BOLETÍN JUDICIAL Nº 218 DEL 14 DE NOVIEMBRE DEL 2011

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DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

tercera PUBLICACIÓN

Asunto:      Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Sarapiquí

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Sarapiquí, permanecerán cerradas durante el día dieciocho de noviembre del dos mil once, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

San José, 31 de octubre del 2011.

                                                     MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,

(IN2011086352)                                      Subdirectora Ejecutiva

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la sala de este Tribunal; a las nueve horas del veinte de diciembre del dos mil once, y con la base dada por el perito de cuatro millones seiscientos diecisiete mil ochenta y cuatro colones con sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente; 1 Computadora color beige modelo PE1117, modelo 287027, Compaq Computer Corporation, teclado color beige y el CPU en buen estado de uso y conservación, todo valorado en la suma de ochenta y cinco mil colones. 1 Computadora marca HP17, color negro con su teclado color negro, CPU color beige marca Tech, en buen estado de uso y conservación, todo valorado en la suma de ochenta y cinco mil colones. 1 Impresora color negro marcha Epson, en buen estado de uso y conservación, valorada en la suma de veinte mil colones. 1 Urna de aluminio con rodines para exhibir el pan, con gavetas, alta con dos puertas de vidrio, valorada en la suma de cien mil colones. 8 Estantes metálicos de tres metros de largo por un metro y medio de alto cada uno, todos valorados en la suma de seiscientos mil colones. 1 Enfriador color blanco modelo número FC2528FW3, Serie WB70112835, valorado en la suma de trescientos cincuenta mil colones. 1 Cámara de enfriamiento marca Sigma Alimentos CR, Serie 22548, valorada en la suma de un millón doscientos cincuenta mil colones. 50 Paquetes de azúcar Doña María de 2 kilos c/u. 52 Paquetes de azúcar Doña María de 1 kilo c/u. 22 paquetes de arroz Tío Pelón Azul de 1 kilo c/u. 16 paquetes de arroz amarillo, de 1.8 kilos c/u. 20 Paquetes de arroz verde oro de 2 kilos c/u. 20 Paquetes de arroz Tío Pelón de 1.8 kilos c/u. 28 paquetes de arroz azul de 1.8 kilos c/u. 36 Paquetes de arroz Rojo de 1.8 kilos c/u. 22 Paquetes de arroz de 2 kilos c/u. 03 Paquetes de Azúcar refinado de 1 kilo c/u. 06 Paquetes de azúcar doña Victoria de 5 kilos c/u. 11 Paquetes de Arroz Imperio de 1 kilo c/u. 05 Paquetes de arroz precocido Tío Pelón de 1 kilo c/u. 06 Paquetes de arroz espiga de 1.8 kilos c/u. 09 Paquetes de arroz Elefante de 1.8 kilos c/u. 02 Paquetes de arroz Luisiana de 5 kilos c/u 03 Paquetes de arroz Luisiana de 1.8 kilos c/u. 04 Paquetes de arroz Luisiana de 2 kilos c/u. 04 Paquetes de arroz Luisiana Premiun de 2 kilos c/u. 01 Paquete cerrado de arroz tío Pelón de 12 paquetes color rojo de 1.8 kilos c/u. 03 Bultos de 12 bolsas (cada bulto) de azúcar Doña María de 2 kilos c/u. 21 Bolsas de frijoles en grano negros marca Luisiana de 800 gramos c/u. 12 Bolsas de frijoles negros Tío Pelón de 900 gramos c/u. 27 Bolsas de frijoles rojos de 900 gramos Marca Don Pedro c/u. 06 Bolsas de frijoles negros de 900 gramos marca Don Pedro c/u. 15 Bolsas de frijoles rojos en grano marca Pronutre de 900 gramos c/u. 19 Bolsas de frijoles negros en grano marca Pronutre de 900 gramos c/u. 04 Bolsas de alimento para perro marca Súper Perro de 2 kilos c/u. 03 Bolsas de alimento para perro marca Pro Pet de 1.5 kilos c/u. 02 Bolsas de alimento para perro marca Puppy Chow de 2 kilos c/u . 06 Bolsas de alimento para gatos de 1.5 kilos c/u. 03 Shampoo para perros marca Súper Perro de 350 mi c/u. 03 Tarros de alimento para perros (carne de res e hígado) marca súper perro de 415 gramos c/u. 03 Tarros de carne de res marca Súper Perro de 415 gramo c/u. 03 Bolsas de alimento para perros marca Súper Perro de 5 kilos c/u. 03 Bolsas de alimento para perro premiun marca Súper Perro de 5 kilos c/u. 13 Paquetes de Café molido marca 1820 de 500 gramos c/u. 20 paquetes de café molido marca 1820 de 250 gramos c/u c. 02 Paquetes de café molido marca 1820 de 1000 gramos c/u. 06 Paquetes de café molido marca Montaña de 500 gramos c/u. 09 Paquetes de café molido marca Montaña de 250 gramos c/u. 18 Paquetes de café molido marca Volio de 500 gramos c/u. 67 Paquetes de café molido marca Volio de 250 gramos c/u. 09 Paquetes de café molido marca Volio 1938 de 250 gramos c/u. 07 Paquetes de café molido marca Rey Selecto de 250 gramos c/u. 05 Paquetes de café molido marca Rey Selecto de 125 gramos c/u. 29 Paquetes de café molido tradicional de 125 gramos c/u. 34 Paquetes de café molido marca Rey de 250 gramos c/u. 03 Paquetes de café molido marca Dorado de 500 gramos c/u. 03 Paquetes de café molido marca Dorado de 250 gramos c/u. 04 Paquetes de café molido tradicional de 500 gramos c/u. 03 Paquetes de café molido para percolador marca Rey de 500 gramos c/u. 07 Paquetes de café molido tradicional marca La Hacienda de 250 gramos c/u. 04 Paquetes de café molido de La Hacienda de 250 gramos c/u. 70 Cajas de leche líquida Semi-descremada Dos Pinos de 1 litro c/u. 36 Cajas de leche líquida Delactomy Dos Pinos de 1 litro c/u. 12 Cajas de leche Dos Pinos Milk de 1 litro c/u. 28 Cajas de leche Dos Pinos Júnior de 1 litro c/u. 05 Cajas de leche materna Fortilac de 1 litro c/u. 05 Cajas de leche líquida Dos Pinos Pinito Milk de 1 litro c/u. 03 Cajas de leche líquida Dos Pinos Milk Whole de 1 litro c/u. 19 Latas de atún Tesoro del Mar con vegetales de 80 gramos c/u. 09 Latas de atún Tesoro del Mar con vegetales de 180 gramos c/u. 06 Latas de atún con vegetales del Pescador de 105 gramos c/u. 05 Latas de atún con vegetales del Pescador de 240 gramos c/u. 09 Latas de atún azul en aceite de 240 gramos c/u. 11 Latas de atún azul en aceite de 160 gramos c/u. 04 Latas de atún Tesoro del Mar en aceite de 240 gramos c/u. 05 Latas de atún Tesoro del Mar en aceite de 120 gramos c/u. 07 Latas de atún azul del Pescador en aceite de 240 gramos c/u. 08 Latas de atún del mar en aceite de 240 gramos c/u. 09 Latas de atún Tesoro del Mar en aceite de 120 gramos c/u. 21 Latas de atún Tesoro del Mar en aceite de 80 gramos c/u. 13 Latas de atún Sardimar en aceite de 240 gramos c/u. 25 Latas de atún Sardimar en aceite de 105 gramos c/u. 08 Latas de atún Sardimar en aceite de 160 gramos c/u. 08 Latas de atún en aceite Richly de 160 gramos (con abre-fácil) c/u. 17 Latas de atún en aceite marca Richly con abre fácil de 105 gramos c/u. 12 Latas de atún en aceite marca Richly de 160 gramos c/u. 11 Latas de atún Sardimar con vegetales de 160 gramos c/u. 05 Latas de atún Sardimar en aceite de 160 gramos c/u. 10 Latas de atún Sardimar Light en agua de 160 gramos c/u. 06 Latas de atún en agua marca Richly de 160 gramos c/u. 12 Latas de atún Costa Azul con vegetales y Omega 3de 170 gramos c/u. 05 Latas de atún Sardimar en aceite ahumado de 160 gramos c/u. 10 Latas de atún Sardimar con maíz dulce de 160 gramos c/u. 16 Latas de atún Sardimar con chile jalapeño de 160 gramos c/u. 08 Latas de atún Srdimar al ajillo de 160 gramos c/u. 10 Latas de atún Sardimar con vegetales de 105 gramos c/u. 10 Latas de atún Sardimar con vegetales de 240 gramos c/u. 10 Latas de frijoles rojos volteados marca Ducal de 298 gramos c/u. 07 Latas de frijoles rojos volteados Ducal de 823 gramos c/u. 13 Latas de frijoles negros volteados marca Ducal de 426 gramos c/u. 03 Latas de frijoles volteados con chorizo marca Ducal de 454 gramos c/u. 18 Latas de frijoles voleados Ducal de 156 gramos c/u. 02 Latas de frijoles enteros de 823 gramos c/u. 03 Latas de frijoles negros enteros de 454 gramos c/u. 03 Latas de frijoles molidos con ajo y cebolla frita marca Ducal de 454 gramos c/u. 03 Latas de frijoles negros molidos marca Santa Cruz, sin picante, de 820 gramos c/u. 15 Latas de frijoles negros molidos marca Santa Cruz sin picante de 160 gramos c/u. 12 Frascos de colados Agú de de manzana de 113 gramos c/u. 96 Frascos de Gerber colado de frutas tropicales de 113 gramos c/u. 23 Latas de leche Nestlé Ideal evaporada de 398 gramos c/u. 14 Latas de dulce de leche La Lechera Nestié de 380 gramos gramos c/u. 21 Latas de leche condensada La Lechera golosina de 100 gramos c/u. 50 Latas de Chiles Jalapeños Ducal de 156 gramos c/u. 21 Latas de chiles jalapeños Malher en mitades de 156 gramos c/u. 21 Botellas de salsa Lizano de vegetales y condimentos de 280 mi c/u. 23 Botellas de salsa Lizano de 135 mi c/u. 18 Bolsas de carbón de 2kilos c/u. 05 Latas de hongos rebanados Country de 425 gramos c/u. 05 Latas de maíz dulce Country de 432 c/u. 06 Latas de de garbanzos del Trópico de 576 gramos c/u. 07 Latas de maíz dulce country de 241 gramos c/u. 07 Latas de ensalada de frutas marca Vichy de 850 gramos c/u. 03 Latas de melocotones en almíbar marca Mi sabor de 820 gramos c/u. 05 Latas de maíz dulce marca Ducal de 426 gramos c/u. 09 Latas de palmito en conserva marca Richly de 410 gramos c/u. 03 Latas de palmito en rodajas marca Richly de 410 gramos c/u. 07 Latas de champiñones marca Richly de 425 gramos c/u. 06 Latas de champiñones marca Richly de 284 gramos c/u. 22 Latas de champiñones marca Richly de 184 gramos c/u. 11 Latas de maíz dulce marca Richly de 432 gramos c/u. 05 Latas de maíz dulce marca Richly de 248 gramos c/u. 21 Latas de guisantes marca Richly de 240 gramos c/u. 05 Latas de guisantes marca Richly de 576 gramos c/u. 02 Sacos de alimentos para perros marca Súper Perro de 30 kilos c/u. 06 Paquetes de papel higiénico marca Scott doble hoja de 6 rollos c/u. 02 Paquetes de papel higiénico marca Scott de una hoja. 04 Paquetes de papel higiénico con aroma marca Scott de una hoja, de 4 rollos c/u. 03 Paquetes de papel higiénico de doble hoja marca Scott de 12 rollos c/u. 17 Paquetes de 4 rollos de papel higiénico de doble hoja marca Scott natural de 1000 hojas c/u. 02 Paquetes de 12 rollos c/u de papel higiénico marca Scott de triple hoja. 05 Paquetes de de papel toallas de 2 rollos c/u Scott Natural. 02 Rollos de toallas Scott natural. 03 Rollos de Toallas de papel Natural de una hoja. 06 Rollos de toallas de papel marca Velvet. 11 Paquetes de servilletas Scott Natural. 07 Paquetes de servilletas Scott blancas grandes de 32.5 cms x 25.6 cms c/u. 20 Paquetes de servilletas color blancas Link pequeñas. 03 Paquetes de 6 rollos de papel higiénico 1000 hojas marca Nevax blanco c/u. 05 Paquetes de 4 rollos de papel higiénico de 550 hojas dobles, marca Nevax blanco c/u. 05 Paquetes de 4 rollos de papel higiénico de 1000 hojas marca Nevax c/u. 09 Paquetes de 4 rollos de papel higiénico de 1000 hojas marca Nube blanca c/u. 03 Paquetes de 6 rollos de papel higiénico de 1000 hojas marca Nube blanca c/u. 02 Paquetes de 12 rollos de papel higiénico de 550 hojas dobles marca Nevax c/u. 08 Paquetes de 4 rollos de papel higiénico de 1000 hojas marca Lovex c/u. 33 Rollos individuales de papel higiénico de 1000 hojas marca Lovex c/u. 40 Rollos de papel higiénico individuales marca Nevax de 1000 hojas c/u. 09 Frascos de plastigel de 1 kg c/u. 17 Frascos de plastigel de 330 gramos c/u. 07 Frascos de Gel bel color de 210 gramos c/u. 15 Jabones antibacterial colores: azul, rosa y verde de 120 gramos c/u. 40 Jabones Rexona de 125 gramos c/u. 07 Jabones Des-o-tres de 120 gramos c/u. 36 Jabones Harmony de 80 gramos c/u. 28 Paquetes de jabones de 5 unidades de, jabón de tocador de 350 gramos c/u. 16 Jabones Palmolive de 125 gramos c/u. 08 Pastas de dientes marca close-up de 90 gramos c/u. 07 Pastas de dientes marca close-up de 50 gramos c/u. 05 Pastas de dientes marca close-up de 130 gramos c/u. 23 Pastas de dientes marca Colgate de 50 mi c/u. 12 Pastas de dientes marca Colgate Herbal de 90 gramos c/u. 18 Pastas de dientes marca Colgate calcio de 100 mi c/u, 08 Pastas de dientes Colgate total 12 de 75 mi c/u. 11 Pastas Colgate doble frescura de 50 mi c/u. 15 Pastas Colgate con calcio de 22 mi c/u. 06 Pastas Colgate de 100 mi c/u. 09 Pastas Close-up de 56 mi c/u. 06 Pastas Close-up de 58 mi c/u. 07 Ceras para carro de 200 gramos c/u. 12 Paquetes de Maseca de 905 gramos c/u. 29 Paquetes de sal Sol de 500 gramos c/u. 25 Paquetes de sal Solar molida de 500 gramos c/u. 09 Paquetes de torti-masa de 750 gramos c/u. 13 escobas marca Flamingo. 05 Palas de recoger basura marca Reina. 05 Cajas de Corn Flakes de 200 gramos c/u. 02 Cajas de Corn Flakes de 500 gramos c/u. Cajas Nestlé Cereal Integral Fitness de 390 gramos c/u. 05 Cajas de Kellogs Zucaritas de 300 gramos c/u. 02 Cajas de Kellogs zucaritas de 510 gramos c/u. 04 Botellas de aceite Clover Girasol de 1.5 lis c/u. 05 Botellas de aceite Girasol clover de 1 It c/u. 08 Botellas de aceite clover cocinero de 946 mi c/u. 04 Botellas de aceite Corona de 950 mi c/u. 06 Botellas de aceite de 450 mi c/u. 07 Botellas de aceite Clover Maíz de 500 mi c/u. 05 Botellas de aceite Clover Maíz de 500 mi c/u. 05 Botellas de aceite Clover cocinero de 450 mi c/u. 02 botellas de aceite clover de 1.5 Its c/u. 02 Galones de aceite Clover de 2 litros c/u. 01 Galón de aceite Clover de 3 Its c/u. 03 Galones de aceite Clover cocinero de 3 Its c/u. 04 Botellas de aceite Girasol de 1 It c/u. 04 Botellas de aceite Girasol de 3 Its c/u. 03 Galones de aceite Corona de 3 Its c/u. 03 Botellas de aceite Capullo de 500 mi c/u. 09 Paquetes de Nacarina de 1000 gramos c/u. 03 Paquetes de Nacarina de 2.5 kgs c/u. 06 Paquetes de maíz Doivepa de 1 kg c/u. 07 Paquetes de harina Flores de 2 kgs c/u. 81 Sopas instantáneas de 64 gramos c/u. 20 Paquetes de sopas Maruchan de 85 gramos c/u. 60 Cucharas plásticas color negro marca Kitchen. 36 Cucharas de piquitos color negro de cocina marca Kitchen. 21 Paquetes de manteca clover de 460 gramos c/u. 12 Paquetes de manteca clover de 230 gramos c/u. 09 Paquetes de manteca Corona de 460 gramos c/u. 09 Paquetes o bolsas de alimento para gallina fase 2, de 2 kilos c/u. 07 Bolsas de alimento para gato marca Gourmet Mix de 400 gramos c/u. 08 Bolsas de alimento balanceado para gatos Supra marca Le Roy de 400 gramos c/u. 06 Paquetes de 4 juegos de cuchillos hoja tipo serrucho marca Chef Master c/u. 16 Bolsas de corn flakes Granix de 354 gramos c/u. 10 Bolsas de avena Quaker, avena Mosh de 400 gramos c/u. 09 Bolsas de avena integral La Selva de 250° gramos c/u. 09 Bolsas de avena mosh Quaker de 200 gramos c/u. 09 Adornos de pie con reloj de batería. 17 Limpiones de diferentes estampados. 06 Paquetes de cortinas para baño marca Shower Curtain c/u. 16 Cajas de maicena de 175 gramos c/u. 06 Cajas de Vitamaiz Cristal de 175 gramos c/u. 06 Cajas de maicena de 95 gramos c/u. 10 Cajas de gelatina pura Diet-Ex de 32 gramos c/u. 08 Cajas de bolsas plásticas para sandwiches de 6.3” x 7.9” (pulgadas) c/u. 04 Cajas de bolsas plásticas para alimentos de 20 unidades, de 29 cms x 37 cms c/u. 19 Rollos de plástico Wrap transparente marca Polipak de 100 pies cuadrados c/u. 11 Paquetes de spaguetti con huevo de 250 gramos c/u. 11 Paquetes de Pasta Roma tipo lengua de 250 gramos c/u. 16 Botellas de sirope La Flor de 710 mi c/u. 04 Latas de pulpo Pay Pay de 115 gramos c/u. 04 Latas de mejillones Pay Pay de 115 gramos c/u. 17 Barras de jabón azul R:J de 400 gramos c/u. 28 Barras de jabón San Luis de 250 gramos c/u.azul marca Monteazul de 40 gramos c/u. 18 Barras de jabón azul marca Monteazul de 400 gramos c/u. 07 Botellitas de Cloro Los Conejos de 250 gramos c/u. 12 Bolsas de Brasso con cloro activo de 445 mi c/u. 32 Bolsitas de Vanish White de 100 mi c/u. 67 Bolsitas de Vanish Max sin cloro de 100 mi c/u. 14 Bolsas de aroma lavanda Klaro de 445 mi c/u. 08 Bolsitas de aroma lavanda de 250 mi c/u. 08 Bolsas de Aroma Floral Klaro de 445 mi c/u. 12 Bolsas de cera cremosa Pledge de 350 mi c/u. 07 Bolsas de cera Rex amarilla, aroma floral de 330 mi c/u. 05 Bolsas de cera roja Rex aroma floral de 330 rnl c/u. 07 Botellas plásticas de Vanish de 450 mi c/u. 03 Galones de Cloro Blankíta de 3.785 mi c/u. 03 Galones de cloro Los Conejitos de 3.785 mi c/u. 03 Galones de cloro Los Conejitos de 1.893 mi c/u. 14 Bolsitas de cloro desinfectante aroma Lemon de 800 mi c/u. 12 Lavaplatos Zagaz de 450 gramos en paquetes de 2 unidades c/u. 22 Barras de jabón Ámbar color naranja de 220 gramos c/u. 21 Barras de jabón limón Axión de 260 gramos c/u. 16 Bolsas de Suavitel esencia de lilas de 450 mi c/u. 12 Bolsas de jabón en polvo marca Irex de 1000 gramos c/u. 15 Bolsas de jabón en polvo Fort-3 de 1000 gramos c/u. 06 Bolsas de jabón en polvo Rinso de 1000 gramos c/u. 05 Bolsas de Jabón en polvo Rinso de 1000 gramos (con 2 bolsitas de jabón de oferta de 80 gramos c/u). 07 Bolsas de jabón en polvo de 1500 gramos Surf c/u. 15 Bolsas de jabón en polvo Ariel xianillos de 500 gramos c/u. 08 Bolsas de jabón en polvo Suríde 500 gramos c/u. 06 Bolsas de jabón en polvo Espuma de 1 kg c/u. 07 Bolsas de jabón en polvo Espumil de 500 gramos c/u. 07 Bolsas de jabón en polvo Espumil de 1 kg c/u. 08 Bolsas de jabón en polvo Fab de 550 gramos c/u. 08 Bolsas de jabón en polvo Fab de 1.2 kgs c/u. 05 Paquetes de toallas Saba Ultra con alas c/u. 04 Paquetes de toallas Saba Ultra invisible con alas c/u. 12 Paquetes de toallas Saba buenas noches sin alas extra largas de 10 toallas c/u. 06 Paquetes de toallas Saba extra largas de 8 toallas c/u. 10 Paquetes de toallas Saba clásica de 12 toallas c/u. 10 Toallas Saba clásica de 12 toallas c/u. 07 Paquetes de toallas con alas de 8 unidades por paquete marca Kotex Nocturna c/u. 07 Paquetes de toallas Kotex nocturna sin alas de 8 toallas c/u. 02 Bolsas de leche Pinito de 800 gramos c/u. 02 Bolsas de leche Pinito de 1.5 gramos c/u. 12 Bolsas de leche Pinito de 120 gramos c/u. 07 Bolsas de leche Pinito de 400 gramos c/u. 06 Bolsas de Leche Pinito semi-descremada Milk de 360 gramos c/u. 06 Bolsas de leche en polvo Delactomy de 400 gramos c/u. 04 Bolsas de leche en polvo descremada materna de 400 gramos c/u. 03 Cajas de sustituto de azúcar Rey de 100 sobre de 1 gramo c/u. 09 Bolsas de dulce en polvo granulada de 1000 gramos c/u. 09 Bolsas de dulce en polvo granulada de 450 gramos c/u. 01 Caja entera de leche líquida Dos Pinos de 12 unidades de un litro c/u. 01 Galón de salsa de tomate Banquete de 4000 gramos. 01 Galón de salsa china Banquete de 3.750 mi. 01 Galón de vinagre Columbia sintético de 3.875 mi. 11 Paquetitos de salsa Ducal con carne de 114 gramos c/u. 07 Paquetes de salsa ranchera Ducal de 114 gramos c/u. 08 Paquetitos de salsa sofrito Ducal de 114 gramos c/u. 07 Paquetitos de salsa champiñones Ducal de 114 gramos c/u., para un total de la suma de los víveres de dos millones ciento veintisiete mil colones. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diecinueve de enero del dos mil doce, con la base de tres millones cuatrocientos sesenta y dos mil ochocientos trece colones con cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del seis de febrero del dos mil doce, con la base de un millón ciento cincuenta y cuatro mil doscientos setenta y un colones con dieciséis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de María Adima Chaves Vásquez contra Jorge Aguilar Herrera. Expediente: 09-000610-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de octubre del 2011.—Lic. José Vicente Quirós Carvajal, Juez.—(IN2011087470).

A las diez horas treinta minutos del doce de diciembre del dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, soportando hipoteca de primer grado por la suma de diez millones a favor del Banco de Costa Rica y con la base de veintiún millones ochocientos cuarenta y cuatro mil cincuenta colones, remataré: Finca del Partido de San José matrícula de folio real número trescientos sesenta y cuatro mil ochocientos setenta-cero cero dos, que se describe como terreno para construir lote cinco, sito en el distrito cinco Zapote, del cantón uno San José, de la provincia de Alajuela, lindante al norte con calle pública con frente a Ella de seis metros lineales, al sur con Luis Fernando Obando Fonseca, al este, con Carlos Fernando Paniagua Obando y al oeste, con Carlos Fernando Paniagua Obando, mide noventa y nueve metros con treinta y un decímetros cuadrados. La referida propiedad pertenece a Miguel Lucio Lecusay Ponce. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de dieciséis millones trescientos ochenta y tres mil treinta y ocho colones, se señalan las: diez horas treinta minutos del diez de enero del dos mil doce. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de cinco millones cuatrocientos sesenta y un mil doce colones con cincuenta céntimos, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil doce. Lo anterior por estar así ordenado en demanda Laboral de Rafael Ángel Rodríguez Calderón contra Miguel Lucio Lecusay Ponce. Expediente Nº 02-300045-0317-LA.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 3 de octubre del 2011.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—(IN2011087479).

En la Sala de este Tribunal, con la base dada por el perito de siete millones quinientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando embargo practicado bajo las citas 2009-00261900-01-0001-001; a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil once, en el mejor postor remataré lo siguiente: derecho de un medio sobre el usufructo a la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cuatrocientos setenta y nueve mil doscientos sesenta y cinco-cero cero dos, la cual es usufructo terreno con una casa sector, letras lote B-41, Urbanización Los Guidos. Situada en el distrito sétimo Patarra, cantón tercero Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lote B-32; al sur, calle pública; al este, Lote -B 40 y al oeste Invu. Mide: ciento treinta y ocho metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de enero del dos mil doce, con la base de cinco millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de enero del dos mil doce con la base de un millón ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de María del Rosario Flores Olivas contra Rosa Valle Bejarano. Exp.: 09-000482-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de octubre del 2011.—Lic. José Vicente Quirós Carvajal, Juez.—(IN2011087481).

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SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, a las trece horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil once, libre gravámenes prendarios, soportando decreto de embargo bajo las citas de inscripción cero cero once y cero cero cero ocho seis cero dos cero y con la base de novecientos ochenta y un mil seiscientos colones (rebajada en un 25% de la base prima), en el mejor postor remataré el vehículo de placas doscientos cinco mil quinientos dieciséis, registralmente propiedad del codemandado Olger Elizondo Mora, dicho automotor es de marca: Toyota, categoría: automóvil, serie: no indicada, carrocería: microbús, tracción: no aplica, chasis: JT3RN63W7J0207177, capacidad: 4 personas, año: 1988, color: negro. Lo anterior por haberse ordenado así en el Proceso Ejecutivo Simple Nº 05-100071-425-4-CI, de Banco Nacional de Costa Rica en contra de Carmen Elizondo Mora y Olger Elizondo Mora.—Juzgado Civil de Aguirre y Parrita, Quepos, 4 de octubre del 2011.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—(IN2011083094).

A las diez horas del catorce de diciembre del dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, en el mejor postor remataré lo siguiente: Primero: con la base de treinta y cuatro millones novecientos ochenta mil cuatrocientos colones exactos, monto dado por el perito en su oportunidad, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número diecisiete mil trescientos cuarenta y seis-cero cero cero (17346-000), la cual es terreno de solar para construir. Situada en el distrito primero, Liberia, cantón primero, Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública, con un frente a ella de ocho metros con treinta y seis centímetros lineales; al sur, Faleonery Bustos; al este, Francisco Abarca y al oeste, lote de hermanos González Rojas. Mide: ciento cinco metros con dieciséis decímetros cuadrados. Segundo: con la base de veinticuatro millones quinientos mil colones exactos, monto dado por el perito en su oportunidad, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y cuatro mil trescientos setenta y ocho-cero cero cero (44378-000) la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, Nicoya cantón segundo, Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Róger Hernández; al sur, lote 7; al este, calle; y al oeste, Róger Araya. Mide: trescientos cincuenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Buses Esquivel Sociedad Anónima, José Luis Esquivel Obando y Luis Alberto Esquivel Garnier, Sucesión de Luis Ángel Esquivel Ugalde. Exp. 00-012869-0170-CA.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 31 de octubre del 2011.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—RP2011265589.—(IN2011087206).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del catorce de febrero del año dos mil doce, y con la base de seis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: 697421 marca: Mazda estilo: Mazda carrocería: station wagon o familiar año: 2008 chasis: JM7CR10F170105575. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de marzo del año dos mil doce, con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de marzo del año dos mil doce con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Rafael Campos Rodríguez contra Maricela Arce Ávila y Warner c.c. Warnes Venegas Murill. Exp. 11-001257-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 6 de octubre del 2011.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—RP2011265686.—(IN2011087207).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones al tomo 367, asiento 15985; a las ocho horas treinta minutos del seis de diciembre del dos mil once, y con la base de cuarenta mil seiscientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 599250-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Miguel Fonseca Cambronera; al sur y; al este, calle pública, y al oeste, José Miguel Fonseca Cambronero. Mide: Mil treinta metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de diciembre del dos mil once, con la base de treinta mil cuatrocientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del dieciocho de enero del dos mil doce con la base de diez mil ciento cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Guillermo Alonso Pacheco Castro contra Fita del General Ltda., José Rafael Fonseca Valerio. Exp. Nº 11-000279-0341-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Turrialba, 12 de setiembre del 2011.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—RP2011265697.—(IN2011087208).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada, a las nueve horas y cuarenta minutos del siete de diciembre de dos mil once, y con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad Inmueble, bajo el sistema de Folio Real matrícula Nº 479807-000 la cual es terreno lote 115 terreno para construir. Situada en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda al norte, destinado a calle; al sur, lote 114; al este, lote 105, al oeste, destinado a avenida tres; noreste, lotes 104 y 105; noroeste, calle pública, sureste Lote 114, suroeste calle publica. Mide doscientos sesenta y siete metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veintidós de diciembre de dos mil once, con la base de tres millones ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veinte de enero de dos mil doce con la base de un millón sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ronald Aguilar León, expediente Nº 11-006653-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 19 de octubre del 2011.—Lic. Luis Salas Muñoz, Juez.—RP2011265700.—(IN2011087209).

A las diecisiete horas y cero minutos del dieciséis de enero del año dos mil doce, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando citas 0530-00004763-01-0001-001 y con la base de trescientos ochenta y seis millones ochenta y seis mil novecientos ochenta colones exactos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número 00037849-000. Que es terreno para café y agricultura. Sito: distrito San José, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, calle en medio Santos Artavia y Rómulo Ruiz; sur, río Alajuela, Manuel Brenes y Bebedero Río Molina; este, Pedro Vega y Rómulo Ruiz y oeste, Juana López Mayer. Mide: nueve mil quinientos noventa y tres metros con veintinueve decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo simple número 99-024406-0170-CA de IMAS contra Embutidos Guillén Limitada.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de setiembre del año 2011.—Lic. Marco Antonio Bolaños Rojas, Juez.—RP2011265733.—(IN2011087210).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del cinco de diciembre de dos mil once, y con la base de ciento un mil cuatrocientos cincuenta y seis dólares con setenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número 186166-000, la cual es terreno bloque C, lote 29, terreno para construir. Situada en el distrito 01 Cartago Oriental, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con frente 8 metros; al sur, lote 4; al este, lote 28 y al oeste, lote 30. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de diciembre de dos mil once, con la base de setenta y seis mil noventa y dos dólares con cincuenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil doce con la base de veinticinco mil trescientos sesenta y cuatro dólares con diecinueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Gustavo Alberto Díaz Gutiérrez. Exp. Nº 11-015673-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 21 de octubre del año 2011.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2011087411).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones, boletas: 2008316717 y 0969900514; a las diez horas del diecinueve de enero del año dos mil doce, y con la base de veintiún mil quince dólares con treinta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo 699212, marca Suzuki, automóvil, todo terreno, año 2007, color negro, chasis JS3TD54V974112367, cilindrada 2000 c.c. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del siete de febrero del año dos mil doce, con la base de quince mil setecientos sesenta y un dólares con cincuenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de febrero del año dos mil doce con la base de cinco mil doscientos cincuenta y tres dólares con ochenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se le informa a los interesados en participar en la almoneda que, de conformidad con el artículo 23 de la Ley de Cobro Judicial podrá depositar el porcentaje correspondiente de la base en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, o cheque certificado de un banco costarricense. Ahora bien, en caso de una persona jurídica al pagar con cheque certificado por un monto en colones, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho y por un monto en dólares a favor de la Unidad Administrativa Regional de Heredia; y en caso de una persona física puede realizarse de la anterior manera o bien el cheque a su favor pero realizar el endoso correspondiente, teniendo clara la restricción del artículo 805 párrafo segundo y 826 del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Jorge Alberto Porras Quesada. Exp: 10-000434-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 12 de agosto del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2011087413).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción/colisión boleta 2007527631, bajo sumaria 08-8713-174-TR; a las nueve horas y quince minutos del veintiséis de enero del año dos mil doce, y con la base de veintiún mil ochocientos noventa y cinco dólares con ochenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo, placas 755855, marca Mitsubishi, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color gris, Vin JMY0RK9608J000471, cilindrada 2972 c.c., combustible gasolina, número de motor 6G72TP5469. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del catorce de febrero del año dos mil doce, con la base de dieciséis mil cuatrocientos veintiún dólares con ochenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del seis de marzo del año dos mil doce con la base de cinco mil cuatrocientos setenta y tres dólares con noventa y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a los interesados en participar en la almoneda que, de conformidad con el artículo 23 de la Ley de cobro judicial podrá depositar el porcentaje correspondiente de la base en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, o cheque certificado de un banco costarricense. Ahora bien, en caso de una persona jurídica al pagar con cheque certificado por un monto en colones, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho y por un monto en dólares a favor de la Unidad Administrativa Regional de Heredia; y en caso de una persona física puede realizarse de la anterior manera o bien el cheque a su favor pero realizar el endoso correspondiente teniendo clara la restricción del articulo 805 párrafo segundo y 826 del Código de  Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Karla Cecilia Salas Rodríguez. Expediente Nº 10-001448-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 31 de agosto del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2011087414).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones a citas 0330-00004091-01-0901-001, servidumbres de paso a citas 0562-00018951-01-0010-001, 056200018951-01-0019-001, 056200018951-01-0028-001, 0562-00018951-01-0028-001, 0562-00018951-01-0040-001, 0562-00018951-01-0040-001, 0565-00006284-01-0001-001, 0565-00006284-01-0014-001, 0565-00006284-01-0014-001, 0565-00006284-01-0027-001, 0565-00006284-01-0033-001, 0565-00006284-01-0033-001, 0565-00006284-01-0045-001, 0565-00006284-01-0054-001, 0565-00006284-01-0060-001, 0565-00006284-01-0060-001, 0565-00006284-01-0072-001, 0565-00006284-01-0078-001, 0565-00006284-01-0078-001, 0565-00006284-01-0090-001, 0566-00002444-01-0002-001, 0566-00002444-01-0002-001, servidumbres de acueductos a citas 0562-00018951-01-0013-001, 0562-00018951-01-0022-001, 0562-00018951-01-0032-001, 0562-00018951-01-0032-001, 0562-00018951-01-0044-001, 0562-00018951-01-0044-001, 0565-00006284-01-0002-001, 0565-00006284-01-0018-001, 0565-00006284-01-0018-001, 0565-00006284-01-0029-001, 0565-00006284-01-0037-001, 0565-00006284-01-0037-001, 0565-00006284-01-0048-001, 0565-00006284-01-0056-001, 0565-00006284-01-0064-001, 0565-00006284-01-0064-001, 0565-00006284-01-0074-001, 0565-00006284-01-0082-001, 0565-00006284-01-0082-001, 0565-00006284-01-0093-001, 0566-00002444-01-0003-001, 0566-00002444-01-0003-001, servidumbres de líneas eléctricas y de paso a citas 0562-00018951-01-0016-001, 0562-00018951-01-0025-001, 0562-00018951-01-0035-001, 0562-00018951-01-0035-001, 0562-00018951-01-0048-001, 0562-00018951-01-0048-001, 0565-00006284-01-0003-001, 0565-00006284-01-0022-001, 0565-00006284-01-0022-001, 0565-00006284-01-0031-001, 0565-00006284-01-0041-001, 0565-00006284-01-0041-001, 0565-00006284-01-0051-001, 0565-00006284-01-0058-001, 0565-00006284-01-0068-001, 0565-00006284-01-0068-001, 0565-00006284-01-0076-001, 0565-00006284-01-0086-001, 0565-00006284-01-0086-001, 0565-00006284-01-0096-001, 0566-00002444-01-0004-001, 0566-00002444-01-0004-001, servidumbre ecológica y limitaciones a citas 0566-00002444-01-0021-001, y servidumbre de vista a citas 0566-00001444-01-0086-001; a las nueve horas y treinta minutos del seis de diciembre del año dos mil once, y con la base de noventa mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil dieciséis-cero cero cero, la cual es terreno parcela B: terreno de solar, situada en el distrito tercero, Sardinal, cantón quinto, Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, parcela 1; al sur, parcela C; al este, Pacific Sunsites Properties EVC Sociedad Anónima con servidumbre agrícola en medio, y al oeste, Gerardo Canales Ángulo. Mide: cinco mil trescientos treinta y tres metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de enero del año dos mil doce, con la base de sesenta y siete mil quinientos dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de febrero del año dos mil doce con la base de veintidós mil quinientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Julio González contra Apego Campestre I N C S. A. Expediente Nº 11-000529-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 2 de noviembre del año 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—(IN2011087416).

En la puerta exterior de este despacho, a las diez horas del  diecisiete de enero del año dos mil doce, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, con la base de cuatro mil setecientos cincuenta dólares en el mejor postor remataré cada una de las siguientes fincas: 1-) Finca del Partido de Puntarenas, matrícula de folio real número ciento veintiún mil novecientos cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno para construir lote 2, situado en el distrito primero (Quepos), cantón sexto (Aguirre), de la provincia de Puntarenas, linda al norte con Arguello y Sánchez S. A., al sur con Grupo Aduanal Número Dos S. A., al este, con calle pública con 7,24 metros, y Arguello y Sánchez S. A., y al oeste, con calle pública con 7,24 metros, con una medida de trescientos metros cuadrados, según plano catastral número P-cero siete dos nueve tres dos dos-dos mil uno; 2-) Finca del partido de Puntarenas, matrícula de folio real número ciento veintidós mil quinientos ocho-cero cero cero, que es Terreno para construir lote 3, situado en el distrito primero (Quepos), cantón sexto (Aguirre), de la provincia de Puntarenas, linda al norte, con calle pública con 32,35 metros de frente, al sur con Arguello y Sánchez S. A., al este, con calle pública con 7,76 metros de frente, y al oeste con Calle Pública con 7,76 metros de frente, con una medida de trescientos metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados, según plano catastral número P-cero siete dos nueve tres dos uno-dos mil uno; 3-) Finca del Partido de Puntarenas, matrícula de folio real número ciento veintidós mil quinientos nueve-cero cero cero, que es terreno para construir lote 4, situado en el distrito primero (Quepos), cantón sexto (Aguirre), de la provincia de Puntarenas, linda al norte, con Arguello y Sánchez S. A., al sur, con Grupo Aduana Número dos S. A., al este, con calle pública con 9,24 metros de frente, y al oeste con calle pública con 9,24 metros de frente, con una medida de trescientos metros cuadrados, según plano catastral número P-cero siete tres dos ocho seis cero-dos mil uno; y 4-) Finca del Partido de Puntarenas, matrícula de folio real número ciento veintiún mil novecientos cuarenta y seis-cero cero cero, que es terreno para construir lote 1, situado en el distrito primero (Quepos), cantón sexto (Aguirre), de la provincia de Puntarenas, linda al norte, con Arguello y Sánchez S. A., al sur, con Arguello y Sánchez S. A., al este, con calle pública con 9,24 metros, y al oeste, con calle pública con 9,24 metros, con una medida de trescientos metros cuadrados, según plano catastral número P-cero siete dos nueve tres dos cero-dos mil uno, todas propiedades de Inversiones Modifica Arte S. A.. Para el segundo remate se señalan las diez horas del primero de febrero del año dos mil doce con la base de tres mil quinientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), para cada una de las fincas indicadas y para la tercera subasta se procede a señalar las diez horas del dieciséis de febrero del año dos mil doce con la base de mil ciento ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (Un veinticinco por ciento de la base inicial), para cada una de las fincas supracitadas. Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso de ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica en contra de María de los Ángeles Ortiz Sequeira y Plaza del Cruce S. A. Expediente Nº 11-100114-0425-2-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 24 de octubre del 2011.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—(IN2011087419).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del ocho de diciembre de dos mil once, y con la base de treinta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo Placas 683935, marca Land Rover, estilo Range Rover Sport, capacidad 5 personas, todo terreno, 4 puertas, año 2007, color gris, motor Nº 270107B11035448PN, 4400 cc. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del once de enero de dos mil doce, con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de enero de dos mil doce con la base de siete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Federico Altamura Arce y Manuel Emilio Mora Mata contra Miseral S. A. Exp.: 11-021627-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de octubre del 2011.—Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2011087539).

A las ocho horas y treinta minutos del dos de diciembre del dos mil once en la puerta de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado por un monto de sesenta y un mil trescientos dólares a favor de Plaza de Cort S. A. y Reservas y Restricciones y con la base total de once mil cuatrocientos tres dólares con sesenta y nueve centavos de dólar, en el mejor postor remataré lo siguiente: A) Por la suma de un mil veinte dólares con cincuenta y ocho centavos la finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y un mil seiscientos-cero cero cero, la cual es terreno sembrado de frutales, lote ocho. Situada en el distrito primero San Mateo del cantón cuatro San Mateo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con lote nueve; al sur, con lote siete; al este, con Amparo Blanca e Irma ambas Arguedas Eduarte y al oeste, con calle pública son catorce metros con setenta y un centímetros de frente. Mide: mil metros con veintidós decímetros cuadrados. B) Por la suma de un mil veinte dólares con treinta y seis centavos, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema Folio Real, matrícula número trescientos noventa y un mil seiscientos tres-cero cero cero la cual es terreno sembrado de frutales, lote once. Situada en el distrito primero San Mateo del cantón cuatro San Mateo de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, con lote doce; al sur, con lote diez; al este, con Amparo Blanca e Irma ambas Arguedas Eduarte y al oeste, con calle pública con trece metros con cincuenta y siete centímetros de frente. Mide: mil metros cuadrados. C) Por la suma de un mil veinte dólares con ochenta y nueve centavos la finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número trescientos noventa y un mil seiscientos cuatro-cero cero cero la cual es terreno sembrado de frutales, lote doce. Situada en distrito primero San Mateo del cantón cuatro San Mateo de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, con lote trece; al sur, con lote once; al este, con Amparo Blanca e Irma ambas Arguedas Eduarte y al oeste, con calle pública con dieciséis metros con cincuenta y un centímetros de frente. Mide: mil metros con cincuenta y dos decímetros. D) Por la suma de un mil veintiún dólares con dos centavos la finca inscrita en el Registro Publico, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y un mil seiscientos seis-cero cero cero la cual es terreno sembrado de frutales, lote catorce. Situado en el distrito primero San Mateo del cantón cuatro San Mateo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con lote quince; al sur, con lote trece; al este, con Amparo Blanca e Irma ambas Arguedas Eduarte y al oeste, con servidumbre de paso con veintiséis metros con cincuenta y dos centímetros lineales de frente. Mide: mil metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. E) Por la suma de cinco mil novecientos tres dólares con sesenta y nueve centavos de dólar la finca inscrita en el Registro Público, Sección de Propiedad, al Folio Real matrícula número trescientos noventa y un mil seiscientos siete-cero cero cero la cual es terreno sembrado de frutales, lote quince. Situada en el distrito primero San Mateo, cantón cuatro San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Próspero Acuña; al sur, lote catorce; al este, Amparo Blanca e Irma ambas Arguedas Eduarte y al oeste, servidumbre de paso con dieciséis metros lineales de frente. Mide: mil trescientos ochenta y ocho metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. F) Por la suma de cinco mil novecientos tres dólares con sesenta y nueve centavos de dólar la finca inscrita en el Registro Público, Sección de Propiedad, al Folio Real matrícula número trescientos noventa y un mil quinientos noventa y cuatro-cero cero cero la cual es terreno sembrado de frutales, lote 2. Situada en el distrito primero San Mateo, del cantón cuatro San Mateo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 3; al sur, con Alexis Rodríguez Steller; al este, Amparo, Blanca e Irma ambas Arguedas Eduarte y al oeste, con calle pública con 15,02 centímetros de frente. Mide: mil metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Plaza de Cort S. A. contra Inversiones Don Popo S. A., Pablo Zúñiga García. Expediente Nº 05-000992-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de octubre del 2011.—Lic. Sirlene Salazar Muñoz, Jueza.—(IN2011087540).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de enero del año dos mil doce, y con la base de ciento un mil novecientos dólares exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matricula Nº 159503-000 la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 02 San Juan Grande, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, en medio servidumbre agrícola con 7 metros de ancho, Veltra Arcopacífico VAP S. A., Girvacroa GCA S. A. y Bamboo y Pinto S. A.; al sur, en medio servidumbre agrícola con 7 metros de ancho y Hacienda Vigo Buro HVB S. A.; al este, en medio servidumbre agrícola con 7 metros de ancho y Hacienda Vigo Buro HVB S. A. y al oeste, en medio servidumbre agrícola con 7 metros de ancho, Bamboo y Pinto S. A. y Hacienda Vigo Buro HVB S. A. Mide: siete mil novecientos noventa y ocho metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de febrero del año dos mil doce, con la base de setenta y seis mil cuatrocientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil doce con la base de veinticinco mil cuatrocientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Wálter Gamboa Gamboa. Exp. Nº 11-021888-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2011087555).

En la puerta exterior de este Despacho, remataré al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, el inmueble del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil cuatrocientos setenta y cuatro-cero cero cero, con las siguientes bases: 1) Tres millones ochocientos mil colones, remate que se celebrará a las diez horas del veintiocho de noviembre de dos mil once. 2) Con la base en la suma de dos millones ochocientos cincuenta mil colones (rebaja del veinticinco por ciento de la base), se señalan las diez horas del catorce de diciembre de dos mil once. 3) Con la base en la suma de novecientos cincuenta mil colones se señalan las diez horas del doce de enero de dos mil doce. El inmueble se describe así: lote número 01, terreno de frutales con una casa y potrero, situado en el distrito cinco, Pittier, cantón octavo, Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública y Junta Administrativa Liceo Santa Elena de Pittier; al sur, con río Palma y Junta Administrativa Liceo Santa Elena de Pittier, Asociación Desarrollo Integral Santa Elena, San Vito, Coto Brus; al este, con calle pública, Ariel Chaves Bermúdez y Junta Administrativa Santa Elena de Pittier, Asociación Desarrollo Integral Santa Elena San Vito, Coto Brus y al oeste, con calle pública, Junta Administrativa Liceo Santa Elena de Pittier. Mide: trescientos setenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y ocho metros con veintiocho decímetros cuadrados. Posee plano Nº P-1194751-2008. Propiedad de Agrícola Alameda Sociedad Anónima. Expediente Nº 11-100171-920-CI-1 de Luis Mora Jiménez contra Agrícola Alameda Sociedad Anónima.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Sede Corredores, Ciudad Neily, 26 de setiembre de 2011.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—RP2011265770.—(IN2011087564).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción a la Ley de Tránsito, con la boleta número 09177452; a las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de diciembre de dos mil once, y con la base de diecisiete mil noventa y un dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas C151807, marca Kenworth, estilo T2000, categoría tractocamión (carga pesada), capacidad 2 personas, carrocería cabezal, año 1998, color blanco, tracción 6x4, chasis 949737, motor 06R0372323, cilindrada 12700 c.c., combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de enero de dos mil doce, con la base de doce mil ochocientos dieciocho dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil doce, con la base de cuatro mil doscientos setenta y dos dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de ATR Atlantic Trailer S. A. contra Rocío Ruiz Martines. Expediente número: 11-020861-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de octubre del 2011.—Lic. Marvin Antonio Ovares Leandro, Juez.—RP2011265788.—(IN2011087565).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y treinta minutos del cinco de diciembre de dos mil once, y con la base de veintiún mil setecientos siete dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: placas: 634259, marca: Citroen, estilo: Berlingo, carrocería: Station Wagon o familiar, capacidad 5 personas; color: azul, año: 2006, tracción: 4x4, chasis VF7GJWJYB93315830, motor: 10DXFZ6043971, cilindrada: 1868 c.c., modelo: X 1.9D, combustible: diesel, cilindros: 04. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de diciembre de dos mil once, con la base de dieciséis mil doscientos ochenta dólares con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de enero de dos mil doce, con la base de cinco mil cuatrocientos veintiséis dólares con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A., contra Jaime Barrantes Madrigal. Expediente: 11-008315-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de octubre del 2011.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—RP2011265850.—(IN2011087566).

En la puerta exterior de este Despacho y soportando hipoteca en primer grado a favor del Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamos a las nueve horas del veinticinco de noviembre del dos mil once y con la base de veintitrés millones setecientos setenta y siete mil trescientos noventa colones en el mejor postor rematare lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 146136 derechos 001 y 002 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito quinto Cartagena, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juan María Vásquez Vásquez; al sur, Rolando Trigueros Esquivel y Danilo Viales Cascante ambos en parte; al este, Carlos Leiva Vallejos y al oeste, calle pública de 17 metros de ancho con un frente a la misma de 30 metros lineales. Mide: 6.793,54 dm2. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del trece de diciembre del dos mil once, con la base de diecisiete millones ochocientos treinta y tres mil trescientos cuarenta y dos colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del once de enero del dos mil doce con la base de cinco millones novecientos cuarenta y cuatro mil trescientos cuarenta y siete colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Juan María Vásquez Vásquez contra Kattya Campos Rodríguez. Exp. 07-000819-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 18 de octubre del 2011.—Msc. Rafael Ortega Tellería, Juez.—RP2011265932.—(IN2011087569).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones, citas: 329-14245-01-0901-001 y servidumbre sirviente citas: 342-02650-01-0002-001, a las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil once, y con la base de veintiséis millones quinientos tres mil ciento treinta y ocho colones con cuarenta y siete céntimos, al mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 137059-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Guillermo Morales Vargas; al sur, Guillermo Morales Vargas; al este, Guillermo Morales Vargas y al oeste, calle pública con un frente de 18,11 metros. Mide: setecientos noventa y dos metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados, para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del quince de diciembre de dos mil once, con la base de diecinueve millones ochocientos setenta y siete mil trescientos cincuenta y tres colones con ochenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de enero de dos mil doce con la base de seis millones seiscientos veinticinco mil setecientos ochenta y cuatro colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L., contra Lena Vanessa Rodríguez Aguirre. Exp.: 08-025712-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de julio del 2011.—Lic. Ana Elsy Campos Barboza, Jueza.—RP2011265969.—(IN2011087572).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones y plazo de convalidación (rectificación de medida); a las ocho horas y cero minutos del veintiocho de febrero del dos mil doce, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos once mil quince cero cero cero, la cual es terreno de potrero, situada en el distrito La Virgen, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Ademar Hidalgo Rodríguez; al sur, José Ángel Hidalgo Solano; al este, calle pública con un frente de 79,01 metros y Mercedes Soto Umaña y al oeste, río Sardinal. Mide: cincuenta y siete mil trescientos diez metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del quince de marzo del dos mil doce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de abril del año dos mil doce con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a los interesados en participar en la almoneda que, de conformidad con el artículo 23 de la Ley de Cobro Judicial podrá depositar el porcentaje correspondiente de la base en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, o cheque certificado de un banco costarricense. Ahora bien, en caso de una persona jurídica al pagar con cheque certificado por un monto en colones, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho y por un monto en dólares a favor de la Unidad Administrativa Regional de Heredia; y en caso de una persona física puede realizarse de la anterior manera o bien el cheque a su favor pero realizar el endoso correspondiente, teniendo clara la restricción del artículo 805, párrafo segundo y 826 del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Alto de Calle Liles Sociedad de Responsabilidad contra José Ángel Hidalgo Solano. Expediente Nº 11-000136-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 30 de setiembre del año 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2011087823).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada y servidumbre de paja de agua, a las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de enero de dos mil doce y con la base de ocho millones cuatrocientos seis mil doscientos once colones exactos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 167676 derechos 001 y 002 la cual es terreno para construir con una casa lote 22. Situada en el distrito 04 Cachí, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 23; al sur, lote 21; al este, lotes 13 y 14 y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil doce, con la base de seis millones trescientos cuatro mil seiscientos cincuenta y ocho colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de febrero de dos mil doce con la base de dos millones ciento un mil quinientos cincuenta y dos colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Vidriera Centroamericana contra Adriana Lisbeth Segura Boza y Marcos Antonio Chaves Redondo. Expediente número 11-005918-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 20 de octubre del 2011.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—RP2011265862.—(IN2011087567).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada al tomo: 338, asiento: 1462; a las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de enero del año dos mil doce, y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 309243-000 la cual es terreno a construir casa lote 24 X. Situada en el distrito 03 Sánchez, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública de 6 metros 75 centímetros; al sur, casas números 6 y 7 X urbanización José María Zeledón; al este, casa y lote número 25 X y al oeste, casa número 23 X urbanización José María Zeledón. Mide: ciento cuatro metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del año dos mil doce, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de febrero del año dos mil doce con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Maribel Romero Villegas, expediente Nº 11-021208-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de octubre del año 2011.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—RP2011265910.—(IN2011087568).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y treinta minutos del diecinueve de enero del año dos mil doce, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito sétimo Granja, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a esta de diez metros con noventa centímetros; al sur, Junta Administrativa del Hogar de Ancianos y Enfermos crónicos Presbítero Esteban Echeverría; al este, calle pública con un frente a esta de dieciocho metros y al oeste, Julio César López González. Mide: ciento ochenta y un metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del dos de febrero del año dos mil doce, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del dieciséis de febrero del año dos mil doce con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Francisca Argüello Hidalgo. Expediente 11-000407-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2011265957.—(IN2011087570).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones y servidumbre de aguas pluviales; a las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de enero del año dos mil doce, y con la base de ochenta millones setecientos diez mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F00066748 cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número ciento dos terreno para construir que se destina a uso habitacional, la cual podrá tener una altitud máxima de dos pisos. Situada en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número ciento cuatro; al sur, calle cinco y calle nueve ambas en parte; al este, área de servidumbre; y al oeste, finca filial primaria individualizada número ciento tres. Mide: tres mil cuatrocientos treinta y un metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de febrero del año dos mil doce, con la base de sesenta millones quinientos treinta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de febrero del año dos mil doce con la base de veinte millones ciento setenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Aurelia Olga Hernández Betanzo. Exp. Nº 11-000220-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 31 de octubre del 2011.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2011265958.—(IN2011087571).

A las ocho horas y treinta minutos del trece de diciembre del año dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y sin sujeción a base, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas AB-1846, marca Internacional, estilo Loadstar F1600, categoría transporte colectivo interurbano, capacidad 54 personas, año 1980, color amarillo, carrocería autobús, chasis BA172KHB22445, motor marca Internacional, Nº V345E1559939, combustible gasolina, cilindrada 5960CE. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Autotransportes San Martín S. A., Randall Rojas Esquivel. Expediente Nº 98-100479-0290-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de octubre del 2011.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(IN2011087809).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de noviembre del año dos mil once, y con la base de trece millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos un mil seiscientos cincuenta y tres cero cero cero, la cual es terreno para construir bloque D lote 14. Situada en el distrito Ulloa, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 13-D; al sur, lote 15-D; al este, lote 6; y al oeste, calle pública con 4 metros de frente. Mide: sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de enero del año dos mil doce, con la base de nueve millones novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de febrero del año dos mil doce con la base de tres millones trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Taca Costa contra Erik Mayit Villegas Medrano. Exp. Nº 11-000565-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de agosto del 2011.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—(IN2011088179).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0391-00007705-01-0904-001; a las diez horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil once, y con la base de diecisiete millones seiscientos sesenta y tres mil seiscientos cincuenta y un colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 391100-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Colón, cantón 07 Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Manuel Matamoros Ávila; al sur, Emilce Matamoros Ávila; al este, calle; y al oeste, Pacacon Ltda. Mide: mil trescientos seis metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de diciembre de dos mil once, con la base de trece millones doscientos cuarenta y siete mil setecientos treinta y ocho colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del trece de enero de dos mil doce, con la base de cuatro millones cuatrocientos quince mil novecientos doce colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas, interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Coopeservidores R. L. contra Mario Quesada Matamoros. Exp. Nº 09-007278-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de agosto del año 2011.—Lic. Ana Elsy Campos Barboza, Jueza.—(IN201188308).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Jorge Morales Tam, quien fue mayor, casado dos veces, ingeniero agrónomo, vecino de Macacona de Esparza, Puntarenas, cédula de identidad número 1-0751-0264, a una junta que se verificará a las trece horas treinta minutos del siete de diciembre del dos mil once, para conocer de los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil. Sucesorio Nº 00-100423-417-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—1 vez.—(IN2011077300).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Santos Herrera Arguedas, a una junta que se verificará en este Juzgado a las trece horas y treinta minutos del siete de diciembre de dos mil once, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente: 07-002051-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de agosto del 2011.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—(IN2011077405).

Títulos Supletorios

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 11-000228-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María del Carmen Castillo Garro, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de San Juan de Santa Cruz, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-931-463, profesión administradora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es montaña. Situada en el distrito Santa Cruz, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Virgilio Cabalceta Briceño; al sur, Santos Hilario Gutiérrez y María Isabel Galagarza Cabalceta; al este, Luz Auxiliadora Castillo Garro y al oeste, calle pública con frente 14.37 metros lineales. Mide: 5479.77 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-786767-2002. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de nueve años a título personal. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en reparación de cercas y limpieza de rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María del Carmen Castillo Garro. Exp. 11-000228-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 13 de octubre del 2011.—Lic. José Wálter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—(IN2011087197).

Óscar Eduardo Vega Villegas, mayor, costarricense, comerciante, divorciado una vez, cédula de identidad número dos-cero doscientos treinta y cinco-cero seiscientos cuarenta, vecino de Matapalo de Aguirre, 250 metros sur de la pulpería La Espiral, promueve las diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público, un inmueble que está situado en el distrito segundo, Savegre del cantón sexto Aguirre, de la provincia de Puntarenas, colinda al norte, con Aspacia Brenes Papayorga e Inés Salazar Muñoz, al sur, con Hernán Moya Coto, al este, con calle pública con un frente de cuarenta y dos metros con noventa centímetros lineales, y al oeste, con servidumbre de paso con un frente de cuarenta y dos metros con treinta y ocho decímetros lineales y María Isabel Cerdas Barahona, con una medida de tres mil novecientos sesenta metros cuadrados, según plano catastral número P - uno cuatro cero cero siete nueve nueve-dos mil diez. Sobre el inmueble no existen gravámenes de ninguna naturaleza, tampoco existen condueños, ni cargas reales, y se estimó el inmueble en la suma de diez millones de colones (f.52). Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contados a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento legales en caso de omisión. Asunto: información posesoria, expediente 10-100092-0425-4-CI, promueve: Óscar Eduardo Vega Villegas.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 7 de octubre del 2011.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—RP2011265566.—(IN2011087211).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 10-000266-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Shirley Morales Sandoval, quien es mayor, soltera, vecina de Corralillo de Nicoya, Guanacaste, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-trescientos-ciento noventa, educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de frutales. Situada en el distrito tercero (San Antonio), cantón segundo (Nicoya), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juan Enríquez Guevara; al sur, Río Pescadero; al este, Juan Enríquez Guevara y al oeste, calle pública con ochenta y siete metros con treinta y un centímetros lineales. Mide: siete mil novecientos tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1413548-10. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación del señor Lucas Morales Morales, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, rondas hechas, siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Shirley Morales Sandoval. Exp. 10-000266-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 12 de abril del 2011.—Lic. José Wálter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2011265614.—(IN2011087212).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 11-000194-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Desarrollos El Guayacán Real de Costa Rica S. A, cédula jurídica Nº 3-101-0550070, domiciliada en La Guácima de Alajuela, setecientos metros al oeste, de la Iglesia Rincón Chiquito, representada por Sonia Palma Buitrago, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad Nº seis-ciento tres-doscientos cuarenta, vecina del INVU, Cocal, Puntarenas y Eddie Palma Buitrago, casado una vez, Ingeniero Agrónomo, cédula de identidad número nueve-cero treinta y tres-ciento cuarenta y cinco, vecino de La Guácima de Alajuela, setecientos metros al oeste de la Iglesia Rincón Chiquito; El Ducado Los Palos de Nicoya Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-547796, domiciliada en Nicoya, Guanacaste, Barrio Los Ángeles, doscientos metros este y veinticinco metros al sur del Almacén Electrólido, representada por Marvin Antonio Palma Buitrago, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número cinco-ciento cincuenta y ocho-quinientos dieciséis, vecino de Nicoya; Palmespi Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-379772, domiciliada en El Roble de Puntarenas, casa 987, representada por Abelardo Palma Buitrago quien es mayor, casado una vez, ingeniero eléctrico, vecino de Puntarenas, portador de la cédula de identidad vigente número cinco-ciento cincuenta y uno-seiscientos sesenta y dos y Edaisy Palma Buitrago, casado una vez, ingeniero civil, cédula de identidad número seis-ciento ochenta y tres-ochocientos setenta, vecino de La Mansión de Nicoya, Guanacaste, cien metros al oeste de la Dos Pinos, a fin de inscribir a sus nombres y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pastos, charral, tacotal y bosque secundario. Situada en el distrito quinto, cantón segundo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte y sur Brunilda Buitrago García, Desarrollos El Guayacán Real de Costa Rica Sociedad Anónima, EL Ducado de Los Palos de Nicoya Sociedad Anónima, Abelardo, Joaquín y Edaysi Palma Buitrago; al este Edaysi Palma Buitrago y al oeste servidumbre de paso en medio con Brunilda Buitrago García, Desarrollos El Guayacán Real de Costa Rica Sociedad Anónima, El Ducado de Los Palos de Nicoya Sociedad Anónima, Abelardo, Joaquín y Edaysi Palma Buitrago. Mide: ciento siete mil trescientos noventa y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1339534-2009. Indica los promoventes que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirieron dicho inmueble por medio de cesión de derechos y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercado, rondeado y chapeado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas Diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Desarrollos El Guayacán Real de Costa Rica S. A. Expediente Nº: 11-000194-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 5 de setiembre del 2011.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—RP2011265915.—(IN2011087577).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el Expediente Nº 11-000170-0341-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Vanessa Navarro Calvo, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de: seiscientos metros al sur de la Escuela de San Juan Norte de Turrialba, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 0304260730, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito primero, cantón quinto, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Marita Navarro Brenes; al sur, Alfonso Navarro Brenes; al este, Gerardo Navarro Brenes y al oeste, calle pública. Mide: doscientos sesenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en darle cuido y mantenimiento a la zona verde y darle mantenimiento a las cercas.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos, proceso información posesoria promovida por Vanessa Navarro Calvo Expediente Nº 11-000170-0341-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 4 de agosto del 2011.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—RP2011265924.—(IN2011087578).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el Expediente Nº 11-000019-0391-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Eva Dionisia Sánchez Cascante, quien es mayor, estado civil casada, vecina de Arizona de las Juntas de Abangares, portadora de la cédula de identidad Nº 5-0153-0890, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es a la actividad agrícola. Situada en el distrito segundo (Bolsón), cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de sesenta y tres metros con noventa y un centímetros lineales y Luis Antonio Cascante Fonseca; al sur, con Marcos Fidencio Ortega Ramírez; al este, Luis Rogelio Sánchez Cascante y al oeste, con Matías Ortega Ortega. Mide: Cuarenta y cuatro mil setecientos veinticuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1450636-10. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercas, chapeas, pastoreo de ganado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones, Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Eva Dionisia Sánchez Cascante. Expediente Nº 11-000019-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 30 de agosto del 2011.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—(IN2011087764).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el Expediente Nº 10-000986-0780-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Emilce Vallejos Jaén quien es mayor, soltera, oficios domésticos, cédula Nº 5-118-969 a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, la finca que se describe a continuación: Naturaleza: terreno para construir, situado en: San Francisco, distrito 03 Veintisiete de Abril, cantón 03 Santa Cruz, y provincia 05 Guanacaste, plano catastral: G-1211623-2008, medida: 310.49 m2, linderos: norte, calle pública, sur, Ana Isabel Cortés Salazar, este Abelardo Cabalceta Peña, oeste Ada Luz Rosales Jaén. Indica la promotora que la finca no ha sido inscrita en el Registro Público, que carece de título inscribible de dominio, que la solicitud no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio y no existente cargas reales o gravámenes ni condueños; estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones. Indica también que la finca la adquirió por donación que le hizo su sobrino Jaime Alonso Vega Vallejos aproximadamente desde los años de 1970 y que desde ese entonces la ha poseído en forma pública, pacífica, continua y a título de única poseedora y dueña. Que sus actos de posesión han consistido en hacer chapias, cercar los linderos y darle mantenimiento en general. Ante el Registro Público de la Propiedad, mediante certificación registral de fecha 03 de agosto de 2010 no aparecen bienes inscritos a su nombre bajo el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias (certificación de folio 4). Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la ley supracitada, se emplaza a todos los interesados en este asunto para que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Emilce Vallejos Jaén. Expediente Nº 10-000986-0780-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 11 de octubre del 2011.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—(IN2011087772).

Citaciones

Ante esta notaría, conforme al numeral 819, 899; concordantes del Código Procesal Civil y el artículo 129 del Código Notarial vigente, se realizó apertura de sucesorio del señor Víctor Manuel Salazar Aguilar, quien en vida fue su padre, mayor, casado una vez; maestro de obras, cédula de identidad número tres-cero cero ochenta y dos-cero ciento setenta y ocho. Se cita a terceros, herederos e interesados, para que en el plazo de treinta días, comparezcan a reclamar sus derechos, ante esta notaría, sita en Alajuelita: calle seis, entre avenidas cero y dos.—Alajuelita, 2 de noviembre del año 2011.—Lic. Yolanda Solano Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011265474.—(IN2011086809).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Rafael Ángel Mora Alvarado, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Isidro de León Cortés, portador de la cédula de identidad número 01-0282-0832.  Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-002220-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de octubre del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—RP2011265492.—(IN201186810).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Adolfo Máximo de Jesús c.c. Ronulfo León González, quien fuera mayor, casado, pensionado, vecino de San Pablo de Heredia, portador de la cédula de identidad número cuatro- cero cincuenta y tres- trescientos nueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-001394-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de octubre del año 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—RP2011265510.—(IN2011086811).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión en sede notarial ab-intestada de Rafael Sanabria Leitón, quien fue mayor, viudo una vez, agricultor, cédula tres- cero treinta y cuatro- siete mil catorce, vecino de Llano Grande, Cartago, quien falleció el veinte de setiembre de mil novecientos ochenta, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante mi notaría, ubicada en Cartago, calle ocho, avenidas dos y cuatro a reclamar sus derechos. Se apercibe que si nadie se presenta dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Cartago, treinta y uno de octubre del dos mil once.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—RP2011265534.—(IN2011086812).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Francisco Javier Leiva Martínez, quien fuera mayor, pensionado, cédula 3-093-0653, y Virginia Quesada Navarro, quien fuera mayor, ama de casa, cédula 3-0111-0717. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000040-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 30 de agosto del año 2011.—Lic. Ana Catalina Arroyo Varela, Jueza.—1 vez.—RP2011265535 .—(IN2011086813).

Se cita a todos los herederos, acreedores e interesados en general en la sucesión de Gladys Cipriana Powell Archivol, c.c. Gladys Cipriana Phillips quien en vida fue mayor, viuda una vez, pensionada, cédula 7-032-202, vecina de Limón, Barrio Pueblo Nuevo, de la iglesia católica 300 metros noroeste, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio número 11-000378-0678-CI-2 de Gladys Cipriana Powell Archivol, gestiona Clarence Owen Freeman Walker.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 20 de octubre del 2011.—Lic. Richard White Wright, Juez.—1 vez.—(IN2011087034).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión Kai Tec NG Ho, conocido como Alberto Lee NG, mayor, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad número ocho-cero veintitrés-ciento setenta, vecino de San José, Pavas, cuatrocientos metros norte y cien metros al este de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda, expediente número 0001-2011. Notaría del Bufete Portafolio Legal Notaría Da Re Masís, sita en Heredia, San Rafael de Ulloa, trescientos metros al sur y cien metros al oeste, a las diez horas del tres de noviembre del dos mil once.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—(IN2011087107).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Mayela Fallas Arrones, quien fuera divorciada, oficios del hogar, vecina de Tibás, cédula de identidad número 1-417-1262. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000342-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de agosto del año 2011.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2011087153).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Efraín Orozco Loría, quien fuera mayor, casado, pensionado, vecino de Barrio Los Ángeles de Cartago, cédula Nº 3-0117-0698. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº11-000311-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de octubre del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—RP2011265784.—(IN2011087581).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan José Lucas Chang, quien fue mayor, soltero, administrador, vecino de San José, cédula de identidad Nº 2-564-175. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho la herencia, de que, sin no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000241-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 21 de octubre del 2011.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—RP2011265805.—(IN2011087582).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juvenal Paniagua Paniagua, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad Nº 9-009-259, quien falleció el 27 de setiembre del año 2000, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 10-100276-0934-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, 27 de octubre del 2010.—Lic. Víctor Hugo Medina Morales, Juez.—1 vez.—RP2011265809.—(IN2011087583).

Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Cayetano Solórzano Méndez quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Bosco de Pocosol, seiscientos metros sureste del templo católico, cédula de identidad Nº seis-cero cero seis nueve- cero ocho siete nueve. Para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a la oficina de la notaria Licenciada Fressia Patricia Guzmán Mena, sita en Ciudad Quesada, costado oeste de Sistemas de Oficina, cincuenta metros norte y veinticinco metros oeste del Mercado Municipal, a hacer valer sus derechos y se les apercibe a los que crean tenerlos en calidad de herederos que si no se apersonan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Expediente . 0002-2011. Proceso sucesión extrajudicial de Cayetano Solórzano Méndez.—Ciudad Quesada, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Fressia Patricia Guzmán Mena, Notaria.—1 vez.—RP2011265822.—(IN2011087584).

Se cita a todos lo herederos, acreedores e interesados en general en la sucesión de Manuel Picado Jiménez quien en vida fue mayor, casado, vecino de Limón, con cédula de identidad 5-101-035, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos.-Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia-pasara a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio Nº 11-000158-0678-CI-3 de Manuel Picado Jiménez, gestiona Rocío Francela Picado Acosta.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica Limón, 17 de agosto del 2011.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—RP2011265832.—(IN2011087585).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás interesados, en la sucesión de Marta Irene González Castro, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Alajuela, cédula de identidad Nº 6-083-530, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría sita en San José, calle dos avenidas cero y primera, edificio Scaglietti, 304, a hacer valer sus derechos, apercibidos a quienes crean tener derecho, que sí no se presentan dentro del termino citado, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente 001-2011.—San José, 3 de noviembre de 2011.—Lic. Francisco Chinchilla Piedra, Notario.—1 vez.—RP2011265847.—(IN2011087586).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, e interesados en la mortual de Carlos Alberto Bejarano González, quien en vida fue mayor, viudo, vecino de San José, San Francisco de Dos Ríos, comerciante y pensionado con cédula de identidad Nº 1-361-243, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derechos, y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000182-0183-CI, sucesión de Carlos Alberto Bejarano González.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 23 de setiembre de 2011.—Lic. Bethmann Herrera Montero, Juez.—1 vez.—RP2011265848.—(IN2011087587).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan Castillo Castillo, quien fuera mayor, agricultor, casado una vez, vecino de Cariari, cédula Nº 5-124-888. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000036-0507-AG.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 23 de junio del año 2011.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—RP2011265865.—(IN2011087588).

Sucesión de Javier Andrés González Bonilla, notaria: Patricia Zumbado Rodríguez. Expediente Nº 20011-000011, sede notarial. En Alajuela a las quince horas del primero de veinticinco de octubre del dos mil once, comprobado el fallecimiento del causante Javier Andrés González Bonilla, quien fuera, cédula dos-doscientos noventa y uno-mil ciento veintiuno, quien fuera comerciante, divorciado, vecino de Carrillos de Poás, Alajuela, doscientos metros oeste de la iglesia católica, se cita y emplaza a todos los interesados en la presente mortual apersonarse al proceso sucesorio notarial establecido en la oficina de la notaria Patricia Zumbado Rodríguez, que consideren tener derechos en la presente mortual, por el plazo de 30 días a partir de la publicación del edicto, a hacer valer sus derechos, debiendo presentarse en la oficina de la notaria Patricia Zumbado Rodríguez en Alajuela centro.—Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2011265868.—(IN2011087589).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Gerardo Arce Ramírez, quien fuera divorciado una vez, vecino de Santo Domingo de Heredia, frente a Almacén Rodolfo Ocampo, comerciante, cédula de identidad 4-097-781. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 02-001088-0370-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 8 de setiembre del año 2011.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—RP2011265869.—(IN2011087590).

Conforme a los numerales ciento veintinueve siguientes y concordantes del Código Notarial, se cita y emplaza a los interesados en el sucesorio de la señora María Estela Valerio Elizondo, cédula de identidad cuatro-cero cero seis uno-cero nueve cero uno, y Jesús Madrigal Orozco, cédula cuatro-cero cinco cuatro-ocho nueve siete, ambos vecinos de San Josecito de San Isidro de Heredia; para que dentro de los treinta días siguientes y contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto, se apersonen a la oficina de la Notaría Publica Licenciada Marilú Quirós Álvarez, situada en San Josecito de San Isidro de Heredia, Residencial Lomas del Zurquí, casa G tres, a hacer valer sus derechos, lo anterior bajo el apercibimiento de que si no lo hacen y/o no hubieran objeciones la herencia pasará a quien por ley corresponda.—San José.—Lic. Marilú Quirós Álvarez, Notaria.—1 vez.—RP2011265890.—(IN2011087591).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Keysi Mayrene Brenes Quirós, con cédula de identidad número tres-trescientos setenta y uno-setecientos nueve, q-d-D-g. Para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos los que crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero uno-dos mil once. Licenciado Geovanny Víquez Arley, domiciliado en Curridabat, diagonal al Indoor Club.—San José, tres de noviembre de dos mil once.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—RP2011265909.—(IN2011087592).

A las trece horas del dos de agosto del dos mil once, ante la notaría de Roberto Pochet Torres, se inicia proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fue Ana Ligia Serrano Madrigal, con cédula de identidad número tres-doscientos cinco trescientos nueve, fallecida el día catorce de mayo del dos mil once, a solicitud de sus herederos, aceptando la herencia, escritura número veintitrés del tomo tercero. Se nombra como albacea a Ruth Serrano Madrigal, con cédula número: tres-doscientos treinta y cuatro-setecientos ochenta y tres. Conforme el numeral novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil se cita a los interesados para que dentro del plazo de treinta días concurran a hacer valer sus derechos.—San José, 14 de setiembre del 2011.—Lic. Roberto Pochet Torres, Notario.—1 vez.—RP2011265912.—(IN2011087593).

Notaría de la Licenciada Xinia Patricia Aguilar Picado, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión acumulada de quienes en vida fueron Simone Louviau Lafaire, cédula de identidad número ocho-cero diecisiete-setecientos cincuenta y seis y José Marco Tulio Salazar Salazar, cédula de identidad número cuatro-cero veinte-tres mil trescientos diecisiete. Se declara abierto el proceso sucesorio acumulado, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del edicto, se apersonen ante esta Notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieren, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente número cero cero seis-dos mil once. Sucesorio en sede Notarial de Simone Louviau Lafaire y José Marco Tulio Salazar Salazar. Notaría de la Licenciada Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria Pública.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—RP2011265913.—(IN2011087594).

Mediante escritura número 32 otorgada a las 16:00 horas del 25 de octubre del 2011, ante esta Notaría comparecieron los presuntos herederos María León Córdoba, José Jesús De La Trinidad León Córdoba y Rosmery León Córdoba, solicitando que se declare abierto el procedimiento sucesorio ab intestato de quien en vida fuere Miguel León Álvarez, mayor, casado una vez, empresario, vecino de San José, San Antonio de Escazú, 50 metros al norte de la Escuela del Carmen, con cédula de identidad número 1-148-145. Comprobado el fallecimiento, se declara abierto dicho procedimiento sucesorio. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que en el plazo máximo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. La oficina del suscrito Notario se encuentra ubicada en Escazú, de la Tienda Carrión en Multiplaza, doscientos metros sur, Edificio Terraforte, cuarto piso, Bufete Lex Counsel. Expediente 0002-2011.—San José, 25 de octubre del 2011.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—RP2011265914.—(IN2011087595).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Teresa Marti Vargas, quien fuera mayor, viuda, pensionada, cédula de identidad número 3-076-880, vecina de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000222-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de octubre del año 2011.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—RP2011265929.—(IN2011087596).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por los señores Rosemary Vargas Mora, María Cecilia Vega Vargas, Luz Mery Vega Vargas, Juan Carlos Vega Vargas, Ana Leticia Vega Vargas y Luis Gerardo Vega Vargas, a las dieciséis horas del veinticinco de octubre del dos mil once y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio notarial testamentario de quien en vida fuera Antonio Vega Mora, mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número 1-293-113, vecino de San Jerónimo de Moravia, doscientos metros al sur y ciento cincuenta metros al oeste de la Iglesia de Platanares. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Sharon Núñez Milgram, con oficina en San José, avenida central, entre calles 7 y 5, edificio Primavera 3er piso, teléfono 2223-0606.—Lic. Sharon Núñez Milgram, Notaria.—1 vez.—RP2011265938.—(IN2011087597).

Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Ramón Varela Cordero, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número dos-cero setenta y ocho-seis mil cuatrocientos treinta y dos, vecino de sector los Ángeles y Rafaela Barahona Villalobos, quien fuera mayor, viuda una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número dos-ciento trece-ciento sesenta y cuatro para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso con el fin de hacer valer sus derechos, apercibiéndose a los que crean tener derecho a la herencia, que la misma pasará a quien corresponda, si no lo hacen dentro del plazo aludido. Expediente Nº 09-100858-317-CI. Causante: Varela Cordero Ramón y Rafaela Barahona Villalobos, Promovente: Varela Barahona Guido y otros.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de la Fortuna, del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 24 de octubre del 2011.—Lic. Merlin Rocío Murillo Monge, Jueza.—1 vez.—RP2011265943.—(IN2011087598).

Ante la notaría de Georgina Castillo Jiménez, con oficina en San José, Paseo de Los Estudiantes, de la escuela España 75 al este, teléfono 2258-3597, se tramita proceso sucesorio de quien en vida fue Edwin Enrique Jiménez Zúñiga, cédula Nº 1-522-698. Se cita y emplaza a terceros interesados a hacer valer sus derechos.—Lic. Georgina Castillo Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2011265954.—(IN2011087599).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Berta Barboza Calderón, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Calle Blancos, cien metros oeste y cien metros al norte de Taquería La Vanecita, cédula de identidad número uno-doscientos setenta y seis-trescientos cincuenta y seis, quien falleció el día nueve de mayo del año dos mil once; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2011. Notaría del Licenciado Santiago Vargas Villalobos, ubicada en San Isidro de Coronado, diagonal al Banco de Costa Rica, altos de la Coopecoronado.—Lic. Santiago Vargas Villalobos, Notario.—1 vez.—RP2011265971.—(IN2011087600).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Yanis Mayela Orias Álvarez, a las doce horas del once de octubre del dos mil once y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Vilma Álvarez Gutiérrez, quien fue casada una vez, profesora pensionada, portadora de la cédula cinco-cero ocho nueve-nueve siete cuatro, vecina de Nicoya, Barrio El Carmen costado norte de la plaza Los Jocotes, fallecida el nueve de enero del dos mil once. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Luis Gustavo Valverde Chavarría, Barrio El Carmen de Nicoya, Guanacaste, diagonal a la pulpería La Favorita, teléfono dos seis ocho seis cuatro cuatro ocho nueve.—Lic. Gustavo Valverde Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2011087766).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Luis Gerardo de la O Castañeda, quien fuera mayor, casado, vecino de Guardia, Liberia, Guanacaste, cincuenta metros al oeste del Ebais, cédula de identidad cinco-cero ciento noventa y ocho-cero quinientos veintidós (5-0198-0522), quien falleció el 17 de setiembre del 2004. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000386-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 19 de agosto del 2011.—Lic. Bernardo Solano Solano, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011087783).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ana Cecilia Solís Mesen quien fue mayor, divorciada, ama de casa, cédula de identidad 1-0372-0982 y vecina del El Carmen de Escazú, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Proceso sucesorio número 11-100147-0917-CI (156-2011) de Ana Cecilia Solís Mesen promovido por Jenny Cartín Solís.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, 31 de octubre del 2011.—Lic. Mayela González Carranza, Jueza.—1 vez.—(IN2011087841).

Se emplaza: a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de María Aida Alfaro Hernández quien fue mayor, casada, comerciante, vecina de Desamparados, cédula de identidad 1-0431-0892, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 04-100088-0217-CI. Sucesión de María Aida Alfaro Hernández.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 13 de octubre del 2011.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2011087875).

Avisos

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Flor Emilia Trejos Bonilla, mayor, casada, ama de casa, vecina de Heredia, portadora de la cédula de identidad número uno-quinientos cuarenta y nueve-trescientos ochenta y tres, cédula de identidad número; encaminado a solicitar la ausencia de Priscilla Zamora Trejos, mayor, soltera, bióloga marina, vecina de Heredia, cédula de identidad número uno-mil setenta y uno-ochocientos tres. En el mismo se dictó la resolución que dice: Por tanto: de conformidad con lo expuesto, artículos 1, 3, 5, 99, 872 y siguientes del Código Procesal Civil, y artículos 67 y 71 del Código Civil, se declara la ausencia de la señorita Priscilla Zamora Trejos y se ordena publicar por tres veces la parte dispositiva de esta resolución con intervalos de quince días, en el Boletín Judicial y por igual número de veces en un diario de circulación nacional o bien por medio de la radio. Expediente: 09-000182-0182-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de agosto del 2011.—MSc. Jorge A. Martínez Guevara, Juez.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2011074529).

3 v. 3.

Se avisa a la señora Alejandra Cano Hernández, mayor de edad, nicaragüense y demás calidades desconocidas, que en este juzgado, se tramita el expediente 11-000463-673 NA, correspondiente a diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad José Alejandro Mendoza Cano y Michael Antonio Cano Hernández. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de octubre del 2011.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—(IN2011086761).

Se avisa a la señora Auxiliadora Duarte Campos, mayor, cédula de residencia 00000135-RE-069965, nicaragüense, soltera y estilista y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 11-000394-0673 NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Daniela Sofía Duarte Campos. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de octubre del 2011.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2011086762).

Licenciado César Jara Benavides. Juez del Juzgado de Familia de Cartago, a Álvaro Enrique Villalta Álvarez, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, establecida por Patronato Nacional de La Infancia contra Álvaro Enrique Villalta Álvarez, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las dieciséis horas del treinta de setiembre del año dos mil once. Proceso de declaratoria judicial de estado de abandono de menor de edad establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por su apoderado general judicial y administrativo, Licenciado Rodolfo Jiménez Arias, mayor, divorciado, abogado, vecino de Cartago, cédula de identidad Nº 3-315-332, contra Álvaro Enrique Villalta Álvarez, mayor, cédula de identidad Nº 6-203-987, paradero y demás calidades desconocidas. Figura la Licenciada Ana Victoria Kinderson Roldán, como curadora procesal del demandado. Resultando 1º. 2º. 3º. 4º. Considerando I.—II.—Por Tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda especial de declaratoria judicial de abandono de menor de edad establecida por el Patronato Nacional de La Infancia contra Álvaro Enrique Villalta Álvarez, declarando en esta vía judicial el estado de abandono del menor de edad Álvaro Steven Villalta Gutiérrez esto por parte de su padre, con la consecuente pérdida de los derechos inherentes a la Patria Potestad del menor de edad dicho, que ostentaba su progenitor Álvaro Enrique Villalta Álvarez. En consecuencia, la patria potestad del menor de edad la ostentará únicamente la madre, sea la señora Elizabeth Gutiérrez Fernández. Se falla este asunto sin condena en costas para el demandado, anótese el fallo en el asiento de inscripción del menor de edad constante en el Registro Civil, Registro de Nacimientos de la provincia de Cartago, tomo cuatrocientos ochenta y cinco, página cuatrocientos setenta y seis, asiento novecientos cincuenta y dos. Por tratarse de un demandado ausente, se ordena publicar un extracto de esta sentencia, por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional. Lo anterior por haberse ordenado así en declaratoria judicial de abandono actor PANI contra Álvaro Villalta Álvarez y Elizabeth Gutiérrez Fernández. Expediente Nº 10-001405-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. César Jara Benavides, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011087552).

Licenciado José Milton Ramírez Jiménez, Juez de Familia de Cartago, hace saber a Ana Francisca Gurdián Acuña y Manuel Salvador López, de oficios y domicilio desconocidos, nacionalidad Nicaragüense, que en este despacho se encuentra tramitando un Proceso de Depósito Judicial de Menor de Edad que literalmente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las diez horas y treinta y cinco minutos del once de agosto del año dos mil once. De las presentes diligencias de depósito judicial de menor, de la niña Diana Cristina López Gurdián, promovidas por Patronato Nacional de La Infancia Cartago, se confiere traslado por tres días a los señores Ana Francisca Gurdián Acuña y Manuel Salvador López, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N                º 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial, notifíquese a los demandados sobre este asunto y se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado. Por otra parte, se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor de edad Diana Cristina López Gurdián, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Juzgado de Familia de Cartago, a las diez horas y cuarenta y nueve minutos del doce de agosto del 2011 Expediente 11-001497-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 11 de agosto del 2011.—Lic. José Milton Ramírez Jiménez, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011087553).

Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a quien interese, se le hace saber que en demanda insania Nº 10-001229-0292-FA, establecida por Sonia Arias Campos, Melvin Zumbado Campos, Óscar Rodríguez Campos, Eliécer Vega Campos. Miriam Elizabeth Campos Alpízar. y Álvaro Campos Jiménez se ordena notificar por edicto, la sentencia, así como la resolución que la adiciona que en lo conducente dicen: sentencia de primera instancia 1702-2011. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las trece horas y cuarenta y un minutos del veinticinco de octubre de dos mil once. Actividad Judicial no contenciosa de declaratoria de insania de Marta Campos Jiménez, quien es mayor, viuda, ama de casa, cédula de identidad Nº 2-189-523, vecina de Desamparados, Alajuela, promovido por Sonia Arias Campos, mayor, casada, del mismo vecindario que la presunta insana, portador de la cédula de identidad Nº 2-439-452. Melvin Zumbado Campos, mayor, casado, comerciante, vecino de Desamparados Alajuela, cédula de identidad Nº 2-308-954; Óscar Rodríguez Campos, mayor, casado comerciante y vecino de INVU Las Cañas Alajuela, cédula de identidad Nº 2-281-931. Eliécer Vega Campos, mayor, casado, taxista y vecino de Desamparados Alajuela, cédula de identidad Nº 2-327-896 y Miriam Elizabeth Campos Alpízar, mayor, casada, ama de casa, vecina de Desamparados, cédula de identidad Nº 2-260-933 y en calidad de hermano el señor Álvaro Campos Jiménez, mayor, casado, pensionado y vecino de Calle Loría Itiquis Alajuela, cédula de identidad Nº 2-173-768, se apersonan a estrados judiciales, para que en sentencia se declare la insania de su familiar supra indicada. Resultando. 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º. Considerando I-cuestiones procesales.... II.—Hechos probados.... III.—Sobre el fondo.... IV.-... Por Tanto. En mérito de lo expuesto y artículos citados se declara se acoge el presente proceso de actividad judicial no contenciosa y se falla de la siguiente forma. 1) Se declara la insania de Marta Campos Jiménez; 2) a la firmeza de esta sentencia, se ordena la inscripción en el Registro Público y en la Sección de Personas del Registro Civil, Provincia de Alajuela al tomo 189, página 262, asiento 523; 3) se nombra como curador de la incapaz al señor Melvin Zumbado Campos a fin de que la represente, vele por su bienestar físico y emocional, cuide de sus intereses y administre en beneficio de ésta el patrimonio con que cuenta o pueda llegar a contar en un futuro, de igual forma deberá procurar hasta donde sea factible, que ésta recobre su capacidad; 4) el curador aquí designado deberá levantar un inventario de todos los bienes de la inhábil en el plazo de 30 días contados a partir de la aceptación del cargo; 5) Se previene a la curadora y administradora provisional, señora Sonia Arias Campos que deberá dentro de los ocho días siguientes al dictado de esta resolución, presentar el inventario de los bienes de la señora Campos Jiménez con el respaldo probatorio respectivo; 6) una vez que el curador presente el inventario y el avalúo de todos los bienes de la incapaz, se le ordenará que garantice las resultas de su administración, que se puede rendir mediante depósito en dinero efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o bonos del Estado sus instituciones, apreciados estos últimos en su valor comercial, según certificación de un corredor jurado. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Publíquese esta resolución por una vez en el Boletín Judicial. Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo dentro del plazo legal. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las ocho horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil once. Se adiciona la sentencia Nº 1702-2011 dictada a las trece horas y cuarenta y un minutos del veinticinco de octubre de dos mil once, visible a folio 379; por lo que se le previene al señor Melvin Zumbado Campos apersonarse a este Despacho en el término de cinco días a aceptar el cargo conferido. Publíquese esta resolución en conjunto con la sentencia de primera instancia en el Boletín Judicial. Se declara firme la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito de Alajuela.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011087813).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores Juan José Torres Díaz, portador de la cédula de identidad número 6-347-458, de 26 años de edad, soltero en unión libre, costarricense, agricultor, nativo de Quepos, Puntarenas, nacido el día siete de junio de mil novecientos ochenta y cinco, vecino de Cañas de Brunca de Buenos Aires, setenta y cinco metros oeste del abastecedor los Bambúes, casa de concreto de color verde musgo, hijo José Daniel Torres Acuña y Blanca Díaz Pérez; y Mariellen Carvajal Navarro, portadora de la cédula de identidad número 1-1157-991, de 28 años, soltera en unión libre, costarricense, ama de casa, nativa de Pérez Zeledón, San José, nacida el día ocho de diciembre de mil novecientos ochenta y dos, vecina la misma dirección del contrayente, hija de Alejandro Carvajal Venegas y Virginia Navarro Rojas. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio civil 11-400155-1046-FA (162-10).—Juzgado Civil y de Familia de Buenos Aires, 2 de noviembre de 2011.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(IN2011087188).

Que Andrés Mena Morales, cédula 1-993-880 y Doris Marina Pinto Chinchilla, cédula 1-1161-146, ambos mayores, contraerán nupcias el día 17 de diciembre del 2011, a las 3:00 p.m., en Pavas, de la plaza de fútbol 600 metros al oeste, casa número Nº 17.—Moravia, 31 de octubre del 2011.—Lic. Ileana Palma Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2011087194).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Alexánder Jiménez Mora y Daniela Díaz Morales, el primero mayor, costarricense, soltero, operario, con cédula de identidad número seis-cero cuatrocientos sesenta y nueve -cero cuatrocientos cincuenta y uno, nativo de Aguirre, Quepos, Puntarenas, el día veintiuno de marzo del año mil novecientos noventa y tres, de dieciocho años de edad, hijo de Antonio Jiménez Agüero y Alicia Mora Mena, vecino de Quepos, San Rafael de Cerros, cincuenta metros norte de la pulpería Loly, y la segunda mayor, costarricense soltera, estudiante, cédula de identidad de menor número seis-cero cuatrocientos doce-cero setecientos cuarenta y tres, nativa de Puntarenas, Central, el día veintinueve de noviembre de mil novecientos noventa y tres, de diecisiete años de edad, hija de Elí Díaz Céspedes y María Elena Morales Espinoza vecina de Quepos, San Rafael de Cerros, cincuenta metros norte de la pulpería Loly. Se publica este edicto por si alguna persona se considera con derecho a oponerse dentro de los siguientes ocho días a la publicación del mismo para hacer valer sus derechos. Expediente 11-400135-0425-4-FA.—Juzgado Civil de Familia de Aguirre y Parrita, Quepos, 19 de octubre del 2011.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2011087198).

Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores Luis Alberto Jiménez López cédula de identidad número seis-trescientos diecisiete-cero cincuenta y cuatro, soltero, costarricense, oficial de seguridad, nativo de Corredores Puntarenas, Ciudad Neily, fecha de nacimiento siete de octubre de mil novecientos ochenta y uno, hijo de Rafael Jiménez Corrales y Ilda María López Salazar, vecino de Chacarita, de la bomba, kilómetro y medio, carretera hacia Puerto Jiménez, casa prefabricada color naranja, y Sandra Espinoza Solórzano cédula de identidad número seis-doscientos setenta y cinco-cero sesenta y siete, costarricense, trabaja en la escuela central de Río Claro, nativa de Ciudad Nelly, Corredores, Puntarenas, fecha de nacimiento el día veintiocho de abril de mil novecientos setenta y seis, hija de Gerardo Espinoza Montero y Teresa Solórzano Chaves, vecina de Chacarita, de la bomba kilómetro y medio, carretera hacia Puerto Jiménez, casa prefabricada color naranja. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio civil 11-400358-921-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 6 de setiembre del 2011.—Lic. Freddy Quesada Valerio, Juez.—1 vez.—(IN2011087490).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Andrés Humberto Herrera Varela, mayor, soltero, dibujante técnico, 26 años de edad, nacido en Heredia el 28 de junio de 1985, hijo de: Horario Herrera Mejía y Eida Varela Montero, vecino de Heredia, Corazón Jesús, 70 metros norte del pizzería Itacu, cédula de identidad 4-187-873; y Geovanna Solís Hidalgo, cédula de identidad… mayor, soltera, dibujante técnica, con 24 años de edad, nacida en Heredia, 16 de marzo de 1987, hija de Geovanny Solís Jara y Patricia Hidalgo Morales, vecina de la misma dirección, cédula de identidad 4-194-166. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 11-002108-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 13 de octubre del 2011.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2011087519).

Edictos en lo Penal

Fiscalía de Turrialba, a las quince horas cuarenta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil once. Lic. Allan Ramírez Villalobos, Fiscal Auxiliar de Turrialba, a la señora Berta Vanessa Madrigal Chaves, mayor de edad, costarricense, cédula de identidad número 3-312-825, se le hace saber que: en vista de que la codemandada civil Berta Vanessa Madrigal Chaves , no ha sido posible comunicarle el auto dictado por este despacho, que da curso a la acción civil resarcitoria por Virginia Sáenz Solano, contra Víctor Aguirre Aste y Berta Vanessa Madrigal Chaves, se procede a comunicarle el proceso penal número 10-000247-359-PE, por el delito de lesiones culposas, donde se encuentra involucrado el vehículo marca Kia, placa 593665, que aparece a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Se pone en conocimiento la causa antes indicada de acuerdo a los artículos 124 y 162 del Código Procesal Penal, y el artículo 7 de la Ley de Tránsito, a la codemandada civil Berta Vanessa Madrigal Chaves. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación de la actora civil, planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento a la actora civil y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese.—Fiscalía de Turrialba, 24 de octubre del 2011.—Lic. Allan Ramírez Villalobos, Fiscal Auxiliar.—(IN201187473).

3 v. 1

Lic. José Blanco González, Fiscal Auxiliar del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, al demandado civil Víctor Manuel Campo Arguedas, cédula 2-270-615, con domicilio en Limón, Batán, contiguo al video Mamey, se le hace saber que: dentro del proceso penal con número de expediente 09-202790-0306-PE (4941-09-7) contra Danilo Sibaja García, por el delito de lesiones culposas, en perjuicio de Francisco Quintana Hidalgo y otros; se le dictó al resolución que dice: se comunica acción civil. Ciudad Quesada, a las nueve horas veinte minutos del veinticuatro de diciembre del año dos mil diez. Por el término de cinco días y de conformidad con lo que establece el artículo 115 del Código Procesal Penal, se comunica al encartado y demandado civil Danilo Sibaja García, así como a su abogado defensor, y al demandado civil Víctor Manuel Campos Arguedas, que Francisco Quintana Hidalgo y su apoderado especial judicial licenciado Bernan Luis Salazar Ureña, formuló acción civil resarcitoria en su contra. Asimismo se le previene señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro judicial de esta ciudad, bajo el apercibimiento de que ley de que en caso de no hacerlo quedarán notificados, de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas (artículo 12 de la Ley de Notificaciones). Comuníquese.—Fiscalía Adjunta Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos.—Lic. Johana Bogantes Madrigal, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(IN2011087480).

Se comunica al público en general sobre la diligencia de destrucción de drogas, por llevarse a cabo el 15 de noviembre de 2011, a partir de las seis horas, en la que se destruirán:

 

Droga

Peso bruto/gramos, con sus respectivos embalajes

Clorhidrato de cocaína

472895,52 gramos

Cannabis Sativa (marihuana)

27535 gramos

Heroína

229977,91 gramos

Nº Caso

Peso bruto/gramos, con sus respectivos embalajes

11-5536-QDR

617158.43 gramos

10-9924-QDR

39020 gramos

10-9994-QDR

46695 gramos

11-5883-QDR

17570 gramos

11-7020-QDR

9965 gramos

Cantidad total a destruir

730408,43 gramos

Lo anterior, será efectuado, utilizando un incinerador instalado en la Ciudad Judicial del Organismo de Investigación Judicial ubicada en San Joaquín de Flores, Heredia. Conforme con el artículo 97 de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, Nº 8204 del 26 de diciembre de 2001 y Reglamento Sobre Custodia y Destrucción de Drogas, Estupefacientes, Psicotrópicos y Enervantes.—Juzgado Penal de San Joaquín de Heredia, 7 de noviembre del 2011.—Lic. José Aníbal Abarca Gutiérrez, Juez.—1 vez.—(IN2011087859).

Se comunica al público en general sobre la diligencia de Destrucción de Drogas, por llevarse a cabo el 18 de noviembre de 2011, a partir de las seis horas, en la que se destruirán:

 

Droga

Peso bruto/gramos, con sus respectivos embalajes

Clorhidrato de cocaína

762385 gramos

Cannabis Sativa (marihuana)

10870 gramos

Casos medianos año 2011

134970 gramos

Nº Caso

Peso bruto/gramos, con sus respectivos embalajes

10-2390-QDR

711785 gramos

10-9146-QDR

24170 gramos

11-5880-QDR

8460 gramos

11-6039-QDR

6420 gramos

11-6658-QDR

11550 gramos

11-6309-QDR

1540 gramos

11-6518-QDR

4880 gramos

11-6729-QDR

4450 gramos

Casos medianos año 2011

134970 gramos

Cantidad total a destruir

908225 gramos

Lo anterior, será efectuado, utilizando un incinerador instalado en la Ciudad Judicial del Organismo de Investigación Judicial ubicada en San Joaquín de Flores, Heredia. Conforme con el artículo 97 de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, número 8204 del 26 de diciembre de 2001 y Reglamento Sobre Custodia y Destrucción de Drogas, Estupefacientes, Psicotrópicos y Enervantes.—Juzgado Penal de San Joaquín de Heredia, 7 de noviembre del 2011.—Lic. José Aníbal Abarca Gutiérrez, Juez.—1 vez.—(IN2011087861).

Se comunica al público en general sobre la diligencia de Destrucción de Drogas, por llevarse a cabo el 22 de noviembre de 2011, a partir de las seis horas. En la que se destruirán:

 

Droga

Peso bruto/gramos, con sus respectivos embalajes

Clorhidrato de cocaína

746025 gramos

Heroína

550 gramos

Envoltorios contaminados con droga

62180 gramos

Nº Caso

Peso bruto/gramos, con sus respectivos embalajes

10-2390-QDR

702775 gramos

10-8476-QDR

15095 gramos

10-8529-QDR

19130 gramos

11-6728-QDR

4615 gramos

11-7045-QDR

4960 gramos

Envoltorios contaminados con droga

62180 gramos

Cantidad total a destruir

808755 gramos

Lo anterior, será efectuado, utilizando un incinerador instalado en la Ciudad Judicial del Organismo de Investigación Judicial ubicada en San Joaquín de Flores, Heredia. Conforme con el artículo 97 de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, número 8204 del 26 de diciembre de 2001 y Reglamento sobre custodia y destrucción de drogas, estupefacientes, psicotrópicos y enervantes .—Juzgado Penal de San Joaquín de Heredia, 7 de noviembre del 2011.—Lic. José Aníbal Abarca Gutiérrez, Juez.—1 vez.—(IN2011087864).