BOLETÍN JUDICIAL Nº 223 DEL 19
DE NOVIEMBRE DEL 2012
DIRECCIÓN
EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran
en las oficinas judiciales de los cantones de Aguirre y Parrita de la provincia
de Puntarenas.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales
de los cantones de Aguirre y Parrita de la provincia de Puntarenas,
permanecerán cerradas durante el día dieciséis de noviembre del dos mil doce,
con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos
cívicos del cantón de Aguirre.
San José, cinco de noviembre
del dos mil doce.
MBA.
Ana Eugenia Romero Jenkins
(IN2012105055) Subdirectora
Ejecutiva
Sala Primera al señor Oldemar Rolando Gerardo Mata Mora, de domicilio ignorado,
se hace saber que: en diligencias de exequátur promovidas por la señora Cynthia
Katleen Cunningham c.c.
Cynthia Kathleen Mata, contra él, para obtener el exequátur de una sentencia
dictada por
San José, 3 de octubre de
2012.
Welesley Henry Martínez
1 vez.—Exento.—(IN2012106020). Notificador
a. í.
A la señora Jéssica Andrea Zeledón Mussio, de
domicilio ignorado, se hace saber que: en diligencias de exequátur promovidas
por Óscar de Jesús Vásquez Quesada, contra ella, para obtener el exequátur de
una sentencia dictada por
San José, 24 de octubre de
2012.
Welesley Henry Martínez
1 vez.—Exento.—(IN2012106021). Notificador a.
í.
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE
HACE SABER:
Para los efectos del
artículo 90 párrafo primero de
“Se declara sin lugar la
acción”.
San José, 01 de noviembre
del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
Exonerado.—(IN2012105118) Secretario
Para los efectos del
artículo 90 párrafo primero de
“Se declara sin lugar la
acción interpuesta contra el artículo 13 del Reglamento del Estatuto de
Servicio Civil, en tanto se interprete y se entienda que si el interinazgo
supera el año ininterrumpidamente, su cese injustificado se equipara al de una
contratación a plazo indefinido para efecto del reconocimiento de la
indemnización. Comuníquese y notifíquese. Publíquese en el Boletín Judicial
y en el Diario Oficial
San José, 01 de noviembre
del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
Exonerado.—(IN2012105119) Secretario
Para los efectos de los
artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de
« Se rechaza, por
extemporánea, la coadyuvancia del Sindicato Nacional
de Administradores del Servicio de Salud y Afines del Seguro Social. Se
declaran Con Lugar las acciones acumuladas. En consecuencia, se declara
inconstitucional el Transitorio para el nombramiento en propiedad de jefaturas
administrativas en
Se hace saber que la
anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del
momento que se indica en la parte dispositiva del voto.
San José, 01 de noviembre
del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
Exonerado.—(IN2012105120) Secretario
Para los efectos del
artículo 90 párrafo primero de
“Se rechaza la codyuvancia presentada y se rechaza de plano la acción de
inconstitucionalidad interpuesta”.
San José, 01 de noviembre
del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
Exonerado.—(IN2012105121) Secretario
Para los efectos del
artículo 90 párrafo primero de
“Se declara sin lugar la
acción”.
San José, 01 de noviembre
del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
Exonerado.—(IN2012105123) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 81 de
San José, 31 de octubre del
2012.
Gerardo
Madriz Piedra
Exonerado.—(IN2012105127) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 81 de
San José, 05 de noviembre
del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
Exonerado.—(IN2012105129) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 81 de
San José, 05 de noviembre
del 2012.
Gerardo
Madriz Piedra
Exonerado.—(IN2012105130) Secretario
HACE SABER
Que: en el proceso
disciplinario notarial N° 00-000730-0627-NO, de Angi Johannna Diluca Castro contra
Óscar Luis Trejos Ugalde, (cédula de identidad 4-066-437),este Juzgado mediante
resolución de las ocho horas treinta minutos del dos de noviembre del dos mil
doce, dispuso levantar a partir de la fecha veintinueve de octubre del dos mil
doce la sanción disciplinaria impuesta al notario Óscar Luis Trejos Ugalde
mediante sentencia número 00372-01 de las dieciséis horas cinco minutos del
nueve de octubre del dos mil uno, que salió publicada en el Boletín Judicial
número 202 de fecha veintiuno de octubre del dos mil dos, lo anterior por haber
transcurrido el plazo de diez años según voto número 3484 de las doce horas del
ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro emitido por
San José, 2 de noviembre de
2012.
Lic.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—(IN2012105791).
Que: en proceso disciplinario
notarial N° 06-000180-0627-TP, de Manuel Emilio Vargas Chavarría contra Hilda
María Barrantes Delgado, (cédula de identidad 1-516-756), el Tribunal
Disciplinario Notarial, mediante voto N° 210-2012-TDN, de las diez horas veinte
minutos del cinco de octubre del dos mil doce ordenó anular la sentencia número
0593-2009 de las catorce horas catorce minutos del tres de julio del dos mil
nueve y archivar el presente litigio, por lo que se ordena dejar sin efecto la
comunicación de la suspensión impuesta a la notaria encausada, emitida mediante
resolución de las diez horas veinticinco minutos del once de enero del dos mil
diez, cuya sanción fue publicada en el Boletín Judicial N° 29 del once
de febrero del dos mil diez.
San José, 2 de noviembre de
2012.
Lic.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—(IN2012105792).
Que en el proceso
disciplinario notarial N° 10-000756-627-NO de Guillermo Campos Solís, contra el
notario público Hugo Sánchez Castillo, cédula 4-137-305, este Juzgado mediante
resolución N° 446-2012 de las diez horas del once de setiembre del año dos mil
doce, dispuso imponerle al notario público Hugo Sánchez Castillo, la corrección
disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial,
sanción que se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio
correspondiente a la escritura que aquí interesa. Rige ocho días naturales
después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 10 de octubre de
2012.
Lic.
Grace Hernández Herrera,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—(IN2012106083).
Que: en el proceso
disciplinario notarial N° 10-000246-627-NO de Henry Martín León Jiménez contra
el notario público Ernesto Perlaza Rojas con cédula de identidad 1-391-191,
este Juzgado mediante resolución N° 331-2012 de las dieciséis horas con cinco
minutos del veintiuno de junio del año dos mil doce, dispuso imponerle al
notario público Ernesto Perlaza Rojas, la corrección disciplinaria de un mes de
suspensión en el ejercicio de la función notarial, sanción que permanecerá
vigente hasta que cumpla con la inscripción. Rige ocho días naturales después
de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 25 de octubre de
2012.
Lic.
Grace Hernández Herrera,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—(IN2012106084).
Que en el proceso
disciplinario notarial N° 10-000636-627-NO de Registro Civil contra la notaria
pública Lorena María Palma Arce cédula de identidad número 1-657-358, este
Juzgado mediante resolución N° 397-2012 de las nueve horas del veinte de agosto
del año dos mil doce, dispuso imponerle a la notaria Palma Arce, la corrección
disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial.
Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 9 de octubre de
2012.
Lic.
Grace Hernández Herrera,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—(IN2012106085).
Que: en el proceso
disciplinario notarial N° 04-000276-627-NO de Eleanor Louise Hughes contra el
notario público Carlos Francisco Rodríguez Mora, este Juzgado mediante
resolución N° 0466-2012 de las ocho horas del veinticinco de setiembre del año
dos mil doce, dispuso imponerle al notario público Carlos Francisco Rodríguez
Mora, la corrección disciplinaria de diez años de suspensión en el ejercicio de
la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial.
San José, 5 de noviembre de
2012.
Lic.
Grace Hernández Herrera,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—(IN2012106086).
Que en el proceso
disciplinario notarial N° proceso disciplinario notarial N° 10-000857-627-NO de
Archivo Notarial contra el notario público Luis Diego Chacón Bolaños con cédula
de identidad número 1-700-666, este Juzgado mediante resolución N° 459-2012 de
las dieciséis horas con diez minutos del diecisiete de septiembre del año dos
mil doce, dispuso imponerle al notario público Luis Diego Chacón Bolaños, la
corrección disciplinaria de un mes y quince días de suspensión en el ejercicio
de la función notarial. Rige ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 25 de octubre de
2012.
Lic.
Grace Hernández Herrera,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—(IN2012106087).
Que en el proceso
disciplinario notarial N° 08-000347-627-NO de Nuria María Sibaja Ramírez contra
la notaria pública Bertha María Jiménez Alvarado con cédula 1-603-886, este
Juzgado mediante resolución N° 464-2012 de las ocho horas del veinticuatro de
setiembre del año dos mil doce, dispuso imponerle a la notaria pública Bertha
María Jiménez Alvarado, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en
el ejercicio de la función notarial, sanción que se mantendrá vigente hasta la
inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí
interesa. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial.
San José, 10 de octubre de
2012.
Lic.
Grace Hernández Herrera,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—(IN2012106088).
Que en el proceso
disciplinario notarial N° 10-000707-627-NO del Archivo Notarial contra la
notaria pública Zoila Araya Moreno con cédula de identidad número 4-152-309,
este Juzgado mediante resolución N° 242-2012 de las nueve horas del catorce de
mayo del año dos mil doce, dispuso imponerle a la notaria pública Zoila Araya
Moreno, la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio
de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en
el Boletín Judicial.
San José, 9 de octubre de
2012.
Lic.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—(IN2012106090).
Que en el proceso
disciplinario notarial N° proceso disciplinario notarial N° 11-00597-627-NO de
Archivo Notarial contra la notaria pública Ahyza
María Prieto Vargas con cédula de identidad número 1-493-649, este Juzgado
mediante resolución N° 376-2012 de las catorce horas del veintisiete de julio
del año dos mil doce, dispuso imponerle a la notaria pública Ahyza María Prieto Vargas, la corrección disciplinaria de
quince días de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho
días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 10 de octubre de
2012.
Lic.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—Exonerado.—(IN2012106091).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Geovanny Alonso
Martínez Campos, cédula de identidad 7-0139-0745, fallecido el 24 de setiembre
del 2012, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este
despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número
12-000296-1041-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente: 12-000296-1041-LA.
Geovanny Alonso Martínez Campos a favor de Gabriela Martínez Campos.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 18
de octubre del 2012.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1
vez.—(IN2012105415).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Enrique Brenes Brenes, fallecido el 13 de marzo del 2012, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias devolución de prestaciones de trabajador fallecido bajo el número 12-001034-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 12-001034-0929-LA. Por a favor de Berta María Bustamante Díaz y de la menor Juliana Estefanía Brenes Jiménez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 3 de octubre del 2012.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2012105418).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Luis Antonio Castro Barquero, quien
fue mayor, casado, vecino de Cipreses de Oreamuno, con cédula de identidad
número 9-072-938, se les hace saber que: Ana Ligia Montenegro Brenes, portadora
de la cédula de identidad o documento de identidad número 3-303-247, vecina de
Cipreses de Oreamuno, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge
supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido Luis Antonio Castro Barquero, expediente número 12-000800-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 30 de octubre del
año 2012.—Lic. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2012105720).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Jeannette Jiménez Vargas, quien fue
mayor, soltera, vecina de Alajuelita, con cédula de identidad número 3-345-652,
quien al momento de su fallecimiento laboraba para Grupo Cosmodas,
se les hace saber que: María Iris Vargas Castro, portadora de la cédula de
identidad o documento de identidad número 1-474-813, vecina de Alajuelita, se
apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecida, a fin de promover
las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les
cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación
de prestaciones de la trabajadora fallecida Jeannette Jiménez Vargas,
expediente número 12-000474-1178-LA.—Juzgado de
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de octubre del año
2012.—M.Sc. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012105733).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Fernando Marín Núñez, quien fue mayor,
casado, vecino de Desamparados, con cédula de identidad número 1-424-545, quien
al momento de su fallecimiento laboraba para
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Starlyn
Joaquín Alvarado Vega, quien fue mayor, divorciado, vecino de Guadalupe, con
cédula de identidad número 1-1007-033, quien al momento de su fallecimiento
laboraba para
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Carlos Calderón Arroyo, quien fue
mayor, soltero, vecino de Curridabat, con cédula de identidad número 1-758-721,
se les hace saber que:
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Trinidad de los Ángeles Jiménez Jiménez, quien fue mayor, soltera, vecina de Nicoya, con
cédula de identidad número 1-1188-932, quien al momento de su fallecimiento
laboraba para S.T.T. Group de Costa Rica S. A., se
les hace saber que: María Jiménez Jiménez, portadora
de la cédula de identidad o documento de identidad número 5-135-464, vecina de
Nicoya, se apersonó en este Despacho en calidad de madre de la fallecida, a fin
de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por
ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola
vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se
apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre
de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Trinidad
de los Ángeles Jiménez Jiménez, expediente número
11-003369-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de San José, 31 de octubre del año 2012.—M.Sc. Ronald
Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2012105737).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Gerardo Enrique Díaz Mathew, quien fue
mayor, casado, vecino de Zapote, con cédula de identidad número 1-396-1026,
quien al momento de su fallecimiento laboraba para el Instituto Nacional de
Seguros, se les hace saber que: Ana Lorena Obando Obando,
portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-440-166,
vecina de Zapote, se apersonó en este Despacho en calidad de viuda del
fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de
Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial
libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido
Gerardo Enrique Díaz Mathew, expediente número 12-002126-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San
José, 7 de noviembre del año 2012.—M.Sc. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1
vez.—(IN2012105740).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Sylvia Vanessa Brenes Madrigal, quien fue mayor, soltera, vecina
de Barrio México, con cédula de identidad número 1-901-189, quien al momento de
su fallecimiento laboraba para Colegio Universitario Boston, se les hace saber
que: Laura Madrigal Martínez, portadora de la cédula de identidad número
1-571-972, vecina de Barrio México, se apersonó en este Despacho en calidad de
madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la
trabajadora fallecida Sylvia Vanessa
Brenes Madrigal, expediente número 12-002138-1178-LA.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de noviembre del
año 2012.—M.Sc. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—(IN2012105741).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Luis Felipe Quirós Somoza, quien fue
mayor, soltero, vecino de San Pedro, con cédula de identidad número 1-982-681,
quien al momento de su fallecimiento laboraba para el Instituto Nacional de
Biodiversidad (INBIO) se les hace saber que: Luis Felipe Quirós Castro,
portador de la cédula de identidad número 1-331-758, vecino de San Pedro, se
apersonó en este Despacho en calidad de padre del fallecido, a fin de promover
las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les
cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido Luis Felipe Quirós Somoza, expediente
número 12-002103-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de noviembre del año 2012.—M.Sc.
Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—(IN2012105746).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gustavo Adolfo Quirós
Zamora, cédula 1-1174-700, fallecido el día 14 de setiembre del año 2010, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral
bajo el expediente número 12-001656-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente
Nº 12-001656-0173-LA. Promovido por Elma Esther Rayo a favor de los
causahabientes del fallecido.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 1º de
noviembre del año 2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1
vez.—(IN2012105764).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marggie
Campos Ureña, cédula 1-500-955, fallecida el día 1º de agosto del año 2012, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de fondo de capitalización laboral
y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente número
12-001657-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº
l2-001657-0173-LA. Promovido por Cinthya Hidalgo Campos y Xiomara Hidalgo
Campos a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 31
de octubre del año 2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1
vez.—(IN2012105765).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Orlando Naranjo Ruiz,
cédula 1-215-306, fallecido el día 11 de junio del año 2012, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de pensión de los meses de julio y agosto del
año 2012 bajo el expediente número 12-001799-0173-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente Nº 12-001799-0173-LA. Promovido por Elsa Nidia Naranjo
Segura a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 31
de octubre del año 2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1
vez.—(IN2012105771).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Giovanni Andrei Solano Obando, cédula 1-1019-489, fallecido el día
18 de febrero del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de
fondo de capitalización laboral bajo el expediente número 12-001794-0173-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Expediente Nº 12-001794-0173-LA. Promovido por María
Elena Obando Castro y Giovanni Solano Cubero a favor de los causahabientes del
fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de octubre del año 2012.—Lic.
Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2012105774).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ignacio Vargas Vargas, cédula 1-484-426, fallecido el día 23 de diciembre
del año 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de
Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo
el expediente número 12-001658-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente Nº 12-001658-0173-LA. Promovido por Bellanira
Flores Flores a favor de los causahabientes del
fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de San José, 1º de noviembre del año 2012.—Lic.
Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2012105775).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Rodrigo Castillo
Jiménez, cédula 2-273-805, fallecido el día 08 de octubre del año 2003, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral
bajo el expediente número 12-001763-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente Nº 12-001763-0173-LA. Promovido por Flor Cecilia Chavarría Díaz a
favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 1º
de noviembre del año 2012.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1
vez.—(IN2012105776).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Alfonso Alberto Hall Hasburn, quien fue misceláneo, vecino de Limón, con cédula
de identidad número 7-0058-0326, se les hace saber que: María Eugenia Davis
Wright, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número
3-0228-0971, vecina de Limón, se apersonó en este Despacho en calidad de Esposa
del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de
Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido Alfonso Alberto Hall Hasburn, expediente
número 12-000484-0679-LA.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la
puerta exterior de este Despacho, remataré al mejor postor, los siguientes
inmuebles: 1) Del partido de Puntarenas, número cuarenta y cuatro mil
seiscientos setenta y dos-cero cero cero, libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con las bases y en las fechas
que se detalla: Primer Remate: Ocho horas treinta minutos del treinta de
noviembre de dos mil doce, base: ciento nueve millones sesenta y seis mil
ciento setenta y un colones con veintiocho céntimos. Segundo Remate: ocho horas
treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil doce, base: ochenta y un
millones setecientos noventa y nueve mil seiscientos veintiocho colones con
cuarenta y seis céntimos. Tercer Remate: ocho horas treinta minutos del quince
de enero de dos mil trece, base: veintisiete millones doscientos sesenta y seis
mil quinientos cuarenta y dos colones con ochenta y dos céntimos. 2) Del
partido de San José, ciento veintidós mil seiscientos ochenta y cinco-cero cero
cero, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones
judiciales, pero soportando servidumbre trasladada a las citas doscientos
cuarenta y seis-ocho mil ciento sesenta y nueve, así como servidumbre dominante
a las citas trescientos noventa-cuatro mil quinientos veintinueve, en las
mismas fechas y horas detalladas anteriormente, con las siguientes bases: Primer
Remate: ciento nueve millones novecientos treinta y tres mil ochocientos
veintiocho colones con setenta y dos céntimos. Segundo Remate: ochenta y dos
millones cuatrocientos cincuenta mil trescientos setenta y un colones con
cincuenta y cuatro céntimos. Tercer Remate: veintisiete millones cuatrocientos
ochenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y siete colones con dieciocho
céntimos. Los inmuebles se describen así: 1) Del Partido de Puntarenas, número
cuarenta y cuatro mil seiscientos setenta y dos-cero cero cero,
terreno para construir, siete casas y otros, sito en Agua Buena, Coto Brus,
distrito tercero, cantón octavo de
En
puerta exterior de este Despacho, a las trece horas treinta minutos del cuatro
de diciembre del dos mil doce, soportando hipoteca de primer grado a favor del
Banco de Costa Rica, por un monto de veinticinco millones de colones, inscrita
al tomo 2010, asiento 00236150, consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia
001 y con la base de ocho mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares con
cincuenta y dos centavos, (principal por que responde más los intereses debidos
a la fecha de ejecución f 20), sáquese a remate el bien dado en garantía
hipotecaria, sea la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento
siete mil ochocientos tres-cero cero cero, que es
terreno con una casa bloque B lote 4. Situada en distrito cero uno (Jacó),
cantón undécimo (Garabito), de la provincia seis (Puntarenas). Linda: al norte,
con lote 3; al sur, con lote 5; al este, con calle pública, y al oeste, con
lote 21, con una medida de ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados, según se
describe en el plano número P-cero cinco dos siete nueve uno seis-mil
novecientos noventa y ocho, y que es propiedad de la accionada Gabriela María
Vargas Campos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil
doce, con la base de seis mil trescientos cuarenta y ocho dólares con treinta y
nueve centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el
tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de
enero del dos mil trece, con la base de dos mil ciento dieciséis dólares con
trece centavos (un 25%). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria promovida por Teresa González Segura en contra de Gabriela María
Vargas Campos, según expediente número 12-100108-0425-4-CI.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos,
17 de octubre del 2012.—Lic. Sedier Villegas
Méndez, Jueza.—(IN2012106066).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la
puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado a favor
de
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando siete reservas y restricciones ; a las quince horas y cero minutos del diez de enero del año dos mil trece, y con la base de ciento cincuenta mil ciento setenta dólares con quince centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 66789-F-000 cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número ciento cuarenta y cinco, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura mínima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca primaria individualizada número ciento cuarenta y cuatro; al sur, área común libre de juegos infantiles; al este, área común libre de juegos infantiles, y al oeste, calle diez. Mide: cinco mil veintiocho metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Plano catastrado Nº G-1228492-2008. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de enero del año dos mil trece, con la base de ciento doce mil seiscientos veintisiete dólares con sesenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del once de febrero del año dos mil trece, con la base de treinta y siete mil quinientos cuarenta y dos dólares con cincuenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ricardo Porfirio Rodríguez Peraza. Exp. Nº 11-000318-0295-CI.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 2 de noviembre del 2012.—Msc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—RP2012328994.—(IN2012104817).
A las diez horas treinta minutos del cuatro de diciembre del dos mil doce, desde la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base fijada por el perito de trescientos mil colones, en el mejor postor remataré: “Vehículo inscrita en Propiedad, placa número 310048, marca Dodge , estilo Raider RAM, automóvil, estilo rural 4x4, color negro, año 1987, capacidad para cinco personas, chasis Nº JB7FJ43E2HJ025090, motor Nº G54B1F8772, cilindrada 2600 c.c., combustible gasolina. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo simple N° 2008-000872-0224-CI-0, establecido por Régimen de Mutualidad Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica S. A. contra Escobar Matarrita Carlos Alberto, Tullocks Abarca Julio Antonio y Alfaro Escobar Nelson David.—Juzgado Primero Civil de Menor Cuantía de San José, 20 de setiembre del 2012.—Msc. Farith Suárez Valverde, Juez.—RP2012329021.—(IN2012104818).
A las nueve horas del cuatro de diciembre de dos mil doce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de un millón seiscientos cincuenta y un mil novecientos veinte colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 296072, marca Isuzu, año 1992, color gris, categoría automóvil, chasis 4S2CY585N4315581. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa Rica contra Anram Peña Hernández, Carlos Alberto Peña Coto, José Ramón Peña Coto y Pinturas Cartago Sociedad Anónima. Exp. Nº 05-000894-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de octubre del 2012.—Lic. Miguel Ángel Rosales Alvarado, Juez.—RP2012329038.—(IN2012104819).
En
puerta a exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre traslada a las citas: 0383-13465-01-0901-001; a las
catorce horas del catorce de enero de dos mil trece, y con la base de
veintitrés millones setecientos sesenta y un mil doscientos siete colones con
sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y un mil
treinta y seis-cero cero cero, la cual es terreno
para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 03 Daniel
Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte
Edecio Mena Quesada; al
sur, María Aurora Ortiz Villanueva y Gilberto Herrera Ortiz; al este, calle
pública con
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece
horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil doce, y con la
base de ocho millones ochenta y siete mil doscientos noventa colones con dos
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número quinientos treinta y nueve mil trescientos
cuatro-cero cero cero, la cual es terreno patio con
una casa. Situada en el distrito 04 Rivas, cantón 19 Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Rosa Camacho Salmerón; al sur, calle
pública e Ignacio Calderón Arguedas; al este, Rosa Camacho Salmerón y al oeste,
Rosa Camacho Salmerón. Mide: cuatro mil novecientos noventa y nueve metros con
tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del veinte de diciembre del año dos mil doce, con la base de
seis millones sesenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y siete colones con
cincuenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de
enero del año dos mil trece con la base de dos millones veintiún mil
ochocientos veintidós colones con cincuenta y un céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Damaris Camacho
Salmerón. Exp. Nº 11-000482-0188-CI.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del diez de diciembre del año dos mil doce, y con la base de once millones doscientos ochenta mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 635946, marca: Honda, categoría: automóvil, serie: 1HGCM55706A500441, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, chasis: 1HGCM55706A500441, Vin: 1HGCM55706A500441, estilo: Accord, capacidad: 5 personas, año: 2006, color: gris. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de enero del año dos mil doce, con la base de ocho millones cuatrocientos sesenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de enero del año dos mil doce con la base de dos millones ochocientos veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remota por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Marco Fernando Aguilar Sánchez. Exp. Nº 12-011317-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de octubre del 2012.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—RP2012329059.—(IN2012104822).
A las nueve horas del catorce de enero del dos mil trece, en la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones, y con la base de sesenta y un millones novecientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número 23635-000, la cual es terreno de Agricultura, potreros y otros, situada en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, Colinda: al norte, con Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Peter Alexander Miur y otros; al sur, con Cía Bananera de C.R., Albert Francis M.; al este, con Sucesores de Carlos Silva Quirós; y al oeste, con Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Mide: ciento cincuenta mil metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Financiera Acobo S. A. contra Desarrollos L y B S. A. y Joan Louise Arpe Craven. Expediente N° 03-001314-18- CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José 23 de octubre del 2012.—Lic. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—RP2012329102.—(IN2012104823).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre sirviente bajo el tomo 353 asiento 9265, servidumbre de paso bajo el tomo 355 asiento 4171, servidumbre sirviente bajo el tomo 373 asiento 7775; a las diez horas y treinta minutos del uno de febrero de dos mil trece, y con la base de ciento ochenta y un mil quinientos veintitrés dólares con ochenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número filial cincuenta y nueve mil seiscientos cincuenta y seis - cero cero cero la cual es terreno finca filial treinta y seis bloque A terreno apto para construir que se destinara a uso habitacional el cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito (11) Quebradilla, cantón (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, acceso vehicular con doce metros cincuenta centímetros de frente; al sur, fincas filial siete y seis del bloque D; al este, fincas filial treinta y siete y seis del bloque A y al oeste, fincas filial treinta cinco del bloque A. Mide: trescientos doce metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de febrero de dos mil trece, con la base de ciento treinta y seis mil ciento cuarenta y dos dólares con ochenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta señalan las diez horas y treinta minutos del seis de marzo de dos mil trece con la base de cuarenta y cinco mil trescientos ochenta dólares con noventa y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Wilber Montenegro Reyes. Exp. Nº 12-008770-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 31 de octubre del 2012.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—RP2012329110.—(IN2012104824).
En la
puerta exterior de este Despacho, en el mejor postor remataré: 1) Con la base
de siete millones de colones exactos, finca inscrita en el Registro Público
partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número 66-252-000, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada, citas 0287-00006119-01-0901-
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y a efecto de celebrar únicamente el tercer remate, a las ocho horas del once de diciembre del dos mil doce y con la base de ochocientos noventa y cuatro mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: TG-356, marca: Chevrolet, categoría: automóvil serie, Vin y chasis: 2CNBE1367T6926547, estilo: Tracker, año: 1996, motor: G16T132264. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carlos Manuel Pastrana Arroyo contra Cristóbal Fallas Bolaños. Exp. Nº 10-000566-0388-CI.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 1º de octubre del 2012.—Lic. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—RP2012329135.—(IN2012104826).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil doce, y con la base de cuatro mil ochenta y seis dólares con treinta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas CL-222008, marca Chevrolet, estilo Avalanche, año 2002, chasis, Vin, serie 3GNEK13T42G154664. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de diciembre de dos mil doce, con la base de tres mil sesenta y cuatro dólares con setenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de enero de dos mil trece, con la base de mil veintiún dólares con sesenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de San José S. A. contra Juan Marín Flores. Exp: 12-010217-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 5 de octubre del 2012.—Lic. Greivin Stiven Mora Alvarado, Juez.—(IN2012104995).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales; a las diez horas y treinta minutos del once de enero de dos mil trece, y con la base de seis mil ochocientos quince dólares con cincuenta y dos centavos, en el mejor postor remataré o siguiente: Vehículo placas número 554012, año: 2004 marca: Nissan; estilo Pathfinder SE, capacidad 5 personas, Vin: JN1VDZR50Z0012191; cilindrada: 3498 cc; color: dorado; categoría: automóvil, tracción 4 x 4. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de enero de do mil trece, con la base de cinco mil ciento once dólares con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de febrero del dos mil trece con la base de mil setecientos tres dólares con ochenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Andrés Cedeño Montoya, Channel Island Corporation S. A. Exp. Nº 09-006157-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2012.—Lic. María Mora Saprissa, Jueza.—(IN2012104996).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y quince minutos del once de diciembre del año dos mil doce, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y nueve mil setecientos sesenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito segundo Sierra, cantón Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Gilberto Castillo Martínez; al sur, Gilberto Castillo Martínez; al este, con calle pública, con nueve metros ochenta y cinco decímetros cuadrados y al oeste, Gilberto Castillo Martínez. Mide: ciento ochenta y cinco metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del ocho de enero del año dos mil trece, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del veintitrés de enero del año dos mil trece con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Gerardo Cruz Solís contra Patricia Vega Rodríguez, y Vanessa Vindas Vega. Exp. Nº 12-000766-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 18 de setiembre del 2012.—Lic. Karen Concepción Concepción, Jueza.—(IN2012105747).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0327-00003179-01-0901-001, servidumbre de paso citas 0569-00029356-01-0005-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas 2010-00007662-01-0025-001, servidumbre de acueducto citas 2010-00007662-01-0027-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas 2010-00007662-01-0029-001, servidumbre de acueducto citas 2010-00007662-01-0032-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas 2010-00007662-01-0035-001, servidumbre de acueducto citas 2010-00007662-01-0039-001; a las diez horas y quince minutos del tres de diciembre de dos mil doce, y con la base de cuarenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y seis mil sesenta y uno cero cero cero la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito Cartagena, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Martín Vásquez en medio servidumbres; al sur, Jorge Luis Leiva Bonilla y María Arrieta Peraza; al este, Jorge Luis Leiva Bonilla, Luis Vásquez Navarrete y servidumbre agrícola y al oeste, Jorge Luis Leiva Bonilla, servidumbre agrícola y Seidy Vásquez Navarrete. Mide: cincuenta y cinco mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del dieciocho de diciembre de dos mil doce, con la base de treinta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del dieciséis de enero de dos mil trece con la base de diez mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Castor Alonso Gayo contra Eva María Vásquez Navarrete. Exp. Nº 12-009623-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 9 de octubre del 2012.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2012105767).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas: 2011-00189798-01-0003-001; a las quince horas y treinta minutos del diecisiete de abril de dos mil trece, y con la base de cuarenta y cuatro millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 624602-000 la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito 04 Piedras Negras, cantón 07 Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre agrícola en medio de resto; al sur, Franklin Zamora Zumbado; al este, Corporación Diamante Verde CDV y al oeste, Corporación Diamante Verde CDV. Mide: Cinco mil cincuenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de mayo de dos mil trece, con la base de treinta y tres millones seiscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del doce de junio de dos mil trece con la base de once millones doscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Irene María Rodríguez Salas. Exp. Nº 12-003341-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cobro del I Circuito Judicial de Alajuela, 8 de octubre del 2012.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—(IN2012105807).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez
horas y treinta minutos del quince de enero del año dos mil trece, y con la
base de diez millones trescientos treinta y un mil doscientos treinta y dos
colones con ochenta y ocho céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de
propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos quince
mil ciento once cero cero cero
la cual es terreno para construir con una casa, dos recibidores y una galera.
Situada en el distrito 04 San Pedro, cantón 12 Valverde Vega, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de
En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las quince horas con cero minutos del veintiuno de agosto del dos mil trece, y con la base de ochenta y dos mil ochenta y seis dólares con cincuenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número F 66725 cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno finca filial primaria individualizada número setenta y nueve terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito Colorado, cantón Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número setenta y ocho; al sur, finca filial primaria individualizada número ochenta; al este, calle cinco y al oeste, área común libre de zona verde. Mide: tres mil trescientos noventa y tres metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas con cero minutos del veinticinco de setiembre del dos mil trece, con la base de sesenta y un mil quinientos sesenta y cuatro dólares con noventa y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas con cero minutos del dieciséis de octubre del dos mil trece con la base de veinte mil quinientos veintiún dólares con sesenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Amanda Mora Martínez. Exp. Nº 10-003240-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del I Circuito Judicial de Alajuela, 5 de noviembre del 2012.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2012105809).
En puerta exterior de este Despacho, a las trece horas treinta minutos del cuatro de diciembre del dos mil doce, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de treinta millones de colones, en el mejor postor remataré el bien dado en garantía hipotecaria, sea la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento treinta y nueve mil cuatrocientos veintidós-cero cero cero, que es terreno de casa y árboles frutales, situada en el distrito 01 (Parrita), del cantón 09 (Parrita), de la provincia seis (Puntarenas), que colinda al norte, con Luis Zúñiga Campos, al sur, con calle pública, al este, con calle pública y al oeste, con calle pública, con una medida de ochocientos ochenta y cuatro metros con sesenta decímetros cuadrados, según se describe en el plano número P-cero ochocientos sesenta y ocho mil novecientos cinco-dos mil tres y que es propiedad del Accionado Negocios y Proyectos Azofeifa Inc. Sociedad Anónima. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil doce, con la base de veintidós millones quinientos mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil trece, con la base de siete millones quinientos mil colones (un 25%). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria incoado por el Banco de Costa Rica en contra de Negocios y Proyectos Azofeifa Inc. Sociedad Anónima, en la persona de su representante legal Sr. David Azofeifa Charpentier, según expediente número 12-100063-425-4-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 16 de octubre del 2012.—Lic. Sedier Villegas Méndez, Jueza.—RP2012329500.—(IN2012105815).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de enero de dos mil trece, y con la base de cinco millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos veinticinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y siete mil seiscientos dieciséis cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Solís Eléctrica S. R. L; al sur, Marcos Fernández Jiménez; al este, calle pública con un frente de diez metros con cincuenta centímetros y al oeste, Enrique Rodríguez Arroyo. Mide: trescientos ochenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de febrero del dos mil trece, con la base de cuatro millones doscientos sesenta y cinco mil seiscientos cuarenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil trece con la base de un millón cuatrocientos veintiún mil ochocientos ochenta y un colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Mario Cortés Alvarado. Exp. Nº 12-000159-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 8 de octubre del 2012.—Lic. Gerardo Salas Herrera, Juez.—RP2012329510.—(IN2012105816).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del dieciocho de enero del dos mil trece y con la base de diecisiete mil doscientos setenta y nueve dólares con diecinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Dos Generadores Eólicos, modelo: XL uno: marca Bergey; país de procedencia Estados Unidos de América, potencia de salida uno punto seis KW, pico de potencia uno punto ocho KW, nominal tensión 24VDC, diámetro del rotor dos punto cinco metros, área de barrido cuatro punto nueve metros cuadrados, velocidad de giro cuatrocientos noventa RPM, velocidad de viento requerida tres M/S, CUT IN dos punto cinco m/s, CUT OUT: ninguno, regulación mecánica trece m/s, viento máximo de diseño cincuenta cuatro M/S, peso neto treinta y cuatro kilogramos. Dos torres, tipo tubular, altura doce metros, material ASTM a treinta y seis, SCH cuarenta, protección: galvanizado en caliente, cableado de sujeción: acero para aviación, galvanizado en caliente, anglajes mecánicos ajustables, diseño de viento: ciento veinte M/S, factor de seguridad: dos, sistema de izaje: Jim Pole. Inversor (convertidor): modelo DR tres seis dos cuatro, marca: Xantex Technologies, país de procedencia Estados Unidos de América, voltaje: ciento veinte VAC mas /menos cinco por ciento, frecuencia sesenta HZ, eficiencia: noventa y cuatro por ciento, onda: sinosoidal modificada, factor de potencia: menos uno a mas no, regulación de tensión: ciento por ciento, sobre carga cinco SEG, siete mil quinientos W, sobre carga un MS: cien amperios, sobre carga cien MS, setenta y dos amperios, rango de voltaje de entrada veintiuno punto seis-treinta y UNVDC, consumo reactivo, máximo; trece W, consumo modo de búsqueda: un W, dimensiones: veintiuno punto seis por cincuenta y cinco punto nueve por dieciocho punto cuatro centímetros: peso neto veintiún kilogramos. Un banco de baterías de ciclo profundo modelo: L dieciséis H, marca: Trojan, tipo Deep Cycle, país de procedencia Estados Unidos de América, capacidad: trescientos noventa y cinco AH en veinte horas, LEU: mil ciento cuarenta y ocho, peso conjunto: setecientos veinte kilogramos, dimensiones por unidad: veintinueve punto cinco por diecisiete setenta y ocho por cuarenta y dos punto cincuenta y cuatro centímetros. Un medidor modelo: Link diez, marca Xantrex, país de procedencia Estados Unidos de América, funciones: voltaje, corriente, amperios hora, alto voltaje, bajo voltaje, tiempo de carga, valores máximos: montaje: MEMA cuatro box. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de febrero del dos mil trece, con la base de doce mil novecientos cincuenta y nueve dólares con treinta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de febrero del dos mil trece con la base de cuatro mil ciento treinta y nueve dólares con ochenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Compañía E+CO contra Élida María Arce Brenes, Leonel Quesada Mata, Mirador San Gerardo S. A. Exp. Nº 09-005826-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 2 de noviembre del 2012.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—RP2012329526.—(IN2012105817).
En la
puerta exterior de este Despacho libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones citas 0368-00006530-01-0900-001; a las diez
horas y cero minutos del veintinueve de enero de dos mil trece, y con la base
de sesenta y tres millones ciento treinta y dos mil setenta y ocho colones con
catorce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido Limón, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número ochenta y cinco mil novecientos diez cero cero cero, la cual es terreno con
una planta empacadora y una planta procesadora. Situada en el distrito cinco,
cantón segundo de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Sonia Salazar Soto,
al sur, calle pública con
A las diecisiete horas y cero minutos del veintiuno de diciembre del dos mil doce, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones trescientos treinta y tres mil trescientos cinco colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al sistema de folio real mecanizado, matrícula número ciento cuatro mil cuatrocientos cincuenta y seis-cero cero cero. Que es terreno: para construir lote doscientos cuarenta y cinco-J. Sitio: distrito Barranca, cantón Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Linderos: noreste, resto destinado a calle, noroeste, lote doscientos cuarenta y seis-J; sureste, lote doscientos cuarenta y cuatro-J, y suroeste, Alberto y Carmen Sociedad Anónima. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 04-002437-0170-CA de Caja Costarricense de Seguro Social, contra Ángela Herrera Herrera.—Juzgado Especializado de Cobros del II Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 6 de noviembre del 2012.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—RP2012329606.—(IN2012105819).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando reservas y restricciones; a las nueve horas y cero minutos del cuatro de febrero del dos mil trece, y con la base de veintitrés millones quinientos cincuenta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 020327-F-000 cero cero cero, la cual es terreno apartamento sesenta y cuatro: destinado a uso habitacional totalmente determinada. Situada en el distrito 01 Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, área común; al sur, apartamento 66; al este, apartamento 65 y al oeste, área común. Mide: treinta y cinco metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de febrero del dos mil trece, con la base de diecisiete millones seiscientos sesenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del once de marzo del dos mil trece, con la base de cinco millones ochocientos ochenta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio San Agustín S. A. contra Eagan Richard Golden. Exp. Nº 08-008461-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 29 de octubre del 2012.—Lic. María Mora Saprissa, Jueza.—RP2012329620.—(IN2012105820).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres de línea eléctrica y paso, inscritas al tomo 2010, asiento 226898; a las quince horas y cero minutos del cuatro de marzo del dos mil trece, y con la base de quince mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 183216-cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito Santa Cruz, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, en parte Agustina Ortiz Dinarte y en medio servidumbre agrícola; al sur, Elder Mejías Araya; al este, lote uno de Agustina Ortiz Dinarte y al oeste, Agustina Ortiz Dinarte lote tres y en parte servidumbre agrícola. Mide: cinco mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil trece, con la base de once mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del tres de abril del dos mil trece, con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2). Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 183155-cero cero cero, la cual es terreno lote doce terreno de potrero. Situada en el distrito Santa Cruz, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste, colinda: al norte, Hugo Jiménez Salazar; al sur, resto reservado de Agustina Ortiz Dinarte; al este, Iván Alvarado Alvarado y al oeste, en parte con resto reservado de Agustina Ortiz Dinarte y servidumbre agrícola. Mide: cinco mil seiscientos cuarenta y ocho metros cuadrados, se señala para llevar a cabo el primer remate, a las quince horas y cero minutos del cuatro de marzo del dos mil trece, y con la base de quince mil dólares exactos. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de marzo del año dos mil trece, con la base de once mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del tres de abril del año dos mil trece con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial. Se remate por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marsancalu Sociedad Responsabilidad Limitada contra Agustina Ortiz Dinarte. Exp. Nº 12-003650-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 26 de octubre del 2012.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—RP2012329679.—(IN2012105821).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero
soportando infracción boleta 09358000 sumaria 11-600076-0445-TC del Juzgado
Contravencional de Garabito; a las diez horas y treinta minutos del quince de
enero de dos mil trece, y con la base de ocho mil novecientos ochenta y siete
dólares ochenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo placas 667187, marca Mitsubishi, estilo Montero Sport G, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 2007, color verde, carrocería todo terreno
4 puertas, tracción 4 X 4, uso particular, cilindrada 2835 cc,
combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del treinta de enero de dos mil trece, con la base de seis mil
setecientos cuarenta dólares ochenta centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos
del catorce de febrero de dos mil trece con la base de dos mil doscientos
cuarenta y seis dólares noventa y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica contra Burke Allen Miller,
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del siete de marzo del dos mil trece, y con la base de ciento cincuenta y cinco mil trescientos cuarenta y seis dólares con veintiún centavos libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea el siguiente vehículo: 1) Placa: SJB-012845 marca: Mercedes Benz, estilo: OF, categoría: autobús, tracción: 4 X 2, color: blanco, número de motor: 377989U0851117, combustible diesel, cilindrada: 5958 c.c, serie: 9BM384075AB682898, VIN: 9BM384075AB682898, chasis: 9BM384075AB682898. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de marzo del año dos mil trece, con la base de ciento dieciséis mil quinientos nueve dólares con sesenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de abril del dos mil trece, con la base de treinta y ocho mil ochocientos treinta y seis dólares con cincuenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base original), con la base de ciento cincuenta y cinco mil trescientos cuarenta y seis dólares con veintiún centavos libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea el siguiente vehículo: 2) Placas: SJB-012846, marca Mercedez Benz marca: Mercedes Benz, estilo: OF, categoría: autobús, tracción: 4 X 2, color: blanco, número de motor: 377989U0851886, combustible diesel, cilindrada: 5958 c.c, serie: 9BM384075AB682846, VIN: 9BM384075AB682846, chasis: 9BM384075AB682846. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del siete de marzo del dos mil trece, (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de marzo del dos mil trece, con la base de ciento dieciséis mil quinientos nueve dólares con sesenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de abril del dos mil trece, con la base de treinta y ocho mil ochocientos treinta y seis dólares con cincuenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base original). Con la base de ciento cincuenta y cinco mil trescientos cuarenta y seis dólares con veintiún centavos libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea el siguiente vehículo: 3) Placas SJB-012847, marca Mercedes Benz estilo: OF, categoría: autobús, tracción: 4x2, color: blanco, número de motor: 377989U0851037, combustible diesel, cilindrada: 5958 c.c, serie: 9BM384075AB683298, VIN: 9BM384075AB683298, chasis: 9BM384075AB683298. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del siete de marzo del dos mil trece, (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de marzo del dos mil trece, con la base de ciento dieciséis mil quinientos nueve dólares con sesenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de abril del dos mil trece, con la base de treinta y ocho mil ochocientos treinta y seis dólares con cincuenta y cinco centavos (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Autostar Vehículos Sociedad Anónima contra Transportes Sur Corcovado Sociedad Anónima. Exp. Nº 12-003145-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 22 de octubre del 2012.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2012106048).
A las nueve horas del quince de enero de dos mil trece, en la puerta exterior de este Despacho, todos libres de gravámenes hipotecario y demás anotaciones judiciales y con la bases que se dirán para cada uno de los inmuebles, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de tres millones setenta y siete mil novecientos veintidós colones con setenta y cinco céntimos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil ochenta y cinco - cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 1 bloque B.- Situada en el distrito sexto Esquipulas, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 2; al sur, Juegos Infantiles Municipalidad de Palmares y lote 9; al este, calle pública con doce punto noventa y dos metros; y al oeste, lote 8. Mide: doscientos cinco metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. 2) Con la base de dos millones treinta y nueve mil doscientos noventa y ocho colones, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil ochenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 2, bloque B. Situada en el distrito sexto Esquipulas, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 3; al sur, lote 1; al este, calle pública con trece punto cuarenta y cinco metros; y al oeste, lote 7. Mide: ciento setenta y un metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. 3) Con la base de dos millones noventa y seis mil ciento sesenta y tres colones con treinta y céntimos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil ochenta y siete - cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 3 bloque B. Situada en el distrito sexto Esquipulas, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 4; al sur, lotes 2 y 7; al este, calle pública con trece punto catorce metros; y al oeste lote 6. Mide: ciento setenta y seis metros con veinte decímetros cuadrados. 4) Con la base de tres millones seiscientos setenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y ocho colones con cincuenta céntimos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil ochenta y ocho - cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 4 bloque B. Situada en el distrito sexto Esquipulas, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, avenida tercera con catorce punto noventa y ocho metros; al sur, lote 3; al este, calle pública con veinte punto diecisiete metros; y al oeste, lote 5. Mide: trescientos nueve metros con veintinueve decímetros cuadrados. 5) Con la base de cuatro millones treinta mil doscientos noventa y seis colones con treinta céntimos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil ochenta y nueve - cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 5 bloque B. Situada en el distrito sexto Esquipulas, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, avenida tercera con quince punto ochenta y seis metros; al sur, lote 6; al este, lote 4; y al oeste, calle pública con veinte punto catorce metros. Mide: trescientos treinta y ocho metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. 6) Con la base de dos millones seiscientos cincuenta y cinco mil ochocientos setenta y cinco colones con noventa y cinco céntimos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil noventa - cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 6 bloque B.- Situada en el distrito sexto Esquipulas, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 5; al sur, lote 7; al este, lote 3; y al oeste, calle pública con trece metros. Mide: ciento setenta y siete metros con setenta y un decímetros cuadrados. 7) Con la base de dos millones quinientos sesenta y siete mil setecientos cuarenta colones con sesenta céntimos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil noventa y uno - cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 7 bloque B. Situada en el distrito sexto Esquipulas, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lotes 6 y 3; al sur, lote 8; al este, lote 2; y al oeste, calle pública con trece metros. Mide: doscientos quince metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. 8) Con la base de dos millones trescientos ochenta y cinco mil seiscientos cinco colones con quince céntimos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil noventa y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 8 bloque B.- Situada en el distrito sexto Esquipulas, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 7; al sur, lote 9; al este, lote 1; y al oeste, calle pública con doce metros. Mide: doscientos punto cincuenta y tres decímetros cuadrados. 9) Con la base de dos millones sesenta y seis mil sesenta y cinco colones con quince céntimos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil noventa y tres - cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 9 bloque B. Situada en el distrito sexto Esquipulas, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lotes 8 y 1; al sur, lote 10; al este, Juegos Infantiles Municipalidad de Palmares; y al oeste, calle pública con ocho metros. Mide: ciento setenta y tres metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. 10) Con la base de dos millones sesenta y seis mil sesenta y cinco colones con quince céntimos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil noventa y cuatro - cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 10 bloque B. Situada en el distrito sexto Esquipulas, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lotes 9; al sur, lote 11; al este, Juegos Infantiles Municipalidad de Palmares; y al oeste, calle pública con ocho metros. Mide: ciento setenta y tres metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. 11) Con la base de dos millones sesenta y seis mil sesenta y cinco colones con quince céntimos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil noventa y cinco – cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 11 bloque B. Situada en el distrito sexto Esquipulas, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 10; al sur, lote 12; al este, Juegos Infantiles Municipalidad de Palmares; y al oeste, calle pública con ocho metros. Mide: ciento setenta y tres metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. 12) Con la base de dos millones sesenta y seis mil sesenta y cinco colones con quince céntimos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil noventa y seis - cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 12 bloque B. Situada en el distrito sexto Esquipulas, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 13; al sur, lote 13; al este, Juegos Infantiles Municipalidad de Palmares; y al oeste, calle pública con ocho metros. Mide: ciento setenta y tres metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. 13) Con la base de dos millones sesenta y seis mil sesenta y cinco colones con quince céntimos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil noventa y siete - cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 13 bloque B. Situada en el distrito sexto Esquipulas, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 12; al sur, Juegos Infantiles Municipales de Palmares; al este, Juegos Infantiles Municipalidad de Palmares; y al oeste, calle pública con ocho metros. Mide: ciento setenta y tres metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Municipalidad de Palmares contra Maricela Salas Guerrero. Expediente Nº 06-000149-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 22 de octubre del 2012.—Lic. Luis Alberto Miranda García, Juez.—(IN2012106368).
Se convoca a todos los interesados a la junta, que se llevará a cabo en este Despacho, a las nueve horas del doce de diciembre de dos mil doce. Lo anterior para conocer sobre lo indicado en el artículo 926 del Código Procesal Civil. Sucesorio Judicial número 09-100130-0297-CI de quien en vida se llamó Juan Rafael Durán Barquero, quien fue mayor, casado, agricultor, cédula 2-087-5680, vecino de Venecia de San Carlos.—Juzgado Civil y de Trabajo del II Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 21 de setiembre del 2012.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—1 vez.—RP2012325779.—(IN2012098553).
Se
convoca a todos los interesados en la sucesión de Ángela Renee
Garret Reeves (apellido de soltera), a una Junta, que se verificará en este
Juzgado, a las ocho horas del miércoles doce de diciembre del dos mil doce,
para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código
Procesal Civil. Exp. Nº 10-000690-0188-CI.—Juzgado
Civil del I Circuito Judicial de
Se
emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria
promovida por Bienes y Más Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos dieciséis mil cuatrocientos setenta y nueve, representada por
Orlando Ignacio Robles Mora, mayor, casado una vez, comerciante vecino de
Garabito, Jacó, Barrio
Se
hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N°
07-000235-0388-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Víctor Manuel Calderón Quirós, quien es mayor, estado civil casado una
vez, vecino de San José, San Rafael Abajo de Desamparados, en Motel El Retiro,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-ciento
ochenta uno-ciento veinte, profesión empresario, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de
Víctor
Julio Castro Solano, mayor, casado una vez, comerciante, cédula N° 1-0333-0643,
vecino de San José, Aserrí, contiguo al Restaurante El Palenque, carretera a Tarbaca, promueve diligencias de información posesoria para
inscribir a su nombre en el Registro Público de
José
Ángel Aguirre Quirós, mayor, casado una vez, comerciante, cédula N°
5-0225-0250, vecino de San Julián, Puerto Viejo de Sarapiquí, Heredia, promueve
diligencia de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro
Público de
Se
hace saber que ante este despacho se tramita el expediente: 11-001378-0504-CI,
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de
Carlos
Azofeifa Arias, mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad 1-488-238,
vecino de San Vito Coto Brus, promueve diligencias de información posesoria
para inscribir a su nombre en el Registro Público de
Jorge
Eduardo Moya Meléndez, cédula de identidad 2-361-014, mayor, comerciante,
soltero, vecino de Aguas Claras de San Vito, inscribe a su nombre ante el
Registro Público de
Se
hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N°
12-000206-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de José Francisco Guerrero Arias, quien es mayor, estado civil soltero,
vecino del centro de Grecia, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe 2-722-651, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de
Se
hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N°
11-000063-0507-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Minor Muñoz Segura, quien es mayor, estado civil casado una vez,
vecino de Sarapiquí, Río Frío, Finca Diez, doscientos cincuenta metros norte de
Se
hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N°
12-000211-0295-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Carlos Alberto Ramírez Aguilar, mayor, casado una vez, vecino de San
José, portador de la cédula de identidad 1-450-628, Abogado, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de
Se
hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N°
11-000116-1129-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Ingrid Priscila Núñez Salazar, quien es mayor, soltera, vecina de
Pérez Zeledón, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número
1-1274-0994, estudiante y ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de
Se
hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Nelson
Mauricio Calderón Vega, quien fuera mayor, soltero, empleado industrial, cédula
N° 0303780961, vecino de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a
hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella
pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-000168-0346-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía de Cartago, 17 de octubre del 2012.—Msc. Flory Tames
Brenes, Jueza.—1 vez.—(IN2012105387).
Se
cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en
la sucesión de María Elena Villalobos Hernández, quien fuera mayor de edad,
soltera, ama de casa, vecina de Mercedes Sur de Heredia, veinticinco metros al
oeste de
Se
hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Zoraida
Zelaya Obando, quien fue mayor, de estado civil casada,
vecina de Pavas,
con cédula de
identidad número 5-046-523. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a
hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella
pasará a quien corresponda. Expediente: 12-000240-0182-CI.—Juzgado
Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 26 de octubre del 2012.—Lic.
Ricardo Álvarez Torres, Juez.—1 vez.—(IN2012105670).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Julia Espinoza Hernández, quien fuera mayor, casada una vez, oficios del hogar, cédula de identidad 5-0051-0759. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 07-000235-0391-AG.—Juzgado agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 25 de mayo del 2012.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—(IN2012105705).
Msc.
Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial
de Guanacaste, Liberia, a Luis Gerardo Alpízar Caballero, en su carácter de
padre registral, quien es mayor de edad, casado, cédula de identidad número
0900780148, de domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso reconoc. hijo mujer casada, establecido por Carlos Antonio
Ulloa Sánchez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que literalmente
dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, a
las diez horas y veinte minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil
doce. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de
hijo de mujer casada promovido por Carlos Antonio Ulloa Sánchez y Alicia Rivas
Boza a favor del menor Carlos Andrés Alpízar Rivas. De las mismas se confiere audiencia
al Patronato Nacional de
Lic.
Ricardo Núñez Montes de Oca, Juez Civil de Menor Cuantía de Aguirre y Parrita,
hace saber: a Paúl Fabricio González Dormond, que en
este despacho se tramita un proceso monitorio del Banco de Costa Rica en su
contra, bajo el expediente N° 12-10001-0443-CI donde se dictaron las
resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía
de Aguirre y Parrita, Quepos, a las nueve horas once minutos del veinticinco de
enero de dos mil doce. De conformidad con el artículo 5.1 de la ley de Cobro
judicial y, cumpliendo el documento los requisitos legales, se ordena a la
parte demandada Paúl Fabricio González Dormond, a
pagarle al actor Banco de Costa Rica la suma de un millón cuarenta mil ciento
veintiún colones con cincuenta y cinco céntimos de capital, más el monto de
intereses moratorios de mil setecientos treinta y tres mil colones con
cincuenta y cuatro céntimos por el período del veinte de diciembre de dos mil
once al veintidós de diciembre e dos mil once, a una tasa de interés del 30%
anual, intereses posteriores a la fecha de presentación de la demanda, hasta la
efectiva cancelación del principal y las costas procesales y personales de este
asunto. Se le concede al demandado el plazo de quince días dentro del cual
podrá oponer las excepciones procesales y materiales previstas en la cita ley.
Para ese efecto deberá proponer la prueba útil, admisible y pertinente, bajo el
apercibimiento de calificar de infundada la oposición. En tal sentido se le
hace saber al demandado que al no oponerse, allanarse o ser su oposición
infundada, la presente resolución adquiere el carácter de sentencia.
Constituyen, el documento base titulo ejecutivo y hasta por la suma de un
millón cuarenta y un mil ochocientos cincuenta y cinco colones con nueve
céntimos, más el cincuenta por ciento de ley, se decreta embargo en los bienes
del da, mandado el cual se hace recaer sobre los que se indican. Comuníquese
por oficios a las autoridades. Se le hace saber a las partes que este proceso
de conduce con base en la ley de Cobro Judicial, razón por la cual en lo
sucesivo deberán ajustarse a dicho cuerpo normativo. Conforme el artículo 34 de
Se
convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del
Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo
de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de
Socorro Gómez Oconitrillo. Expediente Nº 12-000659-0687-FA.—Juzgado
de Familia de Grecia, 2 de noviembre del 2012.—Lic. Marjorie Salazar
Herrera, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2012105022).
Se
convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda el cargo
de curador del joven Erick Juárez Bustos, conforme con el artículo 236 del
Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo
de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de.
Expediente Nº 12-000210-0776-FA.—Juzgado de Familia
de Santa Cruz, 21 de agosto del 2012.—Lic. Gely
Marcela Espinoza Gómez, Jueza.—1 vez.—(IN2012105046).
Se
avisa que en este Despacho los señores Armenia María Muñoz Vargas y Jorge
Arturo Soto Saborío, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona
menor de edad Alexa de Los Ángeles Díaz Díaz. Se
concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº
12-002118-0165-FA.—Juzgado de
Licenciado
Alberto Jiménez Mata, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial
de
Licenciado
Alberto Jiménez Mata, Juez del Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de
Licenciada
Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, hace saber a
la señora Arelis Palavicini López, en su carácter
personal, quien es mayor de edad, domicilio ignorado, de nacionalidad
nicaragüense, con cédula de residencia número 00013507646800, que en demanda de
declaratoria judicial abandono establecida por el representante legal del
Patronato Nacional de
Lic.
Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber
a Ana Yancy Corrales Sandí, que en este despacho se
interpuso un proceso autorización salida país en su contra, bajo el expediente
número 12-001920-0364-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente
dicen: la señora Ana Yancy Corrales Sandí, ha
solicitado a este despacho que autorice la salida del país de la joven Mariana
Bermúdez Corrales. De principio el artículo 9 del Código de Familia establece
que “las autorizaciones o aprobaciones de los tribunales que este Código exige
en determinados casos, se extenderán mediante el proceso sumario, señalado en
el Código Procesal Civil, cuando no esté establecido otro procedimiento.” En el
mismo sentido se encuentra redactado el inciso 10 del artículo 435 del Código
Procesal Civil. Para estos casos en los que se solicita la autorización de
salida del país de la persona menor de edad existe una vía más expedita que la
sumaria. El artículo 151 del Código de Familia dispone que “el padre y la madre
ejercen, con iguales derechos y deberes, la autoridad parental sobre los hijos
habidos en el matrimonio.” Por esta razón es que para que un menor pueda salir
del país requiere autorización de ambos progenitores. En caso de que la
autorización sólo la otorgue uno de los progenitores, eso no significa que el
niño no puede salir del país, porque en este caso se estaría haciendo la
voluntad del progenitor que no autoriza, lo cual viola la igualdad apuntada. El
problema lo resuelve la misma norma antes citada, cuando dice: “En caso de
conflicto, a petición de cualquiera de ellos, el tribunal decidirá
oportunamente, aún sin las formalidades del proceso, y sin necesidad de que las
partes acudan con un profesional en derecho. El Tribunal deberá resolver
tomando en cuenta el interés del menor.” En el mismo sentido, el Código de
Lic.
Laura Rodríguez Villalobos, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber
a Carlos Alexis Bonilla Viales, que en este despacho se interpuso un proceso
divorcio en su contra bajo el expediente número 08-002140-0364-FA, donde se
dictaron las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado de Familia de
Heredia, a las catorce horas y cuarenta y cuatro minutos del dieciocho de
febrero del dos mil nueve. Se tiene por cumplida la prevención de las nueve
horas y cincuenta y cuatro minutos del tres de diciembre de dos mil nueve. De
la anterior demanda de divorcio establecida por la accionante
Liliana Villalobos Zamora, se confiere traslado al accionado Carlos Alexis
Bonilla Viales por el plazo perentorio de diez días para que se oponga a la
demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco
días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá
expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos
legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá
contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por
inexactos, o sí los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En
la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en
su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se
referirá cada uno. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y
lugar dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atender
futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar
señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas
después de dictadas. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo
dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de
setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. Notifíquese esta resolución al demandado
personalmente o en su casa de habitación. Para notificar a la parte demandada
se comisiona al delegado policial de Guadalupe. Se informa a la parte demandada
que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar
declaración, según lo establece
Por
parte del Curador Procesal, Licenciado Moisés Eduardo Bedoya Arce, se tiene por
aceptado el cargo de curador procesal en favor del demandado Manuel Antonio
Alfaro Rubio, así como indicado medio para escuchar futuras notificaciones. De
la anterior demanda ordinaria establecida por Alejandra Salazar Espinoza, se
confiere traslado por el plazo de quince días a Manuel Antonio Alfaro Rubio
representado por su curador procesal, Licenciado Guillermo Angulo Álvarez, para
que la conteste. Debe referirse a los hechos de la demanda uno a uno
manifestando si los reconoce como ciertos o si los rechaza por inexactos, o
bien, si los admite con variantes o rectificaciones. Si así no lo hiciere se
podrán tener por probados aquellos hechos sobre los cuales no haya dado
contestación en la forma específica debida. Si no está conforme con los
términos de la demanda o con sus pretensiones, expondrá las circunstancias y
razones en que funda su oposición, siguiendo el mismo orden de la demanda. En
el mismo acto de la contestación deberá ofrecer y aportar la prueba que
sustente su contestación y oponer todas las excepciones que estime conveniente,
salvo la excepción de incompetencia que deberá interponerla dentro del plazo de
tres días, luego de quedar notificada la demanda por ser previa Asimismo se les
previenen que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de
Se
hace saber que, en este despacho bajo el proceso de diligencias de insania
expediente número 11-400984-637-FA promovido por Lilliana María Madrigal Porras
en favor de Paola Ibarra Madrigal, se ha dictado a las diez horas del treinta
de agosto de dos mil doce, la sentencia número 428-12, que literalmente dice en
su parte dispositiva: “... Por tanto: con base en lo expuesto y normas citadas,
se falla: procede declarar insana a Paola Ibarra Madrigal y se designa como su
curadora definitiva a Lilliana María Madrigal Porras, quien deberá aceptar el
cargo dentro del plazo de cinco días una vez firme este fallo la aceptación la
podrá hacer mediante memorial debidamente autenticado por un profesional en
derecho o por acta en el despacho compareciendo el curador designado en forma
personal. La curadora deberá presentar un inventario y avaluó de los bienes que
tenga inscritos a su nombre el insano, para cumplir con este requisito se le
otorga a la curadora designado el plazo de treinta días, una vez aceptado el
cargo, asimismo deberá indicar el estado de las propiedades a nombre del insano
y si estas se encuentran en uso. La curadora deberá presentar un inventario y
avaluó de los bienes que tenga inscritos a su nombre el insano para cumplir con
este requisito se le otorga a la curadora designado el plazo de treinta días,
una vez aceptado el cargo. De conformidad con el artículo 237 del Código de
Familia, se exime a la curadora de rendir cuentas anuales y se le obliga a
rendir nada más que la final. Firme esta sentencia deberá ser publicada una vez
en el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro Público, Sección
de Personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del patrimonio del
insano. Publíquese por única vez la presente resolución en el Boletín
Judicial. Notifíquese.—Juzgado de Familia del
Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 26 de octubre del
2012.—Lic. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1
vez.—RP2012329353.—(IN2012105497).
Se
avisa que en este despacho bajo el expediente número 12-001070-0292-FA, los
señores Guiselle Morales Salguero y Carlos Luis Sánchez Herra, solicitan se
apruebe la adopción conjunta del menor Jesús Matías Lira Lira.
Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se
indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1º de noviembre del
2012.—Msc. Agustín Díaz Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2012105698).
Msc.
Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza del Juzgado de Familia del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, hace saber que en este despacho se
interpuso un proceso insania a favor de Johnny Araya Ledezma, bajo el
expediente número 12-000104-0688-FA, donde se dictaron las resoluciones que
literalmente dicen: sentencia de primera instancia número: 311-2012. Juzgado de
Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, a las quince horas
y cuarenta y siete minutos del dos de octubre del año dos mil doce. Proceso no
Contencioso de Insania establecido por Katy Lorena
Araya Ledezma, mayor, soltera, técnica de registros médicos, cédula de
identidad número 2-523-845, vecina de San Ramón, a efecto de declarar insano a
Johnny Martín Araya Ledezma, mayor, soltero, cédula de identidad número
2-396-707. Interviene
Lic.
Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado
Segundo de Familia de San José, hace saber a Andrés Alvarado Prada, que en este
despacho en diligencias de reconocimiento de hijo mujer casada, bajo el expediente
número 10-001263-0187-FA, en donde figura como parte interesada, al ser las
nueve horas cincuenta y siete minutos del veintiséis de octubre de dos mil doce
se dictó la sentencia número 1180-2012, que su parte dispositiva literalmente
dice: “Con fundamento en lo expuesto y normativa citada se falla: 1) Se acogen
las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada. Se
autoriza al señor Ernesto Sandoval Hine, para que acuda ante el Registro Civil
o ante notario público a efectuar el reconocimiento del menor de edad Santiago
Alvarado Ureña, nacido el diez de marzo del dos mil once, el cual consta
inscrito en el Registro Civil, en el Libro de Nacimientos de
Se
avisa a la señora Fátima Urrutia Morales, mayor, nicaragüense, pasaporte N° C
0971146, con demás calidades y domicilio desconocidos, es representada por la
curadora procesal Licenciada Sharon Chinchilla Villalta, hace saber que existe
proceso N° 12-001395-0165-FA de declaratoria judicial de abandono de la persona
menor de edad Isabella Urrutia Morales establecido
por Andrey Arias Cisneros y Sharon Bonilla Murillo en contra de Fátima Urrutia
Morales, se ha dictado la resolución de las doce horas veinticuatro minutos del
veintitrés de agosto del dos mil doce, en la que se les concede el plazo de
cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo
si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de
Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho
el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el
artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 11 de octubre del 2012.—Lic. Yerma Campos Calvo,
Jueza.—1 vez.—(IN2012105703).
Licenciado
Carlos E. Valverde Granados, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a todos
los interesados en la cúratela de la insana María Isabel León Camacho, quien es
mayor, soltera, del hogar, vecina de San Rafael de Heredia, cédula 4-161-703,
se le hace la sentencia que en lo conducente dice: Nº Exp. Nº
11-001928-0364-FA. Sentencia Nº 1579-12-C. Juzgado de Familia de Heredia, a las
ocho horas y treinta y nueve minutos del veintitrés de octubre del dos mil
doce, diligencias de actividad judicial no contenciosa, para la declaratoria de
insania de Mayela León Camacho, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Heredia,
San Rafael, de
Han
comparecido ante este Despacho solicitando matrimonio civil los señores Jorge
David Gamboa Saborío, mayor de veintisiete años edad, soltero, enfermero,
nacido el día primero de octubre de mil novecientos noventa, en San José,
Hospital Central, hijo de Carmen Lidia Saborío Calderón y Jorge Humberto Gamboa
Aguilar, costarricense, cédula de identidad numero uno - mil doscientos
veintiocho - setecientos ochenta y cinco, vecino de San José, Alajuelita,
ciento cincuenta metros sur, cien metros este y veinticinco metros norte del
Liceo de Alajuelita; y Julieta Isabel Argueta Cáceres, mayor de treinta y
cuatro años de edad, soltera, enfermera, nacida el día veintiuno de octubre de
mil novecientos setenta y siete en San José, Hospital Central, hija de Miguel
Ángel Argueta Bonilla y Nemecia Cáceres Cáceres, costarricense, cédula de identidad número uno -
novecientos ochenta y dos -novecientos cincuenta y ocho, vecina de
Han
comparecido a este despacho, solicitando contraer matrimonio civil los señores:
Lucrecia Barrera Jirón, mayor de edad, de 33 años de edad, ama de casa, vecina
de El Roble de Puntarenas,
Han
comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los
contrayentes: el señor David Ricardo González Porras, mayor, soltero, mecánico,
cédula de identidad número 0111680643, vecino de San Antonio de Belén,
Han
comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los
contrayentes Douglas Ricardo Loría Mata, mayor, soltero, facturero
en Zermat, cédula de identidad número 0304290377,
vecino de Cipreses de Oreamuno de Cartago,
Ante
esta notaría, comparecen German Daniel Marín Fernández, mayor, soltero,
costarricense, policía, cédula número
1-1410-0082, vecino de San José, Puriscal; y Karol Dayana Sibaja Vargas,
mayor, divorciada, costarricense, recepcionista, con cédula 1-1180-0502, vecina
de San José, Ipís de Guadalupe, y me solicitan y
expresan su deseo de contraer matrimonio. Se otorga el plazo de ley a partir de
esta publicación para terceros que deseen manifestar su oposición al mismo, lo
hagan a esta notaría mediante el correo marigonzalez@abogados.or.cr.—Lic.
Marilyn González Umaña, Notaria.—1
vez.—(IN2012105718).
Ante esta notaría comparecen Manuel Orlando González Matamoros, mayor, divorciado, costarricense, taxista, cédula número 1-648-518 y Carmen María Rodríguez Delgado, mayor, divorciada, costarricense, abogada, con cédula 1-712-581, ambos vecinos de San José, Mozotal de Guadalupe, y me solicitan y expresan su deseo de contraer matrimonio. Se otorga el plazo de ley a partir de esta publicación para terceros que deseen manifestar su oposición al mismo, lo hagan a esta notaría, mediante el correo marigonzalez@abogados.or.cr.—Lic. Marilyn González Umaña, Notaria.—1 vez.—(IN2012105719).
Licenciada,
Carmen Ivannia Pizarra Mendoza, fiscal de la fiscalía de Santa Cruz, al señor
Orlando Guerrero Vargas, Representante de la sociedad, Renta de Automóviles El
Indio S. A., cédula o documento de identidad número 1-554-307, se le hace
saber: Que en el legajo de legajo de acción civil, seguido en contra de Michael
Vincent Phillips, en perjuicio de Eduardo Montano Chavarría, Gerardo Alexander
Reyes Añanguren, Greivin Yadir Díaz Araya, Jensy Pizarro
Moraga, Luis Diego Duarte Contreras, Raúl Alberto Reyes Añanguren,
por el delito de Lesiones Culposas (Ley de Tránsito), se ha dictado resolución
que literalmente dice: Se da traslado de