BOLETÍN JUDICIAL Nº 115 DEL 15 DE JUNIO DEL 2011
DIRECCIÓN
EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
CIRCULAR Nº 81-08
ASUNTO: Política de Igualdad para las Personas con
Discapacidad en el Poder Judicial.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES
HACE SABER:
Introducción
El Poder
Judicial consecuente con su compromiso de trabajar en la defensa de los
derechos de las personas en condición de vulnerabilidad, a través de
Es así como surge la propuesta de
Con el fin de obtener una validación institucional a
través de un proceso participativo y crítico, que involucre a las (os)
funcionarias (os) judiciales, se presenta este documento como una propuesta de
trabajo, que permitirá en una etapa posterior, una vez incluidas las
observaciones que resulten de este proceso, someterla a conocimiento de Corte
Plena para su aprobación, legitimando así su futura aplicación.
DECLARACION DE
PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
EN EL PODER JUDICIAL
Considerando:
• Que el derecho
a la igualdad y no discriminación de todos los seres humanos se encuentra
reconocido en diversos instrumentos de protección de los derechos humanos tales
como: Declaración Universal de los Derechos Humanos (1), Pacto de Derechos Civiles y
Políticos(2)
y
_____________________________
1
Artículo 1, 2, 10 y 21.
2 Artículo 3 y 25 inciso c.
3 Artículo 23 inciso c y 24
• Que el derecho al acceso a la justicia es
reconocido en los siguientes instrumentos internacionales de protección de los
derechos humanos: Declaración Universal de Derechos Humanos (4) Pacto de Derechos Civiles y Políticos(5) y
• Que el Estado costarricense por medio de
• Que
• Que conforme a la ley de Igualdad de
Oportunidades para las Personas con Discapacidad(11) se establecen una serie de
obligaciones estatales dirigidas ha asegurar la igualdad y equidad para las
personas con discapacidad.
• Que el Poder Judicial tiene como mandato
constitucional la administración de la justicia en forma pronta y cumplida, sin
denegación y en estricta conformidad con las leyes.
Reconociendo:
• Que
existe una realidad social identificada por las institucionales nacionales y
organismos internacionales que refleja la desigualdad económica, jurídica,
política, ideológica que viven las personas en condición de discapacidad en la
sociedad costarricense.
• Que el Poder Judicial realizó un diagnóstico
institucional (2006) en el cual se identificaron las desigualdades existentes,
las necesidades y las líneas de acción a seguir. Dicho documento de diagnóstico
constituye una base fundamental de la política ya que plantea y orienta las
medidas a tomar en las diferentes dimensiones de trabajo en la administración
de justicia y el acceso a sus servicios de las personas con discapacidad.
• Que las personas en condición de
discapacidad son muy diversas por razones de género, edad, condición económica,
discapacidad, orientación sexual, creencias, etc.
Tomando en cuenta los siguientes principios:
• El
principio no discriminación por razones de discapacidad: significa que toda
distinción, exclusión o restricción basada en una discapacidad, antecedente de
discapacidad, consecuencia de discapacidad anterior o percepción de una
discapacidad presente o pasada, que tenga el efecto o propósito de impedir o
anular el reconocimiento, goce o ejercicio por parte de las personas con
discapacidad, de sus derechos humanos y libertades fundamentales(12)
_____________________________
4
Artículo 6, 7, 8,9 ,10 y 11
5
Artículo 14 inciso 3
6
Artículo 8 y 25
7
Artículo 1 inciso 2
8
Artículo 3 inciso
9
Artículo 33
10
Artículo 35 y siguientes 41
11
Ley 7600
12
Convención Interamericana sobre todas las formas de discriminación contra las
personas con discapacidad artículo 1 inciso 2.
• El principio de equiparación:
utilizar acciones afirmativas o medidas correctivas dirigidas a corregir
desigualdades sociales conforme a los instrumentos internacionales de
protección de los derechos humanos que establece: “No constituye discriminación
la distinción o preferencia adoptada por un Estado parte a fin de promover la
integración social o el desarrollo personal de las personas con discapacidad,
siempre que la distinción o preferencia no limite en sí misma el derecho a la
igualdad de las personas con discapacidad y que los individuos con discapacidad
no se vean obligados a aceptar tal distinción o preferencia…(13)
• El principio del respecto a la
diversidad: evidenciar las diferencias de los seres humanos según edad,
género, étnica, religión, condición económica, situación geográfica,
discapacidad, etc., reconociendo que los intereses, necesidades y percepciones
de esta diversidad de seres humanos son igualmente diferentes.
• El principio de igualdad de
oportunidades: ampliar el principio de igualdad formal, al de igualdad real
y equidad tomando en cuenta con criterios de equidad las condiciones personales
y el trasfondo humano de los conflictos en cada uno de los casos y sus
consecuencias.
• El principio de la no violencia:
prevenir, sancionar y erradicar la violencia estructural que se da cuando se
invisibiliza e ignora las necesidades de las personas con discapacidad en los
servicios judiciales (14).
• El principio de accesible: brindar
facilidades para que todas las personas puedan movilizarse libremente en el
entorno, hacer uso de todos los servicios requeridos y disponer de todos los
recursos que garanticen su seguridad, su movilidad y su comunicación (15).
• El principio de vida independiente:
abordar el “problema” en el entorno y no en las personas, permitiendo que estas
tomen las decisiones en sus vidas (16).
• El principio de auto representación:
desarrollar mecanismos de participación ciudadana en todas las instancias
judiciales donde las personas con discapacidad como colectiva social participen
en la toma de decisiones (17).
• Principio de Participación conforme a la
edad cronológica: relacionarse con las personas con discapacidad conforme a
la edad cronológica.
Asumir en su totalidad los
principios enunciados en el Código de Ética de la justicia como un servicio
público; la independencia judicial libre de prejuicios; la transparencia
judicial; la participación ciudadana; el mejoramiento de la administración de
la justicia; el acceso a las instancias judiciales; así como los deberes de
capacitación judicial, reserva e imparcialidad.
Incorporar los principios
enunciados en el Código de Ética con el fin de promover la igualdad de las
personas en condición de discapacidad.
Acuerda:
1. Adoptar una Política de Igualdad para las personas en condición de
discapacidad que de manera transversal, prioritaria y sustantiva incorpore la
perspectiva de la discapacidad en todo el quehacer del Poder Judicial. Para
garantizar la igualdad de oportunidades y no discriminación en los servicios
judiciales, decisiones judiciales y funcionamiento interno del Poder Judicial(18).
2. Integrar esta política a la misión, visión y
los objetivos institucionales, así como en los procesos de planificación, en
los planes anuales operativos y presupuestos (19).
3. Incorporar todos los principios establecidos
en esta política en el Código de Ética Judicial y el Estatuto Judicial (20).
_____________________________
13
14
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar
15
Establecido transversalmente en
16
Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de
discriminación contra las personas con discapacidad artículo 4 inciso 2 b
17
Convención Interamericana sobre todas las formas de discriminación contra las
personas con discapacidad artículo 5
18
Artículo 4 inciso a de
19
Artículo 56 de
20
Artículo 3 de
4. Desarrollar todas las medidas de carácter
administrativo, normativo, procedimental y operativo que sean necesarios con el
fin de garantizar la integración y aplicación de esta política en los
diferentes ámbitos del Poder Judicial(21).
5. Asegurar los recursos humanos, materiales,
financieros y técnicos necesarios, así como la creación de órganos, métodos y
procedimientos adecuados para implementar esta política e incorporar criterios
de descentralización para que se haga efectiva (22).
6. Garantizar el seguimiento y monitoreo de la
política de igualdad para las personas en condición de discapacidad creando
mecanismos que sean necesarios para lograr la coordinación entre los tres
ámbitos de la administración judicial responsables de su aplicación, con la
instancia que las autoridades judiciales determinen para velar por el
cumplimiento de la presente política (23).
7. Incluir e implementar las acciones afirmativas
o medias de corrección que se requieran en el plan de acción con el fin de
asegurar la eliminación de las desigualdades que sufren las personas en
condición de discapacidad (24).
8. Transversar la perspectiva de la discapacidad
y el principio de no discriminación por razones de discapacidad en todos los
servicios judiciales incluyendo los dirigidos a las personas servidores
judiciales (25).
9. Dar a conocer de manera inmediata la presente
política en todos los ámbitos y niveles del Poder Judicial, así como en la
sociedad civil con el objeto que se aplique en forma inmediata (26).
10. Concienciar y capacitar en forma sistemática
y continua a las personas servidoras judiciales con el objeto de lograr un
cambio de actitud en la cultura institucional acorde a los principios
establecidos en esta política (27).
11. Promover la participación ciudadana de
personas con discapacidad en los diferentes órganos del Poder Judicial (28).
12. Asegurar la prestación de servicios a partir
de criterios de eficiencia, agilidad, cortesía y accesibilidad acordes con las
demandas y necesidades de las personas con discapacidad, que tomen en cuenta
sus características específicas y elimine todas aquellas normas, prácticas y
costumbres que tengan un efecto o resultado discriminatorios por razones de
discapacidad o de cualquier otra naturaleza (29).
13. Garantizar que el entorno, los bienes, los
servicios y las instalaciones de atención al público relacionado con los
servicios judiciales sean accesibles para que las personas en condición de
discapacidad los usen y disfruten (30).
14. Brindar información veraz, comprensible y
accesible sobre los servicios judiciales a la población con discapacidad (31).
15. Apoyar a
_____________________________
21
Artículo 4 de
22
Idem
23
Articulo 36 siguientes y concordantes de
24
Artículo 1 inciso b Convención Interamericana sobre todas las formas de
discriminación contra las personas con discapacidad
25
Artículo 1 de
26
Artículos 60 y 61 de
27
Artículo 6 de
28
Artículo 4 inciso d y 12 de
29
Preámbulo inciso 1 de
30
Artículo 4 inciso b de
31
Artículo 50 de
32
Artículo 1 Directriz 27
LÍNEAS GENERALES DEL PLAN DE ACCIÓN
Con el fin de lograr la igualdad
real, considerando la normativa jurídica internacional y nacional de los
Derechos Humanos, los principios que rigen el Código de ética del Poder
Judicial, incluyendo los principios establecidos en esta política, así como los
compromisos asumidos por
Meta de
Garantizar la igualdad de
oportunidades y no discriminación en los servicios judiciales, decisiones
judiciales y funcionamiento interno del Poder Judicial para las personas en
condición de discapacidad.
Líneas de acción de la política
Las acciones a seguir en todos
los ámbitos del Poder Judicial para la implementación de la presente política,
deben orientarse a la identificación y erradicación de las desigualdades por
razones de discapacidad. Especial atención debe darse en el acceso a los
servicios judiciales y en las decisiones judiciales. Además las desigualdades
no deben afectar el acceso, interpretación y aplicación de la justicia, ni
interferir en el desempeño de las personas servidoras judiciales en relación a
sus funciones.
Las áreas estratégicas para la ejecución de la política
serán las siguientes:
a. Gestión de Personal
b. Comunicación, información y señalización
c. Espacios accesibles
d. Desarrollo de tecnología que facilite la
accesibilidad
e. Políticas, Normas y Procedimientos
Institucionales
f. Labor Jurisdiccional
g. Organización Administrativa
h. Monitoreo e Implementación
Las acciones propuestas serán
desarrolladas en diferentes ámbitos como lo son:
En el ámbito Administrativo
a) Aspectos Generales
El Consejo Superior, Dirección
Ejecutiva y demás instancias administrativas del Poder Judicial deben impulsar
el mejoramiento y fortalecimiento de los mecanismos administrativos y
jurisdiccionales existentes para lograr la accesibilidad a la justicia a las
personas con discapacidad usuarias sin discriminación tales como
El Consejo Superior y
El Consejo Superior y
El Consejo Superior y
El Consejo Superior y
El Consejo Superior, el Consejo de Administración de
Circuitos y los órganos auxiliares de justicia (Organismos de Investigación
Judicial, Ministerio Publico y Defensa Pública) promoverán, la adquisición de
automóviles accesibles que otorgan servicios al público.
El Consejo Superior y
El Consejo Superior y
El Consejo Superior y
b) Planificación, Seguimiento, Evaluación y Presupuesto
El Departamento de Planificación
deberá promover la incorporación de las acciones derivadas del cumplimiento de
El Departamento de Planificación junto con
El Departamento de planificación con la asistencia
técnica de
Los centros de responsabilidad conforme a
El Departamento de Planificación, mediante
El Departamento Financiero Contable velará por la
correcta asignación de recursos conforme a lo planificado y la auditoria es la
entidad responsable de evaluar el cumplimiento.
c) Gestión de Personal
El Departamento de Personal como
ente rector en materia Gestión Humana en el Poder Judicial deberá garantizar
que los procesos de selección de personal estén adaptados a las condiciones de
los aspirantes con discapacidad y se asegure la igualdad de oportunidades en
dichos procesos.
El Departamento de Personal incorporará en los procesos
de inducción la perspectiva de la discapacidad para promover actitudes
respetuosas para esta población.
El Departamento de Personal debe asegurar que las
políticas de contratación de personal, incentivos, ascensos, formación
profesional, evaluación del desempeño y administración de los recursos humanos
en general no discriminen por razones de discapacidad.
El Departamento de Personal formará a servidores/as
judiciales en la lengua de señas costarricense con énfasis en el área jurídica
para la atención al público.
El Departamento de Personal desarrollará acciones para
facilitar que las personas con discapacidad que son servidoras judiciales
cuenten con los servicios de apoyo y las ayudas técnicas para desempeñar lo
mejor posible sus funciones. Así como readaptar y reubicar al personal que
adquiera una discapacidad.
d) Capacitación
e) Información y Comunicación
La información al público que
emane del Poder Judicial deberá ser accesible a todas las personas, según sus
necesidades particulares (33). Para
ello: a) Se otorgará servicios de información y comunicación virtual deben
cumplir con los requerimientos de accesibilidad para las personas con
discapacidad mental y sensorial y b) Las dependencias judiciales que atienden
al público deberán contar con personal que informe en lengua de señas
costarricense.
_____________________________
33
Artículo 10 de
El Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional
del Poder Judicial llevará a cabo programas de información y divulgación a
personas en condición de discapacidad sobre el acceso a la justicia en
condiciones de igualdad y sobre los mecanismos a su disposición para efectuar
los reclamos correspondientes en caso de considerarse afectados. De igual forma,
divulgará a lo interno del Poder Judicial la política de igualdad para las
personas con discapacidad utilizando los medios idóneos.
El Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional
del Poder Judicial implementará un programa de divulgación de las resoluciones
judiciales que incorporen la perspectiva de los derechos de las personas con
discapacidad ante los medios de comunicación.
El Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional
del Poder Judicial en coordinación con
f) Desarrollo de Procesos, normas y métodos
Las diversas instancias del Poder
Judicial desarrollarán protocolos, guías y directrices para mejorar la atención
a las personas usuarias y personal de los servicios judiciales.
En el ámbito Jurisdiccional
Los jueces y juezas deberán
aplicar prioritariamente las Normas Internacionales de Protección de los
Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad tales como
Los jueces y juezas en su labor interpretativa deberán
tomar en consideración los principios generales de interpretación del derecho
de las personas con discapacidad y la desigual condición entre las personas
para eliminar todo sesgo por razones de discapacidad que produzca un efecto o
resultado discriminante contra las personas con discapacidad en todas las
esferas o materias jurídicas.
Los jueces y juezas en su labor de análisis y valoración
se abstendrán de hacer valoraciones basadas en consideraciones de tipo cultural
o ideológico que configuren prejuicios que produzcan efectos o resultados
discriminatorios y subordinantes contra las personas en condición de
discapacidad.
Los jueces y juezas para garantizar el precepto
constitucional de justicia pronta y cumplida considerarán prioritariamente los
casos en los cuales se expresa la desigualdad contra las personas en condición
de discapacidad tales como situaciones de violencia intrafamiliar,
discriminación por razones de discapacidad y otras.
Los jueces y juezas redactarán las resoluciones
judiciales con un lenguaje inclusivo y respetuoso de los derechos humanos de
las personas con discapacidad.
Los jueces y juezas velarán en la fase de ejecución de
sentencia que las resoluciones no produzcan efectos adversos basados en
prejuicios contra las personas con discapacidad que menoscaben el disfrute de
los derechos o acciones logradas en el fallo.
El Departamento de Trabajo Social y de Medicina Legal
Forense contará con personal especializado o bien se capacitara para su
especialización a funcionarios en discapacidad para realizar los peritajes
respectivos. En caso de contratación externa de peritajes quienes lo ejerzan
deberán cumplir con los requisitos preestablecidos y certificados de su
idoneidad.
El Sistema Costarricense de Información Jurídica pondrá a
disposición de quienes administran justicia una metodología de incorporación de
la perspectiva de la discapacidad para las resoluciones judiciales que reúna un
tesauro desde la visión de los derechos humanos de las personas con discapacidad
que incluya legislación, resoluciones judiciales y doctrina.
En toda Comisión que
En el ámbito Auxiliar Jurisdiccional
a) Ministerio Público
Deberá promover el cumplimiento
de las directrices para reducir la revictimización de personas en condición de
discapacidad en los procesos judiciales.
b) Defensa Pública
c) Organismo de Investigación Judicial
El personal
técnico y profesional del Departamento de Medicina Legal que lleva a cabo las
evaluaciones médicas y psicológicas, deberán incorporar la perspectiva de la
discapacidad en el momento de la valoración así como en el informe
correspondiente.
El personal del Organismo de Investigación Judicial
procurará erradicar prácticas que revictimicen a las personas con discapacidad.
Relaciones interinstitucionales
a) Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial
b) Defensoría de los Habitantes
c) Instituto de Rehabilitación y Formación Hellen Keller
Sociedad Civil
Red Interinstitucional
Monitoreo e Implementación
ESTRATEGIAS DE IMPLEMENTACIÓN
Las líneas de acción a corto plazo son:
Objetivos específicos |
Acciones |
Productos |
Identificar
los factores que obstaculizan las posibilidades de las personas
discapacitadas al acceso de los tribunales de justicia, ya sea como usuarias
o funcionarias |
Protocolo
de Investigación Desarrollo
de árbol de problemas Desarrollo
de indicadores que surgen del árbol de problemas Diseño de Instrumentos |
Elaborar
un protocolo de investigación que establezca el marco filosófico desde el
modelo de los derechos humanos, el marco conceptual, el desarrollo de
indicadores y los instrumentos para la investigación acción. |
|
Trabajo
de Campo: recopilación bibliográfica, talleres, visitas in loco, grupos
focales, talleres, entrevistas Clasificación
de Análisis
de la Información |
Realizar en conjunto con funcionarios/as del Poder Judicial y las
personas usuarias con discapacidad un análisis de las carencias actuales que
tiene el Poder Judicial en el cumplimiento del ordenamiento jurídico
costarricense relacionado con el acceso a la justicia y el goce pleno de los
derechos humanos de las personas servidoras, usuarias y procesadas con una
discapacidad Diagnóstico
sobre la situación del acceso a la justicia de las personas con discapacidad
con los siguientes apartados: 1.Información,
comunicación y señalización 2.
Infraestructura y organización 3.
Actitudes del personal 4.
Políticas, normas, métodos y procesos 5.
Resoluciones judiciales 6.
Tecnología y servicios de apoyo |
Construir
en conjunto con funcionarios/as del Poder Judicial, un Plan de Acción o
Política con enfoques innovadores para su integración desde perspectivas de
género y de la discapacidad bajo el modelo de los derechos humanos |
Diseño
de la carta de entendimiento Entrega
de la carta de entendimiento a las partes Negociación
de los aportes de cada institución para la carta de entendimiento Definición
de prioridades con |
Desarrollar
instrumentos participativos de evaluación de l estado de la situación que
involucren a personas usuarias, servidoras y procesadas con discapacidad que
permitan desarrollar acciones a corto y mediano plazo para el mejoramiento
del acceso a la justicia de la población con discapacidad. Cartas
de Entendimiento con CNREE, Instituto Hellen Keller, UCR y FECODIS |
|
Elaboración
del Plan Definición
de los principios Establecimiento
de las estrategias Diseño
de Aprobación
de la política Elaborar
los programas de capacitación Convocar a Facilitar
la capacitación |
Plan
de acción Política
de Acceso a Capacitación
a operadores jurídicos sobre los derechos de las personas con discapacidad Capacitación
a operadores jurídicos sobre violencia intrafamiliar contra las personas con
discapacidad Capacitación
a administradores de justicia sobre la aplicación de la ley 7600 Capacitación
a docentes de la escuela de capacitación del Poder Judicial sobre
adecuaciones curriculares Capacitación
a periodistas sobre la importancia de divulgar las sentencias relacionados
con los derechos de las personas con discapacidad |
|
|
|
|
Falta
el de LESCO jurídico y del personal administrativo |
Capacitación en LESCO jurídico |
|
Diseño del material didáctico |
Manual
de Exigibilidad de Derechos para personas con discapacidad |
|
Validación del material didáctico |
Manual
sobre los derechos de las personas con discapacidad para operadores de
justicia |
|
Edición
del material didáctico Publicación
del material didáctico |
Manual
sobre violencia intrafamiliar contra personas con discapacidad |
|
Convocatoria
a los grupos focales Falta uno con el PANI |
|
|
Realización
de seis grupos focales Falta uno con el PANI |
|
|
Ajuste
de la propuesta de directrices |
Directrices
para la atención a victimas con discapacidad |
|
Edición
de las directrices Aprobación
de las directrices |
Directrices
para la atención a niños/as con discapacidad víctimas |
|
Diseño
de las guías Validación
de las guías |
Guía
de señalización e información para personas con discapacidad |
|
Edición de las guías |
Guía
de cómo hacer servicios virtuales accesibles |
|
Publicación de las guías |
Guía
de contratación de inmuebles accesibles Guía
para el desarrollo de espacio judiciales accesibles |
|
Diseño
del protocolo Validación
del protocolo Publicación del protocolo |
Diseño
de un Protocolo Metodológico para incorporar la perspectiva de la
discapacidad en las sentencias |
|
Recopilación
Jurisprudencial Clasificación
de la Jurisprudencia |
Clasificación
de |
|
Relación
de Publicación
de la ley comentada |
Ley 7600 Comentada |
|
Elaboración de las recomendaciones Validación de las recomendaciones Divulgación de las recomendaciones |
Recomendaciones
para la inducción de personal sobre como relacionarse con las personas con
discapacidad |
|
Validación de las recomendaciones |
|
|
Divulgación de
las recomendaciones |
|
|
Recopilación
de los instrumentos Análisis
de los instrumentos de evaluación Incorporación
de la perspectiva de la discapacidad en los instrumentos de evaluación Establecer
el Convenio de cooperación Identificación
de recursos y necesidades |
Incorporar
la perspectiva de la discapacidad en los instrumentos de evaluación |
|
|
|
|
Establecimiento
de los servicios de defensa pública |
Promover
los servicios itinerantes en la defensa pública |
|
|
|
|
Convocatoria
de la sociedad civil Preparación
de la presentación por parte de Presentación de los resultados |
Informe
de rendición de cuentas a la sociedad civil |
GLOSARIO
1. Acceso a Justicia de las personas con discapacidad: conjunto
de medidas, facilidades, servicios y apoyos, que permiten a todas las personas
con discapacidad, sin discriminación alguna, les sean garantizados los
servicios judiciales, para una justicia pronta y cumplida con un trato humano.
2. Ayudas Técnicas: equipo y recursos auxiliares
requeridos por las personas en condiciones de discapacidad para aumentar su
grado de autonomía y garantizar oportunidades equiparables de acceso al
desarrollo.
3. Discapacidad: El resultado de la
interacción entre una persona con deficiencia física, mental y sensorial que
limita la capacidad de ejercer una o más de las actividades esenciales de la
vida diarias y un entorno con barreras que no le ofrece los servicios y apoyos
requeridos limitando y restringiendo su participación.
4. Discriminación por razones de discapacidad:
toda distinción, exclusión o restricción basada en una discapacidad,
antecedente de discapacidad, consecuencia de discapacidad anterior o percepción
de una discapacidad presente o pasada, que tenga el efecto o propósito de impedir
o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por parte de las personas con
discapacidad, de sus derechos humanos y libertades fundamentales (34).
_____________________________
34
Artículo 1 de
5. Perspectiva de la discapacidad:
Evidenciar, las distintas formas de subordinación y discriminación que en el
entorno social experimentan las personas en condición de discapacidad
considerando el género, edad, condición económica, etnia, orientación sexual
etc., a fin de de eliminarlas.
6. Revictimización: Toda acción u omisión
que contribuya al detrimento del estado físico, mental y/o afectivo-emocional
de la persona víctima.
7. Servicios de Apoyo: toda asistencia
personal dirigida a aumentar el grado de autonomía y garantizar oportunidades
equiparables de acceso al desarrollo para las personas en condición de
discapacidad.
8. Transversalidad de la discapacidad:
Proceso que convierte las experiencias, necesidades e intereses de las personas
con discapacidad en una dimensión integral en el diseño, implementación,
monitoreo y evaluación de políticas y programas, en todas las esferas
políticas, económicas y sociales, a fin de que estos gocen de servicios en
condición de igualdad y equidad.
Reiterada en virtud de acuerdo
tomado por el Consejo Superior en sesión N° 31-11 del 5 de abril de 2011,
artículo LVI.
San José, 17 de junio de 2008
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2011041444). Secretaria
General
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: G 4 S
08
Expedientes: 897
Paquetes: 7
Año: 2008
Asunto: Faltas y
Contravenciones. (Con sentencia absolutoria firme y archivados)
Remesa: Q 1
S 08
Expedientes: 33
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Pensión
alimentaria (Sin sentencia Abandonado Desestimado).
Remesa: Q 1 S 07
Expedientes: 86
Paquetes: 2
Año: 2007
Asunto: Pensión
alimentaria (Sin sentencia Abandonado Desestimado).
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a
San José, 2 de
junio del 2011.
Alfredo
Jones León
(43250).—Exonerado Director
Ejecutivo
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: 20342
Años: 1957 al 2010
Agendas: 25
Libros: 107
Ampos: 41
Asuntos: Documentación
Administrativa: Agendas de Señalamiento: de
los meses de enero a diciembre de 1997; de enero a diciembre de 1998; de enero
a diciembre de 1999; de enero a diciembre de 2000; de enero a diciembre de
2001; de enero a diciembre de 2002; de enero a diciembre de 2003; de enero a
diciembre de 2004; de enero a diciembre de 2005; de enero a diciembre de 2006;
de enero a diciembre de 2007. Agendas de Señalamientos de Reos Presos: de los
meses de enero a diciembre de 2000; de enero a diciembre de 2002; de enero a
diciembre de 2005.
Libros de
Conocimientos: de los meses de agosto de
Comisiones: de los meses
de abril a noviembre de 1976; agosto de
Reportes y Registros:
Inventario de Expedientes: de los años del 74 al 81, 1982, 1983, 1984, 1985, 1986,
1987, 1988, 1989, 1990, 1991 y 1992. Acta de destrucción de expedientes:
del año 1991. Control de Evidencia: de los meses de enero de
Copias de las Remesas de
Expedientes Remesados: de julio de 1969. Registro de Causas Penales:
de los meses de enero de
Registros de Asistencia: de los meses
de enero a diciembre de 2002, enero a diciembre de 2003, enero a diciembre de
2004, enero a diciembre de 2005, enero a diciembre de 2006, enero a diciembre
de 2007, enero a diciembre de 2008, enero a diciembre de 2009, enero a
setiembre de 2010.
Informes Mensuales y
Anuales: Informes Mensuales por Trimestre: de los meses de enero de
Control de Correo
Certificado: de los meses de julio de
Libros de Entrada: de los meses
de agosto de
Nombramientos de Personal: Toma de
Posesión de Empleados de
Reportes y Registros: Acuses
de Recibido: de los meses de abril de 1990; febrero, abril, junio, julio,
setiembre y noviembre de 1991; febrero, abril, julio, agosto, noviembre y
diciembre de 1992; enero, febrero, marzo, abril y mayo de 1993. Tener a
Rol: de los meses
de enero de
Consecutivo de Oficios: de los meses
de enero a diciembre de 1991; de enero a diciembre de 1992; enero a marzo de
1993; de febrero a agosto de 1994.
Informes Mensuales y
Anuales: Informes Mensuales: de los meses de enero a diciembre del año
2000; de enero a diciembre de 2001, de enero a diciembre de 2002; de enero a
diciembre de 2003; de enero a diciembre de 2004; de enero a diciembre de 2005;
de enero a diciembre de 2006; de enero a diciembre de 2007. Informes
Trimestrales: de enero a diciembre de 2004.
Nombramientos de Personal:
Proposiciones de Nombramientos: de los meses de enero de
Copias de Cheques con
depósito: de enero a diciembre de 1978; de enero a diciembre de 1979; de enero
de
Circulares: de los meses
de enero de
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a
San José, 2 de
junio del 2011.
Alfredo
Jones León
(43251).—Exonerado Director
Ejecutivo
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: A 7 S 06
Ampos: 8
Año: 2006 al 2009
Asuntos: Documentación
Administrativa: 1 Ampo con Registros de Oficios del 2008, 1 Ampos con
Copiadores de sentencia del 2006, 2 Ampos con Oficios despachados del 2007, 1
Ampo con Consecutivo de Oficios del 2006, 1 Ampo con Registro de asistencia del
2008, 1 Ampo con Control de actas de juramentación del 2009, 1 Ampo con
Controles de proposiciones de nombramientos del 2009.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a
San José, 2 de
junio del 2011.
Alfredo
Jones León
(43252).—Exonerado Director
Ejecutivo
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: A 2 S 08
Paquetes: 24
Ampos: 4
Libros: 1
Año: 2008 - 2009
Asunto: Documentación
Administrativa: 1 paquetes y 1 ampo de registros de asistencia del 2008, 3
paquetes de registros de correos electrónicos del 2008, 1 paquetes con
circulares del 2008, 4 paquetes y 1 ampo de control de fax recibidos del 2008,
3 paquetes de control de entrega de oficios a instructores del 2008, 3 paquetes
con boletines judiciales del 2008, 3 paquetes con oficios de reportes de
depósitos judiciales del 2008, 2 Paquetes de registro de entrega de
notificaciones del 2008, 1 ampo de nombramientos de personal del 2008, 1 libro
de conocimiento del 2008, 4 paquetes con registro de entrega de notificaciones
del 2009, 1 ampo reporte de fax recibido del 2009.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a
San José, 2 de
junio del 2011.
Alfredo
Jones León
(IN2011043253).—Exonerado Director
Ejecutivo
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: A 11 P 03
Carpetas: 44
Agendas: 12
Libros: 4
Año: 2003 al 2008
Asunto: Documentación
Administrativa: Una carpeta de Estado de Conciliación Bancaria 2003. Dos
carpetas Correspondencia Certificada enviada 2005. Tres carpetas
Correspondencia recibida 2005. Una carpeta Correspondencia recibida 2005. Tres
Agendas de Señalamientos 2006. Dos carpetas Sentencia de primera instancia
2006. Dos carpetas Sentencia de segundas instancia 2006. Tres carpetas
Correspondencia certificada 2006. Dos carpetas Correspondencia recibida 2006.
Una carpeta Nombramiento personal del despacho
Una carpeta
Informe Asistencia 2006. Una Carpeta Control de Notificaciones 2006. Dos
carpetas Informe de labores de 2006. Una carpeta Estado de Conciliación
Bancaria 2006-2007.Tres carpetas correspondencia certificada 2007. Tres Agendas
de Señalamientos 2007. Una carpeta Circulares 2007-2008. Dos carpetas de
Correspondencia Certificada 2008. Dos carpetas recibidas 2008. Una carpeta de
listado de agregado semanal a los auxiliares 2008. Una carpeta de recibido de
testimonios de piezas 2008. Una carpeta informe de labores del 2008.
Una carpeta de
control de expedientes fotocopiados 2008. 3 Agendas de 2008. Un libro de Actas
de Correspondencia enviada 2008. Una carpeta de control de notificaciones 2008.
Una carpeta de control de notificaciones 2009. 3 Agendas del 2009. Una carpeta
de correspondencia recibida 2009. Una carpeta de Correspondencia enviada 2009.
Una carpeta de Correspondencia certificada 2009. Una carpeta de reporte de
asistencia 2009. Una carpeta de reporte de notificaciones por fax 2009. Una
carpeta de control de expedientes fotocopiados 2009.
Una carpeta de
Circulares de 2009. Una carpeta de listado de agregado semanal a los auxiliares
2009. Un libro de actas de control de pasado a fallo de primera instancia del
2004 al 2009. Un libro de actas de control de pasado a fallo de segunda
instancia de 1998 al 2009. Un libro de actas de control de ingreso de comisiones
del 1998 al 2009.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a
San José, 2 de
junio del 2011.
Alfredo
Jones León
(IN2011043254).—Exonerado Director
Ejecutivo
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: T 5 P 99
Expedientes: 17
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Expedientes de
Penal Juvenil: 1 Tenencia de Droga desestimada, 4 Inf. Ley de Tránsito
desestimadas, 2 Robo Simple desestimados, 1 Daño desestimado, 1 Amenazas
desestimado.
1
Falta Respeto, sobreseimiento, 2 Inf. Ley Tránsito, sobreseimiento, 1 Agresión
con arma, sobreseimiento, 1 Pelea Dual, sobreseimiento, 1 Falsificación
Documento, sobreseimiento, 1 Robo Simple, sobreseimiento, 1 Hurto,
sobreseimiento.
Remesa: L 4
P 04
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 2004
Asunto: Expedientes
Laborales: 3 Consignación de Prestaciones de Trab Fallecido, Archivadas
Remesa: L 8 P 06
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Año: 2006
Asunto: Expedientes
Laborales: 3 Prestaciones de Trab Fallecido, Archivadas, 1 Conmutación de Renta
Remesa: L 7 P 07
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto: Expediente Laborales: 3 Prestaciones
de Trabajador Fallecido archivados.
Remesa: V 6 P 06
Expedientes: 640
Paquetes: 6
Año: 2006
Asunto: Expedientes de
Violencia Doméstica
Remesa: V 6 P 07
Expedientes: 646
Paquetes: 6
Año: 2007
Asunto: Expedientes de
Violencia Doméstica
Remesa: V 2 P 08
Expedientes: 660
Paquetes: 6
Año: 2008
Asunto: Expedientes de
Violencia Doméstica
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a
San José, 2 de
junio del 2011.
Alfredo
Jones León
(IN2011043255).—Exonerado Director
Ejecutivo
A la señora
Alicia Hernández Díaz, de domicilio ignorado, se hace saber que en diligencias
de exequátur promovidas por el señor Gilbert Gerardo Villegas Hernández, contra
ella, para obtener el exequátur de una sentencia dictada por el Tribunal
Municipal Popular de Boyeros, Cuba, en proceso de divorcio seguido entre las
mismas partes, se ha dictado la resolución que en lo conducente dice:
“Resolución Nº 000492-E-11, Sala Primera de
San José, 7 de
abril del 2011.
Welesly Henry
Martínez
1
vez.—RP2011241389.—(IN2011043747). Notificador
a. í.
segunda PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del cuatro de julio del dos mil
once, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número veinticuatro mil setecientos cuarenta y cuatro-cero cero cero, la cual
es terreno solar con una casa. Situada en el distrito San Antonio, cantón
Nicoya de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jaris Sánchez
Chavarría; al sur, Modesto Gutiérrez Rojas y calle pública con treinta y dos
metros de frente; al este, Julia Gutiérrez Rojas y al oeste, Modesto Gutiérrez
Rojas. Mide: novecientos siete metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas del veintiséis de julio del dos mil once, con la base de
tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del diez
de agosto del dos mil once, con la base de un millón de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Bruno
Fonseca Gutiérrez, Victoria Gutiérrez Rojas. Expediente: 11-000119-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Nicoya, 26 de abril del 2011.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla,
Juez.—(IN2011042893).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones visibles al tomo 394,
asiento 13875, secuencia 01-0850-0001; a las nueve horas del cuatro de agosto
del dos mil once, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número cincuenta y dos mil doscientos veintisiete-cero cero cero, la
cual es terreno para vivienda con una casa. Situada en el distrito primero
Matina, cantón quinto Matina de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
Rolando Lee Bustos; al sur, calle pública con treinta y cuatro metros con
cincuenta y nueve centímetros lineales de frente; al este, Emilio Chavarría
Chavarría y al oeste, José Quesada Núñez. Mide: mil setecientos treinta y un
metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas del dieciocho de agosto del dos mil once, con la base
de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del primero de setiembre
del dos mil once, con la base de cinco millones de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Félix Antonio Ruiz Ruiz. Expediente: 10-000403-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 1º de
junio del 2011.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—(IN2011042897).
En la puerta exterior de este Despacho; en el
mejor postor remataré: 1) libre de gravámenes hipotecarios; la finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número 218352-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito Alajuela, cantón Alajuela de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Edmundo Espinoza Jiménez; al sur, Antonio Ávila Espinoza; al
este, Carlos Armando Contreras y al oeste, servidumbre de paso en medio otro.
Mide: ciento ochenta y ocho metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados,
proporción medida cuadrados. La finca se rematará con las siguientes bases sean
para el primer remate la base de diez mil dólares exactos. Para el segundo
remate con la base de siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta con la base de dos mil
quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2)
Libre de gravámenes hipotecarios la finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número 205857-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito Desamparados, cantón San José de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Benigno Jiménez Monge; al sur, Ernesto Durán Trejos; al este, Carmen
Sibaja y al oeste, calle pública con
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta minutos del
veintinueve de julio de dos mil once, y con la base de cinco millones
cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 113089-000, la cual
es terreno con una casa N 15 bloque S. Situada en el distrito 06 Dulce Nombre,
cantón 03
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las once horas del veintidós de julio de dos mil
once, y con la base de tres millones setecientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido San José, matrícula 00429614-000, la cual es terreno para construir con
una casa, lote 16 marcado número 47. Situada en el distrito 02 Granadilla,
cantón 18, Curridabat de la provincia de San José. Colinda: al norte, con
alameda; al sur, con INVU; al este, con INVU; y al oeste, con INVU. Mide:
ciento catorce metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once
horas del diez de agosto de dos mil once, con la base de dos millones
setecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del veintiséis de
agosto de dos mil once, con la base de novecientos veinticinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo
contra Eladio Hernández Arroyo y Gladys o María Gladys Rosales Díaz. Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de
hacer el depósito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado,
según lo establecido por el artículo 23 Ley de Cobro Judicial, mismo documento
deberá venir a nombre de la persona que realiza la postura. Expediente N°
11-002877-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 10 de mayo del 2011.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—RP2011240865.—(IN2011042918).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cuarenta minutos del ocho de
agosto de dos mil once y con la base de veintidós millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad Inmueble, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 187807-000, la cual es terreno de café, situada en el distrito
05 San Francisco, cantón 01 Cartago de la provincia de Cartago. Colinda al
norte, Ganadera Río Grande Romero Morales S. A.; al sur, Ganadera Río Grande
Romero Morales S. A.; al este, servidumbre de paso con frente de
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del
cuatro de julio de dos mil once, y con la base de ocho mil doscientos sesenta y
cuatro dólares exactos moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo 667407, se describe como marca
Chevrolet, estilo Spark, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie
KL1MD61447C190864, año 2007, carrocería sedán 4 puertas Hatchback, color
amarillo, tracción 4x2, peso bruto 1041 Kgrms, motor A08S3525534KA2,
combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cuarenta y cinco minutos del veintisiete de julio del dos mil once, con la base
de seis mil ciento noventa y ocho dólares exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta
y cinco minutos del doce de agosto de dos mil once, con la base de dos mil
sesenta y seis dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San
José S. A., contra Evelyn Jeannette Castillo Colindres. Expediente:
11-007341-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de marzo del 2011.—Lic.
Mainor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—RP2011240875.—(IN2011042920).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios a las nueve horas y cero minutos del ocho de agosto
de dos mil once, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número 75630-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 01 Carmona, cantón Nandayure de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Elieth Campos Castro; al sur, Flor Hernández
Brenes; al este, calle pública con 15,35 y al oeste, Marvin Campos Castro.
Mide: doscientos setenta y tres metros con ochenta y nueve decímetros
cuadrados. La base será la misma fijada en autos, sea la suma de catorce
millones doscientos mil colones exactos. De no haber postores, para llevar a
cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintitrés de agosto de dos mil once, con la base de diez millones seiscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos
del siete de setiembre de dos mil once, con la base de tres millones quinientos
cincuenta mil colones exactos (un 25% de la base original). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gladys Mora Granados contra
Sandra Mayela Briceño Rojas. Expediente: 10-001183-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 25 de marzo del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—RP2011240884.—(IN2011042921).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del dieciocho de
julio del dos mil once, y con la base de treinta y un mil doscientos sesenta y
nueve dólares con tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo placas 620464, marca Ssang Yong, año 2006, vin KPTG0B1DS6P200006,
cilindrada 2874 c.c., color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate
se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de agosto del dos mil once,
con la base de veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y un dólares con setenta
y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de agosto del
dos mil once, con la base de siete mil ochocientos diecisiete dólares con
veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra
Leslie C. Parker. Expediente: 10-013669-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de
mayo del 2011.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—RP2011240893.—(IN2011042922).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada al tomo 284,
asiento 7617 y al tomo 385, asiento
A las diez horas del ocho de agosto del dos
mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de
gravámenes prendarios y anotaciones y con la base de un millón seiscientos
ochenta mil colones, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea vehículo
placas CL-112519 inscrito en el Registro Público de
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del cuatro de
julio del dos mil once, y con la base de catorce millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento treinta y ocho mil ochocientos cuarenta y
dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
Lepanto, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública con veintitrés metros; al sur, Elbin Salas; al este, Jimmy
Sheridan Orias y al oeste, Elbin Salas. Mide: quinientos cincuenta y cinco
metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil once, con
la base de diez millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del doce de agosto del dos mil once con la base de tres millones quinientos mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Luis Espinoza Montero.
Exp.: 10-000314-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 10 de mayo del 2011.—Msc. José
Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2011241026.—(IN2011042927).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del once de agosto
de dos mil once, y con la base de dieciocho mil trescientos ochenta y nueve
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas:
705078; marca: Fiat, categoría: automóvil, año: 2008, color: negro, vin:
9BD17319984211175. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del veintinueve de agosto de dos mil once, con la base de trece mil
setecientos noventa y un dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del trece de setiembre de dos mil once con la base de cuatro
mil quinientos noventa y siete dólares con veinticinco centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Bac San José Sociedad Anónima contra Alejandra Pineda Andrés. Exp.: 10-001989-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de mayo del 2011.—Lic.
Gerardo Calvo Solano, Juez.—RP2011241031.—(IN2011042928).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal bajo citas al tomo
2008 asiento 332998, sumaria 08-000694-042-PE, infracciones/colisiones según
boleta 07-476402 sumaria 08-600534-242-TC y boleta 2008384978 sumaria
09-001126-0492-TC; a las quince horas y treinta minutos del dieciocho de julio
de dos mil once, y con la base de veinticinco mil novecientos dieciocho dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 675328 marca
Toyota, estilo Fortuner SRV, categoría automóvil, capacidad 5 personas,
tracción 4x4, carrocería todo terreno, cuatro puertas, color plateado, chasis:
8AJYZ59G403013045, VIN 8AJYZ59G403013045, cabina sencilla, motor 1KD7236307,
marca Toyota, cilindrada 2982 cc combustible diesel. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y treinta minutos del cinco de agosto de dos mil once,
con la base de diecinueve mil cuatrocientos treinta y ocho dólares con
cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintitrés de agosto
del dos mil once con la base de seis mil cuatrocientos setenta y nueve dólares
con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra Rosibel Molina
Ruiz. Exp. Nº 09-000310-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, 19 de mayo del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2011241033.—(IN2011042929).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de
julio de dos mil once, y con la base de doce mil cuatrocientos veintisiete
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca:
Chevrolet estilo: optra año: 2007 color: gris categoría: automóvil cilindrada:
1600 cc. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
doce de agosto de dos mil once, con la base de nueve mil trescientos veinte
dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta
de agosto de dos mil once con la base de tres mil ciento seis dólares con
setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José
S. A., contra Leonardo Efraín Medina Vbracho. Exp.: 11-010472-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 16 de mayo del 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez
Vargas, Juez.—RP2011241037.—(IN2011042930).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del dieciocho de
julio de dos mil once, y con la base de trece mil novecientos cincuenta y un
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas
número CL 217026, marca KIA, año 2007, Vin KNCSE211577223961, cilindrada 2665
cc, color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y cero minutos del cinco de agosto de dos mil once, con la
base de diez mil cuatrocientos sesenta y tres dólares con veinticinco centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil once con la
base de tres mil cuatrocientos ochenta y siete dólares con setenta y cinco
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra Heriberto Godínez Mena.
Exp.: 10-000089-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
12 de mayo del 2011.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—RP2011241040.—(IN2011042932).
A las ocho horas treinta minutos del
dieciocho de julio del dos mil once, en la puerta de este Juzgado en el mejor
postor, remataré: 1) Con la base de cinco millones de colones (¢5.000.000,00),
libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, finca inscrita en el
Registro Público de
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios: a las trece horas y cero minutos del uno de agosto de
dos mil once, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo placa C152266, marca White GMC, estilo
Wia, color gris, chasis y vin: 4V1WDBJH9SN701139. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil once,
con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera su basta se señalan las trece horas y cero minutos
del cinco de setiembre del dos mil once con la base de un millón colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
payar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Cabezales y Repuestos de Cartago Sociedad Anónima contra Jorge
Arturo Abarca Masís. Exp. 11-001732-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 17 de mayo del 2011.—Lic.
Farith Suárez Valverde, Juez.—RP2011241078.—(IN2011042935).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del cinco del octubre del dos mil
once, y con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos para cada una
de las propiedades, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 106211-000 la cual es terreno para construir
lote Nº 107. Situada en el distrito Mercedes, cantón Heredia, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes; a las diez horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil
once, y con la base de veintitrés mil doscientos cincuenta dólares, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número cero cero cero siete nueve nueve siete cinco cero cero cero, la cual es
terreno de cultivos. Situada en el distrito octavo, Cabo Velas, cantón tercero
Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle
pública; al sur, lote cuarenta y uno; al este, lote treinta y cinco y al oeste,
lote treinta y siete. Mide: ochocientos ocho metros con veintinueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintiséis de
julio de dos mil once, con la base de diecisiete mil cuatrocientos treinta y
siete dólares con cinco centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse los
rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y treinta
minutos del once de agosto de dos mil once, con la base de cinco mil
ochocientos doce dólares con cinco centavos (un 25% de la base original). Se
remata por ordenarse así en el proceso ejecución hipotecaria de OYC Oficinas
Comerciales S. A., contra Aurora Terzano María. Exp.: 10-000536-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 26 de mayo del
2011.—Licda. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—RP2011241151.—(IN2011042937).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del cuatro de
agosto del año dos mil once, y con la base de veintiún millones trescientos
noventa y tres mil ochocientos cincuenta y ocho colones con noventa y seis
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil seiscientos setenta
y cinco cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 3 B. Situada en
el distrito primero Nicoya, cantón segundo Nicoya, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Caravaqui S. A.; al sur, Geovanny Fernández; al
este calle pública con un frente de ocho metros con cinco centímetros y al
oeste, Caravaqui S. A. Mide: ciento setenta y tres metros con seis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
veinticinco de agosto del año dos mil once, con la base de dieciséis millones
cuarenta y cinco mil trescientos noventa y cuatro colones con veintidós
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las siete horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del año
dos mil once con la base de cinco millones trescientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos
sesenta y cuatro colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R. L., contra Anastacio Villegas Vásquez. Exp.: 10-000468-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del cuatro de
julio del dos mil once, y con la base de cincuenta y tres mil ochenta y tres
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas
C152053, el cual es carga pesada, marca Internacional, estilo 7600 (4x4),
categoría, tractocamión, capacidad 2 personas, año 2008, color amarillo, serie
3HTWYAXT98N046019, carrocería vagoneta, tracción 8x4, chasis 3HTWYAXT98N046019.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del
veintisiete de julio de dos mil once, con la base de treinta y nueve mil
ochocientos doce dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del once de agosto de dos mil once con la base de trece mil doscientos
setenta dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Caterpillar Crédito Sociedad Anónima de capital va contra José Antonio Navarro
Rojas, Residencias Jiménez y Navarro Sociedad Anónima, Residencias Navarro y
Asociados Sociedad Anónima, Sierra Terracota Sociedad Anónima, Urbanizadora
Navarro de Cartago Sociedad Anónima. Exp.: 11-001351-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 09 de mayo del 2011.—Lic.
Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—(IN2011043354).
A las nueve horas del diecinueve de julio del
dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios y con la base de ocho millones ciento ochenta y dos mil
trescientos cincuenta y seis colones con cuarenta y un céntimos, en el mejor
postor se rematará: Finca inscrita en el Registro Público de
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis
de julio de dos mil once, y con la base de tres millones de colones, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número cuatrocientos cuarenta y un mil cuatrocientos setenta y cinco
cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13-
Garita, cantón 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con un frente de
A las ocho horas treinta minutos del
veintisiete de julio del dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho
remataré en el mejor postor y con la base de la hipoteca de primer grado
vencida sea la suma de ocho mil quinientos veintiséis colones con diez
céntimos, lo siguiente: Finca inscrita en
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando la finca matrícula número 34992-000
soporta obligaciones inscritas bajo las citas 0361-00003146-01-0810-001, la
finca matrícula número 34989-000 soporta obligaciones inscritas bajo las citas
0361-00003146-01-0807-001, y la finca matrícula número 34993-000 soporta
obligaciones inscrita bajo las citas número 0361-00003146-01-0811-001; sáquese
a remate los bienes dados en garantía, sean las siguientes fincas: 1) Partido
de Limón, matrícula número 34992-000 2) Partido de Limón, matrícula número
34989-000, 2) Partido de Limón, matrícula número 34993-000 cero cero cero; a
las trece horas y treinta minutos del seis de julio de dos mil once, y con la
base de siete mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 34992-000 la cual es terreno
para reforestar lote 126. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Marcos Rojas Rojas; al sur, camino
privado; al este lote 127 y al oeste, lote 124. Mide: once mil doscientos dos
metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 34989-000 la cual es terreno para reforestar lote 121. Situada
en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, Marco Rojas Rojas; al sur, camino privado; al este, lote 122 y al oeste,
lote 119. Mide: once mil doscientos dos metros con cuarenta y cinco decímetros
cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 34993-000 la cual es
terreno para reforestar lote 127. Situada en el distrito Limón, cantón Limón,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Marcos Rojas Rojas; al sur camino
privado; al este, lote 128 y al oeste, lote 126. Mide: once mil doscientos tres
metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil
once, con la base de cinco mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece
horas y treinta minutos del cinco de agosto de dos mil once con la base de mil
setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Bananito Agrícola Ganadera Sociedad Anónima contra 3-101-571064 Sociedad
Anónima. Exp. 10-002418-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, 17 de marzo del 2011.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—(IN2011043406).
En la puerta exterior de este Despacho libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del primero de
agosto del año dos mil once, y con la base de veintidós millones ciento
diecisiete mil trescientos trece colones con cincuenta y cinco céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número trescientos sesenta mil setecientos diecisiete cero cero cero,
la cual es terreno con un local comercial. Situada en el distrito San Gabriel,
cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública
con
A las nueve horas treinta minutos del ocho de
agosto del dos mil once, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre
de anotaciones judiciales pero soportando hipoteca de primer grado inscrita al
tomo 492, asiento 17748, consecutivo 01, secuencia 0003, subsecuencia 001, con
la base de once millones de colones exactos, remataré: 1) la finca inscrita en
el Registro Público de
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando dos reservas y
restricciones y un plazo de convalidación (rectificación de medida); a las
nueve horas con treinta minutos del ocho de julio de dos mil once, y con la
base de cincuenta y dos mil doscientos ochenta y siete dólares con siete
centavos de dólar (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ochenta y cuatro mil setecientos cuarenta y dos-F-cero cero
cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número 47 apta
para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria
individualizada número 48; al sur, finca filial primaria individualizada número
46; al este, acceso número uno, y al oeste, finca filial primaria
individualizada número 144. Mide: mil metros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas con treinta minutos del veintinueve de julio de dos
mil once, con la base de treinta y nueve mil doscientos quince dólares con
treinta centavos de dólar (moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América), (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas con treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil
once, con la base de trece mil setenta y un dólares con setenta y seis centavos
de dólar (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3101616348
S. A., y Enio José Cubillo Ramírez. Exp.: 11-000319-0295-CI.—Juzgado
Civil de Grecia, 19 de mayo del 2011.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara,
Jueza.—RP201124190.—(IN2011043421).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando siete reservas y
restricciones inscritas al tomo: 331, asiento: 08653, tomo: 338, asiento:
13798, tomo: 338, asiento: 13799, tomo: 335, asiento: 04819, tomo: 385,
asiento: 04819, tomo: 385, asiento: 04819, tomo: 385, asiento: 04819; a las
quince horas y treinta minutos del uno de julio del dos mil once, y con la base
de ciento cincuenta y tres mil dólares exactos (moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y siete mil setecientos
ochenta y nueve-F-cero cero cero la cual es terreno para construir que se
destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número
154; al sur, área común libre de juegos infantiles; al este, área común libre
de juegos infantiles y al oeste calle diez. Mide: cinco mil veintiocho metros
con sesenta y tres decímetros cuadrados. Plano: G-1228492-2009. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de julio del
año dos mil once, con la base de ciento catorce mil setecientos cincuenta
dólares exactos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América)
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y treinta minutos del cinco de agosto del año dos mil once con
la base de treinta y ocho mil doscientos cincuenta dólares exactos (moneda de
curso legal de los Estados Unidos de América) (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Ricardo Porfirio Rodríguez Peraza. Exp.:
11-000318-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 19
de mayo del 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2011241193.—(IN2011043422).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre-reservas; a las diez
horas y treinta minutos del siete de julio de dos mil once, y con la base de
cuatro millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 048008-000 la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón segundo, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Dora María González; al sur, José
Rodolfo Sandoval; al este, Dora María González, y al oeste, calle pública con
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las
diez horas y treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil once, y con la
base de ocho millones ciento sesenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 130310-000 la
cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito segundo Jiménez,
cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote dos de
Gilberth Francisco Espinoza Marín; al sur, Gilberth Francisco Espinoza Marín;
al este, río Cristina, y al oeste, calle pública con un frente de setenta y
cinco metros y cincuenta y siete centímetros lineales. Mide: diez mil metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del cuatro de octubre de dos mil once, con la base de seis millones ciento
veinte mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro
de octubre de dos mil once con la base de dos millones cuarenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Gerardo Palma Miranda contra 03-101-558077
S. A. Exp. Nº 11-000293-0930-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de
A las nueve horas del primero de julio del
dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paja inscrito al tomo
0301, asiento 18121, sin sujeción a tipo al mejor postor remataré: El derecho a
un quinto en la nudad propiedad de la finca del Partido de Alajuela, matrícula
de folio real número ciento cincuenta y cinco mil setecientos cuarenta y
nueve-cero cero cinco, que se describe como terreno de potrero con una casa,
sito en el distrito primero de Ciudad Quesada, del cantón décimo San Carlos, de
la provincia de Alajuela, lindante al norte, con calle privada resto con veinte
metros; al sur y este, Asociación de Desarrollo Integral; y al oeste, con resto
calle privada con veintiún metros, mide cuatrocientos veinte metros cuadrados.
La referida propiedad pertenece a Néstor Alfredo Gamboa Salazar. Se remata por
haberse ordenado en proceso ejecutivo simple del Banco Nacional de Costa Rica
contra Nelsy María Angulo Hernández y Néstor Alfredo Gamboa Salazar. Nº
01-101133-0317 CI.—Juzgado de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 2 de mayo del
2011.—Lic. Greivin Fallas Abarca, Juez.—RP2011241244.—(IN2011043425).
A las nueve horas treinta minutos del
veintiséis de julio del dos mil once, el primer remate con una base de tres
millones de colones. A las diez horas treinta minutos del diez de agosto del
dos mil once el segundo remate con una rebaja del 25% de la base original sea
la suma de dos millones doscientos cincuenta mil colones. Y a las diez horas
treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil once el tercer remate con
el 25% de la base original, sea la suma de setecientos cincuenta mil colones,
en la puerta exterior de este Despacho remataré en el mejor postor, libre de
gravámenes hipotecarios, soportando condiciones, la finca inscrita en el
Registro Público de
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del uno de julio de
dos mil once, y con la base de veintisiete mil trescientos ochenta y dos
dólares con setenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos noventa y
siete mil diez-cero cero cero (00597010-000) la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Hernán Vega Soto; al sur, calle píblica; al este,
sucesión de Franklin Alvarado Jiménez, y al oeste, José Salas Mora. Mide:
Cuatrocientos cincuenta y dos metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de
julio de dos mil once, con la base de veinte mil quinientos treinta y siete
dólares con seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diez de agosto de
dos mil once con la base de seis mil ochocientos cuarenta y cinco dólares con
sesenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación de
Occidente S. A. contra Lorna Patricia Piedra Jiménez. Exp. Nº 10-001196-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 25 de marzo del 2011.—Lic. Luis Alberto
Ureña Monge, Juez.—RP2011241317.—(IN2011043429).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones inscritas
bajo las citas 0404-00004242-01-0800-001 y 0516-00005338-01-0004-001; a las
diez horas y cero minutos del veintiocho de julio del año dos mil once, y con
la base de cien millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y
nueve mil novecientos noventa y cinco-cero cero cero la cual es terreno con una
casa, restaurante y solar. Situada en el distrito primero Bagaces, cantón
cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Dony Pichardo
Arce; al sur, Carretera Interamericana; al este, Digna Picado Solórzano, y al
oeste, Randall Gómez Ortiz. Mide: Novecientos noventa y siete metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del doce de
agosto del año dos mil once, con la base de setenta y cinco millones de colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de agosto del año dos mil
once con la base de veinticinco millones de colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mauricio Enrique Palacios
Mena. Expediente Nº 11-000063-0296-CI.—Juzgado
Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de
A las nueve horas y treinta minutos del siete
de julio de dos mil once, desde la puerta exterior que ocupa este Juzgado,
libre de gravámenes prendarios, con la base de siete millones cien mil colones,
en el mejor postor se rematará: Cinco máquinas tejedoras, fabricadas por Howa Machinery
Ltda. de Japón, modelo UDA202TFA, con placa 58698, numeradas del 1 al 5, con
dimensiones aproximadas de
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las dieciséis horas y cero minutos del once de
agosto del año dos mil once, y con la base de quince millones ochocientos
dieciocho mil ochocientos siete colones con ochenta y dos céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: sea el vehículo placas EE veintiséis mil
novecientos treinta y uno, marca New Holland, estilo Back Hoe, año 2007. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de
setiembre del año dos mil once, con la base de trece millones trescientos
cincuenta y cinco mil cuatrocientos siete colones con setenta y dos céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las siete horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil
once con la base de cuatro millones cuatrocientos cincuenta y un mil
ochocientos dos colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Jenny Rivera Ruiz. Exp. Nº
10-100087-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las nueve
horas y cero minutos del diecinueve de julio de dos mil once, y con la base de
cincuenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 109762-000 la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 San Diego,
cantón 03
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del cuatro de
agosto del año dos mil once, y con la base de dos millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número F-siete mil setecientos setenta y uno-cero cero cero
(F-7771-000) la cual es terreno casa Nº 86 Condominio Jenny. Situada en el
distrito 04 Ulloa, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, casa Nº 97; al sur, área común privativa; al este, casa Nº 87, y al
oeste, casa Nº 85. Mide: Sesenta y ocho metros con sesenta decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos
del veintitrés de agosto del año dos mil once, con la base de un millón
quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de
setiembre del año dos mil once con la base de quinientos mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Proyectos e Inversiones Luis Fernández S. A. contra
Xinia Sibaja Buitrago. Expediente Nº 10-001704-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 12 de mayo del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011043654).
A las nueve horas treinta minutos del
veintinueve de junio de dos mil once, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones y con la base de cincuenta y tres millones
de colones, al mejor postor remataré lo siguiente: finca del partido de
Puntarenas, matrícula folio real número cero cero ciento cuarenta y siete mil
quinientos treinta y dos-cero cero cero, que es terreno para pastos, sito en
distrito once Cóbano del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda:
al norte, con Laura Margarita Fernández Villegas y en parte río Negro y Ronald
Lyle y Ronald López Ruiz; al sur, calle pública, Laura Margarita Fernández
Villegas, Jorge Soto Madrigal y Junier Manuel Rodríguez Campos; al este, con
Laura Margarita Fernández Villegas, y quebrada en medio de Ronald Lyle, Jorge
Soto Madrigal y Junier Manuel Rodríguez Campos y al oeste, con Laura Margarita
Fernández Villegas, Ángel de
A las diez horas del veintinueve de junio de
dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor
postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando
condiciones bajo las citas 0282-00006470-01-0901-004, reservas y restricciones
bajo las citas 0348-00007547-01-0903-001, reservas y restricciones bajo las
citas 0348-00007647-01-0904-001, condiciones bajo las citas
0360-00004293-01-0900-001, condiciones bajo las citas
0364-00008777-01-0920-001, y con la base de la hipoteca de primer grado ya
vencida a favor de la actora, sea la base de ¢106.386.985,00, remataré: finca
inscrita en propiedad del partido de Alajuela, folio real matrícula número
448.883-000 que es terreno de cultivos y sito en Peñas Blancas de San Ramón,
distrito trece del cantón dos de la provincia de Alajuela. Linda: al norte:
calle pública con
En la puerta exterior de este despacho, libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del primero de julio del dos mil
once, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 167815-000, la cual es terreno con una casa.
Situada en el distrito Puerto Viejo, cantón Sarapiquí de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, Alfonso Vargas Méndez; al sur, Abelardo Oconitrillo
Madrigal; al este, Abelardo Oconitrillo Madrigal; y al oeste, calle pública con
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las dos horas y treinta minutos del veintinueve de
junio de dos mil once, y con la base de catorce mil cuatrocientos treinta y
cuatro dólares exactos (o su equivalente en colones), en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo placa: 629740, marca: Mitsubishi, categoría:
automóvil, vin: JMYSTCS3A6U005572, año: 2006, color: plateado, cilindrada: 1584
c.c. Para el segundo remate se señalan las dos horas y treinta minutos del
veintiuno de julio de dos mil once, con la base de diez mil ochocientos
veinticinco dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dos horas y treinta minutos
del ocho de agosto de dos mil once con la base de tres mil seiscientos ocho
dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda,
que en caso de hacer el depósito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque
certificado (artículo 23 Ley de Cobro Judicial) a nombre de la persona que hace
la postura. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
BAC San José Sociedad Anónima contra Manuel Francisco Jiménez Vargas.
Expediente 11-002677-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro Judicial de Cartago, 29 de abril del 2011.—Lic.
Jackeline Brenes Segura, Jueza.—(IN2011044466).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las
once horas y cero minutos del uno de julio del año dos mil once, y con la base
de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y tres mil
doscientos treinta y siete cero cero cero la cual es terreno de agricultura.
Situada en el distrito 04 Nacascolo, cantón 01 Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Pedro Rivas Vargas, Enrique Rivas; al sur, Pedro
Rivas Vargas; al este, camino público 165m 5cm y al oeste, Enrique Rivas
Álvarez. Mide: doscientos tres mil trescientos setenta y tres metros con
ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas
y cero minutos del veintiséis de julio del año dos mil once, con la base de
cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del once de agosto del año dos mil once con la base de un millón
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Puente Alto del Este Sociedad Anónima contra Ojoche de Nicoya Sociedad Anónima.
Expediente 11-000242-0504-CI.—Juzgado Civil
de Heredia, 2 de mayo del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011044545).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas del veinticuatro de junio del dos
mil once, y con la base de setenta y dos mil seiscientos setenta y cinco
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo vehículo
placas EE 027825, marca Caterpillar, estilo
420E, categoría equipo especial obras civiles, año 2009, color amarillo,
tracción 4X4, vin CAT0420EKHLS07834, motor G4D27742. Para el segundo remate, se
señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de julio del dos mil once,
con la base de cincuenta y cuatro mil quinientos seis dólares con veinticinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las catorce horas del nueve de agosto del dos mil once con la base de
dieciocho mil ciento sesenta y ocho dólares exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a
la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito
S. A. de C.V. contra Grupo Visión de Centroamérica Sociedad Anónima. Expediente
Nº 09-006024-0370-CI.—Juzgado Civil de Heredia,
1º de abril del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011044562).
primera publicación
A las 11:00 horas del 3 de agosto de 2011, en
la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de
anotaciones, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal bajo las citas 0574-00004957-01-0001-001, y con la base de
la hipoteca de segundo grado a favor de la actora, sea la base de veintinueve
mil novecientos sesenta dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de
Norteamérica, remataré: finca inscrita en Propiedad del Partido de Alajuela
Folio Real matrícula número 420.643-000, que es terreno para construir con una
casa de habitación sito en
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada al tomo;
0240, asiento; 8393, secuencia 01-0901-001; a las quince horas del siete de
julio del año dos mil once, y con la base de cinco millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número quinientos veinticuatro mil treinta y cuatro cero cero
cero, la cual es terreno Walter Vargas Chinchilla. Situada en el distrito 01
San Isidro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte Walter Vargas Chinchilla; al sur Walter Vargas Chinchilla; al este calle
pública y al oeste Walter Vargas Chinchilla. Mide: cuatrocientos treinta y
nueve metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las diez horas del cuatro de agosto del año dos mil once, con la
base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas
del veinticinco de agosto del año dos mil once con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fulgencio Navarro Brenes
contra Walter Vargas Chinchilla. Expediente Nº 10-000429-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este Despacho; pero
soportando hipoteca de primer grado citas tomo: 0536, asiento: 00013169 y
servidumbre trasladada citas tomo: 0407, asiento:
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las catorce horas del cuatro del julio de dos mil
once, y con la base de trece millones seiscientos setenta y dos mil quinientos
sesenta colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: maquinaria y equipo industrial, cabina de pintura, marca Scanes,
modelo Chinera SP quinientos cinco, serie B cinco mil ciento setenta y seis
treinta y dos X cuatro coma cero siete X tres coma cero cinco, con estructura
plastificada, iluminación de ocho pantallas con cuatro tubos, quemador a
diesel, caudal de dieciocho metros cúbicos, incluye basamento completo de
rejilla siete treinta y dos X cuatro, cero siete X cero, cuatro H, caudal
máximo de aire dieciocho mil metros cúbicos/hora, calentador de aire ciento
veinte mil Kcal/hora, carga eléctrica siete y medio, peso bruto tres mil
quinientos Kg. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del
diecinueve de julio de dos mil once con la base de diez millones doscientos
cincuenta y dos mil cuatrocientos veinte colones con veinticinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas del tres de agosto de dos mil once, con la base de tres
millones cuatrocientos dieciocho mil ciento cuarenta colones con ocho céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco HSBC Costa Rica Sociedad Anónima contra Taller Europa
Sociedad Anónima. Expediente Nº 10-000012-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 2 de junio del 2011.—Lic.
Farith Suárez Valverde, Juez.—RP2011241446.—(IN2011043751).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando limitaciones de leyes 7052 y 7208,
y habitación familiar; a las once horas y cero minutos del dieciocho de julio
de dos mil once, y con la base de dos millones novecientos noventa y dos mil
ochocientos veintitrés colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 528136-000 la
cual es terreno de frutales. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19
Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte Hortencia Granados
Beita, al sur Mónica Castro y Carlos Castro Solano al este Carlos Castro Solano
y al oeste calle pública. Mide: trescientos treinta y cuatro metros con treinta
y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas
y cero minutos del tres de agosto de dos mil once, con la base de dos millones
doscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos diecisiete colones con veinticinco
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil once
con la base de setecientos cuarenta y ocho mil doscientos cinco colones con
setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Fundación para
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del ocho de agosto
de dos mil once, y con la base de cuatro millones once mil cuatrocientos
noventa y seis colones con noventa y siete céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca que se describe así: derecho cero cero cinco,
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y ocho mil trescientos
cuatro derecho cero cero cinco, es el único derecho que se va a rematar, la
cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito Guadalupe,
cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Celina Quirós y
Manuel Muñoz; al sur resto destinado a calle pública; al este calle pública con
A las nueve horas del dieciocho de julio de
dos mil once, en la puerta exterior de este despacho remataré al mejor postor,
libre de gravámenes y anotaciones judiciales, la finca del partido de
Puntarenas matrícula número a) ciento sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y
cinco-cero cero cero, la cual se describe así: terreno para construir, situado
en el distrito tercero, Canoas, cantón décimo, Corredores, de la provincia Puntarenas.
Linda al norte: Doña Rita de Santa Elena S.A., sur; lote B, este: servidumbre
de paso de seis punto diez metros, oeste: Doña Rita de Santa Elena S.A. Mide:
doscientos metros cuadrados. Posee plano número P-1255286-2008. Propiedad de
Empresas Maderas Impala Sociedad Anónima. Por la suma de dos mil doscientos
dólares, b) sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y seis-cero cero cero la
cual se describe así: terreno para construir, situado en el distrito tercero,
Canoas, cantón décimo, Corredores, de la provincia Puntarenas. Linda al norte:
lLote A. sur; lote C, este: servidumbre de paso de seis punto diez metros,
oeste: Doña Rita de Santa Elena S. A. Mide: doscientos metros cuadrados. Posee
plano número P-1255302-2008. Propiedad de Empresas Maderas Impala Sociedad
Anónima. Por la suma de dos mil doscientos dólares, c) ciento sesenta y cuatro
mil doscientos ochenta y siete-cero cero cero, la cual se describe así: terreno
para construir, situado en el distrito tercero, Canoas, cantón décimo,
Corredores, de la provincia Puntarenas. Linda al norte: lote B. sur; lote D,
este: servidumbre de paso de seis punto diez metros, oeste: Doña Rita de Santa
Elena S.A. Mide: doscientos metros cuadrados. Posee plano número
P-1255303-2008. Propiedad de Empresas Maderas Impala Sociedad Anónima. Por la
suma de dos mil doscientos dólares, d) ciento sesenta y cuatro mil doscientos
ochenta y ocho-cero cero cero, la cual se describe así: terreno para construir,
situado en el distrito tercero, Canoas, cantón décimo, Corredores, de la
provincia Puntarenas. Linda al norte: lote C sur; lote E, este: servidumbre de
paso de seis punto diez metros, oeste: Doña Rita de Santa Elena S.A. Mide:
doscientos metros cuadrados. Posee plano número P-1255287-2008. Propiedad de
Empresas Maderas Impala Sociedad Anónima. Por la suma de dos mil doscientos
dólares, e) ciento sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y nueve-cero cero
cero, la cual se describe así: terreno para construir, situado en el distrito
tercero, Canoas, cantón décimo, Corredores, de la provincia Puntarenas. Linda
al norte: lote D, sur; Doña Rita de Santa Elena S. A., este: Doña Rita de Santa
Elena S. A., oeste: Doña Rita de Santa Elena S. A. Mide: trescientos cincuenta
metros once decímetros cuadrados. Posee plano número P-1255288-2008. Propiedad
de Empresas Maderas Impala Sociedad Anónima. Por la suma de dos mil doscientos
dólares. Todas por la base en la suma de once mil dólares, para la segunda
subasta, se sacarán la propiedad descrita con la base en la suma ocho mil
doscientos cincuenta dólares, (base rebajada en un veinticinco por ciento),
para lo cual se señalan las nueve horas de cuatro de agosto de dos mil once.
Para la tercera subasta, el bien será rematado en la suma de dos mil
setecientos cincuenta dólares (el veinticinco por ciento de la base primitiva)
para lo cual se señalan las nueve horas del veintidós de agosto de dos mil
once. Proceso ejecución hipotecaria Nº 11-100076-920-CI-2. Actor: Ganadería
En la puerta exterior de este despacho
remataré al mejor postor libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones
judiciales soportando, reservas y restricciones citas al tomo: 394, asiento:
6.792, consecutivo: 01, secuencia: 0958, subsecuencia: 002, condiciones citas
al tomo: 405, asiento: 19535, consecutivo: 01, secuencia: 0987, subsecuencia:
001, las fincas del partido de Puntarenas matrícula de Folio Real número
setenta y seis mil ochocientos treinta-cero cero uno y cero cero dos, ochenta y
dos mil seiscientos treinta y dos-cero cero cero, con las siguientes bases: 1)
catorce millones trescientos setenta y tres mil trescientos sesenta y un
colones ochenta y cinco céntimos, remate que se celebrará a las diez horas del
veintiocho de julio de dos mil once. 2) Con la base en la suma de diez millones
setecientos ochenta mil veintiún colones treinta y nueve céntimos, (rebaja del
veinticinco por ciento de la base), se señalan las diez horas del dieciséis de
agosto de dos mil once. 3) Con la base en la suma de tres millones quinientos
noventa y tres mil trescientos cuarenta colones cuarenta y seis céntimos, se
señalan las diez horas del treinta y uno de agosto de dos mil once. El inmueble
se describe así: finca del Partido de Puntarenas Matrícula de Folio Real
número: setenta y seis mil ochocientos treinta-cero cero uno y cero cero dos:
terreno de agricultura, sector Viejo C, lote 1148, con una casa, sito en
Jiménez, distrito segundo, cantón sétimo de la provincia de Puntarenas. Linda
al norte con Juan Oviedo, al sur: Leonicio Jaens, al este con Leonicio Jaens,
oeste: calle pública con
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios y anotaciones, a las trece horas y quince minutos
del veintinueve de julio del año dos mil once, con la base de ocho millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil setecientos veintidós,
secuencia cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 02 San Isidro, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago.
Colinda al norte, con Carlos Enrique Solano Maroto; al sur, Carlos Enrique
Solano Maroto; al este con Carlos Enrique Solano Maroto, y; al oeste con calle
pública. Mide: ciento treinta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las trece horas y quince minutos del diecisiete de agosto del año
dos mil once, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y
quince minutos del primero de setiembre del año dos mil once con la base de dos
millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Banco Nacional
de Costa Rica contra Etelvina del Carmen González Ceciliano, expediente Nº
11-001647-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
26 de mayo del 2011.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—RP2011241546.—(IN2011043756).
A las 08:30 horas del 06 de julio de 2011, en
la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de
gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando condiciones bajo las
citas 0352-00011405-01-0900-001, y con la base de la hipoteca de primer grado
ya vencida a favor de la actora, sea la base de ¢10.613.015,00; remataré: finca
inscrita en Propiedad del Partido de Alajuela, Folio Real matrícula número
247.826-000, que es terreno de cultivos, sito en Los Ángeles de San Ramón,
distrito ocho del cantón dos de la provincia de Alajuela. Linda al norte: con
quebrada sin nombre en medio de Timoteo Benavides Benavides, Daniel Benigno
Arias Ramírez, al sur: con calle pública con un frente de doscientos diecinueve
metros con treinta y cinco centímetros lineales y Esteban Fernández Araya, al
este: quebrada sin nombre y Daniel Benigno Arias Ramírez, y al oeste: con
Esteban Fernández Araya. Mide: diecinueve mil setecientos noventa metros con
cincuenta decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate,
para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base
original, sea la base de ¢7.959.761,25, se señalan las: 08:30 horas del 28 de
julio de 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento
de la base original, sea la base de ¢2.653.253,75, se señalan las: 08:30 horas
del 12 de agosto de 2011. Se remata por ordenarse así en expediente Nº
11-100364-297-CI ejecución hipotecaria de Inversiones Romuri
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; a las diez horas treinta
minutos del veintiséis de julio del dos mil once, y con la base de veintinueve
millones novecientos cincuenta y seis mil quinientos cuarenta y ocho colones
con setenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y dos
mil cuatrocientos veintitrés cero cero cero, la cual es terreno con un salón de
actividades. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de
la provincia de Cartago. Colinda: al norte Beiquis Rosa Mora Morales; al sur
María Gerardina Arronis Quirós y Aníbal Mora Naranjo; al este calle pública con
A las trece horas treinta minutos del tres de
agosto del dos mil once, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor
remataré: 1) con la base de ocho millones cuatrocientos veintiocho mil
trescientos cincuenta colones (¢8.428.350,00), soportando hipoteca de primer
grado en el tomo: 0374, asiento: 08.822, consecutivo: 01, secuencia: 0003,
subsecuencia:
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas cero minutos del seis de julio del
dos mil once, y con la base de ocho millones trescientos treinta y tres mil
cincuenta y dos colones con siete céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placas C 022225, marca Mack, estilo R600, categoría carga
pesada, carrocería: vagoneta, chasis: R686ST59966, capacidad: 3 personas, año:
1980, color: verde, motor: ETA676908078, cilindrada: 11020 c. c. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiséis de julio del dos
mil once, con la base de seis millones doscientos cuarenta y nueve mil
setecientos ochenta y nueve colones con sesenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas
cero minutos del diez agosto del dos mil once con la base de dos millones
ochenta y tres mil doscientos sesenta y tres colones con diez céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Asociación Andri contra Rafael Ángel Pérez Blanco. Expediente Nº
10-000158-0422-CI.—Juzgado Civil de
Mayor Cuantía de Golfito, 19 de mayo del 2011.—Lic. Luis Diego
Bonilla Alvarado, Juez.—RP2011241584.—(IN2011043761).
En la puerta exterior de este Despacho, con
la base de tres millones setecientos sesenta mil colones, soportando las
infracciones con boletas números 2009246540 y 2009308947, bajo las sumarias
10-4939-174 TR y 10-8620-174-TR respectivamente; sáquese a remate el bien
embargado en autos: sea el vehículo placas cuatrocientos treinta y seis mil
doscientos cincuenta y tres (436253), automóvil, marca Toyota, Corolla XLI, año
2002, carrocería familiar, color verde, tracción 4x2, chasis número
AE1113106127. Para tal efecto se señala para un primer remate a las nueve horas
con cero minutos del día veintiocho de julio del año dos mil once. De no haber
postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas con
cero minutos del día once de agosto del año dos mil once, con la base de dos
millones ochocientos veinte mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas con cero minutos
del día veinticinco de agosto del año dos mil once, con la base de novecientos
cuarenta mil colones (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Promérica de Costa Rica Sociedad Anónima contra Juan Barilla
Jiménez. Expediente Nº 10-004484-0346-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía de Cartago, 25 de mayo del 2011.—Lic. Jéssica
Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2011043999).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del
veintidós de julio de dos mil once, y con la base de cinco mil ochocientos
treinta y nueve dólares con noventa y tres centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas 306665, automóvil, capacidad cinco
personas, carrocería sedan 4 puertas, color verde tracción 4 x 2, chasis
WDB2100651A688581, marca Mercedes Benz. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cincuenta y cinco minutos del diez de agosto de dos mil once, con
la base de cuatro mil trescientos setenta y nueve dólares noventa y cinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cincuenta y cinco minutos del veintiséis de agosto de
dos mil once con la base de mil cuatrocientos cincuenta y nueve dólares con
noventa y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de
Costa Rica S. A contra Víctor Alexander Winiker Kreieger. Exp. Nº
11-002813-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 9 de mayo del 2011.—Lic. José Guillermo Guevara
Solano, Juez.—(IN2011044001).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecados; pero soportando medianería, a las nueve horas y cero
minutos del veintiséis de julio de dos mil once, y con la base de diecinueve
millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y tres mil
quinientos cuarenta y cuatro-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno
con una casa 9 (429). Situada en el distrito San Sebastián, cantón San José, de
la provincia de San José. Colinda: al norte lote 27 de calle Los Itabos; al sur
lote 31 de calle Los Itabos; al este lote 28 de calle Los Pinos y en parte lote
26 de calle Los Pinos y al oeste calle pública con una distancia de
En este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las quince horas del veintisiete de julio del dos mil once, y
con la base de cuatro millones doscientos mil ciento cincuenta y un colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número cuarenta y ocho mil setecientos treinta y
tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa numerada
como
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las once
horas y cero minutos del veintisiete de julio de dos mil once, y con la base de
veinte millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 355294-000 cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 11 San Rafael
Abajo de Desamparados, cantón Desamparados, de la provincia de San José.
Colinda: al norte Representaciones Guacamayo Ltda.; al sur Lote 2; al este
Damaris Astua y al oeste calle pública con
En este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando dos servidumbres trasladadas, reservas y
restricciones, servidumbre de paso y dos servidumbres de aguas pluviales; a las
diez horas y cero minutos del veintisiete de julio de dos mil once, y con la
base de cuatro millones trescientos treinta y cinco mil colones, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos ochenta y ocho mil cuatrocientos noventa y dos-cero cero uno y cero
cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito Quesada, cantón San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte calle pública con un frente de
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios y al ser las nueve horas del veintisiete de julio
del año dos mil once, con la base de once millones ochocientos mil colones, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número diez mil doscientos setenta y tres-F-cero uno, cero dos, cero
tres, cero cuatro, cero cinco, la cual es terreno casa 44 en proceso de
construcción. Situada en el distrito 04, San Rafael, cantón 15, Montes de Oca,
de la provincia de San José. Colinda: al norte área común de aceras y calle; al
sur área común de acera y calle; al este casa 43 y área de jardín y al oeste
casa 45. Mide: ciento doce metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas del once de agosto del año dos mil
once, con la base de ocho millones ochocientos cincuenta mil colones (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas del veintiséis de agosto del año dos mil once con la base de dos millones
novecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Cira María de los
Angeles Bell Angulo y Randall Esteban Salazar Bell. Expediente Nº
09-002473-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 17 de mayo del 2011.—Lic. Roxana Hernández
Araya, Juez.—(IN2011044014).
En este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas treinta minutos del veintiocho de julio de dos
mil once, y con la base de cuarenta y siete millones novecientos noventa y seis
mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número treinta y cuatro mil trescientos cuarenta y
ocho-A-cero cero cero, la cual es terreno con 2 casas. Situada en el distrito
Liberia, cantón Liberia, de la provincia de guanacaste. Colinda: al norte Xinia
Martínez López; al sur Celman Moraga Méndez; al este calle pública con 15.00
mts frente y al oeste Juan Manuela Ponce Contreras. Mide: trescientos un metros
con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del doce de agosto de dos mil once, con la base de
treinta y cinco millones novecientos noventa y siete mil colones (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
y treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil once con la base de once
millones novecientos noventa y nueve mil colones (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Freddy Gerardo
Navarrete Navarrete y Luz María Azucena Arias Solano. Expediente Nº
11-000851-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 23 de mayo del 2011.—Msc. Roxana Hernández
Araya, Jueza.—(IN2011044015).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre trasladada; a las once horas
y treinta minutos del veintiocho de julio del año dos mil once, y con la base
de cinco millones ciento cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
noventa y tres mil seiscientos veintiocho-cero cero cero, la cual es terreno
para construir con una casa. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01
Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle; al sur Carlos
Ramírez y José Araya; al este Eddi Chacón y al oeste Minor Arce. Mide:
doscientos cincuenta y siete metros con setenta y nueve decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del doce de
agosto del año dos mil once, con la base de tres millones ochocientos sesenta y
dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del
veintinueve de agosto del año dos mil once con la base de un millón doscientos
ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Erick Francisco
Rojas Carrillo y Odilie Sofia Rojas Carrillo. Expediente Nº 10-000171-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
23 de mayo del 2011.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2011044016).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones a las ocho
horas treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil once y con la base
de cuatro millones trescientos cinco mil treinta y cinco colones con noventa
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento dieciséis mil novecientos sesenta y siete- cero
cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Mansión,
cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle
pública y Pedro Gutiérrez; al sur Alfonso Gutiérrez; al este Alfonso Gutiérrez
y al oeste, Franklin Mora. Mide: doscientos sesenta y tres metros con tres
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta
minutos del once de agosto del dos mil once, con la base de tres millones
doscientos veintiocho mil setecientos setenta y seis colones con noventa y dos
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil
once con la base de un millón setenta y seis mil doscientos cincuenta y ocho
colones con noventa y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para
En la puerta exterior que ocupa este
Despacho, a las catorce horas del diecinueve de julio del dos mil once, libre
de gravámenes hipotecarios y con la base de ocho millones quinientos cincuenta
y dos mil cuarenta y ocho colones con once céntimos, al mejor postor remataré,
la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número
cuarenta y tres mil setecientos noventa y cuatro-cero cero cero, que es
naturaleza terreno para construir lote número ochocientos cuarenta y uno, sito
en distrito octavo “Barranca” del cantón primero de la provincia de Puntarenas.
Linda al norte, con lote ochocientos cuarenta; al sur, lote ochocientos
cuarenta y dos; este, con lote con ochocientos cuarenta y nueve y al oeste,
avenida Garza. Mide ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados, según plano
P-cero siete tres dos nueve dos ocho-dos mil uno. De no haber postores, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas del tres de
agosto del dos mil once, con la base de seis millones cuatrocientos catorce mil
treinta y seis colones con ocho céntimos (rebajada en un 25%). De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas del
diecisiete de agosto del dos mil once, con la base de dos millones ciento
treinta y ocho mil doce colones con tres céntimos (un 25% de la basé original).
Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 11-100049-642-CI-1 de Banco
de Costa Rica contra Dora García Perezco.—Juzgado
Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo
Fernández Zelada, Juez.—(IN2011044218).
A las ocho horas treinta minutos del
veintiocho de julio de dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, remataré al mejor
postor el inmueble del partido de Puntarenas matrícula de folio real número
setenta y un mil doscientos noventa y uno-cero cero cero, con la base de tres
millones ochocientos ochenta y un mil colones, que es terreno de potrero,
ubicado en distrito segundo, Sabalito, cantón octavo Coto Brus, de la provincia
de Puntarenas. Colinda al norte, con calle pública a San Ramón, sur; lote 2 y
yurro en medio; al este, calle pública a San Ramón y al oeste; Paola Di Pippa Fesfa
y otro. Mide: ciento cincuenta y dos mil trescientos cuarenta y tres metros con
noventa y cinco decímetros cuadrados. Posee plano número P-ochocientos ochenta
y cinco mil trescientos noventa y cuatro-mil novecientos noventa. Propiedad de
Compañía Benaia Limitada. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso
ejecutivo hipotecario expediente número 05-100243-424-CI-l de Fideicomiso
A las dieciocho horas y cincuenta y nueve
minutos del uno de agosto del año dos mil once, en la puerta exterior de este
Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la
base de dos millones setecientos ochenta y ocho mil cuatrocientos ochenta
colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en
el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número
00493087-000. Que es terreno: para construir. Sito: distrito 03 San Antonio,
cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Linderos: norte, Giovanni
Soto Campos; sur, servidumbre de paso, en medio Giovanni Soto Campos, este,
Giovanni Soto Campos; y oeste, Giovanni Soto Campos. Mide: trescientos seis
metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por
haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-027696-0170-CA
de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Miguel Ángel Ulate Pineda.—Juzgado
Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José,
6 de junio del 2011.—Lic. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—RP2011241638.—(IN2011044225).
En la puerta exterior de este despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; soportando servidumbre trasladada al tomo 338 y
asiento
En la puerta exterior de este despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las once horas y veinte minutos del veintinueve de
junio de dos mil once y con la base de un millón cuatrocientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 710225, marca
Honda, categoría automóvil, estilo Accord, capacidad cinco personas, serie
1HGCG5552XA074035, año 1999, color verde, carrocería sedán 4 puertas, tracción
4x2. Para el segundo remate se señalan las once horas y veinte minutos del
veintiuno de julio de dos mil once, con la base de un millón cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y veinte minutos del nueve de agosto de dos
mil once con la base de trescientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Carmen Yadira Quirós Coto contra Renato Alberto
Chaves Innecken. Expediente: 11-002060-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 15 de abril del 2011.—Lic. José
Guillermo Guevara Solano, Juez.—RP2011241791.—(IN2011044231).
En la puerta exterior de este despacho, a las
quince horas del cuatro de julio del dos mil once, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y reservas y restricciones
y con la base de quince millones de colones, al mejor postor remataré, la
siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número ciento
cincuenta mil ochocientos noventa y siete-cero cero cero, que es naturaleza
lote dos terreno de pastos, sito en distrito tercero “Chomes” del cantón
primero de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con calle pública y
Emilio Arguedas León en parte, al sur, con calle pública, al este, con Emilio
Arguedas León y oeste, calle pública y Tobías Sánchez Campos en parte. Mide:
doscientos treinta y siete mil trescientos cincuenta y cuatro metros con ocho
decímetros cuadrados, según plano P-uno cero nueve dos seis dos tres-dos mil
seis. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan
las quince horas del veintisiete de julio del dos mil once, con la base de once
millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un 25%). De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas del
ocho de agosto del dos mil once, con la base de tres millones setecientos
cincuenta mil colones (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse
ordenado así en hipotecario 10-100527-642-CI-3 de Club Cincuenta Limitada
contra Fabrizzio Gerardo Ponce Villareal.—Juzgado
Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—(IN2011044494).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
treinta de junio del año dos mil once y con la base de cuatro millones
trescientos cincuenta mil quinientos setenta y seis colones con setenta y tres
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento ocho mil trescientos cincuenta y ocho
cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
primero Quepos, cantón sexto Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte calle pública; al sur, este y oeste: Asociación de Desarrollo del
cantón de Aguirre. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas del veintiocho de julio del año dos mil once, con la
base de tres millones doscientos sesenta y dos mil novecientos treinta y dos
colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del dieciocho de agosto
del año dos mil once con la base de un millón ochenta y siete mil seiscientos
cuarenta y cuatro colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Popular contra Natan Mesén González. Expediente Nº 11-000160-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios y libre de anotaciones judiciales de todo tipo,
soportando reservas y restricciones inscritas en las citas 0303-
00006517-01-0901-089, así como prohibiciones inscritas en las citas
0303-00006517-01-0902-044; a las ocho horas treinta minutos del primero de
julio del dos mil once y con la base de dos millones de colones, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
151210-000, la cual es terreno de charral lote 1. Situada en el distrito
primero Buenos Aires, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte con calle pública con quince metros de frente; al
sur, al este y al oeste con Minor Bermúdez Benavides. Mide: mil quinientos
setenta y tres metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de julio del dos
mil once, con la base de un millón quinientos mil colones (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercer subasta se señalan las ocho horas
treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil once, con la base de
quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Braulio Arias
Carvajal contra Orlando Cortés Gómez. Expediente Nº 11-100054-1046-CI (63-11).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires.—Lic.
Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—RP2011241906.—(IN2011044623).
A las nueve horas treinta minutos del
miércoles seis de julio de dos mil once, desde la puerta exterior de este
Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, sin sujeción a base, de
conformidad con el artículo 655 del Código Procesal Civil, en el mejor postor
remataré: vehículo placas ciento sesenta y tres mil seiscientos setenta y
nueve, marca Honda, estilo Civic, año 1984, gasolina, color vino, motor número
EW11543507, capacidad cinco personas, sedan cuatro puertas, número de chasis
JHMAK5431ES013401. Lo anterior por haberse ordenado así en Ejecutivo Prendario
número 2005-001432-221-CI de Edwin Jiménez Pérez contra Mauricio Monge Cordero.—Juzgado Segundo Civil de Menor Cuantía, San José,
20 de mayo del 2011.—Lic. Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza.—RP2011241922.—(IN2011044624).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando medianería y servidumbre
trasladada; a las ocho horas y cero minutos del cuatro de julio de dos mil once
y con la base de catorce millones setecientos mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número
uno uno cero nueve uno cinco cero cero cero, la cual es terreno para construir
una casa número 320 Alameda 7. Situada en el distrito 03 San Francisco, cantón
Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Alameda 7 con 6m 36cm;
al sur INVU; al este INVU y al oeste INVU. Mide: noventa y dos metros con
cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del diecinueve de julio de dos mil once, con la base de
once millones veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del
tres de agosto de dos mil once con la base de tres millones seiscientos setenta
y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de
Ahorro y Préstamo contra María Celina Obaldía Zumbado. Expediente Nº
10-002441-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 2
de mayo del 2011.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—RP2011241960.—(IN2011044625).
A las quince horas del veintinueve de junio
del dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho Judicial, con la base
de dos millones de colones, soportando hipoteca de primer grado a favor de
Cooperativa de Ahorro y Crédito de Servicios Judiciales R. L. (Coopejudicial)
sáquese a primer remate la finca inscrita en el Registro Público de
En la puerta exterior de este Despacho libre
de gravámenes hipotecarios pero soportando Condici y Serviref, Servidu de
Alerref, Medianería; a las quince horas treinta minutos del cinco de julio del
dos mil once, y con la base de diecinueve millones ochocientos treinta y siete
mil novecientos dieciséis colones, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00403256-000, la
cual es terreno para construir una casa Nº 169. Situada en el distrito 10
Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte
Avenida Dinamarca; al sur Franklin Bonilla Guzmán; al este Ramón Belarmino
Umaña y al oeste INVU. Mide: trescientos sesenta y cinco metros con ochenta y cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas
treinta minutos del veinte de julio del dos mil once, con la base de catorce
millones ochocientos setenta y ocho mil cuatrocientos treinta y siete colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil once
con la base de cuatro millones novecientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos
setenta y nueve colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Cathay de Costa Rica Sociedad
Anónima contra Francisco Martín Hidalgo Zúñiga, José Francisco Hidalgo Rojas.
Expediente Nº 09-002038-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, 5 de abril del 2011.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—RP2011242114.—(IN2011044641).
En la puerta exterior de este Juzgado; libre
de gravámenes hipotecarios todas las fincas que se dirán, a las trece horas
treinta minutos del seis de julio del año dos mil once, y con la base de ciento
cuarenta mil dólares moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor
postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número cero cero trescientos catorce mil novecientos sesenta y ocho-cero cero
cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en
el distrito dos, Florencia, cantón diez San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al noreste, noroeste y sureste con sociedad Madrigal y
Matamoros Limitada, y al suroeste con calle pública con frente de veinticinco
metros. Mide: novecientos sesenta y dos metros con cinco decímetros cuadrados,
según plano catastrado número A-0367236-1996. Para el segundo remate se señalan
las trece horas treinta minutos del veintiocho de julio del año dos mil once,
con la base de ciento cinco mil dólares moneda de los Estados Unidos de América
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las trece horas treinta minutos del once de agosto del año dos mil once con la
base de treinta y cinco mil dólares moneda de los Estados Unidos de América,
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecutivo hipotecario de Chateau Costa Sociedad Anónima contra
Elizabeth Corella Rodríguez y otra. Expediente Nº 11-100200-642-CI-3.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 24 de mayo
del 2011.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Juez.—(IN2011044901).
Se convoca a todos los interesados en la
sucesión de Luis de Jesús Alvarado Enríquez, a una junta que se verificará en
este Juzgado, a las diez horas treinta minutos del siete de julio del dos mil
once, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del
Código Procesal Civil. Expediente Nº 08-000579-0164-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de junio del 2011.—Lic.
Magda Díaz Bolaños, Jueza.—1 vez.—(IN2011044556).
Se convoca a todos los herederos e
interesados, dentro de la sucesión testamentaria de Gilma María Salazar
Fernández, quien fue mayor, soltera, profesora pensionada, quien portó la
cédula de identidad número cinco-cero ciento treinta y nueve-cero mil
doscientos veinticinco, a una junta que se verificará en este Juzgado Civil y
de Trabajo de Mayor Cuantía de Cañas, a las ocho horas treinta minutos del
siete de julio del dos mil once, a fin de que conozcan sobre los extremos del
artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente número 10-100124-0927-CI
(133-5-2010)-A, proceso sucesorio testamentario de: Gilma María Salazar
Fernández.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Cañas,
Guanacaste, 3 de mayo del 2011.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—RP2011241950.—(IN2011044673).
Se hace saber, que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 05-001813-0640-CI donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de, Eduardo Mora Araya, quien es mayor,
soltero, empresario, vecino de Cartago, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 3-240-
Se hace saber, que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 10-000128-0507-AG donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de, Víctor Julio Chavarría Segura, quien es
mayor, estado civil soltero, vecino de Caño Seco de
Mailin conocida como Maylin Sánchez
Rodríguez, mayor de edad, casada una vez, vecina de Liberia, Guanacaste, cédula
de identidad cinco-doscientos sesenta y siete-quinientos noventa y cinco,
promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro
Público de
Se hace saber, que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 10-000163-0387-AG donde se promueven diligencias de,
Información Posesoria por parte de, María Odilie Rodríguez Quesada, quien es
mayor, estado civil casada una vez, vecina de Barranca de Puntarenas, portadora
de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-ciento
dos-seiscientos cuarenta y ocho, profesión ama de casa, en la cual cede derecho
a Maylin Sánchez Rodríguez, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de
Liberia, Guanacaste, barrio San Roque, del salón Brasilia trescientos metros al
norte, cédula de identidad cinco-doscientos sesenta y siete-quinientos noventa
y cinco, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
Se hace saber, que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 11-000078-0507-AG donde se promueven diligencias de,
Información Posesoria por parte de, Horacio Murillo Vargas, quien es mayor,
casado una vez, vecino de Palmitas, Cariari, Pococí, de la escuela El
Triángulo, dos kilómetros este, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número 401400641, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de
Carlos Marcos Hines Nesbeth, costarricense,
mayor, casado una vez, operador de energía de Recope, vecino de Limón, con
número de cédula de identidad 7-058-012; promueve diligencias de Información
Posesoria, para inscribir en el Registro Público, Sección de Propiedad, el
siguiente inmueble: Terreno para construir, sito en distrito y cantón primeros
de la provincia de Limón. Mide: doscientos metros con noventa y un decímetros
cuadrados. Linderos al norte, con calle pública con un frente de ocho metros
con noventa y tres decímetros cuadrados, al sur, con Beatriz Grant Grant, este,
con Roberto Alexander Kurr Bennet y oeste, con Richard Reeman Freeman conocido
como Carlton Richard Freeman Freeman. El inmueble está libre de gravámenes, no
existen condueños, ni cargas reales, y fue estimado en la suma de dos millones
cien mil colones. Llámese a todos los interesados en las presentes diligencias
de Información Posesoria, para que dentro del plazo de un mes se apersonen en
este Despacho en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de ley si lo
omitieren. Expediente 11-000115-0678-CI-3.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de
Se hace saber, que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 11-000023-0391-AG/4 donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de, Herlan Francisco Ramos Zúñiga quien es
mayor, separado de hecho, administrador, cédula de identidad número
5-0337-0471, vecino de Belén de Carrillo, Guanacaste,
Se hace saber, que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 11-000806-0638-CI donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Temporalidades de la iglesia católica de
Se hace saber, que ante este Despacho se
tramita el expediente Nº 11-000174-0295-CI donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Alexis Gerardo Méndez Ávila, quien es mayor,
estado civil casado una vez, vecino de Peralta de Grecia, portador de la cédula
de identidad vigente que exhibe número 2-211-556, profesión pensionado, Leonel
Méndez Ávila, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Peralta de
Grecia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-236-627,
profesión pensionado, Eduardo Méndez Ávila, quien es mayor, estado civil casado
una vez, vecino de Peralta de Grecia, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 2-302-912, profesión chofer, Rafael Ángel Méndez
Ávila, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Peralta de
Grecia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-275-852,
profesión chofer, Martín Méndez Ávila, quien es mayor, estado civil divorciado,
vecino de Peralta de Grecia, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número 2-321-230, profesión chofer, Felicia Méndez Ávila, quien es
mayor, estado civil soltera, vecina de Peralta de Grecia, portadora de la
cédula de identidad vigente que exhibe número 2-289-740, profesión ama de casa,
María Eugenia Méndez Ávila, quien es mayor, estado civil divorciada, vecina de
Peralta de Grecia, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 2-260-701, profesión ama de casa, María Isabel Méndez Ávila, quien es
mayor, estado civil soltera, vecina de Peralta de Grecia, portadora de la
cédula de identidad vigente que exhibe número 2-244-134, profesión ama de casa,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 09-001223-0504-CI donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Salvador Alfaro Sánchez, quien es mayor,
estado civil casado una vez, vecino de San Pedro de Santa Bárbara de Heredia,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-ciento treinta
y dos- seiscientos ochenta y cuatro, profesión agricultor, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente Nº 10-000204-0507-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Xinia Vargas Rodríguez, quien es mayor,
estado civil casada, vecina de Suerres de Jiménez, portadora de la cédula de
identidad vigente que exhibe número 1-590-151, profesión ama de casa, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
Juan Carlos Soto Castro, mayor, con cédula de
identidad número 1-933-183, casado una vez, profesor, vecino de San Rafael de
Guatuso, Alajuela, frente al redondel, solicita se levante Información
Posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente Nº 08-000885-0640-CI donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Arturo Emilio Mora Coto, quien es mayor,
estado civil divorciado una vez, guarda privado, vecino de El Bosque Oreamuno
de Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-191-
Se emplaza a todos los interesados en la
sucesión de quien en vida fue, Germán Morera Rojas, mayor, casado una vez,
pensionado, con cédula: dos-doscientos diez-cuatrocientos ochenta; y vecino del
costado norte de
Se emplaza a todos los interesados en la
sucesión de quien en vida fue, Julia Araya Miranda, mayor de edad, soltera,
pensionada de
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de, quien en vida fue, María del Rosario González Valladares,
mayor, casada una vez, vecina de Cartago, Guadalupe, de Súper
Licenciado Carlos Granados Barquero, Abogado
y Notario Público, autorizada con oficina en Cartago, distrito oriental, cantón
Central de la provincia de Cartago, de la esquina noroeste de los Tribunales
veinticinco metros oeste hace saber: Que en esta Notaría y bajo el expediente
02-2011, se tramita sucesión Ab Intestato, de quien en vida se llamo Rafael
Ángel Carpio Ramírez, mayor de edad, soltero, jornalero, cédula de identidad número nueve-cero sesenta y
cuatro-trescientos treinta y seis, vecino de la misma localidad doscientos
cincuenta metros al sur de la iglesia. Se cita a herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días hábiles contados a partir de esta publicación comparezcan a hacer
valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se presentan en este plazo, él haber relicto pasará a
quien corresponda.—Cartago, mayo del dos mil
once.—Lic. Carlos Luis Granados Barquero, Notario.—1
vez.—RP2011241090.—(IN2011042954).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y, en general, a todos los interesados para que, en el
plazo de treinta días contados, a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a este Despacho a hacer valer sus
derechos en el juicio sucesorio notarial de quien fuera en vida Jorge Arturo
Valverde Mora, cédula uno-quinientos cincuenta-seiscientos treinta y ocho, bajo
el apercibimiento de que si no lo hicieran así, la herencia pasará a quien
corresponda el emplazamiento anterior empieza a correr desde la fecha de
publicación del edicto notaría del licenciado Manuel Eduardo Barrantes Aguilar,
Notario Público de Mercedes de Montes de Oca, San José, frente a
Se hace saber, que en esta Notaría se tramita
proceso sucesorio de, Fernando Hernández Sibaja, quien en vida fue mayor,
casado una vez, ebanista, vecino de Hatillo centro, de la iglesia Sagrado
Corazón de Jesús setenta y cinco metros norte cédula de identidad
uno-quinientos setenta y tres-novecientos cincuenta y tres. Se emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersona
dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número
01-2011. Notaría de Erika Hernández Sandoval, ubicada en San José, cien norte
del Colegio de Abogados.—San José, diez horas
veinticinco minutos del tres de junio del 2011.—Lic. Erika Hernández Sandoval,
Notaria.—1 vez.—RP20110241157.—(IN2011042956).
Se hace saber, que en este Despacho se
tramita el proceso Sucesorio de, Alexander Céspedes Barrantes, quien fuera
mayor, divorciado, profesor de educación física, vecino de Llorente de Heredia,
cédula número cuatro-ciento cuarenta y cinco-novecientos cuarenta. Se cita a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
10-001791-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23
de mayo del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1
vez.—(IN2011043211).
Se emplaza a todos los interesados en el
sucesorio testamentario en sede notarial de quien en vida fuera, Fernando Sáenz
Abarca, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San Francisco
de Dos Ríos, con cédula de identidad uno-doscientos veintiocho-cero cero cinco,
que de conformidad con lo dispuesto en los artículos ciento veintinueve y
siguientes del Código Notarial se tramita ante esta Notaría, ubicada en Residencial
Los Arcos, Heredia, segunda etapa, número dos-noventa y dos, para que en el
plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener la calidad de
herederos que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente 2011-01-SUC-NOT.—Heredia,
a las nueve horas del treinta de mayo del 2011.—Licda. Maryael Obregón Báez,
Notaria.—1 vez.—(IN2011043224).
Se emplaza a todos los interesados en la
sucesión de, Víctor Manuel Barrantes Montero, mayor, casado dos veces,
pensionado, costarricense, vecino de Limón, cédula de identidad siete-cero
veinticuatro-novecientos ochenta y cinco, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este
proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren dentro
del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
11-100533-473-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de
Se emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de María del Carmen
León Barrantes, quien fue mayor, casada, vecina de San José, Pavas, cédula
1-0264-0565. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se
presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp.
2011-000093-0182CI-1.—Juzgado Tercero Civil de
Mayor Cuantía de San José, 24 de mayo del 2011.—Lic. Ricardo Álvarez
Torres, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011043318).
Según el 125 del Código Notarial, se ha
abierto proceso sucesorio ad intestato extrajudicial de Cindy Patricia Arce
Calvo, mayor, soltera, técnica, cédula dos-seiscientos cuarenta y
siete-cuatrocientos seis, vecina de Alajuela, San Rafael, Se cita y emplaza a
todos los herederos y en general a todos los interesados a presentarse en esta
notaría dentro de los 30 días siguientes a la publicación de este edicto para
hacer valer sus derechos. Expediente: 001-2008-M.A.N.V. Notaría de
Se hace saber, que en este Despacho se
tramita el proceso Sucesorio de, Vicenta Ureña Rojas, quien fuera mayor,
casada, ama de casa, cédula número 1-257-674, vecina de Santa María de Dota. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 11-000126-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, 11 de mayo de 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—(IN2011043377).
Se hace saber, que en este Despacho se
tramita el proceso Sucesorio de, Carlos Emilio Segura Monge, quien fuera mayor,
casado, agricultor, cédula de identidad número 1-390-065, vecino de
Desamparados, y es gestionado por Hannia Ileana Castillo Segura, quien es
mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad número 1-615-567, vecina de
Desamparados. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de este proceso, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente número 10-100367-0237-CI (389-2-10).—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial
de San José, Desamparados, 26 de abril del 2011.—Lic. Ian Berrocal
Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2011043412).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fuera María Luz Arley Navarro, mayor, viuda,
oficios domésticos, cédula de identidad tres-ciento ocho-cero cero siete,
vecina de Colonia Kennedy, San Sebastián, para que dentro del término de,
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener la calidad de
herederos, que si no se apersonan dentro de ese término, la herencia pasará a
quien corresponda. Exp. 11-000003-0221-CI(A).—Juzgado
Contravencional de Menor Cuantía de San Sebastián, 23 de mayo del
2011.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1
vez.—RP2011241180.—(IN2011043436).
Se hace saber que en este Despacho se tramita
el proceso Sucesorio de Roberto Lizano Barboza, quien fue mayor, divorciado,
vecino de Vargas Araya,
Se cita y emplaza a todos los interesados en
Se emplaza a todos los herederos, legatarios
e interesados en la mortual de Elieth Aguilar Granados, quien portó la cédula
de identidad número 6-0087-0441, mayor, costarricense, casada, ama de casa,
vecina de Pavas Libertad Dos, alameda 2 casa 38, de Masa Rica 600 sur frente a
la plaza de deportes, con el fin que se apersonen dentro del plazo de treinta
días, a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento que si no lo hacen,
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-100031-0891-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas,
17 de mayo del 2011.—Lic. Marlene Solís Blanco, Jueza.—1
vez.—(IN2011043734).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión testamentaria notarial de quien en vida fuera Marco Vinicio Jiménez
Villareal, mayor, soltero, analista en programación, portador de la cédula de
identidad número uno-setecientos setenta y uno-cuatrocientos dieciocho, vecino
de Cartago,
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de la señora Teresita Quesada Ugalde, quien fue mayor, casada una
vez, ama de casa, vecina de San José, Alajuelita, Urbanización Chorotega, casa
uno, bloque veinticinco, con cédula de identidad número dos-doscientos setenta
y tres-trescientos noventa y siete, para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente 01-2011. Notaría de
Se emplaza a todos los interesados en la
sucesión del señor Arnoldo Robles Navarro, quien fue portador de la cédula de
identidad uno-trescientos veintiséis-seiscientos, casado una vez, agricultor,
vecino de Frailes de Desamparados, doscientos metros sur del templo católico,
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
los que crean tener igual o mejor derecho a la herencia, de que si no se
presentan en el plazo citado ésta pasará a quien corresponda. Expediente número
cero cero uno-dos mil once. Notaría del licenciado Gerardo Valverde Badilla,
ubicada en
Se hace saber que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio de Gerald Hidalgo Acosta, quien fuera Hidalgo Acosta
Gerald. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo; aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-003018-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 9 de marzo 2011.—Lic. Gerardo Calvo
Solano, Juez.—1 vez.—RP2011241388.—(IN2011043769).
Se hace saber que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio de Misael Rodríguez Arias, quien fuera mayor, casado una
vez, chofer, vecino de Guadalupe de Cartago, con cédula Nº 3-118-236. Se cita a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
06-001935-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20
de mayo del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1
vez.—RP2011241393.—(IN2011043770).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Froilán
Corrales Mora, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Aserrí,
cédula de identidad 1-0043-0092, para que dentro del plazo de treinta días
hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor
derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-100082-0217-CI. Sucesión de
Froilán Corrales Mora.—Juzgado Civil y de Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 5 de mayo del
2011.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1
vez.—RP2011241394.—(IN2011043771).
Se hace saber que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio de Clementina c. c Fulvia Soto Leitón, quien fue mayor,
soltera, ama de casa, vecina de Goicoechea,
Calle Blancos, costarricense con cédula de identidad número 2-0118-0847. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente
Nº 11-000216-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea,
25 de mayo del 2011.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1
vez.—RP2011241409.—(IN2011043772).
Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Jaime Stelle
Bonilla, quien fue mayor, divorciado una vez y en unión libre, comerciante,
vecino de San Juan de Dios de Desamparados, de
Se cita a herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados en la sucesión conjunta de quienes en vida
se llamaron Rosilio Morales Delgado, cédula uno-dos tres seis-cero uno dos, y
Flor Madriz Jiménez, cédula tres-uno dos cuatro-cero ocho tres, ambos mayores,
casado entres sí, vecinos de San Cristóbal Sur, Desamparados, San José, para
que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de esta publicación,
comparezcan a hacer valer sus derechos, apercibidos, los que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se presentan en este plazo, el haber
relicto pasará a quien corresponda. Licenciado Olman Alberto Rivera Valverde,
Notario Público, Oficina, ubicada en San Juan Norte, Cartago, setecientos
metros este de
Se hace saber que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio de Herminio Abarca Hernández, quien fue mayor, vecino de
San Rafael de Montes de Oca con cédula de identidad número 0101360781. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº
11-000244-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 8 de abril
del 2011.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1
vez.—RP2011241468.—(IN2011043775).
Se hace saber que ante esta notaría se
tramita el proceso sucesorio de América de Los Angels Cascante Rodríguez, quien
fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número 5-0095-0394
y vecina de Atenas. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a herencia,
de que si no se apersonan dentro de este plazo aquella pasara a quien
corresponda.—Atenas, 6 de junio de 2011.—Lic. Xiomara
Gómez Vargas, Notaria.—1
vez.—RP2011241508.—(IN2011043776).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Ligia María Lobo Rivera, quien fuera mayor, casada una vez,
oficios domésticos, cédula de identidad número: tres-doscientos
veintitrés-doscientos tres, vecina de Barrio Camino El Cielo, doscientos metros
al sur de la entrada principal, Guápiles, Pococí, Limón, para que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a este bufete, situado en Guápiles, Pococí centro, contiguo a soda
Ante esta notaría, se tramita el proceso
sucesorio notarial de quien en vida se llamó Ismael Rojas Jiménez, mayor,
casado una vez, pensionado, cédula dos-doscientos dieciocho-cuatrocientos
cincuenta y uno, vecino de San Lorenzo, del Súper San Lorenzo veinticinco
metros sur, calle privada, Desamparados, provincia de San José. Me ha sido
presentado por María de los Ángeles Flores Hernández, mayor, viuda una vez, cédula
uno-trescientos sesenta y dos-cero cero diecisiete, de oficios del hogar vecina
de San Lorenzo, del Súper San Lorenzo, veinticinco metros sur, calle privada,
Desamparados, provincia de San José y María Argelia Rojas Flores, mayor, casada
una vez, cédula uno-setecientos cincuenta y tres-cero cincuenta y siete, de
oficios del hogar, vecina de Guatuzo de Patarrá, setenta y cinco al sur del
Colegio Máximo Quesada, Desamparados, provincia de San José, el comprobante
respectivo de defunción del causante, solicitando como herederas la apertura
del correspondiente proceso sucesorio. Por ello se confiere el plazo legal de
treinta días establecido en el artículo novecientos diecisiete del Código
Procesal Civil, a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados para que comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia,
de que, si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda.
Asimismo se les advierte que deberán señalar lugar o medio para notificaciones
bajo el apercibimiento que si no lo hicieren o el lugar fuere incierto, el fax
no estuviere funcionando, las resoluciones se les tendrán por notificadas por
el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Para el debido
apersonamiento señalo la dirección de mi notaría ubicada setenta y cinco metros
oeste del Banco Nacional de Costa Rica en Desamparados centro, Oficinas de
Bufete Leiva & Asoc.-Abogados, provincia de San José. Expediente Nº
2011-0001.—San José, 31 de mayo de 2011.—Lic. Edwin
Daniel Leiva Jara, Notario.—1
vez.—RP2011241522.—(IN2011043778).
En esta notaría, por solicitud de Mayra
Aguilar López, cédula 1-505-762, se abre la sucesión de quien en vida fue Jorge
Luis Moreno Morales, quien fue mayor, casado una vez, Profesor, vecino de
Santiago de Puriscal, setenta y cinco metros norte de la antigua Cabaña, cédula
1-489-796. Se cita y se emplaza a todos los interesados, para que dentro de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho una calidad
de herederos, que si no se presenta dentro del plazo indicado, la herencia
pasará a quien corresponda, expediente Nº 014-2011 pudiéndose apersonarse en mi
oficina en San José, avenida 6, calles 21 y 25, casa 2194.—Lic.
Geovanny Jiménez Chacón, Notario.—1
vez.—RP2011241537.—(IN2011043779).
Joaquín Molina Hernández, notario público en
esta notaría al ser las diecinueve horas del seis de octubre del dos mil siete
, vista la solicitud de apertura del sucesorio de quien en vida fue María de
los Ángeles Sandí Garita, hecha por los señores Carlos Manuel Azofeifa Porras,
Yirlanny Azofeífa Sandí, Carlos Enrique Azofeifa Sandí, Maribel Azofeifa Sandí,
y William Azofeifa Sandí, en escritura número dieciséis iniciada en el folio
nueve vuelto del tomo siete del protocolo de la conotaria Haydee Patricia
Chang, de fecha diez horas cinco minutos del veintisiete de mayo del dos mil
once, testimonio que se adjunta al expediente correspondiente. Comprobada su
defunción, y en virtud de que dicha solicitud cumple con los requisitos de Ley,
y llenadas las formalidades del caso se declara abierto el sucesorio de quien
en vida fuera María de los Ángeles Sandí Garita, se nombra como albacea
provisional de este proceso al señor Carlos Manuel Azofeifa Porras, mayor,
viudo de primeras nupcias, comerciante, vecino de Guápiles, Urbanización
Garabito, frente al Abastecedor Chompi, cédula uno-doscientos
veintiséis-cuatrocientos treinta, quien estando presente procede a aceptar el
cargo, jura su fiel cumplimiento. Se cita a todos los herederos, legatarios,
acreedores, en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan dentro de
ese plazo, aquella pasará a quién corresponda. Publíquese la presente en el Boletín
Judicial. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 129,
siguientes y concordantes del Código Notarial. Notifíquese.—Lic.
Joaquín Molina Hernández, Notario.—1
vez.—RP2011241543.—(IN2011043780).
Se emplaza a herederos, legatarios,
acreedores y demás interesados en la sucesión de Paula Jacqueline Morales
Acosta, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina igual que el
compareciente, ciudadana nicaragüense, con cédula de residencia número cero
doce RE cero cero cero doscientos treinta y cuatro-cero cero mil novecientos
noventa y nueve, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen a esta Notaría en defensa de sus
derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieran la
herencia pasará a quien en derecho corresponde. Asimismo deben señalar lugar o
medio para que reciban sus notificaciones. Expediente número 2011-005-5591-ENCH
Nicoya. Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria, San Pedro de Montes de Oca, 100
NE de
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría, por los señores: Grace Rojas Mora, Áurea Eugenia Fernández Rojas,
Rigoberto Fernández Rojas, y Gabriela Patricia Fernández Rojas, a las dieciséis
horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil nueve, comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de quien en vida fuera Rigoberto Fernández Arias, mayor, taxista, vecino de San
Rafael Abajo de Desamparados, portador de la cédula de identidad número
uno-doscientos noventa y siete-trescientos cincuenta y tres. Se cita y emplaza
a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días
naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante
esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Gerardo Mejer Chaves, mayor, casado tres veces y actualmente
separado de hecho, empresario, portador de la cédula de identidad número
dos-dos tres siete-cero nueve cero, vecino de San José avenida segunda calles
seis y ocho en el Gran Hotel Centroamericano, a las trece horas con cincuenta y
cinco minutos del dieciséis de mayo del año dos mil once y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de quien en vida fuera Elvira Chaves Soto, quien fue mayor, casada una vez,
vecina de Alajuela, con cédula de identidad número dos-cero cero tres
cuatro-uno nueve uno uno, fallecida el veinticinco de julio de mil novecientos
ochenta y siete. Se cita y emplaza a todos los interesados pare, que dentro del
plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría
del Lic. Eslava Hernández Jiménez. San José, McDonald’s Plaza del Sol,
seiscientos metros al sur y cien metros este en BG&A Abogados Corporativos.
Teléfono 2280-0606. El original fue retirado por Gerardo Mejer Chaves el día
diecisiete de mayo de del dos mil once a las dieciséis horas.—Lic.
Eslava Hernández Jiménez, Notario.—1
vez.—(IN2011044030).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fuera María del Carmen Castillo Rojas, mayor,
cédula de identidad número dos-cero
doscientos veinticuatro-cero doscientos treinta y tres, casada una vez, de
oficios del hogar, vecina de San Mateo de la provincia de Alajuela, para que,
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos ante la notaría de la notaria
pública Felicia Vargas Arroyo, sita en Heredia, Ciudad Cariari, Residencial Los
Arcos, número dos ciento treinta y dos y se les apercibe a los que crean tener
la calidad de herederos que, si no se presentaren dentro de este plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Procedimiento sucesorio extrajudicial de
María del Carmen Castillo Rojas. Expediente Nº 0001-2010.—Heredia,
22 de mayo de 2010.—Lic. Felicia Vargas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(IN2011044034).
Se hace saber que en este Despacho,
Avicultores Unidos Avuga S. A. y Los Doce S. A., representados por Carlos
Morales Araya y Francisco Gómez Saborío respectivamente, han promovido
diligencias a fin de que se le reponga lo siguiente: cédula hipotecaria de
cuarto grado por un monto de cuarenta y tres millones de colones exactos con
intereses corrientes del treinta y ocho por ciento anual con vencimiento del
dos de febrero del dos mil seis a favor de Avicultores Unidos Avuga Sociedad
Anónima personería jurídica número tres-ciento uno-setenta y dos mil cincuenta
y siete inscrita bajo las citas cinco seis cuatro-cero cero dos nueve ocho-cero
uno-cero cero cero uno-cero cero uno. Se concede un término de un mes a partir
de la última publicación de este edicto, a todos los interesados, a fin de que
se presenten en defensa de sus derechos. Por ordenarse así en diligencias de
reposición de título. Expediente Nº 10-000039-0181-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de abril
del 2011.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—RP2011239111.—(IN2011039920).
3
v. 2 Alt.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se avisa que en este Despacho el señor Johnny
Gerardo Díaz Soto, solicita se apruebe la adopción individual de la persona
menor de edad Andrea Karina Serrano Poveda.
Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para
formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente
09-000513-0673-NA.—Juzgado de
Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez del Juzgado
Civil de Cartago, hace saber a Irma Miranda Jiménez, que en este Despacho se
interpuso un proceso ejecución hipotecaria en donde figura como acreedora de
segundo grado de la finca en ejecución, bajo el expediente número
10-001459-0640-CI donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen:
Juzgado Civil de Cartago, a las trece horas y cincuenta y un minutos del
dieciséis de agosto de dos mil diez. Se tiene por establecido el presente
proceso de ejecución hipotecaria planteado por, Mutual Cartago de Ahorro y
Préstamo en contra Luis Alonso Aguilar Rodríguez; a quien se le previene que en
el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de
Se hace saber, que ante este Despacho se
tramita proceso de cambio de nombre promovido por María Fortunata Gutiérrez
Juárez, mayor, vecina de Barrio San Isidro de Nicoya, Guanacaste, cédula de
identidad número 0502040450; encaminadas a solicitar la autorización para
cambiarse el nombre de María Fortunata Gutiérrez Juárez, por el de María
Gutiérrez Juárez mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto,
a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la
publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos,
bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código
Civil. Exp. 11-000146-0390-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 13 de mayo del 2011.—Msc.
José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—1 vez.—(IN2011043618).
El suscrito, Lic. Bethmann Herrera Montero,
Juez Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, a María Luisa Herrera Rojas,
mayor, cédula 2-170-837 hace saber, que en proceso Nº 10-00027-183-CI que son
diligencias de Liquidación de Sociedad de Mare Limitada y en relación al
nombramiento de curador para su persona en calidad de socia de dicha empresa
dice: Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, a las 16:30 horas del 25
de febrero del 2011. Visto el memorial recibido el 22 de noviembre de 2010,
visible a folio 54 por medio del cual se solicita se nombre curador y que se
confeccionen los edictos de ley, se resuelve: Para que promueva el proceso como
curador procesal, se nombra a Alberto de Jesús Fernández López, cédula
Se hace saber a Amet Steven Fernández
Granados, portador de la cédula de identidad número 8-0086-0406 y sin domicilio
conocido, que en este Despacho se tramita en su contra proceso reconocimiento
de hijo de mujer casada, expediente número 2010-000568-186-FA, interpuesto por
Elvin Francisco Núñez Ramírez, dentro del cual se le otorgó traslado por tres
días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas,
indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se
referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender
notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación
automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con
claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o
rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los
fundamentos legales en que se apoye. El emplazamiento corre tres días después
de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del
Primer Circuito Judicial de San José, 16 de mayo de 2011.—Lic. Viria
Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2011043738).
Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del
Juzgado Segundo de Familia de San José, hace saber al señor Manuel Ricardo
Palmero Pérez, mayor, casado, cubano, portador del documento de identidad
número DI640923018288 y de otras calidades desconocidas. Que en este despacho
se tramita el expediente bajo el número único 10-000057-187-FA, que es proceso
abreviado de divorcio de Grettel María Centeno Castellón contra Manuel Ricardo
Palmeiro Pérez. En el cual se redactó el auto de traslado de las once horas del
quince de abril del dos mil once y literalmente dice: “Del anterior proceso
abreviado de divorcio que establece Grettel María Centeno Castellón, se
confiere traslado por el plazo de diez días a Manuel Ricardo Palmero Pérez,
representado en el presente asunto por su curador procesal el Licenciado.
Marcelo José Gamboa Venegas, para que la conteste en la forma que indica el
artículo 305 en relación con el artículo 428 ambos del Código Procesal Civil.
Con relación a los hechos de la demanda deberá manifestar si los rechaza por
inexactos, los acepta como ciertos o si los admite con variantes o
rectificaciones, las razones que tenga para su negativa y los fundamentos
legales en que se apoya; en esta oportunidad ofrecerá pruebas, con indicación,
en su caso, del nombre y generales de los testigos, y sobre cuales hechos serán
interrogados, sin interrogatorio formal. Conforme a lo dictado en el artículo
263 del Código Procesal Civil se ordena la confección del edicto de Ley para
que sea publicado por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado
Segundo de Familia de San José.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—RP2011241594.—(IN2011043785).
Por el término de quince días se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso
cambio de nombre promovido por Talía González Hernández conocida como Tania
González Hernández, mayor, estudiante, vecina de Tárcoles, Garabito, cédula
número seis-cero trescientos noventa y tres-cero cuatrocientos cincuenta y
siete, para que se apersonen a hacer sus reclamos. Cambio de nombre
10-100694-0642-CI-2, establecida por Talía González Hernández conocida como
Tania González Hernández.—Juzgado Civil y Agrario
de Puntarenas, 28 de octubre del 2010.—Lic. Allan Montero Valerio,
Juez.—1 vez.—RP2011241498.—(IN2011043786).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita proceso de cambio de nombre promovido por Flor María Alvarado Godínez,
quien es mayor, casada una vez, de oficios del hogar, costarricense, vecina de
Villa Ligia de Pérez Zeledón, cédula de identidad número 1-477-112; encaminadas
a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Flor María Alvarado
Godínez, por el de Flory mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este
asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la
publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos,
bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código
Civil. Expediente 10-000760-0188-CI.—Juzgado Civil
del Primer Circuito Judicial de
Lic. Alejandro Cubero Lizano, Juez del
Juzgado de Familia de Puntarenas, hace saber que dentro del expediente Nº
09-400445-421-FA-3 que es declaratoria judicial de abandono de Andrey Steven
Esquivel Valerín promovida por el Patronato Nacional de
Han comparecido al Despacho solicitando contraer matrimonio civil los
señores Emilce Collado Camacho, de treinta y cuatro años, divorciada una
vez, ama de casa, cédula de identidad 0502980662, nativa de
Han comparecido ante esta notaría solicitando
contraer matrimonio civil los señores Elí Valdez López, mayor, nicaragüense,
peón agrícola, vecino de Alajuela, San Carlos,