BOLETÍN JUDICIAL 221 DEL 17 DE NOVIEMBRE DEL 2011

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

segunda PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 35-07, celebrada el 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2000 al 2009 de la Administración Regional de San Carlos. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:      A 17 A 00

Caja:             33

Años:          2000-2009

Asunto:       Documentos Administrativos: 1 caja de proposición de nombramientos de Personal 2005-2007, 3 cajas de control de asistencia de 2003-2009, 4 cajas de reportes y registros de 2003-2009, 2 cajas de consecutivos de oficios de 2004-2008, 2 cajas de Circulares de 2003-2007, 3 cajas de control de vacaciones de 2000-2009, 3 cajas de control de horas extra de 2002-2007, 3 cajas de control de correo certificado de 2002-2009, 1 caja de cheques entregados de 2001-2005, 5 cajas de ordenes de citación y presentación de 2003-2008, 2 cajas de control de solicitudes de 2004-2008, 2 cajas de Boletas de combustible de 2002-2008, 2 cajas de Reintegros de dinero de 2001-2006.

Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en circular 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 7 de noviembre del 2011.

                                                                     Lic. Alfredo Jones León

Exonerado.—(IN2011088604)                        Director Ejecutivo

PRIMERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión 35-07, celebrada el 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1995 al 2009 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Upala. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:          A 9 A 95

Ampos:            6

Cajas:               11

Años:               1995-2009

Asunto:           Documentación administrativa. 2 cajas de copias de cheques con depósito de 1995-1998, 3 cajas de reportes y registros de 2000-2009, 2 cajas de Informes mensuales de 1998-2006, 2 ampos de ordenes de Libertad de 2000-2001, 1 caja de Registros de asistencia de 2005-2006, 1 caja de control de correspondencia certificada de 2003-2004, 2 ampos de Nombramientos de personal de 2001-2003, 2 ampos de Circulares del 2000-2002, 2 cajas de copias de cheques entregados de 1995-2003.

Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en circular 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 7 de noviembre del 2011.

                                                                     Lic. Alfredo Jones León

(IN2011088606)                                                Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta 02-2010, celebrada el 15 de noviembre del 2010, artículo XI, y la aprobación del Consejo Superior en sesión 03-2011, del 18 de enero del 2011, artículo XLV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de Tránsito del año 1998 a 1999 del Juzgado de Tránsito de San Carlos. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:          G 33 A 98

Expedientes:    750

Paquetes:         9

Año:                 1998

Asunto:           Expedientes de tránsito.

Remesa:          G 32 A 99

Expedientes:    924

Paquetes:         8

Año:                 1999

Asunto:           Expedientes de tránsito.

Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en circular 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 7 de noviembre del 2011.

                                                                     Lic. Alfredo Jones León

(IN2011088608)                                                Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 35-07, celebrada el 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1989 al 2009 de la Fiscalía Adjunta de San Carlos. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:      20456

Libros:         8

Cajas:           14

Años:          1989-2009

Asunto:       Documentos Administrativos: 2 cajas de proposición de nombramientos de personal de 2000-2005, 1 caja de Copiadores de Sentencia de 2006-2007, 4 cajas de reportes y registros de 1997-2009, 1 cajas de Circulares 2005-2009, 1 caja de Comisiones del 2001-2007, 1 caja de control de fax entregados de 2008-2009, 1 caja de control de correo certificado de 2000-2003, 1 caja de Informes Mensuales y Anuales de 2002-2008, 1 caja de cierres de caja diario de 2006-2009, 1 caja de ordenes de libertad eje 2001-2008, 8 Libros de conocimiento de 1989-2007.

Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en circular 36-2010 de la Secretaría General de la Corte.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 7 de noviembre del 2011.

                                                                         Alfredo Jones León

(IN2011088609)                                                Director Ejecutivo

SALA CONSTITUCIONAL

TERCERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:  Acción de Inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las diez horas y treinta y ocho minutos del dos de noviembre del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-013664-0007-CO que promueve Ana Gutiérrez Foster, Shara Anchen, Edwin Matarrita Sánchez, Richard Langlin Morgan, Árnold Madriz Aguilar, Sulman Alvarado, Jonnathan Novoa Rivera, Rosaura López Mora, Eugenio Villegas, Grenis Tatiana Ponce Rodríguez, Ana María Rivera, Mauricio Chaves, José María Calderón Ríos, Maylin Philipps Gregory, Gerardo Chaves Porras, Fernando Gaitán, Aarón Morales A., Yoffre Aguirre C., y Ronny Cruz Cedeño, para que se declare inconstitucional el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 34202-MS-MAG-MOPT-MGSP que modificó el artículo 70 del Decreto Ejecutivo 31520-MS-MAG-MOPT-MGSP, “Reglamento para las actividades de Aviación Agrícola del 16 de octubre de 2003”, por estimarlo violatorio de los artículos 7, 11, 21 y 50 de la Constitución Política. La norma se impugna en cuanto consideran que es inconstitucional, en tanto se redujo la distancia de protección de las áreas donde no deben aplicarse los plaguicidas, lo cual traerá graves perjuicios para la salud y para el ambiente por la cantidad de bananeras que hay en Limón sobretodo en Bananito, los mantos acuíferos y las pocas o casi inexistentes zonas de amortiguamiento. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso solo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 3 de noviembre del 2011.

                                                              Gerardo Madriz Piedra

(IN2011087988).                                                         Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las diez horas y cincuenta minutos del dos de noviembre del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad 11-011064-0007-CO que promueve Guillermo Ureña Ramírez, para que se declare inconstitucional el párrafo tercero del artículo 2 de la Convención Colectiva del Instituto Nacional de Seguros, por estimarlo contrario a los artículos 33, 60 y 68 de la Constitución Política. La norma se impugna en cuanto considera que la normativa impugnada es excluyente, discriminatoria y de trato desigual entre trabajadores de una misma empresa (patrono), por cuanto no permite sindicalizarse a trabajadores interinos, y limita el derecho de que se aplique dicha Convención Colectiva a todos los trabajadores interinos del INS. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso solo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 3 de noviembre del 2011.

                                                              Gerardo Madriz Piedra

(IN2011087989).                                                         Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las ocho horas y cincuenta y ocho minutos del uno de noviembre del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad 11-010687-0007-CO que promueve Boris Paniagua Castro, para que se declare inconstitucional aprobación transitorio para el nombramiento en propiedad de jefaturas administrativas de la CCSS, por estimarlo contrario a los artículos días. La norma se impugna en cuanto fadf. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso solo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren corno partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 1º de noviembre del 2011.

                                                              Gerardo Madriz Piedra

(IN2011087990).                                                         Secretario

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 10-10617-0007-CO promovida por Alexánder Muñoz Campos y Marianela Aguilar Rodríguez en contra del inciso C) del transitorio de la Reforma al Reglamento de Reclutamiento y Selección de Profesionales en Farmacia, Odontología y Trabajo Social de la Caja Costarricense de Seguro Social, se ha dictado el voto número 14624-11 de las quince horas y cincuenta minutos del veintiséis de octubre del dos mil once, que literalmente dice:

“Se declara con lugar la acción. En consecuencia, se anula el inciso c) del artículo transitorio de la Reforma al Reglamento de Reclutamiento y Selección de Profesionales en Farmacia, Odontología y Trabajo Social de la Caja Costarricense de Seguro Social, aprobado por el artículo 17 de la sesión 8401 celebrada el 26 de noviembre de 2009 por la junta directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese. Los Magistrados Castillo Víquez y Hernández Gutiérrez dan razones adicionales”.

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 7 de noviembre del 2011.

                                                              Gerardo Madriz Piedra

(IN2011087991).                                                         Secretario

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 10-17292 promovida Arturo Montero Calderón en contra de la Jurisprudencia de la Sala Tercera de la Corte Suprema de sobre la interpretación del artículo 20 del Código Procesal Penal, se ha dictado el voto número 14622-11 de las quince horas cuarenta y ocho minutos del veintiséis de octubre de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara sin lugar la acción”.

San José, 7 de noviembre del 2011.

                                                     Gerardo Madriz Piedra,

(IN2011087985)                                                  Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 00965-10 interpuestas por Johnny Araya Monge en su condición de Presidente de la Federación Metropolitana de Municipalidades de San José, y Giselle Mora Peña en su condición de Directora Ejecutiva de la Unión Nacional de Gobiernos Locales; en contra de los Lincamientos Generales sobre la Planificación del Desarrollo Local, contemplados en la resolución R-SC-1-2009, de la Subcontralora General de la República, publicados en La Gaceta 52 del 16 de marzo de 2009, el artículo 1.4 (párrafo penúltimo) de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, y el Decreto Ejecutivo 35388-PLAN-2009, que es el Reglamento de Creación de los Consejos Cantonales, Consejos Distritales y Consejos Regionales de Coordinación Interinstitucional. Intervienen Ana Lorena Brenes Esquivel en su condición de Procuradora General de la República, Rocío Aguilar Montoya en su carácter de Contralora General de la República, y Mauro Murillo Arias como apoderado especial judicial de las accionantes, se ha dictado el voto número 14623-11 de las quince horas con cuarenta y nueve minutos del veintiséis de octubre de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se rechazan de plano las acciones”.

San José, 7 de noviembre del 2011.

                                                     Gerardo Madriz Piedra,

(IN2011087986)                                                  Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las once horas y diecisiete minutos del veintisiete de octubre del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-012519-0007-CO que promueve Leyla Kristel Lozano Chang, para que se declare inconstitucional el artículo 131, inciso a de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres 7331, por estimarlo contrario a los artículos 39 y 41 de la Constitución Política. La norma se impugna en cuanto considera que lesiona los principios de razonabilidad, proporcionalidad, justicia social, inocencia y debido proceso. Estima que la interpretación del COSEVI, en el sentido de que si se conduce en una zona de 60 kph no se debe permitir que el velocímetro marque más de 77 kph, porque si se le suman 3 kph del margen de error a la cámara, será acreedor de una multa de 308.295 colones, riñe con el principio de inocencia del conductor, el principio de defensa y el debido proceso. Agrega que el monto de dicha multa es desproporcionado porque no se pueden imponer multas que atenten contra el ingreso per cápita del costarricense, ya que considera que existen muchos ciudadanos pobres o medianamente pobres, y considera que esto es un golpe que desgarra y atenta contra las familias. Agrega que dicha multa es irrazonable, injusta, temeraria, y atenta contra su salario y de sus obligaciones, lo que asegura le impide cubrir, y tendría que recurrir a un préstamo para pagarlo. Por otra parte, alega que desconoce el criterio técnico utilizado para la ubicación de las cámaras utilizadas para generar las infracciones, que originalmente se pensaron para controlar y multar velocidades temerarias. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 28 de octubre del 2011.

                                                      Gerardo Madriz Piedra

(IN2011087987)                                                  Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

A los causahabientes de quien en vida se llamó Marino Cascante Vargas, quien fue mayor de edad, pensionado, vecino de San Roque de Grecia, con cédula de identidad número 2-280-077, se les hace saber que: Irma Elizondo Elizondo, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 2-378-429, vecina de San Roque de Grecia, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Marino Cascante Vargas, expediente número 11-000241-1113-LA.—Juzgado de Trabajo de Grecia, 20 de octubre del año 2011.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2011088800).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Luis Eugenio Quesada Solano, quien fue mayor, casado, pensionado del MOPT, vecino de Paraíso, con cédula de identidad número 3-164-732, se les hace saber que: Virginia Brenes Alvarado, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 3-164-334, vecina de Paraíso, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge del fallecido, a fin de promoverlas presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Luis Eugenio Quesada Solano, expediente número 11-000803-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 24 de octubre del año 2011.—Lic. Susana Campos Cabezas, Jueza.—1 vez.—(IN2011088811).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda ordinaria; a las quince horas y cero minutos del veintiséis de enero de dos mil doce, y con la base de veinte millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y tres mil trescientos diez-cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno para construir con una casa para habitación. Situada en el distrito Carrizal, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Resto Reservado de Ángela Araya Rodríguez; al sur, Javier Gerardo Rodríguez Quesada; al este, calle pública con 18.28 metros; y al oeste, Resto Reservado de Ángela Araya Rodríguez. Mide: cuatrocientos ochenta y cuatro metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de febrero de dos mil doce, con la base de quince millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil doce con la base de cinco millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Viktor Bela Dobs contra Leonardo Alfaro Rodríguez. Exp. 09-002061-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de setiembre del 2011.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—RP2011266163.—(IN2011088375).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0305-00003943-01-0002-001; a las ocho horas y treinta minutos del siete de diciembre de dos mil once, y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula número 00457466-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Miguel, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Juan Bautista Bermúdez Zúñiga; al sur, Luis Valverde Umaña y Luis Camacho Cruz; al este, calle pública; y al oeste, Juan Bautista Bermúdez Zúñiga. Mide: ciento veinte metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de diciembre de dos mil once, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil doce con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Diana María Hernández Jiménez contra Luis Manuel Bermúdez Segura. Exp. 11-026882-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 7 de octubre del 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—RP2011266177.—(IN2011088376).

A las nueve horas del catorce de diciembre de dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios pero soportando infracciones y colisiones según boleta número 2004306410 y sin sujeción a base, al mejor postor remataré: un vehículo placas cuatrocientos noventa y siete mil ochocientos cuarenta y tres, marca Hyundai, motor número G4DJP739581, año 1993, color negro, chasis KMHJF3UPPU382700, capacidad 5 personas, categoría automóvil, tracción sencilla, combustible gasolina, cilindrada 1500 c.c. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario 05-000564-0184-CI de Vacheron Constantin S. A., contra Alvaro Castillo Sandí.—Juzgado Primero Civil de San José, 26 de octubre del 2011.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—RP2011266197.—(IN2011088377).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas con treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil once, y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 109730-000 la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 03 San Antonio, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Balmen S.A.; al este, Francisco Rosales Rosales, José Ángel Rosales Agosta y calle pública, y al oeste, Dalia Gutiérrez Rosales y Jorge Gutiérrez Rosales. Mide: doscientos mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas con treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil doce, con la base de siete millones quinientos mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas con treinta minutos del primero de febrero del dos mil once, con la base de dos millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bittinia Juárez Castro, Hernán Moraga Ramírez contra José Francisco Jiménez Salazar, expediente 11-000331-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 20 de octubre del año 2011.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2011266224.—(IN2011088378).

En la puerta exterior de este Despacho remataré al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando restricciones Reg artículo 18, ley 2825 a las citas quinientos veintiséis-diez mil seiscientos treinta y seis, la finca del partido de Puntarenas matrícula ciento treinta y tres mil seiscientos diecisiete-cero cero cero, con las siguientes bases: 1) diecinueve millones quinientos treinta y tres mil ochocientos quince colones con sesenta y siete céntimos, remate que se celebrará a las diez horas del trece de diciembre de dos mil once. 2) Con la base en la suma de catorce millones seiscientos cincuenta mil trescientos sesenta y un colones con setenta y cinco céntimos (rebaja del veinticinco por ciento de la base), se señalan las diez horas del doce de enero de dos mil doce. 3) Con la base en la suma de cuatro millones ochocientos ochenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y tres colones con noventa y dos céntimos, se señalan las diez horas del veintisiete de enero de dos mil doce. El inmueble se describe así: terreno para agricultura, vivienda y calles públicas, parcela 52-92541, situado en el distrito01 Corredor, cantón 10 Corredores de la provincia de Puntarenas. Colinda al norte, con Carlos Luis Barrantes Zamora, al sur, con calle pública, al este, con Albín Castro Acuña y Xinia Contreras Mendoza y al oeste, con Alfredo Romero Martínez. Mide: seiscientos quince metros con veintiséis decímetros cuadrados. Posee plano número P-0799186-2002. Propiedad de Noel Arrieta Espinoza. Exp. número 11-100186-920-CI-l de Inversiones Ubegon de Paso Canoas S. A., contra Marisol Arrieta Espinoza.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 12 de octubre de 2011.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—RP2011266232.—(IN2011088379).

En la puerta exterior de este Despacho remataré al mejor postor libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, el vehículo placas CL-doscientos doce mil ochocientos cincuenta y cinco, con las siguientes bases: 1) Doce millones seiscientos cincuenta y tres mil ciento once colones con veintitrés céntimos, remate que se celebrará a las nueve horas del trece de diciembre de dos mil once. 2) Con la base en la suma de nueve millones cuatrocientos ochenta y nueve mil ochocientos y treinta y tres colones con cuarenta y dos céntimos (rebaja del veinticinco por ciento de la base), se señalan las nueve horas del doce de enero de dos mil doce. 3) Con la base en la suma de tres millones ciento sesenta y tres mil doscientos setenta y siete colones con ochenta y un céntimos, se señalan las nueve horas del veintisiete de enero de dos mil doce. El vehículo se describe así: marca Isuzu, estilo NPR, categoría carga liviana, capacidad tres personas, año mil novecientos noventa y cinco, carrocería caja cerrada o furgón, color blanco, tracción 4x2, peso bruto seis mil Kgrms. Propiedad de Heavy Duty S. A. Exp. número 11-100185-0920-CI-l de Inversiones Ubegon S. A. contra Heavy Duty S. A.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, Ciudad Neily, 11 de octubre de 2011.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—RP2011266233.—(IN2011088380).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes; a las diez horas y cero minutos del nueve de enero de dos mil doce, y con la base de dos millones cuatrocientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 339640, marca Kia, estilo Sportage MRI, año 1995, color verde, chasis KNAJA5545SA738648. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil doce, con la base de un millón ochocientos sesenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de febrero de dos mil doce, con la base de seiscientos veintidós mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Yamilet Cordero Méndez contra Yafett Javier Guzmán Álvarez. Expediente: 11-006756-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 25 de octubre del 2011.—Farith Suárez Valverde, Juez.—RP2011266244.—(IN2011088381).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, a las ocho horas y treinta minutos del trece de diciembre de dos mil once y con la base de cuatro millones setecientos doce mil seiscientos veintitrés colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa número 423591, marca Mitsubishi, estilo Montero GLS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2001, tracción 4x4, vin JMYMNV63W1J000118, cilindrada 2972 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de enero de dos mil doce, con la base de tres millones quinientos treinta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y siete colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil doce, con la base de un millón ciento setenta y ocho mil ciento cincuenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Hacienda Mastate Sociedad Anónima contra Randall Montero Navarro y Eilyn Roció Martínez Calderón, expediente 11-006350-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—RP2011266338.—(IN2011088382).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 0455-3442-01-0004-001; a las ocho horas y treinta minutos del ocho de diciembre de dos mil once, y con la base de dos millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 486336, derecho 004 según el Registro Público, la propiedad tiene las siguientes características: terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Emma Echenique; al sur, calle publica con 11,75 metros; al este, Pompilio Díaz Chinchilla, y al oeste, calle publica con 11,75 metros y Emma Echenique. Mide: Mil trescientos setenta y cuatro metros con noventa decímetros cuadrado. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de enero de dos mil doce, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil doce con la base de quinientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del articulo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Robert Heredia contra Hugo Francisco Solís Aguilar y Hugo Solís Vargas. Exp. 11-016653-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de octubre del 2011.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—RP2011266368.—(IN201188383).

A las ocho horas treinta minutos del doce de diciembre del año en curso, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base de un millón setecientos ocho mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 621578, marca Toyota, estilo Corolla DLX, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1992, color gris, carrocería sedan 4 puertas, tracción sencilla, chasis 2T1AE94AONC141757, motor 4A8730173, marca Toyota, cilindrada 1500 cc, cilindros 04, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente 07-001513-0181-CI de Autorady Dorada S. A. contra Deco Línea S. A. y otro.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, 7 de setiembre del 2011.—Lic. Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—RP2011266369.—(IN201188384).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, bajo las citas: 0369-5620-01-0900-001; a las catorce horas y cero minutos del veintidós de diciembre de dos mil once, y con la base de treinta y tres mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y dos mil ciento quince- cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Belén, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Benigno Viales Peña; al sur, Benigno Viales Peña; al este, calle pública con 85 m 81cm; y al oeste, Benigno Viales Peña. Mide: tres mil cuatrocientos setenta metros cuadrados. Plano: G-0728885-1988. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil doce, con la base de veinticuatro mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de febrero de dos mil doce, con la base de ocho mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Eduardo Araya Cisneros contra Corporación Crucero S. A., y Luis Diego González Arias. Exp. 11-024558-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Kattia María Araya Jácome, Jueza.—(IN2011088599).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios pero soportando colisión 10-609244-0489-TC; a las diez horas y quince minutos del diecinueve de diciembre del dos mil once, y con la base de dos millones cuatrocientos siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo marca: Hyundai, estilo: Accent, año: 2002, color: gris, sedan 2 puertas, capacidad 5 personas cilindrada: 1500 c.c. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del diecisiete de enero de dos mil doce, con la base de un millón ochocientos cinco mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del uno de febrero de dos mil doce, con la base de seiscientos un mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Michael Delgado Serrano. Expediente 11-011743-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de octubre del año 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2011088612).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales; a las diez horas y treinta minutos del ocho de diciembre de dos mil once, y con la base de dos millones quince mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 793791, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie KMHVA21NPWU398748, año 1998, carrocería sedan 4 puertas color blanco, uso particular, número de motor no legible, cilindrada 1500 cc, marca del motor Hyundai, modelo del motor sin emblema, combustible gasolina, potencia 80.00 KW, cilindros 04 . Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del once de enero de dos mil doce, con la base de un millón quinientos once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil doce con la base de quinientos tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria  de Instacredit S. A., contra Alberto Hernández Flores. Expediente 10-005380-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de octubre del 2011.—Lic. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—(IN2011088613).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del ocho de diciembre de dos mil once, y con la base de un millón setecientos doce mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 811583, marca Hyundai, estilo Accent, año, 1996, automóvil, capacidad cinco personas, sedan cuatro puertas, color azul, cilindrada 1500 c.c. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del once de enero de dos mil doce, con la base de un millón doscientos ochenta y cuatro mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de enero de dos mil doce con la base de cuatrocientos veintiocho mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria  de Instacredit S. A. contra Kearly Donaldson    Murray. Exp: 11-009019-1170-CJ.—Juzgado   Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de octubre del 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2011088614).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas del diecisiete de enero del dos mil doce y con la base de cuatro millones seiscientos setenta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa número C 143412, marca Kenworth, año 1994, Vin 2XKAD69X3RM932449, cilindrada 14004 cc, color marrón, categoría carga pesada. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del primero de febrero del dos mil doce, con la base de tres millones quinientos siete mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del dieciséis de febrero del dos mil doce, con la base de un millón ciento sesenta y nueve mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Diego Alejandro Chavarría Arias. Exp.: 10-002322-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 24 de octubre del 2011.—MSc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—RP2011265342.—(IN2011088615).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil doce, y con la base de tres millones ciento veintidós mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: TSJ-006503, marca: Hyundai, categoría: Microbús, VIN: KMJWWH7BPXU179576, año: 1999, color: rojo, cilindrada: 2600 cc., para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de febrero del dos mil doce, con la base de dos millones trescientos cuarenta y un mil quinientos colones exactos (rebajada en un 25%) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil doce, con la base de setecientos ochenta mil quinientos colones exactos (rebajada un 25% de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacrédit Sociedad Anónima contra Rafael Eduardo Ríos Martínez. Exp.: 10-001132-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de octubre del 2011.—MSc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—RP2011265341.—(IN2011088616).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada al tomo: 239, asiento: 8774: a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de enero del año dos mil doce, y con la base de ocho millones cuatrocientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuarenta y dos mil novecientos setenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el distrito Trinidad, cantón Moravia de la provincia de San José. Colinda: al norte, Miguel Villalobos Tenorio; al sur, Francisco Laurito Hidaldo Y calle pública con 3,51 metros de frente; al este, José Joaquín Valle Soto, y al oeste, Alberto García Rodríguez y calle pública de 4,15 metros de frente. Mide: ciento setenta y un metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de enero del dos mil doce, con la base de seis millones trescientos sesenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de febrero del dos mil doce, con la base de dos millones ciento veinticinco mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marta Calvo Oviedo y Randall Campos Ardón. Expediente 10-002311-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de octubre del año 2011.—Lic. Floryzul Porras Lopez, Jueza.—(IN2011088622).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo los tomos: 318, 325, asientos: 9431, 8750; a las once horas, cero minutos del diez de enero del dos mil doce y con la base de cuarenta y tres millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 184209-000, la cual es terreno lote 36, terreno con una casa, situada en el distrito Concepción, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 37; al sur, lotes 58 y 59; al este, calle 1 con 6,1 metros, y al oeste, lote 35. Mide: ciento cincuenta y siete metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas cero minutos del veinticinco de enero del año dos mil doce, con la base de treinta y dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas cero minutos del nueve de febrero del año dos mil doce con la base de diez millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marlene Ulloa Mejía. Expediente 11-013058-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 1º de noviembre del año 2011.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—(IN2011088623).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas del dieciséis de enero del dos mil doce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y ocho mil ochocientos trece-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de doce metros sesenta y siete centímetros; al sur, Portovenere Sociedad Anónima; al este, calle pública con un frente de catorce metros, y al oeste, Portovenere Sociedad Anónima. Mide: ciento sesenta y seis metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas del treinta y uno de enero del dos mil doce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas del quince de febrero del dos mil doce, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Esaias Chavarría López contra Soldaduras del Norte S. A. Expediente 10-000746-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 28 de octubre del 2011.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—(IN2011088631).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del ocho de diciembre del dos mil once, y con la base de nueve millones cuatrocientos veintiséis mil trescientos siete colones con un céntimo, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y dos mil setecientos veintidós-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito cinco Cartagena, cantón tres Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Pablo Dávila Alberto; al sur, Óscar Moreno Rodríguez; al este, calle pública, y al oeste, Emilio Viales Cascante. Mide: mil metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del once de enero del dos mil doce, con la base de siete millones sesenta y nueve mil setecientos treinta colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de enero del dos mil doce, con la base de dos millones trescientos cincuenta y seis mil quinientos setenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L., contra Elia María Delgado Cerdas, Elvis Eduardo Golobio Delgado y Pedro Golobio Fernández. Expediente 10-005178-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 3 de noviembre del 2011.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2011088692).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada, con citas 322-0004147-01-0901-001; a las nueve horas y cero minutos del doce de enero del año dos mil doce, y con la base de sesenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00526352-000 la cual es terreno para construir, bloque A-lote diecisiete. Situada en el distrito 01 San Isidro, cantón 11 coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 16; al sur, lote 18; al este, calle pública, y al oeste, Stein S. A. Mide: ciento ochenta metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de enero del año dos mil doce, con la base de cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de febrero del año dos mil doce, con la base de dieciséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fabio Emilio Mena Pacheco contra María del Carmen Villaveiran Segade, expediente 09-009881-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de octubre del año 2011.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—(IN2011088774).

A las diez horas del veintidós de febrero del dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de dieciocho millones setecientos treinta mil ciento sesenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 77988-000 la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito quinto, cantón segundo, de la Provincia de Limón. Colinda: al norte, IDA; al sur, Servidumbre de paso; al este, calle pública, y al oeste, Compañía Agrícola Coco Frut S. A. y Amoldo Fallas Quesada. Mide: siete mil cuatrocientos ochenta metros con cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Cindy Villalobos Valverde contra Jorge Luis Vindas Cubillo, Jorge Vindas y Compañía S. A., Noemi Vega Navarro, expediente 04-100156-0468-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de octubre del año 2011.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2011266428.—(IN2011088861).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando dos servidumbres trasladadas; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de enero de dos mil doce, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y dos mil setecientos uno cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres, cero cero cuatro, cero cero cinco, cero cero seis, cero cero siete, la cual es terreno solar para construir con una casa, lote 318. Situada en el distrito Damas, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Alameda 11 con un frente de 09,60metros; al sur, lote 305; al este, lote 317, y al oeste, calle 2 que mide 15,05 metros. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil doce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de febrero de dos mil doce con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Napier Sociedad Anónima contra Aura Inés Naranjo Madrigal, expediente 11-007350-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 3 de octubre del año 2011.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—RP2011266475.—(IN2011088862).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las once horas y cero minutos del once de enero de dos mil doce, y con la base de diez millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 120991-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Cervantes, cantón Alvarado de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Bernardo Jiménez; al sur, calle pública con 4 m 04 cm. frente; al este, José Miguel Jiménez, y al oeste, Rafael Sandoval. Mide: doscientos metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de enero de dos mil doce, con la base de ocho millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil doce, con la base de dos millones setecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima contra Guillermo Jiménez Brizuela, expediente 11-004142-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 27 de octubre del año 2011.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—RP2011266476.—(IN2011088863).

A las ocho horas del diecinueve de enero de dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco actor, sea la base de diecinueve millones doscientos cuarenta mil colones (¢19.240.000,00), remataré: finca del partido de Alajuela matrícula de folio real número 287.752-001-002-003-004-005-006, que se describe así: terreno para construir Lote C 3, sito: en el distrito siete, Fortuna, cantón décimo, San Carlos, de la provincia de Alajuela, colinda al norte: calle pública con un frente de 12 metros con 52 centímetros; al sur, este y al oeste, Agropecuaria Río Fortuna de Pilo S. A.. Mide: doscientos cincuenta metros con cuarenta decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de catorce millones cuatrocientos treinta mil colones (¢14.430.000,00), se señalan las: ocho horas del dos de febrero de dos mil doce. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cuatro millones ochocientos diez mil colones (¢4.810.000,00). Se señalan las: ocho horas del dieciséis de febrero de dos mil doce. Se remata por ordenarse así en expediente número 11-100929-0297-CI (5B) que es ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra 3-101-468214 S. A. y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 31 de octubre del 2011.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—RP2011266495.—(IN2011088864).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción del Juzgado de Tránsito de Pavas según sumaria 11-600404-0500-TC; a las nueve horas y treinta minutos del nueve de febrero de dos mil doce, y con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas ciento cuarenta y ocho mil trescientos cuatro, marca Nissan estilo Sentra, carrocería sedan cuatro puertas, color café, año mil novecientos ochenta y seis. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de febrero de dos mil doce, con la base de ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil doce con la base de sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Eladio Arturo Zeledón Roldan contra Gerardo Aguilar Álvarez. Exp. 10-003037-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 7 de noviembre del 2011.—Lic. Ana Catalina Arroyo Varela, Jueza.—RP2011266520.—(IN2011088865).

A las ocho horas quince minutos del diecinueve de enero de dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libres de gravámenes prendarios comunes y anotaciones, con las bases dadas por el perito a folios 74 al 79 las cuales se indicarán a continuación, remataré: 1) Un juego de sala rústico confeccionado en madera, compuesto por un sofá, dos sillones y una mesita de centro con acabado en barniz, en regular estado, la madera tiene daño ya que esta carcomida por comején, saldrá con la base de ¢150.000,00 para el primer remate, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢112.500,00 para el segundo remate, y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢37.500,00 para el tercer remate; 2) Una mesa para televisor, construida en bambú, con acabado en barniz, con un sobre de vidrio, regular estado, con la base de ¢10.000,00 para el primer remate, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢7.500,00 para el segundo remate, y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢2.500,00 para el tercer remate; 3) Un televisor ; de color marca Panasonic, modelo CT-Z2116WW, serie MA82330893, pantalla de 21 pulgadas, de color negro, en regular estado, con la base de ¢50.000,00 para el primer remate, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢37.500,00 para el segundo remate, y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢12.500,00 para el tercer remate; 4) Un DVD, marca Panasonic, color plateado, modelo DVD-K 33, serie VA7DA011923R, regular estado, con la base de ¢20.000,00 para el primer remate, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢15.000,00 para el segundo remate, y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢5.000,00 para el tercer remate; 5) Un televisor de color, marca Super General, color plateado, modelo S6-S2980PS, serie 0983E05031 70339, pantalla de 27 pulgadas, con la base de ¢75.000,00 para el primer remate, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢56.250,00 para el segundo remate, y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢18.750,00 para el tercer remate; 6) Un telefax, marca Panasonic de color negro, modelo KX-FT907LA, serie 5CAQAD27304, con la base de ¢20.000,00 para el primer remate, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢15.000,00 para el segundo remate, y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢5.000,00 para el tercer remate; 7) Un DVD, marca Sony, color plateado, modelo DVP-NS315, serie 2018452, con la base de ¢25.000,00 para el primer remate, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢18.750,00 para el segundo remate, y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢6.250,00 para el tercer remate; 8) Un mini componente de sonido, marca LG, color plateado, modelo FFH-71712, serie 104H201584, con 2 parlantes marcas LG, color plateado, con la base de ¢100.000,00 para el primer remate, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢75.000,00 para el segundo remate, y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢25.000,00 para el tercer remate; 9) Un CPU, sin marca, color negro con plateado, sin número de modelo y serie, con la base de ¢40.000,00 para el primer remate, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢30.000,00 para el segundo remate, y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢10.000,00 para el tercer remate; 10) Un monitor, AOC de 14 pulgadas el tamaño de la pantalla, color negro con plateado, modelo TFT1560PS, serie 40066HA089664, con la base de ¢40.000,00 para el primer remate, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢30.000,00 para el segundo remate, y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢10.000,00 para el tercer remate; 11) Un teclado de color negro, sin marca y número de serie, modelo KD-2201, con la base de ¢3.000,00 para el primer remate, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢2.250,00 para el segundo remate, y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢750,00 para el tercer remate; 12) Una impresora, marca Canon, color beige con gris, modelo PIXMA1P1200, serie QC1-6032DV01-02, mal estado, con la base de ¢1.000,00 para el primer remate, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢750,00 para el segundo remate, y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢250,00 para el tercer remate; 13) Un CPU, marca Morricane, color gris con negro, sin número de modelo, serie 00043-546-056-0574, mal estado, con la base de ¢10.000,00 para el primer remate, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢7.500,00 para el segundo remate, y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢2.500,00 para el tercer remate; 14) Un monitor a color, marca Samsung, color negro, de 14 pulgadas, modelo SYNCMASTER7535, serie 3882A431, buen estado, con la base de ¢25.000,00 para el primer remate, con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢18.750,00 para el segundo remate, y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢6.250,00 para el tercer remate. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta, se señalan las: ocho horas quince minutos del dos de febrero de dos mil doce. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda, se señalan las ocho horas quince minutos del dieciséis de febrero de dos mil doce. Se remata por ordenarse así en expediente 10-100028-297-CI. Monitorio del Banco Nacional de Costa Rica contra María Amalia Quirós Murillo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 31 de octubre de 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2011266532.—(IN2011088866).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del diecinueve de enero del dos mil doce, y con la base de veintinueve millones seiscientos ochenta y ocho mil cuatrocientos treinta colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F00029126 cero cero cero la cual es terreno filial cincuenta-C que se destinará a desarrollo residencial apta para la construcción la cual tendrá una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito primero Orotina, cantón primero Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, filial cincuenta-B; al sur, área común para desfogue pluvial; al este, filial cincuenta y uno; y al oeste, calle privada del condominio. Mide: tres mil setenta y un metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dos de febrero del dos mil doce, con la base de veintidós millones doscientos sesenta y seis mil trescientos veintidós colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de febrero del dos mil doce con la base de siete millones cuatrocientos veintidós mil ciento siete colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Shirley Chaves Soto. Exp. 11-000404-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 31 de octubre del 2011.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2011266572.—(IN2011088867).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del quince de febrero de dos mil doce, y con la base de cuatro millones sesenta y siete mil quinientos seis colones con ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento once mil novecientos veintisiete cero cero cero la cual es terreno de cultivo. Situada en el distrito Santiago, cantón Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, Juan Rafael Fernández Garita; al sur, Francisco Redondo Sandoval; al este, Isaac Fernández Garita; y al oeste, calle pública. Mide: cuatro mil ochocientos sesenta y siete metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del uno de marzo de dos mil doce, con la base de tres millones cincuenta mil seiscientos treinta colones con diez céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del dieciséis de marzo de dos mil doce con la base de un millón dieciséis mil ochocientos setenta y seis colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Rafael Fernández Garita. Exp. 10-002074-0640-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 1º de noviembre del 2011.—Lic. Esther Núñez Callen, Jueza.—RP2011266626.—(IN2011088868).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando tres servidumbres trasladadas y una servidumbre de paso; a las once horas y cero minutos del veintitrés de diciembre de dos mil once, y con la base de ciento sesenta y siete mil dólares moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 575971-001 y 002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Piedades, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre de paso y Bacata S. A.; al sur Bacata S. A.; al este, servidumbre de paso en parte y Comercializadora Rifasa S. A.; y al oeste, Bacata S. A. Mide: mil cincuenta y tres metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil doce, con la base de ciento veinticinco mil doscientos cincuenta dólares rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del nueve de febrero de dos mil doce con la base de cuarenta y un mil setecientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Franklin Miranda Arias y Jenny Patricia Marín Villegas. Expediente 11-027661-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de noviembre del 2011.—Lic. Minor Antonio Vargas Jiménez, Juez.—(IN2011089065).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del veintinueve de noviembre del año dos mil once, y con la base de veinte mil setecientos sesenta y dos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa: 668014, marca: Audi estilo: A4. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de enero del año dos mil doce, con la base de quince mil quinientos setenta y un dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de febrero del año dos mil doce con la base de cinco mil ciento noventa dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima contra Alberto Salas Arguedas. Exp. 11-000488-0504-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Heredia, 11 de agosto del 2011.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—(IN2011089427).

En la puerta exterior de este Despacho; a las diez horas del primero de diciembre del año dos mil once, en el mejor postor remataré las siguientes fincas del Partido de San José: matrícula trescientos sesenta y un mil cuarenta y uno-cero cero cero, situada en el distrito 09 Rosario, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Delio Arias servidumbre en medio; al sur, río Alambre; al este, Manuel Campos, y al oeste, Roque Padilla. Mide: Tres mil ciento setenta y un metros con cuarenta decímetros cuadrados, se saca libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando reservas al tomo 371, asiento 10299, secuencia 01-0912-001, con la misma base fijada en autos, sea la suma de mil quinientos dólares para el segundo remate, con la base de mil ciento veinticinco dólares se señalan las nueve horas con treinta minutos del veintidós de diciembre del año dos mil once y para el tercer remate trescientos setenta y cinco dólares las dieciséis horas del veintiséis de enero del año dos mil doce, 2) la finca matrícula trescientos sesenta y un mil treinta y seis-cero cero cero, situada en el distrito 09 Rosario, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Alberto Campos, servidumbre de paso; al sur, Hermes Campos, servidumbre de paso; al este, Marco Arias y Hermes Campos, y al oeste, José Alberto Campos. Mide: Cuatro mil setecientos setenta y cuatro metros con tres decímetros cuadrados, se saca libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando reservas al tomo 371, asiento 10299, secuencia 01-0912-001,para ello se señalan las diez horas del primero de diciembre del año dos mil once con la misma base fijada en autos, sea la suma de cuatro mil dólares para el primer remate, para segundo remate se señalan las nueve horas con treinta minutos del veintidós de diciembre del año dos mil once, con la base de tres mil dólares para el segundo y para el tercer remate se señalan las dieciséis horas del veintiséis de enero del año dos mil doce, con la base de mil dólares, 3) a las diez horas del primero de diciembre del año dos mil once, la finca matrícula trescientos sesenta y un mil cuarenta-cero cero cero, situada en el distrito 09 Rosario, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ólman Campos y Marcos Arias; al sur, Manuel Campos y servidumbre; al este, Marco Aurelio Ramírez, y al oeste, Ólman Campos. Mide: Cuatro mil seiscientos sesenta y seis metros con setenta decímetros cuadrados, esta propiedad se saca libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando reservas al tomo 371, asiento 10299, secuencia 01-0910-001, con la misma base fijada en autos, sea la suma de cuatro mil dólares para el segundo remate, se señalan las nueve horas con treinta minutos del veintidós de diciembre del año dos mil once, con la base de tres mil dólares para el tercer remate se señalan las dieciséis horas del veintiséis de enero del año dos mil doce y con la base de mil dólares. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Paliu Chirripó General S. A. contra Corporación Navarro Núñez S. A., y otro, expediente 09-100636-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 19 de octubre del 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2011266652.—(IN2011089454).

En la puerta exterior de este despacho; soportando servidumbre trasladada, citas 0370-00002437-01-901-001 así como hipoteca de primer grado a favor de Banco BAC San José S. A., por la suma original de ciento cincuenta y ocho mil setecientos setenta y dos dólares ($158.772,00); a las nueve horas y treinta minutos del dos de diciembre de dos mil once, y con la base de diez millones novecientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 37171-F-000 la cual es terreno finca filial ciento quince, terreno apto para construir. Que es destinada a uso habitacional y que tendrá una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 01 San Joaquín, cantón 08 Flores, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial ciento catorce; al sur, finca filial ciento dieciséis; al este, finca filial ciento veintiuno, y finca filial ciento veintidós y al oeste, calle común destinada a calle tres. Mide: doscientos treinta y nueve metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de diciembre de dos mil once, con la base de ocho millones doscientos veinte mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil doce con la base de dos millones setecientos cuarenta mil colones exactos un veinticinco por ciento de la base inicial. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marjorie Arguedas Umaña contra Bernacosta Inversiones S. A. Expediente 11-017019-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del 2011.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2011089459).

A las diecisiete horas y cuarenta minutos del primero de diciembre del año dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada y demanda ordinaria y con la base de dos millones cuatrocientos diez mil colones , en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 275081-000 la cual es terreno para construir lote 14-D. Situada en el distrito 02 Cinco Esquinas, cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, noroeste, calle pública con doce metros noventa centímetros; al sur, sureste Metalco S. A; al este, noroeste, Metalco S. A., y al oeste suroeste lote 13-D. Mide: trescientos veintiocho metros con seis decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 96-000655-0227-CA de Instituto Nacional de Seguros contra Jeannette Barquero Salazar, Luis Alberto Madrigal Camacho.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de setiembre del año 2011.—Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez.—(IN2011089532).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando embargo practicado por un monto de cuatrocientos catorce mil ciento sesenta colones; a las diez horas y cero minutos del diecinueve de enero del dos mil doce, y con la base de dos millones novecientos cinco mil treinta y tres colones con ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y tres mil setecientos veinticinco cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 12 bloque A. Situada en el distrito sétimo Purral, cantón octavo Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Marta Flores Solano; al sur, calle pública con ocho punto cincuenta metros; al este y al oeste, Fomento Unidad Integral de Servicios Sociedad Anónima. Mide: ciento sesenta y tres metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de febrero del año dos mil doce, con la base de dos millones ciento setenta y ocho mil setecientos setenta y cuatro colones con ochenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de febrero del año dos mil doce con la base de setecientos veintiséis mil doscientos cincuenta y ocho colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Rafael Bolaños Jiménez. Exp. 11-000367-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 31 de octubre del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2011265955.—(IN2011089160).

A las nueve horas treinta minutos del diez de febrero del dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, condiciones al tomo 0280, asiento 00005615, consecutivo 01, subsecuencia 0954, secuencia 002, soportando servidumbre de paso al tomo 0513, asiento 00013989, consecutivo 01, subsecuencia 0001, secuencia 001; y también servidumbre de paso al tomo 2009, asiento 00190272, consecutivo 01, subsecuencia: 0002, secuencia 001. Para el primer remate y con la base de tres millones ciento sesenta y ocho mil seiscientos noventa y un colones con ochenta céntimos, remataré: el fundo hipotecado del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos cincuenta y seis mil ciento cuarenta y cinco-cero cero cero, sito en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón dos diez San Ramón de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Antonio Madrigal Montes; al sur, servidumbre de paso con un frente a ella de quince metros; al este, Comedor Popular La Gaviota Sociedad Anónima; y al oeste, Comedor Popular La Gaviota Sociedad Anónima, el cual mide cuatrocientos setenta y tres metros cuadrados, según plano A-1332746-2009, propiedad de Miguel Ángel Badilla Morales. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de dos millones trescientos setenta y seis mil quinientos dieciocho colones con noventa céntimos, se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil doce. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de setecientos noventa y dos mil ciento setenta y dos colones con noventa céntimos, se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de marzo del dos mil doce. De conformidad con la Circular número 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009. Se le comunica que en virtud del Principio de Gratuidad que rige esta materia, la publicación esta exenta de todo pago de derechos. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de Ciudad Quesada (COOCIQUE R.L.) contra David Gerardo Badilla Elizondo y otro. Exp. 10-101047-0297-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 24 de diciembre del 2010.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—(IN2011089165).

A las nueve horas del veinte de enero de dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando obligaciones bajo las citas 0297-00003329-01-0901-001, servidumbre de paso bajo las citas 2010-00216228-01-0001-001, y con la base de cuatro millones ochocientos dieciséis mil setecientos veintiún colones veinticuatro céntimos, en el mejor postor remataré la finca hipotecada, inscrita en propiedad al partido de Alajuela, matrícula de folio real número cuatrocientos catorce mil cuatrocientos cuarenta y nueve-cero cero cero, que es terreno de pastos, lote 1, sito en Pital, distrito seis de San Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Miriam Otárola Vargas; al sur, servidumbre agrícola de 7,00 metros ancho en medio Rafael Morera Elizondo; al este, Norfi Morera Elizondo; y al oeste, Norfi Morera Elizondo. Mide: treinta y ocho mil quinientos metros cuadrados. Propiedad de Carlos Morera Araya. Plano catastrado A-1021865-2005. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la base de tres millones seiscientos doce mil quinientos cuarenta colones noventa y tres céntimos, se señalan las nueve horas del tres de febrero de dos mil doce. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de un millón doscientos cuatro mil ciento ochenta colones treinta y un céntimos, se señalan las nueve horas del diecisiete de febrero de dos mil doce. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria de Fundación Unión y Desarrollo de las Comunidades Campesinas contra Carlos Morera Araya. Exp. 11-100798-0297 Cl.—Publíquese este edicto dos veces consecutivas en La Gaceta Art. 21.5 de la Ley de Cobro Judicial. De conformidad con la circular número 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009. Se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—(IN2011089166).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando limitaciones de leyes, habitación familiar citas: 0515-00008184-001; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de febrero del año dos mil doce, y con la base de tres millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil ciento treinta y dos-cero cero cero la cual es terreno para construir- lote cuarenta y ocho. Situada en el distrito Llorente, cantón Flores, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 46; al sur, calle pública con 7.84 metros; al este, lote 47, y al oeste, lote 49. Mide: ciento treinta y tres metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del cinco de marzo del año dos mil doce, con la base de dos millones quinientos ochenta y seis mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veintiuno de marzo del año dos mil doce con la base de ochocientos sesenta y dos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a los interesados en participaren la almoneda que, de conformidad con el artículo 23 de la Ley de Cobro Judicial podrá depositar el porcentaje correspondiente de la base en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, o cheque certificado de un banco costarricense. Ahora bien, en caso de una persona jurídica al pagar con cheque certificado por un monto en colones, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho y por un monto en dólares a favor de la Unidad Administrativa Regional de Heredia; y en caso de una persona física puede realizarse de la anterior manera o bien el cheque a su favor pero realizar el endoso correspondiente, teniendo clara la restricción del artículo 805 párrafo segundo y 826 del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Sandra María Masís Garro, expediente 11-001190-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 13 de octubre del año 2011.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—(IN2011089169).

A las trece horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil doce, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre de paso al asiento 67.250, consecutivo 01, secuencia 0002, subsecuencia 001, del tomo 570; y demanda ordinaria inscrita al asiento 306.592, consecutivo 01, secuencia 0003, subsecuencia 001 del tomo 2009, y con la base de cuarenta y un millones quinientos diecisiete mil trescientos cincuenta y tres colones con noventa y cuatro céntimos, remataré, la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste al Sistema de Folio Real, matrícula número: 157.391-000, que es terreno de pastos, situada en el distrito primero Tilarán, cantón octavo Tilarán de la provincia de Guanacaste, con una medida de cinco mil treinta y un metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados; plano G-1.110.263-2006, con linderos: norte, lote 31; sur, lote 29; este, lote 26 y oeste, servidumbre agrícola con cincuenta y seis metros con noventa y un centímetros cuadrados. Para segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base de la finca, sea con la suma de treinta y un millones ciento treinta y ocho mil quince colones con cuarenta y seis céntimos, se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de febrero del dos mil doce. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca, sea con la suma de diez millones trescientos setenta y nueve mil trescientos treinta y ocho colones con cuarenta y ocho céntimos, y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil doce. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante, el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca. Se rematan por ordenarse así en expediente 10-100169-0927-CI (180-5-10)-A, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Diego Montero Velasco e Inversiones Montevelaz Sociedad Anónima.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 27 de octubre del 2011.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—RP2011266634.—(IN2011089217).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: dos nueve seis-dos nueve ocho tres-cero uno-cero nueve cero siete-cero cero ocho; a las nueve horas y quince minutos del veinticinco de enero del año dos mil doce, y con la base de ciento cincuenta millones de colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número veintiséis mil quinientos setenta y dos-cero cero cero la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 04 Quebrada Honda, cantón 02, Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Municipalidad de Nicoya Laguna Zonzapote; al sur, Municipalidad de Nicoya Laguna Zonzapote; al este, Filemón Baltodano y al oeste, Municipalidad de Nicoya Laguna Zonzapote. Mide: trescientos noventa mil cuatrocientos sesenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del trece de febrero del año dos mil doce, con la base de ciento doce millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintinueve de febrero del año dos mil doce con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Industrias Alimenticias Golden Fruit Sociedad Anónima. Exp. 11-001094-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 31 de agosto del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2011266640.—(IN2011089218).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión cuya boleta es 09257462, sumaria 10-4285-497 TR; a las ocho horas treinta minutos del seis de febrero del dos mil doce, y con la base de siete mil quinientos treinta y dos dólares con ochenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 796122 marca Geely, estilo CK 1.3 GT, sedán 4 puertas, 4x2, vin: L6T7524S08N045088, color negro, año 2009, gasolina, cilindrada 1300 cc, 04 cilindros. Para el segundo remate se señalan las once horas del veinte de febrero del dos mil doce, con la base de cinco mil seiscientos cuarenta y nueve dólares con sesenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de marzo del dos mil doce, con la base de mil ochocientos ochenta y tres dólares con veintiún centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa S. A. contra Óscar Ramírez Cortés. Exp. 11-000316-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 5 de octubre del 2011.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—RP2011266648.—(IN2011089219).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y treinta minutos del trece de diciembre del dos mil once, y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y tres mil quinientos dieciséis cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Isidro de El General, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, quebrada, en medio María Teresa Mora; al este, Álvaro Arias Madriz y al oeste, Miriam Sanabria Esquivel. Mide: quinientos cuarenta y ocho metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve de enero del año dos mil doce, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de febrero del año dos mil doce con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Virgilio Rodríguez Solano contra Roberto Mora Mora. Exp.: 11-000301-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 03 de octubre del 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2011266790.—(IN2011089231).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios a las ocho horas y treinta minutos del quince de diciembre del dos mil once, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 148654-000 la cual es terreno de potrero con una casa. Situada en el distrito 03 San Antonio, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Kattia Carrillo Ruiz; al este, calle pública y al oeste, Roberto Suárez Villalobos y Familia S. A. Mide: ciento setenta y tres mil novecientos cuarenta y dos metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de enero del dos mil doce, con la base de siete millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de enero del dos mil doce con la base de dos millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Guayacán Montador Nicoyano S. A., contra Roxiris Cristobalina Carrillo Ruiz. Exp.: 08-000272-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, del 03 de octubre del 2011.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2011266808.—(IN2011089232).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las trece horas y treinta minutos del diecinueve de enero del año dos mil doce, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y siete mil setecientos noventa y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito quinto Piedades Sur, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 14,30; al sur y al este, José Ledezma Fernández y al oeste, calle pública, con 10,53. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de febrero del dos mil doce, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil doce, con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Lourdes Herrera Pérez contra Freddy Vásquez Carranza. Expediente 11-000430-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 1º de noviembre del año 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2011266811.—(IN2011089233).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, a las catorce horas del nueve de febrero de dos mil doce, y con la base de cinco millones novecientos cincuenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y siete colones con sesenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa mil doscientos veintiocho-cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 01 Naranjo, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Idalie Villalobos y María Rosa Villalobos; al sur, Rogelio Rosales, Rafael Eduardo Villalobos Montero; al este, Rafael Eduardo Villalobos Montero, calle pública y María Rosa Villalobos Montero y al oeste, José Herrera. Mide: mil setecientos sesenta y dos metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintitrés de febrero de dos mil doce, con la base de cuatro millones cuatrocientos sesenta y cinco mil novecientos noventa y tres colones con veinte céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del ocho de marzo de dos mil doce, con la base de un millón cuatrocientos ochenta y ocho mil seiscientos sesenta y cuatro colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de La Navideña S. A. contra María Rosa Villalobos Montero. Expediente 10-000308-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 10 de octubre de 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2011089406).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando infracciones y colisiones sumaria número 08-601259-607-TC, boleta 200827102 a las diez horas y treinta minutos del diez de enero de dos mil doce, diez horas y treinta minutos del diez de enero de dos mil doce, y con la base de diez mil quinientos cuarenta y dos dólares con sesenta centavos, en el  mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 505641, marca Mitsubishi, año 2003, Vin JMYLNH77W3Z000220, cilindrada 1999 c.c, color rojo, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de enero de dos mil doce, con la base de siete mil novecientos seis dólares con noventa y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del nueve de febrero de dos mil doce, con la base de dos mil seiscientos treinta y cinco dólares con sesenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun S. A. contra Carlos Alberto Varela Sánchez. Expediente 08-025943-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 26 de setiembre del año 2011.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2011089428).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del primero de marzo del dos mil doce, y con la base de diecisiete millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: vehículo placas número EE veinticinco mil novecientos setenta y ocho, marca Caterpillar, estilo Back Hoe, año 2005, color amarillo, retroexcavadora, 4x4, chasis CAT0420DLFDP22497, motor no visible, cilindrada 4400 cc, diesel. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de marzo del dos mil doce, con la base de doce millones novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce, con la base de cuatro millones trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Róger Murillo Murillo contra Corporación Silfide S. A. Expediente 11-000760-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 31 de octubre del 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2011089484).

A las ocho horas treinta minutos del veintiuno de diciembre del dos mil once, en la puerta de este Juzgado, en el mejor postor, remataré: 1) Con la base de ciento setenta y ocho mil doscientos dólares, moneda de curso legal en Estados Unidos de América ($178.200,00), libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando reservas y restricciones en el tomo: 0325, asiento: 12.793, consecutivo: 01, secuencia: 0901, subsecuencia: 001, finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, al Sistema de Folio Real, matrícula F cincuenta y ocho mil veintitrés-cero cero cero (F-058.023-000); que es finca filial once ubicada en el primer nivel destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situado: en el distrito nueve Tamarindo, del cantón tercero de Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Mide: noventa y cuatro metros con cuarenta decímetros cuadrados. Plano no se indica. Con linderos: norte, lote dieciocho X; sur, finca filial residencial diez; este, área recreativa y oeste, lote diecisiete X. 2) Con la base de ciento ochenta y un mil ochocientos dólares, moneda de curso legal en Estados Unidos de América ($181.800,00) libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pero soportando reservas y restricciones en el tomo: 0325, asiento: 12.793, consecutivo: 01, secuencia: 0901, subsecuencia: 001, finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, al Sistema de Folio Real, matrícula F cincuenta y ocho mil veintisiete-cero cero cero (F-058.027-000), que es finca filial quince ubicada en el tercer nivel destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situado: en el distrito nueve Tamarindo, del cantón tercero de Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Mide: noventa y cuatro metros con cuarenta decímetros cuadrados. Plano no se indica. Con linderos: norte, espacio aéreo; sur, finca filial residencial catorce; este, espacio aéreo y oeste, espacio aéreo. En caso de que en el primer remate no hubieren postores, para el segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base original, sea con la suma de ciento treinta y tres mil seiscientos cincuenta dólares, moneda de curso legal en Estados Unidos de América ($133.650,00) para la primera finca, y la suma de ciento treinta y seis mil quinientos dólares, moneda de curso legal en Estados Unidos de América ($136.500,00) para la segunda finca, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de enero del dos mil doce. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original, sea con la suma de cuarenta y cuatro mil quinientos cincuenta dólares, moneda de curso legal en Estados Unidos de América ($44.550,00), para la primera finca, y para la segunda finca cuarenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta dólares, moneda de curso legal en Estados Unidos de América ($45.450,00), y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de febrero del dos mil doce. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante por el veinticinco por ciento (25%) de la base original. Se rematan por ordenarse así en expediente 11-100184-0927-CI (194-4-11)-A, ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Óscar Luis Cortés y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo de Cañas, Guanacaste, 8 de noviembre del 2011.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—(IN2011089485).

A las 11:15 horas del 1º de diciembre de 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre de paso bajo las citas 0564-00011355-01-0006-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de $15.000,00 moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, remataré: finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 417.127-000, que es lote 3 terreno de pastos, sito en La Fortuna de San Carlos, distrito siete del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte, Rafael Ángel Quesada Rodríguez, al sur, servidumbre de paso de 7 metros de ancho en medio Agropecuaria Bastos Zamora S. A., y al este, y al oeste, Agropecuaria Bastos Zamora S. A. Mide: mil ciento un metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de $11.250,00 moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, se señalan las: 11:15 horas del 16 de diciembre de 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de $3.750,00 moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, se señalan las: 11:15 horas del 13 de enero de 2012. Se remata por ordenarse así en Exp. 11-100830-297-CI (1A) ejecución hipotecaria de Inés Salazar Chaves contra Rafael Ángel Bogantes Granados.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 24 de octubre de 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—(IN2011089543).

A las diez horas y cero minutos del seis de diciembre del año dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando limitaciones al tomo trescientos sesenta y seis, asiento siete mil cuatrocientos veinticuatro, y con la base de dada por el perito sea la suma de treinta y cuatro millones setenta y tres mil setecientos diecisiete colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y un mil trescientos setenta y nueve- cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Aracelly Venegas; al sur, María del Carmen Monge; al este, calle pública, y al oeste, José Luis Barrantes. Mide: mil diecisiete metros veintinueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de José Víctor Reyes Lara contra Rosa Barboza Murillo, expediente 07-100553-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 2 de octubre del año 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2011267032.—(IN2011089843).

Convocatorias

SEGUNDA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo establecido en el inciso 17) del artículo 167 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional 1644, Título 6. Bancos Privados; Capítulo IV: Liquidación y Cierre, se convoca a todos los acreedores debidamente legalizados y aprobados a la junta que se celebrará el jueves 8 de diciembre del año 2011, a las 18:00 horas, en el auditorio del edificio Cooperativo (UNACOOP, costado norte del Mall San Pedro), para conocer de los siguientes asuntos:

1)  Informe sobre el estado de la liquidación.

2)  Negociación referida a la legalización del señor Michael Andrew Carabetta - Inversiones Savinelli S. A., en proceso penal activo en contra de la Quiebra.

3)  Aprobación de contrato cuota litis entre la Quiebra del Banco Elca S. A. y Dr. Enrique Rojas Franco, proceso contra el Fondo de Garantía de la ABC.

4)  Asuntos referidos a los bienes muebles e inmuebles.

Se recuerda que de conformidad a lo establecido en el artículo 169 de la indicada Ley 1644, el presidente de la Junta Liquidadora tendrá la facultad de determinar las formalidades que se observarán en las reuniones de acreedores. En ejercicio de esas facultades, se dispone que la votación sobre algún punto en particular se llevará a cabo contemplando los votos por las personas y por el capital presentes. Respecto de las personas, cada acreedor legalizado tendrá derecho a un voto. El de capital se computará dividiendo el capital representado en la reunión entre el número de acreedores admitidos y el cociente será el número de votos de capital al que tendrá derecho su titular. En el caso de las personas jurídicas, sus representantes legales o apoderados especiales deberán presentar, además de su cédula de identidad, certificación de personería y/o carta poder debidamente autenticada por abogado, en casos de representación.

Para lograr una acreditación más expedita en beneficio de todos los acreedores, se les comunica que puede hacer su acreditación, presentando los documentos citados en el párrafo anterior; a partir de las ocho horas del lunes 05 de diciembre del 2011 y hasta las dieciséis horas del miércoles 07 de diciembre del 2011, en las instalaciones del Banco Elca S. A. (Medina & Medina Consultores S. A.), Barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, torre 2, cuarto piso. Información al teléfono 2233-5044 ó 2233-7959.

Se recibirá únicamente a los acreedores o a sus representantes legales con documento idóneo1/ que lo acredite legalmente para dicho acto.

1/ Cédula de identidad, personería jurídica (original y copia) con no más de 30 días de emitida o poder especial original en escritura pública con base en los dispuesto en el Art.118 del Código Procesal Civil y presentado en el Ministerio de Relaciones Exteriores cuando haya sido otorgado en el extranjero. Se advierte que el poder especial debe estar redactado de manera clara y precisa de tal forma que de su lectura se infieran sin duda los actos autorizados.

Firma Responsable, MBA. Alonso Medina Medina, cédula 7-0103-0448.—(IN2011088816).

A las nueve horas del ocho de diciembre del dos mil once, se convoca a los herederos e interesados en las sucesiones de Carmelio Segura Ortega y Vitalino Segura Ortega, a una junta de interesados a celebrarse ante este Despacho, para conocer acerca del nombramiento de un representante ad-hoc. Se hace la advertencia que la junta se celebrará si concurrieren dos o más interesados y/o herederos, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro a la junta, el Juez hará el nombramiento que corresponda en persona idónea. Lo anterior por ordenarse así en Diligencias de Avalúo por Expropiación promovidas por el Instituto Costarricense de Electricidad, contra Carmelio Segura Ortega y otros, expediente, 11-001162-1028-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, 01 de noviembre del año 2011.—Lic. Rodrigo Huertas Durán, Juez.—1 vez.—(IN2011089176).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Jorge Luis Acuña Montero, expediente número 10-000150-0184-CI, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las diez horas del dieciséis de enero de dos mil doce, para conocer de los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil.—Juzgado Primero Civil de San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2011089553).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 11-000143-0386-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Higinio Quirós Quirós quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Bagaces, de plantel municipal setenta y cinco metros al este, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero cien-cero seiscientos veintitrés (5-0100-0623), profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con una medida de nueve metros cuatro centímetros lineales; al sur, Narcisa Quirós Alvarado; al este, Miguel Quirós Alvarado, y al oeste, Sigifredo Pasos Centeno. Mide: ciento nueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble desde hace treinta y ocho años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de una vivienda, la cual está hecha parte en cemento y parte en madera. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Higinio Quirós Quirós. Expediente 11-000143-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 28 de setiembre del año 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—RP2011266558.—(IN2011088872).

Aida Julia Argüello Zúñiga c. c. Aida Luz Argüello Zúñiga, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Desamparados, cédula 2-264-108, solicita se levante Información Posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por compraventa que le hiciere Teresa Meneses Camacho, mayor, soltera, ejecutiva del hogar, cédula 2-290-691, vecina de Popoyaopa de San José de Upala, Alajuela, de escuela 100 metros al norte, con quien no le liga parentesco, el 1 de agosto del 2001. Dicho terreno se describe así: terreno para construir, sito en Popoyuapa, distrito tres San José, cantón trece Upala, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Santos Espinoza; al sur, Andrés Cortés Lobo; al este, Santos Argüello Zúñiga, y al oeste, calle pública con un frente de 33.9 metros lineales. Mide: mil setecientos treinta y nueve metros con ochenta y tres decímetros cuadrados, según el plano catastrado número 2-972912-2005 de fecha 21 de enero del 2005. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de quinientos mil colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente 10-101124-0297-CI. Información Posesoria promueve Aida Julia Argüello Zúñiga c. c. Aida Luz Argüello Zúñiga.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 27 de junio del 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—RP2011266586.—(IN2011088873).

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos  en  la  sucesión   testamentaria   de  Bernardo  Tubito  D’Ambrosio, cédula ocho-cero cincuenta y cuatro-trescientos noventa y dos; quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Ciudad Neily, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Juicio Sucesorio número uno-dos mil once-NO, Notaría del Licenciado Ricardo Otárola Otárola, Ciudad Neily, centro, cincuenta metros al norte del Banco Popular. Teléfono 2783-3250.—Lic. Ricardo Otárola Otárola, Notario.—1 vez.—(IN2011088728).

Se hace saber que en esta Notaría se tramita el proceso sucesorio intestado extrajudicial de José Ramón Benavides Campos, quien fue mayor, soltero, jubilado, cédula de identidad número cuatro-cero cero noventa y dos-cero ochocientos sesenta y ocho, vecino de San Pablo de Heredia; contiguo al Hogar de Ancianos Alfredo y Delia González Flores. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos loa interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en Alajuela, calle 10, avenidas central y primera, en Centro Comercial Jorge Ávila, local número once, a hacer valer sus derechos, con apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quién corresponda. Expediente número 0002-2011. Licenciada María Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—Alajuela, 3 de noviembre del 2011.—Lic. María Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—1 vez.—(IN2011088767).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Anastacio Herrera Vargas, quien fue mayor, casado una vez, agricultor y vecino de Santiago Oeste, El Coco, Alajuela cédula de identidad número dos-ciento ochenta y dos-trescientos; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero tres-dos mil once. Notaría Licenciada María González Campos, sita en la ciudad de Alajuela veinticinco metros sur de esquina sureste del Parque Central. Teléfono 2442-6487. Fax. 2442-7501.—Lic. María González Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2011088773).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Rafael Zamora Chavarría, quien fue mayor, de estado civil casado, de profesión Médico Anestesiólogo, con cédula de identidad número uno-quinientos ochenta-novecientos cuarenta y cuatro, vecino de San José, Sabana Sur. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella  pasará a quien corresponda. Expediente 11-000223-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de noviembre del 2011.—Lic. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2011088808).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Yessenia Delgado Aguilar, a las once horas del diez de julio del año dos mil once; y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera, José Gómez Gutiérrez, mayor, casado una vez, cédula de identidad número cinco cero cero cuarenta y cuatro cero seiscientos setenta y siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de licenciada Yessenia Delgado, con oficina en Alajuela, doscientos cincuenta metros sur de Llobeth. Teléfono 2430-1654.—Lic. Yessenia Delgado Aguilar, Notaria.—1 vez.—(IN2011088830).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Ángel Ballestero González, quien fuera mayor de edad, soltero, sin ocupación, vecino de Lourdes de Agua Caliente, cédula número 7-053-462. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 11-000223-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 5 de octubre del año 2011.—Lic. Ana Catalina Arroyo Varela, Jueza.—1 vez.—RP2011266410.—(IN2011088874).

Se hace saber, que en esta notaría se tramita proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Cora Núñez Padilla, mayor de edad, viuda una vez, ama de casa, vecina Concepción Abajo de Alajuelita, Barrio Las Vegas, 25 metros sur de abastecedor La Primavera, portadora de la cédula de identidad número 1-0289-0529. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 30 días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que de no apersonarse, dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Notaría de la Lic. Alejandra Ramírez Sutherland.—San José, 1 de noviembre del año 2011.—Lic. Alejandra Ramírez Sutherland, Notaria.—1 vez.—RP2011266457.—(IN2011088875).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Manuel Vargas Rodríguez, quien fuera mayor, casado, agricultor, cédula de identidad número 2-241-294, y vecino de El Tigre, Sarapiquí, para que dentro de los treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 10-100152-0377-CI Interno 162-10. Proceso sucesorio de José Manuel Vargas Rodríguez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Sarapiquí, Puerto Viejo, 31 de mayo del año 2011.—Lic. Catalina Vindas Aguilar, Jueza.—1 vez.—RP2011266458.—(IN2011088876).

Notaría de la Licenciada Xinia Patricia Aguilar Picado. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue Lilliam Murillo Mora, cédula de identidad número ocho-cero diecisiete-setecientos cincuenta y seis. Se declara abierto el proceso sucesorio, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del edicto, se apersonen ante esta Notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieren, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente número cero cero cuatro-dos mil once. Sucesorio en sede notarial de Lilliam Murillo Mora. Notaría de la Licenciada Xinia Patricia Aguilar Picado. Notaria Pública.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—RP2011266480.—(IN2011088877).

Se cita a todos los herederos, acreedores e interesados en general en la sucesión de Irma Alvarado Salazar, quien en vida fue mayor, divorciada una vez, de oficios del hogar, cédula 7-053-196, vecina de Veintiocho Millas de Batán de Matina de Limón, del antiguo bar La Curva cien metros al sur, casa de cemento color azul; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio número 08-100022-0934-CI-2 de Irma Alvarado Salazar, gestiona Johanna García Alvarado.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 20 de octubre del 2011.—Lic. Richard White Wright, Juez.—1 vez.—RP2011266486.—(IN2011088878).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Andrés Alvarado Ramírez, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Desamparados, cédula de identidad 3-0105-0138, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 11-100202-0217-CI. Sucesión de Andrés Alvarado Ramírez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 13 de octubre del 2011.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—RP2011266527.—(IN2011088883).

Con treinta días de plazo, contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Jorge Eduardo Zúñiga Goñi, mayor, divorciado, decorador, vecino de Aserrí, del cementerio cien metros oeste setenta y cinco sur, Urbanización Vista al Valle, cédula de identidad 1-534-468, a efecto de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 04-100440-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 26 de mayo del 2008.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—RP2011266543.—(IN2011088884).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jenaro Viales Matarrita, quien en vida fue mayor, casado una vez, costarricense, vecino de la provincia de Guanacaste, comunidad de Carrillo, de la gasolinera trescientos metros al oeste, con la cédula de identidad número cinco-cero ciento cincuenta-cero quinientos veinticuatro, fallecido en fecha dieciocho de febrero del dos mil seis, contado a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cuatro-dos mil once-PS.—Lic. Amanda Viales Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—RP2011266560.—(IN2011088885).

Avisos

TERCERA PUBLICACIÓN

Se comunica que en el Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, se tramita proceso de depósito judicial de persona menor de edad de nombre de Llulys Alicia Bejarano Jiménez y Luis Alberto Bejarano Jiménez hijos de Rosario Victoria Bejarano Jiménez promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Rosario Victoria Bejarano Jiménez, bajo el número de expediente 11-400383-921-FA (3). Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren algún interés en este asunto, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la ultima publicación del edicto ordenado, se apersonen y manifiesten lo que estimen conveniente.—Juzgado de Familia Penal Juvenil de Corredores, Ciudad Neily, 3 de octubre del 2011.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—O. C. 34028.—Solicitud 46471.—C-6620.—(IN2011087920).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por María de los Ángeles Sanabria Guevara, mayor, casada una vez, bibliotecóloga, vecina de San José, Hatillo 8, alameda 22, acera 1, casa 977, cédula de identidad número 3-198-605; encaminado a solicitar la ausencia de Jorge Alberto Sanabria Guevara, mayor, soltero, marino, vecino de San José, Hatillo 8, alameda 22, acera 1, casa 977, cédula de identidad número 3-245-727. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Exp. 11-100038-0216-CI. Nota: publíquese por tres veces con intervalos de un mes. Esta publicación se hará en el Boletín Judicial y en periódico de circulación nacional. Podrá hacerse por medio de la radio.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, dieciocho de agosto del dos mil once.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—(IN2011089870).

3 v 1 Alt.

Edictos en lo Penal

Expediente 11-000029-0512-PE, contra: Alejandro Camacho Calderón, ofendido/a: La Fe Pública, delito: Falsificación de señas y marcas. Se resuelve sobre evidencia. Juzgado Penal de Cartago, al ser las ocho horas y diez minutos del veintiocho de octubre del año dos mil once.

De conformidad con el artículo 200 del Código Procesal Penal y siendo que la presente causa se encuentra archivada de forma definitiva por dictado de Sentencia de Sobreseimiento Definitivo de las diez horas del veintidós de setiembre del año dos mil once, se procede a resolver sobre la evidencia que aún se mantiene a la orden de este Despacho, consistente en una motocicleta marca Suzuki, tipo AX-100, estilo sencilla, color negro, placas MOT-124241. Considera el suscrito que al haber transcurrido un tiempo considerable sin que a la fecha se haya presentado persona alguna reclamar dicho bien, y al deterioro que ha sufrido al mantenerse por más de un año en el Depósito de Vehículos Decomisados del Complejo de Ciencias Forenses de San Joaquín de Flores de Heredia, sin ningún tipo de mantenimiento se ordena publicar un edicto a efecto de determinar sí existe algún interesado en dicho bien, caso contrario se ordenará su destrucción transcurridos tres meses luego de la publicación del respectivo aviso. Bajo la advertencia de que transcurrido dicho plazo caducará toda acción del interesado para interponer cualquier reclamo, y se dispondrá de manera automática su donación, de conformidad con la Ley Nº 6106 sobre decomisos y donaciones. Notifíquese.—Juzgado Penal de Cartago.—Lic. José Alejandro Piedra Pérez, Juez Penal.—(IN2011087946).        3 v. 2.

Lic. Luis Diego Quesada Canales, Fiscal de la Fiscalía de Nicoya, al Representante de Inversiones Senedo Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-175717, se le hace saber que en el legajo de legajo de investigación 10-001544-0414-PE, seguido en contra de Gustavo Ortiz Espinoza, en perjuicio de José Ángel García Jiménez, por el delito de Lesiones Culposas, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Se da traslado de la acción civil resarcitoria, al ser las ocho horas y veinticuatro minutos del diez de setiembre del año dos mil diez. En vista que el automotor placas CL 167380, marca Isuzu, año 1999, color verde, es propiedad de Inversiones Senedo Sociedad Anónima y en consideración a que dicho automotor fue el medio utilizado para cometer el delito de Lesiones Culposas por parte del acusado Gustavo Ortiz Espinoza y de conformidad con el artículo 110 del Código Penal, que indica que los instrumentos con los que se cometió el delito entraran en comiso a favor del Estado, es decir, que el vehículo puede ser despojado de su propiedad, se le pone en conocimiento al propietario registral a fin de que se indique en el termino de cinco días si tiene o no interés de constituirse en parte del presente proceso, en caso positivo apersonarse al proceso y señale medio para recibir notificaciones, dada la posible afectación de derechos que este proceso le puede ocasionar al mismo. Luis Diego Quesada Canales. Fiscal Auxiliar. Fiscalía de Nicoya. En vista de que el señor representante de Inversiones Senedo Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-175717 propietario registral del vehículo supra indicado es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución que se indica por medio de edicto que se publicará dos veces en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía de Nicoya, 7 de noviembre del 2011.—Luis Diego Quesada Canales, Fiscal Auxiliar.—(IN2011088603).

2 v. 2.