BOLETÍN JUDICIAL Nº 172 DEL 6 DE SETIEMBRE DEL 2012

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

SALA PRIMERA

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR Nº 128-2012

ASUNTO: Traslado de personal a otras oficinas.

A LAS JEFATURAS DE LOS DESPACHOS JUDICIALES

SE LES HACE SABER:

El Consejo Superior, en sesión Nº 66-12, celebrada el 19 de julio último, artículo XXX, acordó comunicar que cuando algún servidor o servidora les presente una solicitud debidamente justificada expresando su interés para ser trasladado a otro despacho judicial, podrá recurrirse a los medios de comunicación tecnológica que se tiene a disposición en el Poder Judicial, a fin de contactar a otros despachos y establecer si existen personas que en igualdad de condiciones estén interesadas en realizar la permuta. Lo anterior en el entendido de que los jefes de oficina deberán expresar su consentimiento y comunicarlo al Consejo Superior para la aprobación respectiva.

San José, 23 de agosto del 2012.

                                                         Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez,

1 vez.—(IN2012083251)                         Secretario General Interino.

SALA PRIMERA

Al señor Jacobo Benlisha Amram, de domicilio ignorado, se hace saber: Que en diligencias de exequátur promovidas por Jack Errol Benlisha Madrigal cc. Jack Errol Moseley, para obtener el exequátur de una sentencia de su adopción dictada por el Juzgado de Distrito de la Corte del Décimo Cuarto Circuito Judicial del Condado de Bay, Estado de Florida, Estados Unidos de América, en proceso de tal naturaleza promovido por Wallace Clarence Moseley, se ha dictado la resolución que en lo conducente dice: Res. Nº 000890-E-12 Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las once horas treinta y cinco minutos del veintiséis de julio de dos mil doce. Diligencias de exequátur de adopción promovidas por el señor Jack Errol Benlisha Madrigal cc. Jack Errol Moseley, bínubo, médico empresario, vecino de San José, con cédula de identidad Nº 1-0845-0107, tendiente a que se ponga el exequátur de ley a la ejecutoria que acompaña de la sentencia de su adopción. Figuran, la señora Yolanda Madrigal Jiménez, viuda, de oficio no indicado, con cédula Nº 1-0422-0485, y vecina de David, Chiriquí, República de Panamá, en calidad de madre biológica. Intervienen, además la Lic. Sonia María Romero Mora, en condición de apoderada especial judicial del promovente, y el Lic. Roberto Montealegre Quijano, en calidad de curador del señor Jacobo Benlisha Amram, quien figura como el padre registral del adoptado. Todos son mayores de edad, casados, vecinos de San José, y con las excepciones dichas, abogados. Resultando 1º—... 2º—... 3º—... Considerando I.—... II.—... Por tanto se concede el exequátur a la sentencia dictada por el Juzgado de distrito de la Corte del Décimo Cuarto Circuito Judicial del Condado de Bay, Estado de Florida, Estados Unidos de América, el 15 de febrero de 1980, que decreta la adopción del señor Jack Errol Benlisha Madrigal cc. Jack Errol Moseley, a favor del señor Wallace Clarence Moseley Easterling (qdDg), quien portó el pasaporte estadounidense Nº Z6119119, de manera que se inscribirá con el nombre, Jack Errol Moseley Madrigal. En consecuencia, procédase a la ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutoria de la presente resolución aprobatoria, con inserción de la homologada, una vez que alcance firmeza, a fin de que el interesado gestione lo que corresponda ante el Registro Civil. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo, (fs) Anabelle León Feoli, Luis Guillermo Rivas Loaiciga, Román Solís Zelaya, Óscar Eduardo González Camacho, Carmenmaría Escoto Fernández.

San José, 26 de julio del 2012

                                                                   Welesley Henry Martínez,

1 vez.—Exento.—(IN2012085818)                   Notificador a. í.

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, con la base de ciento ochenta y seis mil cuatrocientos ochenta y seis colones, libre de gravámenes, sáquese a remate: Bien Nº 1. Laptop, marca Sony VAIO, modelo PCJ-7NZL, serie USCXSMM01BRD02D11O. Con la base de ciento cuarenta y siete mil ochocientos noventa colones, libre de gravámenes: Bien Nº 2. Computadora Samsung, modelo CV10-CH0003/110, serie: 1588-3366 con licencia Windows CKDB3-YGTRF-7QDW8-KDBZR-CPFV3. Con la base de cincuenta y un mil cuatrocientos cuarenta y seis colones, libre de gravámenes: Bien Nº 3. Monitor Samsung N14H4KRC04924, identificación CX152-SR-CX1525-AN. Con la base de treinta y cuatro mil setecientos treinta y nueve colones con 94/100, libre de gravámenes: Bien Nº 4. Impresora Epson, estilo TX100, modelo C411A. Para tal efecto se señalan las diez horas del dieciséis de octubre del dos mil doce (primer remate). Para el segundo remate, se señalan las diez horas del treinta y uno de octubre del dos mil doce, con las bases de: ciento treinta y nueve mil ochocientos sesenta y cuatro colones con 50/100 (Bien Nº 1); ciento diez mil novecientos diecisiete colones con 50/100 (Bien Nº 2); treinta y ocho mil quinientos ochenta y cuatro colones con 50/100 (Bien Nº 3); veintiséis mil cincuenta y cuatro colones con 94/100 (Bien Nº 4) (rebajadas en un 25%), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas del quince de noviembre del dos mil doce, con las bases de: cuarenta y seis mil seiscientos veintiún colones con 50/100 (Bien Nº 1); treinta y seis mil novecientos setenta y dos colones con 50/100 (Bien Nº 2); doce mil ochocientos sesenta y un colones con 50/100 (Bien Nº 3); ocho mil seiscientos ochenta y cinco colones (Bien Nº 4) (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Laura Marina Carballo Bonini contra Nutrisalud Auricular Picado S. A. Expediente Nº 09-002799-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de agosto del 2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—Exonerado.—(IN2012085547).

Causahabientes

Se emplaza a todos los causahabientes el trabajador fallecido Erwin Ruddy Duarte Cedeño, quien fuere mayor, soltero, marino, portador de la cédula de identidad 7-0196-0650 y vecino de Limón para que comparezcan a este Despacho, dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren los dineros que se depositaren pasarán a quien legalmente correspondan. Lo anterior ordenado en diligencias por muerte de Erwin Ruddy Duarte Cedeño. Gestiona Rodolfo Duarte Avilés y otro. Expediente número 12-000212-1025-LA-A—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Limón, 6 de agosto del 2012.—Lic. Sandra Tenorio Sánchez, Jueza.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085521).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Ángel Gamboa Abarca, cédula 1-452-758, fallecido el día 28 de mayo del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de “Consignación de Prestaciones Laborales” bajo el expediente número 12-001220-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 12-001220-0173-LA. Promovido por Ileana Inés Salazar Brenes a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de San José, 7 de agosto del 2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085522).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Antonio Formoso Chacón, cédula 1-657-100, fallecido el día 20 de abril del 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de “Consignación de Prestaciones Laborales” bajo el expediente número 12-001204-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 12-001204-0173-LA. Promovido por Carmen María Caldera Schaubeck a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de San José 7 de agosto del 2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085523).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Montserrat de la O Castro, cédula 1-874-321, fallecida el día 20 de marzo del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de “Consignación de Fondo de Capitalización Laboral” bajo el expediente número 12-001328-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 12-001328-0173-LA. Promovido por María del Pilar de la O Castro, a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de San José, 7 de agosto del 2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085524).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alexis Salas Canales, cédula 6-103-1441, fallecido el día 2 de julio del 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de “Consignación de Prestaciones Laborales” bajo el expediente número 12-001336-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 12-001336-0173-LA. Promovido por Grupo Insepro S. A., a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de San José, 7 de agosto del 2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085525).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Antonio Zeledón Ramírez, cédula 1-1045-355, fallecido el día 9 de enero del 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de “Consignación de Prestaciones Laborales” bajo el expediente número 12-001332-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. Nº 12-001332-0173-LA. Promovido por Manuel Enrique Zeledón Grau a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de San José, 6 de agosto del 2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085526).

Se emplaza a todos los causahabientes del trabajador fallecido Rolando Herrera Badilla, quien fuere mayor, Casado, portador de la cédula de identidad número siete-cero cero siete tres-cero uno seis cinco, para que comparezcan a este Despacho, dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren los dineros que se depositaren pasarán a quien legalmente correspondan. Lo anterior ordenado en Diligencias por Muerte de Dagoniel Solano Valerin. Gestiona: Yamileth Cascante Hernández. Expediente número 11-000216-1025-LA-E.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 6 de agosto del 2012.—Lic. Martha Chaves Chaves, Jueza.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085527).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Federico Alfredo Cordero Andrade, quien fue mayor, casado, constructor, portó la cédula de identidad número 1-789-197 y falleció el veintiocho de marzo de dos mil nueve. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de Consignación de Prestaciones número 12-300044-0895-LA de Federico Alfredo Cordero Andrade.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 19 de julio de 2012.—Lic. Ingrid Fuente Leiva, Jueza.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085528).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del trabajador fallecido José Pablo Sequeira Galeano, portador de la cédula de identidad numero 2 742 488, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de OCHO DÍAS HÁBILES posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente número 12-300041-0377-LA (72-12), a hacer valer sus derechos, de según lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Sarapiquí, Puerto Viejo, 10 de agosto del 2012.—Lic. Alejandra Montero Villegas, Jueza.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085529).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del trabajador fallecido Alberto Centeno Pizarro, portador de la cédula de identidad número 7 125 163, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente número 12-300040-0377-LA (70-12), a hacer valer sus derechos, de según lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Sarapiquí, Puerto Viejo, 10 de agosto del 2012.—Lic. Alejandra Montero Villegas, Jueza.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085530).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Frank Odelin Villagra Cascante, quien fue mayor, casado, oficinista, vecino de Barrio San Martín de Nicoya, Guanacaste, con cédula de identidad número 0502850942, se les hace saber que Odilie Rosales Quirós, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 0502630173, vecina de Barrio San Martín de Nicoya, Guanacaste, se apersonó en este Despacho, en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Frank Odelin Villagra Cascante. Expediente número 12-000165-0868-LA.—Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 10 de agosto del 2012.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085531).

Se cita a los causahabientes del trabajador fallecido Geiner Manuel Vega Masís, quién fue mayor, soltero, con diversos oficios, vecino de San Francisco de Florencia, cédula de identidad 2-509-222, para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de devolución de prestaciones laborales promovidas por Andrea Patricia Pérez Campos y como depositante la Operadora de Pensiones del BAC San José y con la advertencia de que si así no lo hicieren, el dinero se girará a quien corresponda de acuerdo con lo que establece el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. Nº 12-300109-0317-LA.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 1º de agosto del 2012.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085532).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó Cecilia Arias Venegas, quién fue mayor, portadora de la cédula de identidad número 2-0185-0306, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, se apersonen en las diligencias que por devolución de cuotas de trabajador fallecido, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren se procederá a entregar el importe correspondiente, a quienes de conformidad con lo estipulado en el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas, tengan derecho a él. Exp. Nº 12-300024-0315-LA-0.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Orotina, 14 de agosto del 2012.—Lic. Luis Alberto Miranda García, Juez.—1 vez.—C-Exento.—(IN2012085533).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las ocho horas treinta minutos del dieciocho de setiembre de dos mil doce. En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, con la base de setecientos treinta y siete mil novecientos  cuarenta y cinco colones con veinte céntimos para cada una de la fincas (capital más intereses), al mejor postor se rematarán las fincas que se describen así: 1) Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y tres mil ochenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tres San Antonio, cantón diez Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 8,90 metros de frente; al sur, Giovanni Soto Campos; al este, Aida Mora Mora, y al oeste, Giovanni Soto Campos. Mide: trescientos cincuenta y dos metros con nueve decímetros cuadrados, según el plano catastrado SJ- cero cuatro cuatro cinco cero seis cinco- mil novecientos noventa y siete, 2) Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y tres mil ochenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir.- Situada en el distrito tres San Antonio, cantón diez Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública con 8,51 metros de frente; al sur Giovanni Soto Campos; al este Giovanni Soto Campos y al oeste Giovanni Soto Campos. Mide: trescientos cuarenta metros con sesenta y seis decímetros cuadrados, según el plano catastrado SJ-cero cuatro cuatro tres seis dos ocho-mil novecientos noventa y siete. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de octubre de dos mil doce, con la base de quinientos cincuenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y ocho colones con noventa céntimos (25% de rebajo en la base), para cada una de las fincas y para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de octubre de dos mil doce con la base de ciento ochenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y seis colones con treinta céntimos (25% de la base inicial), para cada una de las fincas. Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 11-100353-0197-CI de Sandra Mora Mora contra Rafael Solano Montes.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 19 de julio del 2012.— M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—RP2012317883.—(IN2012084663).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre traslada al tomo: 379 asiento: 13433; a las catorce horas y cero minutos del once de octubre del año dos mil doce, y con la base de cuatro millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 74380-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con frente de 18.25 metros; al sur, Roberto Vargas Aguilar; al este, Manuel Ramírez Zeledón; y al oeste, Rodolfo Calderón Umaña. Mide: ochocientos treinta y siete metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de octubre del año dos mil doce, con la base de tres millones ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de noviembre del año dos mil doce, con la base de un millón cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Grey de los Ángeles Urbina Vásquez y Marcos Aurelio Vargas Calderón. Exp. Nº 11-003942-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del año 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2012085102).

A las ocho horas treinta minutos del doce de octubre del dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, se rematará: 9 trozas de la especie Laurel, (Cordia alliodora), volumen en metros cúbicos en total 2.68, valorados en la suma de doscientos cuarenta y siete mil seiscientos treinta y dos colones. Así ordenado en proceso penal Nº 12-000696-0359-PE contra Jesús Jiménez Gamboa, por el delito de infracción a la Ley Forestal en perjuicio de los Recursos Naturales.—Juzgado Penal de Turrialba, 9 de agosto del 2012.—Lic. Karla Porras Arce, Jueza.—Exonerado.—(IN2012085546).

A las nueve horas treinta minutos del dieciséis de octubre de dos mil doce en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y con las siguientes anotaciones: Plazo de convalidación tomo 2010, asiento 6940, hipoteca de primer grado tomo 2011, asiento 293408 e hipoteca de segundo grado tomo 2012, asiento 57625, ambas a favor del Banco de Costa Rica y con la base de veintisiete millones trescientos mil colones remataré: Finca de matrícula ciento ochenta y ocho mil setecientos ochenta-cero cero uno del partido de Alajuela, el cual se describe así: Terreno de repastos con una lechería, sito en el distrito seis Pital, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela, mide: 52.909 metros cuadrados. Linda: al norte, Rigoberto Castro González; sur, calle pública; este, Gerardo González Valverde, y oeste, Gilberto Carmona Rojas. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original sea la suma de veinte millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil doce. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de seis millones ochocientos veinticinco mil colones se señalan las nueve horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil doce. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecución hipotecaria 11-101398-0317-CI-l de Fundecoca contra Jeuden Mauricio Arce Álvarez y otros.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San Carlos, 24 de julio del 2012.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—RP2012318402.—(IN2012085569).

A las ocho horas del veintisiete de setiembre del dos mil doce, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, al mejor postor y con la base trescientos cincuenta mil colones, rematare el vehículo placas MOT-137944 (MOT-ciento treinta y siete mil novecientos cuarenta y cuatro), marca Suzuki, estilo GN125H, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, serie LC6PCJG9450804272, carrocería motocicleta, tracción 2x2, peso bruto 245 Kgs., chasis LC6PCJG9450804272, año 2006, color negro, motor 157FM13D060600 cilindrada 124 cc. De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del diez de octubre del dos mil doce, con la base de doscientos sesenta y dos mil quinientos colones, (rebaja de un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del veinticuatro de octubre del dos mil doce, con la base de ochenta y siete mil quinientos colones (un 25% de la base). Expediente: 09-100507-402-CI. Proceso Monitorio de Zeidy González Quirós contra Luis Ángel Álvarez Quirós, cédula de identidad 6-0225-0730, Carlos González Álvarez, cédula de identidad 6-0376-0526 y Eidys Anael Álvarez Quirós, cédula de identidad 6-0311-0058.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 9 de agosto del 2012.—Lic. Alba Nubia Díaz Gutiérrez, Jueza.—RP2012318409.—(IN2012085570).

A las ocho horas treinta minutos del ocho de octubre del dos mil doce, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones judiciales, pero soportando servidumbre trasladada visible al tomo 336, asiento 16543, consecutivo 01, secuencia 0900 y subsecuencia 001; y con la base de doce millones de colones (¢12.000.000,00), remataré, la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste al Sistema de Folio Real, matrícula número: cuarenta y nueve mil novecientos noventa y cuatro-cero cero cero, que es terreno con dos casas, situada en el distrito primero Juntas, cantón sétimo Abangares, de la provincia de Guanacaste, con una medida de doscientos ochenta y tres metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Plano G-cuatrocientos ochenta y seis mil seiscientos noventa y dos-mil novecientos ochenta y dos. Linderos: al norte, Ana María Carrillo Ulate; al sur, calle pública; al este, Ana María Carrillo Ulate; y al oeste, Ana María Carrillo Ulate. Para segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base de la finca, sea con la suma de nueve millones de colones (¢9.000.000,00), se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil doce. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca, sea con la suma de tres millones de colones (¢3.000.000,00), y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil doce. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante, el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca. Se rematan por ordenarse así en Expediente N° 11-100295-0927-CI(317-4-2011)-A, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Belfor Quesada Rojas contra Víctor Julio Ramírez Salazar.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 6 de agosto del 2012.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—RP2012318410.—(IN2012085571).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones inscritas al tomo: 302, asiento: 4979, consecutivo: 01, secuencia: 0901, subsecuencia: 001; servidumbre de paso inscritas al tomo: 575, asiento: 38036, consecutivo: 01, secuencia: 0005, subsecuencia: 001, tomo: 2009, asiento: 26566, consecutivo: 01, secuencia: 0026, subsecuencia: 001, tomo: 2009, asiento: 26566, consecutivo: 01, secuencia: 0106, subsecuencia: 001, tomo: 2009, asiento: 26566, consecutivo: 01, secuencia: 0136, subsecuencia: 001, tomo: 2009, asiento: 26566, consecutivo: 01, secuencia: 0234, subsecuencia: 001, tomo: 2009, asiento: 26566, consecutivo: 01, secuencia: 0273, subsecuencia: 001, a las diez horas y cero minutos del dieciséis de octubre del dos mil doce, y con la base de ciento treinta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00164916-000, la cual es terreno de repasto, lote 13. Situada: en el distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lotes 23-22-28 y servidumbre agrícola con 165,97 metros; al sur, lotes 5-6-7; al este, lotes 14 y servidumbre agrícola, y al oeste, lote doce. Mide: once mil veintiún metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del treinta y uno de octubre del dos mil doce, con la base de ciento un mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del quince de noviembre del dos mil doce, con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra María Elena Porras Chacón. Expediente Nº 11-030031-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de agosto del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—RP2012318455.—(IN2012085572).

A las ocho horas del nueve de octubre del dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de un millón novecientos ochenta y un mil novecientos dieciocho colones, en el mejor postor remataré: finca sin inscribir en el Registro Público y sin plano catastrado, que se describe así: terreno con una casa, situado en Santa Marta del distrito cuatro (Limoncito), cantón ocho (Coto Brus), provincia sexta (Puntarenas), linda al norte, Álvaro Cerdas, sur, Eugenia Cerdas, este, Álvaro Cerdas, oeste, calle pública. Mide: siete metros de frente por quince metros de fondo aproximadamente. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veinticuatro de octubre del dos doce, con la base de cuatrocientos cuarenta y un mil colones (rebaja de un 25%); y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del primero de noviembre del dos mil doce, con la base de ciento cuarenta y siete mil colones (un 25% de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en juicio hipotecario número 12-100008-0441-CI de Ana Cecilia Matamoros Valverde, contra Alberto Obregón Garbanzo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, 20 de julio del 2012.—Lic. Juan José Guevara Álvarez, Juez.—RP2012318483.—(IN2012085573).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos del cinco de octubre de dos mil doce, y con la base de dos millones trescientos setenta y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: CL-212448, marca: Hyundai, categoría: carga liviana, Vin: KMFFA17APSU280615, año: 1995, color: blanco, cilindrada: 2.476 c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del veintitrés de octubre de dos mil doce, con la base de un millón setecientos ochenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del siete de noviembre de dos mil doce con la base de quinientos noventa y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Ronaldo Antonio Juan Masís Arce. Exp. 11-004556-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 3 de agosto del 2012.—Lic. Erica Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2012085800).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del nueve de octubre de dos mil doce, y con la base de dos millones ochocientos setenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas ocho cinco cinco siete cuatro uno, marca Hyundai estilo Accent, capacidad 5 personas, categoría automóvil, año 2000 color dorado, sedán cuatro puertas tracción 4x2, 1500 c.c., cuatro cilindros, motor G4EAY881530, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de octubre de dos mil doce, con la base de dos millones ciento cincuenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil doce con la base de setecientos diecisiete mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Felipe Chaves Canales. Exp. 12-001801-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 31 de julio del 2012.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2012085801).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas quince minutos del ocho de octubre de dos mil doce, y con la base de un millón trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 781908, marca Hyundai, estilo Accent, año 1997, capacidad cinco personas, categoría automóvil, sedán 4 puertas, color verde, cilindrada 1500 c.c., gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del veinticuatro de octubre de dos mil doce, con la base de novecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas quince minutos del ocho de noviembre de dos mil doce con la base de trescientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Eber Alfredo Rojas Matarrita. Expediente 11-024164-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de julio del 2012.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2012085802).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas treinta minutos del cinco de octubre de dos mil doce, y con la base de dos millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 836366, marca: Hyundai, categoría: automóvil, Vin: KMHVA21NPSU045839, año: 1995, color: azul. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil doce, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del siete de noviembre de dos mil doce con la base de quinientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de hacer el deposito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado (artículo 23 Ley de Cobro Judicial) a nombre de la persona que hace la postura. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Alex Francisco Vargas Zúñiga. Exp. 11-005557-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 1º de agosto del 2011.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2012085808).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando infracción bajo la sumaria 090014180494-TR del Juzgado de Tránsito de Alajuela; a las nueve horas del diez de octubre de dos mil doce, y con la base de un millón ochenta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas doscientos setenta y cuatro mil cuatrocientos noventa (274490), marca Mitsubishi, estilo Lancer GL, año 1994, capacidad cinco personas, carrocería sedán cuatro puertas, color gris, cilindrada mil doscientos noventa y ocho c.c, chasis DSNCB1APU09098. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintiséis de octubre de dos mil doce, con la base de ochocientos doce mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del trece de noviembre de dos mil doce con la base de doscientos setenta mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Sonia Cerdas Campos. Exp. 10-004727-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 18 de julio del 2012.—MSc. Flory Tames Brenes, Jueza.—(IN2012085811).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, a las once horas y cero minutos del quince de octubre del dos mil doce, y con la base de tres millones seiscientos treinta y un mil quinientos setenta y nueve colones con diez céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas Nº 652459, marca Toyota, estilo Corolla, año 1999, Vin 1NXBR12E8XZ216657, cilindrada 1800 c.c., color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del treinta de octubre del dos mil doce, con la base de dos millones setecientos veintitrés mil seiscientos ochenta y cuatro colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos del catorce de noviembre del dos mil doce, con la base de novecientos siete mil ochocientos noventa y cuatro colones con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Florcar S. A., contra Manuel Sosa Camacho. Expediente Nº 08-005922-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de junio del 2012.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2012085828).

En la puerta exterior, de este Despacho; a las trece horas treinta minutos del once de octubre del dos mil doce, y con las bases por las que responden individualmente, en el mejor postor remataré las siguientes fincas: Uno: Con la base de once millones ciento veinticuatro mil cuatrocientos colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número cuarenta y tres mil cuatrocientos treinta y ocho - cero cero cero (43.438-000), que es terreno de pastos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, con calle pública, Héctor Martínez Barberena; sur, quebrada; este, calle pública San Buenaventura a Colorado; oeste, Andrés Matarrita. Mide: cincuenta y cuatro mil ochocientos un metros con noventa y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado G - cero cero cero ocho cero cinco nueve - mil novecientos setenta y cuatro, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Dos: Con la base de un millón setecientos sesenta mil quinientos colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real matrícula número sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y cinco-F-cero cero cero (66.655-F-000), que es finca filial primaria individualizada número nueve, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, con finca Filial Primera individualizada número siete; sur, calle dos; este, finca Filial Primera individualizada número diez; oeste, finca Filial primera individualizada número ocho. Mide: tres mil quinientos seis metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos ocho cero seis nueve - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Tres: Con la base de un millón seiscientos nueve mil seiscientos colones, finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y nueve-F-cero cero cero (66.659-F-000), que es finca filial primaria individualizada número trece, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, cita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, Hacienda Joval Limitada; sur, calle dos; este, finca filial primera individualizada número catorce; oeste, finca filial primera individualizada número doce, que mide tres mil doscientos catorce metros con veintiún decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete cuatro nueve uno - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuatro: Con la base de dos millones doscientos sesenta y tres mil quinientos colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos sesenta-F-cero cero cero (66.660-F-000), que es finca filial primaria individualizada número catorce, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, Francisco Ortega Ortega; sur, calle dos; este, finca Filial Primera individualizada número quince; oeste, finca Filial Primera individualizada número trece. Mide: cuatro mil quinientos setenta y seis metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete cuatro siete ocho-dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cinco: Con la base de dos millones trescientos trece mil ochocientos colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos sesenta y uno-F- cero cero cero (66.661-F-000), que es finca filial primaria individualizada número quince, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera individualizada número catorce y Francisco Ortega Ortega ambos en parte; sur, finca Filial Primera individualizada numero treinta y seis y treinta y siete ambos en parte; este, Francisco Ortega Ortega, oeste, calle dos y finca Filial Primera individualizada numero dieciséis ambas en parte. Mide: cuatro mil seiscientos cincuenta y ocho metros con sesenta y tres decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve tres cero - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Seis: Con la base de dos millones ciento doce mil seiscientos colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos sesenta y dos-F-cero cero cero (66.662-F-000), que es finca filial primaria individualizada número dieciséis, terreno para construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte,  calle dos, ; sur, finca Filial Primera individualizada numero treinta y cuatro, treinta y cinco y treinta y seis todas en parte; este, finca Filial Primera individualizada número quince; oeste, finca Filial Primera individualizada número diecisiete, mide cuatro mil doscientos veinticuatro metros con veinte decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve cuatro dos - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Siete: Con la base de un millón ochocientos diez mil ochocientos colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos sesenta y tres - F - cero cero cero (66.663-F-000), que es finca filial primaria individualizada número diecisiete, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle dos; sur, finca Filial Primera individualizada numero treinta y cuatro y veintiocho ambas en parte, este finca Filial Primera individualizada número dieciséis; oeste, área de servidumbre, mide tres mil seiscientos treinta metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve cuatro cero - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno. Servidumbre de aguas pluviales, citas: cinco siete cuatro - ocho cinco dos dos siete - cero uno - cero dos cero uno - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Ocho: Con la base de dos millones seiscientos quince mil seiscientos colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste, a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos ochenta y cuatro - F - cero cero cero (66.684-F-000), que es finca filial primaria individualizada número treinta y ocho, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, área compón, libre de tanque de agua potable y calle cuatro ambos en parte; sur, área común libre de zona verde; este, área común libre de zona verde; oeste, finca Filial Primera individualizada número treinta y nueve, mide cinco mil doscientos veintidós metros con nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete tres cero cuatro - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Nueve: Con la base de dos millones trescientos trece mil ochocientos colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos ochenta y cinco - F - cero cero cero (66.685-F-000), que es finca filial primaria individualizada número treinta y nueve, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle cuatro; sur, área común libre de zona verde; este, finca Filial Primera individualizada número treinta y ocho y área común libre de zona verde ambas en parte; oeste, finca Filial Primera individualizada número cuarenta, mide cuatro mil seiscientos cincuenta y ocho metros con setenta decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete tres cero dos - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Diez: Con la base de un millón seiscientos nueve mil seiscientos colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos ochenta y seis - F - cero cero cero (66.686-F-000), que es finca filial primaria individualizada número cuarenta, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle cuatro; sur, área común libre de zona verde; este, finca Filial Primera individualizada número treinta y nueve; oeste, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y uno, con una medida de tres mil doscientos veintidós metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete tres cero cero - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Once: Con la base de un millón setecientos treinta y un mil seiscientos ochenta y cuatro colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos ochenta y siete - F - cero cero cero (66.687-F-000), que es finca filial primaria individualizada número cuarenta y uno, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle cuatro; sur, área común libre de zona verde; este, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y uno, oeste, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y dos, mide tres mil cuatrocientos cuarenta y dos metros con setenta y un decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete ocho nueve uno - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Doce: Con la base de un millón seiscientos ochenta y nueve mil novecientos sesenta y cinco colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos ochenta y nueve - F - cero cero cero (66.689-F-000), que es finca filial primaria individualizada número cuarenta y tres, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle cuatro; sur, área común libre de zona verde; este, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y dos; oeste, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y cuatro, mide tres mil trescientos cincuenta y nueve metros con setenta y siete decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete ocho nueve cinco - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Trece:  Con la base de un millón ochocientos quince mil ochocientos setenta colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos noventa - F - cero cero cero (66.690-F-000), que es finca filial primaria individualizada número cuarenta y cuatro, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle cuatro; sur, área común libre de zona verde; este, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y tres; oeste, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y cinco, mide tres mil seiscientos diez metros con ocho decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete dos nueve seis - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Catorce: Con la base de dos millones trescientos tres mil quinientos ochenta y cuatro colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos noventa y dos - F - cero cero cero (66.692-F-000), que es finca filial primaria individualizada número cuarenta y seis, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle cuatro; sur, área común libre de zona verde; este, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y cinco; oeste, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y siete y cuarenta y cinco ambas en parte, mide cuatro mil quinientos setenta y nueve metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos ocho nueve nueve ocho - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Quince: Con la base de un millón ochocientos noventa y siete mil ciento noventa y seis colones finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil seiscientos noventa y tres - F - cero cero cero (66.693-F-000), que es finca filial primaria individualizada número cuarenta y siete, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte,  calle cuatro, área común construida de juegos infantiles y finca Filial Primera individualizada número cuarenta y ocho todos en parte, ; sur, finca Filial Primera individualizada número cincuenta y cinco, este finca Filial Primera individualizada número cuarenta y seis, oeste, finca Filial Primera individualizada número cuarenta y ocho, cincuenta y tres y cincuenta y cuatro, todas en parte, mide tres mil setecientos setenta y un metros con setenta y seis decímetros cuadrados, según plano catastrado G -uno dos dos siete tres cero ocho - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Dieciséis: Con la base de un millón novecientos noventa y ocho mil ciento setenta y tres colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste Folio Real, bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos siete - F - cero cero cero (66.707-F-000), que es finca filial primaria individualizada número sesenta y uno, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte,  finca Filial Primera individualizada número sesenta y tres, ; sur, calle cinco, este finca Filial Primera individualizada número sesenta, y calle cinco ambas en parte, oeste, finca Filial Primera individualizada numero sesenta y dos, mide tres mil novecientos sesenta y dos metros con cincuenta y un decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve siete dos - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Diecisiete: Con la base de un millón novecientos cuarenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y cinco colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste, Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos dieciséis - F - cero cero cero (66.716-F-000), que es finca filial primaria individualizada número setenta, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle cinco; sur, área común libre de zona verde; este, finca Filial Primera individualizada número setenta y uno; oeste, finca Filial Primera individualizada número sesenta y nueve, mide tres mil ochocientos sesenta y un metros con setenta y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete ocho ocho cinco- dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Dieciocho: Con la base de dos millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil setecientos colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos dieciocho - F - cero cero cero (66.718-F-000), que es finca filial primaria individualizada número setenta y dos, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle cinco y calle nueve ambas en parte; sur, área común libre de zona verde; este, finca Filial Primera individualizada número setenta y tres, y setenta y siete, ambas en parte; oeste, finca Filial Primera individualizada numero sesenta y uno, y área compón libre de zona verde ambas en parte, mide cuatro mil novecientos cincuenta y cuatro metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete tres cero siete - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Diecinueve: Con la base de un millón ochocientos seis mil doscientos setenta y tres colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos diecinueve -F- cero cero cero (66.719-F-000), que es finca filial primaria individualizada número setenta y tres, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle cinco, finca Filial Primera individualizada número setenta y siete; este, finca Filial Primera individualizada número setenta y cuatro, setenta y cinco, y setenta y seis, todas en parte; oeste, finca Filial Primera individualizada número sesenta y dos, mide tres mil quinientos noventa y un metros con tres decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete tres nueve cinco - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veinte: Con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y ocho mil setecientos colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos veintiséis - F - cero cero cero (66.726-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ochenta, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte,  finca Filial Primera individualizada número setenta y nueve, ; sur, área de servidumbre, este calle cinco, oeste, área común libre de zona verde, mide dos mil novecientos ochenta y cuatro metros con diecinueve decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete ocho ocho tres - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno. Servidumbre de aguas pluviales, citas: cinco siete cuatro - ocho cinco dos dos siete - cero uno - cero dos cero uno - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veintiuno: Con la base de un millón setecientos setenta y tres mil quinientos setenta y ocho colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos veintisiete - F - cero cero cero (66.727-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ochenta y uno, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, área de servidumbre; sur, finca Filial Primera individualizada número ochenta y dos; este, calle cinco; oeste, área común libre de zona verde, con una medida de tres mil quinientos veintiséis metros con cuatro decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve tres ocho - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno. Servidumbre de aguas pluviales, citas: cinco siete cuatro - ocho cinco dos dos siete - cero uno - cero dos cero uno - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veintidós: Con la base de dos millones ciento veintisiete mil ciento ochenta y siete colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos treinta - F - cero cero cero (66.730-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ochenta y cuatro, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera individualizada número ochenta y tres; sur, finca Filial Primera individualizada número ochenta y cinco; este, calle cinco; oeste, área común libre de zona verde, con una medida de cuatro mil doscientos veintiocho metros con veintitrés decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve dos cinco - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veintitrés: Con la base de dos millones seiscientos diecinueve mil ciento veintiún colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos treinta y dos - F - cero cero cero (66.732-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ochenta y seis, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera individualizada número ochenta y cinco; sur, calle cinco; este, calle cinco; oeste, área común libre de zona verde, mide cinco mil doscientos seis metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve dos cinco - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veinticuatro: Con la base de dos millones trescientos cincuenta y ocho mil quinientos sesenta y siete colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos treinta y cuatro - F - cero cero cero (66.734-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ochenta y ocho, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera individualizada número ochenta y nueve; sur, finca Filial Primera individualizada número ochenta y siete; este, área común libre de área recreativa; oeste, calle cinco, mide cuatro mil seiscientos ochenta y ocho metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve dos cinco - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veinticinco: Con la base de dos millones ciento cuarenta y cuatro mil doscientos ochenta y nueve colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos treinta y siete - F - cero cero cero (66.737-F-000), que es finca filial primaria individualizada número noventa uno, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera individualizada número noventa y dos; sur, finca Filial Primera individualizada número noventa; este, área común libre de área recreativa; oeste, calle cinco, mide cuatro mil doscientos sesenta y dos metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos ocho cero nueve cinco - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veintiséis: Con la base de dos millones cuatrocientos mil trescientos dieciséis colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos treinta y ocho - F - cero cero cero (66.738-F-000), que es finca filial primaria individualizada número noventa dos, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera individualizada número noventa y tres; sur, finca Filial Primera individualizada número noventa y cuatro; este, área común libre de área recreativa; oeste, calle cinco, mide cuatro mil setecientos setenta y dos metros con un decímetro cuadrado, según plano catastrado G - uno dos dos ocho cero siete uno - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veintisiete: Con la base de dos millones cuatrocientos dieciséis mil novecientos quince colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos treinta y nueve - F - cero cero cero (66.739-F-000), que es finca filial primaria individualizada número noventa tres, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera individualizada número noventa y cuatro; sur, finca Filial Primera individualizada número noventa y dos; este, área común libre de área recreativa; oeste, calle cinco, mide cuatro mil ochocientos cuatro metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos ocho dos tres cero - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veintiocho: Con la base de dos millones doscientos siete mil ciento sesenta y cuatro colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos cuarenta - F - cero cero cero (66.740-F-000), que es finca filial primaria individualizada número noventa cuatro, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera individualizada número noventa y cinco; sur, finca Filial Primera individualizada número noventa y tres; este, área común libre de área recreativa; oeste, calle cinco, mide cuatro mil trescientos ochenta y siete metros con ochenta y tres decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos ocho dos tres dos - dos mil ocho; no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Veintinueve: Con la base de dos millones ciento diecisiete mil ciento veintisiete colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos cuarenta y uno - F - cero cero cero (66.741-F-000), la cual se describe como finca filial primaria individualizada número noventa cinco, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, área común libre de área recreativa y tanque de agua potable; sur, finca Filial Primera individualizada número noventa y cuatro; este, área común libre de área recreativa; oeste, calle cinco, mide cuatro mil doscientos ocho metros con ochenta y seis decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos nueve seis cero uno - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Treinta: Con la base de dos millones quinientos setenta mil ochocientos treinta y tres colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos cincuenta y tres - F - cero cero cero (66.753-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ciento siete, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, área común libre de zona verde y calle seis ambas en parte; sur, finca Filial Primera individualizada número ciento seis y ciento ocho, ambas en parte; este, calle siete; oeste, calle seis, mide cinco mil ciento diez metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve dos cero- dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Treinta y uno: Con la base de un millón setecientos setenta y nueve mil seiscientos catorce colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos cincuenta y siete - F - cero cero cero (66.757-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ciento once, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte,  área común libre de zona verde; sur, calle siete; este, finca Filial Primera individualizada número ciento doce; oeste, finca Filial Primera individualizada número ciento nueve y ciento diez ambas en parte, mide tres mil quinientos treinta y siete metros con treinta y siete decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos tres uno cinco cinco cero - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Treinta y dos: Con la base de cuatro millones novecientos sesenta mil cero ochenta y tres colones, finca inscrita en el registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos cincuenta y nueve - F - cero cero cero (66.759-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ciento catorce, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, área común libre de zona verde; sur, finca Filial Primera individualizada número ciento quince; este, área común libre de zona verde y finca Filial Primera individualizada número ciento dieciocho; oeste, área de servidumbre y calle siete ambas en parte, mide nueve mil ochocientos sesenta metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos tres uno cinco siete dos - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno. servidumbre de aguas pluviales, citas: cinco siete cuatro - ocho cinco dos dos siete - cero uno - cero dos cero uno - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno.- Treinta y tres: Con la base de un millón ochocientos noventa y cinco mil trescientos cuatro colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos sesenta - F - cero cero cero (66.760-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ciento quince, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera individualizada número ciento catorce y calle siete ambas en parte; sur, finca Filial Primera individualizada número ciento dieciocho; este, finca Filial Primera individualizada número ciento dieciocho; oeste, calle siete y finca Filial Primera individualizada número ciento dieciséis ambas en parte, mide tres mil setecientos sesenta y siete metros con ochenta y siete decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos tres uno cero seis cinco - dos mil ocho no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Treinta y cuatro: Con la base de un millón trescientos ochenta y siete mil setecientos setenta y siete colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos sesenta y dos - F - cero cero cero (66.762-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ciento diecisiete, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, : finca Filial Primera individualizada número ciento dieciséis; sur, calle ocho; este, finca Filial Primera individualizada número ciento dieciocho, oeste, calle ocho, mide dos mil setecientos cincuenta y ocho metros con dieciséis decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos siete nueve uno ocho - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Treinta y cinco: Con la base de cuatro millones novecientos treinta y siete mil novecientos cincuenta y un colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos sesenta y tres - F - cero cero cero (66.763-F-000), la cual se describe como finca filial primaria individualizada número ciento dieciocho, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, área común libre de zona verde y finca Filial Primera individualizada número ciento quince ambas en parte; sur, finca Filial Primera individualizada número noventa y nueve y calle ocho ambas en parte; este, Francisco Ortega Ortega; oeste, finca Filial Primera individualizada número ciento quince ambas en parte, mide nueve mil ochocientos dieciséis metros con sesenta decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos ocho uno cuatro cero - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Treinta y seis: Con la base de dos millones ciento veinticuatro mil seiscientos setenta y dos colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos ochenta y siete - F - cero cero cero (66.787-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ciento cuarenta y tres, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle once; sur, finca Filial Primera individualizada número ciento cuarenta y cuatro; este, finca Filial Primera individualizada número ciento cuarenta y dos; oeste, calle once, mide cuatro mil doscientos veintitrés metros con sesenta y tres decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos ocho cero seis dos - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Treinta y siete: Con la base de dos millones setecientos noventa y nueve mil ciento noventa y cinco colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil setecientos noventa - F - cero cero cero (66.790-F-000), la cual se describe como finca filial primaria individualizada número ciento cuarenta y seis, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte,  área común libre de juegos infantiles y calle diez ambas en parte; sur, calle uno; este, área común libre de juegos infantiles; oeste, finca Filial Primera individualizada números ciento cuarenta y siete y ciento sesenta ambas en parte, mide cinco mil quinientos sesenta y cuatro metros con siete decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos ocho seis uno cinco - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Treinta y ocho. Con la base de dos millones doscientos setenta y tres mil quinientos sesenta colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil ochocientos dos - F - cero cero cero (66.802-F-000), la cual se describe como finca filial primaria individualizada número ciento cincuenta y ocho, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares,que linda al norte, finca Filial Primera individualizada números ciento cincuenta y siete y ciento cuarenta y siete; sur, calle uno; este, finca Filial Primera individualizada número ciento cincuenta y nueve, oeste, valle uno, mide cuatro mil quinientos diecinueve metros con dieciocho decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos nueve cero nueve seis - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Treinta y nueve: Con la base de dos millones trescientos trece mil doscientos noventa y siete colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil ochocientos cuatro - F - cero cero cero (66.804-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ciento sesenta, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte,  finca Filial Primera individualizada número ciento cuarenta y siete; sur, calle uno; este finca, Filial Primera individualizada número ciento cuarenta y seis; oeste, finca Filial Primera individualizada número ciento cincuenta y nueve, mide cuatro mil quinientos noventa y ocho metros con cincuenta decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos ocho cero siete tres- dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta: Con la base de un millón quinientos setenta y nueve mil novecientos veintitrés colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil ochocientos nueve - F - cero cero cero (66.809-F-000), la cual se describe como finca filial primaria individualizada número ciento sesenta y cinco, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte,  calle uno, ; sur, área de servidumbre, este finca Filial Primera individualizada número ciento sesenta y seis, oeste, área de servidumbre, mide tres mil ciento cuarenta metros con setenta decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos cuatro uno tres tres seis - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno. servidumbre de aguas pluviales, citas: cinco siete cuatro - ocho cinco dos dos siete - cero uno - cero dos cero uno - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta y uno: Con la base de un millón cuatrocientos setenta y dos mil setecientos ochenta y cuatro colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil ochocientos trece - F - cero cero cero (66.813-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ciento sesenta y nueve, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, calle uno; sur, finca Filial Primera individualizada número setenta y uno; este, finca Filial Primera individualizada número ciento setenta, y calle uno ambos en parte; oeste, finca Filial Primera individualizada número ciento sesenta y ocho, mide dos mil novecientos veintisiete metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos ocho cuatro ocho ocho - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta y dos: Con la base de tres millones doscientos setenta y seis mil cero treinta y nueve colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil ochocientos veintidós - F - cero cero cero (66.822-F-000) que es finca filial primaria individualizada número ciento setenta y ocho, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, finca Filial Primera individualizada número ciento sesenta y dos y ciento sesenta y tres ambas en parte; sur, calle uno, área común libre de juegos infantiles, tanques y pozos todos en parte; este, finca Filial Primera individualizada número ciento setenta y siete y calle uno ambos en parte; oeste, área de ampliación y mejoras y camino público ambos en parte, mide seis mil quinientos doce metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos cinco ocho nueve dos cero - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta y tres: Con la base de cuarenta y tres millones quinientos setenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y un colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número sesenta y seis mil ochocientos treinta - F - cero cero cero (66.830-F-000), que es finca filial primaria individualizada número ciento ochenta y seis, terreno para construir que se destinará a uso habitacional y comercial para hotel, restaurante y club social la cual podrá tener una altura máxima de cinco pisos, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, área compón, libre de juegos infantiles, y área común libre de zona verde ambas en parte; sur, área común libre de zona verde; este, área común libre de zona verde; oeste, calle uno, mide cincuenta mil ochenta y dos metros con setenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado G - uno dos dos ocho uno cuatro ocho - dos mil ocho, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: A) tres tres uno - cero ocho seis cinco tres - cero uno - cero nueve cero cero- cero cero uno, B) tres tres ocho - uno tres siete nueve ocho - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno, C) tres tres ocho - uno tres siete nueve nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno, D) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, E) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero dos - cero cero uno, F) tres ocho cinco - cero cuatro ocho uno nueve - cero uno - cero nueve cero tres - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta y cuatro: Con la base de trece millones ochocientos noventa mil ochocientos cuarenta y ocho colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número ciento veinte mil trescientos treinta y nueve - cero cero cero (120.339-000), que es terreno de potreros, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte,  con Residences Bonanza Mountains SRL, sur, Residences Bonanza Mountains SRL; este, Residences Bonanza Mountains SRL; oeste, Juliana Porras Izaba, mide veintisiete mil seiscientos metros con ochenta y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado G - cero seis cuatro cuatro tres siete seis - dos mil, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: tres cero siete - uno cero nueve dos cero - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: tres cero ocho - cero ocho cero cuatro tres - cero uno - cero cero cero dos -cero cero uno y tres cero ocho - uno cuatro tres cuatro dos - cero uno - cero cero cero dos -cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta y cinco: Con la base de diecinueve millones cuatrocientos cuarenta y tres mil cuatrocientos sesenta y cinco colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número ciento treinta y siete mil novecientos cuarenta y siete - cero cero cero (137.947-000), la cual se describe como terreno de repasto, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, con Álvaro Rodríguez Hernández; sur, Villa Pilar S. A., Humberto Matarrita Matarrita; este, calle pública; oeste, Héctor Martínez Berberena, mide treinta y ocho mil seiscientos cincuenta y cinco metros con dos decímetros cuadrados, según plano catastrado G - cero nueve dos cinco tres nueve ocho - dos mil cuatro, libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones judiciales pero soportando embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta y seis: Con la base de cinco millones treinta mil colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número ciento setenta mil doscientos sesenta y nueve - cero cero cero (170.269-000), la cual se describe como terreno para construir, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, resto reservado; sur, Justo Feliz Áreas; este, calle pública con un frente de ciento veintiséis metros con tres centímetros; oeste, resto reservado en parte y Juliana Porras Izaba en parte, mide diez mil metros cuadrados, según plano catastrado G - uno tres uno seis nueve siete tres - dos mil nueve, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: tres cero siete - uno cero nueve dos cero - cero uno - cero nueve cero uno - cero cero uno, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: tres cero ocho - cero ocho cero cuatro tres - cero uno - cero cero cero dos -cero cero uno y tres cero ocho - uno cuatro tres cuatro dos - cero uno - cero cero cero dos -cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. Cuarenta y siete: Con la base de treinta y tres millones cuatrocientos noventa y seis mil doscientos setenta y nueve colones, finca inscrita en el Registro Público partido de Guanacaste a Folio Real bajo la matrícula número treinta y seis mil setecientos cuarenta y cinco - cero cero cero (36.745-000), que es terreno de potreros, sita en el distrito cuatro Colorado, cantón sétimo Abangares, que linda al norte, Residencias Bonanza Mountains SRL; sur, Residences Bonanza Mountains SRL; este, Hacienda Corteza Real S. A.; oeste, Tobías Caray y Calero, con una medida de sesenta y seis mil quinientos noventa y dos metros con sesenta y siete decímetros cuadrados, según plano catastrado G - cero tres cuatro dos dos tres seis - mil novecientos setenta y nueve, no posee anotaciones y presenta los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, citas: tres cero seis - dos cero ocho uno seis - cero uno - cero novecientos dos - cero cero uno y embargo administrativo inscrito al tomo dos mil once, asiento doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero nueve y subsecuencia cero cero uno. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil doce, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base original, de la siguientes fincas: 1) Cuarenta y tres mil cuatrocientos treinta y ocho - cero cero cero (43.438-000) con la base de ocho millones trescientos cuarenta y tres mil trescientos colones; 2) Sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y cinco - F - cero cero cero (66.655-F-000) con la base de un millón trescientos veinte mil trescientos setenta y cinco colones; 3) Sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y nueve - F - cero cero cero (66.659-F-000) con la base de un millón doscientos siete mil doscientos colones; 4) Sesenta y seis mil seiscientos sesenta - F - cero cero cero (66.660-F-000) con la base de un millón seiscientos noventa y siete mil seiscientos veinticinco colones; 5) Sesenta y seis mil seiscientos sesenta y uno - F - cero cero cero (66.661-F-000) con la base de un millón setecientos treinta y cinco mil trescientos cincuenta colones; 6) Sesenta y seis mil seiscientos sesenta y dos - F - cero cero cero (66.662-F-000) con la base de un millón quinientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta colones; 7) Sesenta y seis mil seiscientos sesenta y tres - F - cero cero cero (66.663-F-000) con la base de un millón trescientos cincuenta y ocho mil cien colones; 8) Sesenta y seis mil seiscientos ochenta y cuatro - F - cero cero cero (66.684-F-000) con la base de un millón novecientos sesenta y un mil setecientos colones; 9) Sesenta y seis mil seiscientos ochenta y cinco - F - cero cero cero (66.685-F-000) con la base de un millón setecientos treinta y cinco mil trescientos cincuenta colones; 10) Sesenta y seis mil seiscientos ochenta y seis - F - cero cero cero (66.686-F-000) con la base de un millón doscientos siete mil doscientos colones; 11) Sesenta y seis mil seiscientos ochenta y siete - F - cero cero cero (66.687-F-000) con la base de un millón doscientos noventa y ocho mil setecientos sesenta y tres colones; 12) Sesenta y seis mil seiscientos ochenta y nueve - F - cero cero cero (66.689-F-000) con la base de un millón doscientos sesenta y siete mil cuatrocientos setenta y tres colones con setenta y cinco céntimos; 13) Sesenta y seis mil seiscientos noventa - F - cero cero cero (66.690-F-000) con la base de un millón trescientos sesenta y un mil novecientos dos colones con cincuenta céntimos; 14) Sesenta y seis mil seiscientos noventa y dos - F - cero cero cero (66.692-F-000) con la base de un millón setecientos veintisiete mil seiscientos ochenta y ocho colones; 15) Sesenta y seis mil seiscientos noventa y tres - F - cero cero cero (66.693-F-000) con la base de un millón cuatrocientos veintidós mil ochocientos noventa y siete colones; 16) Sesenta y seis mil setecientos siete - F - cero cero cero (66.707-F-000) con la base de un millón cuatrocientos noventa y ocho mil seiscientos veintinueve colones con setenta y cinco céntimos; 17) Sesenta y seis mil setecientos dieciséis - F - cero cero cero (66.716-F-000) con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y seis mil ochocientos treinta y tres colones con setenta y cinco céntimos; 18) Sesenta y seis mil setecientos dieciocho - F - cero cero cero (66.718-F-000) con la base de un millón ochocientos cuarenta y ocho mil quinientos veinticinco colones; 19) Sesenta y seis mil setecientos diecinueve - F - cero cero cero (66.719-F-000) con la base de un millón trescientos cincuenta y cuatro mil setecientos cuatro colones con setenta y cinco céntimos; 20) Sesenta y seis mil setecientos veintiséis - F - cero cero cero (66.726-F-000) con la base de un millón noventa y cuatro mil veinticinco colones; 21) Sesenta y seis mil setecientos veintisiete - F - cero cero cero (66.727-F-000) con la base de un millón trescientos treinta mil ciento ochenta y tres colones con cincuenta céntimos; 22) Sesenta y seis mil setecientos treinta - F - cero cero cero (66.730-F-000) con la base de un millón quinientos noventa y cinco mil trescientos noventa colones con veinticinco céntimos; 23) Sesenta y seis mil setecientos treinta y dos - F - cero cero cero (66.732-F-000) con la base de un millón novecientos sesenta y cuatro mil trescientos cuarenta colones con setenta y cinco céntimos; 24) Sesenta y seis mil setecientos treinta y cuatro - F - cero cero cero (66.734-F-000) con la base de un millón setecientos sesenta y ocho mil novecientos veinticinco colones con veinticinco céntimos; 25) Sesenta y seis mil setecientos treinta y siete - F - cero cero cero (66.737-F-000) con la base de un millón seiscientos ocho mil doscientos dieciséis colones con setenta y cinco céntimos; 26) Sesenta y seis mil setecientos treinta y ocho - F - cero cero cero (66.738-F-000) con la base de un millón ochocientos mil doscientos treinta y siete colones; 27) Sesenta y seis mil setecientos treinta y nueve - F - cero cero cero (66.739-F-000) con la base de un millón ochocientos doce mil seiscientos ochenta y seis colones con veinticinco céntimos; 28) Sesenta y seis mil setecientos cuarenta - F - cero cero cero (66.740-F-000) con la base de un millón seiscientos cincuenta y cinco mil trescientos setenta y tres colones; 29) sesenta y seis mil setecientos cuarenta y uno - F - cero cero cero (66.741-F-000) con la base de un millón quinientos ochenta y siete mil ochocientos cuarenta y cinco colones con veinticinco céntimos; 30) Sesenta y seis mil setecientos cincuenta y tres - F - cero cero cero (66.753-F-000) con la base de un millón novecientos veintiocho mil ciento veinticuatro colones con setenta y cinco céntimos; 31) Sesenta y seis mil setecientos cincuenta y siete - F - cero cero cero (66.757-F-000) con la base de un millón trescientos treinta y cuatro mil setecientos diez colones con cincuenta céntimos; 32) Sesenta y seis mil setecientos cincuenta y nueve - F - cero cero cero (66.759-F-000) con la base de tres millones setecientos veinte mil sesenta y dos colones con veinticinco céntimos; 33) Sesenta y seis mil setecientos sesenta - F - cero cero cero (66.760-F-000) con la base de un millón cuatrocientos veintiún mil cuatrocientos setenta y ocho colones; 34) Sesenta y seis mil setecientos sesenta y dos - F - cero cero cero (66.762-F-000) con la base de un millón cuarenta mil ochocientos treinta y dos colones con setenta y cinco céntimos; 35) Sesenta y seis mil setecientos sesenta y tres - F - cero cero cero (66.763-F-000) con la base de tres millones setecientos tres mil cuatrocientos sesenta y tres colones con veinticinco céntimos; 36) Sesenta y seis mil setecientos ochenta y siete - F - cero cero cero (66.787-F-000) con la base de un millón quinientos noventa y tres mil quinientos cuatro colones; 37) Sesenta y seis mil setecientos noventa - F - cero cero cero (66.790-F-000) con la base de dos millones noventa y nueve mil trescientos noventa y seis colones con veinticinco céntimos; 38) Sesenta y seis mil ochocientos dos - F - cero cero cero (66.802-F-000) con la base de un millón setecientos cinco mil ciento setenta colones; 39) Sesenta y seis mil ochocientos cuatro - F - cero cero cero (66.804-F-000) con la base de un millón setecientos treinta y cuatro mil novecientos setenta y dos colones con setenta y cinco céntimos; 40) Sesenta y seis mil ochocientos nueve - F - cero cero cero (66.809-F-000) con la base de un millón ciento ochenta y cuatro mil novecientos cuarenta y dos colones con veinticinco céntimos; 41) Sesenta y seis mil ochocientos trece - F - cero cero cero (66.813-F-000) con la base de un millón ciento cuatro mil quinientos ochenta y ocho colones; 42) Sesenta y seis mil ochocientos veintidós - F - cero cero cero (66.822-F-000) con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y siete mil veintinueve colones con veinticinco céntimos; 43) Sesenta y seis mil ochocientos treinta - F - cero cero cero (66.830-F-000) con la base de treinta y dos millones seiscientos ochenta y un mil ciento treinta colones con setenta y cinco céntimos; 44) Ciento veinte mil trescientos treinta y nueve - cero cero cero (120.339-000) con la base de diez millones cuatrocientos dieciocho mil ciento treinta y seis colones; 45) Ciento treinta y siete mil novecientos cuarenta y siete - cero cero cero (137.947-000) con la base de catorce millones quinientos ochenta y dos mil quinientos noventa y ocho colones con setenta y cinco céntimos; 46) Ciento setenta mil doscientos sesenta y nueve - cero cero cero (170.269-000) con la base de tres millones setecientos setenta y dos mil quinientos colones; 47) Treinta y seis mil setecientos cuarenta y cinco - cero cero cero (36.745-000) con la base de veinticinco millones ciento veintidós mil doscientos nueve colones con veinticinco céntimos. de no apersonarse postores, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del trece de noviembre del dos mil doce, con el veinticinco por ciento (25%) de la base original, de la siguientes Fincas: 1) Cuarenta y tres mil cuatrocientos treinta y ocho - cero cero cero (43.438-000) con la base de dos millones setecientos ochenta y un mil cien colones; 2) Sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y cinco - F - cero cero cero (66.655-F-000) con la base de cuatrocientos cuarenta mil ciento veinticinco colones; 3) Sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y nueve - F - cero cero cero (66.659-F-000) con la base de cuatrocientos dos mil cuatrocientos colones; 4) Sesenta y seis mil seiscientos sesenta - F - cero cero cero (66.660-F-000) con la base de quinientos sesenta y cinco mil ochocientos setenta y cinco colones; 5) Sesenta y seis mil seiscientos sesenta y uno - F - cero cero cero (66.661-F-000) con la base de quinientos setenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta colones; 6) Sesenta y seis mil seiscientos sesenta y dos - F - cero cero cero (66.662-F-000) con la base de quinientos veintiocho mil ciento cincuenta colones; 7) Sesenta y seis mil seiscientos sesenta y tres - F - cero cero cero (66.663-F-000) con la base de cuatrocientos cincuenta y dos mil setecientos colones; 8) Sesenta y seis mil seiscientos ochenta y cuatro - F - cero cero cero (66.684-F-000) con la base de seiscientos cincuenta y tres mil novecientos colones; 9) Sesenta y seis mil seiscientos ochenta y cinco - F - cero cero cero (66.685-F-000) con la base de quinientos setenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta colones; 10) Sesenta y seis mil seiscientos ochenta y seis - F - cero cero cero (66.686-F-000) con la base de cuatrocientos dos mil cuatrocientos colones; 11) Sesenta y seis mil seiscientos ochenta y siete - F - cero cero cero (66.687-F-000) con la base de cuatrocientos treinta y dos mil novecientos veintiún colones; 12) Sesenta y seis mil seiscientos ochenta y nueve - F - cero cero cero (66.689-F-000) con la base de cuatrocientos veintidós mil cuatrocientos noventa y un colones con veinticinco céntimos; 13) Sesenta y seis mil seiscientos noventa - F - cero cero cero (66.690-F-000) con la base de cuatrocientos cincuenta y tres mil novecientos sesenta y siete colones con cincuenta céntimos; 14) Sesenta y seis mil seiscientos noventa y dos - F - cero cero cero (66.692-F-000) con la base de quinientos setenta y cinco mil ochocientos noventa y seis colones; 15) Sesenta y seis mil seiscientos noventa y tres - F - cero cero cero (66.693-F-000) con la base de cuatrocientos setenta y cuatro mil doscientos noventa y nueve colones; 16) Sesenta y seis mil setecientos siete - F - cero cero cero (66.707-F-000) con la base de cuatrocientos noventa y nueve mil quinientos cuarenta y tres colones con veinticinco céntimos; 17) Sesenta y seis mil setecientos dieciséis - F - cero cero cero (66.716-F-000) con la base de cuatrocientos ochenta y cinco mil seiscientos once colones con veinticinco céntimos; 18) Sesenta y seis mil setecientos dieciocho - F - cero cero cero (66.718-F-000) con la base de seiscientos dieciséis mil ciento setenta y cinco colones; 19) Sesenta y seis mil setecientos diecinueve - F - cero cero cero (66.719-F-000) con la base de cuatrocientos cincuenta y un mil quinientos sesenta y ocho colones con veinticinco céntimos; 20) Sesenta y seis mil setecientos veintiséis - F - cero cero cero (66.726-F-000) con la base de trescientos sesenta y cuatro mil seiscientos setenta y cinco colones; 21) Sesenta y seis mil setecientos veintisiete - F - cero cero cero (66.727-F-000) con la base de cuatrocientos cuarenta y tres mil trescientos noventa y cuatro colones con cincuenta céntimos; 22) Sesenta y seis mil setecientos treinta - F - cero cero cero (66.730-F-000) con la base de quinientos treinta y un mil setecientos noventa y seis colones con setenta y cinco céntimos; 23) Sesenta y seis mil setecientos treinta y dos - F - cero cero cero (66.732-F-000) con la base de seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos ochenta colones con veinticinco céntimos; 24) Sesenta y seis mil setecientos treinta y cuatro - F - cero cero cero (66.734-F-000) con la base de quinientos ochenta y nueve mil seiscientos cuarenta y un colones con setenta y cinco céntimos; 25) Sesenta y seis mil setecientos treinta y siete - F - cero cero cero (66.737-F-000) con la base de quinientos treinta y seis mil setenta y dos colones con veinticinco céntimos; 26) Sesenta y seis mil setecientos treinta y ocho - F - cero cero cero (66.738-F-000) con la base de seiscientos mil setenta y nueve colones; 27) Sesenta y seis mil setecientos treinta y nueve - F - cero cero cero (66.739-F-000) con la base de seiscientos cuatro mil doscientos veintiocho colones con setenta y cinco céntimos; 28) Sesenta y seis mil setecientos cuarenta - F - cero cero cero (66.740-F-000) con la base de quinientos cincuenta y un mil setecientos noventa y un colones; 29) Sesenta y seis mil setecientos cuarenta y uno - F - cero cero cero (66.741-F-000) con la base de quinientos veintinueve mil doscientos ochenta y un colones con setenta y cinco céntimos; 30) Sesenta y seis mil setecientos cincuenta y tres - F - cero cero cero (66.753-F-000) con la base de seiscientos cuarenta y dos mil setecientos ocho colones con veinticinco céntimos; 31) Sesenta y seis mil setecientos cincuenta y siete - F - cero cero cero (66.757-F-000) con la base de cuatrocientos cuarenta y cuatro mil novecientos tres colones con cincuenta céntimos; 32) Sesenta y seis mil setecientos cincuenta y nueve - F - cero cero cero (66.759-F-000) con la base de un millón doscientos cuarenta mil veinte colones con setenta y cinco céntimos; 33) Sesenta y seis mil setecientos sesenta - F - cero cero cero (66.760-F-000) con la base de cuatrocientos setenta y tres mil ochocientos veintiséis colones; 34) Sesenta y seis mil setecientos sesenta y dos - F - cero cero cero (66.762-F-000) con la base de trescientos cuarenta y seis mil novecientos cuarenta y cuatro colones con veinticinco céntimos; 35) Sesenta y seis mil setecientos sesenta y tres - F - cero cero cero (66.763-F-000) con la base de un millón doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y siete colones con setenta y cinco céntimos; 36) Sesenta y seis mil setecientos ochenta y siete - F - cero cero cero (66.787-F-000) con la base de quinientos treinta y un mil ciento sesenta y ocho colones; 37) Sesenta y seis mil setecientos noventa - F - cero cero cero (66.790-F-000) con la base de seiscientos noventa y nueve mil setecientos noventa y ocho colones con setenta y cinco céntimos; 38) Sesenta y seis mil ochocientos dos - F - cero cero cero (66.802-F-000) con la base de quinientos sesenta y ocho mil trescientos noventa colones; 39) Sesenta y seis mil ochocientos cuatro - F - cero cero cero (66.804-F-000) con la base de quinientos setenta y ocho mil trescientos veinticuatro colones con veinticinco céntimos; 40) Sesenta y seis mil ochocientos nueve - F - cero cero cero (66.809-F-000) con la base de trescientos noventa y cuatro mil novecientos ochenta colones con setenta y cinco céntimos; 41) Sesenta y seis mil ochocientos trece - F - cero cero cero (66.813-F-000) con la base de trescientos sesenta y ocho mil ciento noventa y seis colones; 42) Sesenta y seis mil ochocientos veintidós - F - cero cero cero (66.822-F-000) con la base de ochocientos diecinueve mil nueve colones y setenta y cinco céntimos; 43) Sesenta y seis mil ochocientos treinta - F - cero cero cero (66.830-F-000) con la base de diez millones ochocientos noventa y tres mil setecientos diez colones con veinticinco céntimos; 44) Ciento veinte mil trescientos treinta y nueve - cero cero cero (120.339-000) con la base de tres millones cuatrocientos setenta y dos mil setecientos doce colones; 45) Ciento treinta y siete mil novecientos cuarenta y siete - cero cero cero (137.947-000) con la base de cuatro millones ochocientos sesenta mil ochocientos sesenta y seis colones con veinticinco céntimos; 46) Ciento setenta mil doscientos sesenta y nueve - cero cero cero (170.269-000) con la base de un millón doscientos cincuenta y siete mil quinientos colones; 47) treinta y seis mil setecientos cuarenta y cinco - cero cero cero (36.745-000) con la base de ocho millones trescientos setenta y cuatro mil sesenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bloques Pedregal Sociedad Anónima contra Residences Bonanza Mountains Sociedad de Responsabilidad Limitada y otras. Exp. Nº 11-000647-0930-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 9 de agosto del año 2012.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—(IN2012085851).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref. 2768-045-001, a las citas 0321-00010651-01-0901-003; a las siete horas y treinta minutos del treinta de octubre del dos mil doce y con la base de diez millones novecientos cuarenta y nueve mil doscientos siete colones con siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y tres mil quinientos diecinueve-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito octavo Barranca, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Cecilia Blanco Blanco; al sur, calle pública con frente a ella de 19,96 metros; al este, Cristian Zamora Bonilla; y al oeste, calle pública con frente a ella de 7,71 metros. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil doce, con la base de ocho millones doscientos once mil novecientos cinco colones con treinta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del once de diciembre del dos mil doce, con la base de dos millones setecientos treinta y siete mil trescientos un colones, con setenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L., contra Juan Carlos Madrigal Zelaya y Zarady Zamora Romero. Expediente: 12-000378-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 8 de agosto del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2012318539.—(IN2012085953).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando camino a las citas: 339-4923-01-0900-001 y demanda penal a las citas: 572-75909-01-0001-001; a las diez horas y cero minutos del dieciséis de octubre del año dos mil doce, y con la base de catorce millones seiscientos diecinueve mil cuatrocientos sesenta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos diez mil cuatrocientos sesenta y tres cero cero cero, la cual es terreno para agricultura con una casa. Situada en el distrito 11 Páramo, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Celino Zúñiga Cascante; al sur, calle pública; al este, calle pública, y al oeste, Quebrada Santa Rosa. Mide: veinte mil setecientos cincuenta y nueve metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de noviembre del año dos mil doce, con la base de diez millones novecientos sesenta y cuatro mil quinientos noventa y siete colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil doce con la base de tres millones seiscientos cincuenta y cuatro mil ochocientos sesenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Juan Carlos Umaña Mora, expediente 10-000586-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 23 de julio del año 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2012318540.—(IN2012085954).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones a las citas 0345-00013013-01-0002-001 y medianería a las citas 0345-00013013-01-0900-001; a las ocho horas y treinta minutos del treinta de octubre del dos mil doce y con la base de treinta y un millones quinientos ochenta y tres mil quinientos cincuenta colones con setenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta y ocho mil quince-cero cero cero, la cual es terreno con una casa N° 35. Situada en el distrito primero Quepos, cantón sexto Aguirre de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, casa 34; al sur, casa 36; al este, calle pública con un frente a ella de 15,69 metros lineales; y al oeste, calle pública con un frente a ella de 7,68 metros lineales. Mide: trescientos cuarenta y cinco metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil doce, con la base de veintitrés millones seiscientos ochenta y siete mil seiscientos sesenta y tres colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de diciembre del dos mil doce, con la base de siete millones ochocientos noventa y cinco mil ochocientos ochenta y siete colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L., contra Edgar Quesada Rojas. Expediente: 12-000595-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 9 de agosto del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2012318542.—(IN2012085956).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, a las citas: 0322-00001644-01-0055-001; a las trece horas y treinta minutos del treinta de octubre del dos mil doce y con la base de catorce millones ochenta y cinco mil trescientos cinco colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y tres mil trescientos cuarenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno lote número 26-8 terreno para la agricultura. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Conservación Montes de Ararat S. A. y calle en servidumbre; al sur, Rafael Mena Gamboa; al este, Alberto Mena Gamboa; y al oeste, Río San Antonio. Mide: trescientos cuarenta y seis mil cuatrocientos treinta y tres metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil doce, con la base de diez millones quinientos sesenta y tres mil novecientos setenta y nueve colones con cuarenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del once de diciembre del dos mil doce, con la base de tres millones quinientos veintiún mil trescientos veintiséis colones con cuarenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L., contra Alfredo Lezcano Fallas, Conservaciones Montes de Ararat S. A., expediente: 12-000572-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 7 de agosto del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2012318543.—(IN2012085957).

En la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones, a las nueve horas del cinco de octubre del dos mil doce, y con la base de ciento setenta y nueve mil trescientos setenta y cuatro dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F-treinta y ocho mil quinientos treinta-cero cero cero, que es filial número dos de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito primero, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, y al sur, con área común libre; al este, con filial número tres; y al oeste, con filial número uno. Mide: ciento treinta y ocho metros con setenta y dos decímetros cuadrados, según plano P-cero nueve dos tres dos dos cuatro-dos mil cuatro. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintitrés de octubre del dos mil doce, con la base de ciento treinta y cuatro mil quinientos treinta y un dólares con veinticinco centavos en moneda de los Estados Unidos de Norteamérica (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del ocho de noviembre del dos mil doce con la base de cuarenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y tres dólares con setenta y cuatro centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Timothy Wayne Hall contra Villa Playa Jaco Dos Def S. A. Exp. 08-100743-0642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 7 de agosto del 2012.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—RP2012318678.—(IN2012085963).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada al tomo: 299, asiento: 13739, a las once horas y treinta minutos del dieciséis de octubre del año dos mil doce, y con la base de veintiséis millones seiscientos cuarenta y nueve mil ciento ocho colones con cuarenta y siete  céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y nueve mil trescientos siete cero cero cero la cual es terreno para construir lote 28. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 26; al sur, calle pública; al este, lote 29 a segregar, y al oeste, calle pública. Mide: ciento siete metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre del año dos mil doce, con la base de diecinueve millones novecientos ochenta y seis mil ochocientos treinta y un colones con treinta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del quince de noviembre del año dos mil doce con la base de seis millones seiscientos sesenta y dos mil doscientos setenta y siete colones con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Herminio Muñoz Valverde, expediente Nº 11-031618-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de agosto del año 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2012086207).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres trasladadas al tomo: 349, asiento: 7381; secuencias 902-903-904-905-906-907; a las nueve horas y cero minutos del cuatro de octubre del dos mil doce, y con la base de sesenta mil ochocientos cuarenta y ocho dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y nueve mil seiscientos ochenta y dos cero cero cero la cual es terreno lote 39, terreno de uso agrícola. Situada en el distrito 05 Cascajal, cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Quebrada Derrumbe; al sur, servidumbre agrícola con un ancho de siete metros; al este, lote 38; y al oeste, servidumbre agrícola con un ancho de seis metros. Mide: siete mil seiscientos cuarenta y nueve metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de octubre del dos mil doce, con la base de cuarenta y cinco mil seiscientos treinta y seis dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de noviembre del dos mil doce con la base de quince mil doscientos doce dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Valerio Ferreto, y otros. Exp. 12-002886-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2012086214).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del tres de octubre de dos mil doce, y con la base de diez mil trescientos cuarenta y nueve dólares con setenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa Nº CL 224668, marca: Nissan, estilo: Frontier, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, año: 2008, color: gris, tracción: 4x4. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de octubre de dos mil doce, con la base de siete mil setecientos sesenta y dos dólares con veintiocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de noviembre de dos mil doce con la base de dos mil quinientos ochenta y siete dólares con cuarenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra César Sánchez Méndez. Exp. 12-007403-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 20 de julio del 2012.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2012086215).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas quince minutos del ocho de octubre de dos mil doce, y con la base de veintiún mil diecinueve dólares exactos moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 841118, marca Hyundai, estilo Tucson GL, año 2011, color café, todo terreno, tracción 4x2, motor de 2000 c.c., a gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince minutos del veinticuatro de octubre de dos mil doce, con la base de quince mil setecientos sesenta y cuatro dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos del ocho de noviembre de dos mil doce con la base de cinco mil doscientos cincuenta y cuatro dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Rafael Brenes Jaén en Expediente 12-012958-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de julio del 2012.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2012086217).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil doce, y con la base de doscientos noventa y seis mil setecientos seis dólares con dieciséis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 517941-000 la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre pluvial; al sur, calle pública de uso restringido denominada Avenida Rosa Blanca; al este, lote catorce de Hogares Crea de Costa Rica Sociedad Anónima y al oeste, Albrhe Sociedad Anónima. Mide: cuatrocientos nueve metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de noviembre de dos mil doce, con la base de doscientos veintidós mil quinientos veintinueve dólares con sesenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre de dos mil doce con la base de setenta y cuatro mil ciento setenta y seis dólares con cincuenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Alykhan Dhanani. Exp. Nº 12-011496-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de julio del 2012.—Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2012086221).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las nueve horas treinta minutos del diez de octubre de dos mil doce, y con la base de tres millones novecientos cuarenta y dos mil quinientos noventa y cuatro colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 668763, marca Mitsubishi, año 1998, vin JA4LS21G4WP044513, cilindrada 2400 c. c., color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil doce, con la base de dos millones novecientos cincuenta y seis mil novecientos cuarenta y cinco colones con sesenta y uno céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil doce, con la base de novecientos ochenta y cinco mil seiscientos cuarenta y ocho colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Juan Rafael Acevedo Ruiz. Exp. 09-005290-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de mayo del 2012.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—(IN2012086242).

A las ocho horas treinta minutos del ocho de octubre del dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de once millones cuatrocientos tres mil doscientos sesenta y cuatro colones libre de gravámenes prendarios, sáquese a remate el mueble embargado en autos. Vehículo que se describe así: placa C uno cuatro ocho dos uno cuatro, clase carga pesada, marca Freightliner, estilo Century Class, categoría carga pesada, capacidad dos personas. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil doce, con la base de ocho millones quinientos cincuenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de noviembre de dos mil doce, con la base de dos millones ochocientos cincuenta mil ochocientos dieciséis colones (25% de la base inicial). Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo prendario Nº 10-100192-0197-CI de Importaciones Equidan Sociedad Anónima contra Transportes Tato Sociedad Anónima.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 8 de agosto de 2012.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—RP2012318718.—(IN2012086344).

En la puerta exterior de este Despacho; a las ocho horas del veinticinco de octubre del dos mil doce, y con la base de sesenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: primera finca: Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres sirvientes a las citas 0384-00014685; y condiciones Ref: 00250645-000 a las citas 0384-00014685 y servidumbre de paso a las citas 2011-00335387; finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y cuatro mil ciento sesenta y siete-cero cero cero la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, IDA; al sur, servidumbre de paso en medio e Inversiones Cándido y Nago S. A; al este, lote 19 y al oeste lote 17. Mide: diecinueve mil seiscientos sesenta y dos metros con sesenta decímetros cuadrados. Segunda finca: Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres sirvientes a las citas 0384-00014685 y condiciones ref: 00250645-000 a las citas 0384-00014685; finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos veintitrés mil ochocientos veintidós- cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, este, y oeste, Inversiones Cándido y Nago S. A; al sur, calle pública. Mide: doscientos cincuenta y dos metros cuadrados. Tercera finca: Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres sirvientes a las citas 0384-00014685, condiciones ref: 00250645-000 a las citas 0384-00014685, finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos veintitrés mil ochocientos veintitrés-cero cero cero la cual es terreno para construir.- Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, este, y oeste Inversiones Cándido y Nago S. A.; al sur, calle pública. Mide: doscientos cincuenta y dos metros cuadrados. Cuarta finca libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres sirvientes a las citas 0384-00014685, condiciones Ref: 00250645-000 a las citas 0384-00014685, y servidumbre de paso a las citas 2011-00335387; finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos veintitrés mil ochocientos veinticuatro-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, y oeste, Inversiones Cándido y Nago S. A.; al sur, calle pública; este, servidumbre de paso en medio e Inversiones Cándido y Nago S. A. Mide: doscientos cincuenta y dos metros cuadrados. Quinta finca: Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres sirvientes a las citas 0384-00014685, condiciones ref: 00250645-000 a las citas 0384-00014685, y servidumbre de paso a las citas 2011-00335387; finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos veintitrés mil ochocientos veinticinco-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, y este, Inversiones Cándido y Nago S. A.; al sur calle pública; oeste, servidumbre de paso en medio e Inversiones Cándido y Nago S. A. Mide: trescientos ocho metros cuadrados. Sexta finca: Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres sirvientes a las citas 0384-00014685, condiciones ref: 00250645-000 a las citas 0384-00014685, finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos veintitrés mil ochocientos veintiséis-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, este, y oeste Inversiones Cándido y Nago S. A.; al sur calle pública. Mide: trescientos dieciséis metros cuadrados. Sétima finca: Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres sirvientes a las citas 0384-00014685, condiciones ref: 00250645-000 a las citas 0384-00014685, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos veintitrés mil ochocientos veintisiete-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, y oeste, Inversiones Cándido y Nago S. A.; al sur, calle pública; este, Javier Elizondo Fallas. Mide: trescientos veinticuatro metros cuadrados. Octava finca: Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres sirvientes a las citas 0384-00014685, Condiciones ref: 00250645-000 a las citas 0384-00014685, y servidumbre de paso a las citas 2011-00335387; finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos veintitrés mil ochocientos veintiocho-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, y sur, Inversiones Cándido y Nago S. A; al este, Javier Elizondo Fallas; oeste, servidumbre de paso en medio e Inversiones Cándido y Nago S. A. Mide: trescientos un metros cuadrados. Novena finca: Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre Sirviente a las citas 0384-00014685, servidumbres sirvientes a las citas 0384-00014685, Condiciones Ref: 00250645-000 a las citas 0384-00014685, y servidumbre de paso a las citas 2011-00335387; Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos veintitrés mil ochocientos veintinueve-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, y sur, Inversiones Cándido y Nago S. A.; al este, Javier Elizondo Fallas al oeste, servidumbre de paso en medio e Inversiones Cándido y Nago S. A. Mide: trescientos un metros cuadrados. Décima finca: Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbres Sirvientes a las citas 0384-00014685, condiciones ref: 00250645-000 a las citas 0384-00014685, y servidumbre de paso a las citas 2011-00335387; finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos veintitrés mil ochocientos treinta-cero cero cero la cual es terreno para construir.- Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, y sur, Inversiones Cándido y Nago S. A.; al este, Javier Elizondo Fallas al oeste, servidumbre de paso en medio e Inversiones Cándido y Nago S. A. Mide: trescientos un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del quince de noviembre del año dos mil doce, con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de diciembre del año dos mil doce con la base de quince mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Viva Zaguate S. A. contra Inversiones Cándido y Nago Sociedad Anónima. Exp. 12-000537-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 6 de agosto del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2012318721.—(IN2012086345).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas treinta minutos del veinticinco de octubre del año dos mil doce, y la base de veinte mil cuatrocientos catorce dólares con sesenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veintiséis mil setecientos setenta y cuatro-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rafael Saldaña Beita; al sur, Alberto Arias Cascante; al este, Fernando Lizano Marín y al oeste, calle pública con frente de 18.30 metros. Mide: ochocientos noventa y ocho metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del quince de noviembre del año dos mil doce, con la base de quince mil trescientos once dólares con nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del seis de diciembre del año dos mil doce, con la base de cinco mil ciento tres dólares con sesenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Francisco Mata Jiménez contra Jorge Navarro Segura. Exp. 12-000121-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 6 de agosto del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2012318730.—(IN2012086347).

A las 14:15 horas del 4 de octubre del 2012, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de anotaciones, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica bajo las citas 2011-00208343-01-0001-001, y con la base de la hipoteca de segundo grado a favor del Banco actor, sea la base de ¢20.000.000,00, remataré: Finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 413.394-000, que es terreno con un galerón de uso industrial, sito en Río Cuarto de Grecia, distrito seis, del cantón tres, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Marcos Víquez Arce; al sur, Tulio Víquez Arce; al este, calle pública con un frente de 14.32 metros; y al oeste, Heva de Santa Rica S. A., en medio Carlos Manuel Orozco Álvarez. Mide: ochocientos cincuenta y nueve metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢15.000.000,00, se señalan las: 14:15 horas del 22 de octubre del 2012. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢5.000.000,00, se señalan las: 14:15 horas del 6 de noviembre del 2012. Se remata por ordenarse así en exp. Nº 12-100763-0297-CI (2C) ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Marcos Víquez Arce.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de agosto del 2012.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—RP2012318757.—(IN2012086348).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas del dieciocho de octubre del año dos mil doce, y con la base de ciento treinta y dos mil doscientos setenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y cuatro mil novecientos nueve del partido de Cartago la cual se encuentra a nombre de la parte demandada Marielos Badilla Centeno, la cual es terreno de solar con una casa de habitación. Situada en el distrito Juan Viñas, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ronald Aguilar Ulloa; al sur, Israel Aguirre Rodríguez; al este, quebrada sin nombre, y al oeste, Israel Rodríguez Aguirre. Mide: cuatrocientos cuarenta y un metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veinticinco de octubre del año dos mil doce, con la base de ciento treinta y dos mil doscientos setenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del treinta y uno de octubre del año dos mil doce, con la base de ciento treinta y dos mil doscientos setenta colones (un veinticinco por ciento de base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia dentro del proceso abreviado de divorcio de Mario Alexis Vega Solano contra Marielos Badilla Centeno, bajo el expediente número 09-000429-0675-FA-I.—Juzgado de Familia de Turrialba, 10 de agosto del año 2012.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—RP2012318779.—(IN2012086349).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del cinco de octubre del dos mil doce, y con la base de dieciocho mil novecientos veintidós dólares con cincuenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas: 550836, marca: volvo, categoría: automóvil, vin: YV1CZ91G841096400, color dorado, año: 2004, cilindrada: 2.900 c.c. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cincuenta y cinco minutos del veintitrés de octubre de dos mil doce, con la base de catorce mil ciento noventa y un dólares con noventa y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cincuenta y cinco minutos del siete de noviembre de dos mil doce con la base de cuatro mil setecientos treinta dólares con sesenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa Sociedad Anónima contra Jorge Roberto Angulo Monge. Exp. Nº 11-008299-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 17 de agosto del año 2012.—Lic. Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—RP2012318823.—(IN2012086354).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del veintiséis de octubre del año dos mil doce y con la base de dos millones ochocientos veintiún mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa: BBK349, marca Hyundai, categoría: automóvil, serie: KMHCN36C87U044098, carrocería: sedán 2 puertas Hatchback, capacidad: 5 personas, estilo: Accent, año: 2007, color: gris. Para el segundo remate se señalan las diez horas cero minutos del nueve de noviembre del año dos mil doce, con la base de dos millones ciento dieciséis mil ciento veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de noviembre del año dos mil doce con la base de setecientos cinco mil trescientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Auto Expertos S. A. contra Édgar Armando Vega Briceño. Exp. Nº 12-000313-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 30 de mayo del 2012.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2012318859.—(IN2012086356).

En la puerta exterior de este despacho; Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando dos servidumbres de paso, inscritas bajo las citas: 531-19333-01-0004-001 y 2010-22393-01-0002-001; a las catorce horas treinta minutos del treinta de octubre del dos mil doce, primer remate y con la base de ciento veintisiete mil setecientos once dólares treinta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 186478-000, la cual es terreno de solar, situado en el distrito octavo Cabo Velas, cantón tercero Santa Cruz de la provincia de Guanacaste, linda: al norte; sur; y este, Miguel Ángel Angulo Mora; oeste: calle pública con un frente lineal de veinte metros. Mide: mil quinientos setenta y seis metros con once decímetros cuadrados, plano catastrado G-cero cero sesenta mil setecientos treinta y cuatro-mil novecientos noventa y dos. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil doce, con la base de noventa y cinco mil setecientos ochenta y tres dólares cincuenta y dos centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil doce, con la base de treinta y un mil novecientos veintisiete dólares ochenta y cuatro centavos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal, contra Sider Antonio Oviedo Gómez. Expediente: 12-000281-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 10 de agosto del 2012.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—RP2012318863.—(IN2012086357).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado anotada bajo las citas 553-880-01, hipoteca de segundo grado anotada bajo las citas 576-58663-01, hipoteca deterger grado anotada bajo las citas 2010-58319-01, reservas y restricciones anotadas bajo las citas 402-10346-01; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de octubre de dos mil doce, y con la base de doscientos sesenta y seis millones trescientos diecisiete mil ochocientos cuarenta y un colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 22313-F-000 la cual es terreno filial ocho de dos plantas totalmente construida, destinado a uso habitacional. Situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Filial 9; al sur, casa club y área de juegos infantiles; al este, acceso vehicular y filial 9, y al oeste, Quebrada Jaboncillo. Mide: cuatrocientos noventa y siete metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dos de noviembre de dos mil doce, con la base de ciento noventa y nueve millones setecientos treinta y ocho mil trescientos ochenta y un colones con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de noviembre de dos mil doce con la base de sesenta y seis millones quinientos setenta y nueve mil cuatrocientos sesenta colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Lomas de Escazú contra Inversiones Alimenticias Internacionales I A I S. A., expediente Nº 11-030761-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de agosto del año 2012.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2012086559).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas y treinta minutos del quince de octubre del dos mil doce, y con la base de siete mil quinientos ochenta dólares con sesenta y ocho centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas Nº 623954, marca Citroen Xsara Pica, año 2006, Vin 935CHRHYP25742954, cilindrada 1997 c.c., color rojo, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de octubre del dos mil doce, con la base de cinco mil seiscientos ochenta y cinco dólares con cincuenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil doce, con la base de mil ochocientos noventa y cinco dólares con diecisiete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Erick Laurent Kauffmann. Expediente Nº 08-010496-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de junio del 2012.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2012086606).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del dos de octubre del año dos mil doce, y con la base de dos mil novecientos cuarenta dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas CL-197.067, marca Greatwall, categoría carga liviana, capacidad 2 personas, año 2004, color rojo, vin LGWCA2G794A076848, cilindrada 2237 c.c., combustible gasolina Nº motor 491QED030708016. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de octubre del año dos mil doce, con la base de dos mil doscientos cinco dólares con treinta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del uno de noviembre del año dos mil doce, con la base de setecientos treinta y cinco dólares con doce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotianbank de Costa Rica S. A. contra José Orlando Campos Arce. Exp. Nº 09-000962-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 6 de agosto del año 2012.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2012086608).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA; a las quince horas y cero minutos del treinta de octubre del dos mil doce y con la base de ciento treinta y ocho mil doscientos ochenta y nueve dólares con setenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y cinco mil ciento veintitrés-cero cero cero (45.123-000), la cual es terreno finca filial 48 apta para construir que se destina a uso habitacional la cual podrá tener una máxima altura de dos pisos. Situada en el distrito San Pablo, cantón San Pablo de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial 47; al sur, finca filial 49; al este, Transportes Unidos Cuatrocientos S. A.; y al oeste, acceso principal. Mide: ciento noventa y cuatro mil metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de noviembre del dos mil doce, con la base de ciento tres mil setecientos diecisiete dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de noviembre del dos mil doce, con la base de treinta y cuatro mil quinientos setenta y dos dólares con cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Diana Vargas Murillo. Expediente: 11-000517-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 6 de agosto del 2012.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2012086610).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones anotadas al tomo: 351, asiento: 4462, secuencia: 01-0816-001, a las diez horas y cero minutos del veintidós de octubre del dos mil doce, y con la base de once millones trescientos cincuenta y siete mil seiscientos sesenta y siete colones con doce céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 101513-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 07 Arenal, cantón 08 Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con frente a ella de 18.50 metros lineales; al sur, Blanca Rosa Herrera Jiménez; al este, Blanca Rosa Herrera Jiménez, y al oeste, Empresa Alba Mejía S. A. Mide: doscientos sesenta y tres metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del seis de noviembre del dos mil doce, con la base de ocho millones quinientos dieciocho mil doscientos cincuenta colones con treinta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del dos mil doce, con la base de dos millones ochocientos treinta y nueve mil cuatrocientos dieciséis colones con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Kristian Max Kniland Sandoval. Expediente Nº 11-024454-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de agosto del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2012086635).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, servidumbre trasladada y servidumbre de aguas pluviales; a las trece horas y quince minutos del diecisiete de enero de dos mil trece, y con la base de veintidós millones ochocientos setenta y dos mil trescientos veintisiete colones con treinta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F 65294-cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número dos-C apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito San Isidro, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común de libre de acceso siete; al sur, área común de libre de juegos infantiles y finca filial primaria individualizada número ochenta y tres-B; al este, finca filial primaria número tres-C, y al oeste, este finca filial primaria número uno-C. Mide: trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos del siete de febrero del dos mil trece, con la base de diecisiete millones ciento cincuenta y cuatro mil doscientos cuarenta y cinco colones con cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del veintiuno de febrero de dos mil trece con la base de cinco millones setecientos dieciocho mil ochenta y un colones con ochenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alejandro José Gómez Delgado, expediente Nº 11-000919-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 9 de agosto del dos mil doce.—M.sc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2012086636).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, a las once horas del veintinueve de octubre del año dos mil doce; libre de gravámenes prendarios y soportando infracción a la Ley de Tránsito, mediante boleta número 01-544554, sumaria 01-600661-242-TC, del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santa Ana, y sin sujeción de base en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 299764, marca Hyundai, año 1992, capacidad para cinco personas, categoría automóvil, motor G4DJ14279, color blanco. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Instituto Nacional de Seguros contra Cecilia Patricia Ramírez Vargas, expediente Nº 05-005560-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de julio del año 2012.—Lic. Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez, Juez.—(IN2012084128).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil doce, y con la base de un millón quinientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 621380, marca Nissan, estilo Sentra EX Saloon, año 1994, color vino, chasis 3N1BJAB13R006271, motor E16695463M, cilindrada 1597 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil doce, con la base de un millón ciento setenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de diciembre del dos mil doce con la base de trescientos noventa mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vacheron Constantin Sociedad Anónima contra Luis Gerardo Matarrita Fernández. Exp. 10-001268-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 8 de agosto del 2012.—Lic. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—RP2012317983.—(IN2012084677).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones así como servidumbre de paso, a las trece horas y treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil doce, y con la base de treinta y siete millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno con casa y patio. Situada: en el distrito Alfaro, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Agropecuaria Alomar S. A.; al sur, Agropecuaria San Ramón S. A.; al este, Agropecuaria San Ramón S. A., y al oeste, servidumbre de paso. Mide: dos mil cuatrocientos setenta metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil doce, con la base de veintiocho millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil doce, con la base de nueve millones cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Álvarez Álvarez. Expediente Nº 12-000184-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 8 de agosto del 2012.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—RP2012318032.—(IN2012084681).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del uno de noviembre del año dos mil doce, y con la base de trescientos diez mil trescientos catorce colones con treinta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 566355, marca Suzuki, estilo Carry 1.3, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2005, color azul, Vin JS3DA32V854130, cilindrada 1300 cc, combustible gasolina, Nº motor G13BB857082. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil doce, con la base de doscientos treinta y dos mil setecientos treinta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de diciembre del año dos mil doce, con la base de setenta y siete mil quinientos setenta y ocho colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotianbank de Costa Rica S. A., contra Foryini de Costa Rica S. A., expediente Nº 10-000972-0370-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 10 de agosto del año 2012.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—RP2012318078.—(IN2012084685).

En la puerta exterior de este Despacho; en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre de gravámenes hipotecarios; soportando condiciones y servidumbre sirviente al tomo 384, asiento 14685, finca del Partido de San José, matrícula número trescientos ochenta y cuatro mil ciento cincuenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de pastos, ubicada en el distrito primero San Isidro, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Ángela Calderón; al sur, lote 7; al este y al oeste, con calle pública. Mide: mil novecientos setenta metros trece decímetros cuadrados. Para el primer remate con la base de treinta millones quinientos dieciséis mil colones, para el segundo remate con la base de veintidós millones ochocientos ochenta y siete mil colones (rebajada en un 25%), y para el tercer remate con la base de siete millones seiscientos veintinueve mil colones (un 25% de la base original). 2) Libre de gravámenes hipotecarios; soportando condiciones y servidumbre trasladada al tomo 380, asiento 6669, finca del partido de San José, matrícula número trescientos setenta y seis mil doscientos cuarenta y uno cero cero cero, la cual es terreno para construir, ubicada en el distrito primero San Isidro, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Alberto Moreno; al sur, Héctor Hidalgo; al este, Blas Valverde; y al oeste, con calle pública. Mide: mil novecientos dieciséis metros ochenta y un decímetros cuadrados. Para el primer remate con la base de veinticinco millones cuatrocientos treinta mil colones, para el segundo remate con la base de diecinueve millones setenta y dos mil colones (rebajada en un 25%), y para el tercer remate con la base de seis millones trescientos cincuenta y siete mil colones (un 25% de la base original). para el primer remate se señalan las trece horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil doce. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintidós de noviembre del año dos mil doce, de no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del trece de diciembre del dos mil doce. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Clay Irons Henry contra Inversiones Kalhec del Sur S. A. Exp. 12-000238-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 22 de agosto del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—(IN2012085021).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; servidumbre de paso con citas 486-00002093-01-0004-001 a las diez horas y cero minutos del veinte de noviembre del año dos mil doce, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y un mil setecientos veinticinco cero cero cero la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito primero, cantón primero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Dubón S. A; al sur, Dubón S. A. y servidumbre de paso con 6 metros de ancho; al este, Dubón S. A., y al oeste, José Eduardo Víquez Salas, Dubón S. A. y servidumbre de paso con 3 metros de ancho. Mide: Mil ciento setenta metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de diciembre del año dos mil doce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de diciembre del año dos mil doce con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Xiomara de Socorro Estrada Martínez. Expediente Nº 12-000568-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 20 de agosto del 2012.—Lic. Karen Concepción Concepción, Jueza.—RP2012318238.—(IN2012085110).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y quince minutos del veintitrés de octubre del dos mil doce, y con la base de ciento ochenta y siete mil doscientos ochenta y nueve dólares con sesenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 418079-000; la cual es terreno lote para construir bloque-V, lote 23-V. Situada en el distrito 03 Sánchez, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, calle pública con 29.52 metros; al noroeste, lote 22-V con 24.94 metros; al sureste, lote 1-V con 11 metros, lote 2-V con 13 metros y lote 3-V con 2 metros; y al suroeste, calle pública con 9.72 metros. Mide: cuatrocientos cuarenta y seis metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del ocho de noviembre del dos mil doce, con la base de ciento cuarenta mil cuatrocientos sesenta y siete dólares con veintiún centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del veintitrés de noviembre del dos mil doce, con la base de cuarenta y seis mil ochocientos veintidós dólares con cuarenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A.,  contra Mario Alberto Chaves Hernández. Exp. 12-000478-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 26 de julio del 2012.—Lic. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—RP2012318292.—(IN2012085112).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 297, asiento 19.016; obligaciones ref. 1508, inscrita al tomo 297, asiento 19.016; servidumbre sirviente inscrita al tomo 304, asiento 15.931 y servidumbre sirviente inscrita al tomo 318, asiento 15.503; a las catorce horas y cero minutos del diecinueve de octubre de dos mil doce, y con la base de ciento treinta mil doscientos un dólares con noventa centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dos mil seiscientos setenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno bloque G lote 1, terrero para construir. Situada en el distrito quinto Concepción, cantón tercero La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 2-G; al sur, Avenida Mar Pacífico con un frente de catorce punto ochenta y un metros; al este, lote 24-F; y al oeste, Calle Río Tempisque con un frente de catorce punto veintiocho metros. Mide: doscientos veinte metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de noviembre de dos mil doce, con la base de noventa y siete mil seiscientos cincuenta y un dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas cero minutos del dieciséis de noviembre del dos mil doce, con la base de treinta y dos mil quinientos cincuenta dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Fabricio Adrián Durán Araya, Naturaleza del Fuchsia Sociedad Anónima. Exp. 12-007402-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 30 de julio del 2012.—Lic. María Karina Zúñiga Cruz, Jueza.—RP2012318293.—(IN2012085113).

A las ocho horas y treinta minutos del primero de noviembre del dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de once millones doscientos setenta y ocho mil cuarenta y siete colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00137166-000, la cual es terreno para construir lote 13. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Municipalidad de Paraíso; al sur, calle pública con 6 metros; al este, Municipalidad de Paraíso, y al oeste, Municipalidad de Paraíso. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con veintisiete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Luis Mejía Monge. Marta Elena Rojas Navarro, expediente Nº 05-000545-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de agosto del año 2012.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2012318333.—(IN2012085117).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre Trasladada, bajo las citas: 401-11785-01-0900-001; a las nueve horas del veinte de noviembre del año dos mil doce , y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 82509-000, la cual es terreno con una casita. Situada en el distrito Cañas, cantón Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ana Cecilia Hidalgo López; al sur, carretera interamericana con 74.48 metros; al este, Ana Cecilia Hidalgo López, y al oeste, Ana Cecilia Hidalgo López. Mide: Tres mil quinientos treinta y ocho metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del cinco de diciembre del año dos mil doce, con la base de siete millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veinte de diciembre del año dos mil doce con la base de dos millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José David Jiménez Sibaja. Exp. Nº 12-000100-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 14 de agosto del 2012.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—RP2012318338.—(IN2012085119).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas: 0369-00019041-01-0900-001, a las trece horas y treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil doce, y con la base de trescientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos veinticuatro dólares con treinta y cinco centavos de dólar, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica ($344.424,35), en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F cincuenta y seis mil novecientos veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno finca filial seis con un apartamento, ubicado en el segundo nivel, una terraza y un parqueo destinado a uso habitacional en proceso de construcción. Situada: en el distrito tercero Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial ocho; al sur, zona verde; al este, acceso vehicular número dos y zona verde, y al oeste, zona verde. Mide: doscientos treinta y nueve metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil doce, con la base de doscientos cincuenta y ocho mil trescientos dieciocho dólares con veintiséis centavos de dólar ($258.318,26) (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil doce, con la base de ochenta y seis mil ciento seis dólares con ocho centavos de dólar ($86.106,08) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Michael Robert Diggs, True Natural Getaway T.N.G. Sociedad Anónima, William Phillip Lewis. Expediente Nº 12-000488-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 17 de agosto del 2012.—Lic. Luis Ricardo Rivas Álvarez, Juez.—RP2012318511.—(IN2012085574).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones, judiciales; a las quince horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil doce y con la base de diecisiete millones setecientos ochenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 645437, marca B.M.W., estilo: 525IA, año 2006, vin WBANE51086B979053, cilindrada 2.494 cc, color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del cuatro de diciembre de dos mil doce, con la base de trece millones trescientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve de diciembre de dos mil doce con la base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Costarricense para Organizaciones de Desarrollo (Acorde) contra Kompress Inc. Sociedad Anónima, Oro Magik S. A. y Orestes Lizano San Martín. Exp. Nº 10-000633-0640-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de agosto del 2012.—Lic. María Mora Saprissa, Jueza.—RP2012318526.—(IN2012085575).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones al tomo trescientos diecisiete, asiento quince mil novecientos ochenta y siete, así como servidumbre de paso al tomo cuatrocientos doce, asiento diecinueve mil ciento ochenta y uno; a las siete horas treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil doce, y con la base de cinco millones trescientos cuarenta y seis mil sesenta y un colones con seis céntimos, al mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en la provincia de San José matrícula de Folio Real número cuatrocientos veinticuatro mil ochocientos treinta-cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada en el distrito quinto San Pedro, cantón décimo noveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Hulmen Ortiz Beita; al sur, otra propiedad de Martín Elizondo Jiménez; al este, otra propiedad de Martín Elizondo Jiménez; y al oeste, otra propiedad de Martín Elizondo Jiménez. Mide: tres mil quinientos sesenta y cuatro metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil doce, con la base de cuatro millones nueve mil quinientos cuarenta y seis colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil doce, con la base de un millón trescientos treinta y seis mil quinientos quince colones con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución de sentencia (abreviado de divorcio) de Francis Morales Cordero contra Gerardo Martín Elizondo Jiménez. Exp. 04-400478-0919-FA.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 8 de agosto del 2012.—Lic. Manuel Rodríguez Arroyo, Juez.—(IN2012085767).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil doce, y con la base de treinta y tres millones cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y un colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 204149-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Matilde Araya Rodríguez; al sur, Orlando Molina Villalobos; al este, calle pública, y al oeste, Gloria Clarke Holman. Mide: ciento sesenta y cinco metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil doce, con la base de veinticuatro millones setecientos ochenta y tres mil novecientos treinta y un colones con un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil doce, con la base de ocho millones doscientos sesenta y un mil trescientos diez colones con treinta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L., contra Marianela Antonio Murillo Pacheco, Xinia Mercedes Sánchez Reyes. Expediente Nº 09-016183-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2012.—Lic. María Mora Saprissa, Jueza.—(IN2012085825).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condiciones 0362-00014798-01-0801-001; a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de octubre del dos mil doce, y con la base de veintitrés millones ciento once mil novecientos sesenta y siete colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número, ciento treinta y siete mil ochocientos noventa y uno-cero cero cero la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito primero Buenos Aires, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia; de Puntarenas. Colinda: al norte, Agroinversiones Herreri S. A.; al sur, Inmobiliaria Villanueva Agüero S. A.; al este, calle pública; y al oeste, Municipalidad de Buenos Aires. Mide: mil trescientos tres metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de noviembre del dos mil doce, con la base de diecisiete millones trescientos treinta y tres mil novecientos setenta y cinco colones con treinta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del dos mil doce con la base de cinco millones setecientos setenta y siete mil novecientos noventa y un colones con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Ulises Arias Cisneros. Exp. 11-000672-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 23 de julio del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2012318541.—(IN2012085955).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil doce, y con la base de veintisiete millones setecientos veintiún mil ciento treinta y siete colones con tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y dos mil ciento noventa y ocho cero cero uno cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa, lote cincuenta y siete. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Álvaro Corrales Cordero; al noroeste, María de Los Ángeles Arrieta Coto; al sureste, María de Los Ángeles Arrieta Coto; y al suroeste, calle pública con diez metros de frente. Mide: doscientos sesenta metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Plano SJ-0636427-1986 Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del seis de noviembre del dos mil doce, con la base de veinte millones setecientos noventa mil ochocientos cincuenta y dos colones con setenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil doce, con la base de seis millones novecientos treinta mil doscientos ochenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Guillermo Enrique Hernández Álvarez. Exp. 11-000600-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 9 de agosto del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2012318544.—(IN2012085958).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones a las citas: 391-6499-01-986-001; a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del año dos mil doce, y con la base de dieciséis millones quinientos cuarenta y siete mil seiscientos veintiún colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y seis mil ciento cuarenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno lote doscientos diecinueve de solar con una casa. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 7,02 metros; al sur, lote doscientos quince; al este, lotes doscientos dieciocho, diecisiete y dieciséis y al oeste, lote doscientos veinte. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de noviembre del año dos mil doce, con la base de doce millones cuatrocientos diez mil setecientos dieciséis colones con veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil doce con la base de cuatro millones ciento treinta y seis mil novecientos cinco colones con cuarenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L., contra Juan Carlos Leiva Chamorro. Exp. 12-000312-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 6 de agosto del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2012318545.—(IN2012085959).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del primero de noviembre del dos mil doce, y con la base de ciento catorce mil seiscientos setenta y cuatro dólares con treinta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuarenta y siete mil cuatrocientos treinta y dos-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Vicente, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Praderas Verdes de Monserrat; al sur, Inmobiliaria Buenaventura S. A.; al este, resto destinado a calle; y al oeste, resto destinado a área de juegos infantiles y resto de Inmobiliaria Buenaventura S. A. Mide: doscientos catorce metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil doce, con la base de ochenta y seis mil cinco dólares con setenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil doce con la base de veintiocho mil seiscientos sesenta y ocho dólares con cincuenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Guillermo Brenes Salas. Exp. 12-000506-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 20 de agosto del 2012.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2012086213).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres de paso a las citas 2009-00063648-01-0002-001, servidumbres de líneas eléctricas y de paso a las citas 2011-00358430-02-0006-001, servidumbre de acueducto a las citas 2011-00358430-02-0011-001; a las nueve horas del veintitrés de octubre del año dos mil doce, y con la base de ochenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos cuatro mil doscientos cuarenta y ocho cero cero cero la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lacondon del Sur S. A.; al sur, 3-101-513594 S. A., Luis Fernando Retana Zúñiga y Viajes en las Alturas S. A.; al este, servidumbre agrícola de 7 metros, Viaje en las Alturas S. A. y al oeste, Lacandon del Sur S. A. Mide: cincuenta y cinco mil setecientos noventa y tres metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano SJ: 1285261-2008. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del trece de noviembre del año dos mil doce, con la base de sesenta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del cuatro de diciembre del año dos mil doce con la base de veintiún mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de MMXI Propzone SRL contra Corporación Internacional Gekabe S. A. Exp. 12-000487-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 20 de agosto del 2012.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez.—RP2012318727.—(IN2012086346).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del primero de noviembre del dos mil doce, y con la base de treinta y cinco mil setenta y cinco dólares con cero centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas: 815639, marca: Mitsubishi, categoría: automóvil, serie: JMYLRV96W9J000152, año: 2009, color: beige. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil doce, con la base de veintiséis mil trescientos seis dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del tres de diciembre de dos mil doce con la base de ocho mil setecientos sesenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa Sociedad Anónima contra Construcciones y Desarrollos del Futuro S. A., expediente Nº 10-001445-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de agosto del 2012.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2012318822.—(IN2012086353).

A las trece horas treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil doce: en la puerta exterior de este despacho, soportando gravámenes por decreto de embargo, inscrito al tomo 2008, asiento 00166192, en el mejor postor remataré el vehículo marca Hyundai, categoría y carrocería: microbus, serie, chasis y vin KMJWWH7HP1U355573, tracción: 4x2, motor: D4BH1152923, cilindrada: 2500 c. c., combustible: diesel, modelo: SVX TDI. Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso incumplimiento contractual N° 05-100152-425-CI, de Eliécer Castro Mejías en contra de Gustavo Martínez Campos.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 6 de agosto del 2012.—Lic. Sedyer Villegas Méndez, Juez.—RP2012318833.—(IN2012086355).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, a las trece horas y treinta minutos del veinte de noviembre del año dos mil doce, y con la base de veinticinco millones doscientos cuarenta mil ochocientos veintitrés colones con veinticinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 53919-000. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Jesús Elí y Antonio Lara González; al este, Álvaro Ramírez Calvo, y al oeste, calle pública. Mide: Trescientos treinta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de diciembre del año dos mil doce, con la base de dieciocho millones novecientos treinta mil seiscientos diecisiete colones con cuarenta y tres céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de diciembre del año dos mil doce, con la base de seis millones trescientos diez mil doscientos cinco colones con ochenta y un céntimos (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Guido Murillo Rojas. Exp. Nº 12-000136-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 24 de agosto del 2012.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—RP2012318877.—(IN2012086358).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de octubre de dos mil doce, y con la base de siete mil seiscientos diecinueve dólares con veinticinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Nissan X-Terra SE, carrocería station wagon o familiar, capacidad cinco personas, año 2006, color gris, tracción 4x4, número de motor M1A237869, cilindrada 2.800 centímetros cúbicos, cuatro cilindros, combustible diesel, placas 628877. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dos de noviembre de dos mil doce, con la base de cinco mil setecientos catorce dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de noviembre de dos mil doce con la base de mil novecientos cuatro dólares con ochenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Ronald Alberto Orozco Burgos. Exp. 11-023347-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de agosto del 2012.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2012086609).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión y denuncia penal, a las diez horas y cero minutos del catorce de noviembre del dos mil doce, y con la base de siete mil ciento setenta y seis dólares con sesenta centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo 4999505, marca Peugeot, estilo Berlina 206 XS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2003, color verde, vin VF32AWJYU2W037490, cilindrada 1868 c. c., combustible diesel, motor Nº 10DXEE6026109. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de noviembre del dos mil doce, con la base de cinco mil trescientos ochenta y dos dólares con cuarenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de diciembre del dos mil doce, con la base de mil setecientos noventa y cuatro dólares con quince centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar pon cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Sianni Milena Redondo Valerio. Expediente Nº 09-000167-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 3 de agosto del 2012.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2012086611).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada al tomo: 369, asiento: 864, a las once horas y treinta minutos del once de octubre del año dos mil doce, y con la base de nueve millones quinientos cuarenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y cinco mil ochocientos ochenta y nueve cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote 3 bloque H, situada en el distrito 04 Mata de Plátano, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 28; al sur, avenida 5; al este, lote 4 y al oeste, lote 2. Mide: ciento ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintinueve de octubre del año dos mil doce, con la base de siete millones ciento cincuenta y ocho mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del trece de noviembre del año dos mil doce con la base de dos millones trescientos ochenta y seis mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Shane Umaña Aguiar. Exp. 10-027629-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—RP2012318952.—(IN2012086721).

A las nueve horas y cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de setecientos cuarenta y un mil doscientos treinta y cuatro colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo marca Nissan, estilo Pulsar, modelo mil novecientos ochenta y nueve, marca de motor Nissan, número de motor E-13-250138, placa de circulación 126366, chasis Nº BN 13-200215, vehículo color rojo. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Nacional de Costa Rica contra Segura Ovares José Roberto. Expediente Nº 96-003241-0226-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de julio del 2012.—Lic. Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez, Juez.—RP2012318961.—(IN2012086722).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las once horas y quince minutos del veintitrés de octubre de dos mil doce, y con la base de ocho mil doscientos veinticuatro dólares con treinta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Nissan Tiida, carrocería sedán cuatro puertas, capacidad cinco personas, año 2008, color gris, chasis JN1BCAC11Z0014830, número de motor HR16386951A, cilindrada 1.598 centímetros cúbicos, cuatro cilindros, combustible gasolina, placas 747641. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del siete de noviembre de dos mil doce, con la base de seis mil ciento sesenta y ocho dólares con veintiocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del veintidós de noviembre de dos mil doce con la base de dos mil cincuenta y seis dólares con nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de banco Citibank de Costa Rica S. A., contra Marianela Retana Otárola, Pablo César Romero Castro. Exp. 12-012811-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2012.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—RP2012319003.—(IN2012086723).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos del uno de noviembre de dos mil doce, y con la base de cinco mil quinientos diecisiete dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca Peugeot, estilo 307 sedán XS, carrocería sedán cuatro puertas, año 2007, color gris, chasis 8AD3DN6BL7G027082, número de motor 10DBTS0003007, cilindrada 1,587 centímetros cúbicos, combustible gasolina, cuatro cilindros, placas 654913. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del dieciséis de noviembre de dos mil doce, con la base de cuatro mil ciento treinta y ocho dólares con doce centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del tres de diciembre de dos mil doce con la base de mil trescientos setenta y nueve dólares con treinta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A., contra Karina Sánchez Cubero. Exp. 12-012812-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del 2012.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—RP2012319004.—(IN2012086724).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las once horas y cero minutos del veintinueve de octubre de dos mil doce, y con la base de veintiséis mil ciento setenta y siete dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 518190-000 cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir, lote 70-f. Situada en el distrito 03 Sánchez, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública conocida como calle 2-a; al sur, lote 61-f y 62-f; al este, lote 69-f y al oeste, lote 71-f. Mide: trescientos treinta y cinco metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del trece de noviembre de dos mil doce, con la base de diecinueve mil seiscientos treinta y dos dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil doce con la base de seis mil quinientos cuarenta y cuatro dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Alexánder Román no indica. Exp. 11-007341-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 22 de agosto del 2012.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—RP2012319005.—(IN2012086725).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre de paso, a las nueve horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del dos mil doce, y con la base de nueve millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y siete mil cuatrocientos setenta cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito sétimo Santa Eulalia, cantón quinto Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte; al este, y al oeste, Luvamora Sucesores Ltda., y al sur, calle pública con un frente a ella de veinte metros. Mide: novecientos noventa y ocho metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de octubre del dos mil doce, con la base de siete millones cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de octubre del dos mil doce, con la base de dos millones trescientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Asdrúbal José Mora Álvarez. Expediente Nº 10-000669-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 8 de agosto del 2012.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—RP2012319012.—(IN2012086726).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, soportando infracciones/colisiones bajo las sumarias Nos. 09-601188-0489-TC, 11-006765-174-TR, 11-2292-174-TR y 11-3465-174-TR, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de octubre del dos mil doce, y con la base de seis mil cuatrocientos cuarenta y un dólares con noventa y dos centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placa 696689, marca Nissan, estilo Almera SG, año 2008, color dorado. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de octubre del dos mil doce, con la base de cuatro mil ochocientos treinta y un dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre del dos mil doce, con la base de mil seiscientos diez dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica S.A.) contra Inversiones Martis Ager S. A., Juan Antonio Calvo Bianchini. Expediente Nº 12-012517-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de julio del 2012.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—RP2012319024.—(IN2012086727).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones 0372-00006134-01-0872-001; a las trece horas y treinta minutos del seis de noviembre de dos mil doce, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 226411-000 cero cero cero, la cual es terreno de cultivos. Situada en el distrito tercero, cantón décimo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Ángel Arturo Pérez Cruz; al sur, William Chaves Alfaro; al este, Gerardo Araya Jiménez; y al oeste, calle pública con un frente de treinta y dos metros con sesenta centímetros lineales. Mide: seis mil seiscientos cuarenta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil doce, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de diciembre de dos mil doce con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inmobiliaria e Inversiones Joan SRL contra Construcciones J Y B Nosara Nuevo Siglo S. A. Exp. 12-000080-0930-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 20 de agosto del 2012.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2012319098.—(IN2012086728).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil doce, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 52749-000, la cual es terreno de café con una casa. Situada: en el distrito 01 Santa Bárbara, cantón 04 Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Amelia Sánchez; al sur, calle pública; al este, Carmen Centeno Campos, y al oeste, Auristela Herrera. Mide: ciento noventa y dos metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de octubre del dos mil doce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil doce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Fabio Monestel Sánchez contra Humberto Joaquín Herrera Hernández. Expediente Nº 12-001953-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 21 de junio del 2012.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—RP2012319107.—(IN2012086729).

Primer remate: A las once horas del ocho de octubre del dos mil doce, en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Liberia, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de cuarenta y cinco millones de colones, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, partido de Alajuela, número doscientos treinta y tres mil setecientos sesenta y uno-cero cero cero, es terreno de pastos y agricultura, ubicado: en Aguas Claras (distrito segundo), de Upala (cantón trece), de la provincia de Alajuela. Sus linderos son: norte: reserva área protegida y Jorge Acuña Marín; sur: calle pública con un frente de ciento nueve metros con sesenta y tres centímetros lineales y Terencio León Gómez; este: Terencio León Gómez y Carmen Baltodano Baltodano, y oeste: calle pública con un frente de cuatrocientos ochenta y ocho metros con cuarenta y seis centímetros lineales. Mide: cuatrocientos cincuenta y cuatro mil trescientos cincuenta y tres metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Pertenece a DY L Bros Sociedad Anónima. Otros gravámenes y anotaciones: reservas y restricciones citas: 0349-00016864-01-0901-001. Segundo remate: De no existir postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once horas del veintidós de octubre del dos mil doce, con la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un 25% de la base original). Tercer remate: De no existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las once horas del cinco de noviembre del dos mil doce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones (un 25% de la base original). Se remata por estar ordenado en proceso hipotecario Nº 12-100068-0927-CI, de Banco Nacional de Costa Rica contra Ángela Esquivel Villegas y otro.—Juzgado Agrario de Liberia, 31 de julio del 2012.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—Exonerado.—(IN2012086921).

En la puerta exterior de este despacho; en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, inscritas al tomo 419, asiento 2459, consecutivo 01, secuencia 0004, subsecuencia 001; a las nueve horas y cero minutos del uno de octubre del dos mil doce, con la base de ciento cuarenta y cinco mil doscientos dólares exactos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número F62836-000, la cual es terreno finca filial veintiocho de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Finca Filial Veintinueve; al sur, Finca Filial Veintisiete; al este, calle pública; y al oeste, acceso vehicular. Mide: doscientos veinticuatro metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de octubre del dos mil doce, con la base de ciento ocho mil novecientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de noviembre del dos mil doce, con la base de treinta y seis mil trescientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, inscritas al tomo 419, asiento 2459, consecutivo 01, secuencia 0004, subsecuencia 001, a las nueve horas y cero minutos del uno de octubre del dos mil doce, con la base de ciento cuarenta y cuatro mil ochocientos dólares exactos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número F62838-000, la cual es terreno finca filial treinta y dos de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, acceso vehicular; al sur, Finca Filial Veintinueve; al este, calle pública; y al oeste, acceso vehicular. Mide: doscientos veintitrés metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de octubre del dos mil doce, con la base de ciento ocho mil seiscientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de noviembre del dos mil doce, con la base de treinta y seis mil doscientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlo Beltramo (único apellido), El Sandal Calcedonia Azul Veintiocho Ltda, El Sandal Perla Brillante Soleada Treinta Ltda. Expediente: 12-011309-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 1º de agosto del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2012087062).

En la puerta exterior de este juzgado: libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, pero soportando reservas y restricciones, remátese la finca de la provincia de Puntarenas matrícula: 179457-000. Naturaleza: terreno de montaña. Situada: distrito 01 Cortés, cantón 05 Osa, provincia de Puntarenas. Linderos: norte, río Coronado; sur, Eladio Gutiérrez Monge y Eric Sean La Vasseur; este, Mordognco Rodríguez; oeste, calle pública y Eladio Gutiérrez. Mide: 92.056 metros con 80 decímetros cuadrados. Plano: P-1255926-2008. Primer remate: para tal fin se señalan las 8:00 horas del 2 de octubre del 2012, base: 12.740.000 colones. Segundo: a las 8:00 horas del 18 de octubre del 2012, base: 9.555.000 colones (base inicial menos su 25 por ciento). Tercero: a las 8:00 horas del 02 de noviembre del 2012, base: 3.185.000 colones (25 por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado en: expediente número: 12-100037-423-CI-1. Hipotecario, actor: Luz Digna Valverde Barboza. Demandado: Juan Rafael Jiménez Zumbado.—Juzgado Civil de Osa, 3 de agosto del 2012.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—RP2012319149.—(IN2012087066).

En la puerta exterior de este despacho y libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal bajo la sumaria número 07-001261-0412-PE; a las nueve horas y cero minutos del tres de octubre del dos mil doce y con la base de tres millones doscientos setenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 656441, Suzuki, año 1999, vin JS3TD62V4X4100782, cilindrada 2500, color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de octubre de dos mil doce, con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de noviembre de dos mil doce, con la base de ochocientos dieciocho mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit contra José Miguel Jirón Chavarría. Expediente número: 09-020161-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de junio del 2012.—Msc. Adriana Jara Benavides, Jueza.—Rp2012319263.—(IN2012087075).

En la puerta exterior de este despacho remataré al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando condiciones a las citas trescientos seis-diecisiete mil setecientos cuarenta-uno, el inmueble del partido de Puntarenas número ciento setenta y un mil setecientos cinco-cero cero cero, con las siguientes bases: 1) Doce millones ciento cuarenta y dos mil ciento trece colones con ochenta y un céntimos, remate que se celebrará a las ocho horas del ocho de octubre de dos mil doce. 2) Con la base en la suma de nueve millones ciento seis mil quinientos ochenta y cinco colones con treinta y seis céntimos (rebaja del veinticinco por ciento de la base), se señalan las ocho horas del veinticuatro de octubre de dos mil doce. 3) Con la base en la suma de tres millones treinta y cinco mil quinientos veintiocho colones con cuarenta y cinco céntimos se señalan las ocho horas del ocho de noviembre de dos mil doce. El inmueble se describe así: terreno de agricultura, sito en Guaycará, Golfito, distrito tercero, cantón sétimo de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública; al sur; este; y oeste, con Hilalia Castillo Castillo y Feliciano Barrias Barrias. Mide: dos mil quinientos metros cuadrados. Posee plano número P-1301074-2008. Propiedad de Davis Norman Barrios Castillo. Expediente número 12-100136-0920-CI-1 de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Barrio Castillo Davis.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Sede Corredores, Ciudad Neily, 6 de agosto de 2012.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—RP2012319336.—(IN2012087078).

A las nueve horas del cuatro de octubre de dos mil doce, en la puerta principal del local que ocupa este despacho, al mejor postor, de la manera que se dirá y con las bases que se indican a continuación, remataré los siguientes vehículos: primero: libre de gravámenes prendarios comunes y anotaciones, infracciones y colisiones y con la base del valor declarado en el Ministerio de Hacienda, según certificación de folio 18, sea la base de ¢2.300.000,00, el vehículo marca Geo Tracker, placas 773688, categoría automóvil, serie, chasis y vin 2CNBE1362T6903094, tracción 4x2, carrocería todo terreno 4 puertas, techo duro, capacidad 5 personas, año 1996, color verde, número de motor G16T102928, 1.600 cc, combustible gasolina, 4 cilindros. Segundo: libre de gravámenes prendarios comunes y anotaciones, infracciones y colisiones y con la base del valor declarado en el Ministerio de Hacienda, según certificación de folio 21, sea la base de ¢1.070.000,00, el vehículo marca Toyota Corolla, placas 862760, categoría automóvil, serie y vin JT2AE09E9P0001820, chasis AE1020001820, carrocería sedán 4 puertas, tracción 4x2, capacidad 5 personas, año 1993, color blanco, número de motor no existe, 1.800 cc, 4 cilindros, modelo DX, combustible gasolina. Para el segundo remate ahora con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la base de ¢1.725.000,00, para el vehículo placas 773688 y la base de ¢802.500,00, para el vehículo placas 862760, se señalan las nueve horas del veintidós de octubre de dos mil doce. Para el tercer remate, ahora con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢575.000,00, para el vehículo placas 773688 y la base de ¢267.500,00, para el vehículo placas 862760, se señalan las nueve horas del seis de noviembre de dos mil doce. Se rematan por estar así ordenado en expediente: 12-100058-0297-CI (1B), monitorio de Grettel Magaly Acosta Jirón contra Ivannia Solano Monestel.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 22 de octubre de 2012.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—(IN2012087298).

En la puerta exterior de éste Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y colisiones; a las quince horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil doce, y con la base de un millón quinientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 146722, marca: Mitsubishi, chasis: DSNC61AMU02202, color; celeste, año: 1991, cilindrada: 1298 cc. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del ocho de octubre del dos mil doce, con la base de un millón ciento cuarenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para  la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil doce, con la base de trescientos ochenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata  por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Manfred Pérez Porras contra Gustavo Adolfo Montoya Monge. Exp.: 12-005828-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 19 de julio del 2012.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2012087371).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Luz Marina Oviedo Arce, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y cero minutos del cinco de octubre del año dos mil doce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. N° 08-004525-0370-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 6 de junio del 2012.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2012075627).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 12-100002-0927-CI (2-4-12)-A, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Carmen Campos Mena, mayor, casada una vez, oficios del hogar, portadora de la cédula de identidad número cinco-ciento treinta y uno-ciento ochenta y cinco (5-131-185), vecina de Concepción de Abangares, Guanacaste, con el fin de inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que se describe así: terreno de solar para construir y árboles frutales, ubicado en distrito tres San Juan, cantón sétimo Abangares, de la provincia de Guanacaste, mide: ocho mil trescientos veinte metros cuadrados; linderos: al norte, calle pública con un frente de doce metros y cincuenta centímetros lineales, al sur, con Sociedad San Juan de las Damas L M S Sociedad Anónima y este, Tito del Carmen Watson Céspedes, al oeste, Carlos Campos Mena, con plano catastrado G-l.498.237-2011. Indica el titulante que sobre el inmueble no hay condueños ni cargas reales, que es el único dueño, y lo estima en la suma de un millón quinientos mil colones. El titulante lo adquirió por medio de donación que le hiciera su madre Tomasa Débora Campos Mena en mil novecientos ochenta, de lo cual no existe documento alguno. Con un mes de término se cita y emplaza a todos los que se crean con derecho al inmueble a fin de que se apersonen en defensa de sus derechos. Exp. 12-100002-0927-CI (2-4-12)-A. Diligencias de información posesoria promovidas por Carmen Campos Mena.—Juzgado Civil y de Trabajo de Cañas, Guanacaste, 5 de junio del 2012.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—RP2012318275.—(IN2012085125).

Leila Bonilla Morales, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número seis-doscientos cuarenta y seis-setecientos treinta y cuatro, vecina de San Gabriel de Aserrí, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de tacotal, situado en Las Tablas distrito tercero Potrero Grande del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta Puntarenas, con los siguientes linderos: al norte, con Yoice Bonilla Morales y Johanna Díaz Vindas; al sur, con Vilma María Zamora Alfaro y Rosa Bonilla Morales; al este, con calle pública con ochenta y un metros con sesenta y dos decímetros cuadrados; y al oeste, con Johanna Díaz Vindas y Vilma María Zamora Alfaro. Mide ocho mil ciento noventa y ocho metros cuadrados, según plano catastrado P-1425679-2010. El terreno antes descrito, la solicitante ha sido la poseedora en calidad de dueña de manera pública, pacífica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de dos millones de colones, igualmente las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente número 12-100049-1046-CI (53-12) establecidas por Leila Bonilla Morales.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 20 de junio del 2012.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—RP2012318328.—(IN2012085126).

Guiselle Mora Bonilla, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número seis-ciento veinticuatro-seiscientos treinta y ocho, vecina de La Fila de Gabriel de Aserrí, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describen así: primer inmueble: terreno sembrado de árboles maderables, situado en el distrito tercero Potrero Grande del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta Puntarenas, con los siguientes linderos: norte, con Marvin Mora Picado; al sur, con Guiselle Delgado Fonseca; al este, con Efrén Delgado Sánchez; y al oeste, con calle pública con veintiún metros con sesenta decímetros cuadrados. Mide mil treinta y cuatro metros cuadrados, según plano catastrado P-1427438-2011. El terreno antes descrito, la solicitante ha sido la poseedora en calidad de dueña de manera pública, pacífica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de dos millones de colones, igualmente las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente número 12-100048-1046-CI (52-12) establecido por Guiselle Mora Bonilla.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 4 de julio del 2012.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—RP2012318329.—(IN2012085127).

Se hace saber: que ante este Despacho se encuentra el expediente N° 11-000542-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de información posesoria, promovido por Marie Iris Moraga Gutiérrez quien es mayor, casada una vez, educadora pensionada, cédula 5-0118-0027 y vecina de San Martín, en Santa Cruz, Guanacaste; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para construir, situado en Buenos Aires, distrito 1° (Santa Cruz), cantón 3° (Santa Cruz), provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte, (Marvin Arrieta), sur, (Rodney Zúñiga Moraga) y este, con Fabio Chavarría Tablada y al oeste, con calle pública con un frente de nueve metros con cincuenta y seis centímetros lineales; mide doscientos cincuenta y seis metros lineales. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en un millón de colones, que lo adquirió mediante una compra que le hizo al señor Adolfo Gutiérrez Gutiérrez, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre él, han consistido en el mantenimiento de cercas perimetrales, en la limpieza del lote, hechura de rondas; que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz Guanacaste.—Lic. Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—RP2012318453.—(IN2012085576).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000098-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Leidy Rodríguez Sánchez quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de La Rita de Pococí, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-331-270, profesión estilista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno de solar para construir. Situada en el distrito tres, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, servidumbre de paso en medio con Amando Arrieta Arrieta; al sur, Amando Arrieta Arrieta; al este, Amando Arrieta Arrieta y al oeste, Amando Arrieta Arrieta. Mide: doscientos treinta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seiscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Leidy Rodríguez Sánchez. Exp. 12-000098-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Pococí, 29 de febrero del 2012.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—1 vez.—RP2012318504.—(IN2012085577).

Citaciones

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eva Sáenz Obando, casada una vez, de oficios del hogar, cédula seis-cien-cero setenta y nueve vecina de ciento cincuenta metros oeste de la iglesia católica en Volcán de Buenos Aires, Puntarenas, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cero dos-2012,notaría de la licenciada Aurea Monge Monge, carné 3765, ubicada en la ciudad de San Isidro de El General, altos edificio Romero calle principal, frente a panadería Musmani.—23 de agosto del 2012.—Lic. Aurea Monge Monge, Notaria.—1 vez.—RP2012318116.—(IN2012085130).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Ramón Eugenio Montoya Mora, mayor, casado una vez, con cédula número cinco-cero sesenta y dos-setecientos, vecino de barrio San Juan, Corredores, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio número 12-100104-0920-CI-l promovido por Mauricio Bolaños Jiménez. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, Ciudad Neily, 12 de junio del 2012.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—RP2012318121.—(IN2012085131).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carlos Alberto Sánchez Mora, cédula nueve-cero sesenta y cinco-setecientos cincuenta y dos, casado una vez, empresario, vecino de Alajuela, en barrio Latino de Grecia, ciento setenta y cinco metros oeste de la escuela, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener la calidad de heredero, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2012. Notaría del licenciado Máximo Corrales Vega.—San Juan de Valverde Vega, Calle Bambú, teléfono 2454-5017 fax 2454-5018.—Lic. Máximo Corrales Vega, Notario.—1 vez.—RP2012318148.—(IN2012085133).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Carlos Alberto Salazar Rodríguez, quien fue mayor, casado una vez, despachador, vecino de San Rafael Arriba de Desamparados, cédula 1-564-687, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 12-100127-0217-CI, sucesión de Carlos Alberto Salazar Rodríguez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercero Circuito Judicial de San José, Desamparados, 31 de julio del 2012.—Lic. Luis Carlos Arana Oronó.—1 vez.—RP2012318155.—(IN2012085134).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Nelia Eulalia Pérez Rodríguez, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, Alto de Guadalupe, urbanización La Flor, casa número noventa y dos, cubana para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 2012-0001-SN.—Lic. José Alberto Tioli Ávila, Notario.—1 vez.—RP2012318158.—(IN2012085135).

Se hace saber que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio de Inez Amparo Velásquez (un apellido en virtud de su nacionalidad estadounidense), mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Pembroke Pines, Florida, Estados Unidos de América del Norte, 9397 Northwest 24th Place, con pasaporte de los Estados Unidos de América del Norte número 044626346. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría pública en Heredia, ubicada veinticinco metros al este de la Estación de Servicio Total; con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2012-001-GAV-NOT.—Veintidós de agosto del dos mil doce.—Lic. Guillermo Ávila Vega, Notario.—1 vez.—RP2012318315.—(IN2012085142).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Belisa Ramírez Gatjens, quien fuera mayor, casada dos veces, ama de casa, costarricense, cédula 600380575, vecina de San Isidro de Heredia y de Miguel Ángel Valerio León, mayor, casado, costarricense, vecino de San Isidro de Heredia, cédula de identidad 400880702. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-100470-0374-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 7 de agosto del 2012.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2012085372).

De conformidad con el artículo 129 del Código Notarial, por escritura otorgada ante mi notaría se ha abierto proceso sucesorio notarial ad intestato extrajudicial, de Juan Guillermo Alvarado Fernández, mayor, soltero, panadero, con cédula de identidad número tres cero cero ocho cero cero ocho uno seis, vecino de San José, Montes de Oca, Mercedes. Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que creen tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2012-0001-Sucesorio. Lic. Nataly Mireya Espinoza Alvarado. San Antonio de Belén, Heredia, segundo piso edificio San Casimiro. Teléfono 2239-2485.—San José, 22 de agosto del 2012.—Lic. Nataly Mireya Espinoza Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2012085375).

De conformidad con el artículo 129 del Código Notarial, por escritura otorgada ante mi notaría se ha abierto proceso sucesorio notarial ad intestato extrajudicial, de Manuel de Jesús Alvarado Fernández, mayor de edad, soltero, comerciante, vecino de San José, Goicoechea, Guadalupe cincuenta metros sur de la iglesia, portador de le cédula de identidad número tres cero cero nueve cero cero tres ocho siete. Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2012-0002-Sucesorio. Lic. Nataly Mireya Espinoza Alvarado. San Antonio de Belén, Heredia segundo piso edificio San Casimiro. Tel: 2239-2485, San José, 22 de agosto del 2012.—Lic. Nataly Mireya Espinoza Alvarado, Notaria.—1 vez.—(IN2012085376).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Elizabeth Porras Mora, quien fue mayor, soltera, Doctora en Medicina, cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y tres-novecientos trece, vecina de San José, Desamparados, fallecida el veintiuno de agosto de dos mil uno, para que en un plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar derechos que consideren pertinentes, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 003-2012.—Lic. Luis Gonzalo Cortés Enríquez, Notario.—1 vez.—RP2012318382.—(IN2012085579).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Jesús Ramón Fernández Muñoz, quien fuera mayor, casado una vez, cédula de identidad número 1-0302-0768, vecino de San Jerónimo de Desamparados, y es gestionado por Alba Roxana Fernández Loría, mayor soltera, ama de casa, vecina de San Jerónimo de Desamparados, cédula de identidad 1-648-374. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de este proceso, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente número 12-100209-0237-CI (221-1-12).—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 20 de agosto del 2012.—Lic. Hellen Mora Salazar, Jueza.—1 vez.—RP2012318408.—(IN2012085580).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó José Eugenio Carvajal Segura, quien fue costarricense, mayor de edad, viudo, comerciante, portador de cédula de identidad número 1-277-193, vecino de Barrio San Cristóbal de Pital, cien metros este de la pulpería de El barrio, para que dentro de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002-2012, sucesorio notarial de José Eugenio Carvajal Segura Bufete Angúlo Pérez & Asociados avenida central, Cuesta de Moras, frente al Más X Menos, segundo piso Hotel Avenida Central.—San José, 1 de agosto del 2012.—Lic. Lupita María Angúlo Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2012318443.—(IN2012085581).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juanita Liana Ramona Villegas Zelaya, quien fuera mayor, soltera, profesora, cédula de residencia número 165-37363-3185. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000207-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de agosto del año 2012.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—RP2012318445.—(IN2012085582).

Se hace saber que ante el notario Kenneth Mora Díaz se tramita la sucesión de Ricardo Antonio Arguedas Fallas, quien fue en vida mayor, casado, vecino de San José, San Antonio de Desamparados, portador de la cédula de identidad uno cuatrocientos noventa novecientos sesenta y cuatro, quien murió el pasado veintitrés de mayo del dos mil once y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo de treinta días, que se contarán a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente se hace saber que la notaría está situada en San José, Zapote de la Purdy Motor doscientos cincuenta metros al este. Expediente 17-8-2012.—San José, a las ocho horas del veinticuatro de agosto del dos mil doce..—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—RP2012318446.—(IN2012085583).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ligia del Socorro Espinoza Chango, mayor, casada una vez, profesora cédula de identidad cinco-ciento diecinueve-ciento setenta y tres, vecina de Río Claro doscientos metros al norte de la Agencia de Coca Cola, Golfito, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta mi notaría situada en Ciudad Neily, cincuenta metros al este del Banco Popular, Corredor, Corredores, Puntarenas a hacer valer sus derechos; y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien por ley corresponda.- Expediente Número 001-2012.—Lic. Roy Faustino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—RP2012318448.—(IN2012085584).

Avisos

Licenciada Mary Paz Moreno Navarro. Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), a Fernando Umaña Leiva, en su carácter personal, quien es mayor, casado, pintor, de domicilio ignorado, cédula 1-0816-0714, se le hace saber que en demanda declaratoria de paternidad, establecida por Gerardina Lucía Mora Mora contra Fernando Umaña Leiva, se ordena notificarle por edicto, la parte dispositiva de la sentencia N° 245-12, de las catorce horas y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil doce, que en lo conducente dice: “Por tanto: De conformidad con lo anterior y artículos 1, 2, 91, 92, 98 bis y siguientes del Código de Familia, 1, 155, 221 y concordantes del Código Procesal Civil, se resuelve conjugar la presente demanda de declaración de paternidad y se declara que Brittany Yoleth Mora Mora es hija biológica de Fernando Umaña Leiva y en ese sentido tiene derecho a llevar su apellido, ser alimentada por este y sucederle ab-intestato. De conformidad con el numeral 96 del Código de Familia el demandado deberá cancelarle a la actora el pago de los gastos de maternidad y embarazo en que esta hubiere incurrido a demostrar y liquidar mediante el trámite de ejecución de sentencia. El pago de la pensión alimentaria a cargo del demandado y a favor de la persona menor de edad Brittany Yoleth se retrotrae a la fecha de presentación de la demanda que originó este expediente, la cual se liquidará en el proceso alimentario correspondiente, mediante trámite de ejecución de sentencia. Firme esta resolución ordénese su inscripción en la Sección de nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, al tomo mil novecientos noventa y nueve (1999), página: doscientos dieciocho (218), asiento: cuatrocientos treinta y seis (436). Sin especial condenatoria en costas. De conformidad con el numeral 263 del Código Procesal Civil se ordena la publicación por única vez de la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial. Lic. Manuel Rodríguez Arroyo Juez de Familia.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Pérez Zeledón.—Lic. Mary Paz Moreno Navarro, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012085565).

Se avisa a la señora María del Carmen Zúñiga González, mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad número 7-136-979, de domicilio y paradero desconocido representada por el Licenciado Víctor Manuel Fallas Mora, como curador procesal, que en este despacho se dictó dentro del expediente 2011-000011-338-FA, la sentencia que en lo que interesa dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las diez horas del treinta y uno de julio de dos mil doce. Por tanto: De conformidad con lo expuesto, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad Geiner Segura Zúñiga, se extingue la autoridad parental a los señores María del Carmen Zúñiga González y Carlos Eduardo Segura Abarca en relación a su hijo. Se ordena el Depósito Judicial de la persona menor de edad Geiner Segura Zúñiga a los señores Rodolfo Villalobos Chacón y Patricia Cordero Campos. Los cuales deberán dentro del plazo de tres días apersonarse al Despacho a aceptar el cargo y jurar su fiel cumplimiento. Firme la presente sentencia inscríbase en el Registro Civil Sección de Nacimientos de la provincia de San José, al tomo dos mil ochenta y ocho, página veintidós y asiento cuarenta y cuatro. Sin especial condenatoria en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese. Lic. Isaac Monge Segura. Juez. Notifíquese. Lo anterior se ordena así en proceso de Declaratoria de Abandono de Patronato Nacional de la Infancia contra Segura Abarca Carlos Eduardo y Zúñiga González María del Carmen. Expediente 11-000011-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 17 de agosto de 2012.—Lic. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—1 vez.—Exenta.—(IN2012085724).

La Licenciada Viria Artavia Quesada. Jueza del Juzgado de Familia del segundo Circuito Judicial de San José, a Javier Salazar Godínez, en su carácter personal, quien es mayor, casado una vez, cédula 0602110481, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Nuria Lorena Araya Loría contra Javier Salazar Godínez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José. A las nueve horas y diecinueve minutos del veinte de agosto de dos mil diez. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por la accionante Nuria Lorena Araya Loría, se confiere traslado al accionado Javier Salazar Godínez por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Inténtese notificar al demandado en su domicilio registral, sino se logra notificar se continuará el presente asunto con el nombramiento de curador procesal para su representación. Para estos efectos, se comisiona Delegado Policial de Aguirre, Puntarenas. Previo enviar dicha notificación debe la actora aportar un juego de copias de toda la demanda, en caso de omisión no se atenderán futuras gestiones.—Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012085726).

Licenciado Alberto Jiménez Mata. Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Ruiming Guan wong, en su carácter de padre registral del menor Anderson Samir Guan Obregón, quien es mayor, chino, cédula de residencia 626-0169170-0004752, vecino de domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso Reconoc. hijo mujer casada, establecido por Omer Ricardo Valverde Trejos, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las once horas y diecisiete minutos del trece de marzo del año dos mil doce. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Omer Ricardo Valverde Trejos a favor del menor Anderson Samir Guan Obregón. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia a los padres regístrales del menor, los señores Ruiming Guan Wong y Mileidy del Carmen Obregón Rojas. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar medio, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, (artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 del 21 de octubre de 1996). Notifíquese esta resolución a los padres regístrales, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar a la madre del menor a reconocer, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, por cuanto puede ser localizada en Pococí, Cariari, Finca Formosa cuadrante Administrativo. Por su parte siendo que el señor Ruiming Guan Wong, es de domicilio desconocido, de conformidad con el articulo 85 del Código de Familia, se ordena notificar esta resolución a dicho padre registral del menor que se pretende reconocer, por medio de un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Publíquese el edicto respectivo. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Se hace ver al promovente que debe aportar un juego de copias de la totalidad de los documentos para dar parte al Patronato Nacional de la Infancia y que una vez aportadas las referidas reproducciones fotostáticas quedará la comisión para notificar al PANI y la madre del menor en la secretaría del Despacho por el plazo de ocho días, bajo apercibimiento que en caso de no presentarse a diligenciarla personalmente, será remitida a la autoridad correspondiente Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez. Juez.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil del Segundo Circuito Judicial de Zona Atlántica, 30 de julio del 2012.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012085817).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatéla, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de María Elizabeth Reyes Carrillo. Expediente número 12-000166-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 26 de junio del año 2012.—Lic. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012085823).

Se avisa que en este Despacho el señor Eddie Araya Cubero, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Laura Marín de la Pava. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 12-000408-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 10 de agosto del año 2012.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012085854).

Edictos en lo Penal

Lic. Javier Madrigal Navarro, Fiscal de Sarapiquí al señor Jorge Manuel Ballestero Dávila, mayor, costarricense, cédula de identidad 503560643, en su condición de propietario registral del vehículo placa CL 181213, se le hace saber que en legajo de acción civil resarcitoria número 11-600041-377-TC en perjuicio de Jorge Luis Vargas Salazar contra Patrick Ballestero Porras por el delito de Lesiones Culposas, se ha dictado la resolución que literalmente dice: Notificación por edicto, Fiscalía de Sarapiquí, a las diez horas del 7 de agosto de dos mil doce. Siendo que en la causa penal número 11-600041-377-TC en perjuicio de Jorge Luis Vargas Salazar contra Patrick Ballestero Porras, se ha formulado acción civil resarcitoria, donde el demandado civil Jorge Ballestero Dávila no ha sido localizado, por lo cual, con el fin de no causar atraso en la resolución de la causa, se procede a comunicársele por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Se tiene por presentada la acción civil resarcitoria interpuesta por el actor civil Jorge Vargas Salazar contra Patrick Ballestero Porras y de conformidad con los artículos 111, 112, 115 y 162 del Código Procesal Penal, se pone en conocimiento de la demandada civil Jorge Manuel Ballestero Dávila en su condición de propietario registral del vehículo placa CL 181213, por el término de cinco días de la acción civil formulada en su contra, a efecto de que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad de la acción civil presentada, planteando las excepciones que estime pertinentes y haga valer sus derechos. Asimismo se le previene que debe señalar medio o lugar para recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Todo lo anterior de conformidad con la circular de la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial N° 41-2009 del 25 de agosto del 2009, en donde indica que esta publicación esta exonerada por el principio de gratuidad. Notifíquese.—Ministerio Público, Fiscalía de Sarapiquí.—Lic. Javier Madrigal Navarro, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(IN2012085554).

Lic. Javier Madrigal Navarro, Fiscal de Sarapiquí al señor José Martínez Chavarría, mayor, nicaragüense, cédula de residencia 155800938513, en su condición de propietario registral del vehículo placa 500461, se le hace saber que en legajo de acción civil resarcitoria número 10-600422-377-TC en perjuicio de Fernando González Ibarra contra Alexander Prendas Chacón por el delito de Lesiones Culposas, se ha dictado la resolución que literalmente dice: Notificación por Edicto, Fiscalía de Sarapiquí, a las dieciséis horas del 7 de agosto de dos mil doce. Siendo que en la causa penal número 10-600422-377-TC en perjuicio de Fernando González Ibarra contra Alexander Prendas Chacón por el delito de Lesiones Culposas, se ha formulado acción civil resarcitoria, donde el demandado civil José Martínez Chavarría no ha sido localizado, por lo cual, con el fin de no causar atraso en la resolución de la causa, se procede a comunicársele por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Se tiene por presentada la acción civil resarcitoria interpuesta por el actor civil Xiomara Ibarra Montoya en representación del ofendido directo Fernando González Ibarra(en su condición de madre del menor) contra Alexander Prendas Chacón y de conformidad con los artículos 111, 112, 115 y 162 del Código Procesal Penal, se pone en conocimiento del demandado civil José Martínez Chavarría en su condición de demandado civil, por el término de cinco días de la acción civil formulada en su contra, a efecto de que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad de la acción civil presentada, planteando las excepciones que estime pertinentes y haga valer sus derechos. Asimismo se le previene que debe señalar medio o lugar para recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Todo lo anterior de conformidad con la circular de la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial N° 41-2009 del 25 de agosto del 2009, en donde indica que esta publicación esta exonerada por el principio de gratuidad. Notifíquese.—Ministerio Público, Fiscalía de Sarapiquí.—Lic. Javier Madrigal Navarro, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(IN2012085555).