BOLETÍN JUDICIAL 143 DEL
24 DE JULIO DEL 2012
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL
AL SEÑOR LUIS FERNANDO RODRÍGUEZ ALPÍZAR
DE
DOMILICIO ACTUAL DESCONOCIDO
SE LE HACE SABER:
TERCERA PUBLICACIÓN
Que el Consejo Superior del
Poder Judicial, en sesión N° 14-12 celebrada el 16 de
febrero del año en curso, en artículo LXVIII tomó el acuerdo que literalmente
dice:
“ARTÍCULO LXVIII
DOCUMENTO Nº 1277-12
Mediante nota del 2 de febrero
en curso, la señora María Luisa Colomer Rivera, Coordinadora Judicial del
Tribunal Contencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial de San José,
manifestó lo siguiente:
“A fin de proceder con lo
ordenado en el voto 544-2011-I de las dieciséis horas diez minutos del
dieciséis de diciembre del año dos mil once, en su Considerando III, dictado
por
-0-
El voto N°
544-2011-1 literalmente dice:
“TRIBUNAL CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA, Sección Primera. II Circuito Judicial de San José, Anexo A, a las
dieciséis horas diez minutos del dieciséis de diciembre de dos mil once.
ADICIÓN y ACLARACIÓN solicitada por ALEJANDRO LINO
SALAS GONZÁLEZ en
Proceso Ordinario establecido por YAMILETH ROJAS CORTÉS y él contra MUNICIPALIDAD DE
OSA y EDWIN DELGADO
RODRÍGUEZ.
Redacta el Juez GAMBOA CALVO
Considerando.
I.—Que el gestionante requiere adición
y aclaración a la sentencia dictada por este Tribunal, señalando que se aclaren
aspectos propios del considerando o motivación de la sentencia, específicamente
y según su dicho, por la forma y fondo en que fue analizada por el Tribunal la
cosa juzgada material procedente de la sede civil, debido a algunas
irregularidades que apunta haber acontecido en
II.—Es de indicarse, que de conformidad con
el artículo 158 del Código Procesal Civil, la gestión de aclaración o adición
no procede en relación con los considerandos, sino sólo con respecto de la
parte dispositiva de las resoluciones, cuando éstas sean oscuras u omisas, lo
que no ocurre en el presente caso. Lo que ahora se pretende con los
cuestionamientos indicados, es que se cambie o modifique lo resuelto en la
parte fundamentativa, lo cual es improcedente bajo la
gestión aclaratoria. No hay en el dispositivo resuelto oscuridad que aclarar ni
omisión que añadir. Debe tomar nota el gestionante que esta Cámara se basó para
su determinación, en sentencias con carácter de cosa juzgada material, de
primera y segunda instancias, números 323-05 del Juzgado Civil de Heredia y
voto 91-02-2006 del Tribunal Superior Civil de esa misma plaza,
respectivamente, procedentes del expediente judicial 02-100152-0423-01, estudio
cuidadoso y específico de las mismas que se lee correctamente de la resolución
sobre la que se postula la presente petición.
III.—Dadas las siguientes frases y
afirmaciones contenidas en esta gestión de adición y aclaración: “... Procede
este Tribunal a una excepción de Cosa Juzgada y en forma falsa ... Este
Tribunal indica (folio 485, tercer párrafo a inicio); “Dicha afirmación es
falsa (folio 485, tercer párrafo in fine) “Que
Se declara sin lugar la gestión
de aclaración y el petente”.
- 0 -
De conformidad con el voto de
Se previene a los licenciados Rodríguez
Alpízar y Salas González, que deben señalar como medio para atender
notificaciones, número de fax, cuenta de correo electrónico o cualquier otro
medio que permita la seguridad del acto de comunicación conforme a lo dispuesto
en el capítulo III de
San José, 28 de mayo del 2012.
Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
C-Exento.—(IN2012075562)
CIRCULAR Nº 47-2012
PARA: Jubilados y pensionados judiciales
DE: Alfredo Jones León, Director
Ejecutivo
ASUNTO: Digitalización y devolución de expedientes
personales
FECHA: 4 de junio de 2012
De conformidad con las políticas
institucionales del programa “Cero Papel” y de la implementación del expediente
electrónico, me permito hacer de su estimable conocimiento, que el Departamento
Financiero Contable está concluyendo con una primera etapa de digitalización de
los expedientes de los jubilados y pensionados judiciales, por lo que se estará
procediendo a su devolución, conforme a la lista que se adjunta. En cuanto se
concluya la segunda etapa de escaneo, se estará informando para la respectiva
entrega.
Aquellos jubilados o pensionados que deseen
retirar sus expedientes en las Administraciones Regionales, deben llamar a los
teléfonos del Departamento Financiero Contable 2295-4280 ó 2295-3198 con Ingrid
Moya Aguilar o Arelys Santos Carazo, para coordinar
la remisión y entrega del mismo en
Los expedientes que no retiren
se destruirán, transcurridos dos años luego de esta comunicación.
Para ver tabla solo en el Boletín Judicial impreso o en formato
PDF
San José, 6 de junio del 2012.
Alfredo
Jones León
Director
Ejecutivo
1
vez.—Exonerado.—(IN2012063300).
SE REPRODUCE POR ERROR
CIRCULAR Nº 64-2012
ASUNTO: Perfil de Ingreso al Programa Residencial
del Centro de Atención Integral en Drogas para personas menores de edad.-
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES QUE TRAMITAN
MATERIA
PENAL JUVENIL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N° 39-12 celebrada el 24 de abril de 2012, artículo LIII,
dispuso comunicarles a solicitud del Instituto de Alcoholismo y Farmacodependencia el siguiente documento:
PERFIL DE INGRESO AL PROGRAMA RESIDENCIAL DEL
CENTRO
DE ATENCIÓN INTEGRAL ENDROGAS PARA
PERSONAS
MENORES DE EDAD DEL IAFA
Toda persona menor de edad, que
ingrese al Centro residencial, deberá cumplir con las siguientes características
y requisitos:
Para ver tabla solo en el Boletín Judicial impreso o en formato
PDF
(*) Síndrome de Dependencia según CIE 10,
Clasificación Internacional de Enfermedades de
Flx.2 Síndrome de dependencia
Conjunto de manifestaciones
fisiológicas, comportamentales y cognoscitivas en el
cual el consumo de una droga, o de un tipo de ellas, adquiere la máxima
prioridad para el individuo, mayor incluso que cualquier otro tipo de
comportamiento de los que en el pasado tuvieron el valor más alto. La
manifestación característica del síndrome de dependencia es el deseo (a menudo
fuerte y a veces insuperable) de ingerir sustancias psicotropas
(sic) (aun cuando hayan sido prescritas por un médico), alcohol o tabaco. La
recaída en el consumo de una sustancia después de un período de abstinencia
lleva a la instauración más rápida del resto de las características del
síndrome de lo que sucede en individuos no dependientes.
Pautas para el diagnóstico
El diagnóstico de dependencia sólo
debe hacerse si durante en algún momento en los doce meses previos o de un modo
continuo han estado presentes tres o más de los rasgos siguientes:
a) Deseo intenso o vivencia de una
compulsión a consumir una sustancia.
b) Disminución de la capacidad para
controlar el consumo de una sustancia o alcohol, unas veces para controlar el
comienzo del consumo y otras para poder terminarlo para controlar la cantidad
consumida.
c) Síntomas somáticos de un síndrome de
abstinencia (ver Flx.3, Flx.4)
cuando el consumo de la sustancia se reduzca o cese, cuando se confirme por: el
síndrome de abstinencia característico de la sustancia; o el consumo de la
misma sustancia (o de otra muy próxima) con la intención de aliviar o evitar
los síntomas de abstinencia.
d) Tolerancia, de tal manera que se requiere
un aumento progresivo de la dosis de la sustancia para conseguir los mismos
efectos que originalmente producían dosis más bajas (son ejemplos claros los de
la dependencia al alcohol y a los opiáceos, en las que hay individuos que
pueden llegar a ingerir dosis suficientes para incapacitar o provocar la muerte
a personas en las que no está presente una tolerancia).
e) Abandono progresivo de otras fuentes de placer
o diversiones, a causa del consumo de la sustancia, aumento del tiempo
necesario para obtener o ingerir la sustancia o para recuperarse de sus
efectos.
f) Persistencia en el consumo de la
sustancia a pesar de sus evidentes consecuencias perjudiciales, tal y como
daños hepáticos por consumo excesivo de alcohol, estados de ánimo depresivos
consecutivos a períodos de consumo elevado de una sustancia o deterioro
cognitivo secundario al consumo de la sustancia.
Una característica esencial del
síndrome de dependencia es que deben estar presentes el consumo de una
sustancia o el deseo de consumirla. La conciencia subjetiva de la compulsión al
consumo suele presentarse cuando se intenta frenar o controlar el consumo de la
sustancia. Este requisito diagnóstico excluye a los enfermos quirúrgicos que
reciben opiáceos para alivio del dolor y que pueden presentar síntomas de un
estado de abstinencia a opiáceos cuando no se les proporciona la sustancia,
pero que no tienen deseo de continuar tomando la misma.
El síndrome de dependencia puede
presentarse a una sustancia específica (por ejemplo, tabaco y diazepam), para una clase de sustancias (por ejemplo,
opiáceos) o para un espectro más amplio de sustancias diferentes (como en el
caso de los individuos que sienten la compulsión a consumir por lo general
cualquier tipo de sustancias disponibles y en los que se presentan inquietud,
agitación o síntomas somáticos de un estado de abstinencia, al verse privados
de las sustancias
(**) Bajo ningún concepto el Centro Residencial
podrá tomarse como una medida alternativa para que la persona menor de edad
cumpla su condena.
REQUISITOS MÍNIMOS PARA
INGRESO
1) Jóvenes de ambos sexos con edades de 12
años hasta 17 años y 9 meses.
2) Estar en callejización
o sin recurso de apoyo, recurso de apoyo débil, contención nula o débil.
3) Prueba de drogas en orina negativo con no
más de 1 día de aplicación, más el registro de pruebas de drogas anteriores en
caso de existir.
4) No estar inscrito en una alternativa
educativa formal.
5) En caso de venir referido por el Programa
de Nuevos Horizontes, debe de presentar la siguiente documentación: epicrisis, informe psicosocial
que incluya el número de causa judicial en los casos que se internan con una
medida judicial; referencia con visto bueno del equipo interinstitucional
(IAFA, PANI, CCSS) I nota del IAFA recomendando el egreso del Hospital Nacional
Psiquiátrico. En aquellos casos que el médico así lo recomiende, la persona
menor de edad deberá venir con el tratamiento farmacológico correspondiente.
6) En caso de venir referido por el PANI,
debe de presentar la siguiente documentación: Medida de Protección, informe psicosocial, (informe de antecedentes psicopatológicos,
médicos y evolución y tratamientos recibidos si existen). Nombre y teléfono del
profesional del PANI que está encargado de dar seguimiento al caso.
7) Tanto las personas menores de edad
referidas por el programa de Nuevos Horizontes como por el PANI, deberán de
venir acompañados por un funcionario del servicio que pueda brindar información
básica adicional de el/la adolescente. Dicho profesional deberá acompañar a la
persona menor de edad hasta que sea concluida su valoración.
8) En caso de venir referido por el Servicio
de Atención Ambulatoria a Pacientes de oficinas centrales, o de algún CAID
(CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL, IAFA), debe de presentar la siguiente
documentación: referencia, informe psicosocial,
informe de antecedentes psicopatológicos, médicos y evolución y tratamientos
recibidos.
9) El ingreso debo hacerse previa coordinación
para asegurar el campo en el Centro Residencial y los casos nuevos quedan
sujetos a la valoración realizada por el personal del servicio de valoración
del IAFA.
10) No debe tener sentencias judiciales en su
contra.
HORARIO DE
INGRESO Y REINGRESO
El Centro de Atención Integral
en Drogas para PME ofrece un Servicio de Tratamiento Residencial que incluye
atención terapéutica y cuidado directo las 24 horas. Este tipo de atención está
dirigida a personas que presentan trastornos específicos de su funcionamiento y
a su familia, incluye hospedaje y alimentación y requiere de ambientes seguros
y estables.
El programa de tratamiento del
Centro consiste en una serie de intervenciones médico- psiquiátricas,
psicoterapéuticas, socioeducativas y recreativo- culturales, y se vincula con
una serie de servicios de tratamiento y de apoyo comunitario, así como, con
instituciones responsables de la protección de la población menor de edad.
Por lo anterior, el ingreso y el
reingreso de los usuarios debe estar restringido al horario de atención del
servicio de valoración, este es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m., ya
que permite valorar la condición médica y las necesidades inmediatas del
usuario, con el fin de coordinar los casos con los servicios que ofrezcan la
atención que requieran según su condición.
Después de las 3:00 p. m. el
Centro se convierte en un servicio de Tratamiento Residencial cerrado y no
cuenta con las condiciones para atender en forma adecuada a las personas que ingresan
en estados de intoxicación y/o inestabilidad emocional después de esa hora”.
San José, 16 de mayo del 2012.
Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1
vez.—C-Exento.—(IN2012070513)
CIRCULAR Nº 88-2012
ASUNTO: Remisión del “Listado Estadístico de
Género”.-
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
QUE
TRAMITAN MATERIA LABORAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión
Nº 51-12, celebrada el 22 de mayo de 2012, artículo LIII, a solicitud de
Asimismo, se debe incluir en el sistema de
gestión los datos del sexo, edad, estado civil, ocupación y nacionalidad de las
personas que se presentan a interponer las demandas.
San José, 15 de junio del 2012.
Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1 vez.—C-Exento.—(IN2012070514)
CIRCULAR Nº 90-2012
ASUNTO: Destrucción de documentos que se presentan
en forma física.
A TODOS LOS DESPACHOS QUE UTILIZAN
EL
EXPEDIENTE ELECTRÓNICO O ESCRITORIO VIRTUAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N° 43-12, celebrada el 3 de mayo de 2012, artículo LXXXI,
dispuso comunicarles que deben notificar a las partes en el medio señalado la
prevención de retirar los documentos que se presentan en forma física, antes de
su destrucción y de conformidad con el artículo 9 del Reglamento sobre Expediente
Electrónico ante el Poder Judicial.
Esta comunicación deja sin efecto
San José 18 de junio del 2012.
Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1 vez.—C-Exento.—(IN2012070828)
CIRCULAR Nº 91-2012
ASUNTO: Directrices sobre las notificaciones,
citaciones y otras comunicaciones judiciales.
A TODAS LAS OFICINAS DE COMUNICACIONES
JUDICIALES
Y OTRAS COMUNICACIONES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N° 52-12, celebrada el 24 de mayo de 2012, artículo XCII,
acordó comunicarles que el mes para diligenciar las comisiones se cuenta de
fecha a fecha, sin embargo se deben diligenciar a la brevedad ya que es parte
del servicio público de calidad con el que estamos comprometidos todos las
servidoras y servidores judiciales.
Asimismo, las citas se deben devolver de
inmediato una vez diligenciada la orden, se haya o no cumplido con la citación,
en razón de que los despachos deben tener esa información con la mayor
prontitud para garantizar la celebración de las audiencias.
Las notificaciones urgentes que ordenen los
despachos deben efectuarse de inmediato y solo en casos excepcionales,
debidamente justificadas y autorizadas por
San José 19 de junio de 2012.
Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1 vez.—C-Exento.—(IN2012070515)
CIRCULAR Nº 93-2012
ASUNTO: Plazos para las solicitudes de informe que
realiza
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N° 50-12, celebrada el 17 de mayo de 2012, artículo
LXXXIII, a efecto de agilizar el trámite de los asuntos que se encuentran
pendientes en
San José 22 de junio del 2012.
Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1 vez.—C-Exento.—(IN2012070516)
CIRCULAR Nº 94-2012
ASUNTO: Modificación de la circular N° 54-12, sobre el “Cambio de fecha de inicio de las Oficinas
de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones”.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS,
TÉCNICOS
EN COMUNICACIÓN JUDICIAL
Y
PÚBLICO EN GENERAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N° 61-12, celebrada el 26 de junio del 2012, artículo
LXXXVI, acordó modificar lo dispuesto en la sesión N°
38-12 celebrada el 19 de abril de 2012, artículo LXXVII, en el sentido que las OFICINAS DE
COMUNICACIONES JUDICIALES Y OTRAS COMUNICACIONES iniciarán labores a partir del 1 de agosto
del 2012, en lo demás, los acuerdos del Consejo Superior en lo que se refiere a
estas oficinas se mantienen vigentes.
San José, 28 de junio de 2012.
Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1 vez.—C-Exento.—(IN2012070517)
CIRCULAR Nº 95-2012
ASUNTO: Lista de abogados suspendidos en el
ejercicio de su profesión, actualizada al 27 de junio de 2012.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento de lo dispuesto por
el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero
y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y
para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el
ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados, según correo electrónico
del citado Colegio Profesional.
LISTA DE ABOGADOS SUSPENDIDOS
EN EL EJERCICIO DE
ACTUALIZADA AL 27 DE JUNIO DE 2012
Para ver tabla solo en el Boletín Judicial impreso o en formato
PDF
* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena
impuesta en sede penal.
** Inhabilitación para el ejercicio del Derecho, expediente
10-000139-219-PE.
**** Inhabilitación para el ejercicio del Derecho, expediente
10-202045-456-PE, se suspendió inicialmente por seis meses y el 10/09/2011 se
prorrogó por seis meses mas.
***** Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
****** Un mes y veintidós días de la sanción impuesta los descontó del
14/07/2011 al 09/09/2011.
* Suspendido hasta que cumpla con condena penal.
San José, 28 de junio de 2012
Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1 vez.—C-Exento.—(IN2012070518)
CIRCULAR Nº 96-2012
ASUNTO: Aclaración de
A TODAS LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES
COMISIONES
Y ENCARGADOS DE PROGRAMAS
DEL
PODER JUDICIAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión
Nº 60-12, celebrada el 20 de junio de 2012, artículo LXXIX, dispuso aclarar
San José, 29 de junio de 2012
Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1 vez.—C-Exento.—(IN2012070519)
CIRCULAR Nº 99-2012
ASUNTO: Lista de abogados suspendidos en el
ejercicio de su profesión, actualizada al 29 de junio de 2012.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento de lo dispuesto
por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de
febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su
conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales
suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados, según
correo electrónico del citado Colegio Profesional.
LISTA DE ABOGADOS SUSPENDIDOS EN EL EJERCICIO
DE
ACTUALIZADA AL 29 DE JUNIO DE 2012
Para ver tabla solo en el Boletín Judicial impreso o en formato
PDF
* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena
impuesta en sede penal.
**** Inhabilitación para el ejercicio del Derecho, expediente
10-202045-456-PE, se suspendió inicialmente por seis meses y el 10/09/2011 se
prorrogó por seis meses mas.
***** Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
****** Un mes y veintidós días de la sanción impuesta los descontó del
14/07/2011 al 09/09/2011.
San José, 2 de julio del 2012.
Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1 vez.—C-Exento.—(IN2012070829)
CIRCULAR Nº 100-2012
ASUNTO: Lista de abogados suspendidos en el
ejercicio de su profesión, actualizada al 2 de julio de 2012.-
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento de lo dispuesto
por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de
febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su
conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales
suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados, según
correo electrónico del citado Colegio Profesional.
LISTA DE ABOGADOS SUSPENDIDOS
EN EL EJERCICIO DE
ACTUALIZADA AL 2 DE JULIO DE 2012
Para ver tabla solo en el Boletín Judicial impreso o en formato
PDF
* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena
impuesta en sede penal.
**** Inhabilitación para el ejercicio del Derecho, expediente
10-202045-456-PE, se suspendió inicialmente por seis meses y el 10/09/2011 se
prorrogó por seis meses mas.
***** Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
****** Un mes y veintidós días de la sanción impuesta los descontó del
14/07/2011 al 09/09/2011.
San José, 3 de julio del 2012.
Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1 vez.—C-Exento.—(IN2012070830)
CIRCULAR Nº 101-2012
ASUNTO: Lista de abogados suspendidos en el
ejercicio de su profesión, actualizada al 3 de julio de 2012.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento de lo dispuesto
por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de
febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su
conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales
suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados, según
correo electrónico del citado Colegio Profesional.
LISTA DE ABOGADOS SUSPENDIDOS
EN EL EJERCICIO DE
ACTUALIZADA AL 3 DE JULIO DE 2012
Para ver tabla solo en el Boletín Judicial impreso o en formato
PDF
* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena
impuesta en sede penal.
**** Inhabilitación para el ejercicio del Derecho, expediente
10-202045-456-PE, se suspendió inicialmente por seis meses y el 10/09/2011 se
prorrogó por seis meses más.
***** Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
****** Un mes y veintidós días de la sanción impuesta los descontó del
14/07/2011 al 09/09/2011.
San José, 4 de julio 2012.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1 vez.—C-Exento.—(IN2012070831)
AVISO Nº 14-2012
ASUNTO: Traslado del disfrute del 12 de octubre
del año en curso.
A LAS INSTITUCIONES, ABOGADAS, ABOGADOS,
SERVIDORAS
Y SERVIDORES JUDICIALES
Y
PÚBLICO EN GENERAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión Nº
60-12, celebrada el 20 de junio del 2012, artículo XXXV, de conformidad con lo
que establece el párrafo segundo del artículo 148 del Código de Trabajo, acordó
trasladar el disfrute del día 12 de octubre para el lunes 15 de octubre del
San José, 27 de junio del 2012
Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1 vez.—C-Exento.—(IN2012070826)
AVISO N° 15-12
ASUNTO: “Lineamientos para la prestación del
servicio en la modalidad de apertura efectiva para el período de cierre
colectivo por vacaciones de medio año”.
A LAS INSTITUCIONES, ABOGADAS, ABOGADOS,
SERVIDORAS
Y SERVIDORES JUDICIALES
Y
PÚBLICO EN GENERAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión
Nº 59-12, celebrada el 19 de junio del 2012, artículo XXXIII, acordó que para la
prestación del servicio en la modalidad de apertura efectiva para el período de
cierre colectivo por vacaciones de medio año, se mantienen las mismas
disposiciones contenidas en el último informe de cierre de Semana Santa de este
año, comunicado por medio del Aviso N° 11-12,
publicado en el Boletín Judicial N° 78 del 23
de abril del año en curso.
San José, 4 de julio de 2012
Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1 vez.—C-Exento.—(IN2012070827)
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que
laboran en las oficinas judiciales del cantón Naranjo, provincia de Alajuela
SE HACE
SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón Naranjo, provincia de Alajuela, permanecerán
cerradas durante el primero de agosto del dos mil doce, con las salvedades de
costumbre por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de
dicho cantón.
San José, 2 de julio del 2012.
MBA
Ana Eugenia Romero Jenkins,
Subdirectora
Ejecutiva
Exonerado.—(IN2012073896).
PRIMERA PUBLICACIÓN
Dirección Ejecutiva del Poder
Judicial, Sección de Trámite de Cobro Administrativo.—San José, a las trece
horas cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil doce. No habiendo sido posible localizar al señor
Jorge Martín Alvarado Castro, cédula de identidad Nº 3-0203-0618 y en virtud de
seguirse la causa administrativa No. 04-R-11 (C), por suma adeudada al Poder
Judicial, notifíquese por medio de edicto la resolución dictada por esta
Dirección que literalmente dice: “Se Concede Audiencia N°
1036-2011. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección de Trámite de Cobro
Administrativo. San José, a las diez horas treinta y cinco minutos del nueve de
marzo de dos mil once. Audiencia de cobro administrativo tramitado al señor
Jorge Martín Alvarado Castro, cédula de identidad N°
03-0203-0618, por suma adeudada al estado. Antecedentes: 1) Mediante oficio N° 028-UJP-2011 del 26 de enero de 2011, suscrito por
Para ver tabla
solo en el Boletín Judicial impreso o
en formato PDF
Audiencia: Con fundamento en lo
anterior, se otorga al señor Jorge Martín Alvarado Castro, el plazo de diez
días hábiles para que en dicho término formule los alegatos pertinentes sobre
el cobro de ¢606.876,65 (seiscientos seis mil ochocientos setenta y seis
colones con sesenta y cinco céntimos) pudiendo aportar la prueba que sea
necesaria, debiendo indicar los fundamentos jurídicos en que se apoyen sus
pretensiones y otorgándole la posibilidad de proponer un arreglo de pago ante
esta Administración, para lo cual se pone el expediente N°
04-R-11 (C) a su disposición. En caso de no atender la audiencia en el plazo
indicado, se continuará con el procedimiento ordinario para eventualmente
remitir las diligencias a
Lic.
Alfredo Jones León
C- Exento.—(IN2012072320) Director Ejecutivo
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.
A LOS
TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE
HACE
SABER:
PRIMERA
PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de
San José, 19 de junio del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exento.—(IN2012070510). Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de
San José, 19 de junio del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exento.—(IN2012070511). Secretario
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Exp.: 11-015813-0007-CO.—Res. Nº 2012007425.—Sala
Constitucional de
Acción de inconstitucionalidad promovida por Marvin Piedra Calvo, mayor,
cédula de identidad número 1-493-301, vecino de Dulce Nombre de Coronado,
contra el artículo 132 inciso k) de
Resultando:
1º—Mediante sentencia No. 2012-003945 de las
dieciséis horas y veinticinco minutos del veintiuno de marzo del dos mil doce,
esta Sala resolvió la presente acción de inconstitucionalidad y dispuso lo
siguiente:
³Se declara con lugar la acción. En consecuencia se
anula el artículo 132 inciso k) de
2º—De conformidad con lo dispuesto en el artículo
12 de
Redacta el Magistrado Rueda Leal; y,
Considerando:
Único—Con posterioridad a la emisión del voto en
este proceso,
Se corrige el error material que contiene la
sentencia Nº 2012-003945 de las dieciséis horas y veinticinco minutos del
veintiuno de marzo del dos mil doce, dictada en la acción de inconstitucionalidad
número 11-015813-0007-CO, y se advierte que el artículo 132 inciso k) de
San José, 22 de junio de 2012.
Gerardo
Madriz Piedra,
1 vez.—Exento.—(IN2012070508). Secretario
Res. Nº 2012-005284.—San José, a las quince horas y dos minutos del veinticinco de abril del
dos mil doce. (Exp.: 10-009086-0007-CO)
Acción de inconstitucionalidad promovida por Luis Alberto Rojas Vallecillo contra el artículo 5 de
Resultando:
1º—Por escrito recibido en
2º—A efecto de fundamentar la legitimación
que ostentan para promover esta acción de inconstitucionalidad, señala que
proviene del proceso laboral tramitado con el número de expediente
10-000759-0166-LA, en el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
San José, que está pendiente de resolver.
3º—Por resolución de las 15:50 horas del 30
de agosto del 2010 (visible a folio 048 del expediente), se le dio curso a la
acción, confiriéndole audiencia a
4º—Los edictos a que se refiere el párrafo
segundo del artículo 81 de
5º—
6º—Mediante resolución de las 16:15 horas del
14 de octubre del 2010 se tuvo por contestada la audiencia conferida a
7º—Se prescinde de la vista señalada en los
artículos 10 y 85 de
8º—En los procedimientos se ha cumplido las
prescripciones de ley.
Redacta el Magistrado Cruz
Castro; y,
Considerando:
I.—Objeto de la impugnación.
El accionante impugna el artículo 5 de
“Artículo 5º—Para determinar el
monto de la jubilación o de la pensión, se tomará el promedio de los doce
mejores salarios mensuales ordinarios de entre los últimos veinticuatro
salarios mensuales ordinarios que la persona haya recibido. Para estos efectos,
el salario ordinario será la suma del salario base más los ingresos que, por
anualidades, dedicación exclusiva, prohibición y gastos de representación, así
como los sueldos recibidos por tiempo extraordinario, haya percibido el
beneficiario”.
“Artículo 15.—Del salario
ordinario. Se entenderá por salario ordinario la suma del salario base más
los ingresos que, por anualidades, dedicación exclusiva, prohibición y gastos
de representación, así como los sueldos recibidos por tiempo extraordinario,
haya percibido el o la beneficiaria”.
Manifiesta el accionante que
II.—La legitimación del accionante en este
caso.- El artículo 75 de
III.—Sobre los antecedentes
jurisprudenciales en este caso. El fondo de esta acción se concentra en
determinar si la omisión contenida en el artículo 5 de
“En relación con los salarios extraordinarios
excluidos por el artículo 5 como rubro para calcular
2) Resolución Nº 4960-2009 de
las 14:57 horas del 24 de marzo de 2009 (omitir contemplar la carrera
profesional): Mediante la sentencia Nº 4960-2009 de las 14:57 horas del 24
de marzo de 2009 que resolvió la acción de inconstitucionalidad presentada en
contra de las mismas normas que aquí se impugnan, por no contemplar la carrera
profesional dentro de los rubros a tomar en cuenta para el cálculo de la
pensión, esa Sala indicó lo siguiente:
“El punto a definir en esta
acción de inconstitucionalidad sería, entonces, si la exclusión del componente
salarial de carrera profesional de los salarios con base en los cuales se
calcula la jubilación limita irrazonablemente este último derecho. No se
esgrime ninguna razón por la cual ese sobresueldo, que pretende estimular el
mejoramiento académico del profesional del sector público y retener
profesionales bien calificados mediante esa retribución económica (sentencia Nº
2006-01116 de
IV.—Sobre la omisión
inconstitucional del artículo 5 de
V.—Conclusión. Conforme los
precedentes anteriores de esta Sala (sentencias números 4960-2009 de las 14:57
horas del 24 de marzo de 2009 y Nº 846-92 de las 13:30 horas del 27 de marzo de
1992) el hecho de que el legislador y el poder ejecutivo hayan omitido incluir
dentro de la ley y el reglamento impugnados el componente salarial de
“desarraigo” para el cálculo de la pensión, constituye una violación por
omisión del derecho a la jubilación, y por tanto, se constata la trasgresión
constitucional alegada. Por lo tanto, como se trata de una inconstitucionalidad
por omisión, lo que corresponde, a efectos de la parte dispositiva de esta
resolución, no es la anulatoria de la norma, sino una interpretación de las
normas cuestionadas en el sentido de que deben incluir el rubro salarial
denominado desarraigo para el cálculo de la pensión. Asimismo, se procede, con
base en la potestad conferida por el artículo 91 de
Se declara con lugar la acción.
En consecuencia debe interpretarse la frase final del artículo 5° de
San José, 19 de junio de 2012
Gerardo
Madriz Piedra
Secretario
1 vez.—C-Exento.—(IN2012070512)
HACE SABER:
A: Marco Vinicio Solano Estrada,
mayor, notario público, cédula de identidad número 1-0687-0945, de demás
calidades y domicilio ignorado; Que en Proceso Disciplinario Notarial número
10-000211-0627-NO establecido en su contra por Carlos Enrique Vieto Ugarte, se han dictado las resoluciones que
literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José a las ocho horas quince minutos
del veintiocho de junio del dos mil diez. En vista de que el lugar señalado por
el notario Carlos Enrique Vieto Ugarte para recibir
notificaciones indicó correo electrónico y en la cual revisando la lista de los
correos autorizados no se encuentra autorizado dicho correo por el Departamento
de Tecnología de
San José, 15 de junio del 2012.
MsC.
Juan Carlos Granados Vargas
1 vez.—(IN2012072302) Juez
Notarial
A: María Luisa Segura Gutiérrez,
mayor, notaria pública, cédula de identidad número 7-034-952, de demás
calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 12-000031-0627-NO
establecido en su contra por Registro Civil, se han dictado las resoluciones
que literalmente dicen: “Se tiene por establecido el presente Proceso
Disciplinario Notarial de Registro Civil contra María Luisa Segura Gutiérrez, a
quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe
informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que
estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se
tiene como parte a
San José, 12 de junio del 2012.
Msc.
Juan Carlos Granados Vargas
1 vez.—(IN2012072303) Juez
Notarial
A: Edwin Rodrigo Masís Quirós,
mayor, notario público, cédula de identidad número 107440939, de demás calidades
ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 08-000330-627-NO
establecido en su contra por Marisol Estelita Badilla Vásquez, se ha dictado la
sentencia número 059-2012, de las quince horas del trece de febrero del dos mil
doce, que en lo conducente dice: ...Resultando: lº—...,
2º—..., 3º—..., 4º—... Considerando: I.—, II.—, IV.— Por tanto: Se declara con
lugar el proceso disciplinario notarial interpuesto por Marisol Estelita
Badilla Vásquez contra Edwin Rodrigo Masís Quirós. Se le impone la corrección
disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial.
La sanción rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial. Firme esta resolución comuníquese a
San José, 29 de junio del 2012.
Lic.
Melania Suñol Ocampo
1 vez.—(IN2012072304) Jueza
A los causahabientes de quien en vida se llamó
Geovanny Pérez Rodríguez, quien fue vecino de San Ramón, con cédula de
identidad número 2-0475-0081, se les hace saber que: Ovidio Pérez Carvajal,
portador de la cédula de identidad o documento de identidad número 2-185-636,
vecino de San Ramón, de
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Miriam Sánchez Delgado cédula de identidad 4-106-636,
fallecida el 30 de enero del 2012, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Consignación de
Prestaciones bajo el número 12-000420-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 12-000420-1021-LA. Por Miriam Valverde
Sánchez a favor de Miriam Sánchez Delgado.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía de Heredia, 6 de junio del
2012.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2012071799).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Guido Alberto Arroyo Alvarado cédula de identidad 4-119-798,
fallecido el 9 de marzo del 2011, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Consignación de
Prestaciones bajo el número 12-000444-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 12-000444-1021-LA. Por Guido Alberto
Arroyo Alvarado a favor de Laureana Mendoza
Castillo.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía
de Heredia, 12 de junio del 2012.—Lic. Angélica Fallas Carvajal,
Jueza.—1 vez.—(IN2012071800).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Luis Fernando López Zúñiga, quien fue mayor, casado, de
nacionalidad costarricense, nacido en San José, el día 8 de noviembre de 1951,
portó la cédula de identidad 1-0404-0616, vecino de San José, San Juan de
Tibás, fallecido el día 21 de marzo de 2012, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el expediente N° 12-000915-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 12-000915-0173-LA. Promovido por Yuri
Roxana Valenciano Villegas, cédula 1-0573-
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Silvia Velásquez Gutiérrez, cédula 1-700-371, fallecida el
día 27 de diciembre del 2011, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de
Prestaciones Laborales bajo el expediente número 12-000102-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 12-000102-0173-LA.
Promovido por Luis Alberto Angulo Aráuz a favor de los causahabientes de la
fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de junio del 2012.—Lic.
Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2012071802).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Geovanni Francisco Mora Navarro, cédula 1-640-985, fallecido
el día 7 de diciembre del 2011, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de “Consignación de
Fondo de Capitalización Laboral” bajo el expediente número 12-001056-0173-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Expediente N°
12-001056-0173-LA. Promovido por Yolanda Mata Leitón a favor de los
causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José,
19 de junio del 2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1
vez.—(IN2012071803).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Virginia Hernández Álvarez, cédula 1-376-528, fallecida el
día 22 de diciembre del 2011, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de
Fondo de Capitalización Laboral bajo el expediente número 12-001064-0173-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Expediente N°
12-001064-0173-LA. Promovido por Óscar Soto Morales a favor de los
causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San
José, 19 de junio del 2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1
vez.—(IN2012071804).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Francisco Chaves Rees,
cédula Nº 1-435-857, fallecido el día 28 de julio del 2003, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de “Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen
Obligatorio de Pensiones Complementarias”, bajo el expediente Nº
12-000895-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº
12-000895-0173-LA. Promovido por Ana Cristina Soley Sáenz a favor de los
causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Arnoldo
Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012071805).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Maynor Gerardo Gómez Goicoechea, cédula Nº
1-823-908, fallecido el día 3 de enero del 2012, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de “Consignación de Fondo de Capitalización Laboral”, bajo el expediente Nº
12-000972-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº
12-000972-0173-LA. Promovido por Doraliza Mercedes
Collado Muñoz y Doris Jeannette Allon Zúñiga, a favor
de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de junio del 2012.—Lic.
Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012071806).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Fausto Castrillo Alemán, cédula Nº 5-199-502,
fallecido el día 1º de marzo del 2007, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
“Consignación de Fondo de Capitalización Laboral”, bajo el expediente Nº
12-000951-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº
12-000951-0173-LA. Promovido por María del Socorro Thomas Mora a favor de los
causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de junio del 2012.—Lic. Arnoldo
Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012071807).
A los causahabientes de quien en
vida se llamó German Eduardo Rodríguez Vargas, quien fue mayor, casado,
oficinista, vecino de Santo Domingo de Heredia, con cédula de identidad Nº
401190202, se les hace saber que: Jeannette Fernández Carranza, portadora de la
cédula de identidad o documento de identidad Nº 203610402, vecina de Santa
Bárbara de Heredia, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del menor
Daniel Eduardo Rodríguez Fernández, hijo del fallecido, a fin de promover las
presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido German Eduardo Rodríguez Vargas.
Expediente Nº 12-000504-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 21 de
junio del 2012.—Msc. Brenda Caridad Vargas, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2012071808).
A los causahabientes de quien en
vida se llamó Álvaro Antonio Gómez Chavarría, quien fue mayor, soltero, vecino
de Barva de Heredia, con cédula de identidad Nº 4-0108-0235, se les hace saber
que: Daniel Gómez Segura, portador de la cédula de identidad o documento de
identidad Nº 4-0217-0513, vecino de Barva de Heredia, Urbanización San Roque,
se apersonó en este Despacho en calidad de hijo supérstite del fallecido, a fin
de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por
ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola
vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en
este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Álvaro Antonio Gómez
Chavarría. Expediente Nº 12-000252-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia,
18 de junio del 2012.—Lic. Roxana Herrera Barquero, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2012071809).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Katherine Cascante Vargas, quien fue mayor,
divorciada, profesora, cédula de identidad número cuatro-ciento cincuenta y
ocho-doscientos ochenta y tres, vecina de Alajuela, Carrillos de Poás,
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Alcides Ademas Vargas
Rojas, fue mayor, casado, administrador, cédula de identidad número
dos-trescientos sesenta y cinco-trescientos ochenta y tres, vecino de Alajuela,
San Rafael, Barrio Nazareth,
A los causahabientes de quien en
vida se llamó María Eugenia Fernández Alvarado, vecina de Villa Bonita de Alajuela,
con cédula de identidad Nº 2-0413-0874, se les hace saber que: Alejandro
Fernández Carvajal, portador de la cédula de identidad o documento de identidad
Nº 2-0144-0252, vecino de Villa Bonita de Alajuela, se apersonó en este
Despacho en calidad de padre de la fallecida, a fin de promover las presentes
diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza
por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido. Expediente Nº 11-000937-0639-LA.—Juzgado de Trabajo
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de junio del 2012.—Lic. Digna
María Rojas Rojas, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2012071812).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Ali Ariel Aponte Arias, cédula Nº 6-395-891,
fallecida el día 16 de abril del 2012, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de “Consignación de prestaciones laborales”, bajo el número 12-000981-0173-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 12-000981-0173-LA. Promovido por Sykes Latin América S. A., a
favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de junio del
2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012071813).
A los causahabientes de quien en
vida se llamó Minor Gerardo Barrantes Esteller, quien
fue casado una vez, vecino de San Ramón de Alajuela, con cédula de identidad Nº
2-0454-0056, se les hace saber que: María Elena Díaz Sequeira, portadora de la
cédula de identidad o documento de identidad Nº 2-0528-0228, vecino de San
Ramón de Alajuela, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa supérstite
del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de
prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido
Minor Gerardo Barrantes Esteller. Expediente Nº
12-000011-0694-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela San Ramón, 25 de junio del 2012.—Lic. Minor Chavarría
Vargas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012071814).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de las prestaciones legales de la fallecida Elvia
María Solís Murillo, quien en vida fue mayor, soltera, cédula de identidad Nº
2-286-721, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo
improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto,
se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el
número 12-300020-0319-4 LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo, apercibidos de que si no
lo hicieren, el dinero se entregará a quien así lo demuestre.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Palmares, 21 de junio del 2012.—Lic.
Mayra Jesenia Porras Solís, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2012071815).
A los causahabientes de quien en
vida se llamó Jerónimo Álvarez Álvarez, quien fue
mayor, viudo, de oficios agrícolas, vecino de Cariari, Pococí, Limón, con
cédula de identidad Nº 0600780765, se les hace saber que: María Álvarez Álvarez, portadora de la cédula de identidad o documento de
identidad Nº 0600360773, vecina de Roxana, Pococí, Limón, se apersonó en este
Despacho en calidad de representante de menor de edad hijo del causante del
fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de
prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido.
Expediente Nº 12-001037-0929-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de
Se cita y emplaza a todos los
causahabientes de la fallecida Yolanda Sosa López, quien fue mayor de edad,
casada, costarricense, nativa de Lepanto Central, Puntarenas, el treinta y uno
de julio de mil novecientos sesenta y ocho, vecina de Barrio
A los causahabientes de quien en
vida se llamó Rafael Abner Rosales Hernández, quien fue mayor, casado,
oficinista, vecino de Barrio Chorotega en Residencial Los Malinches, del play
cien sur, con cédula de identidad Nº 5-243-367, se les hace saber que: Breyman Rafael Rosales Carrillo, portador de la cédula de
identidad o documento de identidad Nº 05-0381-0626, vecino de Barrio
Para los fines del artículo 21
del Reglamento del Banco Popular y Desarrollo Comunal, 85 del Código de
Trabajo; con ocho días de término, se cita y emplaza a todos los causahabientes
del trabajador fallecido Guillermo Alfaro Montero, cédula de identidad Nº
2-255-315, quien fue mayor, pensionado, vecino de Naranjo,
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes del causante Luis Fernando Llosent
Fernández, quien fue mayor, casado, costarricense, vecino de Llanos de Santa
Lucía, y portó la cédula de identidad número uno-quinientos setenta y
siete-doscientos quince, y quien falleció el trece de febrero del dos mil doce,
se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del lapso improrrogable
de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
a este Despacho en las diligencias establecidas bajo el número
12-300020-0351-LA (19-01-12), a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de
Menor Cuantía de Paraíso, Paraíso, a las trece horas veinte minutos del
veintidós de mayo del dos mil doce.—Msc. Gerardo Barillas Solís, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2012071820).
A los causahabientes de quien en
vida se llamó Fernando Teodoro Umaña Leal, quien fue mayor, divorciado, vecino
de Plaza Víquez, con cédula de identidad Nº 6-115-947, quien al momento de su
fallecimiento laboraba para el Ministerio de Educación Pública, se les hace
saber que: Sindy Vanessa Umaña Elizondo, cédula Nº
1-1066-972, y Adrián Fernando Umaña Elizondo, cédula Nº 1-1326-714, se
apersonaron en este Despacho en calidad de hijos del fallecido, a fin de
promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello,
se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en
el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este
Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Fernando Teodoro Umaña
Leal. Expediente Nº 12-001121-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de San José, 11 de junio del 2012.—M.Sc. Ronald Cruz
Álvarez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012071821).
A los causahabientes de quien en
vida se llamó Nelson Jesús Leiva Flores, quien fue mayor, casado, vecino de
Guadalupe, con cédula de identidad Nº 1-1295-630, se les hace saber que:
Dataformas de Costa Rica S. A., se apersonó en este Despacho en calidad de
expatrono del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido Nelson Jesús Leiva Flores. Expediente Nº
12-001111-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San
José, 15 de junio del 2012.—M.Sc. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012071822).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes del causante José Alberto Rodríguez Bonilla, quien
fue mayor, costarricense, casado, vecino de Llanos de Santa Lucía, Paraíso,
Cartago, y quien portó la cédula de identidad número tres-doscientos
veinte-doscientos ochenta y cuatro, fallecido el día cinco de febrero del dos
mil doce, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del lapso
improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto,
se apersonen a este Despacho en las diligencias establecidas bajo el número
12-300014-0351-LA (13-3-12), a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de
Menor Cuantía de Paraíso, a las quince horas con veinticuatro minutos del
diez de mayo del dos mil doce.—Msc. Gerardo Barillas Solís, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2012071823).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes del causante Manuel Antonio Guillén Redondo, mayor,
casado, costarricense, vecino de Llanos de Santa Lucía de Paraíso y portó la
cédula de identidad Nº tres cero doscientos cuarenta y nueve cero cero cincuenta y dos; quien falleció el diez de diciembre
del dos mil once, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del
lapso improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias establecidas bajo el
número 12-300026-0351-LA (26-04-12), a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de
Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, a las ocho horas con treinta minutos
del primero de junio del dos mil doce.—Msc. Gerardo Barillas Solís, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2012071824).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de la causante Elionor del
Carmen Mora Delgado, quien fue mayor, viuda, costarricense, vecina de Llanos de
Santa Lucía, y quien portó la cédula de identidad Nº 1-0973-0944
uno-novecientos setenta y tres-novecientos cuarenta y cuatro y quien falleció
el nueve de julio del dos mil once, se consideren con derecho a las mismas,
para que dentro del lapso improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias
establecidas bajo el número 12-300012-0351-LA (11-01-12), a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de
Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, a las trece
horas con diez minutos del tres de mayo del dos mil doce.—Msc. Gerardo Barillas
Solís, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012071825).
Se emplaza a los interesados,
para que dentro del término de ocho días se apersonen a este Juzgado a hacer
valer sus derechos. Lo anterior por ordenarse así en diligencias de devolución
de cuotas de trabajador fallecido de quien en vida fue Arias Marín Rafael
Ángel, de 27 años de edad, soltero, sin oficio, vecino de Mercedes norte,
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de José Gerardo Cubillo Chavarría, fallecido el 30
de abril del 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro
obligatorio, bajo el número 12-000116-0945-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente Nº 12-000116-0945-LA. a favor de Alejandro Marenco Cubillo.—Juzgado
de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia,
28 de junio del año 2012.—Lic. Mariela Cortés García, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2012072317).
Con ocho días de plazo se
convoca a los causahabientes del fallecido Mario Enrique Muñoz Monge, quien
fuera mayor, casado, costarricense, operador de maquinaria pesada, vecino de
Desamparados, barrio Fátima, Damas, 25 sur del Ebais, casa color melón con
verjas negras, cédula de identidad número uno-cuatrocientos cincuenta y
cuatro-cuatrocientos nueve, quien falleció el nueve de octubre del dos mil
once, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente
diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral y extremos laborales,
expediente número 12-300137-0237-LA (138-2-12), gestionada por: María Isabel
Calderón Valverde contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del
Banco Popular y Coopresa S. A., apercibidos de que de
no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de
este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad
con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del
Tercer Circuito Judicial de San José de Desamparados, 25 de mayo del
2012.—Lic. Harold Ríos Solórzano, Juez.—1 vez.—(IN2012072770).
A los causahabientes de quien en
vida se llamó Freddy Augusto Sandino Fajardo, quien fue enfermero, vecino de
Liberia, con cédula de identidad número 05-0188-0419, se les hace saber que:
Guiselle de Los Ángeles Abarca Camareno, portadora de la cédula de identidad
número 01-0610-0273, vecina de Liberia, se apersonó en este Despacho en calidad
de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto
que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido Freddy Augusto Sandino Fajardo, expediente número 12-000101-0942-LA.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 12 de junio
del 2012.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012073346).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Alberto De Los Ángeles Cubillo Torres, fallecido
el veintiséis de diciembre del año dos mil dos, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 12-000135-1041-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente Nº 12-000135-1041-LA. Alberto de los Ángeles Cubillo Torres a favor
de Grace Yanory Navarro Fonseca.—Juzgado de
Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 18 de junio del año 2012.—Lic. Henry
Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012074471).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Roumer Andrés Mena
Sánchez, cédula de identidad 7-0129-0783, fallecido el veintiocho de setiembre
del año dos mil once, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro
obligatorio, bajo el número 12-000128-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº
12-000128-1041-LA Roumer Andrés Mena Sánchez a favor
de Elida Vanessa Alvarado Castillo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de
Pococí, 18 de junio del año 2012.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2012074472).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de José Joaquín Arce Arguedas, cédula de identidad
7-117-157, fallecido el veintiséis de marzo del dos mil doce, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número
12-000106-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente Nº 12-000106-1041-LA. José Joaquín Arce Arguedas a
favor de Grasira S. A.—Juzgado de Trabajo de Menor
Cuantía de Pococí, 19 de junio del año 2012.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2012074473).
A los causahabientes de quien en
vida se llamó Roy Carlos Rojas Arroyo, quien portó la cédula de identidad
número 3-0243-0834, pensionado, soltero y falleció el veinticinco de marzo del
dos mil doce. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días
siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo
apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se
obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el
artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de
Consignación de Prestaciones número 12-300052-0895-LA (1) de Roy Rojas Arroyo.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes se consideren con derecho al Fondo de Capitalización
Laboral (FCL), del trabajador fallecido Johonny Jesús
Oconitrillo Briceño, quien fue mayor, soltero, se desconoce si laboraba, cédula
5-0294-0791, vecino de Cañas, Guanacaste; quien falleció el veintiocho de
noviembre del dos mil ocho; para que dentro del plazo improrrogable de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número
12-300052-0934-LA-
A los causahabientes de quien en
vida se llamó Carlos Martín Loaiza Leandro, quien fue mayor, casado, encargado
en mantenimiento, portó la cédula de identidad número 3-216-204 y falleció el
seis de noviembre del año dos mil ocho. Los interesados deberán apersonarse
dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer
valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero
que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo
establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda.
Proceso de Consignación de Prestaciones número 09-300028-0895-LA-3 de Carlos
Martín Loaiza Leandro.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de
Asesoría Jurídica.—San José, a
las once horas cincuenta minutos del dieciocho de junio del dos mil doce.
Vista la gestión de despido suscrita por el
Ministro a. í. Obras Públicas y Transportes, téngase por instaurado el presente
procedimiento disciplinario en contra del Accionado John Harold Matarrita
Briceño, con el fin de averiguar la verdad real de los siguientes cargos que se
le imputan, según manifestación de la parte Actora, respecto a que Usted,
supuestamente “se determinó la comisión de una falta grave de gran envergadura
por parte del funcionario John Harold Matarrita Briceño, quien solicitó al
Departamento de Combustible, una tarjeta electrónica de combustible a nombre
del señor Julio Araya Herrera, y la utilizó al comprar combustible por un monto
de ¢909.900,00, en el mes de setiembre de 2011, momento en el cual el señor
Araya Herrera, tenía seis meses de estar pensionado”, contraviniendo con su
supuesto actuar, lo estipulado en los artículos 11, 140 inciso 2), 191 y 192 de
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de anotaciones hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer
grado; a las diez horas y treinta minutos del tres de setiembre del año dos mil
doce, y con la base de diez millones novecientos ochenta y cinco mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número trescientos veinte mil quinientos treinta y
dos-cero cero cero, la cual es terreno con una casa.
Situada en el distrito primero Sarchí Norte, cantón doce Valverde Vega, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Digna Cubero Barrantes; al sur, calle
pública; al este, Ana María Salazar Campos; y al oeste, Sabino Campos Arias.
Mide: ciento noventa y nueve metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del
diecisiete de setiembre del año dos mil doce, con la base de ocho millones
doscientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos, (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez
horas y treinta minutos del primero de octubre del año dos mil doce, con la
base de dos millones setecientos cuarenta y seis mil doscientos cincuenta
colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Lino Murillo Montero contra Mainor Solís Murillo. Exp. Nº 11-000474-0295-CI.—Juzgado
Civil de Grecia, 2 de marzo del año 2012.—Lic. Brayan Li Morales,
Juez.—(IN2012075173).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos
del once de setiembre de dos mil doce, y con la base de cuatro millones ciento
setenta y tres mil novecientos veinticuatro colones con noventa y seis
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Dos vehículos, 1) vehículo
placas número C 146843, marca Peterbilt, año 1997,
vin 1XPFD9X3VN439218, cilindrada 12700 c.c., color gris, categoría tracto
camión (carga pesada); 2) vehículo placas número C 146844, marca Mack, año 1999, vin 1M1AA18Y5XW106873, cilindrada 12700
c.c., color blanco, categoría carga pesada. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y treinta minutos del dos de octubre de dos mil doce, con la
base de tres millones ciento treinta mil cuatrocientos cuarenta y tres colones
con setenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de
octubre de dos mil doce con la base de un millón cuarenta y tres mil
cuatrocientos ochenta y un colones con veinticuatro céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra German Eduardo
Fonseca Vargas y Hazel Sánchez Bolaños. Exp. Nº 11-000858-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
14 de mayo del año 2012.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2012075179).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de
Aguas y Ley de Caminos Públicos a citas 0325-00001297-01-0044-001, servidumbre
de líneas eléctricas y de paso a citas 0569-00088001-01-0001-001 y servidumbre
de paso a citas 0571-00005939-01-0004-001; a las quince horas treinta minutos
del veintitrés de agosto del dos mil doce, y con la base de cincuenta mil
dólares exactos, cada finca en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil
ciento treinta y seis-cero cero cero, la cual es
terreno lote once. Terreno de montaña y repastos. Situada en el distrito
primero Cortés, cantón quinto Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública con 58 mts 40 cms
y lote doce; al sur, lote diez; al este, calle pública con 58 mts 40 cms y lote diez; y al
oeste, Lake Superior Investments S. A. y lote doce. Mide: seis mil ciento
ochenta metros con veinte decímetros cuadrados y con una base igual a la
anterior, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cincuenta y ocho mil ciento treinta y siete-cero cero cero,
la cual es terreno lote doce. Terreno de montaña y repastos. Situada en el
distrito primero Cortés, cantón quinto Osa, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, calle pública con 43 mts 81 cms y lote trece; al sur, lote once; al este, calle
pública; y al oeste, Lake Superior Investments y loto trece. Mide: seis mil
cuarenta y dos metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas del trece de setiembre del dos mil doce, con
la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil doce, con la base de doce mil
quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remate
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Vincent
Resta contra Lake Superior Investments Sociedad Anónima. Exp.
11-000564-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada a las citas: 0342-00003136-01-0908-001, servidumbre sirviente a las
citas: 0376-00013027-01-0003-001; a las nueve horas y treinta minutos del
catorce de agosto del dos mil doce, y con la base de veinticinco millones
cuatrocientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos noventa y cinco colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y nueve mil cuatrocientos
ochenta y ocho- cero cero cuatro, la cual es terreno
de frutales, bosque con una casa. Situada en el distrito 05 San Pedro cantón 19
Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Amalia Murillo
Bermúdez Alberto Jiménez; al sur, Serlindad Calderón
y Magdalena López; al este, Quebrada de
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos
del veinte de agosto de dos mil doce, y con la base de un millón doscientos
ochenta y siete mil ochenta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo marca: Nissan, categoría automóvil, estilo Sentra GLE, color negro, año 1995, placas 533070. Para el
segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del cuatro de
setiembre de dos mil doce, con la base de novecientos sesenta y cinco mil
trescientos doce colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta
minutos del diecinueve de setiembre de dos mil doce con la base de trescientos
veintiún mil setecientos setenta colones con setenta y cinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Fondo de Microproyectos
Costarricense Sociedad CIV contra Andrés Arias Reyes. Exp. 12-006813-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 11 de junio del 2012.—Lic. Marvin Ovares Leandro,
Juez.—RP2012312869.—(IN2012075262).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando siete reservas y
restricciones; a las once horas y cero minutos del veintitrés de octubre del
año dos mil doce, y con la base de cuarenta y cinco millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número sesenta y seis mil setecientos setenta y
dos-F-cero cero cero la cual es terreno finca filial
primaria individualizada número ciento veintiocho terreno para construir que se
destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, calle cinco; al sur, área común libre de área
recreativa; al este, finca filial primaria individualizada número ciento
veintinueve, y al oeste, finca filial primaria individualizada número ciento
veintisiete. Mide: Cuatro mil trescientos diez metros con setenta y seis
decímetros cuadrados. Plano: G-1227915-2008. Para el segundo remate se señalan
las once horas y cero minutos del seis de noviembre del año dos mil doce, con
la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y cero minutos del veinte de noviembre del año dos mil doce con
la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Henri
Gerardo Jiménez Solís, Inversiones Jisol de Costa
Rica S. A. Exp. Nº 12-000361-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 28 de
mayo del 2012.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara,
Jueza.—RP2012312879.—(IN2012075263).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando una demanda ordinaria
civil; a las ocho horas y treinta minutos del doce de noviembre del año dos mil
doce, y con la base de diez millones quinientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula Nº 325219-000 la cual es terreno de café, caña de azúcar con una
casa. Situada en el distrito 02 San Isidro, cantón 03 Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, resto de Juan Bautista Chaves Herrera; al sur,
resto de Juan Bautista Chaves Herrera; al este, calle pública con frente de
veinticinco metros con cuarenta centímetros, y al oeste, Quebrada Flores en
medio de Gerardo Alpízar Alfaro y José Gómez Barrientos. Mide: 6.395,77
cuadrados, plano A-159312-1994. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil doce, con
la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del diez de diciembre del año dos mil doce con
la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria Banco Nacional de Costa Rica contra Jenaro Emilio
Chaves Rodríguez. Exp. Nº 12-000379-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 5
de junio del 2012.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez
Jueza.—RP2012312901.—(IN2012075264).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del
cinco de noviembre del año dos mil doce, y con la base de veinte millones
seiscientos setenta y dos mil sesenta y dos colones con cuarenta céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número trescientos cuarenta y tres mil novecientos setenta y dos-cero
cero cero la cual es terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 02 San Juan, cantón 08 Poás, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, lote nueve A; al sur, lote siete A; al este, María
Eugenia Herrera Murillo, y al oeste, calle pública con un frente de diez
metros. Mide: doscientos nueve metros con diez decímetros cuadrados. Plano:
A-547223-1999. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil doce, con la base de quince
millones quinientos cuatro mil cuarenta y seis colones con ochenta céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos del tres de diciembre del año dos mil doce con
la base de cinco millones ciento sesenta y ocho mil quince colones con sesenta
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Freddy Gerardo Segura Muñoz. Exp. Nº 12-000368-1117-CI.—Juzgado Civil de
Grecia, 1º de junio del 2012.—Lic. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez,
Jueza.—RP2012312903.—(IN2012075265).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas del veinte de
setiembre de dos mil doce, y con la base de ciento cuarenta y tres mil
cuatrocientos uno punto sesenta y cinco unidades de desarrollo, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento setenta y seis mil ciento ochenta y siete - cero cero
uno y cero cero dos, la cual es terreno lote 11
bloque H terreno para construir. Situada en el distrito (02) Mercedes, cantón
(01) Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 10 bloque H
de Gerardo Vega Hernández; al sur, calle pública con un frente a ella de
A las diez horas del trece de
setiembre de dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este
Juzgado, al mejor postor libre de gravámenes hipotecarios comunes y
anotaciones, soportando servidumbre trasladada bajo el tomo 370 y asiento 18238
y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base
de nueve millones doscientos veintiséis mil novecientos cincuenta y cuatro
colones con ochenta y cuatro céntimos (¢9.226.954,84), remataré: finca inscrita
en Propiedad, Partido de Alajuela, folio real matrícula número 298.735-000, que
es terreno para construir con una casa lote 39, sito en Desamparados de
Alajuela, distrito décimo del cantón primero de la provincia de Alajuela.
Linda: al norte, lote 20; al sur, calle pública; al este, lote, 38; y al oeste,
lote 40. Mide: noventa y tres metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para
el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base
original, sea la base de seis millones novecientos veinte mil doscientos
dieciséis colones con trece céntimos (¢6.920.216,13), se señalan las diez horas
del veintiocho de setiembre de dos mil doce. Para el tercer remate y con la
base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos
millones trescientos seis mil setecientos treinta y ocho colones con setenta y
un céntimos (¢2.306.738,71), se señalan las diez horas del dieciséis de octubre
de dos mil doce. Se remata por ordenarse así en expediente: 12-100428-0297-CI
(5A), ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Randal
Andrey Cubero Rodríguez y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 27 de junio de
2012.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2012312920.—(IN2012075421).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción por
colisión bajo la sumaria 11-003470 -0174-TR del Juzgado de Tránsito de
Goicoechea; a las diez horas y treinta minutos del trece de agosto de dos mil
doce, y con la base de quinientos nueve mil treinta colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas N°
737800, marca: Nissan, estilo: Sentra XE, modelo:
1992, color: dorado, tracción: sencilla. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil doce, con la
base de trescientos ochenta y un mil setecientos setenta y dos colones con
cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de setiembre de
dos mil doce con la base de ciento veintisiete mil doscientos cincuenta y siete
colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones
Noviembre Diecisiete del Este Sociedad contra Ricardo Walter Calderón Granados.
Exp. 12-005265-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 30 de mayo del 2012.—Lic. David Acuña
Marín, Juez.—(IN2012075436).
En la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión sumaria:
08601147-499TC; a las catorce horas y treinta minutos del nueve de agosto de
dos mil doce, y con la base de once mil cuatrocientos ochenta y nueve dólares
con seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca
Peugeot, categoría automóvil, chasis VF32DNFUA7Y001178, año 2007 color gris,
cilindrada 1587 cc. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil doce, con la base de ocho
mil seiscientos diecisiete dólares con cincuenta y cinco centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y treinta minutos del diez de setiembre de dos mil doce con la base de
dos mil ochocientos setenta y uno dólares con cincuenta y un centavo (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de
Costa Rica contra Luz Marina Montero Zamora. Exp. 10-022742-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de abril
del 2012.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco,
Juez.—(IN2012075975).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las quince horas y treinta minutos
del siete de setiembre de dos mil doce y con la base de dieciocho mil
doscientos setenta y seis dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placas 729014, marca Citroen C2,
año 2008, color rojo, vin VF7JM8H2C8A000827. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil
doce, con la base de trece mil setecientos siete dólares exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince
horas y treinta minutos del nueve de octubre de dos mil doce, con la base de
cuatro mil quinientos sesenta y nueve dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra
Giovanni Alonso Castillo Durán. Expediente: 12-003935-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 2 de julio del 2012.—Lic. María
Karina Zúñiga Cruz, Jueza.—(IN2012075438).
A las siete horas cuarenta y
cinco minutos del seis de setiembre de dos mil doce, en la puerta exterior del
local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios
comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del
Banco actor, sea la base de ¢8.518.701,78, remataré: finca inscrita en
Propiedad Partido de Alajuela, folio real, matrícula número 445.476-000, que es
terreno con una bodega con un área de construcción de
A las 14:15 horas del 13 de
setiembre de 2012, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al
mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones,
soportando reservas y restricciones bajo las citas 0389-00012266-01-0901-001, y
con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco actor, sea la base
de ¢10.900.000,00 remataré: Finca inscrita en Propiedad del partido de Alajuela
Folio Real matrícula número 256.558-001-002, que es terreno de patio con una
casa, sito en Florencia de San Carlos, distrito segundo del cantón décimo de la
provincia de Alajuela. Linda al norte, y al este, Juan Ramón Corrales Campos,
al sur, Bolívar Blanco Acuña, y al oeste, calle pública con
A las 10:30 horas del 13 de
setiembre de 2012 , en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al
mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones,
soportando servidumbre de paso bajo las citas 0322-00016859-01-0904-002, y con
la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, se la base de
¢11.000.000,00 remataré finca inscrita en Propiedad del partido de Alajuela
Folio Real matrícula número 184.678-000, que es terreno para construir con un
local comercial, sito en Ciudad Quesada de San Carlos, distrito primero del
cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda al norte, calle pública con un
frente a ella de
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones a las citas 0395-00002726-01-0900-001; a las once horas del
treinta de agosto del año dos mil doce, y con la base de doce millones
trescientos noventa y dos mil setecientos colones con setenta y siete céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cuatrocientos catorce mil quinientos veintinueve cero cero cero, la cual es terreno
para la agricultura. Situada en el distrito tercero, Daniel Flores, cantón
decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lloc Fay Chan; al sur, Humberto
Navarro Jiménez; al este, calle con
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas del treinta de
agosto del dos mil doce, y con la base de veintidós millones quinientos sesenta
y cuatro mil novecientos cuarenta y ocho colones con setenta y dos céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento veintiséis mil cuatrocientos sesenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno con
una casa. Situada en el distrito 02 Cot, cantón Oreamuno, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, Antonio Granados y otro; al sur, Juan Jiménez y
otros; al este, calle pública con
A las trece horas treinta
minutos del veintitrés de agosto del dos mil doce, en la puerta de este Juzgado
en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales,
y con la base de seis millones de colones exactos (¢6.000.000,00), remataré, la
finca inscrita en el Registro Público de
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintiocho de
agosto del año dos mil doce, y con la base de treinta y seis millones
seiscientos treinta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento un
mil novecientos noventa y siete-cero cero cero la
cual es terreno apto para construir. Situada en el distrito tercero Sardinal,
cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Roque
García Román y Flor Marchena Hernández; al sur, calle pública con
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada,
a las ocho horas y cuarenta minutos del cinco de setiembre del dos mil doce, y
con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad Inmueble, bajo el Sistema de Folio
Real matrícula número 479807-000, la cual es terreno lote 115 terreno para
construir. Situada en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la
provincia de San José. Colinda al norte, destinado a calle; al sur, lote 114;
al este, lote 105, al oeste, destinado a avenida tres, noreste lotes 104 y 105,
noroeste calle pública, sureste, lote 114; suroeste, calle pública. Mide:
doscientos sesenta y siete metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del veinte de
setiembre del año dos mil doce, con la base de tres millones ciento ochenta y
siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del cinco
de octubre del año dos mil doce con la base de un millón sesenta y dos mil
quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Mutual Cartago
de Ahorro y Préstamo contra Ronald Aguilar León, expediente Nº
11-006653-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
26 de junio del 2012.—Lic. Luis Salas Muñoz,
Juez.—RP2012313120.—(IN2012075657).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado, a favor de
Grupo Mutual Alajuela
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; soportando servidumbre traslada al
tomo trescientos dos, asiento doscientos sesenta mil setecientos cuarenta y
cinco; a las dieciséis horas del veintitrés de agosto del dos mil doce, y con
la base de veintidós mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos
treinta y cinco mil doscientos ochenta y seis cero cero
cero la cual es terreno para construir con una casa
lote número 26. La misma se encuentra ubicada en el distrito primero San Isidro
de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, Norberto Solís; al este, INVU; y al oeste,
lotes veinticinco y veintiocho. Mide: doscientos cuarenta y dos metros
veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y treinta minutos del trece de setiembre del dos mil doce, con la base de
dieciséis mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del cuatro de
octubre del dos mil doce con la base de
cinco mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Roxana Ugalde Méndez
contra Inversiones Ticas Generaleñas PZ S. A. Exp.
10-000544-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes; pero soportando condiciones y reservas ref: citas:
0332-00012428-01-0974-001; a las catorce horas y treinta minutos del
veinticuatro de agosto de dos mil doce, y con la base de ocho millones ciento
noventa mil trescientos sesenta y ocho colones con cinco céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº
101853-000 la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 05 Cariari,
cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Bella Leticia
Ulloa Abarca; al sur, Bella Leticia Ulloa Abarca, en parte calle pública con un
frente a ella de
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y
restricciones según citas 0000-00013171-01-900-001; a las diez horas y treinta
minutos del veintitrés de agosto de dos mil doce y con la base de cuatrocientos
cincuenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número 199282-000, la cual es terreno
construido con solar. Situada en el distrito 08, cantón Santo Domingo de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, María Esquivel Arguedas; al sur, calle
pública; al este, José Vargas Rojas; y al oeste, calle pública. Mide: dos mil
ochocientos ocho metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de setiembre de
dos mil doce, con la base de trescientos treinta y siete mil quinientos dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre de dos
mil doce, con la base de ciento doce mil quinientos dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de 3-101-507171 S. A., Compañía Los Jardines
Verdes S.A., North Pacific Capitals
S. A. contra Inversiones Joscara de San Luis S. A. Expediente:
12-006858-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 22 de mayo del 2012.—Lic. Marvin Ovares
Leandro, Juez.—(IN2012076007).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos
del cuatro de setiembre del dos mil doce y con la base de cuatrocientos
cuarenta y cuatro mil seiscientos dólares exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
21918-F-000, la cual es terreno bloque X finca filial 3 terreno con una casa de
una planta en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 Pozos, cantón
09 Santa Ana de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común; al
sur, calle privada del condominio; al este, filial 1; bloque X; y al oeste,
filial 6 bloque X. Mide: mil cuatrocientos diecinueve metros con veinticinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del diecinueve de setiembre del dos mil doce, con la base de
trescientos treinta y tres mil cuatrocientos cincuenta dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del cuatro de octubre del dos mil doce, con la
base de ciento once mil ciento cincuenta dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gideon Fishman Kerbis, Paul Fishman Goldberg.
Expediente: 11-012087-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, 5 de julio del 2012.—Lic. Ernesto Torres Torres, Juez.—(IN2012076019).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos
del dieciséis de agosto del dos mil doce, y con la base de quince millones
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos diez mil trescientos treinta y dos-cero
cero cero, la cual es terreno con una casa de
habitación y patio. Situada en el distrito primero San Isidro del El General,
cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte gobierno de Costa Rica, patrimonio del estado; al sur calle pública; al
este Néstor Aguilera Gutiérrez y al oeste Yolanda Fernández. Mide: trescientos
noventa y ocho metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las diez horas y cero minutos del seis de setiembre del dos mil
doce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil doce
con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Nelson Torres Montero contra Alfonso Duarte
Monge y Yadira Montes Bonilla. Exp. Nº 12-000397-0188-CI.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las catorce horas y
cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil doce, y con la base de treinta
y seis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dos
mil setecientos diez-cero cero tres y cero cero
cuatro, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
(01) Cartago Oriental, cantón (01) Cartago, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Alberto Gómez Córdoba; al sur, calle pública; al este, lote
Nº 1 y al oeste, lote Nº 3. Mide: ciento sesenta y seis metros con sesenta y un
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del tres de setiembre de dos mil doce, con la base de veintisiete
millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del dieciocho de setiembre de dos mil doce con la base de nueve
millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Caramude
e Hijas Sociedad Anónima contra Teresa Montero Jiménez. Exp. Nº
11-009380-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 5
de junio del 2012.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—RP2012313478.—(IN2012076123).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos
del ocho de agosto de dos mil doce, y con la base de doce millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas C132183,
marca Internacional, categoría carga pesada, Vin 2HSFBGUR8LC037419, año 1990,
color blanco, cilindrada 14004 c.c. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y treinta minutos del veintisiete de agosto de dos mil doce, con
la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos
del trece de setiembre de dos mil doce con la base de tres millones de colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Olman Cordero Sánchez contra Jorge Eduardo León Marquez, Transporte Barrio Cuba del Sur S. A. Exp.
09-032867-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 25 de junio del 2012.—Lic.
Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2012076402).
Se convoca a los miembros o socios de la demandada
Cooperativa Autogestionaria de Producción Forestal de Palmar Norte
Responsabilidad Limitada (COOPEALEMANIA R.L.), para que se apersonen a la junta
que se llevará a cabo en este despacho a las 8:00 horas del 28 de agosto de
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
08-000435-0640-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de José Rafael Redondo Serrano, quien es mayor, estado civil no indica,
vecino de Tierra Blanca, Central, Cartago, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 01-0280-0899, profesión no indica, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de
Óscar Venegas Corrales, mayor,
casado una vez, agricultor, vecino de
Bernardo Bermúdez Vidal, mayor,
casado una vez, jubilado, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, cédula de
identidad número seis-cero noventa-ciento sesenta y siete, solicita se levante
Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro
Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe
así: terreno de patio y actualmente con una casa de habitación, sembrado de
árboles frutales, situado en el distrito primero Buenos Aires del cantón
tercero Buenos Aires, de la provincia sexta de Puntarenas, con los siguientes
linderos: norte, con calle pública con un frente a ella de treinta y siete
metros con cinco centímetros; al sur, con Carlos Gerardo Gutiérrez Alpízar; al
este, con Roy Gerardo Leiva Alvarado; y al oeste, calle pública con un frente a
ella de treinta y tres metros con treinta y siete centímetros. Mide: mil
doscientos cuarenta y seis metros cuadrados, según plano catastrado
P-1532505-2011. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor
en calidad de dueño de manera pública, pacífica e ininterrumpida por más de
diez años. Estima el fundo en la suma de cinco millones de colones, igualmente
las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la
publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados
con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos.
Información posesoria, Expediente Nº 12-100054-1046-CI (58-12) establecidas por
Bernardo Bermúdez Vidal.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires,
13 de junio del 2012.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—RP2012310676.—(IN2012071861).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Elsa Barahona Carvajal, cédula número
uno-doscientos sesenta y siete-cuatrocientos dos, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la presente publicación de edicto, concurran
a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 03-2012. Notaría de
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de Gladys
Robles Vásquez, cédula de identidad tres-ciento ochenta y nueve-setecientos
ochenta y cinco, quien fuera mayor, soltera, ama de casa, vecina de
En mi notaría se tramita bajo el
número de expediente 1-2012 proceso sucesorio notarial de Salvador Mayorga
Buitrago, cédula 8-0055-0730, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante,
vecino Bristol de Matina. Por 30 días a partir de la publicación de este edicto
se cita a interesados a apersonarse al proceso o formular oposiciones en mi
notaría situada en San José, calle 23, avenidas 11 y 13, casa 1149.—San José, 5
de julio de 2012.—Lic. Alberto Ortega Rodríguez, Notario.—1
vez.—RP201231135.—(IN2012072466).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Eduarda Gutiérrez
Zúñiga, quien fue mayor, costarricense, casada, del hogar, vecina de Quepos,
cédula de identidad número cinco-cero ciento doce-cero cero cincuenta y ocho,
fallecida el día cinco de julio del año dos mil nueve, para que dentro de
treinta días, contados a partir de la primera y única publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100135-425-1-C.I.
sucesorio de Eduarda Gutiérrez Zúñiga albacea provisional José María Franklin
Villegas Solano.—Juzgado Civil de Aguirre y Parrita.—Lic. Mauricio
Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—RP2012311136.—(IN2012072467).
Se cita y emplaza a todos los
herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión notarial de
quien en vida fue: Juan Manuel Boza Montoya, quien en vida fuera mayor,
soltero, Técnico en Redes, vecino de Cartago,
Se emplaza a herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se
llamó Clemente de Jesús Carvajal Vargas, quien fue mayor, casado una vez,
pensionado, cédula de identidad número seis- cero veintiocho- cero seiscientos
cincuenta y dos, vecino de El Alto de Guadalupe quinientos metros al sur del
Colegio Madre del Divino Pastor Goicoechea, San José, para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen ante esta notaría, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento
de que en caso de que no lo hicieran, la herencia pasará a quien en derecho
corresponde. Expediente Nº 001-2012, Sucesorio Testamentario en Sede Notarial
de Clemente de Jesús Carvajal Vargas. Notaría de Alexander Eduardo Rojas Salas.
San José, avenida central, calles 5 y 7, Edificio Primavera, cuarto piso.—San
José, 3 de julio del 2012.—Lic. Alexander Eduardo Rojas Salas, Notario.—1
vez.—RP2012311162.—(IN2012072469).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de Blanca Estela Narváez Rodríguez,
quien fuera mayor, soltera, nicaragüense, cédula de residencia RE-000475001999,
vecina de
A los herederos e interesados en
el sucesorio de Fernando Pablo de Jesús Malavasi
Sanabria, quien en vida fue mayor, casado una vez, empresario, vecino de Barrio
San Antonio, Guadalupe, Goicoechea, de
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de Francisco Bustos Noguera, quien
fuera mayor, casado dos veces, vecino de Alajuelita, cédula 8-039-0644. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
2012-100027-0216-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita
y San Sebastian.—Msc. Diamantina Romero Cruz,
Jueza.—1 vez.—RP2012311222.—(IN2012072472).
Se cita y emplaza a todos los interesados
en la sucesión legítima de Virginia Vásquez Arias, quien fue mayor, viuda una
vez, pensionada, con cédula de identidad número dos-ciento setenta y
seis-ciento noventa y uno y vecina de Buenos Aires de Palmares para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente número cero uno-dos mil doce. Notaría
del Lic. Fernando Ávila González en Palmares de Alajuela, cincuenta metros al
oeste y cincuenta metros al norte del Palacio Municipal.—Lic. Fernando Ávila
González, Notario.—1 vez.—RP2012311230.—(IN2012072473).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Edwin Padilla Badilla, mayor, casado una vez,
agricultor, vecino de Chirraca de Acosta, un kilómetro al sur de la plaza,
portador con cédula número uno-doscientos sesenta y cuatro-trescientos sesenta,
para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de
que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda.
Sucesorio expediente número 12-100010-0247-CI de Edwin Padilla Badilla.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Acosta, San Ignacio, 14 de junio del
2012.—Lic. Carmen Valverde Valverde, Jueza.—1
vez.—RP2012311264.—(IN2012072474).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Olger Fermín Arias
Prado, mayor de edad, soltero, contador, vecino de Barrio Abarca de San Ignacio
de Acosta, ciento cincuenta metros este del Centro de Salud, portador con
cédula número uno-mil ciento sesenta-ciento catorce, para que dentro del plazo
de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de
ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio expediente número
12-100009-0247-CI de Fermín Arias Prado. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Acosta, San
Ignacio, 14 de junio del 2012.—Lic. Carmen Valverde Valverde,
Jueza.—1 vez.—RP2012311265.—(IN2012072475).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de José Nicolás Brenes Gómez, mayor, casado una vez,
comerciante, con cédula número tres-cero noventa y nueve-novecientos veinte, de
Cartago, San Rafael de Oreamuno, cincuenta metros al este de
Se emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la
sucesión de Tomás Eliécer Gómez Hernández, quien fue mayor, casado una vez,
empresario, vecino de Desamparados, cédula de identidad 5-0131-0903, para que
dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en
el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 12-100015-0216-01.
Sucesión de Tomás Eliécer Gómez Hernández.—Juzgado Civil y de Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 24 de mayo del
2012.—Lic. Luis Carlos Arana Oronó, Juez a. í.—1
vez.—RP2012311404.—(IN2012072477).
Se hace saber: que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de María Rosa Méndez Camacho, quien
fue mayor, ama de casa, soltera en unión de hecho, vecina de Ciudad Quesada,
cédula 2-272-369. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Exp. Nº 11-101073-0297-CI (3A), causante: María Rosa Méndez
Camacho.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Ciudad Quesada, 14 de noviembre del 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—RP2012311409—(IN2012072478).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Primitivo Vega Cortés, quien fuera mayor, casado
una vez, vecino de Las Juntas de Abangares, con cédula número dos-ciento
treinta y uno-cero veintiocho, para que en el plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no
se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 0002-2012. Notaría del Bufete de Adolfo Ledezma Vargas, notario
público, oficina Abangares, Guanacaste, frente al Gimnasio de Las Juntas.—Las
Juntas de Abangares, 15 de junio del 2012.—Lic. Adolfo Ledezma Vargas,
Notario.—1 vez.—RP2012311422.—(IN2012072479).
A los herederos e interesados en
el sucesorio de María Salome Antonia Gutiérrez Monge, quien en vida fue mayor,
viuda, ama de casa, vecina de Barrio San Antonio, Guadalupe, Goicoechea, de
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Carlos Alberto Guerrero Rojas, cédula de
identidad número dos - cero dos uno nueve - cero uno cero cuatro, mayor, casado
una vez, pensionado, vecino de Alajuela, Barrio Los Higuerones, del Abastecedor
Se cita y emplaza a todos los
interesados en las sucesiones acumuladas de Francisco Larios Salvatierra,
mayor, casado una vez, negociante, sin cédula de identidad, costarricense por
ser natural de Rivas, Nicaragua y vecino de Liberia, Guanacaste, y Sara Larios
Centeno, quien fue mayor, ama de casa, casada, vecina de Liberia, Guanacaste,
sin documento de identificación por ser nicaragüense, para que dentro del plazo
de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a quienes crean tener calidad
de herederos a que se presenten dentro de dicho plazo, pasado el cual sin
haberse presentado la herencia pasará a quien legalmente corresponda.
Expediente número 001-2012, notaría del Licenciado Édgar Díaz Sánchez, sita en
San José, Barrio González Lahmann, de Casa Matute
cien metros al sur, ciento cincuenta al este, casa número dos mil trescientos
veinte.—San José, once de junio del dos mil doce.—Lic. Édgar Díaz Sánchez,
Notario.—1 vez.—(IN2012072877).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de quien en vida fue María Isabel Campos Piedra,
portadora de la cédula de identidad número tres - ciento seis - cero cincuenta
y uno, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho
por ley, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 003-2012. Notaría
del Bufete Lic. Federico Calvo Pérez, notario público. Carné 14459. Teléfono
8997-1013, oficina ubicada en Cartago, Residencial San Remo, casa número
veintiuno-A.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—(IN2012072966).
Se hace saber: Que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Evangelina Espinoza Obando, quien
fuera viuda una vez, cédula de identidad número cinco cero cero
cincuenta cero novecientos noventa. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000690-0386-CI.—Juzgado Civil
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 31 de mayo del año
2012.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—(IN2012072988).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Graziella Dina Moguillansky Trajtman, mayor, viuda, psicóloga, de nacionalidad
argentina, cédula de residencia número uno cero tres dos cero cero cero tres uno uno cero cuatro (anteriormente cédula de residencia número
cuatrocientos cinco-cinco cinco cuatro ocho cinco-ocho siete, para que dentro
del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente 003-2012. Licenciada Patricia Lara
Vargas, notaria pública, oficina en San José, San Pedro de Montes de Oca,
setenta y cinco metros oeste de
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Guiselle Porras Solís, quien
fuera casada una vez, del hogar, cédula de identidad número 5-195-511. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
12-000037-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 20 de junio del 2012.—MSc. Ileana Ruiz Quirós,
Jueza.—1 vez.—(IN2012073042).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Rafael Sánchez Cerdas, quien en vida fue, mayor,
casado una vez, agricultor, ciudadano costarricense, con cédula de identidad
número: uno-doscientos cuarenta y nueve-setecientos cuarenta y siete, vecino de
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de Teresa Ortiz Quesada, quien fuera
mayor, casada dos veces, ama de casa, vecina de Cartago, Juan Viñas, barrio San
Antonio. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente N° 12-000058-0341-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo de Turrialba, 14 de junio del 2012.—Lic. Wilberth Herrera Delgado,
Juez.—1 vez.—RP2012311518.—(IN2012073062).
Se cita a todos los presuntos
herederos, legatarios y demás interesados dentro del juicio sucesorio legítimo
de Nisida Cerdas Alfaro, quien fue mayor, viuda, ama
de casa, vecina de Tilarán centro, Guanacaste, portadora de la cédula de
identidad número cinco-cero cero setenta y nueve-cero doscientos dieciséis,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento
de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número
05-100299-0389-CI (315-5-2005)-B, proceso sucesorio de Nisida
Cerdas Alfaro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 25
de junio del 2012.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—1
vez.—RP2012311549.—(IN2012073063).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan Bernardo de San Gerardo Monge Monge, quien fuera mayor, divorciado una vez pero en unión
de hecho, empresario, portador de la cédula de identidad 0106880329. Se cita a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
11-000079-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 31 de enero del 2012.—Lic.
Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—RP2012311550.—(IN2012073064).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de Adolfo Jiménez López, quien fuera
casado, vecino de Cartago, cédula 03-0092-0980. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
06-001086-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 01 de junio del 2012.—Lic.
Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—RP2012311562.—(IN2012073065).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Marta Brenes Fernández Sánchez, quien en vida fue
mayor, divorciada, del hogar, con cédula: 1-360-565, vecina de San Antonio de
Desamparados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2012.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1
vez.—RP2012311611.—(IN2012073066).
Se cita y emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos quienes puedan resultar
interesados o crean tener derechos en la sucesión extrajudicial ab intestato,
de la señora Virgita María Ruiz Ramírez, quien fuera
mayor de edad, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número
cuatro-cero ochenta y nueve-novecientos treinta y cuatro, vecina de Heredia,
Barva, veinticinco metros norte del Banco de Costa Rica, a efecto de que
concurran a hacer valer sus derechos dentro de los siguientes treinta días a
partir de la respectiva publicación del edicto en el Boletín Judicial,
en la notaría del suscrito, sita en San José, calle treinta y ocho, avenidas
siete y nueve, trescientos setenta y cinco metros norte del bufete Gómez y Asociados,
teléfono: 2256-8022, bajo el apercibimiento de que si no se apersonaren a la
sucesión en esta notaría dentro del término conferido, la herencia pasará a
quien corresponda.—San José, seis de julio del dos mil doce.—Lic. Juan Luis
Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2012311652.—(IN2012073067).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Elizabeth Araya Cabrera, mayor, casada una vez,
costarricense, enfermera profesional, cédula de identidad número: nueve cero
seis ocho tres uno nueve, vecina de Limón centro, barrio El Cerro, casa número
quince, quien comparece en calidad de albacea, cargo que se le adjudicó por
común acuerdo de todos los hermanos, y la cual aceptó y juró cumplir fielmente,
y los hermanos Francisca Elieth Araya Araya, mayor, soltera, costarricense, vecina de Limón Dos
Mil, cédula de identidad número siete cero cero cinco
nueve cero cuatro seis cuatro, Emilce de los Ángeles Cascante Araya, mayor
casada una vez, costarricense, vecina de Limón, Búfalo, cédula de identidad
número: siete cero cero seis nueve cero seis setenta
y tres, Jorge Luis Cascante Araya, mayor, divorciado, costarricense, vecino de
Limón, Venecia de Zent, cédula de identidad número:
siete cero setenta y cuatro cero cinco cuatro uno, Mélida
Cascante Araya, mayor, unión libre, costarricense, vecina de Limón, cédula de
identidad número: siete cero cero ocho cero cuatro
uno cero, Ivannia María Cascante Araya, mayor, divorciada, costarricense,
vecina de Limón, cédula de identidad número: siete cero cero
ocho seis cero siete siete seis, Frank Alexis de
Jesús Cascante Araya, mayor, costarricense, vecino de Limón, cédula de
identidad número: siete cero cero nueve dos cero
cinco nueve seis, Lucía Cascante Araya, mayor, costarricense, vecina de Limón,
cédula de identidad número: siete cero cero nueve
ocho cero tres nueve cuatro, a las diez horas del dos de julio del año dos mil
doce, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: Marta Irene Araya Cabrera,
mayor, soltera, cédula de identidad número: cinco cero ocho nueve dos cuatro
ocho, y vecina de Limón centro barrio El Cerro casa número quince, quien
falleció en fecha veinte de junio del año dos mil siete, que consta al tomo
sesenta y ocho, folio cuatrocientos setenta y cuatro, asiento novecientos
cuarenta y ocho del Registro de Defunciones de la provincia de Limón. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del buffet Barrett y Asociados,
veinticinco metros al oeste de los Tribunales de Justicia, segunda oficina mano
derecha, bajos del antiguo Hotel Paraíso.—Lic. Ofelia Rebeca Miller Bryan, Notaria.—1 vez.—RP2012311525.—(IN2012073068).
Lic. Guido Mora Camacho, notario público con
oficina abierta en la ciudad de Palmares de Alajuela, hace saber que a las diez
horas del día primero de julio del dos mil doce, en mi notaría, bajo el
expediente número: 0002-2012, se declaró abierto el proceso sucesorio ab
intestato en sede notarial, de quien en vida fue Marta Rojas Vásquez, cédula
2-0144-0236. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y, en
general, a todos quienes puedan resultar interesados o crean tener derechos en
la presente sucesión extrajudicial en sede notarial, a efecto de que concurran
a hacer valer sus derechos dentro de los siguientes treinta días a partir de la
respectiva publicación del edicto en el Boletín Judicial, en
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de Carmen Gómez Coto, quien fuera mayor, viuda una vez, ama
de casa, vecina de Cartago, cédula de identidad Nº 03-0063-0712. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
12-000175-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de junio del
2012.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—RP2012311969.—(IN2012073548).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de José Agustín Gómez Montoya, quien fuera mayor, casado,
agricultor, vecino de Tierra Blanca de Cartago. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará alguien corresponda. Expediente Nº 12-000141-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 20 de junio del 2012.—Lic. Arnoldo Víquez
Esquivel, Juez.—1 vez.—RP2012311970.—(IN2012073549).
Se cita y emplaza a herederos, legatarios,
acreedores y demás interesados, en el proceso sucesorio de quien en vida fue
Juana Antonia Morales Rivas, mayor, soltera, pensionada, cédula ocho-cero
setenta-quinientos veintisiete, y vecina de Limón, Guácimo, Río Jiménez, del Cementerio
de Santa María, trescientos metros al oeste para que dentro del plazo de
treinta días hábiles, a partir de la publicación de este edicto se apersonen a
reclamar sus derechos bajo apercibimiento de que si no lo hacen la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cero uno-dos mil doce. Notaria Lic. Ana Gabriela Moya
Salas, con oficina en Heredia, del Colegio Samuel Sáenz, cien metros norte y
veinticinco este.—Heredia, treinta de mayo del dos mil doce.—Lic. Ana Gabriela
Moya Salas, Notaria.—1 vez.—RP2012311977.—(IN2012073550).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de Carmen García González, quien fue mayor de edad, soltero,
agricultor, cédula de identidad número cinco-cero sesenta y ocho-cero cero
diez, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos que s, no se presentan dentro de dicho
plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2012. Notaría
del Bufete de
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Luis Ángel López Díaz, a las 15 horas del 1º de junio del 2012 y
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera Juliana Díaz Rosales, mayor, casada una
vez, ama de casa, vecina de Sabana Grande de Nicoya, 300 norte de
Por este medio y de conformidad con el Código
Notarial y el artículo 917 del Código Procesal Civil, se cita a todos los
eventuales herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados en la sucesión de Lenny Marcel Segura Soto, cédula de menor:
dos-cero siete tres siete-cero siete seis cero, a apersonarse en esta notaría,
ubicada en Heredia, San Antonio de Belén, costado norte de la iglesia, Centro
Comercial Chayfer, segundo piso, a hacer valer sus
derechos en el plazo máximo de treinta días a partir de la publicación de este
edicto, caso contrario la herencia pasará a quien corresponda por ley.
Expediente Nº 0003-2012.—San Antonio de Belén, al ser diez horas veinte minutos
del día once de julio del dos mil doce.—Lic. Hazel Rojas Rojas,
Notaria.—1 vez.—(IN2012073853).
Por escritura número 233-19 visible al folio 184
frente del tomo 19 de mi protocolo, a solicitud del señor José Joaquín González
Gómez, mayor, divorciado una vez, carnicero, con cédula de identidad número
tres-cero trescientos veintinueve-cero seiscientos noventa, vecino de Cartago,
Carmen, del Asilo de
Se cita a todos los herederos,
acreedores e interesados en general en la sucesión de Silvia Calymore Calymore, quien en vida
fue mayor, soltera, de oficios del hogar, vecina de Limón centro y con la
cédula de identidad número 7-023-830, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen á este
despacho a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de
no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Lo anterior por ordenarse así en sucesorio número 07-000348-0678-CI-3 de Silvia
Calymore Calymore,
gestiona: Ricardo Calimore Calimore.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de
Se cita y emplaza a herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la proceso
sucesorio en sede notarial de quien en vida fue el señor Antonio Aguilar Rojas,
mayor de edad, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número
dos-ciento veintidós-ochocientos cincuenta y uno, vecino de Miramar ciento
cincuenta metros al norte de
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien fuera Alberto Lowe Russell, quien fuera mayor,
viudo una vez, comerciante, vecino de Limón, Barrio Cristóbal Colón,
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Rodrigo Eduardo Saborío Fernández, mayor, casado
una vez, comerciante, vecino de San José,
Se emplaza a los interesados en
la sucesión de Floria Marta Ardón Retana, mayor,
soltera, del hogar, cédula número 1-342-876, último vecindario en Guadalupe
centro de Goicoechea, para que dentro del término de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen a reclamar sus derechos y
se apercibe a lo que crean tener la calidad de herederos, que si no se
presentan dentro de este término, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 01-2012. Notaría del Lic. Hernán Sánchez Guevara, con oficina
abierta en San Antonio de Coronado.—San José, 28 de junio del 2012.—Lic. Hernán
Sánchez Guevara, Notario.—1 vez.—RP2012312111.—(IN2012074099).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión del señor José Martín Chaves González, cédula de
identidad número 1-412-672, y con último
domicilio en San José, Cuatro Reinas de Tibás, para que dentro del plazo de
treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan a reclamar sus derechos en las oficinas del suscrito notario,
ubicadas en la ciudad de San Pedro de Montes de Oca, Barrio Dent,
Se cita y emplaza a los
herederos y demás interesados en la sucesión extrajudicial que se tramita en
vía notarial, de quien en vida se llamó Efraim
Antonio Rafael Muñoz Mora, mayor, soltero, ebanista, último domicilio fue en
Ciudad de Panamá, cédula de identidad número uno-doscientos ochenta y
ocho-cuatrocientos setenta y seis, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta
notaría situada en Alajuela, de Auto Repuestos Gigantes, trescientos metros al
norte y diez metros al este, teléfono dos cuatro tres cero cero
dos ocho cinco, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si
así no lo hicieren dentro del término indicado, la herencia pasará a quien
corresponda, sin perjuicio de tercero de mejor derecho o igual derecho.
Expediente Nº 0002-2012. Sucesión extrajudicial de Efraim
Antonio Rafael Muñoz Mora.—Alajuela, diez de julio del dos mil doce.—Lic.
Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—RP2012312138.—(IN2012074101).
Se convoca por medio de edicto que se publicara
por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a
la tutela de la persona menor de edad Esteban Alberto Zúñiga Hernández, para
que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha
de publicación del último edicto. Yerma Campos Calvo, Jueza. Exp.
12-000886-0165-FA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de junio del
2012.—Lic. Maritza Zamora Solís, Jueza.—(IN2012071741). 3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Keilyn
Lisseth Araya Rodríguez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo
de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Expediente N° 12-000358-0687-FA. Clase de
Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia de Grecia, 14 de junio del
2012.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—Exento.—(IN2012072323). 3
v. 2.
Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en el depósito de la menor María Fernanda Obando Zúñiga en la
persona de Simeona Obando Suárez, cédula de
residencia 155800922113, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo
de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Expediente Nº 12-000378-0938-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, veinte de junio del dos mil doce.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves,
Juez.—Exento.—(IN2012072446). 3
v. 2.
Licenciada Milagro Rojas
Espinoza, Jueza del Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, Avisa a: Everlin Johana Rosales
Salas, cédula de identidad número uno-mil doscientos veintidós-cuatrocientos
ochenta y ocho, de calidades y domicilio desconocido, representada por el
curador procesal Licenciado Luis Alberto Sáenz Zumbado. Que dentro del
expediente Nº 09-000346-0673-NA se ha dictado la sentencia que literalmente
dice: sentencia número 179-12 Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, a las ocho horas del ocho de junio del dos mil
doce. Proceso suspensión de patria potestad promovido por el Patronato Nacional
de
Se avisa al señor Óscar Montero
Céspedes, mayor, cédula 1-904-512, costarricense y demás calidades
desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 12-000305-673-NA,
correspondiente a diligencias de Depósito Judicial, promovidas por
Se avisa a Numei
Xie, mayor, soltero, número de pasaporte PG 6786782,
de domicilio desconocido, siendo representado en este proceso por el Licenciado
Luis Alberto Sáenz Carranza, que en este despacho se dictó dentro del proceso
de declaratoria judicial de abandono, establecido por el Patronato Nacional de
Se avisa al señor Marco Aurelio
Valverde Valverde, mayor, cédula 1-824-503,
costarricense y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita
el expediente 12-000306-673 NA, correspondiente a diligencias de Depósito
Judicial, promovidas por
Se avisa al señor Jairo Gerardo López Loría, mayor
de edad, costarricense y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se
tramita el expediente 12-000118-673-NA, correspondiente a diligencias de
Depósito Judicial, promovidas por
Se avisa a la señora Daysi García García, mayor de edad, Panameña y demás calidades
desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 12-000180-673-NA,
correspondiente a diligencias de Depósito Judicial, promovidas por
Se avisa a la señora Annet
Yadira González Lefebre, mayor, cédula 6-309-586,
costarricense, casada y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se
tramita el expediente 11-000534-673-NA, correspondiente a diligencias de
Depósito Judicial, promovidas por
Ante esta notaría, comparecen:
Daniel Fallas Teme, mayor, soltero, costarricense, ingeniero en sistemas,
cédula Nº 1-1127-0606, vecino de San José, Rohrmoser, y Priscilla Bermúdez
Arce, mayor, soltera, costarricense, odontóloga, con cédula Nº 1-1111-0852,
vecina de San José, Tibás, y manifiestan que se encuentran en libertad de
estado para casarse, por lo que me solicitan y expresan su deseo de contraer
matrimonio. Se otorga el plazo de ley a partir de esta publicación para
terceros que deseen manifestar su oposición al mismo ante esta notaría, al fax:
2290-6252 o al correo: jpardo@abogados.or.cr.—Lic.
Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012070353).
Ante esta notaría, comparecen:
Luis Alberto Solano Ellis, mayor, soltero, costarricense, ingeniero en
sistemas, cédula Nº 7-0129-0170, y Dayana Andreína de Oliveira Acevedo, mayor,
soltera, venezolana, contadora pública, con pasaporte de su país Nº 054044610,
ambos vecinos de Piedades de Santa Ana, San José, y manifiestan que se
encuentran en libertad de estado para casarse, por lo que me expresan su deseo
de contraer matrimonio. Se emplaza a terceros que deseen manifestar su
oposición al mismo ante esta notaría, al correo: ppardo@bcmabogados.com.—Lic.
Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012070356).
Ante esta notaría, comparecen:
Miguel Ángel Bravo Malavasi, mayor, soltero en unión
libre, costarricense, estudiante, cédula Nº 1-1368-0056, y Eimy
Matarrita Matarrita, mayor, soltera en unión libre,
costarricense, educadora, con cédula Nº 1-1340-0096, ambos vecinos de Cartago,
Los señores Rosemary
(nombre) Nadine (apellido), mayor, estadounidense,
soltera, pasaporte Nº 078384084 y Robert Kelly (nombres) Young (apellido),
mayor, estadounidense, soltero, pasaporte Nº 4902422811, contraerán matrimonio
el 3 de agosto del 2012, en Tamarindo de Costa Rica. Los testigos son: James Everett (nombres) Young, mayor,
casado, estadounidense, pasaporte Nº 467827099 y Joella
Marie (nombres) Young (apellido), mayor, casada,
estadounidense, pasaporte: 470922123. Es todo.—Lic. Eleonora Varela Sánchez,
Notaria.—1 vez.—RP2012312461.—(IN2012074704).
Ante esta notaría, se
presentaron hoy para contraer matrimonio: Miguel Ángel Aguilar Benavides, mayor,
soltero, cédula 1-1312-770, vecino de Valverde Vega doscientos sur de Inovaplant, guarda, nacido en San José, de los padres;
Miguel Ángel Aguilar Jiménez, María del Rocío Benavides Araya, y Ana José
Borges Vindas, mayor, soltera, estudiante, cédula 1-1547-650, misma dirección,
nacida en San José, de padres: Analive Vindas Araya, y José Ángel Borges
Hernández, deseamos contraer matrimonio. Lo presente se publica para que
terceros interesados oponga cualquier objeción. Comunicarlo en Sarchí Norte doscientos
metros al norte del Beneficio
Contrayentes: Yessica Dayanna Sánchez González,
menor de edad, soltera, ama de casa, costarricense, con tarjeta de menor
l-1588-0962, vecina de Escazú, nativa de Hospital Central San José el trece de
noviembre de mil novecientos noventa y cuatro y Jonathan Corrales Ortiz, mayor,
soltero, decorador de interiores, costarricense, cédula 1-1463-0608, vecino de
Escazú, nativo de Hospital Central San José, el seis de mayo de mil novecientos
noventa y uno, solicitan a este Despacho la celebración de su matrimonio civil.
Se publica este edicto para efecto del capítulo IV del Código de Familia.
Matrimonio Civil de Jonathan Corrales Ortiz y Yessica
Dayanna Sánchez González.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Escazú, 16 de junio del 2012.—Lic. Mayela González
Carranza, Jueza.—1 vez.—(IN2012075213).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Óscar Andrés
Ramírez Paniagua, mayor, soltero, operario, cédula de identidad número
2-0631-0265, vecino de San Isidro de Alajuela, hijo de Nuria María Paniagua
Conejo y Óscar Abel Ramírez Montoya, nacido en Alajuela Centro, el 25 de marzo
de 1987, con 25 años de edad, y María Fernanda Reyes Carrillo, mayor, soltera,
ama de casa, cédula de identidad número 6-0390-0298, vecina de San Isidro de
Alajuela, hija de Matilde Carrillo Espinoza y Ademar Reyes Loría, nacida en Corredores
de Puntarenas, el 30 de octubre de 1990, actualmente con 21 años de edad. Si
alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para
que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho
dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de Matrimonio). Expediente Nº 12-001084-0292-FA.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de julio del año
2012.—Lic. Anthony Zapata Sojo, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012075529).
Lic. Karen Mora Umaña, Fiscal
Auxiliar del Ministerio Público en Pavas, al señor Alfredo Alfaro Vargas,
cédula de identidad Nº 1-787-973, mayor, costarricense, se le hace saber que:
En legajo de expediente Nº 08-025776-042-PE, contra Edgar Eduardo Corrales
Sandí, por el delito de similación de delito en
perjuicio
Por haberse ordenado así en la
sumaria 10-003639-276-PE (6), por el delito de lesiones culposas, contra Óscar
Manuel Medal López, en perjuicio de Roger Castillo
Soto. Sírvase en un plazo no mayor a diez días publicar por medio de edicto y
por una única vez en el Boletín Judicial, la siguiente
resolución: “Fiscalía de Desamparados, al ser las catorce horas del veintiséis
de junio del año dos mil doce, se ordena dar traslado de
En cumplimiento de la resolución
de las diez horas dieciséis minutos del primero de noviembre del dos mil once,
se hace saber dentro del proceso penal número 10-001117-597-PE contra Martín
Rocha García por el delito de Posesión y Tenencia Ilícita de Arma Permitida en
perjuicio de Seguridad Común, se solicita la publicación por una vez, en el Boletín
Judicial el presente edicto al dueño registral o tercer interesado de
buena fe sociedad Desarrollo Real Jorak, cédula
jurídica 3101188553, de apersonarse al Juzgado Penal de Bribrí Talamanca, a
hacer valer sus derechos y gestionar la devolución del arma de fuego tipo
revolver, marca Doberman, calibre 22LR, serie 05823W, modelo