BOLETÍN JUDICIAL Nº 154 DEL 10 DE AGOSTO DEL 2012

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Avisos

Edictos en lo Penal

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

A los causahabientes de quién en vida se llamó Marvin Paulino Ruiz Morales, quien fue educador, vecino de Montenegro de Bagaces, con cédula de identidad número 05-0218-0402, se les hace saber que: Elidieth Alvarado Durán, portadora de la cédula de identidad número 05-0226-0661, vecina de Montenegro de Bagaces, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Marvin Paulino Ruiz Morales, expediente número 11-000163-0942-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 2 de julio del año 2012.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012078844).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Roxana Ulate Zamora, quien fue mayor, soltera, abogada, vecina de Alajuela, 23/07/2011, se les hace saber que: Ileana Ulate Zamora, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 2-345-514, vecina de Alajuela, se apersonó en este Despacho en calidad de hermana de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida, expediente número 11-000788-0639-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de junio del año 2012.—Lic. Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012078864).

A los causahabientes de quién en vida se llamó David Roldán Ramírez Arguedas, quien fue mayor, soltero, profesor de ingles, vecino de San Mateo de Alajuela, con cédula de identidad número 2-540-526, se les hace saber que: Olga Marta Arguedas Porras, portadora de la cédula de identidad número 2-317-566, vecina de San Mateo de Alajuela, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, David Roldán Ramírez Arguedas, expediente número 12-000209-0639-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de junio del año 2012.—Lic. Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012078869).

A los causahabientes de quien en vida se llamó William Guzmán Barrantes, quien fue mayor, divorciado, vecino de La Guacima de Alajuela, con cédula de identidad número 2-319-397, se les hace saber que: María Margoth Guzmán García, portadora de la cédula de identidad número 2-619-852, vecina de Barrio San José de Alajuela, 100 metros sur de la Arrocera, carretera al Coyol, se apersonó en este Despacho en calidad de Hija del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente número 11-000668-0639-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de junio del año 2012.—Lic. Digna María Rojas Rojas, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012078870).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Carlos Luis Arguedas Castillo, quien fue mayor, casado, ayudante de repartidor, vecino de Alajuela, La Guacima Abajo, del primer portón de la Hacienda Los Reyes, 75 metros al este, primera entrada, con cédula de identidad número 2-488-381, se les hace saber que: Ana Lisbeth Cubillo Blanco, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 2-488-381, vecina de Alajuela, La Guacima Abajo, del primer portón de la Hacienda Los Reyes, 75 metros al este, primera entrada, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Carlos Luis Arguedas Castillo, expediente número 12-000374-0639-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de junio del año 2012.—Lic. Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012078873).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Javier Céspedes Murillo, quien fue mayor, casado, asistente en primeros auxilios, vecino de Alajuela, con cédula de identidad 2-288-937, se les hace saber que: Flor María Murillo Herrera, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 2-288-709, vecina de Alajuela, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. consignación de prestaciones del trabajador fallecido Javier Céspedes Murillo, expediente número 12-000302-0639-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de junio del año 2012.—Lic. Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012078875).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre de dos mil doce, y con la base de veinte mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 172442-A-cero cero cero la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 02 Mercedes Sur, cantón 04 Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Adán Vega y José María Alvarado Fallas; al sur, José María Alvarado Fallas; al este, Ramón Delgado Fallas y al oeste, José María Alvarado Fallas. Mide: seis mil quince metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de octubre de dos mil doce, con la base de quince mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del siete de noviembre de dos mil doce con la base de cinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Alvarado Alfaro Limitada contra Carlos Luis Sancho Juárez, Mayela Madrigal Rubí. Exp. Nº 12-005350-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 2 de julio del 2012.—Lic. Cynthia Stephanie Blanco Valverde, Jueza.—(IN2012079223).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones; a las ocho horas cero minutos del cinco de octubre de dos mil doce, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 551259, marca: Hyundai, categoría: automóvil, VIN: KMXKPE1BPNU004645, año: 1992, color: gris. Para el segundo remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintitrés de octubre de dos mil doce, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas cero minutos del siete de noviembre de dos mil doce con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Kenneth Brenes Marín, Luis Fernando Ledezma Vindas. Exp. Nº 11-005480-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 19 de julio del 2011.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2012079245).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión con boleta 2008136074, bajo la sumaria número 08-006347-497-TR, de fecha: 6-10-08, del Juzgado de Tránsito de Heredia; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de octubre de dos mil doce, y con la base de quinientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: MOT-233747, marca: Jinan Qingqi, carrocería: motocicleta, categoría: motocicleta, tracción: 2 x 2, chasis: LAELKD4008B930838, uso: particular, estilo: QM 125 10 N, capacidad: 2 personas, año: 2008, color: azul. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de octubre de dos mil doce, con la base de cuatrocientos doce mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre de dos mil doce con la base de ciento treinta y siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Maikol Vargas Castillo. Exp. Nº 11-014205-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 24 de julio del 2012.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2012079246).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas treinta minutos del ocho de octubre de dos mil doce, y con la base de nueve millones setecientos diez mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa CL 203277, marca Daihatsu, estilo Delta, color blanco, año 2005, carrocería Adrales, chasis V11617562, número de motor 1765914, cilindrada 3660 c.c., combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil doce, con la base de siete millones doscientos ochenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil doce con la base de dos millones cuatrocientos veintisiete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Palitesi S. A., contra Aníbal Picado Murillo. Exp. Nº 11-013098-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 17 de julio del 2012.—Lic. Cynthia Stephanie Blanco Valverde, Jueza.—RP2012315004.—(IN2012079273).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre de paso al tomo 574 asiento 85549 y libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil doce y con la base de treinta millones de colones con cero céntimos al mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste Sección de Propiedad, bajo Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil ocho-cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito uno Liberia, cantón uno Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, servidumbre de paso con un ancho de seis metros; sur, este y oeste, Residencial El Real Libertario S. A. Mide: Quinientos treinta metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de octubre del año dos mil doce con la base de veintidós millones quinientos mil colones con cero céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de octubre del año dos mil doce con la base de siete millones quinientos mil colones con cero céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Rodrigo de Jesús Tabares Vanegas. Exp. Nº 09-027137-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de julio del 2012.—Lic. Ernesto Torres Torres, Juez.—(IN2012079514).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de agosto del año dos mil doce, y con la base de diecinueve millones setecientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y ocho mil novecientos treinta y uno-cero cero cero, la cual es terreno de café y potrero. Situada en el distrito segundo Tucurrique, cantón cuarto Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 4 m y otro; al sur, María de Jesús Salas Chaves; al este, Raúl Pérez y al oeste, María de Jesús Salas Chaves. Mide: ocho mil trescientos treinta y seis metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil doce, con la base de catorce millones ochocientos dieciocho mil ochocientos treinta y siete colones con ochenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de octubre del año dos mil doce con la base de cuatro millones novecientos treinta y nueve mil seiscientos doce colones con sesenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra José Ademar Sandoval Moya. Exp. Nº 12-000392-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 18 de julio del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2012315258.—(IN2012079656).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0311-00008655-01-0901-001, reservas y restricciones citas 0311-00008655-01-0902-001, reservas y restricciones citas 0311-00008655-01-0912-001, cargas citas 0311-00008655-01-0913-001, demanda ejecutiva hipotecarias citas 0800-00029111-01-0001-001; a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil doce, y con la base de cuatrocientos noventa y un mil doce dólares con dieciocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y siete mil trescientos cuarenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón Escazu, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 21 C de Setiembre S. A.; al sur, parque de la Urbanización; al este, calle primera con 20 m y al oeste, Extra S. A. Mide: dos mil setenta y un metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de setiembre de dos mil doce, con la base de trescientos sesenta y ocho mil doscientos cincuenta y nueve dólares con catorce centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las treces horas y treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil doce, con la base de ciento veintidós mil setecientos cincuenta y tres dólares con cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC (Costa Rica S. A.) contra Gonzalo Chacón Outten y Prestana Florida representada por Gonzalo Chacón Outten. Exp. Nº 10-000008-1164-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de junio del 2012.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—RP2012315274.—(IN2012079658).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción de transito; a las ocho horas y cuarenta minutos del veintisiete de agosto de dos mil doce, y con la base de siete mil setecientos sesenta y un dólares con cuarenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa: 737308, color: verde, serie: JDAM301S001079917, año: 2008, capacidad: 5 personas, marca: Daihatsu. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del once de setiembre de dos mil doce, con la base de cinco mil ochocientos veintiún dólares con siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del veintiséis de setiembre de dos mil doce con la base de mil novecientos cuarenta dólares con treinta y cinco centavos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Daisy Agustina Castillo Gómez. Exp. Nº 12-005824-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 24 de julio del  2012.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—RP2012315275.—(IN2012079659).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del ocho de octubre del dos mil doce, y con la base de cuarenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos quince mil cuatrocientos cuarenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Irma Alfaro Vaglio, Georgina y Mariamalia Orlich Alfaro; al sur, Irma Alfaro Vaglio, Georgina y Mariamalia Orlich Alfaro; al este, calle pública con frente a ella de 10 metros, y al oeste, Mario Gutiérrez Quintero. Mide: doscientos cuarenta y un metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados, plano Nº SJ 0449645-1981. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del dos mil doce, con la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de noviembre del dos mil doce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Acorde contra Distribuidora Mozee Sociedad Anónima, Fernán de la Guardia Ramos, Gian Carlo Tioli Porras, Inmobiliaria Rajim Sociedad Anónima. Expediente Nº 12-009470-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de julio del 2012.—Lic. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—RP2012315315.—(IN2012079660).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y quince minutos del nueve de octubre del dos mil doce, y con la base de seis mil quinientos sesenta y tres dólares con sesenta y ocho centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas: 767736, marca: Suzuki, año: 2009, categoría: automóvil, color: gris, carrocería: sedán 4 puertas, chasis: MA3FB31S390197309, número de motor: F8DN3536180. Para el segundo remate, se señalan las once horas y quince minutos del veinticinco de octubre del dos mil doce, con la base de cuatro mil novecientos veintidós dólares con setenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y quince minutos del nueve de noviembre del dos mil doce, con la base de mil seiscientos cuarenta dólares con noventa y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A., contra Andrei Vargas Fuentes. Expediente Nº 12-003811-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de julio del 2012.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—RP2012315432.—(IN2012079668).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, a las ocho horas y treinta minutos del cinco de octubre del dos mil doce, y con la base de seis millones seiscientos sesenta y siete mil trescientos treinta colones con diez céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 27800-000, la cual es terreno para la agricultura con una casa. Situada: en el distrito 04 Roxana, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Voctorio Obando Obando; al sur, calle pública con 2.73 metros de frente; al este, calle pública con 90,98 de frente y José Rodríguez Vega, y al oeste, calle pública con 93,52 metros de frente. Mide: cinco mil cuatrocientos cuarenta metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil doce, con la base de cinco millones cuatrocientos noventa y siete colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de noviembre del dos mil doce, con la base de un millón seiscientos sesenta y seis mil ochocientos treinta y dos colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Adri contra Abraham del Jesús Montoya Sánchez, Victoriano Obando Obando. Expediente Nº 12-005167-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 24 de julio del 2012.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2012079942).

En la puerta exterior de este despacho judicial, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de agosto del año dos mil doce y con la base de un millón trescientos mil colones y libre de gravámenes, anotaciones judiciales e infracciones; sáquese a remate el (los) bien(es) dado(s) en garantía sea el vehículo placas 569445, marca Hyundai, estilo Accent GS, modelo 1997, categoría automóvil, color verde, vin KMHVD34N3VU280851, cilindrada mil quinientos centímetros cúbicos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del once de setiembre del dos mil doce, con la base de novecientos setenta y cinco mil colones (base rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el Tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de setiembre del dos mil doce, con la base de trescientos veinticinco mil colones (un 25% de la base). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Soluciones a Tiempo S. A., contra Elsa Ileana Valverde Ávalos. Exp. 10-100296-0241-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo de Heredia, al ser las trece horas veinticinco minutos del seis de julio del dos mil doce.—Lic. Willy Fernández Muñoz, Juez.—(IN2012080337).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del tres de setiembre de dos mil doce, y con la base de diez millones ochocientos ochenta y ocho mil trescientos colones con treinta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cinco mil seiscientos noventa y cuatro-cero cero cero la cual es terreno de café. Situada en el distrito 01 San Ignacio, cantón 12 Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Marcelino Mora; al sur, Sandra Patricia Fallas Alpízar, calle en medio, Roberto Montero y Silvio Alberto Fallas Alpízar; al este, Javier Vinicio Fallas Alpízar y Silvio Alberto Fallas Alpízar; y al oeste, Javier Vinicio Fallas Alpízar. Mide: setecientos cincuenta y siete metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre de dos mil doce, con la base de ocho millones ciento sesenta y seis mil doscientos veinticinco colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de octubre de dos mil doce con la base de dos millones setecientos veintidós mil setenta y cinco colones con nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Empleados D contra Silvio Fallas Mora. Exp. 12-006945-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de junio del 2012.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—RP2012315334.—(IN2012079662).

A las diez horas del cuatro de setiembre del dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios; y con la base de un millón de colones, remataré: finca del partido de Alajuela matrícula de folio real número cero cero doscientos setenta y un mil doscientos cincuenta y ocho guión cero cero cero, que se describe como terreno de agricultura, sito en el distrito trece Peñas Blancas, del cantón dos San Ramón, de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, con IDA, César Montero Barboza y Transgreco S. A.; al sur, y este, con calle pública y Transgreco S. A.; y al oeste, con IDA y Juan Porras Zúñiga. Mide: cinco mil cuarenta y dos metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. La referida propiedad pertenece a Emiliam Jesús Salazar Artavia. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de setecientos cincuenta mil colones, se señalan las diez horas del diecinueve de setiembre del dos mil doce. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o sea la suma de doscientos cincuenta mil colones, se señalan las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil doce. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria de Juan Félix Jiménez Rodríguez contra Emiliam Jesús Salazar Artavia. Exp. 11-101799-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 22 de junio del 2012.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—RP2012315370.—(IN2012079666).

A las catorce horas con treinta minutos del tres de setiembre del dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de quinientos sesenta mil quinientos veinte colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero setenta y un mil ciento treinta y nueve-cero cero cero la cual es terreno lote Nº 779 terreno para construir. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, IMAS; al sur, IMAS; al este, calle pública; y al oeste, Alberto y Carmen. Mide: doscientos cuarenta y nueve metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas con treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil doce, con la base de cuatrocientos veinte mil trescientos noventa colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas con treinta minutos del once de octubre del dos mil doce con la base de ciento cuarenta mil ciento treinta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Heredia de Ahorro y Préstamo contra Juana Grey Madrigal Aguirre. Expediente: 06-004731-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de marzo del 2012.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—(IN2012079875).

A las catorce horas del seis de setiembre del dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora; sea la base de ¢9.091.000,00, remataré: Finca inscrita en Propiedad Partido de Alajuela, Folio Real Matrícula número 298.132-000, que es terreno para construir, sito en Delicias de Upala; distrito cinco del cantón trece de la provincia de Alajuela. Linda al norte, Marlene Santana Santana; al sur, José Denis Hurtado Martínez; al este, calle pública con 24.62 metros, y al oeste, Pablo Rodríguez Rodríguez. Mide: Mil quinientos quince metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢6.818.250,00, se señalan las: catorce horas del veintiuno de setiembre de dos mil doce. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢2.272.750,00, se señalan las catorce horas del ocho de octubre del dos mil doce. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 12-100572-297-CI (5C), ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Iris López Escamilla.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 18 de junio del 2012.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2012079877).

A las 7:30 horas del 6 de setiembre del 2012, en la puerta principal del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes prendarios comunes y anotaciones, infracciones y colisiones y base del valor indicado por el perito a folios 63-64, sea la base de ¢3.500.000,00, remataré: vehículo marca Nissan placas CL-238228, categoría carga liviana, serie y VIN 1N6HD16Y0OC387822, carrocería caja abierta o cam-pu, tracción 4 x 4, año 1995, negro, número de motor NV, cilindrada 3000 c.c., combustible gasolina, 06 cilindros, capacidad 4 personas, modelo King Cab Xe. Para el segundo remate, ahora con la rebaja del veinticinco por ciento de ley sea la base de ¢2.625.000,00, se señalan las 7:30 horas del 21 de setiembre del 2012. Para el tercer remate, ahora con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢875.000,00, se señalan las 7:30 horas del 8 de octubre 2012. Se remata por estar así ordenado en Exp. Nº 11-100186-0297-CI (1B) Monitorio de León Víctor Vargas Mora contra Luis Gerardo Sibaja Valverde.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 11 de junio del 2012.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—(IN2012079941).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil doce, y con la base de dieciocho mil ochocientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y dos mil ochocientos ochenta y seis cero cero cero, la cual es terreno para urbanizar. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Sociedad Graca El Ciprés Sociedad de Responsabilidad Limitada; al sur, Asociación Ayuda a Necesitados; al este, Rafael Ángel Granados Castro; y al oeste, servidumbre con treinta y cinco metros con cuarenta y un centímetros. Mide: cinco mil quinientos cincuenta y un metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil doce, con la base de catorce mil ciento treinta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de octubre de dos mil doce con la base de cuatro mil setecientos doce dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de North Pacific Capitals S. A., contra Miriam Aguilar Coto. Exp. 10-002664-0640-CI.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Natalie Palma Miranda, Jueza.—(IN2012079943).

A las nueve horas del jueves 30 de agosto del 2012 en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base rebajada en un 25%, sea la base de ¢113.009.170,30, al mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real matrícula número: trece mil seiscientos ocho-cero cero cero, la cual es de naturaleza: repastos de figura irregular, situada en el distrito 01 Espíritu Santo, cantón 02 Esparza de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Carretera Interamericana; al sur, con Rolando Grutter Graff; al este, con Vidal Mejías Mejías; y al oeste, con noreste Víctor Forma semicircul otra. Mide: treinta y dos mil trescientos cuarenta y ocho metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de PLSS Ltda., contra Arrendadora Maibach S.A. y Automercantil S. A. Expediente 03-000735-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor de San José, 26 de julio del 2011.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—(IN2012079958).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas del veintiocho de agosto del dos mil doce y con la base de seis millones veintiséis mil novecientos siete colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas (790886), anotado al tomo 2011, asiento 62788, marca Honda, estilo Civic Ex, año 2009, chasis 2HGFA16809H850987, motor R18A14339962, cilindrada 1799 cc, cilindros 04. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del once de setiembre del dos mil doce, con la base de cuatro millones quinientos veinte mil ciento ochenta colones con ochenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veinticinco de setiembre del dos mil doce, con la base de un millón quinientos seis mil setecientos veintiséis colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Régimen de Mutualidad del Colegio Federado de Inge. contra Armando José Cruz White. Expediente: 12-005758-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 12 de junio del 2012.—Lic. María Karina Zúñiga Cruz, Jueza.—(IN2012079963).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando medianería, reservas y restricciones; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de agosto de dos mil doce y con la base de veintiún millones cuatrocientos veintiocho mil ochocientos cuarenta y cinco colones con sesenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, matrícula número 00289681-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Ipís, cantón Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 730; al sur, Invu; al este, lote 734-735; y al oeste, calle Las Moras. Mide: ciento treinta y cuatro metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del once de setiembre de dos mil doce, con la base de dieciséis millones setenta y un mil seiscientos treinta y cuatro colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de setiembre de dos mil doce, con la base de cinco millones trescientos cincuenta y siete mil doscientos once colones con cuarenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L., contra Violeta De Los Ángeles Rivas Sandoval. Expediente: 11-029407-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de junio del 2012.—Lic. Patricia Quesada Alpízar, Jueza.—(IN2012079984).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del seis de setiembre de dos mil doce, y con la base de cinco millones seiscientos seis mil doscientos sesenta y cinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veintisiete mil trescientos ochenta  y siete cero cero cero, la cual es terreno de agricultura con una casa, situada en el distrito Rancho Redondo, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle con 26.77 metros; al sur, Río Torres y Efraín Navarro; al este, Florisabel Ramírez y Caliban Segundo S. A., y al oeste, Landelina Mora y Tri América S. A. Mide: ocho mil setecientos once metros con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil doce, con la base de cuatro millones doscientos cuatro mil seiscientos noventa y ocho colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil doce con la base de un millón cuatrocientos un mil quinientos sesenta y seis colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ganadería Fuente Pura S. A., contra Castaño de Indias S. A., José Alberto Delgado Chaves, José Alberto Delgado Ramírez, Lizbeth Chaves Flores, expediente Nº 08-027951-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de julio del año 2012.—Lic. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—RP2012315482.—(IN2012080120).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente citas 0314-00007081-01-0901-004, a las ocho horas y treinta minutos del siete de setiembre de dos mil doce, y con la base de veintitrés millones novecientos veintiún mil setecientos setenta y ocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y dos mil trescientos setenta cero cero cero, la cual es terreno de repasto y tacotal. Situada en el distrito 03 Copey, cantón 17 Dota, de lo provincia de San José. Colinda: al norte, Luis Cordero Alvarado: río Roncador y río Brujo; al sur, Enrique Calderón Elizondo, servidumbre de paso, Luis Carlos Agüero Mora y Esteban Agüero Mora; al este, río Brujo, Luis Carlos Agüero Mora y Esteban Gerardo Agüero Mora, y al oeste, Luis Cordero Alvarado y Enrique Calderón Elizondo. Mide: ciento noventa y nueve mil trescientos cuarenta y ocho metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de setiembre de dos mil doce, con la base de diecisiete millones novecientos cuarenta y un mil trescientos treinta y tres colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de octubre de dos mil doce con la base de cinco millones novecientos ochenta mil cuatrocientos cuarenta y cuatro colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participaran |a almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Arnoldo Ulloa Vega, expediente Nº 11-002488-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 20 de junio del año 2012.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—RP2012315538.—(IN2012080123).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso; a las catorce horas del cinco de setiembre de dos mil doce, y con la base de siete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 114057-001 y 002, la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito quinto, cantón segundo; de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Dexter Kelly Sinclair; al sur, Tito Aguilar Zúñiga; al este, Digna Paniagua Allestes, y al oeste, calle pública con un frente a ella de veinticuatro metros con sesenta y nueve centímetros. Mide: quinientos setenta y seis metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veinte de setiembre de dos mil doce, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del cinco de octubre de dos mil doce con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra César Leonardo Galeano Fonseca, Magdalena Rivera Jiménez, expediente Nº 12-000334-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de junio del año 2012.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—RP2012315603.—(IN2012080126).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas 332-6484-01-0901-001; a las once horas y cero minutos del tres de setiembre del dos mil doce, y con la base de setenta y siete millones trescientos cincuenta y un mil setecientos noventa y cinco colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 273913-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Grace Patricia González Jiménez otro; al sur, Las Animas S.R. Ltda.; al este, calle pública con 12 m 32 cm fte; y al oeste, Las Animas S.R.L. Mide: trescientos sesenta y nueve metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del dos mil doce, con la base de cincuenta y ocho millones trece mil ochocientos cuarenta y seis colones con noventa céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del tres de octubre del dos mil doce con la base de diecinueve millones trescientos treinta y siete mil novecientos cuarenta y ocho colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Tomás Araya Tristan. Exp. 02-000310-0182-CI.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—RP2012315610.—(IN2012080127).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajos las citas tomo 0564, asiento 19714; a las catorce horas y cero minutos del veintiocho de agosto de dos mil doce, y con la base de treinta y cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil cuatrocientos noventa y ocho-cero cero cero, la cual es terreno árboles frutales. Situada en el distrito (01) Liberia, cantón (01) Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de veintisiete metros con setenta y nueve centímetros; al sur, María José Leiva Méndez; al este, Zulay Peña Alvarado; y al oeste, Filider Campos Vargas. Mide: trescientos treinta y seis metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de setiembre de dos mil doce, con la base de veintiséis millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de setiembre de dos mil doce, con la base de ocho millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Maureen Eugenia Carvajal Hernández, Expediente: 12-005176-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 15 de junio del 2012.—David Acuña Marín, Juez.—RP2012315671.—(IN2012080129).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las 9 horas del 28 de agosto de 2012, y con la base un millón cincuenta y cinco mil doscientos treinta y dos dólares con cincuenta y cuatro centavos, por la finca, en el mejor postor, remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 436644-000, la cual es terreno para construir con dos edificaciones denominadas edificios. Situada en el distrito siete La Uruca, cantón de San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carretera Regional Número Cien; al sur, Carretera Nacional Número Tres; al este, Franz Amrhein Seckey (Faco); y al oeste, Fernando Herrera Murillo. Mide: 2.903 metros cuadrados con 28 decímetros cuadrados y la con la base cincuenta y nueve mil seiscientos cuarenta y cinco dólares con noventa y cuatro centavos, por la finca, en el mejor postor, remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 136118-000, la cual es terreno para construir con oficina. Situada en el distrito ocho de Mata Redonda, cantón de San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Oestes S. A.; al sur, calle pública; al este, Aleter S. A.; y al oeste, Ligia Ronald y Javier Jiménez otros. Mide: 224 metros cuadrados, con 77 decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las 9 horas del 12 de setiembre de 2012, con la base de $791.494,00, por la finca matrícula 436644-00 y la base de cuarenta y cuatro mil setecientos treinta y cuatro dólares con cuarenta y cinco centavos (rebajada en un 25%) para la finca matrícula 136118-000, y para tercera subasta, se señalan las 9 horas del 27 de setiembre de 2012, con la base de doscientos sesenta y tres mil ochocientos ocho mil dólares con trece centavos (un 25% de la base original) para la finca matrícula 436644-000 y la base de catorce mil novecientos once dólares con cuarenta y ocho centavos (un 25% de la base original) para la finca matrícula 136118-000. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Concepción Dos Mil Seis GHI S. A., contra Termoport S. A., Alster S. A., y Louse Marie Maolne. Expediente Nº 05-000887-185-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 31 de julio de 2012.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—(IN2012080357).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil doce, y con la base de trece millones quinientos diez mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL 228776, marca Mitsubishi, año 2008, categoría carga liviana, color plateado, Vin MMBJNKB408D046021, cilindrada 2477c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del once de setiembre de dos mil doce, con la base de diez millones ciento treinta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de octubre de dos mil doce con la base de tres millones trescientos setenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. contra 3-101-513506 S. A. Exp. 10-001996-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de junio del 2012.—Lic. Kattia Alfaro Martínez, Jueza.—(IN2012080360).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil doce, y con la base de diez mil ciento sesenta y cuatro dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 679726, marca Hyundai, categoría Microbús, carrocería microbús, chasis KMJWWH7HP7U776119, uso particular, estilo Starex GRX, capacidad 12 personas, año 2007, color negro, número motor D4BH6361071, combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de setiembre de dos mil doce, con la base de siete mil seiscientos veintitrés dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil doce con la base de dos mil quinientos cuarenta y un dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S.A. contra Hersanny Gabriela Mora Corrales. Exp. 12-012029-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 1º de junio del 2012.—Lic. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—(IN2012080368).

A las siete horas con treinta minutos (07:30 a. m.) del veintisiete de agosto del dos mil doce, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Upala, ubicado 400 metros este del Hospital de Upala, contiguo al PANI de Upala, remataré con la base de ciento ochenta y dos mil quinientos doce colones con noventa y dos céntimos (¢182.512,92): cincuenta y ocho piezas de la especie Chilamate, las mismas se encuentran en la finca de la señora Carmen Pérez Rodríguez. Se remata por estar así ordenado en comisión número 27-B-12, expediente número 12-200177-0630-PE, por infracción a la Ley Forestal, contra Carmen Pérez Rodríguez en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Upala.—Lic. Olger León Contreras, Juez.—(IN2012080412).

Convocatorias

Se convoca a los miembros y socios de la Cooperativa Agrícola Industrial y de Servicios Múltiples de Agua Buena R.L. (Coopabuena R.L.), cédula jurídica número tres-cero cero cuatro-cero cuarenta y cinco ciento nueve, a fin de que comparezcan a este Despacho, a las nueve horas del seis de setiembre del dos mil doce, a fin de que elijan representante de conformidad con lo que establece el artículo 266 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 12-000092-0419-AG (109-1-12) que es proceso ordinario del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP) contra Cooperativa Agrícola Industrial y de Servicios Múltiples de Agua Buena R.L. (Coopabuena R.L.).—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 15 de junio del 2012.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—RP2012315301.—(IN2012079870).

Títulos Supletorios

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de Información Posesoria promovida por Juan Francisco Blandón Contreras, cédula de identidad número 9-0024-0659, para que se titule a su nombre el terreno sin inscribir del Partido de Puntarenas, naturaleza: Terreno con una casa de habitación, sito en distrito segundo Tárcoles, cantón: once Garabito, con una medida de trescientos noventa metros cuadrados, linda al noreste: Mario Alvarado Dorado; sureste, Hortensia Barrantes Chacón; este, calle pública con un frente de calle de 14,64 m y oeste, Juan Francisco Blandón Contreras, de acuerdo al Plano catastrado número P-uno dos cero cero ocho siete tres-dos cero cero siete, de fecha doce de julio del dos mil siete. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, continúa a título de dueño por más de veintiséis años. Las presentes diligencias no tiene cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de Rogelio Conejo Torres que le traspasa la totalidad de la concesión, se estima la cesión en la suma de diez mil colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria Nº 12-100185-0642-CI-2.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—1 vez.—(IN2012056477).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 12-000058-0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Sonia María González Ramírez, quien es mayor, estado civil casada, vecina de San Rafael de San Ramón, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-trescientos ochenta y cinco-ciento setenta y nueve, profesión oficios del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de caré. Situada en el distrito sexto San Rafael, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sonia María González Ramírez; al sur, Sonia María González Ramírez; al este, calle pública, y al oeste, José Ángel González Alvarado y Víctor Manuel González Alvarado. Mide: trescientos dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1446246-2010. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Sonia María González Ramírez. Exp. Nº 12-000058-0993-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 21 de junio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012078750).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 12-000055-0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Víctor Manuel González Alvarado, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de de San Rafael de San Ramón de Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-cuatrocientos ochenta-quinientos seis, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, los terrenos que se describen así: Finca 1 cuya naturaleza es terreno de café. Situada en el distrito San Rafael, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Ángel González Alvarado; al sur, calle pública; al este, Jorge Luis y María Virginia ambos González Ramírez y al oeste, Jesús María González Ramírez. Mide: cuatro mil nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-un millón cuatrocientos cincuenta y dos mil ciento setenta y tres - dos mil diez. Finca 2  cuya naturaleza es terreno de café. Situada en el distrito San Rafael, cantón San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jorge Luis González Ramírez; al sur, calle pública; al este, servidumbre agrícola en medio de Víctor González Alvarado González Ramírez, y al oeste, María Virginia González Ramírez. Mide: dos mil ochocientos sesenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-un millón cuatrocientos sesenta mil cuatrocientos setenta y dos-dos mil diez. Finca 3 cuya naturaleza es terreno de café y frutales con una casa. Situada en el distrito San Rafael, cantón San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sonia María González Ramírez; al sur, calle pública; al este, Sonia María González Ramírez; al oeste, servidumbre agrícola en medio de Víctor González Alvarado. Mide: mil sesenta y tres metros cuadrados, tal como lo índica el plano catastrado número A-un millón cuatrocientos cuarenta y seis mil seiscientos ochenta y cinco. Indica el promovente que sobre los inmuebles a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Víctor Manuel González Alvarado. Exp. Nº 12-000055-0993-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 21 de junio del 2012.—Lic. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012078751).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 09-100750-0297-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Socorro Santana Santana, mayor de edad, soltera, vecina de Villa Hermosa de San José de Upala, cédula de identidad ocho-cincuenta-quinientos noventa y tres, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de agricultura, situado en Villa Hermosa, distrito San José, del cantón trece Upala, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Joaquín Villarreal Santana; sur, calle pública con un frente de ochenta y un metros con treinta y siete centímetros lineales; este, Mauricio Álvarez Villarreal, y oeste, Joaquín Villarreal Santana. Según plano catastrado A-un millón trescientos treinta y ocho mil ochocientos cuarenta y seis-dos mil nueve, mide de extensión una hectárea dos mil trescientos veintidós metros. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por compra-venta de Joaquín Villarreal Cerdas, el veinte de julio del dos mil nueve. Estima el inmueble en quinientos mil colones y el proceso en quinientos mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Socorro Santana Santana. Exp. Nº 09-100750-0297-CI.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 5 de julio del 2012.—Lic. Rodrigo T. Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012078752).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 11-000221-0387-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marita Artavia Agüero, mayor de edad, casada una vez, vecina de San Lorenzo de Desamparados de San José, cédula de identidad uno-trescientos treinta y cinco-trescientos setenta y nueve, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Publico De La Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de árboles frutales, situado en La Unión, distrito tres San José, del cantón trece Upala, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Mauricio Alfaro Porras; sur, Feliciano Navas López; este, calle pública con un frente de cuarenta y ocho metros con ochenta centímetros lineales, y oeste, Río Caño Niño. Según plano catastrado A-un millón ochenta mil ciento cuatro-dos mil seis, mide de extensión mil ochocientos once metros con cincuenta decímetros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por compra-venta de Walter Zúñiga Artavia el veintiocho de julio del dos mil once. Estima el inmueble en quinientos mil colones y el proceso en cien mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Marita Artavia Agüero. Exp. Nº 11-000221-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 4 de julio del 2012.—Lic. Wilberth Álvarez Li, Juez.—1 vez.—(IN2012078754).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 11-000189-0387-AG Amelia Martínez Mileidy quien es mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número siete-cero cuarenta y tres-cero cinco dos y Agustín Chaves Aburto, mayor, casado una vez, agricultor, cédula número ocho-cero cincuenta y cinco-cuatro cuatro cuatro, ambos vecinos de Popoyoapa de San José de Upala, quinientos metros este de la escuela, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de potrero. Situada en Popoyoapa el distrito: Tercero (San José), cantón: Trece (Upala), de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de trescientos noventa y ocho metros con veintiocho centímetros lineales; al sur, Teresa Acevedo Cortes y Paulina Catalina Cortes Lobo; al este, José Antonio Cortes Vado y al oeste, Ángela Cortes Chaves. Mide: doce hectáreas tres mil setecientos sesenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1318679-2009, a nombre de Agustín Chaves Aburto y Mileidy Amelia Martínez, fechado el veintisiete de enero del dos mil nueve. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estiman el inmueble en la suma de un millón de colones y las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones. Que adquirieron dicho inmueble por donación que les hiciera Santiago Cortes Vado el siete de diciembre del dos mil diez, y hasta la fecha lo han mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercarla, chapearla, siembra de árboles y mantenimiento en general. Que no han inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Amelia Martínez Mileidy y otro. Exp. 11-000189-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 20 de junio del 2012.—Lic. Wilberth Gerardo Álvarez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012078756).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor de edad Taylor Steve Lewis Sibaja, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente 12-400175-0928-FA (177-2-2012)-A. Debe publicarse tres veces consecutivas en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste.—Lic. Cinthya Vanessa Bonilla Romero, Jueza.—Exonerado.—(IN2012078427).                                                                              3 v. 3.

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de los menores Jesús Giacarlo y Elizabeth del Socorro, ambos apellidos Santana Díaz, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente 12-000160-0776-FA. Proceso tutela legítima dativa. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia de Santa Cruz, 19 de junio del 2012.—Lic. Gely Marcela, Espinoza Gómez, Jueza.—(IN2012078430).                                                                                                       3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las menores Noely y Noemy ambas de apellidos Calderón Mayorga, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires, dentro del plazo de treinta días que se contaran a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las siete horas del quince de mayo del dos mil doce, Exp. Nº 12-400073-1046-FA (78-12).—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 15 de mayo del 2012.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—O.C. 35342.—Solicitud Nº 5883.—C-4620.—(IN2012078435).                                                                                                                                                              3 v. 3.

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la persona menor de edad Génesis Teresa Malé Espinoza, ya por corresponderles la legitima tutela, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente Nº 12-400408-421-(1) Diligencias de tutela.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 3 de julio del 2012.—Lic. Ferdinand Rojas Peralta, Juez.—O. C. Nº 38342.—Solicitud Nº 5891.—C-9900.—(IN2012078741).                                                                                                                                                                                                                  3. v. 3.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Licenciado Agustín Díaz Delgado, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a César Antonio Rodríguez Arce, en su carácter accionado, de domicilio desconocido, documento de identidad número D15521207582, se le hace saber que en proceso reconoc. hijo mujer casada, establecido por Freddy Abarca Abarca, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer  Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas y quince minutos del cinco de junio de dos mil doce. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Freddy Abarca Abarca a favor de la menor Ashley Naomy Rodríguez Brenes. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia a los padres registrales de la menor, los señores César Antonio Rodríguez Arce y Yadwitza Brenes Phillips. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar medio y lugar, este último dentro del Circuito Judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se les tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales 7637 del 21 de octubre de 1996). Notifíquese esta resolución a los padres registrales, personalmente en su casa de habitación a la señora Yadwitza Brenes Phillips, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Policía de la Proximidad de Turrúcares de Alajuela. Previo a realizar la notificación respectiva aporte la parte actora un juego de copias del expediente. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de Alajuela de este Circuito Judicial. Se ordena la publicación de la presente resolución en el Boletín Judicial, mediante el edicto respectivo para notificar al señor César Antonio Rodríguez Arce.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—MSc. Agustín Díaz Delgado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012078759).

MSc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia; hace saber a Eusebio Riascos Paredes, mayor de edad, nacionalidad colombiana y Ana Marcela Vargas Rivera, mayor de edad, cédula de identidad 1-1202-0013, que en este Despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el expediente número 11-000222-0938-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, a las nueve horas y cincuenta y un minutos del trece de abril del año dos mil once. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono del menor Jahan Ezequiel Riascos Vargas, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Ana Marcela Vargas Rivera y Eusebio Riascos Paredes, a quienes se les concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. “...........”. Se les advierte que si no contestan en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. A efecto de proceder a designar curador procesal a los demandados, apórtese certificación idónea donde se demuestre si los accionados tienen apoderado (a) o apoderados con facultades suficientes para que lo representen en el proceso. Asimismo deberá presentarse certificación actualizada de los movimientos migratorios de Eusebio Riascos Paredes con el fin de determinar las entradas y salidas del país. Por otro lado, en el eventual caso de que no exista la representación requerida, deberán presentarse dos testigos del último domicilio del demandado que acrediten su ausencia o bien, que desconozcan su paradero. Siendo que el demandado Riascos Paredes es de nacionalidad colombiana, se ordena solicitar al Oficial Mayor del Registro Civil, San José informe si a al mismo le ha sido otorgada la nacionalidad costarricense por naturalización; en caso afirmativo remitan su cuenta cedular a fin de constatar el domicilio electoral de la misma. Asimismo solicite la cuenta cedular de la demanda Ana Marcela Vargas Rivera. Solicítese a la Caja Costarricense de Seguro Social si los demandados aparecen reportados en planillas como patrona o trabajadora; en caso afirmativo indicarme el nombre del patrono y dirección del mismo. Como petitoria especial solicitada se nombra depositario judicial provisional del menor Johan Ezequiel Riascos Vargas a la señora María Luz Hernández Hernández a quien se le previene comparecer al despacho dentro de tercero días a aceptar y jurar el cargo asignado. MSc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez. amelendezl Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, a las quince horas y cincuenta y dos minutos del veinticinco de junio del año dos mil doce. Conforme es solicitado por la parte actora el Patronato Nacional de la Infancia en memorial agregado a folios setenta y uno y setenta y dos, se ordena nombrarle Curador Procesal a los accionados Ana Marcela Vargas Rivera y Eusebio Riascos Paredes de la lista oficial de la Dirección Ejecutiva, y se fija en forma provisional los honorarios de curador en la suma de cincuenta mil colones. Siendo que la Unidad Administrativa de este circuito judicial tiene contenido presupuestario para cancelar honorarios de curadores procesales tal y como lo ha informado en otros asuntos que se tramitan en este Despacho, los honorarios del curador que se nombre en este proceso serán cubiertos por dicha Unidad, a quien se ordena comunicar mediante correo electrónico que los honorarios fueron fijados en la suma de cincuenta mil colones. Por lo anterior, se nombra como tal, al licenciado Gerardo Camacho Nassar; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. “..... ”. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. MSc. Eddy Rodríguez Chaves. Juez. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria judicial abandono de contra... Expediente Nº 11-000222-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 4 de julio del 2012.—MSc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012078811).

MSc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, a Santos José Sáenz Chamorro, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, establecida por Patronato Nacional de la Infancia, contra Santos José Sáenz Chamorro, se ordena notificarle por edicto, las resoluciones que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, a las trece horas y veinticinco minutos del veintiocho de octubre del año dos mil once. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la menor Noilyn Mariana Sáenz Angulo, planteado por Patronato Nacional de la Infancia, contra Santos José Sáenz Chamorro, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Como petitoria especial solicitada por la parte actora se nombre depositaría judicial provisional de la menor Noilyn Mariana Sáenz Angulo en el hogar de la señora Rosa Emilia Bonilla Hurtado, a quien se le previene comparecer al Despacho dentro de tercero días a aceptar y jurar el cargo asignado. Notifíquese esta resolución al   demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. A efecto de proceder a designar curador procesal, apórtese certificación idónea donde se demuestre si los accionados tienen apoderado o apoderados con facultades suficientes para que lo representen en el proceso. Además depositar la suma prudencial de cincuenta mil colones para responder en forma provisional a los emolumentos del profesional a designar, sin que dicha suma implique en forma definitiva el monto total de sus honorarios, ya que estos dependerán no solo de la labor desplegada, sino acorde con el artículo 262 del Código Procesal Civil. (Acuerdo del Consejo Superior en sesión celebrada el 3 de setiembre de 2009, artículo LIII). La misma deberá depositarse en la cuenta automatizada Nº 11-000734-0938-0 de este Juzgado en el Banco de Costa Rica, bajo el apercibimiento de que si no se verifica, el proceso permanecerá inactivo. Una vez efectuado el depósito, deberá comunicarse al Despacho a efecto de proceder conforme a derecho corresponda. Por otro lado, en el eventual caso de que no exista la representación requerida, deberán presentarse dos testigos del último domicilio del demandado que acrediten su ausencia o bien, que desconozcan su paradero. Se le previene a la parte proponente que dichos testigos no podrán ser los mismos que declaren sobre los hechos de la demanda, para evitar declaraciones complacientes. Siendo que el demandado Sáenz Chamorro es de nacionalidad nicaragüense, se ordena solicitar al Oficial Mayor del Registro Civil, San José informe si a el mismo le ha sido otorgada la nacionalidad costarricense por naturalización; en caso afirmativo remitan su cuenta cedular a fin de constatar el domicilio electoral de la misma. Solicítese a la Caja Costarricense de Seguro social si el demandado aparece reportado en planillas como patrono o trabajador; en caso afirmativo indicarme el nombre del patrono y dirección del mismo. MSc. Eddy Rodríguez Chaves. Juez. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, a las diez horas y veintiséis minutos del cuatro de julio del año dos mil doce. Conforme es solicitado por la parte actora el Patronato Nacional de la Infancia en memorial agregado a folios ciento dieciséis, se ordena nombrarle curador procesal al accionado Santos José Sáenz Chamorro de la lista oficial de la Dirección Ejecutiva, y se fija en forma provisional los honorarios de curador en la suma de cincuenta mil colones. Siendo que la Unidad Administrativa de este Circuito Judicial tiene contenido presupuestario para cancelar honorarios de curadores procesales tal y como lo ha informado en otros asuntos que se tramitan en este Despacho, los honorarios del curador que se nombre en este proceso serán cubiertos por dicha Unidad, a quien se ordena comunicar mediante correo electrónico que los honorarios fueron fijados en la suma de cincuenta mil colones. Se nombra como tal al licenciado Osvaldo Antonio Muñoz Vargas; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. La parte interesada puede localizarlo al teléfono 2282-4810 ó 8713-3371. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de que se haga la publicación. Expídase y publíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia.—MSc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012078814).

MSC. Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, a Francisco Estupinian, en su carácter personal, quien es mayor, se le hace saber que en expediente: 11-000446-0938-FA, demanda declaratoria judicial abandono establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Sonia del Carmen Acevedo Hernández y Francisco Estupinian, se ordena notificarle por edicto las resoluciones que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, a las quince horas y cero minutos del cinco de julio del dos mil once. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono del menor Nicolle Paola, José Francisco, Kevin Adrián y Alonso Josué todos apellidos Estupinian Acevedo, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Francisco Estupinian y Sonia del Carmen Acevedo Hernández, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al representante legal del Patronato Nacional de la Infancia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. “............”. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Conforme es solicitado por la parte actora como petitoria especial se nombra depositaría judicial provisional de los menores Nicolle Paola, José Francisco, Kevin Adrián y Alonso Josué todos apellidos Estupinian Acevedo, a la señora Sonia Hernández Hernández, quien deberá presentarse en el plazo de tres días a este despacho a aceptar el cargo conferido. Notifíquese esta resolución al Patronato Nacional de la Infancia en sus oficinas en esta ciudad por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, de este circuito. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos se comisiona a la Policía de Proximidad de Bagaces. Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, a las quince horas y cuarenta y cuatro minutos del veinticinco de junio del dos mil doce. Conforme es solicitado por la parte actora el Patronato Nacional de la Infancia en memorial agregado a folios cincuenta y siete, se ordena nombrarle curador procesal al accionado de la Lista oficial de la Dirección Ejecutiva y se fija en forma provisional los honorarios de curador en la suma de cincuenta mil colones. Siendo que la Unidad Administrativa de este circuito judicial tiene contenido presupuestario para cancelar honorarios de curadores procesales tal y como lo ha informado en otros asuntos que se tramitan en este despacho los honorarios del curador que se nombre en este proceso serán cubiertos por dicha Unidad, a quien se ordena comunicar mediante correo electrónico que los honorarios fueron fijados en la suma de cincuenta mil colones. Por lo anterior se nombra como tal al Licenciado Rafael Alberto López Campos; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. “........”. Notifíquese a la parte demandada la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—(IN2012078857).

Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza Tramitadora del Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber que en el expediente número 11-010753-1012-CJ que es proceso de ejecución hipotecaria establecido por Banco de Costa Rica contra Gerardo Zúñiga Zúñiga, se ordenó la notificación por medio de edicto del acreedor Orlando Patricio Cornejo, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, a las trece horas y seis minutos del veintiocho de julio del dos mil once. Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra de Gerardo Zúñiga Zúñiga; a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gacela N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” 1) Con la base de treinta y un millones cuatrocientos diez mil trescientos treinta y dos colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate los bienes dados en garantía, sea las siguientes fincas: 1) Partido de Puntarenas, matrícula número 92004-000. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de setiembre del dos mil once (primer remate). De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del once de octubre del dos mil once, con la base de veintitrés millones quinientos cincuenta y siete mil setecientos cuarenta y nueve colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de octubre del dos mil once, con la base de siete millones ochocientos cincuenta y dos mil quinientos ochenta y tres colones con veintidós céntimos (un 25% de la base original). 2) Con la base de veinticinco millones quinientos ochenta y nueve mil seiscientos sesenta y siete colones con doce céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate los bienes dados en garantía, sea las siguientes fincas: 2) Partido de Puntarenas, matrícula número 92000-000. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de setiembre del dos mil once (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del once de octubre del dos mil once, con la base de diecinueve millones ciento noventa y dos mil doscientos cincuenta colones con treinta y cuatro céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de octubre del dos mil once, con la base de seis millones trescientos noventa y siete mil cuatrocientos dieciséis colones con setenta y ocho céntimos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. El edicto ordenado será remitido por parte de este juzgado al correo electrónico oficial de la Imprenta nacional. Tome nota la parte Interesada que pan que proceda según corresponda. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al (los) demandada(s). Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción del(la)(las) finca(s) dada(s) en garantía. Por otro lado, a fin de determinar al acreedor de la hipoteca inscrita al tomo: 2011, asiento: 112610, aporte el actor dicho documento lo anterior para ordenar la respectiva notificación. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Por así solicitarlo la parte interesada; por medio de notario público; notifíquese esta resolución al (los) demandado(s) personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículos 19, 29, 30 y 31 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar a la parte demandada, se comisiona a la notaria Karla Villalobos Alpízar, apórtese la suma de doce mil colones exactos, por concepto de Timbres del Colegio de Abogados en el escrito inicial; bajo el apercibimiento de que en su omisión no le serán atendidas sus futuras gestiones. Se tiene por otorgado el poder especial judicial a la licenciada Yolanda Montes Madrigal por la parte actora, y se tiene por aceptado el mismo. Artículo 118 del Código Procesal Civil. En otro orden de ideas, y para efectos informativos, tomen en cuenta las partes que el Sistema de Gestión en Línea, brinda el servicio de Notificación en Línea, a las personas usuarias que señalen en los procesos judiciales como medio para atender notificaciones “Gestión en Línea”. La persona usuaria podrá ingresar desde la página Web a consultar el Buzón de Notificaciones en Línea, para lo cual únicamente deben de contar con la clave de acceso al Sistema de Gestión en Línea. Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza. Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, a las once horas y veintiséis minutos del doce de agosto del dos mil once. Se tiene por otorgado el poder especial judicial al Lic. Eduardo Alvarado Salazar y se tiene por aceptado el mismo. Se tiene por señalado nuevo medio para atender notificaciones. En otro orden de ideas y para efectos informativos, tomen en cuenta las partes, que el Sistema de Gestión en Línea, brinda el Servicio de Notificación en Línea, a las personas usuarias que señalen en los procesos judiciales como medio para atender notificaciones “Gestión en Línea”. La persona usuaria podrá ingresar desde la página Web a consultar el Buzón de Notificaciones en Línea, para lo cual únicamente deben de contar con la clave de acceso al Sistema de Gestión en Línea. Notifíquese. Lic. Francisco Rivera Meza, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gerardo Zúñiga Zúñiga. Expediente 11-010753-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de junio del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—RP2012314821.—(IN2012078933).

Edictos en lo Penal

Licenciada Marianela Pereira Segura Fiscal Auxiliar en el Ministerio Público del Tercer Circuito Judicial de Hatillo, a la señora Shirley Molina Corrales documento de identidad 1-1028-0122, mayor se le hace saber: Que en el legajo de acción civil resarcitoria 11-000474-277-PE contra Pablo Lorenzo Mata Álvarez por el delito de lesiones culposas se ha dictado la resolución que literalmente dice: Comunicación por edicto Ministerio Público de Hatillo. En vista que la codemandado civil Shirley Molina Corrales es de domicilio desconocido y con el fin de no causarle atraso en la resolución que cursa la Acción Civil en su contra por medio de edicto que se publicara tres veces en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal, cualquier intervención podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que corresponde.—Fiscalía de Hatillo.—Lic. Marianela Pereira Segura, Jueza.—Exonerado.—(IN2012078704).                                                                                                                                                                                                                   3 v. 1.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Dafne Elizondo Reyes, Fiscal Auxiliar de Cartago, hace saber: Por requerirse en causa penal 10-003562-0496-TR seguida contra Cristian Hidalgo Morales, por el delito Lesiones Culposas en perjuicio de Clara Granados y otros, se solicita interponer sus buenos oficios con el fin de proceder a la publicación por edicto de la comunicación al (la) co demandada civil Rita María Quirós Sánchez, cédula de identidad 3-267-381 de la resolución en donde se da traslado de la acción civil resarcitoria de las once horas y diez minutos del veinticinco de abril del años dos mil doce. Se Tiene por presentada acción civil resarcitoria. Fiscalía Adjunta de Cartago, a las once horas y diez minutos del veinticinco de abril del año dos mil doce. De conformidad con el numeral 115 del Código Procesal Penal, se tiene por presentada la acción civil resarcitoria y se pone en conocimiento de la misma al(os) imputado(s), demandado(s) civil(es), defensores), Cristian Hidalgo Morales, Rita María Quirós Sánchez, licenciado Joaquín Hernández Aguijar. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar medio o lugar dentro del perímetro judicial de este Despacho donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso incierto o inexistente. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta de Cartago.—Lic. Dafne Elizondo Reyes, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012078426)