BOLETÍN JUDICIAL Nº 169 DEL 02 DE SETIEMBRE DEL 2011

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, soportando un gravamen hipotecario de primer grado; a las ocho horas del treinta de setiembre del dos mil once, y con la base de veintinueve millones quinientos veintinueve mil quinientos sesenta y nueve colones con veintiocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil treinta y dos-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir una casa. Situada en el distrito 02 Mercedes, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 6.00 metros; al sur, Carlos Alberto Sáenz Chinchilla y Jaime Rivera Guerrero; con 6.00 metros; al este, José Martín Serrano Solano y María Ángela Monge Benavides y al oeste, Tomas Argüello Oviedo. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del dieciocho de octubre del dos mil once, con la base de veintidós millones ciento cuarenta y siete mil ciento setenta y seis colones con noventa y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del dos de noviembre del dos mil once con la base de siete millones trescientos ochenta y dos mil trescientos noventa y dos colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Rosibel Rodríguez Arguedas contra Cindy Castro Campos. Exp. Nº 10-000158-1021-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 5 de agosto del 2011.—Lic. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—(IN2011066020).

Causahabientes

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de Salomón Herrmann Lowenthal, con cédula de residencia 24053095485, para que dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Juzgado a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren las prestaciones legales se le girará a quién legalmente corresponda. Consignación de Prestaciones Legales 11-300058-0917-LA (88-11), de Salomón Herrmann Lowenthal, promovido por Ana Feinzilber Hojgenlerinter.—Juzgado Contravencional de M. Cuantía de Escazú, 22 de agosto del 2011.—Lic. Mayela González Carranza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011065985).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge  Martínez  Martínez, quien fue mayor,  cédula  de identidad 8-081-902, casado, display, vecino de Cartago, fallecido el 9 de junio de 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias consignación de prestaciones bajo el Número 11-000384-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 11-000384-1023-LA, promovido por María Johanna Muñoz Elizondo.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 8 de agosto del 2011.—Lic. Jorge Chacón Cantillano, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011065999).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros de pensiones complementarias en Fondo de Pensiones del Banco Popular, de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Banco Nacional de Costa Rica, Banco de Costa Rica y Brinkman y Asociados Reforestadores de Centro América S. A., del trabajador fallecido Richard Mejías Vindas, quien poseía el cédula de identidad número: 6-298-156, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el Nº 11-300089-443-LA-7, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, nueve de agosto del dos mil once.—Lic. Jéssica Céspedes Argüello, Jueza.—1 vez.—(IN2011066000).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Miguel Ángel Monge Soto, quien fue mayor, casado, administrador, portó la cédula de identidad número 1-991-0072, y falleció el tres de junio de dos mil once. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de Consignación de Prestaciones número 11-300064-0895-LA de Miguel Ángel Monge Soto.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 20 de julio de 2011.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2011066001).

Se cita a los causahabientes del trabajador fallecido Melvin Antonio Núñez Solís, quien fue mayor, casado, laboraba en la Sección de Proveeduría del Hospital San Carlos, vecino de Barrio Los Ángeles, 250 m noroeste de súper La Familia, cédula de identidad 2-360-433, para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de devolución de cuotas promovidas por Juana Camacho Mora y como depositantes operadora de Pensiones del Banco Popular y de Desarrollo Comunal y Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social y con la advertencia de que si así no lo hicieren, el dinero se girará a quien corresponda de acuerdo con lo que establece el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 11-300142-0317-LA.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 6 de julio del 2011.—Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza.—1 vez.—(IN2011066002).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido José Pablo Núñez Hernández, mayor, soltero, dependiente, vecino de La Violeta de Frailes, casa a mano derecha color celeste, cédula de identidad número tres-trescientos noventa y ocho-cuatrocientos sesenta y ocho, quien falleció el cuatro de junio del dos mil ocho, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral, expediente número 11-300145-0237-LA (151-2-11), gestionada por Sheila Valverde Ceciliano contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del BN Vital, S. A, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 17 de agosto de 2011.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2011066003).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Manuel Enrique Calderón Badilla, con cédula de identidad 3-187-179, y falleció el 18 de agosto del 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el Número 11-000396-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 11-000396-1023-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 11 de agosto del 2011.—Lic. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—(IN2011066006).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la prestaciones laborales del fallecido Olivier Raúl Quirós Pérez, cédula 6-107-380, se consideren con derecho al mismo, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 10-300059-0441-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el articulo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Coto Brus, San Vito, cuatro de agosto del dos mil once.—Lic. Juan José Guevara Álvarez, Juez.—1 vez.—(IN2011066007).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Diego José Granados Ceciliano, quien fue mayor, cédula de identidad 3-344-857, soltero, operario, vecino de Cartago, y falleció el 7 de diciembre del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el Número 11-000382-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 11-000382-1023-LA, promovido por Vitalina Ceciliano Fuentes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 12 de agosto del 2011.—Lic. Rónald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—(IN2011066008).

Se cita y emplaza a los causahabientes del trabajador fallecido Aquiles Ernesto Andrade Garmendez, quien fue mayor de edad, soltero pero en unión libre, con pasaporte número 004218979, de nacionalidad salvadoreño, jornalero, vecino de Matina, Carrandí Cuba Creek, de la escuela una cuadra al este, casa de cemento de color celeste. Para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso en resguardo de sus derechos, bajo el apercibimiento de que así no lo hicieren, se ordenará el giro de correspondiente prestaciones a quien o quienes corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 del Código de Trabajo, Expediente número 11-300028-479-LA-2, por consignación de prestaciones laborales, promovido por Silvia Maritza Martínez Martínez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Matina, 28 de junio del 2011.—Lic. José Mauricio Reyes Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2011066009).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorro de trabajador fallecido de quien en vida se llamó Denis Rivas López, mayor, nicaragüense, soltero en unión de hecho, de cincuenta años de edad, peón agrícola, cédula de N° 132-RE-000813-00-1999, vecino de Guácimo, a la par de las cabinas Génesis, en el apartamento número doce, quien falleció el veinticinco de agosto de dos mil seis en Guápiles, Limón, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al Despacho en su defensa. Diligencias de devolución de fondo de capitalización laboral de trabajador fallecido Nº 11-300030-0477-LA (33-11-1), gestionante Roque Diómedes Huerta Lumbi, causante Denis Rivas López.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guácimo, 11 de agosto del 2011.—Lic. Marvin Gdo. Arce Castro, Juez.—1 vez.—(IN2011066010).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorro legales del fallecido Martín Ramón González Acuña, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el Nº 11-300046-0478-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Bribrí, Talamanca, a las once horas con cuarenta minutos del dieciséis de mayo del dos mil once.—Lic. Roy Córdoba Hernández, Juez.—1 vez.—(IN2011066012).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorro legales del fallecido Julián Rodríguez Rodríguez, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 11-300030-0478-la, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Bribrí, Talamanca, a las once horas con cuarenta minutos del tres de agosto del dos mil once.—Lic. Roy Córdoba Hernández, Juez.—1 vez.—(IN2011066014).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabiente de las prestaciones y ahorro legales del fallecido José de los Santos Ruiz Ruiz, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 10-300048-0478-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Bribrí, Talamanca, a las once horas con cuarenta minutos del tres de agosto del dos mil once.—Lic. Roy Córdoba Hernández, Juez.—1 vez.—(IN2011066015).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Róger Ulises Guzmán Ramírez, quien fue mayor, casado, electricista, costarricense, vecino de Santa Lucía de Barba de Heredia, con cédula de identidad número 9-0064-335, se les hace saber que: Geogina Carvajal Zárate, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-526-893, vecina de Santa Lucía Barba de Heredia, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Róger Luis Guzmán Ramírez, expediente número 11-000597-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 10 de agosto del 2011.—Msc. Brenda Caridad Vargas, Jueza.—1 vez.—(IN2011066018).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Vivian María Pacheco Urbina, quien fue mayor, casada, profesora, vecina de San Pablo de Heredia, con cédula de identidad número 9-0090-0495, se les hace saber que: Eliécer Corrales Monge, portador de la cédula de identidad o documento de identidad número 3-123-693, vecino de San Pablo de Heredia, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Vivian María Pacheco Urbina, expediente número 11-000564-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 9 de agosto del 2011.—Msc. Brenda Caridad Vargas, Jueza.—1 vez.—(IN2011066019).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y de caminos públicos anotada al tomo 310, asiento 2037, servidumbre de aguas pluviales anotada al tomo 575, asiento 29310, y tomo 575, asiento 29889; a las trece horas y treinta minutos del cuatro de octubre del año dos mil once, y con la base de setenta y dos mil seiscientos veinticinco dólares con treinta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F 75972 cero cero cero la cual es terreno finca filial individualizada número treinta y uno apta para construir que se destinará a uso residencial la cual podrá tener una altura máxima de tres pisos. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, acceso uno; al sur, finca filial primaria individualizada número treinta y nueve; al este, finca filial primaria individualizada número treinta y dos y al oeste, finca filial primaria individualizada número treinta. Mide: seiscientos setenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de octubre del año dos mil once, con la base de cincuenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y nueve dólares con un centavo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de noviembre del año dos mil once con la base de dieciocho mil ciento cincuenta y seis dólares con treinta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gerardo Trinidad Castillo Rojas, Sierras de Valladolid Diecisiete Sociedad Anónima. Expediente 11-002845-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2011.—Lic. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—RP2011253651.—(IN2011064886).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintinueve de setiembre de dos mil once, y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 95982-000 la cual es terreno de solar. Situada en el distrito segundo, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Tedora Murillo Chaves y en parte con parte María Elena Umaña Montoya; al sur, María de los Ángeles Sobalbarro Hernández y en parte María Elena Umaña Montoya; al este, Miguel Arguedas Castro y al oeste, calle pública con diez metros con cincuenta y siete centímetros de frente y en parte con María Elena Umaña Montoya. Mide: seiscientos cuarenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de octubre de dos mil once, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dos de noviembre de dos mil once con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Estela Vanessa Zúñiga Chacón. Exp: 11-000262-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 23 de mayo del 2011.—Lic. Dany Matamoros Bendaña, Juez.—RP2011253678.—(IN2011064889).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y treinta minutos del diez de octubre de dos mil once y con la base de quince millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré vehículo placa C-154025, marca Isuzu, estilo NQR, categoría carga pesada, capacidad 3 personas, año 2009, tracción 4x2, vin JAAN1R71P97100101 cilindrada 4570 c.c. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil once, con la base de once millones seiscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del once de noviembre de dos mil once con la base de tres millones ochocientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Felipe Ortiz Valdelomar contra Corporación Mariana F.B.C. S. A. Expediente número 11-004904-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 1º de agosto del 2011.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—RP2011253705.—(IN2011064890).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado a favor de MUCAP; a las trece horas y cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil once, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y dos derechos cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir lote 18 bloque G. Situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 El Guarco de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 19; al sur, lote 17; al este, calle pública y al oeste, lotes 24 y 25. Mide: ciento cuarenta y tres metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cero minutos del catorce de octubre de dos mil once, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil once con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marta Muñoz Loáiza contra Kattia Conejo Martínez, Rónald Quesada Solano. Exp: 11-004327-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 20 de julio del 2011.—Lic. Farith Suárez Valverde, Juez.—RP2011253727.—(IN2011064892).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del catorce de setiembre del año dos mil once, y con la base de veintinueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 22564-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Filadelfia, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Santos Chaves; al sur, calle pública y otro; al este, Willie Chan y otros y al oeste, Anatolia Ortega y otros. Mide: seiscientos sesenta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de setiembre del año dos mil once, con la base de veintiún millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de octubre del año dos mil once con la base de siete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Edgardo Obando Peraza contra Liu Guohong. Exp: 11-000290-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 09 de agosto del 2011.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—RP2011253731.—(IN2011064893).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando tres servidumbres trasladadas, anotadas bajo las citas tomo 336, asiento 9027, tomo 381, asiento 10394, tomo 400, asiento 11070; a las diez horas del treinta de setiembre de dos mil once, y con la base de diez millones noventa y dos mil novecientos veintiocho colones con veintitrés céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, matrícula ciento setenta y tres mil quinientos veinticinco-cero cero cero, la cual es terreno sección C, lote 39 para construir. Situada en el distrito 09, Dulce Nombre, cantón 01, Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con calle pública con 7,01 metros; al sur, con Iris María Roberto, Jacobo, María de los Ángeles todos Murillo Subirós; al este, con lote 38 y al oeste con lote 40. Mide: ciento noventa y tres metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del dieciocho de octubre de dos mil once, con la base de siete millones quinientos  sesenta y nueve mil seiscientos noventa y seis colones con diecisiete céntimos rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas  del dos de noviembre de dos mil once con la base de dos millones quinientos veintitrés  mil  doscientos treinta y dos colones con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria  de Banco Nacional de Costa Rica contra  María de los Ángeles Rivera Portuguez y Sergio Daniel Gamboa Navarro. Expediente N° 11-0051921164-CJ. Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el depósito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado, según lo establecido por el artículo 23 Ley de Cobro Judicial, mismo documento deberá venir a nombre de la persona que realiza la postura.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 5 de agosto del 2011.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—RP2011253741.—(IN2011064894).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las catorce horas y cero minutos del veinte de setiembre del año dos mil once, y con la base de ochenta y cinco millones doscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos noventa y cinco colones con diecinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 66749-F cero cero cero la cual es terreno finca filial primaria individualizada número ciento tres, terreno para construir que se destinará al uso habitual la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito Colorado, cantón Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número ciento cuatro; al sur, calle cinco; al este, finca filial individualizada número ciento dos y al oeste, calle cinco. Mide: tres mil setecientos noventa y ocho metros con veintidós decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de octubre del año dos mil once, con la base de sesenta y tres millones novecientos cuarenta y nueve mil ciento veintiún colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las cero horas y cero minutos del diecinueve de octubre del año dos mil once con la base de veintiún millones trescientos dieciséis mil trescientos setenta y tres colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica, contra Julia María Rojas Castro. Expediente Nº 11-000228-0296-CI.—Juzgado Civil Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 8 de agosto del 2011.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2011253743.—(IN2011064895).

En la puerta de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios a las nueve horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil once, y con la base de trece millones seis mil seiscientos ochenta y ocho colones con ochenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y seis mil ciento veintinueve cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 06 San Rafael, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Pérez Hernández; al sur, María Ester Pérez Hernández; al este, calle pública con doce metros cincuenta centímetros, y al oeste, servidumbre de paso y otro. Mide: doscientos veintisiete metros con ochenta y siete decámetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre de dos mil once, con la base de nueve millones setecientos cincuenta y cinco mil dieciséis colones con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil once, con la base de tres millones doscientos cincuenta y un mil seiscientos setenta y dos colones con veintiún céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso d pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se rematara por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores RL contra María Monestel Rojas. Expediente Nº 10-002097-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de agosto del 2011.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2011065625).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios a las ocho horas y quince minutos del veinte de setiembre de dos mil once, y con la base de dos mil ciento cincuenta y ocho dólares con dieciocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 475148, marca: Nissan, categoría: automóvil, carrocería: sedán 4 puertas, tracción: 4x2, chasis: 3N1EB31SXZK112184, uso: desconocido, estilo: Sentra, capacidad: 5 personas, año: 2002, color: verde. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del cinco de octubre de dos mil once, con la base de mil seiscientos dieciocho dólares con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del veintiuno de octubre de dos mil once, con la base de quinientos treinta y nueve dólares con cincuenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A. contra Soluciones Ideomáticas AR S. A. Expediente Nº 11-015758-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2011.—Lic. Ana Rita Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2011065680).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones  al tomo 394, asiento 9586, servidumbre trasladada al tomo 394, asiento 9586, a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil once, y con la base de dos millones ciento doce mil veintiocho colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y tres mil ciento treinta y nueve cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Limón, cantón Limón de la provincia de Limón. Colinda: al norte, avenida Tiburón; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: noventa metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil once, con la base de un millón quinientos ochenta y cuatro mil veintiún colones  (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del  veinte de octubre del dos mil once, con la base de quinientos veintiocho mil siete colones (un veinticinco por ciento de la base inicial).Se remata por ordenarse así en proceso  ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Perlinda Cárdenas Knight. Expediente Nº 09-935222-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 27 de abril del 2010.—Lic. Fulgencio Jiménez Rojas, Juez.—RP2011254025.—(IN2011065686).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y colisiones, a las diez horas y treinta y cinco minutos del veintisiete de setiembre de dos mil once, y con la base de cuatro millones ciento dieciséis mil setecientos treinta y dos colones con cuarenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 639586, marca: Fiat, categoría: automóvil, vin: 9BD17206263207632, año: 2006, color: verde, cilindrada: 1242 c. c. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta y cinco minutos del doce de octubre de dos mil once, con la base de tres millones ochenta y siete mil quinientos cuarenta y nueve colones con treinta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta y cinco minutos del veintisiete de octubre de dos mil once, con la base de un millón veintinueve mil ciento ochenta y tres colones con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Mario Alberto Trejos Corrales. Expediente Nº 10-001791-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de julio del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2011254081.—(IN2011065690).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando limitaciones de leyes 7052, 7208, anotadas bajo las citas tomo 498, asiento 00013508; a las diez horas del veintitrés de setiembre de dos mil once, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, matrícula 00125372-001, 002, la cual es terreno para construir, con una casa lote bloque D lote 9-D. Situada en el distrito 01, Liberia, cantón 01, Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con avenida Jaul, con un frente de 8 metros lineales; al sur, con lote 23-D; al este, con resto destinado a lote 10-D y al oeste, con resto destinado a lote 8-D. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del diez de octubre de dos mil once, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintiséis de octubre de dos mil once con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Arlyn Mariela Oporto Martínez y José Manuel López Peña. Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el depósito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado, según lo establecido por el artículo 23 Ley de Cobro Judicial, mismo documento deberá venir a nombre de la persona que realiza la postura. Expediente Nº 11-004367-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de julio del 2011.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—RP2011254137.—(IN2011065691).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca por un monto de siete millones cuatrocientos mil colones e hipoteca de segundo grado por un monto de trece millones ochocientos cincuenta mil colones; a las catorce horas del once de octubre de dos mil once, y con la base de siete millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos diecinueve mil setenta y siete-cero cero cero la cual es terreno con una casa de habitación y charral. Situada en el distrito San Isidro de El General, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Miguel Solís; al sur, calle pública; al este, José Campos Rodríguez y al oeste, Édgar Romero Ballestero, quebrada por medio. Mide: mil novecientos sesenta y nueve metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintiséis de octubre de dos mil once, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas del nueve de noviembre de dos mil once con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ramón Luis Vásquez Solís contra Ricardo Salazar Bonilla. Exp. Nº 11-000105-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 17 de agosto del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2011254170.—(IN2011065692).

En el Juzgado de Familia de Nicoya, a las diez horas del veintiséis de setiembre del dos mil once y con base de quince millones novecientos tres mil cuatrocientos setenta y cinco colones sin céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca sin inscribir en el Registro Público de la Propiedad, con plano catastrado Nº P-438354-81. Situada en el distrito cuarto Lepanto, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Amado Díaz Gómez y Serrano Fernando Anchía; al sur, calle pública; al este, calle pública y Vinicio Porras Reyes y al oeste, calle pública, Rosario Agüero Agüero y Antonio Quirós Sosa. Mide: 6HA 3613,90 metros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del diez de octubre del dos mil once, con la base de once millones novecientos veintisiete mil seiscientos siete colones sin céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) de no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del veinticinco de octubre del dos mil once con la base de tres millones novecientos setenta y cinco mil ochocientos sesenta y ocho colones con siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso separación judicial de Maximiliano Salazar Corrales contra María Margarita Palacios Torres. Exp. Nº 06-400121-0390-FA.—Juzgado de Familia de Nicoya, 9 de agosto del 2011.—Lic. Ernesto Torres Torres, Juez.—RP2011254184.—(IN2011065693).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del trece de octubre de dos mi once, y con la base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 283263-000 la cual es terreno de figura irregular con café. Situada en el distrito 03 Anselmo Llorente, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Residencial del Norte; al este, Residencial del Norte, y al oeste, Residencial del Norte. Mide: doscientos diez metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil once, con la base de trece millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil once con la base de cuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Édgar Oviedo Salazar e Inversiones Los Amigos del Norte S. A., representada por Freddy Segura Salazar contra Achi Tong S. A., representada por Fung Yu Tong Ching. Exp. Nº 09-931465-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de julio del 2011.—Lic. Eileen Chaves Mora, Juez.—RP2011254195.—(IN2011065694).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil once, y con la base de sesenta y tres mil seiscientos ochenta y un dólares con noventa y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil cuatrocientos siete cero cero cero la cual es terreno para construir lote 29. Situada en el distrito 03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lotes 13 y 12; al sur, calle pública, avenida primera con 08 metros; al este, lote 28 y al oeste, lote 20. Mide: ciento noventa metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil once, con la base de cuarenta y siete mil setecientos sesenta y un dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de noviembre de dos mil once con la base de quince mil novecientos veinte dólares con cuarenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el deposito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado (artículo 23 Ley de Cobro Judicial) a nombre de la persona que hace la postura. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A., contra Minor Villalobos Paniagua. Exp. Nº 11-004356-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 19 de julio del 2011.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—RP2011254199.—(IN2011065695).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando cuatro procesos de cobro judicial; a las diez horas y treinta minutos del veintiséis de setiembre de dos mil once, y con la base de diez mil seiscientos ochenta y tres dólares con cuarenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 561789, marca Foird, 2004, color, azul, VIN 1FMZU73K74ZA42549, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del once de octubre de dos mil once, con la base de ocho mil doce dólares con sesenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil once con la base de dos mil seiscientos setenta dólares con ochenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica Sociedad Anónima contra Academia Internacional de Belleza A I B S. A., Tiffany Stewart Pinnock. Exp. Nº 10-001844-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de julio del 2011.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—RP2011254200.—(IN2011065696).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil once, y con la base de cuatro mil ciento sesenta y siete dólares con cuarenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 465070, marca: Peugeot, categoría: automóvil, VIN: VF32AKFWU2WO11406, año: 2002, color: gris. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil once, con la base de tres mil ciento veinticinco dólares con cincuenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de noviembre de dos mil once con la base de mil cuarenta y un dólares con ochenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas interesadas en participaren la almoneda, que en caso de hacer el depósito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado (artículo 23 Ley de Cobro Judicial) a nombre de la persona que hace la postura. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A., contra Kattia Araya Robles. Exp. Nº 11-004645-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 28 de julio del 2011.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—RP2011254201.—(IN2011065697).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del veintiuno de octubre de dos mil once, y con la base de siete mil cuatrocientos cincuenta y tres dólares con veintisiete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 425564, marca: B. M. W., categoría: automóvil, VIN: WBADT41070GY23849, año: 2001, color: plateado, cilindrada: 2.494 c.c. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de noviembre de dos mil once, con la base de cinco mil quinientos ochenta y nueve dólares con noventa y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil once con la base de mil ochocientos sesenta y tres dólares con treinta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el depósito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado (artículo 23 Ley de Cobro Judicial) a nombre de la persona que hace la postura. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Danilo Antonio Cummings. Exp. Nº 11-004734-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 17 de agosto del 2011.—Lic. Jacqueline Brenes Segura, Jueza.—RP2011254203.—(IN2011065698).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de setiembre de dos mil once, y con la base de un millón quinientos treinta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 402039, marca Hyundai, estilo Sonata, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie: KMHEM41BPYA174044, sedán 4 puertas, 2000, color vino, combustible gasolina, cuatro cilindros, 2000 c.c. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del seis de octubre de dos mil once, con la base de un millón ciento cincuenta y dos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de octubre de dos mil once con la base de trescientos ochenta y cuatro mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ricardo Javier Alemán Tijerino contra María José Quesada Chaves. Exp. Nº 11-017539-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2011.—Lic. Ericka Esther Robleto Artola, Jueza.—RP2011254223.—(IN2011065699).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del primero de noviembre de dos mil once, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca del partido de San José, matrícula número 00103904-000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 03 Calle Blancos, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle con siete metros y treinta y cinco centímetros; al sur, Isrelvo Segura; al este, calle con doce metros y cincuenta centímetros y al oeste, Hernán Quirós Calvo. Mide: noventa y un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil once, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del primero de diciembre de dos mil once con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marietta Segura Barahona contra Inversiones Segura Quesada S. A. Exp. Nº 09-013412-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2011.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—(IN2011065983).

A las siete horas treinta minutos del veintitrés de setiembre del dos mil once. En la puerta exterior de Juzgado Penal de San Carlos, remataré: con la base de seiscientos ochenta mil trescientos treinta y siete mil colones con veinte céntimos; con un volumen de catorce punto cincuenta y cuatro metros cúbicos, un total de diez trozas de Roble Coral, tres trozas de Manú, una troza de Zopilote y 98 postes de Manú; madera que se encuentra en depósito en finca de Ronald Rojas Rojas. Se remata por estar ordenado así en la comisión Nº 35-C2-2011, en causa Nº 11-201487-306-PE, que se instruyó por el delito de infracción a la Ley Forestal, contra Ronald Rojas Rojas en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada.—Lic. Luis Diego Calvo Madrigal, Juez—(IN2011066005).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del veintiuno de setiembre de dos mil once, y con la base de diecinueve mil quinientos ochenta y nueve dólares con cuarenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 724472, marca Toyota, estilo RAV4, 2008, color plateado, carrocería todo terreno 4 puertas, chasis JTMBD31VX05136616, número de motor 2AZ2848084, cilindrada 2362 c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del seis de octubre de dos mil once, con la base de catorce mil seiscientos noventa y dos dólares con seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veinticuatro de octubre de dos mil once con la base de cuatro mil ochocientos noventa y siete dólares con treinta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica) S. A., contra Manfreed Venegas Brenes. Exp. Nº 11-018768-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2011.—Lic. Cynthia Sthepanie Blanco Valverde.—(IN2011066047).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de setiembre de dos mil once y con la base de doce millones ciento sesenta y tres mil quinientos veintidós colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas EE 022031, marca Komatsu, categoría equipo especial genérico, carrocería agropecuarios, chasis 201763, uso particular, estilo retroexcav, capacidad 1 persona, año 2002, color amarillo, número motor 26296731, combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de setiembre de dos mil once, con la base de nueve millones ciento veintidós mil seiscientos cuarenta y dos colones con dieciocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de octubre de dos mil once con la base de tres millones cuarenta mil ochocientos ochenta colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se Remata por ordenarse así en proceso ejecución prendariía de Banco HSBC (Costa Rica) S. A., contra Chinchimiricacula S. A., Enrique Ramírez Acuña. Exp. Nº 11-001814-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 8 de agosto del  2011.—Lic. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—(IN2011066049).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas del veintiuno de setiembre del dos mil once, y con la base de diez mil doscientos cincuenta y nueve dólares con cuarenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas, 770602, marca Kia, 2009, color negro, categoría automóvil, VIN KNABA24329T646496. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diez de octubre del dos mil once, con la base de siete mil seiscientos noventa y cuatro dólares con cincuenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintisiete de octubre del dos mil once con la base de dos mil quinientos sesenta y cuatro dólares con ochenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotianbank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Ronald Alonso Badilla Navarro. Exp. Nº 10-001135-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 24 de junio del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011066074).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita en las citas: 0237-00001025-01-0901-001, a las ocho horas con treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil once, y con la base de ciento ochenta y siete mil ochocientos cuarenta dólares con cuarenta y seis centavos moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos mil trescientos noventa y dos-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito quinto, Santo Tomás, cantón tercero, Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, María Teresa González Villalobos; al este, Bienes y Fincas Blanco Sociedad Anónima y al oeste, Fernando Castro Vargas. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del diecisiete de octubre de dos mil once, con la base de ciento cuarenta mil ochocientos ochenta dólares con treinta y cinco centavos moneda del curso legal de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del treinta y uno de octubre de dos mil once con la base de cuarenta y seis mil novecientos sesenta dólares con once centavos moneda del curso legal de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra 3-102-469180 Sociedad de Responsabilidad Limitada, Luis Diego Herrera Elizondo. Exp. Nº 11-000214-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 17 de agosto del 2011.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—(IN2011066075).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil once, y con la base de quince mil novecientos cuarenta y un dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cuarenta y ocho mil novecientos treinta y uno cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, carretera interamericana; al sur, Romelia Campos Cordero; al este, Odilón Barrantes Monge y al oeste, calle pública. Mide: trescientos cincuenta metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil once, con la base de once mil novecientos cincuenta y cinco dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de noviembre del dos mil once, con la base de tres mil novecientos ochenta y cinco dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Macarmita Sociedad Anónima contra Henry Valverde Piedra. Exp. Nº 11-000327-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón, 4 de agosto del 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2011254235.—(IN2011066127).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas; 0391-00015531-01-0896-001, servidumbre trasladada; citas; 0391-00015531-01-0897-001, a las once horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del dos mil once y con la base de veinte mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos dos mil ochocientos cuarenta y uno cero cero cero la cual es terreno con una casa, lote 77 A. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 de Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Martha Martínez Hidalgo; al sur, Clara Valverde Díaz; al este, calle pública y al oeste, IMAS. Mide: ciento cuarenta y un metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinte de octubre del dos mil once, con la base de quince mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de noviembre del dos mil once con la base de cinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) segunda finca, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas; 0380-00003481-01-0900-001, servidumbre trasladada; citas; 0380-00003481-01-0901-001; reservas de la Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas, 0518-00000074-01-0009-001, a las once horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del dos mil once, y con la base de quince mil seiscientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y cuatro mil ochocientos cuatro cero cero cero la cual es terreno de frutales. Situada en el distrito 04, Bahía Ballena, cantón 05 de Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte; calle pública con 34 metros 69 centímetros; al sur; María Alba Ureña Núñez; al este; María Alba Ureña Núñez y al oeste, servidumbre de 93 metros 13 centímetros. Mide: tres mil ciento noventa y cuatro metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinte de octubre del dos mil once, con la base de once mil setecientos dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de noviembre del dos mil once con la base de tres mil novecientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Macarmita Sociedad Anónima contra Juan Carlos Barrantes Ramírez. Exp. Nº 11-000326-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón, 20 junio del 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2011254238.—(IN2011066128).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada al tomo: 319; asiento: 1866, servidumbre de paso al tomo: 432: asiento: 6962, a las ocho horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil once, y con la base de veintidós mil cuatrocientos ochenta y un dólares con ochenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 600277-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 San Jerónimo, cantón 14 Moravia de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con servidumbre de salida y Ema Hernández Castro; al sur, José Daniel y Gil Gerardo Mora Quirós; al este, servidumbre de salida con 63.17 y al oeste, José Francisco Pérez Sánchez. Mide: cuatrocientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de octubre de dos mil once, con la base de dieciséis mil ochocientos sesenta y un dólares con treinta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil once, con la base de cinco mil seiscientos veinte dólares con cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Yan Jil Liu Lee contra José Francisco Badilla Brenes. Exp. Nº 10-028126-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de junio del 2011.—Msc. Jéssica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—RP2011254290.—(IN2011066129).

A las diez horas quince minutos del veintiocho setiembre de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa juzgado, al mejor postor, libres de gravámenes hipotecarios y anotaciones, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0303-00004673-01-0901-001, 0311-00002623-01-0901-001, reservas y restricciones bajo las citas 0309-00002129-01-0901-001, servidumbre de paso bajo las citas 0417-00002042-01-0002-001, servidumbre de aguas pluviales bajo las citas 0449-00016186-01-0001-001 y 0450-00013821-01-0001-001, con la base de $2.316,83 para la finca 388.457-000, la base de $3.694,96 para la finca 388.537-000, la base de $2.746,12 para la finca 388.538-000, la base de $2.272,99 para la finca 388.539-000, la base de $2.783,60 para la finca 388.543-000, la base de $3.732,58 para la finca 388.544-000, la base de $2.971,53 para la finca 388.545-000, la base de $2.618,67 para la finca 388.546-000, la base de $2.381,23 para la finca 388.548-000, la base de $2.381,23 para la finca 388.549-000, la base de $2.899,15 para la, finca 388.617-000 y la base de $2.194,11 para la finca 388.618-000, remataré: primera: finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número 388.457-000 que se describe así: terreno para construir, bloque A, lote 1. Sito: en el distrito primero, Quesada, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, calle pública con un frente de 15,08 metros, sur, y este, Ólger Rojas Pérez y al oeste, lotes 2 y 4. Mide: ciento setenta y un metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Segunda: finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número 388.537-000 que se describe así: terreno para construir, bloque C, lote 11. Sito: en el distrito primero, Quesada, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, lote 13, sur, Maderas Calidad San Carlos número 21 S. A., y en medio calle pública con un frente de 12 metros, este, Municipalidad de San Carlos y al oeste, lote 12. Mide: doscientos setenta y tres metros con diez decímetros cuadrados : Tercera finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número 388.538-000 que se describe así: terreno para construir, bloque C, lote 12. Sito: en el distrito primero, Quesada, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, lote 13, sur, calle pública con un frente de 12 metros, este, lote 11 y al oeste, parque de la municipalidad de San Carlos. Mide: doscientos dos metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Cuarta: finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número 388.539-000 que se describe así: terreno para construir, bloque C, lote 13. Sito: en el distrito primero, Quesada, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, lote 14, sur, lotes 11 y 12, este, municipalidad de San Carlos y al oeste, calle pública con un frente de 8 metros lineales. Mide: ciento sesenta y ocho metros cuadrados. Quinta: finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número 388.543-000 que se describe así: terreno para construir, bloque C, lote 17. Sito: en el distrito primero, Quesada, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, calle pública con un frente de 18.91 metros, sur, lote 16, este, maderas calidad San Carlos número 21 S. A., y al oeste, maderas calidad San Carlos número 21 S. A., En medio calle pública con un frente de 8 metros lineales. Mide: doscientos cinco metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Sexta: finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número 388.544-000 que se describe así: terreno para construir, lote 1, bloque d. Sito: en el distrito primero, Quesada, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, calle pública con un frente de 15.62 metros, sur, lote 2, este, calle pública con un frente de 8.32 metros y al oeste, lote 3. Mide: doscientos setenta y cinco metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Sétima: finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número 388.545-000 que se describe así: terreno para construir, lote 2, bloque D. Sito: en el distrito primero, Quesada, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, lote 1, sur, parque municipal de San Carlos, este, calle pública con un frente de 15.7 metros y al oeste, 3, 4 y 5. Mide: doscientos diecinueve metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Octava: finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número 388.546-000 que se describe así: terreno para construir, lote 3, bloque D. Sito: en el distrito primero, Quesada, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, maderas calidad San Carlos número 21 S. A., en medio calle pública con un frente de 17.50 metros, sur, lote 4, este, lotes 1 y 2 y al oeste, maderas calidad San Carlos número 21 S. A., en medio calle pública con un frente de 10.91 metros. Mide: ciento noventa y tres metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Novena finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número 388.548-000 que se describe así: terreno para construir, lote 5, bloque D. Sito: en el distrito primero, Quesada, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, lote 4, sur, lote 6, este, lote 2 y parque de la Municipalidad de San Carlos y al oeste, maderas calidad San Carlos número 21 S. A., en medio con calle pública con un frente de 8 metros. Mide: ciento setenta y seis metros cuadrados. Décima: finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número 388.549-000 que se describe así: terreno para construir, lote 6, bloque D. Sito: en el distrito primero, Quesada, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, lote 5, sur, lote 7, este, maderas calidad San Carlos número 21 S. A., y al oeste, calle pública con 8 metros lineales. Mide: ciento setenta y seis metros cuadrados. Décima primera: finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número 388.617-000 que se describe así: terreno para construir, bloque F, lote 21. Sito: en el distrito primero, Quesada, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, lote 22, sur, maderas calidad San Carlos número 21 S. A., en medio calle pública con un frente de 26.86 metros lineales, este, lote 20 y al oeste, maderas calidad San Carlos número 21 S. A., En medio calle pública con un frente de 5.50 metros. Mide: doscientos catorce metros con veintiocho decímetros cuadrados. Décima segunda: finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número 388.618-000 que se describe así: terreno para construir, bloque F, lote 22. Sito: en el distrito primero, Quesada, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, lote 23, sur, lote 21, este, lote 19 y al oeste, maderas calidad San Carlos número 21 S. A., En medio calle pública con un frente de 7.50 metros. Mide: ciento sesenta y dos metros con diecisiete decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de $1.737,62 para la finca 388.457-000, la suma de $ 2.771,22 para la finca 388.537-000, la suma de 2.059,59 para la finca 388.538-000, la suma de $ 1.074,75 para la finca 388.539-000, la suma de $ 2.087,70 para la finca 388.543-000, la suma de $ 2.799,44 para la finca 388.544-000, la suma de $ 2.228,65 para la finca 388.545-000, la suma de $ 1.964,01 para la finca 388.546-000, la suma de $ 1.785,93 para la finca 388.548-000, la suma de $ 1.785,93 para la finca 388.549-000, la suma de $ 2.174,37 para la finca 388.617-000 y la suma de $ 1.645,59 para la finca 388.618-000, se señalan las: diez horas quince minutos del doce de octubre de dos mil once. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de $ 579,20 para la finca 388.457-000, la suma de $ 923,74 para la finca 388.537-000, la suma de $ 686,53 para la finca 388.538-000, la suma de $ 568,24 para la finca 388.539-000, la suma de $ 695,90 para la finca 388.543-000, la suma de $ 933,14 para la finca 388.544-000, la suma de $ 742,88 para la finca 388.544-000, la suma de $ 742,88 para la finca 388.545-000, la suma de $ 654,66 para la finca 388.546-000, la suma de $ 595,30 para la finca 388.548-000, la suma de $ 595,30 para la finca 388.549-000, la suma de $ 724,78 para la finca 388.617-000, la suma de $ 548,52 para la finca 388.618-000, se señalan las diez horas quince minutos del veintisiete de octubre de dos mil once. Se rematan por ordenarse así en expediente número 11-100360-0297-CI que es ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Inmobiliaria Los Soñadores S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 9 de agosto de 2011.—Lic. Martha Chaves Chaves, Jueza.—RP2011254309.—(IN2011066130).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las once horas y cero minutos del veinte de setiembre del dos mil once, y con las bases siguientes para cada una de las fincas de cincuenta y seis mil doscientos cincuenta dólares exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: 1- finca inscrita en el Registro Público, partido de partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y ocho mil cincuenta y cuatro cero cero cero la cual es lote sesenta y siete terreno para construir.- situada en el distrito Sardinal, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote sesenta y ocho; al sur, lote sesenta y seis; al este, Extency Internacional S. A., y al oeste, avenida primera con dieciocho, noventa y cinco metros. Mide: setecientos cincuenta y siete metros con setenta decímetros cuadrados. Plano catastrado Nª. G-0373073-1996. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de octubre del dos mil once, con la base para cada una de las fincas de cuarenta y dos mil ciento ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de octubre del dos mil once con la base para cada una de las fincas de catorce mil sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hacienda El Sahino Sociedad Anónima contra West Mersea Enterprices Limitada. Exp. Nº 11-000144-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 5 de agosto del 2011.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2011254592.—(IN2011066959).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil once, y con la base de tres millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos doce mil cuatrocientos cuarenta-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Juan, cantón Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rafael Ángel del Rosario Fallas Castro; al sur, Rafael Ángel Del Rosario Fallas Castro; al este, calle pública con 8 metros y al oeste, Rosania Vega Portuguez. Mide: cuatrocientos quince metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil once, con la base de dos millones doscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil once con la base de setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Laura del Sol Limitada contra Rafael Ángel Fallas Castro. Exp. Nº 10-000588-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 1 de julio del 2011.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2011254497.—(IN2011066961).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada con citas 0389-00013920-01-0903-001; a las nueve horas y treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil once, y con la base de cuarenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos cuarenta y dos mil ciento cuarenta y dos-cero cero cero la cual es terreno con una casa . Situada en el distrito 08 Bolívar, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela . Colinda: al norte, Córdoba y Suárez S. A.; al sur, calle pública con 12.32 metros de frente; al este, Córdoba y Suárez S. A. y al oeste, Córdoba y Suárez S. A. Mide: doscientos treinta y siete metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil once, con la base de treinta millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil once con la base de diez millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Amparo Caridad Granja Montenegro. Exp. Nº 11-000167-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 1º de agosto del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2011254702.—(IN2011066962).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios;; a las trece horas y treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil once, y con la base de cinco millones doscientos veintiún mil trescientos setenta y dos colones con cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y dos mil sesenta y tres cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito dos La Virgen, cantón diez Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con un frente de ocho metros; al sur, lote A-ochenta y ocho; al este, lote A-sesenta y nueve y al oeste, lote A-sesenta y siete. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de octubre de dos mil once, con la base de tres millones novecientos dieciséis mil veintinueve colones con tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil once, con la base de un millón trescientos cinco mil trescientos cuarenta y tres colones con un céntimo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de PZ. R. L., contra Yélsica López Hernández. Exp. Nº 10-000398-0930-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pococí, 19 de agosto del 2011.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—RP2011254740.—(IN2011066963).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas del veintisiete de setiembre de dos mil once, y con la base de cuatro millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y tres mil quinientos cuarenta-cero cero cero, la cual es terreno de café lote 19. Situada en el distrito sexto San Juan, cantón sexto Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 8.00 metros de ancho, con un frente a ella de 10.00 metros; al sur; al este, y al oeste, con Desarrolladora La Abuela S. A. Mide: ciento setenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del once de octubre de dos mil once, con la base de tres millones ciento cincuenta mil colones, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintiséis de octubre de dos mil once, con la base de un millón cincuenta mil colones, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Yorleny García Porras. Exp. 11-000288-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 1º de agosto del 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2011254336.—(IN2011066131).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso AyA; a las quince horas del veintitrés de setiembre de dos mil once, y con la base de cincuenta y cinco mil cuatrocientos dieciocho dólares con cincuenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F 42888 cero cero cero la cual es terreno filial C catorce apta para construir que se destinará a uso habitaciones la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito primero Alajuelita, cantón diez Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle; al sur, finca filial C-23; al este, finca filial C-15 y al oeste, finca filial C-13. Mide: ciento cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del diez de octubre de dos mil once, con la base de cuarenta y un mil quinientos sesenta y tres dólares con ochenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se; señalan las quince horas del veinticinco de octubre de dos mil once con la base de trece mil ochocientos cincuenta y cuatro dólares con sesenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho, La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alejandro Alpízar Delgado. Exp. 10-000572-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de agosto del 2011.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2011254387.—(IN2011066132).

A las 14:15 horas del 28 de setiembre de 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0361-00019360-01-0900-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de ¢17.436.527,40, remataré: finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela, Folio Real Matrícula número 429.879-000, que es terreno de pasto sito en San Rafael de Guatuso, distrito primero, del cantón quince de la provincia de Alajuela. Linda al norte, Ganadera Pococí S. A. y calle pública con frente a ella de 31,34 metros, al sur, y al oeste, Ganadera Pococí S. A., y al este, Ganadera Pococí S. A. y servidumbre de paso con un frente a ella de 47,22 metros lineales. Mide: tres mil ciento veintisiete metros con un decímetro cuadrado. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢13.077.395,55, se señalan las: 14:15 horas del 12 de octubre de 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢4.359.131,85, se señalan las: 14:15 horas del 27 de octubre de 2011. Se remata por ordenarse así en Exp. 11-100768-297-CI (2B) ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Rita María Solórzano Vargas y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos. Ciudad Quesada, 18 de agosto del 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2011254410.—(IN2011066133).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del diez de noviembre del año dos mil once, y con la base de veinticuatro mil quinientos diecisiete dólares con veintinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil trescientos cincuenta y ocho cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Heredia, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle del ferrocarril; al sur, Elieth Venegas; al este, Juan Rivera y al oeste, la santa iglesia de Pentecostés. Mide: doscientos sesenta y nueve metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil once, con la base de dieciocho mil trescientos ochenta y siete dólares con noventa y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del trece de diciembre del año dos mil once con la base de seis mil ciento veintinueve dólares con treinta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Dámaso de Sicilia Sociedad Anónima contra Elías Alonso Vindas Segura, Elizabeth Rodríguez Molina. Exp. 11-000687-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 9 de agosto del 2011.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—RP2011254430.—(IN2011066134).

A las diez horas del diecinueve de setiembre del dos mil once en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, soportando reservas y restricciones, y con la base de un millón de colones, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número 00070336 derechos 000, que es terreno para construir con una casa; sito en el distrito 01 Miramar, cantón Montes de Oro de la provincia de Puntarenas; linda: al sur, con Otilia Muñoz Fernández, al este, calle pública con 16 m 26 cm, al oeste, Alonso Estevanovich González, al norte, Víctor Julio Ramírez Ramírez, mide: doscientos setenta y tres metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano número P-0766786-1988. De resultar fracasado el anterior remate, y con la rebaja del veinticinco por ciento de la primera base sea la suma de setecientos cincuenta mil colones llévese a cabo una segunda almoneda la cual tendrá lugar en la puerta exterior de este, Despacho a las diez horas del cuatro de octubre del dos mil once. Finalmente y de resultar fracasado este, segundo remate y con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de doscientos cincuenta mil colones celébrese la tercer y última subasta en la puerta exterior de este, local, para lo cual se señalan las diez horas del veinte de octubre del dos mil once, se le informa a las personas jurídicas que tengan interés en participar de la almoneda que, en caso de realizar el depósito de participación mediante cheque certificado, el mismo deberá ser girado con antelación a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. En caso de resultar insubsistente alguno de los remates señalados como eventuales almonedas fracasadas se mantendrá incólume la base original de la primera subasta. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ejecución hipotecaria Banco de Costa Rica c/ Carmen Lidia Montoya Agüero. Expediente número 11-100883-0432-CI-1.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, a las diez horas tres minutos del veintisiete de junio del dos mil once.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2011066383).

En la puerta exterior que ocupa este Despacho a las ocho horas del seis de octubre del dos mil once, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de diecisiete millones doscientos trece mil seiscientos noventa colones con dieciséis céntimos, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número ciento un mil trescientos setenta y dos-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, sito en distrito octavo Barranca del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda al noreste, sureste, y suroeste, con Albertina Parajeles Hernández, y al noroeste, con calle pública con quince metros de frente. Mide quinientos noventa metros con ocho decímetros cuadrados, según plano P-cero dos nueve nueve ocho tres cuatro-mil novecientos noventa y seis. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del veintiuno de de octubre del dos mil once, con la base de doce millones novecientos diez mil doscientos sesenta y siete colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del cuatro de noviembre del dos mil once, con la base de cuatro millones trescientos tres mil cuatrocientos veintidós colones con cincuenta y cuatro céntimos (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 11-100261-642-CI-3 de Banco Nacional de Costa Rica contra: Paulo Castro González y otro.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—(IN2011066384).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del catorce de setiembre del año dos mil once, y con la base de doce millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y tres mil seiscientos catorce cero cero cero la cual es terreno para construir lote B uno con casa. Situada en el distrito Santiago, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte lote B 9; al sur, calle pública; al este, lote B 2 y al oeste, Víctor Ruiz Camacho. Mide: ciento setenta metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del treinta de setiembre del año dos mil once, con la base de nueve millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de octubre del año dos mil once con la base de tres millones colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Guido Rodríguez Brenes, Jorge Rodríguez Araya, Proyectos e Inversiones Luis Fernández S. A., Rafael Ángel Arguedas Montero, Zeidy Sánchez Villalobos contra José Luis Montero Víquez. Exp. 10-003017-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 21 de julio del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2011066459).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, a las diez horas y cero minutos del diecinueve de setiembre de dos mil once y con la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula 289349-000, la cual es terreno para construir con una casa número 828, situada en el distrito Ipís, cantón Goicoechea, de la provincia de San José colinda al norte, con INVU y medianería; al sur, con INVU y medianería; al este, con INVU y medianería; y al oeste, con alameda Membrillo con 6,27 metros. Mide ochenta y siete metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de octubre dos mil once, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil once con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Miriam Álvarez Delgado, expediente número 11-000064-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 30 de junio del 201l.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—(IN2011066468).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción por colisión boleta 1089900014, Exp. 10-600545-500-TC; a las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil once, y con la base de trece mil ciento setenta y ocho dólares con diecisiete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 705964, marca: Hyundai, Tucson GL, año: 2008, color plateado, chasis y vin: KMHJM81BP8U743940. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de octubre de dos mil once, con la base de nueve mil ochocientos ochenta y tres dólares con sesenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil once con la base de tres mil doscientos noventa y cuatro dólares con cincuenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A., contra Édgar Granados Méndez. Exp. 10-003309-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de julio del 2011.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2011066471).

En este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando dos infracciones por colisión, boletas 2005356621 y 10-778-8; a las ocho horas treinta minutos del trece de octubre del dos mil once, y con la base de cuatro mil quinientos treinta y cuatro dólares con treinta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo 615643, marca: Renault-Megane, año: 2006, negro, chasis y vin: VF1LM1B0H34433704, 1598 cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil once, con la base de tres mil trescientos noventa y ocho dólares con cincuenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de noviembre del dos mil once con la base de mil ciento treinta y dos dólares con ochenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. contra Giselle Sánchez Solano. Exp. 10-003266-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de julio del 2011.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2011066472).

En este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del trece de octubre de dos mil once, y con la base de veintidós mil doce dólares con setenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo 704348, marca: SSang Yong, Rexton RX 270, año: 2008, chasis y vin: PTG0B1FS8P251358, año: 2008. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de octubre de dos mil once, con la base de dieciséis mil quinientos nueve dólares con cincuenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil once con la base de cinco mil quinientos tres dólares con diecinueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. contra Mauricio Porras Ramírez. Exp. 10-002905-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de julio del 2011.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2011066473).

A las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil once, en la puerta de este Juzgado, en el mejor postor, y con la base que se dirá remataré: vehículo placas quinientos noventa y seis mil setecientos cincuenta y uno, marca Isuzu, estilo Troopers, categoría automóvil, serie JACDH cinco ocho V cinco P siete nueve uno uno ocho tres seis, carrocería station wagon o familiar, tracción cuatro por cuatro, chasis JACDH cinco ocho V cinco P siete nueve uno uno ocho tres seis, año mil novecientos noventa y tres, cabina sencilla, color blanco, vin JACDH cinco ocho V cinco P siete nueve uno uno ocho tres seis, capacidad cinco personas; por la base de dos millones doscientos mil colones netos; y el vehículo placas CL doscientos treinta y cuatro mil doscientos noventa, marca Toyota, estilo Hilux SR cinco, categoría carga liviana, capacidad cuatro personas, serie JT cuatro VN uno tres GXL cinco cero uno cinco seis dos uno, carrocería caja abierta o cam-pu, tracción cuatro por cuatro, chasis VZN uno uno cero cinco cero uno cinco seis dos uno, año de fabricación mil novecientos noventa, cabina extracabina, vin JT cuatro VN uno tres GXL cinco cero uno cinco seis dos uno, por la base de tres millones setecientos mil colones netos. En caso de que en el primer remate no hubiere postores, para realizar un segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base original de cada uno de los vehículos, se señalan las nueve horas del dieciocho de octubre del dos mil once. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de los vehículos, y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las nueve horas del primero de noviembre de dos mil once. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante, por el veinticinco por ciento (25%) de la base original de las herramientas. Publíquese el edicto de ley dos veces, en días consecutivos, en La Gaceta. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Notificaciones Judiciales (Ley de Notificaciones Judiciales número 8687 publicada en La Gaceta número 20 del 29 de enero del año 2009). Se rematan por ordenarse así en Expediente N° 09-40006-0389-FA (66-2-2011)-B, proceso ejecución de sentencia de: Glenda Isabel Pérez Rojas contra Édgar Vindas Rojas.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, 18 de agosto del 2011.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—(IN2011066476).

A las nueve horas del veintiuno de setiembre de dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de hipoteca de primer grado vencida sea la suma de tres millones quinientos mil colones al mejor postor se rematará: derecho a un medio en la finca del Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y tres mil noventa y nueve-cero cero tres, la cual es terreno y casa. Situada en el distrito ocho Mata Redonda, cantón uno San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 10 m, al sur, resto con 10 m y 02cm; al este, Haydée Murillo González con 19 m y 27 cm, y al oeste, Servic Transport Nacionales 19 m y 72 cm. Mide: ciento noventa y seis metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del cinco de octubre de dos mil once, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del once de octubre de dos mil once con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones. Lo anterior por ordenarse así dentro del proceso monitorio Nº 10-100073-0197-CI de José Francisco Rodríguez Valverde contra Elisa María Matamoros Calvo.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 10 de agosto del 2011.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—(IN2011066486).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil once, y con la base de diecinueve millones quinientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y tres mil quinientos cuarenta y uno cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle pública; al sur, Maritza Cecilia Meza Valverde; al este, Maritza Cecilia Meza Valverde y al oeste, Luis Alberto Rivas Muñoz. Mide: ochocientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del siete de octubre del dos mil once, con la base de catorce millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil once, con la base de cuatro millones ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Eddy Antonio Álvarez Rivas. Exp. 10-003026-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 29 de julio del 2011.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—(IN2011066516).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil once, y con la base de seis mil trescientos cincuenta y cuatro dólares con treinta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 723998, marca Chevrolet, categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas Hatchbak, chasis KL1MJ61048C411502, uso particular, estilo Spark LS, capacidad 5 personas, año 2008, color amarillo, número motor SM, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil once, con la base de cuatro mil setecientos sesenta y cinco dólares con setenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil once con la base de mil quinientos ochenta y ocho dólares con cincuenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Enrique Companioni Graña. Exp. 11-016443-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 8 de agosto del 2011.—Lic. Katia María Araya Jácome, Jueza.—(IN2011066518).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del tres de octubre de dos mil once, y con la base de veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 177868-000 la cual es terreno lote 27-D terreno para construir. Situada en el distrito 12 Tambor, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 26-D; al sur, calle pública con 39 metros 81 centímetros de frente; al este, lote 28-D y al oeste, calle pública con 21 metros 95 centímetros de frente. Mide mil ciento trece metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de octubre de dos mil once, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de noviembre de dos mil once con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Sara Ester Flores Castillo. Exp. 11-000615-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 27 de julio del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—(IN2011066519).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; de la siguiente manera: para el primer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veinte de setiembre del año dos mil once, en el cual se rematan: 1) Romana Tor Rey modelo L-PCR-20 Nº 2825 Nº 12105, color plateada, eléctrica, pantalla digital, en buen estado, con la base de setenta mil colones exactos, 2) 200 rollos de candelas Rincón Mágico (sirios 4.5.) con la base de sesenta mil colones exactos, 3) Dos cajas de candelas botiva 4.5, a ¢25.000 cada caja con la base total de cincuenta mil colones exactos, 4) 20 cajas de candelarios sirios 5.5. X 8.6 con la base total de quinientos mil colones exactos. Para el segundo remate, se señalan la diez horas y quince minutos del seis de octubre del año dos mil once en el cual se rematan: romana Tor Rey modelo L-PCR-20 Nº 2825 Nº 12105, color plateada, eléctrica, pantalla digital, en buen estado, con la base de cincuenta y dos mil quinientos colones exactos, (rebajada en un 25%). 2) 200 rollos de candelas Rincón Mágico (sirios 4.5.) con la base de cuarenta y cinco mil colones exactos, (rebajada en un 25%). 3) Dos cajas de candelas botiva 4.5, a ¢25.000 cada caja con la base total de treinta y siete mil quinientos colones exactos, (rebajada en un 25%). 4) 20 cajas de candelarios sirios 5.5. X 8.6 con la base total de trescientos setenta y cinco mil colones exactos, (rebajada en un 25%). Para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de octubre del año dos mil once en la cual se rematan: romana Tor Rey modelo L-PCR-20 Nº 2825 Nº 12105 color plateada, eléctrica, pantalla digital, en buen estado, con la base de diecisiete mil quinientos colones exactos, (un 25% de la base original). 2) 200 rollos de candelas rincón mágico (sirios 4.5.) con la base de quince mil colones exactos, (un 25% de la base original). 3) Dos cajas de candelas botiva 4.5, a ¢25.000 cada caja con la base total de doce mil quinientos colones exactos, (un 25% de la base original). 4) 20 cajas de candelarios sirios 5.5. X 8.6 con la base total de ciento veinticinco mil colones exactos, (un 25% de la base original). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se rematan por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Municipalidad de Heredia contra Allan Monge Benavides. Exp. 05-002739-0370-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 18 de julio del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—O. C. Nº 53948.—Solicitud Nº 48027.—C-38500.—(IN2011066543).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas del diecinueve de setiembre del dos mil once, y con la base de un millón ochocientos cincuenta y dos mil ochocientos veinticuatro colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 555016, marca Isuzu, estilo Amigo, carrocería automóvil, serie 4S2CK57D8W4364394, tracción 4X2, color azul, año 1998. Para el segundo remate se señalan las diez horas del cuatro de octubre del dos mil once, con la base de un millón trescientos ochenta y nueve mil seiscientos dieciocho colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del diecinueve de octubre del dos mil once con la base de cuatrocientos sesenta y tres mil doscientos seis colones con seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima contra Carlos Sharpe Fergunson. Exp. 10-003329-0370-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 20 de julio del 2011.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2011066618).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada, citas: 0319-00011206-01-0002-001, hipoteca de primer grado, citas: 0434-00012394-01-0001-001, y habitación familiar, citas: 0434-00012394-01-0031-001; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de setiembre de dos mil once, y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta mil doscientos setenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para cultivar café. Situada en el distrito 02 Guaitil, cantón 12 Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Claudio Mora; al sur, calle en medio Francisco Chinchilla; al este, Claudio Mora y al oeste, calle pública en medio Manuel Quirós. Mide: quinientos ochenta y nueve metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre de dos mil once, con la base de tres millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil once con la base de un millón de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Alberto Vargas Moreno contra Óscar Eduardo Navarro Segura. Exp. Nº 11-014193-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2011.—Lic. Ana Rita Valverde Zeledón, Jueza.—RP2011254857.—(IN2011067295).

A las nueve horas del veintiséis de setiembre del dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de setenta y nueve mil novecientos sesenta y nueve dólares americanos con veintiún centavos al mejor postor se rematará: finca del partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F cero cero cero treinta y cuatro mil trescientos veinte-cero cero cero (F00034320-000), la cual es finca filial uno ubicada en el primer nivel, destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común; al sur, calle pública; al este, área común libre y finca filial dos y al oeste, Kattia Fernández Quesada. Mide: ciento ochenta y tres metros con veintiún decímetros cuadrados. Para lo que se señalan las nueve horas del veintiséis de setiembre del dos mil once. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diez de octubre del dos mil once, con la base de cincuenta y nueve mil novecientos setenta y seis dólares americanos con noventa centavos (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del diecinueve de octubre del dos mil once con la base de diecinueve mil novecientos noventa y dos dólares americanos con treinta centavos (25% de la base inicial). Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 11-100229-0197-CI, de El Gambito Vianes S. A., contra Veintiún Mil Treinta S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 17 de agosto del 2011.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—RP2011254859.—(IN2011067296).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del veinte de setiembre del dos mil once, y con la base de veintiún mil quinientos setenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 149991-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Condominio Guayacán Real de Bagaces; al sur, calle pública con 30,12 metros; al este, Adrián Echeverría Alfaro y al oeste, Adrián Echeverría Alfaro. Mide: novecientos cuarenta y un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de octubre del dos mil once, con la base de dieciséis mil ciento setenta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil once, con la base de cinco mil trescientos noventa y dos dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Yorlenne Cerdas Moya. Exp. Nº 11-000234-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 17 de agosto del 2011.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—RP2011254793.—(IN2011067297).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones con citas de inscripción 0358-00001834-01-0900-001, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil once, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 430181.000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 7 Fortuna, cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, Evelio Céspedes. Mide: seiscientos ochenta metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre de dos mil once, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de octubre de dos mil diez con la base de un millón colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sofía Melina Solano Obando contra Kattia Maritza Arroyo Rodríguez. Expediente Nº 11-017731-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 23 de agosto del 2011.—Lic. Cynthia Stephanie Blanco Valverde, Jueza.—(IN2011067342).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Cristhian Alberto Jiménez Salazar, mayor, soltero, estudiante, vecino de Jiménez de Pococí, 150 metros al sur, y 75 metros al oeste, de la escuela y portaba la cédula de identidad 701410658, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del diez de octubre de dos mil once, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 10-000547-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 6 de julio del 2011.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—RP2011254784.—(IN2011067298).

Títulos Supletorios

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Guillermo Solano Pérez, cédula de identidad número seis-ciento catorce-trescientos noventa y ocho, casado una vez, guarda, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del Partido de Puntarenas, que es terreno de pasto y montaña, sito en Bajo Zamora distrito primero Miramar, cantón cuarto Montes de Oro de la provincia de Puntarenas. Linda al norte con calle pública con un frente a ella de seiscientos noventa punto cuarenta y cuatro metros lineales, al suroeste con Hermanos Anchía S. A y yurro y al sureste con Santos Benigno Solano Montero. Mide: once hectáreas, según plano catastrado P-Un millón trescientos veintiún mil treinta y tres-dos mil nueve. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de compra que le hizo al señor Santos Benigno c. c. Jorge Solano Montero, el inmueble lo estima en la suma de seis millones de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto.- Información Posesoria N° 09-160134-642-AG-3 de Guillermo Solano Pérez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía y Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2011253669.—(IN2011064901).

Se hace saber que en este juzgado se ha presentado el proceso de diligencias de información posesoria, expediente N° 09-000503-0388-CI, promovidas por Antonio José Díaz Granados, quien es mayor, casada una vez, industrial, cédula 3-225-451; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, la finca que se describe a continuación: naturaleza: terreno para construir, situado en San Blas, distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo y provincia 05 Guanacaste, plano catastral: G-479090-98, Medida: 357.31 m2. Linderos: norte, calle pública con un frente de diecinueve metros diez centímetros, sur, Severino Vallejos Bustos, este: Ana María Gutiérrez Angulo y oeste, calle pública con un frente de veinte metros con ochenta y tres centímetros. Indica la promotora que la finca no ha sido inscrita en el Registro Público, que carece de título inscribible de dominio, que la solicitud no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio y no existente cargas reales o gravámenes ni condueños; estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones. Indica también que la finca la adquirió por cesión de derechos que le hizo el señor Juan Rafael Angulo Gutiérrez portador de la cédula de identidad número 5-234-506 hace aproximadamente quince años y que desde ese entonces la ha poseído en forma pública, pacífica, continua y a título de única poseedora y dueña. Que sus actos de posesión han consistido en habitar una casa, hechura de cercas, pago de canon municipales. Ante el Registro Público de la Propiedad, mediante certificación registral de fecha 02 de octubre del 2009 no aparecen bienes inscritos a su nombre bajo el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias (certificación de folio 8). Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la ley supracitada, se emplaza a todos los interesados en este asunto para que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 20 de octubre de 2010.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—RP2011253706.—(IN2011064902)

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria agraria promovida por Cecilia López Espinoza, mayor, costarricense, casada una vez, maestra, vecina de Cañas, cédula cinco-ciento sesenta y cuatro-quinientos noventa y uno, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para agricultura, sito en Coyolito de Manzanillo, distrito sexto del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con Jorge Chávez Fernández y servidumbre de paso con un ancho de nueve metros; al sur, finca de la empresa Coyolito Sociedad Anónima; al este, Juan Carlos Brenes Mata y al oeste, con quebrada El Coyolito Sociedad Anónima, mide: dos mil trescientos sesenta y siete metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-un millón doscientos ochenta y dos mil doscientos cincuenta y seis-dos mil ocho. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de posesión derivada, compra, el inmueble lo estima en la suma de un millón quinientos mil colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria agraria Nº 11-16020-642-AG-2.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2011253763.—(IN2011065313).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria agraria promovida por José Chaves Fernández, mayor, costarricense, casado una vez, agricultor, vecino de Cañas, cédula seis-ciento ochenta y tres-seiscientos ochenta y cuatro, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para agricultura, sito en Coyolito de Manzanillo, distrito sexto del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda al noreste, con Santos Bejarano García; al sureste, Nuria Bejarano García; al este, Nuria Bejarano García y en parte con servidumbre con un frente de nueve metros y al oeste, con quebrada El Coyolito, mide: seiscientos ochenta y ocho metros con cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-un millón doscientos ochenta y dos mil doscientos cincuenta y siete-dos mil ocho. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de Posesión Derivada, compra, el inmueble lo estima en la suma de un millón de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria Agraria N° 11-16019-642-AG-1.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2011253764.—(IN2011065314).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Madrigal Jensen R & M S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos quince mil trescientos cuarenta, representada por Russell CharlesJensen, nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Quepos, Manuel Antonio de Puntarenas, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de frutales y montaña, sito en Paso Real, distrito tercero Naranjito del cantón sexto Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte; sur y al oeste, con Cultivando con Innovación Suizos Cis S. A, y al este, con calle pública con un frente a ella de trescientos doce metros con ochenta y ocho centímetros lineales, mide: treinta y seis mil trescientos seis metros con treinta y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-ocho ocho cuatro tres siete ocho-dos mil tres. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de posesión derivada, el inmueble lo estima en la suma de un millón de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir deberá hacerlo saber a este despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº 10-100053-425-CI-3.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Ólger Chavarría Chavarría, Juez.—1 vez.—RP2011253789.—(IN2011065315).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria, promovida por Madrigal Jensen R & M S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos quince mil trescientos cuarenta, representada por Russell CharlesJensen, nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Quepos, Manuel Antonio de Puntarenas, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de potrero, sito en Paso Real, distrito tercero Naranjito, del cantón sexto Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linda: al noreste. con cultivando con Innovación Suizos Cis S. A.; sureste, con río Paquita, y al oeste, con calle pública con un frente a ella de doscientos treinta y un metros con ocho centímetros lineales. Mide: diez mil trescientos cuarenta y cuatro metros cuadrados, según plano catastrado número P-ocho ocho cuatro tres siete siete-dos mil tres. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de posesión directa, el inmueble lo estima en la suma de un millón de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº 10-100052-425-CI-3.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2011253790.—(IN2011065316).

María Cecilia Salazar Vega, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de la Palmera de San Carlos, 200 metros sur de escuela, cédula Nº 2-289-1370, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por donación que le hiciere a Jorge Freddy Jiménez Rojas c. c. Jorge Freddy Porras Jiménez, quien es mayor, casado una vez, comerciante, cédula Nº 2-274-313, vecino de la Palmera de San Carlos, con quien me liga parentesco ya que es mi esposo, el 15 de agosto de 1995. Dicho terreno se describe así: terreno de zona verde con una casa de block, granja y árboles frutales, sito en distrito noveno, Palmera, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Marta Elena Gómez Araya y Geovanny Rojas Acuña; al sur, Jorge Freddy Porras Salazar y Mara Vega Cartín; este, Johnny Rojas Acuña y Ganadera Rosalbina S. A., y al oeste, Jorge Freddy Porras Salazar y calle pública con una medida frente a ella de 29,15 metros lineales. Mide: tres mil trienta y nueve metros cuadrados, según el plano catastrado número A-1388238-2009 de fecha 30 de noviembre de 2009. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de tres millones de colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente Nº 10-100229-0297-CI. Información posesoria promueve María Cecilia Salazar Vega.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 19 de mayo de 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—RP2011253825.—(IN2011065317).

Juana Isabel Vargas Acosta, mayor, soltera, ama de casa, de nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia número 155-801710700, vecina de Dulce Nombre de Ciudad Quesada, un kilómetro 600 metros al este de la plaza de deportes, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de La Propiedad la finca que le pertenece por compra que le hiciera a Ramón Arias Montenegro, quien es mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número 3-149-541, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, 25 norte del restaurant Wongs, el 13 de setiembre de 2006. Dicho inmueble se describe así: terreno para construir con una casa, sito en Dulce Nombre de Ciudad Quesada, distrito primero del cantón décimo, de la provincia de Alajuela. Mide: doscientos ochenta y tres metros ochenta y nueve decímetros cuadrados. Linderos: norte, Ramón Arias Montenegro; sur, José Francisco Blandón Castillo; este, calle pública con un frente de nueve metros cincuenta centímetros lineales, y oeste, servidumbre de paso con un frente de diez metros sesenta y un centímetros lineales, según plano catastrado número A-1021350-2005 de fecha 2 de setiembre del 2005. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y cargas reales, y fue estimado en la suma de cinco millones trescientos sesenta y dos mil colones y las presentes diligencias en la misma suma. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria promovida por Juana Isabel Vargas Acosta. Expediente Nº 10-100599-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 29 de julio del 2011.—Lic. Martha Chaves Chaves, Jueza.—1 vez.—RP2011254096.—(IN2011065700).

Roy Alberto Zúñiga Jiménez, mayor de edad, soltero, administrador de personal, vecino de La Tigra de San Carlos, 500 metros al norte de la Iglesia Católica, cédula de identidad número 2-454-190, solicita se levante Información Posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de La Propiedad la finca que le pertenece por compra venta que le hiciera a su primo Ronald Jiménez Arias, quien es mayor de edad, casado en primeras nupcias, ganadero, cédula 9-094-805, vecino de Monterrey de San Carlos, el 10 de agosto del 2010, por medio de escritura pública. Dicho inmueble se describe así: terreno para construir, sito en distrito doce, Monterrey, cantón décimo de la provincia de Alajuela. Mide: quinientos setenta y seis metros cuadrados. Linderos: norte, servidumbre de paso en medio de Ronald Alfredo Jiménez Arias; sur, Ronald Alfredo Jiménez Arias; este, calle pública con un frente a ella de 19 metros con 93 centímetros lineales, y oeste, Dinorah Arias Corella, según plano catastrado número A-1425191-2010, de fecha 8 de junio del 2010. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y cargas reales y fue estimado en la suma de un millón de colones y las presentes diligencias en la suma de cien mil colones. A todo aquel que tenga interés .en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria promovida por Roy Alberto Zúñiga Jiménez. Expediente Nº 10-101115-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 26 de mayo del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—RP2011254097.—(IN2011065701).

Carmen Lizano Zumbado, mayor, soltera, educadora, vecina de Santa Rosa de Pocosol, 700 metros al oeste de la Clínica, cédula de identidad 2-382-489, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por compra que le hiciere a Mélida Boza Miranda c.c Merida Zumbado Boza, mayor, viuda, oficios domésticos, vecina de San Gerardo de Pocosol, contiguo a la escuela, cédula de identidad 2-138-138, con quien me liga parentesco ya que es mi tía, el 18 de setiembre del 1983. Dicho terreno se describe así: terreno actualmente con patio y con salón Comunal, sito en distrito trece Pocosol, cantón diez San Carlos de la Provincia de Alajuela. Linda: al norte, este y oeste, Synthia Murillo Vargas, sur, calle pública con un frente de 46.30 centímetros lineales. Mide: novecientos setenta y seis metros con ochenta y seis decímetros cuadrados, según el plano catastrado número A-398597-97 de fecha 23 de abril de 1997. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de cien mil colones, al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto; Expediente Nº 10-100338-0297-CI. Información posesoria promueve Carmen Lizano Zumbado.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 11 de noviembre del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—RP2011254099.—(IN2011065702).

Passionate Garders S. A., cédula jurídica 3-101-511697, representada por Emilio Campos Paniagua, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Vito, Coto Brus, Barrio Lourdes, quinientos metros al oeste del Salón del Reino de los Testigos de Gehova, cédula de identidad 6-190-487, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: terreno: es terreno de potrero. Situado: Corredores, distrito primero, cantón décimo de la provincia de Puntarenas. Mide: doce hectáreas cinco mil ciento veinticuatro metros cuadrados con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Linda: norte, Marvin Cascante Amador; sur, reserva de Acueductos y Alcantarillados; este, Jesús María Salas Zamora, oeste, reserva de Acueductos y Alcantarillados, plano catastrado número P-1219707-08. Se estima el inmueble en la suma de seis millones de colones al igual que las presentes diligencias. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el registro. Información posesoria 11-000050-0419-AG, interno 60-3-11 de Passionate Gardeners S. A.—Juzgado Agrario de la Zona Sur, Corredores.—Lic. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—RP2011254149.—(IN2011065703).

Olman Alberto Menocal Sandoval, mayor, soltero, avicultor cédula 2-0533-0603, vecino de Esquipulas, Palmares, Alajuela, 300 metros norte del ebais, solicita se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de pasto con una casa de habitación, sito en Santa Rosa de Pocosol, distrito trece de San Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos; al norte y este, Luis Eduardo Zúñiga Meléndez; al sur, Reina Gatica Ortega, y al oeste, calle pública con un frente a ella de diecisiete metros con treinta y ocho centímetros lineales. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-1421342-2010 de fecha veintiuno de mayo de dos mil diez, una superficie de trescientos catorce metros cuadrados. El inmueble antes descrito lo adquirió el titulante por donación que le hiciera su padre Martín Menocal Brenes, mayor, casado una vez, agricultor, cédula 8-064-573, vecino de Esquipulas, Palmares, Alajuela, 300 metros norte del Ebais, quien le traspasó la propiedad y los derechos de posesión junto con las posesiones anteriores que sobrepasan la posesión decenal, ejercidos sobre dicha finca en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño, mediante escritura pública número ciento treinta y ocho, del tomo treinta y dos de la notaria pública Marta Emilia Rojas Carranza, otorgada a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil once. El fundo fue estimado en la suma de tres millones de colones y en igual suma fueron estimadas las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Expediente Nº 11-000092-0298-AG promovida por Olman Alb. Menocal Sandoval.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 19 de agosto del 2011.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011065982).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 10-000290-0390-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asoc. de Desa. Integ, de San Juan Quebrada Honda NI, quien es mayor, estado civil, vecino de San Juan de Quebrada Honda de Nicoya, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-141-890, profesión operador de maquinaria agrícola, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Quebrada Honda, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, río Nacaome; al este, Adriana Villegas Piñar, y al oeste, Adriana Villegas Piñar. Mide: mil seiscientos treinta y dos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble junta de vecinos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapias, cercas, rondas, tractoreo, construcción del redondel y salón comunal. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Asoc. de Desa. Integ de San Juan Quebrada Honda NI. Expediente Nº 10-000290-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 14 de octubre del 2010.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—1 vez.—(IN2011066105).

Se hace saber Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000095-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rosse Mary Gutiérrez Gómez, quien es mayor, estado civil casada dos veces, vecina de Guanacaste, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-0128-0541, profesión empresaria, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es de potrero. Situada en el distrito primero, Santa Cruz, cantón tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juana Arlina Gómez Gómez; al sur, Juana Arlina Gómez Gómez; al este, Inversiones Gralepois y Souc S. A. y calle pública con un frente a ella de veintisiete metros con ochenta y nueve centímetros lineales y al oeste Juana Arlia Gómez Gómez. Mide: dos hectáreas con mil ciento doce metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1342347-2009. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hizo a la señora Juana Arlina Gómez Gómez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta y cinco años, sumando la posesión de su anterior transmitente. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rosse Mary Gutiérrez Gómez. Exp. 11-000095-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste Santa Cruz, 10 de agosto del 2011.—Lic. José Wálter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2011254329.—(IN2011066135).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-000281-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Eric Gerardo Contreras Vásquez quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Carrillo, Guanacaste, Playa del Coco, barrio San Martín cien metros norte y cincuenta al este del bar Secretos, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-doscientos ochenta y dos-doscientos cincuenta y ocho, profesión guía de turismo, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de patio con una casa construida. Situada en el distrito tercero, Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle pública con veintidós metros setenta y seis centímetros lineales; al sur, Flor Marchena Marchena; al este, calle pública con doce metros con ochenta y nueve centímetros lineales y al oeste, José Manuel Dávila Peña. Mide: trescientos cincuenta y nueve metros con seis decímetros cuadrados. Plano catastrado G-1048822-2006. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante contrato de compraventa protocolizado en el protocolo del notario Javier Campos Chávez, y adquirió el terreno de parte de Joaquín Méndez Valdelomar, cédula número cinco-doscientos ochenta y dos-doscientos cincuenta y ocho el día dos de octubre de dos mil, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuidado y le ha dado mantenimiento desde que lo adquirió tal como limpieza de maleza y poda de árboles en lo que le queda al terreno útil en ese sentido. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Eric Gerardo Contreras Vásquez. Exp. 10-000281-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 6 de abril del 2011.—MSC. Rafael Antonio Ortega Tellería, Juez.—1 vez.—RP2011254404.—(IN2011066136).

Alejandro Rodríguez Rojas, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número 6-126-910, vecino de Barbilla Batán, promueve diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro respectivo el siguiente inmueble: terreno de cultivado de potrero y frutales, situado en distrito segundo de Batán cantón quinto Matina de provincia de Limón, área de tres mil doscientos cincuenta y seis metros cuadrados según plano catastrado número L-7-1317456-09. Linda al norte, calle pública, sur, Claudio Sánchez Castro, este, Claudio Sánchez Castro y Giselle Sánchez Díaz y oeste, Adalina Mireya Elizondo Zúñiga. Fue estimado el inmueble en la suma de un millón de colones. No existen condueños, ni cargas reales. Llámese a todos los interesados para que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de edicto se apersonen a este despacho en defensa de sus derechos. Publíquese una vez. Información posesoria Nº 11-160010-465-AG (A-l).—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 1º de febrero del 2011.—Lic. Frank Góngora Baltodano, Juez.—1 vez.—RP2011254431.—(IN2011066137).

Juan Fallas Gamboa, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad 6-058-652, vecino de Zent, Matina, Limón tres kilómetros sur, de la soda Coopemás, promueve diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro respectivo el siguiente inmueble: terreno con una casa de cemento y otra de madera con un galerón, ubicado en tercero Carrandí, cantón de Matina, en la provincia de Limón. Mide: ochocientos veinte metros con sesenta decímetros cuadrados, según plano catastrado L-1288500-2008. Linda al norte, finca de Coopemás, al sur, Juan Fallas Gamboa, al este, finca Coopemás oeste, con calle pública con un frente de veintiocho metros con treinta y siete centímetros. Fue estimado el inmueble en la suma de cuatro millones de colones. No existen condueños, ni cargas reales. Llámese a todos los interesados para que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de edicto se apersonen a este despacho en defensa de sus derechos. Publíquese una vez. Información posesoria 11-160063-0465-AG (Al).—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 6 de junio del 2011.—Lic. Javier Francisco Villalón Ruiz, Juez.—1 vez.—RP2011254433.—(IN2011066138).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Charles William Figel, cédula de residencia número dos cero uno tres tres cuatro siete tres dos, soltero, inversionista, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de tacotal, sito en el distrito cinco Paquera, cantón central de Puntarenas de la provincia de Puntarenas, linda al norte, con Industrias Lago Nazca S. A, servidumbre de paso, Javier Jiménez Ortega y Efigenio Ortega Ortega, al sur, con Manuel Aguilar Zumbado, Dónald Guerrero Arias, al este, con Efigenio Ortega Ortega y al oeste, con Industrias Lago Nazca S. A. Mide ocho hectáreas cuatro mil quinientos treinta y cinco metros con setenta decímetros cuadrados, según plano P-451767-1997. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre él ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de compra que le hizo al señor Víctor Manuel Alfaro Luna y José Joaquín Camarero Camareno, el inmueble lo estima en la suma de un millón de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este, Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este, edicto. Información posesoria N° 06-100881-642-CI-3 de Charles William Figel.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2011254453.—(IN2011066139).

Citaciones

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 09:00 horas del día dieciocho de agosto del dos mil once, se ha abierto el proceso sucesorio en sede notarial conforme lo establecido en el artículo novecientos cuarenta y ocho siguientes y concordantes del Código Procesal Civil y ciento veintinueve del Código Notarial, proceso a nombre de quien en vida fue Myriam Manzagol de Bayle, quien era mayor, casada una vez, maestra, portadora de la cédula de identidad número uno dos cinco cero cero cero cero uno ocho cero dos nueve y vecina de San José, Curridabat, del Liceo Franco Costarricense, doscientos cincuenta metros al norte frente a Condominios Barlovento. Se cita y emplaza a posibles herederos a presentarse en esta notaría, dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto, para hacer valer sus derechos. Bufete CR Consultores. Teléfonos 2232-7557.—San José, dieciocho de agosto del dos mil once.—Lic. Manrique Gamboa Ramón, Notario.—1 vez..—(IN2011065137).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Evelyn Melania y Diego Esteban, ambos apellidos Brenes Hernández, a las dieciocho horas del día dieciocho de agosto del año dos mil once, comprobado el fallecimiento de Deydalia Hernández Romero, mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula numero tres doscientos treinta y cinco-trescientos uno, vecina de Dulce Nombre urbanización Coopedunca, de la iglesia católica cien metros sur y veinticinco metros oeste, fallecida el día doce de setiembre del año dos mil siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expediente número 0001-2011. Notaría Licenciada Ana Gabriela Villavicencio Masís, oficina ubicada en Cartago centro, de la esquina suroeste del hospital Max Peralta, ciento setenta y cinco metros sur y setenta y cinco este, calle sin salida, o sistema de fax dos cinco nueve dos-veinticinco-sesenta y tres.—Lic. Ana Gabriela Villavicencio Masís, Notaria.—1 vez.—RP2011253753.—(IN2011065321).

Por escritura otorgada ante la notaria Fressia Patricia Guzmán Mena, número sesenta y tres, de las doce horas del veintiuno de julio del dos mil once, se solicitó apertura del proceso sucesorio extrajudicial de Jesús Sandoval Corrales, cédula número dos-cero cero siete siete-cinco uno uno siete. Se cita a los interesados y herederos a apersonarse en las oficinas de dicha profesional ubicadas en Ciudad Quesada, veinticinco metros sur y veinticinco oeste del mercado municipal, costado oeste de Sistema de Oficina, a hacer valer sus derechos.—Ciudad Quesada, once de agosto del dos mil once.—Lic. Fressia Patricia Guzmán Mena, Notaria.—1 vez.—RP2011253817.—(IN2011065454).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Héctor Alfredo Sánchez Ramos, quien fuera mayor, casado, agricultor, cédula 2-227-301, vecino de Valverde Vega. Sarchí, San Pedro, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-100036-0321-CI.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Valverde Vega, Sarchí, quince de junio del dos mil once.—Lic. Nuria Rodríguez Gonzalo, Jueza.—1 vez.—(IN2011065623).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial ab intestato de quien en vida fuera Carlos Guillén Valverde, mayor, soltero, pensionado, con último domicilio en Hatillo Uno, de la entrada principal doscientos metros al oeste, cien metros al sur y cincuenta metros al oeste, casa número trescientos veintiséis, cédula de identidad personal número uno-cero cuatrocientos dieciocho-cero cero ochenta y dos, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número tres-dos mil once, notaría del licenciado Luis Fernando Jiménez Quesada, San José, calle trece, avenidas doce y catorce número mil doscientos sesenta y nueve.—Lic. Luis Fernando Jiménez Quesada, Notario.—1 vez.—RP2011254128.—(IN2011065713).

Notaría del Bufete Tarma ubicado en San José, barrio Luján del Cuerpo de Bomberos cien este y cien casa 1626. Expediente número 0003-2011. Sucesión de Mario Gargollo Cooper. Inicio de la sucesión el diecinueve de agosto del dos mil once, emplazando a los interesados, y a quienes se consideren con derecho dentro de la misma, a aceptarla, u oponerse y hacer valer sus derechos, en el término de treinta días contados a partir de su publicación en el Boletín Judicial, debiendo dirigirse a esta notaría, en San José, barrio Luján del cuerpo de bomberos 100 este y 100 sur, casa 1626.—San José, quince horas del diecinueve de agosto del dos mil once.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2011254140.—(IN2011065714).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Antonio Artavia Calvo, mayor, casado una vez, con cédula dos-cero cero setenta y dos-ciento cuarenta y tres, vecino de El Alto de Guadalupe, Goicoechea, San José, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersone ante esta notaría en defensa de sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de heredero, de que si no lo hacen dentro del término dicha herencia pasará a quien corresponda. Notaria pública, Licenciada Ginnette Arias Mora, sita en San José, Moravia, San Vicente, costado norte, del parque Moragua, San José, teléfono 2245-5895, 8363-4517.—San José, veintiuno de agosto del dos mil once.—Lic. Ginnette Arias Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011254162.—(IN2011065715).

Se hace saber que ante la notaría del licenciado Henry Mora Arce, ubicada en Guadalupe, doscientos cincuenta metros al oeste del colegio Napoleón Quesada, mano izquierda, condominios Caroni, número seis, se tramita el proceso sucesorio de Jaime Hidalgo Vargas, quien fuera casado una vez, ingeniero eléctrico, vecino de Montelimar, Calle Blancos de Guadalupe, ciento cincuenta metros al norte, del Colegio Técnico Profesional de Calle Blancos, cédula de identidad número uno-cuatrocientos setenta-quinientos setenta y tres. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-000002-SUC.—Guadalupe, 19 de agosto del 2011.—Lic. Henry Mora Arce, Notario.—1 vez.—RP2011254167.—(IN2011065716).

Se cita y emplaza a los herederos e interesados en la sucesión de quien en vida fue Ofelia Navarro Ortega, casada una vez, ama de casa, cédula: 3-157-558, vecina de Frailes de Desamparados quien falleció en Cartago el 7 de abril del 2002 caso contrario la herencia pasará a manos de quien corresponda.—Cartago, 9 de agosto del 2011.—Lic. Angioletta Alvarenga Venuto, Notaria.—1 vez.—RP2011254182.—(IN2011065717).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Braulio López López, quien fuera mayor, nicaragüense, casado, agricultor, vecino de Guácimo, cédula de residencia 270-125076-64126. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000332-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 7 de junio del 2011.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—RP2011254183.—(IN2011065718).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Jorge Arturo Chaves Mora, quien fuera mayor de edad, casado una vez, empresario, vecino de San Juan de Tibás, cédula 1-0633-0696. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000517-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de agosto del 2010.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—1 vez.—RP2011254196.—(IN2011065719).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Marco Aurelio Murillo Gutiérrez, dibujante, y con cédula de identidad número tres-cero sesenta y nueve-ochocientos ochenta, y María Margarita Barrantes Roldán, ama de casa, y con cédula de identidad número uno-cero ciento cuarenta y ocho-cero seiscientos sesenta y siete; ambos mayores, casados una vez, vecinos de Zapote, costado norte, de la plaza de Toros, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos a esta notaría, ubicada en San José, calle 21, avenida 10 bis y 12, número 1091; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2011.—Lic. Fernando Morera Solano, Notario.—1 vez.—RP2011254224.—(IN2011065720).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Orlando Chavarría Mora, quien fuera mayor, pensionado, cédula número 1-284-292, vecino de El Carmen, Guadalupe. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000442-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2011.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2011065981).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Gabriel Campos Monge, quien fuera mayor, casado, pensionado, vecino de San Pablo de Heredia, portador de la cédula de identidad cuatro-cero cuarenta y seis-novecientos noventa y nueve, y de María Luisa Ramírez Campos, mayor, ama de asa, casada, vecina de San Pablo de Heredia, portadora de la cédula de identidad cuatro-cero sesenta y dos-doscientos sesenta y uno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-000857-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 8 de agosto del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(IN2011066040).

Se hace saber: que en esta Notaría se tramita el proceso sucesorio de Francesco Altamura Siciliano, quien fuera italiano, cédula de residencia número setecientos cincuenta y ocho guión cuarenta y dos mil setecientos veinticinco guión seiscientos ochenta y dos, casado una vez, empresario, vecino de San Vito de Coto Brus. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2011—23 de agosto de 2011.—Lic. Luis Echeverri Trujillo, Notario.—1 vez.—RP2011254386.—(IN2011066148).

Se emplaza a los interesados en la sucesión de Eduardo Cubero Quesada, quien en vida fue, casado una vez, agricultor, vecino de Guácimo, La Perla, de la entrada principal cuatrocientos metros al norte; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso sucesorio notarial, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número: 001-2011.—Guácimo, al ser once horas del veintidós de agosto del dos mil once.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notaria.—1 vez.—RP2011254407.—(IN2011066149).

Avisos

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de los menores Kendall Esteban y Mishell Dennis ambos Gamboa Carmona, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente Nº 11-000262-0675-FA-D. Proceso tutela promovente: Miriam Castro Jara.—Juzgado de Familia de Turrialba, 29 de julio del 2011.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—Exento.—(IN2011065987).                                                                        3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Kimberlyn Fernanda Cheves Agüero, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 11-001011-0292-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, veintiuno de julio de dos mil once.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—Exonerado.—(IN2011066622).                   3 v. 1.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

La Licenciada Jackeline Brenes Segura, Jueza del Juzgado Especializado de Cobro de Cartago; hace saber a Carhmi S. A, que en este despacho se interpuso un proceso prendario, promovido por Caterpillar Crédito S. A. de C.V contra Urbanizadora Navarro de Cartago y otro, bajo el expediente N° 11-001056-1164-CJ donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago. A las once horas y treinta y siete minutos del uno de abril de dos mil once. Se tiene por aportada la constitución de la prenda en consecuencia se resuelve: Se tiene por establecido el proceso ejecución prendaria en contra de Urbanizadora Navarro de Cartago S. A., cédula jurídica Nº 3-101-181934, representada por José Antonio Navarro Jiménez, cédula de identidad Nº 1-1070-326, en su doble condición (representante y en condición personal), Sierra Terracota S. A., cédula jurídica N° 3-101-467948, representada por Luis Roberto Navarro Jiménez, Residencias Jiménez y Navarro S. A., cédula jurídica N° 3-101-145885, y Residencias Navarro y Asociados S. A., cédula jurídica N° 3-101-177444, representadas por Arnoldo Enrique Alfaro Elizondo, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento deque mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto, se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Con la base de veinticuatro mil cuatrocientos diecisiete dólares con sesenta y cinco centavos (o su equivalente en colones al momento del remate), libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea el vehículo placas EE-027245, marca Caterpillar, estilo 242B, categoría equipo especial obras civiles, año 2008, carrocería cargador de llanta, color amarillo, chasis CAT0242BEBXM04243, combustible diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta de mayo del dos mil once (primer remate). De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de junio del dos mil once, con la base de dieciocho mil trescientos trece dólares con veinticuatro centavos, (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil once, con la base de seis mil ciento cuatro dólares con cuarenta y un centavos, (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se le confiere audiencia por el plazo de tres días, a los demandados para lo que bien tengan por manifestar. Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción del vehículo placas EE-027245. En vista de que todavía no está habilitado el Sistema Electrónico de Mandamientos (SREM) para los bienes muebles, el mandamiento de anotación de demanda queda a disposición de la parte para su retiro y diligenciamiento. Se le previene al demandado José Antonio Navarro Jiménez la presentación del bien dados en prenda a la hora y fecha señalada en autos, para llevar a cabo la subasta pública a fin de inspeccionarlo y que los posibles postores los tengan a la vista; bajo el apercibimiento de que en su omisión, se pondrá en conocimiento de la autoridad penal competente. Artículo 24 de la Ley de Cobro Judicial. Se decreta embargo sobre el vehículo placa EE-027245, hasta la suma de veinticuatro mil cuatrocientos diecisiete dólares con sesenta y cinco centavos (corresponde a capital e intereses) más el cincuenta por ciento Ley. Expídase la orden de captura correspondientes. Al tenor de los artículos 2 y 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable plazo de ocho días, se cita y emplaza a los anotantes Carhmi S. A y a Maquinaria y Tractores Limitada; para que se apersonen a los autos en defensa de sus derechos. Para efectos de notificación se le previene a la parte promovente aportar el documento idóneo que acredite el origen a las cita siguiente tomo 2010, asiento 00119056, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión, no se procederá con dicho tramite. “Se invita a la parte gestionante a que suministre un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Por así solicitarlo la parte interesada; por medio de correo postal certificado; y acreditado en el documento que sustenta la presente demanda, la existencia clara de un domicilio fijado por las partes demandadas para atender notificaciones así como también a las sociedades anotantes, se ordena notificarle esta resolución en el domicilio contractual, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. A la sociedad demandada, por medio de su representante, personalmente o por medio de cédula y copias de ley, en el domicilio social o real. Artículos 19, 20, 22 y 24 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Asimismo notifíquese a las sociedades anotantes Carhmi S. A., y a Maquinaria y Tractores Limitada la presente resolución, por medio de su representante, personalmente o por medio de cédula o copias de ley en su casa de habitación; en el domicilio real de este, o bien en el domicilio social o real. Artículos 19 y 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales Para tal efecto, remítase documento de estilo a la oficina de Correos de Costa Rica. Las partes demandadas señalan domicilio contractual en Cartago, El Guarco, 900 metros oeste del restaurante Típico El Quijongo. El anotante Maquinaria y Tractores Limitada tiene señalado como domicilio: San José, Santa Ana, Pozos, contiguo al Almacén Fiscal de Santa Ana. El anotante Carhmi S. A., tiene señalado como domicilio: Alajuela, Poás, San Pedro, doscientos metros norte de la iglesia. Se tiene por otorgado el poder especial judicial a los Licenciados Melissa Ramírez Zamora y José Francisco Vega Quesada, y se tiene por aceptado el mismo. Artículos 118 del Código Procesal Civil. Para que lleve a cabo el embargo del vehículo placas EE-027245, se nombra ejecutor a Inés María Amador Góngora, la cual puede ser localizada en los siguientes números 2224-5309, 8879-0372 ó 2222-5654. Se advierte que no podrá rehusar el cargo sin que medie causa legal que lo imposibilite en el desempeño del mismo, bajo el apercibimiento de que en su negativa, se comunicará a la Sección Legal de la Dirección Ejecutiva, tal y como lo dispone la Circular N° 26-96 publicada en el Boletín Judicial del 18 de setiembre de 1996, N° 178.  Previénesele al ejecutor que a la hora de elaborar el acta de embargo respectiva, debe hacerlo con letra legible a fin de evitar confusiones y atrasos innecesarios al Despacho a la hora de su lectura. La parte interesada le hará saber lo solicitado.- De conformidad con la circular N° 36-O7 emanada por el Consejo Superior del Poder Judicial, la parte interesada tiene la obligación de suplir los gastos de traslado, de ida y regreso conforme lo establece los artículos 632, 227, 228, 232 y 229 ibídem. Se fijan sus honorarios en la suma de veintidós mil seiscientos, acorde con la tabla de honorarios aprobada por el Consejo Superior del Poder Judicial, y artículo 632 párrafo 3) del Código Procesal Civil; los cuales deberán ser cancelados directamente al ejecutor. En otro orden de ideas, se les pone en conocimiento de las partes que una vez firmados los oficios recordatorios a entidades comisionadas, nuevas comisiones, los oficios de embargo de salario y bancarios, los mismos deben ser diligenciados en forma personal por quienes los solicita y hacer llegar al despacho los resultados obtenidos. Los documentos los podrán bajar por medio del Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales a través de la página www.Poder-Judicial.go.cr. Las partes deberán comunicarse al despacho para la solicitud de clave de autorización para el uso del sistema de Gestión en Línea Licda. Jackeline Brenes Segura. Jueza. Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago. A las trece horas y veintidós minutos del siete de julio de dos mil once. De conformidad con lo solicitado por la apoderada especial de la parte actora Caterpillar Crédito S. A., y al tenor de la normativa vigente, sea el artículo 21.4 párrafo último, de la Ley de Cobro Judicial, se ordena expedir el correspondiente edicto a efecto de notificar al anotante inscrito bajo las citas tomo 2011, asiento 21014, sea el señor Carhmi S. A., de la existencia de la presente litis. Dicha oficio deberá de publicarse, en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional. Publíquese el edicto de ley, el cual será remitido internamente por medio de la vía electrónica a los correos electrónicos publicacionespro@imprenta.go.cr y vpiedra@imprenta.go.cr a las oficinas Centrales de la Imprenta Nacional, departamento de Fotocomposición a nombre de Vinicio Piedra Quesada, esto de conformidad con lo establecido en la circular N° 39-2011, de la Dirección Ejecutiva de la Corte Suprema de Justicia, por lo cual se le insta a la parte promovente la debida coordinación con dicha entidad para el pago oportuno y la debida publicación del edicto de ley. Asimismo, se deja sin efecto los señalamientos de remate ordenados a las nueve horas cero minutos de las siguientes fechas: 05 de agosto, 23 agosto y 07 setiembre todos del dos mil once, y en su lugar se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil once. La base será la misma fijada en autos, sea la suma de veinticuatro mil cuatrocientos diecisiete dólares con sesenta y cinco centavos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos mil once, con la base de dieciocho mil trescientos trece dólares con veinticuatro centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de octubre de dos mil once, con la base de seis mil ciento cuatro dólares con cuarenta y un centavos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Licda. Jackeline Brenes Segura, Jueza.”. Lo anterior se ordena así en proceso prendario, promovido por Caterpillar Crédito S. A. de C.V contra Urbanizadora Navarro de Cartago y otro, bajo el expediente N° 11-001056-1164-CJ. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de julio del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—1 vez.—(IN2011064804).

Licenciada Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a Faro Caicedo Guevara, en su carácter de padre registral de la menor María José Caicedo Jiménez, se le hace saber que en proceso reconocimiento de hijo mujer casada, establecido por José Antonio Góngora Caicedo, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por José Antonio Góngora Caicedo a favor de la menor María José Caicedo Jiménez. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia a los padres regístrales de la menor, los señores Fanny Jiménez Jiménez y Faro Caicedo Guevara. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 del 21 de octubre de 1996). Notifíquese esta resolución a la madre registral, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de este Circuito Judicial. Previo a notificar a la señora Jiménez Jiménez deberá el promovente aportar un juego de copias de la demanda. Notifíquese al padre registral; la presente, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial. Inclúyase en le mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Queda dicho edicto a la orden del interesado para su debida diligencia.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011065188).

Licenciada Valeria Arce Ihabadjen jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Juan José Alegría López, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado en su contra, bajo el expediente número 11-000081-0186-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: de la demanda de abreviada de divorcio interpuesta por Zaida Virginia Salas Murillo y de los documentos aportados, se confiere traslado por el plazo de diez días a Juan José Alegría López por medio de su curadora procesal la licenciada Lorena Arrazola Coto, para que, si a bien lo tiene, la conteste por escrito. De hacerlo, debe referirse a cada uno de los hechos contenidos en ella, exponiendo con claridad si los rechaza por inexactos o los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. Además, en ese mismo momento debe ofrecer sus pruebas, aportar la documental e indicar, si es del caso, el nombre y las generales de sus testigos, así como los hechos a los cuales se referirá cada uno (artículos 305, 306, 354, 422 y 423 del Código Procesal Civil). Dentro de ese período podrá, asimismo, referirse a la documental aportada por la parte actora y alegar las excepciones de forma y de fondo que estime pertinentes. Las de carácter previo debe oponerlas en los primeros cinco días del emplazamiento. Se le advierte que si no contesta la demanda o si lo hace fuera del plazo conferido o en la forma indebida, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente en cuanto a los hechos y que, en ese supuesto, el proceso continuará tramitándose sin su intervención, todo sin perjuicio de que pueda apersonarse a él en cualquier momento, debiendo asumirlo en el estado en que se encuentre cuando lo haga (artículos 310, 424 y 426 del Código Procesal Civil en concordancia con el 2 del Código de Familia). Por último, se le hace saber que la contestación afirmativa opera solo respecto de aquellos hechos que, en esta materia, son susceptibles de ser demostrados mediante confesión. (artículos 3, 316 y 338 de Código Procesal Civil en relación con el 2 del Código de Familia). Lo anterior se ordena así en proceso abreviado de Zaida Virginia Salas Murillo contra Juan José Alegría López, expediente Nº 11-000081-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 21 de julio del 2011.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—RP2011254150.—(IN2011065721).

El suscrito Rodrigo Brenes Vargas Juez tramitador del Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, notifica a Corporación de Transporte y Comercio Araya S. A., las resoluciones que se encuentran en el proceso ejecutivo simple Nº 07-000842-0181-CI, de Arte Santa Cruz S. A., contra Corporación de Transporte y Comercio Araya S. A., las que dicen literalmente: Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, a las diez horas cincuenta y seis minutos del veintiuno de mayo del dos mil siete. Con base en el documento presentado, por la suma de cincuenta y cuatro mil quinientos dólares se despacha ejecución en contra de Corporación de Transporte y Comercio Araya S. A., a quien se le concede el plazo improrrogable de cinco días, para que se oponga a la demanda, o manifieste su conformidad con la misma. Al contestar negativamente, deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y los hechos a que se referirá cada uno. Por la suma indicada más el cincuenta por ciento de ley, se decreta embargo en los bienes de la parte demandada, el cual se hace recaer en los que se indican. Comuníquese. Se le previene al demandado, que debe señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial de San José y medio empleado, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si lo omitiere, o si el lugar señalado fuere incierto, o impreciso, ya no existiere o se encontrare cerrado, las resoluciones posteriores se le tendrán notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después dé dictadas, igualmente si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. Se comisiona a la policía de proximidad de laurel de corredores, para que notifiquen a la sociedad demandada, en su domicilio social. Se le previene a la parte actora cancelar la suma de tres mil colones en timbres del Colegio de Abogado, dejados de pagar en el escrito de demanda, lo anterior deberá ser satisfecho dentro del plazo de cinco días bajo el apercibimiento de no cumplir no se atenderá la gestión y se ordenará el archivo del expediente, de conformidad con el Decreto de Honorarios publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 150 del cinco de agosto del dos mil cinco. Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía. San José, a las trece horas treinta y cinco minutos del trece de junio del dos mil once. Depositada la suma prevenida para responder a los honorarios de curador, se nombra como tal al señor Roy de Jesús Herrera Muñoz, el cual puede ser localizado a los teléfonos 2204-7575, 8823-1525 y al fax 2204-7580. Se le previene al señor Herrera Muñoz que en caso de anuencia deberá comparecer a este despacho dentro del plazo de tres días, para aceptar el cargo conferido. Si no comparece en ese plazo, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su reposición. Una vez aceptado el cargo por parte del curador, se emitirá el edicto respectivo. Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez. Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía. San José, a las once horas del ocho de julio del dos mil once. Por parte del licenciado Roy Herrera Muñoz se tiene por aceptado el cargo de curador dentro del presente proceso. Publíquese el respectivo edicto de ley en el cual se notificará a la parte demandada, la presente resolución, el auto de traslado dictado a las diez horas cincuenta y seis minutos del veintiuno de mayo del dos mil siete, así como la resolución de las trece horas treinta y cinco minutos del trece de junio del dos mil once.— Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—RP2011254172.—(IN2011065722).

Licenciada Marianella Fallas Víquez, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Herrol Loría Rojas, que en este Despacho se interpuso un proceso suspensión patria potestad en su contra, bajo el expediente número 09-002573-0165-FA, donde se dictó sentencia que en lo conducente dice: Proceso Abreviado de Suspensión de Autoridad Parental gestionado por la señora María de los Ángeles Vargas Granados, quien es mayor de edad, divorciada y en unión de hecho, administradora del hogar, de nacionalidad costarricense, portadora de la cédula de identidad número 1-0980-0035, vecina de San José, Escazú, contra el señor Herrol Loría Rojas, quien es mayor de edad, estado civil, oficio y domicilio desconocidos, de nacionalidad Costarricense, portador de la cédula de identidad número 1-1084-0161, de paradero desconocido. Resultando: I.-II.-III. Considerando: I. hechos probados. II. sobre el fondo. III.- IV. sobre la decisión. V. VI. Sobre las costas. Por tanto: conforme a los lineamientos legales establecidos y enunciados en el fallo, así como la situación expuesta, se acoge la demanda interpuesta por María de los Ángeles Vargas Granados en contra de Herrol Loría Rojas. Se otorga la autoridad parental y ejercicio absoluto respecto de la persona menor de edad Sebastián Loría Vargas a la señora María de los Ángeles Vargas Granados. Por gestión de parte, confecciónese la ejecutoria que dará pie a la inscripción de esta sentencia en el Registro Civil, Sección Nacimientos al Partido de Puntarenas, al tomo cuatrocientos ochenta y uno (0481), folio o página ciento veintitrés (0123) y asiento número doscientos cuarenta y seis (0246), que corresponde a las citas de inscripción de la persona menor de edad Sebastián Loría Vargas. Expídase el edicto correspondiente de notificación del accionado. Hágase saber. Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso suspensión patria potestad de María de los Ángeles Vargas Granados contra Herrol Loria Rojas. Expediente Nº 09-002573-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2011.—Lic. Marianella Fallas Víquez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011065980).

Se avisa a los señores Yara Mendoza Solano, mayor, cédula de identidad 1-1146-00186, costarricense y Juan Carlos Badilla Gamboa, cédula de identidad 1-1180-0131, costarricense y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 11-000360-673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Bayron y Jefferson Andrés ambos Badilla Mendoza. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 8 de agosto del dos mil once.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011066118).

Se avisa al señor Anthony Daniel Guillén Lora, mayor de edad, cédula de identidad 1-1212-673, costarricense y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 11-000358-673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Michael Josué Guillén Aguilar. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de agosto del dos mil once.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011066119).

Lic. Arnoldo Víquez Esquivel Juez del Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela hace saber: al anotante Grupo Sport Internacional S. A., que en proceso bajo el expediente número 10-000572-0638-CI se interpuso un proceso ejecución hipotecaria establecido por el Banco Popular de Desarrollo Comunal contra Alejandro Alpízar Delgado que se tramita en este despacho, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las catorce horas y treinta y cinco minutos del veinte de abril del año dos mil diez. Se tiene por establecido el presente proceso de ejecución hipotecaria planteado por Banco Popular de Desarrollo Comunal en contra de Alejandro Alpízar Delgado; a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este, asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Con la base de cincuenta y cinco mil cuatrocientos dieciocho dólares con cincuenta y un centavos americanos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de A y A; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de San José, matrícula número F-cuarenta y dos mil ochocientos ochenta y ocho-cero cero cero. Para tal efecto se señalan las catorce horas del veintiséis de agosto del año dos mil diez (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas del nueve de setiembre del año dos mil diez, con la base de cuarenta y un mil quinientos sesenta y tres dólares con ochenta y ocho centavos americanos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas del veintisiete de setiembre del año dos mil diez, con la base de trece mil ochocientos cincuenta y cuatro dólares con sesenta y dos centavos americanos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al demandado. Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción del la finca dada en garantía. Mediante anotación tecnológica inscríbase en el Registro Nacional los respectivos embargos; para lo cual aporte la parte actora el monto de dos mil colones en timbres del Registro Nacional. Mientras haya negativa o morosidad en el pago oportuno del tributo, el mandamiento no se inscribirá. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de Ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona Delegado Policía de Proximidad de Desamparados de San José. Para notificar a Grupo Moda Sport Internacional S. A. representada por Mario Fernando Patiño Ramírez sito Paseo Colón, de la Torre Mercedes, 275 m sur, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José La parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: Desamparados urbanización Nuestra Señora de la Esperanza, casa 15-B. Previo a expedir las comisiones que interesan aporte dos juegos de copias de la demanda. Lic. Nancy Marín Monge, Jueza. Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las dieciocho horas y tres minutos del diecinueve de agosto de dos mil once. Se revoca parcialmente la resolución veintiuno horas y treinta y siete minutos del once de agosto de dos mil once, al existir imposibilidad material de notificar al anotante y en su lugar se ordena notificar al anotante por edictos, según el artículo 21.4 de la Ley de Cobro Judicial. Lic. Arnoldo Víquez Esquivel. Juez. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alejandro Alpízar Delgado. Expediente Nº 10-000572-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de agosto del 2011.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—RP2011254385.—(IN2011066159).

Msc. Mauricio Chacón Jiménez, Juez del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Guisela Díaz Castillo, Medardo Concepción Lorenzo, que en este, Despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el expediente número 10-002696-0364-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia de Heredia. A las nueve horas y veintiséis minutos del diez de enero del año dos mil once. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de los menores Hilary Mercedes y Windel ambos Concepción Díaz, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Guisela Díaz Castillo, Medardo Concepción Lorenzo, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este, asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Medida cautelar: se otorga el depósito provisional de los menores Hilary Mercedes y Windel Daniel ambos Concepción Díaz en el hogar de los señores Rónald Jiménez Mena y Vilma Boza Ulloa, a quienes se les previene comparecer dentro de tercero día a aceptar y jurar el cargo, debiendo entonces la entidad actora apersonar a dichos señores a la brevedad posible. Nombramiento de curador: de conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal al demandado señor Medardo Concepción Lorenzo y Guisella Díaz Castillo parte promovente certificación del Registro Público, Sección Personas, en donde conste si el demandado posee o no apoderado inscrito, deberá aportarse además certificación de movimientos migratorios respecto de dicho demandado, expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería, del Ministerio de Seguridad Pública. Por medio de oficio, pídase a la Empresa Servicios Públicos de Heredia, a la Compañía Nacional de Fuerza y Luz y al Instituto Costarricense de Electricidad, se sirvan informar al Despacho si los demandados, aparecen como abonados de alguno de los servicios prestados por dichas instituciones y la dirección que ha reportado como su domicilio. Pídase por medio de oficio a la Caja Costarricense del Seguro Social, Sección Planillas, informen si aparecen en planillas y la dirección que se reporta como su domicilio, al Registro Civil, se le solicita remitir certificación de la cuenta cedular y la dirección reportada como su domicilio. Se le previene a la entidad actora aportar por escrito el nombre y generales de ley, de dos testigos que conozcan al demandado a fin de interrogarlos sobre su conocimiento o desconocimiento del paradero del mismo. Notifíquese. Lic. Mauricio Chacón Jiménez. Juez. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria judicial abandono de contra Guisela Díaz Castillo, Medardo Concepción Lorenzo; Expediente N° 10-002696-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 28 de julio del 2011.—Msc. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011066389).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Álvaro Francisco Bogantes Arias, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Brauny Bogantes Arias. Expediente número 11-000687-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1º de agosto del 2011.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011066425).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 11-000369-0673-NA la señora María Marjorie Salazar Badilla, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Luna Páez Ortega. Se concede a los interesados el plazo de cinco días, para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto 2011.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011066429).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 11-000315-0673-NA, el señor Augusto Vargas Salas, solicita se apruebe la adopción de la persona menor de edad Rachel Mariana Prado Salazar. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2011.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011066430).

Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez del Juzgado Civil de Heredia; hace saber a Chih-Liang Lin, que en este Despacho se interpuso un proceso ejecución hipotecaria en su contra, bajo el expediente número 09-002242-0504-CI donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Civil de Heredia. A las dieciséis horas y veintisiete minutos del diez de diciembre del dos mil nueve. Se tiene por establecido el presente proceso de ejecución hipotecaria planteado por Banco Cathay de Costa Rica S. A. en contra de Chih-Liang Lin; a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Con la base de treinta y cinco mil dólares y libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Heredia, matrícula número F catorce mil doscientos cuarenta y dos-cero cero cero. Para tal efecto se señalan las nueve horas quince minutos del tres de agosto del dos mil diez (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de   agosto del dos mil diez, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de setiembre del dos mil diez, con la base de ocho mil setecientos cincuenta dólares (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción de la finca dada en garantía. Mediante anotación tecnológica inscríbase en el Registro Nacional los respectivos embargos; para lo cual aporte la parte actora el monto de dos mil colones en timbres del Registro Nacional, bajo apercibimiento, de que en caso de omisión no se le atenderán futuras  gestiones. Previo a desglosar comisión que interesa, demuestre mediante documento idóneo si el demandado posee representantes o apoderados dentro del país. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se tiene por otorgado el poder especial judicial al Lic. Víctor Evelio Castro Retana, por la parte actora, y se tiene por aceptado el mismo. Artículos 118 del Código Procesal Civil. Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.” “Juzgado Civil de Heredia. A las nueve horas y cuarenta y dos minutos del seis de junio del dos mil once. Vistos los memoriales que anteceden, se resuelve: No a lugar a lo solicitado por la parte demandada a folio 70, toda vez que el artículo 10 de la Ley de Cobro Judicial indica: “En los procesos de ejecución hipotecaria y prendaria solo se admitirá la oposición que se funde en la falta de exigibilidad, el pago o la prescripción, sustentada en prueba documental o declaración de parte sobre hechos personales. Para dilucidar la oposición, se seguirá el procedimiento incidental, el que se resolverá en audiencia oral, según lo dispuesto para el proceso monitorio. El remate no se suspenderá, pero tampoco se aprobará mientras la oposición no sea rechazada”, por lo cual se pronunciará lo concerniente a la prescripción en la audiencia señalada en autos. Ahora bien, de conformidad con lo solicitado por la parte actora a folio 89 y 90 y en razón de que a folio 81 y 82 consta que la propiedad de interés pertenece a una tercer poseedora se anula el remate celebrado a las diez horas y cero minutos del once de noviembre del año dos mil diez (folio 67) y por el plazo de ocho días hábiles, se requiere de pago a Karla Patricia Méndez Montes en su condición de tercer adquiriente para que verifique el pago de la suma que garantiza la hipoteca, o la abandone a la ejecución; así como para que se apersone a hacer valer sus derechos. Artículo 419 del Código Civil, reformado en forma tácita por el artículo 21.4 de la Ley de Cobro Judicial. Notifíquese la presente resolución, personalmente por cédula y copias de ley en su casa de habitación, para lo cual se comisiona a la Policía de Proximidad de Guachipelín de Escazú, a efecto de notificar la resolución de las dieciséis horas y veintisiete minutos del diez de diciembre del dos mil nueve, quien sita en Guachipelín de San Rafael de Escazú, 50 metros al norte y 100 metros al este de la escuela del lugar. Por otra parte, en virtud de que se aportaron los timbres del registro se procede a la anotación de la presente demanda sobre la finca de interés como se ordenó en autos. Conforme se solicita, se ordena verificar un nuevo señalamiento para sacar a remate la finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F catorce mil doscientos cuarenta y dos-cero cero cero; y para tal efecto se señalan las nueve horas del doce de setiembre del dos mil once. La base será la misma fijada en autos, sea la suma de treinta y cinco mil dólares. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintinueve de setiembre del dos mil once, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas del dieciocho de octubre del dos mil once con la base de ocho mil setecientos cincuenta dólares (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. En razón de que se anuló el remate celebrado a las diez horas y cero minutos del once de noviembre del dos mil diez (folio 67) se omite resolver el Incidente de Nulidad Absoluta de Actuaciones de Remate y correspondiente acta que presenta la parte actora de folio 91 al 96. Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.” Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Cathay de Costa Rica S. A. contra Chih-Liang Lin. Expediente Nº  09-002242-0504-CI. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado Civil de Heredia, 17 de agosto del 2011.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—1 vez.—(IN2011067374).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Warner Mauricio Mena Badilla, mayor, soltero, soldador, cédula de identidad número 0205650708, vecino de San José de Alajuela, barrio San José, Santa Rita, en el abastecedor Marisol, hijo de Virginia Mena Badilla, costarricense nacido en centro central Alajuela, el 29 de octubre de 1981, con 29 años de edad, y Marisol Godínez Zamora, mayor, divorciada, ama de casa, cédula de identidad número 0204560112, vecina de misma dirección, hija de Rodolfo Godínez Jiménez e Ileana Zamora Vargas, ambos costarricenses, nacida en centro central Alajuela, el 13 de enero de 1980, actualmente con 31 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente Nº 11-001433-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de agosto del 2011.—Lic. Agustín Díaz Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2011065622).

Ante esta notaría se presentaron hoy para contraer matrimonio: David Eduardo Fallas Castro, mayor, soltero, bombero, vecino de Sarchí Sur, del Templo trescientos cincuenta metros norte, cedula dos-quinientos setenta y nueve-cero noventa y siete, de 28 años, nacido en Grecia, padres Carlos Eduardo Fallas Quesada y Fainier Castro Araya, todos costarricenses; y Hazel Murillo Acuña, mayor, divorciada, preparadora física, misma dirección anterior, de treinta y tres años, nacida San José, cédula uno-mil siete-novecientos tres, padres Uriel Murillo Blanco y Alice Acuña Murillo, todos costarricenses, deseamos contraer matrimonio. Lo presente se publica para que terceros interesados opongan cualquier objeción, comunicarlo en Sarchí Norte, doscientos metros al norte de Beneficio La Eva.—Valverde Vega, veintidós de agosto del dos mil once.—Lic. María Alejandra Conejo Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2011254178.—(IN2011065723).

Han solicitado a esta notaría los señores Stephan Ferdinand Salazar Schultze, quien es portador de la cédula de residencia número 1-1090-0985 y Tesla Marina Ruglas Zúñiga, portadora de la cédula de identidad número 8-0082-0054, ambos mayores, solteros, vecinos de Desamparados, San José, para efectuar matrimonio el día 24 de setiembre del 2011. Se previene a todas las partes que conozcan para que este matrimonio no se realice que están en la obligación de manifestarlo ante esta notaría dentro del plazo de ley. Notaría de Luis Alejandro Álvarez Mora, Carné 5260, San José, Desamparados, del colegio Nuestra Señora, setenta y cinco metros sur, frente a Coopenae. Se ordena publicación del edicto de conformidad al artículo 25 del Código de Familia.—Desamparados, San José, 23 de agosto del 2011.—Lic. Luis Alejandro Alvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2011254216.—(IN2011065724).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Cecilio Esteban Céspedes Alvarado, mayor, soltero, misceláneo, con 24 años de edad, nacido en San José, el 6 de enero de 1987, hijo de Cecilio Céspedes Porras y Virginia Alvarado Ugalde, vecino de San Rafael de Heredia, urbanización San José 9 F con cédula 1-1303-627 y Katherine Adriana Jiménez Araya, mayor, soltera, secretaria, con 23 años de edad, nacida en Heredia, 1º de diciembre de 1987, hija de Ignacio Enrique Jiménez Mesén y Anais Araya Hernández, vecina de San Rafael de Heredia urbanización San Josecito 9F, cédula de identidad número 4-197-0010. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. N° 11-001725-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 24 de agosto del 2011.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011066117).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Carlos Roberto Dittel Gómez, mayor, divorciado, técnico dental, vecino de Cedros de Montes de Oca, urbanización Marsella casa número 40, cédula de identidad número 0301810361, hijo de José Joaquín Dittel Coto y Carmen Gómez Coto, nacido en Cartago, el 15/05/1959, con 52 años de edad, y Myriam Mayela del Valle Carazo, mayor, divorciada, pensionada, cédula de identidad número 0104091272, vecina de Cedros de Montes de Oca, urbanización Marsella casa número 40, hija de Carmen Carazo Jiménez y Mario del Valle Aguilar, nacida en San Pedro de Montes de Oca, el 29/01/1953, actualmente con 58 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Exp. 11-001895-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2011.—Lic. Marielena Fallas Víquez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011066437).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Luis Gerardo González Luna, mayor, soltero, cédula de identidad número 0401480891, vecino de La Palma, del quiropráctico veinticinco metros norte, de San Francisco de Heredia, hijo de Efrin González Jara y de Carmen Luna Hernández, nacido en el hospital de Heredia, con 42 años de edad; y Jorleny Arce Garita, mayor, soltera, del hogar, cédula de identidad número 0401640097, vecina de La Palma, del quiropráctico veinticinco metros norte, de San Francisco de Heredia, hija de Miriam Garita Ramírez y de Danilo Arce Castro, nacida en el hospital de Heredia, actualmente con 35 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Exp. 11-001754-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 24 de agosto del 2011.—Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011066469).

Edictos en lo Penal

Por requerirse en sumaria penal número 10-200009-0456-PE (11-10-5), en contra de Henry Mora Zúñiga, por el delito de transporte ilegal de mercadería en perjuicio de la Hacienda Pública, se solicita publicar por medio de edicto y por una única vez en El Boletín Judicial y de conformidad con el artículo 115, del Código  Procesal Penal la siguiente resolución: traslado de la acción civil resarcitoria de las ocho horas tres minutos del tres de junio del dos mil once (traslado de acción civil resarcitoria y querella) establecida por Lic. Manrique Ruiz Leal en sustitución del Lic. Juan Carlos Rojas Peñaranda en representación de la Procuraduría. General de la Republica de Costa Rica en contra del demandado civil Henry Mora Zúñiga cédula de identidad Nº 1-1235-0066, esto para que si bien lo tiene se oponga el demando civil o interponga la excepciones que estime convenientes. Favor de remitir la información a la mayor brevedad posible, a efecto de cumplir con los plazos administrativos.—Fiscalía de Corredores, 28 de julio del 2011.—Lic. Abel Beitia Martínez, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011065666).

Se comunica al público en general sobre la diligencia de destrucción de drogas, por llevarse a cabo el 9 de setiembre de 2011, a partir de las seis horas. En la que se destruirán:

Droga

Peso bruto/gramos, con sus respectivos embalajes

Clorhidrato de cocaína

637250 gramos

Nº Caso

Peso bruto/gramos, con sus respectivos embalajes

11-3749-QDR

637250 gramos

Cantidad total a destruir

637250 gramos

 

Lo anterior, será efectuado, utilizando un incinerador instalado en la Ciudad Judicial del Organismo de Investigación Judicial ubicada en San Joaquín de Flores, Heredia.

Conforme con el artículo 97 de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, número 8204 del 26 de diciembre de 2001 y Reglamento Sobre Custodia y Destrucción de Drogas, Estupefacientes, Psicotrópicos y Enervantes.—Juzgado Penal de San Joaquín de Flores.—Lic. José Aníbal Abarca Gutiérrez, Juez.—1 vez.—(IN2011067422).

Se comunica al público en general sobre la diligencia de destrucción de drogas, por llevarse a cabo el 6 de setiembre de 2011, a partir de las seis horas. En la que se destruirán:

Droga

Peso bruto/gramos, con sus respectivos embalajes

Clorhidrato de cocaína

665221,01 gramos

Crack

1185,38 gramos

Cannabis Sativa (marihuana)

11923,61 gramos

Nº Caso

Peso bruto/gramos, con sus respectivos embalajes.

09-4934-QDR

7740 gramos

09-7518-QDR

40135 gramos

09-7878-QDR

12060 gramos

09-7898-QDR

16945 gramos

09-8389-QDR

14830 gramos

09-7899-QDR

30570 gramos

09-8036-QDR

107075 gramos

09-8351-QDR

70225 gramos

09-8388-QDR

23805 gramos

10-0373-QDR

28030 gramos

10-2052-QDR

25685 gramos

10-0002-QDR

265895 gramos

09-7740-QDR

35335 gramos

Cantidad total a destruir

678330 gramos

 

Lo anterior, será efectuado, utilizando un incinerador instalado en la Ciudad Judicial del Organismo de Investigación Judicial ubicada en San Joaquín de Flores, Heredia.

Conforme con el artículo 97 de la Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, número 8204 del 26 de diciembre de 2001 y Reglamento Sobre Custodia y Destrucción de Drogas, Estupefacientes, Psicotrópicos y Enervantes.—Juzgado Penal de San Joaquín de Flores.—Lic. José Aníbal Abarca Gutiérrez, Juez.—1 vez.—(IN2011067424).