BOLETÍN JUDICIAL Nº 228 DEL 26 DE NOVIEMBRE DEL 2013
AVISO N° 013-2013
TRIBUNAL DE RECONOCIMIENTOS
CONVOCATORIA
El
Tribunal de Reconocimientos del Poder Judicial, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo N° 13 del Reglamento de Reconocimientos otorgados por el Poder
Judicial, aprobado por Corte Plena en la sesión N° 3-06 del 21 de febrero del
2006, invita a las servidoras, servidores, ex servidoras y ex servidores
judiciales, usuarias, usuarios y público en general a nominar candidatas o
candidatos, quienes consideren idóneas e idóneos, para el otorgamiento de los
siguientes reconocimientos:
a) “Fernando Coto Albán”.
b) “Ulises Odio Santos”.
c) “Al buen o a la buena
profesional”.
d) “Al buen servidor o
servidora o ex-servidor judicial”.
Según
lo dispuesto en el Reglamento de Reconocimientos, pueden ser nominados:
Reconocimiento
“Fernando Coto Albán”.
El
Reconocimiento “Fernando Coto Albán”, se otorgará a la administradora,
administrador, ex administradora o ex administrador de justicia, quien se haya
destacado por su mística, honradez, transparencia y dedicación al trabajo y sus
cualidades y logros profesionales hayan contribuido a enaltecer la labor del
Juez o Jueza en la sociedad costarricense. (Artículo 20 del Reglamento).
Reconocimiento
“Ulises Odio Santos”.
El
Reconocimiento “Ulises Odio Santos” se otorgará a la autora o autor, quien
hubiese publicado un trabajo, artículo o escrito en general de utilidad y
trascendencia para el Poder Judicial. (Artículo 22 del Reglamento).
Reconocimiento
“Al Buen Profesional”.
El
Reconocimiento “Al Buen Profesional” se destinará a la persona que por su
quehacer profesional, hubiese influido o influya en el ámbito jurídico
nacional. (Ordinal 25 del Reglamento).
Reconocimiento “Al Buen Servidor o Ex-servidor
Judicial”.
El
Reconocimiento “A la buena servidora, servidor, ex servidora o ex servidor
judicial” estará destinado a la empleada, empleado, ex empleada o ex
empleado, que en el desempeño de sus labores se haya destacado por su
honradez, mística, transparencia, excelencia y dedicación al trabajo y que con
su actitud hubiese enaltecido al Poder Judicial. (Canon 29 del Reglamento).
Para el caso de quienes laboran en el
Poder Judicial, el Tribunal de Reconocimientos evaluará los siguientes
factores:
- Tiempo servido: Tener
como mínimo 10 años de antigüedad en un puesto en propiedad dentro del Poder
Judicial.
- Historial disciplinario:
En caso de haber sanciones se analizará cada una, a efecto de establecer el
impacto que produjo el hecho sancionado. (Párrafo final del precepto 214 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial).
- Calidad, rendimiento y
desempeño del trabajo.
- Espíritu de servicio en
actividades no jurisdiccionales: Este aspecto se asocia a la participación
activa que haya observado en actividades en beneficio del Poder Judicial.
- Comportamiento
institucional adecuado: Se determinará si el candidato o la candidata se
ajusta al medio donde se desenvuelve y al impacto de su conducta en y hacia el
Poder Judicial.
Las
nominaciones deben efectuarse por personas distintas a la nominada o al
nominado antes del 1° de diciembre del 2013, y ser inscritas, con la debida
fundamentación al correo electrónico:
trib-reconocimientos@poder-judicial.go.cr
o al fax de la Secretaría General de la
Corte
N° 2295 3706
El
plazo considerado para esta convocatoria será impostergable y aquellas que se
presenten fuera del tiempo establecido no serán consideradas por el Tribunal de
Reconocimientos.
Para mayor información pueden accesar el Reglamento de Reconocimientos otorgados por el
Poder Judicial en la página Web, en la siguiente dirección electrónica.
www.poder-judicial.go.cr
San
José, 25 de setiembre del 2013.
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—(IN2013077933) Secretaria General
ASUNTO: Acción de
inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA
REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA PUBLICACIÓN
De
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad N°
13-001386-0007-CO que promueve Gildardo Montoya Buenaventura, se ha dictado la
resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de
Justicia.—San José, a las once horas y treinta y un
minutos del veintiuno de agosto del dos mil trece. Se da curso a la acción de
inconstitucionalidad interpuesta por Gildardo Montoya Ventura, portador de la
cédula de identidad N° 08-0059-0340, contra la frase “Los propietarios de
bienes inmuebles o patentados de negocios comerciales donde se instalen rótulos
o anuncios…” contenido en el artículo 18 de la Ley N° 9023, Ley de Impuestos
Municipales del cantón Central de Heredia, por estimar que consagra una doble
imposición tributaria y, además, vulnerar el principio de proporcionalidad. Se confiere
audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República así como al
Alcalde y al Presidente del Concejo, ambos de la Municipalidad de Heredia. El
accionante alega que dicha disposición es inconstitucional pues supone una
doble imposición tributaria. Todos los licenciatarios de actividades
comerciales, lucrativas o de servicios del cantón de Heredia, con licencia
comercial debidamente extendida ya pagaron un impuesto de patente para el
ejercicio de esa actividad. Aduce que el pago de la patente por el desarrollo
de una actividad comercial, abarca el ejercicio completo y global de esa
actividad en el punto autorizado, según la clasificación del comercio, dentro
de la cual se encuentra el dotar al negocio de un nombre comercial que permita identificarlo
y diferenciarlo de otros negocios. Ese nombre comercial debe ir acompañado de
una identificación visible para el público, sea un rótulo, valla, o signo
distintivo colocado en el exterior del negocio precisamente para que el público
pueda asociar el negocio al nombre, identificar su ubicación y decidir si
quiere o no consumir en él. El simple hecho de contar con un rótulo o anuncio o
cualquier otro signo distintivo comercial, no supone, bajo ninguna
circunstancia, el ejercicio de otra actividad diferente a la actividad
comercial principal que ya cubre la patente comercial. Esta acción se admite
por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación en el presente asunto
proviene del expediente N° 12-006541-1027-CA, el cual es un recurso de
apelación planteado contra lo resuelto en el oficio N° RC-A-218-12 del 28 de
agosto del 2012, referente al cobro del impuesto a rótulo, dispuesto en el
artículo 18 de la Ley N° 9023, Ley de Impuestos Municipales del Cantón Central
de Heredia. La impugnación está pendiente de resolver ante el Tribunal
Contencioso-Administrativo. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en
el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los
procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no
se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del
caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales
se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no
puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que
haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente,
lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la
resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los
que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición
interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas
que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera
inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación
del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos
pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la
aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar
en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los
motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se
hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de
Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la
Sala (Resoluciones Nos. 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación
no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación
en los casos y condiciones señaladas. Para notificar al Alcalde y al Presidente
del Concejo, ambos de la Municipalidad de Heredia, se comisiona a la Oficina
Centralizada de Notificaciones de Heredia. Expídase la comisión
correspondiente. Notifíquese./Gilbert Armijo Sancho,
Presidente a. í.”
San
José, 22 de agosto del 2013
Gerardo
Madriz Piedra
(IN2013074942) Secretario
PRIMERA PUBLICACIÓN
Para
los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el
número 10-001414-0007-CO promovida por Alcalde Municipal de Heredia contra las
Convenciones Colectivas de Trabajo de la Municipalidad de Heredia, suscritas el
4 de noviembre de 1981 y el 10 de julio de 1998, así como el artículo 100.3 del
Código Municipal, por estimarlos contrarios a lo dispuesto en el artículo 191
de la Constitución Política, se ha dictado el Voto N° 2013-014499 de las
dieciséis horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de octubre del dos mil
trece, que literalmente dice:
“1) Por unanimidad se declara sin lugar la acción en cuanto al
artículo 100.3 del Código Municipal. 2) Por mayoría se considera que los artículos
2° de la Convención Colectiva suscrita el 10 de julio de 1998 y el segundo de
la Convención Colectiva suscrita el 4 de noviembre de 1981 de la Municipalidad
de Heredia, en cuyo texto se establece: “para todas las personas que en el
momento de entrar en vigor laboren para la Municipalidad, para los que en un
futuro laboren para la Municipalidad”, no es inconstitucional, siempre y cuando
se interprete que tal disposición sobre la convención colectiva, se aplica
únicamente a los trabajadores municipales que no participan de la gestión
pública. Los Magistrados Armijo, Hernández y Cruz salvan el voto, este último
por razones diferentes. Esta sentencia tiene efectos declarativos y
retroactivos a la fecha de vigencia de la norma impugnada, sin perjuicio de derechos
adquiridos de buena fe. Publíquese íntegramente en el Boletín Judicial y
reséñese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese al accionante, a la
Procuraduría General de la República y al Sindicato de Empleados Municipales de
la Municipalidad de Heredia (SIEMPRHE)”.
Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación
indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del
voto.
San
José, 14 de noviembre del 2013.
Fabián
Barboza Gómez
(IN2013076968) Secretario
A los causahabientes de quién en vida se
llamó: Édgar Alonso Cordero Cubillo, quien fue mayor, casado, vecino de Paraíso
de Cartago, Barrio San Esteban, de Sueños de Maíz 75 metros oeste, casa a mano
derecha de dos plantas color beige, con cédula de identidad N° 05-0213-0219, se
les hace saber que: Kattia Madriz Ortiz, mayor,
viuda, administradora de empresas, cédula de identidad N° 03-0329-0029, vecina de Paraíso de Cartago, Barrio
San Esteban, de Sueños de Maíz 75 metros oeste, casa a mano derecha de dos
plantas color beige, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge del
fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de
prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido:
Édgar Alonso Cordero Cubillo. Expediente N° 13-000712-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 24 de octubre del
2013.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—1 vez.—(IN2013077019).
Se
emplaza a los interesados, para que dentro del término de ocho días se
apersonen a este Juzgado a hacer valer sus derechos. Lo anterior por ordenarse
así en diligencias de devolución de cuotas de trabajador fallecido de quien en
vida fue: Mario Hernández Rivera, de 45 años de edad, estado civil soltero,
oficio guarda de seguridad público, vecino de Puriscal,
Floralia, con cédula N° 1-0511-0217, fallecido en
fecha 29 de marzo del 2005, y bajo los apercibimientos de Ley si no lo
hicieren. Diligencias de devolución de cuotas de trabajador fallecido N°
13-300065-0241-LA de fallecido: Mario Hernández Rivera, promovidas por Rafaela
Hernández Rivera.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Puriscal, Santiago de Puriscal, a las once horas quince minutos del quince de
noviembre del dos mil trece.—Msc. Carlos Andrés
Aguilar Arrieta, Juez.—1 vez.—(IN2013077021).
Con
ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados
en las diligencias número 13-300074-0239-LA-8 (78-13), que es consignación de
prestaciones del trabajador fallecido: Óscar Acuña Acuña,
quien en vida fue mayor, costarricense, viudo, pensionado, vecino de Hatillo,
cuya cédula de identidad fue la número 1-0170-0156; con el fin de que se
apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo
hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse
ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Yamilette
Acuña Córdoba.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía
de Hatillo, San José, 7 de octubre del 2013.—Licda. Peggy
Corrales Chaves, Jueza.—1 vez.—(IN2013077059).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y
ahorros legales de la fallecida Idannia Monge Segura,
cédula de identidad número 1-0733-0723, quien fue mayor y laboró para el Caja
Costarricense de Seguro Social; vecina de Desamparados y falleció el diez de
noviembre del dos mil diez; se consideren con derecho a las mismas, para que
dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí
establecidas bajo el número 13-300233-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados,
21 de octubre del 2013.—MSc. Kattia
Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2013077060).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Célimo
Mora Zúñiga, quien fue mayor, casado, viudo, vecino de San Ramón, cédula
2-165-1004 y falleció el 18 de agosto del año 2013, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número 13-000148-0692-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 13-000148-0692-LA. Proceso promovido por,
María Isabel Mora Varela.—Juzgado de Trabajo de
Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 29 de
octubre del 2013.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1
vez.—(IN2013077061).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Alberto Alvarado
Amuy, quien fue portador de la cédula 6-317-004 y
falleció el 16 de julio del año 2013, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 13-000777-1021-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 13-000777-1021-LA. Proceso promovido por
Corporación de Supermercados Unidos S. A., a favor de, José Alberto Alvarado Amuy.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía de Heredia, 23 de octubre del 2013.—Licda. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza.—1
vez.—(IN2013077062).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Freddy Calderón
Matamoros, cédula de identidad 4-159-706 y falleció el 11 de setiembre del año
2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio
bajo el número 13-000803-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
13-000803-1021-LA. Proceso promovido por Yorleni
Rivera Chacón a favor de Freddy Gerardo Calderón Matamoros.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 09 de octubre del 2013.—Lic. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza.—1
vez.—(IN2013077063).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Odir
Francisco Baltodano Barrantes, quien fue mayor,
soltero, costarricense, dependiente, vecino de Jicaral
centro, con cédula de identidad 6-0294-0080 y falleció el 30 de agosto del año
2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consignación de trabajador fallecido
bajo el número 13-300018-0435-LA-4, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
13-300018-0435-LA-4. Proceso promovido por Cynthia Rodríguez León, cédula
6-0250-0586.—Juzgado Contravencional
y Menor Cuantía de Jicaral, 30 de octubre del
2013.—Licda. Esther Orias Obando, Jueza.—1 vez.—(IN2013077064).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Willian
Romero Díaz, cédula 5-0154-0839, quien fue mayor, casado con María Josefa
Bustos Viales, cédula 5-0125-0902, operario de construcción y vecino de
Guanacaste, Santa Cruz, Cartagena, del Súper-Compro 275 metros sur, casa color
verde y falleció el 05 de abril del año 2007, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Devoluciones de ahorro obligatorio bajo el expediente número
13-000107-1052-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
13-000107-1052-LA. Proceso promovido por, María Josefa Bustos Viales, cédula
5-0125-0902 a favor de la misma.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía de Guanacaste, 10 de julio del 2013.—Licda. Yorleny Bello Varela, Jueza.—1
vez.—(IN2013077066).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Óscar de Jesús
Badilla Duarte, portador de la cédula de identidad 501420286, quien fue mayor,
casado, chofer de bus en las empresas Folklórica y Cabo Velas de Santa Cruz y Chabad de Filadelfia de Carrillo, nacido el 31 de julio del
año 1952 en Moralitos de Carrillo Guanacaste, vecino
de Barrio Sagamat, Santa Cruz, Guanacaste, de Pollos
la Negra 100 metros al este y 25 metros al sur, casa a mano izquierda de
cemento color verde musgo y falleció el 10 de marzo del año 2008, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Devolución de ahorros obligatorio bajo expediente número
13-000144-1052-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000144-1052-LA.
Proceso promovido por María del Rosario Ruiz Ruiz,
cédula 5-0256-0450 a favor de ella misma.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Guanacaste, Sede Santa Cruz; 08 de octubre
del 2013.—Licda. Nedyn Barrantes Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2013077067).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Rigoberto Mohs
Villalta, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la
cédula de identidad 7-030-769 y falleció el día 26 de julio del año 2010, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número
13-001882-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
13-001882-0173-LA. Proceso promovido por Lidiette
Porras González a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de
octubre del 2013.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2013077068).
Se
tiene establecida la causa número 12-300012-0311-LA-4 promovida por Nelly
Salazar Fouweler, cédula 1-1001-0190 en calidad de
cónyuge supérstite del fallecido Jesús María Berrocal González cédula 2-412-963
en proceso de consignación de prestaciones, dicho fallecido fue mayor, casado
dos veces, vecino de Zarcero. Se cita y emplaza a sus causahabientes por medio
de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial a
efecto de que se apersonen al proceso para hacer valer sus derechos dentro del
plazo de ocho días bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, el dinero que
por ese concepto se obtenga se entregará a quienes de conformidad con lo
establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo sean beneficiarios.—Zarcero, 10 de setiembre 2013.—Lic. Mauricio Herrera
Barboza, Juez Contravencional.—1
vez.—(IN2013077069).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó, Célimo
Madrigal Agüero, quien fue mayor, casado, pensionado, vecino de Aserrí, Poás, con cédula de
identidad número uno-cero dos cuatro siete-cero nueve ocho cuatro, se les hace
saber que, Víctor Julio Madrigal Cerdas, en calidad de hijo del fallecido a fin
de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por
ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola
vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este
Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido Víctor Julio Madrigal Cerdas. Expediente
número 12-300317-0237-LA-01.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Aserrí,
28 de agosto del 2013.—Licda. Adriana Jara Benavides, Jueza.—1
vez.—(IN2013077070).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Santiago Chaves
Berrocal, quien fue mayor, cédula de identidad 1-0480-0321, casado, albañil,
vecino de Cartago y falleció el 15 de setiembre del año 2013, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 13-000603-1023-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000603-1023-LA., promovido por Ana
Patricia Porras Alfaro.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía de Cartago, 31 de agosto del 2012.—Msc.
Adriana Chacón Catalán, Jueza.—1 vez.—(IN2013077071).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó, Lorena Valenciano Ortega, quien
fue mayor, vecina de San Luis de Jiménez, de la escuela 800 metros oeste y 300
norte, casa color blanco con rojo, con cédula de identidad número 7-0084-0069,
se les hace saber que: Orlando Sequeira Villegas, portador de la cédula de
identidad o documento de identidad número 2-339-605, vecino de San Luis de
Jiménez, escuela 800 metros oeste y 300 norte, casa color blanco con rojo, se
apersonó en este Despacho en calidad de esposo de la fallecida, a fin de
promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello,
se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en
el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este
Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Consignación de Prestaciones del trabajador fallecido Kenia Valenciano Ortega.
Expediente número 13-001249-0929-LA.—Juzgado de
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de noviembre
del 2013.—Licda. Floricel Oviedo Miranda, Jueza.—1 vez.—(IN2013077072).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó, Jorge Antonio González Cordero,
quien fue mayor, casado, vecino de La Unión, con cédula de identidad número
3-199-946, se les hace saber que: Iriabele Leal
Arrieta, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número
5-172-844, vecina de La Unión, se apersonó en este Despacho en calidad de
cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias
de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones del
trabajador fallecido Jorge Antonio González Cordero. Expediente número
13-300015-0895-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago,
17 de octubre del 2013.—Lic. Javier Fallas Villaplana,
Juez.—1 vez.—(IN2013077073).
Se
tiene establecido proceso devolución de ahorros de trabajador fallecido bajo el
Expediente 13-300025-0311-LA promovido por, Mariana Quirós Vargas, de quien en
vida se llamó Harold Mauricio Argüello Castro. Se cita y emplaza a sus
causahabientes por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, a efecto de que se apersonen al proceso para hacer valer sus
derechos dentro del plazo de ocho días del trabajador fallecido Harold Mauricio
Argüello Castro quien fue mayor, casado, ingeniero de cableado eléctrico de Coopealfaro Ruiz, vecino de Zapote de Zarcero, cédula
02-0523-0783 con la advertencia de que si así no lo hicieren el dinero se
girará a quien corresponda de acuerdo a lo que establece el artículo 85 del
Código de Trabajo.—Zarcero, 10 de setiembre del 2013.—Lic. Mauricio Herrera
Barboza, Juez Contravencional.—1
vez.—(IN2013077074)
Se
cita a los causahabientes del trabajador fallecido Edwin Rodríguez Salas, quien
fue mayor, casado, agricultor, vecino de la Palmita de Naranjo, cédula
02-0330-0558 para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a hacer valer
sus derechos en las diligencias de devolución de prestaciones laborales
promovidas por, María Teresa Espinoza Mora y como depositante el Banco Popular
y Desarrollo Comunal con la advertencia de que si así no lo hicieren el dinero
se girará a quien corresponda de acuerdo a lo que establezca el artículo 85 del
Código de Trabajo. Exento del pago de Timbres por el principio de gratuidad. Exp.: 13-300026-311-LA.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Zarcero, 20
de setiembre del 2013.—Lic. Mauricio Herrera Barboza, Juez.—1
vez.—(IN2013077075).
Se
cita a los causahabientes del trabajador fallecido Sigifredo
Solís Solís, quien fue mayor, casado, gerente de Coopealfaroruiz, vecino de Zarcero centro, cédula
02-0197-0514 para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a hacer valer
sus derechos en las diligencias de devolución de prestaciones laborales
promovidas por Amelia Lili González Blanco y como depositante el Banco Nacional
de Costa Rica con la advertencia de que si así no lo hicieren el dinero se
girará a quien corresponda de acuerdo a lo que establezca el artículo 85 del
Código de Trabajo. Exp.: 13-300027-311-LA.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Zarcero, 10 de octubre del 2013.—Lic. Mauricio Herrera
Barboza, Juez.—1 vez.—(IN2013077076).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó Juliám
Steven Picado Alpízar, quien portó la cédula de
identidad número 1-1427-0662, mensajero, soltero y falleció el dieciséis de
febrero del dos mil trece. Los interesados deberán apersonarse dentro de los
ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus
derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por
este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo
establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda.
Proceso de consignación de prestaciones número 13-300065-0895-LA (1) de Juliám Picado Alpízar.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de La Unión, 01 de octubre del 2013.—Licda. Ingrid Fuentes
Leiva, Jueza.—1 vez.—(IN2013077077).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó Rafael Ángel Rivera Vásquez, quien
fue mayor, casado, pensionado, portó la cédula de identidad número 1-0219-0766
y falleció el once de agosto del dos mil seis. Los interesados deberán
apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto,
a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren,
el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de
conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por
derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número
13-300072-0895-LA de Rafael Ángel Rivera Vásquez.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión,
01 de noviembre del 2013.—Licda. Ingrid Fuentes Leiva, Jueza.—1
vez.—(IN2013077078).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó Miguel Ángel Gamboa Abarca, quien
fue mayor, casado, oficial de seguridad privada, portó la cédula de identidad
número 1-0452-0758 y falleció el veintiocho de mayo de dos mil doce. Los
interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la
publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de
que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se
entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del
Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones
número 13-300090-0895-LA de Miguel Ángel Gamboa Abarca.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión,
22 de agosto del 2013.—Licda. Ingrid Fuente Leiva, Jueza.—1
vez.—(IN2013077079).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó Jonathan Muñoz Brenes, quien portó
la cédula de identidad número 1-1136-0866, profesor universitario, soltero y
falleció el quince de julio del dos mil trece. Los interesados deberán
apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto,
a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren,
el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de
conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por
derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número
13-300092-0895-LA (1) de Jonathan Muñoz Brenes.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión,
01 de noviembre del 2013.—Licda. Ingrid Fuentes Leiva, Jueza.—1
vez.—(IN2013077080).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó Isaac David Bermúdez Carvajal,
quien fue mayor, soltero, soldador, portó la cédula de identidad número
1-1429-0911 y falleció el veintidós de noviembre de dos mil doce. Los
interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la
publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de
que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se
entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del
Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de
prestaciones número 13-300093-0895-LA de Isaac David Bermúdez Carvajal.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de La Unión, 22 de agosto del 2013.—Licda. Ingrid Fuente
Leiva, Jueza.—1 vez.—(IN2013077081).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó Miguel Ángel Urtecho
Altamirano, quien fue mayor, soltero, soldador, portó la cédula de identidad
número 6-0087-570 y falleció el dieciocho de noviembre de dos mil siete. Los
interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la
publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de
que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se
entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del
Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de
prestaciones número 13-300094-0895-LA de Miguel Ángel Urtecho
Altamirano.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de La Unión, 28 de agosto del 2013.—Licda. Ingrid Fuente
Leiva, Jueza.—1 vez.—(IN2013077082).
Se
emplaza a todos los interesados en la diligencia del cobro del Fondo de
Capitalización Laboral del trabajador fallecido Santiago Rojas Sandí, quien fue
mayor, costarricense, con cédula de identidad N° 6-168-370, para que dentro del
plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no
lo hacen dentro del plazo indicado, el dinero pasará a quien corresponda.
Expediente N° 13-300419-1024-LA (3).—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, a las quince horas cinco minutos
del veintitrés de octubre del dos mil trece.—Licda. Viria
Guzmán Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2013077083).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María de los Ángeles
Bonilla Ramírez, cédula de identidad N° 4-0141-0826, y falleció el 7 de junio
del 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones
laborales, bajo el número 13-000380-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente
N° 13-000380-1021-LA. Proceso promovido por José Manuel Hewitt
Calvin a favor de María de los Ángeles Bonilla Ramírez.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 21 de mayo del 2013.—Lic. Octavio
Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2013077225).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó Juan Mauricio de Jesús Cañas Ross,
quien fue mayor, casado, vecino de Escazú, con cédula de identidad N°
1-566-096, se les hace saber que: Ligia Arguedas Villalobos, portadora de la
cédula de identidad o documento de identidad N° 1-580-605, vecina de Escazú, se
apersonó en este Despacho en calidad de viuda del fallecido, a fin de promover
las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les
cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido: Juan Mauricio de Jesús Cañas Ross.
Expediente N° 13-002000-1178-LA.—Juzgado de Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2013.—Lic.
Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—(IN2013077226).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Orlando Víquez
Álvarez, cédula de identidad N° 3-235-410, quien fue mayor, casado, con último
oficio de chofer repartidor, con último domicilio en Cartago, Proyecto Manuel
de Jesús Jiménez, casa N° Q-20, y falleció el 5 de mayo del 2007, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado, bajo el número 13-000601-1023-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000601-1023-LA. Proceso promovido por
Olga María Soto Rojas, cédula de identidad N° 1-630-477.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 21 de octubre del 2013.—Msc. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—1
vez.—(IN2013077228).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó, quien fue Isacc
Felipe Badilla Hernández, vecino de San Pedro de Barva
de Heredia, con cédula de identidad N° 4-0140-0440, se les hace saber que:
Ligia Vílchez Alvarado, portadora de la cédula de identidad o documento de
identidad N° 4-0133-0095, vecina de San Pedro de Barva
de Heredia, se apersonó en este Despacho en calidad de madre en ejercicio de la
patria potestad de los hijos menores de edad y cónyuge supérstite del
fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones.
Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen
en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus
derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N°
13-000746-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia,
11 de octubre del 2013.—Msc. Brenda Caridad Vargas,
Jueza.—1 vez.—(IN2013077229).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó, quien fue José Miguel Gutiérrez
Gamboa, vecino de San Josecito de San Rafael de Heredia, con cédula de
identidad N° 1-515-0012, se les hace saber que: Yolanda Eugenia Montero
Herrera, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad N°
1-675-0046, vecina de misma dirección del fallecido, se apersonó en este
Despacho en calidad de cónyuge supérstite y madre en ejercicio de la patria
potestad del menor David José Gutiérrez Montero del fallecido, a fin de
promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello,
se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en
el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este
Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N°
13-000761-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia,
17 de octubre del 2013.—Msc. Yuri López Casal,
Juez.—1 vez.—(IN2013077230).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó: José Andrés León Cárdenas, quien
fue mayor, casado, vecino de Desamparados, con cédula de identidad N°
6-195-903, se les hace saber que: Adina Mercedes
Vargas Vargas, portadora de la cédula de identidad o
documento de identidad N° 1-703-035, vecina de Desamparados, se apersonó en
este Despacho en calidad de viuda del fallecido, a fin de promover las
presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido: José Andrés León Cárdenas. Expediente N°
13-002616-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de San José, 22 de octubre del 2013.—Lic. Cinthia Pérez
Pereira, Jueza.—1 vez.—(IN2013077232).
Con
ocho días de plazo, se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados
en las diligencias N° 13-300022-240-LA (26-2013), que es devolución del Fondo
de Capitalización Laboral y del Régimen Obligatorio de Pensión Complementaria
del trabajador fallecido: Orlando Ortiz Jiménez, quien en vida fue mayor, de 82
años de edad, casado, empresario, vecino de Mora, Ciudad Colón, costarricense,
cuya cédula de identidad fue la número 1-0279-0875; con el fin de que se
apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo
hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse
ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Margarita Jiménez Ramírez
en su condición de esposa.—Juzgado de Trabajo de
Menor Cuantía de Mora, San José, 22 de octubre del 2013.—Lic. Marvin Jarquín Sancho, Juez.—1
vez.—(IN2013077233).
Se
cita y emplaza a los que con carácter de causahabientes de la consignación
prestaciones de trabajador fallecido y los ahorros en la Operadora de Pensiones
de la operadora del Banco Popular y de Desarrollo Comunal del fallecido: José
Ángel Varela Ramírez, cédula de identidad N° 5-0116-0401, falleció el
veintiocho de junio del dos mil trece, se consideren con derecho a las mismas,
para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas bajo el número 13-300086-0402-LA, y establecido por Melba Alpízar Alpízar, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Cañas, a las siete
horas cincuenta minutos del diecisiete de octubre del dos mil trece.—Lic. María
Isabel López Sánchez, Jueza.—1 vez.—(IN2013077309).
Se
emplaza a todos los causahabientes el trabajador fallecido: Juan Reinaldo López
López, quien fuere mayor, divorciado, oficial de
seguridad portuaria, portador de la cédula de identidad N° 7-0090-0874, y
vecino de Limón, para que comparezcan a este Despacho dentro del término de
ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto en defensa de sus
derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren los dineros que se
depositaren pasarán a quien legalmente correspondan. Lo anterior ordenado en
diligencias por muerte de Juan Reinaldo López López.
Gestiona: María Benigna Jirón Chavarría. Expediente N° 13-000211-1025-LA-D.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Limón, 29
de octubre del 2013.—Lic. Andrés Armando Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2013077310).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones
legales del fallecido Francisco Sánchez Fernández, quien en vida fue mayor,
casado, cédula de identidad N° 2-0218-0680, se consideren con derecho a las
mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho,
en las diligencias aquí establecidas bajo el número 13-300033-0319-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo, apercibidos de que si no lo hicieren, el dinero se entregará
a quien así lo demuestre.—Juzgado Contravencional
de Palmares, veintiséis de setiembre del dos mil trece.—Lic. Adriana Soto
González, Jueza.—1 vez.—(IN2013077311).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones del
fallecido: Juan Diego López Cascante, cédula N° 6-0284-0151, que se consideren
con derecho al mismo, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 13-300042-0441-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, a las
siete horas dieciséis minutos del veintiuno de octubre del dos mil trece.—Msc. Yamileth Tejada Solano, Jueza.—1 vez.—(IN2013077312).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones de
la fallecida: Sara Carvajal Prendas, cédula N° 6-0199-0894, que se consideren
con derecho al mismo, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 13-300043-0441-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, a las
nueve horas treinta y cinco minutos del veintiuno de octubre del dos mil
trece.—Msc. Yamileth Tejada Solano, Jueza.—1
vez.—(IN2013077313).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Eduardo Amores
Arias, quien fue mayor, casado, taxista, vecino de San Ramón, cédula de
identidad N° 0203620030, y falleció el 8 de diciembre del 2007, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación prestaciones, bajo el número 13-000145-0692-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000145-0692-LA. Proceso promovido
por Ligia María Sancho Castro.—Juzgado de Trabajo
de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 23
de octubre del 2013.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1
vez.—(IN2013077314).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alfredo Valverde
Orozco, quien fue mayor, viudo, vecino de San Ramón, portó la cédula N°
2-094-355, y falleció el 20 de octubre del 2013, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado, bajo el número 13-000146-0692-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 13-000146-0692-LA. Proceso promovido por Jesús
María Valverde León a favor de.—Juzgado de Trabajo
de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 24
de octubre del 2013.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1
vez.—(IN2013077315).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó: Jorge Armando Solís Jiménez,
quien falleció el 13 de setiembre del 2013, vecino de Aguas Frías de Roxana, de
la pulpería Vanessa 100 metros hacia el este, primera entrada última casa a
mano izquierda, con cédula de identidad N° 7-151-776, se les hace saber que:
Mariana Ordóñez Ordóñez, portadora de la cédula o
documento de identidad N° 5-326-680, vecina de Aguas Frías de Roxana, de la
pulpería Vanessa 100 metros hacia el este, primera entrada última casa a mano
izquierda, en calidad de compañera (unión de hecho), se apersonó en este
Despacho en calidad de del fallecido, a fin de promover las presentes
diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza
por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido. Expediente N° 13-001088-0929-LA.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de
setiembre del 2013.—Lic. Floricel Oviedo Miranda,
Jueza.—1 vez.—(IN2013077316).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del causante: Manuel
Salvador Barquero Gómez, quien fue mayor, casado, vecino de Orosi,
Cartago, operador del I.C.E., y quien portó la cédula de identidad número
tres-ciento veintiocho mil setecientos uno, fallecido el día catorce de marzo
del dos mil nueve, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del
lapso improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias establecidas bajo el
número 13-300048-0351 LA (49-2-13), a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de
Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, a las catorce horas del cuatro de
octubre del dos mil trece.—Lic. Jean Carlo Monge Madrigal, Juez.—1 vez.—(IN2013077317).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y
ahorros legales de la fallecida: Idannia Monge
Segura, cédula de identidad N° 1-0733-0723, quien fue mayor y laboró para la
Caja Costarricense de Seguro Social, vecina de Desamparados y falleció el diez
de noviembre del dos mil diez, se consideren con derecho a las mismas, para que
dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí
establecidas bajo el número 13-300233-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados,
21 de octubre del 2013.—MSc. Kattia
Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2013077318).
Se
emplaza a todos los causahabientes el trabajador fallecido: Jorge Venegas
Rodríguez, quien fuere mayor, soltero, portador de la cédula de identidad N°
7-0160-4660, y vecino de Colonia Villalobos de Horquetas, para que comparezcan
a este Despacho dentro del término de ocho días, contados a partir de la
publicación de este edicto en defensa de sus derechos, apercibidos de que si
así no lo hicieren los dineros que se depositaren pasará a quien legalmente
correspondan. Lo anterior ordenado en diligencias por muerte, promovido por
Corporación Supermercados Unidos Sociedad Anónima. Expediente N°
13-000169-1025-LA-2.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Limón, 22 de octubre del 2013.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2013077319).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Julio Roberto Marín
Soto, quien fue mayor, casado, cédula N° 1-891-406, ingeniero informático,
vecino de San Francisco de Heredia, fallecido el 10 de marzo del 2013, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio, bajo el
número 13-000462-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
13-000462-0505-LA. Proceso promovido por a favor de.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 13 de agosto del 2013.—Lic. Octavio
Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2013077320).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó: German Miranda Víquez, quien fue
casado, vecino de Mercedes Norte, auxiliar de topografía, con cédula de
identidad N° 4-0073-0225, se les hace saber que: Irena
Rojas Villalobos, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad
N° 4-0083-0565, vecina de Mercedes Norte de Heredia, se apersonó en este
Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las
presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N° 13-000738-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 11 de octubre del 2013.—Msc. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—(IN2013077321).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rosalía Rojas Lara,
quien fue mayor, casada, vecina de Heredia, Mercedes Norte, cédula N°
2-276-535, y falleció el 25 de setiembre del 2013, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público, bajo el número 13-000849-1021-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 13-000849-1021-LA. Proceso promovido por
Manuel de la Cruz Orozco Vílchez a favor de Rosalía Rojas Lara.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia,18
de octubre del 2013.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1
vez.—(IN2013077322).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Teresa Sánchez
Ramírez, cédula de identidad N° 4-0087-0255, y falleció el 23 de julio del 2013,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público, bajo el
número 13-000852-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
13-000852-1021-LA. Proceso promovido por Gerardo Emilio Sánchez Ramírez a favor
de María Teresa Sánchez Ramírez.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 21 de octubre del 2013.—Lic. Octavio
Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2013077323).
SEGUNDA PUBLICACION
En la puerta exterior de este Despacho,
libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos
del diez de febrero del dos mil catorce y con la base de seiscientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número trescientos diez mil ciento quince-cero cero
uno-cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Naranjo, cantón 06 Naranjo de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Edwin Morera Rojas; al sur, Edwin
Morera Rojas; al este, Edwin Morera Rojas; y al oeste, calle pública. Mide:
ciento treinta y nueve metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Plano:
A-0830438-1989. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos
del veinticinco de febrero del dos mil catorce, con la base de cuatrocientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del doce de marzo del
dos mil catorce, con la base de ciento cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual la Vivienda de Ahorro contra Flora Emilia Sandoval Gómez, Víctor
Hugo Sibaja Arroyo. Expediente: 13-004015-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional
de Grecia, 26 de agosto del 2013.—Lic. Edwin Vásquez Macalacad,
Juez.—(IN2013076286).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes
hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (Ley de Localización de Derec.), a las quince horas y cero minutos del tres de
marzo del dos mil catorce y con la base de tres millones novecientos noventa
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos mil seiscientos noventa y
cinco-cero cero cero (2-400695-000), la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Sarchí Norte, cantón 12 Valverde Vega de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Juan Luis Herrera Céspedes; al sur, Dinora Herrera
Céspedes; al este, Haydee Barboza Zúñiga; y al oeste, calle pública con 9,00
metros. Mide: ciento cuarenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados. Plano: A-0542272-1999. Para el segundo remate
se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de marzo del dos mil
catorce, con la base de dos millones novecientos noventa y dos mil quinientos
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del dos de abril del dos mil
catorce, con la base de novecientos noventa y siete mil quinientos colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Luis Antonio Herrera Barboza, Maylin Mejías
Oviedo. Expediente: 13-004093-1204-CJ.—Juzgado de
Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia,
11 de setiembre del 2013.—Lic. Edwin Vásquez Macalacad,
Juez.—(IN2013076290).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones, bajo las citas: 346-02950-01-0900-001, a las catorce
horas y treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil catorce y con la
base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 493.793-001-002 y
003, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 13 Pocosol,
cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
servidumbre de paso con un frente de 3,00 m, resto de finca madre; sur, Luis
Villalobos Barquero, Lidia Arce Miranda; este, servidumbre de paso con un
frente de 3,00 m. y Mario Bejarano Monge, resto de finca madre; y al oeste,
resto de finca. Mide: quinientos metros cuadrados. Plano: A-1570907-2012. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de
febrero del dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se
señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos
mil catorce, con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Óscar Andrés Lange Ulate contra Sian Francisco
Bejarano Miranda. Expediente: 13-001770-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de
octubre del 2013.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2013076378).
En
la puerta exterior de este Despacho: 1) Libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre de paso, citas: 2009-00272992-01-0011-001, reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 2009-00272992-01-0021-001 y
servidumbre trasladada, citas 2009-00272992-01-0022-001, a las ocho horas y
cero minutos del veinticuatro de abril de dos mil catorce y con la base de once
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta mil cuarenta y
nueve, la cual es terreno de cultivos. Situada en el distrito 01 Miramar,
cantón 04 Montes de Oro de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Antonio Méndez Roldán, Pedro Soto Fernández, Aida María Murillo Arias, José
Alberto Villalobos Artavia, Daniel Sosa Quesada, Ana Yancy Quirós Flores, Maribel Miranda Arroyo; al sur,
Inversiones Sansa del Pacífico S. A., Jesús Eduardo González Amuy y servidumbre agrícola con un frente a ella de 15.00
metros lineales; al este, Minor Naranjo Alvarado y
Silvia María de los Ángeles González Campos y servidumbre agrícola con un
frente a ella de 7.00 metros lineales; y al oeste, Minor
Naranjo Alvarado y Silvia María de los Ángeles González Campos. Mide: cinco mil
setenta y tres metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de mayo de dos mil catorce, con
la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y cero minutos del veinte de mayo de dos mil catorce, con la base de dos
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). 2) Además libre de gravámenes hipotecarios pero soportando
reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas
0464-00008741-01-0004-001, servidumbre de paso, citas
0577-00053564-01-0002-001, servidumbre de paso, citas
2009-00272992-01-0011-001, plazo de convalidación (rectificación de medida),
citas 2010-00149411-01-0003-001, con la base de cinco millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número ciento diez mil dieciocho-cero cero dos, la
cual es terreno dedicado a la agricultura. Situada en el distrito 01 Miramar,
cantón 04 Montes de Oro de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Annemasse Cours S. A., Silvia
González Campos, Minor Naranjo Alvarado; al sur,
Adriana González Amuy; al este, Annemasse
Corurs S. A.; y al oeste, Minor
Naranjo Alvarado. Mide: cuatro mil quinientos veintiocho metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del nueve de mayo de dos mil catorce, con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del
veinte de mayo de dos mil catorce con la base de un millón doscientos cincuenta
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Además libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos, citas 0464-00008741-01-0004-001, servidumbre de paso, citas
0577-00053564-01-0002-001, servidumbre de paso, citas
2009-00272992-01-0011-001, con la base de cuatro millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: 3) Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número ciento setenta mil cincuenta-cero cero cero, la cual es terreno de cultivos únicamente para uso
agrícola. Situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oro de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carlos Iván Sosa Quesada, Xavier Aizpurua Bustos, Sergio González González
y Barrantes Barrantes, Roberto Quesada Gómez, Mael Inversiones S.R.L.; al sur, servidumbre agrícola con
un frente a ella de 206.9 metros; al este, Minor
Naranjo Alvarado y Silvia María de los Ángeles González Campos; y al oeste, Minor Naranjo Alvarado. Mide: cinco mil noventa y cuatro
metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y cero minutos del nueve de mayo de dos mil catorce, con la base de
tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de mayo
de dos mil catorce, con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Benigno Salas Carvajal contra Minor Naranjo Alvarado.
Expediente: 13-003708-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 4 de noviembre del 2013.—Lic. Douglas
Quesada Zamora, Juez.—(IN2013076453).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos, citas 403-09658-01-0064-001, a las ocho horas y treinta
minutos del tres de marzo de dos mil catorce y con la base de quince millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil
ochocientos diez-cero cero cero, la cual es terreno
de pasto. Situada en el distrito 04 Pavón, cantón 07 Golfito de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Luciano Barrantes Chaves y Ezequiel Vargas Vargas; al sur, Bernarda Fernández Badilla; al este, Rosa
Mondragón Mondragón; y al oeste, Luciano Barrantes
Chaves y calle pública con un frente a ella de 61.76 metros. Mide: siete mil
setecientos siete metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de marzo
de dos mil catorce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de abril de dos mil
catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Walter Coronado Jiménez.
Expediente: 13-000628-1201-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 28 de
octubre del 2013.—Lic. Yesenia Auxiliadora Zúñiga
Ugarte, Jueza.—(IN2013076473).
En la puerta exterior de este Despacho remataré al
mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones, a las citas número tomo: trescientos treinta y cuatro, asiento:
cinco mil ochocientos veintitrés, consecutivo: cero uno, secuencia: cero cero cero dos, subsecuencia cero cero uno, la
finca del partido Puntarenas, matrícula número ciento sesenta y seis mil
cuatrocientos sesenta y siete-cero cero cero, con las
siguientes bases: para el primer remate la suma de cincuenta y tres millones
cuatrocientos treinta y tres mil seiscientos setenta y ocho colones con noventa
y seis céntimos, remate que se celebrará a las ocho horas del diez de enero de
dos mil catorce. Para el segundo remate con base en la suma de cuarenta
millones setenta y cinco mil doscientos cincuenta y nueve colones con veintidós
céntimos (rebaja del veinticinco por ciento de la base), se señalan las ocho
horas del veinticuatro de enero de dos mil catorce. Para el tercer remate la
base en la suma de trece millones trescientos cincuenta y ocho mil
cuatrocientos diecinueve colones con setenta y cuatro céntimos (veinticinco por
ciento de la base original), se señalan las ocho horas del siete de febrero de
dos mil catorce. El inmueble se describe así: terreno de cultivos anuales con
ferretería, situada en el distrito Pavón, cantón Golfito de la provincia de
Puntarenas, linda: al norte; sur; y al este, con Fundación para el Desarrollo
del Hospital Nacional de Niños; y al oeste, con calle pública con setenta y
ocho metros veintisiete centímetros. Mide: diecinueve mil quinientos setenta y
nueve metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados, posee plano N°
P-1252517-2008, propiedad de Juan Rafael Artavia
Pérez. Lo anterior dentro del proceso de ejecución hipotecaria, expediente
número 12-100118-0920-CI-3, establecido por el Banco Nacional de Costa Rica en
contra de Diego Armando Artavia Sánchez y otro.—Juzgado
Civil de Corredores, Ciudad Neily, 07 de
noviembre de 2013.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—(IN2013076476).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones, citas tomo: 0402, asiento: 007969, así como
condiciones ref.: 00227177-000, citas tomo: 0402, asiento: 007969, a las ocho
horas y cero minutos del veintisiete de enero del dos mil catorce y con la base
de ocho millones setecientos noventa y cuatro mil trescientos colones con
noventa y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos tres mil
ochocientos setenta y seis-cero cero cero, la cual es
terreno de charrales. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez
Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gerardo Durán; al sur,
Gamaliel Durán; al este, Víctor Sandí; y al oeste, quebrada en 1/2 José Henrichs. Mide: veinte mil novecientos sesenta y seis
metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del once de febrero del dos mil catorce, con la
base de seis millones quinientos noventa y cinco mil setecientos veinticinco
colones con setenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis
de febrero del dos mil catorce, con la base de dos millones ciento noventa y
ocho mil quinientos setenta y cinco colones con veinticuatro céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Ramón Monge Rojas. Expediente: 13-002753-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 31 de octubre del 2013.—Lic. Danny Gutiérrez
Gómez, Juez.—(IN2013076479).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
once horas y treinta minutos del veintidós de enero de dos mil catorce y con la
base de sesenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
sesenta y cuatro mil quinientos tres-cero cero cero,
la cual es terreno de frutales, pastos con una casa. Situada en el distrito Jacó, cantón Garabito de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Bernardo Loría Masís;
al sur, Bernardo Loría Masís;
al este, Bernardo Loría Masís;
y al oeste, Cecilia Delgado Quirós y callejón de acceso a vehículo. Mide:
cuatrocientos setenta y dos metros con catorce decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del seis de febrero
de dos mil catorce, con la base de cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintiuno de febrero de
dos mil catorce, con la base de dieciséis mil doscientos cincuenta dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Memo de Santa Ana S. A.
contra Magnun City Club S. A. Expediente:
13-003961-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 7 de noviembre del 2013.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2013076519).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
once horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil catorce y con la
base de treinta y un mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
cuatrocientos cinco mil ochocientos ochenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir N° 10. Situada en
el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados de la provincia de San
José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 9; al este, América
Castillo Chavarría; y al oeste, lote 11. Mide: ciento veintiséis metros con
doce centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y
cero minutos del siete de febrero de dos mil catorce, con la base de veintitrés
mil seiscientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del
veinticuatro de febrero de dos mil catorce, con la base de siete mil
ochocientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
La Costeña de Chile S.A. contra Robert Odilón González González.
Expediente: 13-004709-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 3 de
octubre del 2013.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2013076552).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones, citas: 0319-0005655-01-0901-001, a las
catorce horas y cero minutos del diez de enero de dos mil catorce y con la base
de cincuenta y nueve millones trescientos sesenta y un mil trescientos diez
colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 34204-A cero cero cero, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, Agrícola Ganadera la Herradura; al sur,
Rafael Corella Cruz; al este, calle pública; y al oeste, Agrícola Ganadera la
Herradura. Mide: trescientos cincuenta y tres metros con trece decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del veintisiete de enero de dos mil catorce, con la base de cuarenta y cuatro millones
quinientos veinte mil novecientos ochenta y tres colones con tres céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del once de febrero de dos mil catorce, con la
base de catorce millones ochocientos cuarenta mil trescientos veintisiete
colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago
contra Meilyn Sánchez Rivas. Expediente:
13-002828-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 28 de agosto del 2013.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez.—(IN2013076560).
En
la puerta exterior de este despacho, a las dieciocho horas del dieciséis de
diciembre del dos mil trece y con la base de doscientos cincuenta y cinco
millones doscientos ochenta y ocho mil colones exactos, base fijada
pericialmente. Para los efectos del principio de publicidad registral, en razón
de mantenerse aún anotadas en la finca a rematar, se indica que en el asiento
registral de la misma aparecen las cédulas hipotecarias que se dirán, las
cuales ya fueron declaradas prescritas, según se observa en este expediente por
certificación de las catorce horas cincuenta y nueve minutos del trece de
noviembre del año dos mil doce, a folio 552 al 569 vuelto. Dichas cédulas
hipotecarias son la de primer grado se encuentra anotada al tomo trescientos
sesenta y cinco, asiento diez mil trescientos cuarenta y dos; la de segundo
grado se encuentra anotada al tomo trescientos ochenta y nueve, asiento catorce
mil novecientos sesenta y dos y la de tercer grado se encuentra anotada al tomo
trescientos noventa y siete, asiento cinco mil cuatrocientos seis, que se
reiteran prescritas. En consecuencia sáquese a remate el inmueble embargado en
autos que se describe así: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
ciento ochenta y nueve mil veinte-cero cero cero, la
cual es terreno con tres bodegas para construir. Situada en el distrito 06 San
Francisco de Dos Ríos, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Urbanizadora la Pacífica S. A.; al sur, camino público con 81 metros
con 10 cm a acera; al este, Urbanizadora la Pacífica S. A.; y al oeste, camino
público con 74 metros con 33 cm a calle. Mide: seis mil cuatrocientos
diecinueve metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Crédito Agrícola de Cartago
contra Robert Alke Costa Rica S. A. Expediente:
94-016181-0226-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo
Circuito Judicial de San José, 21 de octubre del 2013.—M.Sc.
Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—(IN2013076579).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones con las citas: 0368-00017168-01-0900-001,
reservas y restricciones-citas:0368-00017168-01-0901-001, reservas y restricciones
citas: 0368-00017168-01-0902-001, Restricciones 0369-00018389-01-0915-001,
reservas y restricciones citas: 0369-00018389-01-0916-002, reservas y
restricciones citas: 0369-00018389-01-0917-002, reservas y restricciones
citas:0369-00018389-01-0918-001, reservas y restricciones
citas:0369-00018389-01-0920-001, reservas y restricciones citas:
0369-00018389-01-0921-001, reservas y restricciones citas:
0369-00018389-01-0922-001 a las siete horas y treinta minutos del veintinueve
de enero del año dos mil catorce, y con la base de nueve millones ochocientos
setenta y cinco mil seiscientos ochenta y seis colones con noventa y nueve
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil doscientos treinta
y cinco cero cero cero la
cual es terreno potrero. Situada en el distrito cuarto Colorado, cantón sétimo
Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle pública; al
sur Agropecuaria Turoquipa S. A.; al este
Agropecuaria Turoquipa S A y al oeste Agropecuaria Turoquipa S A. mide: mil cuatrocientos cuarenta y cuatro
metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
siete horas y treinta minutos del trece de febrero del año dos mil catorce, con
la base de siete millones cuatrocientos seis mil setecientos sesenta y cinco
colones con veinticuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del
veintiocho de febrero del año dos mil trece con la base de dos millones
cuatrocientos sesenta y ocho mil novecientos veintiún colones con setenta y
cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rafael
Ángel Izaba Duarte. Exp: 13-002172-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 27 de setiembre del año 2013.—Lic. Franz Loney
Castro Solís, Juez.—(IN2013076586)
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
diez horas y cero minutos del quince de enero del dos mil catorce y con la base
de cinco millones ochocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y
cinco colones con treinta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
quince mil cuatrocientos ochenta y ocho-cero cero uno-cero cero dos, la cual es
terreno para construir bloque C. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón 06
Cañas de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 22; al sur, lote
24; al este, lote 32; y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
treinta de enero del dos mil catorce, con la base de cuatro millones
trescientos noventa y dos mil trescientos cuarenta y un colones con cincuenta y
dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de febrero del dos mil
catorce, con la base de un millón cuatrocientos sesenta y cuatro mil ciento
trece colones con ochenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Jeilin Yesenia
Alvarado Salas, Manuel Salvador Cruz Cruz, Segundo
Calderón Uriarte. Expediente: 12-002349-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 27 de setiembre del 2013.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2013076590).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
nueve horas y treinta minutos del diez de marzo del año dos mil catorce, y con
la base de quince millones doscientos veintiún mil doscientos setenta y cuatro
colones con veintiún céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil
trescientos setenta y tres cero cero cero la cual es terreno lote 29 terreno para construir con
una casa de habitación. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07
Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con
frente de 12 metros 91 centímetros lineales; al sur, Isidro Gutiérrez; al este,
Paula Cubero Cisneros y al oeste, Manuel Obando Calvo y Asociación de
Desarrollo Integral de San Buenaventura de Colorado de Abangares. Mide:
doscientos ochenta y dos metros con setenta decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de
marzo del año dos mil catorce, con la base de once millones cuatrocientos
quince mil novecientos cincuenta y cinco colones con sesenta y seis céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta minutos del nueve de abril del año dos mil catorce
con la base de tres millones ochocientos cinco mil trescientos dieciocho colones
con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo contra
William Álvarez Eras. Exp. 13-001072-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 6 de noviembre del 2013.—Lic.
Franz Loney Castro Solís, Juez.—(IN2013076592).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de paso; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
veintidós de enero de dos mil catorce, y con la base de ciento cinco mil
dólares exactos moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta
mil setecientos setenta y tres-cero cero uno, cero cero
dos la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito Salitral, cantón
Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mariana e Ynain Montoya Arias; al sur, Hacienda Monte Nube S. A.; al
este, David Delgado y al oeste, calle pública. Mide: ciento cuarenta y seis mil
seiscientos cuarenta y tres metros con setenta y un decímetros cuadrados según
plano SJ-0611070-1985. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del seis de febrero de dos mil catorce, con la base de
setenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero de dos mil catorce con la
base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Lazare Islet S. A. contra Inversiones
Reproductivas S. A. Exp. 13-013772-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 7 de noviembre del 2013.—Lic. Minor
Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2013076595).
En
la puerta exterior de este Despacho; todas libres de gravámenes hipotecarios y
de anotaciones; a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de febrero
del año dos mil catorce, y con la base de dos millones de colones exactos para
cada una de las fincas que se dirán, en el mejor postor remataré lo siguiente:
1- Finca inscrita en el Registro Público, partido de partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos veinticinco-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito segundo Zaragoza, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Rancho Aljuan Limitada y Aracelly Vargas Vargas; al sur,
calle pública con ocho punto veintiocho centímetros y Rancho Aljuan Limitada; al este, Aracelly
Vargas Vargas y al oeste, Rancho Aljuan
Limitada. Mide: ciento cincuenta y seis metros cuadrados. 2- Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cuatro mil
setecientos veintiséis-cero cero cero la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito segundo Zaragoza, cantón sétimo
Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rancho Aljuan Limitada; al sur, calle pública con ocho punto
ochenta centímetros y servidumbre de paso de seis metros de ancho; al este,
Rancho Aljuan Limitada y al oeste, servidumbre de
paso de seis metros de ancho con un frente a ella de dieciocho punto
veintisiete centímetros. Mide: ciento sesenta y dos metros cuadrados. 3- Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y
cuatro mil setecientos veintisiete-cero cero cero la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito segundo Zaragoza, cantón
sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rancho Aljuan Limitada y servidumbre de paso; al sur, calle
pública con una frente a ella de once metros con seis centímetros y Rancho Aljuan Limitada; al este, servidumbre de paso de seis
metros de ancho con un frente a ella de veintiséis punto quince. Mide:
doscientos ochenta y un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del doce de marzo del año dos mil catorce, con la
base de un millón quinientos mil colones exactos para cada una de las fincas(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de
marzo del año dos mil catorce con la base de quinientos mil colones exactos
para cada una de las fincas (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sheiry Delgadillo Jiménez contra Rancho Aljuan
Limitada. Exp. 12-000271-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
16 de octubre del 2013.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—(IN2013076599).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
catorce horas y cero minutos del trece de enero de dos mil catorce, y con la
base de nueve mil veintiséis unidades de desarrollo, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
126.626-005-006 la cual es terreno lote 9 para construir con una casa. Situada
en el distrito 05 Concepción, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Construcciones Cabécar S. A.; al
sur, calle pública con 6 m; al este, lote 10 y al oeste, lote 8. Mide: ciento
treinta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del veintiocho de enero de dos mil catorce, con la base de
seis mil setecientos sesenta y nueve punto cincuenta unidades de desarrollo
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del doce de febrero de dos mil catorce con la
base de dos mil doscientos cincuenta y seis punto cincuenta unidades de
desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Gertrudis Maltez Urbina, María Anselma González López. Exp.
13-002935-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 9 de octubre del 2013.—Lic. Éricka
Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2013076610).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
nueve horas y treinta minutos del diez de enero del año dos mil catorce, y con
la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 214926-000 la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06 San Francisco de Dos
Ríos, cantón 01 San José, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, Inversiones Unidas S. A. con 12m 01cm; al sur,
lote para calle con 12m; al este, lote 16 con 20m 38cm y al oeste, lote 18 con
19m 87cm. Mide: doscientos cuarenta y un metros con cincuenta decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos
del veintisiete de enero del año dos mil catorce, con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del once de febrero del año dos mil catorce con la base de un millón doscientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional
de Costa Rica contra Laurence Arce Mejía, Tranar S.
A. Exp. 12-023032-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de octubre
del 2013.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2013076649).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios;
a las diez horas y quince minutos del doce de diciembre de dos mil trece, y con
la base de noventa y siete millones setecientos diez mil ochocientos sesenta y
cinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y cuatro mil
cuatrocientos cincuenta y ocho-cero cero cero, la
cual es terreno para construir con casa y oficina. Situada en el distrito
8-Mata Redonda, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Krelembaun Stienberg
Dwojra; al sur, Julio Enrique Aguilar Arce; al este,
calle pública con frente de trece metros con cincuenta centímetros y al oeste,
Johnny Mora Balma. Mide: cuatrocientos treinta y dos
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince
minutos del ocho de enero de dos mil catorce, con la base de setenta y tres
millones doscientos ochenta y tres mil ciento cuarenta y ocho colones con
setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del veintitrés de
enero de dos mil catorce con la base de veinticuatro millones cuatrocientos
veintisiete mil setecientos dieciséis colones con veinticinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Diana María Jiménez Araya. Exp.
13-000550-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de octubre del 2013.—Lic.
María Gabriela Solano Molina, Jueza.—(IN2013076650).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
trece horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero de dos mil
catorce, y con la base de treinta y tres millones quinientos veinticinco mil
trescientos cincuenta y cuatro colones con noventa y seis céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número cuarenta y ocho mil doscientos sesenta y uno cero cero
cero, la cual es terreno para construir con una casa
de habitación en construcción. Situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04
Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública
con un frente de 31m 99cm; al sur, Humberto González Cortés; al este, Freddy
Ramírez González y al oeste, Ramiro Guzmán Bermúdez. Mide: ochocientos treinta
y dos metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las trece horas y cuarenta y cinco minutos del tres de febrero de dos mil
catorce, con la base de veinticinco millones ciento cuarenta y cuatro mil
dieciséis colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del catorce de febrero de dos mil catorce con la base de ocho
millones trescientos ochenta y un mil trescientos treinta y ocho colones con
setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Arley Morales Montero, Delia del Milagro Trejos Amuy Exp. 13-004848-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 10 de octubre del 2013.—MSc.
Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2013076660).
En
la puerta exterior de este Despacho; soportando contrato prendario de primer
grado citas 800-81115-001; a las quince horas y quince minutos del veintidós de
enero de dos mil catorce, y con la base de quinientos sesenta mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número
299592, marca Hyundai, año 1991, color celeste, 4 puertas, chasis KMHVF22J7MU444086.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del seis de
febrero de dos mil catorce, con la base de cuatrocientos veinte mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y quince minutos del veintiuno de febrero de dos mil
catorce con la base de ciento cuarenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Arturo Arana
García contra Manuel Esteban Jiménez Sánchez. Exp.
09-002696-0307-CI.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de noviembre del
2013.—Lic. José Rolando Villalobos Méndez, Juez.—(IN2013076664).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
ocho horas y treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil catorce, y con
la base de cien mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00368564-005 la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Concepción,
cantón Alajuelita, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Nuria Madrigal Rodríguez; al sur, María Doris Carvajal
Matamoros; al este, Emile Rodríguez Agüero y al oeste, calle pública 8 m de
frente. Mide: ciento setenta y cinco metros con treinta y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del siete de febrero de dos mil catorce, con la base de setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de enero de
dos mil catorce con la base de veinticinco mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Suministros
Permanentes de Computadoras Súper Computadora Limitada contra María de los
Ángeles Abarca Madrigal. Exp. 11-000352-0307-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 8 de noviembre del 2013.—MSc.
Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013076665).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
dieciséis horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil catorce, y
con la base de cuatrocientos setenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas número 242408, marca Hyundai, año 1989,
color rojo, carrocería; sedan de 4 puertas, cilindrada 1500 c/c, vin no indica, categoría automóvil. Chasis;
KMHVF31JPKU030289, N° de motor: 385035. Para el segundo remate se señalan las
dieciséis horas y cero minutos del siete de febrero de dos mil catorce, con la
base de trescientos cincuenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil catorce, con
la base de cuarenta y un mil seiscientos noventa y cuatro colones con sesenta y
siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio de Arturo Arana García contra Mauricio Alberto Chaves Núñez. Exp. 09-004004-0307-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
14 de noviembre del 2013.—MSc. Roxana Hernández
Araya, Jueza.—(IN2013076672).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
ocho horas y treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil catorce, y con
la base de ocho millones cuarenta y siete mil quinientos ochenta y un colones
con cuarenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y cuatro mil
cuarenta y seis cero cero cero,
la cual es terreno naturaleza solar con dos casas y un molino. Situada en el
distrito 01- Golfito, cantón 07-Golfito, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte lote de María Leonor Díaz Hernández; al sur calle pública con
un frente a ella de veinticuatro metros diez centímetros; al este resto de
Municipalidad de Cantón de Golfito y al oeste lote de María Leonor Díaz
Hernández. Mide: mil ciento cinco metros con ochenta y tres decímetros
cuadrados. Plano P-0132063-1993. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del siete de febrero de dos mil catorce, con la base de
seis millones treinta y cinco mil seiscientos ochenta y seis colones con seis
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero de dos mil
catorce con la base de dos millones once mil ochocientos noventa y cinco
colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal
contra Ricardo Oldemar Valerio Díaz. Exp. 13-000528-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito,
10 de setiembre del 2013.—Lic. Yesenia Zúñiga Ugarte,
Jueza.—(IN2013076676).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y treinta minutos del
veintidós de enero de dos mil catorce, y con la base de ocho millones
ochocientos treinta y seis mil quinientos noventa y dos colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número F00032526-000 la cual es terreno filial sesenta y uno de una
planta ubicada en el primer piso destinada a local comercial en proceso de
construcción. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte filial sesenta y tres; al sur área
común destinada a pasillo; al este filial sesenta y dos y al oeste área común
destinada a pasillo. Mide: once metros con setenta y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del seis de febrero de dos mil catorce, con la
base de seis millones seiscientos veintisiete mil cuatrocientos cuarenta y
cuatro colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de
febrero de dos mil catorce con la base de dos millones doscientos nueve mil
ciento cuarenta y ocho colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical
Comercial Plaza San Carlos contra Carmen María Rodríguez Pacheco. Exp. 12-008572-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 1° de octubre del 2013.—Lic.
Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2013076693).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas Ley Aguas de las citas: 0320-00016191-01-0002-001; a las
diez horas y cero minutos del nueve de enero del año dos mil catorce, y con la
base de seis millones doscientos cincuenta y tres mil veintiocho colones con un
céntimo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 192222-000 la cual es terreno con una casa de
habitación, lote-1, bloque-C. Situada en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón 10
Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote destinado a
parque; al sur, calle pública con un frente de catorce metros con cuarenta y
seis centímetros; al este, lote 2, bloque C y al oeste, Compañía Bananera
Atlántica Limitada. Mide: trescientos dieciocho metros con treinta y seis
decímetros cuadrados, para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del veintitrés de enero del año dos mil catorce, con la base de cuatro
millones seiscientos ochenta y nueve mil setecientos setenta y un colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del seis de febrero del año dos mil
catorce con la base de un millón quinientos sesenta y tres mil doscientos
cincuenta y siete colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra German Antonio Sequeira Bonilla. Exp. 13-021319-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de
octubre del 2013.—Lic. Edwin Mata Elizondo, Juez.—(IN2013076723).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este despacho,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo
las citas 392-19182-01-0900-001, a las catorce horas y treinta minutos del
veinte de enero del dos mil catorce y con la base de treinta y dos millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 262.134-000, la cual es terreno para construir con
una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Eduardo Gutiérrez; sur, calle
pública; este; y oeste, Urbanizaciones Dos Mil S. A. Mide: ciento sesenta y dos
metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Plano: A-0000704-1991. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de
febrero del dos mil catorce, con la base de veinticuatro millones de colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de febrero del dos
mil catorce, con la base de ocho millones de colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Carlos José Valenzuela Amores contra Inversiones Jimarsol
S. A. Expediente: 12-101194-0297-CI.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 10 de
octubre del 2013.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2013076742).
En la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos, a citas: 305 6145, a las diez horas y quince minutos del
diecinueve de diciembre del dos mil trece y con la base de mil quinientos dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 149168, submatrícula
cero cero cero, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 02 Sabalito, cantón 08 Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Sergio Bermúdez Esquivel; al sur, calle pública; al este, Sergio Bermúdez
Esquivel; y al oeste, Sergio Bermúdez Esquivel. Mide: quinientos metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos
del veinte de enero del dos mil catorce, con la base de mil ciento veinticinco
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las diez horas y quince minutos del cuatro de febrero del
dos mil catorce, con la base de trescientos setenta y cinco dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Francis Marjorie Cordero Valverde contra Irene
Hernández Morales. Expediente: 11-000459-0188-CI.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 6 de
noviembre del 2013.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2013076782).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando demanda penal, inscrita a las citas: 525-13325-01-0001-001,
539-06902-01-0001-001, 541-00160-01-0001-001, 541-00160-01-0004-001 y
541-00160-01-0005-001, a las ocho horas y cero minutos del catorce de enero del
dos mil catorce y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
ciento ochenta y cuatro mil ochocientos sesenta-cero cero uno-cero cero
dos-cero cero tres, la cual es terreno de pastos, café, una casa y un galerón.
Situada en el distrito Piedades Sur, cantón San Ramón de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 130.81 metros y en parte Félix
Montero Cruz, Cecilio González Carvajal, Marco Rodríguez Vásquez, José Arias
Rodríguez, Otilia Pérez U., Alicia Guido Jiménez, Ronald González C.,
Temporalidades de la Iglesia Católica, José Naranjo Arias; al sur, calle
pública con un frente de 392.54 metros y Guillermo Rodríguez Villalobos; al
este, río las Piedras, Gerardo Vásquez Arias, Gerardo Calderón Rodríguez,
Guillermo Rodríguez Villalobos y calle pública con un frente de 185.59; y al
oeste, Gerardo Calderón Rodríguez y Francisco Ledezma
Morales y en parte Guillermo Rodríguez Villalobos. Mide: ciento veintiséis mil
novecientos cincuenta y ocho metros con treinta y nueve decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintinueve
de enero del dos mil catorce, con la base de nueve millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del trece de febrero del dos mil catorce, con la
base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Diana
Carolina Madrigal Vargas contra Luis Guillermo Rodríguez Villalobos y otra.
Expediente: 09-000226-0296-CI.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 6 de
agosto del 2013.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—(IN2013076797).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada, al tomo: 376 y asiento: 02417, a las once
horas y quince minutos del diecisiete de enero de dos mil catorce y con la base
de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cuarenta
y dos mil doscientos veinte-cero cero cero, la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Quesada,
cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Víctor
Julio Muñoz Ramírez; al sur, calle pública con 10 m 59 cm otro; al este, Ana
Isabel Araya Villalobos; y al oeste, Víctor Julio Muñoz. Mide: ciento cuarenta
y cinco metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las once horas y quince minutos del tres de febrero de dos mil catorce, con la
base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y
quince minutos del dieciocho de febrero de dos mil catorce, con la base de dos
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de
Ahorro y Préstamo contra Alfonso Araya Villalobos. Expediente:
13-007560-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de octubre del
2013.—Lic. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—(IN2013076828).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
ocho horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil catorce y con la base
de seis millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta
y ocho mil setecientos treinta y tres-cero cero cero,
la cual es terreno para construir con una casa numerada como dieciocho A.
Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, lote 42; al sur, calle de servidumbre a con 12 m
22 cm; al este, lote 17; y al oeste, lote 19. Mide: doscientos sesenta y un
metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del nueve de febrero de dos mil catorce, con la
base de cuatro millones ochocientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
cero minutos del diecinueve de febrero de dos mil catorce, con la base de un
millón seiscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Claudia Duartes Duartes.
Expediente: 13-008610-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
27 de setiembre del 2013.—LIc. María Gabriela Solano
Molina, Jueza.—(IN2013076832).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada, (citas: 257-06530-01-0901-001), servidumbre
dominante, (citas: 337-14007-01-0900-001), servidumbre dominante, (citas:
371-17937-01-0005-001) y servidumbre sirviente, (citas: 371-17937-01-0006-001),
a las ocho horas y quince minutos del veinte de enero de dos mil catorce y con
la base de siete millones ciento cincuenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
trescientos trece mil cuatrocientos sesenta y cuatro-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno lote 13-K, terreno para
construir. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lotes 6 y 7 K; al sur, alameda 3 con
un frente de 07,50 metros; al este, lote 12 K; y al oeste, lote 14 K. Mide:
ciento doce metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las ocho horas y quince minutos del cuatro de febrero de dos mil
catorce, con la base de cinco millones trescientos veintiséis mil quinientos
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del diecinueve de febrero de
dos mil catorce, con la base de un millón setecientos ochenta y siete mil
quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Anabelle Granados Gutiérrez, Nelson Antonio
Céspedes Gómez, Rubén Solórzano Castillo. Expediente: 13-008611-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 27 de setiembre del 2013.—Lic. María
Gabriela Solano Molina, Jueza.—(IN2013076834).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho
horas y cero minutos del dieciséis de enero de dos mil catorce y con la base de
cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placa 191282, marca: Toyota, categoría: automóvil, estilo:
Land Cruiser VX, año: 1992,
color: blanco. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos
del treinta y uno de enero de dos mil catorce, con la base de cuatro millones
ciento veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de
febrero de dos mil catorce, con la base de un millón trescientos setenta y
cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor
de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Steve Sandoval Bolaños contra Quirico Rivera Calderón.
Expediente: 13-003107-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía de Heredia, 17 de julio del 2013.—Lic. Ricardo
Chacón Cuadra, Juez.—(IN2013076835).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA,
(citas: 574-80463-01-0002-001), a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
veinte de enero de dos mil catorce y con la base de setenta y nueve mil
novecientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número cincuenta y cuatro mil
setecientos ochenta y ocho-cero cero cero, la cual es
finca filial número treinta y cuatro de dos plantas destinada a uso
habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 11 San Rafael
Abajo, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Ana Lillian Chinchilla Chacón; al sur, acceso
vehicular con seis metros de frente; al este, finca filial número treinta y cinco;
y al oeste, finca filial número treinta y tres. Mide: ciento cincuenta y siete
metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de febrero de dos mil
catorce, con la base de cincuenta y nueve mil novecientos veinticinco dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de febrero de
dos mil catorce, con la base de diecinueve mil novecientos setenta y cinco
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Geniva Yamileth Pérez Palacios. Expediente:
13-008974-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de octubre del
2013.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013076838).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
ocho horas del trece de enero del dos mil catorce y con la base de siete mil
quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 333792-000, la cual es terreno
con dos galerones. Situada en el distrito 02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás de
la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 11 m; al sur, Eida Rosco Calvo; al este, Eileeen
Castro; y al oeste, Rosa Roda. Mide: cuatrocientos tres metros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiocho de enero del dos mil
catorce, con la base de cinco mil seiscientos veinticinco dólares exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho
horas del doce de febrero del dos mil catorce, con la base de mil ochocientos
setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de sucesión Ivette
Astúa Montoya contra Wifela
Sociedad Anónima. Expediente: 12-006651-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 03 de octubre del
2013.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2013076839).
En
la puerta exterior de este Despacho, a las quince horas y treinta minutos del
veinte de enero de dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios;
soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, (citas:
292-08861-01-0003-001) y con la base de siete millones cuatrocientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número ciento setenta y dos mil trescientos sesenta y
uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir
lote B 25. Situada en el distrito 03 Guaycará, cantón
07 Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote B 26; al sur,
lote B 24; al este, Sula S. A.; y al oeste, calle pública con 10.00 metros de
frente. Mide: trescientos veintiséis metros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las quince horas y treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil
catorce, con la base de cinco millones quinientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las quince horas y treinta minutos del diecinueve de febrero de dos mil
catorce, con la base de un millón ochocientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Dannia
Espinoza Alvarado y Víctor Manuel Monge Solís. Expediente N° 13-009183-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 23 de octubre del 2013.—Lic. Kenny Obaldía
Salazar, Juez.—(IN2013076841).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre sirviente, (citas: 378-03437-01-0001-001), servidumbre
de paso, (citas: 576-04355-01-0005-001) y servidumbre de ancla, (citas:
576-31325-01-0001-001), a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
veintiuno de enero de dos mil catorce y con la base de siete millones
trescientos noventa y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos
setenta y dos mil doscientos trece-cero cero cero, la
cual es terreno de solar. Situada en el distrito 04 San Antonio, cantón 01
Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública
recientemente abierta en un frente a ella de 12 metros lineales; al sur,
Gilberto Vargas Ulate; al este, Susana Bermúdez
Cascante; y al oeste, Peralta y Álvarez S. A. Mide: doscientos cincuenta metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del cinco de febrero de dos mil catorce, con la base de cinco millones
quinientos cuarenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de febrero de dos mil
catorce, con la base de un millón ochocientos cuarenta y ocho mil doscientos
cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor
de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Yency Patricia Borbón Alvarado. Expediente:
13-009277-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de octubre del
2013.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2013076873).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre de paso, servidumbre de líneas eléctricas y de paso,
servidumbre ecológica y limitaciones y servidumbre de acueducto, a las once
horas y treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil catorce y con la
base de cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 228469-000, la
cual es terreno lote diez, terreno para construir. Situada en el distrito 01
Paraíso, cantón 02 Paraíso de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
servidumbre de paso en medio de 3-101-492236 S. A.; al sur, Andrés Solano Mata;
al este, lote once; y al oeste, lote nueve. Mide: dos mil doscientos noventa y
cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y
treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil catorce, con la base de
treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos
del cuatro de marzo de dos mil catorce, con la base de doce mil quinientos
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de 3-102-590276 Sociedad de Responsabilidad Limitada
contra Ecoresidencial Vista Laguna Sociedad Anónima.
Expediente: 13-002909-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 11 de noviembre del 2013.—Lic.
Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2013076875).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones, (citas: 325-00297-01-0901-001), a las
dieciséis horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil catorce y con la
base de cuatro millones cuatrocientos setenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento sesenta y un mil trescientos veinticinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Victoria Chaves Martínez; al sur, servidumbre de paso; al este,
Florentino Quintanilla Medina; y al oeste, Florentino Quintanilla Medina. Mide:
ciento sesenta y tres metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del cuatro de
febrero de dos mil catorce, con la base de tres millones trescientos cincuenta
y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del
diecinueve de febrero de dos mil catorce, con la base de un millón ciento
diecisiete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra German Ricardo Castrillo Cerdas.
Expediente: 13-009184-1157-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de octubre
del 2013.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013076876).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbres trasladadas, mediante las citas 408-2133-01-0991-001 y
446-18483-01-0007-001, a las trece horas y treinta minutos del quince de enero
de dos mil catorce y con la base de ciento ochenta y seis mil ciento treinta y
un dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número veintinueve mil quinientos sesenta y dos F-cero
cero cero, la cual es terreno filial 7 destinado a
uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito Santa Ana,
cantón Santa Ana de la provincia de San José. Colinda: al noreste, muro a
lindero exterior; al sureste, área común de acceso vehicular; al suroeste, área
común libre sea calle interna. Mide: trescientos cuarenta metros con cincuenta
y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas
y treinta minutos del treinta de enero de dos mil catorce, con la base de
ciento treinta y nueve mil quinientos noventa y ocho dólares con veinticinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de febrero de dos mil
catorce, con la base de cuarenta y seis mil quinientos treinta y dos dólares
con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hortensia María
León Zamora y María Daniela León Monge contra Verano Soleado del Campo Siete S.
A. Expediente: 13-011684-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del 2013.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2013076884).
En
la puerta exterior de este Despacho; 1) libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre dominante citas: 0359-00013461-01-0004-01; a las diez
horas y treinta minutos del trece de enero del dos mil catorce y con la base de
cuatro millones novecientos noventa y seis mil doscientos dieciséis colones con
veinte céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca partido de San
José, matrícula 459904-000, naturaleza: terreno para construir con árboles
frutales y ornamentales lote 4 E, situada en el distrito 07-Purral cantón,
08-Goicoechea de la provincia de San José. Linderos: norte, lote 18 E; sur, avenida Hamburgo; este, lote 5
E; oeste, lote 3 E. Mide: cien metros con dos decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de
enero de dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cuarenta y
siete mil ciento sesenta y dos colones con quince céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del doce de febrero de dos mil catorce con la base de un millón
doscientos cuarenta y nueve mil cincuenta y cuatro colones con cinco céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del trece de enero de dos mil
catorce, y con la base de cuatro millones novecientos noventa y seis mil
doscientos dieciséis colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca partido de San José, matrícula 459891-000 naturaleza:
terreno para construir con árboles frutales y ornamentales lote 4 E, situada en
el distrito 07-Purral cantón 08-Goicoechea de la provincia de San José.
Linderos: norte, lote 18 E, sur, avenida Hamburgo; este, lote 5 E; oeste, lote
3 E. Mide: cien metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil
catorce, con la base de tres millones setecientos cuarenta y siete mil ciento
sesenta y dos colones con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos
del doce de febrero de dos mil catorce con la base de un millón doscientos
cuarenta y nueve mil cincuenta y cuatro colones con cinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial) Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Saulo
Meléndez Cárdenas contra Constructora Artemis del Caribe S. A. Exp. N° 13-002130-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de octubre
del 2013.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2013076931).
A
las nueve horas treinta minutos del doce de diciembre del dos mil trece, desde
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la
base fijada por el perito menos el veinticinco por ciento quedando la misma en
la suma de un millón novecientos veintiún mil quinientos colones, en el mejor
postor remataré: “libre de gravámenes prendarios, con número de motor 66291110033527,
placa número 292824, marca Mercedes Benz, estilo MB 100D 2.9, categoría
automóvil, tracción 4x2, carrocería microbús, color blanco, año 1998, capacidad
para doce personas, chasis N° KPD6612171P032886, cilindrada 2874 c.c.,
combustible diesel.” lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo
simple N° 2007-002687-0220-CI-2, establecido por Instacredit
S. A. contra Óscar Pérez Sánchez y Gerardo Corrales Mora.—Juzgado Primero
Civil de Menor Cuantía, San José, 4 de noviembre del 2013.—Msc. Adriana Orocú Chavarría,
Jueza.—(IN2013076967).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y
anotaciones judiciales; a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de
enero de dos mil catorce, y con la base de tres millones quinientos cinco mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas
número 295708. Marca Rover. Capacidad 5 personas. Año
1998. Color negro. Chasis SARRTLWTWWD270655. Cilindrada 1600 c.c. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de febrero
de dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos veintiocho mil
setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de febrero
de dos mil catorce con la base de ochocientos setenta y seis mil doscientos
cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Misael Gerardo Cerdas Sandí. Exp. N°
13-005443-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 9 de setiembre del 2013.—Lic. María
Mora Saprissa, Jueza.—(IN2013076970).
En
la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho
horas del veintisiete de enero de dos mil catorce, y con la base de cuatro
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas Cl 235336, marca Toyota, estilo Tacoma, categoría
carga liviana, año 2000, capacidad 2 personas, color dorado, carrocería caja
abierta o cam-pu, uso particular, cilindrada 2700
c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas
del once de febrero de dos mil catorce, con la base de tres millones
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintiséis de
febrero de dos mil catorce con la base de un millón ciento veinticinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S. A. contra Alexander
Morales Quesada. Exp. N° 13-008061-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 16 de octubre del 2013.—Lic. Ana Rita de los Ángeles
Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2013076973).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del quince de enero de dos mil catorce y con
la base de ochocientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo placas MOT-310848, marca Jinan Qingqi,
categoría motocicleta, carrocería motocicleta, chasis LV7MN2407CA800010, uso
particular, estilo QM 200 GY B ASD, capacidad 2 personas, año 2012, color
negro, número motor K166FML30089846, combustible gasolina. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de
enero de dos mil catorce, con la base de seiscientos quince mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de febrero de dos mil
catorce con la base de doscientos cinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S. A. contra Daisy de los
Ángeles Sánchez Rivera. Exp. N° 13-012312-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de setiembre del 2013.—Lic. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2013076974).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
nueve horas y cero minutos del catorce de enero de dos mil catorce y con la
base de un millón doscientos cincuenta y cinco mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 560772. Marca Nissan.
Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1998. Color beige. Vin 1N4AB41D4WC742342. Cilindrada 1600 c.c. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de enero del
dos mil catorce, con la base de novecientos cuarenta y un mil doscientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de febrero
de dos mil catorce con la base de trescientos trece mil setecientos cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Wilfrido Zamora Beita. Exp. N° 13-004294-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de
setiembre del 2013.—Lic. María Mora Saprissa, Jueza.—(IN2013076976).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 363-19360-01-0920-001, 363-19360-01-0921-001, 363-19360-01-0922-001,
363-19360-01-0923-001, 363-19360-01-0930-001, 363-19360-01-0931-001,
363-19360-01-0932-001, 363-19360-01-0933-001, 365-06084-01-0906-001,
365-06084-01-0907-001, 365-06084-01-0908-001; a las nueve horas y quince
minutos del dieciséis de enero de dos mil catorce, y con la base de treinta
millones ochocientos setenta y nueve mil trescientos sesenta y cinco colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número 00132773-cero veintisiete, la cual es terreno
de construir. Situada en el distrito Parrita, cantón Parrita, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, Digno Morales Vargas; al sur, Gerardo Morales
y quebrada Bejuco; al este, Chicas Poderosas S. A. calle pública, y lotes 2, 5,
8, 11 y 16 y al oeste, Daznle S. A. y lotes 2, 8, 11
y 16. Mide: veinticinco mil ochocientos cincuenta y cinco metros con
veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y quince minutos del treinta y uno de enero de dos mil catorce, con la
base de veintitrés millones ciento cincuenta y nueve mil quinientos veintitrés
colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del diecisiete
de febrero de dos mil catorce con la base de siete millones setecientos
diecinueve mil ochocientos cuarenta y un colones con veinticinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ana
Cecilia Rodríguez Guzmán contra Ojos Azules A.A.A. Sociedad Anónima. Exp. 13-004112-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 27 de setiembre del
2013.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2013077031).
En la
puerta exterior de este Despacho; soportando reservas y restricciones al tomo
316, asiento 15539, hipoteca de primer grado al tomo 528 asiento 1263; a las
catorce horas del veinte de enero del año dos mil catorce, y con la base de
cuarenta mil dólares moneda de los Estados Unidos de Norte América, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
90546-000 cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Ángeles, cantón San
Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 205 con 27m 99cm;
al sur, resto dest a calle publ
con 46m 15cm; al este, lote 146 con 76m 17cm y al oeste, resto dest a parque con 87m 53cm. Mide: tres mil ciento cuarenta
y nueve metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas del cinco de febrero del año dos mil catorce, con la
base de treinta mil dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas del veintiuno de febrero del año dos mil catorce, con la base
de diez mil dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Amanela del Bosque S. A. contra Kontable
A.B. Sociedad Anonimia Exp. 06-001314-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de octubre del
2013.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—(IN2013077046).
A
las diez horas del trece de enero del año dos mil catorce, en la puerta
exterior de este Despacho, y con la base de diecinueve millones quinientos
cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones, soportando
hipoteca en primer grado por la suma de veintiséis mil seiscientos sesenta y
seis dólares con sesenta y seis centavos a favor de Inversiones Capital del
Norte S. A, e hipoteca en segundo grado por la suma de once mil seiscientos
sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos en favor de Las Ruinas del
Roble S. A, sáquese a remate el inmueble embargado en autos, el cual se
describe así: Nº 1 finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
F-00011011-000 la cual es terreno local comercial 9. Situada en el distrito San
Antonio cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
noroeste, pasillo área común; al sur, suroeste, pasillo peatonal local 5 OT; al
este sureste, local 6 y al oeste, noreste, local 8. Mide: treinta y seis metros
con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Con la base de diecinueve millones
quinientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones,
soportando hipoteca en primer grado por la suma de veintiséis mil seiscientos
sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos a favor de Inversiones
Capital del Norte S. A., e hipoteca en segundo grado por la suma de once mil
seiscientos sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos en favor de Las
Ruinas del Roble S. A. N° 2 finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
F-00011010-000, la cual es terreno local comercial 8. Situada en el distrito
San Antonio cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, noroeste, pasillo área común; al sur, suroeste, local 9; al este
sureste, local 7 y al oeste, noreste, área común. Mide: treinta y seis metres
con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Con la base de diecinueve millones
quinientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones,
soportando hipoteca en primer grado por la suma de veintiséis mil seiscientos
sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos a favor de Inversiones
Central del Sur S. A, e hipoteca en segundo grado por la suma de once mil
seiscientos sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos en favor de Las
Ruinas del Roble S. A. Nº 3 finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
F-00011009-000, la cual es terreno local comercial 7. Situada en el distrito
San Antonio cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, noroeste, local 8; al sur, suroeste, local 6; al este sureste, pasillo
área común y al oeste, noreste, área común. Mide: treinta y seis metros con
ochenta y nueve decímetros cuadrados. Con la base de diecinueve millones
quinientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones,
soportando hipoteca en primer grado por la suma de veintiséis mil seiscientos
sesenta y seis dólares con sesenta
y seis centavos
a favor de Inversiones Central del Sur S. A., e
hipoteca en segundo grado por la suma de once mil seiscientos sesenta y seis
dólares con sesenta y seis centavos en favor de Las Ruinas del Roble S. A. Nº 4
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F-00011008-000, la
cual es terreno local comercial 6. Situada en el distrito San Antonio cantón
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, noroeste, local
9; al sur, suroeste, local 5; al este sureste, pasillo área común y al oeste,
noreste, local 7. Mide: treinta y seis metros con cuarenta y nueve decímetros
cuadrados. Con la base de diecinueve millones quinientos cuarenta y ocho mil
cuatrocientos cincuenta y nueve colones, soportando hipoteca en primer grado
por la suma de veintiséis mil seiscientos sesenta y seis dólares con
sesenta y seis
centavos a favor
de Inversiones Central del Sur S. A., e hipoteca en segundo grado por la
suma de once mil seiscientos sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos
en favor de Las Ruinas del Roble S. A. Nº 5 finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número F-00011007-000, la cual es terreno local comercial 5.
Situada en el distrito San Antonio cantón Desamparados, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, noreste, local 6-9 y servic
sanitario; al sur, pasillo área común; al este sureste, pasillo área común y al
oeste, pasillo común. Mide: setenta y un metros con cincuenta decímetros
cuadrados. de no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las diez horas del veintiocho de enero del año dos mil catorce, con la
base de catorce millones seiscientos sesenta y un mil trescientos cuarenta y
cuatro colones con ochenta y nueve céntimos cada uno de los inmuebles descritos
(rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las diez horas del trece de febrero del año dos mil catorce, con la
base de cuatro millones ochocientos ochenta y siete mil ciento catorce colones
con noventa y siete céntimos, cada uno de los inmuebles descritos (un 25% de la
base original). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Albanery Rivas Alvarado contra Zheng
Yong Xu Zheng.
Exp. 11-001452-0173-LA.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 23
de octubre del 2013.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—(IN2013077065).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas:
414-03571-01-0546-001; a las nueve horas y cero minutos del veintidós de enero
del año dos mil catorce, y con la base de veinticinco millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 473138-001-002, la cual es terreno de potrero.
Situada en el distrito 02, Florencia cantón 10, San Carlos de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Zaida Rojas Ulate y
Gerardo Fernández Carballo y servidumbre agrícola en medio, sur, IDA este,
Zaida Rojas Ulate y Gerardo Fernández Carballo,
oeste, Rónald Alonso Madrigal Fernández, Jonathan
Fernández Rojas y Jason Andrés Fernández Rojas. Mide:
cinco mil metros cuadrados. Plano: A-1447758-2010. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del seis de febrero del año dos mil
catorce, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de febrero del año dos mil
catorce con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gerardo Fernández Carballo y
Zaida María Rojas Ulate. Exp.
13-001629-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 23 de octubre del 2013.—Lic.
Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2013077123).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
catorce horas y cero minutos del quince de enero de dos mil catorce, y con la
base de ocho mil ochocientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
43495-cero cero cero, la cual es naturaleza: con una
casa. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote D con calle pública con 10 m;
al sur, lote 65; al este, lote 86 y al oeste, lote A con calle pública con 20
m. Mide: doscientos diecinueve metros con setenta y nueve centímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del treinta de enero de dos mil catorce, con la base de seis mil seiscientos
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de febrero de dos mil
catorce con la base de dos mil doscientos dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra José Francisco Ruiz Mojica. Exp.
13-003542-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 3 de setiembre del 2013.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez.—(IN2013077150).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez
horas y treinta minutos del veintiuno de enero de dos mil catorce, y con la
base de un millón seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo placas 777143, marca Hyundai, categoría automóvil,
carrocería sedan 4 puertas, chasis KMHVF21LPSU192569, uso particular, estilo Accent capacidad 5
personas, año 1995, color blanco, número motor no legible, combustible
gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del cinco de febrero de dos mil catorce, con la base de un millón doscientos
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de febrero de dos
mil catorce con la base de cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra
Johana Castillo Carpio. Exp. 11-024906-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 26 de setiembre del 2013.—Lic. Melania Jiménez
Vargas, Jueza.—(IN2013077153).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes
prendarios; a las diez horas y quince minutos del trece de enero de dos mil
catorce, y con la base de un millón ochocientos cuarenta y un mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas setecientos
ochenta y seis mil doscientos treinta y seis (786236), marca Hyundai Accent, sedan 4 puertas, año 1997, color blanco, 4x2,
número motor no legible, vin KMHVF21NPVU411076,
combustible gasolina, cilindrada 1500 c.c., para el segundo remate se señalan
las diez horas y quince minutos del veintiocho de enero de dos mil catorce, con
la base de un millón trescientos ochenta mil setecientos cincuenta colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y quince minutos del doce de febrero de dos mil catorce
con la base de cuatrocientos sesenta mil doscientos cincuenta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A.
contra Gabriela Zuris Obando Campos. Exp. 13-012500-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 5 de
setiembre del 2013.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2013077157).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once
horas y treinta minutos del trece de enero de dos mil catorce, y con la base de
dos millones cuatrocientos treinta y tres mil colones, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placa número 332080, marca: Nissan, categoría:
automóvil, carrocería: sedan 4 puertas, tracción:
4x2, chasís: 3N1EB31S1ZK100800, estilo: Sentra,
capacidad: 5 personas, año: 1999, color: gris, uso: particular. Para el segundo
remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiocho de enero de
dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos veinticuatro mil
setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del doce de
febrero de dos mil catorce con la base de seiscientos ocho mil doscientos
cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Kenya Williams Gordon y Vangie Solano Goulbourne. Exp. 13-012432-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de
setiembre del 2013.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2013077160).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho
horas del veintinueve de enero del año dos mil catorce, y con la base de dos
millones ciento cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placa ochocientos treinta y tres mil ochocientos cincuenta
y tres (833853), marca Hyundai, color gris, estilo Accent,
categoría automóvil, capacidad cinco personas, serie KMHVA21LPVU260876,
carrocería sedan cuatro puertas, tracción cuatro por dos, chasis y vin KMHVA21LPVU260876, número de motor ilegible, cilindrada
1500 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas
del trece de febrero del año dos mil catorce, con la base de un millón
quinientos setenta y ocho mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintiocho de
febrero del año dos mil catorce con la base de quinientos veintiséis mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Pamela
Esmeralda Reid Morgan. Exp.
12-007109-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2013.—Lic.
Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2013077166).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once
horas del veintisiete de enero del dos mil catorce, y con la base de dos
millones cuatrocientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placa 821212, marca Chevrolet, estilo Spark, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2001,
carrocería sedan de 4 puertas, color blanco, tracción 4x2. Para el segundo
remate se señalan las once horas del once de febrero del dos mil catorce, con
la base de un millón ochocientos treinta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas
del veintiséis de febrero del dos mil catorce con la base de seiscientos diez
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Myrna
Centeno Chaves. Exp. 12-028205-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 17 de octubre del 2013.—MSc.
Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2013077168).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las diez
horas y treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil catorce, y con la
base de cuatro millones novecientos noventa y un mil cuatrocientos treinta
colones con cuarenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas número 438270, marca Toyota, año 2001, chasis
AE1113105062, cilindrada 1587 cc, color verde, categoría automóvil. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de febrero
de dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cuarenta y tres
mil quinientos setenta y dos colones con ochenta y cinco céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
y treinta minutos del veinticuatro de febrero de dos mil catorce con la base de
un millón doscientos cuarenta y siete mil ochocientos cincuenta y siete colones
con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad
Anónima contra Jorge Mario Jaramillo Araya. Exp.
09-031259-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 29 de octubre del 2013.—Lic. Éricka Robledo Artola, Jueza.—(IN2013077170).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones
judiciales; a las diez horas treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil
catorce, y con la base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil
doscientos noventa y cuatro colones con cuarenta y siete céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 438141, marca Toyota Corolla XLI, año 2001, chasis AE1113104978, cilindrada 1587
cc, color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez
horas treinta minutos del cinco de febrero del dos mil catorce, con la base de
tres millones trescientos treinta y tres mil doscientos veinte colones con
ochenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del veinte de febrero
del dos mil catorce con la base de un millón ciento once mil setenta y tres colones
con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos
Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Autos Fofis
S. A., Ivannia Jaramillo Herrera y Jorge Mario
Jaramillo Araya. Exp. 09-031205-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial
de San José, 16 de setiembre del 2013.—Lic. María Mora Saprissa,
Jueza.—(IN2013077174).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
ocho horas y treinta minutos del veintiuno de enero de dos mil catorce, y con
la base de veintiún millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y
siete mil seiscientos cuarenta y cinco-cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno para construir con una casa número 4.450 de dos
plantas. Situada en el distrito 01 Golfito, cantón 07 Golfito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al noreste, Juan Ramón Chavarría; al noroeste, calle
pública con 17.23 metros frente; al sureste, Zulay
Zúñiga Dosma y al suroeste, calle pública con 7.90
metros de frente. Mide: ciento cuarenta y seis metros con treinta y ocho
decímetros cuadrados. Plano: P-0598469-1985. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y treinta minutos del cinco de febrero de dos mil catorce, con
la base de quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y treinta minutos del veinte de febrero de dos mil catorce con la base de
cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Evelin Martínez González, Leticia Isabel Corrales
Cortés y Napoleón Natividad García Nieto. Exp.
13-000523-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor
Cuantía y Contravencional de Golfito, 9 de
setiembre del 2013.—Lic. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2013077180).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando plazo de convalidación citas 2010-237621-01-0002-001 y arrendamiento
de lote sin segregar citas 2010-327917-01-0001-001; a las ocho horas y cero
minutos del veinte de enero de dos mil catorce, y con la base de cincuenta y
nueve mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 177938-000, la cual es terreno
de frutales y parte de una casa. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01
Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Eduardo
Barquero Barquero y Hermanos López Palma; al sur, Luzanera Palma Mejía; al este, Hermanos López Palma S. A. y
al oeste, calle pública con 18 metros 70 centímetros de frente. Mide: mil
quinientos sesenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del cuatro de febrero de dos mil catorce, con la
base de cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y cero minutos del diecinueve de febrero de dos mil catorce con la base de
catorce mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Inversiones Doña Berta de Heredia Sociedad Anónima contra Carmen Elsie Palma Mejías y Luis Miguel López Palma. Exp. 12-014254-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 31 de octubre del 2013.—Lic. Éricka Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2013077193).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando hipoteca de primer grado y de segundo grado a favor de la Mutual de
Ahorro y Préstamo, y practicado con las citas: 0800-00061567-01-0001, a las
siete horas y treinta minutos del veinticuatro de enero del año dos mil catorce
, y con la base de veintiún millones cuatrocientos cincuenta y seis mil
doscientos ochenta y seis colones con cuarenta y seis céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento treinta y cinco mil doscientos treinta y uno-cero cero cero, la cual es terreno con una casa, solar, árboles.
Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, río Liberia; al sur, calle pública, al este,
Eliécer Alfaro y al oeste, lote segregado de María Villarreal Villarreal. Mide: trescientos veinte metros con sesenta y
tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y
treinta minutos del diez de febrero del año dos mil catorce, con la base de
dieciséis millones noventa y dos mil doscientos catorce colones con ochenta y
cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del veinticinco de febrero
del año dos mil catorce con la base de cinco millones trescientos sesenta y
cuatro mil setenta y un colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de
Costa Rica contra Shirley Villarreal Villarreal. Exp. 10-000648-0944-CI.—Juzgado
de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 13 de noviembre del 2013.—Lic. Franz Loney Castro Solís, Juez.—(IN2013077196).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
ocho horas cero minutos del siete de marzo del año dos mil catorce, y con la
base de cincuenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número diez mil
cuatrocientos cuarenta y ocho-cero cero cero, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 01 La Cruz, cantón 10 La
Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Nicolasa Gutiérrez Coronado;
al sur, calle pública; al este, Hilario Fernández Cabrera, y al oeste, calle
pública. Mide: ciento setenta y tres metros con noventa decímetros cuadrados.
Plano: G-0274440-1995. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil catorce, con la base de
treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
cero minutos del ocho de abril del año dos mil catorce con la base de doce
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Yeceny del Socorro López Hurtado. Exp. N° 13-002400-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 11 de noviembre del 2013.—Lic. Allan Montero Valerio,
Juez.—(IN2013077200).
En
la puerta exterior de este Despacho Judicial, libre de gravámenes hipotecarios
y, anotaciones, a las trece horas del seis de enero de dos mil catorce y, con
la base de veintiún millones seiscientos cincuenta mil doscientos dieciocho
colones con treinta y un céntimos (¢21.650.218.31), en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, Partido de Guanacaste,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés mil ciento
sesenta y ocho derecho cero cero dos-cero cero cuatro
(123.168-002-004), la cual es terreno para construir, bloque D, lote 31 con una
casa. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda al norte, lote 19 D; al sur, calle pública con 08 metros;
al este, lote 30 D y, al oeste, lote 32 D. Mide: ciento setenta y dos metros
cuadrados. Plano G-0730244-2001. Para el segundo remate se señalan las trece
horas del veintiuno de enero de dos mil catorce, con la base de dieciséis
millones doscientos treinta y siete mil seiscientos sesenta y tres colones con
setenta y tres céntimos (¢16.237.663.73) (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas del cinco de
febrero de dos mil catorce, con la base de cinco millones cuatrocientos doce
mil quinientos cincuenta y cuatro colones con cincuenta y ocho céntimos
(¢5.412.554.58) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata así
por ordenarse en el proceso de ejecución hipotecaria, establecido por el Banco
Nacional de Costa Rica contra Vilma Navarro Ortiz y Juan Ramón Laynes Navarro. Expediente Nº 12-000704-1205-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, Liberia, 20 de noviembre del 2013.—Lic. Allan
Montero Valerio, Juez.—(IN2013077203).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; pero
soportando reservas y restricciones inscritas al tomo: 378 asiento:
7264-01-0921-001, a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de enero
del año dos mil catorce, y con la base de diez millones seiscientos noventa mil
seiscientos cuarenta y ocho colones con sesenta y un céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número sesenta y dos mil ochocientos setenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno con café con una casa. Situada en
el distrito 02 Sabalito, cantón 08 Coto Brus, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Isaías
Porras Valverde; al este, Óscar Jiménez, y al oeste, Isaías Porras Valverde con
frente de calle ambos parte. Mide: veinte mil ochocientos veintiséis metros con
treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas del once de febrero del año dos mil catorce, con la base de ocho
millones diecisiete mil novecientos ochenta y seis colones con cuarenta y seis
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas del veintiséis de febrero del año dos mil catorce con
la base de dos millones seiscientos setenta y dos mil seiscientos sesenta y dos
colones con quince céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Juan Blanco Salas Exp. N° 13-002974-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 14 de
noviembre del 2013.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2013077306).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada citas tomo 0357 asiento 19901 y condiciones
referencia 2524-253-001 citas tomo 0357 asiento 19901, a las catorce horas del
diez de febrero del dos mil catorce, y con la base de tres millones doscientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y dos mil novecientos
siete-cero cero cero, la cual es terreno VA-38-4 para
la agricultura. Situada en el distrito 02 La Cuesta, cantón 10 Corredores, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Julio Mojica; al sur calle
publica; al este, Vivían García José Fuentes, y al oeste, Julio Mojica. Mide:
cinco mil cien metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las catorce horas del veinticinco de febrero del dos mil catorce,
con la base de dos millones cuatrocientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
del doce de marzo del año dos mil catorce con la base de ochocientos mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Alice Ortega García. Exp. 12-001183-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 19 de noviembre del 2013.—Lic. Danny Alberto
Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2013077308).
A
las ocho horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil trece, en
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones, y con
la base de dos millones quinientos diez mil colones, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo inscrito bajo el número de placa 730259, marca
Mitsubishi, estilo Montero Sport ES, categoría automóvil, capacidad para 5
personas, carrocería todo terreno 4 puertas, tracción 4x2, chasis K850XP004809,
año 1999, color verde, peso bruto 908 kgrms., número
de motor ilegible, marca Mitsubishi, serie JA4LS21GXXP004809, modelo Montero
Sport ES, cilindrada: 2400 centímetros cúbicos, cilindros 04, combustible
gasolina y con la base de siete millones setecientos diez mil colones,
soportando gravamen de contrato prendario inscrito bajo el tomo: 2010, asiento:
00069519, sáquese a remate el vehículo Placa CL 190579, marca Mitsubishi,
estilo L200, categoría carga liviana, capacidad para 5 personas, carrocería
caja abierta o cam-pu, tracción 4x4, chasis
MMBJNK7403D033939, año 2003, color negro, peso bruto 1750 kgrms.,
número de motor 4D56BG2594, marca Mitsubishi, serie no indicado, modelo no
indicado, Cilindrada: 2477 centímetros cúbicos, cilindros 04, combustible diesel.
De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señala las ocho
horas treinta minutos del catorce de enero del dos mil catorce, con la base de
un millón ochocientos ochenta y dos mil quinientos colones (rebajada en un 25%
la base original) para el vehículo placa 730259 y el monto de cinco millones
setecientos ochenta y dos mil quinientos colones (rebajada en un 25% la base
original) para el vehículo placa CL-190579. De no haber postores, para el
tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de
enero del dos mil catorce, con la base de seiscientos veintisiete mil
quinientos colones (un 25% de la base original) para el vehículo placa 730259 y
el monto de un millón novecientos veintisiete mil quinientos colones (un 25% de
la base original) para el vehículo placa CL-190579. Se remata por ordenarse así
en proceso ordinario laboral de Yorleni Navas Pérez
contra Marlene Solís Umaña. Exp. N°
2010-300001-0216-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y
Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita,
22 de octubre del 2013.—Msc. Diamantina Romero Cruz,
Jueza.—(IN2013077326).
En
la puerta exterior de este Juzgado; soportando gravamen hipotecario de primer
grado por un monto inicial de trescientos sesenta y tres mil ciento sesenta y
cinco colones, vencido el diecinueve de noviembre dos mil once a favor de
Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo, así como habitación familiar a favor de
Rebeca Pamela Huertas García, a las ocho horas del tres de marzo del año dos
mil catorce, y con la base de veinte millones ciento treinta y dos mil
doscientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
actualmente en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa mil novecientos
dieciocho, derechos cero cero uno-cero cero dos-cero
cero tres; el derecho cero cero uno corresponde a un
medio en la nuda propiedad inscrito a nombre de Rebeca Pamela Huertas García;
el cero cero dos corresponde a un medio en la nuda
propiedad inscrito a nombre de la persona menor de edad Luis Diego Huertas
García; y el cero cero tres corresponde al usufructo
sobre la finca inscrito a nombre de Ninu del Carmen
García Obando. El inmueble tiene las siguientes características: Terreno para
construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Fernando Huertas Angulo; al sur,
Marino Rivas Miranda; al este, Guillermo Zamora Chacón, y al oeste, calle
pública con frente de seis metros con veinte centímetros. Mide: ciento veintiún
metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas del diecisiete de marzo del año dos mil catorce, con la
base de quince millones noventa y nueve mil ciento cincuenta colones (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho
horas del treinta y uno de marzo del año dos mil catorce con la base de cinco
millones treinta y tres mil cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso divorcio de René Alfonso Huertas Peña contra Ninu del Carmen García Obando. Exp.
N° 10-000711-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 29 de octubre de 2013.—MSc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—(IN2013077328).
A
las diez horas del nueve de diciembre del año dos mil trece, en la puerta
exterior de este Despacho, en el mejor postor remataré lo siguiente: Con la
base de setenta y cinco mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N°
1- Un escritorio de metal color gris, con tubos cuadrados como patas, gavetas
metálicas, sobre de melanina color azul y gris, el sobre esta protegido por un
vidrio grueso en buen estado, en regular estado de conservación. Con la base de
sesenta mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 2- Una urna de
tipo horizontal exhibidora, con estructura metálica de tubo cuadrado, con
vidrios en todos sus lados reventados en dos partes, puestas corredizas en buen
estado. Con la base de ochocientos mil colones, libre de gravámenes y
anotaciones: Bien N° 3- Una máquina aplanchadora eléctrica para tranfer, marca Air Waver, serie
N° 3000-6925, modelo AW-3000, color verde, de mesa, en buen estado de
funcionamiento y conservación. Con la base de quinientos mil colones, libre de
gravámenes y anotaciones: Bien N° 4- Una plancha eléctrica para tranfer, marca National Equipement, color lila, serie N° 9439, modelo HM-2000, de
mesa, en buen estado de funcionamiento y conservación. Con la base de treinta
mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 5- Un CPU sin marca,
color negro y gris, en buen estado, muy usado. Con la base de treinta mil
colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 6 Un monitor marca AOC, de aproximadamente 14
pulgadas, color negro, serie N° H8381JA016895, en buen estado, usado. Con la
base de dos mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 7- Un
teclado marca Omega sin serie, tiene el número 20112003572, color negro, usado.
Con la base de treinta mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N°
8- Un CPU marca Dolphin, sin serie visible, color
negro y plateado, usado. Con la base de treinta mil colones, libre de
gravámenes y anotaciones: Bien N° 9- Un monitor marca AOC, de aproximadamente
14 pulgadas, color negro, serie N° H8381JA016901, usado. Con la base de dos mil
colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 10- Un teclado marca Omega
sin serie, tiene el número 20112003596, color negro usado. Con la base de
treinta mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 11- Un CPU
marca BTC, sin serie visible, color negro, usado. Con la base de treinta mil
colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 12- Un monitor marca View
Sonic, serie N° QQ2073905045, color negro, usado. Con la base de setenta y
cinco mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 13- Un CPU marca Spower, no tiene serie, color gris y negro, usado. Con la
base de veinte mil colones, libre de gravámenes y anotaciones Bien N° 14- Una
impresora marca Epson Stylus 220, serie N°
6XKK026275, color gris y con la base de veinte mil colones, libre de gravámenes
y anotaciones: Bien N° 15- Un scanner marca Canoscam Lide 25, modelo N° F91011, serie N° KBPA43210, color gris y
negro. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan
las diez horas del nueve de enero del año dos mil catorce, con las siguientes
bases: Bien N° 1: cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones. Bien N° 2:
cuarenta y cinco mil colones. Bien N° 3: seiscientos mil colones. Bien N° 4:
trescientos setenta y cinco mil colones. Bien N° 5: veintidós mil quinientos
colones. Bien N° 6: veintidós mil quinientos colones. Bien N° 7: mil quinientos
colones. bien N° 8: veintidós mil quinientos colones.
Bien N° 9: veintidós mil quinientos colones. Bien N° 10: mil quinientos
colones. Bien N° 11: veintidós mil quinientos colones. Bien N° 12: veintidós
mil quinientos colones. Bien N° 12: veintidós mil quinientos colones. Bien N°
13: cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones. Bien N° 14: quince mil
colones. Bien N° 15: quince mil colones (todas rebajadas en un 25%). De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del
veintisiete de enero del año dos mil catorce, con las siguientes bases: Bien N°
1: dieciocho mil setecientos cincuenta colones. Bien N° 2: quince mil colones.
Bien N° 3: doscientos mil colones. Bien N° 4: ciento veinticinco mil colones.
Bien N° 5: siete mil quinientos colones. Bien N° 6: siete mil quinientos
colones. Bien N° 7: quinientos colones. Bien N° 8: siete mil quinientos
colones. Bien N° 9: siete mil quinientos colones. Bien N° 10: quinientos
colones. Bien N° 11: siete mil quinientos colones. Bien N° 12: siete mil
quinientos colones. Bien N° 13: dieciocho mil setecientos cincuenta colones.
Bien N° 14: cinco mil colones y Bien N° 15: cinco mil colones (un 25% de las
bases originales). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Eduardo
José Miranda Vargas contra Publicitaria Seritex R S
Sociedad Anónima. Exp. N° 10-002775-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, 16 de octubre del 2013.—Lic. Ileana García
Arroyo, Jueza.—(IN2013077330).
A
las diecisiete horas y cuarenta minutos del veinte de enero del año dos mil
catorce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios y con la base de sesenta mil dólares, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos veintisiete mil novecientos setenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito cero uno, Desamparados, cantón cero tres, Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, José Miguel Méndez Hernández y
servidumbre de paso; al sur, Goldie Won Schoter; al este, Gustavo y Silvia Corrales Méndez, y al
oeste, Carlos Luis Méndez Arroyo. Mide: doscientos cuarenta metros con treinta
y ocho decímetros cuadrados. Y con la base de cinco mil dólares, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
ciento setenta y cuatro mil ciento tres-cero cero uno, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito cero uno, Desamparados, cantón cero tres,
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al
sur, Juan Carlos Méndez Hernández; al este, Carolina y José Miguel Méndez Hernández,
y al oeste, Carlos Luis Méndez Arroyo. Mide: doscientos tres metros con
cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Seguros contra José Miguel
Méndez Hernández y Juan Carlos Méndez Hernández. Exp.
N° 05-002641-0504-CI.—Juzgado Civil de Hacienda de
Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de octubre
del 2013.—Lic. Gustavo Irias Obando, Juez.—(IN2013077333).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de paso citas 0537-00003301-01-0041-001 y servidumbre de
paso citas 0537-00003301-01-0043-001, a las siete horas y treinta minutos del
veinticuatro de febrero del año dos mil catorce, y con la base de dos millones
cuatrocientos un mil cuatrocientos veintiún colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento treinta y cinco mil quinientos cincuenta y siete-cero cero cero, la cual es lote siete terreno de pasto. Situada en el
distrito ocho Biolley, cantón tres Buenos Aires, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rosa Torres Villanueva y Samuel
Villanueva Villanueva; al sur, Anastasio Carvajal
Villanueva; al este, servidumbre agrícola en medio de Nidia Cordero Villanueva,
y al oeste, Samuel Villanueva Villanueva y Rio Singri. Mide: veinticinco mil treinta y nueve metros con
ochenta y dos decímetros cuadrados plano: P-0901043-2004. Para el segundo
remate se señalan las siete horas y treinta minutos del once de marzo del año
dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos un mil sesenta y cinco
colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del
veintiséis de marzo del año dos mil catorce con la base de seiscientos mil
trescientos cincuenta y cinco colones con veinticinco céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Fundación para el Desarrollo de las Comunidades de contra Óscar de los Ángeles
Villanueva Chaves, Osvaldo Villanueva Villanueva. Exp. 13-005132-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 2 de
octubre del 2013.—Lic Eileen
Chaves Mora, Jueza.—(IN2013077335).
En
la puerta exterior de este Despacho; 1) libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones anotadas bajo las citas
306-18008-01-0901-001, servidumbres trasladadas anotadas bajo las citas
310-16765-01-0004-001 y 310-16765-01-0005-001, Reservas de Ley de Aguas y Ley
de Caminos Públicos anotadas bajo las citas 310-16765-01-0007-001 y
310-16765-01-0008-001, a las catorce horas del diez de enero del año dos mil
catorce, y con la base de cuarenta y un mil setecientos sesenta dólares con veinte centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número 60359-F-000, la cual es terreno finca filial lote H-ocho, terreno apto
para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de tres pisos. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01
Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lotes H siete y H
diecinueve; al sur lote H nueve; al este calle uno con diez metros cuarenta y
ocho centímetros de frente y al oeste lote H dieciocho. Mide: Doscientos
cincuenta y dos metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de enero del
año dos mil catorce, con la base de treinta y un mil trescientos veinte dólares
con quince centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del once de febrero del año
dos mil catorce con la base de diez mil cuatrocientos cuarenta dólares con cinco
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones anotadas bajo las citas
306-18008-01-0901-001, servidumbres trasladadas anotadas bajo las citas
310-16765-01-0004-001 y 310-16765-01-0005-001, Reservas de Ley de Aguas y Ley
de Caminos Públicos Anotadas Bajo Las Citas 310-16765-01-0007-001 Y
310-16765-01-0008-001, a las catorce horas
del diez de enero del año dos mil catorce, y con la base de cuarenta y
dos mil ciento veintidós dólares con noventa y cuatro centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 60360-F-000, la cual es terreno finca filial lote H-nueve, terreno apto
para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de tres pisos. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01
Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lotes H ocho, y H
dieciocho; al sur lote H diez; al este calle uno con once metros ochenta y dos
centímetros de frente y al oeste lote H diecisiete. Mide: doscientos cincuenta
y cuatro metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas del veintisiete de enero del año dos mil catorce, con
la base de treinta y un mil quinientos noventa y dos dólares con veinte
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas del once de febrero del año dos mil catorce con la
base de diez mil quinientos treinta dólares con setenta y tres centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan
Carlos Delgado Paniagua Exp: 10-006762-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 6 de noviembre del 2013.—Lic. Adriana Jiménez
Bonilla, Jueza.—(IN2013077345).
En
la puerta exterior de este Despacho; a las nueve horas del veintitrés de enero
del dos mil catorce, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
0400-00002041-01-0942-001; la finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número doscientos setenta mil ochocientos setenta y dos- cero cero cero (270872-000) y con la
base de treinta y ocho millones trescientos cincuenta y seis mil cuatrocientos
ochenta y nueve colones exactos (¢38.356.489,00) la cual es terreno naturaleza:
terreno para agricultura con una gasa lote 13. Situada en el distrito 02 Caño
Negro, cantón 14 Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Ricardo Romero Mejías; al sur, calle pública; al este, Isollna
Alemán, y al oeste, Fausto José Arias Reyes. Mide: ciento sesenta y cuatro mil
seiscientos cincuenta y siete metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados.
Plano: A-0076450-1992. 2) Soportando hipoteca en primer grado con citas:
0519-00008523-01-0004-001; la finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento veinticuatro mil ochocientos noventa y dos (124892-000) y con la
base de cuatro millones ochocientos siete mil novecientos noventa y cinco
colones con cincuenta céntimos (¢4.807.994,00), la cual es terreno naturaleza:
lote 125 terreno para construir. Situada en el distrito 01 Bagaces,
cantón 04 Bagaces, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Quintas Don Vic S. A.; al sur, Quintas Don Vic S. A.; al
este, calle pública con 10.00 metros, y al oeste, Quintas Don Vic S. A. Mide:
cuatrocientos metros con cero decímetros cuadrados plano: G-0741739-2001. 3)
Soportando hipoteca en primer grado con citas: 0552-00012736-01-0002-001, la
finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y dos
mil cuarenta y ocho (132048-000), y con la base de once millones ochocientos
treinta y cinco mil quinientos diecisiete (¢11.835.517,00) la cual es terreno
naturaleza: lote 154: terreno para construir. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Quintas Don Vic S.A; al sur,
Quintas Don Vic S. A.; al este, calle pública y Quintas Don Vic S. A, y al
oeste, Quintas Don Vic S. A. Mide: mil metros con cero decímetros cuadrados.
Plano: G-0845529-2003. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del siete de febrero del año dos mil catorce, con las bases
respectivas; finca 1) veintiocho millones setecientos sesenta y siete mil
trescientos sesenta y seis colones con setenta y cinco céntimos
(¢28,356.489,00), finca 2) tres millones seiscientos cinco mil novecientos
noventa y cinco colones con cincuenta céntimos (¢3.605.995,50) y finca 3) ocho
millones ochocientos setenta y seis mil seiscientos treinta y siete colones con
setenta y cinco céntimos (¢8.876.637,75) (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del veinticuatro de febrero del año dos mil catorce con las bases de forma
respectivas; finca 1) nueve millones quinientos ochenta y nueve mil ciento
veintidós colones con veinticinco céntimos (¢5.589.122,25), finca 2) un millón
doscientos un mil novecientos noventa y ocho colones con cincuenta y seis
céntimos (¢1.201.998,56), finca 3) dos millones novecientos cincuenta y ocho
mil ochocientos setenta y nueve colones con veinticinco céntimos
(¢2.958.879,25) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fernando González
Pérez. Exp. N° 13-001781-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
17 de setiembre del 2013.—Lic. Franz Loney Castro
Solís, Juez.—(IN2013077354).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando condiciones inscritas al tomo: 354 asiento:19200-01-0890-002; a las
nueve horas del veinticuatro de enero del dos mil catorce, y con la base de
treinta y seis millones setecientos noventa y un mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ciento doce mil ciento cuarenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para cultivos. Situada en el
distrito 02 Jiménez, cantón Pococí, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte, sucesión de Miguel González Castro; al sur, Luis
Alberto Quesada Alfaro y servidumbre agrícola; al este, sucesión de Miguel
González Castro, y al oeste, Quebrada Samy. Mide:
cincuenta y cinco mil ochenta y cinco metros con veintiún decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diez de febrero del año
dos mil catorce, con la base de veintisiete millones quinientos noventa y tres
mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veinticinco
de febrero del año dos mil catorce con la base de nueve millones ciento noventa
y siete mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Ronald Eduardo Quesada Alfaro Exp. N°
13-002634-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 14 de noviembre del 2013.—Lic.
Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2013077370).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez
horas y quince minutos del dieciséis de enero de dos mil catorce, y con la base
de un millón ochocientos sesenta y seis mil cuatrocientos veintiocho colones
con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: máquina de
hacer café, marca Asstria, modelo AEP/DOS-PA(AVANTE),
serie 563799, color negra, para doscientos veinte voltios, de dos grupos, con
manguera de agua de desague y filtro descalsificados, maquina manual. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y quince minutos del treinta y uno de enero de dos mil
catorce, con la base de un millón trescientos noventa y nueve mil ochocientos
veintiún colones con doce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del
diecisiete de febrero de dos mil catorce con la base de cuatrocientos sesenta y
seis mil seiscientos siete colones con cuatro céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Electrofrío de Costa Rica Sociedad Anónima contra Juliana
Ortiz Marín. Exp. 13-004521-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 1º de octubre del
2013.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—(IN2013077372).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las
ocho horas y cinco minutos del treinta de enero del año dos mil catorce, y con
la base de setenta y siete millones ochocientos cuarenta y dos mil trescientos
cuarenta y seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos
dieciocho mil setecientos uno-cero cero cero, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Peréz Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Édgar Ortiz Garbanzo y Olman Ortiz Garbanzo;
al sur, Édgar Ortiz Garbanzo; al este, calle pública con un frente a esta de
20.22 metros y Olman Ortiz Garbanzo y al oeste, Edgar
Ortiz Garbanzo. Mide: mil quinientos setenta y nueve metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cinco minutos del catorce de febrero
del año dos mil catorce, con la base de cincuenta y ocho millones trescientos
ochenta y un mil setecientos cincuenta y nueve colones con cincuenta céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cinco minutos del tres de marzo del año dos mil catorce con la
base de diecinueve millones cuatrocientos sesenta mil quinientos ochenta y seis
colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra Édgar Andrés Ortiz Garbanzo. Exp. N°
13-001624-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 19 de noviembre del 2013.—Lic.
Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2013077374).
A
las ocho horas del diecisiete de diciembre de dos mil trece, en la puerta
exterior del local que ocupa este Despacho, en el mejor postor, de la manera
que se dirá y con las bases que se indican, remataré las siguientes fincas
inscritas en propiedad del Partido de Alajuela: 1) Libre de gravámenes
hipotecarios comunes y anotaciones, soportando Condiciones bajo las citas
0329-00000288-01-0901-002, y con la base del valor declarado en la
Municipalidad de San Carlos, según certificación de folio 411, sea la base de
setenta y tres millones doscientos siete mil cuatrocientos trece colones, la
finca matrícula número 187617-000, que se describe así: Terreno Montaña charral
y otro, sito: en distrito once, Cutris, cantón
décimo, San Carlos, de la provincia de Alajuela, Linda al: norte, y este, Pablo
Céspedes León, sur, Eloy Céspedes León y al oeste, Río Infiernillo. Mide:
Ochocientos cincuenta y un mil doscientos cuarenta y ocho metros con noventa y
nueve decímetros cuadrados. Se omite pronunciamiento en cuanto a las
Limitaciones bajo las citas 0329-00000288-01-0902-003 ya que las mismas se
encuentran vencidas. 2) Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones,
y con la base del valor declarado en la Municipalidad de San Carlos, según
certificación de folio 411, sea la base de seis millones novecientos treinta
mil cuatrocientos sesenta y dos colones, la finca del partido de Alajuela
matrícula N° 187615-000, y que se describe así: Terreno de agricultura lote
23-56, sito: en distrito once, Cutris, cantón décimo,
San Carlos, de la provincia de Alajuela, Linda al: norte, Guillermo Hernández,
sur, y este, calle pública y al oeste, Río Infiernillo. Mide: Treinta y cinco
mil trescientos cincuenta y nueve metros con cincuenta decímetros cuadrados. Se
rematan por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Moisés Alemán Alemán contra Daniel Enrique Jiménez Berrocal y otros. Exp. N° 05-300117-0297-LA.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 24 de octubre
del 2013.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—(IN2013077381).
En
la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca en primer grado
inscrita al tomo: 576 asiento: 23021, servidumbre de paso inscrita al tomo:
478, asiento: 9076 y servidumbre trasladada inscrita al tomo: 276 asiento:
4783; a las nueve horas y treinta y cinco minutos del veinte de enero del año
dos mil catorce, y con la base de quince millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número quinientos ochenta mil ochocientos cincuenta y siete-cero cero
cero, la cual es terreno de café, caña y bosques de
pinos, montaña. Situada en el distrito 11 Páramo, cantón 19 Perez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Erlinda Castillo Segura; al sur, calle en servidumbre; al
este, María Erlinda Castillo Segura, y al oeste,
calle y Rodolfo Chacón Castillo. Mide: treinta mil ochocientos treinta y tres
metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta y cinco minutos del cuatro de febrero del año dos mil
catorce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta y cinco minutos del diecinueve de febrero del año dos
mil catorce con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de
María Mayela Mora Díaz contra William Chacón
Castillo. Exp. N° 12-002724-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 13 de
noviembre del 2013.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2013077382).
A
las diez horas del diez de diciembre del dos mil trece, en la puerta exterior
de este Despacho soportando gravamen en primer grado hasta por la suma de
cuatro millones novecientos sesenta mil colones (¢4.960.000), citas
502-14358-01-0001-001, y sin sujeción a base, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número uno cero nueve nueve uno tres-cero cero cero, la
cual es terreno destinado calle pública, área comunal y otros. Situada en el
distrito 11 San Sebastián cantón 01 San José, de la provincia de San José.
Colinda: al norte carretera, Río Tiribí y otros; al
sur Río Tiribí y otros; al este carretera, Río Tiribí y otros y al oeste Río Tiribí
y otros. Mide: quince mil ochocientos setenta y nueve metros con diecisiete
decímetros cuadrados. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso OR.S.PRI. Prestac.
Laborales de Jorge Arturo Valverde Pacheco contra Edificadora Roma S. A. Exp. 92-000794-0214-LA.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de noviembre del
2013.—Lic. Lourdes Montenegro Espinoza, Jueza.—(IN2013077384).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; pero
soportando calle ref: 00120096-000 anotada bajo las
citas 311-16547-01-0818-001; reservas ley aguas anotadas bajo las citas
407-6703-01-0245-001 y 408-10525-01-0475-001 y reservas ley caminos anotadas
bajo las citas 407-6703-01-0371-001 y 408-10525-1-0579-001; a las quince horas
del diez de enero del año dos mil catorce, y con la base de setenta y cinco
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 170754-000, la cual es terreno
lote dos terreno de potrero. Situada en el distrito 02 Tárcoles,
cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote uno;
al sur, lote tres; al este, calle pública con cincuenta metros y tres centímetros
de frente y al oeste, Emei Uno S. A. Mide: nueve mil
novecientos cuarenta y un metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las quince horas del veintisiete de enero del dos mil
catorce, con la base de cincuenta y seis millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas del once de febrero del año dos mil catorce
con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eduardo
Uribe Bermúdez, Vista Hermosa ED & ME Sociedad Anónima. Exp.
N° 13-019471-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de noviembre del
2013.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2013077411).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones; con la
base de doce millones de colones (¢12.000.000); sáquese a remate el bien
embargado en autos: Sea el vehículo placa 610147, marca Nissan, estilo Patrol GRX, categoría automóvil, serie JN1TESY61Z0556674,
carrocería Station Wagon o
familiar, tracción 4x4, chasís JN1TESY61Z0556674, Vin
JN1TESY61Z0556674, Capacidad 7 personas, año 2006, color azul. Para tal efecto
se señalan las diez horas del nueve de diciembre del dos mil trece. De no haber
postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del
siete de enero del dos mil catorce, con la base de nueve millones de colones
(¢9.000.000), rebajada en un 25% de la base original. De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del veintidós de
enero del dos mil catorce, con la base de tres millones de colones
(¢3.000.000), un 25% de la base original. Publíquese el edicto de ley. Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
OR.S.PRI. Prestac. Laborales de Adriana Carvajal
Sancho contra Bos Costa Rica S. A., exp: 06-002500-0166-LA.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de noviembre del
2013.—Lic. Lourdes Montenegro Espinoza, Jueza.—(IN2013077439).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de David
Mauricio Guillén Salazar, a una junta que se verificará en este Juzgado a las
ocho horas y cero minutos del doce de diciembre de dos mil trece, para conocer
acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil.
Exp. Nº 12-000119-0346-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 7 de octubre del 2013.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1
vez.—(IN2013076959).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de
Julio Corella Álvarez a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho
horas treinta minutos del doce de diciembre de dos mil trece, para conocer
acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil.
Expediente: 10-002185-0307-CI.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de julio del 2013.—Lic. Wendy
Martínez Garbanzo, Jueza.—1 vez.—(IN2013078115).
Se emplaza a todos los que tuvieren
interés en proceso de Información Posesoria promovido por Silvia Fallas
Granados, mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de calle El Arreo en
Puntarenas, contiguo a Domingo Bar, cédula de identidad N° 6-142-432, para que
se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es
terreno de repastos. Mide: ciento treinta y siete mil doscientos veinticinco
metros con dieciséis decímetros cuadrados. Sito: en Santa Clemencia, del
distrito once Cóbano, del cantón primero Puntarenas,
de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con río Ario y calle pública
con un frente a ella de treinta y cinco metros con veintinueve centímetros
lineales; al sur, con quebrada sin nombre en medio de Ronald Varela Sánchez; al
este, con calle pública con un frente a ella de novecientos quince metros con
noventa y ocho centímetros lineales, y al oeste, con quebrada sin nombre en
medio de Ronald Varela Sánchez y río Ario. Según plano catastrado número P-un
millón ciento ochenta y cinco mil doscientos cincuenta y cinco-dos mil siete
(P-1185255-2007). Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción
y a título de dueña. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las
consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan cargas reales
ni gravámenes sobre el mismo. Lo adquirió por medio de posesión originaria. El
inmueble lo estima en la suma de doscientos cincuenta mil colones. Quien se
crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo
saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la
publicación de este edicto. Información Posesoria N° 13-160002-0642-AG, de
Silvia Fallas Granados.—Juzgado Civil y Agrario de
Puntarenas, 14 de noviembre del 2013.—Lic. Yeison
Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1
vez.—(IN2013076915).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el expediente N° 09-100036-217-CI,
donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de la
cesionaria la empresa Berthier E B I de Costa Rica,
cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos quince mil setecientos
cuarenta y uno, representada por el señor Juan Vicente Durán Víquez, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Terreno de cafetal. Ubicado: en el distrito segundo San
Miguel, cantón tercero Desamparados, de la provincia de San José, cuya área
según el plano es de cinco seiscientos veinte metros con cincuenta y cinco
decímetros cuadrados. Linda: al norte, con Ariasque
S. A.; al sur, con Aníbal Hernández Delgado; al este, con empresas Berthier E B I de Costa Rica Sociedad Anónima, y al oeste,
con calle pública con catorce metros. Según plano catastrado N° 1-1256642. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Expediente N° 09-100036-0217-CI. Información Posesoria promovida por la empresa
Berthier E B I de Costa Rica.—Juzgado Civil y de
Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 22 de
octubre del 2013.—MSc. Kattia
Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2013076920).
Petrita
Saavedra Sánchez, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de
identidad N° 6-105-307, vecina de Golfito, y Nain Beita Saavedra, mayor, soltero, agricultor, portador de la
cédula de identidad N° 6-090-976, promueven diligencias de Información
Posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad el
inmueble que a continuación detallo: Terreno: es terreno de montaña, tacotal.
Situado: Punta Adela, distrito de Golfito, cantón Golfito, de la provincia de
Puntarenas. Mide: setenta y tres hectáreas mil cuatrocientos tres metros con
diez decímetros cuadrados. Linda: norte, Alejandro Morera Cedeño; sur, Nain Beita Saavedra y Petrita
Saavedra Sánchez; este, Armonía Escondida S. A.; oeste, Playa Cativo Inn y en parte con Compañía Agrícola ULT Y ULL S. A., y en
parte MINAE. Plano catastrado N° P-1178940-2007. Se estima el inmueble en la
suma de dos millones de colones. Se cita y emplaza a todos los interesados,
colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se
pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contado a partir de
la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a
hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren,
se ordenará su inscripción en el Registro. Notifíquese. Información Posesoria
N° 11-00023-0419-AG, interno N° 25-3-11 de Petrita Saavedra Sánchez y Nain Beita Saavedra.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Sur, Corredores.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2013076972).
Se
hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
11-000345-0640-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de Souza Diana María Garbanzo de, quien es mayor, estado civil casada una
vez, vecina de Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe
N° 1-1024-0281, profesión oficios de hogar, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
cuya naturaleza es terreno de café y monte. Situada: en el distrito Corralillo,
cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Laudencio González Navarro Ceciliano;
al sur, Anelia Rojas Padilla; al este, acequia, y al
oeste, Diana María Garbanzo de Sousa. Mide: dos mil doscientos ochenta y un
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° 3-1518316-2011.
Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio, y estima el inmueble en dos millones quinientos mil colones así como
las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. Que adquirió
dicho inmueble por acuerdo verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño
desde 1982. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en chapeo, abono, siembra, recolección y exportación de café. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Souza Diana María Garbanzo de. Expediente
N° 11-000345-0640-CI.—Juzgado Agrario de Cartago,
9 de agosto del 2012.—Lic. María Rosa Castro García, Jueza.—1
vez.—(IN2013076981).
Se
hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N°
05-000476-0296-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de Temporalidades Iglesia Católica Diócesis Alajuela representada por,
José Rafael Barquero Arce, quien es mayor, célibe, vecino de Alajuela centro,
portador de la cédula de identidad número 4-065-237, obispo de la Diócesis de
Alajuela, a fin de inscribir a nombre de su representada y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la
provincia de Alajuela, la cual es terreno construido con el templo de Berlín,
un salón para comedor y zonas verdes. Situada en el distrito seis, San Rafael,
cantón segundo, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste,
Asociación de Desarrollo Comunal de Berlín; al sureste, calle pública con un
frente a ella de veintitrés metros con cincuenta y ocho centímetros; al
noroeste y al suroeste, Jorge Chavarría Arroyo. Mide: quinientos treinta y
siete metros con un centímetro, según plano catastrado A-uno uno cero cuatro
cero seis tres-dos mil seis. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil
colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información
Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Temporalidades Iglesia
Católica Diócesis, Alajuela. Exp.: 05-000476-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón, Alajuela,
04 de octubre del 2013.—Dr. Minor Chavarría Vargas,
Juez.—1 vez.—(IN2013077106).
Se
hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N°
12-000057-0388-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de, Luis Fernando Ramírez Peralta quien es mayor, estado civil casado una
vez, profesor pensionado, vecino de Tempate de Santa Cruz, Guanacaste, portador
de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-0127-0963, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito (04) Tempate, cantón (03) Santa
Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Norman Zúñiga
Ramírez; al sur, con Mayela Zúñiga Marchena; al este,
con Yahaira Zúñiga Ramírez y al oeste, con calle
pública con un frente a ella de dieciocho metros con setenta y ocho centímetros
lineales. Mide: cuatrocientos cuarenta y un metros cuadrados, según plano
G-1413503-2010. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de una compra que le hizo a los
señores Norman Zúñiga Ramírez y Yajaira Zúñiga Ramírez el 6 de febrero de 2012,
y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en cuido del terreno, cercado del mismo,
chapea y mantenimiento de cercas. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Luis Fernando Ramírez Peralta. Exp.:
12-000057-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz,
10 de julio del 2013.—Licda. Ana Victoria Gómez Zúñiga, Jueza.—1
vez.—(IN2013077126).
Se
hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-160078-642-AG
donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Modesto
Madrigal Conejo, quien es mayor, casado una vez, agricultor, portador de la
cédula de identidad N° 6-0032-0589, vecino de San Juan Grande, Esparza, de la
parada Los Rogados, ciento cincuenta metros al este, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es terreno de pastos. Situada: en el distrito dos
San Juan Grande, del cantón dos Esparza, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, Wilberth
Castro Villalobos; al este, Rafael Madrigal Conejo, y al oeste, Luis Fernando
Pérez Pérez. Mide: cincuenta y dos mil once metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número uno cinco ocho cuatro
uno nueve cero-dos cero uno dos. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio, y estima tanto el inmueble en la suma de tres
millones de colones, y las presentes diligencias en la suma de dos millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de su padre el señor Ismael
Madrigal Chavarría, quien fuera mayor, viudo, agricultor, portador de la cédula
de identidad N° 2-0014-1647, vecino de San Juan Grande de Esparza, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños.
Que los actos de posesión han consistido en siembra de pasto, cerca total de la
finca y el mantenimiento que se le da a toda finca. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Modesto Madrigal Conejo. Expediente N°
12-160078-642-AG.—Juzgado Civil y Agrario de
Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—(IN2013077238).
Se
emplaza a todos los que tuvieran interés en proceso de Información Posesoria
promovida por Warner Chacón Araya, cédula número dos-cuatrocientos cuatro-cero
ochenta y cinco, casado una vez, comerciante, vecino de Esparza, para que se
titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es
terreno para agricultura. Sito: en Marañonal en el
distrito tercero del cantón segundo, de la provincia de Puntarenas. Linda: al
norte y al oeste, con Arnoldo Chacón Solano; al sur, con calle pública con una
medida de frente a ella de cuarenta y seis metros con treinta y ocho decímetros
lineales; al este, con Juan Ramón González y Arturo Ruiz Chavarría, ambos en
parte. Mide: tres mil ochocientos veintiséis metros con cincuenta y nueve
decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-ciento cuarenta y siete
mil novecientos noventa y tres-noventa y tres. Sin interrupción y a titulo
dueño. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias
de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se
pretenda inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un
mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria
N° 01-100971-417-CI-1, de Warner Chacón Araya.—Juzgado
Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Jonathan Masís
Solís, Juez.—1 vez.—(IN2013077240).
Se hace saber que en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de Francia Del Socorro Potoy
González, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, nacionalizada
costarricense, cédula de identidad 8-0094-0599. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000706-0681-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pococí,
20 de mayo del 2013.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2013049710).
Mediante auto inicial de apertura de la escritura
número cincuenta y dos-uno, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del
02 de noviembre del 2013, por (i) Marlene Isabel Porras Vargas, cédula de
identidad N° 2-0361-0555; (ii) Rosa Natalia Aguilar Porras, cédula de identidad
N° 1-1188-0759; (iii) María Gerarda Aguilar Porras,
cédula de identidad N° 1-1232-0648; y (iv) Ana Isabel Aguilar Porras, cédula de
identidad N° 1-1327-0079 y, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuere: Gregorio
Aguilar León, cédula de identidad N° 2-0326-0899. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos. Notaría del Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, notario público con
oficina abierta al público en la ciudad de San José, San José, Catedral, Barrio
González Lahmann, avenida diez, calle diecinueve,
número mil veinticinco, Bufete Castro & Herrera. Teléfono: 8376-0623. Se
apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Proceso
sucesorio en sede notarial de Gregorio Aguilar León. Expediente N°
0001-2013-LABO.—San José, a las nueve horas del cuatro
de noviembre del dos mil trece.—Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2013073432).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de quien en vida fuera el señor Luis Rodríguez Gutiérrez, quien fuera
mayor, soltero, peón agrícola, vecino de Caballito de Nicoya, un kilómetro al
noroeste de la escuela, cédula de identidad número: cinco-doscientos cuarenta y
uno-cero cincuenta y cinco, fallecido el día dos de marzo del año dos mil dos,
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos o algún interés legítimo en la sucesión, que
si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien
corresponda. Expediente 0001-2013-8889-jgzl. Notaria del licenciado José German
Zamora Leal, sito 125 metros norte de Radio Cultural, Nicoya, Guanacaste.
Teléfono: 2686-7569. Fax: 2686-4885.—Lic. José German
Zamora Leal, Notario.—1 vez.—(IN2013074965).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera la
señora Idaluz Torres Briceño, quien fuera mayor,
casada una vez, pensionada, vecina de Nicoya, frente antiguo Bar Mi Casa,
cédula de identidad número: cinco-cero cincuenta y ocho-cero diecinueve,
fallecida el día veinte de julio del año dos mil trece; para que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos
o algún interés legítimo en la sucesión, que si no se presentan dentro de dicho
plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente 0002-2013-8889-jgzl.
Notaría del licenciado José German Zamora Leal, sito 125 metros norte de Radio
Cultural, Nicoya, Guanacaste, teléfono: 2686-7569, fax: 2686-4885.—Lic. José German Zamora Leal, Notario.—1
vez.—(IN2013074970).
Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien fuera:
Óscar Mora Paut, mayor, viudo una vez, pensionado,
vecino de Barranca de Puntarenas, cédula N° 1-152-213, para que dentro del
plazo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos, y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos, que si no se apersonan en ese plazo,
la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Sucesorio N°
13-100162-642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de
Puntarenas.—Lic. Jonathan Masís Solís, Juez.—1 vez.—(IN2013076918).
Se
emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los
interesados en la sucesión de Franklin Contreras Varela, quien fue mayor,
casado, pensionado, cédula número uno-trescientos setenta y ocho-seiscientos
setenta y nueve, vecino de San José, Ciudad Colón, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en el plazo
citado, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000230-0182-CI
(3). Sucesión de Franklin Contreras Varela.—Juzgado
Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de noviembre del 2013.—Msc. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—1 vez.—(IN2013076923).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó: María de los Ángeles Umaña Morera, mayor, costarricense, divorciada,
cédula de identidad N° 0202710764, ama de casa, vecina de Alajuela. Se cita a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N°
13-000272-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de setiembre del 2013.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2013076925).
Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los
interesados en la sucesión de Aurelia Ramona Olivares García, quien fue mayor,
casada una vez, ama de casa, vecina de Bajos de Jorco de Acosta, cédula de
identidad número uno-ciento treinta y tres y ocho-trescientos veintidós, y de
Esteban Portilla Bermúdez, quien fue mayor, viudo una vez, agricultor, vecino de
Bajos de Jorco de Acosta, cédula de identidad número uno-cero cero once-cuatro
mil setecientos sesenta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días,
comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-100149-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial
de San José, Desamparados, 11 de julio del 2013.—MSc.
Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2013076965).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó: Mario Francisco de la Trinidad Mora Méndez, mayor, casado dos
veces, con documento de identidad N° 9-0013-0525, y vecino de Alajuelita. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente N° 12-100127-0216-CI.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita, y
San Sebastián, 18 de octubre del 2013.—Msc.
Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2013076966).
Se
hace saber en este Despacho se tramita el proceso sucesorio testamentario de
Juliana Gloria Moreno Canales, cédula N° 5-055-580, quien fue mayor, del hogar,
vecina de Palmar Norte de Osa, costarricense. Se emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-100027-423-CI-1.—Juzgado Civil de Osa, 19 de agosto del 2013.—Lic.
Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1
vez.—(IN2013076969).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de
Edwin Ramón Abarca Blanco, mayor, costarricense, soltero, comerciante, con
cédula número uno-quinientos setenta y seis-quinientos setenta y seis, vecino
de Cañas Gordas de Agua Buena, Puntarenas, trescientos metros norte de la
Policía de Frontera, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a
la herencia, de que si no se presentan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Sucesorio N° 13-100034-920-CI-2 de Edwin Ramón Abarca
Blanco, promovido por Teresa Blanco Navarro.—Juzgado Civil y de Trabajo de
Mayor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, Ciudad Neily, 7 de octubre del 2013.—Lic. Guiselle
Argüello González, Jueza.—1 vez.—(IN2013076971).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó: José Joaquín Ceciliano Vindas, mayor, casado, cédula de identidad N° 0900600606, y
vecino de Barrio San José de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000405-0638-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de octubre del
2013.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—1
vez.—(IN2013077002).
Se hace saber, que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio promovido por Octavio Rodríguez Méndez, cédula 2-0527-0059 en
sucesión de Ángel Belén Rodríguez Delgado, cédula 6-0057-0120, quien en vida
fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Humberto de Los Chiles,
500 metros al este del puesto de la Guardia Civil. Se emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N°
13-100014-0323-CI, causante: Ángel Belén Rodríguez Delgado.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Los Chiles,
24 de octubre del 2013.—Lic. Mario Angulo Salazar, Juez.—1
vez.—(IN2013077119).
Se
hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de, Eduardo
Sequeira Torres, mayor, casado una vez, comerciante, cédula número nueve-cero
cuarenta y uno- trescientos ochenta y cuatro, vecino de Desamparados, San
Rafael Abajo, barrio Santa Cecilia, calle La Unión y es gestionado por, María
Beatriz Zúñiga Díaz, quien es mayor, viuda de únicas nupcias, ama de casa,
cédula de identidad número cinco-ciento ochenta y dos-setecientos treinta y
siete, vecina de San Rafael Abajo, barrio Santa Cecilia, calle La Unión. Se
emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de este proceso, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente número 13-100019-0237-CI (21-2-13).—Juzgado
de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 30
de octubre del 2013.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1
vez.—(IN2013077147).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Andrés Gerardo
Lafuente Barquero, quien fuera mayor, costarricense, casado dos veces,
empresario, portador de la cédula número uno trescientos setenta y nueve
ochocientos sesenta y cinco, vecino de Guachipelín,
San Rafael de Escazú, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; se
apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
12-000019-0180-CI.—San José, 12 de agosto del
2013.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2013077197).
Se hace saber que en este Juzgado se han establecido diligencias de
declaratoria de ausencia de Marco Tulio Espinoza Blanco, mayor, casado, guarda,
vecino de Pavas, portador de cédula de identidad 6-119-225, promovidas por
Giselle María Mora Cascante. Exp. N° 12-000224-183-CI
declaratoria de ausencia de Marco Tulio Espinoza Blanco.—Juzgado
Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de julio del 2013.—Lic.
Marlene Martínez González, Jueza.—Exonerado.—(IN2013057279). 3 v. 3 Alt.
Se hace saber: que ante este Despacho se
tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Julia Zamora Vega,
mayor, divorciada una vez, administradora, vecina de San Isidro de Heredia,
cédula de identidad número 4-163-860; encaminado a solicitar la ausencia de Everaldo Da Costa Alves, mayor, exfutbolista,
de nacionalidad brasileño, portador de la cédula de residencia
415-0212976-0000424. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de
que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación
de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los
apercibimientos de ley en caso de omisión. Exp:
13-000299-0504-CI. Nota: Publíquese por tres veces con intervalos de un mes.
Esta publicación se hará en el Boletín Judicial y en periódico de
circulación nacional. Podrá hacerse por medio de la radio.—Juzgado
Civil de Heredia, 7 de agosto del 2013.—Lic. Karol
Solano Ramírez, Jueza.—(IN2013057767). 3
v. 3 Alt.
Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces
consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela
testamentaria de la persona menor de edad Valentina Rodríguez Chinchilla ya por
haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima, para
que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha
de publicación del último edicto. Expediente N° 13-000502-0673-NA.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 5 de
noviembre del año 2013.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—(IN2013076254). 3 v. 3.
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Rafael Francisco Bloise Villanueva,
mayor, divorciado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad
9-0460-971 y vecino de Cartago, 100 metros al oeste de las Oficinas Centrales
de la JASEC. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 13-000109-0640-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía de Cartago, 9 de julio del 2013.—Msc.
Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—1
vez.—(IN2013076654).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Francisco Calderón Murillo,
quien fue mayor, divorciado, cédula: 202090107, nacido en Sarchí
Sur Grecia de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 12-000211-0307-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de
abril del 2013.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1
vez.—(IN2013076655).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Rafael Bloise Sánchez, mayor, casado,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad 3-0075-0956 y vecino de
Cartago, 100 metros al oeste de las Oficinas Centrales de la JASEC. Se cita a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
12-000508-0640-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía
de Cartago, 12 de agosto del 2013.—Msc. Flory Tames Brenes, Jueza.—1
vez.—(IN2013076656).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Agustina Cruz Rodríguez, mayor, desconocida, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad 0201140263 y vecina de Ciudad Quesada. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
11-100961-0317-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 1 de julio del 2013.—Lic. Adolfo
Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2013076679).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Gonzalo Durán Ramírez, mayor, casado una vez, agricultor, vecino
de La Vieja de Florencia, de San Carlos, ciento veinte metros sur de la plaza,
frente a Chocosuela número dos, con documento de
identidad 0201350644. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 12-100609-0297-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 29 de agosto del
2013.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1
vez.—(IN2013076681).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Víctor Hugo Rodríguez Vargas, mayor, soltero, vecino de Heredia,
Belén, cédula número dos-trescientos cincuenta y cinco- novecientos noventa y
siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 12-000177-0504-CI.—Juzgado Civil de
Heredia, 5 de junio del 2013.—Lic. Adrián Hilje
Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2013076710).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Manrique Christman Borbón, mayor,
casado una vez, empleado del ICE, vecino de Alajuela, Turrucares,
cédula de identidad 0111340566. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente 13-000026-0638-CI.—Juzgado
Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, 30 de agosto del 2013.—Lic.
Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2013076713).
Licenciado
Jean Carlos Céspedes Mora, Juez de Familia de Buenos Aires, al señor Omar
Valverde Retana, mayor, costarricense, cédula de identidad número
uno-cuatrocientos setenta y ocho-ochocientos cuarenta y ocho, domicilio
ignorado, hace saber que en: Reconocimiento de hijo de mujer casada. Exp. N° 13-400055-1046-FA (58-13). Promueve: William Castro
Figueroa. Demandados: Contra: Omar Valverde Retana y otra. Se ha dictado el
auto de traslado de Reconocimiento de hijo de mujer casada a las diez horas
treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil trece. Que dice: Juzgado de
Familia de Buenos Aires, a las diez horas treinta minutos del dieciséis de mayo
del dos mil trece. Se tiene por establecidas las presentes diligencias de
reconocimiento de hijo de mujer casada promovidas por William Castro Figueroa a
favor de Jason Valverde Mora. Con vista en los folios
11 a 14, se tienen por apersonados la señora Maria
del Carmen Mora Altamirano, así como Jason Valverde
Mora, en su calidad de interesados en el proceso. En otro orden de ideas y con
el fin de notificar al señor Omar Valverde Retana, solicítese: 1) al Registro
Público Sección Mercantil, a fin de que indiquen si dicho señor tiene apoderado
registral inscrito; y 2) al Departamento de Cuentas Cedulares del Registro
Civil, a fin de que se sirvan enviar la cuenta cedular con la última dirección
reportada. Expídanse los oficios respectivos. Notifíquese. Licenciado Jean
Carlos Céspedes Mora. Juzgado de Familia de Buenos Aires, a las diez horas
treinta minutos del cuatro de julio del dos mil trece. Visto el memorial de
folio 24 se tiene por aportado por parte del Departamento de cuentas cedulares
la dirección del demandado. Asimismo se ordena notificar esta resolución así
como el auto de traslado de las diez horas treinta minutos del dieciséis de
mayo del dos mil trece personalmente al señor Ómar
Valverde Retana, quien se localiza en
Heredia San Pablo, de la Escuela de San Pablo cien metros norte cincuenta
metros oeste y cincuenta metros norte casa color celeste, para lo cual se
comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Heredia. Notifíquese.
Licenciado Jean Carlos Céspedes Mora. Juzgado de Familia de Buenos Aires, a las
catorce horas treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil trece.
Revisado minuciosamente el presente asunto, se desprende que el señor Ómar Valverde Retana, padre de Jason
Valverde Mora, no ha sido notificado de las presentes diligencias, por cuanto
se desconoce su domicilio. Asimismo, constando la certificación de entradas y
salidas del país y certificación de apoderado generalísimo que lo represente;
se resuelve: Se ordena notificar por edicto al señor Omar Valverde Retana la
presente resolución, la de las diez horas treinta minutos del cuatro de julio
del dos mil trece, así como el auto de traslado dictado a las diez horas
treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil trece. Expídase el edicto
correspondiente, el mismo será remitido vía electrónica a la Imprenta Nacional,
una vez firme la presente resolución. Quedando a disposición de la parte promovente la respectiva cancelación de los derechos de
publicación. Notifíquese.—Juzgado de Familia de
Buenos Aires, 16 de octubre del 2013.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(IN2013076778).
Lic.
Johanna Escobar Vega, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, a Ronny Víquez Alfaro, en su carácter
personal, quien es mayor, divorciado, domador de caballos, de domicilio
desconocido, cédula N° 1-1005-981, se le hace saber que en demanda suspensión
patria potestad N° 12-001301-0292-FA, establecida por Isela María Chavarría
Salazar contra Ronny Víquez Alfaro, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas y treinta y
siete minutos del cuatro de diciembre del dos mil doce. De la anterior demanda
abreviada de suspensión de patria potestad establecida por la accionante Isela
María Chavarría Salazar, se confiere traslado al accionado Ronny
Víquez Alfaro por medio de su curadora procesal, sea la Lic. Rosa Isabel Prieto
Pochet por el plazo perentorio de diez días, para que
se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del
plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar
negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la
demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los
rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o
rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que
tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los
testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores
involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de
Comunicaciones y otras Comunicaciones; del Primer Circuito Judicial de
Alajuela. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que
presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación
no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley
de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08,
celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho
fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del
Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo
LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas
físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de
trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta
con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar
de residencia. Notifíquese esta resolución a la curadora procesal de accionado
en el medio señalado y a quien se le hace ver que las copias del expediente se
encuentran a la orden en el Despacho. Para estos efectos, se comisiona a la
Oficina de Comunicaciones y otras Comunicaciones; del Primer Circuito Judicial
de Alajuela. Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1
vez.—(IN2013077020).
Se
convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la
curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se
presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a
partir de esta publicación. Proceso de insania de William Pascual Madrigal
Cortés. Expediente N° 13-000019-0869-FA.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 26 de
setiembre del 2013.—Msc. Karol
Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—(IN2013077024).
Lic.
María Bravo Núñez, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial
de San José, a María Cecilia Rojas Murillo e interesados, en su carácter promovente, se le hace saber que en proceso insania, se
ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 701.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San
José, a las diez horas del treinta de setiembre del dos mil trece. Declaratoria
de insania gestionado por María Cecilia Rojas Murillo, mayor, cédula identidad
N° 1-393-1214, vecina de Tirrases de Curridabat, en favor de Ana Lorena Murillo Azofeifa, quien es mayor, soltera, cédula identidad N°
1-1899-850, vecina del mismo domicilio de la gestionante.
Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—No se demostró:
Ninguno de importancia…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Con base en lo
expuesto, y normas citadas, se falla: Se declara como persona insana a la señora Ana Lorena Murillo Azofeifa, y se designa como su curadora definitiva a la señora
María Cecilia Rojas Murillo, quien deberá aceptar el cargo dentro del plazo de
cinco días una vez firme este fallo, la aceptación la podrá hacer mediante
memorial debidamente autenticado por un profesional en derecho, o por acta en
el despacho compareciendo la designada en forma personal. En aplicación del
numeral 237 Código de Familia, se exonera a la señora María Cecilia Rojas
Murillo de la rendición de cuentas mensuales respecto de los haberes de su
hermana declarada como insana. Firme esta sentencia deberá ser publicada una
vez en el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro Público,
Sección de Personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del patrimonio de
la señora Rojas Murillo. Notifíquese. Expediente N° 12-000904-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San
José.—Lic. María D. Bravo Núñez, Jueza.—1
vez.—(IN2013077025).
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente N°
11-400608-0924-FA, los señores Evaristo Arce Araya y Ana Mileidy
Durán Porras, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la menor Adriana
María Ortega Alvarado. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para
formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 8 de
octubre del 2013.—Msc. Marilene
Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—(IN2013077192).
Se
avisa que en este Despacho, los señores Daisy del Rocío Cortés Arce y Michael
Cordero Alfaro, solicitan se apruebe la adopción conjunta y cambio de nombre de
la persona menor de edad: Starling Josué Vega García.
Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para
formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente
N° 13-000532-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de octubre del
2013.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1
vez.—(IN2013077227).
Lic.
Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, hace saber a
Leonel Pichardo Granera, que en este Despacho se
interpuso un proceso autorización de salida de país en su contra, bajo el expediente
N° 13-002378-0338-FA donde se dictó la resolución que literalmente dice:
Juzgado de Familia de Cartago, a las catorce horas y un minuto del diecinueve
de noviembre del dos mil trece. Del anterior proceso de autorización de salida
del país, establecido por Fátima del Socorro Paz, se confiere traslado por el
plazo perentorio de cinco días a Leonel Pichardo Granera
(artículo 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer
escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes
a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos
y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a
utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como
medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la
página oficial del Poder Judicial: http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea
más información contacte al personal del Despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07
celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo
LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas
físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de
trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta
con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar
de residencia. Dentro de este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y
ofrecer la prueba que considere pertinente. Por existir menores involucrados en
este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia.
Notifíquese a dicha Institución por medio de la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y otras Comunicaciones de este Circuito. Se señala para la audiencia
de ley las ocho horas treinta minutos del trece de diciembre del dos mil trece.
Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas
y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo
19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En virtud de que se desconoce el
domicilio del mismo se procede a publicar el edicto de ley el cual será
remitido por medio del sistema electrónico FTP. Notifíquese. Lic. Patricia
Cordero García, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso autorización
de salida de país de Fátima Paz contra Leonel Pichardo Granera.
Expediente N° 13-002378-0338-FA.—Juzgado de Familia
de Cartago, 19 de noviembre del 2013.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—(IN2013077304).
Se hace saber que ante la notaría del Lic. Róger
Carmona González, han manifestado Eugenio Soto Barrantes, tres-cero dos tres
uno-cero dos tres ocho y Rebeca Cristina Pérez Valenciano, uno-uno cero seis
cuatro-cero nueve tres cero, que desean contraer matrimonio. Quien conozca
impedimento para el mismo, deberá comunicarlo dentro de los ocho días
siguientes a la publicación en esta notaría o en su defecto al correo
electrónico bcasociadoscorp@gmail.com.—San José ocho de noviembre del dos mil
trece.—Lic. Róger Carmona
González, Notario.—1 vez.—(IN2013074922).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los
contrayentes: Yesenia Molina Carrillo, mayor de edad,
soltera, portadora de la cédula de identidad N° 0503130642, vecina de Caimital
de Nicoya, 50 metros al oeste diagonal a las torres del I.C.E., hijo de María
Francisca Carrillo Espinoza y Nicolás Molina Molina,
nacida en el Centro Nicoya, Guanacaste, el 18 de diciembre de 1979, con 33 años
de edad, y Yenci Fernando Obregón García, mayor de
edad, soltero, portador de la cédula de identidad N° 0602650719, vecino de
Caimital de Nicoya, 50 metros al oeste diagonal a las torres del I.C.E., hijo
de Deidalia García Toruño y
Carlos Manuel Obregón Porras, nacido en Neily,
Corredores, Puntarenas, el 14 de enero de 1975, actualmente con 38 años de
edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento
legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 13-000285-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Nicoya, 28 de octubre del 2013.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—(IN2013077022).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los
contrayentes: Yesenia Molina Carrillo, mayor de edad,
soltera, portadora de la cédula de identidad N° 0503130642, vecina de Caimital
de Nicoya, 50 metros al oeste diagonal a las torres del I.C.E., hijo de María
Francisca Carrillo Espinoza y Nicolás Molina Molina,
nacida en el Centro Nicoya, Guanacaste, el 18 de diciembre de 1979, con 33 años
de edad, y Yenci Fernando Obregón García, mayor de
edad, soltero, portador de la cédula de identidad N° 0602650719, vecino de
Caimital de Nicoya, 50 metros al oeste diagonal a las torres del I.C.E., hijo
de Deidalia García Toruño y
Carlos Manuel Obregón Porras, nacido en Neily,
Corredores, Puntarenas, el 14 de enero de 1975, actualmente con 38 años de
edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento
legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 13-000285-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Nicoya, 28 de octubre del 2013.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—(IN2013077022).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los
contrayentes: Juan Pablo Gómez Solís, mayor de edad, soltero, agricultor, cédula
de identidad N° 0503730443, vecino de Lajas de Quiriman
600 metros al este de la Escuela, hijo de Edwin Gómez Villarreal y Odilie Solís Jiménez, nacido en Nicoya Centro, el 21 de
noviembre de 1989, con 23 años de edad, y María Isabel Zúñiga Mayorga, mayor de
edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0503730451, vecina de Lajas
de Quiriman 600 metros al este de la escuela, hija de
Eladio Zúñiga Carrillo y María Fanny Mayorga Baltodano,
nacida en Nicoya Centro, el 23 de noviembre de 1989, actualmente con 23 años de
edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento
legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del
edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 13-000261-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Nicoya, 7 de octubre del 2013.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—(IN2013077023).
El
señor Mario Ernesto Zumbado Alpízar, mayor,
divorciado, pensionado, vecino de Santa Bárbara de Heredia, cédula de identidad
número 02-0305-0039 y la señora María Cristina Solano Cordero, mayor,
educadora, divorciada, vecina de Santa Bárbara de Heredia, cédula de identidad
número 02-0426-0340, presentan ante el Juzgado de Familia de Heredia,
Reconocimiento de Unión de hecho. Si alguna persona tuviere conocimiento de que
existe algún impedimento legal para que dicha unión se homologue, deberá
manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días, contados a
partir de la publicación de este edicto. Exp.
13-001219-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic.
Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1
vez.—(IN2013077187).
Han comparecido ante este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, los contrayentes: Jonathan Mendoza Ordóñez, mayor,
soltero, vecino de Alajuelita, Proyecto 26 de Abril,
cédula de identidad número uno-mil doscientos setenta y dos-quinientos ochenta
y seis, costarricense, operador de máquina, con veintisiete años de edad, nació
en Uruca, Central, San José, el día veintisiete de
febrero de mil novecientos ochenta y seis, hijo de Randy Víctor Mendoza Vado,
nacionalidad nicaragüense, vecino de Alajuelita y
Blanca Flor Ordóñez Solano, nacionalidad costarricense, vecina de Alajuelita, y Stephanie García Mora, mayor, de veinticinco
años, ama de casa, cédula número uno-mil trescientos sesenta y
cuatro-cuatrocientos cuarenta y cuatro, nació en Carmen, Central, San José, el
día diecisiete de agosto de mil novecientos ochenta y ocho, vecina Alajuelita, Proyecto 26 de Abril, hija de Zoila Rosa García
Mora, nacionalidad costarricense, fallecida. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio).
Expediente N° 2013-400495-0216-FA.—Juzgado de
Familia de Hatillo, 2 de setiembre del 2013.—Lic. Alinne
Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2013077224).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Ericka Alejandra Calvo Serrano, Víctor Manuel Villalobos
Zamora, mayor, soltero, peón, cédula de identidad N° 0401720888, vecino de Los Cartagos de Heredia, hijo de Víctor Manuel Villalobos
Loaiza y Carmen Zamora Jiménez, ambos padres de nacionalidad costarricense,
nacido en Santo Domingo de Heredia, el 2 de junio de 1980, actualmente con 33
años de edad, y Ericka Alejandra Calvo Serrano,
mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0303750207, vecina de
Carrizal de Alajuela, hija de Omar Calvo Leiva y María Lorena Serrano Quirós,
ambos padres de nacionalidad costarricense, nacida en Cartago, el 11 de agosto
de 1981, actualmente con 32 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento
de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente N° 13-001903-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de octubre del
2013.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1
vez.—(IN2013077231).
Por requerirse en la sumaria penal número
13-201084-431-PE, en contra de Samuel Chavarría Allen, por el delito de
accionamiento de arma, en perjuicio de la Seguridad Común, le solicito publicar
por medio de edicto tres veces en el Boletín Judicial, lo que interesa
de la resolución del Juzgado Penal de Puntarenas de las quince horas con
treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil trece y que a
continuación se transcribe, “se ordena devolución de artículo o donación a
favor del Estado, la entrega del arma a la sociedad Aginsa
Seguridad S. A., cédula jurídica número 3101352847 tipo revolver, calibre 38
SPL, marca Ranger, modelo 102, serie 06382C, color
gris metálico, empuñadura color negra, con tres municiones en la recámara”. Se
ordena publicar tres veces el edicto en el Boletín Judicial, en el cual se
concederá el plazo de tres meses a partir de su última publicación a efectos de
que la persona apoderada de la sociedad Aginsa
Seguridad S. A., demuestre fehacientemente ser el propietario del bien
decomisado se presente a reclamar con la documentación idónea, caso contrario,
transcurrido el plazo indicado quedan a la orden de Arsenal Nacional el bien
citado, ordenándose el comiso del mismo a favor del Estado, para que disponga
su donación o su destrucción. Notifíquese.—Juzgado
Penal de Puntarenas.—Lic. José Pablo León Vásquez, Juez.—
(IN2013076251). 3. v. 3
Por requerirse en sumaria penal número
06-200090-591-PE, en contra de Chacón Vargas Pedro por el delito de Infracción
Ley de Armas, en perjuicio de la Ley de Armas, le solicito publicar por medio
de edicto tres veces en el Boletín Judicial, lo que interesa de la
resolución del Juzgado Penal de Puntarenas de las siete horas con cincuenta
minutos del tres de octubre del dos mil doce y que a continuación se transcribe
“se ordena devolución de artículo o donación a favor del Estado, la entrega del
arma de fuego tipo revólver, marca Doberman, calibre
22LR, modelo 61 serie 65887 inscrita a nombre de Carlos Enrique Villalobos
Cerdas, cédula 1-572-028, vecino de San José, Pavas, Pueblo Nuevo, 50 metros al
sur del Templo Pavas”. Se ordena publicar tres veces el edicto en el boletín
Judicial, en el cual se concederá el plazo de tres meses a partir de su última
publicación a efectos de que el señor Carlos Enrique Villalobos Cerdas
demuestre fehacientemente ser el propietario del bien decomisado se presente a
reclamar con la documentación idónea, caso contrario, transcurrido el plazo
indicado quedan a la orden de Arsenal Nacional el bien citado, ordenándose el
comiso del mismo a favor del Estado, para que disponga su donación o su
destrucción. Notifíquese.—Juzgado Penal de
Puntarenas.—Lic. José Pablo León Vásquez, Juez.—(IN2013076252). 3. v. 3
Por requerirse en sumaria penal número 05-200023-591-PE, en contra de
Efraín Brenes Arroyo, por el delito de amenazas en perjuicio de la Seguridad
Pública, le solicito publicar por medio de edicto tres veces en el Boletín
Judicial, lo que interesa de la resolución del Juzgado Penal de Puntarenas
de las nueve horas con veintisiete minutos del dos de octubre del dos mil doce,
y que a continuación se transcribe “se ordena devolución de artículo o donación
a favor del Estado, la entrega del el arma de fuego tipo pistola, marca Sundance, calibre 25L, modelo A25, serie 079512 a nombre de
Mohnssen Ingo, cédula
7048132312, vecino de San José, Loma Linda, Loto 2, casa 10 J” Se ordena
publicar tres veces el edicto en el Boletín Judicial, en el cual se
concederá el plazo de tres meses a partir de su última publicación a efectos de
que el señor Mohnssen Ingo,
cédula 7048132312 demuestre fehacientemente ser el propietario del bien
decomisado se presente a reclamar con la documentación idónea, caso contrario,
transcurrido el plazo indicado quedan a la orden de Arsenal Nacional el bien
citado, ordenándose el comiso del mismo a favor del Estado, para que disponga
su donación o su destrucción. Notifíquese.—Juzgado
Penal de Puntarenas.—Lic. José Pablo León Vásquez, Juez.—(IN2013076255). 3
v. 3.
Licenciado
Randall Araya Robles, Fiscal, Coordinador la Fiscalía Segundo Circuito Judicial
de San José, a la señora Johanna Patricia Solano Chaves, cédula o documento de
identidad número 0110100068, se le hace saber: Que en el Legajo de Legajo de
Acción Civil Resarcitoria del expediente 10-006573-0175-PE, seguido en contra
de Johanna Patricia Solano Chaves, en perjuicio de Leonor Elvira Bolaños Vargas,
por el (los) delito (s) de daños, se ha dictado resolución que literalmente
dice: comunicación por edicto. Fiscalía Segundo Circuito Judicial de San José:
De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se
procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por, Leonor
Elvira Bolaños Vargas, a darle traslado al demandado civil Johanna Patricia
Solano Chaves de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se
pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este
proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le
concede el término de ley para que haga valer
sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución al
demandado civil y a su defensor en forma separada. En vista de que el (la)
señor (a) Johanna Patricia Solano Chaves, es de domicilio desconocido, se
procede a comunicarle la resolución que antecede por medio de edicto que se
publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía Segundo Circuito Judicial de San José.—Randall
Araya Robles, Fiscal.—1 vez.—(IN2013077101).