BOLETÍN JUDICIAL Nº 204 DEL 23 DE
OCTUBRE DEL 2012
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
CIRCULAR Nº 146-2012
ASUNTO: Manual de Procedimientos
y Fluxogramas relacionados con la aplicación de las audiencias tempranas en
Penal Juvenil.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES QUE CONOCEN MATERIA PENAL JUVENIL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión
Nº 55-12, celebrada el 5 de junio de 2012, artículo XLIII, dispuso comunicarles
que deberán aplicar obligatoriamente e incluso involucrar a todas las
instancias que participan en el proceso Penal Juvenil del siguiente “Manual de
Procedimientos y Fluxogramas de
Audiencias Tempranas en Penal Juvenil”:
MANUAL
DE PROCEDIMIENTOS Y FLUJO DE PROCESOS EN MATERIA PENAL JUVENIL (AUDIENCIAS
TEMPRANAS).
PASO |
RESPONSABLE |
DESCRIPCIÓN |
OBSERVACIONES |
1 |
Ministerio Público |
1·• Remite denuncia (delitos sexuales, patrimoniales, robos, hurtos
contravenciones y otros) al buzón electrónico de la Coordinadora o
Coordinador Judicial del Juzgado Penal
Juvenil, a través Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales
(S.C.G.D.J.) 2 |
• Se considera que
debido a la disposición de equipos informáticos lo recomendable es que esta
denuncia se reciba en el MP en soporte
audio-digital. |
(M.P.) |
|||
2 |
(M.P.) |
Remite los
expedientes impresos al Juzgado Penal Juvenil. Sea de manera digital o escrita debe
constar el apersonamiento de la Defensa. |
Como consecuencia de la anterior observación es
que el expediente digital se debe
trasladar en forma audio-digital al Juzgado Penal Juvenil. |
3 |
Técnica
o Técnico Judicial Manifestador
(T.J.M.) |
3Recibe expediente físicos junto con un listado que indica, información de las partes el tipo de asunto y motivo (sean desestimaciones, sobreseimientos o acusaciones) 4. Procede a sellar como recibido el listado. |
A partir del presente paso, se sugiere que el
expediente se encuentre en formato
audio-digital. |
4 |
Coordinadora o Coordinador Judicial |
Recibe los documentos y verifica que la
información remitida mediante itineración
por medio del S.C.G.J sea coincidente con el expediente, (tipo de
delito, intervinientes con domicilio actualizado, lugares de notificación,
asignación de número único, entre otros). Revisa los motivos de solicitud que
hace la Fiscala o Fiscal, sean desestimación
sobreseimientos, acusaciones u otros, anotando en el libro manual o electrónico su ingreso. |
Es importante que se mejoren los sistemas
informáticos de gestión con el objetivo que no deban realizarse controles
internos de forma manual. En estos casos el Departamento de Tecnología de la
Información deberá analizar el caso en concreto y establecer la o las mejoras. |
(C.J.) |
|||
5 |
|
Traslada a la Jueza o al Juez
los expedientes junto con su lista, según sea el caso para desestimar,
sobreseer, acusar u otro. |
Se sigue utilizando el expediente tipo
audio-digital |
(C.J.) |
|||
|
|||
6 |
Jueza o Juez |
Revisa los fundamentos de las solicitudes y
determina si procede o no la solicitud planteada por la Fiscala o el Fiscal
(desestimación, sobreseimiento u
otro). |
|
(JZ) |
|||
7 |
(C.J.) |
Recibe los expedientes y procede a devolver al
MP, los casos en los cuales la Jueza o el Juez determinó que no procede la desestimación o bien, los
casos en que sí procede. |
|
8 |
(CJ) |
Incorpora la información correspondiente y remite al MP utilizando como medio de
control el S.C.G.J los expedientes y
finaliza el proceso en el Juzgado. |
|
9 |
|
En los casos que sí procede, confecciona el acta de desestimación conforme a lo solicitado por el MP. Y traslada a la Jueza o al Juez los
expedientes para su aprobación y firma
del acta respectiva. En el caso de los
sobreseimientos confecciona la resolución para cada caso. |
|
10 |
(JZ) |
Revisa que el acta de desestimación sea coincidente con los expedientes valorados en el paso N°6. En el caso de los sobreseimientos revisa la resolución. |
|
11 |
(C.J.) |
Solicita, vía telefónica, la presencia de la
Fiscala o el Fiscal Penal Juvenil al
Juzgado, para la firma de las actas de desestimación o sobreseimientos. |
Se recomienda que la audiencia de la
desestimación se realice con la presencia de la Fiscala o el Fiscal para
evitar, entre otros puntos, traslado de documentos innecesarios y registros
en los sistemas estadísticos. En el fondo
lo que se recomienda es depurar la
lista que envía la Fiscala o el Fiscal a la
Jueza o Juez. |
12 |
JZ-
Fiscala o Fiscal (F) |
Firman el acta de desestimación o la resolución. |
|
13 |
(C.J.) |
Mediante el S.C.G.J procede a realizar los
comunicados y notificaciones que correspondan y se remiten por esa misma vía
a la Oficina de Comunicaciones Judiciales (OCJ) para que realice la gestión
junto con el expediente. |
|
14 |
Oficina de
Comunicaciones Judiciales (OCJ) |
Realiza las notificaciones respectivas y traslada el resultado sobre
si se realizó o no la gestión. |
|
15 |
(C.J.) |
Indica en el S.C.G.D.J. y en el libro de
ingreso que el expediente se encuentra
en condición de terminado y los
archiva. |
|
16 |
(C.J.) |
En las acusaciones verifica que la persona menor de edad imputada o imputado se
encuentre identificada o identificado, o en ausencia. Cuando son por acción
privada, se crea el expediente electrónico. |
Se recibe las acusaciones por acción privada en soporte digital. |
17 |
(C.J.) |
Traslada
a la Técnica o Técnico Judicial
los casos en que la persona menor de
edad imputada se encuentra ausente. |
|
18 |
Técnica o Técnico Judicial |
Si es en ausencia realiza el decreto y
emite una orden de localización
y presentación a los citadores judiciales, asimismo, realiza la solicitud de
Defensora Pública o Defensor Público y
las traslada a la Jueza o al Juez. |
Se debe constatar el apersonamiento de la
Defensa. |
(T.J.) |
|||
19 |
(JZ) |
Revisa y firma los decretos de ausencia y la
solicitud de Defensora Pública o Defensor Público. |
|
20 |
(C.J.) |
Identifica el caso en el S.C.G.D.J. en la condición de
la persona menor de edad. |
|
21 |
(T.J.) |
Realiza los controles pertinentes en el sistema
S.C.G.D.J. como
por ejemplo la ubicación del expediente y lo traslada a la casilla que
corresponda. |
|
22 |
(C.J.) |
Las acusaciones cuya persona menor de edad
imputada se encuentra, se trasladan a
la Jueza o al Juez. |
|
23 |
(JZ) |
Valora el caso,
lo señala para audiencia
temprana. |
|
24 |
(T.J.) |
Confecciona la resolución de audiencia temprana,
el señalamiento, las citas, las
notificaciones al PANI, verifica si el caso tiene asignado Defensora o
Defensor, y si no lo tuviera formula la solicitud de apersonamiento. |
|
Si existe teléfono consignado de la parte
ofendida o parte acusada dentro del expediente, el Juzgado lo puede hacer por ese medio y se deja
constancia. |
|||
|
|||
25 |
(JZ) |
Revisa y firma lo que corresponde. |
|
26 |
(T.J.) |
Distribuye dentro del Juzgado los
documentos correspondientes para hacer
las gestiones pertinentes por medio del S.C.G.J, excepto en los casos donde
se deban realizar citaciones o
solicitud de la Defensora Pública o Defensor Público, en cuyo caso la documentación se traslada al Auxiliar de Servicios
Generales. |
|
27 |
Auxiliar de Servicios
Generales 2(ASG) |
Lleva a la OCJ, u otras oficinas la
documentación de las citaciones o solicitud de la Defensora Pública o
Defensor Público. |
|
28 |
(T.J.) |
El día señalado de la audiencia, verifica la
asistencia de las partes (persona menor imputada, víctima), les solicita las cédulas de identificación,
las citas, y verifica la asistencia de la
Fiscala o fiscal y Defensora o Defensor, asimismo, para la apertura
del equipo de grabación, aplica el procedimiento establecido para estos casos
y traslada las partes al lugar donde se realizará la audiencia oral. |
|
29 |
(JZ) |
En la audiencia temprana, se brinda el espacio
para que el Ministerio Público y
Defensa; la Jueza o el Juez, examinen la pieza acusatoria para admitirla o
rechazarla |
En este caso se sugiere tener en cuenta la
filosofía de la justicia restaurativa. |
30 |
(JZ) |
Si la acusación contiene elementos de forma que
corregir, solicita a la Fiscala o Fiscal que proceda a su corrección de
inmediato, lo cual puede realizar en forma oral, sin afectar que la acusación
se haya presentado por escrito. |
|
31 |
(JZ) |
Si la acusación contiene defectos de fondo dicta
el Sobreseimiento definitivo. |
|
32 |
(JZ) |
Si la acusación no contiene defectos de forma
(corregidos en el paso N°30) o fondo dicta la procedencia de la
acusación. Consulta a la Víctima o la
persona menor de edad imputada si desean
optar por una medida alterna, sea
conciliación, suspensión del proceso a prueba o un procedimiento abreviado. |
|
33 |
(JZ) |
Si se acuerda una conciliación, la Jueza o el
Juez procede a homologar los acuerdos. Si la conciliación es sin sujeción a
plazo, la Jueza o Juez procede al dictado de la sentencia de Sobreseimiento
Definitivo. |
|
34 |
(T.J.) |
Al finalizar la grabación de la audiencia oral,
procede a confeccionar una minuta, que indica las personas presentes, la
solicitud de conciliación que se obtuvo, el acuerdo que se llegó y la
homologación realizada. |
|
35 |
(JZ) |
Si fracasa la conciliación, se procede a recabar
la declaración (indagatoria) de la persona menor de edad imputada. |
|
36 |
(C.J.) |
Recibe los datos
de la indagatoria y los incorpora en el S.C.G.D.J. y traslada el
expediente (electrónico). |
En el expediente electrónico no se incorpora la indagatoria porque se hizo oral, únicamente lo que se hace es la observación a través de una minuta. (Incorporar los datos de la Minuta) |
37 |
(JZ) |
Si las partes aceptan la suspensión del proceso
a prueba, dicta la resolución oral admitiéndose algún instituto o centro de bien social, en caso
de ser necesario que la persona menor de edad imputada o imputado sea
admitida o admitido en algún programa de abordaje correspondiente o acorde con el delito, le
otorga un plazo razonable para que aporte la documentación en la que se
acredite que fue admitida o admitido en algún
programa, concluyendo así la audiencia. |
Aquí deberá de valorarse si se realiza de forma
oral utilizando los medios con los que se dispone para esos efectos. |
Si se cumple con todos los requisitos o si se
aporta toda la documentación necesaria para resolver de forma oral. |
|||
38 |
(T.J.) |
Termina la grabación y confecciona una minuta,
así como el oficio de solicitud de admisión de la persona menor imputada o imputado para el trabajo
comunal, mientras se cumple el plazo de proceso a prueba. |
|
39 |
(T.J.) |
Una vez vencido el plazo de suspensión del
proceso a prueba, traslada a la Jueza o el Juez el expediente (electrónico). |
|
40 |
(JZ) |
Dicta por escrito la suspensión del proceso a
prueba, la cual ordena o deniega la
suspensión del proceso. |
|
41 |
(T.J.) |
Realiza las notificaciones correspondientes las
cuales se notifican por escrito., o de forma electrónica si
existe la posibilidad. |
Aquí se podría trabajar para que esta se
traslade de forma electrónica a la OCJ |
42 |
(T.J.) |
Si se acoge la suspensión del proceso a prueba,
ubica el expediente en el S.C.G.D.J
como resolución intermedia (RI), y expide los oficios para las Trabajadoras o
los Trabajadores Sociales para la verificación del cumplimiento del plazo de
la suspensión del proceso a prueba. |
Estos oficios pueden ser remitidos de forma
electrónica aprovechando los beneficios de la firma digital. |
43 |
(JZ) |
Si no se acoge la suspensión del proceso a
prueba, la Jueza o el Juez resuelve
sobre la admisibilidad de un proceso
abreviado (si la persona menor de edad
imputada así lo decide) y si es
pertinente dicta en forma oral la sentencia, caso contrario estaría
notificando la resolución íntegra dentro del tercer día en los lugares
señalados. Si la sentencia va a otras instancias como apelación y/o casación,
la notificación se hace por escrito. |
En los casos que la Jueza o el Juez considere
que la sentencia la puede hacer oral, siempre y cuando se garantice que la
grabación pueda ser escuchada de forma correcta. Si la Jueza o el Juez determina que la sentencia es de tipo complejo se
recomienda que sea dictada de forma escrita. |
44 |
(T.J.) |
Confecciona las notificaciones y las traslada a
la Jueza o el Juez para que las firme. |
|
45 |
(JZ) |
Firma las notificaciones. |
|
46 |
(C.J.) |
Incorpora la información en el S.C.G.D.J. |
|
47 |
(T.J.) |
Notifica por medio del sistema de notificaciones
interna a la OCJ. |
|
48 |
(T.J.) |
Si existe prueba por recabar (dictamen de
criminalística lesiones, disparos) se esperara a que ingresen al Juzgado,
porque ya las solicitó el MP, quien
controlará el cumplimiento de los plazos, conforme Art 93 del la Ley de Justicia Penal Juvenil
(LJPJ).. Para los estudios social o psicológico, el
Técnico o la Técnica Judicial confecciona la
documentación requerida y se ordenan. |
Analizar la posibilidad de que se realice de
forma oral-digital |
|
En caso que sea necesario el Juzgado Penal
Juvenil podrá remitir los recordatorios que sean necesarios para efectos del
resultado de las pericias |
||
Si no es necesario recabar prueba, de forma
inmediata se realiza la citación o auto de apertura a juicio, conforme
el artículo 95 de la LJPJ, otorgándose
a las partes el plazo de cinco días hábiles para que ofrezcan prueba e
interpongan recusaciones. |
|
||
49 |
(JZ) |
Si dentro de la audiencia oral estando presente
todas las partes, renuncian al plazo de cinco días, (citado en el paso
anterior) y ofrecen en el acto la
prueba, la Jueza o el Juez admite o la rechaza , y señala para el debate
estableciendo el día y la hora en un plazo preferentemente, no mayor a quince
días. |
|
50 |
(T.J.) |
Cuando falta prueba para incorporar, una vez que
esta ingrese, se dicta por escrito la citación a juicio y vencido el plazo, se señala a debate y se
admite la prueba pertinente. La resolución se le notifica a través del
sistema de notificaciones internas a la Fiscala o Fiscal y a la Defensora o Defensor. |
|
|
|||
Realizan las citas para las testigos y los
testigos y las partes y se las traslada a la o el Auxiliar de Servicios Generales |
|||
|
|||
51 |
(JZ) |
En los casos complejos en que la sentencia se
dicte en forma escrita, se concluye el debate y señala hora y fecha para la
lectura o notificación integral de la
sentencia, la Jueza o el Juez realiza el por tanto y para la
lectura de la parte dispositiva señala en un tiempo moderado, casi siempre el
mismo día, y para la sentencia integral tres días. Realizada la notificación,
traslada el expediente ala Coordinadora o Coordinador Judicial. |
|
52 |
(C.J.) |
Registra el expediente como terminado en el
S.C.G.D.J. |
|
53 |
(JZ) |
Si dicta la sentencia en forma oral,
(contravenciones absolutorias, delitos comunes no complejos) lo hace en el
acto. Cuando concluye pasa el expediente
a la Coordinadora o Coordinador
Judicial. |
|
54 |
(C.J.) |
Registra el expediente como terminado en el S.C.G.D.J.
|
|
55 |
(T.J.) |
En la sentencia oral, se realiza una minuta con
los datos relevantes. |
|
Si el expediente se eleva a apelación, lo ubica
en la casilla respectiva, a la espera del vencimiento del plazo
correspondiente. Vencido el plazo se envía el expediente ante el Tribunal de
Apelación de la Sentencia. Si ninguna de las partes interpone recurso de
apelación contra la sentencia dictada, vencido el plazo de firmeza de la
misma, , prepara el expediente para enviarlo al
Juzgado de Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles. |
|||
56 |
(TJ) |
Prepara el o los testimonios
de piezas que se envían al Tribunal, para que conozca la apelación, previa
verificación de la fidelidad de la grabación de la audiencia y la resolución
apelada (en los casos que exista el recurso audiovisual) |
|
57 |
(CJ) |
Procede a realizar los
movimientos correspondientes para hacer constar que el expediente esta en
apelación y se lo traslada a la Auxiliar o el
Auxiliar de Servicios Generales. |
|
58 |
Aux. Serv. Grales |
Realiza el efectivo envío del
testimonio de piezas al Tribunal de Apelaciones de la Sentencia, junto con el
CD donde consta la audiencia y la resolución que se apeló. |
|
59 |
Defensa Técnica(DT) |
En cualquier estado del
proceso, la Defensa Técnica de la persona
menor de edad, podrá solicitar ante la Jueza o el Juez, una vista oral
a fin de exponer y discutir acerca de cualquier situación que se considere
pueda afectar los derechos fundamentales de la persona menor de edad imputada
o imputado. |
|
60 |
(TJ) |
Recibe la solicitud de la
Defensa Técnica y la traslada a la Jueza o Juez para que señale la vista oral
y procede posteriormente a citar las partes. |
Si la Jueza o el Juez considera que no es pertinente la gestión, podrá disponer
no otorgar la vista oral. |
61 |
(JZ) |
La Jueza o el Juez procede a realizar la audiencia y resuelve lo que
corresponda. Caso con la persona menor de edad imputada detenida o imputado
detenido |
|
62 |
(M.P.) |
En los casos que existan personas menores de edad detenidas o
detenidos, el Misterio Público
remite al Juzgado Penal Juvenil
la acusación y el legajo con la solicitud de audiencia de medidas cautelares. |
Se trata de asuntos en flagrancia. |
63 |
(C.J.) |
Ingresa la acusación al
S.C.G.D.J., según el proceso (ver paso N°20)
para el ingreso de acusaciones, se coordina con la Jueza o el Juez y las partes, la
hora y fecha, para realizar la audiencia. (Existen casos que lo puede
realizar la Jueza o el Juez o la Técnica
o el Técnico Judicial) |
|
64 |
(JZ) |
Verifica lo solicitado, y
solicita a la Técnica o al Técnico Judicial el traslado de la persona menor
de edad imputada al Juzgado. |
|
65 |
(T.J.) |
Solicita a celdas del Organismo de Investigación Judicial, vía
telefónica, el traslado de la persona menor de edad imputada al Juzgado. |
|
66 |
(JZ) |
Con la presencia de la persona
menor de edad imputada detenida, la Defensora o el Defensor, la Fiscala o el
Fiscal y la Jueza o el Juez empiezan a
realizar la audiencia oral de medidas cauterlares, se analiza la procedencia
de la acusación y luego se indaga a la persona menor de edad imputada |
Se refiere al momento propio de la audiencia de
la medida cautelar. |
Posteriormente, la Jueza o el Juez le da la palabra a la Fiscala o al Fiscal para que exponga el argumento de las medidas cautelares solicitadas; posteriormente brinda audiencia a la Defensora o Defensor y resuelve sobre la solicitud de detención provisional u otras medidas alternas que solicite la Defensa. Ver a partir del paso N°20) |
En caso que el Ministerio Público o la Defensa ofrezca prueba, la Jueza o el
Juez debe evaluarla antes de resolver… |
||
66 |
(T.J.) |
Confecciona la solicitud para
efectuar los dictámenes periciales,
previa realización del consentimiento informado en los casos en que sean
necesarios por parte del perito (por ejemplo
estudios psicosociales), y la traslada
para notificación interna, asimismo, emite el formulario de tener a la
orden o libertad y controla los plazos
de recepción de prueba. |
|
|
|||
Cuando llegan los resultados
de las pericias, la Técnica o Técnico Judicial, los pone en conocimiento de las partes (de
forma escrita o digital según sea el caso), por el plazo respectivo. |
|||
|
|||
68 |
(TJ) |
Si no se impugna ninguna de
las pericias, se dicta la citación a juicio. |
|
69 |
(JZ) |
Revisa, firma y realiza el
señalamiento para debate en la agenda única. |
|
70 |
(JZ) |
Si no acoge la solicitud de
detención provisional o no se dicta alguna otra medida cautelar, se valora la
posibilidad de otra salida alterna del proceso y si no, la Jueza o el Juez
resuelve y si es posible se señala a juicio. |
Se refiere al momento procesal del desarrollo
del trámite. Es un momento procesal diferente al indicado en el punto N°64. |
71 |
(JZ) |
Si la persona menor de edad imputada no se presenta a una
de las audiencias, sin justificación alguna, la Jueza o el Juez gira la orden
a la Técnica o Técnico Judicial para que se dicte la rebeldía, y su
presentación (Art. 32 LJPJ). |
|
72 |
(T.J.) |
Confecciona el auto que
declara la rebeldía de la persona menor de edad imputada y se expide la orden
de presentación en horas hábiles del despacho. |
Esta gestión puede ser solicitada ante el
Juzgado Penal Juvenil por parte del Ministerio Público, cuando la
persona menor de edad imputada o imputado estando
citada o citado, no se presenta. |
73 |
(JZ) |
Firma la documentación. |
|
74 |
(T.J.) |
Distribuye la documentación en
las oficinas que corresponda. |
|
75 |
(JZ) |
De ser negativa la
presentación, la Jueza o el Juez ordena la captura. |
|
76 |
(C.J.) |
Confecciona la orden de
captura. |
|
77 |
(JZ) |
Firma la orden de captura. |
|
78 |
(C.J.) |
Realiza las anotaciones
correspondientes para los registros de control necesarios. |
|
79 |
(CJ) |
Traslada la solicitud al OIJ. |
|
80 |
(C.J.) |
Incluye la solicitud de
captura dentro del control respectivo de captura, en el S.C.G.D.J. |
Sugerir mejora que ayude al control de capturas
porque actualmente se lleva de forma manual y en hojas electrónicas (Excel). |
81 |
(JZ) |
Una vez capturada la persona
menor de edad imputada, si existe
solicitud de vista oral por parte Ministerio Público, la Jueza o el Juez fija
la audiencia con fecha y hora. En caso de no existir esa solicitud, se realiza
la diligencia por la cual se había ordenado la captura y se ordena la
libertad de la persona menor de edad imputada. |
|
82 |
(C.J.) |
Coordina con las partes,
la audiencia, citada en el paso
anterior. |
|
83 |
(JZ) |
Iniciada la audiencia, le
otorga la palabra a la Fiscala o Fiscal, para lo que tenga que
solicitar sea, detención provisional, medidas cautelares o la
libertad. |
|
84 |
(JZ) |
Si la Fiscala o Fiscal,
solicita medidas cautelares u otra medidas alternas la Jueza o Juez le da audiencia a la Defensora o Defensor y
se escucha a la persona menor de edad
imputada si desea hablar. De ser posible queda convocada fecha hora
para realizar debate, en el cual se
agotan nuevamente las posibilidades para resolver el caso a través de una
medida alterna, (conciliación –si se cita a la Víctima, abreviado, suspensión
proceso a prueba u otro). |
|
85 |
(T.J.) |
Si se aprueba la solicitud de
libertad, procede a actualizar el
domicilio de la persona menor de edad
imputada. |
|
86 |
(JZ) |
En los delitos de acción
privada promovida a gestión de parte
(querella), la Jueza o el Juez realiza
la audiencia temprana, antes descrita (ver a partir del paso N°14) |
|
87 |
(JZ) |
Si en la audiencia
temprana determina que los hechos
están prescritos dicta el sobreseimiento definitivo. |
|
88 |
(T.J.) |
En caso de incumplimiento de
conciliación a plazo o de la suspensión del proceso a prueba, se señala una
audiencia de verificación de cumplimiento, la Técnica o Técnico Judicial cita
a las partes. |
|
89 |
(JZ) |
Realiza la audiencia de
verificación de cumplimiento, escucha
a las partes y resuelve conforme. |
|
90 |
(JZ) |
En caso de que las partes
apelen, la Jueza o el Juez ordena elevar el caso al
Tribunal de Apelaciones de la Sentencia. |
|
91 |
(TJ) |
Prepara el testimonios de
piezas que se envía al Tribunal, para que conozca la apelación, previa
verificación de las fidelidad de la grabación de la audiencia y la resolución
apelada (en los casos que exista el recurso audiovisual) |
|
92 |
(CJ) |
Procede a realizar los
movimientos correspondientes para hacer constar que el expediente esta en
apelación y se lo traslada a la o el Auxiliar de Servicios Generales. |
|
93 |
Aux. Serv. Grales |
Realiza el efectivo envío del
testimonio de piezas al Tribunal de Apelaciones de la Sentencia, junto con el
CD donde consta la audiencia y la resolución que se apeló. |
|
Finaliza el
procedimiento para la resolución de casos de audiencias tempranas, en materia
Penal Juvenil. |
Para ver imágenes solo en Boletín Judicial impreso o en formato PDF
San José, 12 de setiembre del
2012.
Lic. Silvia Navarro Romanini
1 vez.—C-Exento.—(IN2012093733) Secretaria
General
TERCERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que
laboran en las oficinas judiciales del cantón de Zarcero de la provincia de
Alajuela.
SE HACE SABER:
Que las
oficinas judiciales del cantón de Zarcero de la provincia de Alajuela,
permanecerán cerradas durante el día veinticuatro de octubre de dos mil doce,
con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos
cívicos de dicho cantón.
San José, tres
de octubre del dos mil doce.
Alfredo
Jones León
C-Exento.—(IN2012096483) Director
Ejecutivo
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran
en las oficinas judiciales del cantón de Valverde Vega de la provincia de
Alajuela
SE HACE SABER:
Que las
oficinas judiciales del cantón de Valverde Vega de la provincia de Alajuela,
permanecerán cerradas durante el día veintiséis de octubre de dos mil doce, con
las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos
cívicos de dicho cantón.
San José, 3 de
octubre del dos mil doce.
Alfredo
Jones León
C-Exento.—(IN2012096484) Director
Ejecutivo
SEGUNDA PUBLICACIÓN
SE REPRODUCE POR ERROR DE LOS ORIGINALES
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la
Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 03-2006, de fecha 01 de
setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N°
83-06, celebrada el 02 de noviembre del 2006, artículo XLIV. Se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Expedientes Penales del año 2008 del
Juzgado Penal de Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada
en ese Despacho.
Remesa: P 2 C 08
Expedientes: 258
Paquete: 07
Año: 2008
Asunto:
Expedientes Penales: 37
agresión con arma, 1 abuso de autoridad, 11 amenazas, 05 apropiación indebida,
10 daños, 03 descuido de animales, 32 desobediencia, 01 ejercicio ilegal de la
profesión, 02 estelionato, 04 falsificación de señas y marcas, 13 hurtos, 01
incumplimiento al deber alimentario, 28 incumplimiento a las medidas de
protección, 01 infracción al código de minería, 01 infracción a la ley de
licores, 05 infracción a la ley forestal, 01 infracción a la ley de salud, 01
infracción a la ley de vida silvestre, 01 infracción a la ley de violencia
doméstica, 18 lesiones culposas, 8 lesiones leves, 02 libramiento de cheque sin
fondos, 06 maltratos, 08 portación ilegal de armas, 01 receptación, 01
resistencia de autoridad, 02 retención indebida, 19 robo simple, 02 tentativa
de robo, 03 usurpación, 02 violación de domicilio, 27 violencia emocional, 01
violencia física. Expedientes con sobreseimiento definitivo firmes.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 4 de
octubre del 2012.
Alfredo
Jones León
C-Exento.—(IN2012096864) Director
Ejecutivo
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la
Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 03-2006, de fecha 01 de
setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N°
83-06, celebrada el 02 de noviembre del 2006, artículo XLIV. Se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Expedientes con Archivo Fiscal del año
1996 al 2003 de la Fiscalía Adjunta de Heredia. La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: P 9 H 96
Expedientes: 7
Paquetes: 1
Año: 1996
Asunto:
Varios (2Hurto, 1 Hurto, 4 Robo
Agravado) Expedientes con acción penal prescrita y archivo fiscal.
Remesa: P 29 H 97
Expedientes: 33
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto:
Varios (3 Robo agravado, 5 Robo
de vehículo, 1 Hurto simple, 2 Hurto agravado, 1 Violación, 1 Robo Simple, 2
Hurto, 1 Asalto, 2 Lesiones culposas. 15 Robo) Expedientes con acción penal
prescrita y archivo fiscal.
Remesa: P 9 H 98
Expedientes: 13
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto:
Varios (10 Robo, 1 Homicidio, 1
venta de drogas, 1 Robo Agravado) Expedientes con acción penal prescrita y
archivo fiscal.
Remesa: P 9 H 99
Expedientes: 8
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto:
Varios (6 Robo Agravado, 2 Robo
Agravado) Expedientes con acción penal prescrita y archivo fiscal.
Remesa: P 9 H 00
Expedientes: 77
Paquetes: 1
Año: 2000
Asunto:
Varios (40 Robo Agravado, 15
Hurto, 1 Robo Simple, 6 Robo, 3 Hurto Simple, 2 Hurto Agravado, 3 Robo Simple,
3 Estafa, 3 Hurto Menor, 1 abuso deshonesto). Expedientes con acción penal
prescrita y archivo fiscal.
Remesa: P 9 H 01
Expedientes: 144
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto:
Varios (120 Robo Agravado, 1
Hurto Simple, 1 Lesiones Culposas, 3 Asalto, 6 Estafa, 6 Robo, 1 Robo Simple, 1
Falsificación de Señas y Marcas, 1 Apropiación y Retención, 1 Hurto, 1 Aborto,
1 Agresión con Armas, 1 amenazas.). Expedientes con acción penal prescrita y
archivo fiscal.
Remesa: P 9 H 02
Expedientes: 218
Paquetes: 2
Año: 2002
Asunto:
Varios (150 Robo Agravado, 2
Asalto, 1 Lesiones Levísimas, 1 Relaciones Sexuales, 18 Hurto, 6 Estafa, 35
Robo Simple, 1 Hurto Menor, 2 Atípico, 1 Intimidación Publica, 1 Homicidio)
Expedientes con acción penal prescrita y archivo fiscal.
Remesa: P 10 H 03
Expedientes: 135
Paquetes: 4
Año: 2003
Asunto:
Varios (73 Robo Agravado, 35
Robo Simple, 23 Hurtos, 1 Lesiones, 3 Atípicos) Expedientes con acción penal
prescrita y archivo fiscal.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 4 de
octubre del 2012.
Alfredo
Jones León
C-Exento.—(IN2012096865) Director
Ejecutivo
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la
Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 03-2011, celebrada el 16
de noviembre del 2011, artículo I, y la aprobación del Consejo Superior en
Sesión Nº 11-2012, del 09 de febrero del 2012, artículo LXVIII. De la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
01-2009 de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión Nº 58-09 celebrada el 02 de junio del 2009, artículo LV. De
la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.)
en Acta Nº 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo
del Consejo Superior en Sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006,
artículo LIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de
Faltas y Contravenciones del año 2003 al 2009, Expedientes Laborales del año
2000 y 2001 y Expedientes de Violencia Doméstica del año 2005 al 2008 del
Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Esparza. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Faltas y
Contravenciones:
Remesa: G 24 P 03
Expedientes: 328
Paquetes: 4
Año: 2003
Asunto: Expedientes
de Faltas y Contravenciones; Archivados, Conciliación, Sentencia Absolutoria,
Auto Sentencia, Prescrito y Sentencia Condenatoria
Remesa: G 22 P 04
Expedientes: 335
Paquetes: 4
Año: 2004
Asunto: Expedientes
de Faltas y Contravenciones; Archivados, Conciliación, Sentencia Absolutoria,
Auto Sentencia, Prescrito y Sentencia Condenatoria
Remesa: G 17 P 05
Expedientes: 301
Paquetes: 4
Año: 2005
Asunto: Expedientes
de Faltas y Contravenciones; Archivados, Conciliación, Sentencia Absolutoria,
Auto Sentencia, Prescrito y Sentencia Condenatoria
Remesa: G 13 P 06
Expedientes: 326
Paquetes: 4
Año: 2006
Asunto: Expedientes
de Faltas y Contravenciones; Archivados, Conciliación, Sentencia Absolutoria,
Auto Sentencia, Prescrito y Sentencia Condenatoria
Remesa: G 13 P 07
Expedientes: 364
Paquetes: 5
Año: 2007
Asunto: Expedientes
de Faltas y Contravenciones; Archivados, Conciliación, Sentencia Absolutoria y
Prescrito
Remesa: G 5 P 08
Expedientes: 386
Paquetes: 5
Año: 2008
Asunto: Expedientes
de Faltas y Contravenciones; Archivados, Conciliación, Sentencia Absolutoria y
Prescrito.
Remesa: G 2 P 09
Expedientes: 378
Paquetes: 5
Año: 2009
Asunto: Expedientes
de Faltas y Contravenciones; Archivados, Conciliación, Sentencia Absolutoria, y
Prescrito.
Violencia
Doméstica:
Remesa: V 5 P 05
Expedientes: 119
Paquetes: 2
Año: 2005
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
Remesa: V 9 P 06
Expedientes: 421
Paquetes: 4
Año: 2006
Asunto:
Expedientes de Violencia
Doméstica
Remesa: V 9 P 07
Expedientes: 400
Paquetes: 4
Año: 2007
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
Remesa: V 7 P 08
Expedientes: 449
Paquetes: 5
Año: 2008
Asunto:
Expedientes de Violencia
Doméstica
Laboral:
Remesa: L 6 P 00
Expedientes: 39
Paquetes: 1
Año: 2000
Asunto: Expedientes
Laborales; Ordinarios Laborales, Sentencia Condenatoria, Archivado, Sentencia
Sin Lugar,
Remesa: L 5 P 01
Expedientes: 33
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Expedientes
Laborales; Ordinarios Laborales, Conciliación, Archivado, Sentencia Sin Lugar,
Nota: No se incluyen expedientes de civil del 1999 al
2011 y laborales del 2002 al 2010, por cuanto los plazos de conservación no han
concluido.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 4 de
octubre del 2012.
Alfredo
Jones León
C-Exento.—(IN2012096866) Director
Ejecutivo
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico, el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2012, celebrada el 14 de
mayo del 2012, artículo VII, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de documentación variada en la Administración del Primer Circuito Judicial de
San José. La documentación, se encuentra custodiada en esa Administración.
• Libro Contable rotulado Transportes M &
G (Martínez y Gutiérrez)
• Libro de Actas rotulado Registro de
Accionistas Transportes M & G.
• Sobre de manila rotulado “Libros de
Contabilidad Dpto. de Recaudación 1984” que contiene un libro diario rotulado
“Contador Luis Paulino Porras Ulloa Transportes Martínez y Gutiérrez y otro
libro rotulado “Luis Paulino Porras Ulloa Transportes Martínez y Gutiérrez.
• Sobre de manila rotulado “Evidencias
expedientes desconocidos 96” que contiene:
Folder rotulado
“1185-7-96 Documentos aportados por Marcos Rueda Auditor de Recope” con documentos
varios.
Folder rotulado
“1185-7-96 Prueba aportada por Tomás Guardia Tinoco con 73 folios” con
documentos varios.
Folder rotulado
“Causa 1185-7-96 Prueba aportada por Rodrigo Altman Ortiz con un folio suelto y
libro 31 folios que dice perspectivas 1994-1998” con documentos varios.
• Un folder rotulado “Causa Nº 1885-7-96
Prueba del Acusado Harry Wobstein Rubinstein” con documentos varios de la Junta
Directiva de Refinadora Costarricense de Petróleo S. A.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 2 de
octubre del 2012.
Alfredo
Jones León
C-Exento.—(IN2012096867) Director
Ejecutivo
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
Para los
efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 11-12006
promovida por Geini Gutiérrez Navas, mayor, casada una vez, portadora de la
cédula de identidad número seis-cero doscientos ochenta y ocho-cero
cuatrocientos treinta y ocho; contra el artículo 42 del Decreto Ejecutivo
número 26935-G, del veinte de abril de mil novecientos noventa y ocho.
Interviene en el proceso Ana Lorena Brenes Esquivel, en su calidad de
Procuradora General de la República, se ha dictado el voto número 11872-12 de
las catorce horas con treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil
doce, que en lo que interesa dice:
“Se rechaza de plano la
acción”.
San José, 13 de
setiembre del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
C-Exento.—(IN2012096440) Secretario
Para los
efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 11-12290
promovida por Danilo Gutiérrez dall’Anese, mayor, casado, agrónomo, vecino de
Heredia, cédula de identidad número 4-136-234; Michel Semaan Khachab, mayor,
casado tres veces, cédula de identidad número 8-053-103, vecino de San José, en
su condición de representante judicial y extrajudicial de la empresa “Buses INA
Uruca S. A.”; León Zarnowski Varela, mayor, casado, abogado, cédula de
identidad número 1-724-756, vecino de Santa Ana, en su condición de
representante de la compañía “Propiedades Andylu S. A.” y Sergio Gustavo Rivera
Jiménez, mayor, soltero, abogado, cédula de identidad número 1-650-579, vecino
de San Francisco de Dos Ríos, en su condición de apoderado especial judicial de
Manfred Peña Bonilla contra los artículos 150, 150 bis, 131 inciso a) en
relación con los numerales 83 inciso c) y 108 y 131 inciso b), todos de la Ley
de Tránsito por Vías Públicas Terrestres número 7331 del trece de abril de mil
novecientos noventa y tres y sus reformas y el “Reglamento de las condiciones
técnicas y de uso de los equipos de registro y detección de infracciones a la
Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes”, Decreto Ejecutivo número
36.724-MOPT del 23-08-11. Intervinieron también en el proceso en representación
de la Procuraduría General de la República, Ana Lorena Brenes Esquivel, el
Ministro de Obras Públicas y Transportes Francisco J. Jiménez y el apoderado
general judicial del Consejo de Seguridad Vial, Carlos E. Rivas Fernández, se
ha dictado el voto número 11950-12 de las dieciséis horas con cincuenta y seis
minutos del veintinueve de agosto de dos mil doce, que en lo que interesa dice:
“En cuanto a lo
dispuesto en el artículo 131 inciso a) en relación con los artículos 108 inciso
a) y 83 inciso c) de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, número
7331 del trece de abril de mil novecientos noventa y tres y sus reformas, esténse
los accionantes a lo resuelto por esta Sala en sentencia número 2012-3942 de
las dieciséis horas veintidós minutos del veintiuno de marzo del dos mil doce.
Con respecto al artículo 150 bis de la Ley de Tránsito, se declara sin lugar la
acción en el tanto se interprete que la conducta prevista en el artículo 131
inciso a) se atribuye únicamente al conductor. En cuanto a los artículos 131
inciso b) y 150 de la misma Ley, así como el “Reglamento de las condiciones
técnicas y de uso de los equipos de registro y detección de infracciones a la
Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes”, Decreto Ejecutivo número
36.724-MOPT del 23-08-11, se rechaza de plano la acción. La Magistrada Calzada
y los Magistrados Armijo y Guerrero salvan parcialmente el voto y declaran
inconstitucional el artículo 150 bis de la Ley de Tránsito. El Magistrado
Guerrero pone nota. Notifíquese”.
San José, 13 de
setiembre del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
C-Exento.—(IN2012096441) Secretario
Para los
efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 11-12326
promovida por, Edgardo Campos Espinoza, portador de la cédula de identidad Nº
1-141-686, mayor, casado, abogado, vecino de San Pablo de Heredia, en su
condición de Apoderado General Judicial de la Compañía Transportes Unidos La
Cuatrocientos S. A. contra los artículos 150 y 150 bis de la Ley de Tránsito
por Vías Públicas Terrestres Nº 7331 y el Decreto Ejecutivo Nº 36724 de 23 de
agosto de 2011, que es el “Reglamento de las condiciones técnicas y de uso de
los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito
vigente por medio de imágenes”. Intervino en el proceso La Procuraduría General
de la República y El Consejo de Seguridad Vial, se ha dictado el voto número
11873-12 de las catorce horas con treinta minutos del veintinueve de agosto de
dos mil doce, que en lo que interesa dice:
“Se rechaza de
plano la acción. La Magistrada Calzada Miranda salva el voto y ordena continuar
con el trámite de la acción de inconstitucionalidad.
San José, 13 de
setiembre del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
C-Exento.—(IN2012096442) Secretario
Para los
efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 12-05954
promovida por Rodrigo Aguilar Torres, mayor, casado, agente de ventas, portador
de la cédula de identidad número 1-346-386, vecino de San José, contra los
artículos 71 bis inciso a), 71 ter párrafo 1° y 130 inciso a) de la Ley de
Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 7331 y sus reformas, se ha dictado el
voto número 11939-12 de las dieciséis horas con cuarenta y cinco minutos del
veintinueve de agosto de dos mil doce, que en lo que interesa dice:
“Se declara Sin
lugar la acción.
San José, 13 de
setiembre del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
C-Exento.—(IN2012096443) Secretario
Para los
efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 10-05581
promovida por Anais Hernández Monge, para que se declare la
inconstitucionalidad de los artículo 95 de la Ley Nº 7788 del 30 abril de 1988,
Ley de Biodiversidad y el 56 del Decreto Ejecutivo número 31849-MINAE-SALUD-
MOPT- MAG ± MEIC de 24 de mayo del 2004 “Reglamento General sobre los
Procedimientos de Impacto Ambiental”, se ha dictado el voto número 12645-12 de
las catorce horas con treinta minutos del doce de setiembre de dos mil doce,
que en lo que interesa dice:
“Se declara sin
lugar la acción”.
San José, 13 de
setiembre del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
C-Exento.—(IN2012096444) Secretario
Para los
efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 11-13599
promovida por, Nelly Cantón Fernández, portador de la cédula de identidad
número 0107380946, contra Artículo 130 Inciso D) de la Ley General de Tránsito
por Vías Pública y Terrestres Ley 7331, se ha dictado el voto número 12649-12
de las catorce horas con treinta minutos del doce de setiembre del dos mil
doce, que en lo que interesa dice:
“Se declara Sin
lugar la acción”.
San José, 13 de
setiembre del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
C-Exento.—(IN2012096445) Secretario
Para los
efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de
la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se
tramita con el número 07-13975-0007-CO promovida por Quírico Jiménez Madrigal,
para que se declare inconstitucional el Decreto Ejecutivo N° 33957-MINAE-MAG,
por lesionar los artículos 7, 11, 28, 48, 50, 69, 89 y 140 incisos 3 y 18 de la
Constitución Política, se ha dictado el voto número 12716-12 de las dieciséis
horas con un minuto del doce de setiembre del dos mil doce, que literalmente dice:
« Se declara
con lugar la acción y, en consecuencia, se anula el artículo 2° del Decreto
Ejecutivo Nº 33957- MINAE-MAG. Esta sentencia tiene efectos declarativos y
retroactivos a la fecha de vigencia de la norma impugnada, sin perjuicio de los
derechos adquiridos de buena fe y las situaciones jurídicas consolidadas.
Publíquese íntegramente en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario
Oficial La Gaceta. Notifíquese al Poder Ejecutivo para lo de su cargo.
El Magistrado Castillo Víquez salva el voto y declara sin lugar la acción.
Se hace saber
que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir
del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.
San José, 13 de
setiembre del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
C-Exento.—(IN2012096446) Secretario
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Roberto Coto Cerdas quien fue mayor, casado, Ingeniero en Sistemas, con último domicilio en Guadalupe de Cartago, con cédula de identidad número 3-0246-0434, y falleció el día 6 de julio del 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 12-000535-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 12-000535-1023-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 4 de octubre del 2012.—Lic. Esther Núñez Callen, Jueza.—1 vez.—(IN2012098315).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ingrid Trejos Ramírez, quien fue mayor, casada, con último domicilio en Tejar del Guarco, con cédula de identidad número 3-0383-0217, y que falleció el día 30 de agosto del 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 12-000562-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. Nº 12-000562-1023-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 4 de octubre del 2012.—MSc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—(IN2012098316).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gabriel David Quirós Canevet, quien fue mayor, cédula de identidad 3-0401-0162, soltero, Técnico en Electrónica Industrial, vecino de Cartago, y falleció el 27 de diciembre del 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 12-000563-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por Mora Rae Canevet Howard. Expediente Nº 12-000563-1023-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 5 de octubre del 2012.—Lic. Esther Núñez Callen, Jueza.—1 vez.—(IN2012098317).
Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Gerardo Antonio Masis Gamboa, quien fuera mayor casado, Teniente de la Fuerza Pública, vecino de Desamparados, San Rafael Abajo; Urbanización Lared, casa número 13, cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y dos-quinientos treinta y cinco, quien falleció el cuatro de julio del dos mil doce, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral. Expediente número 12-300210-0237-LA (213-2-12), gestionado por Juana María Fernández Solís, contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco de Costa Rica S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del III Circuito Judicial de San José, Desamparados, 18 de setiembre del 2012.—Lic. Hellen Mora Salazar, Jueza.—1 vez.—(IN2012098559).
Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Allan Fernando Castro Masís, quien fuera mayor, casado, chofer, cédula de identidad número uno-cuatrocientos veinte-ciento noventa y siete, vecino de San Lorenzo de Desamparados, del Minisuper San Lorenzo, veinticinco metros oeste, trescientos sur, cien oeste, quien falleció el siete de agosto del dos mil doce, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral del fallecido Allan Fernando Castro Masis Nº 12-300251-0237-LA(257-1-12) gestiona Fátima Rosario Monterrey Silva, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 5 de octubre del 2012.—Lic. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza.—1 vez.—(IN2012098562).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Jeannette Leal Leal, quien fue portadora de la cédula de identidad 0502760976, casada, vecina de Barrio Guayabal, Santa Cruz, Guanacaste; exactamente 625 metros al norte y 50 metros al oeste, del Colegio Agropecuario; cuarta casa a mano izquierda, nació el 8 de marzo del año 1973, en el Centro de Santa Cruz, Guanacaste, sin grado de discapacidad, laboró como cocinera en la escuela de Barrio Guayabal de Santa Cruz, Guanacaste y falleció en La Uruca central, de San José, el 27 de julio del 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias consignación de prestaciones bajo expediente número 12-000094-1052-LA; a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 12-000094-1052-LA. Por Alex Rubén Grijalva Gutiérrez a favor del mismo.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Guanacaste, Sede Santa Cruz, 27 de setiembre del 2012.—Lic. Nedyn Barrantes Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2012098565).
Se cita y se emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Milton José Solano Rivera, cédula número 1-1243-0744, se consideran con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente: 12-300037-1046-LA (39-12), a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 24 de setiembre del 2012.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(IN2012098568).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Arrieta Bogarín, mayor, soltero, vecino de Carrillos de Poás de Alajuela, laboraba para el señor Carlos Pinto en El Ingenio Costa Rica, fallecido el quince de febrero del dos mil doce, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 12-000551-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Fallecido, Miguel Arrieta Bogarín, gestionante Lidiette Arrieta Bogarín. Expediente Nº 12-000551-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del I Circuito Judicial de Alajuela, 20 de setiembre del 2012.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2012098570).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Misael Espinoza Espinoza, mayor, casado, pensionado, vecino del INVU Las Cañas de Alajuela, fallecido el trece de julio del dos mil doce, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 12-000563-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Fallecido Misael Espinoza Espinoza, gestionante Xinia Jiménez Muñoz. Expediente Nº 12-000563-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del I Circuito Judicial de Alajuela, 20 de setiembre del 2012.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2012098571).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada anotada bajo las citas 383-13372-01-0922-001; a las
nueve horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil doce,
y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
11312-F-000, la cual es terreno apart G-23 uso habitacional. Situada en el
distrito 01 Curridabat, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José.
Colinda al norte, área común; al sur, apartamento G-24; al este, área común y
al oeste, área de escaleras y apart. G 23. Mide cuarenta y tres metros con
sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil doce, con
la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del diecinueve de diciembre del año dos mil doce con la base de
un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Comercializadora El Alfarero IS Seis Cuatro Ocho
S. A., Mauricio Hidalgo Peña, Exp. 12-025274-1012-CJ.—Juzgado
especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de
setiembre del 2012.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—(IN2012097231).
A las dieciocho
horas y veinte minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil doce, en la
puerta exterior de este Despacho, soportando gravamen bajo tomo 0011, asiento
00169879 y boleta 9700055801, sin
sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa
184960, modelo Nissan, estilo Sunny, año 1990, color azul, cilindrada mil
doscientos setenta centímetros cúbicos, sedán, cuatro puertas, chasis
B12-777073, motor número E13-306279, motor marca Nissan. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Acevedo Obando Carlos, Gómez Gómez Natalia, Rodríguez Gómez
Jorge Alberto. Exp. 95-013257-0228-CA.—Juzgado
Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José,
20 de agosto del 2012.—Lic. Édgar Jesús Leal Gómez, Juez.—(IN2012097257).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; y con la base de
cincuenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y siete dólares con cincuenta y
tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 188410-000 libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando tres servidumbres de paso, inscritas bajo la citas 2011-271619;
2011-277435 y 2011-292789; sáquese a remate el bien dado en garantía, que se
describe así: naturaleza: terreno para construir, situación: en distrito
octavo: Cabo Velas, cantón tercero: Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste;
linderos: al norte, Inversiones Pez Volador de Cabo Velas Sociedad Anónima,
sur, Ginette Rodríguez, este, servidumbre de paso con un frente lineal de seis
metros y un ancho de seis metros y en parte con Rónald Rodríguez Rodríguez y
oeste, Rónald Rodríguez Rodríguez; con un área de mil ciento noventa y tres
metros cuadrados, plano catastrado: G-uno cinco cero cinco uno siete uno-dos
mil once. Se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de noviembre
del dos mil doce (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el
segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de
diciembre del dos mil doce, con la base de cuarenta mil ochocientos sesenta y
cinco dólares con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un 25%). De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas
treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil doce, con la base de
trece mil seiscientos veintiún dólares con ochenta y ocho centavos (rebajada en
un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo
hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Marjorie Rosales
Leal. Exp. 12-000248-1206-CJ-0.—Juzgado
Especializado de Cobros de Santa Cruz, Guanacaste, 1º de agosto del
2012.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—RP2012324971.—(IN2012097289).
En la puerta
exterior de este despacho se celebrará el tercer remate de los bienes que a
continuación se dirán: primera finca: libre de gravámenes hipotecarios; a las
nueve horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil doce y con
la base de cuatro millones trescientos cincuenta y cuatro mil seiscientos
veinte colones con cincuenta y nueve céntimos (tercer remate, un 25% de la base
original), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 00182161-000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito octavo de Cabo Velas, cantón tercero Santa
Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Inversiones Pez Volador
de Cabo Velas S. A.; al sur, servidumbre de paso y de por medio Ginette
Rodríguez Rodríguez; al este, Resto de Ronald Rodríguez Rodríguez; y al oeste,
resto de Ronald Rodríguez Rodríguez. Mide: seiscientos cuarenta y cuatro metros
cuadrados. Plano: G-1457277-2010. Segunda finca: libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre
del dos mil doce y con la base de cuatro millones seiscientos cuarenta y cinco
mil trescientos setenta y nueve colones con cuarenta y un céntimos (tercer
remate, un 25% de la base original), en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste , Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00182162-000, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito octavo de Cabo Velas,
cantón tercero Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Inversiones Pez Volador de Cabo Velas S. A.; al sur, servidumbre de paso y de
por medio Ginette Rodríguez Rodríguez; al este, camino público de Puerto Viejo
a Lajas; y al oeste, Resto de Ronald Rodríguez Rodríguez. Mide: seiscientos
ochenta y siete metros cuadrados. Plano: G-1457278-2010. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Rosibel María Rodríguez Camareno. Expediente: 11-000427-0388-CI.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, 28 de setiembre del 2012.—Lic. Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—RP2012325045.—(IN2012097298).
En la puerta
exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y
treinta minutos del quince de noviembre de dos mil doce y con la base de un
millón trescientos cincuenta y dos mil quinientos catorce colones con sesenta y
dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 119238-000, la cual es terreno naturaleza:
construir lote 14-a con una casa. Situada en el distrito Quebradilla, cantón
Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 15; al sur, lote
13; al este, 11; y al oeste, destinado a calle. Mide: ciento cincuenta metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos
del treinta de noviembre de dos mil doce, con la base de un millón catorce mil
trescientos ochenta y cinco colones con noventa y siete céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas
y treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil doce, con la base de
trescientos treinta y ocho mil ciento veintiocho colones con sesenta y seis
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de
Cartago contra Vilma Mayela Obando Arrieta. Expediente: 12-008455-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
4 de setiembre del 2012.—Lic. Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—RP2012325047.—(IN2012097299).
En la puerta
exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y
treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil doce y con la base de un
millón seiscientos noventa y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placa: 777438, marca: Hyundai, categoría:
automóvil, vin: KMHVF21NPSU195272, año: 1995, blanco. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de diciembre de dos mil
doce, con la base de un millón doscientos setenta mil quinientos colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de diciembre de dos mil
doce, con la base de cuatrocientos veintitrés mil quinientos colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Mario Alberto Gómez Hernández.
Expediente: 10-001308-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, 26 de setiembre de 2012.—Lic. Miguel Rosales Alvarado, Juez.—RP2012325061.—(IN2012097304).
En la puerta
exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y
treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil doce y con la base de
tres millones ciento veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas N° 318235, marca: Hyundai, estilo:
Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1999, carrocería:
sedan 4 puertas, color: blanco. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del tres de diciembre de dos mil doce, con la base de
dos millones trescientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil
doce, con la base de setecientos ochenta y un mil doscientos cincuenta colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S. A. contra María Eligia Peraza Jiménez. Exp.
12-000034-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 24 de setiembre del 2012.—Lic. María Karina Zúñiga
Cruz, Jueza.—RP2012325062.—(IN2012097305).
En la puerta
exterior de este Despacho; soportando prenda de primer grado inscrita al tomo
2009, asiento 293495; a las catorce horas y treinta minutos del quince de
noviembre de dos mil doce y con la base de un millón setecientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: horno, marca Dicte, serie
HR456540, diesel. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del treinta de noviembre de dos mil doce, con la base de un millón
doscientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del diecisiete de diciembre de dos mil doce, con la base de
cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Compañía Internacional de Productos Universales AL contra Karol Melissa Durán
Rojas. Expediente Nº 12-001116-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 7 de setiembre del 2012.—Lic.
Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—RP2012325086.—(IN2012097307).
A las ocho
horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre de dos mil doce, en
la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, libre de gravámenes
hipotecarios comunes y anotaciones, soportando Reservas de la Ley de Aguas y
Ley de Caminos Públicos, bajo las citas 0294-00014384-01-0002-001 y con la base
de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de
$100.000,00, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica,
remataré: finca inscrita en Propiedad, Partido de Alajuela, folio real,
matrícula número 148.459-000, que es terreno de pasto con un corral, sito en
Pocosol de San Carlos, distrito trece del cantón diez de la provincia de
Alajuela. Linda: al norte, Ramón Ulate González; al sur, Agropecuaria La Granja
S.A.; al este, Orlando Vargas Vásquez; y al oeste, calle pública. Mide:
seiscientos noventa y dos mil novecientos cuarenta y dos metros con noventa y
nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del
veinticinco por ciento de la base original, sea la base de $75.000,00 moneda de
curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, se señalan las ocho horas
cuarenta y cinco minutos del seis de diciembre de dos mil doce. Para el tercer
remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la
base de $25.000,00, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
Norteamérica, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno
de diciembre de dos mil doce. Se remata por ordenarse así en expediente:
12-100766-0297-CI-(5B), ejecución hipotecaria de Veraneras del Guanacaste S. A.
contra Agropecuaria La Granja S. A. y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 17 de
setiembre de 2012.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2012325100.—(IN2012097309).
En la puerta
exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas
treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil doce y con la base de
seis millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo
placas trescientos ochenta y dos mil quinientos cuarenta y nueve, marca:
Toyota, estilo: Land Cruser P, año: dos mil, color: beige, combustible diesel.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de
diciembre de dos mil doce, con la base de cuatro millones de colones (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho
horas treinta minutos del diecinueve de diciembre de dos mil doce, con la base
de dos millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Álvaro
Quesada Araya. Expediente: 03-000399-0296-CI.—Juzgado
Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 14 de setiembre
del 2012.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2012325150.—(IN2012097312).
En la puerta
exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
dos servidumbres trasladadas (citas 0319-00010990-01-0901-001 y
0325-00019912-01-0901-001); a las ocho horas y quince minutos del dieciséis de
noviembre del dos mil doce y con la base de once millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número ciento ochenta y dos mil doscientos treinta-cero cero
uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir bloque H, lote 10.
Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 8:00 metros; al sur, Urbanización
Cocorí; al este, lote 9; y al oeste, lote 11. Mide: ciento setenta y cinco metros
con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y quince minutos del tres de diciembre del dos mil doce, con la base de
ocho millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y quince minutos
del dieciocho de diciembre del dos mil doce, con la base de dos millones
setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Miguel Mauricio Gómez Piedra,
Yorleny María Aguilar Castillo. Expediente: 10-002453-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 1º de octubre del 2012.—Lic. Miguel Ángel Rosales
Alvarado, Juez.—RP2012325158.—(IN2012097314).
A las 14:15
horas del 21 de noviembre de 2012, en la puerta exterior del local que ocupa
este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y
anotaciones, soportando servidumbres trasladadas bajo las citas 302-14013-01-0905-001,
394-11673-01-0900-001, 394-11673-01-0901-001, 394-11673-01-0902-001,
394-11673-01-0903-001, 394-11673-01-0904-001, 394-11673-01-0905-001, y
394-11673-01-0906-001 y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a
favor del actor, sea la base de quince millones de colones, remataré: finca
inscrita en Propiedad, Partido de Alajuela, folio real, matrícula número
415.931-000, que es terreno para construir, sito en Venecia de San Carlos,
distrito cinco del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda: al norte,
calle pública con un frente a ella de 27,63 metros; al sur, Guido Arroyo y
Compañía S. A.; al este, lote 24; y al oeste, lote 22. Mide: dos mil ciento
cincuenta y tres metros con treinta y siete decímetros cuadrados. En caso de
resultar fracasado el primer remate para el segundo remate y con la rebaja del
veinticinco por ciento de la base original, sea la base de once millones
doscientos cincuenta mil colones, se señalan las 14:15 horas del 6 de diciembre
de 2012. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la
base original, sea la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones,
se señalan las 14:15 horas del 21 de
diciembre de 2012. Se remata por ordenarse así en expediente: 10-100953-297-CI,
ejecución hipotecaria de Jorge Barrantes Vargas contra Luis Diego Herrera
Herrera.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 27 de
setiembre de 2012.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—(IN2012097502).
En la puerta
exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones citas 0357-00013259-01-0901-001; a las nueve horas y
treinta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil doce y con la base de
treinta y dos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento dieciocho mil
novecientos setenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada
en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Pedro Méndez Contreras; al sur, calle pública con 11,50
metros; al este, Ana Yorleny Angulo Villagra; y al oeste, Pedro Méndez
Contreras. Mide: trescientos treinta y nueve metros con doce decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos
del trece de diciembre de dos mil doce, con la base de veinticuatro mil dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos del once de enero de dos mil trece,
con la base de ocho mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Kalyke Argenteo Inversiones S. A., contra 3-102-648274 Sociedad Anónima
representada por Teodoro Chavarría Moraga, demandado asimismo en su carácter
personal. Expediente 12-015144-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20
de setiembre del 2012.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2012097520).
Primer remate:
a las trece horas treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil doce,
en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Liberia, libre de gravámenes
hipotecarios y con la base de tres millones seiscientos mil colones, en el
mejor postor se rematarán las fincas inscritas en el Registro Público de la
Propiedad Inmueble, Partido de Guanacaste, números ciento cincuenta y nueve mil
doscientos ochenta y uno-cero cero cero y ciento cincuenta y nueve mil
doscientos ochenta-cero cero cero, ambas son terreno de cultivos, ubicadas en
Bagaces, Bagaces distrito primero de Bagaces, cantón cuarto de la provincia de
Guanacaste. Sus linderos son: norte, Agropecuaria Ricajoa S. A.; sur, calle
pública con frente de quince metros; este, Warner Antonio Picado Camareno; y
oeste, Warner Antonio Picado Camareno. Miden setecientos cincuenta metros con
un decímetro cuadrado cada una, ambas propiedades pertenecen a Randall Eduardo
Gómez Ortiz. Otros gravámenes y anotaciones: reservas y restricciones, citas:
0404-00004242-01-0800-001, servidumbre de paso, citas:
0516-00005338-01-0004-001. Existe anotado un practicado con las citas:
0800-00093345-01-0001-001, número de expediente 12-007241-1170-CJ. Segundo
remate: de no existir postores para llevar a cabo el segundo remate, se señalan
las trece horas treinta minutos del tres de diciembre del dos mil doce, con la
base de dos millones setecientos mil colones (rebajada en un 25% de la base
original). Tercer remate: de no existir postores en el segundo remate para
celebrar el tercero, se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete
de diciembre del dos mil doce, con la base de novecientos mil colones (un 25%
de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Randall Eduardo Gómez Ortiz.
Expediente: 11-031255-1012-CJ.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 21 de setiembre del
2012.—Lic. Rodrigo T. Valverde Umaña, Juez.—(IN2012097538).
En la puerta
exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando
servidumbre trasladada, citas: 0238-1234-01-0901-001, servidumbre trasladada,
citas: 0343-2977-01-0900-001, servidumbre trasladada, citas:
0343-00002977-01-09-01, servidumbre trasladada, citas: 0343, 2977-01-0902-001,
servidumbre trasladada, citas: 0343, 2977-01-0903-001, servidumbre trasladada,
citas: 0343, 2977-01-0904-001, servidumbre trasladada, citas: 0343,
2977-01-0905-001, servidumbre trasladada, citas: 0343-2977-01-0906-001; a las
ocho horas y cero minutos del catorce de noviembre del dos mil doce y con la
base de treinta y ocho millones cuatrocientos treinta y nueve mil ciento cuarenta
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número quinientos setenta mil ciento noventa y seis-cero
cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San
Isidro de El General, cantón 19, Pérez Zeledón de la provincia de San José.
Colinda; al norte, Yetty María, Hubert Fernando, Manuel Enrique, Hugo Orlando,
Rodolfo Alfredo y Edgar Alexis todos Delgado Ceciliano; al sur Yetty María,
Hubert Fernando, Manuel Enrique, Hugo Orlando, Rodolfo Alfredo y Edgar Alexis
todos Delgado Ceciliano; al este, Guillermo Arias Segura; y al oeste, calle
pública. Mide: quinientos noventa y un metros con cuarenta y cinco decímetros
cuadrados. Plano: SJ-0447254-1997. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del veintinueve de noviembre del dos mil doce, con la base
de veintiocho millones ochocientos veintinueve mil trescientos cincuenta y cinco
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de diciembre del
dos mil doce, con la base de nueve millones seiscientos nueve mil setecientos
ochenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Lilliana
Laidley Briceño contra Cándido Jacinto Flores Barboza. Expediente:
11-000287-0188-CI.—Juzgado Cobros del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 24 de setiembre del
2012.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—RP2012325256.—(IN2012097649).
En la puerta
exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y
cero minutos del doce de noviembre de dos mil doce, y con la base para cada una
de las fincas que se dirán de veintisiete mil quinientos dólares exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 2-443658-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito primero San Pedro, cantón Poás de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Leonel Murillo Murillo; al sur, calle pública con seis metros dos
centímetros; al este, Leonel Murillo Murillo; y al oeste, Leonel Murillo
Murillo. Mide: ciento cincuenta metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados.
2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 2-443659-000, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero San Pedro,
cantón Poás de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Leonel Murillo
Murillo; al sur, calle pública con seis metros dos centímetros; al este, Leonel
Murillo Murillo; y al oeste, José Arturo Rodríguez Chaves, Hannia María Montoya
Morera. Mide: ciento cincuenta metros con noventa y cinco decímetros cuadrado.
Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintisiete
de noviembre de dos mil doce, con la base de veinte mil seiscientos veinticinco
dólares exactos, para cada uno de los inmuebles, (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos
del doce de diciembre de dos mil doce, con la base de seis mil ochocientos
setenta y cinco dólares exactos, para cada uno de los inmuebles, (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se rematan por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y
Préstamo contra Julio Roberto Figueroa. Expediente: 12-008982-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
10 de setiembre del 2012.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—RP2012325310.—(IN2012097650).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas
y treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil doce, y con la base
de treinta y cinco millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta
y tres mil quinientos cuarenta y tres derechos cero cero uno y cero cero tres,
la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito Pacayas, cantón Alvarado,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote número 1 y quebrada
central; al sur, Héctor Cruz y calle pública con 50 metros, quebrada central;
al este, quebrada central, y al oeste, lote 3. Mide: dieciocho mil seiscientos
cuarenta metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil
doce, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de diciembre del dos
mil doce, con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Agrícola Cartago Mil Novecientos Cincuenta y Uno S contra Marco
Antonio Montero Ulloa, expediente Nº 12-001280-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 13 de setiembre del año
2012.—Greyvin Steven Mora Alvarado, Juez.—RP2012325337.—(IN2012097653).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y
cero minutos del quince de noviembre del dos mil doce, y con la base de ciento
cuarenta y seis mil ciento noventa y cinco dólares con cuarenta y siete
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número dos cero siete ocho cuatro siete-cero cero uno y
cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San
Francisco, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Viviendas del Sur S. A.; al este, lote 105-C segregado, y al
oeste, lote 107-C segregado. Mide: ciento diez metros con noventa y un
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del treinta de noviembre del dos mil doce, con la base de ciento nueve
mil seiscientos cuarenta y seis dólares con sesenta centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
cero minutos del diecisiete de diciembre del dos mil doce, con la base de treinta
y seis mil quinientos cuarenta y ocho dólares con ochenta y siete centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participaren la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comerció. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Cristian Gerardo Chaves Díaz y Evelyn
Jarquín Badilla, expediente Nº 11-016440-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de
agosto del año 2012.—Lic. Francisco Rivera Meza, Juez.—(IN2012097877).
En la puerta
exterior de este Despacho; soportando libre de gravámenes prendarios pero
soportando infracción colisión, a las diez horas del dieciséis de noviembre del
año dos mil doce, y con la base de veintiún mil ochenta y cinco con 09/100
dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número
767654, marca Toyota, año 2009, Vin JTDBR42E90J004654, cilindrada 1794 c. c.,
color plateado, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez
horas del tres de diciembre del año dos mil doce, con la base de quince mil
ochocientos trece con 82/100 dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas del dieciocho de diciembre
del año dos mil doce con la base de cinco mil doscientos setenta y uno con 27/100
dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima
contra Gustavo Torres Medina, expediente Nº 09-001618-0640-CI.—Juzgado Civil
de Cartago, 17 de setiembre del 2012.—Lic. Miguel Rosales Alvarado, Juez.—(IN2012097879).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y
treinta minutos del doce de noviembre del año dos mil doce, en el mejor postor
remataré lo siguiente: 1) Una laminadora marca Somerse, modelo CDR-dos mil M,
serie cero seis cero seis H tres cuatro uno, con base de un millón trescientos
cincuenta y cinco mil novecientos colones, 2) Una romana marca GSC, serie
ochenta y cuatro mil seiscientos diecinueve, con la base de ciento veinticuatro
mil ochenta y cinco colones, 3) Un congelador vertical marca Truemod modelo
T-vientitrés F, serie uno cuatro cuatro uno cero cinco seis cinco, con la base
de un millón doscientos veintiún mil trescientos cincuenta colones, 4) Dos
cámaras de refrigeración vertical marca True, modelo T-cuarenta y nueve ambas
serie del primero uno-cuatro cuatro tres dos cinco ocho cinco, serie del
segundo uno-cuatro cuatro tres dos dos seis cinco, con la base de dos millones
seiscientos setenta mil doscientos sesenta y cinco colones , 5) Una batidora
marca Foor machine (Dynasty Food Service) modelo BM cuarenta, serie cero seis
cero uno cero cero uno siete, con la base de setecientos diecinueve mil
novecientos cuarenta colones, 6) Una Balanza marca Snowrex modelo NHV-treinta
serie siete ocho cinco uno dos uno cuatro siete ocho, con la base de setenta y
nueve mil novecientos cincuenta colones, 7) Una mesa de trabajo marca Ensa
modelo S. I. V. serie S. I. V., con la base de doscientos veintisiete mil
trescientos cinco colones, 8) Una mesa de trabajo marca Ensa modelo S. I. V.
serie S. I. V., con la base de doscientos treinta y nueve mil cuatrocientos
sesenta colones, 9) Una mesa de trabajo marca Ensa modelo S. I. V. serie S. I.
V., con la base de doscientos treinta y nueve mil cuatrocientos sesenta
colones, 10) Una campana extractora marca Ensa modelo S. I. V. serie S. I. V.
con la base de cuatrocientos cincuenta y cuatro mil doscientos cincuenta y dos
colones con cincuenta centavos. 11) Un horno continuo de doble cámara Middleby
Marshall modelo PS quinientos treinta y seis-GS, tres BÚA cero cero, ambos
serie horno superior tres nueve tres seis cuatro cero cuatro cero seis, serie
horno inferior tres nueve cuatro dos cuatro cero cuatro cero seis, origen USA,
con la base de ocho millones doscientos noventa y ocho mil ochocientos setenta
y cinco colones, 12) Un majador de papas marca Halco modelo S. I. V. serie S.
I. V. con la base de treinta y cinco mil seiscientos cincuenta y dos colones con
cincuenta centavos, 13) Una cocina gas marca construida por servigas modelo S.
I. V. serie S. I. V. con la base de trescientos cincuenta y siete mil
quinientos colones, 14) un sistema de lavado, marca Ensa modelo S. I. V. serie
S. I. V. con la base de trescientos ochenta y tres mil trescientos cinco
colones, 15) Una mesa de preparación de pizza marca True, modelo TPP-sesenta,
serie uno-cuatro cuatro nueve dos uno siete cinco, con la base de un millón
cuatrocientos setenta y un mil setecientos sesenta y dos colones con cincuenta
centavos, 16) Una cámara de postres, marca True, modelo GDM-cinco-PT-S, serie
uno-cuatro tres cero siete seis seis nueve, con la base de quinientos mil
quinientos sesenta y cinco colones, 17) congelador horizontal marca Fogel,
modelo Florencia-nueve, serie cero seis cero dos uno cinco dos tres cuatro, con
la base de trescientos cuatro mil doscientos colones, 18) Una máquina para
hacer bebidas base de café, marca Astoria, modelo AEP/dos-LU, serie tres nueve
cuatro cero dos ocho, con la base de setecientos treinta y siete mil
setecientos cincuenta colones, 19) Un molino para café marca Astoria tipo
RR-cuarenta y cinco, serie S. I. V., con la base de doscientos sesenta y seis
mil quinientos colones, 20) Una refresquera de tres tanques marca Crathco
(Grindmaster Corporation), modelo D treinta y cinco-cuatro, serie T cero cinco
uno tres ocho cuatro, fecha cero cinco cero seis, origen Thailandia, con la
base de cuatrocientos trece mil doscientos setenta colones, 21) Un mantenedor y
exhibidor de pizza marca Halco, modelo FDW-uno, serie dos seis cinco nueve
cuatro seis cero seis dos tres con la base de seiscientos treinta y seis mil
cuatrocientos cuarenta y siete colones con cincuenta centavos, 22) Una
estantería marca Metro tipo S. I. V., serie S. I. V. con la base de cuarenta y
cinco mil ochocientos noventa, 23) Cinco estanterías marca S. I. V., tipo S. I.
V. serie S. I. V., con la base de ciento cuarenta y seis mil doscientos
cincuenta colones. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate,
se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre del
año dos mil doce, con la base de 1) Un millón dieciséis mil novecientos
veinticinco colones exactos, 2) Noventa y tres mil sesenta y tres colones con
setenta y cinco céntimos, 3) Novecientos dieciséis mil doce colones con
cincuenta céntimos, 4) Dos millones dos mil seiscientos noventa y ocho colones
con setenta y cinco céntimos, 5) Quinientos treinta y nueve mil novecientos
cincuenta y cinco colones, 6) Cincuenta y nueve mil novecientos sesenta y dos
colones con cincuenta céntimos, 7) Ciento setenta mil cuatrocientos setenta y
ocho colones con setenta y cinco céntimos, 8) Ciento setenta y nueve mil
quinientos noventa y cinco colones, 9) Ciento setenta y nueve mil quinientos
noventa y cinco colones, 10) Trescientos cuarenta mil seiscientos ochenta y
nueve colones con treinta y siete céntimos. 11) Seis millones doscientos
veinticuatro mil ciento cincuenta y seis colones con veinticinco céntimos, 12)
Veintiséis mil setecientos treinta y nueve colones con treinta y siete
céntimos, 13) Doscientos sesenta y ocho mil ciento veinticinco colones, 14)
Doscientos ochenta y siete mil cuatrocientos setenta y ocho colones con setenta
y cinco céntimos, 15) Un millón ciento tres mil ochocientos veintiún colones
con ochenta y siete céntimos, 16) Trescientos setenta y cinco mil cuatrocientos
veintitrés colones con setenta y cinco céntimos, 17) Doscientos veintiocho mil
ciento cincuenta colones, 18) Quinientos cincuenta y tres mil trescientos doce
colones con cincuenta céntimos, 19) Ciento noventa y nueve mil ochocientos
setenta y cinco colones, 20) Trescientos nueve mil novecientos cincuenta y dos
colones con cincuenta céntimos, 21) Cuatrocientos setenta y siete mil
trescientos treinta y cinco colones con sesenta y dos céntimos, 22) Treinta y
cuatro mil cuatrocientos diecisiete colones con cincuenta céntimos, 23) Ciento
nueve mil seiscientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos (rebajada
en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las
nueve horas y treinta minutos del doce de diciembre del año dos mil doce, con
la base de 1) Trescientos treinta y ocho mil novecientos setenta y cinco
colones exactos, 2) Treinta y un mil veintiún colones con veinticinco céntimos,
3) Trescientos cinco mil trescientos treinta y siete colones con cincuenta
céntimos, 4) Seiscientos sesenta y siete mil quinientos sesenta y seis colones
con veinticinco céntimos, 5) Ciento setenta y nueve mil colones, 6) Diecinueve
mil novecientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos, 7) Cincuenta y
seis mil ochocientos veintiséis colones con veinticinco céntimos, 8) Cincuenta
y nueve mil ochocientos sesenta y cinco colones, 9) Cincuenta y nueve mil
ochocientos sesenta y cinco colones.10) Ciento trece mil quinientos sesenta y
tres colones con doce céntimos, 11) Dos millones setenta y cuatro mil
setecientos dieciocho colones con setenta y cinco céntimos, 12) Ocho mil
novecientos trece colones con doce céntimos, 13) Ochenta y nueve mil trescientos
setenta y cinco colones, 14) Noventa y cinco mil ochocientos veintiséis colones
con veinticinco céntimos, 15) Trescientos sesenta y siete mil novecientos
cuarenta colones con sesenta y dos céntimos, 16) Ciento veinticinco mil ciento
cuarenta y un colones con veinticinco céntimos, 17) Setenta y seis mil
cincuenta colones, 18) Ciento ochenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y
siete colones con cincuenta céntimos, 19) Sesenta y seis mil seiscientos
veinticinco colones, 20) Ciento tres mil trescientos diecisiete colones con
cincuenta céntimos, 21) Ciento cincuenta nueve mil ciento once colones con
ochenta y siete céntimos, 22) Once mil cuatrocientos setenta y dos colones con
cincuenta céntimos, 23) Treinta y seis mil quinientos sesenta y dos colones con
cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Iliana Moreira Solano, Manu Pizza S. A., Manuel Morales Arias,
expediente Nº 09-935331-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, 10 de setiembre del año 2012.—Lic. Skarleth
Chavarría Rodríguez, Jueza.—(IN2012097950).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas
y treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil doce, y con la base
de treinta y un millones novecientos noventa y tres mil seiscientos setenta y
nueve colones con ochenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y nueve
mil trescientos noventa y siete cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito Cartago oriental, cantón Cartago, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, noroeste, Guillermo Castillo Meoño; al
sur, noreste, calle pública 11 metros; al este, sureste, Carlos Luis González
Z, y al oeste, suroeste, María Cristina Mora S. Mide: cuatrocientos nueve metros
con setenta y nueve decímetros cuadrados segundo remate se señalan las nueve
horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil doce, con la base de
veintitrés millones novecientos noventa y cinco mil doscientos cincuenta y
nueve colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del dieciocho de diciembre del dos mil doce con la base de siete millones
novecientos noventa y ocho mil cuatrocientos diecinueve colones con noventa y
siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se rematara por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Fiduciaria Brunca Sociedad Anónima contra Transfego
Sociedad Anónima, expediente Nº 11-009797-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial de Cartago, 13 de setiembre del año 2012.—Greyvin Steven
Mora Alvarado, Juez.—(IN2012097963).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada, a las diez horas y treinta minutos del veintiuno de
noviembre del dos mil doce, y con la base de cinco millones ciento ochenta y
cinco mil cuatrocientos veintiún colones con setenta y seis céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 95862-000 la cual es terreno de agricultura. Situada en el
distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, constructora Bosan; al sur, constructora Bosan; al este, Rosa Martínez
Blanco, y al oeste, calle pública con 49.04. Mide: tres mil veintiocho metros
con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del seis de diciembre de dos mil doce, con la base de
tres millones ochocientos ochenta y nueve mil sesenta y seis colones con
treinta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de
diciembre del dos mil doce con la base de un millón doscientos noventa y seis
mil trescientos cincuenta y cinco colones con cuarenta y cuatro céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Fiduciaria Brunca Sociedad Anónima contra
Criftana Jeanette Parker Reíd, Roberto Chinchilla Prado, expediente Nº
12-009058-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 9
de octubre del año 2012.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2012097965).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada según citas 326-5434-01 y limitaciones de leyes 7052,
7208 sistema financiero según citas 548-6150-01; a las nueve horas y cero
minutos del quince de noviembre del dos mil doce, y con la base de dos millones
ciento ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 508496-000 la cual
es terreno para construir bloque e lote 32. Situada en el distrito Pozos,
cantón Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, lote 17; al este, lote 31, y al oeste, lote 33. Mide: ciento
cincuenta y nueve metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de
noviembre del dos mil doce, con la base de un millón seiscientos treinta y
cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de
diciembre del dos mil doce, con la base de quinientos cuarenta y cinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y
Préstamo contra María de los Ángeles Arguedas González, expediente Nº
12-007837-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 3
de setiembre del año 2012.—Lic. Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—RP2012325475.—(IN2012097983).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada bajo las citas 0359-00016958-01-0900-001; a las once
horas cero minutos del quince de noviembre del dos mil doce, y con la base de
dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matricula número quinientos sesenta y
cinco mil doscientos setenta y siete-cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 05 San Rafael, cantón 04 Puriscal, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, María de los Ángeles Otarola
Madrigal; al sur, ICE; al este, Rodolfo Sancho Sancho, y al oeste, María de los
Ángeles Otarola y calle pública. Mide: trescientos setenta y dos metros con
cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
once horas cero minutos del treinta de noviembre del dos mil doce, con la base
de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas cero minutos del
diecisiete de diciembre del dos mil doce, con la base de quinientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de El Rancho Piscis Cinco S. A. contra
María de los Ángeles Otarola Madrigal, expediente Nº 12-015022-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30
de agosto del año 2012.—Francisco Rivera Meza,
Juez.—RP2012325514.—(IN2012097987).
En la puerta
exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada bajo las citas
311-5221-01-0901-001, e hipoteca de primer y segundo grado mediante las citas
572-79548 y 572-81520; a las diez horas y veinte minutos del doce de noviembre
del dos mil doce, y con la base de un millón colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ochenta y dos mil sesenta y cuatro cero cero cero la cuales terreno de café.
Situada en el distrito San Diego, cantón La Unión, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Rafael Ángel Arce; al sur, calle pública; al este, Rafael
Gerardo Segura, y al oeste, Jorge Enrique Segura. Mide: doscientos cuarenta y
ocho metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y veinte minutos del veintisiete de noviembre del dos
mil doce, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
y veinte minutos del doce de diciembre del dos mil doce, con la base de
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Compañía Ganadera Los
Leones Sociedad Anónima contra Luis Gustavo Naranjo Fallas, expediente Nº
11-001436-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 4 de setiembre del año 2012.—Lic. Gonzalo Gamboa
Valverde, Juez.—RP2012325533.—(IN2012097991).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas
y treinta minutos del trece de noviembre del año dos mil doce, y con la base de
diez millones cuatrocientos setenta y nueve mil ciento cincuenta y nueve
colones con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 389273-001, 002,
003, 004 y 005 la cual es terreno con una casa, patio y jardín. Situada en el
distrito 07 Salitrillos, cantón 06 Aserri, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, Aracelly Quirós Rivera y Fredy López
Agüero; al este, calle pública, y al oeste, Aracelly Quirós Rivera y calle
pública. Mide: ciento sesenta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del
año dos mil doce, con la base de siete millones ochocientos cincuenta y nueve
mil trescientos sesenta y nueve colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece
horas y treinta minutos del trece de diciembre del año dos mil doce, con la
base de dos millones seiscientos diecinueve mil setecientos ochenta y nueve
colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Daniela María Valverde Quirós, Juan Alberto
Valverde Quirós, Luz Lilliam Quirós Rivera, Mario Alberto Valverde Castro,
Melissa del Carmen Valverde Quirós, expediente Nº 12-018564-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de
setiembre del año 2012.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—(IN2012098209).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada al tomo: 367, asiento: 13489, a las diez horas y treinta
minutos del catorce de noviembre del año dos mil doce, y con la base de doce
millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matricula número 567260-000 la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 01 Aserrí, cantón 06 Aserrí, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Maribeth Solano Entrada y Omar Duran
Paez; al sur, Maribeth Solano Entrada y Omar Duran Paez; al este, calle
pública, y al oeste, Echeverría y Zeledón S. A.. Mide:
quinientos sesenta y siete metros con sesenta y siete decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del
veintinueve de noviembre del año dos mil doce, con la base de nueve millones
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de diciembre
del año dos mil doce con la base de tres millones colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jesús Durán
Solano, expediente Nº 12-024852-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de setiembre del año 2012.—Lic.
Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—(IN2012098211).
En la puerta
exterior que ocupa este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las once
horas del nueve de noviembre del dos mil doce, y con la base de diez millones
de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número ciento cuarenta y dos mil quinientos ochenta y
cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia 06 Puntarenas. Colinda: al norte,
y este, con Juan Félix Rodríguez Castro; al sur, Marta Iris Rodríguez Castro; y
al oeste, con calle pública con un frente a ella de trece metros con cinco
centímetros. Mide: quinientos cuarenta y un metros con veinticinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del veintiséis de
noviembre del dos mil doce, con la base de siete millones quinientos mil
colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las once horas del doce de diciembre del dos mil doce, con la base de
dos millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario de Banco Nacional
de Costa Rica contra Brainer Andrés Tellez Jiménez. Exp. Nº 11-100078-0642-CI-3.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 26 de
setiembre del 2012.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2012325625.—(IN2012098324).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y
Restricciones según citas 0315-00010633-01-0901-001 (Ley de Aguas Nº 271
artículo 73, según tomo 1835, folio 126, asiento 24), a las once horas y quince
minutos del nueve de noviembre de dos mil doce, y con la base de treinta y tres
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 204903 (derechos 004-005) la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Alajuelita,
cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San Jose. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Victoriano Angulo; al este, Pablo Chacón y al oeste,
Victoriano Angulo. Mide: doscientos quince metros con cincuenta y tres
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince
minutos del veintiséis de noviembre de dos mil doce, con la base de
veinticuatro mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y
quince minutos del once de diciembre de dos mil doce con la base de ocho mil
doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de A S S
Tres Amigas Limitada contra Roger Isaac Barrantes Quesada y Roxana Quesada
Benavides. Exp. Nº 12-006820-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
San José, 12 de setiembre del 21012.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2012098634).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones al tomo trescientos once, asiento once mil dos y al tomo
trescientos treinta y tres, asiento cuatro mil novecientos veintiuno; a las
nueve horas y cero minutos del seis de noviembre del dos mil doce, y con la
base de treinta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento setenta y ocho mil setenta y ocho-cero cero cero, la cual es
terreno de potrero. Situada en el distrito nueve Brunka, cantón tres Buenos
Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Kendall, Harol, Slany
Sandra, todos Álvarez Ortega, Romulo Mena Umaña, ambos en parte; al sur,
Yamileth Trinidad Beita Vargas y Agrícola El Ato S. A.; al este, Instituto de
Desarrollo Agrario y al oeste, calle pública con frente a ella de ciento
cuarenta y dos metros con cincuenta y cinco metros. Mide: ochenta y tres mil
cuatrocientos ochenta metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del
año dos mil doce, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de diciembre del dos
mil doce, con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Agrícola El Ato Sociedad
Anónima y Alexis Edwin Beita Vargas. Exp. Nº 12-000210-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 12 de octubre del 2012.—Lic. Dany Gerardo
Matamoros Bendaña, Juez.—(IN2012098637).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En
la puerta exterior de este Despacho libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando calle entrada ref: 1318 286 014, servidumbre sirviente, practicado
inscrito bajo las citas tomo 800, asiento 00060576, secuencia 001 y bajo las
citas tomo 0800, asiento 00088526, secuencia 001; a las quince horas y treinta
minutos del once de diciembre de dos mil doce, y con la base de un millón
quinientos veinticuatro mil setecientos cuarenta colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
00111788-004, la cual es terreno de agricultura, café, potrero y un galerón.
Situada en el distrito 08 San Cristóbal, cantón 03 Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública, Rafael Ángel Fonseca
Ceciliano y Asdrúbal Jiménez Martínez; al sur, Asdrúbal Jiménez Martin, calle
de servidumbre, quebrada; al este, Asdrúbal Jiménez Martin, calle de
servidumbre, quebrada y al oeste, Napoleón Romero Abarca. Mide: ciento diecisiete
mil ochocientos setenta y dos metros con setenta y tres decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del nueve
de enero de dos mil trece, con la base de un millón ciento cuarenta y tres mil
trescientos cincuenta y dos colones con cincuenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y
treinta minutos del veinticuatro de enero de dos mil trece con la base de
trescientos ochenta y un mil ciento diecisiete colones con cincuenta céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este,
Despacho. La anterior Debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de
Marcial Badilla Calvo contra Hernán Antonio Badilla Calvo. Exp. Nº
11-008759-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 4 de octubre del 2012.—Lic. Adrián Hilje Castillo,
Juez.—(IN2012097230).
A las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del
dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios
soportando servidumbre trasladada al tomo 387, asiento 2584 y con la base de un
millón doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en et Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 253712 000, la cual es terreno
construir con una casa lote 150. Situada en el distrito Buenos Aires, cantón
Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 149 Duca S. A.;
al sur, calle pública al este, lote 151 Duca S. A. y al oeste, lote 147 Duca S.
A. Mide ciento treinta y tres metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional
de Costa Rica contra Carranza Chávez Luis Dennis. Exp. 95-010488-0228-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del
Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de setiembre del 2012.—MSc. Sammy
Ugalde Villalobos, Juez.—(IN2012097237).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios;
a las diez horas y cero minutos del tres de diciembre del dos mil doce, y con
la base de ciento un mil novecientos dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número 159503-000 la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 02 San
Juan Grande, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, en medio servidumbre agrícola con 7 metros de ancho, Veltra Arcopacífico
VAP S. A., Girva Croa GCA S. A. y Bamboo y Pinto S. A.; al sur, en medio
servidumbre agrícola con 7 metros de ancho y Hacienda Vigo Buro HVB S. A.; al
este, en medio servidumbre agrícola con 7 metros de ancho y Hacienda Vigo Buro
HVB S. A. y al oeste, en medio servidumbre agrícola con 7 metros de ancho;
Bamboo y Pinto S. A. y Hacienda Vigo Buro HVB S. A. Mide: siete mil novecientos
noventa y ocho metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalar las diez horas y cero minutos del dieciocho de diciembre del dos mil
doce, con la base de setenta y seis mil cuatrocientos veinticinco dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de enero del dos mil trece,
con la base de veinticinco mil cuatrocientos setenta y cinco dólares exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica, contra Walter
Gamboa Gamboa. Exp. Nº 11-021888-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, II Circuito Judicial de San José, 2 de octubre del
2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2012097269).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios;
a las diez horas cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil doce, y
con la base de veintitrés millones cuarenta y un mil cuatrocientos veinticinco
colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta mil
doscientos nueve cero cero cero, la cual es terreno naturaleza lote Nº 16.
Situada en el distrito 04 Mata de Plátano, cantón 08 Goicoechea, de la
provincia de San José. Colinda al norte, lote 15; al sur, lote 17; al este,
Alfredo Lizano Vargas y al oeste, calle pública con 8 m. Mide: ciento
veintiséis metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas cero minutos del trece de diciembre del dos mil doce,
con la base de diecisiete millones doscientos ochenta y un mil sesenta y ocho
colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas cero minutos del once de
enero del dos mil trece, con la base de cinco millones setecientos sesenta mil
trescientos cincuenta y seis colones con veintisiete céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de la
Municipalidad de Goicoechea Prevención y Socorro Mutuo contra Rónald Guillermo
Céspedes Fernández. Exp. 12-016039-1170-CJ.—Juzgado
Segundo especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de
setiembre del 2012.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2012097280).
A las diez horas del veintiséis de noviembre de dos mil doce, en
la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de
anotaciones y gravámenes prendarios, y con la base de ochocientos mil colones,
remataré: vehículo placas seis dos seis siete cinco dos, marca Hyundai, estilo
Elantra, categoría automóvil, números de serie, chasis y vin KMHJF35F5YU055142,
carrocería sedán cuatro puertas, modelo 2000, tracción 4x2, capacidad para
cinco personas, color negro, motor marca Hyundai, modelo GL, número ilegible,
combustible gasolina. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la
segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original,
sea la suma de seiscientos mil colones, se señalan las: nueve horas treinta
minutos del trece de diciembre del dos mil doce. En la eventualidad de que en
el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con
la base del veinticinco por ciento de la base original, o sea la suma de
doscientos mil colones, se señalan las: nueve horas treinta minutos del once de
enero de dos mil trece. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de
ejecución prendaria de Odiney Fernández Vargas contra Hazer María Pérez
Villalobos. Exp. 12-100084-0317-CI-3.—Juzgado de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad
Quesada, 7 de setiembre de 2012.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—RP2012325009.—(IN2012097292).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las trece horas con treinta minutos del veintiocho de noviembre
del dos mil doce, y con la base de dieciséis millones trescientos cuarenta y
ocho mil cuatrocientos veintisiete colones con treinta y dos céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 166703-000, la cual es terreno para construir lote 7. Situada
en el distrito 08 Cabo Velas, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre de paso de 3 metros de ancho: al
sur, Mayra Obando Leal; al este, calle pública y al oeste, Teddy Isaac Dávila
Grijalba. Mide trescientos cincuenta y un metros cuadrados. Plano:
G-1473093-2011. Para el segundo remate se señalan las trece horas con treinta
minutos del trece de diciembre del dos mil doce, con la base de doce millones
doscientos sesenta y un mil trescientos veinte colones con cuarenta y nueve
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas con treinta minutos del once de enero del dos mil
trece, con la base de cuatro millones ochenta y siete mil ciento seis colones
con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y
Desarrollo Comunal contra Rosibel María Rodríguez Camareno Exp. 12-000636-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, 26 de setiembre del 2012.—Lic. Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—RP2012325010.—(IN2012097293).
En la puerta exterior de este, Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando; reservas y restricciones citas
0297-2275-01-914-001 a las 14:30 horas del 9 de enero del 2013, y con la base
de veintidós millones setecientos veinticuatro mil ochocientos cuarenta y ocho
colones con cincuenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de
propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número uno seis tres dos
tres cinco cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito cuarto Tempate, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Importadora Internacional Rubí y Morera S. A. y
Maximiliana Bran Barrantes, al sur, Evelio Bran Barrantes; al este, Maximiliana
Bran Barrantes y al oeste, calle pública con frente a ella de veintinueve
metros con diez centímetros. Mide: setecientos cincuenta metros con seis
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las 14:30 horas del 24
de enero del 2013, con la base de diecisiete millones cuarenta y tres mil
seiscientos treinta y seis colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las 14:30 horas
del 8 de febrero del 2013, con la base de cinco millones seiscientos ochenta y
un mil doscientos doce colones con trece céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Diego Javier Sandí Elizondo.
Exp. Nº 12-000520-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y
Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 2 de octubre del 2012.—Lic. Alejandra Pérez Cordero, Jueza.—RP20123235011.—(IN2012097294).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios y soportando reservas y restricciones citas:
353-00984-01-0971-001, habitación familiar citas: 375-07761-01-0013-001, a las
nueve horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil doce, y con la
base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
diez mil cuatrocientos sesenta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno para
construir lote 71 con una casa. Situada en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón
10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda al norte, Desarrollo Colonia
San José S R L; al sur, Álvaro Álvarez Padilla; al este, calle pública con 10 m
y al oeste, Desarrollo Colonia San José S R L. Mide cuatrocientos diecisiete
metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil doce,
con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del diecinueve de diciembre de dos mil doce con la base de
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Grupo Nación GN S. A., contra Álvaro Corella Oses, Jarcore de Publicidad S.
A., Maritza Ortega Moya. Exp. 08-023743-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 5 de octubre
del 2012.—Lic. María Mora Saprissa, Jueza.—RP2012325018.—(IN2012097295).
A las 8:30 horas del 13 de diciembre del 2012, en la puerta
exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes
hipotecarios comunes y anotaciones y con la base de la hipoteca de primer grado
ya vencida a favor del actor, sea la base de cincuenta y nueve millones de
colones, remataré: finca inscrita en propiedad del partido de Alajuela, folio
real matrícula número 204.273-000 que es terreno de agriculturas, sito en la
Fortuna de San Carlos, distrito siete del cantón diez de la provincia de
Alajuela. Linda al norte, Carmelina Campos Rojas, al sur, calle pública con 88
metros 63 centímetros lineales, al este, Jorge Rodríguez Araya, y al oeste,
José Antonio Alfaro Vargas. Mide: cincuenta y cinco mil novecientos doce metros
cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de
la base original, sea la base de cuarenta y cuatro millones doscientos
cincuenta mil colones, se señalan las 8:30 horas del 11 de enero del 2013. Para
el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original,
sea la base de catorce millones setecientos cincuenta mil colones, se señalan
las 8:30 horas del 28 de enero del 2013. Se remata por ordenarse así en Exp. Nº
12-100897-0297-CI(3B) ejecución hipotecaria de Mario
Salazar Barboza contra Carmelina Campos Rojas.—Juzgado Civil y de Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 2 de
octubre del 2012.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—RP2012325038.—(IN2012097296).
En la puerta exterior de este, Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las once horas y cero minutos del tres de diciembre del dos mil
doce, y con la base de cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas 230571, marca: Honda, categoría:
automóvil, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x4, chasis:
JHMEE4767KS001550, uso particular, estilo: civil, capacidad: 5 personas, año:
1989, color: dorado. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero
minutos del dieciocho de diciembre del dos mil doce, con la base de trescientos
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de enero de dos
mil trece con la base de cien mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Instacredit S. A., contra Warner Jiménez Ulate. Exp. Nº 11-023835-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 2 de octubre del 2012.—Lic. Adriana Jiménez
Bonilla, Jueza.—RP2012325055.—(IN2012097300).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
prendarios y anotaciones, a las nueve horas y cero minutos del veintinueve de
noviembre del dos mil doce y con la base de dos millones trescientos noventa
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa
número 865293, marca Hyundai, estilo Accent, año 1999, color violeta, vin y
chasis KMHVF21NPXU565378. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del catorce de diciembre del dos mil doce, con la base de un
millón setecientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del catorce de enero del dos mil trece, con la base de quinientos
noventa y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de
Instacredit S. A. contra Anthony Fernando Wright Morgan. Expediente número
12-000150-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 21 de setiembre del 2012.—Msc. Guillermo Guevara
Solano, Juez.—RP2012325057.—(IN2012097301).
En la puerta exterior de este, Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las quince horas y cero minutos del trece de diciembre del dos
mil doce, y con la base de cuatrocientos setenta y seis mil colones exactos
correspondiente a un veinticinco por ciento de la base inicial, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 733583, marca: Kía, categoría:
automóvil, vin: KNAFA1251T5245853, año: 1996, color: beige. Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este,
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Gerardo Ramón Cordero Vega.
Exp. Nº 10-002052-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
11 de setiembre del 2012.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2012325064.—(IN2012097306).
A las 8:00 horas del 22 de noviembre de 2012, en la puerta
principal del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de
gravámenes prendarios comunes y anotaciones, infracciones y colisiones y con la
base de la prenda de primer grado ya vencida a favor del actor, sea la base de
tres millones de colones, remataré: vehículo marca Ford F350 Lariat, placas
CL-244931, categoría carga liviana, serie, chasis y vin 1FTWW32F3XED83781,
tracción 4x2, doble cabina, techo duro, capacidad 6 personas, año 1999, color
café, número de motor ilegible, 7300 cc, combustible diesel, marca
International, modelo F350 Lariat, 8 cilindros. Para el segundo remate, ahora
con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones, se señalan las 8:00 horas del 7 de diciembre
de 2012. Para el tercer remate, ahora con la base del veinticinco por ciento de
la base original, sea la base de setecientos cincuenta mil colones, se señalan
las 8:00 horas del 7 de enero de 2013. Se remata por estar así ordenado en
expediente: 12-100943-0297-CI-(2A), ejecución prendaria de Ronald Araya Rojas
contra Tatiana Lizano Esquivel.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada,
28 de setiembre de 2012.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2012325089.—(IN2012097308).
En la puerta exterior de este, Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del catorce de enero del dos mil trece, y con la base de novecientos
cinco mil ochocientos diez colones con noventa y ocho céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
cuatrocientos setenta y nueve mil noventa y siete-cero cero cero, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito cinco San Pedro, cantón
diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Rafael Segura Ureña; al este, camino público y al oeste,
Yanury Segura Piedra. Mide: seiscientos noventa y cuatro metros con diez
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del veintinueve de enero del dos
mil trece, con la base de seiscientos setenta y nueve mil trescientos cincuenta
y ocho colones con veinticuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
trece de febrero del dos mil trece, con
la base de doscientos veintiséis mil cuatrocientos cincuenta y dos colones con
setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L.
contra Yanory Segura Piedra y Alcides Venegas Vega. Exp. Nº 12-003293-0857-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 8 de octubre del 2012.—Lic. Carlos Contreras
Reyes, Juez.—RP2012325141.—(IN2012097311).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios y anotaciones, a las nueve horas y treinta minutos del veintinueve
de noviembre del dos mil doce y con la base de dos millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 47821-000, la cual es terreno para construir número 75-S.
Situada en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, INVU; al este, INVU; y al oeste,
INVU. Mide: doscientos treinta metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de
diciembre del dos mil doce, con la base de un millón quinientos mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subastase
señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de enero del dos mil
trece, con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Olman Gerardo Picado
Monjarrez. Expediente número: 12-005255-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de setiembre del 2012.—Msc
Guillermo Guevara Solano, Juez.—RP2012325159.—(IN2012097315).
En la puerta exterior de este, Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condiciones Ref: 00236193-000 bajo el tomo: 376 y
asiento: 9331; a las nueve horas y cero minutos del tres de diciembre del dos
mil doce, y con la base de dieciocho millones colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
doscientos cuarenta y un mil setecientos ochenta y siete-cero cero cero, la
cual es terreno para construir lote N-23 bloque B. Situada en el distrito 01
Orotina, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Cía
Constructora Maracaibo S. A.; al sur, Cía Constructora Maracaibo S. A.; al
este, calle Los Emprendedores y otro y al oeste,
Cía Constructora Maracaibo S. A. Mide: ciento cuarenta metros con
sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del diecisiete de diciembre del dos mil doce, con la base
de trece millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del dieciséis de enero de dos mil trece con la base de cuatro millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Enelda Céspedes
Mora contra María Teresa Aguilar Rodríguez y Rigoberto Castillo Rodríguez. Exp.
Nº 11-001390-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de octubre del
2012.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—RP2012325161.—(IN2012097316).
A las trece horas treinta minutos del veintiséis de noviembre del
dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor
postor, libre de gravámenes prendarios, y con la base de quince millones
doscientos veintinueve mil setecientos colones, remataré: vehículo placas CL
doscientos cuarenta y seis mil setecientos dieciocho, marca Toyota, estilo
Tundra, categoría carga liviana, números de serie, chasis y vin
5TBBT54147S457457, carrocería caja abierta o cam-Pu, modelo dos mil siete,
tracción cuatro por cuatro, capacidad para cinco personas, color celeste, motor
marca Toyota, modelo SR 5, combustible gasolina. En caso de resultar fracasado
el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por
ciento de la base original, sea la suma de once millones cuatrocientos
veintidós mil doscientos setenta y cinco colones, se señalan las nueve horas
del once de diciembre del dos mil doce. En la eventualidad de que en el segundo
remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del
veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de tres millones
ochocientos siete mil cuatrocientos veinticinco colones, se señalan las nueve
horas del nueve de enero del dos mil trece. Lo anterior por estar así ordenado
en proceso monitorio de Rafael Ángel Alvarado Córdoba contra Porfirio Campos
Cordero. Expediente: 10-101854-0317-CI.—Juzgado de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad
Quesada, 4 de setiembre del 2012.—Lic. Omar Hernández González, Juez.—(IN2012097629).
En la puerta exterior de este, Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo el tomo trescientos
sesenta, asiento doce mil cincuenta y tres; a las ocho horas y cero minutos del
dieciséis de enero de dos mil trece, y con la base de doscientos mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 220793-000 la cual es terreno naturaleza de café
con un recibidor, una casa, una bodega. Situada en el distrito 02 San Miguel,
cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hcdas San
Rafael y San Miguel Ltda.; al sur, Irenelu S. A., carretera Radial Naranjo; al
este, Hacienda La Hilda Ltda. y al oeste, el Alcázar
Ltda., y Irenelu S. A. Mide: trescientos veinticinco mil doscientos dieciocho
metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del seis de febrero de dos mil trece, con
la base de ciento cincuenta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del
veintisiete de febrero de dos mil trece con la base de cincuenta mil dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base Inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. lA anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Misty Coral S. A., contra Finca La
Carolina S. A. Exp. Nº 11-001217-0638-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 2 de octubre del 2012.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—(IN2012097644).
A las ocho horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del
mil doce, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando ocho servidumbres trasladadas y con la base de
tres millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil colones, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
ciento setenta y tres mil cuatrocientos cuatro-cero cero uno y cero cero dos, la
cual es terreno para construir, lote cincuenta y uno, bloque B. Situada en el
distrito cinco Santa Lucía, cantón segundo Barva de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Universidad Nacional; al sur, calle pública; al este, lote
cincuenta y dos; y al oeste, lote cincuenta. Mide: ciento treinta y cuatro
metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y
Préstamo contra Ana Cecilia Sibaja González y Eduardo Antonio Cedeño Zúñiga,
Expediente: 06-000809-0638-CI.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de setiembre del 2012.—Lic.
Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2012325325.—(IN2012097651).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; a las once horas y cero minutos del quince de enero del dos mil
trece, y con la base de setenta mil dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
ciento treinta y cuatro mil doscientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, la
cual es terreno para construir con una casa de habitación, un taller para
reparación de llantas y cabinas. Situada en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón
10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, José Eduardo
Rodríguez; al sur, calle pública, quebrada en medio, Ramón Rojas Arce; al este,
calle pública, Huana Bolan y Fan Han Ping y al oeste, Hansy Alfonso Rodríguez
Pérez. Mide: seis mil setecientos sesenta y ocho metros con seis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del
treinta de enero del dos mil trece, con la base de cincuenta y dos mil
quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del catorce de febrero
del dos mil trece con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Héctor Rodríguez Soto contra Griselda Pérez
Guzmán. Exp. Nº 12-003070-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 19 de setiembre del
2012.—Lic. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—RP2012325393.—(IN2012097654).
En la puerta exterior de este, Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de enero
de dos mil trece, y con la base de cuatro millones quinientos cincuenta mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa CL-162043,
marca Ford, estilo F150XL, categoría automóvil, carrocería caja abierta o
cam-pu, tracción 4x2, capacidad 5 personas, año 1998, color blanco, combustible
gasolina, cilindrada 4200 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas
y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de enero de dos mil trece, con la
base de tres millones cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del quince de febrero de dos mil
trece, con la base de un millón ciento treinta y siete mil quinientos colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Centro Internacional de Inversiones CII
S. A., contra Distribuidora Cárnica San José S. A., Mario Rodrigo Solís
Madrigal. Exp. Nº 11-011242-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 8
de octubre del 2012.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—RP2012325357.—(IN2012097655).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios, pero soportando infracciones colisiones según sumaría 08-004944-0494-TR
del Juzgado de Tránsito de Alajuela; a las once horas quince minutos del quince
de noviembre del dos mil doce, y con la base de once mil quinientos doce
dólares con cincuenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo placas 673141. Marca: Mazda, estilo: Mazda 6, capacidad: 5 personas,
año: 2007, color: plateado, categoría: automóvil, serie: JM7GG2F271538870,
carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, chasis: JM7GG2F271538870, motor:
LF880212, cilindrada: 1999 c. c., combustible: gasolina, cilindros: 04. Para el
segundo remate se señalan las once horas quince minutos del treinta de
noviembre del dos mil doce, con la base de ocho mil seiscientos treinta y
cuatro dólares con treinta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas quince minutos del
diecisiete de noviembre del dos mil doce con la base de dos mil ochocientos
setenta y ocho dólares con trece centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Roy Eduardo Ramos Morales, expediente Nº
11-011718-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 7 de setiembre del año 2012.—Lic. Luis
Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2012097878).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre de
paso, bajo las citas tomo 2009, asiento 00298156, a las quince horas y cero
minutos del veintitrés de noviembre del dos mil doce, y con la base de
doscientos dieciocho mil setecientos sesenta y cuatro dólares con noventa y
cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y siete mil novecientos
ocho-cero cero cero la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito 03
Macacona, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Euroesparza de las flores S. A.; al sur, Clínica Santa Teresa de Esparza S. A.;
al este, Glandale Incorporated S. A., y al oeste, Anabelle Benavides Moraga.
Mide: quince mil treinta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y cero minutos del once de diciembre del dos mil doce,
con la base de ciento sesenta y cuatro mil setenta y tres dólares con setenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del nueve de enero de dos mil trece con
la base de cincuenta y cuatro mil seiscientos noventa y un dólares con
veintitrés centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Fiduciaria Brunca Sociedad Anónima contra Estancia de
Vida Sociedad Anónima, expediente Nº 12-008382-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 4 de octubre del año 2012.—Lic.
Adrián Hilje Castillo, Juez.—(IN2012097966).
TERCERA PUBLICACIÓN
A las catorce
horas y treinta y dos minutos del veinticuatro de abril del dos mil doce.
Adriana Rodríguez Corrales. Jueza Tramitadora del Tribunal Penal del Segundo
Circuito Judicial de San José, hace saber que: la investigación penal número
08-000838-0275-PE, seguida contra Alejandro Porras Vargas y otros, por el
delito de robo agravado, se encuentra la resolución que literalmente dice: Se
ordena a notificar por edicto. Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de
San José, al ser las catorce horas con treinta y cuatro minutos de el
veinticuatro de abril del dos mil doce. Conforme a la sentencia Nº 439-2011, de
las ocho horas con treinta minutos del siete de octubre del dos mil once, en
que se ordena la entrega de la motocicleta marca UM color azul, sin placa, 167
fml, motor 08503750, chasis L5DPCM289A003673, así como un casco azul marca
Kiwy, un casco negro Max motor a quien demuestre ser su legítimo propietario.
Se resuelve: siendo que del estudio del expediente no se encuentra un lugar o
un medio para notificar al propietario, se ordena realizar la respectiva
notificación mediante la publicación del edicto en el Diario Oficial La
Gaceta, debiéndose publicar por tres veces consecutivas la resolución cita,
ello con la finalidad de que la parte interesada se imponga del contenido de la
misma y se tenga por notificada, corriendo a partir de ese acto, el plazo de
para hacer efectivo el reclamo del bien decomisado, conforme se dispuso en la
resolución supracitada, caso contrario y una vez vencido el término, se
procederá conforme a derecho corresponda. Notifíquese.—Tribunal
Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Adriana Rodríguez
Corrales, Jueza.—(IN2012096913).