BOLETÍN JUDICIAL Nº 54 DEL 15 DE MARZO DEL 2012

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR 26-2012

ASUNTO:   Aprobación de las solicitudes de gastos con cargo a la subpartida “Actividades Protocolarias y Sociales (10702).

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE HACE SABER QUE:

El Consejo Superior, en sesión 8-12, celebrada el 2 de febrero de 2012, artículo LX, acordó comunicarles que dadas las limitaciones presupuestarias existentes, este Consejo será el responsable de aprobar las solicitudes de gastos con cargo a la subpartida “Actividades Protocolarias y Sociales (10702)”, por lo que deberán realizar las gestiones con la anticipación necesaria. Solo en casos de emergencia o que no se cuente con el tiempo suficiente y este Órgano no pueda resolver, será la Dirección Ejecutiva la que disponga lo correspondiente.

San José, 20 de febrero de 2012.

                                                          Lic. Silvia Navarro Romanini

1 vez.—Exento.—(IN2012017219).                                           Secretaria General

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TERCERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta N° 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 35-07, celebrada el 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1998 al 2009 de la Fiscalía Adjunta Penal Juvenil I Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     A 104 S 98

Paquetes:   146

Libros:        1

Agendas:   7

Cajas:          2

Año:            1998-2009

Asunto:      Documentación Administrativa: 131 paquetes con documentos varios: del 1998 a enero de 2009, como notificaciones, correos electrónicos, contestación de ofrecimientos de prueba y memorando. 1 paquete con control de boletas de copias y documentos varios, del año 2006 al 2007.

1 paquete con correspondencia varía del año 2007.

4 paquetes con control de boletas de copias: boletas de copias del año 2007 al 2008.

2 cajas de cartón con documentos varios del 2007 al 2009.

3 paquetes con registro de asistencia: registro de asistencia de la Fiscalía Penal Juvenil del 2007 al 2009.

6 paquetes con legajos paralelos: legajos paralelos de la Fiscalía Penal Juvenil, unidad de Ejecución, del 2007 al 2009.

1 libro de conocimientos: libro de conocimientos de la Fiscalía Penal Juvenil Unidad de Ejecución de la Pena del año 2000.

7 agendas de señalamiento: de los años 2006, 2007, 2008, 2009.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 17 de febrero del 2012.

Alfredo Jones León

Exonerado.—(IN2012016450)                                                                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes civiles de 1980 y 1998 al 2000, del Juzgado Especializado de Cobro del II Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:                20465

Paquetes:               1

Año:                       1980

Expedientes:          1

Asunto:                 Civil Varios

Remesa:                E 27 S 98

Paquetes:               3

Año:                       1998

Expedientes:          296

Asunto:                 Civil Varios: (296), 3 consignaciones de alquiler, 9 desahucios, 42 ejecuciones de sentencia, 7 interdictos, 3 monitorios, 231 prendarios y 1 asuntos varios.

Remesa:                E 30 S 99

Paquetes:               4

Año:                       1999

Expedientes:          269

Asunto:                 Civil Varios: (269), 3 consignaciones de pago, 3 consignaciones de alquiler, 15 desahucios, 7 ejecuciones de sentencia, 2 monitorios, 238 prendarios y 1 asuntos varios.

Remesa:                E 23 S 00

Paquetes:               1

Año:                       2000

Expedientes:          22

Asunto:                 Civil Varios: (22) 1 desahucio, 2 ejecutivos simples y 19 prendarios.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 29 de febrero de 2012.

                                                                              Alfredo Jones León,

(IN2012017243)                                                     Director Ejecutivo

PRIMERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo VIII, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1994 al 20090000 de la Administración Regional del III Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:                                A 7 A 94

Carpetas:                               182

Paquetes de cheques:         133

Ampos:                                  18

Libros:                                    3

Cuadernos:                            1

Año:                                       1994 al 2009

Asunto:                                 Documentación administrativa.

                                                Reportes y registros (Informe laboral de localizadores 1 carpeta del 2009, Boletas de combustible, 5 carpetas del 2008 a 2009, Control de Recibido de citas, presentaciones y localizaciones 43 carpetas del 2009, Correspondencia O.I.J. 2 carpetas año 2008 a 2009, Correspondencia Ministerio Publico 1 Carpeta 2007, Médico de empresa 5 carpetas 2007 a 2009, Listado de constancias de depósitos 1 carpeta 1998, Arqueos de Caja Chica 1 carpeta 2001 a 2005, Correspondencia Juzgado Contravencional 1 carpeta 1997 a 1999, Recibos de dinero (Viáticos pagados) 1 carpeta 2005 y 3 carpetas 2007 a 2009, Registros de firmas de funcionario 1 carpeta 2002 a 2009, Consejo de Administración 1 carpeta 2003 y 1 carpeta 2007, Presupuesto 9 carpetas 2002 a 2006, Comprobantes de pago de testigos 1 carpetas 2003 a 2005, Facturas de pago de fotocopias del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Alfaro Ruíz 1 Carpeta 2000 a 2004, Factura de pago de fotocopias del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Palmares 1 carpeta 2009, Listado de boletas de gravamen 1 carpeta 2009, Servicio de fotocopiado 3 carpetas 2008 a 2009, Libros devueltos a la Biblioteca 1 carpeta 2008 a 2009, Registro de asistencia 1 carpeta 2009, Inventarios 1 carpeta 2009, Control de armas 1 carpeta 2008 a 2009, Recibido de copias cheques devueltos 1 carpeta 1999, Sobrantes en notas de débito 1 carpeta 2000 a 2001, Expediente de licitación de servicios de limpieza 1 carpeta 2000,

                                                Correspondencia Documentos enviados por la Dirección Ejecutiva 1 carpeta 2000 a 2005, Listado de refrendo de cheques 1 carpeta 1999, Prohibiciones fumado 1 carpeta 1999, Copias de facturas de compra de baterías de vehículos 1 carpeta 1999 a 2003, Actas de préstamo de computadora portátil 1 carpeta 2004 a 2005, Aplicación de la Ley 7600 1 carpeta 2003, Correspondencia Auxiliares supernumerarios 1 carpeta 2000, Certificación de Juzgamiento 1 carpeta 2004 a 2005, Correspondencia del Departamento Financiero Contable 1 carpeta 2006 a 2009,

                                                Correspondencia Gestión Judicial Consejo Superior 1 carpeta 2009, Iluminación Edificio 1 carpeta 1998 a 1999, Centro de Acopio 2 carpetas 2000 a 2006, Sustitución de adoquines 1 carpeta 2003, Domos 1 carpeta 2000 a 2002, Ingenierías J.L.Asociados 1 carpeta 2001 a 2002, Informe de novedades consecutivo 2 carpetas 2009, Informe de novedades Guarda administrativo 1 carpeta 2009, Departamento de Proveeduría 1 carpeta 2002 a 2007).

                                                Reportes y registros (Pintura del edificio Tribunales de San Ramón 1 folder 1998 a 2003, Valores en custodia Banco de Costa Rica 1 folder 1998 a 2001, Correspondencia Limpieza e impermeabilización 1 folder 2001, Correspondencia Consejo Cantonal de Coordinación Institucional 1 folder 2009, Copia Contrato de arrendamiento del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantia Naranjo 1 folder 2007, Copia Construcción de cubículo Juzgado Contravencional Palmares 1 folder 1998 a 1999, Copia Construcción Remodelación Trabajo Social 1 folder 1999 a 2002 , Plan atención escolares 1 folder 1994 a 2000, Consulta de planillas 1 folder 2003 a 2004.

                                                Sistema integrado de pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social 1 folder 2005, Subcomisión de Valores 1 folder 1999 a 2006, Tesorería Nacional 1 folder 2000 a 2001, Jornada vespertina 1 folder 2008, Autorización retiro Hoja delincuencia 1 folder 2004 a 2006, Constancias de jubilados 1 folder 2006 a 2009, Reversiones cheques trasladados por vencimiento 1 folder 1997 a 2002, Plan Anual Operativo 4 folder 2005 a 2008, Copia Remodelación Fiscalía 2 folder 2000, Copia Remodelación Trabajo Social 1 folder 2000 a 2002, Plan estratégico 1 folder 2005 a 2006, Copia Licitación para Servicios Médicos 1 folder 2006, Estado semanal de caja 1 folder 1998.

                                                Lista de códigos de oficina 1 folder 2001, Copia Construcción reparación de fuente Tribunal de San Ramón 1 folder 1999 a 2002, Control de Entrega de tonner a Informática 1 folder 2004 a 2007, Constancia de no recibir pensión 1 folder 2005, Motoguaraña 1 folder 2007 a 2008, Supervisión Financiero Contable 1 folder 2001, Departamento Financiero Contable 1 folder 1998 a 2001, Oficios tasación llamadas 1 folder 1999 a 2005, Copia Remodelación del Juzgado Civil y Trabajo San Ramón 1 folder 2001 a 2002.

                                                1 cuaderno de Reportes y registros (Registro de cheques entregados) de 1999 al 2001.

                                                3 carpetas de Consecutivo de oficios del 2008. 1 carpeta de órdenes de compra del 2005 al 2007.

                                                1 carpeta de Circulares del 2008 al 2009.

                                                1 carpeta de Control de fax entregados de 2004.

                                                9 carpetas de Caja Chica: Reportes y controles mensuales de 2006 al 2009.

                                                1 Libro de conocimiento de 2006 al 2007.

                                                2 Libros de Arqueos caja chica de 1997 al 2004.

                                                1 carpeta de Informes del 2009.

                                                1 Carpeta de Horas extra del 2008 al 2009.

                                                16 Carpetas de Conciliaciones bancarias de 1998 al 2006.

                                                4 carpetas con órdenes de giro de 1999 al 2004.

                                                15 Ampos con Control de correo certificado del 2007 al 2009.

                                                3 Ampos con Reportes y registros. (Calificaciones del personal 1 ampo 1998 a 2003, Currículum 1 ampo 2000 a 2008, Registro de funcionarios 1 ampo 1999 a 2004).

                                                133 Paquetes con Copias de cheques con depósitos:

                                                Cheques: 1711586 a 1711833 y 1759584 a 1759725, 1759726 a 1759919, 1759920 a 1760140, 1760141 a 1760403, 1760404 a 1760666, 1760667 a 1760866, 1760867 a 1760967, 1760968 a 1761257, 1761258 a 1761498, 1761499 a 1761714, 1761715 a 1860217, 1860218 a 1860737, 1860738 a 1860971, 1860972 a 1861286, 1861287 a 1861514, 1861515 a 1861766, 1861767 a 1862050, 1862051 a 1862317, 1862318 a 1944621,1944622 a 1945177, 1945178 a 1945525, 1945526 a 1945846, 1945847 a 1946073, 23 paquetes del año 1998 Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de San Ramón.

                                                Cheques: 1946074 a 2036788, 2036789 a 2037103, 2037104 a 2037347, 2037348 a 2037633, 2037634 a 2037980, 2037981 a 2038260, 2038261 a 2038546, 2038547 a 2038860, 2038861 a 2039011 y 2090163 a 2090280, 2090281 a 2090638, 2090639 a 2090931, 2090932 a 2091226, 2091227 a 2091500, 2091501 a 2091838, 2091839 a 2092149, 2092150 a 2092162 y 2154614 a 2154894, 2154895 a 2155193, 2155194 a 2155445, 2155446 a 2155853, 2155854 a 2156082, 2156083 a 2156113 y 2217744 a 2218094, 2218095 a 2218323, 2218324 a 2218604, 2218605 a 2218987, 24 paquetes del año 1999 Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de San Ramón.

                                                Cheques: 2107374 a 2107655, 1 paquete año 1999 Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Zarcero.

                                                Cheques: 2088970 a 2088999 y 2089000 a 2089342, 2089343 a 2089362 y 2156514 a 2156713 y 2217144 a 2217171, 2217172 a 2217395, 22117396 a 22117616, 2217617 a 2217743 y 2294995 a 2295132, 5 paquetes del año 1999 Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Naranjo.

                                                Cheques: 2090034 a 2090162 y 2156114 a 2156211, 2156212 a 2156410, 2156411 a 2156513 y 2219244 a 2219331, 2219332 a 2219521, 2219522 a 2219781, 5 paquetes del año 1999 Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Palmares.

                                                Cheques: 2219782 a 2219843 y 2302895 a 2303236, 2303237 a 2303394 y 2335511 a 2335710, 60500876 a 60501125 y 60775701 a 60775719, 60775720 a 60775920, 60775921 a 60776115, 60776116 a 60776398, 60776399 a 60776650 y 60776651 a 60776783, 60776784 a 60776833 y 66776834 a 60776991, 8 paquetes del año 2000 Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Palmares.

                                                Cheques: 210756 a 2107825, 2107826 a 2107862 y 2216594 a 2216854, 2216855 a 2216909 y 62813726 a 62813921, 3 paquetes del año 2000 Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Zarcero.

                                                Cheques: 2218988 a 2293465, 2293466 a 2293743, 2293744 a 2294149, 2294150 a 2294400, 2294401 a 2294672, 2294673 a 2294994, 2328911 a 2329372, 2329373 a 2329752, 2329753 a 2329865, 2329866 a 2330113, 2330114 a 2330362, 2330363 a 2330640, 2330641 a 2331280, 2331281 a 2331410 y 2370711 a 2370905, 2370906 a 2371187, 2371188 a 2371627, 2371628 a 2371862, 2371863 a 2372158, 2372159 a 2372520, 2372521 a 2372710 y 2383876 a 2384140, 2384141 a 2384344, 2384345 a 2384771, 2384772 a 2385005, 23 paquetes del año 2000 Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de San Ramón.

                                                Refrendo: (2091470 a 2091838, 2091839 a 2092162, 2154614 a 2154894, 2154895 a 2155200, 2155201 a 2155445, 2155446 a 2155730, 2155731 a 2156082, 2156083 a 2156113 y 2217744 a 2218031, 2218032 a 2218323, 2218324 a 2218647, 2218648 a 2218987, 11 paquetes año 1999 Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de San Ramón.

                                                Refrendo: 2218988 a 2293406, 2293407 a 2293743, 2293744 a 2293882 y 2294776 a 2294994, 2293883 a 2294149, 2294150 a 2294504, 2294505 a 2294775 y 2328911 a 2328923, 2328924 a 2329372, 2329373 a 2329752, 2329753 a 2330113, 2330114 a 2330641, 2330642 a 2331039, 2331040 a 2331280, 2331281 a 2331410 y 2370711 a 2371187, 2371188 a 2371862, 2371863 a 2372166, 2372167 a 2372520, 2372521 a 2372710 y 2383876 a 2384020, 2384021 a 2384344, 2384350 a 2384740, 2384741 a 2385005, 20 paquetes del año 2000 Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de San Ramón.

                                                Refrendo: 2295133 a 2295630, 2295631 a 2295894, 2335711 a 2335860 y 2336911 a 2337110 y 60601576 a 60601689, 60601690 a 60601912, 60601913 a 60602074 y 61063801 a 61063866, 61063867 a 61064135, 61064136 a 61064377, 61064378 a 61064648, 61064649 a 61064900, 61064901 a 61065150, 10 paquetes año 2000 Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Naranjo.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 29 de febrero de 2012.

                                                                              Alfredo Jones León,

(IN2012017244)                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 83-06, celebrada el 02 de noviembre del 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes con archivo fiscal de los años 1997 a 2009 del Fiscalía de Cóbano, Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:                P 47 P 97

Expedientes:          01

Paquetes:               1

Año:                       1997

Asunto:                 01 ROBO.

Remesa:                P 41 P 98

Expedientes:          45

Paquetes:               1

Año:                       1998

Asunto:                 Varios (1 Daño, 1 Violación, 1 Averiguar Muerte, 1 Resistencia, 1 Libramiento Cheque, 2 Abusos Deshonestos, 2 Uso Documento Falso, 1 Infracción Ley Forestal, 1 Desaparición, 13 Robos, 21 Hurtos).

Remesa:                P 21 P 99

Expedientes:          56

Paquetes:               1

Año:                       1999

Asunto:                 Varios (29 Hurtos, 14 Robos, 2 Tentativa de Suicidio, 4 Lesiones Culposas, 2 Daños, 2 Lesiones, 1 Contaminación con Químicos, 1 Tentativa de Incendio, 1 Apropiación Indebida).

Remesa:                P 19 P 00

Expedientes:          40

Paquetes:               1

Año:                       2000

Asunto:                 Varios (14 hurtos, 18 robos, 3 daños, 01 Inf Ley Zona Marítimo, 01 incendio, 01 estafa, 01 abuso deshonesto, 01 violación).

Remesa:                P 14 P 01

Expedientes:          58

Paquetes:               1

Año:                       2001

Asunto:                 Varios (17 Robos, 29 hurtos, 01 apropiación indebida, 01 tala ilegal, 03 daños, 01 falsificación de documentos, 02 averiguar muerte, 01 abuso deshonesto, 01 incendio, 01 pesca ilegal, 01 lesiones).

Remesa:                P 13 P 02

Expedientes:          74

Paquetes:               1

Año:                       2002

Asunto:                 Varios (22 hurtos, 30 robos, 4 daños, 02 incendios, 01 Inf. Ley Vida Silvestre, 02 Inf. Ley Psicotrópicos, 01 agresión con arma, 04 averiguar muerte, 01 estelionato, 02 estafa, 01 inf. Ley Forestal, 01 retención indebida, 01 tentativa de homicidio, 01 hallazgo droga, 01 tenencia ilegal de droga).

Remesa:                P 13 P 03

Expedientes:          123

Paquetes:               1

Año:                       2003

Asunto:                 Varios (52 hurtos, 65 robos, 02 daños, 01 violación de domicilio, 01 Inf. Ley vida Silvestre, 01 abuso autoridad, 01 abandono dañino de animales).

Remesa:                P 13 P 04

Expedientes:          161

Paquetes:               1

Año:                       2004

Asunto:                 Varios (57 Robos, 85 Hurtos, 05 daños, 01 inf. Ley forestal, 01 inf ley de Vida Silvestre, 01 secuestro, 01 violación de domicilio, 01 apropiación indebida, 01 receptación, 01 averiguar muerte, 03 agresiones con arma, 01 usurpación de bienes, 02 lesiones, 01 usos documento falso).

Remesa:                P 10 P 05

Expedientes:          272

Paquetes:               02

Año:                       2005

Asunto:                 Varios (146 hurtos, 112 robos, 03 agresión con arma, 02 desaparición, 01 inf ley psicotrópicos, 01 inf. Ley de armas, 01 uso de documento falso, 01 lesiones, 01 inf ley forestal, 01 violación de domicilio, 01 abandono dañino de animales, 01 usurpación, 01 apropiación indebida).

Remesa:                P 4 P 06

Expedientes:          285

Paquetes:               2

Año:                       2006

Asunto:                 Varios (230 robos, 43 hurtos, 02 lesiones, 02 receptación, 01 averiguar muerte, 02 violación de domicilio, 02 daños, 01 agresión con arma, 01 Falsificación de documentos, 01 ignorado).

Remesa:                P 4 P 07

Expedientes:          212

Paquetes:               2

Año:                       2007

Asunto:                 Varios (109 robos, 79 hurtos, 02 agresión con arma, 04 inf, ley zona marítimo, 01 estafa, 02 inf ley forestal, 01 inf. Ley psicotrópicos, 01 violación de domicilio, 03 usurpación, 01 infl. Vida silvestre, 01 desaparición, 05 daños, 01 amenaza, 01 abuso de autoridad, 01 usos de documento falso).

Remesa:                P 2 P 08

Expedientes:          386

Paquetes:               3

Año:                       2008

Asunto:                 Varios (147 robos, 212 hurtos, 05 agresión con arma, 03 lesiones, 02 inf. Ley psicotrópicos, 01 desaparición, 01 infl. Vida silvestre, 03 averiguar muerte, 01 extorsión, 06 daños, 02 inf. Ley forestal, 01 inf. Ley de aguas, 01 abuso autoridad, 01 estafa.).

Remesa:                P 1 P 09

Expedientes:          558

Paquetes:               5

Año:                       2009

Asunto:                 Varios (196 robos, 332 hurtos, 01 estafa, 02 inf ley forestal, 04 inf. Ley psicotrópicos, 01 averiguar muerte, 07 agresión con arma, 02 abuso de autoridad, 01 usos de documento falso, 02 falsedad ideológica, 02 incendio, 06 daños, 01 lesiones, 01 violación de domicilio).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 29 de febrero de 2012.

                                                                              Alfredo Jones León,

(IN2012017245)                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2007, de fecha 06 de agosto del 2007, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 66-07, celebrada el 06 de setiembre del 2007, artículo XXXVII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1998 al 2009 de la Oficina Regional del Organismo de Investigación Judicial de Tarrazú. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:                O 9 C 98

Paquetes:               01

Ampos:                  19

Expedientes:          77

Años:                     1998 -2009

Asunto:                 Documentación Administrativa

                                01 paquete de Dictámenes criminalísticos (1998), 45 correspondencia (1998), 23 capturas (2000). 24 pentadactilares (año), 35 de Correspondencias (1999). 02 boletas de combustible (1998). 26 reportes y registros (2000). 21 boletas de combustible (2000). 1 de Libro entrada de Equipo (2000). 2 solicitudes de laboratorio (1999). 50 denuncias (1999).

                                58 Expedientes Policiales (1999). 37 Horas Extras (1999). 16 expedientes de denuncia (1999). 16 capturas (1999). 03 Solicitud de laboratorio (1999). 19 Dictamen criminalísticos (1999). 26 viáticos (1999).03 expedientes policiales (2000), 06 ampos de informes de presentación (2004-2008). 04 ampos de circulares (2004-2009). 03 ampos de Reportes y Registros (2004-2009). 01 ampo de denuncias (2006). 03 ampos Dictamen criminalísticos (2005). 01 ampo con capturas (2006-2007). 1 ampo capturas (2006).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 29 de febrero de 2012.

                                                                              Alfredo Jones León,

(IN2012017246)                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo VIII, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Sociales, Psicológicos y Psicosociales del año 2005 de la Oficina de Trabajo Social y Psicología del III Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:                A 4 A 05

Expedientes:          281

Paquetes:               6

Año:                       2005

                                Asunto: Expedientes sociales 178, Expedientes Psicosociales 23 y Expedientes Psicológicos 80.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 29 de febrero de 2012.

                                                                              Alfredo Jones León,

(IN2012017247)                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo VIII, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2006 al 2010 de la Oficina de Trabajo Social y Psicología del III Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:                A 7 A 06

Carpetas:               5

Agendas:               3

Ampos:                  2

Año:                       2006 a 2007

Asunto:                 Documentación Administrativa

                                2 Carpetas con Correspondencia Recibida del 2006 al 2007. 2 Carpetas con Correspondencia Enviada del 2006 al 2007. 1 Carpeta con Pago de Viáticos del 2008 al 2009. 3 Agendas Administrativas del 2008 al 2010. 2 Ampos con Control de Solicitudes del 2008 al 2010.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 29 de febrero de 2012.

                                                                              Alfredo Jones León,

(IN2012017248)                                                     Director Ejecutivo

Dirección Ejecutiva del Poder Judicial.—Sección de Trámite de Cobro Administrativo.—San José, a las trece horas treinta minutos del dos de marzo del dos mil doce.

No habiendo sido posible localizar al señor Luis Freddy Campos Cerdas, cédula de identidad 1-0992-0263, y en virtud de seguirse la causa administrativa 151-R-11 (C), por suma adeudada al Estado, notifíquese por medio de edicto la resolución dictada por esta Dirección que literalmente dice: “Se concede audiencia 415-2012.—Dirección Ejecutiva del Poder Judicial.—Sección de Trámite de Cobro Administrativo.—San José, a las ocho horas veinticinco minutos del veintiséis de enero del dos mil doce.—Audiencia de cobro administrativo tramitado al señor Luis Freddy Campos Cerdas, cédula de identidad 01-0992-0263, por suma adeudada al Estado. ANTECEDENTES: 1) Mediante oficio 2977-UD-AS-2011 del 14 de octubre del 2011, suscrito por la Lic. Maureen Siles Mata, Coordinadora de Unidad, por el MBA. Ronald Calvo Coto, Jefe Administración Salarial, y por el MBA. José Luis Bermúdez Obando, Subdirector de Gestión Humana, se informa que el señor Luis Freddy Campos Cerdas, se encuentra adeudando dineros a la Institución por concepto de: pago de más por el período del 28 de enero al 28 de febrero del 2010, según acción de renuncia 2010101149, la deuda es por la suma de ¢561.466,38 (quinientos sesenta y un mil cuatrocientos sesenta y seis colones con treinta y ocho céntimos), (ver folios 1 y vuelto). Determinación del monto líquido:

Monto Bruto                                                    ¢559.026,88

(+) Salario Escolar                                             ¢45.784,30

Total Monto Bruto                                          ¢604.811,18

(+) Aguinaldo                                                    ¢50.400,93

(-) Deducciones                                                 ¢93.475,73

Total Monto Líquido                                      ¢561.466,38

Los depósitos de dichos dineros se efectuaron por acreditación directa a la cuenta personal en el Banco de Costa Rica. AUDIENCIA: Con fundamento en lo anterior, se otorga al señor Luis Freddy Campos Cerdas, el plazo de diez días hábiles para que en dicho término formule los alegatos pertinentes sobre el cobro de ¢561.466,38 (quinientos sesenta y un mil cuatrocientos sesenta y seis colones con treinta y ocho céntimos), pudiendo aportar la prueba que sea necesaria, debiendo indicar los fundamentos jurídicos en que se apoyen sus pretensiones y otorgándole la posibilidad de proponer un arreglo de pago ante esta Administración, para lo cual se pone el expediente 151-R-11 (C) a su disposición. En caso de no atender la audiencia en el plazo indicado, se continuará con el procedimiento ordinario para eventualmente remitir las diligencias a la Procuraduría General de la República a efecto de que establezca en sede jurisdiccional las acciones legales que correspondan contra el señor Luis Freddy Campos Cerdas. La presente resolución se notifica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243, inciso 1º) de la Ley General de la Administración Pública. Se previene al señor Luis Freddy Campos Cerdas que en el término de diez días hábiles, debe señalar como medio para atender notificaciones, número de fax, o cuenta de correo electrónico o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación conforme a lo dispuesto en el capítulo III de la citada Ley de Notificaciones. En caso de no cumplir con esta prevención, las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automática, conforme lo dispone el artículo 11 de la referida Ley de Notificaciones Judiciales. Se hace del conocimiento del señor Luis Freddy Campos Cerdas que como garantía constitucional del debido proceso, la presente resolución admite recurso de revocatoria ante esta instancia y de apelación ante el Consejo Superior del Poder Judicial dentro del término de veinticuatro horas, a partir de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 346, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública. Queda a su disposición el expediente administrativo 151-R-11 (C) Notifíquese. Alfredo Jones León, Director Ejecutivo. Si desea presentar un escrito con ocasión de esta resolución, favor indicar el siguiente número de expediente 151-R-11 (C)”. Publíquese Alfredo Jones León, Director Ejecutivo.

San José, 2 de marzo del 2012.

                                                                         Alfredo Jones León

C-Exonerado.—(IN2012017250)                    Director Ejecutivo

Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección de Trámite de Cobro Administrativo. San José, a las trece horas dieciocho minutos del dos de marzo de dos mil doce. No habiendo sido posible localizar a la señora María Isabel Fernández Fernández, cédula de identidad N° 1-1019-0146 y en virtud de seguirse la causa administrativa Nº 154-R-11 (C), por suma adeudada al Estado, notifíquese por medio de Edicto la resolución dictada por esta Dirección que literalmente dice: “Se Concede Audiencia N° 414-2012. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección de Trámite de Cobro Administrativo. San José, a las ocho horas veinte minutos del veintiséis de enero de dos mil doce. Audiencia de cobro administrativo tramitado a la señora María Isabel Fernández Fernández, cédula de identidad N° 01-1019-0146, por suma adeudada al Estado. Antecedentes: 1) Mediante oficio N° 3013-UD-AS-2011 del 19 de octubre de 2011, suscrito por la Lic. Maureen Siles Mata, Coordinadora de Unidad, por el MBA. Ronald Calvo Coto, Jefe Administración Salarial y por el MBA. José Luis Bermúdez Obando, Subdirector de Gestión Humana, se informa que la señora María Isabel Fernández Fernández, se encuentra adeudando dineros a la institución por concepto de: permiso sin goce de salario del 20 al 23 de enero y del 26 al 19 de marzo de 2009, según acciones N° 2009045030 y N° 2009045031, la deuda es por la suma de ¢623.662,58 (seiscientos veintitrés mil seiscientos sesenta y dos colones con cincuenta y ocho céntimos), (ver folios 1 y vuelto). Determinación del monto líquido:

           Monto Bruto                          ¢620.952,85

           (+) Salario Escolar                   ¢50.856,04

           Total Monto Bruto                ¢671.808,89

           (+) Aguinaldo                          ¢55.984,07

           (-) Deducciones                     ¢104.130,38

           Total Monto Líquido            ¢623.662,58

Los depósitos de dichos dineros se efectuaron por acreditación directa a la cuenta personal de la funcionaría en el Banco Popular. Audiencia: Con fundamento en lo anterior, se otorga a la señora María Isabel Fernández Fernández, el plazo de diez días hábiles para que en dicho término formule los alegatos pertinentes sobre el cobro de ¢623.662,58 (seiscientos veintitrés mil seiscientos sesenta y dos colones con cincuenta y ocho céntimos) pudiendo aportar la prueba que sea necesaria, debiendo indicar los fundamentos jurídicos en que se apoyen sus pretensiones y otorgándole la posibilidad de proponer un arreglo de pago ante esta Administración, para lo cual se pone el expediente N° 154-R-11 (C) a su disposición. En caso de no atender la audiencia en el plazo indicado, se continuará con el procedimiento ordinario para eventualmente remitir las diligencias a la Procuraduría General de la República a efecto de que establezca en sede jurisdiccional las acciones legales que correspondan contra la señora María Isabel Fernández Fernández. La presente resolución se notifica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243, inciso 1° de la Ley General de la Administración Pública. Se previene a la señora María Isabel Fernández Fernández que en el término de diez días hábiles, debe señalar como medio para atender notificaciones, número de fax, o cuenta de correo electrónico o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación conforme a lo dispuesto en el capítulo III de la citada Ley de Notificaciones. En caso de no cumplir con esta prevención, las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automática, conforme lo dispone el artículo 11 de la referida Ley de Notificaciones Judiciales. Se hace del conocimiento de la señora María Isabel Fernández Fernández que como garantía constitucional del debido proceso, la presente resolución admite recurso de revocatoria ante esta instancia y de apelación ante el Consejo Superior del Poder Judicial dentro del término de veinticuatro horas, a partir de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 346, inciso 1º de la Ley General de la Administración Pública. Queda a su disposición el Expediente Administrativo N° 154-R-11 (C) Notifíquese./AJL/Java /Fr. Alfredo Jones León, Director Ejecutivo. Si desea presentar un escrito con ocasión de esta resolución, favor indicar el siguiente número de expediente 154-R-11 (C).

San José, 2 de marzo del 2012

                                                                              Alfredo Jones León,

(IN2012017251)                                                  Subdirector Ejecutivo

ASUNTO    Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Hojancha de la provincia de Guanacaste.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Hojancha de la provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante el día diecinueve de marzo de dos mil doce, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

San José, 5 de marzo del 2012

                                                  MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,

(IN2012017255)                                     Subdirectora Ejecutiva

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:   Acción de inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

PRIMERA PUBLICACIÓN

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 09-05223-0007-CO promovida por Pablo Andrés Molina Aguilar en contra de la Acción de Personal Nº Rh2009003050 del 13 de febrero del 2009 de la Dirección de Recursos Humanos del Banco Crédito Agrícola de Cartago. Artículo 14 del Reglamento Autónomo de Trabajo del Banco Crédito Agrícola de Cartago, se ha dictado el voto número 01964-2012 de las nueve horas treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil doce, que en lo que interesa dice:

Se declara con lugar la acción de inconstitucionalidad. En consecuencia, se anula por inconstitucional el párrafo primero del artículo 14 del Reglamento Autónomo de Trabajo del Banco de Crédito Agrícola de Cartago. Asimismo, se interpreta conforme al Derecho de la Constitución el párrafo segundo del mencionado artículo 14 para que su texto se lea de la siguiente manera: “Igualmente, será prohibido nombrar o trasladar a un trabajador cuando ello implique que laborará en la misma dependencia en la que labore un trabajador con el que se encuentre ligado por parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad y afinidad o unión de hecho.” Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe y las relaciones o situaciones jurídicas que se hubieran consolidado por prescripción, caducidad o en virtud de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada material. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese esta resolución a la Procuraduría General de la República y a los accionantes. Comuníquese al representante del Banco  Crédito Agrícola de Cartago.”

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 21 de febrero del 2012.

                                                            Gerardo Madriz Piedra

(IN2012017559)                                                          Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se emplaza a los interesados, para que dentro del término de ocho días, se apersonen a este Juzgado a hacer valer sus derechos. Lo anterior por ordenarse así en diligencias de devolución de cuotas de trabajador fallecido de quien en vida fue Marcelo Jiménez Murillo, de 56 años de edad, estado civil casado, oficio chofer de taxi, vecino de Pedernal de Puriscal, cédula 1-0427-0071, fallecido en fecha 15 de julio del 2010 y bajo los apercibimientos de Ley si no lo hicieren. (Diligencias de devolución de cuotas de trabajador fallecido 11-300004-0241-LA de fallecido Marcelo Jiménez Murillo promovidas por Zaidy Madrigal García.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, Santiago, a las trece horas treinta y cuatro minutos del catorce de febrero del dos mil once.—Lic. Adriana Jara Benavides, Jueza.—1 vez.—(IN2012018351).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María de los Ángeles Robles Maroto, quien fue mayor, cédula de identidad 1-491-296, casada, docente, vecina de Cartago, y falleció el 08 de enero del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del Improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 12-000093-1023-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 12-000093-1023-LA. Promovido por Benny c.c. Ceferino Jesús García Fernández.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 23 de febrero del 2012.—Lic. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—(IN2012018355).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Guillermina Camacho Álvarez, cédula 201720192, fallecida el 30 de diciembre de 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 12-000032-0692-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 12-000032-0692-LA a favor de.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 16 de febrero del 2012.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—(IN2012018356).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de William Fabián Calvo Ledezma, quien fue mayor, divorciado, portó la cédula 2-314-290, fallecido el 5 de febrero del 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 12-000034-0692-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 12-000034-0692-LA. Promovido por Martín Calvo Mora.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 20 de febrero del 2012.—Lic. María Auxiliadora Cruz C., Juez.—1 vez.—(IN2012018359).

Con ocho días de plazo, se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 12-300001-0239-LA-0 (1-12), que es consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida: Nelly Cubero Arce, quien en vida fue mayor, costarricense, viuda, pensionada, vecina de Hatillo, cuya cédula de identidad fue la número 2-0121-0448; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Vilma Quijano Cubero.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 9 de octubre del 2010.—Lic. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—1 vez.—(IN2012018376).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca en primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica y plazo de convalidación inscrito al tomo 521, asiento 19263, remataré: con la base de cuarenta y cuatro millones seiscientos ochenta y cuatro mil colones (44.684.000,00), (primer remate), sáquese a remate la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrículas números 60483-001 y 60483-002, la cual es terreno de zona verde con una casa. Situada en el distrito Santo Domingo, cantón Santa Bárbara de la provincia de Heredia, colinda: al norte, calle pública; sur, Gerardo Alfaro Rodríguez y Hugo Ramírez Víquez; este, Norman Alfaro Rojas; oeste, cale pública. Mide: mil ciento diecisiete metros con diez decímetros cuadrados. Plano: H-0447719-1997. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de marzo del dos mil doce (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de abril del dos mil doce, con la base de treinta y tres millones quinientos trece mil colones (33.513.000,00) (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mi doce, con la base de once millones ciento setenta y un mil colones (11.171.000,00) (un 25%). Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario 10-001164-0926-CI, establecido por Municipalidad de Santa Bárbara en contra de Karen Alfaro Rodríguez y otros.—Juzgado Contravencional y Civil de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores de Heredia, 30 de enero del 2012.—Lic. Adriana Soto González, Jueza.—(IN2012017258).

En este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) y al ser las quince horas del uno de junio de dos mil doce, y con la base de ciento diecisiete millones treinta y cinco mil ciento dos colones con catorce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y ocho mil treinta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 San Antonio, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda; al norte, calle pública y en parte Luis Alberto Segura Arrieta; al sur, Municipalidad de Alajuela; al este, Luis Alberto Segura Arrieta y Walter González Solórzano; y al oeste, Celenia Segura Arrieta. Mide: dos mil sesenta y dos metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del quince de junio de dos mil doce, con la base de ochenta y siete millones setecientos setenta y seis mil trescientos veintiséis colones con sesenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del veintinueve de junio de dos mil doce, con la base de veintinueve millones doscientos cincuenta y ocho mil setecientos setenta y cinco colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Hacienda Sierpe Grill and Bar Restaurant S. A., Leonor Iveth Villa Watson. Exp.: 11-000991-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de febrero del 2012.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—(IN2012017281).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada según citas 0259-00000778-01-0901-001, y medianeria según citas 0338-00012879-01-0004-001, y 0394-00005594-01-0008-001; a las ocho horas quince minutos del treinta y uno de mayo del dos mil doce , y con la base de seis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número uno tres uno dos dos seis-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 08 Barranca, cantón Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con acera 3; al sur, con lotes 396, 397; al este, con lote 441; y al oeste, con lote 449. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince minutos del quince de junio del dos mil doce, con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos del dos de julio del dos mil doce, con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Pérez Villalobos contra Graciela Álvarez Peralta. Expediente: 11-004441-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del 2012.—Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—RP2012281547.—(IN2012017311).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada al tomo 356, asiento 5917; a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil doce y con la base de noventa y cinco mil seiscientos noventa y seis punto uno unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos treinta y cuatro mil seiscientos noventa y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Piedades, cantón 09 Santa Ana de la provincia de San José. Colinda: al norte, Luis Miranda y Omar Jiménez; al sur, Urbanización la Caraña S. A.; al este, calle pública y espaldones en medio; y al oeste, Fernando Acosta Vargas, quebrada med. Mide: ochocientos treinta y siete metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de mayo del año dos mil doce, con la base de setenta y un mil setecientos setenta y dos punto uno unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil doce, con la base de veintitrés mil novecientos veinticuatro unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Haydee Ernestina Cuadrado Ramírez, Rosa María Villalobos Rodríguez. Expediente: 11-040227-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de marzo del 2012.—Lic. Fulgencio Jiménez Rojas, Juez.—RP2012281549.—(IN2012017312).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando prohibiciones, reservas y restricciones al tomo trescientos dieciséis, asiento cuatro mil veintiocho; plazo de convalidación al tomo quinientos setenta y tres, asiento sesenta y siete mil ochocientos noventa y tres, servidumbre de líneas eléctricas al tomo quinientos cincuenta, asiento once mil cuatrocientos cincuenta y cinco; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo del año dos mil doce, y con la base de cincuenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, bajo el sistema de Folio real, matrícula número treinta mil trescientos treinta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito primero Corredores, cantón décimo Corredores de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Miguel Campos y otro; al sur, calle pública y el IDA; al este, José Ángel Durán; y al oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos veinticinco mil cuarenta y seis metros seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintiuno de junio del año dos mil doce, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de julio del año dos mil doce, con la base de doce mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Roy Elizondo Quesada contra Finca Peña Azul Sociedad Anónima. Expediente: 11-000403-0188-CI.—Juzgado civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 20 de febrero del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2012281600.—(IN2012017313).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las quince horas y cero minutos del diez de abril de dos mil doce, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 289528-000, la cual es terreno para construir con una casa Ñ 54, acera 2. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rodrigo Odio Angulo, lote 53; al sur, acera dos con 7.85 metros; al este, lote 52, María Julia Vargas y medianería; y al oeste, lote 56, Jorge Quirós Calderón y medianería. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con noventa y dos decímetros cuadrados proporción medida. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de abril de dos mil doce, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de mayo de dos mil doce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Napier Sociedad Anónima contra Julieta Espinoza Marín. Expediente: 12-001423-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 10 de febrero del 2012.—Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2012281604.—(IN2012017314).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del seis de junio de dos mil doce, y con la base de doscientos ochenta y cinco mil doscientos cinco dólares con veintinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos seis mil trescientos cuarenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Zapote, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Teresa Tuk Heilbron y Manuel Ángel Ulloa Ulloa; al sur, calle pública; al este, Manuel Ángel Ulloa Ulloa; y al oeste, María Teresa Tuk Heilbron. Mide: doscientos treinta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de junio de dos mil doce, con la base de doscientos trece mil novecientos tres dólares con noventa y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de julio de dos mil doce, con la base de setenta y un mil trescientos un dólares con treinta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Vime Limitada contra Corporación Farshid Sociedad Anónima. Expediente: 11-006637-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 24 de febrero del 2012.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—RP2012281607.—(IN2012017315).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes; a las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de abril de dos mil doce, 1) Con la base de quince millones doscientos cuarenta mil colones exactos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuatro mil ciento veintinueve-cero cero cero, la cual es terreno con una casa lote 114. Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 111; al sur, calle con 7 metros 20 centímetros; al este, lote 115 y al oeste, lote 113. Mide: ciento cuarenta y ocho metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. 2) Con la base de veinte millones quinientos mil colones exactos, la finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuatro mil ciento veintisiete-cero cero cero, la cual es construir con una casa lote 113. Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 111; al sur, calle con 09 metros con 26 centímetros; al este lote 114 y al oeste calle con 18 metros 88 centímetros. Mide: ciento setenta y cinco metros con once centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de mayo de dos mil doce, con la base de once millones cuatrocientos treinta mil colones exactos la finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuatro mil ciento veintinueve-cero cero cero, con la base de quince millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos, la finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuatro mil ciento veintisiete cero cero cero, (rebajada en un veinticinco por ciento), y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de mayo de dos mil doce, con la base de tres millones ochocientos diez mil colones exactos, la finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuatro mil ciento veintinueve-cero cero cero y con la base de cinco millones ciento veinticinco mil colones exactos la finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuatro mil ciento veintisiete-cero-cero cero (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Haydeé Romero Sánchez. Exp. 11-008259-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de febrero del 2012.—MSc. Farith Suárez Valverde, Juez.—RP2012281626.—(IN2012017316).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y soportando hipoteca de primer grado a favor del Instituto Costarricense de Electricidad por quince millones ochocientos cuarenta y cuatro mil seiscientos colones netos; a las ocho horas y treinta minutos del ocho de mayo de dos mil doce y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veinte mil ciento noventa y uno cero cero cero la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito Alajuela, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 11-F; al sur, lote 9-F; al este, lote 19-F y al oeste, resto destinado a calle central. Mide: doscientos veintidós metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil doce, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de junio de dos mil doce con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Uber Hernán Cárdenas Echavarría contra Carlos Montoya Muñoz. Exp. 11-000719-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de enero del 2012.—MSc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—RP2012281632.—(IN2012017317).

A las 8:15 horas del 18 de abril de 2012, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0363-00009237-01-0900-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de ¢3.650.000,00 remataré: finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 224.583-000, que es terreno para construir con una casa en mal estado, sito en Venado de San Carlos, distrito diez del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte, río Jicarito, al sur, Carlos Murillo Alfaro, al este, Francisco Barquero Pérez, y al oeste, calle pública con 48 metros. Mide: mil cuatrocientos veintiún metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢2.737.500,00 se señalan las: 8:15 horas del 3 de mayo de 2012. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢912. 500,00 se señalan las: 8:15 horas del 17 de mayo de 2012. Se remata por ordenarse así en Exp. 12-100111-0297-CI (1C). Ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Rafael Vargas Calvo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 2 de febrero del 2012.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—RP2012281665.—(IN2012017318).

A las 8:30 horas del 26 de abril del 2012, en la puerta principal del local que ocupa este Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de ¢17.000.000,00 remataré: finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 244.674-000, que es terreno con una casa sito en Peñas Blancas de San Ramón, distrito trece del cantón dos de la provincia de Alajuela. Linda al norte, calle pública con 44 metros 37 centímetros, al sur, Juan Araya Quesada, al este, calle pública con 75 metros 50 centímetros, y al oeste, Juan Araya Quesada. Mide: mil quinientos cincuenta y nueve metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, ahora con la rebaja del veinticinco por ciento de Ley, sea la base de ¢12.750.000,00 se señalan las: 8:30 horas del 11 de mayo del 2012. Para el tercer remate, ahora con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢4.250.000,00 se señalan las: 8:30 horas del 25 de mayo del 2012. Se remata por estar así ordenado en Exp. 12-100159-0297-CI (2C). Ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Wilson Rojas Jiménez y otro.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 24 de febrero de 2012.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—RP2012281667.—(IN2012017319).

A las nueve horas del diez abril del dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de nueve millones trescientos noventa y cuatro mil novecientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 29003-002 la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito Tempate, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle 337m 65m; al sur, Simona Pérez; al este Romualdo Juárez y al oeste, Simona Pérez. Mide: treinta y siete mil setenta y nueve metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Harold Ruiz Gutiérrez. Exp. 07-000347-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 1º de febrero del 2012.—MSc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2012281668.—(IN2012017320).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del seis de junio de dos mil doce, y con la base de tres millones ochenta y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 499671, marca Suzuki, estilo Sidekick, año 1998, color negro, categoría automóvil, tracción 4x4, capacidad cinco personas, cilindrada 1800 c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de junio de dos mil doce, con la base de dos millones trescientos dieciséis mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del seis de julio de dos mil doce con la base de setecientos setenta y dos mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Ana Rocío Garro Montoya. Exp.11-027392-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de febrero del 2012.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2012017673).

En la puerta exterior de este Despacho a las ocho horas treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil doce y con la base dada por el perito sea la suma de dos millones quinientos sesenta y dos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: 292824, carrocería: microbús, chasis KPD6612171P032886, capacidad: 12 personas, año: 1998, color: blanco, número de motor: 66291110033527, cilindrada: 2874 c.c., combustible: diesel, marca: Mercedes Benz. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución simple de Instacredit S. A. contra Óscar Pérez Sánchez y Gerardo Corrales Mora. Exp. 2007-002687-220-CI-2.—Juzgado Primero Civil de Menor Cuantía de San José, 28 de febrero del 2012.—Msc. Adriana Orocu Chavarría, Jueza.—(IN2012017676).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil doce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 156857-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Horquetas, cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Cameron Clethbert Ebanks; al sur, Noe Cruz Castro; al este, calle pública con veintiún metros con veinticinco centímetros de frente y al oeste, Noe Cruz Castro. Mide: mil trescientos noventa y cuatro metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de abril de dos mil doce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de mayo de dos mil doce con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le hace ver a los postores que sobre dicho inmueble recae una anotación agraria inscrita bajo las citas 2011-00180180-001, correspondiente a una medida cautelar del expediente número 11-000113-0507-AG. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Miguel Ángel Chavarría Rodríguez contra Noe Jesús Cruz Castro. Exp. 11-000423-0930-CI.—Juzgado Civil del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 11 de enero del 2012.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—(IN2012018921).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del diecinueve de abril del dos mil doce, y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos mil cuatrocientos setenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Hermanos Segura Carvajal; al sur, Oscar Granados Duarte; al este, calle pública lastreada con 9 metros de frente; y al oeste, Virginia Ferreto Ramírez. Mide: doscientos sesenta y dos metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de mayo del dos mil doce, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil doce con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mauricio Vargas Quesada contra Rosa María Agüero Piedra. Exp. 11-000772-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 22 de febrero del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2012281718.—(IN2012017876).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del diecisiete de julio de dos mil doce, y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y un mil novecientos veintinueve cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03, Sardinal, cantón 05, Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 16 metros 92 centímetros lineales; al sur, Coope Sardinal R.L.; al este, Emel Rodríguez Pizarro; y al oeste, Sady Rodríguez Pizarro. Mide: trescientos sesenta y cinco metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de agosto de dos mil doce, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de agosto de dos mil doce con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gladys Rodríguez Pizarro. Exp. 10-001091-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, ocho de febrero del dos mil doce.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—RP2012281790.—(IN2012017877).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil doce, y con la base de trescientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 761282 marca Geo, estilo Tracker LSI, techo lona, todo terreno 2 puertas, motor número G16M302916, gasolina, tracción 4X4. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil doce, con la base de doscientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil doce con la base de ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Menher de Occidente S. A. contra Transportes El Segundazo Sociedad Anónima. Exp. 11-000817-0691-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 17 de febrero del 2012.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.— RP2012281819.—(IN2012017878).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, servidumbre sirviente; a las catorce horas del once de mayo de dos mil doce, y con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos para, cada una de las propiedades dadas en garantía en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 82732-000, la cual es terreno lote cuarenta, terreno para construir. Situada en el distrito quinto, cantón segundo de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Mireya Ugalde Ávila; al sur, resto destinado a calle pública con doce metros lineales; al este, lote cuarenta y uno; y al oeste, lote treinta y nueve. Mide: trescientos trece metros con cuarenta decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 82733-000, la cual es terreno lote cuarenta y uno, terreno para construir. Situada en el distrito quinto, cantón segundo de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Mireya Ugalde Ávila; al sur, resto destinado a calle pública con doce metros lineales; al este, lote cuarenta y dos; y al oeste, lote cuarenta. Mide: trescientos nueve metros con treinta y tres decímetros cuadrados. 3) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 82734-000, la cual es terreno lote cuarenta y dos, terreno para construir. Situada en el distrito quinto, cantón segundo de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Mireya Ugalde Ávila; al sur, resto destinado a calle pública con doce metros lineales; al este, lote cuarenta y tres; y al oeste, lote cuarenta y uno. Mide: trescientos cinco metros con veintisiete decímetros cuadrados. 4) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 82735-000, la cual es terreno lote cuarenta y tres, terreno para construir. Situada en el distrito quinto, cantón segundo de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Mireya Ugalde Ávila; al sur, resto destinado a calle pública con doce metros lineales; al este, lote cuarenta y cuatro; y al oeste, lote cuarenta y dos. Mide: trescientos un metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintiocho de mayo del dos mil doce, con la base de dos millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos para cada una de las propiedades dadas en garantía (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas del doce de junio del dos mil doce, con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos para cada una de las propiedades dadas en garantía (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agroindustrial El Porvenir Sociedad Anónima contra Agrocomercial Cartagena S. A. Expediente: 12-000044-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de febrero del 2012.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—RP2012281832.—(IN2012017879).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del once de mayo de dos mil doce y con la base de trece mil quinientos sesenta y tres dólares exactos moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Taladro Radial, marca Maskiner, modelo ER-1830, número de serie 110688, motor de cinco caballos de fuerza, tipo Trifásico, fabricado en Suiza. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiocho de mayo de dos mil doce, con la base de diez mil ciento setenta y dos dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del doce de junio de dos mil doce, con la base de tres mil trescientos noventa dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Zodisa contra Óscar Arturo Ramos Valencia. Expediente: 12-001786-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 2 de febrero del 2012.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—RP2012281874.—(IN2012017880).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; soportando reservas y restricciones; a las ocho horas y cuarenta minutos del diez de abril de dos mil doce y con la base de quince millones de colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 612647-000, la cual es terreno para construir y árboles frutales. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rose Mary Benavides Montero y Adrián Mora Retana; al sur, Maximiliano Cascante Chinchilla; al este, Maximiliano Cascante Chinchilla; y al oeste, calle pública con un frente de 11 metros con 08 centímetros. Mide: mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del catorce de mayo de dos mil doce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Juan Bautista Cascante Chinchilla, Maximiliano Cascante Chinchilla. Expediente: 12-000310-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 27 de enero del 2012.—Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2012281881.—(IN2012017881).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas del diez de mayo del dos mil doce, y con la base de un millón de dólares americanos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 93593-000, la cual es terreno con varios edificios. Situada en el distrito tercero, cantón quinto de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Banco de Costa Rica; al sur, con calle pública con un frente de cincuenta y nueve metros con ochenta y siete centímetros; al este, María Belén Guillén Barrera; y al oeste, Fernando Hurtado Clachar y Gloria García Guadamuz. Mide: dos mil seiscientos treinta metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del veinticinco de mayo del dos mil doce, con la base de setecientos cincuenta mil dólares americanos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate se señalan las once horas del once de junio del dos mil doce, con la base de doscientos cincuenta mil colones (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra El Arco de Tolomeo S. A., Pachiopicho S. A. Expediente: 11-000327-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 1º de marzo del 2012.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2012281899.—(IN2012017882).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del nueve de abril de dos mil doce, y con la base de veintiún millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento diecinueve mil sesenta y nueve-cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Dulce Nombre, cantón Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Miguel Sánchez Arce; al este, calle pública; y al oeste, Miguel Mata Arce. Mide: doscientos diecisiete metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinticuatro de abril de dos mil doce, con la base de dieciséis millones ciento veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del ocho de mayo de dos mil doce, con la base de cinco millones trescientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra Rónald Bernald Sánchez Rojas. Expediente: 10-001113-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 2 de marzo del 2012.—Msc. Flory Tames Brenes, Jueza.—RP2012281910.—(IN2012017883).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de oleoducto y de paso de Recope; a las quince horas y treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil doce, y con la base de doce millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 205113-000 la cual es terreno para construir bloque A lote 2. Situada en el distrito San Nicolás, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote tres A; al sur, calle pública; al este calle pública; y al oeste, lote uno a. Mide: tres nueve metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del catorce de mayo de dos mil doce, con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de mayo de dos mil doce con la base de tres millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Diego Andrés Mora Rojas contra José Miguel Gómez Solano. Exp. 12-001477-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 23 de febrero del 2012.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—RP2012281921.—(IN2012017884).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, servidumbre dominante a las diez horas del diecinueve de abril del dos mil doce, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y siete mil setecientos trece-cero cero cero la cual es terreno para construir, lote 19. Situada en el distrito siete Rosario, cantón seis Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 12 metros de ancho con un frente a ella de diecisiete metros nueve centímetros; al sur, servidumbre agrícola de 10 metros de ancho con un frente a ella de sesenta y dos metros cuarenta y nueve centímetros; al este, Dolomite Investiments S. A. y servidumbre agrícola con diez metros de ancho con un frente a ella de 83 metros doce centímetros; y al oeste, Dolomete Investiments S. A. Mide: tres mil quinientos catorce metros con sesenta y siete decímetros cuadrados plano A-079697-2001. Para el segundo remate se señalan las diez horas del tres de mayo del dos mil doce, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del diecisiete de mayo del dos mil doce con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Álvaro Fernández Garreta. Exp. 11-000782-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 14 de noviembre del 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2012281836.—(IN2012017885).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando tres servidumbres trasladadas inscritas al margen de los asientos: 906, 3290 y 3290 del los tomos: 302, 339 y 339, respectivamente; plazo de convalidación (Ley de Localización de Derec) inscrito al asiento: 291669 del tomo: 2010; a las diez horas y treinta minutos del veintiséis de julio del año dos mil doce, y con la base de ciento veintidós mil seiscientos cuarenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y tres mil setecientos-f-cero cero cero (2-473700-000) la cual es terreno de café. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 125,92 cm; al sur, quebrada Cabuyo; al este, Ricardo Herrera Murillo y Tito Alfaro Alfaro, y al oeste, Claudio Salazar Rojas. Mide: Veinticinco mil trescientos cincuenta y ocho metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de agosto del año dos mil doce, con la base de noventa y un mil novecientos ochenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintisiete de agosto del año dos mil doce con la base de treinta mil seiscientos sesenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a los interesados en participar en la almoneda que, de conformidad con el artículo 23 de la Ley de Cobro Judicial podrá depositar el porcentaje correspondiente de la base en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, o cheque certificado de un banco costarricense. Ahora bien, en caso de una persona jurídica al pagar con cheque certificado por un monto en colones, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho y por un monto en dólares a favor de la Unidad Administrativa Regional de Heredia; y en caso de una persona física puede realizarse de la anterior manera o bien el cheque a su favor pero realizar el endoso correspondiente teniendo clara la restricción del artículo 805 párrafo segundo y 826 del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Alba Brenes González y María Gabriela Araya Morera contra Agrícola Los Chamelos Alfaro S. A. Exp. 12-000038-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 27 de enero del 2012.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2012017907).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas con treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil doce y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veinticinco mil trescientos siete-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 09 Alfaro, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana Victoria Jiménez Badilla; al sur, calle pública con 33.20 metros de frente; al este, lote 15, y al oeste, lote 13. Mide: Cuatro mil ciento ochenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas con treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil doce, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas con treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil doce con la base de cinco millones colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Jofama S. A. contra Carlos Humberto Palma Céspedes. Exp. 10-000505-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 14 de febrero del 2012.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—(IN2012017925).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre dominante con citas: 0386-00016985-01-0013-001; a las nueve horas con treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil doce, y con la base de doce millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y cuatro mil doscientos veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno lote 2 de agricultura. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso de salida Maribel, María Del Pilar y José Antonio Hidalgo Peraza; al sur, Víctor Arguello Ramírez, y José Joaquín Rodríguez Vargas; al este, Tomas Ramírez Peraza y Roque Chacón Pacheco, y al oeste, Maribel María Del Pilar y José Antonio Hidalgo Peraza. Mide: Siete mil cuatrocientos trece metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas con treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil doce, con la base de nueve millones doscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas con treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil doce con la base de tres millones setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ronald Pérez Hidalgo. Exp. 11-000525-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 6 de febrero del 2012.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—(IN2012017926).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones inscrita bajo las citas 0311-00009049-01-0901-001 y servidumbre trasladada inscrita bajo las citas 0335-0010332-01-0901-001; a las diez horas y treinta minutos del cinco de julio de dos mil doce, y con la base de treinta y cinco millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 065560-F-000 la cual es terreno finca filial primaria individualizada numero treinta-F apta para construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 06 San Isidro, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada numero veintinueve-F; al sur, finca filial primaria individualizada numero treinta y uno-F; al este, área comuna libre de acceso once, y al oeste, finca filial primaria individualizada número treinta y cuatro-F. Mide: Quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de julio de dos mil doce, con la base de veintiséis millones ochocientos cincuenta  mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil doce con la base de ocho millones novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Cristian Méndez Brenes. Exp. 11-001102-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de febrero del 2012.—Lic. Rodrigo Araya Duran, Juez.—(IN2012017928).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del dos de julio del dos mil doce, y con la base de seis millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y dos mil seiscientos treinta y tres-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa lote 1 bloque H. Situada en el distrito diez Desamparados, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alfer De Heredia S. A.; al sur, lote 2 bloque H; al este, calle pública, y al oeste, Alfer De Heredia S. A. Mide: Doscientos trece metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veinticuatro de julio del dos mil doce, con la base de cuatro millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del diez de agosto del dos mil doce con la base de un millón quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jeannette Monge Benavides. Exp. 11-001905-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de febrero del 2012.—Lic. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—(IN2012017930).

A las 9:30 horas del 26 de abril del 2012, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de $23.710,00 moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, remataré: Finca inscrita en Propiedad Partido de Limón Folio Real Matrícula 38.724-001-002, que es terreno para construir con una casa, sito en Guápiles de Pococí, distrito primero del cantón segundo de la provincia de Limón. Linda al norte, al sur, y al este, Virgilio Castillo Sánchez, y al oeste, calle pública. Mide: Ciento noventa y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de $17.782,50 moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, se señalan las 9:30 horas del 11 de mayo del 2012. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de $5.927,50 moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, se señalan las 9:30 horas del 25 de mayo del 2012. Se remata por ordenarse así en expediente 12-100064-0297-CI (2C) ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gerardo Solano Sojo y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 24 de febrero del 2012.—Lic. Bolívar Arrieta Zarate, Juez.—(IN2012017934).

A las 10:30 horas del 18 de abril del 2012, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de ¢23.700.000,00, remataré: Finca inscrita en Propiedad Partido de San José Folio Real Matrícula 475.017-000, que es terreno para construir con una casa de habitación, sito en Santiago de Puriscal, distrito primero del cantón cuatro de la provincia de San José. Linda al norte, Abilio Leiva Jiménez; al sur, Edwin Mora Mora, al este, calle pública, y al oeste, Mario Venegas Hidalgo. Mide: Quinientos sesenta y un metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢17.775.000,00, se señalan las: 10:30 horas del 3 de mayo del 2012. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢5.925.000,00, se señalan las 10:30 horas del 17 de mayo del 2012. Se remata por ordenarse así en expediente 12-100063-0297-CI (IB) ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ana Yorleny Valverde Chavarría.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 14 de febrero del 2012.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2012017935).

A las diez horas treinta minutos del veinticinco de abril de dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, pero soportando servidumbres de paso bajo los tomos 2010 y asientos 153969 y 295637, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la parte actora, sea por la suma de ocho millones ochocientos veinte mil colones (¢8.820.000), remataré: Finca del partido de Alajuela matrícula de Folio Real 473.387-001-002, que se describe así: Terreno de solar, lote 6, sito: en el distrito siete, del cantón décimo, Fortuna de San Carlos, de la provincia de Alajuela, colinda al norte, calle pública con un frente a ella de 9.36 metros; al sur, y al oeste, resto reservado de Jeyda Veintiséis S. A., y al este, servidumbre de paso con un frente a ella de 28 metros. Mide: Doscientos sesenta y dos metros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de seis millones seiscientos quince mil colones (¢6.615.000,00), se señalan las: diez horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil doce. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de dos millones doscientos cinco mil colones (¢2.205.000,00), se señalan las: diez horas treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil doce. Se remata por ordenarse así en expediente número 12-100066-0297-CI que es ejecución hipotecaria del Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamos contra Fedelina Guzmán Lazo y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 20 de febrero de 2012.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—(IN2012017937).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las siete horas treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil doce, y con la base de nueve millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y nueve mil ciento treinta y tres- cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito dos Jesús, cantón quinto Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 15,02 metros de frente; al sur, Hernando, Ólger y Uriel Jiménez Alvarado, Hernán Jiménez Pérez y Francisca Alvarado Mora; al este, Hernando, Ólger y Uriel Jiménez Alvarado, Hernán Jiménez Pérez y Francisca Alvarado Mora, y al oeste, Hernando, Ólger y Uriel Jiménez Alvarado, Hernán Jiménez Pérez y Francisca Alvarado Mora. Mide: doscientos sesenta y siete metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del siete de mayo del dos mil doce, con la base de seis millones novecientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintitrés de mayo del dos mil doce con la base de dos millones trescientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Monitorio de Municipalidad de Atenas contra Uriel Jiménez Alvarado. Exp. 08-000065-0848-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Atenas, 9 de febrero del 2012.—Lic. Carmen Vargas González, Jueza.—(IN2012017942).

En la puerta exterior de este Juzgado, a las catorce horas del diez de abril del dos mil doce, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ocho millones quinientos setenta y cinco mil cuatrocientos colones con noventa y cinco céntimos, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número ciento cuarenta y nueve mil cuatrocientos diecinueve-cero cero cero, que es terreno construido, sito en distrito primero del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Antonia Murillo Castañeda y Huang Tseng Cheng; al sur, con calle pública con un frente de ocho punto cincuenta metros; al este, María Sabrina Zúñiga Díaz; y al oeste, con Yamileth Nicolás Villegas. Mide: trescientos diecinueve metros con ochenta y dos decímetros cuadrados, según plano P-uno cero nueve dos dos uno cinco-dos mil seis. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas del veinticuatro de abril del dos mil doce, con la base de seis millones cuatrocientos treinta y un mil quinientos cincuenta colones con nueve céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas del nueve de mayo del dos mil doce, con la base de dos millones ciento cuarenta y tres mil ochocientos cincuenta colones con un céntimo (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 11-100647-642-CI-2 de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra: Cecilia Rojas Morena.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2012017954).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del doce de junio del año dos mil doce, y con la base de veinte mil dólares exactos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa: seiscientos nueve mil seiscientos diez, marca: Toyota. Categoría: automóvil. Serie: JTEBU25J905000989. Carrocería: Station Wagon o familiar, tracción: 4X4, capacidad: 8 personas, año: 2005, color: plateado, motor: 1GR5005034, cilindrada: 3955 c.c. potencia: 179.00, combustible: gasolina, modelo: GRJ120L-GKAGK, cilindros: 06. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veintiséis de junio del año dos mil doce, con la base de quince mil dólares exactos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de julio del año dos mil doce con la base de cinco mil dólares exactos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Juan Carlos Salazar Beauregard contra Inversiones La Palagua Dos Mil Cuatro S. A. Exp. 11-000947-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 11 de enero del 2012.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—(IN2012017956).

A las 09:45 horas del 26 de abril de 2012, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, se rematarán las fincas que a continuación se dirán: a) libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica sea la suma de ¢19.200.000.00 la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula 243.132-000, y que se describe así: Terreno de pastos, sito en distrito siete La Fortuna, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela, linderos: norte, calle pública con un frente de 20 metros lineales; sur, calle pública con un frente de 61.74 metros lineales; este, Édgar Chacón Pérez y oeste, Álvaro Murillo. Mide: treinta y cuatro mil novecientos cuarenta y cuatro metros con ochenta decímetros cuadrados; b) libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas: 0405-00001801-01-0900-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica sea la suma de ¢12.800.000.00 la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula 276.840-000, y que se describe así: Terreno con una casa, sito en distrito siete Fortuna, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela, linderos: norte, lote segundo; sur, Maderas Rayka S. A., y este, calle pública con frente de 80397 metros lineales; oeste, Elena González Blanco Mide: cinco mil ochocientos ochenta y siete metros con treinta decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sean las bases de ¢14.400.000.00 y ¢9.600.000,00 respectivamente, se señalan las: 9:45 horas del 11 de mayo del 2012. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sean las bases de ¢4.800.000.00 y ¢3.200.000.00 respectivamente, se señalan las 09:45 horas del 25 de mayo del 2012. Se rematan por ordenarse así en expediente número 12-100029-0297-CI que es ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Rónald Gerardo Zúñiga Jiménez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 27 de febrero del 2012.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2012017985).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando tres servidumbres trasladadas y al ser las  once horas del dieciséis de abril del año dos mil doce, y con la base de cinco millones cien mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos siete mil trescientos cincuenta y uno cero cero cero la cual es terreno con una casa y patio. Situada en el distrito 04 Jesús, cantón 04 Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Nautilio Badilla Barquero y Dora Brenes Ovares; al sur, callejón de acceso de 3 m de ancho en medio, Diego Araya Rodríguez; al este, calle pública con 7.8 m y al oeste, Nautilio Badilla Barquero y Dora Brenes Ovares y Francisco Araya Rodríguez. Mide: ciento veintitrés metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del dos de mayo de dos mil doce, con la base de tres millones ochocientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del dieciséis de mayo de dos mil doce con la base de un millón doscientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Gabriela Araya Rodríguez, Milciades Rojas Navarro. Exp. 11-003821-0307-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de enero del 2012.—Lic. Yesenia Solano Molina, Jueza.—(IN2012018003).

A las nueve horas del trece de abril de dos mil doce en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, soportando reservas y restricciones inscritas al tomo 312, asiento 2771, plazo de convalidación anotado al tomo 540, asiento 3952, e hipoteca de primer grado inscrita al tomo 568, asiento 58227, a favor del Banco Nacional de Costa Rica. Para el primer remate y con la base de la hipoteca superior vencida (segundo grado), sea la suma de novecientos ochenta mil colones remataré: inmueble de matrícula cuatrocientos veintidós mil quinientos cuarenta y tres-cero cero cero, del partido de Alajuela, el cual se describe así: terreno de solar y con dos casas, sito en el distrito siete Fortuna, cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Mide: 285 m con 90 decímetros cuadrados. Linda: al norte, calle pública; al sur, y al este, Agropecuaria Primero de Octubre de Mil Novecientos Cuarenta y Siete S. A.; y al oeste, Efraín Arrieta Solano. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original sea la suma de setecientos treinta y cinco mil colones, se señalan las diez horas del treinta de abril de dos mil doce. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de doscientos cuarenta y cinco mil colones se señalan las nueve horas del dieciséis de mayo de dos mil doce. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso de ejecución hipotecaria 12-100073-0317-CI-l de Agropecuaria Primero de Octubre de Mil Novecientos Cuarenta y Siete Sociedad Anónima contra Segundo José Mora Acuña.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San Carlos, 16 de febrero del 2012.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—RP2012282061.—(IN2012018303).

Desde la puerta exterior de este despacho, con la base de veinticuatro millones doscientos cincuenta mil colones, libre de anotaciones judiciales, pero soportando reservas y restricciones, según citas 0317-00009322-01-0901-001 e hipoteca de primer grado en favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, según citas 2011-00136026-01-0002-001, remataré: finca inscrita en el Registro Público provincia de Limón, matrícula de Folio Real número cero cero ciento diecisiete mil doscientos sesenta y tres-cero cero cero, naturaleza terreno para construir, situada en distrito segundo Batan, cantón quinto Matina, de la provincia de Limón. Linda: al norte, con carretera nacional ruta 32; al sur, al este, y al oeste, con Fernando Barrantes Hidalgo. Mide: quinientos cuarenta metros con un decímetro cuadrado, para tal efecto se señalan las catorce horas del diez abril de dos mil doce (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas del veintiséis de abril de dos mil doce, con la base de dieciocho millones ciento ochenta y siete mil quinientos colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas del once de mayo de dos mil doce, con la base de seis millones sesenta y dos mil quinientos colones (un 25%). se remata por ordenarse así dentro del proceso prendario 06-001483-182CI (1) de Vacheron Constantin S. A. contra Gerardo González Fuentes.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 15 de febrero del 2012.—Msc. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—RP2012282122.—(IN2012018314).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados a la junta que se llevará a cabo en este Despacho, a las ocho horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil doce. Lo anterior para conocer sobre lo indicado en el artículo 926 del Código Procesal Civil. Dicha junta se realizará por haberse ordenado así en el sucesorio judicial número 11-100317-0297-CI (3a), de Carlos Enrique Mejías Carrillo, quien en vida fue mayor de edad, casado una vez, transportista, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, Urbanización Selva Verde, de la pulpería 50 metros al sur y 25 metros al este, cédula de identidad número 2-510-599.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, del 27 de enero del 2012.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—RP2012282089.—(IN2012018327).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho, se tramita el expediente 11-000167-0188-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rolando Bonilla Segura y Víctor Julio Bonilla Segura quienes son mayores, estado civil solteros, vecinos de El Congo de Changuena de Buenos Aires, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe 6-0331-0294 y 6-0317-0218, profesión agricultores, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de potreros, tacotal con una casa de habitación, solar bodega, y agriculturas menores. Situada en el distrito sétimo Chánguena, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Eliécer Arguedas Badilla y Gerson Montero Vargas; al sur, Uriel Bello Méndez y calle pública; al este, Kenneth Muñoz Linkimer y Gerson Montero Vargas; y al oeste, Hugo López Fallas y Eliécer Arguedas Badilla. Mide: un millón setecientos sesenta y tres mil noventa y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa de Gilberto Bonilla Cordero, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de una casa, bodega, áreas verdes, cercas de alambres y agriculturas menores, potreros y ganadería. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Rolando Bonilla Segura. Exp. 11-000167-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 7 de noviembre del 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—1 vez.—RP2012281512.—(IN2012017321).

Susana Felicidad Portero Montero, de nacionalidad ecuatoriana, mayor, comerciante, divorciada una vez, con cédula de residencia 121800058517, vecina de Limón, de la entrada a Emaus, 100 metros este, casa de dos plantas, color ladrillo; promueve diligencias de información posesoria, para inscribir en el Registro Público, Sección de Propiedad, el siguiente inmueble: Terreno de solar, sito en distrito y cantón primeros, de la provincia de Limón. Mide diez mil setecientos ocho metros cuadrados; linda al norte, con José Virgilio Chavarría Esquivel y servidumbre; sur y al este, con Perla Gaes Thompson; y al oeste, con Anderson Campbell Alexander Henry y Susana Portero Montero en parte. El inmueble está libre de gravámenes, no existen condueños, ni cargas reales, y fue estimado en la suma de treinta millones novecientos sesenta y cinco mil colones. Llámese a todos los interesados en las presentes diligencias de información posesoria, para que dentro del plazo de un mes se apersonen en este Despacho en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de ley si lo omitieran. Expediente 11-000271-0678-CI-3.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 3 de febrero del  2012.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—RP2012281611.—(IN2012017322).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 11-000649-0188-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Inte. de Cedral Cajón representada por Alfredo Venegas Zúñiga, quien es mayor, agricultor, casado una vez, cédula 1-699-447, vecino de Cedral de Cajón de Pérez Zeledón, a fin de inscribir a nombre de su representada y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca la cual es terreno con una plaza de deportes, salón comunal y una casa de salud. Situada en el distrito octavo Cajón, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Junta de Educación de la Escuela de Cedral; al sur, Eduardo Corrales Morales; al este, Asociación Administrativa del Acueducto de Santa Teresa de Cajón, Mario Jiménez Várela, Vianey Drena Hernández, Temporalidades de la Diócesis de San Isidro de El General y calle pública; y al oeste, Bolívar Elizondo Hernández. Mide: ocho mil setecientos sesenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble de Johany Venegas Fallas c.c. Govanny, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en conservación de cercas divisorias, y deslinde. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Asociación de Desarrollo Inte. de Cedral Cajón. Exp. 11-000649-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 31 de octubre del año 2011.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—1 vez.—RP2012281659.—(IN2012017323).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 06-100238-0390-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Agapita Casares Mendoza, quien es mayor, estado civil desconocido, vecina de Dulce Nombre de Nicoya, contiguo a la plaza de deportes de la localidad, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0500450721, profesión pensionada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Mercedes Noguera Cásares; al sur, Ulises Rojas Chaves; al este, calle pública con frente a ella de 13,14 decímetros lineales; y al oeste, Seferino Fajardo Pérez. Mide: setecientos catorce metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapias, cercas y la asistencia del lote. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por  Exp. 06-100238-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 8 de febrero del año 2012.—MSc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—1 vez.—RP2012281666.—(IN2012017324).

Asociación de Desarrollo Integral de Barbacoas de Puriscal, cédula jurídica número tres-cero cero dos-setenta y un mil seiscientos cincuenta y dos, inscrita bajo el tomo: 5, folios: 911, asiento: 2147, representada por Marciano Alexander González Castro, mayor, soltero, educador, vecino de Bajo Burgos de Puriscal, cincuenta metros norte del tanque del A y A, cédula de identidad número uno-novecientos veinticinco-doscientos setenta y tres, promueve diligencias de Información Posesoria para que se ordene al Registro Público de la Propiedad, partido de San José, inscribir a su nombre la finca que se describe así: Terreno dedicado a cementerio. Sito: en Barbacoas de Puriscal, distrito tercero, cantón cuatro, de la provincia de San José. Mide: seis mil cuarenta y cuatro metros cuadrados. Linda: al norte, calle pública de catorce metros de ancho, con un frente de ella de ochenta y un metros; al sur y este, María Teresa Fallas Valverde, y al oeste, Manuel Retana Valverde y German Retana Valverde. Todo conforme al plano catastrado número SJ-un millón cuatrocientos ochenta y tres mil setecientos setenta-dos mil once. Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en el asunto en defensa de sus derechos. Información Posesoria 11-100389-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 23 de noviembre del 2011.—MSc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—1 vez.—RP2012281823.—(IN2012017886).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 10-000130-0391-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de José Guillermo Cárdenas Sánchez, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Maquenco de Nicoya, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe 5-082-088, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero. Situada: en Maquenco del distrito sétimo Belén de Nosarita, cantón segundo Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de catorce metros con cincuenta y ocho centímetros lineales; al sur, Sámara Antigua S. A., río Crucivallejo, Eudoro Araya Fallas; al este, Manuel Mendoza Fajardo, Paulina Mendoza Fajardo, calle pública con un frente a ella de catorce metros, y al oeste, calle pública con un frente a ella de catorce metros. Mide: catorce hectáreas y ocho mil cuatrocientos cincuenta y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado G-G-1331570-2009. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra verbal hace veinte años al señor Carlos Adrián Carrillo López, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en actividad ganadera y agrícola. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por José Guillermo Cárdenas Sánchez. Expediente 10-000130-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 5 de marzo del 2012.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—RP2012281937.—(IN2012017887).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 10-000255-0391-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de María Ana Espinoza Venegas, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Barrio San Martín de Nicoya, de la antigua Cervecería 125 metros al oeste, portadora de la cédula de identidad vigente 5-180-0032, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es pastos. Situada: en el distrito sétimo, cantón segundo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rosa Lidia Espinoza Venegas; al sur, Silvia y Jorge Espinoza Venegas y Hermanos Vargas Delgado S. A.; al este, calle pública con un frente de cuatrocientos setenta y ocho metros con treinta y cuatro centímetros lineales, y al oeste, Hermanos Vargas Delgado S. A. Mide: ciento catorce mil ochocientos cuarenta y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado G-1450194-2010. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble en forma originaria y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, colocación y mantenimiento de las cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por María Ana Espinoza Venegas. Expediente 10-000255-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 22 de febrero del 2012.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—RP2012281945.—(IN2012017888).

María Isabel Solano Benavides, mayor, casada una vez, del hogar, cédula de identidad dos-doscientos ochenta y tres-cuatrocientos seis, vecina de Caimitos de Florencia de San Carlos, 100 metros al norte del Bar Aserrí, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de pastos mejorados, con una casa de habitación y bodegas, sito en Caimitos, distrito segundo, Florencia, cantón diez, San Carlos de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, Róger Acevedo Álvarez; al sur, Norberto Corrales López; al este, Guillermo Núñez Mora, y al oeste, Norberto Corrales López y calle pública con un frente a ella de cuarenta y cuatro metros con sesenta y un centímetros lineales. Mide de acuerdo al plano catastral aportado número A-1527736-2011 de fecha 28 de setiembre del 2011, una superficie de catorce mil quinientos cuarenta metros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta la titulante que lo adquirió por donación que le hiciera su esposo Norberto Corrales López, mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad 1-261-482, vecino de Caimitos de Florencia de San Carlos, 100 metros al norte del Bar Aserrí, en fecha 25 de octubre del 2011, mediante escritura pública número 133-66 otorgada ante el Notario Carlos Manuel Arroyo Rojas y quien le transmitió los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años. El inmueble fue estimado en la suma de un millón de colones y en la suma de trescientos mil colones se estiman las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información Posesoria. Expediente 11-000258-0298-AG, promovida por María Isabel Solano Benavides.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 29 de febrero del 2012.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012018005).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 12-000015-0638-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Jesús Adanis Mena, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de El Kilómetro de Orotina, diagonal al taller de circuito, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-141-082, profesión constructor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito Orotina, cantón Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Luis Adanis Mena; al sur, Inversiones Regosa de Moravia RG S. A.; al este, servidumbre de paso de cuatro metros de ancho, y al oeste, Inversiones Venegil de Orotina S. A. Mide: trescientos ochenta y un metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en siembra de árboles frutales, zacate, crotos, y la construcción de una casa. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Jesús Adanis Mena. Expediente 12-000015-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de febrero del año 2012.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—RP2012281974.—(IN2012018320).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 12-000030-0638-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Ana Betty Loría Lara, quien es mayor, estado civil divorciada una vez, vecina de Cuatro Esquinas de Orotina, contiguo al Salón de Tamarindo, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-253-722, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito Orotina, cantón Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, once metros setenta y nueve centímetros; al sur, Luis Ángel Jiménez Venegas; al este, Manuel Guillermo Font Benavides, y al oeste, Ana Betty Loria Lara. Mide: 5 290,86 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza constante del terreno, cercas de alambre, siembras de crotos y arbolitos frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Ana Betty Loría Lara. Expediente 12-000030-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de febrero del año 2012.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—RP2012281975.—(IN2012018321).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 11-000298-0341-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Integral de San Juan Norte, representada por el señor Juan Luis Santiago Nájera Rojas, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Juan Norte, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0302690708, profesión comerciante, a fin de inscribir a nombre de la Asociación y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de solar con construcción. Situada en el distrito primero Turrialba, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Rosa Mary Rojas Masís; al sur, Mario Miguel Rojas Quirós; al este, calle pública, y al oeste, Mario Miguel Rojas Quirós. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimientos del terreno y de la construcción. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Asociación de Desarrollo Integral de San Juan Norte, representada por el señor Juan Luis Santiago Nájera Rojas. Expediente 11-000298-0341-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 19 de diciembre del año 2011.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—RP2012281992.—(IN2012018322).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 11-000024-0388-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Adalisa Mena Pizarro, quien es mayor, estado civil divorciada una vez, vecina de San José, de la Plaza de Zapote cuatrocientos metros sur, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-0259-0595, profesión estilista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Porfirio Mena Mena; al sur, María Eugenia Aviles Ruiz; al este, camino público de treinta y cinco punto noventa y siete metros lineales, y al oeste, Juan Víctor Ruiz Matarrita. Mide: mil ochenta y cinco metros con sesenta decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación del señor Porfirio del Socorro Mena Mena, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapias, rondas, levantamiento de cercos y mantenimiento en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Adalisa Mena Pizarro. Expediente 11-000024-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 17 de noviembre del año 2011.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—RP2012282018.—(IN2012018323).

Citaciones

En esta notaría en San José, San Francisco de Dos Ríos, del Banco HSBC, cien metros al este y ciento cincuenta al sur, se tramita reapertura de proceso sucesorio ad intestato, en sede notarial de quien en vida se, llamó Eduardo González González, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Curridabat, de la esquina sureste de la iglesia católica, cincuenta metros al este a mano derecha, portador de la cédula de identidad número tres cero sesenta y siete-doscientos sesenta y ocho. Se emplaza a terceros interesados para que en el plazo de treinta días, a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, caso contrario la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2012.—San José, tres de marzo de dos mil doce.—Lic. María Angélica Cordero Robles, Notaria.—1 vez.—(IN2012017115).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Zacharies Ramón Gil, único apellido en razón de su nacionalidad, mayor, divorciado, técnico en información de la salud, vecino de San Juan de Tres Ríos, nacionalidad estadounidense, cédula de residencia: uno ocho cuatro cero cero uno cero cuatro dos uno dos cero, a las diecinueve horas del veintisiete de febrero de dos mil doce, comprobado el fallecimiento de quien en vida fuera Heliet Rodríguez Delgado, quien fuera mayor de edad, divorciada, ama de casa, vecina de San Juan de Tres Ríos, cédula: dos-ciento ochenta y cuatro-cero cuarenta y uno, comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Marco Antonio Vargas Cavallini, con oficina en San José, de Instrumentos Musicales La Voz, veinte metros al norte, teléfono: 8390-3716, facsímil: 2257-7970.—Lic. Marco Antonio Vargas Cavallini, Notario.—1 vez.—RP2012281646.—(IN2012017330).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Aguilar Aguilar Siguifredo, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad 0300820129 y vecino de Llano Grande, Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 11-000419-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27 de enero del 2012.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—RP2012281796.—(IN2012017890).

Se hace saber que ante esta notaría se tramita proceso sucesorio notarial de Juan José Vargas Morúa, quien fue mayor, casado en primeras nupcias, empresario, vecino del mismo domicilio de la promovente, que portó la cédula de identidad número: uno-trescientos treinta-seiscientos; expediente cero, cero, dos-dos mil doce. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con apercibimiento a quienes crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro del plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 002-2012. Notaría del Lic. David Matamoros Salazar, con oficina abierta en la ciudad de San Vito de Coto Brus, Puntarenas, 25 metros sur de la escuela, Plaza Santa Teresa, primera planta.—San Vito, veintiocho de febrero de dos mil doce.—Lic. David Matamoros Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012281838.—(IN2012017891).

Se hace saber que ante esta notaría se tramita proceso sucesorio notarial de Rafael Caballero Rojas, quien al momento de su deceso era mayor, divorciado de primeras nupcias, agricultor, vecino de Monterrey de San Vito Coto Brus, Puntarenas, portador de la cédula de identidad número ocho-cero sesenta y cuatro-cero ochenta y cuatro, expediente cero, cero, dos-dos mil once. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con apercibimiento a quienes crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro del plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 002-2011. Notaría del Lic. David Matamoros Salazar, con oficina abierta en la ciudad de San Vito de Coto Brus, Puntarenas, 25 metros sur de la escuela, Plaza Santa Teresa, primera planta.—San Vito, veintiocho de diciembre de dos mil once.—Lic. David Matamoros Salazar, Notario.—1 vez.—RP2012281840.—(IN2012017892).

Ante esta notaría se tramita proceso sucesorio de quien en vida fue Carlos Luis Hernández Porras, vecino de San Lorenzo de Tarrazú, costado norte de la plaza de deportes, portador de la cédula de identidad número uno-dos ocho dos-nueve cero nueve, fallecido el dieciséis de julio del año dos mil once, a solicitud de su esposa Cecilia Zúñiga Calderón, e hijos Carlos Luis, Rolando Antonio todos de apellido Hernández Zúñiga quienes presentaron el respectivo certificado de defunción del causante solicitando como herederos la apertura del correspondiente proceso sucesorio. Por lo anterior se confiere plazo legal de treinta días establecido en el articulo 917 del Código Procesal Civil a todos los herederos para que comparezcan antes esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que no si no se presenta en este plazo aquella pasara a quien corresponda. Esta notaría se encuentra ubicada en San Marcos de Tarrazú, Bajo San Juan doscientos cincuenta metros sur de la Coopetarrazú, R. L.—San Marcos de Tarrazú, veinte de febrero del dos mil doce.—Lic. Ana Graciela Zúñiga Gamboa, Notaria.—1 vez.—RP2012281845.—(IN2012017893).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Antonio Muñoz Castro, quien fuera mayor, casado, oficinista, vecino de Cartago, cédula de identidad 3-129-025. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 11-000303-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 22 de febrero del 2012.—Lic. Esther Núñez Callén, Jueza.—1 vez.—RP2012281859.—(IN2012017894).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Marvin Gerardo Alvarado Sánchez, quien fuera mayor, casado una vez, taxista, vecino de Tejar de El Guarco, Cartago, cédula 0302910234. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 11-000262-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 18 de enero del 2012.—Msc. Flory Tames Brenes, Jueza.—1 vez.—RP2012281919.—(IN2012017895).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Federico Solís Duncan, cédula de identidad dos-cuatrocientos sesenta y seis-cuatrocientos sesenta y uno, Marcelo Solís Duncan, cédula de identidad dos-cuatrocientos ochenta y dos-cuatrocientos treinta y dos, y Luis Fernando Zamora Duncan, cédula de identidad uno-mil ciento cincuenta y cuatro-novecientos setenta y uno, a las nueve horas del veintiocho de febrero del dos mil doce, comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Lenita Cristina Duncan Salgado, mayor, divorciada, ciudadana brasileña con cédula de residencia número uno cero siete seis cero cero cero tres cinco tres uno siete, vecina de Heredia, Barva, Santa Lucía, Residencial Malinche Real, casa nueve B, fallecida el día veintiséis de enero del año dos mil doce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, sito en San José, Montes de Oca, San Pedro, veinticinco oeste de Taco Bell, Condominio Ónix, planta baja.—San José, veintinueve de febrero del dos mil doce.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—RP2012281940.—(IN2012017896).

Ante mi notaría se inicia proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fue Rafael Guillermo Salas Benavides, mayor, casado una vez, chofer, cédula de identidad 4-090-665, vecino de Heredia, San Domingo, contiguo al Bar Las Tejitas. Se cita y emplaza a todos los interesados para que se apersonen a hacer valer sus derechos en el plazo de treinta días contados desde la publicación de este aviso, se apersonen a mi oficina situada en San José, calle cero, avenida doce y catorce.—Lic. Teresa Kennedy Rosell, Notaria.—1 vez.—(IN2012017906).

Se hace saber que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio notarial de Cristino Reyes Moreno, mayor, casado una vez, administrador, hijo de Sebastián Reyes y Margarita Moreno, vecino de Heredia, San Pablo, cédula ocho-cero cincuenta y seis-doscientos cuarenta, quien falleció en Heredia el trece de febrero de dos mil diez. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 002-2011. Causante: Cristino Reyes Moreno notaría del Licenciado Rafael Francisco Mora Fallas. Notario Público. San José, Sabana Oeste, de la Heladería Pop’s 400 metros al oeste, Edificio Aqua Lux, segundo piso.—San José, 17 de mayo de 2011.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(IN2012017947).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Aurora Chaverri Polini, mayor, soltera, administradora, cédula de identidad número uno-cero quinientos uno-cero doscientos cincuenta y cuatro, vecina de San José, Fátima, Damas, Desamparados, costado oeste del Palí, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2012. Licenciada Patricia Lara Vargas, Notaria Pública. Oficina en San José, San Pedro de Montes de Oca, setenta y cinco metros oeste de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica.—Lic. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2012017980).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Manuel Campos Murillo, quien fuera mayor, casado, agricultor, cédula 4-030-3002, vecino de Ipís de Goicoechea, San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 10-000476-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de julio del 2010.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—1 vez.—(IN2012018011).

Avisos

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Se convoca por medio de edicto, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legítima de la menor de edad Fiorella María Pardo Mora para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente 12-000204-0338-FA. Proceso tutela. Promovente: Odilie Araya Arrieta.—Juzgado de Familia de Cartago, 28 de febrero del 2012.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—Exonerado.—(IN2012017144).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber a Aryary Martínez Baltodano, mayor, soltera, ama de casa, portador del pasaporte número C1257140 y sin domicilio conocido, que en este Despacho se tramita en su contra proceso abreviado de suspensión de patria potestad, expediente número 2009-002390-0165-FA, interpuesto por Marcos Antonio Pavón Padilla, dentro del cual al ser las diez horas del dieciocho de enero de dos mil once, se ha dictado la sentencia número 17-2011, la cual en su parte dispositiva literalmente dice: “Por tanto: Con base en lo expuesto y citas de ley se declara con lugar la demanda de suspensión de patria potestad incoada por Marco Antonio Pavón Padilla, en contra de Aryary Martínez Baltodano, a quien se le suspende del ejercicio de la patria potestad, en relación con su hijo Jesús Adrián Pavón Martínez. En consecuencia, el señor Marcos Antonio Pavón Padilla, ejercerá, exclusivamente, la patria potestad sobre su hijo, teniendo, evidentemente los atributos de guarda, crianza y educación de la misma. Se resuelve sin especial condena en costas en vista de que no existe oposición de la demandada. Una vez firme la presente sentencia, inscríbase la misma en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia de San José, al tomo dos mil veinticinco, folio ciento treinta y dos, asiento doscientos sesenta y cuatro. Hágase saber esta resolución, a la demandada por medio de edicto. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de enero del 2011.—Lic. Nain Isaac Monge Segura, Juez.—1 vez.—RP2012281614.—(IN2012017339).

EL Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, al acreedor Johanna del Carmen Vallejos Andrade, nacionalidad: Chilena, pasaporte 161506478: Que en este Despacho se tramita el proceso Prendario 11-006637-1164-CJ incoado por Inversiónes Vime Limitada, contra Corporación Farshid S. A., donde se dictó las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, a las quince horas y siete minutos del veintiocho de setiembre dedos mil once. Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra de Corporación Farshid Sociedad Anónima representada por Sandy Chacón Farah, cédula 1-582-992; a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto, se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Con la base de doscientos ochenta y cinco mil doscientos cinco dólares con veintinueve centavos libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos seis mil trescientos cuarenta y cinco cero cero cero. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil once (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de diciembre de dos mil once, con la base de doscientos trece mil novecientos tres dólares con noventa y siete centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de diciembre de dos mil once, con la base de setenta y un mil trescientos un dólares con treinta y dos centavos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De conformidad con la circular 39-11 de la Dirección Ejecutiva, se pone en conocimiento a la parte accionante que el edicto será enviado a la oficina de la Imprenta Nacional de manera electrónica, por lo que deberá coordinar con dicha entidad para el pago respectivo y su debida publicación. De conformidad con el artículo 18.1 y 18.2, párrafo 4) de la Ley de Cobro Judicial, hasta por la suma de doscientos ochenta y cinco mil doscientos cinco dólares con veintinueve centavos, más el cincuenta por ciento de ley, se decreta embargo sobre el bien dado en garantía. No obstante previo a realizar la inscripción electrónica deberá la parte ejecutante cancelar la suma de dos mil colones en timbres fiscales, bajo apercibimiento de que en caso de omisión no se realizara la inscripción del decreto de embargo sobre (afinca de interés. Se orden a anotar I a presente demanda al margen de inscripción de la finca garante. Mediante anotación tecnológica inscríbase en el Registro Nacional. “Se invita a la parte gestionante a que suministre un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José. La parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: San José, barrió Córdoba detrás del antiguo PIMS casa blanca esquinera. De conformidad con el artículo 35 de la citada ley; se informa a la autoridad comisionada que la parte accionante tiene señalado como medio el correo electrónico guismo@ice.co.cr. En otro orden de ideas, se les pone en conocimiento de las partes, que una vez firmados los oficios recordatorios a entidades comisionadas, nuevas comisiones, los oficios de embargo de salario y bancarios, los mismos deben ser diligenciados en forma personal por quienes los solicita y hacer llegar al despacho los resultados obtenidos. Los documentos los podrán bajar por medio del Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales a través de la página www.Poder-Judicial.go.cr. Las partes deberán comunicarse al despacho para la solicitud de clave de autorización para el uso del sistema de Gestión en Línea. Resolución de las trece horas y treinta minutos del seis de octubre de dos mil once. Se tiene por otorgado el poder especial judicial al la Licenciada Guiselle Mora Cordero, por la parte actora, y se tiene por aceptado el mismo. Artículos 118 del Código Procesal Civil. Resolución de once horas y cincuenta y dos minutos del dos de diciembre de dos mil once. Confórmese solicita, déjese sin efecto los señalamientos de remate ordenados en autos, y en su lugar se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de febrero de dos mil doce. La base será la misma fijada en autos, sea la suma de doscientos ochenta y cinco mil doscientos cinco dólares con veintinueve centavos. De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil doce, con la base de doscientos trece mil novecientos tres dólares con noventa y siete centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de marzo de dos mil doce, con la base de setenta y un mil trescientos un dólares con treinta y dos centavos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Al tenor de los artículos 2 y 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable plazo de ocho días, se cita y emplaza al acreedor Johanna del Carmen Vallejos Andrade; para que se apersone a los autos en defensa de su derecho. Por así solicitarlo la parte actora se notifica al acreedor, para lo cual se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Nicoya. La acreedora se puede notificar en la siguiente dirección Guanacaste, Nicoya, 350 metros de os bomberos. Se comisiona a la policía de proximidad de Zapote. La demandada se puede notificar en la siguiente dirección: San José Barrio Córdoba detrás del antiguo PIMS casa blanca esquinera.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—1 vez.—RP2012281609.—(IN2012017340).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Grettel Johanna Dávila Azofeifa, mayor, soltera, bachiller en administración de empresas, vecina de Naranjo, Residencial Las Tres Marías, 62, cédula de identidad 1-1341-706; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Grettel Johanna, por el de Johanna mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente 11-000712-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 10 de octubre del 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—1 vez.—RP2012281835.—(IN2012017897).

Se hace saber a José Manuel Castro Delgado, mayor, divorciado, cédula de identidad 1-0813-0498, demás calidades y vecindario desconocidos, que en proceso reconocimiento hijo mujer casada, expediente 2011-000198-0186-FA, promovido por promovente Alfredo José León Céspedes, se dictó la sentencia 137-2012, a las catorce horas cuarenta y tres minutos del diez de febrero del dos mil doce, cuya parte dispositiva dice: “Por tanto: De conformidad con lo expuesto, normas legales citadas y artículos 85, 88, 89 y 90 del Código de Familia, 99, 153, 155 y 317 del Código Procesal Civil, el presente proceso promovido por promovente Alfredo José León Céspedes, se falla de la siguiente forma: 1) Se acoge la solicitud planteada. 2) En tal razón la menor Sofía de Jesús Castro Madrigal, llevará los apellidos León Madrigal. Se ordena inscribir esta resolución, una vez firme, en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia de San José, al tomo: mil novecientos treinta, página: ciento diecisiete, asiento: doscientos treinta y tres. Notifíquese.—Juzgado Primero de Familia de San José, 9 de febrero del 2012.—MSc. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—RP2012281854.—(IN2012017898).

Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez del Juzgado Civil de Cartago, hace saber a María Talia Vega Aguilar, en su condición de acreedora de segundo grado según hipoteca inscrita al tomo: 0574, asiento: 00050431, consecutivo: 01, secuencia: 0001, subsecuencia: 001 que se tramita, por éste mecanismo se hace saber que en este Despacho se interpuso un proceso ejecución hipotecaria en contra de Grupo Diseños Impresos San Francisco S. A., bajo el expediente 10-001006-0640-CI, en el cual se ejecuta la hipoteca de primer grado, y a fin de que haga valer sus derechos se ordenó su notificación en las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil de Cartago, a las ocho horas y veinticinco minutos del veintiocho de julio del dos mil diez. Se tiene por establecido el presente proceso de ejecución hipotecaria planteado por Banco Popular y de Desarrollo Comunal en contra de Grupo Diseños Impresos San Francisco S. A., representado(a) por Olman Alberto Quirós Rojas; a quien(es) se le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Se les recuerda a las partes que en la actualidad tienen la posibilidad de conciliar en cualquier momento del proceso (Ley 7727 sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, razón por la que el despacho esta en la mejor disposición de señalar para esos efectos si así se solicita. Con la base de cien millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el(los) bien(es) dado(s) en garantía, sea la(s) finca(s) del partido de San José, matrícula 124487-000. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de enero del dos mil once (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil once, con la base de setenta y cinco millones de colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de febrero del dos mil once, con la base de veinticinco millones de colones exactos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al(los) demandado(s). Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción de la(s) finca(s) dada(s) en garantía. A tenor de los artículos 2º y 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable plazo de ocho días, se emplaza a los anotantes Caja Costarricense de Seguro Social y Instituto Nacional de Aprendizaje; para que en la persona de su(s) legítimo(s) representante(s), se apersone(n) a los autos en defensa de sus derechos. Asimismo dentro del mismo plazo, se emplaza al acreedor María Talia Vega Aguilar; para que se apersone(n) a los autos en defensa de su(s) derecho(s). De conformidad con lo solicitado, y acreditado en el documento en cual se sustenta la presente demanda, la existencia clara de un domicilio fijado por la sociedad demandada para atender notificaciones, se ordena notificarle esta resolución en el domicilio contractual, por medio de su representante, personalmente por medio de cédula y copias de ley, o bien en el domicilio social o real. Artículos 19, 20 y 22 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de Cartago para notificar a Grupo Diseños Impresos San Francisco S. A., representado(a) por Olman Alberto Quirós Rojas, en la siguiente dirección: Cartago, Oreamuno, San Rafael, 200 metros este y 800 metros norte de la esquina sureste de la Iglesia Católica de San Rafael de Oreamuno, para notificar al anotante Caja Costarricense de Seguro Social en la siguiente dirección: Cartago, Central, Occidental, frente a la Cooperativa Coopemex R.L., para notificar al anotante Instituto Nacional de Aprendizaje en la siguiente dirección: Cartago, Central, Oriental, 125 metros norte de la esquina de los Tribunales de Justicia de Cartago, y para notificar al acreedor de segundo grado María Talia Vega Aguilar, en la siguiente dirección: Cartago, El Guarco, San Isidro, Higuito, 100 metros norte de la Escuela. En otro orden de ideas, dentro del tercero día y previamente a expedir la(s) comisión(es) de notificación ordenada(s) proceda la parte actora a aportar dos (2) juego(s) de copias de ley del expediente, tal y como en derecho corresponde de conformidad con el artículo 136 del Código Procesal Civil. Se tiene por otorgado el poder especial judicial al(los) licenciado(s) Jaime Gerardo López Baudrit por la parte actora, y se tiene por aceptado el mismo. Artículos 118 del Código Procesal Civil. Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Juzgado Civil de Cartago, a las trece horas y treinta y ocho minutos del ocho de noviembre del dos mil diez. Vista la solicitud que presenta la parte actora a folio 150, y siendo procedente se ordena notificar a la acreedora de segundo grado María Talía Vega Aguilar, cédula de identidad 3-0330-0905, por medio de edictos la presente resolución así como el auto de las ocho horas y veinticinco minutos del veintiocho de julio del dos mil diez, los cuales deberán ser publicados mediante el Boletín Judicial, o bien mediante un diario de circulación nacional, y ser acreditado tal publicación al proceso. Notifíquese. Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—Juzgado Civil de Cartago, a las trece horas y diez minutos del veintitrés de setiembre del dos mil once. A fin de continuar con los procedimientos y resolver lo pertinente sobre las gestiones presentadas en su debido orden de presentación se conoce primeramente el memorial de folio 223 de la siguiente forma: Respecto a los recursos de revocatoria con apelación en subsidio incoados contra el auto de las nueve horas cuarenta y nueve minutos del treinta de mayo del dos mil once, se rechaza tal recurso de revocatoria por cuanto el precitado auto se encuentra dictado conforme a derecho, ya que para dilucidar la oposición presentada efectivamente se debe de seguir el trámite establecido por el artículo 10 de la Ley de Cobro Judicial que refiere al proceso incidental y que para su conocimiento se realiza en audiencia oral, resultando necesario determinar la procedencia o no del los incidentes ya conocidos y señalados en el auto impugnado, por cuanto de su resolución final pende la efectiva prosecución del presente asunto y de los posibles señalamientos de remate que se soliciten, siendo contraproducente desplegar nuevos señalamientos de remate, si antes no se ha verificado y resueltos los incidentes en cuestión. Por no encontrarse dentro de los supuestos establecidos en el artículo 31 de la Ley de Cobro Judicial, se rechaza el recurso de apelación que interpone el representante del Instituto Nacional de Aprendizaje a folio 223. Al haberse presentado la documentación requerida mediante auto de las trece horas y cuarenta y ocho minutos del tres de junio del dos mil once (f.221), se rechaza la solicitud de adicionar el auto antes citado. Habiéndose celebrado la audiencia programada para el conocimiento de los incidentes interpuestos, y lo gestionado en memorial que se presenta a folio 225, se ordena notificar en la forma debida a la acreedora de segundo grada María Talia Vega Aguilar, por ello expídase nuevamente el edicto para su debida publicación, el cual deberá de incluir tanto el presente asunto como el dictado a las ocho horas y veinticinco minutos del veintiocho de julio del dos mil diez (f.50). Firme el presente auto se conocerá las diversas gestiones presentadas a partir del folio 227 (inclusive). Notifíquese. Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Grupo Diseños Impresos San Francisco S. A. Expediente 10-001006-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de setiembre del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—RP2012281909.—(IN2012017899).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la cúratela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Marcos Dávila Correa, quien es mayor, nicaragüense, soltero, inválido físico y mental, vecino de Tejarcillos de Alajuelita, número de cédula quinientos veintitrés-cero cuatro uno cero siete cero-cero cero cero tres. Expediente número 2011-400538-0216-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, tres de octubre del dos mil once.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2012017974).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la cúratela de Manuel Aguilar Calderón, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Elizabeth Aguilar Granados a favor de Manuel Aguilar Calderón. Expediente número 11-002425-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de febrero del año 2012.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012018006).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente 12-000157-0364-FA, los señores Mainor de Jesús Rojas Barrantes y Karla Cristina Elizondo Gamboa, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la menor María de los Ángeles Guadamuz Morales. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 15 de febrero del año 2012.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012018007).

Se avisa, al señor Henry José Agüero Cortés, mayor, cédula de identidad número 1-990-079, con demás calidades y domicilio desconocidos, es representada por el curador procesal Lic. Mariano Solórzano Olivares, hace saber que existe proceso 11-000526-0165-FA de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad Stephanie Valeria Agüero Monge establecido por Harlen Fabián Aguello Campos contra Henry José Agüero Cortés, se ha dictado la resolución de las quince horas del primero de diciembre del dos mil diez, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Interviene como parte el Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese. Yerma Campos Calvo, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 6 de diciembre del 2011.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012018009).

Edictos Matrimoniales

Laura Francini Chacón Chavarría, notaria pública, con oficina abierta en la ciudad de San José, San Pedro, Barrio La Granja, informo que Iveth Araya Quesada, cédula 3-433-391, costarricense, soltera, asistente de gerencia, nacida el 2 de enero de 1989, padre: José Rafael Araya Vega, madre: Deney Quesada Loría y Jonathan Mitchell Grenawalt, de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, pasaporte de su país 481549101, divorciado, profesor de inglés, ambos vecinos de Cartago, Barrio Asís, 400 metros sur de emergencias Max Peralta, frente a Iglesia Mana, nacido el 19 de enero de 1980, padre: Jay Alan Grenawalt, madre: Bárbara Mitchell Grenawalt, han decidido contraer matrimonio civil, por lo que se cita a interesados que tengan alguna objeción legítima o que conozcan algún impedimento para que este matrimonio se celebre, deberán de apersonarse ante esta notaría dentro del plazo de los ocho días siguientes a esta publicación.—San José, 5 de febrero del 2012.—Lic. Laura Francini Chacón Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2012281814.—(IN2012017900).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Marta Elena García Otero, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad 2-0684-0516, hija de Marta Ofelia Otero Chinchilla y Juan Rafael García Salazar, nacida en Centro, Central de Alajuela, el veintiuno de febrero de mil novecientos noventa y uno, con veintiún años de edad, y José Ernesto Ramírez Richmond, mayor, soltero, chofer, cédula de identidad 3-0417-0960, hijo de Flor María Richmond Fernández y José Antonio Ramírez Bolaños, nacido en Oriental Central de Cartago, el quince de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro, actualmente con veintisiete años de edad, ambos contrayentes son vecinos de Poás, Alajuela. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 12-100001-0314-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Poás, Alajuela, 21 de febrero del 2012.—Lic. Alicia Araya Álvarez, Jueza.—1 vez.—(IN2012017909).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Greivin Céspedes García, mayor, veintitrés años, costarricense, soltero, asesor de ventas, vecino de Naranjo, Concepción, 800 metros suroeste de la escuela del lugar, casa de cemento color blanca a mano izquierda, cédula 2-647-015, nativo de Grecia, nació el 10 de mayo del 1988, hijo de Jorge Manuel Céspedes Herrera y Rosa García Corrales, y Gretel Ariana Navarro Mora mayor, veintidós años, costarricense, soltera, estudiante, vecina de Naranjo, Concepción, 800 metros suroeste de la escuela del lugar, casa de cemento color blanca a mano izquierda, cédula 2-657-430, nativa de San Ramón, el 26 de marzo de 1989, hija de Gerardo Navarro Fonseca y Elvia Juana Mora Solano. Si alguna persona tiene conocimiento de que exista impedimento alguno para que este matrimonio se celebre debe comunicarlo a este Despacho, dentro de los siguientes ocho días naturales y posteriores a la publicación de este edicto. Expediente 12-100169-0310-CI (169-12).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Naranjo, 6 de febrero del 2012.—Lic. Victoria Miranda Mora, Jueza.—1 vez.—(IN2012017914).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Luis Guillermo Picado Corrales, mayor de edad, soltero, soldador, privado de libertad, cédula de identidad número 0304310076, vecino de San Rafael de Alajuela, hijo de Ana Patricia Corrales Vega y Luis Guillermo Picado Rojas, nacido en Cartago, el 21 de setiembre de 1988, con 23 años de edad, y Mariela de los Ángeles Gómez Murillo, mayor de edad, soltera, vendedora ambulante, cédula de identidad número 0304600236, vecina de Cartago, Proyecto Manuel de Jesús Jiménez, de la escuela pública 50 metros al norte, casa J 14, color verde sin verjas, hija de Xiomara Murillo Marrero y Ronald Gómez Rodríguez, nacida en Cartago, el 4 de febrero de 1992, actualmente con 20 años de edad. Tenemos dos hijos en común de nombres Bayron de un año y tres meses de edad y Daniel de cuatro años de edad ambos Corrales Gómez. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente 12-000384-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 2 de marzo del año 2012.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012018013).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes el señor Ivan Alberto Gutiérrez Quirós, mayor, costarricense, estado civil soltero, profesión operario en empresa de buses, cédula de identidad número 1-1541-0389, vecino de La Uruca, Rosister Carballo, frente al INA, casa color papaya, hijo de Carlos Enrique Gutiérrez Gutiérrez y de Mildrd Quirós Aguilar, nacido en San José, con 18 años de edad, y María Verónica Salas Zamora, mayor, costarricense, estado civil soltera, profesión operaria, cédula de identidad número 4-0211-0611, vecina de Santa Cecilia de Heredia, parque Jet, urbanización Garibaldi, hija de José Manuel Salas Chaves y de Sonia María Zamora González, nacida en Heredia, actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente 12-527-364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, siete de marzo del dos mil doce.—Msc. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012018022).

Los suscritos: Claudia Milena Rodríguez Gongora, mayor, quien dice ser, soltera ama de casa, de nacionalidad colombiana, portadora del pasaporte de su país número: CC. tres ocho cuatro seis dos, seis uno cinco, vecina de Jacó, Garabito, Puntarenas, hija respectivamente de: Carlos Aurelio Rodríguez Cuero y Roxana Gongora Aguirre, ambos de nacionalidad colombiana, nacida en Colombia, Santiago de Cali el día veintidós de marzo de mil novecientos ochenta y uno y Rocco Anthony (nombres) Burke (apellido), mayor, quien dice ser soltero, de nacionalidad estadounidense por lo que porta único apellido, portador del pasaporte de su país número: cuatro ocho tres ocho seis cero cuatro ocho siete, empresario y vecino de el Estado de: New Jersey Estados Unidos de América, hijo respectivamente de: Joseph William Burke JR y Suzanne Burke, ambos de nacionalidad estadounidense, nacido en el Estado de New Jersey de los Estados Unidos de América, el día diecinueve de diciembre de mil novecientos setenta y ocho, me han solicitado celebre matrimonio civil de conformidad con la Legislación Costarricense, mismo que se realizará a las: quince horas del día veintitrés de marzo del dos mil doce, en la ciudad de Jacó, Garabito, Puntarenas, seiscientos metros este de Heladería Pops oficinas PCG, en presencia de los testigos: Yimy Alejandro Andrade López, mayor, comerciante, de nacionalidad colombiana, portador del pasaporte de su país número: CC uno cuatro seis cero ocho dos cuatro ocho, vecino de Jacó, Garabito, Puntarenas y del señor: Cristian David Angulo Aguirre, mayor, soltero, de nacionalidad colombiana, comerciante, portador del pasaporte de su país número: AM ocho cinco seis tres tres cuatro y vecino de Jacó, Garabito, Puntarenas. Se comunica a todas las personas que se celebrará este matrimonio en Jacó, Garabito, Puntarenas, ante el notario público Licenciado Oldemar Vargas Machado y se publica este edicto con el fin de escuchar oposiciones futuras. Es todo. En fe de lo anterior firmo en Jacó, Garabito, Puntarenas al ser las nueve horas del siete de marzo del dos mil doce.—Lic. Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—(IN2012018417).

Edictos en lo Penal

Se tiene como parte al interesado Fiscalía Auxiliar de San Joaquín de Flores, al ser las diez horas con veintiséis minutos del veintidós de febrero del dos mil doce. Siendo que en la Fiscalía Auxiliar de San Joaquín, se tramita la causa número 11-000529-0382-PE (865-11-R), seguida contra Juan Carlos Mondragón Naranjo, por el delito de uso de documento falso, cometido en perjuicio de la fe pública, se tiene como parte al interesado en el vehículo placa 274963, marca Isuzu, estilo Imark, chasis JABRT5178K7413336, motor 754957, toda vez que dicho bien podría estar sujeto a comiso a favor del Estado, motivo por el cual se le previene que en el plazo de tres días deberá apersonarse a esta Fiscalía para constituirse como parte en la investigación, caso contrario se tomará como falta de interés y se continuarán los procedimientos. Comuníquese.—Fiscalía Auxiliar de San Joaquín de Flores.—Lic. María Alejandra Rojas Vega, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exento.—(IN2012018074).