BOLETÍN JUDICIAL Nº 49 DEL 11 DE MARZO DEL 2013

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

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Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias 13-300004-240-LA (04-2013), que es devolución de fondo de capitalización laboral y fondo complementario de pensiones obligatorio del trabajador fallecido: Álvaro Arturo Calvo Arias, quien en vida fue mayor, costarricense, 30 años de edad, soltero, jefe de bodega, vecino de Mora, Ciudad Colón, cuya cédula de identidad fue la número 1-1139-881; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Kattia María Torres Guzmán en su carácter personal y como representante legal del menor Gerald David Calvo Torres.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Mora, San José, 20 de febrero del 2013.—Lic. Marvin Jarquín Sancho, Juez.—1 vez.—(IN2013014174).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias 13-300005-240-LA (05-2013), que es devolución de Fondo de Capitalización Laboral de la trabajadora fallecida: María Bernardita Araya Alvarado, quien en vida fue mayor, costarricense, 27 años de edad, soltera, oficinista, vecina de Mora, Ciudad Colón, cuya cédula de identidad fue la número 1-1245-160; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Rosa María Alvarado Moya en su condición de madre.—Juzgado de Trabajo y de Menor Cuantía de Mora, San José, 20 de febrero del 2013.—Lic. Marvin Jarquín Sancho, Juez.—1 vez.—(IN2013014175).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de Hilda María Miller Lacher, de ciento cuatro años de edad, con cédula de residencia: 70440554443, para que dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Juzgado a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren las prestaciones legales que se le girará a quien legalmente corresponda. Consignación de Prestaciones Legales 13-300009-0917-LA (14-13) de Hilda María Miller Lacher, promovido por Clara Bansbach Miller.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Escazú, 19 de febrero del 2013.—Lic. Pablo López Vindas, Juez.—1 vez.—(IN2013014193).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Armando Monge Bolaños, fallecido el 20 de setiembre del año 2002, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el 12-000616-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. 12-000616-1021-LA. Por a favor de María Isabel Rojas Gutiérrez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 21 de agosto del 2012.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2013014194).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Chaves Núñez, fallecido el 18 de enero del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 13-000070-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 13-000070-1021-LA. Por Fondo de Capitalización Laboral BN Vital a favor de Bertali Núñez Muñoz y otros.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 8 de febrero del 2013.—Lic. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—(IN2013014195).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gerardo Alvarado Cambronero, cédula de identidad 2-304-937, fallecido el 21 de enero del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el 13-000090-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 13-000090-1021-LA. Por Josefina Núñez Quirós a favor de Gerardo Alvarado Cambronero.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 11 de febrero del 2013.—Lic. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—(IN2013014196).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Javier Eliécer Murillo Rodríguez, fallecido el 07-09-2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de reclamo del Fondo de Capitalización Laboral bajo el número 13-000092-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 13-000092-1021-LA. Por Nuria Obando Fonseca a favor de Javier Eliécer Murillo Rodríguez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 11 de febrero del 2013.—Lic. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—(IN2013014197).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Amparo Rojas Víquez, cédula de identidad 4-0086-996, fallecido el 29 de enero del 2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 13-000068-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 13-000068-1021-LA. Por Yogeber Ramírez Rojas a favor de Amparo Rojas Víquez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 8 de febrero del 2013.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2013014198).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Luis Picado Lépiz, fallecido el 11/01/2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 13-000010-1127-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 13-000010-1127-LA. José Luis Picado Lépiz a favor de.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 11 de febrero del 2013.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2013014199).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Ángel del Carmen Céspedes Azofeifa, cédula 1-633-880, fallecido el 04/11/2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 13-000014-1127-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 13-000014-1127-LA. Rafael Ángel del Carmen Céspedes Azofeifa a favor de Damián Céspedes Gómez, cédula 1-293-254.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 11 de febrero del 2013.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2013014200).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Shirley Patricia Jiménez Rodríguez, cédula 1-1232-0923, fallecida el 15/12/2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 13-000011-1127-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 13-000011-1127-LA a favor de Irene Mayela Rodríguez Delgado, cédula 1-569-396.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 11 de febrero del 2013.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2013014201).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Melvin Ramón Agüero Mora, fallecido el 23/05/2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 13-000006-1127-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 13-000006-1127-LA. Melvin Ramón Agüero Mora a favor de María Emilia Retana Elizondo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 11 de febrero del 2013.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2013014202).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marvin Rodrigo Pérez Ramírez, cédula 4-146-287, fallecido el 29-10-2003, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 13-000126-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 13-000126-1021-LA. Marvin Rodrigo Pérez Ramírez a favor de Francisco Pérez Ramírez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 15 de febrero del 2013.—Lic. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—(IN2013014209).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Antonio Espinoza Espinoza, cédula 4-093-946, fallecido el 20-10-12, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 13-000121-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°13-000121-1021-LA. Promovida por Elena Aguilar Padilla a favor de José Antonio Espinoza Espinoza.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 15 de febrero del 2013.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2013014210).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gerardo Rodríguez Otoya, quien fue mayor, divorciado, cédula de identidad 0203950279, operario de construcción, vecino de Grecia San Roque, fallecido el seis de octubre de dos mil once, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 13-000024-1118-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 13-000024-1118-LA a favor de Diego Gerardo Rodríguez Barrantes y otros.—Juzgado Laboral de Menor Cuantía de Grecia, 14 de febrero del 2013.—Lic. Sandra Aguilar Araya, Jueza.—1 vez.—(IN2013014212).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones y condiciones ref: 000000000IDA; a las trece horas y cero minutos del dieciocho de abril del año dos mil trece, y con la base de nueve millones seiscientos ochenta y dos mil quinientos cuarenta y siete colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número dos cero dos nueve dos cinco-cero cero cero, la cual es terreno de pasto con una casa de habitación. Situada en el distrito dos La Virgen, cantón diez Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, María Adilia Porras Alfaro; al sur, Rosa Mayela Calvo Vargas; al este, calle publica con 93 metros 58 centímetros y al oeste, Antonio Balli Pranzini. Mide: treinta y siete mil quinientos setenta y cinco metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cero minutos del tres de mayo del año dos mil trece, con la base de siete millones doscientos sesenta y un mil novecientos diez colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cero minutos del veinte de mayo del año dos mil trece con la base de dos millones cuatrocientos veinte mil seiscientos treinta y seis colones con setenta y nueve céntimos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Luis Segura Fallas. Expediente 12-004185-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 7 de noviembre del 2012.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—RP2013340743.—(IN2013013702).

A las catorce horas cincuenta minutos del veintidós de abril de dos mil trece, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor del actor, sea la base de ocho millones doscientos veinticinco mil colones, remataré: finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela folio real matrícula número 369635-000, que es terreno para construir lote 2 con una casa, sito en Florencia de San Carlos, distrito segundo del cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda al norte, lote 21 con servidumbre de paso en medio con frente de 17 metros, al sur, José Sals Lizano y Alba Enid Kopper Araya, al este: lote 1 de Especias PZ S. A. y Alba Enid Kopper Araya, y al oeste, Especias PZ S. A. Mide: ochocientos treinta metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de seis millones ciento sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones, se señalan las catorce horas cincuenta minutos del siete de mayo de dos mil trece. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones, se señalan las catorce horas cincuenta minutos del veintidós de mayo de dos mil trece. Se remata por ordenarse así en expediente, 12-101241-0297-CI (1C) ejecución hipotecaria de Jason Jacob Pérez Calvo contra María Lorena Araya Campos.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, diez de enero de 2013.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—RP2013340767.—(IN20130013707).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del primero de abril del dos mil trece, y con la base de cuatro millones quinientos cuatro mil cuatrocientos sesenta y tres colones con nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas: 813469, marca: Hyundai, categoría: microbús, Vin: KMJRD37FPSU190492, año: 1995, color: vino cilindrada: 2500 C.C. Para el segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil trece, con la base de tres millones trescientos setenta y ocho mil trescientos cuarenta y siete colones con treinta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del tres de mayo del dos mil trece con la base de un millón ciento veintiséis mil ciento quince colones con setenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A. contra Milena Díaz Loaiza, Randall Umaña González. Exp: 10-001147-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de febrero del 2013.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2013340791.—(IN2013013709).

En la puerta exterior de este despacho, a las diez horas del veinticinco de abril de dos mil trece, a el mejor postor remataré lo que a continuación se describe: 1) Con la base de setecientos noventa y nueve mil ciento noventa y siete colones veintiséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando embargo practicado inscrito bajo las citas 570-58661-01-0001-001. Finca inscrita en el Registro Público, que se describe así: Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero sesenta y cinco mil seiscientos setenta-cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Santa Bárbara, cantón Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Agripina Marín y María Cortes; al sur, Bolívar Sánchez; al este, calle pública con 12 m 50 cm y al oeste, Evelio Sánchez. Mide: trescientos noventa y ocho metros treinta y siete decímetros cuadrados. 2) Con la base de setecientos noventa y nueve mil ciento noventa y siete colones veintiséis céntimos. Libre de gravámenes hipotecarios pero soportando embargo practicado inscrito bajo las citas 570-58661-01-0002-001. Finca inscrita en el Registro Público que se describe así: partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cero sesenta y cinco mil seiscientos setenta-cero veinticinco, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Santa Bárbara, cantón Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Agripina Marín y María Cortes; al sur, Bolívar Sánchez; al este calle pública con 12 m 50 cm y al oeste, Evelio Sánchez. Mide: trescientos noventa y ocho metros treinta y siete decímetros cuadrados. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional Costa Rica contra Óscar Gerardo Soto Miranda. Exp: 06-002322-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 25 de enero del 2013.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—RP2013340792.—(IN2013013710).

En la puerta exterior de este Despacho, a las diez horas treinta minutos del nueve de abril del dos mil trece (primer remate), remataré en el mejor postor, las siguientes fincas: 1) Con la base de siete millones trescientos cincuenta y nueve mil doscientos cincuenta y cuatro colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 179109-000, distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Catasolapa S. A., y calle pública; al este, Los Cantares del Agua S. A., y al oeste, calle pública. Mide: quinientos veinte metros con veintiún decímetros cuadrados. Plano: G-1271493-2008. Para el segundo remate, con la base de cinco millones quinientos diecinueve mil cuatrocientos cuarenta colones con sesenta y ocho céntimos, y para el tercer remate, con la base de un millón ochocientos treinta y nueve mil ochocientos trece colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un 25%). 2) Con la base de cinco millones setecientos ochenta y dos mil doscientos setenta y un colones con dieciocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 179110-000, la cual es terreno naturaleza, terreno para construir lote. Situada: en el distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Catasolapa S. A.; al este, Los Cantares del Agua S. A., y al oeste, Catasolapa S. A. Mide: quinientos veinte metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Plano: G-1271495-2008. Para el segundo remate, con la base de cuatro millones trescientos treinta y seis mil setecientos tres colones con treinta y nueve céntimos, y para el tercer remate, con la base de un millón cuatrocientos cuarenta y cinco mil quinientos sesenta y siete mil colones con ochenta céntimos (rebajada en un 25%). 3) Con la base de siete millones ochocientos ochenta y cuatro mil novecientos quince colones con veinticuatro colones, libre de gravámenes hipotecarios, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 179111-000, la cual es terreno para construir distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre de paso y Los Cantares de Agua S. A.; al sur, Catasolapa S. A.; al este, Luz Marina Jiménez Córdoba, y al oeste, servidumbre de paso y Los Cantares del Agua S. A. Mide: mil doscientos ochenta y cinco metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-1271497-2008. Para el segundo remate, con la base de cinco millones novecientos trece mil seiscientos ochenta y seis colones con cuarenta y tres céntimos, y para el tercer remate, con la base de un millón novecientos setenta y un mil doscientos veintiocho colones con ochenta y un céntimos (rebajada en un 25%). Para celebrar el segundo remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil trece. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de mayo del dos mil trece. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Los Cantares de Agua Sociedad Anónima y Gerardo Quesada Jiménez. Expediente 12-001117-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 21 de noviembre del 2012.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—RP2013340842.—(IN2013013714).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos tomo: 314, asiento: 13152; a las siete horas y cuarenta minutos del cinco de abril del dos mil trece y con la base de cuarenta y ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos sesenta y seis mil cuatrocientos ochenta-cero cero cero, la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito San Pedro, cantón Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Leovigildo Bonilla Campos, Islán Cordero, Brenda García, Huber Cordero y lote de Freddy Ureña; al sur, Nidia Durán; al este, María Odilia, Leovigildo y Delio Abarca Bonilla, Juan Blanco, Wilfrido Robles, Islán Cordero, Brenda García, Huber Cordero y lote de Freddy Ureña; y al oeste, calle pública, Cecilia Jiménez, Aníbal Calderón, Brenda García, Huber Cordero y lote de Freddy. Mide: ciento cincuenta y un mil ochocientos sesenta y ocho con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y cuarenta minutos del veintitrés de abril del dos mil trece, con la base de treinta y seis millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y cuarenta minutos del cinco de mayo del dos mil trece, con la base de doce millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Maribel Umaña Piedra. Expediente: 12-000051-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 24 de enero del 2013.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Jueza.—RP2013340964.—(IN2013013726).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones tomo: 400, asiento: 960, a las ocho horas y treinta minutos del cinco de abril del dos mil trece y con la base de dos millones seiscientos cincuenta y cinco mil ochocientos cincuenta y siete colones con ochenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento treinta y cuatro mil trescientos ochenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Cabo Velas, cantón Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Antonia Dinarte Dinarte y en parte resto de Ignacio Benedicto López; al sur, calle pública con 11,60 metros; al este, Antonia Dinarte Dinarte; y al oeste, Yamileth Arroyo Álvarez. Mide: doscientos sesenta y dos metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil trece, con la base de un millón novecientos noventa y un mil ochocientos noventa y tres colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de mayo del dos mil trece, con la base de seiscientos sesenta y tres mil novecientos sesenta y cuatro colones con cuarenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Z contra Irlanda Samaris Marchena Marchena. Expediente: 12-002811-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 14 de enero del 2013.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Jueza.—RP2013340966.—(IN2013013727).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, a las trece horas treinta minutos del quince de abril de dos mil trece y con la base de dieciséis millones cuarenta y cuatro mil cuarenta y cinco colones con seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número veintiún mil novecientos ochenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito Golfito, cantón sétimo Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Josefa López López; al sur, Juan Fernández Boza; al este, calle pública y otro; y al oeste, Quebrada Banco. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil trece, con la base de doce millones treinta y tres mil treinta y tres colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del quince de mayo de dos mil trece, con la base de cuatro millones once mil once colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Z contra Noemis Mayoris Zapata Castro. Expedientee: 12-000212-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 18 de enero del 2013.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—RP2013340968.—(IN2013013728).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de abril de dos mil trece, y con la base de diecisiete millones setecientos dieciocho mil seiscientos cincuenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintidós mil setecientos cinco-cero cero cero, la cual es terreno naturaleza pastos. Situada en el distrito (06) Pavones, cantón (05) Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, camino público; al sur, Jesús Fuente Cubero; al este, Manuel Sánchez Fuentes y al oeste, Jesús Fuentes Cubero. Mide: seis mil novecientos ochenta y nueve metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil trece, con la base de trece millones doscientos ochenta y ocho mil novecientos ochenta y siete colones con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil trece con la base de cuatro millones cuatrocientos veintinueve mil seiscientos sesenta y dos colones con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Manuel Calvo Brenes contra José Antonio Villalobos Sánchez. Exp. 12-012869-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 14 de febrero del 2013.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—RP2013340988.—(IN2013013733).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones; a las catorce horas y treinta minutos del quince de abril de dos mil trece, y con la base de diez millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 323099-000, la cual es terreno inculto con una casa. Situada en el distrito 03 San Juan de Dios, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Juan Chacón Chacón; al sur, calle pública con 17m 42cm; al este, calle pública con 5m 34 cm y al oeste, Miguel Retana Mora. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con un decímetro cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta de abril de dos mil trece, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil trece con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Marisol Vanessa Chavarría Castro. Exp. 12-007841-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 8 de febrero del 2012.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—RP2013341004.—(IN2013013734).

En la puerta exterior de este Despacho,libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbres trasladadas bajo citas 385-10064-01-0902-001 y 375-17247-01-0978-001; a las dieciocho horas y cero minutos del primero de abril del año dos mil trece, y con la base de seis millones setecientos treinta y ocho mil ciento quince colones con diecinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00124975 001 y 002 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 25; al sur, lote 23; al este, lote 4, y al oeste, calle pública, calle Saturno 6,75 metros. Mide: ciento veintiséis metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciocho horas y cero minutos del dieciocho de abril del año dos mil trece, con la base de cinco millones cincuenta y tres mil quinientos ochenta y seis colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciocho horas y cero minutos del diez de mayo del año dos mil trece con la base de un millón seiscientos ochenta y cuatro mil quinientos veintiocho colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Roberto López Álvarez. Exp. 08-007876-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de enero del 2013.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—RP2013341054.—(IN2013013739).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando serv comprom ref y una servidumbre de paso, a las nueve horas y treinta minutos del doce de abril del año dos mil trece, y con la base de doce millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cuatro mil cincuenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno de montaña. Situada en el distrito 02 Sierra, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con frente de cuatrocientos veintitrés metros cuarenta centímetros lineales; al sur, Eliberth Gerardo Guzmán; al este, Magali Villalobos y al oeste, Badilla e Hijos Sociedad Anónima. Mide: cincuenta y seis mil trescientos cincuenta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de abril del año dos mil trece, con la base de nueve millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de mayo del año dos mil trece con la base de tres millones colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de William Salazar Cubero contra Badilla e Hijos S. A. Exp. 12-002584-1204-CJ.—Juzgado de Cobro Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 14 de enero del 2013.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—RP2013341072.—(IN2013013740).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando infracción bajo la sumaria 09-0583-0174-TR del Juzgado de Tránsito de Goicoechea; a las quince horas y treinta minutos del dieciséis de abril de dos mil trece, y con la base de dos mil cuatrocientos ochenta y nueve dólares con cincuenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL 193537, marca: Peugeot, estilo: Partner 170 C, categoría: carga liviana, capacidad: 2 personas, año: 2004, color: blanco. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil trece, con la base de mil ochocientos sesenta y siete dólares con diecisiete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil trece con la base de seiscientos veintidós dólares con treinta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Wálter Alonso Fallas Valverde. Exp. 12-012932-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 14 de febrero del 2013.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—RP2013341085.—(IN2013013743).

A las diez horas del diez de abril del dos mil trece, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo los tomos: 433 y asientos: 8824, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de tres millones trescientos treinta y cuatro mil ochocientos cuarenta y nueve colones con treinta y dos céntimos (¢3.334.849,32), remataré: Finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula 296952-001-002, que es terreno para la vivienda, lote 27-5. Sito: en Quesada, distrito primero del cantón décimo, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte y al oeste, IDA; al sur, calle, y al este, lote 27-4. Mide: doscientos once metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones quinientos un mil ciento treinta y seis colones con noventa y nueve céntimos (¢2.501.136,99), se señalan las diez horas del veinticinco de abril del dos mil trece. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ochocientos treinta y tres mil setecientos doce colones con treinta y tres céntimos (¢833.712,33), se señalan las diez horas del diez de mayo del dos mil trece. Se remata por ordenarse así en expediente 12-100917-0297-CI (5B), ejecución hipotecaria de Yorleny de los Ángeles Fernández Pérez contra Luis Celedonio Cano Soza.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 12 de diciembre del 2012.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2013014178).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando una colisión de tránsito boleta 05548536, sumaria 06-606669-489-TC del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas y treinta minutos del diez de abril del dos mil trece, y con la base de tres mil seiscientos noventa y ocho dólares, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas CL 203673, marca Nissan, estilo D-22 Frontier, categoría carga liviana, serie JNIAHGD22Z0036802, carrocería caja abierta o cam-pu, año 2005, capacidad tres personas de color gris. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil trece, con la base de dos mil setecientos setenta y tres dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil trece, con la base de novecientos veinticuatro dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica Sociedad Anónima contra Comercial Romago RGA Sociedad Anónima. Expediente 11-001416-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 5 de febrero del 2013.—Msc. Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2013014237).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de abril del dos mil trece, y con la base de seis mil setecientos dos dólares con cincuenta y seis centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placa 689535, marca: Toyota, estilo: Corolla XLI, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2007, color: plateado. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de mayo del dos mil trece, con la base de cinco mil veintiséis dólares con noventa y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil trece, con la base de mil seiscientos setenta y cinco dólares con sesenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A., contra Édgar Pizarro Matarrita. Expediente 12-010208-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 11 de febrero del 2013.—Lic. Marvin Antonio Ovares Leandro, Juez.—(IN2013014238).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de abril del dos mil trece, y con la base de dos mil cuarenta y ocho dólares con veinte centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placa 523595, marca Peugeot, capacidad 5 personas, año 2003, color gris, tracción 4x2, vin VF32AKFWU05604. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de mayo del dos mil trece, con la base de mil quinientos treinta y seis dólares con quince centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil trece, con la base de quinientos doce dólares con dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A., contra Dunia Castañeda Gómez y Luisa Gómez Gómez. Expediente 12-013918-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 28 de enero del 2013.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—(IN2013014240).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas: 378-14230-01-0900-001, a las diez horas y cero minutos del diecinueve de abril del dos mil trece, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y siete mil ochocientos ocho-cero cero cero, la cual es terreno de frutales. Situada: en el distrito quinto Curubandé, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Zacarías Calderón Calderón; al sur, Isabel López Jirón; al este, Omar y Renán Agüero Soto, y al oeste, calle pública con 24 metros 02 centímetros. Mide: quinientos noventa y tres metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0433840-1981. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de mayo del dos mil trece, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de mayo del dos mil trece, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Crisbel Ballesteros Calderón y Guiselle de los Ángeles Ballesteros Calderón. Expediente 12-000958-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 13 de febrero del 2013.—Lic. Luis Ricardo Rivas Álvarez, Juez.—RP2013341194.—(IN2013014254).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y quince minutos del diecinueve de abril de dos mil trece, y con la base de doce millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 185903-000, la cual es terreno lote B diez repastos. Situada en el distrito 04 Lepanto, cantón 01 Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote B nueve y servidumbre agrícola; al sur, quebrada; al este, quebrada y lote B nueve; y al oeste, lote B once. Mide: seis mil cuatrocientos noventa y cuatro metros cuadrados. 2. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 185904-000, la cual es terreno lote B once repastos. Situada en el distrito 04 Lepanto, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre agrícola; al sur, quebrada; al este, lote B diez; y al oeste, servidumbre de agrícola con 73.85 metros de largo, Asociación de Vecinos de Barrio El Mango de Jicaral. Mide: cinco mil quinientos setenta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos del siete de mayo de dos mil trece, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del veintidós de mayo de dos mil trece con la base de tres millones colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: las bases señaladas, corresponden para cada una de las fincas a rematar. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima contra Martín Rodolfo Araya Ulloa. Exp. 12-009971-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 12 de febrero del 2013.—Lic. Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—RP2013341201.—(IN2013014257).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de abril de dos mil trece, y con la base para el primer remate es de quinientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1. Vehículo placas: 802888, marca: Hyundai, categoría: automóvil, Vin: KMHVF31JPRU965935, año: 1994, color: rojo, cilindrada: 1.500 c.c. 2. Vehículo placas: 504175, marca: Hyundai, categoría: automóvil, Vin: KMHJF31JPNU347832, año: 1992, color: verde, cilindrada: 1.500 c.c. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de mayo de dos mil trece, con la base de cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de mayo de dos mil trece con la base de ciento treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: las bases anteriormente señaladas, corresponden para cada uno de los vehículos a rematar. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima contra Gloria Aguilar Rivera. Exp. 12-009706-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 11 de febrero del 2013.—Lic. Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—RP2013341202.—(IN2013014258).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando tres servidumbres trasladadas; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diez de abril de dos mil trece, y con la base de veinticuatro millones doscientos quince mil cuarenta y un colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuatro mil seiscientos treinta y cinco, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, servidumbre de paso con un frente a ella de 11.78 metros; al sur, Carlos Fernando Acuña Aguilar, construcción de bloques con un retiro de 16. 15 metros; al este, José Villalobos Aguilar, casa prefabricada con un retiro de 4.50 metros; y al oeste, calle pública con un frente a ella de 36.75 metros. Mide: cuatrocientos cuarenta y cinco metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de abril de dos mil trece, con la base de dieciocho millones ciento sesenta y un mil doscientos ochenta y un colones con cuarenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de mayo de dos mil trece con la base de seis millones cincuenta y tres mil setecientos sesenta colones con cuarenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base i nidal). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Ileana María Villalobos Aguilar, Inmobiliaria Paromac Sociedad Anónima. Exp. 12-012579-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 1° de febrero del 2013.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—RP2013341253.—(IN2013014265).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas 288-3503-01; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de abril de dos mil trece, y con la base de trescientos ochenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matricula número 195055-000, la cual es terreno sin una casa de habitación. Situada en el distrito 03 San Rafael cantón 02 Escazú, de la provincia de San José, colinda: al norte, calle pública; al sur, Exportadora San Rafael S. A., al este, río Coquiba S. A., y al oeste, Fedelac S. A. Mide: seiscientos noventa y cuatro metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil trece con la base de doscientos ochenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos  (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del trece de mayo de dos mil trece con la base de noventa y seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jean Haskour S. A. contra 3101615704 Sociedad Anónima, Osdel Arzola Quiles. Exp. 12-015802-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de febrero del 2013.—Lic. Éricka Robleto Artola, Jueza.—(IN2013014506).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las diecisiete horas cero minutos del quince de abril del año dos mil trece, y con la base de treinta y dos mil cuatrocientos punto nueve unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 284300-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Josecito, cantón Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Maximiliano Calderón Hidalgo; al sur, calle pública con 10 m 20 cm; al este, Daniel Mora Arias, y al oeste, Óscar Mora Arias. Mide: Doscientos veinte metros con setenta y siete decímetros cuadrados, y con la base de diecinueve mil veintinueve punto un unidades de desarrollo, finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 284302-000, la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito San Josecito, cantón Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Maximiliano Calderón; al sur, calle pública; al este, Gilbert Valverde, y al oeste, Óscar Mora. Mide: Doscientos cinco metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diecisiete horas cuarenta minutos del veintinueve de abril del año dos mil trece, con la base de veinticuatro mil trescientos punto sesenta y siete unidades de desarrollo y catorce mil doscientos setenta y un punto setenta y seis unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diecisiete horas cuarenta minutos del catorce de mayo del año dos mil trece con la base de ocho mil cien unidades de desarrollo y cuatro mil setecientos cincuenta y siete punto veinticinco unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marvin Campos Rodríguez. Exp. 08-008170-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 4 de febrero del 2013.—MSc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—(IN2013014508).

A las siete horas con cuarenta y cinco minutos del veintidós de abril del dos mil trece, en la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, remataré con la base de ciento cuarenta y seis mil treinta y ocho colones con sesenta y cuatro céntimos, cuarenta y dos piezas de madera aserrada de la especie pilón, ochenta y seis piezas de madera aserrada de la especie laurel, con un volumen total de cero punto cincuenta y seis metros cúbicos, así como dos trozas de madera de la especie aguacatillo, una troza de madera de la especie pilón y tres trozas de madera de la especia Ira, con un volumen total de uno punto ochenta y siete metros cúbicos, que se encuentra en depósito provisional de la Junta de Educación Escuela Calle Damas de La Palmera de San Carlos. Se remata por estar así ordenado en comisión número 06-A3-13, expediente 13-200128-306-PE, por infracción a la ley forestal, contra ignorado, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 18 de febrero del 2013.—Lic. Luis Salvador Zamora Quesada, Juez.—(IN2013014552).

A las siete horas treinta minutos del dieciséis de abril del dos mil trece, en la puerta exterior del Juzgado, Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, remataré con la base de ciento seis mil cuatrocientos cuarenta y siete colones con cuarenta y seis céntimos; veintitrés piezas de madera aserrada la especie eucalipto, con un volumen total de tres punto seiscientos setenta y cinco mil seiscientos setenta y dos metros cúbicos, que se encuentra en la finca de Mario Alexis Villalobos Quesada, ubicada en el sector de Chaparrón de Pital. Se remata por estar así ordenado en comisión número 08-C2-13, expediente 13-200191-306-PE, por tala ilegal, contra ignorado, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 20 febrero del 2013.—Lic. Luis Salvador Zamora Quesada, Juez.—(IN2013014553).

A las siete horas treinta minutos del quince de abril del dos mil trece, en la puerta exterior del Juzgado, Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, remataré con la base de seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos sesenta y cinco colones con quinientos cinco céntimos; un total de dieciocho trozas de madera de las siguientes especies: cinco trozas de la especie Guanacastillo, tres trozas de la especie Roble Coral, una troza de la especie Lagartillo, tres trozas de la especie Coralillo, seis trozas de la especie Drago, para un volumen total de cinco punto setecientos sesenta y siete metros cúbicos, las cuales se encuentra en custodia en la finca del imputado, ubicada en Veracruz de Caño Negro de Los Chiles. Se remata por estar así ordenado en comisión número 05-C2-13, expediente l3-200035-801-PE, por infracción Ley Forestal, contra Olmar Valles Oporta, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 20 de febrero del 2013.—Lic. Salvador Zamora Quesada, Juez.—(IN2013014554).

En la puerta exterior del Juzgado, Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a las siete horas cuarenta y cinco minutos del doce de abril del dos mil trece, remataré en el mejor postor con la base de precio comercial de un millón ochocientos ochenta y nueve mil quinientos seis colones con sesenta y nueve céntimos, lo siguiente: un total de 12 piezas de madera de las siguientes especies: 03 de la especie Camibar, 02 de la especie Corteza Amarilla, 02 de la especie Ron Ron, 01 de Tamarindo; 02 de la especie Canfín, 01 de Roble Coral y 01 de la Especie Ojoche. Todas las especies de madera con de diferentes medidas, grueso y largo, con un volumen cúbico de 15.1194 metros: la cual se encuentra en depósito provisional en finca de Carlos Villalobos Rodríguez; en Cuatro Esquinas de Los Chiles. Se remata por estar ordenado así en comisión número 04-B1-13 expediente número 13-200031-801-PE, por infracción a Ley Forestal, contra Carlos Villalobos Rodríguez, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 19 febrero del 2013.—Lic. Cindy Williams Víquez, Juez.—(IN2013014555).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del uno de abril de dos mil trece, y con la base de diecisiete mil ciento veinticinco dólares con ochenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 749.688, marca Suzuki, año 2008, VIN JS2ZC21S185404892, cilindrada 1490 c.c. Color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de abril de dos mil doce, con la base de doce mil ochocientos cuarenta y seis dólares con sesenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del siete de mayo del dos mil trece, con la base de cuatro mil doscientos ochenta y dos dólares con veintiún centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Danny Rojas Jiménez. Exp. 09-001242-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de febrero del 2013.—Msc. Marvin Arce Portuguez, Juez.—(IN2013014564).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil trece, y con la base de trece mil dólares con un centavo, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: 686894, categoría: automóvil, marca: Suzuki, estilo: Aerio, año: 2007, color: negro, motor: M16A1233847, cilindrada. Para el segundo remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del catorce de mayo de dos mil trece, con la base de nueve mil setecientos cincuenta dólares con un centavo (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo del dos mil trece, con la base de tres mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Jaime Alberto Ruesta Gallegos, en expediente 11-003459-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de febrero del 2013.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2013014565).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y plazo de convalidación (rectificación de medidas); a las quince horas y quince minutos del dos de abril del dos mil trece, y con la base de tres millones cuatrocientos noventa y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos mil seiscientos trece cero cero cero la cual es terreno lote 12 terreno para construir. Situada en el distrito 7-Patarra, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lomas del Bosque S. A.; al sur, Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamos y calle pública con tres metros y cero dos centímetros de frente a ella; al este, Flor de Ney Obando Bravo y Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamos y al oeste, Lomas del Bosque S. A. Mide: ciento setenta y seis metros con cuatro decímetros cuadrados cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del diecisiete de abril del dos mil trece, con la base de dos millones seiscientos diecinueve mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del tres de mayo del dos mil trece, con la base de ochocientos setenta y tres mil colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Warren Reyes Valenciano. Exp. 13-000230-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del I Circuito Judicial de Alajuela, 22 de febrero del 2013.—Lic. Elio Campos López, Juez.—(IN2013014583).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del dos de abril del dos mil trece, y con la base de un millón trescientos cuarenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos siete mil ochocientos noventa y tres cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Sarchí norte, cantón 12 Valverde Vega, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Roger Alfaro Conejo y Jorge Ulate Murillo; al sur, Freddy Augusto Zeledón Porras; al este, calle pública con 10 mts., lineales de frente y al oeste, Roger Alfaro Conejo y Jorge Ulate Murillo. Mide: trescientos cuarenta y cinco metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil trece, con la base de un millón cinco mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil trece, con la base de trescientos treinta y cinco mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Pres., contra Jenny de los Ángeles Cambronero Cambronero, Manuel Salvador Solís Fajardo. Exp. 12-001178-1157-CJ.—Juzgado, Especializado de Cobro Judicial del I Circuito Judicial de Alajuela, 30 de octubre del 2012.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2013014584).

En la puerta exterior de este Despacho, al ser las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil trece, libre de gravámenes hipotecarios; y con la base de seis millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matricula número 78969-000 cero cero cero, la cual es terreno para construir una casa, marcada con el número 349. Situada en el distrito San Pablo, cantón San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 408 y 409; al sur, alameda siete; al este, medianería y lote 348 y al oeste, medianería y lote 350. Mide: ciento un metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de mayo del dos mil trece, con la base de cinco millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de mayo del dos mil trece, con la base de un millón setecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cristina Murillo Chacón contra Rafael Ángel Obando Pincay. Exp. 11-001084-0370-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 9 de noviembre del 2012.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—RP2013341424.—(IN2013014589).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca inscrita el tomo 0574, asiento 00013323, secuencia 01-0003-001 y la hipoteca inscrita el tomo 2009, asiento 00303189, secuencia 01-0001-001; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de abril del dos mil trece, y con la base de veinte millones seiscientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos un mil novecientos noventa-cero cero cero, la cual es terreno lote 11 con una casa de habitación. Situada en el distrito Merced, cantón San José, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 1E; al sur, avenida 1; al este, lote 10 E y al oeste, lote 12 E. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de mayo del dos mil trece, con la base de quince millones quinientos diez mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de mayo del dos mil trece, con la base de cinco millones ciento setenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra Sonia Roxana West Dean. Exp. 10-004267-0370-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 12 de febrero del 2013.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—RP2013341457.—(IN2013014591).

A las trece horas treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil trece, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, pero soportando reservas y restricciones, bajo las citas 341-9515-01-0902-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de setenta y nueve millones ciento ochenta y siete mil ciento sesenta y cinco colones con sesenta y cinco céntimos (¢79.187.165,15), remataré: finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, folio real matrícula número 385981-000, que es terreno de repastos, sito en Florencia, distrito dos del cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda al norte: calle pública; al sur, Río La Vieja; al este, William Corrales Corrales, y al oeste, Carlos Manuel Vásquez Ovares y Tobías Castro Bolaños. Mide: catorce mil quinientos cincuenta y tres metros con siete decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cincuenta y nueve millones trescientos noventa mil trescientos setenta y tres colones con ochenta y seis céntimos (¢59.390.373,86), se señalan las trece horas treinta minutos del tres de mayo del dos mil trece, Para el tercer remate y con base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de diecinueve millones setecientos noventa y seis mil setecientos noventa y un colones con veintinueve céntimos (¢19.796.791,29), se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de mayo del dos mil trece, se remata por ordenarse así en Exp. 12-101199-0297-CI (5A), ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Compañía Procesadora de Maderas Sancarleñas S. A., y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 21 de enero del 2013.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2013014789).

En este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y al ser las quince horas cuarenta y cinco minutos del dos de abril del dos mil trece, y con la base de siete millones cuarenta y nueve mil noventa y ocho colones con ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos treinta y ocho mil ochocientos quince cero cero cero, la cual es terreno construir 1 casa, 289. Situada en el distrito: 09 Río Segundo, cantón: 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lotes doscientos ochenta, doscientos ochenta y uno y doscientos ochenta y dos del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al sur, lote doscientos noventa con pared medianera; al este: avenida central con siete metros treinta y siete centímetros lineales y al oeste, lote doscientos ochenta y cinco del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: ciento treinta y cuatro metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de abril del dos mil trece, con la base de cinco millones doscientos ochenta y seis mil ochocientos veinticuatro colones con diez céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del tres de mayo de dos mil trece con la base de un millón setecientos sesenta y dos mil doscientos setenta y cuatro colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Adrián Oconitrillo Villegas. Exp. 12-008054-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del I Circuito Judicial de Alajuela, 15 de febrero del 2013.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013014798).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del ocho de abril del dos mil trece, y con la base de trece mil novecientos cuarenta y tres dólares con setenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo 897199, marca Suzuki, estilo Swift categoría automóvil, capacidad cinco personas, año dos mil doce, carrocería sedan cuatro puertas Hatchback, color rojo, tracción cuatro por dos serie vin y chasis J S dos Z C ocho dos S tres C seis uno cero tres seis nueve uno, número de motor K uno cuatro B-uno cero uno cuatro siete cinco cero, marca Suzuki, cilindrada mil trescientos setenta y dos c.c. Modelo A Z H cuatro uno cuatro F G L potencia 67.00 KW cuatro cilindros, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de abril del dos mil trece, con la base de diez mil cuatrocientos cincuenta y siete dólares con ochenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de mayo del dos mil trece, con la base de tres mil cuatrocientos ochenta y cinco dólares con noventa y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Karina Carrillo Solera. Exp. 12-007241-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 1º de febrero del 2013.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—(IN2013014837).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando anotación de hipoteca, citas: 2010-00094502-001, gravámenes o afectaciones: condiciones citas: 0395-00011905-01-0810-001, condiciones Ref: 00053598-000, citas: 0395-00011905-01-0812-001, condiciones Ref: 00053598-000, citas: 0395-00011905-01-0813-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de abril del dos mil trece, y con la base de once millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 120108-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Batán, cantón 05 Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública y canal artificial en medio; al sur, Rafaela Salazar Cervantes y Aníbal Fonseca Ramos; al este, Rafaela Salazar Cervantes y Aníbal Fonseca Ramos y al oeste, María de los Ángeles Fonseca Salazar. Mide: cuatro mil cien metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de mayo del dos mil trece, con la base de ocho millones seiscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo del dos mil trece, con la base de dos millones ochocientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Clodomiro Fonseca Salazar. Exp. 11-024933-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de febrero del 2013.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2013014839).

PRIMERA  PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del tres de junio del año dos mil trece, y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 719734, marca Nissan, estilo Tiida, categoría automóvil, capacidad 05 personas, serie JN1FBAC11Z0001537, carrocería sedan 4 puertas hatchback, tracción 4 x 2, chasis JN1FBAC11Z0001537, año 2008, motor MR18066599A, modelo FDSALGYC11EYAD-F-C, combustible gasolina, cilindrada 1798 c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de junio del año dos mil trece, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de julio del año dos mil trece con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Santos Jara Navarro. Exp. 10-005917-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de febrero del 2013.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2013013207).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del uno de abril de dos mil trece, y con la base de cuatro millones doscientos noventa mil trescientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y cinco mil setecientos sesenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 09,80 metros lineales; al sur, Ramón Álvarez; al este, con calle pública con un frente a ella de 12,96 metros lineales; y al oeste, Reinaldo Ulloa Aragón. Mide: ciento veintiséis metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de abril de dos mil trece, con la base de tres millones doscientos diecisiete mil setecientos veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil trece, con la base de un millón setenta y dos mil quinientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Mainor Francisco Talavera Rodríguez y Patricia de los Ángeles Álvarez García. Exp. 12-010591-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de febrero del año 2013.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—(IN2013014843).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del uno de abril de dos mil trece, y con la base de treinta y ocho millones setecientos setenta y seis mil cuatrocientos ochenta y tres colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y cinco mil novecientos veintitrés-cero cero cero, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 04 Carrillos, cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Mario Enrique Valverde Solórzano; al sur, Julio Bolaños Ugalde, Adela Guzmán Garita, Higicio Pérez Muñoz; al este, calle pública con 8 metros de frente; y al oeste, Arnoldo Gutiérrez Zumbado. Mide: seiscientos noventa y un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de abril de dos mil trece, con la base de veintinueve millones ochenta y dos mil trescientos sesenta y dos colones con noventa céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del dos de mayo del dos mil trece, con la base nueve millones seiscientos noventa y cuatro mil ciento veinte colones con noventa y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Pedro Giovanni Carvajal Alfaro. Exp. 12-010669-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de febrero del año 2013.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2013014881).

En este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas quince minutos del dos de abril del dos mil trece, y con la base de dos millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos un mil ciento cincuenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 06 Rancho Redondo, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Juan José Vargas Méndez; al sur, Edwin Vargas Méndez; al este, Juan José Vargas Méndez; y al oeste, calle pública con 9.48 metros. Mide: ciento ochenta y cinco metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas quince minutos del diecisiete de abril de dos mil trece, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos del tres de mayo de dos mil trece, con la base de quinientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Javier Arnulfo Morera Arauz y Xinia María Vargas Méndez. Exp. 12-003114-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de febrero del año 2013.—MSc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013014911).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso inscrita bajo el tomo: 421, asiento: 03928; a las quince horas y treinta minutos del quince de abril del dos mil trece, y con la base de once millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 152947-001 y 002, la cual es terreno para construir bloque G lote 6. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: este, lote 13-G y lote 14-G, ambos en parte; oeste, calle cinco; noreste, lote 7-G; sureste, lote 5-G. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del seis de mayo de dos mil trece, con la base de ocho millones ochocientos doce mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de mayo de dos mil trece, con la base de dos millones novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Hellen María Castrillo Camacho y José Antonio Montenegro Sánchez. Exp. 12-005775-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de febrero del año 2013.—Lic. Elio Campos López, Juez.—(IN2013014912).

En la puerta exterior este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; servidumbre de aguas pluviales, a las once horas y cero minutos del veintidós de abril de dos mil trece, y con la base de nueve millones trescientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y siete mil seiscientos setenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 2-H con una vivienda de interés social. Situada en el distrito uno Corredor, cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 1-H; al sur, lote 3-H; al este, lote 15-H; y al oeste, calle uno. Mide: ciento cuarenta y seis metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del trece de mayo de dos mil trece, con la base de siete millones veinte mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del tres de junio de dos mil trece, con la base de dos millones trescientos cuarenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Kattia Quesada Barboza. Exp. 10-002072-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial Alajuela, 4 de marzo del 2013.—MSc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013014913).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0370-00003343-01-0906-001; a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de abril del año dos mil trece, y con la base de quince millones trescientos tres mil seiscientos ochenta y nueve colones con ochenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiún mil ochocientos catorce-cero cero uno y cero cero dos, las cuales son, naturaleza: Terreno para construir lote 21 con 1 casa. Situada en el distrito tercero San Francisco, cantón primero Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 22; al sur, lote 20; al este, calle con 6m 75 cm; y al oeste, lote 08. Mide: ciento dieciséis metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: H-0793208-1989. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de mayo del año dos mil trece con la base de once millones cuatrocientos setenta y siete mil setecientos sesenta y siete colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de mayo del año dos mil trece con la base de tres millones ochocientos veinticinco mil novecientos veintidós colones con cuarenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Abraham Quirós Ramírez y Floribeth Vallejos Espinoza. Exp. 12-000967-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 13 de febrero del año 2013.—Lic. Luis Ricardo Rivas Álvarez, Juez.—RP2013341603.—(IN2013014918).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las nueve horas y treinta minutos del uno de abril de dos mil trece, y con la base de un millón cuarenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veintitrés mil ochocientos once-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno lote 15 terreno para construir. Situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Asociaciones de Desarrollo La Trinidad y de Parásito; al sur, resto destinado a calle pública con un frente de 8 metros; al este, Suministros e Inversiones del Pacífico Sociedad Anónima; y al oeste, Suministros e Inversiones del Pacífico Sociedad Anónima. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de abril de dos mil trece, con la base de setecientos ochenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil trece, con la base de doscientos sesenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Rocío Azofeifa Cruz y Vinicio Reyes Chaves. Exp. 12-009493-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de febrero del 2013.—Lic. María Antonieta Córdoba Castillo, Jueza.—RP2013341638.—(IN2013014919).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condición-Reser Ref y servidumbre de paso y al ser las once horas del cuatro de abril de dos mil trece, y con la base de dos millones ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número seiscientos veinte mil trescientos treinta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 08 Cajón, cantón: 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Catarino Antonio Rivas Rivas; al sur, calle pública y José Rodolfo Jiménez Torres; al este, Catarino Antonio Rivas Rivas y al oeste, Catarino Antonio Rivas Rivas. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del diecinueve de abril de dos mil trece, con la base de dos millones cien mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas del siete de mayo de dos mil trece con la base de setecientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Rodolfo Jiménez Torres. Exp. 12-011234-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de febrero del 2013.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—RP2013341639.—(IN2013014920).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del tres de abril del dos mil trece, y con la base de un millón ciento cuarenta y un mil doscientos cuarenta y cinco colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y cuatro mil trescientos cuarenta y tres cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 09 Alfaro, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Marita Orlich; al este, Unión Campesina Alajuelense UCA, y al oeste, Unión Campesina Alajuelense UCA. Mide: ciento noventa y dos metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil trece, con la base de ochocientos cincuenta y cinco mil novecientos treinta y tres colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de mayo del dos mil trece, con la base de doscientos ochenta y cinco mil trescientos once colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Eliza Tenorio Vásquez. Expediente 12-008899-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de febrero del 2013.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2013015102).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, a las once horas y quince minutos del dos de abril del dos mil trece, y con la base de dos millones cien mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veintisiete mil quinientos once cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 09 Alfaro, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública 8 metros 05 centímetros; al sur, V y V de Palmares S. A.; al este, Eduardo Salas Alvarado, y al oeste, V y V de Palmares S. A. Mide: trescientos veinte metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y quince minutos del diecisiete de abril del dos mil trece, con la base de un millón quinientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y quince minutos del tres de mayo del dos mil trece, con la base de quinientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jimmy Braulio Quesada Arroyo. Expediente Nº 12-010725-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1° de marzo del 2013.—Lic. Elio Campos López, Juez.—(IN2013015104).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Carlos Eduardo Umaña Ramos, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas y cero minutos del cuatro de abril del dos mil trece, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente 12-000018-0341-CI.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 5 de febrero del 2013.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—RP2013339456.—(IN2013010891).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Emilio Mario Fallas Madrigal y María Cecilia Sánchez Castro quienes fueron casados entre sí, vecinos de Concepción de Alajuelita, portadores de las cédula de identidad 1-0192-0635 y 1-0287-0494 respectivamente, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del cinco de abril del dos mil trece, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. 03-100094-0216-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián.—Lic. Jainer Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2013012868).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Manuel Antonio Quesada Gutiérrez, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del cinco de abril del dos mil trece, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. 11-000236-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de febrero del 2013.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2013015090).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 09-000132-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Eduardo Alvarado Mejías, quien es mayor, masculino, costarricense, comerciante, casado una vez, cédula número cinco-doscientos sesenta-doscientos cuarenta y ocho, vecino de Barrio Trinidad, La Germania de Siquirres y Yamileth Alvarado Mejías, quien es mayor, femenina, costarricense, abogada, casada una vez, cédula número cinco-doscientos setenta y dos-doscientos ochenta y dos, vecina de Tres Ríos, Residencial Sofhía, casa 34-P, a fin de inscribir a sus nombres por partes iguales y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno con una casa, agricultura y potrero. Situada en La Trinidad, distrito cuarto Germania, cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda al norte, con calle pública con ciento tres metros con treinta y seis centímetros de frente y Juan Antonio Mora Meneses; al sur, con calle pública con setenta y un metros cincuenta y tres centímetros de frente; al este, con Juan A. Mora Meneses y Luis Mora Montenegro, y al oeste, con Dexter Morgan Mclean. Mide setenta y nueve mil doscientos cincuenta y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número siete-un millón quinientos veintiún mil cuatrocientos sesenta y dos-dos mil once, indican los promoventes que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, estiman el inmueble en la suma de quince millones de colones exactos y las diligencias en la suma de ciento cincuenta mil colones exactos. Que adquirieron dicho inmueble por cesión que les hiciera su padre Manuel Alvarado Herrera, y hasta la fecha lo han mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueños desde el año mil novecientos ochenta y siete. Que no existen más condueños. Que los actos de posesión han consistido en cuido, cercado, mantenimiento con enzacatado, siembra de plantas ornamentales y árboles frutales. Que no han inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles, según se constata del registro público de la propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Eduardo Alvarado Mejías y Yamileth Alvarado Mejías. Expediente 09-000132-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 5 de diciembre del 2012.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013012926).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 12-000088-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Luisa Emilia Arrieta Viales, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Barrio Guayabal de Santa Cruz, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 05-0136-0582, profesión educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno para construir, dedicado a la cría de cerdos y gallinas, con árboles frutales. Situada en el distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Tito Ángel Arrieta Moreno; al sur, Yadira Arrieta Vallejos; al este, Tito Ángel Arrieta Moreno, y calle pública con un frente a ella de tres metros lineales, y al oeste, Tito Ángel Arrieta Moreno. Mide: Trescientos noventa metros con veintiséis decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1280151-2008. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra venta verbal que le hiciera su padre Tito Arrieta Moreno, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en darle mantenimiento a las cercas, chapeas periódicas, siembra de maíz, árboles frutales, cría de cerdos y gallinas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luisa Emilia Arrieta Viales. Exp. 12-000088-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 14 de febrero del 2013.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2013340349.—(IN2013012955).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 12-000230-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Ricardo Cabalceta Gómez, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Liberia, Guanacaste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-339-055, profesión investigador judicial, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno para construir. Situada en el distrito tercero, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de treinta y dos metros con cuarenta y nueve centímetros lineales; al sur, José Cabalceta Peña; al este, José Cabalceta Peña, y al oeste, Abelardo Cabalceta Vallejos. Mide: Mil ochenta y cinco metros con dieciocho decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1022083-2005. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento a las cercas, chapeas periódicas, siembra de maíz, árboles frutales, cría de cerdos y gallinas, y limpieza en general de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Ricardo Cabalceta Gómez. Exp. 12-000230-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 14 de febrero del 2013.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2013340363.—(IN2013012956).

Licenciada Maricel Zamora Arias, Jueza del Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, a la sociedad Finca Vista de Osa S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero nueve uno tres ocho dos, hace saber: Que en proceso de información posesoria expediente 07-000226-0419-AG Int. (290-1-07) promovido por Barry Charles Donaldson, se encuentran las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Agrario de la Zona Sur, Ciudad Neily, a las diez horas diez minutos del dos de abril del año dos mil ocho. Cumplida con la prevención anterior, se resuelve: Se tiene por establecidas las presentes diligencias de información posesoria incoadas por Barry Charles Donaldson, teniendo como parte a la Procuraduría General de la República y al Instituto de Desarrollo Agrario, quienes se les notificará por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer y Segundo Circuito Judicial respectivamente, en la persona de sus representantes a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben de señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este Despacho, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrá por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso o incierto o inexistente (artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales 7637 del veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y seis, publicada en La Gaceta N° 211 del cuatro de noviembre del mismo año). Por medio de un edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial se cita a todos los que tuvieren interés en esta información para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del mismo se apersonen en defensa de sus derechos. Conforme a lo estipulado por el artículo 58 del Reglamento a la Ley de uso, manejo y conservación de suelos, 7779 de 30 de abril de 1998, Decreto 29375-MAG-MINAE-S-H-MOPT de ocho de agosto del dos mil, remítase atento oficio dirigido al Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria INTA (ubicada en Sabana Sur, San José, de Teletica Canal 7, trescientos metros al sur, en el edificio del MAG en la primer planta a mano izquierda teléfono 296-2495, fax 296-0858), a fin de que certifiquen previa visita al campo, si las actividades desarrolladas en el inmueble que se pretende titular se ejercen de acuerdo con el uso conforme de suelo, según su clasificación y si en el inmueble se realizan practicas de manejos y conservación de suelos y aguas de acuerdo con la metodología aprobada. Lo anterior según la mejor tecnología disponible en cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 3°, 6°, 12, 13, 19, 26, 27, 41, 43, y 64 de la Ley N° 7779 y su reglamento. Queda el oficio antes ordenado a la orden del interesado para que proceda a su retiro y debido diligenciamiento. Se previene al promovente adjuntar una nota al oficio expedido por este despacho, mediante el cual indique donde puede ser localizada; ello con el fin de que coordine con el encargado del MAG la realización de la visita de campo al terreno que interesa, además una vez diligenciado, el informe respectivo deberá ser enviado en sobre cerrado a esta oficina, a través de sistema certificado por parte del MAG. De previo a expedir el edicto de ley deberá indicarse el estado civil actual del promovente. Se le previene al promovente que deberá aportar la dirección exacta donde notificar de las presentes gestiones a todos los colindantes o bien presentar escrito donde los mismos se den por apersonados a las presentes gestiones. Licenciada Maricel Zamora Arias, Jueza Agraria. Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, a las nueve horas del veintiocho de enero del año dos mil trece. Vista la solicitud que hace la parte gestionante en su escrito de fecha 23 de enero del dos mil trece visible a folio 173, y constando en autos que hasta la fecha no ha sido posible notificar a la sociedad colindante Finca Vistas de la Osa S. A., de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se ordena notificar por medio de edicto a la citada sociedad. Expídase edicto el cual queda en la secretaría de este despacho a la orden de la parte solicitante para su debido diligenciamiento.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 28 de enero del 2013.—Lic. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—RP2013340450.—(IN2013012957).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 13-000004-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Juan Félix Pizarro González, quien es mayor, soltero, pensionado, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, costado noroeste del Parque Bernabela Ramos, cincuenta metros al oeste del Palacio Municipal, portador de la cédula de identidad vigente 5-0063-0336, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es repastos. Situada en el distrito primero, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Óscar Guevara Arias y Municipalidad de Santa Cruz; al sur, Edwin Fernando Pizarro Pizarro; al este, Municipalidad de Santa Cruz y calle pública con un frente de treinta y ocho metros con noventa y ocho centímetros lineales, y al oeste, sucesión de Flor María Ramos Ruiz. Mide: Cuarenta y ocho mil doscientos sesenta y ocho metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-591607-85. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble en la suma de sesenta mil colones y las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veintiocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en arreglo de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Juan Félix Pizarro González. Exp. 13-000004-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 31 de enero del 2013.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—RP2013340486.—(IN2013012958).

Marciano Rosales Núñez, cédula seis-cero cincuenta y nueve-novecientos ochenta y cuatro, mayor de edad, casado dos veces, agricultor, vecino de Sinaí de Osa, promueve información posesoria. Pretende, inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de repastos, bosque y charral, situado en Sinaí de Osa, distrito Piedras Blancas, cantón quinto de Osa, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Dagoberto Bermúdez Mora; sur, Feliciano Abarca Abarca; oeste, Mireya Bermúdez Mora; y este, Antonio Quesada Quesada. Según plano catastrado P-1444822-10 mide de extensión setenta hectáreas seiscientos veintinueve metros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por posesión originaria. Estima el inmueble en quince millones de colones y el proceso en la misma suma. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. (Exp. 12-000186-0419-AG Int. (218-1-12), información posesoria de Marciano Rosales Núñez.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 12 de diciembre del 2012.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza Agraria.—1 vez.—RP2013340503.—(IN2013012959).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 13-000014-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Familia Torres Mora S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y nueve mil ciento veintiséis, domiciliada en San Blas de Lepanto, representada por Enrique Torres Torres, quien es mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Blas de Lepanto, Puntarenas, quinientos metros al norte de la escuela, portador de la cédula de identidad vigente número seis-cero cuarenta-cero diecisiete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de pastos. Situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de ochenta y nueve metros cincuenta y ocho centímetros lineales; al sur y oeste, Juan Parra Parra; al este, Olga Vega Miranda. Mide: dieciséis mil doscientos sesenta y dos metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 6-1035966-2005. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de seis meses. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercado, elaboración de rondas, chapias, reparación de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Familia Torres Mora S. A. Exp. 13-000014-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 25 de enero del 2013.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—RP2013340507.—(IN2013012960).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 11-001245-0504-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Federico Chacón Chacón, quien es mayor, estado civil una vez, vecino de San Rafael, Poás, Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-0227-0478, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de pastos y montaña. Situada en el distrito Vara Blanca, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Proyecto Hidroeléctrico Don Pedro S. A.; al sur, Montañas del Río San Fernando S. A.; al este, Proyecto Hidroeléctrico Don Pedro S. A.; y al oeste, Montañas del Río San Fernando S. A. Mide: 80 hectáreas tres mil ochocientos sesenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número H-1207977-2008. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones y un millón de colones respectivamente. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 30 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en construcción de dos casas de habitación y un galerón, dos cercas, reproducción y engorde de ganado, mantenimiento general de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Federico Chacón Chacón. Exp. 11-001245-0504-CI.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de diciembre del 2012.—Lic. Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013013153).

Se hace saber: Que ante este despacho se tramita el expediente 12-000021-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Wilberth Mora Arce, quien es mayor, oficial de seguridad, casado una vez, vecino de San José, San Luis de Turrubares, trescientos metros al este del cruce de Pital, camino hacia Potenciana, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-440-544, a fin de inscribir a su nombre ante el Registro Público de la Propiedad, el inmueble ubicado en San Luis de Turrubares, cuyo terreno es naturaleza de Potrero. Sus colindancias actuales son: al norte, con calle pública, la cual ostenta una medida de frente lineal de doscientos treinta y tres metros con treinta y un centímetros lineales; al sur, con Evelio Trejos Guerrero y con la Quebrada Pital; al este, con Ronald Mora Arce; y al oeste, con José María Mora Bermúdez y Hernán Chavarría Carmona. Mide: ciento cincuenta y siete mil trescientos veinte metros cuadrados, de acuerdo al plano catastrado SJ-1518682-2011. Se indica que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Se estiman las presentes diligencias en la suma de un millón de colones y el inmueble a titular en la suma de veinte millones de colones, de acuerdo a la realidad económica del país. Se indica que el inmueble ha sido poseído en forma continua, quieta, pública, pacífica y a título de dueño por un período mayor a los diez años, aunado a la posesión ejercida por sus anteriores transmitentes. Se indica que el inmueble fue adquirido por una donación verbal que le realizara su padre José María Mora Bermúdez. Se indica que los actos de posesión han consistido en conservarlo limpio, cercado y sembrado de pastos. Se menciona que no existen condueños y tampoco se ha inscrito a nombre del titulante, mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos. Proceso no contencioso de información posesoria, promovido por Wilberth Mora Arce. Expediente 12-000021-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 14 de febrero del 2013.—Lic. Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013013172).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 10-000005-0699-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Eduardo Calderón Arias, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Bermejo de Quebradilla, Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-163-387, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es café y charral. Situada en el distrito once Quebradilla, cantón primero Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, Ramón Arias Artavia; al sureste, con Cristina Calderón Alfaro; al suroeste, con Arnoldo Arias Artavia y Víctor Arias Artavia; y al noroeste, calle pública con un frente de setenta y tres metros y cincuenta centímetros. Mide: diez mil cinco metros con sesenta y dos decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-1218750-2008. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, e ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de dieciocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cuidado general de la finca, en cuidar las cercas de la propiedad, en mantener la limpieza del terreno en su interior como en su exterior, en dedicar el inmueble a la actividad de la agricultura. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Eduardo Calderón Arias. Exp. 10-000005-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 18 de febrero del 2013.—Lic. María Rosa Castro García, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—(IN2013013173).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 10-000424-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Nuria Antonia Gómez Gutiérrez, quien es mayor, casado pero separada de hecho, cédula 9-0066-0798 y vecino de Urbanización Monseñor Sanabria, Roble, Puntarenas; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para construir, situado en Veintisiete de Abril, distrito 01 (Santa Cruz), cantón 03 (Santa Cruz), provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte, calle pública; este, Socorro Gómez Gómez; y oeste, Lucía Gómez Gómez; al sur, Sabas Juárez Durán. Indica la parte promotora que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en dos millones cien colones, que lo adquirió mediante una compra venta que le hizo al señor Ezequiel Gómez Gómez, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre él, han consistido en dedicarlo a mantenerlo limpio, cercas de alambre, siembra de árboles frutales y maderables; que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Nuria Antonia Gómez Gutiérrez. Exp. 10-000424-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 17 de agosto del 2012.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—(IN2013013180).

Se hace saber que ante este Despacho, se encuentra el expediente 12-000219-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de información posesoria, promovido por Bertilia Mercedes Hernández Sánchez, quien es mayor, soltera, nicaragüense, ama de casa, cédula de residencia 155818316725, vecina de Guanacaste, Santa Cruz, 27 de Abril; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es frutales y jardín con una casa de habitación, situado en Veintisiete de Abril, distrito 03 (Veintisiete de Abril), cantón 03 (Santa Cruz), provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte, salón del Reino de los Testigos de Jehová y frente a calle pública; sur, Adolfo Cisneros Durán; este, María Jesús Carrillo Carrillo; y oeste, Hacienda Pinilla S. A. y calle pública con un frente a ella de quince metros con cincuenta centímetros lineales; mide 1.628 m2. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en cinco millones de colones, que lo adquirió mediante donación que le hiciera el señor Fari Matarrita Durán, mayor, casado, separado de hecho, ganadero, 5-0064-0967 vecino de Veintisiete de Abril, Santa Cruz, Guanacaste, el 03 de julio del 2011, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre él, han consistido en chapeas, mantenimiento de la casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5° de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste, 6 de febrero del 2013.—Lic. Ana Victoria Gómez Zúñiga, Jueza.—1 vez.—RP2013340551.—(IN2013013280).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente 11-000397-0296-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jorge Arturo Bolaños Carranza, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Francisco de Dos Ríos, Residencial El Bosque, de la ermita, esquina sur, cincuenta metros al sur y cincuenta metros este, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0105250162, profesión Técnico en Telecomunicaciones, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con una casa y zona verde. Situada en el distrito 08 Ángeles, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan Ramón Araya Badilla; al sur, Carlos Araya Badilla; al este, Alfredo Solórzano Guzmán; y al oeste, Carlos Cascante Rodríguez. Mide: Mil cuatrocientos cincuenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de una compra-venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han sido a título de dueño. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jorge Arturo Bolaños Carranza. Exp. 11-000397-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 30 de noviembre del año 2012.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—RP2013340606.—(IN2013013281).

Royner Albino Valverde Abarca, mayor, casado una vez, educador, portador de la cédula de identidad uno-ochocientos cuarenta y ocho-doscientos cuarenta y ocho, vecino de Sabanillas de Limoncito de Coto Brus, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: Terreno: Es terreno de cultivos, situado en Sabanillas distrito cuarto Limoncito, del canto octavo de Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Mide: mil doscientos treinta y cinco metros cuadrados. Linda: norte, calle pública con un frente de sesenta y cinco metros con ochenta centímetros lineales; sur, Édgar Villalobos Fernández; este, calle pública con un frente de cuarenta y nueve metros treinta centímetros lineales; oeste, Édgar Villalobos Fernández. Plano catastrado número P-1572139-12. Se estima el inmueble en la suma de un millón de colones. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el Registro. Notifíquese. Proceso información posesoria número 12-000237-419-AG (278-3-12) de Royner Albino Valverde Abarca.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—RP2013340642.—(IN2013013282).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente 12-000029-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Rosa Chinchilla Amador, quien es mayor, casada una vez, vecina de Las Brisas de Pérez Zeledón, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-472-860, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de tacotal. Situada en el distrito nueve, cantón diecinueve, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Madona del Sur S. A. en medio yurro invernís; al sur, María Rosa Chinchilla Amador; al este, calle pública con noventa y cinco metros con setenta y nueve centímetros; y al oeste, María Rosa Chinchilla Amador. Mide: una hectárea siete mil cuatrocientos sesenta y seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 1-1534639-2011. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera su esposo Luis Enrique Porras Monge, el cuatro de noviembre del año dos mil once, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de dieciséis años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de árboles maderables, mantenimiento de cercas y limpieza de carriles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Rosa Chinchilla Amador. Exp. 12-000029-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 20 de noviembre del año 2012.—Lic. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013013449).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Catalina Tellez Guzmán, cédula de identidad número cuatro - ciento cincuenta \ uno -cuatrocientos noventa y cinco, mayor, vecina de la provincia de Heredia, cantón de Heredia, del Registro Civil ciento cincuenta metros oeste, cincuenta sur, a las trece horas del diecisiete de diciembre del dos mil doce, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Cecilia Guzmán Ordonez, cédula de identidad número uno - trescientos treinta \ dos - cuatrocientos cuarenta \ uno, vecina de Heredia. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. Notaría de Lic. Minor Álvarez López, ubicada en San José, de los Tribunales cincuenta metros oeste. Teléfono 8343-0380 / Fax: 2268-7990.—Lic. Minor Álvarez López, Notario.—1 vez.—RP2012333647.—(IN2012117449).

Con treinta días de plazo, contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Wilser Rodrigo Corrales Benavides, mayor, soltero, jubilado, vecino Aserrí, barrio Mercedes, de la antigua gruta cien metros este y cincuenta norte, cédula de identidad uno-mil ciento cuarenta y siete-ochocientos ochenta y uno a efecto de que se apersonen al proceso en defensa de sus intereses, en el entendido de que en caso de no verificarlo, se otorgarán los derechos de herencia a quien o quienes mejor demuestren poseerlos. Asimismo, se les previene acerca del señalamiento de lugar conocido en el perímetro judicial de Aserrí, y un medio que puede estar instalado en cualquier punto del territorio nacional, donde atiendan sus notificaciones posteriores, en el entendido de que mientras no lo hagan, o bien si el lugar señalado no existiera o si existiendo permanezca cerrado, la dirección indicada sea incierta o imprecisa o bien que el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al Despacho, el plazo para interponer el o los recursos que quepan contra las resoluciones dictadas empezará a correr a partir de la fecha en que exprese el acta del notificador, en la que da cuenta de esa situación. Expediente 001-2013.—Lic. Ramiro Saborío Castro, Notario.—1 vez.—RP2013340692.—(IN2013013753).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Gerardo Macario Rodríguez Álvarez, quien fuera mayor, casado, mecánico, cédula dos-trescientos veintiuno-ciento setenta y cuatro, vecino de Los Ángeles de Grecia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 13-000012-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Grecia, 13 de febrero del 2013.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—1 vez.—RP2013340704.—(IN2013013754).

Ante la notaría del suscrito, a solicitud del señor Nelson Morales Zúñiga, mayor, casado una vez, chofer, vecino de San Juan de Dios de Desamparados cincuenta metros sur del bar Novedades, cédula de identidad número uno-cero novecientos ochenta y uno-cero ciento sesenta y ocho, inicié el proceso sucesorio en sede notarial cuyo expediente es 2013-000001-SN de quien en vida fue Juan Carlos Durán Forn, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, Moravia, cédula uno-cero quinientos cuarenta y tres-cero novecientos cuarenta y nueve. Se emplazan a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos y si no se presentan dentro del mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda. La dirección para oír los apersonamientos es la oficina del suscrito en San José, calle once, avenida seis, edificio Alfavia segundo piso, también por medio de fax al teléfono doscientos cincuenta y siete-treinta y cuatro-cincuenta y nueve o por medio del correo electrónico notijudicialesrojas@gmail.com.—San José, cuatro de febrero del dos mil trece.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—RP2013340720.—(IN2013013755).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Ana Isabel Casasola Casasola, cédula 1-166-990, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponde. Notaría Bufete Rodríguez, 300 sur y 20 este Tribunales de Justicia de Heredia.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—RP2013340730.—(IN2013013756).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de Erlinda Lostalo Chacón, quien fue mayor, casada una vez, educadora, vecina de Guadalupe de Goicoechea, de nacionalidad costarricense, con cédula de identidad seis-ciento veintitrés-setecientos ochenta y ocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a tos que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 001-2013. Sucesión notarial de Erlinda Lostalo Chacón. Notaría del licenciado Eugenio Francisco Jiménez Bonilla. Oficinas de la notaría ubicadas en San José centro, calle 7, entre avenidas central y primera, número 31 N, segundo piso, o sea del Hotel Balmoral 30 metros al norte. Teléfonos 2222-7462 y 2222-0330. Fax: 2221-3063. Correo electrónico bufetejimenez@ice.co.cr.—San José, 25 de febrero del 2013.—Lic. Eugenio Francisco Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2013340739.—(IN2013013757).

Por escritura número ciento treinta y siete, visible a folio setenta y uno frente del tomo veintiuno del protocolo de la notaria Grace Morales Vargas, otorgada a las quince horas del quince de febrero del dos mil trece, se solicita apertura de proceso sucesorio extrajudicial de Sofía Carvajal Moya, mayor, viuda de primeras nupcias, del hogar, vecina de San Francisco de La Palmera, del Súper Chino doscientos veinticinco metros sureste, cédula dos-doscientos treinta y ocho-ochocientos setenta y seis. Se cita a los interesados y herederos a apersonarse a la oficina de la citada profesional, contiguo a Sistemas de Oficina, Callejón Aquiles Hidalgo, Ciudad Quesada, San Carlos. Fax. Dos cuatro seis cero-cero nueve-seis cero. Dentro del término de Ley.—Ciudad Quesada, dieciocho de febrero del dos mil trece.—Lic. Grace Morales Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2013340763.—(IN2013013759).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Dimas Jiménez Vásquez, quien fuera mayor, costarricense, portador de la cédula 2-0136-0149. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 12-000512-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de octubre del 2012.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—RP2013340765.—(IN2013013760).

Se hace saber que en esta sede notarial, se ha dado inicio de proceso sucesorio de la causante: Herminia Graciela Redondo Redondo, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad tres cero cero noventa y tres cero cero once. Quien fue vecina de El Alto de la Victoria de Juan Viñas de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sede notarial, sita 175 metros al norte de la esquina noreste de los Tribunales de Justicia de Cartago. Expediente 0002-2013 Cartago, al ser dieciséis horas con cincuenta y cinco minutos del día veinticinco de febrero del año dos mil trece. Notaría de la licenciada María de los Ángeles Machado Ramírez.—Lic. María de los Ángeles Machado Ramírez, Notaria.—1 vez.—RP2013340779.—(IN2013013761).

A solicitud de la señora Anna Lilian Ingegard Magnusson, de un solo apellido por su nacionalidad, siendo Magnusson su apellido, ciudadana sueca con documento de identidad de su país número 271107-1247, con domicilio en Telegatan 36, 38630 Farjestaden, se informa que esta Notaría ha dado inicio al proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Karl Eric Gunnar Petersson, de un único apellido en razón de su nacionalidad sueca, mayor, soltero, empresario, con domicilio en Suecia y con pasaporte 34010749. El auto que declaró abierto el proceso sucesorio testamentario se dictó a las 18:40 horas del 18 de febrero del año 2013. Para continuar con ese procedimiento en este acto se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Licenciado Armando José Ayala Wolter, notario público. Expediente 0001-2013. Dirección: San José, Curridabat, seiscientos sur y setenta y cinco este de Plaza del Sol en Bufete Serrano, Ortiz, Ayala & Asociados. Teléfonos 2253-3278 2253-5543.—Lic. Armando José Ayala Wolter, Notario.—1 vez.—RP2013340782.—(IN2013013762).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por el licenciado Alexander Soto Guzmán, a las 15:00 horas del 22 de febrero del año 2013 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Carmen Sánchez Ulate, quien era mayor, divorciada, empresaria, vecina de Lourdes de Aserrí, 400 metros al sur de la plaza de deportes, con cédula de identidad 5-278-494, fallecida el día 31 de enero del año 2013, en la localidad de Yapal, Colombia. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Alexander Soto Guzmán, 250 del antiguo Lachner y Sáenz, Teléfono 2226-0092.—San José, 25 de febrero del año 2013.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2013340807.—(IN2013013763).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Vilma Eliette Brenes Gamboa, quien fue mayor, divorciada, oficial de policía, cédula de identidad 3-230-160, vecina de San José, Pavas. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sin no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 13-000020-182-CI (6).—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de febrero del 2013.—Lic. Édgar Echegaray Rodríguez, Juez.—1 vez.—RP2013340810.—(IN2013013764).

Se cita y emplaza a interesados en la apertura del sucesorio en sede notarial, de quien en vida se llamó Juan Evangelista Guadamuz Acosta, conocido como: Guadamuz Guadamuz, quien fuera costarricense, mayor, casado una vez, agricultor, con cédula de identidad 5-002-1270, vecino de Puerto Jesús, Mansión de Nicoya, para que dentro de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2012, sucesorio notarial de Juan Evangelista Guadamuz Acosta, Notaría de la licenciada Lupita María Angulo Pérez, 50 metros norte de entrada principal de Tribunales de San José.—San José, 8 de febrero del 2013.—Lic. Lupita María Angulo Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2013340813.—(IN2013013765).

Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todo interesado en la sucesión de quien en vida se llamó Nelson Varela Rojas, quien en vida fuera mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número dos-cuatrocientos doce-novecientos veintisiete, vecino de Chachagua un kilómetro y medio al este, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso con el fin de hacer valer sus derechos, apercibiéndose a los que crean tener derecho a la herencia, que la misma pasará a quien corresponda, si no lo hacen dentro del plazo aludido. Exp. 12-101483-317-CI. Causante: Nelson Varela Rojas, promovente: María del Carmen Villalobos Solano.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Fortuna del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 6 de noviembre del 2012.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—1 vez.—RP2013340825.–(IN2013013766).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de James Joseph Feraiuolo, de nacionalidad estadounidense, con pasaporte número de este país cero cuatro siete cero uno uno nueve ocho seis, quien fue mayor, divorciado, enfermero psiquiátrico, vecino de Estados Unidos de Norteamérica, en ciento siete SE dieciséis TH Avenue, número R doscientos tres, Gainesville, Florida treinta y dos mil seiscientos uno, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2013, en Bufete en Santo Domingo de Heredia, de la Cruz Roja 100 metros al oeste y 75 metros al oeste, ant. casa.—Heredia, a las 8:00 horas del 12 de febrero del 2012.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—RP2013340828.–(IN2013013767).

Por única vez se cita y emplaza a herederos y demás partes interesadas en el sucesorio de quien en vida se llamó Farid Matarrita Durán y quien fue mayor, casado, agricultor, portador de la cédula número cinco cero cero sesenta y cuatro novecientos sesenta y siete, vecino de Veintisiete de Abril de Santa Cruz Guanacaste, a fin de que se apersonen hacer valer sus derechos o la herencia pasará a quien corresponda.otaría del Bufete del licenciado José Ángel Ruiz Cabalceta. Notario público de Santa Cruz, Guanacaste.—Santa Cruz, 18 de febrero del año 2013.—Lic. José Ángel Ruiz Cabalceta, Notario.—1 vez.—RP2013340839.—(IN2013013768).

Se hace saber que en este Despacho se tramita, el proceso sucesorio de Elsa Hilda Castillo Aguilar, quien es mayor, ama de casa, casada una vez, vecina de Ciudad Colón de Mora, con cédula de identidad número 1-0317-0452. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se abonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 12-000084-0182-CI-3.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 24 de abril del 2012.—Lic. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—1 vez.—RP2013340845.—(IN2013013769).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Caralampio Marcos Ruiz Ruiz conocido como Blas Ruiz González, quien fuera mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de Liberia, Barrio El Capulín contiguo a Hotel El Sitio, con cédula de identidad número cinco-cero cero veinte-cero setecientos treinta y Juana Fuentes Sequeira, quien fue mayor de edad, casada una vez, ama de casa, vecina de Liberia, Barrio El Capulín diagonal al Hotel El Sitio, con cédula de identidad número cinco- cero cero treinta y cinco-cero cuatrocientos trece, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación. Se apersonan a esta Notaría a hacer valer sus derechos, percibidos de que si no lo hacen dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero uno-dos mil trece.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—RP2013340860.—(IN2013013770).

Ante esta notaría, se apersonó Cecilia Tack Chen, cédula 6-064-768, en calidad de albacea propietaria para solicitar la apertura de la sucesión testamentaria legítima y extrajudicial de quien en vida fue Carlos Alberto Carmona Estrada, cédula l-300-647, por lo que se invita a posibles interesados a apersonarse dentro de esta sucesión en mi oficina ubicada en San José, La Uruca, exactamente frente a Repuestos Gigante, Bajos del Virilla, quinientos metros sur. Expediente número 001-2013.—San José.—Lic. Billy Quirós Muñoz, Notario.—1 vez.—RP2013340889.—(IN2013013771).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio notarial “ab intestato” de Fanny Eugenia del Carmen Ruiz Barrantes, quien fuera ama de casa, casada en sus únicas nupcias, con cédula número cuatro-ciento tres-mil ciento doce, residente en Barrio Cristóbal Colón, setenta y cinco metros sur de la Escuela Balvanero Vargas Molina, provincia de Limón; para que dentro del plazo de treinta días contados desde la publicación de este edicto, se apersonen en esta notaría situada en los altos del Complejo Ofiplaza, calle 4, avenidas 5 y 6, cantón y distrito primeros de la provincia de Limón; apartado postal 202-7300 Limón, o facsímil 2758-4355 a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 002-2013.—Lic. Myrna Ivette Pierre Dixon, Notaria.—1 vez.—RP2013340898.—(IN2013013772).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Hernán Chacón Rodríguez, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad 400610076 y Virgita Rodríguez Rodríguez, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad 400670117. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a corresponda. Expediente 13-000030-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de febrero del año 2013.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—RP2013340902.—(IN2013013773).

Por escritura número 56, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 26 de febrero del año 2013, se solicitó la apertura de la sucesión testamentaria del señor: José María Caamaño Guevara, de quien en vida fuera, mayor de edad, costarricense, casado una vez, pensionado, vecino del mismo domicilio que la compareciente Morúa Carrillo, con cédula de identidad número tres-cero seis seis-uno ocho ocho; emplazando a todos los interesados para que comparezcan dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, ante esta notaría ubicada en: San José, Curridabat, Urbanización José María Zeledón, de Ferretería EPA, veinticinco metros este, doscientos metros sur, contiguo Empaques La Fuente; a reclamar o hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2013.—Lic. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1 vez.—RP2013340907.—(IN2013013774).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ana Isabel Alvarado Arias, quien fue mayor, soltera, ama de casa, vecina de Grecia, San Roque, cédula de identidad número dos-cuatrocientos veintisiete-cuatrocientos treinta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener derechos de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2013. Notaría del Bufete Lic. José Alberto García Vargas.—Lic. José Alberto García Vargas, Notario.—1 vez.—RP2013340915.—(IN2013013775).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Iris Lorena Delgado Álvarez, quien fuera mayor, soltera, del hogar con cédula de identidad 3-0265-0036 y vecina de Potrero Cerrado de Oreamuno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 12-000326-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de noviembre del año 2012.—Lic. Miguel Ángel Rosales Alvarado, Juez.—1 vez.—RP2013340922.—(IN2013013776).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Faustina Vega Alpízar, quien fue mayor, casada una vez, del hogar, vecina de San José, Desamparados, Cucubres, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la notaría del Licenciado Bernal Ulloa Álvarez, sito en avenida diez bis, calles veintitrés y veinticinco, número 2312, a reclamar sus derechos y se apercibe a los crean tener calidad de herederos que si no se presenta dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2-2012.—Lic. Bernal Ulloa Álvarez, Notario.—1 vez.—RP2013340928.—(IN2013013777).

Mediante acta de apertura, otorgada ante esta notaría, por Willem Huib Jan Pothof, a las once horas del diecisiete de enero del año dos mil trece y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Ana Cecilia Fonseca Escalante, mayor, casada una vez, bióloga, vecina de San José, cédula uno-setecientos ochenta y tres-doscientos noventa y tres. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Mauricio Marín Sevilla, con oficina en San José, Sabana Norte, Edificio Torres del Parque, piso tercero. Fax: 2290-3653.—Lic. Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1 vez.—RP2013340950.—(IN2013013778).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de María Eugenia Solórzano Lobo, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Palmares, con cédula de identidad número 2-185-818. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 12-001206-691-CI.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Palmares, 20 de febrero del 2013.—Lic. Ivannia Quesada Quirós, Jueza.—1 vez.—RP2013340972.—(IN2013013779).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Victoria Monterroso Azofeifa, quien fue mayor, soltera, médica patóloga, vecina de Guachipelín de Escazú, cédula de identidad número 1-0415-1494. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sin no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 12-000704-0164-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 5 de febrero del 2013.—MSc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—RP2013340976.—(IN2013013780).

Avisos

PRIMERA PUBLICACIÓN

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de presunción de muerte promovida por Shirley María Contreras Picado, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula cinco-doscientos cuarenta y cuatro-trescientos cincuenta y cinco y Flor María Velásquez Castillo, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad seis-cero noventa-doscientos noventa y nueve, vecina del Progreso de Barranca, frente a la iglesia católica, casa E-18, la primera en calidades de esposa y la madre del menor Jorge Luis Reyes Contreras y la segunda como madre del desaparecido, encaminado a solicitar la presunción de muerte de Norman Reyes Velásquez, mayor, casado una vez, pescador, cédula seis-doscientos dieciocho-trescientos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de Ley en caso de omisión. Información posesoria 05-100507-642-CI-1 de Norman Reyes Velásquez.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—RP2013340239.—(IN2013012078).

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legítima de los menores Dapheny Engearith Arias Zúñiga y Junier Daniel Arias Zúñiga ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente 13-000054-0938-FA. Proceso tutela legítima dativa. Promovente: María Eugenia Zúñiga Vega.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 30 de enero del año 2013.—MSc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—Exonerado.— (IN2013013224).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por León Gerardo Elizondo Hernández, mayor, casado una vez, chofer de automóviles, vecino de Goicoechea, cédula de identidad número uno-cero setecientos dieciséis-cero cero cuarenta y tres, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de León Gerardo, por el de Jhon Gerardo mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. 12-000805-0169-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de enero del 2013.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—RP2013340327.—(IN2013012077).

Licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, hace saber a la demandada Flory Belle Castillo Villalobos, de nacionalidad costarricense, con cédula de identidad 2-385-276, de paradero actual desconocido, que en este Despacho y con el expediente 11-001037-0187-FA se tramita el proceso abreviado de divorcio incoado por el señor Ricardo Jiménez Cecilio; se dictó una resolución que dice: Del anterior proceso abreviado de divorcio que establece el señor Ricardo Jiménez Cecilio contra Flory Belle Castillo Villalobos se confiere traslado por el plazo de diez días hábiles posteriores a la notificación de la presente resolución al demandado, para que la conteste en la forma que indica el artículo 305 en relación con el artículo 428 ambos del Código Procesal Civil. Con relación a los hechos de la demanda deberá manifestar si los rechaza por inexactos, los acepta como ciertos o si los admite con variantes o rectificaciones, las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya; en esta oportunidad ofrecerá pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y generales de los testigos, y sobre cuáles hechos serán interrogados, sin interrogatorio formal. Se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Se le previene a la parte demandada y a la Institución mencionada, que en su primer escrito que presente, deberá indicar el medio y lugar para recibir notificaciones (casillero, fax, correo electrónico), dentro del perímetro judicial de esta Ciudad. Lo anterior con apercibimiento de que las futuras resoluciones que se dicten se les tendrán por debidamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia producirá para ambas partes si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o no existiere. Con el objeto de fomentar prácticas amigables con el medio ambiente y acelerar la tramitación procesal, el Poder Judicial está desarrollando políticas para disminuir el uso del papel, promoviendo el empleo de medios electrónicos de comunicación. (Sesión de Corte Plena 16-09 del 11 de mato de 2009, Art. XXI). Por ello, esta autoridad se permite instar a las partes, abogado y demás intervinientes en este proceso a señalar un correo electrónico para recibir notificaciones y demás comunicaciones judiciales siguiendo para ese fin las directrices señaladas en el artículo 39 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687. Con la dirección indicada por el Oficial Mayor del Departamento Electoral, Registro Civil, notifíquese a la demandada personalmente (mano propia) o en su casa de habitación, mediante la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José, en la siguiente dirección: Sabanilla, Montes de Oca, San José, Urbanización La Alambra, casa 2A. Licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez. Expediente 11-001037-0187-FA. Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, ocho de febrero de dos mil trece. Publíquese por una sola vez.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013012257).

Se avisa que en este Despacho los señores Jorge Antonio Muñoz Valverde, Karla Paola Jiménez Acuña, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Dominik Orlando Rodríguez Arguedas. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 13-000019-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 23 de enero del 2013.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013012271).

Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia); hace saber a Tien Lai Wu conocido como Steven Wu Tsai, que en este Despacho se interpuso un proceso declara. extramatrimonialidad en su contra, bajo el expediente 12-000825-0938-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diez de diciembre del año dos mil doce. Se tiene por establecido por parte de Yamilette Palma Guevara el presente proceso de declaratoria extramatrimonialidad e investigación de paternidad en contra de Tien Lai Wu conocido como Steven Wu Tsai y Concepción Alemán Espinoza, a quienes se les confiere traslado por el plazo de diez días, para que la contesten, opongan excepciones previas, la prueba documental que tuvieren y la testimonial con indicación en su caso del nombre y generales de los testigos que proponga. Al contestar negativamente deberán expresar con claridad las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoyan. Respecto de los hechos de la demanda, deberán contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechazan por inexactos, o si los admiten como ciertos o con variantes o rectificaciones. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presenten debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se pone en conocimiento de las partes que el Departamento de Laboratorio Forense, Sección de Bioquímica, concedió cita para realizar la prueba de marcadores genéticos para las diez horas del veinticinco de enero de dos mil trece. Deberán presentarse en el Departamento antes citado, en el Complejo de Ciencias Forenses, ubicado en San Joaquín de Flores, Heredia. No es necesario que se presenten en ayunas pero sí indispensable la presentación del documento de identidad vigente. Siendo que en el presente asunto está en juego el Derecho a la identidad de una persona menor de edad y por tanto una discusión de orden público en estricta aplicación de los numerales 7° y 8° de la Convención de los Derechos del Niño, con jerarquía Constitucional, artículos 1, 5, 30 y 115 del Código de la Niñez y Adolescencia, 53 y 54 de la Constitución Política, es que se previene a la señora Yamilette Palma Guevara que debe presentar puntualmente a las personas menores de edad Yeilyn Tatiana Wu Palma y Bryan José Wu Palma, a la sección citada, bajo el entendido que en caso de omisión podrá ser acusada penalmente por el Delito de Abuso de la Patria Potestad (artículo 188 del Código Penal). A la actora y a los demandados se les hace saber, que de conformidad con el artículo 98 del Código de Familia, la parte que sin motivo alguno se niegue a practicarse esa importante prueba, será considerado ese proceder como malicioso. Además esa circunstancia podrá ser tenida como un indicio de veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha prueba, de ahí la importancia de mantener o señalar un lugar o medio donde escuchar notificaciones. Previo a nombrarle curador al demandado Tien Lai Wu conocido como Steven Wu Tsai, debe la actora aportar los movimientos migratorios del demandado y certificación del Registro Público, Sección Personas donde se indique si dicho demandado tiene o no apoderado en el país, así como también debe aportar dos testigos a fin de acreditar su ausencia o bien, que desconozcan su paradero. Los honorarios del curador procesal a nombrar se fijan en la suma de cincuenta mil colones exactos, los que serán cubiertos por la Unidad Administrativa de este circuito judicial; a quien se ordena comunicar dicha disposición vía correo electrónico. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar al señor Concepción Alemán Espinoza, se comisiona al Comando Norte de La Cruz. De conformidad con el artículo 35 de la citada ley; se informa a la autoridad comisionada que la parte accionante tiene señalado como medio el correo electrónico consultoriosjuridicos.sg@ucr.ac.cr. Msc. Eddy Rodríguez Chaves. Juez(a). Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia). A las siete horas y cuarenta y siete minutos del doce de febrero del año dos mil trece. Se nombra como curador procesal del demandado Tien Lai Wu conocido como Steven Wu Tsai al licenciado Osvaldo Antonio Muñoz Vargas; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. La parte interesada puede localizarlo al teléfono 22-82-48-10. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial para los efectos del artículos 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación; edicto que se remitirá por medio del despacho. Conforme fue solicitado por la actora Yamilette Palma Guevara, mediante oficio solicítese a Migración y Extranjería los movimientos migratorios del demandado Tien Lai Wu conocido como Steven Wu Tsai; y al Registro Público, Sección Personas certifique si dicho accionado tiene o no apoderado en el país. Asimismo solicítese al Registro Civil informe si a dicho demandado le ha sido otorgada la nacionalidad costarricense por naturalización; en caso afirmativo remitan su cuenta cedular a fin de constatar su domicilio electoral. Msc. Eddy Rodríguez Chaves. Juez(a). Lo anterior se ordena así en proceso declara. extramatrimonialidad de Yamilette Palma Guevara contra Tien Lai Wu conocido como Steven Wu Tsai y Concepción Alemán Espinoza. Expediente 12-000825-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 12 de febrero del 2013.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013012289).

MSc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), a Jorge Luis Rojas Chaves, mayor, guarda de seguridad, cédula de identidad número cinco-doscientos dieciséis-cero quince y de demás calidades desconocidas se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Jorge Luis Rojas Chaves, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia 93-2013. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, a las nueve horas cincuenta minutos del siete de febrero de dos mil trece. Proceso especial de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Laureana Rojas Romero, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por la Licenciada Ana Marcela Montero Noguera, mayor, soltera, abogada, cédula de identidad número cinco-doscientos noventa y tres-quinientos treinta y nueve, vecina de Liberia, en su condición de apoderada general judicial administrativa sin límite de suma, contra Jorge Luis Rojas Chaves, mayor, guarda de seguridad, cédula de identidad número cinco-doscientos dieciséis-cero quince, y de demás calidades desconocidas. Interviene el Licenciado José Manuel Retana Segura, en su condición de curador procesal del accionado. Resultando:...; Considerando:...; Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se falla: 1) Se acoge la demanda de declaratoria de abandono de la persona menor de edad Laureana Rojas Romero. Se extingue a su padre Jorge Luis Rojas Chaves, el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial de Laureana Rojas Romero en el hogar de la señora Amalia Rodríguez Cruz, quien deberá apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos de la provincia de Guanacaste, al tomo cuatrocientos sesenta y tres, página ciento diecisiete, asiento doscientos treinta y tres. 2) Se ordena notificar esta sentencia por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional, siendo suficiente con la publicación de la parte dispositiva con los datos necesarios para identificar el proceso. 3) Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. Exp. 10-000082-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia.—MSc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013012290).

Licenciado Agustín Díaz Delgado, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a quien interese: sentencia de primera instancia 167-2013 Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas y cincuenta y ocho minutos del uno de febrero de dos mil trece. Proceso de actividad judicial no contenciosa de insania promovido por Bertilia Morera Vargas, mayor, casada una vez, oficios domésticos, vecina de El Roble de Alajuela, portadora de la cédula de identidad número 202970433, en favor de Carol Yesenia Morera Morera c.c. Karol Yesenia, mayor, casada una vez pero separada de hecho, ama de casa, vecina de El Roble de Alajuela, portadora de la cédula de identidad número 205340343. Resultando: 1)   2)   3)   Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…, III.—…, IV.—…, V.—…, Costas: Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 796, 797, 842, 828, y 829 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil, 233, 236, 239, 242, 202 y 204 del Código de Familia, el presente proceso de actividad judicial no contenciosa, incoado por Bertilia Morera Vargas, se falla de la siguiente forma: 1) Se declara el estado de interdicción de la señora Carol Yesenia Morera Morera c.c. Karol Yesenia. 2) Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá inscribirse en el Registro Público, Sección de Personas y Sección de Propiedad, así como en el Registro Civil al tomo noventa y cinco (95), página no indica, asiento seiscientos ochenta y nueve (689), Sección de Nacimientos, provincia de Alajuela. 3) Se nombra como curadora de la incapaz a Bertilia Morera Vargas, a quien se le previene comparecer a aceptar y jurar el cargo dentro de tercero día; o a exponer el motivo de excusa que tuviere. 4). El curador designado deberá levantar un inventario de todos los bienes del inhábil, en el plazo de treinta días contados a partir de la aceptación del cargo. 5) Con el fin de que la curadora represente a la incapaz, en los asuntos judiciales en los que se ésta se halle interesada, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. 6) Una vez que la curadora presente el inventario y el avalúo de todos los bienes de la incapaz, en caso de tenerlos, se le ordenará que garantice las resultas de su administración. 7) La garantía se puede rendir mediante depósito en dinero efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o bonos del Estado sus instituciones, apreciados estos últimos en su valor comercial, según certificación de un corredor jurado. 8) El cargo de curadora lleva implícito el deber de representarla legalmente y administrar sus bienes. Igualmente, es obligación de la curadora cuidar que la incapaz adquiera o recobre su capacidad mental. 9) Las costas de este trámite son a cargo del patrimonio de la inhábil. 10) Publíquese la sentencia en el Boletín Judicial.— Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.— M.Sc. Agustín Díaz Delgado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013013176).

MSc. Eddy Rodríguez Chaves Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia; hace saber a Jennifer Zúñiga Talavera, que en este Despacho se interpuso un proceso depósito judicial en su contra, bajo el expediente número 12-000378-0938-FA de Simeona del Carmen Obando Suárez donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia. A las quince horas y siete minutos del veinte de junio del año dos mil doce. De las presentes diligencias de depósito de la menor María Fernanda Obando Zúñiga, promovidas por Simeona Obando Suárez, se confiere traslado por tres días al (la) (los) señor(a)(es) Leonel Obando Suárez y Jennifer Zúñiga Talavera, y al Patronato Nacional de la Infancia, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Conforme es solicitado por la actora como medida provisional se nombra como depositaria provisional de la menor María Fernanda Obando Zúñiga a la señora Simeona Obando Suárez, quien deberá presentarse a este Despacho en el término de tres días, a aceptar el cargo conferido. Notifíquese esta resolución al (la) (los) señor(a)(es) Leonel Obando Suárez y Jennifer Zúñiga Talavera, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea). Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia). En forma previa a notificarle a Jennifer Zúñiga Talavera, se previene a la promovente indicar el domicilio actual donde notificarle. MSc. Eddy Rodríguez Chaves. Juez.- Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia). A las once horas y once minutos del uno de febrero del año dos mil trece. A petición de la accionante se ordena nombrar Curador Procesal a la accionante Jennifer Zúñiga Talavera y siendo que la Unidad Administrativa de este Circuito Judicial tiene contenido presupuestario para cancelar honorarios de curadores procesales tal y como lo ha informado en otros asuntos que se tramitan en este Despacho, los honorarios del curador que se nombre en este proceso serán cubiertos por dicha Unidad, a quien se ordena comunicar mediante correo electrónico que los honorarios fueron fijados en la suma de cincuenta mil colones para lo que les corresponda, por lo expuesto se nombra como Curador Procesal al Licenciado José Humberto Alvarado Angulo; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. La parte interesada puede localizarlo al teléfono 2665-0058 y 8317-4509. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Lo anterior se ordena así en proceso depósito judicial de contra expediente 12-000378-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 1° de febrero del año 2013.—Lic. Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013013228).

Licenciada Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José, a Miyairi González Sosa, en su carácter personal, quien es mayor, casada, oficios domésticos, domicilio desconocido, número de identidad 0803040792, se le hace saber que se ordenó notificarle por edicto, la demanda abreviada de divorcio bajo la sumaria 13-000021-0186-FA, establecida por René Humberto Silva Suárez en su contra. Mediante la cual pretende que se declare el divorcio por la separación de hecho.—Juzgado Primero de Familia de San José, a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del veintiséis de febrero de dos mil trece.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.— Exonerado.— (IN2013013482).

Se avisa, a los señores Saúl Almicar Carrillo Montiel, mayor de edad, nacionalidad nicaragüense, documento de identidad C739800, de domicilio y demás calidades desconocidas y al señor Irving Alexander Méndez Rojas, mayor de edad, nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia número 155803286303 de domicilio y demás calidades desconocidas, quienes son representados por los curadores procesales Licenciada Carolina Muñoz Con y el Licenciado Heberto Noguera González, se les hace saber que existe proceso 08-000208-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad Adonay José Carrillo Pérez, Pamela Saray González Pérez, Rebeca Abigail Méndez Pérez y Tamara Auxiliadora Pérez Jirón establecido por la Licenciada Marisol Piedra Mora quien es sustituida por el Licenciado Randall Durán Ortega, en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia en contra de María Auxiliadora Pérez Jirón, Irving Alexander Méndez Rojas, Saúl Almicar Carrillo Montiel y Cruz Rafael González Méndez, se ha dictado la resolución de las quince horas y veintinueve minutos del veinticuatro de enero del dos mil trece, en la que se ordena ampliar la presente demandada de declaratoria judicial de abandono en contra del señor Cruz Rafael González Méndez siendo establecidas por la Licenciada Marisol Piedra Mora sustituida por el Licenciado Randall Durán Ortega en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, del cual se le confiere audiencia por el plazo de cinco días, al señor Cruz Rafael González Méndez, para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte al accionado que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de febrero del 2013.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.— (IN2013013500).

Se avisa a Gerardo Alberto Salas Zamora, mayor, soltero, cédula de identidad cinco-doscientos setenta-novecientos noventa y siete, de paradero y domicilio desconocidos, siendo representado en este proceso por la Licenciada Carolina Muñoz Con, que en este despacho se dictó dentro del proceso de declaratoria judicial de abandono, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, representado por la Licenciada Ilena Ballard Romero, expediente 11-000303-0673-NA, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia 27-2013.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 6 de febrero del 2013.—Resultando: I..., II..., III..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de las personas menores de edad Aidan David Lázaro Campos, Antuan Yamal y Crisbel Naysethe ambos Salas Campos, Rutger Josué Gutiérrez Campos. Se extingue a su madre Vianney Argery Campos Méndez; al señor Marco Vinicio Lázaro Rojas padre de Aidan David Lázaro Campos y el señor Gerardo Alberto Salas Zamora padre de Antuan Yamal y Crisbel Naysethe ambos Salas Campos en el ejercicio de la patria potestad. Se deposita judicialmente a los niños Aidan David Lázaro Campos, Antuan Yamal y Crisbel Naysethe ambos Salas Campos con la institución actora, por lo que su representante legal deberá apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. En cuanto a la persona menor de edad Rutger Josué Gutiérrez Campos, se ordena la permanencia del mismo con su progenitor Mayquel Francisco Gutiérrez G. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, a Aidan David Lázaro Campos, al tomo dos mil ciento nueve, folio doscientos setenta y nueve, asiento quinientos cincuenta y siete, Antuan Yamal Salas Campos, al tomo dos mil sesenta y siete, folio ciento cincuenta y dos, asiento trescientos tres, Crisbell Naysethe Salas Campos, al tomo mil ochocientos setenta y tres, folio ciento setenta y uno, asiento trescientos cuarenta y dos, Rutger Josué Gutiérrez Campos, al tomo mil ochocientos cinco, folio cuatrocientos catorce, asiento ochocientos veintisiete. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de febrero del 2013.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.— (IN2013013501).

Se avisa a Willington Ortiz Angulo, mayor, colombiano, con pasaporte número nueve cuatro cuarto tres uno tres seis cinco, con oficios y domicilio desconocido siendo representado en este proceso por la Licenciada Lizeth Álvarez Salas, que en este despacho se dictó dentro del proceso de declaratoria judicial de abandono, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, representado por la Licenciada Hazel Oreamuno, expediente 12-000189-0673-NA, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia 39-2013.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las quince horas y cinco minutos del catorce de febrero de dos mil trece. Resultando: I.—..., II.—..., III.—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9° de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de los niños Isaac Damián y Juan David Ortiz Vargas. Se rechazan las excepciones de falta de derecho y falta de interés. Se extingue a padres Selena Vargas Figueroa y Willington Ortiz Angulo el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial de los niños Isaac Damián y Juan David Ortiz Vargas, con el ente actor, debiendo su representante legar apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, a Isaac Damián Ortiz Vargas, al tomo dos mil noventa y seis, folio ciento treinta, asiento doscientos cincuenta y nueve, a Juan David Ortiz Vargas, al tomo mil novecientos sesenta y nueve, folio ciento veintitrés, asiento doscientos cuarenta y cinco. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de febrero del 2013.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.— (IN2013013503).

Se avisa, a la señora Jacqueline Chinchilla Marín, mayor, soltera, cédula número 1-840-017 de oficio y domicilio desconocidos, siendo representada en este proceso por la Licenciada Sharon Chinchilla Villalta, hace saber que existe proceso 12-000480-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Sara Valentina Chinchilla Marín, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, representada por la Licenciada Alma Nuvia Zavala Martínez en contra de Jacqueline Chinchilla Marín, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas y cuarenta y tres minutos del veintisiete de setiembre de dos mil doce, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte al accionado que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de febrero del 2013.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.— (IN2013013508).

Edictos Matrimoniales

Ante la notaría del licenciado Mauricio Calderón Solís, con oficina en San José, edificio Rodó calle 2, entre avenidas 3 y 5, se han presentado los señores Juan Alberto Canelo Jirón, mayor, nicaragüense, pasaporte C 0843887 y la señora Mariza Hernández Pérez, mayor, costarricense, cédula 1-552-307, con el objeto de contraer matrimonio civil. Quien tenga objeción alguna se puede apersonar a mi notaría sita en edificio Rodó calle 2, entre avenidas 3 y 5, Tel. 2222-6356.—San José, 26 de febrero del 2013.—Lic. Mauricio Calderón Solís, Notario.—1 vez.—RP2013341332.—(IN2013014303).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Elyin Francisco Camacho Porras, mayor de edad, soltero, contratista, cédula de identidad 0702190413, vecino de Guadalupe de Cartago, 25 metros oeste de la Carnicería Guadalupana, casa color verde, hijo de Yesenia Porras Jiménez y José Francisco Camacho Ureña, nacido en Centro Central, Limón, el 26/04/1993, con 19 años de edad, y Kenya Francini Román Marchena, mayor de edad, soltera, secretaria, cédula de identidad número 0304560029, vecina de Guadalupe de Cartago, 25 metros oeste de la Carnicería Guadalupana, casa de color verde, hija de Jessica Marchena Contreras y Deivis Humberto Román, nacida en Oriental Central Cartago, el 29/06/1991, actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 13-000330-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 18 de febrero del 2013.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013014470).

Edictos en lo Penal

El suscrito Licenciado Andrés Alberto Retana Vargas, Fiscal Auxiliar, Fiscalía Adjunta Contra la Delincuencia Organizada, División de Trámite Complejo, comunica: 1) Vehículo marca Toyota, 4 Runner, placa 694148, año 1999, en donde José Giovanni Segura Angulo, portador de la cédula de identidad número 01-0902-0905, figura como propietario registral de dicho vehículo. 2) Vehículo marca Freightliner, estilo D132064T, placa C142773, año 1997, en donde José Giovanni Segura Angulo, portador de la cédula de identidad número 01-0902-0905, figura como propietario registral de dicho vehículo. 3) Vehículo marca Trailmobile, categoría remolque, placa S007212, año 1977, en donde José Giovanni Segura Angulo, portador de la cédula de identidad 01-0902-0905, figura como propietario registral de dicho vehículo. 4) Vehículo marca Trailmobile, categoría semiremolque, placa S015734, año 1995, en donde José Giovanni Segura Angulo, portador de la cédula de identidad número 01-0902-0905, figura como propietario registral de dicho vehículo. 5) vehículo marca Utility, estilo traileta, categoría semiremolque, placa S018111, año 1999, en donde José Giovanni Segura Angulo, portador de la cédula de identidad 01-0902-0905, figura como propietario registral de dicho vehículo. 6-) Provincia en San José, Finca 1-625758, en donde José Giovanni Segura Angulo, portador de la cédula de identidad número 01-0902-0905, figura como propietario registral de dicho bien inmueble. 7) Provincia en San José, Finca 380716, en la cual el propietario es Inversiones Doña Tina del General Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-377337, en donde el apoderado generalísimo sin límite de suma corresponde al presidente el señor José Giovanni Segura Angulo, cédula de identidad número 01-0902-0905. Se presente a la Fiscalía Adjunta Contra la Delincuencia Organizada División de Trámite Complejo, ubicada en San José, Barrio González Lahaman, Edificio Tribunales de Justicia, segundo piso, a fin de hacer la prevención como terceros interesados de dichos bienes que fueron decomisados bajo la causa 12-000151-1219-PE, contra José Giovanni Segura Angulo, por el delito de Legitimación de Capitales Provenientes del Narcotráfico, en perjuicio de el orden socio-económico, a su vez, que aporte la documentación idónea que lo acredite como tercero interesado, en caso contrario vencido el plazo previsto en la Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso. Por lo anterior se procede a comunicarle por medio de edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo.—Fiscalía Adjunta contra la Delincuencia Organizada, División de Trámite Complejo.—Lic. Andrés Alberto Retana Vargas, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exento.—(IN2013014164).