BOLETÍN JUDICIAL Nº 199 DEL 18 DE OCTUBRE DEL 2011

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

Dirección Ejecutiva del Poder Judicial.—San José, a las diez horas del cinco de octubre del dos mil once.

En vista de que no ha sido posible notificar a los particulares propietarios de los vehículos involucrados en colisiones, por desconocerse su paradero, según se cita a continuación, a solicitud de los despachos que se dirá:

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE DESAMPARADOS

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-601293-491-TC-C

CONCRETERA NACIONAL S. A.

3-101005213

CL-179262

JN1AHG22Z0011104

11-600973-491-TC-C

IRVIN FALLAS CASTILLO

5-389-057

731938

2CNBJ8U8P6917008

11-601136-491-TC-B

LUIS FERNANDO HIDALGO GAMBOA

1-982-628

CL-143481

1FTCR14A7GPB54752

11-600079-491-TC-B

ALEXANDER MEZA CERDAS

9-096-255

MOT-27973

2A7038835

11-601062-491-TC-D

CENTENO MORAZÁN CARLOS JAVIER

CÉDULA DE RESIDENCIA 135RE023182

285836

1NXAE82G1JZ517599

11-601040-491-TC-B

EDGAR GERARDO JIMÉNEZ DE BERNARDI

1-568-757

TSJ-2550

KMHCG45CX2U312062

2011-601041-491-TC-A

MIGUEL ÁNGEL BADILLA BADILLA

3-214-426

TSJ-5303

KMHJF31JPRU812161

2011-600582-491-TC-A

MARÍA ISABEL PICADO SOLANO

1-485-233

822588

KMHVF21LPSU237618

2011-601074-491-TC-A

JOSÉ GERARDO UMAÑA SÁNCHEZ

1-377-213

263372

JACDH58V9N7909133

2011-601248-491-TC-A

BEYZAIRE BEYZAIRE SHAROKH

8-072-606

TSJ-5588

KMHCG45C52U268505

2011-601129-491-TC-A

REPRESENTANTE LEGAL DE TRANSPORTES SUPERIORES DEL ESTE ROLAN S. A.

3-101-083048

C-138611

2FUYDSEB1SA539711

2011-601042-491-TC-A

REPRESENTANTE LEGAL DE AUTOTRANSPORTES PARA SOCIOS SAN JORGE S. A.

3-101-336895

453869

KMHVF21NPRU013465

2011-601042-491-TC-A

PAULO FRANCISCO CAMPOS SOLANO

1-977-025

177311

WDB1240261A614746

11-601208-491-TC-B

COMERCIAL TICOFERH S. A., PRESIDENTE EDUARDO ACUÑA DELGADO

3-101-301500

839504

JS2YA21S4B6300481

11-601174-491-TC-D

MÉNDEZ MARIN ALEXIS REP. LEG. DE SISTEMAS INTEGRADOS DE SEGURIDAD ELECTRÓNICA AVANZADA SISEA S. A.

3-101-359454

MOT 303285

LAEMNZ4099B930928

11-600872-491-TC-C

MARITZA LEIVA GUARDIA

1-050-3177

160901

JT2AE83E0H3533559

11-600674-491-TC-D

VINDAS GUTIÉRREZ JEAN CARLOS

1-1505-0911

MOT 173510

LC6PAGA1X60874503

11-601184-491-TC-B

ARNULFO FLORES DURAN

032139534

589897

JACDH58V1P7910683

11-601038-491-TC-D

ABARCA VILLA RICARDO MARIN SUB-GERENTE SERVICIOS ABAMON S. R. L.

 CÉDULA DE RESIDENCIA

3-102-222805

424626

KNADC223216035944

11-601371-491-TC-D

LÓPEZ MORA JESÚS DANIEL

1-0840-0135

CL 180624

JTFAY117102000471

11-601268-491-TC-D

MORALES SÁNCHEZ GUSTAVO

1-1099-0054

CL 053836

LB120012503

11-601164-491-TC-C

LUIS SOTO ALFARO

4-097-643

MOT-222613

LC6PCJG9480808925

11-601155-491-TC-B

CAROLINA UREÑA MURILLO

1-1337-231

524278

JN1EB31PXRU330234

11-601163-491-TC-B

ZAIRA BRENES ZAMORA

104061214

CL-158285

JAACL16E0J7230182

11-601363-491-TC-D

CALDERÓN CASTRO GUILLERMO

1-0406-1168

598250

KMJRD37FPSU186530

11-601000-491-TC-C

VERA COLLADO ALGUERA

6-157-653

477823

2T1AE04B4SC087976

11-601282-491-TC-C

HIRAM ALEXIS CERVANTES MENA

1-529-818

CL-138561

YN1060018995

11-601231-491-TC-B

ANA LUCIA BARRIENTOS VEGA

1-610-415

200850

JT2AL35W6F0187014

11-601216-491-TC-B

CREDIBANJO S. A.

3-101-083380

CL-235459

MR0CS12G400053292

11-601216-491-TC-B

HERIBERTO SOTO ESPINOZA

1-615-080

CL-92453

LB120129226

11-601112-491-TC-B

DOS OCHO SEIS S. A. PRESIDENTE VÍCTOR EMILIO HERRERA ARAUZ

3-101-203697

C-129317

1HSRDALR5RH600160

11-601265-491-TC-B

SOLANGE MILUSKA CELIS CHACATANA

CÉDULA DE RESIDENCIA 45515939900218

C-137300

JHFAY047605000095

11-601322-491-TC-C

INVERSIONES Y ADMINISTRACIONES Y ASOCIADOS INTERNACIONALES IASA SOCIEDAD

CÉDULA DE RESIDENCIA 3-101215703

858580

KM8SB82B81U049985

10-602060-491-TC-B

DIEGO ALEJANDRO UGALDE AGÜERO

1-1215-109

MOT-225077

L5DPCM2868A003825

11-601139-491-TC-B

ANDREA BARRANTES RODRÍGUEZ

1-1398-249

593650

2T1AE09E9PC013026

11-601372-491-TC-D

MOYA RETANA JASON

1-1187-0891

247580

1GBCM15Z7KB251947

11-601316-491-TC-D

PADILLA PADILLA MARTA EUGENIA

1-0559-0061

779044

EL400018352

2011-600405-491-TC-B

CARLOS MARTÍNEZ CÁCERES

9-062-564

TSJ-5711

KMHCG45C72U403578

11-601324-491-TC-D

ARCE VEENGTAS GERDIS AURELIANO REP. LEG. DE CONSTRUCCIONES Y REMODELACIONES ARVANE S. A.

3-101-366598

CL 134230

KNMD21404028

11-601444-491-TC-D

ZAHNER RAMÍREZ RAÚL ANTONIO

1-1065-0855

571198

KNADC123826095166

11-601420-491-TC-D

ROJAS CALDERÓN KENNETH

1-1163-0419

459066

KMHVA21NPTU172095

2011-600851-491-TC-A

JUAN JOSÉ MORA LEÓN

1-277-649

83664

NO SE INDICA

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO HATILLO

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-000676-0492-TC

SOLUCIONES DE MERCADEO COMERCIAL Y CONSULTORÍAS S. A.

3-101-340668

379563

KMJWWH7SPYU194809

11-000843-0492-TC

MARTÍNEZ GAVARRETE HUMBERTO

1-0592-0600

504396

1MELM584XPA645473

11-000931-0492-TC

MÉNDEZ JIMÉNEZ JULIO CÉSAR

1-0886-811

210064

1HGCA5535HA171540

11-000956-0492-TC

CAMPOS BARRANTES MARCO

7-0137-0795

CL 221909

NO TRANSMITIDO

11-000970-0492-TC

AGUILAR ZAMORA MARÍA ROSA

1-0321-0490

764132

KMHCG35C91U135965

11-000970-0492-TC

SIBAJA VARGAS TONY

1-0817-0832

TSJ 4636

JTDBJ21E804015785

11-000982-0492-TC

VEGA CÓRDOBA JOHAN

114100301

TSJ 5866

KMHCG45C15U601190

11-000982-0492-TC

CARRANZA SANDOVAL JULIETA

202980041

819944

1NXBR32EX4Z202461

11-001011-0492-TC

MARTÍNEZ CÁCERES CARLOS

9-0062-0564

TSJ 5711

KMHCG45C72U403578

11-001026-0492-TC

CAÑAS DÍAZ MIGUEL

1-0781-0285

702215

JS3TX92V014115862

11-001041-0492-TC

MARIN LEÓN YENNY YANCEL

1-1339-0327

382044

1C3ES26C1YD672624

11-001043-0492-TC

CORPORACIÓN SIMUM LID S. A.

3-101-323230

CL 223313

H3U41Y002027

11-001063-0492-TC

HERNÁNDEZ MURILLO KAROL TATIANA

1-1149-0415

646366

1HGEJ6506TL003410

11-001090-0492-TC

ARGUELLO CASTRO MARÍA DEL ROCÍO

6-0125-0804

537918

JT3HP10V8T0094265

11-001109-0492-TC

ARIAS ALFARO GUILLERMO

1-1016-0611

170078

1N4PB21S0HC767870

11-001110-0492-TC

SÁNCHEZ CORDERO JENNY

1-1041-0055

CL-230559

FE71PBA00375

11-001121-0492-TC

GARITA GARITA RAFAEL

7-0036-0595

TSJ 1240

KMHVF24N5VU366344

11-001125-0492-TC

RODRÍGUEZ BARRIENTOS SONIA

2-0498-0697

MOT-271036

LYXPCML0890B00183

11-001143-0492-TC

ROJAS VARGAS FRANKLIN GERARDO

9-0055-0624

856954

KMHVF21NPRU038388

11-001147-0492-TC

PERLITA TROPICAL INFINITA S. A.

3-101391093

CL-200891

3D7KS28C35G776273

11-001152-0492-TC

TRUJILLO RESTREPO JESÚS M.

1000008405

275739

LN1350002172

11-001201-0492-TC

PAVIMENTOS Y CONSTRUCCIONES PAYCO S. A.

3-101-108468

C 133051

1M2AA13YXTW061555

11-001234-0492-TC

TRANSPORTES GSS GESEY SA

3-101-345976

C-54258

1FUPDXYB0YLG06289

11-001256-0492-TC

CORRALES GODÍNEZ MIRNA

1-1018-0672

363458

KMHVF31JPMU534424

11-001289-0492-TC

DELGADO QUIRÓS ALEXIS

1-0442-0121

CL 227332

JALC4B1K8V7010804

11-001298-0492-TC

SÁNCHEZ CASTRO JORGE

1-0692-0285

TSJ 4111

KMHVF21NPVU409215

11-001309-0492-TC

OTÁROLA ABARCA MAURICIO

1-0537-0195

144329

BBAB13-002017

11-001311-0492-TC

SUCESIÓN DE MORALES BLANCO LUIS PORFIRIO

2-0167-0818

213483

1FMCU14T6KUB24096

11-001364-0492-TC

OSE MORALES MORALES

1270069807

CL-115454

JA7FP44E1FP406191

11-001400-0492-TC

AGÜERO CAMACHO JOSÉ FABIÁN

1-1087-0043

MOT 205184

LAZPCJLT885200665

11-001619-0492-TC

ANDERSON ENGELHART FERNANDO

10810586

CL 067462

GNL620931508

11-602777-0489-TC

MADRIGAL CHACÓN JOSÉ LUIS

1-0299-0013

199212

JN1PS24S9FW035385

11-603441-0489-TC

UMAÑA DURAN JOSÉ ENRIQUE DEL CAR

1-0632-0398

AB 1195

JALFSR112F3522551

11-604120-0489-TC

ARRENDADORA DFS DE CR S. A.

3-101-433038

MOT 284068

LWBPCJ1F5A1012385

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

10-609058-489-TC-B

GIOVANNI ALBERTO ANGULO CARVAJAL

1-1167-0214

MOT-139895

LZSPCJLG565162267

10-609457-489-TC-B

COOPERATIVA MATADERO NACIONAL DE MONTECILLOS R. L.

3-004-075581

CL-239816

FE639EA43624

11-600418-489-TC-B

GN LEASING & TRADING S. A.

3-101-178528

C-150436

3ALHCYCS28DZ72759

11-600505-489-TC-B

NICOLÁS CAMILO SOLÍS TICAS

1-0583-0017

724200

KMJWWH7HP1U386664

11-601046-489-TC-B

SONIA MAYELA CAMPOS LEÓN

1-0488-0003

71222

FALTA INFORMACIÓN MOTOR:A12686490B

11-601070-489-TC-B

LUIS GUSTAVO RAMÍREZ BRENES Y OTRO

1-0706-0133

TSJ-5368

JTDBJ21E504004744

11-601114-489-TC-B

VILLA JULI S. A.

3-101-125060

841150

VZN1850132148

11-601404-489-TC-B

LUIS ÁNGEL ARRIETA PIEDRA

2-0349-0235

TSJ-703

JTDBJ21E504010219

11-602269-489-TC-B

PERALTA AJOY ADRIANO

1-0826-0314

TSJ-4157

JTDBT113400251022

11-602284-489-TC-B

JIMMY GERARDO VALVERDE ANCHÍA

1-0580-0053

TSJ-5790

KMHVA21NPSU030750

11-603225-489-TC-B

ANDRÉS SOLÓRZANO VILLAFUERTE

1-1381-0512

702169

JS3TE62V2Y4105333

11-603436-489-TC-B

ANA ISABEL SANDÍ VARGAS

1-0625-0316

MOT-271674

LBPKE129090031763

11-603566-489-TC-B

JESÚS ENRIQUE QUESADA MADRIGAL

3-0270-0624

TSJ-4792

KMHVA21NPSU038481

11-603774-489-TC-B

MARCEL VINICIO CASTILLO FERNÁNDEZ

1-0806-0836

533180

EE80-0208674

11-603804-489-TC-B

BRIAN RAMÍREZ CASTRO

1-1222-0589

692938

1HGEJ1124SL054106

11-604070-489-TC-B

REINALDO GIRALT RAMOS LAM

6-0104-0926

107928

2252048283

11-604174-489-TC-B

DIEGO ANDRÉS VINDAS VARGAS

1-1309-0859

599609

4A3AL54F2VE157267

11-604352-489-TC-B

ALEJANDRA MARÍA VARGAS MEJÍAS

2-0542-0445

665986

KMHCG45C41U253587

11-604929-489-TC C

GARITA VARGAS MAX URIEL

1-793-497

TSJ 4162

KMHJF25F4XU77434

11-604723-489-TC C

VÍQUEZ ALVARADO LUIS BERNARDO

3-230-008

431972

KMHVF21NPSU248625

11-604715-489-TC C

ARIAS LEITÓN JOSELYN RAQUEL

4-205-515

701926

2CNBJ18U6N6928845

11-604570-489-TC C

COTO GUZMÁN ALICIA EUGENIA

1-980-481

577535

JDAJ102G000559281

11-604353-489-TC C

PEÑARANDA GONZÁLEZ ANA VIRGINIA

1-751-833

TSJ 4751

KMHVF31NPXU568071

11-604240-489-TC C

TAYLOR BONILLA GARY

1-829-068

253193

3N1BEAB13T015374

11-604944-489-TC C

VALLEJO CORTES SEBASTIAN

1-1294-121

598817

JT2EL46S3P0325693

11-604914-489-TC C

GARITA RAMÍREZ LAURA MARÍA

1-968-688

766275

3N1BB51D21L117927

11-604901-489-TC C

ÁLVAREZ MATARRITA ANA MARÍA

5-249-327

775165

2CNBJ13C016900158

11-604743-489-TC C

ESTRUCTURAS MADRIGAL S. A.

3 101 219242

MOT 285507

MD634KE6592L12478

11-605109-489-TC C

SEGURA FLORES ANA BEATRIZ

1-555-742

271715

2HGED6340KH523322

11-604648-489-TC C

LASCARIN COMN SLEPUHIN TATIANA

8-035-261

CL 200818

LSCAA10F24A033504

11-605456-489-TC C

MARQUES SÁNCHEZ WALTER RAÚL

816588

770229

KMHVA21NPTU145924

11-604777-489-TC C

SOLANO DÍAZ LUIS ERNESTO

1-976-706

259229

JN1PB22S8JU541765

11-604500-489-TC C

VIZCAÍNO ARGUEDAS XINIA

1-437-938

805778

KL1JJ53629K046548

11-604406-489-TC C

MORERA ROJAS LUIS EDUARDO

1-545-873

TSJ 2843

3N1AB41D8L006746

11-604226-489-TC C

TAMAYA S. A.

3 101 070788

795030

1J4FFN7B99D112874

11-604826-489-TC C

INVERSIONES PARQUE DE LOS COMETAS S. A.

3 101 226835

679404

WBAHM21007DS72744

11-601223-500-TC C

ALBACEA DE ABARCA RETANA LORENZO

1-178-436

TSJ 3416

KMHVF21NPSU223458

11-603207-489-TC C

BRENES BARBOZA VÍCTOR HUGO

1-567-088

TSJ 2213

EL530290050

11-605652-489-TC C

OCONITRILLO ARAYA JOAQUÍN BERNARDO

2-449207

389478

KMHVF21JPMU469093

11-605550-489-TC C

VARGAS CARMONA JUAN CARLOS

1-621-893

761200

EL530098342

11-603382-489-TC C

MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN C S C DE CARTAGO S. A.

3 101 363472

CL 175213

9BD255229X8662459

11-603649-489-TC C

AUTOMOTRIZ CR CA S. A.

3 101 146068

724570

JMYSNCS3A8U001427

11-603663-489-TC C

RAMOCO ADT S. A.

3 101 118315

MOT 255264

C5PR121843

11-605384-489-TC C

GRUPO COMERCIAL CAMP ESQUI CE S. A.

3 101 302174

203305

WBABF31010EF14160

11-605384-489-TC C

ARAYA CHACON JONATHAN

1-1128-835

TSJ 2740

KMHCG45C31U157627

11-605427-489-TC C

RODRÍGUEZ VARGAS MARIO ALBERTO

2-396-425

616197

JA3AJ26E24U013622

11-605037-489-TC C

MÉNDEZ ALVARADO ANAÍS

9-070-574

418381

JM7BJ10M100118683

11-605129-489-TC C

ALVARADO SOLANO RICARDO ALBERTO

1-1458-893

477609

1N4EB32A8PC797247

11-604727-489-TC C

SOMBRAS DE ARCO IRIS S. A.

3 101 274589

822383

KMHCG41BPYU081659

11-601529-500-TC C

ARAGÓN PACHECO MAURICIO

1-1388-720

498947

KMHJF31JPNU295220

11-004092-648-PE

EL GRAN MENTIROSO S. A.

3101304484

770423

JMYSTCY4A8U005320

11-004092-648-PE

JOSÉ HELEOMAR RETANA CAMPOS

2-0255-0477

TSJ-5186

3N1DY05S8ZK003998

11-603845-489-TC

VIVIANA SOLANO GÓMEZ

3-0396-0143

417560

KMHVA21JPPU073569

11-601478-489-TC

SARA HUMPHRES VARGAS

7-0087-0660

323174

3N1EB31S9ZL029713

10-609309-489-TC

DANIEL ALONSO ARAYA RAMÍREZ

1-1292-0922

466364

KMHVF31JPPU741315

11-604286-489-TC

JAVIER FRANCISCO ESQUIVEL SOLÍS

1-0601-0522

541167

1NXBA02E8TZ444427

11-602133-489-TC

JUAN ALBERTO LARA ZÚÑIGA

4-0094-0814

TSJ-2662

KMHJF31JPSU909087

11-602188-489-TC

SANTISTEBAN LARRAD WALTER

1-0433-0556

CL-146951

1N6HD16Y4PC335696

11-604451-489-TC

AARON JIMÉNEZ BADILLA

4-0207-0840

313173

2HGED6347MH594200

11-602291-489-TC

ALFREDO RAMOS PICADO

1-0520-0946

243815

3N1BJAB13R018088

11-602558-489-TC

EDGAR GERARDO VENEGAS DE BERNARDI

1-0854-0613

193962

JN1PB26S3HU001874

11-602962-489-TC

ÁLVARO FRANCISCO SOTO CALDERÓN

2-0215-0521

TSJ-4217

KMHVF24N0VU416521

11-604402-489-TC

COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA DEL SUR CDS S. A.

3101177181

814567

WDDHF5GB2AA136413

11-603904-489-TC

EDUARDO AGUILAR SÁNCHEZ

1-0591-0281

194426

3BJLGC120M001218

11-604537- 489-TC

MARÍA GABRIELA CARBALLO LEIVA

1-0705-0532

259404

JS3TD02V0N4107710

11-604537- 489-TC

AUTOTRANSPORTES PAVAS S. A.

3-101-054006

SJB-10895

9BM3840737B497413

11-604910-489-TC

TRANSMETAL HAEBERLE S. A.

3-101-114382

CL-228002

MMBJNKB407D106339

11-605174-489-TC

JONATHAN QUIRÓS AVELLÁN

2-0555-0451

CL-091431

9BWZZZ30ZGT131119

11-605174-489-TC

NUBIA AUXILIADORA FAJARDO FAJARDO

8-0047-0007

C-141571

JNAPA08J6PGN70467

11-604172-489-TC

JUAN ENRIQUE SÁNCHEZ GARRO

1-0521-0373

TSJ-4322

KMHVA21NPSU116958

11-604287-489-TC

ANA MAYELA ZÚÑIGA VINDAS

1-0462-0334

434447

1N4AB41D5VC726987

11-603271-489-TC

JOSÉ MEJÍAS FERNÁNDEZ

2-0303-0090

MOT-166605

LXEMC240X6A001329

11-603271-489-TC

DESECHOS CLASIFICADOS DECLASA S. A.

3-101-264786

C-141834

1WXDCHJD8GN110473

11-604180-489-TC

ATI CAPITAL SOLUTIONS S. A.

3-101-276037

819085

JTDKW923805139279

11-600192-489-TC

RAHIZA ALBARRÁN ALBARRÁN

480-109141-898

648529

KMJWWH7BPYU238271

11-601675-489-TC

ASOCIACIÓN AGENCIA PARA EL DESARROLLO Y RECURSOS ASISTENCIALES

3-002-056314

651617

KMCWAH7BPXU123672

11-602963-489-TC

CARLOS EDUARDO ROJAS SALAZAR

1-0360-0400

TSJ-6358

JTDBJ41E40J001430

11-604602-489-TC

HERSCH Y SPALTER

1000008174

PEN-5712

VSKEAVC23U0928602

11-604232-489-TC

DISTRIBUIDORA LA FLORIDA S. A.

3-101-295868

C-153334

3HAMMAAR38L054959

11-604232-489-TC

YORLENY CRUZ RODRÍGUEZ

1-0900-0822

CL-139827

J8DB4B1H1H8302857

11-604467-489-TC

JOHNNY MADRIZ MONGE

1-0395-0223

TSJ-6219

KMHVA21LPVU310564

11-602810-489-TC

DIANA MARCELA ORTIZ RIVERA

7-0153-0768

637727

JS3TD62V8X4101658

11-602743-489-TC

MAYRO M Y R S. A.

3-101-239075

113705

EE90-3012109

11-601758-489-TC

ALEXANDER CASTRO BENAVIDES

1-0941-0443

MOT-263183

9FNAAKGK980014503

11602086-489-TC

CHRISTIAN DEL CARMEN RODRÍGUEZ ABURTO

C1582863

778620

KMHVA21NPVU309603

11-603321-489-TC

DISTRIBUIDORA CERVANTES S. A.

3-101-142641

MOT-150843

C5JN079815CE

11-603321-489-TC

COMERCIALIZADORA ROALDIN S. A.

3-101-257975

C-151455

2HSFHAMR9XC077168

11-603841-489-TC

EILLEN CHAVARRÍA RODRÍGUEZ

1-0957-0805

746595

JN1BCAC11Z0015094

11-604335-489-TC

WALESCA S. A.

 3-101-059627

161463

JAACH18L0H5400608

11-603062-489-TC

DAGOBERTO SERRANO HERNÁNDEZ

3-0229-0455

TSJ-5026

JTDBJ21E404012110

11-604375-489-TC

AUTOTRANSPORTES PAVAS S. A.

3-101-054006

SJB-6353

1BAAGCSA5VF071328

11-604156-489-TC

DAVID MADISON

PAS 027403735

652075

1GKDT13W1S2553606

11-604267-489-TC

AUTOTRASPORTES PAVAS S. A.

3-101-054006

SJB-10895

9BM3840737B497413

11-603388-489-TC

MARTA EUGENIA GUTIÉRREZ TRUJILLO

1000008405

351876

JHMEH9698SS000004

11-604902-489-TC

DESARROLLOS RESIDENCIALES PEÑARANDA S. A.

3-101-479743

C-144915

B9XLA93617

11-601363-489-TC

GILEN MORA MORA

1-0899-0788

C-126058

J8DM7A1NXL3201192

11-604432-489-TC

JACKELINE DEL CARMEN MALTEZ RIVAS

155814617706

482994

KMHVF31JPNU606707

11-604533-489-TC

CHRISTOPHER STEVEN CLASSIC

17527

547897

1HGEJ1124RL021228

11-605231-489-TC

ADICIONALES TÉCNICOS S. A.

3-101-272801

CL-201791

JTFAD426600101813

11-603368-489-TC

ANAPA DOS MIL S. A.

3-101-177579

CL-71154

FALTA INFORMACIÓN

11-603712-489-TC

AVELEC CR S. A.

3-101-346859

CL-217658

KNCSE211277215719

11-603712-489-TC

EVELYN FLORES ÁVILA

1-1083-0302

787670

3N1AB41D6WL046387

11-602793-4889-TC-F

EDITORIAL ACTUALIDAD LIMITADA

3102516228

505179

JHLRD68403C200277

11-602569-489-TC-F

PERAZA FALLAS BERNARDINA BELEIDA

104020755

497437

JT2EL46B8N0164853

11-602569-489-TC-F-

UGALDE OROZCO ÁNGEL LUIS

106140357

TSJ-6118

KMHVF21NPSU149014

11-603862-489-TC-F

ARANA MARCOS CARLOS ENRIQUE

800570952

225943

JAABL01E5K5801854

11-603889-489-TC-F

QUESADA VALVERDE MANUEL FRANCISCO

103490321

TSJ-1826

KMHJF35F6YU903187

11-603808-489-TC-F

MURILLO ACUÑA EVELYN

109220308

750946

KL1TD61T68B170934

11-603604-489-TC-F

WO CHING MOK MAURICIO

701060888

CL-234617

JDA00V11800028251

11-604749-489-TC-F-

ANTARES DEL ESTE ONCE S A

3101163911

322705

2S3TE02V8R6403995

11-604143-489-TC-F

BRENES SALAZAR MARIO

302420327

TSJ-4178

KMHCG45CX5U627299

10-609996-489-TC-F

MADRIGAL CAMPOS GILBERT

103680506

603182

JN1TBNT30Z0100163

11-603595-489-TC-F

ABEA RIVERA FÉLIX ERNESTO

800620047

TSJ-2391

KMHVA21NPRU002886

11-603297-489-TC-F

ABEA RIVERA FÉLIX ERNESTO

800620047

TSJ-2391

KMHVA21NPRU002886

11-603541-489-TC-F

MARIN HERNÁNDEZ LUIS

112430426

MOT-208045

9C2KC08307R510094

11-603541-489-TC-F

GRÚAS PATO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101300471

C - 149899

JALE5B1U9N3002094

11-603357-489-TC-F

ACUÑA QUESADA PABLO

107580433

TSJ -1526

KMHCG45G4YU111611

11-603282-489-TC-F

DISTRIBUIDORA BERMONT SA

3101160670

MOT-259274

9FNAAKJC280034688

11-602175-489-TC-A

DÍAZ MADRIGAL CINTHYA

110490081

706558

1N4EB31P2RC874168

11-604012-489-TC-A

ALIMENTOS Y BEBIDAS DE AYARCO S. A.

3101184148

858586

JTMZD31V105158065

11-604012-489-TC-A

COLMILLOSA S. A.

3101150326

445511

ZAR93200000189362

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

10-008905-0174-TR

CARBALLO PICADO GUILLERMO ELOY

502090584

TSJ 000349

KMHCG41FPYU088430

10-009026-0174-TR

PÉREZ MÉNDEZ OLGA MARTA

108280658

851503

SXA110135339

11-600049-0374-TC

BARRANTES BARRANTES MARLENE DEL SOCORRO

203840958

798727

4S2Y4307593

11-000112-0174-TR

VARGAS BOGARÍN ANA VICTORIA

302170127

383840

KMHJF21JPNU208659

11-000112-0174-TR

PATEL SANJAY KUMAR

CR: 135600000203

668870

3N1JH01S5ZL118576

 11-000147-0174-TR

ARQUITECTURA E INGENIERÍA EMPRESARIAL A S SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR HÉCTOR ANCHÍA GARBANZO

3101309246

MOT 193089

LBPKE095870073494

11-000281-0174-TR

VANGUARD SECURITY OF COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR JOSÉ ROBERTO ODIO FUENTES

3101281475

MOT 289968

9C2MD35U0BR100009

11-000888-0174-TR

SEGURA ELIZONDO OKY REBECA

108420105

11003


2088174

11-001112-0174-TR

MENDOZA MONTERO MARÍA EUGENIA

106100126

799576

KMHCG45G9YU060316

11-001112-0174-TR

SERVICIOS ELECTROMECÁNICOS GOGITO SOCIEDAD ANÓNIMA Y REPRESENTADA POR JORGE ANTONIO UREÑA ESCALANTE

3101441213

143435

JHMKA46400C201200

11-001249-0174-TR

ROJAS GÓMEZ MARIEL

110510809

373888

KMHAC51GPYU218562

11-001611-0174-TR

MADRIGAL CHAVES ANA PATRICIA

111960489

286087

JE3CU36XOKU026336

11-001649-0174-TR

REPRESENTACIONES ANDREÍNA SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR VIRGILIO CHAVARRÍA ARROYO

3101192249

CL 201661

4F4CR12A8STM28177

11-601719-0489-TC

INVERSIONES MACACO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, REPRESENTADA POR MANUEL ENRIQUE COTO GONZÁLEZ

3102553369

CL 202373

MMBJNK7405D032820

11-001902-0174-TR

QUESADA CAMPOS GIOVANNI FRANCISCO

109670505

MOT 068195

JH2MC1501KM100974

11-002101-0174-TR

GONZÁLEZ GARRO EDWIN GERARDO

106530563

TSJ 005245

KMHVA21LPSU023043

11-002101-0174-TR

MANGUERAS Y FITINERÍAS SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR CARLOS MORA VARGAS

3101100541

MOT 207914


9C2KC08307R510033

11-002108-0174-TR

ROMÁN JIMÉNEZ PABLO

101990362

TSJ 001512

KMHVF22J1RU964890

 11-002162-0174-TR

PARTES ORIGINALES A L R SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR JETTY CAMPOS RODRÍGUEZ

3101358199

738830

JDAM301S001080714

11-002227-0174-TR

MIRANDA MEJÍA MARÍA EUGENIA DE LOS ÁNGELES

900250650

426190

JN1GB21S4KU515957

 11-002374-0174-TR

NÚÑEZ LEITÓN ISABEL CRISTINA

108540092

CL 236623


VZN110N020696

 11-002374-0174-TR

LÓPEZ MORA LUIS GERARDO DE JESÚS

105890278

CL 236623

VZN110N020696

11-002589-0174-TR

VILLA GUISER G S V SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR HUGO NAVAS VARGAS

3101280626

453291

WDC1631541A128951

11-002650-0174-TR

COGITO ERGOSUM, SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR GLEN URBINA RAMÍREZ

3101263111

459333

9BD15804024340407

11-002682-0174-TR

KINERET SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR LUIS ALONSO BARBOZA LÉPIZ

3101025306

848125

WAUZZZ4L9BD001226

11-002724-0174-TR

COMPUTACIÓN TRANSDIGITAL SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR FRANK JOSEPH VARALLO GILMORE

3101310473

456782

JF1SF5LR51G091752

11-002762-0174-TR

MAXWELL STEWART DELIA DIANA

800580449

789824

A6010686

11-002821-0174-TR

CHAVARRÍA ZÚÑIGA RANDALL JESÚS

110890499

438456

KMHJF31JPMU132020

11-002849-0174-TR

MORALES SALAS FLOR MARÍA

106800004

400394

2T1AE94AXLC034826

11-002849-0174-TR

GONZÁLEZ BOLAÑOS LUIS FERNANDO

106710155

MOT 270803

LDAPAJ3028G000201

 11-002871-0174-TR

GONZÁLEZ MORA MARCELA MAYELA

112720691

764582

KNADE221286383289

11-002874-0174-TR

JOHNSON THOMAS DORIAN

110160679

422765

KMHCF21DPSU465107

11-003003-0174-TR

CHACON OVIEDO LUIS ENRIQUE

401620389

377747


KMHLA32J6JU215129

11-003041-0174-TR

FERNÁNDEZ ORTEGA MAURICIO GERARDO

701200628

229516

1HGED3551KA062957

11-003090-0174-TR

ARIAS VARGAS JORGE LUIS

105630879

TSJ 000316

KMHVF21NPRU010060

 11-003211-0174-TR

UMAÑA GONZÁLEZ DAMARIS MARÍA DE LOS ÁNGELES

105940794

462818

KMHVF21NPRU076058

11-003319-0174-TR

CASTRO FERNÁNDEZ YENDRY GABRIELA

110630208

298987

KMHVD12J5RU323693

11-003337-0174-TR

JIMÉNEZ AMADOR JUAN BAUTISTA

105380219

MOT 176400

9FNAAKJCX70004420

11-003350-0174-TR

IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA DE VEHÍCULOS GUZMÁN & JIMÉNEZ SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR JOHNNY ALEJANDRO GUZMÁN UMAÑA

3101413623

C 151216

J8BB4B1K9S7019916

11-003362-0174-TR

RODRÍGUEZ LÓPEZ ÁNGELO JOSÉ

114280359

237126

1N4GB22S4KC726616

11-003435-0174-TR

ULLOA SEVILLA MAGALY

106830427

342184

KMHVF21JPPU749992

11-003452-0174-TR

FONSECA TALAVERA HAROL MAURICIO

901160688

363499

KMHVF21JPPU891387

11-003456-0174-TR

RAMÍREZ ROJAS ROY FRANCISCO

108530327

619352


KMHVF14N1TU315186

11-003481-0174-TR

ZÚÑIGA GARITA ANGIE RAQUEL

118100062

780510

KMHVF21JPRU955962

11-003497-0174-TR

TRANSPORTES DE CARGA RODRÍGUEZ Y CASTRO R Y C SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR OSCAR RODRÍGUEZ PACHECO

3101357356

C 139536

1FUYDCXB0SH539408

 11-003500-0174-TR

EL SEGUNDO CARRO NUEVO DE ERSTHSA SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR MARITZA VARGAS CALDERÓN

3101330005

803113

KMHCG51FPYU073963

11-003581-0174-TR

MORALES PÉREZ FABIÁN ALONSO

603170934

756793

KMHJM81BP8U924616

11-003656-0174-TR

ARAUZ RIZO GUILLERMO

800620902

TSJ 000301

KMHVF24N8VU380691

 11-003666-0174-TR

ARROYO ARIAS ÁLVARO ENRIQUE

107370228

MOT 202456

LXEMB44025A006232

11-003690-0174-TR

CALVO CHACON JUANITA DE LA TRINIDAD

401100007

263892

JN8HD17Y8MW017760

11-003701-0174-TR

BOLAÑOS MORA ANNIA DE LOS ÁNGELES

106720609

153915

2PB12M009045

11-003835-0174-TR

MORA FERNÁNDEZ RIGOBERTO DEL SOCORRO

700350967

371143

JHMEE2758LS012201

11-003976-0174-TR

VADO FRANCO CARLOS JOSÉ

800570754

289010

KMHLF32J3JU270106

11-004021-0174-TR

CALDWELL NAVARRO CHRISTIAN ANTONIO

110360987

828270

SXA110083121

11-004050-0174-TR

SOLÍS ARROYO MARILYN ANDREA

114230225

582182

KMJFD37APSU175664

11-004050-0174-TR

TRANSPOR DE TARRAZÚ SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR GUSTAVO PORRAS MONGE

3101208699

C 148739

1FUPCSZB9YDB88653

 11-004129-0174-TR

BARQUERO GRANADOS OSCAR

301690079

420731

1HGCD5568TA058577

 11-004132-0174-TR

CASCANTE GONZÁLEZ MARÍA ANGELINA

104790482

662346

KMHVA21NPSU029832

11-004152-0174-TR

DUARTE MORENO FLEIDER VICENTE

CR: 186200084931

677385

JNRAS08W27X206154

11-004165-0174-TR

CORDERO BARRANTES CRISTIAM FERNANDO

204770669

673891

2T1AE09B4SC109385

11-004166-0174-TR

KISSLING GISBERT

CR: 704170554-1702

435879

KMHVF21JPNU694614

11-004166-0174-TR

HERNÁNDEZ CASTILLO SINDEY TATIANA

110020105

SJB 010820

KMJRD37FP3K551287

11-004231-0174-TR

ALFARO SALAS SILVIA ESTELA

107380589

CL 172527

KN3HNS8D1YK093178

11-004332-0174-TR

ARGUEDAS ELIZONDO HUMBERTO MARTÍN

105110012

TSJ 002574

KMHVF31JPRU940616

11-004361-0174-TR

NARANJO MAYORGA DAISY CLAUDIA

103931128

515171

KMHJF31JPPU537366

11-004386-0174-TR

CEDEÑO PUERTAS LISMAR LOREANA

PAS: 1244917

847397

3VWBV49M7BM002624

 11-004502-0174-TR

VARELA SANCHO LAURA FABIOLA

112240293

694389

2HGEJ634XTH105876

11-004522-0174-TR

SOMARRIBAS MADRIGAL PAOLA VIVIANA

111530684

748782

2CNBE18U1R6935597

11-004696-0174-TR

JIMÉNEZ RAMÍREZ ALEXANDER

106930905

372242

D0NV320PJ01327

09-010666-0174-TR

DISTRIBUIDORA TROPICAL NATURAL FIBRAS Y AFINES SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR ANDREA ORTUÑO ODIO Y ADRIANA FERNÁNDEZ COTO

3101442136

 CL 170827

KMJWVH7SPXU116817

09-010682-0174-TR

MURILLO CASCANTE DORIS MILENA

205690989

307517

JA3AA26A5TU017482

09-010682-0174-TR

THE CRAZY BLACK BULL SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR ERNESTO DESANTI HURTADO

3101306855

172674

WBACB11050FC47121

10-000365-0174-TR

BERMÚDEZ JIMÉNEZ LIZETH

109440544

428673

JA4LS31PXWP020321

10-000365-0174-TR

SOLÓRZANO CASTRO JOSÉ RAFAEL

107960562

MOT 153376

LB415T2036C110067

10-004451-0174-TR

FERNÁNDEZ OROZCO BERNARDO AUGUSTO

301680571

 TSJ 004687

2C1MR5299S6759611

 10-005023-0174-TR

TRANSPORTES BOMAR DE GRECIA C.R. SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR MARLON BOGANTES ARIAS

3101501657

C 152940

2FUPDDZBXVA883138

10-005422-0174-TR

 C E G M DEL CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR JOSÉ KRUCKER STUBI

3101265967

CL 227682

LETYFCG248HN00331

10-005752-0174-TR

CONSTRUCTORA CHACON PICADO SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR EDWIN CHACON PICADO

3101500119

345349

CA2APU014720

 10-006168-0174-TR

 SOZA CALDERÓN ALEJANDRO

800860464

242717

JM1BF2228K0303905

10-006213-0174-TR

ANGULO FERNÁNDEZ FRANCISCO JAVIER

112370210

MOT 095013

MX125A006996

10-006726-0174-TR

AROMA IMPORTADORA S. A., REPRESENTADA POR ANA MARÍA BERTOLANI LIPETTI

3101027051

CL 132420

9BD146000R8349624

11-600033-0374-TC

AVENDAÑO VILLALOBOS ANA CATALINA

110960014

642736

JMYSNCS3A6U005669

11-000306-0174-TR

HOSPIRA COSTA RICA LTD , REPRESENTADA POR JONATHAN LEE WALDRON

3012453013

701621

JMYLRV93W8J000113

 11-000783-0174-TR

COMERCIO Y SERVICIOS INTERNACIONALES UMAÑA COSIUM, SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR OLMAN LUIS UMAÑA MORA

3101279730

499737

JHLRD77403C200498

11-001072-0174-TR

ESQUIVEL SEGURA ROLANDO GUSTAVO

106280253

CL 205710

FE519BA42421

11-001072-0174-TR

 ENTRETELAS Y TEXTILES ENTRETEX SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR JORGE FORTADO MORA

3101281088

857939

3N1CC1AD7ZL170404

11-601093-0489-TC

MORALES CALVO JOSÉ GABRIEL

104790360

C 133061

1M1AA13Y7RW029904

 11-001177-0174-TR

GÓMEZ VARGAS KATTIA LORENA

108780552

CL 221498

KL1BB05558C153305

 11-001177-0174-TR

CONEXIONES UNI DE ROHRMOSER S. A. REPRESENTADA POR JOANNE CARTER

3101172251

514741

JN1VDZR50Z0011074

11-601322-0489-TC

PORRAS GONZÁLEZ LEYMIS ALCIDES

602190312

C 026540

CMF87E03120

11-001614-0174-TR

CHAVARRÍA VEGA IVONNE DE LOS ÁNGELES

110540793

796643

4S3BG6857W7625938

11-001624-0174-TR

CASTRO MENA CLAUDIO FRANCISCO

103120101

136726

WDB1240231A057671

11-001708-0174-TR

ESQUIVEL MUÑOZ JOSÉ MANUEL

105120651

TSJ 000645

AE1113100339

11-001779-0174-TR

OLIVAS ELÍAS JOSÉ

CR: 155812755507

765680

KMHVF21NPVU416801

 11-001803-0174-TR

FLORES ROJAS ÁNGEL VINICIO

106620828

MOT 275977

MD2DMS8Z0AFC00019

11-002255-0174-TR

GONZÁLEZ ZÚÑIGA STEVEN ANDRÉS

112340963

646198

KMHVF21NPRU089530

11-002317-0174-TR

ORTIZ RIVERA KARLA VANESSA

110460341

801867

KMHJF31JPRU760977

11-002331-0174-TR

MURRAY JILPEN MARÍA DE LOS ÁNGELES

104270528

213031

1HGED3555KA040069

11-002331-0174-TR

CORPORACIÓN EL ARSENAL SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR ALFONSO CHAVARRÍA BORGEN

3101619478

CL 162351

KNETB2412X6326342

 11-002338-0174-TR

BONILLA UMAÑA GILBERT

103710716

TSJ 001414

KMHCG45C02U296728

11-002347-0174-TR

OROZCO VARGAS JOSÉ RODRIGO

301650261

CL 187978

JTFKE626700084565

11-602410-0489-TC

LEE SEUNG HOE

CR: 141000022810

494924

KNAJA523525156699

11-602410-0489-TC

OVARES FERNÁNDEZ YANUA DE LOS ÁNGELES

110700323

398564

KMHJF31JPMU123901

11-002523-0174-TR

ÁVILA SOLANO ÁLVARO MARTÍN

105980808

792209

V75W1J038675

11-002530-0174-TR

YIH LIN SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR CHIEN NAN LIN LIN

3101293990

CL 187241

JAATFS55H27102351

11-002533-0174-TR

 3101519805 SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR JOSÉ DE JESÚS AGUILAR URREGO

3101519805

664905


JTEBY25J500052508

11-002552-0174-TR

ALMO DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR LARISA EUGENIA MONGE CORDERO

3101057422

697840

VF1LM1B0E37859602

11-002635-0174-TR

PEÑA ORTEGA GUIDO ALBERTO

106000739

433663

KMHSB81BP1U105689

11-002641-0174-TR

HERRERA VÁSQUEZ LUIS ALBERTO

203000510

MOT 260358

9C2MD34008R520199

11-002649-0174-TR

MOTOS ROBERT SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR DANIEL ROBERT BONILLA

3101114024

706571

KMHDN45D11U138271

11-002693-0174-TR

FERNÁNDEZ HINCER MARÍA DE LOS ÁNGELES

105640819

670573

JMYSNCS3A7U004685

11-002740-0174-TR

 HAZZOL SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR HAZEL PRISCILLA SOLÍS VAGLIO

3101537391

717012

2HGEJ6349VH100705

11-002740-0174-TR

3101478566 SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR ROBERT KRZYSZTOF PROCYSZYN

3101478566

CL 222680

KL1BB05588C153539

11-002750-0174-TR

COMERCIALIZADORA LIROD SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR JULIA MARÍA ÁLVAREZ BARQUERO

3101196867

615362

JN1TG4E25Z0703889

11-002824-0174-TR

PÉREZ CASARES JOSÉ BARTOLO

501800906

TSJ 005540

KNADC123416024545

11-002828-0174-TR

GRUPO FAVA DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR CARLOS VARGAS VILLALOBOS

3101236377

678211

JS2ZC11S075151394

11-002828-0174-TR

JAMPRAS S. A., REPRESENTADA POR MERCEDES SÁENZ VOLIO

3101022247

471843

JTDBT113700227572

11-002924-0174-TR

MONGE ESTRADA JESSICA PAMELA

112980518

872690

KMHVA21NPVU304738

 11-002949-0174-TR

 LIZANO CHAVES LAURA

110280590

668335

JN1BCAC11Z0003404

 11-002949-0174-TR

COPROMULT SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR JUNIOR ANTONIO DELGADO OBANDO

3101188763

406308

JDAJ102G000505727

11-003096-0174-TR

ORDÓÑEZ Y CIA LIMITADA, SUCURSAL COSTA RICA , REPRESENTADA POR MARTA EUGENIA ESQUIVEL RODRÍGUEZ

3012432659

CL 208998

JN1CJUD22Z0071042

 11-003205-0174-TR

CORBATAS SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR MAGDALENA ALVARADO FERNÁNDEZ

3101596493

MOT 302975

LBPKE1296B0067043

11-003223-0174-TR

 GONZÁLEZ ZAMORA LILLIANA MARÍA AUXILIADORA

106070671

576382

KMHVF21NPSU134905

11-003271-0174-TR

PROPIEDADES METRÓPOLI SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR ERIK LEHMANN GUTIÉRREZ

3101006788

 CL 157638

1GTHK34F5WZ545175

11-003301-0174-TR

CAMPOS SCHROEDER VIOLETA MARÍA

102040902

507963

JT2EL43B4M0111957

11-003386-0174-TR

 HERRERA BONILLA ANA YANCIE

108320928

EE 015398

FJ2521931

11-003389-0174-TR

 NOCHE DE FUEGO S. A. , REPRESENTADA POR ANDRÉS GARCÍA LEÓN

3101263749

395895

1N4EB32A0NC711569

11-003401-0174-TR

GONZÁLEZ JIMÉNEZ ELOY

700460744

MOT 232819

MD634KE4372N52642

11-003427-0174-TR

TIFFER VARGAS IVÁN

108230611

497874

9BWAA41J234011665

11-003457-0174-TR

CHÁVEZ CHÁVEZ FRANCISCO

CR: 27012057060735

401807

KMHJF31JPNU331538

11-003463-0174-TR

PIEDRA ROMERO MARCO ANTONIO

108890173

542411

JT4RN62D7H0175644

11-003465-0174-TR

INVERSIONES MARTIS AGER SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR JUAN ANTONIO CALVO BONILLA

3101343830

696689

JN1CFAN16Z0111098

11-003537-0174-TR

 CREDIBANJO SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR ERNESTO CASTEGNARO ODIO

3101083380

CL 219149

9BD25521678791823

11-003607-0174-TR

MANMAJO SUCESORES SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR MANUEL ENRIQUE FALLAS CECILIANO

3101486132

C 146089

F.I.

11-003616-0174-TR

MONTOYA GRANADOS MANUEL ENRIQUE

103870750

TSJ 001375

KMHCG51BPYU063755

11-003641-0174-TR

ITURBE ODRIOZOLA ARITZ

PAS: AE031236

729350

JMYMNV86W8J000126

11-003665-0174-TR

PORRAS ALFARO MANUEL ANTONIO

103940200

TSJ 005587

KMHCG45C45U576544

11-003670-0174-TR

CEBOLLITAS DE MI TIERRA S. A. , REPRESENTADA POR CANDY PATRICIA SÁNCHEZ SEQUEIRA

3101257929

407363

KMHVF31JPNU617380

11-003683-0174-TR

COMANDO DE SEGURIDAD PRIVADA COSEPRI SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR ANTONIO ARROYO CABEZAS

3101198848

716849


3N1AB41D7VL006270

11-003684-0174-TR

 SOLÍS RIVERA JUAN CARLOS

401250726

396780

KMHJF23R4SU930760

11-003691-0174-TR

SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR GEOFRE LINCOLN DAVIS KELLY

3101077363

MOT 265609

DG19E004524

11-003693-0174-TR

COTO MORALES LUIS FERNANDO

104550834

TSJ 000588

KMHCG45C12U369900

11-003702-0174-TR

AVENDAÑO CALVO CARLOS LUIS

104520018

423028

KMHJF31JPRU738235

11-003702-0174-TR

 NORTH CAROLINE S BUSINNES S. A. REPRESENTADA POR ROLANDO LOAIZA UMAÑA

3101271827

440992

KMHJF31JPNU201904

11-003705-0174-TR

COOPERATIVA MATADERO NACIONAL DE MONTECILLOS R L , REPRESENTADA POR JUAN CARLOS LOBO DINNIS

3004075581

 C 125850

SH683133

11-003726-0174-TR

MARTÍNEZ MATAMOROS JOSÉ ANTONIO

302350234

759172

2T1BA02E8VC185006

11-003866-0174-TR

CASCO PORRAS TATIANA ISABEL

106100900

785777

CS6A2U070097

11-003932-0174-TR

GÓMEZ ALVARADO ANA LUCIA

302170417

161732

DSNCB1ANU05123

11-003950-0174-TR

ABARCA RODRÍGUEZ JORGE ENRIQUE

105750392

863998

3N1AB41D2XL098231

11-003950-0174-TR

ARAGÓN QUEZADA RODRIGO ALEJANDRO

800590017

557942

JN1CFAN16Z0083042

11-004014-0174-TR

ULISES TREINTA Y UNO S. A., REPRESENTADA POR CARLOS MANUEL RIVERA VARGAS

3101459523

160766

BCAB13500444

11-004018-0174-TR

HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ CARLOS ALBERTO

202240638

829354

MA3FC31S1AA241500

11-004042-0174-TR

 RODRÍGUEZ GRANJA JENNY

502040507

CL 205845

VF7GBWJYB94203817

11-004139-0174-TR

ZAMORA JIMÉNEZ MAURICIO ALBERTO

107650774

661310

KMHJM81VP7U562924

11-004146-0174-TR

BRUNO MARTÍNEZ JUAN CARLOS FELIPE DE JESÚS

105370694

CL 215889

FE83PEA01837

 11-004155-0174-TR

CAMACHO MIRANDA MARÍA TERESA DEL SOCORRO

401300689

489186

JS3TD21V7V4105627

11-004185-0174-TR

NARVÁEZ MORAGA HUMBERTO

 CR: 270-111094-472

MOT 172552

5KMMCG2L775007779

 11-004320-0174-TR

ZELEDÓN CASTILLO DANIEL

700310959

455803

KMHJF31JPNU205589

11-004359-0174-TR

BRENES MATA LUIS ENRIQUE

301820910

310839

JMYSNCK4AWU001833

11-004382-0174-TR

VALVERDE FALLAS LUIS ENRIQUE

104340108

681187

VF3GJWJYB7J012950

11-604401-0489-TC

LEONARD INTERNACIONAL Y ASOCIADOS S. A. , REPRESENTADA POR ERNESTO MONTENEGRO PACHECO

3101104985

255779

JACCH58E2K7914620

11-004403-0174-TR

TENORIO CAMPOS RAFAEL

102660551

TSJ 001956



JTDBJ21E804004706

 11-004476-0174-TR

GIRALDO CUERVO ANGÉLICA MARÍA

CR: 117001001410

522809

JN8HD17Y1RW235112

11-004532-0174-TR

VALVERDE TORRES ALLEN

108990328

509481

1HGEG8540PL029763

 11-004605-0174-TR

MARIN HERNÁNDEZ LUIS ANTONIO

112430426

MOT 208045

9C2KC08307R510094

11-004632-0174-TR

HERNÁNDEZ FERNÁNDEZ LIDIETH CATALINA

900440785

415587


KMHJF22RORU559737

11-004662-0174-TR

VARGAS SOLANO ZULEMA LILLY

202791058

870690

MA3FC31S5BA358515

11-004685-0174-TR

ALPÍZAR MONTOYA YAMILETTE

103560372

541046

JTEHH20V306100556

11-004685-0174-TR

PROYECTO HABITACIONAL DE CORONADO NUMERO CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR NORMA MATTEY FONSECA

3101333429

CL 202494

JAANKR55E57100666

11-004701-0174-TR

CASTILLO MÉNDEZ EDWIN FRANCISCO

104750678

 TSJ 006520

KMHCG45C21U229823

11-004780-0174-TR

SÁNCHEZ OCONITRILLO CLAUDIA ISABEL

107210652

190602

EE1050001259

 11-004925-0174-TR

 ANDRADE QUINCENO WALTER JUVER

CR: 117000311433

 MOT 139212

LC6PAGA1860809973

11-004975-0174-TR

CASTRO CORDERO ALEJANDRA MARÍA

109350566

240316

JM1BF2222K0362190

11-005019-0174-TR

PORRAS QUESADA JORGE ESTEBAN

106520079

TSJ 001371

JTDBJ21E704005667

11-005020-0174-TR

CARVAJAL PÉREZ ERIC FERNANDO

112950067

833714

1YVFP80C135M48747

11-005036-0174-TR

OBANDO MENDOZA LUIS CARLOS

104490959

 TSJ 005775


KNAFB1216Y5829697

11-005110-0174-TR

AGUILAR GUIDO DEANIRA DEL CARMEN

CR: 155801822107

775861


2CNBJ18U4R6948498

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE TARRAZÚ

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

2011-600049-0243-TC-4

KINERET SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-025306

CL. 219103

FE83PEA01970

2011-600072-0243-TC-3

MARITA PÉREZ VARGAS

2-402-802

314051

JT172SC1100201128

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE MORA

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-600057-0240-TC

VÍCTOR HUGO REINA PINEDA

8-0088-0879

668412

KMHJM81BP7U540906

11-600051-0240-TC

JULIO PRADO JIMÉNEZ

1-0284-0360

691209

3N1CB51DO4L861776

11-600017-0240-TC

MARGARITA PÉREZ SALAZAR

1-0233-0186

195254

JT3YR26V7F5080212

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE PÉREZ ZELEDÓN

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-000529-0804-TR

MILDRED MORALES BENAMBURG

01-0876-0878

622918

3N1CB51D91L496204

11-000526-0804-TR

ARGUEDAS RODRÍGUEZ RONALD ANDREY

1-1324-0881

CL-204937

X4TANL42N1TZ090252

11-000456-0804-TR

SERVICENTRO TÉRRABA SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR GUSTAVO BLANCO QUIRÓS, CÉDULA DE IDENTIDAD 1-0815-0739

 3-101-177359

CL-23889

MROFR22G200532857

11-000615-804 TR

TERESA BARRANTES CAMACHO CC TERESITA

01-0482-0079

CL 123462

3TL720M000898

11-000581-0804-TR

FREDDY ALBERTO CHAVES FERNÁNDEZ

01-0734-0328

168099

EE90-0139725

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE ACOSTA, SAN JOSÉ

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-600009-247-TC

BCT ARRENDADORA SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-136572

157960

JS3TD54V284104578

11-600009-247-TC

ARLEY VALVERDE ALEJANDRO

1-0965-0637

MOT 100601

37F004108

10-600049-0247-TC

IGNORADO

IGNORADO

KGF 005007

IGNORADO

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE ALAJUELA

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-001821-0494-TRF

TRANSPORTES RÁPIDOS MGRA DEL COYOL

3101362439

C 140512

1FUYDXYB2SH591886

11-001575-0494-TRS

JESSICA PATRICIA AGUILAR MARTÍNEZ

6-314-548

562660

KMHVA21NPSU063016

11-001218-0494-TRP

BRYAN ARAYA ALFARO

1-1053-773

503391

K850VP014014

11-001072-0494-TRP

R Y G COMERCIALIZADORA DE BELÉN S. A.

3-10132414

716945

JN1TESY61Z0561017

11-001621-0494-TRF

ISABEL PORRAS GUTIÉRREZ

1-951-369

494202

2CNBE1865T6945879

11-001817-0494-TRA

CARMEN MARÍA GONZÁLEZ BROWN

3-244-488

CL 240444

MMBJNKB408D090527

11-001421-0494-TRF

DURHCARC C M S. A.

3-101493155

CL 192888

1N6SD16S3RC414524

11-000909-0494-TRF

ENGELBERT TRIANA VILLALOBOS

1-836-145

618067

1FDEE14N6LHB10684

11-001860-0494-TRS

JOHNNY ÁLVAREZ AGUILAR

2-501-440

CL 178080

JN6ND11SOGW050241

11-001012-0494-TRP

ANA YANCY SÁNCHEZ GARCÍA

1-998-533

154918

JN1PB15S3FU176036

11-000997-0494-TRP

EL TIGRILLO DE RÍO FRÍO S. R. L.

3-102304940

298232

4JGAB54E4WA011776

11-0001539-0494-TRP

HENRY VARGAS ARIAS

1-675-497

TA 764

1N4EB31P1RC843946

11-001450-0494-TRS

 RONALD VILLALOBOS SOLÍS

1-1035-320

CL 215662

VF7GBWJYB7J0009480

10-003625-0494-TRA

ARRENDADORA COMERCIAL AT SA

3-10113037

399634

JT2EL46S4P0372439

11-001557-0494-TRA

DANIELA NÚÑEZ BRENES

1-1367-599

443501

KMHJF31JPMU090006

11-000904-0494-TRF

DIONY MARIAM SOLANO ZÚÑIGA

4-195-569

176830

WVWCA0154KK008677

11-001779-0494-TRP

LOURDES HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ

3.1502E+12

629043

JN1EB31F2PU503183

11-001649-0494-TRP

MEJORAS CONTABLES SERVI-ALCA S. A.

3-101498836

701900

1HGFA15507L501753

11-001884-0494-TRP

ALEXANDER RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

2-397-531

TA 1200

KMHVF24N5VU369731

11-001829-0494-TRP

NAPOLEÓN MORERA OPORTO

2-353-534

TA-595

JTDBJ21E804016306

11-001874-0494-TRP

OMAR DELGADO FONSECA

2-360-104

TA-979

JTDBT123010131654

11-001495-0494-TRS

REPRESENTACIONES GLOBALES JEROG S. A.

3101297497

C- 141166

2FUYDSEB0WA896979

11-002024-0494-TRP

ISEL SOTO GUTIÉRREZ

6-329-737

620081

1N4AB41D8SC705546

11-001894-0494-TRP

OSCAR RAMÍREZ CÉSPEDES

2-364-742

TA 1081

KMHDN45D93U673268

11-001936-0494-TRF

CELIA MARÍA RODRÍGUEZ DELGADO

1-1113-090

663873

AE1020100753

11-001830-0494-TRS

WENDOLYN CORRALES CHINCHILLA

1-1199-920

221121

AE1013102478

11-001586-0494-TRF

TRANSPORTES MARITO S. A.

3-1012014741

C-157201

1FVABTAK21HJ62218

11-001722-0494-TRA

YARITZA GUZMÁN MORA

1-1165-0422

708411

C10ALU091089

11-001826-0494-TRF

SILVIA ELENA ROSALES BARQUERO

1-1147-183

721500

JHMEJ6579VS005817

11-001847-0494-TRA

TABERNA BAR ROCAVA S. A.

3-101241286

MOT-105610

VX51L101301

11-001847-0494-TRA

DAMARIS ZARATE MURILLO

1-497-597

703112

JTDBT923801180933

11-001860-0494-TRS

CARLOS RODRÍGUEZ MONGE

6-287-987

544169

KMHVF21NPRU097559

11-002010-0494-TRS

GERSAN JIMÉNEZ ROSALES

2-588-798

777279

2T1AE04B7RC54206

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA LA FORTUNA DE SAN CARLOS. ALAJUELA

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-600020-671-TC-1

URBANIZACIONES Y CARRETERAS S. A.

3101009107

EE-26193

EXP85SVT25189

10-600204-671-TC

REFRIGERADOS DEL ATLÁNTICO S. A.

3101257010

C-139431

1FUYSSEB3WL894174

11-600127-671-TC

JEANNETTE GAMBOA AGUILAR

203950614

691226

KMHCF35C63U253283

11-600077-671-TC

FREDY ULATE CASTRO

203670582

620796

4A3AA46G9XE069065

11-600077-671-TC

RANDALL PÉREZ ROJAS

204790118

CL-170907

1GTCS1440T8518724

 

 

 

 

 

JUZGADO TRANSITO DE GRECIA. ALAJUELA

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-000101-0899-TR

ROSIBEL ZÚÑIGA RICHMOND

1-0770-0531

225000

JN1PB25S1JU021760

11-000394-0899-TR

BIENES MOBILIARIOS FACAMO S. A., POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL YORLENE BALLESTERO ESPINOZA

NO INDICA

770815

KMHVA21NPTU146518

11-000460-0899-TR

YAMILETH MURILLO HERNÁNDEZ

0108020071

651867

2C1MR2263V6750167

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO SAN CARLOS, ALAJUELA

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-600214-0742-TC

MARÍA CRISTINA DURÁN PERÉZ

2-527-318

278440

JT172SC1107064910

11-600370-0742-TC

ANTHONY MENDOZA MÉNDEZ

1-1226-813

383700

KMHVA21NPSU088821

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE UPALA. ALAJUELA

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

10-600075-322-TC

GRUPO AGROINDUSTRIAL ABA SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR JOSÉ VICENTE BADILLA ALFARO EN SU CALIDAD DE PRESIDENTE DE DICHA EMPRESA

3-101-320635

C 151239

957146

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA LOS CHILES. ALAJUELA

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-600018-323 TC

RAFAEL SOLANO MORALES

3-0136-0769

CL--143915

1N6ND01S1GC361592

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE SARAPIQUÍ, HEREDIA

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

10-600223-0377-TC

RECONSTRUCTORA AUTOMOTRIZ MIJA S. A. REPRESENTADA POR CARLOS GERMAN PANIAGUA CALVO

 3-101-187096

4-117-876

404089

KMXKPE1CP1U403811

09-600673-0377-TC

MARCIAL MÉNDEZ SOTO

2-534-254

MOT 188956

LC6PCJB8170801119

11-600008-0377-TC

MARCIAL DURAN MARIN

1-468-245

CL 125703

JT4RN56D8F0148695

10-600319-0377-TC

MARTA IRIS GUERRERO GONZÁLEZ

4 0140 0476

MOT 140725

LWBPCJ1F051073794

09-600653-0377-TC

VENDEDORES VETERINARIOS SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR CARLOS GERMAN PANIAGUA CALVO

 3-101-244226 4

38 927

CL 226444

MNCLSFE408W695504

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA SANTO DOMINGO. HEREDIA

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

10-000322-0373-TC

JOHNNY MEDINA QUIRÓS

1-0620-01484

C-153364

CPA87K60111

10-001223-0373-TC

JIMÉNEZ & SANDOVAL ASESORES S. A. R/ JOHNNY JIMÉNEZ QUESADA

3-101-333630

834176

2CNBJ18C2X6933177

10-004036-0497-TR

JOSÉ LUIS GUZMÁN PORRAS

1-0708-001

C-023107

3.4403E+13

11-000189-0373-TC

I R R LOGISTIC S. A. R/ JAVIER REYNA DOBLES

3-101-406800

C-142785

1FUYDSEBXXLA57503

11-000210-0497-TR

SERVICIOS DE MICROBUSES ALAJUELA- SAN JOSÉ LTD R/ GIL BENEDICTO VARGAS SÁNCHEZ

3-102-073015

AB-003579

9BM3820694B354764

11-000325-0373-TC

SERVICIOS DE MICROBUSES ALAJUELA- SAN JOSÉ LTD R/ GIL BENEDICTO VARGAS SÁNCHEZ

3-102-073015

AB-003582

9MB3820694B354770

11-000344-0373-TC

DUWEST COSTA RICA S. A. R/ RAIMUNDO RIOJAS ENCINAS

3-101-123507

CL-205407

JN1CPGD22Z0739557

11-000486-0373-TC

CORPORACIÓN GAVILÁN C Y A S. A. R/ CARLOS ENRIQUE BOGANTES BONILLA.

3-101-264499

C-154171

1M1AA13Y9XW106740

11-000499-0373-TC

YERLIN YAJAIRA ALFARO CAMPOS

1-1090-0307

123541

EE90-0139142

11-000528-0373-TC

CARLOS JAVIER GUTIÉRREZ LÓPEZ

1-0751-0720

434808

KMHVF31JPMU526754

11-000537-0373-TC

MAURICIO PADILLA VILLALOBOS

1-0960-0194

CL-239427

1C302779

11-000599-0373-TC

MITZI FALLAS SABORÍO

1-0671-0526

254755

1N4GB22B5LC752966

11-000630-0373-TC

CRISTIAN ESPINOZA CAMBRONERO

4-0168-0537

688049

1NXAE04B6SZ318858

11-000648-0373-TC

NANNIE MARÍA PÉREZ BRENES

1-0776-0670

CL-237676

5TEWM72N41Z745500

11-000658-0373-TC

ALFONSO VERGARA HUAYANCA

4.55112E+12

480273

KMHJF31JPPU525509

11-001109-0174-TR

LUIS ANTONIO PANIAGUA GUZMÁN

2-0377-0097

279793

1N4GB21S1KC764631

11-001771-497-TR

FREDDY CARRILLO GONZÁLEZ

1-0964-0018

MOT-175454

LC6PAGA1070809113

10-000543-373-TC

ELOISA VÁSQUEZ MORAGA

5-0132-0720

CL-210562

1FTHX26F7TEB08242

 

 

 

 

 

JUZGADO TRANSITO CARTAGO

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

110008390496TR

HAROLD MIGUEL SILVA ÁLVAREZ

106820652

TSJ 001718

KMHVA21NPTU134617

110008240496TR

GIOVANNI DURAN VEGA

107770919

549619

JN1CFAN16Z0082228

100027010496TR

ELIZABETH SEGURA PÁEZ

109150970

472889

JS4TA01CXK4108623

110013010496TR

JORGE FLORES MARTÍNEZ

1700471428

MOT 20761

NO INDICADO

110009510496TR

ANA LUCIA SOLÍS SOLANO

301790349

312655

4S3BJ6520M1903347

110005090496TR

FLORY RIVERA MESÉN

1040813469

125283

LB11M-C88203

110009290496TR

SANTIAGO PALACIOS PÉREZ

RESID 017839

MOT 109410

KMY0NF100YC006078

110013900496TR

EDWIN VILLALOBOS LEITÓN

103310127

181801

JF1AX45B3FB3FB311622

110007620496TR

SIXTO RODRÍGUEZ ARAYA

501790042

172394

AT1510109830

110000950496TR

LUIS HERNÁNDEZ ALVARADO

106560081

177566

WBACA31020FB61294

110016080496TR

CARMEN EUGENIA OBANDO ANGULO

501360280

99901

VC120052237

110005720496TR

CATHERINE GONZÁLEZ VALENCIANO

110920174

94550

NO INDICA

100035610496TR

ELÍAS MENA PARRALES

 020RE000674001999

465321

KMHVF31JPNU622719

110019290496TR

FRANCISCO SANABRIA SOLANO

303840443

585794

KMHVF11LPVU507456

110017030496TR

XINIA LOBO UGALDE

401090177

188110

JM3LV5212K0136433

110013050496TR

RAFAEL DUARTE ELIZONDO

108370954

C 029452

R685ST35262

110002250174TR

ROXANA RAMÓN ÁLVAREZ

106680029

324464

KMXKPE1BPPU038200

110013140496TR

DJ AUTO DYNAMICS S. A., REPRESENTADA POR DIEGO JARA MADRIGAL

3101546226

833907

KMHCG51BPXU023102

110012600496TR

3-102-492029 S. R. L. REPRESENTADA POR GABRIEL GONZÁLEZ CASTRO

3102492029

CL 227037

1C318639

110013250496TR

CONSORCIO OROMPELLO DEL NORTE S. A., REPRESENTADO POR MARÍA ELSY TRUJILLO HOYOS

3101290104

443602

KMHJW31MPSU002710

110004210496TR

TRANSPORTES MARXIN DEL SUR S. A., REPRESENTADO POR FRAY MARTÍN SÁNCHEZ BLANCO

3101466950

C 146361

1FUYDSEB7RH423517

100017010496TR

AUTOMOTORES ZÓCALO S. A., REPRESENTADO POR FABIÁN AMADOR SOTO

3101372391

443633

1N4BU31F3PC120908

110008290496TR

TRANSPORTES R.M.J. S. A., REPRESENTADO POR GRACE CHAVES PICADO

3101582289

CL 235784

MMBJNKB408D084257

110014860496TR

DREAMA SA , REPRESENTADA POR MARIO SOLANO MORA

3101070545

C 143605

JNALC20HXWGF65206

110020220496TR

SERVICIOS URBANOS DE OREAMUNO S. A., REPRESENTADA POR ROGER ARIAS PICADO

3101073513

CB 2251

1BAAKBSA94F062968

110009900496TR

TRANSPORTES PASVI SA, REPRESENTADA POR PASCUAL PALADINO D’ANGELO

3101338288

C 156218

1FUYDSEBXSH641862

110002700496TR

TRANSPORTES YEKU M.R.M S. A., REPRESENTADA POR MARÍA CECILIA MIRANDA BARQUERO

3101453830

455195

KMHJW31MPSU008796

110014470496TR

LITOGRAFÍA MORAVIA S. A., REPRESENTADA POR VÍCTOR M. MONTERO GONZÁLEZ

3101058681

CL249248

JAANLR55EB7100004

100029610496TR

SIERRA TERRCOTA S. A., REPRESENTADA POR LUIS ROBERTO NAVARRO JIMÉNEZ, CÉDULA DE IDENTIDAD 0303910495

3101467948

C 152046

3HTWYAXT78N046021

110016480496TR

PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE SERVICIOS ELÉCTRICOS S. A. REPRESENTADA POR EDWIN VÁSQUEZ ESQUIVEL

3101039238

CL 129171

FE434EA72147

100033620496TR

CENTRAL DE SERVICIOS QUÍMICOS S. A. REPRESENTADA POR CARLOS WIESSEL BALDIOCEDA

3101073192

CL 173537

KMFGA17FPSU091699

110017820496TR

CREDIBANJO SA , REPRESENTADA POR ERNESTO CASTEGNARO ODIO

3101083380

806430

JTDBT933204057741

110013530496TR

ENHMED S. A., REPRESENTADA POR MANRIQUE ANT. ODIO KOPPER

3101257737

CL 188328

JAATFR54H37100156

110014190496TR

COINCOL TRADING S. A., REPRESENTADO POR GERMAN PEÑALOSA GIL

3101327406

462985

KMHJF31JPPU389606

110014270496TR

ARRENDADORA INTERNACIONAL S. A., REPRESENTADA POR RAÚL FRANCISCO MARIN ZAMORA

3012265763

C 155859

JHFYJ22H6A9000036

110018940496TR

TRANSPORTES R.M.J. S. A., REPRESENTADO POR GRACE CHAVES PICADO

3101582289

CL 235784

MMBJNKB408D084257

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA TURRIALBA, CARTAGO

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-000252-1008-TR

COLIBENA S. A.

3-101-085710

CL 207650

JAANKR55E67100251

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO PUNTARENAS

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-600642-607-TC-1

SONIA CENTENO HERNÁNDEZ

5-248-736

586167

EL420372961

11-600687-607-TC-1

JORGE GONZÁLEZ GONZÁLEZ

4-154-847

C-125808

1FUEYCYB1EH238852

10-600604-607-TC-2

ESTRUCTURA DE MERCADO DISPONIBLE EMD S. A.

3-101-581028

557638

JSAFTL52V44200209

10-601352-607-TC-2

MULTISERVICIO BADIC ORT S. A.

3-101-539386

329545

KNAJA5525PA701161

10-601640-607-TC-2

ANAMARCALA S. A.

3-101-065439

CL-235837

MMBJRKB408D069189

11-600510-607-TC-3

RICARDO BERROCAL ARAYA

6-352-118

665601

KMHNM81WP2U085248

11-600459-607-TC-3

MANUEL CALDERÓN MONGE

3-191-1385

C-145601

SC019305

11-600668-607-TC-3

ADALBERTO MEDINA TREJOS

6-060-153

C-128594

1FUPACYB1LP369683

11-600042-607-TC-3

TEMP. DE LA ARQUIDIO. DE SJ DE COSTA RICA

3-110-045148

108137

VC120054091

10-601647-607-TC-3

JESÚS DÍAZ JIMÉNEZ

5-153-191

734456

KLIDC53F97B128975

11-600689-607-TC-3

ÁNGEL GUERRA S. R. L.

3-102-198924

CL-183856

JTFAD426800063940

11-600582-607-TC-3

MARTA SOTO AGÜERO

2-371-908

CL-122017

JAATFS17FN7100011

11-600360-607-TC-3

HAYNNER VIACHICA MATA

6-256-411

CL-139037

1N6ND11S7HC332234

11-600588-607-TC-3

TERRAZA JACARANDA VEINTITRÉS S. A.

3-101-546242

CL-253220

MR0FZ29G001602775

11-600588-607-TC-3

GIM INTERNATIONAL S. A.

3-101-224158

611736

JDAJ102G000565812

11-600456-607-TC-3

ISRAEL BLANCO BARRANTES

6-057-711

MOT-279760

FR3PCJ706AB000018

11-600157-607-TC-1

TÉCNICOS EN TELECOMUNICACIONES S. A..L.

3-101-181963

CL-244072

KNCSE211597349116

11-600394-607-TC-1

ORGANISMO INTERNACIONAL REGIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA

3-003-045566

MI-08-100

MPATFR54H9H500998

11-600639-607-TC-1

MARÍA MORALES ÁVILA

2-277-515

444150

JS3TD62V6Y4125233

10-601372-607-TC-1

RIGOBERTO VARGAS MARÍN

2-236-722

CL-218660

KMCXNS7BPXU262012

11-600553-607-TC-1

TELEFONÍA VEMA S. A.

3-101-339288

659469

JDAJ210G001022802

11-600059-607-TC-2

GEINER APU APU

6-284-454

399445

2CNBJ18UXN6929366

11-600329-607-TC-2

VÍCTOR LÓPEZ ARAYA

1-807-128

CL-126592

BU600063301

11-600447-607-TC-3

ARGEMIRO JIMÉNEZ MORERA

5-055-417

CL-140665

4S1CL11L6L4208263

10-601311-607-TC-3

MARVION VARGAS BENAVIDES

6-103-1316

PB-1492

9BM3840734B380675

11-600444-607-TC-3

WADY CORDERO BLANCO

6-243-270

711509

1NXAE09B8SZ268876

11-600270-607-TC-3

FABIO MUÑOZ GRANADOS

2-191-369

TP-466

KMHJF31PRU712307

11-600009-607-TC-3

ASDRÚBAL GUTIÉRREZ CABALCETA

6-238-938

TP-752

JTDBT923171052592

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE AGUIRRE Y PARRITA, PUNTARENAS

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

09-600398-0443--TC

NÍCIDA CONEJO MORA

502640335

263463

JTEL36Z7J0202476

11-600138-0443-TC

ARMANDO CRUZ GARCÍA

800800441

805539

KMHJM81VAAU131903

10-600295-0443-TC

BROGER CHARLES

1006133231

176439

1G4CW69B1G1460044

11-600103-0443-TC

LICHTING WILLIAM ZEV

113104217

CL-206708

2GCEK19K1P1122004

10-600105-0443-TC

TECAL VALERIA SA

3101292929

433648

KMXKPE1CP1U435250

10-600131-0443-TC

ABILIO CAMACHO PORRAS

1819218

C-140973

YB3U6A3A4HB406365

09-600396-0443-TC

DIXIA ROSALES ROJAS

6236519

786954

KKMHVF21LPTU391864

09600412-0443-TC

CORELCA MÁQUINAS Y EQUIPOS SA

3101417047

CL-181525

JAATFS54H27100135

10-600415-0443-TC

DAFRANJO SA

31011966853

CL-163630

JT4RN81R9K5007569

10-600416-0443-TC

RAMÍREZ MUÑOZ VÍCTOR

400830719

CL-124535

JAATFR10FP7100030

09-600449-0443-TC

CABO INTERNACIONAL S. A.

3101137438

458723

KMXKNS1BP2U441122

10-600449-0443-TC

JUAN MANUEL ABARCA QUESADA

103260995

C-136798

1HSRDAER5RH570655

10-600139-0443-TC

RIGOBERTO ALVARADO MORA

104920096

CL-124849

JT4RN01POM7046817

11-600018-0443-TC

PCP PREVENCIÓN Y CONTROL DE PERDIDAS S. A.

3101390090

MOT-209294

9C2MD28968R100013

11-600366-0443-TC

PEDRO SALAS MORA

104040456

CL-060135

HJ45010098

09-600494-0443-TC

LAW NETWORK SERVICIOS FIDUCIARIOS S. A.

3101424294

C-146170

1M1AG11Y58M069247

10-600356-0443-TC

MARCO ANTONIO HERNÁNDEZ LÓPEZ

603420697

CL-215741

4S1CL11L2P4213059

09-600210-0443-TC

COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIA

3007111111

PE-001823

JN1CGUD21Z0504427

10-600266-0443-TC

ANA CHACON CHAVES

105230123

333745

JN1GB22SXKU541932

10-600080-0443-TC

DANIELA NATHALIA BLANCO PORRAS

113980138

549921

JA4LS21G9WP019428

10-600286-0443-TC

GERARDO GUILLERMO PEÑA MONTERO

203040682

540462

KMHJF21JPNU215553

10-600162-0443-TC

VÍCTOR HUGO MONGE CASTILLO

602810593

828345

KMHVF21LPVU479112

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE COTO BRUS, PUNTARENAS

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-600037-441-TC

JORGE LOBO HERNÁNDEZ

6-0290-754

693317

KMHVF21LPTU287004

11-600161-441-TC

ISIDRO GUILLERMO CHAVARRÍA CAMPOS

6-0101-0503

116397

KMHLF21FPHU307019

11-600059-441-TC

FRENOS AUTOMOTRICES REFASA S. A.

3101074177

MOT142339

C5JN068692CE

11-600065-441-TC

GILBERTH HERNÁNDEZ BARRANTES

6-0149-0186

CL242327

1GDHV34J8KJ504068

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE GARABITO, PUNTARENAS

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-600135-0445-TC

MARÍA DE LOS ÁNGELES GONZÁLEZ GONZÁLEZ

3-0317-0813

588476

KMHJF31JPRU615839

11-600246-0445-TC

GRETTEL GARITA CHINCHILLA

1-0684-0269

874653

JTDBT123510147722

11-600199-0445-TC

DORIS BERRIOS SERRANO

PASAPORTE C 1753415

759736

JTEBY25J800065253

11-600076-0445-TC

LA OSA MARINA REAL ESTATE, S. A.

3-101-429651

667187

JMY0RK9707J000492

11-600063-0445-TC

DARLENE HAYES GLENDA

PASAPORTE JP 162464

620931

KMHDN45D73U507993

11-600063-0445-TC

SHERIN JUDITH LYNN

PASAPORTE JE821829

620931

KMHDN45D73U507993

10-6001418-0445-TC

GENARO SANDÍ RAMÍREZ

2-0259-0232

TP 000562

KMHNM81WP3U113763

11-600011-0445-TC

OAZASA SÁENZ GONZÁLEZ

C789011

CL 155051

1N6SD11S6LC362689

11-600247-0445-TC

MARIO VILLALOBOS FALLAS

6-0141-0094

TP000186

JTDBJ41E700J001714

10-600339-0445-TC

CLIFFORD WILCOTEN

0300756582

011800

JDM93EF866916

11-600193-0445-TC

CREDIBANJO S. A.

3-101-083380

703052

JN1TENT30Z0112002

11-600258-0445-TC

ALEXANDER MORA MARIN

1-0694-0981

CL 178284

3N6GD13S6ZK008094

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE GOLFITO, PUNTARENAS

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

10-000182-1100-TR

VIVIANA ELIZONDO CERDAS

1-1071-391

527755

JN1CFAN16Z0072352

11-000017-1100-TR

JORGE MARIO JARAMILLO HERRERA EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE CÉDULA

NO INDICA

543047

JACDJ58X7X912041

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE OSA, PUNTARENAS

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-600023-442-TC-1

FRON THE SEA VIEW OF THE POINT SOCIEDAD ANÓNIMA REP/HAROLD EVERETT WRIGHT

 301310744 PAS: 1314697004

599541

KMHJM81VP6U20876

11-600122-442-TC-1

VALERIE ISABELLE BONNETAIN

00AE94503

512308

JT4RN62D4J0221226

 

 

 

 

 

11-600125-442-TC

JOSÉ DÁVILA WILBAN

155800431224

826001

KMJRD37FPXU426513

11-600125-442-TC

ISAÍ GARBANZO RIVERA

6-0355-0671

235458

JN1PB25S5JU022202

11-600082-442-TC

INVERSIONES MAROCIO S. A. REP/ FABIO CHACÓN AGUILAR

3-101-120897

CL-211083

JHFAY047506000258

 

 

 

 

 

JUZGADO DE MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO DE NICOYA, GUANACASTE

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-000104-0768-TR

TEOBALDO FUMERO PATIÑO REPRESENTANTE LEGAL DE DISTRIBUIDORA GOMARSH SOCIEDAD ANÓNIMA

3-258-040 3101082549

C 142725

JALFTR33M67000045

11-000142-0768-TR

FREDDY JIMÉNEZ JIMÉNEZ REPRESENTANTE LEGAL DE INVERSIONES FREMAR S. A.

9-054-0490 3101049380

CL 125364

JM2UF1132J0344165

11-000161-0768-TR

RAFAEL ÁNGEL GONZÁLEZ CASTRO

0202020811

162743

JT2ST65C4G7048004

10-000470-0768-TR

EUGENIO CHAVERRI SÁENZ REPRESENTANTE LEGAL DE GRANOS DE LA PENÍNSULA S. A.

4095-004 3101047218

CL 143721

1N6ND11SOGC424624

11-000140-0768-TR

LOURDES MARÍA MORA FONSECA

0204420735

CL 166124

4S1CL11L7N4217105

11-000059-0768-TR

GABRIEL HUMBERTO VALDERRAMA FUQUEN EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE TELVAL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101567886

412479

JS3TE02V7S4101136

11-000249-0768-TR

SERGIO FABIÁN GARCÍA CONTRERAS

5-352-968

680222

1N4AB41D3SC717152

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE CARRILLO , GUANACASTE

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

10-600180-0401-TR

GONZALO VARGAS ALFARO

105690814

719834

JMY0NK9708J000468

11-600055-0401-TR

LUIS REINALDO VIGIL CEDILLOS

122200118615

650636

KMJFD37APSU188816

11-600086-0401-TR

GREAT PROPERTY INVES TMEN LLC SOCIEDAD ANÓNIMA

3101497165

552826

JACDJ58V5T7916436

11-600031-0401-TR

MARIAN RAQUEL CRUZ OCHOA

5-0364-0089

CL 150842

JM7UFY0W5V0122702

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE BAGACES, GUANACASTE

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-600035-0399-TR

TRANSPORTES Y SERVICIOS CASAGRI SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR OSCAR GARÓFALO ARRIETA

3-101-058963

CL 197469

NO INDICA

11-600028-0399-TR

MANUEL ALBERTO DURÁN PIMENEL

6-0293-0909

187413

NO INDICA

 

 

 

 

 

JUZGADO DE MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO DE SANTA CRUZ, GUANACASTE

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

10-000540-0783-TR

GIOVANNI MARTÍN NAVARRO ROMERO

01-0665-0087

CL115193

AL720MF24986

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE CAÑAS, GUANACASTE

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

11-600039-402-TR

CARLOS VEGA JIMÉNEZ

NO TIENE

C-143790

1FUPCSEB6VP808114

11-600051-402-TR

JOSÉ FRANCISCO GUZMÁN SALAZAR REP/MOBILIARIA GUZMÁN MOGUZ J.C.G. LIMITADA S. A.

NO TIENE

C-128988

J5584-73

11-600095-402-TR

RONALD ALFARO GÓMEZ

2-0219-0272

441617

JS3TDO2V5P4107365

11-600010-402-TR

SERGIO SALAS ARIAS

2-318-595

296-000135

JAATFS54HL7104882

09-600262-402-TC

OSVALDO JAVIER VEGA PICADO

6-252-0698

TG-000077

JTDBJ21E002007336

10-600192-402-TR

ROY GERARDO GÓMEZ ARROYO

1-874-5935

766137

1Y1SK5387RZ095968

10-600084-402-TR

YAMILETH CHAVES SERRANO

CÉDULA RES. 155800061135

MOT-109301

9C2JD17301R640040

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE TILARÁN, GUANACASTE

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

09-600118-404-TR

DORAYNIS CERDAS BARRANTES

5-0231-0315

C1 144728

NO INDICA

09-600121-0404-TR

CABLE TRANSPORTE T.W. S. A., REPRESENTADA POR EL SEÑOR SEAN STANLEY

3-101568330 CÉDULA DE RESIDENCIA 175926859558

261456

JA7FJ23E6JJ015735

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE ABANGARES, GUANACASTE

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

10-600079-0403-TR

CHRISTIAN ALVARADO PÉREZ

1-1196-0557

796818

KMHVF21LPRU04622

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE LIMÓN

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

10-600637-498-TR

ODIO FONSECA ARNOLDO ÁNGEL

7-035-518

TL-227

KMHCG45C61U240789

10-601408-498-TR

RAMÍREZ NÚÑEZ FLOR MARÍA

7-094-873

TL-681

1NXBR32E13Z088252

10-600264-498-TR

MORALES LANJE JUAN

7-105-954

EE-27907

T34113.1417

11-600300-498-TR

IRÍAS CASTILLO MAXIMILIANO

1-364-710

759251

KMHVF31JPPU721646

11-600340-498-TR

HOLST VAN PATTEN S. A.

3-101-005197

CL-253012

MMBJNKB40BD019763

11-600408-498-TR

ACEVEDO PALACIOS KARLA

135RE015019

C-126288

1FUPARYBXLH378444

11-600410-498-TR

UMAÑA PÉREZ SOLANYEE

7-117-286

655565

1N4AB41D4SC708038

11-600434-498-TR

STELLER VARGAS LUIS ÁNGEL

2-494-802

CL-189575

9BG138BC02C408570

11-600436-498-TR

CHÉVEZ PONSES DAISY YESENIA

7-177-598

833634

KMHCG41FPXU011480

11-600525-498-TR

TT TRICOLOR CARRENT AL S. A.

3-101-105093

857598

JN1TBNT30ZO149400

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE BRIBRÍ, LIMÓN

EXPEDIENTE

PROPIETARIO

CEDULA

PLACA

CHASIS

10-600058-0478-TC

PROCESADORA Y DISTRIBUIDORA EL ÉXITO S. A.

3-101-498033

475241

KMHJF31PJPU492489

11-600020-0478-TC

UMAÑA PÉREZ SOLANYEE LIDIETH

7-117-286

655565

1N4AB41D4SC708038

 

                                                                         Alfredo Jones León

1 vez.—Exento.—(IN2011078747)                Director Ejecutivo

SALA CONSTITUCIONAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:  Acción de Inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las once horas y cincuenta y uno minutos del veintisiete de setiembre del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-011337-0007-CO que promueve José Andrés Carrillo Campos, conocido como José Andrés Sancho Campos, para que se declaren inconstitucionales los artículos 133 inciso b) y 104 inciso d) de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, número 7331 del trece de abril de mil novecientos noventa y tres. Refiere el accionante que la sanción prevista en dichas normas, que consiste en la multa del cuarenta por ciento (40%) de un salario base mensual, correspondiente al “Auxiliar administrativo 1”, que aparece en la relación de puestos del Poder Judicial -de conformidad con la Ley del presupuesto ordinario de la República, aprobada en el mes de noviembre anterior a la fecha en que se cometa la infracción de tránsito- para el conductor de bicicleta, motobicicleta, bicimoto, triciclo, cuadraciclo o motocicleta que no utilice el chaleco retrorreflectivo, es desproporcionada e irrazonable. Refiere que existe una desorbitada relación entre la infracción y su sanción, dado que la multa corresponde a la suma de 126 480 colones más el 30% destinado al Patronato Nacional de la Infancia, para un total de 164 424 colones. Esa suma está divorciada de la realidad económica del país, así como de las condiciones asimétricas de la población costarricense. Además sostiene que el artículo 104 inciso d) adolece de indeterminación, lo cual genera una gran arbitrariedad, al establecer que el uso de dicho implemento debe darse “Desde media hora antes de la hora natural del anochecer y hasta media hora después de la hora natural del amanecer”, condiciones que son variables según la fecha del año. Esa imprecisión permite consideraciones meramente subjetivas de qué debe entenderse por “anochecer” o “amanecer”, al ser estos lapsos de tiempo sumamente amplios. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República, así como al Consejo de Seguridad Vial y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso solo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 28 de setiembre del 2011.

                                                                      Gerardo Madriz Piedra

Exonerado.—(IN2011079850).                              Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las diez horas y cuarenta y siete minutos del catorce de setiembre del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-010289-0007-CO que promueve Iván Rodríguez Chacón, en su carácter personal, y de representante de Transportes Tico Viajes S. A., para que se declare inconstitucional el transitorio primero de la ley 8955, por estimarlo contrario a lo establecido en el artículo 34 de la Carta Magna. La norma se impugna en cuanto aún cuando reconoce la figura del “porteo de personas”, así como los derechos subjetivos patrimoniales de los “porteadores”, de igual manera exige la renuncia de los derechos adquiridos antes de la publicación de la normativa impugnada, para poder acogerse a la nueva figura que crea la norma, denominada “Servicio Especial Estable de Taxi”, lo que a criterio del accionante lesiona lo dispuesto en el numeral 34 de la Carta Política, toda vez que se obliga a una renuncia forzosa de tales derechos por una expectativa de obtener un permiso temporal y precario, que fue diseñado con el único fin de erradicar la actividad de porteo, pero no se establece la indemnización pertinente, como considera el promovente que corresponde al tenor de lo señalado en el artículo 45 constitucional. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso solo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 5 de octubre del 2011

                                                                      Gerardo Madriz Piedra

Exonerado.—(IN2011079851).                              Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las diez horas y nueve minutos del tres de octubre del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-011552-0007-CO que promueve Sailem Garro Piedra, para que se declare inconstitucional el artículo 237 de la Ley Orgánica del Poder Judicial número 8 de 29 de noviembre de 1937 ya derogado, por los efectos que produjo durante su vigencia, por estimarlo contrario a los artículos 33, 34, 52 y 74 de la Constitución Política. La norma se impugna en cuanto señala que al haber contraído matrimonio nuevamente en el año 1992 le quitaron la pensión que recibía en su condición de viuda de conformidad con la norma impugnada. Volvió a enviudar y solicitó nuevamente dicho derecho el 15 de febrero de 2010, pero la Oficina de Pensiones del Departamento de Recursos Humanos del Poder Judicial, declaró su derecho caduco en aplicación del artículo aquí cuestionado. Considera que esta disposición violenta los artículos 33, 34, 52 y 74 de la Constitución Política, por cuanto estima que se produce una discriminación contra personas como ella por el hecho de haber contraído nupcias nuevamente, eliminándosele un derecho al cual no había renunciado, respecto del cual no pudo siquiera ejercer defensa alguna y que lesiona el derecho a optar por una familia. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso solo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 5 de octubre del 2011

                                                                      Gerardo Madriz Piedra

Exonerado.—(IN2011079852).                              Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 06-08338 promovida por Marta Eugenia Acosta Zúñiga, mayor, casada, en ausencia del titular y de conformidad con el artículo 3 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en su calidad de Subcontralora General de la República; contra los artículos 17 y 161 párrafo penúltimo de la Convención Colectiva de Trabajo del Instituto Nacional de Seguros, se ha dictado el voto número 11242-2011 de las quince horas treinta y tres minutos del veintitrés de agosto de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se adiciona la sentencia número 2006-17743 de las 14:33 horas del 11 de diciembre del 2006, en el sentido que, en cuanto al artículo 17 de la Convención Colectiva de Trabajo del Instituto Nacional de Seguros, estése el accionante a lo resuelto en la sentencia número 2006-17437 de las 19:35 horas el 29 de noviembre de 2006, y en cuanto a la impugnación del artículo 161, párrafo penúltimo, de esa misma Convención, se ordena dar curso a la acción.”

San José, 4 de octubre del 2011

                                                                      Gerardo Madriz Piedra

Exonerado.—(IN2011079853).                              Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 10-15387 promovida por Jimy Álvarez García en contra del artículo sexto del Decreto Ejecutivo 24131-H-PLAN y el oficio PHR-790-2008 del 27/11/08 suscrito por el Líder del Proceso de Recursos Humanos del Instituto Costarricense de Turismo, se ha dictado el voto número 11743-2011 de las quince horas con dieciocho minutos del treinta y uno de agosto de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara con lugar interlocutoriamente la acción. En consecuencia, se anula por inconstitucional la frase “Prohibición del Ejercicio Liberal de la Profesión” del artículo 6 del Decreto Ejecutivo 24131-H-PLAN del 17 de marzo de 1995. Asimismo, se anula el oficio PRH-0790-2008 del 27 de noviembre de 2008 suscrito por el Líder del Proceso de Recursos Humanos del Instituto Costarricense de Turismo y su Analista. de conformidad con lo dispuesto en los artículos 91 y 93 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, esta sentencia es declarativa y retroactiva a la fecha de vigencia de las disposiciones impugnadas, salvo en perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe o respecto de aquellas relaciones o situaciones jurídicas que se hubiesen consolidado por prescripción o caducidad, en virtud de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada material o por consumación de los hechos cuando fueren material o técnicamente irreversibles. Comuníquese este pronunciamiento al Poder Ejecutivo y al Instituto Costarricense de Turismo. Reséñese en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese, íntegramente, en el Boletín Judicial. Notifíquese.

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 4 de octubre del 2011

                                                                      Gerardo Madriz Piedra

Exonerado.—(IN2011079854).                              Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 10-11628 promovida por Juan Carlos Varela Muñoz en contra de los artículos 130 inciso d) y 80 párrafos 3) y 4) de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, número 7331 del trece de abril de mil novecientos noventa y tres y sus reformas, se ha dictado el voto número 12657-2011 de las quince horas con dieciséis minutos del veintiuno de setiembre de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara con lugar la acción. En consecuencia, se anula el inciso a) del artículo 71 bis de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, número 7331 del trece de abril de mil novecientos noventa y tres y sus reformas, únicamente en cuanto señala que se descontará la totalidad de los puntos al conductor por la comisión de la conducta prevista en el artículo 130 inciso d) de la misma Ley. En lo demás, se declara sin lugar la acción. Los Magistrados Calzada, Jinesta y Castillo salvan el voto y declaran sin lugar la acción. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial y al Consejo de Seguridad Vial. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 4 de octubre del 2011

                                                                      Gerardo Madriz Piedra

Exonerado.—(IN2011079855).                              Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 08-09215 promovida por Asociación de Desarrollo Integral de la Reserva Indígena de Térraba en contra de los artículos 1, 4 y 8 del Decreto Ejecutivo número 34312-MP-MINAE del 6 de febrero del 2008, por estimarlos contrarios a los artículos 45 de la Constitución Política y el artículo 14 del Convenio 169 de la OIT, se ha dictado el voto número 12975-2011 de las catorce horas con treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara sin lugar la acción respecto de los artículos 1 y 4 del Decreto Ejecutivo número 34312. Por mayoría, se interpreta conforme a la Constitución el numeral 8 del Decreto Ejecutivo número 34312, siempre y cuando la consulta establecida en el artículo 4 de ese Decreto se realice en el plazo improrrogable de 6 meses contado a partir de la notificación de este pronunciamiento. Los Magistrados Calzada, Jinesta y Cruz salvan el voto y declaran parcialmente con lugar la acción de inconstitucionalidad, únicamente, contra el artículo 8° del Decreto Ejecutivo Nº 34312-MP-MINAE, en cuanto la delimitación del Proyecto Hidroeléctrico El Diquis comprende puntos de la Reserva Indígena de Térraba de Buenos Aires de Puntarenas y no le fue consultado a la comunidad indígena. El Magistrado Cruz pone nota.

San José, 4 de octubre del 2011

                                                                      Gerardo Madriz Piedra

Exonerado.—(IN2011079856).                              Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las catorce horas y catorce minutos del veintisiete de setiembre del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-011826-0007-CO que promueve Víctor Julio Méndez Quirós, para que se declare la inconstitucionalidad del artículo 6 de la Ley Nº 148 del 23 de agosto de 1943, unificados por la Ley Nº 7302 del 15 de julio de 1992 y sus Reformas, por estimarlo contrario a los artículos 33, 51, 56 y 73 de la Constitución Política, los artículos 31 de la Carta Internacional Americana de Garantías Sociales, el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; así como a los principios de razonabilidad, proporcionalidad, irrenunciabilidad y progresividad.  La norma se impugna en cuanto establece que el beneficio de pensión por viudez caduca cuando la persona  beneficiaria contrae nuevas nupcias, lo cual se estima desproporcionado, irrazonable, discriminatorio y contrario a los fines de la seguridad social. Además, la pensión es un derecho fundamental irrenunciable. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso solo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 28 de setiembre del 2011

                                                                      Gerardo Madriz Piedra

Exonerado.—(IN2011079857).                              Secretario

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

Que en proceso disciplinario notarial Nº 08-000867-0627-NO, establecido por Registro Civil en contra de Gricelio Alban Ugalde, se dictó la resolución Nº 150-2011 de las nueve horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil once, se dispuso imponerle al notario público Gricelio Alban Ugalde, cédula de identidad Nº 6-177-569, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, la cual se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio de la escritura que interesa. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 23 de setiembre del 2011.

                                                                 Lic. Doni David Panton Moya

                                                                                       Juez

1 vez.—C-Exonerado.—(IN2011079809).

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 07-001307-0627-NO, de Ingrid Finger Cortés contra José Alberto Alfaro Jiménez, cédula de identidad Nº 1-673-801, este Juzgado mediante resolución Nº 0186-2011, de las quince horas y treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil once, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 22 de setiembre del 2011.

                                                                 Lic. Doni David Panton Moya

                                                                                       Juez

1 vez.—C-Exonerado.—(IN2011079810).

Que en proceso disciplinario notarial Nº 09-000837-0627-NO, establecido por el Registro Nacional en contra de Sonia Arias Gutiérrez, se dictó la resolución Nº 781-2010 de las trece horas del trece de octubre del dos mil diez, se dispuso imponerle a la notaria pública Sonia Arias Gutiérrez, cédula de identidad Nº 4-109-071, la corrección disciplinaria de cinco años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 23 de setiembre del 2011.

                                                                 Lic. Doni David Panton Moya

                                                                                       Juez

1 vez.—C-Exonerado.—(IN2011079811).

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 09-001007-0627-NO, de Jorge Vindas Arroyo contra Jorge Luis Corrales Fallas, cédula de identidad Nº 1-0891-0303, este Juzgado mediante resolución Nº 161-2011 de las trece horas quince minutos del veintisiete de mayo del dos mil once, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de cuatro meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial y permanecerá vigente hasta que cumpla con la inscripción. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 26 de setiembre del 2011.

                                                                 Lic. Doni David Panton Moya

                                                                                       Juez

1 vez.—C-Exonerado.—(IN2011079812).

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 05-001156-0627-NO, de Inversiones JPA S. A., contra Abel Salas Chávez, cédula de identidad Nº 1-0538-0835, y Monique Zeller Van Engelen, pasaporte Nº 742-92079-369, el Tribunal Notarial mediante Voto Nº 106-2011, de las quince horas del trece de mayo del dos mil once, modifica la sentencia Nº 0828-2010 de las once horas treinta y tres minutos del viernes veintinueve de octubre del dos mil diez, dispuso imponerle a la notaria Monique Zeller Van Engelen la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial, y al notario Abel Salas Chávez, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 22 de setiembre del 2011.

                                                                 Lic. Doni David Panton Moya

                                                                                       Juez

1 vez.—C-Exonerado.—(IN2011079813).

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 05-000976-627-NO, de Freddy Gerardo Villalobos Rodríguez contra Iveth Emilia Quesada Ugalde, cédula de identidad Nº 2-428-118, este Juzgado mediante resolución Nº 802-2010, de las quince horas treinta y tres minutos del veinticinco de octubre del dos mil diez, y confirmada mediante Voto Nº 133-2011 de las once horas cinco minutos del treinta y uno de mayo del dos mil once, del Tribunal Notarial, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, octubre del dos mil once.

                                                                 Lic. Doni David Panton Moya

                                                                                       Juez

1 vez.—C-Exonerado.—(IN2011079814).

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 99-000295-627-NO, de Flor de Lis Monestel Corrales contra Omar Vindas Corrales, cédula de identidad Nº 1-0600-0069, este Juzgado mediante resolución de las once horas cuarenta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil once, dispuso levantar a partir de la fecha catorce de julio del dos mil once, la sanción disciplinaria impuesta al notario Ricardo Argüello Chaverri mediante resolución Nº 148 de las quince horas diez minutos del quince de febrero del dos mil uno, que salió publicada en el Boletín Judicial Nº 129 de fecha cinco de julio del dos mil uno, lo anterior por haber transcurrido el plazo de diez años según Voto Nº 3484 de las doce horas del ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro, emitido por la Sala Constitucional. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 21 de setiembre del 2011.

                                                                 Lic. Doni David Panton Moya

                                                                                       Juez

1 vez.—C-Exonerado.—(IN2011079815).

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 98-000354-005-NO, de Asociación Solidarista de Empleados de Unisys Centroamérica, contra Álvaro López Araya, cédula de identidad Nº 1-0514-0335, este Juzgado mediante resolución de las trece horas cinco minutos del veintiuno de setiembre del dos mil once, dispuso levantar a partir de la fecha dos de setiembre del dos mil once, la sanción disciplinaria impuesta al notario Álvaro López Araya mediante resolución Nº 12-01 de las catorce horas quince minutos del cinco de enero del dos mil uno, que salió publicada en el Boletín Judicial Nº 162 de fecha veinticuatro de agosto del dos mil uno, lo anterior por haber transcurrido el plazo de diez años según Voto Nº 3484 de las doce horas del ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro, emitido por la Sala Constitucional. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 21 de setiembre del 2011.

                                                                 Lic. Doni David Panton Moya

                                                                                       Juez

1 vez.—C-Exonerado.—(IN2011079816).

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 03-000773-0627-NO, de Gerardo Novo Valerio contra Enrique Montero Gamboa, cédula de identidad Nº 7-0118-0945, este Juzgado mediante resolución Nº 00100-09 de las siete horas treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil nueve, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial; que se mantendrá hasta que inscriba la escritura número ciento noventa y ocho, del tomo primero de su protocolo, y entregue el testimonio inscrito al señor Gerardo Novo Valerio. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 28 de julio del 2011.

                                                          M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas

                                                                                       Juez

1 vez.—C-Exonerado.—(IN2011079817).

Que en el proceso disciplinario notarial 99-000042-627-NO, de Henry Núñez Morales contra Ricardo Argüello Chaverri (cédula de identidad 4-0119-0099), este Juzgado mediante resolución de las diez horas cincuenta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil once, dispuso levantar a partir de la fecha catorce de julio de dos mil once la sanción disciplinaria impuesta al notario Ricardo Argüello Chaverri mediante resolución número 11-01 de las ocho horas cuarenta minutos del cinco de enero de dos mil uno, que salió publicada en el Boletín Judicial número 129 de fecha cinco de julio de dos mil uno, lo anterior por haber transcurrido el plazo de diez años según voto número 3484 de las doce horas del ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro emitido por la Sala Constitucional. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 21 de setiembre del 2011

                                                                  Lic. Doni Dvid Panton Moya

                                                                                       Juez

1 vez.—Exonerado.—(IN2011079818).

Que en el proceso disciplinario notarial 05-001171-0627-NO, de Ana Marcela Castro Jiménez contra el notario Edwin Rodrigo Masís Quirós, este Juzgado mediante resolución número 87-2011 de las dieciséis horas con veinticinco minutos del veintiuno de marzo del dos mil once, dispuso imponerle al citado notario Edwin Rodrigo Masís Quirós (cédula de identidad 1-0744-0939) la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 12 de agosto del 2011

                                                          MSc. Juan Carlos Granados Vargas

                                                                                       Juez

1 vez.—Exonerado.—(IN2011079819).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

segunda PUBLICACIÓN

A las diez horas del primero de noviembre del dos mil once, en la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes y con la base de sesenta millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00342550 000 la cual es terreno parte de una casa-1. Casa-agricultura-cafetal. Situada en el distrito Jesús, cantón Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María del Rosario Blanco; al sur, calle pública con 14 m 87 cm; al este, Zaida Isabel Montero y al oeste, Aida Zúñiga, Rosa Chacón, otros. Mide: mil ciento veintinueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del dieciséis de noviembre del dos mil once, con la base de cuarenta y cinco millones de colones (rebajada en un 25%) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del primero de diciembre del dos mil once, con la base de quince millones de colones (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Agustín Chévez Paniagua contra Gilbert Eduardo Montero Jiménez y otros. Exp. Nº 09-002754-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de San José, 9 de setiembre del 2011.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—Exonerado.—(IN2011080462).

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las diez horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes judiciales, y con la base de quinientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: 1) Cinco monitores de 17 pulgadas, marca AOC, series K1387CA-004577, K1387CA-011504, K1387CA-010666, K1387CA-005850, todos en buen estado, a cuarenta y cinco mil colones cada uno. 2) Cinco CPU genéricos de VKS Computación, con tarjetas integradas, procesador Intel Pentium (R) Dual, 2Ghz, E 2180, disco duro de 89.6 Gb, memoria Ram de 1 Gb, sin números de serie visible, todos en buen estado, a cincuenta y cinco mil colones cada uno. 3) Cinco teclados genéricos sin marca ni número de serie visible, todos en buen estado, a dos mil colones cada uno. 4) Cinco “mouse”: tres marca Genius, uno marca HP, uno marca Tech, todos en buen estado, a dos mil colones cada uno. Para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del siete de diciembre del dos mil once, con la base de trescientos noventa mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de diciembre del dos mil once, con la base de ciento treinta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en particular en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Glenda Zamora Gómez contra Corporación Politec Poliservicios Técnicos Sociedad Anónima, Roy Martín Chacón Sanabria y contra de la Universidad de San José Sociedad Anónima. Expediente Nº 10-000358-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de setiembre del 2011.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—C-Exento.—(IN2011080396).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la solicitud de Fondo Capitalización Laboral del fallecido Alexis de los Ángeles Calvo Calvo, quien en vida fue mayor, casado, costarricense, vecino de San Buenaventura de Colorado de Abangares, con cédula de identidad número 09-0041-0309, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas bajo expediente 11-300023-0403-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Abangares, Las Juntas, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Corina Marchena Fennell, Jueza.—1 vez.—(IN2011079820).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Guillermo Cortes Solís, quien fue mayor, viudo, vecino de San José, portaba la cédula de identidad número 1-0409-0364, se les hace saber que: Adriana María Cortes Montero, portadora de la cédula de identidad número 1-1468-0135, vecina de la misma dirección, se apersonó en este despacho en calidad de hija del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Guillermo Cortes Solís. Expediente Nº 11-000477-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de agosto del 2011.—Lic. Lourdes Montenegro Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2011079846).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

segunda PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reserva ley de aguas 522-19147-01-0004-001, ley de caminos 522-19147-01-0005-001; a las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil once y con la base de cinco millones trescientos noventa y seis mil novecientos cuarenta y ocho colones con cincuenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y seis mil doscientos setenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno naturaleza de patio con una casa. Situada en el distrito primero Filadelfia, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con frente de nueve metros noventa centímetros lineales; al sur, Emelina Cubillo Cubillo; al este, Gustavo Chaves Alfaro y al oeste, Sonia Obando Obando. Mide: trescientos veinticuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del primero de diciembre del año dos mil once, con la base de cuatro millones cuarenta y siete mil setecientos once colones con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil once con la base de un millón trescientos cuarenta y nueve mil doscientos treinta y siete colones con quince céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Domingo de Jesús Duarte Platero. Exp: 10-000595-0386-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 29 de setiembre del 2011.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—RP2011260947.—(IN2011078764).

A las nueve horas del dos de noviembre del dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de un millón ciento cuarenta mil colones, remataré: finca del partido de Alajuela matrícula de folio real número ciento siete mil cuatrocientos cuatro guión cero cero cero, que se describe como terreno inculto, situado en el distrito uno Quesada del cantón diez San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, con calle en medio Rodolfo Bustamante, al sur, con calle en medio Rodolfo Bustamante, al este, con Rodolfo Bustamante y al oeste, con Paulino Porras Hidalgo, mide ciento diez metros con diecinueve decímetros cuadrados. La referida propiedad pertenece a German Porras González. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ochocientos cincuenta y cinco mil colones, se señalan las: nueve horas del diecisiete de noviembre del dos mil once. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de doscientos ochenta y cinco mil colones, se señalan las: nueve horas del dos de diciembre dos mil once. Lo anterior por estar así ordenado en Proceso de Ejecución Hipotecaria de Imponente Monte Taxco S. A., contra German Porras González. Exp: 11-100417-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 1º de setiembre del 2011.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—RP2011260951.—(IN2011078765).

En la puerta de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil doce, y con la base de quinientos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y cuatro mil setecientos noventa y nueve cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito 05 Guácima, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. colinda: al norte, Desarrollo Los Reyes S. A., lote 35; al sur, calle con 56 metros 24 centímetros; al este, Desarrollo Los Reyes S. A., y al oeste, calle con 63 metros 83 centímetros. Mide: tres mil quinientos noventa y un metros con un decímetros cuadrados, para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del diez de febrero de dos mil doce, con la base de trescientos setenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero de dos mil doce, con la base de ciento veinticinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Apoyo Financiero .Com Sociedad Anónima contra Inversiones del Bosque Maravilloso Sociedad Anónima, expediente Nº 10-003313-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de setiembre del 2011.—Lic. Sirlene Salazar Muñoz, Jueza.—(IN2011079161).

En la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, Soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica, libre de anotaciones con la base dada por el perito sea la suma de veintitrés millones cuatrocientos noventa y seis mil ochocientos colones, sáquese a remate la finca del Partido de Cartago matrícula 197942-000, que es terreno para construir, situada en el cantón de Cartago, distrito 03 Carmen, provincia de Cartago. Linda: al norte, con Álvaro, Rodolfo, Rodrigo, Martín Fabio y Jorge Luis Fernández Zúñiga; al sur, con Álvaro, Rodolfo, Rodrigo, Martín Fabio y Jorge Luis Fernández Zúñiga; al este, con calle pública, y al oeste, Álvaro, Rodolfo, Rodrigo, Martín Fabio y Jorge Luis Fernández Zúñiga. Mide doscientos noventa y tres metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil once (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil once, con la base de cinco millones ochocientos setenta y cuatro mil doscientos colones (rebajadas en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil once, con la base de un millón cuatrocientos sesenta y ocho mil quinientos cincuenta colones (rebajadas en un 25%). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución de Sentencia 2009-000012-184-CI de Randall Quesada Monestel contra Indalecio Antonio González Álvarez.—Juzgado Primero Civil de San José, 7 de setiembre de 2011.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—RP2011261030.—(IN2011079165).

A las diez horas quince minutos del nueve de noviembre de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de anotaciones, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco de Costa Rica bajo las citas 577-9868-01-0004-001, y con la base de la hipoteca de segundo grado a favor de la sociedad actora, sea la base de ¢24.600.000,00 remataré: finca inscrita en Propiedad Partido de Alajuela Folio Real Matrícula número 446.000-000, que es terreno con dos casas, sito en Ciudad Quesada de San Carlos, distrito primero del cantón diez de la Provincia de Alajuela. Linda; al norte, Desarrollos e Inversiones Sostenibles Nacionales S. A.; al sur, casa de ayuda mutua San Vicente de Paúl; al este, Difusora Rasaca S. A., y al oeste, calle pública con un frente de diez metros ocho centímetros cuadrados. Mide: doscientos cuarenta metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢18.450.000,00 se señalan las diez horas quince minutos del veintitrés de noviembre de dos mil once. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢6.150.000,00 se señalan las diez horas quince minutos del siete de diciembre de dos mil once. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 11-100912-297-CI (5C), ejecución hipotecaria de Mundo de Colores J.V.A. S. A., contra Inversiones Saitama S.A.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 16 de setiembre de 2011.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—RP2011261031.—(IN2011079166).

A las ocho horas treinta minutos del siete de noviembre de dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, Soportando plazo de convalidación de rectificación de Medida inscrita al tomo dos mil nueve, asiento trescientos diecisiete mil trescientos setenta y ocho y con la base de treinta y seis mil trescientos dieciocho dólares, (correspondiendo a la suma de capital adeudada sea la treinta y cuatro mil ochocientos noventa dólares, más los intereses liquidados al dieciocho por ciento anual sobre dicho monto de capital liquidados por el período comprendido entre el diez de marzo de dos mil once, al treinta y uno de mayo de dos mil once, que es la fecha de presentación de la demanda) sáquese a remate la finca del partido de San José matrícula de folio real número doscientos cuarenta y seis mil ciento cincuenta y tres- cero cero cero que es terreno para construir con una casa lote cuatro, sito en el distrito dos San Antonio, cantón dos Escazú de la provincia de San José, linda: al norte, con calle pública y Luis Gerardo Barboza Montero; al sur, con Alfredo Barboza Zúñiga; al este, con Guillermo Barboza Zúñiga, y al oeste, con María Esther Zúñiga y Carlos Luis Barboza Zúñiga, mide cuatrocientos setenta y ocho metros cuadrados, según plano catastrado número SJ-uno tres nueve nueve siete ocho cinco-dos mil diez. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil once, con la base de veintisiete mil doscientos treinta y ocho dólares con cincuenta centavos (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil once con la base de nueve mil setenta y nueve dólares con cincuenta centavos (25% de la base inicial). Lo anterior, por haberse ordenado así en Juicio Ejecutivo Hipotecario Nº 11- 100163-197-CI de José Fernando Céspedes Granados contra Carlos Luis Barboza Jiménez.—Juzgado Civil de Trabajo de Puriscal, 13 de setiembre de 2011.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—RP2011261055.—(IN2011079167).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones al tomo 375, asiento 00015461, a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de enero del dos mil doce, y con la base de siete millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 63262, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Juan Rafael Castillo Calderón; al sur, Carlos Luis Vargas Calderón; al este, Alberto Vargas Calderón, y al oeste, calle pública. Mide: seiscientos cincuenta y ocho metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del primero de febrero del dos mil doce, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del quince de febrero del dos mil doce, con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso Ejecución Hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Flor María de la Trinidad Calderón Mora y José Ángel Calderón Mora, expediente Nº 11-000297-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 26 de setiembre del 2011.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—RP2011261059.—(IN2011079168).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones de Leyes 7052, 7208 Sist. Financiero D, inscrita en las citas 0554-00002989-01-0006-001; a las ocho horas con treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil doce, y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y ocho-cero cero siete y cero cero ocho la cual es terreno café. Situada en el distrito segundo La Suiza, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Rafael Aguilar; al sur, Clemencia Esquivel; al este, José Herrera, y al oeste, José Joaquín Fernández Aguilar. Mide: trescientos cuarenta y siete metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas con treinta minutos del nueve de febrero de dos mil doce, con la base de un millón quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas con treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil doce, con la base de quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Mauricio Alfonso Abarca Rodríguez y Yorleny de los Ángeles Chaves Barrantes, expediente Nº 11-000296-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—RP2011261060.—(IN2011079169).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia del OIJ sumaria 08-04385-059-PE; a las nueve horas y cero minutos del diez de enero de dos mil doce, y con la base de dos millones seiscientos cuarenta y tres mil ciento cincuenta y seis colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 587921, marca Nissan, estilo Sentra, año 1993, Vin 1N4EB31P3PC814851, color blanco. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil doce, con la base de un millón novecientos ochenta y dos mil trescientos sesenta y siete colones con sesenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de febrero de dos mil doce con la base de seiscientos sesenta mil setecientos ochenta y nueve colones con veintiún céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vacheron Constantin Sociedad Anónima contra Adolfo Solís Segura. Exp. 10-002030-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2011261190.—(IN2011079184).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada 0332-00001262-01-0907-001, a las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil once, y con la base de treinta y un millones ochocientos veinticinco mil seiscientos cincuenta y cuatro colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y un mil novecientos treinta y tres cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote doscientos diecisiete. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 216 de la urbanización; al sur, lote 218 de la urbanización; al este, calle pública con siete metros de frente y al oeste lotes 201-202 de la urbanización ambos en parte. Mide: doscientos treinta y cinco metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del quince de noviembre  de dos mil once, con la base de veintitrés millones ochocientos sesenta y nueve mil doscientos cuarenta colones con setenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta de noviembre de dos mil once con la base de siete millones novecientos cincuenta y seis mil cuatrocientos trece colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda  que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marvin Fallas Elizondo. Expediente 11-003146-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 09 de agosto del 2011.—Msc. Farith Suárez Valverde, Juez.—RP2011261192.—(IN2011079185).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta minutos del quince de diciembre de dos mil once, y con la base de seis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 445554-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Coyolar, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Flor Inés Campos Murillo; al sur calle pública con un frente de nueve metros con sesenta y cuatro centímetros; al este Orlando y Sandra Chaverri Vargas y al oeste María Antonia Vargas. Mide: doscientos sesenta y tres metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del dieciséis de enero de dos mil doce, con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del treinta de enero de dos mil doce con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Rónald Alberto Miranda Cerdas. Exp. 11-001350-1164-CJ Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—RP2011261193.—(IN2011079186).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando uso de faja terrestre, condiciones; a las diez horas del treinta y uno de octubre de dos mil once, y con la base de nueve millones novecientos noventa y un mil setecientos cuarenta y cuatro colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 94727-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Complejo Educativo Carbeam S. A.; al sur, calle pública con doce metros; al este, Álvaro Vargas Porras y al oeste, Inversiones Agropecuarias Río Jardín y calle pública. Mide: cuatrocientos noventa y dos metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del quince de noviembre de dos mil once, con la base de siete millones cuatrocientos noventa y tres mil ochocientos ocho colones con nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del treinta de noviembre de dos mil once con la base de dos millones cuatrocientos noventa y siete mil novecientos treinta y seis colones con tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra José Guillermo Villatoro Reyes Exp. 11-000400-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 22 de julio del 2011.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—RP2011261196.—(IN2011079187).

A las dieciocho horas cuarenta minutos del tres de noviembre del año dos mil once, en la puerta exterior de este despacho soportando demanda ordinaria al tomo 520, asiento 8005 y con la base de cincuenta y cuatro millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil ochocientos cuarenta y nueve colones con ochenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 241.824-001 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito quinto de Zapote, cantón primero de San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, zona de calles este, con 14 metros; al sur, porción primera con 16 m 03 cm; al este, Inmobiliaria Herrera Husband S. A. 32 m y al oeste, porción primera con 24m 18cm, noreste, Inmobiliaria Herrera Husband S. A., noroeste, calle pública con 14.00 metros, sureste, lotes veintiuno y veintidós, suroeste: lote dieciocho. Mide: trescientos noventa y tres metros con veintisiete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Prendario de Banco de Costa Rica contra Balsin Mauricio Solórzano Valdés, Martínez Marilyn Valdés Balsin. Exp. 04-014878-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 30 de agosto del 2011.—Lic. Marlen Milena Angulo Arrieta, Jueza.—RP2011261201.—(IN2011079188).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dos de diciembre de dos mil once, y con la base de trescientos cincuenta mil dólares exactos moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula número 309252-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Rafael, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, InversoraRRRR S. A.; al sur, Rodolfo Salom; al este, Ragas Escazú S. A., y al oeste, calle pública. Mide: mil ciento veinte metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de diciembre de dos mil once, con la base de doscientos sesenta y dos mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de enero de dos mil doce con la base de ochenta y siete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Terclama S. A. contra Legube S. A. Exp. 11-025848-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 3 de octubre del 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—RP2011261207.—(IN2011079189).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del uno de noviembre del dos mil once, y con la base de veinte millones seiscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y ocho mil doscientos cuarenta y seis-cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir-6. Situada en el distrito San Miguel, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Moisés Córdoba Barrantes-otro; al este, Norman Loaíciga Morales y al oeste, Municipalidad de Desamparados. Mide: ciento setenta y dos metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: SJ-0730609-1988. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil once, con la base de quince millones cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del uno de diciembre de dos mil once con la base de cinco millones ciento sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Xinia Murillo Morales y otro. Exp. 11-011870-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 5 de octubre del 2011.—Lic. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—RP2011261218.—(IN2011079190).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes; a las once horas y cero minutos del treinta de noviembre de dos mil once, y con la base de veintisiete millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento dieciséis mil quinientos noventa y cuatro-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 7; al sur, resto de hermanos Loría Méndez; al este, calle pública con 9.00 metros y al oeste, resto de hermanos Loría Méndez. Mide: doscientos veinte metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de diciembre de dos mil once, con la base de veinte millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de enero de dos mil doce con la base de seis millones novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Anabel Rosales Castro, Martín Valverde Díaz. Expediente 11-006324-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de setiembre del 2011.—Farith Suárez Valverde, Juez.—RP2011261219.—(IN2011079191).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, soportando: 1) Una denuncia por lesiones culposas al tomo 2006, asiento 180496, secuencia 001; 2) Un decreto de embargo inscrito al tomo 2007, asiento 170525, secuencia 001 y 3) una infracción/colisión boleta Nº 2005349107, de sumaria 06-600677-0489-TC de la Unidad de Trámite Rápido del Ministerio Público a las nueve horas del veintidós de noviembre del año dos mil once, y con la base de mil seiscientos ochenta y cinco dólares con dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo placas número 572398, marca Peugeot, año 2005, Vin VF32AN6AN5W010952, cilindrada 1.587 c. c., color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del siete de diciembre del año dos mil once, con la base de mil doscientos sesenta y tres dólares con setenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintitrés de diciembre del año dos mil once con la base de cuatrocientos veintiún dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Maryam Zamanzadeh. Exp. Nº 09-000156-0504-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2011079353).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del catorce de noviembre de dos mil once, y con la base de ocho mil cuarenta y cinco dólares con setenta y cuatro centavos moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 553214, marca: Toyota, estilo: Land Cruiser, año: 2004, color: gris, cilindrada: 3955 c. c., combustible gasolina, tracción 4x4. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil once, con la base de seis mil treinta y cuatro dólares con treinta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento)  y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del quince de diciembre de dos mil once con la base de dos mil once dólares con cuarenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica contra Juan Manuel Portilla Ortiz. Exp. Nº 11-008120-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de setiembre del 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2011079356).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres trasladadas anotadas al tomo trescientos dos, asiento catorce mil trece, tomo trescientos noventa y cuatro, asiento once mil seiscientos setenta y tres secuencia cero uno subsecuencia, novecientos, novecientos uno, novecientos dos, novecientos tres, novecientos cuatro, novecientos cinco y subsecuencia novecientos seis; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del once de noviembre de dos mil once, y con la base de ciento noventa y seis mil cuatrocientos veintidós dólares con noventa y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos nueve mil setecientos cuarenta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno con una casa y patio. Situada en el distrito 05 Venecia, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de sesenta y uno punto ochenta y dos metros; al sur, con Guido Arroyo Ramírez; al este, con Transportes Herrera Quesada de Cañas de Venecia S. A.; y al oeste, con calle pública con un frente a ella de cincuenta y tres punto cincuenta y ocho metros. Mide: dos mil trescientos noventa y nueve metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de noviembre de dos mil once, con la base de ciento cuarenta y siete mil trescientos diecisiete dólares con diecinueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de diciembre de dos mil once con la base de cuarenta y nueve mil ciento cinco dólares con setenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra el Discreto Paso de la Vida S. A., Luis Diego Herrera Herrera. Exp. Nº 11-019546-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de setiembre del 2011.—Lic. Ana Rita Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2011079359).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y treinta minutos del once de noviembre de dos mil once, y con la base de ciento diez mil trescientos noventa y cinco dólares con cuarenta centavos moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y nueve mil ciento treinta y uno cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: noreste, José Joaquín Trejos con 17 m; suroeste, calle pública con 17 m; al sureste, Holman Sturkird con 67 m 31 cm y noroeste, Roberto Quesada con 60 m 31 c. Mide: mil ciento tres metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil once, con la base de ochenta y dos mil setecientos noventa y seis dólares con cincuenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil once con la base de veintisiete mil quinientos noventa y ocho dólares con ochenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de  Costa Rica S. A. contra Crista Dyanne Czech Leal, Gerhart Eduard Czech Leal, Harold Josef Schall. Exp. Nº 11-023324-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2011079362).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil once, y con la base de ocho mil doscientos noventa y siete dólares con un centavo, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 821145, marca Peugeot, estilo Berlina, 5 personas, sedan 4 puertas hatchback, año 2008, 4x2, Nº motor 10DYFH0006602, diesel, 1997 c.c. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil once, con la base de seis mil doscientos veintidós dólares con setenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil once con la base de dos mil setenta y cuatro dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Jorge Arturo Hernández Rojas. Exp. Nº 11-023370-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Marvin Antonio Ovares Leandro, Juez.—(IN2011079365).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley Aguas, anotadas bajo las citas 408-8962-01-0128-001, Reserva Ley Caminos 408-8962-01-0129-001; a las once horas y treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil once, y con la base de noventa y dos mil seiscientos ochenta y ocho dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 455384-000 la cual es terreno de caña de azúcar. Situada en el distrito 04 Coyolar, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto reservado de Bosques del Líbano S. A.; al sur, Instituto de Desarrollo Agrario; al este, servidumbre de paso de seis metros y resto reservado de Bosques del Líbano S. A.; y al oeste, Carlos Molina Salas. Mide: cuatro mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil once, con la base de sesenta y nueve mil quinientos dieciséis dólares con treinta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del seis de diciembre de dos mil once con la base de veintitrés mil ciento setenta y dos dólares con trece centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Katherine Cristina Hernández Leiva, Mardax Internacional S. A. Exp. Nº 11-023371-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Marvin Antonio Ovares Leandro, Juez.—(IN2011079368).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando demanda de familia bajo las citas 2010-00074124-001 e; infracción a la Ley de Tránsito con la boleta 1060500189; a las ocho horas y cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil once, y con la base de veintisiete mil quinientos setenta y siete dólares con treinta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 720140, marca Nissan, estilo Patrol GRX, categoría automóvil, capacidad 7 personas, carrocería todo terreno 4 puertas, tracción 4x4, año 2008, color dorado, chasis JN1TESY6120561442, motor 2D30142444K, cilindrada 2953 c. c., combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de noviembre de dos mil once, con la base de veinte mil seiscientos ochenta y dos dólares con noventa y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil once con la base de seis mil ochocientos noventa y cuatro dólares con treinta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica contra Julio César Víquez Rojas. Exp. Nº 11-008122-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 7 de setiembre del 2011.—Lic. Marvin Antonio Ovares Leandro, Juez.—(IN2011079370).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones, boleta: 2007486261, sumaria: 08-003270-497-TR, fecha de inclusión: 26-5-08, del Juzgado de Tránsito de Heredia, a las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de octubre del dos mil once, y con la base de once mil quinientos treinta dólares con treinta y ocho centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas: 716583, marca: Nissan, estilo: Tilda, categoría: automóvil, carrocería: sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, chasis: JN1FCAC11Z0006495, uso: particular, capacidad: 5 personas, año: 2008, color: dorado. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de noviembre del dos mil once, con la base de ocho mil seiscientos cuarenta y siete dólares con setenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de noviembre del dos mil once, con la base de dos mil ochocientos ochenta y dos dólares con sesenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Kattia María Guerrero Peña, María Lourdes Cuadra Solís. Expediente Nº 11-015728-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Ana Rita Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2011079371).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones, sumaria: 09-1929-174-TR Goicoechea- Segundo Circuito San José- Fiscalía Adjunta, y boleta Nº 237200712, sumaria: 10-608506-0489-TC S.J Primer Circuito Judicial Juzgado de Tránsito, a las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil once, y con la base de catorce mil novecientos noventa y tres dólares con noventa y tres centavos, moneda de Estados Unidos de América, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placa 702001, marca Mazda, estilo CX-9, capacidad siete personas, año 2008, color negro, categoría automóvil, chasis JM3TB38A780121763, cilindrada 3726 c. c., combustible gasolina. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de noviembre del dos mil once, con la base de once mil doscientos cuarenta y cinco dólares con cuarenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil once, con la base de tres mil setecientos cuarenta y ocho dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Bruno Internacional S. A. Expediente Nº 11-023372-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de setiembre del 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2011079372).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y quince minutos del cuatro de noviembre del dos mil once, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil ochocientos ochenta y uno cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito Cinco Esquinas, cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de la finca general destinada calle; al sur, Adán García y Catalina Barquero; al este, Aserradero Bárbara Limitada, y al oeste, Financiera Comercial S. A. Mide: doscientos treinta y cinco metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y quince minutos del veintiuno de noviembre del dos mil once, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y quince minutos del seis de diciembre del dos mil once, con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eduardo Salazar Montoya contra Complejo de Inversiones Araica S. A. Expediente Nº 11-021051-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 7 de setiembre del 2011.—Lic. Ana Rita Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2011079375).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas al tomo: 391, asiento: 1166; y la finca: 51295-000, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condic. IDA citas al tomo: 393, asiento: 13391, a las diez horas y treinta minutos del tres de noviembre del dos mil once, y con las bases de siete mil ciento veinte punto noventa unidades de desarrollo y seis mil treinta y uno punto diez unidades de desarrollo, respectivamente en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta mil ciento treinta-cero cero cero, la cual es terreno agricultura 2 -C- 77. Situada: en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Hortencia South; al sur, Frank Smith; al este, Eusebio Cedeño, y al oeste, río San Andrés. Mide: seis mil setecientos treinta y ocho metros con cuatro decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y un mil doscientos noventa y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para agricultura bloque 2-C, lote 78. Situada: en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Frank Smith; al sur, James Writes; al este, Eusebio Cedeño, y al oeste, río San Andrés. Mide: cuatro mil setecientos cincuenta y cinco metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil once, con las bases de cinco mil trescientas cuarenta punto sesenta y siete unidades de desarrollo y cuatro mil quinientas veintitrés punto treinta y dos unidades de desarrollo respectivamente (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil once, con la base de mil setecientas ochenta punto veintidós unidades de desarrollo y mil quinientas siete punto setenta y siete unidades de desarrollo respectivamente (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Enrique Jesús Hernández Pérez. Expediente Nº 10-015296-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 3 de octubre del 2011.—Lic. Floryzul Yazmín Porras López, Jueza.—(IN2011079384).

A las 08:30 horas del 28 de octubre del 2011, en la puerta exterior de este despacho, remataré al mejor postor, lo siguiente: la finca inscrita al partido de Puntarenas matrícula folio real número 103490-001-002, que es terreno para la agricultura, con una cabida real de dieciocho mil ochenta metros con treinta y tres decímetros cuadrados, ubicado en distrito primero: Golfito, cantón sétimo: Golfito de la provincia de Puntarenas, linderos según certificación registral: norte, calle pública, sur: IDA, este: lotes 8 y 18-A, oeste, calle pública; con la base para la primera subasta en la suma de cuatro millones ochocientos ocho mil ochocientos cuatro colones con sesenta y siete céntimos. Para la segunda subasta se sacará la finca antes descrita con la base en la suma de tres millones seiscientos seis mil seiscientos tres colones con cuarenta y ocho céntimos (base rebajada en un veinticinco por ciento), para lo cual se señalan las 08:30 horas del 14 de noviembre del 2011. Para la tercera subasta el bien será rematado en la suma de un millón doscientos dos mil doscientos un colones con diecinueve céntimos (veinticinco por ciento de la base original), para lo cual se señalan las 08:30 horas del 02 de diciembre del 2011. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecución hipotecaria Nº 11-100004-0920-CI (Interno 46-2-11) establecido por Banco Nacional de Costa Rica contra Maritza Herrera Castillo y otro.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza Agraria.—(IN2011079386).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, inscrita al tomo: 0382, asiento: 00016555, y conserv. camino ref: 00094973000 inscrito al tomo: 0382, asiento: 00016555, a las nueve horas y cero minutos del nueve de noviembre del dos mil once, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y tres mil doscientos setenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa de habitación. Situada: en el distrito 07 Puente de Piedra, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 48 metros 73 centímetros; al sur, Omar Fonseca; al este, quebrada sin nombre en medio, Claudio Chinchilla Gómez, y al oeste, servidumbre de paso en medio Beltrán Fonseca Arias. Mide: cuatrocientos cinco metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: A-0240886-1995. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil once, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de diciembre del dos mil once, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asoc. Solid. de Empleados de Laboratorios Griffith contra Marvin Sacida Sacida. Expediente Nº 11-000570-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 8 de setiembre del 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2011079387).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del siete de noviembre del dos mil once, y con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 81672 derecho 001, la cual es terreno de tres plantas destinado a local comercial. Situada: en el distrito 01 Carmen, cantón primero San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Suc. Ubaldo Rodríguez Rojas; al sur, Carlo Vive Bettoni; al este, Celedonia Flora Martínez Lara, y al oeste, Rafael Ángel Saborío Ledezma. Mide: cuarenta y cinco metros cuadrados. Y finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 81672 derecho 002, la cual es terreno de tres plantas destinado a local comercial. Situada: en el distrito 01 Carmen, cantón primero San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Suc. Ubaldo Rodríguez Rojas; al sur, Carlo Vive Bettoni; al este, Celedonia Flora Martínez Lara, y al oeste, Rafael Ángel Saborío Ledezma. Mide: cuarenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil once, con la base de treinta y nueve mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de diciembre del dos mil once, con la base de trece mil ciento veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Chan Chin Chou contra Asociados Montaño y Sinestra S. A. Expediente Nº 10-100128-0197-CI.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del 2011.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—(IN2011079397).

En la puerta exterior que ocupa este Despacho, a las nueve horas minutos del nueve de noviembre del dos mil once, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de cincuenta mil dólares, al mejor postor, remataré la siguiente: Finca del partido de Guanacaste, matrícula Folio Real número cincuenta y tres mil novecientos ochenta y nueve-cero cero uno-cero cero dos, que es naturaleza: terreno de potrero. Sito: en distrito primero “Juntas”, del cantón sétimo “Abangares”, de la provincia de Guanacaste. Linda: al norte, con calle pública; al sur, con calle pública y Soc. Ganad. Varymur Ltda.; al este, calle pública y Ricardo Vargas Guerrero, y oeste, calle pública y Osc. Ganad. Varymur Ltda. Mide: cinco mil ochocientos sesenta y siete metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintitrés de noviembre del dos mil once, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares, de los Estados Unidos de América (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del siete de diciembre del dos mil once, con la base de doce mil quinientos dólares, de los Estados Unidos (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 11-100279-642-CI-1, de Corporación El Mono del Pacífico S. A., contra Juan Fernando Ponciano Rodríguez y otra.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—(IN2011079416).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, con las bases que se dirán, en el mejor postor remataré las fincas que a continuación se detallan: 1) Partido de San José, matrícula de Folio Real número tres tres siete cero cero dos-cero cero cero, el cual es terreno para construir, situada en distrito 05 Zapote, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Víctor Emilio Herrera Alfaro; sur, calle pública; este, Negocios Urbanos S. A., y al oeste, calle pública. Mide: ciento cuarenta y dos metros con once decímetros cuadrados. Para un primer remate con la base de veintidós mil ochocientos sesenta dólares exactos, para un segundo remate con la base de diecisiete mil ciento cuarenta y cinco dólares exactos (rebajada en un 25%), para el tercer remate con la base de cinco mil setecientos quince dólares exactos (un 25% de la base original). 2) Partido de San José, matrícula de Folio Real número tres tres siete cero cero tres- cero cero cero, el cuales terreno para construir, situada en distrito 05 Zapote, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Negocios Urbanos S. A.; sur, lote 3; este, Negocios Urbanos S. A., y al oeste: calle pública. Mide: ciento treinta y nueve metros con sesenta decímetros cuadrados. Para un primer remate con la base de veintiún mil quinientos noventa dólares exactos, para un segundo remate con la base de dieciséis mil ciento noventa y dos dólares con cincuenta centavos (rebajada en un 25%), para el tercer remate con la base de cinco mil trescientos noventa y siete dólares con cincuenta centavos (un 25% de la base original). 3) Partido de San José, matrícula de Folio Real número tres tres siete cero cero cuatro-cero cero cero, el cual es terreno para construir, situada en distrito 05 Zapote, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Víctor Emilio Herrera Alfaro; sur, lote 4; este, Negocios Urbanos S. A., y al oeste, calle pública. Mide: ciento diecisiete metros con veinte decímetros cuadrados. Para un primer remate con la base de diecinueve mil cincuenta dólares exactos, para un segundo remate con la base de catorce mil doscientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un 25%), para el tercer remate con la base de cuatro mil setecientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (un 25% de la base original). Para tal efecto se señalan las diez horas y quince minutos del uno de noviembre de dos mil once (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y quince minutos del dieciséis de noviembre de dos mil once. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y quince minutos del uno de diciembre de dos mil once. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Valle del Río Grande de Orosi S. A. contra Inversiones Gush Sociedad Anónima. Exp. Nº 11-000094-0181-CI.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 2 de setiembre del 2011.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2011079436).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del quince de noviembre del dos mil once, y con la base de ciento ochenta y cuatro millones setecientos cuatro mil cuatrocientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y seis mil sesenta y siete cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito 01 San Pedro, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 14 metros, 30 cm; al sur, Ana Teresa Pacheco Jiménez; al este, Ana Teresa Pacheco Jiménez, y al oeste, Roberto Pinto Escalante. Mide: ciento noventa y un metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del treinta de noviembre del dos mil once, con la base de ciento treinta y ocho millones quinientos veintiocho mil trescientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del quince de diciembre del dos mil once, con la base de cuarenta y seis millones ciento setenta y seis mil cien colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ana Cecilia Ortuño Durán, Salvador Grijalva Barascout. Expediente Nº 11-023664-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de setiembre del año 2011.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2011079439).

A las ocho horas del martes primero de noviembre del dos mil once, en la puerta principal de este Juzgado, libre de gravámenes y con la base de dos millones trescientos cincuenta y siete mil colones, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, al Folio Real de la provincia de Alajuela, matrícula tres cuatro cinco tres cero tres-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa de habitación, sita en distrito siete San Isidro, cantón dos San Ramón de la provincia de Alajuela. Linda: norte, Ulises Carranza Salas; sur, Reinaldo Fernández Varela; este, Reinaldo Fernández Varela, y al oeste, calle pública con un frente de 11 metros, 58 centímetros. Mide: doscientos cincuenta y siete metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del jueves diez de noviembre del dos mil once, con la base de un millón setecientos sesenta y siete mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento la base) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del lunes veintiuno de noviembre del dos mil once, con la base de quinientos ochenta y nueve mil doscientos cincuenta colones (que corresponde a un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por estar ordenado así en Expediente Nº 111-100258-0310-CI (262-11) (4) de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Walter Fernández Araya.—Juzgado Contravencional de Naranjo, 3 de octubre del 2011.—Lic. Tatyana Rodríguez Castro, Jueza.—(IN2011079466).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes pero soportando compromiso inscrito al tomo 391, asiento 12263, secuencia 01-810-001 y compromisos inscrito al tomo 391, asiento 12263, secuencia 01-811-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida) inscrita al tomo 545, asiento 5903; a las quince horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil once, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil seiscientos noventa y cinco secuencia cero cero cero, la cual es terreno solar con una casa, situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Carlos Solano Pereira; al este, calle pública, y al oeste, Manuel Bernal Mata Quirós. Mide: trescientos treinta metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dos de diciembre de dos mil once, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve de diciembre de dos mil once con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaría de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ángel Eduardo Quesada Gómez, Eduardo Enrique Quesada Madriz. Expediente Nº 11-006892-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 26 de setiembre del 2011.—Msc. Farith Suárez Valverde, Juez.—(IN2011079467).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando condiciones ref: 00039507-000327, a las ocho horas y cero minutos del catorce de noviembre de dos mil once y con la base de treinta y cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad Inmueble, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 50127-000, la cual es terreno de agricultura, situada en el distrito 01 Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Víctor Manuel Villalobos Salazar; al sur, Francisco Chaverri Rivera; al este, calle pública y zona verde municipal, y al oeste, Francisco Chaverri Rivera. Mide: trescientos ochenta y un metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil once, con la base de veintiséis millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de diciembre de dos mil once con la base de ocho millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Miguel Ángel Avendaño y Negocios Varios Shemini S. A. Castro. Expediente número 11-005959-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 7 de setiembre del año 2011.—Lic. Luis Salas Muñoz, Juez.—(IN2011079469).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil doce, y con la base de sesenta y ocho millones seiscientos treinta y tres mil ochocientos trece colones con dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y dos mil quinientos veintidós cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación, situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, María Antonia García Romano; al sur, calle pública con frente de 27 metros, 45 centímetros lineales; al este, Carlos Trejos Trejos, y al oeste, María Antonia García Romano. Mide: mil doscientos sesenta metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de marzo del dos mil doce, con la base de cincuenta y un millones cuatrocientos setenta y cinco mil trescientos cincuenta y nueve colones con setenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintinueve de marzo del dos mil doce, con la base de diecisiete millones ciento cincuenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y tres colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Constructora Valle del Sol S. A., Filimón Ríos Marchena. Expediente Nº 10-002844-0504 CI.—Juzgado Civil de Heredia, 31 de agosto del año 2011.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2011079489).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, a las diez horas treinta minutos del catorce de noviembre de dos mil once y con la base de ochenta y tres mil veinticinco dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa EE-028526, marca Caterpillar, capacidad 1 persona, categoría equipo especial obras civiles, año 2009, carrocería 1 rodillo, color amarillo, vin CATCS533LASLO3612, cilindrada 4400 c. c. Para el segundo remate se señalan las diez horas, treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil once, con la base de sesenta y dos mil doscientos sesenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas, treinta minutos del quince de diciembre de dos mil once con la base de veinte mil setecientos cincuenta y seis dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Caterpillar Crédito Sociedad Anónima de Capital Variable contra Residencias Jiménez y Navarro Sociedad Anónima y otros. Expediente número 11-004209-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 30 de agosto del año 2011.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—(IN2011079499).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del uno de noviembre del dos mil once, y con la base de dos millones setecientos veintidós mil sesenta y cuatro colones con treinta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y un mil setecientos cuarenta y uno cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación, lote veintitrés. Situada en el distrito Mercedes, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote veintidós de José Manuel Sánchez Alvarado y Daisy Sánchez; al sur, lote veintidós de José Manuel Sánchez Alvarado y Daisy Sánchez; al este, calle pública con siete metros de frente y al oeste, Juan Víquez Herrera. Mide: ciento treinta y nueve metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil once, con la base de dos millones cuarenta y un mil quinientos cuarenta y ocho colones con veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del uno de diciembre del dos mil once, con la base de seiscientos ochenta mil quinientos dieciséis colones con nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Pedro Alexander León Vargas. Exp. Nº 11-000742-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 9 de agosto del 2011.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2011080325).

A las diez horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil once, en la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones bajo citas 0370-00016536-01-0900-001, servidumbre trasladado bajo citas 0370-00016536-01-0901-001 y con la base de once mil cuatrocientos setenta y ocho punto treinta y ocho unidades de desarrollo, en el mejor postor se rematará: la finca inscrita en el Registro Público, de la propiedad, bajo el sistema de folio real matrícula número treinta y nueve mil setecientos setenta y ocho cero cero cero, terreno con una casa. Situada en distrito primero, cantón primero la provincia de Limón. Linda al norte, con INVU, al sur, INVU, al este, Alameda Salmón y al oeste, con INVU. Mide: ciento ochenta y nueve metros con setenta decímetros cuadrados de resultar fracasado o insubsistente el primer remate, se verificará una nueva subasta con la base rebajada en un veinticinco por ciento, sea la suma de ocho mil seiscientos ocho punto setenta y ocho unidades de desarrollo. La cual se llevará a cabo a las diez horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil once, así como un tercer remate en caso de que el anterior también resulte fracasado o insubsistente el cual tendrá como base un veinticinco por ciento del monto original, sea la suma de dos mil ochocientos sesenta y nueve punto sesenta unidades de desarrollo, mismo que se llevará a cabo a las diez horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil once. Lo anterior por haberse ordenado dentro del proceso ejecución hipotecaria número 11-000230-0678-CI-1 establecido por Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Bejarano Zúñiga y otro.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 19 de setiembre del 2011.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—(IN2011080373).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios a las nueve horas y cero minutos del uno de noviembre del dos mil once, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento treinta y nueve mil uno cero cero cero la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre agrícola con un frente de sesenta y dos metros con noventa y dos centímetros; al sur, Luis Brenes Cordero; al este, río Villa Vieja y Luis Brenes Cordero y al oeste, Desarrollos FSW Sociedad Anónima. Mide: nueve mil seiscientos siete metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de noviembre del dos mil once, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de diciembre del dos mil once, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Virginia Hidalgo Mejías contra Marique José Miranda Fumero. Exp. Nº 11-000332-0386-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Cesar Monge Vallejos, Juez.—(IN2011080433).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del uno de noviembre de dos mil once, y con la base de tres millones doscientos setenta y siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 739022, marca Hyundai estilo Galloper II Exceed TDI, año 1997, color beige, vin KMXKPU1CPVU205110. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil once, con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y siete mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de diciembre de dos mil once, con la base de ochocientos diecinueve mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas interesadas en participaren la almoneda, que en caso de hacer el depósito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado (Artículo 23 Ley de Cobro Judicial) a nombre de la persona que hace la postura. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gabriel Jiménez Campos contra Lixandra Moreno Corrales y Warner Jesús Ávila Soto. Exp. Nº 11-005902-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 18 de agosto del 2011.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—(IN2011080491).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del uno de noviembre del año dos mil once, y con la base de veintinueve mil ochocientos ochenta y cinco dólares exactos y en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número dieciocho mil cuatro, derechos cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres, cero cero seis la cual es terreno con casa de habitación con patio. Situada en el distrito 01 Heredia, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, avenida 14; al sur, Carlos Solera, al este, Juan Mondragón y al oeste, Edgar Arguedas. Mide: ciento treinta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil once, con la base de veintidós mil cuatrocientos trece dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de diciembre del año dos mil once, con la base de siete mil cuatrocientos setenta y un dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Montaña Mayor y Escala Sociedad Anónima contra José Antonio Víquez Alfaro, José Roberto Víquez Alfaro, Marco Aurelio Víquez Alfaro, María Luisa Alfaro Lobo. Expediente Nº 11-000561-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 3 de agosto del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2011261233.—(IN2011079547).

En la puerta exterior de este Despacho;  libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando dos servidumbres trasladadas inscrita al tomo 320 asiento 1391301-0902-001 y al tomo 401, asiento 1159001-900-001; a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de noviembre del dos mil once, y con la base de quinientos mil colones para cada uno de los derechos para un total de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00277.290 derechos 001 y 004 la cual es terreno para construir con una casa 256.104. Situada en el distrito diez Hatillo, cantón uno San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, este y oeste, con el INVU; al sur, con acera con ocho metros 96 centímetros; Mide: doscientos doce metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados, plano catastrado Nº SJ-0284384-1977. Para el segundo remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre del dos mil once, con la base de setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del seis de diciembre del dos mil once con la base de doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Omar Jiménez Cascante contra Asdrúbal Mena Bonilla. Expediente Nº 11-004833-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2011.—Lic. Katia María Araya Jácome, Jueza.—RP2011261269.—(IN2011079548).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil once, y con la base de doscientos ochenta y cinco mil doscientos cinco dólares con veintinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos seis mil trescientos cuarenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Zapote, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Teresa Tuk Heilbron y Manuel Ángel Ulloa Ulloa; al sur, calle pública; al este, Manuel Ángel Ulloa Ulloa y al oeste, María Teresa Tuk Heilbron. Mide: Doscientos treinta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de diciembre de dos mil once, con la base de doscientos trece mil novecientos tres dólares con noventa y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de diciembre de dos mil once con la base de setenta y un mil trescientos un dólares con treinta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el depósito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado o de gerencia, según lo establecido por el artículo 23 Ley de Cobro Judicial, mismo documento deberá venir a nombre de la persona que realiza la postura. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Vime Limitada contra Corporación Farshid Sociedad Anónima. Expediente Nº 11-006637-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 28 de setiembre del 2011.—Lic. David Elías Acuña Marín, Juez.—RP2011261303.—(IN2011079549).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas con treinta minutos del dos de noviembre del año dos mil once, y con la base de nueve millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil ciento ochenta y uno-cero cero cero la cual es terreno con 1 casa de habitación. Situada en el distrito 01 Naranjo, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rafael Monge; al sur, Manuel Rivera; al este, calle pública con frente de treinta metros noventa y ocho centímetros y al oeste, Manuel Rivera. Mide: cuatrocientos cuarenta y ocho metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas con treinta minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil once, con la base de seis millones novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas con treinta minutos del treinta de noviembre del año dos mil once con la base de dos millones trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Herlin Martín Martínez Bonilla. Exp. 11-000201-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 7 de setiembre del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2011261310.—(IN2011079550).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del veintiuno de noviembre del dos mil once, y con la base de cinco millones novecientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 205003-000 la cual es terreno lote ocho N terreno para la construcción. Situada en el distrito cero dos San Diego, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote siete N de urbanizadora Siglo Veinte S. A.; al sur, lote nueve N de urbanizadora Siglo Veinte S. A.; al este, urbanizadora Siglo Veinte S. A. y al oeste, calle pública con frente de ocho metros. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del seis de diciembre del dos mil once, con la base de cuatro millones cuatrocientos setenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintiuno de diciembre del dos mil once con la base de un millón cuatrocientos noventa mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marcela Umaña Pérez contra Armando Osbaldo Castañeda Angulo. Exp. 10-001708-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2011261357.—(IN2011079551).

En la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, pero soportando reservas y restricciones y demanda penal, remátese la finca de la provincia de Puntarenas, matrícula: 113947-000. Naturaleza: terreno para construir lote 99. Situada: distrito 04 Bahía Ballena, cantón 05 Osa, provincia de Puntarenas. Linderos: norte, lote 96; sur, lote 100; este, calle pública y oeste, lote 97. Mide: 7.708 metros con 13 decímetros cuadrados. Plano: P-431416-1997. Remates: primero: a las 8:30 horas del 2 de noviembre del 2011, base: 146.535,810 colones (f. 63). Segundo: a las 8:30 horas del 17 de noviembre del 2011, base: 109.901.857,50 colones (base inicial menos su 25 por ciento). Tercero: a las 8:30 horas del 2 de diciembre del 2011, base: 36.633.952,50 colones (25 por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado en expediente: 11-100019-423-CI-2. Hipotecario, actor: Ronlynnes of Costa Rica S. A. demandado: Prado Canalejas CR S. A.—Juzgado Civil de Osa, a las 8:00 horas del 19 de setiembre del 2011.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—RP2011261369.—(IN2011079552).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 0332-15229-001 a las ocho horas y quince minutos del ocho de noviembre del dos mil once, y con la base de trece millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor rematare lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José Sección de la Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y ocho mil quinientos cinco-cero cero tres y cero cero cuatro la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Felipe, cantón Alajuelita de la provincia de San José. Colinda: al norte, lotes 14, 15 con 19, 93 metros; al sur, lote 12 con 19, 66 metros; al este, lote 17 con 10,00 metros, y al oeste, calle pública con 10,05 metros. Mide: ciento noventa y siete metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del veintitrés de noviembre del dos mil once, con la base de diez millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del ocho de diciembre del dos mil once, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades Don Jerónimo Sociedad Anónima contra Miriam Pamela Hofman Chinchilla, Myriam Virginia de Jesús Chinchilla Delgado, expediente Nº 11-000385-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 8 de agosto del 2011.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—RP2011261381.—(IN2011079553).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas tomo 0342, asiento 7068, secuencia 001, a las nueve horas y quince minutos del diez de noviembre del dos mil once, y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y siete mil doscientos cuatro cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 148. Situada en el distrito San Diego, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 149; al sur, lote 147; al este, lote 137, y al oeste, calle pública. Mide: noventa metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veinticinco de noviembre del dos mil once, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de diciembre del dos mil once, con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de la Unión Magdalena S. A. contra Noemí Lopez Moraga, expediente Nº 11-000384-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 8 de agosto del 2011.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—RP2011261383.—(IN2011079554).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del dos de noviembre del dos mil once, y con la base de ciento dieciséis mil seiscientos seis punto once unidades de desarrollo (cuyo equivalente en colones al tipo de cambio de 734.25 colones por una unidad de desarrollo, al momento de la presentación de la demanda), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F-cuarenta y un mil ciento setenta cero cero uno cero cero dos, la cual es terreno naturaleza finca filial número 5 bloque G apta para construir destinada a uso habitacional que podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al noreste, área común libre y El Sitio de Costa Rica S. A; al noroeste, El Sitio de Costa Rica S. A; al sureste, acceso vehicular con frente de 29.47 metros, y al suroeste finca filial A-G. Mide: cuatrocientos veinte metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil once, con la base de ochenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y cuatro punto cincuenta y ocho unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de diciembre del año dos mil once con la base de veintinueve mil ciento cincuenta y un punto cincuenta y tres unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Maritza Pereda Valderrama, expediente Nº 11-000323-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 27 de setiembre del 2011.—Lic. Cesar Monge Vallejos, Juez.—RP2011261407.—(IN2011079555).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del uno de noviembre del dos mil once, y con la base de cuarenta y cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 149286-000 la cual es terreno de solar, lote ocho. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre agrícola y Rancho Las Lomas de Parrita Two Thousand Six S. A.; al sur Rancho Las Lomas De Parrita Two Thousand Six S. A.; al este, Alexander Troyo Chavarría; y al oeste, Rancho Las Lomas de Parrita Two Thousand Six S. A. y servidumbre agrícola. Mide: ocho mil cuatrocientos metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de noviembre del dos mil once, con la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del uno de diciembre del dos mil once con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Willy Ottón Barrantes Reyes. Exp. 10-032823-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de agosto del 2011.—Lic. Kembly Díaz Espinoza, Jueza.—RP2011261420.—(IN2011079556).

A las dieciocho horas veinte minutos del primero de diciembre de dos mil once, en la puerta exterior de este despacho, y todos sin sujeción de base, al mejor postor remataré: 1) Vehículo placas SJB 5180, marca Isuzu, capacidad para sesenta y nueve personas, año 1993, color blanco, número de motor 6RA1307774, soportando infracciones de tránsito mediante boleta número 990118866, sumaria 00-600162-491-TC, del Juzgado de Tránsito de Heredia, boleta número 000055711, sumaria 02-0001419-276-PE, Juzgado de Tránsito de Desamparados y boleta número 2002124937, sumaria 02-602240-0491-TC del Juzgado de Tránsito de Desamparados. 2) Vehículo placas SJB 4336, marca Isuzu, capacidad para sesenta y tres personas, año 1989, color blanco, número de motor 6RAI-305936, soportando infracciones de tránsito mediante boleta número 010267227, sumaria 01-601787-0491-TC del Juzgado de Tránsito de Desamparados y boleta número 0219995, sumaria 02-608865-489-TC del Juzgado de Tránsito Primer Circuito Judicial de San José. 3) El vehículo placas SJB 5481, marca Isuzu, capacidad para cuarenta y cuatro personas, año 1994, color gris, número de motor 6HE1823307 y 4) Vehículo placas SJB 5479, marca Isuzu, capacidad para cuarenta y cuatro personas, año 1994, color blanco, número de motor 6HE1823009. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Instituto Nacional de Fomento Cooperativo contra Cooperativa de Usuarios de Transportes y Servicios. Exp. 01-020821-0170-CA.—Juzgado Civil Hacienda de Asuntos Sumarios, 16 de setiembre de 2011.—Lic. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—RP2011261438.—(IN2011079557).

En la puerta exterior de este Despacho, sáquense a pública subasta las siguientes fincas: libres de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando servidumbres trasladadas y reservas y restricciones: 1) Matrícula: 67990-000. Naturaleza: reforestados con dos casas. Situada: distrito 01 Cortés, cantón 05 Osa, provincia Puntarenas. Linderos: al norte, Parte Desarrollos Comerciales Aguas Mojadas S. A. y Cabinas Río Mar de Dominical: al sur, Parte Bienes Raíces Caracoli y Desarrollos Comerciales Aguas Mojadas S. A.; al este, Parte Desarrollos Comerciales Aguas Mojadas S. A. e Inversiones Forestales de Dominical; y al oeste, calle pública y parte Desarrollos Comerciales Aguas Mojadas S. A. Mide: Cuatrocientos setenta y un mil ciento veintiún metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Plano: P-0913687-1990. Bases: primer remate: 2.190.000,00 dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica (en adelante dólares). Segundo remate: 1.642.500,00 dólares (base inicial menos su 25 por ciento). Tercer remate: 547.500,00 dólares, (25 por ciento de la base inicial). 2) Matrícula: 67991-000. Naturaleza: montaña, reforestado, tacotales. Situada: distrito 01 Cortés, cantón 05 Osa, provincia Puntarenas. Linderos: al norte, Tucher Burch; al sur, Bienes Raíces Caracoli y otro; al este, Baru-Teca S. A.; y al oeste, Cabina Río Mar y otro. Mide: cuatrocientos cuarenta y siete mil quinientos veinticinco metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: P-0913688-1990. Bases: primer remate: 730.000,00 dólares. Segundo remate: 547.500,00 dólares. Tercer remate 182.500,00 dólares. 3) Matrícula: 67992-000. Naturaleza: montaña, tacotales, reforestado. Situada: distrito 01 Cortés, cantón 05 Osa, provincia Puntarenas. Linderos: al norte, Tucher Burch¸ al sur, Bienes Raíces Caracoli S. A.; al este, Amado Sánchez Esquivel y Alfredo F.; y al oeste, Inversiones Forestales de Dominical. Mide: trescientos treinta y dos mil setecientos dieciséis metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: P-0913797-1990. Bases: primer remate: 730.000,00 dólares. Segundo remate 547.500,00 dólares. Tercer remate 182.500,00 dólares. Se disponen las siguientes horas y fechas para todos los bienes. Primer remate: se señalan las 13:30 horas del 15 de noviembre del 2011. Segundo remate: se señalan las 13:30 horas del 30 de noviembre del 2011. Tercer remate: se señalan las 13:30 horas del 16 de diciembre del 2011. Lo anterior haberse ordenado en expediente: 10-100103-423-CI-3. Hipotecario. Actor: B.M.L. de Dominical de Osa S. A. y otros. Demandado: Desarrollos Comerciales Aguas Mojadas S. A.—Juzgado Civil de Osa, a las 11:15 horas del 19 de setiembre del 2011.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—RP2011261457.—(IN2011079558).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios, a las diez horas del diecinueve de enero del año dos mil doce, y con la base de dos millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa setecientos seis mil ciento veintiuno, marca Mitsubishi, estilo Sport, carrocería todo terreno cuatro puertas, color rojo, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y siete. Para el segundo remate se señalan las diez horas del dos de febrero del año dos mil doce, con la base de dos millones ciento treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del dieciséis de febrero del año dos mil doce con la base de setecientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Alexander Salas González contra William El Haili. Exp. 11-000585-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 28 de setiembre del 2011.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2011261469.—(IN2011079559).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia presentada ante el Organismo de Investigación Judicial bajo el número de expediente once guión cero mil trescientos sesenta y seis guión cero sesenta y cuatro guión PE anotada al tomo cero cero cero cinco asiento cero cero cero treinta y seis mil trescientos veinticinco; a las ocho horas y treinta minutos del tres de noviembre del año dos mil once, y con la base de cuatrocientos veinticinco mil seiscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo ochocientos diecinueve mil cuatrocientos ochenta y uno. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil once, con la base de trescientos diecinueve mil doscientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de diciembre del año dos mil once con la base de ciento seis mil cuatrocientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Wilber Piedra Zúñiga contra Eliel Navas Morales. Exp. 11-002817-0857-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 5 de setiembre del 2011.—Lic. Karina Quesada Blanco, Jueza.—RP2011261225.—(IN2011079629).

A las ocho horas treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil once, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando reservas y restricciones, en el tomo: 0336, asiento: 012.263, consecutivo: 01, secuencia: 0901, subsecuencia: 001, y, servidumbre de paso en el tomo: 0508, asiento: 019.114, consecutivo: 01, secuencia: 0016, subsecuencia: 001, con la base de ciento setenta y un mil quinientos dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América ($171.500.00), remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste al Sistema de Folio Real matrícula número cincuenta mil veinticuatro-cero cero cero (050.024-000), que es terreno de repasto y montaña, situado en el distrito tres Mogote, del cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste, mide un millón ciento cuarenta y tres mil ochocientos diecisiete metros con ochenta decímetros cuadrados, según plano G-040.081-1977; con Linderos: norte, José Durán Lobo y lotes 76, 91, 94 y 101; sur, Carlos Esquivel Alfaro y lotes 90, 84 y 101; este, Luis Villegas y lotes 78, 81, 83, 87A, 87B, y 84, y oeste, camino con mil quinientos metros cuarenta y cinco centímetros lineales y lotes 80, 81, 90, 91, 98, 101. En caso de que en el primer remate no hubieren postores, para el segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base original, sea con la suma de ciento veintiocho mil seiscientos veinticinco dólares ($128.625.00), se señalan las nueve horas del veintinueve de noviembre del dos mil once. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca dada en garantía hipotecaria, sea con la suma de cuarenta y dos mil ochocientos setenta y cinco dólares ($42.875.00), y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las nueve horas del quince de diciembre del dos mil once. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante por el veinticinco por ciento (25%) de la base original. Se remata por ordenarse así en: Exp. Nº 09-100089-0927-CI(210-5-09)-A, ejecución hipotecaria de Francisco Javier Díaz Marín contra Hubertus Jozef Bernardus Marie Mom y Antoon Nico Keizer.—Juzgado Civil y de Trabajo de Cañas, Guanacaste, 1º de setiembre del 2011.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—(IN2011079791).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las catorce horas y cero minutos del ocho de noviembre del año dos mil once, y con la base de noventa y nueve mil novecientos treinta y dos dólares con quince centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, derechos 001 y 002 de Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y ocho mil trescientos setenta-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 02 Mercedes, cantón 01 Heredia de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Gerardo de la O; al sur, calle pública con un frente a ella de 12.15 metros; al este, Johny Villalobos; y al oeste, Miriam Quiroz. Mide: doscientos noventa y un metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de noviembre del año dos mil once, con la base de setenta y cuatro mil novecientos cuarenta y nueve dólares con ciento cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de diciembre del año dos mil once, con la base de veinticuatro mil novecientos ochenta y tres dólares con tres centavos (un veinticinco por ciento deja base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC Costa Rica S.A. contra Gustavo Adolfo Ramírez Vargas y Hazel González Rojas. Expediente: 11-000070-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 20 de setiembre del 2011.—Dr. Minor Chavaría Vargas, Juez.—(IN2011079793).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda ordinario, citas 2010-354572-01-0002-001, ordenada en el expediente 10-000579-0688-FA; a las diez horas y cero minutos del ocho de noviembre del año dos mil once, y con la base de cincuenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos noventa y cuatro mil seiscientos veintinueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Piedades Norte, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 8 bloque A; al sur, lote 11 bloque A; al este, Arnoldo Bogantes Araya; y al oeste, calle pública con diez metros de frente. Mide: doscientos cincuenta y dos metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de noviembre del año dos mil once, con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del seis de diciembre del año dos mil once, con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de JB Business and Solutions of Costa Rica S. A., contra Carlomagno Alvarado Barrantes. Expediente: 11-000255-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—(IN2011079848).

En la puerta exterior de este juzgado; libre de gravámenes hipotecarios a las catorce horas del catorce de noviembre del dos mil once, y con la base de doscientos quince mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta y seis mil cuatrocientos setenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito uno Jacó, cantón once Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Know Mans Land Limitada; al sur, con BCW y Asociados S. A.; al este, con calle pública con 23.76 metros; y al oeste, con BCW y Asociados S. A. Mide: mil ciento treinta y un metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintiocho de noviembre del dos mil once, con la base de ciento sesenta y un mil doscientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del doce de diciembre del dos mil once, con la base de cincuenta y tres mil setecientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Know Mans Land Limitada contra 3-101-531217 S. A. Exp. Nº 11-100320-0642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 26 de setiembre del 2011.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Juez.—(IN2011079894).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del año dos mil once y con la base de siete millones novecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta y tres mil quinientos cuarenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Mansión, cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Sara Mora Castillo; al sur, calle pública; al este, Acequi, Freddy y Edwin ambos Jiménez Mora; y al oeste, Sara Mora Castillo. Mide: setecientos veintiséis metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil once, con la base de cinco millones novecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de diciembre del año dos mil once con la base de un millón novecientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopeservidores R.L. contra Billy Gerardo Villalobos Mora. Exp.: 10-002345-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de agosto del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Juez.—(IN2011079899).

En la puerta de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, a las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de enero de dos mil doce, y con la base de setenta millones setecientos noventa y un mil cuatrocientos cuarenta y seis colones con setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F 66681 cero cero cero la cual es terreno finca filial primaria individualizada número treinta y cinco, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número dieciséis; al sur, calle cuatro; al este, finca filial primaria individualizada número treinta y seis y al oeste, finca filial primaria individualizada número treinta y cuatro. Mide: tres mil novecientos noventa y nueve metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de febrero de dos mil doce, con la base de cincuenta y tres millones noventa y tres mil quinientos ochenta y cinco colones con cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de febrero de dos mil doce con la base de diecisiete millones seiscientos noventa y siete mil ochocientos sesenta y un colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Guisella Mejías Esquivel. Expediente 11-000762-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Sirlene Salazar Muñoz, Jueza.—(IN2011079926).

A las nueve horas del cuatro de noviembre del dos mil once, en este Despacho, libre de gravamen prendario y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 170999, año 2000, color blanco, carga liviana, capacidad para dos personas, carrocería: panel, tracción: sencilla, cilindrada: 1700 c.c, combustible: diesel. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra David Javier Carvajal Solís. Exp: 05-001403-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—(IN2011079928).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del quince de noviembre de dos mil once, y con la base de veinticuatro mil cuatrocientos diecisiete dólares con sesenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa EE-027245, marca Caterpillar, estilo 242B, categoría equipo especial obras civiles, año 2008, carrocería cargador de llanta, color amarillo, chasis CAT0242BEBXM04243, combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de noviembre de dos mil once, con la base de dieciocho mil trescientos trece dólares con veinticuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de diciembre de dos mil once con la base de seis mil ciento cuatro dólares con cuarenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito Sociedad Anónima de Capital VA contra Urbanizadora Navarro de Cartago Sociedad Anónima. Exp. 11-001056-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 30 de agosto del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—(IN2011079982).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil once, y con la base de cuarenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y nueve mil quinientos treinta cero cero cero la cual es terreno cultivo de café. Situada en el distrito 06 San Juan, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Manuel Acuña; al este, Eliécer Solano Arrieta y Eduardo Porras Blanco y al oeste, servidumbre de paso con 158,75 metros. Mide: nueve mil novecientos treinta y un metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del uno de diciembre del año dos mil once, con la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil once con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Café Orgánico Montes de Cristo Sociedad Anónima. Exp. 11-000320-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 27 de setiembre del 2011.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—(IN2011079984).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del año dos mil once, y con la base de cuarenta millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y siete mil ciento setenta y siete cero cero cero la cual es terreno de café lote once. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sergio Barquero Valenciano (lote 12, 13, 14, 15 y 16 no segregados y calle pública con 16,05 metros); al sur, Sergio Barquero Valenciano (Destinado a zona de protección); al este, Sergio Barquero Valenciano (lotes 15, 10 y servidumbre de paso sin segregar) y al oeste, Sergio Barquero Valenciano (lote 16 no segregado) y Jorge Luis Barquero Alvarado. Mide: tres mil novecientos noventa y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de diciembre del año dos mil once, con la base de treinta millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de diciembre del año dos mil once con la base de diez millones colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Lisette Ivania Vargas Solís. Exp. 11-000321-0296-CI.—Juzgado Civil Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 28 de setiembre del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—(IN2011079985).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil once, y con la base de setecientos ochenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo, placas CL 250082, marca Isuzu,  tracción 4x2, año 1998, color blanco, categoría liviana, capacidad tres personas, Vin JALC4B1K4W7004113. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil once, con la base de quinientos ochenta y ocho mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de diciembre del dos mil once con la base de ciento noventa y seis mil doscientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Giovanni Torres Cascante contra Pepper Entertainment Production S. A. Exp. 11-000331-1006-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Turrialba, 18 de agosto del 2011.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—RP2011261483.—(IN2011080107).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: dos nueve seis-dos nueve ocho tres-cero uno-cero nueve cero siete-cero cero ocho; a las nueve horas y quince minutos del veinticinco de enero del dos mil doce, y con la base de ciento cincuenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número veintiséis mil quinientos setenta y dos-cero cero cero la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 04 Quebrada Honda, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Municipalidad de Nicoya, Laguna Zonzapote; al sur, Municipalidad de Nicoya, Laguna Zonzapote; al este, Filemón Baltodano y al oeste, Municipalidad de Nicoya Laguna Zonzapote. Mide: trescientos noventa mil cuatrocientos sesenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del trece de febrero del dos mil doce, con la base de ciento doce millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintinueve de febrero del dos mil doce con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Industrias Alimenticias Golden Fruit Sociedad Anónima. Exp. 11-001094-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 31 de agosto del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2011261505.—(IN2011080108).

A las siete horas treinta minutos del primero de diciembre de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco actor, sea la base de ciento setenta y ocho millones treinta y seis mil ochocientos cincuenta y un colones con cincuenta y cinco céntimos (¢178.036.851,55), remataré: finca inscrita en propiedad, partido de Alajuela, folio real matrícula número 93.936-000, que es terreno de montaña y pastos, sito en Peñas Blancas de San Ramón, distrito trece del cantón dos de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Enrique Jarquín Urbina; al sur, Trino Rigion Arias; al este, José Joaquín Araya Murillo y al oeste, Rónald González. Mide: cuatrocientos veintiún mil novecientos siete metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ciento treinta y tres millones quinientos veintisiete mil seiscientos treinta y ocho colones con sesenta céntimos (¢133.527.638,60), se señalan las: siete horas treinta minutos del dieciséis de diciembre de dos mil once. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cuarenta y cuatro millones quinientos nueve mil doscientos doce colones con ochenta y ocho céntimos (¢44.509.212,88), se señalan las: siete horas treinta minutos del trece de enero de dos mil doce. Se remata por ordenarse así en exp. 11-100978-0297-CI (5C), ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Miguel Ángel Villegas Solera.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 4 de octubre de 2011.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—RP2011261514.—(IN2011080109).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y quince minutos del catorce de noviembre del año dos mil once, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 753020, marca: Land Rover estilo: discovery. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del treinta de noviembre del año dos mil once, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de enero del año dos mil doce con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de ferretería Brenes S. A. contra Inversiones Leiqui S. A., expediente 11-000570-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 10 de agosto del 2011.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—RP20110261536.—(IN2011080110).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando restricciones, a las nueve horas cero minutos del treinta de noviembre del dos mil once, y con la base de dieciocho millones seiscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 136077-000 la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito tercero Guaycará, cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Proline S. A.; al sur, Anita Rosales Granados; al este, Proline S. A. y Miguel Rosales Granados y al oeste, calle pública y Miguel Rosales Granados. Mide: quinientos veintiún mil doscientos catorce metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cero minutos del quince de diciembre del dos mil once, con la base de trece millones novecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas cero minutos del doce de enero del dos mil doce con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eddy Gerardo Ortega Salazar contra Edgar Piedra Sánchez, expediente Nº 11-000006-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 28 de setiembre del 2011.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2011261548.—(IN2011080111).

En la puerta exterior de este Despacho, en el mejor postor remataré los siguientes bienes: A) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad Inmueble, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 221514-000, la cual es terreno de potrero, situada en el distrito 02 San Isidro, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago, colinda: al norte, con Baltodano vende W.G.B. Sociedad Anónima; al sur, Baltodano vende W.G.B. Sociedad Anónima; al este, calle pública con un frente de 21 metros y al oeste, Baltodano vende W.G.B. Sociedad Anónima, mide mil cuatrocientos cincuenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados. La cual saldrá libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones. El primer remate se realizará a las ocho horas y cuarenta minutos del once de noviembre del dos mil once, con la base de catorce millones cuatrocientos ocho mil noventa y ocho colones con treinta y siete céntimos. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil once, con la base de diez millones ochocientos tres mil setenta y tres colones con setenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del catorce de diciembre del dos mil once, con la base de tres millones seiscientos dos mil seiscientos veinticuatro colones con cincuenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). B) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad Inmueble, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 221515-000, la cual es terreno de potrero, situada en el distrito 02 San Isidro, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago, colinda: al norte, Baltodano vende W.G.B. Sociedad Anónima; al sur, Ulises Marín Gómez; al este, calle pública con un frente de 26.07 metros y al oeste, Baltodano vende W.G.B. Sociedad Anónima, mide mil cuatrocientos setenta y nueve metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. La finca saldrá libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones. El primer remate se realizará a las ocho horas y cuarenta minutos del once de noviembre del dos mil once, con la base de trece millones novecientos ochenta y siete mil ochocientos treinta y ocho colones con cincuenta y un céntimos. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil once, con la base de diez millones cuatrocientos noventa mil ochocientos setenta y ocho colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del catorce de diciembre del dos mil once con la base de tres millones cuatrocientos noventa y seis mil novecientos cincuenta y nueve colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Wálter Mauricio Carvajal Morales, expediente Nº 11-001906-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 29 de agosto del 2011.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—RP2011261558.—(IN2011080112).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y reservas Ley Forestal; a las catorce horas y cero minutos del once de noviembre de dos mil once, y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula Nº 00202598-000, la cual es terreno de café, caña, montes. Situada en el distrito San Gabriel, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Eduardo Hidalgo Tencio y camino de servidumbre en medio de Eduardo Hidalgo Tencio y Adelia Amador Salazar; al sur, calle pública; al este, camino de servidumbre en medio de Adilia Amador Salazar y al oeste, Eduardo Hidalgo Tencio. Mide: tres mil setecientos sesenta y siete metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil once, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de diciembre de dos mil once con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marcos Corrales Jiménez contra José Arturo Barrantes Leitón. Exp. 11-024937-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 16 de setiembre del 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—RP2011261562.—(IN2011080113).

En la puerta exterior de este Despacho, con la base de un millón quinientos mil colones y con gravámenes, sin anotaciones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca del partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula Nº 00137770-000. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Terreno para construir. Colinda: al norte, Adalberto Godínez Sánchez; al sur, Adalberto Godínez Sánchez; al este, calle pública con 8 metros 60 centímetros y al oeste, Adalberto Godínez Sánchez. Mide: seiscientos noventa y nueve metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos siete de noviembre del dos mil once (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil once, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del siete de diciembre del dos mil once, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones (un 25% de la base inicial). Publíquese el edicto de ley. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Juan José Godínez Sánchez. Exp. 11-100052-0443-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 22 de setiembre del dos mil once.—Lic. Olga Alvarado Rodríguez, Jueza.—RP2011261607.—(IN2011080114).

A las diez horas cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0401-00007837-01-0809-001, servidumbre trasladada bajo las citas 0401-00007837-01-0811-001 y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco actor, sea la base de ¢5.000.000,00, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, folio real matrícula número 359.225-001-002, que es terreno con una casa sito en Pocosol de San Carlos, distrito trece del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte, lote 13; al sur, calle pública con 20 metros 59 centímetros; al este, calle pública con 10 metros, y al oeste, Asociación de Desarrollo Integral de Santa Rosa de Pocosol de San Carlos. Mide: doscientos metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢3.750.000,00, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos mil once. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢1.250.000,00, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del siete de diciembre de dos mil once. Se remata por ordenarse así en expediente 11-100809-297-CI (3A), ejecución hipotecaria del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Edwin Gerardo Boza Artavia y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 19 de setiembre de 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2011261644.—(IN2011080115).

En la puerta exterior de este despacho; a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del año dos mil once, y con la base de veinte millones colones exactos (monto individual para cada una de las fincas), libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reserva y restricciones; en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil ciento setenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno cultivos anuales y reforestación. Situada en el distrito 06 Nosara, cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, sur y oeste, río Montaña y al este, camino público en medio José Díaz Viales. Mide: veintitrés mil ciento cincuenta y un metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios; finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento seis mil cuatrocientos sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 06 Cuajiniquil, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Eusebio Caravaca Briceño y calle pública; al sur, Francisco Montiel Guevara y Apolinar Díaz García; al este, Eusebio Caravaca Briceño y Francisco Montiel Guevara; y al oeste, Apolinar Díaz García y calle pública. Mide: cuatro mil seiscientos noventa y siete metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de diciembre del año dos mil once, con la base de quince millones colones exactos (monto individual para cada una de las fincas y rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de diciembre del año dos mil once, con la base de cinco millones de colones exactos (monto individual para cada una de las fincas y un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eduardo  Alfaro Cordero. Exp. 11-000283-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 30 de setiembre del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2011261646.—(IN2011080116).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones a las once horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil once, y con la base de setenta y tres millones novecientos noventa mil ochocientos cincuenta y siete colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y seis mil setecientos cincuenta y cuatro F-cero cero cero, la cual es terreno Finca Filial Primaria Individualizada, número ciento ocho, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: finca filial primaria individualizada ciento siete y C; al sur, finca filial primaria individualizada cien, ciento uno, y ciento cinco, todas en parte; al este, calle siete; y al oeste, finca filial primaria individualizada ciento seis. Mide: tres mil quinientos treinta y cuatro metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del uno de diciembre del año dos mil once, con la base de cincuenta y cinco millones cuatrocientos noventa y tres mil ciento cuarenta y tres colones con cuarenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil once con la base de dieciocho millones cuatrocientos noventa y siete mil setecientos catorce colones con cuarenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Noemi Ramírez Sequeira. Exp. Nº 11-000282-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 26 de setiembre del 2011.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2011261647.—(IN2011080117).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del siete de noviembre de dos mil once, y con la base de diecisiete millones novecientos veintiocho mil ochocientos noventa colones con ochenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 91277-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 3 Carmen, cantón 1 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 29 Desarrollos Urbanos CAM S. A.; al sur, calle pública; al este, José Ángel Ortega; y al oeste, Marco Antonio Carmona Ortiz. Mide: ciento treinta y cinco metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil once, con la base de trece millones cuatrocientos cuarenta y seis mil seiscientos sesenta y ocho colones con doce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del siete de diciembre de dos mil once con la base de cuatro millones cuatrocientos ochenta y dos mil doscientos veintidós colones con setenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Lafise Sociedad Anónima contra Luis Alonso Rojas Peralta, exp. 10-000924-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—RP2011261669.—(IN 2011080118).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil once, y con la base de doscientos mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos diecisiete mil ciento catorce cero cero cero la cual es terreno de potrero, montaña, café y una casa. Situada en el distrito 05 Piedades Sur, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José María Rosales Elizondo, Jorge Ramírez Varela, Alexis Vargas Herrera, Alejo Ramírez Vargas, Rodolfo Arias Arias, todos en parte; al sur, calle pública; al este, Manuel Araya Vargas y al oeste, acción para el mantenimiento de la biodiversidad costarricense y calle pública. Mide: ciento ochenta y cuatro mil setecientos diez metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del año dos mil once, con la base de ciento cincuenta mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de diciembre del año dos mil once con la base de cincuenta mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-585190 S. A., contra The Colorado Mountain S. A. Exp. 11-000262-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 22 de setiembre del 2011.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2011261686.—(IN2011080119).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de aguas pluviales con citas 524-11396-01-0013-001; a las nueve horas y treinta minutos del dos de noviembre del año dos mil once, y con la base de ciento cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F-cincuenta y cinco mil cuatrocientos dieciséis-cero cero cero la cual es terreno Finca Filial número dieciséis de dos niveles destinada a uso comercial en proceso de construcción. Situada en el distrito noveno Tamarindo, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial comercial quince; al sur, acera; al este, acera y al oeste, Finca Filial residencial uno. Mide: ciento veintitrés metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil once, con la base de setenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de diciembre del año dos mil once con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Vaswani Perkash Rameahand. Exp. 11-000251-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 20 de setiembre del 2011.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—(IN2011080329).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las nueve horas quince minutos del cinco de diciembre del dos mil once, y con la base de cinco millones cuatrocientos setenta y un mil doscientos cuarenta colones con ochenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, matrícula Nº 39640-000, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, límite de proyecto y otro; al sur, calle y otro; al este, límite de proyecto y otro, y al oeste, calle y otro. Mide: Treinta y siete mil novecientos sesenta y cinco metros con setenta y dos cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiuno de diciembre de dos mil once, con la base de cuatro millones ciento tres mil cuatrocientos treinta colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veinte de enero de dos mil doce con la base de un millón trescientos sesenta y siete mil ochocientos diez colones con veintidós céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L, contra Luz Marina de los Ángeles Pérez Delgado. Exp. Nº 11-018900-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 5 de octubre del 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2011080344).

Con la base de un millón ciento ochenta mil quinientos cincuenta y cinco colones y libre de gravámenes prendarios, soportando denuncia de la Fiscalía de Golfito, al tomo 2010, asiento 00081386, en la puerta exterior de este despacho, sáquese a remate el bien dado en prenda, sea un vehículo, Suzuki, estilo Sidekeck, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie JS3TD21V2W4104743, año 1998, carrocería todo terreno 4 puertas, color blanco, tracción 4x4, peso 1431 kilogramos, chasis JS3TD21V2W4104743, vin JS3TD21V2W4104743, placas 705990. Para tal efecto se señalan las trece horas del once de noviembre del dos mil once (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas del veinticinco de noviembre del dos mil once, con la base de ochocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos dieciséis colones con treinta céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas del nueve de diciembre del dos mil once, con la base de doscientos noventa y cinco mil ciento treinta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (un 25%). Lo anterior se remata por haberse ordenado así en Proceso Ejecutivo Prendario Nº 11-000452-926-CI, establecido por Manuel Amada S. A. contra José, De Jesús Alpízar Castellón.—Juzgado Contravencional de San Joaquín de Flores de Heredia.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—(IN2011080363).

En la puerta exterior de este Despacho, al mejor postor, se rematarán las siguientes fincas: 1) Partido de San José, matrícula número cuatrocientos veintiséis mil doscientos cuarenta y ocho-cero cero cero, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y treinta minutos del diez de noviembre del dos mil once, y con la base de treinta y tres millones novecientos noventa y siete mil setecientos sesenta y seis colones con cincuenta y un céntimos, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito tres Daniel Flores, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Jesús Conejo; al sur, calle pública; al este, Mapive S. A., y al oeste, William Fernández. Mide: mil doscientos cuarenta y un metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: SJ-ciento ochenta y dos mil trescientos ochenta y ocho-mil novecientos noventa y cuatro. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del primero de diciembre del dos mil once, con la base de veinticinco millones cuatrocientos noventa y ocho mil trescientos veinticuatro colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de diciembre del dos mil once, con la base de ocho millones cuatrocientos noventa y nueve mil cuatrocientos cuarenta y un colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Partido de San José, matrícula número quinientos ochenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y seis-cero cero cero, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y treinta minutos del diez de noviembre del dos mil once, y con la base de treinta y un millones trescientos ochenta y dos mil quinientos cincuenta y tres colones con sesenta y nueve céntimos, la cual es terreno para construir con cuatro apartamentos. Situada: en el distrito tres Daniel Flores, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de Agro del Valle S. A.; al sur, Andrés Granados; al este, calle pública, y al oeste, Andrés Granados. Mide: doscientos ochenta y dos metros con sesenta decímetros cuadrados. Plano: SJ-novecientos ochenta y seis mil ochocientos sesenta y uno-dos mil cinco. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del primero de diciembre del dos mil once, con la base de veintitrés millones quinientos treinta y seis mil novecientos quince colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de diciembre del dos mil once, con la base de siete millones ochocientos cuarenta y cinco mil seiscientos treinta y ocho colones cuarenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Leonel de los Ángeles Ugalde Castrillo, Corporación Never Forget S. A. Exp. Nº 11-000440-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 3 de octubre del 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—(IN2011080383).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre ref 00194141; a las ocho horas con treinta minutos del dieciséis de enero de dos mil doce, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número Doscientos ochenta y tres mil veintisiete-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 68 m con una casa. Situada en el distrito primero Sarchí Norte, cantón doce Valverde Vega, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 69; al sur, lote 67; al este, lote 80, y al oeste, calle pública con 11 metros. Mide: doscientos noventa y nueve metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas con treinta minutos del treinta de enero de dos mil doce, con la base de tres millones de colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas con treinta minutos del trece de febrero de dos mil doce, con la base de un millón de colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alexander Quesada Porras y Karol Salazar Lizano. Expediente Nº 11-000678-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 26 de setiembre del 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2011080444).

A las siete horas con treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil once, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Upala, ubicados 400 metros este del Hospital de Upala, contiguo al PANI de Upala, remataré con la base de sesenta y seis mil ciento ochenta y cuatro colones, con veintisiete céntimos; siete piezas de la especie Níspero, con un volumen total de cero punto cuarenta y ocho metros cúbicos, de la que se encuentran en depósito provisional de la escuela Buenos Aires de Guatuso. Se remata por estar así ordenado en comisión número 13-B-11, Expediente Nº 11-200300-630-PE, por infracción a la Ley Forestal, contra Umansor Carvajal Gómez, en daño de los Recursos Naturales.—Juzgado Penal de Upala.—Lic. Geovanny Vargas Loaiza, Juez.—Exonerado.—(IN2011080463).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del veintinueve de noviembre de dos mil once, y con la base de un millón seiscientos ochenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 787628, marca: Hyundai, categoría: automóvil, vin: KMHVF21NPRU059551, año: 1994, color: blanco. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del quince de diciembre del dos mil once, con la base de un millón doscientos sesenta y tres mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de enero del dos mil doce, con la base de cuatrocientos veintiún mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Juan Rafael Ávila Sancho. Expediente Nº 10-000172-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de setiembre del año 2011.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2011080492).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil once y con la base de un millón trescientos sesenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa MOT 247754, marca Light, estilo BS200GY6, categoría motocicleta, año 2009, color negro, chasis LHJYCLLA283003329, número de motor 169FML08007660, cilindrada 200 c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del trece de diciembre de dos mil once, con la base de un millón veintitrés mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de enero de dos mil doce, con la base de trescientos cuarenta y un mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del articulo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Heisten José Venegas García. Expediente Nº 11-008895-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de setiembre del año 2011.—Lic. Ana María López Retana, Jueza.—(IN2011080493).

A las diez horas del primero de noviembre del dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho libre  de gravámenes y con la base de un millón novecientos setenta y cinco mil cincuenta colones exactos, en el mejor postor, se rematará el vehículo particular, placas número quinientos doce mil doscientos dieciséis, marca Volkswagen estilo Jetta, categoría automóvil, color blanco, año 1996, serie, chasis y VIN tres VWRA ocho uno H uno TM cero cuatro seis ocho cuatro seis, número de motor ABA dos siete cuatro tres siete cero, combustible gasolina, tracción 4x2, carrocería sedán cuatro puertas, cilindrada dos mil centímetros cúbicos. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de un millón cuatrocientos ochenta y un mil doscientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos, (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior) se señalan las diez horas del dieciséis de noviembre del dos mil once. De ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las diez horas del primero de diciembre del dos mil once, esta vez con la base de cuatrocientos noventa y tres mil setecientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos, (es decir un veinticinco por ciento de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecución prendaria Nº 10-100162-0477-CI (168-10-1). De Raúl Alberto Padilla Elizondo contra Ingrid Vanessa Vargas Vega.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guácimo, 19 de julio del 2011.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—(IN2011080535).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del siete de noviembre del dos mil once, y con la base de treinta y un mil seiscientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y nueve mil veintisiete-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Barva, cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Óscar Artavia; al sur, León Montero Gómez; al este, Félix Rosales Rosales y al oeste, frente a calle pública. Mide: ciento noventa y dos metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil once, con la base de veintitrés mil setecientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de diciembre del dos mil once con la base de siete mil novecientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Christian Alonso Zamora Arguedas y Karen Viviana Guevara López. Exp. Nº 11-018688-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de agosto del 2011.—Lic. Francisco Rivera Meza, Juez.—(IN2011080859).

A las diez horas del tres de noviembre del dos mil once, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA, y con la base de nueve millones novecientos ochenta y ocho mil setecientos cincuenta colones, al mejor postor remataré: finca partido de San José, sistema de folio real número F00006577-000, que es terreno con un apartamento, situado en el distrito de Zapote del Cantón Central de San José. Mide sesenta y un metros cuadrados. Linda: al norte, áreas comunes al sur, calle pública; al este, apartamento 1-A y al oeste, Teresa Rucavado Sequeira. Lo anterior por ordenarse así en juicio abreviado de Noemi Isabel Cruz Enriquez contra Egger Kronbry Heman. Expediente Nº 2009-000017-224-CI.—Juzgado Tercero Civil de Menor Cuantía de San José.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—(IN2011080946).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Antonio Núñez Ledezma, a una junta de herederos que se verificará en este juzgado a las quince horas treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil once, con el fin de conocer de los extremos que señala el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 11-100030-0441-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, 16 de setiembre del 2011.—Lic. Juan José Guevara Álvarez, Juez.—1 vez.—RP2011261399.—(IN2011079840).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Manuel Emilio Solano Fallas, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las nueve horas del veintidós de noviembre de dos mil once, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 11-000081-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de octubre del 2011.—Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2011050558).

Títulos Supletorios

Roy Rudy Gutiérrez, salvadoreño, mayor, pastor evangélico, vecino de barrio San José, Alajuela, calle la Plywood frente a la primera entrada de residencial Lisboa, con cédula de residencia 122200372818, solicita se levante Información Posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad el terreno que le pertenece por venta que le hiciere el señor Johan Gererado Picado Vásquez quien es mayor, casado una vez, dependiente de comercio, vecino de El Caporal de Aguas Zarcas, San Carlos, contiguo a muflas Porras, cédula 2-564-009. Dicho inmueble se describe así: terreno para construir, sito en Aguas Zarcas, San Carlos, distrito cuarto del cantón diez de Alajuela, exactamente en barrio Nazareth, colinda: al norte, con Roy Rudy Gutiérrez; al sur y este, con Luisa Peña Méndez, y al oeste, con calle pública con un frente a ella de 22,36 metros lineales. Mide: trescientos cincuenta y tres metros con ochenta y tres decímetros cuadrados, según plano catastrado número A-1264086-2008 de fecha 19 de junio del 2008. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y cargas reales, y fue estimado en la suma de cien mil colones y las presentes diligencias en la suma de cien mil colones. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria promovida por Roy Rudy Gutiérrez. Expediente Nº 11-100914-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos. Ciudad Quesada, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—RP2011261065.—(IN2011079193).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 09-000649-0386-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Orfilia Contreras Contreras, mayor de edad, viuda una vez, ama de casa, vecina de Limonal de Bagaces, Guanacaste, cédula de identidad cinco-cero cuarenta y tres-trescientos cinco promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Publico de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de tacotal, agricultura y casa, situado en Barro de Olla, Mogote (distrito tercero), de Bagaces (cantón cuarto), de la provincia de Guanacaste. Linderos (forma triangular): noroeste, Israel Hernández Morales; sur, calle pública con un frente a ella de doscientos noventa y nueve metros con veinte centímetros, este, calle pública: con un frente a ella de trescientos noventa y cuatro metros con cincuenta y seis centímetros lineales. Según plano catastrado G-un millón ciento cuarenta y un mil trescientos veintinueve-dos mil siete, mide de extensión seis hectáreas cinco mil seiscientos quince metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por compra de Fernando Varela Arguedas el dieciocho de febrero de mil novecientos setenta. Estima el inmueble en quinientos mil colones y el proceso en la misma suma. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Orfilia Contreras Contreras. Exp. 09-000649-0386-CI.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2011079389).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 11-000031-0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Margarita Sandoval Elizondo, quien es mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Río Jesús de Santiago de San Ramón, Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-ciento treinta y siete-cuatrocientos catorce, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es agricultura. Situada en Río Jesús, distrito segundo Santiago, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, El Guardián de San Ramón S. A; al sur, con calle pública con un frente de veintiún metros con noventa y ocho centímetros lineales; al este, Flor María Jiménez Ruiz, y al oeste, María Teresa Jiménez Ruiz. Mide: mil doscientos noventa y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-uno cuatro siete cinco cero ocho uno-dos mil once. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las diligencias en la suma de seis millones de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Margarita Sandoval Elizondo. Expediente Nº 11-000031-0993-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 6 de julio del 2011.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011079390).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 11-000095-0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ana Seidy Méndez Araya, mayor casada, vecina de Volio de San Ramón, Alajuela, cien metros al norte y cien metros al este de la Escuela Julián Volio, cédula número uno-novecientos veintiocho-doscientos veintisiete, profesión licenciada en administración, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es caña de azúcar, charral, agricultura café, maíz y frijoles. Situada en el distrito once Concepción, cantón dos San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Quebrada Prensa; al sur, Comercializadora Villaro S. A., Anita Araya Acuña, Carmen Lidia Matamoros Montero; al este, Teodoro Chaves Quesada, y al oeste, Hormidas Araya Acuña. Mide: cuarenta y dos mil seiscientos cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-uno cuatro siete cinco siete siete cuatro-dos mil once. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ana Seidy Méndez Araya. Exp. 11-000095-0993-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 27 de setiembre del 2011.—Lic. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011079391).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 05-100345-0295-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte Claudio Alfaro Castro, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Sarchí Sur de Valverde Vega, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-221-224, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 02 Sarchí Sur, cantón 12 Valverde Vega de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Emilce Alfaro Castro; al sur, Edmundo Alfaro Salazar; al este, Edmundo Alfaro Salazar, y al oeste, calle pública con dieciocho metros noventa y tres centímetros lineales frente a ella. Mide: mil trescientos cincuenta metros con cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de forma derivativa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, corta de zacate y mantenimiento y siembra de árboles frutales y plantas ornamentales, construcción y mantenimiento de la casa de habitación, construcción de tapias que señalan los linderos de la propiedad y de un portón en frente de la misma. Así como el pago de los demás gastos que genera el inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por, expediente Nº 05-100345-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 12 de mayo del 2011.—MSc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2011079445).

Carmen Emilia Rodríguez Nájera, mayor, divorciada, de oficios del hogar, vecina de Guayabo de Mora, puente tierra, cédula de identidad número tres-doscientos treinta y cuatro-ochocientos diecisiete, promueve diligencias de información posesoria para que se ordene al Registro Público de la Propiedad, inscribir a su nombre la finca que se describen así: 1) terreno construido con patio, sita en calle puente de tierra, distrito segundo Guayabo del cantón sétimo Mora de la provincia de San José, con una medida de ciento cincuenta metros cuadrados, lindante: al norte, calle pública; al sur; y oeste, con Víctor Mora Guevara; al este, con Flor de Liz Vargas Bustamante, de conformidad con el plano catastrado número SJ-1512189-2011. Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen en este asunto en defensa de sus derechos. Información posesoria Nº 011-100294-0197-CI.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 1º de setiembre de 2011.—Lic. Fabio Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—(IN2011079529).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por José Manuel Cruz López, mayor, costarricense, casado una vez, agricultor, vecino de la Guaria de Guacimal, doscientos metros al sur de la escuela, portador de la cédula de identidad número seis-cero setenta y uno-cero setenta y nueve, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de repastos y bosque, mide cincuenta y cinco hectáreas ocho mil setecientos dos metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Sita en Guacimal de Puntarenas, en el distrito sétimo del cantón primero de Puntarenas. Linda: al norte, con Río Veracruz, Albino Anchía Delgado y Alfonso Murillo Jiménez; al sur, con Danilo Anchía Delgado, Anastasio Anchía Delgado y quebrada Ojo de Agua; al este, con Danilo Anchía Delgado, Anastasio Anchía Delgado, al oeste con el Río Veracruz, y servidumbre de paso con dos frente de seis metros cada uno, según plano catastrado número P-cuatrocientos dieciocho mil cuatrocientos cincuenta y cuatro-mil novecientos noventa y siete. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueña. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de Posesión Derivada, donación, el inmueble lo estima en la suma de cinco millones de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria 11-160047-0642-AG.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2011261242.—(IN2011079560).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente 11-000124-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Elizabeth Chaves Alfaro, quien es mayor, soltera, ama de casa, vecina de Santa Cecilia de Puntarenas, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-137-661, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es cultivos y casa de habitación. Situada en el distrito quinto Paquera, cantón primero Puntarenas de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Alexander Chaves Luna; al sur, quebrada; al este, con calle pública con un frente de veinticinco metros con un centímetro lineal; y al oeste, Alexander Chaves Luna. Mide: tres mil quinientos cincuenta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1431027-2010. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por venta y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de un año. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y mantenimiento de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Elizabeth Chaves Alfaro. Expediente: 11-000124-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 24 de junio del 2011.—Lic. José Walter Ávila, Quirós, Juez.—1 vez.—RP2011261326.—(IN2011079561).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente 97-000518-0337-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Juan José Gómez Calderón, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Macho Gaff de El Guarco de Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-trescientos diecisiete-ciento treinta y seis, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito segundo, cantón octavo de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Marco Tulio Gómez Calderón; al sur, Víctor Hugo Gómez Calderón; al este, Marcos Calderón Brenes; y al oeste, calle pública con un frente de doscientos treinta y dos cuarenta centímetros lineales. Mide: cinco hectáreas mil cuatrocientos cincuenta y cuatro metros treinta y siete decímetros cuadrados, según plano catastrado número C-168206-94 del 15 de febrero de 1994. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes; y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Que adquirió dicho inmueble por donación de Juan José Gómez Vega, y dice que ha ejercido una posesión en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en siembra y mantenimiento de cercas del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Juan José Gómez Calderón. Expediente: 97-000518-0337-CI.—Juzgado Agrario de Cartago, 17 de agosto del 2004.—Lic. Carolina Hurtado García, Jueza.—1 vez.—RP2011261397.—(IN2011079562).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Ana Cecilia Saborío Marín, mayor, divorciada, pensionada, vecina de Miramar, Montes de Oro, cincuenta metros al este de la ferretería RYC, con cédula de identidad número seis-ciento ocho-ciento ocho, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para cultivo, situada en Laguna, Monte de Oro de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Carlos Morales Villalobos; al sur, con calle pública con diez metros de frente lineales; al este, con Abigal Villalobos Sancho y Miriam Morales Villalobos y al oeste, con Luis Barrantes Villalobos. Mide: setecientos sesenta y ocho metros con veintitrés decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-setecientos ochenta y un mil cuatrocientos dos-dos mil dos. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir deberá hacerlo saber a este despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria 11-100393-642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—1 vez.—RP2011261428.—(IN2011079563).

Citaciones

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Virginia Ramírez Chacón, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Miguel de Naranjo, cédula de identidad 2-0245-0936. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000303-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 9 de setiembre del 2011.—MSc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2011078741).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Meza Solís, quien fuera mayor, divorciado una vez, comerciante, cédula de identidad número uno-trescientos treinta y ocho-novecientos treinta y uno, vecino de Barrio San Francisco de Asís de Pérez Zeledón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000388-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 6 de setiembre del 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—1 vez.—RP2011260762.—(IN2011078775).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la sucesión de Michael Zuro, sin segundo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, quien en vida fuera mayor de edad, bínubo, empresario, vecino de Fort Lauderdale, Estado de la Florida, Estados Unidos de América, portador del pasaporte de su país de origen número doscientos dieciocho millones ciento cuarenta y ocho mil novecientos setenta y siete, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derechos, y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº cero cero cero dos-dos mil once. Sucesión de Michel Zuro. Notaría del Lic. Germán Vega Avendaño, sita en Lexperts Abogados y Notarios, exactamente en Sabana Norte, del Restaurante El Chicote cien metros al norte, veinticinco al este, trescientos al norte y setenta y cinco al este, edificio ConHotel, oficina número cinco.—San José, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Germán Vega Avendaño, Notario.—1 vez.—RP2011260823.—(IN2011078776).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión Nº 11-000213-0180-CI de Carmen Fernández Sandí, quien fue mayor, casada una vez, vecina de Guachipelín de Escazú, ama de casa, cédula número 1-157-776, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Juzgado Primero Civil de San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—RP2011260828.—(IN2011078777).

Ante la notaría de la Licenciada Georgina Castillo Jiménez se abrió proceso sucesorio de quien en vida fue Odette Monney Arauz. Dirección: de la escuela España 75 metros al este, número 1139. Se cita y emplaza a terceros interesados a hacer valer sus derechos dentro del plazo de ley. Albacea: Lorena Sojo Money.—Lic. Georgina Castillo Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011261002.—(IN2011078992).

Se cita a todos los herederos, acreedores e interesados en general en la sucesión de Alisandro Galeano Antunes, quien en vida fue mayor, divorciado, agricultor, con cédula de identidad Nº 800520856, vecino de Valle La Aurora, Santa Rosa, Limón, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio Nº 10-160072-465-465-AG(A2) de Alisandro Galeano Antunes, gestiona Ivannia Ester Galeano Córdoba.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 05 de octubre del 2011.—Lic. Heilin Rojas Madrigal, Jueza.—1 vez.—(IN2011079014).

Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de Jorge Rojas Castillo, quien en vida fuera mayor, casado en únicas nupcias, agricultor, vecino de Paso Ancho, cédula Nº 2-095-409, fallecido en San José, el día 1 de febrero de 1997, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en autos a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Esta notaría se ubica San José, Guachipelín de Escazú, edificio Atrium, cuarto piso. Sucesión notarial de Jorge Rojas Castillo. Exp. 003-2011.—San José, 21 de setiembre del 2011.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—(IN2011079016).

Yo, Luis Alberto Arias Naranjo, notario público, hago constar que en mi notaría, ubicada en San José, avenida 1a, calles 24 y 28, 2466, 2° piso, mediante acta de las 16:00 horas del día de hoy, bajo el expediente SN-001-LAN-2011, y comprobado el fallecimiento de quien en vida fuera Soledad Salas Rodríguez, cédula de identidad Nº 2-0166-0159, vecina de San José, San Juan de Tibás, fallecida el 09 de febrero del 2007, se declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato de dicha causante. Por este medio, cito y emplazo a todos los interesados en este proceso, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría a hacer valer sus derechos.—San José, 04 de octubre del 2011.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—(IN2011079064).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Antonio Ramírez Barrantes, quien fuera mayor, casado, vecino de San Pablo de Heredia, cédula número cuatro-ciento veintiséis-seiscientos veintiséis. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000409-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 06 de mayo del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2011079092).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Elizabeth Montoya Fonseca, quien fuera mayor, divorciada, vecina de Hatillo, cédula Nº 6-047-054. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2011-100027-0216-CI.—Juzgado Civil Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián, agosto del 2011.—Lic. Sirlene Salazar Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2011079114).

El suscrito Lic. Álvaro Retana Carmona, hace saber que en este Despacho, se tramita el Proceso Sucesorio del señor Encarnación Sánchez Sánchez, quien fue mayor, soltero, agricultor, vecino del Ceibo, con cédula de identidad 6-022-573, se emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos.—San Isidro de Heredia, 5 de octubre del 2011.—Lic. Álvaro Retana Carmona, Notario.—1 vez.—(IN2011079150).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión acumulada Nº 11-0180-0180 de Thomas Rowe Mead, quien fue mayor, vecino de Ciudad Colón, estadounidense, cédula de residencia número R-184000026936; y Nancy Gilpin Mead, quien fue mayor, vecina de Ciudad Colón, cédula número residencia número R-184000027011, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Juzgado Primero Civil, San José, 25 de agosto del 2011.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—RP2011261036.—(IN2011079194).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Porfirio Ríos Sánchez, soltero, agricultor, con cédula Nº 101390876, vecino Parrita, Puntarenas, Los Sueños, casa número sesenta y siete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidades de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. 0001-2011. Sucesorio de Porfirio Ríos Sánchez.—Lic. Karla Johanna Campos Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2011261098.—(IN2011079195).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Edwin Solís Arce, quien fuera casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad Nº 02-0260-0837, vecino de Heredia, centro 200 metros al oeste del hospital. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000753-0370-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 09 de agosto del 2011.—Lic. Wálter Obando Corrales, Juez.—1 vez.—RP2011261135.—(IN2011079196).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio notarial de quien fue en vida Carlos Tencio Chacón, con cédula Nº 3-093-872 y vecino de Fray Casiano, Santa Eduviges de Puntarenas de su propiedad matrícula Nº 6-35019-000. Bajo el expediente 03 del 2011 del notario Guillermo Carballo Rojas, con oficina abierta en Puntarenas centro, 25 este de la Casa Cultura. Adjudicataria y Albacea Elizabeth Gómez Barahona con cédula 6-201-843.—Puntarenas, 27 de setiembre del 2011.—Lic. Guillermo Carballo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011261136.—(IN2011079197).

En mi notaría, en San Isidro de El General, antiguo edificio de la Clínica de Urgencias Médicas, segundo piso, bajo el expediente Nº 0003-2011, se tramita la sucesión legítima de quien en vida fue William Navarro Elizondo, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Pacuarito de Pérez Zeledón. Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados para que en el plazo de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen en defensa de sus derechos, y se les apercibe de que, en caso contrario, la herencia pasará a quien legalmente corresponda.—Lic. Juan Rafael Alvarado Cervantes, Notario.—1 vez.—RP2011261140.—(IN2011079198).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Víctor Leonel Bravo Guerra, quien fue mayor, estadounidense, casado en terceras nupcias, pensionado, y vecino de San José, identificación Nº R184000699607. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000105-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 18 de setiembre del 2011.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—RP2011261160.—(IN2011079199).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien fuera en vida Luis Paulino Felipe Madrigal Jiménez conocido como Luis Paulino Arce Madrigal, quien fue en vida portador de la cédula de identidad Nº 4-0049-0457. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 11-000883-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 6 de setiembre del 2011.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—1 vez.—RP2011261203.—(IN2011079200).

Se cita y emplaza a todos los interesados, en la sucesión de Rosario Salas Rodríguez, quien fue soltera, ejecutiva del hogar, e cédula dos-tres dos seis-cero seis dos, vecina de cien metros al este del Colegio Viejo en el Invu de Sabalito, Coto Brus, Puntarenas; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponde, expediente cero uno-dos mil once-M, sucesión en sede notarial. Notaría del licenciado Melvin Araya Rojas, código ocho nueve nueve ocho, con oficina abierta frente al Banco de Costa Rica en Sabalito, Coto Brus, Puntarenas.—Lic. Melvin Araya Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011261204.—(IN2011079201).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Randall Jackson Ramírez, mayor, soltero, operador de grúa, vecino de Limón, cédula de identidad siete-ciento veintiuno-seiscientos dieciséis, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 11-100532-473-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 12 de mayo del 2011.—Lic. Frank Mc Kenzie Peterkin, Juez.—1 vez.—RP2011261220.—(IN2011079202).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Flora María Wing Sandí conocida como Florita María Wing Ching Sandí, quien fuera en vida mayor, casada una vez, alcaldesa, costarricense, vecino de Limón, cédula de identidad uno cuatrocientos treinta-cero ochenta y seis, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100912-473-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 7 de junio del 2010.—Lic. Diana Chanto Villalobos, Jueza.—1 vez.—RP2011261221.—(IN2011079203).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Alicia Díaz Benavídez, quien fuera mayor, viuda, comerciante, portadora de la cédula de identidad 9-009-0184 y vecina de Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibido de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-101122-0432-CI-1.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Daniel González Sobaja, Juez a. í.—1 vez.—(IN2011079350).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Huimei Mo de un solo apellido en razón de su nacionalidad, quien fue mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Desamparados, cédula de residencia 115600180014, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 10-100092-0217-CI. Sucesión de Huimei Mo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 24 de junio del 2010.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2011079394).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Marco Tulio Núñez Esquivel, quien fuera mayor, casado una vez, carpintero, vecino de Getsemaní de San Rafael de Heredia, cuatrocientos metros al norte del Bar Tatoos, urbanización Don Álvaro, casa 16-C, portador de la cédula de identidad Nº 302420398. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-003176-0504-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 14 de setiembre del 2011.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—1 vez.—(IN2011079396).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Giuliana Vicarioli Carrara, quien fuera mayor, casada, física matemática, vecina de Coronado, cédula de identidad Nº 1-418-780. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000016-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2011079407).

Notaría de la licenciada María Lourdes Rodríguez González, Heredia, a las trece horas del treinta de setiembre del dos mil once. Comprobado el fallecimiento del señor Pablo Soto Altamirano, quien fue mayor, casado dos veces, pensionado, vecino de San Francisco de Heredia, veinticinco oeste del salón comunal, con cédula número: dos-cero ciento treinta-cero cuatrocientos treinta y ocho, se declara abierto proceso sucesorio en sede notarial. Se designa como albacea a Emeteria Celedonia Rojas Rojas, mayor, viuda, ama de casa, vecina de San Francisco de Heredia, veinticinco oeste del salón comunal, con cédula número: seis-cero cero cincuenta y uno-cero ochocientos treinta y dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que se apersonen a hacer valer sus derechos. Publíquese el edicto de ley.—Lic. María Lourdes Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—RP2011261261.—(IN2011079564).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Marcelino Pizarro Gómez, quien fuera mayor, agricultor, casado, vecino de Goicoechea, cédula Nº 5-050-276. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000427-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de setiembre del 2011.—Lic. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—1 vez.—RP2011261265.—(IN2011079565).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Miguel Mora Moya, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Rafael de Oreamuno de Cartago, cédula de identidad número tres ciento cincuenta-setecientos treinta y uno, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que sino se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0005-2011.—Lic. José Francisco Pereira Torres, Notario.—1 vez.—RP2011261268.—(IN2011079566).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Alberto Méndez Díaz, quien fuera mayor, casado una vez, vecino de San Ramón de La Unión, provincia de Cartago, portador de la cédula de identidad número 3 0206 0993. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000181-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—RP2011261345.—(IN2011079567).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Elida María Marchena Moraga, conocida como Eida, quien fue mayor, viuda, cédula Nº 5-0033-0309 y vecina de Cartagena de Santa Cruz, Guanacaste, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos y les apercibe que de no hacerlo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 2011-001-SN.—Lic. Adriana Ruiz Villarreal, Notaria.—1 vez.—RP2011261362.—(IN2011079568).

Yo, Mario Araya Villalobos, notario público, con oficina abierta en San Vito, setenta y cinco metros oeste del Banco Nacional, habiéndose cumplido con los requisitos de ley; comprobado el fallecimiento de Mayela Madrigal Trejos, cédula Nº 6-0196-0765, de su último domicilio Paso Ancho, San José, soltera; se declara abierto su proceso sucesorio notariado. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que sino se presentan en ese plazo  aquella pasará a quien corresponda.—San Vito, 29 de setiembre de 2011.—Lic. Mario Araya Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011261377.—(IN2011079569).

Ante el suscrito notario público de esta ciudad, con oficina en el número mil trescientos cuatro de la avenida seis bis, se han presentado José María Junco Muñoz, pensionado, cédula uno-cero doscientos setenta y dos-cero ochocientos cuarenta y cinco, vecino de San José, donde vive en el número dos mil ciento treinta y cinco de la calle nueve, Barrio Aranjuez en su condición de albacea testamentario, Melania Junco Muñoz, casada una vez, cédula uno- cero cuatrocientos nueve-cero setecientos treinta y seis, ama de casa, vecina de Moravia, de la Universidad Católica setenta y cinco al norte, e Indiana Junco Muñoz, casada una vez, cédula uno-cero trescientos sesenta y ocho-cero novecientos dos, jubilada, vecina de Moravia, de la Universidad Católica setenta y cinco al norte, como interesados y presuntos herederos de su madre Caridad Muñoz Fonseca, ama de casa, viuda una vez, cédula tres-cero cero cincuenta y dos-cuatro mil doscientos sesenta y ocho, vecina de Barrio Aranjuez, San José, donde vivió de la iglesia Santa Teresita del Niño Jesús cincuenta al oeste, casa número dos mil ciento treinta y cinco, y solicitaron la iniciación del proceso notarial de sucesión. Se cita y emplaza  por una sola vez a interesados para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran a esta Notaria a hacer valer sus derechos. Todo conforme al artículo 947 del Código Procesal Civil.—San José, seis de setiembre de dos mil once.—Lic. Marco Antonio Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—RP2011261378.—(IN2011079570).

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Minnor Ureña Hidalgo, quien fuera mayor, casado, vecino de Santa María de Dota, cédula 01-0386-0559, agricultor. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000027-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27 de setiembre del 2011.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—RP2011261382.—(IN2011079571).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de María Eugenia González Murillo, quien fuera mayor, viuda, educadora, vecina del centro de Atenas, 150 metros oeste del mercado municipal, cédula de identidad 2-134-854. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-001502-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de setiembre del 2011.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—RP2011261388.—(IN2011079572).

Avisos

Licenciada Laura Rodríguez Villalobos, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a Carolina de Los Ángeles Rodríguez Escoto, quien es mayor, casada, cédula Nº 01-1113-7038, se le hace saber que en demanda nulidad matrimonio, establecida por contra Carolina de Los Ángeles Rodríguez Escoto, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: “Exp. Nº 10-000313-0364-FA, Juzgado de Familia de Heredia, a las diez horas y dieciocho minutos del veintidós de febrero del dos mil diez. De la anterior demanda de nulidad matrimonio establecida por el accionante se confiere traslado a la accionada Carolina de los Ángeles Rodríguez Escoto por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas.-al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En al misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Así mismo, se previene a las partes que en el primer escrito que presenten debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en Sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el, envío .y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Así mismo por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la política de género del Poder Judicial, Sesión Nº 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Molifíquese esta resolución al demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de notificaciones judiciales. Para estos efectos, se comisiona delegado de Barva de Heredia. Se ordena remitir oficio al Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Heredia, a fin de que se anote esta demanda dentro del Proceso Nº 05-001918-504-CI que se tramita en ese Despacho Judicial. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según (o establece la Ley de Impuestos Sobre La Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica, se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 2207-4223. En otros lugares del país hay otras universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”, siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de Pensión Alimentaría y contra la Violencia Doméstica, es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el departamento de tecnología de información del poder judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: comunicarse con el departamento de tecnología de información del poder judicial a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar ó enviar un correo al buzón electrónico del departamento de tecnología de información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información, verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Laura Rodríguez Villalobos, Jueza.—1 vez.—Excento.—(IN2011055867).

Se hace saber que Aracelly Abarca Loría, mayor, casada una vez, Asesora Nacional de Educación, portadora de la cédula de identidad número 6-0167-0979, vecina de San José, Paseo Los Estudiantes, 25 metros al sur de la sucursal del Banco de Costa Rica, ha promovido diligencias de cambio de nombre de la menor Breittee de los Ángeles Torres Abarca, expediente número 11-000135-0180-CI, con el objeto de que este Juzgado autorice la modificación del nombre, en el sentido de que sea Briceidee de los Ángeles Torres Abarca. Quienes tengan que hacer alguna objeción al cambio de nombre pretendido, deberán hacerlo dentro de quince días contados a partir de la publicación de este edicto.—Juzgado Primero Civil de San José, 8 de junio del 2011.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—RP2011260830.—(IN2011078793).

Por este medio, se hace saber que en este Despacho, bajo el expediente número 11-000676-0187-FA, se tramitan las Diligencias de Declaratoria de Insania de María Cristina Rodríguez Sánchez, cédula identidad 1-0187-0081, mayor de edad, costarricense, casada en primeras nupcias, vecina de Barrio Luján, San José. De conformidad con el artículo 236 del Código de Familia, el plazo de quince días a todas aquellas que tengan interés en la Insania y consecuente curatela que se pide, para que se apersonen y hagan valer sus derechos o bien manifieste su oposición, debiendo con ello señalar medio para atender sus notificaciones dentro del perímetro judicial de San José. Expediente 11-000676-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de agosto del 2011.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—RP2011260813.—(IN2011078794).

Licda. Vanessa Soto Rodríguez, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a la señora Solanchi Lan Wright, se le hace saber: que en Proceso de Declaratoria Judicial de Estado de Abandono Nº 10-400268-0464 FA (3) establecido por Alexander Hines Céspedes, mayor, costarricense, administrador de empresas, casado dos veces, cédula de identidad 2-294-448, vecino de Filadelfia de Beverly, frente al Club Campestre de Japdeva, en la ciudad de Limón, y María Eugenia Murillo Navarro, mayor, costarricense, ama de casa, casada dos veces, cédula de identidad 2-340-185, del mismo domicilio que el primero; se ha dictado la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las diez horas del veintiuno de setiembre del dos mil once. Del anterior proceso de declaratoria judicial de Estado de Abandono, establecido por Alexander Hines Céspedes y María Eugenia Murillo Navarro contra Solanchi Lan Wright, se da traslado a esta última para que la conteste dentro del plazo de cinco días, quien expondrá con claridad si rechaza los hechos por inexactos o si los admite con variantes o rectificaciones, también manifestará con claridad las razones legales en que se apoya. En esta oportunidad ofrecerá su prueba, con indicación en su caso del nombre y generalidades de los testigos. Siendo que la demandada Solanchi Lan Wright, es de paradero desconocido, notifíquesele esta demanda por medio de un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial (artículo 263 del Código Procesal Civil).—Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Primer Circuito Judicial Zona Atlantica, Limón, 21 de setiembre del dos mil once.—Lic. Vanessa Soto Rodríguez, Jueza.—1 vez.—RP2011260906.—(IN2011078795).

Licenciado Mauricio Chacón Jiménez, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a John White Dwight, quien es mayor, casado una vez, soldado, de nacionalidad estadounidense, pasaporte 134343558, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Angerie María Monge Soto contra John White Dwight, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: “Expediente Nº 11-001858-0364-FA. Juzgado de Familia de Heredia, a las ocho horas y cinco minutos del dieciséis de setiembre del dos mil once. De la anterior demanda abreviada establecida por el accionante Angerie María Monge Soto, se confiere traslado al accionado John White Dwight por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, nombramiento de curador: de conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 del Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal al demandado se resuelve: se ordena expedir y publicar el edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil. Prevención de honorarios: a efecto de proceder al nombramiento de curador procesal, deberá depositarse la suma de cincuenta mil colones, para responder en forma provisional a los emolumentos del profesional a designar. La misma deberá depositarse en la cuenta automatizada Nº 110017490364FA0 de este Juzgado en el Banco de Costa Rica, bajo el apercibimiento d que si no se verifica, el proceso permanecerá inactivo. Una vez efectuado el depósito, deberá comunicarse al Despacho a efecto de proceder conforme a derecho corresponda, dentro del plazo de ocho días. Citación a los testigos: se cita a Olga Marta Zamora Chaves y Yorleny Patricia Morera Monge, para que en el plazo de una semana comparezcan al Juzgado y, bajo juramento, respondan las preguntas que se les formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece el proceso no podrá avanzar.—Juzgado de Familia Heredia.—Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011079012).

Se avisa, a la señora Everlin Johana Rosales Salas, cédula de identidad número uno-mil doscientos veintidós-cuatrocientos ochenta y ocho, de domicilio y demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal Licenciado Luis Alberto Sáenz Zumbado, hace saber que existe proceso Nº 09-000346-0673-NA de Abreviado de Suspensión de Autoridad Parental de las personas menores de edad Aryelis Johana, Anahi Jorgeliz y Anthony todos de apellidos Rosales Salas, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Everlin Johana Rosales Salas, a la que se le concede el plazo de diez días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de enero del 2011.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. 34028.—Sol. 48597.—C-3220.—(IN2011079096).

Lic. Mauricio Chacón Jiménez Juez del Juzgado de Familia de Heredia, hace saber a María del Socorro Carvajal López, mayor, unión libre, sin oficio conocido, indocumentada, domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso Declaratoria Judicial Abandono en su contra, bajo el expediente número 10-000011-0364-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen “Juzgado de Familia de Heredia, a las ocho horas y diecinueve minutos del quince de enero del dos mil diez. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la menor María Fernanda Carvajal López, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra María del Socorro Carvajal López, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo debe señalar medio y lugar, este último dentro del perímetro judicial de este Despacho donde atender notificaciones futuras, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere las resoluciones posteriores se les tendrán por notificadas con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, conforme lo indican los artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada personalmente o en su casa de habitación. Se deposita de manera provisional a la niña María Fernanda Carvajal López en el hogar de la señora Elsa Carvajal López, a quien se le previene comparecer dentro de tercero día a aceptar y jurar el cargo, debiendo la entidad actora apersonar a la citada señora a fin de que a la brevedad posible acepte el cargo conferido. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central 2207-4223. En otros lugares del país hay otras universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775). Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada señora Carvajal López, cédula aporte la parte promovente certificación del Registro Público, Sección Personas, en donde conste si el demandado posee o no apoderado inscrito, deberá aportarse además certificación de movimientos migratorios respecto de dicho demandado, expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería, del Ministerio de Seguridad Pública. Por medio de oficio, pídase a la Empresa Servicios Públicos de Heredia, a la Compañía Nacional de Fuerza y Luz y al Instituto Costarricense de Electricidad, se sirvan informar al Despacho si la demandada, aparece como abonada de alguno de los servicios prestados por dichas instituciones y la dirección que ha reportado como su domicilio. Pídase por medio de oficio a la Caja Costarricense del Seguro Social, Sección Planillas, informen si la demandada aparece en planillas y la dirección que se reporta como su domicilio, al Registro Civil, se le solicita remitir certificación de la cuenta cedular de dicha señora y la dirección reportada como su domicilio. Se le previene a la entidad actora aportar por escrito el nombre y generales de ley, de dos testigos que conozcan al demandado a fin de interrogarlos sobre su conocimiento o desconocimiento del paradero del mismo. Notifíquese.—Juzgado de Familia Heredia.—Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011079097).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de María Elena c.c. Damaris Sandoval Sibaja, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania establecido por Cindy Sánchez Castillo. Expediente 11-000652-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de junio del 2011.—Lic. Vanessa Soto Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2011079115).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Isabel Cristina Jiménez Céspedes, mayor, casada una vez, oficios domésticos, vecina de Zarcero, portadora de la cédula de identidad número 2-324-486, encaminadas a solicitar la autorización para cambiar el nombre de su hijo menor Steven Jesús Acuña Jiménez, menor de edad, soltero, estudiante, vecino de Zarcero, Alajuela, doscientos metros al noreste del Tanque, cédula de identidad de menor dos-setecientos cuarenta y uno-novecientos dieciocho por el de Steven Acuña Jiménez mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en el proceso, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. 11-000647-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia.—MSc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—RP2011261053.—(IN2011079204).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Yesenia Madrigal Díaz, mayor, casada dos veces, comerciante, vecina de Guápiles, portadora de la cédula de identidad 0108400142, encaminadas a solicitar la autorización para cambiar el nombre de su hijo menor Kasey Meléndez Madrigal por el de Daniel Meléndez Madrigal mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en el proceso, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 09-000538-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—RP2011261094.—(IN2011079205).

Se hace saber que, en este Despacho bajo el número único 10-400266-637-FA, abreviado de divorcio, promovido por María Felicitas Sandoval Contreras, cédula 1-0893-0177 contra Chuang Chin Nan de calidades desconocidas, se ha dictado a las ocho horas del veintiuno de julio de dos mil once la sentencia número 309-2011, que literalmente dice en su parte dispositiva: “Por tanto: con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se falla: a) Se declara con lugar la presente demanda de divorcio. Se disuelve el vínculo matrimonial existente entre Chuang Chin Nan y María Felicitas Sandoval Contreras por la causal de separación de hecho de los cónyuges por un término no menor de tres años. Una vez firme esta sentencia, comuníquese al Registro Civil para que haga la anotación respectiva en la Sección de Matrimonios de la provincia de San José, al tomo trescientos treinta y seis, folio doscientos ochenta y nueve, asiento quinientos setenta y siete b) No existen bienes gananciales adquiridos por las partes, sin embargo, si eventualmente existiese alguno, conforme al artículo 41 del Código de Familia, cada uno de los cónyuges adquiere el derecho de participar en la mitad del valor neto de los bienes gananciales que se constaten en el patrimonio del otro, lo cual se determinará en la etapa de la ejecución de sentencia, c) Pierden las partes sus derechos a exigirse alimentos en forma recíproca, e) Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Por una única vez, se ordena la publicación de la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial, para la firmeza de la sentencia se previene a la actora que debe demostrar mediante copia que la publicación fue debidamente diligenciada. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Desamparados, 13 de setiembre del 2011.—Lic. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1 vez.—RP2011261114.—(IN2011079206).

Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a: Walter Frehner, mayor, casado, mecánico, de domicilio desconocido, cédula de identidad 8-081-701, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 10-001387-0165-FA donde se pretende entre otros que se declare en sentencia el divorcio por las causales de adulterio y sevicia entre los señores Shirley Gómez Solano y Walter Frehner. A dicha demanda se le dio el traslado correspondiente mediante resolución de las nueve horas cincuenta y un minutos del veinte de setiembre del dos mil once. Se le indica a su vez su obligación de señalar medio donde atender notificaciones futuras. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Shirley María Gómez Solano contra Walter Frehner; expediente Nº 10-001387-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2011.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011079392).

Se avisa que en este Despacho el señor Pablo Andrés Soto Bonilla, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad María Fernanda Fonseca Araya. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente: 11-000400-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 8 de setiembre del año 2011.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2011079510).

Se avisa a la señora María Lourdes Rivera Pérez, mayor, nicaragüense, número de documento 1558015005511, con demás calidades y domicilio desconocidos, es representada por el curador procesal Licenciado Jorge Arturo Sánchez Bolaños hace saber que existe proceso 10-000315-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad Luilly Andrés Rivera Pérez, Jefferson David, Jennifer Andrea, Ricardo Daniel, Johanna Vanessa todos Vargas Rivera establecido por la Licenciada Ileana Ballard Romero en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia en contra de María Lourdes Rivera Pérez y Giovanni Ricardo Vargas Vargas, se ha dictado la resolución de las catorce horas treinta y dos minutos del veintiocho de julio del dos mil once, en la que se les concede el plazo de cinco días de la ampliación de la demanda de declaratoria judicial de abandono, para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de setiembre 2011.—Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(IN2011079514).

Se avisa a la señora Maureen Siomara Figueroa Chaves, mayor de edad, cédula de identidad 5-0408-0014, soltera, costarricense y demás calidades desconocidas, que en este juzgado, se tramita el expediente 11-000432-673-NA, correspondiente a diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Cristal Llireck Figueroa Chaves. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre 2011.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(IN2011079515).

Se avisa a la señora Dalia Díaz Díaz, mayor, nicaragüense, documento de asegurada 2-87-15921, con demás calidades y domicilio desconocidos, es representada por el curador procesal Licenciado Luis Alberto Sáenz Carranza, hace saber que existe proceso 10-000481-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad Daniel Andrés Toruño Díaz y Génesis Esther Díaz Díaz establecido por la Licenciada Ileana Ballard Romero en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia en contra de Dalia Díaz Díaz, se ha dictado la resolución de las trece horas cincuenta minutos del dos de noviembre del dos mil diez, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de setiembre 2011.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(IN2011079516).

Msc. Marilene Herra Alfaro, hace saber que en proceso declaratoria judicial de abandono número 09-400364-0924-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia contra Jorge Alberto Carrillo, mediante resolución de las siete horas del seis de setiembre del año dos mil once, se ha ordenado notificar por medio de edicto al demandado Jorge Alberto Carrillo Orias, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia Nº 566-2011. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a las siete horas del seis de setiembre del año dos mil once. Resultando: 1, 2 y 3. Considerando: A, B, C, D, E. Por tanto: Por lo expuesto y artículos 1 a 9, 115 y siguientes, 146, 148, 158 inciso c) y 160 inciso c) del Código de Familia, 155, 162 a 165, 222 del Código Procesal Civil, la presente demanda de declaratoria de abandono formulada por el Patronato Nacional de la Infancia contra el demandado Jorge Alberto Carrillo Orias, se resuelve de la siguiente manera: a) Se declara en estado de abandono a las personas menores de edad Roy Alexander, Alvin Alberto, Winer Alonso y Michael Stiven, todos de apellidos Carrillo Ramírez por parte de su progenitor Jorge Alberto Carrillo Orias, a quien se le sanciona con la pérdida de la patria potestad sobre dichos menores, b) Se ordena mantener en Depósito Judicial a dichas personas menores de edad en el Patronato Nacional de la Infancia, c) Firme la sentencia expídase la ejecutoria de ley para su correspondiente inscripción, la de Roy Alexander al margen del asiento de nacimiento del provincia de Alajuela, tomo setecientos ochenta, página doscientos sesenta y siete y asiento quinientos treinta y tres; la de Alvin Alberto, al margen del asiento de nacimiento de la provincia de Alajuela, tomo setecientos noventa y dos, página trescientos ochenta, asiento setecientos sesenta; el de Winer Alonso Carrillo, en la provincia de Puntarenas, al tomo cuatrocientos sesenta y ocho, página ciento noventa, asiento trescientos ochenta y la de Michael Stiven, en la provincia de Alajuela, tomo ochocientos sesenta y dos, página ciento treinta y dos, asiento doscientos sesenta y cuatro. Notifíquese esta sentencia al demandado por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia de Alajuela, San Carlos, 6 de setiembre del 2011.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 34028.—Solicitud Nº 46401.—C-7620.—(IN2011079531).

Se hace saber a la señora Patricia Bejarano Mora, mayor, casada, costarricense, cédula 1-466-350, de demás calidades desconocidas, que en este despacho se tramita el proceso número 11-400422-637-FA, que es abreviado de divorcio de Jorge Arturo Mora Ortega en su contra. Se concede a Patricia Bejarano Mora traslado por el plazo de diez días a efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada señalar medio para recibir notificaciones caso contrario después de tres días de publicado el presente edicto, comenzará a aplicar la notificación automática.—Juzgado de Familia de Desamparados, 26 de setiembre del 2011.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—RP2011261432.—(IN2011079578).

Yessenia Amador Álvarez, Notificadora del Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, hace saber al señor Tobías Nicolás Keiser, mayor, soltero, administrador de empresas, portador del pasaporte cero cinco uno ocho ocho siete dos cuatro (05188724), vecino de Rohrmoser, San José, de la embajada Americana, doscientos metros al oeste y quinientos veinticinco metros al norte como apoderado generalísimo sin límite de suma del señor Antoon Nico Keizer, mayor, soltero, empresario, nacionalidad Holandesa, pasaporte cero ocho ocho cuatro ocho tres uno cinco (08848315), vecino de Rohrmoser, de la Embajada Americana, doscientos metros al oeste y quinientos veinticinco metros al norte y de la sociedad Agropecuaria Ricajoa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento catorce mil setecientos noventa y siete (3-101-114797), con actual domicilio desconocido, que en expediente número 09-100089-0927-CI (210-5-2009) proceso de ejecución hipotecaria interpuesta por Francisco Javier Díaz Marín, mayor, casado dos veces, médico, portador de la cédula uno-doscientos setenta-ochocientos treinta, vecino de San José contra Agropecuaria Ricajoa Sociedad Anónima y otros, se encuentran las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil de Cañas, a las nueve horas siete minutos del primero de abril del dos mil once. Habiéndose depositado la suma fijada al curador requerido en autos, según se desprende de la boleta de depósito judicial 21018034 C de fecha 27-01-2011, se nombra como tal a José Manuel Retana Segura; quien puede ser localizado en los teléfonos 2285-4593, 8833-6156 y en el correo electrónico: jmrsjosemanuel10@hotmail.com. A dicho señor se le previene comparecer a este despacho dentro del plazo de tres días a aceptar y jurar cumplir con dicho cargo, sin perjuicio de que lo pueda hacer por escrito, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión se entenderá que no acepta y se nombrará otro en su reposición. Así las cosas se resuelve: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Cobro Judicial 8624, se tiene por establecido el presente proceso de ejecución hipotecaria, por parte de Francisco Javier Díez Marín contra Hubertus Jozef Bernardus Marie Mom quien será representado por el curador que al efecto se ha nombrado, y Antoon Nico Keizer, representado por Tobías Nicolai Keizer, a quienes se les previene acerca del señalamiento de medio para atender notificaciones, concretamente fax o correo electrónico debidamente autorizado, que serán hasta un máximo de dos distintos de manera simultánea, con indicación expresa del principal, de lo contrario, será de elección por parte de la Autoridad Judicial el que tenga ese carácter, o bien deberá señalar para su notificación en estrados judiciales. Ante la omisión de la prevención o imposibilidad de notificación por los medios señalados, procederá la notificación automática, y las resoluciones se tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas (artículos 11, 34 párrafo II, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente). De conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.3, 21.4, 21.5, 23 y 25 de la Ley de Cobro Judicial, se ordena el remate de la(s) finca(s) dada(s) en garantía hipotecaria, sean, 1) Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, al sistema de folio real matrícula número cincuenta mil veinticuatro-cero cero cero (050.024-000); libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando reservas y restricciones, en el tomo: 0336, asiento: 012.263, consecutivo: 01, secuencia: 0901, subsecuencia: 001, y, servidumbre de paso en el tomo: 0508, asiento: 019.114, consecutivo: 01, secuencia: 0016, subsecuencia: 001, con la base de ciento setenta y un mil quinientos dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América ($171.500,00), y, para la subasta pública en primer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil once. En caso de que en el primer remate no hubieren postores, para realizar un segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base original, sea con la suma de ciento veintiocho mil seiscientos veinticinco dólares ($128.625,00), se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de julio del dos mil once. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca dada en garantía hipotecaría, sea con la suma de cuarenta y dos mil ochocientos setenta y cinco dólares ($42.875,00), y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil once. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante por el veinticinco por ciento (25%) de la base original. Publíquese el edicto de ley por dos veces en días consecutivos, en el Boletín Judicial. Anótese la presente demanda al margen de la inscripción de la(s) finca(s) inscrita(s) en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste al sistema de folio real matrícula número cincuenta mil veinticuatro-cero cero cero (050.024-000). Expídase mandamiento al efecto. De la liquidación de intereses que formula la parte actora se concede audiencia al(los) demandado(s) por el plazo de tres días. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 y siguientes concordantes de la Ley de Notificaciones Nº 8687, notifíquese la presente resolución a los demandados, personalmente o por medio de cédula de notificación en su casa de habitación, para lo cual se comisiona al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, San José en cuanto al demandado Antoon Nico Keizer, a quien se le notificará por medio de su apoderado Tobías Nicolai Keizer. Con respecto al tercer adquirente Agropecuaria Ricajoa S. A., representada por Juseph Franciscus Mom y por Tobías Nicolai Keizer, al tenor del artículo 21.4 de la Ley de Cobro Judicial, se le confiere el plazo de ocho días para que se apersone a los autos a hacer valer sus derechos. Notifíquesele en el domicilio social o por medio de su representante, en forma personal o mediante cédulas y copias de ley en su casa de habitación, para lo cual, queda comisionada la autoridad judicial antes mencionada. En cuanto al licenciado José Manuel Retana Segura curador del accionado Hubertus Josef Bernardus Marie Mom, se tiene por aceptado el cargo, según acta de folio 104. Al mismo se le notificará en el medio que aportó para recibir sus notificaciones. Se tiene por otorgado poder especial judicial a favor de los licenciados Hernán Fernando León Chaves y Carlos Eduardo Alfaro Muñoz. Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza. Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste. A las trece horas cuarenta y cinco minutos del primero de setiembre del dos mil once. Visto el memorial visible a folio 122 al 123 de los autos, como lo solicita y está ordenado en autos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.3, 21.4, 21.5, 23 y 25 de la Ley de Cobro Judicial, se ordena el remate de la(s) finca(s) dada(s) en garantía hipotecaria, sean, 1) Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, al sistema de folio real matrícula número cincuenta mil veinticuatro-cero cero cero (050.024-000); libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando reservas y restricciones, en el tomo: 0336, asiento: 012.263, consecutivo: 01, secuencia: 0901, subsecuencia: 001, y, servidumbre de paso en el tomo: 0508, asiento: 019.114, consecutivo: 01, secuencia: 0016, subsecuencia: 001, con la base de ciento setenta y un mil quinientos dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América ($171.500,00), y, para la subasta pública en primer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil once. En caso de que en el primer remate no hubieren postores, para realizar un segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base original, sea con la suma de ciento veintiocho mil seiscientos veinticinco dólares ($128.625,00), se señalan las nueve horas del veintinueve de noviembre del dos mil once. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca dada en garantía hipotecaria, sea con la suma de cuarenta y dos mil ochocientos setenta y cinco dólares ($42.875,00), y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las nueve horas del quince de diciembre del dos mil once. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante por el veinticinco por ciento (25%) de la base original. Publíquese el edicto de ley por dos veces en días consecutivos, en Boletín Judicial. Anótese la presente demanda al margen de la inscripción de la(s) finca(s) inscrita(s) en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste al sistema de folio real matrícula número cincuenta mil veinticuatro-cero cero cero (050.024-000). Expídase mandamiento al efecto. De la liquidación de intereses que formula la parte actora se concede audiencia al(los) demandado(s) por el plazo de tres días. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 y siguientes concordantes de la Ley de Notificaciones No. 8687, y artículo 21.4 de la Ley de Cobro Judicial, notifíquese la presente resolución por medio de edicto al demandado Antoon Nico Keizer y Agropecuaria Ricajoa S. A., ambos representados por su apoderado generalísimo Tobías Nicolai Keizer. Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 1º de setiembre del 2011.—Lic. Yessenia Amador Álvarez, Notificadora.—(IN2011079792).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Ángel Ortiz Real, en su carácter personal, quien es mayor, divorciado una vez, empresario, nacionalidad española, de domicilio desconocido, se le hace saber que en demanda suspensión patria potestad, establecida por Diana Jane Conejo Rodríguez contra Ángel Ortiz Real, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las once horas y dos minutos del dieciséis de febrero del año dos mil once. De la anterior demanda de suspensión de patria potestad establecida por la accionante Diana Jane Conejo Rodríguez, se confiere traslado al accionado Ángel Ortiz Real por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Cartago de este circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Con el fin de agotar los medios de localización del demandado, se ordena expedir los oficios correspondientes al Registro Público de la Propiedad, sección personas, Caja Costarricense de Seguro Social y a la Oficina de Migración y Extranjería. Previo a notificar al PANI y en su oportunidad al demandado o a quien se nombre como su curador procesal, se le previene a la parte actora aportar a los autos dos juegos de copias de la documentación presentada en el escrito inicial. Notifíquese. Expediente 10-002374-0338-FA-1.—Juzgado de Familia de Cartago, 27 de setiembre de 2011.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—(IN2011079845).

Edictos Matrimoniales

Ante esta notaría comparecen para contraer matrimonio los señores: Óscar Julio Cascante Ramírez, mayor de edad, soltero, locutor de radio, costarricense, cédula de identidad número 4-196-683, vecino de Santa Lucía de Barva de Heredia, tercera entrada, 300 metros al este y Marianne Ramírez Boulak, mayor de edad, soltera, operaria de producción, costarricense, con cédula de identidad numero 1-1394-564, vecina de Los Lagos de Heredia, calle R casa 38 H. Se convoca a las partes interesadas en hacer oposiciones dentro del plazo de ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Notaría ubicada en Heredia, 75 metros al oeste del edificio de Gobernación.—5 de octubre del 2011.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla, Notario.—1 vez.—RP2011261230.—(IN2011079579).

En mi notaría se solicitó matrimonio por parte de los señores Lázaro Roberto Vargas Bendaña, pasaporte nicaragüense C-cero noventa y uno-cincuenta y uno-cincuenta y la señora Ana María Álvarez Dávila, cédula de identidad ocho-cero treinta y uno-seiscientos veintinueve, se cita y emplaza a cualquier interesado que desee manifestar oposición para que dentro del término de ley se apersonen a la notaría ubicada en Heredia, calle uno, avenidas dos y cuatro para lo pertinente—Heredia, 6 de octubre de 2011.—Lic. Sergio Elizondo Garófalo, Notario.—1 vez.—RP2011261355.—(IN2011079580).

Álvaro Antonio Ávalos Sequeira y Yazmín Yorleny Calderón Cubero, cédula por su orden: 1-1192-0305 y 1-1528-0040; el primero vecino de San José, Alajuelita, Concepción y la segunda vecina de San José, Desamparados, San Rafael Abajo, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación.—Juzgado de Familia de Desamparados.—Lic. Maureen Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—RP2011261410.—(IN2011079581).

Han comparecido ante esta notaría solicitando contraer matrimonio civil: María Delfina Orellana Fuentes, soltera, terapeuta, cédula de residencia 134000086120, vecina de Aranjuez, San José, calle 21 avenidas 11-13, casa número 1129 y David Joseph Moraski, divorciado, técnico en acero, ciudadano norteamericano, pasaporte: 407695168, vecino de Cleveland, Ohio. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que esta boda se realice debe comunicarse a esta notaría, ubicada 150 metros al sur del Banco Nacional en San Francisco de Dos Ríos, o al fax 22-86-16-86, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, 7 de octubre de 2011.—Lic. Ana María Rodríguez Ocampo, Notaria.—1 vez.—RP2011261419.—(IN2011079582).

Edictos en lo Penal

PRIMERA PUBLICACIÓN

Lic. José Chaves Cordero, Fiscalía de Hatillo, al señor Gerardo Morales Espinoza, mayor, cédula 02-0283-0828, casado dos veces, vecino de Alajuela, barrio San José, de la antigua radio América Latina 200 metros sur, se le hace saber que: en el legajo de Acción Civil Resarcitoria 09-00868-0492-TC, se ha dictado resolución que literalmente dice: Fiscalía de Hatillo, a las nueve horas con cinco minutos del 5 de octubre del dos mil once. En vista de que el demandado civil Gerardo Morales Espinoza, no ha sido posible citarlo en su domicilio para comunicarle la resolución del 11 de junio del dos mil once, así como 5 de setiembre del dos mil once presentada por la ofendida Norma Cecilia Madrigal Sandoval, así como la resolución del 1º de setiembre del dos mil once presentado por el señor Luis Alberto Mora Marín que da curso a la Acción Civil Resarcitoria incoada en su contra se procede a comunicarle la misma mediante edicto, que se publicará tres veces en el Boletín Judicial, confeccionándose en el oficio de estilo. Lic. José Chaves Cordero, Fiscal Hatillo. De conformidad con los artículos 115 y 120 del Código Procesal Penal, se pone en conocimiento al demandado civil Gerardo Morales Espinoza, la presente Acción Civil Resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil, planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese.—Fiscalía de Hatillo, Tercer Circuito Judicial de San José.—Lic. José Chaves Cordero, Fiscal.—Exento.—(IN2011080534).