureste, Aracelly Blanco Carranza; y al este, en parte Gonzalo Pérez Zúñiga, Brazo del Río Canalete y en parte con servidumbre de paso a favor de este fundo. Mide: seis metros de ancho y dos mil quinientos ochenta y ocho metros con veintinueve centímetros de largo, oeste, Ministerio del Ambiente y Energía. Según plano catastrado número A-quinientos setenta y tres mil ciento noventa-mil novecientos noventa y nueve. Mide de extensión doscientos treinta y seis hectáreas ocho mil ochocientos veinte metros con dos decímetros cuadrados. Lo adquirió por venta de Juan Arana Brenes, mediante escritura pública cuarenta y dos-dos-uno, el doce de julio de dos mil diez, de la notaría Lorena Alpízar Bermúdez. Estima el inmueble en quinientos mil colones y la diligencia en la suma de cinco millones quinientos mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se cita a todos los interesados para que se apersonen en defensa de sus derechos. Exp. N° 10-000251-0387-AG. Información posesoria de Maritza López González.—Juzgado Agrario de Liberia, 2 de mayo del 2011.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2011034704).

Félix Ángel Alpízar Castro, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Tapezco de Alfaro Ruiz, kilómetro y medio al oeste de la escuela, cédula de identidad número dos-trescientos ochenta y nueve-cuatrocientos noventa y ocho. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de potrero, sito en San Luis, distrito trece Pocosol, cantón diez San Carlos de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, Mariana Pachecho Vásquez y quebrada en medio de Eddie Araya Carvajal; al sur, Mario Bolaños Arrieta, Emilce, Bellanira, Seidy, Irene, y Marita, todas de apellidos Hidalgo Quesada; al este, quebrada sin nombre en medio de Odilio Jirón Martínez; y al oeste, calle pública con un frente a ella de veintiún metros con cero centímetros lineales. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-857076-2003 de fecha 13 de mayo de 2003, una superficie de setenta y cinco mil ciento tres metros cuadrados. El inmueble antes descrito manifiesta el promovente que lo adquirió por compra que le hiciera al señor Eliécer Bolaños Castillo, mayor, casado dos veces, agricultor, cédula dos-ciento cincuenta y ocho-cuatrocientos veintiséis, vecino de Los Ángeles de Atenas, trescientos metros al este de la escuela en fecha seis de noviembre de dos mil seis, mediante testimonio de escritura número setenta y uno, otorgada ante el notario Marvin Valenciano Rojas y quien le transmitiera los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años. Manifiesta el promovente que no le une parentesco alguno con el transmitente. El fundo fue estimado en la suma de un millón de colones y en la misma suma se estimaron las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Expediente Nº 07-000161-0298-AG promovida por Félix Ángel Alpízar Castro.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 8 de febrero de 2011.—Lic. Marco Antonio Bolaños Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2011034721).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-000413-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jetty Bustos Marchena, quien es mayor, estado civil divorciada una vez, vecina de Cartagena de Santa Cruz de la escuela 150 metros al norte y 50 metros al oeste, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-0109-0177, profesión educadora pensionada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es actualmente con dos casas de habitación. Situada en el distrito quinto Cartagena, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, actualmente Colegio Técnico Agropecuario de Cartagena; al sur, con calle pública con un frente a ella de treinta y seis metros con ochenta y ocho centímetros lineales; al este, actualmente con Mildred Briceño Bustos y al oeste, actualmente con el Colegio Técnico Agropecuario de Cartagena. Mide: mil sesenta y cinco metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-384805-80. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapeas, rondas, levantamiento de cercos y mantenimiento en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jetty Bustos Marchena. Expediente 10-000413-0388-CI.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 20 de diciembre del 2010.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—RP2011236080.—(IN2011035030).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Aurelio Pedro Benavente Claros, cédula ocho-cero sesenta y uno-trescientos noventa, mayor casado, operador de computadoras, vecino de San José, San Antonio de Desamparados para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno con casa, sito en cantón primero de Puntarenas, distrito primero, en Puntarenas barrio San Luis de Fray Casiano de Madrid. Linda al norte calle pública; este, Carlos Castillo Castillo, al oeste Víctor Romero Brenes; al sur, con Delia Fallas Fallas. Mide: trescientos setenta y cuatro punto setenta y ocho metros cuadrados, según plano catastrado número P-ciento quince mil uno 115001-93. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre él ni gravámenes sobre él. Lo adquirieron por medio de posesión derivada, el inmueble lo estima en la suma de millón quinientos mil colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria N° 09-100471-642-CI de Aurelio Pedro Benavente Claros.—Juzgado Civil Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—1 vez.—RP2011236100.—(IN2011035031).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente número 11-100024-0920-CI-1 que es diligencias de información posesoria promovidas por Adalia Mora Fernández, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, cédula uno-novecientos setenta y cinco-cero cincuenta, vecina de Abrojo, Ciudad Nelly, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: inmueble ubicado en la provincia de Puntarenas, el cual es lote para construir, situado en el distrito primero Corredor, cantón décimo Corredores. Colindancias: al norte, con Epifanio Alvarado Cambronero, al sur, con Aracelly Alvarado González, al este, con servidumbre de paso declarada y Carlos Mora Fernández y al oeste, con Epifanio Alvarado Cambronero. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Posee plano número P-1458543-2010. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima dicho inmueble en la suma de dos millones cien mil colones. Que adquirió dicho inmueble en fecha 30 de noviembre de 2010 y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica, continua, de buena fe y a título de dueña. Que los actos de posesión han consistido en chapeas, deslinde y construcción de una casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso de información posesoria, promovido por Adalia Mora Fernández. Expediente número 11-100024-0920-CI-l.—MSc. Diana Vargas Badilla, Jueza.—1 vez.—RP2011236123.—(IN2011035032).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente número 08-000631-0388-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Miguel Jiménez Jiménez, quien es mayor, estado civil en unión libre, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, Ciudadela Pepe Luján, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número nueve-setenta y seis-ciento cincuenta y ocho, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, Santa Cruz, cantón tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Plano N° 1384175-2009, colinda: al norte, Luis Paulino Duarte Peraza; al sur, Miguel Jiménez Jiménez; al este, calle pública con un frente a la misma de veinte metros lineales y al oeste, José Guillermo Urbina Chaves. Mide: 488 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble del señor Wilfredo Ramón Centeno Álvarez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapeas, rondas, limpieza, vigilancia, cercado con postes muertos y cuatro hilos de alambre de púas, en si, cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Miguel Jiménez Jiménez. Exp. 08-000631-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 13 de diciembre del 2010.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—RP2011236203.—(IN2011035033).

Citaciones

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Yorkin Josué Alemán Ortega, quien fue menor, soltero, vecino de Upala, Urbanización Don Chu, de la pulpería Casa Grande, 50 metros al este, estudiante y quien fuera portador de la cédula N° 1-1779-0428, quien falleció en centro de Bagaces Guanacaste el 4 de febrero de 2007. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente número: 10-100438-0297-CI-(5B), Causante: Yorkin Josué Alemán Ortega.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 9 de junio del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2011034697).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Martín Gerardo Ballestero Fuentes, quien fuera mayor, casado, ejecutivo de ventas, vecino de Goicoechea, portador de la cédula de identidad número 3-274-343. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000637-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de marzo del 2011.—Lic. Giovanni Morales Mora, Juez.—1 vez.—(IN2011034748).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Juana María Solórzano Mejías, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Orotina. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-001668-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de marzo del 2011.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—1 vez.—(IN2011034765).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Alberto Flores Mora, quien fue mayor de edad, divorciado, farmacéutico, vecino de Siquirres, cédula de identidad Nº 6-0108-0239, quien falleció el 20 de diciembre del 2010, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-100009-0934-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, cuatro de abril del dos mil once.—Lic. Víctor Hugo Medina Morales, Juez.—1 vez.—(IN2011034778).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Manuel Arauz Arauz c. c. Manuel Arauz Caballero, de nacionalidad panameña, mayor, casado, agricultor, sin documento de identificación registrado en el país, vecino de Clavera de Potrero Grande de Buenos Aires; y María Rita Beita Granados c. c. Emilia Rita Beita Granados, mayor, casada, ama de casa, con cédula número seis-diecinueve-ocho mil ochocientos ochenta y ocho, vecina de Clavera de Potrero Grande de Buenos Aires, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio número 10-100110-1046-CI (119-10) de Manuel Arauz Caballero y Emilia Rita Beita Granados.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 14 de febrero del 2011.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—RP2011236020.—(IN2011035036).

De acuerdo a lo establecido en el Código Procesal Civil, se pone en conocimiento de cualquier interesado que ante esta notaría se está tramitando la sucesión de quien en vida fue Erick Eshmael Emanuel Watson, mayor, casado una vez, comerciante, cédula siete-cero cero cero cuatro uno-cero cero uno seis, hijo de Ortencea Emanuel Watson. Las oficinas de la suscrita notaría se encuentran en la provincia, cantón y distrito de Limón, frente al Grupo Nación, contiguo a Sitrapequia, local color terracota. Los teléfonos son 2798-0101, 2798-1010 y 2798-2121; el fax es el 2798-1122. El emplazamiento legal es de treinta días a partir de la publicación para que interesados y presuntos herederos se apersonen a esta notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieron la herencia pasará a quien legalmente corresponda.—Limón, 20 de abril del 2011.—Lic. Giovana Brown Cunningham, Notaria.—1 vez.—RP2011236041.—(IN2011035037).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Fernando Campos Camacho, quien fue mayor, soltero, comerciante con cédula número uno-ciento cuarenta y cuatro-ochocientos ochenta y cuatro, vecino de Pavas, San José, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, 1-2011.—Lic. Álvaro Argüello Marenco, Notario.—1 vez.—RP2011236050.—(IN2011035038).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Geovanny Campos Rojas, quien fuera mayor, soltero, vecino de Tibás, cédula de identidad uno-seiscientos dos-novecientos treinta y siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 09-000701-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de enero del 2010.—Lic. Manuel Briceño López, Juez.—1 vez.—RP2011236065.—(IN2011035039).

Ante esta notaría, a solicitud de los interesados, se realiza la apertura de sucesión en sede notarial, de quien en vida fuera Digna Azofeifa Sánchez, mayor, soltera, oficios del hogar, cédula de identidad 1-252-644, de último domicilio en Piedra Blanca de Mora. Apertura realizada en San José, a las 14:00 horas del 5 de abril del 2010. Se llama a terceros interesados a hacer valer sus derechos ante esta notaría, dentro del plazo de treinta días contado a partir de la publicación del presente. Sita: San José, avenida central, calles 5 y 7, edificio Primavera, 4to. piso, tel: 2221-4537.—San José, seis de mayo del 2011.—Lic. Luis Paulino Vargas Agüero, Notario.—1 vez.—RP2011236083.—(IN2011035040).

Avisos

En este Juzgado se tramitan diligencias de depósito judicial del menor José Gabriel Zúñiga Díaz, menor, costarricense, nacido el 04 de setiembre de 1994, hijo de la señora María José Zúñiga Díaz. Dichas diligencias son establecidas por el Patronato Nacional de la Infancia. Quien tenga alguna objeción al depósito solicitado, deberá formular dentro del plazo de treinta días contados a partir de la última publicación de este edicto. La custodia provisional del menor, reside en las instalaciones del Patronato Nacional de la Infancia, según expediente Nº 08-400192-425-FA.—Juzgado de Familia de Aguirre y Parrita.—Lic. José Vicente Quirós Carvajal, Juez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 44773.—C-7820.—(IN2011017082).

3 v. 3.

La Oficina Centralizada de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, hace saber a: Sonny Viesides, con cédula de identidad número pasaporte 033472656 respectivamente, de domicilio actual desconocido y paradero ignorado, que: En proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra, expediente número 08-003452-1012-CJ, se dictaron resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea. A las catorce horas y cincuenta y nueve minutos del dos de febrero de dos mil nueve. Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra de Inversiones Ovinas del Llano S. A. representado(a) por Hidalgo Casanueve Emiliano; a quien(es) se le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar medio o lugar, éste último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de mil novecientos noventa y seis, publicada en La Gaceta N° 211 del cuatro de noviembre de mil novecientos noventa y seis). Con la base de noventa y cuatro millones un mil cuatrocientos noventa y seis colones con veintitrés céntimos y libre de gravámenes; sáquese a remate el (los) bien(es) dado(s) en garantía, sea la(s) finca(s) del partido de Cartago, matrícula número 63868-000. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de mayo de dos mil nueve (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de mayo de dos mil nueve, con la base de setenta millones quinientos un mil ciento veintidós colones con diecisiete céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del ocho de junio de dos mil nueve, con la base de veintitrés millones quinientos mil trescientos setenta y cuatro colones con seis céntimos (un 25%). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al (los) demandado(s). Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción del (la) (las) finca (s) dada (s) en garantía. Se omite emplazar al acreedor de segundo grado toda vez que el mismo actor. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y enciente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Se le hace saber a las partes que este proceso se conduce con base en la Ley de Cobro Judicial, razón por la cual en lo sucesivo deberán ajustarse a dicho cuerpo normativo. Notifíquese a la sociedad demandada la presente resolución, por medio de su representante, personalmente o por medio cédula y copias en su casa de habitación; o bien en el lugar donde esté situado el domicilio social fijado en el Registro Público. Artículos 2º y 5º de la citada ley. Para notificar a la parte demandada, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José. Licenciada Kembly Díaz Espinoza, Jueza. MPEREZCA. Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, a las diez horas y cuarenta y cuatro minutos del siete de febrero del año dos mil once. Conforme lo solicita el actor notifíquese a los demandados Sonny Viesides y Dionisio José Gutiérrez Marenco por medio de edicto y en un diario de circulación nacional de conformidad con el artículo 21.4 de la Ley de Cobro Judicial, previo a notificar a la sociedad accionada aporte el actor un juego de copias de los folios 108 al 124 que sean legibles. Licenciada Cinthia Pérez Moncada. MSALAZAR. A las diez horas y cuarenta y nueve minutos del siete de febrero del año dos mil once.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea.—Lic. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—RP2011235292.—(IN2011033761).

2 v. 2.

PRIMERA PUBLICACIÓN

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria del menor Luis Enrique Ríos Quintana ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 11-000238-0938-FA. Proceso: tutela legítima dativa.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 15 de abril del 2011.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—(IN2011034692).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se avisa que en este Despacho el señor Juan José Chávez Vindas, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Lionell Andrew Peña Marín. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente: 09-000455-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 7 de octubre del 2009.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—RP2011235936.—(IN2011034446).

Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez del Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, hace saber a Heilin Patricia Fallas González, cédula de identidad 2-481-963 y Víctor Francisco Cabezas Vargas, cédula 2-461-775 que en este Despacho se interpuso un proceso ejecución hipotecaria en su contra, bajo el expediente número 08-000313-296-I, donde se dictó las resoluciones que en lo conducente dicen: Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, a las once horas y quince minutos del veintiséis de marzo de dos mil nueve. Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica en contra de Heilin Patricia Fallas González, Víctor Francisco Cabezas Vargas; a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar medio o lugar, este último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan las resoluciones posteriores que se dicten se les tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente artículos 6 y 12, Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de mil novecientos noventa y seis, publicada en La Gaceta N° 211 del cuatro de noviembre de mil novecientos noventa y seis. Con la base de trece millones quinientos setenta y seis mil doscientos setenta y cinco colones y libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de San José, matrícula número quinientos treinta y cinco mil trescientos cincuenta y nueve-cero cero cero. Para tal efecto se señalan las catorce horas del veintisiete de mayo de dos mil nueve. (Primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas del diez de junio de dos mil nueve, con la base de diez millones ciento ochenta y dos mil doscientos seis colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematante, para el tercer remate, se señalan las catorce horas del veinticuatro de junio de dos mil nueve con la base de tres millones trescientos noventa y cuatro mil sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días a los demandados. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, artículo 2 ibídem. Para notificar a Heilin Patricia Fallas González y Víctor Francisco Cabezas Vargas, ambos en su casa de habitación en Pavas, San José, de la Yema Dorada, trescientos metros al sur y cincuenta metros oeste, se comisiona a Policía de Proximidad Delta Ocho....” “Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, a las trece horas y diecinueve minutos del veintisiete de abril del dos mil once... Además solicitado por la parte actora, se ordena la subasta pública del bien garante. Con la base de trece millones quinientos setenta y seis mil doscientos setenta y cinco colones, libre de gravámenes hipotecarios; soportando seis inscripciones de servidumbres trasladadas, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos treinta y cinco mil trescientos cincuenta y nueve-cero cero cero. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil once (primer remate). De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil once, con la base de diez millones ciento ochenta y dos mil doscientos seis colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematante, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil once, con la base de tres millones trescientos noventa y cuatro mil sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Heilin Patricia Fallas González, Víctor Francisco Cabezas Vargas. Expediente: 08-000313-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 27 de abril de 2011.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—RP2011236010.—(IN2011034447).

El licenciado Nain Isaac Monge Segura, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a Teresa de Jesús Pérez Vásquez, en su carácter personal, quien es mayor, casada, se le hace saber que en demanda divorcio y separación judicial, establecida por Felipe Alexánder Rivas Villatoro contra Teresa de Jesús Pérez Vásquez, se ordena notificarle por edicto la sentencia que en lo conducente dice: Nº 323-2011. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del cuatro de mayo de dos mil once. Proceso separación judicial, establecido por Felipe Alexánder Rivas Villatoro, cédula 0000541036 contra Teresa de Jesús Pérez Vásquez, mayor, casada, por tanto: se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio, interpuesta por Felipe Rivas Villatoro en contra de Teresa Pérez Vásquez, consecuentemente se declara: a) Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a las partes, b) El divorcio se decreta por la causal remedio de separación de hecho, c) No existen personas menores de edad involucradas en el presente proceso, d) Se declara que no existen bienes gananciales que liquidar, sin embargo, se otorga en abstracto a ambas partes el derecho de participación sobre el cincuenta por ciento del valor neto de aquellos que hayan sido adquiridos durante la convivencia matrimonial, lo cual se liquidará en etapa de ejecución de sentencia, e) Se exime a las partes del pago de alimentos recíprocamente, f) Se ordena la inscripción de la presente sentencia al margen del Registro Civil, Sección de Matrimonios de la provincia de San José, al tomo: doscientos noventa y dos, folio: cuatrocientos noventa y siete, asiento: novecientos noventa y cuatro, g) Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas, h) Se ordena la publicación de la parte dispositiva de este fallo en el Boletín Judicial mediante edicto.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Nain Isaac Monge Segura, Juez.—1 vez.—(IN2011034666).

Se avisa al señor José Antonio Mendoza López, mayor de edad, nicaragüense, casado, albañil y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 10-003094-0165-FA, correspondiente a diligencias de Depósito Judicial, promovidas por María Rosario Castillo Zambrano, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad José Carlos y María del Rosario ambos Mendoza González. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 6 de mayo del 2011.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(IN2011034698).

Msc. Betty Arrieta Barrantes, Jueza de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, hace saber que en proceso de declaratoria de insania promovido por Carlos Manuel Córdoba González, se dictó la sentencia número ciento treinta y dos-dos mil once, de las siete horas quince minutos del siete de marzo del dos mil once, que en lo conducente dice: por tanto: en virtud de lo expuesto y normas de derecho invocadas se falla: se declara declarar insano a Luis Ángel Córdoba González y se le designa como su curador definitivo al señor Carlos Manuel Córdoba González, quien deberá aceptar el cargo dentro del plazo de cinco días una vez firme esta sentencia. La aceptación la podrá hacer mediante memorial debidamente autenticado por un profesional en derecho, o bien, por acta en el Despacho compareciendo el curador designado personalmente. En el mismo orden de ideas, deberá el señor curador presentar un inventario y avalúo de los bienes que tenga inscritos a su nombre el insano para cumplir con este requisito se le otorga un plazo de treinta días, que correrá una vez que esta haya aceptado el cargo. Se le hace ver al curador que deberá rendir la garantía de la administración que establecen los artículos 199, 201, 203, 204, y concordantes del Código de Familia, la cual se fijará una vez que se haya presentado el inventarío y avalúos de los bienes del insano. El curador debe rendir las cuentas anuales con los documentos justificativos del caso, esto de conformidad con lo que establecen los numerales 215, 281 y 221 del Código de Familia. Una vez firme la presente sentencia, deberá ser publicada una vez en el Boletín Judicial. Se ordena la inscripción en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia de Alajuela, al margen del tomo trescientos noventa y cinco, página trescientos veintitrés, asiento seiscientos cuarenta y cinco. Así como en el Registro Público, Sección Personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del patrimonio del insano. Notifíquese.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia Alajuela, San Carlos, 25 de abril del 2011.—Lic. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—(IN2011034699).

Se avisa que en este despacho bajo el expediente número 11-000139-0673-NA, los señores Doris Amelia Barboza Rojas y Nelson Javier Rodríguez Zúñiga, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Kevin Jafeth Cascante Marín. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de abril del 2011.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(IN2011034804).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente 09-400342-921-FA-(2) (347-09-2) donde se promueve el proceso abreviado de divorcio por parte de José Luis Mora Espinoza, vecino de barrio El Colegio, La Cuesta, Corredores, Puntarenas, de nacionalidad costarricense contra Marisol Candia Aragón, cédula de residencia número ciento cincuenta y cinco-ocho mil trescientos setenta y dos-tres mil doscientos diez, de nacionalidad nicaragüense, domicilio ignorado a quien se le ha ordenado notificar por medio de edicto (artículo 4 de la Ley de Notificaciones y Citaciones), la resolución dictada por este despacho de las trece horas con dieciséis minutos del cinco de noviembre de dos mil nueve, que en lo que interesa dice: Juzgado de Familia de Corredores, a las trece horas con dieciséis minutos del cinco de noviembre de dos mil nueve. Proceso abreviado de divorcio promovido por José Luis Mora Espinoza del cual se confiere traslado a Marisol Candia Aragón, por el plazo de de diez días, respecto a los hechos de la demandada expondrá con claridad si los rechaza por inexactos o si los admite como ciertos o con variantes y rectificaciones, también manifiesta con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En la misma oportunidad ofrecerá pruebas, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que deban referirse cada uno. Se le previene que una vez notificado, deberá por escrito señalar lugar y medio, ya sean en estrados, casillero, por fax, o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación (artículo 34 y 36 Nueve Ley de Notificaciones), bajo el apercibimiento de que si lo omitiere, o si el lugar señalado fuera incierto, o impreciso, o ya no existiere, las resoluciones posteriores le quedarán notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, en cuanto a la solicitud hecha por el actor de notificar por medio de edicto, se le hace ver a este que no basta únicamente con la notificación por medio de Boletín Judicial pues de conformidad con el artículo 23 de la Ley de Notificaciones vigente; se debe nombrar un curador procesal que represente al demandado ausente. Igualmente resulta necesario demostrar dicha ausencia, por lo que se le previene al promovente aportar al menos dos testigos que declaren sobre la ausencia de la demandada. En otro orden de ideas, solicítese al Registro Civil, se sirva en certificar la cuenta cedular de la señora Marisol Candia Aragón, al Registro Público, Sección Personas, solicítese certificación de si la demandada tiene o no apoderado escrito, a la Caja Costarricense del Seguro Social, solicítese certificación de las planillas en las que aparezca reportada la demandada y al Director de Migración y Extranjería los movimientos migratorios de esta. Notifíquese sobre esta demandada al Patronato Nacional de la Infancia por medio del notificador del despacho. Proceso abreviado de divorcio promovido por José Luis Mora Espinoza contra Marisol Candia Aragón. Expediente 09-400342-92l-FA-(2) (347-09-2).—Juzgado de Familia de Corredores, 23 de noviembre del 2010.—Lic. Freddy Quesada Valerio, Juez.—1 vez.—RP2011236121.—(IN2011035045).

El Licenciado Freddy Quesada Valerio, Juez de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, sede Corredores; hace saber a Marielos Pimentel González, domicilio ignorado a quien se le ha ordenado notificarle por medio de edicto, artículo 4 de la Ley de Notificaciones y Citaciones. Que en el expediente numeró 09-400026-921-FA (1), que es asunto de abreviado de divorcio promovido por el José Félix Justavino Guerra contra Marielos Pimentel González se dictó la sentencia de primera instancia número 83-2010. Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily a las dieciséis horas con quince minutos del veintitrés de diciembre de dos mil diez. Proceso abreviado de divorcio promovido José Félix Justavino Guerra, mayor, casado, comerciante, cédula panameña número cuatro cientos ochenta y seis-ochocientos setenta y uno, vecino de Corredores, contra Marielos Pimentel González, mayor, casada, del hogar, cédula de identidad número seis-doscientos veinte-setecientos tres, de domicilio ignorado. Resultando: Primero..., Segundo..., Tercero... Considerando I-. Hechos probados..., II-. Sobre el fondo...; Por tanto: se declara con lugar el proceso abreviado de divorcio promovido por José Félix Justavino Guerra contra Marielos Pimentel González representada por su curadora procesal licenciada Marbiodal Saavedra Ramírez y se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une por la causal de separación de hecho. Tal declaratoria se inscribirá mediante ejecutoria en el Registro Civil, sección matrimonios, provincia de Puntarenas, al tomo cincuenta y ocho, folio doscientos veinticinco, asiento cuatrocientos cuarenta y nueve. Al no existir bienes gananciales susceptibles de repartición entre los cónyuges, se omite pronunciamiento al respecto. Conserva la demandada el derecho a exigir pensión según las circunstancias y en la vía legal correspondiente. Se rechaza la pretensión subsidiaria de separación judicial, por haberse acogido la petitoria principal. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 8 de marzo del 2011.—Lic. Freddy Quesada Valerio, Juez.—1 vez.—RP2011236122.—(IN2011035046).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Hillary Deiky Ortiz Pedroza menor, estudiante, vecina de Tres Ríos, La Unión, Cartago, tarjeta de identidad número 1-1692-0674; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Hillary Deiky, por el de Hillary Priscila (tal y como lo consigna el abogado en el escrito inicial) mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. 10-003057-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 15 de marzo del 2011.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—1 vez.—RP2011236132.—(IN2011035047).

Se hace saber a Mario José Villareyna Ordóñez, portador del documento de identidad número PC649646 y sin domicilio conocido en este país, que en este Despacho se tramita el expediente número 11-400195-637-FA, que corresponde a una solicitud de autorización de reconocimiento de hijo de mujer casada a favor de Geral Armando Villareyna Chaves, planteada por Víctor Armando Martínez Bonilla, portador de la cédula de identidad número 1-1281-661 y vecino de Aserrí y que se le ha otorgado audiencia por tres días para manifestar lo que tuviere a bien y para señalar medio donde atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado de Familia de Desamparados, 17 de marzo de 2011.—Lic. Maureen Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—RP2011236158.—(IN2011035048).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la adopción en sede notarial de Erick Ricardo González Alpízar, mayor, soltero, comerciante, vecino de Zarcero, Alfaro Ruiz, Alajuela, del aserradero quinientos metros al este, cédula de identidad número dos quinientos veintiséis cero cero seis y que promueve Luis Profirio Morales Blanco, representado por la albacea provisional Florybeth Murillo González, mayor, viuda, ama de casa, cédula dos ciento noventa y cinco ciento treinta y cuatro, vecina de Zarcero, del aserradero quinientos metros al este, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y que si no se presentan dentro de dicho plazo, se procederá conforme corresponde. Expediente. 11-00001-FPF-NO, notaría del Bufete Portilla Fonseca.—Lic. Floribeth Portilla Fonseca, Notaria.—1 vez.—RP2011236202.—(IN2011035049).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Esteban José Castillo Lara, mayor, soltero, costarricense, trabajador temporal, cédula de identidad número cinco-trescientos ochenta-trescientos dos, hijo de Marvin Castillo Mena y Floribeth Lara  Álvarez, nacido en Centro de Nicoya, Guanacaste, el nueve de diciembre de mil novecientos noventa, actualmente con veinte años de edad, vecino de Ortega de Santa Cruz, 25 metros al oeste de la escuela de la localidad y Alba Raquel Chaves Salas, mayor, soltera, costarricense, operaria, cédula de identidad número cinco-trescientos ochenta y dos-quinientos cincuenta y tres, hija de Rafael Chaves Mendoza y Amadea Ernestina Salas Medrano, nacida en Centro Liberia Guanacaste, el seis de julio de mil novecientos noventa y uno, actualmente con diecinueve años de edad; vecina de Corralillos de Filadelfia, 50 m al norte de la Soda El Nance. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 11-100059-0401-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Carrillo, Guanacaste, veintiocho de abril del dos mil once.—Lic. Luis Andrés Angulo Sequeira, Juez.—1 vez.—(IN2011034686).

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes presentes en este despacho Marco Vinicio Brenes Mejía, mayor de edad, soltero, estudiante, vecino de Hatillo Dos, portador de la cédula de identidad número 1-1469-551, hijo de Xinia Mejía Solano y Marco Aurelio Brenes Acuña, ambos costarricenses, nacido en Hospital Central San José, el 29 de junio de 1991, con diecinueve años de edad, y Jennifer Ivonne Mora Castro, mayor de edad, estudiante, hija de William Mora Araya y Katty Castro Barboza, ambos costarricenses, nacida en Hospital Central San José, el 27 de enero de 1992, actualmente con diecinueve años de edad, cédula de identidad N° 1-1489-787, vecina de Hatillo Dos. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente: 2011-400248-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, nueve de mayo de dos mil once.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2011034776).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Alberto Flores Mora, quien fue mayor de edad, divorciado, farmacéutico, vecino de Siquirres, cédula de identidad Nº 6-0108-0239, quien falleció el 20 de diciembre del 2010, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-100009-0934-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, cuatro de abril del dos mil once.—Lic. Víctor Hugo Medina Morales, Juez.—1 vez.—(IN2011034778).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Jimmy Fernando Badilla Cordero, mayor, de 25 años de edad, cédula 3-0403-0483, costarricense, soltero, de oficio empresario, vecino de Santa María de Dota, 1 kilómetro este del parque Santa María de Dota, casa Cabaña, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 18 de junio 1985, hijo de Fernando Badilla Mena y Virginelia Cordero Romero, ambos costarricenses, vecinos de Santa María de Dota; y Ingrid Vega Hernández, mayor, de 25 años de edad, cédula de identidad 1-1243-664, costarricense, soltera, de oficio estudiante, vecina de Ipís, Zetillal, alameda Membrillo, casa número 812, nacida en Carmen, Central, San José, el 29 de mayo 1985, hija de Pedro Vega Guzmán y Elsa Hernández Brenes, ambos costarricenses, vecinos de Purral e Ipís respectivamente. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Solicitud de matrimonio. Exp. 11-001055-165-FA-2A.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Montelimar, 9 de mayo del 2011.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011035091).

Edictos en lo Penal

Licenciada Giselle Carrillo Obando, Fiscal de la Fiscalía de Nicoya, al señor Mario Gerardo Miranda Cabezas, cédula o documento de identidad número 2-372-500, se le hace saber: Que en el legajo de investigación 10-002220-0414-PE, seguido en contra de Rónald Ávila Salazar, en perjuicio de la seguridad común, por el (los) delito (s) de conducción temeraria, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Se previene constituirse en parte del proceso Fiscalía de Nicoya, al ser las diez horas y veintiún minutos del once de enero del año dos mil once. En vista que el automotor placas 404214, modelo 1988, estilo Excel GLS, marca Hyundai, color rojo, es propiedad de Mario Gerardo Miranda Cabezas y en consideración a que dicho automotor fue el medio utilizado para cometer el delito de conducción temeraria por parte del acusado Rónald Ávila Salazar y de conformidad con el artículo 110 del Código Penal, que indica que los instrumentos con los que se cometió el delito entrarán en comiso a favor del Estado, es decir, que el vehículo puede ser despojado de su propiedad, se le pone en conocimiento al propietario registral a fin de que se indique si tiene o no interés de constituirse en parte del presente proceso, en caso positivo apersonarse al proceso y señale medio para recibir notificaciones, dada la posible afectación de derechos que este proceso le puede ocasionar al mismo. Giselle Carrillo Obando, Fiscal Auxiliar Fiscalía de Nicoya. En vista de que el señor Mario Gerardo Miranda Cabezas es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución que se indica por medio de edicto que se publicará dos veces en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía de Nicoya.—Lic. Giselle Carrillo Obando, Fiscal.—Exonerado.—(IN2011035137).                                                                                2 v. 1.

publicación de una vez

La suscrita, Lic. Jessica Venegas Camacho, Fiscal de Narcotráfico, notifica a los propietarios registrales Sociedad Anónima, con identificación 3101590398, Héctor Arguedas Rojas, cédula 6-0290-0922, Carlos Daniel Mora Badilla, cédula de identidad 2-0323-0609, María Rossy Hidalgo Chaves, cédula de identificación 2-0538-0774, Desalmacenadota Olimpic, con identificación jurídica 3101031787, Yohana María Madrigal Zúñiga, cédula 6-0336-0574, Carlos Manuel Herrera Barrantes, cédula de identidad 2-0377-0417, Henry José Arguedas Paniagua, cédula de identificación 7-0131-0345, Manuel Chacón Salazar, con cédula de identificación 2-0293-0747, James Morgan Randal, pasaporte 402597911, Rosa Trejos González, cédula de identidad 6-0155-0798, Roberth Elías Villalobos Barrantes, cédula de identificación 6-0325-0394, Marlon Eduardo Rojas Gugolts, con cédula de identificación 1-0996-0637, C&A de Palmares S. A., cédula jurídica 3101602125, Transportes Correcaminos S. A., cédula jurídica 3101100318, Purdy Motors S. A., cédula jurídica 3101005744, Miguel Hernández González, con identificación numero de G02935481, Carlos Mauricio Chaves Matarrita, cédula 6-0307-0512, Rosa Isela Castro Brenes, cédula de identificación 1-0703-0759, Gregory Bermúdez Araya, con cédula de identidad 1-1237-0997, Christopher Campos Valerio, cédula de identidad 2-0621-0100, Dilana Díaz Naranjo, cédula de identidad 6-0331-0947, la resolución que literalmente dice: “Se previene a tercero de buena fe: A fin de cumplir con lo establecido en cuanto a bienes secuestrados, en causas por Tráfico de Drogas; se previene a Sociedad Anónima, con identificación 3101590398, propietario registral del vehículo placas CL201669, marca Chevrolet, estilo W3500, Héctor Arguedas Rojas, cédula 6-0290-0922, en calidad de propietario registral del vehículo placas 585024, marca Toyota, estilo Corolla, Carlos Daniel Mora Badilla, cédula de identidad 2-0323-0609, en calidad de propietaria registral del automotor placas 791234,marca BMW, estilo 318IC, María Rossy Hidalgo Chaves, cédula de identificación 2-0538-0774, en calidad de propietario registral del vehículo placas CL230264, marca Toyota, estilo Tacoma, Desalmacenadota Olimpic, con identificación jurídica 3101031787, propietario registral del vehículo placas 234530, marca Toyota, estilo Land Cruiser, Yohana María Madrigal Zuñiga, cédula 6-0336-0574, en calidad de propietario registral del vehículo placas 320921, marca Isuzu, estilo Trooper, Carlos Manuel Herrera Barrantes, cédula de identidad 2-0377-0417, en calidad de propietario registral del automotor placas 517956, marca Mitsubishi, estilo Montero, Henry José Arguedas Paniagua, cédula de identificación 7-0131-0345, en calidad de propietario registral del vehículo placas 415242, marca Hyundai, estilo Excel, Manuel Chacón Salazar, con cédula de identificación 2-0293-0747, propietario registral del vehículo placas 489616, marca Hyundai, estilo Galloper, James Morgan Randal, pasaporte 402597911, en calidad de propietario registral del vehículo placas 609675, marca Hyundai, estilo Galloper, Rosa Trejos González, cédula de identidad 6-0155-0798, en calidad de propietario registral del automotor placas 734221, marca Ford, estilo Explorer, Roberth Elías Villalobos Barrantes, cédula de identificación 6-0325-0394, en calidad de propietario registral del vehículo placas 219434, marca Isuzu, estilo NPR, Marlon Eduardo Rojas Gugolts, con cédula de identificación 1-0996-0637, propietario registral del vehículo placas 725292, marca Mitsubishi, estilo Montero, C&A de Palmares S. A., cédula jurídica 3101602125, en calidad de propietario registral del vehículo placas CL225707, marca Dodge, estilo RAM, Transportes Correcaminos S. A., cédula jurídica 3101100318, en calidad de propietario registral del automotor placa 483731, marca Mitsubishi, estilo Montero, Purdy Motors S. A., cédula jurídica 3101005744, en calidad de propietario registral del vehículo placas 712139, marca Mitsubishi, estilo Montero, Miguel Hernández González, con identificación numero de G02935481, propietario registral del vehículo placas, marca Mercedes, estilo Benz, Carlos Mauricio Chaves Matarrita, cédula 6-0307-0512, en calidad de propietario registral del vehículo placas 662581, marca Mitsubishi, estilo Montero, Rosa Isela Castro Brenes, cédula de identificación 1-0703-0759, en calidad de propietario registral del vehículo placas CL158438, marca Toyota, estilo Hi lux, Gregory Bermúdez Araya, con cédula de identidad 1-1237-0997, propietario registral del vehículo placas 559295, marca Nissan, estilo Path Finder, Christopher Campos Valerio, cédula de identidad 2-0621-0100, en calidad de propietario registra! del vehículo placas 829455, marca Jeep, estilo Wrangler, Dilana Díaz Naranjo, cédula de identidad 6-0331-0947, en calidad de propietario registral del automotor placas 823810, marca Chevrolet, estilo Captiva, que en la Fiscalía Adjunta de Puntarenas se tramita la causa penal número 10-200591-431-PE, contra Juan Dionisio Bautista Bautista y otros, por el delito de Tráfico Internacional de Drogas, ofendido la Salud Pública, así mismo, se le indica que en dicha investigación se decomisó los vehículos descritos, entre otros bienes, el cual queda depositado a la orden del Instituto Costarricense sobre Drogas. De la misma forma y por ser propietarios regístrales de los automotores descritos, de acuerdo a lo establecido por el articulo 93 de la ley 8204 se le comunica la posibilidad de apersonarse al proceso y que puede hacer valer sus derechos como tercero de buena fe, demostrando interés jurídico legitimo sobre el bien descrito. Se le informa que el Ministerio Público de acuerdo a lo estipulado en los artículos 87, 89, 90, 91 de la Ley, tiene interés en el comiso del vehículo, esto como consecuencia civil del hecho punible. Por lo tanto, de conformidad con lo que establecen los artículos 87, 89, 90, 91 de la Ley 8204, se le comunica al señor Sociedad Anónima, con identificación 3101590398, Héctor Arguedas Rojas, cédula 6-0290-0922, Carlos Daniel Mora Badilla, cédula de identidad 2-0323-0609, María Rossy Hidalgo Chaves, cédula de identificación 2-0538-0774, Desalmacenadota Olimpic, con identificación jurídica 3101031787, Yohana Maria Madrigal Zúñiga, cédula 6-0336-0574, Carlos Manuel Herrera Barrantes, cédula de identidad 2-0377-0417, Henry José Arguedas Paniagua, cédula de identificación 7-0131-0345, Manuel Chacón Salazar, con cédula de identificación 2-0293-0747, James Morgan Randa!, pasaporte 402597911, Rosa Trejos González, cédula de identidad 6-0155-0798, Roberth Elias Villalobos Barrantes, cédula de identificación 6-0325-0394, Marlon Eduardo. Rojas Gugolts, con cédula de identificación 1-0996-0637, C&A de Palmares S. A., cédula jurídica 3101602125, Transportes Correcaminos S. A., cédula jurídica 3101100318, Purdy Motors S. A., cédula jurídica 3101005744, Miguel Hernández González, con identificación numero de G02935481, Carlos Mauricio Chaves Matarrita, cédula 6-0307-0512, Rosa Isela Castro Brenes, cédula de identificación 1-0703-0759, Gregory Bermúdez Araya, con cédula de identidad 1-1237-0997, Christopher Campos Valerio, cédula de identidad 2-0621-0100, Dilana Díaz Naranjo, cédula de identidad 6-0331-0947, la posibilidad que tiene de apersonarse al presente proceso a fin de que haga valer sus eventuales derechos.” Por medio de edicto Fiscalía Adjunta de Puntarenas - Unidad de Narcotráfico, a las once horas del veintiséis de abril del dos mil once. Confecciónese el edicto de estilo. Lic. Jessica Venegas Camacho, Fiscal de Narcotráfico y Crimen Organizado, expediente 10-200591-431-PE, caso “Carreta”, imputado Juan Dionisio Bautista Bautista y otros, por el delito de Tráfico Internacional de Drogas, ofendido la Salud Pública.—Fiscalía Adjunta de Puntarenas.—Lic. Jessica Venegas Camacho, Fiscal de Narcotráfico.—1 vez.—(IN2011034668).

Lic. Bernardo Goldstein Rosales, Juez del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Bagaces, Guanacaste, a las siete horas veinte minutos del veintiocho de marzo del dos mil once, deja  constancia, que en la presente sumaria se encuentra la resolución que literalmente dicen así: Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Bagaces, Guanacaste; al ser las quince horas quince minutos del veinticinco de marzo del dos mil once. En vista de que no se pudo localizar en las direcciones aportadas en autos, según constancia emitida por la Oficina Centralizada de Notificaciones de Heredia, la cual consta a folio 42 frente y por haberse ordenado así en resolución de las dieciséis horas veinte minutos del veintiuno de marzo del dos mil once, notifíquese por medio de edicto a la entidad denominada BTL Producciones Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-479511 y representada por el señor Leonidas Eduardo Orellana con cédula número 135 RE 050025001999 denominada anteriormente Marketing al Momento S. A. quien es el propietario registral del vehículo placas 651367 que de conformidad con lo establecido por el artículo 160 de la Ley de Tránsito vigente, tienen derecho a comparecer dentro del término de ocho días hábiles siguientes a manifestar si desea constituirse como parte o no en este proceso, con la advertencia que de no hacerlo se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta sentencia. Sumaria N° 10-600055-0399-TR (56-10), causa seguida contra: Jerry Antonio Castro Soto e Imme Ilonka Sandweg Anderson. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial y en cualquier diario de circulación nacional.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Bagaces, Guanacaste.—Lic. Bernardo Goldstein Rosales, Juez.—1 vez.—(IN2011034671).

A todo interesado legítimo en la motocicleta con las siguientes características: categoría motocicleta, marca Yamaha, número de placa MOT-cero setenta y seis mil setecientos, número de chasis 3WL109332, número de motor 3HB126913, que será traspasada a patrimonio del Consejo de Seguridad Vial o de quien ellos así lo dispongan, si en el plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la notificación que así se haga, la motocicleta no es retirada del Depósito de vehículos como es debido, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para el retiro de vehículos. Expediente: Nº 09-800043-924PJ (NI.607-09).—Juzgado Penal Juvenil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos.—Msc. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—(IN2011034672).

Licenciado Leslie Valverde Arroyo, Fiscal de la Unidad Especializada en Delitos contra la Vida y la Integridad Física del Ministerio Público, al (la) señor (a) Tercer Demandado Civil Andrea Reyes Madrigal, cédula 1-1212-0244, se le hace saber: que en el legajo de Acción Civil Resarcitoria, número expediente 09-012069-648-PE (1016-7), seguido en contra de Óscar Roberto Reyes Vargas y Tercer Demandado Civil Andrea Reyes Madrigal, en perjuicio de Mauricio Guillermo Durán Chinchilla, por el (los) delito (s) de Lesiones Culposas, se ha dictado resolución que literalmente dice: Traslado de la Acción Civil Unidad Especializada en Delitos Contra la Vida y a la Integridad Física del Ministerio Publico, San José, Costa Rica; al ser las ocho horas con treinta minutos del martes 15 de diciembre de 2009, de conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal vigente, se ordena comunicar al demandado civil y a su defensor, en el lugar señalado, y, en su caso, en su casa de habitación. De igual forma comuníquese al o los querellantes, si los hubiere, se les informa que tiene el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, para que manifiesten lo que corresponda. Unidad Especializada en Delitos contra la Vida y la Integridad Física del Ministerio Público. En vista de que el (la) señor (a) Andrea Reyes Madrigal; es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución que por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.— Unidad Especializada en Delitos contra la Vida y la Integridad Física del Ministerio Público.—Lic. Leslie Valverde Arroyo, Juez.—1 vez.—(IN2011034674).

Por requerirse en sumaria penal número 09-201631-0456-PE-3, en contra de Jorge Emilio Mora Alvarado, por el delito de lesiones culposas, en perjuicio de Shirley Sánchez Castellón, se solicita publicar por medio de edicto y por una única vez en el Boletín Judicial y de conformidad con el artículo 115, del Código Procesal Penal la siguiente resolución: “Traslado de la Acción Civil Resarcitoria” de las diez horas con cuarenta minutos del día doce de abril del año dos mil once; establecida por Shirley Sánchez Castellón en contra del demandado civil Jorge Emilio Mora Alvarado, cédula de identidad número 1-721-787, esto para que interponga las excepciones que estime convenientes.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 26 de abril del 2011.—Lic. Hazel Espinoza Mora, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011035132).

Licenciado José Blanco González, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, al demandado Civil Gustavo Alvarado Castro, mayor, vecino de Chilamate de Poás, Alajuela, 600 metros al oeste de chicharronera, portador de la cédula de identidad 2-508-811, se le hace saber que: dentro del proceso por lesiones culposas contra Alexis Morales González, expediente 09-200297-306-PE (571-09-7), se dictaron las resoluciones que dicen: se comunica acción civil. Fiscalía Adjunta de San Carlos, Ciudad Quesada, a las nueve horas cincuenta minutos del dieciséis de agosto del dos mil diez. Por el término de cinco días y de conformidad con lo que establece el artículo 115 del Código Procesal Penal, se comunica al imputado y demandado civil Alexis Morales González y Gustavo Alvarado Castro, así como a su abogado defensor, que Jorge Alberto Varela Rojas y su apoderado especial judicial licenciado Douglas Bolandi Sojo, formuló acción civil resarcitoria en su contra. Así mismo se les previene señalar lugar o medio de conformidad con la nueva Ley de Notificaciones para atender notificaciones dentro del perímetro judicial de esta ciudad, bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo quedarán notificados de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas (artículo 12 de la Ley de Notificaciones). Causa: 09-200297-306-PE (571-09-7), delito: lesiones culposas, imputado: Alexis Morales González, ofendido Jorge Alberto Varela Rojas y otro. Comuníquese.—Fiscalía de San Carlos.—Lic. Leonardo Pereira Valerín, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011035134).

Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las once horas y cuatro minutos del dos de mayo del año dos mil once. Se pone en conocimiento y se cita para audiencia preliminar al señor Randall Enrique Ávila Solís con número de cédula 1-0796-0672, mayor, costarricense, en calidad de codemandado civil; que este despacho mediante resolución de las diez horas cincuenta y nueve minutos del dos de mayo del año dos mil once, se han dictado los autos donde ordena la notificación por edicto que literalmente dicen: “Siendo que en la causa penal se ha señalado para audiencia preliminar el día dieciséis de junio del año dos mil once a las trece horas treinta minutos; pese que la fiscalía de Delitos Contra la Vida hizo lo posible por ubicar por todos los medios al señor Randall Ávila Solís quien figura como codemandado civil en la presente causa y no se obtuvo respuesta alguna, por lo que se le comunicará la presente mediante la publicación de un edicto por única ocasión”. De conformidad con lo dispuesto en nuestro Ordenamiento Jurídico. Comuníquese.—Exp. 07-020325-0042-PE.—Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Shirley Moraga Torres, Jueza Penal.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011035136).