BOLETÍN JUDICIAL Nº 206 DEL 25 DE OCTUBRE DEL 2012

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; Soportando hipoteca de primer grado; practicado bajo citas de inscripción 0570-0008570-01-0001-001; demanda ordinaria bajo citas de inscripción 0573-00031984-01-0001-001; practicado bajo citas de inscripción 0573-00031992-01-0001-001; practicado bajo citas de inscripción 0576-0072152-01-0001-001; practicado 0576-00072155-01-0001-001, propiedad inscrita a folio real matrícula número ochenta mil seiscientos cuarenta y ocho-cero-cero-cero; a las ocho horas y treinta minutos del trece de noviembre de dos mil doce: 1) Con la base de cincuenta y ocho millones quinientos noventa y cinco mil seiscientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta mil seiscientos cuarenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de frutales. Situada en el distrito 07 Puente de Piedra, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda al norte, Wilkinson & Torch Sociedad Anónima; al sur,  Río Poro, Quebrada Lomas en medio Juan José Herrera Herrera y calle pública; al este,  calle pública con un frente de 86.06 metros y Juan José Herrera Herrera y al oeste,  Río Poro y German Salazar Rodríguez. Mide: ocho mil seiscientos ochenta y cuatro metros con veintiséis decímetros cuadrados. Plano catastrado Nº A-0762510-2002. 2) Libre de Gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre de paso, con la base de ocho millones cuarenta y ocho mil setecientos sesenta y siete colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veinte mil ciento cuarenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 07 Puente de Piedra, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Wilkinson y Torch S. A.; al sur, Mi Segundo Terruño R.L.; al este, calle pública con 25.00 metros lineales y al oeste, servidumbre agrícola con 25.64 metros lineales. Mide: mil ciento cincuenta y dos metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano catastrado Nº A-0916933-2004. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil doce, 1) con la base de cuarenta y tres millones novecientos cuarenta y seis mil setecientos colones, 2) con la base de seis millones treinta y seis mil quinientos setenta y cinco colones con tres céntimos, todas las anteriores (rebajada en un 25% de la base original). Para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de diciembre de dos mil doce, 1) con la base de catorce millones seiscientos cuarenta y ocho mil novecientos colones, 2) con la base de dos millones doce mil ciento noventa y un colones con siete céntimos, todas las anteriores por (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se rematan por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Analive Mora Quirós contra Foster y Roe S.A. Exp. 11-000075-1118-LA.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 18 de setiembre del 2012.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2012098308).

Causahabientes

A los causahabientes de quien en vida se llamó Carlos Enrique Zúñiga Muñoz, quien fue mayor, soltero, vecino de San José, con cédula de identidad número 1-338-192, quien al momento de su fallecimiento laboraba para VMA Seguridad Uno S. A., se les hace saber que: Alejandra Zúñiga Muñoz, portadora de la cédula de identidad número 1-699-333, vecina de San José, se apersonó en este Despacho en calidad de hermana del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Carlos Enrique Zúñiga Muñoz, expediente número 12-001902-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de octubre del año 2012.—M.Sc. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—(IN2012097599).

A los causahabientes de quién en vida se llamó María de los Ángeles Robles Maroto, quien fue mayor, casada, vecina de Cartago, con cédula de identidad número 1-491-296, quien al momento de su fallecimiento laboraba para el Ministerio de Educación Pública, se les hace saber que: Bernny García Fernández, portador de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-463-277, vecino de Cartago, se apersonó en este Despacho en calidad de viudo de la fallecida, a fin de promoverlas presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida María de los Ángeles Robles Maroto, expediente número 12-001824-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 1 de octubre del año 2012.—M.Sc. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—(IN2012097600).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Roberto Sawyers Copeland, quien fue mayor, casado, vecino de Limón, con cédula de identidad número 7-480-361, quien al momento de su fallecimiento laboraba para la Caja Costarricense de Seguro Social, se les hace saber que: Xinia Brenes Vargas, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 7-090-006, vecina de Coronado, se apersonó en este Despacho en calidad de madre en ejercicio de la patria potestad del menor Kendall Sawyers Brenes del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Roberto Sawyers Copeland, expediente número 12-001731-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre del año 2012.—M.Sc. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—(IN2012097605).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes se consideren con derecho a las prestaciones legales, Fondo de Capitalización Laboral (FCL) del trabajador fallecido Paul Montiel Martínez, quien fue mayor de edad, casado, guarda de seguridad privada, cédula de identidad 7-128-0295, vecino de Siquirres, Tobías Vaglio, quien falleció el 13 de julio del 2009; para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 12-300080-0934-LA-8, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, veintiséis de setiembre del dos mil doce.—Lic. Johanna López Matarrita, Jueza.—1 vez.—(IN2012098605).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes se consideren con derecho a las prestaciones legales Fondo de Capitalización Laboral (FCL) del trabajador fallecido Juan José Matamoros Benavides, quien fue mayor de edad, casado, pensionado, cédula de identidad 7-0054-0640, vecino de Siquirres, Cairo, frente a la Delegación de Cairo, casa verjas negras con blanco hueso, de cemento, quien falleció el 12 de febrero del 2012; para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 12-300077-0934-LA-6, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, veintisiete de setiembre del dos mil doce.—Lic. Johanna López Matarrita, Jueza.—1 vez.—(IN2012098606).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Karla Vanessa Poveda Guillén, quien fue mayor, cédula de identidad 3-0357-0208, soltera, floricultora, vecina de Cartago y falleció el 6 de setiembre del 2011, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 12-000226-0346-CI, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 12-000226-0346-CI. Promovido por María Elena Guillén Gómez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 31 de agosto del año 2012.—Msc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—(IN2012098658).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Antonio Rodríguez Morera, quien fue… cédula de identidad 2-0306-0124, fallecido el 15 de junio del 2005, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 12-000724-1021-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 12-000724-1021-LA. Por Gladys Jiménez Rodríguez a favor de José Antonio Rodríguez Morera.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 28 de setiembre del 2012.—Lic. Guillermo Guilarte Corrales, Juez.—1 vez.—(IN2012098659).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Donald Martín Rodríguez Vega, quien fue mayor, soltero, informático, vecino de San Ramón, con cédula de identidad número 0204300587, se les hace saber que Janneth Vega Sancho, portadora de la cédula de identidad número 0201920763, vecina de San Ramón, se apersonó en este despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Donald Martín Rodríguez Vega, expediente número: 12-000283-0694-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 3 de octubre del 2012.—Lic. Luis Alberto Miranda García, Juez.—1 vez.—(IN2012098660).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó Asdrúbal López Vargas, quien fue mayor, portador de la cédula de identidad número 2-0277-0037, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de este edicto se apersonen en las diligencias que por devolución de cuotas de trabajador fallecido, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren se procederá a entregar el importe correspondiente, a quienes de conformidad con lo estipulado en el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas, tengan derecho a él. Expediente: 12-300032-0315-LA-4.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Orotina, 27 de setiembre del 2012.—Lic. Ileana Loáiciga Calderón, Jueza.—1 vez.—(IN2012098661).

Se emplaza a todos los interesados en la diligencia del Cobro del Fondo de Capitalización Laboral y Prestaciones Laborales de la trabajadora fallecida Anabell Martínez Rizo, quien fue mayor, costarricense, soltera, con cédula de identidad N° 08-0087-0072 y vecina de El Roble de Puntarenas, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado el dinero pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-300343-1024-LA-(1).—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, 18 de setiembre del 2012.—Lic. Pedro Ferrán Reina, Juez.—1 vez.—(IN2012098662).

Se cita a los causahabientes del trabajador fallecido Alexander Vásquez Sequeira, quien fue mayor, soltero, peón agrícola, vecino de Las Delicias de Aguas Zarcas, cédula de identidad 2-642-733, para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de devolución de prestaciones laborales promovidas por Esmeralda Sequeira Morales y como depositantes la Operadora de Pensiones del Banco de Costa Rica y Piñales Las Delicias S. A. y con la advertencia de que si así no lo hicieren, el dinero se girará a quien corresponda de acuerdo con lo que establece el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. Nº 12-300159-0317-LA.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 25 de setiembre del 2012.—Lic. Ómar Hernández González, Juez.—1 vez.—(IN2012098683).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sandra María Navarro Campos, quien fue mayor, cédula de identidad 3-0233-0485, casada, auxiliar de nutrición, vecina de Cartago, y falleció el 4 de diciembre del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 12-000575-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Comercio. Expediente N° 12-000575-1023-LA. Promovido por Manuel Antonio Mora Navarro. con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 10 de octubre del 2012.—Msc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—(IN2012098944).

Se emplaza a todos los causahabientes el trabajador fallecido William Mena Calderón, quien fuere mayor, casado, oficinista, portador de la cédula de identidad 3-0275-0351 y vecino de Limón para que comparezcan a este Despacho dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren los dineros que se depositaren pasarán a quien legalmente correspondan. Lo anterior ordenado en diligencias por muerte de William Mena Calderón, gestiona Gloria Paddyfoot Castro. Expediente Nº 12-000280-1025-LA-D.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Limón, 3 de octubre del 2012.—Lic. Eric José López Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2012098995).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Dulce María Rodríguez Barquero, quien fue mayor, divorciada, farmacéutica, vecina de Cartago centro, con cédula de identidad Nº 3-204-377, se les hace saber que: Laura Yong Rodríguez, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 1-1126-109, vecina de Cartago centro, se apersonó en este Despacho en calidad de hija del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Dulce María Rodríguez Barquero, expediente Nº 12-000648-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 20 de setiembre del 2012.—Lic. Adrián Pérez Carpio, Juez.—1 vez.—(IN201298996).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Ana Del Rocío Carpio Montoya mayor, divorciada, médico, vecina de Cartago, con cédula de identidad Nº 3-206-738, quien falleció el 31 de julio del año 2012, se les hace saber que: José Alberto Rojas Camacho, portador de la cédula de identidad Nº 9-063-527, vecino de Lima, Perú, se apersonó en este Despacho en calidad de padre en ejercicio de la patria potestad de la menor de edad, María José Rojas Carpio, quien es hija de la trabajadora fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Ana Del Rocío Carpio Montoya, expediente Nº 12-000681-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Cartago, 24 de setiembre del 2012.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—1 vez.—(IN2012098998).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Ignacio Melgara Talavera, mayor, casado, vecino de Juan Viñas de Jiménez, con cédula de residencia Nº 155809681225, se les hace saber que: Gregoria Guerrero Martínez, portadora de la cédula de residencia Nº 155809819226, vecina de Juan Viñas de Jiménez, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Ignacio Melgara Talavera, expediente Nº 12-000365-1001-LA.—Juzgado de Trabajo de Turrialba, 19 de setiembre del 2012.—Msc. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2012098999).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ramón Acosta Acosta cédula 6-127-143, fallecido el 19 de agosto del 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias por consignación de prestaciones laborales bajo el Nº 12-000114-0874-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 12-000114-0874-LA. Promovido por María Isabel Acosta Arrieta.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), 4 de octubre del 2012.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2012099000).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Juzgado Especializado de Cobro II Circuito Judicial de San José, a las siete horas y cuarenta y nueve minutos del cinco de octubre del dos mil doce. Siendo que el Consejo Superior trasladó el disfrute del feriado correspondiente al 12 de octubre para el 15 de octubre ambos del dos mil doce; se deja sin efecto los señalamientos de remate ordenados en autos, toda vez que se señalo para el quince de octubre y este día es feriado y en su lugar se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil doce. La base será la misma fijada en autos, sea la suma de treinta y seis millones trescientos sesenta y cinco mil trescientos setenta y siete colones con setenta y cinco céntimos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil doce, con la base de veintisiete millones cuatrocientos setenta y seis mil quinientos treinta y tres colones con treinta y un céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de diciembre del dos mil doce, con la base de nueve millones ciento cincuenta y ocho mil ochocientos cuarenta y cuatro colones con cuarenta y tres céntimos (un 25% de la base original). Expediente: 10-033211-1012-CJ. Proceso ejecución hipotecaria. Actor: Banco Nacional de Costa Ric, demandado: José Ángel Antonio López Ruiz.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—RP2012325001.—(IN2012097291).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones, a las catorce horas y cero minutos del once de diciembre del dos mil doce, y con la base de dieciséis mil novecientos setenta y cinco dólares con cincuenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: CL-225060, marca: Toyota, carga liviana: VIN: 8AJER32G004018030, año: 2008, color: plateado. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de enero del dos mil trece, con la base de doce mil setecientos treinta y un dólares con sesenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil trece con la base de cuatro mil doscientos cuarenta y tres dólares con ochenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra E. L. C. Desarrollos Industriales Sociedad Anónima y Allan López Arias, expediente Nº 12-008318-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 3 de octubre del año 2012.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—RP2012325457.—(IN2012097981).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y cuatro servidumbres de paso; a las once horas y cero minutos del once de enero del año dos mil trece, y con la base de veintiséis millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos catorce-cero cero cero la cual es terreno con cultivos varios. Situada en el distrito noveno Alfaro, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Denio Méndez Chacón, Marlene Arroyo Jiménez y Yirlani Cabezas Fernández; al sur, Bienvenido Salazar Miranda, Miriam María Jiménez Méndez, Marlene Arroyo Jiménez y Yirlani Cabezas Fernández; al este, Rafael María Chaves Alfaro y Miriam María Jiménez Méndez, y al oeste, María de los Ángeles Chaves Alfaro, Miriam María Jiménez Méndez y Denio Méndez Chacón. Mide: once mil quinientos setenta y seis metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de enero del año dos mil trece, con la base de diecinueve millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del doce de febrero del año dos mil trece con la base de seis millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Francisco Díaz contra Ángel Alberto Alfaro Morales, expediente Nº 12-000497-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 6 de setiembre del año 2012.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—RP2012325459.—(IN2012097982).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones y servidumbre de paso; a las nueve horas y cero minutos del cuatro de febrero del año dos mil trece, y con la base de diez millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y un mil cuatrocientos veinticuatro cero cero cero, la cual es terreno hoy con una casa. Situada en el distrito tres Buenos Aires, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan Aragón López; al sur, Sandra Lisbeth Araya Garbanzo; al este, José Daniel Solórzano Castro, y al oeste, servidumbre de paso en medio Roy Alberto Mena Carranza y Roberto Vargas Contreras con once punto dieciséis metros. Mide: ciento treinta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de febrero del año dos mil trece, con la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de marzo del año dos mil trece, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Miriam Jenny Villegas Rojas, expediente Nº 12-000145-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 27 de setiembre del año 2012.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—RP2012325499.—(IN2012097984).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las ocho horas y cero minutos del seis de febrero del año dos mil trece, y con la base de siete millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y siete mil seiscientos setenta y siete cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Juan, cantón Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Desarrolladora la Abuela S. A. y servidumbre de paso de seis metros de ancho y treinta y dos de largo; al sur, servidumbre de aguas pluviales de tres metros de ancho y Omar Elizondo; al este, servidumbre de paso de seis metros de ancho con frente de doce metros, y al oeste, Miguel Méndez. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de febrero del año dos mil trece, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de marzo del año dos mil trece con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Martínez Lescano, expediente Nº 12-000024-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 20 de setiembre del año 2012.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—RP2012325500.—(IN2012097985).

En la puerta exterior de este Despacho; a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de febrero del año dos mil trece, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de quince millones setecientos doce mil colones exactos libre de gravámenes hipotecarios; Partido de Alajuela, matrícula número ciento nueve mil novecientos setenta cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada en el distrito cuatro Santiago, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con un frente ciento diecisiete metros con nueve centímetros; al sur, Juan Luis Chavarría Vargas; al este, Carlos Luis Rojas Salas, y al oeste, Sulay Rojas Salas. Mide: nueve mil ochocientos veintiún metros con cuatro decímetros cuadrados. 2) Con la base de veintisiete millones ochenta y ocho mil colones exactos libre de gravámenes hipotecarios pero soportando serv y sirvientref y plazo de convalidación (rectificación de medida); Partido de Alajuela, matrícula número ciento nueve mil novecientos sesenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno café. Situada en el distrito cuatro Santiago, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Reofoldina Rojas; al sur, Marcos Eliecer y Juan Rafael Mora; al este, calle, y al oeste, José María Vásquez. Mide: diez mil seiscientos noventa y tres metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. 3) Con la base de veinte millones de colones exactos libre de gravámenes hipotecarios pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida). Partido de Alajuela, matrícula número cincuenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y seis cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada en el distrito cuatro Santiago, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte y al este, RO-AL de Palmares S. R. L.; al sur, Carlos Luis Rojas Salas; y al oeste, Guido Rojas Rojas. Mide: seis mil quinientos quince metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de febrero del año dos mil trece primer remate. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de febrero del año dos mil trece, con las bases de: 1.- Para la primera finca once millones setecientos ochenta y cuatro mil colones exactos, 2.- Para la segunda finca veinte millones trescientos dieciséis mil colones exactos y 3.- Para la tercera finca quince millones de colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de marzo del año dos  mil trece, con las bases de: 1.- Para la primera finca tres millones novecientos veintiocho mil colones exactos, para la segunda finca seis millones setecientos setenta y dos mil colones exactos y 3.- Para la tercera finca cinco millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se rematan por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Cafetalera los Nacientes S. A., expediente Nº 12-000205-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 17 de setiembre del año 2012.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—RP2012325501.—(IN2012097986).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del tres de diciembre del año dos mil doce, y con la base de veinticuatro millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 102778-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda al norte, lote 157; al sur, lote 182; al este, lote 158 y al oeste, calle pública. Mide ciento dieciséis metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil doce, con la base de dieciocho millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de enero del año dos mil trece con la base de seis millones doscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlos García Murillo. Exp. 11-034822-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de octubre del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—RP2012325517.—(IN2012097990).

A las trece horas treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0391-00006113-01-0900-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de ocho millones setecientos sesenta mil colones, remataré: Finca inscrita en Propiedad Partido de Alajuela, Folio Real matricula número 259.148-000, que es terreno inculto de forma irregular con una casa, sito en Cutris de San Carlos, distrito once del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Antonio Brenes Chaves; al sur, calle pública; al este, Miguel Ángel Brenes Chaves, y al oeste, Ángel Pacheco y otros. Mide: Cuatro mil setecientos setenta metros con veintidós decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de seis millones quinientos setenta mil colones, se señalan las: trece horas treinta minutos del seis de diciembre del dos mil doce. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones ciento noventa mil colones, se señalan las: trece horas treinta minutos del veintiuno de diciembre del dos mil doce. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 12-100957-0297-CI (2A) ejecución hipotecaria de Agropecuaria Primero de Octubre de Mil Novecientos Cuarenta y Siete S. A., contra Jorge Alberto Brenes Muñoz.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, veintisiete de setiembre del 2012.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2012325541.—(IN2012097992).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones a las nueve horas del catorce de enero del dos mil trece, y con la base de treinta y ocho millones ochocientos noventa y cinco mil trescientos cincuenta y dos colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 137307-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda al norte, calle pública con un frente de 34 mts 41 centímetros; al sur, calle pública con un frente de 40 mts 80 centímetros; al este, Fanny Matarita Blanco y al oeste, Yorleny Gutiérrez Arias y Dulcelina Arias Blanco. Mide dos mil noventa y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintinueve de enero del dos mil trece, con la base de veintinueve millones ciento setenta y un mil quinientos catorce colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del trece de febrero del dos mil trece, con la base de nueve millones setecientos veintitrés mil ochocientos treinta y ocho colones con veintiún céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Evelyn Lilliana López Garro. Exp. 12-000116-0390-CI.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 5 de octubre del 2012.—Lic. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—RP2012325545.—(IN2012097993).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios, pero soportando colisión del Juzgado Contravencional de Abangares; a las once horas y cero minutos del nueve de enero del año dos mil trece, y con la base de catorce mil cuatrocientos cuarenta y tres dólares con ochenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número seiscientos noventa y tres mil trescientos veinticinco (693325), marca Nissan, estilo Tiida, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie JN1BCAC11Z0007403, año 2008, color negro, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4X2, chasis JN1BCAC11Z0007403, motor HR16245684A, cilindrada 1598 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de enero del año dos mil trece, con la base de diez mil ochocientos treinta y dos dólares con ochenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del ocho de febrero del año dos mil trece con la base de tres mil seiscientos diez dólares con noventa y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Ernesto Alonso Gómez Castillo. Exp. 11-000038-0295-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 3 de octubre del 2012.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—RP2012325549.—(IN2012097994).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil doce, y con la base de doce mil novecientos cincuenta y tres dólares con cuarenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa EE 026430, marca Caterpillar, estilo 420e, capacidad 1 persona, carrocería retroexcavadora, año 2007. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de diciembre de dos mil doce, con la base de nueve mil setecientos quince dólares con seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de diciembre de dos mil doce con la base de tres mil doscientos treinta y ocho dólares con treinta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito S. A., de C.V Sofom E.N.R. contra FBO Del Llano. Exp. 12-005817-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 31 de agosto del 2012.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—(IN2012098248).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del tres de diciembre del año dos mil doce, y con la base de sesenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 165609-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Guadalupe, cantón 08 Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, Luis Mainiere Aranne; al sur, Max Ancheta; al este, Luis Paulino Jiménez, y al oeste, calle con 16 m 96 cm. Mide: Trescientos cuarenta y nueve metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil doce, con la base de cuarenta y ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de enero del año dos mil trece, con la base de dieciséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Arturo Montero Chavarría, Propiedades Colonia Del Río Sociedad Anónima. Exp. Nº 11-032548-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de octubre del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—RP2012325662.—(IN2012098325).

En la puerta exterior de este Despacho; a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de febrero  del año dos mil trece, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de treinta y cuatro millones colones exactos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, finca del Partido de Alajuela, matrícula número ciento cuarenta mil noventa y ocho cero cero cero, la cual es terreno de café con dos casas. Situada en el distrito cuatro Santiago, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de sesenta y siete metros con setenta y seis centímetros; al sur, Agropecuaria Rojas Salas S. A.; al este, Róger Rodríguez Segura y Óscar Luis Rojas Salas y Julio Rodríguez Rojas, y al oeste, calle pública con un frente a ella de ciento cincuenta y siete metros cuarenta y ocho centímetros. Mide: Doce mil trescientos metros cuadrados. 2) Con la base de dieciséis millones colones exactos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y plazo de convalidación (rectificación de medida); finca del Partido de Alajuela, matrícula número ochenta mil seiscientos ochenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno cultivado de café. Situada en el distrito cuatro Santiago, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote de Bolívar Chavarría Alvarado, Edwin Rojas y Manuel Rojas Rojas; al sur, calle pública y Carlos Vargas; al este, Javier Rojas Salas y Edwin Rojas, y al oeste, Marta Cecilia Chavarría Chavarría, lote de Bolívar Chavarría Alvarado en parte, calle pública y Jesús Céspedes. Mide: Nueve mil novecientos cuatro metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de marzo del año dos mil trece, con las bases de: 1) Para la primera finca: Veinticinco millones quinientos mil colones exactos y 2) Para la segunda finca: Doce millones de colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del primero de abril del año dos mil trece, con la base de: 1) Para la primera finca: ocho millones quinientos mil colones exactos y 2) Para la segunda finca: cuatro millones de colones exactos. Se rematan por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marvin Enrique Rojas Alvarado, Sociedad Cafetalera Guarumal CR S. A. Exp. Nº 12-000229-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 4 de octubre del 2012.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—RP2012325672.—(IN2012098326).

En la puerta exterior de este Despacho; a ser las nueve horas y treinta minutos del trece de noviembre del año dos mil doce libre de gravámenes prendarios; y con la base de catorce mil cuatrocientos treinta y nueve dólares con cuarenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 715028, marca Nissan, estilo Tiida, categoría automóvil, tracción 4x2, motor HR16309550A, capacidad 5 personas, serie JN1BCAC11Z0009992, chasis JN1BCAC11Z0009992, vin JN1BCAC11Z0009992, año 2008, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil doce, con la base de diez mil ochocientos veintinueve dólares con sesenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de diciembre del año dos mil doce con la base de tres mil seiscientos nueve dólares con ochenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica S.A. (Banco Banex S. A.) contra José Antonio Castro Salas. Exp. Nº 10-002014-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 20 de junio del 2012.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—RP2012325676.—(IN2012098327).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del quince de noviembre de dos mil doce, y con la base de doce mil dólares exactos libre de gravámenes hipotécanos; pero soportando condiciones referencia 00322047-000, citas 0358-00015202-01-0984-001; sáquese a remate los bienes dados en garantía, sea la finca: Partido de San José, matrícula número trescientos treinta y ocho mil trescientos cincuenta y seis cero cero cinco, cero cero seis. Para tal efecto se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del quince de noviembre de dos mil doce (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de noviembre de dos mil doce, con la base de nueve mil dólares exactos (rebajada en un 25%). de no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de diciembre de dos mil doce, con la base de tres mil dólares exactos (un 25% de la base original). Se remate por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Herrera y Kim S. A., contra Grace Morales Guzmán, José Rodolfo Chacón Morales. Exp. Nº 12-012783-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de setiembre del 2012.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—RP2012325677.—(IN2012098328).

A las 9:45 horas del veintiuno de noviembre de dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, sáquese a remate las fincas embargadas en autos y que a continuación se detallan: 1) terreno sin inscribir en el Registro Nacional, que se describe así: terreno para construir, con una casa de habitación de madera y techo de zinc, ubicada en distrito trece, El Amparo, cantón catorce, Los Chiles, en El Corozo, colinda al norte, Juan José Mendoza Araya; sur, calle pública; este, Miguel Mendoza Araya, y oeste, Juan José Mendoza Araya. Mide aproximadamente seiscientos veinticinco metros cuadrados. Dicha finca saldrá a remate libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base dada por el perito a folio 35, sea la suma de ¢7.165.000,00 y 2) terreno sin inscribir en el Registro Nacional, que se describe así: ternero para construir, con una casa de habitación de madera y techo de zinc color verde de zócalo en parte, ubicada en distrito trece, El Amparo, cantón catorce, Los Chiles, en El Pavón, colinda al norte y oeste, con Rafael Zúñiga Monge; este, señor Zúñiga Monge; sur, calle pública con un frente aproximadamente de doce metros. Mide aproximadamente ciento ochenta y tres metros cuadrados. Dicha finca saldrá a remate libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base dada por el perito a folio 34, sea la suma de ¢4.497.500,00. Para el primer remate se señalan las 9:45 horas del veintiuno de noviembre de dos mil doce. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, para la primera finca ¢5.373.750,00 y para la segunda finca la suma de ¢3.373.125,00, se señalan las 9:45 horas del seis de diciembre de dos mil doce. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base para la primera finca ¢1.791.250,00 y para la segunda finca ¢1.124.375,00, se señalan las 9:45 horas del veintiuno de diciembre de dos mil doce. Se rematan por ordenarse así en expediente Nº 10-100732-0297-CI monitorio de Donaldo Alvarado Maltez contra Osvaldo Martínez Masís.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 12 de setiembre del 2012.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2012325679.—(IN2012098329).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos del veintiocho de noviembre de dos mil doce, y con la base de dos millones cuatrocientos noventa y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 530706, marca Hyundai, estilo Accent L., categoría automóvil año 2001, color negro, sedán 2 puertas, serie KMHCF35G71U134559, tracción 4x2, gasolina, cuatro cilindros, cilindrada 1500 cc. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del trece de diciembre de dos mil doce, con la base de un millón ochocientos sesenta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del once de enero de dos mil trece con la base de seiscientos veintidós mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gabriel Jiménez Campos contra Zeus Enterprises ZE Costa Rica. Exp. Nº 11-002132-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de setiembre del 2012.—Lic. Éricka Robleto Artola, Jueza.—RP2012325698.—(IN2012098330).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas con treinta minutos del quince de noviembre del año dos mil doce, y con la base de siete millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 92829-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito cero dos Mansión, cantón cero dos Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Miguel Ángel Ruiz Castrillo y Maco Ruiz S. A.; al sur, calle pública y Zelmira Ruiz Vega; al este, Víctor Manuel Ruiz Vega y Zelmira Ruiz Vega; y al oeste, Miguel Ruiz Castrillo, Miguel Ruiz Castrillo y Gerardo Manuel Arce Ruiz. Mide: cuatro mil setecientos setenta y dos metros con dieciocho decímetros cuadrados, plano: G-0910218-1990. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del dos mil doce, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil doce con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Distribuidora Electrolido de Nicoya S. A., contra Inversiones Faruigar S. A. Exp. Nº 12-000252-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 31 de agosto del año 2012.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—RP2012325717.—(IN2012098331).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando reservas y restricciones bajo las citas 0391-12625-01-0843-001, reservas y restricciones bajo las citas 0391-12625-01-0844-001, reservas y restricciones bajo las citas 0391-12625-01-0845-001; a las diez horas y treinta minutos del once de enero de dos mil trece, y con la base de nueve millones cien mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ocho mil ochocientos setenta y dos -cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito (03) Horquetas, cantón (10) Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Hacienda Nadayure S. A.; al sur, Elida Rodríguez Araya; al este, Virgilio Rojas Guerrero; y al oeste, Gerarda Adelaida Salazar Rodríguez, servidumbre agrícola y María Teresa Salazar Rodríguez. Mide: veintiséis mil doscientos quince metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de enero de dos mil trece, con la base de seis millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de febrero de dos mil trece, con la base de dos millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Piedra y Navarro Sociedad Anónima contra María Teresa Salazar Rodríguez. Exp. Nº 12-009758-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 3 de octubre del año 2012.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez Tramitador.—RP2012325720.—(IN2012098332).

A las ocho horas treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0276-00001757-01-0902-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de veinte millones de colones, remataré: Finca inscrita en Propiedad partido de San José, Folio Real matrícula número 182.200-001-002, que es terreno para construir, sito en Mata Redonda de San José, distrito ocho del cantón primero, de la provincia de San José. Linda: al norte, José María Muñoz Castro; al sur, Clare Goicoechea Trejos Ltda.; al este, sucesión Abel Fernández; y al oeste, calle pública con 10 metros. Mide: trescientos cuarenta y dos metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de quince millones de colones, se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de diciembre de dos mil doce. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cinco millones de colones, se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de enero de dos mil trece. Se remata por ordenarse así en exp. Nº 12-101011-297-CI (1C) ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Bernal Daniel Calderón Boza y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 1º de octubre del 2012.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—RP2012325726.—(IN2012098333).

A las 13:15 horas del 22 de noviembre del 2012, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando condiciones bajo las citas 0406-00006757-01-0915-001, servidumbre trasladada bajo las citas 0406-00006757-01-0923-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de dieciocho millones quinientos mil colones remataré: Finca inscrita en Propiedad partido de Limón Folio Real Matrícula número 60.210-000, que es terreno para construir lote 11 B, sito en Guápiles de Pococí, distrito primero del cantón dos de la Provincia de Limón. Linda al norte, y al oeste, Ricardo Quesada Pleites; al sur, calle pública con frente de 10,00 metros; y al este, lote 12 B. Mide: Ciento ochenta metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de trece millones ochocientos setenta y cinco mil colones, se señalan las: 13:15 horas del 7 de diciembre del 2012. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cuatro millones seiscientos veinticinco mil colones, se señalan las: 13:15 horas del 7 de enero del 2013. Se remata por ordenarse así en Exp. Nº 12-101012-297-CI (2A) ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Errol Mauricio Durán Ruiz; y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 11 de octubre del 2012.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2012325727.—(IN2012098334).

A las quince horas quince minutos del veintidós de noviembre de dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de veinticuatro millones trescientos mil colones, remataré: Finca inscrita en Propiedad partido de San José, Folio Real matrícula número 281.939-003-004, que es lote 80, para construir, sito en Guadalupe de Goicoechea, distrito primero, del cantón ocho, de la provincia de San José. Linda: al norte, calle pública; al sur, Daysi y Franklin Alvarado; al este, lote 79; y al oeste, lote 81. Mide: ciento cincuenta y un metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dieciocho millones doscientos veinticinco mil colones, se señalan las: quince horas quince minutos del siete de diciembre de dos mil doce. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de seis millones setenta y cinco mil colones, se señalan las quince horas quince minutos del siete de enero de dos mil trece. Se remata por ordenarse así en exp. 12-101010-0297-CI (5B) ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Martha Lorena Mendoza Cantillano y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 1º de octubre del 2012.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2012325728.—(IN2012098335).

En la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada, a las catorce horas del veintiséis de noviembre del dos mil doce, y con la base de doce millones trescientos seis mil trescientos diez colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cuatrocientos cuarenta mil ciento cuarenta y dos- cero cero cero, la cual es lote siete terreno de cultivos de cerdo y pochote. Situada en el distrito uno Colón, cantón siete Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Pastora Alpízar Ávila, al sur, con calle pública; al este, y oeste, con Tecnomaderas del Caribe S.A. Mide: nueve mil cuatrocientos treinta y siete metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario del Banco Nacional de Costa Rica contra Marjorie Camacho Camacho. Exp. Nº 10-100072-0642-CI-2.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 1º de octubre del 2012.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2012325736.—(IN2012098336).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 1) Servidumbre trasladada y 2) Servidumbre de paso; a las diez horas y cero minutos del trece de noviembre de dos mil doce, y con la base de noventa y un millones doscientos dieciséis mil doscientos treinta y cinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número tres cuatro cinco cuatro uno tres-cero cero cero, la cual es terreno de caña de azúcar y repastos. Situada en el distrito 02 Guayabo, cantón 07 Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rómulo Porras Villegas, Manuel Vargas Vargas, calle pública con 366,07 metros y Caño Tambor S. A.; al sur, Julio Aguilar Agüero y Aníbal Aguilar Agüero; al este, Austin Mata López, Nieves, Emérita, Aníbal Aguilar Agüero y Caño Tambor S. A.; y al oeste, María Luisa León Delgado y Caño Tambor S. A. Mide: ciento veintitrés mil novecientos setenta y un metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil doce, con la base de sesenta y ocho millones cuatrocientos doce mil ciento setenta y seis colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del trece de diciembre del dos mil doce, con la base de veintidós millones ochocientos cuatro mil cincuenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Luis Gilberto González Arce. Exp. Nº 10-000372-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de agosto del año 2012.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2012325761.—(IN2012098337).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil doce, y con la base de veintinueve millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 116.425-000, la cual es terreno de potrero con una casa. Situada en el distrito 05 Santa Rosa, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ana María A Valverde Quirós; al sur, carretera a Santa Rosa; al este, Ana María A Valverde Quirós; y al oeste, Carlos Sánchez Coto. Mide: trescientos seis metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del quince de enero de dos mil trece, con la base de veintiún millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del treinta de enero de dos mil trece, con la base de siete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Floribeth Pérez Gómez. Exp. Nº 12-009417-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 4 de octubre del 2012.—Lic. Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—RP2012325782.—(IN2012098338).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando aviso catastral con citas 2011-00008665-01-0008-001; a las once horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil doce, y con la base de diez millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veinticinco mil doscientos treinta y uno - cero treinta y ocho (25.231-038), la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito San Antonio, cantón Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Félix Moya; al sur, Belfor Torres Cambronero; al este, herederos de Pilar Moya; y al oeste, herederos de Pilar Moya, calle pública, otro. Mide: ciento sesenta metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de diciembre del año dos mil doce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de diciembre del año dos mil doce con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Calderón Abarca contra Maricela Arce Ávila. Exp. Nº 11-001592-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 28 de agosto del año 2012.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2012098581).

A las siete horas con cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre del dos mil doce, en la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, remataré con la base de ochocientos un mil setecientos noventa y ocho colones con cuarenta y un céntimos; dos trozas de madera de la especie Almendro y tres trozas de madera de la especie Pilón, con un volumen total de siete punto cero setenta y ocho metros cúbicos que se encuentra en depósito provisional de la junta de Educación del Colegio de Aguas Zarcas de San Carlos, en la persona de Laura Jiménez Ulate, asistenta administrativa de la citada Junta. Se remata por estar así ordenado en comisión número 48-3-12, expediente Nº 12-201197-306-PE, por infracción a la Ley Forestal, contra Juan Vicente Gómez Picado, en daño de los Recursos Naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada.—Lic. Reinaldo Araya Ucañan, Juez.—(IN2012098663).

En la puerta exterior de este Despacho, a las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil doce, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando una demanda penal bajo las citas 2011-202478-01-006-001, gravamen bajo las citas 0288-00009189-01-0901-001, servidumbre dominante bajo las citas 0288-00010032-01-0900-001 y servidumbre sirviente bajo las citas 0312-00005323-01-0900-001, sáquese a remate los bienes dados en garantía que se dirán, sea las siguientes fincas: 1) Con la base de cincuenta y ocho mil quinientos treinta y cinco dólares con veintiocho centavos, La finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y un mil seiscientos setenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno de solar con frutales lote 6. Situada en el distrito Tempate, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Distribuidora Mavi Tropical S. A.; al sur, calle pública con frente de 11.18 metros; al este, Distribuidora Mavri Tropical lote 7, y al oeste, lote 5. Mide: trescientos setenta y dos metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. 2) Con la base de sesenta mil novecientos veinticuatro dólares con cuarenta y siete centavos, la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y dos mil ciento cinco-cero cero cero, la cual es terreno de solar con frutales lote siete. Situada en el distrito Tempate, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Distribuidora Mavi Tropical S. A.; al sur, calle pública con un frente de once punto catorce metros; al este, Distribuidora Mavi Tropical S. A. lote ocho, y al oeste, lote seis. Mide: trescientos ochenta y seis metros con dieciséis decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de diciembre del año dos mil doce, con la base de cuarenta y tres mil novecientos un dólares con cuarenta y seis centavos, para finca número ciento sesenta y un mil seiscientos setenta y nueve-cero cero cero, y con la base de cuarenta y cinco mil seiscientos noventa y tres dólares con treinta y seis centavos, para la finca número ciento sesenta y dos ciento cinco-cero cero cero (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil doce, con la base de catorce mil seiscientos treinta y tres dólares con ochenta y dos centavos, para la finca número ciento sesenta y un mil seiscientos setenta y nueve-cero cero cero, y con la base de quince mil doscientos treinta y un dólares con doce centavos, para la finca número ciento sesenta y dos ciento cinco-cero cero cero, (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. contra Víctor Manuel Arias Benavides, expediente Nº 12-000231-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 29 de agosto del año 2012.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—(IN2012098692).

En la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas del diecinueve de noviembre del dos mil doce, y con la base de quince millones doscientos cuarenta y ocho mil trescientos ochenta y un colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero ciento dieciocho mil ciento veintiséis-cero cero cero, siendo de naturaleza lote C 16 terreno para construir. Situada en el distrito doce Chacarita, cantón uno Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con lote C diecisiete; al sur, con Construcciones Costa Vera en parte destinado a calle pública con frente de 16 metros con 58 centímetros; al este, con Construcciones Costa Vera S. A. en parte destinado a calle pública con frente de 8 metros 97 centímetros, y al oeste, con lote C quince. Mide: ciento setenta y tres metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del cuatro de diciembre del dos mil doce, con la base de once millones cuatrocientos treinta y seis mil doscientos ochenta y seis colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del dieciocho de diciembre del dos mil doce, con la base de tres millones ochocientos doce mil noventa y cinco colones con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ángel Manrique Caballero Jirón y otro. Expediente Nº 12-100282-0642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 12 de octubre del 2012.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—(IN2012098710).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas; a las diez horas y cero minutos del siete de noviembre del año dos mil doce, y con la base de diez millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil seiscientos noventa y seis-cero cero cero, la cual es terreno de montaña. Situada en el distrito quinto, cantón décimo de la provincia de Heredia. Colinda: al sur, Servidumbre de paso en medio Jaime Rodríguez Álvarez; al este, Servidumbre de paso; al oeste, Óscar Laurent Benavides, y al noreste, Edwin Herrera Zamora y Jaime Rodríguez Álvarez. Mide: doscientos diez mil setecientos diecinueve metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de noviembre del año dos mil doce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del siete de diciembre del año dos mil doce, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Laura del Sol Limitada contra Jaime Rodríguez Álvarez, expediente Nº 10-000637-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 4 de setiembre del año 2012.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—RP2012325793.—(IN2012098730).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre del año dos mil doce, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas seiscientos setenta y seis mil setecientos setenta y dos (676772), marca: Chevrolet, categoría: automóvil, estilo tracker, carrocería: station wagón o familiar, color: negro. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre del año dos mil doce, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de diciembre del año dos mil doce, con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Immcolataizzo contra Cristofer Andrey Navarro Montes, expediente Nº 12-000582-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 10 de setiembre del año 2012.—Lic. Karen Concepción Concepción, Jueza.—RP2012325796.—(IN2012098731).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las trece horas treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil doce, y con la base de siete millones cuarenta y cinco mil ochocientos treinta y un colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y siete mil quinientos seis-cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito primero Nicoya, cantón segundo Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Matilde Rojas González; al sur, Primitivo Torres Díaz; al este, Primitivo Torres Díaz, y al oeste, Primitivo Torres Díaz y servidumbre de paso a calle pública. Mide: cuatrocientos dieciocho metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil doce, con la base de cinco millones doscientos ochenta y cuatro mil trescientos setenta y cuatro colones con nueve céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil doce, con la base de un millón setecientos sesenta y un mil cuatrocientos cincuenta y siete colones con noventa céntimos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopeservidores R. L. contra Mauricio Gerardo Castillo Céspedes, expediente Nº 11-000876-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 11 de setiembre del año 2012.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—RP2012325803.—(IN2012098732).

En la puerta de este despacho; libre de gravámenes y anotaciones, a las diez horas y cero minutos del ocho de noviembre del dos mil doce, y con la base de un millón doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL-173879, marca Asia Towner, año 2000, Vin KNCHNS8D1YK094219, cilindrada 796 c.c., color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil doce, con la base de novecientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diez de diciembre del dos mil doce, con la base de trescientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución  prendaria  de  Grupo  Canafín  S. A. contra Durraliner S. A., Jorge Arauz Ortiz, expediente Nº 08-002123-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de agosto del año 2012.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—(IN2012098960).

En la puerta exterior de este Despacho; al ser las ocho horas y cero minutos del nueve de noviembre del año dos mil doce, libre de gravámenes prendarios; y con la base de cuatro millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 693316, marca Mercedes Benz, estilo ML 430, categoría automóvil, color gris, año 1999, serie 4JGAB72E3XA125249, vin 4JGAB72E3XA125249, tracción 4x4, cilindrada 4300 c.c., motor número ilegible. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil doce, con la base de tres millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del once de diciembre del año dos mil doce, con la base de un millón colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del articulo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafín Sociedad Anónima contra Roberto Wang Lara y otros. Expediente Nº 10-001609-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 9 de agosto del año 2012.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2012098962).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios pero soportando denuncia de fiscalía de Sarapiquí bajó las citas 2011-00152571-012 sumaria 11-600015-0377-TC, infracción bajo la boleta 0947700239 sumaria 09-600355-0377-TC del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Sarapiquí, Heredia, infracción bajo la boleta 1044476 sumaria 11-600451-0742-TC del Juzgado de Transito de San Carlos, infracción bajo la boleta 09259291 sumaria 11-600015-0377-TC del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Sarapiquí, Heredia; a las catorce horas y quince minutos del nueve de noviembre del dos mil doce, y con la base de doce mil ochocientos noventa y cinco dólares con veintiocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL 225113 marca Mitsubishi, categoría carga liviana serie MMBJNKB408D007117 carrocería caja abierta o cam-pu, tracción 4x4 uso particular estilo l200 Sportero GLS TDI (D5 capacidad 5 personas año 2008 color azul). Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del veintiséis de noviembre del dos mil doce, con la base de nueve mil seiscientos setenta y un dólares con cuarenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del once de diciembre de dos mil doce, con la base de tres mil doscientos  veintitrés dólares con ochenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así  en  proceso ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica S. A.) contra Carlos Gerardo Mena Solano, expediente Nº 12-010098-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del año 2012.—Lic. Kathya María Araya Jácome, Jueza.—(IN2012098964).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; soportando dos servidumbres trasladadas; a las quince horas y cero minutos del nueve de noviembre del dos mil doce, y con la base de trece millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 149009-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Gerardo Valverde Valverde; al sur, Gerardo Valverde Valverde; al este, Gerardo Valverde Valverde, y al oeste, calle pública. Mide: calle pública cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de noviembre de dos mil doce, con la base de nueve millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del once de diciembre del dos mil doce, con la base de tres millones trescientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Sur Química contra Aurelio José Mora Urtecho y Odyli Esperanza González López, expediente Nº 12-002492-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 19 de setiembre del año 2012.—Msc. Guillermo Guevara Solano, Juez.—RP2012326057.—(IN2012099062).

A las nueve horas del veintiocho de noviembre de dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, soportando gravamen prendario a favor de Extrusiones de Aluminio S. A., y con la base de seiscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Mitsubishi, estilo L-200, categoría: carga liviana, año: 1989, color gris, carrocería: caja abierta, chasis: DYFK010KP00104, VIN: no indica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Liborio Vernaldo Angulo Díaz contra Davy Gustavo Arrieta Ramos. Exp. Nº 06-000278-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 28 de setiembre del 2012.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—RP2012326103.—(IN2012099064).

A las diez horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil doce, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de diecinueve millones de colones, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matricula folio real número ciento veinte mil ochocientos treinta y dos-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, sito en distrito primero Jaco del cantón once Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al noreste, con Quebrada Seca S. A., al noroeste, con lote uno de Quebrada Seca S. A., al sureste, con lote tres de Quebrada Seca S. A. y al suroeste, con calle pública con un frente a ella de 12.50 metros. Mide doscientos noventa y tres metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. de no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil doce, con la base de catorce millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del doce de diciembre del dos mil doce, con la base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 12-100088-642-CI de Tabash González Susety contra Mc Guire Investment Propertles S. A.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Johanna Arce Hidalgo, Jueza.—(IN2012099327).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil doce, y con la base de veinte mil seiscientos veintisiete dólares con cuarenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Subarú; estilo Forester FA, carrocería sation wagon o familiar, tracción 4 x 4, capacidad cinco personas, año 2008, color blanco, chasis JF1SG5LE58G149805, número de motor D275084, cilindrada 2000 centímetros cúbicos, combustible gasolina, cuatro cilindros, placas 768406. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre de dos mil doce, con la base de quince mil cuatrocientos setenta dólares con cincuenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de diciembre de dos mil doce con la base de cinco mil ciento cincuenta y seis dólares con ochenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Auto Subarú de Costa Rica S. A. contra Servicios Electrónicos Automotrices S. A. Exp. Nº 12-016784-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de setiembre del 2012.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—RP2012326201.—(IN2012099463).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil doce, y con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta mil ciento cincuenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública; al sur, Industrias de Acero S. A.; al este, Melvin Lobo Cavallini y al oeste, Lilia Núñez Molina. Mide: cuatrocientos treinta y cuatro metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil doce, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del once de diciembre del dos mil doce con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria  de  Banco  Nacional  de  Costa Rica contra Cromagnon S. A. Exp. Nº 12-019065-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de setiembre del  2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2012099678).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; a las diez horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil trece, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1.- Con la base de once millones ciento setenta y siete mil setecientos ochenta y nueve colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; finca inscrita en el registro público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos dieciocho mil ochocientos sesenta y cuatro-cero cero cero la cual es terreno de cultivos y parte construida. Situada en el distrito sexto San Rafael, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jaime González Loría; al sur, Gilberto Chiang Gómez; al este, calle pública con ocho metros con ochenta y seis centímetros y al oeste, Josefina Vargas O-servidumbre de paso. Mide: cuatrocientos cincuenta metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. 2.- Con la base de tres millones ochocientos veintidós mil doscientos diez colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso; finca inscrita en el registro público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos noventa mil seiscientos veintiocho-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito sexto San Rafael, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, y al este resto de José Joaquín Montero Arias; al sur, servidumbre de paso con trece metros; y al oeste, María del Rosario Montero Campos. Mide: doscientos dieciséis metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del trece de marzo del dos mil trece, con las bases de: 1.- Para la primera finca: ocho millones trescientos ochenta y tres mil trescientos cuarenta y dos colones con trece céntimos y 2.- Para la segunda finca: Dos millones ochocientos sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y siete colones con ochenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dos mil trece, con las bases de: 1.- Para la primera finca: dos millones setecientos noventa y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y siete colones con treinta y ocho céntimos y 2.- Para la segunda finca: novecientos cincuenta y cinco mil quinientos cincuenta y dos colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Benjamín Chiang Gómez, Franklin Chan Gómez, Ana Rita Montero Campos. Exp. Nº 12-000577-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 2 de octubre del 2012.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2012098583).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:0311-00009049-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:0335-00010332-01-0901-001, serv canal riegref: citas: 0343-00004417-01-0001-001; a las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil trece, y con la base, de veintitrés millones dieciséis mil novecientos sesenta y dos colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 65522F-000 la cual es terreno finca filial primaria individualizada número sesenta y siete-E apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 06 San Isidro, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número sesenta y seis-E; al sur, finca filial primaria individualizada número sesenta y ocho-E; al este, área común ubre de acceso quince y al oeste, área común ubre de parque. Mide: trescientos treinta metros cuadrados.- Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de febrero de dos mil trece, con la base de diecisiete millones doscientos sesenta y dos mil setecientos veintiún colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de marzo de dos mil trece con la base de cinco millones setecientos cincuenta y cuatro mil doscientos cuarenta colones con sesenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Miguel Hernández Ramírez. Exp. Nº 12-003967-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del I Circuito Judicial de Alajuela, 9 de octubre del 2012.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—(IN2012098584).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre sirviente; a las nueve horas y cero minutos del quince de marzo del dos mil trece, y con la base de veintidós millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos sesenta y tres mil seiscientos cuarenta y tres cero cero cero la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito sétimo San Isidro, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Miguel Campos Cordero; al sur, Chanel Vargas Mora; al este, resto de Rosa Rodríguez Jiménez y al oeste, calle pública con un frente de cuarenta y dos metros con setenta y siete centímetros. Mide: dos mil trescientos siete metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de abril del dos mil trece, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de abril del dos mil trece con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Jorge Eduardo Rojas Hernández. Exp. Nº 12-000967-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 10 de octubre del 2012.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—(IN2012098586).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las trece horas y treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil trece, y con la base de ciento setenta y seis mil quinientos cuarenta y siete dólares estadounidenses con veinte centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y seis mil doscientos sesenta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Pedro, cantón Santa Barbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Ricardo Herrera Arias; al sur, Ricardo Herrera Arias; al este, Ricardo Herrera Arias y al oeste, calle pública. Mide: seiscientos setenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil trece, con la base de ciento treinta y dos mil cuatrocientos diez dólares estadounidenses con cuarenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de abril del dos mil trece, con la base de cuarenta y cuatro mil ciento treinta y seis dólares estadounidenses con ochenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC Costa Rica S. A., contra Álvaro Gerardo Alfaro Vega. Exp. Nº 12-001020-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 8 de octubre del 2012.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—(IN2012098689).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del seis de febrero del dos mil trece, y con la base de noventa y siete mil ochocientos cuarenta y ocho dólares estadounidenses con noventa y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta mil trescientos sesenta y siete-F-cero cero cero la cual es terreno filial cinco apta para construir que se destinará a uso habitación a la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito dos sabanilla, cantón quince montes de oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial seis; al sur, filial cuatro; al este, acceso vehicular y peatonal y al oeste, Daniel Rodríguez Guerrero y Carlos Paniagua Quirós. Mide: ciento cuarenta y ocho metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de febrero del dos mil trece, con la base de setenta y tres mil trescientos ochenta y seis dólares estadounidenses con sesenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de marzo del dos mil trece con la base de veinticuatro mil cuatrocientos sesenta y dos dólares estadounidenses con veintitrés centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC Costa Rica S. A., contra Nicola Conta. Exp. Nº 12-000579-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 1 de octubre del 2012.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2012098690).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, reservas de Ley Forestal; a las nueve horas y cero minutos del once de diciembre del año dos mil doce, y con la base de doscientos mil dólares estadounidenses exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veintidós mil quinientos treinta y tres-cero cero cero la cual es terreno cultivado de café. Situada en el distrito Sabalito, cantón Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: Café de La Fronters S. A., al norte; Rafael Luis López Rojas, Carlos Fallas López y servidumbre de paso de 221.00 metros al sur; zona fronteriza al este; Benedicto Hidalgo Sancho, Rafael Luis López Rojas; al oeste. Mide: cuatrocientos diecisiete mil setecientos noventa y cinco metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de enero del dos mil trece, con la base de ciento cincuenta mil dólares estadounidenses exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de enero del dos mil trece con la base de cincuenta mil dólares estadounidenses exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC Costa Rica S. A., contra Agroindustrial Las Mellizas S. A. Exp: 11-000298-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 23 de agosto del 2012.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2012098691).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando segregación de cabeza propia, servidumbre de paso, reservas y restricciones a las trece horas treinta minutos del catorce de enero del año dos mil trece, y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 125044-000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 06 Bejuco, cantón 09 Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte y al este, Benigno Centeno Díaz; al sur, servidumbre de uso agrícola, río Bejuco y Ganadería El Malinche de Bejuco S. A.; y al oeste, Olman Mayorga Núñez. Mide: ciento cuarenta y nueve mil ciento noventa y cinco metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de enero del año dos mil trece, con la base de siete millones quinientos mil colones, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del trece de febrero del año dos mil trece con la base de dos millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Malliet Michael Theodore. Exp.: 12-000048-0390-CI.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 05 de octubre del 2012.—Lic. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—RP2012325790.—(IN2012098727).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando ordinario de liquidación anticipada 10-002088-0364-FA del Juzgado de Familia de Heredia; a las diez horas del quince de enero del ano dos mil trece, y con la base de doscientos veinticuatro millones doscientos doce mil tres colones (¢224.112.003,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintiséis mil ochocientos veinte-cero cero cero, (26820-000) la cual es terreno de café, potrero y una casa. Situada en el distrito 07 Tures cantón 03 Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública y otro; al sur, Benigna Zamora; al este, río Tibás y otro y al oeste, calle pública. Mide: veintidós mil novecientos dos metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas del treinta de enero del dos mil trece, con la base de ciento sesenta y ocho millones ochenta y cuatro mil dos colones con veinticinco céntimos (¢168.084.002,25) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para el tercer remate, se señalan las diez horas del catorce de febrero del año dos mil trece, con la base de cincuenta y seis millones veintiocho mil colones con setenta y cinco céntimos (¢56.028.000,75) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Incidente de Cobro Honorarios Abogado de Juan Carlos Gutiérrez González contra Progressive Mortgage S. A. Exp.: 06-001776-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 04 de octubre del 2012.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—RP2012325929.—(IN2012098728).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando dos reservas y restricciones y plazo de convalidación (rectificación de medida); a las catorce horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del dos mil doce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y nueve-F-cero cero cero la cual es terreno finca filial individualizada número ciento cincuenta y cuatro apta para construir destinada al uso habitacional la cual podará tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca primaria individualizada número ciento cincuenta y tres, al sur, finca primaria individualizada número ciento cincuenta y cinco; al este, acceso número uno y al oeste, Edgar Martínez Martínez. Mide: mil catorce metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil doce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil trece con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial) nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Judith Mora Marín contra Proyectos Urbanísticos Zion S. A. Exp. Nº 11-000508-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 23 de agosto del 2012.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—RP2012325792.—(IN2012098729).

 A las nueve horas del doce de noviembre del dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes, con la base de seiscientos mil colones (base rebajada en un veinticinco por ciento), en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo marca: Mitsubishi, estilo: Montero, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1986, carrocería: station wagon o familiar, color: Vino, chasis: AJMBL048GWCY403476, combustible: gasolina, placas: 207722. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple. Expediente N° 07-000540-0181-CI de Olivier Eduardo Salas Porras contra Barbero Vincenzo.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de octubre.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—RP2012325831.—(IN2012098733).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servid y reserv ref al tomo: 354 asiento: 18821; a las dieciséis horas y cero minutos del tres de diciembre del  dos mil doce, y con la base de diez millones trescientos noventa y cinco mil ochocientos cuarenta y seis colones con cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 333626-000 la cual es terreno parte de café lote C. Situada en el distrito 03 Vuelta de Jorco, cantón 06 Aserrí, de la provincia de. Colinda: al norte, calle pública con 33 m., 7 c.m.; al sur, Río Pitel; al este, Río Pitel y Carida Umaña y al oeste, lote D. Mide: tres mil ochenta y tres metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dieciocho de diciembre del  dos mil doce, con la base de siete millones setecientos noventa y seis mil ochocientos ochenta y cuatro colones con cincuenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dieciséis de enero del dos mil trece con la base de dos millones quinientos noventa y ocho mil novecientos sesenta y un colones con cincuenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Alexander Valverde Valverde, Seidy Patricia Valverde Valverde. Exp. Nº 10-003682-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro II Circuito Judicial de San José, 2 de octubre del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—RP2012325832.—(IN2012098734).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca en primer grado en favor del Banco Nacional de Costa Rica por la suma de cinco millones de colones, y dos gravámenes de Aprov Fuerz Hidref; a las ocho horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil doce, y con la base de cuarenta y nueve millones sesenta y ocho mil doscientos treinta y cinco colones con ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinte mil veintisiete cero cero uno la cual es terreno terreno sembrado de pasto. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Rojas Acuña; al sur, Silverio Astorga Astorga; al este, Conservas del Valle S. A., y al oeste, calle pública con 483.42 metros. Mide: setenta y dos mil quinientos treinta y tres metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil doce, con la base de treinta y seis millones ochocientos uno mil ciento setenta y seis colones con ochenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho huras y cero minutos del dieciocho de diciembre de dos mil doce con la base de doce millones doscientos sesenta y siete mil cincuenta y ocho colones con noventa y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Alfonso Fallas García contra Celso Anthony Medina Aguilar. Expediente Nº 05-001289-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de setiembre del 2012.—Lic. Miguel Ángel Rosales Alvarado, Juez.—RP2012325839.—(IN2012098735).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 357-02921-01-0900-001; a las nueve horas y cero minutos del quince de enero dedos mil trece, y con la base de noventa y ocho mil ochocientos treinta y seis dólares con noventa y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en e! Registro público, partido de Limón, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y un mil ochocientos ochenta y dos cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito uno Guápiles, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle con 11 m., 36 dm; al sur, Hacienda Nerjal Ltda.; al este, calle con 25 m., y al oeste, Javier Vega Rojas. Mide: doscientos ochenta y un metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de enero de dos mil trece, con la base de setenta y cuatro mil ciento veintisiete dólares con setenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las cero horas y cero minutos del catorce de febrero de dos mil trece con la base de veinticuatro mil setecientos nueve dólares con veinticuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Esparzatirro Doce Limitada contra Mario Fuentes Figueroa. Exp. Nº 12-000362-0930-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía, 25 de setiembre del 2012.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2012325850.—(IN2012098736).

En la puerta exterior de este Despacho; a las diez horas treinta minutos del trece de noviembre del año dos mil doce, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de trescientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea horno industrial, fabricación nacional, serie número cero uno dos cero cero siete, a gas, con piloto independiente y control de temperatura, una parrilla en el centro para dividir el horno, con medidas de ciento cuarenta centímetros por setenta centímetros de altura, con una mesa en su parte interior, acero inoxidable por dentro y por fuera. De no apersonarse rematantes, para llevar a cabo el segundo remate, sale con la base de doscientos setenta mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, sale con la base de noventa mil colones exactos (un 25% de la base original). 2) Con la base de quinientos cincuenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes préndanos; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea pasadora industrial de fabricación nacional, serie número cero dos dos cero cero siete, con motor de tres caballos de fuerza y montado en roles los ejes. De no apersonarse rematantes, para llevar a cabo el segundo remate, sale con la base de cuatrocientos catorce mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, sale con la base de ciento treinta y ocho mil colones exactos (un 25% de la base original). 3) Con la base de un millón seiscientos cuarenta y ocho mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea amasadora modelo AE cuarenta, serie uno seis cero cinco nueve dos, marca G. Paniz, para veinte kilos de harina, hecha en Brasil. De no apersonarse rematantes, para llevar a cabo el segundo remate, sale con la base de un millón doscientos treinta y seis mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, sale con la base de cuatrocientos doce mil colones exactos (un 25% de la base original). 4) Con la base de un millón cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea batidora marca Horburt, serie número nueve ocho cero ocho ocho siete, para cinco kilos de harina, reconstruida. De no apersonarse rematantes, para llevar a cabo el segundo remate, sale con la base de setecientos ochenta mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, sale con la base de doscientos sesenta mil colones exactos (un 25% de la base original). Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de noviembre del ánodos mil doce, y para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del trece de diciembre del año dos mil doce. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instituto Nacional de Fomento Cooperativo contra Cooperativa Autogestionaria de Producción y Venta de Comidas Caribeñas de la Provincia de Limón R. L. Coopecook R. L. Exp. Nº 11-033866-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de setiembre del 2012.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—RP2012325892.—(IN2012098737).

En el asiento de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, sin soportar hipotecas y soportando condiciones y afectación de patrimonio familiar a favor de la señora Sonia Vílchez Franco, a las ocho horas del veintiuno de noviembre del dos mil doce, y con la base de nueve millones ciento setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad Inmueble, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 68456-000 la cual es terreno de repasto con una casa. Situada en el distrito río Jiménez, cantón Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Mario Villalobos Fernández; al sur, calle pública y Mario Villalobos Fernández; al este, Mario Villalobos Fernández, y al oeste, Mario Villalobos Fernández. Mide: Mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del cinco de diciembre del dos mil doce, con la base de seis millones ochocientos setenta y siete mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veinte de diciembre del dos mil doce con la base de dos millones doscientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de sentencia de Sonia Vílchez Franco contra José María Hernández Castro. Exp. Nº 05-400616-0631-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 1º de octubre del 2012.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—RP2012325897.—(IN2012098738).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando siete reservas y dos servidumbres de aguas pluviales; a las catorce horas y cero minutos del ocho de enero del dos mil trece, y con la base de sesenta y seis millones ciento sesenta mil doscientos ochenta colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y seis mil setecientos cuarenta y siete-cero cero cero (66747 F 000) la cual es terreno finca filial primaria individualizada número ciento uno, terreno para construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito cuatro colorado, cantón siete abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número ciento ocho; al sur, calle nueve; al este, finca filial primarla individualizada número cien y calle nueve ambas en parte y al oeste, área de servidumbre y finca filial primaria individualizada número ciento cinco ambas en parte. Mide: cuatro mil doscientos dieciocho metros con noventa y ocho decímetros cuadrados, según plano G-12284 83-2008. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de enero del dos mil trece, con la base de cuarenta y nueve millones seiscientos veinte mil doscientos diez colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para fa tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de febrero del dos mil trece con la base de dieciséis millones quinientos cuarenta mil setenta colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Dora Martínez López. Exp. Nº 11-000279-0295-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 11 de octubre del 2012.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—RP2012325930.—(IN2012098739).

Desde la puerta exterior de este despacho, con las bases dadas por el perito, libres de gravámenes y anotaciones judiciales remataré el vehículo marca Fiat, modelo dos mil seis, motor número uno V cero uno cinco siete seis cuatro ocho, estilo Strada Adventur, color blanco, gasolina, carrocería panel, capacidad para dos personas, placas CL-doscientos cinco mil cuatrocientos sesenta y cuatro, con la base de seis millones de colones y el vehículo marca Mercedes Benz, modelo dos mil cuatro, motor número seis uno uno nueve ocho uno siete cero cero uno tres tres cuatro seis, estilo Sprinter, color blanco, diesel, carrocería Panel, capacidad para tres personas, placas CL-ciento noventa y ocho mil cuarenta y cinco con la base de tres millones quinientos mil colones, para tal efectos se señalan las quince horas del trece de noviembre de dos mil doce (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las quince horas del veintidós de noviembre de dos mil doce, con las bases de cuatro millones quinientos mil colones y de dos millones seiscientos veinticinco mil colones respectivamente (rebajada en un 25%).- De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas del cuatro de diciembre de dos mil doce, con las bases de un millón quinientos mil colones y de ochocientos setenta y cinco mil colones respectivamente (un 25%). Se remata por ordenarse así dentro del Proceso Sumario Ejecutivo Nº 07-002115-0182-CI (6) de María Gabriela Mayorga Mesén contra Arnoldo Charpentier Ramírez.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de octubre del 2012.—Lic. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—RP2012325945.—(IN2012098740).

Desde la puerta exterior de este despacho, con la base dada por el perito sea la suma de cincuenta y cuatro millones cuatrocientos noventa y un mil colones, libre de gravámenes y anotaciones judiciales remataré: la finca del partido de San José matricula de folio real numero doscientos cuatro mil seiscientos ochenta y uno-cero cero tres, naturaleza terreno para construir con una casa. Sita en el distrito octavo Mata Redonda, cantón primero San José, de la provincia de San José. Linda: al norte, con calle 1 con 26 m 79 cm; al sur, con Residencial Fernández Castro 23,71 cm; al este, con residencial Fernández Castro 19,76, y al oeste, con avenida 2 con 15 m 7cm. Mide: Cuatrocientos treinta y dos metros con noventa decímetros cuadrados, para tal efectos se señalan las quince horas del veintiocho de noviembre de dos mil doce (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las quince horas del seis de diciembre de dos mil doce, con la base de cuarenta millones ochocientos sesenta y ocho mil doscientos cincuenta colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas del dieciocho de diciembre de dos mil doce, con la base de trece millones seiscientos veintidós mil setecientos cincuenta colones (un 25%). Se remata por ordenarse así dentro del Proceso Sumario Ejecutivo Nº 07-002115-0182-CI (6) de María Gabriela Mayorga Mesén contra Arnoldo Charpentier Ramírez.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de octubre del 2012.—Lic. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—RP2012325946.—(IN2012098741).

A las nueve horas cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos mil doce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando Reservas y Restricciones bajo las citas 365-13578-01-0931-001, plazo de convalidación por rectificación de medida bajo las citas 2009-278249-01-0004-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la cooperativa actora, sea la base de diecisiete millones cuatrocientos sesenta mil setenta y nueve colones con nueve céntimos, remataré: Finca inscrita en Propiedad Partido de Heredia Folio Real Matrícula Nº 193.269-000, que es terreno de agricultura y bosque, sito en La Virgen de Sarapiquí, distrito dos del cantón diez de la Provincia de Heredia. Linda a1 norte, Marciano Oldemar Torres Torres; al sur, Mayra Laurent Benavides; al este, Oldemar Torres Reyes, Marvin Hidalgo Padilla, Ruth Mery Torres Reyes, Drybiani Limitada y en medio servidumbre de paso con un ancho de 6 metros, y al oeste, quebrada La Virgen. Mide: Treinta y ocho mil ciento metros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de trece millones noventa y cinco mil cincuenta y nueve colones con treinta y dos céntimos, se señalan las: nueve horas cinco minutos del diez de diciembre de dos mil doce. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cuatro millones trescientos sesenta y cinco mil diecinueve colones con setenta y siete céntimos, se señalan las: nueve horas cinco minutos del ocho de enero de dos mil trece. Se remata por ordenarse así en Exp. Nº 12-101003-0297 CI (1B) ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de Ciudad Quesada contra Oldemar De Los Ángeles Torres Reyes.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos. Ciudad Quesada, 1º de octubre de 2012.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—RP2012325958.—(IN2012098742).

A las siete horas con treinta minutos del nueve de enero de dos mil trece, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0369-07772-01-0900-001, servidumbre de paso bajo las citas 2009-79819-01-0002-001, 2009-79819-01-0003-001, servidumbre de paso bajo las citas 2009-79819-01-0004-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de noventa millones de colones, remataré: finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, folio real matrícula número 253.504-000, que es terreno de repastos, sito en Cutris de San Carlos, distrito once del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte, calle en medio, con 889 mts. 75 CTS., Condominio Lago Cutris S. A.,; al sur, Especies Tropicales del Caribe S. A.,; Condominio Lago Cutris S. A.; al este, calle en medio otro con 319 mts. 68 cts., y al oeste, Condominio Cutris S. A., Elsie Ugalde Murillo. Mide: ciento cincuenta y nueve mil setecientos veintitrés metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de sesenta y siete millones quinientos mil colones, se señalan las: siete horas con treinta minutos del veinticuatro de enero de dos mil trece. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de veintidós millones quinientos mil colones, se señalan las: siete horas con treinta minutos del ocho de febrero de dos mil trece. Se remata por ordenarse así en Exp. Nº 12-101103-0297-CI (5C) ejecución hipotecaria de Toromocho S. A. contra Hotelera Cutris S. A.—Juzgado civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 8 de octubre del 2012.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—RP2012325960.—(IN2012098743).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada: Citas de inscripción: 0332-00008286-01-0901-001; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del quince de noviembre de dos mil doce, y con la base de trescientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 215135-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Juanito Hidalgo; al sur, calle pública; al este, Asdrúbal Hidalgo Arias, y al oeste, Juanito Hidalgo. Mide: Ciento noventa y cinco metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta de noviembre del dos mil doce, con la base de doscientos setenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de diciembre de dos mil doce con la base de noventa mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Kativo Sociedad Anónima contra Asdrúbal Hidalgo Arias. Exp. Nº 12-012801-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro  I Circuito Judicial de San José, 11 de setiembre del 2012.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—RP2012325976.—(IN2012098744).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando tomo 800 asiento, 00040552 decreto de embargo, tomo 2006, 00170218 contrato prendario, tomo 2009 asiento 00207163 demanda materia de familia, tomo 2011 asiento 00048603 decreto de embargo y sumaria 07003600494TR a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil trece, y con la base de quince millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 638179, marca Hummer, chasis UTINA5297058D4, año 2006 color blanco cilindrada 3500 cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de febrero de dos mil trece, con la base de once millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil trece con la base de tres millones novecientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Soportando tomo 2009 asiento 00207163 demanda materia de familia a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil trece, y con la base de cinco millones doscientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa CL 178348, marca Toyota, Chasis JTFAY117602000269, año 2001 color blanco cilindrada 3661 cc. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de febrero de dos mil trece, con la base de tres millones novecientos quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil trece con la base de un millón trescientos cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Soportando tomo 2009 asiento 00207163 demanda materia de familia, tomo 2011 asiento 00048603 decreto de embargo, boleta 9700121038, sumaria I-13112-B-96 y boleta 9600103206 a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil trece, y con la base de cinco millones doscientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa C 129171, marca Hino, chasis JHBFE2084N2T10135, año 1992 color blanco cilindrada 8900 cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de febrero del dos mil trece, con la base de tres millones novecientos sesenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil trece con la base de un millón trescientos veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Soportando tomo 2009 asiento 00207163 demanda materia de familia y tomo 2011 asiento 00048603 decreto de embargo a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil trece, y con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa MOT 103750, marca Yamaha, chasis 5RA000102, año 2001, color azul cilindrada 100 cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de febrero de dos mil trece, con la base de ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil trece con la base de sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Soportando tomo 2009 asiento 00207163 demanda materia de familia, tomo 2011 asiento 00048603 decreto de embargo, sumaria 00-604766-0494TC y sumaria 02-600712-494-TC a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil trece, y con la base de dos millones novecientos setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa CL 167909, marca Toyota, chasis BU1000110810, año 1999, color azul cilindrada 3432 cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de febrero del dos mil trece, con la base del dos millones doscientos veintisiete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil trece con la base de setecientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Soportando tomo 2009 asiento 00207163 demanda materia de familia y tomo 2011 asiento 00048603 decreto de embargo a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de enero del dos mil trece, y con la base de quince millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa CL 153026, marca Isuzu, Chasis JAANKR66LV7100021, año 1998, color celeste cilindrada 4334 cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de febrero de dos mil trece, con la base de dos millones cincuenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil trece con la base de seiscientos ochenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Soportando tomo 2009 asiento 00207163 demanda materia de familia y tomo 2011 asiento 00048603 decreto de embargo a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil trece, y con la base de un millón setecientos treinta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 453081, marca B.M.W, chasis WBACA31080EG407000, año 1991, color negro cilindrada 1800 cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de febrero del dos mil trece, con la base de un millones doscientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil trece con la base de cuatrocientos treinta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Soportando tomo 0010 asiento, 00151612 decreto de embargo, tomo 800, asiento 00040551 decreto de embargo, tomo 2009 asiento 00207163 demanda materia de familia y tomo 2011 asiento 00048603 decreto de embargo a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil trece, y con la base de dos millones cien mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa C 128974, marca Mercedes Benz, chasis 1MBZB82A2JN765409, año 1988 color blanco, cilindrada 14004 cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de febrero de dos mil trece, con la base de un millón quinientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil trece con la base de quinientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Kativo Costa Rica Sociedad Anónima contra Luis Fernando Vargas Fuentes y Materiales Los Príncipes S. A. Exp.: 10-025372-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre del 2012.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—RP2012325973.—(IN2012098745).

En la puerta exterior de este Despacho; al ser las trece horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil doce, libre de gravámenes hipotecarios; y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca del partido de Heredia, matrícula 165984-000, ubicada en el cantón de 02 Barva, distrito 05 Santa Lucía, naturaleza terreno para construir, mide mil ciento treinta y dos metros con veinticinco decímetros cuadrados, plano H-0349473-1996. Linderos: al norte, Herminio Gutiérrez Vargas, al sur, Manuel Antonio Ramírez Rojas y Almacenes A Y S Sociedad Anónima, Yehudi Lobo Saborío y calle pública, al este, quebrada Burio, y al oeste, servidumbre de paso y Herminio Gutiérrez Vargas. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de diciembre del año dos mil doce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil doce con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (Un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marco Tulio Salguero Camacho, Mario Alberto Salguero Camacho contra sucesión de Leda Patricia Sánchez Cantillo. Exp. Nº 12-001629-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 16 de agosto del 2012.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—RP2012325983.—(IN2012098746).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas del diez de diciembre del dos mil doce, y con la base de cincuenta y seis millones trescientos once mil quinientos ochenta colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 187228-000 la cual es terreno para cultivos varios y otros. Situada en el distrito 05 Cureña, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Hacienda Río Caño Negro S. A.; al sur, resto de Tropiskey Inversiones S. A.; al este, Hacienda Río Caño Negro S. A. y al oeste, María Teresa Valenzuela Hernández. Mide: seiscientos mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de enero del año dos mil trece, con la base de cuarenta y dos millones doscientos treinta y tres mil seiscientos ochenta y cinco colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintitrés de enero del año dos mil trece con la base de catorce millones setenta y siete mil ochocientos noventa y cinco colones con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra El Paraíso del Caribe GSR S. A. Gabriel Rojas Sánchez. Exp. Nº 12-003648-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 12 de octubre del 2012.—Lic. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—(IN2012098921).

En la puerta exterior de este Despacho; con la base de cinco millones cuatrocientos veinticinco mil trescientos colones con treinta y seis céntimos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el (los) bien(es) dado(s) en garantía, sea veinticinco vacas de marcadas con la marca de la Junta Rural del Banco, sin más características que las indicadas. Para tal efecto se señalan las ocho horas del cinco de diciembre de dos mil doce (primer remate). De no haber postores, apara llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del veinte de diciembre del dos mil doce, con la base de cuatro millones sesenta y ocho mil novecientos setenta y cinco colones con veintisiete céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del dieciocho de enero del dos mil trece, con la base de un millón trescientos cincuenta y seis mil trescientos veinticinco colones con nueve céntimos (un 25% del la base original). Nota: Se le informa alas personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de pagar con cheque certificado; el mismo deberá se girado a favor de este Despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Álvaro Durán Castro y Jorge Enrique Sibaja González. Exp. 11-033806-1012-CJ.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 4 de octubre del 2012.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—(IN2012098940).

En la puerta exterior de este Despacho; en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos inscritas al tomo 419, asiento 2459, consecutivo 01, secuencia 0004, subsecuencia 001; a las nueve horas del tres de diciembre del dos mil doce, con la base de ciento cuarenta y cinco mil doscientos dólares exactos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F-62836-000, la cual es terreno finca filial veintiocho de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial veintinueve; al sur, finca filial veintisiete; al este, calle pública, y al oeste, acceso vehicular. Mide: doscientos veinticuatro metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del dieciocho de diciembre del dos mil doce, con la base de ciento ocho mil novecientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas  del dieciséis de enero del año dos mil trece, con la base de treinta y seis mil trescientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y Ley de Caminos Públicos, inscritas al tomo 419, asiento 2459, consecutivo 01, secuencia 0004, subsecuencia 001 a las nueve horas del tres de diciembre del año dos mil doce, con la base de ciento cuarenta y cuatro mil ochocientos dólares exactos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F62838-000, la cual es terreno finca filial treinta y dos de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, acceso vehicular; al sur, finca filial veintinueve; al este, calle pública y al oeste, acceso vehicular. Mide: doscientos veintitrés metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del dieciocho de diciembre del año dos mil doce, con la base de ciento ocho mil seiscientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de enero del año dos mil trece, con la base de treinta y seis mil doscientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenase así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlo Beltramo (único apellido), El Sandal Calcedonia Azul Veintiocho Ltda, El Sandal Perla Brillante Soleada Treinta Ltda. Exp. Nº 12-011309-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 1º de octubre del 2012.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2012098947).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones; a las siete horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil doce, y con la base de ciento diez millones de colones, en el mejor postor remataré b siguiente finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y nueve mil cuatrocientos noventa y dos-cero cero cero, la cuales terreno para construir- Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Victoria Mayorga Muñoz; al sur, Mará de los Ángeles Avilés Mayorga; al este, Dirección General de Aviación Civil, y al oeste, camino público. Mide: dos mil ciento nueve metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas treinta minutos del tres de diciembre del dos mil doce, con la base de ochenta y dos millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas treinta minutos del dieciocho de diciembre del dos mil doce, con la base de veintisiete millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial).Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Adriana María Camareno Rodríguez, Grupo Inversiones Araucaria S. A. Exp. Nº 12-000017-0390-CI.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 12 de octubre del 2012.—Lic. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—(IN2012098952).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las 9:00 horas del 10 de enero de 2013, y con la base de tres millones doscientos treinta y cinco mil cuatrocientos setenta y un colones con ochenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número GB 001274, marca Carpenter, año 1990, Vin 1GDM7T1G3LV515443, cilindrada 8200 c.c, color amarillo, categoría transporte colectivo interurbano. Para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las 9:00 horas del 25 de enero de 2013, con la base de dos millones cuatrocientos veintiséis mil seiscientos tres colones con noventa y un céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las 9:00 horas del 11 de febrero de 2013, con la base de ochocientos ocho mil ochocientos sesenta y siete colones con nueve céntimos (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Nacional de Costa Rica contra Jeffry Sánchez Chavarría y José Francisco Díaz Leiva. Exp. Nº 09-000456-0388-CI.—Juzgado de Cobro de Santa Cruz, 3 de octubre de 2012.—Lic. Alejandra Pérez Cordero, Jueza.—(IN2012098953).

En la puerta exterior de este Despacho, a las catorce horas del diecinueve de diciembre del dos mil doce, y con la base de cincuenta y seis millones novecientos ochenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuatro mil veinticuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Vicente, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rosiris Vargas; al sur, Mayela, Felipe, Guillermo y María todos Bermúdez Benavides; al este, calle pública, y al oeste, resto reservado. Mide: Doscientos veintinueve metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas con treinta minutos del veinte de marzo del dos mil trece, con la base de cuarenta y dos millones setecientos treinta y cinco mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta sé señalan las diez horas con treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil trece con la base de catorce millones doscientos cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. contra Yalile Vargas Villalobos. Exp. Nº 11-001011-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de setiembre del 2012.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—(IN2012098958).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; pero soportando denuncia de fiscalía citas 2009-00233371-002; a las once horas del dieciséis de enero del año dos mil trece, y con la base de trece mil ciento ochenta y ocho dólares con veintisiete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 750704 marca: Toyota, categoría: automóvil, carrocería: sedán 4 puertas, capacidad: 5 personas, Vin: JTDBT923201259627, color: gris, año: 2008. Para el segundo remate se señalan las once horas del treinta y uno de enero del dos mil trece, con la base de nueve mil ochocientos noventa y un dólares con veintiún centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del quince de febrero del dos mil trece con la base de tres mil doscientos noventa y siete dólares con setenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. (Banco Banex S. A.) contra Karen Patricia Salazar Badilla. Exp. Nº 10-000775-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 4 de setiembre del 2012.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2012098959).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando decretos de embargo del Juzgado Civil de Heredia y una anotación de demanda ordinaria laboral del Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia; a las diez horas y treinta minutos del catorce de diciembre del año dos mil doce, y con la base de veinte mil cuatrocientos sesenta y nueve dólares con setenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 747355, marca Hyundai, estilo Tucson GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color verde, Vin KMHJM81VP8U867378, cilindrada 2000 c.c., combustible diesel, Nº motor D4EA8507883. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de enero del año dos mil trece, con la base de quince mil trescientos cincuenta y dos dólares con treinta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de febrero del año dos mil trece, con la base de cinco mil ciento diecisiete dólares con cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. (Banco Banex S. A.) contra Seidy Monge Elizondo, expediente Nº 10-001737-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 10 de setiembre del año 2012.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2012098961).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del trece de noviembre del año dos mil doce, y con la base de ochocientos setenta y dos mil cuatrocientos treinta y nueve colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 679082, marca Nissan, estilo Sentra, categoría automóvil, tracción 4X2, año 1995, color vino, chasis 1N4AB41DXSC728567. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil doce, con la base de seiscientos cincuenta y cuatro mil trescientos veintinueve colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de diciembre del año dos mil doce con la base de doscientos dieciocho mil ciento nueve colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin Sociedad Anónima contra Freddy Thompson Martínez. Expediente Nº 11-000764-0370-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 10 de agosto del 2012.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2012098963).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del quince de enero de dos mil trece, y con la base de nueve mil ochocientos nueve dólares con treinta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 729307, marca Suzuki, estilo Swift, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color anaranjado, tracción 4 x 2, cilindrada 1328 c. c., cuatro cilindros, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del treinta de enero del dos mil trece, con la base de siete mil trescientos cincuenta y seis dólares con noventa y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del catorce de febrero del dos mil trece, con la base de dos mil cuatrocientos cincuenta y dos dólares con treinta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Xinia Ivette Benavides Naranjo, expediente Nº 11-032002-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de octubre del año 2012.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2012098967).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes soportando infracciones y colisiones, sumaria 06-004896-497-TR-2; y sumaria 086918497TR; a las diez horas y treinta minutos del doce de diciembre del dos mil doce, y con la base de veintidós mil seiscientos veinticinco dólares con ochenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 604704, marca Toyota, año 2006, Vin JTEBY25J500035594, cilindrada 2982 c. c., color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de enero del dos mil trece, con la base de dieciséis mil novecientos sesenta y nueve dólares con treinta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de enero de dos mil trece, con la base de cinco mil seiscientos cincuenta y seis dólares con cuarenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así  en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica) S. A. otrora Banco Banex contra Hamlet Enrique Alemán Brenes, expediente Nº 09-014931-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de octubre del año 2012.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—(IN2012098970).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Ley de Caminos a las citas 392-10599-01-0912-001, Reservas y Restricciones a las citas 392-10559-01-0913-001, Servidumbre Trasladada a las citas 392-10599-01-0920-001, 392-10599-01-0921-001, 392-10599-01-0922-001; a las quince horas cero minutos del diecisiete de enero del año dos mil trece, y con la base de nueve millones doscientos ochenta y ocho mil quinientos cincuenta y dos colones con nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos noventa mil seiscientos cuarenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno de zona verde. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lorena Morales Díaz; al sur, Resto de Carlos Funtes; al este, calle pública, y al oeste, Arturo Araya Alfaro. Mide: mil ochocientos treinta y cinco metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas cero minutos del uno de febrero del año dos mil trece, con la base de seis millones novecientos sesenta y seis mil cuatrocientos catorce colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de enero del año dos mil trece con la base de dos millones trescientos veintidós mil ciento treinta y ocho colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda  que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Luis Fuentes Rojas, expediente Nº 12-000465-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 1º de octubre del año 2012.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—RP2012325993.—(IN2012099057).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil doce, y con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos mil novecientos cuarenta y seis cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito dos, General, cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre de uso agrícola en medio de Ana Lucía Bonilla; al sur, María Elena Bonilla Rojas; al este, calle pública, y al oeste, Soledad Rojas Vásquez. Mide: Doscientos ochenta y ocho metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano catastrado Nº SJ-quinientos cuarenta y nueve mil setecientos cincuenta y ocho-mil novecientos noventa y nueve. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de diciembre del año dos mil doce, con la base de dos millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de enero del año dos mil trece con la base de ochocientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gemynis y Jiménez Ltda. contra Odalia Castro Marín. Exp. Nº 12-000230-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 2 de octubre del 2012.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—RP2012325994.—(IN2012099058).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; pero soportando denuncia de fiscalía citas 2009-00233371-002; a las once horas del dieciséis de enero del año dos mil trece, y con la base de trece mil ciento ochenta y ocho dólares con veintisiete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 750704 marca: Toyota, categoría: automóvil, carrocería: sedán 4 puertas, capacidad: 5 personas, Vin: JTDBT923201259627, color: gris, año: 2008. Para el segundo remate se señalan las once horas del treinta y uno de enero del dos mil trece, con la base de nueve mil ochocientos noventa y un dólares con veintiún centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del quince de febrero del dos mil trece con la base de tres mil doscientos noventa y siete dólares con setenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. (Banco Banex S. A.) contra Karen Patricia Salazar Badilla. Exp. Nº 10-000775-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 4 de setiembre del 2012.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2012098959).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando decretos de embargo del Juzgado Civil de Heredia y una anotación de demanda ordinaria laboral del Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia; a las diez horas y treinta minutos del catorce de diciembre del año dos mil doce, y con la base de veinte mil cuatrocientos sesenta y nueve dólares con setenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 747355, marca Hyundai, estilo Tucson GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color verde, Vin KMHJM81VP8U867378, cilindrada 2000 c.c., combustible diesel, Nº motor D4EA8507883. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de enero del año dos mil trece, con la base de quince mil trescientos cincuenta y dos dólares con treinta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de febrero del año dos mil trece, con la base de cinco mil ciento diecisiete dólares con cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. (Banco Banex S. A.) contra Seidy Monge Elizondo, expediente Nº 10-001737-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 10 de setiembre del año 2012.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2012098961).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del trece de noviembre del año dos mil doce, y con la base de ochocientos setenta y dos mil cuatrocientos treinta y nueve colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 679082, marca Nissan, estilo Sentra, categoría automóvil, tracción 4X2, año 1995, color vino, chasis 1N4AB41DXSC728567. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil doce, con la base de seiscientos cincuenta y cuatro mil trescientos veintinueve colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de diciembre del año dos mil doce con la base de doscientos dieciocho mil ciento nueve colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin Sociedad Anónima contra Freddy Thompson Martínez. Expediente Nº 11-000764-0370-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 10 de agosto del 2012.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2012098963).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del quince de enero de dos mil trece, y con la base de nueve mil ochocientos nueve dólares con treinta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 729307, marca Suzuki, estilo Swift, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color anaranjado, tracción 4 x 2, cilindrada 1328 c. c., cuatro cilindros, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del treinta de enero del dos mil trece, con la base de siete mil trescientos cincuenta y seis dólares con noventa y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del catorce de febrero del dos mil trece, con la base de dos mil cuatrocientos cincuenta y dos dólares con treinta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Xinia Ivette Benavides Naranjo, expediente Nº 11-032002-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de octubre del año 2012.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2012098967).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes soportando infracciones y colisiones, sumaria 06-004896-497-TR-2; y sumaria 086918497TR; a las diez horas y treinta minutos del doce de diciembre del dos mil doce, y con la base de veintidós mil seiscientos veinticinco dólares con ochenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 604704, marca Toyota, año 2006, Vin JTEBY25J500035594, cilindrada 2982 c. c., color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de enero del dos mil trece, con la base de dieciséis mil novecientos sesenta y nueve dólares con treinta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de enero de dos mil trece, con la base de cinco mil seiscientos cincuenta y seis dólares con cuarenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así  en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica) S. A. otrora Banco Banex contra Hamlet Enrique Alemán Brenes, expediente Nº 09-014931-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de octubre del año 2012.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—(IN2012098970).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Ley de Caminos a las citas 392-10599-01-0912-001, Reservas y Restricciones a las citas 392-10559-01-0913-001, Servidumbre Trasladada a las citas 392-10599-01-0920-001, 392-10599-01-0921-001, 392-10599-01-0922-001; a las quince horas cero minutos del diecisiete de enero del año dos mil trece, y con la base de nueve millones doscientos ochenta y ocho mil quinientos cincuenta y dos colones con nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos noventa mil seiscientos cuarenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno de zona verde. Situada en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lorena Morales Díaz; al sur, Resto de Carlos Funtes; al este, calle pública, y al oeste, Arturo Araya Alfaro. Mide: mil ochocientos treinta y cinco metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas cero minutos del uno de febrero del año dos mil trece, con la base de seis millones novecientos sesenta y seis mil cuatrocientos catorce colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de enero del año dos mil trece con la base de dos millones trescientos veintidós mil ciento treinta y ocho colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda  que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Luis Fuentes Rojas, expediente Nº 12-000465-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 1º de octubre del año 2012.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—RP2012325993.—(IN2012099057).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil doce, y con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos mil novecientos cuarenta y seis cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito dos, General, cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre de uso agrícola en medio de Ana Lucía Bonilla; al sur, María Elena Bonilla Rojas; al este, calle pública, y al oeste, Soledad Rojas Vásquez. Mide: Doscientos ochenta y ocho metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano catastrado Nº SJ-quinientos cuarenta y nueve mil setecientos cincuenta y ocho-mil novecientos noventa y nueve. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de diciembre del año dos mil doce, con la base de dos millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de enero del año dos mil trece con la base de ochocientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gemynis y Jiménez Ltda. contra Odalia Castro Marín. Exp. Nº 12-000230-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 2 de octubre del 2012.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—RP2012325994.—(IN2012099058).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condic Limits al tomo 336 asiento 4813, ocho servidumbres de paso, cuatro servidumbres de acueducto, una servidumbre de líneas eléctricas, dos servidumbres de vista; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del tres de diciembre del dos mil doce, y 1) con la base de ochenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 138943-000 la cual es terreno para uso agrícola. Situada en el distrito 04 Bahía Ballena, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, lote 7 de Desarrolladores de Magallanes del Sur S. A.; al noroeste, Grupo Floval de Dominical S. A. destinada a servidumbre de paso y al ser lote 8; al sureste, Rancho La Merced S. A., y al suroeste, lote 10 de Grupo Floval de Dominical S. A.. Mide: seis mil ciento cinco metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de diciembre de dos mil doce, con la base de sesenta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de enero de dos mil trece con la base de veinte mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial) 2) a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del tres de diciembre del dos mil doce, con la base de cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condic limits al tomo 336 asiento 4813, ocho servidumbres de paso, seis servidumbres de acueducto, una servidumbre de líneas eléctricas, dos servidumbres de vista, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 138944-000 la cual es terreno para uso agrícola. Situada en el distrito 04 Bahía Ballena, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al sur, Rancho La Merced S. A.; al oeste, Grupo Floval de Dominical S. A., al noreste, lote 9 de Grupo Floval de Dominical S. A., al noroeste, Grupo Floval de Dominical S. A. destinada a servidumbre de paso y ser lote 8, y al suroeste, Grupo Floval de Dominical S. A. Mide: siete mil seiscientos ocho metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de diciembre del dos mil doce, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de enero de dos mil trece con la base de doce mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 3) a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del tres de diciembre del dos mil doce, con la base de cincuenta mil dólares exactos, libre de, gravámenes hipotecarios, pero soportando condic limits al tomo 336 asiento 4813, siete servidumbres de paso, seis servidumbres de acueducto, una servidumbre de líneas eléctricas, dos servidumbres de vista, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 138947-000 la cual es terreno para uso agrícola. Situada en el distrito 04 Bahía Ballena, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Villas Mediterráneas S. A.; al sur, servidumbre agrícola pública con un frente de 65.80 metros en medio con Myfavorite Place S. A., al este, Grupo Floval de Dominical S. A., al oeste, Villas Mediterráneas S. A. Mide: seis mil seiscientos noventa y seis metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de diciembre del dos mil doce, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de enero de dos mil trece con la base de doce mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bruce M. Bradshaw contra Grupo Floval de Dominical S. A., expediente Nº 11-015759-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de octubre del año 2012.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—RP2012326037.—(IN2012099059).

A las catorce horas cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos mil doce, en la puerta principal del local que ocupa este Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando Servidumbre Trasladada bajo las citas 0304-00007992-01-091-001, y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor del actor, sea la base de veinticuatro millones de colones, remataré: Finca inscrita en Propiedad Partido de Alajuela Folio Real Matrícula Nº 107.650-000, que es terreno de café con una casa, sito en San Pedro de Poás, distrito primero del cantón ocho de la provincia de Alajuela. Linda al norte, Jaime Herrera Chaves; al sur, servidumbre de paso en medio Casilda Murillo; al este, calle pública, y al oeste, Juan Bautista Ávila Gonsey. Mide: Mil ciento veintitrés metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate, ahora con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la base de dieciocho millones de colones, se señalan las: catorce horas cinco minutos del diez de diciembre de dos mil doce. Para el tercer remate, ahora con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de seis millones de colones, se señalan las: catorce horas cinco minutos del ocho de enero de dos mil trece. Se advierte que sobre la finca antes indicada existe una demanda penal bajo las citas 201-00241561-01-0006-001. Se remata por estar así ordenado en expediente Nº 12-101015-0297-CI (1A) ejecución hipotecaria de Víctor Eduardo Arias Murillo contra Rafael Bogantes Granados.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 2 de octubre del 2012.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2012326047.—(IN2012099061).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando anotación bajo los tomo asiento 2012 asiento 00123377 bajo la sumaria N° 10-000005-0641-LA del Juzgado de Trabajo de Cartago a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil doce, y con la base de dos millones colones exactos, en el mejor postor remata é lo siguiente: Vehículo placas N° CL 223110, marca: Mitsubishi, estilo 1.200 GLX TDI, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, color: blanco, tracción: 4X4. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de diciembre de dos mil doce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil doce con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Asicar Sociedad Anónima contra Carlos Alberto Sánchez Avendaño. Exp. Nº 12-008206-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 24 de setiembre del año 2012.—Lic. María Karina Zúñiga Cruz, Jueza.—RP2012326093.—(IN2012099063).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción de transito bajo la sumaria 09-606517-489-TC del Primer Circuito Judicial de San José; a las trece horas y quince minutos del veintinueve de noviembre de dos mil doce, y con la base de cuatrocientos cuarenta y tres dólares con ochenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa: 641772, marca: Nissan, serie: 3N1JH01S6ZL118263, año: 2006, capacidad cinco personas, color: gris Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos del catorce de diciembre de dos mil doce, con la base de trescientos treinta y dos dólares con ochenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del catorce de enero de dos mil doce con la base de ciento diez dólares con noventa y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Allan Jiménez Villareal, Industry Alza Sociedad Anónima. Exp. Nº 12-001228-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 9 de octubre del 2012.—MSC Guillermo Guevara Solano, Juez.—RP2012326124.—(IN2012099067).

A las ocho horas del doce de noviembre del dos mil doce. En la puerta exterior de este Despacho, Libre de gravámenes, por la suma de treinta y seis mil ochocientos cincuenta colones exactos, anotada bajo el tomo 0464, asiento 19097, consecutivo 01, secuencia 0050, subsecuencia 001, con las anotaciones y limitaciones que constan en el Registro Nacional, sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula N° 112118-000, naturaleza terreno para la vivienda, lote 106; situada en el distrito (01) Sagaces, cantón (04) Bagaces, provincia de Guanacaste; linda al norte, calle pública; al sur, con lote 128; al este, con lote 107, y al oeste, con calle pública; mide: mil ciento cincuenta y cuatro metros con cuatro decímetros cuadrados; con plano número G- 0161936-1994. Para tal efecto se señalan las ocho horas del doce de noviembre del dos mil doce. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del veintiséis de noviembre del dos mil doce, con la base de veintisiete mil seiscientos treinta y siete colones cincuenta céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematante, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del diez de diciembre del dos mil doce, con la base de nueve mil doscientos doce colones cincuenta céntimos (un 25% de la base original).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, Santiago, 5 de octubre del 2012.—MSC. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—RP2012326135.—(IN2012099069).

A las diecisiete horas veinte minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de novecientos treinta y siete mil setecientos cuarenta y siete colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo, marca Yugo, placa de circulación 193943, estilo GV Plus, modelo 1993, marca de motor Yugo, número de motor 13E10640058358, número de chasis VX1145A0000450082, color negro, gasolina, 4 cilindros, 1300 cc, cinco pasajeros. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de BAC contra Badilla Fallas Ninette. Exp. Nº 94-015549-0227-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de agosto del 2012.—Lic. Sammy Ugalde Villalobos, Juez.—(IN2012099361).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando anotación bajo los tomo asiento 2012 asiento 00123377 bajo la sumaria N° 10-000005-0641-LA del Juzgado de Trabajo de Cartago a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil doce, y con la base de dos millones colones exactos, en el mejor postor remata é lo siguiente: Vehículo placas N° CL 223110, marca: Mitsubishi, estilo 1.200 GLX TDI, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, color: blanco, tracción: 4X4. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de diciembre de dos mil doce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil doce con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Asicar Sociedad Anónima contra Carlos Alberto Sánchez Avendaño. Exp. Nº 12-008206-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 24 de setiembre del año 2012.—Lic. María Karina Zúñiga Cruz, Jueza.—RP2012326093.—(IN2012099063).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción de transito bajo la sumaria 09-606517-489-TC del Primer Circuito Judicial de San José; a las trece horas y quince minutos del veintinueve de noviembre de dos mil doce, y con la base de cuatrocientos cuarenta y tres dólares con ochenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa: 641772, marca: Nissan, serie: 3N1JH01S6ZL118263, año: 2006, capacidad cinco personas, color: gris Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos del catorce de diciembre de dos mil doce, con la base de trescientos treinta y dos dólares con ochenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del catorce de enero de dos mil doce con la base de ciento diez dólares con noventa y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Allan Jiménez Villareal, Industry Alza Sociedad Anónima. Exp. Nº 12-001228-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 9 de octubre del 2012.—MSC Guillermo Guevara Solano, Juez.—RP2012326124.—(IN2012099067).

A las ocho horas del doce de noviembre del dos mil doce. En la puerta exterior de este Despacho, Libre de gravámenes, por la suma de treinta y seis mil ochocientos cincuenta colones exactos, anotada bajo el tomo 0464, asiento 19097, consecutivo 01, secuencia 0050, subsecuencia 001, con las anotaciones y limitaciones que constan en el Registro Nacional, sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula N° 112118-000, naturaleza terreno para la vivienda, lote 106; situada en el distrito (01) Sagaces, cantón (04) Bagaces, provincia de Guanacaste; linda al norte, calle pública; al sur, con lote 128; al este, con lote 107, y al oeste, con calle pública; mide: mil ciento cincuenta y cuatro metros con cuatro decímetros cuadrados; con plano número G- 0161936-1994. Para tal efecto se señalan las ocho horas del doce de noviembre del dos mil doce. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del veintiséis de noviembre del dos mil doce, con la base de veintisiete mil seiscientos treinta y siete colones cincuenta céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematante, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del diez de diciembre del dos mil doce, con la base de nueve mil doscientos doce colones cincuenta céntimos (un 25% de la base original).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, Santiago, 5 de octubre del 2012.—MSC. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—RP2012326135.—(IN2012099069).

A las diecisiete horas veinte minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de novecientos treinta y siete mil setecientos cuarenta y siete colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo, marca Yugo, placa de circulación 193943, estilo GV Plus, modelo 1993, marca de motor Yugo, número de motor 13E10640058358, número de chasis VX1145A0000450082, color negro, gasolina, 4 cilindros, 1300 cc, cinco pasajeros. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de BAC contra Badilla Fallas Ninette. Exp. Nº 94-015549-0227-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de agosto del 2012.—Lic. Sammy Ugalde Villalobos, Juez.—(IN2012099361).

A las dieciocho horas y cuarenta minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: según avalúo ST-652-93, automóvil placas 177317, marca Hyundai, estilo Excel GLS, año 1987, sedán cuatro puertas, con capacidad para cinco personas, color café, motor gasolina, cuatro cilindros 1468 cc, número de motor G4AJG333551, chasis número KMHLF31J6HU148349. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Enrique Rendon Vargas y Solís Víquez Francisco Javier. Exp.: 95-002656-0228-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de agosto del 2012.—Lic. Walter Obando Corrales, Juez.—(IN2012099362).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del quince de noviembre de dos mil doce, y con la base do novecientos siete mil ciento ochenta y ocho colones con treinta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público. Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 122853-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Sevegre, cantón Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote de El Estado; al sur, Almirante S. A.; al este, Almirante S. A., y al oeste, Almirante S. A. Mide: Ochocientos cincuenta y seis metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate so señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de noviembre de dos mil doce, con la base de seiscientos ochenta mil trescientos noventa y un colones con veintinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de diciembre de dos mil doce con la base de doscientos veintiséis mil setecientos noventa y siete colones con diez céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Elvis Espinoza Naranjo. Exp. Nº 12-008132-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 7 de setiembre del 2012.—Lic. Éricka Sanabria Salazar, Jueza.—RP2012326228.—(IN2012099465).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las nueve horas y treinta minutos del trece de noviembre de dos mil doce, y con la base de cuatro millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 474198-000 la cual es terreno para construir, lote 2. Situada en el distrito dos Florencia, cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 1, Marvin Sibaja Sibaja; al sur, Grupo Jones Huertas S. A.; al este, Marvin Sibaja Sobaja, y al oeste, calle pública con 14.06 metros de frente. Mide: cuatrocientos diecisiete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil doce, con la base de tres millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de diciembre de dos mil doce con la base de un millón colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Imark MV S. A. contra Marvin Erney Sibaja Sibaja. Exp. Nº 12-000085-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 26 de setiembre del 2012.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2012326265.—(IN2012099467).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotécanos; con la base de quince millones de colones, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Guanacaste, matrícula Nº 161316-000, naturaleza: Terreno con pasto y una casa situada en el distrito sexto Cuajiniquil, cantón tercero Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos norte, José Díaz Viales; sur, calle pública con 33,00 metros de frente; este, calle pública con 33,00 metros de frente, oeste, José Díaz Viales. Mide: Mil setenta y seis metros con catorce decímetros cuadrados. Plano: G-1122194-2007. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del doce de noviembre del año dos mil doce (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las quince horas treinta minutos del treinta de noviembre del año dos mil doce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate. Se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete de diciembre del año dos mil doce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Nota: Se le informa a tas personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Judith Díaz Viales contra Mainor de Jesús Díaz Alfaro. Exp. Nº 11-000406-0390-CI.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 9 de agosto del 2012.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—RP2012326285.—(IN2012099471).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción por colisión del Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago e Infracción por colisión del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Corredores boletas 9600357677, 2005022888, respectivamente; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre de dos mil doce, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 188764, marca Honda, año: 1987, vin: no indica, chasis 1HGCA5544HA198687, cilindrada 1951 c.c., color: celeste, categoría: automóvil. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mario Alberto Salas Quesada. Exp. Nº 02-000640-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 2 de octubre del 2012.—Lic. Miguel Ángel Rosales Alvarado, Juez.—RP2012326358.—(IN2012099480).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas ley de aguas y ley de caminos públicos anotada bajo las citas 325-4815-01-0003-001 y reservas ley forestal anotada bajo las citas 325-4815-01-0004-001; a las diez horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil doce, y con la base de nueve millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 230202-000 la cual es terreno lote 21 terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 25 metros 75 centímetros; al sur, resto de Servicios Integrales Zujodav Internacional S. A.; al este, Carlo Luis Briceño Arias y al oeste, resto de Servicios Integrales Zujodav Internacional S. A. Mide: ciento setenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil doce, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del trece de diciembre del año dos mil doce con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra George Pérez Vega. Exp. Nº 12-018145-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de setiembre del 2012.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—(IN2012099768).

Convocatorias

Convoca a todos los interesados a la junta que se llevará a cabo en este Despacho, a las nueve horas del veinte de noviembre del dos mil doce. Lo anterior para conocer sobre lo indicado en el artículo 926 del Código Procesal Civil. Dicha junta se realizará por haberse ordenado así en el sucesorio judicial número 08-101235-0317-CI C. I. (47-11) 3C, de Emilce Luzania Rodríguez Duarte, quien en vida fue mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, vecina de Corazón de Jesús de Cutris, cédula de identidad número 2-232-030.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 13 de setiembre del 2012.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—1 vez.—RP2012326213.—(IN2012099650).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Gerardo Navarro Fonseca, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las diez horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil doce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 10-000413-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 12 de setiembre del 2012.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—RP2012326496.—(IN2012099795).

En proceso sucesorio en sede notarial de Ligia Villalobos Ocampo, estando firme la declaratoria de herederos a las ocho horas del diecisiete de setiembre de dos mil doce y de conformidad con lo que establece el artículo novecientos veintiséis del Código Procesal Civil, se cita a Junta de Interesados, en esta sucesión a celebrarse diez días hábiles después de la publicación de este edicto, en esta notaría; situada doscientos metros oeste, de la Estación de Bomberos en Heredia.—Diecinueve de octubre del dos mil doce.—Lourdes Ruiz Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012326482.—(IN2012099801).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 09-000124-0185-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Roy Chaves Delgado, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de San Antonio, debajo de Puriscal, un kilómetro al sureste de la finca Danta, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-setecientos trece-quinientos ochenta y ocho, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es repasto y cultivos. Situada en el distrito cuatro de Piedras Negras, cantón sétimo de Mora de la provincia de San José. Colinda: al norte, Fabio Leiva Agüero; al sur, Infamar D.E.F S. A.; al este, Quebrada grande; y al oeste, Mercedes Esquivel Peraza. Mide: cincuenta mil doscientos cincuenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1132457-2009. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en un millón de colones y las presentes diligencias en la suma de cien mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de una donación que le realizo su padre y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena .fe y a título de dueño por más de quince años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cultivo de caña y hortalizas, así como siembra para reforestación y la tendencia de ganado de engorde y leche para consumo familiar. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Roy Chaves Delgado. Expediente: 09-000124-0185-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 4 de octubre del 2012.—Msc. Ólger Chavarría Chavarría, Juez.—1 vez.—(IN2012096399).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 12-000145-0391-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Valle Scobratt S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y seis mil ochocientos ochenta y nueve, representada por Darin Scott MC Bratney quien es mayor, empresario, vecino de Nosara de Nicoya, portador del pasaporte número cuatro cuatro uno ocho dos uno siete tres siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es tacotal. Situada en el distrito sexto, cantón segundo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, sur, este, Valle Scobrat S. A., y al oeste, calle pública con un frente de treinta y dos metros con treinta centímetros lineales. Mide: cinco mil ciento veintitrés metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1569084-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble siete millones de colones y las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de venta y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diecinueve años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas y chapias. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Valle Scobratt S. A. Expediente Nº 12-000145-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 22 de agosto del año 2012.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—(IN2012096417).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 12-000082-0341-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Asociación Administradora del Acueducto del Recreo, cédula jurídica 3-002-300780, Representada por Ana Lucreia Gómez Bravo quien es mayor, estado civil divorciada una vez, vecina de Barrio el Recreo de Turrialba, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0302770550, profesión Oficinista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de solar con un tanque de almacenamiento de agua en el edificado. Situada en el distrito primero Turrialba, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Santiago Jiménez Rodríguez y Caridad Jiménez Rodríguez; al sur, Cristian Alfaro Jiménez; al este, calle pública, y al oeste, Santiago Jiménez Rodríguez y Caridad Jiménez Rodríguez. Mide: ciento sesenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones doscientos colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la construcción del tanque de agua para la asada. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Asociación Administradora del Acueducto del Recreo. Expediente Nº 12-000082-0341-CI.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 30 de julio del año 2012.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2012096437).

Yadira Masís Rivera, mayor, del hogar, casada una vez, cédula de identidad número siete-cero ochenta y cinco-ciento cinco, vecina de Guápiles, Pococí. Limón, de las oficinas del Ministerio de Agricultura y Ganadería, cien metros al norte y veinticinco metros al este, promueve diligencia de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: Terreno de potrero y montaña con pastos y bosques. Ubicado en: Lomas, distrito tercero Florida del cantón tercero Siquirres de la provincia de Limón. Mide: Catorce hectáreas cuatro mil quinientos cuarenta y dos metros cuadrados. Linda al norte, con José Luis Romero Vargas; al sur, Con Yadira Masís Rivera; al este, con calle pública con un frente de ochocientos veintidós metros con noventa y dos centímetros lineales, y al oeste, con Víctor Julio Astorga Romero, Pablo Gamboa Serrano y Miguel Gamboa Pereira. Graficado en el Plano Catastrádó número L-un millón cuatrocientos cuarenta y un mil cuatrocientos catorce-dos mil diez. Inmueble que fue adquirido mediante compra venta que le hizo al señor Luis Guillermo Sanders Alfaro. Fue estimado en la suma de cuatro millones de colones exactos y las diligencias en quinientos mil colones. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesar, sobre el mismo, no posee codueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente Nº 12-000141-507-AG, número interno 160-3-12.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 18 de setiembre del 2012.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—RP2012324626.—(IN2012096561).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 12-100207-217-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Mireya de los Ángeles Espinoza Cascante, quien es mayor, casada una vez, separada de hecho, comerciante, vecina de Desamparados, cédula l-0978-0075 a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno para construir, ubicado en Desamparados, distrito sétimo Patarrá, del cantón tercero de la provincia de San José, cuya área según el plano es de seiscientos treinta y ocho metros cuadrados. Linda: al norte, con Salvador Jákamo Guido; al sur, con Gullermo Campos Valverde; al este, con Arturo Campos Valverde, y al oeste, con Miguel Villareal Solano. Se cita y emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Expediente Nº 12-100207-0217-CI Información Posesoria promovida por Mireya de los Ángeles Espinoza Cascante.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 19 de setiembre del 2012.—Lic. Luis Carlos Arana Oronó, Juez.—1 vez.—RP2012324655.—(IN2012096562).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 11-000405-0386-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de José Ortiz Ortiz quien es mayor, estado civil casado dos veces, vecino de Liberia, Barrio Las Brisas, casa Nº 6, bloque 1, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-0352-0764, profesión oficial de seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón primero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de catorce metros; al sur, Quebrada El Cementerio; al este, Pablo Martínez Martínez, y al oeste, Benjamín Antonio Jirón Córdoba. Mide: doscientos trece metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón seiscientos mil colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiar, cercar con postes de madera y cuatro hilos de alambre de púas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por José Ortiz Ortiz. Expediente Nº 11-000405-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 16 de julio del año 2012.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—RP2012324659.—(IN202096563).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 12-000098-0465-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de quien es mayor, estado civil casado, vecino de Limón, Valle La Estrella, 300 metros oeste de la escuela de San Andrés, casa de cemento color rosada a mano izquierda, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-155-692, profesión terreno para la agricultura con árboles frutales, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca dedicada a la agricultura. Situada en el distrito dos Valle La Estrella, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Línea Férrea; al sur, Wins Martínez Gabriel; al este, Remigio Guevara Quirós y Héctor Flores Sandoval; y al oeste, Roque Mercado Álvarez, Lázaro Mercado Álvarez. Mide: Dos hectáreas dos mil seiscientos sesenta y nueve metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-628502-2000. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones trescientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinticinco años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en agricultura. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por . Exp. Nº 12-000098-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 29 de agosto del año 2012.—Lic. Wilberth Álvarez Li, Juez.—1 vez.—RP2012325618.—(IN2012098339).

Citaciones

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Lydia María Vásquez Vargas, quien fuera soltera, del hogar, vecina de Piedades Sur de San Ramón y portó la cédula número 2-205-887. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-001214-0691-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 02 de octubre del 2012.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—RP2012325393.—(IN2012098002).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Oliverio Sánchez Castañeda, quien fuera mayor, casado, vecino de Coronado, nacional de Colombia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000547-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre del 2012.—Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—RP2012325404.—(IN2012098003).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial, de Sara Rojas Chaves, quien fue mayor, casada, de oficios domésticos, vecina de Calle Blancos, Guadalupe de Goicoechea, con cédula dos-doscientos treinta y tres-trescientos setenta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2012. Notaría del Bufete del Lic. Jeremías Vargas Chavarría.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—RP2012325436.—(IN2012098004).

Se emplaza: a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Valentín Marín Aguilar, quien fue mayor, divorciado una vez, agricultor, vecino de Desamparados, cédula de identidad 1-0257-0857, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados-a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 12-100199-0217-CI. Sucesión de Valentín Marín Aguilar.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 11 de setiembre del 2012.—Lic. Luis Carlos Arana Oronó, Juez a. í.—1 vez.—RP2012325439.—(IN2012098005).

Lic. Sandra Araya Vega, notaria pública autorizada con oficina en Cartago, costado norte de los Tribunales, hace saber: que en esta notaría bajo el expediente 29-2012, se tramita sucesión Abintestato, de quien en vida se llamó Cristóbal Brenes Araya, mayor, casado, pensionado, vecino de San Isidro de El Guarco, Cartago, frente a Soda El Camionero, con cédula de identidad número 3-163-239. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría para hacer valer sus derechos. Se advierte a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de este término, esta pasará a quien corresponda.—Cartago, once de octubre del año dos mil doce.—Lic. Sandra Araya Vega, Notaria.—1 vez.—RP2012325498.—(IN2012098006).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Lesbia Madrigal Arias, viuda una vez, del hogar, cédula dos-cero noventa y seis-ochocientos noventa y nueve, vecina de San José, de la iglesia católica de San Cayetano, trescientos cincuenta metros sur y setenta y cinco oeste, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002-2012. Notaría del Bufete Villalobos.—Lic. Hazel Villalobos Villar, Notaria.—1 vez.—RP2012325453.—(IN2012098007).

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de José Valeriano Pérez Pérez, quien fuera mayor, y conviviera en unión libre con la señora Jovita Muñoz Villareal, agricultor, cédula de identidad número cinco-cero treinta y dos-doscientos treinta y dos, vecino de Polvazal de Santa Cruz, Guanacaste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000041-0391-AG.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 26 de setiembre del 2012.—Msc. Rafael Antonio Ortega Tellería, Juez.—1 vez.—RP2012325468.—(IN2012098008).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Zeneida Vega Villarreal, a las once horas del once de setiembre del año dos mil doce y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio abintestato de quien en vida fuera Juan Vega Villarreal, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San Vicente de Nicoya, detrás de la iglesia católica, portador de la cédula de identidad número nueve-cero cero tres-doscientos treinta y seis, falleció el veinticinco de octubre del año dos mil cuatro. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Santos Guadamuz Miranda, Nicoya, doscientos metros al oeste del correo, teléfono 2685-6956.—Lic. Santos Guadamuz Miranda, Notario.—1 vez.—RP2012325469.—(IN2012098009).

A solicitud de Elisa Vitelia Ramírez Ramírez, cédula de identidad número cuatro-seis seis cero-cuatro dos dos, viuda, he procedido a abrir expediente de Sucesorio Abintestato, en sede notarial, de quien en vida fue José Enrique Herrera Mejías, portador en vida de la cédula de identidad número dos-dos siete tres-tres uno seis, quien fue casado una vez, empresario, vecino de San José, Barrio Cuba, de la pulpería La Rosa Blanca, veinticinco metros al sur, fallecido el veintisiete de julio del año dos mil doce. Por este medio se emplaza a cualquier interesado en el presente proceso, para que se apersonen ante esta notaría, a formular pretensiones, legalizar créditos o hacer valer cualquier derecho sucesorio, bajo el apercibimiento de que si no se presentan en el plazo de treinta días, a partir de la publicación del presente edicto, en el Boletín Judicial, la herencia pasará a quien corresponda. Lugar: Tres Ríos, La Unión, Cartago, del Servicentro Tinoco, cien metros al este y veinticinco metros al norte, número veintidós, Expediente: 0003-2012.—La Unión, 08 de octubre del año 2012.—Lic. Roberto Ulate González, Notario.—1 vez.—RP2012325494.—(IN2012098010).

Con el término de treinta días contados a partir de su publicación se declara abierta la sucesión en sede notarial Expediente 003-smc-2012, de quien en vida fue Arnulfo Balmaceda Velásquez, quien fue mayor, divorciado, cédula 2-314-809, vecino de Desamparados, se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados para que en el término indicado comparezcan ante la Notaría de la Licenciada Sara Montero Castrillo, ubicada en el centro de San José, del antiguo Registro Civil setenta y cinco metros al sur, altos de la ferretería Ancla, a reclamar los derechos que consideren pertinentes, caso contrario la herencia pasará a los herederos que se encuentran acreditados. Se nombra como albacea al señor Andrés Alejandro Balmaceda Gómez, cédula 1-1174-148. Para revisar el expediente y reclamar derechos, se debe sacar cita por medio del correo licda.sarita@hotmail.com.—San José, once de octubre del dos mil doce.—Lic. Sara Montero Castrillo, Notaria.—1 vez.—RP2012325504.—(IN2012098011).

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Gerardo Pérez Torres, quien fuera mayor, cédula de identidad número 501280645, casado una vez, agricultor, vecino de Montenegro de Bagaces. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000207-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), 23 de julio del 2012.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—RP2012325530.—(IN2012098012).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Alfonso Mora Flores, quien fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Escazú, ciento cincuenta metros sur de la esquina suroeste de la iglesia católica, portador de la cédula de identidad 1-0212-072, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina, sita en San José, San Pedro, del antiguo Higuerón setenta y cinco metros sureste, casa antigua de portones color café, a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2012.—Lic. Marcela Núñez Troyo, Notaria.—1 vez.—RP2012325534.—(IN2012098013).

A solicitud de la señora Sofía Salazar Espinoza, mayor, viuda de sus únicas nupcias, pensionada, portadora de la cédula de identidad número cuatro-cero cincuenta y uno-cero sesenta y nueve, vecina de Hacienda Las Flores, casa número veintitrés, San Joaquín de Flores, Heredia, he procedido a abrir expediente de Sucesión de quien fuera Ezequiel Méndez Mora, mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número dos-cero sesenta-ocho mil doscientos cuarenta, vecino de Hacienda Las Flores, casa número veintitrés, San Joaquín de Flores, Heredia, quien falleció el día quince de enero del año dos mil seis. Por este medio se emplaza a cualquier interesado en la presente sucesión, para que se apersonen ante esta notaría a formular sus pretensiones, legalizar créditos contra la masa, o hacer valer cualquier derecho sucesorio, bajo el apercibimiento de que si no se presentan en el plazo que se dirá, la herencia pasará a quien corresponda. El plazo será de treinta días a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial. El lugar para apersonarse es mi Bufete, sito en la provincia de San José, cantón Escazú, calle dos, Avenidas seis y ocho, número setecientos. Teléfono: 2228-8393, fax: 2228-5962.—San José, quince de horas del catorce de setiembre del dos mil doce.—Lic. Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—RP2012325537.—(IN2012098014).

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de William Soto Umaña, quien fuera mayor, divorciado, técnico de electrónica, vecino de Pueblo Nuevo, Alajuela, cédula de identidad 2-310-680. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000257-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de setiembre del 2012.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—RP2012325539.—(IN2012098015).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Amable Jiménez Sánchez, quien fuera mayor, viuda, trabajadora agrícola, cédula de identidad número 2-0145-0332, vecina de Buenos Aires, Puntarenas, 200 metros este de la escuela Quebrada Bonita de Chánguena. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-000122-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 30 de noviembre del 2011.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—1 vez.—RP2012328542.—(IN2012098016).

Se emplaza a herederos, legatarios e interesados, en el sucesorio en sede notarial de quien en vida fuera: Roberto Retana Carrillo, casado una vez, comerciante, cédula 2-405-360, a hacer valer sus derechos, dentro del término de 30 días, bajo el apercibimiento que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2012-0801. Notificaciones al fax 2453-0544.—Lic. Rodney Reyes Mora, Notario.—1 vez.—RP2012325555.—(IN2012098017).

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Evan Arce Arias, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Alajuela, cédula de identidad número dos-dos dos uno-seis dos ocho. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000285-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de setiembre del 2012.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1 vez.—RP2012325567.—(IN2012098018).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Enrique Granados Beer, mayor de edad, viudo, empresario, vecino de San José, con cédula de identidad número uno-doscientos sesenta y siete-quinientos ochenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2012. GM Attorneys, fax 2222-3311. Notaría de la Licda Adriana Cordero Muñoz.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—RP2012325571.—(IN2012098019).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carmen Jiménez Ávila, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Rafael de Alajuela, y con cédula de identidad 2-0140-010. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-000186-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 9 de octubre del 2012.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2012098191).

Ante el suscrito notario público, se han presentado los señores Isabel Dayanara Batista Batres, Humberto Allan Batista Batres, Magiber Johan Batista Batres, Margoth Batista Batres, Dutras Cley Batista Batres, y Day Gualy Batista Batres, Robert Christian Batista Batres, para solicitar la apertura de la sucesión dado que son los únicos herederos de la señora Maria Isabel Batista Batista, y manifiestan que no dejó ningún hijo, nieto menor o incapaz. Presentan un inventario que es un derecho sobre una finca del partido de Guanacaste, Bejuco, cantón Nandayure, matrícula de folio real veintiocho mil quinientos cincuenta y uno-cero cero cero; cuya naturaleza L ciento cincuenta y tres veintiocho para agricultura; linda al norte, sur, este, con Luis Rivera y al oeste, con calle La Pampa; con veinticuatro metros de frente, mide veintiocho mil ochocientos ochenta y nueve metros cuadrados según el plano catastrado número G-cero cero dos cero uno seis seis-mil novecientos setenta y tres. Valorada en la suma de cinco millones de colones. Solicitan que se les designen como únicos y universales herederos. Se publica este aviso a fin de los presuntos herederos o interesados se apersonen a esta notaría, trescientos norte del cementerio de Santo Domingo de Heredia, a reclamar sus derechos, de conformidad con lo establecido en los artículos novecientos veintitrés del Código Procesal Civil y ciento veintinueve del Código Notarial. Cuentan con treinta días naturales para hacer valer sus derechos.—Lic. Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1 vez.—(IN2012098225).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos, en el proceso sucesorio de Erna Forero Schlotterhausen, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000184-182 CI.—Lic. Ricardo Guido Mena, Notario.—1 vez.—(IN2012098276).

Se cita a los interesados en la sucesión en sede notarial de quien en vida fue Rodney Maurice González Chávez, mayor, soltero, policía, con cédula de identidad número uno-cero seiscientos cuarenta y dos-cero cero sesenta y seis, vecino de Estados Unidos de Norteamérica, fallecido el día trece de marzo de dos mil siete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hace valer sus derechos ante mi notaría ubicada en San Pedro de Montes de Oca, Los Yoses, costado sur de la iglesia de Fátima, edificio Carisa, tercer piso, oficina tres-A, fax 2280-9022, teléfono 2280-9013. Se les apercibe que de no comparecer en el plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponde. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso sucesorio número cero cero cero uno-dos mil doce de Rodney Maurice González Chávez, mediante resolución de esta notaría, de las once horas con treinta minutos del primero de octubre de dos mil doce.—Dra. Lyannette Petgrave Brown, Notaria.—1 vez.—RP2012325600.—(IN2012098344).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Ramón Pérez Pérez, mayor, costarricense, chofer, cédula número 1-473-099, vecino de Desamparados, San Miguel, El Huaso, casa G18, y es gestionado por Elizabeth Lezcano Concepción, quien es mayor, soltera, costarricense, cédula de identidad número 6-284-877, vecina de Desamparados, San Rafael Abajo, frente al taller La Red. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de este proceso, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-100132-0217-CI (279-2-12).—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 11 de setiembre del 2012.—Lic. Hellen Mora Salazar, Jueza.—1 vez.—RP2012325627.—(IN2012098345).

Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de Cristina Hernández Castro, quien en vida fuera mayor, casada de únicas nupcias, ama de casa, vecina de San José, El Alto de Guadalupe, veinticinco metros al este de la Escuela Juan Flores, cédula 8-0030-0494, fallecida en San José, Hospital México, el día 8 de abril de 2000, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en autos a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Esta notaría se ubica San José, Guachipelín de Escazú, edificio Atrium, cuarto piso, Bufete Daremblum & Herrera, Abogados. Sucesión notarial de Cristina Hernández Castro. Exp. Nº 0003-2012.—San José, 9 de octubre del 2012.—Lic. Luis Felipe Martínez Obando, Notario.—1 vez.—RP2012325635.—(IN2012098346).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en vía notarial de Cristina Thompson Quirós, quien fue mayor, contadora, cédula uno-ciento nueve-seis mil seiscientos cuarenta y uno, vecina de San José, Napalera, Curridabat, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina, sita en San José, San Pedro de Montes de Oca, trescientos metros sur y trescientos metros este del Banco Nacional, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—RP2012325652.—(IN2012098347).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Isabel Cristina Rojas Vargas, a las diez horas del ocho de octubre del dos mil doce, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Gerardo Enrique Rojas Vargas, quien en vida fuera mayor de edad, soltero, vecino de San Juan de Tibás, cédula de identidad número dos-cero doscientos sesenta y nueve-cero quinientos sesenta y dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Juan Bautista Loría Martínez, c. c. Johnny Loría Martínez, ubicada en San Juan de Tibás, setenta y cinco metros al norte de Ferreloza, altos de Deportes Tibás, oficina cuatro. Teléfonos 2297-5602 y 8355-3288. Publicar una vez en el Boletín Judicial.—Lic. Johnny Loría Martínez, Notario.—1 vez.—RP2012325671.—(IN2012098348).

En la Notaría del Licenciado José Guillermo Bolaños Hidalgo, se ha iniciado proceso sucesorio extrajudicial Ab Intesto, de quien en vida fuera Castro Sequiera Murillo, mayor de edad, casado una vez, de oficio agricultor, con cédula de identidad número: 2-148-885, vecino de San Roque de Grecia, Alajuela, 300 oeste plaza de deportes. Se cita a todos los interesados para que dentro del término de Ley se apersonen hacer valer sus derechos.—Grecia, 4 de octubre del año 2012.—Lic. José Guillermo Bolaños Hidago, Notario.—1 vez.—RP2012325673.—(IN2012098349).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión acumulada de Carlos Ibarra Corea, quien fue mayor, viudo una vez, cédula de identidad 5-170-380, y Julia Argentina López López conocida como López Morán, quien fue mayor, casada una vez, amada de casa, ambos vecinos de San Rafael Abajo de Desamparados, Barrio Autofores, del antiguo Salón Los Higueros, 200 metros oeste, cédula 8-0053-0914, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-100208-0217-CI Sucesión acumulada de Carlos Ibarra Corea y Julia Argentina López López c. c. López Morán.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 20 de setiembre del 2012.—Lic. Luis Carlos Arana Oronó, Juez a.í.—1 vez.—RP2012325682.—(IN2012098350).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de quien en vida fuera Nalio Eduardo Vargas Valverde, cédula tres-ciento cincuenta y dos-cuatrocientos veinte, para que dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en la oficina de la notaria pública Anssuette Esquivel Zayas-Bazán, ubicada en calles treinta y cinco y siete, avenida quince, Bufete Alfaro y Asociados, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro del término, la herencia pasará a quien corresponda. San José, ocho de octubre del dos mil doce.—Lic. Anssuette Esquivel Zayas-Bazán, Notaria.—1 vez.—RP2012325696.—(IN2012098351).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de Luis Enrique Boza Ortiz, quien fuera mayor, casado una vez, contador público autorizado, vecino de Hatillo, con cédula de identidad número 7-024-208, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en San José, avenida 10 bis, calle 21, número 1080, Bufete Campos y Aguilar, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento que de no hacerlo la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente Nº 0003-2009-D.C.S.—San José, 10 de octubre del 2012.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—RP2012325701.—(IN2012098352).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quienes en vida fueran los señores Claudia Esmeralda c. c. Claudina Morales Salas y su esposo Francisco Jerónimo Roberto Rojas Barrantes, quienes fueron mayores, casada dos veces la primera y casado una vez el segundo, agricultor el señor y ama de casa la señora, vecinos de Guanacaste, Nicoya, La Mansión, cédulas de identidad número de la señora dos-cero veintiocho-seis mil seiscientos ocho; y del señor Francisco, cédula dos-cero trescientos cinco-cero quinientos ochenta y ocho, para que dentro da plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieran la herencia pasará a quien en derecho corresponde. Asimismo deben señalar lugar o medio para que reciban sus notificaciones. Expediente Nº 2012-005 Nicoya 5591-CI. Lic. Elizabeth Núñez Chacón, fax 2224-6373, Nicoya, 300 oeste y 50 norte del Servicentro San Martín, Barrio San Martín.— 28 de setiembre del 2012.—Lic. Elizabeth Núñez Chacon, Notaria.—1 vez.—RP2012325716.—(IN2012098353).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de los señores: Róger Díaz Hernández, quien fue mayor, casado una vez, especialista en repostería, cédula de identidad número 1-367-251, y de la señora: Amanda Santamaría Méndez, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 2-122-023, ambos vecinos de San Pedro de Montes de Oca, Barrio Santa Marta, 50 metros oeste de la entrada a urbanización El Cedral, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se le apercibe a los crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2008. Notaría Bufete Vargas & Vargas.—Lic. Johnny Vargas Mejías, Notario.—1 vez.—RP2012325743.—(IN2012098354).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Jenaro Leonardo Cheves Cárcamo, quien fuera mayor, casado, agricultor con cédula de identidad 05-0113-0615. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000024-0473-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de setiembre del año 2012.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—1 vez.—RP2012325752.—(IN2012098355).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carlos Humberto Fernández Obando, quien fuera Carlos Humberto Fernández Obando c. c. Carlos Adán Fernández Obando, mayor, soltero, oficial de seguridad, cédula 7-085-732, vecino de Limón, Barrio Cristóbal Colón, de la Pulpería La Hormiguita 100 metros al oeste y 25 al sur. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000113-0678-CI-2.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de setiembre del año 2012.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—RP2012325756.—(IN2012098356).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Edita Lucitana Cárdenas Cárdenas, portadora de la cédula de identidad Nº 5-095-826, quien fuera mayor, viuda una vez, del hogar, vecina de Nicoya, Guanacaste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000197-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 2 de octubre del año 2012.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—1 vez.—RP2012325785.—(IN2012098357).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por José Calvo Rojas, Irma María, Manuel, Flor María, Margarita, José Ángel, Bellanira, Rosa María, Eliecer Antonio, Marlin Antonio, Lidieth, Elvin, Misael Antonio y Marvin, todos de apellidos Calvo Robles, a las doce horas del día trece de octubre del año dos mil doce, comprobado el fallecimiento de Elida Robles Rojas, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número siete-cero setenta y cinco-cero veinticuatro, vecina de Guácimo, Limón, Barrio La Guaira, quinientos metros este del cementerio, ya que conforme a la certificación de defunción de esposa y madre, adjunta a esta solicitud, falleció el día veinticuatro de julio del año dos mil doce; y de nuestro padre aún vivo José Calvo Rojas, mayor, viudo, agricultor, cédula número seis-cero cuarenta y ocho-trescientos sesenta y cinco, vecino de Guácimo de Limón, Barrio La Guaira, quinientos metros este del Cementerio. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Expediente número cero cero tres-dos mil doce. Notaría Licenciada Ana Gabriela Villavicencio Masís, oficina ubicada en Cartago centro, de la esquina suroeste del Hospital Max Peralta ciento setenta y cinco metros sur y setenta y cinco este, calle sin salida, o sistema de fax Cinco noventa y dos-veinticinco-sesenta y tres.—Lic. Ana Gabriela Villavicencio Masís, Notaria.—1 vez.—(IN2012098580).

Se cita y emplaza a todos tos interesados en la sucesión de Elvia Jerez Matus, quien en vida fuera mayor, viuda de su segundo matrimonio, ama de casa, cédula de identidad número ocho-cero diecisiete-ciento dieciocho, vecina de San José, Barrio Aranjuez, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría ubicada en San José, quinientos metros al norte de la Toyota en Paseo Colón, edificio a mano derecha, tercer timbre, tercer piso a reclamar sus derechos; y se apercibe que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 01-2012. Notaría de la Lic. Karla Monturiol Méndez.—Lic. Karla Monturiol Méndez, Notaria.—1 vez.—(IN2012098610).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carmen Camacho Chavarría, quien en vida fuera mayor, casada una vez, del hogar, con cédula de identidad: cuatro-cero cero ochenta y seis-cero novecientos ochenta y nueve, vecina de Heredia centro, de la esquina noreste del Hospital nuevo, ciento cincuenta metros norte, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 006-2012. Notaría del Bufete BCM Abogados.—Lic. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2012098628).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Víctor Montero Acosta, quien fuera mayor, casado, pensionado, vecino de Guápiles, Pococí, Limón, del Bar Monte Carlo, 100 metros al norte. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000490-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 10 de octubre del 2012.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—1 vez.—(IN2012098636).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de José María Méndez Araya, quien fuera mayor, casado una vez, maestro de obras, vecino de San Rafael de Oreamuno, Cartago, cédula de identidad 3-0132-0337. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-000160-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 9 de octubre del 2012.—Lic. Miguel Rosales Alvarado, Juez.—1 vez.—RP2012325982.—(IN2012098753).

Conforme lo dispuesto por los artículos novecientos veintidós y siguientes del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Luis Castro Rodríguez, quien era mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Concepción de Naranjo y con cédula dos-ciento sesenta y nueve-seiscientos uno y para que en el plazo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos bajo el entendido de que sí no lo hacen la herencia pasará a quienes legalmente corresponda.—Palmares, 12 de octubre del 2012.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—RP2012325794.—(IN2012098754).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Carmen Elena Gamboa Castro, mayor, casada una vez, empleada judicial, cédula uno-setecientos cuarenta y tres-cuatrocientos treinta y dos, vecina de San José, Desamparados, a las doce horas del nueve de octubre del dos mil doce y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Jacinto Gamboa Rivera, cédula número 1-1041-615. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Leonardo Díaz Rivel, tel. 8360-1053.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—RP2012325810.—(IN2012098755).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Yamileth Torres Cerdas, quien fuera mayor, casada dos veces, educadora, vecina de Montes de Oca, cédula 9-008-939. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000565-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de marzo del 2011.—Lic. Giovanni Morales Mora, Juez.—1 vez.—RP2012325824.—(IN2012098756).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de María De Los Ángeles Araya Mora, quien fue mayor, casada una vez, vecina de San José, Barrio Cuba, calle 24, diagonal a Importaciones Jiqui, ama de casa, cédula de identidad 0102690254. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-000146-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 2 de octubre del 2012.—Lic. Yensy María Valverde Solís, Jueza.—1 vez.—RP2012325833.—(IN2012098757).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Marvin Fernando Meoño Sibaja, mayor, casado una vez, comerciante, costarricense con cédula uno-cero quinientos veintiuno-cero cuatrocientos sesenta y nueve, vecino de San Sebastián, San José, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia de que si no se presentan en el plazo citado aquella (herencia) pasará a quien corresponda. Expediente Notarial Nº WG-cero tres-dos mil doce. Notaría del Licenciado Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, en San José, Condominio Las Américas, nivel mezanine, oficina número nueve, costado sur del Banco de Costa Rica en avenida segunda.—San José, nueve de octubre de dos mil doce.—Lic. Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.—1 vez.—RP2012325836.—(IN2012098758).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de María Emilce Calvo Navarro, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa cédula de identidad número tres-ciento cuarenta y cuatro-ciento diez, vecina de Tejar de El Guarco, Cartago, trescientos metros al este de la Escuela Ricardo Jiménez Oreamuno, calle Asunción, que también fue su último domicilio, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a esta notaría en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieren la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Asimismo deben señalar lugar o medio para que reciban sus notificaciones. Expediente número 0002-2012. Lic. Olger Alejandro Brenes Brenes, Notario Público, con Oficina abierta en Tejar de El Guarco, veinticinco metros al sur del Banco de Costa Rica.—Tejar de El Guarco, Cartago, diez de octubre del 2012.—Lic. Olger Alejandro Brenes Brenes, Notario.—1 vez.—RP2012325857.—(IN2012098759).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Hortensia Cambronero Castro, quien en vida fue casada una vez, ama de casa, vecina de San José, San Rafael Abajo de Desamparados, portadora de la cédula de identidad 1-0098-5750, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quines corresponda. La dirección de la Notaría es San José, San Rafael Abajo de Desamparados, urbanización Vizcaya, casa número ciento noventa y uno.—San José, 8 de octubre del 2012.—Lic. Rigoberto Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—RP2012325861.—(IN2012098760).

Se hace saber que en esta sede notarial se ha dado inicio de proceso sucesorio de la causante: María Teresa Esquivel Mora conocida como María Teresa Pereira Esquivel, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad tres-ciento seis-ochocientos cincuenta y vecina de El Alto de la Victoria de Juan Viñas de Cartago. Se cita a los herederos, legatario, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sede Notarial, sita 175 metros al norte de la esquina noreste de los Tribunales de Justicia de Cartago. Expediente: 0005-2012. Notaría de la Licenciada María de los Ángeles Machado Ramírez.—Cartago, al ser nueve horas con cuarenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre del dos mil doce.—Lic. María de los Ángeles Machado Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2012325862.—(IN2012098761).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Marvin López Loría, quien fuera mayor, viudo una vez, vecino de Carmona, Nandayure, Guanacaste, cédula de identidad número 5-149-1010. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 08-000204-0873-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 29 de mayo del 2012.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—1 vez.—RP2012325864.—(IN2012098762).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Roy Guerrero Morales, mayor, soltero, peón agrícola, portador de la cédula de identidad número tres-trescientos diecisiete-ciento diecinueve, a las quince horas con treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil doce y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera María Elena Mora Calderón, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Siquirres, del salón comunal de Barrio San Rafael, ciento setenta y cinco metros al norte, cédula número siete-sesenta y ocho-ochocientos sesenta, fallecida el veinticuatro de mayo del dos mil siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Carmen María Varela Hernández, Siquirres, cien norte de la entrada principal. Expediente: 4-2012.—Lic. Carmen María Varela Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012325884.—(IN2012098763).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Alexis Goni Coll Carr, mayor, divorciado, portador de la cédula de identidad número siete-cero setenta y seis-cero sesenta y uno, a las quince horas del cinco de mayo del dos mil doce y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio abintestato de quien en vida fuera Rose Viola Dickenson Giscome, mayor, soltera, ama del hogar, portadora de la cédula de identidad número nueve-cero cero treinta y ocho-ciento ochenta y tres, fallecida el día ocho de junio del año dos mil cuatro. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Carmen María Varela Hernández, Siquirres, cien norte de la entrada principal. Expediente: 2-2012.—Lic. Carmen María Varela Hernández, Notaria.—1 vez.—RP2012325885.—(IN2012098764).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los herederos en la sucesión del señor Gerardo Blanco Segura, quien fue mayor, casado una vez, mercadólogo, vecino de San José, Montes de Oca, Cedros, de la Carnicería Cedros, diez metros norte y veinticinco al oeste, portador de la cédula de identidad número uno-cero trescientos diez-cero ciento veinticuatro para que dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación comparezcan a esta notaría a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente: 0002-2012. Se advierte a los interesados que las comunicaciones y escritos se recibirán en esta notaría, casa 1763 de Av. 6a, frente a la Plaza de la Justicia, entre calles 17 y 19, de lunes a viernes con horario de las 9:00 horas a las 12 horas y de las 13 horas a las 16:30 horas o al fax: 2222-1028. Publíquese.—Lic. Gonzalo Alberto Garzona Meseguer, Notario.—1 vez.—RP2012325906.—(IN2012098765).

Se cita y emplaza a los interesados, herederos, legatarios y demás interesados en la sucesión testamentaria de quien en vida se llamó Horacio Guzmán Murillo, mayor, divorciado una vez, comerciante, con cédula dos-cero doscientos cincuenta y siete-cero doscientos ochenta, vecino de Alajuela, Urbanización La Trinidad, veinticinco metros al oeste del Supermercado La Trinidad, quien falleció el diecisiete de febrero del dos mil diez, para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto se apersonen ante mi notaría ubicada en San José, avenida 10, calles 13-15, Edificio 1309, a hacer valer sus derechos. La misma se tramita bajo el expediente notarial número 03-2012.—9 de octubre del 2012.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—RP2012325915.—(IN2012098766).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, e interesados en la mortual de Vilma Virginia Jiménez Fernández, quien en vida fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Urbanización Jardines de Cascajal, frente al costado norte del Parque Carmen Lyra, San José, cédula de identidad 1-254-593, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 12-000201-0183-CI. Sucesión de Vilma Virginia Jiménez Fernández.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 4 de octubre de 2012.—Lic. Yensy Valverde Solís, Jueza.—1 vez.—RP2012325922.—(IN2012098767).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Irene Monge Jiménez, quien en vida fue mayor, viuda, pensionada, portadora de la cédula de identidad número uno-cero-ciento setenta y ocho-cero setecientos ochenta y siete, vecina de San José, San Francisco de Dos Ríos, Urbanización La Pacífica, ciento noventa metros este de Restaurant Nueva Ciudad, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 002-2012.—Lic. Flor María Trigueros Arce, Notaria.—1 vez.—RP2012325931.—(IN2012098768).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Pedro José Rojas Duarte, quien fuera mayor, casado una vez, dependiente, vecino de Heredia, La Aurora, sector norte casa C cuarenta y tres, portador de la cédula de identidad número seis-ciento dieciocho-doscientos ochenta y nueve, quien falleció en San José, el día 12 de mayo del dos mil uno, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe que los que crean tener capacidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2012. Notaría del licenciado Luis Octavio Pérez Baires, sita en San José, de la Universidad Veritas 300 metros este y 300 metros norte. Teléfono: 2234-8889.—Lic. Luis Octavio Pérez Baires, Notario.—1 vez.—RP2012325938.—(IN2012098769).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señora María Marciana Montes Carrillo, mayor, soltera, ama de casa, con cédula de identidad número cinco-cero ochenta y ocho-mil cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2012. Notaría del Lic. José Ramón Medina Reyes, abogado y notario, sita en San José, Paso Ancho.—San José, tres de octubre del dos mil doce.—Lic. José Ramón Medina Reyes, Notario.—1 vez.—(IN2012098915).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de Romero Carranza Carvajal, quien fue mayor, casado en únicas nupcias, taxista, vecino de San Antonio de Desamparados, San José, Residencial La Constancia, de Ekono cuatrocientos metros al norte y veinticinco metros al este, casa Nº 31-D, cédula de identidad número: cinco-cero cero setenta-cuatrocientos noventa y siete, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a. hacer valer sus derechos, con e1 apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-100220-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 1º de octubre del 2012.—Lic. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2012098923).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Álvaro Fonseca Solano, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Grecia centro de Alajuela, de Calzado Épocas cincuenta metros al sur, con cédula de identidad Nº 0202160739. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-000496-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 5 de octubre del 2012.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2012098954).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Ramón Gerardo Rodolfo González Aguilar, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Guadalupe de Alajuela y con cédula de identidad Nº 9-0022-0602. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-000353-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1º de octubre del 2012.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2012099017).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Flora Castro Soto, conocida como Flora Rosalía Castro Soto, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Alajuela, El Llano, setenta y cinco metros sur del Palí, cédula de identidad Nº 2-0146-0711, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda sucesión extrajudicial que se tramita como Actividad Judicial no Contenciosa ante el notario público Víctor Julio Aguilar Soto, con oficina en Alajuela centro, ciento setenta y cinco metros al norte de los Tribunales de Justicia.—Lic. Víctor Julio Aguilar Soto, Notario.—1 vez.—(IN2012099019).

Con treinta días de plazo, se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás interesados en el proceso sucesorio N° 12-00057-0239-CI-5 de Adela quien en vida fue mayor, costarricense, viuda, pensionada, vecina de Hatillo Seis, cédula de identidad Nº 1-190-0387, Ginnette quien en vida fue mayor, costarricense, soltera, ama de casa, vecina de Hatillo, cédula de identidad Nº 1-377-195, y Ana Rosa todas de apellidos Gutiérrez Mora, quien en vida fue mayor, costarricense, casada una vez, ama de casa, vecina de Hatillo, cédula de identidad Nº 1-201-042; para que dentro del mismo plazo se apersonen ante este Juzgado con el fin de que hagan valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien demuestre su derecho.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, 10 de octubre del 2012.—Lic. Karen Lezcano Ovares, Jueza.—1 vez.—(IN2012099030).

Rafael Ángel Vílchez Sánchez, notario público hace constar que ante su notaría se ha abierto el sucesorio notarial del señor Juan Bautista Vallejos Fuentes, cédula 4-493-618, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación del edicto, comparezcan a mi oficina situada en Heredia cincuenta metros este de tos Tribunales de Justicia, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presenten dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 3-2012.—Lic. Rafael Ángel Vílchez Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2012099051).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y demás interesados, por el plazo de treinta días, para que se apersonen en juicio sucesorio del señor Carlos Guillermo Rodríguez Soto, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Santa Cruz sito Portegolpe al costado oeste del Súper Portegolpe; cédula número dos-ciento noventa y cinco-setecientos cuarenta y seis, para que se apersonen a los autos haciendo valer sus derechos, o de lo contrario la herencia pasará a quien corresponda. Notaría pública del licenciado Elmer Andrés Barrantes Castillo, sito Santa Cruz, Guanacaste, Bufete Jirón y Barrantes.—Santa Cruz, dieciocho de septiembre del año dos mil doce.—Lic. Elmer Andrés Barrantes Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012326001.—(IN2012099075).

Se emplaza a los herederos, legatarios acreedores y a todos los interesados en la sucesión extrajudicial notarial de quien vida fuera María Claudia Mora Cerdas, cédula: 3-0097-0177, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, de que, si no se presentan en el plazo citado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: cero cero uno-dos mil doce. Notaría en Guápiles 75 metros sur del Palí Limón, del licenciado José Ramón Chaves Castillo.—Lic. José Ramón Chaves Castillo, Notario.—1 vez.—RP2012326022.—(IN2012099076).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rafaela Solano Sanabria, quien fuera mayor, ama de casa, vecina de Cartago, cédula de identidad Nº 3-0133-0773 y de Antonio Filimón Gómez Gómez quien fuera, mayor, viudo, agricultor, vecino de Santa Rosa de Oreamuno de Cartago, cédula de identidad Nº 3-0063-0811. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-002943-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 4 de octubre del 2012.—Lic. Miguel Rosales Alvarado, Juez.—1 vez.—RP2012326023.—(IN2012099077).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Virginia Coello Frutos, mayor, número de cédula: uno-quinientos veintitrés-setecientos diez, casada una vez, oficios del hogar, vecina de San Rafael de Escazú de San José, trescientos metros norte del Restaurante Villa Rey, quien falleció el dieciséis de agosto de dos mil siete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría, ubicada 75 metros este de la Estación de Servicio Monterrey en Santo Domingo de Monterrey de San Carlos, Alajuela, a reclamar sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que creen tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2012-006-9257. Notaría del licenciado Johanny Esquivel Hidalgo.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, 16 de octubre del 2012.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012326031.—(IN2012099078).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Celina Emilia Monge Martínez, quien fuera mayor, casada, oficios del hogar, vecina de Curridabat. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000439-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2012.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—RP2012326035.—(IN2012099079).

Se hace saber que en esta notaría se tramita proceso sucesorio en sede notarial expediente 03-2012, de María de Los Ángeles Zúñiga Méndez, quien fue mayor, soltera, ama de casa, vecina de Paraíso de Cartago Palomo de Orosi. Se Cita a los herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que en un plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derechos a la herencia, de que si no se apersonan, dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—Lic. Ana Irene Granados Solano, Notaria.—1 vez.—RP2012326038.—(IN2012099080).

Mediante acta de apertura de esta notaría, y mediante solicitud escrita presentada a las nueve horas del doce de octubre de dos mil doce, promovida por Brunilda Fernández Fernández, mayor, viuda de segundas nupcias, pensionada, portadora de la cédula de identidad uno-cero ciento cuarenta y cinco-cero cero veintidós, vecina de San José, calle uno, avenidas diez y doce, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Amoldo Rafael Guevara Matarrita, mayor, pensionado, casado en segundas nupcias, vecino de San José, calle uno, avenida diez y doce, portador de la cédula de identidad seis-cero cero cuarenta y siete-cero novecientos setenta y cinco, fallecido el cinco de setiembre de dos mil doce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Mónica Farrer Peña, ubicada en San José, San Pedro del Más Por Menos, cincuenta metros oeste, cien metros sur, edificio El Breñón, segunda planta. Teléfono 2224-6698.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—RP2012326052.—(IN2012099081).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Dennis Amos Marshall Maxwell, quien fuera mayor, casado una vez, seleccionado de fútbol de la Selección de Costa Rica, cédula 7-166-317, vecino de Limón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-000029-0678-CI-2.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 4 de mayo del 2012.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—RP2012326063.—(IN2012099082).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rodolfo Benítez Ventura, quien fuera mayor, casado, de nacionalidad salvadoreña, agricultor, portador de la cédula de residencia 2201012313882, vecino de Limón, vecino de Valle de la Estrella, Finca Ocho. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-000212-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de abril del 2012.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—RP2012326064.—(IN2012099083).

Se cita a todos los herederos e interesados en la sucesión de quien en vida fue Lilliam Espinoza Barboza, mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense, cédula de identidad Nº 1-471-555, vecino de Limón, asentamiento de Río Banano, 25 metros oeste del Liceo Río Banano, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de éste edicto, se apersonen a éste Despacho a hacer valer sus derechos, apercibidos que si así no lo hicieren la herencia pasará a quién corresponda. Lo anterior por ordenarse en sucesorio Nº 11-000256-0678-CI-1 de Liliam Espinoza Barboza.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica Limón, 8 de noviembre del 2012.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—RP2012326065.—(IN2012099084).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Silvio Arturo Fernández Guzmán, mayor, viudo una vez, joyero, vecino de San José, Moravia, Urbanización Saint Clare, lote trece A, cédula siete-cero dos tres-cuatro uno uno, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 02-2012-NO. Notaría Bufete Meza y Asociados. Guadalupe, Goicoechea, del Colegio Divino Pastor 200 oeste y 100 norte.—Msc. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2012326067.—(IN2012099085).

Ante esta notaría se inicia proceso sucesorio notarial bajo el Exp. 04-2012, de quien vida fue Selin Francisco Vargas González, mayor, soltero, jubilado de Hacienda, cédula Nº 2-0170-0063, vecino de Alajuela, Naranjo, Concepción Abajo, quien falleció sin dejar testamento otorgado. Se cita y se emplaza a los interesados, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación se apersonen a hacer valer sus derecho.—Lic. Mercedes Lía Arce Arce, Notaria.—1 vez.—RP2012326072.—(IN2012099086).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y, en general, a todos los interesados en la sucesión del señor Hubert Koberg Gutiérrez, quien en vida fue mayor, divorciado una vez, en unión de hecho, empresario, vecino de Golfito, Puntarenas, Golfito, Purruja, cincuenta metros al sur del restaurante Rancho Grande, entrada a mano derecha, y portador de la cédula de identidad número uno-trescientos noventa y tres-novecientos ochenta y cinco, fallecida a la edad de sesenta y dos años en San Antonio de Escazú, el día dieciséis de julio del dos mil doce, para que en el plazo de los treinta días siguientes a la publicación del edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de que, si no se presentan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0002-2012 de la Notaría de Andrea Hulbert Volio, Bufete Hulbert Volio Abogados, Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio Las Terrazas A, quinto piso, con horario de lunes a viernes de ocho y treinta de la mañana a seis de la tarde; teléfono: 2505 5618. Fax: 2505 5807.—San José, 5 de octubre del 2012.—Lic. Andrea Hubert Volio, Notaria.—1 vez.—RP2012326075.—(IN2012099087).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Leda Redondo Pérez, mayor, viuda de su segundo matrimonio, miscelánea, con cédula de identidad uno-quinientos sesenta y cinco-ochocientos nueve, vecina de Purral Arriba de Guadalupe, ciento cincuenta metros norte y setenta y cinco oeste del Súper Económico, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en la oficina del licenciado Bernal Ulloa Álvarez, sito en San José, avenida diez bis, calles veintitrés y veinticinco, número dos mil trescientos doce, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº 002-2012.—San José, 16 de octubre del año 2012.—Lic. Bernal Ulloa Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2012326077.—(IN2012099088).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Noe Sánchez Solís, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, cédula número tres-trescientos veintidós-trescientos quince, vecino de Paraíso, Urbanización Doña Flora casa número 65. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-100058-0351-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 12 de octubre del 2012.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—RP2012326100.—(IN2012099089).

Por única vez se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Ángel Rodríguez Solís, quien fue mayor, casada, cédula de 2-190-720, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-100640-0297 CI Sucesorio Judicial del causante Luis Ángel Rodríguez Solís.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 25 de junio del 2012.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—1 vez.—RP2012326101.—(IN2012099090).

Se hace saber que ante notario público Pablo Eliécer Valerio Soto, se tramita la sucesión de quien en vida fue Diego Román Monge, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número: uno-doscientos noventa y dos-ochocientos veinte, quien fue vecino de Alajuela, y se cita y emplaza a todos los interesados para que a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos o cualquier otro tipo de interés en la presente sucesión que si no se presentan en el término dicho la herencia pasara a quien corresponda.—13 de agosto del 2012.—Lic. Pablo Eliécer Valerio Soto, Notario.—1 vez.—RP2012326106.—(IN2012099091).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Lucrecia Ramírez Ocampo, a las diez horas del diez de octubre del año dos mil doce, comprobado el fallecimiento, esta notaria declara abierto el proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera José Daniel Guzmán Ramírez, mayor, soltero, jornalero, ciudadano nicaragüense con cédula de residencia dos siete cero cero uno siete cero cuatro cinco uno, vecino de Sarapiquí, Horquetas, Ticary, frente a la plaza de fútbol. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado German Vega Ugalde, Sarapiquí, Horquetas, Río Frío, frente al Banco Nacional, altos del Súper Venus. Fax 2764-2230, teléfono 2764-4874.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—RP2012326116.—(IN2012099092).

Se cita y emplaza herederos e interesados en la sucesión de Gerardo Enrique Díaz Mathew, mayor, casado una vez, cédula número 1-396-1026, vecino de San José, Zapote, para que en 30 días a partir de esta publicación, comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. El expediente está en la notaría de Sonia Montero Briceño, sita: Hatillo Tres, del Centro Comercial Topacio, cincuenta metros sur, donde puede ser consultado. Exp. Nº 2012-004-SMB.—San José, 2 de abril del 2012.—Lic. Sonia Montero Briceño, Notaria.—1 vez.—RP2012326122.—(IN2012099093).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Roberto Ramón Alcides Salas Villalobos, quien fuera mayor, casado una vez, cédula cinco-cero noventa y siete-cero noventa y nueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-000689-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—RP2012326153.—(IN2012099094).

Se hace saber que en Bufete Cordero, en la notaría de la licenciada Grettel Solano Sánchez, sita en Quebradilla de Cartago, cincuenta metros al oeste de la antigua Guardia Rural, se tramita el proceso sucesorio ab intestato de la señora Elisa Navarro Cordero, cédula de identidad tres-ciento sesenta y dos-seiscientos ochenta y dos, quien era mayor, casada una vez, del hogar, y vecina de Corralillo de Cartago. Se cita y emplaza a los interesados para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cero tres-dos mil doce.—Quebradilla, Cartago, trece de octubre del dos mil doce.—Lic. Grettel Solano Sánchez, Notaria.—1 vez.—RP2012326154.—(IN2012099095).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Alicia María Cortés Arias, mayor, número de cédula: dos-trescientos ochenta y siete-setecientos veinticuatro, divorciada una vez, oficios del hogar, vecina de San José de la Tigra de San Carlos, Alajuela, quinientos metros norte de la escuela del lugar, quien falleció el diecisiete de julio de dos mil doce, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría, ubicada 75 metros este de la Estación de Servicio Monterrey en Santo Domingo de Monterrey de San Carlos, Alajuela, a reclamar sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que creen tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo la herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº 2012-005-9257. Notaría del licenciado Johanny Esquivel Hidalgo, abogado y notario.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, 2 de octubre del 2012.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012326181.—(IN2012099096).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Ramona Ramírez Matamoros, mayor, número de cédula: seis-cero sesenta y cuatro-ochocientos cuarenta, viuda una vez, oficios del hogar, vecina de San Miguel de Monterrey, San Carlos, Alajuela, cuatrocientos metros norte de la escuela, quien falleció el treinta de mayo de dos mil doce, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría, ubicada 75 metros este de la Estación de Servicio Monterrey en Santo Domingo de Monterrey de San Carlos, Alajuela, a reclamar sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que creen tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo la herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº 2012-004-9257. Notaría del licenciado Johanny Esquivel Hidalgo, abogado y notario.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, 2 de octubre del 2012.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2012326182.—(IN2012099097).

Por escritura número ciento doce, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del cinco de octubre del dos mil doce, se solicitó la apertura y tramitación acumulada de las sucesiones ab intestato de los esposos los señores: Gilda Rivas Espinoza conocida como Hilda Rivas Espinoza, quien fue costarricense, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero cero cuarenta y tres-cero ochocientos once, quien murió el día ocho de setiembre del dos mil doce y de Jorge Edgar Alvarado Alvarado conocido como Jorge Varela Alvarado, quien fue costarricense, mayor de edad, viudo de primeras nupcias, ingeniero, portador de la cédula de identidad uno-quinientos doce-cuatrocientos treinta y seis, emplazando a todos los interesados para que comparezcan dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, ante esta notaría ubicada en: San José, Barrio González Lahman, avenidas diez y diez bis, calle veintitrés, número diez noventa y siete, cien metros sur y cien metros este de Casa Matute Gómez, casa esquinera de dos plantas, a reclamar o hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 0001-2012.—Lic. Miriam Milena Acuña Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2012099286).

Se cita a los herederos, legatarios y acreedores, y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio de quien en vida se llamó German Arredondo Arias, cédula Nº 2-193-991, mayor, casado una vez, agricultor, vecino del Futuro de La Tigra de San Carlos, Alajuela, calle La Esperanza, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a este Despacho en defensa de sus derechos, con el apercibimiento de que los que crean tener derechos a la herencia, de que si no se presentaran en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio judicial de German Arredondo Arias. Exp. Nº 12-000003-0298-AG. Promueve: María Eugenia Castro Jiménez.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 10 de setiembre del 2012.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012099287).

Avisos

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita diligencias de declaratoria de ausencia promovidas por Ivannia Rodríguez Madrigal, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Puntarenas, Sardinal de la plaza de fútbol un kilómetro norte frente fábrica de Café Bourbon, cédula de identidad uno-ochocientos sesenta-quinientos setenta y dos; encaminadas a solicitar la ausencia de Marvin Morales Huertas, mayor, casado una vez, chofer, número de cédula uno-seiscientos ochenta-trescientos veintitrés. Se emplaza a los interesados en este asunto a efecto de que dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen a estas diligencias a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Diligencias de declaración de ausencia de Marvin Morales Huertas. Exp. N° 11-100580-642-CI-l-F).—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Jueza.—(IN2012089667).                                                                                                                                                                                                            3 v 2. Atl.

Licenciado Alberto Jiménez Mata, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Evelyn Melissa Chacón Araya y Walmer Porras Grijalba, en su carácter de padres registrales, quienes son de calidades y vecindarios desconocidos, cédulas 7-0171-0918 y 5-0317-0080 respectivamente, se les hace saber que en proceso depósito judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las ocho horas y tres minutos del doce de setiembre del año dos mil doce. De las presentes diligencias de depósito judicial del menor Brandon Adolfo Porras Chacón, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, se confiere audiencia por tres días a los señores Evelyn Melissa Chacón Araya y Walmer Porras Grijalba, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones”. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a los señores Evelyn Melissa Chacón Araya y Walmer Porras Grijalba, por medio de edicto por ser ambos progenitores de domicilio desconocido. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Pococí.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—(IN2012096836).                                                                                            3 v. 2.

Se hace saber que dentro del juicio que se dirá, se dictó el auto de las 14 horas 20 minutos del 29 de noviembre del 2010, donde dice: “(...) Se declara al señor Álvaro Víquez Coronado, cédula de identidad número 4-110-719 presuntamente muerto. A tenor de los incisos 1 y 3 del artículo 872 del Código Procesal Civil, publíquese la parte dispositiva de esta sentencia por una vez en un diario de circulación nacional y por tres veces en el Boletín Judicial con intervalos de quince días entre y una otra publicación. Una vez firme la presente resolución, expídase ejecutoria que transcriba la presente sentencia al Registro Civil y se anote la presunción de muerte al margen de la inscripción registral del tomo, asiento y folio del nacimiento del señor Álvaro Víquez Coronado. Notifíquese. Lic. Bethmann Herrera Montero, Juez”. Proceso declaratoria de ausencia. Expediente: 00-000688-0185-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 20 de setiembre del 2012.—Lic. Edgar Echegaray Rodríguez, Juez.—RP2012325094.—(IN2012097338).                                                                                           3 v. 1 Alt

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por mayor, Daniel García Cardoso, cédula de identidad número 8-0091-0143; encaminado a solicitar la ausencia de Roxana Monge Campos, mayor, cédula de identidad número 1-1267-0079, en el cual se ha designado como curador a Douglas Dayán Murillo Murillo. Expediente Nº 10-000203-0182-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del año 2012.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—RP2012325373.—(IN2012097678).                                                                                                                                                                                                                   3 v. 1.

Licenciado Alberto Jiménez Mata, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Karla Sevilla Palacios, en su carácter personal, quien es mayor, de domicilio, número de documento de identidad y demás calidades desconocidas, se le hacer saber que el contenido de la resolución dictada por el Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica que dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Al ser las trece horas y ocho minutos del diez de setiembre del año dos mil doce. De las presentes diligencias de depósito del menor Axel Manuel Sevilla Palacios, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, se confiere audiencia por tres días a la señora Karla Sevilla Palacios. En vista de que dicha progenitora carece de domicilio conocido, se ordena notificarle la presente resolución por medio de un edicto. Siendo la representante del Patronato Nacional de la Infancia la gestionante de la presente acción se omite dar parte a dicho ente. Se les previene a los involucrados que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Como se indicó desconociéndose el domicilio de la señora Karla Sevilla Palacios, progenitura de la persona menor de edad, y con el fin de poner en conocimiento la existencia del presente proceso, se ordena publicar por única en el Boletín Judicial, el cual queda a disposición de la parte interesada en este Despacho para su diligenciamiento.. Exp. Nº 12-000642-0932-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de 1a Zona Atlántica, 10 de setiembre del año 2012.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—(IN2012096847).

Lic. Marieta Cortés García, Jueza del Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José; hace saber a Lotificadora El Molino S. A., que en este Despacho se interpuso un proceso ejecución hipotecaria en su contra, bajo el expediente número 10-022327-1044-CJ donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. A las diez horas y catorce minutos del cinco de mayo de dos mil once. Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra de José Manuel Venegas Rojas, Lotificadora El Molino S. A., a quien(es) se le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no b haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto, se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Con la base de veintiséis millones ochocientos tres mil cincuenta y un colones con cuarenta céntimos libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos veinticuatro mil ochocientos cuarenta y cuatro-cero cero cero. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de agosto de dos mil once (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil once, con la base de veinte millones ciento dos mil doscientos ochenta y ocho colones con cincuenta y cinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de setiembre de dos mil once, con la base de seis millones setecientos mil setecientos sesenta y dos colones con ochenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al (los) demandado(s). Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción del (la) (las) finca(s) dada(s) en garantía. Al tenor de los artículos 2º y 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable plazo de ocho días, se cita y emplaza al anotante Refraccionamientos MB S. A. representada por Miguel Makfouf Coto; para que se apersone(n) a los autos en defensa de su(s) derecho(s). “Se invita a la parte gestionante a que suministre un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones”. Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s) José Manuel Venegas Rojas, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales y a Lotipicadora El Molino S. A., representada por José Manuel Venegas Rojas, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real, para estos efectos, se comisiona a la Policía de Proximidad de La Garita, Alajuela. Para notificar al anotante Refraccionamiento MB S. A. representada por Miguel Maklouf Coto, personalmente por medio de cédulas y copias de ley en su domicilio social, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de este Circuito Judicial. Siendo que se comisiona para notificar al (los) anotante(s) por medio de la Oficina de Comunicaciones de Este Circuito Judicial, se le indica a la parte actora que deberá aportar 1 juego(s) de copias para notificar al anotante Refraccionamientos MB S. A., dentro de los tres días siguientes a la notificación del presente auto. Dicho(s) juego(s) de copias deberá(n) ser presentado(s) directamente en la Oficina anteriormente dicha, con la finalidad de no crear atrasos innecesarios en el trámite de notificación al demandado que se indico, así mismo simultáneamente deberá comunicarse con la auxiliar encargada de las notificaciones de este despacho, para coordinar lo correspondiente. En otro orden de ideas, se les pone en conocimiento de las partes, que una vez firmados los oficios recordatorios a entidades comisionadas, nuevas comisiones, los oficios de embargo de salario y bancarios, los mismos deben ser diligenciados en forma personal por quienes los solicita y hacer llegar al despacho los resultados obtenidos. Los documentos los podrán bajar por medio del Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales a través de la página www.Poder-Judicial.go.cr. Las partes deberán comunicarse al despacho para la solicitud de clave de autorización para el uso del sistema de Gestión en Línea Msc. Jéssica Viviana Vargas Barboza. Juez(a) Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. A las catorce horas y seis minutos del veinticuatro de junio de dos mil once.- Por así solicitarlo la parte actora en escrito del 14 de junio del año 2011, por medio de Notario Público notifíquese esta resolución y la resolución de las diez horas catorce minutos del cinco de mayo del año dos mil once al demandado José Manuel Venegas Rojas, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real y a Lotipicadora El Molino S. A. representada por José Manuel Venegas Rojas, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, para lo cual se designa al notario público Carlos Humberto Ramírez Vega , carne 15089. De conformidad con el artículo 4º de la Ley de Notificaciones se ordena permitir el ingreso al notario notificador a los lugares de trabajo, condominios y de más zonas de acceso restringido. Se advierte al (la) notario(a) notificador(a), que dentro del tercer día hábil posterior a la notificación, deberá entregar al despacho la respectiva documentación. Artículos 19,29, 30 y 31 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Msc. Jéssica Viviana Vargas Barboza. Juez(a) Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. A las quince horas y veintidós minutos del trece de setiembre de dos mil once. Conforme lo solicita la parte actora en escrito presentado el 8 de agosto de dos mil once se suspende los señalamientos de remate fijados para las ocho horas y cero minutos del nueve de agosto de dos mil once, ocho horas y cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil once y el de las ocho horas y cero minutos del doce de setiembre de dos mil once. Se reserva la solicitud que realiza Ramón Núñez Núñez en escrito de 8 de julio de dos mil once, para ser conocido una vez que se haya intentado notificar a la sociedad demandada en su domicilio contractual. De conformidad con lo solicitado por la parte actor(a) en escrito de 6 de setiembre de dos mil once, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea), a efecto de notificar la resolución(es) de la(s) diez horas y catorce minutos del cinco de mayo de dos mil once y la presente resolución, en la dirección indicada al(los) demandado(s) Lotificadora El Molino S. A., por medio de su agente residente la Lic. Laura Loaiza Elizondo personalmente por medio de cédulas practicarse únicamente en forma personal (artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009). MSc. Jéssica Viviana Vargas Barboza. Juez(a). Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. A las once horas y treinta y ocho minutos del catorce de noviembre del dos mil once. A efecto de proceder al nombramiento de curador procesal al demandado José Manuel Venegas Rojas, deberá depositar la parte interesada la suma de quinientos noventa y seis mil trescientos siete colones con veintidós céntimos, para responder a los emolumentos del profesional a designar. La misma deberá depositarse en la cuenta automatizada Nº 100223271044-9 de este Juzgado en el Banco de Costa Rica, bajo el apercibimiento de que si no se verifica, el proceso permanecerá inactivo. Una vez efectuado el depósito, deberá comunicarse al Despacho a efecto de proceder conforme a derecho corresponda. MSc. Jéssica Viviana Vargas Barboza. Juez(a). Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. A las diez horas y diecinueve minutos del dieciséis de diciembre de dos mil once. Habiéndose depositado la suma fijada para responder a los honorarios de curador, se nombra como tal al (la) Licenciado(a) José Pedro Bernal Chaves Corrales; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido.- Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar, (art. 23 de la Ley de Notificaciones). Msc. Jéssica Viviana Vargas Barboza. Juez(a). Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. A las siete horas y cuarenta y seis minutos del veintiuno de marzo de dos mil doce. Conforme se solicita, en escrito electrónico de fecha 27 de enero del 2012, déjese sin efecto los señalamientos de remate ordenados en autos, y en su lugar se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de agosto de dos mil doce,- La base será la misma fijada en autos, sea la suma de veintiséis millones ochocientos tres mil cincuenta y un colones con cuarenta céntimos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil doce, con la base de veinte millones ciento dos mil doscientos ochenta y ocho colones con cincuenta y cinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de setiembre de dos mil doce, con la base de seis millones setecientos mil setecientos sesenta y dos colones con ochenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses y tasación de costas personales y procesales formulada por la parte actor(a), en escrito electrónico del 01 de marzo del 2012 se confiere audiencia por el plazo de tres días al demandado(a). En otro orden, deberá tomar nota el rematante que ha criterio de la suscrita y de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente y artículo 18 de Código de Comercio, la sociedad Lotificadora del Molino no se encuentra bien notificada, notificar en la persona del agente residente esta sujeta al hecho de que sus representantes residan, vivan fuera del país, que no es el caso, según la documental aportada, movimientos migratorios, y aunado a ello de una amplia revisión del expediente se tiene que, la misma no ha sido notificada en su domicilio contractual. Conforme a lo anterior, el remate señalado quedara sujeto a la notificación de todas las partes como en derecho corresponda. Msc. Adriana Jara Benavides. Juez(a) Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. A las quince horas y doce minutos del uno de agosto de dos mil doce. Habiéndose depositado la suma prudencial fijada para responder en forma provisional a los honorarios de curador, se nombra como tal al (la) Licenciado(a) Jorge Eduardo Ramos Rojas; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio y lugar, éste último dentro del perímetro judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente artículo 6º y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 del 21 de octubre de mil novecientos noventa y seis. La parte interesada puede localizarlo al teléfono 22396116 cel: 83830334 fax 22397323. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículos 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Conforme se solicita, déjese sin efecto los señalamientos de remate ordenados en autos, y en su lugar se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de noviembre de dos mil doce. La base será la misma fijada en autos, sea la suma de veintiséis millones ochocientos tres mil cincuenta y un colones con cuarenta céntimos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del dos mil doce, con la base de veinte millones ciento dos mil doscientos ochenta y ocho colones con cincuenta y cinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de diciembre de dos mil doce, con la base de Seis millones setecientos mil setecientos sesenta y dos colones con ochenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Lic. Mariela Cortés García. Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Ramón Núñez Núñez contra Lotificadora El Molino S. A.; expediente Nº 10-022327-1044-CJ. Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. 10 de setiembre del año 2012. Nota Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Mariela Cortés García, Jueza.—1 vez.—RP2012324812—(IN2012096962).

Se hace saber: Que ante este Despacho, se tramitan diligencias de cambio de nombre promovidas por Jorge Gabriel Abellan Bonilla, mayor, soltero, ingeniero industrial, vecino de Barrio Córdoba, cédula número 1-1147-0962, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre a Gabriel Abellan Bonilla. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 1º de agosto del 2012.—MSc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—RP2012324872.—(IN2012097001).

El Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, a los terceros adquirentes Proyecto Urbanístico Villas Kohen Omega S. A., cédula jurídica 3101543597 representada por el señor Luis Diego Segura Montero, Proyecto Urbanístico Villas Kohen Kappa S. A. cédula jurídica 3101543277 representada por el señor Jorge Antonio Estrada Centeno, Proyecto Urbanístico Villas Kohen Sigma S. A., cédula jurídica 3101542791 representada por el señor Luis Diego Segura Montero, Proyecto Urbanístico Villas Kohen Epsilon S. A., cédula jurídica 3101542665 representada por el señor Jorge Antonio Estrada Centeno, Proyecto Urbanístico Villas Kohen Delta S. A., cédula jurídica 3101544036 representada por el señor Jorge Antonio Estrada Centeno, Proyecto Urbanístico Villas Kohen Gama S. A., cédula jurídica 3101543053 representada por el señor Eduardo Devandas Brenes, Proyecto Urbanístico Villas Kohen Beta S. A., cédula jurídica 3101542699 representada por el señor Jorge Antonio Estrada Centeno, Proyecto Urbanístico Villas Kohen Alfa S. A., cédula jurídica 3101543329 representada por el señor Jorge Antonio Estrada Centeno, así como a los acreedores de segundo grado Adrián Zúñiga Blanco cédula de identidad 0111240123 y Ana María Núñez Jiménez cédula de identidad 0111970377: Que en este Despacho se tramita el proceso hipotecario Nº 12-000250-1164-CJ incoado por Banco Nacional de Costa Rica contra Elgin Ariel Estrada Centeno, donde se dictó las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago. A las diez horas y cuarenta y tres minutos del siete de marzo de dos mil doce. Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra de Elgin Ariel Estrada Centeno; a quien(es) se le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se les hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008; artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.-Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto, se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, *f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Las fincas 193800-000, 226492-000, 226493-000, 226494-000, 226495-000, 226496-000, 226497-000, 226498-000, 226499-000, todas del partido de Cartago, están libres de gravámenes hipotecarios, excepto la número 226495 que soporta hipoteca de segundo grado según citas de inscripción al tomo 2011 asiento 14951; todas soportan servidumbre trasladada bajo las citas tomo 0353 asiento 1835, servidumbre de paso bajo las citas tomo 2010 asiento 44736, servidumbre ecológica y limitaciones bajo las citas tomo 2010 asiento 44736; sáquense a remate las fincas dadas en garantía, 1) Finca del partido de Cartago, matrícula número ciento noventa y tres mil ochocientos - cero cero cero. Para tal efecto se señala las once horas y cero minutos del diecisiete de abril de dos mil doce (primer remate). Con la base de mil dólares exactos. De no haber postores, para llevará cabo el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil doce, con la base de setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un, 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil doce, con la base de doscientos cincuenta dólares exactos (un 25% de la base original). 2) Finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y dos- cero cero cero. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de abril de dos mil doce (primer remate). Con la base de treinta mil quinientos dólares exactos. De no haber postores, para llevará cabo el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil doce, con la base de veintisiete mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil doce, con la base de siete mil seiscientos veinticinco dólares exactos (un 25% de la base original). 3) Finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y tres - cero cero cero. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de abril del dos mil doce (primer remate). Con la base veintiún mil quinientos dólares exactos. De no haber postores, para llevara cabo el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil doce, con la base de dieciséis mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil doce, con la base de cinco mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un 25% de la base original). 4) Finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y cuatro - cero cero cero. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de abril de dos mil doce (primer remate). Con la base de veintiún mil quinientos dólares exactos de no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del dos de mayo del dos mil doce, con la base de dieciséis mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes , para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil doce, con la base de cinco mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un 25% de la base original). 5) Finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y cinco - cero cero cero. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de abril de dos mil doce (primer remate). Con la base de treinta y cinco mil dólares exactos. De no haber postores, para llevara cabo el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil doce, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil doce, con la base de ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (un 25% de la base original). 6) Finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y seis - cero cero cero. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de abril de dos mil doce (primer remate) .Con la base de treinta y cinco mil dólares exactos. De no haber postores, para llevara cabo el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil doce, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señala las once horas y cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil doce, con la base de ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (un 25% de la base original). 7) Finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y siete - cero cero cero. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de abril de dos mil doce (primer remate). Con la base de dieciocho mil quinientos dólares exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil doce, con la base de trece mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil doce, con la base de cuatro mil seiscientos veinticinco dólares exactos (un 25% de la base original). 8) Finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y ocho - cero cero cero. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de abril de dos mil doce (primer remate). Con la base de veintiún mil quinientos dólares exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil doce, con la base de dieciséis mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil doce, con la base de cinco mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un 25% de la base original). 9) Sea la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y nueve - cero cero cero. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de abril de dos mil doce, (primer remate). Con la base de veinticinco mil quinientos dólares exactos. De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil doce, con la base de diecinueve mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las once que se el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al (los) demandado(s). Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción de (las) finca (s) garante(s). Mediante anotación tecnológica inscríbase en el Registro Nacional los respectivos embargos. Al tenor de los artículos 2º y 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable plazo de ocho días, se cita y emplaza al (los) terceros adquirentes(es) Proyecto Urbanístico Villas Kohen Omega S. A., Proyecto Urbanístico Villas Kohen Kappa S. A., Proyecto Urbanístico Villas Kohen Sigma S. A., Proyecto Urbanístico Villas Kohen Epsilon S. A., Proyecto Urbanístico Villas Kohen Delta S. A., Proyecto Urbanístico Villas Kohen Gama S. A., Proyecto Urbanístico Villas Kohen Beta S. A., Proyecto Urbanístico Villas Kohen Alfa S. A., así como a los acreedores se segundo grado Adrián Zúñiga Blanco y Ana María Núñez Jiménez; para que en la persona de su(s) legítimo(s) representante(s), o en su defecto personalmente, se apersone(n) a los autos en defensa de sus derechos. “Se invita a la parte gestionante a que suministre un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. De conformidad con lo solicitado, y acreditado en el documento que sustenta la presente demanda, la existencia clara de un domicilio fijado por la parte demandada, así como los terceros adquirentes y los acreedores de segundo grado, para atender notificaciones, se ordena notificarle esta resolución en el domicilio contractual, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real o social. Artículos 19 y 22 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona Por así solicitarlo la parte interesada; por medio de correo postal certificado; notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), terceros adquirentes y acreedores de segundo grado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real o social. Para tal efecto, remítase documento de estilo a la sucursal de Correos de Costa Rica. Artículos 19 y 24 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar al los terceros adquirentes Proyecto Urbanístico Villas Kohen Omega S. A., Proyecto Urbanístico Villas Kohen Kappa S. A., Proyecto Urbanístico Villas Kohen Sigma S. A., Proyecto Urbanístico Villas Kohen Epsilon S. A., Proyecto Urbanístico Villas Kohen Delta S. A., Proyecto Urbanístico Villas Kohen Gama S. A, Proyecto Urbanístico Villas Kohen Beta S. A., Proyecto Urbanístico Villas Kohen Alfa S. A., Se comisiona Sucursal de Correos de Costa Rica. Pueden ser localizados en la siguiente dirección: Cartago, La Unión del Cristo de Sabanilla 4 kilómetros y medio al este carretera a San Ramón De Tres Ríos, 25 metros después de la Quinta Pastoral O El Redil, frente al Restaurante El Jardín de Tita. Para notificar al (los) acreedor de segundo grado Adrián Zúñiga Blanco y Ana María Núñez Jiménez se comisiona Sucursal de Correos de Costa Rica. Puede ser localizados en la siguiente dirección: San José, Tibás, 50 metros al este del Periódico Al Día. Para notificar al demandado Elgin Ariel Estrada Centeno se comisiona Sucursal de Correos de Costa Rica. Puede ser localizado en la siguiente dirección: San José, Moravia, San Jerónimo, 400 metros al sur de la Iglesia Católica. Apórtese la suma de treinta y cuatro mil colones, por concepto de timbres del Colegio de Abogados en el escrito inicial; bajo el apercibimiento de que en su omisión no le serán atendidas sus futuras gestiones. Se tiene por otorgado el poder especial judicial al (los) licenciado(s) Jaime López Baudrit, y se tiene por aceptado el mismo. Artículo 118 del Código Procesal Civil. En otro orden de ideas, se les pone en conocimiento de las partes, que una vez firmados los oficios recordatorios a entidades comisionadas, nuevas comisiones, los oficios de embargo de salario y bancarios, los mismos deben ser diligenciados en forma personal por quienes los solicita y hacer llegar al Despacho los resultados obtenidos. Los documentos los podrán bajar por medio del Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales a través de la página www.Poder-Judicial.go.cr. Las partes deberán comunicarse al Despacho para la solicitud de clave de autorización para el uso del sistema de Gestión en Línea. De conformidad con la circular 39-11 de la Dirección Ejecutiva, se pone en conocimiento a la parte accionante que el edicto será enviado a la oficina de la Imprenta Nacional de manera electrónica, por lo que deberá coordinar con dicha entidad para el pago respectivo y su debida publicación. Lic. David Acuña Marín. Juez. A las nueve horas y cincuenta y ocho minutos del quince de mayo de dos mil doce. Conforme se solicita, se ordena verificar nuevos señalamientos de la siguiente manera: Libres de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada. 1) Finca del partido de Cartago, matrícula número ciento noventa y tres mil ochocientos -cero cero cero. Para tal efecto se señala las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil doce (primer remate). Con la base de mil dólares exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos mil doce, corría base de setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil doce, con la base de doscientos cincuenta dólares exactos (un 25% de la base original). 2) Finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y dos - cero cero cero. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil doce, (primer remate). Con la base de treinta mil quinientos dólares exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de agosto del dos mil doce, con la base de veintisiete mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil doce, con la base de siete mil seiscientos veinticinco dólares exactos (un 25% de la base original). 3) Finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y tres - cero cero cero. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil doce (primer remate). Con la base veintiún mil quinientos dólares exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos mil doce, con la base de dieciséis mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil doce, con la base de cinco mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un 25% de la base original), 4) Finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y cuatro - cero cero cero. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil doce (primer remate). Con la base de veintiún mil quinientos dólares exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos mil doce, con la base de dieciséis mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil doce, con la base de cinco mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un 25% de la base original), 5) Finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y cinco - cero cero cero. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil doce (primer remate). Con la base de treinta y cinco mil dólares exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos mil doce, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil doce, con la base de ocho mil setecientos; cincuenta dólares exactos (un 25% de la base original). 6) Finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y seis - cero cero cero. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil doce (primer remate). Con la base de treinta y cinco mil dólares exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos mil doce, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señala las ocho horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil doce, con la base de ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (un 25% de la base). 7) Finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y siete - cero cero cero. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos  del treinta y uno de julio de dos mil doce (primer remate). Con la base de dieciocho mil quinientos dólares exactos: De no haber postores, para llevará cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos mil doce, con la base de trece mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil doce, con la base de cuatro mil seiscientos veinticinco dólares exactos (un 25% de la base original). 8) Finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y ocho -cero cero cero. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil doce (primer remate). Con la base de veintiún mil quinientos dólares exactos. De no haber postores, para llevara cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de agosto del dos mil doce, con la base de dieciséis mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un 25%). de no apersonarse rematantes , para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil doce, con la base de cinco mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un 25% de la base original). 9) Sea la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos veintiséis mil cuatrocientos noventa y nueve - cero cero cero. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil doce (primer remate). Con la base de veinticinco mil quinientos dólares exactos. De no haber postores, para llevara cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos mil doce, con la base de diecinueve mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil doce, con la base de seis mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un 25% de la base origina I) Publíquese el edicto de ley. Así mismo de conformidad al artículo 161 de Código Procesal Civil, se corrige el error material de la resolución de las diez horas y cuarenta y tres minutos del siete de marzo de dos mil doce, únicamente en cuanto a la dirección del demandado Elgin Ariel Estrada Centeno siendo el correcto es en San José, Moravia, San Jerónimo, 400 metros al noreste de la Fábrica de Salsas La Única, casa nueva al fondo. Por lo demás queda incólume la resolución antes citada. De conformidad con el memorial presentado el 4 de mayo de los corrientes se expide el respectivo oficio a Correos de Costa Rica para que aclare si a Jorge Estrada Centeno se le intento notificar en calidades de representante o en forma personal.. Expediente 12-000250-1167-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—1 vez.—RP2012324960.—(IN2012097002).

Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez del Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica; hace saber a Rezai Shadad, que en este Despacho se interpuso un proceso ordinario en su contra, bajo el expediente número 12-000174-0507-AG donde se dictó la resolución que esencialmente dice: “habiendo sido presentada en forma legal, la demanda ordinaria planteada por Virgita Molina Sánchez, se da traslado a Shadad Rezai, representado en este proceso por el curador Susana Patricia Zamora Fonseca, por el plazo perentorio de quince días, para que la conteste; advirtiéndosele que debe contestar uno a uno los hechos que contiene el escrito de demanda y manifestar si los reconoce como ciertos, los rechaza por inexactos, o bien, los admite con variantes y rectificaciones; si así no lo hiciere, podrán tenerse por probados aquéllos hechos sobre los cuales no haya dado contestación en esa forma. Asimismo, se le advierte que debe ofrecer la prueba en que sustente su contestación, con indicación expresa de que, si es testifical deberá indicar el nombre, apellidos y domicilio de los testigos, así como las señas exactas del lugar donde trabajan o viven; si se trata de prueba documental, debe acompañar los documentos y si no los tiene a disposición por tratarse de documentos públicos, deberá indicar las oficinas donde éstos se encuentren. Se previene al demandado el señalamiento de medio y lugar donde atender notificaciones dentro del perímetro judicial de este Despacho, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o bien si ya no existiere, se tendrán por notificadas las resoluciones posteriores que se dicten, con el sólo transcurso de veinticuatro horas. Si no estuviere conforme con los términos dé la demanda o con las peticiones que de ella se deducen, expondrá en su contestación todas las circunstancias y razones en que funde su negativa, con referencia en cada caso a los distintos hechos enunciados en la demanda, siguiendo el mismo orden de ésta; igualmente, deberá oponer en el mismo escrito de contestación todas las excepciones que estime necesarias, salvo la de incompetencia, la cual deberán oponer dentro de los tres días posteriores ala notificación de este auto. Se advierte al demandado que si no contesta la demanda en el término del emplazamiento se procederá de oficio o a Instancia de parte a declarar su rebeldía, lo que no, implicará necesariamente admisión de los hechos de la demanda. Si se apersonara después de dicha declaratoria, tomará el proceso en el estado en que se encuentre. Se ordena notificar esta resolución en forma íntegra, a Shadad Rezai, representado en este proceso por la curadora Susana Patricia Zamora Fonseca, por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional, para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Los plazo comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación, expídase el documento de rigor y publíquese”. Lo anterior se ordena así en proceso ordinario de Virgita Molina Sánchez contra Rezai Shadad; expediente Nº 12-000174-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 7 de setiembre del año 2012.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—(IN2012097199).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de María Sixta Pérez Pérez. Expediente número 12-000202-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 27 de agosto del 2012.—Lic. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.—1 vez.—(IN2012097233).

Dra. Shirley Víquez Vargas, Jueza del Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón; hace saber a Gerardo Antonio Leiva Bermúdez, mayor, costarricense, soltero, comerciante, cédula de identidad uno-novecientos ochenta y uno-trescientos ochenta y uno, que en este despacho se interpuso un proceso especial de filiación (declaratoria de paternidad) en su contra, bajo el expediente número 10-000633-0919-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, a las trece horas y veintitrés minutos del dos de diciembre del dos mil diez. Se tiene por establecido por parte de Yency Jiménez Castro el presente proceso de declaratoria paternidad en contra de Gerardo Antonio Leiva Bermúdez a quien se le confiere traslado por el plazo de diez días para que la conteste, oponga excepciones previas, la prueba documental que tuviere y la testimonial con indicación en su caso del nombre y generales de los testigos que proponga. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o-rectificaciones. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Se le previene a la parte demandada que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 dé enero de 2009. Con respecto al medio se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. A la actora y al demandado se les hace saber, que de conformidad con el artículo 98 del Código de Familia, la parte que sin motivo alguno se niegue a practicarse esa importante prueba, será considerado ese proceder como malicioso. Además esa circunstancia podrá ser tenida como un indicio de veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha prueba, de ahí la importancia de mantener o señalar un lugar o medio donde escuchar notificaciones. Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, a las nueve horas y treinta y nueve minutos del cuatro de julio del dos mil doce. Por parte de la Lic. Leticia Pérez Hidalgo se tiene por aceptado el cargo de curador procesal del accionado Gerardo Antonio Leiva Bermúdez, así como, por señalado medio para atender sus notificaciones, de lo que se tomará nota. Se reserva la contestación de demanda de folios 56 y 58, para resolver lo que en derecho corresponda una vez que se encuentre debidamente publicado el edicto. Notifíquese a la parte demandada; las resoluciones de las trece horas veinticuatro minutos del dos de diciembre del año dos mil diez, así como, de las nueve horas treinta y nueve minutos del cuatro de julio del dos mil doce, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese.” Lo anterior se ordena así en proceso especial de filiación (declaratoria paternidad de Yency Jiménez Castro contra Gerardo Antonio Leiva Bermúdez; expediente N° 10-000633-0919-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 4 de julio del 2012.—Dra. Shirley Víquez Vargas, Jueza.—1 vez.—(IN2012097268).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Eduardo Martín Rocha Arias. Expediente número: 12-000709-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 24 de julio del 2012.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—RP2012325053.—(IN2012097339).

Por un plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se cita y emplaza a todos los interesados en presentar oposición en diligencias de cambio de nombre de Nausica Tatiana Solís Contreras cc Tatiana Solís Contreras, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero trescientos veintidós-cero quinientos setenta y dos, dentro del expediente número 11-100362-0927-CI (387-5-2011)-B debiendo apersonarse dentro del plazo antes dicho.—Juzgado Civil de Cañas, 18 de enero del 2012.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—1 vez.—RP2012325108.—(IN2012097340).

Lic. Viria Artavia Quesada, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José, hace saber a Direlis Pérez Reyes, mayor, soltera, ama de casa, de nacionalidad cubana, vecina de La Habana, Cuba, portadora del documento de identidad número setenta y cinco mil cuarenta millones seiscientos veintiséis mil seiscientos setenta y siete, que en este despacho se interpuso un proceso de nulidad de matrimonio en su contra bajo el expediente número 12-000111-0186-FA-3, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Carlos Alberto Alvarado Rodríguez contra Direlis Pérez Reyes. Expediente N° 12-000111-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 3 de octubre del 2012.—Lic. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2012097514).

Licenciado Elmer Rojas Aguilar, Juez de Familia de Turrialba, hace saber que en este despacho se tramita el expediente número 2010-000281-675-FA, declaratoria de hijo extramatrimonial, incoado por Dayana Von Marshall Murillo en contra de Óscar Mauricio Uribe Gallego, en el cual se dictó la sentencia de primera instancia número 173-2012, de las nueve horas cincuenta minutos del veintiocho de junio del dos mil doce, que en su parte dispositiva dice: por tanto. De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51, 53, 54 y 55 de la Constitución Política; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 69, 98, 98 bis y siguientes del Código de Familia se declara con lugar el proceso especial de declaración de hijo extramatrimonial interpuesta por Dayana Von Marshall Murillo contra Óscar Mauricio Uribe Gallego y se declara que el menor Santiago Uribe Von Marshall no es hijo del demandado Uribe Gallego, por lo que en adelante llevará únicamente los apellidos de su madre, sea Von Marshall Murillo, (Santiago Von Marshall Murillo), ordenando al Registro Civil tomar nota, ello al margen del asiento quinientos noventa y dos, folio: trescientos noventa y ocho, asiento: setecientos noventa y cinco del Registro de Nacimiento del Partido de Cartago. Se resuelve sin especial condena en costas. Siendo que esta sentencia se dicta en la ausencia del accionado Óscar Mauricio Uribe Gallego y al amparo de lo establecido en el numeral 263 del Código Procesal Civil, se ordena publicar la parte dispositiva de la sentencia en el Boletín Judicial por una sola vez. Se emplaza a los interesados para que dentro del tercer día a esta publicación se apersonen al despacho y hagan valer sus derechos.—Juzgado de Familia Penal Juvenil, Violencia Doméstica de Turrialba, 29 de junio del 2012.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—(IN2012097539).

Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza del Juzgado de Familia de Turrialba, a Margarita Díaz Rodríguez, en su carácter personal, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, de nacionalidad mexicana, de domicilio desconocido, con pasaporte de su país número D I siete siete cero seis tres cero seis M seis cero cero, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Rolando Zúñiga Abadía contra Margarita Díaz Rodríguez, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Turrialba, a las diez horas y veinticinco minutos del seis de junio del año dos mil doce. Visto el escrito presentado vía fax por la licenciada Milagro Solís Madrigal, visible a folios 20 y 21, se tiene por aceptado el cargo de curadora procesal en el presente proceso en representación de la parte demandada Margarita Díaz Rodríguez. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Rolando Zúñiga Abadía, se confiere traslado a la accionada Margarita Díaz Rodríguez por medio de su Curadora procesal licenciada Milagro Dominga Solís Madrigal por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de Turrialba de este circuito. Se le previene a la parte demandada que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Expídase el edicto respectivo a fin de notificar a la demandada Margarita Díaz Rodríguez del presente asunto. Notifíquese.—Juzgado de Familia Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—(IN2012097541).

Se avisa que en este despacho bajo el expediente número 12-001441-0338-FA, los señores David Hidalgo Porras y Evelyn Ruiz Morales, solicitan se apruebe la adopción conjunta del menor de edad Mathias Murillo Umaña. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago, 6 de setiembre del 2012.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—(IN2012097542).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania que promueve Rigoberto Gerardo Solano Morales. Expediente número 12-000319-0675-FA-D.—Juzgado de Familia de Turrialba, 26 de setiembre del 2012.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—(IN2012097547).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de la presunta insana Karla María Zúñiga Monge, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Karla María Zúñiga Monge, establecido por Katherine Susana Zúñiga Monge. Expediente número: 12-001601-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de setiembre del 2012.—Msc. Ramón Zamora Montes, Juez.—1 vez.—(IN2012097548).

Se avisa a los señores Luisa Franchesca Porras Monge,  mayor de edad, divorciada, costarricense, portadora de la cédula de identidad 6-0378-0995, de oficio y demás calidades desconocidas y Ronny Alberto Mata Borbón, mayor de edad, divorciado, costarricense, portador de la cédula de identidad 1-0967-0732, de oficio y demás calidades desconocida, son representados por el curador procesal Licenciado Brayan Antonio Alfaro Aragón, hace saber que existe proceso N° 12-000323-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Brandon Josué Mata Porras, establecido por el Licenciado Rafael Ángel Barrientos Ávila, en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia en contra de Luisa Franchesca Porras Monge y Ronny Alberto Mata Borbón, se ha dictado la resolución de las doce horas cincuenta y seis minutos, en la que se les concede el plazo de cinco días, para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de setiembre del 2012.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2012097581).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita la adopción individual de la menor Sharon Betzaida Fajardo Carmona promovidas por Orlando Castro Murillo, mayor, casado una vez, empresario, costarricense, cédula: 2-212-838, y vecino de Hotel Diuwak en Dominical. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, ha efecto de que dentro del plazo de cinco días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta. Asimismo se les previene que deben señalar medio, dentro del territorio nacional, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento que, en caso de omisión, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, las próximas resoluciones se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Nº 12-400041-0423-FA-3.—Juzgado de Familia de Osa, 20 de junio del 2012.—Lic. Mario Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2012097628).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Elisa María González Montero, cédula 1-0627-0717. Conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Elisa María González Montero. Expediente Número 11-002231-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de octubre del 2011.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012097639).

Lic. Milena Peña Salas, Jueza del Juzgado de Familia de Hatillo, hace saber que en proceso no contencioso de Insania, Nº 2010-400354-0216-FA, promovido a favor de Norma Lía Jiménez Sánchez, cédula uno-mil cuatrocientos noventa y cuatro setecientos veintiuno, promovido por Laura Sánchez Araya, cédula siete-cero setenta y siete-ochocientos cuarenta y cuatro. Se ha tenido como parte al curador procesal Fabio Delgado Hernández, se dictó la sentencia número 21-2011, que en lo que interesa dice: Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, a las nueve horas del veintiocho de enero del dos mil once. Considerando único.... Por tanto: Virtud de lo expuesto y artículos citados se declara con lugar este proceso virtud de ello se declara insana a Norma Lía Jiménez Sánchez. Se nombra como curadora legítima a Laura Sánchez Araya. A quien se le advierte que debe de comparecer dentro de tercer día a aceptar el cargo y cumplir con todas y cada una de sus obligaciones y responsabilidades según lo designa el cargo y lo dispone el Código de Familia, siendo removida en caso de omisión. Expídase ejecutorias a efecto de que sea ello inscrito en los Registros Nacionales. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Notifíquese por medio de edicto.—Juzgado Civil de Trabajo de Hatillo.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012097641).

Se avisa que en este Despacho el señor James Michael Peppard Hislop, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Darkgable D Jorkaeff Bennette Romero. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 12-000411-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 10 de agosto del año 2012.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012097846).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Maricela Peña Villarreal, conforme con el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania, establecido por Silvia Peña Villareal, a favor de Maricela Peña Villarreal. Expediente número 12-000196-0938-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de setiembre del año 2012.—Msc. Ramón Zamora Montes, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012097848).

Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Fabio Antonio Ortega Ortega, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de cambio de residencia y autorización de salida del país indefinida en su contra, bajo el expediente número 11-001982-0364-FA en lo conducente en cuanto a: Juzgado de Familia de Heredia. A las diez horas y cuarenta y ocho minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil doce. Del anterior proceso de cambio de residencia y autorización de salida del país indefinida, establecido por Ingrid Patricia Grijalba Ríos, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a Fabio Antonio Ortega Ortega (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese. Lo anterior se ordena así en proceso de cambio de residencia y autorización de salida del país indefinida de Ingrid Patricia Grijalba Ríos contra Fabio Antonio Ortega Ortega; expediente Nº 11-001982-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 8 de octubre del año 2012.—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012097858).

Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Michael Falknor Fernández, que en este Despacho se interpuso un proceso autorización salida país en su contra, bajo el expediente número 12-001693-0364-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia de Heredia. A las diez horas y cincuenta y cuatro minutos del veintisiete de agosto del año dos mil doce. Del anterior proceso de autorización de salida del país, establecido por Evelyn Chaves Jiménez, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio del casillero 403 de éstos Tribunales. Nombramiento de curador: De conformidad con lo dispuesto por el articulo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal al demandado se resuelve: Se ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil. De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito. Prevención de honorarios: Se le previene a la parte actora depositar la suma de cincuenta mil colones, a fin de responder al pago de los honorarios del curador procesal a nombrar en representación de la parte accionada, a favor de la cuenta electrónica del Banco de Costa Rica número 120016930364FA-7, dentro del plazo de ocho días. Notifíquese. Lo anterior se ordena así en proceso autorización salida país de Evelyn Chaves Jiménez contra Michael Falknor Fernández; expediente Nº 12-001693-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 26 de setiembre del año 2012.—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2012097860).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a que tenga interés en el proceso de insania de la señora Flor María Porras Cruz, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Saúl Meza Sandí. Expediente número 11-002584-0364-FA.—Juzgado de Heredia, 28 de setiembre del año 2012.—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012097865).

Licenciado Carlos E. Valverde Granados, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Franklin Mairena Díaz, en su carácter personal, quien es mayor, Casado, nicaragüense, de domicilio desconocido, cédula desconocida, se le hace saber que en demanda autorización salida país, establecida por Kellya María Zamora Escobar contra Franklin Mairena Díaz, se ordena notificarle por edicto.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012097901).

Se hace saber a Alberto Alonso Cartagena Martínez, mayor, divorciado, cédula de identidad Nº 1-555-0016 y sin domicilio conocido, que en este Despacho se tramita proceso reconocimiento hijo mujer casada promovido por Tito Franklin Gutiérrez Coronado interesados Adriana Hernández López, en el cual se dictÓ el auto de las dieciséis horas un minuto del veintidós de febrero de dos mil doce, que literalmente dice: ...II. Conforme lo establecen los artículos 111 del Código de la Niñez y la Adolescencia, 5 y concordantes del Código de Familia y 120, 820 y siguientes del Código Procesal Civil y por existir personas menores de edad, de la solicitud de reconocimiento de hijo de mujer casada, promovida por el señor Tito Franklin Gutiérrez Coronado, se confiere audiencia por el plazo de tres días al señor Alberto Alonso Cartagena Martínez y al patronato nacional de la infancia a efecto de que se pronuncien sobre ella. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación. Expediente 11-001208-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 14 de setiembre del 2012.—Firma ilegible.—1 vez.—RP2012325557.—(IN2012098020).

El Licenciado Freddy Quesada Valerio, Juez de Familia de Corredores; hace saber a Yongru He a quien se le ha ordenado notificar por medio de edicto, dentro del proceso de depósito Judicial de Menor expediente Nº 12-400062-921-FA(1) (65-2012) se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neilly, a las quince horas con cincuenta minutos del siete de marzo del dos mil doce. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Franklin Leroy Villarreal Espinoza a favor del menor Kovin Stiward He Almengor. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia por el plazo de tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia a los padres regístrales del menor, los señores Katty Michel Almengor Quirós y Yong Ru He no indica segundo apellido. Se les previene, que una vez notificados, deberán por escrito señalar medio, ya sean en estrados, casillero, por fax o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación (artículo 34 y 36 Nueva Ley de Notificaciones). Se les advierte que en caso de que señale Correo Electrónico, el interesado deberá coordinar por medio del correo (pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr) o al número telefónico 2295-42-97 con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial, donde deberá solicitar que se le acredite la cuenta de su correo y una vez hecho lo anterior deberá demostrar mediante documento idóneo al Despacho la acreditación de su cuenta, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso; incierto, o inexistente (artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 del 21 de octubre de 1996). Notifíquese esta resolución a la señora Kattya Michel Almengor Quirós en su calidad de madre registral por medio de cédula y copias de Ley en su casa de habitación, sea esta en Paso Canoas, 400 metros al oeste del Hotel Azteca. Para tal efecto se notificará por medio de la oficina centralizada de notificaciones de este circuito judicial. A fin de notificar al señor Yongru He en calidad de padre registral, se le previene a la parte actora que deberá aportar una dirección en donde notificarle así como un juego de copias del escrito inicial. Lo anterior, dentro del plazo de tres días bajo apercibimiento de no cumplir dentro del plazo indicado no se le atenderán futuras gestiones. Publíquese auto de traslado, para efectos eventuales terceros interesados, por una sola vez, por medio de La Gaceta la primera y la segunda por medio del Boletín Judicial, a cargo del actor.—Juzgado de Familia Penal Juvenil de Corredores, Ciudad Neilly, 6 de julio del 2012.—Lic. Freddy Quesada Valerio, Juez.—1 vez.—(IN2012098172).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, de Mario Alberto Méndez Palma conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de cinco días contados a partir de esta publicación. Lo anterior por haberse ordenado así en resolución de las nueve horas y veinticinco minutos del veintiocho de setiembre del dos mil doce, en proceso de insania de Karla Vanessa Méndez Palma. Expediente número 11-000244-0180-CI a favor de Mario Alberto Méndez Palma.—Juzgado Primero de Familia de San José, 28 de setiembre del año 2012.—Lic. Valeria Arce I., Jueza.—1 vez.—(IN2012098251).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Maillil Pérez Vargas, mayor, soltera, estudiante, vecino de San Roque de Barva, Heredia, cédula de identidad número 0115470030; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Maillil, por el de Maillil Esther mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 12-000362-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de agosto del año 2012.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—RP2012325786.—(IN2012098358).

Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez del Juzgado Civil de Cartago; hace saber a Osvaldo Moya Cordero y Leónidas Guardado Dávila, que en este Despacho se interpuso un proceso ejecución hipotecaria en su contra, bajo el expediente número 10-000372-0640-CI donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil de Cartago. A las catorce horas y diecisiete minutos del veintitrés de agosto del dos mil doce. Siendo que en autos no consta la imposibilidad para notificar a la sociedad demandada Industrias Alicosa S. A., ya que vista el acta de notificación que rola a folio 62, se desprende que la razón por la cual no se le notificó fue que se encontraba fuera del perímetro judicial comisionado; por lo que previo a notificar a la sociedad demandada se le previene a la parte actora que dentro del plazo de tres días aclare donde se encuentra expresamente el lugar Plaza Zancudo en Puntarenas o en su defecto aportar una nueva dirección donde notificar a la misma. Con la base de noventa y un millones doscientos dieciséis mil doscientos treinta y cinco colones exactos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 1- Servidumbre trasladada y 2- Servidumbre de líneas eléctricas y de paso; sáquese a remate el los bienes dados en garantía, sea las fincas del Partido de San José, matrícula número tres cuatro cinco cuatro uno tres-cero cero cero. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del trece de noviembre del dos mil doce, (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil doce, con la base de sesenta y ocho millones cuatrocientos doce mil ciento setenta y seis colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de diciembre del dos mil doce, con la base de veintidós millones ochocientos cuatro mil cincuenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. En otro orden de ideas, de conformidad con el artículo 2 y 21.4 de la Ley de Cobro Judicial se ordena notificar a los anotantes Osvaldo Moya Cordero y Leónidas Guardado Dávila por medio de edictos, para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a los autos en defensa de sus derechos. A efecto de proceder al nombramiento de curador procesal para el demandado Luis Gilberto González Arce, deberá depositarse la suma de un millón quinientos cincuenta y ocho mil novecientos cincuenta y dos colones con noventa y tres céntimos, para responder en forma provisional a los emolumentos del profesional a designar, sin que dicha suma implique en forma definitiva el monto total de sus honorarios, ya que estos dependerán no sólo de la labor desplegada, sino acorde con el artículo 262 del Código Procesal Civil. (Acuerdo del Consejo Superior en sesión celebrada el 3 de setiembre del 2009, artículo LIII). La misma deberá depositarse en la cuenta automatizada Nº 100003720640-9 de este Juzgado en el Banco de Costa Rica, bajo el apercibimiento de que si no se verifica, el proceso permanecerá inactivo. Una vez efectuado el depósito, deberá comunicarse al Despacho a efecto de proceder conforme a derecho corresponda. Notifíquese. Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Luis Gilberto González Arce S. A. Industrias Alicosa; expediente Nº 10-000372-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de agosto del año 2012.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—RP2012325762.—(IN2012098359).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 12-000146-0932-FA, los señores Vielka Marcela Rojas Campbell y José Federico Gamboa Solano, solicitan se apruebe la adopción conjunta del menor Daniel Julián Rojas Campbel, menor que actualmente se encuentra legitimado por el señor Marcos Calvo Mora, pero el cambio de apellidos a Calvo Rojas se realizó solo a lo interno del sistema del Registro Civil, no así en la información reflejada por las certificaciones de nacimiento expedidas, por cuanto la patria potestad de sus progenitores fue extinguida por resolución judicial. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 27 de julio del año 2012.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—RP2012325711.—(IN2012098360).

Se comunica a Narvik Lois Campbell, cédula Nº 7-121-0045 de demás calidades desconocidas, que en este Despacho se ha interpuesto la demanda de ejecución de sentencia 11-100057-0250-CI por parte de Glenda Ivette Smith Villiers, para que en sentencia se ordene la cancelación de daños materiales, intereses legales, intereses futuros y hasta su efectivo pago y costas personales y procesales. Se le hace saber que deberá apersonarse dentro del plazo de diez días a contestar la demanda y ha hacer valer sus derechos.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Sebastián, 26 de setiembre del 2012.—Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—RP2012325714.—(IN2012098361).

Lic. Ronald Chacón Mejía, Juez del Juzgado Civil y de Menor Cuantía de Puntarenas, hace saber, que el proceso ejecución hipotecaria iniciado por Wilbert Rafael Barrantes Fuentes contra Carlos Guillermo Ceciliano Barquero y otro, que se tramita en este Despacho, bajo la sumaria número 12-100630-432-CI-3, se encuentra resolución que literalmente dice: De conformidad con el Artículo 21.4 de la Ley de Cobro Judicial, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, y con la base de seiscientos mil colones, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 00037170-000. Para tal efecto se señalan las diez horas del veintitrés de noviembre del dos mil doce. De resultar fracasado el anterior remate, y con la rebaja del veinticinco por ciento de la primera base sea la suma de cuatrocientos cincuenta mil colones llévese a cabo una segunda almoneda la cual tendrá lugar en la puerta exterior de este Despacho, a las diez horas del siete de diciembre del dos mil nueve. Finalmente y de resultar fracasado este segundo remate y con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ciento cincuenta mil colones celébrese la tercer y última subasta en la puerta exterior de este local, para lo cual se señalan las diez horas del veintiuno de diciembre del dos mil doce. Expídase y publíquese el edicto de ley. De conformidad con el Artículo 25 de la Ley de Cobro Judicial si para el tercer remate no hay postores los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante por el veinticinco por ciento de la base original. No obstante de lo anterior, conforme lo ordena el numeral 26 de la ley de cita, en caso de resultar insubsistente alguno de los remates señalados como eventuales almonedas fracasadas se mantendrá incólume la base original de la primer subasta. Se le informa a las personas jurídicas que tengan interés en participar de la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de esté Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. De conformidad con el artículo 21.4 de la Ley de Cobro Judicial, se ordena notificar al tercer poseedor Víctor Manuel Picado González, por medio de un edicto el cual se publicará en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional, encontrándose notificada la presente resolución tres días después de su publicación, para lo cual deberá de aportar la parte actora una copia certificada o el original de dicha publicación. Notifíquese.—Juzgado de Menor Cuantía de Puntarenas, a las catorce horas veinticinco minutos del diecisiete de setiembre del dos mil doce.—Lic. Ronald Chacón Mejía, Juez.—1 vez.—RP2012326303.—(IN2012099475).

Edictos Matrimoniales

En este Despacho se han presentado solicitando contraer matrimonio: Epifanio Calvo Hernández c.c. Epifanio Lara Calvo, mayor, unión libre, pescador, costarricense, de 45 años de edad cumplidos, vecino de Puntamala de Osa, portador de la cédula de identidad Nº 6-198-891, nacido en Ciudad Cortes, el 7 de abril de 1966, hijo de Claudia Calvo Hernández, dice el compareciente que se encuentra fallecida, y María Olivia Calderón Ortiz, mayor de edad, unión libre, del hogar, de 36 años de edad cumplidos, vecina de Puntamala de Osa, cédula de identidad número 6-277-788, nacida en Salitre de Buenos Aires, el 16 de setiembre de 1976, hija de José Jacinto Calderón Calderón, mayor, viudo, agricultor, costarricense, vecino de Buenos Aires, y de Geronia Ortiz Ortiz, dice la compareciente que se encuentra fallecida. Si alguna persona conoce impedimento para que esta boda se realice, deberá manifestarlo a este despacho dentro del plazo de ocho días naturales siguientes después de la publicación de este edicto (artículo 25,26 y 27 del Código de Familia).—Juzgado Civil de Osa, Ciudad Cortes, 10 de octubre del 2012.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—RP2012325755.—(IN2012098362).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Walter Brenes Alfaro, mayor, estado civil divorciado, profesión operario industrial, cédula de identidad número 4-156-082, vecino de San Roque de Barva de Heredia, 175 metros oeste de la Iglesia Católica, hijo de José María Brenes Barrantes y Alba Julieta Alfaro Vargas, nacido en Heredia, con 40 años de edad, y Yaymis del Santísimo Morales Álvarez, mayor, estado civil soltera, profesión ama de casa, cédula de identidad número 5-334-776, vecina del mismo domicilio de Walter, hija de Jerónimo Martín Morales Pérez y Rosa de los Ángeles Álvarez Cortés, nacida en Liberia, Guanacaste, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente Nº 12-002276-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 16 de octubre del año 2012.—Lic. Laura Rodríguez Villalobos, Jueza.—1 vez.—(IN2012098685).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Roy Steven Calderón Vargas y Eilen Zulay Urbina Cruz, ambos mayores de edad, solteros, él chofer y vecino de Artola de Sardinal, y ella estudiante y vecina de Guardia de Liberia, cédulas de identidad 1-1357-617 y 5-384-572. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente Nº 12-000668-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 11 de octubre del año 2012.—MSc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—(IN2012098695).

Han comparecido ante esta notaría solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Javier (nombre) Rodríguez Domínguez (apellidos), de nacionalidad española, mayor, soltero, vecino de San Miguel de Desamparados, Barrio Los Ángeles, de antigua Texaco ciento veinticinco metros al este, portador del pasaporte español número XD cuatro dos seis uno dos tres, y Karen Telles Alpízar, de nacionalidad costarricense, mayor, divorciada, vecina de mismo domicilio, servicios generales, portadora de la cédula de identidad número seis-doscientos diecinueve-cero ochenta y cinco. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante esta notaría dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2012325968.—(IN2012098770).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Lency de los Ángeles Cruz Rodríguez, hija de Rosa Iveth Cruz Rodríguez, vecina de Santa Cruz, Barrio Las Maravillas, de la escuela de Estocolmo 125 noreste casa de color rojo, mayor, soltera, con 29 años de edad, nacida el 22 de setiembre de 1983 y José Luis Berrocal Quintero, hijo de Lupita Quintero Medina y de Enrique Berrocal Fernández, vecino de Santa Cruz, barrio Las Maravillas, de la escuela de Estocolmo 125 noreste casa de color rojo, nacido el 20 de setiembre de 1984, con 28 años de edad, mayor, soltero. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente Nº 12-000257-0776-FA.—Juzgado de Familia de Santa Cruz, 10 de octubre del año 2012.—Lic. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2012098983).

David Soto Segura, mayor, de veinte años de edad, soltero, soldador, costarricense, cédula de identidad 6-0399-0312, vecino de Santa Elena, Monteverde, Puntarenas, y Milady Daniela Arce Aburto, mayor, de dieciocho años de edad, soltera, vendedora, cédula identidad número 5-0422-0149, vecina de San Antonio de Escazú, solicitan a este Despacho la celebración de su matrimonio civil. Se publica este edicto para efecto del capítulo IV del Código de Familia. Matrimonio civil de David Soto Segura y Milady Daniela Arce Aburto.—Juzgado Contravecional y de Menor Cuantía de Escazú, 17 de octubre del 2012.—Lic. Mayela González Carranza, Jueza.—1 vez.—(IN2012099275).

Edictos en lo Penal

A las nueve horas del veintiocho de setiembre del dos mil doce. Licenciado Armando Fonseca Madrigal, Fiscal Auxiliar de Pococí, hace saber que en la causa Nº 07-202142-485-PE, seguida contra Mónica Núñez Pérez por el delito de estelionato, se encuentra la resolución que literalmente dice: Traslado de acción civil resarcitoria, Fiscalía Adjunta de Pococí, al ser las siete horas treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil ocho. Habiéndose agotado todas las vías para localizar a la codemandada civil Compañía Rogade y Núñez S. A., representada por Ronald Antonio Rogade Alvarado, se ordena notificar por edictos por tres veces consecutivas la resolución de las siete horas treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil ocho, en la cual se ordena dar traslado de la acción civil resarcitoria al codemandado civil Compañía Rogade y Núñez S. A., representada por Ronald Antonio Rogade Alvarado, esto de la causa Nº 07-202142-0485-PE, por estelionato, en perjuicio de José Elías Marín Alvarado. Notifíquese.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Armando Fonseca Madrigal, Fiscal Auxiliar.—Exento.—(IN2012098296).                                                                                  3 v. 2.

Este Despacho hace saber que mediante resolución de las catorce horas del once de octubre del dos mil doce, se ordenó notificar mediante edicto al señor Roberto Carlos Brito de la Cuesta, cédula de identidad Nº 1-711-920, propietario del arma de fuego tipo pistola, marca Lorcin, calibre 380 auto-ACP, modelo L380, serie 147794, para que en el plazo de un mes comparezca a reclamar la misma, caso contrario se ordenará el comiso del bien. Lo anterior en expediente Nº 11-202028-0306-PE (N. I. 2040-A3-12) por portación ilícita de arma permitida contra Rudencio González Pérez, en daño de la Seguridad Pública.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada.—Lic. Reinaldo Araya Ucañan, Juez.—1 vez.—(IN2012098982).