BOLETÍN JUDICIAL Nº 33 DEL 15 DE FEBRERO DEL 2012

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

En vista de que no ha sido posible notificar a los particulares propietarios de los vehículos involucrados en colisiones, por desconocerse su paradero, según se cita a continuación, a solicitud de los despachos que se dirá:

JUZGADO DE TRÁNSITO DE DESAMPARADOS

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-601845-491-TC-D

MATEO FLORIAN ROSSIBEL

375-021135580001451

185143

JT2AE93E5J0073523

11-601740-491-TC-D

LINEROS LINERO RICARDO REP. LEG. CORPORACION DIGISOFT S. A.

3-101-540934

589191

KMHNM81XP5U152397

11-601754-491-TC-B

CARVAJAL JIMENEZ ANA CECILIA

1-0324-0600

802560

JTEGH20V210017779

11-601896-TC-B

JIMENEZ HIDALGO CHRISTIAN

1-0548-0849

761085

 JHMEJ8542VS000959

11-601762-491-TC-B

LANZONI VINDAS RODOLFO

1-0736-0512

 MOT 228835

 LALTCJN0283032710

2011-601736-491-TC-A

SEIDY MUÑÓZ ALVAREZ

6-329-378

785324

KMHVA21NPTU212566

2010-003566-276-PE-A

LUIS ENRIQUE AMORTEGUI PULIDO

19130816

697249

KMHCG45GXYU034081

2011-601488-491-TC-A

REPRESENTANTE LEGAL DE PRO TECH CHEMICALS CENTRAL AMERICA S. A.

3-101-380281

512362

WBAAY710X3FZ49493

2010-601065-491-TC-A

EDGAR MIRANDA MARTÍNEZ

6-088-053

128742

JT2AE86C1E0035829

11-601937-491-TC-B

SANDINO SANDINO MARIA EUGENIA

 8-0073-0975

898954

KMHJT81BBCU322430

11-601959-491-TC-D

UREÑA BORGE DAVID ANDRES REP. LEG. DE INVERSIONES DIODA S. A.

3-101-617810

CL 236973

5TELU42N46Z166015

11-601691-491-TC-C

EDWARD GOMEZ JIMENEZ

5-281-115

221307

JN1GB21B9LU506737

11-601942-491-TC-D

ABARCA MORA FRANKLIN

1-0677-0121

 TSJ 1012

KMHVF21LPVU481893

11-601878-491-TC-C

LAURA DURAN SALVATIERRA

1-967-705

644587

JTDKW923905032886

11-601911-491-TC-C

LUIS ALBERTO CESPEDES ANGULO

1-336-270

CL-252118

JS3TA01C7K4114061

11-601854-491-TC-C

KENNETH LAITANO BENAVIDES

1-794-128

MOT-201306

L4STCKDK872002024

11-601702-491-TC-C

RODRIGO CANET MOYA

1-337-300

248941

JAACR01E4L5852816

11-602006-491-TC-D

CHACON MENDEZ PABLO ANDRES

3-0417-0053

MOT 160938

LC6TCJE1160800175

11-602039-491-TC-D

ALVAREZ PORRAS ALEXANDRA

6-0364-0995

885994

KMFWVH7HP1U397178

11-602014-491-TC-D

RUIZ OPORTA JOSE

2-0394-0031

CL 169716

NO INDICADO

11-001798-276-PE-D

ABARCA CASTRO MARCIAL

1-1046-0675

420769

KMHVF31JPMU408504

2011-601736-491-TC-A

EDUARDO CHACÓN ARROYO

1-701-213

240010

VZN130008037

2011-601576-491-TC-A

TANNIA FIORELLA SÁNCHEZ BARBOZA

1-912-292

118556

LB11MC74253

2011-601705-491-TC-A

REPRESENTANTE LEGAL DE ANHERISA S. A.

3-101-405115

416015

KMHVF31JPPU829218

11-602006-491-TC-D

QUESADA GUADAMUZ SERGIO

4-0113-0859

274388

1FMCU24X9MUE21049

11-601951-491-TC-D

RODRIGUEZ ULATE MARIO EDUARDO

1-0715-0973

MOT 197655

9FNAKJC680006070

11-601004-491-TC- B

JUAN DE DIOS VINDAS NAVARRO

5-144-035

SJB-7411

KMJRD37BPXU428739

11-600985-491-TC-B

SOLANGE MILUSKA CELIS CHACATANA

CÉDULA RESIDENCIA 45515939900218

C-137300

JHFAY047605000095

11-602036-491-TC-B

ARACELLY BONILLA MORA

1-836-338

493309

KMHVF21JPPU762317

11-601750-491-TC-C

BOSQUE DE ALFEREZ VEINTIDSOS S. A..

3-101462343

CL-253471

MPATFS85HAH521703

11-601773-491-TC-D

ZUÑIGA MONGE RITA ISELLA

1-0960-0716

865537

3N1CC1AD5ZK101216

JUZGADO DE TRANSITO SANTA ANA

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

10-600270-242-TC

YENNY VERÓNICA HOLGUIN ZAPATA

8-084-073

376315

KMHVF14N8TU328629

10-600328-242-TC

LUIS ALBERTO MORA CASTRO

1-478-675

C-28212

1XP6D29X8DD162353

10-600328-242-TC

SILVIA MARTA ANDERSON QUIRÓS

9-012-944

649979

9BD15807664750017

10-600458-242-TC

YESCA DEL NORTE S. A.

3-101-210971

682940

5GTDN136868251764

10-600498-242-TC

YEE HAN HO MEN

8-057-318

519755

KMHVF21NPRU065091

10-600720-242-TC

NATHALIE RAQUEL ZAMORA BALTODANO

1-1346-0841

811339

KMHVF21LPVU453850

10-600754-242-TC

FLOR IVETH DEL CARMEN SOTO FERNÁNDEZ

6-228-168

309110

JN1PB15S198649

10-601050-242-TC

WIROQUI S. A.

3-101-379489

603842

2CNBJ1865T6933517

10-601066-242-TC

ILSE SOTO AVILA

1-353-137

MOT-281305

L5DPCKB28AZL00294

11-600074-242-TC

COMERCIALIZADORA SIGMA DE SAN RAMÓN S. A.

3-101-119333

CL-194273

9BD25521348731045

11-60406-242-TC

ELIZABETH SERRANO MURILLO

1-508-906

333814

KMHVF31JPPU845752

JUZGADO DE TRÁNSITO HATILLO

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-001288-0492-TC

GONZALEZ PAEZ KAREN YORLENY

1-0976-0784

446223

KMHJF31JPMU094066

11-001307-0492-TC

 HERMINDA LIDIA ARIAS SOLIS

2-0299-0773

532887

JT2EL46BXN0229170

11-001315-0492-TC

INTER KITCHENS S. A.

3101402717

CL-203160

FE639EA47218

11-001433-0492-TC

INVERSIONES TB S. A.

3-101-094961

CL 200411

VF3GBWJYB3J580489

11-001491-0492-TC

SERVICIOS DE CONTROL ADMINISTRATIVO S. A.

3-101-134863

C 142593

JAAN1R71R67100195

11-001502-0492-TC

GORDON CRUICKSHANK GREGGORY

1-0936-0072

748071

VC517403

11-001510-0492-TC

BARRANTES RAMOS DIANA

1-1255-0535

853786

KMHJU81BDBU162836

11-001510-0492-TC

HERRERA ALFARO KATHERINE

1-1322-0194

889290

KMHCG51BPXU001978

11-001540-0492-TC

DELGADO PICADO JAZMIN

1-0718-0812

765650

1J8HR58288C237396

11-001542-0492-TC

IZAGUIRRE MOYA CARLOS MANUEL

1-0457-0312

TSJ 4582

KMHJF31JPRU734325

11-001544-0492-TC

SALGADO CAMARENO YADIRA

6 0106 0151

521976

KMHJF3IJPMU013997

11-001549-0492-TC

CODOBA FALLAS JONATHAN

110370387

878957

1HGES15342L009943

11-001563-0492-TC

MONTANARO HERNÁNDEZ SHIRLEY

1-0935-0345

700622

KMHDN45D61U130974

11-001591-0492-TC

TENORIO UMAÑA NEVAY MARIA

1-1025-0761

681932

JN1EB31P1PU215566

11-001598-0492-TC

ZAPATA BRENES ALBERTO

1-0470-0672

MOT-073178

C1LC440776

11-001598-0492-TC

MORA MONCADA MIRIAM

1-0822-0690

322337

EL530342517

11-001599-0492-TC

DELGADO QUIROS ALEXIS ALFREDO

1-0442-0121

CL-189209

FE639EA43783

11-001631-0492-TC

FERNÁNDEZ CERVANTES LESMES

9-0072-0439

353403

KMHJF31JPNU221526

11-001672-0492-TC

CHAVARRIA ARRIETA JUAN CARLOS

1-0406-0959

TAX SJ 25

KMHCG51BPYU046304

11-001711-0492-TC

ANNELISE BRAUN

1009095001

225929

1FMCU12TXHUC96966

11-001720-0492-TC

UMAÑA SÁNCHEZ ESTER

1-0538-0852

MOT 207300

LXELG14067A002196

11-001749-0492-TC

ARROYO ARAYA OSCAR GABRIEL

1-0600-0579

TSJ 332

KMHCG45G6YU066512

11-001984-0492-TC

CRISTOPHER SANDOVAL RODRIGUEZ

1 1112 0521

531170

1N4EB31F7RC759508

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-606704-489-TC-F

CAMPOS MESEN GILBERTO

103280524

877375

KMHJF23R0SU849240

11-606211-489-TC-F

COMERCIAL TAYU S. A.

3101097734

694644

KMJWWH7HP08U824

11-606136-489-TC-F

CORTEZA REAL AMARILLA SA. 

3101349585

848594

KMHCM41AABU559194

11-607107-489-TC-F

ANCYFER HERMANOS S. A.

3101155551

CL-125050

FE304BA61786

11-605836-489-TC-F-

INVERSIONES LIZANO Y CAMPOS S. A.

3101259620

592846

JTEGR20V600066561

11-603847-489-TC-F

PINEDA COREA NOLVIA CLAUDETH 

114990972

314260

KMHVD12J2MU122214

11-606836-489-TC-F

VARGAS GAMBOA KATERINE KRISSIA

603430911

826511

2HGEJ6676VH568865

11-605580-489-TC-F

MAKI AUTOMOTRIZ S. A.

3101242586

767984

2CNBE18C7X6935298

11-606493-489-TC-F

CASTILLO ARAYA ROBERTO CARLO

110130891

 MOT-303083

LB2TCK068B2034855

11-606627-489-TC

MULTISERVICIOS COSTARRICENSES PINTECH S. A.

3101553049

810902

JN1TENT30Z0150557

11-607102-489-TC-F

GRUDOS S. A.

3101091092 

861236

JMY0RK970BJ000179

11-604626-489-TC-F

ALFARO ZUMBADO ALEXANDER

204010948

MOT-205018

MD2DHS5Z38VE00465

11-603009-489-TC-F

SUAZO TERCERO ERVIN DANIEL

27011561450747

MOT-239235

MD2DZS5Z48FL00038

10-608958-489-TC-F

BRENES VALVERDE RICARDO A

111710064

310112

KMHLF31JXKU522268

11-606612-489-TC-F

TIENDAS DE CALZADO CALDERON S. A.

3101045819

CL-179538

1GCFG25W7V1052029

11-600914-489-TC-A

FALLAS MADRIGAL JUAN RAFAEL

1-0643-0299

TSJ 3935

KMHCG45C92U321741

11-607862-489-TC-A

RODRIGUEZ PINEDA MIGUEL ANGEL

1-0631-0160

571215

JMYSNCS3A5U000937

11-605462-489-TC-A

COMPAÑIA NOVOTEC DE COSTA RICA THM LIMITADA

3-102-215462

C 135893

1HSRKALR9TH214032

11-605462-489-TC-A

JIMENEZ VARGAS YESENIA

6-0248-0605

825055

JF2AN52B7MD412143

11-606653-489-TC-A

VILLEGAS ESPINOZA MARIA PAOLA

1-1358-0664

512485

NC780789

11-602037-489-TC-A

NOGUERA TOPF CRISTIAN

1-0927-0928

CL 240524

JY7017082

11-604809-489-TC-A

SEGURA GARITA PEDRO FRANCISCO

2-0319-0509

TSJ 4840

KMHCG51BPYU041306

11-604809-489-TC-A

GPH PROPIEDADES Y AFINES S. A.

3-101-356632

550700

JTEGR20V800050460

11-604478-489-TC-A

ORTIZ JIMENEZ EMMANUEL

1-1300-0392

585535

1N4EB31F8RC747352

11-605974-489-TC C

MENA ESPINOZA JOHN

7-164-382

MOT 261755

LC6PCKD2680800015

11-605974-489-TC C

ISRAEL VARGAS Y COMPAÑIA S. A.

3 101 050643

720551

JTEBY25J600059810

11-606419-489-TC C

CASTILLO ESCOBAR YOBESLY EDITH

155814034527

778078

KMHCG45C42U364447

11-606941-489-TC C

ARAYA SÁNCHEZ MARIO

1-256-369

405447

KMJFD37XPPU175798

11-606788-489-TC C

MONGE MUÑOZ LESLIE

1-803-614

TSJ 6195

KMHJF33M3SU825282

11-607556-489-TC C

CORPORACION BERLINA S. A.

3 101 118430

577584

JHLRD78405C203101

11-607556-489-TC C

ARRENDADORA ECO CONTRUCCION Y ALQUILER S. A.

3 101 432469

CL 187647

JTFAY117302001217

11-606922-489-TC C

BENAVIDES RAMIREZ KARLA MELISSA

1-1153-304

662549

1N4AB41D3VC778327

11-606922-489-TC C

CORPORACION AGUILEON S. A.

3 101 203092

C 25045

3,76136E+13

11-607533-489-TC C

WILL GREATNESS C R S. A.

3 101 306122

706221

WBAVA51028VA79250

11-605838-489-TC C

GAMBOA LÓPEZ MIRIAM

2-205-445

854483

KLY4A11BDWC050478

11-606722-489-TC C

VILLALOBOS GOMEZ ANA EUGENIA

1-425-970

807251

2CNBJ18C9Y6951323

11-606783-489-TC C

RUIZ GARCIA CESAR AUGUSTO

6-225-527

CL 238979

8AJFR22G304517094

11-606783-489-TC C

DIMOSA S. A.

3 101 049533

CL 236417

KMFZBN7BP8U416890

11-601237-489-TC

REP. LEGAL DE MAQUINARIA Y TRACTORES LIMITADA

3-102-004255

C-151817

3HTWCAAR67N552224

11-602998-489-TC

REP. LEGAL DE COMERCIALIZADORA TRANZAMBA LIMITADA

3-102-541296

708644

1C543393

11-603373-489-TC

RODRIGO GERARDO RODRÍGUEZ BARBOZA

1-0472-0375

C-140636

1FUYDCYB8TL728207

11-603846-489-TC

GREIVIN DANIEL PORTUGUEZ HERNÁNDEZ

1-0992-0663

361325

KMHVF31JPPU877935

11-604326-489-TC

REP. LEGAL DE CANITO CHIRRIPO INC S. A.

3-101-277935

C-145673

1FUYDSEB9XPA10861

11-604417-489-TC

ROSA MARÍA BARQUERO ARIAS

1-0391-0197

755095

JTDBR42E90J003701

11-604945-489-TC

WILSON GERARDO MEJÍA LONDOÑO

117000993534

CL-199772

1N6SD11S8SC406349

11-605185-489-TC

ALEJANDRA LUCÍA ARROYAVE RODRÍGUEZ

117000961807

276799

JT3VN39W4L0003279

11-605362-489-TC

BYRON ALPIZAR ZAMORA

1-0877-0507

MOT-221651

LZSXCHLE875000058

11-605391-489-TC

RONALD BARAHONA AGÜERO

1-0636-0024

TSJ-5123

JTDBJ41E00J002493

11-605664-489-TC

NESTOR ANDRÉS OROZCO DELGADO

019RE001930001999

227289

AT1510113000

11-605887-489-TC

REP. LEGAL DE SHOE EXPORT S. A.

3-101-364247

CL-193115

5TENL42N21Z834222

11-606185-489-TC

REP. LEGAL DE SOLUTRANS LOGISTICS S. A.

3-101-510749

C-154210

1FUYDZYB6TH726980

11-606220-489-TC

REP. LEGAL DE PREGO MOTOR DE COSTA RICA S. A.

3-101-102108

716535

9BR53ZEC208694205

11-606250-489-TC

EVELEYDIS CHAVES PÉREZ

1502067140008080

565721

4M2DV11W6SDJ60918

11-606265-489-TC

REP. LEGAL DE L G IMPORTADORA DE PARTES AUTOMOTRICES S. A.

3-101-168980

C-29307

CME87F55067

11-606616-489-TC

MAUREEN ROCÍO BRENES PÉREZ

3-0396-0611

291240

JB3CU14A7NU003618

11-606651-489-TC

REP. LEGAL DE INVERSIONES RICERVA S. A.

3-101-617043

792610

KMJWWH7BPVU010112

11-606723-489-TC

LUIS FERNANDO SING HERNÁNDEZ

5-1491-0418

459124

2CNBJ1866S6945240

11-607021-489-TC

JOSÉ ANTONIO FALLAS UREÑA

1-0218-0563

TSJ-1734

JTDBT903071121551

11-607136-489-TC

REP. LEGAL DE AUTOTRANSPORTES LOS GUIDO S. A.

3-101-100603

SJB-10242

9BM3840735B416502

11-607159-489-TC

LUIS GILBERTO ACOSTA MÉNDEZ

117000229223

MOT-153501

MDKDPS4Z96FJ00292

11-607301-489-TC

GONZALO ENRIQUE VARGAS SOLANO

1-0351-0145

320684

JM3LV5216L0210826

11-607301-489-TC

CLAUDIA VOYSEST DE COL

8-0096-0425

523831

JT2AC52L0V0287808

11-605831-489-TC

REP. LEGAL DE DESARROLLOS RESIDENCIALES PEÑARANDA S. A.

3-101-479743

C-149722

1M1AA14Y2XW107291

11-607302-489-TC-A

BRENES MONTERO AGNES ROCIO

1-0767-0511

CL 114038

AL720M-E91685

11-606519-489-TC-A

ALVAREZ MASSEY MARIA EUGENIA

1-0294-0496

527965

JN1TANZ50Z0000196

11-606441-489-TC-A

MONTERROSA PALMA MARIA IVONNE

1-0778-0354

339719

KMXKPE1JPXU242833

11-605548-489-TC-A

ZELEDON DEL VALLE ADRIAN MAURICIO

6-0360-0424

TSJ 4938

KMHCG45CX2U388400

11-605441-489-TC-A

VALVERDE PORRAS ENRIQUE

1-0382-0346

TSJ 5754

KMHCG45G0YU087503

11-604770-489-TC-A

DIAZ HERRERA GERARDO ANTONIO

1-0488-0721

TSJ 929

KMHCG51BPYU077435

11-604794-489-TC-A

PINILLA LUIS FRANCISCO

CC17301298

382641

KLATF69YEYB523072

11-604758-489-TC-A

BLANCO UMAÑA JOSE RAFAEL

2-0284-1059

126981

EE800212922

11-604686-489-TC-A

LOPEZ MOYA ADRIANA GABRIELA

1-1487-0682

735960

WC713332

11-604197-489-TC-A

CAMBRONERO ARTAVIA MARIA DEL ROCIO

1-1039-0418

858877

JM7BL12Z0B1192914

11-604094-489-TC-A

VARGAS AVALOS VICTOR MANUEL

1-0377-0040

TSJ 4260

3N1EB31S0ZK108581

11-604094-489-TC-A

GARRETA LIZANO RONALD ANTONIO

1-0491-0561

622187

KNADC123726145524

11-603328-489-TC-A

LOPEZ CASCANTE FERNANDO

1-0314-0420

421381

1YVGE22CXS5396442

11-602550-489-TC-A

GUTIERREZ ARIAS XIOMARA LETICIA

1-0626-0767

740921

KMHVA21NPTU134420

11-601817-489-TC-A

RODRIGUEZ RODRIGUEZ CLARITA DE LOS ANGELES

7-0165-0304

476349

KPTE0B1DS2P281337

11-601713-489-TC-A

GENE HERRERA OSCAR

3-0111-0617

CL 99969

LN65-0055500

11-604549-489-TC-A

SALAZAR OBANDO RONNY

1-0615-0046

372340

3N1EB31S8ZK101538

11-600159-489-TC-A

J S DESARROLLOS TECNOLOGICOS EN SOFTWARE S. A.

3-101-514612

670447

1HGEG8547SL008238

11-603970-489-TC-D

MARÍA MARIBEL BUSTOS ORTIZ

5-0122-0616

634970

JTDBT933901000776

11-601921-489-TC-D

R Y E DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

3101187584

CL-223227

JTFHK02P200003870

11-605760-489-TC-D

MAURICIO DELGADO CARVAJAL

2-514-926

C-153712

MKA210E65581

11-607519-489-TC-D

CORPORACIÓN FUFO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101116183

325531

JMBORV450XJ000814

11-607577-489-TC-D

VILLALOBOS CHAVARRÍA VICTOR HERNAN

103810652

TSJ-3301

JTDBJ21E604012108

11-607605-489-TC-D

CORRALES SOLÓRZANO MAURICIO

1-894-0970

640406

2T1BB02E0TC145836

11-607368-489-TC-D

ROSEMARY GUEVARA UMAÑA

1-0396-1182

759772

JTDBT923501268032

11-607484-489-TC-D

COOPERATIVA DE TRANSPORTE DE USUARIOS DE ATEN AS R L COOPETRANS ATENAS

3004071307

AB-3726

9BM3820734B377478

11-607213-489-TC-D

LUIS CASTILLO SAGOT

1-0243-0969

535516

JT2EL56D5S0109277

11-607262-489-TC-D

ROGER MADRIGAL CRUZ

1-0685-0568

TSJ-3381

KMHCG45C92U278521

11-607310-489-TC-D

GERARDO CAMBRONERO AGUILUZ

2-0510-0861

TSJ-5240

KMHVF31JPRU958416

11-606078-489-TC-D

EQUIPOS E INSTALACIONES ELECTROMECANICAS EQUI LSA LIMITADA

3102096040

329476

EL530337608

11-606054-489-TC-D

RODRÍGUEZ ALFARO BERTHA CRISTINA

206620889

453751

1HGEJ2124RL023146

11-602208-489-TC-D

FLOR MARIA SOLANO CORDOBA

1-0740-0830

399253

KMHVF31JPMU442086

11-606224-489-TC-D

ALEXANDER MONTOYA GARITA

1-612-520

LB-113

1C9AAM276RR493902

11-607068-489-TC-D

CAROLINA CARVAJAL LIOS

1-1374-0434

822899

KMHCG45G9YUO86401

11-605204-489-TC-D

OSCAR ALBERTO OCAMPO CANO

1-0582-0808

TH-741

KMHCF51FP2U158908

11-605154-489-TC-D

MEJIA LONDOÑO WILSON GERARDO

117000993534

CL-199772

1N6SD11S8SC406349

11-604601-489-TC-D

LAURA SOLORZANO CORRALES

1-1083-0219

714093

VC752304

11-001061-492-TC-D

MARÍA ESTER SALAS VARGAS

202270514

TSJ-4586

KMHVF21NPTU297101

11-607020-489-TC-D

EUROPISOS MODERNOS S. A.

3101337315

432359

JN1TBSY61Z0502326

11-607020-489-TC-D

ALEJANDRO SECUNDINO MAYORGA BLANDON

1270000950

432359

KMHJF31RPNU191715

11-607494-489-TC-D

ELIZABETH SERRANO MURILLO

1-0508-0906

333814

KMHVF31JPPU845752

11-604591-489-TC-D

IBÉRICO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101542738

CL-248840

AANLR55EA7100185

11-004972-174-TR-D

ORTIZ SEGURA ELANS DEL CARMEN

1-0720-0736

390740

JM7BJ10M100110300

11-606149-489-TC-D

WILLIAM HIDALGO MADRIZ

2-0290-0715

TSJ-4419

KMHVF31NPVU348824

11-606542-489-TC-D

WILLIAM DAVID ARIAS FALLAS

1-1009-0755

284423

JE3CU24A1MU049572

11-606098-489-TC-D

 PRODUCCIONES FRANCO SOCIEDAD ANÓNIMA

3101475612

707925

KMHCF35G8YU057260

11-606098-489-TC-D

LILLIAM CHINCHILLA GÓMEZ

1-0344-0854

TSJ-2063

KMHCG45C22U391954

11-607056-489-TC-D

HARSCO INFRAESTRUCTURA RA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101070401

CL-207283

JN1AJUD22Z0036438

11-606473-489-TC-D

FEMENIAS LUNA NOEL

1-781-846

TSJ-4640

KMHCG45G0YU120127

11-603891-489-TC-D

ZÚÑIGA FONSECA ANA LUCIA

1-809-0030

511472

KMHJF31JPRU774230

11-604659-489-TC-D

ANA LORENA NAVARRO GULLOCK

1-0500-0462

695137

JTDKB20U807594734

11-605255-489-TC-D

FRANCISCO DELMAR VALLEJOS RUIZ

1-0723-0483

596837

1N4EB32H4PC798859

11-001794-174-TR-D

MORA BRENES MARIA DE LOS ÁNGELES

303980800

CL-68915

V24-00877

11-607028-489-TC-D

YAKARTA INTERNACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA

3101173399

788760

2CNBJ13C026908228

11-607028-489-TC-D

MARIO NAVARRO QUIROS

1-1267-0703

684461

JTDBJ21E002010379

11-607203-489-TC-D

JOHNNY GRANDA LOPEZ

1-1201-0546

675941

KMHVA21NPSU118789

11-607203-489-TC-D

CAMINO ESTE DE CAL SOCIEDAD ANÓNIMA

3101519106

CL-220509

1GCHK23697F502098

11-606203-489-TC-B

CARLOS ALFREDO MORA JIMÉNEZ

1-0771-0555

CL-144146

BU1000102420

11-606945-489-TC-B

MARÍA ISABEL CORREA ECHANDI

1-420000690

396031

KMXKPE1BPPU031557

11-606520-489-TC-B

LUIS GERARDO VALVERDE BERMÚDEZ

1-1261-0588

MOT-155356

9FNAAKJC57000004

11-607055-489-TC-B

MARÍA LUISA MARÍN DIOSA

117000897317

746757

KMHVF21NPVU480750

11-606342-489-TC-B

MARIO BARBOZA UMAÑA

1-0478-0293

TSJ-6737

KMHVA21NPVU315521

11-605471-489-TC-B

ERICK TAVARA MARTÍNEZ

PA-1288157

667002

KMHVF24N3VU391985

11-603391-489-TC-B

SOLAYO SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-174103

801774

KMHBT51DP9U914036

11-606495-489-TC-B

JOSÉ ADAN SUÁREZ MENDOZA

27012229562068

684489

KMJWWH7HP7U794033

11-603886-489-TC-B

ROLANDO ZÚÑIGA HERNÁNDEZ

1-0588-0481

TSJ-5518

KMHCG41FPXU010804

10-009564-174-TR-B

EL SEGUNDO CARRO NUEVO DE ERSTHSA S. A.

3-101-330005

371449

JTDKW113300013265

11-603934-489-TC-B

TRANSPORTES ANTARES S. A.

3-101-338255

C-151675

1FV3HLAA5VH702424

11-604439-489-TC-B

VENERO MONTOYA ROJAS

6-0143-0957

TSJ-1164

KMHCG45C34U506631

11-605495-489-TC-B

KENNETH BARAHONA ARCE

1-0584-0671

TSJ-473

KMHVF24N5VU381569

11-605319-489-TC-B

MADRIGAL MATHIEU GUSTAVO

1-0733-0604

360365

KMHJF31JPNU286010

11-605319-489-TC-B

AGUIRRE ARIAS RUTH

135RE013765001999

MOT-257298

MD2JBS4Z28FA00459

11-603518-489-TC-B

INVERSION CATALANA LATINA S. A.

3-101-278242

CL-216355

JN1CHGD22Z0744529

11-607761-489-TC C

LIZANO BLANCO PATRICIA

1-800-277

CL 257926

1N6DD26Y5WC312611

11-607403-489-TC C

INMIA A&M S. A.

3 101 597401

706205

2T1BR12E6WC077015

11-607403-489-TC C

GUTIERREZ VALENCIA ROBERTO

1-939-144

268078

JN1GB22S9KU013444

11-606806-489-TC C

INVERSIONES OSVI DIEZ LTDA

3 102 205419

292063

JN1PB11S9GU679156

11-606329-489-TC C

EDICIONES SANABRIA S. A.

3 101 120015

CL 164564

KNCTB2412X6327185

11-607483-489-TC C

MORRIS FENNELL CAROL VERONICA

7-084-882

715078

3N1CB51D4YL349363

11-607931-489-TC C

CAMPOS ARCE ANA LORENA

4-1021-117

TSJ 5840

KNADB2222Y6258467

11-607931-489-TC C

SERVICIOS DE RUTEO SERUSA S. A.

3 101 319071

CL 235810

LETYEAA128HN08922

11-607608-489-TC C

FALLAS LOPEZ MARCO TULIO

1-637-378

887667

KPDAB7E81WP069912

11-607568-489-TC C

MORA NAVARRO GUADALUPE

1-973-744

580227

JSAEHA62S45103135

11-607387-489-TC C

GARITA VARGAS MAX URIEL

1-793-497

TSJ 4162

KMHJF25F4XU774343

11-607787-489-TC C

BONILLA MOJICA HERALD EDUARDO

1-1436-851

520517

JACCH58EXL7906864

11-607845-489-TC C

DIAZ MORA VIRGILIO ANDRES

1-1007-570

260161

2HGED6349LH571094

11-607415-489-TC C

ARTAVIA SOLANO ALFREDO DE JESUS

1-979-801

355062

1N4EB32A8NC802511

11-22112-648-PE C

FLORES NUÑEZ GERARDO ANTONIO

1-1297-719

MOT 250369

LBPKE129090031715

11-608036-489-TC C

ALFARO ZAMORA OSVALDO

2-309-597

727126

JN1BCAC11Z0012953

11-607954-489-TC C

BRENES TORRES MARIA SURALLY

2-444-636

810222

KMHVF21NPTU346059

11-607640-489-TC C

RAMIREZ JANNET DEL ROSARIO

135RE049049001

340287

JE3CU56Y2LU001797

11-607604-489-TC C

GONZALEZ OBANDO JIMMY

1-827-244

GB 2011

KMJHD17AO7C03761

11-607604-489-TC C

VINDAS SILIEZAR MARCELA

1-1161-217

247973

2HGED6341MH541119

11-607831-489-TC

REP. LEGAL DE COOPANA R. L.

3-004-045200

SJB-8956

9BWRF82W23R301705

11-607831-489-TC

REP. LEGAL DE ARRENDADORA RENTABUS A R S. A.

3-101-336191

294452

JS3TD02V5P4107415

11-605853-489-TC

MANUEL IVÁN MADRIGAL MESÉN

1-1290-0529

MOT-271743

LBPKE129490036254

11-607726-489-TC

ELECTRONIC ENGINEERING S. A.

3-101-017208

792372

KNAJH521895025555

11-605674-489-TC

FREDDY ALPIZAR ARIAS

1-0485-0729

TSJ-2474

KMHVA21LPSU095854

11-607025-489-TC

ROSA IDALYA ESPINALES LÓPEZ

C-1059012

CL-162750

1N6SD11S0RC413404

11-607194-489-TC

MARJORIE DE LOS ÁNGELES MORALES NAVARRO

6-0330-0964

688954

JDAM301S001056963

11-605955-489-TC

MARÍA ISABEL ÁLVAREZ SOLANO

2-0189-0921

343191

KMHLD21J8KU331002

11-600192-491-TC

RAHIZA ALBARRÁN ALBARRÁN

480-109141-898

648529

KMJWWH7BPYU238271

11-606087-489-TC

CLAUDIO SANDÍ VARGAS

7-0072-0737

TSJ-4487

JTDBJ21E102010942

11-606699-489-TC

REP. LEGAL DE TRANSPORTES SAMA SM DEL SUR S. A.

3-101-252580

C-154847

1FUPDSEB8XLA38590

11-607037-489-TC

RIVAS SOLIS HARRY MIGUEL

1-915-859

254314

JN1CN34S5JM01570

11-607037-489-TC

GENESIS TRAVEL GROUP LTDA

3-102-618398

SJB-12919

JTFSK22P500012595

11-605231-489-TC

ADICIONALES TÉCNICOS S. A.

3-101-272801

CL-201791

JTFAD426600101813

11-602998-489-TC

COMERCIALIZADORA TRANZAMBA LTDA

3-102-541296

708644

1C543393

11-607976-489-TC-F

CHAVEZ ZUÑIGA MICHELLE COSSETTE

800910988

843443

KNABJ513ABT01831

11-607976-489-TC-F

RODRIGUEZ ALVARADO OSCAR MARINO

601010472

TSJ -- 006747

KMHCG45CX2U294369

11-605277-489-TC-F

RODRIGUEZ LOPEZ KATTIA SHIRLEY

108470971

813304

KMHVA21LPWU354035

11-605522-489-TC-F

SAVILLE BRIAN STUART

PAS-070494270

698223

KM8SC83DX1U091751

11-606196-489-TC-F

SOLANO BRICEÐO ANA CECILIA

800500732

CL -- 148594

JM2UF3111H0611560

11-606196-489-TC-F

AYALES ALVARADO JULIA

202761454

TSJ -- 005091

JTDBJ21E204014714

10-606597-489-TC-F

MORA BARRANTES MARIA DE LOS ANGELES

104730918

CL -- 179296

9BD25521518693645

11-605859-489-TC-F

PALACIO CALERO JAIRO JOS

155800267332

764816

KMHVA21NPTU223497

11-601542-500-TC-F

ARAYA MURILLO MARTHA

203620513

310273

KMHVD12J9MU087462

11-601542-500-TC-F

SOLIS SAENZ DANILO GERARDO

501710871

CL- 061299

GNL620902754

11-605542-489-TC-F

JIMENEZ GOMEZ EVELYN

110820866

HB -- 002558

1HVBBACN5SH607395

11-605650-489-TC-F

CAMPOS RODRIGUEZ FRANCISCO

401010425

453378

KMJRD37FPSU152540

11-606841-489-TC-F

ROXICAR SOCIEDAD ANO NIMA

3101250551

C -- 131286

JHDFB4JGSYXX11794

11-606841-489-TC-F

H J SISTEMAS SOCIEDA D ANONIMA

3101165205

801626

LGKZ32G7599164018

11-607112-489-TC-F

MORENO SILVA PABLO CESAR APOLINAR

4136769

CL -- 186359

1FTNW21F91EA03244

11-605670-489-TC-F

CHAVES CHAVES OMAR

301330008

TSJ -- 006447

KMHVF31JPRU989810

11-605670-489-TC-F

BARQUERO RETANA ALBERTO

104030795

TSJ -- 003339

KMHCG45CX2U371578

11-601953-489-TC-F

CUBILLO ANGULO JUAN CARLOS

105880102

TSJ -- 006130

KMJFD37APTU334107

11-601953-489-TC-F

ALVARADO ZELEDON OKI GRACE

502480003

779188

KMHDN45D51U035905

11-607042-489-TC-F

HARLEY CHAVES ERIKA

502210809

818585

WBAPF7105AA498130

11-607586-489-TC-F

MONGE MONGE MARVIN

104830181

CL -- 070809

RN16006651

11-004806-174-TR-F

CREDIBANJO SOCIEDAD ANONIMA

3101083380

727908

JS3TD54V284102135

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-000560-0174-TR

VILLALOBOS ARAYA JAIRON DAVID

111960241

396525

KMHVF31JPPU733581

11-000924-0174-TR

SANDI ALVAREZ EDUARDO ESTEBAN

110990742

159125

KMHLF21J4HU116249

11-001463-0174-TR

BARQUERO ALVARADO KATTIA DE LOS ANGELES

107730184

212521

EE900329014

11-001463-0174-TR

ANDACAVA INTERNATIONAL SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR GUILLERMO CARVAJAL SOLIS

3101528721

CL 250904

JT4RN81AXM5100758

11-003173-0174-TR

BLANCO RODRIGUEZ ELIECER

203190696

TSJ 000522

1N4AB41D6TC720886

11-003333-0174-TR

ARTOLA CASTILLO MIGUEL ADOLFO

CR: 155804209925

TSJ 000461

KMHCG41BP2U367601

11-003343-0174-TR

EMPRESA CONSTRUCTORA EDIFICACIONES TECNICAS SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR ALVARO MARTIN ARAYA CASTILLO

3101324136

CL 207439

8AJFZ29G706014274

11-003553-0174-TR

KOPPER MORALES DONALD

202720897

263899

DSNCK4ATU00859

11-003590-0174-TR

RODRIGUEZ VILLALOBOS RODRIGO

502220291

569570

EE900233022

11-003640-0174-TR

ARTAVIA VILLALOBOS RAFAEL ANGEL TRINIDAD

400620823

CL 144240

JM2UF3114H0585648

11-003715-0174-TR

GARRO ROJAS OSCAR LUIS

601450838

CL 089634

FB300A000758

11-003715-0174-TR

CONTRATEL DOS MIL A SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR RAFAEL CHAVARRIA ARROYO

3101202428

771935

JS3JB43VX94300469

11-603744-0489-TC

OLAZO LEMAITRE GRETHEL LORENA

602490841

237451

JT2AE92W7K3228244

11-003816-0174-TR

MENDEZ GONZALEZ OLIVIA

CR: 72616120100384

758616

1HGEG8644NL032015

 11-003956-0174-TR

CLARKE TAYLOR BUDD SALOM

11857499

MOT 002727

F.I.

11-003959-0174-TR

CARMONA VILLEGAS WILBERT GABRIEL DE JESUS

601050733

MOT 209424

LXEMA140X7A004099

11-003986-0174-TR

CENTENO MARTINEZ MARIA AUXILIADORA

104180191

SJB 008774

KN2DAM8J3TK001270

11-004103-0174-TR

BRENES GONZALEZ ANA MERCEDES

110580987

415015

KMHVF21JPPU857900

11-004124-0174-TR

ALVAREZ VARGAS MAIBOL LIZZETT

107250451

248212

1HGEJ8544TL032838

 11-004228-0174-TR

CARVAJAL NAVARRO RODOLFO ANTONIO

109380546

455685

KMHJF31JPMU095528

11-004365-0174-TR

LA GRANDESA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR GERARDO MORA MORA

310135666

402487

JT111VJ9500074452

11-004444-0174-TR

RAMIREZ HERNANDEZ EDUARDO ANTONIO

105590422

TSJ 003195

KMHVF11MPRU928738

11-604613-0489-TC

ROJAS VARGAS FRANKLIN GERARDO

900550624

TSJ 004167

JTDBT123630277401

11-604617-0489-TC

VALERIO BARRANTES HUMBERTO

203030402

504037

1G8ZJ5578PZ216640

11-004767-0174-TR

BOLAÑOS MONTERO MARJORIE DE LA TRINIDAD

105990968

636571

1J4G248S0YC300390

11-004870-0174-TR

SANCHEZ FONSECA LUIS GUILLERMO

301941306

C 143633

1FUYDSEBXVL823692

11-004870-0174-TR

DISTRIBUIDORA DE LICORES INTERNACIONALES M Y M SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR MANUEL MATA MATA

3101204399

615792

3N1AB41D2VL006760

 11-005004-0174-TR

MORA CASARES RUSS MARIANI

114140142

511388

KMHVF21NPRU002568

11-005035-0174-TR

MI PRIMER CARRO S. A., REPRESENTADA POR ROGER ANTONIO HIDALGO ZUÑIGA

3101150663

206496

F.I.

 11-005053-0174-TR

SANABRIA VARGAS RAFAEL MARTIN

302260377

78276

B210B75358

11-005057-0174-TR

 INVERSIONES INMOBILIARIAS CASTILLO DEL BOSQUE DOS MIL SEIS SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR JOVEL MIRANDA MEDINA

3101423340

MOT 198527

LAEMNZ4048B932245

11-005080-0174-TR

RODRIGUEZ BARQUERO ARLETTE MARIA

204350060

AB 004087

JTFSK22PX00001690

11-005175-0174-TR

CARUZO LEAL RODOLFO

501650665

836476

1N4AB42D7SC512108

11-005187-0174-TR

ESQUIVEL SOTO ALVIN ANTONIO

900570456

250140

F.I.

11-605357-0489-TC

EDITORIAL MANZALEZ LIMITADA, REPRESENTADA POR MANUEL ANGULO GONZALEZ

3102205860

386922

PL1C97LNLYB435150

11-605448-0489-TC

JIMENEZ & SANDOVAL ASESORES SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR JOHNNY JIMENEZ QUESADA

3101333630

795520

2CNBJ13C426943483

11-005644-0174-TR

ARAYA BALLESTERO ADRIANA MARIA

114750907

125980

VC120037331

11-005644-0174-TR

DIAZ UREÑA JOSE ALBERTO GERARDO

107340691

384793

JN1EB31F9PU507022

11-005651-0174-TR

RODRIGUEZ LOPEZ HELEN ADRIANA

112530474

735017

TC788637

11-005651-0174-TR

MONGE GUERRERO CARLOS RODOLFO

108980185

488801

1FMZU73EX2ZB86314

11-005908-0174-TR

CAMACHO CALDERON ELIHUD MAURICIO DE JESUS

401460648

TSJ 000312

3N1EB31S3ZK116576

11-005908-0174-TR

SEGURIDAD ESPECIALIZADA ELITE R.E. SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR RAFAEL MATARRITA PEREZ

3101518117

331417

F.I.

11-006016-0174-TR

 EL SEGUNDO CARRO NUEVO DE ERSTHSA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR MARITZA VARGAS CALDERON

3101330005

MOT 165691

9FNAJKKV570004597

11-006126-0174-TR

TRANSPORTES AVILA CASTRO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR ADRIANA VARGAS ALVAREZ

3101149676

C 157173

D348115

11-006178-0174-TR

CUBILLO PICADO NEFTALI DE JESUS

105560901

SJB 008825

9BSK4X2BF23535817

11-006178-0174-TR

 INTERMANAGEMENT COSTA RICA LIMITADA REPRESENTADA POR JAVIER LEON LONGHI

3102361039

CL 199446

JAANPR66L57100270

11-006250-0174-TR

CONSTRUCTORA VILLARREAL SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR ALBERTO JOSE VILLAREAL CASTRO

3101411863

CL 248565

JL7001159

 11-006514-0174-TR

ROY SUND ERIK SIGURD

106790317

179826

JT3YR26WOG5002882

11-006558-0174-TR

HURTADO GARCIA ZOILA ROSA

106700517

753677

KL1TD61T68B219047

11-006579-0174-TR

MURILLO ACUÑA GERARDO

103540375

TSJ 001226

KMHVF21NPTU389183

11-006655-0174-TR

HERNANDEZ CASTRO MOISES

501730598

CL 141528

F.I.

11-006822-0174-TR

PEREZ ESTRADA JOSE MANUEL

108520720

775419

KMHVF21NPSU184079

 11-006905-0174-TR

MORA GUTIERREZ MARCELA MARIA

106640126

838116

2C527603

11-006907-0174-TR

ALFARO PITA MARIANA DE LOS ANGEL

111480549

696918

JTDBT933301176710

11-006980-0174-TR

QUIROS RUIZ JOSE LUIS DE LA TRINIDAD

501600167

182407

DSNCB1APU06618

11-006980-0174-TR

AVILA HERRERA SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR EDUARDO AVILA GARITA

3101340631

862207

JS2YB21S4B6300283

11-007039-0174-TR

VALDIVIA SING ROBERTO

113690056

222698

WBACA41020AG84396

11-007062-0174-TR

SANABRIA GUZMAN SERGIO MANUEL

106740154

TC 000067

JTDBJ21E102003117

11-007062-0174-TR

ALMACEN FISCAL LOS LEONES SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR CARL WILHELM JENSEN PENNINGTON

3101072507

655141

VF7LCRFJF74499331

11-007095-0174-TR

BARRANTES DURAN GERTRUDIS ISABEL

301720684

635194

JTDBT923501019858

11-007097-0174-TR

 LIZANO FIGUEROA YESENIA MARIA

303510031

C 130955

1FUPACYB9KH341753

11-007097-0174-TR

GROSSI VEGA WILLIAM ALBERTO

107430231

TSJ 006180

JTDBJ21E904005489

11-007109-0174-TR

VARGAS BURGOS KENNETH EULOGIO

111250254

270810

KMHLF31J5GU027763

11-007110-0174-TR

ACUÑA VALERIO LUIS ANGEL DE LA TRINIDAD

401030193

CL 207078

FE639FD40589

11-007115-0174-TR

SOLORZANO SALAZAR WILBERT DAVID

109280323

265059

KMHLA21J5HU176913

11-007215-0174-TR

FONSECA MONTOYA KEVIN ALBERTO

114560349

268930

KMHVF12J8MU366413

 11-007220-0174-TR

 SBI NEGOCIOS ESTRATEGICOS INTERNACIONALES SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR RAFAEL ALBERTO ALONSO SAEZ

3101274248

637758

JTEZU14R468055325

11-007268-0174-TR

LOPEZ GUARDADO VILMA ARELY

CR: 220968253507

CL 179400

KMJWVH7BP1U249335

11-007336-0174-TR

 CHINCHILLA PICADO CARLOS MANUEL

103900999

 TSJ 002219

KMHVF21LPTU345323

11-007365-0174-TR

COOPERATIVA DE TRANSPORTES Y SERVICIOS MULTIPLES DE TAXISTAS R L, REPRESENTADA POR EDGAR EMEL CASTRO DIAZ

3004045644

100928

VC120052714

11-007490-0174-TR

ROCHA MARIN NANCY DE LOS ANGELES

110950168

890795

MA3FC31S9BA395728

11-007599-0174-TR

LEOPARDO DORADO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR CHING YI YANG

3101223286

CL 222992

1N6DD26S62C391602

10-007323-0174-TR

NOVENTA KILOMETROS POR HORA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR GLORIANA ROJAS SAENZ

3101309132

477325

VF32AN6AD2W018913

11-000574-0174-TR

SUAREZ MUGUIRO REINALDO ARTURO

PAS: 08140097929

685583

VF1LMB50637225219

11-001861-0174-TR

 SOLANO HERRERA GEOVANNI

301580364

810209

RN1300012395

11-001861-0174-TR

CASTRO MORALES CHRISTIAN LIDIER

110610399

691643

SXA117132652

11-002437-0174-TR

 VALDES GONZALEZ JORGE

CR: 1280004470

226375

JB7FJ43E2HJ034145

11-002634-0174-TR

ZUÑIGA Y PEÑA Z Y P SOLUCIONES SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR SARA ZUÑIGA GUTIERREZ

3101434877

CL 218704

1FTWW31P95EB90154

11-003491-0174-TR

LEZAMA MONTENEGRO ELISA CAROLINA

CR: 27002162070116

387028

F.I.

11-003620-0174-TR

CASTRO VARGAS GAUDY VANESSA

109250391

266007

KMHVF31NPVU333431

11-003620-0174-TR

AVILA HERRERA SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR EDUARDO AVILA GARITA

3101340631

MOT 284857

LZSPCJLG3A1906092

11-004011-0174-TR

FINANCIAL & LOGISTICS SERVICES LIMITADA, REPRESENTADA POR ALBERTH LORENTE MARENCO

3102447536

MOT 296897

9C2MD2899BR100014

11-004143-0174-TR

ARGUIJO ARGUIJO KARLA PRISCILA

114310938

382118

KMHVF31JPMU493147

 11-004177-0174-TR

GAMBOA ARRIETA YORLENY MARIA

401560074

351290

WDB1680331J283722

11-004235-0174-TR

 MULTIDIV DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR JOHNNY ALBERTO MARTINEZ ALVAREZ

3101508188

714448

2T1BA02E6VC224420

11-004383-0174-TR

MEDINA CALDERON PABLO

113560688

848534

KMJRD37FPWU410493

11-004472-0174-TR

SERVICIOS ADMINISTRATIVOS MP SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR ALONSO RUGAMA MONGE

3101531389

753206

1HGEG8640RL007988

 11-004565-0174-TR

TRANSPORTES EUDES SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR ALEXANDER CAMACHO VALVERDE

3101274611

C 133924

1FUYDZYB7RH864732

11-004921-0174-TR

SABRITAS DE COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, REPRESENTADA POR ABELARDO BRU FONTICIELLA

3102169101

CL 200143

LH1726122923

11-005118-0174-TR

 NANAVI DOS MIL CINCO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR NAJLE DEL MILAGRO NASRALAH VIQUEZ

3101403227

578388

F.I.

11-005147-0174-TR

LEITON RODRIGUEZ SUE HELLEN

113030558

199522

1GNCT18R7J8108882

11-005161-0174-TR

JIMENEZ FONSECA DIEGO JOSE

114100844

447440

JS2GA31W225400010

11-005269-0174-TR

JOTAENEUNO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR JEFFREY RAMIREZ GONZALEZ

3101461645

733394

KMHJM81BP8U830638

11-005369-0174-TR

 HAIM CEBALLOS ANDRES

CR: 30285420010012

 MOT 079579

3TS050839

11-005371-0174-TR

PRADO ARAYA JOSE ANTONIO

203630285

874485

KMHVF21NPRU034552

11-005460-0174-TR

BARQUERO VILLALOBOS JOSE LUIS

400850467

TSJ 000254

KMHJW24M0VU054955

11-005467-0174-TR

ARRIETA BOGANTES GLORIA MAYELA

204420595

872261

JT3GP10V8Y7075435

 11-005494-0174-TR

VARGAS GONZALEZ ROGER GERARDO

107990500

475133

 KNAFC523125087986

 11-005494-0174-TR

DELGADO CECILIANO MANUEL ENRIQUE

105590818

296493

1NXAE94A7NZ362416

11-005500-0174-TR

3101535279 SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR WAGNER VILLEGAS VARGAS

3101535279

CL 217138

MR0CS12G200036796

11-005506-0174-TR

JUMEX COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR EUGENIO LOPEZ RUEDA

3101498648

CL 227302

JTFHK02P800004666

 11-005511-0174-TR

 ALMACEN INCA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR ELIECER ALVARADO ARIAS

3101156144

297074

JF1SF5LJ4WG013852

 11-005720-0174-TR

 ELIZARD LOUNGE INTERNATIONAL CORPORATION SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR BERTA ECHEVERRIA PACHECO

3101479654

721848

WBAPD91068WG43631

11-005765-0174-TR

TRANSPORTES ARGU SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR FRANK ARGUEDAS VARGAS

3101526638

C 138212

1FUYSSEB3WL917324

11-005785-0174-TR

CUBERO ARTAVIA JOSE MAURILIO

107440060

TSJ 005255

KMHCN41CP8U224620

 11-605930-0489-TC

COMPAÑIA MABREJIM SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR GRACIELA IRENE SEQUEIRA SOSA

3101596112

785553

JM3LW28AX50532097

11-005932-0174-TR

 COTO ORTEGA REYNALDO

302000726

MOT 100189

JYA1TA002GA000423

11-005942-0174-TR

CUADRA SANDINO MORLAN JOSE

 CR: 27016738409724

MOT 082648

JD041200023

11-005956-0174-TR

 OCAMPO QUIROS VINICIO JOSUE

205610812

251277

JN1GB21S5KU541015

11-005974-0174-TR

SANCHO RAMIREZ LUIS MANRIQUE

105690039

294544

JHMEG8548NS035116

11-005980-0174-TR

ALFARO MOREIRA CARMEN MARIA DE LA TRINIDAD

401250344

C 143238

YB3U6A3A0HB412311

11-006033-174-TR

VEGA MONTOYA JUAN CARLOS

105870432

TSJ 5056

JTDBJ41E30J001970

11-006033-174-TR

RIVERA GAMBOA RAFAEL GAMBOA

112960320

MOT 273243

LC6PCJG9290808567

 11-006097-0174-TR

SOMARRIBA OSORNO EVELIA MARIA

900350736

149011

IN4PB12S5GC796045

11-006133-0174-TR

SANCHEZ ZUÑIGA LIGIA MARIA

111570571

891714

KMHCG51FPYU080027

 11-006155-0174-TR

MOLINA MORERA CARLOS FRANCISCO

109430790

 TSJ 001202

KMHCG41BPXU053230

11-006173-0174-TR

HERNANDEZ ARAYA VICTOR LEONEL

602560433

MOT 295457

ME1KG0442B2008885

11-606202-0489-TC

VASQUEZ LEITON MARIA ANGELA

104630008

520770

JS3TD62V2X4103910

11-006289-0174-TR

BERMUDEZ MATARRITA RAFAEL

602540488

TSJ 4398

KMHCG41BPXU036988

11-006290-0174-TR

TENORIO RUIZ ANA ISABEL

500910939

32670

LB310A76388

11-006300-0174-TR

EDUARTE VEGA NOYLIN ROCIO

110400824

286250

FB13613274

11-006341-0174-TR

VARGAS GUEVARA VERA VIOLETA

301690771

836520

JTDBT123520222159

 11-006350-0174-TR

AGUILAR VARGAS JUAN RAFAEL

202940509

386652

JT3HN86R3Y0276102

11-006359-0174-TR

ARCEYUT BERMUDEZ NIDIA ARGENTINA

700530671

622352

1Y1SK5367RZ103517

11-006376-174-TR

ARCADIA VIDEO A & V S. A., REPRESENTADA POR RODRIGO CHAVES CALVO

3101138234

353305

1HGEJ722XVL128084

11-006377-0174-TR

QUESADA PEREZ CARLOS

303130583

MOT 305280

MD2DUS5Z3BFJ00063

11-006377-0174-TR

FERNANDEZ VAGLIO CONSTRUCTORA S.S. REPRESENTADA POR MANUEL ENRIQUE FERNANDEZ VAGLIO

3101064465

835667

KMHDU41BAAU993799

11-006379-0174-TR

VALVERDE MORALES ROGER ANTONIO

107460718

849634

KMHVF31JPRU961010

11-006420-0174-TR

 VEGA QUIROS JOSE ANTONIO

102150012

CL 110097

BU880007493

11-006432-0174-TR

ALVAREZ AZOFEIFA BLANCA ROSA MARIA

104140659

CL 110728

V11600461

11-606435-0489-TC

CONDUCTEL DOS MIL SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR RANDALL TAMAYO OCONITRILLO

3101267959

465921

WDB2030451F208279

11-006472-0174-TR

NAVARRO MORA JOSE DAVID

111670349

119643

WBAAK7100D9106985

11-006495-0174-TR

PRADO QUIROS DANIELA MARIA

113580987

214024

1N4GB22S6KC710174

11-006495-0174-TR

CONSORCIO EMPRESARIAL JUCARAME SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR JUAN CARLOS RAMIREZ MEZA

3101427204

618348

3N1CB51D11L516557

11-006500-0174-TR

LEANDRO CAMACHO VIANNEY

302070166

142537

AL250155915

11-006500-0174-TR

INVERSIONES MANDUR SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR FRANCIS DURAN ESQUIVEL

3101110484

708361

8AJYZ59G103019434

11-006525-0174-TR

LORENTE & GAMBOA LIMITADA, REPRESENTADA POR ALBERTH LORENTE MARENCO

3102136143

CL 213693

8AJFZ29G006028677

11-006650-0174-TR

SERVICIOS DE ARQUITECTURA DECORACION E ILUMINACION SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR LUIS DEMETRIO JIMENEZ MENA

3101220003

C 150222

JAAN1R71R87101346

11-006730-0174-TR

MARTINEZ RODRIGUEZ ALVARO

111440414

844689

JM7BK326401169122

11-006735-0174-TR

FALLAS NAVARRO VERA CECILIA

107550469

280037

EL310566230

11-006741-0174-TR

USC, SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR MANRIQUE CONSTENLA UMAÑA

3101449441

CL 241633

JAANPR66L87101799

11-006747-0174-TR

PHILLIPS OVIEDO CLAUDIA NURIA

202940404

385977

EL530393072

11-006786-0174-TR

RODRIGUEZ CARAZO EDSON FABRICIO

108930039

654164

JT2EL45F0N0079316

11-006846-0174-TR

VOLANDI RALPH ALLEN

PAS: 104199811

524556

KMHVF21NPRU063656

11-006922-0174-TR

 SERVICIOS Y REPRESENTACIONES RADE D G E SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR DENIS GUILLEN ELIZONDO

3101325051

463882

KMHSB81BP2U213822

11-006979-0174-TR

SUISEI LIMITADA, REPRESENTADA POR TAKEYA TAMARI

3102109790

 MOT 115388

C5KJ038736CE

11-007011-0174-TR

HERRERA PERALTA MICHAEL JOSE

113010734

824397

KMHVA21NPVU300578

11-007016-0174-TR

RUIZ MUNGUIA JORGE ARTURO

106630047

673301

JMYSNCS3A7U006717

11-007050-0174-TR

VALVERDE MORA ESTEBAN DE JESUS

112030704

506493

1HGEG8542RL036927

11-007069-0174-TR

BRICEÑO DIAZ ROSARIO TEODORA

600480010

400382

KMHVF31JPNU557294

 11-007086-174-TR

COTO JAEN EMMANUEL

110010423

TSJ 002832

KMHJF31JPSU900043

11-007152-0174-TR

MASIS CARVAJAL OLGA

301290147

509414

JT2EL46S1P0335381

11-007155-0174-TR

CENTRAL VETERINARIA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR BERNARDO VARGAS MC CALLUM

3101814375

C 131942

F.I.

 11-007165-0174-TR

SERVICIOS ADMINISTRATIVOS VARGAS MEJIAS SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR MARIO ORELLANA ROSALES

3101203897

780034

3N1EB31S7ZK742373

 11-007177-0174-TR

MARIN BONILLA JOSE MANUEL

112580756

357306

F.I.

 11-007202-0174-TR

VILLALOBOS FERNANDEZ JAIRY DE LOS ANGELES

110290422

505016

JF1BC2CL0CK045635

11-007221-0174-TR

TRIGUEROS LOPEZ JOSE LUIS

107200813

125556

F.I.

11-007221-0174-TR

 ARAYA MARIN LUIS FELIPE DE JESUS

105580971

157204

PZJ700004976

11-007229-0174-TR

 CASTILLO VARGAS EDUARDO

103411002

181503

JHMAD5453FC056774

11-007312-0174-TR

VASQUEZ SOTO HEIDY MARIA

109030555

676550

JN1BCAC11Z0005419

11-607340-0489-TC

CARGAS INTERNACIONALES GEORGE SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR MARIO QUIROS LEIVA

3101316367

C 143567

1FUYDSEB2XLA92410

11-007382-0174-TR

BENJAMIN GUTIERREZ SAENZ, REPRESENTADA POR BG&A ABOGADOS CORPORATIVOS SOCIEDAD ANONIMA

3101259324

471478

JN1CCUA33Z0170246

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE ACOSTA, SAN JOSÉ

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-600016-247-TC

VICTOR MORENO ROJAS

1-1111-0584

480942

KMHJF31JPNU161901

JUZGADO DE TRÁNSITO DE PAVAS Y ESCAZU

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-602398-0500-TC-3

KEVIN ALBERTO COLLADO JIMENEZ

700000089501

117677

BN13-001892

11-601134-0500-TC-2

YORLENI ROBLES BRENES

1-0608-0107

TSJ-005900

KMHCG45C72U305814

11-602072-0500-TC-2

IRENE KRUSE RAMIREZ, REPRESENTENTE DE DIONE S. A.

3-101-017642

133169

JT2KP61G5B5548691

11-601833-0500-TC-1

LUIS BARQUERO VILLALOBOS REP LEGAL DE ATI CAPITAL SOLUTION S S. A.

3-101-276037

863401

JMYXTGA2WBZ001521

10-601091-0500-TC-4

ALFREDO ORTUÑO VICTORY

01-0428-0302

142204

WBAHD21040BF310806

10-601860-0500-TC-4

DAVID IDEL SCHULTZ FAINGEZICH, REP DE NATURAL STONE DE COSTA RICA LTDA

3-102-545807

CL 236265

LETYECG2X8HN07206

11-601340-0500-TC-4

ROY ALEXANDER BRENES SERRANO

03-0327-0023

197608

1N4PB21S4JC814629

11-602619-0500-TC-4

MARIBEL CASTILLO TORRES

RES: 270148070082822

805948

KMJRD37FP2K533602

11-600705-0500-TC-1

RICARDO CASTILLO CASTELLANOS Y JOSE VILLALOBOS QUESADA REP. DE INVERSIONES DOCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO S. A.

3-101-183364

MOT 138461

LCGPAGA1860807088

11-600786-0500-TC-4

JUAN CARLOS MUÑOZ ARAYA Y JAVIER BERROCAL OBANDO, REP. DE ASA ASISTENCIA SEGURIDADS. A.

3-101-367964

MOT 289859

LB420YC08AC104787

11-600794-0500-TC-4

CARMEN MARÍA QUESADA CORRALES

01-0398-1488

423021

KMHVF31JPNU719470

11-600798-0500-TC-4

JOSE LUIS BONILLA MARÍN

01-0889-0928

166069

1Y1SK1941GZ193937

11-600958-0500-TC-4

IRMA VALVERDE MONGE

01-0263-0483

854578

KMHJF31JPRU674916

11-601241-0500-TC-4

ANDREA TATIANA MORA CRUZ

01-1414-0041

680324

JDAL881K000003173

11-601282-0500-TC-4

RICARDO FABIO PORRAS MORALES

01-0905-0372

MOT 215830

LAEMN24098B930952

11-601836-0500-TC-4

WILLIAM GERARDO GONZALEZ UGALDE

02-0308-0435

774435

JS2YA21S895101675

11-602114-0500-TC-4

SONIA MARÍA PORTILLA CORDERO

01-0397-0836

817054

JS3TD04VXA4602603

10-600779-0500-TC-2

BERNHEINR CORDERO ROBERTO

1-0753-0410

MOT-133894

9C2JD20105R520247

10-601065-0500-TC-2

ALFAGEME ENGELKES WENCESLAO

8-0050-0784

CL-125149

1GTCS14A4P0517182

10-601069-0500-TC-2

MERLIN GARRO ARIAS

1-0979-0033

CL-158217

4TAWN72N9TZ14476

10-601926-0500-TC-2

FRANCISCO MONTERO CAMPOS

1-0507-0536

433508

JS3TE21V1W410012974

10-601961-0500-TC-2

JOSE CHACON RODRIGUEZ

4-0112-0136

CL-198486

JAANKR55E57100091

10-602389-0500-TC-2

MARVIN ZUÑIGA MADRIGAL

1-0603-0176

TSJ-5674

KMHVF21NPSU229540

10-601893-0500-TC-3

LUIS FERNANDO GALLÓN ARIAS

PA: 10117477

495203

VF1BB130F27193262

10-602802-0500-TC-2

HUGO MADRIGAL CHAVES

1-0814-0589

TSJ-3089

9BR53ZEC208701265

10-602742-0500-TC-2

JAVIER BAZO ODOR, REPRESENTANTE DE BRB CUEROS INTERNACIONALES S. A.

3-101-370621

772584

60F7886

10-602888-0500-TC-2

WILBERTH JIMENEZ GUZMAN

1-1069-0303

MOT-058950

3XP006172

11-600490-0500-TC-2

BERLIOT PORRAS VARGAS, REPRESENTANTE DE 3101562816 S. A.

3-101-561816

795201

TMBBD45J693039788

11-600599-0500-TC-2

ANA QUESADA GARITA

1-0367-0863

455899

JN1CFAN16Z0015218

11-600660-0500-TC-2

VICTOR OJADA RODIGUEZ

2-0174-2020

3657

WDB12313012219036

11-600664-0500-TC-2

EXEQUIEL CASTILLO BARRERA

135RE084545001

423459

KMHVF21JPNU573936

11-600691-0500-TC-2

SEIDY GARCIA FALLAS

1-0783-0146

390867

2C1MR2468L6001858

11-600807-0500-TC-2

MARIA QUESADA RUIZ

1-0538-0343

487059

KNJLT06H8S6137539

11-600884-0500-TC-2

JORGE ULLOA SASSO

1-1118-0193

672913

WAUZZZ4F66N135248

11-601023-0500-TC-2

MAURICIO VILLALOBOS VILLALOBOS

1-0795-0615

136573

EE90-0274246

11-601256-0500-TC-2

ZAIDA MONTES GUERRERO

1-0663-0003

C-145160

1M2AA01YALW001090

11-602062-0500-TC-4

FERNANDO HANGEN PERALTA, REP. INDUSTRIAS TÉCNICAS LTDA.

3-102-036593

646336

JTDBJ21E102008592

10-601609-0500-TC-2

TOMAS GONZALEZ DIAZ

1-0644-0475

571508

DSNC64ALU00647

10-600831-0500-TC-2

JAVIER LOPEZ MONTERO, REPRESENTANTE LEGAL DE PREGO MOTOR S. A.

3-101-102108

413637

JSAFJB43V14100082

11-602030-0500-TC-1

JONATHAN MURCIA URREGO

117000792519

891431

KMHJT81VCBU288215

11-601440-0500-TC

TANG SHU HSIN

115800038405

606033

3GNEC16T15G130710

11-602046-0500-TC

MAURICIO ALEJANDRO PLANO

2390041N

661151

KL1JD51666K426501

11-601997-0500-TC-3

LIGIA ELENA DIAZ VALVERDE

6-338-277

104574

4484684

11-601344-0500-TC-3

JUAN LUIS UMAÑA ALPIZAR

1-1018-374

C-137740

1M2AR13Y8FM001525

11-602142-0500-TC-4

LUIS VASQUEZ HERNÁNDEZ, REP DE INVERSIONES VASQUEZ HERNANDEZ S. A.

3-101-244162

CL 165662

BU2210002315

11-602137-0500-TC-3

RAFAEL ANGEL CHARPENTIER LOBO

1-368-005

365014

VZN1850260985

11-601798-0500-TC-2

TOBIAS NOWALSKI ROWINSKI

1-0399-0864

551691

LGWEF2G594A077779

11-601798-0500-TC-2

JAIME NOWALSKI JACOBOWITZ

11144-0395

551691

LGWEF2G594A077779

11-602091-0500-TC-1

GERARDO SERRANO ASTORGA

1-0545-0271

TSJ 2404

KMHCG51BPYU066521

11-602091-0500TC-1

CARMEN VASQUEZ ARIAS

2-0186-0904

236169

JNIBBAB14Z0010485

11-602075-0500-TC-1

LIGIA OJEDA LOAIZA

1-0390-01474

512130

TMBCB46Y237628181

11-601714-0500-TC-2

GLADIS VELASQUEZ CHAVEZ

8-0052-0212

489321

KMHJW31MPSU012949

11-603198-0489-TC-3

ANTONIO ACOSTA BARQUERO

1-509-821

TSJ-98

JTDBJ21E302007640

11-602582-0500-TC-4

JOSEFINA GONZÁLEZ ARRIOLA

01-1109-0225

513086

JMYXRCU4W3U000575

11-600862-0500-TC-4

LUIS BERNARDO ARCE MONTES DE OCA, REP DE EL SAPO FELIZ S. A.

3-101-414794

599112

VF1LMB50630244212

11-601784-0500-TC-4

LUIS DIEGO SAPRISSA GRILLO

01-0497-0313

CL 150139

BU2110002765

11-601904-0500-TC-3

JUAN PABLO GRANDOS AGUILAR

1-1117-342

489602

JSAFHX51S35130230

11-602198-0500-TC

CARLOS AGUILAR VARGAS

3-0082-0522

C 023165

R686ST27183

11-602198-0500-TC

JOSE LOPEZ ESPINOZA

155800997921

MOT 311305

L5DPCM286BA000091

11-601634-0500-TC

CARLOS ALBERTO ARIAS MENDEZ, REP DE AGENCIAS ARIAS HERMANOS ASOCIADOS S. A.

3-101-035115

MOT 115146

9C2JC30602R300038

11-601926-0500-TC-1

LEONEL GOMEZ GALEANO

8-0072-0594

CL 248510

KNCSHY71CA7466377

11-602303-0500-TC-4

CARLOS FRANCISCO SALAZAR MORA, REP DE REPUESTOS Y ACCESORIOS CHISCO S. A.

3-101-317870

483281

KMHVF11JPMU517919

11-601414-0500-TC-2

LUIS GUILLERMO SOLIS FERNANDEZ, REPRESENTANTE LEGAL DE CORPORACION BUSTER S. A.

3-101-229816

C-131515

NH452281

11-601947-0500-TC-2

HUMBERTO HERNANDEZ QUESADA

1-0291-0855

769186

KMHVF21NPRU017819

11-602000-0500-TC-2

ANA BRENES SALGUERO

1-1008-0367

434686

KMHJF31JPNU279796-

11-602332-0500-TC-1

SABULLA NELSIE ABALLE

63321182382

603382

9BD15827664707973

11-602364-0500-TC-1

CELIA RODRIGUEZ ALVARADO

9-0089-0515

301850

JA4MT31P8WP042027

11-602364-0500-TC-1

SIDAR MURILLO JIMENEZ

1-0666-0326

494636

KMHJF21JPNU259046

11-601595-0500-TC-1

LUIS CARRANZA RETANA

1-0664-0767

MOT 154630

9C2KCO8105R510017

11-603860-0489-TC-1

CARLA MONTURIOL MENDEZ

2-0396-0526

682569

9BD17218273253235

11-603860-0489-TC-1

ELIAS RETANA AGUILAR

1-0296-0745

TSJ 2030

JTDBT933X04001224

11-600040-0500-TC-1

JUAN HIDALGO UREÑA

1-799-0988

579549

KMHPN81CP5U186678

11-600206-0500-TC-1

MICHAEL GONZALEZ MUÑOZ

1-0993-0403

TSJ 2471

KMHCG45C95U577088

11-600280-0500-TC-1

AVARO MEDINA MEDINA

5-0295-0537

402053

KMHVF31JPNU602236

11-600401-0500-TC-1

LEANDRO PADILLA CECILIANO

1-1302-0734

MOT 170932

902KC08306R510072

11-600405-0500-TC-1

ANA ARAYA FERNNADEZ

9-0042-0584

CL 244595

MNTVCUD40Z0007232

11-600421-0500-TC-1

SAMUEL AIZENMAN PINCHANSKI APO. DE DANISSA S. A.

3-101-083067

616184

JN1TBNT30Z0100231

11-600543-0500-TC-1

EMILIO SANCHEZ FERNANDEZ

1-0476-0244

TSJ 6059

1NXBB02E2VZ589950

11-600682-0500-TC-1

PABLO BADILLA BADILLA

1-0973-0473

442271

KMHVF31JPPU723118

11-600718-0500-TC-1

SPELITZ WOLFGANG

104000002404

781652

KMXKPL1BPWU248529

11-600741-0500-TC-1

MARIA VEGA GOMEZ REP. INVESTMENTS DREAJO S. A.

3-101-242066

842338

VF33HRHYM5S029040

11-600763-0500-TC-1

MARIA ALFARO ULATE

6-0176-0324

813433

KMJWWHP4U595674

11-600771-0500-TC-1

ROSENSTOCK LIEBERMAN

1-0704-0886

494812

JN1CCUA33Z0171536

11-600927-0500-TC-1

LUIS MORALES FUENTES

6-0133-0391

TSJ 5786

KMHVF21LPSU193697

11-600971-0500-TC-1

MARIA GALEANO REP. DE UNION PAK DE COSTA RICA S. A.

3-101-155303

CL 200691

VFIFCOJBF30150134

11-600975-0500-TC-1

JULIAN BURLAGE SCHOTT REP. LAFEHU TRANSPORTES PERSONALES S. A.

3-101-336383

545998

WDB2304741F069845

11-601026-0500-TC-1

JORGE RAMIREZ PEÑA

4-0176-0111

EE 26885

SLP214TC7U0909335

11-601049-0500-TC-1

EDUARDO ROA PAREDES

8-0076-0193

132385

JT2AE82E5E3000040

11-601121-0500-TC-1

JOSE ZUÑIGA CHAVES

1-0715-0969

365031

KNAJA55

11-601178-0500-TC-1

RAUL MARIN ZAMROA REP. DE ARRENDADORA INTERNACIONAL S. A.

3-012265763

CL 237398

JAANKR55E97100100

11-601178-0500-TC-1

EDWARD SCOTT RINGLE REP. DE FABIDANI KAFADA S. A.

3-101-602857

CL 160192

JAACLIIL8M7211910

11-601205-0500-TC-1

ANA ARAYA CLARK

1-0998-0687

823285

KMHVA21NPTU180820

11-601222-0500-TC-1

JORGE ZUMBADO OPORTO

1-0730-0092

129022

BN13-200408

11-601362-0500-TC-1

ANITA SOTO ROMERO

1-0682-0939

MOT 291515

LB415PCM7AC104905

11-601537-0500-TC-1

GUILLERMO FONSECA SALAS REP. FOYPE ARTESANIAS RUSTICAS

3-101-414415

651465

KMHJG31FPTU033291

11-601537-0500-TC-1

MARIO RETANA BARRANTES

1-0806-0150

CL 159505

FE635EA15519

11-601603-0500-TC-1

CRISTIAN FERRARO SULLHEIM

1-0796-0395

648688

KNAJC521575655125

11-601623-0500-TC-1

HECTOR CAMPOS JIMENEZ REP. TRANSPORTES CAFA DE ESTE S. A.

3-101-360636

612789

JTFSK22P300001675

11-601682-0500-TC-1

MILTON MARTINEZ PEÑA

155800262718

423236

JS3TD21V3T4110952

11-601717-0500-TC-1

ALFREDO JOSE PEREZ

27001879830010

421918

KMHJF31RPMU022998

11-602139-0500-TC-1

HUMBERTO LOZANO PACHECO

117-001165723

CL 190356

JN1AHGD22Z0030367

11-602360-0500-TC-1

BARRY FRED BARAD WAGCMAN

1000269268

153743

HJ30012058

11-601098-0500-TC-2

KAREN CHAVARRIA BERMUDEZ

1-1342-0141

441585

KMHJF31JPMU062934

11-601584-0500-TC-2

GUILLERMO RODRIGUEZ BENEL

160400009025

848109

EL420418240

11-602043-0500-TC-2

GUILLERMO SALAS CAMPOS, REPRESENTATNE LEGAL DE GUILLERMO SALAS Y ASOCIADOS

3-101-311074

703462

JTDBT923001180960

11-602219-0500-TC-2

LUIS MORA MORA

1-0336-0488

191775

JT2ST68MOJ0005137

11-602675-0500-TC-1

ROSA MORELLI ZULMA

103200017211

CL 252746

KL16B0A56BC1104063

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE TARRAZÚ

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-001697-0496-TR-4

RODRIGO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ

3-0243-0797

434923

VF32AKFWU1W047555

11-001697-0496-TR-4

SHIRLEY BLANCO HERNÁNDEZ

1-0963-0445

866067

2T1BR18E3YC371319

JUZGADO DE TRANSITO DE PEREZ ZELEDON

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-000549-0804-TR

JUAN CARLOS SALAZAR FONSECA

01-0881-0278

398249

KMHJF31JPNU179336

11-000849-0804-TR

SOTO BRENES OSCAR ALFREDO

01-0715-0693

270813

JN8HD17Y8MW013191

11-000616-0804-TR

WILLIAM MORA GRANADOS

05-0135-0085

525539

KMHVA21NPRU007762

11-000839-0804-TR

BLANCO ROBLES LAURA

01-1169-0237

877077

2S3TD52V616102842

11-000839-0804-TR

MONGE ROJAS DONALD

01-1040-0278

298767

KMHVD12J8PU252924

11-000858-0804-TR

LUISMAN JIMÉNEZ RODRÍGUEZ

07-0133-0317

359961

KC753423

11-000889-0804-TR

NURIA QUESADA CORRALES

1-0736-0639

566315

2CNBE13C4X6924069

11-000775-0804-TR

JUAN BARBOZA BRENES,

01-0534-0571

225816

JT3DJ81W9R0078701

11-000985-0804-TR

MARJORIE AZOFEIFA MONTERO

1-0622-0807

786379

K9601P006830

11-000858-0804-TR

INVERSIONARIA SOJO DEL SUR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, REPRESENTADA POR SONIA CESPEDES MATA

3-102-632588

11-0828-0821

CL-204861

LN1110003060

11-000915-0804-TR

KINERET S. A., REP/ LUIS ALONSO BARBOZA LEPIZ, CÉDULA DE IDENTIDAD 02-0369-0282

3-101-0253-06

715364

JTMZD33V605083554

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE POÁS, ALAJUELA

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-600033-0314-TC

BRYAN BRENES MURILLO

1-1215-0670

402173

KMHJF31JPNU163561

11-600082-0314-TC

ISABEL UMAÑA SOTO

2-0606-0564

809563

2CNBJ13C9X6917288

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE ATENAS, ALAJUELA

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

10-000277-0851-TR

INTERSUF NET S. A. POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL JOSE DANIEL BLANDON SILES, PORTADOR DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD NÚMERO 247-04-0782-000E

3-101-276604

058179

FJ4092357

11-000050-0851-TR

ONE BROWN CAR S. A. POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL EL SEÑOR GEORGE SCHWARZENBACH, PASAPORTE NÚMERO 046204892

3-101-560752

518737

JN1VDZR50Z0011629

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE SAN MATEO, ALAJUELA

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

10-600350-0313-TC

BAC SAN JOSE LEASING S. A.R/ERNESTO CASTEGNARO ODIO

 3-101-083308 1-0387-0696

C-156092

NO INDICA

10-600321-0313-TC

PATENTE DE LICORES N° 11 DE MORA S. A., R/FLORA MARIA ZELEDON SOLIS

 3-101-434028 1-1078-0392

149343

NO INDICA

JUZGADO TRANSITO DE GRECIA, ALAJUELA

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-000357-0899-TR

DAVID ANDREW HEWITT

WS676583

514718

JN1TBNT30Z0009724

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA LA FORTUNA DE SAN CARLOS. ALAJUELA

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-200585-306-PE

BAC SAN JOSE LEASING S. A.

3-101-083308

SJB-12416

JN1VG4E25Z0780298

JUZGADO DE TRÁNSITO SAN CARLOS, ALAJUELA

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-200086-0306-PE

LEVIS MISAEL MENDOZA RIVAS

025RE002868001999

MOT-229618

LWBPCJ1F781014424

JUZGADO CONTRAVENCIONAL ZARCERO. ALAJUELA

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-600124-0311-TC

EXPORTADORA DE PIÑA TRES DE PITAL SOCIEDAD ANONIMA

3-101-577131

C-153563

PKA210N65315

11-000616-0331-PE

CREDIBANJO SOCIEDAD ANONIMA

3-101-083380

C-144873

JHDFC4JJU6XX11800

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA LOS CHILES. ALAJUELA

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-600004-323 TC

ROBI MADRIGAL SALAS

4-798-617

CL-135450

JT4RN50R7J5138515

JUZGADO DE TRANSITO DE HEREDIA

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-001295-497-TR-6

ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE PRISMAR DE COSTA RICA S. A., REP/ MARVIN MORERA SAENZ

3002313802

C 152156

3HAMMAAR08L697222

11-002532-497-TR-6

ADILIO QUIROS PANIAGUA

3-0167-0007

TSJ 1379

KMHCG41GP1U241720

11-003152-497-TR-6

VICTOR ISAAC LÓPEZ VÁSQUEZ

1-1282-0576

535125

JN1CFAN16Z0075460

11-003480-497-TR-6

CONSTRUFACABC LA ALEGRIA DE SIQUIRRES S. A., REP/FABIO VIQUEZ RAMÍREZ

3-101-620626

C 155236

1M2P264C4VM024572

11-003613-497-TR-6

LOS RAYOS DE LA CREACIÓN S. A., REP/LUIS FERNANDO HOFFMAN CARTIN

3-101-190692

CL 207549

5TEGN92NX4Z384422

11-003996-497-TR-6

ANDRÉS FELIPE BLANCO MORA

1-0580-0818

583748

WBAAF9317MEE68912

11-004077-497-TR-6

JORGE JAUBERT ROJAS

1-0351-0485

426550

PL1C97LNLYB435157

11-004174-497-TR-6

VICTOR MANUEL VÍQUEZ VIQUEZ

4-0062-0664

669153

VF3GJWJYB7J004517

11-004198-497-TR-6

LAURA BRENES PEREIRA

1-0884-0505

564543

KMHVF21NPSU160635

11-003779-497-TR-4

ASESORES EMPRESARIALES Y COMERCIALES ADUANEROS REP/ MINOR CORRALES GUEVARA

 3-101-215941

 MOT 141514

LWBPCJIF851090701

11-003353-497-TR-4

WILLIAN LEITON CUBERO

112780098

416796

KMHJF31JPNU293084

11-003931-497-TR-1

NIDIA MARÍA CHÁVEZ MOLINA

2-0247-0964

113796

EE970000218

11-004039-497-TR-1

FERNÁNDEZ VAGLIO CONSTRUCTORA S. A., REPRE- SENTADA POR MANUEL FERNÁNDEZ VAGLIO

3-101-064465

C 144600

1M1AA14Y7VW079646

11-004114-497-TR-1

CREDIBANJO S. A., REPRESENTADA POR ERNESTO CASTEGNARO ODIO

3-101-083380

804751

JS3JB43V3A4100182

11-004202-497-TR-4

FOSECA HERNANDEZ MANUEL

104160404

C 147711

PH510002

11-003671-497-TR-4

GONZALEZ RIVAS JULIO

122200095308

666862

2T1AE94AXNC169923

11-004211-0497-TR-2

FELIX AMADO QUIRÓS

105980477

481317

JMYONK9602J000412

11-001534-0497-TR-2

ROCA MOVIL S. A., REPRESE/ DENISEDE MARÍA AUERO LINDO

3101203978

606807

JM7CR510F160100764

11-004206-0497-TR-2

JUAN LUIS MARCHENA DÍAZ

502510560

542219

JT2EL46S9R0430399

11-002659-0497-TR-2

INVERSIONES LA NUEVA CIMA S. A., REPRESENTADA POR HUMBERTO BRENES JENKINS

3101112475

C-142900

JAAN1R71R67100198

11-003329-0497-TR-4

VILLALOBOS MADRIGAL ANDREA

111060504

MOT 227105

LB420Y1088C021809

11-003353-0497-TR-4

BAC SAN JOSE LEASING S. A., REP/ ERNESTO CASTEGNARO ODIO

3-101-083308

823774

KL1MJ61049C619140

11-003311-0497-TR-4

RAMIREZ PALMA MILAGRO

202480475

241400

JT2AE92E8J0067989

11-002962-0497-TR-4

PALMA LEIVA MARIA

203460367

570501

9BGRD48Z04G105160

11-002901-0497-TR-4

RODRIGUEZ MORA CESAR LUIS

503290554

507867

JN1EB31PXMU031173

11-004345-0497-TR-1

BAC SAN JOSE LEASING REPRESENTEADO POR ERNESTO CASTEGNARO ODIO

3-101-083380

888927

KMHDH41EACU124208

11-004193-497-TR-1

CORPORACION ALCOSA S. A., REP. POR JORGE MUÑOZ COREA

3-101-093985

605276

2G2FV22P0R2204587

10-003775-497-TR-6

REPRESENTACIONES QUIJANO S. A., REP/MARISOL QUIJANO VILLALOBOS

3-101-025594

MOT 297400

C5JT133500

11-003271-497-TR-6

ROSE MARY GAMBOA MARIN

6-196-0542

742969

JS2YA21S385102859

11-003197-497-TR-6

DAVID ALONSO ARAYA CASTILLO

1-1229-0514

770035

JA4LS41P7WP028737

11-003589-497-TR-6

ELIZABETH BARAHONA CHAVARRIA

4-0180-0528

844615

9BWAB45Z1B4049674

11-004356-497-TR-6

ALEXIS RODRÍGUEZ GARCIA

6-0234-0070

TH 739

JTDBT923201372137

11-002419-497-TR-6

OLGA MARTA NARANJO LEON

1-0306-0581

563465

2CNBJ1363W6906828

11-004483-497-TR-6

MARIANA DELGADO NUÑEZ

1-1534-0501

568210

9BD17319454113858

11-003796-497-TR-3

CREDIBANJO S. A. POR MEDIO DE ERNESTO CASTEGNARO ODIO

3-101-083380

768543

JN1BCAC11Z0030789

10-006061-497-TR-3

COMPAÑÍA DE SEGURIDAD ESPECIALIZADA S. A. POR MEDIO DE MARÍA ISABEL BRAVO QUESADA

3-101-129153

239331

KMHVD32J8LU050316

11-003832-0497-TR-2

ESTEBAN CHAVES SIBAJA

402120778

257578

JT2AE92ELJ3233656

11-004430-0497-TR-2

ILIANA FONSECA MOLINA

401400310

TH-00157

KMHDM4IBPIU116459

11-004004-0497-TR-2

JOSÉ ANDRÉS ARROYO SÁNCHEZ

402060341

353290

KMHVF2LNPRU043263

11-000261-0497-TR-2

BAC SAN JOSÉ REPRESENTADO POR ERNESTO CASTEHNARO ODIO

3101083308

857339

19XFA1650BE800078

11-004491-0497-TR-2

ABARCA ALVARADO MARIANELA

110370701

504987

VF32AKFWU3W033450

11-004259-0497-TR-2

COSTA RICAN SECURITY SERVICE S. A., REPRE/ RICHARD ALONSO PEÑARANDA GUERRERO

3101575279

MOT-284987

L5DPCJB27AZL00359

11-004412-0497-TR-2

ELI HUAN CHEN

6261204773614

528072

2S3TE02V6V6406095

11-002464-0497-TR-2

RODOLFO VIQUEZ CONTRERAS

400940601

250312

JT2AE92E3J0070668

11-003364-497-TR-3

BAC SAN JOSÉ LEASING S. A. POR MEDIO DE ERNESTO CASTEGNARO ODIO

3-101-083308

CL 254712

WVZZZ2HZB8044781

11-001855-497-TR-3

ESTEBAN LEÓN LEÓN

1-1218-0042

675649

KMHVF21NPRU016115

11-002452-497-TR-3

JOSÉ LUIS GRANADOS CARBALLO

6-372-800

MOT-230618

LAEMN24078B931386

11-002834-497-TR-3

RICADO CALDERÓN CORTÉS

5-151-279

MOT-205947

LF3PCKD077D000299

11-003188-497-TR-3

FABRICIO CASTILLO CASTILLO

1-1116-0041

MOT-155281

MD2DJS4Z46VH99387

11-003927-497-TR-3

MARLENE MURILLO CHAVES

1-527-940

723448

1HGEG8546PL012854

11-004159-497-TR-3

TRANSPORTES CADENA TRANSCADE S. A. POR MEDIO DE ALFONSO MELENDEZ JIMÉNEZ

3-101-122853

MOT-126758

C5LL051261CE

11-004377-497-TR-3

KINERET S. A. POR MEDIO DEL SEÑOR LUIS ALONSO BARBOZA LÉPIZ

3-101-025306

875909

SALLSAAF4BA277023

11-004383-497-TR-3

JOSÉ ALONSO AVENDAÑO RAMOS

1-838-841

TH-849

JTDBJ21E504004128

11-004389-497-TR-3

CREDIBANJO S. A. POR MEDIO DEL SEÑOR ERNESTO CASTEGNARO ODIO

3-101-083380

753953

JN1BCAC11Z0016655

11-004591-497-TR-3

LORNA MELISSA DÍAZ MAROTO

1-1092-0689

428389

KMJRD37FPTU251923

11-003197-497-TR-6

DAVID ALONSO ARAYA CASTILLO

1-1229-0514

770035

K860WP028737

11-003589-497-TR-6

ELIZABETH BARAHONA CHAVARRIA

4-0180-0528

844615

KMJWWH7BPYU217363

11-003601-497-TR-6

 ALVARO AZOFEIFA SOTO

2-0256-0040

TSJ 5733

KMHCG45C33U457414

11-004785-0497-TR-2

VICTOR SOLANO BARQUERO

401750414

112952

B12350271

11-004268-0497-TR-2

MARIA VILLALOBOS ARIAS

110860584

428178

JTDBT113900127750

11-001334-0497-TR-2

AJ SEGURIDAD PREVENTIVA S. A., REPRESE/ ADRIÁN JIMÉNEZ ARROYO

3101203926

MOT-110801

5PY001056

11-004164-0497-TR-2

RONALD RAMÍREZ VALERIO

401400730

149046

YR215006872

11-004306-0497-TR4

CREDIBANJO S. A., REP/ ERNESTO CASTEGARO ODIO

3-101-083380

CL 213843

9BD25521668775748

11-004160-0497-TR4

ARRIETA ARROYO MARIA DEL ROCIO

204640165

CL 206862

KMFVA17LP6C018179

11-003225-0497-TR4

LIBIA HERRERO BRENES

110330456

250209

KLATF19Y1SB610923

11-004562-0497-TR4

SANTAMARIA HERNANDEZ IDALIE

106330891

569306

JT2EL46S4P0380895

11-004568-0497-TR4

BAC SAN JOSE LEASING S. A., REP/ ERMESTO CASTEGNARO ODIO

3-101-083308

CL 255463

MHYDN71V4BJ303961

11-002414-497-TR-1

MAURICIO MORA QUIRÓS

1-0949-0658

846742

1HGEM21942L020841

11-003727-497-TR-1

LUIS DIEGO MORALES ZÚÑIGA

1-1195-0060

CL 172095

1N6ND16S0JC364506

11-003764-497-TR-1

CORPORACIÓN AGUILEON S. A., REPRESENTADA POR LUIS DIEGO MIRANDA SALAS

3-101-203092

C 25045

3,76136E+13

11-004199-497-TR-1

ARRENDADORA INTERNACIONAL S. A., REPRESEN-TADA POR RAÚL FRANCISCO MARÍN ZAMORA

3-012-265763

CL 237100

JAANPR66L97100108

11-004357-497-TR-1

FRAYFER UNO FCE S. A., REPRESENTADA POR FERNANDO CAMPOS ESPINOZA

3-101-478208

698059

JTEBK29J700030098

11-004658-497-TR-1

ALEX CHACÓN ESQUIVEL

1-0617-0749

781751

KMHVF31JPRU890005

11-004670-497-TR-1

JOHN OTIS GRIFFIN

1043941498

297504

JACDH58V9P7912326

11-004805-497-TR-1

RICARDO MEJÍA QUIRÓS

4-0118-0929

MOT 165103

LC6PCJK6960808090

11-003924-497-TR-6

GIOVANNY ALBERTO ZELEDÓN MORA

1-634-046

MOT-168911

LWBPCJ1F361A23766

11-004308-497-TR-6

TRANSMARKET S. A. POR MEDIO DEL SEÑOR

3-101-524047

CL-151561

KNCSD9112V6815798

11-003715-497-TR-6

JAVIER SERRANO HORNA

BE911217

C-156322

J864390

11-002260-497-TR-3

SILVIA QUESADA MORALES

1-750-270

MOT 258263

MD2JBS4Z48FA00236

11-003515-497-TR-3

KAROL VILLALOBOS BARQUERO

1-1212-940

853741

VC776102

11-003616-497-TR-3

CORPORACIÓN B B G S. A., REPRESENTADA POR JOSE PABLO BONCOMPAGNI MORALES

1-523-780

CL 186118

JTFAY117X02000971

11-004201-497-TR-3

VERA BOGANTES CASTRO

5-192-934

CL 173005

4S1CL11L1P4212629

11-004341-497-TR-3

NORMA ZUÑIGA VALVERDE

1-364-092

226998

JT3VN39W0L0004915

11-004413-497-TR-3

ALQUILER DE CARROS TICO S. A., REPRESENTADA POR LUIS GUZOWSKI

3-101018910

CL 244105

MMBJNKB409D011223

11-004443-497-TR-3

ENRIQUE JOSE ENRIQUEZ AMADOR

8-077-569

553887

VF32AKFWU2W050798

11-004193-497-TR-1

DRUJAK DELGADO HAGE

1-1205-0638

681644

JT2AE09VXS0087549

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA SAN ISIDRO. HEREDIA

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-600079-0374-TC

DESECHOS CLASIFICADOS DECLASA S. A., REPRESENTADA POR CARLOS ANGULO ZAMORA

3101264786

C-149395

1M2K185CXLM003634

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE SARAPIQUI, HEREDIA

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

10-600341-0377-TC

WILFREDO MAYORGA HERRERA

5-293-586

MOT 243578

LAZPCJLT785000294

10-600232-0377-TC

INMOBILIARIA PACIFICO LEVEGU GAL S. A.

3-101-448720

CL 139901

JT4RN63A8J0223307

10-600256-0377-TC

SAUL A. ESQUIVEL ELIZONDO

4-154-006

CL 141274

JAACR11E9J7230039

10-600574-0377-TC

WILLIAM MOLINA MEJIA

4 113 746

CL 230318

MMBJNKB408D046187

10-600154-0377-TC

ADRIÁN ARGUEDAS SOLANO

1 409 431

620024

JS3TD62V6X4100394

11-600093-0377-TC

DAVID BLANCO VEGA

2 231 113

C 146377

475400

10-600532-0377-TC

MARVIN MENDOZA ALVAREZ

155800936227

452475

KMHJF31JPLU008785

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA SANTO DOMINGO. HEREDIA

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-000760-373-TC

MARIA DEL MILAGRO QUESADA JIMÉNEZ

1-0667-0703

790730

2CNBJI3C4X6904822

11-000830-373-TC

MISAEL LÓPEZ BARBOZA

6-0471-0604

355349

KMHLF31JXGU074447

11-001791-497-TR

JOSE JOAQUÍN CAMACHO MIRANDA

4-0130-0690

HB-1359

1BAAHCSAXXF082244

11-000593-373-TC

ZAIDA MIRANDA ULATE

1-0463-0115

CL-235771

VF3GBWJYB8J057765

11-000773-373-TC

CARLOS GÓMEZ VARGAS

1-1066-0525

436487

KMHJF31JPNU170753

11-000588-0373-TC

ERICK GARCIA HERNANDEZ

9-0108-0812

678846

WC164739

11-000709-0373-TC

MARIA DEL CARMEN OVIEDO CAMACHO

4-0101-0970

708004

NO INDICA

11-001032-373-TC

ALFREDO MORA GONZÁLEZ

1-0262-0633

505335

JM7BJ10M230217924

JUZGADO TRANSITO CARTAGO

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

110020710496TTR

RAFAEL CAMACHO SEGURA

106100898

630249

1FASP15J3SW326666

110026790496TR

ALEXANDER OROZCO ROSES

302550143

254006

1N4PB22S1HC802625

110017540496TR

GUSTAVO ADOLFO LOAIZA DURAN

109610890

410417

KMHVF31JPMU404730

110033080496TR

ROSA SANDOVAL SANDOVAL

500910718

TC 779

JTDBJ42E40J002253

110022860496TR

ALBERTO VIVES MOLINA

303800520

MOT 216988

LBPKE104780009751

110026420496TR

KAROL EUGENIA RODRIGUEZ LORIA

110380675

289915

1N4EB32A8MC742535

110017760496TR

CARLOS ENRIQUE VENTE AMU

117000501300

335272

JT2EL46B0M0091573

110011920496TR

PAO Y TATI DE COSTA RICA S. A., REPRESENTADO POR EDUARDO CHACON PORRAS

3101491199

C 145126

1M1AA12Y6W123689

110029960496TR

CREDIBANJO S. A., REPRESENTADO POR ERNESTO CASTEGNARO ODIO

3101083380

CL 205398

KNCSE21126707526

110028900496TR

TRANSLOGISTIC MG S. A., REPRESENTADA POR MAUREN GOMEZ CALVO

3101441463

C 129553

1HSRKCAR1RH584687

110029520496TR

INVERSIONES JESAN DE DESAMPARADOS S. A., REPRESENTADA POR ELIECER LOBO MADRIGAL

3101177182

MOT 262267

C5KR117827

100026480496TR

KINERET S. A., REPRESENTADA POR LUIS ALONSO BARBOZA LEPIZ

3101025306

835912

JTMZD33VX05153847

110009560496TR

TRANSPORTE TERRESTRE S Q ALEJO S. A., REPRESENTADA POR JOSE ANTONIO SEGURA QUIROS

3101420171

C 143216

4V4WDBGHXTN721945

110026440496TR

COMERCIALIZADORA LOS ANGELES S. A., REPRESENTANTA POR HUGO CHAVES ARCE

3101095525

C 138006

2HSFHASRXSC032087

110020140496TR

VERTIPLEX S. A., REPRESENTADA POR LAURA RAMÍREZ VARGAS

3101166356

CL 232711

KMFWBH7HP8U025045

110029100496TR

CORUMBA S. A., REPRESENTADA POR JANETH TOBON SÁNCHEZ

3101138950

233603

1GNDM15ZXKB197860

110028680496TR

SERVICIOS URBANOS DE OREAMUNO S. A., REPRESENTADA POR ROGER ARIAS PICADO

3101073513

CB 2251

1BAAKBSA94F062968

110028080496TR

BAC SAN JOSÉ LEASING S. A., REPRESENTADA POR ERNESTO CASTEGNARO ODIO

3101083308

833074

3N1CC1AD7ZL164053

110028060496TR

INVERSIONES MORERA Y DAMAZZIO S. A., REPRESENTADA POR CARLOS MORERA FLORES

3101347930

495108

KNADC243236097427

110029750496TR

SERVICIOS INTEGRADOS SIN S. A., REPRESENTADO POR JESSICA BRENE POCHET

3101267887

835999

3N1CC1AD7ZL165042

110019690496TR

SERVIFRENOS CARTAGO S. A., REPRESENTADO POR FRANCISCO NAVARRO RAMIREZ

3101151563

CL 248382

MPATFR54HAH517049

110022010496TR

BERNARDO CASTRO CERDAS

303880181

CL 209146

JT4RN01P2K7001875

110026210496TR

BRYAN PORRAS JIMENEZ

112470111

MOT 206306

LX8PCKP067F000341

110026210496TR

MAURICIO SANCHEZ BRENES

302850762

TC 311

KMHCG45C21U178484

110028170496TR

EDUARDO CESPEDES FLORES

109550899

592075

KNAFE242255087577

110015580496TR

LIDIA TERESITA OROZCO GRANADOS

106160733

263682

KMHLD11J0JU145835

110015580496TR

JENNY MAYELA VARGAS MUÑOZ

104650402

192556

BEAB13515150

110033120496TR

REGULO DIAZ SANCHEZ

105230918

173564

JN1PB22S1HU518287

110031300496TR

MARINA RESCIA UREÑA

102290980

200916

1HGCA5533KA048407

110030780496TR

WILLIAM ARNOLDO MARTINEZ MATA

302990963

412877

2HGED6348MH567992

110030760496TR

KATTIA LOAIZA UMAÑA

302830193

CL 201248

JN1CJUD22Z0068046

110031070496TR

JORGE QUIROS ACUÑA

107310628

TC 318

KMHCG41BPXU010548

110014210496TR

ESTEBAN VIVES JIMENEZ

303080222

542703

JN1CFAN16Z0060120

110028250496TR

ALEXANDER ULATE RAMIREZ

111710741

CL 048544

LB120008121

110032200496TR

ANA ROMERO SANABRIA

104780053

894514

JDAJ200G001031184

110028410496TR

REGATO MIRANDA OMAS MODESTO

P0914922406

303707

2CIMR246XM6792055

110035320496TR

JULIO CESAR CASTRO CORRALES

108900971

687969

JTDBJ21E904015035

110035320496TR

RONALD RAMÍREZ ZAMORA

204080391

75873

KE26901773

110020100496TR

HERNAN VEGA QUIROS

302760452

CL 65098

FALTA INFORMACION

110020060496TR

MELANIA MARIN CALDERON

111720372

675033

KMHVA21NPVU279502

110018320496TR

GERARDO ROMERO SOLANO

302330908

704583

2T1AE04B3RC062139

110027320496TR

GILBERT GEOVANNY ARIAS GUTIERREZ

105560873

TC 92

KMHVF31NPSU192939

110015100496TR

OVIDIO JOSE BOLAÑOS ACEVEDO

203750368

554036

JT2AE09V3S0104482

110015100496TR

ANA CIRCE GAITAN CORNEJO

106010478

TC 524

KMHVF24N5XU577711

110028230496TR

KINIRET S. A., REPRESENTADO POR LUIS ALONSO BARBOZA LEPIZ

3101025306

CL 257037

RKMCP5158BY094129

110028230496TR

VIWLAKE S. A., REPRESENTADO POR VILMA CARVAJAL RODRIGUEZ

3101331987

756137

JTDBR42E909019916

110026290496TR

CREDIBANJO S. A., REPRESENTADO POR ERNESTO CASTEGNARO ODIO

3101083380

CL 216423

JAANPR66L77101218

110014050496TR

AGUILAR AZOFEIFA S. A., REPRESENTADO POR SONIA MARIA AGUILAR AZOFEIFA

3101189016

771876

JN8AR05Y9VW130277

110014230496TR

APTITUD FISICA ERGON S. A., REPRESENTADO POR LUIS FERNANDO ARAGON VARGAS

3101095995

565582

KMHNM81XP5U151898

110012580496TR

CONSULTORES FINNACIEROS COFIN S. A., REPRESENTADA POR DANILO ZAMORA MENDEZ

3101291070

CB 1759

KMJTA18BP2C900152

110034930496TR

BAC SAN JOSE LEASING S. A., REPRESENTADO POR MARIA ARAYA RODRIGUEZ

3101083308

CL 237826

JN1AJUD22Z0040741

110018840496TR

CONSULTORES FINANCIEROS COFIN S. A., REPRESENTADA POR DANILO ZAMORA MENDEZ

3101291070

CB 1788

KMJTAA18BP3C900176

110018880496TR

AGRILEASING LATINOAMERICANO S. A., REPRESENTANDO POR ALEJANDRO DEUTSCHMANN SAMAYOA

3101393948

CL 249115

MMBJNKB809D024254

110019030496TR

EMTRACO S. A., REPRESENTADO POR DIETER MATZEN LOHSE

3101208070

C 137027

1FUYDXYB1XPA74434

110030050496TR

IBERICO S. A., REPRESENTADO POR ALEJANDRO DIEGO DIAZ GASPAR

3101542738

257624

JAANLR55EB7100209

100029310496TR

INVERSIONES COB Y GUILLEN S. A., REPRESENTADO POR ALEJANDRO COB SANCHEZ

3101147556

CL 231618

MM7UNY0W380673688

110032060496TR

CREDIBANJO S. A., REPRESENTADO POR ERNESTO CASTEGNARO ODIO

3101083380

707702

JS3JB43VX84300938

110029930496TR

C TORO ASOCIADOS S. A., REPRESENTADO POR JUAN CARLOS COUTIN TORO

3101641361

886359

JTDBT923X0L003322

110032860496TR

INTEGRACIONES TECNOLOGICAS DEL ESTE S. A., REPRESENTANDO POR RAFAEL ANGEL CAMPOS MENDEZ

3101339462

492518

JS3DA32VX34130066

110032140496TR

COSTA PACIFICO BIENES RAICES NUMERO DOS S. A., REPRESENTADA POR ORLANDO CASTRO MURILLO

3101170701

751305

JMYLYV97W8J001303

100020030496TR

FRISIA UNO S. A., REPRESENTADO POR TIJITZE DE VRIES

3101177732

CL 187450

JAATFS69H37100379

110031970496TR

MAGASOSO DE LAS LOMAS SUR S. A., REPRESENTADO POR JORGE SOLANO ZUÑIGA

3101326709

SJB 9038

9BM3840733B320646

110025810496TR

COMERCIALIZADORA LOS ANGELES S. A., REPRESENTADO POR HUGO CHAVES ARCE

3101095525

C 135427

1M2N275B2KW008969

110033890496TR

CREDIBANJO S. A., REPRESENTADO POR ERNESTO CASTEGNARO ODIO

3101083380

CL 209021

JN1AHGD22Z0041744

110032550496TR

PRIPA PJP S. A., REPRESENTADA POR JUAN PABLO CALVO CALVO

3101286517

530490

JN1VDZR50Z0011809

110029550496TR

USC S. A., REPRESENTADA POR MANRIQUE CONSTENLA UMAÑA

3101449441

CL 225256

MPATFR54H8H509197

110021020496TR

GRUPO INDIVISA DEL SUR S. A., REPRESENTADA POR HENRY BADILLA MORA

3101397929

587151

1FMDU35P3TZB54517

110022080496TR

VEHICULOS LA POLVORA DE PLATA S. A., REPRESENTADA POR LUIS CALVO SOLANO

3101462816

CL 250260

KNCSHX71AB7503172

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTIA TURRIALBA, CARTAGO

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-000416-1008-TR

ANIBAL BRENES ZUÑIGA

3-0187-0906

CL 139217

VZN1105048760

11-000422-1008-TR

CRISTIAN PEREIRA QUIRÓS

3-0314-0656

176607

BEAB13513299

11-000386-1008-TR

MARVIN HIDALGO SUAREZ

700700828

884574

KM8JN12D96U339915

11-000421-1008-TR

OSCAR ARAYA ROMERO

9-0085-0341

229423

1B3ES27C4SD562671

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE GARABITO, PUNTARENAS

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-600320-0445-TC

ALEXANDER ROMULO MORA ARCE

1-0708-0849

862501

KMJRD37FPV383453

11-600239-0445-TC

LUCK HERRADURA SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-315601

495314

JN1TBNT30Z0006603

11-600315-0445-TC

EDWIN OROZCO SALAZAR

6-0150-0543

TP 210

JTDBJ21E304014785

10-600317-0445-TC

INDUSTRIAS MARTEC S. A.

3-101-050217

CL 220432

KMFXKS7FP1U467246

11-600325-0445-TC

JOSÉ RICARDO MONTERO BLANCO

2-05640695

891589

KMHCG41BPXU027154

11-600328-0445-TC

JAMES MENLOVE ARTHUR

PASAPORTE 700725002

360207

KMHJF31JPPU401144

11-600264-0445-TC

MARGOT HERNÁNDEZ CORDERO

3-0422-0723

366836

1N4EB31PORC716914

11-600290-0445-TC

DIDIER ALONSO MORALES JIMÉNEZ

2-0499-0642

311419

JP3CU14X2KU069704

11-600335-0445-TC

JORGE ALBERTO FERNÁNDEZ ANGULO

5-0247-0240

TP 808

JTEBK29J500023814

11-600115-0445-TC

JOHN DAVID NAIL

132598383

581056

KMXKPU1CPSU129175

11-600128-0445-TC

PLANTATION ACRES MACKENZIE CINCO OEP S. A.

3-101-431390

791348

8AJZZ62GX00001570

JUZGADO CONTRAVENCIONALY DE MENOR CUANTÍA DE COTO BRUS, PUNTARENAS

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-600099-441-TC

GRUPO DE INVERSIONES FF SOCIEDAD ANONIMA

3-101-227652

C-132599

JALFTR33MY7000003

11-600108-441-TC

LUIS MINOR CHACÓN VARELA

6-0187-288

758831

JDAJ102G000504818

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE GOLFITO, PUNTARENAS

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

10-000167-1100-TR

REMY CHAMPAGNE REPRESENTANTE LEGAL DE CLUB DE BUCEO PARAÍSO S. A.

PASAPORTE NÚMERO FV7888438

MOT-101529

KL600A000330

JUZGADO CONTRAVENCIONALY DE MENOR CUANTÍA DE OSA, PUNTARENAS

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

10-600136-442-TC

ANA PATRICIA GUTIÉRREZ GARCIA

1-0948-0418

621264

1N4AB41D5XC703440

10-600025-442-TC

JOSÉ PABLO SOLANO VARGAS

1-1007-0244

376723

KMHVF31JPMU513845

11-600012-442-TC

TRANSPORTES BLADIMIR DEL SUR S. A.

3-101-361527

C 142994

1FUYDCYB4RH564806

11-600229-0442-TC

WENDY MADRIGAL PORRAS

1-1182-0684

228824

JN1BDAB14Z0011647

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE NICOYA, GUANACASTE

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-0008267-0768-TR

JESUS MARIA QUESADA ARROYO EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE TRANSPORTE JOKEVISION SOCIEDAD ANONIMA

3101251857

HB 002796

KMJHD17APXC001700

JUZGADO DE MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO DE SANTA CRUZ, GUANACASTE

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

10-000593-0783-TR

ROSA MARIBEL SOLIS CANALES

CÉDULA DE RESIDENCIA 064RE000845001999

CL 123021

JN6ND16Y1GW000381

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE CAÑAS, GUANACASTE

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-600102-402-TR

KRAUSE BEREETERVIDE ALEXANDER GUSTAVO

NUMERO DE PASAPORTE 19309792

126069

2CNBJ18U4L6215293

11-600103-402-TR

ERNESTO CASTEGNARO ODIO

1-387-696

CL234097

FE71PBA00403

JUZGADO CONTRAVENCIONAL LA CRUZ, GUANACASTE

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-600046-398-TR

TTERMINAL CONTENEDORES (INTEROCEANICOS) SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR LUIS GUILLERMO SOLIS FERNANDEZ

 3-101-105632 1-663-873

C-141107

1FUYSSEB6WL910206

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE TILARÁN, GUANACASTE

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-600048-404-TR

GERHARD GEORG SCHWINN

PASAPORTE NUMERO 402107665

835958

JACW7901431

11-600047-404-TR

CAROLUS JANSEN THOMAS HENRICUS

PASAPORTE NÚMERO 1000352754

CL 156238

JM7UFY0W5V0119408

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE CARRILLO, GUANACASTE

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-600151-0401-TR

FUNDACION INCIENSA

3-006-078153

688652

NO INDICA

10-600256-0401-TR

EUGENIA MARTA LEON MARENCO (COMO PRESIDENTE DE NETE SERVICIOS MULTIPLES SOCIEDAD ANÓNIMA)

7-0062-725

146785

EP700062700

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE BRIBRI, LIMON

N° expediente

Propietario

N° cédula

N° placa

N° chasis

11-600019-0478-TC

BADILLA DIAZ OLMAN

7-158-915

375107

KMHVF31JPPU722351

11-600024-0478-TC

CREDIBANJO S. A.

3101083380

C-149692

1HTMKAAN83H573250

Se hace del conocimiento de estas personas, que de conformidad con lo establecido en el artículo 160 de la Ley de Tránsito, tienen derecho a comparecer al Despacho Judicial dentro del término de ocho días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, a manifestar si desean constituirse como parte o no del proceso, con la advertencia de que no hacerlo, se entenderá que renuncia a ese derecho y los trámites continuarán hasta sentencia. Publíquese.—San José, a las ocho horas del dos de febrero del dos mil doce.—Alfredo Jones León, Director Ejecutivo.—1 vez.—Exento.—(IN2012009352).

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN  HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

TERCERA PUBLICACIÓN

El Consejo de la Judicatura y el Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial, abren concursos para integrar listas de elegibles para los cargos de juez y jueza:

Concurso

Cargos de juez y jueza

Exámenes programados

a partir del

Modalidad

Solicitud fecha de examen

CJ-02-2012

Juez (A) 1 Genérico

21/05/2012

Oral

1 y 2/03/12

CJ-03-2012

Juez (A) 3 Civil

30/04/2012

Oral

1 y 2/03/12

CJ-04-2012

Juez (A) 3 Contencioso Administrativo

16/04/2012

Oral

1 y 2/03/12

CJ-05-2012

Juez (A) 3 Familia y Penal Juvenil

16/04/2012

Oral

1 y 2/03/12

CJ-06-2012

Juez (A) 3 Penal

21/05/2012

Oral

1 y 2/03/12

CJ-07-2012

Juez (A) 3 Penal Juvenil

14/05/2012

Oral

1 y 2/03/12

CJ-08-2012

Juez (A) 4 Civil

 

Oral

1 y 2/03/12

CJ-09-2012

Juez (4) Contencioso Administrativo

14/05/2012

Oral

1 y 2/03/12

CJ-10-2012

Juez (A) 4 Laboral

21/05/2012

Oral

1 y 2/03/12

CJ-11-2012

Juez (A) 4 Penal

16/04/2012

Oral

1 y 2/03/12

CJ-12-2012

Juez (A) Conciliador (A)

18/06/2012

Oral

1 y 2/03/12

 

Además se abren los siguientes concursos para integrar listas de jueces y juezas suplentes:

Concurso

Categoría

Requerimiento

CJS-01-2012

Juez 1

Los que se señalan como requisitos generales

CJS-02-2012

Juez 2

Los que se señalan como requisitos generales

CJS-03-2012

Juez 3

Elegible en el Sistema de Carrera Judicial

CJS-04-2012

Juez 3 Penal Juvenil

Elegible en materia Penal Juvenil en el Sistema de Carrera Judicial

CJS-05-2012

Juez 4

Elegible en el Sistema de Carrera Judicial y tener al menos 30 años de edad

CJS-06-2012

Juez 5

Elegible en el Sistema de Carrera Judicial y tener al menos 35 años de edad

 

I.    REQUISITOS:

Generales:

ü  Ser costarricense.

ü  Bachiller de secundaria (Deberá remitirse el título en formato electrónico).

ü  Licenciatura en Derecho (Deberá remitirse el título en formato electrónico).

ü  Estar incorporado o incorporada al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica (Deberá remitirse el certificado de incorporación en formato electrónico).

ü  Fotografía. (Indispensable presentar la fotografía al momento en que se le efectúe la valoración médica)

ü  Tener experiencia en supervisión de personal. (Requisito no excluyente).

ü  Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera Judicial, Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

ü  Experiencia en la tramitación y la resolución de asuntos judiciales.

ü  Es indispensable que las personas que resulten elegibles en los concursos y que lleguen a ocupar cargos en la Judicatura deberán conocer de los siguientes temas:

   Sistema de Depósitos y Pagos Judiciales (SDJ) y el de Gestión de Despachos Judiciales.

   Materia penal: Aprobar el Programa de Formación General Básica y los cursos de oralidad que imparta la Escuela Judicial.

   Materia de familia y pensiones alimentarias: Aprobar los cursos de oralidad, conciliación, gestión de despachos judiciales, género y derechos humanos.

   Para todas las categorías y materias de jueces y juezas, las personas que resulten nombradas en propiedad deberán realizar los cursos virtuales en materia de equidad de género, accesibilidad, servicio público de calidad, sistema de gestión, hostigamiento sexual y acoso psicológico en el trabajo. Además, deberán mostrar dominio en cuanto al empleo de paquetes informáticos básicos de oficina y de uso institucional.

Específicos:

Además de los requisitos generales, las personas que oferten deben cumplir con los requerimientos que establece el Manual de Clasificación de Puestos, demás disposiciones vigentes del marco jurídico costarricense y contar con lo siguiente:

Concurso CJ-08-2012 juez (a) 4 civil, CJ-09-2012 juez (a) 4 Contencioso Administrativo, CJ-10-2012 juez (a) 4 laboral y CJ-11-2012 de juez (a) 4 penal.

   Tener al menos 30 años de edad.

Concursos CJ-12-2012 de juez y jueza conciliador(a

   Haber aprobado cursos formales en materia de Mecanismos de Resolución Alterna de Conflictos, con duración de 80 horas o en su defecto el certificado que le acredite como mediador(a).

II.   REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LOS CONCURSOS DE JUEZAS Y JUECES SUPLENTES:

Es requisito indispensable que los oferentes que participen en las materias de Conciliación, Notariado, Agrario y Cobro, cuenten con lo siguiente:

    Conciliación: Curso formal en materia de mecanismos de Resolución Alterna de Conflictos, como mínimo 80 horas.

    Notariado: Postgrado en derecho notarial y registral reconocido por las autoridades educativas competentes. Haber estado incorporado el Colegio de Abogados de Costa Rica al menos durante 2 años y con la misma antelación haber solicitado la habilitación para ejercer el cargo.

    Agrario (juez(a) 4): Ser abogado con experiencia de más de 5 años en la profesión y poseer título debidamente expedido o reconocido en Costa Rica. Haber obtenido una especialización en Derecho Agrario o contar con experiencia no menor a 3 años en la enseñanza o en la práctica de esa rama del derecho.

III.    FASES QUE CONSTITUYEN LOS CONCURSOS (excepto para los concursos para integrar listas de jueces y juezas suplentes)

1.  Inscripción electrónica en el concurso.

2.  Quienes cumplan con los requisitos establecidos, deberán realizar exámenes orales según la categoría y la materia de su interés.

3.  Entrevistas por parte de los y las integrantes del Consejo de la Judicatura

4.  Valoraciones por parte de los y las profesionales de la Unidad Interdisciplinaria de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial en las áreas de psicología, medicina y trabajo social.

5.  Cierre del concurso por parte del Consejo de la Judicatura.

Una vez cumplida la totalidad de las fases indicadas y que el Consejo de la Judicatura haya dictado el acto final del concurso, las personas oferentes serán incluidas en el escalafón de elegibles.

IV.    ACERCA DE LA INSCRIPCIÓN:

a)  Inscripción electrónica: Es imprescindible que las personas oferentes se inscriban mediante la OFERTA ELECTRÓNICA DE SERVICIOS en la dirección https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr/SACJ/. La inscripción será única y exclusivamente por este medio y queda registrado en línea automáticamente. Se habilitan las veinticuatro horas hasta la fecha de vencimiento del período de inscripción del concurso.

Los TEMARIOS de las pruebas están disponibles en la dirección electrónica www.poder-judicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm  por lo que no se suministrarán por otro medio.

b)  Para la correcta inscripción en los concursos, es preciso que complete todos los espacios requeridos en el formulario electrónico. Al final del proceso de inscripción, el sistema le brindará un comprobante mediante el cual se asegura que éste se efectúo con éxito. Caso contrario la solicitud será desestimada.

c)  De acuerdo con el procedimiento que se señala a continuación, los atestados deberán remitirse en formato electrónico a la Sección Administrativa de la Carrera Judicial al cierre del concurso, o a más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha de su vencimiento. Esta disposición rige para quienes oferten por primera vez o hayan presentado los atestados en un período mayor a dos años.

V.     PROCEDIMIENTO PARA LA REMISIÓN DE ATESTADOS EN FORMATO ELECTRÓNICO

1.  Escanear documentos y crear un archivo digital PDF, preferiblemente en un único archivo con un máximo cuatro megas.

2.  Ingresar a la dirección electrónica https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr/SACJ/

3.  En el menú de inscripción, seleccionar la opción “buzón para agregar atestados”

4.  En “selección tipo de atestado”, seleccionar “documento”

5.  En “archivo a adjuntar”, elegir “examinar”, debe buscar el archivo digital PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.

6.  De la barra superior, escoger “subir atestados”

7.  De esta forma los documentos quedarán agregados en forma automática en un buzón que será revisado por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.

VI.    DE LOS COMPONENTES A VALORAR EN EL CONCURSO Y DE LA CONVALIDACIÓN DE NOTA (EXCEPTO PARA LOS CONCURSOS PARA INTEGRAR LISTAS DE JUECES Y JUEZAS SUPLENTES)

    Examen: Las personas aspirantes deberán rendir una prueba ante el Tribunal Examinador, sobre la materia específica. La nota del examen se multiplicará por el valor indicado: 75 para el grado I, categorías de juez-jueza 1, 2 y 3; 70 para el grado II, categorías de juez-jueza 4. El resultado se dividirá entre 100 para obtener el porcentaje correspondiente.

La nota obtenida en el examen no representa el promedio de elegibilidad, por cuanto el porcentaje obtenido en la prueba deberá ponderarse con otros factores, tales como: experiencia, promedio académico, entrevista, publicaciones, docencia, postgrados y capacitación.

    Entrevista: A quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se les realizará una entrevista con por lo menos dos integrantes del Consejo de la Judicatura, la cual versará sobre la organización del Poder Judicial, la actividad jurisdiccional específica y en general del área a la que pretende ingresar, aspectos del sistema jurídico costarricense y sobre la cultura jurídica de la persona aspirante.

    Experiencia profesional: Se califica a partir de la fecha de incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

Si posee experiencia laboral externa al Poder Judicial como profesional en Derecho, se deberá aportar en formato electrónico lo siguiente:

v Abogado o abogada litigante: Declaración jurada no protocolizada respecto los periodos que fungió como abogada, abogado o notario notaria.

v Empresa o institución: Constancia emitida por esta donde especifique:

   El o los puestos desempeñados.

   Requisitos y especialidad del o de los puestos profesionales.

   Las fechas cuando rigen y vencen los períodos laborados.

   Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso de que los haya disfrutado, se debe señalar el período.

   El motivo de salida.

   Si hubo o no pago de prestaciones, en caso afirmativo, con cuál ley.

En concordancia con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de Carrera Judicial, las personas que ya cuenten con elegibilidad y que participen en un concurso de una misma categoría y materia, se les considerará la experiencia ya acreditada, sin variar la fecha establecida conforme al numeral anterior. Se podrá computar nueva experiencia únicamente si ya ha superado el plazo de dos años desde el anterior corte.

    Promedio académico: Para promediar este componente, debe remitir en formato electrónico la certificación de notas de la carrera universitaria.

    Publicaciones: La guía para la calificación de los y las participantes en la Carrera Judicial contempla, únicamente, el reconocimiento de ensayos y libros atinentes a la disciplina del Derecho, previo estudio y reconocimiento de la Unidad de Componentes Salariales del Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial.

    Docencia: Únicamente se reconocerá la docencia universitaria. La persona interesada debe remitir en formato electrónico, la constancia con membrete emitida por la universidad donde fue docente, en la cual especifique el nombre del curso, el cuatrimestre o semestre, según el caso, y el año cuando la impartió.

    Posgrado: Se reconocerán dos puntos por la especialidad o por la aprobación del Programa de Formación General básica para Jueces y Juezas; tres puntos por la maestría y cinco puntos por el doctorado. El tope máximo en este rubro es de cinco puntos y no es acumulativo, el o los títulos deberán remitirse en formato electrónico.

    Capacitación recibida: Se reconocerán los certificados de capacitación en la Carrera Judicial, siempre que contengan la cantidad de horas, que esta sea impartida por alguna institución de renombre, atinente a la disciplina del Derecho y sea realizada luego de la incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, el o los certificados deberán remitirse en formato electrónico.

    Evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas: A quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se les realizarán evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas, cuyos resultados serán parte integral del proceso de selección. Dichas valoraciones son de carácter cualitativo y la información derivada de su participación en este concurso será utilizada por los órganos decisorios.

    Promedio final de elegibilidad: Este se hará en el mismo momento a todas las personas participantes de un mismo concurso, por cuanto consta de un procedimiento único, con fases de cumplimiento iguales para los y las participantes. Esta regla aplica para las personas que ya cuentan con elegibilidad y realizan examen para mejorar la nota.

Si el promedio final es inferior a 70, no procederá en el futuro la modificación del promedio obtenido mediante la recalificación de los distintos factores. Consejo de la Judicatura, sesión CJ-36-2001, artículo VIII, celebrada el 23 de octubre de 2001.

    Convalidación del promedio de elegibilidad: Procede convalidar el promedio obtenido en un concurso a otro de inferior categoría en la misma materia, esta gestión se realiza a solicitud de parte y una vez que el Consejo de la Judicatura haya dictado el acto final del concurso donde está participando. Para ello, deberá haber obtenido un promedio superior o igual al 70. Esta regla aplica para las personas que ya cuentan con elegibilidad y realizan examen para mejorar la nota.

VII.    DE LA ASIGNACIÓN DE FECHAS PARA EXAMEN, SANCIÓN, SOLICITUD DE EXCLUSIÓN Y DE REPROGRAMACIÓN.

    Confirmación a realizar la prueba: Las personas debidamente inscritas en estos concursos, previamente a la asignación de la fecha para examen, deben confirmar su asistencia a la prueba por medio del correo electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr del 1º al 02 de marzo del 2012.

    Asignación de fechas para examen: Una vez recibida la confirmación en las fechas señaladas, esta oficina procederá a realizar la distribución aleatoria de las fechas de examen y se les notificará, así como el lugar y la hora en que deben presentarse a efectuar la prueba.

    Exclusión: No se aceptarán solicitudes de exclusión del concurso una vez inscrito, excepto por motivos de fuerza mayor y debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Consejo de la Judicatura, para lo cual deben presentar los comprobantes respectivos en forma oportuna.

Reprogramación: Proceden en casos calificados debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Tribunal Examinador, para lo cual debe remitir en formato electrónico(escaneado) la solicitud y los comprobantes que acrediten su gestión en los cinco días hábiles posteriores a la fecha del examen.

No se aceptarán solicitudes de reprogramación por asuntos de trabajo, salvo en casos emergentes que serán valorados por el Tribunal Examinador.

En los casos que ya se hubiera cambiado la cita inicial, salvo motivos de fuerza mayor que será valorado por el Consejo de la Judicatura, no se dará trámite a solicitudes de reprogramación de examen.

Las incapacidades deben ser emitidas por la C.C.S.S. o por el médico o médica de empresa de la institución.

    De la sanción: En concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial, no podrán participar en estos concursos aquellas personas que fueron descalificadas de un concurso anterior de la misma categoría y materia.

Asimismo, todas las personas que se inscriban en los concursos y no soliciten fecha de examen o habiéndola solicitado no se presenten al examen, serán descalificadas de forma inmediata en este acto, por lo que no podrán participar en el concurso siguiente.

Quienes obtengan en el examen específico nota superior al 70, pero si sumados los componentes evaluables no logran alcanzar en el concurso un promedio final igual o superior al 70, “aplazados”, no quedarán elegibles. Por lo tanto, se les aplicará la sanción estipulada en el numeral 75 de la Ley de Carrera Judicial.

Asimismo, de conformidad con el artículo 39 del Reglamento de Carrera Judicial, los aspirantes que deseen mejorar sus notas de los exámenes específicos, podrán hacer la repetición después de transcurrido el siguiente concurso. En el caso de que no lograren superar la calificación anterior, no podrán participar, en cada oportunidad, en los dos concursos posteriores.

Concurso CJ-02-2012 de juez y jueza 1 Genérico

No podrán participar en éste concurso por su condición, las siguientes personas:

    Las descalificadas de los concursos CJ-12-2010 por haber obtenido una nota de examen insuficiente o por no alcanzar el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto.

    Las descalificadas del concurso CJ-01-11 de juez y jueza 1 Genérico; los que confirmaron la asistencia al examen y se presentaron a la prueba, por haber obtenido una nota de examen insuficiente o por no alcanzar el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto.

    Las descalificadas del concurso CJ-26-11 de juez y jueza 1 Genérico; ya sea, porque se inscribieron en el concurso o no se presentaron a la prueba.

Concurso CJ-03-2012 de juez y jueza 3 Civil

No podrán participar en éste concurso por su condición, las siguientes personas:

    Las descalificadas del concurso CJ-17-2011 de juez 3 Civil; ya que se inscribieron en el concurso y no confirmaron la asistencia al examen o habiéndola confirmado no se presentaron a la prueba.

Concurso CJ-04-2012 de juez

y jueza 3 Contencioso Administrativo

No podrán participar en éste concurso por su condición, las siguientes personas:

    Las descalificadas del concurso CJ-03-11 de juez y jueza 3 Contencioso Administrativo, ya sea, porque se inscribieron en el concurso y no confirmaron la asistencia al examen, o habiéndola confirmado no se presentaron a la prueba, por haber obtenido una nota de examen insuficiente o por no alcanzar el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto.

Concurso CJ-05-2012 de juez y jueza 3 Familia y Penal Juvenil

No podrán participar en éste concurso por su condición, las siguientes personas:

    Las descalificadas del concurso CJ-02-2011 de juez 3 Familia y Penal Juvenil; ya que se inscribieron en el concurso y no confirmaron la asistencia al examen o habiéndola confirmado no se presentaron a la prueba, por haber obtenido una nota de examen insuficiente o por no alcanzar el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto.

Concurso CJ-06-2012 de juez y jueza 3 Penal

No podrán participar en éste concurso por su condición, las siguientes personas:

    Las descalificadas de los concursos CJ-15-2010 y CJ-05-2011 de juez 3 Penal; por haber obtenido una nota de examen insuficiente o por no alcanzar el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto.

    Las descalificadas del concurso CJ-05-2011 de juez 3 Penal; ya que se inscribieron en el concurso y no confirmaron la asistencia al examen o habiéndola confirmado no se presentaron a la prueba.

Concurso CJ-07-2012 de juez y jueza 3 Penal Juvenil

No podrán participar en éste concurso por su condición, las siguientes personas:

    Las descalificadas del concurso CJ-17-2010 de juez y jueza 3 Penal Juvenil; ya sea, porque se inscribieron en el concurso y no confirmaron la asistencia al examen, o habiéndola confirmado no se presentaron a la prueba, por haber obtenido una nota de examen insuficiente o por no alcanzar el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto.

Concurso CJ-08-2012 de juez y jueza 4 Civil

No podrán participar en éste concurso por su condición, las siguientes personas:

    Las descalificadas del concurso CJ-19-2010 de juez y jueza 4 Civil, por haber obtenido una nota de examen insuficiente o por no alcanzar el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto.

    Las descalificadas del concurso CJ-10-2011 de juez y jueza 4 Civil, por haber obtenido una nota de examen insuficiente o por no alcanzar el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto.

    Las descalificadas del concurso CJ-21-2011 de juez y jueza 4 Civil; ya sea, porque se inscribieron en el concurso y no confirmaron la asistencia al examen, o habiéndola confirmado no se presentaron a la prueba, por haber obtenido una nota de examen insuficiente o por no alcanzar el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto.

Concurso CJ-09-2012 de juez

y jueza 4 Contencioso Administrativo

No podrán participar en éste concurso por su condición, las siguientes personas:

    Las descalificadas de los concursos CJ-22-2010 y CJ-07-2011 de juez y jueza 4 Contencioso Administrativo; por haber obtenido una nota de examen insuficiente o por no alcanzar el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto.

    Las descalificadas del concurso CJ-07-2011 de juez y jueza 4 Contencioso Administrativo; ya que se inscribieron en el concurso y no confirmaron la asistencia al examen o habiéndola confirmado no se presentaron a la prueba.

Concurso CJ-10-2012 de juez y jueza 4 Laboral

No podrán participar en éste concurso por su condición, las siguientes personas:

    Las descalificadas del concurso CJ-11-2011 de juez y jueza 4 Laboral; ya sea, porque se inscribieron en el concurso y no confirmaron la asistencia al examen, o habiéndola confirmado no se presentaron a la prueba, por haber obtenido una nota de examen insuficiente o por no alcanzar el promedio mínimo para quedar elegible en ese puesto.

Concurso CJ-11-2012 de juez y jueza 4 Penal

No podrán participar en éste concurso por su condición, las siguientes personas:

    Las descalificadas del concurso CJ-24-2011 de juez y jueza 4 Penal; ya sea, porque se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la prueba.

Concurso CJ-12-2012 de juez y jueza Conciliador

No podrán participar en éste concurso por su condición, las siguientes personas:

    Las descalificadas del concurso CJ-18-2011 de juez y jueza 3 Conciliador; ya sea, porque se inscribieron en el concurso y no se presentaron a la prueba.

Despachos concurso de Jueces y Juezas Suplentes

CJS-01-2012 JUEZ 1

1.       TRIBUNAL APELACIÓN DE SENTENCIA

2.       JUZGADO PRIMERO CIVIL DE MENOR CUANTÍA DE SAN JOSÉ

3.       JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE MENOR CUANTÍA DE SAN JOSÉ

4.       JUZGADO TERCERO CIVIL DE MENOR CUANTÍA DE SAN JOSÉ

5.       JUZGADO CUARTO CIVIL DE MENOR CUANTÍA DE SAN JOSÉ

6.       JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA ALAJUELITA

7.       JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA ESCAZÚ

8.       JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA HATILLO

9.       TRIBUNAL PENAL III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSE, SEDE SUROESTE HATILLO

10.     JUZGADO DE TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

11.     JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

12.     TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

13.     JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE BUENOS AIRES

14.     TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

15.     JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

16.     JUZGADO CIVIL DE MENOR CUANTÍA CARTAGO

17.     JUZGADO DE PENSIONES ALIMENTARIAS DE HEREDIA

18.     JUZGADO MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE

19.     JUZGADO PENSIONES ALIMENTARIAS I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

20.     TRIBUNAL TRABAJO MENOR CUANTÍA I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

21.     JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA GUÁCIMO

22.     JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS POCOCÍ

23.     JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA MATINA

24.     JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA SIQUIRRES

CJS-02-2012 JUEZ 2

25.     JUZGADO PRIMERO ESPECIALIZADO DE COBRO I CIRCUITO JUD

26.     JUZGADO SEGUNDO ESPECIALIZADO DE COBRO I CIRCUITO JUD

27.     JUZGADO ESPECIALIZADO DE COBRO II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

28.     JUZGADO EJECUCIÓN DE LA PENA ALAJUELA

29.     JUZGADO EJECUCIÓN DE LA PENA DE CARTAGO

30.     JUZGADO EJECUCIÓN DE LA PENA DE GUANACASTE

CJS-03-2012 JUEZ 3

31.     JUZGADO PRIMERO CIVIL DE SAN JOSÉ

32.     JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE SAN JOSÉ

33.     JUZGADO TERCERO CIVIL DE SAN JOSÉ

34.     JUZGADO CUARTO CIVIL DE SAN JOSÉ

35.     JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DE SAN JOSÉ

36.     JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE SAN JOSÉ

37.     JUZGADO PENAL I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

38.     JUZGADO PENAL DE TURNO EXTRAORDINARIO SAN JOSÉ

39.     JUZGADO NOTARIAL

40.     JUZGADO DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

41.     JUZGADO VIOLENCIA DOMÉSTICA TURNO EXTRAORDINARIO SAN JOSÉ

42.     CENTRO CONCILIACIÓN DEL PODER JUDICIAL

43.     JUZGADO DE SEGURIDAD SOCIAL

44.     JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA

45.     JUZGADO DE FAMILIA II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

46.     JUZGADO DE TRABAJO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ

47.     JUZGADO PENAL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

48.     JUZGADO AGRARIO II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

49.     JUZGADO CIVIL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

50.     JUZGADO DE FAMILIA III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ (DESAMPARADOS)

51.     JUZGADO VIOLENCIA DOMÉSTICA III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSE (DESAMPARADOS)

52.     JUZGADO PENAL DE HATILLO

53.     JUZGADO PENAL DE PAVAS

54.     JUZGADO PENAL DE PURISCAL

55.     JUZGADO AGRARIO I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

56.     JUZGADO PENAL DE BUENOS AIRES

57.     JUZGADO CIVIL, TRABAJO Y FAMILIA DE BUENOS AIRES

58.     JUZGADO AGRARIO II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

59.     JUZGADO CIVIL Y TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

60.     JUZGADO FAMILIA, PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOMESTICA II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

61.     JUZGADO DE FAMILIA I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

62.     JUZGADO PENAL I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

63.     JUZGADO CIVIL I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

64.     JUZGADO DE TRABAJO I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

65.     JUZGADO VIOLENCIA DOMÉSTICA I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

66.     JUZGADO AGRARIO I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

67.     JUZGADO CIVIL Y TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

68.     JUZGADO AGRARIO II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

69.     JUZGADO PENAL II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

70.     JUZGADO VIOLENCIA DOMÉSTICA II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

71.     JUZGADO FAMILIA Y PENAL JUVENIL II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

72.     JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DE GRECIA

73.     JUZGADO FAMILIA PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOMESTICA DE GRECIA

74.     JUZGADO CIVIL, TRABAJO Y AGRARIO III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN RAMÓN)

75.     JUZGADO FAMILIA, PENAL JUVENIL VIOLENCIA DOMESTICA III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN RAMÓN)

76.     JUZGADO FAMILIA DE CARTAGO

77.     JUZGADO DE VIOLENCIA DOMÉSTICA DE CARTAGO

78.     JUZGADO AGRARIO DE CARTAGO

79.     JUZGADO FAMILIA, PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOMÉSTICA TURRIALBA

80.     JUZGADO FAMILIA, PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOMESTICA I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE

81.     JUZGADO PENAL DE CAÑAS

82.     JUZGADO PENAL DE SANTA CRUZ

83.     JUZGADO CIVIL DE HEREDIA

84.     JUZGADO VIOLENCIA DOMÉSTICA DE HEREDIA

85.     JUZGADO PENAL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

86.     JUZGADO CIVIL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

87.     JUZGADO TRABAJO I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

88.     JUZGADO FAMILIA I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

89.     JUZGADO AGRARIO II CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

CJS-04-2012 JUEZ 3 PENAL JUVENIL

90.     JUZGADO PENAL JUVENIL DE SAN JOSÉ

91.     JUZGADO PENAL JUVENIL I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

92.     JUZGADO PENAL JUVENIL DE HEREDIA

CJS-05-2012 JUEZ 4

93.     TRIBUNAL DISCIPLINARIO NOTARIAL

94.     TRIBUNAL DE FLAGRANCIA DE SAN JOSÉ

95.     TRIBUNAL AGRARIO II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

96.     TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

97.     TRIBUNAL PENAL II CIRCUITO JUDICIAL SAN J      

98.     TRIBUNAL PENAL III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ (DESAMPARADOS)

99.     TRIBUNAL PENAL III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSE, SEDE SUROESTE HATILLO

100.   TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

101.   TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

102.   TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR, SEDE GOLFITO

103.   TRIBUNAL DE PUNTARENAS

104.   TRIBUNAL DE PUNTARENAS, SEDE AGUIRRE Y PARRITA

105.   TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

106.   TRIBUNAL III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (SAN RAMÓN)

107.   TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE

108.   TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE

109.   TRIBUNAL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

110.   TRIBUNAL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

CJS-06-2012 JUEZ 5

111.   TRIBUNAL APELACIÓN DE SENTENCIA

112.   TRIBUNAL APELACIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA

113.   TRIBUNAL APELACIÓN DE SENTENCIA III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

114.   TRIBUNAL APELACIÓN DE SENTENCIA CARTAGO

115.   TRIBUNAL APELACIÓN DE SENTENCIA GUANACASTE

VII.     DE LAS NOTIFICACIONES

La Sección Administrativa de la Carrera Judicial utilizará el correo electrónico para todos los efectos como único medio de notificación. Para ello, deberá indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas condiciones las veinticuatro horas, ya que, una vez comprobada la entrega electrónica, se dará por notificado el asunto, de lo contrario, se exime de toda responsabilidad a esta Sección y se tendrá por realizada la notificación, veinticuatro horas después de dictada la resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico señalado, debe ser comunicado oportunamente a esta oficina al correo electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr

INFORMACIÓN ADICIONAL

Por ser éste un servicio que requiere atención permanente, todos los días y horas, es inherente al puesto el trabajo en diferentes turnos, en fines de semana, feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos diferentes a la generalidad del personal, trabajar horas extraordinarias y estar sujeto a disponibilidad; además, no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente y el cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo.

Las plazas de juez(a) supernumerario(a) pueden ser ubicadas en jornada vespertina o en cualquier parte del país, a fin de atender las necesidades donde el servicio público lo requiera.

Cualquier nombramiento interino estará condicionado a que regrese la persona titular del cargo, o bien, a la confección de una terna, según lo solicite el órgano competente.

De conformidad con lo establecido en el articulo 34 del Estatuto de Servicio Judicial, incisos a) y c) los nombramientos en plazas vacantes quedarán sujetos a que la persona a quien se sustituye, cumpla con el período de prueba establecido.

Las propuestas de nombramiento para la conformación de listas de juezas y jueces suplentes, se limitarán a tres por participante (incluyendo las que ya ostente, salvo casos excepcionales que serán valorados por el Consejo de la Judicatura.

Las listas y los nombramientos de jueces suplentes están regulados en el artículo 69 de la Ley de Carrera Judicial y artículos del 47 al 55 del Reglamento de Carrera Judicial.

Consultas:

Sección Administrativa de la Carrera Judicial, ubicada en el cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), horario de atención de 7:30 a.m. a 12 md., y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m., de lunes a viernes al correo electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr ó a los teléfonos 2295-3918, 2295-3941 ó 2295-3781.

ESTOS CONCURSOS VENCEN EL

17 DE FEBRERO DE 2012

La inscripción por medio electrónico, se habilita hasta las veinticuatro horas de la fecha indicada.

San José, 2 de febrero del 2012.—Departamento de Personal.—MBA. Francisco Arroyo Meléndez, Jefe.—Exento.—(IN201208668).

SALA CONSTITUCIONAL

Asunto: Acción de Inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

TERCERA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la Acción de Inconstitucionalidad número 11-015749-0007-CO, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.—San José, a las quince horas y cuarenta y cuatro minutos del doce de enero del dos mil doce./Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Celin Eduardo Arce Gomez, para que se declare la inconstitucionalidad del artículo 7º de la Ley Nº 6693 del 27 de noviembre de 1981 que creó el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), por estimarlo contrario a los artículos 33, 39, 41 y 79 de la Constitución Política, así como a los principios de razonabilidad y proporcionalidad, al principio de inocencia y de seguridad jurídica. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y al Ministro de Educación Pública y Presidente del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada. La norma se impugna en cuanto establece que el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada deberá pronunciarse sobre la solicitud de inscripción de una Universidad Privada dentro de los cuatro meses siguientes al día de la presentación de la solicitud, y la falta de ese pronunciamiento implicará la destitución inmediata de los integrantes del consejo, con excepción del Ministro. En ese sentido, se considera que el plazo para resolver que establece la norma, es contraria a los principios de razonabilidad y proporcionalidad, pues en atención a todos los trámites que requiere la inscripción de una universidad privada, el término de cuatro meses resulta insuficiente. Si bien es necesario establecer un plazo para resolver, el plazo dispuesto en la normativa impugnada, resulta desproporcionado. Asimismo, se estima que la norma cuestionada es contraria al debido proceso y al principio de inocencia, pues en caso de que no se cumpla con el plazo para resolver, sanciona a los miembros del Consejo, con su destitución inmediata, sin que de previo se otorgue audiencia o debido proceso, a fin de que los miembros puedan ejercer su defensa. Por otra parte, la norma vulnera el artículo 79, que establece que los centros privados de educación están sujetos a la inspección y supervisión por parte del Estado, pues el silencio administrativo ante la falta de resolución, o bien, el dictado de una resolución expedita y sin un estudio pormenorizados de los requisitos; podría impedir o dificultar la debida fiscalización de las entidades privadas de educación. Finalmente, la norma lesiona el principio de igualdad, dado que prevé la sanción de destitución para todos los miembros del Consejo excepto para el Ministro de Educación, pese a que éste se encuentra en las mismas condiciones que el resto de los integrantes. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación del accionante proviene del proceso de conocimiento número 09-002181-1027-CA, que se tramita ante el Tribunal Contencioso Administrativo. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese./Ana Virginia Calzada M., Presidenta.”

San José, 17 de enero del 2012.

                                                                Gerardo Madriz Piedra

Exento.—(IN2012009063)                                           Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la Acción de Inconstitucionalidad número 11-011030-0007-CO se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.—San José, a las dieciséis horas y un minuto del diecisiete de enero del dos mil doce./Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Guillermo Alonso Guzman, en su condición de Presidente y representante Legal del Partido Político Curridabat Siglo XXI, para que se declare la inconstitucionalidad del artículo 288 del Codigo Electoral, por estimarlo contrario al artículo 98 de la Constitución Política, así como al principio de razonabilidad y proporcionalidad. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y al Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones. La norma se impugna en cuanto establece una multa equivalente al doble del monto recibido por una contribución irregular, para los casos en los que un partido político recibe una contribución en contravención a lo dispuesto en el artículo 128 del mismo Código. Se considera que dicha multa es contraria al principio de razonabilidad y proporcionalidad, ya que si bien es necesaria, no es idónea, pues cuando se aplica a partidos políticos con pequeño presupuesto, éstos terminan pagando una multa incluso mayor al presupuesto con el que gestionan su campaña política, lo cual restringe el disfrute de los derechos políticos y desmotiva toda participación dentro del proceso democrático. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación del accionante proviene de la defensa de los intereses colectivos del Partido Político Curridabat Siglo XXI. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese./Ana Virginia Calzada M., Presidenta.”

San José, 19 de enero del 2012.

                                                                Gerardo Madriz Piedra

Exento.—(IN2012009066)                                           Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

A los causahabientes de quien en vida se llamó Encarnación de las Mercedes Ruiz Bonia, quien fue operario, vecino de Puntarenas, Esparza, con cédula de identidad número 5-129-214, se les hace saber que: Albin Ruiz Miranda, vecino de Puntarenas, Esparza, se apersona en este Despacho en calidad de hijo del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Fernando Molina Jiménez, expediente número 11-000330-643-LA-l.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, dieciocho de enero del dos mil doce.—Lic. Erick Campos Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2012009416).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Gerardo Lizano Quirós, quien fue administrador, vecino de Puntarenas, barrio El Carmen, contiguo al Hotel La Punta, con cédula de identidad número 2-243-802, se les hace saber que: Vianney Castillo Sánchez, vecina de Puntarenas, barrio El Carmen, se apersona en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Gerardo Lizano Quirós, expediente número 11-000896-643-LA-1.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, trece de enero del dos mil doce.—Lic. Erick Campos Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2012009428).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fallecido el Ronald Agüero Quirós, cédula 6-380-631 se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 12-000001-1099-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 12-000001-1099-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Golfito, 17 de enero del 2012.—Lic. Víctor Manuel Lizano Campos, Juez.—1 vez.—(IN2012009431).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las nueve horas del siete de marzo del dos mil doce el primer remate con una base de ciento nueve millones quinientos veintiún mil ochocientos veinticinco colones con ochenta y seis céntimos, el inmueble matrícula treinta mil trescientos quince-cero cero cero; con una base de treinta y nueve millones doscientos sesenta y siete mil un colones con veintisiete céntimos, el inmueble matrícula treinta y nueve mil quinientos trece-cero cero cero, con una base de sesenta y un millones seiscientos trece mil trescientos cincuenta y tres colones con ochenta y ocho céntimos, el inmueble matrícula treinta y un mil novecientos diez-cero cero cero. Y con una base de setenta y nueve millones quinientos sesenta y nueve mil novecientos dos colones con noventa y seis céntimos, el inmueble matrícula ciento veintiocho mil ciento noventa y tres-cero cero cero. A las nueve horas del veintiuno de marzo del dos mil doce el segundo remate con las bases rebajadas en un 25% de la base original de ochenta y dos millones ciento cuarenta y un mil trescientos sesenta y nueve colones con treinta y nueve céntimos el inmueble matrícula treinta mil trescientos quince-cero cero cero; con una base de veintinueve millones cuatrocientos cincuenta mil doscientos cincuenta colones con noventa y cinco céntimos el inmueble matrícula treinta y nueve mil quinientos trece-cero cero cero, con una base de cuarenta y seis millones doscientos diez mil quince colones con cuarenta y un céntimos el inmueble matrícula treinta y un mil novecientos diez-cero cero cero. Y con una base de cincuenta y nueve millones seiscientos setenta y siete mil cuatrocientos veintisiete colones con veintidós céntimos el inmueble matrícula ciento veintiocho mil ciento noventa y tres-cero cero cero y a las nueve horas del cuatro de abril del dos mil doce el tercer remate con el 25% de las bases originales de veintisiete millones trescientos ochenta mil cuatrocientos cincuenta y seis colones con cuarenta y siete céntimos el inmueble matrícula treinta mil trescientos quince-cero cero cero, con una base de nueve millones ochocientos dieciséis mil setecientos cincuenta colones con treinta y dos céntimos el inmueble matrícula treinta y nueve mil quinientos trece-cero cero cero, con una base de quince millones cuatrocientos tres mil trescientos treinta y ocho colones con cuarenta y siete céntimos el inmueble matrícula treinta y un mil novecientos diez-cero cero cero. Y con una base de diecinueve millones ochocientos noventa y dos mil cuatrocientos setenta y cinco colones con setenta y cuatro céntimos el inmueble matrícula ciento veintiocho mil ciento noventa y tres-cero cero cero; en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor, lo siguiente: 1) El inmueble matrícula treinta mil trescientos quince-cero cero cero, libre de gravámenes hipotecarios, soportando demanda ordinaria de citas 2011-00043935-01-0001-001, terreno para construir N° 397, sito en el distrito y cantón primeros de la provincia de Limón, linda al norte y oeste con calle pública, al sur y este con el INVU, mide ochocientos veinticinco metros con ochenta y un decímetros cuadrados. 2) El inmueble matrícula treinta y nueve mil quinientos trece-cero cero cero, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada de citas 0370-00017880-01-0919-001, que el terreno para construir N° 395, sito en el distrito y cantón primeros de Limón, linda al norte, con calle pública al sur, este, y oeste, con el Invu, mide setecientos veintisiete metros con veintiocho decímetros cuadrados. 3) El Inmueble matrícula treinta y un mil novecientos diez-cero cero cero, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones de citas 0357-00013395-01-0900-001 y reserva de prioridad de citas 2010-00093032-001, que es terreno para construir con una casa, sito en el distrito y cantón primeros de Limón, linda al norte, con calle pública, al sur y este con Luis Alberto Barrantes Elizondo y al oeste con Gilberto Golden Golden, mide cuatrocientos veintiséis metros con once decímetros cuadrados. 4) El inmueble matrícula ciento veintiocho mil ciento noventa y tres-cero cero cero, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reserva de prioridad de citas 2010-00093054-001, servidumbre trasladada de citas 0254-00012365-01-0002-001, así como limitaciones del INVU citas 2009-00211510-01-0002-001, que es terreno para construir sito en el distrito y cantón primeros de Limón, linda al norte, sur y oeste con el INVU y al este con calle pública, mide cuatrocientos sesenta y siete metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en ejecución hipotecaria número 11-000390-0678-CI-2 establecida por el Banco de Costa Rica contra Tracoli S. A., y otros.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Limón, 13 de enero del 2012.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—(IN2012008977).

A las diecisiete horas y cero minutos del catorce de marzo del año dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 19386-000, la cual es terreno dedicado a agricultura. Situada en el distrito Germania, cantón Siquirres de la provincia de Limón. Colinda: al norte, camino público Roque Soto, otros; al sur, calle pública y Jorge Dondy; al este, calle pública Miguel Jiménez, otro; y al oeste, Roque Soto, Hernán Matamoros, otros. Mide: ciento sesenta y tres mil novecientos catorce metros con dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Compañía Exportadora San Juan. Expediente: 94-007229-0227-CA.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 12 de enero del 2012.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—(IN2012009417).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del nueve de marzo del año dos mil doce, y con la base de dieciséis mil catorce dólares con treinta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca: Mazda, estilo: Mazda 2, año: 2009, número de chasis: JM7DE10Y190121821, marca de motor: Mazda, número de motor: ZY491412, combustible: gasolina, tracción: sencilla, cilindrada: mil quinientos centímetros cúbicos, color: azul, carrocería: sedan 4 puertas Hatchback, cilindros: cuatro, capacidad: cinco personas. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de marzo del dos mil doce, con la base de doce mil diez dólares con setenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de abril del año dos mil doce, con la base de cuatro mil tres dólares con cincuenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Karol Johanna Solís Segura. Exp. 11-007643-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de noviembre del 2011.—Lic. Fulgencio Jiménez Rojas, Juez.—RP2012277147.—(IN2012009460).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbres trasladadas inscritas bajo las citas 0276-00002816-01-0901-001 y 0382-00013164-01-0910-001; a las ocho horas del trece de marzo del dos mil doce, y con la base de seis millones trescientos sesenta y cuatro mil trescientos sesenta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 155836-001-002, la cual es terreno con una casa bloque B lote 6. Situada en el distrito 02 San Vicente, cantón 03 Santo Domingo de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 4; al este, lote 7; y al oeste, lote 5. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, con la base de cuatro millones setecientos setenta y tres mil doscientos setenta y tres colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del doce de abril del dos mil doce, con la base de un millón quinientos noventa y un mil noventa y un colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marcela Benavides Herrera. Expediente 11-001485-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 9 de enero del 2012.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—RP2012277156.—(IN2012009461).

A las ocho horas treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil doce, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios, con la base pericial de dieciséis millones setecientos ochenta y ocho mil trescientos sesenta colones ¢16.788.360,00 (ver peritaje a folios 117 a 118); remataré la finca sin inscribir en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, la cual se describe de la siguiente forma: terreno para agricultura y árboles maderables, situada en Calle Fuentes del Cairo de Siquirres, aproximadamente doscientos metros al este de la entrada principal a El Cairo, distrito quinto El Cairo, cantón tercero de Siquirres de la provincia de Limón. Linderos: al norte, con Rigo Muñoz Saborío, al sur, con José Durán Durán; al este, con Rigo Muñoz Saborío; y al oeste, con Filemón Israel Quirós Calderón, tiene como acceso a calle pública una servidumbre de paso con un ancho de cuatro metros con setenta y tres centímetros y una longitud de ciento setenta y nueve metros lineales con treinta centímetros lineales sobre el fundo sirviente propiedad del señor Filemón Israel Quirós Calderón. Mide: una hectárea mil ciento noventa y dos punto veinticuatro metros cuadrados; lo anterior es confrontado bajo el plano número L-seiscientos veinticuatro mil doscientos noventa y seis-dos mil (L-624296-2000). Ejecutivo simple Nº 07-002043-0640-CI de Víctor Alfredo Orozco Marín contra Rafael Ángel Hernández Morales.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 25 de enero del 2012.—Lic. Christian López Mora, Juez.—RP2012277187.—(IN2012009462).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes, a las catorce horas y treinta minutos del seis de marzo de dos mil doce, y con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y ocho mil setecientos treinta y cuatro-cero cero cero, la cual es lote 95-35 terreno agrícola. Situada en el distrito 09 Chires, cantón 04 Puriscal de la provincia de San José. Colinda: al norte, Jesús Pérez; al sur, Marcos Pérez; al este, Río Candelaria; y al oeste, Jesús Pérez y Álvaro García. Mide: ciento setenta y siete mil trescientos treinta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinte de marzo de dos mil doce, con la base de dos millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de abril de dos mil doce, con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segunda del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Roca Azul Sociedad Anónima contra Sergio Rodríguez Fallas. Expediente: 11-002914-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 9 de enero del 2012.—Msc. Farith Suárez Valverde, Juez.—RP2012277188.—(IN2012009463).

En la puerta exterior de este Juzgado, a las trece horas treinta minutos del primero de marzo del dos mil doce, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ciento veinte millones setecientos setenta y cinco mil novecientos cuarenta colones con dos céntimos, al mejor postor remataré la siguiente finca del partido de Alajuela, matrícula Folio Real número trescientos ochenta y tres mil quinientos sesenta y dos-cero cero cero, que es terreno de zona verde y frutales con dos cabinas, sito en distrito segundo Mastate del cantón noveno Orotina de la provincia de Alajuela. Linda al norte, con calle pública con 21.88 metros de frente y Rosa María Montero Soto; al sur, con Municipalidad de Orotina; al este, con Carlos Alberto Ballestero Vargas y Rosa María Montero Soto, ambos en parte, y oeste, Clara Bonilla Bonilla, Narciso Azofeifa Azofeifa y Rosa María Montero Soto. Mide cinco mil ochocientos sesenta y nueve metros con doce decímetros cuadrados, según plano A cero ocho uno tres uno siete cinco-dos mil dos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil doce, con la base de noventa millones quinientos ochenta y un mil novecientos cincuenta y cinco colones con un céntimo (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce, con la base de treinta millones ciento noventa y tres mil novecientos ochenta y cinco colones (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 11-100479-642-CI-3 de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra: Greddy Manuel Hidalgo Azofeifa.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Jueza.—RP2012277271.—(IN2012009469).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes pero soportando Serv. y calle Ref: 1281-235-00; a las nueve horas y cero minutos del diez de abril de dos mil doce, y con la base de ciento noventa y dos mil doscientos trece dólares con veintinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil ciento dieciocho cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 27-A. Situada en el distrito San Juan, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ferrocarril al Atlántico; al sur, avenida pública con 10 metros; al este, lote 26-A, y al oeste, lote 28-A. Mide: doscientos sesenta y cinco metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de abril de dos mil doce, con la base de ciento cuarenta y cuatro mil ciento cincuenta y nueve dólares con noventa y seis centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de mayo del dos mil doce con la base de cuarenta y ocho mil cincuenta y tres dólares con treinta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Maruhan Carolina Ramos de Martínez. Exp. Nº 11-003049-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 27 de enero del 2012.—Msc. Farith Suárez Valverde, Juez.—RP2012277288.—(IN2012009470).

En la puesta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del veintiocho de febrero del año dos mil doce, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas AB cero cero cinco mil quinientos doce, marca Bluebird, estilo TC 1000, autobús, capacidad 37 personas, color blanco, 4 x 2, chasis 1BAGBCS5VF072276, cilindrada 5900 cc, diesel. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del trece de marzo del dos mil doce, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Donald Gómez Rodríguez contra Reynner Jesús Sánchez González. Exp. Nº 11-000512-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 28 de octubre del 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2012009870).

En la puerta exterior de este despacho, a las trece horas treinta minutos del veintiocho de febrero del dos mil doce, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, con la base de diez millones quinientos veinte mil ochocientos ochenta y nueve colones con once céntimos. Sáquese a remate el bien dado en garantía hipotecaria, sea esta la finca del partido de Puntarenas, matrícula de folio real número ciento cuarenta y nueve mil trescientos nueve-cero cero cero, propiedad del demandado Erick Alberto Retana Abarca, que es lote 4, terreno de agricultura, lote 16, situada en el distrito primero (Parrita), cantón nueve (Parrita), de la provincia de Puntarenas, linda al norte, quebrada Rancho Las Lomas de Parrita Two Thousand Six Sociedad Anónima, al sur, servidumbre agrícola con frente de 88,11 metros, al este, servidumbre agrícola con frente de 60,27 metros y al oeste, servidumbre agrícola con frente de 94,64 metros. Mide: seis mil seis metros con setenta y ocho decímetros cuadrados, según plano P-uno cero ocho cuatro nueve dos cuatro-dos mil seis. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de marzo del dos mil doce con la base de siete millones ochocientos noventa mil seiscientos sesenta y seis colones con ochenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se procede a señalar las trece horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil doce con la base de dos millones seiscientos treinta mil doscientos veintidós colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso de ejecución hiporecaria de Banco de Costa Rica en contra de Erick Alberto Retana Abarca. Expediente Nº 11-100136-425-1-CI.— Juzgado Civil de Aguirre y Parrita, Quepos, 30 de noviembre del 2011.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—(IN2012009872).

En la puerta la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la comunidad de Ciudad Quesada R. L., por la suma original de cuarenta y cinco millones de colones exactos; a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de febrero de dos mil doce, y con la base de cinco millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 317795-000 la cual es terreno de pasto con una casa. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Guzmán Rojas; al sur, calle pública con un frente de ochenta metros con noventa y cinco centímetros; al este, Instituto Costarricense de Electricidad y al oeste, Mari Rojas Herrera. Mide: doce mil setenta y nueve metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de marzo de dos mil doce, con la base de tres millones novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de marzo de dos mil doce, con la base de un millón trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Comerciales y de Desarrollo Invercode contra Kattia Vanessa Mata Valle y Rodrigo Jesús Vargas Montenegro. Exp. Nº 11-025274-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—RP2012277543.—(IN2012009903).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de febrero del dos mil doce, y con la base de tres millones ciento cincuenta y nueve mil quinientos cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número CL225280 marca Nissan, año 2000, vin 1N6DD26S5YC408608, cilindrada 2400 cc, color negro, categoría carga liviana, motor número KA24102814A. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del quince de marzo del dos mil doce con la base de dos millones trescientos sesenta y nueve mil seiscientos veintiocho con 75/100 colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de marzo del año dos mil doce con la base de setecientos ochenta y nueve mil ochocientos setenta y seis con  25/100 colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se le informa a /os interesados en participar en la almoneda que, de conformidad con el artículo 23 de la Ley de Cobro Judicial podrá depositar el porcentaje correspondiente de la base en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, o cheque certificado de un banco costarricense. Ahora bien, en caso de una persona jurídica al pagar con cheque certificado por un monto en colones, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho, y por un monto en dólares a favor de la Unidad Administrativa Regional de Heredia; y en caso de una persona física puede realizarse de la anterior manera o bien el cheque a su favor pero realizar el endoso correspondiente, teniendo clara la restricción del artículo 805 párrafo segundo y 826 del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones El Dorado Siglo Nuevo Sociedad Anónima contra Rubberman Quirós Rodríguez. Exp. Nº 08-001799-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 27 setiembre del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2012010146).

En la puerta exterior de este Despacho; a las nueve horas y cero minutos del dos de mayo del año dos mil doce, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca 1): libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, condiciones ref: 1228 055 009 bajo el tomo: 330, asiento: 14805 y con la base de doscientos dos mil ochocientos veintitrés dólares con treinta y seis centavos finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 00085889 C-000 la cual es terreno de café bosque y charral. Situada en el distrito 03 Vuelta de Jorco, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José y además situada en el distrito 04 San Gabriel, cantón 06 Aserrí, provincia San José. Colinda: al norte, Gerardo Monge Briceño, María Lorena Echeverría Zeledón, quebrada sin nombre y José Manuel Monge Otárola; al sur, calle pública, quebrada Salitral y río Jarocho S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Gerardo Monge Briceño. Mide: Ciento ochenta y siete mil novecientos treinta metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Finca 2): Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, condiciones ref: 1228 055 009 bajo el tomo: 330, asiento: 14805 y con la base de cuarenta y siete mil ciento setenta y seis dólares con sesenta y cuatro centavos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 579132-000 la cual es terreno de charral, café y dos casas. Situada en el distrito 03 Vuelta de Jorco, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José y además situada en el distrito 04 San Gabriel, cantón 06 Aserrí, provincia San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública con quebrada Salitral en medio; al este, calle pública con quebrada Salitral en medio, y al oeste, calle pública y quebrada sin nombre. Mide: Cuarenta y tres mil setecientos doce metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de mayo del año dos mil doce, con la base de ciento cincuenta y dos mil ciento diecisiete dólares con cincuenta y dos centavos para la primera finca y de treinta y cinco mil trescientos ochenta y dos dólares con cuarenta y ocho centavos para la segunda finca (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de junio del año dos mil doce con la base de cincuenta mil setecientos cinco dólares con ochenta y cuatro centavos para la primera finca y de once mil setecientos noventa y cuatro dólares con dieciséis centavos para la segunda finca (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Manuel Roberto Echeverría Zeledón, Río Jarocho S. A. Exp. Nº 10-002490-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 1º de febrero del 2012.—Lic. Fulgencio Jiménez Rojas, Juez.—(IN20120010169).

Primer remate: A las diez horas del veintitrés de abril del dos mil doce, en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Liberia, libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor se rematará las fincas inscritas en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Partido de Alajuela; primera: número ciento cincuenta y cinco mil cincuenta y seis-cero cero uno-cero cero dos con la base de treinta y dos millones de colones. Es terreno de construir, ubicado en Aguas Claras, distrito segundo, de Upala cantón trece de la provincia de Alajuela. Sus linderos son: Norte, sucesión de Sinceón Amador Hernández; sur, calle pública en medio, casa y río Negro; este, Rosa Ulloa Espinoza, y oeste, César Cruz Quesada. Mide ciento noventa y nueve mil ochocientos metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Pertenece a Eugenio Benavides López y Ángela Esquivel Villegas. Segunda: número doscientos setenta y siete mil ciento ochenta y uno-cero cero cero con la base de treinta millones de colones. Es terreno de agricultura lote A-6-1006, ubicado en Aguas Claras, distrito segundo, de Upala, cantón trece de la provincia de Alajuela. Sus linderos son: Norte, Javier Villafuerte y Edwin Baltodano; sur, Jesús Álvarez, María Baltodano y otra; este, José Mendieta, Eduardo Acuña y otra, y oeste, calle pública. Mide: ciento ochenta y seis mil novecientos setenta y cuatro metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Pertenece a Eugenio Benavides López, otros gravámenes; condiciones del Instituto de Desarrollo Agrario citas 0406-00000517-01-0801-001. Tercera: número trescientos treinta y tres mil seiscientos cincuenta y siete-cero cero cero con la base de ocho millones de colones. Es terreno de agricultura, ubicado en Aguas Claras, distrito segundo de Upala cantón trece de la provincia de Alajuela. Sus linderos son: Norte, Rosa María Ulloa Espinoza y Claudio Cruz Morales; sur, calle pública y Rosa María Ulloa Espinoza; este, Claudio Cruz Morales y Carlos Vega Espinoza; y oeste, Rosa María Ulloa Espinoza. Mide: cuarenta y ocho mil novecientos veintidós metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Pertenece a Eugenio Benavides López. Otros gravámenes y anotaciones: Condiciones citas 0367-00019144-01-0831-001, practicado citas 0524-00015699-01-0001-001. Segundo remate: De no existir postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del siete de mayo del dos mil doce, primera: finca número ciento cincuenta y cinco mil cincuenta y seis-cero cero uno-cero cero dos con la base de veinticuatro millones de colones (rebajada en un 25% de la base original. Segunda: Finca número doscientos setenta y siete mil ciento ochenta y uno-cero cero cero con la base veintidós millones quinientos mil colones (rebajada en un 25% de la base original). Tercera: finca número trescientos treinta y tres mil seiscientos cincuenta y siete-cero cero cero con la base de seis millones de colones (rebajada en un 25% de la base original). Tercer remate: De no existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las diez horas del veintiuno de mayo del dos mil doce, primera: finca número ciento cincuenta y cinco mil cincuenta y seis-cero cero uno-cero cero dos con la base de ocho millones de colones (un 25% de la base original). Segunda: finca número doscientos setenta y siete mil ciento ochenta y uno-cero cero cero con la base siete millones quinientos mil colones (un 25% de la base original). Tercera: finca número trescientos treinta y tres mil seiscientos cincuenta y siete-cero cero cero con la base de dos millones de colones (un 25% de la base original). Se remata por estar ordenado en proceso hipotecario Nº 11-000254-0387-AG de Northen Crafts S. A. contra Eugenio Benavides López y otra.—Juzgado Agrario de Liberia, 23 de enero del 2012.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—Exento.—(IN20120010189).

A las 13:30 horas del 28 de marzo de 2012, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0310-00000878-01-0901-001, reservas y restricciones bajo las citas 0365-00008209-01-0902-001 y con la base de la hipoteca ya vencida a favor del actor sea la suma de ¢4.000.000.00, remataré la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula Nº 446.254-000, y que se describe así: Terreno de potrero, sito en distrito dos Florencia, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela, linderos: Norte, Marco Aurelio, Guiselle y Juan Leonel todos Rojas Morera; sur, Óscar Rojas Molina; este, Óscar Rojas Molina, y oeste, Marco Aurelio, Guiselle y Juan Leonel todos Rojas Morera con servidumbre de paso en medio con un ancho de 7 metros lineales. Mide: Once mil setecientos treinta metros con setenta y seis decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sean las bases de ¢3.000.000,00, se señalan las: 13:30 horas del 19 de abril de 2012. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢1.000.000,00, se señalan las 13:30 horas del 4 de mayo de 2012. Se remata por ordenarse así en proceso que es ejecución hipotecaria, expediente N° 11-100181-0297-CI de Artesanía del Norte S. A. contra Gerardo Alberto Corrales Vargas y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 30 de enero del 2012.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN20120010190).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando dos servidumbres trasladadas y una paja de agua; a las diez horas y treinta minutos del doce de junio del año dos mil doce, y con la base de cuatro millones cuatrocientos veintinueve mil cuatrocientos treinta y cinco colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veinticuatro mil doscientos treinta y cinco-cero cero cero la cual es terreno con un garaje. Situada en el distrito 01 Sarchí Norte, cantón 12 Valverde Vega, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 8 metros; al sur, Gerardo Alfaro Jiménez; al este, Patricia Alfaro Rodríguez, y al oeste, María Felicia Céspedes Alfaro. Mide: Doscientos metros con sesenta decímetros cuadrados. Plano: A-1088989-2006. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de junio del año dos mil doce, con la base de tres millones trescientos veintidós mil setenta y seis colones con setenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de julio del año dos mil doce con la base de un millón ciento siete mil trescientos cincuenta y ocho colones con noventa y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Geiner Abarca Salazar. Exp. Nº 11-000949-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 11 de enero del 2012.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—(IN20120010200).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de marzo del año dos mil doce, y con la base de ciento setenta y tres mil ochocientos once dólares con sesenta y siete centavos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 235620-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Sabanilla, cantón Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Manuel Pendones; al sur, Alberto Raven; al este, calle pública, y al oeste, María Alvarado. Mide: Doscientos noventa y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de abril del año dos mil doce, con la base de ciento treinta mil trescientos cincuenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de abril del año dos mil doce con la base de cuarenta y cuarenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y dos dólares con noventa y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Dora María Matus Obregón, Inmobiliaria Jurídica Kairos de Oriente S. A., Margarita del Carmen Obregón Cerdas. Exp. Nº 10-030285-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de enero del 2012.—Lic. Fulgencio Jiménez Rojas, Juez.—(IN20120010205).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones a las citas 0315-00003234-01-0901-001; a las catorce horas y cero minutos del uno de marzo del dos mil doce, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veinticinco mil doscientos tres-cero cero cero, la cual es terreno para agricultura sembrado de café. Situada en el distrito primero San Vito, cantón octavo Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Río Marzo; al sur, María Rosa Mora Arrieta; al este, calle pública y al oeste, Río Marzo y María Rosa Mora Arrieta. Mide: quince mil trescientos cuarenta y siete metros con noventa y tres cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de marzo del dos mil doce, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de abril del dos mil doce, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Eduardo Portuguez Salas y Yinet Salazar Vega. Exp. Nº 11-000680-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 30 de noviembre del 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—(IN2012010246).

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las ocho horas del siete de marzo de dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, pero soportando reservas y restricciones bajo el tomo 395 y asiento 9731, con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la parte actora, sea la base de tres millones seiscientos sesenta y cinco colones netos (¢3.000.665,00), remataré: finca del partido de Alajuela matrícula de Folio Real número 399.574-000, que se describe así: terreno de agricultura anual, sito: en el distrito cuatro, Aguas Zarcas, cantón diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela, colinda al norte, Isabelina Carvajal Villalobos, Henry, Johanna ambos Villegas Carvajal y Adrián Gamboa López e Isidro Jiménez Carvajal; sur, Jorge Rodríguez Alfaro e Isabelina Carvajal Villalobos, Henry y Johanna ambos Villegas Carvajal y Carlos Villegas Mena; y al este, calle pública; y oeste, Isabelina Carvajal Villalobos, Henry y Johanna ambos Villegas Carvajal y Carlos Villegas Mena. Mide: ocho mil cuatrocientos cuarenta y cinco metros con veintisiete decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de dos millones doscientos cincuenta mil cuatrocientos noventa y ocho colones con setenta y cinco céntimos (¢2.250.498,75), se señalan las ocho horas del veintiuno de marzo de dos mil doce. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de setecientos cincuenta mil ciento sesenta y seis colones con veinticinco céntimos (¢750.166,25), se señalan las ocho horas del doce de abril de dos mil doce. Se remata por ordenarse así en expediente número 11-101066-0297-CI que es ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Adrián Gamboa López.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 12 de enero del 2012.—Lic. Bolívar Arrieta Zarate, Juez.—RP2012277199.—(IN2012009464).

En la puerta exterior de este Juzgado: libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, pero soportando reservas y restricciones, rectificación de medida, remátese la finca de la provincia de San José matrícula: 379153-000. Naturaleza: terreno de café potrero una casa. Situada: distrito 09 Barú, cantón 19 Pérez Zeledón, provincia de San José. Linderos: norte, calle pública, sur, calle pública, este, calle pública, oeste, Carlos Hernández. Mide: 18.833 metros cuadrados. Plano: SJ-1302036-2008. Primer remate: para tal fin se señalan las 8:00 horas del 15 de marzo del 2012, base: 10.200.000 colones, segundo: a las 8:00 horas del 30 de marzo del 2012, base: 7.650.000 colones (base inicial menos su 25 por ciento), tercero: a las 8:00 horas del 23 de abril del 2012, base: 2.550.000 colones (25 por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado en: expediente 11-100118-423-CI-l. Hipotecario. Actor: Banco Nacional de Costa Rica, demandado: Eric Castillo Navarro y otra.—Juzgado Civil de Osa, 24 de enero del 2012.—Lic. Sonia Abarca García, Jueza.—RP2012277230.—(IN2012009465).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del nueve de marzo de dos mil doce, y con la base de un millón sesenta y nueve mil trescientos seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Nissan Sentra, sedán dos puertas, capacidad cinco personas, año 1992, color blanco, chasis NC805730, motor número GA16240238B, cilindrada 1.600 centímetros cúbicos, cuatro cilindros, combustible gasolina, placas 745943. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de marzo de dos mil doce, con la base de ochocientos un mil novecientos setenta y nueve colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de abril de dos mil doce con la base de doscientos sesenta y siete mil trescientos veintiséis colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Manfred Pérez Porras contra Marlon Aguilar Santamaría. Exp. 11-025330-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de diciembre del 2011.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—RP2012277246.—(IN2012009466).

A las once horas del dieciséis de abril del dos mil doce, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, con base en la suma de doce millones trescientos noventa y un mil doscientos colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en propiedad, partido de Guanacaste, folio real número sesenta y tres mil treinta y tres-cero cero cero, que es terreno para construir, sita en Cañas distrito primero, del cantón sexto Cañas, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, destinado a calle pública, sur, Oliden Umaña Cerdas, este, calle pública con diez metros de frente y oeste, Oliden Umaña Cerdas. Mide trescientos metros cuadrados. Pertenece a Adán Porras González. Por estar ordenado en expediente 00-100163-0389-CI proceso hipotecario de Banco Nacional Costa Rica contra Adán Porras González y otros.—Juzgado Agrario de Liberia.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—RP2012277251.—(IN2012009467).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecario a las ocho horas y treinta minutos del diez de abril de dos mil doce, y con la base de treinta y ocho millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste, Sección de Propiedad bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 172.561-000 la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 02 Palmira cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Yara María Vargas González; al sur, Los Llanitos Dorados S. A.; al este, calle pública con un frente a ella de 35.27 metros lineales y al oeste, Eni Vargas Álvarez. Mide: ocho mil trescientos ochenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce con la base de veintiocho millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de mayo de dos mil doce con la base de nueve millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Álvaro Enrique Vargas Vargas. Exp. 11-006586-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 30 de enero del 2012.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—RP2012277264.—(IN2012009468).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas treinta minutos del siete de junio del dos mil doce, y con la base de seis mil sesenta y un dólar con veinte centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 485275, marca Peugeot, estilo Berlina, automóvil, sedan 4 puertas, 4x2, Vin VF32AN6AD2W031882, cilindrada 1587 c.c, gasolina, año 2003, color gris. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil doce, con la base de cuatro mil quinientos cuarenta y cinco dólares con noventa centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de julio del dos mil doce, con la base de mil quinientos quince dólares con treinta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra David Salas Castro. Exp. 11-000215-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 23 de enero del 2012.—Msc. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—RP2012277290.—(IN2012009471).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil doce, y con la base de cuarenta y tres mil ochocientos ochenta y seis dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y un mil setenta-cero cero cero, la cual es terreno de patio. Situada en el distrito 01 Colón, cantón 07 Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Ana Guzmán Hidalgo; al sur, con Rafael Rubén Barrantes Morera; al este, con José Luis Matamoros Mendoza; y al oeste, con quebrada en medio y calle de servidumbre de cinco metros con frente a dicha servidumbre de seis metros sesenta y ocho centímetros. Mide: cuatrocientos veinticinco metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Plano catastrado Nº SJ-0277592-1995. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de marzo de dos mil doce, con la base de treinta y dos mil novecientos catorce dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del dieciocho de abril de dos mil doce con la base de diez mil novecientos setenta y un dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Centinelas Celestiales Sociedad Anónima contra Marieta Barrantes Vargas. Expediente Nº 09-001753-0640-CI. Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el deposito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado, según lo establecido por el articulo 23 Ley de Cobro Judicial, mismo documento deberá venir a nombre de la persona que realiza la postura.—Juzgado Civil de Cartago, 11 de enero del 2012.—M.S.c. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—(IN2012009682).

En la puerta exterior de este despacho; soportando hipoteca en primer grado, anotada al tomo: 2009, asiento: 304321; a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del año dos mil doce, y con la base de ciento setenta y nueve millones seiscientos ochenta y nueve mil doscientos cuarenta y un colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y siete mil ciento ochenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno con un edificio de dos plantas. Situada en el distrito San Isidro El General, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle del comercio con 11 m con 89 cm; al sur, Compañía de Desarrollo Agrícola del Valle del General S. A; al este Agro Inmobiliaria Serohu S. A; y al oeste, calle pública con 31m con 61cm. Mide: quinientos dos metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de abril del año dos mil doce, con la base de ciento treinta y cuatro millones setecientos sesenta y seis mil novecientos treinta colones con setenta y cinco céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de mayo del año dos mil doce con la base de cuarenta y cuatro millones novecientos veintidós mil trescientos diez colones con veinticinco céntimos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso desahucio de Compañía Desarrollo Agrícola del Valle del General S. A., contra Fernando Valverde Araya. Exp: 10-100001-0444-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 19 de enero del 2012.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez.—RP2012277309.—(IN2012009916).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 2711 179 001. A las citas 0320-00015036-01-0901-006 y servidumbre de acueducto y de paso de AyA las citas: 0566-00000056-01-0001-001; a las quince horas y cero minutos del doce de abril del año dos mil doce, y con la base de quince mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos setenta y dos mil ocho-cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura y pasto. Situada en el distrito San Isidro de El General, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública y Rafael Eloy León Padilla; al sur, Rafael Eloy León Padilla; al este calle pública y al oeste Rafael Eloy León Padilla. Mide: veinte mil ciento veintiséis metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de mayo del año dos mil doce, con la base de once mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil doce con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Díaz y Salazar Sociedad Anónima con Eva Navarro Godínez. Expediente 11-000722-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón,  19 de enero del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2012277310.—(IN2012009917).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del catorce de marzo del dos mil doce y con la base de cuarenta y cinco millones cuatrocientos cincuenta y seis mil ochocientos noventa y dos colones con cero tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: sea la finca del partido de Puntarenas, situada en el distrito segundo Palmar, cantón quinto Osa de la provincia de Puntarenas que es terreno de solar, limita al norte: GW Reyes Limitada, sur, calle pública con sesenta y cuatro punto cincuenta metros, este: Agropegar S. A., oeste, GW Reyes Limitada. Mide: cinco mil trescientos tres metros con diecinueve decímetros cuadrados, según plano P-uno uno cuatro uno cero dos cinco-dos mil siete. Matrícula número ciento sesenta mil noventa y cuatro-cero cero cero. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintiocho de marzo del dos mil doce, con la base de treinta y cuatro millones noventa y dos mil seiscientos sesenta y nueve colones con cero doscientos veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del diecinueve de abril del dos mil doce, con la base de once millones trescientos sesenta y cuatro mil doscientos veintitrés colones con cero cero setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Gilberto Wong Reyes y otro. Expediente 11-000107-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 3 de febrero del 2012.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2012277324.—(IN2012009918).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, a las nueve horas del veintisiete de marzo de dos mil doce, y con la base de treinta millones ciento noventa y ocho mil doscientos cincuenta colones con setenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y un mil ochocientos cincuenta y seis-cero cero uno, cero cero dos y cero cero tres, la cual es terreno con una casa de habitación, un apartamento y un local comercial. Situada en el distrito segundo Jiménez, cantón sétimo, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Gilberth Vásquez Vásquez; al sur, calle pública con once metros quince centímetros; al este, calle pública con veintisiete metros treinta y un centímetros y al oeste, Danilo Mora, local comercial contiguo. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros con cuarenta y cinco decímetros. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del dieciocho de abril de dos mil doce, con la base de veintidós millones seiscientos cuarenta y ocho mil seiscientos ochenta y ocho colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del tres de mayo de dos mil doce con la base de siete millones quinientos cuarenta y nueve mil quinientos sesenta y dos colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Luis Ángel Vásquez Angulo y Olivier Vásquez Granados. Exp. 12-000004-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 20 de enero del 2012.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2012277325.—(IN2012009919).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, a las trece horas treinta minutos del catorce de marzo del dos mil doce, y con la base de cuatro millones setecientos ochenta y cuatro mil un colones con veintiún céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas , Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cuatro mil novecientos treinta y seis-cero cero cero, la cual es terreno plano para construir. Situada en el distrito Segundo Jiménez, cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rafael Ángel Venegas Vargas y Miriam Sandí al sur Evelyn Barroso Cedeño al este, calle pública con dieciocho metros cuarenta y tres centímetros de frente y al oeste, Wilberth Zamora Rosales. Mide: cuatrocientos ochenta y un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil doce, con la base de tres millones quinientos ochenta y ocho mil colones con noventa céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del doce de abril del dos mil doce, con la base de un millón ciento noventa y seis mil colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Evelyn Paola González Chaves. Exp. 12-000003-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 24 de enero del 2012.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2012277326.—(IN2012009920).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del uno de marzo del dos mil doce, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cinco mil setecientos once cero cero cero la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rogelio Zumbado Cartín; al sur, Rogelio Zumbado Cartín; al este, calle pública con frente de 11,52 metros y al oeste, Rogelio Zumbado Cartín. Mide: cuatrocientos doce metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de marzo del año dos mil doce, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del once de abril del dos mil doce, con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Miguel Leitón Lobo contra Damaris María Vega Castro. Exp. Nº 11-001514-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 16 de noviembre del 2011.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—(IN2012010340).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones; a las diez horas y cero minutos del veintiocho de febrero del dos mil doce, y con la base de veintiún mil trescientos tres dólares con cuarenta y un centavos de dólar, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas seiscientos setenta y cuatro mil ciento treinta y tres, marca Peugeot, año 2007, cilindrada 1997 cc., color negro, motor 10DYFG0002801, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del trece de marzo del dos mil doce, con la base de quince mil novecientos setenta y siete dólares con cincuenta y cinco centavos de dólar, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de marzo del dos mil doce con la base de cinco mil trescientos veinticinco dólares con ochenta y seis centavos de dólar, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra José Pablo Vargas Mata. Exp. Nº 09-100735-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 26 de octubre del 2011.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—(IN2012010581).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servid en contr anotada al tomo: 400, asiento: 16239, servidumbre de paso anotada al tomo: 470, asiento: 17099, servidumbre de líneas eléctricas y de paso anotada al tomo575, asiento: 32361; a las diez horas y treinta minutos del uno de marzo del dos mil doce, y con la base de veinticuatro millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos noventa y tres colones con treinta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 171435-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Ángeles, cantón 05 San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Hugo Carvajal Castro; al sur, servidumbre de paso con un frente de 47 mts., 9 cm.; al este, Administradora Inmobiliaria Magugo S. A., y al oeste, Norma Padilla Leiva. Mide: mil seiscientos noventa y ocho metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil doce, con la base de dieciocho millones quinientos quince mil seiscientos noventa y cinco colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del nueve de abril del dos mil doce con la base de seis millones ciento setenta y un mil ochocientos noventa y ocho colones con treinta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra J R Diez de San José S. A., Oliver Sport. Exp. Nº 10-027152-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, II Circuito Judicial de San José, 2 de febrero del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2012010610).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada al tomo: 378, asiento: 10279, secuencia: 01-0812-001; a las diez horas y cero minutos del uno de marzo del dos mil doce, y con la base de treinta y tres mil unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 9836-F-003 y 004 la cual es terreno apart en proc de construc casa 4 A. Situada en el distrito 04 San Rafael Arriba, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial 3 A; al sur, finca filial 5 a; al este, servidumbre de paso con zona verde de acceso común en medio y al oeste, calle de acceso común. Mide: ciento cuarenta y tres metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de marzo del dos mil doce, con la base de veinticuatro mil setecientos cincuenta unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil doce con la base de ocho mil doscientos cincuenta unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ingrid Esquivel Barquero, Max Ricardo de Jesús Acosta Rojas. Exp. Nº 10-024118-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, II Circuito Judicial de San José, 1º de febrero del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2012010620).

A las 13:15 horas del 1º de marzo del 2012, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de ¢9.200.000,00, remataré: finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, folio real matrícula número 413.029-000, que es terreno para construir, sito en la fortuna de San Carlos, distrito siete del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte, al este y al oeste, resto de Eufanio Castro, y al sur, calle pública con 30 metros. Mide: novecientos cuarenta y dos metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢6.900.000,00, se señalan las 13:15 horas del 15 de marzo del 2012. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢2.300.000,00, se señalan las 13:15 horas del 29 de marzo del 2012. Se remata por ordenarse así en exp. Nº 11-101211-0297-CI (2C) ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Oldemar Castro Núñez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 24 de enero del 2012.—Lic. Bolívar Arrieta Zarate, Juez.—(IN2012010669).

A las 8:45 horas del 1º de marzo del 2012, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de anotaciones, soportando hipoteca de primer grado a favor del banco actor bajo las citas 2010-00228835-01-0001-001, condiciones bajo las citas 0400-00002040-01-0942-002 y con la base de la hipoteca de segundo grado a favor del banco actor, sea la base de cuatro millones de colones, remataré: finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, folio real matrícula número 271.311-000, que es terreno con una casa de habitación, sito en Peñas Blancas de San Ramón, distrito trece del cantón dos de la provincia de Alajuela. Linda al norte, calle pública; al sur, y al oeste, Marcony Carranza Méndez, y al este, Leandro Monge Sequeira. Mide: cuatrocientos cuarenta y cuatro metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de tres millones de colones, se señalan las 8:45 horas del 15 de marzo del 2012. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de un millón de colones, se señalan las 8:45 horas del 29 de marzo del 2012. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 11-101117-0297 CI (2). Ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Jean Carlos Carranza Arias.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de enero del 2012.—Lic. Bolívar Arrieta Zarate, Juez.—(IN2012010670).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 375-15461-001; a las nueve horas y quince minutos del uno de marzo del dos mil doce, y con la base de cincuenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cien mil seiscientos treinta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa y cuatro cabinas. Situada en el distrito Tarcoles, cantón Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Juan Rafael Castillo Calderón; al sur, calle pública con 27 metros, 68 centímetros de frente; al este, María de los Ángeles Vargas Calderón y al oeste, Carlos Luis Vargas Calderón. Mide: cuatrocientos dieciocho metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del diecinueve de marzo del dos mil doce, con la base de cuarenta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del once de abril del dos mil doce, con la base de trece mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Rodríguez Campos W Y H S. A., contra Rosibel Vargas Calderón. Exp. Nº 11-001622-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 28 de noviembre del 2011.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—(IN2012011002).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de María de Los Ángeles Güell Soto, a una junta de interesados que se verificará en esta notaría, ubicada en Grecia, 275 sur de la esquina suroeste del parque central, a las dieciocho horas del día veintiocho de febrero del dos mil doce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 001-2011.—Lic. Damián Alfaro Carvajal, Notario.—1 vez.—RP2012277442.—(IN2012009945).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Nidia María Castro Soto, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las nueve horas y cero minutos del dos de marzo de dos mil doce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 01-002808-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 31 de enero del 2012.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2012010585).

Títulos Supletorios

Óscar Villegas Chaves, mayor, casado, comerciantes, vecino de Junquillo Abajo de Puriscal, cédula de identidad número uno- doscientos sesenta y siete-ochocientos sesenta y tres, promueve diligencias de información posesoria para que se ordene al Registro Público de la Propiedad, Partido de San José, inscribir a su nombre la finca que se describe así: terreno de repastos, sito en distrito siete, cantón cuatro, de la provincia de San José, mide once mil cuarenta metros cuadrados, linda al norte, con William Ricardo Flores Zúñiga; sur: con quebrada riel; este, con calle pública con un frente de 81 metros 58 centímetros y un ancho de 14 metros, y al oeste, con Ricardo Flores Chacón. Todo conforme al plano catastrado número SJ-uno cuatro siete siete cero nueve cero-dos mil once. Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en el asunto en defensa de sus derechos. Información posesoria Nº 11-100228-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 18 de enero del 2011.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—(IN2012009451).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000526-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marlene Mora Brenes, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Guápiles, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-729-301, profesión miscelánea, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito Jiménez, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Blanca Rosa Aguilar García, Walter Mora Brenes, Walter Villegas Arrieta, calle pública; al sur, Flora Brenes López; al este, calle pública, y al oeste, quebrada. Mide: siete mil ciento noventa y un metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Marlene Mora Brenes. Exp. Nº 11-000526-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 21 de octubre del 2011.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—RP2012277151.—(IN2012009472).

Fernando Rojas Campos, mayor, casado una vez, constructor, costarricense, vecino de Paso Canoas, Corredores, Puntarenas, Hotel El Descanso, cédula de identidad 1-382-834, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: Terreno: Es terreno de naturaleza agrícola. Situado: distrito tres Guaycará cantón sétimo Golfito de la provincia de Puntarenas. Mide: cinco hectáreas tres mil quinientos setenta y tres metros con dieciséis decímetros cuadrados. Linda: norte, carretera interamericana con una medida lineal de trescientos treinta y tres metros con veinticinco centímetros; sur, calle pública con un frente lineal de trescientos treinta y ocho metros con cinco centímetros; este, Carlos Brom Morgan, oeste, Élida Morales Salazar. Plano catastrado Nº P-595103-99. Se estima el inmueble en la suma de quinientos mil colones. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el registro. Información posesoria Nº 09-000235-0419-AG. Interno 266-3-09 de Fernando Rojas Campos. Notifíquese.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial, Zona Sur, Corredores.—Lic. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—RP2012277191.—(IN2012009473).

María de los Ángeles Sanabria Montes, mayor, casada una vez, cédula 2-367-527, ama de casa, vecina de Alajuela, San Ramón, Peñas Blancas, San Isidro, dos kilómetros al oeste del edificio de la Cruz Roja, solicita se levante Información Posesoria y se ordene inscribir su nombre en el Registro Publico de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por Herencia que le hiciera su madre María Sanabria Montes, quien fue viuda una vez, ama de casa, cédula 2-121-685, en fecha 09/02/2009. Dicho terreno se describe así: terreno para construir. Sito: en el distrito trece, Peñas Blancas, del cantón dos, San Ramón de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, María Sanabria Montes y servidumbre de paso en medio; al sur, María Sanabria Montes; al este, Luis Ángel Villegas Sanabria; y al oeste, Gerardo Duran Mora. Mide: 362,15 metros cuadrados, según el plano catastrado número A-648097-2000, de fecha 21/08/2000. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y no tiene condueños. Las diligencias fueron estimadas en la suma de ¢1.600.000,00 y en igual suma se estimó el fundo a titular. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente Nº 11-100972-0297-CI(5). Información posesoria, promueve María de los Ángeles Sanabria Montes.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 23 de enero de 2012.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—RP2012277220.—(IN2012009474).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000251-0391-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Marcelino Juárez García quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Isla Venado, portador de la cédula de identidad número 6-0176-0236, profesión guarda de seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es de cultivos. Situada en el distrito cuarto (Lepanto), cantón primero (Puntarenas), de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Otoniel Cubero Vargas; al sur, calle pública con un frente a ella de treinta y tres metros con noventa y ocho centímetros lineales, Roberto Mora Berrocal, Guadalupe, Claudio, Hermen, Guillermo, Marcos y Francisco todos Juárez García, todos en partes; al este, actualmente con Eduardo Sosa Villalobos; y al oeste, Elpidio Berrocal Quirós y María Jesús Juárez Muñoz ambos en partes. Mide: ocho mil ochocientos noventa y ocho metros con noventa y seis decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1245442-2007. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra y venta a su padre, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de rondas, reparación de cercas, chapeas, y fumigación de potreros. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marcelino Juárez García. Exp. 11-000251-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 8 de noviembre del 2011.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—RP2012277265.—(IN2012009475).

Omar Esquivel Quirós, mayor de edad, casado una vez, vecino de Colonia Puntarenas de Upala, agricultor, cédula de identidad número seis-ciento doce-doscientos ochenta y tres, promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: terreno de agricultura, situado en Colonia Puntarenas de Upala, distrito primero, de Upala cantón trece, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, Pedro Castro Aragón y Hernán Rojas Vega; al sur, Elías González González y Asociación de Desarrollo Comunal de Colonia Puntarenas de Upala; al este, Hernán Rojas Vega; y al oeste, carretera nacional con un frente de cuarenta y dos metros con cuarenta y cuatro centímetros lineales. Según plano catastrado número A-un millón trescientos once mil quinientos treinta y tres-dos mil ocho. Mide de extensión cinco mil setecientos ochenta y ocho. Manifiesta que no está inscrito y que no se pretende evadir con esta diligencia las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, no pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por compra venta verbal de Jesús María Virgilio Esquivel Quirós el nueve de julio de mil novecientos noventa. Estima el inmueble y la diligencia en la suma de dos millones de colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se cita a todos los interesados para que se apersonen en defensa de sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Omar Esquivel Quirós. Exp. 10-000197-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 20 de octubre del 2010.—Lic. Elizabeth Leiva Vásquez, Jueza.—1 vez.—(IN2012009651).

Fabio José Hurtado Veliz, mayor, casado una vez, agricultor de Esterito de Pocosol de San Carlos de Alajuela, cien metros al oeste de la escuela, cédula de identidad número dos-doscientos noventa y seis-doscientos noventa y dos, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de pasto, sito en Esterito, distrito trece Pocosol, del cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, Maderas Calidad San Carlos Número Once Sociedad Anónima; al sur, Freddy Lara Alpizar y calle pública con un frente a ella de diez metros con seis centímetros lineales; al este, Xinia Hernández Carballo c. c. Xinia María Hernández Carballo, Ana María y María Virginia ambas de apellidos González Villalobos y Maderas Calidad San Carlos Número Once Sociedad Anónima, y al oeste, Maderas Calidad San Carlos Número Once Sociedad Anónima, quebrada sin nombre y Mercedes Fuentes Álvarez. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-1501845-2011 de fecha dos de junio del dos mil once, una superficie de dieciocho hectáreas dos mil seiscientos ochenta y dos metros cuadrados, a nombre de Fabio José Hurtado Beliz. El inmueble antes descrito lo adquirió el titulante por compra que le hiciera a su padre Juan Antonio Calero Cardoncillo c. c. Juan Antonio Hurtado Calero, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Esterito de Pocosol, frente a la escuela, cédula de identidad número dos-ciento veintidós-novecientos cinco, mediante escritura pública número ciento cuarenta otorgada ante el notario José Fabio Rodríguez Arguedas en fecha dieciocho de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve, quien le traspasara la posesión ejercida sobre el terreno en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño por un período mayor a diez años. Valora el terreno en la suma de ocho millones de colones, y en igual monto se estiman las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria Nº 11-000159-0298 AG, establecida por Fabio José Hurtado Veliz.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 11 de enero del 2012.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arcel, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012009904).

Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente N° 11-000573-0188-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Integral de Canaan de Rivas cédula jurídica 3-002-66125, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno cementerio. Situada en el distrito cuarto Rivas, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, sur y oeste, con Norman Borbón Hidalgo; y al este, calle pública. Mide: mil quinientos trece metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hiciera Norman Borbón Hidalgo, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuidar la finca, mantenimiento de bóvedas y cercar la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Asociación de Desarrollo Integral de Canaan de Rivas. Exp: 11-000573-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 31 de enero del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—1 vez.—RP12012277311.—(IN2012009957).

Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente N° 97-001143-0164-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ana María Méndez Méndez quien es mayor, estado civil casada una vez, ama de casa, vecina de La Unión, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-510-765, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno para construir con una casa de habitación en el construida. Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, Luz Marina Jara Vargas. Mide: setenta y un metros con veintisiete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ciento cincuenta mil colones exactos. Que adquirió dicho inmueble desde el mes de marzo de 1996, fecha en que se lo compre a mi hermano Carlos Manuel Méndez Méndez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en vivir en ella, pago los impuestos municipales y le hecho mejoras. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ana María Méndez Méndez. Expediente 97-001143-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 03 de febrero del 2012.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—RP2012277519.—(IN2012009958).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovido por Mesén Lizano Danilo mayor soltero, educador, cédula de identidad uno-setecientos veintitrés-cero cero uno en calidad de representante Hermanos Mesén Lizano de Palmital S. A., vecino de Miramar de Puntarenas, cien al este y cien al sur del depósito de Materiales R.y C, para que titule a nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, terreno naturaleza, potrero sito en Palmital, distrito segundo la Unión cantón cuarto Montes de Oro de la provincia de Puntarenas linda al norte, con Julio Chavarría Villalobos y Hormidas Camacho Jiménez al sur, con Hermanos Mesén Lizano de Palmital S. A. y quebrada Calera, al este, con calle pública con un frente a ella de doscientos cuarenta y seis metros seis centímetros al oeste, con Quebrada Calera mide: treinta y una hectárea siete mil ochocientos sesenta y tres metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados según el plano catastrado numero P-un millones doscientos ochenta y dos mil novecientos setenta y ocho del año dos mil ocho. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presente diligencia no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de donación, el inmueble lo estima en la suma de quinientos mil colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este despacho dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria. Exp: 10-160033-642-AG-3 de Hermanos Mesén Lizano de Palmital S. A.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2012277546.—(IN2012009959).

Wilber Zelaya Obando mayor de edad, divorciado, agricultor, vecino de La Mona de Golfito, del Bar La Rueda 300 metros rumbo a Río Claro, cédula jurídica cinco-cero noventa y siete-novecientos noventa y cinco, promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el registro público de la propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de bosque, tres casas de habitación y un taller, situado en La Mona, distrito primero Golfito, cantón primero Golfito, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Portocito Dominical S. A.; sur, calle pública con un frente de trescientos treinta y cuatro metros con ochenta y dos decímetros cuadrados; este, Portocito Dominical S. A., oeste, Thomas Guilliam Beynon y Mary Diane Beynon. Según plano catastrado P-1488861-2011 mide de extensión ciento treinta y seis mil setecientos ochenta y ocho metros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por compraventa de Cristino Zelaya Zúñiga el desde hace treinta y ocho años. Estima el inmueble en quinientos mil colones y el proceso en la misma suma. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Expediente Nº 11-000185-0419-AG INT. (214-1-11), información posesoria de Wilber Zelaya Obando.—Juzgado Agrario de la Zona Sur, 21 de noviembre del 2011.—Lic. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012010217).

Citaciones

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Luis Gerardo Cabrera Pérez, quien fuera mayor, soltero, profesor, vecino de Calle Blancos, cédula 9-0024-0324. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000685-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de enero del 2012.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2012009429).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Nelly López Elizondo, quien fuera mayor, viuda de su único matrimonio, vecina de Tibás, portadora de la cédula de identidad número 5-035-0859. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000349-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de octubre del 2011.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2012009453).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Manuel Ronald Madrigal Somoza cédula uno-dos nueve cinco-cinco uno uno, quien falleció el veintiocho de noviembre del año dos mil once y Luz Argentina Ferllini Chaves, cédula uno-dos cinco dos-ocho cinco nueve; quien falleció el día veintiséis de agosto del año dos mil nueve, ambos mayores de edad, cónyuges entre sí, vecinos de Moravia, cincuenta metros oeste, del colegio María Inmaculada; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, sita en San José tres cuadras sur, doscientos veinticinco oeste, del Walmart San Sebastián, o bien al fax dos dos dos seis siete uno siete cinco, a reclamar sus derechos; se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que en caso de no presentarse en el plazo señalado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesión 0001-2012.—Lic. Cris Vanessa Brenes Villalta, Notaria.—1 vez.—RP2012277194.—(IN2012009476).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Víctor Rodolfo Venegas Zambrana, quien fuera mayor, soltero, pensionado, vecino de Esquipulas de Palmares, portador de la cédula de identidad número 01-0777-0316. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-000423-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 8 de diciembre del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—RP2012277224.—(IN2012009477).

Se emplaza: a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de José Joaquín Madrigal Delgado, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de El Llano de San Miguel de Desamparados, cédula 1-332-605, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 11-100287-0217-CI. Sucesión de José Joaquín Madrigal Delgado.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 13 de enero del 2012.—Lic. Christian López Mora, Juez.—1 vez.—RP2012277244.—(IN2012009478).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Adalberto Villasuso Gómez, quien fuera mayor, casado dos veces, comerciante, vecino del Coyol de Alajuela, estadounidense, cédula de residencia 184000094136. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000686-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de mayo del 2011.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—RP2012277269.—(IN2012009479).

Lic. Carlos Granados Barquero, abogado y notario público autorizado con oficina en Cartago, distrito Oriental, cantón Central de la provincia de Cartago, frente al O.I.J. hace saber: Que en esta notaría y bajo el expediente 03-2011, se tramita sucesión ab intestato, de quien en vida se llamó Virginelia Méndez Mejía, mayor de edad, viuda una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número tres-ciento cuarenta y dos-cero ochenta y uno, vecina de Cot de Oreamuno, Cartago del Ebais trescientos metros al oeste y veinticinco metros sur. Se cita a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de esta publicación comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en este plazo, él haber relicto pasará a quien corresponda.—Cartago, enero del dos mil doce.—Lic. Carlos Granados Barquero, Notario.—1 vez.—RP2012277274.—(IN2012009480).

Se emplaza a los herederos y demás interesados de la sucesión de quien en vida se llamó Emilce Lobo Hernández, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Rafael de Heredia, del Templo Católico de San Josecito trescientos metros al norte, portadora de la cédula de identidad cuatro-cero setenta y uno-ciento noventa y tres, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en este proceso a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado término la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2011, de la notaría del Licenciado Arnoldo Acuña Vargas.—21 de diciembre del 2011.—Lic. Arnoldo Acuña Vargas, Director del Proceso en Sede Notarial.—1 vez.—RP2012277293.—(IN2012009481).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Rosy Herrera Fiallos, quien fue mayor, casada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad 8-001-773, vecina de San José. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000186-182-CI.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 22 de agosto del 2011.—Msc. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—1 vez.—(IN2012009624).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Garita Montoya Mario sucesión de quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Capellades de Cartago, cédula de identidad número 03-0151-0716. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000358-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de noviembre del año 2011.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—(IN2012009626).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Claudio Arias Salas, quien fue mayor, casado una vez, guarda se seguridad, vecino de San Rafael Abajo de Desamparados, cédula de identidad 2-0280-0511, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 11-100186-0217-CI. Sucesión de Claudio Arias Salas.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 6 de setiembre del 2011.—Dra. Leyla Kristel Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2012009653).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de, Pedro Tomas Aguilar Ureña, quien fue mayor, casado, ebanista, vecino del Carmen de Goicoechea, con cédula de identidad número 3-247-507. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-000738-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del 2011.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2012009710).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien fuera, Chaves Chavarría José María, mayor, soltero, con cédula de seis-cero cero cincuenta-cero novecientos setenta y cinco, vecino de Barrio del Veinte de Noviembre, de la cantina central cien metros norte y veinticinco oeste, para que dentro del plazo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se apersonan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Sucesorio Exp. 11-100532-642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Jueza.—1 vez.—(IN2012009733).

Se hace saber que ante la notaria Sonia Corella Céspedes, se tramita la sucesión del señor Julio Enrique Barrantes Camacho, quien fuera mayor, casado una vez, taxista, vecino de Heredia, San Joaquín de Flores, portador de la cédula de identidad número cuatro-cero noventa y siete-cero doce. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan en ese plazo, la misma pasará a quien corresponda. Para estos efectos, se hace saber que la Notaría se encuentra situada en Alajuela, setenta y cinco metros al este del Banco Popular, frente a la Floristería Chubascos. Alajuela, a las diez horas cincuenta minutos del día doce de abril de dos mil once. Expediente Nº 0003-2011.—Lic. Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1 vez.—(IN2012009912).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Reinaldo Solano Morales y Natalia Aguilar Montoya, quien fuera mayores, casados una vez entre si, agricultor y ama de casa, cédulas 3-0079-0792 y 3-0093-0494, vecinos de Invu Las Cañas de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho á la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-001116-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de agosto del año 2011.—Lic. Luis Fernando Guillen Zumbado, Juez.—1 vez.—(IN2012009915).

Se cita a todos lo herederos, acreedores e interesados en general en la sucesión de Lourdes Candelaria Araya Navarro, quien en vida fue mayor, soltera, ama de casa, cédula 7-028-875, vecina de Limón, la bomba, última parada después del puente; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio número 11-000292-0678-CI-2 de Lourdes Candelaria Araya Navarro, gestiona Ana Rebeca Romero Araya.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica Limón, 20 de enero del 2012.—Lic. Daisy Alejandra Hidalgo Arias, Jueza.—1 vez.—RP2012277356.—(IN2012009939).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la mortual de Álvaro Enrique Marín Bustamante, quién en vida fue mayor, costarricense, soltero, portador de la cédula número 1-0671-0219, vecino de Pavas costado noroeste de la Iglesia de Santa Bárbara 300 oeste 25 norte y quien falleciere el diez de febrero del dos mil once, con el fin que se apersonen dentro del plazo de treinta días, a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000243-220-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 17 de enero del 2012.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—RP201227399.—(IN2012009941).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Adriana Zuniga Masis, mayor, costarricense, misionera, con cédula número cuatro-cero doscientos veintiocho-cero cero sesenta y cinco, vecina de Heredia, en la escritura pública 247 de las 18:00 horas del 31 de enero del año dos mil doce, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: Rafael Ángel Zúñiga Vega, mayor, soltero, comerciante, con cédula número: cuatro-cero uno uno tres-cero tres dos tres, vecino de Heredia, Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia, del antiguo Beneficio Montealegre, seiscientos metros al este. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Zapote, San José, Yoses Sur Edificio Don Erasmo, teléfono: 2234-8979, fax: 2224-8957. E mail sanchezignaci@gmail.com.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2012277411.—(IN2012009942).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Jorge Arturo Vargas Gatjens, cédula de identidad número: dos-dos siete cero-cero uno ocho, a las once horas del seis de febrero del dos mil doce, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera José Carlos Vargas González, quien fue, soltero, estudiante, vecino de Alajuela, Atenas cien metros este de la gasolinera de la cooperativa, con cédula de identidad número: uno-mil trescientos setenta y cinco-doscientos cuarenta y dos, fallecido el dos de enero del dos mil doce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Natalia Carolina Espinoza Chaves, ubicada en la ciudad de Atenas, cien metros oeste de la Iglesia Bíblica, Teléfono 2446-01-01. El original fue retirado por Jorge Arturo Vargas Gatjens, a las 12:00 horas, del 6 de febrero del 2012.—Lic. Natalia Carolina Espinoza Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2012277427.—(IN2012009943).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores, y todos demás interesados en la sucesión de Jesús María Vaargas Acuña, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula uno-doscientos noventa y tres-ochocientos dieciocho, vecino de Curridabat, San José, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos ante la notaría de los Licenciados Aixa Quesada Gutiérrez y Carlos Rodríguez Méndez, sita en Goicoechea, Calle Blancos, Urbanización El Progreso, doscientos metros este y veinticinco norte de la esquina noreste de la plaza, donde se tramita el sucesorio notarial del causante, bajo el expediente Nº 01-2012.—San José, 7 de febrero del 2012.—Lic. Carlos Rodríguez Méndez, Notario.—1 vez.—RP2012277437.—(IN2012009944).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la mortual de quien fue Isabel Steinberg Margules, o Steimberg Margules, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, Barrio Rohrmoser, cincuenta metros al oeste de la casa de Óscar Arias, cédula 1-289-156, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen en esta notaría a hacer valer sus derechos, apercibidos de que, en su omisión, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2012, Notaría de Eduardo Alfaro Ramos, sita en el centro de San José, calle 38, avenidas 3 y 5, Nº 374, Bufete Alfaro Ramos.—San José, 6 de febrero de 2012.—Lic. Eduardo Alfaro Ramos, Notario.—1 vez.—RP2012277448.—(IN2012009946).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Mariano Arguedas Molina, quien fue mayor, casado una vez, constructor, vecino de mi misma dirección, cédula de identidad N° 5-088-050. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente: 10-101127-0297-CI (5B), causante: Mariano Arguedas Molina.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 21, diciembre del 2010.—Lic. Viviana Quirós Rodríguez, Jueza.—1 vez.—RP2012277450.—(IN2012009947).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y terceros interesados en el proceso sucesorio notarial de señora María Virginia Guillén Vega, quien fue, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, vecina de Cartago, San Rafael de Oreamuno, portadora de la cédula de identidad número tres-cero ochenta y dos-ochocientos sesenta y tres, con el fin de que se apersonen al presente proceso, en el plazo de treinta días a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: número cero cero uno-dos mil once-AAG. Sucesión de María Virginia Guillén Vega. Notaría del Licenciado Alberto Acevedo Gutiérrez, sita en el Estudio Jurídico Acevedo, exactamente, en San José, Curridabat, del Restaurante Mac Donalds de Plaza del Sol, cien metros al sur y veinticinco metros al este, Edificio First Mortgage.—San José, 1º de febrero del 2012.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012277497.—(IN2012009948).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, e interesados en la mortual de Julio Suñol Leal, mayor, divorciado, periodista y escritor, vecino de Escazú, Barrio Los Laureles, 50 metros norte del Convento de Las Carmelitas, cédula 6-0038-0008, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derecho y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesorio N° 11-000216-183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, veintiocho de julio del dos mil once.—Lic. Bethmann Herrera Montero, Juez.—1 vez.—RP2012277500.—(IN2012009949).

A las diez horas del diez de enero de dos mil doce, en esta notaría bajo el expediente cero cero uno-dos mil doce, se declara abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de Ligia Villalobos Ocampo, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad dos-doscientos treinta y siete cero ciento cuarenta y dos, vecina de Mercedes Sur de Heredia Se cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación del edicto de ley comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derechos a la herencia que de no presentarse en el plazo ante esta notaría ubicada en Heredia, doscientos oeste de los bomberos, apto. número uno la herencia pasará a quien corresponda.—Lourdes Ruiz Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012277515.—(IN2012009950).

Se declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue Tomas Briceño Briceño y Hortencia Dinarte Dinarte. Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Tomas Briceño Briceño, quien en vida fue mayor, casado, cédula 5-0014-451, y Hortencia Dinarte Dinarte, quien en vida fue mayor, casada, ama de casa, cédula 5-0025-5874, ambos vecinos de Ciudad Cortes de Osa, 150 metros al norte de la antigua pulpería “Las Brisas del Ave” Barrio San Antonio, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la primera y única publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que sí no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 11-100079-423-CI, interno 240-3-11, sucesorio de Tomas Briceño Briceño y Hortencia Dinarte Dinarte, promoverte: Tomas Briceño Dinarte.—Juzgado Agrario de Corredores, Ciudad Neily, 12 de enero del 2012.—Lic. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—RP2012277520.—(IN2012009951).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Haydee Camacho Mejías, quien en vida fuera mayor de edad, casada una vez, oficios del hogar, cédula de identidad número 2-246-500, vecina de Rancho Quemado de Sierpe, Osa. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 11-100110-423-CI (04-2-12). Proceso sucesorio de Haydee Badilla Mejías, promueve: Carlos Badilla Chavarría.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—RP2012277521.—(IN2012009952).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Gonzalo Brenes González, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, portador de le cédula 3-122-034, vecino de Concepción de La Unión, Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-001538-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 6 de setiembre del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—RP2012277529.—(IN2012009953).

A las ocho horas del cinco de junio del dos mil diez, se procedió a la apertura del proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de Aida Patricia Alfaro Rodríguez, con cédula de identidad 2-0388-0114, bajo expediente 0001-2011. Se previene a cualquier interesado que debe apersonarse ante esta notaría ubicada en La Trinidad de Moravia, Urbanización Las Rosas casa J-20, a hacer valer sus derechos, dentro del plazo de 30 días contados a partir de esta publicación, con el apercibimiento que de no presentarse en el plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Iván Lewin Salas, Notario.—1 vez.—RP2012277534.—(IN2012009954).

A las nueve horas del diecisiete de enero del dos mil doce, se procedió a la apertura del proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de José Rafael Arturo Granados Gómez, con cédula de identidad 3-0099-0309, bajo expediente 0001-2012. Se previene a cualquier interesado que debe apersonarse ante esta notaría ubicada en La Trinidad de Moravia, Urbanización Las Rosas casa J-20, a hacer valer sus derechos, dentro del plazo de 30 días contados a partir de esta publicación, con el apercibimiento que de no presentarse en el plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Iván Lewin Salas, Notario.—1 vez.—RP2012277535.—(IN2012009955).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Avelina Trejos Mora, mayor, del hogar, casada, vecina de Puntarenas Hatillo de Aguirre doscientos metros al sur del puesto de salud, portadora de la cédula de identidad número: 101630118, para que dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Exp. 0001-2011. Sucesorio de Avelina Trejos Mora. Notaría del Lic. Federico Arias Chacón, Puntarenas, Parrita primer piso de la Municipalidad de la localidad local número cuatro.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—RP2012277539.—(IN2012009956).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamara Elda Ortiz Ortiz, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero cuarenta y ocho-quinientos treinta y siete, vecina de León Trece, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir del día de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2011-ASM.—Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1 vez.—(IN2012010170).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de David Orlando de la Trinidad Pérez Álvarez, quien fuera mayor, comerciante, vecino de Alajuela, cédula de identidad número 0900090347. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-004253-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de enero del 2012.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2012010191).

Avisos

Msc Johonna Escobar Vega. Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hace saber que en demanda Declaratoria Judicial Abandono, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Esmeralda Astralia Taleno Castellón, se ordena notificar por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las nueve horas y cinco minutos del dos de febrero de dos mil once. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la menor Esmeralda Taleno Castellón, planteado por Patronato Nacional de la Infancia. Tal y como solicita la entidad promovente, se deposita provisionalmente a la persona menor de edad Esmeralda Taleno Castellón, en el hogar de la señora Isabel López López, quien deberá apersonarse a este Despacho en el término de cinco días a aceptar el cargo conferido. Notifíquese esta resolución al Patronato Nacional de la Infancia en sus oficinas centrales en esta ciudad por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de este Circuito Judicial, así como a los interesados por medio de edicto el cual se publicará por tres veces consecutivas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—MSc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—(IN2012009070).                                                                                                                       3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor Alejandro Josué Ramírez Vargas, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las trece horas y veinte minutos del diez de enero de dos mil doce. Expediente Nº 11-002251-0292-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito de Alajuela, 10 de enero del año 2012.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012009888).                                                                                                                       3 v. 1.

Licenciada Mariselle Zamora Ramírez. Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Ana Rebeca Aguirre Gómez, en su carácter personal, quien es mayor, ocupación y domicilio desconocido, cédula 0701210716, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, establecida por Pani contra Ana Rebeca Aguirre Gómez, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 1057-2011. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial De La Zona Atlántica, a las diez horas veinte minutos del catorce de noviembre del dos mil once. Proceso declaratoria judicial abandono. Exp. N° 08-000899-0932-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, contra Ana Rebeca Aguirre Gómez, mayor, de ocupación y domicilio desconocido, cédula 0701210716. Resultando: I.-, II.-, III.-... Considerando: I.-… Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9º de la Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de Declaratoria Judicial de Abandono de las personas menores de edad Stefano y Nelson, ambos de apellidos Blandon Aguirre. Se extingue a Ana Rebeca Aguirre Gómez, del ejercicio de la patria potestad. En consecuencia, se declara el depósito judicial de los menores, de la siguiente manera: en el hogar de Cindy Milena Blandon López al menor Stefano Freddy Blandon Aguirre, y en el hogar de Greivin Blandon Brenes al menor Nelson Blandon Aguirre, cuyos representantes deberán apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección Nacimientos del Registro Civil, a los tomos doscientos treinta y dos y doscientos cincuenta y uno; página setenta y cuatro y trescientos cincuenta y nueve y asientos setecientos diecisiete y novecientos treinta y cinco, respectivamente. Sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Lic. Mariana Corea Erazo.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 30 de noviembre del 2011.—Lic. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN201209434).

Lic. Johanna Escobar Vega, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Gonzalo José Quiroga Soria, en su carácter personal, quien es mayor, de nacionalidad Boliviana, divorciado, master en administración de negocios, vecino de Bolivia, pasaporte de su país Nº 296736, se le hace saber que en demanda suspensión patria potestad Nº 10-001629-0292-FA, establecida por Mara Lía Alfaro Calvo contra Gonzalo José Quiroga Soria, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas y cinco minutos del cinco de julio del dos mil once. De la anterior demanda abreviada de suspensión de patria potestad establecida por el accionante Mara Lía Alfaro Calvo, se confiere traslado al accionado ausente Gonzalo José Quiroga Soria por medio de su curador procesal, sea el Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de este Circuito Judicial de este circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular Nº 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo, también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión Nº 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo. b) sexo. c) fecha de nacimiento. d) profesión u oficio. e) si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) estado civil. g) número de cédula. h) lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado, por medio de su curador procesal. Publíquese la presente resolución en el Boletín Judicial. Se le previene a la parte actora aportar a la mayor brevedad posible un juego de copias de la demanda, el cual una vez aportado quedará en el Despacho a la orden del curador procesal. Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—(IN2012009744).

Se avisa, a la señora Ana Liliam Campos Pérez, mayor, cédula de identidad número 1-942-748, con demás calidades y domicilio desconocidos, es representada por la curadora procesal Licenciada Ana Cecilia Rivas Tinoco, hace saber que existe proceso Nº 10-000426-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad José Pablo Campos Pérez establecido por la Licenciada Alma Nuvia Zavala en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia en contra de Ana Liliam Campos Pérez, se ha dictado la resolución de las dieciséis horas veinte minutos del veinte de setiembre del dos mil once, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Yerma Campos Calvo, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de enero 2012.—Lic. Milena Peña Salas, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012009881).

Se avisa a los señores Santos López, mayor, nicaragüense y Fany Antonia Fernández Escobar, mayor, nicaragüense y demás calidades desconocidas, que en este juzgado, se tramita el expediente 11-000447-673 NA, correspondiente a diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Santos Adonis López Fernández. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 3 de octubre del 2011.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012009882).

Licenciado Carlos Eduardo Leandro Solano. Juez del Juzgado de Familia de Cartago, a Javier Ramos segundo apellido desconocido en su carácter personal, quien es mayor de edad, casado, de nacionalidad colombiana, número de identificación desconocida, de domicilio desconocido. Se le hace saber que en demanda Abreviada de Suspensión Patria Potestad, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Javier Ramos, Óscar Tursio Gutiérrez y Pamela Vega Madrigal se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las ocho horas y cinco minutos del diecisiete de enero del año dos mil doce. De la anterior demanda Abreviada de Suspensión de Patria Potestad establecida por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado a los accionados Javier Ramos, Óscar Tursio Gutiérrez y Pamela Vega Madrigal por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En al misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a los demandados Pamela Vega Madrigal y Óscar Tursio Gutiérrez personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona al Delgado Policial de la Unión. Siendo que se desconoce el domicilio y el número de identificación del señor Javier Ramos segundo apellido desconocido, mayor de edad, casado, de nacionalidad colombiana, se ordena nombrarle un curador procesal que lo represente en el presente asunto y para tal efecto se tiene como tal a Francisco José Amado Quiros, portador de la cédula: 0107300391, a quien se le previene para que dentro del plazo de tres días se presente a aceptar el cargo. Lo anterior bajo el apercibimiento de que de no hacerlo, se entenderá que no tiene interés en dicho nombramiento, y se procederá a la sustitución, sin necesidad de ulterior resolución que lo ordene, previa comunicación a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial para lo que corresponda, localizable a los teléfonos 22489239, celular 88459308, correo electrónico franciscoamado@yahoo.com y el fax número 22562725 para recibir notificaciones. Como último punto se le indica que sus honorarios serán cubiertos por la Unidad Administrativa de este Circuito Judicial, una vez terminado el proceso con sentencia en firme. Ahora bien, publíquese el edicto de traslado de demanda, el cual quedará en la secretaría del despacho a disposición de la entidad interesada para su diligenciamiento. Velando por el interés superior de la personas menores de edad, tal y como lo solicita el ente actor, se confiere el depósito provisional de Génesis y Leslye ambas de apellidos Tursio Vega y a Ashley Ramos Vega en el hogar de su abuela materna Julia Madrigal Bonilla. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012009883).

Se avisa a, Flor Isabel Mora Marín, mayor, separada, dependiente, cédula de identidad número uno-setecientos ochenta y ocho- seiscientos cincuenta, de domicilio desconocido, que en este Juzgado, se tramita el expediente Nº 11-000570-0673-NA, correspondiente a proceso especial de protección establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita medidas de protección a favor de la persona menor de edad Henry Alexander Pérez Mora. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga a este proceso.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 30 de enero del año 2012.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012009889).

Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez del Juzgado de Familia de Cartago, a Candy Estrada Camacho, cédula 0300460892, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, establecida por Patronato Nacional de la Infancia. contra Candy Estrada Camacho, se ordena notificarle por edicto la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las catorce horas y treinta y dos minutos del siete de diciembre del año dos mil once. Proceso de declaratoria judicial de estado de abandono de menor de edad establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por su apoderado general judicial y administrativo Rodolfo Jiménez Arias, mayor de edad, divorciado, abogado, portador de la cédula de identidad número tres-trescientos quince-trescientos treinta y dos, vecino de Cartago, contra Candy Estrada Camacho, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número tres-cero cero cuarenta y seis-ochocientos noventa y dos, vecina de Oreamuno, Cartago. Resultando Primero: Segundo: Tercero: Considerando I. II. Por tanto de acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5,13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140 y siguientes del Código de familia, se declara con lugar la demanda especial de declaratoria judicial de abandono de menor de edad establecida por el Patronato Nacional de la Infancia contra Candy Estrada Camacho declarando en esta vía judicial el estado de abandono del menor de edad Braidyn Guillermo Estrada Camacho, con la consecuente pérdida de los derechos de Patria Potestad que de ella ostentaba la aquí demandada. Se ordena el depósito del menor de edad en el Patronato Nacional de la Infancia de Cartago. Se falla este asunto sin condena en costas para la demandada. Anótese el fallo en el asiento de inscripción del menor de edad constante en el Registro Civil. Publíquese un extracto de este fallo en el Boletín Judicial. Hágase saber. Lic. Ana Cristina Dittel Masís, Jueza de Familia.—Juzgado de Familia de Cartago, 18 de enero del 2012.—Lic. Patricia cordero García, Jueza.—1 vez.—(IN2012009891).

Lic. Cristina Dittel Masís, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago; hace saber a Carlos William Gómez Carvajal, Ericka María Aguilar Salas, que en este despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el expediente número 11-000855-0338-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia de Cartago, a las siete horas y cincuenta y ocho minutos del diecinueve de mayo del dos mil once. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la menor María de Guadalupe Gómez Aguilar, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Carlos William Gómez Carvajal, Ericka María Aguilar Salas, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Cinco días a aceptar y jurar el cargo. En ese mismo plazo en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real.- Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales.- Previo a nombrar Curador Procesal, envíese los oficios de estilo a fin de conocer el domicilio de los accionados. Notifíquese. Lic. José Milton Ramírez Jiménez, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria judicial abandono de contra Carlos William Gómez Carvajal, Ericka María Aguilar Salas. Expediente Nº 11-000855-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 15 de noviembre del 2011.—Lic. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—(IN2012009892).

Lic. José Miguel Fonseca Vindas, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, al señor Jorge Alberto Richards Lawrence, se le hace saber: visto el escrito emitido por el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), visible al folio 27 de frente, se resuelve: del anterior proceso abreviado de divorcio establecido por Hellen Patricia Murillo Miranda contra Jorge Alberto Richards Lawrence, se da traslado a este último para que la conteste dentro del plazo de diez días quien expondrá con claridad si rechaza los hechos por inexactos o si los admite con variantes o rectificaciones, también manifestará con claridad las razones legales en que se apoya. En esta oportunidad ofrecerá su prueba con indicación en su caso del nombre y generalidades de los testigos. Se le previene al demandado Jorge Alberto Richards Lawrence, que debe señalar “medio” para recibir notificaciones, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas. Notifíquese este auto personalmente o por medio de cédula en su casa de habitación al demandado Jorge Alberto Richards Lawrence, ya que el mismo es habido en el Barrio Envaco, detrás de la Fábrica Envaco; para lo cual se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de Limón. Notifíquese. Lic. Ingrid Chacón Durán, Jueza. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las ocho horas del veintiséis de octubre del año dos mil once. Vista el acta de notificación de folio 32 de frente y la recepción de prueba testimonial de folio 49 de frente, se resuelve: Habiéndose demostrado que el demandado Jorge Alberto Richards Lawrence, es de paradero desconocido notifíquesele esta demanda por medio de un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial (artículo 263 del Código Procesal Civil). Notifíquese. Expediente 10-400532-0464-FA (4).—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 26 de noviembre del 2011.—Lic. José Miguel Fonseca Vindas, Juez.— 1vez.—RP2012277336.—(IN2012009960).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho a solicitar contraer matrimonio civil los señores Erick Burger Redondo, mayor, estado civil soltero, Ingeniero Industrial, vecino de Heredia, portador de la cédula de identidad número 1-0902-0701, edad 36 años, nació 24 de febrero de 1975, hijo de Eric José Burger Arias y María Luisa Redondo Hernández y Shirley Vargas Vargas, mayor, soltera, Médico en General, vecina de Mercedes Norte de Heredia, portadora de la cédula de identidad 1-1010-0962, edad 32 años, nació 6 de setiembre del año 1978, hija de Víctor Manuel Vargas Segura y Margarita Vargas García. Los comparecientes manifiestan: Venimos por nuestra propia voluntad, sí, viven en unión libre? no, padecen de enfermedades mentales y físicas? no, la señora Vargas Vargas se encuentra en estado de embarazo? no, Tienen alguna otra relación con terceras personas? no. Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Laura Vanessa González Vargas y Ada María Gutiérrez Esquivel. Es todo leído que les fue lo anterior en voz alta a los comparecientes, lo encuentran conforme, ratifican y firman. (Solicitud de Matrimonio). Expediente. 12-000249-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 31 de enero del año 2012.—Lic. Laura Rodríguez Villalobos, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012009455).

Karina Fierro Lafuente, mayor, soltera, docente, costarricense, vecina de San Juan de Tibás, San José, cédula número 1-1253-0877, hija de Roberto Fierro Fernández y Victoria Eugenia Lafuente Trejos, costarricenses; y José Pablo Rodríguez Cordero, mayor, soltero, administrador de empresas, costarricense, vecino de San Rafael de Escazú, San José, cédula de identidad número 1-1016-0048, hijo de Yurán Rodríguez Stahl, fallecido, y Marietta Cordero Evans, costarricenses. Han manifestado ante esta Notaría su voluntad de contraer matrimonio civil. Quien conozca algún impedimento legal o tenga oposición para la celebración de este matrimonio, deberá manifestarlo por escrito dentro de los siguientes ocho días naturales, ante mi Notaría, sita en San José, Barrio Escalante, avenida 7, calles 25 y 29, Nº 2524.—San José, 6 de febrero del 2012.—Lic. Javier A. Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—RP2012277279.—(IN2012009482).

Se hace saber a quienes interese que ante este Juzgado han comparecido a efecto de contraer matrimonio civil los señores Gerardo Solís Céspedes, mayor, soltero, vecino de Santa Ana, Pozos de la plaza del Invu 100 metros norte y 200 metros oeste, Agente del Ministerio de Seguridad Pública, portador de la cédula de identidad número 1-1425-0884, nacido el cuatro de mayo de mil novecientos noventa, la madre se llama Olga Marta Céspedes Obando y el padre Vicente Gerardo Solís Ramírez y Kimberly Paola Sandí Mora, mayor, soltera, vecina de Pozos de Santa Ana, Residencial Lagos de Lindera, casa Nº 101, Agente de Call Center, portadora de la cédula de identidad 1-1448-0922, nacida el doce de diciembre de mil novecientos noventa, hija de Lorena Mora Rojas y Ricardo Sandí Cascante. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de algún impedimento legal para este matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial debiendo con ello señalar lugar o medio (fax/casillero/correo electrónico) dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atenderá sus notificaciones, apercibido que si no lo hiciere, todas aquellas resoluciones que en lo futuro se dicten, se tendrán por notificadas en el solo transcurso de veinticuatro horas después de notificadas. Igual consecuencia ocurrirá si el lugar señalado fuere impreciso, no exista o existiendo se encuentre cerrado o si el medio escogido impida la notificación por causas ajenas al Despacho. Expediente Nº 12-000067-187-FA. Solicitud de matrimonio.—Juzgado Segundo de Familia de San José, a las nueve horas cincuenta minutos del siete de febrero de dos mil doce.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—(IN2012009670).

Ante esta Notaría comparecen Marcial Rivera Rodríguez, mayor, soltero, costarricense, ingeniero en construcción, cédula número 1-1090-0132 y Shirley Guzmán Villalobos, mayor, soltera, costarricense, administradora de negocios, cédula número 1-1180-0285; ambos vecinos de San José, Curridabat y manifiestan que se encuentran en libertad de estado para casarse, por lo que me solicitan y expresan su deseo de contraer matrimonio. Se otorga el plazo de ley a partir de esta publicación para terceros que deseen manifestar su oposición al mismo ante esta notaría, al fax: 2290-6252 o al correo jpardo@abogados.or.cr.—Lic. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012009680).

Ante esta Notaría comparecen Mauricio André Solano Gutiérrez, mayor, soltero, costarricense, ingeniero en sistemas, cédula 1-1007-0213, vecino de El Carmen, Mata de Plátano en San José; y Melissa Segura Solís, mayor, soltera, costarricense, fisioterapeuta, con cédula 1-1184-0866, vecina de San Sebastián en San José y manifiestan que se encuentran en libertad de estado para casarse, por lo que me solicitan y expresan su deseo de contraer matrimonio. Se otorga el plazo de ley a partir de esta publicación para terceros que deseen manifestar su oposición al mismo ante esta notaría, al fax: 2290-6252 o al correo jpardo@abogados.or.cr.—Lic. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012009681).

Ante esta Notaría comparecen Rodrigo Sanabria Rivera, mayor, divorciado de primeras nupcias, costarricense, diseñador gráfico, cédula 1-0653-0662; y Berta María Barrantes Herrera, mayor, soltera, costarricense, oficinista, con cédula 1-0909-0733, ambos vecinos de San José, San Antonio de Escazú y manifiestan que se encuentran en libertad de estado para casarse, por lo que me solicitan y expresan su deseo de contraer matrimonio. Se otorga el plazo de ley a partir de esta publicación para terceros que deseen manifestar su oposición al mismo ante esta notaría, al fax: 2290-6252 o al correo ipardo@abogados.or.cr.—Lic. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012009683).

Ante esta notaría han presentado solicitud para contraer matrimonio civil los señores Elpidio Salazar Avendaño, mayor, divorciado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número cuatro-cero setenta y dos-cuatrocientos setenta y cuatro, vecino actualmente de Heredia, setecientos metros al norte del Colegio Claretiano, nacido el día tres de noviembre de mil novecientos treinta y cinco, en la República de Costa Rica, hijo de José Salazar Salas y Rosa Avendaño Arce, ambos de nacionalidad costarricense y Luz Paz, sin segundo apellido en razón de su nacionalidad Hondureña, mayor, soltera, empleada doméstica, pasaporte de su país número: C cuatro uno cuatro seis siete ocho, vecina actualmente de Heredia, del Colegio Claretiano setecientos metros al norte, nacida el día veinticuatro de abril de mil novecientos cincuenta y dos en la República de Honduras, hija de Jacinta Paz, de nacionalidad hondureña. Si alguna persona tuviera conocimiento de algún impedimento legal para la realización de este acto, deberá notificarlo dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto a la siguiente dirección: San José, Barrio Pitahaya, avenida tercera, calle treinta y cuatro, edificio número: tres mil cuatrocientos doce.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012277392.—(IN2012009964).

Se hace saber que en la notaría de José Antonio Umanzor Rodríguez, ubicada en San José centro, av. 6, calles 10 y 12, correo electrónico lic_umanzor@hotmail.com. telefax 2214-5337, se tramita matrimonio de María Danelia Vado Cruz pasaporte C-1486664 y Mario José Cerda Acevedo, pasaporte C-780342, ambos vecinos de San José centro, para realizarse en el mes de febrero del 2012.—Lic. José Antonio Umanzor Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012277473.—(IN2012010097).

Edictos en lo Penal

TERCERA PUBLICACIÓN

Licenciado Freddy Sandí Zúñiga, Juez del Tribunal Penal del Tercer Circuito Judicial de San José, Sede Suroeste-Pavas, hace saber que en Tribunal Penal del Tercer Circuito Judicial, Sede Suroeste, Pavas, Hatillo, se tramita el expediente número: 08-000007-527-TP, interno 1212-03-08, por el delito de Accionamiento de Arma de Fuego, seguido contra José Benito Filimón Pérez, en perjuicio de la Seguridad Pública y en el cual se dictó la sentencia de primer instancia número 276-2011, cuya parte dispositiva dice: Por tanto: De conformidad con lo expuesto y artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos, 1 a 8, 13, 180 a 184, 265, 267, 363 a 366 del Código Procesal Penal, 1, 30, 250 bis del Código Penal y 88 de 4a Ley de Armas y explosivos, se absuelve de toda pena y responsabilidad a José Benito Filimón Pérez por los delitos de accionamiento de arma y portación ilegal de arma permitida que en perjuicio de seguridad pública se le había venido atribuyendo. Se ordena el cese de cualquier medida cautelar que pese contra el encartado por esta causa. Se ordena notificar mediante edicto la 97existencia de las armas fuego clase revólver, marca Ranger, calibre treinta y ocho especial, serie 07866A y la escopeta calibre doce, marca Mossberg, serie 715678, otorgándose el plazo de 3 meses para que los dueños registrales las retiren y en caso contrario, se ordenará el decomiso a favor del estado, específicamente a favor del arsenal nacional. Se resuelve el asunto sin especial condena en costas, corriendo por cuenta del Estado los gastos del proceso. Quedan debidamente notificadas las partes. En respaldo de lo resuelto se deja a disposición de las partes la grabación de audio y video respectiva. Esta sentencia absolutoria es dictada por quien les habla, Lic. Gabriela Albán Zúñiga, visible a folios 121 al 125, por medio de edicto. Notifíquese.—Tribunal Penal del Tercer Circuito Judicial de San José.—Lic. Freddy Sandí Zúñiga, Juez.—RP2011.—(IN2011087997).