BOLETÍN JUDICIAL Nº 166 DEL 30 DE AGOSTO DEL 2011

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

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Convocatorias

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Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:    Acción de Inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

SEGUNDA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las quince horas y treinta y dos minutos del cuatro de agosto del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-005104-0007-CO que promueve Gerardo Valle Sequeira, en su condición de Presidente de la Caja de Préstamos y Descuentos del Poder Judicial, para que se declare inconstitucional el artículo 9 de la Ley Constitutiva de la Caja de Préstamos y Descuentos de los Empleados del Poder Judicial, Ley 2028 del 16 de junio de 1956 reformada por Ley 6063 del 09 de julio de I977, por estimarlo contrario a los artículos 25 y 33 de la Constitución Política. La norma se impugna en cuanto establece que el puesto de director propietario será ocupado por un período máximo de 5 años sin posibilidad de ser reelecto, lo cual -a su juicio- representa una desvalorización al crecimiento y trayectoria política, además de la interrupción de importantes ideas y proyectos. Agrega que esta Sala por medio de la sentencia número 1999-l3l3 de las dieciséis horas con cuarenta y ocho minutos del veintitrés de febrero de mil novecientos noventa y nueve, desplaza a la Junta Directiva de la Asociación Nacional de Empleados Judiciales como ente legitimado para realizar el nombramiento de los Miembros Directores de CAPREDE, lo cual era una práctica seguida desde la fundación de la empresa y que a su juicio era un “absurdo Jurídico” y una evidente lesión al derecho de la voluntad de los verdaderos afiliados y una transgresión al artículo 25 Constitucional de libre asociación, marcando desde ese momento una división entre ambas Organizaciones con respecto a la facultad de nombrar de manera independiente los puestos de sus Directores ante la Junta Directiva. En dicho pronunciamiento se hizo una remisión al artículo 15 de la Ley de Caprede, el cual indica “en lo que resultare omiso” se aplica la Ley de Asociaciones Cooperativas, esto como modelo de creación de un Órgano Máximo de Representatividad de los afiliados, dando paso de esta forma a la implementación de la Asamblea General de delegados, desde el mes de junio de mil novecientos noventa y nueve y hasta la fecha. Así, en Asamblea Ordinaria XI del 27 de noviembre del 2010 se autorizó a la Junta Directiva para que presente la acción de inconstitucionalidad y a la presidencia de Caprede para que la firmara. Argumenta que es necesario que se dote y legitime a la Asamblea General como órgano de máxima representación, con la total autonomía y potestad en la toma de decisiones concernientes a la forma de nombramiento y duración de los plazos. Agrega que esa posibilidad sí la tiene ANEJUD y por ello se consideran en condición de desigualdad. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 08 de agosto del 2011.

                                                                      Fabián Barboza Gómez

(IN2011064735)                                                   Secretario a. í.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las diez horas y treinta y cuatro minutos del veintisiete de julio del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-005560-0007-CO que promueven Andrés Rojas Chaves, Alejandro Villareal Tello, Luis Montanez Vargas y Francisco Madrigal Villa, para que se declare inconstitucional el Decreto 36320 que adiciona el artículo 11 del Reglamento al Estatuto del Servicio Civil y el transitorio segundo del mismo decreto, por estimarlo contrario a los artículos 30, 33, 191, 192 de la Constitución Política. Las normas se impugnan en cuanto son oferentes e integran la lista de elegibles del Servicio Civil, en la especialidad “Medicina Veterinaria”-, pero a la fecha no son funcionarios públicos cubiertos por el régimen de Servicio Civil. Agregan que se encuentran interesados en plazas del SENASA, las cuales a la fecha se encuentran ocupadas por funcionarios en condición de interinidad, pues la mismas no han sido designadas por medio del sistema previsto en el Estatuto de Servicio Civil, sea mediante concurso público, y para ello cuentan con todos los requisitos de ley. En dicha condición fundamentan su legitimación para presentar esta acción de inconstitucionalidad. Consideran que las normas cuestionadas lesionan el derecho a la igualdad consagrada en el artículo 33 de la Constitución Política, ya que les asiste el derecho de acceso a los cargos públicos, aún cuando no sean funcionarios públicos en este momento. De igual forma, agregan que la idoneidad para e1 desempeño en cargos del servicio público, se encuentra consagrada en los artículos 191 y 192 constitucionales. Así, a fin de proteger el principio de igualdad, 1a idoneidad se prueba también precisamente en la realización de un concurso, en el que pueden participar los oferentes que hubieran sido considerados elegibles y obtengan la mayor puntuación; y de este resultado surgirá la terna de la cual finalmente se debe elegir a quien se considere el candidato más idóneo para el puesto. Igualmente agregan los accionantes que de conformidad con la jurisprudencia constitucional, toda actuación de los “Poderes Públicos” se somete al principio de razonabilidad; el cual implica que la actuación pública debe ser legítima, necesaria, idónea y proporcionada al fin que se busca satisfacer. En este caso señalan que el Decreto 36320 adiciona el artículo 11 del Reglamento al Estatuto del Servicio Civil con el objeto de permitir que los servidores interinos que se encuentren en el registro de elegibles formen parte de una tema para el puesto que ocupan. En esa medida, el Decreto puede ser interpretado como una orden al Servicio Civil para que remita ternas a la Administración activa pero para que las remita integradas necesariamente con los interinos. Indican que al ordenar dicha integración, el Poder Ejecutivo está determinando cómo debe integrarse la terna y sobre todo, le está indicando al Servicio Civil que la integre sin tomar en cuenta la calificación de todos los integrantes de la terna y, por ende, el orden de prevalencia que corresponde. Señalan que de conformidad con el artículo 2l del Estatuto del Servicio Civil, es competencia exclusiva de la Dirección de Servicio Civil la selección de los candidatos elegibles para servidores públicos. Selección que debe realizarse por medio de pruebas de idoneidad, que se califican con una escala del uno al cien, y donde el setenta es la calificación mínima aceptable. Esta escala permite establecer quiénes son los candidatos más idóneos para el puesto, y son estos, los que conforme lo dispuesto en el articulo 26 del Estatuto deben integrar la terna que el Servicio Civil remite al jefe peticionario. Indican que no existe otro elemento para establecer quiénes son los candidatos mas idóneos para integrar una nómina o en su caso, una terna, más que la calificación recibida. Por consiguiente, -indican- esa idoneidad se establece por el orden de calificación recibida. Agregan que el procedimiento para establecer la idoneidad es modificado con la adición al artículo 11 del Reglamento al Estatuto. En efecto, para que una terna sea integrada por interinos es suficiente que este funcionario se encuentre en el registro de elegibles, de modo que independientemente de la calificación que haya obtenido ese interino, por el sólo hecho de ocupar el puesto al menos por un año, puede integrar la terna para el puesto que ocupa. Continúan manifestando que el interino puede ciertamente ser elegible y, consecuentemente, integrar una terna, pero debe integrarla de acuerdo con la calificación que haya obtenido en la prueba correspondiente, razón por la cual podría integrar una terna a condición de que no haya otras personas mas idóneas para el puesto, lo cual se establece con el orden de prevalencia resultado de la calificación. Estiman que el Decreto obliga al Servicio Civil a realizar una abstracción del resultado obtenido en las pruebas y, por ende, de la posición en la escala que ocupe el interino, todo para crear las condiciones para que el interino sea nombrado en propiedad. Estiman que con ello se parte de que el interino tiene un derecho al puesto, solo por el hecho de ocuparlo en forma interina. Estiman que el Decreto impugnado otorga un derecho al interino que ocupa la plaza un derecho de integrar la terna con preferencia a otras personas que hayan obtenido una mayor calificación en las pruebas. En esa medida, exclusivamente al primero de la lista, le permite analizar las condiciones de los 3 oferentes y determinar cuál de ellos cumple realmente el perfil que el puesto requiere; lo cual –a su juicio- es sano pues eventualmente aun tratándose de profesionales en el mismo campo, puede ser que el primero de la tema por calificación tenga un énfasis distinto al que requiere el cargo y sea el último en la terna quien posea la especialidad o perfil idóneo para el cargo que se ostenta. Señalan los accionantes que el requisito de continuidad en el puesto no se evidencia como indispensable, sin embargo, de acuerdo con el Decreto impugnado, basta que se haya laborado en el mismo puesto un año para que se considere que hay continuidad. Si bien se hace referencia a un requisito de dos años, lo cierto es que estos dos años no se refieren necesariamente al puesto que se ocupa. Estiman que no resulta lógico que se adicione el párrafo segundo, al artículo 11 y al mismo tiempo, se indique en el artículo 3 del Decreto que éste será eficaz a partir de su publicación. Es decir, que a su criterio se emite una reglamentación que se presenta como general, pero únicamente para que tenga una eficacia temporal y los funcionarios hoy interinos devengan en propietarios de sus puestos. Estiman que el Transitorio I no satisface el principio de eficacia ni de eficiencia, propios de la actuación administrativa, y con el transitorio II se obliga al Servicio Civil a realizar exámenes a un grupo determinado de personas; los funcionarios interinos que no estén elegibles. Pero no se trata de otorgarles el derecho de hacer exámenes (que debería ser la regla para toda persona). Finalmente señalan que se debe aplicar el principio de transparencia y el derecho de acceso a la información administrativa, por lo cual no puede –según el criterio de los accionantes- considerarse que las calificaciones de los participantes en un concurso por un puesto dentro del Servicio Civil, sean secretos de Estado. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 05 de agosto del 2011.

                                                                      Fabián Barboza Gómez

(IN2011064738)                                                   Secretario a. í.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las doce horas y diez minutos del ocho de agosto del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-006560-0007-CO que promueve Rosa María Rojas Sequeiro, para que se declare inconstitucional el artículo 16 del Reglamento del Fondo de Garantías y Jubilaciones del Banco Nacional de Costa Rica. La norma dispone, en lo que interesa: “ …El derecho a la pensión por viudez cesará de inmediato cuando el beneficiario establezca un nuevo vínculo matrimonial o de Unión de Hecho…”. La norma se impugna en cuanto lesiona lo establecido en los artículos 33 y 74 de la Constitución Política, así como los principios de razonabilidad y proporcionalidad. Alega la accionante que el contenido de la norma es igual al artículo 20 inciso d) del Reglamento del Seguro de Vejez, Invalidez y Muerte, el cual fue anulado por la Sala Constitucional por sentencia número Nº 2010-18965 de las 13:18 horas del 17 de noviembre de 2001. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 09 de agosto del 2011.

                                                                      Fabián Barboza Gómez

(IN2011064743)                                                   Secretario a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 11-02954 promovida por Santos Lara García en contra de los artículos 60 inciso ch) de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, número 7331 del trece de abril de mil novecientos noventa y tres y 26.1.5 del Reglamento sobre el seguro obligatorio para vehículos automotores, Decreto Ejecutivo número 25370-MOPT-J-MP del cuatro de julio de mil novecientos noventa y seis, se ha dictado el voto número 09396-2011 de las catorce horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Corríjase el considerando II de la sentencia número 2011-07808 de las catorce horas cincuenta y seis minutos del quince de junio del dos mil once, en los términos mencionados en el único considerando de esta resolución”.

San José, 18 de agosto del 2011.

                                                                      Fabián Barboza Gómez

(IN2011064777)                                                   Secretario a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 09-10478 promovida por Bolcomer Bolsa de Comercio S. A. en contra del transitorio IX de la Ley Reguladora del Mercado de Valores y el Reglamento para las Bolsas de Comercio del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, se ha dictado el voto número 09761-2011 de las quince horas del veintisiete de julio de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se adiciona el Por Tanto de la sentencia número 2011-5966 de las catorce treinta horas del once de mayo de dos mil once, para que, después de “paz social” y antes de “los derechos adquiridos de buena fe”, se lea: “Lo anterior, sin perjuicio de lo que en el amparo que da sustento a esta acción se resuelva respecto de la aplicación al recurrente del Reglamento para las Bolsas de Comercio, y”. El Magistrado Mora pone nota.”

San José, 18 de agosto del 2011.

                                                                      Fabián Barboza Gómez

(IN2011064778)                                                   Secretario a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 09-15886 promovida por Elsa Elena Núñez Cespedes en contra del inciso 10) del Artículo 4, del Reglamento para recibir tratamiento de Radioterapia con Acelerador Lineal, dictado por la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 12 de la Sesión 7593, del 28 de abril del 2005, se ha dictado el voto número 09762-2011 de las quince horas con diez minutos del veintisiete de julio de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara con lugar la acción de inconstitucionalidad. Se anula el inciso 10) del artículo 4 del Reglamento para recibir Tratamiento de Radioterapia con Acelerador Lineal de la Caja Costarricense de Seguro Social, aprobado en la sesión de la Junta Directiva Nº 7953 de 28 de abril de 2005. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.”

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 18 de agosto del 2011.

                                                                      Fabián Barboza Gómez

(IN2011064779)                                                   Secretario a. í.

PRIMERA PUBLICACIÓN

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 08-17883, promovida por Ramón Luis Rodríguez Vindas en contra de los artículos 241 inciso e) y 238 inciso c), en la redacción original que a ambos diera la Ley General de Aduanas, 7557 de 20 de octubre de 1995, se ha dictado el voto número 09849-2011 de las dieciséis horas con treinta y siete minutos del veintisiete de julio de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara sin lugar la acción”.

San José, 18 de agosto del 2011.

                                                                      Fabián Barboza Gómez

(IN2011064781)                                                   Secretario a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 09-11542 promovida por Aros de Bicicleta Costa Rica, Sociedad Anónima, para que se declare inconstitucional el Transitorio del “Plan Regulador para el Cantón de Belén”, aprobado por acuerdo del Concejo Municipal de Belén, en sesión Nº 16 del 13 de marzo del 2007, por estimarlo contrario a los principios de seguridad jurídica, igualdad, proporcionalidad, razonabilidad y a los artículos 11, 33, 41 y 45 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 10176-2011 de las ocho horas con cuarenta minutos del cinco de agosto de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara parcialmente con lugar la acción. En consecuencia, se anula por inconstitucional la frase del Transitorio 1° del Acuerdo del Concejo de Belén, de la sesión ordinaria Nº 16-2007 del 13 de marzo de 2007, artículo 5, únicamente en cuanto indica: “por el tiempo necesario”. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el diario oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese. Los magistrados Mora Mora, Armijo Sancho y Cruz Castro salvan el voto y declaran sin lugar la acción”.

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 18 de agosto del 2011.

                                                                      Fabián Barboza Gómez

(IN2011064782)                                                   Secretario a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 11-04568 promovida por Francisco López Arce en contra del artículo 234 párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Interviene la Procuraduría General de la República y el Consejo Superior del Poder Judicial, se ha dictado el voto número 10513-2011 de las quince horas con un minuto del diez de agosto de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara sin lugar la acción. La Magistrada Calzada y el Magistrado Jinesta salvan el voto y declaran con lugar la acción con todas sus consecuencias. Los Magistrados Armijo Sancho, Cruz Castro y Castillo Víquez ponen nota”.

San José, 18 de agosto del 2011.

                                                                      Fabián Barboza Gómez

(IN2011064783)                                                    Secretario a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 06-14417 promovida por René García Miranda, Sindicato de Trabajadores de La Chiriqui Land Company (SITRACHIR) contra los artículos 373 y 377 del Código de Trabajo, se ha dictado el voto número 10832-2011 de las catorce horas con treinta minutos del doce de agosto de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Por unanimidad, se anula por inconstitucional el inciso c) del artículo 373 del Código de Trabajo, debiendo los jueces estarse a lo indicado en el Considerando VIII. Por unanimidad, se declara sin lugar la acción respecto el inciso b) del artículo 373 del mismo cuerpo legal. Por mayoría se interpreta conforme a la Constitución el artículo 377 del Código de Trabajo en el sentido que la terminación de los contratos de trabajo es a partir de la declaratoria de ilegalidad de la huelga y, en consecuencia, los trabajadores que participaron en el movimiento huelguístico antes de esa declaratoria no pueden ser despedidos, rebajados sus salarios ni sancionados de forma alguna por la mera participación en la huelga.

Los Magistrados Jinesta y Castillo salvan el voto en cuanto a la interpretación conforme a la Constitución del artículo 377 del Código de Trabajo, el cual estiman que no precisa de interpretación conforme. El Magistrado Cruz Castro consigna nota”.

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 18 de agosto del 2011.

                                                                      Fabián Barboza Gómez

(IN2011064785)                                                    Secretario a. í.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 08-14820 promovida por Asociación Nacional de Jubilados de Obras Públicas y Transportes en contra del artículo 22 del Decreto Ejecutivo número 33080, publicado en La Gaceta número 98 del 23 de mayo del 2006, denominado “Reglamento a la Ley número 7302 Ley de Creación del Régimen General de Pensiones con Cargo al Presupuesto Nacional, de otros Regímenes Especiales y Reforma a la Ley número 7092, 21 de abril de 1988 y sus reformas, Ley del Impuesto sobre la Renta”, se ha dictado el voto número 10930-2011 de las quince horas con diez minutos del diecisiete de agosto de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara sin lugar la acción”.

San José, 18 de agosto del 2011.

                                                                      Fabián Barboza Gómez

(IN2011064786)                                                    Secretario a. í.

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sixto Pastor Alcázar Cordero, mayor, casado, operario de grúa, cédula de identidad número dos-trescientos sesenta y tres-ochocientos cincuenta y tres, quien fue vecino de Alajuela, Ciruelas, Urbanización Santa Fe, frente a Super El Chino, casa Nº G-10 fallecido el 19 de julio del 2011, se consideren con derecho, para que dentro de improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones, sector privado bajo el número 11-000472-1022-LA, a hace valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 11-000472-1022-LA. Por el fallecimiento de Sixto Pastor Alcázar Cordero promovidas por Rosibel Cordero Madrigal.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de agosto del 2011.—Msc. Jenny Fallas Ureña, Jueza.—1 vez.—(IN2011065199).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Manuel Antonio González Cordero, cédula 2-364-131, casado, carnicero, vecino de Río Segundo de Alajuela, Barrio El Carmen, fallecido el veinticinco de diciembre del dos mil diez, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 11-000477-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 11-000477-1022-LA. Gestionante Susana Quirós Mora, fallecido Manuel Antonio González Cordero.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de agosto del 2011.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—(IN2011065200).

Con ocho días de plazo, se convoca a los causahabientes de la fallecida Maritza Sibaja Hidalgo, quien fuera mayor, viuda, cédula de identidad número uno-cuatrocientos noventa-doscientos veintidós, vecina de Calle Fallas de Desamparados, de la Clínica Marcial Fallas, trescientos oeste y cincuenta sur, en Condominios Laura, casa N° 9, quien falleció el doce de agosto del dos mil diez, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral de la fallecida Maritza Sibaja Hidalgo N° 11-300183-0237-LA (192-1-11), gestionada por: Noemi Hidalgo Godínez contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Nacional, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 9 de agosto del 2011.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2011065201).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; ambas libres de gravámenes hipotecarios la finca 398147-000, del partido de San José, soportando servidumbre trasladada al tomo 395, asiento 12537, la finca 129858-000 del partido de Guanacaste, soportando reservas Ley de Caminos tomo 310, asiento 2557, a las dieciocho horas y veinte minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil once, y con la base de diez millones quinientos catorce mil novecientos diez colones, la finca matrícula 398147-000, del partido de San José, con la base de setecientos cincuenta y cinco mil noventa colones la finca 129858-000 del partido de Guanacaste, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 129858-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Carlos Gerardo Cantillano Álvarez; al sur, calle pública; al este, José María Corrales Guzmán; y al oeste, Carlos Gerardo Cantillano Álvarez. Mide: mil ochocientos noventa y cinco metros con dos decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 398147-000, la cual es terreno lote 50 terreno para construir con local comercial. Situada en el distrito San Juan de Dios, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 7 metros; al sur, Inversiones Muñoz y Vieto S. A.; al este, Inversiones Muñoz y Vieto S. A.; y al oeste, Inversiones Muñoz y Vieto S. A. Mide: ciento un metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciocho horas y veinte minutos del tres de octubre del año dos mil once, con la base de siete millones ochocientos ochenta y seis mil ciento ochenta y dos colones con cincuenta céntimos, la finca matrícula 398147-000 del partido de San José, con la base de quinientos sesenta y seis mil trescientos diecisiete colones con cincuenta céntimos, la finca 129858-000, del partido de Guanacaste (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las dieciocho horas y veinte minutos del dieciocho de octubre del año dos mil once con la base de dos millones seiscientos veintiocho mil setecientos veintisiete colones con cincuenta céntimos la finca matrícula 398147-000, del partido de San José, con la base de ciento ochenta y ocho mil setecientos setenta y dos colones con cincuenta céntimos, la finca 129858-000 del partido de Guanacaste (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se rematan por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Anayansi Argüello Canales. Exp. Nº 08-008592-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 8 de agosto del año 2011.—Lic. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—(IN2011064407).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del catorce de setiembre del año dos mil once, y con la base de dos mil quinientos doce dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa: GB 001600, marca Hyundai, estilo Grace. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de setiembre del año dos mil once, con la base de mil ochocientos ochenta y cuatro dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de octubre del año dos mil once con la base de seiscientos veintiocho dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Tadeo Krogulec. Exp. Nº 11-000346-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 16 de agosto del año 2011.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—(IN2011064419).

A las nueve horas del catorce de setiembre de dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ciento cincuenta y un mil doscientos dólares, al mejor postor se rematará la finca del partido de San José, matrícula de Folio Real número cuatrocientos ochenta y seis mil novecientos setenta y ocho- cero cero cero, que es terreno para construir, sita en el distrito primero Colón, cantón siete Mora, de la provincia de San José, linda al norte, con Las Cumbres OJH S.A; al sur, con calle pública; al este, con Rafael Flores León, Ana Aguilar Umaña y Las Cumbres OJH S.A:, y al oeste, con Las Cumbres OJH S.A., mide tres mil cuarenta y tres metros cuadrados, según plano catastrado número SJ- cero cinco tres cinco cuatro uno cero- mil novecientos noventa y nueve. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintinueve de setiembre de dos mil once, con la base de (25% de rebajo en la base) ciento trece mil cuatrocientos dólares y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del cuatro de octubre de dos mil once con la base de treinta y siete mil ochocientos dólares. Lo anterior, por haberse ordenado así en juicio ejecutivo hipotecario Nº 11-100161-197-CI de 3-101-468955 S. A., contra Loma de la Piedad MGC S. A.—Juzgado Civil y Trabajo de Puriscal, 4 de agosto del 2011.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—(IN2011064424).

En la puerta exterior de este Despacho, a las ocho treinta minutos del siete de noviembre del año dos mil once; con la base de ciento veintiséis millones ciento cincuenta y siete mil quinientos treinta y siete colones con cincuenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas de inscripción tomo 526, asiento 7063; en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta y tres mil novecientos cincuenta y siete - cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 1. Situada en el distrito Piedades, cantón Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Sociedad Saquero S. A. y Alicia Morales Porras; al sur, Leonel Jiménez Alpízar; al este, Quebrada Cedral; y al oeste, Antonio Jiménez Alpízar, Miguel Jiménez Rivera y servidumbre de paso. Mide: tres mil ciento cuarenta y un metros setenta decímetros cuadrados. Con la base de veintinueve millones quinientos noventa y dos mil quinientos ocho colones con ochenta céntimos libre de gravámenes hipotecarios; en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos noventa y dos mil seiscientos cincuenta - cero cero cero, la cual es terreno lote 2 de potrero con 1 casa. Situada en el distrito Piedades, cantón Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Humberto Mora; al sur, Miguel Ángel Jiménez Rivera; al este, Rosa Carmona; y al oeste, calle pública con 11 metros cuarenta centímetros. Mide: quinientos ochenta y un metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del año dos mil once, con la base de noventa y cuatro millones seiscientos dieciocho mil ciento cincuenta tres colones con dieciséis céntimos y veintidós millones ciento noventa y cuatro mil trescientos ochenta y un colones con sesenta céntimos, respectivamente (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de diciembre del año dos mil once con la base de treinta y un millones quinientos treinta y un mil ochocientos ochenta y cuatro colones con treinta y nueve céntimos y siete millones trescientos noventa y ocho mil ciento veintisiete colones con veinte céntimos, respectivamente (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Rampoqui Cero Ciento Cinco Sociedad Anónima y Marta Elena Campos Robles. Exp. Nº 10-002698-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 5 de julio del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN201164437).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas Ley de Aguas a las citas: 270- 00005600 - 01-0002-001 y reservas Ley de Caminos a las citas: 270- 00005600- 01- 0003-001; a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del año dos mil once, y con la base de cuarenta y tres millones setecientos noventa mil novecientos noventa y dos colones con cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y siete mil doscientos cincuenta y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, en parte con camino público y Lorena Picado Valverde; al sur, Rafael Ángel Picado Valverde; al este, Rafael Ángel Picado Valverde; y al oeste, camino público. Mide: seis mil novecientos ochenta y ocho metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de octubre del año dos mil once, con la base de treinta y dos millones ochocientos cuarenta y tres mil doscientos cuarenta y cuatro colones con tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del tres noviembre del año dos mil once con la base de diez millones novecientos cuarenta y siete mil setecientos cuarenta y ocho colones con un céntimo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Gamboa Barboza y Yamileth Picado Valverde. Exp. Nº 11-000057-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 9 de julio del 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2011253258.—(IN2011064456).

A las ocho horas quince minutos del veintiuno de setiembre de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, de la forma que se dirá y con las bases que se indican a continuación, remataré las siguientes fincas inscritas en propiedad del partido de Alajuela, Folio Real matrícula números: primera: libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre de aguas pluviales bajo las citas 0540-00017398-01-0001-001 y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la cooperativa actora, sea la base de tres millones de colones, la finca número 414.660-000, que es terreno de patio con una casa sito en Peñas Blancas de San Ramón, distrito trece del cantón dos de la provincia de Alajuela. Linda al norte, María Fernanda Ferreto Araya; al sur, calle pública con un frente de 11,62 metros; al este, Alexander Jiménez Alfaro; y al oeste, Shirlene Rojas Rodríguez. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con setenta decímetros cuadrados. Segunda: Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones soportando servidumbre de aguas pluviales bajo las citas 0540-00017398-01-0001-001 y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la cooperativa actora, sea la base de seis millones quinientos mil colones, la finca número 266.661-000, que es terreno de patio y casa sito en Peñas Blancas de San Ramón, distrito trece del cantón dos, de la provincia de Alajuela. Linda al norte, María Fernanda Ferreto Araya; al sur: calle pública; al este: Murillo Ramírez S. A.; y al oeste, Antony Soto Guzmán. Mide: ciento cincuenta y tres metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones para la finca número 414.660-000 y la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones para la finca número 266.661-000, se señalan las: ocho horas quince minutos del cinco de octubre de dos mil once. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de setecientos cincuenta mil colones para la finca número 414.660-000, y la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones para la finca número 266.661-000, se señalan las: ocho horas quince minutos del veinte de octubre de dos mil once. Se rematan por ordenarse así en exp. 11-100187-297-CI ejecución hipotecaria de Coocique R. L., contra Audrey Rojas Rodríguez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 20 de julio del 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2011253292.—(IN2011064457).

A las once horas quince minutos del veintiuno de setiembre de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de anotaciones, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0326-00015240-01-0901-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas 0408-00010491-01-0001-001, e hipoteca de primer grado a favor del Banco de Costa Rica bajo las citas 2009-00133712-01-0001-001 y con la base de la hipoteca de segundo grado a favor de la actora, sea la base de veintidós millones de colones, remataré: Finca inscrita en propiedad del partido de Alajuela Folio Real matrícula número 392.448-000, que es bloque D-lote siete terreno para construir sito en Ciudad Quesada de San Carlos, distrito primero, del cantón décimo, de la provincia de Alajuela. Linda al norte, y al oeste, Urbanizadora Potrero Grande S. A.; al sur, calle pública con un frente de 10 metros; y al este, Robert Solís Sauma. Mide: Trescientos metros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dieciséis millones quinientos mil colones, se señalan las once horas quince minutos del cinco de octubre de dos mil once. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cinco millones quinientos mil colones, se señalan las once horas quince minutos del veinte de octubre de dos mil once. Se remata por ordenarse así en exp. Nº 11-100406-297-CI, ejecución hipotecaria de Toromocho S. A. contra Roberto Solís Oconnor.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 1º de agosto del 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2011253299.—(IN2011064458).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil once, y con la base de diez millones ciento noventa y nueve mil seiscientos cincuenta y tres colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa CB 002303, marca Hyundai estilo H-1, microbçus, 4x2, vin KMJWA37HAAU171852, año 2010, color blanco, diesel 2500 c.c. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil once, con la base de siete millones seiscientos cuarenta y nueve mil setecientos cuarenta colones con veintinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las diez horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil once con la base de dos millones quinientos cuarenta y nueve mil novecientos trece colones con cuarenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Namelocoto Limitada. Exp. Nº 11-000240-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 12 de agosto del año 2011.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—RP2011253334.—(IN2011064459).

A las 14:00 horas del 28 de setiembre del 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0370-00003567-01-0900-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco actor, sea la base de ¢19.278.197,07, remataré: Finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 234.076-000, que es terreno de topografía ondulada cubierto de pastos con una casa de habitación y un galerón, sito en Monterrey de San Carlos, distrito doce del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte, y al oeste, Quintín Rojas Vargas; al sur, Randall y Rudy ambos Peñaranda Rodríguez y Quintín Rojas V.; y al este, camino público con un frente de 279,63 centímetros lineales. Mide: ciento setenta mil setenta y cinco metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢14.458.647,80, se señalan las: 14:00 horas del 12 de octubre del 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢4.819.549,26, se señalan las: 14:00 horas del 27 de octubre del 2011. Se remata por ordenarse así en Exp. Nº 11-100747-297-CI (3C) ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones Betel P & R S. A. y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de agosto del 2011.—Lic. Martha Chaves Chaves, Jueza.—RP2011253376.—(IN2011064460).

A las 11:15 horas del 28 de setiembre del 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco actor, sea la base de ¢31.918.433,77, remataré: Finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 345.664-000, que es terreno de pastos con una casa, sito en La Fortuna de San Carlos, distrito siete, del cantón diez, de la provincia de Alajuela. Linda al norte, al sur, y al este, Marcelo Solórzano Murillo; y al oeste, calle pública con frente de 66 metros lineales. Mide: cinco mil cuatrocientos treinta y cuatro metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢23.938.825,33, se señalan las 11:15 horas del 12 de octubre del 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢7.979.608,44, se señalan las 11:15 horas del 27 de octubre del 2011. Se remata por ordenarse así en exp. Nº 11-100767-297-CI (1A) ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Rita María Solórzano Vargas.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de agosto del 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2011253378.—(IN201164461).

A las catorce horas quince minutos del veintiuno de setiembre del dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes prendarios comunes y anotaciones, con la base de ocho millones setecientos treinta mil colones, remataré: vehículo placas número CL ciento ochenta y dos mil cuatrocientos dos, marca Toyota, año 2002, estilo: Hilux DLX, carrocería: caja abierta o cam-pu, capacidad: 5 personas, motor: 3L5149560. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de seis millones quinientos cuarenta y siete mil quinientos colones, se señalan las catorce horas quince minutos del cinco de octubre de dos mil once. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de dos millones ciento ochenta y dos mil quinientos colones, se señalan las catorce horas quince minutos del veinte de octubre de dos mil once. Se remata por ordenarse así en expediente número 11-100583-0297-CI que es Ejecutivo Prendario de Fidel Varela Herrera contra Yoleydy Vargas Miranda.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 01 de agosto del 2011.—Lic. Martha Chaves Chaves, Jueza.—RP2011253383.—(IN2011064462).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil once, y con la base de noventa y seis millones ciento tres mil doscientos sesenta y nueve colones con treinta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 157848-000, la cual es terreno de casa. Situada en el distrito Tilarán, cantón Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 35,18 metros; al sur, María Cecilia Herrera Cruz; al este, Carlos Solórzano Moscoso y al oeste, calle pública con 22,85 metros. Mide: ochocientos noventa metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de octubre del año dos mil once, con la base de setenta y dos millones setenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y un colones con noventa y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre del año dos mil once con la base de veinticuatro millones veinticinco mil ochocientos diecisiete colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Jonathan Murillo Murillo. Exp.: 11-000321-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 16 de agosto del 2011.—Licda. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—RP2011253395.—(IN2011064463).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con citas 276-5476-01-0902-001; a las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil once, y con la base de cuarenta millones ochocientos setenta y siete mil ciento diez colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y nueve mil trescientos veinticinco cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Agro Mercantil Joymo Sociedad Anónima; al sur, calle pública; al este, Roxana Baltodano Chacón y al oeste, Vinicio Chinchilla Villalta. Mide: quinientos ochenta y seis metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de octubre del dos mil once, con la base de treinta millones seiscientos cincuenta y siete mil ochocientos treinta y dos colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil once con la base de diez millones doscientos diecinueve mil doscientos setenta y siete con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gustavo Gutiérrez Gómez y Lourdes Líos Rodríguez. Exp.: 11-000235-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 04 de agosto del 2011.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—RP2011253400.—(IN2011064464).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas cero minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil once, y con la base de treinta y tres mil novecientos sesenta y cuatro punto diecinueve unidades de Desarrollo (UD’s), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos uno mil doscientos treinta secuencia cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir bloque FF lote 36. Situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte lote 35-FF; al sur, lote 37-FF; al este, lote 14-FF y al oeste, calle pública con siete metros de frente. Mide: ciento cuarenta metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas cero minutos del once de octubre del dos mil once, con la base de veinticinco mil cuatrocientos setenta y tres punto catorce unidades de Desarrollo (UD’s) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil once, con la base de ocho mil cuatrocientos noventa y un punto cuatro unidades de Desarrollo (UD’s) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Aylineduardo Mayorga Espinoza y Johanna Vanessa Benavides Chavarría. Exp.: 11-003139-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 28 de julio del 2011.—Msc. Farith Suárez Valverde, Juez.—RP2011253426.—(IN2011064465).

En este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del dos mil once, y con la base de diecisiete millones doscientos diecisiete mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y tres mil ochocientos treinta y uno la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 10 Desamparados, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Delfín Zúñiga Chavarría y Lisette Yadira Artavia Álvarez; al sur, Carlos Víquez Sanabria; al este, calle pública con un frente de 14 metros 85 centímetros y al oeste, Miller Gómez Jiménez. Mide: cuatrocientos ochenta y ocho metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de octubre de dos mil once, con la base de doce millones novecientos trece mil ciento veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de octubre del dos mil once, con la base de cuatro millones trescientos cuatro mil trescientos setenta y cinco colones exactos por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación China Sociedad Anónima contra Allan Artavia Álvarez. Exp.: 11-000333-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de agosto del 2011.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—RP2011253466.—(IN2011064466).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) (citas 0567-00027332-01-0003-001), a las once horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil once, y con la base de cuatro millones ciento cincuenta y cinco mil trescientos cuarenta y dos colones con treinta y siete céntimos, en el mejor postor remataré finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 18487-000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda al norte, calle pública; al sur, Playa del Mar; al este, María de los Ángeles Loría Céspedes y al oeste, Lidia Chen Jau. Mide: ciento cincuenta y siete metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil once, con la base de tres millones ciento dieciséis mil quinientos seis colones con setenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil once, con la base de un millón treinta y ocho mil ochocientos treinta y cinco colones con cincuenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Nuria Matarrita Martínez, expediente número 11-004201-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 04 de julio del 2011.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—RP2011253494.—(IN2011064467).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando Infracciones y Colisiones a las nueve horas y treinta y cinco minutos del once de octubre del año dos mil once, y con la base de cuatro mil novecientos diecinueve dólares con cuarenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número cinco cinco uno siete siete uno, marca Ford, año 2004, Vin 9BFBT09NX48168885, cilindrada 1600 cc, color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta y cinco minutos del veintiséis de octubre del año dos mil once, con la base de tres mil seiscientos ochenta y nueve dólares con cincuenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta y cinco minutos del diez de noviembre del año dos mil once con la base de un mil doscientos veintinueve dólares con ochenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos de Trabajo Sociedad Anónima contra Randall Herrera López. Exp.: 10-000166-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 08 de agosto del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(IN2011064715).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, anotada bajo las citas 334-11837-01-904-001, Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, anotadas bajo las citas 509-8986-01-0004-001; a las quince horas y cero minutos del trece de setiembre de dos mil once, y con la base de ciento veinticuatro mil novecientos noventa y siete dólares con cuarenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 585372-001, 002 la cual es terreno para construir lote 7-C. Situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Bananera Agua Friz S. A., Rodolfo Rodríguez, Ana Isabel Jiménez, Luis Alfredo Rodríguez y Óscar Manuel Rodríguez; al este, Lote 6-C y al oeste, Lote 8-C. Mide: doscientos veintidós metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de setiembre del dos mil once, con la base de noventa y tres mil setecientos cuarenta y ocho dólares con diez centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de octubre de dos mil once con la base de treinta y un mil doscientos cuarenta y nueve dólares con treinta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Brayan Bonilla Álvarez y Leila Ledezma Herrera. Exp.: 11-020219-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de agosto del 2011.—Marvin Antonio Ovares Leandro, Juez.—(IN2011064736).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil once, y con la base de ciento cuarenta y seis mil ciento noventa y cinco dólares con cuarenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número dos cero siete ocho cuatro siete cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Viviendas del Sur S. A.; al este, Lote 105-C segregado y al oeste, Lote 107-C segregado. Mide: ciento diez metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre del dos mil once, con la base de ciento nueve mil seiscientos cuarenta y seis dólares con sesenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de octubre de dos mil once con la base de treinta y seis mil quinientos cuarenta y ocho dólares con ochenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Cristian Gerardo Chaves Díaz y Evelyn Jarquín Badilla. Exp.: 11-016440-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2011.—Lic. Marvin Antonio Ovares Leandro, Juez.—(IN2011064739).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las quince horas y cero minutos del diecinueve de setiembre de dos mil once, y con la base de ochenta y tres mil novecientos veinte dólares con noventa y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa EE 028526, marca Caterpillar, capacidad 1 persona, categoría equipo especial obras civiles, año 2009, carrocería compactadora 1 rodillo, color amarillo, vin CATCS533LASL03612, cilindrada 4400 c.c. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de octubre de dos mil once, con la base de sesenta y dos mil novecientos cuarenta dólares con setenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil once con la base de veinte mil novecientos ochenta dólares con veintitrés centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito Sociedad Anónima contra Residencias Jiménez y Navarro Sociedad Anónima, Residencias Navarro y Asociados Sociedad Anónima, Sierra Terracota Sociedad Anónima y Urbanizadora Navarro de Cartago Sociedad Anónima, expediente Nº 11-004209-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 7 de julio del 2011.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—(IN2011064807).

En la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer grado (Banco Nacional), a las quince horas del veintiuno de setiembre del dos mil once, y con la base de treinta y tres mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste matrícula Folio Real número ciento cuarenta y dos mil trescientos noventa- cero cero cero, que es terreno de pastos con oficina de administración, bodega y porquerizas, sito en distrito cuarto Colorado del cantón siete Abangares, de la provincia de Guanacaste. Linda al norte, con espaldón con calle pública; al sur, y oeste, con El Platanar S. A., este, con camino público. Mide setenta y cuatro mil ciento cuarenta metros con seis decímetros cuadrados, plano G- cero nueve cero nueve cero cuatro tres-dos mil cuatro. Para el segundo remate se señalan las quince horas del cinco de octubre del dos mil once, con la base de veinticuatro mil setecientos cincuenta dólares (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas del veinte de octubre del dos mil once, con la base de ocho mil doscientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario: Exp. 10-100468-0642-CI-3, actor Michel Browaeys Villafuerte contra J.S. del Río.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 22 de junio del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2011064815).

A las 10:00 horas del 14 de setiembre de 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, sáquese a remate la finca embargada en autos inscrita en Propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 107.594-000. Dicha finca saldrá a remate libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0334-00012623-01-0901-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de a favor del Banco Crédito Agrícola de Cartago sea la base de ¢245.000,00, remataré: Finca inscrita en Propiedad Partido de San José Folio Real matrícula número 107.594-000, que es terreno de café, sita en distrito seis La Frailes, cantón Desamparados de la provincia de San José. Linda: al norte, calle pública y otro, sur, Gonzalo Piedra; este, Odalia Calvo y otro, y oeste, Arturo Picado. Mide: seis mil setenta y un metros con tres decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢183.750,00, se señalan las: 10:00 horas del 29 de setiembre de 2011. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢61.250,00, se señalan las 10:00 horas del 13 de octubre de 2011. Se rematan por ordenarse así en expediente número 10-100096-0297-CI, que es Monitorio de María Rosa Fallas Venegas contra Gonzalo Piedra Naranjo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 7 de julio del 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—(IN2011064820).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del doce de setiembre de dos mil once, y con la base de cuarenta y seis millones seiscientos setenta y nueve mil cuarenta y tres colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y ocho mil novecientos setenta y nueve cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Fortuna, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Roy Gerardo Rojas Arguedas; al sur, Roy Gerardo Rojas Arguedas; al este, Roy Gerardo Rojas Arguedas y al oeste, calle pública con un frente de 29 metros. Mide: dos mil cinco metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos mil once, con la base de treinta y cinco millones nueve mil doscientos ochenta y dos colones con setenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del once de octubre de dos mil once con la base de once millones seiscientos sesenta y nueve mil setecientos sesenta colones con noventa y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Guido Arguedas Ugalde. Exp. Nº 10-001382-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de julio del 2011.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2011064822).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado de la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo; a las trece horas treinta minutos del tres de noviembre del dos mil once, y con la base de cuatro millones ochocientos cincuenta y siete mil quinientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento dieciocho mil ciento catorce cero cero cero, la cual es terreno construir una casa. Situada en el distrito cero uno Tres Ríos, cantón cero tres La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote veinticinco X; al sur, calle pública; al este, lote cuarenta y cinco X; y al oeste, lote cuarenta y siete X. Mide: ciento nueve metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil once, con la base de tres millones seiscientos cuarenta y tres mil ciento veinticinco colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil once con la base de un millón doscientos catorce mil trescientos setenta y cinco colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Minor Salas Madrigal contra Milett Chavarría Calderón. Exp. 10-010802-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de agosto del 2011.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—(IN2011064838).

En la puerta exterior de este despacho, a las once horas del tres de octubre del año dos mil once libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, con la base de treinta y siete millones ochocientos ochenta y ocho mil trescientos ochenta y nueve colones con setenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas bajo el sistema de Folio Real matrícula número veinte mil doscientos ochenta y siete-submatrículas cero doce, cero trece y cero catorce, propiedades en su orden de los señores Randy Steven Morales Corrales, Luzmira del Carmen Corrales Muñoz y Félix Eugenio Morales Murillo, que es terreno con una casa y cabinas, situado en el distrito primero (Parrita), cantón noveno (Parrita), de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Félix Morales Murillo y Ulises Morales Murillo; al sur, con calle pública con 29 metros 01 centímetro de frente; al este, con Ulises Morales Murillo; y al oeste, con Félix Morales Murillo, con una medida de trescientos treinta y nueve metros cuadrados, según plano catastral número P-uno tres seis siete nueve siete seis-dos mil nueve. Para el segundo remate se señalan las once horas del diecinueve de octubre del año dos mil once con la base de veintiocho millones cuatrocientos dieciséis mil doscientos noventa y dos colones con veintinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se procede a señalar las once horas del tres de noviembre del año dos mil once con la base de nueve millones cuatrocientos setenta y dos mil noventa y siete colones con cuarenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso de ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica en contra de Félix Eugenio Morales Murillo, Luzmira del Carmen Corrales Muñoz y Randy Steven Morales Corrales. Expediente Nº 11-100084-0425-4-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 8 de agosto del 2011.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—(IN2011064871).

En la puerta exterior de este despacho, a las quince horas del tres de octubre del año dos mil once, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, con la base de cuarenta millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas bajo el sistema de Folio Real matrícula número cuarenta y tres mil setecientos veintinueve-cero cero cero, propiedad del señor Félix Eugenio Morales Murillo, que es terreno para construir, situado en el distrito primero (Parrita), cantón noveno (Parrita), de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con calle costanera sur con 55 metros con 84 centímetros de frente; al sur, con Canal Artificial; al este, con María Murillo Sánchez; y al oeste, con Nelly Murillo Sánchez, con una medida de dos mil ciento veintiún metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados, según plano catastral número P-uno uno nueve nueve nueve uno ocho-dos mil ocho. Para el segundo remate se señalan las quince horas del diecinueve de octubre del año dos mil once con la base de treinta millones trescientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se procede a señalar las quince horas del tres de noviembre del año dos mil once con la base de diez millones ciento veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el Proceso de Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica en contra de Félix Eugenio Morales Murillo. Expediente Nº 11-100085-0425-1-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 8 de agosto del 2011.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—(IN2011064872).

En la puerta exterior de este despacho, a las catorce horas treinta minutos del tres de octubre del año dos mil once, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, pero soportando reservas y restricciones inscritas bajo las citas: cero trescientos cuarenta y uno-cero cero cero cero ocho mil veintiséis-cero uno-cero novecientos-cero cero uno, con la base de treinta y siete mil dólares en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas bajo el sistema de Folio Real matrícula número cuarenta y seis mil quinientos cuarenta y seis-cero cero cero, propiedad de la señora María de los Ángeles Castillo Díaz, que es terreno para construir con una casa, situado en el distrito primero (Jaco), cantón once (Garabito), de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con calle pública con 12 metros de frente; al sur, con Dámaso Castillo Barrera; al este, con Dámaso Castillo Barrera; al oeste, con Segundo Castillo y Dámaso Castillo; al noreste con Segundo Castillo Díaz y Dámaso Castillo Barrera ambos en parte; al noroeste, calle pública pavimentada con frente de 12 metros; al sureste, con Dámaso Castillo Barrera; y al suroeste, con María de los Ángeles Castillo Díaz, con una medida de trescientos doce metros con ochenta y tres decímetros cuadrados, según plano catastral número P-cero cuatro nueve cinco ocho uno uno-mil novecientos ochenta y tres. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diecinueve de octubre del año dos mil once con la base de veintisiete mil setecientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se procede a señalar las catorce horas treinta minutos del tres de noviembre del año dos mil once con la base de nueve mil doscientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso de ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica en contra de María de los Ángeles Castillo Díaz, Expediente Nº 11-100081-0425-3-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 8 de agosto del 2011.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—(IN2011064873).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, a las diez horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos mil once, y con la base de veinticinco millones setecientos treinta y dos mil doscientos ochenta y seis colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa y seis mil ochocientos cuarenta cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote 248-A. Situada en el distrito Santiago, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 248; al sur, Aurora Núñez Arias; al este, Estrella Castro Chinchilla y al oeste, alameda. Mide: sesenta y tres metros con decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de octubre del dos mil once, con la base de diecinueve millones doscientos noventa y nueve mil doscientos catorce colones con noventa y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de octubre del dos mil once con la base de seis millones cuatrocientos treinta y tres mil setenta y un colones con sesenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular de Desarrollo Comunal contra Eduardo Montero Molina. Exp. Nº 09-931763-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, II Circuito Judicial de San José, 17 de agosto del 2011.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—(IN2011065671).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando un gravamen de plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas 2009-0008478-01-0008-001; a las ocho horas y quince minutos del doce de setiembre de dos mil once, y con la base de trescientos veintiún mil sesenta y dos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta mil setecientos cincuenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir con edificio. Situada en el distrito 01 San Joaquín, cantón 08 Flores, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, sucesión de Joaquín Herrera al sur, Maximiliano Guardián; al este, calle parte sucesión Joaquín Herrera y al oeste, Victoria Vargas. Mide: tres mil ochocientos veintidós metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del veintiocho de setiembre de dos mil once, con la base de doscientos cuarenta mil setecientos noventa y seis dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del trece de octubre de dos mil once con la base de ochenta mil doscientos sesenta y cinco dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Duques de Niza S. A. contra Ileana Alarcon Corrales Ornella Internacional Sociedad Anónima. Exp. Nº 11-014781-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2011.—Lic. Cynthia Stephanie Blanco Valverde.—(IN2011065677).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción bajo la boleta: 201037061, sumaria 11-603291-489-TC del Juzgado de Tránsito de San José, a las trece horas y treinta minutos del doce de setiembre de dos mil once y con la base de siete mil ochocientos cincuenta y nueve dólares con cincuenta y seis centavos , en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 632567, marca Gonow, categoría automóvil, carrocería station wagón o familiar, chasis LCR6P51496G007614, uso particular, estilo Jetstar SU, capacidad 7 personas, año 2006, color azul, número motor GA491QE0506946, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil once, con la base de cinco mil ochocientos noventa y cuatro dólares con sesenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de octubre de dos mil once con la base de mil novecientos sesenta y cuatro dólares con ochenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A. contra Elizabeth Aguirre Gómez. Exp. Nº 11-015730-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de julio del 2011.—Cynthia Sthephanie Blanco Valverde, Jueza.—(IN2011065678).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de setiembre de dos mil once, y con la base de cuatro mil ochocientos sesenta dólares con setenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo 628315 que se describe como marca Renault, estilo Laguna, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2006, carrocería sedan 4 puertas, color gris, tracción 4x2, combustible gasolina, cilindrada 1998 c.c. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de setiembre de dos mil once, con la base de tres mil seiscientos cuarenta y cinco dólares con cincuenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del trece de octubre de dos mil once con la base de mil doscientos quince dólares con veinte centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A. contra Julio Antonio Vargas Arce. Exp. Nº 11-020057-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de julio del 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2011065679).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando una servidumbre trasladada bajo las citas 0299-00014312-01-0901-001; a las catorce horas treinta minutos del doce de setiembre de dos mil once y con la base de veintidós millones setecientos cincuenta y nueve mil novecientos cuarenta y tres colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos treinta y tres mil ciento cincuenta y uno cero cero cero, la cual es terreno de frutales con una casa. Situada en el distrito 04 San Roque, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rosaura Arias González y Guillermo Hidalgo; al sur, Jorge Armando Cruz Bolaños; al este, Quebrada Agualote y al oeste, servidumbre de paso con 23,93 metros de frente. Mide: cuatrocientos setenta y seis metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil once, con la base de diecisiete millones sesenta y nueve mil novecientos cincuenta y siete colones con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del trece de octubre de dos mil once con la base de cinco millones seiscientos ochenta y nueve mil novecientos ochenta y cinco colones con ochenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social contra Marcia González Vega. Exp. Nº 11-005841-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 28 de julio del 2011.—Lic. Ana María López Retana, Jueza.—(IN2011065682).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del trece de setiembre de dos mil once, se llevará a cabo segundo remate con la base de seis mil ciento noventa y ocho dólares exactos moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo 667407, se describe como: marca Chevrolet, estilo Spark, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie KL1MD61447C190864, 2007, carrocería sedan 4 puertas Hatchback, color amarillo, tracción 4x2, peso bruto 1041 kgrms, motor A08S3525534KA2, combustible gasolina. Para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve de setiembre de dos mil once con la base de dos mil sesenta y seis dólares. Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A., contra Evelyn Jeannette Castillo Colindres y Silenne Le Maire Sequeira. Exp. Nº 11-007341-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 29 de julio del 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2011065986).

En la puerta exterior de este despacho, a las once horas del nueve de setiembre del dos mil once, con la base de trescientos veinticinco mil colones, soportando gravamen al tomo 0004, asiento 00086570, a favor del Instituto Nacional de Seguros, por adeudar marchamos se realizará el remate del vehículo placas número ochenta y cinco mil novecientos ochenta y cinco, marca Toyota, estilo Toyota, 1979, color verde, capacidad cinco personas, chasis número KE tres cero nueve tres nueve nueve dos tres, motor número tres K siete siete cinco cero cero siete siete, marca Toyota, cilindros cuatro, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas del veintitrés de setiembre del dos mil once con la base de doscientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones y para el tercer remate se señalan las once horas del siete de octubre del dos mil once, con la base de ochenta y un mil doscientos cincuenta colones, por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Fausto de Jesús Meza Calderón contra Plásticos Reciclados PFZ Sociedad Anónima y otra. Expediente Nº 09-300122-0237-LA (133-1-09).—Juzgado de Menor Cuantía del III Circuito Judicial San José, Desamparados, 11 de agosto del 2011.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—(IN2011066004).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de setiembre de dos mil once, y con la base de seiscientos noventa mil doscientos cincuenta y siete colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 479562, marca Toyota, estilo Camry, 1991, 4 puertas, color vino, 2200 cc, 6 cilindros. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de setiembre de dos mil once, con la base de quinientos diecisiete mil seiscientos noventa y dos colones con ochenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de octubre de dos mil once con la base de ciento setenta y dos mil quinientos sesenta y cuatro colones con veintinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Rocío del Este S. A., contra Mauricio Núñez Vargas. Exp. Nº 11-015355-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 22 de julio del 2011.—Lic. Marvin Antonio Ovares Leandro, Juez.—(IN2011066011).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y libre de anotaciones judiciales de todo tipo, soportando reservas y restricciones inscritas en las citas 0392-00018250-01-0866-002, 0392-00018250-01-0870-002 y 0392-00018250-01-0871-002, a las ocho horas treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil once, y con la base de tres millones quinientos sesenta y cuatro mil ochocientos dieciocho colones con un céntimo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 169415-001 y 002, la cual es terreno para construir de cultivos. Situada en el distrito tercero Potrero Grande, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con José Sibaja Pérez y resto reservado; al sur, con servidumbre de paso de 6 metros de ancho, Víctor Hugo González Carrillo; al este, con resto reservado de Carlos Morales y Odilí Mora, y al oeste, con José Sibaja Pérez, servidumbre de paso de 6 metros y Víctor Hugo González Carrillo. Mide: diecinueve mil setecientos cuarenta y tres metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de setiembre del dos mil once, con la base de dos millones seiscientos setenta y tres mil seiscientos trece colones con cincuenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de octubre del dos mil once, con la base de ochocientos noventa y un mil doscientos cuatro colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Alexis Muñoz Morales. Expediente Nº 11-100058-1046-CI (67-11).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires.—Lic. Ivan Cartín Cordero, Juez.—(IN2011066037).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y libre de anotaciones judiciales de todo tipo, soportando reservas y restricciones al tomo 340 asiento 16579-01-0956-001, a las ocho horas del doce de setiembre del dos mil once, y con la base de tres millones cuatrocientos treinta y cinco mil quinientos ochenta y siete colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 46289-000, la cual es lote uno terreno para construir. Situada en el distrito primero Buenos Aires, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con lote dos; al sur, Natalio Villanueva; al este, con lote tres, al oeste, con calle pública con diez metros con cincuenta centímetros de frente. Mide: doscientos setenta y cuatro metros con doce decímetros cuadrados. Así como con la base de tres millones quinientos setenta y cinco mil ochocientos dieciséis colones exactos, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 46291-000, la cual es lote dos terreno para construir. Situada en el distrito primero Buenos Aires, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con 24 metros; al sur, con lote uno; al este, con lote tres, y al oeste, con calle pública con diez metros cincuenta centímetros de frente. Mide: doscientos sesenta y tres metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintisiete de setiembre del dos mil once, con la base de dos millones quinientos setenta y seis mil seiscientos noventa colones con noventa y cuatro céntimos en el caso de la finca matrícula cuarenta y seis mil doscientos ochenta y nueve-cero cero cero, y en cuanto a la finca matrícula cuarenta y seis mil doscientos noventa y uno-cero cero cero, con la base de dos millones seiscientos ochenta y un mil ochocientos sesenta y dos colones exactos (ambas rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del once de octubre del dos mil once, con la base de ochocientos cincuenta y ocho mil ochocientos noventa y seis colones con noventa y ocho céntimos en el caso de la finca matrícula cuarenta y seis mil doscientos ochenta y nueve-cero cero cero, y en cuanto a la finca matrícula cuarenta y seis mil doscientos noventa y uno-cero cero cero, con la base de ochocientos noventa y tres mil novecientos cincuenta y cuatro colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial en ambos casos). Se rematan por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Johnny Alexis Calderón Flores. Expediente Nº 11-100081-1046-CI (92-11).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires.—Lic. Harold Ríos Solórzano, Juez.—(IN2011066038).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios a las once horas y treinta minutos del trece de setiembre de dos mil once, y con la base de setenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 597392-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Carlos Centeno Ramírez y calle pública; al este, Brecor del Norte BC S. A., y al oeste, Fernando Vega Brenes. Mide: trescientos cuarenta y siete metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil once, con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del catorce de octubre de dos mil once, con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-590480 S. A. contra Bernal Izaguirre Hernández, Roxana Estrada García. Expediente Nº 10-000085-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 3 de agosto del 2011.—Lic. Ana María López Retana, Jueza.—(IN2011066089).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y cero minutos del once de octubre del dos mil once, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos seis mil cuatrocientos cincuenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir lote setenta y cinco. Situada en el distrito Buenos Aires, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte lote 74; al sur, lote 76; al este, resto destinado a calle pública 6m; y al oeste, lote 61. Mide: ciento cuarenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de octubre del dos mil once, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de noviembre del dos mil once con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eliseo Fletes Chevez. Exp. 11-000180-0296-CI.—Juzgado Civil Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 12 de agosto del 2011.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2011253744.—(IN2011064896).

En la puerta exterior de este Despacho; libre dé gravámenes prendarios, pero soportando Infracción a la Ley de Tránsito, sumaria 08-602471-0489-TC; a las quince horas treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil once y con la base de dos millones ochocientos sesenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 656011, marca. Hyundai, carrocería microbús, tracción. 4x2, Vin KMFFD37APTU314506, año 1996, color blanco. Para el segundo remate a señalan las quince horas treinta minutos del siete de octubre de dos mil once, con la base de dos millones ciento cuarenta y ocho mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil once con la base de setecientos dieciséis mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Heidy Andrea Molina Phillips, Pompilio Hernández Bayron. Exp. 10-002312-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 4 de agosto del 2011.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—IN2011065187).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil once, y con la base de tres millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 300082, Toyota, 4 Runner SR5, automóvil, 7 personas 1998, verde 4x4, chasis VZN1850168656. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil once, con la base de dos millones quinientos ochenta y tres mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos de diecinueve de octubre de dos mil once con la base de ochocientos sesenta y un mil colones exactos (un veinticinco por ciento de base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Marcela Gómez Carballo. Exp. 10-002783-0640-CI.—Juzgado Civil Cartago, 27 de julio del 2011.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—IN2011065189).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendario; con la base un millón novecientos treinta mil ochocientos treinta y siete colones, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea el vehículo EE022553 marca Terex, estilo TX760 EXT. Para tal efecto, se señalan las nueve hora del catorce de setiembre de dos mil once (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del tres de octubre de dos mil once, con la base de un millón cuatrocientos cuarenta y ocho mil ciento veintisiete colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del veintiuno de octubre de dos mil once, con la base de un millón ochenta y seis mil noventa y cinco mil colones (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor del despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso sumario ejecutivo simple de Yensi María Montero Hidalgo contra Víctor Manuel González Campos. Expediente 09-000141-0308-PA.—Juzgado de Pensiones Alimentarias del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Lic. Juan Diego González Ávila, Juez.—(IN2011065202).

A las diez horas del diecinueve de octubre de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios en el mejor postor y soportando gravámenes a favor de Régimen de Mutualidad Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica y Scotiabank, además pesa una anotación al tomo 2009, asiento 253462, la cual corresponde a una advertencia administrativa, tramitada bajo el expediente administrativo 2009-632-BI. Con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré finca inscrita en propiedad, partido de Cartago, Folio Real matrícula número ciento treinta y cinco mil doscientos nueve-cero cero cero, que es terrero para la construir, sito en el distrito dos, cantón seis de Cartago. Colinda: al norte, Reinaldo Granados Ramírez; al sur, José Miguel Brizuela; al este, calle pública con 12.09 metros de frente; y al oeste, José Miguel Jiménez Brizuela y otro. Mide: trescientos cuatro metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Se ordena el remate en el proceso ejecutivo simple 07-100047-0350-CI de Vladimir Zeledón Lobo contra Reinaldo Granados Ramírez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Alvarado, 8 de agosto de dos mil once.—Lic. Gisella González Sáenz, Jueza.—(IN2011065207).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veinte de setiembre de dos mil once, y con la base de cinco millones ciento cuarenta y nueve mil ochocientos dieciséis colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y un mil quinientos cuarenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Arnoldo Aguilar Quesada; al sur, Carlos Mauricio Ulate Gamboa en parte y servidumbre de paso en parte; al este, Adrián Manuel Ulate Gamboa; y al oeste, Arnoldo Aguilar Quesada. Mide: trescientos veintinueve metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de octubre de dos mil once, con la base de tres millones ochocientos sesenta y dos mil trescientos sesenta y dos colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de octubre de dos mil once con la base de un millón doscientos ochenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y cuatro colones con nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Corporación BCT y afines contra Martín Ignacio Ulate Gamboa. Exp. 11-017448-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de agosto del 2011.—Lic. Ana Rita Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2011065230).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando compraventa citas 2009-00260844-001, Reservas de Ley de Aguas, Reservas Ley de Caminos, Reservas de Ley Forestal, tomo 521 asiento 6261, plazo de convalidación 575-00060933-01, demanda ordinaria tomo 577 asiento 90842; a las diez horas y treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil once, y con la base de doscientos cincuenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta mil cuatrocientos noventa y ocho cero cero cero la cual es terreno con cuatro mil árboles de coto, hectárea y media de plátano, seis hectáreas de tacotal, una hectárea de pasto y dos casas de madera. Situada en el distrito Golfito, cantón Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, manglar zona de protección Río Golfito; al sur, Lomas Miramar Vista Lodge Sociedad de Responsabilidad Limitada; al este, Gabriel Solórzano Valerio, manglar y servidumbre agrícola en medio; y al oeste, Carlos Manuel, Vicente Castro, manglar. Mide: ciento seis mil ciento cincuenta y un metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de octubre del año dos mil once, con la base de ciento ochenta y siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del año dos mil diez con la base de sesenta y dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Industrias Playa Azul del Sur S. A. Exp. 10-007116-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de junio del 2011.—Lic. Kembly Díaz Espinoza, Jueza.—(IN2011065231).

En la puerta exterior de este Despacho; 1) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con las citas 305-21674; a las ocho horas y treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil once, y con la base de cuarenta y seis mil doscientos treinta y cinco dólares con treinta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos siete mil novecientos cuarenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno solar. Situada en el distrito Escazú, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Escazú Intermontano Sociedad Anónima; al sur, Piel de Plata Sociedad Anónima; al este, Piel de Plata Sociedad Anónima; y al oeste, calle pública con 16 metros. Mide: quinientos ochenta y seis metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de octubre del dos mil once, con la base de treinta y cuatro mil seiscientos setenta y seis dólares con cuarenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil once con la base de once mil quinientos cincuenta y ocho dólares con ochenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con las citas 305-21674; a las ocho horas y treinta minutos del veinte de setiembre del año dos mil once, y con la base de doscientos cincuenta y tres mil etecientos sesenta y cuatro dólares con setenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veinticinco mil novecientos noventa y dos-cero cero cero la cual es terreno solar para construir. Situada en el distrito Escazú, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Torreluna S. A., Palmeral de Santa Gema S. A., y Escazú de la Montaña S. A.; al sur, Melida Solís Herrera y Escazú de la Montaña S. A.; al este, Corporación de Desarrollo de Escazú S. A.; y al oeste Escazú de la Montaña S. A., y calle pública en parte con 6.30 metros y en otra parte 30.65 metros. Mide: ocho mil seiscientos seis metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de octubre del año dos mil once, con la base de ciento noventa mil trescientos veintitrés dólares con cincuenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil once con la base de sesenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y un dólares con diecisiete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Escazú de la Montaña S. A., Jacob Serrano Camacho, Piel de Plata S. A. Exp. 10-026587-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de junio del 2011.—Lic. Kembly Díaz Espinoza, Jueza.—(IN2011065235).

En la puerta exterior de este despacho, a las diez horas treinta minutos del siete de octubre del año dos mil once, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, pero soportando servidumbre trasladada inscrita bajo las citas: cero trescientos setenta y nueve-cero cero cero trece mil cuatrocientos treinta y tres-cero uno-cero ochocientos veintiuno-cero cero uno, con la base de quince millones ciento noventa y seis mil seiscientos un colones con catorce céntimos en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas bajo el sistema de Folio Real matrícula número sesenta y cuatro mil trescientos cuarenta y uno-cero cero cero, propiedad del accionado Sergio Pérez Cubillo, que es lote Nº 15 para la agricultura, con una casa, un corral y un taller de ebanistería, situado en el distrito primero (Quepos), cantón sexto (Aguirre), de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Carlos Abarca Abarca; al sur, con calle pública con un frente de 172 metros con 63 centímetros; al este, con calle pública con un frente de 225 metros con 48 centímetros; y al oeste, con Rolando Méndez, con una medida de cuarenta y siete mil trescientos veintidós metros con noventa decímetros cuadrados, según plano catastral número P-cero ocho cuatro uno nueve cero siete-mil novecientos ochenta y nueve. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil once con la base de once millones trescientos noventa y siete mil cuatrocientos cincuenta colones con ochenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se procede a señalar las diez horas treinta minutos del ocho de noviembre del año dos mil once con la base de tres millones setecientos noventa y nueve mil ciento cincuenta colones con veintiocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el Proceso de Ejecución Hipotecaria de Banco de Costa Rica en contra de Lidieth Pérez Solís y Sergio Pérez Cubillo. Expediente Nº 11-100088-0425-2-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía Aguirre y Parrita, Quepos, 8 de agosto del 2011.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—(IN2011065296).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del diecinueve de setiembre de dos mil once, y con la base de veintinueve mil novecientos doce dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL-204159, marca Toyota, estilo Hilux SR5, 5 personas, año 2006, 4x4, motor 1KD9409177, diesel. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de octubre de dos mil once, con la base de veintidós mil cuatrocientos treinta y cuatro dólares exactos rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil once con la base de siete mil cuatrocientos setenta y ocho dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de BAC San José S. A. contra Agropecuaria La Penca S. A, Gerardo Aju Rojas, Melones del Bongo S. A. Exp. 11-019449-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de agosto del 2011.—Lic. Marvin Antonio Ovares Leandro, Juez.—(IN2011065302).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del cinco de octubre de dos mil once, y con la base de diez mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil novecientos setenta y dos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir número 38 bloque H. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, INVU; al sur INVU; al este, INVU; y al oeste, calle pública. Mide: noventa y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de octubre de dos mil once, con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del siete de noviembre de dos mil once con la base de veinticinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Carvajal del Pacífico Sociedad Anónima contra Macaria Esteller Espinoza y Manuel Waldisney González Porras. Exp. 10-002870-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de agosto del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2011253760.—(IN2011065305).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando reservas, restricciones, condiciones y sin más gravámenes; a las nueve horas treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil once, y con la base de seis millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cuarenta y siete mil ciento cincuenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito primero, cantón segundo de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 13.34 mt fte 1/2 otro; al sur, Realisa S. A; al este, Asoc. Solid. Trabaj. Empr. Produc. Tropic; y al oeste, calle pública a Cariari. Mide: doscientos noventa y un metros con un decímetro cuadrado. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil once, con la base de cuatro millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve del noviembre del dos mil once con la base de un millón quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Yamileth Chavarría Ugalde contra Marlene Gómez Solís. Exp. 09-000619-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de mayo del 2011.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2011253780.—(IN2011065306).

En la puerta exterior de este Despacho a las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil once; remataré lo siguiente: 1) Libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, finca inscrita al partido de Puntarenas, matrícula número setenta y un mil cuatrocientos setenta y ocho-cero cero cero con la base de diecinueve millones setenta y cinco mil ochocientos cuarenta y seis colones con cuarenta y un céntimos; la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito noveno Monte Verde, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, iglesia evangélica; al sur, Gerardo Corrales Sandí y Carlos Salas; al este, calle pública con frente de 10.50 metros; y al oeste; Miriam Salas Céspedes. Mide: ciento ochenta y seis metros con noventa decímetros cuadrados 2) Libre de gravámenes y soportando reservas y restricciones con citas 384-07009-01-0901-001, finca inscrita al partido de Puntarenas, matrícula número noventa y tres mil dieciséis-cero cero cero con la base de diez millones ochocientos veintiocho mil nueve colones con noventa y seis, la cual es terreno de pastos con una casa. Situada en el distrito noveno Monte Verde, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, iglesia evangélica; al sur, Gerardo Corrales Sandí y Carlos Salas Santamaría; al este, calle pública; y al oeste Miriam Salas Céspedes. Mide: ciento setenta y cinco metros con ochenta decímetros cuadrados. Para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de octubre del año dos mil once, con las bases de 1) catorce millones trescientos seis mil ochocientos ochenta y cuatro colones con ochenta y un céntimos y 2) ocho millones ciento veintiún mil siete colones con cuarenta y siete céntimos (rebajada en un 25%). Y para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del año dos mil once, con la base de 1) cuatro millones setecientos sesenta y ocho mil novecientos sesenta y un colones con sesenta céntimos 2) dos millones setecientos siete mil dos colones con cuarenta y nueve céntimos (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juvenal Torres Brenes. Exp. 11-000127-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 29 de julio del 2011.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—RP2011253798.—(IN2011065307).

A las ocho horas del diecinueve de octubre de dos mil once. En la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo trescientos, asiento ocho mil cuarenta y cinco, consecutivo cero uno, secuencia novecientos uno, subsecuencia cero cero uno, y servidumbre de paso inscrita al tomo cuatrocientos sesenta y seis, asiento treinta y cinco, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero cuatro, subsecuencia cero cero uno, libre de gravámenes hipotecarios, con la base de cuatro millones de colones, al mejor postor se rematará la finca del partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos doce mil doscientos veintinueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cero dos Mercedes Sur, cantón cero cuatro Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con veintiuno punto diecinueve metros de frente; al sur, Róger Alberto Agüero Berrocal; al este, calle pública con nueve punto setenta y seis metros de frente; y al oeste, Vera Virginia Madrigal Rubí. Mide: doscientos quince metros con cuarenta decímetros cuadrados, según plano catastrado SJ-uno dos tres siete seis tres seis-dos mil ocho. En caso de no haber postores, para el segundo remate se señalan las ocho horas del dos de noviembre de dos mil once, con la base de tres millones de colones (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta; se señalan las ocho horas del siete de noviembre de dos mil once con la base de un millón de colones (25% de la base inicial). Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 11-100280-0197-CI de José Francisco Vargas Ureña contra Geovanny Madrigal Rubí.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 17 de agosto del 2011.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—RP2011253807.—(IN2011065308).

A las diez horas treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil once. En la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco de Costa Rica por la suma de seis millones cien mil colones y con la base de seis millones de colones al mejor postor se rematará: finca del partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos quince mil doscientos ochenta y dos-cero cero cero (515282-000) naturaleza: terreno de café. Situada en el distrito 03 Palmichal, cantón 12 Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente lineal a esta de 70.06 metros; al sur, Hermino Mora Mora; al este, Omar Valverde Mora; y al oeste, lote 2 de José Meza Vega. Mide: seis mil ochocientos cuarenta metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del tres de octubre del dos mil once, con la base de cuatro millones quinientos mil colones (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del siete de octubre del dos mil once con la base de un millón quinientos mil colones (25% de la base inicial). Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 11-100246-0197-CI de José Meza Vega contra Norman Mora Alfaro.—Juzgado Civil de Trabajo de Puriscal, Santiago, 8 de agosto del 2011.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—RP2011253808.—(IN2011065309).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas quince minutos del veintisiete de setiembre del año dos mil once, y con la base de seis mil cuatrocientos cincuenta y ocho dólares con noventa ocho centavos moneda de los Estados Unidos de Norte América, en el mejor postor remataré lo siguiente: encuadernadora de libros, marca Duplo, modelo DB-280, serie número 08280056, no incluye unidades suministros consumibles, goma ni cuchillas. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del trece de octubre del año dos mil once, con la base de cuatro mil ochocientos cuarenta y cuatro dólares con veintitrés centavos moneda de los Estados Unidos de América de Norte América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del treinta y uno de octubre del año dos mil once con la base de mil seiscientos catorce dólares con setenta y cuatro centavos moneda de los Estados Unidos de Norte América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de I. S. Productos de Oficina Centroamérica S. A. contra Eduardo Marín Gutiérrez. Exp. 10-002563-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de julio del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2011253828.—(IN2011065310).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas con treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil once, y con la base de treinta millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil cuatrocientos nueve-cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa de habitación. Situada en el distrito segundo, La Suiza, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Alba Fuentes; al sur, Rosario Fuentes Obando; al este, Rosario Fuentes Obando; y al oeste, calle pública. Mide: cinco mil doscientos cuarenta y un metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas con treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil once, con la base de veintidós millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas con treinta minutos del veintitrés de noviembre de. dos mil once con la base de siete millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Fernando Allen Forbes, Patricia Jane Levinson Vásquez contra José Fabio Leiva Fuentes. Exp. 11-000226-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 3 de agosto de 2011.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—RP2011253874.—(IN2011065311).

En la puerta exterior de este Despacho; el mejor postor rematarÉ las siguientes fincas: 1) partido de San José, matrícula número cuatrocientos treinta y tres mil novecientos cincuenta y cinco cero cero cero, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando gravámenes o afectaciones servidumbre trasladada a las citas: 311-00005680-01-0903-002, 311-00005680-01 0904-001, 0332-00010056-01-0900-001, a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de setiembre del año dos mil once, con la base de veinticinco mil ochocientos veinte dólares exactos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José, Colinda: al norte, Enrique Araya Navarro; al sur Germán Guerrero Alvarado; al este, Sergio Barrantes; y al oeste, calle pública con diez metros un centímetro lineal de frente. Mide: doscientos ochenta y siete metros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos de dieciocho de octubre del año dos mil once, con la base de diecinueve mil trescientos sesenta y cinco dólares exactos (rebajad en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de noviembre del año dos mi once, con la base de seis mil cuatrocientos cincuenta y cinco dólares exactos (un 25% de la base original). 2) partido de San José matrícula número doscientos ochenta y un mil seiscientos siete cero cero cero, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada a las citas: 326-00010880-01-0902-001, a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de setiembre del año dos mil once (primer remate) con la base de trece mil novecientos cuarenta y un dólares exactos, la cual es terreno de patio con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Victor Mata Arias; al este, Adrián Arias Navarro; y al este, Ramón Segura Quirós. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de octubre del año dos mil once, con la base de diez mil cuatrocientos cincuenta y cinco dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de noviembre del año dos mil once, con la base de tres mil cuatrocientos ochenta y cinco dólares con veinticinco céntimos (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Unión Familiar Campos y López S. A contra Adrián Ulises Arias Navarro, Cecia Patricia Segura Román. Exp. 11-000383-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 4 de agosto del 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2011253968.—(IN2011065312).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas con treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil once, y con la base de dos millones novecientos once mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00344165-001 y 002 la cual es terreno para construir lote 10. Situada en el distrito Upala, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Julieta Jiménez Ovares; al este, lote 11; y al oeste, lote 9. Mide: ciento treinta y tres metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas con cero minutos del cinco de octubre del dos mil once, con la base de dos millones ciento ochenta y tres mil doscientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas con treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil once con la base de setecientos veintisiete mil setecientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Alonso Sáens Chavarría, Yendry Ramírez Gutiérrez. Exp. 11-002421-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de julio del 2011.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—(IN2011065543).

A las nueve horas del veinte de octubre del dos mil once, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ochenta mil dólares o su equivalente en colones, que deberán ser calculados conforme el valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera adeudada al momento de pago, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, partido de Alajuela, matrícula 217343-000, que es terreno de repastos, situada en el cantón cinco, distrito primero de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con carretera nacional; al sur, con Miguel Sandoval Vargas; al este, con Miguel Sandoval Vargas; y al oeste, con Mario Rodríguez Soto. Mide: seis mil doscientos treinta y un metros con noventa y un decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario 09-001075-0180-CI de Banco HSBC (Costa Rica) S. A. contra Gerardo Binda Armijo y otros.—Juzgado Primero Civil de San José, 18 de julio del 2011.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—(IN2011065545).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales a las nueve horas y cero minutos del nueve de setiembre de dos mil once, y con la base de cuatro mil seiscientos treinta y ocho dólares con seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 448655, marca: Renault, año 2002, Vin: VF1B56VL223714241, cilindrada 2946 c.c., color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de setiembre de dos mil once, con la base de tres mil cuatrocientos setenta y ocho dólares con cincuenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de octubre de dos mil once con la base de mil ciento cincuenta y nueve dólares con cincuenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima contra Luis Gerardo Guerrero Saavedra. Exp. 09-022906-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de julio del 2011.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2011065549).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y quince minutos del diecinueve de setiembre de dos mil once, y con la base de veintisiete mil quinientos setenta y tres dólares con noventa centavos moneda de los Estados Unidos de América,, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cinco mil quinientos veintiuno-cero cero cero, la cual es terreno patio 1 apartamento. Situada en el distrito 02 Granadilla, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte noroeste, Vigo S. A.; al sur noreste Valona S. A.; al este suroeste, calle pública; y al oeste sureste, calle. Mide: setecientos ocho metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del cuatro de octubre de dos mil once, con la base de veinte mil seiscientos ochenta dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veinte de octubre de dos mil once con la base de seis mil ochocientos noventa y tres dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Claude Barry Chandler. Exp. 11-019444-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 8 de agosto del año 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2011065552).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales; a las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil once, y con la base de ocho mil quinientos veinticinco dólares con treinta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 666957; marca: Peugeot, categoría: automóvil; año: 2007, color: gris; vin: 8AD2CN6AD7G026102; cilindrada 1587 c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cinco de octubre de dos mil once, con la base de seis mil trescientos noventa y tres dólares con noventa y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil once con la base de dos mil ciento treinta y un dólares con treinta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica contra Antonio Bianchi. Exp. 10-026366-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de junio del 2011.—Lic. Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—(IN2011065553).

A las diez horas treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil once. En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base inicial de seis millones de colones, al mejor postor se rematará: finca del partido de partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y seis mil ciento treinta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para vivienda dividido en dos porciones. Situada en el distrito uno, Santiago, cantón cuatro Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ana Rosa Delgado Madrigal; al sur, Sonia Ibeth Díaz Retana; al este, Gerardina Pérez Pérez, Elvia Pérez Pérez y Franklin Aguilar Mora; y al oeste, Yerlin Delgado Arias. Mide: dos mil quinientos ochenta y tres metros con veintiséis decímetros cuadrados, según plano catastrado número SJ-ochocientos dos mil treinta y dos-dos mil dos. En caso de de no haber postores, para el segundo remate se señalan diez horas treinta minutos del cinco de octubre de dos mil once, con la base de cuatro millones quinientos mil colones (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del once de octubre de dos mil once con la base de un millón quinientos mil colones (25% de la base inicial). Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 11-100185-0197-CI de Julio Badilla Vargas contra Grupo de Fomento Agropecuario S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 11 de agosto del 2011.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—(IN2011065557).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; con la base de seiscientos ochenta y cinco mil colones, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la motocicleta placa Mot. 208905, Marca: United Motors, estilo: DS 200, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, serie: LZSJCML0875004985, peso, vacío: 0, carrocería: motocicleta, peso neto: 91 kgrms, tracción: 2x2, peso bruto: 93 grms, chasis: LZSJCML0875004985, valor hacienda: 380.000,00, año fabricación: 2007, estado actual: inscrito, longitud: 0 mts., estado tributario: pago derechos de aduana, cabina: desconocido, clase tributaria: 2297023, techo: no aplica, uso: particular, peso remolque: 0, valor contrato: 1.100.000,00, color: rojo, número registral: 1, convertido: N, moneda: colones. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de octubre del dos mil once (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil once, con la base de quinientos trece mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de noviembre de dos mil once, con la base de trescientos cuarenta y dos mil colones exactos (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor del despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso sumario ejecutivo simple de Andrea María Rodríguez Cambronero contra Ronny Eduardo Chavarría Soto. Expediente 01-700016-0308-PA.—Juzgado de Pensiones Alimentarias del Primer Circuito Judicial de Alajuela (fase escrita).—Lic. Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—(IN2011065564).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios pero soportando dos servidumbres trasladadas a las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil once, y con la base de diecisiete millones setecientos  mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 445966-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito quinto Sabana Redonda, cantón octavo Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, finca madre de Select Ferns S. A., y al oeste, finca madre de Select Ferns S. A. Mide: setecientos cincuenta y tres metros con veintidós decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de octubre del dos mil once, con la base de trece millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil once, con la base de cuatro millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mohammad Ali Massoudnia. Rounagh Zadeh. Expediente Nº 11-000463-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 9 de agosto del 2011.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—(IN2011065604).

A las ocho horas treinta minutos del tres de octubre del dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, con la base dada por el perito, en el mejor postor se rematará lo siguiente: 1) soportando gravamen bajo suma número 05-018775-0170-CA, que se tramita en el Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, con la base de veintidós millones seiscientos ochenta y ocho mil ciento cincuenta colones, finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 4489-012, situada en el distrito 01 Guápiles, Cantón 02 Pococí, Colinda: al norte, con Dagoberto Castillo Madriz; al sur, con María Madriz Caldero; al este, con calle en medio de José Hernández, y al oeste, con Mardoqueo Rodríguez. Mide: cuatro mil quinientos treinta y siete metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. 2) soportando gravamen bajo suma número 05-018778-0170-CA, que se tramita en el Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, y el gravamen bajo suma número 05-018775-0170-CA, que se tramita en el Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, con la base de veintidós millones seiscientos ochenta y ocho mil ciento cincuenta colones, finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 4489-017, situada en el distrito 01 Guápiles, Cantón 02 Pococí, Colinda: al norte, con Dagoberto Castillo Madriz; al sur, con María Madriz Caldero; al este, con calle en medio de José Hernández, y al oeste, con Mardoqueo Rodríguez. Mide: cuatro mil quinientos treinta y siete metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Se rematan por ordenarse así en proceso ejecutivo simple. Expediente Nº 05-000250-0181-CI de Lin Pai Ping Kao, contra Carlos Alberto Iglesias Álvarez.—Juzgado Segundo Civil de San José, 26 de julio del 2011.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(IN2011065605).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios a las quince horas y cero minutos del trece de octubre del dos mil once, y con la base de dos millones ochocientos noventa y tres mil novecientos cuarenta y un colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y dos mil quinientos sesenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Nelly Ulloa Mora; al sur, calle pública con frente de 10 metros; al este, Rigoberto Mora Ulloa, y al oeste, Rigoberto Mora Ulloa. Mide: doscientos cuarenta y dos metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del tres de noviembre del dos mil once, con la base de dos millones ciento setenta mil cuatrocientos cincuenta y cinco colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil once, con la base de setecientos veintitrés mil cuatrocientos ochenta y cinco colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, e1 mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza RL contra Heriberto de Jesús Alvarado Mora. Expediente Nº 10-000830-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 5 de agosto del 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2011253998.—(IN2011065684).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando faja de terreno y servidumbre trasladada a las trece horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil once, y con la base de seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y cuatro mil novecientos quince cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 10. Situada en el distrito 01 Guácimo, cantón 06 Guácimo de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 10 metros; al sur, Rosa Olivares; al este, Fabio Jiménez, y al oeste, Rodolfo Brenes Brenes. Mide: ciento noventa y ocho metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de octubre de dos mil once, con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil once, con la base de ciento cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Misael Guzmán Alvarado. Expediente Nº 09-000409-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1º de agosto del 2011.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2011254017.—(IN2011065685).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando condic. servid. con citas de inscripción 0368-00008262-01-0942-003, a las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil once, y con la base de dieciséis millones veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 254175-000 la cual es terreno con una casa número 4. Situada en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: ciento veintiún metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de octubre de dos mil once, con la base de doce millones dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil once, con la base de cuatro millones seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Calle Preciados Ltda., Inversiones Veintiséis de Octubre Ltda. contra Auxiliadora Sandí Retana. Exp. Nº 11-019561-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2011.—Lic. Cynthia Stephanie Blanco Valverde, Jueza.—RP2011254034.—(IN2011065687).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del treinta de setiembre del dos mil once, y con la base de trece millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 126642-000, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Manuel Campos Medina; al este, resto reservado, y al oeste, Manuel Campos Medina. Mide: dos mil trescientos cuarenta y siete metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del dieciocho de octubre del dos mil once, con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del dos de noviembre del dos mil once con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Simón Antonio Corrales Ledezma contra Jorge Araya Soto. Expediente Nº 10-100296-0197-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 1 de agosto del 2011.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2011254042.—(IN2011065688).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del doce de setiembre del dos mil once, y con la base de un millón ochocientos sesenta y nueve mil quinientos treinta colones con treinta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 162082-000, la cual es terreno para construir con una casa lote 4, bloque F. Situada en el distrito San Nicolás, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Inversiones C.N. de Costa Rica S. A.; al sur, Inversiones C.N. de Costa Rica S. A.; al este, Inversiones C.N. de Costa Rica S. A.; y al oeste, calle pública con un frente de 6,04 metros. Mide: ciento cuarenta y siete metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del dos mil once, con la base de un millón cuatrocientos dos mil ciento cuarenta y siete colones con setenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de octubre del dos mil once con la base de cuatrocientos sesenta y siete mil trescientos ochenta y dos colones con cincuenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Steve Loría Rojas. Expediente Nº 11-008657-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de junio del 2011.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—(IN2011066523).

Convocatorias

Se convoca a todos los herederos, interesados y legatarios de la sucesión de José Solís Benavides, quien fue mayor, cédula número 1-0475-0544, casado una vez, agricultor, vecino de Ciudad Colón, del boulevard un kilómetro al sur, a una junta que se verificará en este Despacho a las 9:30 horas del martes 13 de setiembre del 2011, a fin de conocer los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 09-1000195-183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 5 de agosto del 2011.—Lic. Bethmann Herrera Montero, Juez.—1 vez.—(IN2011066494).

Títulos Supletorios

Jean Duchemin, de un sólo apellido en razón de su nacionalidad Canadiense, quien es casado una vez, administrador de negocios, pasaporte de su país JU cinco uno siete cero cuatro ocho, vecino de la quinientos treinta y tres Street Guy, Laval, Quebéc, Canadá. Inscribe a su nombre ante el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: Terreno de potreros, de topografía irregular. Ubicado: Santa Cecilia, distrito tercero: Guaycará, cantón sétimo: Golfito de la provincia de Puntarenas. Mide: trescientos ochenta y un mil cuarenta y seis metros cuadrados. Linda: norte, Alberto Barrantes Vargas y calle pública con un frente lineal a ella de catorce metros con treinta centímetros lineales; sur, Rigoberto Cordero Bolaños; este: Elvis Céspedes Murillo y Eduardo Murillo Murillo; oeste, Víctor Araya Sancho. Plano catastrado número P-1420088-2010. Se estima las presentes diligencias en la suma de ochocientos mil colones y el inmueble en la suma de diez millones de colones. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el Registro. Expediente 09-000201419-AG (228-2-09) Promueve: Jean Duchemin.—Juzgado Agrario de la Zona Sur.—Lic. Marisel Zamora Arias, Juez.—1 vez.—RP2011253879.—(IN2011065318).

Hellen María Trejos Rodríguez, mayor, soltera, secretaria, cédula 2-636-726 y Omer Gerardo Trejos Rodríguez, mayor, soltero, estudiante, cédula 2-590-740, ambos vecinos de San Ramón, Peñas Blancas, San Isidro, frente al costado suroeste de la plaza de deportes, solicitan se levante Información Posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de La Propiedad la finca que les pertenece por herencia que les hicieran sus padres, Sonia María Rodríguez Ledezma, quien en vida fue mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula 2-362-745 y Misael Trejos Sandoval, quien en vida fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula 5-158-148, ambos vecinos de San Ramón de Peñas Blancas, San Isidro, frente a la plaza de deportes, el 27 de junio del 2009. Dicho inmueble se describe así: Terreno patio con una casa, sito en distrito trece, Peñas Blancas, cantón segundo, San Ramón de la provincia de Alajuela. Mide: cuatrocientos noventa y cuatro metros con sesenta decímetros cuadrados. Linderos: norte, calle pública en un frente de 24,95 centímetros lineales; sur, Luis Ángel Anchía Salazar, este, calle pública en un frente de 18,09 centímetros lineales y oeste, José Eladio Flores Cordero, según plano catastrado número A-481132-1998 de fecha 02 de abril de 1998. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y cargas reales y fue estimado en la suma de tres millones de colones y las presentes diligencias en la misma suma. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria promovida por, Hellen María Trejos Rodríguez y Omer Gerardo Trejos Rodríguez. Expediente Nº 11-100401-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 8 de agosto del 2011.—Lic. Martha Chaves Chaves, Jueza.—1 vez.—RP2011253885.—(IN2011065319).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente 11-000076-0422-CI donde se promueven diligencias de, Información Posesoria por parte de, Antonio Jiménez Vargas quien es mayor, estado civil, vecino de Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-195-372, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de solar con construido en parte. Situada en el distrito segundo Puerto Jiménez, cantón sétimo, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, María Rosa Leitón Rojas; al sur, Merida Agüero Ramírez; al este, calle pública con una medida de treinta y seis metros con sesenta y tres centímetros y al oeste, calle pública con una medida lineal de treinta y cinco metros con treinta y siete centímetros. Mide: seiscientos treinta y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de Corporación de Inversiones Diamantino Sociedad Anónima, en fecha 01 de setiembre de mil novecientos noventa y tres mediante remate en proceso ejecutivo hipotecario, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, deslinde, siembra de plantas ornamentales y construcción de una edificación consistente en cabinas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Antonio Jiménez Vargas. Exp. Nº 11-000076-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 29 de julio del 2011.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—RP2011253887.—(IN2011065320).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente 11-000086-0391-AG-3 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Fulvio Sibaja Rojas, quien es mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número cinco-doscientos siete-ochocientos treinta y dos, vecino de Río Oro de Nandayure, ochocientos metros noroeste de la Escuela, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero. Situada en el distrito tercero, cantón noveno, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de ciento dos metros con cuarenta y un centímetro lineal; al sur, Víctor Julio Sibaja Arroyo; al este, Víctor Julio Sibaja Arroyo y al oeste, Pedro Chacón Quirós. Mide: cincuenta y ocho mil ciento setenta y seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1473891-2011. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en arreglo de cercas, chapeas y rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Fulvio Sibaja Rojas. Exp.: 11-000086-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 20 de julio del 2011.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—(IN2011065577).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente 11-000031-1002-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por Rectificación de Medida por parte de Omar Córdoba Solís, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Tuis de Turrialba, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-0246-0647, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de cultivos anuales, charrales. Situada en el distrito siete, cantón quinto, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública y Mario Ceciliano Núñez; al sur, río Pacuare; al este, Rafael Granados Calderón, Omar Córdoba Solís, Quebrada Águila y Alice Herrera Ortiz y al oeste, Río Pacuare. Mide: cuatrocientos noventa y cuatro mil sesenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-1413207-2010. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones cada una. Hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de los potreros para el cuido de la ganadería, mantenimiento de cercas, chapeas de potreros y manejo de la maleza. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Omar Córdoba Solís. Exp.: 11-000031-1002-AG.—Juzgado Agrario de Turrialba, 27 d julio del 2011.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2011065580).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente 08-000028-0993-AG donde se promueven diligencias de, Información Posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Integral de Piedades Sur de San Ramón, cédula jurídica: tres-cero cero dos-cero seis uno siete dos seis, representada por Óscar Solís Rojas, casado una vez, agricultor, vecino de San Ramón, en condición de apoderado general de dicha asociación; a fin de inscribir a nombre de la Asociación de Desarrollo Integral de Piedades Sur de San Ramón y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno uno: Finca cuya naturaleza es cancha de fútbol. Situada en el distrito Piedades Sur, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte; al sur; al este y al oeste, con calle pública con ochenta y dos metros en cada costado. Mide: seis mil setecientos metros con sesenta decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-uno cero nueve cero dos cero cuatro-dos mil seis. Terreno dos: Finca cuya naturaleza es parqueo y zona verde. Situada en el distrito Piedades Sur, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Banco de Costa Rica; al sur, calle pública con cuarenta y cuatro metros, veintiséis centímetros; al este, Carlos Araya Esquivel y al oeste, Catalina y Roberto Campos Guzmán. Mide: cinco mil doscientos dieciocho metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-uno dos tres ocho seis cero tres-cero siete. Indica el promovente que sobre los inmuebles a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Asociación de Desarrollo Integral de Piedades Sur. Exp.: 08-000028-0993-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 01 de agosto del 2011.—Lic. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—1 vez.—(IN2011065581).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente 08-000104-0689-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria (para rectificación de medida) por parte de Evangelina Romero Venegas, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número 1-354-543, vecina de San Cristóbal Sur, distrito octavo, cantón tercero de la provincia de San José, cien metros norte del Bosque; a fin de rectificar la medida del inmueble inscrito al Folio Real matrícula noventa y un mil novecientos sesenta-cero cero cero (FR. 91.960-000), que se describe de la siguiente forma: Finca situada en San Cristóbal Sur de Desamparados de la provincia de San José. Colinda al norte, con Manuel y Marlene Leiva Romero y Ervin Venegas Bonilla; al sur, con la calle pública con un frente lineal de cuarenta y seis metros con treinta centímetros; al este, con Miguel Ángel Arce Jiménez y al oeste, con Gerardo Romero Abarca. La naturaleza del terreno es de bosque. Mide según el Registro Nacional tres mil quinientos sesenta y cinco metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados, no obstante se pretende rectificar su medida hasta seis mil ochocientos ochenta y cinco metros con dos decímetros cuadrados, de acuerdo al plano catastrado SJ-1222075-2008. Indica la promovente que el inmueble no soporta gravámenes ni cargas reales; y que estas diligencias no tienen por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un juicio sucesorio. Estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón quinientos mil colones. Que adquirió la propiedad de dicho inmueble por donación realizada a su madre Rosario Venegas Leiva, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica e ininterrumpida por más de nueve años. Los actos de posesión han consistido en la siembra total de café, árboles frutales y se le ha dado mantenimiento y asistencia durante todo este tiempo. No ha inscrito al amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Que el inmueble se inscribió por primera vez el 26 de noviembre del año 1937, pero la finca madre lo fue el 6 de febrero de 1925 y el mismo no ha sido objeto de Rectificación. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria (para rectificación de medida), Promovida por Evangelina Romero Venegas. Exp.: 08-000104-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 21 de enero del 2011.—Lic. Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—(IN2011065582).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente 10-000080-0507-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Manuel Francisco Montoya Gamboa, quien es mayor, casado, vecino de Cartago, portador de la cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y cinco-ochocientos veintisiete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Potreros. Situada en el distrito La Virgen, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia, Limón. Colinda: norte, Manuel Francisco Montoya Gamboa y parte río Santiago; sur, Manuel Francisco Montoya Gamboa, Guadalupe Montoya Montoya y Río Santiago; este, Manuel Francisco Montoya Gamboa y parte quebrada sin nombre y al oeste, Manuel Francisco Montoya Gamboa y Guadalupe Montoya Andrade. Mide: seis hectáreas cinco mil cuarenta y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número H-1354929-2009. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes. Que no existen condueños. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Manuel Francisco Montoya Gamboa. Exp.: 10-000080-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 22 de agosto del 2011.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—(IN2011065583).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente 05-160031-0341-AG donde se promueven diligencias de, Información Posesoria por parte de Freddy Rivera Salazar, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Orosi de Paraíso, Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-tres trescientos treinta y seis-cuatrocientos ochenta y tres, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno con casa de habitación, agricultura y montaña. Situada en el distrito tercero Pejibaye, cantón cuarto, Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Sigifredo Calderón Calderón, María Isabel, Lucrecia y Alicia, todas de apellidos Vega López; al sur, calle pública; al este, María Isabel, Lucrecia y Alicia de apellidos Vega López y al oeste, calle pública. Mide: una hectárea siete mil seiscientos veinticinco metros con setenta y seis decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-955881-2004. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en sembrar diversos cultivos, mantener en buen estado, cercar. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Freddy Rivera Salazar. Exp.: 05-160031-0341-AG.—Juzgado Agrario de Turrialba, 29 de julio del 2011.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2011065584).

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Erick de los Ángeles Parajeles Zamora quien fue mayor, soltero, empleado de veterinaria, vecino de Santa Rosa de Montes de Oro, Puntarenas, Calle El Tamarindo, seiscientos metros al este de la entrada principal, cédula de identidad número seis-doscientos ochenta y ocho-ochocientos sesenta; para que dentro el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001 año 2011. La dirección de esta notaría es: Miramar de Montes de Oro, Puntarenas, cincuenta metros norte del costado oeste de la escuela José María Zeledón Brenes. Fax 2639-92-31. Correo electrónico abogfrank@gmail.com. Notaría del Bufette Carrillo & Carrillo.—Lic. Franklin Carrillo Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2011253556.—(IN2011064909).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Carlos Jiménez Álvarez con cédula Nº 1-850-302, soltero, educador, vecino de Cerbatana de Puriscal, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 11-100241-197-CI.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 28 de julio de 2011.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—1 vez.—RP2011253557.—(IN2011064910).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carmen Mora Chavarría, quien fuera casada una vez, del hogar, cédula de identidad dos-ciento cuarenta y siete-seiscientos tres, vecina de cien metros norte de la escuela de Rincón de Mora, San Rafael de San Ramón, Alajuela; para que dentro del término de treinta días hábiles a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien legítimamente corresponda. Notaría del Lic. José Enrique Jiménez Bogantes. Expediente Nº 0002-2011.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—RP2011253575.—(IN2011064911).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de María Lorena Jiménez Salazar, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Antonio de Desamparados trescientos metros al sureste y cien metros al sur de la plazoleta, cédula de identidad uno-cuatrocientos cuatro-quinientos cincuenta y uno, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-100201-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 20 de mayo del 2011.—Lic. Christian López Mora, Juez.—1 vez.—RP2011253593.—(IN2011064912).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Eduardo Enrique Jiménez Campos, quien fuera mayor, casado una vez, mecánico portador de la cédula de identidad 03-0119-0410. Se cita a los herederos, legatarios acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-000193-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 21 de julio del 2011.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—1 vez.—RP2011253616.—(IN2011064913).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Víctor Cruz Espinoza, quien fuera casado, asesor legal, vecino de Heredia centro, cédula de identidad dos-doscientos setenta y tres-setecientos sesenta uno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-000815-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 21 de julio del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—RP2011253629.—(IN2011064914).

Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión del señor Jesús Ureña Monge, quien fue mayor de edad, agricultor, vecino de Cartago, Jiménez, Pejibaye, frente al Ebais y portó la cédula de identidad Nº 9-0039-0346 y de la señora Isabel Brenes Brenes, quien fue mayor de edad, ama de casa, vecina de Cartago, Jiménez, Pejibaye, frente al Ebais y portó la cédula de identidad Nº 3-0205-0458, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante Despacho a hacer valer sus derechos y se apercibe, a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de dicho término aquella pasará a quien corresponda. (Exp. Nº 11-100020-0353-CI, interno 21-11) Juicio sucesorio de Isabel Brenes Brenes y Jesús Ureña Monge.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Jiménez, Juan Viñas, 12 de mayo de 2011.—Lic. Priscilla Quesada Rojas, Jueza.—1 vez.—RP2011253646.—(IN2011064915).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Donelia Vargas Venegas, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad tres-cero ciento diecisiete-cero cuatrocientos quince, vecina de trescientos metros al este de la escuela de Tayutic de Turrialba. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en genera a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-000216-0341-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 26 de julio del 2011.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—RP2011253647.—(IN2011064916).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Alfredo Castillo Ramírez, quien fuera mayor, cédula de identidad: 03-0195-0521, casado una vez, agricultor, vecino del Barrio de Dulce Nombre de Tayutic-Turrialba. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-000127-0341-CI-3.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 12 de mayo del 2011.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—RP2011253649.—(IN2011064917).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Victor Soto Zumbado, quien fuera mayor, casado, comerciante, vecino de San Juan de San Ramón, que portó la cédula de identidad número 600320687. Se cita los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crear tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-000487-0296-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 29 de junio del 2011.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—RP2011253666.—(IN2011064918).

Se hace saber: que en la Notaría del Lic. Mario Alberto Mesén Araya, situada en avenida 8, calle 17, Nº 1706, costado sur del OIJ, esquina suroeste, se tramita el proceso sucesorio de Gilberth Castillo Vallejo, quien fuera mayor, casado una vez, chofer, portador de la cédula de identidad: 6-101-1042. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasara a quien corresponda. Expediente: 0004-2011. Sucesorio.—San José, 17 de agosto del 2011.—Lic. Mario Mesén Araya, Notario.—1 vez.—RP2011253672.—(IN2011064919).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Antonio González Gómez, quien fuera mayor casado una vez, agricultor, vecino de Lourdes de Agua Caliente, Cartago, cédula de identidad número 3-065-747. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000253-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de agosto del 2011.—Lic. Guiselle Arguello González, Jueza.—1 vez.—RP2011253680.—(IN2011064920).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de Marta Emilce Esquivel González, costarricense, portó la cédula seis-doscientos-veinticuatro-novecientos-veinticinco (6-224-925), casada una vez, ama de casa, vecina de Paraíso de Esparza, Puntarenas, del Bichos Bar, 600 metros norte, sobre la carretera principal, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. N° 11-100028-0437-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, 14 de abril del 2011.—Lic. José Daniel González Sibaja, Juez.—1 vez.—RP2011253691.—(IN2011064921).

Se cita y emplaza a herederos y demás interesados en el sucesorio del señor Sergio Ramón Morales Prado, quien fue mayor, casado una vez, operario de máquina, vecino de San Ramón, La Unión, Cartago, cédula Nº 4-130-879, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibidos que de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente extrajudicial Nº 2011-0006-MBL, que tramita el Notario Mario Brenes Luna, con oficinas en esta ciudad, entre calles 3ª y 5ª, avenida lª, Edificio Omni, octavo piso, fax Nº 2257-95-14 y/o 2255-21-74.—San José, 11 de agosto del 2011.—Lic. Mario Alberto Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2011253687.—(IN2011064922).

Se cita y emplaza a herederos y demás interesados en el sucesorio del señor Jorge Joaquín Delgado Bonilla, quien fue mayor, casada, pensionado, vecino de San José, Cinco Esquinas de Tibás, cédula Nº 6-037-077, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibidos que de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente extrajudicial Nº 2011-0008-MBL, que tramita el Notario Mario Brenes Luna, con oficina en esta ciudad, entre calles 3ª y 5ª , avenida lª., Edificio Omni, octavo piso, fax Nº 2257-9514 y/o 2255-2174.—San José, 11 de agosto del 2011.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—RP2011253689.—(IN2011064923).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de, Ángel Asdrúbal Moreno Peralta, mayor, costarricense, soltero, vecino de Playa Potrero doscientos metros al norte de la iglesia católica, cédula de identidad número cinco-doscientos cincuenta y seis-doscientos veinte. Para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos percibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Expediente 0001-2011 proceso sucesorio en sede notarial de Ángel Asdrúbal Moreno Peralta).—Lic. Lizbeth Chavarría Soto, Notaria.—1 vez.—RP2011253891.—(IN2011065332).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de, Hernán Sánchez Araya, quien fue mayor, casado una vez, chofer, vecino de San Rafael Arriba de Desamparados, cédula de identidad 1-0470-0663, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 11-000096-0181-CI. Sucesión de Hernán Sánchez Araya.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 29 de julio del 2011.—Dra. Leyla Kristel Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—RP2011253973.—(IN2011065333).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso Sucesorio de, Ernesto Ruiz Áviles quien fue mayor, casado una vez, empresario, portador de cédula 8-0007-0037, vecino de San José, Barrio Francisco Peralta, 200 metros de la Casa Italia y Adela Gutiérrez Gutiérrez, quien fue mayor, viuda, ama de casa, portadora de cédula 8-0016-407, vecina de San José, Barrio Francisco Peralta, 200 metros de la Casa Italia. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 11-000146-180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 20 de junio del 2011.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—RP2011253985.—(IN2011065334).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juana Ramona Lara Alvarado, quien fuera casada una vez, ama de casa, vecina de Bajo Rodríguez de San Ramón, cédula de identidad 5-056-898. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 11-000163-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 20 de julio del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—(IN2011065596).

Avisos

PRIMERA PUBLICACIÓN

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial del menor David Josué Cordero Navarro, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires, dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las diez horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil once.—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 31 de marzo del 2011.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48455.—C-3620.—(IN2011065244).

PUBLICACIÓNES DE UNA VEZ

La Licenciada Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza de Familia de Corredores, hace saber a eventuales terceros interesados a quien se le ha ordenado notificar por medio de edicto, artículo 4 de la Ley de Notificaciones y Citaciones. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono del menor Brayan Agüero Pérez, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia contra Emilia Pérez Vigil y Armando Agüero Araya, a quienes se les concede por el plazo de cinco días, con respecto de los hechos de la demanda expondrán con claridad si los rechazan por inexactos o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestarán con claridad las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoyen. En la misma oportunidad ofrecerán las pruebas que estime pertinentes, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, los hechos a que deberán de referirse cada uno de estos. Asimismo se les previenen que deben señalar medio o lugar dentro del perímetro judicial de Ciudad Neily donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si lo omitiere, si el lugar señalado fuere incierto, o impreciso o ya no existiere, las resoluciones posteriores le quedarán notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Publíquese auto de traslado, para efectos eventuales terceros interesados, por un sola vez, por medio de La Gaceta, a cargo del actor. Expediente 08-400076-921-FA (1).—Juzgado de Familia Penal Juvenil de Corredores, Ciudad Neily, 04 de agosto del 2011.—Lic. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48453.—C-3810.—(IN2011065209).

Licenciada Patricia Méndez Gómez, Jueza del Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, hace saber: Que en diligencia de declaratoria judicial de estado de abandono pérdida de la patria potestad y solicitud de Depósito Judicial por Patronato Nacional de la Infancia contra Edith Márquez Padilla. (Curadora Procesal la Lic. Yorleny Carvajal, que se tramita en este Despacho, bajo el Expediente: 10-400364-421-F.A. (1) Juzgado Penal Juvenil y de Familia de Puntarenas, a las trece horas con veinte minutos del veinte de mayo del dos mil once. Se tiene por establecido el presente proceso Declaratoria Judicial de Estado de Abandono, Pérdida de la Patria Potestad y Solicitud de Depósito Judicial, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia contra Edith Márquez Padilla, representada por su curadora procesal la licenciada Yorleny Carvajal Hernández, a quien se le concede el plazo de cinco días para que se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca pruebas de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Asimismo, se deposita provisionalmente a los menores Jacqueline Márquez Padilla, Gabriela Márquez Padilla y Kenyer Jesús Márquez Padilla, bajo la responsabilidad de su abuela materna la señora Jacqueline Padilla Vílchez; misma que deberá presentarse dentro del término de cinco días hábiles a fin de aceptar el cargo conferido. Se le previene a la demandada, de conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones número 8687, el señalamiento de correo electrónico, fax, casillero, en estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, como medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores le quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. Se le advierte que si no contestan en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la depositaria judicial provisional Jacqueline Padilla Vílchez, sita en Barranca de Puntarenas, barrio Los Almendros, última calle, casa 744, para lo cual se ordena desglosar atento exhorto al Delegado Policial de Barranca en Puntarenas. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas.—MSc. Ana Lorena Blanco Bonilla, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48455.—C-5820.—(IN2011065242).

Se avisa al señor Leandro Cárdenas Jiménez, mayor, casado, operador de logística, de nacionalidad colombiana, pasaporte número CC-nueve cuatro cuatro cinco siete nueve nueve cero, domicilio y demás calidades desconocidas, que dentro del Proceso Abreviado Nulidad de matrimonio y especial de Filiación (Declaratoria Hijo Extramatrimonial) Nº 2007-001276-186-FA (2) que se tramita en su contra en este Juzgado, se dictó la Sentencia Nº 1166-2009 de las quince horas treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil nueve, cuya parte dispositiva dice: “Por tanto: Con base en lo expuesto, normas legales citadas, se falla: Se acoge la demanda, declarando la inexistencia y por consiguiente nulidad de matrimonio existente entre los señores María del Milagro Rodríguez Rojas y el demandado Leandro Cárdenas Jiménez. Firme inscríbase en el Registro Civil, la modificación aquí ordenada, debe cancelarse la inscripción del matrimonio realizado mediante la escritura pública número 19 de las 14:35 horas del 14 de marzo del 2006, por ser un acto inexistente y absolutamente nulo, y reestablecerse el estado civil de la actora, María del Milagro Rodríguez. Se tiene al menor de edad Ricardo José, como nacido en forma extramatrimonial. Se ordena levantar la medida que dispuso suspender la inscripción del menor Ricardo José, y se ordena continuar con los trámites de inscripción del menor como hijo del señor Adrián Hilje Castillo, como su padre biológico. Expídase el respectivo testimonio de piezas ante el Ministerio Público a efecto de que se investigue y determine la eventual existencia de algún ilícito con base en los hechos acreditados y a la Dirección General de Notariado, para lo que en derecho corresponda; así como para la Dirección de Migración y Extranjería. Son ambas costas a cargo del demandado vencido. Notifíquese.—Juzgado Primero de Familia de San José, 03 de junio del 2011.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—(IN2011065248).

De la solicitud de Adopción de la menor Ana Isabel Valerio Rodríguez promovido por Clelia María Aguilar y José Fabio Guevara Sánchez, se da aviso a todas aquellas personas que con interés contrario a la adopción se apersonen formulando sus oposiciones mediante escrito, dentro del plazo de cinco días, en el cual expondrán los motivos de inconformidad con indicación expresa de las pruebas en que fundamentan su oposición. Expediente 11-400023-924-FA (NI.23-11).—Juzgado Penal Juvenil y de Familia de San Carlos, Ciudad Quesada, 23 de marzo del 2011.—Msc. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—(IN2011065266).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Álvaro Gerardo Ramón de Jesús Cordero Vega, mayor, casado, jubilado, vecino de Tibás, cédula de identidad número 0700380081; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Álvaro Gerardo Ramón de Jesús, por el de Álvaro mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. 11-000397-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2011.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2011065556).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 11-001295-0364-FA, los señores Johnny Smith Espinoza y Rosalbina Paniagua Sánchez, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la menor Natasha Melissa Noguera Barrios. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 01 de julio del 2011.—Lic. Francisco Hernández Quesada, Juez.—1 vez.—(IN2011065585).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania que promueve María Nelly Rodríguez González a favor de Sofía Vargas Rodríguez. Expediente número 11-001469-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 08 de agosto del 2011.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—C-Exento.—(IN2011065592).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Laura Muñoz Soto, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Rosa María Arroyo García a favor de Laura Muñoz Soto. Expediente número 11-001461-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 01 de agosto del 2011.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—(IN2011065593).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Maricela Peña Villarreal, cédula de identidad número 5-0308-0975, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Olman Andrés Villareal Guzmán. Expediente número 11-000922-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de junio del 2011.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—(IN2011065595).

Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a William Bolaño Ferrer, que en este Despacho se interpuso un proceso de declaratoria de hijo extramatrimonial en su contra, bajo el expediente número 11-000321-0186-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: De la demanda especial de filiación de declaratoria de extramatrimonialidad e investigación de paternidad interpuesta por Cindy Gabriela Soto Blanco y de los documentos aportados se le confiere traslado por el plazo de diez días a Everth Vásquez Prado y a William Bolaño Ferrer para que, si a bien lo tiene, la conteste por escrito. De hacerlo, debe referirse a cada uno de los hechos contenidos en ella, exponer con claridad si los rechaza por inexactos o los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones, manifestar, en su caso, las razones para su negativa y citar los fundamentos legales en que se apoye. Además, en ese mismo momento ha de ofrecer sus pruebas, aportar la documental e indicar el nombre y las generales de sus testigos, así como los hechos a los cuales se referirá cada uno (artículo 98 bis del Código de Familia). Dentro de ese periodo podrá, también, oponer las excepciones que estime pertinentes y referirse a los documentos presentados por la parte actora. Se le advierte que si contesta la demanda fuera del plazo otorgado, lo hace en forma indebida u omite responderla del todo, los hechos podrán ser tenidos como ciertos y el proceso continuará tramitándose sin su intervención, todo sin perjuicio de que pueda apersonarse en cualquier momento, supuesto en el cual debe asumirlo en el estado en que se encuentre cuando lo haga. Por último, se le hace saber que la contestación afirmativa opera solo respecto de aquellos hechos que, en esta materia, son susceptibles de ser demostrados mediante confesión (artículos 3, 316 y 338 del Código Procesal Civil en relación con el 2 del Código de Familia). Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación paternidad de Cindy Soto Blanco, William Bolaño Ferrer y Everth José Vásquez Prado. Expediente Nº 11-000321-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 19 de julio del 2011.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—C-Exento.—(IN2011065598).

Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Juan Bautista Almanzar Sarante, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 10-000749-0186-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: De la anterior demanda abreviada establecida por la accionante Xiomara de los Ángel Castillo Matamoros, se confiere traslado a la accionado Juan Bautista Almanzar Sarante por medio de su curadora procesal Fiorella Rodríguez Baldí por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Xiomara de los Ángel Castillo Matamoros contra Juan Bautista Almanzar Sarante. Expediente Nº 10-000749-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 09 de agosto del 2011.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2011065599).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Graciela Soto Carballo, mayor, soltera, cédula de identidad cuatro-ciento setenta y dos-ciento cuarenta y dos, miscelánea, fecha de nacimiento diez de abril de mil novecientos ochenta, hija de Nidia Carballo Villalobos y Juan Soto Saborío, vecina de San Isidro de Heredia, de la Cruz Roja 115 metros noroeste y el señor Allan Emilio Chacón Chavarría, mayor, soltero, nacido el treinta de enero de mil novecientos setenta y ocho, cédula de identidad cuatro-ciento sesenta y siete-ciento treinta y cuatro, hijo de María del Socorro Chacón Chavarría, vecino de San Isidro de Heredia, de la Cruz Roja 250 noroeste, ambos costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto (solicitud de matrimonio). Expediente 11-100021-0374-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Isidro de Heredia, diez de agosto del dos mil once.—Lic. Rafael Araya Fallas, Juez.—1 vez.—(IN2011065136).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Eddie Gabriel Gamboa Castro, mayor de edad, soltero, asistente de bodega, de nacionalidad costarricense, vecino de Hatillo centro, cédula 1-1053-183, hijo de Eddie Enrique Gamboa Morales y Ana Rocío Castro Mendieta, ambos costarricenses, nacido en Hospital Central, San José, el 2 de noviembre de 1979, con treinta y un años de edad, y Ruth Danelia Flores Molina, mayor de edad, cédula de identidad 1-1200-186, ama de casa, costarricense, nacida en Uruca Central, San José, el 6 de marzo del 1984, actualmente con veintisiete años de edad, vecina de Hatillo centro, hija de César Augusto Flores Álvarez y Mayra Molina Sosa, ambos costarricenses, si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente: 2011-400451-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 4 de agosto del 2011.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2011065220).

Han comparecido ante este despacho solicitando matrimonio civil Junior Miguel Montezuma Arango, de treinta y ocho años de edad, soltero, de oficio agricultor, costarricense, cédula de identidad número 6-520-253, hijo de Miguel Montezuma Rodríguez y Mélida Arango Salinas, ambos de nacionalidad costarricense, nativo de Jiménez, Golfito, Puntarenas, el once de junio de mil novecientos setenta y dos y Mela Arango Santo, de treinta y cinco años de edad, soltera, ama de casa, costarricense, cédula número 6-485-565, hija de Tomas Arango Rodríguez y Chila Santo Cueva, ambos padres de nacionalidad costarricense, nativa de Jiménez, Golfito, Puntarenas, el veintisiete de enero de mil novecientos setenta y seis. Ambos vecinos de Santa Cecilia de Agua Buena, Coto Brus, 500 m norte de la escuela, casa de madera sin pintar. Se solicita la publicación de este edicto para los efectos del artículo 25 del Código de Familia. Lo anterior en expediente Nº 11-100032-441-CI.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, 10 de febrero del 2011.—Lic. Eida Shirlenia Pérez Ríos, Jueza.—1 vez.—(IN2011065304).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Bryan Stever Cruz Marín, mayor de edad, soltero, chofer, cédula de identidad número 0304520210, vecino de Potrero Cerrado de Oreamuno, Cartago de la plaza de deportes 75 metros al norte y 100 metros al este, casa esquinera color papaya, de una planta sin verjas, hijo de Yamileth Marín Sánchez y José Antonio Cruz González, nacido en Cartago, el 08/03/1991, con 20 años de edad y Martha Patricia Hernández Rojas, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0113760595, vecina de Potrero Cerrado de Oreamuno, Cartago de la plaza de deportes 75 metros al norte y 100 metros al este, casa esquinera color papaya, de una planta sin verjas, hija de Mercedes Rojas Méndez y Pedro Hernández Castillo, nacida en San José, el 05/12/1988, actualmente con 22 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 11-001596-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 19 de agosto del 2011.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—(IN2011065589).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes: Jonathan Gerardo Arce Carrillo, mayor, soltero, cédula de identidad número 2-642-266, vecino de Palmares, 100 metros este del Gimnasio Energy Max en Barrio Santa Fe, empleado comercial, hijo de Jorge Arturo Arce Carazo y Lizbeth Carrillo Zúñiga, nacido en San Ramón de Alajuela el 19-01-1988, con 23 años de edad, y Wendy Gabriela Blanco Phillips, mayor, soltera, empleada comercial, cédula de identidad número 2-704-860, vecina de Esquipulas de Palmares, en Proyecto Josema casa L-8, hija de Alexis Omar Blanco Rojas y Nidia Virginia Phillips Oviedo, nacida en Alajuela, el 09-10-1992, actualmente con 18 años anos de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 11-000407-0688-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 10 de agosto del 2011.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2011065590).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes, Tulio Alberto Brenes Navarro, mayor, soltero, operario, cédula de identidad número 3-425-938, vecino de Cartago, 350 metros sur de la Fábrica de Calcio, Bermejo, hijo de Dora Emilia Navarro Romero y Alfredo Brenes Barquero, nacido en Cartago, el 01/01/1988, con 22 años de edad, y Estefanny Tatiana Meléndez Vargas, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 3-434-963, vecina de Cartago, 350 metros sur de la Fábrica de Calcio, Bermejo, hija de Martha Vargas Martínez y Marco Antonio Meléndez Pasapera, nacida en Cartago, el 23/12/1988, actualmente con 22 años de edad. Tienen una hija en común de nombre María Celeste Brenes Meléndez de tres años. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento lega para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despache dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 11-001573-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 17 de agosto del 2011.—Lic. José Milton Ramírez Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2011065591).

Edictos en lo Penal

TERCERA PUBLICACIÓN

A la señora Antonia Moraima Martínez Cárdenas, mayor, pasaporte número 0179817, casada una vez, vecina de  Desamparados, costado sur de Centro  Comercial  Desamparados, Condominio Condovilla, se le hace saber que: En el legajo de Acción Civil Resarcitoria 08-002352-0492-TC, se ha dictado resolución que literalmente dice: Comunicación por edicto Fiscalía de Hatillo, a las nueve horas con cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil once. En vista de que la demandada civil Antonia Moraima Martínez Cárdenas; no ha sido posible citarla en su domicilio para comunicarle la resolución del treinta de noviembre del dos mil nueve, dictada por la oficina de la defensa civil de la víctima del Ministerio Público, que da curso a la Acción Civil Resarcitoría incoada en su contra por la licenciada Johanna Rodríguez Acosta, actuando en representación de Víctor Calvo Fuentes y Elisa Blanco Morice, se procede a comunicarle la misma mediante edicto, que se publicará tres veces en el Boletín Judicial, confeccionándose en el oficio de estilo. Lic. José Chaves Cordero, Fiscal Hatillo. De conformidad con los artículos 115 y 120 del Código Procesal Penal, se pone en conocimiento del demandado civil Antonia Martínez Cárdenas, la presente Acción Civil Resarcitoria, cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil, planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese.—Fiscalía de Hatillo, Tercer Circuito Judicial de San José.—Lic. José Chaves Cordero, Fiscal.—(IN2011063803).

PRIMERA PUBLICACIÓN

Por requerirse en sumaria penal número 09-203467-431-PE (4175-09-5) en contra de Greivin Raúl Cortés Hernández por el delito de receptación en perjuicio de ignorado, le solicito publicar por medio de edicto, tres veces en el Boletín Judicial, lo que interesa de la resolución de las siete horas del primero de agosto de dos mil once y que a continuación se transcribe: “...De conformidad con los artículos 110 del Código Penal, 282 y 299 del Código Procesal Penal, así como el artículo 1º de la Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso N° 6106. Habiéndose sido la presente causa desestimada, y encontrándose decomisados en la misma los siguientes objetos: a) Una caladora eléctrica marca Black & Decker Single Speed PP/G30, serie 7552, color negro en buen estado, b) Una caladora eléctrica marca Skill de cuatro velocidades serie F012 4390, color rojo, en buen estado. c) Una lijadora eléctrica marca Black & Decker serie 7448, color negro, buen estado. Se ordena publicar tres veces el edicto en el Boletín Judicial, en el cual se concederá el plazo de tres meses a partir de su última publicación a efectos de que la persona que demuestre fehacientemente ser el propietario de los bienes decomisados se presente a reclamarlos con la documentación idónea, caso contrario, transcurrido el plazo indicado quedan a la orden de la Proveeduría Judicial los bienes citados, ordenándose el comiso de los mismos a favor del Estado, para que se disponga su donación o su destrucción… Notifíquese.—Juzgado Penal de Puntarenas.—Lic. Franklin Lara Fallas, Juez.—(IN2011065570).