BOLETÍN JUDICIAL Nº 228 DEL 26 DE NOVIEMBRE DEL 2013

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

AVISO N° 013-2013

TRIBUNAL DE RECONOCIMIENTOS

CONVOCATORIA

El Tribunal de Reconocimientos del Poder Judicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo N° 13 del Reglamento de Reconocimientos otorgados por el Poder Judicial, aprobado por Corte Plena en la sesión N° 3-06 del 21 de febrero del 2006, invita a las servidoras, servidores, ex servidoras y ex servidores judiciales, usuarias, usuarios y público en general a nominar candidatas o candidatos, quienes consideren idóneas e idóneos, para el otorgamiento de los siguientes reconocimientos:

a)  “Fernando Coto Albán”.

b) “Ulises Odio Santos”.

c)  “Al buen o a la buena profesional”.

d) “Al buen servidor o servidora o ex-servidor judicial”.

Según lo dispuesto en el Reglamento de Reconocimientos, pueden ser nominados:

Reconocimiento “Fernando Coto Albán”.

El Reconocimiento “Fernando Coto Albán”, se otorgará a la administradora, administrador, ex administradora o ex administrador de justicia, quien se haya destacado por su mística, honradez, transparencia y dedicación al trabajo y sus cualidades y logros profesionales hayan contribuido a enaltecer la labor del Juez o Jueza en la sociedad costarricense. (Artículo 20 del Reglamento).

Reconocimiento “Ulises Odio Santos”.

El Reconocimiento “Ulises Odio Santos” se otorgará a la autora o autor, quien hubiese publicado un trabajo, artículo o escrito en general de utilidad y trascendencia para el Poder Judicial. (Artículo 22 del Reglamento).

Reconocimiento “Al Buen Profesional”.

El Reconocimiento “Al Buen Profesional” se destinará a la persona que por su quehacer profesional, hubiese influido o influya en el ámbito jurídico nacional. (Ordinal 25 del Reglamento).

Reconocimiento “Al Buen Servidor o Ex-servidor Judicial”.

El Reconocimiento “A la buena servidora, servidor, ex servidora o ex servidor judicial” estará destinado a la empleada, empleado, ex empleada o ex empleado, que en el desempeño de sus labores se haya destacado por su honradez, mística, transparencia, excelencia y dedicación al trabajo y que con su actitud hubiese enaltecido al Poder Judicial. (Canon 29 del Reglamento).

Para el caso de quienes laboran en el Poder Judicial, el Tribunal de Reconocimientos evaluará los siguientes factores:

-    Tiempo servido: Tener como mínimo 10 años de antigüedad en un puesto en propiedad dentro del Poder Judicial.

-    Historial disciplinario: En caso de haber sanciones se analizará cada una, a efecto de establecer el impacto que produjo el hecho sancionado. (Párrafo final del precepto 214 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

-    Calidad, rendimiento y desempeño del trabajo.

-    Espíritu de servicio en actividades no jurisdiccionales: Este aspecto se asocia a la participación activa que haya observado en actividades en beneficio del Poder Judicial.

-    Comportamiento institucional adecuado: Se determinará si el candidato o la candidata se ajusta al medio donde se desenvuelve y al impacto de su conducta en y hacia el Poder Judicial.

Las nominaciones deben efectuarse por personas distintas a la nominada o al nominado antes del 1° de diciembre del 2013, y ser inscritas, con la debida fundamentación al correo electrónico:

trib-reconocimientos@poder-judicial.go.cr

o al fax de la Secretaría General de la Corte

N° 2295 3706

El plazo considerado para esta convocatoria será impostergable y aquellas que se presenten fuera del tiempo establecido no serán consideradas por el Tribunal de Reconocimientos.

Para mayor información pueden accesar el Reglamento de Reconocimientos otorgados por el Poder Judicial en la página Web, en la siguiente dirección electrónica.

www.poder-judicial.go.cr

San José, 25 de setiembre del 2013.

                                                              Silvia Navarro Romanini

1 vez.—(IN2013077933)                        Secretaria General

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:   Acción de inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

TERCERA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad N° 13-001386-0007-CO que promueve Gildardo Montoya Buenaventura, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.—San José, a las once horas y treinta y un minutos del veintiuno de agosto del dos mil trece. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Gildardo Montoya Ventura, portador de la cédula de identidad N° 08-0059-0340, contra la frase “Los propietarios de bienes inmuebles o patentados de negocios comerciales donde se instalen rótulos o anuncios…” contenido en el artículo 18 de la Ley N° 9023, Ley de Impuestos Municipales del cantón Central de Heredia, por estimar que consagra una doble imposición tributaria y, además, vulnerar el principio de proporcionalidad. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República así como al Alcalde y al Presidente del Concejo, ambos de la Municipalidad de Heredia. El accionante alega que dicha disposición es inconstitucional pues supone una doble imposición tributaria. Todos los licenciatarios de actividades comerciales, lucrativas o de servicios del cantón de Heredia, con licencia comercial debidamente extendida ya pagaron un impuesto de patente para el ejercicio de esa actividad. Aduce que el pago de la patente por el desarrollo de una actividad comercial, abarca el ejercicio completo y global de esa actividad en el punto autorizado, según la clasificación del comercio, dentro de la cual se encuentra el dotar al negocio de un nombre comercial que permita identificarlo y diferenciarlo de otros negocios. Ese nombre comercial debe ir acompañado de una identificación visible para el público, sea un rótulo, valla, o signo distintivo colocado en el exterior del negocio precisamente para que el público pueda asociar el negocio al nombre, identificar su ubicación y decidir si quiere o no consumir en él. El simple hecho de contar con un rótulo o anuncio o cualquier otro signo distintivo comercial, no supone, bajo ninguna circunstancia, el ejercicio de otra actividad diferente a la actividad comercial principal que ya cubre la patente comercial. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación en el presente asunto proviene del expediente N° 12-006541-1027-CA, el cual es un recurso de apelación planteado contra lo resuelto en el oficio N° RC-A-218-12 del 28 de agosto del 2012, referente al cobro del impuesto a rótulo, dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 9023, Ley de Impuestos Municipales del Cantón Central de Heredia. La impugnación está pendiente de resolver ante el Tribunal Contencioso-Administrativo. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (Resoluciones Nos. 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Para notificar al Alcalde y al Presidente del Concejo, ambos de la Municipalidad de Heredia, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de Heredia. Expídase la comisión correspondiente. Notifíquese./Gilbert Armijo Sancho, Presidente a. í.”

San José, 22 de agosto del 2013

                                                               Gerardo Madriz Piedra

(IN2013074942)                                              Secretario

PRIMERA PUBLICACIÓN

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 10-001414-0007-CO promovida por Alcalde Municipal de Heredia contra las Convenciones Colectivas de Trabajo de la Municipalidad de Heredia, suscritas el 4 de noviembre de 1981 y el 10 de julio de 1998, así como el artículo 100.3 del Código Municipal, por estimarlos contrarios a lo dispuesto en el artículo 191 de la Constitución Política, se ha dictado el Voto N° 2013-014499 de las dieciséis horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de octubre del dos mil trece, que literalmente dice:

“1) Por unanimidad se declara sin lugar la acción en cuanto al artículo 100.3 del Código Municipal. 2) Por mayoría se considera que los artículos 2° de la Convención Colectiva suscrita el 10 de julio de 1998 y el segundo de la Convención Colectiva suscrita el 4 de noviembre de 1981 de la Municipalidad de Heredia, en cuyo texto se establece: “para todas las personas que en el momento de entrar en vigor laboren para la Municipalidad, para los que en un futuro laboren para la Municipalidad”, no es inconstitucional, siempre y cuando se interprete que tal disposición sobre la convención colectiva, se aplica únicamente a los trabajadores municipales que no participan de la gestión pública. Los Magistrados Armijo, Hernández y Cruz salvan el voto, este último por razones diferentes. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma impugnada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Publíquese íntegramente en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese al accionante, a la Procuraduría General de la República y al Sindicato de Empleados Municipales de la Municipalidad de Heredia (SIEMPRHE)”.

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 14 de noviembre del 2013.

                                                               Fabián Barboza Gómez

(IN2013076968)                                              Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

A los causahabientes de quién en vida se llamó: Édgar Alonso Cordero Cubillo, quien fue mayor, casado, vecino de Paraíso de Cartago, Barrio San Esteban, de Sueños de Maíz 75 metros oeste, casa a mano derecha de dos plantas color beige, con cédula de identidad N° 05-0213-0219, se les hace saber que: Kattia Madriz Ortiz, mayor, viuda, administradora de empresas, cédula de identidad N° 03-0329-0029, vecina de Paraíso de Cartago, Barrio San Esteban, de Sueños de Maíz 75 metros oeste, casa a mano derecha de dos plantas color beige, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido: Édgar Alonso Cordero Cubillo. Expediente N° 13-000712-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 24 de octubre del 2013.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—1 vez.—(IN2013077019).

Se emplaza a los interesados, para que dentro del término de ocho días se apersonen a este Juzgado a hacer valer sus derechos. Lo anterior por ordenarse así en diligencias de devolución de cuotas de trabajador fallecido de quien en vida fue: Mario Hernández Rivera, de 45 años de edad, estado civil soltero, oficio guarda de seguridad público, vecino de Puriscal, Floralia, con cédula N° 1-0511-0217, fallecido en fecha 29 de marzo del 2005, y bajo los apercibimientos de Ley si no lo hicieren. Diligencias de devolución de cuotas de trabajador fallecido N° 13-300065-0241-LA de fallecido: Mario Hernández Rivera, promovidas por Rafaela Hernández Rivera.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, Santiago de Puriscal, a las once horas quince minutos del quince de noviembre del dos mil trece.—Msc. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—1 vez.—(IN2013077021).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 13-300074-0239-LA-8 (78-13), que es consignación de prestaciones del trabajador fallecido: Óscar Acuña Acuña, quien en vida fue mayor, costarricense, viudo, pensionado, vecino de Hatillo, cuya cédula de identidad fue la número 1-0170-0156; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Yamilette Acuña Córdoba.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 7 de octubre del 2013.—Licda. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—1 vez.—(IN2013077059).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida Idannia Monge Segura, cédula de identidad número 1-0733-0723, quien fue mayor y laboró para el Caja Costarricense de Seguro Social; vecina de Desamparados y falleció el diez de noviembre del dos mil diez; se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 13-300233-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 21 de octubre del 2013.—MSc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2013077060).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Célimo Mora Zúñiga, quien fue mayor, casado, viudo, vecino de San Ramón, cédula 2-165-1004 y falleció el 18 de agosto del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 13-000148-0692-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000148-0692-LA. Proceso promovido por, María Isabel Mora Varela.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 29 de octubre del 2013.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—(IN2013077061).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Alberto Alvarado Amuy, quien fue portador de la cédula 6-317-004 y falleció el 16 de julio del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 13-000777-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000777-1021-LA. Proceso promovido por Corporación de Supermercados Unidos S. A., a favor de, José Alberto Alvarado Amuy.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 23 de octubre del 2013.—Licda. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza.—1 vez.—(IN2013077062).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Freddy Calderón Matamoros, cédula de identidad 4-159-706 y falleció el 11 de setiembre del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 13-000803-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000803-1021-LA. Proceso promovido por Yorleni Rivera Chacón a favor de Freddy Gerardo Calderón Matamoros.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 09 de octubre del 2013.—Lic. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza.—1 vez.—(IN2013077063).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Odir Francisco Baltodano Barrantes, quien fue mayor, soltero, costarricense, dependiente, vecino de Jicaral centro, con cédula de identidad 6-0294-0080 y falleció el 30 de agosto del año 2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de trabajador fallecido bajo el número 13-300018-0435-LA-4, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-300018-0435-LA-4. Proceso promovido por Cynthia Rodríguez León, cédula 6-0250-0586.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Jicaral, 30 de octubre del 2013.—Licda. Esther Orias Obando, Jueza.—1 vez.—(IN2013077064).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Willian Romero Díaz, cédula 5-0154-0839, quien fue mayor, casado con María Josefa Bustos Viales, cédula 5-0125-0902, operario de construcción y vecino de Guanacaste, Santa Cruz, Cartagena, del Súper-Compro 275 metros sur, casa color verde y falleció el 05 de abril del año 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Devoluciones de ahorro obligatorio bajo el expediente número 13-000107-1052-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000107-1052-LA. Proceso promovido por, María Josefa Bustos Viales, cédula 5-0125-0902 a favor de la misma.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Guanacaste, 10 de julio del 2013.—Licda. Yorleny Bello Varela, Jueza.—1 vez.—(IN2013077066).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Óscar de Jesús Badilla Duarte, portador de la cédula de identidad 501420286, quien fue mayor, casado, chofer de bus en las empresas Folklórica y Cabo Velas de Santa Cruz y Chabad de Filadelfia de Carrillo, nacido el 31 de julio del año 1952 en Moralitos de Carrillo Guanacaste, vecino de Barrio Sagamat, Santa Cruz, Guanacaste, de Pollos la Negra 100 metros al este y 25 metros al sur, casa a mano izquierda de cemento color verde musgo y falleció el 10 de marzo del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Devolución de ahorros obligatorio bajo expediente número 13-000144-1052-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000144-1052-LA. Proceso promovido por María del Rosario Ruiz Ruiz, cédula 5-0256-0450 a favor de ella misma.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Guanacaste, Sede Santa Cruz; 08 de octubre del 2013.—Licda. Nedyn Barrantes Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2013077067).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Rigoberto Mohs Villalta, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad 7-030-769 y falleció el día 26 de julio del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número 13-001882-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-001882-0173-LA. Proceso promovido por Lidiette Porras González a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de octubre del 2013.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—(IN2013077068).

Se tiene establecida la causa número 12-300012-0311-LA-4 promovida por Nelly Salazar Fouweler, cédula 1-1001-0190 en calidad de cónyuge supérstite del fallecido Jesús María Berrocal González cédula 2-412-963 en proceso de consignación de prestaciones, dicho fallecido fue mayor, casado dos veces, vecino de Zarcero. Se cita y emplaza a sus causahabientes por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial a efecto de que se apersonen al proceso para hacer valer sus derechos dentro del plazo de ocho días bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, el dinero que por ese concepto se obtenga se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo sean beneficiarios.—Zarcero, 10 de setiembre 2013.—Lic. Mauricio Herrera Barboza, Juez Contravencional.—1 vez.—(IN2013077069).

A los causahabientes de quien en vida se llamó, Célimo Madrigal Agüero, quien fue mayor, casado, pensionado, vecino de Aserrí, Poás, con cédula de identidad número uno-cero dos cuatro siete-cero nueve ocho cuatro, se les hace saber que, Víctor Julio Madrigal Cerdas, en calidad de hijo del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Víctor Julio Madrigal Cerdas. Expediente número 12-300317-0237-LA-01.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Aserrí, 28 de agosto del 2013.—Licda. Adriana Jara Benavides, Jueza.—1 vez.—(IN2013077070).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Santiago Chaves Berrocal, quien fue mayor, cédula de identidad 1-0480-0321, casado, albañil, vecino de Cartago y falleció el 15 de setiembre del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 13-000603-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000603-1023-LA., promovido por Ana Patricia Porras Alfaro.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 31 de agosto del 2012.—Msc. Adriana Chacón Catalán, Jueza.—1 vez.—(IN2013077071).

A los causahabientes de quien en vida se llamó, Lorena Valenciano Ortega, quien fue mayor, vecina de San Luis de Jiménez, de la escuela 800 metros oeste y 300 norte, casa color blanco con rojo, con cédula de identidad número 7-0084-0069, se les hace saber que: Orlando Sequeira Villegas, portador de la cédula de identidad o documento de identidad número 2-339-605, vecino de San Luis de Jiménez, escuela 800 metros oeste y 300 norte, casa color blanco con rojo, se apersonó en este Despacho en calidad de esposo de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones del trabajador fallecido Kenia Valenciano Ortega. Expediente número 13-001249-0929-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de noviembre del 2013.—Licda. Floricel Oviedo Miranda, Jueza.—1 vez.—(IN2013077072).

A los causahabientes de quien en vida se llamó, Jorge Antonio González Cordero, quien fue mayor, casado, vecino de La Unión, con cédula de identidad número 3-199-946, se les hace saber que: Iriabele Leal Arrieta, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 5-172-844, vecina de La Unión, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones del trabajador fallecido Jorge Antonio González Cordero. Expediente número 13-300015-0895-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 17 de octubre del 2013.—Lic. Javier Fallas Villaplana, Juez.—1 vez.—(IN2013077073).

Se tiene establecido proceso devolución de ahorros de trabajador fallecido bajo el Expediente 13-300025-0311-LA promovido por, Mariana Quirós Vargas, de quien en vida se llamó Harold Mauricio Argüello Castro. Se cita y emplaza a sus causahabientes por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, a efecto de que se apersonen al proceso para hacer valer sus derechos dentro del plazo de ocho días del trabajador fallecido Harold Mauricio Argüello Castro quien fue mayor, casado, ingeniero de cableado eléctrico de Coopealfaro Ruiz, vecino de Zapote de Zarcero, cédula 02-0523-0783 con la advertencia de que si así no lo hicieren el dinero se girará a quien corresponda de acuerdo a lo que establece el artículo 85 del Código de Trabajo.—Zarcero, 10 de setiembre del 2013.—Lic. Mauricio Herrera Barboza, Juez Contravencional.—1 vez.—(IN2013077074)

Se cita a los causahabientes del trabajador fallecido Edwin Rodríguez Salas, quien fue mayor, casado, agricultor, vecino de la Palmita de Naranjo, cédula 02-0330-0558 para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de devolución de prestaciones laborales promovidas por, María Teresa Espinoza Mora y como depositante el Banco Popular y Desarrollo Comunal con la advertencia de que si así no lo hicieren el dinero se girará a quien corresponda de acuerdo a lo que establezca el artículo 85 del Código de Trabajo. Exento del pago de Timbres por el principio de gratuidad. Exp.: 13-300026-311-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Zarcero, 20 de setiembre del 2013.—Lic. Mauricio Herrera Barboza, Juez.—1 vez.—(IN2013077075).

Se cita a los causahabientes del trabajador fallecido Sigifredo Solís Solís, quien fue mayor, casado, gerente de Coopealfaroruiz, vecino de Zarcero centro, cédula 02-0197-0514 para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de devolución de prestaciones laborales promovidas por Amelia Lili González Blanco y como depositante el Banco Nacional de Costa Rica con la advertencia de que si así no lo hicieren el dinero se girará a quien corresponda de acuerdo a lo que establezca el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp.: 13-300027-311-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Zarcero, 10 de octubre del 2013.—Lic. Mauricio Herrera Barboza, Juez.—1 vez.—(IN2013077076).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Juliám Steven Picado Alpízar, quien portó la cédula de identidad número 1-1427-0662, mensajero, soltero y falleció el dieciséis de febrero del dos mil trece. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 13-300065-0895-LA (1) de Juliám Picado Alpízar.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 01 de octubre del 2013.—Licda. Ingrid Fuentes Leiva, Jueza.—1 vez.—(IN2013077077).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Rafael Ángel Rivera Vásquez, quien fue mayor, casado, pensionado, portó la cédula de identidad número 1-0219-0766 y falleció el once de agosto del dos mil seis. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 13-300072-0895-LA de Rafael Ángel Rivera Vásquez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 01 de noviembre del 2013.—Licda. Ingrid Fuentes Leiva, Jueza.—1 vez.—(IN2013077078).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Miguel Ángel Gamboa Abarca, quien fue mayor, casado, oficial de seguridad privada, portó la cédula de identidad número 1-0452-0758 y falleció el veintiocho de mayo de dos mil doce. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 13-300090-0895-LA de Miguel Ángel Gamboa Abarca.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 22 de agosto del 2013.—Licda. Ingrid Fuente Leiva, Jueza.—1 vez.—(IN2013077079).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Jonathan Muñoz Brenes, quien portó la cédula de identidad número 1-1136-0866, profesor universitario, soltero y falleció el quince de julio del dos mil trece. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 13-300092-0895-LA (1) de Jonathan Muñoz Brenes.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 01 de noviembre del 2013.—Licda. Ingrid Fuentes Leiva, Jueza.—1 vez.—(IN2013077080).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Isaac David Bermúdez Carvajal, quien fue mayor, soltero, soldador, portó la cédula de identidad número 1-1429-0911 y falleció el veintidós de noviembre de dos mil doce. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 13-300093-0895-LA de Isaac David Bermúdez Carvajal.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 22 de agosto del 2013.—Licda. Ingrid Fuente Leiva, Jueza.—1 vez.—(IN2013077081).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Miguel Ángel Urtecho Altamirano, quien fue mayor, soltero, soldador, portó la cédula de identidad número 6-0087-570 y falleció el dieciocho de noviembre de dos mil siete. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 13-300094-0895-LA de Miguel Ángel Urtecho Altamirano.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 28 de agosto del 2013.—Licda. Ingrid Fuente Leiva, Jueza.—1 vez.—(IN2013077082).

Se emplaza a todos los interesados en la diligencia del cobro del Fondo de Capitalización Laboral del trabajador fallecido Santiago Rojas Sandí, quien fue mayor, costarricense, con cédula de identidad N° 6-168-370, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, el dinero pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-300419-1024-LA (3).—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, a las quince horas cinco minutos del veintitrés de octubre del dos mil trece.—Licda. Viria Guzmán Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2013077083).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María de los Ángeles Bonilla Ramírez, cédula de identidad N° 4-0141-0826, y falleció el 7 de junio del 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones laborales, bajo el número 13-000380-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000380-1021-LA. Proceso promovido por José Manuel Hewitt Calvin a favor de María de los Ángeles Bonilla Ramírez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 21 de mayo del 2013.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2013077225).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Juan Mauricio de Jesús Cañas Ross, quien fue mayor, casado, vecino de Escazú, con cédula de identidad N° 1-566-096, se les hace saber que: Ligia Arguedas Villalobos, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad N° 1-580-605, vecina de Escazú, se apersonó en este Despacho en calidad de viuda del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido: Juan Mauricio de Jesús Cañas Ross. Expediente N° 13-002000-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2013.—Lic. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—(IN2013077226).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Orlando Víquez Álvarez, cédula de identidad N° 3-235-410, quien fue mayor, casado, con último oficio de chofer repartidor, con último domicilio en Cartago, Proyecto Manuel de Jesús Jiménez, casa N° Q-20, y falleció el 5 de mayo del 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado, bajo el número 13-000601-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000601-1023-LA. Proceso promovido por Olga María Soto Rojas, cédula de identidad N° 1-630-477.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 21 de octubre del 2013.—Msc. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2013077228).

A los causahabientes de quien en vida se llamó, quien fue Isacc Felipe Badilla Hernández, vecino de San Pedro de Barva de Heredia, con cédula de identidad N° 4-0140-0440, se les hace saber que: Ligia Vílchez Alvarado, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad N° 4-0133-0095, vecina de San Pedro de Barva de Heredia, se apersonó en este Despacho en calidad de madre en ejercicio de la patria potestad de los hijos menores de edad y cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N° 13-000746-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 11 de octubre del 2013.—Msc. Brenda Caridad Vargas, Jueza.—1 vez.—(IN2013077229).

A los causahabientes de quien en vida se llamó, quien fue José Miguel Gutiérrez Gamboa, vecino de San Josecito de San Rafael de Heredia, con cédula de identidad N° 1-515-0012, se les hace saber que: Yolanda Eugenia Montero Herrera, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad N° 1-675-0046, vecina de misma dirección del fallecido, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite y madre en ejercicio de la patria potestad del menor David José Gutiérrez Montero del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N° 13-000761-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 17 de octubre del 2013.—Msc. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—(IN2013077230).

A los causahabientes de quien en vida se llamó: José Andrés León Cárdenas, quien fue mayor, casado, vecino de Desamparados, con cédula de identidad N° 6-195-903, se les hace saber que: Adina Mercedes Vargas Vargas, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad N° 1-703-035, vecina de Desamparados, se apersonó en este Despacho en calidad de viuda del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido: José Andrés León Cárdenas. Expediente N° 13-002616-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de octubre del 2013.—Lic. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—(IN2013077232).

Con ocho días de plazo, se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias N° 13-300022-240-LA (26-2013), que es devolución del Fondo de Capitalización Laboral y del Régimen Obligatorio de Pensión Complementaria del trabajador fallecido: Orlando Ortiz Jiménez, quien en vida fue mayor, de 82 años de edad, casado, empresario, vecino de Mora, Ciudad Colón, costarricense, cuya cédula de identidad fue la número 1-0279-0875; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Margarita Jiménez Ramírez en su condición de esposa.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Mora, San José, 22 de octubre del 2013.—Lic. Marvin Jarquín Sancho, Juez.—1 vez.—(IN2013077233).

Se cita y emplaza a los que con carácter de causahabientes de la consignación prestaciones de trabajador fallecido y los ahorros en la Operadora de Pensiones de la operadora del Banco Popular y de Desarrollo Comunal del fallecido: José Ángel Varela Ramírez, cédula de identidad N° 5-0116-0401, falleció el veintiocho de junio del dos mil trece, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 13-300086-0402-LA, y establecido por Melba Alpízar Alpízar, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Cañas, a las siete horas cincuenta minutos del diecisiete de octubre del dos mil trece.—Lic. María Isabel López Sánchez, Jueza.—1 vez.—(IN2013077309).

Se emplaza a todos los causahabientes el trabajador fallecido: Juan Reinaldo López López, quien fuere mayor, divorciado, oficial de seguridad portuaria, portador de la cédula de identidad N° 7-0090-0874, y vecino de Limón, para que comparezcan a este Despacho dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren los dineros que se depositaren pasarán a quien legalmente correspondan. Lo anterior ordenado en diligencias por muerte de Juan Reinaldo López López. Gestiona: María Benigna Jirón Chavarría. Expediente N° 13-000211-1025-LA-D.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Limón, 29 de octubre del 2013.—Lic. Andrés Armando Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2013077310).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones legales del fallecido Francisco Sánchez Fernández, quien en vida fue mayor, casado, cédula de identidad N° 2-0218-0680, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 13-300033-0319-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo, apercibidos de que si no lo hicieren, el dinero se entregará a quien así lo demuestre.—Juzgado Contravencional de Palmares, veintiséis de setiembre del dos mil trece.—Lic. Adriana Soto González, Jueza.—1 vez.—(IN2013077311).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones del fallecido: Juan Diego López Cascante, cédula N° 6-0284-0151, que se consideren con derecho al mismo, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 13-300042-0441-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, a las siete horas dieciséis minutos del veintiuno de octubre del dos mil trece.—Msc. Yamileth Tejada Solano, Jueza.—1 vez.—(IN2013077312).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones de la fallecida: Sara Carvajal Prendas, cédula N° 6-0199-0894, que se consideren con derecho al mismo, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 13-300043-0441-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, a las nueve horas treinta y cinco minutos del veintiuno de octubre del dos mil trece.—Msc. Yamileth Tejada Solano, Jueza.—1 vez.—(IN2013077313).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Eduardo Amores Arias, quien fue mayor, casado, taxista, vecino de San Ramón, cédula de identidad N° 0203620030, y falleció el 8 de diciembre del 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación prestaciones, bajo el número 13-000145-0692-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000145-0692-LA. Proceso promovido por Ligia María Sancho Castro.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 23 de octubre del 2013.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—(IN2013077314).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alfredo Valverde Orozco, quien fue mayor, viudo, vecino de San Ramón, portó la cédula N° 2-094-355, y falleció el 20 de octubre del 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado, bajo el número 13-000146-0692-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000146-0692-LA. Proceso promovido por Jesús María Valverde León a favor de.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 24 de octubre del 2013.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—(IN2013077315).

A los causahabientes de quien en vida se llamó: Jorge Armando Solís Jiménez, quien falleció el 13 de setiembre del 2013, vecino de Aguas Frías de Roxana, de la pulpería Vanessa 100 metros hacia el este, primera entrada última casa a mano izquierda, con cédula de identidad N° 7-151-776, se les hace saber que: Mariana Ordóñez Ordóñez, portadora de la cédula o documento de identidad N° 5-326-680, vecina de Aguas Frías de Roxana, de la pulpería Vanessa 100 metros hacia el este, primera entrada última casa a mano izquierda, en calidad de compañera (unión de hecho), se apersonó en este Despacho en calidad de del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N° 13-001088-0929-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de setiembre del 2013.—Lic. Floricel Oviedo Miranda, Jueza.—1 vez.—(IN2013077316).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del causante: Manuel Salvador Barquero Gómez, quien fue mayor, casado, vecino de Orosi, Cartago, operador del I.C.E., y quien portó la cédula de identidad número tres-ciento veintiocho mil setecientos uno, fallecido el día catorce de marzo del dos mil nueve, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del lapso improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias establecidas bajo el número 13-300048-0351 LA (49-2-13), a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, a las catorce horas del cuatro de octubre del dos mil trece.—Lic. Jean Carlo Monge Madrigal, Juez.—1 vez.—(IN2013077317).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida: Idannia Monge Segura, cédula de identidad N° 1-0733-0723, quien fue mayor y laboró para la Caja Costarricense de Seguro Social, vecina de Desamparados y falleció el diez de noviembre del dos mil diez, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 13-300233-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 21 de octubre del 2013.—MSc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2013077318).

Se emplaza a todos los causahabientes el trabajador fallecido: Jorge Venegas Rodríguez, quien fuere mayor, soltero, portador de la cédula de identidad N° 7-0160-4660, y vecino de Colonia Villalobos de Horquetas, para que comparezcan a este Despacho dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren los dineros que se depositaren pasará a quien legalmente correspondan. Lo anterior ordenado en diligencias por muerte, promovido por Corporación Supermercados Unidos Sociedad Anónima. Expediente N° 13-000169-1025-LA-2.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Limón, 22 de octubre del 2013.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2013077319).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Julio Roberto Marín Soto, quien fue mayor, casado, cédula N° 1-891-406, ingeniero informático, vecino de San Francisco de Heredia, fallecido el 10 de marzo del 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio, bajo el número 13-000462-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000462-0505-LA. Proceso promovido por a favor de.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 13 de agosto del 2013.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2013077320).

A los causahabientes de quien en vida se llamó: German Miranda Víquez, quien fue casado, vecino de Mercedes Norte, auxiliar de topografía, con cédula de identidad N° 4-0073-0225, se les hace saber que: Irena Rojas Villalobos, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad N° 4-0083-0565, vecina de Mercedes Norte de Heredia, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N° 13-000738-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 11 de octubre del 2013.—Msc. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—(IN2013077321).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rosalía Rojas Lara, quien fue mayor, casada, vecina de Heredia, Mercedes Norte, cédula N° 2-276-535, y falleció el 25 de setiembre del 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público, bajo el número 13-000849-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000849-1021-LA. Proceso promovido por Manuel de la Cruz Orozco Vílchez a favor de Rosalía Rojas Lara.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia,18 de octubre del 2013.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2013077322).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Teresa Sánchez Ramírez, cédula de identidad N° 4-0087-0255, y falleció el 23 de julio del 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público, bajo el número 13-000852-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000852-1021-LA. Proceso promovido por Gerardo Emilio Sánchez Ramírez a favor de María Teresa Sánchez Ramírez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 21 de octubre del 2013.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2013077323).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACION

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del diez de febrero del dos mil catorce y con la base de seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos diez mil ciento quince-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Naranjo, cantón 06 Naranjo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Edwin Morera Rojas; al sur, Edwin Morera Rojas; al este, Edwin Morera Rojas; y al oeste, calle pública. Mide: ciento treinta y nueve metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Plano: A-0830438-1989. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de febrero del dos mil catorce, con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del doce de marzo del dos mil catorce, con la base de ciento cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual la Vivienda de Ahorro contra Flora Emilia Sandoval Gómez, Víctor Hugo Sibaja Arroyo. Expediente: 13-004015-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 26 de agosto del 2013.—Lic. Edwin Vásquez Macalacad, Juez.—(IN2013076286).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (Ley de Localización de Derec.), a las quince horas y cero minutos del tres de marzo del dos mil catorce y con la base de tres millones novecientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos mil seiscientos noventa y cinco-cero cero cero (2-400695-000), la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Sarchí Norte, cantón 12 Valverde Vega de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan Luis Herrera Céspedes; al sur, Dinora Herrera Céspedes; al este, Haydee Barboza Zúñiga; y al oeste, calle pública con 9,00 metros. Mide: ciento cuarenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados. Plano: A-0542272-1999. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de marzo del dos mil catorce, con la base de dos millones novecientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del dos de abril del dos mil catorce, con la base de novecientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Antonio Herrera Barboza, Maylin Mejías Oviedo. Expediente: 13-004093-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 11 de setiembre del 2013.—Lic. Edwin Vásquez Macalacad, Juez.—(IN2013076290).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, bajo las citas: 346-02950-01-0900-001, a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil catorce y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 493.793-001-002 y 003, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 13 Pocosol, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con un frente de 3,00 m, resto de finca madre; sur, Luis Villalobos Barquero, Lidia Arce Miranda; este, servidumbre de paso con un frente de 3,00 m. y Mario Bejarano Monge, resto de finca madre; y al oeste, resto de finca. Mide: quinientos metros cuadrados. Plano: A-1570907-2012. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de febrero del dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil catorce, con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Óscar Andrés Lange Ulate contra Sian Francisco Bejarano Miranda. Expediente: 13-001770-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de octubre del 2013.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2013076378).

En la puerta exterior de este Despacho: 1) Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, citas: 2009-00272992-01-0011-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 2009-00272992-01-0021-001 y servidumbre trasladada, citas 2009-00272992-01-0022-001, a las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de abril de dos mil catorce y con la base de once millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta mil cuarenta y nueve, la cual es terreno de cultivos. Situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oro de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Antonio Méndez Roldán, Pedro Soto Fernández, Aida María Murillo Arias, José Alberto Villalobos Artavia, Daniel Sosa Quesada, Ana Yancy Quirós Flores, Maribel Miranda Arroyo; al sur, Inversiones Sansa del Pacífico S. A., Jesús Eduardo González Amuy y servidumbre agrícola con un frente a ella de 15.00 metros lineales; al este, Minor Naranjo Alvarado y Silvia María de los Ángeles González Campos y servidumbre agrícola con un frente a ella de 7.00 metros lineales; y al oeste, Minor Naranjo Alvarado y Silvia María de los Ángeles González Campos. Mide: cinco mil setenta y tres metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de mayo de dos mil catorce, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de mayo de dos mil catorce, con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Además libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas 0464-00008741-01-0004-001, servidumbre de paso, citas 0577-00053564-01-0002-001, servidumbre de paso, citas 2009-00272992-01-0011-001, plazo de convalidación (rectificación de medida), citas 2010-00149411-01-0003-001, con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento diez mil dieciocho-cero cero dos, la cual es terreno dedicado a la agricultura. Situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oro de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Annemasse Cours S. A., Silvia González Campos, Minor Naranjo Alvarado; al sur, Adriana González Amuy; al este, Annemasse Corurs S. A.; y al oeste, Minor Naranjo Alvarado. Mide: cuatro mil quinientos veintiocho metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de mayo de dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de mayo de dos mil catorce con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Además libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas 0464-00008741-01-0004-001, servidumbre de paso, citas 0577-00053564-01-0002-001, servidumbre de paso, citas 2009-00272992-01-0011-001, con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 3) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta mil cincuenta-cero cero cero, la cual es terreno de cultivos únicamente para uso agrícola. Situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oro de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carlos Iván Sosa Quesada, Xavier Aizpurua Bustos, Sergio González González y Barrantes Barrantes, Roberto Quesada Gómez, Mael Inversiones S.R.L.; al sur, servidumbre agrícola con un frente a ella de 206.9 metros; al este, Minor Naranjo Alvarado y Silvia María de los Ángeles González Campos; y al oeste, Minor Naranjo Alvarado. Mide: cinco mil noventa y cuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de mayo de dos mil catorce, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de mayo de dos mil catorce, con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Benigno Salas Carvajal contra Minor Naranjo Alvarado. Expediente: 13-003708-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 4 de noviembre del 2013.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2013076453).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas 403-09658-01-0064-001, a las ocho horas y treinta minutos del tres de marzo de dos mil catorce y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil ochocientos diez-cero cero cero, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 04 Pavón, cantón 07 Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Luciano Barrantes Chaves y Ezequiel Vargas Vargas; al sur, Bernarda Fernández Badilla; al este, Rosa Mondragón Mondragón; y al oeste, Luciano Barrantes Chaves y calle pública con un frente a ella de 61.76 metros. Mide: siete mil setecientos siete metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de marzo de dos mil catorce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de abril de dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Walter Coronado Jiménez. Expediente: 13-000628-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 28 de octubre del 2013.—Lic. Yesenia Auxiliadora Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2013076473).

En la puerta exterior de este Despacho remataré al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, a las citas número tomo: trescientos treinta y cuatro, asiento: cinco mil ochocientos veintitrés, consecutivo: cero uno, secuencia: cero cero cero dos, subsecuencia cero cero uno, la finca del partido Puntarenas, matrícula número ciento sesenta y seis mil cuatrocientos sesenta y siete-cero cero cero, con las siguientes bases: para el primer remate la suma de cincuenta y tres millones cuatrocientos treinta y tres mil seiscientos setenta y ocho colones con noventa y seis céntimos, remate que se celebrará a las ocho horas del diez de enero de dos mil catorce. Para el segundo remate con base en la suma de cuarenta millones setenta y cinco mil doscientos cincuenta y nueve colones con veintidós céntimos (rebaja del veinticinco por ciento de la base), se señalan las ocho horas del veinticuatro de enero de dos mil catorce. Para el tercer remate la base en la suma de trece millones trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos diecinueve colones con setenta y cuatro céntimos (veinticinco por ciento de la base original), se señalan las ocho horas del siete de febrero de dos mil catorce. El inmueble se describe así: terreno de cultivos anuales con ferretería, situada en el distrito Pavón, cantón Golfito de la provincia de Puntarenas, linda: al norte; sur; y al este, con Fundación para el Desarrollo del Hospital Nacional de Niños; y al oeste, con calle pública con setenta y ocho metros veintisiete centímetros. Mide: diecinueve mil quinientos setenta y nueve metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados, posee plano N° P-1252517-2008, propiedad de Juan Rafael Artavia Pérez. Lo anterior dentro del proceso de ejecución hipotecaria, expediente número 12-100118-0920-CI-3, establecido por el Banco Nacional de Costa Rica en contra de Diego Armando Artavia Sánchez y otro.—Juzgado Civil de Corredores, Ciudad Neily, 07 de noviembre de 2013.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—(IN2013076476).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas tomo: 0402, asiento: 007969, así como condiciones ref.: 00227177-000, citas tomo: 0402, asiento: 007969, a las ocho horas y cero minutos del veintisiete de enero del dos mil catorce y con la base de ocho millones setecientos noventa y cuatro mil trescientos colones con noventa y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos tres mil ochocientos setenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno de charrales. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gerardo Durán; al sur, Gamaliel Durán; al este, Víctor Sandí; y al oeste, quebrada en 1/2 José Henrichs. Mide: veinte mil novecientos sesenta y seis metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de febrero del dos mil catorce, con la base de seis millones quinientos noventa y cinco mil setecientos veinticinco colones con setenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil catorce, con la base de dos millones ciento noventa y ocho mil quinientos setenta y cinco colones con veinticuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ramón Monge Rojas. Expediente: 13-002753-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 31 de octubre del 2013.—Lic. Danny Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2013076479).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y treinta minutos del veintidós de enero de dos mil catorce y con la base de sesenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil quinientos tres-cero cero cero, la cual es terreno de frutales, pastos con una casa. Situada en el distrito Jacó, cantón Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Bernardo Loría Masís; al sur, Bernardo Loría Masís; al este, Bernardo Loría Masís; y al oeste, Cecilia Delgado Quirós y callejón de acceso a vehículo. Mide: cuatrocientos setenta y dos metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del seis de febrero de dos mil catorce, con la base de cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil catorce, con la base de dieciséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Memo de Santa Ana S. A. contra Magnun City Club S. A. Expediente: 13-003961-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 7 de noviembre del 2013.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2013076519).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil catorce y con la base de treinta y un mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos cinco mil ochocientos ochenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir N° 10. Situada en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 9; al este, América Castillo Chavarría; y al oeste, lote 11. Mide: ciento veintiséis metros con doce centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del siete de febrero de dos mil catorce, con la base de veintitrés mil seiscientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil catorce, con la base de siete mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de La Costeña de Chile S.A. contra Robert Odilón González González. Expediente: 13-004709-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 3 de octubre del 2013.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2013076552).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas: 0319-0005655-01-0901-001, a las catorce horas y cero minutos del diez de enero de dos mil catorce y con la base de cincuenta y nueve millones trescientos sesenta y un mil trescientos diez colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 34204-A cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Agrícola Ganadera la Herradura; al sur, Rafael Corella Cruz; al este, calle pública; y al oeste, Agrícola Ganadera la Herradura. Mide: trescientos cincuenta y tres metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de enero de dos mil catorce, con la base de cuarenta y cuatro millones quinientos veinte mil novecientos ochenta y tres colones con tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del once de febrero de dos mil catorce, con la base de catorce millones ochocientos cuarenta mil trescientos veintisiete colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Meilyn Sánchez Rivas. Expediente: 13-002828-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 28 de agosto del 2013.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2013076560).

En la puerta exterior de este despacho, a las dieciocho horas del dieciséis de diciembre del dos mil trece y con la base de doscientos cincuenta y cinco millones doscientos ochenta y ocho mil colones exactos, base fijada pericialmente. Para los efectos del principio de publicidad registral, en razón de mantenerse aún anotadas en la finca a rematar, se indica que en el asiento registral de la misma aparecen las cédulas hipotecarias que se dirán, las cuales ya fueron declaradas prescritas, según se observa en este expediente por certificación de las catorce horas cincuenta y nueve minutos del trece de noviembre del año dos mil doce, a folio 552 al 569 vuelto. Dichas cédulas hipotecarias son la de primer grado se encuentra anotada al tomo trescientos sesenta y cinco, asiento diez mil trescientos cuarenta y dos; la de segundo grado se encuentra anotada al tomo trescientos ochenta y nueve, asiento catorce mil novecientos sesenta y dos y la de tercer grado se encuentra anotada al tomo trescientos noventa y siete, asiento cinco mil cuatrocientos seis, que se reiteran prescritas. En consecuencia sáquese a remate el inmueble embargado en autos que se describe así: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil veinte-cero cero cero, la cual es terreno con tres bodegas para construir. Situada en el distrito 06 San Francisco de Dos Ríos, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Urbanizadora la Pacífica S. A.; al sur, camino público con 81 metros con 10 cm a acera; al este, Urbanizadora la Pacífica S. A.; y al oeste, camino público con 74 metros con 33 cm a calle. Mide: seis mil cuatrocientos diecinueve metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Robert Alke Costa Rica S. A. Expediente: 94-016181-0226-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de octubre del 2013.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—(IN2013076579).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con las citas: 0368-00017168-01-0900-001, reservas y restricciones-citas:0368-00017168-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 0368-00017168-01-0902-001, Restricciones 0369-00018389-01-0915-001, reservas y restricciones citas: 0369-00018389-01-0916-002, reservas y restricciones citas: 0369-00018389-01-0917-002, reservas y restricciones citas:0369-00018389-01-0918-001, reservas y restricciones citas:0369-00018389-01-0920-001, reservas y restricciones citas: 0369-00018389-01-0921-001, reservas y restricciones citas: 0369-00018389-01-0922-001 a las siete horas y treinta minutos del veintinueve de enero del año dos mil catorce, y con la base de nueve millones ochocientos setenta y cinco mil seiscientos ochenta y seis colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil doscientos treinta y cinco cero cero cero la cual es terreno potrero. Situada en el distrito cuarto Colorado, cantón sétimo Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle pública; al sur Agropecuaria Turoquipa S. A.; al este Agropecuaria Turoquipa S A y al oeste Agropecuaria Turoquipa S A. mide: mil cuatrocientos cuarenta y cuatro metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del trece de febrero del año dos mil catorce, con la base de siete millones cuatrocientos seis mil setecientos sesenta y cinco colones con veinticuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del veintiocho de febrero del año dos mil trece con la base de dos millones cuatrocientos sesenta y ocho mil novecientos veintiún colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rafael Ángel Izaba Duarte. Exp: 13-002172-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 27 de setiembre del año 2013.—Lic. Franz Loney Castro Solís, Juez.—(IN2013076586)

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del quince de enero del dos mil catorce y con la base de cinco millones ochocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y cinco colones con treinta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento quince mil cuatrocientos ochenta y ocho-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para construir bloque C. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 22; al sur, lote 24; al este, lote 32; y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de enero del dos mil catorce, con la base de cuatro millones trescientos noventa y dos mil trescientos cuarenta y un colones con cincuenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de febrero del dos mil catorce, con la base de un millón cuatrocientos sesenta y cuatro mil ciento trece colones con ochenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jeilin Yesenia Alvarado Salas, Manuel Salvador Cruz Cruz, Segundo Calderón Uriarte. Expediente: 12-002349-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 27 de setiembre del 2013.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2013076590).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del diez de marzo del año dos mil catorce, y con la base de quince millones doscientos veintiún mil doscientos setenta y cuatro colones con veintiún céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil trescientos setenta y tres cero cero cero la cual es terreno lote 29 terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con frente de 12 metros 91 centímetros lineales; al sur, Isidro Gutiérrez; al este, Paula Cubero Cisneros y al oeste, Manuel Obando Calvo y Asociación de Desarrollo Integral de San Buenaventura de Colorado de Abangares. Mide: doscientos ochenta y dos metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del año dos mil catorce, con la base de once millones cuatrocientos quince mil novecientos cincuenta y cinco colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de abril del año dos mil catorce con la base de tres millones ochocientos cinco mil trescientos dieciocho colones con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo contra William Álvarez Eras. Exp. 13-001072-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 6 de noviembre del 2013.—Lic. Franz Loney Castro Solís, Juez.—(IN2013076592).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de enero de dos mil catorce, y con la base de ciento cinco mil dólares exactos moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta mil setecientos setenta y tres-cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito Salitral, cantón Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mariana e Ynain Montoya Arias; al sur, Hacienda Monte Nube S. A.; al este, David Delgado y al oeste, calle pública. Mide: ciento cuarenta y seis mil seiscientos cuarenta y tres metros con setenta y un decímetros cuadrados según plano SJ-0611070-1985. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del seis de febrero de dos mil catorce, con la base de setenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero de dos mil catorce con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Lazare Islet S. A. contra Inversiones Reproductivas S. A. Exp. 13-013772-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 7 de noviembre del 2013.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2013076595).

En la puerta exterior de este Despacho; todas libres de gravámenes hipotecarios y de anotaciones; a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil catorce, y con la base de dos millones de colones exactos para cada una de las fincas que se dirán, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1- Finca inscrita en el Registro Público, partido de partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos veinticinco-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito segundo Zaragoza, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rancho Aljuan Limitada y Aracelly Vargas Vargas; al sur, calle pública con ocho punto veintiocho centímetros y Rancho Aljuan Limitada; al este, Aracelly Vargas Vargas y al oeste, Rancho Aljuan Limitada. Mide: ciento cincuenta y seis metros cuadrados. 2- Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos veintiséis-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito segundo Zaragoza, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rancho Aljuan Limitada; al sur, calle pública con ocho punto ochenta centímetros y servidumbre de paso de seis metros de ancho; al este, Rancho Aljuan Limitada y al oeste, servidumbre de paso de seis metros de ancho con un frente a ella de dieciocho punto veintisiete centímetros. Mide: ciento sesenta y dos metros cuadrados. 3- Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos veintisiete-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito segundo Zaragoza, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rancho Aljuan Limitada y servidumbre de paso; al sur, calle pública con una frente a ella de once metros con seis centímetros y Rancho Aljuan Limitada; al este, servidumbre de paso de seis metros de ancho con un frente a ella de veintiséis punto quince. Mide: doscientos ochenta y un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de marzo del año dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos para cada una de las fincas(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de marzo del año dos mil catorce con la base de quinientos mil colones exactos para cada una de las fincas (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sheiry Delgadillo Jiménez contra Rancho Aljuan Limitada. Exp. 12-000271-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 16 de octubre del 2013.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2013076599).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del trece de enero de dos mil catorce, y con la base de nueve mil veintiséis unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 126.626-005-006 la cual es terreno lote 9 para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Concepción, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Construcciones Cabécar S. A.; al sur, calle pública con 6 m; al este, lote 10 y al oeste, lote 8. Mide: ciento treinta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de enero de dos mil catorce, con la base de seis mil setecientos sesenta y nueve punto cincuenta unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de febrero de dos mil catorce con la base de dos mil doscientos cincuenta y seis punto cincuenta unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gertrudis Maltez Urbina, María Anselma González López. Exp. 13-002935-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 9 de octubre del 2013.—Lic. Éricka Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2013076610).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del diez de enero del año dos mil catorce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 214926-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06 San Francisco de Dos Ríos, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Inversiones Unidas S. A. con 12m 01cm; al sur, lote para calle con 12m; al este, lote 16 con 20m 38cm y al oeste, lote 18 con 19m 87cm. Mide: doscientos cuarenta y un metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de enero del año dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de febrero del año dos mil catorce con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Laurence Arce Mejía, Tranar S. A. Exp. 12-023032-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de octubre del 2013.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2013076649).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y quince minutos del doce de diciembre de dos mil trece, y con la base de noventa y siete millones setecientos diez mil ochocientos sesenta y cinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir con casa y oficina. Situada en el distrito 8-Mata Redonda, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Krelembaun Stienberg Dwojra; al sur, Julio Enrique Aguilar Arce; al este, calle pública con frente de trece metros con cincuenta centímetros y al oeste, Johnny Mora Balma. Mide: cuatrocientos treinta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del ocho de enero de dos mil catorce, con la base de setenta y tres millones doscientos ochenta y tres mil ciento cuarenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del veintitrés de enero de dos mil catorce con la base de veinticuatro millones cuatrocientos veintisiete mil setecientos dieciséis colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Diana María Jiménez Araya. Exp. 13-000550-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de octubre del 2013.—Lic. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—(IN2013076650).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero de dos mil catorce, y con la base de treinta y tres millones quinientos veinticinco mil trescientos cincuenta y cuatro colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y ocho mil doscientos sesenta y uno cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación en construcción. Situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 31m 99cm; al sur, Humberto González Cortés; al este, Freddy Ramírez González y al oeste, Ramiro Guzmán Bermúdez. Mide: ochocientos treinta y dos metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del tres de febrero de dos mil catorce, con la base de veinticinco millones ciento cuarenta y cuatro mil dieciséis colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de febrero de dos mil catorce con la base de ocho millones trescientos ochenta y un mil trescientos treinta y ocho colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Arley Morales Montero, Delia del Milagro Trejos Amuy Exp. 13-004848-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de octubre del 2013.—MSc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2013076660).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando contrato prendario de primer grado citas 800-81115-001; a las quince horas y quince minutos del veintidós de enero de dos mil catorce, y con la base de quinientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 299592, marca Hyundai, año 1991, color celeste, 4 puertas, chasis KMHVF22J7MU444086. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del seis de febrero de dos mil catorce, con la base de cuatrocientos veinte mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del veintiuno de febrero de dos mil catorce con la base de ciento cuarenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Arturo Arana García contra Manuel Esteban Jiménez Sánchez. Exp. 09-002696-0307-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de noviembre del 2013.—Lic. José Rolando Villalobos Méndez, Juez.—(IN2013076664).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil catorce, y con la base de cien mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00368564-005 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Concepción, cantón Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Nuria Madrigal Rodríguez; al sur, María Doris Carvajal Matamoros; al este, Emile Rodríguez Agüero y al oeste, calle pública 8 m de frente. Mide: ciento setenta y cinco metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de febrero de dos mil catorce, con la base de setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil catorce con la base de veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Suministros Permanentes de Computadoras Súper Computadora Limitada contra María de los Ángeles Abarca Madrigal. Exp. 11-000352-0307-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de noviembre del 2013.—MSc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013076665).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las dieciséis horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil catorce, y con la base de cuatrocientos setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 242408, marca Hyundai, año 1989, color rojo, carrocería; sedan de 4 puertas, cilindrada 1500 c/c, vin no indica, categoría automóvil. Chasis; KMHVF31JPKU030289, N° de motor: 385035. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del siete de febrero de dos mil catorce, con la base de trescientos cincuenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil catorce, con la base de cuarenta y un mil seiscientos noventa y cuatro colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Arturo Arana García contra Mauricio Alberto Chaves Núñez. Exp. 09-004004-0307-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de noviembre del 2013.—MSc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013076672).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil catorce, y con la base de ocho millones cuarenta y siete mil quinientos ochenta y un colones con cuarenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y cuatro mil cuarenta y seis cero cero cero, la cual es terreno naturaleza solar con dos casas y un molino. Situada en el distrito 01- Golfito, cantón 07-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte lote de María Leonor Díaz Hernández; al sur calle pública con un frente a ella de veinticuatro metros diez centímetros; al este resto de Municipalidad de Cantón de Golfito y al oeste lote de María Leonor Díaz Hernández. Mide: mil ciento cinco metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Plano P-0132063-1993. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de febrero de dos mil catorce, con la base de seis millones treinta y cinco mil seiscientos ochenta y seis colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero de dos mil catorce con la base de dos millones once mil ochocientos noventa y cinco colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Ricardo Oldemar Valerio Díaz. Exp. 13-000528-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 10 de setiembre del 2013.—Lic. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2013076676).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y treinta minutos del veintidós de enero de dos mil catorce, y con la base de ocho millones ochocientos treinta y seis mil quinientos noventa y dos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F00032526-000 la cual es terreno filial sesenta y uno de una planta ubicada en el primer piso destinada a local comercial en proceso de construcción. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte filial sesenta y tres; al sur área común destinada a pasillo; al este filial sesenta y dos y al oeste área común destinada a pasillo. Mide: once metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de febrero de dos mil catorce, con la base de seis millones seiscientos veintisiete mil cuatrocientos cuarenta y cuatro colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil catorce con la base de dos millones doscientos nueve mil ciento cuarenta y ocho colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Comercial Plaza San Carlos contra Carmen María Rodríguez Pacheco. Exp. 12-008572-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 1° de octubre del 2013.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2013076693).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas Ley Aguas de las citas: 0320-00016191-01-0002-001; a las diez horas y cero minutos del nueve de enero del año dos mil catorce, y con la base de seis millones doscientos cincuenta y tres mil veintiocho colones con un céntimo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 192222-000 la cual es terreno con una casa de habitación, lote-1, bloque-C. Situada en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote destinado a parque; al sur, calle pública con un frente de catorce metros con cuarenta y seis centímetros; al este, lote 2, bloque C y al oeste, Compañía Bananera Atlántica Limitada. Mide: trescientos dieciocho metros con treinta y seis decímetros cuadrados, para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de enero del año dos mil catorce, con la base de cuatro millones seiscientos ochenta y nueve mil setecientos setenta y un colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del seis de febrero del año dos mil catorce con la base de un millón quinientos sesenta y tres mil doscientos cincuenta y siete colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra German Antonio Sequeira Bonilla. Exp. 13-021319-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de octubre del 2013.—Lic. Edwin Mata Elizondo, Juez.—(IN2013076723).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 392-19182-01-0900-001, a las catorce horas y treinta minutos del veinte de enero del dos mil catorce y con la base de treinta y dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 262.134-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Eduardo Gutiérrez; sur, calle pública; este; y oeste, Urbanizaciones Dos Mil S. A. Mide: ciento sesenta y dos metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Plano: A-0000704-1991. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil catorce, con la base de veinticuatro millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil catorce, con la base de ocho millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos José Valenzuela Amores contra Inversiones Jimarsol S. A. Expediente: 12-101194-0297-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 10 de octubre del 2013.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2013076742).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos, a citas: 305 6145, a las diez horas y quince minutos del diecinueve de diciembre del dos mil trece y con la base de mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 149168, submatrícula cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Sabalito, cantón 08 Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Sergio Bermúdez Esquivel; al sur, calle pública; al este, Sergio Bermúdez Esquivel; y al oeste, Sergio Bermúdez Esquivel. Mide: quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veinte de enero del dos mil catorce, con la base de mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del cuatro de febrero del dos mil catorce, con la base de trescientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Francis Marjorie Cordero Valverde contra Irene Hernández Morales. Expediente: 11-000459-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 6 de noviembre del 2013.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2013076782).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda penal, inscrita a las citas: 525-13325-01-0001-001, 539-06902-01-0001-001, 541-00160-01-0001-001, 541-00160-01-0004-001 y 541-00160-01-0005-001, a las ocho horas y cero minutos del catorce de enero del dos mil catorce y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y cuatro mil ochocientos sesenta-cero cero uno-cero cero dos-cero cero tres, la cual es terreno de pastos, café, una casa y un galerón. Situada en el distrito Piedades Sur, cantón San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 130.81 metros y en parte Félix Montero Cruz, Cecilio González Carvajal, Marco Rodríguez Vásquez, José Arias Rodríguez, Otilia Pérez U., Alicia Guido Jiménez, Ronald González C., Temporalidades de la Iglesia Católica, José Naranjo Arias; al sur, calle pública con un frente de 392.54 metros y Guillermo Rodríguez Villalobos; al este, río las Piedras, Gerardo Vásquez Arias, Gerardo Calderón Rodríguez, Guillermo Rodríguez Villalobos y calle pública con un frente de 185.59; y al oeste, Gerardo Calderón Rodríguez y Francisco Ledezma Morales y en parte Guillermo Rodríguez Villalobos. Mide: ciento veintiséis mil novecientos cincuenta y ocho metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintinueve de enero del dos mil catorce, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de febrero del dos mil catorce, con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Diana Carolina Madrigal Vargas contra Luis Guillermo Rodríguez Villalobos y otra. Expediente: 09-000226-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 6 de agosto del 2013.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2013076797).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, al tomo: 376 y asiento: 02417, a las once horas y quince minutos del diecisiete de enero de dos mil catorce y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cuarenta y dos mil doscientos veinte-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Víctor Julio Muñoz Ramírez; al sur, calle pública con 10 m 59 cm otro; al este, Ana Isabel Araya Villalobos; y al oeste, Víctor Julio Muñoz. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del tres de febrero de dos mil catorce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del dieciocho de febrero de dos mil catorce, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alfonso Araya Villalobos. Expediente: 13-007560-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de octubre del 2013.—Lic. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—(IN2013076828).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil catorce y con la base de seis millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta y ocho mil setecientos treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa numerada como dieciocho A. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 42; al sur, calle de servidumbre a con 12 m 22 cm; al este, lote 17; y al oeste, lote 19. Mide: doscientos sesenta y un metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de febrero de dos mil catorce, con la base de cuatro millones ochocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de febrero de dos mil catorce, con la base de un millón seiscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Claudia Duartes Duartes. Expediente: 13-008610-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de setiembre del 2013.—LIc. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—(IN2013076832).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, (citas: 257-06530-01-0901-001), servidumbre dominante, (citas: 337-14007-01-0900-001), servidumbre dominante, (citas: 371-17937-01-0005-001) y servidumbre sirviente, (citas: 371-17937-01-0006-001), a las ocho horas y quince minutos del veinte de enero de dos mil catorce y con la base de siete millones ciento cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos trece mil cuatrocientos sesenta y cuatro-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno lote 13-K, terreno para construir. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lotes 6 y 7 K; al sur, alameda 3 con un frente de 07,50 metros; al este, lote 12 K; y al oeste, lote 14 K. Mide: ciento doce metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del cuatro de febrero de dos mil catorce, con la base de cinco millones trescientos veintiséis mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del diecinueve de febrero de dos mil catorce, con la base de un millón setecientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Anabelle Granados Gutiérrez, Nelson Antonio Céspedes Gómez, Rubén Solórzano Castillo. Expediente: 13-008611-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de setiembre del 2013.—Lic. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—(IN2013076834).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos del dieciséis de enero de dos mil catorce y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa 191282, marca: Toyota, categoría: automóvil, estilo: Land Cruiser VX, año: 1992, color: blanco. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de enero de dos mil catorce, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de febrero de dos mil catorce, con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Steve Sandoval Bolaños contra Quirico Rivera Calderón. Expediente: 13-003107-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 17 de julio del 2013.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2013076835).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA, (citas: 574-80463-01-0002-001), a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de enero de dos mil catorce y con la base de setenta y nueve mil novecientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cincuenta y cuatro mil setecientos ochenta y ocho-cero cero cero, la cual es finca filial número treinta y cuatro de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ana Lillian Chinchilla Chacón; al sur, acceso vehicular con seis metros de frente; al este, finca filial número treinta y cinco; y al oeste, finca filial número treinta y tres. Mide: ciento cincuenta y siete metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de febrero de dos mil catorce, con la base de cincuenta y nueve mil novecientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de febrero de dos mil catorce, con la base de diecinueve mil novecientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Geniva Yamileth Pérez Palacios. Expediente: 13-008974-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de octubre del 2013.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013076838).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas del trece de enero del dos mil catorce y con la base de siete mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 333792-000, la cual es terreno con dos galerones. Situada en el distrito 02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 11 m; al sur, Eida Rosco Calvo; al este, Eileeen Castro; y al oeste, Rosa Roda. Mide: cuatrocientos tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiocho de enero del dos mil catorce, con la base de cinco mil seiscientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del doce de febrero del dos mil catorce, con la base de mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de sucesión Ivette Astúa Montoya contra Wifela Sociedad Anónima. Expediente: 12-006651-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 03 de octubre del 2013.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2013076839).

En la puerta exterior de este Despacho, a las quince horas y treinta minutos del veinte de enero de dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios; soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, (citas: 292-08861-01-0003-001) y con la base de siete millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y dos mil trescientos sesenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote B 25. Situada en el distrito 03 Guaycará, cantón 07 Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote B 26; al sur, lote B 24; al este, Sula S. A.; y al oeste, calle pública con 10.00 metros de frente. Mide: trescientos veintiséis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil catorce, con la base de cinco millones quinientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve de febrero de dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Dannia Espinoza Alvarado y Víctor Manuel Monge Solís. Expediente N° 13-009183-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de octubre del 2013.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2013076841).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente, (citas: 378-03437-01-0001-001), servidumbre de paso, (citas: 576-04355-01-0005-001) y servidumbre de ancla, (citas: 576-31325-01-0001-001), a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de enero de dos mil catorce y con la base de siete millones trescientos noventa y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos setenta y dos mil doscientos trece-cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 04 San Antonio, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública recientemente abierta en un frente a ella de 12 metros lineales; al sur, Gilberto Vargas Ulate; al este, Susana Bermúdez Cascante; y al oeste, Peralta y Álvarez S. A. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de febrero de dos mil catorce, con la base de cinco millones quinientos cuarenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de febrero de dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos cuarenta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Yency Patricia Borbón Alvarado. Expediente: 13-009277-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de octubre del 2013.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2013076873).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, servidumbre de líneas eléctricas y de paso, servidumbre ecológica y limitaciones y servidumbre de acueducto, a las once horas y treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil catorce y con la base de cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 228469-000, la cual es terreno lote diez, terreno para construir. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, servidumbre de paso en medio de 3-101-492236 S. A.; al sur, Andrés Solano Mata; al este, lote once; y al oeste, lote nueve. Mide: dos mil doscientos noventa y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil catorce, con la base de treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil catorce, con la base de doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-102-590276 Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Ecoresidencial Vista Laguna Sociedad Anónima. Expediente: 13-002909-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 11 de noviembre del 2013.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2013076875).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, (citas: 325-00297-01-0901-001), a las dieciséis horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil catorce y con la base de cuatro millones cuatrocientos setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta y un mil trescientos veinticinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Victoria Chaves Martínez; al sur, servidumbre de paso; al este, Florentino Quintanilla Medina; y al oeste, Florentino Quintanilla Medina. Mide: ciento sesenta y tres metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del cuatro de febrero de dos mil catorce, con la base de tres millones trescientos cincuenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del diecinueve de febrero de dos mil catorce, con la base de un millón ciento diecisiete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra German Ricardo Castrillo Cerdas. Expediente: 13-009184-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de octubre del 2013.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2013076876).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbres trasladadas, mediante las citas 408-2133-01-0991-001 y 446-18483-01-0007-001, a las trece horas y treinta minutos del quince de enero de dos mil catorce y con la base de ciento ochenta y seis mil ciento treinta y un dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número veintinueve mil quinientos sesenta y dos F-cero cero cero, la cual es terreno filial 7 destinado a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito Santa Ana, cantón Santa Ana de la provincia de San José. Colinda: al noreste, muro a lindero exterior; al sureste, área común de acceso vehicular; al suroeste, área común libre sea calle interna. Mide: trescientos cuarenta metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de enero de dos mil catorce, con la base de ciento treinta y nueve mil quinientos noventa y ocho dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de febrero de dos mil catorce, con la base de cuarenta y seis mil quinientos treinta y dos dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hortensia María León Zamora y María Daniela León Monge contra Verano Soleado del Campo Siete S. A. Expediente: 13-011684-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del 2013.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2013076884).

En la puerta exterior de este Despacho; 1) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre dominante citas: 0359-00013461-01-0004-01; a las diez horas y treinta minutos del trece de enero del dos mil catorce y con la base de cuatro millones novecientos noventa y seis mil doscientos dieciséis colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca partido de San José, matrícula 459904-000, naturaleza: terreno para construir con árboles frutales y ornamentales lote 4 E, situada en el distrito 07-Purral cantón, 08-Goicoechea de la provincia de San José. Linderos: norte,  lote 18 E; sur, avenida Hamburgo; este, lote 5 E; oeste, lote 3 E. Mide: cien metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y dos colones con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de febrero de dos mil catorce con la base de un millón doscientos cuarenta y nueve mil cincuenta y cuatro colones con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del trece de enero de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones novecientos noventa y seis mil doscientos dieciséis colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca partido de San José, matrícula 459891-000 naturaleza: terreno para construir con árboles frutales y ornamentales lote 4 E, situada en el distrito 07-Purral cantón 08-Goicoechea de la provincia de San José. Linderos: norte, lote 18 E, sur, avenida Hamburgo; este, lote 5 E; oeste, lote 3 E. Mide: cien metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y dos colones con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de febrero de dos mil catorce con la base de un millón doscientos cuarenta y nueve mil cincuenta y cuatro colones con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Saulo Meléndez Cárdenas contra Constructora Artemis del Caribe S. A. Exp. N° 13-002130-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de octubre del 2013.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2013076931).

A las nueve horas treinta minutos del doce de diciembre del dos mil trece, desde la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base fijada por el perito menos el veinticinco por ciento quedando la misma en la suma de un millón novecientos veintiún mil quinientos colones, en el mejor postor remataré: “libre de gravámenes prendarios, con número de motor 66291110033527, placa número 292824, marca Mercedes Benz, estilo MB 100D 2.9, categoría automóvil, tracción 4x2, carrocería microbús, color blanco, año 1998, capacidad para doce personas, chasis N° KPD6612171P032886, cilindrada 2874 c.c., combustible diesel.” lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo simple N° 2007-002687-0220-CI-2, establecido por Instacredit S. A. contra Óscar Pérez Sánchez y Gerardo Corrales Mora.—Juzgado Primero Civil de Menor Cuantía, San José, 4 de noviembre del 2013.—Msc. Adriana Orocú Chavarría, Jueza.—(IN2013076967).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales; a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil catorce, y con la base de tres millones quinientos cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 295708. Marca Rover. Capacidad 5 personas. Año 1998. Color negro. Chasis SARRTLWTWWD270655. Cilindrada 1600 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de febrero de dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos veintiocho mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de febrero de dos mil catorce con la base de ochocientos setenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Misael Gerardo Cerdas Sandí. Exp. N° 13-005443-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de setiembre del 2013.—Lic. María Mora Saprissa, Jueza.—(IN2013076970).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas del veintisiete de enero de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas Cl 235336, marca Toyota, estilo Tacoma, categoría carga liviana, año 2000, capacidad 2 personas, color dorado, carrocería caja abierta o cam-pu, uso particular, cilindrada 2700 c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del once de febrero de dos mil catorce, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintiséis de febrero de dos mil catorce con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Alexander Morales Quesada. Exp. N° 13-008061-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de octubre del 2013.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2013076973).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del quince de enero de dos mil catorce y con la base de ochocientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas MOT-310848, marca Jinan Qingqi, categoría motocicleta, carrocería motocicleta, chasis LV7MN2407CA800010, uso particular, estilo QM 200 GY B ASD, capacidad 2 personas, año 2012, color negro, número motor K166FML30089846, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de enero de dos mil catorce, con la base de seiscientos quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de febrero de dos mil catorce con la base de doscientos cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Daisy de los Ángeles Sánchez Rivera. Exp. N° 13-012312-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de setiembre del 2013.—Lic. Melania  Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2013076974).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del catorce de enero de dos mil catorce y con la base de un millón doscientos cincuenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 560772. Marca Nissan. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1998. Color beige. Vin 1N4AB41D4WC742342. Cilindrada 1600 c.c. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de enero del dos mil catorce, con la base de novecientos cuarenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de febrero de dos mil catorce con la base de trescientos trece mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Wilfrido Zamora Beita. Exp. N° 13-004294-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de setiembre del 2013.—Lic. María Mora Saprissa, Jueza.—(IN2013076976).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 363-19360-01-0920-001, 363-19360-01-0921-001, 363-19360-01-0922-001, 363-19360-01-0923-001, 363-19360-01-0930-001, 363-19360-01-0931-001, 363-19360-01-0932-001, 363-19360-01-0933-001, 365-06084-01-0906-001, 365-06084-01-0907-001, 365-06084-01-0908-001; a las nueve horas y quince minutos del dieciséis de enero de dos mil catorce, y con la base de treinta millones ochocientos setenta y nueve mil trescientos sesenta y cinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00132773-cero veintisiete, la cual es terreno de construir. Situada en el distrito Parrita, cantón Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Digno Morales Vargas; al sur, Gerardo Morales y quebrada Bejuco; al este, Chicas Poderosas S. A. calle pública, y lotes 2, 5, 8, 11 y 16 y al oeste, Daznle S. A. y lotes 2, 8, 11 y 16. Mide: veinticinco mil ochocientos cincuenta y cinco metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del treinta y uno de enero de dos mil catorce, con la base de veintitrés millones ciento cincuenta y nueve mil quinientos veintitrés colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del diecisiete de febrero de dos mil catorce con la base de siete millones setecientos diecinueve mil ochocientos cuarenta y un colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ana Cecilia Rodríguez Guzmán contra Ojos Azules A.A.A. Sociedad Anónima. Exp. 13-004112-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 27 de setiembre del 2013.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2013077031).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando reservas y restricciones al tomo 316, asiento 15539, hipoteca de primer grado al tomo 528 asiento 1263; a las catorce horas del veinte de enero del año dos mil catorce, y con la base de cuarenta mil dólares moneda de los Estados Unidos de Norte América, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 90546-000 cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Ángeles, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 205 con 27m 99cm; al sur, resto dest a calle publ con 46m 15cm; al este, lote 146 con 76m 17cm y al oeste, resto dest a parque con 87m 53cm. Mide: tres mil ciento cuarenta y nueve metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del cinco de febrero del año dos mil catorce, con la base de treinta mil dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintiuno de febrero del año dos mil catorce, con la base de diez mil dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Amanela del Bosque S. A. contra Kontable A.B. Sociedad Anonimia Exp. 06-001314-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de octubre del 2013.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—(IN2013077046).

A las diez horas del trece de enero del año dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho, y con la base de diecinueve millones quinientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones, soportando hipoteca en primer grado por la suma de veintiséis mil seiscientos sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos a favor de Inversiones Capital del Norte S. A, e hipoteca en segundo grado por la suma de once mil seiscientos sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos en favor de Las Ruinas del Roble S. A, sáquese a remate el inmueble embargado en autos, el cual se describe así: Nº 1 finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F-00011011-000 la cual es terreno local comercial 9. Situada en el distrito San Antonio cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, noroeste, pasillo área común; al sur, suroeste, pasillo peatonal local 5 OT; al este sureste, local 6 y al oeste, noreste, local 8. Mide: treinta y seis metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Con la base de diecinueve millones quinientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones, soportando hipoteca en primer grado por la suma de veintiséis mil seiscientos sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos a favor de Inversiones Capital del Norte S. A., e hipoteca en segundo grado por la suma de once mil seiscientos sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos en favor de Las Ruinas del Roble S. A. N° 2 finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F-00011010-000, la cual es terreno local comercial 8. Situada en el distrito San Antonio cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, noroeste, pasillo área común; al sur, suroeste, local 9; al este sureste, local 7 y al oeste, noreste, área común. Mide: treinta y seis metres con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Con la base de diecinueve millones quinientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones, soportando hipoteca en primer grado por la suma de veintiséis mil seiscientos sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos a favor de Inversiones Central del Sur S. A, e hipoteca en segundo grado por la suma de once mil seiscientos sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos en favor de Las Ruinas del Roble S. A. Nº 3 finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F-00011009-000, la cual es terreno local comercial 7. Situada en el distrito San Antonio cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, noroeste, local 8; al sur, suroeste, local 6; al este sureste, pasillo área común y al oeste, noreste, área común. Mide: treinta y seis metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Con la base de diecinueve millones quinientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones, soportando hipoteca en primer grado por la suma de veintiséis mil seiscientos sesenta y seis dólares con sesenta  y  seis  centavos  a  favor  de Inversiones Central del Sur S. A., e hipoteca en segundo grado por la suma de once mil seiscientos sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos en favor de Las Ruinas del Roble S. A. Nº 4 finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F-00011008-000, la cual es terreno local comercial 6. Situada en el distrito San Antonio cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, noroeste, local 9; al sur, suroeste, local 5; al este sureste, pasillo área común y al oeste, noreste, local 7. Mide: treinta y seis metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Con la base de diecinueve millones quinientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones, soportando hipoteca en primer grado por la suma de veintiséis mil seiscientos sesenta y seis dólares con sesenta  y  seis  centavos  a  favor  de Inversiones Central del Sur S. A., e hipoteca en segundo grado por la suma de once mil seiscientos sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos en favor de Las Ruinas del Roble S. A. Nº 5 finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F-00011007-000, la cual es terreno local comercial 5. Situada en el distrito San Antonio cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, noreste, local 6-9 y servic sanitario; al sur, pasillo área común; al este sureste, pasillo área común y al oeste, pasillo común. Mide: setenta y un metros con cincuenta decímetros cuadrados. de no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del veintiocho de enero del año dos mil catorce, con la base de catorce millones seiscientos sesenta y un mil trescientos cuarenta y cuatro colones con ochenta y nueve céntimos cada uno de los inmuebles descritos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del trece de febrero del año dos mil catorce, con la base de cuatro millones ochocientos ochenta y siete mil ciento catorce colones con noventa y siete céntimos, cada uno de los inmuebles descritos (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Albanery Rivas Alvarado contra Zheng Yong Xu Zheng. Exp. 11-001452-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de octubre del 2013.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—(IN2013077065).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas: 414-03571-01-0546-001; a las nueve horas y cero minutos del veintidós de enero del año dos mil catorce, y con la base de veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 473138-001-002, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 02, Florencia cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Zaida Rojas Ulate y Gerardo Fernández Carballo y servidumbre agrícola en medio, sur, IDA este, Zaida Rojas Ulate y Gerardo Fernández Carballo, oeste, Rónald Alonso Madrigal Fernández, Jonathan Fernández Rojas y Jason Andrés Fernández Rojas. Mide: cinco mil metros cuadrados. Plano: A-1447758-2010. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de febrero del año dos mil catorce, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de febrero del año dos mil catorce con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gerardo Fernández Carballo y Zaida María Rojas Ulate. Exp. 13-001629-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 23 de octubre del 2013.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2013077123).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del quince de enero de dos mil catorce, y con la base de ocho mil ochocientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 43495-cero cero cero, la cual es naturaleza: con una casa. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote D con calle pública con 10 m; al sur, lote 65; al este, lote 86 y al oeste, lote A con calle pública con 20 m. Mide: doscientos diecinueve metros con setenta y nueve centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de enero de dos mil catorce, con la base de seis mil seiscientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de febrero de dos mil catorce con la base de dos mil doscientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Francisco Ruiz Mojica. Exp. 13-003542-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 3 de setiembre del 2013.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2013077150).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del veintiuno de enero de dos mil catorce, y con la base de un millón seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 777143, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, chasis KMHVF21LPSU192569, uso particular, estilo Accent capacidad 5 personas, año 1995, color blanco, número motor no legible, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de febrero de dos mil catorce, con la base de un millón doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de febrero de dos mil catorce con la base de cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Johana Castillo Carpio. Exp. 11-024906-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de setiembre del 2013.—Lic. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2013077153).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del trece de enero de dos mil catorce, y con la base de un millón ochocientos cuarenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas setecientos ochenta y seis mil doscientos treinta y seis (786236), marca Hyundai Accent, sedan 4 puertas, año 1997, color blanco, 4x2, número motor no legible, vin KMHVF21NPVU411076, combustible gasolina, cilindrada 1500 c.c., para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veintiocho de enero de dos mil catorce, con la base de un millón trescientos ochenta mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del doce de febrero de dos mil catorce con la base de cuatrocientos sesenta mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Gabriela Zuris Obando Campos. Exp. 13-012500-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 5 de setiembre del 2013.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2013077157).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del trece de enero de dos mil catorce, y con la base de dos millones cuatrocientos treinta y tres mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa número 332080, marca: Nissan, categoría: automóvil, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, chasís: 3N1EB31S1ZK100800, estilo: Sentra, capacidad: 5 personas, año: 1999, color: gris, uso: particular. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiocho de enero de dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos veinticuatro mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del doce de febrero de dos mil catorce con la base de seiscientos ocho mil doscientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Kenya Williams Gordon y Vangie Solano Goulbourne. Exp. 13-012432-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2013.—Lic. Ana Rita de los Ángeles Valverde Zeledón, Jueza.—(IN2013077160).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas del veintinueve de enero del año dos mil catorce, y con la base de dos millones ciento cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa ochocientos treinta y tres mil ochocientos cincuenta y tres (833853), marca Hyundai, color gris, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad cinco personas, serie KMHVA21LPVU260876, carrocería sedan cuatro puertas, tracción cuatro por dos, chasis y vin KMHVA21LPVU260876, número de motor ilegible, cilindrada 1500 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del trece de febrero del año dos mil catorce, con la base de un millón quinientos setenta y ocho mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintiocho de febrero del año dos mil catorce con la base de quinientos veintiséis mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Pamela Esmeralda Reid Morgan. Exp. 12-007109-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2013.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2013077166).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas del veintisiete de enero del dos mil catorce, y con la base de dos millones cuatrocientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 821212, marca Chevrolet, estilo Spark, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2001, carrocería sedan de 4 puertas, color blanco, tracción 4x2. Para el segundo remate se señalan las once horas del once de febrero del dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos treinta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del veintiséis de febrero del dos mil catorce con la base de seiscientos diez mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Myrna Centeno Chaves. Exp. 12-028205-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2013.—MSc. Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2013077168).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones novecientos noventa y un mil cuatrocientos treinta colones con cuarenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 438270, marca Toyota, año 2001, chasis AE1113105062, cilindrada 1587 cc, color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de febrero de dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cuarenta y tres mil quinientos setenta y dos colones con ochenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero de dos mil catorce con la base de un millón doscientos cuarenta y siete mil ochocientos cincuenta y siete colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Jorge Mario Jaramillo Araya. Exp. 09-031259-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de octubre del 2013.—Lic. Éricka Robledo Artola, Jueza.—(IN2013077170).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones judiciales; a las diez horas treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil catorce, y con la base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil doscientos noventa y cuatro colones con cuarenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 438141, marca Toyota Corolla XLI, año 2001, chasis AE1113104978, cilindrada 1587 cc, color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de febrero del dos mil catorce, con la base de tres millones trescientos treinta y tres mil doscientos veinte colones con ochenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del veinte de febrero del dos mil catorce con la base de un millón ciento once mil setenta y tres colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Autos Fofis S. A., Ivannia Jaramillo Herrera y Jorge Mario Jaramillo Araya. Exp. 09-031205-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de setiembre del 2013.—Lic. María Mora Saprissa, Jueza.—(IN2013077174).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de enero de dos mil catorce, y con la base de veintiún millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y siete mil seiscientos cuarenta y cinco-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa número 4.450 de dos plantas. Situada en el distrito 01 Golfito, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, Juan Ramón Chavarría; al noroeste, calle pública con 17.23 metros frente; al sureste, Zulay Zúñiga Dosma y al suroeste, calle pública con 7.90 metros de frente. Mide: ciento cuarenta y seis metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano: P-0598469-1985. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de febrero de dos mil catorce, con la base de quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de febrero de dos mil catorce con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Evelin Martínez González, Leticia Isabel Corrales Cortés y Napoleón Natividad García Nieto. Exp. 13-000523-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 9 de setiembre del 2013.—Lic. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2013077180).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación citas 2010-237621-01-0002-001 y arrendamiento de lote sin segregar citas 2010-327917-01-0001-001; a las ocho horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil catorce, y con la base de cincuenta y nueve mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 177938-000, la cual es terreno de frutales y parte de una casa. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Eduardo Barquero Barquero y Hermanos López Palma; al sur, Luzanera Palma Mejía; al este, Hermanos López Palma S. A. y al oeste, calle pública con 18 metros 70 centímetros de frente. Mide: mil quinientos sesenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de febrero de dos mil catorce, con la base de cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de febrero de dos mil catorce con la base de catorce mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña Berta de Heredia Sociedad Anónima contra Carmen Elsie Palma Mejías y Luis Miguel López Palma. Exp. 12-014254-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 31 de octubre del 2013.—Lic. Éricka Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2013077193).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado y de segundo grado a favor de la Mutual de Ahorro y Préstamo, y practicado con las citas: 0800-00061567-01-0001, a las siete horas y treinta minutos del veinticuatro de enero del año dos mil catorce , y con la base de veintiún millones cuatrocientos cincuenta y seis mil doscientos ochenta y seis colones con cuarenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y cinco mil doscientos treinta y uno-cero cero cero, la cual es terreno con una casa, solar, árboles. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, río Liberia; al sur, calle pública, al este, Eliécer Alfaro y al oeste, lote segregado de María Villarreal Villarreal. Mide: trescientos veinte metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del diez de febrero del año dos mil catorce, con la base de dieciséis millones noventa y dos mil doscientos catorce colones con ochenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil catorce con la base de cinco millones trescientos sesenta y cuatro mil setenta y un colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra Shirley Villarreal Villarreal. Exp. 10-000648-0944-CI.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 13 de noviembre del 2013.—Lic. Franz Loney Castro Solís, Juez.—(IN2013077196).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas cero minutos del siete de marzo del año dos mil catorce, y con la base de cincuenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número diez mil cuatrocientos cuarenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 La Cruz, cantón 10 La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Nicolasa Gutiérrez Coronado; al sur, calle pública; al este, Hilario Fernández Cabrera, y al oeste, calle pública. Mide: ciento setenta y tres metros con noventa decímetros cuadrados. Plano: G-0274440-1995. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil catorce, con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de abril del año dos mil catorce con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Yeceny del Socorro López Hurtado. Exp. N° 13-002400-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 11 de noviembre del 2013.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2013077200).

En la puerta exterior de este Despacho Judicial, libre de gravámenes hipotecarios y, anotaciones, a las trece horas del seis de enero de dos mil catorce y, con la base de veintiún millones seiscientos cincuenta mil doscientos dieciocho colones con treinta y un céntimos (¢21.650.218.31), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, Partido de Guanacaste, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés mil ciento sesenta y ocho derecho cero cero dos-cero cero cuatro (123.168-002-004), la cual es terreno para construir, bloque D, lote 31 con una casa. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda al norte, lote 19 D; al sur, calle pública con 08 metros; al este, lote 30 D y, al oeste, lote 32 D. Mide: ciento setenta y dos metros cuadrados. Plano G-0730244-2001. Para el segundo remate se señalan las trece horas del veintiuno de enero de dos mil catorce, con la base de dieciséis millones doscientos treinta y siete mil seiscientos sesenta y tres colones con setenta y tres céntimos (¢16.237.663.73) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas del cinco de febrero de dos mil catorce, con la base de cinco millones cuatrocientos doce mil quinientos cincuenta y cuatro colones con cincuenta y ocho céntimos (¢5.412.554.58) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata así por ordenarse en el proceso de ejecución hipotecaria, establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra Vilma Navarro Ortiz y Juan Ramón Laynes Navarro. Expediente Nº 12-000704-1205-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 20 de noviembre del 2013.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2013077203).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; pero soportando reservas y restricciones inscritas al tomo: 378 asiento: 7264-01-0921-001, a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de enero del año dos mil catorce, y con la base de diez millones seiscientos noventa mil seiscientos cuarenta y ocho colones con sesenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y dos mil ochocientos setenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno con café con una casa. Situada en el distrito 02 Sabalito, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Isaías Porras Valverde; al este, Óscar Jiménez, y al oeste, Isaías Porras Valverde con frente de calle ambos parte. Mide: veinte mil ochocientos veintiséis metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del once de febrero del año dos mil catorce, con la base de ocho millones diecisiete mil novecientos ochenta y seis colones con cuarenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintiséis de febrero del año dos mil catorce con la base de dos millones seiscientos setenta y dos mil seiscientos sesenta y dos colones con quince céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Juan Blanco Salas Exp. N° 13-002974-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 14 de noviembre del 2013.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2013077306).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas tomo 0357 asiento 19901 y condiciones referencia 2524-253-001 citas tomo 0357 asiento 19901, a las catorce horas del diez de febrero del dos mil catorce, y con la base de tres millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y dos mil novecientos siete-cero cero cero, la cual es terreno VA-38-4 para la agricultura. Situada en el distrito 02 La Cuesta, cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Julio Mojica; al sur calle publica; al este, Vivían García José Fuentes, y al oeste, Julio Mojica. Mide: cinco mil cien metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veinticinco de febrero del dos mil catorce, con la base de dos millones cuatrocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del doce de marzo del año dos mil catorce con la base de ochocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido  a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alice Ortega García. Exp. 12-001183-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 19 de noviembre del 2013.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2013077308).

A las ocho horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil trece, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones, y con la base de dos millones quinientos diez mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo inscrito bajo el número de placa 730259, marca Mitsubishi, estilo Montero Sport ES, categoría automóvil, capacidad para 5 personas, carrocería todo terreno 4 puertas, tracción 4x2, chasis K850XP004809, año 1999, color verde, peso bruto 908 kgrms., número de motor ilegible, marca Mitsubishi, serie JA4LS21GXXP004809, modelo Montero Sport ES, cilindrada: 2400 centímetros cúbicos, cilindros 04, combustible gasolina y con la base de siete millones setecientos diez mil colones, soportando gravamen de contrato prendario inscrito bajo el tomo: 2010, asiento: 00069519, sáquese a remate el vehículo Placa CL 190579, marca Mitsubishi, estilo L200, categoría carga liviana, capacidad para 5 personas, carrocería caja abierta o cam-pu, tracción 4x4, chasis MMBJNK7403D033939, año 2003, color negro, peso bruto 1750 kgrms., número de motor 4D56BG2594, marca Mitsubishi, serie no indicado, modelo no indicado, Cilindrada: 2477 centímetros cúbicos, cilindros 04, combustible diesel. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señala las ocho horas treinta minutos del catorce de enero del dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos ochenta y dos mil quinientos colones (rebajada en un 25% la base original) para el vehículo placa 730259 y el monto de cinco millones setecientos ochenta y dos mil quinientos colones (rebajada en un 25% la base original) para el vehículo placa CL-190579. De no haber postores, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil catorce, con la base de seiscientos veintisiete mil quinientos colones (un 25% de la base original) para el vehículo placa 730259 y el monto de un millón novecientos veintisiete mil quinientos colones (un 25% de la base original) para el vehículo placa CL-190579. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Yorleni Navas Pérez contra Marlene Solís Umaña. Exp. N° 2010-300001-0216-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 22 de octubre del 2013.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—(IN2013077326).

En la puerta exterior de este Juzgado; soportando gravamen hipotecario de primer grado por un monto inicial de trescientos sesenta y tres mil ciento sesenta y cinco colones, vencido el diecinueve de noviembre dos mil once a favor de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo, así como habitación familiar a favor de Rebeca Pamela Huertas García, a las ocho horas del tres de marzo del año dos mil catorce, y con la base de veinte millones ciento treinta y dos mil doscientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita actualmente en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa mil novecientos dieciocho, derechos cero cero uno-cero cero dos-cero cero tres; el derecho cero cero uno corresponde a un medio en la nuda propiedad inscrito a nombre de Rebeca Pamela Huertas García; el cero cero dos corresponde a un medio en la nuda propiedad inscrito a nombre de la persona menor de edad Luis Diego Huertas García; y el cero cero tres corresponde al usufructo sobre la finca inscrito a nombre de Ninu del Carmen García Obando. El inmueble tiene las siguientes características: Terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Fernando Huertas Angulo; al sur, Marino Rivas Miranda; al este, Guillermo Zamora Chacón, y al oeste, calle pública con frente de seis metros con veinte centímetros. Mide: ciento veintiún metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del diecisiete de marzo del año dos mil catorce, con la base de quince millones noventa y nueve mil ciento cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del treinta y uno de marzo del año dos mil catorce con la base de cinco millones treinta y tres mil cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso divorcio de René Alfonso Huertas Peña contra Ninu del Carmen García Obando. Exp. N° 10-000711-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 29 de octubre de 2013.—MSc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—(IN2013077328).

A las diez horas del nueve de diciembre del año dos mil trece, en la puerta exterior de este Despacho, en el mejor postor remataré lo siguiente: Con la base de setenta y cinco mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 1- Un escritorio de metal color gris, con tubos cuadrados como patas, gavetas metálicas, sobre de melanina color azul y gris, el sobre esta protegido por un vidrio grueso en buen estado, en regular estado de conservación. Con la base de sesenta mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 2- Una urna de tipo horizontal exhibidora, con estructura metálica de tubo cuadrado, con vidrios en todos sus lados reventados en dos partes, puestas corredizas en buen estado. Con la base de ochocientos mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 3- Una máquina aplanchadora eléctrica para tranfer, marca Air Waver, serie N° 3000-6925, modelo AW-3000, color verde, de mesa, en buen estado de funcionamiento y conservación. Con la base de quinientos mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 4- Una plancha eléctrica para tranfer, marca National Equipement, color lila, serie N° 9439, modelo HM-2000, de mesa, en buen estado de funcionamiento y conservación. Con la base de treinta mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 5- Un CPU sin marca, color negro y gris, en buen estado, muy usado. Con la base de treinta mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 6  Un monitor marca AOC, de aproximadamente 14 pulgadas, color negro, serie N° H8381JA016895, en buen estado, usado. Con la base de dos mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 7- Un teclado marca Omega sin serie, tiene el número 20112003572, color negro, usado. Con la base de treinta mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 8- Un CPU marca Dolphin, sin serie visible, color negro y plateado, usado. Con la base de treinta mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 9- Un monitor marca AOC, de aproximadamente 14 pulgadas, color negro, serie N° H8381JA016901, usado. Con la base de dos mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 10- Un teclado marca Omega sin serie, tiene el número 20112003596, color negro usado. Con la base de treinta mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 11- Un CPU marca BTC, sin serie visible, color negro, usado. Con la base de treinta mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 12- Un monitor marca View Sonic, serie N° QQ2073905045, color negro, usado. Con la base de setenta y cinco mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 13- Un CPU marca Spower, no tiene serie, color gris y negro, usado. Con la base de veinte mil colones, libre de gravámenes y anotaciones Bien N° 14- Una impresora marca Epson Stylus 220, serie N° 6XKK026275, color gris y con la base de veinte mil colones, libre de gravámenes y anotaciones: Bien N° 15- Un scanner marca Canoscam Lide 25, modelo N° F91011, serie N° KBPA43210, color gris y negro. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del nueve de enero del año dos mil catorce, con las siguientes bases: Bien N° 1: cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones. Bien N° 2: cuarenta y cinco mil colones. Bien N° 3: seiscientos mil colones. Bien N° 4: trescientos setenta y cinco mil colones. Bien N° 5: veintidós mil quinientos colones. Bien N° 6: veintidós mil quinientos colones. Bien N° 7: mil quinientos colones. bien N° 8: veintidós mil quinientos colones. Bien N° 9: veintidós mil quinientos colones. Bien N° 10: mil quinientos colones. Bien N° 11: veintidós mil quinientos colones. Bien N° 12: veintidós mil quinientos colones. Bien N° 12: veintidós mil quinientos colones. Bien N° 13: cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones. Bien N° 14: quince mil colones. Bien N° 15: quince mil colones (todas rebajadas en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del veintisiete de enero del año dos mil catorce, con las siguientes bases: Bien N° 1: dieciocho mil setecientos cincuenta colones. Bien N° 2: quince mil colones. Bien N° 3: doscientos mil colones. Bien N° 4: ciento veinticinco mil colones. Bien N° 5: siete mil quinientos colones. Bien N° 6: siete mil quinientos colones. Bien N° 7: quinientos colones. Bien N° 8: siete mil quinientos colones. Bien N° 9: siete mil quinientos colones. Bien N° 10: quinientos colones. Bien N° 11: siete mil quinientos colones. Bien N° 12: siete mil quinientos colones. Bien N° 13: dieciocho mil setecientos cincuenta colones. Bien N° 14: cinco mil colones y Bien N° 15: cinco mil colones (un 25% de las bases originales). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Eduardo José Miranda Vargas contra Publicitaria Seritex R S Sociedad Anónima. Exp. N° 10-002775-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de octubre del 2013.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—(IN2013077330).

A las diecisiete horas y cuarenta minutos del veinte de enero del año dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de sesenta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veintisiete mil novecientos setenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cero uno, Desamparados, cantón cero tres, Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Miguel Méndez Hernández y servidumbre de paso; al sur, Goldie Won Schoter; al este, Gustavo y Silvia Corrales Méndez, y al oeste, Carlos Luis Méndez Arroyo. Mide: doscientos cuarenta metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Y con la base de cinco mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cuatro mil ciento tres-cero cero uno, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cero uno, Desamparados, cantón cero tres, Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Juan Carlos Méndez Hernández; al este, Carolina y José Miguel Méndez Hernández, y al oeste, Carlos Luis Méndez Arroyo. Mide: doscientos tres metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Seguros contra José Miguel Méndez Hernández y Juan Carlos Méndez Hernández. Exp. N° 05-002641-0504-CI.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de octubre del 2013.—Lic. Gustavo Irias Obando, Juez.—(IN2013077333).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas 0537-00003301-01-0041-001 y servidumbre de paso citas 0537-00003301-01-0043-001, a las siete horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil catorce, y con la base de dos millones cuatrocientos un mil cuatrocientos veintiún colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y cinco mil quinientos cincuenta y siete-cero cero cero, la cual es lote siete terreno de pasto. Situada en el distrito ocho Biolley, cantón tres Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rosa Torres Villanueva y Samuel Villanueva Villanueva; al sur, Anastasio Carvajal Villanueva; al este, servidumbre agrícola en medio de Nidia Cordero Villanueva, y al oeste, Samuel Villanueva Villanueva y Rio Singri. Mide: veinticinco mil treinta y nueve metros con ochenta y dos decímetros cuadrados plano: P-0901043-2004. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del once de marzo del año dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos un mil sesenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del veintiséis de marzo del año dos mil catorce con la base de seiscientos mil trescientos cincuenta y cinco colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para el Desarrollo de las Comunidades de contra Óscar de los Ángeles Villanueva Chaves, Osvaldo Villanueva Villanueva. Exp. 13-005132-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 2 de octubre del 2013.—Lic Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2013077335).

En la puerta exterior de este Despacho; 1) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones anotadas bajo las citas 306-18008-01-0901-001, servidumbres trasladadas anotadas bajo las citas 310-16765-01-0004-001 y 310-16765-01-0005-001, Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos anotadas bajo las citas 310-16765-01-0007-001 y 310-16765-01-0008-001, a las catorce horas del diez de enero del año dos mil catorce, y con la base de cuarenta y un mil setecientos sesenta dólares  con veinte centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 60359-F-000, la cual es terreno finca filial lote H-ocho, terreno apto para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de tres pisos. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lotes H siete y H diecinueve; al sur lote H nueve; al este calle uno con diez metros cuarenta y ocho centímetros de frente y al oeste lote H dieciocho. Mide: Doscientos cincuenta y dos metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de enero del año dos mil catorce, con la base de treinta y un mil trescientos veinte dólares con quince centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del once de febrero del año dos mil catorce con la base de diez mil cuatrocientos cuarenta dólares con cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones anotadas bajo las citas 306-18008-01-0901-001, servidumbres trasladadas anotadas bajo las citas 310-16765-01-0004-001 y 310-16765-01-0005-001, Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos Anotadas Bajo Las Citas 310-16765-01-0007-001 Y 310-16765-01-0008-001, a las catorce horas  del diez de enero del año dos mil catorce, y con la base de cuarenta y dos mil ciento veintidós dólares con noventa y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 60360-F-000, la cual es terreno finca filial lote H-nueve, terreno apto para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de tres pisos. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lotes H ocho, y H dieciocho; al sur lote H diez; al este calle uno con once metros ochenta y dos centímetros de frente y al oeste lote H diecisiete. Mide: doscientos cincuenta y cuatro metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintisiete de enero del año dos mil catorce, con la base de treinta y un mil quinientos noventa y dos dólares con veinte centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del once de febrero del año dos mil catorce con la base de diez mil quinientos treinta dólares con setenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Delgado Paniagua Exp: 10-006762-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de noviembre del 2013.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2013077345).

En la puerta exterior de este Despacho; a las nueve horas del veintitrés de enero del dos mil catorce, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 0400-00002041-01-0942-001; la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta mil ochocientos setenta y dos- cero cero cero (270872-000) y con la base de treinta y ocho millones trescientos cincuenta y seis mil cuatrocientos ochenta y nueve colones exactos (¢38.356.489,00) la cual es terreno naturaleza: terreno para agricultura con una gasa lote 13. Situada en el distrito 02 Caño Negro, cantón 14 Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ricardo Romero Mejías; al sur, calle pública; al este, Isollna Alemán, y al oeste, Fausto José Arias Reyes. Mide: ciento sesenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y siete metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0076450-1992. 2) Soportando hipoteca en primer grado con citas: 0519-00008523-01-0004-001; la finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinticuatro mil ochocientos noventa y dos (124892-000) y con la base de cuatro millones ochocientos siete mil novecientos noventa y cinco colones con cincuenta céntimos (¢4.807.994,00), la cual es terreno naturaleza: lote 125 terreno para construir. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Quintas Don Vic S. A.; al sur, Quintas Don Vic S. A.; al este, calle pública con 10.00 metros, y al oeste, Quintas Don Vic S. A. Mide: cuatrocientos metros con cero decímetros cuadrados plano: G-0741739-2001. 3) Soportando hipoteca en primer grado con citas: 0552-00012736-01-0002-001, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y dos mil cuarenta y ocho (132048-000), y con la base de once millones ochocientos treinta y cinco mil quinientos diecisiete (¢11.835.517,00) la cual es terreno naturaleza: lote 154: terreno para construir. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Quintas Don Vic S.A; al sur, Quintas Don Vic S. A.; al este, calle pública y Quintas Don Vic S. A, y al oeste, Quintas Don Vic S. A. Mide: mil metros con cero decímetros cuadrados. Plano: G-0845529-2003. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de febrero del año dos mil catorce, con las bases respectivas; finca 1) veintiocho millones setecientos sesenta y siete mil trescientos sesenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (¢28,356.489,00), finca 2) tres millones seiscientos cinco mil novecientos noventa y cinco colones con cincuenta céntimos (¢3.605.995,50) y finca 3) ocho millones ochocientos setenta y seis mil seiscientos treinta y siete colones con setenta y cinco céntimos (¢8.876.637,75) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil catorce con las bases de forma respectivas; finca 1) nueve millones quinientos ochenta y nueve mil ciento veintidós colones con veinticinco céntimos (¢5.589.122,25), finca 2) un millón doscientos un mil novecientos noventa y ocho colones con cincuenta y seis céntimos (¢1.201.998,56), finca 3) dos millones novecientos cincuenta y ocho mil ochocientos setenta y nueve colones con veinticinco céntimos (¢2.958.879,25) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fernando González Pérez. Exp. N° 13-001781-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 17 de setiembre del 2013.—Lic. Franz Loney Castro Solís, Juez.—(IN2013077354).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones inscritas al tomo: 354 asiento:19200-01-0890-002; a las nueve horas del veinticuatro de enero del dos mil catorce, y con la base de treinta y seis millones setecientos noventa y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento doce mil ciento cuarenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para cultivos. Situada en el distrito 02 Jiménez, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, sucesión de Miguel González Castro; al sur, Luis Alberto Quesada Alfaro y servidumbre agrícola; al este, sucesión de Miguel González Castro, y al oeste, Quebrada Samy. Mide: cincuenta y cinco mil ochenta y cinco metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diez de febrero del año dos mil catorce, con la base de veintisiete millones quinientos noventa y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veinticinco de febrero del año dos mil catorce con la base de nueve millones ciento noventa y siete mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ronald Eduardo Quesada Alfaro Exp. N° 13-002634-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 14 de noviembre del 2013.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2013077370).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del dieciséis de enero de dos mil catorce, y con la base de un millón ochocientos sesenta y seis mil cuatrocientos veintiocho colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: máquina de hacer café, marca Asstria, modelo AEP/DOS-PA(AVANTE), serie 563799, color negra, para doscientos veinte voltios, de dos grupos, con manguera de agua de desague y filtro descalsificados, maquina manual. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del treinta y uno de enero de dos mil catorce, con la base de un millón trescientos noventa y nueve mil ochocientos veintiún colones con doce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del diecisiete de febrero de dos mil catorce con la base de cuatrocientos sesenta y seis mil seiscientos siete colones con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Electrofrío de Costa Rica Sociedad Anónima contra Juliana Ortiz Marín. Exp. 13-004521-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 1º de octubre del 2013.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—(IN2013077372).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cinco minutos del treinta de enero del año dos mil catorce, y con la base de setenta y siete millones ochocientos cuarenta y dos mil trescientos cuarenta y seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos dieciocho mil setecientos uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Peréz Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Édgar Ortiz Garbanzo y Olman Ortiz Garbanzo; al sur, Édgar Ortiz Garbanzo; al este, calle pública con un frente a esta de 20.22 metros y Olman Ortiz Garbanzo y al oeste, Edgar Ortiz Garbanzo. Mide: mil quinientos setenta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cinco minutos del catorce de febrero del año dos mil catorce, con la base de cincuenta y ocho millones trescientos ochenta y un mil setecientos cincuenta y nueve colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cinco minutos del tres de marzo del año dos mil catorce con la base de diecinueve millones cuatrocientos sesenta mil quinientos ochenta y seis colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Édgar Andrés Ortiz Garbanzo. Exp. N° 13-001624-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 19 de noviembre del 2013.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2013077374).

A las ocho horas del diecisiete de diciembre de dos mil trece, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, en el mejor postor, de la manera que se dirá y con las bases que se indican, remataré las siguientes fincas inscritas en propiedad del Partido de Alajuela: 1) Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando Condiciones bajo las citas 0329-00000288-01-0901-002, y con la base del valor declarado en la Municipalidad de San Carlos, según certificación de folio 411, sea la base de setenta y tres millones doscientos siete mil cuatrocientos trece colones, la finca matrícula número 187617-000, que se describe así: Terreno Montaña charral y otro, sito: en distrito once, Cutris, cantón décimo, San Carlos, de la provincia de Alajuela, Linda al: norte, y este, Pablo Céspedes León, sur, Eloy Céspedes León y al oeste, Río Infiernillo. Mide: Ochocientos cincuenta y un mil doscientos cuarenta y ocho metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Se omite pronunciamiento en cuanto a las Limitaciones bajo las citas 0329-00000288-01-0902-003 ya que las mismas se encuentran vencidas. 2) Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base del valor declarado en la Municipalidad de San Carlos, según certificación de folio 411, sea la base de seis millones novecientos treinta mil cuatrocientos sesenta y dos colones, la finca del partido de Alajuela matrícula N° 187615-000, y que se describe así: Terreno de agricultura lote 23-56, sito: en distrito once, Cutris, cantón décimo, San Carlos, de la provincia de Alajuela, Linda al: norte, Guillermo Hernández, sur, y este, calle pública y al oeste, Río Infiernillo. Mide: Treinta y cinco mil trescientos cincuenta y nueve metros con cincuenta decímetros cuadrados. Se rematan por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Moisés Alemán Alemán contra Daniel Enrique Jiménez Berrocal y otros. Exp. N° 05-300117-0297-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 24 de octubre del 2013.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—(IN2013077381).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca en primer grado inscrita al tomo: 576 asiento: 23021, servidumbre de paso inscrita al tomo: 478, asiento: 9076 y servidumbre trasladada inscrita al tomo: 276 asiento: 4783; a las nueve horas y treinta y cinco minutos del veinte de enero del año dos mil catorce, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta mil ochocientos cincuenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de café, caña y bosques de pinos, montaña. Situada en el distrito 11 Páramo, cantón 19 Perez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Erlinda Castillo Segura; al sur, calle en servidumbre; al este, María Erlinda Castillo Segura, y al oeste, calle y Rodolfo Chacón Castillo. Mide: treinta mil ochocientos treinta y tres metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta y cinco minutos del cuatro de febrero del año dos mil catorce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta y cinco minutos del diecinueve de febrero del año dos mil catorce con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de María Mayela Mora Díaz contra William Chacón Castillo. Exp. N° 12-002724-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 13 de noviembre del 2013.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2013077382).

A las diez horas del diez de diciembre del dos mil trece, en la puerta exterior de este Despacho soportando gravamen en primer grado hasta por la suma de cuatro millones novecientos sesenta mil colones (¢4.960.000), citas 502-14358-01-0001-001, y sin sujeción a base, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número uno cero nueve nueve uno tres-cero cero cero, la cual es terreno destinado calle pública, área comunal y otros. Situada en el distrito 11 San Sebastián cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte carretera, Río Tiribí y otros; al sur Río Tiribí y otros; al este carretera, Río Tiribí y otros y al oeste Río Tiribí y otros. Mide: quince mil ochocientos setenta y nueve metros con diecisiete decímetros cuadrados. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales de Jorge Arturo Valverde Pacheco contra Edificadora Roma S. A. Exp. 92-000794-0214-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de noviembre del 2013.—Lic. Lourdes Montenegro Espinoza, Jueza.—(IN2013077384).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; pero soportando calle ref: 00120096-000 anotada bajo las citas 311-16547-01-0818-001; reservas ley aguas anotadas bajo las citas 407-6703-01-0245-001 y 408-10525-01-0475-001 y reservas ley caminos anotadas bajo las citas 407-6703-01-0371-001 y 408-10525-1-0579-001; a las quince horas del diez de enero del año dos mil catorce, y con la base de setenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 170754-000, la cual es terreno lote dos terreno de potrero. Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote uno; al sur, lote tres; al este, calle pública con cincuenta metros y tres centímetros de frente y al oeste, Emei Uno S. A. Mide: nueve mil novecientos cuarenta y un metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veintisiete de enero del dos mil catorce, con la base de cincuenta y seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del once de febrero del año dos mil catorce con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eduardo Uribe Bermúdez, Vista Hermosa ED & ME Sociedad Anónima. Exp. N° 13-019471-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de noviembre del 2013.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2013077411).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones; con la base de doce millones de colones (¢12.000.000); sáquese a remate el bien embargado en autos: Sea el vehículo placa 610147, marca Nissan, estilo Patrol GRX, categoría automóvil, serie JN1TESY61Z0556674, carrocería Station Wagon o familiar, tracción 4x4, chasís JN1TESY61Z0556674, Vin JN1TESY61Z0556674, Capacidad 7 personas, año 2006, color azul. Para tal efecto se señalan las diez horas del nueve de diciembre del dos mil trece. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del siete de enero del dos mil catorce, con la base de nueve millones de colones (¢9.000.000), rebajada en un 25% de la base original. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del veintidós de enero del dos mil catorce, con la base de tres millones de colones (¢3.000.000), un 25% de la base original. Publíquese el edicto de ley. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales de Adriana Carvajal Sancho contra Bos Costa Rica S. A., exp: 06-002500-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de noviembre del 2013.—Lic. Lourdes Montenegro Espinoza, Jueza.—(IN2013077439).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de David Mauricio Guillén Salazar, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y cero minutos del doce de diciembre de dos mil trece, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 12-000119-0346-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de octubre del 2013.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2013076959).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Julio Corella Álvarez a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas treinta minutos del doce de diciembre de dos mil trece, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente: 10-002185-0307-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de julio del 2013.—Lic. Wendy Martínez Garbanzo, Jueza.—1 vez.—(IN2013078115).

Títulos Supletorios

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de Información Posesoria promovido por Silvia Fallas Granados, mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de calle El Arreo en Puntarenas, contiguo a Domingo Bar, cédula de identidad N° 6-142-432, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de repastos. Mide: ciento treinta y siete mil doscientos veinticinco metros con dieciséis decímetros cuadrados. Sito: en Santa Clemencia, del distrito once Cóbano, del cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con río Ario y calle pública con un frente a ella de treinta y cinco metros con veintinueve centímetros lineales; al sur, con quebrada sin nombre en medio de Ronald Varela Sánchez; al este, con calle pública con un frente a ella de novecientos quince metros con noventa y ocho centímetros lineales, y al oeste, con quebrada sin nombre en medio de Ronald Varela Sánchez y río Ario. Según plano catastrado número P-un millón ciento ochenta y cinco mil doscientos cincuenta y cinco-dos mil siete (P-1185255-2007). Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueña. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el mismo. Lo adquirió por medio de posesión originaria. El inmueble lo estima en la suma de doscientos cincuenta mil colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria N° 13-160002-0642-AG, de Silvia Fallas Granados.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 14 de noviembre del 2013.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—(IN2013076915).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el expediente N° 09-100036-217-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de la cesionaria la empresa Berthier E B I de Costa Rica, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos quince mil setecientos cuarenta y uno, representada por el señor Juan Vicente Durán Víquez, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno de cafetal. Ubicado: en el distrito segundo San Miguel, cantón tercero Desamparados, de la provincia de San José, cuya área según el plano es de cinco seiscientos veinte metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Linda: al norte, con Ariasque S. A.; al sur, con Aníbal Hernández Delgado; al este, con empresas Berthier E B I de Costa Rica Sociedad Anónima, y al oeste, con calle pública con catorce metros. Según plano catastrado N° 1-1256642. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Expediente N° 09-100036-0217-CI. Información Posesoria promovida por la empresa Berthier E B I de Costa Rica.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 22 de octubre del 2013.—MSc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2013076920).

Petrita Saavedra Sánchez, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad N° 6-105-307, vecina de Golfito, y Nain Beita Saavedra, mayor, soltero, agricultor, portador de la cédula de identidad N° 6-090-976, promueven diligencias de Información Posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: Terreno: es terreno de montaña, tacotal. Situado: Punta Adela, distrito de Golfito, cantón Golfito, de la provincia de Puntarenas. Mide: setenta y tres hectáreas mil cuatrocientos tres metros con diez decímetros cuadrados. Linda: norte, Alejandro Morera Cedeño; sur, Nain Beita Saavedra y Petrita Saavedra Sánchez; este, Armonía Escondida S. A.; oeste, Playa Cativo Inn y en parte con Compañía Agrícola ULT Y ULL S. A., y en parte MINAE. Plano catastrado N° P-1178940-2007. Se estima el inmueble en la suma de dos millones de colones. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el Registro. Notifíquese. Información Posesoria N° 11-00023-0419-AG, interno N° 25-3-11 de Petrita Saavedra Sánchez y Nain Beita Saavedra.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2013076972).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000345-0640-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Souza Diana María Garbanzo de, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 1-1024-0281, profesión oficios de hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de café y monte. Situada: en el distrito Corralillo, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Laudencio González Navarro Ceciliano; al sur, Anelia Rojas Padilla; al este, acequia, y al oeste, Diana María Garbanzo de Sousa. Mide: dos mil doscientos ochenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° 3-1518316-2011. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima el inmueble en dos millones quinientos mil colones así como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por acuerdo verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño desde 1982. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapeo, abono, siembra, recolección y exportación de café. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Souza Diana María Garbanzo de. Expediente N° 11-000345-0640-CI.—Juzgado Agrario de Cartago, 9 de agosto del 2012.—Lic. María Rosa Castro García, Jueza.—1 vez.—(IN2013076981).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 05-000476-0296-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Temporalidades Iglesia Católica Diócesis Alajuela representada por, José Rafael Barquero Arce, quien es mayor, célibe, vecino de Alajuela centro, portador de la cédula de identidad número 4-065-237, obispo de la Diócesis de Alajuela, a fin de inscribir a nombre de su representada y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno construido con el templo de Berlín, un salón para comedor y zonas verdes. Situada en el distrito seis, San Rafael, cantón segundo, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Asociación de Desarrollo Comunal de Berlín; al sureste, calle pública con un frente a ella de veintitrés metros con cincuenta y ocho centímetros; al noroeste y al suroeste, Jorge Chavarría Arroyo. Mide: quinientos treinta y siete metros con un centímetro, según plano catastrado A-uno uno cero cuatro cero seis tres-dos mil seis. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Temporalidades Iglesia Católica Diócesis, Alajuela. Exp.: 05-000476-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón, Alajuela, 04 de octubre del 2013.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2013077106).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000057-0388-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de, Luis Fernando Ramírez Peralta quien es mayor, estado civil casado una vez, profesor pensionado, vecino de Tempate de Santa Cruz, Guanacaste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-0127-0963, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito (04) Tempate, cantón (03) Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Norman Zúñiga Ramírez; al sur, con Mayela Zúñiga Marchena; al este, con Yahaira Zúñiga Ramírez y al oeste, con calle pública con un frente a ella de dieciocho metros con setenta y ocho centímetros lineales. Mide: cuatrocientos cuarenta y un metros cuadrados, según plano G-1413503-2010. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de una compra que le hizo a los señores Norman Zúñiga Ramírez y Yajaira Zúñiga Ramírez el 6 de febrero de 2012, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuido del terreno, cercado del mismo, chapea y mantenimiento de cercas. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Luis Fernando Ramírez Peralta. Exp.: 12-000057-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 10 de julio del 2013.—Licda. Ana Victoria Gómez Zúñiga, Jueza.—1 vez.—(IN2013077126).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-160078-642-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Modesto Madrigal Conejo, quien es mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad N° 6-0032-0589, vecino de San Juan Grande, Esparza, de la parada Los Rogados, ciento cincuenta metros al este, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de pastos. Situada: en el distrito dos San Juan Grande, del cantón dos Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Wilberth Castro Villalobos; al este, Rafael Madrigal Conejo, y al oeste, Luis Fernando Pérez Pérez. Mide: cincuenta y dos mil once metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número uno cinco ocho cuatro uno nueve cero-dos cero uno dos. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima tanto el inmueble en la suma de tres millones de colones, y las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de su padre el señor Ismael Madrigal Chavarría, quien fuera mayor, viudo, agricultor, portador de la cédula de identidad N° 2-0014-1647, vecino de San Juan Grande de Esparza, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de pasto, cerca total de la finca y el mantenimiento que se le da a toda finca. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Modesto Madrigal Conejo. Expediente N° 12-160078-642-AG.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—(IN2013077238).

Se emplaza a todos los que tuvieran interés en proceso de Información Posesoria promovida por Warner Chacón Araya, cédula número dos-cuatrocientos cuatro-cero ochenta y cinco, casado una vez, comerciante, vecino de Esparza, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para agricultura. Sito: en Marañonal en el distrito tercero del cantón segundo, de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte y al oeste, con Arnoldo Chacón Solano; al sur, con calle pública con una medida de frente a ella de cuarenta y seis metros con treinta y ocho decímetros lineales; al este, con Juan Ramón González y Arturo Ruiz Chavarría, ambos en parte. Mide: tres mil ochocientos veintiséis metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-ciento cuarenta y siete mil novecientos noventa y tres-noventa y tres. Sin interrupción y a titulo dueño. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretenda inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria N° 01-100971-417-CI-1, de Warner Chacón Araya.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Jonathan Masís Solís, Juez.—1 vez.—(IN2013077240).

Citaciones

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Francia Del Socorro Potoy González, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, nacionalizada costarricense, cédula de identidad 8-0094-0599. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000706-0681-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pococí, 20 de mayo del 2013.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2013049710).

Mediante auto inicial de apertura de la escritura número cincuenta y dos-uno, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 02 de noviembre del 2013, por (i) Marlene Isabel Porras Vargas, cédula de identidad N° 2-0361-0555; (ii) Rosa Natalia Aguilar Porras, cédula de identidad N° 1-1188-0759; (iii) María Gerarda Aguilar Porras, cédula de identidad N° 1-1232-0648; y (iv) Ana Isabel Aguilar Porras, cédula de identidad N° 1-1327-0079 y, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuere: Gregorio Aguilar León, cédula de identidad N° 2-0326-0899. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, notario público con oficina abierta al público en la ciudad de San José, San José, Catedral, Barrio González Lahmann, avenida diez, calle diecinueve, número mil veinticinco, Bufete Castro & Herrera. Teléfono: 8376-0623. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio en sede notarial de Gregorio Aguilar León. Expediente N° 0001-2013-LABO.—San José, a las nueve horas del cuatro de noviembre del dos mil trece.—Lic. Luis Andrés Bonilla Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2013073432).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera el señor Luis Rodríguez Gutiérrez, quien fuera mayor, soltero, peón agrícola, vecino de Caballito de Nicoya, un kilómetro al noroeste de la escuela, cédula de identidad número: cinco-doscientos cuarenta y uno-cero cincuenta y cinco, fallecido el día dos de marzo del año dos mil dos, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o algún interés legítimo en la sucesión, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente 0001-2013-8889-jgzl. Notaria del licenciado José German Zamora Leal, sito 125 metros norte de Radio Cultural, Nicoya, Guanacaste. Teléfono: 2686-7569. Fax: 2686-4885.—Lic. José German Zamora Leal, Notario.—1 vez.—(IN2013074965).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera la señora Idaluz Torres Briceño, quien fuera mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Nicoya, frente antiguo Bar Mi Casa, cédula de identidad número: cinco-cero cincuenta y ocho-cero diecinueve, fallecida el día veinte de julio del año dos mil trece; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o algún interés legítimo en la sucesión, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente 0002-2013-8889-jgzl. Notaría del licenciado José German Zamora Leal, sito 125 metros norte de Radio Cultural, Nicoya, Guanacaste, teléfono: 2686-7569, fax: 2686-4885.—Lic. José German Zamora Leal, Notario.—1 vez.—(IN2013074970).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien fuera: Óscar Mora Paut, mayor, viudo una vez, pensionado, vecino de Barranca de Puntarenas, cédula N° 1-152-213, para que dentro del plazo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se apersonan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Sucesorio N° 13-100162-642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Jonathan Masís Solís, Juez.—1 vez.—(IN2013076918).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Franklin Contreras Varela, quien fue mayor, casado, pensionado, cédula número uno-trescientos setenta y ocho-seiscientos setenta y nueve, vecino de San José, Ciudad Colón, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en el plazo citado, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000230-0182-CI (3). Sucesión de Franklin Contreras Varela.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de noviembre del 2013.—Msc. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—1 vez.—(IN2013076923).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: María de los Ángeles Umaña Morera, mayor, costarricense, divorciada, cédula de identidad N° 0202710764, ama de casa, vecina de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000272-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de setiembre del 2013.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2013076925).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de Aurelia Ramona Olivares García, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Bajos de Jorco de Acosta, cédula de identidad número uno-ciento treinta y tres y ocho-trescientos veintidós, y de Esteban Portilla Bermúdez, quien fue mayor, viudo una vez, agricultor, vecino de Bajos de Jorco de Acosta, cédula de identidad número uno-cero cero once-cuatro mil setecientos sesenta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-100149-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 11 de julio del 2013.—MSc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2013076965).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Mario Francisco de la Trinidad Mora Méndez, mayor, casado dos veces, con documento de identidad N° 9-0013-0525, y vecino de Alajuelita. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-100127-0216-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita, y San Sebastián, 18 de octubre del 2013.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2013076966).

Se hace saber en este Despacho se tramita el proceso sucesorio testamentario de Juliana Gloria Moreno Canales, cédula N° 5-055-580, quien fue mayor, del hogar, vecina de Palmar Norte de Osa, costarricense. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-100027-423-CI-1.—Juzgado Civil de Osa, 19 de agosto del 2013.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2013076969).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Edwin Ramón Abarca Blanco, mayor, costarricense, soltero, comerciante, con cédula número uno-quinientos setenta y seis-quinientos setenta y seis, vecino de Cañas Gordas de Agua Buena, Puntarenas, trescientos metros norte de la Policía de Frontera, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Sucesorio N° 13-100034-920-CI-2 de Edwin Ramón Abarca Blanco, promovido por Teresa Blanco Navarro.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, Ciudad Neily, 7 de octubre del 2013.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—1 vez.—(IN2013076971).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: José Joaquín Ceciliano Vindas, mayor, casado, cédula de identidad N° 0900600606, y vecino de Barrio San José de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000405-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de octubre del 2013.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—1 vez.—(IN2013077002).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio promovido por Octavio Rodríguez Méndez, cédula 2-0527-0059 en sucesión de Ángel Belén Rodríguez Delgado, cédula 6-0057-0120, quien en vida fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Humberto de Los Chiles, 500 metros al este del puesto de la Guardia Civil. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 13-100014-0323-CI, causante: Ángel Belén Rodríguez Delgado.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Los Chiles, 24 de octubre del 2013.—Lic. Mario Angulo Salazar, Juez.—1 vez.—(IN2013077119).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de, Eduardo Sequeira Torres, mayor, casado una vez, comerciante, cédula número nueve-cero cuarenta y uno- trescientos ochenta y cuatro, vecino de Desamparados, San Rafael Abajo, barrio Santa Cecilia, calle La Unión y es gestionado por, María Beatriz Zúñiga Díaz, quien es mayor, viuda de únicas nupcias, ama de casa, cédula de identidad número cinco-ciento ochenta y dos-setecientos treinta y siete, vecina de San Rafael Abajo, barrio Santa Cecilia, calle La Unión. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de este proceso, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número 13-100019-0237-CI (21-2-13).—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 30 de octubre del 2013.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2013077147).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Andrés Gerardo Lafuente Barquero, quien fuera mayor, costarricense, casado dos veces, empresario, portador de la cédula número uno trescientos setenta y nueve ochocientos sesenta y cinco, vecino de Guachipelín, San Rafael de Escazú, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-000019-0180-CI.—San José, 12 de agosto del 2013.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2013077197).

Avisos

Se hace saber que en este Juzgado se han establecido diligencias de declaratoria de ausencia de Marco Tulio Espinoza Blanco, mayor, casado, guarda, vecino de Pavas, portador de cédula de identidad 6-119-225, promovidas por Giselle María Mora Cascante. Exp. N° 12-000224-183-CI declaratoria de ausencia de Marco Tulio Espinoza Blanco.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de julio del 2013.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—Exonerado.—(IN2013057279).   3 v. 3 Alt.

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Julia Zamora Vega, mayor, divorciada una vez, administradora, vecina de San Isidro de Heredia, cédula de identidad número 4-163-860; encaminado a solicitar la ausencia de Everaldo Da Costa Alves, mayor, exfutbolista, de nacionalidad brasileño, portador de la cédula de residencia 415-0212976-0000424. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Exp: 13-000299-0504-CI. Nota: Publíquese por tres veces con intervalos de un mes. Esta publicación se hará en el Boletín Judicial y en periódico de circulación nacional. Podrá hacerse por medio de la radio.—Juzgado Civil de Heredia, 7 de agosto del 2013.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—(IN2013057767).                                                                           3 v.  3 Alt.

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de la persona menor de edad Valentina Rodríguez Chinchilla ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 13-000502-0673-NA.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 5 de noviembre del año 2013.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—(IN2013076254).      3 v. 3.

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Francisco Bloise Villanueva, mayor, divorciado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 9-0460-971 y vecino de Cartago, 100 metros al oeste de las Oficinas Centrales de la JASEC. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000109-0640-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 9 de julio del 2013.—Msc. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—1 vez.—(IN2013076654).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso  sucesorio de Francisco Calderón Murillo, quien fue mayor, divorciado, cédula: 202090107, nacido en Sarchí Sur Grecia de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000211-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de abril del 2013.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2013076655).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Bloise Sánchez, mayor, casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 3-0075-0956 y vecino de Cartago, 100 metros al oeste de las Oficinas Centrales de la JASEC. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000508-0640-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 12 de agosto del 2013.—Msc. Flory Tames Brenes, Jueza.—1 vez.—(IN2013076656).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Agustina Cruz Rodríguez, mayor, desconocida, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0201140263 y vecina de Ciudad Quesada. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-100961-0317-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 1 de julio del 2013.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2013076679).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gonzalo Durán Ramírez, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de La Vieja de Florencia, de San Carlos, ciento veinte metros sur de la plaza, frente a Chocosuela número dos, con documento de identidad 0201350644. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-100609-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 29 de agosto del 2013.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2013076681).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Víctor Hugo Rodríguez Vargas, mayor, soltero, vecino de Heredia, Belén, cédula número dos-trescientos cincuenta y cinco- novecientos noventa y siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000177-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 5 de junio del 2013.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2013076710).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Manrique Christman Borbón, mayor, casado una vez, empleado del ICE, vecino de Alajuela, Turrucares, cédula de identidad 0111340566. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 13-000026-0638-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, 30 de agosto del 2013.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2013076713).

Licenciado Jean Carlos Céspedes Mora, Juez de Familia de Buenos Aires, al señor Omar Valverde Retana, mayor, costarricense, cédula de identidad número uno-cuatrocientos setenta y ocho-ochocientos cuarenta y ocho, domicilio ignorado, hace saber que en: Reconocimiento de hijo de mujer casada. Exp. N° 13-400055-1046-FA (58-13). Promueve: William Castro Figueroa. Demandados: Contra: Omar Valverde Retana y otra. Se ha dictado el auto de traslado de Reconocimiento de hijo de mujer casada a las diez horas treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil trece. Que dice: Juzgado de Familia de Buenos Aires, a las diez horas treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil trece. Se tiene por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovidas por William Castro Figueroa a favor de Jason Valverde Mora. Con vista en los folios 11 a 14, se tienen por apersonados la señora Maria del Carmen Mora Altamirano, así como Jason Valverde Mora, en su calidad de interesados en el proceso. En otro orden de ideas y con el fin de notificar al señor Omar Valverde Retana, solicítese: 1) al Registro Público Sección Mercantil, a fin de que indiquen si dicho señor tiene apoderado registral inscrito; y 2) al Departamento de Cuentas Cedulares del Registro Civil, a fin de que se sirvan enviar la cuenta cedular con la última dirección reportada. Expídanse los oficios respectivos. Notifíquese. Licenciado Jean Carlos Céspedes Mora. Juzgado de Familia de Buenos Aires, a las diez horas treinta minutos del cuatro de julio del dos mil trece. Visto el memorial de folio 24 se tiene por aportado por parte del Departamento de cuentas cedulares la dirección del demandado. Asimismo se ordena notificar esta resolución así como el auto de traslado de las diez horas treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil trece personalmente al señor Ómar Valverde Retana, quien se localiza en Heredia San Pablo, de la Escuela de San Pablo cien metros norte cincuenta metros oeste y cincuenta metros norte casa color celeste, para lo cual se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Heredia. Notifíquese. Licenciado Jean Carlos Céspedes Mora. Juzgado de Familia de Buenos Aires, a las catorce horas treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil trece. Revisado minuciosamente el presente asunto, se desprende que el señor Ómar Valverde Retana, padre de Jason Valverde Mora, no ha sido notificado de las presentes diligencias, por cuanto se desconoce su domicilio. Asimismo, constando la certificación de entradas y salidas del país y certificación de apoderado generalísimo que lo represente; se resuelve: Se ordena notificar por edicto al señor Omar Valverde Retana la presente resolución, la de las diez horas treinta minutos del cuatro de julio del dos mil trece, así como el auto de traslado dictado a las diez horas treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil trece. Expídase el edicto correspondiente, el mismo será remitido vía electrónica a la Imprenta Nacional, una vez firme la presente resolución. Quedando a disposición de la parte promovente la respectiva cancelación de los derechos de publicación. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 16 de octubre del 2013.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(IN2013076778).

Lic. Johanna Escobar Vega, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Ronny Víquez Alfaro, en su carácter personal, quien es mayor, divorciado, domador de caballos, de domicilio desconocido, cédula N° 1-1005-981, se le hace saber que en demanda suspensión patria potestad N° 12-001301-0292-FA, establecida por Isela María Chavarría Salazar contra Ronny Víquez Alfaro, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas y treinta y siete minutos del cuatro de diciembre del dos mil doce. De la anterior demanda abreviada de suspensión de patria potestad establecida por la accionante Isela María Chavarría Salazar, se confiere traslado al accionado Ronny Víquez Alfaro por medio de su curadora procesal, sea la Lic. Rosa Isabel Prieto Pochet por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones y otras Comunicaciones; del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a la curadora procesal de accionado en el medio señalado y a quien se le hace ver que las copias del expediente se encuentran a la orden en el Despacho. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones y otras Comunicaciones; del Primer Circuito Judicial de Alajuela. Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—(IN2013077020).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de William Pascual Madrigal Cortés. Expediente N° 13-000019-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 26 de setiembre del 2013.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—(IN2013077024).

Lic. María Bravo Núñez, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a María Cecilia Rojas Murillo e interesados, en su carácter promovente, se le hace saber que en proceso insania, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 701.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las diez horas del treinta de setiembre del dos mil trece. Declaratoria de insania gestionado por María Cecilia Rojas Murillo, mayor, cédula identidad N° 1-393-1214, vecina de Tirrases de Curridabat, en favor de Ana Lorena Murillo Azofeifa, quien es mayor, soltera, cédula identidad N° 1-1899-850, vecina del mismo domicilio de la gestionante. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—No se demostró: Ninguno de importancia…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Con base en lo expuesto, y normas citadas, se falla: Se declara como persona insana a la señora Ana Lorena Murillo Azofeifa, y se designa como su curadora definitiva a la señora María Cecilia Rojas Murillo, quien deberá aceptar el cargo dentro del plazo de cinco días una vez firme este fallo, la aceptación la podrá hacer mediante memorial debidamente autenticado por un profesional en derecho, o por acta en el despacho compareciendo la designada en forma personal. En aplicación del numeral 237 Código de Familia, se exonera a la señora María Cecilia Rojas Murillo de la rendición de cuentas mensuales respecto de los haberes de su hermana declarada como insana. Firme esta sentencia deberá ser publicada una vez en el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro Público, Sección de Personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del patrimonio de la señora Rojas Murillo. Notifíquese. Expediente N° 12-000904-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. María D. Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—(IN2013077025).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente N° 11-400608-0924-FA, los señores Evaristo Arce Araya y Ana Mileidy Durán Porras, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la menor Adriana María Ortega Alvarado. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 8 de octubre del 2013.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—(IN2013077192).

Se avisa que en este Despacho, los señores Daisy del Rocío Cortés Arce y Michael Cordero Alfaro, solicitan se apruebe la adopción conjunta y cambio de nombre de la persona menor de edad: Starling Josué Vega García. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 13-000532-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de octubre del 2013.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—(IN2013077227).

Lic. Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, hace saber a Leonel Pichardo Granera, que en este Despacho se interpuso un proceso autorización de salida de país en su contra, bajo el expediente N° 13-002378-0338-FA donde se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las catorce horas y un minuto del diecinueve de noviembre del dos mil trece. Del anterior proceso de autorización de salida del país, establecido por Fátima del Socorro Paz, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a Leonel Pichardo Granera (artículo 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial: http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del Despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha Institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones de este Circuito. Se señala para la audiencia de ley las ocho horas treinta minutos del trece de diciembre del dos mil trece. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En virtud de que se desconoce el domicilio del mismo se procede a publicar el edicto de ley el cual será remitido por medio del sistema electrónico FTP. Notifíquese. Lic. Patricia Cordero García, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso autorización de salida de país de Fátima Paz contra Leonel Pichardo Granera. Expediente N° 13-002378-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 19 de noviembre del 2013.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—(IN2013077304).

Edictos Matrimoniales

Se hace saber que ante la notaría del Lic. Róger Carmona González, han manifestado Eugenio Soto Barrantes, tres-cero dos tres uno-cero dos tres ocho y Rebeca Cristina Pérez Valenciano, uno-uno cero seis cuatro-cero nueve tres cero, que desean contraer matrimonio. Quien conozca impedimento para el mismo, deberá comunicarlo dentro de los ocho días siguientes a la publicación en esta notaría o en su defecto al correo electrónico bcasociadoscorp@gmail.com.—San José ocho de noviembre del dos mil trece.—Lic. Róger Carmona González, Notario.—1 vez.—(IN2013074922).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes: Yesenia Molina Carrillo, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad N° 0503130642, vecina de Caimital de Nicoya, 50 metros al oeste diagonal a las torres del I.C.E., hijo de María Francisca Carrillo Espinoza y Nicolás Molina Molina, nacida en el Centro Nicoya, Guanacaste, el 18 de diciembre de 1979, con 33 años de edad, y Yenci Fernando Obregón García, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad N° 0602650719, vecino de Caimital de Nicoya, 50 metros al oeste diagonal a las torres del I.C.E., hijo de Deidalia García Toruño y Carlos Manuel Obregón Porras, nacido en Neily, Corredores, Puntarenas, el 14 de enero de 1975, actualmente con 38 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 13-000285-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 28 de octubre del 2013.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—(IN2013077022).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes: Yesenia Molina Carrillo, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad N° 0503130642, vecina de Caimital de Nicoya, 50 metros al oeste diagonal a las torres del I.C.E., hijo de María Francisca Carrillo Espinoza y Nicolás Molina Molina, nacida en el Centro Nicoya, Guanacaste, el 18 de diciembre de 1979, con 33 años de edad, y Yenci Fernando Obregón García, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad N° 0602650719, vecino de Caimital de Nicoya, 50 metros al oeste diagonal a las torres del I.C.E., hijo de Deidalia García Toruño y Carlos Manuel Obregón Porras, nacido en Neily, Corredores, Puntarenas, el 14 de enero de 1975, actualmente con 38 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 13-000285-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 28 de octubre del 2013.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—(IN2013077022).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes: Juan Pablo Gómez Solís, mayor de edad, soltero, agricultor, cédula de identidad N° 0503730443, vecino de Lajas de Quiriman 600 metros al este de la Escuela, hijo de Edwin Gómez Villarreal y Odilie Solís Jiménez, nacido en Nicoya Centro, el 21 de noviembre de 1989, con 23 años de edad, y María Isabel Zúñiga Mayorga, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0503730451, vecina de Lajas de Quiriman 600 metros al este de la escuela, hija de Eladio Zúñiga Carrillo y María Fanny Mayorga Baltodano, nacida en Nicoya Centro, el 23 de noviembre de 1989, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 13-000261-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 7 de octubre del 2013.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—(IN2013077023).

El señor Mario Ernesto Zumbado Alpízar, mayor, divorciado, pensionado, vecino de Santa Bárbara de Heredia, cédula de identidad número 02-0305-0039 y la señora María Cristina Solano Cordero, mayor, educadora, divorciada, vecina de Santa Bárbara de Heredia, cédula de identidad número 02-0426-0340, presentan ante el Juzgado de Familia de Heredia, Reconocimiento de Unión de hecho. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicha unión se homologue, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto. Exp. 13-001219-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2013077187).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes: Jonathan Mendoza Ordóñez, mayor, soltero, vecino de Alajuelita, Proyecto 26 de Abril, cédula de identidad número uno-mil doscientos setenta y dos-quinientos ochenta y seis, costarricense, operador de máquina, con veintisiete años de edad, nació en Uruca, Central, San José, el día veintisiete de febrero de mil novecientos ochenta y seis, hijo de Randy Víctor Mendoza Vado, nacionalidad nicaragüense, vecino de Alajuelita y Blanca Flor Ordóñez Solano, nacionalidad costarricense, vecina de Alajuelita, y Stephanie García Mora, mayor, de veinticinco años, ama de casa, cédula número uno-mil trescientos sesenta y cuatro-cuatrocientos cuarenta y cuatro, nació en Carmen, Central, San José, el día diecisiete de agosto de mil novecientos ochenta y ocho, vecina Alajuelita, Proyecto 26 de Abril, hija de Zoila Rosa García Mora, nacionalidad costarricense, fallecida. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 2013-400495-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 2 de setiembre del 2013.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2013077224).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Ericka Alejandra Calvo Serrano, Víctor Manuel Villalobos Zamora, mayor, soltero, peón, cédula de identidad N° 0401720888, vecino de Los Cartagos de Heredia, hijo de Víctor Manuel Villalobos Loaiza y Carmen Zamora Jiménez, ambos padres de nacionalidad costarricense, nacido en Santo Domingo de Heredia, el 2 de junio de 1980, actualmente con 33 años de edad, y Ericka Alejandra Calvo Serrano, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0303750207, vecina de Carrizal de Alajuela, hija de Omar Calvo Leiva y María Lorena Serrano Quirós, ambos padres de nacionalidad costarricense, nacida en Cartago, el 11 de agosto de 1981, actualmente con 32 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 13-001903-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de octubre del 2013.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—(IN2013077231).

Edictos en lo Penal

Por requerirse en la sumaria penal número 13-201084-431-PE, en contra de Samuel Chavarría Allen, por el delito de accionamiento de arma, en perjuicio de la Seguridad Común, le solicito publicar por medio de edicto tres veces en el Boletín Judicial, lo que interesa de la resolución del Juzgado Penal de Puntarenas de las quince horas con treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil trece y que a continuación se transcribe, “se ordena devolución de artículo o donación a favor del Estado, la entrega del arma a la sociedad Aginsa Seguridad S. A., cédula jurídica número 3101352847 tipo revolver, calibre 38 SPL, marca Ranger, modelo 102, serie 06382C, color gris metálico, empuñadura color negra, con tres municiones en la recámara”. Se ordena publicar tres veces el edicto en el Boletín Judicial, en el cual se concederá el plazo de tres meses a partir de su última publicación a efectos de que la persona apoderada de la sociedad Aginsa Seguridad S. A., demuestre fehacientemente ser el propietario del bien decomisado se presente a reclamar con la documentación idónea, caso contrario, transcurrido el plazo indicado quedan a la orden de Arsenal Nacional el bien citado, ordenándose el comiso del mismo a favor del Estado, para que disponga su donación o su destrucción. Notifíquese.—Juzgado Penal de Puntarenas.—Lic. José Pablo León Vásquez, Juez.— (IN2013076251). 3. v. 3

Por requerirse en sumaria penal número 06-200090-591-PE, en contra de Chacón Vargas Pedro por el delito de Infracción Ley de Armas, en perjuicio de la Ley de Armas, le solicito publicar por medio de edicto tres veces en el Boletín Judicial, lo que interesa de la resolución del Juzgado Penal de Puntarenas de las siete horas con cincuenta minutos del tres de octubre del dos mil doce y que a continuación se transcribe “se ordena devolución de artículo o donación a favor del Estado, la entrega del arma de fuego tipo revólver, marca Doberman, calibre 22LR, modelo 61 serie 65887 inscrita a nombre de Carlos Enrique Villalobos Cerdas, cédula 1-572-028, vecino de San José, Pavas, Pueblo Nuevo, 50 metros al sur del Templo Pavas”. Se ordena publicar tres veces el edicto en el boletín Judicial, en el cual se concederá el plazo de tres meses a partir de su última publicación a efectos de que el señor Carlos Enrique Villalobos Cerdas demuestre fehacientemente ser el propietario del bien decomisado se presente a reclamar con la documentación idónea, caso contrario, transcurrido el plazo indicado quedan a la orden de Arsenal Nacional el bien citado, ordenándose el comiso del mismo a favor del Estado, para que disponga su donación o su destrucción. Notifíquese.—Juzgado Penal de Puntarenas.—Lic. José Pablo León Vásquez, Juez.—(IN2013076252).                             3. v. 3

Por requerirse en sumaria penal número 05-200023-591-PE, en contra de Efraín Brenes Arroyo, por el delito de amenazas en perjuicio de la Seguridad Pública, le solicito publicar por medio de edicto tres veces en el Boletín Judicial, lo que interesa de la resolución del Juzgado Penal de Puntarenas de las nueve horas con veintisiete minutos del dos de octubre del dos mil doce, y que a continuación se transcribe “se ordena devolución de artículo o donación a favor del Estado, la entrega del el arma de fuego tipo pistola, marca Sundance, calibre 25L, modelo A25, serie 079512 a nombre de Mohnssen Ingo, cédula 7048132312, vecino de San José, Loma Linda, Loto 2, casa 10 J” Se ordena publicar tres veces el edicto en el Boletín Judicial, en el cual se concederá el plazo de tres meses a partir de su última publicación a efectos de que el señor Mohnssen Ingo, cédula 7048132312 demuestre fehacientemente ser el propietario del bien decomisado se presente a reclamar con la documentación idónea, caso contrario, transcurrido el plazo indicado quedan a la orden de Arsenal Nacional el bien citado, ordenándose el comiso del mismo a favor del Estado, para que disponga su donación o su destrucción. Notifíquese.—Juzgado Penal de Puntarenas.—Lic. José Pablo León Vásquez, Juez.—(IN2013076255).    3 v. 3.

Licenciado Randall Araya Robles, Fiscal, Coordinador la Fiscalía Segundo Circuito Judicial de San José, a la señora Johanna Patricia Solano Chaves, cédula o documento de identidad número 0110100068, se le hace saber: Que en el Legajo de Legajo de Acción Civil Resarcitoria del expediente 10-006573-0175-PE, seguido en contra de Johanna Patricia Solano Chaves, en perjuicio de Leonor Elvira Bolaños Vargas, por el (los) delito (s) de daños, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Fiscalía Segundo Circuito Judicial de San José: De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por, Leonor Elvira Bolaños Vargas, a darle traslado al demandado civil Johanna Patricia Solano Chaves de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución al demandado civil y a su defensor en forma separada. En vista de que el (la) señor (a) Johanna Patricia Solano Chaves, es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución que antecede por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía Segundo Circuito Judicial de San José.—Randall Araya Robles, Fiscal.—1 vez.—(IN2013077101).