BOLETÍN JUDICIAL Nº 190 DEL 4 DE OCTUBRE DEL 2011

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

segunda PUBLICACIÓN

Asunto:      Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón Central de Limón

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Central de Limón, permanecerán cerradas durante el día catorce de octubre de dos mil once, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.

San José, 19 de setiembre del 2011

                                        Mba. Ana Eugenia Romero Jenkins

Exento.—(IN2011074563).                 Subdirectora Ejecutiva

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A: Rogelio Navas Rodríguez, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-949-258, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial número 09-001412-627-NO-627-NO establecido en su contra por Luis Meza Martínez y otro, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José, a las diez horas cuarenta y dos minutos del veintidós de enero del dos mil diez. Siendo que la parte denunciante no cumplió a cabalidad con la prevención de las once horas del primero de diciembre de dos mil nueve, se declara inadmisible la pretensión resarcitoria y se ordena continuar únicamente con la pretensión disciplinaria. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Luis Diego Meza Martínez y Victor Manuel Betancourt García contra Lic. Rogelio Navas Rodríguez, a quien se le confiere traslado por el plazo de ocho días. Con respecto de los hechos expondrá, con claridad, si los rechaza por inexactos o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestará las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En la misma oportunidad ofrecerá las pruebas que estime de su interés, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y a los hechos respecto de los cuales deberán referirse. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada Lic. Rogelio Navas Rodríguez, por medio de cédula y copias de ley, personalmente en su oficina o por medio de cédula y copias de ley en su casa de habitación en 1) San José, Sabana Oeste de Compañía Nacional de Fuerza y Luz, 150 oeste y 150 norte, edificio Nº 12, Bufete Navas & Navas para lo cual se comisiona a Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José, de no ser localizado ahí, entonces en 2) San José, Santa Ana, Parque Empresarial Forum, Torre G, piso 3, para lo cual se comisiona a la Policía de Proximidad de Santa Ana o en 3) San José, Ciudad Colón, Urbanización Boulevard las Palmas, casa 213, para lo cual se comisiona a para lo cual se comisiona a Policía de Proximidad de Ciudad Colón. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por el denunciado en la Dirección Nacional de Notariado y del Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Siendo que se comisionó a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José para efecto de localizar al notario denunciado en la dirección San José, Sabana Oeste de Compañía Nacional de Fuerza y Luz, 150 oeste y 150 norte, edificio Nº 12, Bufete Navas & Navas y en vista de que esta ubicación pertenece a Pavas, se ordena comisionar a Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas a efecto de que notifique personalmente al notario Rogelio Navas Rodríguez en la dirección indicada supra. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Lic. Rogelio Navas Rodríguez, la resolución dictada a las diez horas cuarenta y dos minutos del veintidós de enero de dos mil diez en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio ), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio ), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son supuestos daños y perjuicios por desahucio. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Rogelio Navas Rodríguez, cédula de identidad 1-949-258. Notifíquese.

                                                             Lic. Grace Hernández Herrera,

1 vez.—(IN2011075414).                                       Jueza

A: Cristina Ross López, mayor, notaria pública, cédula de identidad número 1-0694-0409, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial número 10-000967-627-NO-627-NO establecido en su contra por Registro Civil, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José, a las catorce horas cincuenta minutos del quince de diciembre del dos mil diez. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Registro Civil contra Cristina Ross López, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. Con respecto de los hechos expondrá, con claridad, si los rechaza por inexactos o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestará las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En la misma oportunidad ofrecerá las pruebas que estime de su interés, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y a los hechos respecto de los cuales deberán referirse. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación: Guanacaste, Tilarán, Arenal, frente al Restaurante Lava Roja, casa color beige, con estatuas de piedra afuera para lo cual se comisiona a Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán, en forma personal en su oficina San José, Barrio la California del AM PM, 50 norte, casa color verde, mano derecha, para lo cual se comisiona Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José. Obténgase, por medio de intranet, la dirección reportada por el denunciado en la Dirección Nacional de Notariado y envíese atento oficio al Registro Civil, este último de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente 8687, con el fin de que nos certifiquen el último domicilio registral reportado por el (la) notario(a) demandada. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. En vista que no ha sido posible notificar a la notaria Cristina Ross López, se ordena expedir nuevamente la comisión para notificarle la resoluto de las catorce horas cincuenta minutos del quince de diciembre del dos mil diez, en la siguiente dirección: San José , Barrio Escalante, de la Pulpería La Luz, 300 norte, 100 este. Para lo cual se comisiona ala Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer circuito Judicial de San José. Siendo fallidos los intentos por notificarle a la Licenciada Cristina Ross López, la resolución dictada a las catorce horas cincuenta minutos del quince de setiembre de dos mil diez en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 29), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 25), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son uso de documento oficial no válido para realizar el matrimonio entre los señores Evaristo Ortega Muñoz y Julia Petrona López Rivera. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público a la denunciada Cristina Ross López, cédula de identidad 1-0694-0409. Notifíquese.

                                                              Lic. Doni David Panton Moya,

1 vez.—(IN2011075416).                                        Juez

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se emplaza a los interesados, para que dentro del término de ocho días se apersonen a este Juzgado a hacer valer sus derechos. Lo anterior por ordenarse así en diligencias de devolución de cuotas de trabajador fallecido de quien en vida fue Ezequiel Vargas Tenorio, de 75 años de edad, estado civil casado, de labores agrícolas, vecino de Picagres de Mora, con cédula Nº 1-0246-0780, fallecido en fecha 16 de mayo del 2011 y bajo los apercibimientos de ley si no lo hicieren. (Diligencias de devolución de cuotas de trabajador fallecido expediente Nº 11-300064-241-LA, de fallecido Ezequiel Vargas Tenorio promovidas por María Chacón Ramírez.—Juzgado Contravenciónal y de Menor Cuantía de Puriscal, Santiago, a las once horas cuatro minutos del nueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—1 vez.—RP2011259050.—(IN2011075476).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Olman García Gómez, vecino de Alajuelita, con cédula de identidad número 3-209-726, se les hace saber que María Gómez Fernández, portadora de la cédula de identidad número 2-409-203, vecina de Alajuelita, se apersonó en este despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Olman García Gómez, expediente número: 11-300033-251-LA.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Alajuelita, 22 de julio de 2011.—Lic. Efraín Marín Madrigal, Juez.—1 vez.—(IN2011076121).

Se hace saber se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Mario Cordero Méndez, quien falleció el cinco de setiembre del dos mil once, quien era mayor, divorciado, técnico en imágenes médicas, portador de la cédula de identidad 1-1179-0981, vecino de Hatillo 8, acera 4, casa 14, se consideren con derecho en este asunto, se apersonen ante el despacho dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente 2011-300084-0216-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil de Trabajo de Hatillo, veintisiete de setiembre del dos mil once.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2011076157).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

segunda PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del veintisiete de octubre del año dos mil once, y con la base de tres millones setecientos ochenta y ocho mil trescientos cuarenta y siete colones con treinta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 199056-000 cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Patalillo, cantón Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Vitalina Jiménez Alvarado; al sur, calle de Moravia a Coronado con 04,73 m; al este, Vitalina Jiménez Alvarado y al oeste, Vitalina Jiménez Alvarado y Manuel Mora Zúñiga. Mide: doscientos setenta y cuatro metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de noviembre del año dos mil once, con la base de dos millones ochocientos cuarenta y un mil doscientos sesenta colones con cuarenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de noviembre del año dos mil once con la base de novecientos cuarenta y siete mil ochenta y seis colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luz Marín Zamora. Exp. 10-017893-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de julio del 2011.—Lic. Adriana Castro Rivera, Jueza.—(IN2011075825).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y treinta minutos del primero de noviembre del año dos mil once, y con la base de diez millones setecientos sesenta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 315935-000 la cual es terreno para construir lote quince. Situada en el distrito 02, Zaragoza, cantón 07 Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 16 de Herberth González Fernández y Carlos Luis Ramírez Montes; al sur, lote 14 de Herberth González Fernández y Carlos Luis Ramírez Montes; al este, calle pública y al oeste, Filiberto Vargas Araya. Mide: trescientos sesenta y cuatro metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil once, con la base de ocho millones setenta y cuatro mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del primero de diciembre del año dos mil once, con la base de dos millones seiscientos noventa y un mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra Cruz Nery Medina Jiménez, Gregorio Medina Jiménez. Exp. 11-012919-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de setiembre del 2011.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2011075842).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas tomo 0305, asiento 20183; a las nueve horas y quince minutos del treinta y uno de octubre de dos mil once, y con la base de siete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 459248-000, la cual es terreno, lote 10 bloque B, para construir con una casa. Situada en el distrito Pavas, cantón 01 de San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, parque infantil; al este, INVU y al oeste, alameda 13. Mide: noventa metros cuadrados. Plano: SJ-0191982-1994. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del quince de noviembre de dos mil once, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del treinta de noviembre de dos mil once con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Máximo Pereira Vásquez contra Gladys Erlinda Duarte Urbina. Exp. 11-003441-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 30 de agosto del 2011.—Lic. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—RP2011259382.—(IN2011075844).

En la puerta exterior que ocupa esta Despacho; soportando gravámenes 1°) con la base seis millones ochocientos setenta mil setecientos nueve colones la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 60129042-000, soportando reservas y restricciones bajo citas, 349-15233-01-0900-001, servidumbre sirviente bajos citas 352-11587-01-0001-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo citas 367-09491-01-0009-001 la cual es terreno para construir lote dos. Situada en el distrito tercero cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote uno; al sur, lote tres; al este, calle pública con diez metros de frente y al oeste, resto de Rosa Ana López Abarca. Mide: ciento noventa y ocho metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados y la finca 2) con la base de un millón cuatrocientos cuarenta y siete mil setecientos cuarenta, la finca 60129041-000, soportando reservas y restricciones bajo citas 349-15233-01-0900-001, servidumbre sirviente bajo citas 352-11587-01-0001-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo citas 367-09491-01-0009-001, la cual es terreno para construir lote uno. Situada en el distrito tercero cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con diez metros tres centímetros de frente; al sur, lote dos; al este, calle pública con veinte metros de frente y al oeste, resto de Rosa Ana López Abarca. Mide: ciento noventa y ocho metros con ochenta y dos centímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas con treinta minutos del dos de noviembre del dos mil once. De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas con treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil once con la base de cinco millones ciento cincuenta y tres mil treinta y un colones con setenta y cinco céntimos la finca 60129042-000 y un millón ochenta y cinco mil ochocientos cinco colones la finca 60129041, (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas con treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil once, con la base de un millón setecientos diecisiete mil seiscientos setenta y siete colones con veinticinco céntimos. La finca 60129042-000 y trescientos sesenta y un mil novecientos treinta y cinco la finca 60129041-000 (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Carlos Arrieta Aguilar contra Restauradora Bella Polis S. A. Exp. Nº 08-100102-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2011259398.—(IN2011075845).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando cinco servidumbres trasladas inscritas a los tomos 313; asiento 11776, tomo 314; asiento 07679, tomo 327; asiento 04225, tomo: 395; asiento 16981, tomo 395; 16981 y serv y condic ref: 2151 535 001 inscrito al tomo 314; asiento 07679; cada finca; a las quince horas y treinta minutos  del nueve de noviembre del año dos mil once, y con la base de diez millones novecientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta mil ochocientos cincuenta y seis-F- cero cero cero la cual es terreno finca filial primaria individualizada número veintiséis apta para construir que se destinará a uso habitacional y que podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 08 Bolívar, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Finca filial número veinticinco; al sur, Juegos Infantiles Tres; al este, Acceso Uno y al oeste, servidumbre Agrícola. Plano: A-1072636-2006. Mide: Doscientos noventa y siete metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. 2) Y con la base de once millones cuarenta mil colones exactos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta mil ochocientos cincuenta y siete-F-cero cero cero la cual es terreno finca filial primaria individualizada número veintisiete apta para construir que se destinará a uso habitacional y que podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 08 Bolívar, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juegos Infantiles Tres; al sur, Finca filial Número Veintiocho; al este, Acceso Uno y al oeste, servidumbre agrícola. Plano: A-1072637-2006, mide: Trescientos cuatro metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del  veintitrés de noviembre del año dos mil once, con la base de ocho millones doscientos veinte mil colones exactos (Finca número 50856-f-000 (rebajada en un 25%) y con la base de ocho millones doscientos ochenta mil colones exactos (finca número 50857-f-000) rebajada en un 25% y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de diciembre del año dos mil once con la base de dos millones setecientos cuarenta mil colones exactos (finca número 50856-f-000) (un veinticinco de la base original), y con la base de dos millones setecientos sesenta mil colones exactos (finca Nº 50857-f-000). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Óscar Eduardo Vargas Murillo. Exp. Nº 11-000330-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2011259415.—(IN2011075846).

A las diez horas del veintisiete de octubre del once, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, medianera y limitaciones del BANHVI, con la base de tres millones novecientos noventa y dos mil quinientos veintidós colones con sesenta y nueve céntimos, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula folio real número ciento veinte mil trescientos ochenta y uno-cero cero cero, que es naturaleza bloque o terreno con casa lote 9, sito en distrito octavo Barranca del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con destinado a calle pública; al sur, con destinado a parque; al este, lote ocho-O; y oeste, lote diez-O. Mide doscientos once metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, según plano cero siete cero cuatro cuatro uno tres-dos mil uno. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del ocho de noviembre del dos mil once, con la base de dos millones novecientos noventa y cuatro mil trescientos noventa y dos colones con dos céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del veintinueve de noviembre del dos mil once, con la base de novecientos noventa y ocho mil ciento treinta colones con sesenta y siete céntimos (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario: 10-100754-642-CI-1 de Coopealianza R.L contra: Carmona Vargas Pamela Josefina.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Jueza.—RP2011259421.—(IN2011075847).

En la puerta exterior de libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref. 59326, al tomo: 384, asiento: 17115, limitaciones al tomo: 384, asiento: 17115; a las nueve horas y treinta minutos del dos de noviembre del dos mil once, y con la base de cuatro millones seiscientos noventa y cinco mil ochenta colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y cuatro mil ciento veintiuno-cero cero cero, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 03 Naranjito, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, María Auxiliadora Calero; al sur, María Auxiliadora Calero; al este, calle Pu. C/serv paso 9m 98 cm; y al oeste, María Auxiliadora Calero. Mide: doscientos diez metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil once, con la base de tres millones quinientos veintiún mil trescientos diez colones con cuarenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de diciembre del año dos mil once, con la base de un millón ciento setenta y tres mil setecientos setenta colones con dieciséis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Daniel Hernández Hernández y Jovita Chavarría Calero. Expediente: 11-017452-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Judicial de San José, 19 de agosto del 2011.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—RP2011259440.—(IN2011075848).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y treinta minutos del dos de noviembre del dos mil once, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y cinco mil ciento quince cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 07 La Granja, cantón 07 Palmares de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Junta de Desarrollo Granja Palmares, callejón de acceso en medio con 4 metros de ancho; al sur, I.B. Industrial S. A.; al este, calle pública con un frente de catorce metros y al oeste, Martha Mayela Loría Castillo. Mide: cuatrocientos veintinueve mil metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil once, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil once, con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María Isabel Loría Castillo, expediente Nº 11-000219-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2011259441.—(IN2011075849).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes, a las quince horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil once, y con la base de dieciocho millones ciento noventa y nueve mil ochocientos treinta y siete colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y nueve mil seiscientos dieciséis secuencias cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de agricultura con una casa. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 8 m 36 cm; al sur, Porfirio Gerardo Gómez Morales; al este, Josefa Solano y al oeste, Porfirio Gerardo Gómez Morales. Mide: doscientos once metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del once de noviembre de dos mil once, con la base de trece millones seiscientos cuarenta y nueve mil ochocientos setenta y ocho colones con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil once, con la base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta y nueve colones con treinta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Ana Cecilia Siles Quesada, Manuel Ramírez Azofeifa, expediente Nº 11-006440-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 5 de setiembre del año 2011.—Msc. Farith Suárez Valverde, Juez.—RP2011259450.—(IN2011075850).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil once, y con la base de dos millones ochenta y cinco mil doscientos noventa y seis colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placa 360140, marca Toyota, estilo Yaris, capacidad cinco personas, color azul, categoría automóvil, año 2000, cilindrada 1497 CC, combustible gasolina. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de noviembre del dos mil once, con la base de un millón quinientos sesenta y tres mil novecientos setenta y dos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil once, con la base de quinientos veintiún mil trescientos veinticuatro colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de EHMO S. A., contra Steven Calderón Scayle. Expediente Nº 11-022416-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2011076051).

En la puerta exterior de este Despacho Judicial, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas treinta minutos del dos de noviembre del dos mil once, y con la base de doscientos cincuenta mil dólares (moneda de los Estados Unidos de América), en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta mil novecientos setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno solo para uso agrícola. Situada: en el distrito tres Sardinal, cantón cinco Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cocotal Diez Noventa S. A., Los Altos del Pacífico La Teca Seis F S. A., Los Altos de Pacífico Melina Siete G S. A., Los Altos del Pacífico El Almendro Diez J S. A., y Los Altos del Pacífico El Cenízaro Nueve I S. A.; al sur, Óscar Campos Gutiérrez, Michael Gary Bragg, Los Altos del Pacífico La Teca Seis F S. A., y Los Altos del Pacífico Melina Siete G S. A.; al este, Altos del Ocotal T H S. A., Altos del Pacífico La Teca Seis F S. A., Los Altos del Pacífico Melina Siete G S. A., Los Altos del Pacífico El Almendro Diez J S. A., y Los Altos del Pacífico El Cenízaro Nueve I S. A., y al oeste, Juan Canales Angulo, Los Altos del Pacífico Melina Siete G S. A., Los Altos del Pacífico El Almendro Diez J S. A., y Los Altos del Pacífico El Cenízaro Nueve I S. A. Mide: noventa y siete mil doscientos treinta y tres metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. La presente propiedad pertenece a Altos del Pacífico W H Sociedad Anónima. Para el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil once, con la base de ciento ochenta y siete mil quinientos dólares (moneda de los Estados Unidos de America) (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil once, con la base de sesenta y dos mil quinientos dólares (moneda de los Estados Unidos de América) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria, establecido por Corporación San José Sector Oeste S. A., y otros, contra Altos del Pacífico W H S. A. Expediente Nº 09-000133-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 2 de setiembre del 2011.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—(IN2011076117).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas cuarenta minutos del veintiuno de octubre del dos mil once, y con la base de catorce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 153.839-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Concepción, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 110-E; al sur lote 112-E; al este, lotes 118 y 89-E y al oeste, calle primera con frente a ella de 8,15 metros. Mide: ciento cuarenta y ocho metros cuadrados con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas cuarenta minutos del siete de noviembre del dos mil once, con la base de diez millones quinientos mil de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas cuarenta minutos del veintidós de noviembre del dos mil once, con la base de tres millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-594350 S. A., contra Juan Carlos Piñar Alvarado. Expediente 11-001832-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—(IN2011076139).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios pero soportando denuncia por lesiones culposas, tomo 2007 asiento 331800, a las nueve horas cero minutos del uno de noviembre del dos mil once, y con la base de veintitrés mil setecientos cincuenta y ocho dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 660426, marca Mazda año 2007, vin JM7BK32F571300309, cilindrada 1999 C.C, color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de noviembre del dos mil once, con la base de diecisiete mil ochocientos dieciocho dólares con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas cero minutos del seis de diciembre del dos mil once con la base de cinco mil novecientos treinta y nueve dólares con cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José de Costa Rica S. A contra Claudio Alberto Ávila Alfaro. Expediente 08-002268-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2011.—MSc. Jéssica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—(IN2011076147).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de octubre del dos mil once, y con la base de cuarenta y un mil ciento ochenta y dos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 790259, marca Mercedes Benz, estilo C, categoría automóvil, capacidad 5 personas, número de serie, chasis y VIN WDDGF41X09F247955, año 2009, carrocería sedán 4 puertas, color blanco, número de motor 27195031144147, marca Mercedes Benz, modelo C 200 K, cilindrada 1800 C. C., cilindros 04, tracción 4x2, potencia 137 KW, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de noviembre del dos mil once, con la base de treinta mil ochocientos ochenta y seis dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de noviembre del dos mil once, con la base de diez mil doscientos noventa y cinco dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Carlos Alberto Londoño Jiménez. Exp. Nº 11-015941-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, II Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del 2011.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2011076451).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes prendarios, a las trece horas y treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil once, y con la base de seis mil seiscientos noventa y tres dólares con sesenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 672404, marca Renault, estilo: Clio, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería sedan 4 puertas; año: 2007, color: gris, tracción: 4x2, chasis 93YBB272F6J749686; cilindros 4, motor DAFG728Q021147, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de noviembre de dos mil once, con la base de cinco mil veinte dólares con veinte centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil once, con la base de mil seiscientos setenta y tres dólares con cuarenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de Banco Citibank de Costa Rica S. A. contra Rodolfo Alberto Gutiérrez Arias y otro. Exp. Nº 11-020023-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 29 de agosto del 2011.—Ana María López Retana, Jueza.—(IN2011076466).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas del veinte de octubre del dos mil once, y con la base de nueve millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número veinticuatro mil seiscientos sesenta y ocho cero cero dos la cual es terreno de solar y cafetal. Situada: en el distrito 02 San José, cantón 06 San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Julieta Rodríguez Cordero; al este, Leonel y Eladio Rodríguez Cordero y al oeste, Francisco Rodríguez Cordero, Antonio Cordero Zuñiga. Mide: cinco mil cuatrocientos seis metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre del dos mil once, con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil once, con la base de dos millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a los interesados en participar en la almoneda que, de conformidad con el artículo 23 de la Ley de Cobro Judicial, podrá depositar el porcentaje correspondiente de la base en efectivo, mediante entero bancario a la orden del Tribunal, o cheque certificado de un banco costarricense ahora bien, en caso de una persona jurídica al pagar con cheque certificado por un monto en colones, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho y por un monto en dólares a favor de la Unidad Administrativa Regional de Heredia; y en caso de una persona física puede realizarse de la anterior manera o bien el cheque a su favor pero realizar el endoso correspondiente, teniendo clara la restricción del artículo 805 párrafo segundo y 826 del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Teresa Rodríguez Cordero contra Gustavo Aldolfo Ramírez Fuentes. Exp. Nº 10-001354-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 8 de octubre del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2011076509).

A las ocho horas treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil once, con la base de dos millones seiscientos mil colones, libre de gravámenes y soportando advertencia administrativa sin citas de inscripción, finca del partido de San José, matrícula de folio real 234737-000, naturaleza: terreno para construir con una casa, situada en distrito 10 cantón 01 San José, linda al norte, con calle con 8m 00 cm, al sur, con lindos y Jorge Soto, al este, Carmen Córdoba, al oeste, Rigoberto Córdoba. Mide: trescientos nueve metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados, plano SJ-0020791-1974. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil once, con la base de un millón novecientos cincuenta mil colones (rebajada en un 25% la base). De no haber pastores, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil once, con la base de seiscientos cincuenta mil colones, (un 25% de la base inicial). Se remata por ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario de Financiera Brunca S. A. contra Catty Solano Sánchez. Expediente Nº 2000-100126-0216-CI.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, agosto, 2011.—MSC. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—(IN2011076554).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de octubre de dos mil once, y con la base de treinta y nueve millones ciento treinta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: derecho 002 en finca inscrita en el Registro Público, San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número uno cuatro seis cuatro cinco-cero cero dos, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 02 San Rafael, cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Simón González y otro; al sur, Trinidad Blanco; al este, Jesús Méndez, y al oeste, Jesús Méndez. Mide: veintisiete mil novecientos cincuenta y cinco metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del quince de noviembre de dos mil once, con la base de veintinueve millones trescientos cuarenta y nueve mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de noviembre de dos mil once, con la base de nueve millones setecientos ochenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Martha Elena Jiménez Méndez contra José Rafael Mora Rojas, expediente Nº 11-015379-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de agosto del 2011.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—RP2011259555.—(IN2011076190).

A las ocho horas con treinta minutos del doce de diciembre del dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada inscrita en las citas: 0312-00016202-01-0901-001 y practicado inscrito en las citas: 0473-00006405-01-0001-001, libre de gravámenes hipotecarios y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y un mil cincuenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno de tacotales. Situada en el distrito tercero Peralta, cantón quinto Turrialba de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote tercero; al sur, CCSS; al este, lote segundo, y al oeste, Ramón Nájera. Mide: dieciocho mil quinientos veinticuatro metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Vega Garita, Edde Ramírez Montero, Jairo Vega Garita, expediente Nº 05-100104-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 6 de setiembre del 2011.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—RP2011259581.—(IN2011076191).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando la habitación familiar a favor del señor Juan Carlos Maroto Martínez, a las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil once, y con la base de cuatro mil novecientos treinta y un dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y un mil trescientos diez cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Tejar, cantón El Guarco. Colinda: al norte, Rosendo Navarro Hernández; al sur, calle pública con 17 metros; al este, Ilma Cordero Navarro, y al oeste, Ilma Cordero Navarro. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de diciembre de dos mil once, con la base de tres mil seiscientos noventa y ocho dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de diciembre de dos mil once, con la base de mil doscientos treinta y dos dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Napier Sociedad Anónima contra Ilma Yenory Monge Cordero, expediente Nº 09-002292-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Gerardo Fallas Abarca, Juez.—RP2011259587.—(IN2011076192).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y veinte minutos del veintiuno de octubre de dos mil once, y con la base de seis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 090.983-000 la cual es terreno de naturaleza plana con aptitud para construir. Situada en el distrito 04 Belén, cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, María de los Ángeles Marchena Marchena; al sur, Ramona Celia Gutiérrez Angulo; al este, calle pública con un frente de 7 metros 48 centímetros lineales y en parte con Carmen Contreras Angulo, y al oeste, calle pública con un frente de 12 metros 40 centímetros lineales. Mide: trescientos veinticinco metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del siete de noviembre de dos mil once, con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y veinte minutos del veintidós de noviembre de dos mil once, con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el depósito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado (artículo 23 Ley de Cobro Judicial) a nombre de la persona que hace la postura. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Bernardo Ramón Méndez Contreras. Expediente Nº 11-003546-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 19 de agosto del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—RP2011259602.—(IN2011076193).

A las diecisiete horas del primero de diciembre del dos mil once, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1- Vehículo placas SJB008249, marca Marco Polo, número de motor 41004066459, categoría transporte colectivo interurbano, carrocería microbús, tracción sencilla, año 2001, color café, capacidad 29 personas, chasis 9BYC22K1S1C00714. 2- Libre de gravámenes prendarios; vehículo placas SJB008387, marca Marco Polo, número de motor 4066561, categoría transporte colectivo, carrocería microbús, tracción sencilla, año 2001, color café, capacidad 26 personas, chasis 9BYC22K1S1C00725. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Nacional de Costa Rica contra Dinámica de Turismo S. A., Guillermo Alonso Chaves Segura. Expediente: 05-001497-0640-CI.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 5 de setiembre del 2011.—Lic. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—RP2011259730.—(IN2011076199).

Convocatorias

Se convoca a los miembros o socios de la Asociación de Pequeños Agricultores de Colonia Naranjeña, cédula jurídica número 3-002-100720, a una junta que se llevará a cabo en este despacho a fin de que se apersonen y elijan un representante para lo cual se señalan las nueve horas del dos de diciembre de dos mil once. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo prendario 10-001508-0638-CI establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra Asociación de Pequeños Agricultores de Colonia Naranjeña.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 9 de agosto de 2011.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—(IN2011075830).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 11-000389-0188-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Carmen Gamboa Rojas, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de El Palmar de San Rafael de Heredia, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-404-153, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Cajón, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente lineal a la misma de diecinueve metros veintinueve centímetros; al sur, Ana María Valverde Barboza; al este, Evangelista Valverde Chinchilla, y al oeste, finca de Carmen Gamboa Rojas. Mide: mil quinientos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de su padre Elí Gamboa Padilla, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el terreno limpio de maleza, y cercas de alambre de púas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Carmen Gamboa Rojas. Expediente Nº 11-000389-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 16 de agosto del 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—1 vez.—(IN2011075739).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 08-000158-0391-AG-3, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Juana Arlina Gómez Gómez, quien es mayor, divorciada una vez, vecina de San Pedro de Santa Cruz, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero cincuenta y seis-ciento dieciséis, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de pastos, un corral, una casa y un bar restaurante. Situada en el distrito primero, cantón tercero de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de ciento cuarenta y tres metros con ochenta y un centímetros y en parte Juana Arlina Gómez Gómez; al sur, Hugo Jiménez Salazar; al este, Iván Alvarado Alvarado, y al oeste, Hugo Jiménez Salazar. Mide: dos hectáreas nueve mil setecientos veinticinco metros con quince decímetros cuadrados, bajo el plano catastrado número G-1181988-07. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compraventa que le hizo Carmen Moraga Vallejos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas perimetrales y chapeas periódicas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Juana Arlina Gómez Gómez. Expediente Nº 08-000158-0391-AG-3.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 17 de noviembre del 2009.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2011259323.—(IN2011075851).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 11-000195-0390-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Antonia Zúñiga Aguirre quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Nicoya, barrio El Carmen, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0501340316, profesión educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito primero de Nicoya, cantón segundo de Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Adrina Patricia Montes Agudelo; al sur, Sheiris Orias Anchía; al este, calle pública, y al oeste, Lilliam María Madrigal Monestel. Mide: noventa y seis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por cesión, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en reparación y mantenimiento de la construcción que en el mismo se encuentra. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por María Antonia Zúñiga Aguirre. Expediente Nº 11-000195-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 24 de agosto del 2011.—Lic. Beleida Vidaurre Salazar, Jueza.—1 vez.—RP2011259344.—(IN2011075852).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 10-000315-0930-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Carlos Monge Abarca, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Siquirres, Santa Marta del bar Centro de Amigos, setecientos metros al oeste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0108040080, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno con una casa de habitación y solar. Situada en el distrito primero Siquirres, cantón tercero Siquirres de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Vicente Abarca Morales; al sur, calle pública; al este, Marvin Ruiz Ruiz, y al oeste, Vicente Abarca Morales. Mide: trescientos ochenta y tres metros con cuarenta decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le realizó el señor Ángel Abarca Morales, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en dar mantenimiento y cuido del bosque. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Carlos Monge Abarca. Expediente Nº 10-000315-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 19 de agosto del 2011.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—RP2011259347.—(IN2011075853).

Ricardo Gamboa Méndez, mayor, viudo una vez, pensionado, vecino de Pueblo Nuevo de Puriscal, trescientos metros norte del Bar la Jarra, cédula de identidad número uno-doscientos sesenta y cuatro-quinientos setenta y seis, promueve diligencias de información posesoria para que se ordene al Registro Público de la Propiedad, Partido de San José, inscribir a su nombre la finca que se describe así: terreno para construir con una casa de habitación, sito en Pueblo Nuevo de San Juan de Puriscal, distrito quinto, cantón cuatro de la provincia de San José. Mide: ciento veintidós metros cuadrados, linda: al norte, sur y este, hoy con Javopo Sociedad Anónima, al oeste, calle pública con un frente de quince metros setenta y dos centímetros. Todo conforme al plano catastrado SJ-uno tres seis cuatro cinco cero cinco-dos mil nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en el asunto en defensa de sus derechos. Información Posesoria Nº 11-100295-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 7 de setiembre del 2011.—Lic. Fabio Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—RP2011259370.—(IN2011075854).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 11-000372-0386-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Lucila Sandoval Saavedra quien es mayor, estado civil viuda una vez, vecina de San José, Curridabat, Lomas de Ayarco Norte, Condominio Ayarco Campestre, número seis, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número residencial uno uno siete-cero cero cuatro cuatro nueve-dos cero, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito uno, cantón Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Manuel Santos Alvarado; al sur, carretera de Liberia a Guardia; al este, Marcos Valverde Bonilla, y al oeste, Servicios Fiduciarios del Foro S. A. Mide: ochocientos treinta y ocho metros con cero dos decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de once mil dólares. Que adquirió dicho inmueble por compra venta que le hiciere don Humberto García Arroyo, mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad número uno-trescientos once-seiscientos noventa y ocho, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del mismo y mantener las cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Lucila Sandoval Saavedra. Expediente Nº 11-000372-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 19 de setiembre del 2011.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—RP2011259400.—(IN2011075855).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 11-000079-0993-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Eliécer Montero Alpízar, mayor, casado una vez, vecino de San Ramón de Alajuela, un kilómetro al norte de la iglesia, cédula de identidad dos-doscientos cincuenta y tres-setecientos cuarenta y seis, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en el distrito cuarto Piedades Norte, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Wilberth Bolaños Rodríguez; al sur, Carmen María Rodríguez Salazar; al este, Eloy Castro Castro, Coope San Ramón, Jesús Eladio Morera, y al oeste, Wilberth Bolaños Rodríguez. Mide: veintinueve mil trescientos cuarenta y ocho metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-uno cuatro siete ocho ocho ocho uno-dos mil once. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Eliécer Montero Alpízar. Expediente Nº 11-000079-0993-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011076052).

Citaciones

Ante la notaría de la notaria Georgina Castillo Jiménez, con oficina abierta en San José, Paseo de Los Estudiantes, de la escuela España 75 al este, teléfono 2258-3597, se tramita un proceso sucesorio de quienes en vida fueron Marco Tulio Jiménez Fallas y Digna Picado Mena, cédulas 1-150-033 y 1-142-216. Se emplaza a terceros interesados a hacer valer sus derechos.—Lic. Georgina Castillo Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2011074512).

El suscrito notario Daniel Carvajal Mora, carné Nº 9680, hago constar que ante mi notaría, localizada en San Francisco de Dos Ríos, Urbanización Surky, casa 14 A, se ha iniciado el trámite de proceso sucesorio de quien en vida fue Delfín Cordero Marín, cédula de identidad Nº 2-0030-8657, instando a las partes que se crean interesadas a apersonarse al proceso.—San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Daniel Carvajal Mora, Notario.—1 vez.—(IN2011074838).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de José Emilio Araya Araya, quien fuera mayor, viudo una vez, agricultor, vecino de Alajuela, cédula de identidad 5-078-158. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente: 10-001717-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de noviembre del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—(IN2011075411).

De conformidad con el artículo ciento veintinueve del Código Notarial, por escritura número veintiocho, otorgada ante la notaría de la Licenciada Sandra Arrieta Sánchez, sita en Aserrí, frente al Polideportivo, casa de dos plantas, con horario de lunes a viernes de nueve a. m. a cinco p. m.; se ha abierto proceso sucesorio ab instestato extrajudicial de la señora María de los Ángeles Morales Mora, quien en vida fuera mayor, soltera, cédula de identidad número uno-cuatrocientos-mil cuatrocientos cincuenta, pensionada, vecina de Poás de Aserrí, de la Escuela Andrés Corrales Mora, doscientos metros al noroeste, casa dos plantas, muro terracota. De acuerdo con el artículo novecientos veintidós siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los intensados a presentarse en esta notaría dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto para hacer valer sus derechos. Expediente número 0003-2011, Notaría de la Licenciada Sandra Arrieta Sánchez.—Aserrí, veintitrés de agosto del dos mil once.—Lic. Sandra Arrieta Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2011259045.—(IN2011075454).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la mortual de Jennifer Patricia Blanco Alvarado, soltera, estudiante, menor de edad, vecina de Heredia, La Aurora, casa S-treinta y nueve, sector norte, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2011. Notaría del Bufete del Lic. Wainer González Arguedas.—Lic. Wainer González Arguedas, Notario.—1 vez.—RP2011259056.—(IN2011075455).

Se declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue Sonia Lidia Pizarro Calvo, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de la misma, quien fue mayor, casada una vez, del hogar, con cédula número seis-doscientos diecisiete-setecientos sesenta y dos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener mejor calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº 10-000179-0419-AG (202-1-10). Proceso sucesorio de Sonia Lidia Pizarro Calvo, albacea: Óscar Guzmán Guerrero.—Juzgado Agrario de la Zona Sur, 27 de enero del 2011.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—RP2011259091.—(IN2011075456).

Se hace saber:que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Freer Valle Ligia, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número 3-131-632, vecina de Cartago, 150 metros al este de la pulpería El Estadio. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000232-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—1 vez.—RP2011259207.—(IN2011075472).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Gerardo Alberto Acosta Chacón, quien fuera mayor, divorciado, profesor, vecino de Heredia, cédula número cuatro-cero noventa y cuatro-cuatrocientos sesenta y dos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-001078-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de agosto del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—RP2011259230.—(IN2011075473).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Teodoro Castro Chavarría, quien fuera mayor, casado una vez, guarda pensionado, vecino de Valverde Vega, Urbanización Sen Pérez. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000592-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 2 de setiembre del 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—1 vez.—RP2011259245.—(IN2011075474).

Se hace saber que en Bufete Cordero, en notaría del Lic. William Cordero Navarro, sito en Quebradilla de Cartago, cincuenta metros al oeste de la Guardia Rural, se tramita el proceso sucesorio ab intestato del señor Manuel de Jesús Coto Campos, cédula de identidad nueve-cero veintitrés-trescientos treinta, quien era mayor, casado una vez, mecánico industrial, y vecino de barrio Asís de Cartago. Se cita y emplaza a los interesados para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a redamar sus derechos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cero uno-once.—Quebradilla, Cartago, veintidós de setiembre del dos mil once.—Lic. William Cordero Navarro, Notario.—1 vez.—RP2011259271.—(IN2011075475).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Nicolás Soto Argüello y Evelia López Gutiérrez, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a quienes crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-11.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2011075678).

Se emplazan a todos los interesados en la sucesión de Gerardo Enrique Paniagua Carmona, quien fue mayor, agricultor, vecino de el centro de Bijagua de Upala, cédula de identidad número 5-0295-0318, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos. Apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-100027-322-CI-2.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Upala, a las siete horas con treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil once.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2011075722).

Se hace sabe: que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio de Gilberto López Soto, mayor, casado una vez, profesor pensionado, cédula de identidad número cuatro-cero noventa y dos-cero treinta y cuatro, vecino de Heredia, Urbanización San Roque, casa número veinte. Se emplaza a los herederos, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número: 0002-2011. Notaría de la Licenciada Karina Rojas Solís, sita en la ciudad de Heredia: costado este del Banco de Costa Rica en Heredia, el horario de esta oficina es de ocho de la mañana a doce mediodía y de las catorce horas a las diecisiete horas y los números de teléfono son dos doscientos sesenta y uno-setenta y nueve-setenta y dos y el teléfono/fax: dos doscientos treinta y ocho-cero cinco-cero dos.—Heredia, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Karina Rojas Solís, Notaria.—1 vez.—RP2011259287.—(IN2011075856).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de Inés Muñoz Araya, quien en vida fue mayor, casada una vez, vecina de San Diego de La Unión, ciento cincuenta metros norte del bar y abastecedor San Diego, cédula de identidad 3-145-288, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la oficina del Notario Público Rolando Romero Obando, situada en Sabana Norte, Torre La Sabana, piso sétimo, CAG Abogados, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente notarial cero uno-dos mil once.—San José, ocho de setiembre del 2011.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—RP2011259306.—(IN2011075857).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de Carlos Miguel González Beitia, mayor de edad, casado una vez, agente de ventas, cédula de identidad número uno-quinientos nueve-ciento sesenta y uno, y vecino de San José, Desamparados, Urbanización Palo Grande, casa cuarenta y uno B, concretamente de la esquina norte del autobanco del Banco Nacional de Costa Rica, ciento setenta y cinco metros al oeste, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de su publicación, se apersonen a esta notaría sita en San José, Tibás, Condominio Casa Mía número veintiocho ubicado del restaurante Antojitos, cuatrocientos cincuenta metros al oeste, a hacer valer sus derechos, percibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Expediente Nº 0001-2011 Proceso sucesorio en sede notarial de Carlos Miguel González Beitia.—San José, dieciséis de setiembre del dos mil once.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—RP2011259314.—(IN2011075858).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de Anabelle Montealegre Mendiola, mayor de edad, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Escazú, San José, con cédula de identidad número uno-cuatrocientos cuarenta y siete-doscientos veinte, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de su publicación, se apersonen a esta Notaría sita en San José, Tibás, cuatrocientos cincuenta metros al oeste del restaurante Antojitos, número veintiocho, a hacer valer sus derechos, percibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Expediente Nº 0002-2011. Proceso sucesorio en sede notarial de Anabelle Montealegre Mendiola.— San José, 19 de setiembre del año dos mil once.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—RP2011259315.—(IN2011075859).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carlos Segura Meza, quien fuera Carlos Seguro Meza, vecino de Cartago, cédula de identidad número 3-0104-0311 y la señora Marina Alfaro Sojo vecina de Cartago cédula de identidad número 3-0118-0056. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si  no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100078-0351-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27 de junio del 2011.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—1 vez.—RP2011259327.—(IN2011075860).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Enid Jones Tomlinson, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Tibás, cédula 8-0016-0077. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000381-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—RP2011259358.—(IN2011075861).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Víctor Manuel Mercado Chaves, quien fuera mayor, casado una vez, oficial de la Fuerza Pública, vecino de Pijije de Bagaces, del abastecedor 150 metros al norte, y quien falleció el 11 de noviembre de 2010. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000002-0183-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 8 de setiembre del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—RP2011259360.—(IN2011075862).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Salvador José Venegas Sanabria, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Grecia, Puente de Piedra, La Argentina, entrada a calle El Raicero, frente a minisuper La Criollita, con cédula de identidad número 2-0211-0560. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000494-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 23 de agosto del 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—1 vez.—RP2011259365.—(IN2011075863).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Fidelia Gómez Mora, quien fue mayor, casada una vez, cédula de identidad número uno-doscientos treinta y cuatro-novecientos sesenta y cinco, ama de casa, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 11-100318-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 16 de setiembre del 2011.—Msc. Fabio Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—RP2011259366.—(IN2011075864).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Odilie Bejarano Díaz, quien fue mayor, soltera, de oficios domésticos, vecina de Aserrí, cédula de identidad 1-0290-0760, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100158-0217-CI, sucesión de Odilie Bejarano Díaz.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 3 de agosto del 2010.—Lic. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—RP2011259369.—(IN2011075865).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Víctor Manuel Barquero Portilla, mayor, soltero, comerciante, vecino de Barrio El Carmen de Paso Ancho, San José, Condominios Luis Alberto Monge, edificio número diecisiete apartamento número ciento tres, cédula de identidad número uno-tres tres cero-dos cinco uno, para que dentro del plazo de treinta días hábiles a partir de esta publicación comparezcan ante esta notaría, situada en San José, Barrio Los Ángeles, de la iglesia católica, cien sur, edificio Figueras segundo piso con la finalidad de hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento que de no hacerlo la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente Nº 2011-0001-CI.—San José, 26 de setiembre de 2011.—Lic. Marvin Velásquez Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011259389.—(IN2011075866).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la mortual de María Esther del Carmen Bonilla Marín, quien en vida fue mayor, costarricense, portó la cédula de identidad número 1-0409-0909 y quien falleciere el treinta de enero de dos mil dos, con el fin que se apersonen dentro del plazo de treinta días, a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000961-169-CI-3.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 31 de agosto del 2011.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—RP2011259395.—(IN2011075867).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Filemón Villalobos Segura, quien fuera mayor, casado una vez, empresario, vecino de San Rafael de Heredia, portador de la cédula de identidad número cuatro-cero cuarenta y dos-ochocientos cuarenta. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000839-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 19 de agosto del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—RP2011259408.—(IN2011075868).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, en juicio sucesorio de quien en vida fuera Leonel Feoli Leandro, cédula tres-ciento diecinueve-novecientos ochenta y dos, casado una vez, empresario, vecino de urbanización Colinas de Monte Alegre, La Unión, para que en un plazo de treinta días se apersonen a este despacho hacer valer los derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión, la herencia pasará a quien corresponda, y quienes las leyes de Costa Rica, señala como beneficiarios, juicio sucesorio notarial de Leonel Feoli Leandro. Primero en la Notaría del Lic. Leonardo Vargas Oviedo, ubicada en San José, central, Zapote, cien metros al oeste Radio Columbia, edificio Lolita. Expediente cero uno-dos mil once.—San José, nueve de setiembre del dos mil once.—Lic. Leonardo Vargas Oviedo, Notario.—1 vez.—RP2011259449.—(IN2011075869).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Eraida Ruiz Ruiz, quien fuera mayor de edad, viuda una vez, ama de casa, vecina de Alajuela, y portadora de la cédula de identidad número cinco-ciento cuarenta y cuatro-setecientos noventa y nueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000311-0638-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de agosto del 2011.—Lic. Daniel González Sibaja, Juez.—1 vez.—RP2011259470.—(IN2011075870).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carmen Catalino Gómez Baltodano conocido como Carlos Gómez Baltodano, quien fuera mayor, divorciado una vez, pensionado, con cédula de identidad 5-158-700, vecino Horquetas, Sarapiquí, Heredia, Río Frío, finca uno, de la plaza de deportes un kilómetro al oeste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000034-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de abril del 2011.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—RP2011259472.—(IN2011075871).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y  en general, a todos los interesados para que, en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos en el juicio sucesorio, Flora Hidalgo García, cédula dos-ciento cuarenta y cinco-ochocientos setenta y siete, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieran así, la herencia pasará a quien corresponda. El emplazamiento anterior empieza a correr desde la fecha de publicación del edicto. Notaría del Licenciado Luis Alberto Valverde Mora, San Francisco de Dos Ríos, San José, expediente Nº LVM-cero cero veintiuno-dos mil once.—San José, 16 de setiembre del dos mil dos mil once.—Lic. Luis Alberto Valverde Mora, Notario.—1 vez.—RP2011259474.—(IN2011075872).

Avisos

Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Sofía Barrientos Vargas y José Sebastián Núñez Palma, ambos mayores de edad, vecinos de Tilarán centro, Guanacaste, mayores, solteros, estilista y médico farmacéutico respectivamente, con documentos de identidad en su orden seis-trescientos sesenta y nueve-setecientos noventa y nueve, y uno cinco cinco ocho uno cinco tres tres siete cinco uno cinco, encaminadas a solicitar la autorización para cambiar el nombre de su hijo menor Andrew Núñez Barrientos por el de José Andrés mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en el proceso a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente: 11-000220-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—RP2011259097.—(IN2011075478).

Se hace saber que en este despacho bajo el número único 10-400522-637-FA, abreviado de divorcio promovido por Mario Alberto Chavarría Guido, cédula 1-1296-028, contra Leidy Carolina Becerra Becerra, documento de identidad número PCC1010167834, se ha dictado a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil once la sentencia número 360-11, que literalmente dice en su parte dispositiva: “Por tanto: con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se falla: a) Se declara con lugar la presente demanda de divorcio. Se disuelve el vínculo matrimonial existente entre el señor Mario Alberto Chavarría Guido y la señora Leidy Carolina Becerra Becerra por la causal de separación de hecho de los cónyuges por un término no menor de tres años. Una vez firme esta sentencia, comuníquese al Registro Civil para que haga la anotación respectiva en la Sección de Matrimonios de la Provincia de San José, al tomo cuatrocientos setenta y cuatro, folio trescientos cuarenta, asiento seiscientos setenta y nueve, b) No existen bienes gananciales adquiridos por las partes, sin embargo, si eventualmente existiese alguno, conforme al artículo 41 del Código de Familia, cada uno de los cónyuges adquiere el derecho de participar en la mitad del valor neto de los bienes gananciales que se constaten en el patrimonio del otro, lo cual se determinará en la etapa de la ejecución de sentencia, c) Pierden las partes sus derechos a exigirse alimentos en forma recíproca d) Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Por una única vez, se ordena la publicación., de la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial se previene la parte actora que debe demostrar mediante copia que la publicación fue debidamente diligencia. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Desamparados, 22 de setiembre de 2011.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—RP2011259118.—(IN2011075479).

Se avisa que en este despacho bajo el expediente número 11-001565-0338-FA, los señores Leiver Jimmy Salazar Navarro y Marietel Mora Mesén, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la menor de edad Leonela de los Ángeles Garro Bonilla. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 11-001565-0338-FA-1.—Juzgado de Familia de Cartago, 14 de setiembre del 2011.—Lic. César Jara Benavides, Juez.—1 vez.—(IN2011075685).

Edictos Matrimoniales

Ante esta notaría comparecen Carlos Eduardo Muñoz Vega, mayor, divorciado, costarricense, abogado, con cédula 1-0353-0544, vecino de San José, Pavas y Seidy Bermúdez Muñoz, mayor, soltera, costarricense, asistente ejecutiva, con cédula 1-0479-0302; vecina de San José, Hatillo y manifiestan que se encuentran en libertad de estado para casarse, por lo que me solicitan y expresan su deseo de contraer matrimonio. Se otorga el plazo de ley a partir de esta publicación para terceros que deseen manifestar su oposición al mismo ante esta notaría, al fax: 2290-6252 o al correo jpardo@abogados.or.cr.—Lic. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2011074561).

Edictos en lo Penal

Lic. Leslie Valverde Arroyo, Fiscal de la Unidad Especializada en Delitos contra la Vida y la Integridad Física del Ministerio Público, al señor Ling Chao Pan, de documento de identidad 6261030892926 y Jin Lui Pan; documento de identidad 6261029052922, representantes de Grupo Win de Moravia Sociedad Anónima, se le hace saber que en el legajo de Acción Civil Resarcitoria; expediente 09-000427-648-PE (474-7), seguido en contra de Christopher Campos Zeledón y Grupo Win de Moravia S. A., en perjuicio de Catherine Masís Retana y Ana Cecilia Retana Acuña, por el delito de Lesiones Culposas, se ha dictado resolución que literalmente dice: acción civil resarcitoria; Unidad Especializada en Delitos Contra la Vida y la Integridad Física del Ministerio Público, San José Costa Rica; a ser las ocho horas y diez minutos del dieciséis de abril del dos mil diez. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal, se tiene por presentada la Acción Civil Resarcitoria y se pone en conocimiento de la misma a los imputados, demandados civiles; Cristopher Campos Zeledón y Grupo Win de Moravia S. A. R/ Ling Chao Pan y Jing Lui Pan. En vista de que el señor Ling Chao Pan; documento de identidad 6261030892926 y Jin Lui Pan; documento de identidad 6261029052922, Representantes de Grupo Win de Moravia Sociedad Anónima; es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución que por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Unidad Especializada en Delitos contra la Vida y la Integridad Física del Ministerio Público, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Leslie Valverde Arroyo, Juez.—1 vez.—(IN2011075423).

Se comunica al público en general sobre la diligencia de Destrucción de Drogas, por llevarse a cabo el 7 de octubre de 2011, a partir de las seis horas. En la que se destruirán:

Droga

Peso bruto/gramos, con sus respectivos embalajes

Clorhidrato de cocaína

869805 gramos

Caso

Peso bruto/gramos, con sus respectivos embalajes.

10-1502-QDR

869805 gramos

Cantidad total a destruir

869805 gramos

Lo anterior, será efectuado, utilizando un incinerador instalado en la Ciudad Judicial del Organismo de Investigación Judicial ubicada en San Joaquín de Flores, Heredia.

Conforme con el artículo 97 de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, número 8204 del 26 de diciembre de 2001 y Reglamento Sobre Custodia y Destrucción de Drogas, Estupefacientes, Psicotrópicos y Enervantes.—Juzgado Penal de San Joaquín, Heredia, 29 de setiembre del 2011.—Lic. José Aníbal Abarca Gutiérrez, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011076943).

Se comunica al público en general sobre la diligencia de Destrucción de Drogas, por llevarse a cabo el 11 de octubre de 2011, a partir de las seis horas. En la que se destruirán:

Droga

Peso bruto /gramos, con sus respectivos embalajes

Clorhidrato de cocaína

700820 gramos

Cannabis Sativa (marihuana)

200255 gramos

Nº Caso

Peso bruto/gramos, con sus respectivos embalajes

10-1502-QDR

700820 gramos

11-5082-QDR

200255 gramos

Cantidad total a destruir

901075 gramos

Lo anterior, será efectuado, utilizando un incinerador instalado en la Ciudad Judicial del Organismo de Investigación Judicial ubicada en San Joaquín de Flores, Heredia.

Conforme con el artículo 97 de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, número 8204 del 26 de diciembre de 2001 y Reglamento Sobre Custodia y Destrucción de Drogas, Estupefacientes, Psicotrópicos y Enervantes.—Juzgado Penal de San Joaquín, Heredia, 29 de setiembre del 2011.—Lic. José Aníbal Abarca Gutiérrez, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011076944).