BOLETÍN JUDICIAL Nº 195 DEL 9 DE
OCTUBRE DEL 2012
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
TERCERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de
Civil:
Remesa: 20515
Expediente: 2
Paquete: 1
Año: 1975
Asunto: Ordinario
Remesa: 20516
Expediente: 1
Paquete: 1
Año: 1984
Asunto: Ordinario
Remesa: 20517
Expedientes: 3
Paquete: 1
Año: 1986
Asunto: Civiles varios (2 Ejecutivo
Hipotecario, 1 ejecutivo simple)
Remesa: C
Expediente: 94
Paquete: 1
Año: 1990
Asunto: Civiles varios (3 Ejecutivo
Prendario, 3 Ejecutivos prendarios, 19 Ejecutivos Hipotecario, 20 Ejecutivo
Simples, 2 Monitorio, 9 Actos preparatorios, 2 Abreviados, 2 Ejecución
Sentencial, 1 Desahucio, 6 Interdictos, 9 Ordinarios)
Remesa: C
Expediente: 100
Paquete: 1
Año: 1991
Asunto: Civiles varios (11 consignación de
alquileres, 1 Ejecutivo Prendario, 38 Ejecutivos Hipotecarios, 14 Ordinarios, 7
interdictos, 2 Monitorios, 21 Ejecutivos Simples, 3 Desahucios, 3 Actos
preparatorios)
Remesa: C
Expediente: 91
Paquete: 1
Año: 1992
Asunto: Civiles varios (8 Desahucio, 47
Ejecutivo Hipotecario, 13 ordinarios, 21 ejecutivos simples, 2 Acto
preparatorio)
Remesa: C
Expediente: 88
Paquete: 1
Año: 1993
Asunto: Civiles varios (23 Ejecutivo
Hipotecario, 23 Ejecutivos simples, 8 Abreviado, 17 Ordinarios, 8 Interdictos,
4 Actos preparatorios, 4 medidas Cautelares, 1 desahucio)
Remesa: C
Expediente: 96
Paquete: 1
Año: 1994
Asunto:
Civiles Varios (19 Ordinario,
22 hipotecarios, 2 desahucio, 4 actos preparatorios, 1 consignación de
alquiler, 2 ejecutivos prendarios, 2 abreviados, 3 ejecución sentencial, 30
ejecutivos simples, 11 interdictos)
Remesa: C
Expediente: 105
Paquete: 1
Año: 1995
Asunto: Civiles varios (21 Ejecutivo Simple,
10 ordinarios, 47 ejecutivos hipotecarios, 5 interdictos, 4 abreviados, 12
actos preparatorios, 1 monitorio, 5 ejecutivos prendarios)
Remesa: C
Expediente: 88
Paquete: 1
Año: 1996
Asunto: Civiles varios (13 Ordinario, 5
ejecución sentencial, 26 ejecutivos hipotecarios, 14 ejecutivos simples, 1
actos preparatorios, 1 monitorio, 25 interdictos, 2 ejecutivos prendarios, 1
abreviado)
Remesa: C
Expediente: 66
Paquete: 1
Año: 1997
Asunto: Civil varios (9 Ejecutivo Prendario,
6 ejecuciones sentencial, 26 ejecutivos hipotecarios, 3 interdictos, 1
ordinario, 22 ejecutivos simples)
Remesa: C
Expediente: 16
Paquete: 1
Año: 1998
Asunto: Civiles varios (1 Desahucio, 5 Actos
preparatorios, 6 Interdictos, 4 Ejecutivos prendarios)
Remesa: C
Expediente: 32
Paquete: 1
Año: 1999
Asunto: Civiles varios (2 Ejecución
Sentencia, 17 ejecutivos prendarios, 13 ejecutivos hipotecarios)
Remesa: C
Expediente: 8
Paquete: 1
Año: 2000
Asunto: Ejecutivos Prendarios
Remesa: C
Expediente: 3
Paquete: 1
Año: 2001
Asunto: Ejecutivo Prendario
Nota: De conformidad con
Remesa: C
Expediente: 17
Paquete: 1
Año: 2004
Asunto: Civiles varios (14 Cambio Nombre, 3
desahucio)
Laboral:
Remesa: 20518
Expediente: 1
Paquete: 1
Año: 1976
Asunto: Riesgo laboral
Remesa: L
Expediente: 1
Paquete: 1
Año: 1994
Asunto: Laborales varios (1 Consignación de
prestaciones, 1 riesgo laboral)
Remesa: L
Expediente: 3
Paquete: 1
Año: 1996
Asunto: Laborales varios (2 Infracción ley
de trabajo, 1 ordinario laboral)
Remesa: L
Expediente: 3
Paquete: 1
Año: 1997
Asunto: Laborales varios (3 Pensión
Invalidez, 5 ordinarios laborales)
Remesa: L
Cantidad de expedientes: 45
Paquete: 1
Año: 1998
Asunto: Laborales Varios (1 Disolución
cooperativas, 40 Pensiones de Invalidez, 3 Ordinarios Laborales, 1 Infracción
Ley del Trabajador)
Remesa: L
Expediente: 1
Paquete: 1
Año: 1999
Asunto: Laborales varios (1 Consignación de
prestaciones, 12 ordinarios laborales,)
Remesa: L
Expediente: 2
Paquete: 1
Año: 2000
Asunto: Laborales varios (1 ordinario laboral,
14 consignación de prestaciones)
Remesa: L
Expediente: 3
Paquete: 1
Año: 2001
Asunto: Consignación de prestaciones
Remesa: L
Expediente: 2
Paquete: 1
Año: 2002
Asunto: Consignación de prestaciones
Remesa: L
Expediente: 1
Paquete: 1
Año: 2003
Asunto: Consignación de prestaciones
Remesa: L
Expediente: 1
Paquete: 1
Año: 2005
Asunto: Consignación de prestaciones
Remesa: L
Expediente: 2
Paquete: 1
Año: 2006
Asunto: Consignación de prestaciones
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a
San José, 25 de setiembre del
2012.
Alfredo Jones León
(IN2012094238) Director
Ejecutivo
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de
Remesa: 20519
Documentos: 29
Paquetes: 1 (
Año: 1986 hasta 1997
Asunto: Documentos base en materia agraria.
1 certificado de prenda del año 1986. 4 certificados de prenda, 2 pagarés, 1
vale, un sobre con 2 planos todos del año 1989. 1 hoja cartográfica, planos,
croquis del año 1990. 1 sobre con documentos varios, un plano todo del año
1991. 4 letras de cambio del año 1992. Un sobre con cinco planos, 2
certificados de prenda todo del año 1993. 1 informe del año 1994. 1 certificado
de prenda del año 1995. .4 certificados de prenda, 1 pagaré todo del año 1996.
3 certificados de prenda del año 1997.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a
San José, 25 de setiembre del
2012.
Alfredo Jones León
(IN2012094616) Director
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de
Remesa: A 4 P 93
Ampos: 9
Año: 1993
al 2010
Asunto: Documentación Administrativa: 1 Ampo
Control de Vacaciones e Incapacidad Mabel Barrantes 2005-2009, 1 Ampo Control de
Visitas Inspección Judicial y Quejas 1993-2009, 1 Ampo Correspondencia
Certificada 2010, 1 Ampo Entregas al notificador Edgar 2008-2009, 1 Ampo Listas
de Casilleros 2009, 1 Ampo Correspondencia Certificada 2008-2009, 1 Ampo
Control de Asistencia 2010, 1 Ampo Planes de Control Interno 2003-2009, 1 Ampo
PAO 2008-2010.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a
San José, 25 de setiembre del
2012.
Alfredo Jones León
(IN2012094620) Director
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de
Faltas y Contravenciones:
Remesa: G 48 S 98
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Faltas y Contravenciones. Fenecido
Remesa: G 48 S 03
Expedientes: 489
Paquetes: 5
Año: 2003
Asunto: Faltas y Contravenciones. Fenecido
Por archivo: 157
Por sentencia absolutoria con
juicio 74: 26 Por sentencia absolutoria sin juicio: 29 Atipicos: 2 Prescrito:
67 Conciliación 155.
Remesa: G 42 S 04
Expedientes: 430
Paquetes: 5
Año: 2004
Asunto: Faltas y Contravenciones. Fenecido Por
archivo: 153 Por sentencia absolutoria con juicio: 80 Por sentencia absolutoria
sin juicio: 08 Atipicos: 06 Prescrito: 71 Conciliación 112
Remesa: G 39 S 05
Expedientes: 447
Paquetes: 6
Año: 2005
Asunto: Faltas y Contravenciones. Fenecido
Por archivo: 135 Por sentencia absolutoria con juicio: 76 Por sentencia
absolutoria sin juicio: 02 Atipicos: 08 Prescrito: 83 Conciliacion143
Remesa: G 37 S 06
Expedientes: 520
Paquetes: 7
Año: 2006
Asunto: Faltas y Contravenciones. Fenecido
Por archivo: 114 Por sentencia absolutoria con juicio: 74 Por sentencia
absolutoria sin juicio: 3 Atipicos: 4 Prescrito: 144 Conciliación 181
Remesa: G 30 S 07
Expedientes: 603
Paquetes: 9
Año: 2007
Asunto: Faltas y Contravenciones. Fenecido
Por archivo: 253 Por sentencia absolutoria con juicio: 62Por sentencia
absolutoria sin juicio: 02 Atipicos: 20 Prescrito: 98 Conciliación 168
Remesa: G 18 S 08
Expedientes: 873
Paquetes: 8
Año: 2008
Asunto: Faltas y Contravenciones. Fenecido
Por archivo: 462 Por sentencia absolutoria con juicio: 77 Por sentencia
absolutoria sin juicio: 3 Atipicos: 29 Prescrito: 19 Conciliación 192
Remesa: G 4 S 09
Expedientes: 470
Paquetes: 9
Año: 2009
Asunto: Faltas y Contravenciones. Fenecido
Por archivo: 306 Por sentencia absolutoria con juicio: 34 Por sentencia
absolutoria sin juicio: 14 Atipicos: 22 Prescrito: 02 Conciliación 92
Tránsito:
Remesa: G 49 S 98
Expedientes: 227
Paquetes: 4
Año: 1998
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 47 S 99
Expedientes: 147
Paquetes: 2
Año: 1999
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 51 S 00
Expedientes: 274
Paquetes: 3
Año: 2000
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 53 S 01
Expedientes: 317
Paquetes: 4
Año: 2001
Asunto: Expedientes de tránsito
Civil:
Remesa: C 94 S 99
Expedientes: 141
Paquetes: 3
Año: 1999
Asunto: Civil Varios: 126 Ejecutivo Simple,
3 Hipotecario, 8 Interdictos, 1 Ejecución de Sentencia, 2 Prendarios, 1 Prueba
Anticipada.
Remesa: C 73 S 00
Expedientes: 39
Paquetes: 1
Año: 2000
Asunto: Civil Varios: 1 Prueba anticipada, 1
Monitorios, 30 Ejecutivos Simples, 2 abreviados, 1 Prendario, 1 Ejecución de
Sentencia, 3 Interdictos.
Remesa: C 73 S 01
Expedientes: 106
Paquetes: 4
Año: 2001
Asunto: Civil Varios: 89 Ejecutivo Simple, 2
Hipotecarios, 8 Interdictos, 2 Monitorios, 1 Terceria de Dominio, 2 Ejecución
de Sentencia, 1 Abreviados, 1 Prueba Anticipada
De conformidad con el artículo
868 del Código Civil, los procesos civiles de los años 2002 al 2006 no se van a
destruir por el plazo de prescripción
Laboral:
Remesa: L 20 S 98
Expedientes: 28
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Laboral Varios: (27 Ordinarios
Laborales, 1Infracciones Laborales)
Remesa: L 9 S 99
Expedientes: 19
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Laboral Varios: (2 Consignación de Prestaciones,
1Devolución de cuotas, 2 Infracciones Laborales, 14 Ordinarios Laborales)
Remesa: L 13 S 00
Expedientes: 20
Paquetes: 1
Año: 2000
Asunto: Laboral Varios: (19 Ordinarios
Laborales, 1 Devolución de Cuotas)
Remesa: L 16 S 01
Expedientes: 46
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Laboral Varios: (38 Ordinarios
Laborales, 4 Infracciones Laborales, 4 Devolución de cuotas)
Remesa: L 15 S 02
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2002
Asunto: Laboral Varios: (infracciones
laborales)
Remesa: L 11 S 06
Expedientes: 20
Paquetes: 1
Año: 006
Asunto: Laboral Varios: (infracciones
laborales)
Remesa: L 6 S 07
Expedientes: 16
Paquetes: 1
Año: 2007
Asunto: Laboral Varios: (infracciones
laborales)
Remesa: L 5 S 08
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 2008
Asunto: Laboral Varios: (infracciones
laborales)
Remesa: L 1 S 09
Expedientes: 17
Paquetes: 1
Año: 2009
Asunto: Laboral Varios: (infracciones
laborales)
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a
San José, 25 de setiembre del
2012.
Alfredo Jones León
(IN2012094626) Director
Ejecutivo
TERCERA PUBLICACIÓN
Asunto: Asueto concedido a los
servidores que laboran en las Oficinas Judiciales del Cantón Central de Limón.
SE HACE SABER:
Que las
oficinas judiciales del Cantón Central de Limón, permanecerán cerradas durante
el día diecinueve de octubre de dos mil doce, con las salvedades de costumbre,
por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho
Cantón.
San José, 18 de
setiembre del 2012.
Mba.
Ana Eugenia Romero Jenkins
(IN2012092879). Subdirectora
Ejecutiva
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Asunto: Asueto concedido a los
servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón central de la
provincia de Cartago
SE HACE SABER:
Que las
oficinas judiciales del cantón central de la provincia de Cartago, permanecerán
cerradas durante el día veintinueve de octubre de dos mil doce, con las
salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos
cantonales de dicha localidad.
San José,
veintiséis de setiembre del dos mil doce.
MBA.
Ana Eugenia Romero Jenkins
(IN2012094665) Subdirectora
Ejecutiva
CIRCULAR Nº 91-2010
Asunto: Acceso a los expedientes judiciales.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior del Poder Judicial, en la sesión Nº 56-10, celebrada el 3 de junio de
los corrientes, artículo XXVIII, dispuso comunicarles que los estudiantes de
derecho y los asistentes de los abogados sólo pueden acceder expedientes
judiciales si cuentan con la autorización del profesor universitario o del
abogado director del procedimiento, lo anterior de conformidad con establecido
en el artículo 243 de
En cuanto a la
información que se puede brindar en causas penales, el artículo 295 del Código
Procesal Penal dispone que “el procedimiento preparatorio no será público para
terceros y que las actuaciones sólo podrán ser examinadas por las partes,
directamente o por medio de sus representantes.” En virtud de lo anterior, el
acceso a la información en una causa penal sólo está permitido a las partes o
sus representantes, de manera que demostrándose, en forma suficiente, que se
cumple este requisito no se puede negar el acceso al expediente.
Se dejan sin
efecto las circulares Nº 152-2002, 41-2006, 164-2006, 70-2006, 2-2007 y
47-2008.
(Adicionado por
acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 68-12, celebrada el 26 de julio del
2012, artículo LX).
San José, 28 de
agosto del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2012093721). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 91-2010
Asunto: Adición a
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER:
Que el Consejo
Superior en sesión Nº 76-12 celebrada el 23 de agosto del 2012, artículo XLVII,
dispuso adicionar a la circular Nº 91-2010, en el sentido de que los estudiantes
de derecho y los asistentes de los abogados sólo pueden acceder expedientes
judiciales si cuentan con la autorización del profesor universitario o del
abogado director del procedimiento, lo anterior de conformidad con lo
establecido en el artículo 243 de
En cuanto a la información
que se puede brindar en causas penales, el artículo 295 del Código Procesal
Penal dispone que “el procedimiento preparatorio no será público para terceros
y que las actuaciones sólo podrán ser examinadas por las partes, directamente o
por medio de sus representantes.” En virtud de lo anterior, el acceso a la
información en una causa penal en el procedimiento preparatorio sólo está
permitido a las partes o sus representantes, de manera que demostrándose, en
forma suficiente, que se cumple este requisito no se puede negar el acceso al
expediente.
Se dejan sin efecto las
circulares Nº 152-2002, 41-2006, 164-2006, 70-2006, 2-2007 y 47-2008.
San José, 17 de
setiembre del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2012093743). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 80-11
Asunto: “Políticas del Programa Hacia Cero Papeles del
Poder Judicial”.
A LOS SERVIDORES Y SERVIDORAS JUDICIALES
SE LES HACE SABER QUE:
POLÍTICAS DEL PROGRAMA HACIA CERO PAPELES
DEL PODER JUDICIAL
En el Poder
Judicial desde hace varios años es evidente el interés de promover la
eliminación del consumo de papel, y la necesidad de erradicar formalidades en
los trámites, que resultan muchas veces excesivos, arraigados en el uso de
papel, que generan una tramitación lenta y retrasan la pronta decisión
judicial; además, se debe considerar la inversión e implementación de nuevas
tecnologías, y los esfuerzos institucionales en lograr sistemas de gestión
judicial en línea, uso del correo electrónico institucional, uso de bases de
datos, agenda electrónica, escritorio virtual, entre otros; para el
aprovechamiento de estas herramientas en aquellas oficinas y despachos
judiciales en los cuales se encuentran disponibles; lo cual, sin lugar a dudas,
ha redundado en la obtención de economías, dentro del marco del uso racional de
los recursos institucionales y en la agilización de algunos procesos de
administración de justicia .
“(…)
Uso del papel
16. Con el
propósito de disminuir el consumo de papel, se deberá potenciar el uso de los
medios electrónicos de comunicación, tal y como lo autoriza el artículo 6 bis
de
Mediante
Circular Nº 122-10, se hizo del conocimiento de los despachos judiciales del
país que: “
Igualmente, se
han adoptado medidas independientes, que han permitido reducir el consumo de papel
al potenciar el uso de los medios electrónicos de comunicación disponibles,
tales como la digitalización de documentos, uso de correo electrónico, archivo
electrónico de documentos, entre otros y el uso de sistemas de información con
que se cuentan a nivel institucional.
Dentro del marco anterior,
el Consejo Superior en sesión de 12 de noviembre del 2009, artículo LXIV,
dispuso que en cada uno de los ámbitos que integran el Poder Judicial, se
designe un equipo de trabajo, que asuman el liderazgo y el desarrollo de una
estrategia en el marco de su ámbito, para el cumplimiento de la política de
cero papel, partiendo de los esfuerzos realizados hasta la fecha y las acciones
necesarias para darle prioridad a su aplicación.
Sin embargo, lo realizado
hasta la fecha seguiría constituyendo una serie de medidas aisladas, si no se
cuenta con un marco de políticas a nivel institucional que, como líneas de
acción general, orienten permanentemente el quehacer del Poder Judicial en esta
materia.
En vista de lo anterior, se
plantean las siguientes políticas, con el fin de que
Política I: Maximizar el uso de
herramientas tecnológicas en aquellas oficinas y despachos del Poder Judicial,
que disponen de las mismas, como medio para alcanzar una Justicia sin papeles.
1.1. Para todo
trámite que se lleve a cabo en el Poder Judicial, se evitará el consumo de
papel, propiciando el uso de información en forma electrónica y prescindiendo
de su posterior impresión1.
1.2. A nivel de comunicación
interna del Poder Judicial, se utilizará como medio oficial el correo
electrónico para mayor celeridad en la comunicación. Se exceptúan de esta regla
las oficinas y despachos que no cuentan con esta herramienta, sin perjuicio que
puedan innovar mediante otros usos y buenas prácticas en la gestión de la
información.
1.3 Como parte del
desarrollo de sistemas de información, el Departamento de Tecnología de
Información del Poder Judicial y los actores involucrados procurarán que las
salidas de información y su posterior uso, se lleve a cabo en forma
electrónica, evitando en la medida de las posibilidades la impresión de
documentos.
Cada oficina y despacho
judicial, deberá considerar el derecho de acceso a la información y de acceso a
1.4 Todos los informes de
las oficinas o despachos judiciales, a lo interno deberán remitirse vía correo
electrónico o en algún otro soporte digital, con el fin de evitar demorar la
fluidez de la información en los tiempos actuales. Las oficinas y despachos
judiciales que no cuentan con soportes electrónicos, se exceptúan de esta
regla; no obstante, deberán procurar la entrega de información de manera
oportuna.
1.5 Los responsables de los
despachos u oficinas judiciales, deben velar por un respaldo adecuado de la
información documental electrónica, evitando el uso de papel. Lo anterior sin
detrimento de las directrices que se han establecido en materia tecnológica.
1.6 Maximizar la realización
de las citaciones, localizaciones y notificaciones en forma electrónica en las
oficinas que tienen acceso a estas herramientas.
1.7 La remisión e
intercambio de información desde el Poder Judicial hacia otras Instituciones
sean públicas o privadas, se deben realizar en la medida de lo posible en forma
electrónica y digital, prescindiendo de esta forma del uso de papel.
1.8 Procurar el desarrollo y
acceso de herramientas tecnológicas para las personas usuarias, de forma tal
que se les facilite sus trámites, sean jurisdiccionales o administrativos, con
el Poder Judicial, sin que ello sea un obstáculo para acceder el servicio de
Justicia1.
1.9 Propiciar la
implementación de una solución tecnológica estandarizada para el manejo de la
información documental institucional.
1.10 Las jefaturas de los
despachos u oficinas judiciales deberán establecer controles relacionados con
el consumo de papel de todo tipo y fotocopias, para lo cual deberán propiciar,
permanentemente, la revisión de los procesos y la introducción de nuevas formas
de trabajo que permitan avanzar en la eliminación del uso de papel y
fotocopias, para lograr una gestión más ágil ya sea mediante el uso de la
tecnología o sin ella.
1.11 No imprimir documentos,
salvo en casos estrictamente necesarios, en los cuales de previo se debe llevar
a cabo comprobación de que el documento esté listo para una única impresión,
haciendo uso de la “vista previa”; ajuste de márgenes, uso de la impresión
duplex (por ambas caras), en calidad borrador, división de párrafo eficiente,
paginación correcta, reducción del tamaño de las fuentes, uso de espacio
simple, etc. Además la revisión de documentos se llevará a cabo en forma
electrónica mediante la utilización del “control de cambios” u otros similares
en los despachos y oficinas judiciales que tengan a disposición ese tipo de
opciones en su procesador de texto, para evitar la impresión de borradores de
revisión.
1.12 En reuniones de
comisiones y equipos de trabajos institucionales, se propiciará el uso de
equipo y herramientas tecnológicas que se encuentren a su alcance, como el
video beam, sistema de videoconferencias, análisis de agendas y actas en forma
electrónica, entre otros.
1.13 Potenciar el uso de la
agenda electrónica, maximizar la utilización de calendarios automatizados y
eliminar la adquisición de los planificadores en aquellas oficinas y despachos
judiciales que tienen implementadas esas opciones.
1.14 Fortalecer el uso de
video beam, video conferencia u otros medios tecnológicos, en audiencias
judiciales o administrativas, capacitaciones, entre otros.
1.15 Utilizar el sistema de
video conferencia, para evitar el constante traslado de personas detenidas,
cuando no sea indispensable su presencia en la audiencia.
1.16 Sustituir el uso de
formularios impresos por digitales (nombramientos, proposiciones de
nombramientos, comunicación sobre disfrute de vacaciones, saldo de vacaciones,
solicitud de vehículo, solicitud de llantas y baterías, consumo de combustible,
solicitud de mobiliarios y equipos, donaciones y destrucciones, sistema de
control de activos; entre otros) en las oficinas y despachos judiciales que
cuentan con las herramientas tecnológicas para ello.
1.17 En el proceso de
formulación presupuestaria, no se aprobarán incrementos en la compra de
cualquier tipo de papel.
1.18 El Departamento de
Tecnología de
1.19 Los despachos y
oficinas judiciales deben mantener una reducción progresiva en el consumo de
papel, con independencia del recurso tecnológico, y buscar mejorar sus
procedimientos de trabajo, con un enfoque de eliminación del uso de papel
innecesario.
Política II: Fomentar en el Poder
Judicial una cultura de no utilización del papel.
2.1 El Programa
Hacia Cero Papeles, propiciará el desarrollo permanente de campañas orientadas
a los servidores y servidoras judiciales, y las personas usuarias del Poder
Judicial, para incentivar una cultura de eliminación del papel que se usa de
manera innecesaria; partiendo que el papel ha hecho compleja la labor judicial
y que actualmente se requieren nuevas formas de gestión para modificar el modo
tradicional de hacer las cosas, desechar las formalidades arraigadas en el
papel, aunque no se cuente con medios tecnológicos; y haciendo uso de las
tecnologías en las oficinas y despachos judiciales en que están disponibles.
Las jefaturas de los
despachos u oficinas judiciales tienen la responsabilidad de avanzar hacia una
“justicia sin papeles”, y contribuir en la sensibilización del personal de
apoyo a su cargo para la eliminación del uso de papel en sus labores
habituales, guiándose por los principios de economía, celeridad y concentración,
eliminando prácticas que no contribuyen a la decisión del conflicto y que
obstaculizan su celeridad.
2.2 Instaurar un
reconocimiento a las oficinas y despachos judiciales que presenten una reducción
significativa en el consumo de papel mediante el uso o no de la tecnología.
2.3 Las jefaturas de los
despachos u oficinas judiciales tienen la responsabilidad de velar porque los
Planes Estratégicos y Anuales Operativos, estén acorde con las Políticas Hacia
Cero Papel.
2.4 El Poder Judicial, a
través de las instancias correspondientes, procurará la definición de
indicadores en cuanto al consumo y uso del papel, por tipo, ámbito y oficina,
que orienten la implementación de medidas correctivas -ya sea con el uso de
herramientas tecnológicas o sin ellas- y permitan reorientar, oportunamente, el
quehacer de aquellos despachos que se alejen de una cultura hacia la
eliminación del papel innecesario.
2.5 Toda oficina judicial
debe llevar un control estricto de impresiones y fotocopias en cuanto tipo de
documentos y cantidad; autorizará las estrictamente necesarias.
2.6 Fortalecer el uso de los
centros de impresión común.
2.7 Las Unidades de
Capacitación del Poder Judicial, deberán incluir dentro de sus actividades,
planes de capacitación, formación y entrenamiento, los contenidos necesarios de
cómo lograr nuevas formas y modelos de gestión judicial, que agilicen la
resolución de los conflictos, cada vez menos apoyada en papeles y formalidades
innecesarias; incluyendo como eje temático la importancia de avanzar hacia una
“justicia sin papeles”. Lo anterior, con el objetivo de promover que la
población judicial conozca las políticas, procedimientos y mejores prácticas en
materia de cero papeles, y la forma de lograr su aplicación, considerando
siempre las necesidades y requerimientos de la población usuaria1.”
Reiterada en
virtud de acuerdo tomado por el Consejo Superior en sesión Nº 70-12 del 1 de
agosto de 2012, artículo LII.
San José, 18 de
julio de 2011
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2012093720). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 22-2012
REITERACIÓN
Asunto: Obligación de actualizar sus datos personales
ante el Departamento de Personal y de suministrar uno o dos medios para recibir
las comunicaciones oficiales.
A LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesiones Nº 5-12 y 12-12, celebradas el 24 de enero y el 14 de
febrero del 2012, artículos LXVII y XL respectivamente, acordó comunicarles que
deben actualizar sus datos personales ante el Departamento de Personal y
suministrar uno o dos medios para recibir las comunicaciones oficiales.
Esta
actualización se puede realizar por medio de la página electrónica de ese
Departamento o ingresando a la siguiente dirección
https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr/SIGA-RS/
Se les recuerda
a los jefes de oficina que le deben facilitar el acceso a las servidoras y
servidores judiciales que no dispongan de una computadora con red.
La actualización de la información
personal deberá realizarse a más tardar el 31 de marzo del año en curso.
(Modificada por
acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 12-12, celebrada el 14 de febrero del
2012, artículo XL).
San José, 9 de
febrero del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2012093718). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 79-2012
Asunto:
Obligación de utilizar el
formulario F-87 denominado “Copia de Cheque”.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES Y A LAS
ADMINISTRACIONES
REGIONALES QUE TIENEN CUENTA CORRIENTE
JUDICIAL A SU CARGO
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesión Nº 35-12, celebrada el 12 de abril del 2012, artículo L,
dispuso comunicarles que por cada cheque que emitan tienen la obligación de
utilizar el formulario F-87 denominado “Copia de Cheque” y elaborado en
plantilla digital por el Departamento de Planificación, este sustituye la
colilla del cheque en formulario continuo y se encuentra en la intranet
judicial, lo anterior con el propósito de mantener la información necesaria en
el control del giro de dineros de terceras personas que tienen causas
judiciales.
Asimismo, este formulario
deberá utilizarse para reponer o sustituir una de las copias del consecutivo de
cheques archivados y en caso de que se requiera para algún estudio también deberá
utilizarse para sustituirlos.
San José, 30 de
agosto del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2012093719). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 114-2012
Asunto: Ubicación de personal en cierres
colectivo.
A LAS ADMINISTRACIONES REGIONALES Y DESPACHOS
JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesión Nº 76-12, celebrada el 23 de agosto último, artículo LXXVI,
acordó comunicar que de tener personal que ingresó en fecha posterior al 7 de
agosto de
San José, 17 de
setiembre del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2012093745). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 137-2012
Asunto:
Obligatoriedad de estar
incorporado en un colegio profesional.
A LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesión Nº 68-12, celebrada el 26 de julio del 2012, artículo
LXXXV, dispuso comunicarles que la suspensión como integrantes de un Colegio
Profesional, conlleva que no están autorizados para ejercer la profesión y por
ende, en los puestos en que es obligatorio ese requisito, los hace perder una
de las condiciones esenciales para ejercer el cargo para el cual fueron
nombrados.
San José, 30 de
agosto del 2012.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—IN2012093722). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 138-2012
Asunto: Decreto de Fiebre Amarilla.
A LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior,
en sesión Nº 74-12, celebrada el 16 de agosto del 2012, artículo XXX, dispuso
comunicarles, a petición del Ministerio de Salud, el Decreto en que se declara
obligatoria la vacunación contra la fiebre amarilla antes de su ingreso al
territorio nacional, en personas provenientes de áreas geográficas consideradas
de riesgo, Nº 33934-S-SP-RE, para que en todas aquellas actividades que
involucren personas de los países indicados en el Decreto, se les informe a los
participantes con anticipación que es obligación vacunarse y portar el carné
respectivo.
Lo anterior por cuanto se
han suscitado incidentes en que los funcionarios que vienen a participar en
diversas actividades, al no portar el carné, no les permiten siquiera bajar del
avión, con los inconvenientes que eso genera.
Se adjunta
documento con el decreto que se indica.
San José, 3 de
setiembre del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2012093723). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 140-2012
Asunto: Modificación de Perímetro Judicial, sector este
de Cartago.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesión Nº 70-12, celebrada el 1º de agosto del 2012, artículo
XLIX, dispuso comunicarles que
San José, 3 de
setiembre del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2012093724). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 141-2012
Asunto: Disponibilidad en materia Penal
Juvenil.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS,
PROFESIONALES EN DERECHO Y PÚBLICO EN GENERAL
SE LES HACE SABER QUE:
San José, 11 de
setiembre del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2012093725). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 142-2012
Asunto: Lista de abogados suspendidos en
el ejercicio de su profesión, actualizada al 6 de setiembre del 2012.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento
de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03,
celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII,
hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los
profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de
Abogados, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.
LISTA DE ABOGADOS SUSPENDIDOS EN EL EJERCICIO DE
ACTUALIZADA AL 6 DE SETIEMBRE DEL 2012
Para
ver tabla solo en Boletín Judicial
impreso o en formato PDF
* La suspensión
se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.
****
Inhabilitación para el ejercicio del Derecho, expediente 10-202045-456-PE, se
suspendió inicialmente por seis meses y el 10/09/2011 se prorrogó por seis
meses mas el 19 /03/2012.
*****
Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
****** Un mes y
veintidós días de la sanción impuesta los descontó del 14/07/2011 al 09/09/2011
San José, 11 de
setiembre del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2012093726). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 143-2012
Asunto: Informe Nº 596-PLA-2012 del Departamento de
Planificación sobre el movimiento de trabajo en los juzgados competentes en
materia de familia durante el 2011.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES QUE TRAMITAN
MATERIA DE FAMILIA
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesión Nº 70-2012, celebrada el 1º de agosto del 2012, artículo
XVII, acordó hacer de su conocimiento, para su análisis y con el fin de pongan
en práctica acciones de mejora y consulten el Banco de Buenas Prácticas, el
informe Nº 596-PLA-2012, sobre “el movimiento de trabajo en los juzgados
competentes en materia de familia durante el 2011, elaborado por
San José, 11 de
setiembre del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2012093727). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 144-2012
Asunto:
Políticas para disminuir
las sumas pagadas de más por concepto de remuneraciones.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesión Nº 71-12, celebrada el 7 de agosto del 2012, artículo
XXVIII, aprobó las siguientes políticas a efecto de disminuir las sumas pagadas
de más por concepto de remuneraciones:
a) Se autoriza al Departamento de Personal para
que los permisos sin goce de salario, los
traslados, los ascensos, descensos, permutas y similares que generen sumas de
más, los aplique en la misma quincena en que se producen o en el período siguiente en que ello sea posible.
Debe entenderse que en la mayoría de los casos existe consentimiento informado
por parte del servidor o servidora de que dicho rebajo procede oficiosamente en
el período inmediato de aplicación.
b) Se autoriza al Departamento de Personal para que
rebaje el salario conforme lo establece el artículo 172 del Código de Trabajo,
en los casos en que no se logre un arreglo satisfactorio con los servidores o
servidoras judiciales por recuperación de sumas giradas de más.
c) Será obligación de los jefes de oficina de
comunicar en el plazo de un día las solicitudes de permiso sin goce de sueldo
que presenten los subalternos. En caso de que por negligencia o de común
acuerdo con el servidor o servidora interesada, se traslada la gestión de forma
extemporánea y se genera una suma de más, se aplicará el régimen disciplinario.
San José, 12 de
setiembre del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2012093728). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 145-2012
Asunto:
Uso de sistema de
videoconferencia para capacitaciones de servidores y servidoras judiciales.
A LOS CONSEJOS DE ADMINISTRACIÓN DE CIRCUITO,
DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS Y UNIDADES
DE CAPACITACIÓN
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesión Nº 70-12, celebrada el 1 de agosto del 2012, artículo
LXIII, con el fin de evitar el desplazamiento de servidores y servidoras
judiciales a capacitaciones u otro tipo de diligencias judiciales, así como de
los privados de libertad, dispuso comunicarles que deberán continuar
incentivando y maximizando el uso de los sistemas de videoconferencia,
principalmente con los Centros de Atención Integral (CAI).
Esta medida tiene como
finalidad disminuir los riesgos que los traslados implican y también reducir
los costos que conlleva el desplazar personal judicial y el de los privados de
libertad.
San José, 12 de
setiembre del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2012093732). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 148-2012
Asunto:
Política Integral en
materia de Violencia Intrafamiliar para servidores y servidoras del Poder
Judicial.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS,
JEFATURAS,
SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesión Nº 73-12, celebrada el 14 de agosto del 2012, artículo XL, acordó
comunicar que en razón de que la violencia en cualquiera de sus manifestaciones
trae consecuencias graves en la vida personal, social, familiar y laboral; el
Consejo Superior en Sesión Nº 64-07 del 30 de agosto del 2007 - artículo L,
dispuso aprobar, a solicitud de
La política está a cargo,
para su ejecución, de un grupo de trabajo integrado por representantes del
Departamento de Trabajo Social y Psicología, el Servicio de salud para
empleados y empleadas judiciales y es coordinado por
Derivado de lo anterior, el
Consejo Superior en
Las jefaturas deben facilitar al personal judicial
el tiempo necesario para que acudan a los juzgados a interponer denuncias o a
las instancias encargadas de ofrecer atención en estos casos.
Para las
compañeras y compañeros judiciales que sufren violencia doméstica les instamos
a que acudan a los siguientes lugares:
P Secretaría Técnica de Género al correo cvd-ej@poder-judicial.go.cr Consultas sobre Violencia Doméstica-Empleados
Judiciales. Tel. 2295-4289 con
P Al Servicio de Salud en San José a los Teléfonos 2295-3572 /
2295-3573 con
P Área de Psicología de los Tribunales de Goicoechea. Tel. 2247-9321.
P Oficinas de Trabajo Social y Psicología de todo el país.
Las consultas
pueden ser realizadas en forma personal o telefónica.
San José, 12 de
setiembre del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—Exento.—(IN2012093746) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 149-2012
Asunto: 1) Nuevo formato de la fórmula “Movimiento
de Trabajo Relacionado con Asuntos Laborales; 2) guía o instructivo de
compilación.-
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesión Nº 73-12, celebrada el 14 de agosto del 2012, artículo
XXXII, acordó comunicarles la aprobación el nuevo formato de la fórmula
“Movimiento de Trabajo Relacionado con Asuntos Laborales”, así como la guía o
instructivo de compilación:
Fórmula de Movimiento de Trabajo Relacionado
con Asuntos Laborales
Para
ver tabla solo en Boletín Judicial
impreso o en formato PDF
Guía o instructivo de Compilación
El presente documento ofrece
una guía a las personas responsables de elaborar, los informes estadísticos de
las oficinas judiciales del país que tramitan la materia laboral, ofreciéndoles
las indicaciones básicas para su correcta interpretación, confección y
presentación.
INFORME MENSUAL
DE LABORES
EN MATERIA
LABORAL
Bloque I. Balance General
El circulante
al iniciar: es la cantidad de casos que quedaron pendientes de resolver en el
mes anterior y por lo tanto, es el mismo dato que se reportó como circulante al
concluir en el periodo anterior.
Casos entrados
(principales): son los casos que ingresan por primera vez a conocimiento del
despacho durante el mes.
Legajos de
ejecución creados: Las demandas en ejecución de Sentencia serán
tramitadas de manera independiente de la carpeta Principal, por medio de
la creación de un Legajo de Ejecución en el Sistema Costarricense de
Gestión de Despachos Judiciales (Código en el Sistema LEG). Este
procedimiento dará inicio una vez que la sentencia dictada en la etapa de
conocimiento esté firme, bajo el entendido de que a la carpeta principal debe
asignársela el estado correspondiente como “Terminado por Sentencia”, para
darle el cierre estadístico y descontar el expediente del Circulante, con el
objetivo de conocer con certeza la conformación del circulante en su etapa
procesal.
Para efectos del informe
estadístico trimestral (listado de causas), se debe incorporar una columna
nueva que identifique el tipo de carpeta ya sea “PRI” para el caso del
principal o en su defecto “LEG” para los legajo de
ejecución; estos dos tipos son los únicos que deben referirse en el listado.
En el caso de los juzgados
que utilicen el JMS, se deben incluir S en la variable
etapa para que permita visualizar los casos en etapa de ejecución.
Casos
reentrados: corresponde a aquellos expedientes que estaban terminados
estadísticamente y se reactivaron en el mes para continuar con su tramitación
en el Juzgado.
Casos
terminados: se refiere a aquellos casos en los cuales el expediente termina
estadísticamente durante el mes.
Circulante al
concluir el mes: es el total de expedientes que quedan activos al
finalizar el mes, pues están pendientes de resolver. El total que se indique
para esta variable deberá ser el resultado de sumar el circulante al iniciar el
mes más los casos entrados, más los casos reentrados, más los legajos de
ejecución creados y restarle los casos terminados en ese mes.
Este circulante
debe desglosarse en dos grupos según el estado de los expedientes:
a) En Trámite: corresponde a los casos en etapa
de conocimiento por parte del (la) Juez (a), en espera del dictado de una
sentencia de primera instancia.
b) En Etapa de ejecución: para los juzgados que
cuenten con sistema de Gestión se refiere a todos los legajos de ejecución que
se crearon (en carpeta virtual) en el juzgado para ejecutar lo dispuesto en la
sentencia o resolución. En el caso de los juzgados que utilicen el JMS, se
deben incluir todos los expedientes que estén en ejecución.
Bloque II. Tipo
de casos entrados
En este bloque
se deben desglosar los casos entrados según el tipo de asunto. El total que se
indique en este apartado, deberá ser igual al que se indicó en el bloque I.
BALANCE GENERAL, para esta misma variable.
Bloque III.
Datos del demandante
Personas
física:
Institución o
empresa: desagregada en pública y privada
Bloque IV.
Casos terminados:
El total de
casos terminados se debe desglosar según los motivos indicados a continuación:
Por Sentencia: Se refiere a
los casos resueltos con el dictado de una sentencia de primera instancia, dando
fin a la etapa de conocimiento dentro de la carpeta principal.
Incompetencia: En cualquier
estado del proceso, el despacho que reconozca su incompetencia territorial o
procesal remitirá las actuaciones al despacho que considere competente.
Deserción: Se aplica
únicamente a solicitud de la parte demandada, en los casos en donde aún no se
haya dictado sentencia, exista embargo y tenga tres o más meses de que las
partes no hayan solicitado ninguna gestión.
Archivo
provisional: Serán incluidos los expedientes que quedan paralizados por falta de
acción del actor, por ejemplo cuando se hace una prevención y éste no gestiona.
Desistimiento: No sigue el
proceso el actor.
Acumulación: caso que se
adhiere a otro para continuar el trámite de ambos en un solo expediente.
Arreglo
extrajudicial: Cuando patrones y trabajadores tratarán de resolver sus diferencias
por medio del arreglo directo, con sola intervención de ellos o con la de
cualquiera otros amigables componedores.
Conciliación: Que ambas
partes están de acuerdo en el proceso y se da una audiencia.
Remitido al
Centro Conciliación: Se utiliza estadísticamente cuando un expediente es
enviado a un centro de conciliación.
Resuelto por
Centro Conciliación (Por conciliación RAC): Si el centro encargado
logra la conciliación con las partes, devuelve el expediente al Juzgado
correspondiente, éste lo “reentra” para fenecerlo como “Resuelto por el centro
de conciliación”. Si el centro no logra la conciliación, lo devuelve al Juzgado
correspondiente, este lo “reentra” para continuar con su trámite ordinario.
Sentencia
anticipada por prescripción: Extinción de un derecho como consecuencia de
la falta del ejercicio de acuerdo con el tiempo establecido por la ley.
Otros motivos: esta variable
se utiliza para incluir todos aquellos motivos que no se puedan ubicar en los
motivos anteriores.
Bloque V. Sentencias
dictadas: Se refiere a los casos resueltos con el dictado de una sentencia.
1. Sentencias de fondo
2. Auto sentencias
3. En etapa de ejecución
4. Incidentes
Bloque VI.
Información de incidentes: En este bloque se debe indicar el total de casos entrados
y resueltos (sentencias) en incidentes por tipo de incidente.
Incidentes
entrados:
Incidentes resueltos:
Tipo de incidentes
Incidentes de suspensión de
actos administrativos:
Incidentes de reinstalación
trabajadora embarazada en periodo de lactancia:
Incidentes de autorización
de despido:
Incidente de exceso de
embargo:
Incidente de nulidad:
Otros (otros incidentes y
excepciones):
Bloque VII.
Proyecto de Retraso Judicial.
Es un bloque
nuevo en esta fórmula mensual. Su finalidad es obtener la información de la
labor realizada por los/as jueces/zas que integran el equipo del Proyecto de
Retraso Judicial. Si en un mes determinado el juzgado cuenta con funcionarios
de ese equipo, se debe indicar el total de sentencias y auto sentencias que
dictaron, así como el total de señalamientos que hicieron durante el mes.
Bloque VIII.
Audiencias de conciliación realizadas.
Se incluye este
nuevo bloque para obtener la información de todas las audiencias de
conciliación que realizaron los jueces , ya sea con o
sin acuerdo.
Bloque IX
Segunda Instancia
En este bloque
se consignará la información referente a los casos entrados y resueltos en
segunda instancia que ingresen en el juzgado durante el mes. El total de casos
resueltos se debe desglosar según los motivos indicados a continuación:
Para
ver tabla solo en Boletín Judicial
impreso o en formato PDF
Bloque X. Información Varia
1. Expedientes pasados a
2. Notificaciones realizadas por el despacho: Se refiere al
número de expedientes que se pasaron al notificador en el mes.
3. Cédulas de notificación pasadas a
INFORME
TRIMESTRAL DE LABORES.
El informe trimestral consta de dos partes:
1) Un resumen trimestral, en el cual se utilizará
la misma fórmula mensual, solo que adaptada al
trimestre que se está elaborando. Así, si estamos haciendo el IV trimestre de
cualquier año, el circulante al iniciar será el reportado en el mes de
septiembre de ese año. El total de los casos entrados, reentrados, legajos de
ejecución y terminados será la suma de lo que se reportó en los meses de
octubre, noviembre y diciembre. El circulante al concluir será el mismo
indicado en el mes de diciembre.
2) Un listado de todos los expedientes que
formaron parte del trimestre, el cual debe ser generado directamente del
sistema informático, sea el Sistema Costarricense de Gestión de Despachos
Judiciales o el Sistema antiguo denominado “JMS”. El mismo debe incluir todos
los expedientes que estaban activos al iniciar el trimestre, los casos
entrados, los legajos de ejecución creados en el juzgado, los casos reentrados,
los casos terminados, así como los expedientes que queden activos al finalizar
el trimestre. En cada uno de los expedientes que aparezcan en el listado
trimestral, se deberá especificar el estado real en el que se encontraban en
ese trimestre, indicando el motivo de término con su respectiva fecha de
cancelación para aquellos que ya terminaron. En los que quedaron activos y
formando parte del circulante al finalizar el trimestre, se le debe indicar si
quedan aún en trámite o con etapa de ejecución, la cual se deberá especificar
así como su fecha respectiva.
Dicho informe
debe contener como mínimo las siguientes variables en forma columnar:
1. Número de expedientes: el número
formado por 13 dígitos o campos según el ordenamiento establecido por el
Departamento de Planificación para el número único.
2. Carpeta: para efectos del informe
estadístico (listado de causas), se debe incorporar una columna nueva que
identificará el tipo de carpeta ya sea “PRI” principal o en su defecto “LEG”
legajo de ejecución; estos dos tipos son los únicos que deben referirse en el
listado.
3. Fase: se entiende por fases de
procedimiento, estadios procesales que engloban un conjunto determinado de
actuaciones realizadas durante la tramitación de la carpeta., a saber:
• 1.Demanda
• 2.Demostrativa
• 3.Conclusiva (CPC)
• 4.En ejecución (LCJUD)
• 5.Demanda ejecu (CPC)
• 6.Ejec.emb-remate (CPC)
4. Juez: número de código y nombre y
apellidos del Juez o Jueza.
5. Actor: nombre y apellidos si es
persona física o de la institución o empresa de la parte que interpone la
demanda.
6. Demandado: nombre y
apellidos si es persona física o de la institución o empresa de la parte
demandada.
7. Tipo de demanda: se
consignará la clase de demanda que se interpone, a saber:
1. Ordinarios
Sector Público
1.1 Despido en sector
público
1.2. Despido discriminatorio
1.3. Despido de trabajadora
embarazada
1.4. Hostigamiento sexual
1.5 Hostigamiento Laboral
1.6 Otros Ordinarios Sector
Público
2. Ordinarios Sector Privado
2.1. Prestaciones laborales
2.2 Despido discriminatorio
2.3. Despido de trabajadora
embarazada o en período de lactancia
2.4. Despido menor de edad
2.5 Hostigamiento sexual
2.6 Hostigamiento laboral
2.7 Otros Ordinarios Sector
Privado
3. Seguridad Social
3.1. Riesgos de Trabajo
3.3 Pensiones CCSS
3.3 Pensiones Magisterio
3.4 Pensiones Hacienda
3.5 Conmutación de Rentas
3.6 Otros asuntos Seguridad
Social
4. Infracción a ley de
trabajo
4.1Infracción ley de Trabajo
del Ministerio de Trabajo
4.2Infracción ley de Trabajo
de Seguridad Social
4.3Infracción ley de Trabajo
de otros gestionantes
5. Conflicto colectivo
5.1 Sector público
5.2 Sector privado
6. Calificación de Huelga
6.1 Sector público
6.2 Sector privado
7. Consignación de
Prestaciones
8. Devolución cuotas BPDC
9. Otros asuntos
8. Fecha de entrada: se refiere al
día, mes y año en que ingresó el caso a la oficina que lo tiene en la
actualidad.
9. Fecha reentrado: se refiere al día, mes y
año en que reentró el caso a la oficina que lo tiene en la actualidad. Para que
un expediente sea reentrado tiene que haber sido reportado anteriormente como
terminado o inactivo.
El caso más
común se relaciona con los asuntos que han sido abandonados (inactivos) en
algún momento por falta de gestión de las partes, y nuevamente éstas lo vuelven
a gestionar.
La fecha de
reentrados aparecerá consignada en el trimestre en que reentre el expediente.
Si el caso quedara en trámite al finalizar el período en que reentró, la fecha
desaparecerá en el siguiente informe trimestral.
10. Estado: todos los expedientes que
forman parte del circulante de la oficina, deberán tener alguna anotación en
esta columna. Para efectos estadísticos el circulante estará conformado por
expedientes en las siguientes situaciones.
a. Trámite o
activo: los casos que están pendientes de la resolución de fondo de primera
instancia y han tenido algún movimiento.
b. En ejecución
de sentencia: se refiere a aquellos expedientes en que se está ejecutando
lo dispuesto en la sentencia o resolución de primera o segunda instancia.
13. Motivo de término: todos los
expedientes que concluyeron en un determinado trimestre, deberán incluir en
esta columna el motivo por el cual se da el caso por fenecido. Los asuntos
terminados en un trimestre, no deberán aparecer en el próximo informe
trimestral (listado).
14. Fecha de cancelación: se refiere al
día, mes y año en que el expediente concluye en forma definitiva en ese
despacho o bien pasa a otro por incompetencia.
15. Resolución: en esta columna se
indicarán aquellas resoluciones de fondo, o que definan la situación de la
demanda.
Existen otras resoluciones
que no son de fondo pero dan por terminado el expediente en términos
estadísticos, como por ejemplo: incompetencias, acumulación, deserción, etc.
También en estos casos ésta resolución así como la fecha en que se dictó
deberán aparecer en las columnas “motivo de término” y “fecha de término”,
respectivamente.
16. Fecha de resolución: en esta columna se
indicarán las fechas de las resoluciones de fondo, o que definan la situación
de la demanda.
17. Duración: se refiere al período
transcurrido entre la fecha de entrada del expediente al despacho y la fecha en
la cual se le da término al expediente con sentencia de primera instancia o
conciliación.
Procedimientos para utilizar los siguientes
términos:
Cierre
Estadístico:
La mayoría de los estados poseen
el atributo, de dar por finalizada estadísticamente la carpeta, sacándola del
circulante activo, pero el usuario puede continuar con la tramitación normal.
La aplicación informática
advertirá si quiere darle el cierre estadístico con la finalidad de evitar
accidentes. Otro aspecto importante a destacar es; que el “primer estado
estadístico” que se asigne es el único que registrará el sistema.
Deshabilitar
carpeta (Terminado definitivo o cierre procesal):
Aquellos estados que tienen
cierre estadístico, y la actuación procesal está firme, y no hay nada
más que resolver, para cerrar definitivamente la carpeta, le debemos de asignar
dicho estado.- Esto es como la equivalencia de remitir la carpeta física al
archivo del Circuito.
Habilitar
carpeta (Reabrir terminado)
Tiene tres funciones
básicas.-
• Para reentrar una carpeta es indispensable
que primero se le dé este estado y luego “reentrar carpeta” en trámites
más usados, garantizándose que la carpeta ingresa nuevamente al circulante.
• Es posible que existan carpetas que se
encuentran completamente terminadas, pero que después de algún tiempo, las
partes gestionan un trámite expedito como sería el levantamiento de un
embargo que aún quedó pendiente; como es algo temporal no requiere su ingreso
al circulante, nada más se le debe dar “Habilitar carpeta”.
• Asignado el mismo, puede utilizarse
nuevamente la infraestructura jurídica con los fines perseguidos en el punto
anterior.
San José, 13 de
setiembre del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—Exento.—(IN2012093747) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 150-2012
Asunto: Sobre
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesión Nº 73-12, celebrada el 14 de agosto del 2012, artículo LII,
tomó nota de lo resuelto por
San José, 13 de
setiembre del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—Exento.—(IN2012093748) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 151-2012
Asunto:
Obligación de las juezas y
jueces de informar si deben atender disponibilidad cuando van a pedir algún
permiso para ausentarse.
A TODAS LAS JUEZAS Y JUECES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesión Nº 74-12, celebrada el 16 de agosto del 2012, artículo
XLIX, dispuso comunicarles que cuando deban tramitar un permiso para ausentarse
en el Despacho por cualquier motivo o solicitar vacaciones, deber de informar,
tanto a quien autoriza el permiso o las vacaciones, a
San José, 13 de
setiembre del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—Exento.—(In2012093751) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 152-2012
Asunto: Movimiento de trabajo en los Tribunales Penales
del país durante el 2011.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES QUE TRAMITAN
MATERIA PENAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesión Nº 72-2012, celebrada el 9 de agosto del 2012, artículo
XIX, acordó comunicarles que el informe Nº 596-PLA-2012, sobre “movimiento de
trabajo en los Tribunales Penales del país durante el 2011, donde además se
estudian los aspectos más sobresalientes en el último quinquenio”, elaborado
por
San José, 11 de
setiembre del 2012
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—Exento.—(IN2012093752) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 154-2012
Asunto:
Lista de abogados
suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 12 de setiembre del
2012.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento
de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03,
celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII,
hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los
profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de
Abogados, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.
LISTA DE ABOGADOS SUSPENDIDOS EN EL EJERCICIO DE
ACTUALIZADA AL 12 DE SETIEMBRE DEL 2012
Para
ver tabla solo en Boletín Judicial
impreso o en formato PDF
* La suspensión se mantendrá
hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.
**** Inhabilitación
para el ejercicio del Derecho, expediente 10-202045-456-PE, se suspendió
inicialmente por seis meses y el 10/09/2011 se prorrogó por seis meses mas el
19 /03/2012.
*****
Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
****** Un mes y
veintidós días de la sanción impuesta los descontó del 14/07/2011 al 09/09/2011
San José, 14 de
setiembre del 2012
Lic. Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—Exento.—(IN2012093734). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 155-2012
ASUNTO: Sobre
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N°
75-12, celebrada el 21 de agosto de 2012, artículo XVI, tomó nota de lo
resuelto por
San José, 17 de setiembre del
2012.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
Secretaria
General
1 vez.—Exento.—(IN2012093753).
CIRCULAR Nº 156-2012
ASUNTO: Consulta al escritorio virtual por parte de
los diferentes sujetos procesales.
A LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N°
76-12, celebrada el 23 de agosto de 2012, artículo LXVII, dispuso comunicarles
que en los casos donde un despacho cuente con el escritorio virtual, deben
permitir la consulta de los diferentes sujetos procesales a ese escritorio, con
las restricciones que el Código establece y cumpliendo la normativa
institucional en esta materia.
San José, 17 de setiembre del
2012.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
Secretaria
General
1 vez.—Exento.—(IN2012093755).
CIRCULAR Nº 158-2012
ASUNTO: Reducción de impresión de fotocopias.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N°
76-12, celebrada el 23 de agosto de 2012, artículo LXXVII, dispuso
comunicarles, que de conformidad con la política de cero papel que se ha
implementado en
Por lo anterior, a partir del pasado 23 de agosto el
Consejo autorizará de manera restrictiva la adquisición de equipo de
fotocopiado y fortalecerá la compra de scanners u otros medios tecnológicos que
permitan avanzar hacia una digitalización de las actuaciones y simplificación
de los trámites para el mejoramiento de la gestión judicial.
San José, 17 de setiembre del
2012.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
Secretaria
General
1 vez.—Exento.—(IN2012093756).
CIRCULAR Nº 160-2012
ASUNTO: Improcedencia de conciliar en asuntos donde
existe violencia doméstica de fondo.
A LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES DEL PODER
JUDICIAL
QUE REALIZAN O PARTICIPAN EN
CONCILIACIONES
JUDICIALES
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº
78-12, celebrada el 3 de agosto último, artículo XXXIV, acordó comunicarles el
criterio de la comisión de violencia doméstica que considera que es
improcedente conciliar casos de la materia de violencia doméstica, ni tampoco
proponer la conciliación ni homologar acuerdos en los casos de otras materias,
donde está presente dicha violencia, y se de la situación que se expone en el
párrafo siguiente.
Al pretender conciliar en otras materias (civil, penal,
contravencional, pensiones alimentarias y familia) no deben ofrecerse ni
homologarse acuerdos que revictimicen ni legitimen situaciones de violencia,
como lo serían por ejemplo, que la persona agresora se mantenga dentro de la
vivienda, que se permita de nuevo su ingreso o que se archiven las medidas de
protección que han sido dictadas por orden judicial. En éste último caso, debe
recordarse que la vigencia o no de las medidas de protección es una decisión de
la autoridad judicial y no queda a disposición de la persona víctima, máxime si
con eso se pone en riesgo su dignidad o su integridad física o emocional.
San José, 18 de setiembre del
2012.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
Secretaria
General
1 vez.—Exento.—(IN2012093759).
CIRCULAR N° 161-2012
Asunto: Sobre
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesión N° 73-12, celebrada el 14 de agosto de 2012, artículo XVI,
tomó nota de lo resuelto por
San José, 21 de
setiembre de 2012.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(IN2012095151) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 162-2012
Asunto: Informe N° 699-PLA-2012 del Departamento de
Planificación, relacionado con el movimiento de trabajo efectuado en los
juzgados competentes en materia penal juvenil durante el 2011, y ordenar su
publicación en Intranet e Internet.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES QUE TRAMITAN
MATERIA
DE PENAL JUVENIL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N°
78-2012, celebrada el 30 de agosto de 2012, artículo XXVIII, acordó hacer de su
conocimiento, el informe N° 699-PLA-2012 del Departamento de Planificación,
relacionado con el movimiento de trabajo efectuado en los juzgados competentes
en materia penal juvenil durante el 2011, elaborado por
San José, 21 de setiembre del
2012.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
Secretaria
General
1 vez.—Exento.—(IN2012093760).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE
HACE SABER:
De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 81 de
San José, 7 de setiembre de 2012.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exento.—(IN2012093778) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 81 de
San José, 7 de setiembre de 2012.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exento.—(IN2012093780) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 81 de
San José, 7 de setiembre de 2012.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exento.—(IN2012093782) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 81 de
San José, 7 de setiembre de 2012.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exento.—(IN2012093786) Secretario
Se emplaza a
todos los que en concepto de causahabientes se consideren con derecho a recibir
las prestaciones legales, ahorros obligatorios y cualquier otro dinero a que
tenia derecho el trabajador fallecido Heiner Gabriel Garro Arias, con cédula de
identidad número 7-0142-0882 quien fue mayor, soltero en unión libre, trabajaba
para CADESA, COOPENITRAB, y Estibadora Limonense, vecino de Limón, Barrio
Cieneguita, después del Bar Roots, segunda entrada a mano derecha, casa de
cemento, color crema, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho, en defensa de
sus derechos, apercibidos que si así no lo hiciere, los dineros que se
depositen pasarán a quien legalmente corresponda. Expediente número
12-000562-679-LA establecido por Yerlin Sosa Aragón.—Juzgado
de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de
Se emplaza a
todos los causahabientes el trabajador fallecido Hugo Arroyo Cerdas, quien
fuere mayor, soltero, constructor del Proyecto y Construcciones B C y Asociados
Sociedad Anónima, portador de la cédula de identidad 5-0296-0999 y vecino de
Bagaces de Guanacaste, Urbanización El Dorado, para que comparezcan a este
Despacho dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación
de este edicto en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo
hicieren los dineros que se depositaren pasarán a quien legalmente correspondan.
Lo anterior ordenado en diligencias por muerte de Hugo Arroyo Cerdas, gestiona
Jacqueline Rodríguez Bryan. Expediente número 12-000258-1025-LA-D.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Limón, 12
de setiembre del 2012.—Lic. Eric José López Delgado, Juez.—1
vez.—(IN2012095205).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta
exterior de este despacho; soportando servidumbre trasladada bajo las citas
tomo: 368, asiento: 12898 y soporta hipoteca de primer grado tomo: 517,
asiento: 13026; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de
noviembre de dos mil doce y con la base de doce millones doscientos cincuenta y
cinco mil seiscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos
sesenta y dos mil ochocientos veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno
para construir N° 12, bloque 16. Situada en el distrito Alajuelita, cantón
Alajuelita de la provincia de San José. Colinda: al norte avenida 14; al sur,
INVU; al este, INVU; y al oeste, INVU. Mide: noventa y seis metros con
veintiséis decímetros cuadrados proporción medida, plano: SJ-0768061-1988. Para
el segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del
diecisiete de diciembre de dos mil doce, con la base de nueve millones ciento
noventa y un mil setecientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y
cinco minutos del veintiuno de enero de dos mil trece, con la base de tres
millones sesenta y tres mil novecientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de Suministros Permanentes de
Computadoras Súper Comp contra Kimberly Acuña Portilla. Expediente:
10-002683-0307-CI.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de agosto del
2012.—Lic. Adriana Castro Rivera, Jueza.—RP2012321820.—(IN2012091365).
A las siete
horas y quince minutos del día veintiuno de noviembre de dos mil doce, en la
puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de
gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre
trasladada bajo las citas 0306-00000253-01-0002-001 y con la base de la
hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de ciento
cincuenta mil dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica,
remataré: finca inscrita en propiedad Partido de Guanacaste, folio real,
matrícula número 14.311-000, que es terreno de naturaleza quebrada, con pastos,
jaragua, caña de azúcar, tacotales, propios para la agricultura con una casa,
sito en Nicoya, distrito primero del cantón dos de la provincia de Guanacaste.
Linda: al norte, José Ángel Muñoz Cortés; al sur, Miguel Wenceslao Villareal
Vargas; al este, en parte Victorio Baltodano Baltodano y en parte camino de
Juan Díaz, Quiriman con un frente de
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones; a las catorce horas del dieciséis de noviembre del año dos mil
doce, y con la base de sesenta y ocho millones novecientos noventa y cinco mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número cincuenta mil ciento ochenta y ocho-cero cero
cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, calle pública con un frente a esta de treinta y tres metros con
treinta y siete centímetros; al sur, Adolia Villalobos Porras; al este, Modesto
Rodríguez Murillo, y al oeste, calle pública con un frente a esta de veintiún
metros con sesenta y dos centímetros. Mide: Setecientos veinticinco metros con
sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas del tres de diciembre del año dos mil doce, con la base de
cincuenta y un millones setecientos cuarenta y seis mil doscientos cincuenta
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas del dieciocho de diciembre del año dos mil
doce con la base de diecisiete millones doscientos cuarenta y ocho mil
setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Andrés Alonso Valerio Barrantes. Exp. Nº
11-000094-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 28 de agosto del
2012.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Juez.—RP2010322216.—(IN2012091855).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos
del ocho de noviembre del año dos mil doce, y con la base de diez millones
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil ciento cuarenta y
ocho-cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres y cero cero cuatro, la cual
es terreno inculto con una casa. Situada en el distrito San José, cantón Alajuela,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública a Montecillos; al
sur, Víctor Julio González Campos; al este, calle pública a Coyol, y al oeste,
Pedro Ramírez Hernández. Mide: Doscientos quince metros con cuarenta decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del veintitrés de noviembre del año dos mil doce, con la base de siete millones
quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de
diciembre del año dos mil doce con la base de dos millones quinientos mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Eliécer Campos Masís, Flor Alicia Campos Masís, Livignia María Castro
Fernández y Obed Campos Masís. Exp. Nº 12-000034-0296 CI.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
12 de setiembre del 2012.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—RP2010322294.—(IN2012091864).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas cuarenta y cinco
minutos del quince de noviembre de dos mil doce, y con la base de trescientos
diez mil sesenta y siete dólares con treinta y seis centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
00036045-001 y 002 la cual es terreno con cuatro casas. Situada en el distrito
09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
David Montes Madrigal; al sur, Carlos Mora Hernández, Hermelinda Solano Fallas,
Antonio Arce Mora, Teodoro Solano Loria; al este, Leonel Arce Mora, María
Teresa Espinoza Cascante, Andrés Barrantes Umaña y Alfredo Navas Martínez, y al
oeste, calle pública. Mide: Mil ochocientos ochenta metros con ochenta y nueve
decímetros cuadrados (proporción medida). Para el segundo remate se señalan las
trece horas cuarenta cinco minutos del treinta de noviembre de dos mil doce con
la base de doscientos treinta y dos mil quinientos cincuenta dólares con
cincuenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de
diciembre de dos mil doce con la base de setenta y siete mil quinientos
dieciséis dólares con ochenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Agropecuaria Wifami S. A. contra Constructora Roje S. A., Rodrigo Rodríguez
Trejos y Teresita Sánchez Rodríguez en expediente Nº 12-016442-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13
de setiembre del 2012.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—RP2010322337.—(IN2012091866).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada
inscrita en las citas 357-18588-01-0903-
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cero
minutos del veintiséis de noviembre del dos mil doce, y con la base de cuatro
millones cincuenta y tres mil colones, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: vehículo marca Honda, categoría automóvil, chasis 1HGEM21991L099132,
color gris, cilindrada 1700 cc. Para el segundo remate, se señalan las nueve
horas y cero minutos del once de diciembre del dos mil doce, con la base de
tres millones tre3.039.750 (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de enero
del dos mil trece, con la base de un millón trece mil doscientos cincuenta
colones (¢1.013.250,00) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Alba Nidia Jara
Fonseca. Expediente Nº 10-000023-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 12 de setiembre del 2012.—Lic.
Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—RP2012322353.—(IN2012091869).
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, a las trece horas y
treinta minutos del diecinueve de de noviembre de dos mil doce, y con la base
de siete millones trescientos setenta y dos mil seiscientos ochenta y siete
colones con cuarenta y ocho céntimos , en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 526667-000, la cual
es terreno para construir con una casa, lote 522. Situada en el distrito 04
León XIII, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda al norte,
William León Miranda; al sur, acera dos; al este, lote 521, y al oeste, lote
523. Mide noventa metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las a trece horas y treinta minutos del cuatro de diciembre
de dos mil doce, con la base de cinco millones quinientos veintinueve mil
quinientos quince colones con sesenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta
minutos del diecinueve de diciembre de dos mil doce con la base de un millón
ochocientos cuarenta y tres mil ciento setenta y un colones con ochenta y siete
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaría de Mutual Cartago de Ahorro y
Préstamo contra Reinaldo Alberto Espinoza Cabalceta, expediente Nº
11-006901-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 4
de setiembre del 2012.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—RP2010322361.—(IN2012091874).
En la puerta
exterior de este Despacho libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos mil doce, y con la
base de sesenta y ocho mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés
mil quinientos setenta cero cero cero, la cual es terreno con una casa en el
construida. Situada en el distrito 01 San Isidro, cantón 06 San Isidro, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, Javier Francisco Soto Jara; al sur,
Ofelia Vindas; al este, calle pública y al oeste, Jovita Villalobos Rudin.
Mide: cuatrocientos once metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
diez de diciembre de dos mil doce, con la base de cincuenta y un mil dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de enero de dos mil
trece con la base de diecisiete mil dólares exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Genética Piscis S. A., contra Marjorie Villalobos Rodríguez.
Exp. 12-016107-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de
setiembre del 2012.—Ericka Robleto Artola, Jueza.—RP2012322471.—(IN2012092256).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas
del veintisiete de noviembre del año dos mil doce, y con la base de dieciséis
millones cincuenta y cuatro mil doscientos cuarenta colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número sesenta mil ochenta-cero cero uno y cero cero dos, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 01 Puntarenas cantón 01
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lote 74; al sur,
Lote 76; al este, calle pública, con un frente a ella de seis metros con setenta
y seis centímetros y al oeste Lote 82. Mide: ciento treinta y cinco metros con
ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas del doce de diciembre del año dos mil doce, con la base de doce
millones cuarenta mil seiscientos ochenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas
del veintitrés de enero del año dos mil trece con la base de cuatro millones
trece mil quinientos sesenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso abreviado de Elizabeth Lee Chung contra Herbert
Esquivel Prendas. Exp. Nº 08-001337-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 13 de agosto del 2012.—Lic. María Inés Mendoza Morales,
Jueza.—(IN2012092496).
En la puerta
exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones y servidumbre de paso; a las trece horas treinta
minutos del veintiuno de noviembre del dos mil doce y con la base de cincuenta
y nueve millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el registro público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 269763-001 y 002, la cual es
terreno de naturaleza sembrado de café con una casa, situada en el distrito 07
Granja, cantón 07 Palmares de la provincia de Alajuela. Mide: diez mil
cuatrocientos veintidós metros con diez decímetros cuadrados. Linda al norte,
calle pública; sur, con quebrada en medio Ermida Pacheco Alvarado; este,
Ermidia Pacheco Alvarado, servidumbre de paso y escuela pública de
A las catorce horas del cinco de
noviembre de dos mil doce: En la puerta exterior de este despacho remataré al
mejor postor, libre de gravámenes y anotaciones judiciales, soportando reservas
y restricciones, citas al tomo: 329, asiento: 13713, consecutivo: 01,
secuencia: 0901, subsecuencia: 001, la finca del partido de San José matrícula
seiscientos dos mil trescientos ochenta y cinco-cero cero cero, con la base en
la suma de tres millones de colones, la cual se describe así: Terreno para
construir, situado en el distrito tercero, Daniel Flores, cantón diecinueve,
Pérez Zeledón, de la provincia San José. Linda al norte, Alfredo Solís
Rodríguez con servidumbre de paso en medio; sur, calle pública; este, Alfredo
Solís Rodríguez, y oeste; Alfredo Solís Rodríguez. Mide: Cuatrocientos ochenta
metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Posee plano Nº
SJ-1134635-2007. Propiedad de Anyi Milena Herrera Jiménez. Para la segunda
subasta, se sacará la propiedad descrita con la base en la suma dos millones
doscientos cincuenta mil colones, (base rebajada en un veinticinco por ciento),
para lo cual se señalan las catorce horas del veinte de noviembre de dos mil
doce. Para la tercera subasta, el bien será rematado en la suma de setecientos
cincuenta mil colones (el veinticinco por ciento de la base primitiva) para lo
cual se señalan las catorce horas del cinco de diciembre de dos mil doce.
Proceso ejecución hipotecaria Nº 11-100087-920-CI-2. Actor: Johnny Salas
Sánchez, contra Anyi Herrera Jiménez.—Juzgado Civil
y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso
a pie, a caballo y cualquier otra clase de vehículo por el lado oeste del
presente lote (49773); a las ocho horas y veinte minutos del veintiuno de
noviembre de dos mil doce, y con la base de trece millones quinientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula Nº 3-153095-000 la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 01 Pacayas, cantón 06 Alvarado, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, Carmen Montero Víquez; al sur, calle pública con
quince coma cincuenta y cinco metros de frente; al este, Olga Montero Víquez, y
al oeste, Carmen Montero Víquez. Mide: quinientos veintisiete metros con setenta
y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
veinte minutos del seis de diciembre de dos mil doce, con la base de diez
millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y veinte minutos
del veintiuno de diciembre de dos mil doce con la base de tres millones
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Piedra y Navarro Sociedad Anónima contra Ramón Guillermo Acuña Montero. Exp.
Nº 12-009229-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial de Cartago, 13 de setiembre del 2012.—Lic. Gonzalo Gamboa
Valverde, Juez.—RP2012322859.—(IN2012093097).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando
colisiones; a las quince horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre de
dos mil doce, y con la base de veinticinco mil ochocientos cincuenta y cinco
dólares con veinticuatro centavos, en el mejor postor remataré b siguiente:
vehículo placas: 598881, marca: Nissan, categoría: automóvil, Vin:
VSKJVWR51Z0017331, año: 2006, color: gris. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y treinta minutos del seis de diciembre de dos mil doce, con
la base de diecinueve mil trescientos noventa y un dólares con cuarenta y tres
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las quince horas y treinta minutos del veintiuno de diciembre de dos
mil doce con la base de seis mil cuatrocientos sesenta y tres dólares con
ochenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad
Anónima contra Carlos Andrés Ballestero Lepiz. Exp. 11-000504-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 18 de setiembre del 2012.—Lic. María Karina Zúñiga Cruz, Jueza.—(IN2012093266).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas
treinta minutos del quince de noviembre de dos mil doce, y con la base de un
millón quinientos setenta y nueve mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo 655797, marca Hyundai, estilo Accent, sedán
4 puertas, año 1996, color verde, motor de 1500 c.c. a gasolina. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del treinta de
noviembre de dos mil doce, con la base de un millón ciento ochenta y cuatro mil
doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del
diecisiete de diciembre de dos mil doce con la base de trescientos noventa y
cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Instacredit S. A. contra Víctor Manuel Navarro Jiménez. Expediente
12-001724-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de setiembre del
2012.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—RP2012323062.—(IN2012093539).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y
cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil doce, y con la base de
cuatrocientos setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placa 735534, marca Nissan, estilo Sentra, año 92 color
celeste, chasis NC796327. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del tres de diciembre de dos mil doce, con la base de trescientos
cincuenta y dos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho
de diciembre de dos mil doce con la base de ciento setenta y siete mil
quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra
Eduardo Umaña Sandoval. Exp. 10-000064-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 12 de setiembre del 2012.—Lic.
Greivin Steven Mora Alvarado, Juez.—RP2012323064.—(IN2012093540).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y
cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil doce, y con la base de tres
millones doscientos noventa y ocho mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placa CL 183714, marca Isuzu, estilo K.B., año
2002, color rojo, vin y chasis: JAATFR54H27111181. Para el segundo remate se
señalan las once horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil doce,
con la base de dos millones cuatrocientos setenta y tres mil quinientos colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de diciembre de dos mil
doce con la base de ochocientos veinticuatro mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S. A. contra Anayansi Duarte
Arrieta Exp. 11-007450-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 12 de setiembre del 2012.—Lic.
Greivin Steven Mora Alvarado, Juez.—RP2012323066.—(IN2012093541).
A las nueve
treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil doce, en la
puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes
hipotecarios comunes y anotaciones, pero soportando servidumbres trasladadas
bajo los tomos 314 y 329, asientos 9835 y 1672 respectivamente. Remataré las
siguientes fincas inscritas en Propiedad partido de Alajuela: 1) Con la base de
¢6.000.000,00, remataré la finca número 447933-000, que es terreno de solar,
sito en distrito nueve Palmera, del cantón diez San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Linda al norte, calle pública en un frente de
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones bajo las citas: 0263-00006210-01-0901-001; a las
quince horas con treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil doce, y
con la base de doscientos cincuenta y tres mil trescientos cuatro dólares con
cincuenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 000157746-000 la
cual es terreno de pasto. Situada en el distrito cuarto Tempate, cantón tercero
Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Luigui Sardella;
al sur, Adrofe Construcciones Far S. A.; al este, calle pública con
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando
sumaria 08-600930-0500-TC del Juzgado de Tránsito de Pavas; a las catorce horas
y treinta minutos del quince de noviembre de dos mil doce, y con la base de
tres millones noventa y ocho mil seiscientos cincuenta colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 523202, marca Peugot, estilo
Berlina 206 XT, 2003, rojo, chasis VF32AN6AD3W032887, motor 10FX3. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta de
noviembre de dos mil doce, con la base de dos millones seiscientos sesenta y
seis mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con cuarenta y siete céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil doce
con la base de ochocientos ochenta y ocho mil ochocientos veintitrés colones
con dieciséis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de BAC San José S. A. contra Edgar Antonio Montealegre
Orozco y Marlene Montealegre Vargas. Exp. 11-020415-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de
setiembre del 2012.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2012093776).
En la puerta
exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado así como
practicado; a las dieciséis horas cero minutos del veintiuno de noviembre de
dos mil doce, y con la base de diecisiete millones sesenta y tres mil
doscientos ochenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 00385603-003-004; la cual es terreno
lote 7 con una casa. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, terreno destinado a calle pública; al
sur, MOPT; al este, lote 8; y al oeste, lote 6. Mide: ochenta y siete metros
con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el secundo remate se señalan las
dieciséis horas cero minutos del seis de diciembre de dos mil doce, con la base
de doce millones setecientos noventa y siete mil cuatrocientos sesenta colones
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las dieciséis horas cero minutos del veintiuno de diciembre de dos mi) doce;
con la base de cuatro millones doscientos sesenta y cinco mil ochocientos
veinte colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se te
informa a las personas jurídicas Interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio de Gilbert Rapso Varela contra Johanna María Navarro Vega y Andrés
Geovanny Navarro Vega. Exp. 11-002982-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 19
de setiembre del 2012.—Lic. María Karina Zúñiga Cruz, Jueza.—RP2012323353.—(IN2012093816).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y de anotaciones; a
las diez horas y cero minutos del dieciséis de noviembre del dos mil doce, y
con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas MOT ciento quince mil seiscientos
sesenta y tres, marca Kawasaki, estilo Praire 650, cuadraciclo, tracción 4x4,
año 2002, color rojo, capacidad 2 personas. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y cero minutos del tres de diciembre del dos mil doce, con la
base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
y cero minutos del dieciocho de diciembre del dos mil doce con la base de
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
José Joaquín Vásquez Castillo contra Erick Alonso Mora Bolaños. Exp.
12-000243-0296-CI.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela,
San Ramón, 27 de agosto del 2012.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—RP2012323363.—(IN2012093817).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo: 0382, asiento: 00016555 y
Conserv. Camino REF: 00094973 000, inscrito al tomo: 0382, asiento: 00016555; a
las nueve horas y cero minutos del doce de noviembre del dos mil doce, y con la base de diez millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el registro público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número doscientos cincuenta y tres mil doscientos
setenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa de
habitación. Situada en el distrito 07 Puente de Piedra, cantón 03 Grecia, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con
En la puerta
exterior este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada; a las nueve horas y cuarenta minutos del nueve de
noviembre de dos mil doce, y con la base de doscientos cuarenta mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número F32.546-000 la cual es terreno filial 81 de dos
plantas ubicada en el primer y segundo piso destinada a sala de cine en proceso
de construcción. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, en parte con filiales ochenta y dos y
ochenta y nueve y área común destinada a pasillos y zona verde; al sur, pared
común exterior; al este, en parte área común destinada a pasillo y área común
destinada a zona verde y al oeste, en parte con filiales ochenta y ciento nueve
y área común destinada a pasillo. Mide: mil ciento setenta y siete metros con
dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta minutos del veintiséis de noviembre de dos mil doce, con la
base de ciento ochenta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta minutos
del trece de diciembre de dos mil doce, con la base de sesenta mil dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Comercial Plaza San
Carlos contra Administradora Fiduciaria ZMZ Sociedad Anónima. Exp. Nº
12-008311-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 7 de setiembre del 2012.—Lic. Ericka Sanabria Salazar,
Jueza.—(IN2012094610).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada, servidumbre de aguas pluviales, servidumbre de cloaca;
a las catorce horas del ocho de noviembre del dos mil doce, y con la base de
ochenta y un mil trescientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección
de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa y
cuatro mil ciento ochenta y dos cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 01 San Pablo, cantón 09 San Pablo, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con
En la puerta
exterior de este Despacho libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada anotadas bajo las citas 356-7657-01-0901-001 y
356-7657-01-0920-001; a las nueve horas y treinta minutos del trece de
noviembre del año dos mil doce, y con la base de ocho millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 335030-001 y 002 la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 04 Mata de Plátano, cantón 08 Goicoechea, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, Clara Rosa Vargas Ortiz; al sur,
Clara Rosa Vargas Ortiz; al este, María Ester Cubero Vargas y al oeste, calle
pública con
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando;
reservas y restricciones bajo la citas 0330-00012636-01-0900-001,
0343-00005335-01-900-001, 0348-00001061-01-0900-001, plazo de convalidación
bajo las citas, 2010-00261018-01-0006-001, servidumbre de paso bajo las citas
2010-00261018-01-0017-001; a las quince horas y cero minutos del quince de
noviembre del dos mil doce, y con la base de cuarenta mil dólares exactos
moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
182236-000 la cual es terreno de tacotal. Situada en el distrito 01 Nicoya,
cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Omar Gerardo Solórzano Rosales; al este, Minor Mora Orozco y
al oeste, Omar Gerardo Solórzano Rosales. Mide: sesenta y nueve mil novecientos
treinta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince
horas y cero minutos del treinta de noviembre del dos mil doce, con la base de
treinta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de
diciembre del dos mil doce con la base de diez mil dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Islas Longevidad S. A. contra CHRC
de Nicoya Sociedad Anónima, Juan Carlos Díaz Matarrita. Exp. 12-015461-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 11 de setiembre del 2012.—Lic. Minor Antonio Jiménez
Vargas, Juez.—(IN2012094760).
A las nueve
horas del 13 de noviembre del 2012 en la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y sin
sujeción a base al mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real matrícula número: trece mil seiscientos ocho-cero cero cero, la
cual es de naturaleza: repastos de figura irregular, situada en el distrito 01
Espíritu Santo, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, con carretera Interamericana, al sur, con Rolando Grutter Graff, al
este, con Vidal Mejías Mejías, y al oeste, con noreste, Víctor forma semicircul
otra. Mide: treinta y dos mil trescientos cuarenta y ocho metros con cuarenta y
un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo
prendario de PLSS Ltda contra Arrendadora Maibach S. A y Automercantil S. A.
Exp. N° 03-000735-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de
Mayor Cuantía, 1º de octubre del 2012.—Lic. Yensy Valverde Solís, Jueza.—(IN2012094778).
A las nueve
horas del veintinueve de octubre de dos mil doce, en la puerta exterior de este
Despacho, soportando infracción a
En la puerta exterior
de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las trece horas y treinta
minutos del diecinueve de noviembre del dos mil doce, y con la base de
veintiséis millones novecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
204076-000 la cual es terreno construir con una casa. Situada en el distrito 11
San Sebastián, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al
noreste, lote 4, al noroeste, lote 14; al sureste, calle pública y al suroeste,
lote 6. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con cuarenta y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del cuatro de diciembre del dos mil doce, con la base de veinte millones
doscientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos
del diecinueve de diciembre del dos mil doce, con la base de seis millones
setecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones Reales Marquez
& Wilson S. A., María Magalli Marquez Wilson. Exp. Nº 12-025327-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, 21 de setiembre del 2012.—Lic.
Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—(IN2012094847).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbres trasladadas, bajo las citas 0381-00017714-01-0906-001,
0383-00012437-01-0920-001, 0383-00012437-01-0921-001; y servidumbre de paso
bajo las citas 0425-00011019-01-0004-
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones, citas: 0363-00002798-01-0800-001; a las nueve horas y
treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil doce, y con la base de
diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 607263-000, la cual es terreno
para construir, con una edificación destinada a taller de ebanistería. Situada
en el distrito 01 Aserrí, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Sonia Morales Fallas; al sur, servidumbre de paso con un
frente de
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios a las diez horas
cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de octubre de dos mil doce, y con la
base de cuatro millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, que responde a un
derecho de ciento veintidós colones cincuenta céntimos proporcionales a mil
trescientos treinta y ocho colones, en la finca al folio real matrícula
29729-000, submatrícula 011, la cual es terreno con una casa. Situada en el
distrito 03 Vuelta de Jorco, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Pedro Barboza; al sur, Arcelio Chinchilla; al este, calle y
otros y al oeste, río Grande y otros. Mide: dos mil seiscientos veintiún metros
con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre del dos mil doce, con
la base de tres millones trescientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas
cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre del dos mil doce con la
base de un millón cien mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Círculo JBM Negocios Sociedad Anónima contra Carlos Manuel Chaves Rojas. Exp.
Nº 11-029204-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro I Circuito Judicial de San José, 10 de setiembre del
2012.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—RP2012323648.—(IN2012094864).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas
y cero minutos del diecinueve de noviembre del dos mil doce, y con la base de
tres millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placas Nº CL-219414, marca: Isuzu, estilo: hombre, año:
1996, color: rojo, tracción: 4 x 2, carrocería: caja abierta o cam-pu. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de
diciembre de dos mil doce, con la base de dos millones cuatrocientos setenta y
cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de
diciembre del dos mil doce, con la base de ochocientos veinticinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Hacienda Mastate Sociedad Anónima contra Don Colchón Sociedad
Anónima Exp. Nº 12-006656-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 24 de setiembre del 2012.—Lic.
María Karina Zúñiga Cruz, Jueza.—RP2012323660.—(IN2012094867).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios , pero soportando
condiciones de Ley 2825; a las ocho horas del veinticinco de octubre de dos mil
doce, y con la base de diecisiete millones setecientos cincuenta y nueve mil
quinientos noventa y siete colones con veinticinco céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real matrícula
número siete cinco tres cuatro seis-cero cero cero, la cual es terreno para
agricultura. Situada en el distrito Jiménez, cantón sétimo de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de acceso y Río Conte; al sur,
Gerardo Retana; al este, Gerardo Retana y al oeste, José Joaquín Vindas Zamora.
Mide: treinta y ocho mil setecientos treinta y tres metros con cuarenta y un
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del ocho
de noviembre de dos mil doce, con la base de trece millones trescientos
diecinueve mil seiscientos noventa y siete colones con noventa y cuatro
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las ocho horas del veintidós del noviembre del dos mil doce, con la
base de cuatro millones cuatrocientos treinta y nueve mil ochocientos noventa y
nueve colones con treinta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional Costa Rica contra Ricardo Vindas Zamora. Exp. Nº 12-000133-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 27 de
setiembre del 2012.—Lic. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—RP2012323713.—(IN2012094868).
A las
diecisiete horas y cero minutos del veintinueve de octubre del dos mil doce, en
la puerta exterior de este Despacho, soportando una hipoteca en primer grado
anotada al tomo 512 asiento
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas
y treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil doce, y con la base de
cinco millones trescientos ochenta y cuatro mil trescientos cuarenta colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número setenta y ocho mil cuatrocientos setenta-cero cero
cero, la cual es terreno potrero. Situada en el distrito segundo Santiago,
cantón segundo Paraíso, de la provincia de Cartago, Colinda: al norte, calle a
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando
rectificación de medida; a las siete horas cuarenta y cinco minutos del
dieciséis de noviembre del dos mil doce y con la base de veinticinco millones
cuatrocientos sesenta y un
mil noventa y dos
colones con setenta céntimos (¢25.461.092,70) en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
115919-004 la cual es terreno para construir con un local industrial. Situada
en el distrito 04 Catedral, cantón 01 San José, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, río Ocloro, medio Bernie Güel; al sur, Víctor Segura y
Beatriz Montealegre; al este, El Estado y al oeste, Río María Aguilar en medio
otro. Mide: doscientos treinta y cinco metros con treinta decímetros cuadrados.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional de
Costa Rica contra Walter Campos Mora. Exp. Nº 98-000477-0336-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de junio del
2012.—Lic. Miguel Rosales Alvarado, Juez.—RP2012323852.—(IN2012094873).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y
cero minutos del trece de noviembre de dos mil doce, y con la base de dos
millones doscientos ochenta y un mil cuatrocientos setenta y siete colones con
sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa
642097, marca, Hyundai, categoría, microbús, serie. KMJWWH7BPWU103945, año
1998, color verde. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del veintiocho de noviembre de dos mil doce, con la base de un millón
setecientos once mil ciento ocho colones con veintitrés céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y treinta minutos del trece de diciembre del dos mil doce, con la base de
quinientos setenta mil trescientos sesenta y nueve colones con cuarenta y un
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Financiera Desyfin S. A., contra José Aníbal Retana Cruz. Exp. Nº
10-002152-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16
de agosto del 2012.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2012095116).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
A las 8:00 horas del veintiuno de
noviembre del dos mil doce, en la puerta principal del local que ocupa este
Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y
anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor
del actor, sea la base de trece millones ochenta mil colones, remataré: Finca
inscrita en Propiedad Partido de Alajuela Folio Real Matrícula Nº 301.150-000,
que es terreno con una casa y un galerón, sito en
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
condiciones Idareef: 00256110-
A las
diecisiete horas y cuarenta minutos del once de diciembre del dos mil doce, en
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, sea la
suma de cuarenta millones ciento ochenta y cinco mil colones, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido
de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número cuarenta y tres mil ochocientos sesenta cero cero uno cero cero dos, la
cual es terreno de café y potrero, situada: en el distrito 02 Cinco Esquinas,
cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, quebrada en
medio Justo Quirós, otros; al sur, María Rojas; al este, calle pública y otros,
y al oeste, María Rojas. Mide: ocho mil treinta y siete metros cuadrados. Lo
anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo simple Nº
03-000411-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Service Parts Co Limitada,
Mata Quirós Paulina, Calvo Arguedas Marco Antonio.—Juzgado
Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José,
19 de setiembre del 2012.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—(IN2012092092).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis
horas y quince minutos del diecisiete de enero de dos mil trece, y con la base
de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos
setenta y dos mil quinientos cincuenta y uno cero cero cero la cual es terreno
para construir con una casa. Situada en el distrito Guácima, cantón Alajuela,
de la provincia de Alajuela, Colinda: al norte, alameda 1; al sur, lote 1; al
este, lote 10 y al oeste, Carlos Luis Morera Calvo. Mide: ciento veintiún
metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
dieciséis horas y quince minutos del siete de febrero de dos mil trece, con la
base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis
horas y quince minutos del veintiocho de febrero de dos mil trece con la base
de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Dania Luisa Carranza Ugalde.
Exp. 12-005559-1157-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de setiembre del
2012.—Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2012092177).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre dominante, servidumbre sirviente y tres servidumbre servid
reservasref; a las catorce horas y cero minutos del once de enero del año dos
mil trece, y con la base de veintiún millones colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos treinta y ocho mil seiscientos quince cero cero cero, la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito siete Puente de
Piedra, cantón tres Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Vilmar Salas Ramírez; al sur, Wilson Jiménez Rodríguez; al este, quebrada
Valverde, y al oeste, calle pública con un frente de diez metros. Mide:
doscientos setenta y cuatro metros con tres decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de
enero del año dos mil trece, con la base de quince millones setecientos cincuenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de febrero del año
dos mil trece, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Róger Rojas Araya, expediente Nº 11-000419-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 12 de
setiembre del año 2012.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—(IN2012092443).
A las dieciocho
horas y veinte minutos del once de diciembre del año dos mil doce, en la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de
dos millones doscientos noventa y siete mil colones, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
161857-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06 Puraba,
cantón Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 9; al
sur, lote 13; al este, lote 12, y al oeste, calle pública con
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y
treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil doce, y con la base de
diez mil quinientos ochenta y cinco dólares con dos centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 672620, marca Hyundai, estilo
Terracan, año 2007, capacidad 7 personas, color plateado, tracción 4x4, vin KMHNM81WP7U217142.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del once de
diciembre del dos mil doce, con la base de siete mil novecientos treinta y ocho
dólares con setenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del nueve de
enero del dos mil trece, con la base de dos mil seiscientos cuarenta y seis
dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de Citi Trust de Costa Rica
Sociedad Anónima contra Nelson Mora Carranza, expediente Nº 12-002436-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 12 de setiembre del año
2012.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—(IN2012092648).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce
horas del once de diciembre del año dos mil doce, en el mejor postor remataré lo
siguiente: 1) Con la base de catorce millones novecientos treinta y ocho mil
veintiocho colones con ochenta y nueve céntimos, finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 125748-000; la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 01 Guácimo, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, calle pública con un frente de
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones inscritas bajo las citas tomo 0347, asiento
9892-01-0910-001 y servidumbre sirviente inscrita bajo el tomos 0400, asientos
2587-01-0004-001; a las quince horas y quince minutos del diecisiete de enero
de dos mil trece, y con la base de ciento ocho mil dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, matrícula número ciento ocho mil trescientos sesenta y dos cero
cero cero (6-108362-000), naturaleza que es terreno para construir, distrito
Quepos, cantón Aguirre, provincia de Puntarenas, linda al norte, camino
público; sur, con el señor Rogelio Zamora Masís; este, la entidad Catanzaro S.
A. y al oeste, la entidad Catanzaro S. A. Posee una medida de mil quinientos
veintinueve metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y quince minutos del siete de febrero de dos
mil trece, con la base de ochenta y un mil dólares exactos rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y quince minutos del veintiocho de febrero de dos mil trece con la base de
veintisiete mil dólares exactos un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Mayela de Jesús Alfaro Picado. Exp.11-001110-0638-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
30 de agosto del 2012.—Lic. Adriana Castro Rivera, Jueza.—(IN2012092938).
A las ocho
horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil doce, en la puerta de
este juzgado en el mejor postor remataré: con la base de dieciocho millones
quinientos diecinueve mil ochocientos treinta y seis colones cuarenta y seis
céntimos (¢18.519.836,46), libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones
judiciales, pero soportando reservas Ley de Caminos, inscritas al tomo:
cuatrocientos treinta y cuatro (434), asiento: mil quinientos dieciséis
(1.516), consecutivo: cero uno (01), secuencia: cero cero cero cuatro (0004) y
subsecuencia: cero cero uno (001), la finca inscrita en el Registro Público de
En la puerta
exterior de este Despacho; a las ocho horas y treinta minutos del ocho de enero
del año dos mil trece, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre de
gravámenes hipotecarios, con la base de catorce millones cuarenta y tres mil
seiscientos ocho colones exactos, finca inscrita en el Registro Público,
partido de partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y seis mil quinientos treinta y
nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
Ángeles, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
servidumbre; al sur, Pedro Salas Fallas; al este, Desarrollos Turísticos de
Jacó de Garabito S.A. y al oeste, calle pública. Mide: quinientos veinticinco
metros cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios pero soportando
servidumbre de paso, con la base de cuarenta y un millones cuatrocientos
noventa mil doscientos treinta y cuatro colones exactos, finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y seis mil ochocientos
noventa y dos-cero cero cero, la cual es terreno con zona verde una casa,
cochera y patio. Situada en el distrito Ángeles, cantón San Ramón, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con un frente a
ella de
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y
treinta minutos del veintitrés de noviembre del año dos mil doce, y con la base
de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placa 695664, marca Hyundai, estilo Grace, categoría
microbús, capacidad 12 personas, serie KMJFD37APTU248714, año 1996, carrocería
microbús, color verde, tracción 4x2, motor número D4BAT131408. Para el segundo
remate se señalan las once horas y treinta minutos del diez de diciembre del
año dos mil doce, con la base de un millón doce mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y treinta minutos del ocho de enero del año dos mil trece con la
base de trescientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Suk Kim
Jung contra Angie Patricia Chacón Vega. Exp. 10-002496-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia,
10 de setiembre del 2012.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—RP2012323132.—(IN2012093550).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y
cero minutos del seis de febrero del año dos mil trece, y con la base de ocho
mil cuatrocientos sesenta y nueve dólares con noventa y un centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: 693509, marca: Greatwall,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, estilo: Hover Cuv, tracción: 4X4,
carrocería: todo terreno 4 puertas, serie: LGWFF3A518B051258. Para el segundo
remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de febrero del
año dos mil trece, con la base de seis mil trescientos cincuenta y dos dólares
con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del ocho de marzo del
año dos mil trece con la base de dos mil ciento diecisiete dólares con cuarenta
y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotianbank de Costa Rica
Sociedad Anónima contra Minor Alvarado Rojas. Exp. 12-001200-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia,
19 de setiembre del 2012.—Lic. Germán Valverde Vindas, Juez.—RP2012323160.—(IN2012093551).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas
y treinta minutos del ocho de febrero del año dos mil trece, y con la base de
ciento ochenta y un mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F00041791 cero
cero cero la cual es terreno finca filial cuarenta y uno apta para construir
que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de
dos pisos. Situada en el distrito Ulloa, cantón Heredia, de la provincia de
Heredia. Colinda: al noreste, filial cuarenta; al noroeste, acceso dos; al
sureste, calle pública y al suroeste, filial cuarenta y dos. Mide: doscientos
cuarenta y nueve metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del año
dos mil trece, con la base de ciento treinta y cinco mil setecientos cincuenta
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las cero horas y cero minutos del doce de marzo del año dos
mil trece con la base de cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Scotianbank de Costa Rica Sociedad
Anónima contra Blanca Inés Jiménez Saldarriaga Exp. 09-000740-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia,
19 de setiembre del 2012.—Lic. Germán Valverde Vindas, Juez.—RP2012323161.—(IN2012093552).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones; a
las quince horas y treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil doce, y
con la base de veintiún millones quinientos cincuenta mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número quinientos siete mil novecientos-cero cero cero, la cual es
terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito
tercero Daniel Flores, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, y al oeste, Inversiones Wadavil del General; al sur,
Ramiro Quesada Vargas; y al este, calle pública. Mide: doscientos setenta
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta
minutos del veinte de diciembre del dos mil doce, con la base de dieciséis
millones ciento sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y treinta minutos del dieciocho de enero del dos mil trece con la base de cinco
millones trescientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Inversiones Wadavil General S. A., Walter Vílchez Blanco. Exp.
12-000134-0296-CI.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela,
San Ramón, 23 de agosto del 2012.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—RP2012323233.—(IN2012093809).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
las siguientes afectaciones: Reservas y restricciones
0364-00002752-01-0900-001, practicado 0800-00067760-01-0001-001; a las nueve
horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del dos mil doce, y con la base
de sesenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cuarenta y tres mil ochocientos cuatro cero cero cero la cual es terreno de
solar. Situada en el distrito tercero, Sardinal, cantón quinto, Carrillo, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Rafael Martín Vega Rodríguez;
al sur, frente a calle pública con una medida de dieciséis metros catorce
centímetros; al este, Fabiola Vallejos Amador; y al oeste, servidumbre con
cuatro metros. Mide: seiscientos setenta y tres metros con sesenta y ocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil doce, con la base de
cuarenta y cinco millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del diecisiete de enero del dos mil trece con la base de quince millones de
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rafael Vega
Rodríguez. Exp. 11-000605-0386-CI.—Juzgado de
Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 19 de setiembre del 2012.—Lic. Luis
Ricardo Rivas Álvarez, Juez.—RP2012323303.—(IN2012093812).
En la puerta
exterior de este Despacho; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
cuatro de diciembre del dos mil doce (primer remate), en el mejor postor
remataré lo siguiente: 1) Con la base de setenta y nueve mil cuatrocientos
dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, finca del
partido de Guanacaste matrícula número ciento cincuenta y nueve mil seiscientos
diecinueve-cero cero cero (159.619-000), libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de paja de agua con las citas:
0443-00003221-01-0005-001, y servidumbre de paso con las citas:
0565-00002820-01-0002-001. La cual es terreno para
construir. Situada en el distrito octavo Cabo Velas, cantón tercero Santa Cruz,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Finca
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas
y treinta minutos del catorce de enero de dos mil trece, y con la base de dieciocho
millones doscientos noventa y un mil ochocientos cincuenta y tres colones con
cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y nueve mil noventa y siete-cero
cero cinco y cero cero seis, la cual es terreno para construir con una casa de
habitación. Situada en el distrito 04
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas, restricciones y servidumbre de paso; a las catorce horas con treinta
minutos del diecinueve de diciembre del dos mil doce, y con la base de
veinticinco millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cuatro mil
cien cero cero cero la cual es terreno ganadería (primero-tres), lote 4.
Situada en el distrito 1, Bagaces, cantón Bagaces, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Edith Sandoval Estrada y Servicios Profesionales
del Pacífico Educa S. A.; al sur, Edith Sandoval Estrada y Servicios
Profesionales del Pacífico Educa S. A.; al este, servidumbre agrícola con un
frente de
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada; a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de
enero de dos mil trece, y con la base de cinco millones setecientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y ocho mil setecientos
diecinueve cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito San Juan, cantón Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Muebles Paneles Liva de Sarchí S. A.; al sur, Muebles Paneles Liva de
Sarchí S. A.; al este, servidumbre de paso con frente a ella de
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y
cuarenta y cinco minutos del doce de diciembre de dos mil doce y con la base de
un millón seiscientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo placas 648535 que se describe como marca Honda, estilo
Civic Del, serie JHMEG1143SS004462, año 1995, carrocería Coupe, color azul,
número de motor D15B74324783, combustible gasolina. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diez de enero de dos mil
trece, con la base de un millón doscientos sesenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de enero de dos mil
trece con la base de cuatrocientos veinte mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Alco
Capital S.A., Alco Capital Sociedad Anónima contra Mario Adrián Cubillo
Marchena, Miriam Catalina Ortiz Ortiz. Exp. 11-031708-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de
setiembre del 2012.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—RP2012323450.—(IN2012094269).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada citas: 0377-00010414; a las diez horas quince minutos
del quince de noviembre del dos mil doce, y con la base de diecinueve millones
ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 469369-000 la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, IMAS; al
este, lote-488, y al oeste, lote 490. Mide: ciento diez metros con cincuenta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince
minutos del treinta de noviembre del dos mil doce, con la base de catorce
millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas quince minutos
del diecisiete de diciembre del dos mil doce, con la base de cuatro millones
novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Melania González Argeñal contra Marisol Espinoza Canales, expediente Nº
10-005451-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del año
2012.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2012094456).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y
cero minutos del veintinueve de enero de dos mil trece, y con la base de veinte
millones trescientos cuatro mil ciento treinta y cinco colones con treinta y
tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos noventa y cinco mil cuarenta y cuatro
cero cero cero la cual es terreno lote 66, terreno para construir con dos
casas. Situada en el distrito 05 Guácima, cantón 01 Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, lote 77 del Banco Popular y Desarrollo Comunal
al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, lote 75 del Banco
Popular y Desarrollo Comunal. Mide: ciento noventa y un metros con noventa
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero
minutos del diecinueve de febrero de dos mil trece, con la base de quince
millones doscientos veintiocho mil ciento un colones con cuarenta y nueve
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y cero minutos del doce de marzo de dos mil trece con la
base de cinco millones setenta y seis mil treinta y tres colones con ochenta y
tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Jorge Alonso Rojas Guadamuz, Jorge Nilo Rojas Cordero. Exp. 12-005872-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 14 de setiembre del 2012.—MSc. Juan Carlos
Castro Villalobos, Juez.—(IN2012094745).
Al ser las
diecisiete horas cero minutos del doce de noviembre del año dos mil doce (primer
remate), en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios
y anotaciones judiciales, y con la bases que se detallarán a continuación, en
el mejor postor remataré lo siguiente: A) Una prensa hidráulica troqueladora
eléctrica automática usada, de fabricación italiana, en color verde-naranja, de
marca Atom, tipo G. doscientos veintidós, sin número de serie visible ni otra
identificación, con un cabezal superior móvil de accionamiento hidráulico, con
ajustes y palanca de mando y un motor eléctrico principal incorporado, de marca
FFD Wein, tipo DPIN. Noventa S/dos T, con número de serie diez mil novecientos
catorce-seis/uno-quince, con potencia de uno punto cinco kilowatts, doscientos
veinte-cuatrocientos cuarenta voltios, la cual responde por un millón
doscientos veinticuatro mil ciento diez colones. B) Una prensa hidráulica
troqueladora eléctrica usada, fabricada en Estados Unidos de Norteamérica, en
color verde, de marca USM (United Shoe Machinery Corp), tipo A, con la serie
número tres mil novecientos sesenta y tres, con un cabezal superior móvil, de
accionamiento hidráulico, con ajustes y palanca de mando y un motor eléctrico
principal, incorporado de marca Allis Chalmers, tipo G, con número de serie
cuatro-cinco mil ciento once-cero mil trescientos sesenta y siete-uno-siete y
potencia de cero punto setecientos treinta y cinco kilowatts, ciento
quince-doscientos veinte voltios, mil cuatrocientos cuarenta-mil setecientos
treinta r.p.m., una bomba hidráulica de marca Dymex, modelo PF-seis mil
seis-doce-cero cero, con la serie número cero trece mil quinientos noventa y un
panel de control sin marca visible, con la serie número FF siete mil setenta y
siete, la cual responde por un millón doscientos veinticuatro mil ciento diez
colones. C) Una máquina montadora y pegadora de suelas y talones, eléctrica,
semiautomática, usada, de fabricación italiana, en color verde, consta de dos
puestos de trabajo, de marca Sigma, tipo setecientos cincuenta y seis, con la
serie número diez mil quinientos cincuenta y dos, cada puesto de trabajo es
independiente y son accionados por un pedal y cada uno posee un pistón de
accionamiento hidráulico que levanta una base o cama, hasta dos soportes
superiores, ambos de accionamiento neumático, regulados por un sistema de
tiempo-timer, que libera automáticamente el pistón correspondiente de tal forma
que su funcionamiento es hidráulico y neumático, posee una perilla de
accionamiento manual, que funciona como regulador de presión del sistema
hidráulico, con control de presión mediante manómetro, la cama de cada puesto
de trabajo posee un soporte para el tacón del zapato que impide el
deslizamiento de este, o de la suela y además posee una guía múltiple sobre la
cual se alinean hasta quince moldes de hule intercambiables, diseñados a la
forma de la suela del zapato, posee la máquina un motor eléctrico incorporado,
sin marca ni otra identificación visible, trifásico, trescientos
sesenta-cuatrocientos veinte voltios, la cual responde por un millón
setecientos noventa mil doscientos cuarenta colones. D) Una máquina montadora
de puntas de zapatos, eléctrica, semiautomática, usada, fabricada en Estados
Unidos de Norteamérica, en color verde, de marca Internacional, tipo F, con la
serie número cinco mil setecientos cuarenta y cuatro, con un solo puesto de
trabajo que funciona mediante un sistema neumático, el cual sujeta la puntera
del zapato contra un soporte especialmente diseñado para éste efecto, posee
varios controles accionados mediante manivelas de funcionamiento manual, la
cual responde por novecientos noventa y siete mil ochocientos veinticinco
colones. E) Una máquina montadora de talones de zapatos, eléctrica,
semiautomática, usada, fabricada en Estados Unidos de Norteamérica, en color
verde, de marca internacional, tipo F, con la serie número cinco mil
ochocientos sesenta y siete, con un solo puesto de trabajo que funciona
mediante un sistema neumático, el cual sujeta el talón del zapato contra un
soporte especialmente diseñado para este efecto, posee varios controles accionados
mediante manivelas de funcionamiento manual, la cual responde por novecientos
noventa y siete mil ochocientos veinticinco colones. F) Un compresor de aire,
eléctrico de pistón, usado, fabricado en Italia, en color verde, de marca EBF,
tipo quince, con la serie número ciento veinticuatro, con un motor eléctrico
principal de marca Augusta Motore, tipo C. uno, con el número de serie mil
sesenta y dos, ciento diez voltios, dos mil r.p.m. con una potencia de uno
punto uno kilowatts y un tanque con capacidad para cincuenta litros, el cual
responde por veintiocho mil trescientos noventa colones. De no haber postores,
para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diecisiete horas cero
minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil doce, con las siguientes
bases para los bienes supracitados A)-Novecientos dieciocho mil ochenta y dos
colones con cincuenta céntimos. B)-Novecientos dieciocho mil ochenta y dos
colones con cincuenta céntimos. C)-Un millón trescientos cuarenta y dos mil
seiscientos ochenta colones. D) Setecientos cuarenta y ocho mil trescientos
sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos. E)-Setecientos cuarenta y
ocho mil trescientos sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos.
F)-Veintiún mil doscientos noventa y dos colones con cincuenta céntimos,
(rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las diecisiete horas cero minutos del doce de diciembre del año dos mil
doce, con las siguientes bases para los bienes supracitados: A)-Trescientos
seis mil veintisiete colones con cincuenta céntimos. B)-Trescientos seis mil
veintisiete colones con cincuenta céntimos. C)-Cuatrocientos
cuarenta y siete mil quinientos sesenta colones. D) Doscientos cuarenta y nueve
mil cuatrocientos cincuenta y seis colones con veinticinco céntimos.
E)-Doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y seis colones con
veinticinco céntimos. F)-Siete mil noventa y siete colones con cincuenta
céntimos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de contra Exp. 09-030287-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 11 de setiembre del 2012.—Lic. Ernesto Suárez
Chavarría, Juez.—(IN2012094755).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas
con treinta minutos del siete de noviembre del dos mil doce, y con la base de
cuarenta y ocho millones quinientos cincuenta y seis mil cuarenta y cuatro
colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 39500-000 la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con
A las 15:00
horas del 1º de noviembre del 2012, en la puerta exterior del local que ocupa
este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y
anotaciones, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas
0311-00016270-01-0901-00, y con la base de $80.000,00 en moneda de curso legal
de los Estados Unidos de Norteamérica, remataré: finca inscrita en propiedad
del partido de Alajuela, folio real matrícula número 165994-000, que es terreno
de repastos, distrito diez Venado, del cantón diez San Carlos, de la provincia
de Alajuela. Linda: al norte, Maria Nery Solano Rojas; sur, Río Nilo y Carlos
Pérez Conejo, este, calle pública con
A las catorce
horas cuarenta y cinco minutos del primero de noviembre de dos mil doce, en la
puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de
gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, pero soportando reservas y
restricciones bajo los tomos 311 y 370, asientos 16270, 14936 respectivamente,
y soportando plazo de convalidación bajo el tomo 573 y asiento 87371, y con la
base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor de la actora, sea la base
de $80.000,00 en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica,
remataré: finca inscrita en propiedad del partido de Alajuela, folio real
matrícula número 349032-000, que es terreno de repastos, distrito diez Venado,
del cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte,
Mainor Pérez Soto, Geiner Pérez Conejo; al sur, Ovidio Pérez Conejo; al este,
Mainor Pérez Soto; calle pública, y al oeste, Río Nilo. Mide: ciento cincuenta
y un mil ciento setenta y nueve metros con cuarenta y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de
la base original, sea la base de $60.000,00 en moneda de curso legal de los
Estados Unidos de Norteamérica, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco
minutos del dieciséis de noviembre de dos mil doce. Para el tercer remate y con
la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de
$20.000,00 en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, se
señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del tres de diciembre de dos
mil doce. Se remata por ordenarse así en Exp. Nº 10-101069-297-CI, ejecución
hipotecaria de
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y
treinta minutos del seis de noviembre del dos mil doce, y con la base de
cincuenta y dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección
de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos
treinta y dos mil cuatrocientos noventa y cuatro-cero cero cero, la cual es
terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01
Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
noreste, Sociedad San Vicente Paul; al noroeste, lote ocho de Urbanización Los
Murillo S. A.; al sureste, lote diez de Urbanización Los Murillo S. A. y al
suroeste, calle pública con diez metros de frente. Mide: trescientos cuarenta y
cinco metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil
doce, con la base de treinta y nueve millones de colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas
y treinta minutos del seis de diciembre del dos mil doce con la base de trece
millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Roy Morales Sánchez. Exp. Nº 12-018222-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, 6 de setiembre del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz,
Jueza.—RP2012323748.—(IN2012094869).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios a las catorce horas
y quince minutos del cuatro de diciembre del dos mil doce, y con la base de
doscientos cincuenta y tres mil treinta y seis dólares con treinta y seis
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, filial matrícula número 16227-F-cero cero cero, la cual es terreno
con apartamento numero cinco, de dos plantas, debidamente construido y
terminado. Situada en el distrito San Rafael, cantón Escazú, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, área común en medio apartamento cuatro; al sur,
área común en medio apartamento seis; al este, Adilio León Madrigal y área
común y al oeste, área común. Mide: ciento veintinueve metros con siete
decímetros cuadrados. Plano: SJ-1090964-2006. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y quince minutos del diecinueve de diciembre de dos mil doce,
con la base de ciento ochenta y nueve mil setecientos setenta y siete dólares
con veintisiete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del diecisiete de
enero de dos mil trece con la base de sesenta y tres mil doscientos cincuenta y
nueve dólares con noventa y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC (Costa Rica)
S. A., contra José Luis Víquez Rodríguez, Viñadora Ocre V D O S. A. Exp. Nº
11-019556-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro I Circuito Judicial de San José, 18 de setiembre del 2012.—Lic.
Natalie Palma Miranda, Jueza.—RP2012323826.—(IN2012094871).
En la puerta
exterior de este Despacho soportante hipoteca de primer y segundo grado en
favor del Banco Nacional de Costa Rica y soportando servidumbre trasladada, a
las once horas y veinte minutos del veintiuno de noviembre de dos mil doce, y
con la base de dos millones setenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
137019-000 la cual es terreno para construir lote Ñ 5. Situada en el distrito
10 Llano Grande, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago, Colinda: al
norte, lote A 4; al sur, Antonio Marín Solano y otro al este, calle pública y
al oeste, lote A 2. Mide: doscientos ochenta y dos metros con nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y veinte minutos
del seis de diciembre de dos mil doce, con la base de un millón quinientos
cincuenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y veinte minutos
del veintiuno de diciembre del dos mil doce, con la base de quinientos
diecisiete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inversiones Familiares Gapa IFG Sociedad Anónima contra Jorge Leandro Quirós.
Exp. Nº 12-008559-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial de Cartago, 21 de setiembre del 2012.—Lic. Gonzalo Gamboa
Valverde, Juez.—RP2012323855.—(IN2012094874).
En la puerta
exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y
veinticinco minutos del veintitrés de octubre del dos mil doce y con la base de
dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Publico, Partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veintiséis
mil quinientos veinticuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir
lote C-14. Situada en el distrito tercero, San Francisco, cantón primero
Heredia de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Asociación Vivienda
Barreal de Heredia; al sur, lote C-3; al este, lote C-13; y al oeste, lote C-1.
Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas veinticinco minutos del trece de noviembre del dos mil doce, con la
base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas
veinticinco minutos del veintiocho de noviembre del dos mil doce, con la base
de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Salvador Corrales Araya contra Usbaldo
De Jesús Moreno González. Expediente: 11-006389-1170-CJ.—Juzgado
Civil de Heredia, 10 de agosto del 2012.—Lic. María Inés Mendoza Morales,
Jueza.—(IN2012095641).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones; a las catorce
horas treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil doce, y con la base
de dos millones quinientos sesenta y dos mil seiscientos noventa colones con
noventa y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placas: 754405, marca: Nissan, categoría: automóvil, VIN: 1N4AB42D7VC501274,
año: 1997, color: blanco. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
treinta minutos del doce de noviembre del dos mil doce, con la base de un
millón novecientos veintidós mil dieciocho colones con veinticuatro céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil
doce, con la base de seiscientos cuarenta mil seiscientos setenta y dos colones
con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda,
que en caso de hacer el deposito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque
certificado (artículo 23 Ley de Cobro Judicial) a nombre de la persona que hace
la postura. Se remata por ordenarse así en Proceso ejecución prendaria de Marco
Antonio Rodríguez Esquivel contra Guido Mauricio Avendaño Arguedas. Expediente
Nº 12-002028-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial de Cartago, 30 de agosto del año 2012.—Lic. Guillermo
Guevara Solano, Juez.—(IN2012095961).
En la puerta
exterior de este despacho; soportando gravámenes y anotaciones, con citas de
inscripción: tomo: ochocientos, asiento: seiscientos cincuenta y cuatro,
sumaria: 08-003807-1044-CJ, tipo: embargo, tomo: ochocientos, asiento:
setecientos dieciocho, sumaria: 03-003747T1044-CJ, tipo: embargo, tomo:
ochocientos, asiento: seis mil noventa y nueve, sumaria: 08-027479-1044-CJ,
tipo: embargo, tomo: dos mil ocho, asiento: ciento noventa mil cien, sumaria:
08-000576-183-CI, tipo: embargo; a las ocho horas del veinticuatro de octubre
del dos mil doce y con la base de treinta millones de colones, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo marca: Komatsu, categoría: equipo
especial genérico, carrocería: agropecuaria, estilo: PC2206Z, capacidad: una
persona, año: mil novecientos noventa y ocho, color: amarillo, número de motor:
225697, cilindrada: 5800 c. c., combustible: diesel, cilindros: seis, placa: EE
019211. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del ocho de noviembre
del dos mil doce, con la base de veintidós millones quinientos mil colones
(rebajada en un veinticinco por ciento; y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas del treinta de noviembre del dos mil doce, con la base de siete
millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Danilo Arias Salazar contra Luis Francisco Salas Arias.
Expediente: 11-000137-0507-AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de
Se convoca a
todos los interesados en la sucesión de Ana Maritza Solís Sánchez, quien fue
mayor, divorciada una vez, del hogar, vecina de Esparza, Puntarenas, cédula de
identidad número 6-0271-0913; a una Junta que se verificará a las nueve horas
del dos de noviembre del dos mil doce, para conocer de los extremos del
artículo 926 del Código Procesal Civil. Sucesorio N° 08-100062-0437-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 14 de
setiembre de 2012.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—1
vez.—RP2012323884.—(IN2012095544).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 12-000494-0295-CI donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Administradora del Acueducto
del Barrio Latino, cédula jurídica 3-002-202256, representada por Carlos
Alberto Alfaro Benavides, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino
de Barrio Latino de Grecia, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número 2-432-304, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de
Se hace saber: que el señor
Alonso Santa García, mayor, colombiano, residente permanente, pensionado,
vecino de Aserrí, frente a Muebles Pentágono, cédula de residencia uno uno
siete cero cero cero cero cinco cinco siete uno dos, ha establecido diligencias
de Información Posesoria para inscribir a su nombre la finca sin inscribir que
se describe así: naturaleza: terreno para construir, situado en Salitrillos,
distrito: siete, cantón: seis, Aserrí, de la provincia de San José. Linda: al
norte, con servidumbre de paso en medio con María Ilse Barboza Monge; al sur,
con Jorge Sánchez Villalobos; al este, con calle pública con un frente a ella
de trece metros con setenta y nueve centímetros lineales; y al oeste, con Senen
Barboza Monge. Mide: cuatrocientos cincuenta y siete metros cuadrados, según
plano catastrado Nº SJ-1541811-2011 de fecha 1 de diciembre del 2011. Se cita a
los interesados para que dentro de un mes a partir de la publicación se
presenten a reclamar sus derechos. Exp. 12-100198-217-CI, Información Posesoria
promovida por Alonso Santa García.—Juzgado Civil y
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 4 de
setiembre de 2012.—Lic. Luis Carlos Arana Oronó, Juez a. í.—1
vez.—RP2012323583.—(IN2012094286).
Miguel Bustamante Artavia, mayor,
casado una vez, agricultor, vecino de Guayabo de Mora, cédula de identidad
número uno-cuatrocientos setenta y siete-quinientos dieciséis, promueve
diligencias de Información Posesoria para que se ordene al Registro Público de
Evelia del Carmen Badilla Sibaja,
mayor, casada una vez, empleada de
Se hace saber:
que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000051-0815-AG donde se
promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Carlos Luis Miranda
Chavarría quien es mayor, estado civil casado una vez, comerciante, vecino de
Desamparados de San Mateo de Alajuela, portador de la cédula de identidad
vigente número 2-292-007, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 12-000008-0391-AG/4 donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Otilio Martínez Martínez
quien es mayor, soltero, agricultor, vecino de Santa Cruz, Veintisiete de
Abril, cédula 5-0204-
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 11-000329-0341-CI donde se promueve
diligencia de Información Posesoria por parte de Hilda María Barrios Monge
quien es mayor, estado civil soltera en unión de hecho, vecina de
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente Nº 11-000358-0188-CI, donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Asociación de Acueducto de
San Pedro de P.Z., cédula jurídica tres-cero cero dos-dos dos cuatro nueve
cinco seis, con domicilio en Pérez Zeledón, San Pedro, frente a la plaza de
deportes, representada por Manuel Barrantes Sánchez, cédula número
uno-cuatrocientos ocho-novecientos diez, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 11-000168-0993-AG donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Lidio Chavarría Alvarado
quien es mayor, casado una vez, vecino de Zaragoza de Palmares, portador de la
cédula de identidad 2-261-117, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 12-000120-0507-AG donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Guillermo Valenciano Ortega
quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Jiménez de Pococí,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número siete-cero
cincuenta y uno-quinientos setenta, profesión agricultor, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de
Se hace saber
que ante mí, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó, Roberto Murillo
González, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad
número: cuatro-cero cuarenta y uno-tres mil ochocientos setenta y cuatro; quien
era vecino de
Se hace saber
que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio intestado extrajudicial de María
Claricia Castillo Rojas, quien fue mayor, casada una vez, separada de hecho,
estilista, cédula de identidad número dos-cero doscientos cincuenta y tres-cero
ochocientos veintisiete, vecina de San Rafael de Alajuela, en urbanización Los
Portones, de la entrada principal trescientos metros al sur y doscientos al
sureste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en
Alajuela, calle 10, avenidas central y primera, en Centro Comercial Jorge
Ávila, local número once, a hacer valer sus derechos, con apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número
0001-2012.—Alajuela, 20 de setiembre del 2012.—Lic.
María Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—1
vez.—(IN2012094737).
Se hace saber
que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Cristina Díaz
Flores, quien fuera mayor, viuda, vecina de Liberia, con cédula de identidad
5-144-305. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 12-000174-0944-CI.—Juzgado Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 31 de
agosto del 2012.—Lic. Maritza Auxiliadora Matarrita Álvarez, Jueza.—1 vez.—(IN2012094743).
Con treinta
días de plazo, se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás
interesados en el proceso sucesorio N° 11-100045-240-CI (47-11) de Jason José
Farrier Wilson, quien en vida fue mayor, costarricense, soltero, ayudante de
mecánica, vecino de Ciudad Colón, cédula de identidad número 1-1239-732; para
que dentro del mismo plazo se apersonen ante este Juzgado con el fin de que
hagan valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren la herencia
pasará a quien demuestre su derecho. Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Mora, 23 de enero del 2012.—Lic. Marvin
Jarquín Sancho, Juez.—1 vez.—(IN2012094764).
Se emplaza a todos los
interesados en el presente proceso sucesorio del señor Guillermo Lizano Murcia,
quien fue mayor, casado, vecino de San José, Barrio Luján, El Cerrito del Bar
La Última 100 este y 50 sur, casa color terracota a mano izquierda,
costarricense, para que comparezcan dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto a hacer valer sus derechos, bajo
apercibimiento de que en su omisión, la herencia pasará a quien corresponda,
sin perjuicio de tercero de mejor derecho. Exp. 2012-000155-222-CI. Sucesión de
Guillermo Lizano Murcia, albacea provisional Jeannette Monge Sánchez.—Juzgado Tercero de Menor Cuantía de San
José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del diecisiete de setiembre
del dos mil doce.—Lic. Yesenia Solano Molina, Jueza.—1
vez.—RP2012323639.—(IN2012094877).
Mediante escritura pública de las
doce horas del veintisiete de setiembre del dos mil doce, correspondiente al
acta de apertura de sucesorio notarial, otorgada por María Elena Subirós
Brenes, mayor, viuda una vez, del hogar, cédula uno-doscientos
veinte-setecientos setenta, vecina de San José, Escazú, y Marta Eugenia López
Subirós mayor, divorciada dos veces, socióloga economista, portadora de la
cédula de identidad uno-cuatrocientos doce-trescientos setenta y cinco, vecina
de Santo Domingo de Heredia, y comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera José
Guillermo López Subirós, (en adelante el “Causante”) mayor, soltero, licenciado
en ciencias económicas, portador de la cédula de identidad uno-trescientos
setenta y uno-ciento noventa y nueve, fallecido el día diecinueve de enero del
dos mil doce en el centro, Central, Puntarenas. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de
Por única vez, se emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Yamilet María Arias Arias, quien en vida fue
mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 2-506-499, vecina de San Juan de
Peñas Blancas, San Ramón, Alajuela, para que dentro de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se apersonan dentro de ese lapso, aquella pasará a quien
corresponda. Exp. 12-100486-297-CI (3A). Sucesorio de Yamilet María Arias Arias.—Juzgado Civil y de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad
Quesada, 6 de agosto de 2012.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1
vez.—RP2012323661.—(IN2012094879).
Por única vez se emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Manuel Ulate Porras, quien fue mayor, casado,
cédula de 5-053-942, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, para que dentro de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-100683-0297-CI. Sucesorio judicial
del causante Manuel Ulate Porras.—Juzgado Civil y
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
San Carlos, Ciudad Quesada, 11 de setiembre de 2012.—Lic. Adolfo Mora Arce,
Juez.—1 vez.—RP2012323662.—(IN2012094880).
Por haberse ordenado así dentro
de expediente 12-000195-0164-CI que es proceso sucesorio de María del Carmen
Quilligan, quien fue mayor, casada, vecina Barrio Carit, San José, con cédula
de identidad 1-305-768 y de conformidad con lo previsto por el artículo 917 del
Código Procesal Civil, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores, y en
general a todos los interesados para que dentro del plazo de 30 días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, a las 11
horas 25 minutos del día 11 de setiembre del 2012.—Lic. Édgar Echegaray
Rodríguez, Juez.—1 vez.—RP2012323707.—(IN2012094881).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión testamentaria de la señora María Austelina Montoya
Segura , quien en vida fue, mayor, viuda, ama de casa, vecina de Puntarenas,
Esparza, El Barón de la entrada cuatrocientos veinticinco metros al este, para
que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos, que sino se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2012.—San
José, a las ocho horas del veintisiete de setiembre del dos mil doce.—Lic.
Flora Virginia Alvarado Desanti, Notaria.—1
vez.—(IN2012095166).
Se cita y
emplaza a todos los que tuvieren interés en el depósito judicial de los menores
José Gabriel Zúñiga Mora, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo
de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. A su vez, se avisa al señor Juan Gabriel Zúñiga Salas, padre
registral del citado menor, que dicho proceso se tramita en este Juzgado bajo
el expediente Nº 12-400602-0924-FA (Ni. 611-12), promovido por
PUBLICACIÓN DE
UNA VEZ
Se le hace
saber a los tenedores de las cédulas hipotecarias que pesan sobre el partido de
San José, matrícula 00074980-000, que en proceso ejecutivo simple
07-002237-0180-CI-0 de Iván Alfonso Aguilar Zúñiga contra Adrimaga S. A., el
cual se tramita en el Juzgado Primero Civil de San José, y que en dicho proceso
se dictó la siguiente resolución: Juzgado Primero Civil. San José, a las nueve
horas del dieciocho de setiembre del dos mil doce. A fin de sacar a remate
libre de gravámenes hipotecarios, la finca inscrita en
Se hace saber
al señor Clarence Mateo Todd Buens, mayor, casado, costarricense, cédula
1-288-389, de demás calidades desconocidas, que en este despacho se tramita el
proceso número 12-400937-637 FA, que es abreviado de divorcio de María German
Gómez Chacón en su contra Clarence Mateo Todd Buens. Se concede por el plazo de
diez días a efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición
correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la
indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr
tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto.
Se previene a la parte accionada, señalar medio para recibir notificaciones,
caso contrario después de tres días de publicado el presente edicto, comenzará
a aplicar la notificación automática.—Juzgado de
Familia de Desamparados, 11 de setiembre del 2012.—Lic. Luz Marina Solís
Poveda, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012094556).
Se avisa a la
señora Gerardina Bejarano Arrieta c.c. María Elena Bejarano Arrieta, mayor,
cédula 2-703-0477, costarricense y demás calidades desconocidas, que en este
juzgado, se tramita el expediente 12-000427-0673-NA, correspondiente a
diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de
Se hace saber
que ante este Despacho se tramitan diligencias de disolución de
Se hace saber que ante este
Despacho se tramitan diligencias de cambio de nombre promovidas por Luis
Alejandro Brenes Castillo, mayor, soltero, técnico en turismo, vecino de
Desamparados, San Antonio, Urbanización Uetares, casa 66-O, de
Se hace saber a Valeria Cecilia
Huarcaya Osorio, mayor, peruana, documento de identidad P1944317, de demás
calidades desconocidas, que en este Despacho se tramita el abreviado de
divorcio, N° 12-400920-637-FA, de Keylor Cordero Navarro en su contra. Se
concede a Valeria Cecilia Huarcaya Osorio el plazo de diez días a efecto de que
se apersone para contestar o formular la oposición correspondiente con la
indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los
testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después
de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la
parte accionada, señalar medio para recibir notificaciones, caso contrario se
aplicará a las resoluciones que se dicten la notificación automática.—Juzgado de Familia de Desamparados, 28 de agosto de
2012.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—RP2012323732.—(IN2012094892).
Msc. Ana Belly Umaña Quesada
Jueza del Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San
Ramón; hace saber que en este Despacho se interpuso un proceso insania a favor
de Pedro José Salguero González bajo el expediente número 11-000549-0688-FA
donde se dictó la sentencia que literalmente dicen: sentencia número 205-12.
Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón. A las
diez horas y cincuenta y seis minutos del cinco de julio del dos mil doce.
Proceso de actividad judicial no contenciosa de insania promovido por Vilma
María Salguero González, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Juan
de San Ramón, cédula de identidad 1-415-286, en favor de Pedro José Salguero
González, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Patarrá de Desamparados,
San José, cédula 1-363-081. Se tiene como parte a
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Manuel Alejandro
Reyes Orozco, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se
presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a
partir de esta publicación. Proceso de insania de Blanca Orozco Rivas en favor
de Manuel Alejandro Reyes Orozco. Expediente número 12-002136-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2012.—Lic.
Karol Vindas Calderón, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2012095138).
Lic. Carlos E. Valverde Granados
Juez del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Raúl Gonzalo Sancho
Solórzano, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra,
bajo el expediente número 12-001559-0364-FA donde se dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: Juzgado de Familia de Heredia. A las catorce horas y
cincuenta y un minutos del seis de setiembre del año dos mil doce. De la
anterior demanda abreviada establecida por el
accionante Paula Andrea Gómez Restrepo, se confiere traslado a la accionado
Raúl Gonzalo Sancho Solórzano por el plazo perentorio de diez días, para que se
oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo
de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los
fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda,
deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En
la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en
su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se
referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer
escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las
sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda
efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo
236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro
del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de
insania de Bernardo Carlos Mendoza Torres. Expediente número 12-000583-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, Liberia, 6 de setiembre del 2012.—Msc. Eddy
Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012095150).
Han comparecido
a este Juzgado solicitando contraer matrimonio civil, Miguel Ángel Urbina
Juárez, mayor, de sesenta y ocho años de edad, estado civil divorciado, de
nacionalidad costarricense, cédula de identidad 600640925, vecino de
Alajuelita, Concepción Arriba del Técnico don Bosco 150 norte 50 este casa
número 10, hijo de Pedro Urbina Miranda, nicaragüense y Ángela Juárez Acevedo
costarricense; y la segunda Sonia María Alfaro Mora, mayor, de cincuenta y dos
años de edad, estado civil divorciada, profesión u oficio ama de casa, de
nacionalidad costarricense, cédula de identidad 105640351, vecina de
Alajuelita, Concepción Arriba del Técnico don Bosco 150 norte 50 este casa
número 10, hija de Luis Alfaro Araya y Carmelina Mora Murcia, ambos de
nacionalidad costarricense. Si alguna persona tuviere conocimiento de algún
impedimento legal para la realización de este acto, deberá comunicarlo a este
Despacho dentro de los ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto en el Boletín Judicial. Expediente número 12-100098-0251-CI.—Juzgado Contravencional Menor Cuantía de Alajuelita,
27 de setiembre de 2012.—Lic. Seilin López González, Jueza.—1
vez.—RP2012323612.—(IN2012094295).
Wálter Porras
Villafuerte y Anabelle de los Ángeles Jiménez Chinchilla, cédula por su orden:
6-0245-0786 y 1-0729-0304; vecinos de San Juan de Dios de Desamparados, desean
contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición
de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro
de los ocho días luego de esta publicación.—Juzgado
de Familia Desamparados.—Lic. Maureen Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—RP2012323436.—(IN2012094296).
Han comparecido
ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes
Benjamín Antonio Jirón Córdoba y Blanca Rosa Quesada Pérez, ambos mayores de edad,
él divorciado y ella soltera, vecinos de barrio Las Brisas de Liberia, maestro
de obras y estudiante, cédula de identidad 0205140349 y 0205830232. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de matrimonio) Exp. 12-000607-0938-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste Liberia, 17 de
setiembre del 2012.—MSc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—(IN2012094596).
Han comparecido
ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Jonathan
Morales Villanueva, quien es mayor, soltero, de 21 años de edad, oficio agricultor,
portador de la cédula de identidad número 1-1440-953, hijo de María Morales
Villanueva, costarricense, vecino de Palenque El Sol de Guatuso
Han comparecido
ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores suscritos
Juan Rafael Elizondo Benavides, quien es mayor, soltero, de 34 años de edad,
oficio agricultor, portador de la cédula de identidad número 2-532-761, hijo de
Lilliam Elizondo Benavides, costarricense, vecino de Palenque del Sol, Guatuso,
Rodrigo Arroyo
Monge y Gilda María Calvo Madrigal, cédula por su orden: 1 332 912 y 2 326 676;
vecinos de San José, Desamparados, desean contraer matrimonio y afirman reunir
todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe
ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación.—Juzgado de Familia de Desamparados.—Lic. Maureen
Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—(IN2012094706).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Jefrey Isaac
Vindas Cubillo, mayor, soltero, vecino de Colina Curridabat, cédula de
identidad uno-cero nueve cero tres-cero siete dos tres, costarricense,
transportista, con treinta y siete años de edad nació en Hospital Central de
San José, el día cinco de marzo de mil novecientos setenta y cinco, hijo de
Lilliam Vindas Cubillo, nacionalidad costarricense vecina de López Mateo y
Elvira Juárez Valerín, mayor, de cuarenta y cuatro años, ama de casa,
divorciada, cédula uno-cero siete cuatro cinco-cero nueve cero nueve, nació en
Hospital Central San José, el día veintiuno de setiembre de mil novecientos
sesenta y ocho, vecina de Residencial Umara, López Mateo, hija de Suny Juárez
Valerín nacionalidad costarricense, vecina de Guanacaste. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del
término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de Matrimonio) Expediente Nº 2012-400587-0216-FA.—Juzgado
de Familia de Hatillo, 26 de setiembre del 2012.—Lic. Milena Peña Salas,
Jueza.—1 vez.—RP2012323781.—(IN2012094893).
Allan Esteban Rivera Barboza y
Verónica Julieth Cascante Mora, cédula por su orden: 1-1356-0800 y 1-1493-0352;
vecinos de Los Guido de Desamparados, desean contraer matrimonio y afirman
reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés
legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego
de esta publicación.—Juzgado de Familia
de Desamparados.—Lic. Maureen Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—RP2012323848.—(IN2012094894).
Los señores Joseph Mauricio
Ramírez Navarro, portador de la cédula de identidad número uno-mil trescientos
cuarenta y dos-cuatrocientos cuarenta y cuatro y Wendy Patricia Sandoval Acuna,
portadora de la cédula de identidad número uno-mil trescientos sesenta y
dos-cero treinta y seis, han solicitado a la suscrita notaria la celebración de
su matrimonio civil. Así mismo los señores Josué Eliécer Carrillo Castillo,
portador de la cédula de identidad número cinco-trescientos cincuenta y
ocho-ochocientos sesenta y Susan Esther Chacón Rivera, portadora de la cédula
de identidad número cuatro-doscientos siete-ciento setenta y seis, han
solicitado a la suscrita notaria la celebración de su matrimonio civil. Si
alguna persona tuviere conocimiento de algún impedimento legal para la
celebración de este matrimonio, deberá manifestarlo a esta notaría dentro de
los ocho días siguientes a la publicación de este edicto al fax 2279-2782 o en
mi despacho San José, Granadilla Norte de Curridabat de la iglesia católica
doscientos metros este, frente a Condominio Bosque Verde.—San
José, 28 de setiembre del 2012.—Lic. Flor de María García Solano, Notaria.—1 vez.—RP2012323678.—(IN2012094895).
Han comparecido ante este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Mónica Priscilla Tenorio
Arias, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 1-1483-0309,
vecina de Platanares de Moravia, hija de Mario Enrique Tenorio Quirós y María
Isabel Arias Méndez, nacida en Carmen Central San José, el 07/11/1991, con
veinte años de edad y Pablo David Herrera Rojas, mayor, soltero, adiestrador de
caballos, cédula de identidad número 1-1462-0414, vecino de Platanares de
Moravia, hijo de Gilbert Herrera Mata y Rosemary Rojas Fernández, nacido en
Hospital Central San José, el 04/04/1991, actualmente con veintiuno años de
edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento
legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 12-002113-0165-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San
José, 31 de agosto del 2012.—Lic. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012095139).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Bernardo Alonso
Coto Villalta, mayor de edad, soltero, mecánico, cédula de identidad número
0304160459, vecino de Paraíso de Cartago, costado norte del Estadio de Paraíso,
casa número 08, color verde con verjas negras, hijo de Rafael Bernardo Coto
Solano y María Jeanneth Villalta Sanabria, nacido en Cartago, el 25/11/1986,
con 25 años de edad, y Vivian Melissa Quirós Román, mayor de edad, soltera,
estudiante, cédula de identidad número 0304290383, vecina de Paraíso de
Cartago, costado norte del Estadio de Paraíso, casa número 08, color verde con
verjas negras, hija de Ginneth Román Rojas y Marvin Quirós Chaves, nacida en
Cartago, el 14/07/1988, actualmente con 24 años de edad. Tenemos un hijo en
común de nombre Mathías Coto Quirós de siete meses de edad. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del
término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de Matrimonio) Exp. 12-001880-0338-FA.—Juzgado de
Familia de Cartago, 26 de setiembre del 2012.—Lic.
Patricia Cordero García, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2012095146).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes William Alberto
Torres Sánchez, mayor de edad, soltero, auxiliar contable, cédula de identidad
número 0303990161, vecino de El Pedregal, Loyola de Cartago,
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes José Danilo
Serrano Hernández, mayor de edad, soltero, chofer de trailer cédula de
identidad número 0109840564, vecino de Tejar de El Guarco, Cartago,
Lic. Silvia Cubillo Díaz, Fiscal
Coordinadora de Fiscalía del Juzgado Penal de Cartago, al ser las nueve horas con
veinte minutos del día de hoy once de setiembre del dos mil doce. En vista que
el aquí codemandado civil no es habido ya que su domicilio es impreciso, se ordena
notificar al co-demando civil Juan Pereira Álvarez, portador del documento de
residencia numero 155806643603, la presente resolución: Se señala audiencia
preliminar Juzgado Penal de Cartago, al ser las nueve horas y dieciocho minutos
del once de setiembre del año dos mil doce. Visto el requerimiento acusatorio
formulado por el Lic. Fabián Barahona Ortega, en su calidad de representante
del Ministerio Público, en contra de Randall Ramírez Méndez, en perjuicio de
María Félix Castillo Mendoza, por el plazo de cinco días se pone a disposición
de las partes, las actuaciones, y evidencias reunidas durante
Fiscalía
Adjunta del Primer Circuito Judicial de
A las nueve
horas del cuatro de setiembre del dos mil doce. Lic. Armando Fonseca Madrigal,
Fiscal Auxiliar de Pococí, hace saber que en la causa número 11-000150-485-PE,
seguida contra Eduardo Martínez Aguilar por el delito de lesiones culposas, se
encuentra la resolución que literalmente dice: traslado de acción Civil
Resarcitoria. Fiscalía Adjunta de Pococí, al ser las nueve horas, cincuenta y
un minutos del diecisiete de febrero del dos mil doce. Habiéndose agotado todas
las vías para localizar a la codemandada civil Clementina de los Ángeles
Fonseca Calvo se ordena notificar por edictos por tres veces consecutivas la
resolución de las nueve horas, cincuenta y un minutos del diecisiete de febrero
del dos mil doce, en la cual se ordena dar traslado de la acción civil resarcitoria
al codemandado civil Clementina de los Ángeles Fonseca Calvo esto de la causal
1-000150-0485-PE, por lesiones culposas, en perjuicio de Jimmy Fernández Durán.
Notifíquese.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito
de
PUBLICACIÓN DE
UNA VEZ
Lic. Guillermo
Gómez Picado, Fiscal Auxiliar en el Ministerio Público del Tercer Circuito
Judicial de Puriscal al señor Robert Vargas Hernández, mayor con número de
cédula 1-1042-846 en su calidad de presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de la empresa Adventure Rent a Car Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-356941, en su calidad de dueño registral
del vehículo 623272 marca Chevrolet se le hace saber: Que en el Legajo de
Acción Civil Resarcitoria número 10-942-278-PE de Candi Porras Díaz contra:
Giovanny García Alpízar por el delito de conducción temeraria y lesiones
culposas se ha dictado la resolución que literalmente dice: Comunicación por
edicto Ministerio Público de Puriscal. De las ocho horas con treinta minutos
del día veinticuatro de setiembre del dos mil doce. En vista que el
Co-demandado Civil Robert Vargas Hernández, con número de cédula 1-1042-846 en
su calidad de de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma de la empresa Adventure Rent a Car Sociedad Anónima es de domicilio
desconocido y con el fin de no causarle atraso en la resolución que cursa
Lic. Marjorie
Valenciano Arias Jueza Penal del Segundo Circuito Judicial, en la sumaria Nº
09-007457-0175-PE por Atípico contra ignorado en perjuicio de
Lic. Marjorie
Valenciano Arias, Jueza Penal del Segundo Circuito Judicial, en la sumaria Nº
09-006946-0175-PE por atípico contra ignorado en perjuicio de
Fiscalía
Auxiliar de San Joaquín de Flores, al ser las diez horas con cincuenta y un
minutos del diecinueve de setiembre del dos mil doce.—Siendo que en
Licenciada
Eliana Rojas Berrocal, Fiscala de