BOLETÍN JUDICIAL Nº 195 DEL 11 DE OCTUBRE DEL 2011

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SALA PRIMERA

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos en lo Penal

 

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

TRIBUNAL DE RECONOCIMIENTOS

CONVOCATORIA

El Tribunal de Reconocimientos del Poder Judicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº 13 del Reglamento de Reconocimientos, otorgados por el Poder Judicial, aprobado por Corte Plena en la sesión Nº 3-06 del 21 de febrero del 2006, invita a las y los servidores y ex servidores judiciales, usuarias, usuarios y público en general a nominar candidatas o candidatos, quienes consideren idóneas e idóneos, para el otorgamiento de los siguientes reconocimientos:

a)  “Fernando Coto Albán”.

b)  “Ulises Odio Santos”.

c)  “Al buen o a la buena profesional”.

d)  “Al buen servidor o servidora o ex-servidor judicial”.

Según lo dispuesto en el Reglamento de reconocimientos, pueden ser nominados:

   Reconocimiento “Fernando Coto Albán”.

El reconocimiento “Fernando Coto Albán”, se otorgará al administrador o administradora o ex administrador o exadministradora de justicia, quien se haya destacado por su mística, honradez, transparencia y dedicación al trabajo y sus cualidades y logros profesionales hayan contribuido a enaltecer la labor del Juez o Jueza en la sociedad costarricense. (Artículo 20 del Reglamento).

   Reconocimiento “Ulises Odio Santos”.

El reconocimiento “Ulises Odio Santos” se otorgará al autor o autora, quien hubiese publicado un trabajo, Artículo o escrito en general de utilidad y trascendencia para el Poder Judicial. (Artículo 22 del Reglamento).

   Reconocimiento “Al buen profesional”.

El reconocimiento “Al buen profesional” se destinará a la persona que por su quehacer profesional, hubiese influido o influya en el ámbito jurídico nacional. (Ordinal 25 del Reglamento).

   Reconocimiento “Al buen servidor o exservidor judicial”.

El reconocimiento “Al buen servidor o a la buena servidora o exservidor o exservidora judicial” estará destinado al empleado (a) o exempleado (a), que en el desempeño de sus labores se haya destacado por su honradez, mística, transparencia, excelencia y dedicación al trabajo y que con su actitud hubiese enaltecido al Poder Judicial. (Canon 29 del Reglamento).

Para el caso de quienes laboran en el Poder Judicial, el tribunal de reconocimientos evaluará los siguientes factores:

-Tiempo servido: Tener como mínimo 10 años de antigüedad en un puesto en propiedad dentro del Poder Judicial.

-Historial disciplinario: En caso de haber sanciones se analizará cada una, a efecto de establecer el impacto que produjo el hecho sancionado. (Párrafo final del precepto 214 de la Ley Orgánica del Poder Judicial),

-Calidad, rendimiento y desempeño del trabajo.

-Espíritu de servicio en actividades no jurisdiccionales: Este aspecto se asocia a la participación activa que haya observado en actividades en beneficio del Poder Judicial.

-Comportamiento institucional adecuado: Se determinará si el candidato o la candidata se ajusta al medio donde se desenvuelve y al impacto de su conducta en y hacia el Poder Judicial.

Las nominaciones deben efectuarse por personas distintas a la nominada o al nominado antes del 1º de diciembre del 2011, y ser inscritas, con la debida fundamentación al correo electrónico:

trib-reconocimiento@poder-judicial.go.cr

o al fax de la Secretaría General de la Corte Nº 2295 3706

El plazo considerado para esta convocatoria será impostergable y aquellas que se presenten fuera del tiempo establecido no serán consideradas por el Tribunal de Reconocimientos.

Para mayor información pueden accesar el Reglamento de Reconocimientos otorgados por el Poder Judicial en la página Web, en la siguiente dirección electrónica.

www.poder-judicial.go.cr

San José, 3 de setiembre del 2011.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(IN2011077725).                                 Secretaria General

AVISO Nº 04-2010

ASUNTO:   Actualización de registro de firmas de los funcionarios judiciales

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

Con el fin de actualizar el registro de firmas de los funcionarios judiciales (jueces y fiscales), según lo establecido en la recomendación H) del “Manual sobre órdenes de libertad, remisión de detenidos y tener a la orden” y para efectos del Artículo 141 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que los documentos que corresponda enviar al exterior deben autenticarse por la secretaria general, se les informa que deben presentarse a la Secretaría General de la Corte, Administración o Subadministración Regional del Circuito Judicial en el que laboren a firmar el formulario “Registro de firmas de funcionarios judiciales”.

La firma debe coincidir con la que está consignada en su cédula de identidad, y a esos efectos deberán presentar al servidor encargado de la Secretaría General o al Jefe de la Administración o Subadministración Regional ese documento de identificación.

San José, 4 de febrero del 2010.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(IN2011077727).                                 Secretaria General

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

Asunto:     Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Atenas provincia de Alajuela.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Atenas provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el día veinticuatro de octubre de dos mil once, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicha localidad.

San José, 28 de setiembre del 2011

                                                Mba. Ana Eugenia Romero Jenkins

                                                                       Subdirectora Ejecutiva

Exento.—(IN2011077271).

SALA PRIMERA

A la señora Tammy Nichols Loría, de domicilio ignorado, se hace saber: que en diligencias de exequátur promovidas por Miguel Ángel Loría Zamora, contra ella, para obtener el exequátur de una sentencia dictada por la Corte General de Justicia División de Distrito del Condado de Lincoln, Carolina del Norte, Estados Unidos de América, en proceso de divorcio seguido entre las mismas partes. La petición se apoya en el artículo 705 del Código Procesal Civil, y el exequátur tiene por objeto inscribir el divorcio en Costa Rica. La sala procedió a nombrar una curadora para que la represente. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, San José, a las trece horas cinco minutos del veintinueve de julio de dos mil once, por la Lic. Ana Cecilia Rivas Tinoco, se tiene por aceptado y jurado el cargo de curadora que le fuera conferido y por señalado el fax que refiere para atender futuras notificaciones de lo cual se toma nota, cuanto por el promovente comprobado el depósito de los honorarios. En consecuencia, acerca de la solicitud que formula el señor Miguel Ángel Loría Zamora, tendiente a que se ponga el exequátur de ley a la ejecutoria de la sentencia de divorcio que acompaña, se concede audiencia por el plazo de diez días a la señora Tammy Nichols Loría, a quien se le previene que en su primer escrito, debe indicar en el territorio nacional un medio adecuado al efecto, el cual, por ahora, puede ser el fax, el casillero electrónico debidamente habilitado para su recepción por el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial, o por cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, o bien un número de casillero en el Primer Circuito Judicial de San José, debiendo escoger entre ellos únicamente dos medios, con indicación de cuál de ellos se utilizará como principal. Mientras no lo haga, cualquier resolución posterior que se dicte se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere; o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. En ambos casos, la omisión producirá las consecuencias de la notificación automática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Tramítese el asunto con intervención de la referida curadora, a quien se le concede audiencia por el plazo de tres días sobre la procedencia de la homologación solicitada. De conformidad con el Artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquese a la señora Tammy Nichols Loría la petición inicial y la presente resolución, por medio de un edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial. Anabelle León Feoli, Presidenta.”

San José, 29 de julio del 2011.

                                                                     Welesley Henry Martínez,

                                                                                Notificador a. í.

1 vez.—RP2011260437.—(IN2011077741).

SALA CONSTITUCIONAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:  Acción de Inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las catorce horas y dos minutos del veinte de setiembre del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-011367-0007-CO que promueve Ana Patricia Guillén Campos, en su condición de apoderada de generalísima de Víctor Manuel Guillén Elizondo, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 1 inciso 15), y 2 inciso 1) de la Ley numero 7411 que es Ley Reguladora del Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y Servicio, y el artículo 5 del Reglamento de Traslado y Menaje de Casa y Pasajes de los Funcionarios Acreditados en el Servicio Exterior, por estimarlos contrarios a los principios de igualdad y de protección especial de la familia reconocidos en los artículos 33 y 51 de la Constitución Política. Las normas se impugnan en cuanto excluyen al conviviente de hecho como beneficiario para obtener pasaporte diplomático, pasajes y traslado de menaje de casa, pese a que las uniones de hecho cumplen funciones familiares iguales a las del matrimonio. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 21 de setiembre del 2011

                                                            Gerardo Madriz Piedra

(IN2011076956).                                                       Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las dieciséis horas y seis minutos del catorce de setiembre del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-008838-0007-CO que promueve Édgar Trejos Ramírez, para que se declare inconstitucional la frase “podrá reingresar dentro de la década siguiente” del Artículo 14 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, por estimarlo contrario a los artículos 33 y 192 de la Constitución Política. La norma se impugna en cuanto, a criterio del accionante, no resulta necesario, ni idóneo, ni proporcional a los fines propuestos por la norma, el requisito para el reingreso dentro de los 10 años siguientes al cese como funcionario público, convirtiéndose en una desigualdad carente de toda razonabilidad. Considera que la frase cuestionada contraría el requisito de idoneidad exigido por la Constitución Política en su numeral 192, a efecto de que pueda lograr su reingreso en propiedad al puesto de la misma clase que ostentaba al salir del Régimen del Servicio Civil. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación accionante proviene del párrafo primero del artículo 75 de la Ley que rige esta jurisdicción, al estar pendiente de resolverse recurso de apelación que está en conocimiento del Ministro de Seguridad Pública, planteado contra la decisión de la Dirección de Recursos Humanos de ese Ministerio de rechazar su solicitud de ingreso en propiedad, con fundamento en la normativa impugnada, y en el cual invocó su inconstitucionalidad. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso solo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 20 de setiembre del 2011.

                                                            Gerardo Madriz Piedra

(IN2011076958).                                                       Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las diez horas y cuatro minutos del trece de setiembre del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-009444-0007-CO que promueve la Asociación de Consumidores de Costa Rica, para que se declare inconstitucional la Resolución 092-2011 del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, por estimarla contraria a los artículos 33, 41 y 46 de la Constitución Política. La Resolución de cita se impugna en cuanto exige a los usuarios de servicios de telecomunicaciones, de terminales no homologadas, a firmar una carta de renuncia por motivos de calidad del servicio, lo cual considera el accionante, constituye un acto discriminatorio, que además cercena el acceso a la justicia que tiene todo ciudadano. Adicionalmente, el promovente estima que la renuncia a futuras reclamaciones por problemas de calidad, constituye una violación indirecta a la libertad de elección, ya que si el usuario se ve obligado a renunciar a su derecho a reclamar, deberá orientar su consumo a aquellos aparatos (terminales) que sí cuenten con la homologación. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso solo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 13 de setiembre del 2011

                                                            Gerardo Madriz Piedra

(IN2011076960).                                                       Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las once horas y trece minutos del veintidós de setiembre del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-010189-0007-CO que promueve Erick Ulate Quesada y Gilberto Campos Cruz, en su condición de representantes legales de la Asociación Consumidores de Costa Rica, para que se declaren inconstitucionales los acuerdos de Junta Directiva de la Aresep 003-15-2010 de la sesión 015-2010 del 15 de abril de 2010, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 84 del 3 de mayo de 2010; 010-020-2010 de la sesión 020-2010 del 20 de julio de 2010, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 151 del 5 de agosto de 2010; 002-039-2010 de la sesión extraordinaria 039-2010 del 4 de octubre de 2010, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 203 del 20 de octubre de 2010; artículo 3 de la sesión 021-2011 del 30 de marzo de 2011 y los artículos 33, 34 1.D), 1 E), 1 F), 1 H), 1 N), 2 D); artículo 35, 36, 1 F), 1 G), 1 H), 1 J), 1 O), 2 D); artículo 37, 38, 1 C), 1 E), 1 F), 1 G), 1 H), 1 L), 1 M) 1.N), 1.O), 1.U), 2 D) del Reglamento Interno de Organización y Funciones de la ARESEP y sus Órganos Desconcentrados y Acuerdos Conexos, por estimarlos contrarios a los artículos 46, 11, 28, 121 inciso 20), 129 y 188 de la Constitución Política, el principio de legalidad, el principio de libertad y el de reserva de ley. Las normas se impugnan en cuanto se crea el Comité de Regulación y las Superintendencias de Agua, Energía y Transporte. Lo anterior, por cuanto la Ley Nº 8660 del 8 de agosto de 2008 que reformó el artículo 37 de la Ley Nº 7593 dispone que la autoridad reguladora tiene 30 días naturales después de la audiencia para resolver toda solicitud de fijación o cambio ordinario de tarifas. Pasado ese término le corresponde al Regulador General de la Autoridad Reguladora tomar la decisión correspondiente. Posteriormente, ya que por ley no se definió exactamente a cuál órgano le correspondería tal función (excepto por la creación de la SUTEL), por reforma al Reglamento (aprobado en sesión 21 del 19 de marzo del 2009) se crearon otras Superintendencias de Aguas, Energía y Transporte, a las cuales se les dio esa potestad de fijación tarifaria y sancionatoria a que se refieren los artículos 38 y 41 de la Ley de ARESEP. Sin embargo, mediante acuerdo de Junta Directiva de la ARESEP 003-15-2010, modificado por el acuerdo 026-019-2010 de la sesión 019-2010, se creó un Comité de Regulación “a partir de del 8 de mayo de 2010 hasta la primera sesión que lleve a cabo la nueva Junta Directiva”, a la cual se le asignaron estas potestades. En el acuerdo 010-020-2010 de la sesión 020-2010, dado que a esa fecha no se habían logrado implementar las Superintendencias de Agua, Energía y Transportes, se extendió la vigencia del Comité de Regulación hasta el 8 de octubre de 2010, fecha límite establecida en el Transitorio Único del Reglamento para que el Regulador cumpliera con la indicada implementación. Por acuerdo de mayoría de la Junta Directiva 002-039-2010 de la sesión extraordinaria 039-2010 del 4 de octubre de 2010 se prorrogó la vigencia de este Comité de Regulación, lo cual volvió a ocurrir en el artículo 3 de la sesión 021-2011 del 30 de marzo de 2011, prorrogando su función hasta el 30 de setiembre de 2011. Indica que por vía de reglamento se crearon potestades de imperio que solo están reservadas a la ley, como es la fijación tarifaria y la potestad sancionatoria. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso solo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 23 de setiembre del 2011

                                                            Gerardo Madriz Piedra

(IN2011076961).                                                       Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

segunda PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de éste despacho, libre de gravámenes, anotaciones, a las nueve horas treinta minutos del dos de noviembre de dos mil once, con la base de cuarenta y nueve millones doscientos cuarenta y dos mil novecientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca del Partido de Cartago, matrícula número 108005-002, cantón de La Unión, Distrito San Diego, que es terreno para construir, con una medida de ciento sesenta y ocho metros con treinta y tres decímetros cuadrados, colinda al norte, con avenida pública tercera al sur, con Olga Marta Ulloa Montero y lote 271, al este, lote 269 y al oeste, lote 267, para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil once, con la base de treinta y seis millones novecientos treinta y dos mil ciento setenta y cinco colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercer subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de diciembre de dos mil once, con la base de doce millones trescientos diez mil setecientos veinticinco colones (sea el veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Marco Antonio Trigueros Ramírez en contra de Mauricio Malavasi Reyes. Expediente Nº 10-300024-0895-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de la Unión, 22 de setiembre del 2011.—Lic. Ingrid Fuentes Leiva, Jueza.—(IN2011077985).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes devolución de ahorros de pensiones complementarias en Banco Popular y Caja Costarricense de Seguro Social, del fallecido Rosbyn Gamboa Cortés, quien poseía pasaporte número (6-197-853), se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el Nº 10-300166-443-LA-0 a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, a las diez horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil once.—Lic. Olga Alvarado Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011077986).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

segunda PUBLICACIÓN

En la puerta exterior que ocupa este Despacho, a las quince horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil once. Libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ocho millones quinientos cincuenta y dos mil cuarenta y ocho colones con once céntimos, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número cuarenta y tres mil setecientos noventa y cuatro-cero cero cero, que es naturaleza terreno para construir lote número ochocientos cuarenta y uno, sito en distrito octavo Barranca del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con lote ochocientos cuarenta; al sur, lote ochocientos cuarenta y dos; este, con lote ochocientos cuarenta y nueve, y al oeste, avenida Garza. Mide ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados, según plano P-cero siete tres dos nueve dos ocho-dos mil uno. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las quince horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil once, con la base de seis millones cuatrocientos catorce mil treinta y seis colones con ocho céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del siete de diciembre del dos mil once, con la base de dos millones ciento treinta y ocho mil doce colones con tres céntimos (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 11-100049-642-CI-1 de Banco de Costa Rica contra Dora García Pérez.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—(IN2011077417).

A las diez horas del veintiocho de octubre de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, para el primer remate y con la base de cinco millones novecientos ochenta y siete mil novecientos cincuenta colones, remataré el siguiente lote de bienes muebles. Pieza N° 1: Monitor para computadora marca Samsung, 40.6cm de ancho, color blanco, modelo SyncMaster 750s. Monitor para computadora marca Samsung, marco de pantalla y caja, ambos de color blanco, pantalla color gris, modelo SyncMaster 750s. Con una dimensión aproximada de 34,5cm de alto, 43.5cm de ancho y 58,5cm de fondo. Mide 40.6cm de ancho por 29cm de alto. En plático, pantalla de cristal y cordón eléctrico con forro negro y cable conector de señal de color blanco, número de serie P017H8wn501479, fuente de energía AC110-220v, 90w, controles de encendido, brillo, contraste y apertura de pantalla, fabricado en mayo de 2000. El artículo tiene más de 7 años de uso. En su parte trasera tiene etiquetas de diferente tipo con información varia. Valor: ¢2500. Pieza N° 2: Teclado para computadora sin marca, de color beige, sin modelo, con distribución de teclas QWERTY. Tiene las siguientes dimensiones aproximadas: 49cm de largo y 18cm de ancho, en plástico, fondo negro y cordón conector de señal de color blanco, con terminación lila, atrás con etiqueta que reza: S/N 050506736, QC PASS, made in China (hecho en China) LK 7010 El artículo tiene más de siete años de uso. Valor: ¢1000. Pieza N° 3: Impresora de facturas marca Epson, color beige, modelo M188D, con rodillo de papel y cinta de imprimir internos, de color beige, modelo M188D, serie F74G155165 dimensión aproximada 22,5 cm de alto, 30cm de ancho y 43.5cm de largo, en plático, cable de alimentación eléctrica de color negro con convertidor de corriente y sin cable conector de señal. Al frente tiene el botón de encender y los controles lumínicos para: error, señal de encendido y papel fuera de posición, además del control de la alimentación de papel. Etiqueta lateral, marca, modelo, serie, fabricante, país de origen (China) y códigos internacionales de advertencia y calidad. Convertidor marca EPSON modelo DA-36E24 y número de serie A5D691471. El artículo tiene más de siete años de uso. Valor ¢29.750. Pieza N° 4: Computadora marca Dreamsysoffice, color beige, lectora de disquete y disco compacto, sistema operativo Windows 98, con lectora de disquete y disco compacto, de color beige, sin modelo, serie 5002657100290, con 39cm de alto, 48cm de ancho y 20cm de frente, en plástico, cubiertas delantera y trasera y en metal, caja, sin ningún tipo de cables. Al frente tiene el botón de encender y luz indicadora de en marcha, las lectoras de disquetes y discos compactos y una serie de calcomanías y etiquetas. Etiquetas en costado izquierdo, que información del producto y el certificado de sistema Microsoft Windows 98 con el código: K8HW4-XWDWMGH8WW-KYOCQ-FPY3Q. En costado derecho tres piezas o perillas para su colocación en posición horizontal. No fue posible identificar el país de origen, el artículo tiene más de siete años de uso. Valor ¢0. Pieza N° 5, Espejo rectangular marco dorado, buen estado, de 39cm de ancho y 68 cm de alto, con marco de color dorado, decorado. Atrás una etiqueta con, forro de papel, ganchos para colgarlo y etiqueta con la siguiente descripción: ítem N° DNS 10896. Fabricado en China, sin marca. Valor ¢25.500. Pieza N° 6 Exhibidor de fajas giratorio cromado, color plateado, veinte posiciones, base de disco de 45cm de diámetro, cromado de color plateado, un altura de 1.45m, parte superior (porta fajas) giratoria y soporte central de tubo. Sin marca ni origen identificable. Valor ¢l6.250. Juego de dos sillones en buen estado, con forma de estrella y color fucsia, de una pieza, sin marca ni país de origen, mide 1.15m de largo, e igual medida de ancho, asiento redondo de 49cm de diámetro y con tres botones, por debajo presentan cremallera para rellenarlos. Estructura de metal, forro de tela color fucsia, fondo de la misma tela y con tres patas con tapones negros de plástico, diseño de estrella sin brazos. No fue posible determinar su edad. Valor ¢60.000. Pieza N° 8: Diez bolsos de mujer código Nº 6017, colores blanco, negro, palo rosa y celeste, dibujo externo a rombos, con tres compartimentos, cremallera central con adorno de barbas y con cierre de broche, dos agarraderas en trenza, a dos colores, el respectivo y dorado; con adorno al frente de cuatro botones en cruz y una letra B. En material sintético, con medidas de 26cm, de largo y ancho, distribuidos en los siguientes colores: uno negro y tres de cada uno: blanco, celeste y palo rosa. Bolsos nuevos, en buen estado, el de color negro dañado. Valor individual ¢9.750, valor del grupo ¢87.750. Pieza N° 9: Nueve bolsos de mujer código Nº 2406, colores negro, plateado y palo rosa, con dibujos a rombros cocidos, un compartimento interno y dos pequeños externos, cremallera central, que abre en dos direcciones y cada una con adorno de barbas, dos agarraderas en trenza, a dos colores, el respectivo y dorado: con adorno al frente de ocho botones dorados, en dos grupos arriba y abajo y una letra B en la esquina inferior derecha. En material sintético con medidas de 26cm de largo por 15 cm de alto, tres de cada uno de los siguientes colones, negro, plateado y palo rosa. Están en buen estado, excepto por los negros y plateados dañados. Valor individual ¢12.000, Valor del grupo ¢36.000. Pieza N° 10: Catorce bolsos de mujer código Nº Y016A, en tres combinaciones de colores, labrados, un compartimento interno, cerrado con tapa con broche y tres pequeños externos, dos adelante y uno atrás que cierra con cremallera. Tapa decorada con faja, que lleva fila de piezas metálicas decorativas y adelante con dos fajas, también decorativas, con hebilla. Agarradera del mismo color que se fija en fajas laterales, todo esto en un mismo color. Atrás con fijación de la fajas delanteras y cremallera con cierre metálico. En material sintético, con medidas de 27cm de largo por 20cm de alto, tres combinaciones de dos colores: cuatro de, fajas decorativas verdes y fondo dorado, cinco de, fajas decorativas rosadas y fondo plateado y cinco de, fajas decorativas fucsia y fondo dorado. Con etiqueta de cartón y con figura plástica con una R y la marca JIERSI, al frente reza: Chang Wei Leather Collection (un nombre de colección de cuero) y atrás: JIERSI collection guarantees the best quality and styles among leather products 1885A pink (la marca de colección garantiza la mejor calidad y estilos en productos de cuero, el modelo y color de la pieza). Valor individual: ¢12.500. Valor del grupo: ¢17.500 Pieza N° 11: Doce bolsos de mujer código Nº 1885A, colores rosado y beige. lizos, un compartimento interno, cerrado con cremallera con jalador de metal y otro atrás que cierra con cremallera, leather products Y016 green (la marca de colección garantiza la mejor calidad y estilos en productos de cuero, el modelo y color de la pieza), con cierre igual. Cinco piezas de cádenas y fajas entorchadas, decorativas adelante. Agarradera de faja doble con forro y sujetas al cuerpo del bolso por argollas en ojetes. En material sintético, con medidas de 30cm de largo por 11cm de alto, seis piezas en dos grupos de colores: rosado y beige. Con etiqueta de cartón y con figura plástica con una R y la marca JIERSI, al frente reza: Chang Wei Leather Collection (un nombre de colección de cuero) y atrás: JIERSI collection guarantees the best quality and styles among leather producís 1885A pink (la marca de colección garantiza la mejor calidad y estilos en productos de cuero; el modelo y color de la pieza). Valor individual: ¢0 (sin valor). Valor del grupo: ¢0 (sin valor). Pieza N° 12: Dos bolsos de mujer códigos Nº 7053 y 7057, estampados y lizos, marca COACH, un compartimento central, cerrado con cremallera y cierre de broche. Pieza de faja con hebilla con el broche, y tela decorativa estampada. Agarradera de faja y sujeta al cuerpo del bolso por argollas en ojetes y gancho de deslizar en un lado. En material sintético, con medidas de 30cm de largo por 21cm de alto, dos piezas en color rosado y estampado. Con etiqueta de cartón y con llavero metálico con la marca COACH en ambas caras, la etiqueta reza: COACH hecho en Italia, con el precio y el código de las piezas. Valor individual: ¢0 (sin valor). Valor del grupo: ¢0 (sin valor). Pieza N° 13: Tres bolsos de mujer código Nº 8349, en color morado, lizos y estampados con letra C, marca COACH, un compartimento central, cerrado con cremallera y cierre de broche. Pieza de faja con hebilla con el broche, y tela decorativa estampada. Agarradera de faja y sujeta al cuerpo del bolso por argollas en ojetes y gancho de deslizar en un lado. En material sintético, con medidas de 30cm de largo por 21cm de alto, tres piezas en color morado y estampado en gamuza. Con etiqueta de cartón y con llavero metálico con la marca COACH en ambas caras, la etiqueta reza: COACH hecho en Italia, con el precio y el código de las piezas. Valor grupal ¢11900. Pieza N° 14: Seis bolsos de mujer código Nº Y070, en color blanco, lizos. un compartimento interno, cerrado con cremallera con jalador de metal y otro atrás que cierra con cremallera, con cierre igual. Dos piezas, decorativas adelante, unidas por argollas, con faja con hebilla y con decorado de piezas metálicas, esta mismas piezas decoran a lo largo de la cremallera central y conforman dos líneas adicionales al frente con orientación vertical. Agarradera de faja, con piezas metálicas decorativas y sujetas al cuerpo del bolso por argollas en piezas receptoras. En material sintético de 30 cm de largo por 13 cm de alto, 6 piezas en color blanco. Con etiqueta de cartón y figuras plánticas con una R marca JIERSI, al frente reza Chang Wei Leather Collection (un nombre de colección de cuero) y atrás: JIERSI Collection guarantees The best quality and styles among leather producís YO 16 White (la marca de colección garantiza la mejor calidad y estilos en productos de cuero, el modelo y color de la pieza). Valor crupal ¢0. Pieza N° 15: Seis bolsos de mujer código Nº 980, en metal color dorado, labrados, tres compartimentos internos con una cremallera, cierre a presión, y con bisagra al fondo del mismo, con agarradera y cadena de colgar. Fabricados en China. En metal, con medidas de 17cm de largo por 11cm de alto, seis piezas en color dorado valor individual ¢2.150, Valor de Grupo ¢72.900. Pieza N° 16: Seis bolsos de mujer código Nº 9014, en metal color dorado con morado y manchas negras encerradas en círculos blancos, tres compartimentos internos con una cremallera, cierre con gancho a presión con flor decorativa, y con bisagra al fondo del mismo, con agarradera y cadena de colgar. Fabricados en China. En metal, con medidas de 17cm de largo por 11cm de alto, seis piezas en color dorado con morado. Valor individual ¢12.150, Valor Grupal ¢72.900. Pieza N° 17: Seis bolsos de mujer código Nº 2006, en metal, color blanco con plateado, fondo blanco con líneas irregulares de color negro, tres compartimentos internos con una cremallera, cierre a presión y con bisagra al fondo del mismo, con agarradera y cadena de colgar. Fabricados en China. En metal, con medidas de 16cm de largo por 10cm de alto, seis piezas en color blanco con plateado. Valor individual: ¢12.150. Valor del grupo: ¢72.900. Pieza N° 18: Seis bolsos de mujer código Nº 958. en metal, color dorado con agarradera con piedras, liso con dibujos de círculos, tres compartimentos internos con una cremallera, cierre de botón a presión y sobre el agarradera con forma de arco con diez piedras sintéticas y con bisagra al fondo del mismo, con agarradera y cadena de colgar. Fabricados en China. En metal con medidas de 16 cm de largo por 10 cm de lato, seis piezas en color blanco con plateado. Valor individual: ¢12.150. Valor del grupo: ¢72.900. Pieza N° 19: Cinco fajones de mujer código Nº KF-15, de rectángulos de metal, color plateado, 53cm de largo, tres rectángulos con piedras sintéticas, alternados con piezas, también rectangulares, de diferente tamaño, los cuales tienen piezas octogonales móviles. Cadena de argollas simples y con tranca “pico de lora”. En metal, con 53cm de largo, cinco piezas en color plateado. Valor individual: ¢8.500. Valor del grupo: ¢42.500. Pieza N° 20: Cinco fajones de mujer, código Nº KF-23 de argollas en metal, color plateado, 53cm de largo, diez argollas, alternadas, cinco lisas y cinco con piedras sintéticas. Cadena de argollas simples, en un extremo dije de piedra sintética, fijada en cuatro uñas y en el otro con tranca “pico de lora”. Fabricados en Corea. En metal, con 53cm de largo, cinco piezas en color plateado. En metal, con 50cm de largo, cuatro piezas en color plateado. Cuatro fajones de mujer, código Nº KF-14, cinta con 45cm de largo y 5.7cm de ancho, con piezas octogonales móviles. Cadena de argollas simples, en un extremo dije de piedra sintética, fijada en cuatro uñas y en el otro con tranca “pico de lora”. Valor individual: ¢8.500. Valor del grupo: ¢42.500 Pieza 21: Cuatro fajones de mujer código Nº KF-14 de cinta en metal, color plateado, 50 cm de largo, cinta 45 cm de largo y 5.7 cm de ancho con piezas octogonales móviles. Cadera de argollas simples en un extremo dije de piedra sintética, fijadas en cuatro uñas y en otro a con tranca “pico de Lora”. En metal, 50 50 cm de largo, cuatro piezas en color plateado. Valor individual ¢8.500, Valor de grupo ¢34.000. Pieza N° 22: Dos fajones de mujer código Nº KF-8, de piezas octogonales metal, color verde dorado, 101cm de largo. Dos fajones de mujer, código Nº KF-8, de piezas octogonales, un extremo con hebilla ovalada de 5.5cm de largo por 4.5cm de ancho, la cual tiene piedras sintéticas, el otro extremo tiene forma semicircular y presenta piedras sintéticas En metal con 101 cm, de largo, 2cm de ancho, dos piezas, en color verde dorado. Fajones nuevos, buen estado. Valor individual ¢9.600, valor de grupo ¢19.200. Pieza N° 23: Dos fajones de mujer código Nº K.F-3, de piezas redondas, metal, color plateado, 98cm de largo un extremo con hebilla ovalada de 7.8cm de largo por 5.8cm de ancho, la cual tiene piedras sintéticas, el otro extremo tiene forma triangular y presenta piedras sintéticas. Pasador con piedras a 3cm de la hebilla. En metal, con 98cm de largo, dos piezas, en color plateado. Fajones nuevos, uno en buen estado, a uno le falta el pasador, uno en caja. Valor individual: ¢9.000, valor del grupo: ¢18.000. Pieza N° 24: Dos fajones de mujer código Nº KF-28, en ocho hilos de piezas redondas y tubulares, metal, color plateado, 58cm de largo alternadas, con dos piezas equidistantes con corazones colgantes con piedras sintéticas. Cadena de argollas simples, en un extremo dije de piedra sintética, fijada en cuatro uñas y en el otro con tranca “pico de lora”. Fajones nuevos, en buen estado, uno en caja. Valor individual: ¢7.500, valor del Grupo: ¢15.000. Pieza N° 25: Dos fajones de mujer código Nº KF-4, de piezas redondas y octogonales, metal, color plateado, 106cm largo, un extremo de hebilla rectangular de 7 cm de largo por 4.7 cm de ancho, la cual tiene piedras sintéticas, el otro extremo tiene forma triangular y presenta piedras sintéticas. Pasador con piedras de 4 cm de la hebilla 106 cm de largo, dos piezas en color plateado. Fajones nuevos en buen estado uno en caja. Valor individual ¢9.000, valor del grupo ¢18.000. Pieza N° 26: Dos fajones de mujer código Nº KF-26 en cinco míos de piezas cuadradas y de piedras, metal color plateado, 52cm de largo, tres de piezas redondas y dos en piedras alternadas. Cadena de argollas simples, en un extremo dije de piedra sintética, fijada en cuatro uñas y en el otro con tranca ‘“pico de lora”. En metal con 52cm de largo, dos piezas en color plateado. Fajones nuevos, en buen estado, uno en caja valor individual: ¢7.500 valor del grupo: 15.000. Pieza N° 27: Dos fajones de mujer código Nº KF-1, de piezas redondas, metal, color plateado, 99cm de largo, un extremo con hebilla de marco rectangular (centro hueco, ver foto 62) de 8cm de largo por 6cm de ancho, la cual tiene piedras sintéticas, el otro extremo tiene forma triangular y presenta piedras sintéticas. Pasador con piedras a 4cm de la hebilla. En metal, con 99cm de largo, dos piezas, en color plateado. Fajones nuevos, en buen estado, uno en caja. Valor individual: ¢9000. Valor del grupo: ¢18000. Pieza N° 28: Dos fajones de mujer código Nº KF-7, de piezas redondas y octogonales, metal, color plateado, 103cm de largo, de dos filas de piezas redondas externas y seis centrales de piezas octogonales, un extremos con hebilla de marco rectangular de 6.8cm de largo por 4.7cm de ancho, la cual tiene piedras sintéticas, el otro extremo tiene forma triangular y presenta piedras sintéticas. En metal, con 103cm de largo, dos piezas, en color plateado. Fajones nuevos, sin pasadores, uno en caja. Valor individual: ¢7.500, valor del grupo: ¢15.000. Pieza Nº 29: Dos fajones de mujer código Nº KF-2, de piezas redondas, metal, un extremo con hebilla rectangular de 7cm de largo por 4.7cm de ancho, la cual tiene bolas metálicas, el otro extremo tiene forma triangular y presenta piedras sintéticas. Pasador con piedras a 3.5cm de la hebilla. En metal, con 100cm de largo, dos piezas, en color plateado. Fajones nuevos en buen estado, uno en caja. Valor individual ¢9.750, valor del grupo: ¢19.500 Pieza N° 30: Dos fajones de mujer código Nº ICF-5, de piezas redondas y octogonales, metal, color plateado. 102cm de largo, de dos filas piezas redondas externas y seis de octogonales internas, un extremo con hebilla de marco ovalado de 5.8cm de largo por 4.7cm de ancho, la cual tiene dos filas de piedras sintéticas y cuatro piezas transversales, el otro extremo tiene forma triangular y presenta piedras sintéticas. En metal, con 102cm de largo, dos piezas, en color plateado. Fajones nuevos, en buen estado, sin envolturas. Valor individual ¢7.500, valor grupal ¢15.000 Pieza N° 31: Dos fajones de mujer código Nº KF-9, de piezas redondas y octogonales, metal, color rosado, 102cm de largo, de dos filas piezas redondas externas y cinco octogonales internas, un extremo con hebilla de marco ovalado de 5.3 cm de largo por 4.3cm de ancho, la cual tiene piedras sintéticas, el otro extremos tiene formas semicircular y presenta piedras sintéticas. Valor individual ¢7.500, valor grupal ¢15.000. Pieza N° 32. Dos fajones de mujer código Nº K.F-18, de argollas en metal, color plateado, 53.5cm de largo, seis argollas: tres de 5.4cm de diámetro, alternadas, con tres de 4.5cm de diámetro, todas con piedras sintéticas. Cadena de argollas simples, en un extremo dije de piedra sintética, fijada en cuatro uñas y en el otro con tranca “pico de lora”. En metal, con 53.5cm de largo, dos piezas en color plateado. Fajones nuevos, buen estado, uno en caja. Valor individual: ¢8.500, valor del grupo: ¢17.000. Pieza N° 33: Dos fajones de mujer código Nº KF-10, de dos filas piezas redondas externas y cinco de octagonales internas, un extremo con hebilla de marco rectangular de 5.6cm de largo por 4.2cm de ancho, la cual tiene piedras sintéticas, el otro extremo tiene forma rectangular y presenta piedras sintéticas. En metal, con 101cm de largo, 2 piezas en color celeste. Fajones nuevos, en buen estado, uno con caja. Valor individual: ¢7.500, valor del grupo: ¢15.000. Pieza N° 34: Dos fajones de mujer, código Nº KF-16, seis piezas rectangulares, conformadas a su vez por piezas octogonales: tres grandes de 7.6cm de largo por 4cm de ancho y tres pequeñas de 4.5cm de largo por 2cm de ancho, alternadas con tres piezas circulares de 4.5cm de diámetros con piedras sintéticas. Cadena de argollas simples, en un extremo dije de piedra sintética, fijada en cuatro uñas y en el otro con tranca “pico de lora”. En metal, con 52cm de largo, dos piezas en color plateado. Fajones nuevos, buen estado, uno en caja. Valor individual: ¢7.500, valor del grupo: ¢15.000. Pieza N° 35: Dos fajones de mujer, código Nº KF-19, cinco filas de piedras sintéticas, un extremo con hebilla de marco, forma de herradura, de 4.2cm de largo, la cual tiene piedras sintéticas, el otro extremo tiene forma rectangular y presenta piedras sintéticas. Pasador con piedras a 2.3cm de la hebilla. En metal, con 93cm de largo, dos piezas, en color celeste. Fajones nuevos, en buen estado, uno en caja. Valor individual: ¢7.500. Valor del grupo: ¢15.000 Pieza N° 36: Fajón de mujer, código Nº KF-11, tres filas de piedras sintéticas, un extremo con hebilla de marco rectangular, 3.1cm de largo por 2.7cm de ancho, la cual tiene piedras sintéticas, el otro extremo tiene forma rectangular y presenta piedras sintéticas. Pasador con piedras a 1cm de la hebilla. En metal, con 95cm de largo, una pieza, en color plateado mate. Fajón nuevo, en buen estado, sin envoltura. Valor ¢7.500. Pieza N° 37: Fajón de mujer, código Nº KF-17, seis piezas rectangulares, tres grandes de 4.7cm de largo por 3.6cm de ancho y tres pequeñas de 4cm de largo por 2.6cm de ancho, todos con piedras sintéticas. Cadena de argollas simples, en un extremo dije de piedra sintética, fijada en cuatro uñas y en el otro con tranca “pico de lora”. En metal, con 52cm de largo, una pieza en color plateado. Fajón nuevo, buen estado, sin envoltura. Valor ¢7.500. Pieza N° 38: Fajón de mujer código Nº KF-12, dos filas de piedras, metal, color plateado. 94cm de largo. Fajón de mujer, código Nº KF-12, dos filas de piedras sintéticas, un extremo con hebilla de marco rectangular, 2.4cm de largo por 1.6cm de ancho, la cual tiene piedras sintéticas, el otro extremo tiene forma rectangular y presenta piedras sintéticas. Pasador con piedras a 1.7cm de la hebilla. Pieza N° 38: Fajón de mujer, código Nº KF-12, dos filas de piedras sintéticas, un extremo con hebilla de marco rectangular, 2.4cm de largo por 1.6cm de ancho, la cual tiene piedras sintéticas, el otro extremo tiene forma rectangular y presenta piedras sintéticas. Pasador con piedras a 1.7cm de la hebilla. Valor ¢7.500. Pieza N° 39: Fajón de mujer, código Nº KF-34, siete filas de piezas rectangulares de 7mm de ancho y con un largo de 70cm. Cadena de argollas simples, en un extremo dije de corazón y en el otro con tranca “pico de lora”. En metal, con 98cm de largo, una pieza, en color dorado Fajón nuevo, buen estado, sin envoltura. Valor ¢2.500. Pieza N° 40: Fajón de mujer, código Nº KF-29, cinco hilos mixtos entre cadena redonda y bolas, uno de ellos con tres dijes de piedra, tres de ellos con dos dijes de piedras, y uno con un dije, todas las piedras sintéticas y con un largo de 70cm. Cadena de argollas simples, en un extremo, dijes del mismo tipo: tres de cadena redonda y dos de bolas y en el otro con tranca “pico de lora” Fajón nuevo, buen estado, sin envoltura. Valor ¢2.500. Pieza N° 41 Diez fajas de mujer, sin código, forradas en tela con estampado de letras G, de frente entre ellas e invertidas, con hebilla plateada, forma de letra G alargada, 13cm de largo por 3.8cm de ancho. Pasador móvil. En material sintético, con medidas 3cm de ancho y con un largo de 1.3m, diez piezas de color blanco, Valor individual ¢4.500 y ¢3.000, valor del grupo ¢42.000. Pieza N° 42: Diecisiete fajas de mujer, código Nº H-3, labradas, con hebilla dorada, forma de letra H. Marca Hermes. En material sintético, todas de 2.4cm de ancho, diecisiete piezas con los colores y largos (en cm) Fajas nuevas, buen estado, en cajas negras grabadas con logotipo y marca Hermes. Valor individual ¢4.500, Valor de grupo ¢36.000. Pieza N° 43. Ocho fajas de mujer, código Nº LV-1, labradas en forma longitudinal, con hebilla dorada, forma de letras XL. En material sintético, todas de 2.8cm de ancho, ocho piezas, en colores: cuatro negras, todas de 120cm de largo y cuatro rojas, tres de 120cm de largo y uno de 120cm. Fajas nuevas, buen estado, en cajas negras grabadas con logotipo y marca Louis Vuitton. Valor individual ¢4.500, valor del grupo ¢36.000. Pieza N° 44: Cuatro fajas de mujer, código Nº LV-2, dibujos de flores rosadas, letras XL y flores, ambas, en color dorado; con hebilla plateada de 4.5cm de largo y 2.5cm de ancho, letras XL y dibujo a barras. En material sintético, 107cm de largo y 1.8cm de ancho, cuatro piezas, en color café con estampado. Fajas nuevas, buen estado, en cajas negras grabadas con logotipo y marca Louis Vuitton. Valor individual ¢3.500, valor del grupo ¢14.000. Pieza N° 45. Cuatro fajas de mujer, sin código, estampadas en colores celeste, amarillo y azul, con hebilla rectangular, plateada de 5.5cm de largo y 3.3cm de ancho, letras CD. En material sintético, 125.5cm de largo y 2.9cm de ancho, cuatro piezas, en colores. Fajas nuevas, buen estado, sin envoltorios. Valor individual ¢2.500, valor de grupo ¢10.000. Pieza N° 46: además de letras CD, sobre fondo rosado, con hebilla con letras CD unidas con pieza circular que reza Christian Dior. En material sintético, 125.5cm de largo y 2.9cm de ancho, siete piezas, en color rosado con estampado. Fajas nuevas, buen estado, sin envoltorios. Valor individual: ¢2.500 Valor del grupo ¢17.500. Pieza N° 47: Dos fajas de mujer, sin código, estampadas y con orillas de cadena de bolas, con hebilla con forma de herradura de 7cm de largo. En material sintético, 106cm de largo y 3.5cm de ancho, dos piezas, en colores verde y blanco con estampado. Fajas nuevas, buen estado, sin envoltorios. Valor individual: ¢1.050. Valor del grupo: ¢2.100 Pieza N° 48 Faja de mujer, sin código, estampada en plateado, orillas de cadena de bolas, hebilla de forma rectangular, decorada de flores, de 7cm de largo y 5cm de ancho. En material sintético, 108cm de largo y 3.7cm de ancho, una pieza, en color fucsia con estampado. Faja nueva, buen estado, sin envoltorio. Valor individual: ¢1050 Pieza N° 49 Tres fajas de mujer, sin código, lisas, con hebilla que dice Pepe Jeans 73, de 9.8cm de largo y 2.4cm de ancho. En material sintético, dos de 108cm de largo y una de 100cm y las tres de 2.1cm de ancho, tres piezas, en color negro. Con etiquetas de cartón y cordón plástico que las une a las fajas y de plástico cocida a las fajas y que rezan: Pepe Jeans Londres Talla M. Fajas nuevas, buen estado, sin envoltorios. Valor individual: ¢4.500. Valor del grupo: ¢13.500. Pieza N° 50: Tres relojes para mujer de pulsera, código Nº HL-323, marca HDGZH, electrónicos, caja rectangular, plateada, vidrio de plástico, carátula plateada, grabada con: la marca HDGZH QUARTZ, tres agujas plateadas, marcadores de horas en barras plateadas y con números las horas 12, 3, 6 y 9. Brazaletes plateados con piedras blancas sintéticas, en dos bandas laterales, al centro cadena de aros de círculos hechos con piedras sintéticas de cortes marquise y redondo, en colores rosado, verde y morado, cierre a presión con bisagra, corona plateada con botón en negro, tapa plateada, a presión, con las siguientes leyendas, en su parte externa: HDGZH Japan Movt Water Resistant Quartz HL 323. Máquinas electrónicas, marca Miyota, marcada: Unajusted Miyota CO. Japan No Jewels. Batería: Sony SR 626 SW Made In Japan (todo grabado). En cajas rosadas, almohadillas blancas, con manuales en coreano e ingles y con etiqueta en el brazalete con forma de mariposa, negra, que dice: Nº 895, HDGZH. Nuevos Baterías descargadas. Valor individual: ¢23.750. Valor del grupo: ¢71.250. Pieza N° 51: Reloj para mujer de pulsera, código Nº HL-334, marca HDGZH, electrónico, caja rectangular, plateada con piedras blancas sintéticas, vidrio de plástico, grabado: HDGZH, carátula plateada, también, con piedras blancas sintéticas y tres agujas plateadas. Leather, corona plateada, tapa plateada, atornillada, con las siguientes leyendas, en su parte externa: HDGZH Japan Movt Water Resistant Quartz HL 334. Máquina electrónica, marca Miyota, marcada: Unajusted Miyota CO. Japan No Jewels. Batería: Sony SR 626 SW Made In Japan. En caja roja, almohadilla negra y con etiqueta en el brazalete con forma de mariposa, rosada, que dice: Nº 895, HDGZH. Nuevo, batería descargada y caja con corrosión. Valor: ¢3.600. Pieza N° 52: Tres monederos de mujer, código Nº 1764, con dibujo de cerezas y flores doradas, dos compartimentos internos y llavero, ambos con cremallera. En material sintético, tres piezas, color café estampado, grabado internamente: Louis Vuitton, Paris, Made in France, con tarjeta amarilla que reza: Louis Vuitton, malle tiera, Paris, maison fondee en 1854, VL. Monederos nuevos, buen estado, en bolsa plástica. Valor individual: ¢2.450. Valor del grupo: ¢7.350. Pieza Nº 53; Dos billeteras de mujer, código Nº 61223, dibujos de flores y letras LV en colores varios, borde de color beige con esquineros en metal dorado, cinco compartimentos, 11cm de largo y 9cm de ancho. En material sintético, dos piezas, color negro estampado, grabado internamente: ® Louis Vuitton, Paris, Made in France, con tarjeta amarilla que reza: Louis Vuitton, malle tiera, Paris, maison fondee en 1854, VL. Billeteras nuevas, buen estado, en bolsa de tela grabada LV y ambas en caja de cartón, color dorado grabada: Louis Vuitton, malle tiera, Paris. maison fondee en 1854. Valor individual: ¢4.500. Valor del grupo: ¢9.000. Pieza N° 54: Dos billeteras de mujer, código Nº 60223, dibujos de flores y letras LV en colores varios, borde de color beige con esquineros en metal dorado, cinco compartimentos, 11cm de largo y 9cm de ancho. En material sintético, dos piezas, color blanco estampado, grabado internamente: Louis Vuitton, Paris, Made in France, con tarjeta amarilla que reza: Louis Vuitton, malle tiera, Paris, maison fondee en 1854, VL. Billeteras nuevas, buen estado, en bolsa de tela grabada LV y ambas en caja de cartón, color dorado grabada: Louis Vuitton, malle tiera, Paris, maison fondee en 1854. Valor individual: ¢4.500. Valor del grupo: ¢9.000. Pieza N° 55: Ocho billeteras de mujer, código Nº AFM928A, labradas a lo largo, cuatro compartimentos, 10.5cm de largo y 9.7cm de ancho. En material sintético, ocho piezas, colores: tres azul, tres papaya y dos rojas, grabados, externo LV e internamente: Louis Vuitton, Paris, Made in France, con tarjeta amarilla que reza: Louis Vuitton, malletier a Paris, textile enduit interieur cuir de veau. Billeteras nuevas, buen estado, en bolsa de tela grabada LV y ambas en caja de cartón, color dorado grabada: Louis Vuitton, malle tiera, Paris, maison fondee en 1854. Valor individual: ¢5.400. Valor del grupo: ¢43.200. Pieza N° 56: siete billeteras de mujer, código Nº AFM921, labradas a lo largo, cinco compartimentos, cierre de broche, 15cm de largo y 9.5cm de ancho. En material sintético, siete piezas, colores: una azul, tres papaya y tres rojas, grabados, externo LV e internamente: Louis Vuitton, Paris, Made in France, con tarjeta amarilla que reza: Louis Vuitton, malletier a Paris, textile enduit interieur cuir de veau. Billeteras nuevas, buen estado, en bolsa de tela grabada LV y ambas en caja de cartón, color dorado grabada: Louis Vuitton, malle tiera, Paris, maison fondee en 1854. Valor individual: ¢5.400 (Valor del grupo: ¢37.800. Pieza N° 57: Siete billeteras de mujer, código Nº AFM945, labradas a lo largo, siete compartimentos, cierre de broche, 19cm de largo y 10cm de ancho. En material sintético, siete piezas, colores: dos azules, tres papaya y dos rojas, grabados, externo LV e internamente: Louis Vuitton, Paris, Made in France, con tarjeta blanca que reza: Louis Vuitton, malletra Paris, textile enduit garnitures cuir de vachette doublure synthetique. Billeteras nuevas, buen estado, en bolsa de tela grabada LV y ambas en caja de cartón, color blanca, grabada Louis Vuitton, malle tiera, Paris, maison fondee en 1854. Valor individual: ¢5.400. Valor del grupo: ¢37.800. Pieza N° 58: Dos billeteras de mujer, código Nº 61202, dibujos de flores y letras LV en colores varios, borde de color beige con esquineros en metal dorado, cinco compartimentos, cierre de broche. 18.5cm de largo y 10cm de ancho. En material sintético, dos piezas, color negro estampado. Billeteras, una nueva en buen estado, la otra usada en mal estado, en bolsa de tela grabada LV y ambas en caja de cartón, color dorado, grabada: Louis Vuitton, malle tiera, Paris, maison fondee en 1854. Valor: ¢5.850. Pieza N° 59: Tres billeteras de mujer, código Nº 514, dibujos de C color café, sobre fondo beige y banda decorativa al centro azul y verde, borde de color verde, ocho compartimentos, cierre de broche. 19cm de largo y 10cm de ancho. En material sintético, dos piezas, color beige estampado, grabadas sobre banda decorativa: COACH leather ware Est. 1941, tarjeta blanca que reza: COACH. Billeteras nuevas, en buen estado, bolsa de tela grabada COACH y ambas en caja de cartón, color blanco, grabada: COACH. Valor individual: ¢5.400. Valor del Grupo: ¢16.200. Pieza N° 60: Tres billeteras de mujer, código Nº COA-554, dibujos de C color café, sobre fondo beige y banda decorativa al centro azul o morado y verde, borde de color verde, cinco compartimentos con acceso por cierre de broche y dos por cierre a presión, 14cm de largo y 9cm de ancho. En material sintético, tres piezas, color beige estampado, dos con banda decorativa al centro azul y una con morado, grabadas sobre banda decorativa: COACH leather ware Est. 1941 y con tarjeta blanca que reza: COACH. Billeteras nuevas, en buen estado, bolsa de tela grabada COACH y ambas en caja de cartón, color blanco, grabada: COACH. Valor individual: ¢5.400. Valor del grupo: ¢16.200. Pieza N° 61: Seis pares de zapatos de mujer, código Nº 5810-7, decorados en colores verde y beige, con lazo negro, plantilla dorada, suela de resina y tacón de 6.5cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, seis piezas, color negro, decorados y en las siguientes tallas: uno Nº 35 y Nº 38 y dos Nº 36 y Nº 37, grabados, sobre la plantilla. PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado, en caja de cartón, color rosado, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢8.050 Valor del grupo: ¢48.300. Pieza N° 62. Siete pares de zapatos de mujer, código Nº 5810-3, decorados en círculos dorados de diferente tamaño, con lazo rosado, plantilla dorada, suela de resina y tacón de 6.5cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, siete piezas, color rosado, decorados y en las siguientes tallas: uno Nº 35, Nº 38 y Nº 39 y dos Nº 36 y Nº 37, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado, excepto por tres dañados. Caja de cartón, color rosado, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢6.450. Valor del grupo: ¢25.800. Pieza N° 63: Nueve pares de zapatos de mujer, código Nº 9862-93, decorados en cintas plateadas, plantilla dorada, suela de resina y tacón de 6.5cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, nueve piezas, colores verde (cuatro) y rosado (cinco), decorados y en las siguientes tallas: dos Nº 35 y Nº 37, tres Nº 36, uno Nº 38 y Nº 39, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rosado, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢6.450 (Seis mil cuatrocientos cincuenta colones). Valor del grupo: ¢58.050. Pieza N° 64: Nueve pares de zapatos de mujer, código Nº AB 198-4, decorados en pintas irregulares color café oscuro, plantilla beige, suela de resina y tacón de 3cm de alto, marca PARA “U”. En material sintético, nueve piezas, color café claro y en las siguientes tallas: tres Nº 36, cuatro Nº 37, uno Nº 38 y Nº 39, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado, excepto por un par, dañado. Caja de cartón, color rosado, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢15.500. Valor del grupo: ¢124.000. Pieza N° 65: Nueve pares de zapatos de mujer, código Nº A 442-1, decorados en pintas alargadas color café oscuro, punta café y lazo del mismo color, plantilla beige, suela de resina y tacón de 6cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, nueve piezas, color café y en las siguientes tallas: cuatro Nº 36 y Nº 37 y uno Nº 38, grabados, sobre la plantilla. PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rosado, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢17.900 Valor del grupo: ¢161.100. Pieza N° 66: Nueve pares de zapatos de mujer, código Nº A 442-2, decorados en pintas irregulares color café oscuro y centro más claro, con hebilla con piedras sintéticas, plantilla beige, suela de resina y tacón de 5.5cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, nueve piezas, color café y en las siguientes tallas: uno Nº 35 y Nº 38, tres Nº 36 y cuatro Nº 37, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rosado, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢17.900. Valor del Grupo: ¢161.100. Pieza N° 67: Seis pares de zapatos de mujer, código Nº 6016-A56, decorados con lazo triple en dos colores, plantilla dorada, suela de resina y tacón de 6cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, seis piezas, color fucsia y en las siguientes tallas: uno Nº 35 y Nº 38, dos Nº 36 y Nº 37, grabados, sobre la plantilla. PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rosado, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢6.500. Valor del grupo: ¢39.000. Pieza N° 68: Doce pares de zapatos de mujer, código Nº 666-3, decorados con cintas de color lila en los morados y rojo en los negros, que se fijan a la suela y que tienen perlas sintéticas, se unen en lazo con un dije en piedras sintéticas, plantilla negra, suela de resina y tacón con piedras rojas de 7.5cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, doce piezas, colores morado y negro (seis de cada color) y en las siguientes tallas: cuatro Nº36, siete Nº 37 y uno Nº 39. grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rosado, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢10.000. Valor del grupo: ¢120.000. Pieza N° 69. Cinco pares de zapatos de mujer, código Nº 6826-7, decorados con lazo de color dorado los celestes y de color verde claro los verdes, plantilla blanca una mitad y la otro mitad con puntos negros, suela de resina y tacón de 0.5cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, cinco piezas, colores celeste (dos) y verde (tres) y en las siguientes tallas: dos Nº 35 y Nº 37 y un Nº 36, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rosado, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢10.500. Valor del grupo: ¢52.500. Pieza N° 70: Trece pares de zapatos de mujer, código Nº YB002-8, decorados con pieza al frente, labrada, con tonos celestes en los negros y con tonos plateados en los beige, que remata hacia atrás en tira que se une al contrafuerte y que tiene hebilla plateada, plantilla plateada, suela de resina y tacón de 4.5cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, trece piezas, colores negro (ocho) y beige (cinco) y en las siguientes tallas: seis Nº 36, cinco Nº 37, uno Nº 38 y Nº 39, grabados, sobre la plantilla. PARA”U. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color morado, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢7.600. Valor del grupo: ¢98.800. Pieza N° 71: Catorce pares de zapatos de mujer, código Nº SH001-1, decorados con pieza al frente, en dos bandas negro y blanco, en los negros y azul y blanco en los azules, con hebilla y tres ojetes, faja con hebilla al contrafuerte, plantillas negra o blanca, según el caso de zapatos negro o azul, suela de resina y tacón de 8cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, catorce piezas, colores negro (ocho) y azules (seis) y en las siguientes tallas: siete Nº 36, cuatro Nº 37, dos Nº 38 y uno Nº 39, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color morado, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢9.100. Valor del grupo: ¢127.400. Pieza N° 72: Diez pares de zapatos de mujer, código Nº 6826-88, decorados con dijes de fresas con hojas, plantilla plateada, suela de resina y tacón de 0.5cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, diez piezas, colores morado (siete) y verdes (tres) y en las siguientes tallas: dos Nº 35, tres Nº 36, cuatro Nº 37 y uno Nº 39, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rosada, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢10.800. Valor del grupo: ¢108.000. Pieza N° 73: Doce pares de zapatos de mujer, código Nº D1765-B15, decorados con aberturas de “ojo chino” y con faja que cierra a pierna, con hebilla plateada, plantilla blanca, suela de resina y tacón de 6cm de alto, marca PARA “U”. En material sintético, doce piezas, colores café (ocho) y negro (cuatro) y en las siguientes tallas: cuatro Nº 36, cinco Nº 37, dos Nº 38 y uno Nº 39, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rosada, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢9.450. Valor del grupo: ¢113.400 . Pieza N° 74: diecinueve pares de zapatos de mujer, código Nº A 4318-17, decorados con dos fajas con piedras sintéticas, plantilla blanca, suela de resina y tacón de 5.5cm de alto, marca PARA “U”. En material sintético, diecinueve piezas, colores café (doce) y negro (siete) y en las siguientes tallas: seis Nº 36, ocho Nº 37, tres Nº 38 y dos Nº 39, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rosada, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢9.000. Valor del grupo: ¢171.000. Pieza N° 75: Veinte pares de zapatos de mujer, código Nº 2447-1, decorados con costura sobre empeine y con hebilla en dos ojetes plateados, plantilla blanca o negra, según el color del respectivo zapato, suela de plástico en tacón con cuadro café, tacón plano, marca PARA “U”. En cuero, veinte piezas, colores blanco (diez) y negro (diez) y en las siguientes tallas: ocho Nº 36, diez Nº 37, uno Nº 38 y Nº 39, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado, excepto por uno de cada color dañados. Caja de cartón, color rosada con flores, grabada: en la tapa, Walk with me; al costado, lo mismo además de designed in London, y con el código, el color y la talla. Anillo de ventilación. Valor individual: ¢18.000. Valor del grupo: ¢324000 (Trescientos veinticuatro mil colones). Pieza N° 76: Diecinueve pares de zapatos de mujer, código Nº A 4318-2, decorados con cinta blanca (lila) o negra (negros), según el color, en cruz, la cual tiene piedras sintéticas y ribetes dorados (lila) o plateados (negros), plantilla blanca, suela de resina y tacón de 5.5cm de alto, marca PARA “U”. En material sintético, diecinueve piezas, colores lila (siete) y negro (doce) y en las siguientes tallas: seis Nº 36, ocho Nº 37, tres Nº 38 y dos Nº 39, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rosada, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢9.000. Valor del grupo: ¢171.000. Pieza N° 77: Siete pares de zapatos de mujer, código Nº E 316-03, decorados con banda, al frente y al lado externo y lazo, ambos de color plateado, plantilla negra, suela de resina y tacón con piedras celestes de 9.5cm de alto, marca PARA “U”. En material sintético, siete piezas, color negro y en las siguientes tallas: dos Nº 36, tres Nº 37, uno Nº 38 y Nº 39, grabados, sobre la plantilla. PARA”U”. Zapatos Nuevos en buen estado. Caja cartón, color rosado, gabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢12.000. Valor del grupo: ¢84.000. Pieza N° 78: Dieciocho pares de zapatos de mujer, código Nº 2279-12, tres piezas azules o doradas, atornilladas a la base del zapato, y unidas entre si por pasador plateado, que tiene ficha metálica, en la pieza que queda sobre el empeine, plantilla incompleta, azul o dorada, según el color, suela de resina y tacón de metal de 9.5cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, dieciocho piezas, colores azul (diez) y dorado (ocho) y en las siguientes tallas: dos Nº 35, seis Nº 36, siete Nº 37 y tres Nº 38, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, solo cuatro piezas en buen estado, las demás dañadas. Caja de cartón, color blanco, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢8.000. Valor del grupo: ¢32.000. Pieza N° 79: Doce pares de zapatos de mujer, código Nº 2279-02, pieza atornillada a la base del zapato, con decorado de piezas metálicas redondas de diferente tamaño y con piedras sintéticas, rojas y turquesa, también de diferente tamaño, plantilla incompleta con forma de gota, de color blanco, suela de resina y tacón de metal de 9.5cm de alto, marca OOPS. En material sintético, doce piezas, color blanco y en las siguientes tallas: dos Nº 35, cinco Nº 36 y Nº 37, grabados, sobre la plantilla, OOPS. Zapatos nuevos, en buen estado, cinco de ellos dañados. Caja de cartón, color blanco, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢8.000. Valor del grupo: ¢56.000. Pieza N° 80: Veinte pares de zapatos de mujer, código Nº 2279-06, tres piezas amarillas o negras, atornilladas a la base del zapato y unidas entre si por argolla plateada y faja que se fija a la pierna con hebilla, también, plateada, plantilla incompleta, amarilla o negra, según el color, suela de resina y tacón de metal de 9.5cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, veinte piezas, colores amarillo (diez) y negro (diez) y en las siguientes tallas: uno Nº 35 y Nº 39, siete Nº 36, siete Nº 37, cuatro Nº 38, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, todos dañados. Caja de cartón, color blanco, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢0. Valor del grupo: ¢0. Pieza N° 81: Ocho pares de zapatos de mujer, código Nº 2279-03, pieza atornillada a la base del zapato, con decorado de argolla metálica con piedras sintéticas, plantilla incompleta conforma de gota, de color blanco, suela de resina y tacón de metal de 9.5cm de alto, marca OOPS. En material sintético, ocho piezas, color blanco y en las siguientes tallas: uno Nº 35 y Nº 38, cuatro Nº 36, dos Nº 37, grabados, sobre la plantilla, OOPS. Zapatos nuevos, en buen estado, cuatro de ellos dañados. Caja de cartón, color blanco, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢8.000. Valor del grupo: ¢32.000. Pieza N° 82: Ocho pares de zapatos de mujer, código Nº 2278-05, pieza atornillada a la base del zapato, decorada con filas de botones plateados, además tiene cintas de amarrar en la pierna, plantilla incompleta de color plateado, suela de resina y tacón de metal de 9.5cm de alto, marca OOPS. En material sintético, ocho piezas, color negro y en las siguientes tallas: uno Nº 35 y Nº 38, tres Nº 36, tres Nº 37, grabados, sobre la plantilla, OOPS. Zapatos nuevos, todos ellos dañados. Caja de cartón, color blanco, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢0. Valor del grupo: ¢0. Pieza N° 83: Ocho pares de zapatos de mujer, código Nº 2403-C02, dos piezas atornilladas a la base del zapato, y unidas entre si por lazo con piedras sintéticas, plantilla incompleta, color rosado, suela de resina y tacón de metal de 9cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, ocho piezas, color rosado y en las siguientes tallas: uno Nº 35, dos Nº 36 y Nº 38, tres Nº 37, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado, excepto por un par dañado (dos zapatos derechos). Caja de cartón, color blanco, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢12.000. Valor del grupo: ¢84.000. Pieza N° 84: Ocho pares de zapatos de mujer, código Nº 2403-05, piezas atornilladas a la base del zapato, decoradas con dijes de flor con piedras sintéticas, de letras CD con piedra sintética y uniendo las fajas, cadenas de argollas simples, con pasador al talón, plantilla incompleta de color rojo, suela de resina y hule, tacón de metal de 9cm de alto, marca OOPS. En material sintético, ocho piezas, color rojo y rosado y en las siguientes tallas: uno Nº 35 y Nº 38, tres Nº 36, tres Nº 37, grabados, sobre la plantilla, OOPS. Zapatos nuevos, en buen estado, dos de ellos dañados. Caja de cartón, color blanco, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢8.000. Valor del grupo: ¢48.000. Pieza N° 85: Nueve pares de zapatos de mujer, código Nº 2278-02A, piezas atornilladas a la base del zapato, la del frente decorada con piedras sintéticas de diferentes cortes, colores y tamaños, enmarcadas en plateado; además tiene, cintas de amarrar en la pierna, con pieza atornillada en la suela, para amarrarlas (ver foto 158), plantilla incompleta de color plateado, suela de resina y tacón de metal de 10cm de alto, marca OOPS. En material sintético, nueve piezas, color negro y en las siguientes tallas: uno Nº 35, Nº 38 y Nº 39, tres Nº 36, tres Nº 37, grabados, sobre la plantilla, OOPS. Zapatos nuevos, buen estado, excepto por tres pares dañados. Caja de cartón, color blanco, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢8.000. Valor del grupo: ¢48.000. Pieza N° 86: Trece pares de zapatos de mujer, código Nº T 3308-2, pieza atornilladas a la base del zapato, con decorado de pieza metálica, dorada, con botones plateados, además, cadena lateral de argollas simples con dije de letra D con piedras sintéticas, plantilla metálica de color dorado, suela de resina con hule y tacón de metal de 8.5cm de alto, marca OOPS. En material sintético, trece piezas, color café y en las siguientes tallas: uno Nº 35 y Nº 38, cinco Nº 36 y seis Nº 37, grabados, sobre la plantilla, OOPS. Zapatos nuevos, buen estado, excepto por seis pares dañados. Caja de cartón, color blanco, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢8.000. Valor del grupo: ¢56.000. Pieza N° 87: Diecisiete pares de zapatos de mujer, código Nº  3 336-B6, cuatro fajas decoradas con banda de piedras sintéticas con cinco adornos, también en piedras sintéticas, todo sobre faja, que se une a faja de talón con hebilla plateada o dorada, según el caso del color del zapato, plantilla negra o dorada, suela de resina y tacón de 8cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, diecisiete piezas, colores negro y dorado, en las siguientes tallas: uno Nº 35 y Nº 39, seis Nº 36 y Nº 37 y tres Nº 38, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado, excepto por un par dañado. Caja de cartón, color rosado con flores blancas, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢9.750. Valor del grupo: ¢156.000. Pieza Nº 88: Diez pares de zapatos de mujer, código Nº 3 233A-B6, tres fajas, una negra, otra, en combinación dorado con dorado oscuro y la tercera de plástico con piedras sintéticas, la faja negra continua hacia atrás hasta constituirse en faja de talón con hebilla dorada, plantilla incompleta dorada, suela de resina con hule y tacón de 8.5cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, diez piezas, color dorado oscuro, en las siguientes tallas: uno Nº 35 y Nº 39, tres Nº 36 y Nº 37 y dos Nº 38, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado, excepto por un par dañado. Caja de cartón, color rosado con flores blancas, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢9.350. Valor del grupo: ¢84.150. Pieza Nº 89: Cinco pares de zapatos de mujer, código Nº 3 185-A-B6. cuatro fajas unidas por lazo de piedras sintéticas, una de las fajas continua hacia atrás hasta constituirse en faja de talón, plantilla incompleta dorada, suela de resina con hule y tacón de 8.5cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, cinco piezas, color dorado, en las siguientes tallas: uno Nº 36 y Nº 38, tres Nº 37, grabados, sobre la plantilla. PARA”U”. Zapatos nuevos, todos dañados. Caja de cartón, color rosado con flores blancas, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢0. Valor del grupo: ¢0. Pieza Nº 90: Treinta pares de zapatos de mujer, código Magic, tres fajas unidas a dos laterales, dos de ellas con abalorios negros o beige, según el color del zapato, faja de talón doble hebilla del color respectivo, plantilla incompleta plateada en los negros y dorada en los beige, suela de hule y tacón forrado del respectivo color de 8.5cm de alto, marca CLASSIFIED, fabricados en China. En material sintético, treinta piezas, color negro (trece) y beige (diecisiete), en las siguientes tallas: dos Nº 35.5, siete Nº 36, cinco Nº 36.5, seis Nº 37, seis Nº 37.5 y dos Nº 38 y Nº 39, grabados, sobre la plantilla. CLASSIFIED®. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color naranja, grabada con: en la tapa de color blanco con bolas amarillas, CLASSIFIED y en cuerpo igual y con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢9.350. Valor del grupo: ¢280.500. Pieza Nº 91: Veintiún pares de zapatos de mujer, código 082-3, tipo tenis con decorado liso y de tela estampada, cierres en belcro. con argollas, plantilla blanca, suela de hule en rojo y azul con las letras D y G, marca Dolce & Gabbana. En material sintético, veintiún piezas, colores verde (doce) y rosado (nueve), en las siguientes tallas: uno Nº 35 y Nº 39, ocho Nº 36, siete Nº 37 y cuatro Nº 38, grabados, sobre la plantilla, Dolce & Gabbana. Zapatos nuevos, en buen estado, excepto por un par dañado. Caja de cartón, color blanco, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢6.900. Valor del grupo: ¢138.000. Pieza Nº 92: Veinte pares de zapatos de mujer, código 082-4, tipo tenis con decorado lateralmente con abalorios, cierre de cordón con cinco posiciones, plantilla blanca, suela de hule en rojo y azul con las letras D y G, marca Dolce & Gabbana. En material sintético, veinte piezas, colores amarillo (seis) y rosado (catorce), en las siguientes tallas: dos Nº 35, siete Nº 36, siete Nº 37 y cuatro Nº 38, grabados, sobre la plantilla, Dolce & Gabbana. Zapatos nuevos, en buen estado, excepto por un par dañado. Caja de cartón, color blanco, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢6.900. Valor del grupo: ¢131.100. Pieza N° 93: Nueve pares de zapatos de mujer, código Nº 9 459-B6, cinco fajas que sostienen a cuatro filas de piedras sintéticas, las externas pequeñas y la internas grandes y cadena al centro de ellas en zigzag, además presentan, cintas de amarrar a la pierna, plantilla incompleta de color negro, suela de resina y tacón de 8cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, nueve piezas, color negro y en las siguientes tallas: uno Nº 35, tres Nº 36 y Nº 37 y dos Nº 38, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, buen estado. Caja de cartón, color rosado con flores blancas, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢8.000. Valor del grupo: ¢72.000. Pieza N° 94: Doce pares de zapatos de mujer, código Suzie, dos fajas unidas al frente, con hebilla, con piedras sintéticas, entrelazadas con dos fajas laterales, que culminan en contrafuerte, plantilla incompleta plateada o café oscuro, según el color del respectivo zapato, suela de hule y tacón mixto, metal y resina y de 9cm de alto, marca Model girl. En material sintético, doce piezas, colores plateados (siete) y café oscuro (cinco), en las siguientes tallas: dos Nº 33, Nº 35 y Nº 36, cuatro Nº 34, uno Nº 37 y Nº 38; grabados, sobre la plantilla, Model girl®. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rosado, grabada: en la tapa Model girl®, con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢11.700. Valor del grupo: ¢140.400. Pieza N° 95: Siete pares de zapatos de mujer, código Siti, tres fajas al frente, con piedras sintéticas, atrás dos fajas para la pierna con hebilla plateada, plantilla incompleta plateada, suela de resina y tacón forrado en rojo de 8cm de alto, marca Blosson collection. En material sintético, siete piezas, color rojo, en las siguientes tallas: tres Nº 36 y cuatro Nº 36.5; grabados, sobre la plantilla, Blosson collection. Zapatos nuevos, en buen estado, un par dañado. Caja de cartón, color celeste, grabada en la tapa Blosson collection y en el cuerpo Blosson collection, www blosson collection, Blosson footwear, con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢11.700. Valor del grupo: ¢70.200. Pieza N° 96: Veinticuatro pares de zapatos de mujer, código Nº 917-8, decorados con banda, al frente, de tela cuadriculada, faja con dos argollas plateadas, fajilla de talón con hebilla ovalada, plateada y con piedras sintéticas, plantilla blanca, suela de resina y tacón de 7cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, veinticuatro piezas, colores negro (cinco), azules (doce) y morado (siete) y en las siguientes tallas: ocho Nº 36, diez Nº 37, tres Nº 38 y Nº 39, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color blanco, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢8.250. Valor del grupo: ¢198.000. Pieza N° 97: Doce pares de zapatos de mujer, código Nº D 1765-278, decorados con bandas que tienen piedras sintéticas y con pliegues, fajilla de talón con hebilla plateada, plantilla blanca, suela de resina y tacón de 6.5cm de alto, marca PARA”U”. En material sintético, doce piezas, colores negro y café (seis de cada color) y en las siguientes tallas: cuatro Nº 36, seis Nº 37 y dos Nº 38, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado, un par dañado. Caja de cartón, color rosado, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢11.700. Valor del grupo: ¢128.700. Pieza N° 98: Seis pares de zapatos de mujer, código Nº 711-8923, decorados con figuras blancas y de piedras, plantilla blanca, suela de resina y tacón de 6cm de alto, marca Primavera. En material sintético, seis piezas, color beige y en las siguientes tallas: uno Nº 34, dos Nº 35 y tres Nº 36, grabados, sobre la plantilla, Primavera. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rojo, grabada: en los cuatro costados y en la tapa Primavera y con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢8.000. Valor del grupo: ¢48.000. Pieza N° 99: Cuatro pares de zapatos de mujer, código Nº 711-6923, decorados con figuras blancas y de piedras, plantilla blanca, suela de resina y tacón de 6cm de alto, marca Primavera. En material sintético, cuatro piezas, color negro y en las siguientes tallas: dos Nº 34 y Nº 35, grabados, sobre la plantilla, Primavera. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rojo, grabada: en los cuatro costados y en la tapa Primavera y con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢8.000. Valor del grupo: ¢32.000. Pieza N° 100: Diecisiete pares de zapatos de mujer, código Nº A 5216-62, cuatro dibujos de líneas, dos simples y dos con costura, plantilla blanca, suela de resina y tacón de 6.5cm de alto, marca PARA “U”. En material sintético, diecisiete piezas, colores rosado (siete) y negro (diez) y en las siguientes tallas: seis Nº 36, siete Nº 37, tres Nº 38 y uno Nº 39, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rosada, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢8.000. Valor del grupo: ¢136.000. Pieza Nº 101: Catorce pares de zapatos de mujer, código Nº A 5216-78, piezas unidas por aro con piedras sintéticas, bajo ellas fondo negro e imitación piel de culebra, ambos labrados, plantilla blanca, suela de resina y tacón de 6cm de alto, marca PARA “U”. En material sintético, catorce piezas, colores negro con gris imitación culebra (siete) y negro (siete) y en las siguientes tallas: tres Nº 36, seis Nº 37, tres Nº 38 y dos Nº 39, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rosada, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢7.500. Valor del grupo: ¢105.000. Pieza Nº 102: Trece pares de zapatos de mujer, código Nº  A 5216-59, con seis aberturas tipo “ojo chino”, fondo negro e imitación piel de culebra, ambos labrados, plantilla blanca, suela de resina y tacón de 6.5cm de alto, marca PARA “U”. En material sintético, trece piezas, colores negro con gris imitación culebra (dos, sin ilustrar) y negro (once) y en las siguientes tallas: cuatro Nº 36, seis Nº 37, dos Nº 38 y un Nº 39, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado. Caja de cartón, color rosada, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢7.500. Valor del grupo: ¢97.500. Pieza Nº  103: Siete pares de zapatos de mujer, código Nº B 5216-3, con lazo decorativo y faja a la pierna con hebilla plateada, plantilla blanca, suela de resina y tacón de 6cm de alto, marca PARA “U”. En material sintético, siete piezas, colores fucsia y en las siguientes tallas: uno Nº 36 y Nº 39, tres Nº 37 y dos Nº 38, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado, un par dañado. Caja de cartón, color rosada, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢6.400. Valor del grupo: ¢38.400. Pieza Nº 104: Trece pares de zapatos de mujer, código Nº A 4318-36, decorados de banda con piedras sintéticas, que lo cruza al frente sigue al lado hacia atrás, plantilla blanca, suela de resina y tacón de 6cm de alto, marca PARA “U. En material sintético, trece piezas, colores beige (siete, sin ilustrar) y negro (seis) y en las siguientes tallas: cuatro Nº 36, seis Nº 37, uno Nº 38 y dos Nº 39, grabados, sobre la plantilla, PARA”U”. Zapatos nuevos, en buen estado, un par dañado. Caja de cartón, color rosada, grabada: con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢11.900. Valor del grupo: ¢142.800. Pieza Nº 105: Ocho pares de zapatos de mujer, código Nº Lulux 05845. decorados al frente y en el talón, línea de borde y figura al frente de lazo con X, todo en color blanco, plantilla blanca, suela de resina y lacón de 6cm de alto, marca Sagharbor, hechos en China. En material sintético, ocho piezas, color negro y en las siguientes tallas: siete Nº 37 y uno Nº 38, grabados, sobre la plantilla, Sagharbor. Zapatos nuevos, en buen estado. Cajas de cartón, cuatro colores café con el código, el color y la talla. Valor individual: ¢7.800. Valor del grupo: ¢62.400. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original sea la suma de cuatro millones cuatrocientos noventa mil novecientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos, se señalan las diez horas del catorce de noviembre de dos mil once. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de un millón cuatrocientos noventa y seis mil novecientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil once. Lo anterior por  haberse  ordenado  así  en  proceso Deshaucio de Kham Thien S. A. contra Joo Sung Wee y otra. Expediente 06-100780-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San Carlos, 16 de agosto de 2011.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—(IN2011077502).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas del veintisiete de octubre del dos mil once, y con la base de veinticinco millones seiscientos treinta y seis mil trescientos trece colones con ochenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y seis mil seiscientos setenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Santa Cruz, cantón Santa Cruz, de la provincia de guanacaste. Colinda: al norte, Rosa Flor Zúñiga Aguilar; al sur, Rosa Flor Zúñiga Aguilar; al este, Rosa Flor Zúñiga Aguilar, y al oeste, calle pública con un frente de treinta y dos centímetros lineales. Mide: novecientos quince metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del once de noviembre del dos mil once, con la base de diecinueve millones doscientos veintisiete mil doscientos treinta y cinco colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintiocho de noviembre del dos mil once, con la base de seis millones cuatrocientos nueve mil setenta y ocho colones con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Greivin Jesús Moraga Pizarro, expediente Nº 10-000372-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Ernesto Torres Torres, Juez.—RP2011260265.—(IN2011077742).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas de inscripción 0384-00011386-01-0919-003, limitaciones de leyes 7052, 7208, sistema financiero de vivienda, citas de inscripción 0557-00016288-01-0004-001 y habitación familiar citas 0557-00016288-01-0005-001, a las trece horas treinta minutos del once de noviembre del dos mil once, y con la base de un millón trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 128467-003 y 004, la cual es vivienda numero 148. Situada en el distrito Pejibaye, cantón Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública y otros; al sur, calle pública y otro; al este, lote 146 y otro, y al oeste, calle pública. Mide: trescientos catorce metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veinticinco de noviembre del dos mil once, con la base de novecientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del doce de diciembre del dos mil once, con la base de trescientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Katia de los Ángeles Camacho Pereira, Paulo Martínez Trejos, expediente Nº 11-000332-1006-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Turrialba, 18 de agosto del 2011.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—RP2011260272.—(IN2011077743).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas treinta minutos del ocho de noviembre del dos once, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca uno: Inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y nueve mil seiscientos noventa cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Fortuna, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, y oeste, Gerardo Sánchez Alfaro; al sur, servidumbre de paso de 06 m con un frente a la misma de 18.55 m; al este calle pública con un frente de 12.06 m. Mide: doscientos treinta y dos mil metros cuadrados. Finca dos: Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reserva y restricciones, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y nueve mil seiscientos noventa y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Fortuna, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 47.03 m; al sur, lote 2 de Villalobos Arias S. A.; al este, calle pública con un frente de 21.26 m y al oeste, Villalobos Arias S. A. Mide: mil metros cuadrados. Bases para el primer remate, Finca uno: con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos, Finca dos: con la base de ocho millones de colones exactos. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil once, con las siguientes bases Finca uno: (rebajada en un veinticinco por ciento) seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos , finca dos: (rebajada en un veinticinco por ciento) seis millones de colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del seis de diciembre del año dos mil once, con las siguientes bases Finca uno: (un veinticinco por ciento de la base inicial) dos millones ciento veinticinco mil colones exactos, finca dos: (un veinticinco por ciento de la base inicial) dos millones de colones exactos.  Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jacedi Dos Mil Seis Limitada contra Oiler Gerardo Rojas Rodríguez. Exp. Nº 11-000254-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 16 de setiembre del 2011.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2011260276.—(IN2011077744).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del ocho de noviembre del año dos mil once, y con la base de millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos noventa y ocho mil ochocientos siete- cero cero cero la cual es terreno para construcción de vivienda de interés social. Situada en el distrito 05 Candelaria, cantón 07 Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Héctor Vega Ugalde; al sur, Héctor Vega Ugalde; al este, calle pública con frente a ella de 6 m y al oeste, Héctor Vega Ugalde. Mide: ciento noventa y dos metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de noviembre del año dos mil once, con la base de millón ciento veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del seis de diciembre del año dos mil once con la base de trescientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Laura del Sol Limitada contra Andrea Auxiliadora Mora Vargas. Exp. Nº 11-000301-0296-CI.—Juzgado Civil Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2011260277.—(IN2011077745).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando reservas y restricciones e hipoteca de primer grado por la suma de veinte millones ochocientos treinta mil colones; a las once horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil once, y con la base de tres millones seiscientos un mil setecientos setenta y un colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos mil ciento cuarenta y uno cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Aros y Llantas Mundiales S. A.; al sur, Aros y Llantas Mundiales S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Aros y Llantas Mundiales S. A. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil once, con la base de dos millones setecientos un mil trescientos veintiocho colones con noventa y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del doce de diciembre de dos mil once con la base de novecientos mil  cuatrocientos cuarenta y dos colones con noventa y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Maureen Patricia Álvarez Cartín contra Luis Ramón González Salas. Exp. Nº 10-002829-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de setiembre del  2011.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2011260288.—(IN2011077746).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso con citas 557-9534-01-0013-001, citas 557-9534-01-0021-001, citas 557-9534-01-0023-001, citas 557-9534-01-0030-001, citas 557-9534-01-0039-001, citas 557-9534-01-0048-001, citas 557-9534-01-0057-001, citas 557-9534-01-0066-001, y citas 557-9534-01-0075-001; a las nueve horas y cero minutos del dos de noviembre del año dos mil once, y con la base de cincuenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil seiscientos noventa y siete cero cero cero la cual es terreno naturaleza: Lote número tres terreno de uso agrícola. Situada en el distrito tercero Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre de paso con 11 metros e Inversiones Turísticas del Coco Rojas y Rojas Sociedad Anónima; al sur, servidumbre de paso 11 metros de frente e Inversiones Turísticas del Coco Rojas y Rojas Sociedad Anónima; al este, Cirilo Alvarado Alvarado, y al oeste, Inversiones Turísticas del Coco Rojas y Rojas Sociedad Anónima. Mide: Cinco mil trescientos noventa y cuatro metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil once, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de diciembre del año dos mil once con la base de doce mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bruno Donati contra Anturios Festivos J O P Cuarenta y Siete S. A. Exp. Nº 11-000261-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 21 de setiembre del 2011.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—RP2011260297.—(IN2011077747).

A las nueve horas del siete de noviembre de dos mil once, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de setecientos setenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré: Un vehículo marca Hyundai, modelo 1991, estilo Excel, cilindros 04, combustible gasolina, cubicaje 1500 centímetros cúbicos, chasis número KMHVF31JPMU505228, motor G4DJM193749, color gris, capacidad cinco pasajeros, placas número 394158. Se ordena el remate en ejecutivo prendario N° 06-001446-0180-CI de Vinicio Garita Sánchez contra Rosa María Salas Calderón.—Juzgado Primero Civil de San José, 6 de setiembre de 2011.—Lic. Vanessa Guillen Rodríguez, Jueza.—RP2011260298.—(IN2011077748).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del cinco de diciembre de dos mil once, y con la base de ocho millones quinientos cuarenta y un mil cuatrocientos cuarenta y siete colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad Inmueble, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 118016-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Cot, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago, colinda: al norte, Óscar Rivera; al sur, calle pública con 10 m y otros; al este, Asociación de Pequeños Agricultores de Cot, y al oeste, Guillermo Pérez; mide doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de diciembre de dos mil once, con la base de seis millones cuatrocientos seis mil ochenta y cinco colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de enero de dos mil doce con la base de dos millones ciento treinta y cinco mil trescientos sesenta y un colones con noventa y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada Coocique R. L. contra Marco Aurelio Méndez Rojas, exp. Nº 11-006826-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—RP2011260299.—(IN2011077749).

A las diez horas treinta minutos del once de noviembre del dos mil once, en la puerta de este juzgado en el mejor postor, libre de anotaciones judiciales y gravámenes hipotecarios, y con la base de seis millones novecientos setenta y cuatro mil diecisiete colones con treinta y nueve céntimos. remataré, la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, al sistema de folio real, matrícula número: ciento un mil ciento setenta y cinco-cero cero uno y cero cero dos, que es terreno para construir con una casa de sesenta y ocho metros de construcción y ampliación de cuarenta y cuatro metros cuadrados de construcción, situada en el distrito primero Las Juntas, cantón sétimo Abangares, de la provincia de Guanacaste, mide: doscientos ocho metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados; plano G-ciento diecisiete mil ochocientos cincuenta y ocho-mil novecientos noventa y tres, con linderos: norte, calle pública con frente de ocho metros cincuenta centímetros lineales; sur; este y oeste, Municipalidad de Las Juntas de Abangares. Para el segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base de la finca, sea con la suma de cinco millones doscientos treinta mil quinientos trece colones con cuatro céntimos, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil once. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca, sea con la suma de un millón setecientos cuarenta y tres mil quinientos cuatro colones con treinta y cuatro céntimos, y en ésta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las diez horas treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil once. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante, el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca. Se remata por ordenarse así en expediente N° 11-100153-0927-CI (162-4-11)-A, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Yancy Arguedas Chaves y otro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 16 de setiembre del 2011.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—RP2011260319.—(IN2011077750).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las once horas y cero minutos del quince de noviembre de dos mil once, y con la base de tres millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil veinticinco-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Mayra Madriz Madriz y Nieves Roque Alarcón; al sur, Gonzalo Pereira Coto; al este, calle pública con catorce punto treinta y dos metros de frente; y al oeste, Gonzalo Pereira Coto. Mide: trescientos tres metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo rematé se señalan las once horas y cero minutos del treinta de noviembre de dos mil once, con la base de dos millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del quince de diciembre de diciembre del dos mil once, con la base de novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial. Nota: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de hacer el depósito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado o de gerencia (articulo 23 Ley de Cobro Judicial) a nombre de la persona que hace la postura. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Multiservicios WMR de Paraíso Sociedad Anónima contra Julio César Pereira Roque, Maricela Madriz Quesada. Expediente: 11-006788-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 22 de setiembre del 2011.—Lic. David Elías Acuña Marín, Juez.—RP2011260392.—(IN2011077751).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotécanos; pero soportando demanda penal, reservas y restricciones; a las diez horas del veinticinco de enero de dos mil doce, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 80681-000, la cual es terreno de pastos y tacotales. Situada en el distrito quinto, cantón primero de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Hacienda Nicoyana S. A.; al este, Hacienda Nicoyana S. A.; y al oeste, Regino Peralta y Guillermo Peralto. Mide: ciento veinte mil doscientos trece metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del nueve de febrero de dos mil doce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veinticuatro de febrero de dos mil doce, con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Alfonso Alfaro Salazar contra Juan Rodríguez Sánchez. Expediente: 11-000506-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 8 de setiembre del 2011.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2011260409.—(IN2011077752).

A las nueve horas del quince de noviembre del dos mil once, en la puerta exterior de este despacho remataré lo siguiente: libre de gravámenes hipotecarios (artículo 917 del Código Civil y 885 del Código de Comercio), pero soportando demanda penal bajo las citas 540-16576-01-0001-001 ordenada por el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, la finca de la provincia de San José número 302054-000, naturaleza terreno para construir, situada en distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia de la provincia de San José, linderos norte, calle La Isla con 11m 30 cm, sur, Álvaro Esquivel Mora; este, Álvaro Enrique Esquivel Chaverri; oeste, sucesión de Ligia Esquivel Mora. Mide doscientos setenta y cuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados y con base de cincuenta y cuatro millones ciento veintiséis mil ciento cincuenta colones exactos (base tomada del peritaje realizado a folio 635). Segundo remate: A las nueve horas del treinta de noviembre del dos mil once, en la puerta exterior de este despacho remataré lo siguiente: de conformidad con el artículo 25 de la Ley de Cobro Judicial, se procede con el remate de la finca que se dirá, pero esta vez con la rebaja del 25% en la base inicial, quedando de la siguiente manera; libre de gravámenes hipotecarios (artículo 917 del Código Civil, y 885 del Código de Comercio), pero soportando demanda penal “bajo las citas 540-16576-01-0001-001 ordenada por el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, la finca de la provincia de San José número 302054-000, naturaleza terreno para construir, situada en distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia de la provincia de San José, linderos norte, calle La Isla con 11m 30 cm, sur Álvaro Esquivel Mora; este, Álvaro Enrique Esquivel Chaverri; oeste, sucesión de Ligia Esquivel Mora. Mide doscientos setenta y cuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados y con base de cuarenta millones quinientos noventa y cuatro mil seiscientos doce colones con ocho céntimos. Tercer remate: a las nueve horas del dieciséis de diciembre del dos mil once, se rematará la finca que se dirá con la rebaja del 75% de la base inicial, quedando de la siguiente manera, libre de gravámenes hipotecarios (artículo 917 del Código Civil y 885 del Código de Comercio), pero soportando demanda penal bajo las citas 540-16576-01-0001-001 ordenada por el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, la finca de la provincia de San José número 302054-000, naturaleza terreno para construir, situada en distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia de la provincia de San José, linderos norte calle la isla con 11m 30 cm, sur, Álvaro Esquivel Mora, este Álvaro Enrique Esquivel Chaverrri, oeste sucesión de Ligia Esquivel Mora. Mide doscientos setenta y cuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados y con base de trece millones quinientos treinta y un mil quinientos treinta y siete con dos céntimos. Se remata por haberse ordenado en el proceso quiebra de Ochocientos Línea Comercial S. A., promovido por José Bernardo García, expediente número 03-000108-0183-CI.—Juzgado Concursal del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de agosto del 2011.—MSc. Christian Quesada Vargas, Juez.—RP2011260458.—(IN2011077753).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del dos de noviembre del año dos mil once y con la base de veintitrés millones novecientos setenta y tres mil quinientos cuatro colones con ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y siete mil veinticuatro-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito uno San Rafael, cantón siete Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Municipalidad de Oreamuno; al sur, Municipalidad de Oreamuno; al este, calle pública con frente de ocho metros y al oeste Municipalidad de Oreamuno. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil once, con la base de diecisiete millones novecientos ochenta mil ciento veintiocho colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de diciembre de dos mil once, con la base de cinco millones novecientos noventa y tres mil trescientos setenta y seis colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inmobiliaria Luima Sociedad Anónima contra Rosalina Granados Gómez. Exp: 09-004535-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 29 de agosto del 2011.—Lic. Ana Catalina Arroyo Varela, Jueza.—RP2011260472.—(IN2011077754).

En la puerta exterior de este despacho; soportando servidumbre trasladada y medianería; a las diez horas y treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil once, para el derecho cero once, la base será la suma de quinientos sesenta y siete mil ciento veinticinco colones exactos, el derecho cero trece la base será la suma quinientos sesenta y siete mil ciento veinticinco colones exactos, el derecho cero quince la base será la suma quinientos sesenta y siete mil ciento veinticinco colones exactos y el derecho cero diecisiete la base será la suma quinientos sesenta y siete mil ciento veinticinco colones exactos, en el mejor postor remataré la siguiente finca: ciento sesenta y dos mil doscientos sesenta y uno, derechos cero once-cero trece-cero quince-cero diecisiete. Situada distrito San Sebastián, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte con el Invu con 19,09 metros; al sur con Claudio Segura Mejía con 18,08 metros; al este con el Invu con 12,92 metros y al oeste con alameda pública con 10.93 metros y mide: doscientos veintiséis metros ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil once, para el derecho cero once la base será suma de cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y tres colones con setenta y cinco céntimos, el derecho cero trece la base será la suma quinientos sesenta y siete mil ciento veinticinco colones exactos, el derecho cero quince la base será la suma cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y tres colones con setenta y cinco céntimos y el derecho cero diecisiete la base será la suma cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (rebajadas en un 25%), para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil once, para el derecho cero once la base será la suma de ciento cuarenta y un mil setecientos ochenta y un colones con veinticinco céntimos, el derecho cero trece la base será la suma ciento cuarenta y un mil setecientos ochenta y un colones con veinticinco céntimos, el derecho cero quince la base será la suma ciento cuarenta y un mil setecientos ochenta y un colones con veinticinco céntimos y el derecho cero diecisiete la base será la suma de ciento cuarenta y un mil setecientos ochenta y un colones con veinticinco céntimos (un 25% de las bases originales). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Miriam Pochet Jiménez. Exp: 99-101949-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 29 de agosto del 2011.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2011260473.—(IN2011077755).

A las 9:30 del lunes 24 de octubre del 2011, desde la puerta exterior de este Juzgado, al mejor postor se rematara lo siguiente: (1) Con la base de ¢400.000,00, un caballo criollo, color blanco, actualmente de aproximadamente 9 años de edad, español-costarricense paso costarricense, pesa aproximadamente 300 kilos, le dicen “El Blanco”, en regular estado de salud; (2) Con la base de ¢500.000,00, un caballo de aproximadamente 8 años de edad, color blanco, paso español-costarricense, pesa aproximadamente 250 kilos; en buen estado de salud; (3) Con la base de ¢400.000,00, un potranco pichón, de color flor de caña, actualmente de aproximadamente 5 años de edad, criolla, de paso costarricense; en buen estado de salud; (4) Con la base de ¢400.000,00 una potranca pichona, de color flor de caña, aproximadamente 5 años de edad, criolla, de paso costarricense; en buen estado de salud. (5) Con la base de ¢300.000,00, una pintura del costarricense Jesús González, año 1983, titulada “Mi Pueblo” de 1.00 metro de largo por 0.80 metros de ancho, con marco de madera bambú. (6) Con la base de ¢200.000,00, una pintura del costarricense de José Monge, de 1.00 metro de largo por 0.80 metro de ancho, motivo casa de campo con personas a la orilla de un árbol tomando licor; en buen estado de conservación. (7) Con la base de ¢150.000,00, dos cascos para montar o practicar equitación, color negro, sin modelo ni serie visibles, en buen estado de conservación. (8) Con la base de ¢60.000,00, dos mesas para picnic, con bancas a los lados, todo de madera, para 8 personas, en buen estado de conservación; (9) Con la base de ¢150.000,00, una carreta de metal, color amarilla, de aproximadamente 3 metros de largo por 1.50 metros de ancho, no tiene modelo ni serie visibles es hechiza, con dos llantas Horse HRTO Federal; en regular estado de conservación. (10) Con la base de ¢105.000,00, siete cuadras con estructura de madera y techo de zinc, para caballos, con piso de cemento chorreado, Mide: 3 metros cuadrados; en regular estado de conservación. (11) Con la base de ¢35.000,00, un televisor, marca Gold Star, de 24 pulgadas, serie 00004583, modelo no visible, en regular estado de conservación. (12) Con la base de ¢100.000,00, un mueble guarda licores, de madera, tipo colonial de aproximadamente 1.50 metros de alto por 1.00 metro de ancho y 0.50 de fondo, en buen estado de conservación; (13) Con la base de ¢100.000,00, un juego de comedor con mesa de vidrio con siete sillas, montado en mimbre; en buen estado de conservación. (14) Con la base de ¢80.000,00, un baúl de madera artesanado, color café, de aproximadamente 1.50 metros de largo por 0.80 metros de ancho y altura; en buen estado de conservación. (15) Con la base de ¢400.000,00, una pintura del costarricense Rafa Fernández 62/100, fondo azul, mujer vestida de azul y marco de madera labrado, de 1.00 metro de largo por 0.80 metros de ancho; en buen estado de conservación. (16) Con la base de ¢400.000,00, una pintura del costarricense Rafa Fernández 62/100, con dos mujeres acostadas, fondo azul y marco de madera labrado, de 1.00 metro de largo por 0.80 metros de ancho; en buen estado de conservación; (17) Con la base de ¢350.000,00, una pintura del costarricense Rafa Fernández 62/100, con dos señoras juntas caminando, color azul y marco de madera labrado con flores, de 0.80 metros de largo por 0.80 metros de ancho; en buen estado de conservación. (18) Con la base de ¢350.000,00 una pieza en cerámica, color azul, que representa un señor sentado con bigote y pelo blanco, de aproximadamente 0.40 metros de alto; en buen estado de conservación. (19) Con la base de ¢8.000,00, una botella de vino Barton S Guestier 1725 Reserva au fonda Fondate Ur. (20) Con la base de ¢4.500,00, una botella de vino Monte Ducay tinto carine NA. (21) Con la base de ¢4.000,00, una botella de vino, marca Rioja, tinto. (22) Con la base de ¢7.000,00, una botella de vino Les Granges 1991, tinto. (23) Con la base de ¢4.000,00, una botella de vino Concha y Toro-Cabert-Shuvignon. (24) Con la base de ¢4.000,00, una botella de vino Montecillo, tinto, 1995. (25) Con la base de ¢4.000,00, de una botella de vino Don Melchor 1999 Cavernet Sauvignono Concha y Toro. (26) Con la base de ¢4.000,00, una botella de vino Don Melchor 1997 Cavernet Sauvingnon. (27) Con la base de ¢10.000,00, de una botella de Wiskey Escocés Cuty Sark 12 años e Merald. (28) Con la base de ¢9.000,00, una botella de Ginebra Bombay Sappmire London Dry Gin. (29) Con la base de ¢225.000,00, 75 acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una a nombre de Ricardo Quesada Brenes, de la empresa inmobiliaria Rinafa, cédula jurídica 3-101-164768. (30) Con la base de ¢15.000,00, 5 acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una a nombre de Ricardo Quesada Brenes, de la empresa Comercializadora Rifasa, cédula jurídica 3-101-122477. (31) Con la base de ¢150.000,00, 50 acciones comunes y nominativas de un mil colones cada uno a nombre de Ricardo Quesada Brenes de la empresa Inversiones Rijorsa S. A., cédula jurídica 3-101-072722. (32) Con la base de ¢255.000,00, 85 acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una a nombre de Ricardo Quesada Brenes de la empresa Espumas y Aislamientos de Centroamérica S. A., cédula jurídica 3-10-164721. (33) con la base de ¢15.000,00, 5 acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una a nombre de Ricardo Quesada Brenes, de la empresa Desarrollos Habitacionales del Futuro D. H. L S. A., cédula jurídica 3-101-301167. (34) Con la base de ¢75.000,00, 25 acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una a nombre de Ricardo Quesada Brenes, de la empresa Consorcio Poder del Mar (Costa Rica) S. A., cédula jurídica 3-101-081269. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo simple Nº 08-000046-185-CI. De grupo de Maquinas Hyundai de C. R. Grumah S. A., contra Ricardo Quesada Brenes.—Juzgado Cuatro Civil  de San José.—Lic. Bethmann Herrera Montero, Juez.—(IN2011077968).

A las nueve horas treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones. Para el primer remate y con la base de un millón doscientos mil colones remataré: inmueble de matrícula cuatrocientos veintiocho mil novecientos noventa y nueve-cero cero cero, del partido de Alajuela, el cual se describe así: terreno de solar, sito en el distrito seis Río Cuarto, cantón tres Grecia, de la provincia de Alajuela. Mide: 200 metros con 02 decímetros cuadrados. Linda al norte: noreste, Minor Aguilar Sánchez. Sur: sureste, calle pública con un frente a ella de 9.02 metros. Este: suroeste, Roger Martín Bolaños Vargas y Berta María Alfaro Cascante. Oeste: noroeste, Roger Martín Bolaños Vargas y Berta María Alfaro Cascante. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original sea la suma de novecientos mil colones se señalan las nueve horas treinta minutos del once de noviembre de dos mil once, en la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de trescientos mil colones se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil once. Pertenece a Vinicio José Quesada López. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso de ejecución hipotecaria 11-100391-0317-CI-l de Inversiones Chusa del Norte J. C. S. A., contra Vinicio José Quesada López y Juan Luis Vargas Solís.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San Carlos, 15 de junio del 2011.—Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza.—(IN2011077995).

A las 15:30 horas del 26 de octubre de 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de ¢7.744.000,00 (suma que incluye el capital cobrado más el monto del bono), remataré: finca inscrita en propiedad partido de Cartago, folio real matrícula número 201754-001 y 002, que es terreno con una casa, sito en Santa Rosa, distrito cinco del cantón siete Oreamuno de la provincia de Cartago. Linda al norte, lote 13 B, al sur, lote 15 B, al este, calle pública y al oeste, lote 5 B. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢5.997.565,96, se señalan las 15:00 horas del 10 de noviembre de 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢1.999.188,65, se señalan las 15:30 horas del 24 de noviembre de 2011. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 11-100608-297-CI (2A) ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra José Antonio Solano Coto y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 8 de setiembre de 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—(IN2011077996).

En el Juzgado Civil de Menor Cuantía del I Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), a las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil once, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seis millones seiscientos veinticinco mil ochocientos cincuenta colones, y soportando embargo practicado anotados al tomo 800 asiento 7799, secuencia 01-0001, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y cinco mil ochocientos treinta y nueve-cero cero dos, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con frente de 16.10 mts; al sur, calle pública con frente de 7.01 mts; al este, calle pública con frente de 40.55 mts y al oeste, quebrada seca y José Ramón Duarte Duarte. Mide: cuatrocientos setenta y cinco metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil once, con la base de cuatro millones novecientos sesenta y nueve mil trescientos ochenta y siete colones con 50/100 (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del año en curso con la base de un millón seiscientos cincuenta y seis mil cuatrocientos sesenta y dos colones con 50/100 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra Roger Alberto Salas Pérez. Exp. Nº 08-000294-0944-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Mariela Cortés García, Jueza.—(IN2011078001).

A las diez horas treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil once, en la puerta exterior de éste despacho remataré en el mejor postor, el bien embargado libre de gravámenes hipotecarios soportando Faja de terreno ref: 1926-583-001 bajo citas 0285-00004152-01-0901-001 y con la base dada por el perito sea la suma de treinta y ocho millones cuatrocientos cincuenta y tres mil setecientos colones, lo siguiente: finca inscrita en la sección de propiedad, partido de Limón, matrícula número diez mil seiscientos sesenta-cero cero cero, de naturaleza: terreno para la agricultura. Está situada en el distrito y cantón sexto de Guácimo de la provincia de Limón. Linda al norte, con calle pública, Jacqueline Zúñiga Torres, Ovidio Sibaja, Eladio Brenes Delegado, lote 1,2,5 y 6, sur, calle pública Inés Crawford Mora, Ronald Zúñiga, Edda Solano, Eladio Brenes Delgado, lotes 3, 4, 5 y Luis Ángel Rodríguez Pérez, al este, con Inés Crawford Mora, Percy Taylor, Lilton Stuar, Junie Crawford, lotes 1, 3, 4, 5, 6 y Juana Isabel Gutiérrez Castro y al oeste, calle pública, Pablo Barquero López, Aníbal Campos, Milton Stuar, Junie Crawford, Edwin Mena, Patricia Maroto, Ovidio Sibaja, lotes 1, 2, 3 y 4, Luis Ángel Rodríguez Pérez, Mayra Quirós Berrocal y Rigoberto Brenes Umaña. Mide: doce mil doscientos sesenta y dos metros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo simple número 05-000345-0678-CI-1 establecido por Japdeva contra Cristian Rodríguez Artavia y otros.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Francis Porras León, Juez.—(IN2011078012).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones y al ser las nueve horas del treinta y uno de enero de dos mil doce, y con la base de dos millones ochocientos  mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y siete mil novecientos cincuenta y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Quebrada Popo; al sur Inversiones Basoanes del Milenio S. A.; al este, lote 8 y al oeste calle pública y servidumbre de paso. Mide: dos mil ciento cuarenta metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del catorce de febrero de dos mil doce, con la base de dos millones cien  mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintiocho de febrero de dos mil doce con la base de setecientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Alice Arias Marín contra Materiales Eléctricos de Alajuela S. A. Exp. Nº 11-001567-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(IN2011078020).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del tres de noviembre del año dos mil once, y con la base de doce millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y tres mil ciento setenta y siete cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa lote 1 B. Situada en el distrito 01 Aserrí, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur lote 2 B, al este Rest dest a calle pública Las Brisas y al oeste lote 15 B. Mide: doscientos veinticuatro metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil once, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de diciembre del año dos mil once con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra William Oldemar Arias Obregón Expediente Nº 11-012943-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de agosto del 2011.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2011078058).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando 6 servidumbres y obligaciones, a las trece horas y treinta minutos del once de noviembre del dos mil once, y con la base de seiscientos mil dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 149.371-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 04 Tempate, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote dos y tres; al sur, Mario Vásquez Vásquez; al este, calle pública, y al oeste, zona adyacente a la playa del mar Pacífico. Mide: tres mil seiscientos metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil once, con la base de cuatrocientos cincuenta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil once, con la base de ciento cincuenta mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sunshine Credit Corporation Sociedad Anónima contra Inversiones El Paso Sociedad Anónima. Expediente Nº 11-002368-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—(IN2011078074).

A las once horas del veintisiete de octubre del dos mil once, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de tres millones doscientos mil colones, al mejor postor, remataré la siguiente finca del partido de Guanacaste, matrícula de Folio Real número ciento cincuenta y cinco mil ochocientos ochenta y nueve-cero cero cero, que es terreno para construir. Sito: en distrito primero Juntas, del cantón sétimo Abangares, de la provincia de Guanacaste. Linda: al norte, con Francisco y Luis ambos Morera Chaves; al sur, con calle pública; al este y oeste, Municipalidad de Abangares. Mide: doscientos metros con dos decímetros cuadrados, según plano G-ciento diecinueve mil quinientos treinta y uno-mil novecientos noventa y tres. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once horas del tres de noviembre del dos mil once, con la base de dos millones cuatrocientos mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las once horas del diecisiete de noviembre del dos mil once, con la base de un millón seiscientos mil colones (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 10-100593-642-CI-1, de Grupo Mutual de Ahorro y Préstamo contra Adriana Zeledón Bogantes.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—(IN2011078095).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del seis de diciembre de dos mil once, y con la base de dos millones trescientos nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: 484992; marca: Hyundai; estilo: Grace; año: 1995; color: azul; vin: KMJRD37FPSU190074; cilindrada: 2476 c. c. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de diciembre de dos mil once, con la base de un millón setecientos treinta y un mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de enero de dos mil doce, con la base de quinientos setenta y siete mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Lorena Maritza Villalobos Solís y Mainor Gerardo Segura Jara. Expediente: 09-003247-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2011078122).

En la puerta exterior  de este Despacho;  libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas ley de caminos citas 0554-00015491-01-0068-001 y reservas ley de aguas citas 0554-00015491-01-0069-001, a las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre de dos mil once, y con la base de tres millones novecientos veinticinco mil trescientos sesenta y seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y cuatro mil cincuenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública, 14 m de ancho, con frente de 15 m; al sur, José Joaquín Apu Gallo; al este, Inversiones Jardines Encantados del Norte S. A., y al oeste, Inversiones Jardines Encantados del Norte S. A. Mide: seiscientos doce metros con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de noviembre de dos mil once, con la base de dos millones novecientos cuarenta y cuatro mil veinticuatro colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil once, con la base de novecientos ochenta y un mil trescientos cuarenta y un colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Jardines Encantados del Norte S. A., contra María Elena Matamoros León. Expediente: 11-016693-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado del Primer Circuito Judicial de San José, 1º de setiembre del 2011.—Lic. Éricka Esther Robleto Artola, Jueza.—(IN2011078130).

En la puerta de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas, restricciones y prohibiciones al tomo trescientos sesenta, asiento mil ochocientos noventa y cuatro; a las ocho horas treinta minutos del primero de noviembre del año dos mil once, y con la base de veintiséis millones trescientos ochenta mil cuatrocientos treinta y ocho colones con treinta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos cuarenta mil seiscientos cuarenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno de café y caña con una casa de habitación. Situada en el distrito quinto San Pedro, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Franklin Vargas Quesada; al sur, Evelio Zúñiga A.; al este, calle pública; y al oeste, Ebelio Zúñiga A. Mide: ocho mil novecientos treinta y ocho metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintidós de noviembre del año dos mil once, con la base de diecinueve millones setecientos ochenta y cinco mil trescientos veintiocho colones con setenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del trece de diciembre del año dos mil once, con la base de seis millones quinientos noventa y cinco mil ciento nueve colones con cincuenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Franklin Vargas Quesada. Expediente: 09-100845-0188-CI.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 18 de setiembre del 2011.—Lic. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—RP2011260495.—(IN2011078151).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y quince minutos del veintisiete de octubre del año dos mil once, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta mil doscientos ochenta y uno cero cero dos, la cual es terreno para construir con un rancho construido. situada en el distrito quinto, San Pedro, cantón decimonoveno, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur; al este, y al oeste, Inversiones Maca S. A. Mide: setecientos sesenta y siete metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas del diecisiete de noviembre del año dos mil once, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de diciembre del dos mil once, con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Luis Barboza Ceciliano contra Alberto Garro Mora. Expediente Nº 10-000932-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de agosto del año 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2011260496.—(IN2011078152).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servid. y oblig. anotada al tomo: 285, asiento: 9488; a las diez horas y cero minutos del uno de noviembre del año dos mil once y con la base de diecinueve millones setecientos veintidós mil doscientos doce colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 150266-000, la cual es terreno con una casa, situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Elí Allan Badilla; al sur, Emérita Montero Monestel; al este, calle pública con 8,82 metros de frente, y al oeste, Sergio González González. Mide: trescientos noventa y tres metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de noviembre del dos mil once, con la base de catorce millones setecientos noventa y un mil seiscientos cincuenta y nueve colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del uno de diciembre del dos mil once con la base de cuatro millones novecientos treinta mil quinientos cincuenta y tres colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ernesto Enríquez Avilés, Inversiones La Negrita Oromontana E R F Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Expediente Nº 11-015205-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de setiembre del año 2011.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—RP2011260497.—(IN2011078153).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones inscritas al tomo 375, asiento 14288, y servidumbre de paso inscrita al tomo 459, asiento 3619, a las diez horas y cero minutos del uno de noviembre del año dos mil once, y con la base de trece millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintidós mil treinta y tres cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir con un taller de pintura y dos cabinas, situada en el distrito Monte Verde, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de paso con un frente a ella de 28 metros, 14 centímetros lineales; al sur, Ángel Araya Fuentes, Vannia Picado Sibaja; al este, calle pública con un frente de 25 metros, 64 centímetros lineales, y al oeste, Ángel Araya Fuentes y Vannia Picado Sibaja. Mide: quinientos sesenta y ocho metros cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de noviembre del dos mil once, con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del uno de diciembre del dos mil once, con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones netos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Elena Anchía Méndez y Jorge Eliécer Cordero Masís. Expediente Nº 10-029505-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de agosto del año 2011.—Lic. Adriana Castro Rivera, Jueza.—RP2011260498.—(IN2011078154).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del quince de noviembre del dos mil once, y con la base de trece millones trescientos sesenta y seis mil noventa y siete colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y siete mil quinientos tres-cero cero cero, la cual es terreno de solar, lote 13. Situada: en el distrito quinto Curubandé, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Corporación Herlder S. A.; al sur, calle pública con un frente de 20,00 metros; al este, Corporación Herlder S. A., y al oeste, Corporación Herlder S. A. Mide: mil metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil once, con la base de diez millones veinticuatro mil quinientos setenta y tres colones con nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil once, con la base de tres millones trescientos cuarenta y un mil quinientos veinticuatro colones con treinta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Manuel Fernando Fonseca Quesada. Expediente Nº 11-000278-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 26 de setiembre del 2011.—Lic. Cesar Monge Vallejos, Juez.—RP2011260535.—(IN2011078155).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada, a las catorce horas del dos de noviembre del dos mil once, y con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta y cinco mil cuatrocientos sesenta y siete cero cero cero, que es terreno para construir, lote 1. Situada: en el distrito uno Desamparados, cantón tres Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de Carlos Alberto Ureña Díaz; al sur, lote 2 de Carlos Alberto Ureña Díaz; al este, lote 6 de Carlos Alberto Ureña Díaz, y al oeste, servidumbre. Mide: ciento veintisiete metros con noventa y nueve decímetros cuadrados, según plano número SJ-cero ochocientos cuarenta y dos mil veinticinco-dos mil tres. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas del dieciséis de noviembre del dos mil once, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas del treinta de noviembre del dos mil once, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago contra Manuel Rogelio Herrera Chaverri. Expediente Nº 09-100577-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Grecia, 6 de setiembre del 2011.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2011260546.—(IN2011078156).

A las ocho horas treinta minutos del siete de noviembre del dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, al mejor postor, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica, bajo tomo: 526 y asiento: 05709 del Diario del Registro Público, ahora sin sujeción a base, remataré: Finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, matrícula de Folio Real Nº 196.698-000, y que se describe así: Terreno con una casa. Sito: en distrito primero Upala, del cantón trece Upala, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Yesennia Ubau López; al sur, calle pública; al este, Vicente Rodríguez Montiel, y al oeste, calle pública. Mide: trescientos tres metros con veintisiete decímetros cuadrados. Se hace la advertencia que sobre la finca a rematar se encuentra inscrita demanda penal bajo el tomo: 2010 y asiento: 190891 del Registro Público. Se remata por ordenarse así en ejecutivo simple Nº 05-100630-0297-CI (5A), establecido por Agropecuaria Upala Limitada contra Oro Verde del Sur del Pacífico S. A., y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 5 de setiembre del 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2011260572.—(IN2011078157).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita en las citas: 0355-00003280-01-0924-001, a las ocho horas con treinta minutos del quince de noviembre de dos mil once, y con la base de cuatro millones ochocientos mil cien colones con treinta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diez mil ochocientos veintinueve-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa lote 224. Situada en el distrito primero, cantón quinto, de la provincia de Cartago colinda: al norte calle pública con frente de 6 m; al sur, Carlos y Edwin Calderón Fonseca; al este, lote 225 y al oeste, lote 223. Mide: ciento cuarenta y tres metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas con treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil once, con la base de tres millones seiscientos mil setenta y cinco colones con veintitrés céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas con treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil once, con la base de un millón doscientos mil veinticinco colones con ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Johnny Mauricio Meneses Hernández y Maureen Johana Brenes Pereira Expediente Nº 11-000267-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 25 de agosto del 2011.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—RP2011260581.—(IN2011078158).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones; a las once horas y treinta minutos del once de noviembre de dos mil once, y con la base de un millón quinientos cuarenta y ocho mil ochocientos dos colones con veintiún céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cinco mil trescientos ochenta y dos cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir, bloque I-lote 11. Situada en el distrito 03 Carmen, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago colinda al: al norte, lote 12; al sur, lote 10; al este, calle 2 y al oeste Hugo Ortiz Mora, mide ciento diecinueve metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil once, con la base de un millón ciento sesenta y un mil seiscientos un colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil once con la base de trescientos ochenta y siete mil doscientos colones con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el depósito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado o de gerencia (artículo 23 Ley de Cobro Judicial) a nombre de la persona que hace la postura. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Adrián Alvarado Brenes y Zoila Rosa Fernández Sánchez. Expediente Nº: 11-006462-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 26 de setiembre del 2011.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—RP2011260595.—(IN2011078159).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de octubre del año dos mil once, y con la base de doce millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y cinco mil novecientos veinticinco - cero cero cero, la cual es terreno plano con una casa. Situada en el distrito tres San Francisco, cantón primero Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte lote 3H; al sur lote 5H; al este calle pública, y al oeste lote 23H. Mide: ciento setenta y cuatro metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de noviembre del año dos mil once, con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil once, con la base de tres millones ciento veinticinco mil colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Nidya Maritza Valverde Ampie. Expediente Nº 11-000652-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2011260596.—(IN2011078160).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del siete de noviembre del dos mil once, y con la base de diez mil trescientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa CL doscientos veintiún mil doscientos sesenta y uno, marca Kia, estilo K dos mil setecientos DLX, año: dos mil ocho, color: blanco, categoría: carga liviana. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintidós de noviembre del dos mil once, con la base de siete mil setecientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del siete de diciembre del mil once con la base de dos mil quinientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Abram Moreth Acton. Exp. Nº 09-000067-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 22 de setiembre del año 2011.—MSc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2011260605.—(IN2011078161).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre de dos mil once, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cuatro mil ochocientos noventa y ocho cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa, lote 5. Situada en el distrito San Marcos, cantón Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ana Smith Navarro; al sur, Gerardina Marín Sánchez; al este, calle pública; y al oeste, Horacio Solís Gamboa. Mide: doscientos doce metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de noviembre de dos mil once, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil once con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de San Marcos de Tarrazú contra Édgar Gerardo Valverde Acuña, María Luisa Núñez Umaña. Exp. Nº 11-005676-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 29 de agosto del año 2011.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—RP2011260623.—(IN2011078162).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión según sumaria 11-000857-04 96-TR; a las ocho horas y cuarenta minutos del once de noviembre de dos mil once, y con la base de cuatro millones ochocientos setenta mil novecientos dos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 827279, marca Chevrolet, estilo Tracker, categoría automóvil, capacidad cinco personas, serie 2CNBJ13C8Y6953183, color verde, chasis 2CNBJ13C8Y6953183, año 2000, cilindrada 2000 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil once, con la base de tres millones seiscientos cincuenta y tres mil ciento setenta y seis colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del catorce de diciembre de dos mil once con la base de un millón doscientos diecisiete mil setecientos veinticinco colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Rodolfo Sancho Dittel contra TYBC Torres y Barrantes Contratistas Sociedad Anónima. Exp. Nº 11-006628-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 2 de setiembre del 2011.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—RP2011260651.—(IN2011078163).

Desde la puerta exterior de este despacho, con la base de treinta millones novecientos sesenta y ocho mil colones, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida), remataré: finca inscrita en el Registro Público provincia de Cartago, matrícula número setenta y un mil quinientos setenta y tres-cero cero uno, naturaleza solar con una casa. Sita en el distrito segundo Cartago Occidental, cantón primero Cartago de la provincia de Cartago. Linda: al norte, con avenida 2, al sur, con Eulogio Monge, al este, con Alberto Calderón y al oeste, con lote 1. Mide: ciento setenta y seis metros con noventa y seis decímetros cuadrados, para tal efecto se señalan las catorce horas del tres de noviembre de dos mil once (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas del diecisiete de noviembre de dos mil once, con la base de veintitrés millones doscientos veintiséis mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas del primero de diciembre de dos mil once, con la base de siete millones setecientos cuarenta y dos mil colones (un 25%). Se remata por ordenarse así dentro del proceso sumario ejecutivo 01-001617-184CI (1) de Productos de Concreto S. A. contra Proterrazo S. A.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 22 de setiembre de 2011.—Msc. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—RP2011260633.—(IN2011078164).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso de acueducto citas 059-00029935-01-0001-001, y soportando servidumbre de paso citas servidumbres de paso citas: 0488-00000826-01-0002-001, 0488-00000826-02-0004-001, 0488-00012770-014004-001, 0488-00012770-02-0010-001, 0490-00019083-01-0006-001, 0490-00019083-01-0008-001, 0490-00019083-01-0010-001, 0493-00004260-01-0004-001, 0494-00005346-01-0004-0010494-00005346-02-0006-001, 0495-00000393-01-0015-001 a las ocho horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil once y con la base de sesenta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta mil doscientos sesenta y uno cero cero cero la cual es lote número once terreno de potrero. Situada en el distrito 05 Concepción, cantón 05 San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: norte, y sur, Orlendia Villegas Ramírez; este, pública y oeste, servidumbre de paso con un frente de 46,25 centímetros. Mide: tres mil seiscientos cuarenta y tres metros sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil once, con la base de cuarenta y cinco mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de diciembre del dos mil once con la base de quince mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Distribuidora Dacama & Barquero S. A. Exp: 11-014871-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Ana María López Retana, Jueza.—RP2011260740.—(IN2011078165).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas treinta minutos del trece de enero de dos mil doce, y con la base de treinta y siete millones setecientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos once mil cuatrocientos ochenta-cero cero cero (211480-000), la cual es terreno para construir bloque A lote N 40 A. Situada en el distrito 04, San Rafael, cantón 03, La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con Campo Santo Valles de Paz La Carpintera S. A.; al sur, con calle uno; al este, con lote 41 A y al oeste, con lote 39 A. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta de enero de dos mil doce, con la base de veintiocho millones trescientos cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de febrero de dos mil doce con la base de nueve millones cuatrocientos treinta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el deposito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado, según lo establecido por el artículo 23 Ley de Cobro Judicial, mismo documento deberá venir a nombre de la persona que realiza la postura. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra José Martín Zamora Cordero. Expediente Nº 10-002465-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago. 27 de setiembre del año 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2011260754.—(IN2011078166).

En la puerta exterior de este Despacho; a) con la base de cuarenta y cuatro millones novecientos veintiséis mil setecientos cincuenta colones, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y ocho mil cuatrocientos veintidós-cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito San Vito, cantón Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, quebrada en medio con Eliécer Anchía y Víctor Barquero Chaves; al sur, Carlos Retana Umaña, quebrada en medio de Carlos Palacios y Álvaro Cambronero; al este, Ivo Consumi Magni, y al oeste, calle pública. Mide: Sesenta y dos mil doscientos setenta y nueve metros con treinta y seis decímetros cuadrados. b) y con la base de tres millones ciento veinte mil colones libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando la afectación a habitación, la finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y tres mil ciento veintinueve-cero cero uno, la cual es terreno para construir lote 19-L. Situada en el distrito Palmar, cantón Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 18-L; al sur lote 20-L; al este lote 8-L, y al oeste, calle pública. Mide: Ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas del dos de noviembre de dos mil once. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del dieciséis de noviembre de dos mil once, la finca matrícula número cuarenta y ocho mil cuatrocientos veintidós-cero cero cero, con la base de treinta y tres millones seiscientos noventa y cinco mil sesenta y tres colones, y la finca matrícula número ochenta y tres mil ciento veintinueve-cero cero uno, con la base de dos millones trescientos cuarenta mil colones. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del treinta de noviembre de dos mil once, la finca matrícula número cuarenta y ocho mil cuatrocientos veintidós-cero cero cero con la base de once millones doscientos treinta y un mil seiscientos ochenta y siete colones, y la finca matrícula número ochenta y tres mil ciento veintinueve cero cero uno, con la base de setecientos ochenta mil colones. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de Odilie Gamboa Ramírez contra Luis Ángel Jara Sosa. Exp. Nº 05-001607-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 6 de setiembre del 2011.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—(IN2011078614).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) al tomo: 572; asiento: 45977-01-0004-001; a las nueve horas del dieciocho de noviembre del dos mil once, y con la base de veintiséis millones quinientos treinta y dos mil setecientos noventa y ocho colones con nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quince mil seiscientos dos-cero cero cero, la cual es terreno inculto. Situada en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al noreste, con vía férrea, camino en uso público y calle pública; al noroeste, con Pollitos Caribe S. A; al sureste, con Cocolito de Costa Rica S. A., y al suroeste, con río Moín (canal del Tortuguero). Mide: cincuenta mil cuatrocientos setenta y cinco metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del cinco de diciembre del dos mil once, con la base de diecinueve millones ochocientos noventa y nueve mil quinientos noventa y ocho colones con cincuenta y seis céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintiuno de diciembre del dos mil once, con la base de seis millones seiscientos treinta y tres mil ciento noventa y nueve colones con cincuenta y dos céntimos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago. contra Enertec Soluciones Sociedad Anónima. Expediente Nº 10-002195-0640-CI. Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el deposito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado, según lo establecido por el artículo 23 Ley de Cobro Judicial, mismo documento deberá venir a nombre de la persona que realiza la postura.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de setiembre del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2011260758.—(IN2011078622).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil once, y con la base de veinte millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y seis mil ochocientos setenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, José Joaquín Méndez Méndez; al sur, calle pública; al este, José Joaquín Méndez Méndez, y al oeste, callejón de acceso. Mide: trescientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil once, con la base de quince millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil once con la base de cinco millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Nelson Omar Meza Mendoza contra Mario Alberto Martínez Méndez. Exp. Nº 09-000538-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 26 de setiembre del 2011.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—(IN2011078639).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del año dos mil once, y con la base de tres millones trescientos ocho mil seiscientos sesenta y seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa quinientos noventa y ocho mil seiscientos cincuenta y seis, marca Hyundai, estilo Matrix GLS, categoría automóvil, serie KMHPN81CP5U186654, carrocería Station Wagon o familiar, tracción 4x2, chasis KMHPN81CP5U186654KMHPN81C, capacidad 5 personas, año 2005, color azul. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil once, con la base de dos millones cuatrocientos ochenta y un mil cuatrocientos noventa y nueve colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del quince de diciembre del año dos mil once con la base de ochocientos veintisiete mil ciento sesenta y seis colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asoc. Solidarista Trabajadores de Distrib. Lucema S. A. contra Marco Antonio Guevara Bermúdez. Exp. Nº 10-000707-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 17 de agosto del 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—(IN2011078662).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las diez horas treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil once, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos noventa y seis-cero cero cero la cual es lote 2 terreno para agricultura número 16. Situada en el distrito Piedades Sur, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 17 de Campos Altamira S. A.; al sur, lote 15 de Campos Altamira S. A.; al este, servidumbre agrícola frente 32 metros y al oeste, Eladio Hidalgo Quesada. Mide: cinco mil metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones. 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos  noventa y siete-cero cero cero  la cual es lote tres, terreno para agricultura número 17. Situada en el distrito Piedades Sur, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 18 y lote 19 de Campos Altamira S. A.; al sur, lote 16 de Campos Alramira S. A; al este, servidumbre agrícola frente 32 metros y al oeste, Eladio Hidalgo Quesada. Mide: cinco mil ciento veintiocho metros con cinco decímetros cuadrados, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones. 3) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos noventa y ocho-cero cero cero  la cual es lote 4, terreno para agricultura lote 18. Situada en el distrito Piedades Sur, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre agrícola frente 50 metros en medio lote 20 de Campos Altamira S. A.; al sur, lote 17 Campos Altamira S. A.; al este, servidumbre agrícola frente 72.05 metros y al oeste, lote 19 Campos Altamira S. A. Mide: cinco mil tres metros con y treinta y seis decímetros cuadrados, con la base de diecisiete millones de colones. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de noviembre de dos mil once, con la base de doce millones trescientos setenta y cinco mil colones la finca cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos noventa y seis-cero cero cero, para la finca número cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos noventa y siete-cero cero cero con la base de doce millones trescientos setenta y cinco mil colones y para la finca número cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos noventa y ocho-cero cero cero con una base de doce millones setecientos cincuenta mil colones (todas rebajadas en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del seis de diciembre de dos mil once con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones la finca cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos noventa y seis-cero cero cero, para la finca número cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos noventa y siete-cero cero cero con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones y para la finca número cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos noventa y ocho-cero cero cero con una base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones (todas en un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco de Costa Rica contra Campos Altamira Sociedad Anónima. Exp. 11-000272-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 4 de octubre del 2011.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—(IN2011078663).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; a las diez horas y treinta minutos del dieciocho de enero del año dos mil doce, y con la base de siete millones ciento cincuenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y dos mil novecientos sesenta cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito nueve Alfaro, cantón dos San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Emilda Fernández Ramírez; al sur, José Rafael Ramírez Villalobos; al este, Claudia Badilla Rojas y al oeste, calle pública con un frente a ella de siete metros lineales. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con tres decímetros cuadrados, según plano A-0323280-1996. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del primero de febrero del año dos mil doce, con la base de cinco millones trescientos sesenta y ocho mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de febrero del año dos mil doce con la base de un millón setecientos ochenta y nueve mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ena Ginette Pineda Espino. Exp. 11-000679-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 3 de octubre del 2011.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—(IN2011078664).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; al mejor postor, se procederá a rematar el vehículo placas 545836 Nissan, Sentra, 5 personas, 1995, negro, gasolina, a las nueve horas cero minutos de treinta y uno de octubre del dos mil once. La base será la misma fijada en autos, sea la suma de un millón ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y ocho colones exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas cero minutos del quince de noviembre del dos mil once, con la base de ochocientos setenta y siete mil ciento dieciséis colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del treinta de noviembre del dos mil once, con la base de doscientos noventa y dos mil trescientos setenta y dos colones exactos (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima contra Pablo Campos Chacón. Exp. 10-003297-0370-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 14 de setiembre del 2011.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2011078678).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil once, y con la base de cuatro millones setecientos treinta y un mil seiscientos veintidós colones con ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos dieciocho mil ochocientos veinticuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote seis con una casa. Situada en el distrito dos San Isidro, cantón tercero Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jorge Alfaro; al sur, Bertilio Segura; al este, Bertilio Segura, y al oeste, calle con 10 metros de frente. Mide: ciento noventa y nueve metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del once de noviembre del dos mil once, con la base de tres millones quinientos cuarenta y ocho mil setecientos dieciséis colones con cincuenta céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil once, con la base de un millón ciento ochenta y dos mil novecientos cinco colones con cincuenta y ocho céntimos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Eduardo Alfaro Rodríguez y Mirey Ramírez Ramírez. Expediente 11-000661-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 21 de setiembre del 2011.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—(IN2011078683).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Giovanni Esteban Juárez Pastrana, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las diez horas treinta minutos del tres de noviembre de dos mil once, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código procesal Civil. Exp. Nº 09-000692-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2011.—Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2011079080).

Títulos Supletorios

Luz Berta Abarca Valverde, mayor, casada una vez, del hogar, cédula Nº uno-cuatrocientos veintiséis-cuatrocientos setenta y ocho, vecina de La Navajuela de Cajón de Pérez Zeledón, cincuenta metros sur de la escuela del lugar, establece diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno de café, ubicado en el distrito ocho Cajón, del cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José, con una medida de dos mil novecientos sesenta y seis metros con dos decímetros cuadrados, según plano catastrado SJ-1017799-2005. Linda al norte, Rafael Beita Ureña y Rafael Mata Abarca; sur, Luz Berta Abarca Valverde; este, quebrada en medio de Juan Chinchilla Fallas; y oeste, calle pública con un frente a ella de veinticinco metros treinta y nueve centímetros. La finca la obtuvo por medio de posesión originaria. Sobre el inmueble no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Exp. N° 10-160056-0188 AG (Interno 68-10-JC).—Juzgado Agrario de Pérez Zeledón, 21 de abril del 2010.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—RP2011259991.—(IN2011077005).

Luis Alberto Solís Corrales, mayor, divorciado una vez, agricultor, vecino de San José de La Tigra de San Carlos, Alajuela, cuatrocientos metros suroeste de la escuela, cédula de identidad número dos-trescientos treinta y uno-novecientos cincuenta y uno, solicito se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que le pertenece por compra y venta que le hiciera a la señora Luz Marina Solano Gómez, quien es mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de San José de La Tigra de San Carlos, Alajuela, de la escuela ciento cincuenta metros al suroeste, cédula de identidad dos- doscientos ochenta-ciento diecisiete, con quien no le liga parentesco alguno, mediante escritura pública número 741. Dicho inmueble se describe así: terreno de agricultura con una casa, sito en el distrito octavo del cantón décimo de la provincia de Alajuela. Mide: dos mil cuatrocientos noventa metros cuadrados. Linderos: norte y oeste Leandro Vásquez Vargas, sur Piedades Vásquez Vargas, este calle pública con un frente de ciento veintisiete metros con ochenta y siete centímetros lineales, según plano catastrado número A-1392025-2009, de fecha 14 de diciembre de 2009. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y cargas reales, y fue estimado en la suma de quinientos mil colones y en la misma suma fueron estimadas las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria promovida por Luis Alberto Solís Corrales. Expediente N° 10-100894-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 17 de diciembre del 2010.—Lic. Viviana Quirós Rodríguez, Jueza.—1 vez.—RP2011260019.—(IN2011077006).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000128-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Alexánder Alberto Pérez Chavarría, quien es mayor, estado civil soltero en unión libre, operario, vecino de La Lajosa de Santa Cecilia de La Cruz, Guanacaste, del cementerio ochocientos metros al oeste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero trescientos cuarenta y ocho-doscientos veintisiete (5-0348-0227), a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno con una casa y callejón de acceso. Situada en La Lajosa, distrito segundo, Santa Cecilia, cantón décimo, La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Julio César Salas Villegas; al sur, calle pública con un frente de tres metros con nueve centímetros lineales; al este, Julio César Salas Villegas y al oeste, Francisco Pauth Rivera. Mide: ciento cuarenta y un metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones (¢500.000,00). Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera su padre Santos Felipe Pérez Campos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar la propiedad, con alambre de púas y chapeas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Alexánder Alberto Pérez Chavarría. Exp. 11-000128-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 24 de agosto del 2011.—Lic. Bernardo Solano Solano, Juez.—1 vez.—RP2011260039.—(IN2011077007).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000125-0391-AG-3, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Miriam Moreira Barquero, quien es mayor, casada una vez pero separada de hecho, ama de casa, cédula de identidad número dos-ciento noventa y nueve-ciento sesenta y cinco, vecina de Alajuela, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es potrero. Situada en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, sur, y al este, con José Roberto Zumbado Arias y al oeste, Omar Cárdenas Sequeira. Mide: siete mil metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-9997632-2005. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuatro años. Que existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza construcción y reparación de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Miriam Moreira Barquero. Exp. 11-000125-0391-AG-3.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 1º de setiembre del 2011.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—RP2011260065.—(IN2011077008).

José Salazar Jiménez, mayor, costarricense, casado una vez, agente de bolsa, cédula de identidad número uno-cero quinientos veinticuatro-cero ciento treinta, vecino de San José, San Francisco de Dos Ríos, barrio Los Sauces, cien metros al sur y setenta y cinco metros al este del Abastecedor Los Sauces, promueve las diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público, dos fincas, la primera se describe así: terreno para construir, situada en Playa Matapalo, en el distrito segundo (Savegre) del cantón sexto (Aguirre) de la provincia de Puntarenas, que colinda al norte, con calle pública, al sur, con Municipalidad de Aguirre, y Nísperos del Bosque S. A., al este, con Álvaro Carmona Castillo y al oeste, con Fidelia Guido Bonilla, el terreno tiene una medida de mil doscientos cuarenta y ocho metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados, según plano catastral número P-uno uno uno uno uno uno nueve-dos mil seis. El inmueble se encuentra libre cualquier gravamen, anotación o restricción, tampoco pesa ningún tipo de carga real, no existen condueños y se estimó en la suma de cuatro millones de colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento legales en caso de omisión. Asunto: información posesoria, expediente N° 11-100010-0425-4-CI, promueve: José Salazar Jiménez.—Juzgado Civil de Aguirre y Parrita, Quepos, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—RP2011260158.—(IN2011077009).

María de los Ángeles Chinchilla Alfaro, mayor, casada, ama de casa, vecina de Coto Brus, Sabalito, San Bosco; 500 metros después de la antigua bloquera, cédula de identidad 1-452-204, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la propiedad el inmueble que a continuación detallo: terreno: es terreno con café y dos casas de habitación, situado: San Bosco, distrito Sabalito, cantón Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Mide: cuatro mil seiscientos cuarenta y seis metros cuadrados. Linda: norte, Arnoldo Campos Campos; sur, calle pública con un frente de calle de sesenta y un metros; este, María Auxiliadora Campos Céspedes y oeste, calle pública con 74.74 metros de frente. Plano catastrado número P-1500219-2011. Se estima el inmueble en la suma de quinientos mil colones. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el registro. Notifíquese. Información posesoria 11-00153-0419-AG Interno 178-3-11 de María de los Ángeles Chinchilla Alfaro.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial, Zona Sur, Corredores.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—RP2011260293.—(IN2011077756).

Se hace saber, que ante este Despacho, se tramita el expediente Nº 11-000190-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Villa Victoria Cuarenta y Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-389031, quien es representada por el señor Arturo Sánchez Rojas, casado una vez, comerciante, vecino de San Joaquín de Flores, Heredia, cincuenta metros al sur, de la esquina suroeste, del Liceo Regional de Flores, portador de la cédula de identidad número 2-231-613, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es de pastos. Situada en el distrito cuarto (Lepanto), cantón primero (Puntarenas), de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Blas Sibaja Porras; al sur, Consejo Municipal del Distrito de Lepanto y Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de San Blas de Lepanto; al este, calle pública con un frente a ella de ochenta y ocho metros con setenta centímetros lineales y al oeste, Blas Sibaja Porras. Mide: trece mil doscientos treinta y siete metros con ochenta decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1253449-2007. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una, que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veintiséis años, que no existen condueños, que los actos de posesión han consistido en cercado, chapias, rondas y siembra de árboles frutales y plantas ornamentales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Villa Victoria Cuarenta y Tres Sociedad Anónima. Exp. Nº 11-000190-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 26 de agosto del 2011.—Lic. José Wálter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2011260393.—(IN2011077757).

Se hace saber, que ante este Despacho, se tramita el expediente Nº 11-000170-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Sheirys Solís García, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Gravillas de Desamparados, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-0477-0269, profesión analista en sistema, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de árboles frutales y una casa. Situada en el distrito quinto (Porvenir), cantón noveno (Nandayure), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de dieciséis metros con cincuenta y dos centímetros lineales; al sur, con Cooperativa de Caficultores y Servicio Múltiples de Cerro Azul; al este, con Cooperativa de Caficultores y Servicio Múltiples de Cerro Azul y al oeste, con Carmen Alvarado Vargas. Mide: trescientos noventa y cinco metros treinta y siete decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1153760-07. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación de su madre, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años, que no existen condueños, que los actos de posesión han consistido en cercado, chapias, rondas, siembra de frutales y ornamentales, que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la propiedad. Se emplaza todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Sheirys Solís García. Exp. Nº 11-000170-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 22 de agosto del 2011.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—RP2011260394.—(IN2011077758).

Citaciones

Se emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio notarial ab intestato, del causante Aaron Joseph (nombre) Jackson (único apellido en razón de su nacionalidad), mayor de edad, soltero, pensionado, con domicilio en Puntarenas, Osa, Bahía Ballena, exactamente en Dominicalito, quinientos metro sur del bar Roca Verde, ciudadano estadounidense, portador del pasaporte anteriormente número H dos nueve cinco ocho seis ocho, posteriormente número cero siete seis cuatro cuatro tres dos seis siete y actualmente número DI cuatro cuatro cuatro seis cero ocho nueve tres cinco, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número dos-dos mil once. San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, exactamente frente al costado oeste del parque en Vargas Abogados, primer piso.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—RP2011260129.—(IN2011077021).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rafael Ángel Segura Araya, quien fue mayor, soltero, agente de seguridad, vecino de Goicoechea, San José, con cédula de identidad número 0104930511. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-000270-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 1º de setiembre del 2011.—Lic. Rosny Arce Jiménez, Juez.—1 vez.—RP2011260134.—(IN2011077022).

Ante esta notaría se está tramitando proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de quien en vida se llamó José Edgardo Grijalba Contreras, quien fuera mayor, soltero, vecino de Filadelfia, portaba la cédula de identidad número 5-156-632, por lo que se emplaza a todos los interesados a hacer valer sus derechos ante esta notaría ubicada en Nicoya, doscientos veinticinco metros al sur de los Tribunales de Justicia en Nicoya, en el plazo de treinta días naturales a partir de esta publicación. Publíquese.—Lic. Lusbin Montero Lobo, Notario.—1 vez.—RP2011260146.—(IN2011077023).

Se hace saber: ante la notaría del suscrito, oficina en San José, barrio Luján, frente entrada principal de la iglesia, se tramita sucesorio de Margarita Ramona Venegas Venegas cc Margarita Monge Venegas, mayor, viuda, Desamparados, San José, cédula número 1-080-7666. Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados, para que dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación del edicto, comparezcan ante mi notaría a hacer valer sus derechos si no lo hacen, la herencia pasará a quien legalmente corresponda.—27 setiembre 2011.—Lic. Rafael A. Brenes Valenciano, Notario.—1 vez.—RP2011260147.—(IN2011077024).

El día de hoy, esta notaría acordó la apertura del proceso sucesorio en sede notarial, de la señora Lía Gómez Chacón, quien fue viuda, educadora pensionada, vecina de Zapote de San José, cédula de identidad número tres-cero setenta y cinco-seiscientos veintiuno, fallecida en San Nicolás de Cartago, el diecinueve de agosto del dos mil once, por así solicitarlo sus tres únicos hijos, Gilda, educadora pensionada, vecina de Cartago, cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y uno-setecientos cuarenta y tres; Carlos Gerardo, ingeniero eléctrico, vecino de Desamparados, cédula de identidad número uno-trescientos treinta y tres-setecientos treinta y dos; y William Enrique, odontólogo, vecino de Sabanilla de Montes de Oca, cédula de identidad número uno-quinientos cuarenta y ocho-quinientos ochenta; los tres de apellidos Brenes Gómez, casados. De conformidad con el artículo 946 del Código Procesal Civil, por única vez se emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo improrrogable de treinta días hábiles, que empezará a correr a partir del día siguiente a esta publicación, se apersonen ante esta notaría, sita en San José, en calle diecinueve, avenidas diez y diez bis, casa número mil treinta y nueve, a hacer valer sus derechos.—San José, 27 de setiembre del 2011.—Lic. Minor Gómez Calvo, Notario.—1 vez.—RP2011260201.—(IN2011077025).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Martina del Carmen Villegas Castillo, quien fuera mayor, casada una vez, maestra, vecina de Los Lagos de Heredia, portadora de la cédula de identidad número cinco-ciento setenta-cero cero dos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-001113-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 7 de setiembre del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(IN2011077735).

Se hace saber, que en esta Notaría, se tramita el proceso sucesorio de Vitalina Díaz Hidalgo, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula Nº 1-0186-808, vecina de San José, Desamparados, Damas, urbanización Dos Cercas, casa doscientos setenta y tres, falleció el dieciocho de febrero del dos mil once. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría, ubicada en Dulce Nombre de La Unión, Cartago, tres kilómetros al norte, del parque de Tres Ríos, hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersona dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002-11-CN.—Cartago, treinta de setiembre del dos mil once.—Lic. Carmen Chavarría Brenes, Notaria.—1 vez.—RP2011260262.—(IN2011077759).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Miguel Antonio Ramírez Villegas, quien fue mayor, viudo, pensionado y vecino de San José, para que dentro del plazo de treinta se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos, de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Notifíquese. Exp. Nº 2011-000187-0220-CI-9.—Juzgado Primero Civil de Menor Cuantía de San José, 31 de agosto del 2011.—Msc. Adriana Orocu Chavarría, Jueza.—1 vez.—RP2011260263.—(IN2011077760).

Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Carlos Betancourt Herrera, quien fuera casado una vez, guía turístico, cédula Nº 7-880-268 y vecino de Barra de Parismina. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000466-0930-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 7 de setiembre del 2011.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—RP2011260270.—(IN2011077761).

Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de José Joaquín Quirós Rojas, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Moravia, portador de la cédula de identidad Nº 4-0056-0203. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000504-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—RP2011260271.—(IN2011077762).

El día de hoy se ha iniciado el trámite de sucesión notarial extrajudicial, de quien en vida fue Aquiles Chaves Rodríguez, mayor, casado una vez, agricultor, con cédula de identidad número dos-cero cero tres-tres mil doscientos nueve, vecino de San José, San Sebastián. Se emplaza a los presuntos herederos e interesados para que en el plazo de treinta días siguientes, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos ante esta notaría, ubicada en San José, calles 21 y 23, avenida 10 bis, casa número 2161.—San José, 29 de setiembre del 2011.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—RP2011260296.—(IN2011077763).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eduardo Oses Fonseca, quien fue mayor, casado una vez, costarricense, agricultor, vecino de Heredia, Santo Domingo, cédula cinco-cero sesenta y cinco-seiscientos once, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos percibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Proceso sucesorio en sede notarial de Eduardo Oses Fonseca. Expediente Nº 02-2011.—Lic. Ana Isabel Campos Sáenz, Notaria.—1 vez.—RP2011260314.—(IN2011077764).

Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Carlos Luis Ávila Alfaro, quien fue mayor, casado una vez, costarricense, cédula de identidad Nº 6-140-153 y fue vecino de Puntarenas, Osa, Palmar, 50 metros al oeste, del estadio de la localidad. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sin no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-100127-0920-CI.—Juzgado Civil de Osa, 6 de setiembre del 2011.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—RP2011260317.—(IN2011077765).

Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Carlos Luis Avendaño Bolaños, quien fuera mayor, casado, comerciante, vecino de Guápiles y portaba la cédula de identidad Nº 0400610260. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000861-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de julio del 2011.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—RP2011260386.—(IN2011077766).

Ante esta notaría, compareció Josefa Bolandi Mayorga, mayor, viuda, del hogar, cédula número seis-ciento dieciocho-doscientos ochenta y siete, vecina de San José, Purral Arriba de Guadalupe, casa número tres y de conformidad con el artículo novecientos veintidós y siguientes del Código Procesal Civil, solicitó la tramitación del sucesorio notarial de su esposo, quien en vida fue Tony Demetrio Cabrera Peña, quien era mayor, casado una vez, cédula número siete-cero sesenta y seis-trescientos ochenta, urbanización Loremar, casa número tres. Así mismo manifestó expresamente su aceptación de la herencia y como albacea fue autorizada para proceder a realizar el inventario de bienes, todo lo cual consta en la escritura número cuatrocientos dieciocho otorgada a las quince horas del día trece de setiembre del dos mil once, en el tomo tercero del protocolo de la notaria, María de los Ángeles Venegas Jiménez. Se cita y emplaza a los interesados, para que dentro de los próximos treinta días, siguientes a esta publicación, para que concurran a hacer valer sus derechos, para lo cual se hace constar que la oficina de la licenciada, María Venegas Jiménez, notaria, encargada de la tramitación del presente asunto, se encuentra situada en el Carmen de Guadalupe, urbanización Bernardo Iglesias, casa número veintinueve-B.—San José, El Carmen de Guadalupe, veintinueve de setiembre del dos mil once.—Lic. María de los Ángeles Venegas Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011260389.—(IN2011077767).

Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Venancio Villalobos Barrantes, quien fuera mayor, soltero, cédula Nº 3-124-754, vecino de Tres Ríos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-002044-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de febrero del 2007.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—1 vez.—RP2011260408.—(IN2011077768).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría, por Guiselle Arias López, a las ocho horas treinta y cinco minutos del treinta de setiembre del dos mil once, comprobado el fallecimiento, esta notaría, declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue Juana Corrales Araya, mayor, casada una vez pero separada de hecho, ama de casa, con cédula de identidad número tres-cero doscientos trece-cero trescientos sesenta, vecina de Guápiles, Pococí, Limón, trescientos cincuenta metros norte, del súper La Familia en Toro Amarillo. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. Guápiles, trescientos metros norte, de MUCAP, tres de octubre del dos mil once.—Lic. Guiselle Arias López, Notaria.—1 vez.—RP2011260415.—(IN2011077769).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría, por Guiselle Arias López, a las diecisiete horas del veinte de setiembre del dos mil once, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue Rafael Ángel Barrantes Arias, mayor, casado una vez, taxista, con cédula de identidad número uno-cero trescientos cincuenta y seis-cero trescientos treinta y cinco, vecino de la escuela Barrio Los Ángeles, cien metros oeste y cincuenta metros norte, Guápiles, Pococí, Limón. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Guápiles, trescientos metros norte de MUCAP, tres de octubre del dos mil once.—Lic. Guiselle Arias López, Notaria.—1 vez.—RP2011260416.—(IN2011077770).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Antonio Angulo Araya, quien fue mayor de edad, casado, agricultor, portador de la cédula número 1-098-6396 y vecino de San Pablo de León Cortés, para que comparezcan dentro del plazo de treinta días hábiles a este Despacho, a hacer valer sus derechos, y se apercibe a quienes crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro del plazo dicho la misma pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2011-100175-0243-CI-3.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, San Marcos de Tarrazú, seis de setiembre del dos mil once.—Lic. Garnier A. Vargas Barboza, Juez.—1 vez.—RP2011260465.—(IN2011077771).

Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Mario Ivankovich Castro, cédula de identidad número 03-0082-0255, quien fuera mayor, casado, agricultor, vecino de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-001338-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 29 de setiembre del 2011.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—RP2011260477.—(IN2011077772).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Heriberto Ramírez Chaves, mayor, casado, agricultor, con cédula de identidad número dos-doscientos cuarenta y tres-setecientos treinta y cuatro, cuyo último domicilio fue en Progreso de Laurel de Corredores, Puntarenas, tres kilómetros y medio al suroeste del Centro de Conte, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio Nº 11-100122-0920-CI de Heriberto Ramírez Chaves, promovido por César Ramírez Cabezas. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 16 de agosto del 2011.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011077987).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Édgar Fernández Calvo, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Jilgueral de Puriscal, cédula de identidad número 1-250-844, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 11-100259-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 30 de agosto de 2011.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2011077998).

Por única vez, se cita al señor Aparicio Matus Vargas y a la señora Vicenta Guevara Narvaes, en su condición de padres del causante Pedro Valeriano Matus Guevara, quien en vida fue mayor, casado una vez, peón de campo, vecino de San Pedro de Cutris de San Carlos, cédula 2-534-026, para que dentro del plazo de treinta días se apersonen a este proceso a reclamar sus derechos, bajo el apercibimiento de que así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Notifíquese. Expediente Nº 09-100594-0317-CI (1B).—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 5 de julio del 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2011077999).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Rafael Segura Matarrita, mayor, soltero, costarricense, vecino de Limón, cédula de identidad siete-cero ochenta y siete-ochocientos sesenta y ocho, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000273-0678-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 22 de setiembre del 2011.—Lic. Mario Alberto García Araya, Juez.—1 vez.—(IN2011078009).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría, por Alda Pearl Williams Manley, Ena Lavony Gibson Williams, Glen Orlando Gibson Williams y Jorge Eugenio Babb Williams, en Limón, a las 15:00 horas del 6 de setiembre del 2011, y comprobado el fallecimiento, esta notaría, declara abierto el proceso sucesorio ad intestado de quien en vida fuera Orlando Gibson Gibson, quien fue mayor, casado una vez, empleado de JAPDEVA, vecino de Limón, con cédula de identidad número 1-0401-0144. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Eduardo Newton Cruickshank Smith, situada en Limón centro, 30 metros al oeste, de los Tribunales de Justicia, teléfono Nº 2758-3363, fax 2758-4030.—Lic. Eduardo Newton Cruickshank Smith, Notario.—1 vez.—(IN2011078015).

Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Eladio Segura Quirós, quien fuera mayor, soltero, agricultor, vecino de Alajuela, Turrúcares. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-001563-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de setiembre del 2011.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—(IN2011078030).

Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Fernando Saborío Cruz, quien fuera mayor, casado, bombero, portadora de la cédula de identidad número 02-0168-0901. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000346-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2011078032).

Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien fuera Lino Vásquez Aparicio. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000074-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 10 de agosto del 2011.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2011078049).

Avisos

PRIMERA PUBLICACIÓN

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Jefferson Ovidio, Daffrany Gladys, Meicky Dylana y Grezzly Austin, todos de apellidos Rugama Gómez, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las trece horas con quince minutos del dos de setiembre de dos mil once.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 2 de setiembre de dos mil once.—Lic. Freddy Quesada Valerio, Juez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48593.—C-4820.—(IN2011078063).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial del menor Carlos Alberto Chávez Campos, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires, dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las trece horas treinta minutos del trece de setiembre del dos mil once.—Juzgado Civil y Trabajo y Familia de Buenos Aires, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—O.C. Nº 34028.—Sol. Nº 48587.—C-4220.—(IN2011078080).

UNA PUBLICACIÓN

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 10-002139-0292-FA, los señores Carlos Enrique Núñez Rojas y Lidia María Santamaría Oconitrillo, solicitan se apruebe la adopción de los menores Carlos Jesús Portuguez Amador y Cristel Sharith Amador Rojas. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de setiembre del 2011.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2011076977).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Julián Priscilla Rojas Villavicencio, mayor, casada una vez, contadora pública y vecina de Agua Caliente, Cartago, cédula de identidad número 0303590177; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Julián Priscilla Rojas Villavicencio, por el de Yuliana mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. 11-000196-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—RP2011260014.—(IN2011077027).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 11-001053-0364-FA, la señora Marianella Sánchez Carvajal, solicita se apruebe la adopción individual de la menor Kelsy de los Ángeles Sánchez Carvajal. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 22 de agosto del 2011.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011077314).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a César Gamaliel Valadez García, en su carácter, quien es ciudadano mexicano, empresario, pasaporte número ACRI 043, se le hace saber que en proceso reconocimiento de hijo mujer casada, establecido por Rigoberto Calvo Argeñal, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las trece horas y seis minutos del veinte de setiembre del año dos mil once. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Rigoberto Calvo Argeñal a favor de la menor de edad Valentina Valadez Mora. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia al padre registral de la menor de edad, señor César Gamaliel Valadez García. De los autos se desprende que se encuentra debidamente apersonada la señora Andrea Mora Cordero, madre de la menor de edad. Se les previene tanto a la entidad indicada como al padre registral, que en el primer escrito que presenten deben señalar medio y lugar, este último dentro del Circuito Judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se les tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996). Siendo que se desconoce el paradero del señor Valadez García, se ordena notificarle al mismo por medio de edicto, el cual quedará en la secretaría del Despacho a disposición del interesado para su diligenciamiento. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Cartago de este Circuito Judicial, no obstante previo a enviar la comisión debe el promovente aportar un juego de copias de la documentación presentada en el escrito inicial. Notifíquese, expediente 11-001778-0338-FA-1.—Juzgado de Familia de Cartago, 20 de setiembre de 2011.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2011077318).

Se hace saber que, en este Despacho bajo el número único 09-401451-0637-FA, abreviado de suspensión de la autoridad parental, promovido por Zayra Irigoyen Baldelomar cédula 155808826011 contra Juan Feliciano Cantillano Reyes, cédula 075RE002965-01-1999, se ha dictado a las ocho horas del veintidós de junio de dos mil once la sentencia número 268-11, que literalmente dice en su parte dispositiva: “Por tanto: Con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se falla: a) Se declara con lugar en todos sus extremos la presente demanda abreviada de suspensión de patria potestad establecida por Zayra Irigoyen Baldelomar contra Juan Feliciano Cantillano Reyes, y en consecuencia, se le suspende a Juan Feliciano Cantillano Reyes el ejercicio de la patria potestad respecto de sus hijos: Juan Adrián Cantillano Irigoyen y Karla Daniela Cantillano Irigoyen, ello hasta que los niños cumplan su mayoría de edad. b) Se resuelve sin especial condenatoria en costas, c) Por una única vez, publíquese la parte dispositiva de esta sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Desamparados, 4 de julio del 2010.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2011077319).

Se convoca por medio de este edicto a las personas que tengan interés en el proceso de insania del señor Alejandro Piedra Bermúdez, cédula Nº 0115380860, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Wálter Piedra Salazar. Expediente Nº 11-001601-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 20 de setiembre del 2011.—Msc. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2011077721).

Se avisa que en este Despacho, bajo el expediente número 11-400003-921-FA(3), los señores José Manuel de Jesús Sánchez Adilio, cédula 5-127-727 y Margarita del Carmen Lobo Rojas, cédula 9-034-822, solicitan se apruebe la adopción conjunta de los menores Randall Josué Sánchez Trejos y Greinelly Vanessa Sánchez Trejos. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Corredores, Ciudad Neily.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—RP2011260382.—(IN2011077773).

Licenciado Francisco Hernández Quesada, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Orlando Enrique Gutiérrez Torres, quien es mayor, casado dos veces, comerciante, domicilio desconocido, cédula de residencia número 000117000867131, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Julia Ángela Cárdenas Amaya contra Orlando Enrique Gutiérrez Torres, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Exp. Nº 10-002165-0364-FA. Juzgado de Familia de Heredia, a las nueve horas y cuarenta y tres minutos del catorce de octubre del año dos mil diez de la anterior demanda abreviada establecida por la accionante Julia Ángela Cárdenas Amaya, se confiere traslado a al accionado Orlando Enrique Gutiérrez Torres, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009, con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Así mismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la política de género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 22-07-42-23. En otros lugares del país hay otras universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775). Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaría y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Si escoge correo electrónico, debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar ó enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal al demandado señor Orlando Enrique Gutiérrez Torres, por medio de oficio, pídase a la empresa Servicios Públicos de Heredia, a la Compañía Nacional de Fuerza y Luz y al Instituto Costarricense de Electricidad, se sirvan informar al Despacho si el demandado Orlando Enrique Gutiérrez Torres, aparece como abonado de alguno de los servicios prestados por dichas instituciones y la dirección que ha reportado como su domicilio. Pídase por medio de oficio a la Caja Costarricense del Seguro Social, sección planillas, informen si el demandado aparece en planillas y la dirección que se reporta como su domicilio, al Registro Civil, se le solicita remitir certificación de la cuenta cedular de dicho señor y la dirección reportada como su domicilio. Se le previene a la parte actora aportar por escrito el nombre y generales de ley, de dos testigos que conozcan al demandado a fin de interrogarlos sobre su conocimiento o desconocimiento del paradero de la misma. Notifíquese. Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—Juzgado de Familia de Heredia, a las nueve horas y veinte minutos del dieciséis de setiembre del 2011.—Lic. Francisco Hernández Quesada, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011077981).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Edwin de Jesús Londoño Hernández, en su carácter personal, quien es mayor, divorciado, cédula de identidad número 8-0930-0414, demás calidades desconocidas, se le hace saber que en demanda declaratoria de extramatrimonialidad e investigación de paternidad, establecida por Lorena Patricia Sánchez Murillo, contra Alexander Eduardo Portuguez Cerdas, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las trece horas y cuarenta y uno minutos del cinco de mayo del dos mil once. Se tiene por establecido por parte de Lorena Patricia Sánchez Murillo el presente proceso de declaratoria de extramatrimonialidad e investigación de paternidad en contra de Edwin de Jesús Londoño Hernández y Alexander Eduardo Portuguez Cerdas, a quienes se les confiere traslado por el plazo de diez días, para que la contesten, opongan excepciones previas, la prueba documental que tuvieren y la testimonial con indicación en su caso del nombre y generales de los testigos que propongan. Al contestar negativamente deberán expresar con claridad las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoyan. Respecto de los hechos de la demanda, deberán contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechazan por inexactos, o si los admiten como ciertos o con variantes o rectificaciones, por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Se les previene a los demandados, que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº  65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Así mismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la política de género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. A la actora y a los demandados se les hace saber, que de conformidad con el artículo 98 del Código de Familia, la parte que sin motivo alguno se niegue a practicarse esa importante prueba, será considerado ese proceder como malicioso. Además esa circunstancia podrá ser tenida como un indicio de veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha prueba, de ahí la importancia de mantener o señalar un lugar o medio donde escuchar notificaciones. Notifíquese esta resolución al demandado Alexander Eduardo Portugués Cerdas, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales; para estos efectos, se comisiona a la oficina de comunicaciones judiciales de Cartago. Ahora bien, con el fin de agotar los medios de localización del señor Londoño Hernández, se ordena enviar los oficios respectivos a la caja costarricense de seguro social, migración y extranjería, Registro Civil y Registro Público de la propiedad. Notifíquese. Expediente 11-000754-0338-FA-1.—Juzgado de Familia de Cartago, 19 de agosto del 2011.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011077984).

Licenciado Mario Alberto Barth Jiménez, Juez de Familia del Juzgado de Familia de Osa; hace saber, que dentro del proceso que se dirá, se dicto la resolución que literalmente dice: que en: deposito judicial. Expediente Nº 11-400110-423-FA-3. Por el Patronato Nacional de la Infancia contra Elizabeth Alvarado Orozco y otros. Se ha dictado la resolución que dice Juzgado de Familia de Osa, a las 11:00 horas del 25 de agosto del 2011, se tiene por cumplido al previo anterior. Con intervención del Patronato Nacional de la Infancia, tramítense las presentes diligencias de Depósito Judicial de las personas menores de edad Luis Antonio Iglesias Alvarado, Paola Modesta López Alvarado, Marjury Iveth López Alvarado, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, de las cuales se confiere audiencia por el plazo de tres días, a los señores Elizabeth Alvarado Orozco, Fermín López Ortiz, José Nery Iglesias Martínez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente deben señalar medio, dentro del territorio nacional, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento que, en caso de omisión, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, las próximas resoluciones, se les tendrá por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Se nombra depositaría judicial de los menores: Luis Antonio, Paola Modesta y Marjorie Iveth, todos apellidos López Alvarado, a la señora Modesta Murillo Orozco, a quien se le previene que dentro del tercer día de la notificación, deberá apersonarse al Despacho, aceptar el cargo conferido. Notifíquese esta resolución en forma personal o en su casa de habitación a la señora Modesta Murillo Orozco, por medio de la notificadora del Despacho, y a los señores Elizabeth Alvarado Orozco, Fermín López Ortiz, José Nery Iglesias Martínez, por medio de edicto por ser desconocido su domicilio.—Juzgado Civil y de Trabajo de Osa.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48589.—C-5020.—(IN2011078076).

Licenciado Mario Alberto Barth Jiménez, Juez de Familia del Juzgado de Familia de Osa, hace saber, que dentro del proceso que se dirá, se dicto la resolución que literalmente dice: en: deposito judicial expediente Nº 10-400053-423-FA-2. Por Patronato Nacional de la Infancia, contra Marcos Muñoz Ruiz y Rosalía Morales Quintero. Se ha dictado la resolución que dice: Juzgado de Familia de Osa, a las 8:00 horas del 10 de mayo de 2010. Con intervención del Patronato Nacional de la Infancia, tramítense las presentes diligencias de depósito judicial de las personas menores: Rubí Adriana y María Esperanza, ambas apellidos Muñoz Morales, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, de las cuales se confiere audiencia por el plazo de tres días, a los demandados: 1) Marcos Muñoz Ruiz y 2) Rosalía Morales Quintero, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar medio, dentro del territorio nacional, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento que, en caso de omisión, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, las próximas resoluciones, se les tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Se nombra depositario judicial de las menores a la señora Xinia Quintero Hornos, a quien se le previene que dentro del tercer día de la notificación, deberá apersonarse al Despacho, aceptar el cargo conferido. Para notificar a la depositaría y al demandado Muñoz Ruiz; se hará por medio de la fuerza pública de Ciudad Cortés y a la demandada Morales Quintero por medio de la fuerza pública de Palmar Norte.—Juzgado Civil y de Trabajo de Osa.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 48591.—C-6020.—(IN2011078078).

Msc. Betty Arrieta Barrantes, Jueza del Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a la señora Luisa Suárez Robletos, se hace saber, que en Proceso de Depósito Judicial de menor, expediente número 11-400532-924FA (NI. 543-11), promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, o las siete horas cincuenta y seis minutos del veintisiete de julio del dos mil once. Se tiene por establecido el presente Proceso de Depósito Judicial de menor, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, a favor del menor de edad Jorge Daniel Suárez Robletos, del cual se confiere audiencia por el plazo de cinco días hábiles a la madre registral Luisa Suárez Robletos, para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezca las pruebas de descargo. Se le previene a las partes que de conformidad con la nueva Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 deben indicar medio (Fax de línea exclusiva, correo electrónico debidamente autorizado, casillero debidamente asignado, estrados en caso de no contar con los otros medios señalados) donde atender sus futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que mientras no lo hagan o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, las resoluciones que se dicten posteriormente se le tendrán por notificadas en el sólo transcurso de veinticuatro horas luego de dictadas. Así mismo y de conformidad con reiteradas circulares del Consejo Superior, en especial la circular número 169-09, se hace menester por parte de este Despacho, el prevenir a las partes, que en caso de que se señale como medio de notificación un fax, este debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos por lo que no puede ser utilizado como teléfono, y en caso de señalarse un medio electrónico, el mismo deberá contar con la respectiva autorización de cuenta conforme el Artículo 39 de la ley mencionada. Así mismo de conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de la Niñez y Adolescencia, se ordena el Depósito Judicial Provisional del menor de edad Jorge Daniel Suárez Robletos, en el hogar de la señora Ramona Cabrera Rodríguez, la cual deberá comparecer a este Despacho, dentro del tercer día hábil, a aceptar el cargo que se le ha conferido. Se le recuerda a la depositaría provisional su obligación de velar por todas las necesidades básicas de la persona menor de edad que va a tener a su cargo como buena madre. Notifíquese esta resolución a la madre registral Por medio de un edicto, que se publicará por única vez en el Boletín Judicial, el cual queda en la secretaría del Despacho, a disposición del ente promovente para que procedan a diligenciarlo. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de San Carlos, Ciudad Quesada, 27 de julio del 2011.—Msc. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—(IN2011078082).

Msc. Betty Arrieta Barrantes, Jueza del Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, al señor Jefry Porras Araica, se hace saber, que en Proceso de Depósito Judicial de menor, expediente número 11-400643-924FA (NI. 657-11), promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a las once horas cinco minutos del doce de agosto del dos mil once, se tiene por establecido el presente Proceso de Depósito Judicial de menor, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, a favor de las menores de edad Jordany Pamela Porras Torres y Selena Hindira Torres Gómez, del cual se confiere audiencia por el plazo de cinco días hábiles a los padres registrales Jefry Porras Araica y María del Carmen Torres Gómez, para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezca las pruebas de descargo se le previene a las partes que de conformidad con la nueva Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 deben indicar medio (fax de línea exclusiva, correo electrónico debidamente autorizado, casillero debidamente asignado, estrados en caso de no contar con los otros medios señalados) donde atender sus futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que mientras no lo hagan o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, las resoluciones que se dicten posteriormente se le tendrán por notificadas en el sólo transcurso de veinticuatro horas luego de dictadas. Así mismo y de conformidad con reiteradas circulares del Consejo Superior, en especial la circular número 169-09, se hace menester por parte de este Despacho, el prevenir a las partes, que en caso de que se señale como medio de notificación un fax, este debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos por lo que no puede ser utilizado como teléfono, y en caso de señalarse un medio electrónico, el mismo deberá contar con la respectiva autorización de cuenta conforme el artículo 39 de la ley mencionada. Notifíquese esta resolución a la madre registral, por medio de comisión dirigida al Juzgado Contravencional de Los Chiles, Alajuela y al padre registral por medio de un edicto que se publicará por única vez en el boletín judicial, el cual queda en la secretaría del Despacho a disposición del ente promovente para que procedan a diligenciarlo. Por último, de conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de la Niñez y Adolescencia, se ordena el Depósito Judicial Provisional de las menores Jordany Pamela Porras Torres y Selena Hindira Torres Gómez, en el hogar de los señores Faustino Porras Porras y Esperanza Araica Galarza, los cuales deberán comparecer a este Despacho dentro del tercer día hábil, a aceptar el cargo que se les ha conferido. Se le recuerda a los depositarios provisionales su obligación de velar por todas las necesidades básicas de la persona menor de edad que va a tener a su cargo como buena madre. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de San Carlos, Ciudad Quesada, 12 de agosto del 2011.—Msc. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011078083).

Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza del Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a la señora Vanessa Campos López, se hace saber, que en Proceso de Depósito Judicial de menor, expediente número 11-400642-924FA (NI. 656-11), promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a las diez horas veinte minutos del doce de agosto del dos mil once. Se tiene por establecido el presente Proceso de Depósito Judicial de menor, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, a favor de la menor de edad Rachel Pamela Rodríguez Campos, del cual se confiere audiencia por el plazo de cinco días hábiles a los padres registrales Olman Rodríguez Cortés y Vannessa Campos López, para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezca las pruebas de descargo. Se le previene a las partes que de conformidad con la nueva Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 deben indicar medio (fax de línea exclusiva, correo electrónico debidamente autorizado, casillero debidamente asignado, estrados en caso de no contar con los otros medios señalados) donde atender sus futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que mientras no lo hagan o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, las resoluciones que se dicten posteriormente se le tendrán por notificadas en el sólo transcurso de veinticuatro horas luego de dictadas. Así mismo y de conformidad con reiteradas circulares del Consejo Superior, en especial la circular número 169-09, se hace menester por parte de este Despacho, el prevenir a las partes, que en caso de que se señale como medio de notificación un fax, este debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos por lo que no puede ser utilizado como teléfono, y en caso de señalarse un medio electrónico, el mismo deberá contar con la respectiva autorización de cuenta conforme el Artículo 39 de la ley mencionada. Notifíquese esta resolución al padre registral Por medio de comisión dirigida a la delegación de la fuerza pública de Boca Arenal, Cutris y a la madre registral por medio de un edicto que se publicará por única vez en el Boletín Judicial, el cual queda en la secretaría del Despacho a disposición del ente promovente para que procedan a diligenciarlo. Por último, de conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de la Niñez y Adolescencia, se ordena el Depósito Judicial Provisional de la menor Rachel Pamela Rodríguez Campos, en el hogar de la señora Guillermina Madrigal Arroyo, la cual deberá comparecer a este Despacho dentro del tercer día hábil, a aceptar el cargo que se le ha conferido. Se le recuerda a la depositaría provisional su obligación de velar por todas las necesidades básicas de la persona menor de edad que va a tener a su cargo como buena madre. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de San Carlos, Ciudad Quesada, 12 de agosto del 2011.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011078084).

Edictos en lo Penal

Por requerirse en sumaria penal número 10-202579-456-PE-1 en contra de Amancio José Alvarado Vega, por el delito de lesiones culposas en perjuicio de Enner Monge Guerra, se solicita publicar por medio de edicto y por una única vez en el Boletín Judicial y de conformidad con el artículo 115, del Código Procesal Penal la siguiente resolución: “Traslado de la Acción Civil Resarcitoria” Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Sede Corredores, Ciudad Neily, a las quince horas cuarenta minutos del veintiuno de junio del dos mil once. De conformidad con el numeral 115 del Código Procesal Penal se da traslado al demandado civil Amancio José Alvarado Vega y al tercero civilmente demandado Sociedad Merina S. A., del contenido de la acción civil presentada por el ofendido Enner Monge Guerra y la Lic. Mariela Vanessa Muñoz Méndez, en su calidad de abogada de la Oficina de Defensa Civil de la Víctima, para que se pronuncie sobre la participación del actor civil, y opongan las excepciones que correspondan.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur.—Lic. Abel Beitia Martínez, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011077730).

Lic. Andrea Briceño Chinchilla, fiscal auxiliar de la Fiscalía de Pavas, al señor Alejandro Sánchez Campos, cédula 1-1189-0032, mayor de edad, costarricense, vecino de San José, Escazú, y Róger Sánchez Campos, cédula 1-1406-0107, mayor de edad, costarricense, vecino de San José, Escazú, se les hace saber que: en el legajo de acción civil resarcitoria Nº 09-004182-283-PE, ofendido Dagoberto Morales Cerdas contra Alejandro Sánchez Campos, Róger Alberto Sánchez Campos, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto: Fiscalía de Pavas, a las diez horas del 28 de setiembre del 2011. En vista de que el demandado civil Alejandro Sánchez Campos y Róger Alberto Sánchez Campos, no ha sido posible comunicarles la resolución dictada por este Despacho, que da curso a la acción civil resarcitoria incoada por Dagoberto Morales Cerdas, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una sola vez en el boletín judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Andrea Briceño Chinchilla, Fiscal Auxiliar de Pavas: se pone en conocimiento la acción civil: de conformidad con los artículos 115 y 120 del Código Procesal Penal, se pone en conocimiento del demandado civil Alejandro Sánchez Campos y Róger Alberto Sánchez Campos la presente acción civil resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar.—Fiscalía de Pavas.—Lic. Andrea Briceño Chinchilla, Fiscal.—1 vez.—Exonerada.—(IN2011077732).

Lic. Andrea Fernández Durán, fiscal auxiliar del Ministerio Público en Pavas, al señor Bladimir Sanabria Madrigal, cédula de identidad Nº 1-1011-740, mayor, soltero, comerciante, se le hace saber que: en legajo de acción civil resarcitoria de la sumaria penal Nº 10-4126-275-PE, de Melisa Morales Castro, contra Bladimir Sanabria Madrigal, por el delito de robo gravado, se han dictado resoluciones que literalmente dicen: “Se ordena publicación por dicto. Fiscalía de Pavas, a las diez horas con cincuenta minutos del siete de setiembre del dos mil once. En vista de que el demandado civil Bladimir Sanabria Madrigal, no fue habido en el domicilio señalado por él en su declaración indagatoria, se procede a comunicarle la resolución de las ocho horas con treinta y cuatro minutos del nueve de agosto del dos mil once, que cursa la acción civil en su contra, por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial, confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Andrea Fernández Durán, Fiscal Auxiliar de Pavas”. Se tiene por presentada la acción civil resarcitoria. Fiscalía de Pavas, a las ocho horas con treinta y cuatro minutos del nueve de agosto del dos mil once. Vista la acción civil resarcitoria presentada por Mariana Alvarado Alfaro, en su condición de abogada de la oficina de defensa civil de la víctima y en representación del ofendido melisa morales castro, en el que está demandando civilmente a Bladimir Sanabria Madrigal, se tiene por presentada y ser: ordena, según el artículo 115 del Código Procesal Penal, dar traslado del contenido de la, misma a los demandados civiles, al imputado y al defensor, en la dirección por ellos señalada para oír notificaciones. Notifíquese.—Fiscalía de Pavas.—Lic. Andrea Fernández Durán, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exonerada.—(IN2011077734).