BOLETÍN JUDICIAL N° 166 DEL 30 DE
AGOSTO DEL 2013
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER
JUDICIAL
TERCERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el
caso específico los siguientes acuerdos: De la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 3-2006 de fecha
01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en
Sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII.; De la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta Nº 1-2009 de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y el acuerdo del
Consejo Superior en Sesión Nº 58-09 celebrada el 02 de junio del 2009, artículo
LV; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y
el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-12 celebrada el 09 de febrero
del 2012, artículo LXVIII; De la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión Nº 2-2007, de fecha 06 de
agosto del 2007, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº
66-07, celebrada el 06 de setiembre del 2007, artículo XXXVII; De la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº
3-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión N° 83-06, celebrada el 02 de noviembre del 2006, artículo
XLIV.; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en sesión Nº 2-2010, celebrada el 15 de noviembre del 2010,
artículo XI, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº 03-2011, del 18
de enero del 2011, artículo XLV. , se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la
destrucción de expedientes penales, civil, laboral, agrario,
contencioso, tránsito, violencia doméstica, penal juvenil, informes
policiales y de pensiones alimentarias de los despachos que a continuación se
detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por dos veces más en el Boletín
Judicial.
San José 17 de julio del
2013.
Licda.
Nacira Valverde Bermúdez,
Exonerado.—(IN2013051417) Subdirectora
Ejecutiva a. í.
A la señora Jessica Andrea
Zeledón Mussio, de domicilio ignorado, se hace saber:
Que en diligencias de exequátur promovidas por el señor Óscar de Jesús Vásquez
Quesada, contra ella, para obtener el exequátur de una sentencia dictada por la
Corte Suprema del Estado de Nueva York, Condado de Suffolk, Estados Unidos de
América, en proceso de divorcio seguido entre las mismas partes, se ha dictado
la resolución que en lo conducente dice: “NUE: 12-000176-0004-FA, Res:
000772-E-13, Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las
quince horas treinta y cinco minutos del trece de junio de dos mil trece.
Solicitud para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio, establecidas
por Óscar de Jesús Vásquez Quesada, constructor, vecino de Nueva York, Estados
Unidos de América, divorciado, con cédula de identidad no. 2-0396-0214, contra
Jessica Andrea Zeledón Mussio, de nacionalidad
estadounidense, con pasaporte inicial de su país N° PZ6987447, de oficio no
indicado y domicilio ignorado. Interviene, el Lic. Carlos Humberto Pacheco
Murillo, casado, abogado, vecino de Alajuela, en calidad de apoderado especial
judicial del actor. Figura además, el Lic. José Joaquín Rojas Calderón, casado,
abogado, vecino de San José, como curador de la demandada. Todos son mayores de
edad y, con las excepciones dichas, divorciados. Resultando: 1º—..., 2º—...,
3º—..., 4º—…, 5º—… Considerando: I.—..., II.—...,
III.—... Por tanto Se concede el exequátur solicitado a la sentencia de
divorcio dictada el 23 de marzo de 1999, por la Corte Suprema del Estado de
Nueva York, Condado de Suffolk, Estados Unidos de América. En consecuencia,
procédase a su ejecución, por lo que se ordena expedir ejecutoria de esta
resolución aprobatoria, una vez que alcance firmeza, a fin de que la parte interesada gestione lo que corresponda ante el
Registro Civil. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte
dispositiva de este fallo.—Anabelle
León Feoli.—Luis Guillermo Rivas Loáiciga.—Román
Solís Zelaya.—Lupita Chaves Cervantes.—Damaris Vargas Vásquez.
San José, 13 de junio de
2013.
Welesley Henry Martínez
1 vez.—(IN2013053550) Notificador
Que en el
Proceso Disciplinario Notarial N° 10-000404-0627-NO, de Registro Público de la
Propiedad Mueble contra Carlos Alberto Peñaranda Segreda
(cédula de identidad 2-0245-0771), este Juzgado mediante resolución N° 585-2012
de las ocho horas del trece de noviembre del dos mil doce, dispuso imponerle al
citado notario la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio
de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en
el Boletín Judicial. Notifíquese.
San José, 9 de
julio del 2013.
Lic.
Doni David Panton Moya
Juez
1 vez.—Exento.—(IN2013053554)
Que en
el Proceso Disciplinario Notarial N° 10-000381-0627-NO, de Orietta
Hernández Rojas contra Daniel Carvajal Mora (cédula de identidad 1-838-048),
este Juzgado mediante resolución N° 301-2013 de las nueve horas quince minutos
del diecisiete de mayo del dos mil trece, dispuso imponerle al citado notario
la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la
función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial.
San
José, 16 de julio del 2013.
Lic.
Doni David Panton Moya
1 vez.—Exento.—(IN2013053575 Juez
Que en
el proceso disciplinario notarial N° 12-000911-0627-NO, de Registro Civil
contra Rafael Ángel Fallas Fallas (cédula de
identidad 6-146-840), este Juzgado mediante resolución N° 226-2013 de las ocho
horas treinta minutos del veintidós de abril del dos mil trece, dispuso
imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión
en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín Judicial.
San
José, 17 de julio del 2013.
Lic.
Doni David Panton Moya
Juez
1 vez.—Exento.—(IN2013053581)
A los causahabientes de quién en vida se llamó
Anthony Andrés Salguero Salazar, quien fue mayor, unión libre, vecino de Aserrí, con cédula de identidad número uno-mil trescientos
ochenta y dos-cero nueve cincuenta y cuatro, se les hace saber que: Marianella Rojas Montiel, en calidad de compañera del
fallecido a fin de promover las presentes diligencias de consignación de
prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial
libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido
Anthony Andrés Salguero Salazar, expediente número 133000030236LA-01.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Aserrí, 18 de enero de 2013.—Lic. Hellen Mora Salazar, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2013050780).
Se
emplaza a todos los causahabientes el trabajador fallecido Miguel Ángel Arce
Zúñiga, quien fuere mayor, casado, chofer de bus, portador de la cédula de
identidad 1-0487-0090 y vecino de Limón para que comparezcan a este Despacho
dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación de este
edicto en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren los
dineros que se depositaren pasaran a quien legalmente correspondan. Lo anterior
ordenado en Diligencias por Muerte de Miguel Ángel Arce Zúñiga, gestiona Miguel
Ángel Arce Zúñiga. Expediente número 13-000132-1025-LA-E.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Limón, 16
de julio del 2013.—Lic. Wendy Martínez Garbanzo, Jueza.—1
vez.—(IN2013053573).
A los causahabientes de
quien en vida se llamó José Antonio Campos Ugalde, quien fue mayor, casado,
mecánico de precisión, vecino de San Josecito de San Rafael de Heredia, con
cédula de identidad número 2-0372-0497, se les hace saber que: Elizabeth Segura
Campos, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número
2-0249-0073, vecina de San Josecito de San Rafael de Heredia, se apersonó en
este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover
las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les
cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación
de prestaciones del trabajador fallecido, expediente número 13-000541-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 17 de julio del año
2013.—Msc. Brenda Caridad Vargas, Jueza.—1
vez.—(IN2013054411).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las ocho horas y cero
minutos del doce de setiembre del dos mil trece, en la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de un millón ochocientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas
243861, marca: Nissan, estilo: Sentra Super SA, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año
1996, chasis: 3N1BEAB13T001268, motor número: GA16750106R. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco de Costa Rica contra
María Del Rosario Segura Valverde, Vicente Segura Valverde, Warner Mora Soto.
Expediente: 05-003195-0170-CA.—Juzgado Civil de
Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 16
de julio del 2013.—Lic. Marlen Milena Angulo Arrieta,
Jueza—(IN2013052920).
En la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta
minutos del diez de setiembre de dos mil trece y con la base de un millón
trescientos setenta mil setecientos cuarenta y ocho colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 477072; marca: Ssang Yong; vin:
KPTE0B16SWP125400; categoría: automóvil, año: 1998, color: blanco, cilindrada:
2300 cc. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del veinticinco de setiembre de dos mil trece, con la
base de un millón veintiocho mil sesenta y un colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del once de octubre de dos mil trece, con la base de
trescientos cuarenta y dos mil seiscientos ochenta y siete colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S.A. contra Eduardo Brenes Vargas y Layle Cecilia Pana Morales. Expediente: 09-028723-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de mayo del 2013.—Lic. Bolívar Arrieta Zarate,
Juez.—(IN2013052927).
En la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Conds. Limit. Ref.: 2140-259-001
(Citas: 0336-00004813-01-0920-002) y Condic. y Limits. Ref.: 00045612 000
(Citas: 0380-00016441-01-0901-001), a las ocho horas y cero minutos del
diecisiete de setiembre de dos mil trece y con la base de seis millones
setecientos un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta y cinco mil
seiscientos quince-cero cero uno-cero cero dos-cero cero tres-cero cero cuatro
y cero cero cinco, la cual es terreno para
agricultura lote 2-91. Situada en el distrito 01 Cortés, cantón 05 Osa de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Afortunado Muñoz; al sur, María
Marchena; al este, Afortunado Muñoz; y al oeste, calle pública con 17 m 08 cm.
Mide: cuatrocientos ochenta y ocho metros con noventa y tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
dos de octubre de dos mil trece, con la base de cinco millones veinticinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de octubre de
dos mil trece, con la base de un millón seiscientos setenta y cinco mil
doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra Francisco Matarrita Matarrita y Yolanda López Arancibia. Expediente:
13-006749-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de junio del
2013.—Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2013052928).
En la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones
ref.: 00015617-000 (Citas: 0377-00003277-01-0950-0 01), a las once horas y
quince minutos del diecinueve de setiembre de dos mil trece y con la base de
tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número sesenta y dos mil cuatrocientos treinta y dos-cero cero cero, la cual es terreno bloque D, lote 2, terreno con una
casa. Situada en el distrito 01 Cortés, cantón 05 Osa de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte; noreste, lote 3; al sur; sureste, lote 17; al
este; noroeste, lote 3 y alamedas C D; y al oeste; suroeste, lote 1. Mide:
ciento cincuenta y cinco metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del cuatro de
octubre de dos mil trece, con la base de dos millones ochocientos doce mil
quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del veintiuno de
octubre de dos mil trece, con la base de novecientos treinta y siete mil
quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Nery Torres Suárez. Expediente número: 13-006715-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 26 de junio del 2013.—María Antonieta
Córdoba Castillo, Jueza.—(IN2013052929).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y quince
minutos del veintitrés de setiembre de dos mil trece y con la base de dos
millones quinientos mil colones exactos en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos
cuarenta y siete mil doscientos noventa y dos-cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores,
cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carlos
Luis Acuña Morales; al sur, Carlos Luis Acuña Morales; al este, Carlos Luis
Acuña Morales; y al oeste, calle pública con 10 metros 50 centímetros de
frente. Mide: trescientos cuatro metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del ocho de
octubre de dos mil trece, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las diez horas y quince minutos del veintitrés de octubre de
dos mil trece, con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Anthony Calvo Segura,
María de los Ángeles Segura Elizondo, William Calvo Vargas. Expediente:
13-007236-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de julio del
2013.—Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2013052931).
A las nueve horas y treinta
minutos del veintitrés de octubre de dos mil trece, en la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de quinientos
noventa y seis mil cuatrocientos veintiún colones con veinticinco céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: un horno marca Skutt,
modelo 1027 BR, serie número 12249, un horno marca Skutt,
modelo 1027 BR, serie número 12365, un horno marca Skutt
modelo 818, serie número 25475, un horno marca Skutt,
modelo 818, serie número 254.76, todos con estantes, postes, corriente 220 trifilar, cono 8, de máxima temperatura, un aerógrafo,
marca Paasche, modelo 14329, serie número 44209, una
batidora de fabricación nacional, accionada por motor eléctrico, marca Dofrr, serie RL22132, un horno para cerámica marca Gare Kilm, modelo 1822, serie
9-1-82, un horno para cerámica, marca Duncan, modelo DK 10292 serie HOO667, un
horno para cerámica, marca Duncan, modelo DK 10292, serie J01184 y un horno
para cerámica, marca Duncan, modelo DK 820X-2, serie F00630. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra José Gilberto Rodríguez Hidalgo. Expediente: 88-100544-0290-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
20 de junio del 2013.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2013052932).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y quince
minutos del veinticinco de setiembre de dos mil trece y con la base de cuatro
millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos
sesenta y dos mil novecientos sesenta y cuatro-cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Isidro de El
General, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Banco Nacional de Costa Rica; al sur, calle pública con frente de 8.95
metros; al este, Banco Nacional de Costa Rica; y al oeste, Enrique Serrano
Valverde y Blanca Fernández Vallejo. Mide: quinientos veintisiete metros con
sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y quince minutos del diez de octubre de dos mil trece, con la base de
tres millones ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince
minutos del veinticinco de octubre de dos mil trece, con la base de un millón
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Rodolfo Mora Garro. Expediente: 13-007327-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
10 de julio del 2013.—María Antonieta Córdoba Castillo, Jueza.—(IN2013052933).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero
minutos del doce de setiembre de dos mil trece, y con la base de ochocientos
ochenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento un mil
novecientos cuarenta y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote
535. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, lote 496 A; al sur, calle pública; al este, lote
534, y al oeste, lote 536. Mide: doscientos noventa y cinco metros con treinta
y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
y cero minutos del veintisiete de setiembre de dos mil trece, con la base de
seiscientos sesenta y seis mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del quince de octubre de dos mil trece con la base de doscientos veintidós mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Diana María Castillo
Villalobos contra Marleny Tamariz Prendas. Exp. N°
13-000446-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 29 de abril del 2013.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez.—(IN2013052956).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta
minutos del doce de setiembre del año dos mil trece, y con la base de siete
millones trescientos setenta y seis mil doscientos dos colones con dos
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula N° 194310-000, la cual es terreno para construir lote 27.
Situada en el distrito 02 La Virgen, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Henry Gutiérrez Badilla,
Gaspar Sarapiqueña Sociedad Anónima; al este, Henry
Gutiérrez Badilla, Gaspar Sarapiqueña Sociedad
Anónima, y al oeste, Henry Gutiérrez Badilla, Gaspar Sarapiqueña
Sociedad Anónima. Mide: doscientos veinticinco metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete
de setiembre del año dos mil trece, con la base de cinco millones quinientos
treinta y dos mil ciento cincuenta y un colones con cincuenta y un céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y treinta minutos del quince de octubre del año dos mil trece
con la base de un millón ochocientos cuarenta y cuatro mil cincuenta colones
con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Silvia Shirlene Mejías
Pérez. Exp. N° 12-025533-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de junio
del 2013.—Lic. Fulgencio Jiménez Rojas, Juez.—(IN2013052979).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del treinta de octubre de dos mil trece, y con la base de
diecinueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 318085-000 la cual es
terreno bloque N lote 23, terreno de solar para construir. Situada en el
distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, lote 24 N; al sur, lote 22 N; al este, lote 4 N, y al oeste, calle
pública. Mide ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del quince
de noviembre de dos mil trece, con la base de catorce millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
tres de diciembre de dos mil trece con la base de cuatro millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hernando Alfaro
González contra Los Emprendedores de La Lisboa S. A. Exp. N° 13-007774-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 31 de julio del 2013.—Lic. Mónica Fallas Mesén, Jueza.—(IN2013052987).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres
trasladadas anotadas bajo las citas 331-6704-01-0903-001, 331-6704-01-0904-001
y 331-6704-01-0905-001; a las diez horas y treinta minutos del siete de octubre
del año dos mil trece, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 172049-000 la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 04 San Rafael, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte Juan José Conejo Gutiérrez y Gloriela
Seas Chinchilla; al sur calle pública con 7.00 metros; al este, Juan José
Conejo Gutiérrez y Gloriela Seas Chinchilla y al
oeste, urbanización Iztarú. Mide: ciento veintiocho
metros con noventa y siete centímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de octubre del año dos
mil trece, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del siete de noviembre del año dos mil trece con la base de dos
millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Freddy Agustín Conejo Seas. Expediente 13-010584-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 5 de agosto del 2013.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla,
Jueza.—(IN2013053033).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta
minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil trece, y con la base de
treinta y cuatro millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos cincuenta y siete mil novecientos cincuenta y seis cero cero cero la cual es terreno para
construir lote 3 D. Situada en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia,
de la provincia de San José. Colinda: al noreste, calle pública con 12.01 mts; al noroeste, lote 4 D; al sureste, lote 2 D y al
suroeste, zona de protección río Ipís de la
Municipalidad de Moravia. Mide: ciento ochenta y seis metros con cincuenta y
cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del dos de octubre del año dos mil trece con la base de
veintiséis millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos
del diecisiete de octubre del año dos mil trece con la base de ocho millones
setecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional
de Costa Rica contra Ángel Luis Zeledón Toruño y Rita
Viviana Zeledón Toruño. Expediente 11-030905-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 8 de agosto del 2013.—Lic. Adriana Castro Rivera,
Jueza.—(IN2013053037).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando: Derecho 002:
1) Servidumbres y Condiciones Citas: 383-16208-01-0803-001, 2) Servidumbres y
Obligaciones Citas: 383-16208-01-0804-001, 3) Servidumbres y Condiciones Citas:
383-16208-01-0900-001, 4) Servidumbres y Condiciones citas:
383-16208-01-0901-001, 5) Servidumbres y condiciones citas:
383-16208-01-0909-001, 6) Servidumbres y obligaciones citas:
383-16208-01-0911-001, y 7) Arrendamiento de finca inscrita a las citas:
2013-102809-01-0001-001. Derecho 003 1) Servidumbres y condiciones citas:
383-16208-01-0803-001, 2) Servidumbres y obligaciones citas:
383-16208-01-0804-001, 3) Servidumbres y condiciones citas:
383-16208-01-0900-001, 4) Servidumbres y condiciones citas:
383-16208-01-0901-001, 5) Servidumbres y condiciones citas:
383-16208-01-0910-001, 6) Servidumbres y obligaciones citas:
383-16208-01-0912-001, y 7) Arrendamiento de finca inscrita a las citas:
2013-102809-01-0001-001. Derecho 004 1) Servidumbres y condiciones citas:
383-16208-01-0803-001, 2) Servidumbres y obligaciones citas:
383-16208-01-0804-001, 3) servidumbres y condiciones citas:
383-16208-01-0900-001, 4) Servidumbres y condiciones citas:
383-16208-01-0901-001, y 5) Arrendamiento de finca inscrita a las citas:
2013-102809-01-0001-001. A las diez horas y cero minutos del uno de octubre de
dos mil trece, y con la base de ciento treinta y cinco mil dólares exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 382192, derecho 002, derecho 003 y derecho 004, la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01
San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Urbanizadora Rohrmoser S. A; al sur, calle pública y Jessica Porras; al
este, Urbanizadora Rohrmoser S. A., y al oeste, calle
pública. Mide: cuatrocientos treinta y siete metros con cuarenta y cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del dieciséis de octubre de dos mil trece, con la base de ciento un mil
doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del treinta y
uno de octubre de dos mil trece con la base de treinta y tres mil setecientos
cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Galería Tres Mil S. A. contra Élida
Agüero Durán. Expediente 08-029982-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 5 de agosto del
2013.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—(IN2013053043).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero
minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil trece, y con la base de
tres millones trescientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas número setecientos tres mil setecientos
treinta y nueve. Marca Hyundai. Estilo Starex.
Categoría microbús. Capacidad 9 personas. Año 2001. Color blanco. Vin KMHWR81HP1U372975. Cilindrada 2500 CC. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de octubre del año
dos mil trece, con la base de dos millones cuatrocientos noventa mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del año
dos mil trece con la base de ochocientos treinta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Menher de Occidente S. A. contra Ólger
Cruz Bermúdez. Expediente 09-000459-0296-CI.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 31
de mayo del 2013.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—(IN2013053044).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones a las citas 3946792; a las quince horas y treinta minutos del
veintitrés de octubre del año dos mil trece, y con la base de cuarenta millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número 76828 submatrícula
cero cero cero, la cual es
terreno agricult sector viejo C lote 146. Situada en
el distrito 02 Jiménez, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Ana Luz Chaves; al sur, Rafael Ángel Guerrero; al este,
Leoncio Miguel Jaén y al oeste, calle. Mide: setenta y nueve mil novecientos
ochenta y seis metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre del
año dos mil trece, con la base de treinta millones de colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince
horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del año dos mil trece con la
base de diez millones de colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Pedro Laguna Chacón. Exp: 13-002850-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 7 de
agosto del 2013.—Lic. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—(IN2013053163).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 404-01325-01-0905-001; a las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del ocho de noviembre del dos mil trece y con la base de veintisiete
millones trescientos cincuenta y siete mil seiscientos setenta y cuatro colones
con setenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento treinta y cuatro mil
seiscientos setenta y ocho-cero cero cero, la cual es
terreno naturaleza terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
02 Cañas Dulces, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte, resto de Finca Constructora Tiguilote Sociedad
Anónima; al sur, calle pública con un frente de veinte metros; al este, resto
de Finca Constructora Tiguilote Sociedad Anónima; y
al oeste, Resto de Finca Constructora Tiguilote
Sociedad Anónima. Mide: mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de noviembre del dos
mil trece, con la base de veinte millones quinientos dieciocho mil doscientos
cincuenta y seis colones con ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del diez de diciembre del dos mil trece, con la base de seis millones
ochocientos treinta y nueve mil cuatrocientos dieciocho colones con sesenta y
nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Geovanny
Gerardo Torres Mendoza. Expediente: 12-000122-0390-CI.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
24 de junio del 2013.—Lic. Franz Loney Castro Solís,
Juez.—(IN2013053176).
En la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada, a las ocho horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil
trece y con la base de cuatro millones cuatrocientos treinta y cinco mil
novecientos noventa y ocho colones con seis céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
32471-F-000, la cual es terreno filial seis de una planta, ubicada en el primer
piso, destinada al estacionamiento de autobuses en proceso de construcción.
Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, filial siete; al sur, en parte con filial cinco y
área común destinada a rampas de abordaje; al este, área común destinada a
rampas de abordaje; y al oeste, área común destinada a acceso vehicular. Mide:
cincuenta y ocho metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de
octubre de dos mil trece, con la base de tres millones trescientos veintiséis
mil novecientos noventa y ocho colones con cincuenta y cinco céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y treinta minutos del siete de noviembre de dos mil trece, con la base de
un millón ciento ocho mil novecientos noventa y nueve colones con cincuenta y
dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Comercial Plaza San Carlos contra
Transporte San José Venecia de San Carlos S. A. Expediente: 12-004045-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
31 de julio del 2013.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—(IN2013053183).
A las ocho horas del
dieciocho de setiembre del dos mil trece, en la puerta exterior del local que
ocupa este despacho, libre de gravámenes y con la base de cuarenta y dos
millones ochocientos noventa y cuatro mil ciento sesenta y cuatro colones con
treinta y siete céntimos, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita en
el Partido de Limón, matrícula número diez mil novecientos cincuenta y tres, submatrículas cero cero uno-cero
cero dos y cero cero tres (7-10953-001-002-003), que
es terreno de potrero, sito en Guápiles, distrito primero del cantón segundo Pococí de la provincia de Limón, que mide veintidós mil
ciento setenta y dos metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados, y que
linda: al norte, con Ana Alfaro Vargas; al sur, con calle pública; al este, con
Jesús Bermúdez, Luisa Chaves y Lobema MLB de Pococí S. A.; y al oeste, con Alcides Chaves, según lo
describe topográficamente el plano catastrado número L-Un millón ciento ocho
mil novecientos veintiocho-dos mil seis. En el caso de resultar fracasado ese
primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de
treinta y dos millones ciento setenta mil seiscientos veintitrés colones con
veintiocho céntimos, (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base
anterior), se señalan las ocho horas del cuatro de octubre del dos mil trece.
De ser fracasado también el segundo señalamiento para llevar a cabo la tercera
subasta se señalan las ocho horas del veintiuno de octubre del dos mil trece,
esta vez con la base de diez millones setecientos veintitrés mil quinientos
cuarenta y un colones con nueve céntimos, (es decir un veinticinco por ciento
de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25
de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se
tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base
original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecución
hipotecaria N° 13-000178-0507-AG (204-3-13) del Banco Nacional de Costa Rica
contra Gilberth Valverde Salazar y otros.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guácimo, 8 de
julio del 2013.—Lic. Bernardo Solano Solano, Juez.—(IN2013053196).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
paso, bajo las citas 0442-00001112-01-0005-001; a las catorce horas y cero
minutos del veinticinco de setiembre de dos mil trece, y con la base de diez
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento catorce mil
cuatrocientos ocho cero cero cero,
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero Parrita,
cantón nueve Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle
pública con un frente a ella de catorce metros setenta y nueve centímetros; al
sur Roxana Salas Sánchez, al este, calle pública con un frente a ella de
dieciséis metros treinta centímetros, oeste, Elizabeth Cordero. Mide:
doscientos sesenta y un metros con setenta y ocho decímetros cuadrados, Plano
P-seiscientos quince mil trescientos noventa y cinco- dos mil. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de octubre de dos
mil trece, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del veinticinco de octubre del dos mil trece
con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de María Fernanda Monge Quesada contra Neftalí Barrientos Umaña,
Patricia Umaña Valverde, Roy Madrigal Barrientos, Sonia María García Arias.
Exp.: 11-024919-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de agosto
del 2013.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2013053333).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta
minutos del trece de setiembre de dos mil trece, y con la base de treinta y
nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 160438-000 la cual
es terreno para construir lote 1-B con una casa de habitación, situada en el
distrito: 01 Nicoya, cantón: 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, lote número dos, sur, Colegio Técnico Profesional Agropecuario de
Nicoya; este, calle pública, oeste, lote número doce B. Mide: doscientos siete
metros con cinco decímetros cuadrados, Plano: G-1072771-2006. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta de setiembre
de dos mil trece, con la base de veintinueve millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del quince de octubre de
dos mil trece con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Juan Rafael
Rivera Durán. Exp.: 11-000033-0390-CI.—Juzgado de
Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 20 de marzo
del 2013.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—
(IN20213053343).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y
Restricciones Citas: 286-01621-01-0938-002 y Citas: 286-01621-01-0939-001
condiciones de Prohibic ref:
1974-343-002; a las catorce horas y cero minutos del seis de enero de dos mil
catorce, y con la base de sesenta y ocho mil dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número veintiún mil seiscientos veintiséis-cero cero cero
la cual es terreno de pastos con una casa. Situada en el distrito 07 Belén de Nosarita, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Lina Hernández Guevara; al sur, calle pública con un frente
de ciento catorce metros cinco centímetros y Jane Elizabeth Wrigh;
al este, Eduardo Ramírez Mora y al oeste, Jane Elizabeth Wright, Santos García
Valencia y calle pública con un frente de doscientos tres metros con veintidós
centímetros. Mide: cuarenta mil metros cuadrados. Plano: G-0959602-2004. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de
enero de dos mil catorce, con la base de cincuenta y un mil dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
catorce horas y cero minutos del seis de febrero del dos mil catorce con la
base de diecisiete mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Corporación Casa Cream de Nosarita
S. A, Jane Elizabeth Wright, Peter Augustine Vicent
Wright. Exp.: 12-001464-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y
Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 13 de junio del
2013.—Lic. Grace Solís Solís, Jueza.—(IN2013053347).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
paso anotada bajo las citas 473-7219-01-0004-001; a las quince horas y cero
minutos del catorce de octubre del dos mil trece, y con la base de treinta y
tres millones ciento cuarenta y dos mil doscientos seis colones con ocho
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 518424-000 la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, servidumbre de paso con 21,16 metros; al sur, Eduardo
Ramírez Monge; al este, calle pública con 8,98 metros y al oeste Eduardo
Ramírez Monge. Mide: ciento setenta y seis metros con noventa y dos decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos
del veintinueve de octubre del año dos mil trece, con la base de veinticuatro
millones ochocientos cincuenta y seis mil seiscientos cincuenta y cuatro
colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del trece
de noviembre del año dos mil trece con la base de ocho millones doscientos
ochenta y cinco mil quinientos cincuenta y un colones con cincuenta y dos
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Mauricio Male Masís.
Exp.: 11-042414-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 09 de agosto del 2013.—Lic.
Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2013053354).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos
del diez de setiembre de dos mil trece, y con la base de veinte mil trescientos
quince dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
Placas número seiscientos cincuenta y cinco ochocientos cuarenta y ocho
(655848), marca Mazda, estilo Mazda 3, categoría automóvil, tracción 4x2,
modelo BR7J LAL, Capacidad 5 personas, año 2007, color dorado, serie, vin y chasís JM7BK326571305266, cilindrada 1598 cc,
combustible gasolina, motor Nº Z6478398. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil trece, con la
base de quince mil doscientos treinta y seis dólares con veinticinco centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del dieciocho de octubre de dos mil trece con la
base de cinco mil setenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra
Viviana María Esna Rodríguez. Exp.: 13-006174-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 20 de junio del 2013.—Lic. Carlos Manuel Contreras
Reyes, Juez.—(IN2013053380).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta
minutos del trece de setiembre de dos mil trece, y con la base de un millón
doscientos dos mil novecientos sesenta y dos colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas: 762981, marca: Honda,
categoría: automóvil, Vin: JHMEH9591PS006154, año:
1993, color: negro. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del treinta de setiembre del dos mil trece, con la base de novecientos
dos mil doscientos veintiún colones con cincuenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del quince de octubre del dos mil trece con la base de
trescientos mil setecientos cuarenta colones con cincuenta céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones
Noviembre Diecisiete del Este Sociedad contra José Alberto Monge Sibaja. Exp.: 13-001828-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 02 de julio del 2013.—Lic.
Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2013053382).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta
minutos del cuatro de octubre de dos mil trece, y con la base de once mil
trescientos veintidós colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placa: 751.357, marca: Chevrolet, categoría: automóvil, vin: KL1TD61T18B198415, año: 2008, color: gris, cilindrada:
1.200 cc. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil trece, con la base
de ocho mil cuatrocientos noventa y un colones con cincuenta céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil trece con la base de
dos mil ochocientos treinta colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Lismar
Yuraiby Rivero Torres. Exp.: 12-011083-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
30 de julio del 2013.—Licda. Ericka Sanabria Salazar,
Jueza.—(IN2013053385).
En la puerta exterior de
este Despacho, a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de octubre del
año dos mil trece y con la base que se dirá, en el mejor postor remataré lo
siguiente: 1) Con la base de treinta millones de colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios; la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos cincuenta y ocho mil quinientos ochenta y tres-cero cero uno-cero
cero dos, la cual es terreno para construir 1 casa hab. Situada en el distrito
Esquipulas, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, María Nielsen Vargas Vásquez;
al este, calle pública y al oeste, Carlos Francisco Álvarez Chávez. Mide:
doscientos cuarenta y cuatro metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. 2)
Con la base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios;
pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos; la Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y tres mil
setecientos noventa-cero cero cero, la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Esquipulas, cantón
Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Manuel
Paniagua Durán; al sur, María Nielsen Vargas Vásquez;
al este, calle pública con frente de 9 metros y al oeste, Carlos Manuel
Paniagua Durán. Mide: ciento sesenta y un metros con ochenta y seis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del treinta y uno de octubre del año dos mil trece, con la base para la finca 1
de veintidós millones quinientos mil colones exactos y con la base para la
finca 2 de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del quince de noviembre del año dos mil trece con la base para la finca 1 de
siete millones quinientos mil colones exactos y con la base para la finca 2 de
tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopavegra R. L. contra Eva González González,
Ivan Martín Solano Delgado. Exp.: 13-002442-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 11 de junio del 2013.—Licda. María
Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2013053391).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta
minutos del diecisiete de octubre de dos mil trece, y con la base de ciento
treinta y tres mil seiscientos sesenta y nueve dólares con cincuenta y siete
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento treinta y seis mil ochocientos cincuenta y
cuatro cero cero uno, cero cero
dos la cual es terreno inculto con una casa. Situada en el distrito 03 San
Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública y otro; al sur, Ofelia Cartín y otro; al
este, calle pública y otro y al oeste, Ofelia Cartín
y otro. Mide: novecientos cinco metros con siete decímetros cuadrados. Plano
SJ-0025670-1956. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta
minutos del uno de noviembre de dos mil trece, con la base de cien mil
doscientos cincuenta y dos dólares con diecisiete centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y
treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil trece con la base de
treinta y tres mil cuatrocientos diecisiete dólares con treinta y nueve
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Citibank
de Costa Rica S. A., contra Maurizio Capezzuoli, Mónica Raimondo.
Exp.: 12-024309-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 08 de agosto
del 2013.—Lic. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2013053400).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 404-11219-01-0816-001; a las ocho horas y treinta minutos
del once de setiembre del dos mil trece, y con la base de trece millones
doscientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y
un mil novecientos ochenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para la agricultura, potreros,
montaña con una casa. Situada en el distrito sexto: Colinas, cantón tercero:
Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública;
al sur, German Varela Salas; al este, Bernardo Mayorga Badilla y al oeste,
Napoleón Amador Mora. Mide: Trescientos ocho mil quinientos sesenta y un metros
con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y treinta minutos del veintiséis de setiembre del dos mil trece, con
la base de nueve millones novecientos cuarenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del once de octubre del dos mil trece, con la
base de tres millones trescientos quince mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Carlos Manuel Guzmán Esquivel contra Dagoberto Aguilar Sandi. Exp. Nº
12-000311-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 8 de abril del 2013.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Jueza.—(IN2013053833).
En la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y
colisiones bajo la sumaria 100013840494TR del Juzgado Tránsito de Alajuela, a
las diez horas y cero minutos del diecisiete de setiembre de dos mil trece y
con la base de quinientos veinticuatro mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placas número 647973, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año:
1995, color: negro, vin KMHVA21NPSU043517,
cilindrada: 1500 c.c. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del dos de octubre de dos mil trece, con la base de trescientos noventa
y tres mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de
octubre de dos mil trece, con la base de ciento treinta y un mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.
A. contra Jesús Dolores Chávez Narváez. Expediente: 13-002624-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 23 de mayo del 2013.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate,
Juez.—(IN2013054550).
En la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y treinta
minutos del diecisiete de setiembre de dos mil trece y con la base de un millón
trescientos treinta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placas número 831317, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año:
1996, color: blanco, cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina. Para el
segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del dos de octubre
de dos mil trece, con la base de novecientos noventa y siete mil quinientos
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las once horas y treinta minutos del diecisiete de octubre
de dos mil trece, con la base de trescientos treinta y dos mil quinientos
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Wilson De Jesús Kelly Muñoz. Expediente número: 13-000846-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 14 de mayo del 2013.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate,
Juez.—(IN2013054554).
En la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las quince horas y cero
minutos del diecisiete de setiembre de dos mil trece y con la base de dos
millones doscientos cincuenta y nueve mil seiscientos dieciocho colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: placas 547020, marca: Nissan,
categoría: automóvil, color: blanco, año: 1998, vin:
JN8AR05Y3WW228321, cilindrada: 3300 c.c. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del dos de octubre de dos mil trece, con la base de
un millón seiscientos noventa y cuatro mil setecientos trece colones con
cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de octubre de
dos mil trece, con la base de quinientos sesenta y cuatro mil novecientos
cuatro colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin
S. A. contra Julio César Flores Zúñiga. Expediente: 13-000395-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de mayo del 2013.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate,
Juez.—(IN2013054881).
En la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y treinta
minutos del diecisiete de setiembre de dos mil trece y con la base de siete mil
cuatrocientos cincuenta y seis dólares exactos, moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América, en lo sucesivo dólares, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo, placas número 883764, marca: Mitsubishi, estilo:
Montero, categoría: automóvil, capacidad 7 personas, año: 2001, color: blanco, vin JA4MW51R11J031841, cilindrada: 3500 c.c. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de
octubre de dos mil trece, con la base de cinco mil quinientos noventa y dos
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de octubre de dos
mil trece, con la base de mil ochocientos sesenta y cuatro dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A.
contra Adita Acuña Montero, Joseph González Marchena. Expediente:
13-002198-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de mayo del 2013.—Lic. Bolívar
Arrieta Zárate, Juez.—(IN2013054883).
En la puerta exterior de
este despacho, siendo procedente lo solicitado por la actora en fecha seis de
agosto del dos mil trece con la base de quinientos cuarenta mil colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
embargado en autos, vehículo que se describe así, inscrita en el Registro
Público, placa 493321, marca Hyundai, modelo Excel, año 1992, tracción 4x2,
chasis KMHVF31JPNU556695, cilindrada 1500 c.c., cilindros 04. Para tal efecto
se señalan las diez horas y treinta minutos del trece de setiembre del dos mil
trece. De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate, se señalan
las diez horas treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil trece,
con la base de cuatrocientos cinco mil colones exactos (rebajada en un 25%). De
no apersonarse rematantes para el tercer remate se señalan las diez horas
treinta minutos del once de octubre del dos mil trece, con la base de ciento
treinta y cinco mil colones exactos (un 25% de la base original). Publíquese el
edicto de ley. Asimismo se le previene al señor Torres Herrera que los días
señalados para la puja, deberá presentar el vehículo citado con el fin de
inspeccionarlo o para que los postores lo tengan a la vista bajo el
apercibimiento de que en caso de ocultación o negativa de ponerlas a
disposición del Tribunal se pondrá en conocimiento de la autoridad penal
competente. Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso monitorio de Rebeca Artavia
Rojas contra Luis Feliz Torres Herrera. Expediente: 12-005453-1158-CI.—Juzgado de Pensiones Alimentarias de Heredia.—Lic.
Silvia Fernández Quirós, Jueza.—(IN2013054903).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas treinta minutos
del dieciocho de setiembre del año dos mil trece, en el mejor postor remataré
lo siguiente: 1. Equipo de pintura electroestática, marca Nordson,
capacidad veintidós punto treinta y dos metros cúbicos. Modelo EC6000, serie
4300886-1, Motor 10HP, voltaje 208-460 voltios, modelo motor 7VF215TTFV7302AB y
con la base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil quinientos
ochenta y cinco colones con sesenta y seis céntimos; 2. Horno de secado de
pintura, sin marca capacidad 22.05 metros cúbicos, cuenta con dos quemadores de
gas, uno de 700 unidades térmicas británicas, y otro de 440 unidades térmicas
británicas con válvula para cierre de gas con serie número T946360, motor de
centrífuga, marca del motor WEO, serie del motor 16861, voltaje de 220-400
voltios, potencia 3HP, 1360RPM, con la base de un millón seiscientos ochenta y
un mil setecientos treinta y cinco colones con doce céntimos; 3. Saca esquinas,
marca Diacro Houdaille,
modelo dos, serie 0320678142, con la base de ochocientos cuarenta mil
ochocientos sesenta y siete colones con cincuenta y cinco céntimos; 4.
Guillotina eléctrica para metal, color amarillo, marca Stuclmnn
Hillen GNBH, serie 29267, tipo AE1380, voltaje 220
voltios, ancho de corte dos metros, con la base de novecientos sesenta mil
novecientos noventa y un colones con cincuenta céntimos; 5. Compresor de aire,
marca Ingersollrand, modelo SSR EP/HP XP 30, serie
K9639U93214, modelo U30H SP, motor número 2E284TSTDR8611ANW, trifásico, de
30HP, voltaje 230-460 voltios con la base de un millón trescientos veintiún mil
trescientos sesenta y tres colones con treinta céntimos; 6. Troquelador,
marca EW BLISS, carga nominal15 toneladas, motor trifásico 1.5 HP, número
KC492G522X con la base de trescientos sesenta mil trescientos setenta y un
colones con ochenta y un céntimos; 7. Troquelador,
marca EW BLISS, carga nominal 15 toneladas, motor trifásico 1.0 HP, número
7406, con la base de doscientos cuarenta mil doscientos cuarenta y siete
colones con ochenta y siete céntimos; 8. Plegadora, marca Niagara, ancho útil
96 pulgadas, modelo ID 25-8-10, serie 40806, con la base de un millón
seiscientos ochenta y un mil setecientos treinta y cinco céntimos; 9. Equipo
para soldadura industrial “Punto Eléctrico” marca Serra, tipo SP20N, serie
30853, potencia 20 KVA, con la base de cuatrocientos ochenta mil cuatrocientos
noventa y cinco colones con setenta y cinco céntimos. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de setiembre del año dos mil
trece, todas las bases rebajadas en un veinticinco por ciento, quedando de la
siguiente manera:1. Equipo de pintura electroestática y con la base de tres
millones trescientos treinta y tres mil cuatrocientos treinta y nueve colones
con veinticinco céntimos; 2. Horno de secado de pintura con la base de un
millón doscientos sesenta un mil trescientos un colones con treinta y cuatro
céntimos; 3. Saca Esquinas con la base de seiscientos treinta mil seiscientos
cincuenta colones con sesenta y seis céntimos; 4. Guillotina con la base de
setecientos veinte mil setecientos cuarenta y tres colones con sesenta y tres
céntimos; 5. Compresor de aire con la base de novecientos noventa y un mil
veintidós colones con cuarenta y ocho céntimos; 6. Troquelador
con la base de doscientos setenta mil doscientos setenta y ocho colones con
ochenta y seis céntimos; 7. Troquelador con la base
de ciento ochenta mil ciento ochenta y cinco colones con noventa céntimos; 8.
Plegadora con la base de un millón doscientos sesenta y un mil trescientos un
colones con treinta y cuatro céntimos; 9. Equipo Sold.
Indust. “Punto Eléctrico” con la base de trescientos
sesenta mil trescientos setenta y un colones con ochenta y un céntimos y, para
la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de
octubre del año dos mil trece, todas las bases rebajadas en un veinticinco por
ciento de la base inicial, quedando de la siguiente forma: 1. Equipo de Pintura
Electroestática y con la base de un millón ciento once mil ciento cuarenta y
seis colones con cuarenta y dos céntimos; 2. Horno de Secado de Pintura con la
base de cuatrocientos veinte mil cuatrocientos treinta y tres colones con
setenta y ocho céntimos; 3. Saca Esquinas con la base de doscientos diez mil
doscientos dieciséis colones con ochenta y ocho céntimos; 4. Guillotina con la
base de doscientos cuarenta mil doscientos cuarenta y siete colones con ochenta
y ocho céntimos; 5. Compresor de Aire con la base de trescientos treinta mil
trescientos cuarenta colones con ochenta y tres céntimos; 6. Troquelador con la base de noventa mil noventa y dos
colones con noventa y cinco céntimos; 7. Troquelador
con la base de sesenta mil sesenta y un colones con noventa y siete céntimos;
8. Plegadora con la base de cuatrocientos veinte mil cuatrocientos treinta y
tres colones con setenta y ocho céntimos; 9. Equipo Sold.
Indust. “Punto Eléctrico” con la base de ciento
veinte mil ciento veintitrés colones con noventa y cuatro céntimos. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Crédito Agrícola de
Cartago contra Multiluminarias Sociedad Anónima.
Expediente 11-006565-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro Judicial de Cartago, 3 de julio del 2013.—Lic. Gabriela Rojas
Astorga, Jueza.—(IN2013046159).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada y plazo de convalidación (Rectificación de medidas); a las diez
horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil trece, y con
la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos cincuenta y seis mil doscientos seis-cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Santiago, cantón
02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Emiliano
Barrantes Espinoza; al sur, calle pública con diez metros; al este, Emiliano
Barrantes Espinoza y al oeste, Emiliano Barrantes Espinoza. Mide: ciento
noventa y dos metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de octubre del año
dos mil trece, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del año dos
mil trece con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Zuchero S. A. contra
Yerlin María Herrera Zúñiga. Exp: 13-001895-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 12 de agosto del 2013.—Licda. María
Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2013053048).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas del treinta de
setiembre de dos mil trece, y con la base de un millón setecientos noventa mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas
número 566192. Marca Nissan. Estilo Sentra Limited. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año
1994. Color negro. Vin 1N4EB31P7RC825533. Cilindrada
1600 C.C. Combustible gasolina. Motor Nº SN. Para el segundo remate se señalan
las diez horas del quince de octubre de dos mil trece, con la base de un millón
trescientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
del treinta de octubre de dos mil trece con la base de cuatrocientos cuarenta y
siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de Speed Credit Sociedad Anónima contra Riman Gerardo Alfaro Marín.
Expediente 10-004461-0346-CI.—Juzgado Civil de
Menor Cuantía de Cartago, 10 de julio del 2013.—Msc.
Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—(IN2013053063).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero
minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil trece, y con la base de
nueve millones seis mil doscientos treinta y cuatro colones con setenta y
cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 437274-000 la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 01 Orotina, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda, al norte, Copycom S. A.; al sur, Copycom S.
A.; al este, calle pública con una medida lineal de 9 metros y al oeste,
quebrada El Rastro Viejo en medio Rafael Zúñiga Vargas. Mide: cuatrocientos
treinta y cuatro metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de octubre
del año dos mil trece, con la base de seis millones setecientos cincuenta y
cuatro mil seiscientos setenta y seis colones con cinco céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
y cero minutos del veintiuno de octubre del año dos mil trece con la base de
dos millones doscientos cincuenta y un mil quinientos cincuenta y ocho colones
con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Orlando Delgado Cerdas. Exp. 13-013000-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 23 de julio del 2013.—Lic. Esteban Herrera Vargas,
Juez.—(IN2013053132).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas:
0310-00002037-01-0002-001, servidumbre de aguas pluviales bajo las citas:
0575-00029310-01-0001-001, 0575-00029889-01-0001-001; a las diez horas y
treinta minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil trece, y con la
base de setenta y cinco mil seiscientos dólares, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
76050-F-000 la cual es terreno finca filial primaria individualizada número
ciento nueve apta para construir que es destinada a uso residencial la cual
podrá tener una altura máxima de tres pisos. Situada en el distrito 01 Liberia,
cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, zona
verde; al sur, finca filial primaria individualizada número ciento ocho; al
este, calle pública y al oeste, acceso dos. Mide, setecientos metros con cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del dos de octubre del año dos mil trece, con la base de
cincuenta y seis mil setecientos dólares (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos
del diecisiete de octubre del año dos mil trece con la base de dieciocho mil
novecientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Eduardo Chaves Viales y Giselle Chaves Hernández. Exp.
13-008621-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de junio del 2013.—Lic. Adriana
Castro Rivera, Jueza.—(IN2013053133).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta
minutos del veintinueve de octubre del año dos mil trece, y con la base de
cuatro millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos
sesenta y tres mil novecientos noventa y dos cero cero
cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito uno San Isidro de El General, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte Aquiles Barrantes Retana; al sur
Aquiles Barrantes Retana; al este calle pública y al oeste Aquiles Barrantes
Retana. Mide: doscientos ochenta metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y treinta minutos del catorce de noviembre del año dos
mil trece, con la base de tres millones ciento cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil
trece con la base de un millón cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Ronald Villarevia Umaña contra Efraín Barrantes Fernández. Exp.
11-003205-0857-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 23 de julio del 2013.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—(IN2013053134).
En la puerta exterior de
este Despacho libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada;
a las trece horas y treinta minutos del doce de setiembre del año dos mil
trece, y con la base de diecinueve millones setecientos catorce mil ochocientos
sesenta y cuatro colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
treinta y tres mil quinientos noventa-cero cero cero,
la cual es terreno de patio con una casa y callejón de acceso. Situada en el
distrito 10 Volio, cantón 02 San Ramón, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Evelio García Vargas y María del
Milagro Campos Ramírez; al sur, Nelson Morera Alfaro; al este, Nelson Morera
Alfaro y al oeste, calle pública con 3.03 metros. Mide: quinientos cuarenta y
cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del veintisiete de setiembre del año dos mil trece, con la base
de catorce millones setecientos ochenta y seis mil ciento cuarenta y ocho colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de octubre del año dos
mil trece con la base de cuatro millones novecientos veintiocho mil setecientos
dieciséis colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopesanramon RL contra Evelio Norman García Rodríguez.
Exp. 13-001553-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 13 de mayo del
2013.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2013053140).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones; a las nueve horas y cero minutos del veintiocho de febrero de
dos mil catorce, y con la base de cincuenta millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento diecisiete mil seiscientos sesenta y nueve cero cero cero la cual es terreno de
potrero, atravesado en parte por una quebrada, lote 8. Situada en el distrito
02 Jiménez, cantón 02 Pococí, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, calle pública con noventa y nueve metros con
cincuenta y tres centímetros; al sur, Jorge Delgado Núñez; al este, Evelin
Quesada Morera y Miguel Salazar Calderón y al oeste, Antonio Sánchez Sánchez. Mide: veinte mil metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de marzo de dos
mil catorce, con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del uno de abril de dos mil catorce con
la base de doce millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Evelyn Quesada Morera. Exp. 13-000294-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí,
18 de julio del 2013.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—(IN2013053141).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones; a las ocho horas y treinta minutos del
cinco de noviembre del año dos mil trece y con la base de tres millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ciento treinta y seis mil trescientos noventa y
tres-cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito Quebrada Honda, cantón Nicoya, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Milton Fonseca Montes; al sur,
Terencio Reyes Reyes; al este, Milton Fonseca Montes
y al oeste, calle pública con un frente a ella de 34.91 metros lineales. Mide:
seiscientos once metros con un decímetro cuadrado. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de noviembre del año dos
mil trece, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del cinco de diciembre del año dos mil trece
con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Jaime Roy González Acosta contra Jesús María de la Trinidad Vargas Castro.
Exp. 11-000626-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 12 de julio
del 2013.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2013053142).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones a las citas 3946792; a las quince horas y treinta minutos del
veintitrés de octubre del año dos mil trece, y con la base de cuarenta millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número 76828 submatrícula
cero cero cero, la cual es
terreno agricult sector viejo C lote 146. Situada en
el distrito 02 Jiménez, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Ana Luz Chaves; al sur, Rafael Ángel Guerrero; al este,
Leoncio Miguel Jaén y al oeste, calle. Mide: setenta y nueve mil novecientos
ochenta y seis metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre del
año dos mil trece, con la base de treinta millones de colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince
horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del año dos mil trece con la
base de diez millones de colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Pedro Laguna Chacón. Exp: 13-002850-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 7 de
agosto del 2013.—Lic. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—(IN2013053163).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: tomo 324, asiento 14929; a las
ocho horas y diez minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil trece, y
con la base de cuatro millones doscientos mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número cuarenta y un mil doscientos cincuenta y ocho cero cero
cero la cual es terreno construir. Situada en el
distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, calle privada con un frente a ella de 17,99
metros lineales; al sur, Secundino Elizondo Martínez; al este, Dimas Granados
Gómez y al oeste, Luciano Jiménez. Mide: doscientos sesenta metros cuadrados.
Plano N° P-0939544-2004. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
diez minutos del tres de octubre del año dos mil trece, con la base de tres
millones ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y diez minutos del
dieciocho de octubre del año dos mil trece con la base de un millón cincuenta
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Martina Vargas Quirós contra María Elena Delgado
Argüello. Exp. 13-003368-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 28 de junio
del 2013.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2013053398).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del cinco de noviembre de dos mil trece y con la base de
veintiséis mil quinientos setenta y cinco dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos nueve mil setecientos cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia
de San José. Colinda: al norte calle pública con 11m; al sur Héctor Valenciano
Fallas; al este Mario Jiménez Meléndez y al oeste Maurine
Mc Dónald Charles. Mide: ciento cincuenta y nueve
metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre de dos mil trece,
con la base de diecinueve mil novecientos treinta y un dólares con veinticinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de diciembre de dos
mil trece con la base de seis mil seiscientos cuarenta y tres dólares con
setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cultivos Agrícolas
Los Frutales S. A. contra Édgar Ernesto Vargas Ceciliano.
Exp. 12-006402-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 8 de agosto
del 2013.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2013053437).
A las ocho horas del ocho de
noviembre de dos mil trece, en la puerta exterior del local que ocupa este
Juzgado, en el mejor postor remataré las siguientes fincas hipotecadas: 1-
Libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada bajo las
citas: 0321-00003579-01-0904-001, 0383-00017440-01-0901-001 y
0383-00017440-01-0902-001, servidumbre de líneas eléctricas bajo las citas
0569-00034885-01-0001-001, y con la base de trescientos cuarenta y tres mil cuatrocientos
veintiocho dólares setenta y cinco centavos, moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América, la finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela,
matrícula número trescientos cuatro mil cuatrocientos treinta y dos-cero cero cero, que es terreno para construir con una planta para el
empaque de raíces y tubérculo, en el primer nivel y en el segundo nivel se
encuentran ubicadas las oficinas, sita en Pital,
distrito seis de San Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela. Lindante:
al norte, Eliécer Carranza Sánchez y Janneth Carranza
Ramírez; al sur, Exportadora Murillo Sociedad Anónima; al este, Ermes Ureña Vargas con quebrada por medio; y al oeste,
calle pública con un frente de 44,60 metros. Mide: cinco mil ochocientos
ochenta y cinco metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Plano:
A-0238546-1995. Propiedad de la demandada Fundación Proagroin.
2- Libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada bajo las
citas: 0321-00003579-01-0904-001, 0383-00017440-01-0901-001 y
0383-00017440-01-0902-001, y con la base de setecientos setenta y dos mil
setecientos catorce dólares sesenta y nueve centavos, moneda de curso legal de
los Estados Unidos de América, la finca inscrita en Propiedad al partido de
Alajuela, matrícula trescientos cuatro mil cuatrocientos treinta y tres-cero
cero cero, que es terreno para construir, sito en Pital, distrito seis de San Carlos, cantón diez de la
provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Exportadora Murillo Sociedad
Anónima; al sur, Alicia Aguilar Vargas; al este, Ramón Rojas Solís con quebrada
de por medio; y al oeste, calle pública con un frente de 44,97 metros. Mide
cinco mil ochocientos noventa y nueve metros con cincuenta y cinco decímetros
cuadrados. Plano: A-0238547-1995. Propiedad de la demandada Fundación Proagroin. En caso de resultar fracasado el primer remate,
para la segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de ley de la
base original de ambas fincas, sea la base de doscientos cincuenta y siete mil
quinientos setenta y un dólares cincuenta y seis centavos, moneda de curso
legal de los Estados Unidos de América, la finca hipotecada del partido de
Alajuela matrícula trescientos cuatro mil cuatrocientos treinta y dos-cero cero
cero, y con la base de setecientos setenta y dos mil
setecientos catorce dólares sesenta y nueve centavos, moneda de curso legal de
los Estados Unidos de América, la finca hipotecada del partido de Alajuela
matrícula trescientos cuatro mil cuatrocientos treinta y tres-cero cero cero, se señalan las ocho horas del veinticinco de
noviembre de dos mil trece. En la eventualidad de que en el segundo remate
tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda de ambas fincas
hipotecadas, con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la
base de ochenta y cinco mil ochocientos cincuenta y siete dólares diecinueve
centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, la finca del
partido de Alajuela matrícula trescientos cuatro mil cuatrocientos treinta y
dos cero cero cero, y con
la base de doscientos cincuenta y siete mil quinientos setenta y un dólares
cincuenta y seis centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América, la finca hipotecada del partido de Alajuela matrícula trescientos
cuatro mil cuatrocientos treinta y tres-cero cero cero,
se señalan las ocho horas del seis de diciembre de dos mil trece. Lo anterior
por estar así ordenado en Proceso de Ejecución Hipotecaria de Oikocredit Ecumenical Development Cooperative Society U A contra Fundación Proagroin.
Exp. N° 12-101191-02197-CI.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad
Quesada, 12 de julio de 2013.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—(IN2013053568).
A las ocho horas del
dieciocho de octubre de dos mil trece, en la puerta exterior del local que
ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios,
soportando Reservas y Restricciones bajo las citas 0274-00008431-01-0932-001 y
Plazo de Convalidación (Rectificación de Medida) bajo las citas
2011-00125308-01-002-001 y con la base de cincuenta y siete millones de
colones, remataré: El fundo hipotecado del partido de Alajuela, matrícula de
Folio Real número ciento treinta y dos mil doscientos trece-cero cero seis y
cero cero siete, que es terreno de cultivado de ratana, sito en distrito
noveno, Palmera, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Lindante: al norte, Guillermo Céspedes Ulate y calle
pública en medio; al sur, y al oeste, calle pública; y al este, Guillermo
Céspedes Ulate, Marvin Arias Rojas y Daysy Arias Salazar. Mide: ochenta y dos mil setecientos
veintinueve metros con cuarenta decímetros cuadrados. Plano: A-0191434-1994,
propiedad de los demandados Oldemar y Teresa, ambos
Arias Rojas, respectivamente cada derecho. En caso de resultar fracasado el
primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por
ciento de la base original, sea la suma de cuarenta y dos millones setecientos
cincuenta mil colones, se señalan las ocho horas del cinco de noviembre de dos
mil trece. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen
posturas para la tercera almoneda y con las base del veinticinco por ciento de
la base original, o sea la suma de catorce millones doscientos cincuenta mil
colones, se señalan las ocho horas del quince de noviembre de dos mil trece. Lo
anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria del Banco
Nacional de Costa Rica contra Oldemar Arias Rojas y
otra. Exp. N° 12-101328-0297-CI.—Juzgado Agrario
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Ciudad Quesada, 12 de julio de 2013.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce,
Jueza.—(IN2013053569).
A las diez horas del cuatro
de octubre de dos mil trece, en la puerta exterior del local que ocupa este
Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones
bajo las citas 0322-00016335-01-0901-001, Ley de Aguas y Ley de Caminos
Públicos bajo las citas 0537-00003466-01-0008-001 y limitaciones del IDA Ley
2825 art. 67 bajo las citas 0537-00003466-01-0015-001, con la base de doce
millones de colones en el mejor postor remataré, la finca hipotecada inscrita
en propiedad al partido de Alajuela, matrícula de folio real número
cuatrocientos tres mil ochenta y siete-cero cero uno y cero cero
dos, que es terreno para construir, parcela nueve, sita en Asentamiento Muriza III La Rivera, en San Rafael, distrito uno de
Guatuso, cantón quince de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, parcela
ocho-uno, quebrada, parcela ocho; al sur, parcela diez lote nueve; al este,
parcela dieciséis, área de protección IDA, quebrada, parcela quince; y al
oeste, lote nueve, calle pública con un frente de doscientos veinticinco metros
sesenta y siete centímetros lineales. Mide cuarenta y ocho mil trescientos
setenta y cuatro metros cuarenta y tres decímetros cuadrados. Plano catastrado
A-0681627-2001. Propiedad por la submatrícula 001 del
demandado Marvin Gerardo Alpízar Bolaños y por la submatrícula
002 a la demandada Eda Marley López Mora. En caso de
resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta con la rebaja del
veinticinco por ciento de ley, sea la base de nueve millones de colones, se
señalan las diez horas del veintiuno de octubre de dos mil trece. En la
eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la
tercera almoneda con la base del veinticinco por ciento de la base original,
sea la base de tres millones de colones, se señalan las diez horas del primero
de noviembre de dos mil trece. Lo anterior por estar así ordenado en Proceso de
Ejecución Hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Marvin Gerardo
Alpízar Bolaños y otra. Exp. N° 13-000062-0298-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Ciudad Quesada, 5 de julio de 2013.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—(IN2013053570).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones según citas 387-248-01-942-001; a las catorce horas y cero
minutos del veintiséis de setiembre del dos mil trece, y con la base de
cincuenta y cinco mil ciento treinta y siete dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número 154009-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
tempate, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Roberto Valerín Valerín; al
sur, calle pública de 14 mts de ancho; al este, María
Engracia Ortíz Ortíz y al
oeste, Roberto Valerín Valerín.
Mide: seiscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del once de octubre del dos mil trece, con la base
de cuarenta y un mil trescientos cincuenta y dos dólares con setenta y cinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil
trece, con la base de trece mil setecientos ochenta y cuatro dólares con
veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José
Sociedad Anónima contra Ángela Pizarro Vega. Exp. Nº 12-009306-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
29 de julio del 2013.—Lic. Ericka Sanabria Salazar,
Jueza.—(IN2013053660).
En la puerta exterior de
este Despacho, remataré al mejor postor el inmueble del partido de número
ciento sesenta y siete mil quinientos sesenta y cuatro-cero cero cero, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones
judiciales, pero soportando servidumbre sirviente a las citas trescientos
cuarenta y cinco-catorce mil ochocientos noventa y tres-cero uno-cero cero cero uno-cero cero uno, con las siguientes bases y en las
fechas que se detalla: 1) Dieciséis millones ochocientos cincuenta mil colones,
a celebrarse en fecha veinticinco de setiembre de dos mil trece, a las ocho
horas. 2) Doce millones seiscientos treinta y siete mil quinientos colones, se
señalan las ocho horas del diez de octubre de dos mil trece. 3) Cuatro millones
doscientos doce mil quinientos colones, se verificará el día veinticinco de
octubre de dos mil trece, a las ocho horas. El inmueble se describe así: lote
3, terreno inculto para construir, situado en el distrito uno, cantón diez de
la provincia de Puntarenas. Colinda al norte, este y oeste, con Don Senobio Proyectos S. A., y al sur, con Carretera
Interamericana con 20 metros de frente. Mide mil doscientos metros cuadrados.
Posee plano número P-1307580-2008. Propiedad de Industrial Rodríguez Vargas S.
A. Exp Nº 10-100216-920-CI-1 de Banco de Costa Rica contra Mauricio Rodríguez Rodríguez y otra.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo
Circuito Juidicial de la Zona Sur, Sede Corredores,
Ciudad Neily, 15 de julio del 2013.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—(IN2013053674).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta
minutos del diecisiete de setiembre del dos mil trece, y con la base de ciento
veinticinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de
propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00149542-000 la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04 Catedral,
cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Flor de
María González; al sur, Alonso Fernández; al este, Guillermo Roviralta y al oeste, calle pública con frente de 11 m 28
cm. Mide: ciento noventa y tres metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de
octubre del dos mil trece, con la base de noventa y tres mil setecientos
cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de
octubre del dos mil trece, con la base de treinta y un mil doscientos cincuenta
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Oliver Hidalgo Rodríguez
contra Francisco Hernesto Guzmán Rodríguez. Exp. Nº
12-000406-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de julio del 2013.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2013053680).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de anotaciones; pero soportando hipoteca de primer grado y
Cond Proh Reserref:
2372-447-001; a las diez horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos
mil trece, y con la base de setenta y cinco millones doscientos ochenta y cinco
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número veinticuatro mil trescientos cincuenta
y uno-cero cero cero (6-24351-000) la cual es terreno
de agricultura. Situada en el distrito 03 Canoas, cantón 10 Corredores, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 659,06 metros de
frente; al sur, COOPEAGROPA R L. y Walter Cruz Mora; ambos en parte; al este,
calle pública con 248,34 metros de frente y al oeste, calle pública con 315,34
metros de frente. Mide: Trescientos noventa y cuatro mil doscientos treinta
metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Plano: P-1113238-2006. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del doce de noviembre
del dos mil trece, con la base de cincuenta y seis millones cuatrocientos
sesenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del veintisiete de noviembre del dos mil trece, con la base de
dieciocho millones ochocientos veintiún mil doscientos cincuenta colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Distribuidora Agro Comercial S. A. Contra Leonicia
Martínez Sánchez. Exp. Nº 13-001582-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia,
4 de junio del 2013.—Lic. Patricia Cedeño Leitón,
Jueza.—(IN2013053683).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas 385-00005369-01-0921-001 y condiciones citas número
385-00005369-01-0922-00 1; a las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de
setiembre de dos mil trece, y con la base de dieciséis millones quinientos
cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número sesenta y nueve mil cincuenta cero cero cero la cual es terreno de
solar, Ñ 24-50 con una casa de habitación de bloques de concreto de una planta.
Situada en el distrito 03 Guaycara, cantón 07
Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, calle pública con
diez metros de frente; al noroeste, Juan María Loría;
al sureste, Beatriz Chamorro y al suroeste, Solon
Aguilar. Mide: doscientos cuatro metros con setenta y un decímetros cuadrados.
Plano P-0909000-1990. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil trece, con la base de doce
millones cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil trece, con la base de
cuatro millones ciento treinta y siete mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Gerardo Tenorio Molina. Exp. Nº 13-000323-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional
de Golfito, 6 de junio del 2013.—Lic. Yesenia
Auxiliadora Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2013053707).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta
minutos del veintitrés de setiembre del dos mil trece, y con la base de seis
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número 704229. Marca Toyota. Estilo Yaris. Categoría
automóvil. Año 2008. Color plateado. Vin
JTDBT923201177073. Cilindrada 1496 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº
1NZ4647934. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta minutos
del ocho de octubre del dos mil trece, con la base de cuatro mil quinientos
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cuarenta minutos del veintitrés de octubre
del año dos mil trece con la base de mil quinientos dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la Base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en Participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el Mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la Restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata Por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Carlos
Alberto Jiménez Badilla contra Michael Ernesto Backer
Mora. Exp. Nº 13-003127-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 28 de mayo del
2013.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Jueza.—(IN2013053738).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero
minutos del diecinueve de setiembre del dos mil trece, y con la base de catorce
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número 112,462-000 la cual es terreno de
solar y para agricultura. Situada en el distrito primero, cantón quinto, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Efraín Abarca y Floribel
y Edwin Romero Méndez, Jaime Romero, Laureano Romero, Luz Mery Méndez; al sur,
Jorge Evelio Benavidez Grutter y Xinia
Romero Méndez; al este, INCOFER y Vía Ferrea, Jaime
Arturo Romero, Laureano Romero Romero, Luz Mery Mendez y Jorge Evelio Benavidez y al oeste, Jorge Evelio
Benavidez Grutter. Mide: Dos mil trescientos ochenta
y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del uno de octubre del dos mil trece, con la base de diez millones
quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de
octubre de dos mil trece con la base de tres millones quinientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Jaime Arturo Romero Méndez, María Eugenia Pérez Navarro. Exp. Nº
13-000029-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 15 de julio del 2013.—Msc.
Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2013053809).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos
del dieciséis de setiembre de dos mil trece, y con la base de setecientos
setenta y cuatro mil cuarenta y cuatro colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placas número 536700. Marca Ssang Yong. Categoría automóvil.
Capacidad 7 personas. Año 2004. Color azul. Vin KPTG0B1DS4P091129.
Cilindrada 2874 CC. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del uno de octubre de dos mil trece, con la base de quinientos ochenta
mil quinientos treinta y tres colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
dieciséis de octubre de dos mil trece con la base de ciento noventa y tres mil
quinientos once colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Zenetta Sociedad Anónima contra Iversiones
Soljar D Ehiguito Sociedad
Anónima, Luis Ángel Solano González. Expediente 13-003502-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de junio del
2013.—María Mora Saprissa, Jueza
Decisora.—(IN2013054100).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero
minutos del dieciséis de setiembre de dos mil trece, y con la base de doce
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1. Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 185.903-000 la cual es terreno
lote B diez, repastos. Situada en el distrito 04 Lepanto, cantón 01 Puntarenas,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote B nueve y servidumbre
agrícola; al sur, quebrada; al este, quebrada y lote B nueve y al oeste, lote B
once. Mide: seis mil cuatrocientos noventa y cuatro metros cuadrados. 2. Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 185.904-000 la cual es terreno
lote B once repastos. Situada en el distrito 04 Lepanto, cantón 01 Puntarenas,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre agrícola; al sur,
quebrada; al este, lote B diez y al oeste, servidumbre de agrícola con 73.85
metros de largo, Asociación de vecinos de Barrio el Mango de Jicaral. Mide: cinco mil quinientos setenta y nueve metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos
del uno de octubre de dos mil trece, con la base de nueve millones colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de octubre de dos mil trece con la base de
tres millones colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: las bases señaladas, corresponden para cada una de las fincas a rematar.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima contra Martín
Rodolfo Araya Ulloa. Expediente 12-009971-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 12 de julio del 2013.—Lic. Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2013054192).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero
minutos del dieciséis de setiembre de dos mil trece, y con la base de veinte
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 160.389-001-002 la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 03 Llorente, cantón 08 Flores,
de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 25 D; al sur, lote 27 D; al
este, calle pública con 06,00 metros y al oeste, lote 23 D. Mide: ciento veinte
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del uno de octubre de dos mil trece, con la base de quince mil dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de octubre de dos mil
trece con la base de cinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Máximo Perera Vásquez contra Henry Gutiérrez Matarrita,
Xinia Mayela Alfaro Soto.
Expediente 13-001479-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro Judicial de Cartago, 11 de julio del 2013.—Licda. Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2013054225).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones bajo las citas 0341-00011716-01-0958-001; a las ocho horas del
doce de setiembre del año dos mil trece, y con la base de dieciséis millones
ciento veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 206159-000 la
cual es terreno de agriculturas. Situada en el distrito Pital,
cantón San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública;
al sur, Heriberto Vargas; al este, Édgar Arrieta y al oeste, Juan Félix
Cordero. Mide: cuarenta y un mil ciento cuatro metros con cincuenta y ocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del
veintisiete de setiembre del año dos mil trece, con la base de doce millones
noventa y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
del quince de octubre del año dos mil trece con la base de cuatro millones
treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Álvaro Villalobos Arias contra Carlos Luis Villalobos Salas. Expediente
12-101381-0297-CI.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
25 de junio del 2013.—Lic. Elio Campos López, Juez Decisor.—(IN2013054287).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y treinta
minutos del doce de setiembre del año dos mil trece, y con la base de noventa y
cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
treinta y nueve mil doscientos ochenta y cuatro cero cero
cero la cual es terreno con una casa de habitación y
una bodega. Situada en el distrito Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Emilce
Pérez; al sur, calle pública lastreada a San Isidro
con 60.98 metros de frente; al este, río Peje y al oeste, calle pública. Mide:
cuatro mil setecientos sesenta y siete metros con cuarenta y tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos
del veintisiete de setiembre del año dos mil trece, con la base de setenta y un
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos
del catorce de octubre del año dos mil trece con la base de veintitrés millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Carlos Andrés Torres Salazar, Isabel Méndez Hernández. Expediente
13-003322-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 14 de junio del 2013.—Lic.
José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2013054329).
A las ocho horas treinta
minutos del trece de setiembre de dos mil trece, en la puerta exterior del
local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando
reservas y restricciones de la Ley de Aguas y Caminos Públicos, bajo las citas
310-14253-01-0010-001, servidumbre de líneas eléctricas y paso, bajo las citas
2011-253722-01-0001-001; Servidumbres de ancla, bajo las citas 2011-253722-01-0002-001;
2011-253722-01-0003-001; 2011-253722-01-0004-001; 2011-253722-01-0005-001;
2011-253722-01-0006-001 y 2011-253722-01-0007-001 y con la base de veintitrés
millones setecientos dieciocho mil trescientos cincuenta y seis colones con
dieciséis céntimos, en el mejor postor, remataré: el fundo hipotecado, inscrito
al Partido de Alajuela, Matrícula de Folio Real número ciento setenta mil
novecientos veintiuno- cero cero uno y cero cero dos, que es terreno de repastos, potrero,
reforestaciones, bosque con dos casas, sito en Distrito Once, Cutris, Cantón Diez, San Carlos de la Provincia de
Alajuela, lindante al norte, Sociedad Barrantes Alfaro S. A. y servidumbre de
paso con un frente a ella de seis metros, al sur, con 50 metros de zona
inalienable del Río San Carlos y en parte con Ignacio Sánchez Madriz, al este,
Sociedad Barrantes Alfaro S. A. y al oeste, con 50 metros de zona inalienable
del Río San Carlos. Mide: doscientos ochenta y dos mil quinientos ochenta y
tres metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Plano catastrado
A-1107809-2006, propiedad del demandado Román Zapata García y de Ernaldo Zapata Gómez. En caso de resultar fracasado el
primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por
ciento de la base original, sea la suma de diecisiete millones setecientos
ochenta y ocho mil setecientos sesenta y siete colones con doce céntimos, se
señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil
trece. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen
posturas, para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de
la base original, sea la suma de cinco millones novecientos veintinueve mil
quinientos ochenta y nueve colones con cero cuatro céntimos, se señalan las
ocho horas treinta minutos del once de octubre de dos mil trece. Lo anterior
por estar así ordenado en Proceso de Ejecución Hipotecaria de Northern Crafts S. A. contra
Gerardo Alberto Corrales Vargas y otros. Expediente 13-000031-0298 AG. Razón:
De conformidad con la Circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte, del
22 de junio de 2009. Se le comunica que en virtud del Principio de Gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Ciudad Quesada, 18 de julio de 2013.—Licda. Zoila Flor Ramírez
Arce, Jueza Agraria.—(IN2013054402).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero
minutos del trece de setiembre del año dos mil trece, y con la base de
veintidós millones doscientos noventa y tres mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
F63527-000 la cual es terreno finca filial tres destinada a vivienda ubicada en
el primer nivel en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 Trinidad,
cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Alexis
Herrera y Carlos Zamora; al sur, alameda; al este, finca filial uno y al oeste
finca filial cinco. Mide: cuarenta y siete metros con setenta y cinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del treinta de setiembre del año dos mil trece, con la base de
dieciséis millones setecientos diecinueve mil setecientos cincuenta colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del quince de octubre del año dos mil
trece con la base de cinco millones quinientos setenta y tres mil doscientos
cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Isidra del Ros Pérez Guardado. Expediente 12-013130-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 21 de junio del 2013.—Lic. Adriana Castro Rivera,
Jueza.—(IN2013054479).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero
minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil trece, y con la base de
dieciocho mil cincuenta y cinco dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 173105-000 la
cual es terreno lote ciento cuarenta y seis- A terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 01 San Pablo, cantón 09 San Pablo, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 08,75 metros; al sur, calle
pública con 08,75 metros; al este, lote 145-A y al oeste, lote 147-A. Mide:
doscientos un metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cero minutos del uno de octubre del año dos
mil trece, con la base de trece mil quinientos cuarenta y un dólares con
veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de octubre del
año dos mil trece con la base de cuatro mil quinientos trece dólares con
setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional
de Seguros contra Víctor Eduardo Cordero Amador. Expediente 11-004247-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 19 de agosto del 2013.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla,
Jueza.—(IN2013054914).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada, citas de inscripción: 0340-00010176-01-0900-001; servidumbre
trasladada, citas de inscripción: 0340-00010176-01-0901-001; servidumbre
trasladada, citas de inscripción: 0340-00010176-01-0902-001;a las diez horas y
cero minutos del doce de setiembre de dos mil trece, y con la base de ciento
ocho mil doscientos treinta y nueve dólares con noventa y tres centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 36300-F-000 la cual es terreno finca filial número 6 compuesta
de dos niveles destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada
en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Holly J Kaplan; al sur, acceso
vehicular; al este, finca filial número 7 y zona verde y al oeste, finca filial
número 5 y zona verde. Mide: ciento ochenta y nueve metros con ochenta y un
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del uno de octubre de dos mil trece, con la base de ochenta y un mil
ciento setenta y nueve dólares con noventa y cuatro centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil trece con la base de
veintisiete mil cincuenta y nueve dólares con noventa y ocho centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda S. A. contra Britania Seis
Amarillo S. A, Jessica Adriana Mora Chinchilla. Expediente 13-007872-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 14 de junio del 2013.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge,
Juez Decisor.—(IN2013055045).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada al tomo 317, asiento 8386; a las catorce horas y cero minutos del
veintiséis de setiembre del dos mil trece, y con la base de doce millones
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos
sesenta y siete cero cero cero
la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03
Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al noreste,
calle pública con diez metros de frente; al noroeste, casa contigua número
dieciséis urbanización Santa Rosa; al sureste, casa contigua número dieciocho
de Urbanización Santa Rosa y al suroeste, calle pública con diez metros de
frente. Mide: doscientos treinta y un metros con ocho decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del once de
octubre del dos mil trece, con la base de nueve millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil trece
con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Magda Guisselle
Retana Segura. Exp. Nº 10-017573-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, II Circuito Judicial de San José, 5 de agosto del
2013.—Lic. Adriana Castro Rivera, Jueza.—(IN2013055166).
En la puerta exterior de
este Despacho; soportando hipoteca de primer grado a las citas:
543-00234-01-0002-001; a las trece horas y cuarenta minutos del diecinueve de
setiembre del dos mil trece, y con la base de diez millones doscientos ochenta
y seis mil setecientos cincuenta y nueve colones con cincuenta y un céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Cartago, sección de propiedad, matrícula ciento cincuenta y
un mil novecientos diecinueve cero cero cero la cual es terreno para construir hoy con una casa.
Situada en el distrito uno Tejar, cantón ocho El Guarco,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Julio Brenes Brenes,
William Solano Brenes, Héctor Bulgarelli Rojas; al
sur, Gerardo Brenes Vásquez y servidumbre de paso con 16 metros con 57 cm de
frente; al este, Gerardo Brenes Vásquez y al oeste, Zelmira
Brenes Vásquez. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con dieciséis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta minutos
del cuatro de octubre del dos mil trece, con la base de siete millones
setecientos quince mil sesenta y nueve colones con sesenta y tres céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las trece horas y cuarenta minutos del veintiuno de octubre del dos mil trece,
con la base de dos millones quinientos setenta y un mil seiscientos ochenta y
nueve colones con ochenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Danny de los Ángeles Nájera Díaz y Sandra Brenes Mora. Exp. Nº
13-002775-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 24 de junio del 2013.—Lic.
Lidia Mayela Díaz Anchía,
Jueza.—(IN2013055181).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones; a las catorce horas treinta minutos del veinticinco de setiembre
del dos mil trece, y con la base de veintisiete millones quinientos veintiún
mil ochocientos setenta y cuatro colones con cincuenta céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
123321-000 la cual es terreno de repasto y charrales. Situada en el distrito 01
Puerto Viejo, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, Eliecer Quesada Marín; al sur, calle pública, Walter Delio Marín
Barrientos; al este, José María Reyes Noguera y otro y al oeste, Walter Delio
Marín Barrientos. Mide: un millón quinientos treinta y tres mil quinientos
treinta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de octubre del dos mil
trece, con la base de veinte millones seiscientos cuarenta y un mil
cuatrocientos cinco colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil trece, con la base de
seis millones ochocientos ochenta mil cuatrocientos sesenta y ocho colones con
sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda, que en caso
de hacer el depósito mediante cheque, el mismo deberá ser cheque certificado
(artículo 23 Ley de Cobro Judicial) a nombre de la persona que hace la postura.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y
de Desarrollo Comunal contra Inversiones Contracoqui
S. A., Inversiones Hergiache S. A. y Jorge Enrique
Hernández Gutierrez. Exp. Nº 12-001531-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
16 de julio del 2013.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2013055329).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; condiciones
Ref.: citas: tomo 0376 asiento 00008001; a las ocho horas y cero minutos del
diecisiete de setiembre del dos mil trece, y con la base de cinco millones
ciento veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de
propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y cinco mil
doscientos trece cero cero cero
la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón
03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Inversiones Varba S. A.; al sur, Carlos María Gamboa Jiménez; al este,
Oscar Vargas Barrantes y al oeste, Oscar Vargas Barrantes. Mide: ochenta y dos
mil novecientos ochenta y siete metros con setenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
dos de octubre del dos mil trece, con la base de tres millones ochocientos
cuarenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de
octubre del dos mil trece, con la base de un millón doscientos ochenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Consorcio Legal y Jurídico CAG S. A. contra Hellen Viria Vargas Navarro. Exp.
Nº 13-003228-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 8 de agosto del
2013.—Lic. Eileen Chaves Mora, Juez.—(IN2013055342).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y quince
minutos del veintitrés de setiembre del dos mil trece, y con la base de siete
millones novecientos tres mil ciento diecinueve colones con noventa y nueve
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número trescientos treinta y cinco mil ochocientos
uno-cero cero uno y cero cero dos la cual es lote 10,
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 San José, cantón
01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 11; al sur,
lote 9; al este, calle pública con 7 mts y al oeste,
Eliecer Loría Arroyo. Mide: Ciento cincuenta metros
con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y quince minutos del ocho de octubre del dos mil trece, con la base de
cinco millones novecientos veintisiete mil trescientos treinta y nueve colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y quince minutos del veintitrés de octubre del dos mil
trece, con la base de un millón novecientos setenta y cinco mil setecientos
ochenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Edith
Lorena Cascante Cordero y José Pablo Céspedes Zumbado. Exp. Nº
13-007151-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del I Circuito Judicial de Alajuela, 3 de julio del 2013.—Lic.
José Rolando Villalobos Méndez, Juez.—(IN2013055346).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta
minutos del veinte de setiembre de dos mil trece, y con la base de ocho
millones ciento cuarenta y ocho mil quinientos noventa y siete colones con
treinta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F-00010513 cero cero cero la cual es terreno
apartamento F 01 uso habitacional. Situada en el distrito San Pedro, cantón
Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común; al
sur, apartamento 2; al este, Alfonso Solano Mora y al oeste área común. Mide:
ciento sesenta y dos metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de
octubre de dos mil trece, con la base de seis millones ciento once mil
cuatrocientos cuarenta y ocho colones con tres céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil trece, con la base de dos
millones treinta y siete mil ciento cuarenta y nueve colones con treinta y
cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Prados del Este
contra Luis Fernando Mata Araya. Exp. Nº 12-012563-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José,
17 de junio del 2013.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2013055391).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de
convalidación (Ley de Localización de Derec. citas:
440-04292-01-0004-001; a las diez horas y treinta minutos del veinticinco de
setiembre del dos mil trece, y con la base de ocho millones trescientos ochenta
y seis mil seiscientos treinta colones con catorce céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
315353-000 la cual es terreno de café. Situada en el distrito 01 San Pedro,
cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Mario Alberto Murillo Murillo; al sur,
Jorge Mario Murillo Castro; al este, Claudio Montero Montero
y al oeste, calle pública con un frente de 14,50 metros. Mide: mil
cuatrocientos cincuenta y siete metros con nueve decímetros cuadrados plano:
A-0999834-1991. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del diez de octubre del dos mil trece, con la base de seis millones
doscientos ochenta y nueve mil novecientos setenta y dos colones con sesenta
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil
trece con la base de dos millones noventa y seis mil seiscientos cincuenta y
siete colones con cincuenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). 2) Libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta
minutos del veinticinco de setiembre del dos mil trece, y con la base de ocho
millones trescientos ochenta y seis mil seiscientos treinta colones con catorce
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 313907-000 la cual es terreno de café situada en
el distrito 01 San Pedro cantón 08 Poás, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Álvaro
Enrique y Mayra Isabel Murillo González; al sur; Marco Antonio Salazar; al
este, Claudio Montero y al oeste, calle con frente de 14.50 metros. Mide: mil
quinientos setenta y tres metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados
plano: A-0999833-1991. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del diez de octubre del dos mil trece, con la base de seis
millones doscientos ochenta y nueve mil novecientos setenta y dos colones con
sesenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de octubre
del dos mil trece con la base de dos millones noventa y seis mil seiscientos
cincuenta y siete colones con cincuenta y cuatro céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María
Isabel Jiménez Delgado contra Inversiones Quemur
Sociedad Anónima. Exp. Nº 11-000552-0638-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del I Circuito Judicial de Alajuela, 10 de
julio del 2013.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2013055571).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada bajo las citas: 0293-00019956-01-0002-001,
0302-00018872-01-0002-001; a las once horas y cero minutos del diecisiete de
setiembre del año dos mil trece, y con la base de dieciséis millones colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 469463-003, 004 la cual es terreno lote 3 C
terreno para construir. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 4 C; al sur,
lote 2 C; al este, calle pública y al oeste, lote 43 C. Mide: ciento veinte
metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
once horas y cero minutos del dos de octubre del dos mil trece, con la base de
doce millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de
octubre del año dos mil trece con la base de cuatro millones colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Joice Francisco Corrales Arias y Karen Fabiola Sánchez
Solís. Exp. Nº 13-007825-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, II Circuito Judicial de San José, 20 de junio del
2013.—Lic. Adriana Castro Rivera, Jueza.—(IN2013055624).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones
citas número 388-00000942-01-0861-001; a las ocho horas y treinta minutos del
diecisiete de setiembre de dos mil trece, y con la base de siete millones
trescientos veintisiete mil setenta y seis colones con cuarenta y dos céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número setenta y tres mil ochocientos sesenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para
agricultura lote LV-132. Situada en el distrito 01 Golfito, cantón 07 Golfito,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Camilo Céspedes Calvo; al
sur, Oscar Calvo Sandí; al este, Mayela Jiménez Vindas y calle pública con 13,9 metros y al oeste, Arnulfo
González. Mide: mil doscientos noventa y tres metros con veintisiete decímetros
cuadrados. Plano P-0837945-1989. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del dos de octubre de dos mil trece, con la base de
cinco millones setecientos veintinueve mil ochocientos ochenta y cuatro colones
con noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de
octubre de dos mil trece, con la base de un millón novecientos nueve mil
novecientos sesenta y un colones con sesenta y cinco céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra José Ovidio Castro Rojas, Josué Eugenio Gutiérrez
Calderón, María de los Ángeles Pérez Salazar y Shirley Patricia Castro Pérez.
Exp. Nº 13-000330-1201-CJ.—Juzgado de Cobro Menor
Cuantía y Contravencional de Golfito, 10 de junio
del 2013.—Lic. Yesenia Auxiliadora Zúñiga Ugarte,
Jueza.—(IN2013055626).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada inscrita al tomo 300, asiento 19201-01-0901-002; a las once horas y
cero minutos del veintiséis de setiembre del dos mil trece, y con la base de
diez millones trescientos cincuenta y un mil cuarenta y cinco colones con
setenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos noventa y seis
mil novecientos sesenta y ocho-cero cero uno-cero cero dos la cual es terreno
para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 08 San
Cristóbal, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Roy Fallas Tencio; al sur, Olfi
Fallas Jiménez; al este calle pública con 10,00 metros frente y al oeste, Olfi Fallas Jiménez. Mide: Doscientos cincuenta y cuatro
metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las once horas y cero minutos del once de octubre del dos mil trece, con la
base de siete millones setecientos sesenta y tres mil doscientos ochenta y
cuatro colones con treinta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho
de octubre del dos mil trece con la base de dos millones quinientos ochenta y
siete mil setecientos sesenta y un colones con cuarenta y tres céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alexis
Gerardo Navarro Vega y Guiselle Ilama
Romero. Exp. Nº 12-032865-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, II Circuito Judicial de San José, 5 de agosto del
2013.—Lic. Adriana Castro Rivera, Jueza.—(IN2013055635).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando dos Contratos
Prendarios; a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de
dos mil trece, y con la base de dos millones cuarenta y cuatro mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 477259,
Marca: Fiat, Estilo: Punto SX, Categoría: Automóvil, Carrocería: Sedán 4
puertas, Tracción: 4x2, Chasís y Vin:
ZFA18800004392152, capacidad: 5 personas, año: 2002, color: blanco. Para el
segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del ocho de
octubre de dos mil trece, con la base de un millón quinientos treinta y tres
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las quince horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos
mil trece con la base de quinientos once mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este des acho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Colegio Federado
de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica contra Evelyn Johanna Contreras
Hernández. Exp. Nº 10-000430-0638-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 9 de julio del 2013.—Lic. José Rolando Villalobos Méndez, Juez.—(IN2013055652).
En la puerta exterior de
este Despacho, a las ocho horas con treinta minutos del veinte de setiembre del
dos mil trece, en el mejor postor remataré: propiedad
del partido de Puntarenas, matrícula folio real: ochenta mil seiscientos
treinta y dos-cero cero cero, que es terreno para la
agricultura, sita en Alto Las Brisas, Ventanas, Osa. Linderos: norte, Rafael
Vega Vargas; sur, calle pública; este, Azarias Meza y
al oeste, Luis Arias Mesén sin sujeción a base y la finca matrícula folio real
número ochenta y tres mil doscientos cuarenta y ocho-cero cero cero que es terreno para construir, sita en Alto Las
Brisas, Ventanas, Osa,. Linderos actuales: norte, Cuatro Ricos del Sur S. A.,
sur, calle pública; este, Cuatro Ricos del Sur S. A. y al oeste, Luis Enrique
Arias Mesén, sin sujeción a base la finca matrícula folio real ochenta mil
seiscientos treinta y dos-cero cero cero soporta
gravámenes de servidumbre de paso bajo las citas 2012-186960-01-0001-001, la
finca matrícula folio real número ochenta y tres mil doscientos cuarenta y
ocho-cero cero cero con gravámenes y anotaciones bajo
el practicado bajo las citas 2011-205394-01-0002-001. Lo anterior por haberse
ordenado así en expediente Nº 05-000208-419-AG (252-2-05) establecido por Demarest Ventanas del Cielo S. A., contra Los Cuatro Ricos
del Sur S. A.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur, Corredores.—Lic. Marisel
Zamora Arias, Jueza.—(IN2013055657).
En la puerta exterior de
este Despacho, con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, al
ser las ocho horas treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil
trece, en el mejor postor remataré los siguientes bienes: Condensadora marca Klima Aire, modelo CS1436CZPA3, color café claro con rojo
negra, de aproximadamente un metro por lado de medida y ducto metálico de
extracción de grasa, de hierro galvanizado, con una medida aproximadamente a
los treinta y siete metros de largo, dirigida al local siete al ducto de
extracción, en el sótano (ver acta de embargo a folio 316). De no haber
postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las trece horas
treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil trece, con base de dos
millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento); de no haber rematantes, para el tercer remate se
señalan las trece horas treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil
trece, con base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior se remata por ordenarse
así en proceso de desahucio Nº 11-100080-0891-CI de King Tec
Industrial S. A., contra Corporación Cups Internacional Ltda.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 24
de julio del 2013.—Lic. Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez.—(IN2013055671).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada inscrita al tomo 388, asiento 17553-01-0869-001, así como reservas y
restricciones inscritas al tomo 388, asiento 17553-01-0870-001; a las nueve
horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del dos mil trece, y con la
base de treinta y siete millones doscientos veintinueve mil seiscientos
veintiún colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección
de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 132989-000 la
cual es terreno para la agricultura lote 54. Situada en el distrito 01 Puerto
Viejo, cantón 10 Sarapíqui, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, lote 62; al sur, IDA; al este calle y lote 55 y al
oeste, IDA. Mide: setenta y cinco mil novecientos treinta y nueve metros con
sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del uno de octubre del dos mil trece, con la base de
veintisiete millones novecientos veintidós mil doscientos dieciséis colones con
cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de
octubre del dos mil trece con la base de nueve millones trescientos siete mil
cuatrocientos cinco colones con cuarenta y ocho céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Yin Alberto Zúñiga Araya.
Exp: 13-010218-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro, II Circuito Judicial de San José, 1 de agosto del 2013.—Lic. Adriana
Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2013145324).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada; a las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de octubre de
dos mil trece, y con la base de sesenta y tres mil ochocientos setenta dólares
con veintinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número cuarenta mil cuatrocientos diez cero
cero uno, cero cero dos
(40.410-001 y 002) la cual es terreno finca filial N°43 bloque e terreno para
construir destinado a uso habitacional que podrá tener un altura máxima de dos
niveles. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte, filial 44 bloque e; al sur filial 42 bloque e;
al este acceso vehicular con frente de 8.10 metros y al oeste, Benedicto Víquez
Herrera. Mide: ciento treinta y nueve metros con quince decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de
noviembre de dos mil trece, con la base de cuarenta y siete mil novecientos dos
dólares con setenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de
diciembre del dos mil trece, con la base de quince mil novecientos sesenta y
siete dólares con cincuenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Marylu Arroyo Hernández. Exp. Nº
12-004632-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Heredia, 17 de junio del 2013.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra,
Juez.—(IN2013145328).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta
minutos del diecisiete de setiembre de dos mil trece, y con la base de nueve
mil quinientos setenta y ocho dólares con sesenta y dos centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo placas 682762, marca Fiat, año 2007, VIN
9BD17158272811498, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las
trece horas y treinta minutos del dos de octubre de dos mil trece, con la base
de siete mil ciento ochenta y tres dólares con noventa y siete centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las trece horas y treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil trece,
con la base de dos mil trescientos noventa y cuatro dólares con sesenta y seis
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank
de Costa Rica Sociedad Anónima contra Ronald Castro Fernández. Exp. Nº
09-003067-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27
de junio del 2013.—Msc. Magaly Salas Álvarez,
Jueza.—(IN2013145335).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta
minutos del veintinueve de octubre del dos mil trece, y con la base de veintiún
millones cuatrocientos diecisiete mil sesenta y cuatro colones con cincuenta y
ocho céntimos (¢21.417.064,58), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento treinta y siete mil
trescientos ochenta y seis-cero cero cero la cual es
terreno lote seis terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia,
cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote
cinco; al sur, lote siete; al este, calle pública con 11,25 metros y al oeste,
lote ocho. Mide: ciento setenta y un metros con sesenta y dos centímetros
cuadrados. Plano: G-0481822-1998. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil trece, con la base
de dieciséis millones sesenta y dos mil setecientos noventa y ocho colones con
cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de
noviembre del dos mil trece, con la base de cinco millones trescientos
cincuenta y cuatro mil doscientos sesenta y seis colones con quince céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y Desarrollo Comunal contra Harol Iván
González Flores. Exp. Nº
13-001033-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 11 de junio del
2013.—Lic. Mónica Farah Castillo, Jueza.—(IN2013145385).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero Soportando pero
soportando servidumbre sirviente con las citas 0352-00017882-01-0001-001, y
servidumbre de paso con las citas 428-00019700-01-0002-001; a las diez horas y
cero minutos del catorce de noviembre del dos mil trece, y con la base de
cincuenta y seis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento diecisiete mil doscientos ochenta y seis cero cero
cero, la cual es terreno naturaleza terreno de pasto.
Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, la Grama de los Mangos S. A.; al sur, la
Grama de los Mangos S. A., al este Mailid Leiva
Alvarado y al oeste, calle pública con 20 metros 03 centímetros. Mide: dos mil
metros cuadrados. Plano: G-0613224-2000. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cero minutos del veintinueve de noviembre del dos mil trece, con
la base de cuarenta y dos millones trescientos setenta y cinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de diciembre del dos mil
trece, con la base de catorce millones ciento veinticinco mil colones exactos
un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Manuel Vindas Bustos. Exp. Nº 12-001434-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
12 de agosto del 2013.—Lic. Franz Loney Castro Solís,
Juez.—(IN2013145387).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Marvin Santos Cubero Mora, quien fuera mayor, casado
una vez, comerciante, vecino de Campo Cinco de Cariari,
900 metros al este, de la escuela y portaba la cédula de identidad número
601330135, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas y
treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil trece, para conocer acerca
de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp.
Nº 12-000213-0930-CI.—Juzgado Civil del II Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 7 de agosto del 2013.—Lic. Maureen Víquez Barrantes, Jueza.—1
vez.—(IN2013055350).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Oscar Raúl Matamoros Álvarez, a una junta que se
verificará en este Juzgado a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de
setiembre de dos mil trece, para conocer acerca de los extremos que establece
el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 11-000631-0164-CI.—Juzgado Civil del II Circuito Judicial de San José,
8 de agosto del 2013.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca,
Juez.—1 vez.—(IN2013055590).
Se convoca a los herederos o
interesados de la sucesión de Edwin Elizondo Campos, cédula de identidad número
1-0342-0551, a una junta a celebrarse en este Despacho, a las diez horas y cero
minutos del cuatro de octubre del dos mil trece, para que en la misma elijan
representante. Se hace la advertencia que la junta se verificará cualquiera que
sea el número de herederos o interesados presentes, y la elección se decidirá
por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir
ningún heredero o interesado a la junta, el Juez hará el nombramiento que
corresponda. Lo anterior por ordenarse así en proceso expropiación de Instituto
Costarricense de Electricidad contra Banco de Costa Rica y
Inversiones Agrícolas La Victoria de Altavista S. A.
Expediente Nº 12-000610-1028-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil
de Hacienda del II Circuito Judicial de San José, 20 de junio del
2013.—Lic. Juan Pablo Zeledón Hernández, MSC Juez.—1
vez.—(IN2013055664).
Se hace saber que ante este
despacho se tramita el expediente N° 12-100913-0297-CI, donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de María Julia Ugalde Ramírez,
quien es mayor, estado civil casada, vecina de Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, 300 metros al oeste y 75
metros al sur del Banco Nacional, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 2-376-443, profesión oficios domésticos y Manuel Varela
Pérez, quien es mayor, estado civil casado, vecino(a) de Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Alajuela, 300 metros al oeste y 75
metros al sur del Banco Nacional, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 5-166-826, profesión agricultor, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la
cual es terreno de cultivos. Situada en el distrito 13 Pocosol,
cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, quebrada
sin nombre; al sur, calle pública con un frente de 32.35 metros lineales; al
este, Antonio Mairena Dumas; y al oeste, calle pública con un frente de 51.34
metros lineales. Mide: 1793 metros con 23 decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de seis millones de colones. Que adquirieron dicho inmueble
por compra que le hicieran a Sara Obando Cantón, quien es mayor, divorciada una
vez, maestra, vecina de Santa Rosa de Pocosol, 100
metros al norte de la escuela, cédula 8-044-833, el traspaso se hizo el
09/05/2008, con quien no ligan parentesco alguno, y hasta la fecha lo han
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en cercar el inmueble, limpiarlo y construcción de una casa de
habitación donde habitan los promoventes con sus
hijos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias otros inmuebles según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por María Julia
Ugalde Ramírez. Expediente: 12-100913-0297-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 29
de julio del 2013.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1
vez.—(IN2013052899).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 13-000029-0815-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Isaac Espinoza Chavarría
quien es mayor, casado una vez, vecino de Barrio Mercedes de Atenas, del
Abastecedor de German Aguilar, ciento cincuenta metros al norte, portador de la
cédula de identidad número 2-0258-0881, agricultor, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en el distrito 02
Desmonte, cantón 04 San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
con Víctor Julio Naranjo Alvarado y quebrada Estanquillos; al sur, con Isaac
Espinoza Chavarría, Abelino Cortés Cordero y quebrada Estanquillos; al este,
con calle pública y al oeste, con calle pública, Isaac Espinoza Chavarría y
quebrada Estanquillos. Mide: cuarenta y dos mil cuatrocientos treinta y seis
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1588293-2012.
Indica el promovente que estima tanto el inmueble
como las presentes diligencias en la suma de siete millones quinientos mil
colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Isaac Espinoza
Chavarría. Expediente 13-000029-0815-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de julio del
2013.—Lic. Luis Alonso Madrigal Pacheco, Juez.—1
vez.—(IN2013053045).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 13-000148-0640-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Santiago de los Ángeles
Navarro Núñez quien es mayor, estado civil soltero, vecino de El Llano de los
Ángeles Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número
304290938, profesión empresario, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada
en la provincia de, la cual es terreno Empresario. Situada en el distrito 07
Corralillo, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ana Yorleny Navarro Núñez, y servidumbre de paso en medio de
Carlos Navarro Jiménez; al sur, con servidumbre de paso en medio de Centinela
del Valle S. A, Didier Fernando Navarro y Arnulfo Navarro Núñez; al este, calle
pública y al oeste, servidumbre en medio de Centinela del Valle S. A. Mide:
quinientos cincuenta y cinco metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de 5000000 colones.
Que adquirió dicho inmueble mediante compraventa, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en la construcción de una casa de habitación dedicada a uso
familiar, con áreas de jardín. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Santiago de los Ángeles Navarro Núñez. Expediente 13-000148-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de junio del 2013.—Dr.
Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2013053050).
Se hace saber que ante este
despacho se tramita el expediente N° 09-000149-0699-AG, donde se promueven
diligencias de información posesoria (por rectificación de medida) por parte de
William Leiva Padilla, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Cristo
Rey de San Cristóbal Sur, San José, portador de la cédula de identidad vigente
que exhibe 1-776-213, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza
es de bosque y potrero. Situada en el distrito 02 Jardín, cantón 17 Dota de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Carlos Roberto Monge Sandí; al sur,
Marco Ney Jiménez Quirós, Juan Bautista Quirós Solís
y Quebrada; al este, Marco Ney Jiménez Quirós y
Francisco Quirós Jiménez; y al oeste, Juan Carlos Quirós Cerdas. Mide: setenta
y dos mil setecientos veinticinco metros con veinticuatro decímetros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número SJ-498899-98. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el
inmueble en cinco millones de colones y las presentes diligencias en la suma de
dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por escritura pública
otorgada el 08 de junio de 1997, por donación que me hizo mi padre el señor Napoléon Leiva Mena, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en pastoreo de ganado de carne, cultivo de arbustos de mora. Que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros
inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de
que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria promovida por Willian Leiva
Padilla. Expediente: 09-000149-0699-AG.—Juzgado
Agrario de Cartago, 07 de marzo del 2012.—Lic. María Rosa Castro García,
Jueza.—1 vez.—(IN2013053185).
Orfilia Morales Hidalgo, casada una vez, oficios
domésticos, vecina de La Villalobos, Horquetas de Sarapiquí, cédula de
identidad número cinco-cero ochenta y nueve-ciento cincuenta y seis, promueve
diligencia de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro
Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: terreno de pasto.
Ubicado en La Villalobos, distrito tercero Horquetas del cantón décimo
Sarapiquí de la provincia de Heredia. Mide: tres hectáreas cinco mil
novecientos cincuenta y cuatro metros con noventa y seis decímetros cuadrados.
Linda: al norte, con Álvaro Chinchilla Ureña; al sur, con Juana Rodríguez
Araya; al este, con Álvaro Chinchilla Ureña, Manuel Obando Varela, Manuel
Sánchez Santamaría; y al oeste, con María Eugenia Mora Morales, Arnulfo Mora
Vargas, Marixa Mora Morales y Lilliam
Mora Morales. Graficado en el plano catastrado número H-un millón doscientos
noventa y un mil cuatrocientos noventa y seis-dos mil ocho (H-1291496-2008). El
inmueble y las diligencias fueron estimadas en la suma
de cinco millones de colones cada una. Dicho inmueble no tiene cargas reales
que pesen sobre el mismo y fue adquirido por donación del señor Arnulfo Mora
Vargas. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas
diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su
publicación se apersonen en este juzgado en defensa de sus derechos bajo los
apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente: 10-000075-0507-AG
(92-4-10).—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, nueve de julio de dos mil
trece.—Lic. Bernardo Solano Solano, Juez.—1 vez.—(IN2013053186).
Se hace saber que ante este
despacho se tramita el expediente N° 11-000331-0296-CI, donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Víctor Julio Chaves
Fernández, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Palmares,
Buenos Aires, Calle Ramírez, de la Pulpería La Esquina, trescientos metros
norte, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número
dos-doscientos ochenta y seis-cuatrocientos nueve, profesión agente de
seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en Magallanes del distrito
Santiago, cantón San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública; al suroeste, Dominik Rovocco; este, Bogli Rene. Mide:
ciento cincuenta y cuatro metros con ochenta y seis decímetros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón quinientos mil
colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información
posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria promovida por Víctor Julio Chaves
Fernández. Expediente: 11-000331-0296-CI.—Juzgado
Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 05 de marzo del
2013.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1
vez.—(IN2013053215).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 11-100121-0197-CI donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Helbert
Rodolfo Arias Monge quien es mayor, estado civil casado, vecino de Floralia San Rafael de Puriscal,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-seis siete
cero-dos cero cinco, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca
cuya naturaleza es de árboles frutales y caña de azúcar. Situada en el distrito
San Rafael, cantón Puriscal, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Helbert Rodolfo Arias Monge;
al sur, Lidieth Monge Murillo y calle pública; al
este, Helbert Rodolfo Arias Monge; y al oeste,
quebrada en medio de Marcia Arias Marín. Mide: cinco mil seiscientos diecisiete
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-uno tres
cero cuatro siete ocho cinco-dos mil ocho. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de cinco millones setecientos diecisiete colones cada
una. Que adquirió dicho inmueble por venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de cuarenta años. Que no existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en limpieza de montes, arreglo de cercas, siembra de
árboles frutales, cultivo de caña de azúcar entre otros actos de posesión. Que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Helbert Rodolfo
Arias Monge. Exp. 11-100121-0197-CI.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José,
Goicoechea, 28 de junio del 2013.—Dra. Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—(IN2013053561).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 12-000125-0699-AG donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Eduvina
Flora Arias Quesada quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de
Coris de Quebradilla de Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 3-279-964, profesión oficios de hogar, y Florentina Sofía
Arias Quesada quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Coris de
Quebradilla de Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 3-311-011 profesión oficios de hogar a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca
cuya naturaleza es terreno de café. Situada en el distrito Bermejo, cantón
Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, camino público con un
frente de cuarenta y cinco metros con ochenta y cuatro centímetros lineales; al
sur, Dulcelina Alfaro Arvavia
y actualmente Carlos Alberto Hidalgo Quesada; al este, Carlos Alberto Hidalgo
Quesada; y al oeste, Arnoldo Arias Artavia. Mide:
cinco mil doscientos ocho metros con sesenta y siete metros cuadrados, tal como
lo indica el plano catastrado número C-1218554-2008. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y
a título de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los
actos de posesión han consistido en mantener en buen estado las cercas y descumbres, mantener la producción de café, realizar
recolección del mismo cuando corresponda y darle mantenimiento a la plantación.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria, promovida por Eduvina
Flora Arias Quesada y Florentina Sofía Arias Quesada. Exp. 12-000125-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 27 de
junio del 2013.—Lic. William Roberto Arburola
Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2013053564).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 12-000126-0699-AG donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Nore
Martínez Picado quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino(a) de
Tablón del Guarco, portador(a) de la cédula de
identidad vigente que exhibe número 3-165-801, profesión agricultor, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca cuya naturaleza es bosque y potrero. Situada en el
distrito Cuatro, Pario de Agua, cantón Octavo, El Guarco,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Alfonso Enrique Fernández Mora;
al sur, Octavio Navarro Leiva; al este, Carlos Calderón Camacho; y al oeste,
Vladimir Martínez Picado, Oldemar Martínez Picado,
Dora Emilia Martínez Picado, y Nore Martínez Picado (promovente). Mide: ciento veintiún mil cuatrocientos
ochenta y cinco metros con noventa y seis decímetros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número C-1295816-2008. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir No pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de cinco millones de colones las presentes diligencias y
el inmueble en la suma de quince millones de colones. Que adquirió dicho
inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en explotar la parte de potrero y darle mantenimiento a las cercas.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria, promovida por Nore
Martínez Picado. Exp. 12-000126-0699-AG.—Juzgado
Agrario de Cartago, 1° de julio del 2013.—Lic. Rebeca
Salazar Alcocer, Jueza.—1 vez.—(IN2013053565).
Se hace saber que ante este
despacho se tramitan diligencias de Información Posesoria tramitadas bajo el
número 12-000262-0298-AG, promovidas por Gerardo Arturo Chaves Rodríguez, mayor
de edad, casado una vez, comerciante, vecino de Dulce Nombre de Ciudad Quesada,
San Carlos, Alajuela, detrás del Súper Dulce Nombre, cédula 2-469-995. En la
cual solicita se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad,
la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de pasto
con una casa de habitación, sito en Dulce Nombre de Florencia, distrito dos de
San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela, con los siguientes
linderos: al norte, José Ramón del Carmen Araya González y Pedro Luis Cubero
Jiménez; al sur, Leonardo Altamirano Gamboa, Elizabeth Camacho Solís, Clara Luz
Blanco Solís, Flor de María Blanco Solís, José Ricardo Blanco Solís y calle
pública con un frente a ella de ciento cuarenta y nueve metros siete
centímetros lineales; al este, Pedro Luis Cubero Jiménez; y al oeste,
Inversiones Apa del Norte S. A. Mide de acuerdo al
plano catastral aportado número A-580637-1999, una superficie de diez hectáreas
mil quinientos veinticuatro metros cuadrados. Manifiesta el titulante
que el inmueble a titular lo ha poseído en forma quieta, pública, pacífica, e
ininterrumpida a título de dueño por más de veinte años y que lo adquirió
mediante donación que le hizo su padre señor Arturo Chaves Marín, quien es
mayor, casado una vez, agricultor, cédula 2-227-165, vecino de su mismo
domicilio, sin que se otorgara escritura por razones de confianza. El fundo fue
estimado en la suma de un millón de colones y en igual suma fueron estimadas
las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la
publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados
con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos.
Información posesoria. Exp. N° 12-000262-0298-AG promovida por Gerardo Arturo
Chaves Rodríguez.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 15 de julio de 2013.—Lic.
Federico Villalobos Chacón, Juez.—1
vez.—(IN2013053566).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 12-100120-0197-CI donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Alicia Sandí Carmona quien es
mayor, estado civil casada, vecina de Tabarcia de Mora,
portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0461-0559,
profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza
es de pasto. Situada en el distrito Tabarcia, cantón
Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Quebrada María; al sur,
calle pública; al este, Alicia Sandí Carmona; y al oeste, calle pública y Oiber Carmona Sandí. Mide: ocho mil seiscientos treinta y
seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
SJ-1-1568166-2012. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de ocho millones seiscientos treinta y seis mil colones
y un millón de colones respectivamente cada una. Que adquirió dicho inmueble
por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de un año.
Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapear
maleza, reparación de cercas y hacer ronda tanto internas como externas. Que no
ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Alicia Sandí Carmona. Exp.
12-100120-0197-CI.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 4 de
julio del 2013.—Dra. Vanessa Fisher González, Jueza.—1
vez.—(IN2013053567).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 13-000078-0391-AG donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Ronald Segura Delgado quien
es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Antonio de Belén de
Heredia, 25 metros al oeste del Ebais de la Asunción
de Belén, portador de la cédula de identidad número 4-0143-0511, profesión agente
de servicios al cliente, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza
es para construir, dedicado a la siembra de árboles frutales, cría de cerdos y
gallinas. Situada en el distrito noveno (Tamarindo), cantón tercero (Santa
Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Pedro Jorge Matarrita Villalobos; al sur, Jorge Arturo González Segura;
al este, Pedro Jorge Matarrita Villalobos y
servidumbre de paso no constituida en medio; y al oeste, Belda
Gómez Vallejos. Mide: cuatrocientos cinco metros con sesenta y ocho decímetros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-812005-2002. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y
a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos
de posesión han consistido en mantenimiento a las cercas, chapeas, siembra de
maíz, etc. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información
Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ronald Segura Delgado.
Exp. 13-000078-0391-AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 12 de
julio del 2013.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero,
Juez.—1 vez.—(IN2013053571).
Mauricio Chacón Jiménez.
Juez del Juzgado de Familia de Heredia, hace saber a Michael Falknor Fernández, quien es mayor, costarricense, de
domicilio desconocido, cédula 0111720902, que en demanda de suspensión patria
potestad, por número de expediente: 13-000421-0364-FA, establecida por Evelyn
Chaves Jiménez contra Michael Falknor Fernández, se
ordena notificarle por edicto, la resolución que dice: “Juzgado de Familia de
Heredia, a las nueve horas y treinta y
ocho minutos del veintiuno de mayo del año dos mil trece. De la anterior
demanda suspensión patria potestad establecida por el accionante Evelyn Chaves
Jiménez, se confiere traslado a la accionada(o) Michael Falknor
Fernández por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda
o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá
oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con
claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en
que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a
uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite
como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá
ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las
generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Parte
interviniente: por existir menores involucrados en este proceso se tiene como
parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por
medio del casillero 403 de estos Tribunales, quedando las copias en el Despacho
para su retiro. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h)
lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus
ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece
la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es
posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir
asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la
Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey,
segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y
los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 2207-4223.
En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se
advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha
concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que
venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios
Jurídicos Nº 4775)”. Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones
Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de
febrero de 2009, dispone que solo en procesos de pensión alimentaria y contra
la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender
notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben
señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo
electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de
manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá
las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se
le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la
referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe
registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de
Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no
cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente:
Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial
a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba
hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al
buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información
pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste
en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento
de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue
recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe
que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De
confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a
la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de
la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Notificaciones: Notifíquese esta
resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Policía
de Proximidad de San Rafael Arriba de Desamparados, quien la podrá diligenciar
en el lugar que se indica. Notifíquese.—Juzgado de
Familia de Heredia.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2013053601).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de Oliverio
López Hernández, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Alfaro
Ruiz, Zarcero, cédula dos-ciento cuarenta y seis-ciento ochenta y tres. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
13-000029-0295-CI. Sucesorio de Oliverio López Hernández.—Juzgado
Civil de Grecia, 28 de junio del
2013.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara,
Jueza.—1 vez.—(IN2013053223).
Se cita
y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la
sucesión de, Susan Carole
(nombres) Ciotta (apellido) de único apellido en
razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casada una vez, empresaria
vecina de su mismo domicilio, cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero uno uno nueve tres dos uno
tres, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan en las oficinas de la notaria Paola Andrea Ramírez
Acosta, ubicada en el centro de la ciudad, San Isidro de Pérez Zeledón,
cincuenta metros al este y cincuenta metros al norte del INS, teléfono
2770-3341 a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la
calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero
cero cuatro-dos mil trece.—San
Isidro, Pérez Zeledón, 21 de mayo del 2013.—Lic. Paola Andrea Ramírez Acosta, Notaria.—1
vez.—(IN2013053309).
Se hace saber, que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Ángel
Castro Jiménez, mayor, casado una vez, jefe de transportes, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad 0201560202 y vecino de Limón, Barrio
Los Corales. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 13-000153-0678-CI-3.—Juzgado Civil
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 29 de julio del
2013.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1
vez.—(IN2013053326).
Se hace saber, que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó David José
Paniagua Barquero, mayor, soltero, cédula de identidad 401890023, vecino de
Horquetas de Sarapiquí. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 13-000111-0930-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 24 de julio del 2013.—Msc. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2013053335).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de, Guillermo Gago Pérez, quien fue mayor, casado
una vez, vecino de Río Oro de Santa Ana, con cédula de identidad número
1-0312-0027, para que dentro del término de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de
ese término, la herencia pasará a quién corresponda. Proceso sucesorio
13-100018-0242-CI.—Juzgado Civil y de Menor Cuantía
de Santa Ana.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—1
vez.—(IN2013053361).
Se hace saber, que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Herminia
Venegas Vega, mayor, soltera, con documento de identidad N° 0201190311, ama de
casa y vecina de San Isidro de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-000949-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 01 de agosto del 2013.—Msc. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2013053381).
Se hace saber, que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rolando
Rodríguez Hernández, mayor, casado una vez, chofer, costarricense, con
documento de identidad 0203710852 y vecino de Palmares. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
13-000063-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela,
San Ramón, 17 de mayo del 2013.—Dr. Minor
Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2013053388).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de Pedro María Céspedes Benavides,
quien fuera mayor, casado una vez, cédula de identidad 3-0073-0890 y de
Argentina del Carmen Brenes Guzmán, quien fuera mayor, casada una vez, ama de
casa, cédula de identidad 3-0127-0404, ambos vecinos de Cartago, San Rafael de Oreamuno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 13-000042-0346-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía de Cartago, 01 de marzo del 2013.—MSc. Carlos Felipe Jinesta
Blanco, Juez.—1 vez.—(IN2013053413).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Velcinia Maritza cc Xinia Garro
Rodríguez, mayor, soltera, secretaria, con documento de identidad 02-0369-0989,
y vecina de Sarchí Norte de Valverde Vega. Se cita a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
13-000071-0295-CI. Sucesión de Velcinia Maritza cc Xinia Garro Rodríguez, sin parte contraria.—Juzgado Civil de Grecia, 10 de junio del 2013.—MSc. Emi Guevara Guevara,
Jueza.—1 vez.—(IN2013053451).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Bienvenido
Madrigal Artavia, mayor, casado una vez pero separado
de hecho, administrador, vecino de Heredia, con cédula de identidad Nº
uno-cuatrocientos ocho-mil trescientos cincuenta y ocho. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
13-000344-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 30
de julio del 2013.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2013053457).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alba Rosa
Vargas Castro, mayor, casada una vez, oficios domésticos, vecina de San Rafael
de Alajuela, y con cédula de identidad 0106950681. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000226-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
23 de julio del 2013.—Lic. Wendy Martínez Garbanzo, Jueza.—1
vez.—(IN2013053460).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan María
Inés Alvarado Chavarría, mayor, casado, con documento de identidad 5-0042-0575
y vecino de Bajo Rodríguez de San Ramón. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000163-0296-CI.—Juzgado
Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San
Ramón) 8 de julio del 2013.—Lic. Minor Chavarría
Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2013053560).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Valdemar
Prieto Valladares, mayor, casado una vez, costarricense, con documento de
identidad 03-0194-1171, vecino de Cachí de Paraíso de
Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 13-000112-0640-CI.—Juzgado Agrario de
Cartago, 20 de junio del 2013.—Lic. Rebeca Salazar Alcocer, Jueza.—1 vez.—(IN2013053572).
El suscrito
Lic. Armando Fonseca Madrigal, Fiscal de la Fiscalía Adjunta del II Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, comunica a Jacqueline Centeno Madrigal la Acción
Civil Resarcitoria dentro de la causa 10-000568-0485-PE, por el delito de
Lesiones Culposas contra Maynor Mena González
interpuesta por Oficina de Defensa Civil de la Víctima del II Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, en la cual figura como codemandada civil.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica.—Lic. Armando Fonseca Madrigal, Juez.—(IN2013053210).
3
v. 2.
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor
Ernestina Concepción Cubillo, para que se apersonen a este juzgado dentro del
plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado. Declaratoria judicial de abandono y depósito de menor.
Expediente 12-000088-1086-FA.—Juzgado de Familia de
Golfito, a las diez horas y diecisiete minutos del catorce de setiembre del
dos mil doce.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—
(IN2013053579).
2
v. 1
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme el artículo
236 del Código de Familia, para que se presenten a encargase de ella dentro del
plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania
de María Liliana Barboza Morales. Expediente número 13-400126-921-FA (3).—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 24 de abril de dos mil trece.—Lic. Freddy
Quesada Valerio, Juez.—1 vez.—(IN2013040854).
Colegio de Abogados de Costa
Rica.—Lista de abogados (as) habilitados (as) por haber
sido suspendidos por morosidad.—El Colegio de Abogados de Costa Rica, informa que en
sesión de junta Directiva Nº 08-06 de fecha 6 de marzo del 2006, y ratificada
el 13 de marzo de 2006, se acordó realizar la publicación de los (as) abogados
(as), que han cancelado las cuotas pendientes de colegiatura con sus
respectivas multas. Por lo cual los (as) siguientes abogados (as) quedan
habilitados para el ejercicio de la profesión. Dicha lista tiene corte al 30 de
junio del 2013.
Código Nombre Susp.
Hasta
5652 Ondoy Cantillo Patricia 3-jun-13
4321 Guillén
Elizondo Miguel Ángel 7-jun-13
15006 Cortes
Lacayo Haydee Estella 12-jun-13
1281 Montes
De Oca Delgado Irene 19-jun-13
5809 Ugarte
Bustos Paulino 20-jun-13
5912 Vega
Sánchez Dunia 20-jun-13
10672 Chang
Fonseca Nuria 24-jun-13
16089 Gamboa
Ureña Jorge 25-jun-13
17661 Campos
Marín Nancy Vanessa 28-jun-13
Comuníquese al Consejo
Superior de la Corte Suprema de Justicia y a la Dirección Nacional de Notariado.—Procedimiento
Administrativo.—Luis Diego Santana Baldares, Instructor.—1 vez.—O. C.
009228.—Solicitud 982-00081.—(IN2013050481).
Lic. Minor
Chavarría Vargas Juez del Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial
de Alajuela (San Ramón). Hace saber a Andrea Arroyo Chávez, (tercera poseedora)
que en este Despacho se interpuso un proceso ejecutivo hipotecario en su
contra, bajo el expediente número 04-000220-0296-CI donde se dictó la
resolución que literalmente dice: “Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón). A
las trece horas y catorce minutos del nueve de abril del año dos mil diez.
Conforme se solicita, se ordena verificar un nuevo señalamiento para sacar a
remate el bien inmueble, finca del partido de Alajuela matrícula de Folio Real
número trescientos sesenta y ocho mil quinientos ochenta y uno-cero cero cero y para tal efecto se señalan las catorce horas del dos
de junio de dos mil diez. Publíquese el edicto de ley. La base será la misma
fijada en autos, sea la suma de cuatro millones de colones. Se ordena notificar
a la tercera poseedora Andrea Arroyo Chávez, a fin de que en el plazo de ocho
días cancele la deuda o abandone el inmueble a la ejecución. Para notificar a
la señora Andrea Arroyo Chávez personalmente o en su casa de habitación en la
siguiente dirección: Turrúcares, a Alajuela,
ochocientos metros oeste del cementerio. Para tal efecto se comisiona al
Delegado de la Policía de Turrúcares, Alajuela.
Previo a expedir la comisión ordenada en autos deberá la parte interesada
aportar copia del expediente como en derecho corresponde. Una vez
aportado lo prevenido se procederá a confeccionar la comisión ordenad, la cual
quedará a disposición de la pare interesada en la Secretaría del Despacho para
su retiro y diligenciamiento personal. Lic. Minor
Chavarría Vargas, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso ejecutivo
hipotecario de Carmen María Jiménez Badilla contra Ana Rita Sánchez Araya;
expediente Nº 04-000220-0296-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 1° de agosto
del 2013.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2013053144).
Lic. María del Rocío Quesada
Zamora, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón), a José Manuel Daza Román, en su carácter personal, quien
es mayor, colombiano, casado una vez, de domicilio desconocido, con pasaporte
número PCC cuatro seis cinco dos seis siete dos, se le hace saber que en
expediente 11-000363-0919-FA que es demanda abreviada de divorcio por la causal
de separación de hecho, establecida por María de Los Ángeles Badilla Fernández
contra José Manuel Daza Román, se ordena notificarle por edicto, la parte
dispositiva de la sentencia N° 466-2013 de las diez horas y cincuenta y un
minutos del once de julio de dos mil trece, que en lo conducente dice: “Por
tanto: En conformidad con lo expuesto, se declara con lugar la demanda
abreviada de divorcio interpuesta por la señora María de Los Ángeles Badilla
Fernández contra José Manuel Daza Román, en los extremos que se indicarán: 1)
Se decreta la disolución del vínculo matrimonial que une a María de Los Ángeles
Badilla Fernández y José Manuel Daza Román; por la causal de separación de
hecho. 2) Las partes no tendrán derecho de reclamarse pensión alimentaria en el
futuro. 3) Por no haberse acreditado la existencia de bienes gananciales, se
omite pronunciamiento al respecto. Una vez firme este fallo, a petición de
parte interesada, expídase la respectiva ejecutoria para ser inscrita en el
Registro Civil, Sección de Matrimonios de la Provincia de San José, al margen
del tomo 459, folio 78 y asiento 156. Se resuelve el proceso sin especial condenatoria en costas. Se advierte a las partes el derecho
de apelar este fallo ante el Superior Jerárquico, dentro del tercer día contado
a partir de su notificación. Notifíquese esta sentencia al accionado por medio
de edicto. Notifíquese.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón.—Lic. María del
Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—(IN2013053237).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el
artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella
dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso
de insania de Gómez Hernández Jeannory, cédula
4-159-745 a favor de León Garita Gilberto Manuel, cédula 4-155-822. Expediente
N° 11-001254-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia,
29 de octubre del 2012.—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1
vez.—(IN2013053238).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo
236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro
del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de
insania de Carmen de La Cruz Rojas Vargas, quien es mayor, soltera,
costarricense, vecina de Alajuelita, cédula ocho-
cero cero cuarenta y cinco- cero ciento treinta y
cinco. Expediente número 2013-400287-0216-FA.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita,
16 de julio del 2013.—Lic. Jainier Alonso Gamboa
Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2013053239).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el
artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella
dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso
de insania de Martina Brenes Bejarano en favor de Isandro
Orozco Brenes. Expediente número 13-000167-0675-FA-D.—Juzgado
de Familia de Turrialba, 05 de julio del 2013.—Lic. Elmer Rojas Aguilar,
Juez.—1 vez.—(IN2013053241).
Msc. Mauricio Chacón Jiménez, Juez de Familia de
Heredia, hace saber a Gerald Antonio Montiel Rodríguez, cédula 05-0351-0237,
quien es mayor, soltero, de paradero desconocido, que en el proceso de
suspensión patria potestad y depósito judicial, establecido por el Patronato
Nacional de la Infancia en contra suya y en contra de Angélica María García
Elizondo, cédula 01-1547-0359; la cual se tramita bajo el expediente N°
13-000215-0364-FA, se ordenó notificarlo por edicto de la resolución que dice:
“Juzgado de Familia de Heredia, a las diez horas y cincuenta y seis minutos del
dieciséis de mayo del año dos mil trece. De la anterior demanda Suspensión
Patria Potestad y Depósito Judicial establecida por el accionante Angélica
María García Elizondo, Gerald Antonio Montiel Rodríguez por el plazo perentorio
de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con
la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al
contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para
su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos
de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si
los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o
rectificaciones.- En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que
tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los
testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Parte interviniente: Por
existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato
Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio del
casillero 403 de estos Tribunales, quedando las copias en el despacho para su
retiro. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente
debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2
de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que,
si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial,
Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan
suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de
nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la
parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a
presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y
si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios
profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los
Consultorios Jurídicos, en Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se
encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los
miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00
horas, teléfono central número 2207-4223. En otros lugares del país hay otras
universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe
ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse
la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y
1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)” Siendo que la Ley Nº 8687, Ley
de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en
vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión
alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un
lugar para atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás procesos, las
partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son:
Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios
distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la
omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34).
Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo
indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de
previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología
de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no
cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente:
Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial
a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba
hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al
buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información
pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste
en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el
Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el
correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un
informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De
confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a
la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de
la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Otros extremos: Se otorga el
depósito judicial provisional del menor de edad Sebastián Montiel García a los
señores Karla Rivera Elizondo y Josué Vargas Zúñiga. Para lo cual deberá la
parte promovente informarles que deben comparecer a
este despacho en el plazo de tres días, a aceptar y jurar el cargo, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 del Código de Familia. Lo
anterior, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar
un profesional en derecho en su lugar. Nombramiento de curador: De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de
proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena
expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263
del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta
Nacional y la parte interesada deberá estar atenta a su publicación. De igual
manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro
de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado
inscrito en el país, así como Certificación de Movimientos Migratorios del
demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del
Ministerio de Seguridad Pública. Honorarios de curador procesal: Se ordena
remitir oficio a la Administración de Heredia a fin de que indiquen si asumen o
no el pago de honorarios de curador procesal, que se asignará al demandado
Gerald Antonio Montiel Rodríguez, correspondiendo a la suma de cincuenta mil
colones, que es el monto fijado en este despacho para tales efectos. Citación
testigos: Se previene a la parte actora que en el plazo de una semana presenten
al despacho dos testigos, para que bajo juramento, respondan las preguntas que
se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador
procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso
no podrá avanzar. Notificaciones: Notifíquese esta resolución al (los)
demandado(s) Angélica María García Elizondo, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real.
Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se
comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de Heredia, quien la
podrá diligenciar en el lugar que se indica. Y al señor Gerald Antonio Montiel
Rodríguez se ordena notificarle por medio de edicto.—Juzgado
de Familia de Heredia.—Msc. Mauricio Chacón
Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2013053242).
Mauricio Chacón Jiménez,
Juez de Familia de Heredia, hace saber a Denis Gerardo Quirós Muñoz, quien es
mayor, casado, profesión desconocida, domicilio desconocido, cédula 0205060734,
y a Flavio Antonio Pérez Delgado, quien es mayor, estado civil desconocido,
profesión desconocida, domicilio desconocido, cédula de identidad desconocida,
que en proceso especial de protección de niñez y adolescencia establecido por
el Patronato Nacional de la Infancia en contra de ellos dos y de la señora
Ángela Yolanda González Lumgh, cédula 06-0312-0999,
bajo el número de expediente 13-000486-0364-FA, se les ha concedido el plazo de
tres días, para que manifiesten su conformidad o para que se opongan a este
proceso, y además se ordenó notificarles por edicto las resoluciones que dicen:
“Juzgado de Familia de Heredia, a las once horas y doce minutos del veinte de
junio del año dos mil trece. Se tiene por establecido el presente proceso de
protección a la niñez y la adolescencia en sede judicial que promueve el
Patronato Nacional de la Infancia en favor del(os) menor(es) Estiven Gerardo
Quirós González y Alvin Josué Pérez González. Se
tiene a la vista el expediente levantado en sede administrativa. Se tiene a la
vista el expediente levantado en sede administrativa. Se convoca a las partes a
una audiencia oral y pública que se celebrará en la sede de este Juzgado a las
trece horas treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil trece
(artículos 144 inciso b), 143, 144 y 145 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). En esta audiencia las partes podrán proponer pruebas, las cuales
se evacuarán, de ser admitidas, en la misma comparecencia. Las partes y sus
testigos deberán presentarse puntualmente y con su documento de identidad
vigente. Prevención: Se le previene al Patronato Nacional de la Infancia en el
plazo de tres días demostrar mediante documento idóneo la debida publicación
del edicto que se efectuó en el Proceso Administrativo, para notificar a los
padres de las personas menores de edad Estiven Gerardo Quirós González y Alvin Josué Pérez González sobre dicho asunto. Juzgado de
Familia de Heredia, 15 de julio del 2013 Visto el escrito presentado el día 12
de julio de 2013 por la Licda. Ana Julieta Hernández Issa
El Khoury, de folio 74, se resuelve: En virtud de que
el edicto para notificar a los señores Denis Gerardo Quirós Muñoz y Flavio
Alberto Pérez Delgado no fue debidamente diligenciado por la Oficina Local del
PANI ubicada en Alajuela (ver f. 36 y 37); el mismo será enviado
electrónicamente por este despacho a la Imprenta Nacional y la parte interesada
deberá estar atenta a su publicación. Asimismo, se le informa a las partes que
se mantiene el señalamiento de la audiencia oral y privada del próximo viernes
19 de julio de 2013 a las trece horas y treinta minutos. Sin embargo, el
dictado de la sentencia quedará sujeto a la publicación del edicto y a que los
progenitores no se opongan; y en caso de existir oposición se anulará la
audiencia y se volverá a realizar.—Juzgado de Familia de Heredia.—MSc. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2013053245).
Se avisa al señor Cecilio
Alberto Bennette Benn,
mayor, cédula de identidad número 9-083-132, con demás calidades y domicilio
desconocidos, es representada por el curador procesal licenciado Alejandro
Fernández Carrillo hace saber que existe proceso N° 12-000499-0673-NA de
declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Darkgable D Jorkaeff Bennette Romero establecido por James Michael Peppard Hilsop contra Cecilio
Alberto Bennette Benn, se
ha dictado la resolución de las catorce horas doce minutos del doce de octubre
del dos mil doce, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se
pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de
conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte
a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su
curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez
recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado
de Familia, Niñez y Adolescencia, 02 de julio 2013.—Lic. Yerma Campos
Calvo, Jueza.—1 vez.—(IN2013053247).
Lic. Sandra Saborío Artavia, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, San Carlos, hace saber, que en Proceso Especial de Filiación
(Declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación de paternidad), incoado
por Yerlin Cerdas González, contra Javier Emilio Cruz
y Raúl Antonio Zamora Villalobos, expediente número 12-400913-924-FA (NI.
926-12), se dictó la resolución que en Síntesis dice: “Juzgado Penal Juvenil y
de Familia de San Carlos, Ciudad Quesada, a las trece horas diez minutos del
siete de mayo del dos mil trece. De la presente demanda proceso especial de
filiación, declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación de paternidad
presentada por Yerlin Cerdas González contra los
señores Javier Emilio Cruz (representado por su curador procesal), y Raúl
Antonio Zamora Villalobos, se confiere traslado por el plazo de diez días
hábiles a dichos demandados para que la contesten, apercibidos de que si no lo
hiciere en tiempo y forma, podrá tenerse por contestada afirmativamente la
demanda. En cuanto a los hechos que le sirven de fundamento deberán contestar
uno por uno y manifestar categóricamente si los reconoce como ciertos, si los
admite con variantes o rectificaciones. En caso de que no se conforme con lo
que se pide en la demanda expondrá con claridad las razones que tenga para su
negativa y los fundamentos legales en que se apoye. Por existir un menor de
edad interesado, se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia, a
quien se le confiere audiencia e intervención y se le notifica la presente
resolución, por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del
circuito. Se le previene a las partes que de conformidad con la Ley de
Notificaciones Judiciales Nº 8687 debe indicar medio (fax de línea exclusiva,
correo electrónico debidamente autorizado, casillero debidamente asignado, o bien
en estrados, en caso de no contar con los medios anteriormente dichos) donde
atender sus notificaciones, bajo apercibimiento de que mientras no lo haga o si
el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho,
las resoluciones que se dicten posteriormente se le tendrán por notificadas con
el sólo transcurso de veinticuatro horas luego de dictadas. En otro orden, se
previene a las partes Yerlin Cerdas González, Javier
Emilio Cruz y Raúl Antonio Zamora Villalobos que a las catorce horas del
veintisiete de mayo del dos mil trece, deben presentarse junto con el menor Cristofer Antonio Cruz Cerdas, al Departamento de
Laboratorio del Organismo de Investigación Judicial, ubicado en San Joaquín de
Flores-Heredia (detrás del cementerio, doscientos metros norte, cien al oeste y
trescientos al noreste de la Fábrica Lovable), para
el examen de comparación de grupos sanguíneos solicitado. No es necesario que
se presenten en ayunas, pero si deberán llevar su cédula de identidad los
mayores y la constancia de nacimiento del menor.- A la actora y demandado s se
les hace saber, que de conformidad con el artículo 98 del Código de Familia, la
parte que sin motivo alguno se niegue a practicarse esa importante prueba, será
considerado ese proceder como malicioso. Además esa circunstancia podrá ser
tenida como un indicio de veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha
prueba, de ahí la importancia de mantener o señalar un medio donde escuchar
notificaciones. Al demandado Javier Emilio Cruz por encontrarse ausente, se le
notificará este auto por medio de su curador procesal y de edicto; el señor
Raúl Zamora Villalobos será notificado en forma personal o bien por cédulas en
su casa de habitación, mediante comisión a la Oficina Centralizada de Notificaciones
de estos Tribunales, y a la actora en el medio elegido. Por medio de edicto,
que se publicará por única vez en el Boletín Judicial, se cita y emplaza
a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro
del plazo de tres días que se contaran a partir de la publicación del edicto
ordenado, lo cual se remitirá a la imprenta Nacional de forma electrónica.
Quedan las copias de la demanda respectiva en la secretaría de este Despacho a
disposición del curador nombrado, comuníquese. Notifíquese.—Juzgado
de Familia Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada,
7 de mayo del dos mil trece.—Lic. Sandra Saborío Artavia,
Jueza.—1 vez.—(IN2013053248).
Licenciada Patricia Vega
Jenkins. Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
a los/as interesados/as, se les hace saber que en proceso insania, establecido
por María Isabel Rojas Castro, expediente: 12-000366-0292-FA, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 100736-2013.
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas
y treinta minutos del veintisiete de mayo de dos mil trece. Proceso judicial no
contencioso de declaratoria de insania promovido por María Isabel Rojas Castro,
quien es persona mayor de edad, casada, licenciada en enfermería, vecina de
Antenas, titular de la cédula de identidad número 2-347-924, a efecto de que se
declare como persona insana y se designe como curadora de Martín Eugenio
Rodríguez Arias, quien es persona mayor de edad, casado, sin oficio, cédula
4-121-810, soltero, portador de discapacidad permanente de tipo auditiva y de
habla (sordomudo). Se designó como curadora provisional a la promovente Rojas Castro. Resultando: 1. 2. 3. 4....
Considerando: 1. Hechos probados: 1) 2) 3) 4) 5), II. Sobre el fondo. III.
Sobre la prueba. IV. Sobre la curatela. V. Costas. Por tanto: acorde con todo
lo anteriormente expuesto y en virtud de la normativa de cita se determina
procedente acoger el presente proceso. Se declara como persona insana al señor
Martín Eugenio Rodríguez Arias y se nombra como su curadora definitiva a la promovente de este proceso y quien ha venido desempeñándose
como su curadora provisional, sea su esposa, la señora María Isabel Rojas
Castro, quien deberá comparecer personalmente ante este Despacho a fin de
aceptar y jurar fiel cumplimiento del cargo conferido en el término de tres
días hábiles a partir de la notificación de la presente resolución. Se le
apercibe a la curadora definitiva que el cargo conferido no solo implica la
administración diligente del patrimonio de la persona insana, sino
principalmente su deber de velar por su bienestar integral tanto físico como
emocional. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria
en costas. Publíquese esta resolución por una única vez en el Boletín
Judicial. A la firmeza de esta sentencia, se ordena su inscripción mediante
ejecutoria ante el Registro Público y ante la Sección de Personas del Registro
Civil, provincia Heredia, al tomo 121, página 405, asiento 810. Se exime a la
curadora de rendición de garantía con fundamento en los numerales 236 y 237 del
Código de Familia. La misma rendirá informe anual de su administración dado que
la persona insana cuenta con bienes muebles e inmuebles de valor en su patrimonio
personal. Se informa a las partes sobre la posibilidad de recurrir esta
resolución en el plazo de ley. Notifíquese.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—MSc.
Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013053425).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Federico
Jiménez Calvo, mayor, técnico en redes dos, vecino de Santa Bárbara de Heredia,
portador de la cédula de identidad número cinco doscientos ochenta y cinco-quinientos
siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 08-000803-0926-CI.—Juzgado Civil de
Heredia, 29 de julio del 2013.—Lic. Karol Solano
Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2013053441).
Licenciado Manuel Rodríguez
Arroyo, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
(Pérez Zeledón), al señor José Joaquín Esquivel Pereira, quien es mayor de
edad, casado dos veces, profesión u oficio desconocidos, portador de la cédula
de identidad número siete-cero setenta y cuatro-ochocientos ochenta y seis,
domicilio ignorado, se le hace saber que en: Proceso Especial de Filiación
impugnación de reconocimiento, Exp. 12-000392-0919-FA, establecido por Jenifer Esquivel Elizondo contra José Joaquín Esquivel
Pereira y Yadira Elizondo Jiménez, en el cual se dictó la Sentencia de Primera
Instancia número 453-2013 a las diez horas del día dos de julio del año dos mil
trece, cuya parte dispositiva literalmente dice: “De conformidad con lo
anterior y artículos de leyes citados se declara parcialmente con lugar el
presente proceso especial de filiación, de impugnación de reconocimiento
promovido por Jenifer Esquivel Elizondo contra José
Joaquín Esquivel Pereira, declarándose que Jenifer
Esquivel Elizondo no es hija de José Joaquín Esquivel Pereira y por tanto debe
dejar de llevar su apellido paterno Esquivel y así se comunicará al Registro
Civil Sección de Nacimientos, a fin de que lleve únicamente los apellidos de su
madre a saber: Elizondo Jiménez en la provincia de San José bajo tomo mil
trescientos cincuenta y cinco (1355), página sesenta y uno (61), asiento ciento
veintidós (122), extinguiéndose todo vínculo legal del demandado José Joaquín
Esquivel Pereira respecto a Jenifer. Simultáneamente
se declara sin lugar la presente demanda contra Yadira Elizondo Jiménez. Sin
especial condenatoria en costas. De conformidad con el numeral 263 del Código
Procesal Civil se ordena la publicación de la parte dispositiva de esta sentencia
en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 4 de
julio del 2013.—Lic. Manuel Rodríguez Arroyo, Juez.—1
vez.—(IN2013053551).
Msc. Agustín Díaz Delgado. Juez del Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Daniel Miyares
Fundora, en su carácter personal, quien es mayor, de
domicilio desconocido, pasaporte D176062205501, se le hace saber que en demanda
autorización salida país, establecida por Wendy María Rodríguez Artavia contra Daniel Miyares Fundora, expediente: 12-001814-0292-FA se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas y doce
minutos del veintinueve de mayo de dos mil trece. Del anterior proceso de
autorización de salida del país, establecido por Wendy María Rodríguez Artavia, se confiere traslado por el plazo perentorio de
cinco días a Daniel Miyares Fundora
ausente y representado por la curadora procesal Lic. Katia Ledezma
Padilla, (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer
escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Notifíquese a
el Patronato Nacional de la Infancia por medio de la a la Oficina de
Comunicaciones y otros Comunicaciones de este circuito. Se tiene por contestada
la demanda por parte de la Curadora Procesal del demandado, visible a folios 31
y 32, una vez vencido el plazo continúese con el procedimiento
correspondiente.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Agustín Díaz Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2013053552).
Licenciada Patricia Cordero
García. Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Li Zhou
Ruiliang, se le hace saber que en proceso Depósito
Judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia de Cartago. A las trece horas y veintitrés minutos del veintisiete de
febrero del año dos mil trece. Del presente proceso de depósito de las menores
de edad Casandra Daniela y Daniela de los Ángeles ambas Li Ramírez y Estefany
Pamela Ramírez Torres, promovido por Patronato Nacional de la Infancia, se
confiere traslado por tres días a María de los Ángeles Ramírez Torres y Li Zhou Ruiliang, a quienes se les
previene que en el primer escrito que presente deben señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio
de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a María de los Ángeles Ramírez
Torres, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de
habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona al señor Delegado
Policial del Distrito de San Diego, cantón La Unión de la provincia de Cartago.
Siendo que se desconoce el domicilio del señor Li Zhou
se ordena notificarle por medio de edicto, que se publicará por única vez en el
Boletín Judicial, por medio del cual se cita y emplaza a todos los que
tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Se aprueba el Depósito Provisional de las personas menores de edad
citadas en el hogar de la abuela materna la señora Flora Ramírez Torres.
Notifíquese, Lic. Patricia Cordero García, Jueza. Lo anterior por haberse
ordenado así en depósito judicial promovente
Patronato Nacional de la Infancia interesados María de los Ángeles Ramírez y Li
Zhou Ruiliang. Expediente
N° 13-000412-0338-FA. Al desconocerse el domicilio de la señora María Ramírez
Torres, se ordena publicar el edicto de ley. Notifíquese.—Juzgado
de Familia de Cartago, a las nueve horas y cuarenta
y siete minutos del cinco de julio del año dos mil trece.—Lic. Patricia Cordero
García, Jueza.—1 vez.—(IN2013053555).
Se avisa a la señora Rosibel Barrera Jarquín, mayor,
nicaragüense, soltera y demás calidades desconocidas, que en este juzgado, se
tramita el expediente 13-000308-0673NA, correspondiente a diligencia de
depósito judicial, promovida por la Licenciada Ileana Ballard
Romero, en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de
edad Darilu Zeledón Barrera. Se le concede el plazo
de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas
diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 10 de julio del dos mil trece.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(IN2013053558).
Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia del Primer
Circuito Judicial de San José, hace saber al demandado Uriel de Jesús García
Dávila, de nacionalidad nicaragüense, identificación número 27012880466639,
pasaporte C1708609, de paradero actual desconocido. Que en este despacho y con
el expediente número 12-000025-0187-FA se tramita el Proceso Abreviado de
Suspensión de Patria Potestad incoado por la señora Wensis
Yajaira Huete Quintana; se dictó una resolución que
dice: Juzgado Segundo de Familia de San José. A las quince horas y dieciocho
minutos del nueve de julio de dos mil trece. Teniendo por aceptado el cargo
conferido por parte de la Licenciada Alejandra Picado Ortega en el folio 66,
del anterior proceso abreviado de suspensión de patria potestad que establece
la señora Wensis Yajaira Huete
Quintana contra Uriel de Jesús García Dávila se confiere traslado por el plazo
de diez días para que en la persona de su curadora procesal Licenciada
Alejandra Picado Ortega la conteste en la forma que indica el artículo 305 en
relación con el artículo 422 ambos del Código Procesal Civil. Con relación a
los hechos de la demanda deberá manifestar si los rechaza por inexactos, los
acepta como ciertos o si los admite con variantes o rectificaciones, las
razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya;
en esta oportunidad ofrecerá pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y
generales de los testigos, y sobre cuáles hechos serán interrogados, sin
interrogatorio formal. Se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Se le previene a la parte demandada y al ente estatal que en su
primer escrito que presenten, deberán indicar el medio (casillero, fax, correo
electrónico) o lugar (en caso del PANI), para recibir notificaciones. Lo
anterior con apercibimiento de que las futuras resoluciones que se dicten se
les tendrán por debidamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro
horas; igual consecuencia producirá para ambas partes si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o no existiere. Conforme a lo
dictado en el artículo 263 del Código Procesal Civil se ordena la confección
del edicto de ley para que sea publicado por una sola vez en el Boletín
Judicial, para ello el mismo será remitido vía Sistema de Publicación de Edictos.
Notifíquese la presente resolución a la Licenciada Picado Ortega en la Defensa
Pública de Pensiones Alimentarias de este Circuito Judicial, adjúntese un juego
de copias de la demanda. Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal,
Juez.—Juzgado Segundo de Familia de San José, nueve
de julio de dos mil trece.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal,
Juez.—1 vez.—(IN2013053562).
Se avisa que en este
Despacho en el expediente número 13-000190-0687-FA el señor Edwin Rojas
Hernández solicita se apruebe la adopción de individual de mayor de edad de
Alejandra María Arias Elizondo. Se concede a los interesados el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de
su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Grecia,
10 de julio del año 2013.—Lic. Marjorie Salazar
Herrera, Jueza.—1 vez.—(IN2013053574).
Juan Damián Brilla Ramírez,
Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
a María Auxiliadora Araya Sandí y Gerardo Antonio Villalta Mora, en su carácter
de progenitores de los menores Suame Fabiola Araya
Sandí, William Fernando y Carlos Alberto ambos de apellidos Villalta Araya,
quienes son de demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en
proceso depósito judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia,
se ordena notificarle por edicto, las resoluciones que en lo conducente dicen:
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las
trece horas y cincuenta y cinco minutos del veinticuatro de octubre del año dos
mil doce. De las presentes diligencias de depósito del (los) menor(es) Suame Fabiola Araya Sandí y William Fernando y Carlos
Alberto ambos apellidos Villalta Araya, promovidas por, se confiere traslado
por tres días a los señores Gerardo Antonio Villalta Mora y María Auxiliadora
Araya Sandí, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten
deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2
de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que,
si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo
Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución
a los señores Gerardo Antonio Villalta Mora y María Auxiliadora Araya Sandí,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para notificar al señor Gerardo Antonio Villalta Mora y María
Auxiliadora Araya Sandí se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Limón), por localizarse el señor
Villalta Mora en Barrio Limón 2000, primera alameda, segunda casa número 2D y
la señora Araya Sandí, en La Colina de Limón, detrás del Taller Industrial Túnel.
Notifíquese. Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez de Familia de Pococí
y la resolución Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, a las catorce horas treinta y seis minutos del tres de julio del año
dos mil trece. Visto el escrito que corre a folio 26 frente,
presentado por el Lic. Randall Quirós Cambronero,
representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, se le hace ver que
por ser este asunto una actividad judicial no contenciosa es improcedente
nombrar un curador procesal a los demandados, por ende se ordena notificar
mediante edicto por carecer ambos de domicilio conocido. Notifíquese.—Juez de Familia de Pococí Lic.
Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—Juzgado Penal
Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 03
de julio de 2013.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—1
vez.—(IN2013053576).
Se avisa a Néstor José Cajina Moreno, mayor, nicaragüense, pasaporte C0952294, de
oficio y domicilio desconocidos, siendo representados en este proceso por la
Licenciada Ana Cecilia Rivas Tinoco, que en este despacho se dictó dentro del
proceso de Declaratoria Judicial de Abandono, establecido por Luis Antonio
Gómez Gamboa, expediente 11-002631-0165-FA, la sentencia que en lo que interesa
dice: sentencia N° 247-2013 Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, a las diez horas y veinticuatro minutos del veintisiete
de junio de dos mil trece. Resultando: I.—…, II.—…,
III.—… Considerando: I.—Hechos Probados: I.—…,
II.—Sobre El Fondo:… Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9
de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del
Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del
Código de Familia, se declara con lugar la demanda de abandono de la persona
menor de edad Cristopher José Cajina García. Se
extingue al progenitor Néstor José Cajina Moreno en
el ejercicio de la patria potestad. Inscríbase esta sentencia en la Sección de
Nacimientos del Registro Civil, Registro de Naturalizaciones, al tomo noventa y
cuatro, folio cuatrocientos cuarenta y uno, asiento ochocientos ochenta y uno.
Se falla sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2013053577).
Se avisa, a la señora
Arsenia Jiménez Montezuma, mayor, panameña, de
domicilio y demás calidades desconocidas, representado por la curadora procesal
licenciada Marta Eugenia Cedeño Jiménez, hace saber que existe proceso N°
11-400423-0921-FA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de
edad Celedonio Jiménez Montezuma, establecido por el
Patronato Nacional de la Infancia en contra de Arsenia Jiménez Montezuma, que en resolución dictada por el Juzgado de
Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las once horas
quince minutos del veintitrés de noviembre dos mil once, que en lo conducente
dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se
pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de
conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a
la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso
con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de
Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Lic.
Juan Carlos Sánchez García.—Juzgado de Niñez
y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de
San José, 1° de julio del 2013.—Msc. Milagro
Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2013053578).
Se avisa a los señores José
Daniel Sequeira Medina, mayor, cédula 1-1368-0836 mayor, costarricense y demás
calidades desconocidas y Kimberly Melissa Loaiza Coto, mayor, cédula
1-0011309-697, costarricense, y demás calidades desconocidas, que en este
juzgado, se tramita el expediente 12-000376-0673NA, correspondiente a
diligencia de depósito judicial, promovida por el Licenciado Jorge Alonso
Rodríguez Ulate, en calidad de Representante Legal
del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el
depósito de la persona menor de edad Allison Mariela Sequeira Loaiza. Se le
concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o
se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de julio del dos
mil trece.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—(IN2013053580).
Se avisa a Joseline Cortés Quirós, mayor, cédula de identidad número
1-1523-358, de oficio y domicilio desconocidos, siendo representada en este
proceso por el Licenciado William Eduardo Sequeira Quirós, que en este despacho
se dictó dentro del proceso de Declaratoria Judicial de Abandono, establecido
por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por el licenciado
Roberto Marín Araya, expediente 12-000485-0673-NA, la sentencia que en lo que
interesa dice: sentencia N° 263-2013 Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, a las trece horas y treinta minutos del dos de
julio de dos mil trece. Resultando: I.—…, II.—…,
III.—… Considerando: I.—Hechos Probados: I.—…, II.—…
Sobre El Fondo:… Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de
la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código
de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de
Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de la
persona menor de edad Keilyn Fiorela
Cortés Quirós. Se extingue a su madre Joseline Cortes
Quirós el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial de la
niña Keilyn Fiorela Cortés
Quirós en el hogar de la señora Virginia Hidalgo Hernández, quien deberá
apersonarse dentro de tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia
en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, al tomo
dos mil ciento veintinueve, folio doscientos cincuenta y siete, asiento
quinientos catorce. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el
edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2013053582).
Se avisa a los señores
Ronald Vargas Mena, mayor, cédula 1-979-807, costarricense y demás calidades
desconocidas y Stephanie Lobo Morales, mayor, cédula 1-1491-0897, costarricense
y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el Expediente
13-000108-0673-NA, correspondiente a diligencia de depósito judicial, promovida
por la licenciada María Elena Roig Vargas, en calidad de representante legal
del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el
depósito de la persona menor de edad Rachel Maryel
Vargas Lobo. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten
su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 1° de
julio del dos mil trece.—MSc. Milagro Rojas Espinoza,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013053588).
Se avisa, al señor Ricardo
Claudio Carrizo, mayor, casado, argentino, cédula de residencia número
103200040063, de domicilio desconocido, representado por el curador procesal
licenciado Juan Pablo Ruiz Imbert, hace saber que existe proceso N°
13-000114-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de
edad Joel Yareth Carrizo Moncada, establecido por el
Patronato Nacional de la Infancia contra de Ricardo Claudio Carrizo y Leydi Margarita Moncada Rivera que en resolución dictada
por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José
a las once horas y cuatro minutos del diecisiete abril del dos mil trece, que
en lo conducente dice: Se le concede el plazo de cinco días a dichos accionad
os para que se pronuncie n sobre la misma y ofrezca n prueba de descargo si es
del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se
le advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso
seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123
del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia.
Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 24 de junio de 2013.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2013053589).
Se avisa
al señor Leonel Vásquez Espinoza,
mayor, cédula 1-0493-0875, costarricense, soltero, jardinero y demás calidades
desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 13-000149-0673-NA,
correspondiente a diligencia de depósito judicial, promovida por el licenciado
Ernesto Romero Obando, en calidad de representante legal del Patronato Nacional
de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona
menor de edad Abraham Vásquez Madrigal. Se le concede el plazo de tres días
naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de junio del dos mil trece.—MSc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013053591).
Se avisa, al señor Pablo
Sosa González, mayor, cubano, pasaporte número D1740713216, representado por la
curadora procesal licenciada Tanya Zamora Simón, hace
saber que existe proceso N° 13-000189-0673-NA de declaratoria judicial de
abandono de la persona menor de edad Julio David Sosa Rojas, establecido por el
Patronato Nacional de la Infancia en contra de Ana Live Rojas Rojas y Pablo Sosa González, que en resolución dictada por
el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a
las catorce horas y treinta y cinco minutos del veinte de mayo dos mil trece,
que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dichos
accionados para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo
si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de
Familia. Se le advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho,
el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el
artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará
sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de junio de
2013.—Lic. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2013053592).
Se avisa a la señora Ana
Laura Berrios Obando, mayor, cédula 1-1326-0128, costarricense y demás
calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el Expediente
13-000198-0673-NA, correspondiente a diligencia de depósito judicial, promovida
por la licenciada Raquel González Soro, en calidad de representante legal del
Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito
de las personas menor de edad Eilyn Sofía Moya
Barrios, Sara Vanessa Víquez Barrios y Vinicio David Víquez Barrios. Se le
concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o
se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de junio del dos
mil trece.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2013053593).
Se avisa que en este
Despacho el señor Giovanny Mora Ureña, solicita se apruebe la adopción
individual de la persona menor de edad Alannys
Gutiérrez Alvarado. Se concede a todos los interesados directos el plazo de
cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los
motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la
misma. Expediente 13-000265-0673-NA Juzgado de la Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 20 de junio del 2013.—MSc. Milagro Rojas Espinoza,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013053594).
Se avisa que en este
Despacho los señores Manuel Emilio Araya Padilla y Silvia Andrea Ramírez
Schmidt, solicitan se apruebe la adopción conjunta y cambio de nombre de la
persona menor de edad Nayeli María Parra Abarca. Se
concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente
13-000266-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de junio del
2013.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2013053595).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela Ángela Rodríguez
Chavarría, mayor, soltera, costarricense, cédula de identidad número 502510937,
vecina de Liberia, Guanacaste, conforme con el artículo 236 del Código de
Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince
días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por
Paulina Rodríguez Chavarría. Expediente número 13-000266-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 17 de abril del 2013.—MSc.
Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013053596).
Se avisa que en este
Despacho los señores Ana Johanna Jiménez Núñez y Leonardo Enrique Hidalgo
Acuña, solicitan se apruebe la adopción conjunta y cambio de nombre de la
persona menor de edad David Natahel Barrios Gutiérrez.
Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para
formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente
13-000275-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de junio del
2013.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2013053597).
Se avisa que en este
Despacho los señores Huberth Roberto Moraga Cascante
y Patricia Lorena Quesada Oreamuno, solicitan se
apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Brandon Josué Mata
Porras. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para
formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente
13-000312-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de julio del
2013.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2013053598).
Se avisa que en este
Despacho el señor Carlos Zagal Villa, solicita se apruebe la adopción
individual de la persona menor de edad Ashly Nicole
Rivas Agüero. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de
su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.
Expediente 13-000315-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de julio del
2013.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2013053599).
Se avisa a la señora Ana
Victoria Alpízar López, mayor, cédula 1-1323-452, costarricense y demás
calidades desconocidas, que en este juzgado, se tramita el expediente
13-000316-0673-NA, correspondiente a diligencia de depósito judicial, promovida
por la licenciada Yenory Rojas Herrera, en calidad de
Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita
que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Hillary Jimena Solís
Alpízar. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su
conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de
julio del dos mil trece.—MSc. Milagro Rojas Espinoza,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013053600).
Lic. Patricia Cordero García
Jueza del Juzgado de Familia de Cartago; hace saber a Kerlyn
Barquero Víquez, que en este Despacho se interpuso un proceso declaratoria
judicial abandono en su contra, bajo el expediente número 13-000940-0338-FA
donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia
de Cartago, a las dieciséis horas y veintiséis minutos del tres de junio del
año dos mil trece. Tomando en cuenta el interés superior de la persona menor de
edad y siendo que los escritos presentado a los autos por el ente actor se hizo
dentro del término de ley para que quedara firme la resolución que declaró la
inadmisibilidad, es que se revoca la resolución dictada a las nueve horas catorce
minutos del veinticuatro de mayo del año en curso y en su lugar se resuelve: Se
tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono
del menor Alina Naomi Barquero Víquez, planteado por Patronato Nacional de la
Infancia, contra Kerlyn Barquero Víquez, a quien se
le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie
sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los
artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer
escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h)
lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de
cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia
oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez
recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la
demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de
habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Previo a nombrar curador procesal, envíese los
oficios de estilo con el fin de conocer su domicilio. Notifíquese. Lo anterior
se ordena así en proceso declaratoria judicial abandono de Patronato Nacional
de la Infancia contra Kerlyn Barquero Víquez.
Expediente Nº 13-000940-0338-FA.—Juzgado de Familia
de Cartago, 18 de julio del año 2013.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013053604).
Joshúa José Bogantes Jiménez, con cédula de identidad
dos-seiscientos cincuenta y uno-doscientos cuarenta y tres y Estefany Solano
González con cédula de identidad dos-setecientos veinte-setecientos noventa y
nueve, contraerán matrimonio civil en la notaría del Bufete González Zamora, en
la ciudad de Grecia. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de
algún impedimento legal para que dicho matrimonio se realice, deberá
manifestarlo ante dicha notaría, dentro de los ocho días siguientes a esta
publicación.—Lic. Ana Vanessa González Zamora, Notaria.—1 vez.—(IN2013052156).
Han comparecido en este
despacho solicitando contraer matrimonio civil Federico Borbón Huertas, mayor,
de treinta y tres años de edad, estado civil soltero, oficio agente de policía,
costarricense, portador de la cédula de identidad número 4-0171-0036, nativo de
Heredia, fecha de nacimiento 31/07/1979, no tengo ninguna discapacidad y vecino
de La Chaves de Horquetas, dos kilometros al este de
la escuela del lugar, casa de zócalo, color blanco con celeste, hijo de Leticia
Huertas Rodríguez y de Federico Borbón Araya y Yorleny
Valladares Palma, mayor de treinta y un años de edad, portadora de la cédula de
identidad número 7-0146-0398, nativa de Guápiles, fecha de nacimiento
04/05/1982, estado civil soltera, oficio ama de casa, no tengo ninguna
discapacidad, vecina de La Chaves de Horquetas, dos km al este de la escuela
del lugar, casa de zócalo, color blanco con celeste, hija de Virginia Palma
Álvarez y de Óscar Rodolfo Valladares Tremiño, ambos
costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de impedimento alguno
para la realización de este acto deberá comunicarlo a este despacho dentro de
los ocho días hábiles siguientes a la publicación de este edicto, bajo el
expediente 13-100008-0377-CI, interno: 48-13-CI.—Juzgado Contravencional Menor Cuantía y Tránsito de
Sarapiquí, Puerto Viejo, 8 de mayo del 2013.—Lic. María Karina Zúñiga Cruz,
Jueza.—1 vez.—(IN2013052916).
Han comparecido ante el
Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés solicitando contraer matrimonio
civil: María Yolanda Cambronero Ureña, sexo femenino,
mayor de 32 años, divorciada, hija de Carlos Cambronero
Cruz y de María Yolanda Ureña Camacho, fecha de nacimiento 13-09-1980 en
Oriental Central Cartago, ama de casa, cédula número 3-0368-0547, vecina de
Santa Marta de Tarrazú, contiguo a la escuela, casa
color melón, teléfono número 8606-1690, no tiene ninguna discapacidad, grado de
escolaridad primaria completa, y Froilán Antonio Fernández Barboza, sexo
masculino, mayor de 26 años, soltero, hijo de Gilberto Fernández Barboza y de
María de los Ángeles Barboza Rivera, fecha de nacimiento 10-07-1986 en Oriental
Central Cartago, desempleado, cédula N° 3-0412-0687, vecino de Santa Marta de Tarrazú, contiguo a la escuela, casa color melón, teléfono
número 8505-0852, no tiene ninguna discapacidad, grado de escolaridad primaria
incompleta. Si alguna persona conoce de impedimento legal alguno para que este
matrimonio se celebre debe indicarlo dentro de los siguientes ocho días hábiles
en este Juzgado. Exp. Nº 2013-100109-0243-CI-4.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, San Marcos de Tarrazú, 1° de julio del 2013.—Lic. Garnier
A. Vargas Barboza, Juez.—1 vez.—(IN2013052992).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores suscritos Jorge
Enrique Solís León, quien es mayor, soltero, de 39 años de edad, oficio chofer,
portador de la cédula 1-880-368, hijo de Tobías David Solís Barboza y Ligia
María León Benavides, costarricense, vecino de las Delicias de Aguas Zarcas, de
la escuela 100 metros al sur, y Jacqueline Murillo Blanco, quien es mayor de 36
años de edad, soltera, de oficio del hogar, portadora de la cédula 1-985-605,
hija de Luz Marile Murillo Blanco, vecina de las
Delicias de Aguas Zarcas, de la escuela 100 metros al sur. Si alguna persona
tuviera conocimiento de la existencia de impedimento legal alguno para la
realización de dicho matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado dentro de los
ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Juzgado de Familia de
San Carlos, veintiocho de mayo del año dos mil trece. Expediente
13-400478-924FA (NI.484-13).—Juzgado Penal Juvenil
y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos.—Msc. Marilene Herra
Alfaro, Jueza.—1 vez.—(IN2013053035).
Ante mí, Lic. Carla Fiorella
Vincenzi Zúñiga, han comparecido solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes Kevin Alberto Pérez Rodríguez, mayor,
soltero, encargado de enfriamiento, vecino de Montano de Bagaces dos kilómetros
al oeste de la escuela, cédula: 4-224-333, hijo de Freddy Alberto Pérez Mata y
de Dinorah María Rodríguez Villegas, ambos costarricenses, nacido en centro,
Central, Heredia, el 8 de setiembre de 1994, actualmente con 18 años de edad, y
Keylin María Alvarado Bustos, menor de edad, soltera,
estudiante, vecina de Montano, Bagaces, dos kilómetros al oeste de la escuela,
citas de nacimiento de conformidad con el Registro Civil, partido de
Guanacaste, tomo: 419, asiento: 792, hija de Víctor Manuel Alvarado Durán y de
Anastasia Bustos Bermúdez, ambos costarricenses, nacida en centro, Liberia,
Guanacaste, el 2 de enero de 1998, actualmente con 15 años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante esta notaría ubicada
en Bagaces, Guanacaste, cincuenta metros al este de la iglesia católica, dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del presente
edicto.—Bagaces, 12 de agosto del 2013.—Lic. Carla Fiorella Vincenzi
Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2013053118).
Han comparecido ante este despacho
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Richard Anthony Douglas Grijalba, mayor de edad, soltero, auditor, cédula de
identidad número 0701600591, vecino de Lourdes de Agua Caliente de Cartago, de
la fábrica de cemento, dos kilómetros al este, casa color papaya, bajando hacia
la planta de la JASEC, hijo de Elizabeth Grijalba Grijalba y Asthon Richard Douglas
Douglas, nacido en Limón, el 03/10/1984, con 28 años
de edad y Cynthia Cristina Hernández Gamboa, mayor de edad, soltera, estudiante,
cédula de identidad número 0304320648, vecina de Lourdes de Agua Caliente de
Cartago, de la fábrica de cemento, dos kilómetros al este, Barrio Barro Morado,
antes de la planta de la JASEC a mano derecha, casa de color Roja, hija de
Norma Gamboa Padilla y Martín Hernández Solano, nacida en Cartago, el
19/11/1988, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio).
Expediente: 13-001402-0338-FA.—Juzgado de Familia
de Cartago, 12 de julio del 2013.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—(IN2013053203).
Han comparecido antes este
despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Jorge Enrique
Valverde Soto, quien es mayor, soltero, de 50 años de edad, electromecánico,
portador de la cédula 01-0587-0100, hijo de Amable Valverde Soto,
costarricense, vecino del cruce del Abanico de Peñas Blancas, 50 m este frente
a un taller mecánico y Urania Estebana Espino
Rodríguez, quien es mayor de 19 años de edad, soltera, ama de casa, portadora
de la cédula de residencia número 155819113816, hija de María Rodríguez Gaitán
y Narcizo Espino Sequeiro,
vecina del cruce del Abanico de Peñas Blancas, 50 m este frente a un taller
mecánico. Si alguna persona tuviera conocimiento de la existencia de
impedimento legal alguno para la realización de dicho matrimonio deberá comunicarlo
a este juzgado dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este
edicto. Expediente: 13-100021-671-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Fortuna del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 11 de julio del 2013.—Lic. Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza.—1 vez.—(IN2013053206).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes, Fernando
Prieto Madrigal, hijo de María Cristina Prieto Madrigal, de padre desconocido,
nacido en Golfito centro, el 4 de setiembre del año 1952, con 60 años de edad,
cédula de identidad Nº 6-0103-0028 y Juana Cristina Cajina
Galo, hija de Erasmo Cajina Rosales y Ceferina del Carmen Galo García, nacida en Managua,
Nicaragua, el 8 de octubre del año 1967, con 45 años de edad, pasaporte Nº
C01380565. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo
ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 13-000100-1086-FA.—Juzgado de Familia de Golfito, 02 de julio del
2013.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1
vez.—(IN2013053226).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes, Deiner Marcelo Cortés Mora, hijo de Luis Elías Cortés Vega
y de Eunices Mora Ramírez, nacido en Golfito centro,
el 22 de setiembre del año 1994, con 18 años de edad, cédula de identidad Nº
6-419-368 y Karla Tatiana Gamboa Segura, hija de Carlos Alberto Gamboa Anchía y Aracelly Segura Sánchez,
nacida en Golfito centro, el 26 de octubre del año 1988, con 24 años de edad,
cédula de identidad Nº 6-0375-0386. Si alguna persona tuviere conocimiento de
que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo
deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados
a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. N°
13-000103-1086-FA.—Juzgado de Familia de Golfito,
04 de julio del 2013.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1
vez.—(IN2013053228).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Esteban Enrique
Ramírez Moya, mayor, soltero, operario en construcción, cédula de identidad
número 0304680923, vecino de Turrialba, Eslabón, Barrio Los Ángeles, 200 metros
norte de la parada de bus, casa de color naranja, frente a la oficina del
acueducto, hijo de Jeannette Moya Trejos y Jorge Ramírez Esquivel, nacido en
Oriental, Central, Cartago, el 02/02/1993, con 20 años de edad, y Kerem Alexandra Brenes Arroyo, mayor, soltera, estudiante,
cédula de identidad número 0304850165, vecina de Turrialba, El Carmen de La
Suiza, de la Escuela de Canadá 500 metros norte, casa de color crema, hija de
Ángela Victoria Arroyo Alfaro y Alexander Brenes Cordero, nacida en centro
Turrialba, Cartago, el 10/02/1995, actualmente con 18 años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de matrimonio) Exp. 13-000243-0675-FA-DM.—Juzgado
de Familia de Turrialba, 11 de julio del 2013.—Lic. Elmer Rojas Aguilar,
Juez.—1 vez.—(IN2013053231).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Jorge Arturo Vega Sotela, mayor, soltero, estudiante, cédula de identidad
número 0503680169, vecino de Barrio La Victoria, Alaska del plays
50 metros oeste, y Carolina Villalobos Ortega, mayor, soltera, estudiante,
cédula de identidad número 0503890821, vecina de Barrio San Miguel 100 este y
400 norte del puente real. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº 13-000506-0938-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 10 de julio
del 2013.—Lic. Sandra Yasenia Trejos Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2013053232).
Margina Yunieth
Hernández García, menor de dieciséis años de edad, soltera, estudiante, de
nacionalidad costarricense, nacida el diecinueve de mayo de mil novecientos
noventa y siete, vecina de El Estero de Puriscal, en
el Precario Loma Linda, tarjeta de identidad de persona menor de edad número
uno-mil seiscientos setenta y seis-cuatrocientos cuarenta y siete, hija de
Santiago Hernández Cerpas, mayor, unión libre, de nacionalidad de nicaragüense,
quien reside en Costa Rica pero no sé la dirección exacta, y de Xiomara García
Morales, mayor, de nacionalidad nicaragüense, unión libre, vecina de mi misma
dirección y Osman Antonio Solís Santana, mayor,
veintiún años de edad, soltero, peón de construcción, vecino de El Estero, en
el Precario Loma Linda, de nacionalidad nicaragüense, nacido el quince de mayo
de mil novecientos noventa y dos, hijo de Norman Antonio Solís Largaespada,
mayor, de nacionalidad nicaragüense, soltero, y reside en Nicaragua, y de Olga Marina
Santana Solís, mayor, de nacionalidad nicaragüense, soltera, reside en
Nicaragua, han comparecido ante este Juzgado, solicitando contraer matrimonio
civil. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio
deberá hacerlo saber a este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la
publicación de este edicto. Exp N° 13-400178-0197-FA.—Juzgado
Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago,
09 de julio del 2013.—Lic. Sirlene Salazar Muñoz,
Jueza.—1 vez.—(IN2013053234).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Minor Solano Rojas, mayor, soltero, trabajador al campo,
cédula de identidad número uno - mil doscientos veinticuatro - ochocientos
treinta y cinco, hijo de Odilio Solano Rodríguez y
Anais Rojas Ulate, nacido en San José, el veinte de
noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro, con veintiocho años de edad, y Yendry Dayanna González Solano,
mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número tres - cuatrocientos
sesenta y cuatro - ochocientos setenta y seis, hija de Carlos Luis González
Soto y Cinthya Solano Ramírez, nacida en centro de Turrialba, Cartago, el
veintidós de julio de mil novecientos noventa y dos, actualmente con veintiún
años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo
ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 13-000250-0675-FA-I.—Juzgado de Familia de Turrialba, 15 de julio del
2013.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1
vez.—(IN2013053243).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Eric Francisco
Zúñiga Solís y Zianny Vanessa Mejía Matarrita, ambos mayores de edad, él soltero y misceláneo,
ella divorciada y empleada doméstica, vecinos de Barrio San Roque de Liberia,
cédulas de identidad números 0602980916 y 0503600718. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio)
Exp. 13-000512-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 12 de julio del 2013.—Lic. Floribeth Palacios Alvarado, Jueza.—1
vez.—(IN2013053246).
Manuel Gerardo Madrigal
Jiménez y María de los Ángeles Zúñiga Mora, cédula por su orden: 7-108-397 y
1-969-628; vecinos de San José, Desamparados, Los Guido, Sector Tres, desean
contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición
de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro
de los ocho días luego de esta publicación. Expediente 13-401025-0637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados.—Licda. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1
vez.—(IN2013053371).
Han comparecido a este
Juzgado solicitando contraer matrimonio civil Jeison
Ramírez Santos, cédula 6-334-503, 29 años de edad, soltero, ebanista,
costarricense, nativo de Puntarenas, Buenos Aires, Potrero, nació el
15-10-1983, hijo de William Ramírez Guerrero y María Santos González, y Maritza
Espinoza Muñoz, cédula 2-606-795, 28 años de edad, soltera, ama de casa, costarricense,
nativa de Quesada, San Carlos, Alajuela, nació el 26-04-1985, hija de Olivia
Espinoza Muñoz, ambos vecinos de Sarchí. Si alguna
persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá
comunicarlo dentro de los ocho días, posteriores a la publicación de este
edicto. Expediente 13-100018-0321-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Valverde Vega, Sarchí, 12 de agosto del 2013.—Lic. Nuria Rodríguez
Gonzalo, Jueza.—1 vez.—(IN2013053449).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Cristiam Gutiérrez Fonseca, mayor, divorciado, empleado
industrial de la Rawlings de Turrialba, cédula de
identidad número tres-trescientos cuarenta y ocho-ciento treinta y ocho, hijo
de María de los Ángeles Gutiérrez Fonseca, nacido en Centro de Turrialba
Cartago, el primero de julio de mil novecientos setenta y siete, con treinta y
seis años de edad, y Belbeth Diana Montero Mora,
mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número uno-mil ciento cincuenta
y cuatro-ciento veintinueve, hija de Victor Hugo
Montero Montero y Elizabeth Mora Mora,
nacida en Hospital central de San José, el veinticinco de octubre de mil
novecientos ochenta y dos, actualmente con treinta años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de Matrimonio). Exp. 13-000236-0675-FA-I.—Juzgado
de Familia de Turrialba, 5 de julio del 2013.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—(IN2013053553).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes, Fernando
Prieto Madrigal, hijo de María Cristina Prieto Madrigal, de padre desconocido,
nacido en Golfito centro, el 4 de setiembre del año 1952, con 60 años de edad,
cédula de identidad Nº 6-0103-0028 y Juana Cristina Cajina
Galo, hija de Erasmo Cajina Rosales y Ceferina del Carmen Galo García, nacida en Managua,
Nicaragua, el 8 de octubre del año 1967, con 45 años de edad, pasaporte Nº
C01380565. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá
manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a
partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Exp.
13-000100-1086-FA.—Juzgado de Familia de Golfito,
2 de julio del 2013.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2013053586).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes, Deiner Marcelo Cortés Mora, hijo de Luis Elías Cortés Vega
y de Eunices Mora Ramírez, nacido en Golfito centro,
el 22 de setiembre del año 1994, con 18 años de edad, cédula de identidad Nº
6-419-368 y, Karla Tatiana Gamboa Segura, hija de Carlos Alberto Gamboa Anchía y Aracelly Segura Sánchez,
nacida en Golfito centro, el 26 de octubre del año 1988, con 24 años de edad,
cédula de identidad Nº 6-0375-0386. Si alguna persona tuviere conocimiento de
que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo,
deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados
a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Exp.
13-000103-1086-FA.—Juzgado de Familia de Golfito,
4 de julio del 2013.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2013053587).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes, Francisco
Javier Ortiz Barrantes e Isabelita Chavarría Arias, ambos mayores de edad,
solteros, vecinos de barrio La Guaria 1 de Liberia, él electromecánico y ella
ama de casa, cédula de identidad 0503340539 y 0206780189. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del
término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de matrimonio) Exp. 13-000148-0938-FA.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 18 de julio del 2013.—MSc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2013053590).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Heylin
de los Ángeles Gorgona Umaña, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad
número 0502970013, nacida en centro Liberia, Guanacaste, el 2/11/1976, y Abel
Ángel Sequeira Linares, mayor, soltero, cocinero, cédula de identidad número
0205780857, nacido en San Rafael, Guatuso, Alajuela, el 19/12/1982, ambos
vecinos de Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº 13-000524-0938-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 16 de julio
del 2013.—MSc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2013053602).
Ante esta notaría, la señorita
Melissa María Espinoza Villegas portadora de la cédula de identidad número
4-195-402 y Mario Esteban Chamberlain Noboa, portador de la cédula de identidad
número 110110093, han solicitado licencia para contraer matrimonio civil. Se
cita a terceros e interesados a presentar las oposiciones si las hubiera
mediante envío de fax al 26532153.—Playa Tamarindo,
Guanacaste, 31 de julio 2013.—Lic. Ricardo Canas Escoto, Notario.—1 vez.—(IN2013053820).
Ante mi notaría se
presentaron Luis Javier Quesada García, mayor de edad, soltero, administrador,
cédula 1-1163-0839 y Varina Jenniver
Chaudhri de un solo apellido en razón de su
nacionalidad alemana, mayor de edad soltera, administradora, pasaporte
CH1HLCX98, ambos solteros, vecinos de Montezuma, Cóbano, Puntarenas, un kilómetro al oeste de la Panadería
Mamá María, calle Bijagua, él nació en San José, el 19 de febrero de 1983, hijo
de Francisco Quesada Huete y Virginia García Mora y
ella nació en Munich el siete de octubre del año
1985, hija de Doris Hella Loutsi
e Igbal Chaudhri ambos de
nacionalidad alemana y dicen que su deseo es contraer matrimonio. Se publica
este edicto para los fines legales correspondientes.—San
José, 24 de julio del 2013.—Lic. Rafael ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—(IN2013054064).
El suscrito
Lic. Armando Fonseca Madrigal, Fiscal de la Fiscalía Adjunta del II Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, comunica a Jacqueline Centeno Madrigal la Acción
Civil Resarcitoria dentro de la causa 10-000568-0485-PE, por el delito de
Lesiones Culposas contra Maynor Mena González
interpuesta por Oficina de Defensa Civil de la Víctima del II Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, en la cual figura como codemandada civil.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica.—Lic. Armando Fonseca Madrigal, Juez.—(IN2013053210).
3 v. 1.
Fiscalía Adjunta del Segundo
Circuito Judicial de San José, a las 10:00 horas del 30 de mayo del 2013. En
vista de que el co-demandado civil Olger Jiménez Berrocal, cédula de identidad Nº 2-0361-0835,
no se ha presentado a esta Fiscalía a fin de comunicarle personalmente la
resolución dictada por este despacho, que da curso a la Acción Civil
Resarcitoria incoada por el señor Carlos Humberto Jiménez Cascante, en contra
de Willy Jiménez Mora, se procede a comunicarle la misma mediante edicto, que
se publicará una sola vez en el Boletín Judicial, confeccionándose el
oficio de estilo, de conformidad con los artículos 115 y 120 del Código
Procesal Penal.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic.
Marvin Vega Arias, Fiscal Auxiliar.—1
vez.—(IN2013042240).
Lic.
Allen Chan Montero, Fiscal Auxiliar-Ministerio Público Cañas, Guanacaste, hace
saber a el señor Elmer Antonio López Aguirre, mayor, vecino de El Salvador,
Colonia Lomas del Río, pasaje G número cinco, con domicilio en El Salvador, que
en la causa N° 09-001344-0068-PE seguida contra Lidier
Jesús Fonseca Ceciliano y Blas Humberto Montoya
Palacios por del delito de robo agravado en daño de Elmer Antonio López
Aguirre, existe resolución de las siete horas cinco minutos del veinte de junio
del dos mil trece, en la cual se ordena comunicarle formulación de acusación y
solicitud de apertura a debate esto en razón de que no tiene domicilio en
nuestro país, por lo que se ordena comunicarle por este medio de conformidad
con el artículo 162 del Código Procesal Penal. Este edicto debe ser publicado
solo una vez. Es todo.—Ministerio Público Cañas,
Guanacaste, 12 de julio del
2013.—Lic. Allen Chan Montero, Fiscal Auxiliar.—1
vez.—(IN2013053236).
Juzgado Penal del Segundo
Circuito Judicial de San José, en la sumaria Nº Único 09-005892-0175-PE por
Infracción a la Ley de Armas en contra de Marco Antonio Ocampo Orozco en
perjuicio de la Seguridad Pública, y de conformidad con el artículo 7 de la Ley
de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la
resolución de las once horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del
año dos mil nueve al representante legal o persona legitimada de la sociedad
Seguridad Técnica Profesional Araya Villalobos Asociados S. A. cedula de
persona jurídica número 3-101-180574, que se ordenó la devolución del arma de
fuego tipo revolver marca Ranger modelo 102 calibre
38 Spl serie 05866C, debiendo su representante
presentar a este Despacho los documentos pertinentes (matrícula del arma,
personería, copia de la cédula jurídica y de la cédula de identidad; así mismo
cuentan con el plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso de no
presentarse se ordenará el comiso a favor del Estado. Es todo.—Juzgado
Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Yogeberth
Mejías Sosa, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013053603).