BOLETÍN JUDICIAL Nº
172 DEL 6 DE SETIEMBRE DEL 2012
CIRCULAR Nº 128-2012
ASUNTO:
Traslado de personal a otras oficinas.
A LAS JEFATURAS DE LOS DESPACHOS JUDICIALES
SE LES HACE SABER:
El Consejo Superior, en sesión
Nº 66-12, celebrada el 19 de julio último, artículo XXX, acordó comunicar que
cuando algún servidor o servidora les presente una solicitud debidamente
justificada expresando su interés para ser trasladado a otro despacho judicial,
podrá recurrirse a los medios de comunicación tecnológica que se tiene a disposición
en el Poder Judicial, a fin de contactar a otros despachos y establecer si
existen personas que en igualdad de condiciones estén interesadas en realizar
la permuta. Lo anterior en el entendido de que los jefes de oficina deberán
expresar su consentimiento y comunicarlo al Consejo Superior para la aprobación
respectiva.
San José, 23 de agosto del 2012.
Lic.
Carlos Toscano Mora Rodríguez,
1 vez.—(IN2012083251) Secretario General
Interino.
Al señor Jacobo Benlisha Amram,
de domicilio ignorado, se hace saber: Que en diligencias de exequátur
promovidas por Jack Errol Benlisha Madrigal cc. Jack Errol Moseley, para
obtener el exequátur de una sentencia de su adopción dictada por el Juzgado de
Distrito de
San José, 26 de julio del 2012
Welesley
Henry Martínez,
1 vez.—Exento.—(IN2012085818) Notificador a. í.
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, con la base de ciento ochenta y seis mil cuatrocientos ochenta y seis colones, libre de gravámenes, sáquese a remate: Bien Nº 1. Laptop, marca Sony VAIO, modelo PCJ-7NZL, serie USCXSMM01BRD02D11O. Con la base de ciento cuarenta y siete mil ochocientos noventa colones, libre de gravámenes: Bien Nº 2. Computadora Samsung, modelo CV10-CH0003/110, serie: 1588-3366 con licencia Windows CKDB3-YGTRF-7QDW8-KDBZR-CPFV3. Con la base de cincuenta y un mil cuatrocientos cuarenta y seis colones, libre de gravámenes: Bien Nº 3. Monitor Samsung N14H4KRC04924, identificación CX152-SR-CX1525-AN. Con la base de treinta y cuatro mil setecientos treinta y nueve colones con 94/100, libre de gravámenes: Bien Nº 4. Impresora Epson, estilo TX100, modelo C411A. Para tal efecto se señalan las diez horas del dieciséis de octubre del dos mil doce (primer remate). Para el segundo remate, se señalan las diez horas del treinta y uno de octubre del dos mil doce, con las bases de: ciento treinta y nueve mil ochocientos sesenta y cuatro colones con 50/100 (Bien Nº 1); ciento diez mil novecientos diecisiete colones con 50/100 (Bien Nº 2); treinta y ocho mil quinientos ochenta y cuatro colones con 50/100 (Bien Nº 3); veintiséis mil cincuenta y cuatro colones con 94/100 (Bien Nº 4) (rebajadas en un 25%), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas del quince de noviembre del dos mil doce, con las bases de: cuarenta y seis mil seiscientos veintiún colones con 50/100 (Bien Nº 1); treinta y seis mil novecientos setenta y dos colones con 50/100 (Bien Nº 2); doce mil ochocientos sesenta y un colones con 50/100 (Bien Nº 3); ocho mil seiscientos ochenta y cinco colones (Bien Nº 4) (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Laura Marina Carballo Bonini contra Nutrisalud Auricular Picado S. A. Expediente Nº 09-002799-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de agosto del 2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—Exonerado.—(IN2012085547).
Se emplaza a todos los
causahabientes el trabajador fallecido Erwin Ruddy Duarte Cedeño, quien fuere
mayor, soltero, marino, portador de la cédula de identidad 7-0196-0650 y vecino
de Limón para que comparezcan a este Despacho, dentro del término de ocho días,
contados a partir de la publicación de este edicto en defensa de sus derechos,
apercibidos de que si así no lo hicieren los dineros que se depositaren pasarán
a quien legalmente correspondan. Lo anterior ordenado en diligencias por muerte
de Erwin Ruddy Duarte Cedeño. Gestiona Rodolfo Duarte Avilés y otro. Expediente
número 12-000212-1025-LA-A—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Limón,
6 de agosto del 2012.—Lic. Sandra Tenorio Sánchez,
Jueza.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085521).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Miguel Ángel Gamboa Abarca, cédula 1-452-758,
fallecido el día 28 de mayo del año 2012, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias
de “Consignación de Prestaciones Laborales” bajo el expediente número
12-001220-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº
12-001220-0173-LA. Promovido por Ileana Inés Salazar Brenes a favor de los
causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de San José, 7 de agosto del
2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1
vez.—C-Exento.—(IN2012085522).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Rafael Antonio Formoso Chacón, cédula 1-657-100,
fallecido el día 20 de abril del 2012, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias
de “Consignación de Prestaciones Laborales” bajo el expediente número
12-001204-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº
12-001204-0173-LA. Promovido por Carmen María Caldera Schaubeck a favor de los
causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de San José 7 de agosto del
2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1
vez.—C-Exento.—(IN2012085523).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Montserrat de
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Alexis Salas Canales, cédula 6-103-1441,
fallecido el día 2 de julio del 2012, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias
de “Consignación de Prestaciones Laborales” bajo el expediente número
12-001336-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 12-001336-0173-LA.
Promovido por Grupo Insepro S. A., a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del II Circuito
Judicial de San José, 7 de agosto del 2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti,
Juez.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085525).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Marco Antonio Zeledón Ramírez, cédula 1-1045-355,
fallecido el día 9 de enero del 2006, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias
de “Consignación de Prestaciones Laborales” bajo el expediente número
12-001332-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. Nº
12-001332-0173-LA. Promovido por Manuel Enrique Zeledón Grau a favor de los
causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de San José, 6 de agosto del
2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1
vez.—C-Exento.—(IN2012085526).
Se emplaza a todos los
causahabientes del trabajador fallecido Rolando Herrera Badilla, quien fuere
mayor, Casado, portador de la cédula de identidad número siete-cero cero siete
tres-cero uno seis cinco, para que comparezcan a este Despacho, dentro del
término de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto en
defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren los dineros
que se depositaren pasarán a quien legalmente correspondan. Lo anterior
ordenado en Diligencias por Muerte de Dagoniel Solano Valerin. Gestiona:
Yamileth Cascante Hernández. Expediente número 11-000216-1025-LA-E.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de
A los causahabientes de quién en
vida se llamó Federico Alfredo Cordero Andrade, quien fue mayor, casado,
constructor, portó la cédula de identidad número 1-789-197 y falleció el
veintiocho de marzo de dos mil nueve. Los interesados deberán apersonarse
dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer
sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que
por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo
establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda.
Proceso de Consignación de Prestaciones número 12-300044-0895-LA de Federico
Alfredo Cordero Andrade.—Juzgado Contravencional y
de Menor Cuantía de
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del trabajador
fallecido José Pablo Sequeira Galeano, portador de la cédula de identidad
numero 2 742 488, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del
plazo improrrogable de OCHO DÍAS HÁBILES posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas
bajo el expediente número 12-300041-0377-LA (72-12), a hacer valer sus
derechos, de según lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
Contravencional de Menor Cuantía de Sarapiquí, Puerto Viejo, 10 de agosto
del 2012.—Lic. Alejandra Montero Villegas, Jueza.—1
vez.—C-Exento.—(IN2012085529).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del trabajador
fallecido Alberto Centeno Pizarro, portador de la cédula de identidad número 7
125 163, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo
improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto,
se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el
expediente número 12-300040-0377-LA (70-12), a hacer valer sus derechos, de
según lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
Contravencional de Menor Cuantía de Sarapiquí, Puerto Viejo, 10 de
agosto del 2012.—Lic. Alejandra Montero Villegas, Jueza.—1
vez.—C-Exento.—(IN2012085530).
A los causahabientes de quién en
vida se llamó Frank Odelin Villagra Cascante, quien fue mayor, casado,
oficinista, vecino de Barrio San Martín de Nicoya, Guanacaste, con cédula de
identidad número 0502850942, se les hace saber que Odilie Rosales Quirós,
portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 0502630173,
vecina de Barrio San Martín de Nicoya, Guanacaste, se apersonó en este
Despacho, en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes
diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza
por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido Frank Odelin Villagra Cascante. Expediente número
12-000165-0868-LA.—Juzgado de Trabajo del II
Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 10 de agosto del 2012.—Lic. Melquisedec
Rodríguez Ramírez, Juez.—1
vez.—C-Exento.—(IN2012085531).
Se cita a los causahabientes del
trabajador fallecido Geiner Manuel Vega Masís, quién fue mayor, soltero, con
diversos oficios, vecino de San Francisco de Florencia, cédula de identidad 2-509-222,
para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a hacer valer sus derechos
en las diligencias de devolución de prestaciones laborales promovidas por
Andrea Patricia Pérez Campos y como depositante
Se cita y emplaza a todos los
causahabientes de quien en vida se llamó Cecilia Arias Venegas, quién fue
mayor, portadora de la cédula de identidad número 2-0185-0306, para que dentro
del improrrogable plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la fecha de
publicación de este edicto, se apersonen en las diligencias que por devolución
de cuotas de trabajador fallecido, bajo apercibimiento de que si así no lo
hicieren se procederá a entregar el importe correspondiente, a quienes de
conformidad con lo estipulado en el artículo 85 del Código de Trabajo y sus
reformas, tengan derecho a él. Exp. Nº 12-300024-0315-LA-0.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Orotina, 14 de
agosto del 2012.—Lic. Luis Alberto Miranda García, Juez.—1
vez.—C-Exento.—(IN2012085533).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
A las ocho horas treinta minutos
del dieciocho de setiembre de dos mil doce. En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, con la base de setecientos treinta
y siete mil novecientos cuarenta y cinco
colones con veinte céntimos para cada una de la fincas (capital más intereses),
al mejor postor se rematarán las fincas que se describen así: 1) Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos noventa y tres mil ochenta y cuatro-cero cero cero, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito tres San Antonio, cantón diez
Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
traslada al tomo: 379 asiento: 13433; a las catorce horas y cero minutos del
once de octubre del año dos mil doce, y con la base de cuatro millones
doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 74380-000, la cual es terreno
para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Quepos,
cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle
pública con frente de
A las ocho horas treinta minutos
del doce de octubre del dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho,
se rematará: 9 trozas de la especie Laurel, (Cordia alliodora), volumen en
metros cúbicos en total 2.68, valorados en la suma de doscientos cuarenta y
siete mil seiscientos treinta y dos colones. Así ordenado en proceso penal Nº
12-000696-0359-PE contra Jesús Jiménez Gamboa, por el delito de infracción a
A las nueve horas treinta
minutos del dieciséis de octubre de dos mil doce en la puerta exterior del
local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios
y con las siguientes anotaciones: Plazo de convalidación tomo 2010, asiento
6940, hipoteca de primer grado tomo 2011, asiento 293408 e hipoteca de segundo
grado tomo 2012, asiento 57625, ambas a favor del Banco de Costa Rica y con la
base de veintisiete millones trescientos mil colones remataré: Finca de matrícula
ciento ochenta y ocho mil setecientos ochenta-cero cero uno del partido de
Alajuela, el cual se describe así: Terreno de repastos con una lechería, sito
en el distrito seis Pital, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de
Alajuela, mide:
A las ocho horas del veintisiete
de setiembre del dos mil doce, en la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes, al mejor postor y con la base trescientos cincuenta mil colones,
rematare el vehículo placas MOT-137944 (MOT-ciento treinta y siete mil
novecientos cuarenta y cuatro), marca Suzuki, estilo GN125H, categoría
motocicleta, capacidad 2 personas, serie LC6PCJG9450804272, carrocería
motocicleta, tracción 2x2, peso bruto 245 Kgs., chasis LC6PCJG9450804272, año
2006, color negro, motor 157FM13D060600 cilindrada 124 cc. De no haber postores
para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del diez de
octubre del dos mil doce, con la base de doscientos sesenta y dos mil
quinientos colones, (rebaja de un 25%). De no apersonarse rematantes, para el
tercer remate, se señalan las ocho horas del veinticuatro de octubre del dos
mil doce, con la base de ochenta y siete mil quinientos colones (un 25% de la
base). Expediente: 09-100507-402-CI. Proceso Monitorio de Zeidy González Quirós
contra Luis Ángel Álvarez Quirós, cédula de identidad 6-0225-0730, Carlos
González Álvarez, cédula de identidad 6-0376-0526 y Eidys Anael Álvarez Quirós,
cédula de identidad 6-0311-0058.—Juzgado Civil de
Menor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 9 de agosto del 2012.—Lic. Alba Nubia
Díaz Gutiérrez, Jueza.—RP2012318409.—(IN2012085570).
A las ocho horas treinta minutos
del ocho de octubre del dos mil doce, en la puerta de este Juzgado en el mejor
postor, libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones judiciales, pero
soportando servidumbre trasladada visible al tomo 336, asiento 16543,
consecutivo 01, secuencia 0900 y subsecuencia 001; y con la base de doce
millones de colones (¢12.000.000,00), remataré, la finca inscrita en el Registro
Público de
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones inscritas al tomo: 302, asiento: 4979, consecutivo: 01,
secuencia: 0901, subsecuencia: 001; servidumbre de paso inscritas al tomo: 575,
asiento: 38036, consecutivo: 01, secuencia: 0005, subsecuencia: 001, tomo:
2009, asiento: 26566, consecutivo: 01, secuencia: 0026, subsecuencia: 001,
tomo: 2009, asiento: 26566, consecutivo: 01, secuencia: 0106, subsecuencia:
001, tomo: 2009, asiento: 26566, consecutivo: 01, secuencia: 0136,
subsecuencia: 001, tomo: 2009, asiento: 26566, consecutivo: 01, secuencia:
0234, subsecuencia: 001, tomo: 2009, asiento: 26566, consecutivo: 01,
secuencia: 0273, subsecuencia:
A las ocho horas del nueve de
octubre del dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, y con la base de un millón novecientos ochenta y un
mil novecientos dieciocho colones, en el mejor postor remataré: finca sin
inscribir en el Registro Público y sin plano catastrado, que se describe así:
terreno con una casa, situado en Santa Marta del distrito cuatro (Limoncito),
cantón ocho (Coto Brus), provincia sexta (Puntarenas), linda al norte, Álvaro
Cerdas, sur, Eugenia Cerdas, este, Álvaro Cerdas, oeste, calle pública. Mide:
siete metros de frente por quince metros de fondo aproximadamente. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas del veinticuatro de octubre del dos
doce, con la base de cuatrocientos cuarenta y un mil colones (rebaja de un
25%); y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del primero de
noviembre del dos mil doce, con la base de ciento cuarenta y siete mil colones
(un 25% de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en juicio
hipotecario número 12-100008-0441-CI de Ana Cecilia Matamoros Valverde, contra
Alberto Obregón Garbanzo.—Juzgado Contravencional y
de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, 20 de julio del 2012.—Lic. Juan
José Guevara Álvarez, Juez.—RP2012318483.—(IN2012085573).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos
del cinco de octubre de dos mil doce, y con la base de dos millones trescientos
setenta y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo placas: CL-212448, marca: Hyundai, categoría: carga liviana, Vin:
KMFFA17APSU280615, año: 1995, color: blanco, cilindrada: 2.476 c.c. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del veintitrés de
octubre de dos mil doce, con la base de un millón setecientos ochenta y cuatro
mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince
minutos del siete de noviembre de dos mil doce con la base de quinientos
noventa y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S. A. contra Ronaldo Antonio Juan Masís Arce. Exp.
11-004556-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial de Cartago, 3 de agosto del 2012.—Lic.
Erica Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2012085800).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del
nueve de octubre de dos mil doce, y con la base de dos millones ochocientos
setenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo placas ocho cinco cinco siete cuatro uno, marca Hyundai estilo Accent,
capacidad 5 personas, categoría automóvil, año 2000 color dorado, sedán cuatro
puertas tracción 4x2, 1500 c.c., cuatro cilindros, motor G4EAY881530,
combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del veinticinco de octubre de dos mil doce, con la base de dos millones
ciento cincuenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil doce con la base de
setecientos diecisiete mil setecientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso de ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Felipe Chaves
Canales. Exp. 12-001801-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 31 de julio
del 2012.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2012085801).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas quince minutos del
ocho de octubre de dos mil doce, y con la base de un millón trescientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa
781908, marca Hyundai, estilo Accent, año 1997, capacidad cinco personas,
categoría automóvil, sedán 4 puertas, color verde, cilindrada 1500 c.c.,
gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del
veinticuatro de octubre de dos mil doce, con la base de novecientos setenta y
cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas quince minutos del ocho de noviembre
de dos mil doce con la base de trescientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso de ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Eber Alfredo Rojas
Matarrita. Expediente 11-024164-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de
julio del 2012.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2012085802).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas treinta minutos del
cinco de octubre de dos mil doce, y con la base de dos millones doscientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas:
836366, marca: Hyundai, categoría: automóvil, Vin: KMHVA21NPSU045839, año:
1995, color: azul. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos
del veintitrés de octubre de dos mil doce, con la base de un millón seiscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del siete de
noviembre de dos mil doce con la base de quinientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el
deposito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado (artículo 23
Ley de Cobro Judicial) a nombre de la persona que hace la postura. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra
Alex Francisco Vargas Zúñiga. Exp. 11-005557-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 1º
de agosto del 2011.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2012085808).
En la puerta exterior de este
Despacho; soportando infracción bajo la sumaria 090014180494-TR del Juzgado de
Tránsito de Alajuela; a las nueve horas del diez de octubre de dos mil doce, y
con la base de un millón ochenta y tres mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas doscientos setenta y cuatro mil
cuatrocientos noventa (274490), marca Mitsubishi, estilo Lancer GL, año 1994,
capacidad cinco personas, carrocería sedán cuatro puertas, color gris,
cilindrada mil doscientos noventa y ocho c.c, chasis DSNCB1APU09098. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas del veintiséis de octubre de dos mil
doce, con la base de ochocientos doce mil doscientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas del trece de noviembre de dos mil doce con la base de
doscientos setenta mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de
Instacredit Sociedad Anónima contra Sonia Cerdas Campos. Exp. 10-004727-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 18 de
julio del 2012.—MSc. Flory Tames Brenes, Jueza.—(IN2012085811).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, a las once horas y cero
minutos del quince de octubre del dos mil doce, y con la base de tres millones
seiscientos treinta y un mil quinientos setenta y nueve colones con diez
céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas Nº 652459,
marca Toyota, estilo Corolla, año 1999, Vin 1NXBR12E8XZ216657, cilindrada 1800
c.c., color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las
once horas y cero minutos del treinta de octubre del dos mil doce, con la base
de dos millones setecientos veintitrés mil seiscientos ochenta y cuatro colones
con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos del catorce de
noviembre del dos mil doce, con la base de novecientos siete mil ochocientos
noventa y cuatro colones con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Florcar S. A., contra
Manuel Sosa Camacho. Expediente Nº 08-005922-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de
junio del 2012.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2012085828).
En la puerta exterior, de este
Despacho; a las trece horas treinta minutos del once de octubre del dos mil
doce, y con las bases por las que responden individualmente, en el mejor postor
remataré las siguientes fincas: Uno: Con la base de once millones ciento
veinticuatro mil cuatrocientos colones, finca inscrita en el Registro Público
partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número cuarenta y tres mil
cuatrocientos treinta y ocho - cero cero cero (43.438-000), que es terreno de
pastos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda
al norte, con calle pública, Héctor Martínez Barberena; sur, quebrada; este,
calle pública San Buenaventura a Colorado; oeste, Andrés Matarrita. Mide:
cincuenta y cuatro mil ochocientos un metros con noventa y nueve decímetros
cuadrados, según plano catastrado G - cero cero cero ocho cero cinco nueve -
mil novecientos setenta y cuatro, no posee anotaciones y presenta los
siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero
ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, B) tres
tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero
cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero
nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos -
cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo
dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y
tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero
cero uno. Dos: Con la base de un millón setecientos sesenta mil quinientos
colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio
Real matrícula número sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y cinco-F-cero
cero cero (66.655-F-000), que es finca filial primaria individualizada número
nueve, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá
tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado,
cantón sétimo Abangares, que linda al norte, con finca Filial Primera individualizada
número siete; sur, calle dos; este, finca Filial Primera individualizada número
diez; oeste, finca Filial primera individualizada número ocho. Mide: tres mil
quinientos seis metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados, según plano
catastrado G - uno dos dos ocho cero seis nueve - dos mil ocho, no posee
anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones,
citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve
cero cero - cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero
uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete
nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero
cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve
- cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Tres: Con la base
de un millón seiscientos nueve mil seiscientos colones, finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número
sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y nueve-F-cero cero cero (66.659-F-000),
que es finca filial primaria individualizada número trece, terreno para
construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos, cita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo
Abangares, que linda al norte, Hacienda Joval Limitada; sur, calle dos; este,
finca filial primera individualizada número catorce; oeste, finca filial
primera individualizada número doce, que mide tres mil doscientos catorce
metros con veintiún decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos
dos siete cuatro nueve uno - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los
siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero
ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres
tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero
cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero
nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos -
cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo
dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y
tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero
cero uno. Cuatro: Con la base de dos millones doscientos sesenta y tres mil
quinientos colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste
a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos
sesenta-F-cero cero cero (66.660-F-000), que es finca filial primaria
individualizada número catorce, terreno para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el
distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte,
Francisco Ortega Ortega; sur, calle dos; este, finca Filial Primera
individualizada número quince; oeste, finca Filial Primera individualizada
número trece. Mide: cuatro mil quinientos setenta y seis metros con cincuenta y
nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete cuatro
siete ocho-dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes
gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis
cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho
- uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno,
C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero
cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero
uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro
ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero
uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve
cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil
once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres,
consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero
uno. Cinco: Con la base de dos millones trescientos trece mil ochocientos
colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio
Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos sesenta y uno-F-
cero cero cero (66.661-F-000), que es finca filial primaria individualizada
número quince, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la
cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado,
cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera
individualizada número catorce y Francisco Ortega Ortega ambos en parte; sur,
finca Filial Primera individualizada numero treinta y seis y treinta y siete
ambos en parte; este, Francisco Ortega Ortega, oeste, calle dos y finca Filial
Primera individualizada numero dieciséis ambas en parte. Mide: cuatro mil
seiscientos cincuenta y ocho metros con sesenta y tres decímetros cuadrados,
según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve tres cero - dos mil ocho, no
posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y
restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno -
cero nueve cero cero - cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve
ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno
tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero
- cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Seis: Con la base
de dos millones ciento doce mil seiscientos colones, finca inscrita en el
Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número
sesenta y seis mil seiscientos sesenta y dos-F-cero cero cero (66.662-F-000),
que es finca filial primaria individualizada número dieciséis, terreno para
construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo
Abangares, que linda al norte, calle
dos, ; sur, finca Filial Primera individualizada numero treinta y cuatro,
treinta y cinco y treinta y seis todas en parte; este, finca Filial Primera
individualizada número quince; oeste, finca Filial Primera individualizada
número diecisiete, mide cuatro mil doscientos veinticuatro metros con veinte
decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve cuatro
dos - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes:
reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres -
cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres
siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres
tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero
cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres
- cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento
doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero
uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Siete: Con la
base de un millón ochocientos diez mil ochocientos colones, finca inscrita en
el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número
sesenta y seis mil seiscientos sesenta y tres - F - cero cero cero
(66.663-F-000), que es finca filial primaria individualizada número diecisiete,
terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón
sétimo Abangares, que linda al norte, calle dos; sur, finca Filial Primera
individualizada numero treinta y cuatro y veintiocho ambas en parte, este finca
Filial Primera individualizada número dieciséis; oeste, área de servidumbre,
mide tres mil seiscientos treinta metros con cincuenta y ocho decímetros
cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve cuatro cero - dos
mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y
restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno -
cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve
ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno
tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero
- cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno.
Servidumbre de aguas pluviales, citas: cinco siete cuatro - ocho cinco dos dos
siete - cero uno - cero dos cero uno - cero cero uno y embargo administrativo
inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil
cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero
nueve y subsecuencia cero cero uno. Ocho: Con la base de dos millones
seiscientos quince mil seiscientos colones, finca inscrita en el Registro
Público partido de Guanacaste, a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y
seis mil seiscientos ochenta y cuatro - F - cero cero cero (66.684-F-000), que
es finca filial primaria individualizada número treinta y ocho, terreno para
construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo
Abangares, que linda al norte, área compón, libre de tanque de agua potable y
calle cuatro ambos en parte; sur, área común libre de zona verde; este, área
común libre de zona verde; oeste, finca Filial Primera individualizada número
treinta y nueve, mide cinco mil doscientos veintidós metros con nueve
decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete tres cero
cuatro - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes
gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis
cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho
- uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno,
C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero
- cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres
- cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento
doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero
uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Nueve: Con la
base de dos millones trescientos trece mil ochocientos colones, finca inscrita
en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula
número sesenta y seis mil seiscientos ochenta y cinco - F - cero cero cero
(66.685-F-000), que es finca filial primaria individualizada número treinta y
nueve, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá
tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado,
cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle cuatro; sur, área común
libre de zona verde; este, finca Filial Primera individualizada número treinta
y ocho y área común libre de zona verde ambas en parte; oeste, finca Filial
Primera individualizada número cuarenta, mide cuatro mil seiscientos cincuenta
y ocho metros con setenta decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno
dos dos siete tres cero dos - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los
siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero
ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres
tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero
cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero
nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos -
cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo
dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y
tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero
cero uno. Diez: Con la base de un millón seiscientos nueve mil seiscientos
colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio
Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos ochenta y seis - F
- cero cero cero (66.686-F-000), que es finca filial primaria individualizada
número cuarenta, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la
cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro
Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle cuatro; sur, área
común libre de zona verde; este, finca Filial Primera individualizada número
treinta y nueve; oeste, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y
uno, con una medida de tres mil doscientos veintidós metros con cincuenta y
cuatro decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete tres
cero cero - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes
gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis
cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho
- uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno,
C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero
cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero
uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro
ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero
uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve
cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil
once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres,
consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero
uno. Once: Con la base de un millón setecientos treinta y un mil seiscientos
ochenta y cuatro colones, finca inscrita en el Registro Público partido de
Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos
ochenta y siete - F - cero cero cero (66.687-F-000), que es finca filial
primaria individualizada número cuarenta y uno, terreno para construir que se
destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda
al norte, calle cuatro; sur, área común libre de zona verde; este, finca Filial
Primera individualizada número cuarenta y uno, oeste, finca Filial Primera
individualizada número cuarenta y dos, mide tres mil cuatrocientos cuarenta y
dos metros con setenta y un decímetros cuadrados, según plano catastrado G -
uno dos dos siete ocho nueve uno - dos mil ocho, no posee anotaciones y
presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres
tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero
cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve
cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve -
cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno -
cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo
administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y
siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero
cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Doce: Con la base de un millón
seiscientos ochenta y nueve mil novecientos sesenta y cinco colones, finca
inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la
matrícula número sesenta y seis mil seiscientos ochenta y nueve - F - cero cero
cero (66.689-F-000), que es finca filial primaria individualizada número
cuarenta y tres, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la
cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro
Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle cuatro; sur, área
común libre de zona verde; este, finca Filial Primera individualizada número
cuarenta y dos; oeste, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y
cuatro, mide tres mil trescientos cincuenta y nueve metros con setenta y siete
decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete ocho nueve
cinco - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes
gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis
cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho
- uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno,
C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero
cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero
uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro
ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero
uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve
cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil
once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres,
consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero
uno. Trece: Con la base de un millón
ochocientos quince mil ochocientos setenta colones, finca inscrita en el
Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número
sesenta y seis mil seiscientos noventa - F - cero cero cero (66.690-F-000), que
es finca filial primaria individualizada número cuarenta y cuatro, terreno para
construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo
Abangares, que linda al norte, calle cuatro; sur, área común libre de zona
verde; este, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y tres;
oeste, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y cinco, mide tres
mil seiscientos diez metros con ocho decímetros cuadrados, según plano
catastrado G - uno dos dos siete dos nueve seis - dos mil ocho, no posee
anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones,
citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve
cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero
uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete
nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero
cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve
- cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Catorce: Con la
base de dos millones trescientos tres mil quinientos ochenta y cuatro colones,
finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo
la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos noventa y dos - F - cero
cero cero (66.692-F-000), que es finca filial primaria individualizada número
cuarenta y seis, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la
cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro
Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle cuatro; sur, área
común libre de zona verde; este, finca Filial Primera individualizada número
cuarenta y cinco; oeste, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y
siete y cuarenta y cinco ambas en parte, mide cuatro mil quinientos setenta y
nueve metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado G
- uno dos dos ocho nueve nueve ocho - dos mil ocho, no posee anotaciones y
presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres
tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero
cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve
cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve -
cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno -
cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo
administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y
siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero
cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Quince: Con la base de un millón
ochocientos noventa y siete mil ciento noventa y seis colones finca inscrita en
el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número
sesenta y seis mil seiscientos noventa y tres - F - cero cero cero
(66.693-F-000), que es finca filial primaria individualizada número cuarenta y
siete, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá
tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado,
cantón sétimo Abangares, que linda al norte,
calle cuatro, área común construida de juegos infantiles y finca Filial
Primera individualizada número cuarenta y ocho todos en parte, ; sur, finca
Filial Primera individualizada número cincuenta y cinco, este finca Filial
Primera individualizada número cuarenta y seis, oeste, finca Filial Primera
individualizada número cuarenta y ocho, cincuenta y tres y cincuenta y cuatro,
todas en parte, mide tres mil setecientos setenta y un metros con setenta y
seis decímetros cuadrados, según plano catastrado G -uno dos dos siete tres
cero ocho - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes
gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis
cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho
- uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno,
C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero
cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero
uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro
ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero
uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve
cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil
once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres,
consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero
uno. Dieciséis: Con la base de un millón novecientos noventa y ocho mil ciento
setenta y tres colones, finca inscrita en el Registro Público partido de
Guanacaste Folio Real, bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos
siete - F - cero cero cero (66.707-F-000), que es finca filial primaria
individualizada número sesenta y uno, terreno para construir que se destinará a
uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el
distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera individualizada número
sesenta y tres, ; sur, calle cinco, este finca Filial Primera individualizada
número sesenta, y calle cinco ambas en parte, oeste, finca Filial Primera
individualizada numero sesenta y dos, mide tres mil novecientos sesenta y dos
metros con cincuenta y un decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno
dos dos siete nueve siete dos - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta
los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno -
cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B)
tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres -
cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero
nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos -
cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo
dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y
tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero
cero uno. Diecisiete: Con la base de un millón novecientos cuarenta y dos mil
cuatrocientos cuarenta y cinco colones, finca inscrita en el Registro Público
partido de Guanacaste, Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil
setecientos dieciséis - F - cero cero cero (66.716-F-000), que es finca filial
primaria individualizada número setenta, terreno para construir que se
destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda
al norte, calle cinco; sur, área común libre de zona verde; este, finca Filial
Primera individualizada número setenta y uno; oeste, finca Filial Primera
individualizada número sesenta y nueve, mide tres mil ochocientos sesenta y un
metros con setenta y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno
dos dos siete ocho ocho cinco- dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta
los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno -
cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B)
tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres -
cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero
nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos -
cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo
dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y
tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero
cero uno. Dieciocho: Con la base de dos millones cuatrocientos sesenta y cuatro
mil setecientos colones, finca inscrita en el Registro Público partido de
Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos
dieciocho - F - cero cero cero (66.718-F-000), que es finca filial primaria
individualizada número setenta y dos, terreno para construir que se destinará a
uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el
distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle
cinco y calle nueve ambas en parte; sur, área común libre de zona verde; este,
finca Filial Primera individualizada número setenta y tres, y setenta y siete,
ambas en parte; oeste, finca Filial Primera individualizada numero sesenta y
uno, y área compón libre de zona verde ambas en parte, mide cuatro mil
novecientos cincuenta y cuatro metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados,
según plano catastrado G - uno dos dos siete tres cero siete - dos mil ocho, no
posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y
restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno -
cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve
ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno
tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero
- cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Diecinueve: Con la
base de un millón ochocientos seis mil doscientos setenta y tres colones, finca
inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la
matrícula número sesenta y seis mil setecientos diecinueve -F- cero cero cero
(66.719-F-000), que es finca filial primaria individualizada número setenta y
tres, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá
tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado,
cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle cinco, finca Filial Primera
individualizada número setenta y siete; este, finca Filial Primera
individualizada número setenta y cuatro, setenta y cinco, y setenta y seis,
todas en parte; oeste, finca Filial Primera individualizada número sesenta y
dos, mide tres mil quinientos noventa y un metros con tres decímetros
cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete tres nueve cinco - dos
mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y
restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno -
cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve
ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno
tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero
- cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa
y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero
cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veinte: Con la base de un millón
cuatrocientos cincuenta y ocho mil setecientos colones, finca inscrita en el
Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número
sesenta y seis mil setecientos veintiséis - F - cero cero cero (66.726-F-000),
que es finca filial primaria individualizada número ochenta, terreno para
construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo
Abangares, que linda al norte, finca
Filial Primera individualizada número setenta y nueve, ; sur, área de
servidumbre, este calle cinco, oeste, área común libre de zona verde, mide dos
mil novecientos ochenta y cuatro metros con diecinueve decímetros cuadrados,
según plano catastrado G - uno dos dos siete ocho ocho tres - dos mil ocho, no
posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y
restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno -
cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve
ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno
tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero
- cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno.
Servidumbre de aguas pluviales, citas: cinco siete cuatro - ocho cinco dos dos
siete - cero uno - cero dos cero uno - cero cero uno y embargo administrativo
inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil
cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero
nueve y subsecuencia cero cero uno. Veintiuno: Con la base de un millón
setecientos setenta y tres mil quinientos setenta y ocho colones, finca
inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la
matrícula número sesenta y seis mil setecientos veintisiete - F - cero cero
cero (66.727-F-000), que es finca filial primaria individualizada número
ochenta y uno, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la
cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro
Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, área de servidumbre;
sur, finca Filial Primera individualizada número ochenta y dos; este, calle
cinco; oeste, área común libre de zona verde, con una medida de tres mil
quinientos veintiséis metros con cuatro decímetros cuadrados, según plano
catastrado G - uno dos dos siete nueve tres ocho - dos mil ocho, no posee
anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones,
citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve
cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero
uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete
nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero
cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve
- cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno.
Servidumbre de aguas pluviales, citas: cinco siete cuatro - ocho cinco dos dos
siete - cero uno - cero dos cero uno - cero cero uno y embargo administrativo
inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil
cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero
nueve y subsecuencia cero cero uno. Veintidós: Con la base de dos millones
ciento veintisiete mil ciento ochenta y siete colones, finca inscrita en el
Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número
sesenta y seis mil setecientos treinta - F - cero cero cero (66.730-F-000), que
es finca filial primaria individualizada número ochenta y cuatro, terreno para
construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo
Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera individualizada número
ochenta y tres; sur, finca Filial Primera individualizada número ochenta y
cinco; este, calle cinco; oeste, área común libre de zona verde, con una medida
de cuatro mil doscientos veintiocho metros con veintitrés decímetros cuadrados,
según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve dos cinco - dos mil ocho, no
posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y
restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno -
cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve
ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno
tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero
- cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veintitrés: Con la
base de dos millones seiscientos diecinueve mil ciento veintiún colones, finca
inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la
matrícula número sesenta y seis mil setecientos treinta y dos - F - cero cero
cero (66.732-F-000), que es finca filial primaria individualizada número
ochenta y seis, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la
cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro
Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera
individualizada número ochenta y cinco; sur, calle cinco; este, calle cinco;
oeste, área común libre de zona verde, mide cinco mil doscientos seis metros
con cuarenta y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos
dos siete nueve dos cinco - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los
siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero
ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres
tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero
cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero
nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve
- cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres
ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero
cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos
mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres,
consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero
uno. Veinticuatro: Con la base de dos millones trescientos cincuenta y ocho mil
quinientos sesenta y siete colones, finca inscrita en el Registro Público
partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil
setecientos treinta y cuatro - F - cero cero cero (66.734-F-000), que es finca
filial primaria individualizada número ochenta y ocho, terreno para construir
que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de
dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que
linda al norte, finca Filial Primera individualizada número ochenta y nueve;
sur, finca Filial Primera individualizada número ochenta y siete; este, área
común libre de área recreativa; oeste, calle cinco, mide cuatro mil seiscientos
ochenta y ocho metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados, según plano
catastrado G - uno dos dos siete nueve dos cinco - dos mil ocho, no posee
anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones,
citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve
cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero
uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete
nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero
cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve
- cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veinticinco: Con
la base de dos millones ciento cuarenta y cuatro mil doscientos ochenta y nueve
colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste Folio Real
bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos treinta y siete - F -
cero cero cero (66.737-F-000), que es finca filial primaria individualizada
número noventa uno, terreno para construir que se destinará a uso habitacional
la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro
Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera
individualizada número noventa y dos; sur, finca Filial Primera individualizada
número noventa; este, área común libre de área recreativa; oeste, calle cinco,
mide cuatro mil doscientos sesenta y dos metros con cincuenta y nueve
decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos ocho cero nueve cinco
- dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes:
reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres -
cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres
siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres
tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero
cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres
- cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento
doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero
uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veintiséis:
Con la base de dos millones cuatrocientos mil trescientos dieciséis colones,
finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo
la matrícula número sesenta y seis mil setecientos treinta y ocho - F - cero
cero cero (66.738-F-000), que es finca filial primaria individualizada número
noventa dos, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual
podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro
Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera
individualizada número noventa y tres; sur, finca Filial Primera
individualizada número noventa y cuatro; este, área común libre de área
recreativa; oeste, calle cinco, mide cuatro mil setecientos setenta y dos
metros con un decímetro cuadrado, según plano catastrado G - uno dos dos ocho
cero siete uno - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes
gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis
cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho
- uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno,
C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero
cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero
uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro
ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero
uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve
cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil
once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres,
consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero
uno. Veintisiete: Con la base de dos millones cuatrocientos dieciséis mil
novecientos quince colones, finca inscrita en el Registro Público partido de
Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos
treinta y nueve - F - cero cero cero (66.739-F-000), que es finca filial
primaria individualizada número noventa tres, terreno para construir que se
destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda
al norte, finca Filial Primera individualizada número noventa y cuatro; sur,
finca Filial Primera individualizada número noventa y dos; este, área común
libre de área recreativa; oeste, calle cinco, mide cuatro mil ochocientos
cuatro metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado
G - uno dos dos ocho dos tres cero - dos mil ocho, no posee anotaciones y
presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres
uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero
uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero
tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno
- cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho
uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco
- cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno,
E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero
dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno
- cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al
tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa
y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia
cero cero uno. Veintiocho: Con la base de dos millones doscientos siete mil
ciento sesenta y cuatro colones, finca inscrita en el Registro Público partido
de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil
setecientos cuarenta - F - cero cero cero (66.740-F-000), que es finca filial
primaria individualizada número noventa cuatro, terreno para construir que se
destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda
al norte, finca Filial Primera individualizada número noventa y cinco; sur,
finca Filial Primera individualizada número noventa y tres; este, área común
libre de área recreativa; oeste, calle cinco, mide cuatro mil trescientos
ochenta y siete metros con ochenta y tres decímetros cuadrados, según plano
catastrado G - uno dos dos ocho dos tres dos - dos mil ocho; no posee
anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones,
citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve
cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero
uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete
nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero
cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve
- cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veintinueve: Con
la base de dos millones ciento diecisiete mil ciento veintisiete colones, finca
inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la
matrícula número sesenta y seis mil setecientos cuarenta y uno - F - cero cero
cero (66.741-F-000), la cual se describe como finca filial primaria individualizada
número noventa cinco, terreno para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el
distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, área
común libre de área recreativa y tanque de agua potable; sur, finca Filial
Primera individualizada número noventa y cuatro; este, área común libre de área
recreativa; oeste, calle cinco, mide cuatro mil doscientos ocho metros con
ochenta y seis decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos
nueve seis cero uno - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los
siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero
ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres
ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero
uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve
cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve -
cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres
ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero
cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos
mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres,
consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero
uno. Treinta: Con la base de dos millones quinientos setenta mil ochocientos
treinta y tres colones, finca inscrita en el Registro Público partido de
Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos
cincuenta y tres - F - cero cero cero (66.753-F-000), que es finca filial
primaria individualizada número ciento siete, terreno para construir que se
destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda
al norte, área común libre de zona verde y calle seis ambas en parte; sur,
finca Filial Primera individualizada número ciento seis y ciento ocho, ambas en
parte; este, calle siete; oeste, calle seis, mide cinco mil ciento diez metros
con ochenta y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos
dos siete nueve dos cero- dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los
siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero
ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres
tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero
cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero
nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos -
cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo
dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y
tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero
cero uno. Treinta y uno: Con la base de un millón setecientos setenta y nueve
mil seiscientos catorce colones, finca inscrita en el Registro Público partido
de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil
setecientos cincuenta y siete - F - cero cero cero (66.757-F-000), que es finca
filial primaria individualizada número ciento once, terreno para construir que
se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda
al norte, área común libre de zona
verde; sur, calle siete; este, finca Filial Primera individualizada número
ciento doce; oeste, finca Filial Primera individualizada número ciento nueve y
ciento diez ambas en parte, mide tres mil quinientos treinta y siete metros con
treinta y siete decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos tres
uno cinco cinco cero - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los
siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero
ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres
tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero
cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero
nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos -
cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo
dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y
tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero
cero uno. Treinta y dos: Con la base de cuatro millones novecientos sesenta mil
cero ochenta y tres colones, finca inscrita en el registro Público partido de
Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos
cincuenta y nueve - F - cero cero cero (66.759-F-000), que es finca filial
primaria individualizada número ciento catorce, terreno para construir que se
destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda
al norte, área común libre de zona verde; sur, finca Filial Primera
individualizada número ciento quince; este, área común libre de zona verde y
finca Filial Primera individualizada número ciento dieciocho; oeste, área de
servidumbre y calle siete ambas en parte, mide nueve mil ochocientos sesenta
metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados, según plano catastrado G -
uno dos tres uno cinco siete dos - dos mil ocho, no posee anotaciones y
presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres
tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero
cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve
cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve -
cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno -
cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno. servidumbre de aguas
pluviales, citas: cinco siete cuatro - ocho cinco dos dos siete - cero uno -
cero dos cero uno - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos
mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres,
consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero
uno.- Treinta y tres: Con la base de un millón ochocientos noventa y cinco mil
trescientos cuatro colones, finca inscrita en el Registro Público partido de
Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos
sesenta - F - cero cero cero (66.760-F-000), que es finca filial primaria
individualizada número ciento quince, terreno para construir que se destinará a
uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el
distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial
Primera individualizada número ciento catorce y calle siete ambas en parte;
sur, finca Filial Primera individualizada número ciento dieciocho; este, finca
Filial Primera individualizada número ciento dieciocho; oeste, calle siete y
finca Filial Primera individualizada número ciento dieciséis ambas en parte,
mide tres mil setecientos sesenta y siete metros con ochenta y siete decímetros
cuadrados, según plano catastrado G - uno dos tres uno cero seis cinco - dos
mil ocho no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y
restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno -
cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve
ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno
tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero
- cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve
- cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Treinta y cuatro:
Con la base de un millón trescientos ochenta y siete mil setecientos setenta y
siete colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a
Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos sesenta y
dos - F - cero cero cero (66.762-F-000), que es finca filial primaria individualizada
número ciento diecisiete, terreno para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el
distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, : finca
Filial Primera individualizada número ciento dieciséis; sur, calle ocho; este,
finca Filial Primera individualizada número ciento dieciocho, oeste, calle
ocho, mide dos mil setecientos cincuenta y ocho metros con dieciséis decímetros
cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve uno ocho - dos
mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y
restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno -
cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve
ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno
tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero -
cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Treinta y cinco:
Con la base de cuatro millones novecientos treinta y siete mil novecientos
cincuenta y un colones, finca inscrita en el Registro Público partido de
Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos
sesenta y tres - F - cero cero cero (66.763-F-000), la cual se describe como
finca filial primaria individualizada número ciento dieciocho, terreno para
construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo
Abangares, que linda al norte, área común libre de zona verde y finca Filial
Primera individualizada número ciento quince ambas en parte; sur, finca Filial
Primera individualizada número noventa y nueve y calle ocho ambas en parte;
este, Francisco Ortega Ortega; oeste, finca Filial Primera individualizada
número ciento quince ambas en parte, mide nueve mil ochocientos dieciséis
metros con sesenta decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos
ocho uno cuatro cero - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los
siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero
ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres
tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero
cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero
nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos -
cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos
mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres,
consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero
uno. Treinta y seis: Con la base de dos millones ciento veinticuatro mil
seiscientos setenta y dos colones, finca inscrita en el Registro Público
partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil
setecientos ochenta y siete - F - cero cero cero (66.787-F-000), que es finca
filial primaria individualizada número ciento cuarenta y tres, terreno para
construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares,
que linda al norte, calle once; sur, finca Filial Primera individualizada
número ciento cuarenta y cuatro; este, finca Filial Primera individualizada
número ciento cuarenta y dos; oeste, calle once, mide cuatro mil doscientos
veintitrés metros con sesenta y tres decímetros cuadrados, según plano
catastrado G - uno dos dos ocho cero seis dos - dos mil ocho, no posee
anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones,
citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve
cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero
uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete
nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero
cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve
- cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Treinta y siete:
Con la base de dos millones setecientos noventa y nueve mil ciento noventa y
cinco colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a
Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos noventa - F
- cero cero cero (66.790-F-000), la cual se describe como finca filial primaria
individualizada número ciento cuarenta y seis, terreno para construir que se
destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda
al norte, área común libre de juegos
infantiles y calle diez ambas en parte; sur, calle uno; este, área común libre
de juegos infantiles; oeste, finca Filial Primera individualizada números
ciento cuarenta y siete y ciento sesenta ambas en parte, mide cinco mil
quinientos sesenta y cuatro metros con siete decímetros cuadrados, según plano
catastrado G - uno dos dos ocho seis uno cinco - dos mil ocho, no posee
anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones,
citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve
cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero
uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete
nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero
cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve
- cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Treinta y ocho.
Con la base de dos millones doscientos setenta y tres mil quinientos sesenta
colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio
Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil ochocientos dos - F - cero
cero cero (66.802-F-000), la cual se describe como finca filial primaria
individualizada número ciento cincuenta y ocho, terreno para construir que se
destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares,que linda
al norte, finca Filial Primera individualizada números ciento cincuenta y siete
y ciento cuarenta y siete; sur, calle uno; este, finca Filial Primera
individualizada número ciento cincuenta y nueve, oeste, valle uno, mide cuatro
mil quinientos diecinueve metros con dieciocho decímetros cuadrados, según
plano catastrado G - uno dos dos nueve cero nueve seis - dos mil ocho, no posee
anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones,
citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve
cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero
uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete
nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero
cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve
- cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Treinta y nueve:
Con la base de dos millones trescientos trece mil doscientos noventa y siete
colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real
bajo la matrícula número sesenta y seis mil ochocientos cuatro - F - cero cero
cero (66.804-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ciento
sesenta, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual
podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro
Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera individualizada número
ciento cuarenta y siete; sur, calle uno; este finca, Filial Primera
individualizada número ciento cuarenta y seis; oeste, finca Filial Primera
individualizada número ciento cincuenta y nueve, mide cuatro mil quinientos
noventa y ocho metros con cincuenta decímetros cuadrados, según plano
catastrado G - uno dos dos ocho cero siete tres- dos mil ocho, no posee
anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones,
citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve
cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero
uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete
nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero
cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve
- cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta: Con la
base de un millón quinientos setenta y nueve mil novecientos veintitrés
colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio
Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil ochocientos nueve - F - cero
cero cero (66.809-F-000), la cual se describe como finca filial primaria
individualizada número ciento sesenta y cinco, terreno para construir que se
destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda
al norte, calle uno, ; sur, área de
servidumbre, este finca Filial Primera individualizada número ciento sesenta y
seis, oeste, área de servidumbre, mide tres mil ciento cuarenta metros con
setenta decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos cuatro uno tres
tres seis - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes
gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis
cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho
- uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno,
C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero
cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero
uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro
ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho
cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero
uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve
cero tres - cero cero uno. servidumbre de aguas pluviales, citas: cinco siete
cuatro - ocho cinco dos dos siete - cero uno - cero dos cero uno - cero cero
uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta y uno:
Con la base de un millón cuatrocientos setenta y dos mil setecientos ochenta y
cuatro colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a
Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil ochocientos trece - F -
cero cero cero (66.813-F-000), que es finca filial primaria individualizada
número ciento sesenta y nueve, terreno para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el
distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle
uno; sur, finca Filial Primera individualizada número setenta y uno; este,
finca Filial Primera individualizada número ciento setenta, y calle uno ambos
en parte; oeste, finca Filial Primera individualizada número ciento sesenta y
ocho, mide dos mil novecientos veintisiete metros con ochenta y cinco
decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos ocho cuatro ocho
ocho - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes:
reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres -
cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres
siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres
tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero
cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero
nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres
- cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento
doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero
uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta y
dos: Con la base de tres millones doscientos setenta y seis mil cero treinta y
nueve colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a
Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil ochocientos veintidós -
F - cero cero cero (66.822-F-000) que es finca filial primaria individualizada
número ciento setenta y ocho, terreno para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el
distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca
Filial Primera individualizada número ciento sesenta y dos y ciento sesenta y
tres ambas en parte; sur, calle uno, área común libre de juegos infantiles,
tanques y pozos todos en parte; este, finca Filial Primera individualizada
número ciento setenta y siete y calle uno ambos en parte; oeste, área de
ampliación y mejoras y camino público ambos en parte, mide seis mil quinientos
doce metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado G
- uno dos cinco ocho nueve dos cero - dos mil ocho, no posee anotaciones y
presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres
tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero
cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve
cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve -
cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero
cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno -
cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo
administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y
siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero
cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta y tres: Con la base de
cuarenta y tres millones quinientos setenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y
un colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio
Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil ochocientos treinta - F - cero
cero cero (66.830-F-000), que es finca filial primaria individualizada número
ciento ochenta y seis, terreno para construir que se destinará a uso
habitacional y comercial para hotel, restaurante y club social la cual podrá
tener una altura máxima de cinco pisos, sita en el distrito cuatro Colorado,
cantón sétimo Abangares, que linda al norte, área compón, libre de juegos
infantiles, y área común libre de zona verde ambas en parte; sur, área común
libre de zona verde; este, área común libre de zona verde; oeste, calle uno,
mide cincuenta mil ochenta y dos metros con setenta y nueve decímetros
cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos ocho uno cuatro ocho - dos
mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y
restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno -
cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve
ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno
tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D)
tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero
- cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno -
cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno
nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco -
cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y
embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta y cuatro:
Con la base de trece millones ochocientos noventa mil ochocientos cuarenta y
ocho colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a
Folio Real bajo la matrícula número ciento veinte mil trescientos treinta y
nueve - cero cero cero (120.339-000), que es terreno de potreros, sita en el
distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, con Residences Bonanza Mountains SRL, sur,
Residences Bonanza Mountains SRL; este, Residences Bonanza Mountains SRL;
oeste, Juliana Porras Izaba, mide veintisiete mil seiscientos metros con
ochenta y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado G - cero seis cuatro
cuatro tres siete seis - dos mil, no posee anotaciones y presenta los
siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: tres cero siete - uno
cero nueve dos cero - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, reservas
de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: tres cero ocho - cero ocho
cero cuatro tres - cero uno - cero cero cero dos -cero cero uno y tres cero
ocho - uno cuatro tres cuatro dos - cero uno - cero cero cero dos -cero cero
uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta y cinco:
Con la base de diecinueve millones cuatrocientos cuarenta y tres mil
cuatrocientos sesenta y cinco colones, finca inscrita en el Registro Público
partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número ciento treinta y
siete mil novecientos cuarenta y siete - cero cero cero (137.947-000), la cual
se describe como terreno de repasto, sita en el distrito cuatro Colorado,
cantón sétimo Abangares, que linda al norte, con Álvaro Rodríguez Hernández;
sur, Villa Pilar S. A., Humberto Matarrita Matarrita; este, calle pública;
oeste, Héctor Martínez Berberena, mide treinta y ocho mil seiscientos cincuenta
y cinco metros con dos decímetros cuadrados, según plano catastrado G - cero
nueve dos cinco tres nueve ocho - dos mil cuatro, libre de gravámenes
hipotecarios y de anotaciones judiciales pero soportando embargo administrativo
inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil
cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero
nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta y seis: Con la base de cinco
millones treinta mil colones, finca inscrita en el Registro Público partido de
Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número ciento setenta mil doscientos
sesenta y nueve - cero cero cero (170.269-000), la cual se describe como terreno
para construir, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares,
que linda al norte, resto reservado; sur, Justo Feliz Áreas; este, calle
pública con un frente de ciento veintiséis metros con tres centímetros; oeste,
resto reservado en parte y Juliana Porras Izaba en parte, mide diez mil metros
cuadrados, según plano catastrado G - uno tres uno seis nueve siete tres - dos
mil nueve, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas
y restricciones, citas: tres cero siete - uno cero nueve dos cero - cero uno -
cero nueve cero uno - cero cero uno, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos
Públicos, citas: tres cero ocho - cero ocho cero cuatro tres - cero uno - cero
cero cero dos -cero cero uno y tres cero ocho - uno cuatro tres cuatro dos -
cero uno - cero cero cero dos -cero cero uno y embargo administrativo inscrito
al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos
noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y
subsecuencia cero cero uno. Cuarenta y siete: Con la base de treinta y tres
millones cuatrocientos noventa y seis mil doscientos setenta y nueve colones,
finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo
la matrícula número treinta y seis mil setecientos cuarenta y cinco - cero cero
cero (36.745-000), que es terreno de potreros, sita en el distrito cuatro
Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, Residencias Bonanza
Mountains SRL; sur, Residences Bonanza Mountains SRL; este, Hacienda Corteza
Real S. A.; oeste, Tobías Caray y Calero, con una medida de sesenta y seis mil
quinientos noventa y dos metros con sesenta y siete decímetros cuadrados, según
plano catastrado G - cero tres cuatro dos dos tres seis - mil novecientos
setenta y nueve, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes:
reservas y restricciones, citas: tres cero seis - dos cero ocho uno seis - cero
uno - cero novecientos dos - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al
tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa
y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia
cero cero uno. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil
doce, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base original, de la
siguientes fincas: 1) Cuarenta y tres mil cuatrocientos treinta y ocho - cero
cero cero (43.438-000) con la base de ocho millones trescientos cuarenta y tres
mil trescientos colones; 2) Sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y cinco -
F - cero cero cero (66.655-F-000) con la base de un millón trescientos veinte
mil trescientos setenta y cinco colones; 3) Sesenta y seis mil seiscientos
cincuenta y nueve - F - cero cero cero (66.659-F-000) con la base de un millón
doscientos siete mil doscientos colones; 4) Sesenta y seis mil seiscientos
sesenta - F - cero cero cero (66.660-F-000) con la base de un millón
seiscientos noventa y siete mil seiscientos veinticinco colones; 5) Sesenta y
seis mil seiscientos sesenta y uno - F - cero cero cero (66.661-F-000) con la
base de un millón setecientos treinta y cinco mil trescientos cincuenta
colones; 6) Sesenta y seis mil seiscientos sesenta y dos - F - cero cero cero (66.662-F-000)
con la base de un millón quinientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos
cincuenta colones; 7) Sesenta y seis mil seiscientos sesenta y tres - F - cero
cero cero (66.663-F-000) con la base de un millón trescientos cincuenta y ocho
mil cien colones; 8) Sesenta y seis mil seiscientos ochenta y cuatro - F - cero
cero cero (66.684-F-000) con la base de un millón novecientos sesenta y un mil
setecientos colones; 9) Sesenta y seis mil seiscientos ochenta y cinco - F -
cero cero cero (66.685-F-000) con la base de un millón setecientos treinta y
cinco mil trescientos cincuenta colones; 10) Sesenta y seis mil seiscientos
ochenta y seis - F - cero cero cero (66.686-F-000) con la base de un millón
doscientos siete mil doscientos colones; 11) Sesenta y seis mil seiscientos
ochenta y siete - F - cero cero cero (66.687-F-000) con la base de un millón
doscientos noventa y ocho mil setecientos sesenta y tres colones; 12) Sesenta y
seis mil seiscientos ochenta y nueve - F - cero cero cero (66.689-F-000) con la
base de un millón doscientos sesenta y siete mil cuatrocientos setenta y tres
colones con setenta y cinco céntimos; 13) Sesenta y seis mil seiscientos
noventa - F - cero cero cero (66.690-F-000) con la base de un millón
trescientos sesenta y un mil novecientos dos colones con cincuenta céntimos;
14) Sesenta y seis mil seiscientos noventa y dos - F - cero cero cero
(66.692-F-000) con la base de un millón setecientos veintisiete mil seiscientos
ochenta y ocho colones; 15) Sesenta y seis mil seiscientos noventa y tres - F -
cero cero cero (66.693-F-000) con la base de un millón cuatrocientos veintidós
mil ochocientos noventa y siete colones; 16) Sesenta y seis mil setecientos
siete - F - cero cero cero (66.707-F-000) con la base de un millón
cuatrocientos noventa y ocho mil seiscientos veintinueve colones con setenta y
cinco céntimos; 17) Sesenta y seis mil setecientos dieciséis - F - cero cero
cero (66.716-F-000) con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y seis mil
ochocientos treinta y tres colones con setenta y cinco céntimos; 18) Sesenta y
seis mil setecientos dieciocho - F - cero cero cero (66.718-F-000) con la base
de un millón ochocientos cuarenta y ocho mil quinientos veinticinco colones;
19) Sesenta y seis mil setecientos diecinueve - F - cero cero cero
(66.719-F-000) con la base de un millón trescientos cincuenta y cuatro mil
setecientos cuatro colones con setenta y cinco céntimos; 20) Sesenta y seis mil
setecientos veintiséis - F - cero cero cero (66.726-F-000) con la base de un
millón noventa y cuatro mil veinticinco colones; 21) Sesenta y seis mil
setecientos veintisiete - F - cero cero cero (66.727-F-000) con la base de un
millón trescientos treinta mil ciento ochenta y tres colones con cincuenta
céntimos; 22) Sesenta y seis mil setecientos treinta - F - cero cero cero
(66.730-F-000) con la base de un millón quinientos noventa y cinco mil
trescientos noventa colones con veinticinco céntimos; 23) Sesenta y seis mil
setecientos treinta y dos - F - cero cero cero (66.732-F-000) con la base de un
millón novecientos sesenta y cuatro mil trescientos cuarenta colones con
setenta y cinco céntimos; 24) Sesenta y seis mil setecientos treinta y cuatro -
F - cero cero cero (66.734-F-000) con la base de un millón setecientos sesenta
y ocho mil novecientos veinticinco colones con veinticinco céntimos; 25)
Sesenta y seis mil setecientos treinta y siete - F - cero cero cero
(66.737-F-000) con la base de un millón seiscientos ocho mil doscientos
dieciséis colones con setenta y cinco céntimos; 26) Sesenta y seis mil setecientos
treinta y ocho - F - cero cero cero (66.738-F-000) con la base de un millón
ochocientos mil doscientos treinta y siete colones; 27) Sesenta y seis mil
setecientos treinta y nueve - F - cero cero cero (66.739-F-000) con la base de
un millón ochocientos doce mil seiscientos ochenta y seis colones con
veinticinco céntimos; 28) Sesenta y seis mil setecientos cuarenta - F - cero
cero cero (66.740-F-000) con la base de un millón seiscientos cincuenta y cinco
mil trescientos setenta y tres colones; 29) sesenta y seis mil setecientos
cuarenta y uno - F - cero cero cero (66.741-F-000) con la base de un millón
quinientos ochenta y siete mil ochocientos cuarenta y cinco colones con
veinticinco céntimos; 30) Sesenta y seis mil setecientos cincuenta y tres - F -
cero cero cero (66.753-F-000) con la base de un millón novecientos veintiocho
mil ciento veinticuatro colones con setenta y cinco céntimos; 31) Sesenta y
seis mil setecientos cincuenta y siete - F - cero cero cero (66.757-F-000) con
la base de un millón trescientos treinta y cuatro mil setecientos diez colones
con cincuenta céntimos; 32) Sesenta y seis mil setecientos cincuenta y nueve -
F - cero cero cero (66.759-F-000) con la base de tres millones setecientos
veinte mil sesenta y dos colones con veinticinco céntimos; 33) Sesenta y seis
mil setecientos sesenta - F - cero cero cero (66.760-F-000) con la base de un
millón cuatrocientos veintiún mil cuatrocientos setenta y ocho colones; 34)
Sesenta y seis mil setecientos sesenta y dos - F - cero cero cero (66.762-F-000)
con la base de un millón cuarenta mil ochocientos treinta y dos colones con
setenta y cinco céntimos; 35) Sesenta y seis mil setecientos sesenta y tres - F
- cero cero cero (66.763-F-000) con la base de tres millones setecientos tres
mil cuatrocientos sesenta y tres colones con veinticinco céntimos; 36) Sesenta
y seis mil setecientos ochenta y siete - F - cero cero cero (66.787-F-000) con
la base de un millón quinientos noventa y tres mil quinientos cuatro colones;
37) Sesenta y seis mil setecientos noventa - F - cero cero cero (66.790-F-000)
con la base de dos millones noventa y nueve mil trescientos noventa y seis
colones con veinticinco céntimos; 38) Sesenta y seis mil ochocientos dos - F -
cero cero cero (66.802-F-000) con la base de un millón setecientos cinco mil
ciento setenta colones; 39) Sesenta y seis mil ochocientos cuatro - F - cero
cero cero (66.804-F-000) con la base de un millón setecientos treinta y cuatro
mil novecientos setenta y dos colones con setenta y cinco céntimos; 40) Sesenta
y seis mil ochocientos nueve - F - cero cero cero (66.809-F-000) con la base de
un millón ciento ochenta y cuatro mil novecientos cuarenta y dos colones con
veinticinco céntimos; 41) Sesenta y seis mil ochocientos trece - F - cero cero
cero (66.813-F-000) con la base de un millón ciento cuatro mil quinientos
ochenta y ocho colones; 42) Sesenta y seis mil ochocientos veintidós - F - cero
cero cero (66.822-F-000) con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y
siete mil veintinueve colones con veinticinco céntimos; 43) Sesenta y seis mil
ochocientos treinta - F - cero cero cero (66.830-F-000) con la base de treinta
y dos millones seiscientos ochenta y un mil ciento treinta colones con setenta
y cinco céntimos; 44) Ciento veinte mil trescientos treinta y nueve - cero cero
cero (120.339-000) con la base de diez millones cuatrocientos dieciocho mil
ciento treinta y seis colones; 45) Ciento treinta y siete mil novecientos
cuarenta y siete - cero cero cero (137.947-000) con la base de catorce millones
quinientos ochenta y dos mil quinientos noventa y ocho colones con setenta y
cinco céntimos; 46) Ciento setenta mil doscientos sesenta y nueve - cero cero
cero (170.269-000) con la base de tres millones setecientos setenta y dos mil
quinientos colones; 47) Treinta y seis mil setecientos cuarenta y cinco - cero
cero cero (36.745-000) con la base de veinticinco millones ciento veintidós mil
doscientos nueve colones con veinticinco céntimos. de no apersonarse postores,
para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del trece de
noviembre del dos mil doce, con el veinticinco por ciento (25%) de la base
original, de la siguientes Fincas: 1) Cuarenta y tres mil cuatrocientos treinta
y ocho - cero cero cero (43.438-000) con la base de dos millones setecientos
ochenta y un mil cien colones; 2) Sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y
cinco - F - cero cero cero (66.655-F-000) con la base de cuatrocientos cuarenta
mil ciento veinticinco colones; 3) Sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y
nueve - F - cero cero cero (66.659-F-000) con la base de cuatrocientos dos mil
cuatrocientos colones; 4) Sesenta y seis mil seiscientos sesenta - F - cero
cero cero (66.660-F-000) con la base de quinientos sesenta y cinco mil
ochocientos setenta y cinco colones; 5) Sesenta y seis mil seiscientos sesenta
y uno - F - cero cero cero (66.661-F-000) con la base de quinientos setenta y
ocho mil cuatrocientos cincuenta colones; 6) Sesenta y seis mil seiscientos
sesenta y dos - F - cero cero cero (66.662-F-000) con la base de quinientos
veintiocho mil ciento cincuenta colones; 7) Sesenta y seis mil seiscientos
sesenta y tres - F - cero cero cero (66.663-F-000) con la base de cuatrocientos
cincuenta y dos mil setecientos colones; 8) Sesenta y seis mil seiscientos
ochenta y cuatro - F - cero cero cero (66.684-F-000) con la base de seiscientos
cincuenta y tres mil novecientos colones; 9) Sesenta y seis mil seiscientos
ochenta y cinco - F - cero cero cero (66.685-F-000) con la base de quinientos
setenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta colones; 10) Sesenta y seis mil
seiscientos ochenta y seis - F - cero cero cero (66.686-F-000) con la base de
cuatrocientos dos mil cuatrocientos colones; 11) Sesenta y seis mil seiscientos
ochenta y siete - F - cero cero cero (66.687-F-000) con la base de
cuatrocientos treinta y dos mil novecientos veintiún colones; 12) Sesenta y
seis mil seiscientos ochenta y nueve - F - cero cero cero (66.689-F-000) con la
base de cuatrocientos veintidós mil cuatrocientos noventa y un colones con
veinticinco céntimos; 13) Sesenta y seis mil seiscientos noventa - F - cero
cero cero (66.690-F-000) con la base de cuatrocientos cincuenta y tres mil
novecientos sesenta y siete colones con cincuenta céntimos; 14) Sesenta y seis
mil seiscientos noventa y dos - F - cero cero cero (66.692-F-000) con la base
de quinientos setenta y cinco mil ochocientos noventa y seis colones; 15)
Sesenta y seis mil seiscientos noventa y tres - F - cero cero cero
(66.693-F-000) con la base de cuatrocientos setenta y cuatro mil doscientos noventa
y nueve colones; 16) Sesenta y seis mil setecientos siete - F - cero cero cero
(66.707-F-000) con la base de cuatrocientos noventa y nueve mil quinientos
cuarenta y tres colones con veinticinco céntimos; 17) Sesenta y seis mil
setecientos dieciséis - F - cero cero cero (66.716-F-000) con la base de
cuatrocientos ochenta y cinco mil seiscientos once colones con veinticinco
céntimos; 18) Sesenta y seis mil setecientos dieciocho - F - cero cero cero
(66.718-F-000) con la base de seiscientos dieciséis mil ciento setenta y cinco
colones; 19) Sesenta y seis mil setecientos diecinueve - F - cero cero cero
(66.719-F-000) con la base de cuatrocientos cincuenta y un mil quinientos
sesenta y ocho colones con veinticinco céntimos; 20) Sesenta y seis mil
setecientos veintiséis - F - cero cero cero (66.726-F-000) con la base de
trescientos sesenta y cuatro mil seiscientos setenta y cinco colones; 21)
Sesenta y seis mil setecientos veintisiete - F - cero cero cero (66.727-F-000)
con la base de cuatrocientos cuarenta y tres mil trescientos noventa y cuatro
colones con cincuenta céntimos; 22) Sesenta y seis mil setecientos treinta - F
- cero cero cero (66.730-F-000) con la base de quinientos treinta y un mil
setecientos noventa y seis colones con setenta y cinco céntimos; 23) Sesenta y
seis mil setecientos treinta y dos - F - cero cero cero (66.732-F-000) con la
base de seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos ochenta colones con
veinticinco céntimos; 24) Sesenta y seis mil setecientos treinta y cuatro - F -
cero cero cero (66.734-F-000) con la base de quinientos ochenta y nueve mil
seiscientos cuarenta y un colones con setenta y cinco céntimos; 25) Sesenta y
seis mil setecientos treinta y siete - F - cero cero cero (66.737-F-000) con la
base de quinientos treinta y seis mil setenta y dos colones con veinticinco
céntimos; 26) Sesenta y seis mil setecientos treinta y ocho - F - cero cero
cero (66.738-F-000) con la base de seiscientos mil setenta y nueve colones; 27)
Sesenta y seis mil setecientos treinta y nueve - F - cero cero cero
(66.739-F-000) con la base de seiscientos cuatro mil doscientos veintiocho
colones con setenta y cinco céntimos; 28) Sesenta y seis mil setecientos
cuarenta - F - cero cero cero (66.740-F-000) con la base de quinientos
cincuenta y un mil setecientos noventa y un colones; 29) Sesenta y seis mil
setecientos cuarenta y uno - F - cero cero cero (66.741-F-000) con la base de
quinientos veintinueve mil doscientos ochenta y un colones con setenta y cinco
céntimos; 30) Sesenta y seis mil setecientos cincuenta y tres - F - cero cero
cero (66.753-F-000) con la base de seiscientos cuarenta y dos mil setecientos
ocho colones con veinticinco céntimos; 31) Sesenta y seis mil setecientos
cincuenta y siete - F - cero cero cero (66.757-F-000) con la base de cuatrocientos
cuarenta y cuatro mil novecientos tres colones con cincuenta céntimos; 32)
Sesenta y seis mil setecientos cincuenta y nueve - F - cero cero cero
(66.759-F-000) con la base de un millón doscientos cuarenta mil veinte colones
con setenta y cinco céntimos; 33) Sesenta y seis mil setecientos sesenta - F -
cero cero cero (66.760-F-000) con la base de cuatrocientos setenta y tres mil
ochocientos veintiséis colones; 34) Sesenta y seis mil setecientos sesenta y
dos - F - cero cero cero (66.762-F-000) con la base de trescientos cuarenta y
seis mil novecientos cuarenta y cuatro colones con veinticinco céntimos; 35)
Sesenta y seis mil setecientos sesenta y tres - F - cero cero cero
(66.763-F-000) con la base de un millón doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos
ochenta y siete colones con setenta y cinco céntimos; 36) Sesenta y seis mil
setecientos ochenta y siete - F - cero cero cero (66.787-F-000) con la base de
quinientos treinta y un mil ciento sesenta y ocho colones; 37) Sesenta y seis
mil setecientos noventa - F - cero cero cero (66.790-F-000) con la base de
seiscientos noventa y nueve mil setecientos noventa y ocho colones con setenta
y cinco céntimos; 38) Sesenta y seis mil ochocientos dos - F - cero cero cero
(66.802-F-000) con la base de quinientos sesenta y ocho mil trescientos noventa
colones; 39) Sesenta y seis mil ochocientos cuatro - F - cero cero cero
(66.804-F-000) con la base de quinientos setenta y ocho mil trescientos
veinticuatro colones con veinticinco céntimos; 40) Sesenta y seis mil ochocientos
nueve - F - cero cero cero (66.809-F-000) con la base de trescientos noventa y
cuatro mil novecientos ochenta colones con setenta y cinco céntimos; 41)
Sesenta y seis mil ochocientos trece - F - cero cero cero (66.813-F-000) con la
base de trescientos sesenta y ocho mil ciento noventa y seis colones; 42)
Sesenta y seis mil ochocientos veintidós - F - cero cero cero (66.822-F-000)
con la base de ochocientos diecinueve mil nueve colones y setenta y cinco
céntimos; 43) Sesenta y seis mil ochocientos treinta - F - cero cero cero
(66.830-F-000) con la base de diez millones ochocientos noventa y tres mil
setecientos diez colones con veinticinco céntimos; 44) Ciento veinte mil
trescientos treinta y nueve - cero cero cero (120.339-000) con la base de tres
millones cuatrocientos setenta y dos mil setecientos doce colones; 45) Ciento
treinta y siete mil novecientos cuarenta y siete - cero cero cero (137.947-000)
con la base de cuatro millones ochocientos sesenta mil ochocientos sesenta y
seis colones con veinticinco céntimos; 46) Ciento setenta mil doscientos
sesenta y nueve - cero cero cero (170.269-000) con la base de un millón
doscientos cincuenta y siete mil quinientos colones; 47) treinta y seis mil
setecientos cuarenta y cinco - cero cero cero (36.745-000) con la base de ocho
millones trescientos setenta y cuatro mil sesenta y nueve colones con setenta y
cinco céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Bloques Pedregal Sociedad Anónima contra Residences Bonanza Mountains Sociedad
de Responsabilidad Limitada y otras. Exp. Nº 11-000647-0930-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Cañas,
Guanacaste, 9 de agosto del año 2012.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera,
Jueza.—(IN2012085851).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref.
2768-045-
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando camino a las citas:
339-4923-01-0900-001 y demanda penal a las citas: 572-75909-01-0001-001; a las
diez horas y cero minutos del dieciséis de octubre del año dos mil doce, y con
la base de catorce millones seiscientos diecinueve mil cuatrocientos sesenta y
tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número trescientos diez mil cuatrocientos
sesenta y tres cero cero cero, la cual es terreno para agricultura con una
casa. Situada en el distrito 11 Páramo, cantón 19 Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Celino Zúñiga Cascante; al sur, calle
pública; al este, calle pública, y al oeste, Quebrada Santa Rosa. Mide: veinte
mil setecientos cincuenta y nueve metros con veinte decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de
noviembre del año dos mil doce, con la base de diez millones novecientos
sesenta y cuatro mil quinientos noventa y siete colones con veinticinco
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del año dos
mil doce con la base de tres millones seiscientos cincuenta y cuatro mil
ochocientos sesenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R. L. contra Juan Carlos Umaña Mora, expediente 10-000586-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones a las citas 0345-00013013-01-0002-001 y medianería a las citas
0345-00013013-01-0900-001; a las ocho horas y treinta minutos del treinta de
octubre del dos mil doce y con la base de treinta y un millones quinientos
ochenta y tres mil quinientos cincuenta colones con setenta y cuatro céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número cuarenta y ocho mil quince-cero cero cero, la cual es
terreno con una casa N° 35. Situada en el distrito primero Quepos, cantón sexto
Aguirre de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, casa 34; al sur, casa
36; al este, calle pública con un frente a ella de
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Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de
Aguas y Ley de Caminos Públicos, a las citas: 0322-00001644-01-0055-001; a las
trece horas y treinta minutos del treinta de octubre del dos mil doce y con la
base de catorce millones ochenta y cinco mil trescientos cinco colones con
ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y tres mil trescientos
cuarenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno lote número 26-8 terreno
para la agricultura. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos
Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Conservación Montes de
Ararat S. A. y calle en servidumbre; al sur, Rafael Mena Gamboa; al este,
Alberto Mena Gamboa; y al oeste, Río San Antonio. Mide: trescientos cuarenta y
seis mil cuatrocientos treinta y tres metros con cuarenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del veinte de noviembre del dos mil doce, con la base de diez millones
quinientos sesenta y tres mil novecientos setenta y nueve colones con cuarenta
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del once de diciembre del dos mil
doce, con la base de tres millones quinientos veintiún mil trescientos
veintiséis colones con cuarenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Coopealianza R. L., contra Alfredo Lezcano Fallas, Conservaciones Montes de
Ararat S. A., expediente: 12-000572-0188-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de
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Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones,
a las nueve horas del cinco de octubre del dos mil doce, y con la base de
ciento setenta y nueve mil trescientos setenta y cuatro dólares, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número F-treinta y ocho mil quinientos treinta-cero cero cero, que es filial
número dos de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de
construcción. Situada en el distrito primero, cantón once Garabito, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, y al sur, con área común libre; al
este, con filial número tres; y al oeste, con filial número uno. Mide: ciento
treinta y ocho metros con setenta y dos decímetros cuadrados, según plano
P-cero nueve dos tres dos dos cuatro-dos mil cuatro. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas del veintitrés de octubre del dos mil doce, con la base
de ciento treinta y cuatro mil quinientos treinta y un dólares con veinticinco
centavos en moneda de los Estados Unidos de Norteamérica (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas
del ocho de noviembre del dos mil doce con la base de cuarenta y cuatro mil
ochocientos cuarenta y tres dólares con setenta y cuatro centavos de dólar (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecutivo hipotecario de Timothy Wayne Hall contra Villa Playa Jaco Dos
Def S. A. Exp. 08-100743-0642-CI.—Juzgado Civil y
Agrario de Puntarenas, 7 de agosto del 2012.—Lic. Douglas
Quesada Zamora, Juez.—RP2012318678.—(IN2012085963).
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Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada al tomo: 299, asiento:
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Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres
trasladadas al tomo: 349, asiento: 7381; secuencias 902-903-904-905-906-907; a
las nueve horas y cero minutos del cuatro de octubre del dos mil doce, y con la
base de sesenta mil ochocientos cuarenta y ocho dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos noventa y nueve mil seiscientos ochenta y dos cero cero cero la
cual es terreno lote 39, terreno de uso agrícola. Situada en el distrito 05
Cascajal, cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Quebrada Derrumbe; al sur, servidumbre agrícola con un ancho de siete metros;
al este, lote 38; y al oeste, servidumbre agrícola con un ancho de seis metros.
Mide: siete mil seiscientos cuarenta y nueve metros con setenta y dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del veintidós de octubre del dos mil doce, con la base de cuarenta y
cinco mil seiscientos treinta y seis dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del seis de noviembre del dos mil doce con la base de quince mil
doscientos doce dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional
de Costa Rica contra Juan Carlos Valerio Ferreto, y otros. Exp.
12-002886-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de agosto
del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2012086214).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos
del tres de octubre de dos mil doce, y con la base de diez mil trescientos
cuarenta y nueve dólares con setenta y un centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo placa Nº CL 224668, marca: Nissan, estilo: Frontier,
categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, año: 2008, color: gris,
tracción: 4x4. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veintidós de octubre de dos mil doce, con la base de siete mil setecientos
sesenta y dos dólares con veintiocho centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del seis de noviembre de dos mil doce con la base de dos mil quinientos ochenta
y siete dólares con cuarenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra César Sánchez Méndez. Exp.
12-007403-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial de Cartago, 20 de julio del 2012.—Lic. Marvin
Ovares Leandro, Juez.—(IN2012086215).
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Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas quince minutos del
ocho de octubre de dos mil doce, y con la base de veintiún mil diecinueve
dólares exactos moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placa 841118, marca Hyundai, estilo Tucson GL,
año 2011, color café, todo terreno, tracción 4x2, motor de 2000 c.c., a
gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince minutos del
veinticuatro de octubre de dos mil doce, con la base de quince mil setecientos
sesenta y cuatro dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos
del ocho de noviembre de dos mil doce con la base de cinco mil doscientos
cincuenta y cuatro dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución
prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Rafael Brenes Jaén en
Expediente 12-012958-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de julio
del 2012.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2012086217).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos
del veintiséis de octubre de dos mil doce, y con la base de doscientos noventa
y seis mil setecientos seis dólares con dieciséis centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
517941-000 la cual es terreno para construir con una casa de habitación.
Situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú de la provincia de San José.
Colinda: al norte, servidumbre pluvial; al sur, calle pública de uso
restringido denominada Avenida Rosa Blanca; al este, lote catorce de Hogares
Crea de Costa Rica Sociedad Anónima y al oeste, Albrhe Sociedad Anónima. Mide:
cuatrocientos nueve metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de
noviembre de dos mil doce, con la base de doscientos veintidós mil quinientos
veintinueve dólares con sesenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veintisiete de noviembre de dos mil doce con la base de setenta y cuatro
mil ciento setenta y seis dólares con cincuenta y cuatro centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima
contra Alykhan Dhanani. Exp. Nº 12-011496-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de
julio del 2012.—Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2012086221).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios a las nueve horas treinta minutos del
diez de octubre de dos mil doce, y con la base de tres millones novecientos
cuarenta y dos mil quinientos noventa y cuatro colones con quince céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 668763, marca
Mitsubishi, año 1998, vin JA4LS21G4WP044513, cilindrada 2400 c. c., color
verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil doce, con la base de dos
millones novecientos cincuenta y seis mil novecientos cuarenta y cinco colones
con sesenta y uno céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de
noviembre de dos mil doce, con la base de novecientos ochenta y cinco mil
seiscientos cuarenta y ocho colones con cincuenta y tres céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso de ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Juan Rafael Acevedo
Ruiz. Exp. 09-005290-1044-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de mayo del 2012.—Lic.
Gersan Tapia Martínez, Juez.—(IN2012086242).
A las ocho horas treinta minutos
del ocho de octubre del dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes prendarios y con la base de once millones cuatrocientos
tres mil doscientos sesenta y cuatro colones libre de gravámenes prendarios,
sáquese a remate el mueble embargado en autos. Vehículo que se describe así:
placa C uno cuatro ocho dos uno cuatro, clase carga pesada, marca Freightliner,
estilo Century Class, categoría carga pesada, capacidad dos personas. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintitrés de
octubre del dos mil doce, con la base de ocho millones quinientos cincuenta y
dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones (25% de rebajo en la base) y para
la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de
noviembre de dos mil doce, con la base de dos millones ochocientos cincuenta
mil ochocientos dieciséis colones (25% de la base inicial). Lo anterior por
ordenarse así dentro de juicio ejecutivo prendario Nº 10-100192-0197-CI de
Importaciones Equidan Sociedad Anónima contra Transportes Tato Sociedad
Anónima.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 8 de agosto
de 2012.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández,
Juez.—RP2012318718.—(IN2012086344).
En la puerta exterior de este
Despacho; a las ocho horas del veinticinco de octubre del dos mil doce, y con
la base de sesenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: primera finca: Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbres sirvientes a las citas 0384-00014685; y condiciones Ref: 00250645-
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas treinta minutos
del veinticinco de octubre del año dos mil doce, y la base de veinte mil
cuatrocientos catorce dólares con sesenta y nueve centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos veintiséis mil setecientos setenta y cuatro-cero cero cero la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19
Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rafael Saldaña
Beita; al sur, Alberto Arias Cascante; al este, Fernando Lizano Marín y al
oeste, calle pública con frente de
A las 14:15 horas del 4 de
octubre del 2012, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al
mejor postor, libre de anotaciones, soportando hipoteca de primer grado a favor
del Banco Nacional de Costa Rica bajo las citas 2011-00208343-01-0001-001, y
con la base de la hipoteca de segundo grado a favor del Banco actor, sea la
base de ¢20.000.000,00, remataré: Finca inscrita en propiedad partido de
Alajuela, Folio Real matrícula número 413.394-000, que es terreno con un galerón
de uso industrial, sito en Río Cuarto de Grecia, distrito seis, del cantón
tres, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Marcos Víquez Arce; al sur,
Tulio Víquez Arce; al este, calle pública con un frente de
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas del dieciocho de
octubre del año dos mil doce, y con la base de ciento treinta y dos mil
doscientos setenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, sección de
propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y
cuatro mil novecientos nueve del partido de Cartago la cual se encuentra a
nombre de la parte demandada Marielos Badilla Centeno, la cual es terreno de
solar con una casa de habitación. Situada en el distrito Juan Viñas, cantón
Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ronald Aguilar Ulloa;
al sur, Israel Aguirre Rodríguez; al este, quebrada sin nombre, y al oeste,
Israel Rodríguez Aguirre. Mide: cuatrocientos cuarenta y un metros con catorce
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del
veinticinco de octubre del año dos mil doce, con la base de ciento treinta y
dos mil doscientos setenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las ocho horas del treinta y uno de octubre
del año dos mil doce, con la base de ciento treinta y dos mil doscientos
setenta colones (un veinticinco por ciento de base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución sentencia dentro del proceso abreviado de
divorcio de Mario Alexis Vega Solano contra Marielos Badilla Centeno, bajo el
expediente número 09-000429-0675-FA-I.—Juzgado de Familia de Turrialba,
10 de agosto del año 2012.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—RP2012318779.—(IN2012086349).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cincuenta y
cinco minutos del cinco de octubre del dos mil doce, y con la base de dieciocho
mil novecientos veintidós dólares con cincuenta y cuatro centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo placas: 550836, marca: volvo, categoría:
automóvil, vin: YV1CZ91G841096400, color dorado, año: 2004, cilindrada: 2.900
c.c. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cincuenta y cinco
minutos del veintitrés de octubre de dos mil doce, con la base de catorce mil
ciento noventa y un dólares con noventa y un centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cincuenta y cinco minutos del siete de noviembre de dos mil doce con la base
de cuatro mil setecientos treinta dólares con sesenta y cuatro centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa Sociedad Anónima contra
Jorge Roberto Angulo Monge. Exp. Nº 11-008299-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 17 de agosto del año 2012.—Lic.
Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—RP2012318823.—(IN2012086354).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las diez horas y cero
minutos del veintiséis de octubre del año dos mil doce y con la base de dos
millones ochocientos veintiún mil quinientos colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo placa: BBK349, marca Hyundai, categoría:
automóvil, serie: KMHCN36C87U044098, carrocería: sedán 2 puertas Hatchback,
capacidad: 5 personas, estilo: Accent, año: 2007, color: gris. Para el segundo
remate se señalan las diez horas cero minutos del nueve de noviembre del año
dos mil doce, con la base de dos millones ciento dieciséis mil ciento
veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de
noviembre del año dos mil doce con la base de setecientos cinco mil trescientos
setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Auto Expertos S.
A. contra Édgar Armando Vega Briceño. Exp. Nº 12-000313-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 30 de mayo del 2012.—Msc.
Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2012318859.—(IN2012086356).
En la puerta exterior de este
despacho; Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando dos servidumbres de
paso, inscritas bajo las citas: 531-19333-01-0004-001 y 2010-22393-01-0002-001;
a las catorce horas treinta minutos del treinta de octubre del dos mil doce,
primer remate y con la base de ciento veintisiete mil setecientos once dólares
treinta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número 186478-000, la cual es terreno de
solar, situado en el distrito octavo Cabo Velas, cantón tercero Santa Cruz de
la provincia de Guanacaste, linda: al norte; sur; y este, Miguel Ángel Angulo
Mora; oeste: calle pública con un frente lineal de veinte metros. Mide: mil
quinientos setenta y seis metros con once decímetros cuadrados, plano
catastrado G-cero cero sesenta mil setecientos treinta y cuatro-mil novecientos
noventa y dos. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta
minutos del catorce de noviembre del dos mil doce, con la base de noventa y
cinco mil setecientos ochenta y tres dólares cincuenta y dos centavos (rebajada
en un 25%). De no apersonarse rematantes para el tercer remate se señalan las
catorce horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil doce,
con la base de treinta y un mil novecientos veintisiete dólares ochenta y
cuatro centavos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley.
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal,
contra Sider Antonio Oviedo Gómez. Expediente: 12-000281-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, 10 de agosto del 2012.—Lic. Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—RP2012318863.—(IN2012086357).
En la puerta exterior de este
Despacho; soportando hipoteca de primer grado anotada bajo las citas 553-880-01,
hipoteca de segundo grado anotada bajo las citas 576-58663-01, hipoteca
deterger grado anotada bajo las citas 2010-58319-01, reservas y restricciones
anotadas bajo las citas 402-10346-01; a las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del dieciocho de octubre de dos mil doce, y con la base de doscientos
sesenta y seis millones trescientos diecisiete mil ochocientos cuarenta y un
colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 22313-F-000 la cual es terreno
filial ocho de dos plantas totalmente construida, destinado a uso habitacional.
Situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Filial 9; al sur, casa club y área de juegos
infantiles; al este, acceso vehicular y filial 9, y al oeste, Quebrada
Jaboncillo. Mide: cuatrocientos noventa y siete metros con tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del dos de noviembre de dos mil doce, con la base de ciento noventa y
nueve millones setecientos treinta y ocho mil trescientos ochenta y un colones
con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de
noviembre de dos mil doce con la base de sesenta y seis millones quinientos
setenta y nueve mil cuatrocientos sesenta colones con treinta y cinco céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Condominio Lomas de Escazú contra Inversiones
Alimenticias Internacionales I A I S. A., expediente Nº 11-030761-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14
de agosto del año 2012.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2012086559).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas y treinta minutos
del quince de octubre del dos mil doce, y con la base de siete mil quinientos
ochenta dólares con sesenta y ocho centavos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Vehículo placas Nº 623954, marca Citroen Xsara Pica, año 2006, Vin
935CHRHYP25742954, cilindrada 1997 c.c., color rojo, categoría automóvil. Para
el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de
octubre del dos mil doce, con la base de cinco mil seiscientos ochenta y cinco
dólares con cincuenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del
catorce de noviembre del dos mil doce, con la base de mil ochocientos noventa y
cinco dólares con diecisiete centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.
A., contra Erick Laurent Kauffmann. Expediente Nº 08-010496-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 28 de junio del 2012.—Msc. Eileen Chaves Mora,
Jueza.—(IN2012086606).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos
del dos de octubre del año dos mil doce, y con la base de dos mil novecientos
cuarenta dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo placas CL-197.067, marca Greatwall, categoría carga
liviana, capacidad 2 personas, año 2004, color rojo, vin LGWCA2G794A076848,
cilindrada 2237 c.c., combustible gasolina Nº motor 491QED030708016. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de
octubre del año dos mil doce, con la base de dos mil doscientos cinco dólares
con treinta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del uno de
noviembre del año dos mil doce, con la base de setecientos treinta y cinco
dólares con doce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotianbank de Costa Rica S. A. contra José Orlando
Campos Arce. Exp. Nº 09-000962-0504-CI.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 6 de agosto del año 2012.—Lic.
Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2012086608).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; pero soportando servidumbre de
acueducto y de paso de AyA; a las quince horas y cero minutos del treinta de
octubre del dos mil doce y con la base de ciento treinta y ocho mil doscientos
ochenta y nueve dólares con setenta y nueve centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuarenta y cinco mil ciento veintitrés-cero cero cero (45.123-000), la cual es
terreno finca filial 48 apta para construir que se destina a uso habitacional
la cual podrá tener una máxima altura de dos pisos. Situada en el distrito San
Pablo, cantón San Pablo de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca
filial 47; al sur, finca filial 49; al este, Transportes Unidos Cuatrocientos
S. A.; y al oeste, acceso principal. Mide: ciento noventa y cuatro mil metros
con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince
horas y cero minutos del catorce de noviembre del dos mil doce, con la base de
ciento tres mil setecientos diecisiete dólares con treinta y cuatro centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cero minutos del veintinueve de noviembre del dos mil doce,
con la base de treinta y cuatro mil quinientos setenta y dos dólares con
cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor
de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Diana Vargas
Murillo. Expediente: 11-000517-0504-CI.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 6 de agosto del 2012.—Lic.
Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2012086610).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones anotadas al tomo: 351, asiento: 4462, secuencia: 01-0816-
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones, servidumbre trasladada y servidumbre de aguas pluviales; a las
trece horas y quince minutos del diecisiete de enero de dos mil trece, y con la
base de veintidós millones ochocientos setenta y dos mil trescientos
veintisiete colones con treinta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F 65294-cero cero
cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número dos-C
apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito San Isidro, cantón Alajuela,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común de libre de acceso
siete; al sur, área común de libre de juegos infantiles y finca filial primaria
individualizada número ochenta y tres-B; al este, finca filial primaria número
tres-C, y al oeste, este finca filial primaria número uno-C. Mide: trescientos
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince
minutos del siete de febrero del dos mil trece, con la base de diecisiete
millones ciento cincuenta y cuatro mil doscientos cuarenta y cinco colones con
cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del veintiuno de
febrero de dos mil trece con la base de cinco millones setecientos dieciocho
mil ochenta y un colones con ochenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Alejandro José Gómez Delgado, expediente Nº 11-000919-0638-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 9
de agosto del dos mil doce.—M.sc. Juan Carlos Castro Villalobos,
Juez.—(IN2012086636).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este
Despacho, a las once horas del veintinueve de octubre del año dos mil doce;
libre de gravámenes prendarios y soportando infracción a
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos
del trece de noviembre del dos mil doce, y con la base de un millón quinientos
sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo
placas 621380, marca Nissan, estilo Sentra EX Saloon, año 1994, color vino,
chasis 3N1BJAB13R006271, motor E16695463M, cilindrada 1597 c.c. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre
del dos mil doce, con la base de un millón ciento setenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del trece de diciembre del dos mil doce con la
base de trescientos noventa mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vacheron Constantin
Sociedad Anónima contra Luis Gerardo Matarrita Fernández. Exp.
10-001268-0504-CI.—Juzgado de Cobro
y Civil de Menor Cuantía de Heredia,
8 de agosto del 2012.—Lic. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—RP2012317983.—(IN2012084677).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones así como
servidumbre de paso, a las trece horas y treinta minutos del catorce de
noviembre del dos mil doce, y con la base de treinta y siete millones
seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y ocho
mil cuatrocientos sesenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno con casa y
patio. Situada: en el distrito Alfaro, cantón San Ramón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Agropecuaria Alomar S. A.; al sur, Agropecuaria
San Ramón S. A.; al este, Agropecuaria San Ramón S. A., y al oeste, servidumbre
de paso. Mide: dos mil cuatrocientos setenta metros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de
noviembre del dos mil doce, con la base de veintiocho millones doscientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de diciembre
del dos mil doce, con la base de nueve millones cuatrocientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Luis Álvarez Álvarez. Expediente Nº 12-000184-0296-CI.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 8 de
agosto del 2012.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—RP2012318032.—(IN2012084681).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos
del uno de noviembre del año dos mil doce, y con la base de trescientos diez
mil trescientos catorce colones con treinta y cuatro céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo placas 566355, marca Suzuki, estilo
Carry 1.3, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2005, color azul, Vin
JS3DA32V854130, cilindrada 1300 cc, combustible gasolina, Nº motor G13BB857082.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del
dieciséis de noviembre del año dos mil doce, con la base de doscientos treinta
y dos mil setecientos treinta y cinco colones con setenta y cinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta minutos del tres de diciembre del año dos mil doce,
con la base de setenta y siete mil quinientos setenta y ocho colones con
cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotianbank de Costa Rica S. A., contra Foryini de Costa
Rica S. A., expediente Nº 10-000972-0370-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia, 10 de agosto del año 2012.—Lic. Ricardo Chacón
Cuadra, Juez.—RP2012318078.—(IN2012084685).
En la puerta exterior de este
Despacho; en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre de gravámenes
hipotecarios; soportando condiciones y servidumbre sirviente al tomo 384,
asiento 14685, finca del Partido de San José, matrícula número trescientos
ochenta y cuatro mil ciento cincuenta y siete-cero cero cero, la cual es
terreno de pastos, ubicada en el distrito primero San Isidro, cantón diecinueve
Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Ángela
Calderón; al sur, lote 7; al este y al oeste, con calle pública. Mide: mil
novecientos setenta metros trece decímetros cuadrados. Para el primer remate
con la base de treinta millones quinientos dieciséis mil colones, para el
segundo remate con la base de veintidós millones ochocientos ochenta y siete
mil colones (rebajada en un 25%), y para el tercer remate con la base de siete
millones seiscientos veintinueve mil colones (un 25% de la base original). 2)
Libre de gravámenes hipotecarios; soportando condiciones y servidumbre
trasladada al tomo 380, asiento 6669, finca del partido de San José, matrícula
número trescientos setenta y seis mil doscientos cuarenta y uno cero cero cero,
la cual es terreno para construir, ubicada en el distrito primero San Isidro,
cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, con Alberto Moreno; al sur, Héctor Hidalgo; al este, Blas Valverde; y al
oeste, con calle pública. Mide: mil novecientos dieciséis metros ochenta y un
decímetros cuadrados. Para el primer remate con la base de veinticinco millones
cuatrocientos treinta mil colones, para el segundo remate con la base de
diecinueve millones setenta y dos mil colones (rebajada en un 25%), y para el
tercer remate con la base de seis millones trescientos cincuenta y siete mil
colones (un 25% de la base original). para el primer remate se señalan las
trece horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil doce. De no
haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece
horas treinta minutos del veintidós de noviembre del año dos mil doce, de no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas
treinta minutos del trece de diciembre del dos mil doce. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Clay Irons Henry contra
Inversiones Kalhec del Sur S. A. Exp. 12-000238-0188-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando; servidumbre de paso con citas
486-00002093-01-0004-
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y quince minutos
del veintitrés de octubre del dos mil doce, y con la base de ciento ochenta y
siete mil doscientos ochenta y nueve dólares con sesenta y dos centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 418079-000; la cual es terreno lote para construir bloque-V,
lote 23-V. Situada en el distrito 03 Sánchez, cantón 18 Curridabat, de la
provincia de San José. Colinda: al noreste, calle pública con
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada inscrita al tomo 297, asiento 19.016; obligaciones ref. 1508,
inscrita al tomo 297, asiento 19.016; servidumbre sirviente inscrita al tomo
304, asiento 15.931 y servidumbre sirviente inscrita al tomo 318, asiento
15.503; a las catorce horas y cero minutos del diecinueve de octubre de dos mil
doce, y con la base de ciento treinta mil doscientos un dólares con noventa
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos dos mil seiscientos setenta y ocho cero
cero cero, la cual es terreno bloque G lote 1, terrero para construir.
Situada en el distrito quinto Concepción, cantón tercero
A las ocho horas y treinta
minutos del primero de noviembre del dos mil doce, en la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de once millones
doscientos setenta y ocho mil cuarenta y siete colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
00137166-000, la cual es terreno para construir lote 13. Situada en el distrito
01 Paraíso, cantón Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
Municipalidad de Paraíso; al sur, calle pública con
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre Trasladada, bajo las
citas: 401-11785-01-0900-001; a las nueve horas del veinte de noviembre del año
dos mil doce , y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
82509-000, la cual es terreno con una casita. Situada en el distrito Cañas,
cantón Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ana Cecilia
Hidalgo López; al sur, carretera interamericana con
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas:
0369-00019041-01-0900-
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios y anotaciones, judiciales; a las quince horas y treinta
minutos del diecinueve de noviembre de dos mil doce y con la base de diecisiete
millones setecientos ochenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo placas número 645437, marca B.M.W., estilo:
525IA, año 2006, vin WBANE51086B979053, cilindrada 2.494 cc, color gris,
categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las quince horas y
treinta minutos del cuatro de diciembre de dos mil doce, con la base de trece
millones trescientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y treinta minutos del diecinueve de diciembre de dos mil doce
con la base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta y seis mil doscientos
cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Asociación Costarricense para Organizaciones de
Desarrollo (Acorde) contra Kompress Inc. Sociedad Anónima, Oro Magik S. A. y
Orestes Lizano San Martín. Exp. Nº 10-000633-0640-CI.—Juzgado Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. María Mora Saprissa, Jueza.—RP2012318526.—(IN2012085575).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y
restricciones al tomo trescientos diecisiete, asiento quince mil novecientos
ochenta y siete, así como servidumbre de paso al tomo cuatrocientos doce,
asiento diecinueve mil ciento ochenta y uno; a las siete horas treinta minutos
del diecinueve de octubre del dos mil doce, y con la base de cinco millones
trescientos cuarenta y seis mil sesenta y un colones con seis céntimos, al
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en la provincia de San José
matrícula de Folio Real número cuatrocientos veinticuatro mil ochocientos
treinta-cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada en el distrito
quinto San Pedro, cantón décimo noveno Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Hulmen Ortiz Beita; al sur, otra propiedad de Martín
Elizondo Jiménez; al este, otra propiedad de Martín Elizondo Jiménez; y al
oeste, otra propiedad de Martín Elizondo Jiménez. Mide: tres mil quinientos
sesenta y cuatro metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las siete horas treinta minutos del cinco de noviembre del
dos mil doce, con la base de cuatro millones nueve mil quinientos cuarenta y
seis colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las siete horas treinta minutos del veinte de
noviembre del dos mil doce, con la base de un millón trescientos treinta y seis
mil quinientos quince colones con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución de
sentencia (abreviado de divorcio) de Francis Morales Cordero contra Gerardo
Martín Elizondo Jiménez. Exp. 04-400478-0919-FA.—Juzgado
de Familia y Penal Juvenil del Primer
Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, a las nueve horas y treinta
minutos del dieciséis de noviembre del dos mil doce, y con la base de treinta y
tres millones cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y un colones con treinta
y cinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula Nº 204149-000, la cual es terreno para construir con
una casa. Situada: en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, Matilde Araya Rodríguez; al sur,
Orlando Molina Villalobos; al este, calle pública, y al oeste, Gloria Clarke
Holman. Mide: ciento sesenta y cinco metros con cincuenta y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos
del tres de diciembre del dos mil doce, con la base de veinticuatro millones
setecientos ochenta y tres mil novecientos treinta y un colones con un céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil doce,
con la base de ocho millones doscientos sesenta y un mil trescientos diez
colones con treinta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de
Educadores R.L., contra Marianela Antonio Murillo Pacheco, Xinia Mercedes
Sánchez Reyes. Expediente Nº 09-016183-1044-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2012.—Lic.
María Mora Saprissa, Jueza.—(IN2012085825).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condiciones
0362-00014798-01-0801-001; a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de
octubre del dos mil doce, y con la base de veintitrés millones ciento once mil
novecientos sesenta y siete colones con doce céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número, ciento treinta y siete mil ochocientos noventa y uno-cero cero cero la
cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito primero
Buenos Aires, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia; de Puntarenas.
Colinda: al norte, Agroinversiones Herreri S. A.; al sur, Inmobiliaria
Villanueva Agüero S. A.; al este, calle pública; y al oeste, Municipalidad de
Buenos Aires. Mide: mil trescientos tres metros con cuarenta y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del seis de noviembre del dos mil doce, con la base de diecisiete millones
trescientos treinta y tres mil novecientos setenta y cinco colones con treinta
y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de
noviembre del dos mil doce con la base de cinco millones setecientos setenta y
siete mil novecientos noventa y un colones con setenta y ocho céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R.L. contra Ulises Arias Cisneros. Exp. 11-000672-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas treinta minutos
del dieciséis de octubre del dos mil doce, y con la base de veintisiete
millones setecientos veintiún mil ciento treinta y siete colones con tres
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y dos mil ciento noventa y ocho
cero cero uno cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa,
lote cincuenta y siete. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19
Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Álvaro
Corrales Cordero; al noroeste, María de Los Ángeles Arrieta Coto; al sureste,
María de Los Ángeles Arrieta Coto; y al suroeste, calle pública con diez metros
de frente. Mide: doscientos sesenta metros con cincuenta y dos decímetros
cuadrados. Plano SJ-0636427-1986 Para el segundo remate se señalan las trece
horas treinta minutos del seis de noviembre del dos mil doce, con la base de
veinte millones setecientos noventa mil ochocientos cincuenta y dos colones con
setenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del veintisiete de
noviembre del dos mil doce, con la base de seis millones novecientos treinta
mil doscientos ochenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R.L. contra Guillermo Enrique Hernández Álvarez. Exp.
11-000600-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones a las citas: 391-6499-01-986-001; a las ocho horas y treinta
minutos del veintitrés de octubre del año dos mil doce, y con la base de
dieciséis millones quinientos cuarenta y siete mil seiscientos veintiún colones
con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número setenta y seis mil ciento cuarenta y
cinco-cero cero cero la cual es terreno lote doscientos diecinueve de solar con
una casa. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos
del primero de noviembre del dos mil doce, y con la base de ciento catorce mil
seiscientos setenta y cuatro dólares con treinta y ocho centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos cuarenta y siete mil cuatrocientos treinta y dos-cero cero cero la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Vicente, cantón
Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Praderas Verdes de
Monserrat; al sur, Inmobiliaria Buenaventura S. A.; al este, resto destinado a
calle; y al oeste, resto destinado a área de juegos infantiles y resto de
Inmobiliaria Buenaventura S. A. Mide: doscientos catorce metros con treinta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil doce, con la base de ochenta
y seis mil cinco dólares con setenta y ocho centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del tres de diciembre del dos mil doce con la base de
veintiocho mil seiscientos sesenta y ocho dólares con cincuenta y nueve
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Guillermo Brenes Salas.
Exp. 12-000506-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
y Civil de Menor Cuantía de Heredia,
20 de agosto del 2012.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2012086213).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres de
paso a las citas 2009-00063648-01-0002-001, servidumbres de líneas eléctricas y
de paso a las citas 2011-00358430-02-0006-001, servidumbre de acueducto a las
citas 2011-00358430-02-0011-001; a las nueve horas del veintitrés de octubre
del año dos mil doce, y con la base de ochenta y cinco mil dólares exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número seiscientos cuatro mil doscientos cuarenta y ocho cero cero
cero la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 03 Daniel Flores,
cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Lacondon del Sur S. A.; al sur, 3-101-513594 S. A., Luis Fernando Retana Zúñiga
y Viajes en las Alturas S. A.; al este, servidumbre agrícola de
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos
del primero de noviembre del dos mil doce, y con la base de treinta y cinco mil
setenta y cinco dólares con cero centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo placas: 815639, marca: Mitsubishi, categoría: automóvil,
serie: JMYLRV96W9J000152, año: 2009, color: beige. Para el segundo remate se
señalan las once horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil
doce, con la base de veintiséis mil trescientos seis dólares con veinticinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y treinta minutos del tres de diciembre de dos mil doce
con la base de ocho mil setecientos sesenta y ocho dólares con setenta y cinco
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa Sociedad Anónima contra
Construcciones y Desarrollos del Futuro S. A., expediente Nº
10-001445-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de agosto del 2012.—Lic.
Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2012318822.—(IN2012086353).
A las trece horas treinta
minutos del veinticinco de octubre del dos mil doce: en la puerta exterior de
este despacho, soportando gravámenes por decreto de embargo, inscrito al tomo
2008, asiento 00166192, en el mejor postor remataré el vehículo marca Hyundai,
categoría y carrocería: microbus, serie, chasis y vin KMJWWH7HP1U355573,
tracción: 4x2, motor: D4BH1152923, cilindrada: 2500 c. c., combustible: diesel,
modelo: SVX TDI. Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso
incumplimiento contractual N° 05-100152-425-CI, de Eliécer Castro Mejías en
contra de Gustavo Martínez Campos.—Juzgado Civil de
Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 6 de agosto del 2012.—Lic.
Sedyer Villegas Méndez, Juez.—RP2012318833.—(IN2012086355).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones, a las trece horas y treinta minutos del
veinte de noviembre del año dos mil doce, y con la base de veinticinco millones
doscientos cuarenta mil ochocientos veintitrés colones con veinticinco
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula Nº 53919-000. Colinda: al norte, calle pública; al
sur, Jesús Elí y Antonio Lara González; al este, Álvaro Ramírez Calvo, y al
oeste, calle pública. Mide: Trescientos treinta metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de
diciembre del año dos mil doce, con la base de dieciocho millones novecientos
treinta mil seiscientos diecisiete colones con cuarenta y tres céntimos
(rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de diciembre del año dos
mil doce, con la base de seis millones trescientos diez mil doscientos cinco
colones con ochenta y un céntimos (un 25% de la base original). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Guido Murillo Rojas. Exp.
Nº 12-000136-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, 24 de agosto del 2012.—Lic. Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—RP2012318877.—(IN2012086358).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del dieciocho de octubre de dos mil doce, y con la base de siete mil
seiscientos diecinueve dólares con veinticinco centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo marca Nissan X-Terra SE, carrocería station
wagon o familiar, capacidad cinco personas, año 2006, color gris, tracción 4x4,
número de motor M1A237869, cilindrada
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando colisión y denuncia penal, a las diez
horas y cero minutos del catorce de noviembre del dos mil doce, y con la base
de siete mil ciento setenta y seis dólares con sesenta centavos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Vehículo 4999505, marca Peugeot, estilo Berlina
206 XS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2003, color verde, vin
VF32AWJYU2W037490, cilindrada 1868 c. c., combustible diesel, motor Nº
10DXEE6026109. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos
del veintinueve de noviembre del dos mil doce, con la base de cinco mil
trescientos ochenta y dos dólares con cuarenta y cinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y
cero minutos del catorce de diciembre del dos mil doce, con la base de mil
setecientos noventa y cuatro dólares con quince centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar pon cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Sianni Milena Redondo Valerio. Expediente
Nº 09-000167-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia,
3 de agosto del 2012.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2012086611).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada al tomo: 369, asiento:
A las nueve horas y cero minutos
del veintisiete de setiembre del dos mil doce, en la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la rebaja del veinticinco por
ciento de ley, sea la suma de setecientos cuarenta y un mil doscientos treinta
y cuatro colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Vehículo marca Nissan, estilo Pulsar, modelo mil novecientos ochenta
y nueve, marca de motor Nissan, número de motor E-13-250138, placa de circulación
126366, chasis Nº BN 13-200215, vehículo color rojo. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecutivo prendario de Banco Nacional de Costa Rica contra
Segura Ovares José Roberto. Expediente Nº 96-003241-0226-CA.—Juzgado
Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José,
27 de julio del 2012.—Lic. Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez, Juez.—RP2012318961.—(IN2012086722).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las once horas y quince minutos del
veintitrés de octubre de dos mil doce, y con la base de ocho mil doscientos
veinticuatro dólares con treinta y siete centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo marca Nissan Tiida, carrocería sedán cuatro puertas,
capacidad cinco personas, año 2008, color gris, chasis JN1BCAC11Z0014830,
número de motor HR16386951A, cilindrada
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos
del uno de noviembre de dos mil doce, y con la base de cinco mil quinientos
diecisiete dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: un vehículo marca Peugeot, estilo 307 sedán XS, carrocería sedán
cuatro puertas, año 2007, color gris, chasis 8AD3DN6BL7G027082, número de motor
10DBTS0003007, cilindrada
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada; a las once horas y cero minutos del veintinueve de octubre de dos
mil doce, y con la base de veintiséis mil ciento setenta y siete dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 518190-000 cero cero uno, cero cero dos, la cual
es terreno para construir, lote 70-f. Situada en el distrito 03 Sánchez, cantón
18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública
conocida como calle 2-a; al sur, lote 61-f y 62-f; al este, lote 69-f y al
oeste, lote 71-f. Mide: trescientos treinta y cinco metros con cuarenta y ocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero
minutos del trece de noviembre de dos mil doce, con la base de diecinueve mil
seiscientos treinta y dos dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil doce con la base de seis
mil quinientos cuarenta y cuatro dólares con veinticinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima
contra Alexánder Román no indica. Exp. 11-007341-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 22 de agosto del 2012.—Lic.
Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—RP2012319005.—(IN2012086725).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada y servidumbre de paso, a las nueve horas y cero minutos del
veintiocho de setiembre del dos mil doce, y con la base de nueve millones
cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta
y siete mil cuatrocientos setenta cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada: en el distrito sétimo Santa Eulalia, cantón quinto Atenas,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte; al este, y al oeste, Luvamora
Sucesores Ltda., y al sur, calle pública con un frente a ella de veinte metros.
Mide: novecientos noventa y ocho metros con ochenta y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos
del dieciséis de octubre del dos mil doce, con la base de siete millones
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno
de octubre del dos mil doce, con la base de dos millones trescientos cincuenta
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Asdrúbal José Mora Álvarez. Expediente Nº 10-000669-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 8 de agosto del 2012.—Lic. María
Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—RP2012319012.—(IN2012086726).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios, soportando infracciones/colisiones
bajo las sumarias Nos. 09-601188-0489-TC, 11-006765-174-TR, 11-2292-174-TR y
11-3465-174-TR, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de
octubre del dos mil doce, y con la base de seis mil cuatrocientos cuarenta y un
dólares con noventa y dos centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Vehículo placa 696689, marca Nissan, estilo Almera SG, año 2008, color dorado.
Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del veinticinco de octubre del dos mil doce, con la base de cuatro mil
ochocientos treinta y un dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre del dos mil doce, con la base
de mil seiscientos diez dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica S.A.) contra Inversiones Martis
Ager S. A., Juan Antonio Calvo Bianchini. Expediente Nº 12-012517-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 31 de julio del 2012.—Lic. Osvaldo López
Mora, Juez.—RP2012319024.—(IN2012086727).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones
0372-00006134-01-0872-001; a las trece horas y treinta minutos del seis de
noviembre de dos mil doce, y con la base de seis millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 226411-000 cero cero cero, la cual es terreno de
cultivos. Situada en el distrito tercero, cantón décimo, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, Ángel Arturo Pérez Cruz; al sur, William Chaves
Alfaro; al este, Gerardo Araya Jiménez; y al oeste, calle pública con un frente
de treinta y dos metros con sesenta centímetros lineales. Mide: seis mil
seiscientos cuarenta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil doce,
con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y
treinta minutos del seis de diciembre de dos mil doce con la base de un millón
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Inmobiliaria e Inversiones Joan SRL
contra Construcciones J Y B Nosara Nuevo Siglo S. A. Exp. 12-000080-0930-CI.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía de Pococí, 20 de agosto del 2012.—Lic. María Cristina Cruz
Montero, Jueza.—RP2012319098.—(IN2012086728).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos
del veinticuatro de setiembre del dos mil doce, y con la base de quince millones
de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula Nº 52749-000, la cual es terreno de café con
una casa. Situada: en el distrito 01 Santa Bárbara, cantón 04 Santa Bárbara, de
la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Amelia Sánchez; al sur, calle
pública; al este, Carmen Centeno Campos, y al oeste, Auristela Herrera. Mide:
ciento noventa y dos metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de octubre del
dos mil doce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos
mil doce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Fabio Monestel Sánchez contra
Humberto Joaquín Herrera Hernández. Expediente Nº 12-001953-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia,
21 de junio del 2012.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—RP2012319107.—(IN2012086729).
Primer remate: A las once horas
del ocho de octubre del dos mil doce, en la puerta exterior del Juzgado Agrario
de Liberia, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de cuarenta y cinco
millones de colones, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el
Registro Público de
En la puerta exterior de este
despacho; en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) libre de gravámenes hipotecarios;
pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, inscritas
al tomo 419, asiento 2459, consecutivo 01, secuencia 0004, subsecuencia 001; a
las nueve horas y cero minutos del uno de octubre del dos mil doce, con la base
de ciento cuarenta y cinco mil doscientos dólares exactos, finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número F62836-000, la cual es terreno finca filial
veintiocho de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de
construcción. Situada en el distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Finca Filial Veintinueve; al sur,
Finca Filial Veintisiete; al este, calle pública; y al oeste, acceso vehicular.
Mide: doscientos veinticuatro metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete
de octubre del dos mil doce, con la base de ciento ocho mil novecientos dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del uno de noviembre del dos mil doce,
con la base de treinta y seis mil trescientos dólares exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). 2) libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, inscritas al
tomo 419, asiento 2459, consecutivo 01, secuencia 0004, subsecuencia
En la puerta exterior de este
juzgado: libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, pero soportando
reservas y restricciones, remátese la finca de la provincia de Puntarenas
matrícula: 179457-000. Naturaleza: terreno de montaña. Situada: distrito 01
Cortés, cantón 05 Osa, provincia de Puntarenas. Linderos: norte, río Coronado;
sur, Eladio Gutiérrez Monge y Eric Sean
En la puerta exterior de este
despacho y libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal bajo
la sumaria número 07-001261-0412-PE; a las nueve horas y cero minutos del tres
de octubre del dos mil doce y con la base de tres millones doscientos setenta y
cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo
placas 656441, Suzuki, año 1999, vin JS3TD62V4X4100782, cilindrada 2500, color
blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
y cero minutos del veintidós de octubre de dos mil doce, con la base de dos
millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del siete de noviembre de dos mil doce, con la
base de ochocientos dieciocho mil quinientos colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit contra José Miguel Jirón Chavarría.
Expediente número: 09-020161-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de
junio del 2012.—Msc. Adriana Jara Benavides,
Jueza.—Rp2012319263.—(IN2012087075).
En la puerta exterior de este
despacho remataré al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y
anotaciones judiciales, pero soportando condiciones a las citas trescientos
seis-diecisiete mil setecientos cuarenta-uno, el inmueble del partido de
Puntarenas número ciento setenta y un mil setecientos cinco-cero cero cero, con
las siguientes bases: 1) Doce millones ciento cuarenta y dos mil ciento trece
colones con ochenta y un céntimos, remate que se celebrará a las ocho horas del
ocho de octubre de dos mil doce. 2) Con la base en la suma de nueve millones
ciento seis mil quinientos ochenta y cinco colones con treinta y seis céntimos
(rebaja del veinticinco por ciento de la base), se señalan las ocho horas del
veinticuatro de octubre de dos mil doce. 3) Con la base en la suma de tres
millones treinta y cinco mil quinientos veintiocho colones con cuarenta y cinco
céntimos se señalan las ocho horas del ocho de noviembre de dos mil doce. El
inmueble se describe así: terreno de agricultura, sito en Guaycará, Golfito, distrito
tercero, cantón sétimo de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con
calle pública; al sur; este; y oeste, con Hilalia Castillo Castillo y Feliciano
Barrias Barrias. Mide: dos mil quinientos metros cuadrados. Posee plano número
P-1301074-2008. Propiedad de Davis Norman Barrios Castillo. Expediente número
12-100136-0920-CI-1 de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Barrio
Castillo Davis.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de
A las nueve horas del cuatro de
octubre de dos mil doce, en la puerta principal del local que ocupa este
despacho, al mejor postor, de la manera que se dirá y con las bases que se
indican a continuación, remataré los siguientes vehículos: primero: libre de
gravámenes prendarios comunes y anotaciones, infracciones y colisiones y con la
base del valor declarado en el Ministerio de Hacienda, según certificación de
folio 18, sea la base de ¢2.300.000,00, el vehículo marca Geo Tracker, placas
773688, categoría automóvil, serie, chasis y vin 2CNBE1362T6903094, tracción
4x2, carrocería todo terreno 4 puertas, techo duro, capacidad 5 personas, año
1996, color verde, número de motor G16T102928, 1.600 cc, combustible gasolina,
4 cilindros. Segundo: libre de gravámenes prendarios comunes y anotaciones,
infracciones y colisiones y con la base del valor declarado en el Ministerio de
Hacienda, según certificación de folio 21, sea la base de ¢1.070.000,00, el
vehículo marca Toyota Corolla, placas 862760, categoría automóvil, serie y vin
JT2AE09E9P0001820, chasis AE1020001820, carrocería sedán 4 puertas, tracción
4x2, capacidad 5 personas, año 1993, color blanco, número de motor no existe, 1.800
cc, 4 cilindros, modelo DX, combustible gasolina. Para el segundo remate ahora
con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la base de ¢1.725.000,00,
para el vehículo placas 773688 y la base de ¢802.500,00, para el vehículo
placas 862760, se señalan las nueve horas del veintidós de octubre de dos mil
doce. Para el tercer remate, ahora con la base del veinticinco por ciento de la
base original, sea la base de ¢575.000,00, para el vehículo placas 773688 y la
base de ¢267.500,00, para el vehículo placas 862760, se señalan las nueve horas
del seis de noviembre de dos mil doce. Se rematan por estar así ordenado en
expediente: 12-100058-0297-CI (1B), monitorio de Grettel Magaly Acosta Jirón
contra Ivannia Solano Monestel.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada,
22 de octubre de 2012.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—(IN2012087298).
En la puerta exterior de éste
Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y
colisiones; a las quince horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del
dos mil doce, y con la base de un millón quinientos veinte mil colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 146722, marca:
Mitsubishi, chasis: DSNC61AMU02202, color; celeste, año: 1991, cilindrada: 1298
cc. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del
ocho de octubre del dos mil doce, con la base de un millón ciento cuarenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince
horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil doce, con la
base de trescientos ochenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Manfred Pérez Porras contra
Gustavo Adolfo Montoya Monge. Exp.: 12-005828-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 19 de julio del 2012.—Lic.
Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2012087371).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Luz Marina Oviedo Arce, a una junta que se
verificará en este Juzgado a las ocho horas y cero minutos del cinco de octubre
del año dos mil doce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo
926 del Código Procesal Civil. Exp. N° 08-004525-0370-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 6 de junio del 2012.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2012075627).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente Nº 12-100002-0927-CI (2-4-12)-A, donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Carmen Campos Mena,
mayor, casada una vez, oficios del hogar, portadora de la cédula de identidad
número cinco-ciento treinta y uno-ciento ochenta y cinco (5-131-185), vecina de
Concepción de Abangares, Guanacaste, con el fin de inscribir a su nombre en el
Registro Público de
Leila Bonilla Morales, mayor,
casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número seis-doscientos
cuarenta y seis-setecientos treinta y cuatro, vecina de San Gabriel de Aserrí,
solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre
en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y
que se describe así: terreno de tacotal, situado en Las Tablas distrito tercero
Potrero Grande del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta
Puntarenas, con los siguientes linderos: al norte, con Yoice Bonilla Morales y
Johanna Díaz Vindas; al sur, con Vilma María Zamora Alfaro y Rosa Bonilla
Morales; al este, con calle pública con ochenta y un metros con sesenta y dos
decímetros cuadrados; y al oeste, con Johanna Díaz Vindas y Vilma María Zamora
Alfaro. Mide ocho mil ciento noventa y ocho metros cuadrados, según plano
catastrado P-1425679-2010. El terreno antes descrito, la solicitante ha sido la
poseedora en calidad de dueña de manera pública, pacífica e ininterrumpida por
más de diez años. Estima el fundo en la suma de dos millones de colones,
igualmente las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir
de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean
lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus
derechos. Información posesoria, expediente número 12-100049-1046-CI (53-12)
establecidas por Leila Bonilla Morales.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 20 de junio del 2012.—Lic. Jean
Carlos Céspedes Mora, Juez.—1
vez.—RP2012318328.—(IN2012085126).
Guiselle Mora Bonilla, mayor,
casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número seis-ciento
veinticuatro-seiscientos treinta y ocho, vecina de
Se hace saber: que ante este
Despacho se encuentra el expediente N° 11-000542-0388-CI, el cual corresponde a
un proceso de diligencias de información posesoria, promovido por Marie Iris
Moraga Gutiérrez quien es mayor, casada una vez, educadora pensionada, cédula
5-0118-0027 y vecina de San Martín, en Santa Cruz, Guanacaste; el cual
interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 12-000098-0930-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Leidy Rodríguez Sánchez quien
es mayor, estado civil casada una vez, vecina de
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Eva Sáenz Obando, casada una vez, de oficios del
hogar, cédula seis-cien-cero setenta y nueve vecina de ciento cincuenta metros
oeste de la iglesia católica en Volcán de Buenos Aires, Puntarenas, para que
dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la
calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cero dos-2012,notaría
de la licenciada Aurea Monge Monge, carné 3765, ubicada en la ciudad de San
Isidro de El General, altos edificio Romero calle principal, frente a panadería
Musmani.—23 de agosto del 2012.—Lic. Aurea Monge Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012318116.—(IN2012085130).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Ramón Eugenio Montoya Mora, mayor, casado una
vez, con cédula número cinco-cero sesenta y dos-setecientos, vecino de barrio
San Juan, Corredores, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a
la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a
quien corresponda. Sucesorio número 12-100104-0920-CI-l promovido por Mauricio
Bolaños Jiménez. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Carlos Alberto Sánchez Mora, cédula nueve-cero
sesenta y cinco-setecientos cincuenta y dos, casado una vez, empresario, vecino
de Alajuela, en barrio Latino de Grecia, ciento setenta y cinco metros oeste de
la escuela, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener la calidad de heredero, que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2012.
Notaría del licenciado Máximo Corrales Vega.—San Juan
de Valverde Vega, Calle Bambú, teléfono 2454-5017 fax 2454-5018.—Lic. Máximo
Corrales Vega, Notario.—1
vez.—RP2012318148.—(IN2012085133).
Se emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la
sucesión de Carlos Alberto Salazar Rodríguez, quien fue mayor, casado una vez,
despachador, vecino de San Rafael Arriba de Desamparados, cédula 1-564-687,
para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no
se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N°
12-100127-0217-CI, sucesión de Carlos Alberto Salazar Rodríguez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercero Circuito
Judicial de San José, Desamparados, 31 de julio del 2012.—Lic. Luis
Carlos Arana Oronó.—1
vez.—RP2012318155.—(IN2012085134).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Nelia Eulalia Pérez Rodríguez, mayor, casada una
vez, ama de casa, vecina de San José, Alto de Guadalupe, urbanización
Se hace saber que en esta notaría se tramita el
proceso sucesorio de Inez Amparo Velásquez (un apellido en virtud de su
nacionalidad estadounidense), mayor, casada una vez, pensionada, vecina de
Pembroke Pines, Florida, Estados Unidos de América del Norte, 9397 Northwest
24th Place, con pasaporte de los Estados Unidos de América del Norte número
044626346. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta
notaría pública en Heredia, ubicada veinticinco metros al este de
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de Belisa Ramírez Gatjens, quien fuera mayor, casada dos
veces, ama de casa, costarricense, cédula 600380575, vecina de San Isidro de
Heredia y de Miguel Ángel Valerio León, mayor, casado, costarricense, vecino de
San Isidro de Heredia, cédula de identidad 400880702. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-100470-0374-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 7 de agosto del 2012.—Lic. Karol Solano Ramírez,
Jueza.—1 vez.—(IN2012085372).
De conformidad con el artículo 129 del Código
Notarial, por escritura otorgada ante mi notaría se ha abierto proceso
sucesorio notarial ad intestato extrajudicial, de Juan Guillermo Alvarado
Fernández, mayor, soltero, panadero, con cédula de identidad número tres cero
cero ocho cero cero ocho uno seis, vecino de San José, Montes de Oca, Mercedes.
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión para que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que creen tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2012-0001-Sucesorio. Lic. Nataly
Mireya Espinoza Alvarado. San Antonio de Belén, Heredia, segundo piso edificio
San Casimiro. Teléfono 2239-2485.—San José, 22 de agosto del 2012.—Lic. Nataly
Mireya Espinoza Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2012085375).
De conformidad con el artículo 129 del Código
Notarial, por escritura otorgada ante mi notaría se ha abierto proceso
sucesorio notarial ad intestato extrajudicial, de Manuel de Jesús Alvarado
Fernández, mayor de edad, soltero, comerciante, vecino de San José, Goicoechea,
Guadalupe cincuenta metros sur de la iglesia, portador de le cédula de
identidad número tres cero cero nueve cero cero tres ocho siete. Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos
que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 2012-0002-Sucesorio. Lic. Nataly Mireya Espinoza
Alvarado. San Antonio de Belén, Heredia segundo piso edificio San Casimiro. Tel:
2239-2485, San José, 22 de agosto del 2012.—Lic. Nataly Mireya Espinoza
Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2012085376).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Elizabeth Porras Mora, quien fue mayor, soltera,
Doctora en Medicina, cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y
tres-novecientos trece, vecina de San José, Desamparados, fallecida el
veintiuno de agosto de dos mil uno, para que en un plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar
derechos que consideren pertinentes, y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 003-2012.—Lic.
Luis Gonzalo Cortés Enríquez, Notario.—1
vez.—RP2012318382.—(IN2012085579).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de Jesús Ramón Fernández Muñoz, quien
fuera mayor, casado una vez, cédula de identidad número 1-0302-0768, vecino de
San Jerónimo de Desamparados, y es gestionado por Alba Roxana Fernández Loría,
mayor soltera, ama de casa, vecina de San Jerónimo de Desamparados, cédula de
identidad 1-648-374. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de este proceso, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente número 12-100209-0237-CI (221-1-12).—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial
de San José, Desamparados, 20 de agosto del 2012.—Lic. Hellen Mora Salazar,
Jueza.—1 vez.—RP2012318408.—(IN2012085580).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de quien en vida se llamó José Eugenio Carvajal
Segura, quien fue costarricense, mayor de edad, viudo, comerciante, portador de
cédula de identidad número 1-277-193, vecino de Barrio San Cristóbal de Pital,
cien metros este de la pulpería de El barrio, para que dentro de 30 días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, bajo el apercibimiento de que si no hacen dentro del término
indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002-2012,
sucesorio notarial de José Eugenio Carvajal Segura Bufete Angúlo Pérez &
Asociados avenida central, Cuesta de Moras, frente al Más X Menos, segundo piso
Hotel Avenida Central.—San José, 1 de agosto del
2012.—Lic. Lupita María Angúlo Pérez, Notaria.—1
vez.—RP2012318443.—(IN2012085581).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juanita Liana Ramona Villegas
Zelaya, quien fuera mayor, soltera, profesora, cédula de residencia número
165-37363-3185. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con
el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que,
sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 12-000207-0164-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de agosto del año
2012.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1
vez.—RP2012318445.—(IN2012085582).
Se hace saber que ante el
notario Kenneth Mora Díaz se tramita la sucesión de Ricardo Antonio Arguedas
Fallas, quien fue en vida mayor, casado, vecino de San José, San Antonio de
Desamparados, portador de la cédula de identidad uno cuatrocientos noventa
novecientos sesenta y cuatro, quien murió el pasado veintitrés de mayo del dos
mil once y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás
interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo de treinta días,
que se contarán a partir de la publicación de este edicto en el Boletín
Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente se hace saber que la
notaría está situada en San José, Zapote de
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Ligia del Socorro Espinoza Chango, mayor, casada
una vez, profesora cédula de identidad cinco-ciento diecinueve-ciento setenta y
tres, vecina de Río Claro doscientos metros al norte de
Licenciada Mary Paz Moreno Navarro. Jueza del
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Se avisa a la señora María del Carmen Zúñiga
González, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad número
7-136-979, de domicilio y paradero desconocido representada por el Licenciado
Víctor Manuel Fallas Mora, como curador procesal, que en este despacho se dictó
dentro del expediente 2011-000011-338-FA, la sentencia que en lo que interesa
dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las diez horas del treinta y uno de
julio de dos mil doce. Por tanto: De conformidad con lo expuesto, se declara
con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de la
persona menor de edad Geiner Segura Zúñiga, se extingue la autoridad parental a
los señores María del Carmen Zúñiga González y Carlos Eduardo Segura Abarca en
relación a su hijo. Se ordena el Depósito Judicial de la persona menor de edad
Geiner Segura Zúñiga a los señores Rodolfo Villalobos Chacón y Patricia Cordero
Campos. Los cuales deberán dentro del plazo de tres días apersonarse al
Despacho a aceptar el cargo y jurar su fiel cumplimiento. Firme la presente
sentencia inscríbase en el Registro Civil Sección de Nacimientos de la
provincia de San José, al tomo dos mil ochenta y ocho, página veintidós y
asiento cuarenta y cuatro. Sin especial condenatoria en costas. Publíquese el
edicto respectivo. Notifíquese. Lic. Isaac Monge Segura. Juez. Notifíquese. Lo
anterior se ordena así en proceso de Declaratoria de Abandono de Patronato
Nacional de
Licenciado Alberto Jiménez Mata.
Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatéla, conforme con el
artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella
dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso
de insania de María Elizabeth Reyes Carrillo. Expediente número
12-000166-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, Nicoya, 26 de junio del año 2012.—Lic. Berta
Lidieth Araya Porras, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2012085823).
Se avisa que en este Despacho el
señor Eddie Araya Cubero, solicita se apruebe la adopción individual de la
persona menor de edad Laura Marín de
Lic. Javier Madrigal Navarro, Fiscal de Sarapiquí
al señor Jorge Manuel Ballestero Dávila, mayor, costarricense, cédula de
identidad 503560643, en su condición de propietario registral del vehículo
placa CL 181213, se le hace saber que en legajo de acción civil resarcitoria
número 11-600041-377-TC en perjuicio de Jorge Luis Vargas Salazar contra
Patrick Ballestero Porras por el delito de Lesiones Culposas, se ha dictado la
resolución que literalmente dice: Notificación por edicto, Fiscalía de
Sarapiquí, a las diez horas del 7 de agosto de dos mil doce. Siendo que en la
causa penal número 11-600041-377-TC en perjuicio de Jorge Luis Vargas Salazar
contra Patrick Ballestero Porras, se ha formulado acción civil resarcitoria,
donde el demandado civil Jorge Ballestero Dávila no ha sido localizado, por lo
cual, con el fin de no causar atraso en la resolución de la causa, se procede a
comunicársele por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial. Se tiene por presentada la acción civil resarcitoria interpuesta
por el actor civil Jorge Vargas Salazar contra Patrick Ballestero Porras y de
conformidad con los artículos 111, 112, 115 y 162 del Código Procesal Penal, se
pone en conocimiento de la demandada civil Jorge Manuel Ballestero Dávila en su
condición de propietario registral del vehículo placa CL 181213, por el término
de cinco días de la acción civil formulada en su contra, a efecto de que se
pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad de la acción civil
presentada, planteando las excepciones que estime pertinentes y haga valer sus
derechos. Asimismo se le previene que debe señalar medio o lugar para recibir
notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las
resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el solo
transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el medio
escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho o bien si
el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente. Todo lo anterior de conformidad con la circular de
Lic. Javier Madrigal Navarro, Fiscal de Sarapiquí
al señor José Martínez Chavarría, mayor, nicaragüense, cédula de residencia
155800938513, en su condición de propietario registral del vehículo placa
500461, se le hace saber que en legajo de acción civil resarcitoria número
10-600422-377-TC en perjuicio de Fernando González Ibarra contra Alexander
Prendas Chacón por el delito de Lesiones Culposas, se ha dictado la resolución
que literalmente dice: Notificación por Edicto, Fiscalía de Sarapiquí, a las
dieciséis horas del 7 de agosto de dos mil doce. Siendo que en la causa penal
número 10-600422-377-TC en perjuicio de Fernando González Ibarra contra
Alexander Prendas Chacón por el delito de Lesiones Culposas, se ha formulado
acción civil resarcitoria, donde el demandado civil José Martínez Chavarría no
ha sido localizado, por lo cual, con el fin de no causar atraso en la
resolución de la causa, se procede a comunicársele por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Se tiene por
presentada la acción civil resarcitoria interpuesta por el actor civil Xiomara
Ibarra Montoya en representación del ofendido directo Fernando González
Ibarra(en su condición de madre del menor) contra Alexander Prendas Chacón y de
conformidad con los artículos 111, 112, 115 y 162 del Código Procesal Penal, se
pone en conocimiento del demandado civil José Martínez Chavarría en su
condición de demandado civil, por el término de cinco días de la acción civil
formulada en su contra, a efecto de que se pronuncie sobre la admisibilidad o
inadmisibilidad de la acción civil presentada, planteando las excepciones que
estime pertinentes y haga valer sus derechos. Asimismo se le previene que debe
señalar medio o lugar para recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de
que si no lo hiciere, las resoluciones que se dicten se les tendrán por
notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se
producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas
al despacho o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso,
incierto o inexistente. Todo lo anterior de conformidad con la circular de