BOLETÍN JUDICIAL Nº 141 DEL 23 DE JULIO
DEL 2013
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
Reiteración
CIRCULAR N° 03-2012
ASUNTO: Remisión obligatoria del “Listado Estadístico
Trimestral de Género”.
A TODOS LOS DESPACHOS QUE CONOCEN LAS
MATERIAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA, PENSIONES
ALIMENTARIAS, FAMILIA, LABORAL, ATENCIÓN A
VÍCTIMAS Y TESTIGOS, ASÍ COMO
LAS FISCALÍAS
PENALES DE ADULTOS DE TODO EL
PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior en sesión N° 88-10 celebrada el 30 de
setiembre del 2010, artículo XLIV, dispuso instrucciones para el envío de
información para cada una de las variables aprobadas por este Consejo y la
Comisión de Género, correspondientes a las partes involucradas en los procesos
judiciales relacionados con estas materias, a saber: sexo, edad, estado civil,
nacionalidad, ocupación, y si corresponde a un expediente relacionado con una
persona adulta mayor.
Para cumplir con lo
anterior, la Secretaría General remitió en su momento las circulares N° 139-10 y N° 141-10, en las que
se presentó la estructura que debe tener el listado trimestral de género, así
como la obligatoriedad que tienen los despachos judiciales y las fiscalías de
enviar este informe. Además, se informó que tanto el Sistema Costarricense de
Gestión de Despachos Judiciales, como el sistema “JMS” y “GJP”, tienen la capacidad
de generar el detalle de estas variables en este listado trimestral.
Sin embargo, durante el
2010, la gran mayoría de despachos judiciales no han enviado los listados
estadísticos de género y aquellos que se han remitido a la Sección de
Estadística, no cuentan con toda la información solicitada, la cual es
sumamente importante para la institución, así como para honrar compromisos de
suministro de información con organismos internacionales, que tiene el Estado
Costarricense.
Por ese motivo se les
comunica que a partir de enero del 2012, el Juez o Jueza que Coordine un
despacho, la Jefatura del Despacho, los fiscales y fiscalas
adjuntas o quienes ejerzan la Jefatura de una Fiscalía y los coordinadores y
coordinadoras judiciales, según sea el caso, serán responsables de establecer
los controles que correspondan para velar porque se digiten las variables
referidas, en el sistema informático asignado a cada oficina, pero sobre todo la
información relacionada con la variable sexo de las partes involucradas en los
procesos judiciales que ingresen a los despachos judiciales. Los y las
profesionales en informática, de cada región, les indicarán el procedimiento a
seguir para la generación de los listados y les darán el apoyo correspondiente
en casos de duda.
Es importante aclarar, que
el énfasis que se le dará a la variable “sexo” obedece a la
necesidad de ir implementando el suministro de información género sensitiva,
por etapas; y así mismo a que esta es la variable señalada como de mayor
importancia por Naciones Unidas, a través del Comité de la CEDAW, mediante las
recomendaciones vertidas a todas las instituciones públicas del Estado
Costarricense.
De comprobarse que en los
informes de género correspondientes al primer trimestre del 2012 y siguientes
períodos, no viene indicada la información del sexo en todos los
expedientes que se incluyan en ese informe, será puesto en conocimiento del
Consejo Superior y del Tribunal de la Inspección Judicial, para lo de su cargo.
Se les recuerda la
obligatoriedad que tienen los servidores y servidoras judiciales, de las
oficinas judiciales del país de rendir los informes de cita de manera
electrónica a los correos oficiales de la Sección de Estadística (informes estadísticos instancia superior y materia
penal e informes estadísticos materias no penales), según lo ordena la
circular N° 90-07 del 18 de setiembre del 2007 del
Consejo Superior.”
(Reiterada en virtud del
acuerdo tomado por el Consejo Superior en sesión N°
56-13, celebrada el 30 de mayo de 2013, artículo LXXXIII).
San José, 20 de
junio del 2013.
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—Exonerado.—(IN2013044572) Secretaria
General
CIRCULAR N° 111-2013
ASUNTO: Directriz sobre la labor de las Oficinas de
Localización y Presentación del Organismo de Investigación Judicial.
A TODAS LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior en sesión N° 54-13, celebrada el 23 de mayo
del 2013, artículo LII, acordó comunicarles que las Oficinas de Localización y
Presentación del Organismo de Investigación Judicial, fueron creadas para la
localización y presentación de personas ante los tribunales.
En razón de lo anterior, el
servicio de estas Unidades se debe utilizar para los fines que fueron creadas,
y salvo en casos de urgencia y por excepción, las solicitudes deberán ser
tramitadas por el mismo despacho, ante la Administración que corresponda, para
que se les cubra el gasto de traslado, cumpliendo las disposiciones
administrativas que lo regulan.
San José, 18 de
junio del 2013.
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—Exonerado.—(IN2013044573) Secretaria
General
CIRCULAR N° 112-2013
ASUNTO: Variación del formato
de conciliaciones señaladas y sin audiencia.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES
QUE TRAMITAN MATERIA DE TRÁNSITO
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior en sesión N° 55-13, celebrada el 28 de mayo
del 2013, artículo LXV, a solicitud de la Comisión Interinstitucional de
Tránsito, acordó comunicarles lo siguiente:
“La Comisión
Interinstitucional de Tránsito, en sesión N° 01-13,
celebrada el 5 de abril del 2013, artículo I, dispuso comunicarles que en las
conciliaciones señaladas y sin audiencia, se debe seguir el siguiente formato:
1- En las audiencias debidamente
señaladas en las cuales asistan ambas partes se deben titular “Acta de
Comparecencia” y ser firmadas por los asistentes y la Técnica o el Técnico
Judicial correspondiente. En caso que deseen conciliar, la Técnica o el Técnico
Judicial deberá consignar los términos del acuerdo, el
cual en la medida de lo posible será debidamente firmado por la autoridad
judicial a la mayor brevedad. En aras de no prestar a confusión, en lo
sucesivo, los formatos que se utilicen deberán consignar “revisados los
términos del acuerdo por la Jueza o Juez” y no como se utiliza actualmente
“estando presente”.
2- En los casos en los cuales las
partes se presenten al Despacho sin audiencia previa a fin de arribar a un
acuerdo conciliatorio, deberán igualmente procederse conforme al punto primero
y procurar -salvo que cuenten con Juez tramitador- establecer un rol a fin que
se cuente con un juez que proceda a la revisión y firma del acuerdo suscrito.
Asimismo que, con el objetivo de evitar desplazamientos innecesarios de las
partes, se realicen las prevenciones del caso en aquellos asuntos en los cuales
sea necesario aportan algún documento, visto bueno y apersonamiento de
propietarios.
San José, 18 de
junio del 2013.
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—Exonerado.—(IN2013044574) Secretaria
General
CIRCULAR N° 113-2013
ASUNTO: Colaboración al personero del Consejo de
Seguridad Vial.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión N° 55-13, celebrada el 28 de mayo del 2013, artículo LXVI,
acordó comunicarles que deben colaborar con el personero del Consejo de
Seguridad Vial (COSEVI), que llegará a realizar la revisión para proceder a los
levantamientos de gravámenes de los vehículos decomisados. Lo anterior, en
apego a lo dispuesto en el artículo 155 de la Ley de Transito por Vías Públicas
Terrestres y Seguridad Vial N° 9078.
San José, 18 de junio del 2013.
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—Exonerado.—(IN2013044575) Secretaria
General
CIRCULAR N° 114-2013
ASUNTO: Lista de abogados suspendidos en el ejercicio
de su profesión, actualizada al 20 de junio del 2013.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento de lo dispuesto
por el Consejo Superior, en sesiones Nos. 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de
febrero y 16 de diciembre del 2003, en ambas, artículos LII, hago de su
conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales
suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados, según
correo electrónico del citado Colegio Profesional.
LISTA DE ABOGADOS SUSPENDIDOS EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
ACTUALIZADA
AL 20 DE JUNIO DE 2013
Nombre del abogado |
N° carné |
Tiempo |
Rige del |
Hasta el |
Gaceta |
Alvarado Cervantes Olman |
4436 |
***** |
12/05/2011 |
***** |
91 del 12/05/2011 |
Alvarado Cervantes Olman |
4436 |
2 años y 1 mes |
13/11/2011 |
12/12/2013 |
218 del 14/11/2011 |
Aguilar Herrera Luis |
1490 |
1 año |
30/04/2013 |
30/04/2014 |
082 del 30/04/2013 |
Arguedas Arias Carlos |
15534 |
8 meses y 17 días |
21/12/2012 |
07/09/2013 |
247 del 21/12/2012 |
Argüello Chaverri Ricardo |
6210 |
4 meses |
05/03/2013 |
04/07/2013 |
45 del 05/03/2013 |
Arrieta Guzmán Jorge |
3900 |
1 mes |
17/06/2013 |
16/07/2013 |
115 del 17/06/2013 |
Ávila Hernández Walter |
4274 |
3 años |
04/05/2012 |
03/05/2015 |
86 del 04/05/2012 |
Badilla Toruño Minor |
8362 |
3 años |
06/01/2011 |
05/01/2014 |
4 del 06/01/2011 |
Badilla Toruño Minor |
8362 |
1 mes |
06/01/2014 |
05/02/2014 |
4 del 06/01/2011 |
Badilla Toruño Minor |
8362 |
1 año |
06/02/2014 |
05/02/2015 |
247 del 21/12/2012 |
Calderón Pérez Luis Felipe |
4880 |
3 años |
13/12/2010 |
12/12/2013 |
241 del 13/12/2010 |
Calderón Pérez Luis Felipe |
4880 |
4 meses |
13/12/2013 |
12/04/2014 |
176 13/09/2011 |
Carmona Pérez Luis Fernando |
6574 |
4 meses |
08/03/2012 |
08/07/2013 |
048 del 08/03/2013 |
Cascante Arias Eliécer |
13161 |
1 mes |
17/06/2013 |
16/07/2013 |
115 del 17/06/2013 |
Cordero Agüero Felipe |
18388 |
3 meses |
17/06/2013 |
16/09/2013 |
115 del 17/06/2013 |
Cubillo Pacheco Luis Antonio |
12673 |
2 años y 18 días |
22/08/2012 |
09/09/2014 |
161 del 22/08/2012 |
Di Bella Hidalgo Herbert |
5869 |
12 años |
23/03/2007 |
22/03/2019 |
59 del 23-03-07 |
Echegaray Castellanos Édgar |
2775 |
3 años y 6 meses |
13/01/2012 |
12/06/2015 |
10 del 13/01/2012 |
Elizondo Durán Roy Harold |
11123 |
1 año |
17/06/2013 |
16/06/2014 |
115 del 17/06/2013 |
Ellebrock Zúñiga Kattia |
8694 |
3 años ****** |
02/11/2010 |
04/09/2013 |
122 del 24/06/2011 |
Fernández Vargas Bernardo Fidel |
16131 |
3 años |
13/10/2011 |
12/10/2014 |
197 13/10/2011 |
González Salas Gerardo Ant. |
5454 |
28 años |
20/06/2007 |
19/06/2035 |
118 del 20-6-07 |
Guevara Duarte Ricardo Alberto |
11155 |
5 meses |
24/08/2014 |
23/01/2015 |
048 del 08/03/2012 |
Guevara Duarte Ricardo Alberto |
11155 |
3 años |
24/06/2011 |
23/06/2014 |
122 del 24/06/2011 |
Guevara Duarte Ricardo Alberto |
11155 |
2 meses |
24/06/2014 |
23/08/2014 |
10 del 13/01/2012 |
Gutiérrez Salicetti Felipe |
4220 |
3 años |
13/12/2010 |
12/12/2013 |
241 del 13/12/2010 |
Hernández Quirós Francisco Javier |
6526 |
3 meses |
06/05/2013 |
05/08/2013 |
10 del 13/01/2012 |
Hernández Quirós Francisco Javier |
6526 |
2 meses |
06/08/2013 |
05/10/2013 |
10 del 13/01/2012 |
Hernández Quirós Francisco Javier |
6526 |
6 meses |
06/10/2013 |
05/04/2014 |
121 del 22/06/2012 |
Hernández Quirós Francisco Javier |
6526 |
5 meses |
06/04/2014 |
06/09/2014 |
082 del 30/04/2013 |
Hernández Quirós Francisco Javier |
6526 |
4 meses |
07/09/2014 |
06/01/2015 |
115 del 17/06/2013 |
Herra Murillo Flor María |
8309 |
3 años |
06/07/2010 |
07/07/2013 |
130 del 06/07/2010 |
Jiménez Rodríguez Victorino |
8040 |
* |
06/07/2010 |
* |
130 del 06/07/2010 |
López Elizondo Steve |
9792 |
4 años |
06/07/2010 |
05/07/2014 |
130 del 06/07/2010 |
López Elizondo Steve |
9792 |
6 meses |
06/07/2014 |
05/01/2015 |
199 del 18/10/2011 |
Madrigal Castro María José |
11601 |
4 meses |
17/06/2013 |
16/10/2013 |
115 del 17/06/2013 |
Marín Rojas Gillio |
11441 |
30 años |
11/03/2004 |
10/03/2034 |
50 del 11/03/04 |
Masís Quirós Edwin Rodrigo |
11500 |
6 meses |
30/04/2013 |
30/10/2013 |
082 del 30/04/2013 |
Mata Araya Rodrigo |
3134 |
** |
10/05/2013 |
** |
115 del 17/06/2013 |
Miranda Córdoba Rándall Antonio |
14099 |
3 meses |
30/04/2013 |
30/07/2013 |
082 del 30/04/2013 |
Mojica Chang Guillermo |
10206 |
1 año y 3 meses |
30/07/2012 |
29/10/2013 |
146 del 30/07/2012 |
Mora Guevara William |
10370 |
3 años |
22/08/2012 |
21/08/2015 |
161 del 22/08/2012 |
Moya Sevilla Eric |
7003 |
3 meses |
30/04/2013 |
30/07/2013 |
082 del 30/04/2013 |
Muñoz Aguirre Leyman |
8680 |
6 meses |
15/04/2013 |
14/10/2013 |
199 del 18/10/2011 |
Penabad Bustamante José María |
3799 |
3 meses |
17/06/2013 |
16/09/2013 |
115 del 17/06/2013 |
Prendas Matarrita Édgar Luis |
15421 |
17 meses y 11 días |
22/06/2012 |
03/12/2013 |
121 del 22/06/2012 |
Robles Macaya Carlos Hernán |
2416 |
24 años |
15/04/2005 |
14/04/2029 |
72 del 15/04/05 |
Rodríguez Bastos Fabio Evencio |
3991 |
3 años |
13/10/2011 |
12/10/2014 |
197 del 13/10/2011 |
Rodríguez Bastos Fabio Evencio |
3991 |
4 meses |
13/10/2014 |
12/02/2015 |
247 del 21/12/2012 |
Rodríguez Pacheco Ligia |
10964 |
9 meses |
30/04/2013 |
30/01/2014 |
082 del 30/04/2013 |
Rojas Fallas Luis Alexander |
16985 |
4 meses |
14/03/2013 |
13/07/2013 |
11 del 16/01/2012 |
Rojas Fallas Luis Alexander |
16985 |
4 meses |
14/07/2013 |
13/11/2013 |
11 del 16/01/2012 |
Rojas Saborío Manuel David |
15100 |
3 años y 3 meses |
24/08/2012 |
23/11/2015 |
163 del 24/08/2012 |
Ross López Cristina |
5254 |
1 año y 3 meses |
21/12/2012 |
20/03/2014 |
247 del 21/12/2012 |
Salas Salazar Kenneth |
1356 |
20 años |
11/03/2004 |
10/03/2024 |
50 del 11/03/04 |
Tenorio Castro Luis Gdo. |
9850 |
1 año |
14/03/2013 |
13/03/2014 |
88 del 06/05/04 |
Tenorio Castro Luis Gdo. |
9850 |
6 meses |
14/03/2014 |
13/09/2014 |
152 del 05/08/04 |
Tenorio Castro Luis Gdo. |
9850 |
3 años y 3 meses |
14/09/2014 |
13/12/2017 |
59 del 23/03/07 |
Tenorio Castro Luis Gdo. |
9850 |
4 años |
14/12/2017 |
13/12/2021 |
135 del 14/07/2008 |
Tijerino Medina Yolanda Margarita |
10399 |
* |
17/06/2013 |
* |
115 del 17/06/2013 |
Valverde Arias Kattia |
9000 |
14 meses |
06/03/2013 |
06/05/2014 |
046 del 06/03/2013 |
Valverde Segura Jorge E. |
8540 |
3 años |
24/04/2013 |
23/04/2016 |
193 del 08/10/2007 |
Vargas Barrantes Walter |
11875 |
3 años |
08/03/2013 |
08/03/2016 |
048 del 08/03/2013 |
Villalta Campos Osvaldo Antonio |
15512 |
3 meses |
30/04/2013 |
30/07/2013 |
082 del 30/04/2013 |
Zamora Mata Mario |
8435 |
3 años |
08/03/2013 |
08/03/2016 |
048 del 08/03/2013 |
* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la
condena impuesta en sede penal.
** La suspensión será hasta le revocación de
medida cautelar o finalización del proceso.
***** Suspendido hasta que cancele la multa máximo
12/05/2021.
****** Un mes y veintidós días de la sanción
impuesta los descontó del 14/07/2011 al 09/09/2011.
San José, 20 de junio del 2013.
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—Exonerado.—(IN2013044576) Secretaria
General
CIRCULAR N° 115-2013
ASUNTO: Prohibición de colocar afiches o similares de
contenido sexual.
A TODAS LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES
JUDICIALES
DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión N° 61-13, celebrada el 13 de junio del 2013, artículo
XXXII, acordó comunicarles que está prohibido colocar en las paredes de los
edificios del Poder Judicial, afiches o similares que tengan algún contenido
sexual.
San José, 20 de junio del 2013.
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—Exonerado.—(IN2013044577) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 116-2013
ASUNTO: Actualización de la Tabla de Plazos de
Conservación de Documentos de la Secretaría General de la Corte.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión N° 58-13, celebrada el 4 de junio del 2013, artículo LXXII,
a solicitud de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos, dispuso aprobar la siguiente Tabla de Plazos de Conservación de
Documentos de la Secretaría General de la Corte:
TABLA DE PLAZOS DE CONSERVACIÓN DE DOCUMENTOS
SECRETARÍA
GENERAL DE LA CORTE
Para ver imagen solo en el Boletín Judicial con formato PDF
La Secretaría General de la Corte
deberá coordinar con el Archivo Judicial la confección del acta de eliminación
de la documentación y la publicación del aviso de eliminación en el Boletín
Judicial.
San José, 21 de junio del 2013.
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—Exonerado.—(IN2013044578) Secretaria
General
PRIMERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta N° 02-2011, celebrada el 19 de setiembre del 2011, artículo
XII y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N°
24-12, celebrada el 13 de marzo del 2012, artículo LXVIII, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1999
al 2011 del Administración Regional del Primer Circuito Judicial de Alajuela. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 12 A 99
Carpetas: 368
Libros: 218
Año: De 1999 al 2011.
Asunto: Documentación administrativa:
Registro de asistencia del año 2009 al 2011 y correspondencia del año 2002 al
2010 (331 carpetas); expedientes de vehículos oficiales del año 2004 al 2010
(19 carpetas); reportes y registros del año 2004 al 2009 (18 carpetas). Libros
de conocimiento y entradas del año 1999 al 2009 (8 libros); libros de reportes
y registros de control de mantenimiento preventivo de vehículos del año 2007 al
2011, libros de reportes y registros de control de giras del año 2006 (208
libros); libros de reportes y registros varios del año 2006 al 2011 (2 libros).
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 5 de julio del 2013.
MBA.
Ana Eugenia Romero Jenkins
Exonerado.—(IN2013044569) Subdirectora
Ejecutiva
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta N° 02-2011, celebrada el 19 de setiembre del 2011, artículo
XII y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N°
24-12, celebrada el 13 de marzo del 2012, artículo LXVIII, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1999
al 2011 del Administración Regional del Tercer Circuito Judicial de Alajuela,
San Ramón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese
Despacho.
Remesa: A 8 A 03
Carpetas: 169
Año: 2003 a 2011
Asunto: Documentación administrativa.
Reportes y registros: 1 carpeta de recibidos y enviados de boletas de registro
2009 a 2010, 1 carpeta de mantenimiento de equipo de cómputo de 2008 a 2010, 1
carpeta de vehículos no utilizados de 2011, 1 carpeta de solicitud de vehículos
PJ-1310 de 2011, 1 carpeta de solicitud de vehículos PJ-1148 de 2011, 3
carpetas de registro de entregas de citas de 2010 a 2011, 4 carpetas médico de
empresa San Ramón de 2008 a 2011, 3 carpetas médico de empresa Naranjo de 2009
a 2011, 1 carpeta Consejo de Administración de 2009 a 2010, 2 carpetas boletas
de seguridad para registro del 2007 a 2009, 1 carpeta constancias de salarios
de 2009, 1 carpeta SDJ oficios, correos y reglamentos del 2009, 1 carpeta
mercadería recibida de 2003 a 2006, 1 carpeta servicio de fotocopiado de 2008 a
2010, 1 carpeta Correos de Costa Rica de 2011, 1 carpeta bombeo del 2010 a
2011, 1 carpeta comunicaciones Departamento de Gestión Humana de 2009 a 2011, 2
carpetas recibido de citas de 2011, 2 carpetas de boletas de novedades
consecutivo (0001 al 0513) y (0514 al 1095) de 2010,1 carpeta boletas de
novedades guarda administrativo de 2010, 1 carpeta Consejo Administración de
2009, 9 carpetas movimientos históricos del SDJ de 2009 a 2011.
1 carpeta control de
errores de transferencia del SDJ de 2008 a 2009, 1 carpeta control de errores y
transferencias del SDJ de 2010, 1 carpeta movimientos en línea del SDJ del
Juzgado Contravencional y Pensiones de 2009, 1 carpeta movimientos en línea del
SDJ del Juzgado Contravencional Palmares y Naranjo de 2009, 1 carpeta
movimientos en línea del SDJ del Juzgado de Menor Cuantía, Civil, Familia,
Penal, Tribunal y otros de 2009, 1 carpeta movimientos en línea del SDJ del
Juzgado Menor Cuantía de 2010 y 2011, 1 carpeta de recibo de dinero de 2006.
Reportes y registros: 4
carpetas de boletas de novedades de 2010 y 2011 (0001 al 0513 y 0514 al 1095
del 2010 // 701 al 1092 y 0001 al 0700 del 2011), 2 carpetas de boletas de
novedades guarda administrativo de 2010 y 2011, 1 carpeta Consejo
Administración 2009, 1 carpeta copias de órdenes para combustibles 2011, 1
carpeta control interno de registro de oficios despachados 2009 al 2011, 12
carpetas informes de solicitud de fotocopias 2011, 4 carpetas control de fax
del 2008 a 2011.
Reportes y registros: 3
carpetas del Tribunal de Casación 2006 al 2011, 4 carpetas del Juzgado Penal de
2008 al 2011, 3 carpetas del Tribunal de Juicio 2007 al 2011, 4 carpetas del
Juzgado de Tránsito 2008 al 2011, 4 carpetas del Juzgado Agrario 2008 al 2011,
6 carpetas del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica San Ramón 2008 al 2011,
10 carpetas del Juzgado Contravencional y Pensiones 2008 al 2011.
6 carpetas
de Fiscalía 2008 al 2011, 8 carpetas del Juzgado Menor Cuantía 2008 al 2011, 9
carpetas del Juzgado Civil Mayor Cuantía 2008 al 2011, 4 carpetas solicitud de
vehículos del 2009 a 2010 (PJ-1148 y PJ-1310), 1 carpeta de servicio de
fotocopiado del 2010, 2 carpetas de control de vehículos y motos del 2009 a
2011, 2 carpetas de boletas de servicio COURIER EMS del 2009 a 2010.
3 carpetas de boletas
de correo certificado de Costa Rica del 2008 a 2010, 12 carpetas de control de
correo certificado (de enero a diciembre 2010 y de enero a diciembre 2011). 2
carpetas de registro de asistencia del 2010 al 2011.
7 carpetas de
consecutivo de oficios (2009 del 616 al 874, 2010 del 01-ARSR-10 al
237-ARSR-10, 2010 del 238-ARSR-10 al 487-ARSR-10, 2010 del 488-ARSR-10 al
667-ARSR-10, 01-ARSR-11 al 239-ARSR-11). 1 carpeta de horas extra del 2010 al 2011.
6 carpetas de control de correo certificado 2008.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 5 de julio del 2013.
MBA.
Ana Eugenia Romero Jenkins
Exonerado.—(IN2013044570) Subdirectora
Ejecutiva
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta N° 02-2011, celebrada el 19 de setiembre del 2011, artículo
XII y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N°
24-12, celebrada el 13 de marzo del 2012, artículo LXVIII, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2000
al 2008 del Sección de Mantenimiento y Construcción, Servicios Generales. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 78 S 00
Ampos: 44
Año: Del 2000 hasta 2008
Asunto: Documentación administrativa: 2 ampos
consecutivo de oficios del año 2000, 1 ampo circulares del año 2000, 1 ampo
liquidaciones del año 2000, 1 ampo reportes y registros del año 2000, 1 ampo
consecutivo de oficios del año 2001, 1 ampo circulares del año 2001, 6 ampos
solicitudes de materiales del año 2001, 5 ampos reportes y registros del año
2002, 1 ampo consecutivo de oficios del año 2002, 1 ampo comprobantes de pago
(facturas) del año 2002, 4 ampos reportes y registros del año 2003, 1 ampo
boletas de combustible del PJ 952 del año 2005, 1 ampo boletas de combustible
del PJ 840 del año 2005, 1 ampo reportes y registros del año 2005, 1 ampo
comprobantes de pago (facturas) del año 2005, 2 ampos oficios recibidos. (Correspondencia)
del año 2005, 6 ampos reportes y registros del año 2006, 1 ampo comprobantes de
pago (facturas) del año 2006, 1 ampo reportes y registros del año 2007, 1 ampo
comprobantes de pago (facturas) del año 2007, 4 ampos reportes y registros del
año 2008, 1 ampo reportes y registros del año 2008.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 5 de julio del 2013.
MBA.
Ana Eugenia Romero Jenkins
Exonerado.—(IN2013044571) Subdirectora
Ejecutiva
HACE SABER:
A Johanna
Bonilla Ulloa, mayor, notaria pública, cédula de identidad N°
1-0674-0433, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario
notarial N° 12-000924-0627-NO establecido en su
contra por Hilma Araya Chaves, se han dictado las resoluciones
que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José, a las diez horas quince
minutos del trece de diciembre del dos mil doce. Se tiene por establecido el
presente proceso disciplinario notarial de Hilma
Araya Chaves contra Johanna Bonilla Ulloa, a quien se
confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar
respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime
de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene
como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo
señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba
que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya
citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo
electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no
lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s)
señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le
tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro
horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como
máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o
iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa,
cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta
Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la
cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología
de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de
estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada
parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro
medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en
estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas
respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace
saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta,
en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de
San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este
Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que
la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso
restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador
a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por
válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada.
(Artículos 4°, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones
Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta
N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele
esta resolución a la parte denunciada, personalmente en su oficina o en su casa
de habitación mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por medio de
Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito de San José, quienes
podrán notificarle en Catedral, de la Matute Gómez 100 metros oeste o San José,
avenida 10, calle 19, casa N° 1906 de la Casa de
Matute Gómez, 100 oeste Corporación Jurídico Notarial. Así mismo, se comisiona
a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San
José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en
Curridabat, 50 metros este de la Pops, edificio
Galería del Este, primer piso. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al Registro Civil copia debidamente
certificada del domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase, por
medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la
Dirección Nacional de Notariado y Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153,
párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de
Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte
denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita
copia literal certificada del poder en que así conste. Notifíquese.” y;
“Juzgado Notarial. San José, a las trece horas y catorce minutos del veintiocho
de mayo del dos mil trece. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Lic.
Johanna Bonilla Ulloa, la resolución dictada a las
diez horas quince minutos del trece de diciembre del dos mil doce, en las
direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de
Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver
folio 27, 30), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de
Personas Jurídicas (folio18), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV
del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado
profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la
Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le
atribuyen son que aparentemente no terminó un trabajo de sucesión vía notarial,
ya que la escritura doscientos dieciséis del tomo treinta y siete de la notaria
presenta varios errores, por lo que la denunciante solicita que se le devuelvan
todos los documentos que le había entregado para la mortual de su esposo, copia
del testamento, certificación de defunción del esposo, copias de cédulas de
identidad, certificación de una propiedad en Calle Blancos. Así mismo, solicita
la devolución del dinero por no haber terminado el trabajo encomendado. Conforme
lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de
Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público a la
denunciada Johanna Bonilla Ulloa, cédula de identidad
N° 1-0674-0433. Notifíquese”.
San José, 28 de mayo del 2013.
Lic.
Doni David Panton Moya
1 vez.—Exonerado.—(IN2013044311) Juez
A Luis Mariano Salazar Mora,
mayor, notario público, cédula de identidad N°
1-0462-0488, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario
notarial N° 13-000063-627-NO establecido en su contra
por Pablo José Pineda Acosta, se han dictado las resoluciones que literalmente
dicen: “Juzgado Notarial. San José, a las dieciséis horas del cuatro de febrero
del dos mil trece. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario
notarial con pretensión civil resarcitoria de Pablo
José Pineda Acosta contra Luis Mariano Salazar Mora y Siu-Len
Wing-Ching Jiménez, a quien
se confiere traslado por el plazo de ocho días. Con respecto de los hechos
expondrá, con claridad, si los rechaza por inexactos o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestará las razones que
tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En la misma
oportunidad ofrecerá las pruebas que estime de su interés, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y a los hechos respecto
de los cuales deberán referirse. Para los efectos del artículo 153 del Código
Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que
dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y
aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que
dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones,
ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de
que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por
el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se
dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro
horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como
máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o
iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa,
cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta
Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la
cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología
de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de
estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada
parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro
medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en
estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas
respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace
saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta,
en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de
San José (tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este
Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59
de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba
realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el
ingreso al funcionario notificador a fin de realizar
la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la
notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (Artículos
4°, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N°
20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte
denunciada Luis Mariano Salazar Mora, personalmente o en su casa de habitación,
mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por medio de la Oficina de
Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito de San José, quienes podrán
notificarle en Goicoechea, Guadalupe, 125 metros norte de la Oficina del Correo
Plaza Poró, local N° 7. En
caso del notario Wing-Ching
Jiménez en Mall El Dorado local 6. Así mismo, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José, para
notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en Curridabat,
50 metros este de la Pops, edificio Galería del Este,
primer piso. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N°
8687, solicítese al Registro Civil copia debidamente certificada del domicilio
registral de la parte denunciada. Obténgase, por medio de intranet, las
direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de
Notariado. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase
mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para
que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro.
En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así
conste. Por otro lado, se le previene a la parte actora que dentro del plazo de
tres días deberá aportar un juego de copias de su escrito de denuncia y
pruebas, con el fin de expedir comisión para notificar a la Dirección Nacional
de Notariado, en el entendido que en caso de omisión, se mantendrá en archivo
temporal el expediente hasta tanto no cumpla. Notifíquese. Lic. Doni David Panton Moya, Juez”.
“Juzgado Notarial. San José, a las diez horas y seis minutos del veintiuno de
junio del dos mil trece. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Lic.
Luis Mariano Salazar Mora, la resolución dictada a las dieciséis horas del
cuatro de febrero del dos mil trece, en las direcciones reportadas en la
Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio
registral reportado en el Registro Civil (ver folio 61), y siendo que no tiene
apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 58), de
conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código
Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como
la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al
denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son el aparente otorgamiento
de poder especial en el protocolo número tres del notario Luis Mariano Salazar
Mora a la señora Aida Luz Pineda Acosta, mediante escritura
3-70 y de la escritura ciento setenta y siete en el protocolo dos de la notaria
Siu Len Wing-Ching Jiménez, donde se traspasa la finca del partido San
José N° 472557-000 a la Sociedad Inversiones Quito
del Norte, habitando el señor Pablo José Pineda Acosta en ese lugar pues
aparentemente la señora Aida Pineda Acosta le había
hecho entrega formal de dicha propiedad. Conforme lo dispone el citado numeral,
comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de
que se le nombre un defensor público al denunciado Luis Mariano Salazar Mora,
cédula de identidad N° 1-0462-0488”.
San José, 21 de junio del 2013.
Lic.
Doni David Panton Moya
1 vez.—Exonerado.—(IN2013044312) Juez
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta
exterior de este Despacho, en el mejor postor remataré lo siguiente: con la
base de novecientos cincuenta mil colones, libre de gravámenes y anotaciones,
una silla de ruedas en vinil color negro con batería,
marca Drive, con un mando de manejo al lado derecho, serie 2A10070024, por
estar nueva se encuentra en buen estado de conservación y funcionamiento; y con
la base de dieciocho mil colones, libre de gravámenes y anotaciones, un asiento
elevado de inodoro, color blanco, capacidad de 300 lb,
marca Lumex, item 6487RA,
con cerradura y apoya brazos desmontables y contorneado, el cual está sin uso
por lo que su estado de conservación es bueno. Para tal efecto se señalan las
diez horas del veinte de agosto del dos mil trece (primer remate). De no haber
postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del
cuatro de setiembre del dos mil trece, con la base de setecientos doce mil
quinientos colones para la silla de ruedas y con la base de trece mil
quinientos colones para el asiento elevado de inodoro (ambas rebajadas en un
25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez
horas del diecinueve de setiembre del dos mil trece, con la base de doscientos
treinta y siete mil quinientos colones para la silla de ruedas y con la base de
cuatro mil quinientos colones para el asiento elevado de inodoro (un 25% de las
bases originales). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Nº
08-001019-0173-LA de Martha Chaves Mosquera contra Hogar y Salud Hogasa S. A.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de San José, 28 de junio del 2013.—Lic. Arnoldo
Álvarez Desanti, Juez.—(IN2013045722).
En la puerta
exterior de este Despacho, en el mejor postor, con la base de un millón cien
mil colones, y soportando gravámenes en los siguientes procesos
08-006587-1012-CJ, 09-021767-1012-CJ, 09-028127-1012-CJ, 10-004131-1012-CJ,
10-008080-1012-CJ, 11-014377-1012-CJ, 07-000650-0170-CA y otro inscrito al tomo
2006, asiento 00080810 de fecha 05/04/2006, sáquese a remate el vehículo placa
CL207855, marca Hyundai, categoría carga liviana,
carrocería panel, chasis KMJWVH7BP6U713173, tracción 4x2, capacidad 3 personas,
año 2006, color blanco. Para tal efecto se señalan las diez horas del treinta
de setiembre del dos mil trece (primer remate). De no haber postores, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del quince de
octubre del dos mil trece, con la base de ochocientos veinticinco mil colones
(rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las diez horas del treinta de octubre del dos mil trece, con la base de
doscientos setenta y cinco mil colones (un 25% de la base original). Se remata
por ordenarse así en proceso ordinario laboral Nº 10-000132-0173-LA de Yorleny Castro Durán contra Vivaldi
Pastelería y Cafetería S. A.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José,
28 de junio del 2013.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti,
Juez.—(IN2013045723).
En la sala de
este Tribunal; a las nueve horas del veinte de agosto del dos mil trece, y con
la base dada por el perito de cuatro millones cuatrocientos dos mil colones, en
el mejor postor remataré lo siguiente; 1) Juego de sala que consta de un sillón
para tres personas y un sofá para dos personas, en tela color blanco, con su
mesa de centro de forma rectangular, en armadura de hierro, con marco de madera
y sobre de vidrio, las cuales se aprecian en buen estado, valorada en la suma
de ciento sesenta mil colones. 2) Una mesa cuadrada con patas en armadura de
hierro con marco en madera y sobre de vidrio el cual está quebrado, en regular
estado, valorada en la suma de veinticinco mil colones. 3) Una mesa en madera
color caoba, que se usa como escritorio, con dos sillas madera con respaldo en madera
y asiento en tela color blanco, se aprecian en buen estado, valorada en la suma
de cincuenta y cinco mil colones. 4) Una computadora marca Bell,
con CPU, Código de Pantalla número 37272872,74922-R-HCN-DPW, se aprecia en buen
estado, valorada en la suma de ciento treinta y cinco mil colones. 5) Un equipo
de sonido marca A W A-Super T-Bass,
con dos bafles, en color negro, sin número de identificación, parte del equipo
se encuentra quebrado, su condición es de regular estado de conservación,
valorado en la suma de veinticinco mil colones. 6) Una mesa rectangular que se
ubica en la recepción, con patas y entorno en armadura de hierro, con marco de
madera y sobre de vidrio, con una lámpara con pie de bronce tipo copa, sombra
de tela, se aprecian en buen estado, valorada en la suma de cuarenta y cinco
mil colones. 7) Un sillón que se ubica en la entrada de la recepción, en madera
con respaldo gravado que mide 1.90 metros de largo x 70 centímetros de alto x
90 centímetros de asiento, barnizado en color caoba, con cojín en tela y espuma
y seis almohadones de diferentes colores, valorado en la suma de cincuenta mil
colones. 8) Dos camas grandes tamaño King saig, en armadura de hierro, con respaldos en tubo de
hierro y resortes tipo catre, colchón de espuma, se aprecian en buen estado,
valor unitario ciento cincuenta mil colones, valor total trescientos mil
colones. 9) Un sillón para dos personas en tela de micro fibra color beig, de dos cojines y siete almohadas en diferentes
colores en buen estado, valorado en la suma de sesenta y cinco mil colones. 10)
Ocho camas matrimoniales en marco de madera así como los respaldos, colchón de
espuma, en buen estado, valor unitario cincuenta mil colones, valor total
cuatrocientos mil colones. 11) Una lavadora automática marca Kenmore N-92582220, color blanca con áreas herrumbrabas, se
aprecia en regular estado, valorada en la suma de cuarenta mil colones. 12) Una
parrilla de gas marca Coith, de tres quemadores se
aprecia en regular estado, por la falta de mantenimiento, montado en marco de
hierro, valorada en la suma de cincuenta y dos mil colones. 13) Una plantilla
de gas de tres quemadores, sin marca montada en marco de hierro, en regular
estado, valorada en la suma de cuarenta y cinco mil colones. 14) Una cocina de
gas de cuatro quemadores, marca Hess, con horno, en
color blanco de cinco perillas con tapa de vidrio, se aprecia en buen estado,
valorada en la suma de noventa y cinco mil colones. 15) Una refrigeradora de
ocho pies, de dos puertas color blanca, se encuentra funcionando, se encuentra
en regular estado, valorada en la suma de setenta mil colones. 16) Una pantalla
plana marca Panasonic, serie MB-91350462, ubicado en
el aáea del restaurante, de aproximadamente 40”, se
aprecia en buen estado, valorada en la suma de trescientos cincuenta mil
colones. 17) Lote de diez televisores convencionales en diferentes marcas tales
como: Toshiba, Sony, Daewood, Hitachi Panasonic, Phillips, Goldtar, Zenneth y uno marca 2G, todos con control remoto, de
aproximadamente 19” cada uno, los mismos se aprecian en regular estado, valor
unitario de veinticinco mil colones, valor total de doscientos cincuenta mil
colones. 18) Cuatro camas individuales tipo catre, base en armadura de hierro y
respaldos en madera, se aprecian en buen estado, valor unitario treinta y cinco
mil colones, valor total ciento cuarenta mil colones. 19) Doce aires
acondicionados marca Conmodaire, los cuales se
encuentran instalados en las habitaciones, se aprecian en buen estado, valor
unitario ciento setenta y cinco mil colones, valor total dos millones cien mil
colones. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del nueve de
setiembre del dos mil trece, con la base de tres millones trescientos un mil
quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas del primero de octubre del dos mil trece,
con la base de un millón cien mil quinientos colones (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ordinario de Yadira
Jiménez Delgado contra Hotel Mango Sociedad Anónima. Exp. 10-000538-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de
junio del 2013.—Msc. Jenny Fallas Ureña, Jueza.—(IN2013045724).
A las catorce
horas del doce de agosto del dos mil trece, en la puerta exterior de este
Despacho, se rematará en primer remate: 1) Con la base de quinientos mil
colones netos (base tomada del valor de la finca que da el Registro Nacional de
la Propiedad a folio 61), se remata la finca de la provincia de Guanacaste
número 00163430-000 libre de gravámenes hipotecarios, naturaleza: terreno para
construir situado en distrito 05 Sámara, 02 Nicoya de la provincia de
Guanacaste. Linderos: al norte, Inversiones Tiro Contreras S. A.; al sur, calle
pública, con frente a ella de 20 metros; al este, Jorge Enrique Rojas Maroto; y al oeste, Inversiones Tito Contreras S. A. Mide:
novecientos noventa metros con quince decímetros cuadrados. Segundo remate: De
conformidad con el artículo 25 de la Ley de Cobro Judicial, y de suceder que el
primer remate resultara fracasado, se llevará a cabo el segundo remate pero
esta vez con la rebaja del 25% en la base inicial, de la siguiente manera; 1)
finca número 00163430-000, con la base de trescientos setenta y cinco mil
colones exactos, para tales efectos se señalan las ocho horas del veintiocho de
agosto del dos mil trece. Tercer remate: Igualmente en el caso en que el
segundo remate resulte fracasado, se rematará la finca en cuestión con la
rebaja del 75% de la base inicial, quedando la finca número 00163430-000 con la
base de ciento veinticinco mil colones exactos, para tales efectos se señalan
las ocho horas del doce de setiembre del dos mil trece. Se remata por ordenarse
así en proceso ordinario laboral N°
10-300145-0473-LA-A, interpuesto por Edgar Martínez Méndez contra Jorge Steller Valverde.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía de Limón.—Lic.
Sandra Tenorio Sánchez, Jueza.—(IN2013045725).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida Malintzin Gutiérrez Carmona, cédula de identidad N° 1-0770-0956, quien fue mayor, costarricense, soltera, administradora de empresas, vecina de Desamparados, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, a hacer valer sus derechos. (Artículo 85 del Código de Trabajo). Expediente N° 13-300060-0217-LA. Consignación de prestaciones de Malintzin Gutiérrez Carmona.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 15 de abril del 2013.—Dra. Leyla Kristel Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013044313).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Limitaciones del IMAS; a las diez horas quince minutos del cinco de agosto del dos mil trece, y con la base de un millón seis mil setenta y seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 300235-000 la cual es terreno para construir lote 11. Situada en el distrito 04 Piedades Norte, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 10; al sur, resto para segregar lote 12; al este, resto para segregar lote 18; y al oeste, resto para segregar Alameda La Flor. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del veintiséis de agosto del dos mil trece, con la base de setecientos cincuenta y cuatro mil quinientos cincuenta y siete colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas quince minutos del diez de setiembre del dos mil trece con la base de doscientos cincuenta y un mil quinientos diecinueve colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Pr. contra Gerardo Guzmán Hernández. Exp. 12-003526-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de mayo del 2013.—Lic. Elio Campos López, Juez.—(IN2013045704).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibiciones ref.: 2708 111 002, con las citas: 0325-00011239-01-0917-001; reservas y restricciones con las citas: 0325-00011239-01-0918-001, y practicados bajo las citas: 0800-00109217-01-0001-001 y 0800-00111841-01-0001-001, a las nueve horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil trece, y con la base de veintiún millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos tres mil ochocientos setenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de cultivos. Situada: en el distrito Pejibaye, cantón Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Víctor Manuel Aguilar Herrera, Margarita Castillo Umaña; al sur, Carlos Luis Solano Chaves; al este, calle pública con frente de 74 metros 49 centímetros, y al oeste, German Cordero Díaz. Mide: quince mil ciento once metros con un decímetro cuadrado. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil trece, con la base de dieciséis millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de setiembre del dos mil trece, con la base de cinco millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ricardo Alexis Oviedo Quesada. Expediente Nº 13-001646-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 6 de mayo del 2013.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2013046142).
En la puerta exterior de este Despacho, con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios y prendarios, en el mejor postor, remataré la finca que se describe así: Inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatro dos uno tres cuatro dos cero cero cero, la cual es terreno de césped, destinado a tumba, Jardín El Mesías, Sección B, Fila J, lote número cuarenta y dos. Situada: en el distrito: Curridabat, cantón: 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Parques de Costa Rica S. A.; al sur, Parques de Costa Rica S. A.; al este, Parques de Costa Rica S. A., y al oeste, Parques de Costa Rica S. A.. Mide: dos metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del nueve de agosto del dos mil trece. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintiséis de agosto del dos mil trece, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones (¢2.625.000,00) (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del diez de setiembre del dos mil trece, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones (¢875.000,00) (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de Esteban Gil Girón Laria contra Isabel Cristina Delgado Ramírez. Expediente Nº 11-000042-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de junio del 2013.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—(IN2013046173).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando medianería tomo: 307, asiento: 11021, a las quince horas y cuarenta minutos del siete de agosto del dos mil trece, y con la base de siete mil seiscientos cinco dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y un mil doscientos treinta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito Cinco Esquinas, cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda 1; al sur, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: ochenta metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cuarenta minutos del veintidós de agosto del dos mil trece, con la base de cinco mil setecientos tres dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cuarenta minutos del seis de setiembre del dos mil trece, con la base de mil novecientos un dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Francis Marjorie Cordero Valverde contra Alexander Barrantes Román. Expediente Nº 10-000681-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 23 de abril del 2013.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Jueza.—(IN2013046178).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cero minutos del veintiocho de agosto del dos mil trece, y con la base de trece millones seiscientos cuarenta y cinco mil seiscientos ochenta y cuatro colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos veintiún mil doscientos doce cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada: en el distrito Upala, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Osvardo Marín Jiménez; al sur, calle pública; al este, Santiago Mejía Valverde, y al oeste, Francisco López Gutiérrez. Mide: cuarenta y un mil seiscientos treinta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de setiembre del dos mil trece, con la base de diez millones doscientos treinta y cuatro mil doscientos sesenta y tres colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil trece, con la base de tres millones cuatrocientos once mil cuatrocientos veintiún colones con nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Evaristo Ángel Núñez Rosales. Expediente Nº 13-000901-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 26 de junio del 2013.—Lic. Xinia Marjorie Díaz Obando, Jueza.—(IN2013046327).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil trece, y con la base de dos millones setecientos veintiséis mil quinientos seis colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas 762384, marca Hyundai, Sedán, año 1997, vin KMHVA21NPVU241208, 1500 c.c., color rojo, automóvil, capacidad 5 pasajeros. Para el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del trece de setiembre del dos mil trece, con la base de dos millones cuarenta y cuatro mil ochocientos setenta y nueve colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos del treinta de setiembre del dos mil trece, con la base de seiscientos ochenta y un mil seiscientos veintiséis colones con sesenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A., contra José Chaves Narváez. Expediente Nº 08-019800-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 7 de junio del 2013.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—(IN2013046349).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada en las citas: 0328-00006502-01-0901-001, a las trece horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil trece, y con la base de tres mil ochocientos noventa y dos dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y dos mil quinientos veintisiete cero cero cero, la cual es terreno café y tacotal. Situada: en el distrito Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de Teresa Astúa Campos; al sur, Virginia Chávez Herrera; al este, Miguel Delgado Cordero, y al oeste, calle pública. Mide: siete mil doscientos sesenta y siete metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil trece, con la base de dos mil novecientos diecinueve dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y cero minutos del nueve de setiembre del dos mil trece, con la base de novecientos setenta y tres dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Anso de América S. A., contra Luz Digna Cascante Astúa. Expediente Nº 13-002912-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 13 de mayo del 2013.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2013046446).
En la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional, inscrita bajo las citas: 538-00017089-01-0001-001 y créditos quirografarios inscritos bajo las citas: 800-00017508-01-0001-0001, 800-00025944-01-0001-001, 800-00072429-01-0001-001 y 800-00072430-01-0001-001, a las nueve horas del nueve de agosto del dos mil trece, y con la base de cuarenta y seis millones trescientos sesenta y cuatro mil colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta y dos mil novecientos ochenta y cuatro-cero cero uno cero cero dos, la cual es terreno para construir, lote ciento cincuenta y nueve. Situada: en el distrito 05 Ipís, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 157; al sur, calle pública con 8.00 metros; al este, lote 160, y al oeste, lote 158. Mide: ciento cincuenta y un metros con diez decímetros cuadrados. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de división de cosas común, de Joseph Alexander Samuels Tyndale contra Grace Varela Naranjo. Expediente Nº 09-000169-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de junio del 2013.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—(IN2013046645).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 298-7072-01-0901-001, a las nueve horas y cero minutos del nueve de agosto del dos mil trece, y con la base de dos millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y siete mil trescientos veinticuatro cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Oliden Umaña Cerdas; al este, Óscar Guillermo Matamoros Sanabria, y al oeste, Odilia Sanabria Garro. Mide: ciento ochenta y tres metros con treinta y siete centímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de agosto del dos mil trece, con la base de dos millones veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del once de setiembre del dos mil trece, con la base de seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Marcial Enrique Matamoros Sanabria. Expediente Nº 13-001764-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 19 de junio del 2013.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2013046692).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 369-2573-01-0900-001, a las nueve horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil trece, y con la base de ocho millones ciento veinticuatro mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veintitrés mil cuatrocientos trece cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 02 Aguas Claras, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Lady Zamora Valerio; al sur, Lady Zamora Valerio; al este, Jacobo Zamora Zamora, y al oeste, calle pública con un frente a ella de 12 metros lineales. Mide: quinientos setenta y nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil trece, con la base de seis millones noventa y tres mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de setiembre del dos mil trece, con la base de dos millones treinta y un mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Juan José Novo Espinoza, Melba Lorena Rojas Segura. Expediente Nº 13-001763-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 19 de junio del 2013.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2013046696).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando
reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, inscritos bajo las citas:
0416-00004829-01-0258-001, así como demanda ordinaria, inscrita bajo las citas:
0800-00083225-01-0001-001, misma que obedece a una medida cautelar ordenada en
expediente N° 12-000061-0297-AG que se tramita en el
Juzgado Agrario de este Circuito Judicial, al ser las nueve horas del seis de
agosto del dos mil trece, y con la base de quince millones de colones, al mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número doscientos noventa y cuatro mil ochocientos cincuenta y tres guión cero cero cero, la cual es terreno
para agricultura parcela 12, Asentamiento Ganadera Valle del Río. Situada: en
el distrito 02 Buena Vista, del cantón 15 Guatuso, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública con doscientos diez metros con cuarenta y seis
centímetros cuadrados; al sur, reservas del IDA y Ciriaco
Martínez Cruz; al este, José Abel Averruz Cerdas, y
al oeste, Ciriaco Martínez y Teresa Cruz Cordero. Mide:
cincuenta mil doscientos veinticuatro metros con treinta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintidós de
agosto del dos mil trece, con la base de once millones doscientos cincuenta mil
colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las nueve horas del seis de setiembre del dos mil trece, con la base de
tres millones setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ilse
Vindas Otárola contra Teresa del Socorro Cruz
Cordero. Expediente Nº 12-100392-0297-CI.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad
Quesada, 11 de junio del 2013.—Lic. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(IN2013044780).
En la puerta exterior de este Despacho, al ser las quince horas y quince minutos del veintiocho de agosto de dos mil trece, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de once millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y nueve mil ochocientos setenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno lote 2 terreno para construir. Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Ana Félix Medina López; al este, Asociación Pro Vivienda de Nicoya; y al oeste, Cristobalina Baltodano Baltodano. Mide: doscientos once metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del doce de setiembre de dos mil trece, con la base de ocho millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del veintisiete de setiembre de dos mil trece, con la base de dos millones novecientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Wilbur Vargas Chaves. Expediente: 13-006553-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de junio del 2013.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—(IN2013045567).
En este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y al ser las once horas y treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil trece y con la base de trece millones setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento dieciséis mil ochocientos noventa y siete-cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno para construir bloque K-23. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 03 La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 22-K; al sur, lote 24-K; al este, calle pública; y al oeste, lote 25-K. Mide: noventa metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del trece de setiembre de dos mil trece, con la base de diez millones doscientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil trece, con la base de tres millones cuatrocientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Neels Ricardo Naranjo Barboza y Steve Naranjo Barboza. Expediente número: 13-006684-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de junio del 2013.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013045569).
En este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Cond. Rerserc, Serv. Cond y servidumbre trasladada bajo las citas 382-07487, (afecta ambas fincas que se dirán) y al ser las trece horas y treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil trece, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca número 1 y con la base de veintiocho millones cien mil colones, finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos setenta y ocho mil ciento cinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Rivas, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Cosechando Bendiciones S. A.; al este, Cosechando Bendiciones S. A.; y al oeste, calle pública. Mide: quinientos cinco metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Finca N° 2 y con la base de once millones de colones, finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos setenta y cinco mil cuatrocientos treinta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Rivas, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Cosechando Bendiciones S. A.; al sur, Cosechando Bendiciones S. A.; al este, Cosechando Bendiciones S. A.; y al oeste, calle pública con un frente de 12.50 metros. Mide: quinientos seis metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de setiembre de dos mil trece, con la base de 1. Veintiún millones setenta y cinco mil colones y 2. Ocho millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil trece, con la base de 1. Siete millones veinticinco mil colones 2. Dos millones setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Alexander Obando Calderón y Silvia Sánchez Chinchilla. Expediente: 13-006685-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de junio del 2013.—Lic. María Antonieta Córdoba Castillo, Jueza.—(IN2013045570).
En este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y al ser las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil trece y con la base de once millones setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos sesenta y dos mil veintiocho-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa lote 8-C. Situada en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida primera; al sur, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; y al oeste, calle pública. Mide: ciento dieciséis metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de setiembre de dos mil trece, con la base de ocho millones setecientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil trece, con la base de dos millones novecientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Andreina Porras Castro, Georgina Mora Cascante, José Luis Astúa Zúñiga y María Romelia Mora Cascante. Expediente: 13-006689-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de junio del 2013.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2013045572).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, bajo las citas: 0278-00008133-01-0901-001, a las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil trece y con la base de veintiocho mil seiscientos setenta y seis dólares con veintitrés centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y seis mil trescientos setenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote quince bloque C. Situada en el distrito Jacó, cantón Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 16-C; al sur, lote 14-C; al este, calle pública con un frente de 10 metros; y al oeste, zona verde. Mide: trescientos cuarenta y cuatro metros con ochenta y un decímetros cuadrado. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de noviembre de dos mil trece, con la base de veintiún mil quinientos siete dólares con diecisiete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de diciembre de dos mil trece, con la base de siete mil ciento sesenta y nueve dólares con seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Aliado Sociedad Anónima contra Mario Antonio García Castro. Expediente: 12-100525-0642-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 17 de junio del 2013.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2013045581).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinte de agosto del dos mil trece y con la base de tres millones noventa y cinco mil ciento doce colones con veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 627199, marca: Hyundai, estilo: Terracán GL, capacidad: 7 personas, color: azul, categoría: automóvil, carrocería: Station Wagon o familiar, tracción: 4x4, chasis: KMHNM81XP6U194944, motor N°: J3912358, cilindrada: 2900 cc, combustible: diesel, cilindros: 04. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de setiembre del dos mil trece, con la base de dos millones trescientos veintiún mil trescientos treinta y cuatro colones con veinte céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de setiembre del dos mil trece, con la base de setecientos setenta y tres mil setecientos setenta y ocho colones con siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sergio Gamboa Vargas contra Pier Paolo Sinigaglia Gago. Expediente: 12-013785-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de mayo del 2013.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2013045585).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 319 y asiento 11458, a las nueve horas y treinta minutos del siete de agosto de dos mil trece y con la base de veinte mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos cincuenta mil ciento noventa y cuatro-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para construir lote 7. Situada en el distrito 01 Orotina, cantón 09 Orotina de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Asociación de Vecinos de Santo Domingo de Orotina; al sur, lote 6; al este, Odilí Molina Miranda; y al oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil trece, con la base de quince mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de setiembre de dos mil trece, con la base de cinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Pame de Heredia S. A. contra Ariel Briones Pérez. Expediente: 11-001198-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de abril del 2013.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2013045597).
A las dieciocho horas del dos de setiembre del dos mil trece, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y tres mil setecientos noventa y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación, lote 42 G. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 03 La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Banco Internacional de Costa Rica S. A.; al sur, calle; al este, lote 43 G; y al oeste, lote 41 G. Mide: ciento veinte metros cuadrados. La misma queda condicionada a que la notaria Morelli Alfaro pueda notificar al albacea. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de B.C.R. contra Mora Tumminelli Jairo. Expediente: 99-024320-0170-CA. Notifíquese.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de junio del 2013.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—(IN2013045644).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, a las once horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil trece y con la base de dos millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos veinte mil cuatrocientos noventa cero cero cero (2-420490-000), la cual es terreno para construir lote 3. Situada en el distrito 07 Santa Eulalia, cantón 03 Atenas de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 8.76 metros; al sur, Guillermo Guzmán Cedeño; al este, Héctor Giovanni Castillo Cruz; y al oeste, Margarita Umaña. Mide: doscientos veintitrés metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del doce de noviembre del dos mil trece, con la base de un millón novecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del dos mil trece, con la base de seiscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial. Nota: se le informa las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Prest. contra Ruth Margarita Mendoza Aguilar. Expediente: 13-001100-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 4 de junio del 2013.—Lic. Patricia Cedeño Leitón Jueza.—(IN2013045647).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas del diecisiete de octubre del dos mil trece y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos ochenta y dos mil trescientos sesenta y tres derecho cero cero cero, la cual es terreno. Situada en el distrito Fortuna, cantón San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Leticia Vargas Solano; al sur, William Corrales Araya; al este, calle pública; y al oeste, Gregorio Martínez Romero. Mide: ciento sesenta y nueve metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del treinta y uno de octubre del dos mil trece, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas del catorce de noviembre del dos mil trece, con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Andrea Johanna Huertas Núñez y Lucía Núñez Torres. Expediente: 13-100097-0297-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 4 de julio del 2013.—Lic. Elio Campos López, Juez.—(IN2013045648).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones de leyes 7052, 7208 Sist. Financiero de Vivienda, a las once horas y cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil trece y con la base de dos millones doscientos cincuenta y ocho mil doscientos setenta y nueve colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos cincuenta mil seiscientos cuarenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 07 Puente de Piedra, cantón 03 Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 10 metros 50 centímetros; al sur, Sociedad Agrícola el Quinto Limitada; al este, Romualdo Cascante Mora; y al oeste, Deivis Morales Salazar. Mide: ciento noventa y dos metros con diecinueve decímetros cuadrados. Plano: A-0574547-1999. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del cinco de noviembre del dos mil trece, con la base de un millón seiscientos noventa y tres mil setecientos nueve colones con noventa y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinte de noviembre del año dos mil trece con la base de quinientos sesenta y cuatro mil quinientos sesenta y nueve colones con noventa y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Eduardo Solís Víquez. Expediente: 13-001797-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 27 de mayo del 2013.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2013045653).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil trece, y con la base de siete millones novecientos cuarenta y tres mil quinientos doce colones con treinta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 379910-000 la cual es terreno para construir, lote ciento once. Situada en el distrito 12 Tambor, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote uno; al sur, Avenida El Paso; al este, lote ciento diez; y al oeste, lote ciento doce. Mide: ciento cuarenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de setiembre del dos mil trece, con la base de cinco millones novecientos cincuenta y siete mil seiscientos treinta y cuatro colones con veinticuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos mil trece con la base de un millón novecientos ochenta y cinco mil ochocientos setenta y ocho colones con ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Ángel Carmona Cruz. Exp. 13-003381-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de mayo del 2013.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—(IN2013045671).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del catorce de octubre del dos mil trece, y con la base de un millón setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 315226. Marca Honda. Estilo Civic LX. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1993. Color blanco. Vin JHMEG8554PS023220. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil trece, con la base de un millón doscientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil trece con la base de cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Maylith Angulo Angulo contra Iván Antonio Angulo Sánchez. Exp. 13-002032-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 10 de junio del 2013.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2013045750).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso bajo las citas 572-00022537-01-0001-001; a las trece horas y quince minutos del diez de setiembre del dos mil trece, y con la base de dieciocho millones cien mil colones exactos (¢18.100.000°°), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 339.365-000, la cual es terreno de agricultura con una casa, sito en distrito dos Florencia, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, Rodrigo Elizondo Rojas; al sur, Rodrigo Elizondo Rojas; al este, Carlos Corella Chaves; y al oeste, calle pública. Mide: setecientos treinta y ocho metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y quince minutos del veinticinco de setiembre del dos mil trece, con la base de trece millones quinientos setenta y cinco mil colones exactos (¢13.575.000°°). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas quince minutos del diez de octubre de dos mil trece, con la base de cuatro millones quinientos veinticinco mil colones exactos (¢4.525.000°°). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Johnny Francisco Treviño Robles. Exp. 12-101255-0297-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 24 de junio del 2013.—Lic. Elio Campos López, Juez.—(IN2013045779).
En la puerta exterior de este Despacho; al ser las nueve horas y cero minutos del veinte de agosto de dos mil trece, libre de gravámenes hipotecarios; soportando Reserva Ley de Aguas y Reserva Ley de Caminos Públicos al tomo 430, asiento 3900 y Servidumbre de Paso al tomo 2011, asiento 190900 y con la base de cuatro millones ciento treinta y seis mil ciento cincuenta y ocho colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y dos mil sesenta y siete cero cero cero la cual es terreno lote cuatro, terreno para construir. Situada en el distrito 04 Coyolar, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana Ruth Sandí Jiménez y Gilbert Alvarado Carranza y servidumbre de paso con 6.00 metros de frente; al sur, IDA; al este, Marta Cecilia Brenes Campos; y al oeste, Ana Ruth Sandí Jiménez y Gilbert Alvarado Carranza. Mide: doscientos setenta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de setiembre de dos mil trece, con la base de tres millones ciento dos mil ciento diecinueve colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de mayo de dos mil trece con la base de un millón treinta y cuatro mil treinta y nueve colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica-Canadá contra Alex Daniel González Venegas. Exp. 13-000501-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de abril del 2013.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—(IN2013045798).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del dos mil trece, y con la base de catorce millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 179289-000 la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 06 Puraba, cantón 04 Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, José Antonio Murillo Rodríguez; al sur, calle pública; al este, José Gómez Gómez; y al oeste, Marvin Salazar Carvajal. Mide: ciento treinta y seis metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del tres de octubre del dos mil trece, con la base de diez millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de octubre del dos mil trece con la base de tres millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Lucía Guisela Mora Monge y Manuel Emilio Valerio Garro. Exp. 12-022473-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de julio del 2013.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—(IN2013045828).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos mil trece, y con la base de un millón cuatrocientos setenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa C-141839, marca White GMC, estilo WIA64TES, carga pesada, color verde, año 1994, serie 4V1WDBRF6RN667710. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil trece, con la base de un millón ciento ocho mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil trece con la base de trescientos sesenta y nueve mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Roy Antonio Zamora Mora. Exp. N° 13-006605-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de mayo del 2013.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2013045882).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del tres de setiembre de dos mil trece, y con la base de un millón cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa VE 000109, Vehículo Especial, moto Cruiser XT250GK-2, año 2009, capacidad para 2 personas, color rojo, carrocería: recreativo o boogie, tracción: 4x2, motor N° 722000134, 2 cilindros, 250 cc. Gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil trece, con la base de un millón cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil trece con la base de trescientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Manuel Antonio Segura Mora. Exp. N° 12-006416-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 5 de junio del 2013.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2013045883).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del veintidós de agosto de dos mil trece, y con la base de un millón seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas: MOT-269897, marca: Sukyama, categoría: motocicleta, vin: LMMPCN20390002104, año: 2009, color: negro, cilindrada: 225 cc. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de setiembre de dos mil trece, con la base de setecientos cincuenta y cuatro mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de setiembre de dos mil trece con la base de doscientos cincuenta y un mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Bryan Eliecer Picado Jiménez. Exp. N° 10-000033-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 10 de junio del 2013.—Lic. Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2013045884).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas de inscripción: 357-00012547-01-0900-011 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso, citas de inscripción: 439-00013595-01-0001-001; a las once horas y quince minutos del diecinueve de agosto de dos mil trece, y con la base de dos millones cien mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 160882-000, la cual es terreno para construir N° L-18. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Hacienda Tres Ríos Sociedad Anónima; al sur calle pública; al este, quebrada en medio Hacienda Tres Ríos Sociedad Anónima, y al oeste, Hacienda Tres Ríos Sociedad Anónima. Mide: Ciento treinta y nueve metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del tres de setiembre de dos mil trece, con la base de un millón quinientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del dieciocho de setiembre de dos mil trece con la base de quinientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instacredit S. A. contra Galo Francisco Malavasi Monge. Exp. N° 12-027769-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de mayo del 2013.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2013045886).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil trece, y con la base de un millón novecientos cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 864203, marca Hyundai, estilo Accent, año 1997, carrocería sedan 4 puertas, color azul, tracción 4x2, uso particular, cilindrada 1500 cc, cilindros 04, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil trece, con la base de un millón cuatrocientos veintiocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil trece con la base de cuatrocientos setenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Carlos Alberto Saborío Marín. Exp. N° 12-024167-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de junio del 2013.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2013045887).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas quince minutos del veinte de agosto de dos mil trece, y con la base de tres millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 771160, marca Hyundai, estilo Grace, microbús, 15 personas, año 1996, celeste, 4x2, diesel. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del cuatro de setiembre de dos mil trece, con la base de dos millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas quince minutos del diecinueve de setiembre de dos mil trece con la base de ochocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Luis Fernando Cordoba Vargas. Exp. N° 11-023763-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de mayo del 2013.—Msc. Osvaldo López Mora , Juez.—(IN2013045889).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas cero minutos del veintidós de agosto de dos mil trece y con la base de dos millones seiscientos cuarenta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa: 873544, marca: Hyundai, categoría: Automóvil, vin: KMHCG41FPXU031285, año: 1999, color: turquesa, cilindrada: 1.500 cc. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cero minutos del seis de setiembre de dos mil trece, con la base de un millón novecientos ochenta y cuatro mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de setiembre de dos mil trece con la base de seiscientos sesenta y un mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Roger Daniel Godínez Sánchez. Exp. N° 12-001029-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 10 de junio del 2013.—Lic. Éricka Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2013045890).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del doce de setiembre de dos mil trece, y con la base de un millón setecientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa 823917, marca Hyndai, estilo Elantra, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 1999, color verde, sedán 4 puertas, cilindrada 2000 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de octubre de dos mil trece, con la base de un millón trescientos cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil trece con la base de cuatrocientos treinta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Evelyn Gabriela Hernández Gutiérrez. Exp. N° 11-027826-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de junio del 2013.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2013045892).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil trece, y con la base de dos millones trescientos treinta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 878385, marca Chevrolet, categoría automóvil, vin KLY4A11BD1C757569, año 2011, color plateado, cilindrada 800 cc. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de setiembre de dos mil trece, con la base de un millón setecientos cuarenta y nueve mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de octubre de dos mil trece con la base de quinientos ochenta y tres mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Manfred Molina Monge. Exp. N° 13-003179-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de mayo del 2013.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2013045894).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del seis de setiembre de dos mil trece, y con la base de dos millones ciento ochenta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo Placas 637707, marca Mazda, estilo Protege, año 1999, 5 personas, sedán 4 puertas, color blanco, Nº ZM233545, 1600 cc. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil trece, con la base de un millón seiscientos treinta y nueve mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del nueve de octubre de dos mil trece con la base de quinientos cuarenta y seis mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Gregorio Umaña Sánchez. Exp. N° 12-023346-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de junio del 2013.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2013045900).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-100028-0377-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Ronald Soto Álvarez, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-cuatrocientos noventa-setecientos setenta y tres, profesión oficinista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno con casa de habitación de madera. Situada: en el distrito tercero Horquetas, cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de treinta y cuatro metros con veintiséis centímetros; al sur, Rosa María Molina Rodríguez; al este, María Cristina Martínez Martínez, servidumbre en medio, y al oeste, Martín Cerdas Mora. Mide: trescientos cincuenta y ocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones novecientos setenta y seis mil doscientos colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa que le hiciera a Dagoberto Villalobos Peraza, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en dar mantenimiento a la casa de habitación, habitarla, mantener cercado y chapeado el terreno, cancelar los impuestos municipales, el servicio de agua y electricidad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Ronald Soto Álvarez. Expediente Nº 12-100028-0377-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de junio del 2013.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(IN2013041853).
Wilbert Fallas Torrentes, mayor, soltero, agricultor, cédula seis-doscientos ochenta y uno-doscientos diez, promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de dos casas y agricultura. Situado: en Linda Vista, distrito primero de San Vito, cantón octavo de Coto Brus, provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Albán Navarro Fallas; sur, Jorge Jiménez Mora, y este, calle pública con un frente lineal a ella de veintitrés metros setenta decímetros cuadrados; oeste, calle pública con un frente lineal a ella de diecinueve metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Según plano catastrado N° P-1620052-201. Mide de extensión: mil doscientos sesenta y nueve metros cuadrados. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Expediente N° 13-000047-0419-AG Int. (53-2-13). Información Posesoria de Wilbert Fallas Torrentes.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2013044322).
Olivio Villegas Prendas, mayor, casado una vez, agricultor, cédula número seis-ciento cincuenta-trescientos noventa y cuatro, promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno para la agricultura. Situado: en Santa María de Pittier, distrito quinto, cantón octavo de Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte y oeste, Beliza Venegas Barrantes; sur, Marcos Venegas Barrantes, y este, calle pública con un frente de noventa y seis metros con cincuenta y cinco metros lineales. Según plano catastrado N° P-1629016-2012. Mide de extensión: nueve mil veintiún metros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por venta que le hiciera Belisa Venegas Barrantes. Estima el inmueble en un millón de colones y el proceso en la suma de cuatrocientos mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Expediente N° 13-000038-0419-AG Int. (43-1-13). Información Posesoria de Olivio Villegas Prendas.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 14 de marzo del 2013.—Lic. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—(IN2013044327).
Se hace saber que ante este Despacho se encuentra el expediente N° 12-000346-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de Información Posesoria, promovido por Gabriel Gilberto Leal Muñoz, quien es mayor, casado una vez, médico, cédula N° 5-0228-0682, y vecino de Pavas, Urbanización Bri Bri, casa cuatro ocho cero, y José Pablo Vallejos Espinoza, mayor, soltero, dependiente, cédula N° 1-1297-0358, vecino de Urbanización Bri Bri, Lomas del Río, casa cuatro ocho cero; el cual interpusieron o a fin de que se inscriba a sus nombres (50% cada uno) ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para construir. Situado: en San Blas, distrito 03 (Sardinal), cantón 05 (Carrillo), provincia de Guanacaste; el cual colinda: al norte, Hubert Vallejos Espinoza; sur, calle pública con un frente a ella de veintiún metros con ochenta y ocho centímetros lineales; este, Eduardo Chavarría Chavarría, y oeste, calle pública con un frente a ella de veintinueve metros con noventa y dos centímetros lineales. Mide: 649 m2, según plano N° G-1395806-2010. Indica la parte promotora que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en un millón de colones, que lo adquirió mediante una donación que le hizo el señor Ceferino Vallejos Bustos, mayor, casado en segundas nupcias, operario en ganadería, vecino de San Blas de Sardinal de Carrillo, Guanacaste, cédula N° 5-059-253, quien es abuelo y suegro de los promoventes, el día 2 de setiembre del 2011, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre él han consistido en mantenimiento del terreno; que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5° de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste, 13 de junio del 2013.—Lic. Ana Victoria Gómez Zúñiga, Jueza.—1 vez.—(IN2013044378).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000032-0930-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Marta López González, quien es mayor, casada una vez, del hogar, cédula número 2-0285-0078, vecina de Guápiles de Pococí, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno con una vivienda. Situada: en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Claudio Barquero Chavarría; al sur, Claudio Barquero Chavarría; al este, calle pública con un frente de dieciséis metros con doce centímetros lineales, y al oeste, Claudio Barquero Chavarría. Mide: trescientos noventa metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de nueve millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Marta López González. Expediente Nº 13-000032-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 8 de abril del 2013.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—1 vez.—(IN2013044392).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
11-000086-1129-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de Villarevia Varga Blaine,
quien es mayor, estado civil soltero en unión libre, vecino de Rivas, Pérez
Zeledón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 1-1056-0798, profesión agricultor, y Kattia Pereira
Benavides, quien es mayor, estado civil soltera en unión libre, vecina de
Rivas, Pérez Zeledón, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 1-1050-0511, profesión ama de casa; a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno de
solar y una casa. Situada: en el distrito Rivas, cantón Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, con calle pública con un frente de
diez metros con treinta y ocho centímetros; al sur, con Víctor Julio Vargas
Garita; al este, con Víctor Julio Vargas Garita y en medio servidumbre de paso
con un frente de veintiocho metros con noventa y cuatro centímetros, y al
oeste, con Gilberth Valverde Quesada. Mide:
ochocientos cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble compra-venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
vivienda, reparación de cercas, mantenimiento y limpieza de los carriles. Que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Villarevia Varga
Blaine y Kattia Pereira Benavides. Expediente Nº
11-000086-1129-AG.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 16 de mayo del 2013.—Lic. Norman
Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2013044763).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
12-000376-1028-CA donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de Asociación de Desarrollo Integral de Talolinga
de Nicoya, Guanacaste, cédula jurídica número tres-cero cero dos-cinco cero
seis nueve cuatro seis, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la
provincia de Guanacaste, la cual es terreno para información posesoria con un
salón. Situada: en el distrito San Antonio, cantón Nicoya, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Municipalidad de Nicoya; al sur, Ministerio de
Educación Pública (escuela de Talolinga); al este,
calle pública con un frente de treinta metros con cincuenta y seis decímetros
lineales, y al oeste, Ministerio de Educación Pública (escuela de Talolinga). Mide: 1527.56 cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de
quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación del señor
Antonio Viales Guido, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la realización
de reuniones y diferentes actividades comunales. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Asociación de Desarrollo Integral de Talolinga de Nicoya, Guanacaste. Expediente Nº
12-000376-1028-CA.—Juzgado Contencioso
Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José,
10 de junio del 2013.—Lic. Nancy Allen Umaña, Jueza.—1 vez.—(IN2013044772).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Sergio González Mora, mayor, viudo de primer matrimonio, agricultor, con cédula número dos-cero sesenta y cuatro-dos mil trescientos noventa, vecino de Sabalito, Coto Brus, dos mil metros oeste del cruce de Cinco Esquinas de Sabalito, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Sucesorio N° 13-100013-0920-CI-1 promovido por Meyer, Fulvia, Ruth y Susana González Vargas, María Adilia Chinchilla Quesada, Gerardina Benavides Sánchez y Yorley González Benavides.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, Ciudad Neily, 28 de mayo del 2013.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—1 vez.—(IN2013044325).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Olga Patricia Mora Picado, quien fue mayor, soltera, vecina de Poás de Aserrí, cédula de identidad N° 1-0595-0695, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-100128-0217-CI. Sucesión de Anthony Steven Villalta Mora.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 30 de mayo del 2013.—Dra. Leyla Kristel Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2013044363).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Flora Arce Soto, quien fue mayor, casada una vez, con cédula de identidad N° 0103991221, y de Jorge González Rocha, quien fue mayor, viudo, con cédula de identidad N° 0101920896, ambos vecinos de San José, Vázquez de Coronado, de Coopecoronado doscientos cincuenta metros sur, setenta y cinco este Urbanización La Manolas, casa número cincuenta y cuatro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000160-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 13 de junio del 2013.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2013044402).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de María Ester Bejarano Bermúdez, quien fue mayor, casada una vez, pensionada, vecina de San Miguel de Desamparados, cédula de identidad número 1-0314-0588, y Aurelio Fernández Rivera, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San Miguel de Desamparados, cédula de identidad N° 1-0289-0516, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-100087-0217-CI. Sucesión mancomunado de María Ester Bejarano Bermúdez y Aurelio Fernández Rivera.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 12 de abril del 2013.—MSc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2013044411).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carlos Luis Rojas Varela, quien fue
mayor, casado, vecino de Cedros de Montes de Oca, con cédula de identidad N° 1-246-201. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente N°
13-000078-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 25 de abril del
2013.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1
vez.—(IN2013044732).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marta
Eugenia Villalta Leitón, mayor, casada una vez, oficios del hogar, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad N°
106030555 y vecina de Curridabat. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000022-0164-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de abril del 2013.—M.Sc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1
vez.—(IN2013044739).
Se hace saber que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de Roy Barquero Elizondo, quien fue
mayor, casado una vez, administrador de empresas, cédula de identidad número
uno-seiscientos noventa y dos, cero sesenta y cinco, vecino de Pérez Zeledón,
San Ramón Sur, de la iglesia católica, ciento cincuenta metros al sur. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
13-000055-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 10 de junio del 2013.—Lic. Luis
Manuel Martínez Castro, Juez.—1 vez.—(IN2013044757).
Se hace saber: Que en este Despacho
Silvio Lacayo Beeche, mayor, casado una vez, máster
en administración, vecino de San José, cédula de identidad número 1-789-24,
vecino de San José, ha promovido diligencias a fin de que se le repongan cédula
hipotecaria de primer grado, por la suma de ochenta y tres mil dólares, misma
que se inscribió con citas 2010-109009-1-8-1, sobre la finca del Partido de
Guanacaste, matrícula de folio real N° 179001, a
favor de Financiera Desyfin S. A. Se concede un
término de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a todos los
interesados, a fin de que se presenten en defensa de sus derechos. Por
ordenarse así en diligencias de reposición de título. Expediente Nº
12-000703-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 4 de junio del año 2013.—Lic. Mateo
Ivankovich Fonseca, Juez.—(IN2013039392). 3 v. 3 Alt.
Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Eduardo Morales Muñoz, documento de identidad N° 9-117-697, mayor, divorciado, costarricense, domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso autorización salida país en su contra, bajo el expediente N° 13-000878-0364-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: La señora Eloisa Oporta Rosales, mayor, soltera, costarricense, ama de casa, vecina de Heredia, con cédula de identidad N° 2-668-723, ha solicitado a este Despacho que autorice la salida del país de la menor Ashley Morales Oporta, y que se expida el pasaporte, indicando que el señor Eduardo Morales Muñoz es el padre de la menor (Cfr: folio 1, 2, 3). De principio, el artículo 9° del Código de Familia establece que “las autorizaciones o aprobaciones de los tribunales que este Código exige en determinados casos, se extenderán mediante el proceso sumario, señalado en el Código Procesal Civil, cuando no esté establecido otro procedimiento.” En el mismo sentido se encuentra redactado el inciso 10) del artículo 435 del Código Procesal Civil. Para estos casos en los que se solicita la autorización de salida del país de las personas menores de edad existe una vía más expedita que la sumaria. El artículo 151 del Código de Familia dispone que “el padre y la madre ejercen, con iguales derechos y deberes, la autoridad parental sobre los hijos habidos en el matrimonio”. Por esta razón es que para que un menor pueda salir del país requiere autorización de ambos progenitores. En caso de que la autorización sólo la otorgue uno de los progenitores, eso no significa que el niño no puede salir del país, porque en este caso se estaría haciendo la voluntad del progenitor que no autoriza, lo cual viola la igualdad apuntada. El problema lo resuelve la misma norma antes citada, cuando dice: “En caso de conflicto, a petición de cualquiera de ellos, el tribunal decidirá oportunamente, aún sin las formalidades del proceso, y sin necesidad de que las partes acudan con un profesional en derecho. El Tribunal deberá resolver tomando en cuenta el interés del menor”. En el mismo sentido, el Código de la Niñez y la Adolescencia señala que en asuntos en donde se ventilen derechos de las personas menores de edad, no debe existir estricto ritualismo procesal y además el juez tiene amplios poderes en la conducción del proceso. Con base en lo expuesto, debe concluirse que en casos como éstos el juez tiene poderes discrecionales para fijar el procedimiento a seguir. Así las cosas, este Juzgador estima que para respetar la igualdad de derechos de los progenitores, y para garantizar el derecho que tiene toda persona de ser escuchada, lo procedente es realizar una audiencia oral y privada, en la cual se expresarán las razones por las cuales se solicita la autorización de salida del país y los motivos de oposición que pudieran existir. Los menores también podrán expresar su opinión, respetándoseles así el derecho que les concede los artículos 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño y 105 del Código de Niñez y Adolescencia. Al final de la audiencia se decidirá judicialmente si se concede o no se concede las autorizaciones solicitadas. Para realizar la audiencia, se señala a las trece horas y treinta minutos del martes veinticinco de junio del dos mil trece. Momento en que se escuchara a las partes, se entrevistara a los menores de interés y se evacuara la prueba que se ofrezca. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia, siendo que dicha institución aportó a este Despacho el casillero 403 de los Tribunales de Heredia como único medio para recibir notificaciones, de conformidad con lo que estipula el artículo 37 de la nueva Ley de Notificaciones Judiciales, es que se deja en la secretaría del Despacho y a disposición del Patronato Nacional de la Infancia, las copias del presente asunto. Lo anterior se ordena así en proceso autorización salida país de Eloisa del Carmen Oporta Rosales contra Eduardo Morales Muñoz. Expediente N° 13-000878-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 19 de junio del 2013.—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013044367).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Harlan Ray Slabaugh, quien es mayor, contratista, casado, masculino, vecino de Alajuelita, pasaporte N° 220969626, de nacionalidad estadounidense, y Yéssica Pérez Hernández, mayor, casada, ama de casa, femenina, vecina de Alajuelita, cédula de residencia N° 155807959527, encaminado a solicitar la autorización para cambiar el nombre de su hijo menor Alonso Antonio Slabaugh Pérez por el de Harlan Alonso Slabaugh Pérez. Se emplaza a los interesados en el proceso, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 13-100070-0216-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián.—Lic. Jainer Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2013044401).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Harlan Ray Slabaugh, quien es mayor, contratista, casado, masculino, vecino de Alajuelita, pasaporte N° 220969626, de nacionalidad estadounidense, y Yéssica Pérez Hernández, mayor, casada, ama de casa, femenina, vecina de Alajuelita, cédula de residencia N° 155807959527, encaminado a solicitar la autorización para cambiar el nombre de su hija menor Sharon Alexa Slabaugh Pérez por el de Alexa Nicole Slabaugh Pérez. Se emplaza a los interesados en el proceso, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 13-100071-0216-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián.—Lic. Jainer Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2013044403).
En este Despacho, se han presentado solicitando contraer matrimonio: José Rodrigo Cano Cano, cédula N° 5-0472-0312, y Santa Francisca Arce Arce, cédula N° 5-207-143, ambos solteros, en unión libre, y vecinos de Drake de Osa, de Cabinas El Mirador, 600 metros este. Si alguna persona conoce impedimento para que esta boda se realice, deberá manifestarlo a este Despacho dentro del plazo de ocho días naturales siguientes después de la publicación de este edicto.—Juzgado de Familia de Osa, 16 de mayo del 2013.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2013044343).