BOLETÍN JUDICIAL Nº 209 DEL 1º DE NOVIEMBRE DEL 2011
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
CIRCULAR Nº 74-11
ASUNTO: “Reglamento sobre las Facultades
de las Diferentes Instancias del Poder Judicial que Intervienen en
A LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS JUDICIALES
SE LES HACE SABER QUE:
“REGLAMENTO SOBRE LAS FACULTADES
DE LAS
DIFERENTES INSTANCIAS DEL PODER
JUDICIAL
QUE INTERVIENEN EN
DEL
PRÉSTAMO DE
DEL
PROGRAMA MODERNIZACIÓN
DE
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—El presente
Reglamento regula las competencias del Consejo Superior,
Artículo 2º—En lo no dispuesto en este reglamento, se
aplicarán las disposiciones de
Artículo 3º—Para efectos del presente cuerpo normativo,
se entenderán por:
a) CSJ: Corte Suprema de Justicia.
b) BID: Banco Interamericano de Desarrollo.
c) UEP: Unidad Ejecutora del Programa.
d) CSPJ: Consejo Superior del Poder Judicial
e) CS: Comisión de
Seguimiento del Segundo Préstamo con el BID
f) CG: Comité Gerencial
g) Programa: Segunda Etapa del Programa de
Administración de Justicia.
h) GC: Gerente Componente
i) GP: Gerente Proyecto
j) LP: Líder de Proyecto
k) EC: Equipo Contraparte
CAPÍTULO II
De
Artículo 4º—
Artículo 5º—
CAPÍTULO III
Del Consejo Superior del Poder Judicial
Artículo
6º—El CSPJ, para efectos y aplicación de este reglamento, ejercerá las
competencias y responsabilidades señaladas en
Artículo 7º—El CSPJ conocerá de los asuntos del Programa
Modernización de
Artículo 8º—Conforme sus competencias, el CSPJ resolverá
sobre las licitaciones que se tramiten en el Programa de préstamo y asignará
los recursos humanos y materiales que se requieran para la correcta ejecución
de éste.
CAPÍTULO IV
De
Artículo 9º—
Artículo 10.—Serán atribuciones
de
a) Supervisar el cumplimiento de los objetivos
del Programa de Administración de Justicia.
b) Supervisar el buen uso de los recursos y las
actividades incluidas en los planes operativos anuales, y
c) Mantener informada a
Artículo 11.—
Artículo 12.—Los
Magistrados y las Magistradas integrantes de
Artículo 13.—
CAPÍTULO V
De las sesiones de
Artículo 14.—
Artículo 15.—Cuando sea
necesario, se reunirá extraordinariamente, previa convocatoria que hará el
Presidente de
Artículo 16.—En las sesiones
participarán cuando se requiera, los Encargados de los Proyectos o Gerentes de
Componentes, para recabar opiniones expertas sobre aspectos especiales de la
ejecución del Programa. Igualmente se invitará cuando se estime necesario, al
Fiscal General de
Artículo 17.—El quórum para que
pueda sesionar válidamente, se formará con tres magistrados (as).
Artículo 18.—Las sesiones serán
privadas, salvo que la mayoría de los Magistrados que la integran dispongan que
sea pública.
Artículo 19.—Los acuerdos se
adoptarán por simple mayoría de votos de los magistrados (as) presentes y deberán
ser debidamente motivados. En caso de empate, después de dos discusiones, se
remitirá a
Artículo 20.—Los integrantes de
Artículo 21.—De cada sesión se levantará un acta que
contendrá la indicación de las personas asistentes, así como las circunstancias
del lugar y tiempo en que se celebró, los puntos principales de la
deliberación, la forma y resultado de la votación y el contenido de los
acuerdos. En el trámite de aprobación cabrá el recurso de revisión de lo
acordado. Una vez firme se ubicará en la página WEB de
CAPÍTULO VI
De
Artículo 22.—
Artículo 23.—Serán funciones de
a) Dirigir, coordinar, supervisar y responder por
el desarrollo técnico, financiero y administrativo del Programa;
b) Coordinar la ejecución del Programa y
supervisar el cumplimiento del mismo por parte de las unidades operativas
específicas involucradas en las distintas actividades del Programa;
c) Servir de enlace entre el Banco y
d) Dar seguimiento periódico al cumplimiento de
productos y plazos de proyectos y componentes, de acuerdo al marco lógico,
cronogramas y demás instrumentos de evaluación de los resultados del Programa;
e) Presentar las solicitudes de desembolso al
Banco cumpliendo con lo estipulado en este Contrato;
f) Gestionar las solicitudes de desembolsos de
los recursos adicionales, a que se refiere la cláusula 1.03 de las
Estipulaciones Especiales;
g) Velar por el cumplimiento de los
procedimientos de las licitaciones y contrataciones de consultorías, de
conformidad con las disposiciones del presente Contrato y sus anexos;
h) Someter para la aprobación del Banco, antes de
tramitar las licitaciones, los planos definidos de la infraestructura física a
reparar o construir, documentos de licitación y otros previstos en los
contratos para la ejecución de obras, adquisición y contratación de bienes y servicios;
i) Garantizar un sistema contable y financiero
actualizado, que permita un control adecuado de las operaciones y del plan de
inversiones del Programa;
j) Mantener informados al Comité de Seguimiento
y al Banco, respecto a la marcha del Programa en todos sus aspectos,
presentando, además, informes semestrales consolidados de avance;
k) Mantener actualizada la información para la
coordinación general y seguimiento del Programa;
l) Coordinar y apoyar las tareas de difusión de
los objetivos y avances del Programa, propuestos por los Gerentes de cada
Proyecto.
m) Cualquier otra función que le sea asignada
por
Artículo 24.—
CAPÍTULO VI
Del Comité Gerencial
Artículo 25.—Créase
el Comité Gerencial con la finalidad de garantizar la comunicación entre los
equipos contraparte y el o los proveedores contratados en los diferentes
proyectos. Conocerá de los asuntos que no puedan resolver los equipos
contraparte o los proveedores contratados por el Programa, y procederá a
emitir, recomendaciones. De presentarse una inconformidad entre las partes, y
no sea posible una solución por parte del Comité Gerencial, la misma debe ser
trasladada, para lo que corresponda, a
Artículo 26.—El Comité estará conformado por
Artículo 27.—
CAPÍTULO VII
De los Gerentes de Componente
Artículo 28.—Para
los componentes y proyectos a ejecutar como parte del Programa Modernización de
Artículo 29.—Los Gerentes de los
Componentes, deberán ejecutar como mínimo, las siguientes funciones:
a. Preparar el Plan Operativo Anual de su
componente y de los proyectos que se contraten, con el cronograma
correspondiente; vigilar su desarrollo y cumplimiento; mantener actualizada la
información e informar de ello a
b. Proponer a
c. Participar en la elaboración de los términos
de referencia y metodología de evaluación.
d. Participar, cuando así corresponda, en la
evaluación de las ofertas de servicios de la firma consultora.
e. Participar en los procesos de negociación,
conforme
f. Coordinar y proporcionar las facilidades de
planta física, mobiliario y equipo para el personal de los proveedores que se
contraten, que esté en capacidad de brindar el Poder Judicial.
g. Recomendar ante
h. Proponer a
i. Medir y controlar los tiempos y avance del
proyecto según el cronograma y comunicar los atrasos a
j. Dar a conocer a los consultores externos en
los ámbitos y a los servidores judiciales que se requiera, de conformidad con
los alcances del proyecto.
k. Coordinar la capacitación que se debe dar al
personal de las áreas involucradas en los proyectos.
l. Participar en las reuniones de
m. Cumplir con cualquier otra función que
señalen las instancias superiores del Poder Judicial o del Programa, así como
las que se señalen en el documento denominado “Definición y
Atribuciones de las Unidades Funcionales Internas participantes en Proyectos de
Consultoría Externa, Contratación de Obra y Diseño” u otro instrumento que permita mejorar los resultados de su desempeño.
Artículo 30.—Rendición
de cuentas y deber de informar. Los Gerentes de los Componentes, deberán
mantener informada a
CAPÍTULO VIII
De los Gerentes de Proyecto
Artículo 31.—Cuando
por la naturaleza del proyecto o los intereses del Programa, no se cuente con
un Gerente de Componente, será necesario el nombramiento de un Gerente de Proyecto.
Este nombramiento lo hará el CSPJ a propuesta de
Artículo 32.—Los Gerentes de
Proyecto, deberán ejecutar las mismas funciones de los Gerentes de Componente,
en lo que a un proyecto particular.
CAPÍTULO IX
De los Líderes de Proyecto
Artículo 33.—El
C.S. nombrará a solicitud de
Artículo 34.—El Líder de
proyecto, deberá propiciar un adecuado ambiente de control interno, canales
adecuados de comunicación, para que los procesos o procedimientos se lleven a
cabo. La persona que se designe para realizar esta labor, deberá coordinar lo
correspondiente con el Gerente del Componente y con el Comité Técnico.
CAPÍTULO X
De los Equipos Contraparte
Artículo 35.—Todo proyecto
requiere la participación de personal asesor, conformado por un grupo de
profesionales, especialistas en varias disciplinas según lo requiera la
magnitud del proyecto; y personal técnico integrado por servidores que
atenderán las diferentes áreas de trabajo involucradas con el proyecto y que
vaya a ser afectada por la ejecución de éste. Estos equipos se denominarán
Equipo Contraparte.
Artículo 36.—Serán funciones del
Equipo Contraparte las siguientes:
a. Participar en la elaboración de los términos
de referencia de las contrataciones.
b. Participar en la calificación de las ofertas
de las firmas consultoras, con base en los criterios de evaluación establecidos
al respecto.
c. Orientar al personal de la firma consultora
con base en su experiencia en cada una de las áreas involucradas.
d. Revisar los productos entregados en cada hito
de control y dar su visto bueno, en lo que al área de su especialidad se
refiere.
e. Vigilar el cumplimiento de objetivos, tiempo y
plazo.
f. Llevar una bitácora de las actividades
realizadas.
g. Comunicar verbalmente y por escrito aspectos
que considere importantes como los atrasos en el cumplimiento de los contratos
con el fin de tomar las medidas en relación con el proyecto ante el Gerente y
h. Cualquier otra que le sea asignada por
CAPÍTULO XI
Disposiciones finales
Artículo 37.—La
interpretación o reforma al presente Reglamento será dispuesta por
Artículo 41.—Este Reglamento deroga
cualquier otro que se le oponga y rige una vez aprobado por
San José, 22 de junio de 2011.
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—(IN2011084161) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 81-09
ASUNTO: Utilización de vestimenta alusiva a las
Fiestas Patrias.
A LOS SERVIDORES Y SERVIDORAS JUDICIALES
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº
71-09, celebrada el 23 de julio de 2009, artículo LXXXIII, autorizó que para la
celebración del 25 de julio del 15 de setiembre y del 12 de octubre de cada
año, el personal de los circuitos judiciales del país, pueda utilizar
vestimenta alusiva a estas Fiestas Patrias, como trajes típicos con los colores
patrios, pantalones tipo “army”, pañuelos, sombreros, faldas y blusas típicas, entre otros, si así lo
desean; en el entendido que deben guardar el decoro en la forma de vestir y
no utilizar prendas tipo jeans.
Se indica a los Jefes de Oficina el deber de vigilar su
cumplimiento.
(Adicionada y reiterada en virtud
de acuerdo tomado
por el Consejo Superior en sesión Nº 79-11 del 14
de setiembre de 2011, artículo LXX).
San José, 11 de agosto de 2010
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—(IN2011084166) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 119-10
ASUNTO: Cumplimiento de las políticas de accesibilidad para la
población adulta mayor.
A LOS JEFES Y JEFAS DE DESPACHOS JUDICIALES
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión Nº
69-10, celebrada el 27 de julio de 2010, artículo XLII, dispuso reiterar su
obligación de velar por el cumplimiento de las políticas de accesibilidad para
la población adulta mayor, por lo que su incumplimiento tendría como
consecuencia la imposición de las sanciones disciplinarias correspondientes.
“Los despachos judiciales tienen la obligación de cumplir
con la inclusión de los datos estadísticos en los casos entrados o denuncias
presentadas en que alguna de las partes sea una persona adulta mayor, caso de
no cumplir este requerimiento se remitirá al Tribunal de
(Adicionado por el Consejo Superior en sesión N° 81-11
celebrada el 22 de setiembre del 2011, artículo XLIV).
Reiterada en virtud del acuerdo
tomado por el Consejo
Superior en sesión 81-11, celebrada el 22 de
setiembre
de 2011, artículo XLIV.
San José, 13 de setiembre de 2010
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(IN2011084164) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 119-11
ASUNTO: Aclaración de
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº
104-10 del 25 de noviembre de 2010, artículo XXXVIII, dispuso aclarar
En todos los casos el despacho remitente deberá consignar
el Número Único correspondiente. El despacho que reciba, deberá corroborar que
la causa tenga la numeración única, de lo contrario comunicarse con el despacho
de origen, con el fin de averiguar el Número Único
Asimismo, se reitera que el procedimiento a seguir es el
establecido en el Instructivo sobre el Número Único elaborado por el
Departamento de Planificación, punto 10, dependiendo del sistema informático
que posea cada despacho, ya sea el Sistema Informático Tradicional o el Sistema
Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales. El documento citado puede
consultarse en la siguiente dirección electrónica:
http://intranet/planificacion/Informes_Relevantes/032.DOC
Señalar que en todo caso se debe
proteger el servicio público y la celeridad de los procesos. La inobservancia
de esta circular no genera afectación del servicio público, sino
responsabilidad disciplinaria.”
San José, 5 de octubre de 2011.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(IN2011084171) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 120-11
ASUNTO: Procedimiento para escaneo de títulos
valores.
A LOS JUECES Y JUEZAS CIVILES Y LAS OFICINAS
DE
RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS DE TODO EL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión Nº
82-11, celebrada el 27 de setiembre del 2011, artículo LIV, dispuso
comunicarles el procedimiento para el escaneo de títulos valores, con el fin de
minimizar el riesgo de pérdida y vencimiento de estos documentos, así como para
llevar un mayor control entre los despachos y la administración.
A esos efectos deberán proceder a escanear únicamente los
títulos valores que sirven como medio probatorio del proceso y no aquellos que
forman parte de la garantía judicial.
Una vez que el título valor ha
sido escaneado, deberán de ubicar en un lugar visible del documento original o
de la copia certificada, el sello de recepción en el cual se consignará siguiente
información:
DESPACHO (EN MAYUSCULA) DOCUMENTO ESCANEADO DIA/MES/AÑO Hora: _________ Se le advierte a la parte que deberá mantener en
custodia los documentos escaneados y presentarlos a este despacho cuando sean
requeridos Nombre del servidor que recibe:_________________” |
Una vez incluida esta información
se devolverá el documento al interesado.
San José, 19 de octubre de 2011.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(IN2011084172) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 121-2011
ASUNTO: “Protocolo de Manejo de
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
QUE
CONOCEN MATERIA LABORAL
SE LES HACE SABER QUE:
“PROTOCOLO DE MANEJO DE
EN LAS
AUDIENCIAS DE LOS PROCESOS LABORALES
I PRINCIPIOS GENERALES
Regla 1.01: Título.
Este conjunto de reglas se conocerán como el Protocolo de
Manejo de
Regla 1.02: Aplicabilidad.
Este Protocolo será de aplicación en todas las audiencias
de los procesos laborales.
Regla 1.03: Normas de Interpretación.
Las Reglas se interpretarán flexiblemente en aplicación
de los principios que conforman la oralidad y de forma que garanticen una
solución justa, célere y económica a cualquier asunto que se conozca en la
audiencia. El fin principal de las Reglas, es el descubrimiento de la verdad
del caso, de manera consistente con la normativa procesal existente, que rige
la materia laboral.
II PROCESOS INTRODUCTORIOS
Regla 2.01: Inicio de
La persona juzgadora iniciará la audiencia solicitando a
las partes y a sus representantes, la correspondiente identificación e
informando la naturaleza de la misma. Procederá a tomarle juramento a todas las
personas declarantes. Acto seguido, invitará a las partes a considerar la
posibilidad de conciliación antes de continuar con la audiencia.
Fracasado este intento conciliatorio dará inicio a la
recepción de prueba, debiendo explicarle a las partes la metodología de
desarrollo de la diligencia, la cual incluye: orden de la palabra, reglas de
participación, roles a cumplir por las partes, valores aplicables, y potestades
de la persona juzgadora. Asimismo, podrá exponer la alternabilidad de los
testigos con que se llevará a cabo la recepción de prueba, y la posibilidad que
tienen de interrumpir la diligencia, o finalizada ésta, para nuevamente
intentar un arreglo conciliatorio.
Regla 2.02: Separación de las personas declarantes.
Una vez las personas declarantes sean juramentadas, serán
ubicadas en un espacio físico apropiado, donde no puedan escuchar las
declaraciones de los otros declarantes. Al ser llamados a declarar, se
apersonarán a la audiencia.
Rendida su declaración, se les apercibirá que no podrán
hablar con los otros declarantes, sobre el contenido de su declaración.
Regla 2.03: Las Partes y las personas declarantes.
Iniciada la audiencia, los abogados y las partes no
podrán tener comunicación de ninguna índole (verbal, electrónica, o de
cualquier otra forma) con las personas declarantes. Se les apercibirá a las
partes y a sus abogados, que no podrán comunicarse con las personas
declarantes, hasta tanto hayan prestado su declaración.
III El ORDEN DE
Regla 3.01: Limitación del punto del debate por parte de
la persona juzgadora.
La persona juzgadora definirá en forma fundamentada, los
aspectos a debatir pudiendo las partes pedir ajustes, ampliaciones y
aclaraciones si estiman que se ha dejado algún tema controvertido.
Regla 3.02: Orden de
La presentación de las personas declarantes será en el
siguiente orden:
(1) los
peritos citados;
(2) La
confesional y luego las declaraciones de parte;
(3) Los
testigos propuestos de acuerdo con los hechos o temas que a cada uno correspondan.
La persona juzgadora podrá modificar el orden previamente
señalado cuando las circunstancias o los intereses de la justicia así lo
requieran. Las partes y sus abogados podrán también solicitar por razones
justificadas, un cambio en el orden señalado.
La persona juzgadora podrá recibir la prueba testimonial
alternando las personas, según la parte que la haya ofrecido.
Regla 3.03: Prueba complementaria o para Mejor Proveer.
Concluida la recepción de la prueba, la persona juzgadora
de oficio o a solicitud de las partes, podrá ordenar la recepción de los medios
probatorios que estime pertinentes, para el mejor esclarecimiento de los
hechos.
IV El ORDEN Y
Regla 4.01: Los Interrogatorios en general.
La persona juzgadora comenzará haciendo las preguntas que
conforman las generales de ley, con el propósito de establecer la identidad y las
circunstancias personales de cada persona declarante.
Inmediatamente después, salvo que a criterio de la
persona juzgadora, considere oportuno alterar el orden del interrogatorio,
procederá a ubicar al testigo, sobre el caso en el que fue ofrecido, y le
indagará sobre los hechos que éste conoce y que tengan relación con que se
discute en el proceso, previniéndole que, conforme a los artículos 485 del
Código de Trabajo y 358 del Código Procesal Civil, exprese con precisión el
fundamento de su dicho, explicando las razones de cómo conoce de los mismos,
así como su ubicación en el tiempo, en el espacio y en el entorno en que
sucedieron.
Regla 4.02: Las Preguntas.
Al culminar las preguntas de la persona juzgadora, salvo
que se haya alterado el orden del interrogatorio, conforme lo dispone el
artículo 385 del Código Procesal Civil, los abogados de las partes procederán
con sus respectivos interrogatorios.
En aquellos casos donde alguna de las partes tenga más de
un abogado, deberá informar quien hará uso de la palabra para realizar el
interrogatorio.
Las preguntas deberán ser pertinentes, lo que implica que
estarán relacionadas con los hechos del caso, que está en discusión. No se
admitirán preguntas sugestivas, compuestas, repetitivas, ni capciosas.
Regla 4.03: Las Repreguntas.
Una vez terminado el interrogatorio hecho por la parte
que ofreció el testigo, se le dará la palabra a la contraparte para que proceda
en igual sentido (preguntas y repreguntas sobre los hechos del proceso). No se
admitirán preguntas sugestivas, compuestas, repetitivas ni capciosas.
Regla 4.04: El Interrogatorio de la persona juzgadora en
general.
La persona juzgadora podrá, en cualquier momento del
desarrollo de la audiencia, pedir aclaración a la persona declarante respecto
de dudas que tenga, o para aclarar el registro de la audiencia. En todo
momento, deberá actuar de manera imparcial.
Regla 4.05: El Interrogatorio de la persona juzgadora y
su forma.
Cuando la persona juzgadora haga uso de las facultades
que establece
V. LAS OBJECIONES U OPOSICIONES
Regla 5.01: Las Objeciones u oposiciones en general.
Durante el interrogatorio de las personas declarantes o
en cualquier momento de la audiencia, las partes podrán objetar, para expresar
su oposición, a cualquier ofrecimiento de prueba, interrogatorio o
comportamiento de las personas que participen de la audiencia.
Regla 5.02: La forma de las objeciones u oposiciones.
La parte que objete deberá hacerlo oportunamente,
levantando para ello su mano y deberá expresar el fundamento de su objeción. La
parte objetada podrá replicar a la misma. Terminada la discusión de la
oposición, la persona juzgadora deberá resolver, con los fundamentos
correspondientes.
Cuando la persona juzgadora lo estime conveniente, o a
solicitud de alguna de las partes, la persona declarante o confesante, deberá
retirarse de la sala durante la discusión de las objeciones u oposiciones.
Regla 5.03: La prueba denegada.
Cuando la persona juzgadora no permita un medio de
prueba, deberá fundamentar su decisión, y la parte afectada podrá exponer el
propósito y pertinencia de la misma en el proceso, de manera que para trámites
ulteriores se pueda evaluar la decisión tomada.
VI. LAS
PERSONAS DECLARANTES
Regla 6.01:
Toda persona declarante deberá rendir juramento o promesa
de decir verdad, y será advertida de las penalidades que conlleva el hacerlo
falsamente. La persona declarante deberá dar con precisión el fundamento de su
dicho, explicando las razones de cómo conoce de los hechos, así como su
ubicación en el tiempo, en el espacio y en el entorno en que sucedieron.
Regla 6.02: La confrontación.
Las personas declarantes podrán declarar únicamente en la
audiencia y estarán sujetas a ser interrogadas por las partes, si éstas optan
por asistir a la audiencia e interrogarla.
VII ALEGATO DE CIERRE
Regla 7.01: Alegato de Cierre.
La audiencia finalizará con los alegatos que podrán hacer
brevemente las partes. La parte demandante procederá a realizar sus argumentos
finales. Al concluir corresponderá a la parte demandada hacer lo propio. Dichos
argumentos se realizarán dentro del tiempo establecido por la persona juzgadora
y se limitarán a lo acontecido en la audiencia y a la prueba existente en el
proceso.
VIII. DECISIÓN
Regla 8.01:
Una vez terminado el alegato de cierre llevado a cabo por
las partes, la persona juzgadora dará por concluida la audiencia y emitirá su
decisión fundamentada, de manera oral. De ser necesario, por la complejidad del
asunto o en cualquier otro caso, a criterio de la persona juzgadora, podrá
posponer la entrega de la decisión integral del fallo, dentro del plazo legal
contenido en el artículo 490 del Código de Trabajo.
Regla 8.02:
La resolución oral deberá contener los requisitos
establecidos por el artículo 155 del Código Procesal Civil, con un lenguaje
sencillo que permita ser entendido por las partes. El dictado oral de la
decisión no puede eludir una debida fundamentación. No se requerirá por parte
de la persona juzgadora una repetición de todo lo declarado por las personas
declarantes; la fundamentación intelectiva y jurídica debe ser suficiente y
concreta.
IX. DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LOS ABOGADOS Y ABOGADAS
Regla 9.01:
Los abogados y las abogadas deberán guardar en todo
momento, durante la realización de la respectiva diligencia de evacuación
probatoria, un comportamiento respetuoso, moral y ético.
Para hacer cumplir tal exigencia, la persona juzgadora
podrá ejercer sus poderes disciplinarios, con apego a la normativa contenida en
el Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, el
Capítulo Sexto del Título Ocho de
San José, 20 de octubre de 2011.
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—(IN2011084162) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 122-11
ASUNTO: Sustituciones en plazas extraordinarias por
permiso sin goce de salario y ascenso a otro cargo.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº
53-11, celebrada el 9 de junio de 2011, artículo LXXXVII, dispuso reiterarles
que en plazas extraordinarias solo se podrá sustituir por permiso sin goce de
salario y ascenso a otro cargo, lo anterior conforme a lo establecido en el
Plan de Vacaciones 2010-2011 en el apartado, Disposiciones sobre sustituciones,
aprobado en sesión Nº 98-10, celebrada el 4 de noviembre de 2010, artículo L.
San José, 20 de octubre de 2011
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(IN2011084168) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 123-11
ASUNTO: “Política Respetuosa de
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
Y AL
PÚBLICO EN GENERAL
SE LES HACE SABER QUE:
“Política Respetuosa de
• El sistema judicial se está configurando a
nivel iberoamericano y nacional como un instrumento para el efectivo acceso a
la justicia de los distintos grupos de personas que se encuentran en condición
de vulnerabilidad. Para el caso costarricense, el compromiso asumido por Corte
Plena en mayo del
• Las Reglas se constituyen en la política
general para que los servicios que presta el Poder Judicial reconozcan las
necesidades y características particulares de las personas usuarias y defina
los mecanismos y procedimientos pertinentes para que los servicios que se
brinden sean oportunos, eficientes y eficaces. En congruencia con ese
compromiso y con la ampliación progresiva de las poblaciones consideradas
inicialmente, en setiembre del 2009 se incluyó dentro de ellas a las personas
no heterosexuales entendiendo que sus características y necesidades requieren
de la definición de acciones particulares que permitan atender los obstáculos
identificados.
• La diversidad sexual se refiere a las
diversas formas de sentir, percibir y experimentar la sexualidad humana en sus
múltiples manifestaciones (lesbianas, gays, transgénero, travesti,
transexuales, intersexo, bisexuales, heterosexuales). La discriminación hacia
estas personas es una forma de violencia resultado de acciones o de omisiones,
que pueden ser intencionada o inconsciente, sutil o
abiertamente hostil. De cualquier forma, causa dolor y sufrimiento a
quienes la reciben.
• La discriminación es en muchas ocasiones
producto de la falta de información y de la homofobia, entendida esta última
como el conjunto de creencias, opiniones, actitudes y comportamientos de
agresión, odio, desprecio, ridiculización, etc. que se producen contra las
personas no heterosexuales. De similar importancia que el racismo, la xenofobia
y el machismo, la discriminación por orientación sexual está fundada en
arraigados estereotipos sociales y la no aceptación de la diversidad humana.
(Tomado de cipac. folleto: diversidad sexual y discriminación social).
Considerando:
• Que el derecho a la igualdad y no
discriminación de todas las personas se encuentra reconocido en diversos
instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos.
• Que el derecho al acceso a la justicia es
reconocido en los siguientes instrumentos internacionales de protección de los
derechos humanos: Declaración Universal de Derechos Humanos Pacto de Derechos
Civiles y Políticos y
• Que
El Poder Judicial costarricense se
compromete con:
1. La no discriminación por razón de orientación
sexual tanto respecto a los servicios que se brindan a las personas usuarias
como en el trato y las oportunidades de quienes laboran en la institución.
2. Desarrollar todas las medidas de carácter
administrativo, normativo, procedimental y operativo que sean necesarias con el
fin de garantizar el respeto a los derechos de las personas sexualmente
diversas tanto usuarias como funcionarias o servidoras judiciales.
3. Asegurar los recursos humanos, materiales,
financieros y técnicos necesarios, así como la creación de órganos, métodos y
procedimientos adecuados para implementar esta política e incorporar criterios
de descentralización para que se haga efectiva.
4. Definir y desarrollar las acciones afirmativas
o medidas que se requieran para eliminar las desigualdades en el acceso a la
justicia que afectan a las personas sexualmente diversas.
5. Desarrollar procesos sostenidos de
capacitación y sensibilización a las personas servidoras judiciales para lograr
un cambio de actitud en la cultura institucional respecto a las personas
sexualmente diversas.
6. Asegurar la prestación de servicios a partir
de criterios de eficiencia, agilidad, cortesía y accesibilidad acordes con las
demandas y necesidades de las personas sexualmente diversas, que tomen en
cuenta sus características específicas y eliminen todas aquellas normas,
prácticas y costumbres que tengan un efecto o resultado discriminatorios.
7. Brindar información veraz, comprensible y
accesible sobre los servicios judiciales a las personas sexualmente diversas.
8. Deberán aplicarse las directrices de no revictimización
en los casos en que sean parte personas sexualmente diversas menores de edad”.
San José, 20 de octubre de 2011.
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—(IN2011084163) Secretaria
General
CIRCULAR
Nº 124-11
ASUNTO: Obligación de enviar los expedientes con
todos los datos claramente consignados en la carátula.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº
84-11, celebrada el 4 de octubre de 2011, artículo LXI, dispuso reiterarles la
obligación de enviar los expedientes con todos los datos claramente consignados
en la carátula, la cual podrá ser reemplazada cuando su estado lo amerite. En
caso de que no se cumpla con esa disposición, lo procedente es que la oficina
receptora comunique al Tribunal de
San José, 20 de octubre de 2011
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(IN2011084169) Secretaria General
CIRCULAR Nº 125-11
ASUNTO: Autorización de envío de los mandamientos de
embargos judiciales y pensiones alimentarias bajo el concepto de firma
heliográfica.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES
QUE
TRAMITAN EMBARGOS JUDICIALES
Y
PENSIONES ALIMENTARIAS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión N°
81-11, celebrada el 22 de setiembre de 2011, artículo XXXVIII, acordó
autorizarlos a enviar los mandamientos bajo el concepto de firma heliográfica.
Lo anterior, con la salvedad de que los documentos deben
ser dirigidos a los correos electrónicos autorizados en
San José, 21 de octubre de 2011.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(IN2011084170) Secretaria
General
AVISO Nº 18-11
ASUNTO: Traslado del disfrute del 8 de diciembre,
“Día del Servidor Judicial”.
A LAS INSTITUCIONES, ABOGADOS, SERVIDORES
JUDICIALES
DEL PAÍS Y PÚBLICO EN GENERAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº
87-11 del 13 de octubre de 2011, artículo XXI, de conformidad con lo dispuesto
por
San José, 19 de octubre de 2011.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(IN2011084173) Secretaria
General
tercera PUBLICACIÓN
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: A 5 S 07
Expedientes: 749
Paquetes: 39
Año: 2007
Asunto: Documentación
Administrativa: Quejas declaradas sin lugar, desestimadas, archivadas o
rechazadas de plano.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a
San José, 19 de
octubre del 2011
Lic.
Alfredo Jones León,
(IN2011083501) Director
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de
Remesa: A 107 S 97
Ampos: 186
Agendas: 5
Libros: 16
Año:
Asunto: Documentación Administrativa:
agenda de señalamiento de los años 2005 al 2007 y 2009 agenda de señalamiento
(5).
36 Ampos: circulares de
los años 2001-2004, 2006 circulares (8)-control de
correo certificado de los años 2003 y 2005 control de correo certificado (3)-correspondencia de los años 2000 al 2002 y 2004 al 2006 correspondencia
(11) -entradas mercadería del año 2006 proveeduría (1) informes mensuales y anuales de los años
150 ampos de los años
2003 y 2006: listado de fallo (1)-del año 2005 proveído (4)-de los años
libros
de entrada de los años
Documentación sin
vigencia legal
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a
San José, 19 de octubre del 2011
Lic.
Alfredo Jones León,
(IN2011083505). Director
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de
Remesa: A 82 S 96
Paquetes:
16
Ampos: 137
Libros: 2
Carpetas: 4
Año:
Asunto:
Documentación Administrativa:
acuerdos de pago 10 ampos del año 1996 al 2004 (lista de reintegros 1 al 47-
documentos varios, autorizaciones para retirar dinero- compras (documentos
varios)- detalle de gastos y fondo rotatorio) arqueos caja chica 3 ampos de
1999 y 2004 (Arqueos- oficios- solicitudes varios) caja chica reporte y
controles mensuales 1 ampo del año 2000 (cotizaciones y oficios varios)
reportes y controles mensuales 79 ampos
del año 2000 (12)- 2001 (17) – 2002 (7) – 2003 (12) -2004 (22) todos
originales y 2004 (9) copias (reintegros de caja chica) cierres de caja diario
1 ampo del 2001 al 2004 (recibos de dinero) circulares 2 ampos 2001 y 2003-2004 (acuerdos y circulares)
comprobantes
de pago 11 ampo de los años 1996- 97 y
2000 (1) 2002 (1) 99-00 (3) 2001 (3) 2002 (2) (oficios varios, ordenes de
compra, comprobantes de dinero y proveedores) 1 ampo del 2002 (comprobantes de
ingresos y egresos) control de solicitudes 1
ampo del 2004 (reparación de cómputo)
control y registros 8
ampos del año 1998-99 (1) (brigada de emergencia)-del año 2000 (1) (títulos
valores)- del año
caja
chica reportes y controles mensuales 2
libros de 1998 al 2000 (control de caja chica)
copias
de cheques 16 paquetes de los años 1998 (6) 97-98 (4) 1999 (14) 2000 (20) 2001
(16) 2002 (13) 2003 (12) 2004 (11) (talonario de cheques)
registro
de oficios despachados 1 carpeta del los años 2003 y 2004 (oficios enviados a
San José y fax) viáticos pagados 3 carpetas de los años 1998-2000 (1) 01 al 03
(1) (liquidaciones de gastos y oficios reintegros), más del año 2003 (1) pago
de taxi personal.
Documentación sin vigencia
legal.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a
San José, 19 de octubre del 2011
Lic.
Alfredo Jones León,
(IN2011083506). Director
Ejecutivo
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: A 76 S 94
Paquetes: 629
Libros: 16
Años: 1994-2009
Asunto: Documentación Administrativa:
106 paquetes de
Expedientes de Actas de Corte Plena del 2004 al 2008.*
482 paquetes de
Expedientes de Actas de Consejo Superior del 2004 al 2008.*
26 paquetes de
Correspondencia enviada y recibida del 2006 al 2008.*
9 paquetes de
Hojas de trabajo de sesiones de Consejo Superior y Corte Plena del 2004 al
2005.
1 paquete de
Registros de asistencia del 2007 al 2009. 1 paquete de Reportes de fax del 2005
al 2009.
1 paquete de
Proposiciones de nombramientos del 2007 al 2009.
2 paquetes de
Comprobantes de pago sobre pólizas de fidelidad del 2006. al
2008.
1 paquete de
Contratos de dedicación exclusiva del 2002 al 2005.
16 libros de conocimiento
de 1994 al 2007.
*Nota: A partir
del 2004 y conforme se hizo de conocimiento de
Expedientes de Actas de Corte Plena (Correspondencia recibida para
conocimiento de Corte Plena y correspondencia enviada sobre ejecuciones de
actas de Corte Plena).
Expedientes de Actas de
Consejo Superior (Correspondencia recibida para conocimiento de Consejo
Superior y correspondencia enviada sobre ejecuciones de acta del Consejo
Superior).
Correspondencia
enviada y recibida.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a
San José, 19 de
octubre del 2011.
Lic.
Alfredo Jones León,
(IN2011083504) Director
Ejecutivo
PRIMERA PUBLICACIÓN
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
Laborales:
Remesa: L
17 S 99
Expedientes: 53
Paquetes: 2
Año: 1999
Asunto: Laboral:
3 Riesgo de Trabajo; 2 Huelga;
31
Ordinario Laboral; 17 Consignación de Prestaciones.
Remesa: L
11 S 00
Expedientes: 57
Paquetes: 2
Año: 2000
Asunto: Laboral:
1 Huelga; 1 Pensión por Invalidez; 4 Riesgo de Trabajo; 2 Disolución de
Cooperativa; 25 Ordinario Laboral; 24 Consignación de Prestaciones.
Remesa: L
13 S 01
Expedientes: 18
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Laboral:
1 Conmutación de Pena; 1 Ordinario Laboral; 16 Consignación de Prestaciones.
Remesa: L
12 S 02
Expedientes: 7
Paquetes: 1
Año: 2002
Asunto: Laboral: 7
Consignación de Prestaciones.
Remesa: L
11 S 03
Expedientes: 17
Paquetes: 1
Año: 2003
Asunto: Laboral:
1 Disolución de Cooperativa; 16 Consignación de Prestaciones
Remesa: L
11 S 04
Expedientes: 13
Paquetes: 1
Año: 2004
Asunto: Laboral:
1 Disolución de Cooperativa; 12
Consignación de Prestaciones
Remesa: L
10 S 05
Expedientes: 23
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: Laboral:
1 Disolución de Cooperativa; 22 Consignación de Prestaciones.
Remesa: L
9 S 06
Expedientes: 28
Paquetes: 1
Año: 2006
Asunto: Laboral:
1 Disolución de Cooperativa; 27 Consignación de Prestaciones.
Remesa: L
4 S 07
Expedientes: 11
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto: Laboral: 11
Consignación de Prestaciones.
Remesa: L
3 S 08
Expedientes: 6
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Laboral: 6
Consignación de Prestaciones.
Civiles:
Remesa: C 91 S 99
Expedientes: 142
Paquetes: 3
Año: 1999
Asunto: Civil: 19 Interdictos; 10 Ejecución de
Sentencia; 11 Cambio de Nombre; 8 Prueba Anticipada; 1 Ordinarios; 2
Monitorios; 1 Desahucio; 10 Prendarios; 38 Hipotecarios; 42 Ejecutivos Simples.
Remesa: C 70 S 00
Expedientes: 79
Paquetes: 2
Año: 2000
Asunto: Civil: 29 Hipotecarios; 10 Interdictos;
6
Cambio de Nombre; 5 Ejecución de Sentencia; 2 Medida Cautelar; 3 Ejecutivos Simples; 2 Monitorios; 12 Prueba Anticipada; 10
Prendarios.
Remesa: C
71 S 01
Expedientes: 41
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Civil:
16 Prendarios; 14 Cambio de Nombre; 6 Hipotecario; 4 Desahucio; 1 Ejecución de
Sentencia.
Remesa: C
71 S 02
Expedientes: 32
Paquetes: 1
Año: 2002
Asunto: Civil: 18 Prendarios; 10 Cambio de Nombre; 3
Medida Cautelar; 1 Desahucio.
Remesa: C
65 S 03
Expedientes: 28
Paquetes: 1
Año: 2003
Asunto: Civil:
17 Prendario; 10 Cambio de Nombre; 1 Medida Cautelar.
Remesa: C
59 S 04
Expedientes: 29
Paquetes: 1
Año: 2004
Asunto: Civil: 21 Prendarios; 6 Cambio de Nombre; 2
Embargo Preventivo.
Remesa: C
50 S 05
Expedientes: 15
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: Civil: 7 Cambio de Nombre; 7 Prendario; 1
Medida Cautelar.
Remesa: C
54 S 06
Expedientes: 6
Paquetes: 1
Año: 2006
Asunto: Civil:
1 Embargo Preventivo; 5 Cambio de Nombre.
Remesa: C
65 S 07
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto: Civil: 3 Cambio de Nombre.
Remesa: C
43 S 08
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Civil: 1 Cambio de Nombre.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a
San José, 19 de
octubre del 2011.
Alfredo
Jones León,
(IN2011083496). Director
Ejecutivo
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
CONTRAVENCIONES
Remesa: G 20 P 04
Expedientes: 831
Paquetes: 7
Año:
2004
Asunto: Expedientes de Faltas y
Contravenciones (archivados, absolutorias y condenatorias).
Remesa: G 14 P 05
Expedientes: 751
Paquetes: 6
Año:
2005
Asunto: Expedientes de Faltas y
Contravenciones (archivados, absolutorias y condenatorias).
Remesa: G 10 P 06
Expedientes: 572
Paquetes: 5
Año:
2006
Asunto: Expedientes de Faltas y Contravenciones
(archivados y absolutoria)
Remesa: G 9 P 07
Expedientes: 546
Paquetes: 5
Año:
2007
Asunto: Expedientes de Faltas y
Contravenciones (archivados y absolutoria)
Remesa: G 2 P 08
Expedientes: 361
Paquetes: 3
Año:
2008
Asunto: Expedientes de Faltas y
Contravenciones (archivados y absolutoria)
TRÁNSITO
Remesa: G 36 P 99
Expedientes: 330
Paquetes: 4
Año:
1999
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 32 P 00
Expedientes: 393
Paquetes: 4
Año:
2000
Asunto: Expedientes de tránsito
LABORAL:
Remesa: L 8 P 07
Expedientes: 25
Paquetes:
1
Año:
2007
Asunto:
Laboral Varios: 16 Infracciones
a la ley Constitutiva de
Remesa: L 2 P 08
Expedientes: 7
Paquetes:
1
Año:
2008
Asunto:
Laboral varios: 6 Infracciones
de la ley constitutiva de
CIVIL:
Remesa: C 10 P 03
Expedientes: 14
Paquetes:
1
Año:
2003
Asunto:
Civil Varios: 4 Consignación de
Alquiler, 10 Desahucio.
Remesa: C 9 P 04
Expedientes: 16
Paquetes:
1
Año:
2004
Asunto:
Civil Varios: 3 Consignación de
Alquiler, 13 Desahucio.
Remesa: C 5 P 05
Expedientes: 6
Paquetes:
1
Año:
2005
Asunto:
Civil Varios: 5 Desahucio, 1
Consignación de Alquiler.
PENSIONES ALIMENTARIAS
Remesa: Q 5 P 07
Expedientes: 35
Paquetes:
1
Año:
2007
Asunto:
Pensión Alimentaria (Archivado
sin Sentencia).
Remesa: Q 2 P 08
Expedientes: 31
Paquetes:
1
Año:
2008
Asunto:
Pensión Alimentaria (Archivado
sin Sentencia).
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a
San José, 19 de
octubre del 2011.
Alfredo
Jones León
(IN2011083497). Director
Ejecutivo
UNA PUBLICACIÓN
Dirección Ejecutiva del Poder
Judicial.—San José, a las diez horas del cinco de
octubre del dos mil once.
En vista de que no ha sido posible notificar a los particulares
propietarios de los vehículos involucrados en colisiones, por desconocerse su
paradero, según se cita a continuación, a solicitud de los despachos que se
dirá:
JUZGADO DE TRÁNSITO DE DESAMPARADOS |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-601293-491-TC-C |
CONCRETERA NACIONAL S. A. |
3-101005213 |
CL-179262 |
JN1AHG22Z0011104 |
11-600973-491-TC-C |
IRVIN FALLAS CASTILLO |
5-389-057 |
731938 |
2CNBJ8U8P6917008 |
11-601136-491-TC-B |
LUIS FERNANDO HIDALGO GAMBOA |
1-982-628 |
CL-143481 |
1FTCR14A7GPB54752 |
11-600079-491-TC-B |
ALEXANDER MEZA CERDAS |
9-096-255 |
MOT-27973 |
2A7038835 |
11-601062-491-TC-D |
CENTENO MORAZÁN CARLOS JAVIER |
CÉDULA DE RESIDENCIA 135RE023182 |
285836 |
1NXAE82G1JZ517599 |
11-601040-491-TC-B |
EDGAR GERARDO JIMÉNEZ DE BERNARDI |
1-568-757 |
TSJ-2550 |
KMHCG45CX2U312062 |
2011-601041-491-TC-A |
MIGUEL ÁNGEL BADILLA BADILLA |
3-214-426 |
TSJ-5303 |
KMHJF31JPRU812161 |
2011-600582-491-TC-A |
MARÍA ISABEL PICADO SOLANO |
1-485-233 |
822588 |
KMHVF21LPSU237618 |
2011-601074-491-TC-A |
JOSÉ GERARDO UMAÑA SÁNCHEZ |
1-377-213 |
263372 |
JACDH58V9N7909133 |
2011-601248-491-TC-A |
BEYZAIRE BEYZAIRE SHAROKH |
8-072-606 |
TSJ-5588 |
KMHCG45C52U268505 |
2011-601129-491-TC-A |
REPRESENTANTE LEGAL DE TRANSPORTES SUPERIORES DEL ESTE ROLAN S. A. |
3-101-083048 |
C-138611 |
2FUYDSEB1SA539711 |
2011-601042-491-TC-A |
REPRESENTANTE LEGAL DE AUTOTRANSPORTES PARA SOCIOS SAN JORGE S. A. |
3-101-336895 |
453869 |
KMHVF21NPRU013465 |
2011-601042-491-TC-A |
PAULO FRANCISCO CAMPOS SOLANO |
1-977-025 |
177311 |
WDB1240261A614746 |
11-601208-491-TC-B |
COMERCIAL TICOFERH S. A., PRESIDENTE EDUARDO ACUÑA DELGADO |
3-101-301500 |
839504 |
JS2YA21S4B6300481 |
11-601174-491-TC-D |
MÉNDEZ MARIN ALEXIS REP. LEG. DE SISTEMAS INTEGRADOS DE
SEGURIDAD ELECTRÓNICA AVANZADA SISEA S. A. |
3-101-359454 |
MOT 303285 |
LAEMNZ4099B930928 |
11-600872-491-TC-C |
MARITZA LEIVA GUARDIA |
1-050-3177 |
160901 |
JT2AE83E0H3533559 |
11-600674-491-TC-D |
VINDAS GUTIÉRREZ JEAN CARLOS |
1-1505-0911 |
MOT 173510 |
LC6PAGA1X60874503 |
11-601184-491-TC-B |
ARNULFO FLORES DURAN |
032139534 |
589897 |
JACDH58V1P7910683 |
11-601038-491-TC-D |
ABARCA VILLA RICARDO MARIN SUB-GERENTE SERVICIOS ABAMON S. R. L. |
CÉDULA DE RESIDENCIA 3-102-222805 |
424626 |
KNADC223216035944 |
11-601371-491-TC-D |
LÓPEZ MORA JESÚS DANIEL |
1-0840-0135 |
CL 180624 |
JTFAY117102000471 |
11-601268-491-TC-D |
MORALES SÁNCHEZ GUSTAVO |
1-1099-0054 |
CL 053836 |
LB120012503 |
11-601164-491-TC-C |
LUIS SOTO ALFARO |
4-097-643 |
MOT-222613 |
LC6PCJG9480808925 |
11-601155-491-TC-B |
CAROLINA UREÑA MURILLO |
1-1337-231 |
524278 |
JN1EB31PXRU330234 |
11-601163-491-TC-B |
ZAIRA BRENES ZAMORA |
104061214 |
CL-158285 |
JAACL16E0J7230182 |
11-601363-491-TC-D |
CALDERÓN CASTRO GUILLERMO |
1-0406-1168 |
598250 |
KMJRD37FPSU186530 |
11-601000-491-TC-C |
VERA COLLADO ALGUERA |
6-157-653 |
477823 |
2T1AE04B4SC087976 |
11-601282-491-TC-C |
HIRAM ALEXIS CERVANTES MENA |
1-529-818 |
CL-138561 |
YN1060018995 |
11-601231-491-TC-B |
ANA LUCIA BARRIENTOS VEGA |
1-610-415 |
200850 |
JT2AL35W6F0187014 |
11-601216-491-TC-B |
CREDIBANJO S. A. |
3-101-083380 |
CL-235459 |
MR0CS12G400053292 |
11-601216-491-TC-B |
HERIBERTO SOTO ESPINOZA |
1-615-080 |
CL-92453 |
LB120129226 |
11-601112-491-TC-B |
DOS OCHO SEIS S. A. PRESIDENTE VÍCTOR EMILIO HERRERA ARAUZ |
3-101-203697 |
C-129317 |
1HSRDALR5RH600160 |
11-601265-491-TC-B |
SOLANGE MILUSKA CELIS CHACATANA |
CÉDULA DE RESIDENCIA 45515939900218 |
C-137300 |
JHFAY047605000095 |
11-601322-491-TC-C |
INVERSIONES Y ADMINISTRACIONES Y ASOCIADOS INTERNACIONALES IASA
SOCIEDAD |
CÉDULA DE RESIDENCIA 3-101215703 |
858580 |
KM8SB82B81U049985 |
10-602060-491-TC-B |
DIEGO ALEJANDRO UGALDE AGÜERO |
1-1215-109 |
MOT-225077 |
L5DPCM2868A003825 |
11-601139-491-TC-B |
ANDREA BARRANTES RODRÍGUEZ |
1-1398-249 |
593650 |
2T1AE09E9PC013026 |
11-601372-491-TC-D |
MOYA RETANA JASON |
1-1187-0891 |
247580 |
1GBCM15Z7KB251947 |
11-601316-491-TC-D |
PADILLA PADILLA MARTA EUGENIA |
1-0559-0061 |
779044 |
EL400018352 |
2011-600405-491-TC-B |
CARLOS MARTÍNEZ CÁCERES |
9-062-564 |
TSJ-5711 |
KMHCG45C72U403578 |
11-601324-491-TC-D |
ARCE VEENGTAS GERDIS AURELIANO REP. LEG. DE CONSTRUCCIONES Y
REMODELACIONES ARVANE S. A. |
3-101-366598 |
CL 134230 |
KNMD21404028 |
11-601444-491-TC-D |
ZAHNER RAMÍREZ RAÚL ANTONIO |
1-1065-0855 |
571198 |
KNADC123826095166 |
11-601420-491-TC-D |
ROJAS CALDERÓN KENNETH |
1-1163-0419 |
459066 |
KMHVA21NPTU172095 |
2011-600851-491-TC-A |
JUAN JOSÉ MORA LEÓN |
1-277-649 |
83664 |
NO SE INDICA |
|
|
|
|
|
JUZGADO DE TRÁNSITO HATILLO |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-000676-0492-TC |
SOLUCIONES DE MERCADEO COMERCIAL Y CONSULTORÍAS S. A. |
3-101-340668 |
379563 |
KMJWWH7SPYU194809 |
11-000843-0492-TC |
MARTÍNEZ GAVARRETE HUMBERTO |
1-0592-0600 |
504396 |
1MELM584XPA645473 |
11-000931-0492-TC |
MÉNDEZ JIMÉNEZ JULIO CÉSAR |
1-0886-811 |
210064 |
1HGCA5535HA171540 |
11-000956-0492-TC |
CAMPOS BARRANTES MARCO |
7-0137-0795 |
CL 221909 |
NO TRANSMITIDO |
11-000970-0492-TC |
AGUILAR ZAMORA MARÍA ROSA |
1-0321-0490 |
764132 |
KMHCG35C91U135965 |
11-000970-0492-TC |
SIBAJA VARGAS TONY |
1-0817-0832 |
TSJ 4636 |
JTDBJ21E804015785 |
11-000982-0492-TC |
VEGA CÓRDOBA JOHAN |
114100301 |
TSJ 5866 |
KMHCG45C15U601190 |
11-000982-0492-TC |
CARRANZA SANDOVAL JULIETA |
202980041 |
819944 |
1NXBR32EX4Z202461 |
11-001011-0492-TC |
MARTÍNEZ CÁCERES CARLOS |
9-0062-0564 |
TSJ 5711 |
KMHCG45C72U403578 |
11-001026-0492-TC |
CAÑAS DÍAZ MIGUEL |
1-0781-0285 |
702215 |
JS3TX92V014115862 |
11-001041-0492-TC |
MARIN LEÓN YENNY YANCEL |
1-1339-0327 |
382044 |
1C3ES26C1YD672624 |
11-001043-0492-TC |
CORPORACIÓN
SIMUM LID S. A. |
3-101-323230 |
CL 223313 |
H3U41Y002027 |
11-001063-0492-TC |
HERNÁNDEZ MURILLO KAROL TATIANA |
1-1149-0415 |
646366 |
1HGEJ6506TL003410 |
11-001090-0492-TC |
ARGUELLO
CASTRO MARÍA DEL ROCÍO |
6-0125-0804 |
537918 |
JT3HP10V8T0094265 |
11-001109-0492-TC |
ARIAS ALFARO GUILLERMO |
1-1016-0611 |
170078 |
1N4PB21S0HC767870 |
11-001110-0492-TC |
SÁNCHEZ CORDERO JENNY |
1-1041-0055 |
CL-230559 |
FE71PBA00375 |
11-001121-0492-TC |
GARITA GARITA RAFAEL |
7-0036-0595 |
TSJ 1240 |
KMHVF24N5VU366344 |
11-001125-0492-TC |
RODRÍGUEZ BARRIENTOS SONIA |
2-0498-0697 |
MOT-271036 |
LYXPCML0890B00183 |
11-001143-0492-TC |
ROJAS VARGAS FRANKLIN GERARDO |
9-0055-0624 |
856954 |
KMHVF21NPRU038388 |
11-001147-0492-TC |
PERLITA TROPICAL
INFINITA S. A. |
3-101391093 |
CL-200891 |
3D7KS28C35G776273 |
11-001152-0492-TC |
TRUJILLO RESTREPO JESÚS M. |
1000008405 |
275739 |
LN1350002172 |
11-001201-0492-TC |
PAVIMENTOS Y
CONSTRUCCIONES PAYCO S. A. |
3-101-108468 |
C 133051 |
1M2AA13YXTW061555 |
11-001234-0492-TC |
TRANSPORTES GSS GESEY SA |
3-101-345976 |
C-54258 |
1FUPDXYB0YLG06289 |
11-001256-0492-TC |
CORRALES GODÍNEZ MIRNA |
1-1018-0672 |
363458 |
KMHVF31JPMU534424 |
11-001289-0492-TC |
DELGADO QUIRÓS ALEXIS |
1-0442-0121 |
CL 227332 |
JALC4B1K8V7010804 |
11-001298-0492-TC |
SÁNCHEZ CASTRO JORGE |
1-0692-0285 |
TSJ 4111 |
KMHVF21NPVU409215 |
11-001309-0492-TC |
OTÁROLA ABARCA MAURICIO |
1-0537-0195 |
144329 |
BBAB13-002017 |
11-001311-0492-TC |
SUCESIÓN DE
MORALES BLANCO LUIS PORFIRIO |
2-0167-0818 |
213483 |
1FMCU14T6KUB24096 |
11-001364-0492-TC |
OSE MORALES MORALES |
1270069807 |
CL-115454 |
JA7FP44E1FP406191 |
11-001400-0492-TC |
AGÜERO CAMACHO JOSÉ FABIÁN |
1-1087-0043 |
MOT 205184 |
LAZPCJLT885200665 |
11-001619-0492-TC |
ANDERSON ENGELHART FERNANDO |
10810586 |
CL 067462 |
GNL620931508 |
11-602777-0489-TC |
MADRIGAL CHACÓN JOSÉ LUIS |
1-0299-0013 |
199212 |
JN1PS24S9FW035385 |
11-603441-0489-TC |
UMAÑA DURAN
JOSÉ ENRIQUE DEL CAR |
1-0632-0398 |
AB 1195 |
JALFSR112F3522551 |
11-604120-0489-TC |
ARRENDADORA
DFS DE CR S. A. |
3-101-433038 |
MOT 284068 |
LWBPCJ1F5A1012385 |
|
|
|
|
|
JUZGADO DE TRÁNSITO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
10-609058-489-TC-B |
GIOVANNI ALBERTO ANGULO CARVAJAL |
1-1167-0214 |
MOT-139895 |
LZSPCJLG565162267 |
10-609457-489-TC-B |
COOPERATIVA MATADERO NACIONAL DE MONTECILLOS R. L. |
3-004-075581 |
CL-239816 |
FE639EA43624 |
11-600418-489-TC-B |
GN LEASING & TRADING S. A. |
3-101-178528 |
C-150436 |
3ALHCYCS28DZ72759 |
11-600505-489-TC-B |
NICOLÁS CAMILO SOLÍS TICAS |
1-0583-0017 |
724200 |
KMJWWH7HP1U386664 |
11-601046-489-TC-B |
SONIA MAYELA CAMPOS LEÓN |
1-0488-0003 |
71222 |
FALTA INFORMACIÓN MOTOR:A12686490B |
11-601070-489-TC-B |
LUIS GUSTAVO
RAMÍREZ BRENES Y OTRO |
1-0706-0133 |
TSJ-5368 |
JTDBJ21E504004744 |
11-601114-489-TC-B |
VILLA JULI S. A. |
3-101-125060 |
841150 |
VZN1850132148 |
11-601404-489-TC-B |
LUIS ÁNGEL ARRIETA PIEDRA |
2-0349-0235 |
TSJ-703 |
JTDBJ21E504010219 |
11-602269-489-TC-B |
PERALTA AJOY ADRIANO |
1-0826-0314 |
TSJ-4157 |
JTDBT113400251022 |
11-602284-489-TC-B |
JIMMY GERARDO VALVERDE ANCHÍA |
1-0580-0053 |
TSJ-5790 |
KMHVA21NPSU030750 |
11-603225-489-TC-B |
ANDRÉS SOLÓRZANO VILLAFUERTE |
1-1381-0512 |
702169 |
JS3TE62V2Y4105333 |
11-603436-489-TC-B |
ANA ISABEL SANDÍ VARGAS |
1-0625-0316 |
MOT-271674 |
LBPKE129090031763 |
11-603566-489-TC-B |
JESÚS ENRIQUE QUESADA MADRIGAL |
3-0270-0624 |
TSJ-4792 |
KMHVA21NPSU038481 |
11-603774-489-TC-B |
MARCEL VINICIO CASTILLO FERNÁNDEZ |
1-0806-0836 |
533180 |
EE80-0208674 |
11-603804-489-TC-B |
BRIAN RAMÍREZ CASTRO |
1-1222-0589 |
692938 |
1HGEJ1124SL054106 |
11-604070-489-TC-B |
REINALDO GIRALT RAMOS LAM |
6-0104-0926 |
107928 |
2252048283 |
11-604174-489-TC-B |
DIEGO ANDRÉS VINDAS VARGAS |
1-1309-0859 |
599609 |
4A3AL54F2VE157267 |
11-604352-489-TC-B |
ALEJANDRA MARÍA VARGAS MEJÍAS |
2-0542-0445 |
665986 |
KMHCG45C41U253587 |
11-604929-489-TC C |
GARITA VARGAS MAX URIEL |
1-793-497 |
TSJ 4162 |
KMHJF25F4XU77434 |
11-604723-489-TC C |
VÍQUEZ ALVARADO LUIS BERNARDO |
3-230-008 |
431972 |
KMHVF21NPSU248625 |
11-604715-489-TC C |
ARIAS LEITÓN JOSELYN RAQUEL |
4-205-515 |
701926 |
2CNBJ18U6N6928845 |
11-604570-489-TC C |
COTO GUZMÁN ALICIA EUGENIA |
1-980-481 |
577535 |
JDAJ102G000559281 |
11-604353-489-TC C |
PEÑARANDA GONZÁLEZ ANA VIRGINIA |
1-751-833 |
TSJ 4751 |
KMHVF31NPXU568071 |
11-604240-489-TC C |
TAYLOR BONILLA GARY |
1-829-068 |
253193 |
3N1BEAB13T015374 |
11-604944-489-TC C |
VALLEJO CORTES SEBASTIAN |
1-1294-121 |
598817 |
JT2EL46S3P0325693 |
11-604914-489-TC C |
GARITA RAMÍREZ LAURA MARÍA |
1-968-688 |
766275 |
3N1BB51D21L117927 |
11-604901-489-TC C |
ÁLVAREZ MATARRITA ANA MARÍA |
5-249-327 |
775165 |
2CNBJ13C016900158 |
11-604743-489-TC C |
ESTRUCTURAS MADRIGAL S. A. |
3 101 219242 |
MOT 285507 |
MD634KE6592L12478 |
11-605109-489-TC C |
SEGURA FLORES ANA BEATRIZ |
1-555-742 |
271715 |
2HGED6340KH523322 |
11-604648-489-TC C |
LASCARIN COMN SLEPUHIN TATIANA |
8-035-261 |
CL 200818 |
LSCAA10F24A033504 |
11-605456-489-TC C |
MARQUES SÁNCHEZ WALTER RAÚL |
816588 |
770229 |
KMHVA21NPTU145924 |
11-604777-489-TC C |
SOLANO DÍAZ LUIS ERNESTO |
1-976-706 |
259229 |
JN1PB22S8JU541765 |
11-604500-489-TC C |
VIZCAÍNO ARGUEDAS XINIA |
1-437-938 |
805778 |
KL1JJ53629K046548 |
11-604406-489-TC C |
MORERA ROJAS LUIS EDUARDO |
1-545-873 |
TSJ 2843 |
3N1AB41D8L006746 |
11-604226-489-TC C |
TAMAYA S. A. |
3 101 070788 |
795030 |
1J4FFN7B99D112874 |
11-604826-489-TC C |
INVERSIONES
PARQUE DE LOS COMETAS S. A. |
3 101 226835 |
679404 |
WBAHM21007DS72744 |
11-601223-500-TC C |
ALBACEA DE
ABARCA RETANA LORENZO |
1-178-436 |
TSJ 3416 |
KMHVF21NPSU223458 |
11-603207-489-TC C |
BRENES BARBOZA VÍCTOR HUGO |
1-567-088 |
TSJ 2213 |
EL530290050 |
11-605652-489-TC C |
OCONITRILLO ARAYA JOAQUÍN BERNARDO |
2-449207 |
389478 |
KMHVF21JPMU469093 |
11-605550-489-TC C |
VARGAS CARMONA JUAN CARLOS |
1-621-893 |
761200 |
EL530098342 |
11-603382-489-TC C |
MANTENIMIENTO
Y CONSTRUCCIÓN C S C DE CARTAGO S. A. |
3 101 363472 |
CL 175213 |
9BD255229X8662459 |
11-603649-489-TC C |
AUTOMOTRIZ CR
CA S. A. |
3 101 146068 |
724570 |
JMYSNCS3A8U001427 |
11-603663-489-TC C |
RAMOCO ADT S. A. |
3 101 118315 |
MOT 255264 |
C5PR121843 |
11-605384-489-TC C |
GRUPO
COMERCIAL CAMP ESQUI CE S. A. |
3 101 302174 |
203305 |
WBABF31010EF14160 |
11-605384-489-TC C |
ARAYA CHACON JONATHAN |
1-1128-835 |
TSJ 2740 |
KMHCG45C31U157627 |
11-605427-489-TC C |
RODRÍGUEZ VARGAS MARIO ALBERTO |
2-396-425 |
616197 |
JA3AJ26E24U013622 |
11-605037-489-TC C |
MÉNDEZ ALVARADO ANAÍS |
9-070-574 |
418381 |
JM7BJ10M100118683 |
11-605129-489-TC C |
ALVARADO SOLANO RICARDO ALBERTO |
1-1458-893 |
477609 |
1N4EB32A8PC797247 |
11-604727-489-TC C |
SOMBRAS DE
ARCO IRIS S. A. |
3 101 274589 |
822383 |
KMHCG41BPYU081659 |
11-601529-500-TC C |
ARAGÓN PACHECO MAURICIO |
1-1388-720 |
498947 |
KMHJF31JPNU295220 |
11-004092-648-PE |
EL GRAN MENTIROSO
S. A. |
3101304484 |
770423 |
JMYSTCY4A8U005320 |
11-004092-648-PE |
JOSÉ HELEOMAR RETANA CAMPOS |
2-0255-0477 |
TSJ-5186 |
3N1DY05S8ZK003998 |
11-603845-489-TC |
VIVIANA SOLANO GÓMEZ |
3-0396-0143 |
417560 |
KMHVA21JPPU073569 |
11-601478-489-TC |
SARA HUMPHRES VARGAS |
7-0087-0660 |
323174 |
3N1EB31S9ZL029713 |
10-609309-489-TC |
DANIEL ALONSO ARAYA RAMÍREZ |
1-1292-0922 |
466364 |
KMHVF31JPPU741315 |
11-604286-489-TC |
JAVIER FRANCISCO ESQUIVEL SOLÍS |
1-0601-0522 |
541167 |
1NXBA02E8TZ444427 |
11-602133-489-TC |
JUAN ALBERTO LARA ZÚÑIGA |
4-0094-0814 |
TSJ-2662 |
KMHJF31JPSU909087 |
11-602188-489-TC |
SANTISTEBAN LARRAD WALTER |
1-0433-0556 |
CL-146951 |
1N6HD16Y4PC335696 |
11-604451-489-TC |
AARON JIMÉNEZ BADILLA |
4-0207-0840 |
313173 |
2HGED6347MH594200 |
11-602291-489-TC |
ALFREDO RAMOS PICADO |
1-0520-0946 |
243815 |
3N1BJAB13R018088 |
11-602558-489-TC |
EDGAR GERARDO
VENEGAS DE BERNARDI |
1-0854-0613 |
193962 |
JN1PB26S3HU001874 |
11-602962-489-TC |
ÁLVARO FRANCISCO SOTO CALDERÓN |
2-0215-0521 |
TSJ-4217 |
KMHVF24N0VU416521 |
11-604402-489-TC |
COMERCIALIZADORA
Y DISTRIBUIDORA DEL SUR CDS S. A. |
3101177181 |
814567 |
WDDHF5GB2AA136413 |
11-603904-489-TC |
EDUARDO AGUILAR SÁNCHEZ |
1-0591-0281 |
194426 |
3BJLGC120M001218 |
11-604537- 489-TC |
MARÍA GABRIELA CARBALLO LEIVA |
1-0705-0532 |
259404 |
JS3TD02V0N4107710 |
11-604537- 489-TC |
AUTOTRANSPORTES PAVAS S. A. |
3-101-054006 |
SJB-10895 |
9BM3840737B497413 |
11-604910-489-TC |
TRANSMETAL HAEBERLE S. A. |
3-101-114382 |
CL-228002 |
MMBJNKB407D106339 |
11-605174-489-TC |
JONATHAN QUIRÓS AVELLÁN |
2-0555-0451 |
CL-091431 |
9BWZZZ30ZGT131119 |
11-605174-489-TC |
NUBIA AUXILIADORA FAJARDO FAJARDO |
8-0047-0007 |
C-141571 |
JNAPA08J6PGN70467 |
11-604172-489-TC |
JUAN ENRIQUE SÁNCHEZ GARRO |
1-0521-0373 |
TSJ-4322 |
KMHVA21NPSU116958 |
11-604287-489-TC |
ANA MAYELA ZÚÑIGA VINDAS |
1-0462-0334 |
434447 |
1N4AB41D5VC726987 |
11-603271-489-TC |
JOSÉ MEJÍAS FERNÁNDEZ |
2-0303-0090 |
MOT-166605 |
LXEMC240X6A001329 |
11-603271-489-TC |
DESECHOS
CLASIFICADOS DECLASA S. A. |
3-101-264786 |
C-141834 |
1WXDCHJD8GN110473 |
11-604180-489-TC |
ATI CAPITAL SOLUTIONS S. A. |
3-101-276037 |
819085 |
JTDKW923805139279 |
11-600192-489-TC |
RAHIZA ALBARRÁN ALBARRÁN |
480-109141-898 |
648529 |
KMJWWH7BPYU238271 |
11-601675-489-TC |
ASOCIACIÓN
AGENCIA PARA EL DESARROLLO Y RECURSOS ASISTENCIALES |
3-002-056314 |
651617 |
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11-602963-489-TC |
CARLOS EDUARDO ROJAS SALAZAR |
1-0360-0400 |
TSJ-6358 |
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11-604602-489-TC |
HERSCH Y SPALTER |
1000008174 |
PEN-5712 |
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11-604232-489-TC |
DISTRIBUIDORA |
3-101-295868 |
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11-604232-489-TC |
YORLENY CRUZ RODRÍGUEZ |
1-0900-0822 |
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JOHNNY MADRIZ MONGE |
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DIANA MARCELA ORTIZ RIVERA |
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MAYRO M Y R S.
A. |
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ALEXANDER CASTRO BENAVIDES |
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CHRISTIAN DEL
CARMEN RODRÍGUEZ ABURTO |
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DISTRIBUIDORA CERVANTES S. A. |
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COMERCIALIZADORA ROALDIN S. A. |
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EILLEN CHAVARRÍA RODRÍGUEZ |
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WALESCA S. A. |
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DAGOBERTO SERRANO HERNÁNDEZ |
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TSJ-5026 |
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AUTOTRANSPORTES PAVAS S. A. |
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DAVID MADISON |
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652075 |
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AUTOTRASPORTES PAVAS S. A. |
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11-603388-489-TC |
MARTA EUGENIA GUTIÉRREZ TRUJILLO |
1000008405 |
351876 |
JHMEH9698SS000004 |
11-604902-489-TC |
DESARROLLOS
RESIDENCIALES PEÑARANDA S. A. |
3-101-479743 |
C-144915 |
B9XLA93617 |
11-601363-489-TC |
GILEN MORA MORA |
1-0899-0788 |
C-126058 |
J8DM7A1NXL3201192 |
11-604432-489-TC |
JACKELINE DEL
CARMEN MALTEZ RIVAS |
1.55815E+11 |
482994 |
KMHVF31JPNU606707 |
11-604533-489-TC |
CHRISTOPHER STEVEN CLASSIC |
17527 |
547897 |
1HGEJ1124RL021228 |
11-605231-489-TC |
ADICIONALES TÉCNICOS S. A. |
3-101-272801 |
CL-201791 |
JTFAD426600101813 |
11-603368-489-TC |
ANAPA DOS MIL
S. A. |
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CL-71154 |
FALTA INFORMACIÓN |
11-603712-489-TC |
AVELEC CR S. A. |
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11-603712-489-TC |
EVELYN FLORES ÁVILA |
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787670 |
3N1AB41D6WL046387 |
11-602793-4889-TC-F |
EDITORIAL ACTUALIDAD LIMITADA |
3102516228 |
505179 |
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11-602569-489-TC-F |
PERAZA FALLAS BERNARDINA BELEIDA |
104020755 |
497437 |
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11-602569-489-TC-F- |
UGALDE OROZCO ÁNGEL LUIS |
106140357 |
TSJ-6118 |
KMHVF21NPSU149014 |
11-603862-489-TC-F |
ARANA MARCOS CARLOS ENRIQUE |
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225943 |
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11-603889-489-TC-F |
QUESADA VALVERDE MANUEL FRANCISCO |
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TSJ-1826 |
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11-603808-489-TC-F |
MURILLO ACUÑA EVELYN |
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11-603604-489-TC-F |
WO CHING MOK MAURICIO |
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CL-234617 |
JDA00V11800028251 |
11-604749-489-TC-F- |
ANTARES DEL
ESTE ONCE S A |
3101163911 |
322705 |
2S3TE02V8R6403995 |
11-604143-489-TC-F |
BRENES SALAZAR MARIO |
302420327 |
TSJ-4178 |
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10-609996-489-TC-F |
MADRIGAL CAMPOS GILBERT |
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603182 |
JN1TBNT30Z0100163 |
11-603595-489-TC-F |
ABEA RIVERA FÉLIX ERNESTO |
800620047 |
TSJ-2391 |
KMHVA21NPRU002886 |
11-603297-489-TC-F |
ABEA RIVERA FÉLIX ERNESTO |
800620047 |
TSJ-2391 |
KMHVA21NPRU002886 |
11-603541-489-TC-F |
MARIN HERNÁNDEZ LUIS |
112430426 |
MOT-208045 |
9C2KC08307R510094 |
11-603541-489-TC-F |
GRÚAS PATO SOCIEDAD ANÓNIMA |
3101300471 |
C - 149899 |
JALE5B1U9N3002094 |
11-603357-489-TC-F |
ACUÑA QUESADA PABLO |
107580433 |
TSJ -1526 |
KMHCG45G4YU111611 |
11-603282-489-TC-F |
DISTRIBUIDORA BERMONT SA |
3101160670 |
MOT-259274 |
9FNAAKJC280034688 |
11-602175-489-TC-A |
DÍAZ MADRIGAL CINTHYA |
110490081 |
706558 |
1N4EB31P2RC874168 |
11-604012-489-TC-A |
ALIMENTOS Y
BEBIDAS DE AYARCO S. A. |
3101184148 |
858586 |
JTMZD31V105158065 |
11-604012-489-TC-A |
COLMILLOSA S. A. |
3101150326 |
445511 |
ZAR93200000189362 |
|
|
|
|
|
JUZGADO DE TRÁNSITO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
10-008905-0174-TR |
CARBALLO PICADO GUILLERMO ELOY |
502090584 |
TSJ 000349 |
KMHCG41FPYU088430 |
10-009026-0174-TR |
PÉREZ MÉNDEZ OLGA MARTA |
108280658 |
851503 |
SXA110135339 |
11-600049-0374-TC |
BARRANTES BARRANTES MARLENE DEL SOCORRO |
203840958 |
798727 |
4S2Y4307593 |
11-000112-0174-TR |
VARGAS BOGARÍN ANA VICTORIA |
302170127 |
383840 |
KMHJF21JPNU208659 |
11-000112-0174-TR |
PATEL SANJAY KUMAR |
CR: 135600000203 |
668870 |
3N1JH01S5ZL118576 |
11-000147-0174-TR |
ARQUITECTURA E INGENIERÍA EMPRESARIAL A S SOCIEDAD ANÓNIMA ,
REPRESENTADA POR HÉCTOR ANCHÍA GARBANZO |
3101309246 |
MOT 193089 |
LBPKE095870073494 |
11-000281-0174-TR |
VANGUARD SECURITY OF COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR
JOSÉ ROBERTO ODIO FUENTES |
3101281475 |
MOT 289968 |
9C2MD35U0BR100009 |
11-000888-0174-TR |
SEGURA ELIZONDO OKY REBECA |
108420105 |
11003 |
|
11-001112-0174-TR |
MENDOZA MONTERO MARÍA EUGENIA |
106100126 |
799576 |
KMHCG45G9YU060316 |
11-001112-0174-TR |
SERVICIOS ELECTROMECÁNICOS GOGITO SOCIEDAD ANÓNIMA Y REPRESENTADA
POR JORGE ANTONIO UREÑA ESCALANTE |
3101441213 |
143435 |
JHMKA46400C201200 |
11-001249-0174-TR |
ROJAS GÓMEZ MARIEL |
110510809 |
373888 |
KMHAC51GPYU218562 |
11-001611-0174-TR |
MADRIGAL CHAVES ANA PATRICIA |
111960489 |
286087 |
JE3CU36XOKU026336 |
11-001649-0174-TR |
REPRESENTACIONES ANDREÍNA SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR
VIRGILIO CHAVARRÍA ARROYO |
3101192249 |
CL 201661 |
4F4CR12A8STM28177 |
11-601719-0489-TC |
INVERSIONES MACACO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA,
REPRESENTADA POR MANUEL ENRIQUE COTO GONZÁLEZ |
3102553369 |
CL 202373 |
MMBJNK7405D032820 |
11-001902-0174-TR |
QUESADA CAMPOS GIOVANNI FRANCISCO |
109670505 |
MOT 068195 |
JH2MC1501KM100974 |
11-002101-0174-TR |
GONZÁLEZ GARRO EDWIN GERARDO |
106530563 |
TSJ 005245 |
KMHVA21LPSU023043 |
11-002101-0174-TR |
MANGUERAS Y FITINERÍAS SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR CARLOS MORA
VARGAS |
3101100541 |
MOT 207914 |
|
11-002108-0174-TR |
ROMÁN JIMÉNEZ PABLO |
101990362 |
TSJ 001512 |
KMHVF22J1RU964890 |
11-002162-0174-TR |
PARTES ORIGINALES A L R SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR JETTY
CAMPOS RODRÍGUEZ |
3101358199 |
738830 |
JDAM301S001080714 |
11-002227-0174-TR |
MIRANDA MEJÍA MARÍA EUGENIA DE LOS ÁNGELES |
900250650 |
426190 |
JN1GB21S4KU515957 |
11-002374-0174-TR |
NÚÑEZ LEITÓN ISABEL CRISTINA |
108540092 |
CL 236623 |
|
11-002374-0174-TR |
LÓPEZ MORA LUIS GERARDO DE JESÚS |
105890278 |
CL 236623 |
VZN110N020696 |
11-002589-0174-TR |
VILLA GUISER G S V SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR HUGO NAVAS
VARGAS |
3101280626 |
453291 |
WDC1631541A128951 |
11-002650-0174-TR |
COGITO ERGOSUM, SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR GLEN URBINA
RAMÍREZ |
3101263111 |
459333 |
9BD15804024340407 |
11-002682-0174-TR |
KINERET SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR LUIS ALONSO BARBOZA
LÉPIZ |
3101025306 |
848125 |
WAUZZZ4L9BD001226 |
11-002724-0174-TR |
COMPUTACIÓN TRANSDIGITAL SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR FRANK
JOSEPH VARALLO GILMORE |
3101310473 |
456782 |
JF1SF5LR51G091752 |
11-002762-0174-TR |
MAXWELL STEWART DELIA DIANA |
800580449 |
789824 |
A6010686 |
11-002821-0174-TR |
CHAVARRÍA ZÚÑIGA RANDALL JESÚS |
110890499 |
438456 |
KMHJF31JPMU132020 |
11-002849-0174-TR |
MORALES SALAS FLOR MARÍA |
106800004 |
400394 |
2T1AE94AXLC034826 |
11-002849-0174-TR |
GONZÁLEZ BOLAÑOS LUIS FERNANDO |
106710155 |
MOT 270803 |
LDAPAJ3028G000201 |
11-002871-0174-TR |
GONZÁLEZ MORA MARCELA MAYELA |
112720691 |
764582 |
KNADE221286383289 |
11-002874-0174-TR |
JOHNSON THOMAS DORIAN |
110160679 |
422765 |
KMHCF21DPSU465107 |
11-003003-0174-TR |
CHACON OVIEDO LUIS ENRIQUE |
401620389 |
377747 |
|
11-003041-0174-TR |
FERNÁNDEZ ORTEGA MAURICIO GERARDO |
701200628 |
229516 |
1HGED3551KA062957 |
11-003090-0174-TR |
ARIAS VARGAS JORGE LUIS |
105630879 |
TSJ 000316 |
KMHVF21NPRU010060 |
11-003211-0174-TR |
UMAÑA GONZÁLEZ DAMARIS MARÍA DE LOS ÁNGELES |
105940794 |
462818 |
KMHVF21NPRU076058 |
11-003319-0174-TR |
CASTRO FERNÁNDEZ YENDRY GABRIELA |
110630208 |
298987 |
KMHVD12J5RU323693 |
11-003337-0174-TR |
JIMÉNEZ AMADOR JUAN BAUTISTA |
105380219 |
MOT 176400 |
9FNAAKJCX70004420 |
11-003350-0174-TR |
IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA DE VEHÍCULOS GUZMÁN & JIMÉNEZ
SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR JOHNNY ALEJANDRO GUZMÁN UMAÑA |
3101413623 |
C 151216 |
J8BB4B1K9S7019916 |
11-003362-0174-TR |
RODRÍGUEZ LÓPEZ ÁNGELO JOSÉ |
114280359 |
237126 |
1N4GB22S4KC726616 |
11-003435-0174-TR |
ULLOA SEVILLA MAGALY |
106830427 |
342184 |
KMHVF21JPPU749992 |
11-003452-0174-TR |
FONSECA TALAVERA HAROL MAURICIO |
901160688 |
363499 |
KMHVF21JPPU891387 |
11-003456-0174-TR |
RAMÍREZ ROJAS ROY FRANCISCO |
108530327 |
619352 |
|
11-003481-0174-TR |
ZÚÑIGA GARITA ANGIE RAQUEL |
118100062 |
780510 |
KMHVF21JPRU955962 |
11-003497-0174-TR |
TRANSPORTES DE CARGA RODRÍGUEZ Y CASTRO R Y C SOCIEDAD ANÓNIMA ,
REPRESENTADA POR OSCAR RODRÍGUEZ PACHECO |
3101357356 |
C 139536 |
1FUYDCXB0SH539408 |
11-003500-0174-TR |
EL SEGUNDO CARRO NUEVO DE ERSTHSA SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA
POR MARITZA VARGAS CALDERÓN |
3101330005 |
803113 |
KMHCG51FPYU073963 |
11-003581-0174-TR |
MORALES PÉREZ FABIÁN ALONSO |
603170934 |
756793 |
KMHJM81BP8U924616 |
11-003656-0174-TR |
ARAUZ RIZO GUILLERMO |
800620902 |
TSJ 000301 |
KMHVF24N8VU380691 |
11-003666-0174-TR |
ARROYO ARIAS ÁLVARO ENRIQUE |
107370228 |
MOT 202456 |
LXEMB44025A006232 |
11-003690-0174-TR |
CALVO CHACON JUANITA DE LA TRINIDAD |
401100007 |
263892 |
JN8HD17Y8MW017760 |
11-003701-0174-TR |
BOLAÑOS MORA ANNIA DE LOS ÁNGELES |
106720609 |
153915 |
2PB12M009045 |
11-003835-0174-TR |
MORA FERNÁNDEZ RIGOBERTO DEL SOCORRO |
700350967 |
371143 |
JHMEE2758LS012201 |
11-003976-0174-TR |
VADO FRANCO CARLOS JOSÉ |
800570754 |
289010 |
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11-004021-0174-TR |
CALDWELL NAVARRO CHRISTIAN ANTONIO |
110360987 |
828270 |
SXA110083121 |
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SOLÍS ARROYO MARILYN ANDREA |
114230225 |
582182 |
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11-004050-0174-TR |
TRANSPOR DE TARRAZÚ SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR GUSTAVO PORRAS
MONGE |
3101208699 |
C 148739 |
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11-004129-0174-TR |
BARQUERO GRANADOS OSCAR |
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CASCANTE GONZÁLEZ MARÍA ANGELINA |
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662346 |
KMHVA21NPSU029832 |
11-004152-0174-TR |
DUARTE MORENO FLEIDER VICENTE |
CR: 186200084931 |
677385 |
JNRAS08W27X206154 |
11-004165-0174-TR |
CORDERO BARRANTES CRISTIAM FERNANDO |
204770669 |
673891 |
2T1AE09B4SC109385 |
11-004166-0174-TR |
KISSLING GISBERT |
CR: 704170554-1702 |
435879 |
KMHVF21JPNU694614 |
11-004166-0174-TR |
HERNÁNDEZ CASTILLO SINDEY TATIANA |
110020105 |
SJB 010820 |
KMJRD37FP3K551287 |
11-004231-0174-TR |
ALFARO SALAS SILVIA ESTELA |
107380589 |
CL 172527 |
KN3HNS8D1YK093178 |
11-004332-0174-TR |
ARGUEDAS ELIZONDO HUMBERTO MARTÍN |
105110012 |
TSJ 002574 |
KMHVF31JPRU940616 |
11-004361-0174-TR |
NARANJO MAYORGA DAISY CLAUDIA |
103931128 |
515171 |
KMHJF31JPPU537366 |
11-004386-0174-TR |
CEDEÑO PUERTAS LISMAR LOREANA |
PAS: 1244917 |
847397 |
3VWBV49M7BM002624 |
11-004502-0174-TR |
VARELA SANCHO LAURA FABIOLA |
112240293 |
694389 |
2HGEJ634XTH105876 |
11-004522-0174-TR |
SOMARRIBAS MADRIGAL PAOLA VIVIANA |
111530684 |
748782 |
2CNBE18U1R6935597 |
11-004696-0174-TR |
JIMÉNEZ RAMÍREZ ALEXANDER |
106930905 |
372242 |
D0NV320PJ01327 |
09-010666-0174-TR |
DISTRIBUIDORA TROPICAL NATURAL FIBRAS Y AFINES SOCIEDAD ANÓNIMA,
REPRESENTADA POR ANDREA ORTUÑO ODIO Y ADRIANA FERNÁNDEZ COTO |
3101442136 |
CL 170827 |
KMJWVH7SPXU116817 |
09-010682-0174-TR |
MURILLO CASCANTE DORIS MILENA |
205690989 |
307517 |
JA3AA26A5TU017482 |
09-010682-0174-TR |
THE CRAZY BLACK BULL SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR ERNESTO
DESANTI HURTADO |
3101306855 |
172674 |
WBACB11050FC47121 |
10-000365-0174-TR |
BERMÚDEZ JIMÉNEZ LIZETH |
109440544 |
428673 |
JA4LS31PXWP020321 |
10-000365-0174-TR |
SOLÓRZANO CASTRO JOSÉ RAFAEL |
107960562 |
MOT 153376 |
LB415T2036C110067 |
10-004451-0174-TR |
FERNÁNDEZ OROZCO BERNARDO AUGUSTO |
301680571 |
TSJ 004687 |
2C1MR5299S6759611 |
10-005023-0174-TR |
TRANSPORTES BOMAR DE GRECIA C.R. SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR
MARLON BOGANTES ARIAS |
3101501657 |
C 152940 |
2FUPDDZBXVA883138 |
10-005422-0174-TR |
C E G M DEL CARIBE SOCIEDAD
ANÓNIMA , REPRESENTADA POR JOSÉ KRUCKER STUBI |
3101265967 |
CL 227682 |
LETYFCG248HN00331 |
10-005752-0174-TR |
CONSTRUCTORA CHACON PICADO SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR EDWIN
CHACON PICADO |
3101500119 |
345349 |
CA2APU014720 |
10-006168-0174-TR |
SOZA CALDERÓN ALEJANDRO |
800860464 |
242717 |
JM1BF2228K0303905 |
10-006213-0174-TR |
ANGULO FERNÁNDEZ FRANCISCO JAVIER |
112370210 |
MOT 095013 |
MX125A006996 |
10-006726-0174-TR |
AROMA IMPORTADORA S. A., REPRESENTADA POR ANA MARÍA BERTOLANI
LIPETTI |
3101027051 |
CL 132420 |
9BD146000R8349624 |
11-600033-0374-TC |
AVENDAÑO VILLALOBOS ANA CATALINA |
110960014 |
642736 |
JMYSNCS3A6U005669 |
11-000306-0174-TR |
HOSPIRA COSTA RICA LTD , REPRESENTADA POR JONATHAN LEE WALDRON |
3012453013 |
701621 |
JMYLRV93W8J000113 |
11-000783-0174-TR |
COMERCIO Y SERVICIOS INTERNACIONALES UMAÑA COSIUM, SOCIEDAD ANÓNIMA,
REPRESENTADA POR OLMAN LUIS UMAÑA MORA |
3101279730 |
499737 |
JHLRD77403C200498 |
11-001072-0174-TR |
ESQUIVEL SEGURA ROLANDO GUSTAVO |
106280253 |
CL 205710 |
FE519BA42421 |
11-001072-0174-TR |
ENTRETELAS Y TEXTILES
ENTRETEX SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR JORGE FORTADO MORA |
3101281088 |
857939 |
3N1CC1AD7ZL170404 |
11-601093-0489-TC |
MORALES CALVO JOSÉ GABRIEL |
104790360 |
C 133061 |
1M1AA13Y7RW029904 |
11-001177-0174-TR |
GÓMEZ VARGAS KATTIA LORENA |
108780552 |
CL 221498 |
KL1BB05558C153305 |
11-001177-0174-TR |
CONEXIONES UNI DE ROHRMOSER S. A. REPRESENTADA POR JOANNE CARTER |
3101172251 |
514741 |
JN1VDZR50Z0011074 |
11-601322-0489-TC |
PORRAS GONZÁLEZ LEYMIS ALCIDES |
602190312 |
C 026540 |
CMF87E03120 |
11-001614-0174-TR |
CHAVARRÍA VEGA IVONNE DE LOS ÁNGELES |
110540793 |
796643 |
4S3BG6857W7625938 |
11-001624-0174-TR |
CASTRO MENA CLAUDIO FRANCISCO |
103120101 |
136726 |
WDB1240231A057671 |
11-001708-0174-TR |
ESQUIVEL MUÑOZ JOSÉ MANUEL |
105120651 |
TSJ 000645 |
AE1113100339 |
11-001779-0174-TR |
OLIVAS ELÍAS JOSÉ |
CR: 155812755507 |
765680 |
KMHVF21NPVU416801 |
11-001803-0174-TR |
FLORES ROJAS ÁNGEL VINICIO |
106620828 |
MOT 275977 |
MD2DMS8Z0AFC00019 |
11-002255-0174-TR |
GONZÁLEZ ZÚÑIGA STEVEN ANDRÉS |
112340963 |
646198 |
KMHVF21NPRU089530 |
11-002317-0174-TR |
ORTIZ RIVERA KARLA VANESSA |
110460341 |
801867 |
KMHJF31JPRU760977 |
11-002331-0174-TR |
MURRAY JILPEN MARÍA DE LOS ÁNGELES |
104270528 |
213031 |
1HGED3555KA040069 |
11-002331-0174-TR |
CORPORACIÓN EL ARSENAL SOCIEDAD ANÓNIMA
REPRESENTADA POR ALFONSO CHAVARRÍA BORGEN |
3101619478 |
CL 162351 |
KNETB2412X6326342 |
11-002338-0174-TR |
BONILLA UMAÑA GILBERT |
103710716 |
TSJ 001414 |
KMHCG45C02U296728 |
11-002347-0174-TR |
OROZCO VARGAS JOSÉ RODRIGO |
301650261 |
CL 187978 |
JTFKE626700084565 |
11-602410-0489-TC |
LEE SEUNG HOE |
CR: 141000022810 |
494924 |
KNAJA523525156699 |
11-602410-0489-TC |
OVARES FERNÁNDEZ YANUA DE LOS ÁNGELES |
110700323 |
398564 |
KMHJF31JPMU123901 |
11-002523-0174-TR |
ÁVILA SOLANO ÁLVARO MARTÍN |
105980808 |
792209 |
V75W1J038675 |
11-002530-0174-TR |
YIH LIN SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR CHIEN NAN LIN LIN |
3101293990 |
CL 187241 |
JAATFS55H27102351 |
11-002533-0174-TR |
3101519805 SOCIEDAD ANÓNIMA ,
REPRESENTADA POR JOSÉ DE JESÚS AGUILAR URREGO |
3101519805 |
664905 |
|
11-002552-0174-TR |
ALMO DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR LARISA EUGENIA
MONGE CORDERO |
3101057422 |
697840 |
VF1LM1B0E37859602 |
11-002635-0174-TR |
PEÑA ORTEGA GUIDO ALBERTO |
106000739 |
433663 |
KMHSB81BP1U105689 |
11-002641-0174-TR |
HERRERA VÁSQUEZ LUIS ALBERTO |
203000510 |
MOT 260358 |
9C2MD34008R520199 |
11-002649-0174-TR |
MOTOS ROBERT SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR DANIEL ROBERT
BONILLA |
3101114024 |
706571 |
KMHDN45D11U138271 |
11-002693-0174-TR |
FERNÁNDEZ HINCER MARÍA DE LOS ÁNGELES |
105640819 |
670573 |
JMYSNCS3A7U004685 |
11-002740-0174-TR |
HAZZOL SOCIEDAD ANÓNIMA ,
REPRESENTADA POR HAZEL PRISCILLA SOLÍS VAGLIO |
3101537391 |
717012 |
2HGEJ6349VH100705 |
11-002740-0174-TR |
3101478566 SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR ROBERT KRZYSZTOF
PROCYSZYN |
3101478566 |
CL 222680 |
KL1BB05588C153539 |
11-002750-0174-TR |
COMERCIALIZADORA LIROD SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR JULIA
MARÍA ÁLVAREZ BARQUERO |
3101196867 |
615362 |
JN1TG4E25Z0703889 |
11-002824-0174-TR |
PÉREZ CASARES JOSÉ BARTOLO |
501800906 |
TSJ 005540 |
KNADC123416024545 |
11-002828-0174-TR |
GRUPO FAVA DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR CARLOS
VARGAS VILLALOBOS |
3101236377 |
678211 |
JS2ZC11S075151394 |
11-002828-0174-TR |
JAMPRAS S. A., REPRESENTADA POR MERCEDES SÁENZ VOLIO |
3101022247 |
471843 |
JTDBT113700227572 |
11-002924-0174-TR |
MONGE ESTRADA JESSICA PAMELA |
112980518 |
872690 |
KMHVA21NPVU304738 |
11-002949-0174-TR |
LIZANO CHAVES LAURA |
110280590 |
668335 |
JN1BCAC11Z0003404 |
11-002949-0174-TR |
COPROMULT SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR JUNIOR ANTONIO DELGADO
OBANDO |
3101188763 |
406308 |
JDAJ102G000505727 |
11-003096-0174-TR |
ORDÓÑEZ Y CIA LIMITADA, SUCURSAL COSTA RICA , REPRESENTADA POR MARTA
EUGENIA ESQUIVEL RODRÍGUEZ |
3012432659 |
CL 208998 |
JN1CJUD22Z0071042 |
11-003205-0174-TR |
CORBATAS SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR MAGDALENA ALVARADO
FERNÁNDEZ |
3101596493 |
MOT 302975 |
LBPKE1296B0067043 |
11-003223-0174-TR |
GONZÁLEZ ZAMORA LILLIANA
MARÍA AUXILIADORA |
106070671 |
576382 |
KMHVF21NPSU134905 |
11-003271-0174-TR |
PROPIEDADES METRÓPOLI SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR ERIK
LEHMANN GUTIÉRREZ |
3101006788 |
CL 157638 |
1GTHK34F5WZ545175 |
11-003301-0174-TR |
CAMPOS SCHROEDER VIOLETA MARÍA |
102040902 |
507963 |
JT2EL43B4M0111957 |
11-003386-0174-TR |
HERRERA BONILLA ANA YANCIE |
108320928 |
EE 015398 |
FJ2521931 |
11-003389-0174-TR |
NOCHE DE FUEGO S. A. ,
REPRESENTADA POR ANDRÉS GARCÍA LEÓN |
3101263749 |
395895 |
1N4EB32A0NC711569 |
11-003401-0174-TR |
GONZÁLEZ JIMÉNEZ ELOY |
700460744 |
MOT 232819 |
MD634KE4372N52642 |
11-003427-0174-TR |
TIFFER VARGAS IVÁN |
108230611 |
497874 |
9BWAA41J234011665 |
11-003457-0174-TR |
CHÁVEZ CHÁVEZ FRANCISCO |
CR: 27012057060735 |
401807 |
KMHJF31JPNU331538 |
11-003463-0174-TR |
PIEDRA ROMERO MARCO ANTONIO |
108890173 |
542411 |
JT4RN62D7H0175644 |
11-003465-0174-TR |
INVERSIONES MARTIS AGER SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR JUAN
ANTONIO CALVO BONILLA |
3101343830 |
696689 |
JN1CFAN16Z0111098 |
11-003537-0174-TR |
CREDIBANJO SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR ERNESTO CASTEGNARO
ODIO |
3101083380 |
CL 219149 |
9BD25521678791823 |
11-003607-0174-TR |
MANMAJO SUCESORES SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA POR MANUEL ENRIQUE
FALLAS CECILIANO |
3101486132 |
C 146089 |
F.I. |
11-003616-0174-TR |
MONTOYA GRANADOS MANUEL ENRIQUE |
103870750 |
TSJ 001375 |
KMHCG51BPYU063755 |
11-003641-0174-TR |
ITURBE ODRIOZOLA ARITZ |
PAS: AE031236 |
729350 |
JMYMNV86W8J000126 |
11-003665-0174-TR |
PORRAS ALFARO MANUEL ANTONIO |
103940200 |
TSJ 005587 |
KMHCG45C45U576544 |
11-003670-0174-TR |
CEBOLLITAS DE MI TIERRA S. A. , REPRESENTADA POR CANDY PATRICIA
SÁNCHEZ SEQUEIRA |
3101257929 |
407363 |
KMHVF31JPNU617380 |
11-003683-0174-TR |
COMANDO DE SEGURIDAD PRIVADA COSEPRI SOCIEDAD ANÓNIMA , REPRESENTADA
POR ANTONIO ARROYO CABEZAS |
3101198848 |
716849 |
|
11-003684-0174-TR |
SOLÍS RIVERA JUAN CARLOS |
401250726 |
396780 |
KMHJF23R4SU930760 |
11-003691-0174-TR |
SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA
POR GEOFRE LINCOLN DAVIS KELLY |
3101077363 |
MOT 265609 |
DG19E004524 |
11-003693-0174-TR |
COTO MORALES LUIS FERNANDO |
104550834 |
TSJ 000588 |
KMHCG45C12U369900 |
11-003702-0174-TR |
AVENDAÑO CALVO CARLOS LUIS |
104520018 |
423028 |
KMHJF31JPRU738235 |
11-003702-0174-TR |
NORTH CAROLINE S BUSINNES S. A. REPRESENTADA POR ROLANDO LOAIZA UMAÑA |
3101271827 |
440992 |
KMHJF31JPNU201904 |
11-003705-0174-TR |
COOPERATIVA MATADERO NACIONAL DE MONTECILLOS R L , REPRESENTADA POR
JUAN CARLOS LOBO DINNIS |
3004075581 |
C 125850 |
SH683133 |
11-003726-0174-TR |
MARTÍNEZ MATAMOROS JOSÉ ANTONIO |
302350234 |
759172 |
2T1BA02E8VC185006 |
11-003866-0174-TR |
CASCO PORRAS TATIANA ISABEL |
106100900 |
785777 |
CS6A2U070097 |
11-003932-0174-TR |
GÓMEZ ALVARADO ANA LUCIA |
302170417 |
161732 |
DSNCB1ANU05123 |
11-003950-0174-TR |
ABARCA RODRÍGUEZ JORGE ENRIQUE |
105750392 |
863998 |
3N1AB41D2XL098231 |
11-003950-0174-TR |
ARAGÓN QUEZADA RODRIGO ALEJANDRO |
800590017 |
557942 |
JN1CFAN16Z0083042 |
11-004014-0174-TR |
ULISES TREINTA Y UNO S. A., REPRESENTADA POR CARLOS MANUEL RIVERA
VARGAS |
3101459523 |
160766 |
BCAB13500444 |
11-004018-0174-TR |
HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ CARLOS ALBERTO |
202240638 |
829354 |
MA3FC31S1AA241500 |
11-004042-0174-TR |
RODRÍGUEZ GRANJA JENNY |
502040507 |
CL 205845 |
VF7GBWJYB94203817 |
11-004139-0174-TR |
ZAMORA JIMÉNEZ MAURICIO ALBERTO |
107650774 |
661310 |
KMHJM81VP7U562924 |
11-004146-0174-TR |
BRUNO MARTÍNEZ JUAN CARLOS FELIPE DE JESÚS |
105370694 |
CL 215889 |
FE83PEA01837 |
11-004155-0174-TR |
CAMACHO MIRANDA MARÍA TERESA DEL SOCORRO |
401300689 |
489186 |
JS3TD21V7V4105627 |
11-004185-0174-TR |
NARVÁEZ MORAGA HUMBERTO |
CR: 270-111094-472 |
MOT 172552 |
5KMMCG2L775007779 |
11-004320-0174-TR |
ZELEDÓN CASTILLO DANIEL |
700310959 |
455803 |
KMHJF31JPNU205589 |
11-004359-0174-TR |
BRENES MATA LUIS ENRIQUE |
301820910 |
310839 |
JMYSNCK4AWU001833 |
11-004382-0174-TR |
VALVERDE FALLAS LUIS ENRIQUE |
104340108 |
681187 |
VF3GJWJYB7J012950 |
11-604401-0489-TC |
LEONARD INTERNACIONAL Y ASOCIADOS S. A. , REPRESENTADA POR ERNESTO
MONTENEGRO PACHECO |
3101104985 |
255779 |
JACCH58E2K7914620 |
11-004403-0174-TR |
TENORIO CAMPOS RAFAEL |
102660551 |
TSJ 001956 |
|
11-004476-0174-TR |
GIRALDO CUERVO ANGÉLICA MARÍA |
CR: 117001001410 |
522809 |
JN8HD17Y1RW235112 |
11-004532-0174-TR |
VALVERDE TORRES ALLEN |
108990328 |
509481 |
1HGEG8540PL029763 |
11-004605-0174-TR |
MARIN HERNÁNDEZ LUIS ANTONIO |
112430426 |
MOT 208045 |
9C2KC08307R510094 |
11-004632-0174-TR |
HERNÁNDEZ FERNÁNDEZ LIDIETH CATALINA |
900440785 |
415587 |
KMHJF22RORU559737 |
11-004662-0174-TR |
VARGAS SOLANO ZULEMA LILLY |
202791058 |
870690 |
MA3FC31S5BA358515 |
11-004685-0174-TR |
ALPÍZAR MONTOYA YAMILETTE |
103560372 |
541046 |
JTEHH20V306100556 |
11-004685-0174-TR |
PROYECTO HABITACIONAL DE CORONADO NUMERO CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA
REPRESENTADA POR NORMA MATTEY FONSECA |
3101333429 |
CL 202494 |
JAANKR55E57100666 |
11-004701-0174-TR |
CASTILLO MÉNDEZ EDWIN FRANCISCO |
104750678 |
TSJ 006520 |
KMHCG45C21U229823 |
11-004780-0174-TR |
SÁNCHEZ OCONITRILLO CLAUDIA ISABEL |
107210652 |
190602 |
EE1050001259 |
11-004925-0174-TR |
ANDRADE QUINCENO WALTER JUVER |
CR: 117000311433 |
MOT 139212 |
LC6PAGA1860809973 |
11-004975-0174-TR |
CASTRO CORDERO ALEJANDRA MARÍA |
109350566 |
240316 |
JM1BF2222K0362190 |
11-005019-0174-TR |
PORRAS QUESADA JORGE ESTEBAN |
106520079 |
TSJ 001371 |
JTDBJ21E704005667 |
11-005020-0174-TR |
CARVAJAL PÉREZ ERIC FERNANDO |
112950067 |
833714 |
1YVFP80C135M48747 |
11-005036-0174-TR |
OBANDO MENDOZA LUIS CARLOS |
104490959 |
TSJ 005775 |
KNAFB1216Y5829697 |
11-005110-0174-TR |
AGUILAR GUIDO
DEANIRA DEL CARMEN |
CR: 155801822107 |
775861 |
|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE TARRAZÚ |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
2011-600049-0243-TC-4 |
KINERET SOCIEDAD ANÓNIMA |
3-101-025306 |
CL. 219103 |
FE83PEA01970 |
2011-600072-0243-TC-3 |
MARITA PÉREZ VARGAS |
2-402-802 |
314051 |
JT172SC1100201128 |
|
|
|
|
|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE MORA |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-600057-0240-TC |
VÍCTOR HUGO REINA PINEDA |
8-0088-0879 |
668412 |
KMHJM81BP7U540906 |
11-600051-0240-TC |
JULIO PRADO JIMÉNEZ |
1-0284-0360 |
691209 |
3N1CB51DO4L861776 |
11-600017-0240-TC |
MARGARITA PÉREZ SALAZAR |
1-0233-0186 |
195254 |
JT3YR26V7F5080212 |
|
|
|
|
|
JUZGADO DE TRANSITO DE PÉREZ ZELEDÓN |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-000529-0804-TR |
MILDRED MORALES BENAMBURG |
01-0876-0878 |
622918 |
3N1CB51D91L496204 |
11-000526-0804-TR |
ARGUEDAS RODRÍGUEZ RONALD ANDREY |
1-1324-0881 |
CL-204937 |
X4TANL42N1TZ090252 |
11-000456-0804-TR |
SERVICENTRO
TÉRRABA SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR GUSTAVO BLANCO QUIRÓS, CÉDULA DE
IDENTIDAD 1-0815-0739 |
3-101-177359 |
CL-23889 |
MROFR22G200532857 |
11-000615-804 TR |
TERESA
BARRANTES CAMACHO CC TERESITA |
01-0482-0079 |
CL 123462 |
3TL720M000898 |
11-000581-0804-TR |
FREDDY ALBERTO CHAVES FERNÁNDEZ |
01-0734-0328 |
168099 |
EE90-0139725 |
|
|
|
|
|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE ACOSTA, SAN JOSÉ |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-600009-247-TC |
BCT ARRENDADORA SOCIEDAD ANÓNIMA |
3-101-136572 |
157960 |
JS3TD54V284104578 |
11-600009-247-TC |
ARLEY VALVERDE ALEJANDRO |
1-0965-0637 |
MOT 100601 |
37F004108 |
10-600049-0247-TC |
IGNORADO |
IGNORADO |
KGF 005007 |
IGNORADO |
|
|
|
|
|
JUZGADO DE TRANSITO DE ALAJUELA |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-001821-0494-TRF |
TRANSPORTES
RÁPIDOS MGRA DEL COYOL |
3101362439 |
C 140512 |
1FUYDXYB2SH591886 |
11-001575-0494-TRS |
JESSICA PATRICIA AGUILAR MARTÍNEZ |
6-314-548 |
562660 |
KMHVA21NPSU063016 |
11-001218-0494-TRP |
BRYAN ARAYA ALFARO |
1-1053-773 |
503391 |
K850VP014014 |
11-001072-0494-TRP |
R Y G
COMERCIALIZADORA DE BELÉN S. A. |
3-10132414 |
716945 |
JN1TESY61Z0561017 |
11-001621-0494-TRF |
ISABEL PORRAS GUTIÉRREZ |
1-951-369 |
494202 |
2CNBE1865T6945879 |
11-001817-0494-TRA |
CARMEN MARÍA GONZÁLEZ BROWN |
3-244-488 |
CL 240444 |
MMBJNKB408D090527 |
11-001421-0494-TRF |
DURHCARC C M S. A. |
3-101493155 |
CL 192888 |
1N6SD16S3RC414524 |
11-000909-0494-TRF |
ENGELBERT TRIANA VILLALOBOS |
1-836-145 |
618067 |
1FDEE14N6LHB10684 |
11-001860-0494-TRS |
JOHNNY ÁLVAREZ AGUILAR |
2-501-440 |
CL 178080 |
JN6ND11SOGW050241 |
11-001012-0494-TRP |
ANA YANCY SÁNCHEZ GARCÍA |
1-998-533 |
154918 |
JN1PB15S3FU176036 |
11-000997-0494-TRP |
EL TIGRILLO DE
RÍO FRÍO S. R. L. |
3-102304940 |
298232 |
4JGAB54E4WA011776 |
11-0001539-0494-TRP |
HENRY VARGAS ARIAS |
1-675-497 |
TA 764 |
1N4EB31P1RC843946 |
11-001450-0494-TRS |
RONALD VILLALOBOS SOLÍS |
1-1035-320 |
CL 215662 |
VF7GBWJYB7J0009480 |
10-003625-0494-TRA |
ARRENDADORA COMERCIAL AT SA |
3-10113037 |
399634 |
JT2EL46S4P0372439 |
11-001557-0494-TRA |
DANIELA NÚÑEZ BRENES |
1-1367-599 |
443501 |
KMHJF31JPMU090006 |
11-000904-0494-TRF |
DIONY MARIAM SOLANO ZÚÑIGA |
4-195-569 |
176830 |
WVWCA0154KK008677 |
11-001779-0494-TRP |
LOURDES HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ |
3.1502E+12 |
629043 |
JN1EB31F2PU503183 |
11-001649-0494-TRP |
MEJORAS
CONTABLES SERVI-ALCA S. A. |
3-101498836 |
701900 |
1HGFA15507L501753 |
11-001884-0494-TRP |
ALEXANDER RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ |
2-397-531 |
TA 1200 |
KMHVF24N5VU369731 |
11-001829-0494-TRP |
NAPOLEÓN MORERA OPORTO |
2-353-534 |
TA-595 |
JTDBJ21E804016306 |
11-001874-0494-TRP |
OMAR DELGADO FONSECA |
2-360-104 |
TA-979 |
JTDBT123010131654 |
11-001495-0494-TRS |
REPRESENTACIONES
GLOBALES JEROG S. A. |
3101297497 |
C- 141166 |
2FUYDSEB0WA896979 |
11-002024-0494-TRP |
ISEL SOTO GUTIÉRREZ |
6-329-737 |
620081 |
1N4AB41D8SC705546 |
11-001894-0494-TRP |
OSCAR RAMÍREZ CÉSPEDES |
2-364-742 |
TA 1081 |
KMHDN45D93U673268 |
11-001936-0494-TRF |
CELIA MARÍA RODRÍGUEZ DELGADO |
1-1113-090 |
663873 |
AE1020100753 |
11-001830-0494-TRS |
WENDOLYN CORRALES CHINCHILLA |
1-1199-920 |
221121 |
AE1013102478 |
11-001586-0494-TRF |
TRANSPORTES MARITO S. A. |
3-1012014741 |
C-157201 |
1FVABTAK21HJ62218 |
11-001722-0494-TRA |
YARITZA GUZMÁN MORA |
1-1165-0422 |
708411 |
C10ALU091089 |
11-001826-0494-TRF |
SILVIA ELENA ROSALES BARQUERO |
1-1147-183 |
721500 |
JHMEJ6579VS005817 |
11-001847-0494-TRA |
TABERNA BAR ROCAVA S. A. |
3-101241286 |
MOT-105610 |
VX51L101301 |
11-001847-0494-TRA |
DAMARIS ZARATE MURILLO |
1-497-597 |
703112 |
JTDBT923801180933 |
11-001860-0494-TRS |
CARLOS RODRÍGUEZ MONGE |
6-287-987 |
544169 |
KMHVF21NPRU097559 |
11-002010-0494-TRS |
GERSAN JIMÉNEZ ROSALES |
2-588-798 |
777279 |
2T1AE04B7RC54206 |
|
|
|
|
|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-600020-671-TC-1 |
URBANIZACIONES
Y CARRETERAS S. A. |
3101009107 |
EE-26193 |
EXP85SVT25189 |
10-600204-671-TC |
REFRIGERADOS
DEL ATLÁNTICO S. A. |
3101257010 |
C-139431 |
1FUYSSEB3WL894174 |
11-600127-671-TC |
JEANNETTE GAMBOA AGUILAR |
203950614 |
691226 |
KMHCF35C63U253283 |
11-600077-671-TC |
FREDY ULATE CASTRO |
203670582 |
620796 |
4A3AA46G9XE069065 |
11-600077-671-TC |
RANDALL PÉREZ ROJAS |
204790118 |
CL-170907 |
1GTCS1440T8518724 |
JUZGADO TRANSITO DE GRECIA. ALAJUELA |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-000101-0899-TR |
ROSIBEL ZÚÑIGA RICHMOND |
1-0770-0531 |
225000 |
JN1PB25S1JU021760 |
11-000394-0899-TR |
BIENES MOBILIARIOS FACAMO S. A., POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL
YORLENE BALLESTERO ESPINOZA |
NO INDICA |
770815 |
KMHVA21NPTU146518 |
11-000460-0899-TR |
YAMILETH MURILLO HERNÁNDEZ |
0108020071 |
651867 |
2C1MR2263V6750167 |
|
|
|
|
|
JUZGADO DE TRÁNSITO SAN CARLOS, ALAJUELA |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-600214-0742-TC |
MARÍA CRISTINA DURÁN PERÉZ |
2-527-318 |
278440 |
JT172SC1107064910 |
11-600370-0742-TC |
ANTHONY MENDOZA MÉNDEZ |
1-1226-813 |
383700 |
KMHVA21NPSU088821 |
|
|
|
|
|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE UPALA. ALAJUELA |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
10-600075-322-TC |
GRUPO AGROINDUSTRIAL ABA SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR JOSÉ
VICENTE BADILLA ALFARO EN SU CALIDAD DE PRESIDENTE DE DICHA EMPRESA |
3-101-320635 |
C 151239 |
957146 |
|
|
|
|
|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA LOS CHILES. ALAJUELA |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-600018-323 TC |
RAFAEL SOLANO MORALES |
3-0136-0769 |
CL--143915 |
1N6ND01S1GC361592 |
|
|
|
|
|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE SARAPIQUÍ, HEREDIA |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
10-600223-0377-TC |
RECONSTRUCTORA
AUTOMOTRIZ MIJA S. A. REPRESENTADA POR CARLOS GERMAN PANIAGUA CALVO |
3-101-187096 4-117-876 |
404089 |
KMXKPE1CP1U403811 |
09-600673-0377-TC |
MARCIAL MÉNDEZ SOTO |
2-534-254 |
MOT 188956 |
LC6PCJB8170801119 |
11-600008-0377-TC |
MARCIAL DURAN MARIN |
1-468-245 |
CL 125703 |
JT4RN56D8F0148695 |
10-600319-0377-TC |
MARTA IRIS GUERRERO GONZÁLEZ |
4 0140 0476 |
MOT 140725 |
LWBPCJ1F051073794 |
09-600653-0377-TC |
VENDEDORES VETERINARIOS SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR CARLOS
GERMAN PANIAGUA CALVO |
3-101-244226 4 38 927 |
CL 226444 |
MNCLSFE408W695504 |
|
|
|
|
|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA SANTO DOMINGO. HEREDIA |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
10-000322-0373-TC |
JOHNNY MEDINA QUIRÓS |
1-0620-01484 |
C-153364 |
CPA87K60111 |
10-001223-0373-TC |
JIMÉNEZ &
SANDOVAL ASESORES S. A. R/ JOHNNY JIMÉNEZ QUESADA |
3-101-333630 |
834176 |
2CNBJ18C2X6933177 |
10-004036-0497-TR |
JOSÉ LUIS GUZMÁN PORRAS |
1-0708-001 |
C-023107 |
3.4403E+13 |
11-000189-0373-TC |
I R R LOGISTIC S. A. R/ JAVIER REYNA DOBLES |
3-101-406800 |
C-142785 |
1FUYDSEBXXLA57503 |
11-000210-0497-TR |
SERVICIOS DE
MICROBUSES ALAJUELA- SAN JOSÉ LTD R/ GIL BENEDICTO VARGAS SÁNCHEZ |
3-102-073015 |
AB-003579 |
9BM3820694B354764 |
11-000325-0373-TC |
SERVICIOS DE
MICROBUSES ALAJUELA- SAN JOSÉ LTD R/ GIL BENEDICTO VARGAS SÁNCHEZ |
3-102-073015 |
AB-003582 |
9MB3820694B354770 |
11-000344-0373-TC |
DUWEST COSTA
RICA S. A. R/ RAIMUNDO RIOJAS ENCINAS |
3-101-123507 |
CL-205407 |
JN1CPGD22Z0739557 |
11-000486-0373-TC |
CORPORACIÓN GAVILÁN C Y A S. A. R/ CARLOS ENRIQUE BOGANTES BONILLA. |
3-101-264499 |
C-154171 |
1M1AA13Y9XW106740 |
11-000499-0373-TC |
YERLIN YAJAIRA ALFARO CAMPOS |
1-1090-0307 |
123541 |
EE90-0139142 |
11-000528-0373-TC |
CARLOS JAVIER GUTIÉRREZ LÓPEZ |
1-0751-0720 |
434808 |
KMHVF31JPMU526754 |
11-000537-0373-TC |
MAURICIO PADILLA VILLALOBOS |
1-0960-0194 |
CL-239427 |
1C302779 |
11-000599-0373-TC |
MITZI FALLAS SABORÍO |
1-0671-0526 |
254755 |
1N4GB22B5LC752966 |
11-000630-0373-TC |
CRISTIAN ESPINOZA CAMBRONERO |
4-0168-0537 |
688049 |
1NXAE04B6SZ318858 |
11-000648-0373-TC |
NANNIE MARÍA PÉREZ BRENES |
1-0776-0670 |
CL-237676 |
5TEWM72N41Z745500 |
11-000658-0373-TC |
ALFONSO VERGARA HUAYANCA |
4.55112E+12 |
480273 |
KMHJF31JPPU525509 |
11-001109-0174-TR |
LUIS ANTONIO PANIAGUA GUZMÁN |
2-0377-0097 |
279793 |
1N4GB21S1KC764631 |
11-001771-497-TR |
FREDDY CARRILLO GONZÁLEZ |
1-0964-0018 |
MOT-175454 |
LC6PAGA1070809113 |
10-000543-373-TC |
ELOISA VÁSQUEZ MORAGA |
5-0132-0720 |
CL-210562 |
1FTHX26F7TEB08242 |
|
|
|
|
|
JUZGADO TRANSITO CARTAGO |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
110008390496TR |
HAROLD MIGUEL SILVA ÁLVAREZ |
106820652 |
TSJ 001718 |
KMHVA21NPTU134617 |
110008240496TR |
GIOVANNI DURAN VEGA |
107770919 |
549619 |
JN1CFAN16Z0082228 |
100027010496TR |
ELIZABETH SEGURA PÁEZ |
109150970 |
472889 |
JS4TA01CXK4108623 |
110013010496TR |
JORGE FLORES MARTÍNEZ |
1700471428 |
MOT 20761 |
NO INDICADO |
110009510496TR |
ANA LUCIA SOLÍS SOLANO |
301790349 |
312655 |
4S3BJ6520M1903347 |
110005090496TR |
FLORY RIVERA MESÉN |
1040813469 |
125283 |
LB11M-C88203 |
110009290496TR |
SANTIAGO PALACIOS PÉREZ |
RESID 017839 |
MOT 109410 |
KMY0NF100YC006078 |
110013900496TR |
EDWIN VILLALOBOS LEITÓN |
103310127 |
181801 |
JF1AX45B3FB3FB311622 |
110007620496TR |
SIXTO RODRÍGUEZ ARAYA |
501790042 |
172394 |
AT1510109830 |
110000950496TR |
LUIS HERNÁNDEZ ALVARADO |
106560081 |
177566 |
WBACA31020FB61294 |
110016080496TR |
CARMEN EUGENIA OBANDO ANGULO |
501360280 |
99901 |
VC120052237 |
110005720496TR |
CATHERINE GONZÁLEZ VALENCIANO |
110920174 |
94550 |
NO INDICA |
100035610496TR |
ELÍAS MENA PARRALES |
020RE000674001999 |
465321 |
KMHVF31JPNU622719 |
110019290496TR |
FRANCISCO SANABRIA SOLANO |
303840443 |
585794 |
KMHVF11LPVU507456 |
110017030496TR |
XINIA LOBO UGALDE |
401090177 |
188110 |
JM3LV5212K0136433 |
110013050496TR |
RAFAEL DUARTE ELIZONDO |
108370954 |
C 029452 |
R685ST35262 |
110002250174TR |
ROXANA RAMÓN ÁLVAREZ |
106680029 |
324464 |
KMXKPE1BPPU038200 |
110013140496TR |
DJ AUTO DYNAMICS S. A., REPRESENTADA POR DIEGO JARA MADRIGAL |
3101546226 |
833907 |
KMHCG51BPXU023102 |
110012600496TR |
3-102-492029 S. R. L. REPRESENTADA POR GABRIEL GONZÁLEZ CASTRO |
3102492029 |
CL 227037 |
1C318639 |
110013250496TR |
CONSORCIO OROMPELLO DEL NORTE S. A., REPRESENTADO POR MARÍA ELSY
TRUJILLO HOYOS |
3101290104 |
443602 |
KMHJW31MPSU002710 |
110004210496TR |
TRANSPORTES MARXIN DEL SUR S. A., REPRESENTADO POR FRAY MARTÍN
SÁNCHEZ BLANCO |
3101466950 |
C 146361 |
1FUYDSEB7RH423517 |
100017010496TR |
AUTOMOTORES ZÓCALO S. A., REPRESENTADO POR FABIÁN AMADOR SOTO |
3101372391 |
443633 |
1N4BU31F3PC120908 |
110008290496TR |
TRANSPORTES R.M.J. S. A., REPRESENTADO POR GRACE CHAVES PICADO |
3101582289 |
CL 235784 |
MMBJNKB408D084257 |
110014860496TR |
DREAMA SA , REPRESENTADA POR MARIO SOLANO MORA |
3101070545 |
C 143605 |
JNALC20HXWGF65206 |
110020220496TR |
SERVICIOS URBANOS DE OREAMUNO S. A., REPRESENTADA POR ROGER ARIAS
PICADO |
3101073513 |
CB 2251 |
1BAAKBSA94F062968 |
110009900496TR |
TRANSPORTES PASVI SA, REPRESENTADA POR PASCUAL PALADINO D’ANGELO |
3101338288 |
C 156218 |
1FUYDSEBXSH641862 |
110002700496TR |
TRANSPORTES YEKU M.R.M S. A., REPRESENTADA POR MARÍA CECILIA MIRANDA
BARQUERO |
3101453830 |
455195 |
KMHJW31MPSU008796 |
110014470496TR |
LITOGRAFÍA MORAVIA S. A., REPRESENTADA POR VÍCTOR M. MONTERO
GONZÁLEZ |
3101058681 |
CL249248 |
JAANLR55EB7100004 |
100029610496TR |
SIERRA TERRCOTA S. A., REPRESENTADA POR LUIS ROBERTO NAVARRO
JIMÉNEZ, CÉDULA DE IDENTIDAD 0303910495 |
3101467948 |
C 152046 |
3HTWYAXT78N046021 |
110016480496TR |
PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE SERVICIOS ELÉCTRICOS S. A. REPRESENTADA
POR EDWIN VÁSQUEZ ESQUIVEL |
3101039238 |
CL 129171 |
FE434EA72147 |
100033620496TR |
CENTRAL DE SERVICIOS QUÍMICOS S. A. REPRESENTADA POR CARLOS WIESSEL
BALDIOCEDA |
3101073192 |
CL 173537 |
KMFGA17FPSU091699 |
110017820496TR |
CREDIBANJO SA , REPRESENTADA POR ERNESTO CASTEGNARO ODIO |
3101083380 |
806430 |
JTDBT933204057741 |
110013530496TR |
ENHMED S. A., REPRESENTADA POR MANRIQUE ANT. ODIO KOPPER |
3101257737 |
CL 188328 |
JAATFR54H37100156 |
110014190496TR |
COINCOL TRADING S. A., REPRESENTADO POR GERMAN PEÑALOSA GIL |
3101327406 |
462985 |
KMHJF31JPPU389606 |
110014270496TR |
ARRENDADORA INTERNACIONAL S. A., REPRESENTADA POR RAÚL FRANCISCO
MARIN ZAMORA |
3012265763 |
C 155859 |
JHFYJ22H6A9000036 |
110018940496TR |
TRANSPORTES R.M.J. S. A., REPRESENTADO POR GRACE CHAVES PICADO |
3101582289 |
CL 235784 |
MMBJNKB408D084257 |
|
|
|
|
|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA TURRIALBA, CARTAGO |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-000252-1008-TR |
COLIBENA S. A. |
3-101-085710 |
CL 207650 |
JAANKR55E67100251 |
|
|
|
|
|
JUZGADO DE TRANSITO PUNTARENAS |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-600642-607-TC-1 |
SONIA CENTENO HERNÁNDEZ |
5-248-736 |
586167 |
EL420372961 |
11-600687-607-TC-1 |
JORGE GONZÁLEZ GONZÁLEZ |
4-154-847 |
C-125808 |
1FUEYCYB1EH238852 |
10-600604-607-TC-2 |
ESTRUCTURA DE MERCADO DISPONIBLE EMD S. A. |
3-101-581028 |
557638 |
JSAFTL52V44200209 |
10-601352-607-TC-2 |
MULTISERVICIO
BADIC ORT S. A. |
3-101-539386 |
329545 |
KNAJA5525PA701161 |
10-601640-607-TC-2 |
ANAMARCALA S. A. |
3-101-065439 |
CL-235837 |
MMBJRKB408D069189 |
11-600510-607-TC-3 |
RICARDO BERROCAL ARAYA |
6-352-118 |
665601 |
KMHNM81WP2U085248 |
11-600459-607-TC-3 |
MANUEL CALDERÓN MONGE |
3-191-1385 |
C-145601 |
SC019305 |
11-600668-607-TC-3 |
ADALBERTO MEDINA TREJOS |
6-060-153 |
C-128594 |
1FUPACYB1LP369683 |
11-600042-607-TC-3 |
TEMP. DE |
3-110-045148 |
108137 |
VC120054091 |
10-601647-607-TC-3 |
JESÚS DÍAZ JIMÉNEZ |
5-153-191 |
734456 |
KLIDC53F97B128975 |
11-600689-607-TC-3 |
ÁNGEL GUERRA
S. R. L. |
3-102-198924 |
CL-183856 |
JTFAD426800063940 |
11-600582-607-TC-3 |
MARTA SOTO AGÜERO |
2-371-908 |
CL-122017 |
JAATFS17FN7100011 |
11-600360-607-TC-3 |
HAYNNER VIACHICA MATA |
6-256-411 |
CL-139037 |
1N6ND11S7HC332234 |
11-600588-607-TC-3 |
TERRAZA
JACARANDA VEINTITRÉS S. A. |
3-101-546242 |
CL-253220 |
MR0FZ29G001602775 |
11-600588-607-TC-3 |
GIM INTERNATIONAL S. A. |
3-101-224158 |
611736 |
JDAJ102G000565812 |
11-600456-607-TC-3 |
ISRAEL BLANCO BARRANTES |
6-057-711 |
MOT-279760 |
FR3PCJ706AB000018 |
11-600157-607-TC-1 |
TÉCNICOS EN
TELECOMUNICACIONES S. A..L. |
3-101-181963 |
CL-244072 |
KNCSE211597349116 |
11-600394-607-TC-1 |
ORGANISMO
INTERNACIONAL REGIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA |
3-003-045566 |
MI-08-100 |
MPATFR54H9H500998 |
11-600639-607-TC-1 |
MARÍA MORALES ÁVILA |
2-277-515 |
444150 |
JS3TD62V6Y4125233 |
10-601372-607-TC-1 |
RIGOBERTO VARGAS MARÍN |
2-236-722 |
CL-218660 |
KMCXNS7BPXU262012 |
11-600553-607-TC-1 |
TELEFONÍA VEMA S. A. |
3-101-339288 |
659469 |
JDAJ210G001022802 |
11-600059-607-TC-2 |
GEINER APU APU |
6-284-454 |
399445 |
2CNBJ18UXN6929366 |
11-600329-607-TC-2 |
VÍCTOR LÓPEZ ARAYA |
1-807-128 |
CL-126592 |
BU600063301 |
11-600447-607-TC-3 |
ARGEMIRO JIMÉNEZ MORERA |
5-055-417 |
CL-140665 |
4S1CL11L6L4208263 |
10-601311-607-TC-3 |
MARVION VARGAS BENAVIDES |
6-103-1316 |
PB-1492 |
9BM3840734B380675 |
11-600444-607-TC-3 |
WADY CORDERO BLANCO |
6-243-270 |
711509 |
1NXAE09B8SZ268876 |
11-600270-607-TC-3 |
FABIO MUÑOZ GRANADOS |
2-191-369 |
TP-466 |
KMHJF31PRU712307 |
11-600009-607-TC-3 |
ASDRÚBAL GUTIÉRREZ CABALCETA |
6-238-938 |
TP-752 |
JTDBT923171052592 |
|
|
|
|
|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE AGUIRRE Y PARRITA,
PUNTARENAS |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
09-600398-0443--TC |
NÍCIDA CONEJO MORA |
502640335 |
263463 |
JTEL36Z7J0202476 |
11-600138-0443-TC |
ARMANDO CRUZ GARCÍA |
800800441 |
805539 |
KMHJM81VAAU131903 |
10-600295-0443-TC |
BROGER CHARLES |
1006133231 |
176439 |
1G4CW69B1G1460044 |
11-600103-0443-TC |
LICHTING WILLIAM ZEV |
113104217 |
CL-206708 |
2GCEK19K1P1122004 |
10-600105-0443-TC |
TECAL VALERIA SA |
3101292929 |
433648 |
KMXKPE1CP1U435250 |
10-600131-0443-TC |
ABILIO CAMACHO PORRAS |
1819218 |
C-140973 |
YB3U6A3A4HB406365 |
09-600396-0443-TC |
DIXIA ROSALES ROJAS |
6236519 |
786954 |
KKMHVF21LPTU391864 |
09600412-0443-TC |
CORELCA
MÁQUINAS Y EQUIPOS SA |
3101417047 |
CL-181525 |
JAATFS54H27100135 |
10-600415-0443-TC |
DAFRANJO SA |
31011966853 |
CL-163630 |
JT4RN81R9K5007569 |
10-600416-0443-TC |
RAMÍREZ MUÑOZ VÍCTOR |
400830719 |
CL-124535 |
JAATFR10FP7100030 |
09-600449-0443-TC |
CABO INTERNACIONAL S. A. |
3101137438 |
458723 |
KMXKNS1BP2U441122 |
10-600449-0443-TC |
JUAN MANUEL ABARCA QUESADA |
103260995 |
C-136798 |
1HSRDAER5RH570655 |
10-600139-0443-TC |
RIGOBERTO ALVARADO MORA |
104920096 |
CL-124849 |
JT4RN01POM7046817 |
11-600018-0443-TC |
PCP PREVENCIÓN
Y CONTROL DE PERDIDAS S. A. |
3101390090 |
MOT-209294 |
9C2MD28968R100013 |
11-600366-0443-TC |
PEDRO SALAS MORA |
104040456 |
CL-060135 |
HJ45010098 |
09-600494-0443-TC |
LAW NETWORK
SERVICIOS FIDUCIARIOS S. A. |
3101424294 |
C-146170 |
1M1AG11Y58M069247 |
10-600356-0443-TC |
MARCO ANTONIO HERNÁNDEZ LÓPEZ |
603420697 |
CL-215741 |
4S1CL11L2P4213059 |
09-600210-0443-TC |
COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIA |
3007111111 |
PE-001823 |
JN1CGUD21Z0504427 |
10-600266-0443-TC |
ANA CHACON CHAVES |
105230123 |
333745 |
JN1GB22SXKU541932 |
10-600080-0443-TC |
DANIELA NATHALIA BLANCO PORRAS |
113980138 |
549921 |
JA4LS21G9WP019428 |
10-600286-0443-TC |
GERARDO GUILLERMO PEÑA MONTERO |
203040682 |
540462 |
KMHJF21JPNU215553 |
10-600162-0443-TC |
VÍCTOR HUGO MONGE CASTILLO |
602810593 |
828345 |
KMHVF21LPVU479112 |
|
|
|
|
|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE COTO BRUS, PUNTARENAS |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-600037-441-TC |
JORGE LOBO HERNÁNDEZ |
6-0290-754 |
693317 |
KMHVF21LPTU287004 |
11-600161-441-TC |
ISIDRO GUILLERMO CHAVARRÍA CAMPOS |
6-0101-0503 |
116397 |
KMHLF21FPHU307019 |
11-600059-441-TC |
FRENOS
AUTOMOTRICES REFASA S. A. |
3101074177 |
MOT142339 |
C5JN068692CE |
11-600065-441-TC |
GILBERTH HERNÁNDEZ BARRANTES |
6-0149-0186 |
CL242327 |
1GDHV34J8KJ504068 |
|
|
|
|
|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE GARABITO, PUNTARENAS |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-600135-0445-TC |
MARÍA DE LOS
ÁNGELES GONZÁLEZ GONZÁLEZ |
3-0317-0813 |
588476 |
KMHJF31JPRU615839 |
11-600246-0445-TC |
GRETTEL GARITA CHINCHILLA |
1-0684-0269 |
874653 |
JTDBT123510147722 |
11-600199-0445-TC |
DORIS BERRIOS SERRANO |
PASAPORTE C 1753415 |
759736 |
JTEBY25J800065253 |
11-600076-0445-TC |
|
3-101-429651 |
667187 |
JMY0RK9707J000492 |
11-600063-0445-TC |
DARLENE HAYES GLENDA |
PASAPORTE JP 162464 |
620931 |
KMHDN45D73U507993 |
11-600063-0445-TC |
SHERIN JUDITH LYNN |
PASAPORTE JE821829 |
620931 |
KMHDN45D73U507993 |
10-6001418-0445-TC |
GENARO SANDÍ RAMÍREZ |
2-0259-0232 |
TP 000562 |
KMHNM81WP3U113763 |
11-600011-0445-TC |
OAZASA SÁENZ GONZÁLEZ |
C789011 |
CL 155051 |
1N6SD11S6LC362689 |
11-600247-0445-TC |
MARIO VILLALOBOS FALLAS |
6-0141-0094 |
TP000186 |
JTDBJ41E700J001714 |
10-600339-0445-TC |
CLIFFORD WILCOTEN |
0300756582 |
011800 |
JDM93EF866916 |
11-600193-0445-TC |
CREDIBANJO S. A. |
3-101-083380 |
703052 |
JN1TENT30Z0112002 |
11-600258-0445-TC |
ALEXANDER MORA MARIN |
1-0694-0981 |
CL 178284 |
3N6GD13S6ZK008094 |
|
|
|
|
|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE GOLFITO, PUNTARENAS |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
10-000182-1100-TR |
VIVIANA ELIZONDO CERDAS |
1-1071-391 |
527755 |
JN1CFAN16Z0072352 |
11-000017-1100-TR |
JORGE MARIO JARAMILLO HERRERA EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL
DE CÉDULA |
NO INDICA |
543047 |
JACDJ58X7X912041 |
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE OSA, PUNTARENAS |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-600023-442-TC-1 |
FRON THE SEA VIEW
OF THE POINT SOCIEDAD ANÓNIMA REP/HAROLD |
301310744 PAS: 1314697004 |
599541 |
KMHJM81VP6U20876 |
11-600122-442-TC-1 |
VALERIE ISABELLE BONNETAIN |
00AE94503 |
512308 |
JT4RN62D4J0221226 |
|
|
|
|
|
11-600125-442-TC |
JOSÉ DÁVILA WILBAN |
155800431224 |
826001 |
KMJRD37FPXU426513 |
11-600125-442-TC |
ISAÍ GARBANZO RIVERA |
6-0355-0671 |
235458 |
JN1PB25S5JU022202 |
11-600082-442-TC |
INVERSIONES
MAROCIO S. A. REP/ FABIO CHACÓN AGUILAR |
3-101-120897 |
CL-211083 |
JHFAY047506000258 |
|
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|
|
JUZGADO DE MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO DE NICOYA, GUANACASTE |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-000104-0768-TR |
TEOBALDO
FUMERO PATIÑO REPRESENTANTE LEGAL DE DISTRIBUIDORA GOMARSH SOCIEDAD ANÓNIMA |
3-258-040 3101082549 |
C 142725 |
JALFTR33M67000045 |
11-000142-0768-TR |
FREDDY JIMÉNEZ
JIMÉNEZ REPRESENTANTE LEGAL DE INVERSIONES FREMAR S. A. |
9-054-0490 3101049380 |
CL 125364 |
JM2UF1132J0344165 |
11-000161-0768-TR |
RAFAEL ÁNGEL GONZÁLEZ CASTRO |
0202020811 |
162743 |
JT2ST65C4G7048004 |
10-000470-0768-TR |
EUGENIO
CHAVERRI SÁENZ REPRESENTANTE LEGAL DE GRANOS DE |
4095-004 3101047218 |
CL 143721 |
1N6ND11SOGC424624 |
11-000140-0768-TR |
LOURDES MARÍA MORA FONSECA |
0204420735 |
CL 166124 |
4S1CL11L7N4217105 |
11-000059-0768-TR |
GABRIEL
HUMBERTO VALDERRAMA FUQUEN EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE TELVAL
COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA |
3101567886 |
412479 |
JS3TE02V7S4101136 |
11-000249-0768-TR |
SERGIO FABIÁN GARCÍA CONTRERAS |
5-352-968 |
680222 |
1N4AB41D3SC717152 |
|
|
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|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE CARRILLO , GUANACASTE |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
10-600180-0401-TR |
GONZALO VARGAS ALFARO |
105690814 |
719834 |
JMY0NK9708J000468 |
11-600055-0401-TR |
LUIS REINALDO VIGIL CEDILLOS |
122200118615 |
650636 |
KMJFD37APSU188816 |
11-600086-0401-TR |
GREAT PROPERTY INVES TMEN LLC SOCIEDAD ANÓNIMA |
3101497165 |
552826 |
JACDJ58V5T7916436 |
11-600031-0401-TR |
MARIAN RAQUEL CRUZ OCHOA |
5-0364-0089 |
CL 150842 |
JM7UFY0W5V0122702 |
|
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|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE BAGACES, GUANACASTE |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-600035-0399-TR |
TRANSPORTES Y SERVICIOS CASAGRI SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR
OSCAR GARÓFALO ARRIETA |
3-101-058963 |
CL 197469 |
NO INDICA |
11-600028-0399-TR |
MANUEL ALBERTO DURÁN PIMENEL |
6-0293-0909 |
187413 |
NO INDICA |
|
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|
JUZGADO DE MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO DE SANTA CRUZ, GUANACASTE |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
10-000540-0783-TR |
GIOVANNI MARTÍN NAVARRO ROMERO |
01-0665-0087 |
CL115193 |
AL720MF24986 |
|
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|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE CAÑAS, GUANACASTE |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
11-600039-402-TR |
CARLOS VEGA JIMÉNEZ |
NO TIENE |
C-143790 |
1FUPCSEB6VP808114 |
11-600051-402-TR |
JOSÉ FRANCISCO GUZMÁN SALAZAR REP/MOBILIARIA GUZMÁN MOGUZ J.C.G.
LIMITADA S. A. |
NO TIENE |
C-128988 |
J5584-73 |
11-600095-402-TR |
RONALD ALFARO GÓMEZ |
2-0219-0272 |
441617 |
JS3TDO2V5P4107365 |
11-600010-402-TR |
SERGIO SALAS ARIAS |
2-318-595 |
296-000135 |
JAATFS54HL7104882 |
09-600262-402-TC |
OSVALDO JAVIER VEGA PICADO |
6-252-0698 |
TG-000077 |
JTDBJ21E002007336 |
10-600192-402-TR |
ROY GERARDO GÓMEZ ARROYO |
1-874-5935 |
766137 |
1Y1SK5387RZ095968 |
10-600084-402-TR |
YAMILETH CHAVES SERRANO |
CÉDULA RES. 155800061135 |
MOT-109301 |
9C2JD17301R640040 |
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JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE TILARÁN, GUANACASTE |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
09-600118-404-TR |
DORAYNIS CERDAS BARRANTES |
5-0231-0315 |
C1 144728 |
NO INDICA |
09-600121-0404-TR |
CABLE TRANSPORTE T.W. S. A., REPRESENTADA POR EL SEÑOR SEAN STANLEY |
3-101568330 CÉDULA DE RESIDENCIA 175926859558 |
261456 |
JA7FJ23E6JJ015735 |
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|
JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE ABANGARES, GUANACASTE |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
10-600079-0403-TR |
CHRISTIAN ALVARADO PÉREZ |
1-1196-0557 |
796818 |
KMHVF21LPRU04622 |
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JUZGADO DE TRANSITO DE LIMÓN |
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N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
10-600637-498-TR |
ODIO FONSECA ARNOLDO ÁNGEL |
7-035-518 |
TL-227 |
KMHCG45C61U240789 |
10-601408-498-TR |
RAMÍREZ NÚÑEZ FLOR MARÍA |
7-094-873 |
TL-681 |
1NXBR32E13Z088252 |
10-600264-498-TR |
MORALES LANJE JUAN |
7-105-954 |
EE-27907 |
T34113.1417 |
11-600300-498-TR |
IRÍAS CASTILLO MAXIMILIANO |
1-364-710 |
759251 |
KMHVF31JPPU721646 |
11-600340-498-TR |
HOLST VAN PATTEN S. A. |
3-101-005197 |
CL-253012 |
MMBJNKB40BD019763 |
11-600408-498-TR |
ACEVEDO PALACIOS KARLA |
135RE015019 |
C-126288 |
1FUPARYBXLH378444 |
11-600410-498-TR |
UMAÑA PÉREZ SOLANYEE |
7-117-286 |
655565 |
1N4AB41D4SC708038 |
11-600434-498-TR |
STELLER VARGAS LUIS ÁNGEL |
2-494-802 |
CL-189575 |
9BG138BC02C408570 |
11-600436-498-TR |
CHÉVEZ PONSES DAISY YESENIA |
7-177-598 |
833634 |
KMHCG41FPXU011480 |
11-600525-498-TR |
TT TRICOLOR CARRENT AL S. A. |
3-101-105093 |
857598 |
JN1TBNT30ZO149400 |
|
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JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE BRIBRÍ, LIMÓN |
||||
N° EXPEDIENTE |
PROPIETARIO |
N° CEDULA |
N° PLACA |
N° CHASIS |
10-600058-0478-TC |
PROCESADORA Y DISTRIBUIDORA EL ÉXITO S. A. |
3-101-498033 |
475241 |
KMHJF31PJPU492489 |
11-600020-0478-TC |
UMAÑA PÉREZ SOLANYEE LIDIETH |
7-117-286 |
655565 |
1N4AB41D4SC708038 |
Se hace del conocimiento de estas
personas, que de conformidad con lo establecido en el artículo 161 de
Alfredo
Jones León
1 vez.—Exento.—(IN2011078747) Director
Ejecutivo
A los causahabientes de quien en vida se llamó Guillermo Enrique Rojas Arroyo, quien fue mayor, divorciado, vecino de Plaza Víquez, con cédula de identidad Nº 3-191-160, se les hace saber que: Rosalinda Jicher Portillo, portadora de la cédula de residencia número 155805603911, vecina de Plaza González Víquez, se apersonó en este Despacho en calidad de madre en ejercicio de la patria potestad de la menor Estefany Paola Rojas Jicher, del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Guillermo Enrique Rojas Arroyo. Expediente Nº 11-002465-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de octubre del 2011.—M.Sc. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—(IN2011083905).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Juan Rafael Quesada López, con cédula de identidad número 6-189-457, se les hace saber que: Hotel y Club Punta Leona Sociedad Anónima, se apersona en este Despacho en calidad de patrono del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Juan Rafael Quesada López. Expediente Nº 11-000398-643-LA-1.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, 6 de octubre del 2011.—Lic. Jackeline Varela Chaves, Jueza.—1 vez.—(IN2011084178).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Jonathan Álvarez Morera, quien fue trailero, vecino de Puntarenas-Barranca, con cédula de identidad número 2-624-098, se les hace saber que: Blanca Morera Castro, vecina de Puntarenas-Barranca, se apersona en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Jonathan Álvarez Morera. Expediente Nº 11-000649-643-LA-1.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, 28 de setiembre del 2011.—Lic. Jackeline Varela Chaves, Jueza.—1 vez.—(IN2011084179).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Daniel Eduardo Godínez García, quien falleció el 9 de agosto del 2011, mayor, vecino de Sabanilla de Montes de Oca, Urbanización El Rodeo, casa número 60, con cédula de identidad número 112980577, se les hace saber que: Sharon Madrigal Esquivel, portadora de la cédula 113790559, vecina de Sabanilla de Montes de Oca, Urbanización El Rodeo, casa número 60, se apersonó en este Despacho en calidad de conviviente del fallecido Daniel Eduardo Godínez García y como madre en ejercicio de la patria potestad del niño Daniels Fernando Godínez Madrigal. Se apersona también Xinia García Cubillo, portadora de la cédula de identidad número 104360119, vecina de Tirrases de Curridabat, Urbanización Santa Teresita, casa 87, en calidad de madre, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Daniel Eduardo Godínez García. Expediente Nº 11-002525-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de octubre del 2011.—M.Sc. Ronald Álvarez Cruz, Juez.—1 vez.—(IN2011084311).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A
las quince horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil once,
en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios,
soportando condición resolutoria al tomo trescientos tres asiento novecientos
cinco, y servidumbre de paso al tomo cuatrocientos noventa asiento dos mil
novecientos veintinueve, con la rebaja del 25 por ciento de ley, sea la suma de
dos mil ochocientos doce dólares cincuenta centavos, remataré la finca del
partido de San José, Folio Real matrícula número quinientos dieciséis mil
ciento diez-cero cero cero, que es terreno de café lote 1, situado en el
distrito sétimo Pejibaye, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de
San José. Linda: al norte, servidumbre de paso en medio Omar Castro Monge; y
sur, este y oeste; con Omar Castro Monge. Mide catorce mil cuarenta y ocho
metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecutivo simple de María Isabel Campos Cerdas contra Victorino Campos
Cerdas, expediente Nº 07-100865-0188-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de
A las 13:45 horas del 16 de noviembre del 2011, en de la puerta
exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de
anotaciones, soportando hipoteca de primero grado a favor del Banco Popular y
de Desarrollo Comunal, por la suma de ¢8.518.000,00 bajo las citas: Nº
575-79702-01-0003-001, y con la base del valor declarado ante
A las 10:15 horas del 16 de noviembre de 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, de la manera que se dirá y con las bases que se indican a continuación, remataré las siguientes fincas del Partido de Alajuela: 1) Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0328-00006768-01-0901-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco actor, sea la base de trece millones trescientos mil colones, la finca Nº 184862-000, que es terreno con dos casas, sito en Florencia de San Carlos, distrito dos del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte, José Aurelio Piedra, al sur, calle pública, al este, Nidia Pérez Rojas, y al oeste, calle pública. Mide: Quinientos sesenta y dos metros con tres decímetros. 2) Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco actor, sea la base de dos millones setecientos mil colones, la finca Nº 349090-000, que es terreno para construir, sito en Florencia de San Carlos, distrito dos del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte, Miguel Vargas Santamaría, al sur, Servidumbre de paso y lote segregado de Lenis Rojas Castro, al este, Eusebio Bolaños Villalobos, y al oeste, Servidumbre de paso, Anguie Daniela Rojas Castro y Bernardita Castro Alfaro. Mide: Ciento cuarenta metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de nueve millones novecientos setenta y cinco mil colones para la finca Nº 184862-000 y la base de dos millones veinticinco mil colones para la finca número 349090-000, se señalan las: 10:15 horas del 30 de noviembre de 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de tres millones trescientos veinticinco mil colones para la finca Nº 184862-000 y la base de seiscientos setenta y cinco mil colones para la finca Nº 349090-000, se señalan las: 10:15 horas del 15 de diciembre de 2011. Se rematan por ordenarse así en Expediente Nº 11-100992-0297-CI (1B) ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra María Bernardita Castro Alfaro y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 7 de octubre del 2011. Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2011263999.—(IN2011084643).
A las quince horas del dieciocho de noviembre de dos mil once, se convoca a los herederos e interesados en la sucesión de Marcial Padilla Padilla, a una junta de interesados a celebrarse ante este Despacho, para conocer acerca del nombramiento de un representante ad-hoc. Se hace la advertencia que la junta se celebrará si concurrieren dos o más interesados y/o herederos, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro a la junta, el Juez hará el nombramiento que corresponda en persona idónea. Lo anterior por ordenarse así en diligencias de avalúo por expropiación promovidas por el Instituto Costarricense de Electricidad, contra Emma Padilla Umaña, Expediente, Nº 11-001181-1028-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, diecinueve de octubre del 2011.—Lic. José Andrés Cruz Tenorio, Juez.—1 vez.—(IN2011084654).
A las quince horas del diecisiete de noviembre de dos mil once, se convoca a los herederos e interesados en las sucesiones de Carmelio Segura Ortega y Vitalino Segura Ortega, a una junta de interesados a celebrarse ante este Despacho, para conocer acerca del nombramiento de un representante ad-hoc. Se hace la advertencia que la junta se celebrará si concurrieren dos o más interesados y/o herederos, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro a la junta, el Juez hará el nombramiento que corresponda en persona idónea. Lo anterior por ordenarse así en Diligencias de Avalúo por Expropiación promovidas por el Instituto Costarricense de Electricidad contra Carmelio Segura Ortega y otros. Expediente N° 11-001161-1028-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, diecinueve de octubre del 2011.—Lic. Rodrigo Huertas Durán, Juez.—1 vez.—(IN2011084655).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las ocho horas del dieciocho de noviembre del dos mil once, libre de gravámenes prendarios, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, con la base de cinco millones de colones, al mejor postor remataré: Un vehículo placas C-veintiocho mil quinientos setenta y nueve, marca Chevrolet, categoría carga pesada, carrocería Adrales, estilo Tilmaster, capacidad tres personas, año mil novecientos ochenta y seis, color blanco, motor número 6BD uno cuatro tres cuatro tres cinco uno, peso bruto once mil kilogramos, cilindrada cinco mil setecientos ochenta y cinco centímetros cúbicos, potencia ciento quince punto cero cero KW, combustible diesel, cilindros seis. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del dos de diciembre del dos mil once, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del diecinueve de diciembre del dos mil once, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones (un 25% de la base original). Lo Anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 11-100359-642-CI-2 de Alberto Eduardo Vargas Benavides contra Miguel Humberto Blanco Chaves.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—RP2011263682.—(IN2011083962).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada, citas:
0349-00019958-01-0918-
En de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
quince horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil doce, y
con la base de cincuenta y un millones seiscientos setenta y dos mil
seiscientos dos colones con setenta y cuatro céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos cuarenta y seis mil ciento treinta y cinco-cero cero cero, la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 10 Desamparados,
cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Estrella
Saenz Herrera; al sur, Estrella Saenz Herrera; al este, calle pública con
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes pero
soportando Reservas de Ley de Caminos inscrita al tomo 370 asiento
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil once, y con la base de diecinueve millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos quince mil seiscientos veinticinco-cero cero cero, la cual es terreno inculto con una casa lote dos-N. Situada en el distrito 05 Tacares, cantón 03 Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Mario Jiménez Álvarez; al noroeste, lote uno-N; al sureste, lote tres-N; y al suroeste, calle pública con ocho metros. Mide: doscientos cuarenta y nueve metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del siete de diciembre de dos mil once, con la base de catorce millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de diciembre de dos mil once con la base de cuatro millones novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el deposito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado o de gerencia, según lo establecido por el artículo 23 Ley de Cobro Judicial, mismo documento deberá venir a nombre de la persona que realiza la postura. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Roberto Gilmer Arismendi Chacón. Exp. 11-007424-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 18 de octubre del 2011.—Lic. David E. Acuña Marín, Juez.—RP2011263755.—(IN2011083966).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada; a las once horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del dos mil once, y con la base de quince millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y nueve mil ochocientos veinticinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Rafael, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 13 e Industria y Vivienda Sociedad Anónima; al sur, calle pública denominada Avenida Jocote; al este, lote 8 e Industria y Vivienda Sociedad Anónima; y al oeste, lote l0. Mide: ciento cuarenta metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del cinco de diciembre del dos mil once, con la base de once millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinte de diciembre del dos mil once con la base de tres millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopeande N 1 R. L., contra Daniela Espinoza Castro. Exp. 10-000014-0638-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 12 de octubre del 2011.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2011263774.—(IN2011083967).
A las 11:00 horas del 16 de noviembre del 2011, en la puerta
exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes
hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbres trasladadas a los
tomos: 0302 y 0394, asientos: 00014013 y 0011673, y con la base de
¢9.000.000,00, remataré: Finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela Folio
Real matrícula número 415925-000, que es terreno para construir, sito en
Venecia, de San Carlos, distrito cinco del cantón diez de la provincia de
Alajuela. Linda: al norte, calle pública con un frente de
A las catorce horas del dieciséis de noviembre de dos mil once, en
la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de
gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, pero soportando Reservas Ley
Caminos bajo los tomos 370 y asientos 5071. Y con la base de la hipoteca de
primer grado a favor de la actora, sea la suma de cuatro millones seiscientos
setenta y cinco mil cuatrocientos veintitrés colones con ochenta y nueve
céntimos (¢4.675.423,89), remataré: Finca del partido de Alajuela matrícula de
Folio Real número 395923-001 y 002, que se describe así: Terreno de solar,
Sito: en el distrito cuarto Aguas Zarcas, cantón diez San Carlos, de la
provincia de Alajuela, colinda al norte, calle pública avenida 4 con frente de
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condiciones y servidumbre de paso; a las trece
horas y treinta minutos del veinticuatro de enero de dos mil doce, y con la
base de diez millones veintitrés mil cuatrocientos sesenta colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 85640-000, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito quinto Duacari, cantón sexto Guácimo de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, calle pública con un frente de veinticuatro metros
con noventa y tres centímetros lineales; al sur, Juan Bautista Muñoz Brenes y
Julio Brenes Cásasela; al este, Aurelio Fonseca Brenes; y al oeste, Juan
Bautista Muñoz Brenes y Julio Brenes Cásasela. Mide: mil doscientos noventa y
cuatro metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de febrero de dos mil
doce, con los base de siete millones quinientos diecisiete mil quinientos
noventa y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete
de febrero de dos mil doce, con la base de dos millones quinientos cinco mil ochocientos
sesenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Fabián Chacón Rojas contra Ana Grettel
Rosales Díaz. Expediente: 10-000823-0930-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del
año dos mil once, y con la base de cincuenta y un millones doscientos ochenta y
tres mil trescientos quince colones con cuarenta y tres céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
ciento cuarenta y seis mil doscientos setenta y nueve-cero cero cero, la cual
es terreno para construir con una construcción. Situada en el distrito 02
Merced, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte,
avenida 5 con 24.50; al sur, Alejandro Pozuelo; al este, calle 20 con
A las once horas del veintiocho de noviembre de dos mil once, en
la puerta exterior de este despacho remataré al mejor postor, libre de
gravámenes y anotaciones judiciales, soportando condiciones y limitaciones al
tomo: trescientos treinta y tres, asiento: cero cero cero cero cuatro mil
ochocientos trece-consecutivo: cero uno, secuencia: cero novecientos ochenta y
uno subsecuencia: cero cero uno, la finca del partido de Puntarenas matrícula
número cuarenta y cinco mil setecientos treinta y siete-cero cero cero. Con la
base en la suma de veinte millones seiscientos setenta y cinco mil
cuatrocientos noventa y nueve colones treinta y cinco céntimos, la cual se
describe así: Terreno de solar con una casa, situado en el distrito primero
Corredor, cantón décimo Corredores, de la provincia Puntarenas. Linda al norte,
Bernardo Sánchez; sur, Danilo Gómez; este, calle pública con veintitrés punto
diecinueve metros, y oeste, Dorila Hernández, noreste, calle pública con
veintitrés punto diecinueve metros; noroeste, Bernardo Sánchez Mora; sureste,
Danilo Gómez Gómez; suroeste, Dorila Hernández Serrano. Mide cuatrocientos
setenta y ocho metros con veintinueve decímetros cuadrados. Posee plano Nº
0451030-1981. Propiedad de Jeyson Barrantes Umaña. Para la segunda subasta, se
sacará la propiedad descrita con la base en la suma quince millones quinientos
seis mil seiscientos veinticuatro colones cincuenta y un céntimos, (base
rebajada en un veinticinco por ciento), para lo cual se señalan las once horas
del catorce de diciembre de dos mil once. Para la tercera subasta, el bien será
rematado en la suma de cinco millones ciento sesenta y ocho mil ochocientos
setenta y cuatro colones ochenta y cuatro céntimos (el veinticinco por ciento
de la base primitiva) para lo cual se señalan las once horas del doce de enero
de dos mil doce. Proceso ejecución hipotecaria Nº 11-100138-920-CI-2. Actor:
Banco Nacional de Costa Rica contra Jeison Barrantes Umaña.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas del dieciocho de noviembre del dos mil once, y con la base de un millón setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 530992, marca Isuzu, categoría automóvil, serie JACDH58V0P7916300, carrocería familiar, tracción 4x4, estilo Trooper s, capacidad 5 personas, año 1993, color morado. Para el segundo remate se señalan las diez horas del dos de diciembre del dos mil once, con la base de un millón doscientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del diecinueve de diciembre del dos mil once con la base de cuatrocientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de José Francisco Barrantes Campos contra Marlon Martínez Pizarro. Exp. Nº 11-000298-1006-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Turrialba, 19 de agosto del 2011.—Lic. Alexánder Solano Pérez, Juez .—(IN2011084258).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción / colisiones, bajo la boleta Nº 007062918, sumaria 07-601745-491-TC-B, del Juzgado de Tránsito de Desamparados; a las once horas del trece de enero de dos mil doce, y con la base de dos millones quinientos treinta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 675209, marca Hyundai, estilo Accent, serie KMHCG45C81U192809, año 2001, carrocería sedan 4 puertas, color blanco, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas del treinta de enero de dos mil doce, con la base de un millón ochocientos noventa y nueve mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del catorce de febrero de dos mil doce con la base de seiscientos treinta y tres mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Gerardina Calderón Camacho y Yendry Alejandra Calderón Camacho. Expediente Nº 10-002245-0640-CI. Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el depósito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado, según lo establecido por el artículo 23 Ley de Cobro Judicial, mismo documento deberá venir a nombre de la persona que realiza la postura.—Juzgado Civil de Cartago, 10 de octubre del año 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(IN2011084314).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del diez de enero de dos mil doce, y con la base de cuatro millones ochocientos noventa y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 750609 marca Hyundai, color azul, año 1997, categoría microbús, vin KMJWWH7BPVU010111. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil doce, con la base de tres millones seiscientos setenta y tres mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de febrero de dos mil doce con la base de un millón doscientos veinticuatro mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Francisco Monge Mata. Exp: 10-001639-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 06 de octubre del 2011.—Lic. Marlene Martínez González, Juez.—(IN2011084316).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas;
0375-00011372-01-0803-
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las diez horas y cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil
doce, y con la base de un millón ciento
cincuenta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo placas trescientos ochenta y dos mil doscientos uno, marca Isuzu, año
mil novecientos noventa y dos, color negro, carrocería sedan cuatro puertas,
tracción 4x2. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos
del seis de marzo de dos mil doce, con la base de setecientos ochenta y nueve
mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de marzo de dos mil doce con la
base de doscientos sesenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de
Instacredit Sociedad Anónima contra Alex Eduardo Sánchez Chávez. Expediente Nº
09-005355-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía
de Cartago, 6 de octubre del 2011.—Lic. Ana Catalina Arroyo Varela, Jueza.—(IN2011084318).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y quince minutos del siete de diciembre de dos mil once, y con la base de setecientos noventa y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo MOT-220203, marca: Katana; estilo Kinetic 125; categoría: motocicleta; capacidad: 2 personas; año: 2008; color: negro; carrocería: motocicleta; tracción: 2x2; chasis: LXMPCJLA880022565; Nº motor: XS156FMI08450099; cilindrada 124 c.c, cilindros: 1; combustible: gasolina Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del veintitrés de diciembre de dos mil once, con la base de quinientos noventa y cuatro mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del veintitrés de enero de dos mil doce, con la base de ciento noventa y ocho mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A contra Wender Alexander Arce Navarro. Expediente Nº 11-006563-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 7 de octubre del 2011.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2011084319).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las quince horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil once, y con la base de un millón novecientos cuatro mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas: 733583, marca: Kia, categoría: automóvil, Vin: KNAFA1251T5245853, año: 1996, color: beige. Para el segundo remate, se señalan las quince horas treinta minutos del quince de diciembre del dos mil once, con la base de un millón cuatrocientos veintiocho mil colones exactos (rebajada en un 25%), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas treinta minutos del trece de enero del dos mil doce, con la base de cuatrocientos setenta y seis mil colones exactos (un 25% de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Gerardo Ramón Cordero Vega. Expediente Nº 10-002052-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 3 de octubre del 2011.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—(IN2011084321).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando boleta de tránsito 0922650222, mediante sumaria Nº 09-002901-497-TR, a las diez horas del diez de enero del dos mil doce, y con la base de dos millones setenta y cuatro mil colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas Nº 736723, marca Hyundai, año 2009, Vin KMHVF21LPSU216725, cilindrada 1500 c.c, color plateado, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las diez horas del veinticinco de enero del dos mil doce, con la base de un millón quinientos cincuenta y cinco mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas del nueve de febrero del dos mil doce, con la base de quinientos dieciocho mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Shantany Elizabeth Thorpe Philiph. Expediente Nº 10-000320-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de octubre del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(IN2011084323).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil once, y con la base de dos millones ciento sesenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas 711186, categoría automóvil, estilo Civic DX, serie 1HGEJ6124VL121420, año 1997, tracción 4x2, color, verde, combustible gasolina. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del seis de diciembre del dos mil once, con la base de un millón seiscientos veintiún mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiuno de diciembre del dos mil once, con la base de quinientos cuarenta mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Jonathan Alberto Jiménez Marín contra Ángelo Zeledón Vargas y Marjorie Espinoza Villalobos. Expediente Nº 11-004111-1164-CJ. Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el depósito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado, según lo establecido por el artículo 23 Ley de Cobro Judicial, mismo documento deberá venir a nombre de la persona que realiza la postura.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 12 de octubre del 2011.—Lic. David Elías Acuña Marín, Juez.—(IN2011084325).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil once, y con la base de seis mil quinientos veintidós dólares con cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 460030, marca Suzuki, año 2002, Vin JS3TL52V624151013, cilindrada 2000 cc, color beige, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de diciembre de dos mil once, con la base de cuatro mil ochocientos noventa y un dólares con cincuenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de diciembre de dos mil once con la base de mil seiscientos treinta dólares con cincuenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banca Promerica S. A., contra Mauricio Loría Sánchez. Exp.: 08-029994-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de octubre del 2011.—Licda. Ana Elsy Campos Barboza, Jueza.—(IN2011084330).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas quince minutos del veintinueve de noviembre del dos mil once, y con la base de treinta y cuatro mil diez dólares con veintidós centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas: 729604, marca: Honda, categoría: automóvil, vin: 5FNYF18568B801455, año: 2008, color dorado. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos del quince de diciembre de dos mil once, con la base de veinticinco mil quinientos siete dólares con sesenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del dieciocho de enero de dos mil doce con la base de ocho mil quinientos dos dólares con cincuenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica Sociedad Anónima contra Esmeralda Esquivel Ugalde. Exp.: 10-001502-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2011084331).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las once horas del dieciocho de noviembre del dos mil once, y
con la base de tres millones veintiocho mil colones, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos cincuenta y nueve mil ochocientos ochenta y ocho-cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Ipis, cantón 08
Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 15-E; al sur,
Avenida Hamburgo; al este, lote 2-E; y al oeste, Calle Alemania. Mide: ciento
veintidós metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las once horas del cinco de diciembre del dos mil once, con
la base de dos millones doscientos setenta y un mil colones (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del veintiuno
de diciembre del dos mil once con la base de setecientos cincuenta y siete mil
colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las once horas del veintiuno de noviembre del año dos mil once, y con la base de doscientos ochenta y un mil novecientos sesenta y tres colones con ochenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número CL-194677, marca Isuzu, año 2003, cilindrada 2500, color rojo, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las once horas del seis de diciembre del año dos mil once, con la base de doscientos once mil cuatrocientos setenta y dos colones con noventa y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del veintidós de diciembre del año dos mil once, con la base de setenta mil cuatrocientos noventa colones con noventa y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Abraham Flores Zúñiga. Expediente 09-001916-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 07 de octubre del 2011.—Lic. Flory Tames Brenes, Jueza.—(IN2011084349).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales; a las once horas y cero minutos del once de enero del dos mil doce, y con la base de dos millones novecientos veintitrés mil doscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 585716, marca Peugeot, año 2005, vin VF32A8HZF5W017406, color azul, cilindrada 1398 c. c., categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de enero del dos mil doce, con la base de dos millones ciento noventa y dos mil cuatrocientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil doce con la base de setecientos treinta mil ochocientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria Su Inversión Sólida Sociedad Anónima contra Otto Valverde Borbón. Exp.: 09-031584-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 04 de octubre del 2011.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—RP2011263917.—(IN2011084365).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base de tres millones trece mil novecientos veinte colones exactos; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales; sáquese a remate el (los) bien(es) dado(s) en garantía vehículo placas número 622775, marca Toyota, año 2006, vin JTDBJ21E604011833, cilindrada 1974 c. c., color negro, categoría automóvil. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del once de de enero de dos mil doce. (Primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de enero de dos mil doce, con la base de dos millones doscientos sesenta mil cuatrocientos cuarenta colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del diez de febrero de dos mil doce, con la base de setecientos cincuenta y tres mil cuatrocientos ochenta colones (un 25%). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Su Inversión Sólida S. A. contra Henry Loría Leitón. Exp. 10-007787-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de octubre del 2011.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—RP2011263918.—(IN2011084366).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de
primer grado; a las diez horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre de
dos mil once, y con la base de ciento quince mil dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos doce mil setecientos cincuenta cero cero cero, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas del veintiuno de noviembre del dos mil once,
y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos sesenta y dos mil ciento treinta y ocho cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en
el distrito 04 Santiago, cantón 07 Palmares, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Rosa Carmen Ramírez Castro; al sur, calle pública con
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las ocho horas y
treinta minutos del diecisiete de enero del año dos mil doce, y con la base de
once millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número doscientos cincuenta mil seiscientos noventa y uno-cero cero cero, la
cual es terreno para construir, con un local comercial. Situada en el distrito
primero Orotina, cantón noveno Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, y este, Sociedad de Asesoría Jurídica
Hispanoamericana S. A.; y al oeste, Carlos Manuel Herrera Alfaro. Mide: mil
doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del treinta y uno de enero del año dos mil doce, con la base de
ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del catorce de febrero
del año dos mil doce con la base de dos millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ganadera Sa-Vi SRL contra
Gerardo Alfonso Bolaños Sancho. Exp. 11-000038-0296-CI.—Juzgado
Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
14 de octubre del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2011264062.—(IN2011084371).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas treinta minutos del veinticinco de noviembre de dos mil once, y con la base de un millón ciento veinticinco mil novecientos sesenta y dos colones con treinta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos veintiocho mil ochocientos setenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Distrito 03 San Juan de Dios, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, con calle pública 8m y otra; al sur, Río Poás y Fernando González; al este, Mario Quesada Quesada; y al oeste, Aramilda Chinchilla y José Luis C. Mide: trescientos treinta y cinco metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del trece de diciembre de dos mil once, con la base de ochocientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y un colones con setenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil doce, con la base de doscientos ochenta y un mil cuatrocientos noventa colones con cincuenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados Gessa S. A. contra José Francisco Pérez Madrigal. Exp. 11-015786-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del 2011.—Lic. Ana Rita Valverde Zeledón, Jueza.—RP2011264066.—(IN2011084372).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de noviembre de dos mil once, y con la base de un millón ochocientos nueve mil ciento nueve colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 519599, marca Renault, Laguna, año 2003, color gris, vin VF1BGOWOA27896757. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de diciembre de dos mil once, con la base de un millón trescientos cincuenta y seis mil ochocientos treinta y dos colones con treinta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de enero de dos mil once, con la base de cuatrocientos cincuenta y dos mil doscientos setenta y siete colones con cuarenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados Gessa (ASEGESS) contra Luis Alexander Vallejo Cerdas, María Alexandra Brenes Gómez). Exp. 11-020237-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre del 2011.—Lic. Ana Rita Valverde Zeledón, Jueza.—RP2011264068.—(IN2011084373).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de
dos mil once, y con la base de cincuenta y tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº F00000603-000 la cual
es terreno local destinado a comercio. Situada en el distrito 03 Hospital,
cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Víctor
Miranda Avendaño; al sur, Jorge Gómez Del Río; al este, pared maestra del
edificio y al oeste pasillo y galería comercial
En la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios, terreno para construir, reserva y restricciones en la finca; a las diez horas del diecisiete de noviembre del dos mil once, y con la base de quince millones quinientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos diecisiete colones con trece céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número siete cero cuatro tres cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir con reservas y restricciones. Situada en el distrito cinco de Paquera, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Aurora Camareno Sánchez; al sur, Alexis Ugalde Badilla; al este, Yessenia Gómez Vivas; al oeste, calle pública con nueve metros. Mide: ciento setenta y nueve metros con noventa y dos decímetros cuadrados. La misma soporta reservas y restricciones. Para el segundo remate se señalan las diez horas primero de diciembre del dos mil once, con la base de once millones seiscientos cincuenta y ocho mil trescientos doce colones con ochenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del dieciséis de diciembre del dos mil once con la base de tres millones ochocientos ochenta y seis mil ciento cuatro colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Rojas Villalobos Óscar Jesús. Exp. 11-100353-0642-CI-2.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Alejandra Montero Villegas, Jueza.—RP2011264047.—(IN2011084632).
En este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince
horas y cero minutos del primero de febrero del dos mil doce, y con la base de
cuatrocientos sesenta mil noventa y siete dólares con cuatro centavos, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número cuarenta y dos mil cuatrocientos sesenta y uno cero cero cero,
la cual es terreno construido. Situada: en el distrito Alajuela, cantón
Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, avenida primera con
A las ocho horas treinta minutos del diecisiete de noviembre del
dos mil once, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor
postor, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada y
con la base de nueve millones ciento veintisiete mil trece colones con
cincuenta y tres céntimos, lo siguiente: finca inscrita en
A las siete horas del dieciséis de noviembre de dos mil once. En
la puerta exterior del Juzgado Penal de Upala, remataré con la base de un
millón ciento veintisiete mil siete colones con sesenta céntimos; ciento
ochenta y siete piezas de madera de la especie pilón y sesenta y nueve piezas
de la especie laurel con un volumen total de cuatro punto treinta y cuatro
metros cúbicos; misma que se dejó como depositario en la propiedad Aida Montiel
Héctor, ubicada San Luis de Dos Ríos de Upala. Se remata por estar así ordenado
en comisión número 21-B-11, expediente número 11-200898-559-PE, por Infracción
a
En la sala número n la puerta principal de este despacho; libre de gravámenes prendarios pero soportando infracciones y colisiones en la sumaria 08-000488-373-TC-V a favor del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo a las catorce horas y cero minutos del dieciocho de noviembre del dos mil once, y con la base de ocho mil seiscientos cincuenta y un dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 733283, marca Isuzu, año 2000, Vin 4S2DM58W2Y4340349, cilindrada 3200 c. c, color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de diciembre de dos mil once, con la base de seis mil cuatrocientos ochenta y ocho dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y. para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de diciembre de dos mil once, con la base de dos mil ciento sesenta y dos dólares con setenta y cinco centavos (un Veinticinco por ciento de la base inicial) Se remata por ordenares así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A contra Susana Umaña Vargas, expediente Nº 08-020409-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de agosto del 2011.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2011085142).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Yolanda Carvajal Durán, a una junta que se
verificará en este Juzgado, a las nueve horas del dieciocho de noviembre del
dos mil once, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926
del Código Procesal Civil. Exp. 14900-101168-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 13 de octubre del 2011.—Lic. Marlene Martínez González,
Jueza.—1 vez.—RP2011263716.—(IN2011084208).
Se convoca a
todos los interesados en la sucesión de Hicer Linkimer Bedoya, a una junta que
se verificará en este juzgado a las nueve horas y cero minutos del diecisiete
de noviembre del año dos mil once, para conocer acerca de los extremos que
establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº
11-000089-0341-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía
de Turrialba, 19 de octubre del 2011.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—RP2011264195.—(IN2011085022).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 10-000058-1129-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Eladio Méndez Rojas, quien es mayor, casado en segundas
nupcias, vecino de San José,
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000093-0993-AG donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Mario Rojas Arias,
mayor, casado, vecino de San Ramón de Alajuela, cuatrocientos metros oeste del
Hospital Carlos Luis Valverde Vega, portador de la cédula de identidad vigente
que exhibe número dos-ciento cuarenta y cuatro-cero dieciséis, empresario, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
El suscrito notario público Guillermo Guerrero Corrales, con oficina en Montes de Oca, Betania, cien norte del centro parroquial, hace saber que en esta notaría se está tramitando el proceso sucesorio testado de quien en vida fue Guillermo Guerrero Hernández, mayor de edad, casado en terceras nupcias, contador, cédula de identidad uno-ciento treinta y seis-mil dos, vecino de Zapote. Se emplaza a los herederos y demás interesados para que dentro del término de treinta días naturales siguientes a la presente publicación se apersonen en este proceso ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expediente 2011-0002.—San José, 22 de julio del año 2011.—Lic. Guillermo Guerrero Corrales, Notario.—1 vez.—RP2011263253.—(IN2011083167).
Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Rosa María Delgado Quirós, quien fuera mayor, casada, pensionada, vecina de Turrialba, cédula de identidad 3-0228-0293. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000418-1006-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Turrialba, 13 de octubre del 2011.—Lic. Alexánder Solano Pérez, Juez.—1 vez.—RP2011263555.—(IN2011083527).
A solicitud de: Karol Alvarado Sánchez, cédula de identidad número uno-novecientos setenta y seis-seiscientos noventa y cuatro, he procedido a abrir expediente de sucesorio ab intestato, en sede notarial, de quien en vida fue Allan Alberto Sánchez Chavarría, quien fue mayor, casado una vez, funcionario judicial, vecino de San José, Alajuelita, San Josecito, calle Cochea, costado este de la plaza de deportes, portador de la cédula de identidad número siete-ciento treinta y cuatro-doscientos setenta y tres. Por este medio se emplaza a cualquier interesado en el presente proceso, para que se apersonen ante esta notaría, a formular pretensiones, legalizar créditos o hacer valer cualquier derecho sucesorio, bajo el apercibimiento de que si no se presentan en el plazo de treinta días, a partir de la publicación del presente edicto, en el Boletín Judicial, la herencia pasará a quien corresponda. Lugar: San José, de casa Matute Gómez, doscientos metros este, veinticinco metros norte, contiguo al MINAET, bufete ochocientos cincuenta y cinco. Expediente: 0003-2011. Fax: 22 54 81 59.—San José, diecisiete de octubre del año 2011.—Lic. Juan Carlos Vega Montoya, Notario.—1 vez.—RP2011263564.—(IN2011083528).
Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de Justiniano Agüero Marín, quien fuera mayor, casado una vez, pero
en unión de hecho, agricultor, cédula de
identidad número 1-354-479, hijo de Olivo Agüero Hernández y Emilia Marín
Matamoros, vecino de
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de Magdali Ramírez Trejos, quien fuera mayor, soltera, del hogar,
cédula número 7-069-029, vecina de Guápiles, Pococí, urbanización Toro
Amarillo. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 11-000263-0930-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Hugo Eladio Cambronero Méndez, quien fuera mayor, casado, administrador, vecino de Guadalupe de Cartago, cédula 3-142-308. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-000052-0640-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 24 de junio del 2011.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—1 vez.—RP2011263588.—(IN2011083531).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Virginia Francisca Carmen Lamugue Rodríguez, quien fue mayor, casada una vez, cédula de identidad número cuatro-cero cuarenta-tres mil ciento trece, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 04-2011. Notaría del bufete Aguilera, calle 19, avenidas 12-14.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—RP2011263615.—(IN2011083532).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio testamentario de José Neftalí Artavia Sánchez, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, San Pedro con cédula de identidad número 3-078-856. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-000148-0183-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del 2011.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—1 vez.—RP2011263650.—(IN2011083533).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Braulio Carvajal Rodríguez, quien fuera mayor, soltero, guarda de seguridad, cédula de identidad 2-200-537. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-001338-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de octubre del 2011.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2011083748).
Se cita y emplaza a todos los interesados en secesión de Juan Rafael Marchena Marchena, quien fue mayor, viudo, pensionado, vecino Limón, Comadre de Cahuita, trescientos metros norte de la entrada a Puerto Vargas, cédula 7-073-708 para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 003-2011 notaría del licenciado Allam Chaves Campos. Notario público, situada en Limón, centro, diagonal a los Tribunales de Justicia.—Lic. Allam Chaves Campos, Notario.—1 vez.—(IN2011083769).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Saray Segura Cortés, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan ante esta notaría a reclamar sus derechos y se apercibe a quienes crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará quien corresponda. Expediente 0002-2011.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2011083830).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de
Benjamin Marín Calvo, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, cédula Nº
3-194-365, vecino de Cartago, Tejar del Guarco, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
mi notaría, cita Cartago, de Emergencias del Hospital Max Peralta
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Ginna
María Solano Calderón, a las quince horas del once de agosto del año dos mil
once y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Germán Gerardo Sáenz Silesky,
mayor, casado, empresario, vecino de Hatillo Dos, del Liceo Roberto Brenes
Mesén, trescientos metros oeste y cien sur, Calle República de Panamá, portador
de la cédula de identidad uno-cero quinientos cuarenta y nueve-cero quinientos
cuarenta. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Édgar Vargas Gutiérrez, mayor, soltero, costarricense, agricultor, vecino de Montano de Bagaces, Guanacaste, y portador de la cédula 5-0060-0208, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derecho, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. N° 10-100141-0399-CI (143-10).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Bagaces, Guanacaste, 30 de junio del 2010.—Lic. Bernardo Goldstein Rosales, Juez.—1 vez.—RP2011263680.—(IN2011083973).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, e interesados en la
mortual de Fidel Gamboa Goldemberg quien en vida fue mayor de edad, casado en
segundas nupcias, músico, vecino de Escazú, San Rafael, del Restaurante Mc
Donalds
A las 11:00 horas del 10 de setiembre de 2111, esta notaría
declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de quien en
vida fue Marta Castillo Chinchilla, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina
de Río Jiménez de Guácimo
Mediante acta de apertura otorgada en San José, a las catorce horas del veintidós de octubre del dos mil once y comprobado el fallecimiento respectivo, se declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de Víctor Hugo Salazar Mendoza, quien fuese mayor, soltero, cédula de identidad dos-cero quinientos sesenta y tres-cero cuatrocientos sesenta y seis, y su último domicilio conocido fue la ciudad de San José, Goicoechea, Purral de Guadalupe, Comunidad Alemania Unida, casa D-dos. Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, y se apercibe a todos aquellos que presuntamente consideren tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Notaría del licenciado Juan Luis Guardiola Arroyo, con oficina abierta en San José, Barrio Luján, contiguo al Colegio de Ingenieros Químicos. Teléfono 2280-9071. Expediente número cero cero cero dos-dos mil once.—Lic. Juan Luis Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2011264009.—(IN2011084396).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Norma Avendaño Vargas, quien en vida fue mayor, casada, oficios del hogar, vecina de San Isidro de Coronado, con cédula de identidad tres-cero ciento diecinueve-cero ciento cuarenta y ocho, quien falleció en San Isidro de Coronado el catorce de marzo del dos mil nueve, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, a que comparezcan a reclamar sus derechos y se avisa a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002 -2011. Notaría del Bufete del licenciado Alonso Calvo Pardo, al fax 2294-4991, oficina 2529-2233, alonsocapar@yahoo.com.—Lic. Alonso Calvo Pardo, Notario.—1 vez.—RP2011264033.—(IN2011084397).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y demás interesados, por el plazo de treinta días, para que se apersonen en juicio sucesorio del señor Mario Alfredo Cubias Pérez, quien fue mayor, comerciante, casado una vez, vecino de Santa Cruz sito Santa Rosa seiscientos metros al oeste de la plaza de deportes; pasaporte número dos dos cero uno tres ocho cuatro cuatro cuatro seis nueve nueve cuatro, para que se apersonen a los autos haciendo valer sus derechos, o de lo contrario la herencia pasará a quien corresponda. Notaría pública del licenciado Elmer Andrés Barrantes Castillo, sito Santa Cruz, Guanacaste, Bufete Jirón y Barrantes.—Santa Cruz, veintidós de octubre del año dos mil once.—Lic. Elmer Andrés Barrantes Castillo, Notario.—1 vez.—RP2011264095.—(IN2011084398).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y demás interesados, por el plazo de treinta días, para que se apersonen en juicio sucesorio de la señora Dignora Justina Corea López, quien fue mayor, ama de casa, casada una vez, vecina de Santa Cruz sito Chirco doscientos metros al este de la plaza de deportes; cédula número cinco-ciento veinticuatro-cuatrocientos siete, para que se apersonen a los autos haciendo valer sus derechos, o de lo contrario la herencia pasará a quien corresponda. Notaría pública del licenciado Elmer Andrés Barrantes Castillo, sito Santa Cruz, Guanacaste, Bufete Jirón y Barrantes.—Santa Cruz, veintidós de octubre del año dos mil once.—Lic. Elmer Andrés Barrantes Castillo, Notario.—1 vez.—RP2011264096.—(IN2011084399).
Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general, a
todos los interesados en la sucesión testamentaria de quien en vida fuera:
Miguel Villegas Brenes, mayor, soltero, pensionado, cédula de identidad número
uno-doscientos veintiséis-cero sesenta y cinco, vecino de San José, Pueblo
Nuevo, del Taller Vicente Álvarez, cincuenta metros oeste; para que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de un edicto, que se
publicará por una vez en el Boletín Judicial, se apersonen ante esta
notaría en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de que, si no lo
hicieren, la herencia pasará a quien corresponda; para que señalen lugar para
oír notificaciones en la ciudad de San José y dentro del perímetro de esta
notaría; también podrán señalar como medio de oír notificaciones el sistema de
fax, siempre que se compruebe que el mismo está en uso y en buenas condiciones,
ya que si no lo estuviera y se intente al menos cinco veces con intervalos de
diez minutos, el envío del documento mediante este sistema, y si no se pudiere
enviar, se indicará así por parte de
De conformidad con los artículos 889 del Código Procesal Civil y 236 del Código de Familia, se convoca las personas a quienes les corresponda ejercer la curatela de la señora María Maximina Abarca Abarca, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este Juzgado a encargarse de ella. Solicitud de declaratoria de insania. Exp. N° 11-000422-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de octubre del 2011.—Lic. Isabel Ortiz Fernández, Jueza.—1 vez.—(IN2011083815).
Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Didiers Francisco Andino Sirias y Kattia María Benavides Bolaños, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente Nº 10-001168-0186-FA, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Tribunal Supremo de Elecciones, Registro Civil contra Didiers Francisco Andino Sirias y Kattia María Benavides Bolaños. Expediente N° 10-001168-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 13 de junio del 2011.—Lic. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 781-11.—Solicitud Nº 38295.—C-7670.—(IN2011083851).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Norman Gerardo Campos Ballestero mayor, casado, funcionario de acueductos, vecino de Alajuela, San Rafael de Poás, cédula de identidad número 0203670301; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de 2-367-301, por el de Minor mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. Nº 11-000684-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de octubre del 2011.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—1 vez.—(IN2011083957).
Se avisa al señor John Steven Marín Gallego, mayor de edad,
nacionalidad colombiana, pasaporte número RN8478365, con demás calidades y
domicilio desconocido, es representado por la curadora procesal
Lic. Valeria Arce I. Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Mallensy Lago Rodríguez, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de divorcio en su contra, bajo el expediente número 11-000006-0186-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: De la demanda de Abreviada de Divorcio, interpuesta por Fabián José Cerdas Vargas y de los documentos aportados, se confiere traslado por el plazo de diez días a Mallensy Lago Rodríguez para que, si a bien lo tiene, la conteste por escrito. De hacerlo, debe referirse a cada uno de los hechos contenidos en ella, exponiendo con claridad si los rechaza por inexactos o los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. Además, en ese mismo momento debe ofrecer sus pruebas, aportar la documental e indicar, si es del caso, el nombre y las generales de sus testigos, así como los hechos a los cuales se referirá cada uno (artículos 305, 306, 354, 422 y 423 del Código Procesal Civil). Dentro de ese período podrá, asimismo, referirse a la documental aportada por la parte actora y alegar las excepciones de forma y de fondo que estime pertinentes. Las de carácter previo debe oponerlas en los primeros cinco días del emplazamiento. Se le advierte que si no contesta la demanda o si lo hace fuera del plazo conferido o en la forma indebida, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente en cuanto a los hechos y que, en ese supuesto, el proceso continuará tramitándose sin su intervención, todo sin perjuicio de que pueda apersonarse a él en cualquier momento, debiendo asumirlo en el estado en que se encuentre cuando lo haga (artículos 310, 424 y 426 del Código Procesal Civil en concordancia con el 2 del Código de Familia). Por último, se le hace saber que la contestación afirmativa opera solo respecto de aquellos hechos que, en esta materia, son susceptibles de ser demostrados mediante confesión (artículos 3, 316 y 338 del Código Procesal Civil en relación con el 2 del Código de Familia). III.—Notifíquese esta resolución a Mallensy Lago Rodríguez, mediante edicto. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Fabián José Cerdas Vargas contra; expediente Nº 11-000006-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 24 de agosto del 2011.—Lic. Valeria Arce I., Jueza.—1 vez.—RP2011263823.—(IN2011083990).
Alejandro Fonseca Chavarría, Notificador del Juzgado de Familia de
Hatillo hace saber que en proceso abreviado de divorcio N° 2010-400125-216-FA
promovido por el Micsy Gabriela Vargas González contra Leonardo Raúl Chiquilito
se ha dictado la resolución que en lo que interesa dice: Juzgado Civil, Familia
y de Trabajo de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, a las quince horas quince
minutos del diecisiete de diciembre de dos mil diez. De la anterior demanda de
divorcio establecida por la accionante Micsy Gabriela Vargas González se
confiere traslado al accionado Leonardo Raúl Chiquilito por el plazo perentorio
de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con
la misma. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones
que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto
de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o
con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las
pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de
ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir
menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional
de
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 11-000155-0673-NA, la señora Ana Virginia Castro Marin, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Melvin Vidal Castro Munguia. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 26 de abril del 2011.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011084216).
El Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, a la señora Ana Rosario
Hernández Solano, hace saber: Que dentro de las diligencias de información
posesoria promovidas por Eduardo Antonio Scott Segura, se ha dictado la
resolución que literalmente dice: Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, a las
diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de enero del dos mil diez.
Se tiene por establecido el presente proceso no contencioso de información
posesoria promovido por Eduardo Antonio Scott Segura. Se tiene como parte a
Han
comparecido a este Juzgado solicitando contraer matrimonio civil, Johan
Barrantes Gamboa, mayor, de treinta y un años de edad, estado civil divorciado
una vez de Rosibel Mena Castillo, profesión u oficio Oficial de Policía, de
nacionalidad costarricense, cédula de identidad 603030966, vecino de
Alajuelita, costado norte del Liceo de Alajuelita, Urbanización
Se comunica al público en
general sobre la diligencia de Destrucción de Drogas, por llevarse a cabo el 8
de noviembre del
Droga |
Peso
bruto/gramos, con sus respectivos embalajes |
Clorhidrato de cocaína |
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Pseudoefedrina |
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Nº Caso |
Peso
bruto/gramos, con sus respectivos embalajes |
10-10643-QDR |
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10-10645-QDR |
|
10-1086-QDR |
|
10-3904-QDR |
|
10-6368-QDR |
|
10-7915-QDR |
|
11-5305-QDR |
|
11-5353-QDR |
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11-6915-QDR |
|
11-6984-QDR |
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Cantidad total a destruir |
|
Lo anterior, será efectuado, utilizando un incinerador instalado en
Conforme
con el artículo 97 de
Licenciado Luis Diego Quesada Canales, Fiscal de