BOLETÍN JUDICIAL Nº 181 DEL 20 DE SETIEMBRE DEL 2013

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

San José, a las ocho horas del seis de agosto del dos mil trece.

En vista de que no ha sido posible notificar a los particulares propietarios de los vehículos involucrados en colisiones, por desconocerse su paradero, según se cita a continuación, a solicitud de los despachos que se dirá:

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Se hace del conocimiento de estas personas, que de conformidad con lo establecido en el artículo 160 y 161 de la ley de tránsito anterior, tienen derecho a comparecer al despacho judicial dentro del término de ocho días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, a manifestar si desean constituirse como parte o no del proceso, con la advertencia de que no hacerlo, se entenderá que renuncian a ese derecho y los trámites continuarán hasta sentencia.

                                                                                                                                                        Master Ana Eugenia Romero Jenkins,

1 vez.— (IN2013052592)                                                                                                           Subdirectora Ejecutiva

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A: Jorge Castro Olmos, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-695-608, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 12-000912-627-NO establecido en su contra por Registro Civil, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José a las catorce horas veinte minutos del diez de diciembre del dos mil doce. Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial del Registro Civil contra Jorge Castro Olmos, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente en su oficina o en su casa de habitación mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por medio de Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito de San José quienes podrán notificarle en San José Curridabat, Sánchez, 700 metros sureste de Aficentro Bioquim. Así mismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en Curridabat, 50 metros este de la Pops, Edificio Galería del Este, primer piso. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al Registro Civil copia debidamente certificada del domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Notifíquese. Lic. Doni David Panton Moya. Juzgado Notarial. San José a las once horas y dieciocho minutos del quince de julio de dos mil trece. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Jorge Castro Olmos, la resolución dictada a las catorce horas veinte minutos del diez de diciembre de dos mil doce en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 24), y siendo que tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 15) y la misma no se logró notificar (folio 42), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado que los hechos que se le atribuyen son la aparente celebración del matrimonio de Gerardo Seas Chinchilla y María Isabel Alvarado Fernández, determinándose que la cédula de identidad del contrayente se encontraba caduca desde el 04 de octubre de 2012. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Jorge Castro Olmos, cédula de identidad 1-695-608.

San José, 15 de julio del 2013.

Lic. Doni David Panton Moya

                        Juez

1 vez.—Exento.—(IN2013053585)

A: Yesenia Delgado Aguilar, mayor, notaria pública, cédula de identidad número 1-1040-592, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial N° 12-001003-627-NO establecido en su contra por Registro Civil, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José a las catorce horas del diecisiete de enero del dos mil trece. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Registro Civil contra Yessenia Delgado Aguilar, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4°, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente en su oficina o en su casa de habitación mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por medio de Oficina Centralizada de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito de Alajuela quienes podrán notificarle en Alajuela centro, de Llobeth, doscientos cincuenta metros al sur, sobre mano izquierda. Así mismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en Curridabat, 50 metros este de la Pops, edificio Galería del Este, primer piso. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al Registro Civil copia debidamente certificada del domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Notifíquese. Licenciado Doni David Panton Moya, Juez Tramitador. Juzgado Notarial. San José a las catorce horas y treinta minutos del once de julio de dos mil trece. Siendo fallidos los intentos por notificarle a la Licenciada  Yesenia Delgado Aguilar, la resolución dictada a las catorce horas del dieciséis de enero de dos mil trece en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 26), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 14), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son la aparente presentación extemporánea del matronio entre los señores Víctor Manuel Vargas Calvo y María Isabel Román Arias. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensora pública al denunciado(a) Yesenia Delgado Aguilar, cédula de identidad 1-1040-592.

San José, 11 de julio del 2013.

                                                           Lic. Doni David Panton Moya

1 vez.—(IN2013053610)                                      Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 05-000851-0627-NO, de Rafael Ángel Villegas Salazar contra Gerardo Zúñiga Esquivel (cédula de identidad 106840115), este Juzgado mediante resolución N° 412-2012 de las trece horas treinta minutos del veinte de agosto del dos mil doce, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 17 de julio del 2013.

                                                           Lic. Doni David Panton Moya

1 vez.—(IN2013053612)                                      Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000551-0627-NO, de Jorge López Velásquez contra Jorge Luis Corrales Fallas (cédula de identidad 1-707-007), este Juzgado mediante resolución N° 177-2013 de las quince horas treinta minutos del veinte de marzo del dos mil trece, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 16 de julio del 2013.

                                                           Lic. Doni David Panton Moya

1 vez.—(IN2013053613)                                      Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000570-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Gladys Barquero Melchor (cédula de identidad 3-329-305), este Juzgado mediante resolución N° 126-2013 de las nueve horas cuarenta minutos del ocho de marzo del dos mil trece, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio del notariado por cada una de las tres certificaciones autorizadas, para un total de dieciocho meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 16 de julio del 2013.

                                                           Lic. Doni David Panton Moya

1 vez.—(IN2013053614)                                      Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 09-000650-0627-NO, de Livia María Navarro Tencio contra Marco Vinicio Calvo Amador (cédula de identidad 1-578-682), este Juzgado mediante resolución N° 300-2012 de las nueve horas treinta minutos del doce de junio del dos mil doce, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, la cual se mantendrá vigente, pasado ese plazo, hasta la inscripción de los testimonios de escrituras objetos de este proceso. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 16 de julio del 2013.

                                                           Lic. Doni David Panton Moya

1 vez.—(IN2013053615)                                      Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 10-000462-627-NO, de Vielka Rojas Fernández contra Gabriel Zelada Chavarría (cédula de identidad 1-0269-0969), este Juzgado mediante resolución N° 305-2013, de las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de mayo de dos mil trece, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, la cual se mantendrá vigente hasta tanto cumpla con la inscripción que aquí interesa. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 15 de julio del 2013.

                                                           Lic. Doni David Panton Moya

1 vez.—(IN2013053622)                                      Juez

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Lenín Yordano Lobo Rodríguez, quien fue quien fue mayor, soltero, cédula de identidad 02-0639-0189, vecino de Alajuela, Guadalupe, 275 metros este de la Delegación, casa a mano derecha color terracota con tres columnas, y falleció el 17 de junio del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 13-000419-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000419-1022-LA. Proceso promovido por Bellanira Rodríguez Salas a favor de Lennín Yordano Lobo Rodríguez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de julio del 2013.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2013056748).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Ramón Eduardo Morera Espinoza, quien fue mayor, casado, recolector de basura, cédula de identidad número 02-0426-0763 vecino de Alajuela, El Cacao, Calle El Rincón, 25 metros antes de la calle La Quinta, y falleció el 18 de julio del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Devoluciones de Ahorro Obligatorio bajo el número 13-000425-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000425-1022-LA. Proceso promovido por María de los Ángeles Chacón González a favor de Ramón Eduardo Morera Espinoza.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de julio del 2013.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2013056749).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Eduver Hidalgo Meléndez, quien fue quien fue mayor, casado, vecino de Alajuela, Tuetal Norte, de la escuela 200 metros oeste y 150 metros norte, con cédula de identidad 02-0340-0027, y falleció el 06 de junio del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 13-000432-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000432-1022-LA. Proceso promovido por Iriabel Arias Bastos a favor de Eduver Hidalgo Meléndez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de julio del 2013.—Msc. Jenny Fallas Ureña, Jueza.—1 vez.—(IN2013056753).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; Gravamen y afectaciones de reservas de Ley de Aguas, citas: 0295-00006063-01-0002-001; a las catorce horas y cero minutos del catorce de enero de dos mil catorce, y con la base de quince mil seiscientos veinte dólares con sesenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F 50618 cero cero cero la cual es terreno naturaleza filial 35 ubicada en el sótano, destinada a uso de parqueo ya construido. Situada en el distrito Parrita, cantón Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, área común libre de acceso vehicular a parqueo; al noroeste, finca filial 10; al sureste, finca filial 36, y al suroeste, finca filial 10. Mide: veintiún metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de enero del dos mil catorce, con la base de once mil setecientos quince dólares con cuarenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de febrero de dos mil catorce con la base de tres mil novecientos cinco dólares con quince centavos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 50595 F cero cero cero la cual es terreno naturaleza filial 12, ubicada en el segundo nivel, destinada a uso habitacional ya construida. Situada en el distrito Parrita, cantón Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, vacio; al noroeste, vacio; al sureste, área común construida a escalera planta baja y vacio, y al suroeste, vacio. Mide: ciento noventa y seis metros con veintún decímetros cuadrados. Con la base de doscientos ochenta y un mil ciento setenta y ocho dólares con treinta centavos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Gravamen y Afectaciones, Reservas Ley de Aguas, citas: 0295-00006063-01-0002-001; Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de enero de dos mil catorce (primer remate). De no haber postores , para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de enero de dos mil catorce, con la base de doscientos diez mil ochocientos ochenta y tres dólares con setenta y tres centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de febrero del dos mil catorce, con la base de setenta mil doscientos noventa y cuatro dólares con cincuenta y siete centavos (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Presentación Somarriba Gutiérrez, expediente N° 13-000256-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 20 de agosto del año 2013.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Jueza.—(IN2013042237).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y quince minutos del dieciséis de octubre del dos mil trece, y con la base de ciento nueve mil cuatrocientos setenta y siete dólares estadounidenses con sesenta y ocho centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta mil quinientos veintiocho-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito San Rafael, cantón Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Erlindo Monge; al sur, calle pública - Suc. Isaías Rivera; al este, Agustín Rivera, y al oeste, calle medio otro. Mide: quinientos setenta y un metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y quince minutos del treinta y uno de octubre del dos mil trece, con la base de ochenta y dos mil ciento ocho dólares estadounidenses con veintiséis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y quince minutos del quince de noviembre del dos mil trece, con la base de veintisiete mil trescientos sesenta y nueve dólares estadounidenses con cuarenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica (S. A.) contra Paulo Andrés Fedullo Miranda y otra. Expediente Nº 13-002404-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 7 de junio del 2013.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2013044385).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones así como denuncia penal, a las diez horas y cero minutos del cuatro de octubre de dos mil trece y con la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y seis mil setecientos treinta-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 57 m y 79 cm; al sur, Miguel Garay Calero; al este, Nidia Masis Buzano; y al oeste, Eduardo Madrigal Castro. Mide: tres mil setecientos cincuenta y un metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de octubre de dos mil trece, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del seis de noviembre de dos mil trece, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Arias Rodríguez contra Jasdany Gerardo Valerio Pérez. Expediente: 13-001761-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 24 de mayo del 2013.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2013060852).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Aguas y Reservas Ley Caminos, a las catorce horas y cero minutos del cuatro de octubre de dos mil trece y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y seis mil doscientos setenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 01 Juntas, cantón 07 Abangares de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública en parte Walter Martin Rojas Badilla y Roger Gutiérrez Ordoñez; al sur, Marlene Gutiérrez Ordoñez; al este, Fanny Eraida, Roger Walter, Marlene, Wilber Reinal y Jorge Martin todos Gutiérrez Ordoñez; y al oeste, Mario Miranda Arrinda y Roger Walter Gutiérrez Ordoñez. Mide: cincuenta y tres mil ciento treinta y seis metros con cero centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de octubre de dos mil trece, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de noviembre de dos mil trece, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Arias Rodríguez contra Róger Wálter Gutiérrez Ordoñez. Expediente: 13-001762-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 24 de mayo del 2013.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2013060875).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del siete de octubre del año dos mil trece, y con la base de cincuenta y seis mil cinco dólares con ochenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas N° EE-027340, marca Caterpilar, estilo D5G XL, categoría equipo especial obras civiles, capacidad 1 persona, año 2007, color amarillo, vin CAT00D5GPWGB04003. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de octubre del año dos mil trece, con la base de cuarenta y dos mil cuatro dólares con treinta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de noviembre del año dos mil trece con la base de catorce mil un dólares con cuarenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito Sociedad Anónima de Capital VA contra Inversiones Barrantes Asociados Barrantes Sociedad Anónima. Exp. N° 13-001641-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 13 de mayo del 2013.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2013060946).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y quince minutos del tres de octubre del dos mil trece, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 85698-001, 002, 003 y 004 la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Alfredo Conejo Barquero; al sur, Tico Equipos S. A.; al este, lote 17 y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del dieciocho de octubre del dos mil trece, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del cuatro de noviembre del dos mil trece con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jaime Bustamante Bustamante contra Hugo Antonio Monge Arias, Hugo Antonio Monge Montero, Lucía Monge Montero, María del Pilar Montero Mesén. Exp.: 13-008769-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de julio del 2013.—Lic. Ronald Chacón Mejía, Juez.—(IN2013054050).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil trece, y con la base de diecinueve millones veintidós mil ciento diez colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y dos mil ochocientos setenta y dos cero cero cero la cual es terreno inculto. Situada en el distrito 01 Heredia, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Francisco Nájera Córdoba; al sur, Amin Vargas Prendas; al este, calle pública con nueve metros cincuenta y dos centímetros de frente y al oeste, Daniel Vargas Prendas. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del uno de noviembre del dos mil trece, con la base de catorce millones doscientos sesenta y seis mil quinientos ochenta y dos colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil trece con la base de cuatro millones setecientos cincuenta y cinco mil quinientos veintisiete colones con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rudy Leroy Álvarez Benavídez y María Gabriela Nájera Barquero. Exp.: 10-000546-0504-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 18 de junio del 2013.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—(IN2013054056).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada según citas: 359-345-01-0900-01 y demanda ordinaria según citas: 800-117042-01-0001-001, a las trece horas y treinta minutos del trece de enero del dos mil catorce, y con la base de veinticuatro millones seiscientos cincuenta y dos mil veintiocho colones con noventa céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos noventa y nueve mil doscientos siete-cero cero cero, la cual es terreno lote 10-A terreno para construir. Situada: en el distrito San Rafael, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Mario Alberto García Mena; al sur, calle pública con un frente a ella de ocho metros; al este, lote nueve A perteneciente a Fernando Alpízar, y al oeste, lote once A de Asociación Solidarista de Empleados de Hacienda de Ojo de Agua y Afines. Mide: doscientos setenta y ocho metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil catorce, con la base de dieciocho millones cuatrocientos ochenta y nueve mil veintiún colones con sesenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de febrero del dos mil catorce, con la base de seis millones ciento sesenta y tres mil siete colones con veintitrés céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Compañía Nacional de Fuerza y Luz contra Álvaro Bermúdez Mesén y Rosibel Valerio Orozco. Expediente N° 13-002210-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 3 de julio del 2013.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2013056826).

A las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil trece, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, soportando deuda en cuanto al marchamo del Instituto Nacional de Seguros y sin sujeción de base, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo marca: Hyundai, estilo: Elantra GLS, modelo: 1994, motor N°: G4CRP028138, Sedan cuatro puertas, chasis N° KMHJF31RPRU491653, placas de circulación N° 201548, gasolina, color: azul. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Herrera Alfaro Rafaela y Mora Aragón Luis Andrés. Expediente N° 95-003082-0228-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de agosto del 2013.—Lic. Nydia Ma. Piedra Ramírez, Jueza.—(IN2013056847).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes, a las catorce horas y treinta minutos del treinta de octubre del dos mil trece, y con la base de treinta y dos millones ciento cuarenta y ocho mil novecientos cuarenta y tres colones con cincuenta y un céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos catorce mil doscientos treinta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno lote 1 terreno para construir. Situada: en el distrito (02) Tarbaca, cantón (06) Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mauro Arias Jiménez; al sur, Mauro Arias Jiménez; al este, calle pública con un frente a ella de 12.41 metros lineales y Abelardo Rojas Garita, y al oeste, calle de servidumbre con un frente a ella de 34.40 metros en medio y Mauro Arias Jiménez. Mide: mil ochocientos dos metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil trece, con la base de veinticuatro millones ciento once mil setecientos siete colones con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil trece, con la base de ocho millones treinta y siete mil doscientos treinta y cinco colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Johnny González Soto contra Ana Isabel Sánchez Cerdas. Expediente N° 12-005605-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de agosto del 2013.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2013056871).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado (citas: 554-06021-01-0001-001) y servidumbre trasladada (citas: 325-06443-01-0901-002), a las diez horas y treinta minutos del nueve de octubre del dos mil trece, y con la base de cuarenta y un mil doscientos treinta y cinco dólares con cuarenta y tres centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y seis mil catorce-cero cero cero, la cual es terreno de cafetal. Situada: en el distrito 05 Santo Tomás, cantón 03 Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Hernán Azofeifa; al sur, Alcides Azofeifa; al este, Antonio Matamoros, y al oeste, Cafetalera Montealegre Ltda. Mide: dos mil seiscientos sesenta y siete metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil trece, con la base de treinta mil novecientos veintiséis dólares con cincuenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil trece, con la base de diez mil trescientos ocho dólares con ochenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fairfield Estereo S. A. contra Wilfrid de la Trinidad Aiello Ramírez. Expediente Nº 13-007542-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de julio del 2013.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013056897).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente citas 0373-00007521-01-0006-001; Demanda Penal en las citas 800-145646-01-0001-001; a las siete horas y treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil trece, y con la base de diecisiete millones trescientos nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos cuatro mil ochocientos cuarenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Isidro de El General, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mario Bonilla Venegas y Silvia Bonilla Venegas; al sur, María Isabel Fallas Cerdas, Jorge Alberto Víquez Ramírez y calle pública; al este, María Isabel Fallas Cerdas, Jorge Alberto Víquez Ramírez y Elena Solano Cascante; y al oeste, calle pública y servidumbre agrícola. Mide: mil cuatrocientos cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil trece, con la base de doce millones novecientos ochenta y un mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil trece con la base de cuatro millones trescientos veintisiete mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de German Abarca Herrera contra Yamilet Chavarría Aguirre. Exp. 13-002152-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 1° de agosto del 2013.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2013059678).

A las diez horas del cuatro de octubre del dos mil trece, en la puerta exterior del Tribunal de Flagrancia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, Puntarenas, sobre la base de un millón setecientos siete mil ochocientos seis colones netos (1.707.806), remátese la madera decomisada en esta causa la cual se describe así: 1) Un árbol de Reseco de 125 centímetros de diámetro por 15 metros de largo, para un total de 18.41 metros cúbicos. Producto forestal que se encuentra en depósito provisional en finca propiedad del señor Luis Zúñiga Picado, situada en Vanegas, Drake, Osa, provincia de Puntarenas. Por haberse ordenado así en la resolución de las catorce horas con treinta minutos del dieciocho de julio dos mil trece, dentro de la causa penal número 13-000078-1262-PE por Infracción a la Ley Forestal, contra Luis Zúñiga Picado y otro en perjuicio de los Recursos Naturales.—Tribunal de Flagrancia de Corredores.—Antonio de Jesús Céspedes Ortiz, Juez Tramitador.—(IN2013060146).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas 288-2553-01-0002-001, a las nueve horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil trece y con la base de veintiún millones seiscientos sesenta y tres mil ciento sesenta y seis colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 475140-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 07 Patarrá, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, en parte con lotes C-6, 3, 2, 1; al sur, lote C-8; al este, Desarrollos de Proyectos Habitacionales S. A.; y al oeste, calle pública. Mide: doscientos sesenta metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil trece, con la base de dieciséis millones doscientos cuarenta y siete mil trescientos setenta y cuatro colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del dos mil trece, con la base de cinco millones cuatrocientos quince mil setecientos noventa y un colones con cincuenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Amelia Rodríguez Arroyo. Expediente: 13-015262-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de agosto del 2013.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2013061069).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Juan Luis Álvarez Jaen, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas y cero minutos del veintitrés de octubre de dos mil trece, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 05-001476-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de setiembre del 2013.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—(IN2013060086).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de José Andrés Cerdas Rodríguez, quien fue mayor, casado una vez, taxista, vecino de Cañas, Guanacaste, Barrio Las Palmas Uno, cédula de identidad cinco-trescientos treinta y tres-doscientos diecinueve (5-333-219), a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas treinta minutos del once de octubre del dos mil trece, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil: 1) Si fuere procedente, elegir albacea propietario o suplente, o ambos; 2) Mostrar conformidad o no, con el inventario de los bienes y avalúo de los mismos y; 3) De los reclamos contra la sucesión. Exp. N° 13-100010-0927-CI (11-4-2013)-B, sucesión de José Andrés Cerdas Rodríguez representada por su albacea provisional Johana Itzel Jirón Bastos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Cañas, Guanacaste, 27 de agosto del 2013.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueaz.—1 vez.—(IN2013060158).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Juan Carlos Valverde Alpízar, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del quince de octubre del dos mil trece, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 11-000581-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de agosto del 2013.—M.Sc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—(IN2013060254).

Títulos Supletorios

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000085-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Higuerones de Tempate Limitada con cédula jurídica número 3-102-577183, representada por Claudio Cerdas Dinarte quien es mayor, estado civil casado dos veces, vecino de Tempate de Santa Cruz, portador de la cédula de identidad número 5-0230-0847, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero. Situada en el distrito cuarto (Lepanto), cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Junta de Educación de Tempate; al sur, José Miguel Chavarría Cordero; al este, calle pública con u frete a ella de ciento sesenta y cinco metros con veintinueve centímetros lineales y Melisa Angulo Navarrete ambos en partes y al oeste, Guillermo Guillén Clachar. Mide: Veintisiete mil seiscientos ocho metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1633608-13. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra a la señora Rosalpina Cerdas Zúñiga, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de rondas, cultivo de pasto y ganadería. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Higuerones de Tempate Limitada. Exp. 13-000085-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 25 de abril del 2013.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—(IN201354380).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-100474-0297-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Juan Carlos Duarte Molina, quien es mayor, casado una vez, profesor, vecino de Garita de Santa Cruz de Guanacaste, cédula de identidad número 1-990-211, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno para construir, situado en distrito tercerol del cantón trece, Upala de la provincia dos, Alajuela. Linda al noreste, Gloriana Méndez Cerdas; noroeste, Gerardo Arce Herrera, sureste y suroeste, Margarita Cerdas García. Mide: seiscientos metros cuadrados, según el plano catastrado número A-1.549060-2012, de fecha 13 de enero del 2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa y cesión de derechos que le hiciere a la señora Margarita Cerdas García, mayor, casada una vez, oficinista, vecina de San José de Upala, Alajuela, contiguo al Ebais, cédula 2-402-839, con quien no liga ningún parentesco con el promovente y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento en cuanto a limpieza, chapeas y cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Juan Carlos Duarte Molina. Exp.: 12-100474-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 10 de junio del 2013.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2013056812).

Se hace saber, que ante este Despacho se encuentra el expediente N° 05-000092-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de Información Posesoria, promovido por Rolando Guadamuz Guadamuz, quien es mayor, soltero, fontanero, cédula 5-0285-0149 y vecino de Villarreal de Santa Cruz, Guanacaste, del cruce de Tamarindo cincuenta metros al norte; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para construir, situado en Villarreal, distrito 03 (Veintisiete de Abril), cantón 03 (Santa Cruz), provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte, Armida Guadamuz Guadamuz; sur, Inocente Rodríguez Santana; este, B.M.A.A de Costa Rica , “Iglesia Bautista” y oeste, calle pública con un frente a ella de nueve metros con sesenta y ocho centímetros lineales, según plano G-78268-1992. Mide: 332,14 m2. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en un millón de colones, que lo adquirió mediante donación que le hizo su madre, Digna Guadamuz Dinarte, cédula 5-141-163, en el año 1975, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre él han consistido en limpieza general del lote, siembra de frutales, mantenimiento de cercas; que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste, 02 de julio del 2013.—Licda. Ana Victoria Gómez Zúñiga, Jueza.—1 vez.—(IN2013056813).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-001427-0504-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica, cédula jurídica N° 3007045337, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno para construir con una edificación. Situada: en el distrito primero Barva, cantón segundo Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con frente a ella de 14.60 metros; al sur, William Hernández Rodríguez; al este, Marvin Gerardo Alfaro Arias, y al oeste, calle pública frente a ella 49.17 metros. Mide: trescientos cincuenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble hace más de cuarenta años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en ampliar estructura existente que estaba en abandono. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica. Expediente N° 11-001427-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 25 de enero del 2013.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2013056832).

Citaciones

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Hernán Angulo Gómez, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de las Colonias de Guayabo, Santa Teresita de Turrialba-Cartago, portador de la cédula de identidad número tres-trescientos catorce-seiscientos noventa y uno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000074-0341-CI.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 20 de agosto del 2013.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2013056770).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso Sucesorio de quien en vida se llamó Edwin Arturo Acuña Betancourt, mayor, soltero, bodeguero, vecino de Bajo Pacuare de Tayutic de Turrialba, Cartago, 150 metros al oeste de la iglesia católica. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000072-0341-CI.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 21 de agosto del 2013.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2013056772).

En este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Ester Flores Aguilar, cédula: 1-575-674, quien fue mayor, costarricense, soltera, ama de casa y vecina de Ciudad Cortés de Osa, 100 metros al sur de la escuela Vista del Térraba. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente: 13-100033-423-CI-2.—Juzgado Civil de Osa, 19 de agosto del 2013.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2013056780).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de Larisey Crosby Knight, quien en vida fue mayor, divorciado, pensionado, vecino de Puntarenas, Pavón, Golfito, pasaporte de los Estados Unidos de América número 499129902, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la oficina del Notario Público Rolando Romero Obando, situada en San José, Curridabat, costado norte de Plaza Cristal, edificio Jurex Law, segundo piso, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente notarial 1-2013.—San José, 20 de agosto del 2013.— Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—(IN2013056790).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Bernabé Rodríguez Muñoz, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, cédula 9-014-300, vecino de San Ramón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-001220-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 12 de agosto del 2013.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—(IN2013056810).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eduardo Enrique Rodríguez Vindas, mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad N° 4-0102-1397, vecino de San Francisco de San Isidro de Heredia, frente al Templo Católico. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000383-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de agosto del 2013.—Msc. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2013056818).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Luz Marina Matamoros Matamoros, quien fue mayor, soltera, ama de casa, vecina de Heredia, portadora de la cédula de identidad número cuatro-cero cincuenta y nueve-cero setenta y siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000139-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 1° de abril del 2013.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(IN2013056830).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en las sucesiones de quien en vida fue don Toribio Tico Condori, mayor, casado una vez, misceláneo, cédula número ocho-cero cuarenta y dos-ochocientos cincuenta y ocho, vecino de Guadalupe, para que dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, sita en San Pedro de Montes de Oca, avenidas cuatro y seis, calle cinco, número cincuenta, para hacer valer sus derechos. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se apersonan dentro de ese término, la misma pasará a quien corresponda. Sucesión extrajudicial expediente N° 0002-2013.—San José, 28 de agosto del 2013.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2013056858).

Notifíquese a los herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fuera Ronaldo Vega Solano, c.c. Ronaldo Vega Solano, cédula 3-141-547, para que hagan valer sus derechos, por el plazo de treinta días, el cual se tramita en la notaría de Marianela Fonseca Rivera y Evelyn Sandoval Chavarría en San Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia Católica, 400 m. este, 100 sur.—San José, 6 de setiembre del 2013.—Licda. Evelyn Sandoval Chavarría, Notaria.—1 vez.—(IN2013058559).

Ante esta notaría ubicada exactamente Barrio Montealegre de Zapote, cien metros sur de la Universidad Veritas, se tramita proceso sucesorio en sede notarial de señor Miguel Ángel Méndez Solano, quien en vida fue mayor, de su vecindario, técnico en telecomunicaciones, de su mismo vecindario y portador de la cédula uno-quinientos cinco-novecientos cincuenta y dos, fallecido el día dos de abril del dos mil trece. Se invita a los interesados a apersonarse dentro del plazo de treinta días a la oficina indicada a hacer valer sus derechos, sino la misma pasará a quien corresponda de conformidad con la legislación vigente. Licenciado Francisco Javier Vargas Solano, carné número seis mil quinientos veintiocho. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil trece.—Lic. Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.—(IN2013058980).

El suscrito notario informa a los herederos y cualquier interesados que ante su notaría se procedió a dar apertura al sucesorio en sede notarial de quien en vida fue Fernando Núñez Blanco, mayor, casado una vez, contador, vecino de San José, Pavas, Barrio La Favorita, del restaurante Isla Verde, cuatrocientos metros norte, cien metros este, portador de la cédula de identidad número uno-doscientos veintiuno-doscientos noventa y ocho. Se da aviso a quienes tengan interés que deberán apersonarse ante su notaría, situada en esta capital, Escazú, Avenida Escazú, edificio doscientos dos, oficina cuatrocientos cuatro, Bufete Rivero Rudelman a hacer valer sus pretensiones o manifestar lo que a bien consideren.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013060184).

El suscrito notario informa a los herederos y cualquier interesado que ante su notaría se procedió a dar apertura al sucesorio acumulado en sede notarial de quienes en vida fueran Humberto Trimiño Pérez, quien es mayor, viudo de sus única nupcias, retirado, vecino de Moravia, de Taco Bell Moravia, doscientos metros al oeste, trescientos metros al norte y setenta y cinco metros al oeste, portador de la cédula de identidad número ocho-cero treinta y cuatro-ochocientos cuarenta y seis y Pilar Vásquez Curbelo, mayor, casada una vez, portadora de la cédula de identidad número ocho-treinta y cuatro-ochocientos cuarenta y siete. Se da aviso a quienes tengan interés que deberán apersonarse ante su notaría situada en esta capital, Escazú, Avenida Escazú, edificio doscientos dos, oficina cuatrocientos cuatro, Bufete Rivero Rudelman a hacer valer sus pretensiones o manifestar lo que a bien consideren.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013060185).

A quien interese se hace saber que en la notaría de la Licenciada Zulay Estrada Zúñiga, ubicada en San José, Montes de Oca, San Pedro, del Banco Nacional, un kilómetro al sur, oficina número ochenta y ocho se ha abierto sucesión en sede notarial de quien en vida fue Ernesto Morera Alfaro, cédula de identidad número cuatro-cero cero setenta y cuatro-cero novecientos catorce. Se cita a todo interesado para que en el plazo de treinta días a partir de esta publicación comparezca a hacer valer sus derechos o bien pasará a quien corresponda.—San José, 25 de agosto de 2013.—Lic. Zulay Estrada Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2013060232).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Alfred Paul Jud, quien fuera de nacionalidad Suiza, mayor, casado, empresario, vecino de Moravia, pasaporte número 5491633. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000319-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de mayo del 2013.—M.Sc. Mateo Ivankovich Fonseca,  Juez.—1 vez.—(IN2013060237).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ligia Villalobos Barrientos, quien fue mayor, casada una vez, docente jubilada, vecina del Barrio los Ángeles, Cartago, portadora de la cédula de identidad: tres-cero ciento treinta y ocho-cero trescientos ocho, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar su derecho y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 002-13. Notaría del Bufete Licenciada María de los Ángeles Machado Ramírez.—Lic. María de los Ángeles Machado Ramírez, Notaria.—1 vez.—(IN2013060322).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó: Antonio Tosi Bonilla, mayor, casado una vez, oficio pensionado, cédula identidad: uno-ciento sesenta y cinco-trescientos setenta y cinco, vecino de San José, San Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia Católica, doscientos metros sur y ciento veinticinco este, para que dentro del plazo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto. comparezcan ante la notaría ubicada en San José, Goicoechea, Guadalupe, ciento cincuenta metros al sur de la estación de bomberos, segundo piso, oficina dos. Teléfono oficina: 8783-1805, fax: 2281-2085. Para hacer valer sus derechos se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2013. Sucesión de Antonio Tosi Bonilla. Notaría pública del Lic. José Miguel Ubeda Mejía.—San José, Goicoechea, Guadalupe, a las doce horas del catorce de setiembre de dos mil trece.—Lic. José Miguel Ubeda Mejía, Notario.—1 vez.—(IN2013060370).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Vicente Araya Campos, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Coronado, de la Escuela José Ana Marín, cincuenta metros al sur, cédula de identidad número seis-cero treinta y nueve-doscientos cuarenta y uno, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: cero seis dos mil trece. Notaría del Bufete Lic. Ligia Mora Quesada, notaria pública.—Lic. Ligia Mora Quesada, Notaria.—1 vez.—(IN2013060403).

Se cita a los herederos, legatarios y acreedores en general a todos los interesados en la sucesión ab intestato extrajudicial de Petronila Quesada Amador, mayor, viuda una vez, ama de casa, con cédula de identidad número 6-036-789, vecina de San José, Pavas, 100 metros norte y 75 metros oeste de Seguridad Delta, tercera casa después de la línea del tren, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto concurran a hacer valer sus derechos ame mi notaría, sita en San Juan de Tibás, de la Municipalidad, 100 metros al norte y 450 metros al oeste, MGI Hernández y Asociados, con el apercibimiento de que en caso de que no se presenten dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero uno-dos mil trece.—San Juan de Tibás, doce de setiembre de dos mil trece.—Lic. Alessio Blandón Castellón, Notario.—1 vez.—(IN2013060439).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Adonina Suarez Luna, quien fuese mayor, soltera, del hogar, vecina de Cartago, La Unión, San Diego, Calle Girales, de la Iglesia Católica, veinticinco metros este, cédula de identidad seis-cero setenta y cuatro-quinientos cuarenta, para que dentro de un plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: cero cero tres-dos mil trece, notaría del Licenciado Allan Valverde Vargas, ubicada en San José, Barrio Francisco Peralta, casa número ochocientos treinta y siete.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2013060444).

Se emplaza a los interesados en la sucesión de Luis Jesús Arrieta Bogarín, quien fue mayor, casado una vez, taxista informal, vecino de Tacares Norte de Alajuela, Calle Cerdas, Urbanización El Trapiche, tercera casa después del play, pulpería El Trapiche, cédula número 1-414-1354, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de este término la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-0002-8469-NO. Notaría del Lic. Carlos Sanabria Porras, oficina abierta en Alajuela centro, avenida 3, calles 0 y 2.—Alajuela, 4 de setiembre de 2013.—Lic. Carlos Luis Sanabria Porras, Notario.—1 vez.—(IN2013060449).

Avisos

Msc. Marilene Herra Alfaro, hace saber que en proceso declaratoria judicial de abandono, número 11-400544-0924-FA, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Wilmor Espinoza Cordero y Zeneida Isabel López Ramírez, mediante resolución de las dieciséis horas y cinco minutos del treinta y uno de mayo del dos mil trece, se ha ordenado notificar por medio de edicto al demandado Wilmor Espinoza Cordero la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia N° 323-2013 del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a las dieciséis horas y cinco minutos del treinta y uno de mayo del dos mil trece. Resultando: 1, 2 y 3. Considerando: I, II, III, 1V y V. Por tanto: por lo expuesto y artículos 1 a 9, 115 y siguientes, 146, 148, 158 inciso c) y 160 inciso c) del Código de Familia, 155, 162 a 165, 222 del Código Procesal Civil, la presente demanda de declaratoria de abandono formulada por el Patronato Nacional de la Infancia contra los señores Wilmor Espinoza Cordero y Zeneida Isabel López Ramírez, se resuelve de la siguiente manera: a) El abandono de la persona menor de edad Wilmor Andrey López Ramírez por parte de su progenitora Zeneida López Ramírez, a quien se le sanciona con la pérdida de la patria potestad sobre dicho menor. b) El abandono de la persona menor de edad Luis Carlos Espinoza López por parte de sus progenitores Wilmor Espinoza Cordero y Zeneida López Ramírez, a quienes se le sanciona con la perdida de la patria potestad sobre dicho menor. c) Se nombra como Depositario Judicial de los menores Wilmor Andrey López Ramírez y Luis Carlos al Patronato Nacional de la Infancia, cuyo representante legal deberá comparecer ante este Despacho a aceptar su cargo, una vez firme esta sentencia.-d) Firme la sentencia expídase la ejecutoria de ley para su correspondiente inscripción, en cuanto al menor Luis Carlos al margen del asiento de nacimiento de la Provincia de Alajuela, tomo ochocientos treinta, página cuatrocientos ochenta y uno, asiento novecientos sesenta y uno y el del menor Wilmor Andrey, al margen del asiento de nacimiento de la provincia de Limón, al tomo doscientos setenta y uno, página setenta y cinco, asiento ciento treinta. e) Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Notifíquese esta sentencia a la demandad a por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 31 de mayo del 2013.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2013049442).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela conforme con el artículo 236 del Código de Familia para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Alfredo Gerardo Solís Arroyo. Expediente número 13-000310-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de junio del 2013.—Msc. Agustín Díaz Delgado, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2013049443).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Sérvulo Gerardo Blanco Mena, mayor, casado una vez, profesor, cédula 9-0055-0603, vecino de Pérez Zeledón, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre, por el de Gerardo Blanco Mena c.c. Gerardo Mena Vargas. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp: 13-000041-0919-FA.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón, 18 de julio del 2013.—Lic. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2013049877).

Se avisa, al señor José Hidalgo Granados, mayor, soltero, documento de identidad número 1-607-823, de domicilio desconocido, representado por la curadora procesal licenciada Milagro Solís Madrigal, hace saber que existe proceso N° 12-000605-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Anyeli Paola, Kristell Susana, Luis Fernando y Jefry Josué Hidalgo Ortiz, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia representado por la Licenciada Alma Nuvia Zavala Martínez, contra José Hidalgo Granados y Patricia Ortiz Barrantes, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las diez horas y nueve minutos del uno de febrero del dos mil trece, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dichos accionados para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de junio del 2013.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2013053583).

Se avisa a Evelyn Vanessa Gutiérrez Ceciliano, mayor, costarricense, cédula de identidad número 6-317-952, con demás calidades y domicilio desconocidos, representado por el curador procesal licenciado Douglas Murillo Murillo, que en este despacho se dictó dentro del expediente N° 11-000535-0673-NA establecido por la licenciada Mildred Morales Castrejón en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 248. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce horas cuarenta y dos minutos del veintisiete de junio del dos mil trece. Resultando: 1°-…, 2°-…, 3°-…, Considerando: I.- Hechos probados:… II.-… Sobre el fondo: … Por tanto: Se acoge la demanda planteada por el Patronato Nacional de la Infancia y se declara judicialmente en estado de abandono, con fines de adopción, a la niña Carmen María Mora Gutiérrez por parte de sus progenitores, señora Evelyn Vanessa Gutiérrez Ceciliano y el señor Omar Mora Fernández, a quienes, además, se le retira los atributos de la patria potestad sobre su menor hija. Se ordena mantener en depósito judicial a dicha menor con los señores Ivania Umaña Piedra y su esposo Gabriel José Ceciliano Rivera, quienes deberán comparecer dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia a Carmen María Mora Gutiérrez, en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, Partido de San José, al tomo dos mil ciento nueve, folio trescientos treinta y cuatro, asiento seiscientos sesenta y siete, en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, Partido de San José. Se resuelve sin especial condena en costas. Notifíquese. Lic. María D. Bravo Núñez, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013053618).

Se avisa, al señor Cecilio Alberto Bennette Benn, mayor, cédula de identidad número 9-083-132, con demás calidades y domicilio desconocidos, es representada por el curador procesal licenciado Alejandro Fernández Carrillo hace saber que existe proceso N° 12-000499-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Darkgable D. Jorkaeff Bennette Romero establecido por James Michael Peppard Hilsop contra Cecilio Alberto Bennette Benn, se ha dictado la resolución de las catorce horas doce minutos del doce de octubre del dos mil doce, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José,  2 de julio del 2013.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013053621).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 13-000471-0688-FA, los señores Olivier Corrales Rodríguez y Sianny María Hernández Rodríguez, solicitan se apruebe la adopción conjunta del menor Aaron Josué Zamora Estrada. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 29 de julio del 2013.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2013056778).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes tengan interés y corresponda la curatela del señor Walter Gerardo Molina Corella, para que se presenten a este despacho Juzgado de Familia de Puntarenas dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Conforme al artículo 236 del Código de Familia. Proceso de Insania promovido por Marisol Molina Corella. Expediente número 12-001010-1146-FA (2), presunto insano Walter Gerardo Molina Corella. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—(IN2013060399).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Yancy Liseth Rodríguez Atencio, mayor, soltera, auditora interna, cédula de identidad número uno-mil ciento ochenta y uno-quinientos veintinueve, hija de Orlando Rodríguez Ugalde y Yolanda Atencio Morales, nacida en Pérez Zeledón, Hospital Escalante Pradilla, el dieciocho de agosto de mil novecientos ochenta y tres, con veintinueve años de edad, vecina de Pérez Zeledón, Barrio Los Chiles, cincuenta cincuenta metros norte de la escuela del lugar, Pérez Zeledón y Greivin Antonio Delgado Bonilla , mayor, soltero, se dedica al mantenimiento de zonas verdes, cédula de identidad número uno-mil cuatrocientos diecisiete-cuatrocientos sesenta y siete, hijo de Víctor Hugo Delgado Quesada y Blanca Nieves Bonilla Elizondo, nacido en Pérez Zeledón, el nueve de diciembre de mil novecientos ochenta y nueve, vecino de Calle Mora, doscientos metros oeste de la escuela del lugar. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 13-000157-0919-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 3 de julio del 2013.—Lic. Manuel Rodríguez Arroyo, Juez.—1 vez.—(IN2013053536).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Reinaldo Jesús Méndez Rodríguez, mayor de edad, divorciado, pintor automotriz, cédula de identidad número 0701210938, vecino de Cartago, González Angulo, primera etapa 400 metros sur y 75 metros oeste, departamento número ocho, hijo de Marlin Rodríguez Rodríguez y Reinaldo Méndez Molina, nacido en Guápiles de Pococí de Limón, el 26/01/1977, con 36 años de edad, y Diana Calvo Chavarría, mayor de edad, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0304600622, vecina de Cartago, González Angulo, primera etapa 400 metros sur y 75 metros oeste, departamento número ocho, hija de Maureen Chavarría Valverde y Egidio Calvo Brenes, nacida en Oriental Central Cartago, el 18/02/1992, actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 13-000449-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 1° de marzo del 2013.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—(IN2013053539).

Licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José. Se hace saber a quienes interese que ante este Juzgado han comparecido a efecto de contraer matrimonio civil los señores José Alfredo Parajeles Reyes, mayor, costarricense, divorciado, vecino de San José, Pavas, Lomas del Rio, casa color celeste, número 54, portador de la cédula de identidad número 1-1004-0576, nacido el veintiuno de junio de mil novecientos setenta y ocho, hijo de José Alfredo Parejeles Vargas y Guiselle Reyes Avilés y Gladys del Socorro Rocha Moreno, mayor, soltera, nicaragüense, vecina de San José, Pavas, Lomas del Río, del Palí 300 metros este, casa color celeste, número 54, a mano derecha, portadora del pasaporte número C1710535, nacida el veintidós de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro. Hija de Cruz Rocha Mejía y Socorro Moreno de Rocha. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de algún impedimento legal para este matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial debiendo con ello señalar lugar o medio (fax o casillero) dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atenderá sus notificaciones, apercibido que si no lo hiciere, todas aquellas resoluciones que en lo futuro se dicten, se tendrán por notificadas en el solo transcurso de veinticuatro horas después de notificadas. Igual consecuencia ocurrirá si el lugar señalado fuere impreciso, no exista o existiendo se encuentre cerrado o si el medio escogido impida la notificación por causas ajenas al Despacho. Expediente N° 13-000723-0187-FA. Solicitud de matrimonio.—Juzgado Segundo de Familia de San José, a las diez horas del tres de julio del dos mil trece.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—(IN2013053540).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Franklin Abel Morales Fernández, mayor de edad, soltero, operario, vecino de Tejar del Guarco, Cartago, 800 metros norte del Puente de Tejar, Calle Los Guilos, casa número 34, cédula de identidad número 0304200345, vecino de Cartago, hijo de María Ramona Fernández Quirós y Expedito Morales Coto, nacido en Cartago, el 23/05/1987, con 26 años de edad, e Isabel Granados Salazar, mayor de edad, soltera, operaria industrial, vecina de Tejar del Guarco, Cartago, 800 metros norte del Puente de Tejar, Calle Los Guilos, casa número 34, cédula de identidad número 0602620645, hija de María Isabel Salazar Álvarez y Abelardo Granados Vargas, nacida en Puntarenas, el 24/09/1974, actualmente con 38 años de edad . Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente 13-001253-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 24 de junio del 2013.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—(IN2013053541).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Didier Alberto Pérez Sevilla, mayor, soltero, vecino de Paso Ancho 75 sur de la Guardia Rural, cédula de identidad uno- mil doscientos veintiuno-setecientos trece, costarricense, Jefe de Bodega, con veintiocho años de edad nació en Hospital Central de San José, el día veintitrés de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro hijo de Eduardo Alberto Pérez Baires, nacionalidad nicaragüense vecino de San Francisco Dos Ríos y Xiomara Sevilla Hurtado nacionalidad nicaragüense vecina de San Miguel de Desamparados y Janice Araya Smith, mayor, de treinta y tres años, Consejera de Belleza, soltera, cédula uno-mil veintinueve-ochocientos cincuenta y dos, nació en Hospital Central San José, el día veinticuatro de marzo de mil novecientos setenta y nueve, vecina de Paso Ancho 75 sur de la Guardia Rural, hija de Lilliana Araya Smith, nacionalidad costarricense vecina San Sebastián. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente N° 2013-400037-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 3 de julio del 2013.—Lic. Jainer Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2013053542).

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Yery Eduardo Quirós Valverde, mayor, divorciado de Roxana María Fernández Ulloa el día veintidós de noviembre del dos mil doce, vecino San Sebastián Urbanización Los Olivos casa 5-F, cédula de identidad uno setecientos noventa y nueve-seiscientos dos, costarricense, Agente de Ventas, con cuarenta y dos años de edad nació en Hospital Central San José, el día diecisiete de junio de mil novecientos setenta y uno hijo de María Eugenia Quirós Valverde nacionalidad Costarricense vecina de San Sebastián y Jency Ramírez Villalta, mayor, de veintiocho años, Asistente de Educación Especial, soltera, cédula uno-mil doscientos veintidós-doscientos noventa y uno, nació en Hospital Central San José, el día veintidós de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro, vecina de San Sebastián Urbanización Los Olivos casa 5-F hija de Eddy Francisco Ramírez Sancho, nacionalidad costarricense vecino de San Sebastián y Elieth Villalta Jiménez, nacionalidad costarricense, vecina de San Sebastián. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente N° 13-400361-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 3 de julio del 2013.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2013053543).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Ulises Porras López c.c. Víctor Porras López, mayor, divorciado de Gerarda Virginia Quirós Delgado el días tres de febrero del dos mil, vecino Paso Ancho costado sur de la Pulpería Los Guayabos, Teléfonos 2226-0546 / 8978-3938 cédula de identidad cinco-ciento cuarenta y dos-quinientos ochenta y siete, costarricense, agricultor, con sesenta y un años de edad nació en Pozo Azul, Bagaces, Guanacaste, el día veinticuatro de agosto del mil novecientos cincuenta y dos hijo de José Porras Morera nacionalidad costarricense, fallecido y María Rosa López Esquivel nacionalidad costarricense fallecida, y Aida Jarquín Bonilla mayor, de cincuenta y cuatro años, ama de casa, divorciada de José Elías Aguilar Cambronero el día catorce de enero de mil novecientos noventa y nueve, cédula cuatro-ciento dieciocho-seiscientos cuarenta, nació en Sarapiquí Central Heredia, el día veintiuno de setiembre de mil novecientos cincuenta y ocho, vecina Paso Ancho costado sur de la Pulpería Los Guayabos hija de Hernán Jarquín Artavia, nacionalidad costarricense fallecido y María Felicitas Bonilla Henriquez, nacionalidad costarricense, vecina de San Sebastián. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente N° 2013-400371-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 3 de julio del 2013.—Lic. Jainer Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2013053548).

Giovanni Alfredo Mena Fernández, mayor, de cuarenta y dos años de edad, divorciado de Alicia Lucía Herrera Aguilar, repartidor, costarricense, cédula de identidad 1-0786-0970 y Verónica Martina García Miranda, mayor, de treinta y cuatro años de edad, soltera, ama de casa, nicaragüense, cedula residencia N° 155813337336, ambos vecinos de Escazú, solicitan a este Despacho la celebración  de su matrimonio civil. Se publica este edicto para efecto del capítulo IV del Código de Familia. Matrimonio civil N° 13-100079-0917-CI (83-2013) de Giovanni Alfredo Mena Fernández y Verónica Martina García Miranda.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, 16 de julio del 2013.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—Exonerado.—1 vez.—(IN2013053611).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes: Esteban Josué Villegas Chacón, mayor, soltero, comerciante, cédula de identidad número 6-411-404, vecino de Río Jesús de Santiago de San Ramón, 300 metros antes de la entrada de Río Jesús, mano izquierda, hijo de Elizabeth Villegas, nacido en San Vito de Coto Brus de Puntarenas, el dos de agosto de mil novecientos noventa y tres, con 19 años de edad, y Ana Ruth Sibaja Mora, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 6-396-161, vecina de Río Jesús de Santiago de San Ramón, 300 metros antes de la entrada de Río Jesús, mano izquierda, hija de Marcelino Sibaja Villalobos y Virginia Mora Rubí, nacida en Corredor de Corredores de Puntarenas, el veinticuatro de julio de mil novecientos noventa y uno, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Exp. 13-000476-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 01 de agosto del 2013.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2013056784).

Han comparecido ante el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés solicitando contraer matrimonio civil: Viviana Patricia Soto Salas, sexo femenino, mayor de 18 años, soltera, no presenta ninguna discapacidad, grado de escolaridad primaria completa, hija de Manuel Soto Fallas y de Dunia Salas Salas, fecha de nacimiento 17-11-1994 en Oriental Central Cartago, ama de casa, cédula número 3-0488-0694, vecina de El Rodeo de Tarrazú, 800 metros al norte de la Escuela El Rodeo, camino hacia Canet, casa a mano derecha color celeste, teléfono número 2546-5385 y 8483-0789, y Cristhian Cabrera Bolaños, sexo masculino, mayor de 25 años, soltero, no presenta ninguna discapacidad, grado de escolaridad primaria incompleta (tercer grado), hijo de Margarito Cabrera Ortiz y de María de los Ángeles Bolaños Álvarez, fecha de nacimiento 25-08-1986 en San Isidro de Pérez Zeledón San José, jornalero, cédula número 1-1291-0050, vecino de El Rodeo de Tarrazú, 800 metros al norte de la Escuela El Rodeo, camino hacia Canet, casa a mano derecha color celeste, teléfono número 2546-5385 y 8483-0789. Si alguna persona conoce de impedimento legal alguno para que este matrimonio se celebre debe indicarlo dentro de los siguientes ocho días hábiles en este Juzgado. Exp. Nº 2013-100120-0243-CI-3.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, San Marcos de Tarrazú, 07 de agosto del 2013.—Licda. Hellen Segura Godínez, Jueza.—1 vez.—(IN2013056796).

Ante este Juzgado han comparecido los señores Luis Leandro Roldán Aguilar, cédula de identidad 1-899-122 y Marilyn Salazar Barrantes, cédula de identidad número 2-462-643, ambos manifiestan: que es su deseo unirse en matrimonio con conocimiento de los derechos y obligaciones que esa unión conlleva si alguna persona conoce impedimento alguno para que este matrimonio se celebre, deberá notificarlo a ese Juzgado dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Designan como sus testigos a Ángel Eduardo Villalobos Ávila y Marta Cecilia Aguilar Sánchez. Expediente 13-000917-186-FA.—Juzgado Primero de Familia, San José, 22 de agosto del 2013.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—(IN2013056817).

Han comparecido a mi Notaría, solicitando contraer matrimonio civil Carlos Luis Mata Barrantes, cédula seis-cero ciento treinta y nueve-cero trescientos sesenta y siete, soltero, encargo de mantenimiento y María del Rosario Moreno León, divorciada, operaria industrial, cédula siete-cero cero sesenta y dos-cero novecientos cincuenta y tres, ambos vecinos de Alajuela, en Tuetal Sur, de Súper La Reina, ciento setenta y cinco metros al sur. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de algún impedimento legal para su celebración deberá manifestarlo ante esta notaría, sita en Alajuela, calle diez, avenidas central y primera, Centro Comercial Jorge Ávila, local número once, dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto.—Alajuela, dos de setiembre del dos mil trece.—Lic. María Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—1 vez.—(IN2013060240)

Edictos en lo Penal

Lic. Natalia Segura Barrios, Fiscal Auxiliar de Cartago, hace saber: Por requerirse en causa penal 12-003063-0496-TR seguida contra Gilberto Mora Meléndez, por el delito Lesiones Culposas en perjuicio de Juan Manuel Miranda Fallas y otro, se solicita interponer sus buenos oficios con el fin de proceder a la publicación por edicto de la comunicación al (la) Codemandado civil Sigcom Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101065561, de la resolución en donde se da Traslado de la Acción Civil Resarcitoria de las nueve horas con cuarenta y dos minutos del veintinueve de abril del año dos mil trece. Se Tiene por presentada acción civil resarcitoria. Fiscalía Adjunta de Cartago, a las nueve horas y cuarenta y dos minutos del veintinueve de abril del año dos mil trece. De conformidad con el numeral 115 del Código Procesal Penal, se tiene por presentada la Acción Civil Resarcitoria y se pone en conocimiento de la misma a las partes. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar medio o lugar dentro del perímetro judicial de este Despacho donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso incierto o inexistente. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta de Cartago.—Lic. Natalia Segura Barrios, Fiscala Auxiliar.—1 vez.—(IN2013053584).

Al ser las catorce horas con cincuenta y siete minutos, del quince de julio del dos mil trece, se comunica que en el legajo principal N° 10-003889-0305-PE, seguido contra Sergio Murillo Chávez, por el delito de portación ilícita de arma permitida, en perjuicio de Gabriel Espinoza Chávez, se le informa que en este despacho se encuentra decomisado el arma de fuego marca Smith & Wesson, modelo 10-6 calibre 38 SPL número de serie D45301 con cañón de 05 estrías con giro a la derecha. De conformidad con el artículo 162 del Código Procesal Penal se le comunica al señor Gabriel Espinoza Chávez cédula 2-0433-0088, de domicilio desconocido, que con base a la circular número 108-09 de la Secretaria de la Corte, y por haber ya pasado tres meses del decomiso del bien, se le confiere el plazo de 03 hábiles, para que se apersone a este despacho a ejercer su derecho sobre el bien decomisado, de lo contrario se procederá a la destrucción o donación del mismo, para lo anterior deberá presentar documento que lo acredite a portar armas de fuego o bien alguna otra persona para que ambos se presenten a realizar el retiro de la misma. Notifíquese. Por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Ivannia Morales Saborío Coordinador Judicial.—1 vez.—Exonerado.—(IN2013053619).