BOLETÍN JUDICIAL N° 35 DEL 19 DE FEBRERO DEL 2014

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

Dirección Ejecutiva del Poder Judicial.—San José, a las nueve horas del tres de febrero del dos mil catorce.—En vista de que no ha sido posible notificar a los particulares propietarios de los vehículos involucrados en colisiones, por desconocerse su paradero, según se cita a continuación, a solicitud de los despachos que se dirá:

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Se hace del conocimiento de estas personas, que de conformidad con lo establecido en el artículo 160 y 161 de la ley de tránsito anterior, tienen derecho a comparecer al despacho judicial dentro del término de ocho días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, a manifestar si desean constituirse como parte o no del proceso, con la advertencia de que no hacerlo, se entenderá que renuncian a ese derecho y los trámites continuarán hasta sentencia. Publíquese.

                                                                Alfredo Jones León,

                                                                            Director Ejecutivo

1 vez.—Exonerado.—(IN2014007935).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A Arnoldo Solano Rodríguez, mayor, notario público, cédula de identidad número 3-132-423, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 13-000190-627-NO establecido en su contra por Ana Vargas Gallardo, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial con Acción Resarcitoria de Ana Vargas Gallardo contra Arnoldo Solano Rodríguez, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. Con respecto de los hechos expondrá, con claridad, si los rechaza por inexactos o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestará las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En la misma oportunidad ofrecerá las pruebas que estime de su interés, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y a los hechos respecto de los cuales deberán referirse. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por medio de Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José quienes podrán notificarle en Barrio Luján casa 1626 Banco Costa Rica 150 N. Bufete Tarma. Así mismo, se ordena mediante comisión notificar a la Dirección Nacional de Notariado a través de la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito de San José, en: Curridabat, 50 metros este de la Heladería Pops Edificio Galería del Este Primer Piso. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al Registro Civil informe sobre el domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en el Colegio de Abogados y en la Dirección Nacional de Notariado. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Notifíquese. Lic. Doni David Panton Moya, Juez. De conformidad con la circular n°67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Notifíquese. San José, 12 de diciembre del 2013. Lic. Doni David Panton Moya, Juez Tramitador. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado(a) Arnoldo Solano Rodríguez, la resolución dictada a las once horas quince minutos del veinticuatro de mayo del dos mil trece en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 61), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 50), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son supuestas anomalías en escritura pública. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado(a) Arnoldo Solano Rodríguez, cédula de identidad número 3-132-423. Notifíquese.

San José, 5 de octubre del 2010.

                                                Lic. Doni David Panton Moya

1 vez.—(IN2014002831)                          Juez Tramitador

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Rafael Salazar Zúñiga, quien fue mayor, casado, costarricense, vecino de Guápiles, con cédula de identidad 1-0401-0320, y falleció el 07 de diciembre del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el Número 13-000322-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000322-1041-LA. Proceso promovido por Leonia María Hidalgo Porras a favor de Leonia María Hidalgo Porras.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 25 de noviembre del año 2013.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007821).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Julián Picado Valverde, quien fue mayor, casado, ingeniero agrónomo, y falleció el 28 de agosto del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el N° 13-000325-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000325-1041-LA. Proceso promovido por Marlene Ramírez Elizondo a favor de Marlene Ramírez Elizondo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 16 de diciembre del año 2013.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007824).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Enrique Salas Mejías, quien fue mayor, casado, costarricense, vecino de Florencia de San Carlos, operador de llantas, cédula de identidad 2-343-893, y falleció el 13 de octubre del año 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el N° 13-000326-1291-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000326-1291-LA. Proceso promovido por Teresita Barrantes Castro.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela; 14 de enero del año 2014.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007832).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Rafael Salazar Zúñiga, quien fue mayor, casado, costarricense, vecino de Guápiles, con cédula de identidad 1-0401-0320, y falleció el 07 de diciembre del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el N° 13-000322-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 13-000322-1041-LA. Proceso promovido por Leonia María Hidalgo Porras a favor de Leonia María Hidalgo Porras.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 25 de noviembre del año 2013.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007943).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Julián Picado Valverde, quien fue mayor, casado, ingeniero agrónomo, y falleció el 28 de agosto del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el N° 13-000325-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000325-1041-LA. Proceso promovido por Marlene Ramírez Elizondo a favor de Marlene Ramírez Elizondo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 16 de diciembre del año 2013.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007946).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Enrique Salas Mejías, quien fue mayor, casado, costarricense, vecino de Florencia de San Carlos, operador de llantas, cédula de identidad 2-343-893, y falleció el 13 de octubre del año 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el N° 13-000326-1291-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000326-1291-LA. Proceso promovido por Teresita Barrantes Castro.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 14 de enero del 2014.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007951).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Medardo Picado Díaz, quien fue mayor, casado, nicaragüense, peón agrícola, vecino de Santa Isabel de Río Cuarto de Grecia, cédula de residencia 155800882515, y falleció el 29 de noviembre del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el N° 13-000328-1291-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000328-1291-LA. Proceso promovido por Justina Solís González.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 15 de enero del año 2014.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007953).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ademar Álvarez Soto, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad 7-155-770 , y falleció el 25 de febrero del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el N° 13-000329-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000329-1041-LA. Proceso promovido por María Elena Soto Hernández a favor de María Elena Soto Hernández.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 16 de diciembre del año 2013.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007954).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Emérito Francisco Chavarría Díaz, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad 5-166-634, y falleció el 22 de febrero del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el N° 13-000335-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000335-1041-LA. Proceso promovido por Chaslin Yariela Chavarría Madrigal a favor de Chalin Yariela Chavarría Madrigal.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 16 de diciembre del año 2013.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007955).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eliécer Quesada Zúñiga, quien fue mayor, casado, costarricense, cédula de identidad 1-221-345, y falleció el 04 de enero del año 2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el N° 13-000337-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000337-1041-LA. Proceso promovido por Cristina Segura Sáenz a favor de Cristina Segura Sáenz.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 16 de diciembre del año 2013.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007961).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Cesar Fernando Araya Jiménez, quien fue mayor, cédula de identidad 7-129-268, soltero, peón agrícola, y falleció el 25 de octubre del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el N° 13-000355-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000355-1041-LA. Proceso promovido por Mayela Jiménez Fernández a favor de Mayela Jiménez Fernández.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 14 de enero del año 2014.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—Exonerado.—(IN2014007962).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Luis Guerrero Zúñiga, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad 7-169-296, y falleció el 08 de abril del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el N° 13-000357-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000357-1041-LA. Proceso promovido por Ana Cecilia Zúñiga Agüero a favor de Ana Cecilia Zúñiga Agüero.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 14 de enero del año 2014.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007963).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Alexander Jiménez Espinoza, quien fue mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad 7-138-570, y falleció el 01 de octubre del año 2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el N° 13-000359-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000359-1041-LA. Proceso promovido por Francisco Jiménez Casares a favor de Francisco Jiménez Casares.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 15 de enero del año 2014.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—Exonerado.—(IN2014007965).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y reservas, y al ser las nueve horas y treinta minutos del trece de mayo del año dos mil catorce, y con la base de cuarenta millones trescientos quince mil cuatrocientos seis colones con dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta mil novecientos ochenta y cinco cero cero cero, la cual es terreno lote 6-29-1-A terreno de árboles frutales, árboles maderables y breñones. Situada en el distrito 08 Cajón, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, William Solís Mata; al sur, Escuela del lugar y Azarias Solís Solís; al este, Coopemadereros R.L y al oeste, calle pública. Mide: treinta y cinco mil doscientos sesenta y cuatro metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del año dos mil catorce, con la base de treinta millones doscientos treinta y seis mil quinientos cincuenta y cuatro colones con cincuenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de junio del año dos mil catorce con la base de diez millones setenta y ocho mil ochocientos cincuenta y seis colones con cincuenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica (S. A.) contra Máximo Vargas Rodríguez. Exp: 14-000003-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 31 de enero del año 2014.—Lic. Allan López Chacón, Juez Decisor.—(IN2014008591).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del siete de marzo del año dos mil catorce, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número C-132075. Marca Hino. Estilo FB4JGSA. Categoría carga pesada. Capacidad 3 personas. Año 2001. Color blanco. Vin JHDFB4JGS1XX11893. Cilindrada 5307 c.c. Combustible diesel. Motor Nº J05CB16558. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil catorce, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de abril del año dos mil catorce con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Roy Alonso Artavia Hidalgo contra Carlos Antonio Jiménez Quesada. Exp: 13-002567-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 23 de enero del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014008616).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del seis de marzo de dos mil catorce, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y un mil cuatrocientos noventa y cinco cero cero cero la cual es terreno de cafetal. Situada en el distrito Salitrillos, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 6m 5dm, Francisco Morales y Arlyn García Jiménez; al sur, Marcos Gerardo Guzmán Gutiérrez y Aurelia Falles; al este, Francisco Morales y Hermanos Guzman Gutiérrez y al oeste, Arlyn García y servidumbre de paso. Mide: tres mil doscientos treinta y ocho metros con treinta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado número SJ-0631685-2000. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de marzo de dos mil catorce, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de abril de dos mil catorce con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Multi-Mercados S. A. contra Corporación Sibu de La Montaña S. A. Exp: 12-026429-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de diciembre del año 2013.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2014008620).

En la puerta exterior de este despacho; soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal bajo las citas 573-61282-01-0001-001; a las ocho horas y cero minutos del tres de abril del año dos mil catorce, y con la base de un millón novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 212.444-005, la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito 1, Quesada cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Compañía Ganadera La Rivera S A; sur, calle pública; este, calle pública; oeste, José Joaquín Chaverri Murillo. Mide: trescientos cinco metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Plano: A-0547727-1984. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de abril del año dos mil catorce, con la base de un millón cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de mayo del año dos mil catorce con la base de cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Roy Artavia Alvarado contra Maynor Artavia Alvarado. Exp: 13-002920-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 06 de enero del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014008624).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 303-22060, 368-11458; a las diez horas y cero minutos del trece de marzo del año dos mil catorce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 134919-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ema Martínez Martínez; al sur, calle pública con 11.50 mts; al este, Rafael Fuentes Badilla y al oeste, Rodolfo Torres Castillo, Xinia Carrillo Navarro. Mide: ciento cincuenta y siete metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de marzo del año dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de abril del año dos mil catorce con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de fideicomiso Coopemex / B.C.R-2010 contra Jorge Daniel Torres Carrillo. Exp: 12-020055-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, II Circuito Judicial de San José, 14 de enero del año 2014.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Juez.—(IN2014008648).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del tres de abril del año dos mil catorce, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 443.121-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 7, La Fortuna cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto de Presa T C O S. A; sur, Transpipa S. A; este, calle pública con un frente de 20,00 metros; oeste, resto de Presa T C O S. A. Mide: mil veinte metros cuadrados. Plano: A-1262666-2008. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de abril del año dos mil catorce, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de mayo del año dos mil catorce con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Conducen y contra Alfredo Peralta Volio, Presa TCO Sociedad Anónima. Exp: 13-002921-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 06 de enero del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014008657).

A las nueve horas treinta minutos del nueve de mayo del dos mil catorce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas 269-06919-01-0003-001, anotación de embargo bajo las citas 800-1403223-01-0001-001, con la base de diecinueve millones setecientos noventa y cinco mil colones, en el mejor postor remataré: la finca hipotecada que es finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número cuatrocientos ochenta y siete mil cuatrocientos sesenta y uno- cero cero cero, que es terreno de agriculturas, sito en Pital, distrito seis de San Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela; lindante al norte José Alberto Castro Otárola, al sur Carlos Miranda Zamora y Asdrúbal Salazar Molina, al este José Alberto Castro Otárola, quebrada en medio Abdenago Vargas Quesada y Wilberth Herrera Murillo, Enrique Barrantes Quesada, Carlos Miranda Zamora, y al oeste: Grupo Verapan S. A. Mide doscientos noventa mil cuatrocientos sesenta y siete metros cuadrados; plano catastrado número A-1486853-2011; propiedad del demandado José Alberto Castro Otárola. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de catorce millones ochocientos cuarenta y seis mil doscientos cincuenta colones, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil catorce. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cuatro millones novecientos cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta colones, se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de junio del dos mil catorce. Lo anterior por estar así ordenado en Proceso de ejecución hipotecaria del Banco Crédito Agrícola de Cartago contra José Alberto Castro Otárola. Exp. Nº 13-000271-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 3 de febrero del 2014.—Licda. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—(IN2014008660).

En la puerta exterior de este despacho; con la base de ocho millones trescientos ochenta y seis mil quinientos dieciséis colones exactos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada al tomo: 332, asiento: 5588, servidumbre traslada al tomo 389, asiento 1566, secuencia 01 subsecuencia 900, servidumbre trasladada al tomo 389 asiento 1566 secuencia 01 subsecuencia 901, servidumbre trasladada al Tomo 389 Asiento 1566 secuencia 01 subsecuencia 902, servidumbre trasladada al Tomo 389 Asiento 1566 Secuencia 01 Subsecuencia 903, servidumbre trasladada al Tomo 389 Asiento 1566 Secuencia 01 subsecuencia 904, servidumbre trasladada al Tomo 389 Asiento 1566 secuencia 01 Subsecuencia 905, servidumbre de paso al Tomo 2012 secuencia 220523; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos veintisiete mil novecientos noventa y dos cero cero cero con número de plano SJ-487695-1998 que es terreno de café, situado en el distrito dos, San Lorenzo del cantón cinco Tarrazú de la provincia de San José, linda al norte, con Óscar Valverde Marín y otro, sur, Rocío Chanto Bermúdez, al este, con Humberto Chanto Bermúdez y al oeste, con Carlos Mauricio Chanco Bermúdez y servidumbre de paso y mide diez mil setecientos cincuenta y siete metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro del marzo del dos mil catorce (Primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce del siete de abril del dos mil catorce, con la base de seis millones doscientos ochenta y nueve mil ochocientos ochenta y siete colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del cinco de mayo del dos mil catorce, con la base de dos millones noventa y seis mil seiscientos veintinueve colones exactos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Bautista Bermúdez Valverde contra Humberto Chanto Campos. Exp: 13-004265-1164-CJ.—Juzgado Agrario de Cartago, 3 de febrero del año 2014.—Lic. Bernardo Solano Solano, Juez.—(IN2014008662).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del siete de abril de dos mil catorce, y con la base de tres millones quinientos tres mil colones (¢3.503.000.00), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos diecisiete mil ochocientos trece cero cero cero (217813-000) la cual es terreno de café. Situada en el distrito 07 Corralillo, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Juan Bautista Valverde Valverde y Yurro en medio de José Navarro Brenes; al sur, Marta Elvia Navarro Ceciliano, Ruperto Jiménez Cordero, José Navarro Brenes y Yurro en medio de José Navarro Brenes y de Walter Calderón Monge; al este, calle pública con un frente de sesenta y nueve metros con treinta y siete centímetros, Ruperto Jiménez Cordero, José Navarro Brenes y Marta Elvia Navarro Ceciliano y al oeste, Yurro en medio de José Navarro Brenes y de Walter Calderón Monge. Mide: veinte mil novecientos noventa y siete metros con noventa y un centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veintiocho de abril de dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos veintisiete mil doscientos cincuenta colones (¢2.627.250.00) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del doce de mayo de dos mil catorce con la base de ochocientos setenta y cinco mil setecientos cincuenta colones (¢875.750.00) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Abraham Barahona Alfaro contra Carmen Salmerón Rojas. Exp: 13-005099-1164-CJ.—Juzgado Agrario de Cartago, 10 de enero del 2014.—Licda. María Rosa Castro García, Jueza.—(IN2014008664).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del cinco de marzo de dos mil catorce, y con la base de treinta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y cinco-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno con cuatro casas. Situada en el distrito Granadilla, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Asociación Centro Cristiano de restauración gran visitación de dios; al sur, calle pública con 9 metros 20 centímetros; al este, lote 34 y Óscar Chamorro Lanza y al oeste, lote 32 y Gonzalo Mora León. Mide: doscientos cinco metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de marzo de dos mil catorce, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de abril de dos mil catorce con la base de ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse  así en proceso ejecución hipotecaria del actor Turística El Encuentro Sociedad Anónima y del actor Inversiones Doña Amelia R.A. S Sociedad Anónima contra el demandado Víctor Hugo Gerardo Martínez Mora y la demandada Leonela Gutiérrez Fernández 0900730216. Todo dentro del expediente número 13-003341-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 10 de febrero del año 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN201308688).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José bajo la sumaria 09-610512-489-TC; a las catorce horas y quince minutos del doce de marzo del dos mil catorce, y con la base de siete mil siete dólares con setenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 719525, marca Suzuki, estilo alto DX, año 2008, color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del veintisiete de marzo del dos mil catorce, con la base de cinco mil doscientos cincuenta y cinco dólares con ochenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veintiuno de abril del dos mil catorce, con la base de mil setecientos cincuenta y un dólares con noventa y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Michael Anthony Loveday, expediente N° 10-004704-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de diciembre del año 2013.—Lic. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2014009133).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil catorce, y con la base de tres millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: CL-251996, marca Toyota, estilo Hilux, categoría carga liviana capacidad 4 personas, chasis VZN1105126415, carrocería caja abierta o cam-pu, tracción 4x4, año de fabricación 1993 Nº de motor 3VZ0602223, cilindrada 3000 c.c., cilindros 06, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de abril del dos mil catorce, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del ocho de mayo del dos mil catorce, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Hortensia Fuentes Cordero contra Luis Ricardo Fallas Bermúdez, expediente N° 13-007949-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 6 de febrero del año 2014.—Lic. Eduardo Rivas Álvarez, Juez.—(IN2014009137).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del once de marzo del dos mil catorce, y con la base de dieciocho mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo montacargas, marca Komatsu, modelo SB 15-3, serie 60286, combustible diesel, cilindrada 4 cilindros. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veintiséis de marzo del dos mil catorce, con la base de trece mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del diez de abril del dos mil catorce, con la base de cuatro mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de John Paul Tansey contra Juan Carlos Sánchez Arce, expediente N° 13-001763-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 3 de diciembre del año 2013.—Lic. José Francisco Azofeifa Barrantes, Juez.—(IN2014009139).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y quince minutos del veinticinco de abril del dos mil catorce, y con la base de veinticinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: El montacargas Komatsu; modelo FD 31.1; Motor 339652; diesel; cilindro cuatro color gris; transmisión automática, capacidad de levante 2500 kilogramos; motor enfriado con agua; altura máxima con mástil estirado cinco mil trescientos cuarenta y cinco milímetros; llantas neumáticas. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del trece de mayo del dos mil catorce, con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del veintiocho de mayo del dos mil catorce, con la base de seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de John Tansey contra Juan Carlos Sánchez Arce, expediente N° 13-000680-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, 13 de noviembre del año 2013.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014009140).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 308-06882-01-0901-001 y servidumbres de paso bajo las citas: 2010-356114-01-0006-001 y 2011-113786-01-0009-001; a las quince horas y cero minutos del doce de mayo del año dos mil catorce, y con la base de quince millones doscientos cuarenta y un mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 479228-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04, Aguas Zarcas, cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Argo de Venecia Sociedad Anónima; sur, Hazel Campos Rodríguez; este, Argo de Venecia Sociedad Anónima, y oeste, servidumbre de paso con un frente de diez metros. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados, plano: A-1483686-2011. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de mayo del año dos mil catorce, con la base de once millones cuatrocientos treinta y un mil trescientos noventa colones con noventa y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del once de junio del año dos mil catorce, con la base de tres millones ochocientos diez mil cuatrocientos sesenta y tres colones con sesenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra David Edemar Picado Badilla, expediente N° 13-003563-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 29 de enero del año 2014.—Lic. Shirley Montoya Montero, Jueza.—(IN2014009142).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 360-07303-01-0901-001; a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de abril del año dos mil catorce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 453515-000, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 11 Cutris, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Inversiones Hermanos Salas González S. A.; noroeste, calle pública con frente de 13 metros 84 centímetros lineales, sureste, Inversiones Hermanos Salas González S. A., suroeste, Inversiones Hermanos Salas González S. A. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros con treinta y ocho decímetros cuadrados, plano: A-1252909-2007. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de mayo del año dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de mayo del año dos mil catorce, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Ramón González Salas, expediente N° 13-003356-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 22 de enero del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014009145).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 306-14848-01-0002-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas: 2010-250970-01-0004-001; a las catorce horas y cero minutos del doce de mayo del año dos mil catorce, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 488770-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con 23.90 mts y María de los Ángeles Sánchez Aguilar; sur, Rosemary Aguilar Varela; este, German Fabricio Higalgo Vargas, y oeste, calle pública con 20.00 mts. Mide: trescientos nueve metros cuadrados, plano: A-1474506-2011. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de mayo del año dos mil catorce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del once de junio del año dos mil catorce, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luz Fanny Quesada Alpízar contra Delvin Martín Morales González, expediente N° 13-003484-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 29 de enero del año 2014.—Lic. Shirley Montoya Montero, Jueza.—(IN2014009146).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de marzo del dos mil catorce, y con la base de ochenta y cuatro mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y cuatro mil doscientos setenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para vivienda N° 38. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 37; al sur, lote 40; al este, calle pública, y al oeste, lotes 39 y 36. Mide: trescientos sesenta y un metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de abril del dos mil catorce, con la base de sesenta y tres mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de mayo del dos mil catorce, con la base de veintiún mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hacienda Milla Veinticinco S. A. contra Mayra Romero Neal, expediente N° 12-001182-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 4 de noviembre del año 2013.—Lic. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2014009155).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del treinta y uno de marzo del dos mil catorce, y con la base de cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta y cuatro dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 678462, marca Audi, estilo A4, año 2007, vin WAUZZZ8E87A201101, color amarillo, 4 puertas, cilindraje 3123 c.c. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de abril del dos mil catorce, con la base de cuarenta mil novecientos noventa y ocho dólares con treinta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de mayo del dos mil catorce, con la base de trece mil seiscientos sesenta y seis dólares con doce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Andrés Navarrete Rodríguez, expediente N° 09-003016-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de enero del 2014.—Msc. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—(IN2014009159).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado; a las nueve horas y cero minutos del veintiséis de mayo del año dos mil catorce, y con la base de veintitrés millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos diecisiete mil cuatrocientos veintisiete-cero cero cero, la cual es terreno de pastos con una casa. Situada en el distrito 04 Piedades Norte, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Mariana Barboza Rojas; al sur, calle publica con un frente de 49 metros 98 centímetros; al este, servidumbre de paso en medio y Miguel Víquez Víquez, y al oeste, Mariana Barboza Rojas; al noreste, Pedro Alfaro González, al noroeste, Claudio Rojas Picado; al sureste, María de los Ángeles Rojas Barboza, al suroeste, calle publica con un frente de cincuenta metros con noventa y un centímetros. Mide: dos mil doscientos setenta y un metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de junio del año dos mil catorce, con la base de diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de junio del año dos mil catorce, con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Walter José Marín Castro contra María del Socorro Rojas Barboza, expediente N° 13-005348-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 29 de octubre del año 2013.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014009163).

En la puerta exterior de este Despacho; a las nueve horas y cero minutos del veintiocho de abril del año dos mil catorce, 1) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de a y a citas: 0420-00017660-01-0001-001; y con la base de nueve millones ochocientos setenta y ocho mil trescientos colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cuatro mil trescientos noventa y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Margarita Viales Hernández; al sur, servidumbre de paso; al este, Margarita Viales Hernández, y al oeste, calle pública. Mide: doscientos doce metros con cero decímetros cuadrados. 2) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 0420-00017660-01-0001-001; y con la base de nueve millones ciento setenta y un mil seiscientos noventa y nueve colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y tres mil ciento sesenta y dos- cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Margarita Viales Hernández; al sur, Margarita Viales Hernández; al este, Margarita Viales Hernández, y al oeste, calle publica con un frente a esta de 8.01 metros lineales. Mide: doscientos cuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de mayo del año dos mil catorce, 1) con la base de siete millones cuatrocientos ocho mil setecientos veinticinco colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento). 2) con la base de seis millones ochocientos setenta y ocho mil setecientos setenta y cuatro colones con sesenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de mayo del año dos mil catorce. 1) con la base de dos millones cuatrocientos sesenta y nueve mil quinientos setenta y cinco colones con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial), 2) con la base de dos millones doscientos noventa y dos mil novecientos veinticuatro colones con ochenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Randall Araya Araya, expediente N° 13-002708-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 3 de febrero del año 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014009181).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda ordinaria citas: 2012-46990-01-0001-001; a las siete horas y treinta minutos del cuatro de marzo del año dos mil catorce, y con la base de doscientos mil dolares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y siete mil setecientos setenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 12-B lote 2. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Lotes 1 y 2; al sur, lotes 6-A y 6-B; al este, lote 6, y al oeste, calle pública con 14 metros de frente. Mide: dos mil novecientos diez metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. plano: G-0626145-2000. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del diecinueve de marzo del año dos mil catorce, con la base de ciento cincuenta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del tres de abril del año dos mil catorce, con la base de cincuenta mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Doce Fremar Vino RCC S. A., José Rodolfo Ortiz Mendieta, expediente N° 13-002291-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 24 de octubre del año 2013.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2014009195).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del cinco de marzo del año dos mil catorce, y con la base de un millón noventa y seis mil novecientos cuarenta y un colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número diecisiete mil cuarenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, camino público con frente de 410.91 metros; al sur, Marcial Mena Barquero; al este, camino público con 258.01 metros, y al oeste, Carlos Chaves Rodríguez. Mide: ciento cuarenta y dos mil setecientos treinta y tres metros con cuarenta decímetros cuadrados. Plano: G-0048124-1962. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de marzo del año dos mil catorce, con la base de ochocientos veintidós mil setecientos seis colones con veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de abril del año dos mil catorce, con la base de doscientos setenta y cuatro mil doscientos treinta y cinco colones con cuarenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3101500857 S. A., Héctor Villalobos Barahona, expediente N° 13-002512-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 3 de diciembre del año 2013.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2014009270).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las trece horas treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil catorce, y con la base de diecisiete millones ochocientos veintidós mil seiscientos ochenta y cuatro colones con noventa y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 242056-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 19; al sur, lote 17; al este, lote 43 destinado a calle pública y al oeste, Suc. de Rosalina Alvarado Rodríguez. Mide: trescientos treinta metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil catorce, con la base de trece millones trescientos sesenta y siete mil trece colones con setenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de mayo del dos mil catorce con la base de cuatro millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y un colones con veintitrés céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ecotrade Internacional Sociedad Anónima, Inversiones Mi Papá y Mi Mamá Sociedad Anónima. Exp. N° 13-001849-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 11 de febrero del 2014.—Lic. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2014009291).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada bajo las citas tomo 320 asiento 9755; a las dos horas y treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil catorce, y con la base de veintiséis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y tres mil cuarenta y cinco- cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa de habitación. Situada en el distrito (05) San Francisco, cantón (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Rafael Solano Espinoza; al sur, calle con 10 metros; al este, Francisco Orozco Calderón y al oeste, Anais Rodríguez. Mide: ciento noventa y nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dos horas y treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil catorce, con la base de diecinueve millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las dos horas y treinta minutos del nueve de mayo del dos mil catorce con la base de seis millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Anaco Sociedad Anónima contra Inmobiliaria Mechitas y Colochos Sociedad Anónima. Exp. N° 13-009792-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 22 de enero del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014009292).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso según citas: 488-05565-01-0004-001 finca referencia 300077682 000 servidumbre de paso según citas: 2011-63596-01-0005-001; a las once horas y cero minutos del nueve de junio del dos mil catorce (11:00 am), y con la base de quince millones cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 232555-000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito Capellades, cantón Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Sonia Fernández Cascante; al sur, servidumbre de paso; al este, calle pública y al oeste, Liliana Fernández. Mide: cuatrocientos cincuenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de junio del dos mil catorce (11:00 am), con la base de once millones doscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del nueve de julio del dos mil catorce (11:00 am) con la base de tres millones setecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Anaco S. A., contra Liliana Fernández Cascante. Exp. N° 13-010858-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de enero del 2014.—Lic. Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2014009298).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones y condiciones anotadas al tomo: 301, asiento: 5830, secuencia: 01-0901-031 y 01-0902-019 respectivamente; a las nueve horas y cero minutos del once de marzo del dos mil catorce, y con la base de dos millones setenta y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 162416-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Pittier, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Eliam Chaves Segura; al sur, julia reyes calero; al este, calle pública y al oeste, Eliam Chaves Segura. Mide: doscientos ochenta y ocho metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de marzo del dos mil catorce, con la base de un millón quinientos cincuenta y nueve mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de abril del dos mil catorce con la base de quinientos diecinueve mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra José Mauricio Retana Ortega. Exp. N° 11-013134-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de enero del 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Juez.—(IN2014009301).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las quince horas y treinta minutos del dos de abril del dos mil catorce, y con la base de cuatro millones seiscientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 48918-000, la cual es terreno de café y pejibaye. Situada en el distrito 02 Tucurrique, cantón 04 Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Río Reventazón; al sur, calle en medio de Ramón Aguilar; al este, Antonio Araya Hernández y al oeste, Francisco Araya Hernández. Mide: ocho mil cincuenta y siete metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil catorce, con la base de tres millones cuatrocientos sesenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del trece de mayo del dos mil catorce con la base de un millón ciento cincuenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Anaco Sociedad Anónima contra Refugio Alberto Rodríguez Sánchez. Exp. N° 13-010288-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 28 de enero del 2014.—Lic. Eduardo Rivas Álvarez, Juez.—(IN2014009306).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del cinco de mayo de dos mil catorce y con la base de diez millones de colones exactos (¢10.000.000,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y cinco mil cuatrocientos cuarenta y cuatro-cero cero uno y cero cero dos, 00095444-001 y 002, que son nuda propiedad y usufructo. La cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 01 Pacayas, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Álvaro Sancho Piedra; al sur, Uriel Acuña Obando; al este, Miguel Masís Garita, Godofredo Calvo Gómez y Arnoldo Calvo Gómez; todos en parte y al oeste, calle pública con 4.61 metros, quebrada en medio Reinaldo Granados Guzmán. Mide: veinte mil ochocientos ochenta y tres metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del diecinueve de mayo de dos mil catorce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (¢7.500.000,00) (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del tres de junio de dos mil catorce, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (¢2.500.000,00) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Anaco Sociedad Anónima contra Jaqueline Ramona Acuña Montero. Exp. N° 13-004268-1164-CJ.—Juzgado Agrario de Cartago, 13 de enero del 2014.—Lic. Rebeca Salazar Alcócer, Jueza.—(IN2014009316).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones así como Condic Prohib Ref: 030054-000 el inmueble 6-108201-000; y de igual forma libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones en el caso del inmueble 6-79015-000, a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil catorce, y con la base para el inmueble 6-108201-000 de treinta millones quinientos mil colones exactos, y para el inmueble 6-79015-000 de diecisiete millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 108201-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Cecilio Parra; al sur, calle pública con 12.50 metros; al este, Yolanda Villanueva Agüero y al oeste, Didier Alcides Villanueva. Mide: trescientos cuarenta metros con sesenta decímetros cuadrados. Así como la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 79015-000, la cual es terreno para construir . Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 39.82; al sur, Mayela Beita; al este, Pindeco Sociedad Anónima y al oeste, calle con 10.62. Mide: cuatrocientos diecinueve metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de abril del dos mil catorce, con la base para el inmueble 6-108201-000, de veintidós millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos y para el inmueble 6-79015-000 de doce millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de mayo del dos mil catorce, con la base para el inmueble 6-108201-000 de siete millones seiscientos veinticinco mil colones exactos y para el inmueble 6-79015-000 la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Delma Ureña Vindas y Marco Ney Fonseca Ureña. Exp. N° 13-005355-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 14 de enero del 2014.—Lic. Gabriela Mora Vargas, Jueza.—(IN2014009341).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres trasladadas anotadas bajo los tomos: 289; 294; 343; 385 y 404, asientos: 921; 20478; 14781; 15038 y 11306 respectivamente; a las nueve horas y cero minutos del catorce de marzo del dos mil catorce, y con la base de veintiséis millones quinientos trece mil seiscientos setenta y seis colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 189736-000, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ronald Vega Vega; al sur, calle pública con un frente de 9.00 metros; al este, Jufara S. A. y al oeste, Héctor Castro Corrales. Mide: doscientos seis metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de marzo del dos mil catorce, con la base de diecinueve millones ochocientos ochenta y cinco mil doscientos cincuenta y siete colones con nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de abril del dos mil catorce con la base de seis millones seiscientos veintiocho mil cuatrocientos diecinueve colones con tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María de los Ángeles Morales Marchena. Exp. N° 13-027422-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de enero del 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014009342).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del veinticuatro de abril del dos mil catorce,, y con la base de seis mil quinientos sesenta y ocho dólares con sesenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa 756823 marca: Hyundai estilo: Tucson GL categoría: automóvil capacidad: 5 personas serie: KMHJM81VP8U870090 carrocería: todo terreno 4 puertas año: 2008 color: negro. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de mayo del dos mil catorce, con la base de cuatro mil novecientos veintiséis dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de mayo del dos mil catorce con la base de mil seiscientos cuarenta y dos dólares con diecisiete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A. contra Vanessa Angulo Torres y Mias Luis López de Haros. Exp. N° 13-016714-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de enero del 2014.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014009344).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas: 296-10581-01-0002-001; a las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil catorce, y con la base de doscientos ochenta y ocho mil quinientos cincuenta dólares con cincuenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y ocho mil seiscientos sesenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno de café con una casa y jardín. Situada en el distrito San Pablo, cantón San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Priscilla León Hernández; al sur, calle pública con un frente de 33 mts con 1 cm; al este, lote segundo y al oeste, Albertina Hernández Chavarría. Mide: dos mil doscientos setenta y un metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil catorce, con la base de doscientos dieciséis mil cuatrocientos doce dólares con noventa y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil catorce con la base de setenta y dos mil ciento treinta y siete dólares con sesenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Javier Murillo Rojas, Yolanda Hernández Espinoza y Twister Sociedad Anónima. Exp. N° 13-004756-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 30 de enero del 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014009348).

En la puerta exterior de este Despacho; en el mejor postor se rematará lo siguiente: 1) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando siete reservas y restricciones tomo 331 asiento 8653, tomo 338 asiento 13798, tomo 800 asiento 13799, tomo 385, siento 4819, tres servidumbre de aguas pluviales tomo 574 asiento 85227; primer remate a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos (ocho horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano) del seis de marzo del dos mil catorce, y con la base de ciento cuarenta y ocho mil trescientos cuarenta dólares con setenta y siete centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y seis mil ochocientos dieciocho-F-cero cero cero, la cual es finca filial individualizada número ciento setenta y cuatro, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número ciento sesenta y seis; al sur, calle uno; al este, finca filial primaria individualizada número ciento setenta y tres y al oeste, área de servidumbre. Mide: cuatro mil diez metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos (ocho horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano) del veintiuno de marzo del dos mil catorce, con la base de ciento once mil doscientos cincuenta y cinco dólares con cincuenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos (ocho horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano) del siete de abril del dos mil catorce con la base de treinta y siete mil ochenta y cinco dólares con diecinueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial); 2) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando siete reservas y restricciones 331 asiento 8653, tomo 338 asiento 13798 tomo 800 asiento 13799, tomo 385, asiento 4819, tres servidumbre de aguas pluviales tomo 574 asiento 85227, primer remate a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos (ocho horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano) del seis de marzo del dos mil catorce, y con la base de doce mil quinientos noventa y ocho dólares con noventa y tres centavos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y seis mil setecientos sesenta y ocho-F- cero cero cero, la cual es finca filial primaria individualizada número ciento veinticuatro, terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número ciento veinticinco; al sur, área común libre de área recreativa; al este, finca filial primaria individualizada número ciento veintisiete y al oeste, calle uno. Mide: tres mil setecientos sesenta y dos metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos (ocho horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano) del veintiuno de marzo del dos mil catorce, con la base de nueve mil cuatrocientos cuarenta y nueve dólares con diecinueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos (ocho horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano) del siete de abril del dos mil catorce con la base de tres mil ciento cuarenta y nueve dólares con setenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3-101-577152 S. A. Exp. N° 11-001666-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de enero del 2014.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014009350).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes anotaciones; pero soportando hipoteca de primer grado; a las once horas y treinta minutos del siete de abril del dos mil catorce, y con la base de sesenta y cinco millones cuatrocientos cincuenta y tres mil quinientos ochenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta mil doscientos noventa y siete- cero cero cero, la cual es terreno para construir con 3 casa de habitación. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de paso y Martín Alexis Bolívar González; al sur, canal artificial en medio de Hernán Arias; al este, Asociación Iglesia Puerta del Cielo de Parrita y al oeste, Oldemar Mesen Bermúdez. Mide: mil cuatrocientos treinta y seis metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del treinta de abril del dos mil catorce, con la base de cuarenta y nueve millones noventa mil ciento ochenta y cinco colones exactos y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil catorce con la base de dieciséis millones trescientos sesenta y tres mil trescientos noventa y cinco colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Distribuidora Agrocomercial S. A. contra Juan Francisco Moreno Corrales. Exp. N° 12-000192-0295-CI.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 14 de octubre del 2013.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014009351).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones al tomo: 331, y asiento: 8653, al tomo 338 y asiento 13798; a las dieciséis horas y cero minutos (cuatro horas y cero minutos pasado meridiano) del cinco de marzo del dos mil catorce, y con la base de veintisiete millones seiscientos ochenta y seis mil doscientos setenta y cuatro colones con setenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y seis mil seiscientos sesenta y ocho-F-cero cero cero, la cual es de naturaleza finca filial primaria individualizada número veintidós terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle uno; al sur, finca filial primaria individualizada número veintitrés y veinticuatro; al este, finca filial primaria individualizada número veintiuno, y al oeste, calle uno y finca filial primaria individualizada número veintitrés ambos en parte. Mide: cuatro mil doscientos ochenta y cinco metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos (cuatro horas y cero minutos pasado meridiano) del veinte de marzo del dos mil catorce, con la base de veinte millones setecientos sesenta y cuatro mil setecientos dos colones con nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos (cuatro horas y cero minutos pasado meridiano) del cuatro de abril del dos mil catorce, con la base de seis millones ochocientos ochenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Leonardo Cordero Suarez, expediente N° 12-003338-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de enero del año 2014.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014009360).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y quince minutos (tres horas y quince minutos pasado meridiano) del cinco de marzo del dos mil catorce, y con la base de setenta y cinco millones setecientos catorce mil doscientos setenta y un colones con treinta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y seis mil setenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 01 San Pedro, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Sucesión Jorge Luis Carvajal; al sur, calle pública con 13m 24 cm; al este, Mario Rojas Sequeira, y al oeste, Virginia Dubont y otro en parte. Mide: trescientos treinta y dos metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos (tres horas y quince minutos pasado meridiano) del veinte de marzo del dos mil catorce, con la base de cincuenta y seis millones setecientos ochenta y cinco mil setecientos tres colones con cincuenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos (tres horas y quince minutos pasado meridiano) del cuatro de abril del dos mil catorce, con la base de dieciocho millones novecientos veintiocho mil quinientos sesenta y siete colones con ochenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Corporación Inmobiliaria Jhoali S. A., expediente N° 11-000149-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de diciembre del año 2013.—Lic. Pablo Rubí Espinoza, Juez.—(IN2014009362).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones al tomo 311 y asiento 9049, servidumbre trasladada al tomo 335 y asiento 10332, serv canal riegref al tomo 343 y asiento 4417; a las diez horas y treinta minutos (antes meridiano) del cinco de marzo del dos mil catorce, y con la base de veintidós millones ciento cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y seis colones con seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y cinco mil quinientos treinta-F-cero cero cero, la cual es de naturaleza Finca filial primaria individualizada número setenta y cinco-E apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 06 San Isidro, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Área común libre de parque; al sur, área común libre de acceso trece; al este, finca filial primaria individualizada número setenta y cuatro-E, y al oeste, área común libre de parque. Mide: trescientos trece metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos (antes meridiano) del veinte de marzo del doscientos catorce, con la base de dieciséis millones seiscientos diez mil ochocientos ochenta y cuatro colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos (antes meridiano) del cuatro de abril de dos mil catorce con la base de cinco millones quinientos treinta y seis mil novecientos sesenta y un colones con cincuenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra James Alberto Barrantes Bravo, expediente N° 11-000916-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de diciembre del año 2013.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014009363).

A las ocho horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil catorce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, soportado anotaciones de embargo al tomo 800, asiento 40205 y tomo 800, asiento 63969, ambos consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia 001 y según informe técnico visible a imagen 189 del expediente electrónico, dicho inmueble presenta un problema de inconsistencia de medida que indica el plano, con la medida Registral, ello atribuible posiblemente a un error de Catastro, es por eso que se tomó como medida o valor real el ofrecido por el estudio registral. Para el primer remate y con la base de veintitrés millones novecientos cincuenta y nueve mil trescientos veintidós colones con cincuenta y dos céntimos según informe pericial visible de la imagen 176 a la 180 del expediente electrónico, remataré se el inmueble del partido de Alajuela, matrícula número doscientos ochenta y nueve mil doscientos tres-cero cero dos, sito en el distrito 01 Quesada, cantón diez San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, calle pública y Maykol Gómez Vargas; al sur, Francisco Argüello Argüello; al este, Fernando Enrique Vargas Solís y Maykol Gómez Vargas; al oeste, calle pública y Mykol Gómez Vargas; al noreste, calle pública; al noroeste, calle pública y Esteban Eduardo Vargas Solís; al sureste, Juan Luis Vargas Solís y Esteban Eduardo Vargas Solís; y al suroeste, Ernesto Argüello Corrales, el cual mide veintidós mil ciento cincuenta y seis metros con treinta y un decímetros cuadrados propiedad de Rodrigo Zamora Jiménez según plano catastrado N° A-0210169-1994. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de diecisiete millones novecientos sesenta y nueve mil cuatrocientos noventa y un colones con ochenta y nueve céntimos, se señalan las ocho horas treinta minutos del siete de julio del dos mil catorce (08:30 horas del 07:07:2014). En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cinco millones novecientos ochenta y nueve mil ochocientos treinta colones con sesenta y tres céntimos, para la segu señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil catorce (08:30 del 21-07-2014). Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución prendaria (simple por conversión) establecido por la Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R. L. (COOCIQUE R.L.), contra Juan Luis Vargas Solís y otro. Expediente N° 11-000167-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 5 de febrero del 2014.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—(IN2014009374).

En la puerta exterior de este Despacho; al ser las once horas y treinta minutos del tres de marzo del dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios; soportando servidumbre dominante (Citas: 359-13461-01-0004-001); y con la base de tres millones trescientos setenta y ocho mil noventa y dos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y nueve mil ochocientos sesenta y cuatro-cero cero uno y cero cero dos, la cual es lote 5 C terreno para construir. Situada en el distrito 05 Ipís, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote C 6; al sur, Municipalidad de Goicoechea; al este, calle Alemania, y al oeste, Fuertejidos S. A. Mide: ciento nueve metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil catorce, con la base de dos millones quinientos treinta y tres mil quinientos sesenta y nueve colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del dos de abril del dos mil catorce, con la base de ochocientos cuarenta y cuatro mil quinientos veintitrés colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Lidiette María Blanco Quesada y Manuel Antonio Blanco Gómez, expediente N° 13-010573-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de diciembre del año 2013.—Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014009379).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (Citas: 371-06860-01-0806-001); a las catorce horas y quince minutos del cinco de marzo del dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintidós mil novecientos noventa y siete- cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno para construir con una casa de habitación de dos plantas y cochera lote 4 bloque N. Situada en el distrito 03 Santiago, cantón 05 San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 5 bloque N, propiedad de Febrero 3 del 96 G Y V S. A.; al sur, lote 3 bloque N, propiedad de Bernard Powell Lorein; al este, lote 6 bloque N propiedad de Ericka Villalobos Hernández, y al oeste, calle pública con 6.50 metros de frente. Mide: ciento veintisiete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del veinte de marzo del dos mil catorce, con la base de doce millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del cuatro de abril del dos mil catorce, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Lilliana Ramírez Sancho, expediente N° 13-009006-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de febrero del año 2014.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014009383).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos (antes meridiano) del diez de marzo de dos mil catorce, y con la base de catorce millones dieciséis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y dos mil doscientos ochenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 12. Situada en el distrito siete Fortuna, cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Lote 4 de Fabiola María Monge Salas; al sur, Florecillas de La Fortuna S. A.; al este, calle pública con un frente de 9,00 metros; y al oeste, Wilfredo Jiménez Chacón y Yanory Obando Miranda. Mide: ciento sesenta y nueve metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos (antes meridiano) del veinticinco de marzo de dos mil catorce, con la base de diez millones quinientos doce mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos (antes meridiano) del nueve de abril de dos mil catorce con la base de tres millones quinientos cuatro mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Eric c.c. Erick Zúñiga Jiménez. Exp. 10-002608-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de enero del 2014.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014009384).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 40007 000 citas: 331-15099-01-0901-001, condiciones ref: 00040007 000 citas: 364-10285-01-0900-001, e demanda ordinaria citas: 800-114771-01-0001-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano del veintiséis de marzo de dos mil catorce, y con la base de dieciocho millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y dos mil treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno de patio y solar con una casa. Situada en el distrito 01 Corredor, cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Arcadio Chavarría Chavarría y Cira Cerdas Montero; al sur, calle pública con veintiún metros, treinta y ocho centímetros; al este, Carlos Herrera Delgado; y al oeste, José Contreras Montiel. Mide: cuatrocientos cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano del diez de abril de dos mil catorce, con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano del veinticinco de abril de dos mil catorce con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Óscar Villegas Parra. Exp. 13-006272-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de enero del 2014.—Lic. Benito Jiménez Carranza, Juez.—(IN2014009386).

En el Juzgado de Trabajo II Circuito Judicial de la Zona Atlántica; a las ocho horas y treinta minutos veintidós de abril de dos mil catorce, y con la base de tres millones doscientos sesenta y tres mil novecientos veinte colones cero céntimos (¢3.263.920), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00047643-000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito Siquirres cantón Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jorge Valladares; al sur, Gerardina Molina; al este, Río Siquirres; y al oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos siete metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de mayo de dos mil catorce, con la base de dos millones cuatrocientos cuarenta y siete mil novecientos cuarenta colones con cero céntimos (¢2.447.940) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de mayo de dos mil catorce con la base de ochocientos quince mil novecientos ochenta colones con cero céntimos (¢815.980) (rebajada en un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso otros ord. sector privado de Yessica Agüero Brenes contra Corporación Segotre de Guácimo S. A. Exp. 11-001586-0929-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de febrero del 2014.—Lic. Floricel Oviedo Miranda, Jueza.—(IN2014009400).

A las ocho horas treinta minutos del siete de marzo del dos mil catorce, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones inscritas al asiento diez mil seiscientos treinta y seis, del tomo trescientos veintidós; y con la base de doce millones doscientos mil colones exactos, remataré, la finca del partido de Puntarenas, al Sistema de Folio Real, matrícula número: ciento treinta y un mil cuatrocientos ochenta y seis-cero cero cero, que es terreno para construir bloque B, lote B-8, situado en el distrito primero, Liberia, del cantón primero de la provincia de Guanacaste, con una medida de ciento sesenta metros cuadrados; con linderos: al norte, calle pública de ocho metros; al sur, lote B-19; al este, lote B-7; y al oeste, lote B-9. Para segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base de la finca, sea con la suma de nueve millones ciento cincuenta mil colones exactos, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil catorce, si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca sea con la suma de tres millones cincuenta mil colones exactos, y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil catorce. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante, el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca. Se rematan por ordenarse así en expediente Nº 11-100006-0927-CI (6-4-2011)-A, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Banco de Costa Rica contra Steve Roberto Gregory Wang y otra.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 17 de diciembre del 2013.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—(IN2014009402).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; reservas y restricciones citas 272-00801-01-0901-001 a las ocho horas y treinta minutos del siete de marzo de dos mil catorce, y con la base de veintiún millones quinientos setenta mil cuatrocientos treinta y nueve colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y siete mil cuarenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Cortés, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Doña Imelda S. A.; al sur, María Lorena Rosales Morera; al este, Comité de Deportes de Puerto Cortes; y al oeste, calle pública. Mide: mil treinta y nueve metros cuadrados. Plano: P-1405199-2010. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil catorce, con la base de dieciséis millones ciento setenta y siete mil ochocientos veintinueve colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de abril de dos mil catorce con la base de cinco millones trescientos noventa y dos mil seiscientos nueve colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Hannier Arturo Peralta Chaves. Exp. 13-000380-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 30 de octubre del 2013.—Lic. Yesenia Auxiliadora Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014009416).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del once de marzo de dos mil catorce, y con la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento doce mil seiscientos treinta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Guápiles, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Creaciones e Inversiones Múltiples del Atlántico S.R.L; al sur, Guido y Freddy Madrigal Jiménez; al este, calle pública; y al oeste, Marcos Quirós Arias. Mide: doscientos sesenta metros cuadrados, lo anterior según el plano catastrado número L-cero cinco cuatro cuatro cero uno siete-mil novecientos noventa y nueve. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil catorce, con la base de veinticinco millones trescientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil catorce con la base de ocho millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jonnathan Cascante Baltodano. Exp. 12-012214-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 4 de noviembre del 2013.—Lic. Gabriela Mora Vargas, Jueza.—(IN2014009455).

A las ocho horas del veintitrés de abril del dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando el gravamen de denuncia penal con citas de inscripción: tomo: 800, asiento: 113746, secuencia: 001 y con la base de un millón ciento ochenta y cuatro mil colones, en el mejor postor remataré: vehículo placa 186636, marca Isuzu, categoría: automóvil, serie: JACCH58L3H7800245, carrocería: Station Wagon o Familiar, tracción: no aplica, número de chasis: JACCH58L3H7800245, año de fabricación: 1987, color: negro, Vin: JACCH58L3H7800245, estilo: Trooper II LS, uso: particular, número de motor: 387514, cilindrada: 2254 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del seis de mayo del dos mil catorce, con la base de ochocientos ochenta y ocho mil colones con 00/100 (rebaja de un 25%); y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintidós de mayo del dos mil catorce con la base de doscientos noventa y seis mil colones con 00/100 (un 25% de la base inicial). Se previene al deudor indicado que deberá presentar dicho vehículo a la hora y fecha del remate ante este Despacho, a fin de inspeccionarlo y de que los posibles postores lo analicen. Proceso de ejecución dentro de Pensión Alimentaria 06-700144-0441-PA, de: Rodríguez Atencio Juliana Judith contra Cruz Moncada Francisco Arturo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, 7 de febrero del 2014.—Msc. Yamileth Tejada Solano, Jueza.—(IN2014009475).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las siete horas y treinta minutos del veinte de marzo del dos mil catorce y con la base de veintitrés millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y un mil quinientos cincuenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 05 Sámara, cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Marina Playa Samara S. A.; al sur, servidumbre de paso con un ancho de 6,00 metros y un frente a esta de 13,00 metros; al este, Marina Playa Sámara S. A.; y al oeste, Marina Playa Sámara S.A. Mide: cuatrocientos cinco metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-1189583-2007. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del cuatro de abril del dos mil catorce, con la base de diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil catorce, con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Raúl Martín Rodríguez Castillo. Expediente: 13-001336-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 28 de enero del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014009198).

En la puerta exterior de este Despacho, al ser las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de abril de dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios; soportando Servidumbre de Aguas Pluviales, (citas: 495-07840-01-0001-001) y Servidumbre de Aguas Pluviales, (citas: 496-02860-01-0002-001) y con la base de veintiún mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos noventa y un mil novecientos veintisiete-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Upala, cantón 13 Upala de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 1 de Zunly Ulate Chaverri; al sur, Desarrollos Urbanísticos Upala S. A.; al este, Junta de Educación Escuela Teodoro Picado; y al oeste, calle pública con un frente de 25.31 metros. Mide: quinientos dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del seis de mayo de dos mil catorce, con la base de dieciséis mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de mayo de dos mil catorce, con la base de cinco mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rodrigo Alberto Muñoz Ramírez contra Zunly Ulate Chaverri. Expediente: 13-012285-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de enero del 2014.—Lic. Edwin Vásquez Macalacad, Juez.—(IN2014009216).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del diecinueve de agosto del dos mil catorce y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos sesenta y tres mil novecientos cincuenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 25,63 metros de frente, Marvin Jara Chacón y Olga Sánchez Salazar; al sur, Tralves S. A.; al este, Carlos Enrique Solís Guzmán y Marvin Jara Chacón; y al oeste, Kauli S. A., y Carlos Enrique Solís Guzmán. Mide: dos mil trescientos noventa metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de setiembre del dos mil catorce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del dos mil catorce, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Catalina Rivera Sanabria. Expediente: 10-100027-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 29 de enero del 2014.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2014009252).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las quince horas y treinta minutos del diez de marzo del dos mil catorce y con la base de dos millones novecientos cincuenta y siete mil setecientos cincuenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas CL 121541, marca Toyota, estilo Dyna, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, año 1993, color rojo, vin BU960005004, cilindrada 3660 cc, combustible diesel, motor N° 1291789. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil catorce, con la base de dos millones doscientos dieciocho mil trescientos doce colones con cincuenta céntimos y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil catorce, con la base de dos millones doscientos dieciocho mil trescientos doce colones con cincuenta céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Cooperativa de Productores Independiente Liberia contra Eduardo Antonio Pérez Rodríguez. Expediente: 11-000789-0295-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 20 de setiembre de 2013.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014009266).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante, citas: 0359-00013461-01-0004-001, a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de abril de dos mil catorce y con la base de nueve millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 459912-000, la cual es terreno para construir con árboles frutales y ornamentales, lote 25 E. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, Avenida Berlín; al sur, lote 11 E; al este, lote 26 E; y al oeste, lote 24 E. Mide: ciento un metro con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del quince de mayo de dos mil catorce, con la base de siete millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta de mayo de dos mil catorce, con la base de dos millones cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Building For Rent Sociedad Anónima contra Constructora Artemis del Caribe S. A. Exp. 14-000748-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de enero del 2014.—Lic. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014009269).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando cuatro servidumbres trasladadas y dos servidumbres de aguas pluviales (ambos derechos), a las quince horas treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil catorce y con la base de once millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 202209-001-002, la cual es terreno lote número I-2, terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 03 La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote I-3; al sur, lote I-13; al este, calle pública con frente de 8 metros 05 cm; y al oeste, lote I-3. Mide: ciento veinte metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del nueve de abril de dos mil catorce, con la base de ocho millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del cinco de mayo de dos mil catorce, con la base de dos millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Darla Vanessa Trejos Mora, José Sigifredo Villalobos Salazar. Expediente: 13-005137-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 17 de enero del 2013.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014009275).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, así como obligaciones, ref. 1848 527 002, a las diez horas y treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil catorce y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 124830-000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 02 Jiménez, cantón 02 Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Luis Guillermo Granados Valverde; al este, Luis Guillermo Granados Valverde; y al oeste, Miguel Alfaro Méndez. Mide: diez mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil catorce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de mayo de dos mil catorce, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Luis Guillermo Granados Valverde. Expediente: 13-002399-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de enero del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014009277).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas de Ley de Agua y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas 0316-00012898-01-0063-001, 0316-00012898-01-0064-001, Condiciones, bajo las citas 0316-00012898-01-0902-027,0392-00008846-01-0910-001, 0392-00008846-01-0913-001, Reservas y Restricciones, bajo las citas 0316-00012898-01-0901-079,0392-0008846-01-0911-001, 0392-00008846-01-0912-001, a las trece horas y treinta minutos del cuatro de junio de dos mil catorce, y con la base de cuarenta y seis millones cuatrocientos ochenta y cinco mil setecientos nueve colones con cincuenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento quince mil ochocientos cuarenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura con casa y corral. Situada en el distrito 03 Canoas, cantón 10 Corredores de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública, Salvador Araica Araica, Porfirio Víctor Mayorga; al sur, Orlando Chamorro Díaz, Arley Trejos Naranjo, baldíos del IDA; al este, Albina Chaves Castillo; y al oeste, Río Colorados. Mide: un millón seiscientos cincuenta mil ochocientos setenta y un metros con cero decímetros cuadrados. Plano: P-0276769-1977. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de junio de dos mil catorce, con la base de treinta y cuatro millones ochocientos sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y dos colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de julio de dos mil catorce, con la base de once millones seiscientos veintiún mil cuatrocientos veintisiete colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ceferino Víctor Mayorga, Eydelma de los Ángeles Víctor Martínez. Expediente: 13-000807-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito,15 de enero del 2014.—Lic. Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014009278).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones, bajo las citas 0388-00000942-01-0918-003, a las nueve horas y treinta minutos del dos de junio de dos mil catorce y con la base de catorce millones ochocientos veinte mil doscientos cincuenta y ocho colones con veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa y cinco mil ciento doce-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Pavón, cantón 07 Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Hugo Jiménez Rojas; al sur, calle pública; al este, Hugo Jiménez Rojas; y al oeste, Hugo Jiménez Rojas. Mide: mil doscientos quince metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil catorce, con la base de once millones ciento quince mil ciento noventa y tres colones con setenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de julio de dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cinco mil sesenta y cuatro colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional contra Hugo Jiménez Rojas. Expediente: 13-000768-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 14 de enero del 2014.—Lic. Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014009280).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, a las catorce horas y treinta minutos del dos de julio de dos mil catorce y con la base de treinta y tres millones mil quinientos siete colones con noventa y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil novecientos cuarenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura Asentamiento La Flaminia, lote 287. Situada en el distrito 03 Horquetas, cantón 10 Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, parcela 273 y calle pública; al sur calle pública; al este, calle pública; y al oeste, parcela 288. Mide: ciento veinte mil cuatrocientos cincuenta metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de julio de dos mil catorce, con la base de veinticuatro millones setecientos cincuenta y un mil ciento treinta colones con noventa y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del uno de agosto de dos mil catorce, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil trescientos setenta y seis colones con noventa y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones Fazao Sociedad Anónima. Expediente: 13-001938-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 11 de febrero del 2014.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(IN2014009289).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 184-03243-01-0902-001, servidumbre de paso citas: 574-77295-01-0005-001, y limitaciones de leyes 7052, 7208 sist. financiero de vivienda citas: 577-75520-01-0003-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano del cinco de marzo del dos mil catorce, y con la base de tres millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y ocho mil quinientos sesenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno de zona verde. Situada en el distrito 09 Palmera, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Municipalidad de San Carlos cementerio de la Palmera; al sur, Rigoberto Guerrero Saborío; al este, Antonio Fernando Morera Carvajal, y al oeste, Melvin Gerardo Vegas Blanco. Mide: trescientos diecisiete metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano del veinte de marzo del dos mil catorce, con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano del cuatro de abril del dos mil catorce, con la base de ochocientos dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Eduard Gerardo Moya Valdelomar, expediente N° 13-007825-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de diciembre del año 2013.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014009380).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando prohibiciones artículo 16 ley 7599 citas: 0517-00012343-01-0136-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 0570-00016320-01-0003-001 ; a las ocho horas y cero minutos del trece de marzo del dos mil catorce, y con la base de trece millones ochocientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y ocho mil trescientos diez-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno asentamiento zona norte. Lote 12-C-1005 para construir. Situada en el distrito primero Upala, cantón trece Upala, de la provincia de. Colinda: al norte, Haida Sixta Ortiz Ocampo; al sur, calle pública; al este, Ana Dominga Chavarris Ruiz; y al oeste, Pedro Escobar García. Mide: trescientos veintiocho metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de marzo del dos mil catorce, con la base de diez millones trescientos noventa y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de abril del dos mil trece con la base de tres millones cuatrocientos sesenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Johanna María Murillo Guzmán y otro. Exp. 13-002060-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 26 de noviembre del 2013.—Lic. Franz Loney Castro Solís, Juez.—(IN2014009619).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 1) Reservas y Restricciones Bajo Las Citas 0407-13-28-01-0901-001.  2) Condiciones ref  00082786-000 bajo las citas 0407-1328-01-0902-001; a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de abril de dos mil catorce, y con la base de diecinueve millones ciento cuatro mil quinientos sesenta y un colones con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 0082786-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 03 Guaycará, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, quebrada en med. Manuel Tenorio; al sur, Miguel Alpízar; al este, Río Bonito en parte Manuel Tenorio; y al oeste, Jorge Amador y Comercial Rayro S. A. Mide: ochenta mil seiscientos cuarenta y cuatro metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Plano: P-0008175-1991. Para el segundo remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del quince de mayo de dos mil catorce, con la base de catorce millones trescientos veintiocho mil cuatrocientos veintiún colones con treinta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo de dos mil catorce con la base de cuatro millones setecientos setenta y seis mil ciento cuarenta colones con cuarenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Adri contra José Ángel Quirós Salazar y Patricia Umaña Venegas. Exp. 14-001442-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de enero del 2014.—Lic. Jessica Céspedes Argüello, Jueza.—(IN2014009624).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del siete de abril de dos mil catorce, y con la base de veinticinco millones seiscientos noventa mil sesenta y cuatro colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo Placa: EE-027301 marca: Komatsu estilo: PC1206EO categoría: equipo especial obras civiles capacidad: 1 personas serie: KMTPC037E02075308 carrocería: excavadora año: 2008 color: amarillo. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de abril de dos mil catorce, con la base de diecinueve millones doscientos sesenta y siete mil quinientos cuarenta y ocho colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de mayo de dos mil catorce con la base de seis millones cuatrocientos veintidós mil quinientos dieciséis colones con doce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Adri contra Leovigildo Sandí Rojas, Macare Importaciones Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Exp. 13-017291-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de enero del 2014.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014009626).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; a las diez horas y treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil catorce, y con la base de veintitrés millones ciento noventa y cuatro mil cincuenta y cinco colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 89376-000, la cual es terreno montaña y repastos. Situada en el distrito 03, cantón Pocora, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Ricardo Coto Solís y quebrada; al sur, Río Perla; al este, Martín Ray y camino público; y al oeste, Minor Eloy Romero Vargas. Mide: quinientos dieciséis mil quinientos cuarenta y cuatro metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de abril de dos mil catorce, con la base de diecisiete millones trescientos noventa y cinco mil quinientos cuarenta y un colones con sesenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de abril de dos mil catorce con la base de cinco millones setecientos noventa y ocho mil quinientos trece colones con noventa céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Adri contra Carlos Francisco Solano Rojas. Exp. 13-006219-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de enero del 2014.—Lic. Yessenia Brenes González, Jueza.—(IN2014009627).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 379-19813-01-0900-001; a las siete horas y treinta minutos del once de marzo del dos mil catorce, y con la base de seis millones quinientos veintiocho mil setecientos setenta y dos colones con veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y cuatro mil setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Tempate, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Dayling Contreras Ortiz; al sur, calle pública; al este, María Dalila y Yorleny ambas Ortiz Contreras y Anatolia Contreras Contreras; y al oeste, Isabel Valerín Valerín en medio callejón de acceso. Mide: ciento ochenta y dos metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0095804-1993. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veintiséis de marzo del dos mil catorce, con la base de cuatro millones ochocientos noventa y seis mil quinientos setenta y nueve colones con diecisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del diez de abril del dos mil catorce con la base de un millón seiscientos treinta y dos mil ciento noventa y tres colones con seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Deibys Eduardo Contreras Ortiz y María Dalila Ortiz Contreras. Exp. 13-002554-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 13 de enero del 2014.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2014009628).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del diez de marzo del dos mil catorce  y con la base de veintiún millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y tres mil novecientos cincuenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 12. Situada en el distrito primero Upala, cantón trece Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 11; al sur, lote 13; al este, calle pública; y al oeste, lote 8. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de marzo del dos mil catorce, con la base de dieciséis millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil catorce con la base de cinco millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Reina Gutiérrez Corea. Exp. 13-002292-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 30 de octubre del 2013.—Lic. Franz Loney Castro Solís, Juez.—(IN2014009631).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del veintidós de abril del dos mil catorce, y con la base de veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y un mil quinientos noventa y dos-cero cero cero, la cual es terreno con una casa para demoler, un patio y pozo. Situada en el distrito 07 Granja, cantón 07 Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Gustavo Pacheco Pacheco; al sur, Manuel Valverde Anchía; al este, calle pública con 22.08; y al oeste, Gustavo Pacheco Pacheco. Mide: setecientos veinticuatro metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de mayo del dos mil catorce, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil catorce con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Luis Ramírez Alvarado contra Lisbeth María Alvarado Vargas. Exp. 13-004450-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 8 de enero del 2014.—Lic. Allan López Chacón, Juez.—(IN2014009633).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del veintiséis de marzo del dos mil catorce, y con la base de treinta millones ochenta y cinco mil ciento cincuenta y dos colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y siete mil quinientos cincuenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 11-A con una casa. Situada en el distrito 02 Mercedes, cantón primero Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 10; al este, lote 12; y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta y cinco metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de abril del dos mil catorce, con la base de veintidós millones quinientos sesenta y tres mil ochocientos sesenta y cuatro colones con setenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de mayo del dos mil catorce con la base de siete millones quinientos veintiún mil doscientos ochenta y ocho colones con veinticuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Antonio Medina Cárdenas. Exp. 13-002548-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 4 de febrero del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014009634).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 0296-00010958-01-0901-003; a las ocho horas del veinticinco de marzo del dos mil catorce, y con la base de doce millones quinientos sesenta y nueve mil setecientos cincuenta y dos colones con noventa y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintisiete mil doscientos noventa y dos-cero cero cuatro y cero cero cinco, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 05 Sámara, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al noreste, calle pública; al noroeste, calle pública; al sureste, Juana María, German y Teodora, Matarrita García; y al suroeste, Carmen Alvarado Enríquez. Mide: cinco mil ochocientos noventa metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del nueve de abril del dos mil catorce, con la base de nueve millones cuatrocientos veintisiete mil trescientos catorce colones con setenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del cinco de mayo del dos mil catorce, con la base de tres millones ciento cuarenta y dos mil cuatrocientos treinta y ocho colones con veinticuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Edwin Matarrita Matarrita. Exp. 12-001183-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 3 de febrero del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014009647).

En la puerta exterior de este Despacho; a las quince horas del veintidós de mayo del dos mil catorce, en el mejor postor remataré las siguiente dos fincas que a continuación detallaré: A) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, condiciones sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 182828-000, la cual es terreno de repastos, lote 54. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rafaela Gutiérrez Calvo; al sur, servidumbre agrícola; al este, lote 11; y al oeste, lote 15. Mide: cinco mil metros con cincuenta decímetros cuadrados. Plano: G-1278617-2008. Base para el primer remate: treinta y siete millones quinientos dieciocho mil novecientos siete colones con sesenta y ocho céntimos. Base para el segundo remate: veintiocho millones ciento treinta y nueve mil ciento ochenta colones con setenta y seis céntimos; (rebajada en un 25%). Base para el tercer remate de: nueve millones trescientos setenta y nueve mil setecientos veintiséis colones con noventa y dos céntimos (un 25% de la base original). B) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca, inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 182835-000, la cual es terreno de repastos lote 62. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 4; al sur, lote 11; al este, servidumbre agrícola; y al oeste, lote 21. Mide: cinco mil metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Plano: G-1289976-2008. Base para el primer remate: cuarenta y cinco millones ochocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y dos colones con setenta y cuatro céntimos. Base para el segundo remate: treinta y cuatro millones trescientos noventa y dos mil trescientos treinta y dos colones con seis céntimos; (rebajada en un 25%). Base para el tercer remate: once millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil ciento diez colones con sesenta y nueve céntimos (un 25% de la base original). Señalamientos para remate de ambas fincas: primer remate, se señalan las quince horas del veintidós de mayo del dos mil catorce. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las quince horas del seis de junio del dos mil catorce. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas del veintitrés de junio del dos mil catorce. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Melvin Eduardo Retana Martínez. Exp. 13-001117-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 22 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014009697).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las nueve horas y cero minutos del veintiocho de mayo de dos mil catorce, y con la base de veinte millones setecientos diecisiete mil seiscientos ochenta y seis colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 54497-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Río Diria; al sur, Avenida Central Sta Cruz 9m 17cm; al este, Juan Leal Vega; y al oeste, Serverina Rodríguez Gutiérrez. Mide: trescientos cuarenta metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Plano: G-0398095-1980. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de junio de dos mil catorce, con la base de quince millones quinientos treinta y ocho mil doscientos sesenta y cuatro colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de junio de dos mil catorce con la base de cinco millones ciento setenta y nueve mil cuatrocientos veintiún colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Yaneth Alejandra Areas Casco. Exp. 13-002029-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 10 de diciembre del 2013.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014009698).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas: 300-17148-01-0901-001), servidumbre de acueducto y de paso de a y a (citas: 421-03927-01-0001-001) y servidumbre de paso (citas: 421-03928-01-0001-001); a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del seis de marzo de dos mil catorce, y con la base de sesenta y cinco mil ochenta y cinco dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote nueve B. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote diez B; al sur, lote ocho B; al este, calle pública con un frente de 8 metros; y al oeste, lote A. Mide: ciento sesenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo de dos mil catorce, con la base de cuarenta y ocho mil ochocientos trece colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del siete de abril de dos mil catorce con la base de dieciséis mil doscientos setenta y un colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Wilberth José Pérez Avilés. Exp. 13-010998-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de febrero del 2014.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014009705).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de mayo de dos mil catorce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ocho mil setecientos cuarenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de solar para construir. Situada en el distrito 02 Mansión, cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste, finca ubicada en zona catastrada. Linderos: al norte, Trinidad Mora Castillo; al sur, Trinidad Mora Castillo; al este, Trinidad Mora Castillo; y al oeste, calle pública con un frente de ocho metros con cero siete centímetros. Mide: cuatrocientos sesenta y cinco metros con setenta y un decímetros cuadrados. Plano: G-0437944-1997. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del once de junio de dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil catorce con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Ramón Barrantes Alvarado contra Carmen María Mora Gómez. Exp. 13-001531-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 9 de diciembre del 2013.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez.—(IN2014009732).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos (dos horas y treinta minutos pasado meridiano) del siete de marzo de dos mil catorce, y con la base de un millón cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 92609-001-002, la cual es naturaleza: terreno para construir, lote setenta y cuatro C. Situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, lote 73-C, al noroeste, lote 67-C; al sureste, resto destinado a calle; y al suroeste, lote 75-C. Mide: ciento veintiún metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos (dos horas y treinta minutos pasado meridiano) del veinticuatro de marzo de dos mil catorce, con la base de un millón ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos (dos horas y treinta minutos pasado meridiano) del ocho de abril de dos mil catorce con la base de trescientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marcelina González Miranda. Exp. 11-003942-0307-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de febrero del 2014.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014009745).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 13-000245-0930-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Carlos Barquero Quesada, quien es mayor, estado civil soltero en unión de hecho, vecino de Guápiles, barrio la Emilia, 400 metros al sur del Bar Montecarlo, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 108280955, profesión chofer, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito primero Guápiles, cantón segundo Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Ricardo Espinoza Alvarado; al sur, Francisco Murillo Araya; al este, calle pública con un frente de diez metros con veintiocho centímetros de frente; y al oeste, Ricardo Espinoza Alvarado y Francisco Murillo Araya. Mide: ciento sesenta y siete metros con noventa y un decímetro cuadrado. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quince millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le realizara al señor Rafael Ángel Araya Moreira y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de una casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Carlos Barquero Quesada. Expediente: 13-000245-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 27 de noviembre del 2013.—Lic. Rolando Porras Mejías, Juez.—1 vez.—(IN2013081743).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 13-000140-0183-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Luisa Madrigal Muñoz, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Pozos de Santa Ana, con cédula de identidad 1-0849-0110, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno construido y solar situado en el distrito Tercero, Pozos del cantón noveno Santa Ana de la provincia de San José, que linda al norte, Marvin Salazar Mora, sur, calle pública, con una medida lineal de frente a calle pública de 12 metros y 36 centímetros. Este, Ana Patricia Ávila Badilla y oeste, Odalia Chavarría Ávila y Ofelia Morales Morales, mide: doscientos diecisiete metro cuadrados. Plano catastrado uno-dos cinco cinco nueve cero ocho dos. Indica el promovente que en la actualidad tiene más de diez años de poseer la finca descrita en el hecho primero de la forma quieta, pública, pacífica e ininterrumpida y a título de dueño para lo cual demuestre mediante los documentos que aporta y sirven de fundamento para el presente proceso. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se cita y emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 12 de diciembre 2013.—Licda. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—(IN2014007847).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 09-000309-0390-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Yamileth Herrera Jiménez quien es mayor, estado civil divorciada, vecina de Hojancha cincuenta metros al norte de la clínica, portada de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-0145-0959, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno con una casa.- Situada en el distrito primero Hojancha, cantón once Hojancha, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ronny Gerardo Herrera Matarrita, Johana Leticia Herrera Matarrita y María Imelda Matarrita Elizondo; al sur, Eladio Castillo Salazar y otras fincas de Yamileth Herrera Jiménez; al este, calle pública con frente de doce metros con cero tres centímetros lineales y al oeste, Jeaneth Herrera Jiménez. Mide: ciento catorce metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, casa de habitación y árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Yamileth Herrera Jiménez, exp: 09-000309-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 30 de mayo del año 2013.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—1 vez.—(IN2014007857).

Se hace saber que ante este despacho se encuentra el expediente N° 11-000339-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de información posesoria, promovido por Juan Célimo Chaves Jáen, quien es mayor, casado una vez, pensionado, cédula 5-0050-534 y vecino de Bernabela de Santa Cruz, Guanacaste, cincuenta metros al oeste de la escuela; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para construir, situado en Bernabela, distrito 01 (Santa Cruz ), cantón 03 (Santa Cruz ), provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte, Adais Chaves Jaen, sur, Ángela Peraza Rodríguez, Ligia María Chaves Carballo y calle pública con un frente a ella de ocho metros con noventa y siete centímetros lineales, este, Juan Célimo Chaves Jaen y oeste, Luis Alberto Ruiz Pastrana, Henry Chaves Marchena, Ángela Peraza Rodríguez y Ligia María Chaves Carballo; mide 623.52 m2, según plano G-1238286-2007. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en un millón de colones, que lo adquirió mediante una donación que le hizo su padre, Tranquilino Rodríguez Jáen, conocido como Abundio, en enero de 1993 que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre el han consistido en cercar la propiedad, limpieza de la misma y mantenimiento en general; que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste, 16 de enero de 2014.—Lic. José Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—(IN2014007949).

Citaciones

A las 14:15 del 18 de diciembre de 2013 esta notaria declaró abierto el proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fueron los señores Carmen Zamora Cedeño, cédula 3-0111-0621, fallecido en fecha 11/09/2006 e Inocente Trinidad Madrigal Madrigal, mayor, vecino de Guácimo, cédula 3-0097-0657, fallecido en fecha 11/09/1985, ambos casados una vez y vecinos de Guácimo. Se cita a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de 30 días a partir de la publicación del edicto de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derechos a la herencia, que de no presentarse en el plazo ante esta notaría, ubicada en Guácimo, Limón costado sur de la Escuela Manuel Mª Gutiérrez, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Jenny Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 6921.—(IN2014003116).

Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión de quien fue Juan Bautista Ceciliano Rodríguez, mayor, agricultor, casado una vez, con cédula de identidad Nº 1-0163-0087, vecino de Pérez Zeledón, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº 01-2013.—Lic. Zianny Ugarte Ulate, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 7436.—(IN2014003131).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Arturo Morales Flores, mayor, casado en segundas nupcias, abogado y economista, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0400314481 y vecino de Pinares de Curridabat, San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000499-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 21 de enero del 2014.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—(IN2014007472).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Olman Varela Araya, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Heredia, cédula 109520438. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000443-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 1° de octubre del 2013.—Msc. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2014007576).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita sucesión acumulada de quien en vida fueran Rubén Pardo Castro, mayor, casado, vecino de Cartago cédula 1-184-249 y Dinorah Brenes Mora, mayor, pensionada, casada una vez, vecina de Cartago centro, cédula 3-0063-0476. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000081-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 30 de agosto del 2013.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014007579).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Arturo Salas Alfaro, mayor, casado una vez, documento de identidad número 2-0275-0589 y vecino de Desamparados de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000026-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de enero del 2014.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2014007600).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan Carlos Madrigal Chaves, quien fue mayor, casado una vez, estilista, cédula de identidad, uno-quinientos sesenta y seis-novecientos doce. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000124-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 25 de abril del 2013.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014007634).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, e interesados en la mortual de Virginia Villalta Mena, mayor, soltera, ama de casa, vecina de San José, Barrio Cristo Rey, cédula de identidad 1-301-732, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derechos, y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. N° 13-000268-0183-CI sucesión de Virginia Villalta Mena.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 11 de diciembre de 2013.—Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—(IN2014007636).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lucía Arguedas Arce, quien fuera mayor, casada una vez, ejecutiva del hogar, cédula de identidad 2-289-1241, vecina de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000025-0848-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de noviembre del 2013.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—1 vez.—(IN2014007726).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la mortual de Ricardo Centeno Montero, quien en vida fue mayor, casado, vecino de la provincia de San José, cantón Central, distrito Pavas, Lomas del Río, y portador de la cédula de identidad número tres - cero uno nueve cinco - cero cinco uno seis, con el fin que se apersonen dentro del plazo de treinta días, a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio, expediente Nº 13-000168-0220-CI., donde figura como causante el señor Ricardo Centeno Montero y como albacea la señora María Ester Matamoros Cascante.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 31 de octubre del 2013.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—(IN2014007752).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Edwin Aurelio Alvarado Bonilla, mayor, casado, comerciante, vecino de Cartago, San Rafael de Oreamuno y portador de la cédula de identidad Nº 301600694. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000362-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 15 de octubre del 2013.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014007791).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Octavio Brenes Granados, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San Francisco de Cartago, cédula 3-0074-0099. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000408-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 15 de noviembre del 2013.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014007867).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Edwin Enrique Delgado Rodríguez, mayor, casado, vecino de San Pablo de Heredia, cédula de identidad número 4-0098-0858. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000255-0504-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 04 de diciembre del año 2013.—Msc. Andrea Ramírez Solano, Jueza.—1 vez.—(IN2014007889).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Bernal Eduardo Vargas Villalobos, quien fue mayor, divorciado, con documento de identidad 02-0325-0222, y vecino de Naranjo Centro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000116-0295-CI proceso sucesorio de Bernal Eduardo Vargas Villalobos, sin parte contrario.—Juzgado Civil de Grecia, 07 de octubre del año 2013.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2014007897).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Orlando Madrigal Villalobos, mayor, estado civil casado, profesión pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0104470004 y vecino de San Francisco, Calle Blancos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº13-000687-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de febrero del 2014.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—(IN2014007908).

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Guido Loría Benavides, quien fue mayor, divorciado de segundas nupcias, abogado, con cédula de identidad número 4-062-917, vecino de San Rafael de Santa Ana. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-001278-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 20 de enero del 2014.—MSC Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014007947).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores de edad: Olivier Rodolfo Espinoza Martínez y Eugenia Cecilia Espinoza Martínez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenando. Expediente N° 12-400207-0928-FA (211-1-2012-A). Proceso sumario depósito judicial. Promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Elizabeth Martínez Ordóñez.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, 20 de enero del 2014.—Lic. María Vanessa Soto Rodríguez, Jueza.—Exonerado.—(IN2014007378).                              3 v. 2

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramitan diligencias de cambio de nombre promovidas por Julien Andree Lycke Dugardien y Naomi Wandels, en representación de la menor Katie Lycke Wandels, menor de edad, costarricense, vecina de Ciudad Colón, Tabarcia de Mora, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre a Katie Julie Lycke Wandels. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente 13-000253-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 21 de enero del 2014.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014007560).

El Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, hace saber, que en proceso de insania, expediente N° 12-400757-637-FA, promovido por Lilieth Gutiérrez Mora, cédula N° 1-0590-0646, a favor de Yeifer Damián Calderón Gutiérrez, cédula N° 3-0459-0826, se dictó la sentencia de las trece horas del veintiuno de noviembre del año dos mil trece, cuya parte dispositiva literalmente dice: De conformidad con lo expuesto y normas citadas, se acoge la solicitud de declaratoria de insania y se declara persona insana a Yeifer Damián Calderón Gutiérrez. Se nombra a la señora Lilieth Gutiérrez Mora, como su curadora definitiva, quien debe de comparecer dentro de octavo día, a aceptar el cargo y jurar su fiel y bien cumplimiento. Se advierte a la curadora definitiva, que el cargo no le permite disponer de bienes que pertenezcan actualmente o llegaren a formar parte del patrimonio del joven Calderón Gutiérrez, sino únicamente administrarlos. Igualmente el cargo la obliga a procurar la estabilidad y el desarrollo integral de su hijo, lo que implica velar por su salud física y emocional. Del mismo modo, no le está permitido emplear el dinero o los bienes que le pertenezcan al joven Calderón Gutiérrez, para la satisfacción de necesidades que no sean personales de Yeifer y útiles para la satisfacción de sus cuidados básicos y manutención del hogar. Queda la señora Gutiérrez Mora, eximida de rendir garantía a fin de administrar los bienes de Yeifer Calderón Gutiérrez. Deberá la curador a nombrad a, dentro del plazo de treinta días rendir un inventario de los bienes e ingresos que integren el patrimonio de Yeifer Calderón Gutiérrez, a fin de dar seguimiento a la administración que realice como curadora, de la cual solo deberá de dar una cuenta final de la misma. Publíquese la parte dispositiva de este fallo en el Boletín Judicial. Firme este fallo, inscríbase en el Registro Público y en el Registro Civil mediante ejecutoria. Son las costas de las presentes diligencia a cargo del patrimonio de la persona insana. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados.—Luz Marina Solís Poveda, Jueza.—1 vez.—(IN2014007644).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Romilio Robles Mora mayor, casado, agricultor, cédula de identidad 1-0307-0723, vecino de San José, Pérez Zeledón, Daniel Flores, Palmares, Hacienda El Percal, 1.5 km suroeste de la Escuela La Pista, encaminadas a solicitar la autorización para cambiar el nombre de su hija menor Yeniferth Yasmín Robles Rivera por el de Jennifer Jazmín mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en el proceso, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. N° 13-000205-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón.—Lic. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014007744).

Lic. Jackeline Brenes Segura. Jueza del Juzgado Civil de Heredia; hace saber a Gena Quirós Romero, documento de identidad 0107190067, viuda, contadora, vecina de San Francisco de Heredia, Urbanización San Agustín, casa número 11-F, que en este despacho se interpuso un proceso ejecución hipotecaria en su contra, bajo el expediente número 10-000227-0341-CI donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, a las siete horas y treinta y tres minutos del veintiséis de julio del año dos mil diez. Se tiene por establecido el presente proceso de ejecución hipotecaria planteado por Scotiabank de Costa Rica S. A. en contra de Gena c.c. Genarita Quirós Romero; a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedaran notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Genero del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, articulo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado Civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se les recuerda a las partes que en la actualidad tienen la posibilidad de conciliar en cualquier momento del proceso (Ley Nº 7727 sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, razón por la que el Despacho esta en la mejor disposición de señalar para esos efectos si así se solicita.- Con la base libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0340-00008878-01-0901-001; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Heredia, matricula número F-cero cero cero cuarenta mil cuatrocientos cuarenta y tres-cero cero cero. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta del veinticinco de octubre del año dos mil diez (Primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de noviembre del año dos mil diez, con la base de ( rebajada de un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del año dos mil diez, con la base de un (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días a la demandada. Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción de la finca dada en garantía. Notifíquese esta resolución a la demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Articulo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se autoriza al Licenciado Henry Sandoval Gutiérrez, cédula: 6-095-934; carne de abogado 15634 para notificar a la demandada. La parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: sita en Heredia, detrás del Hipermas, urbanización San Agustín, casa número once (11). Lic. Alfonso Jackson Ramírez, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Scotianbank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Gena Quirós Romero; expediente Nº 10-000227-0341-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 06 de enero del año 2014.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—1 vez.—(IN2014007841).

Mauricio Chacón Jiménez, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a María Francisca Beltre Alcantara, en su carácter personal, quien es mayor, casada, ciudadana dominicana, de domicilio desconocido, pasaporte de su país 2919406, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Luis Antonio de la Trinidad Ramírez Durán, cédula 4-115-311 contra María Francisca Beltre Alcantara, pasaporte de su país 2919406, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Heredia. A las quince horas y ocho minutos del veintiuno de enero del año dos mil catorce. De la anterior demanda divorcio establecida por el accionante Luis Antonio de la Trinidad Ramírez Durán, se confiere traslado a la accionada(o) María Francisca Beltre Alcantara por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 2207-4223. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”. Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar ó enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Nombramiento de curador: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil. De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito. Además las generalidades de ley de dos testigos que declaren sobre el conocimiento o desconocimiento del paradero del demandado. Prevención de honorarios: Se le previene a la parte actora que a efectos de que proceder cubrir los honorarios del curador a nombrar, dicho monto lo es la suma de cincuenta mil colones por lo que deberá depositarlo en la cuenta N° 13-002473-0364-FA-5, del Banco de Costa Rica. Citación a la parte actora: Se cita al señor Luis de la Trinidad Ramírez Durán para que en el plazo de una semana comparezca al Juzgado y, bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.MSc. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007905).

Se avisa, a la señora Rosa Sáenz Valenzuela, mayor, indocumentada, de nacionalidad nicaragüense, con demás calidades y domicilio desconocidos, es representada por el curador procesal Licenciado Mariano Solórzano Olivares, hace saber que existe proceso N° 13-000399-0673- NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Anthony Emiliano Sáenz Valenzuela establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Rosa Sáenz Valenzuela, se ha dictado la resolución de las trece horas treinta y siete minutos del veintiséis de agosto del dos mil trece, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Yerma Campos Calvo, Jueza. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de diciembre 2013.—Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014007967).

Edictos Matrimoniales

Se han presentado solicitando contraer matrimonio Civil, los señores: Jorge Pablo Castillo Vásquez, mayor, soltero, mecánico, vecino de esta ciudad, del Estadio Municipal, 800 metros este y 200 metros norte, casa de cemento, portador de la cédula de identidad número 1-1418-0749, nativo de San José, Carmen, Central, 15/12/1989, hijo de Dennis Gerardo Castillo Fernández y María Virginia Vásquez Hernández, el primero vecino de Canadá y la segunda vecina de Tilarán, y Carolina García Fernández, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Tilarán, del Estadio Municipal, 800 metros este y 200 metros norte, casa de cemento, portadora de la cédula de identidad número 5-0373-0302, nativa de Liberia, 12/07/1989, hija de Manuel García Robles y Grace Fernández Rojas, ambos vecinos de Tilarán, respectivamente. Ambos sin discapacidad. Si cualquier persona conoce algún impedimento para la celebración de este matrimonio sírvase comunicarlo dentro de los ocho días siguientes a la publicación. Exp N° 13-100025-0404-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán, veintisiete de noviembre del 2013.—Lic. Ana Patricia Barrantes Ruiz, Jueza.—1 vez.—(IN2014007516).

Han comparecido a este despacho, solicitando contraer matrimonio civil Félix Elías Quirós Artavia, quien es de veintisiete años de edad, soltero, cajero, con cédula de identidad 2-0621-0438 y vecino de La Guaria, ciento cincuenta metros sur de la entrada a Misael, nacido en Ciudad Quesada, San Carlos, el dieciséis de junio de mil novecientos ochenta y seis, hijo de Félix Quirós Ruiz y Rosalba Artavia González, costarricenses y Lena Mayela Bello Domínguez, c.c. Elena, quien es de treinta y un años de edad, cédula de identidad 7-0145-0306, divorciada, dependiente, vecina de La Guaria, ciento cincuenta metros sur de la entrada a Misael, nacida en Limón, en fecha cinco de febrero de mil novecientos ochenta y dos, hija de Gregoria Domínguez Corea y Bayardo Bello Potoy, costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de impedimento alguno para la realización de este acto, deberá comunicarlo a este despacho dentro de los ocho días hábiles siguientes a la publicación de este edicto.—Juzgado Contravencional Menor Cuantía y Tránsito de Sarapiquí, Puerto Viejo, 25 de noviembre del 2013.—Lic. Susana Murillo Alpízar, Jueza.—1 vez.—(IN2014007544).

Han comparecido solicitando contraer Matrimonio Civil los señores Jorge Luis Briceño Herrera, portador de la cédula de identidad 6-300-447, de 38 años de edad, soltero, costarricense, operario de construcción, nativo de San Francisco de Tinoco, nacido el día veintitrés de junio de mil novecientos setenta y cinco, vecino de Buenos Aires, Santa Cruz, al costado norte, casa de concreto de color verde agua, hijo Bertilia Briceño Herrera; y Jeimmy Uva Vega, portadora de la cédula de identidad 1-1154-878, de 31 años de edad, soltera, costarricense, ama de casa, nativa de Pérez Zeledón, nacida el día quince de noviembre de mil novecientos ochenta y dos, vecina la misma dirección del contrayente, hija de Aracelly Uva Vega. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este Matrimonio se realice, que estén en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este Edicto. Matrimonio civil N° 14-400029-1046-FA (30-14).—Juzgado Civil y de Familia de Buenos Aires, 30 de enero de 2014.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014007799).

Edictos en lo Penal

Fiscalía adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), al ser las siete horas y cincuenta y dos minutos del dieciséis de enero del año dos mil catorce. Dentro del expediente 13-000314-0064-PE, contra Fabián Barrantes Barrientos, por el delito de homicidio culposo y lesiones culposas (Ley de tránsito), en perjuicio de Hugo Alberto Navarro Soto y Karla Vanessa Mora Araya, se delegó Acción Civil Resarcitoria por parte del Lic. Alfonso Ruiz Ugalde en representación de la ofendida Karla Vanessa Mora Araya por lo que se ordena dar traslado de la misma al tercero civilmente responsable, el señor Erick Madrigal Hernández, cédula de identidad 2-499-980, y se le comunica el contenido de la presente acción civil resarcitoria, quien podrá oponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes después de la comunicación de esta resolución, planteando de ser el caso las excepciones que correspondan. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal. Se le previene al demandado que debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad donde atender notificaciones bajo apercibimiento de que si lo omitiere, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas del despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. (Artículo 354, 357 y 433 del Código Procesal Civil; 6 y 12 de la Ley de notificaciones y Citaciones Judiciales). Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón.—Lic. Andrey Antonio Guerrero Fuentes, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007816).

Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en la sumaria N° 13-00326-0275-PE, seguida contra Francisco Olivo Madrigal Meza mayor, cedulado N° 6-410-302; por la presunta comisión del ilícito de Portación Ilegal de Arma, en perjuicio de la Seguridad Común, y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las nueve horas cincuenta y cinco minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil trece. A la Empresa de Seguridad, Vigilancia y Comercio Escomar S. A., cédula jurídica 3101221881 dueña registral del Revolver marca Ranger, calibre 38 SPL, Modelo 61mm, Serie 00391C que se ordenó la devolución del arma de fuego, debiendo el interesado presentar ante el despacho la documentación respectiva que acredite su propiedad; así mismo cuentan con el plazo de tres meses a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se ordenará el comiso a favor del estado. Es todo.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Maurice Ghesquiere Briceño, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007827).

Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), al ser las siete horas y cincuenta y dos minutos del dieciséis de enero del año dos mil catorce. Dentro del expediente 13-000314-0064-PE, contra Fabián Barrantes Barrientos, por el delito de homicidio culposo y lesiones culposas (Ley de Tránsito), en perjuicio de Hugo Alberto Navarro Soto y Karla Vanessa Mora Araya, se delegó Acción Civil Resarcitoria por parte del Lic. Alfonso Ruiz Ugalde en representación de la ofendida Karla Vanessa Mora Araya por lo que se ordena dar traslado de la misma al tercero civilmente Responsable, el señor Erick Madrigal Hernández, cédula de identidad 2-499-980, y se le comunica el contenido de la presente acción civil resarcitoria, quien podrá oponerse dentro de los cinco días hábiles siguientes después de la comunicación de esta resolución, planteando de ser el caso las excepciones que correspondan. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal. Se le previene al demandado que debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad donde atender notificaciones bajo apercibimiento de que si lo omitiere, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas del despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. (Artículo 354, 357 y 433 del Código Procesal Civil; 6 y 12 de la Ley de notificaciones y Citaciones Judiciales). Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).—Lic. Andrey Antonio Guerrero Fuentes, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007941).

Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en la sumaria N° 13-00326-0275-PE, seguida contra Francisco Olivo Madrigal Meza mayor, cedulado 6-410-302; por la presunta comisión del ilícito de portación ilegal de arma, en perjuicio de la seguridad común, y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las nueve horas cincuenta y cinco minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil trece. A la empresa de Seguridad, Vigilancia y Comercio Escomar S. A., cédula jurídica 3101221881 dueña registral del Revolver marca Ranger, calibre 38 SPL, Modelo 61mm, Serie 00391C que se ordenó la devolución del arma de fuego, debiendo el interesado presentar ante el despacho la documentación respectiva que acredite su propiedad; así mismo cuentan con el plazo de tres meses a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se ordenará el comiso a favor del estado. Es todo.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Maurice Ghesquiere Briceño, Juez Penal.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014007948).