BOLETÍN
JUDICIAL N° 74 DEL 16 DE
ABRIL DEL 2014
Se emplaza a todos los interesados en la diligencia
del cobro del fondo de capitalización laboral del trabajador fallecido Carlos
Luis Sequeira Mena, quien fue mayor, costarricense, con cédula de identidad N°
02-0359-0301, y vecino de Puntarenas, Barrio El Progreso, para que dentro del
plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no
lo hacen dentro del plazo indicado, el dinero pasará a quien corresponda, expediente N° 14-300090-1024-LA (2).—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, a las siete horas del veintiocho
de febrero del dos mil catorce.—Lic. Carlos Enrique Campos Roblero,
Juez.—1 vez.—(IN2014019471).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eduardo Esteban
Cascante Calvo, quien fue mayor, soltero, de nacionalidad costarricense, portó
la cédula de identidad 1-1384-315, y falleció el día 19 de julio del año 2013,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
número 13-002258-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
13-002258-0173-LA. Proceso promovido por Elizabeth Calvo Sandí a favor de los
causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 28 de febrero
del año 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014019491).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Acuña Badilla,
quien fue mayor, divorciado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de
identidad 1-508-415, y falleció el día 02 de julio del año 2011, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número
13-002288-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
13-002288-0173-LA. Proceso promovido por Marita
Badilla Guillén a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 28 de
febrero del año 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014019494).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Mario
Alberto de Jesús Robles Vásquez, quien fue mayor de edad, vecino de San Roque
de Grecia, soltero, dependiente, con cédula de identidad número
dos-cuatrocientos veintinueve-seiscientos cincuenta y seis, se les hace saber
que: María Amalia Vásquez Serrano, portadora de la cédula de identidad o
documento de identidad número dos-ciento sesenta y ocho-novecientos siete,
vecina de San Roque de Grecia, oficios domésticos, se apersonó en este despacho
en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias
de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial
libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Mario
Alberto de Jesús Robles Vásquez, expediente número 14-000019-1113-LA.—Juzgado de Trabajo de Grecia, 18 de febrero del año
2014.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara,
Jueza.—1 vez.—(IN2014019498).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Mauricio Castro
Ramírez, quien fue mayor, casado, de nacionalidad Costarricense, portó la
cédula de identidad 1-953-083, y falleció el día 20 de diciembre del año 2013,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
N° 14-000105-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp.
N° 14-000105-0173-LA. Proceso promovido por Verónica Marcela Rivera Zúñiga a
favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 4 de
marzo del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2014019516).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Velkis del Socorro Marín Estrada,
quien fue mayor, soltera, de nacionalidad nicaragüense, portó la cédula de
residencia N° 155805527630, y falleció el día 7 de octubre del año 2013, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
N° 14-000263-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp.
N° 14-000263-0173-LA. Proceso promovido por Julián Alejandro Vargas Miranda a
favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 4 de
marzo del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2014019518).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de William González
Ulloa, quien fue mayor, casado, de nacionalidad Costarricense, portó la cédula
de identidad 2-252-336, y falleció el día 24 de abril del año 2013, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
N° 14-000265-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp.
N°14-000265-0173-LA. Proceso promovido por Flor de María Valenciano Mora a
favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de
marzo del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2014019520).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Mario Alberto de los Ángeles Montero Araya, quien fue mayor,
casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad 1-567-773,
y falleció el día 4 de setiembre del año 2013, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consignación de prestaciones bajo el expediente N° 14-000274-0173-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Exp. N° 14-000274-0173-LA.
Proceso promovido por María Eugenia Giralt Arguedas a favor de los
causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de marzo del
2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2014019522).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Guiselle
de los Ángeles León Quirós, quien fue mayor, soltera, de nacionalidad
costarricense, portó la cédula de identidad 1-594-731, y falleció el día 5 de
mayo del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones
bajo el expediente N° 14-000280-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 14-000280-0173-LA. Proceso promovido por Margarita
Quirós Hernández a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, 4 de marzo del 2014.—Lic. Ileana García
Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014019524).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Jorge Antonio Martín Solano Jiménez, quien fue mayor,
soltero, de nacionalidad Costarricense, portó la cédula de identidad 1-537-643,
y falleció el día 10 de enero del año 2013, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consignación de prestaciones bajo el expediente N° 14-000295-0173-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Exp. N° 14-000295-0173-LA.
Proceso promovido por Manuel Antonio Solano Estrada y Gladys Jiménez Ballestero
a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de marzo del
2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2014019535).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marta Eugenia Araya
Agüero, quien fue mayor, divorciada, de nacionalidad Costarricense, portó la
cédula de identidad 1-492-742, y falleció el día 24 de abril del año 2007, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
N° 14-000352-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp.
N° 14-000352-0173-LA. Proceso promovido por Jacqueline Corrales Araya a favor
de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de
marzo del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2014019536).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Esther María Delgado
Arias, quien fue mayor, casada, de nacionalidad costarricense, portó la cédula
de identidad 1-1119-028, y falleció el día 22 de diciembre del año 2013, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
N° 14-000353-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp.
N° 14-000353-0173-LA. Proceso promovido por Maikol
Jiménez Montero a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de
marzo del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2014019537).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Orlando Francisco
Costa Rica Morales, quien fue mayor, soltero, de nacionalidad costarricense,
portó la cédula de identidad 1-1185-804, y falleció el día 28 de setiembre del
año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el
expediente N° 14-000367-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp.
N° 14-000367-0173-LA. Proceso promovido por Miriam Morales González a favor de
los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de marzo del 2014.—Lic. Ileana
García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014019538).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Eulalia de Los Ángeles Fallas Marín, cédula de identidad
1-1063-012, quien fue mayor, casada, con último domicilio en Cartago, y
falleció el 12 de febrero de 2007, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consignación
de prestaciones sector privado, bajo el número 13-000961-0641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en El Boletín Judicial. Proceso promovido
por Jhonny Navarro Araya, cédula de identidad
3-344-343 a favor de Eulalia de Los Ángeles Fallas Marín, cédula de identidad
1-1063-012. Expediente N° 13-000961-0641-LA.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago; 3 de marzo del 2014.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—(IN2014019572).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó José Modesto Sandoval Medina,
quien fue mayor, casado, vecino de Desamparados, con cédula de identidad número
155813172720, se les hace saber que Nora María Sánchez De Sandoval, portadora el
documento de identidad número 155801878519, vecina de Desamparados, se apersonó
en este Despacho, en calidad de viuda del fallecido, a fin de promover las
presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido José Modesto Sandoval Medina. Expediente
número 13-002131-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre del 2013.—Lic.
Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—(IN2014019574).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Gerardo Jiménez
Román, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula
de identidad 1-419-492, y falleció el día 7 de octubre del 2013, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho,
en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número
13-002278-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Proceso promovido por Dora Flamenco Hidalgo a favor de los
causahabientes del fallecido. Expediente N° 13-002278-0173-LA.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 28
de febrero del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014019576).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Francisco González Quirós, quien fue mayor, casado, de
nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad 1-209-498, y falleció
el día 8 de noviembre del 2013, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consignación de
prestaciones bajo el expediente número 13-002351-0173-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Proceso promovido por Elizabeth Solano Chacón a favor de los
causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 27 de febrero
del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014019579).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Carlos Pérez Rivera, quien fue mayor, casado, de nacionalidad
puertorriqueño, portó la cédula de residencia N° R175171740012668, y falleció
el día 22 de marzo del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consignación de
prestaciones bajo el expediente Número 13-002352-0173-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Proceso promovido por Geovanna Cortez Nassar a favor de los causahabientes del fallecido.
Expediente N° 13-002352-0173-LA.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 28 de
febrero del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014019581).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Jorge Arturo Alpízar Torres, quien
fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad
1-773-384, y falleció el día 14 de setiembre del 2013, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho,
en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente Número
13-002356-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Proceso promovido por Marjorie Acosta Delgado a favor de los causahabientes del
fallecido. Expediente N° 13-002356-0173-LA.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 27
de febrero del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014019584).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Tulio Jara
Fernández, quien fue mayor, viudo, de nacionalidad costarricense, portó la
cédula de identidad 1-192-155, y falleció el día 13 de noviembre del 2013, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho, en las diligencias de consignacion de
prestaciones bajo el expediente número 13-002362-0173-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Proceso promovido por Marisol Jara Barrantes a favor de los
causahabientes del fallecido. Expediente N° 13-002362-0173-LA.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 27
de febrero del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014019585).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de German Alberto Núñez
Jiménez, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la
cédula de identidad 9-001-093, y falleció el día 18 de octubre del 2013, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
número 13-002363-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Proceso promovido por Denia
María Hernández Zamora a favor de los causahabientes del fallecido. Expediente
N° 13-002363-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 27 de febrero del
2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—(IN2014019586).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de German Alberto Núñez
Jiménez, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la
cédula de identidad 9-001-093, y falleció el día 18 de octubre del 2013, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
número 13-002363-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Proceso promovido por
Denia María Hernández Zamora a favor de los causahabientes del fallecido.
Expediente N° 13-002363-0173-LA.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 27 de
febrero del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014019588).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Emer
Samir Calderón Parrales, quien fue mayor, casado, de nacionalidad nicaragüense,
portó la cédula de residencia N° R155815005911, y falleció el día 18 de junio
del 2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el
expediente número 13-002366-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Proceso promovido
por Ana Isabel Torres a favor de los causahabientes del fallecido. Expediente
N° 13-002366-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 26 de febrero del
2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014019590).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Yader Alexander Chavarría Solano,
quien fue mayor, soltero, de nacionalidad Nicaragüense, portó la cédula de
residencia N° 135-RE-011987, y falleció el día 5 de octubre del 2013, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
Número 13-002392-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Proceso promovido por
Fátima del Rosario Pérez Guevara a favor de los causahabientes del fallecido.
Expediente N° 13-002392-0173-LA.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 27 de
febrero del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014019594).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Gerardo Alonso Masís Rojas, quien
fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad
1-944-357, y falleció el día 13 de marzo del 2013, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias
de consignación de prestaciones bajo el expediente número 13-002393-0173-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Proceso promovido por Fedra Lucía Allard
Pizarro y Marjorie Aguilar Chaves a favor de los
causahabientes del fallecido. Expediente N° 13-002393-0173-LA.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 27
de febrero del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014019596).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Eugenio Emilio del Carmen Alfaro Ramírez, quien fue mayor,
casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad 4-058-134,
y falleció el día 14 de noviembre del 2013, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias
de consignación de prestaciones bajo el expediente Número 13-002394-0173-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Proceso promovido por Velia
María Quesada Villalobos a favor de los causahabientes del fallecido.
Expediente N° 13-002394-0173-LA.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 27 de
febrero del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014019598).
Se cita y emplaza a todos los causahabientes de
quien en vida se llamó Juan Gregorio Suárez Amador, quien fue mayor, portador
de la cédula de residencia número 155805477922, para que dentro del
improrrogable plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la fecha de
publicación de este edicto, se apersonen en las diligencias que por devolución
de cuotas de trabajador fallecido, bajo apercibimiento de que si así no lo
hicieren se procederá a entregar el importe correspondiente, a quienes de
conformidad con lo estipulado en el artículo 85 del Código de Trabajo y sus
reformas, tengan derecho a él. Exp. N°
13-300027-0315-LA-5.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Orotina, 25 de febrero del
2014.—Lic. Eimy Granados Aguilar, Jueza.—1 vez.—(IN2014019610).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En
la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada según citas: 299-18092-01-0901-001; a las
trece horas y veinte minutos del nueve de junio de dos mil catorce (01:20 pm),
y con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
229649-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Llano
Bonito, cantón León Cortes, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Evangelista Abarca Portuguez; al sur, calle en medio
Teresa Abarca rojas; al este, camino público y al oeste Evangelista Abarca Portuguez. Mide: mil doscientos setenta y tres metros con
cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
trece horas y veinte minutos del veinticuatro de junio de dos mil catorce
(01:20 pm), con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y veinte minutos del nueve de julio de dos
mil catorce (01:20 pm) con la base de dos millones ciento veinticinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de San Marcos de Tarrazú contra Guillermo Abarca Jiménez, Humberto Alvarado
Castro. Exp: 13-002211-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de enero del año
2014.—Licda. Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2014019500).
En la puerta exterior de este despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, condiciones,
reservas y restricciones, bajo los tomos 404, y asiento 00107; a las diez horas
y treinta minutos del dieciséis de junio del año dos mil catorce, y con la base
de dieciséis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 277982-001-002, la
cual es terreno para vivienda lote 42. Situada en el distrito 09, La Palmera
cantón 10, San Carlos, cantón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte:
calle pública; sur: I.D.A.; este, calle pública e I.D.A.; oeste, lote 43. Mide:
seiscientos noventa y nueve metros con veintisiete decímetros cuadrados. Plano:
A-0093538-1993.- Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del uno de julio del año dos mil catorce, con la base de doce millones
de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de julio del
año dos mil catorce con la base de cuatro millones de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Agrícola Muelle S. A., contra Adrián Gamboa
López. Exp: 13-002215-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de
febrero del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014021744).
En la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando denuncia penal (anotada al tomo 2011 y
asiento 51964), a las catorce horas y cero minutos (dos horas y cero minutos
pasado meridiano) del veinte de mayo de dos mil catorce y con la base de
veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y
seis mil seiscientos uno-cero cero cero, la cual es
de naturaleza: lote 8 terreno de potrero. Situada en el distrito 02 San José,
cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública con 12,00 metros de frente; al sur, línea férrea Ciruelas-Alajuela con
20,00 metros de frente; al este, lote 7; y al oeste, Faustino Alfaro Salazar.
Mide: mil seiscientos noventa y cinco metros con sesenta y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
(dos horas y cero minutos pasado meridiano) del cuatro de junio de doscientos
catorce, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos (dos horas y cero minutos pasado
meridiano) del diecinueve de junio de doscientos catorce, con la base de seis
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Priber
AU Sociedad Anónima contra Marquiitos Sociedad
Anónima. Expediente: 12-005558-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3
de marzo del 2014.—Msc. Juan Carlos Castro
Villalobos, Juez.—(IN2014021784).
En
la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada al tomo
0408 y asiento 00007027, hipoteca de primer grado al tomo 2010 y asiento
00330932 e hipoteca de segundo grado al tomo 2012 y asiento 00015402, a las
diez horas treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil catorce y con la
base de ciento noventa y dos millones cuatrocientos cincuenta y un mil
novecientos treinta colones al mejor postor remataré: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número doscientos sesenta y tres mil seiscientos noventa
y uno-cero cero cero, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en distrito uno Curridabat,
cantón dieciocho Curridabat de la provincia de San
José. Colinda: norte, Orlando Delfín Rodríguez; sur, Flora Castro Beeche; este, calle pública con 10.03 metros de frente; y
oeste, José Alberto Vindas y Enoc Chavarría Mora.
Mide: cuatrocientos treinta metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del diez de junio del
dos mil catorce, con la base de ciento cuarenta y cuatro millones trescientos
treinta y ocho mil novecientos cuarenta y siete colones con cincuenta céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las diez horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil catorce,
con la base de cuarenta y ocho millones ciento doce mil novecientos ochenta y
dos colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad
de Curridabat contra Dayarat
PW del Este S. A. Expediente: 13-005365-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del
2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014021799).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
ocho horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil catorce y con
la base de cuatrocientos cincuenta mil dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número cuarenta y nueve mil setecientos sesenta-cero cero cero,
la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01
Golfito, cantón 07 Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Compañía Bananera de Costa Rica; al sur, calle pública con 98 m 16 cm; al este,
en el vértice de la calle pública; y al oeste, Compañía Bananera de Costa Rica.
Mide: tres mil seiscientos ochenta y siete metros con cuarenta y un decímetros
cuadrados. Plano: P-0589595-1985. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil catorce, con la
base de trescientos treinta y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y treinta minutos del seis de octubre de dos mil catorce, con la base de ciento
doce mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Algo Más LLC S. A. contra
3-101-665770 S. A. Expediente: 14-000142-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito,
17 de marzo del 2014.—Lic. Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014021826).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del ocho de setiembre
de dos mil catorce y con la base de tres millones quinientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número
BBP073, marca: Toyota, estilo Echo, categoría automóvil, capacidad 5 personas,
año 2002, vin: JTDAT123420220334. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de setiembre
de dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil
colones exactos y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta
minutos del diez de octubre de dos mil catorce, con la base de ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Inversiones Elba Griega Limitada contra Evelyn Salas
Garita. Expediente: 13-000913-1204-CJ.—Juzgado de
Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia,
17 de marzo del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014021828).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de
mayo del dos mil catorce y con la base de cuarenta millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número treinta y seis mil ciento cuarenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: solar para construir.
Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Luis Dávila Acosta y Mariana Bustos Bustos; al sur, Arístides Baltodano
Guillén; al este, calle pública con un frente de 12 metros 52 centímetros; y al
oeste, Arístides Baltodano Guillén. Mide: doscientos
noventa y nueve metros con cuatro decímetros cuadrados. Plano: G-0017719-1975.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de
junio del dos mil catorce, con la base de treinta millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del veinte de junio del dos mil catorce, con
la base de diez millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Almacén
Eléctrico Rorifer, Róger
Ríos Fernández. Expediente: 14-000323-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 12 de marzo del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen,
Juez.—(IN2014021854).
En la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del veintiuno de mayo
del dos mil catorce y con la base de veintidós millones treinta y seis mil
setecientos doce colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento noventa y siete mil quinientos trece-cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno construido.
Situada en el distrito 01 Tilarán, cantón 08 Tilarán de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Elmer Vinicio Murillo Salazar; al sur, Emilce Ruiz
Murillo, Carlos Castillo Martínez, Teresa Murillo Solórzano y Rafael Antonio
Arce Sánchez; al este, Elmer Vinicio Murillo Salazar y calle pública; y al
oeste, Haydee López López. Mide: quinientos trece
metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil catorce, con la base
de dieciséis millones quinientos veintisiete mil quinientos treinta y cuatro
colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de junio
del dos mil catorce, con la base de cinco millones quinientos nueve mil ciento
setenta y ocho colones con ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Daisy Ondina Porras Araya
contra Dulia María Murillo Salazar. Expediente:
14-000291-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 11 de marzo del 2014.—Jorge
Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014021950).
En
la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer grado a
favor de la Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo, citas
2013-00217851-01-0002-001 y plazo de convalidación, citas
2011-00043516-01-0004-001, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
veinticinco de junio de dos mil catorce y con la base de cuatro millones
ochocientos veinticuatro mil seiscientos veintiocho colones con veinticuatro
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 227474-000, la cual es terreno de potrero con una
casa. Situada en el distrito 04 San Roque, cantón 02 Barva
de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Javier González Madriz; al sur,
calle pública con un frente de 10.59 metros; al este, Representaciones Alvasant JT S.A.; y al oeste, Municipalidad de Barva. Mide: ciento cincuenta y siete metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta
y cinco minutos del diez de julio de dos mil catorce, con la base de tres
millones seiscientos dieciocho mil cuatrocientos setenta y un colones con
dieciocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de
julio de dos mil catorce, con la base de un millón doscientos seis mil ciento
cincuenta y siete colones con seis céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Canelo y Negra Sociedad Anónima contra Jonnattan
Alonso Herrera Moya. Expediente: 13-000533-0504-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 25 de febrero del 2014.—Lic. Adriana
Brenes Castro, Jueza.—(IN2014021965).
En la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del ocho de julio del
dos mil catorce y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placas C 140343, marca Nissan, estilo
UD1800, carrocería caja cerrada o furgón, categoría carga pesada, capacidad
tres personas, año 1992, color rojo, tracción 4x2, motor de 6925 cc, diesel.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del
veintitrés de julio del dos mil catorce, con la base de dos millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de agosto del
dos mil catorce, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Menher de Occidente S.
A. contra Marco Antonio Elizondo Arias. Expediente: 12-002065-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 21 de marzo del 2014.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014021975).
En la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las quince horas treinta minutos del veintiséis de
mayo del dos mil catorce. 1-) Con la base de cincuenta y ocho millones de
colones al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número ochenta y nueve mil ciento cuarenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de
habitación. Situada en el distrito uno Santa Cruz, cantón tres Santa Cruz de la
provincia de Guanacaste. Colinda: norte; sur; y oeste, Flora Mendoza Contreras;
este, carretera de arado a Santa Cruz con trece punto sesenta y un metros.
Mide: quinientos diecisiete metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del diez de
junio del dos mil catorce, con la base de cuarenta y tres millones quinientos
mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las quince horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos
mil catorce, con la base de catorce millones quinientos mil colones (un
veinticinco por ciento de la base inicial). 2-) Con la base de ciento doce
millones de colones al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número diecisiete mil quinientos sesenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de
habitación. Situada en el distrito uno Santa Cruz, cantón tres Santa Cruz de la
provincia de Guanacaste. Colinda: norte; y este, Iglesia de los Santos de los
Últimos Días; sur, Alonso Espinoza Rosales; y oeste, calle cero con frente de
doce punto cincuenta y siete metros. Mide: trescientos sesenta y seis metros
con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y treinta minutos del diez de junio del dos mil catorce, con la
base de ochenta y cuatro millones de colones (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos
del veinticinco de junio del dos mil catorce, con la base de veintiocho
millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Ferremayoreo Pervaz S. A.,
Laura Icela Vásquez Ramírez, Randall Gerardo
Rodríguez Arias. Expediente: 13-032537-1012-CJ. Notifíquese—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de
marzo del 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortes Sánchez,
Juez.—(IN2014022032).
En la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del once de julio
de dos mil catorce y con la base de tres millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número 79278-000, la cual es terreno naturaleza: terreno
para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya
de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, lote 4 B; sur, calle pública
con 9 m 80 cm; este, lote 15 B; oeste, lote 17 B. Mide: doscientos once metros
con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece
horas y treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil catorce, con la
base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y
treinta minutos del trece de agosto de dos mil catorce, con la base de
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hernán Moraga Ramírez contra
Olga Eduarte Corea. Expediente: 13-002295-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, 25 de febrero del 2014.—Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—(IN2014022064)
En
la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada bajo citas: 302-08477-01-0002-001; a las
nueve horas del nueve de julio de dos mil catorce, y con la base de cuatro
millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y un mil seiscientos
veintidós-cero cero cero, (231622-000), la cual es
terreno de café. Situada en el distrito 01 San Marcos, cantón 05 Tarrazú, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Adolfo Umaña Ureña; al sur, Sonia
Patricia García Cruz; al este, Adolfo Umaña Ureña y al oeste, servidumbre de
paso y Gildo Vega Rojas. Mide: mil cuatrocientos
cuarenta y ocho metros con veintitrés decímetros cuadrados y se encuentra
descrita en el plano número SJ-0906085-2004. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas del treinta de julio de dos mil catorce, con la base de tres
millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas del dieciocho de agosto de dos mil catorce
con la base de un millón de colones (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Wilfrido Bermúdez Zúñiga contra
Guillermo Castro Bonilla y Óscar Castro Bonilla. Exp:
13-008239-1164-CJ.—Juzgado Agrario de Cartago,
19 de marzo del año 2014.—Lic. Bernardo Solano Solano,
Juez.—(IN2014022127).
A
las ocho horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil catorce, en la
puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de
gravámenes hipotecarios, soportado anotaciones de embargo al tomo 800, asiento
40205 y tomo 800, asiento 63969, ambos consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia 001 y según informe técnico visible a imagen
189 del expediente electrónico, dicho inmueble presenta un problema de
inconsistencia de medida que indica el plano, con la medida registral, ello
atribuible posiblemente a un error de Catastro, es por eso que se tomó como
medida o valor real el ofrecido por el estudio registral. Para el primer remate
y con la base de veintitrés millones novecientos cincuenta y nueve mil
trescientos veintidós colones con cincuenta y dos céntimos según informe
pericial visible de la imagen 176 a la 180 del expediente electrónico, remataré
el inmueble del Partido de Alajuela, matrícula número doscientos ochenta y
nueve mil doscientos tres-cero cero dos, sito en el distrito 01 Quesada, cantón
diez San Carlos de la provincia de Alajuela; lindante al norte, calle pública y
Maykol Gómez Vargas; al sur, Francisco Argüello Argüello; al este, Fernando Enrique Vargas Solís y Maykol Gómez Vargas; al oeste, calle pública y Mykol Gómez Vargas; al noreste, calle pública; al noroeste,
calle pública y Esteban Eduardo Vargas Solís; al sureste, Juan Luis Vargas
Solís y Esteban Eduardo Vargas Solís, y suroeste, Ernesto Argüello Corrales, el
cual mide veintidós mil ciento cincuenta y seis metros con treinta y un decímetros
cuadrados propiedad de Rodrigo Zamora Jiménez según plano catastrado N°
A-0210169-1994. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo
remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la
suma de diecisiete millones novecientos sesenta y nueve mil cuatrocientos
noventa y un colones con ochenta y nueve céntimos, se señalan las ocho horas
treinta minutos del siete de julio del dos mil catorce (8:30 horas del
07:07:2014). En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen
posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de
la base original, sea la suma de cinco millones novecientos ochenta y nueve mil
ochocientos treinta colones con sesenta y tres céntimos, para la segunda se
señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil
catorce (08:30 del 21-07-2014). Lo anterior por estar así ordenado en proceso
de ejecución prendaria (simple por conversión) establecido por la Cooperativa
de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R. L. (Coocique R. L.), contra Juan Luis Vargas Solís y otro.
Expediente N° 11-000167-0298AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 5 de febrero del
2014.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—(IN2014022135).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso; a las catorce
horas y cero minutos del diecisiete de julio de dos mil catorce, y con la base
de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
cuatro mil quinientos cuarenta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 09 Palmera, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Carlos Artavia
Araya; al este, Quebrada Grande en medio Tamuga S. A., y al oeste, calle pública
con un frente a ella de 18.80. Mide: Cuatrocientos cuarenta metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de
agosto de dos mil catorce, con la base de un millón ciento veinticinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de agosto de
dos mil catorce con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Yire Caño Colpachi S. A. contra Enrique Rodríguez López. Exp. N° 14-000057-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 18 de marzo
del 2014.—Lic. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2014022151).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
diez horas y cero minutos del tres de junio de dos mil catorce, y con la base
de ciento ochenta y nueve mil quinientos cuarenta dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: El derecho 001 y 002 de la finca del Partido de
San José matrícula 479511, naturaleza terreno para construir lote uno A, bloque
A, con una casa de habitación, situada en distrito 03 La Trinidad cantón 14,
Moravia de la provincia de San José. Linderos: sur, calle pública con 25.41
metros de frente; noreste, calle pública con 6.35 metros de frente; noroeste,
casa número dos contigua; suroeste, Javier Zúñiga Zúñiga
casa contigua, mide 185 metros con 91 decímetros cuadrados, plano SJ-0379065-1997.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho
de junio de dos mil catorce, con la base de ciento cuarenta y dos mil ciento
cincuenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del tres de
julio de dos mil catorce con la base de cuarenta y siete mil trescientos
ochenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Luis
Murillo Rodríguez contra Ana Lorena Mata Chacón, Mario Francisco Prado Serrano.
Exp. N° 13-017346-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de febrero
del 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014022169).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del once de
julio de dos mil catorce, y con la base de siete millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula N° 132974 cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito Cot, cantón Oreamuno,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Belisario Solano Martínez; al
sur, Laura Solano Arrieta; al este, calle pública, y al oeste, Luis Enrique
Cerdas González. Mide: trescientos treinta y seis metros con setenta y cuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del veintinueve de julio de dos mil catorce, con la base de cinco
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos
del trece de agosto de dos mil catorce con la base de un millón setecientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Martín Madriz
Arce contra Sandra María Brenes Mora. Exp. N°
14-000093-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 11 de marzo del 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera,
Jueza.—(IN2014022190).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del diecinueve de
junio de dos mil catorce (3:00 pm), y con la base de dos millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula N° 69050-000 la cual es terreno para construir. Situada
en el distrito Heredia, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, Cafetalera Hernández Lobo S. A 4 m 60 cm; al sur, avenida 3 con 5 m 70
cm; al este, Cafetalera Hernández Lobo 20 m 91 cm, y al oeste, Carlos Francisco
Hernández y otro. Mide: Ciento treinta y cinco metros con treinta y seis
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del cuatro de julio de dos mil catorce (3:00 p. m), con la base de un
millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del
veintiuno de julio de dos mil catorce (3:00 pm) con la base de quinientos mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de
Cobro Judicial, se le hace la indicación a los posibles postores que para
participar se deberá aportar la totalidad de la base. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Edgar Adolfo Araya Mora contra Víctor
David Boza Valverde. Exp. N° 12-010796-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
18 de febrero del 2014.—Lic. Greivin Mora Alvarado,
Juez.—(IN2014022201).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo: 394, asiento: 4134; a las
trece horas y cero minutos del dos de junio del año dos mil catorce, y con la
base de ochenta y un millones seiscientos sesenta y tres mil setecientos
treinta colones con siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 504252-000, la cual es terreno
para construir lote F diecisiete. Situada en el distrito 01 Curridabat,
cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, lote F 16; al sur, calle publica; al este, calle pública, y
al oeste, lote F 18 y lote 19. Mide: trescientos metros con cuarenta y ocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cero
minutos del diecisiete de junio del año dos mil catorce, con la base de sesenta
y un millones doscientos cuarenta y siete mil setecientos noventa y siete
colones con cincuenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cero minutos del dos de
julio del año dos mil catorce, con la base de veinte millones cuatrocientos
quince mil novecientos treinta y dos colones con cincuenta y un céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Antonio
Barboza Garro, expediente N° 13-032097-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de marzo del año
2014.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—(IN2014022230).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
dieciséis horas y cero minutos del veinte de mayo de dos mil catorce, y con la
base de dieciocho millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número sesenta mil ochenta y cinco - cero cero cero la cual es terreno para construir lote 80 con una
casa. Situada en el distrito 1-Puntarenas, cantón 1-Puntarenas, de la provincia
de Puntarenas.- Colinda: al norte, lote 81; al sur, lote 79; al este, lote 77 y
al oeste, calle Miravalles d/acc
rest 6m 76cm. Mide: ciento treinta y cinco metros con
ochenta y tres decímetros cuadrados.- Para el segundo remate se señalan las
dieciséis horas y cero minutos del cuatro de junio de dos mil catorce, con la
base de trece millones novecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del diecinueve de junio de dos mil catorce con la base de
cuatro millones seiscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Adriana Isabel Morales
Novoa y Jorge Luis Matarrita Villalobos Exp: 13-013222-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del I Circuito Judicial de Alajuela, 10 de
marzo del 2014.—Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014022271).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
once horas y cero minutos del trece de mayo de dos mil catorce, y con la base
de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento seis mil
novecientos cincuenta y dos derecho cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito Guadalupe, cantón Cartago, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Rodolfo Tassier Palavicini; al sur calle pública con 13 m 18 cm; al este
calle pública con 8 m 40 cm y al oeste Rodrigo Cordero Rojas. Mide: ciento
cincuenta y siete metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de mayo de dos
mil catorce, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del doce de junio de dos mil catorce con la base de dos millones
de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de L.R.L A La cabeza de los
Negocios S. A contra Carlos Durán Hidalgo, Erick Mauricio Durán Romero. Exp: 13-013556-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de marzo
del 2014.—Yessenia Brenes González,
Jueza.—(IN2014022275).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
nueve horas y cero minutos del veintisiete de mayo de dos mil catorce, y con la
base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago
, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
228528-000 la cual es terreno para construir lote 4 con una casa. Situada en el
distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Roger Figueroa Bonilla; al sur, Roger Figueroa Bonilla; al
este, Roger Figueroa Bonilla y al oeste, calle pública con un frente de. Mide:
ciento cincuenta y un metros con cero centímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del once de junio de dos mil
catorce, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del veintiséis de junio de dos mil catorce con
la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Rascuacho Sociedad
Anónima contra Esteban Bejarano Leitón. Exp. N° 13-004624-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 14 de enero del año 2014.—Msc. Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2014022277).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos Citas:
573-14283-01-0004-001; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del
veintiséis de mayo de dos mil catorce, y con la base de ciento dieciséis mil
cuatrocientos setenta y nueve dólares con
cincuenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 160276-000 la cual es terreno
de potrero situada en el distrito 09 Tamarindo cantón 03 Santa Cruz de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Rogelio Villarreal Vásquez; sur,
calle pública con un frente a ella de 19 metros 10 cm lineales este: Paula Rosales
Coronado, oeste, Balbino Rosales Coronado. Mide: dos
mil trescientos setenta y seis metros con setenta y seis decímetros cuadrados.
Plano: G-0985442- 2005. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y
cuarenta y cinco minutos del diez de junio de dos mil catorce, con la base de
ochenta y siete mil trescientos cincuenta y nueve dólares con sesenta y cinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se
señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio de
dos mil catorce con la base de veintinueve mil ciento diecinueve dólares con
ochenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Miriam
Iveth Romero Arroyo. Exp.: 12-001029-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, 03 de diciembre del 2013.—Lic. Grace Solís Solís, Jueza.—(IN2014022300).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos Citas:
449-02706-01-0004-001; a las diez horas y cero minutos del veintisiete de mayo
de dos mil catorce, y con la base de seis millones quinientos setenta y tres
mil quinientos cuarenta y un colones con quince céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 103973-001 y 002 la cual es terreno para construir situada en el
distrito 05 Paquera cantón 01 Puntarenas de la
provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Carlos Luis Morales Chaves; sur,
calle pública con frente de 15 m; este, Marcos Morales Chaves; oeste, Carlos
Luis Morales Chaves. Mide: trescientos metros cuadrados Plano: P-0396258-1997.
Para el Segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del once de
junio de dos mil catorce, con la base de cuatro millones novecientos treinta
mil ciento cincuenta y cinco colones con ochenta y seis céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas
y cero minutos del veintiséis de junio de dos mil catorce con la base de un
millón seiscientos cuarenta y tres mil trescientos ochenta y cinco colones con
veintinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Adonays Morales Mesén, Bernny
Villarreal Zeledón y José Regino Villarreal Zeledón. Exp.:
13-001986-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 04 de diciembre del 2013.—Lic.
Grace Solís Solís, Jueza.—(IN2014022304).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las once
horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil catorce, y con la base de
trece millones ciento cincuenta y cuatro mil quinientos tres colones con
sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 192123-001 y 002 la cual es terreno
destinado a la agricultura parcela 26. Situada en el distrito 03 Potrero
Cerrado, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Empresa Comunitaria de
Gestión Campesina de la Unión Irazú de Responsabilidad Limitada; al este, calle
pública y al oeste, camino público. Mide: seis mil doscientos veintisiete
metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan
las once horas y treinta minutos del veinticinco de junio de dos mil catorce, con
la base de nueve millones ochocientos sesenta y cinco mil ochocientos setenta y
siete colones con setenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos
del diez de julio de dos mil catorce con la base de tres millones doscientos
ochenta y ocho mil seiscientos veinticinco colones con noventa y un céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Inversiones Asicar Sociedad Anónima contra Dagoberto Gómez Sánchez y Yolanda
María Aguilar Marín. Exp.: 13-005887-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
11 de marzo del 2014.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo,
Jueza.—(IN2014022312).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios; a las dieciséis horas y cero minutos del veintisiete de
mayo de dos mil catorce, y con la base de un millón doscientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa CL 139548,
marca Toyota, estilo Hilux, categoría carga liviana,
año 1990, color gris, chasis JT4RN81R8L5049006, cilindrada 2366 cc. Para el Segundo remate se señalan las dieciséis horas y
cero minutos del once de junio de dos mil catorce, con la base de novecientos
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintiséis de junio
de dos mil catorce con la base de trescientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Mave de Turrialba Sociedad Anónima contra María Yamileth
Arroyo Alvarado. Exp.: 13-010246-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
14 de enero del 2014.—Licda. Ericka Sanabria Salazar,
Jueza.—(IN2014022313).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones Ref:
00221255-000 Citas 361-00763-01-0828-001 y condiciones Ref:
00221255-000 Citas 361-00763-01-0830-001; a las nueve horas y treinta minutos
del seis de junio del año dos mil catorce, y con la base de treinta y nueve
millones seiscientos sesenta y nueve mil setenta y dos colones con cincuenta y
cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil ciento sesenta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno
para agricultura. Situada en el distrito 01 Upala,
cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Nemecio Altamirano Altamirano; al sur, Mirian Pérez Varela; al este, calle
pública y al oeste, Nemecio Altamirano Altamirano. Mide: tres mil quinientos metros cuadrados.
Plano: 1260403-2008. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veintitrés de junio del año dos mil catorce, con la base de
veintinueve millones setecientos cincuenta y un mil ochocientos cuatro colones
con cuarenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
Tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de julio
del año dos mil catorce con la base de nueve millones novecientos diecisiete
mil doscientos sesenta y ocho colones con catorce céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra William María Peraza Fernández. Exp.: 14-000519-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 04 de abril del 2014.—Lic. Luis Alberto Miranda García, Juez.—(IN2014022331).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones y reservas en el mejor
postor remataré lo siguiente: fincas inscritas en el Registro Público, Partido
de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 3-237406-000 y 3-234324-000 las cuales se describen en su orden
respectivo de la siguiente forma: 1) La finca matrícula 3-237406-000 es terreno
de cultivo. Situada en el distrito 02 Santiago, cantón 02 Paraíso, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte calle publica; al sur Pedro Cordero
Román y Aida Luz Guillen Montenegro; al este Pedro Cordero Román y Aida Luz
Guillen Montenegro y al oeste Pedro Cordero Román y Aida Luz Guillen
Montenegro. Mide: dos mil noventa y ocho metros cuadrados. 2) La finca
matrícula 3-234324-000 es terreno para construir. Situada en el distrito 02
Santiago, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte
calle publica con un frente de 21 metros 72 centímetros; al sur Pedro Cordero
Román y Aida Luz Guillen Montenegro; al este Pedro Cordero Román y Aida Luz
Guillen Montenegro y al oeste, Pedro Cordero Román y Aida Luz Guillen
Montenegro. Mide: trescientos doce metros cuadrados. Para tal efecto se señalan
las ocho horas con cero minutos del trece de mayo de dos mil catorce (primer
remate). De no haber postores, para llevar a cabo el Segundo remate, se señalan
las ocho horas con cero minutos del veintiocho de mayo de dos mil catorce De no
apersonarse rematantes, para el Tercer remate, se señalan las ocho horas con
cero minutos del doce de junio de dos mil catorce. Las bases para remate de la
finca matrícula 3-237406-000 serán para el Primer remate trece millones
doscientos cincuenta y siete mil seiscientos quince colones con ochenta
céntimos, el segundo con la base de nueve millones novecientos cuarenta y tres
mil doscientos once colones con ochenta y cinco céntimos
(rebajada en un 25 %) y el tercero con la base de tres millones trescientos
catorce mil cuatrocientos tres colones con noventa y cinco céntimos (un 25 % de
la base original). Las bases para remate de la finca matrícula 3-234324-000
serán para el primer remate dos millones setecientos cuarenta y dos mil
trescientos ochenta colones, el segundo con la base de dos millones cincuenta y
seis mil setecientos ochenta y ocho colones con quince céntimos (rebajada en un
25%) y el tercero con la base de seiscientos ochenta y cinco mil quinientos
noventa y seis colones con cinco céntimos (un 25 % de la base original). Se
rematan por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Sandra Mayela
Cordero Guillén. Exp: 12-012063-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
10 de enero del 2014.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014022344).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del doce de mayo de dos
mil catorce, y con la base de siete mil doscientos treinta y seis dólares con
tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: C-155472,
marca: Nissa, categoría: carga pesada, Vin: JNAMA20H9VGF60667, año: 1997, color: blanco, estilo:
UD1800. Para el Segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del
veintisiete de mayo de dos mil catorce, con la base de cinco mil cuatrocientos
veintisiete dólares con dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la Tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del once de
junio de dos mil catorce con la base de mil ochocientos nueve dólares exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Tiburón Pinto Internacional Sociedad Anónima contra Marco Vinicio
Álvarez Cerdas. Exp.: 13-009101-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
16 de enero del 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014022359).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Reservas y Restricciones Citas: 0336-00003714-01-0901-001; a las
siete horas y treinta minutos del ocho de mayo del año dos mil catorce, y con
la base de once millones setecientos treinta y cinco mil seiscientos cinco
colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y
cinco mil seiscientos diecinueve cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, calle pública con frente a ella de 22,00 metros; al sur, Jennifer
Barrientos López; al este, Jennifer Barrientos López y al oeste, Jennifer
Barrientos López. Mide: cuatrocientos dieciocho metros con cero decímetros
cuadrados. Plano: G-1593028-2012. Para el Segundo remate se señalan las siete
horas y treinta minutos del veintitrés de mayo del año dos mil catorce, con la
base de ocho millones ochocientos un mil setecientos cuatro colones con treinta
y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del nueve de junio del año
dos mil catorce con la base de dos millones novecientos treinta y tres mil
novecientos un colones con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Gustavo José Díaz Darce y Yessenia de los Ángeles Navarro Gutiérrez. Exp.: 14-000081-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 17 de marzo del 2014.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2014022368).
En la puerta exterior de este Despacho, al ser las
once horas y quince minutos antes meridiano del veintitrés de junio de dos mil
catorce libre de gravámenes hipotecarios; soportando servidumbre trasladada
bajo el Tomo 360, Asiento 12053; y con la base de doscientos mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 220793-000 la cual es terreno café con un
recibidor, una casa y una bodega. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón
06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hcdas
San Rafael y San Miguel Ltda.; al sur, Irenelu S. A.,
carretera Radial Naranjo; al este, Hacienda La Hilda Ltda. y
al oeste, Alcazar Ltda., y Irenelu
S. A. Mide: trescientos veinticinco mil doscientos dieciocho metros con noventa
y cuatro decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas
y quince minutos antes meridiano del ocho de julio de dos mil catorce, con la
base de ciento cincuenta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos
antes meridiano del veintitrés de julio de dos mil catorce con la base de
cincuenta mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Misty Coral
S. A., contra Finca La Carolina S. A. Exp.:
11-001217-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de marzo del 2014.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014022379).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Reservas y Restricciones, bajo las citas 0401-00005604-01-0917-001 y
Servidumbres de Paso, bajo las citas 0470-00014361-01-0004-001 y
0532-00010674-01-0007-001; a las nueve horas y treinta minutos del veintidós de
mayo del año dos mil catorce, y con la base de setenta y cinco millones
seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y
seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 494442-000, la cual es terreno de potrero. Situada
en el distrito 09 Palmera, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública con un ancho de cincuenta metros lineales y un
largo de cincuenta metros lineales; al sur, Sandra Carlota Chiroldes
Corella y Abel Chiroldes Corella; al este, Hermanos Chiroldes Williams Ltda. y al
oeste, Servidumbre agrícola en medio con un ancho de siete metros y un largo de
231,30 metros lineales y Carmen Magaly Chiroldes
Corella. Mide: veinte mil novecientos sesenta y siete metros cuadrados. Plano:
A-1510729-2012. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del seis de junio del año dos mil catorce, con la base de cincuenta y
seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veintitrés de junio del año dos mil catorce con la base de
dieciocho millones novecientos dieciséis mil seiscientos sesenta y seis colones
con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Joaquín Cristian
Herrero Martínez contra Fidela Chiroldes Corella. Exp.: 13-100051-0297-CI.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 07 de
febrero del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014022388).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las
quince horas y cero minutos del veintiséis de junio del dos mil catorce y con
la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas N° 831065, marca Honda, categoría automóvil,
capacidad para 5 personas, año 1999, color negro, cilindrada 1600 cc,
combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del once de julio del dos mil catorce, con la base de tres millones de
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de julio del
dos mil catorce, con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Asociación Solidarista de Empleados del Banco de Costa
Rica y Afines contra Hazel Viviana Torres Brenes.
Expediente: 14-000505-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
12 de marzo del 2014.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña,
Juez.—(IN2014022393).
A las diez horas y cero minutos del dieciséis de
junio del dos mil catorce, en la puerta exterior de este despacho en el mejor
postor de las formas que se dirán y con sus respectivas bases, remataré las
siguientes fincas: primera finca: con la base de veinticinco millones
setecientos ochenta y cuatro mil quinientos ochenta y seis colones con
dieciocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada, bajo las citas: 299-14279-01-0901-001, demanda
ordinaria bajo las citas: 800-57057-01-0001-001, la finca del partido de
Alajuela, matrícula número 123793-000, la cual es terreno de pastos con una
casa. Situada en el distrito 05 Venecia, cantón 10 San Carlos de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte: Eduardo Porras Vargas; sur, Flory
Rojas Vargas; este, José Ángel Salas Rojas, Bolívar Retana Castro; oeste, calle
pública con 21 mts 54 cts. Mide: ochocientos ochenta
y seis metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Plano: A-0599901-1999.
Segunda finca: con la base de dos millones ciento cuarenta y ocho mil
setecientos quince colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, la finca del partido de Alajuela, matrícula número 248369-000, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Venecia, cantón 10
San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Marlon Rojas
Rodríguez; sur, Leda Piedra; este, calle pública; oeste, Eloy Chacón Aguilar.
Mide: doscientos ochenta metros con doce decímetros cuadrados. Plano:
A-0907928-1990. Tercera finca: con la base de dos millones setecientos sesenta
y dos mil seiscientos treinta y cuatro colones con veinticuatro céntimos, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria bajo las citas:
800-57055-01-0001-001, la finca del partido de Alajuela, matrícula número
391636-001-002-003-004, la cual es terreno construir. Situada en el distrito 05
Venecia, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con un frente de 25 metros; sur, Marlon Rojas Rodríguez; este,
calle pública con un frente de once metros 20 centímetros; oeste, Mercedes
Aguilar Araya. Mide: doscientos ochenta metros con veintisiete decímetros
cuadrados. Plano: A-0908359-1990. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del uno de julio del dos mil catorce, con la base de
diecinueve millones trescientos treinta y ocho mil cuatrocientos treinta y
nueve colones con sesenta y cuatro céntimos por la primera finca, con la base
de un millón seiscientos once mil quinientos treinta y seis colones con sesenta
y tres céntimos por la segunda finca y con la base de dos millones setenta y un
mil novecientos setenta y cinco colones con sesenta y ocho céntimos por la
tercera finca (rebajada en un 25%). Para el tercer remate se señalan las diez
horas y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil catorce, con la base de
seis millones cuatrocientos cuarenta y seis mil ciento cuarenta y seis colones
con cincuenta y cinco céntimos por la primera finca, con la base de quinientos
treinta y siete mil ciento setenta y ocho colones con ochenta y ocho céntimos
por la segunda finca y con la base de seiscientos noventa mil seiscientos
cincuenta y ocho colones con cincuenta y seis céntimos por la tercera finca. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Marlon Rojas Rodríguez. Expediente: 13-002177-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 27 de febrero del 2014.—Lic. Luis Diego Romero
Trejos, Juez.—(IN2014022414).
En la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando ; condiciones ref.: 2245-055-001,
citas: 0343-00012454-01-900-001, a las ocho horas y cero minutos del diecinueve
de mayo del dos mil catorce y con la base de diecinueve millones seiscientos
sesenta y cinco mil ciento ochenta y ocho colones con sesenta céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número doscientos veinticuatro mil cuatrocientos dieciocho-cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno de potreros,
situada en distrito 07 Pejibaye, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San
José. Linderos: norte, Miguel Ángel Pérez Muñoz; sur, Benito Ramírez Marín;
este, calle pública; Benito Ramírez Marín y José Vindas
Cascante; oeste, Miguel Ángel Pérez Muñoz. Mide: ciento cincuenta y seis mil
seiscientos setenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las ocho horas y cero minutos del tres de junio del dos mil catorce,
con la base de catorce millones setecientos cuarenta y ocho mil ochocientos
noventa y un colones con cuarenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos
del dieciocho de junio del dos mil catorce, con la base de cuatro millones
novecientos dieciséis mil doscientos noventa y siete colones con quince
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Víctor Cordero Valverde.
Expediente: 14-001234-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 25 de marzo del
2014.—Lic. Christian Zamora Pérez, Juez.—(IN2014022415).
En la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las once horas y quince minutos del diecinueve de
junio de dos mil catorce y con la base de tres millones ochocientos treinta y
ocho mil novecientos sesenta y dos colones con cuarenta y cinco céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL 232188, marca
Mitsubishi, estilo L200 Did Common
Rail, año 2008, color blanco, vin MMBJNKB408D047091.
Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del cuatro de
julio de dos mil catorce, con la base de dos millones ochocientos setenta y
nueve mil doscientos veintiún colones con ochenta y cuatro céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once
horas y quince minutos del veintiuno de julio de dos mil catorce, con la base
de novecientos cincuenta y nueve mil setecientos cuarenta colones con sesenta y
un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A.
contra Luis Ángel Montiel Araya y Ronald Gerardo Montiel Araya. Expediente:
14-000664-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Heredia, 19 de marzo del 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau
Hernández, Juez.—(IN2014022417).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
catorce horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil catorce y
con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos
setenta y siete mil seiscientos veintiocho-cero cero cero,
la cual es terreno para construir con tres locales comerciales de 6 por 12
metros y dos apartamentos. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez
Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Socorro Rojas Ortiz; al
sur, carretera interamericana con un frente de 26 metros 47 centímetros; al
este, Jesús Narciso Fonseca Hernández; y al oeste, Roxana Solís Quirós. Mide:
quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del ocho de octubre del dos mil catorce, con la base de
siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del veintitrés de octubre del dos mil catorce, con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Adriana María Conejo
Delgado. Expediente: 14-001110-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 11 de
marzo del 2014.—Lic. Christian Zamora Pérez, Juez.—(IN2014022420).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones, citas: 0306-00005400-01-0901-001, a las
catorce horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil catorce y con
la base de sesenta y ocho millones doscientos veintiún mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número cincuenta y cuatro mil novecientos doce-F-cero cero cero, la cual es terreno finca filial número treinta
identificada como A C seis treinta compuesta por un apartamento ubicado en el
sexto nivel del edificio A destinado a uso habitacional en proceso de
construcción. Situada en el distrito 03 Veintisiete de Abril, cantón 03 Santa
Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, área común libre; al
sur, en parte con finca filial A-C-seis-veintinueve y en parte con área común
construida; al este, en parte con área común libre y en parte con finca filial
A-C-seis veintinueve; y al oeste, en parte con área común construida y en parte
con área común libre. Mide: doscientos ochenta y un metros con cuarenta y tres
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del dos de junio del dos mil catorce, con la base de cincuenta
y un millones ciento sesenta y cinco mil setecientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil catorce,
con la base de diecisiete millones cincuenta y cinco mil doscientos cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Horizontal Residencial Península
contra 3101456470 Sociedad Anónima. Expediente: 12-003534-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 31 de marzo del 2014.—Lic. Allan
Montero Valerio, Juez.—(IN2014022422).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las
nueve horas quince minutos del veintidós de mayo de dos mil catorce y con la
base de dos mil cuatrocientos treinta y tres dólares con setenta y ocho
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: vehículo placas
691210, marca Kia, estilo Sorento
Ex, año 2007, color gris, capacidad 5 personas, categoría automóvil, carrocería
todo terreno 4 puertas, chasís KNAJC521575734641, motor N° D4CB6131099,
combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las nueve horas quince
minutos del seis de junio de dos mil catorce, con la base de mil ochocientos
veinticinco dólares con treinta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas quince minutos del
veintitrés de junio de dos mil catorce, con la base de seiscientos ocho dólares
con cuarenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A. contra Alternativa Ambiental Int Sociedad Anónima y Margarita Cordero Arrieta.
Expediente: 13-018736-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de marzo
del 2014.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2014022423).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre de dos mil catorce
y con la base de dieciocho mil seiscientos once dólares con sesenta y cuatro
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número
PRS777, marca Kia, estilo Sportage,
categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color gris, vin KNAPB811AC7342859, cilindrada 1998 cc, combustible
gasolina, motor N° G4KDCH356813. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de setiembre de dos mil catorce,
con la base de trece mil novecientos cincuenta y ocho dólares con setenta y
tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del uno de octubre de dos
mil catorce, con la base de cuatro mil seiscientos cincuenta y dos dólares con
noventa y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor
de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Lafise S.A. contra
Priscilla Guzmán Álvarez. Exp. 13-005431-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 12 de
marzo del 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014022425).
En la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del catorce de mayo
del dos mil catorce y con la base de catorce millones trescientos cuarenta y siete
mil ciento cuatro colones con dos céntimos en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos ocho
mil noventa-cero cero cero, la cual es terreno de
café con una casa. Situada en el distrito 04 Piedades Norte, cantón 02 San
Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Maria
Marcela Ureña Álvarez; al sur, Ramón Soto Alvarado; al este, Salvador Vindas Castillo y José Arce Arias; y al oeste, calle
pública con 73 mts 25 cm de frente. Mide: ocho mil
cuatrocientos veintinueve mts con setenta y dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintinueve de mayo del dos mil catorce, con la base de
diez millones setecientos sesenta mil trescientos veintiocho colones con un
céntimo (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de junio del dos mil catorce,
con la base de tres millones quinientos ochenta y seis mil setecientos setenta
y seis colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Leda Rojas Sandoval y Luis Adolfo Ramos Carmona. Expediente:
11-024017-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de marzo del 2014.—Lic.
Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014022436).
En la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes prendarios, a las diez horas y quince minutos del trece de mayo de
dos mil catorce y con la base de dieciocho mil novecientos setenta y cinco
dólares con setenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo placa 651678, marca Mercedes Benz, estilo E, categoría automóvil,
capacidad cinco personas, carrocería sedan 4 puertas, año 2007, color plateado,
tracción 4x2, chasis WDB2110541B029699, motor 27294330448800, cilindrada 2996
cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
quince minutos del veintiocho de mayo de dos mil catorce, con la base de
catorce mil doscientos treinta y un dólares con ochenta y cuatro centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las diez horas y quince minutos del doce de junio de dos mil catorce, con la
base de cuatro mil setecientos cuarenta y tres dólares con noventa y cuatro
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank
de Costa Rica S. A. contra Debbie Oses Espinoza.
Expediente: 13-019190-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de marzo
del 2014.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2014022463).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las
catorce horas y cero minutos del tres de setiembre de dos mil catorce y con la
base de cuatro mil doscientos sesenta y siete dólares con veintisiete centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa 595442, marca
Hyundai, estilo Tucson GL, año 2005, color verde. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de setiembre de dos mil
catorce, con la base de tres mil doscientos dólares con cuarenta y cinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del tres de octubre de dos mil
catorce, con la base de mil sesenta y seis dólares con ochenta y un centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria
de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Óscar Alexander
Pérez. Expediente: 10-000770-0681-CI.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 26 de marzo del
2014.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2014022467).
En la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, según citas:
0325-00004720-01-0901-001 y 0330-00007274-01-0002-001, a las once horas treinta
minutos del catorce de mayo del dos mil catorce y con la base de cincuenta y
dos mil quinientos diez dólares con setenta y tres centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número 146888-000, la cual es terreno para uso agrícola. Situada en el distrito
03 Sardinal, cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte, Carolina Ocean View S. A. y servidumbre
agrícola en parte; al sur, servidumbre agrícola; al este, Carolina Ocean View S. A.; y al oeste, Carolina Ocean
View S. A. Mide: cinco mil ciento veintinueve metros con veintitrés decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del
veintinueve de mayo del dos mil catorce, con la base de treinta y nueve mil
trescientos ochenta y tres dólares con cinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas
treinta minutos del trece de junio del dos mil catorce, con la base de trece
mil ciento veintisiete dólares con sesenta y ocho centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad
Anónima contra Peter Jacob Howmiller en su doble
carácter tanto personal como representante de la sociedad accionada English
Park Royal Properties Limitada contra Jennifer Rae Howmiller. Exp. 12-001587-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 31 de enero del 2014.—Lic. Luis Alberto
Ureña Monge, Juez.—(IN2014022474).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero
soportando colisión inscrita bajo la boleta 2012-2428-47, sumaria
12-003319-0174-TC, del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San
José; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de mayo de dos
mil catorce, y con la base de cuatro mil doscientos noventa y dos dólares con
ochenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placas 653955, marca Land Rover,
estilo Discovery, año 2006, color plateado, vin SALLAAA446A405705, motor 6240959676406PN, cilindrada
4000 c.c. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del cinco de junio de dos mil catorce, con la base de tres mil
doscientos diecinueve dólares con sesenta centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del veinte de junio de dos mil catorce con la base de mil setenta
y tres dólares con veinte centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank
de Costa Rica Sociedad Anónima contra Jorge Luis Granados Fallas Exp. N° 13-004088-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 14 de febrero del 2014.—Lic. Adriana
Brenes Castro, Jueza.—(IN2014022476).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Servidumbre Trasladada anotada bajo las citas 306-6953-01, a las
ocho horas y quince minutos del veintisiete de mayo de dos mil catorce, y con
la base de treinta millones novecientos veinticuatro mil cuatrocientos siete
colones con cuarenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 525878-000, la cual
es terreno lote uno para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores,
cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Georgina María Alpízar Bolaños; al
este, Víctor Solís Ugalde y al oeste, Lote dos de William Vicente Mata Rogers.
Mide: seiscientos cuarenta y cinco metros con noventa y un decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos
del once de junio de dos mil catorce, con la base de veintitrés millones ciento
noventa y tres mil trescientos cinco colones con sesenta céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y quince minutos del veintiséis de junio de dos mil catorce con la base de
siete millones setecientos treinta y un mil ciento un colones con ochenta y
seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank
de Costa Rica S. A. contra Guillermo Alejandro Jiménez Chacón. Exp. N° 14-003296-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de
marzo del 2014.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014022479).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del veintiséis de
mayo del año dos mil catorce, y con la base de diez millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos
cuarenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito San Juan, cantón San Ramón, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de ocho
metros ochenta y siete centímetros; al sur, este y oeste, Inmobiliaria Familia Yehebe S. A. Mide: doscientos metros con cincuenta y siete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del diez de junio del año dos mil catorce, con la base de siete
millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del
veinticinco de junio del año dos mil catorce con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mónica María
Campos Sancho contra Inmobiliaria Familia Yehebe S.
A. Exp. N° 14-000483-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
3 de marzo del 2014.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014022481).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de
mayo de dos mil catorce, y con la base de ocho mil trescientos cuarenta y siete
dólares con diecisiete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: 774533, marca: Kia; estilo: Sorento EX; capacidad: 5 personas; año: 2008; color: negro;
categoría: automóvil; carrocería: todo terreno 4 puertas; tracción: 4x4;
chasis: KNAJC521585835497; N° motor: D4CB7312536; cilindrada: 2497 c.c.;
combustible: diesel; cilindros: 04. Para el segundo remate se señalan las trece
horas y treinta minutos del once de junio de dos mil catorce, con la base de
seis mil doscientos sesenta dólares con treinta y siete centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece
horas y treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil catorce con la base
de dos mil ochenta y seis dólares con setenta y nueve centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A.
contra Óscar Alberto Mata Rojas Exp:
12-019284-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de marzo del 2014.—Lic.
Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2014022485).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
nueve horas del quince de mayo del año dos mil catorce y con la base de
cuarenta y nueve millones seiscientos mil colones exactos en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
166961-006, 007 y 008, la cual es terreno para construir con un local comercial
dedicado a restaurante. Situada en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 2; al sur, calle con 10 m 32
cm y otro; al este, lote 5 y al oeste, Rafael Soto. Mide: ciento treinta y
siete metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas del treinta de mayo del año dos mil catorce con la
base de treinta y siete millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas
del trece de junio del dos mil catorce con la base de doce millones
cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Marco Antonio Chacón Abarca. Exp.
N° 14-001173-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de marzo del 2014.—Lic.
Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014022492).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
376-04771-01-0827-001, servidumbre trasladada citas: 377-02642-01-0936-001,
servidumbre trasladada citas: 377-02642-01-0937-001; a las ocho horas y treinta
minutos del quince de mayo del año dos mil catorce, y con la base de ocho
millones ochocientos cincuenta y cuatro mil trescientos un colones con cuarenta
y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento veintidós mil noventa y seis-cero cero uno
y cero cero dos, la cual es terreno construir N° 12-f
con 1 casa. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 13-F; al sur, lote 11-F; al este,
Freddy R Herrera Mora y al oeste, área dest a calle
3-0 con 6 m. Mide: ciento treinta y dos metros cuadrados. Plano: C-862024-1990.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta
de mayo del año dos mil catorce, con la base de seis millones seiscientos
cuarenta mil setecientos veintiséis colones con
ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de junio del
año dos mil catorce con la base de dos millones doscientos trece mil quinientos
setenta y cinco colones con treinta y seis céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Vera Patricia Castro Cervantes. Exp. N°
14-000348-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 24 de marzo del año
2014.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2014022497).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las catorce horas del dieciséis de junio de dos mil
catorce, y con la base de cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y siete
dólares con veinte centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placas número EE-026863, marca Komatsu, año 2003, Vin 203182, cilindrada 5880 c.c,
color amarillo, categoría equipo especial de obras civiles. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de julio de dos mil
catorce, con la base de treinta y cuatro mil setenta y siete dólares con
noventa centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de julio de
dos mil catorce con la base de once mil trescientos cincuenta y nueve dólares
con treinta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S.A. contra Roloma del Cairo S. A. Exp.
09-034708-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de marzo del 2014.—Lic. Bolívar
Arrieta Zárate, Juez.—(IN2014022501).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios y libre de anotaciones, pero Soportando Servidumbre
Trasladada Citas 250-00009784-01-0002-001, Reservas y Restricciones Citas
363-00000861-01- 0900-001, 386-00014561-01-0902-001, 396-00006045-01-0903-001,
397-00000349- 01-0900-001, servidumbre de paso citas 460-00017019-01-0002-001;
a las catorce horas del treinta de julio de dos mil catorce , y con la base de
ciento catorce mil cuatrocientos setenta y ocho dólares con treinta y cuatro
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 136684-001 y 002, la cual es terreno con un
edificio y parqueo. Situada en el distrito Monte Verde, cantón Puntarenas, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de
34.85 metros; al sur, Argentina Ramírez Vega; al este, Argentina Ramírez Vega,
al oeste, Argentina Ramírez Vega. Mide: seiscientos sesenta y cinco metros con
noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas del catorce de agosto de dos mil catorce, con la base de ochenta
y cinco mil ochocientos cincuenta y ocho dólares con setenta y seis centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas del veintinueve de agosto de dos mil catorce con la base de
veintiocho mil seiscientos diecinueve dólares con cincuenta y nueve centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Y soportando servidumbre
trasladada citas 363-00002965-01-0900-001; a las catorce horas del treinta de
julio de dos mil catorce, y con la base de ciento veinticinco mil cuatrocientos
cuarenta y dos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 132584-000, la cual es terreno
para construir lote uno. Situada en el distrito Monte Verde, cantón Puntarenas,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Jefry
Sim Bough y Thais Margarita
Santamaría Hidalgo; al sur, Lote dos; al este, calle pública con frente 4 m 48
metros y Thais Margarita Santamaría Hidalgo y al oeste, camino público con
frente 73.80 metros. Mide: dos mil cuatrocientos noventa metros con cuarenta y
un decímetro cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del catorce de agosto de dos mil catorce, con la base de noventa y
cuatro mil ochenta y un dólares con cincuenta centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil catorce con la base de
treinta y un mil trescientos sesenta dólares con cincuenta centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S.A. Contra
Rosales Chavarría Douglas Exp: 09-010628-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de
marzo del año 2014.—Lic. Ericka Robleto
Artola, Jueza.—(IN2014022503).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios;
soportando servidumbre de acueducto y de paso de a y a bajo las citas
475-19245-01-0001; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de
mayo de dos mil catorce, y con la base de setenta y cuatro millones setecientos
noventa y dos mil trescientos colones con noventa céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
veintiséis mil doscientos treinta y seis-F-cero cero cero,
la cual es terreno filial treinta y cuatro terreno para construir destinado al
uso habitacional. Situada en el distrito San Pedro, cantón Montes de Oca, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, filiales 35; al sur, filial 33; al
este, área común destinada a acceso vehicular número 1 y área común destina a
acera en medio y al oeste, Roy Castillo Estrada. Mide: ciento setenta y cuatro
metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de mayo de
dos mil catorce, con la base de cincuenta y seis millones noventa y cuatro mil
doscientos veinticinco colones con sesenta y siete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y
cuarenta y cinco minutos del once de junio de dos mil catorce con la base de
dieciocho millones seiscientos noventa y ocho mil setenta y cinco colones con
veintitrés céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mayela
Sequeira Castillo contra Ricardo Gerardo Marín Miranda. Exp.
N° 12-005765-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de enero del 2014.—M.Sc. Osvaldo A. López Mora, Juez.—(IN2014022509).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés
de junio de dos mil catorce, para el primer remate, en el mejor postor remataré
lo siguiente: A) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
treinta y seis mil setecientos noventa y tres-cero cero cero,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y
ley de caminos públicos, citas: 321-01607-01-0061-001, la cual es terreno de
agricultura. Situada en el distrito Quepos, cantón
Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Isidro Sánchez Sánchez; al sur, calle pública y resto de Isidro Sánchez Sánchez; al este, Isidro Sánchez Sánchez
y al oeste, Isidro Sánchez Sánchez. Mide: trescientos
cincuenta y nueve mil seiscientos metros con diez decímetros cuadrados. Con la
base de cien mil dólares exactos, para el primer remate, la base de setenta y
cinco mil dólares exactos (rebajada en un 25%), para el segundo remate, y la
base de veinticinco mil dólares exactos (un 25% de la base original), para el
tercer remate. B) Finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento
cuarenta y dos mil cuatrocientos ochenta y siete-cero cero cero,
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas ley aguas, citas:
318-11359-01-0019-001, servidumbre de paso, citas: 423-11969-01-0011-001,
servidumbre de paso, citas: 423-11969-01-0015-001, afectaciones y limitaciones
Ley Forestal 7575, citas: 504-08092-01-0001-00, la cual es terreno de
agricultura. Situada en el distrito Naranjito, cantón Aguirre, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, Eida Corrales
Carmona en medio calle publica; al sur, Egidio Corrales Carmona en parte
quebrada y José Sánchez Sánchez; al este, José
Sánchez Sánchez y al oeste, Junta de Educación de
Nene, calle publica en medio Egidio Corrales Carmona. Mide: ciento sesenta y
dos mil doscientos cincuenta y nueve metros con cuarenta y un decímetros
cuadrados. Con la base de setenta mil dólares exactos, para el primer remate,
la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (rebajada en un 25%),
para el segundo remate, y la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos
(un 25% de la base original), para el tercer remate. C) Finca del partido de
Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y dos mil cuatrocientos ochenta y
seis-cero cero cero, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas ley aguas, citas: 318-11359-01-0019-001,
servidumbre de paso, citas: 423-11969-01-0011-001, servidumbre de paso, citas:
423-11969-01-0015-001, la cual es terreno de agricultura. Situada en el
distrito Quepos, cantón Aguirre, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Reynaldo Matamoros Chacón; al sur, Ovidio
Corrales Carmona en medio calle pública, quebrada y resto de Signos Claroscuro
S. A.; al este, Isidro Sánchez Sánchez y al oeste,
Pedro Fuentes S. A. y Ovidio Corrales Carmona en medio calle publica y resto de
Signos Claroscuro S. A. Mide: trescientos setenta y nueve mil cincuenta y nueve
metros con veintitrés decímetros cuadrados. Con la base de cien mil dólares
exactos, para el primer remate, la base de setenta y cinco mil dólares exactos
(rebajada en un 25%), para el segundo remate, y la base de veinticinco mil
dólares exactos (un 25% de la base original), para el tercer remate. D) Finca
del partido de Puntarenas, matrícula número treinta y nueve mil ciento
treinta-cero cero cero, libre de gravámenes hipotecarios;
pero soportando servidumbre trasladada, citas: 323-05848-01-0002-001,
servidumbre de líneas eléctricas y de paso, citas: 573-77575-01-0001-001,
afectaciones y limitaciones ley forestal 7575, citas: 2012-325263-01-0001-001,
la cual es terreno de agricultura y cultivos anuales. Situada en el distrito Quepos, cantón Aguirre, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, quebrada Damas en medio Alberto León Monge, José Castro
Mora; al sur, Quebrada Damas en medio José Castro, José Sánchez, Carlos Chavarría
y Socorro Hernández; al este, Isidro Sánchez Sánchez,
y al oeste, Quebrada Dantas en medio Alberto León Monge, Carlos Guido Gamez, Ramón Sánchez. Mide: dos millones ochocientos
cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta metros con cuarenta y tres decímetros
cuadrados. Con la base de doscientos mil dólares exactos, para el primer
remate, la base de ciento cincuenta mil dólares exactos (rebajada en un 25%),
para el segundo remate, y la base de cincuenta mil dólares exactos (un 25% de
la base original), para el tercer remate. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del ocho de julio de dos mil catorce, y para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés
de julio de dos mil catorce. Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con documento
firmado digitalmente por: Ricardo Chacón Cuadra Juez/A decisor/A cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
3-102-66917 Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Imágenes Retro Sociedad
Anónima, Signos Claroscuro Sociedad Anónima, Tierras Extranjeras CR Sociedad
Anónima. Exp. N° 13-005465-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 5 de febrero del 2014.—Lic. Ricardo
Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014022520).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
nueve horas y treinta minutos del doce de mayo del año dos mil catorce, y con
la base de quince millones doscientos trece mil ciento cincuenta y dos colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número seiscientos cinco mil ochocientos cincuenta y
uno-cero cero cero, la cual es terreno de pastos lote
número 66. Situada en el distrito 02 San Pedro, cantón 16 Turrubares,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, al sur, Mario Burgos S. A. y
Desarrollo Hipotecarios M.B.C S. A.; al este, lote 65, al oeste, lote 67 y al
noroeste, calle pública con un fte de 23 metros
cuadrados. Mide: mil cuatrocientos sesenta y tres metros con cincuenta y siete
centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veintisiete de mayo del año dos mil catorce, con la base de
once millones cuatrocientos nueve mil ochocientos sesenta y cuatro colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos del once de junio del año dos mil
catorce con la base de tres millones ochocientos tres mil doscientos ochenta y
ocho colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Costarricense
de Electricidad contra José Manuel Oviedo Vargas. Exp.
13-037538-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del año 2014.—Lic.
Viviana Salas Hernández, Jueza.—(IN2014022536).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones bajo las citas: 346-02950-01-0900-001; a
las ocho horas y cero minutos del diecisiete de junio del dos mil catorce, y
con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección
de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 493.793-001- 002
y 003 la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 13, Pocosol cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, servidumbre de paso con un frente de 3,00 mts, resto de finca madre; sur, Luis Villalobos Barquero,
Lidia Arce Miranda; este, servidumbre de paso con un frente de 3,00 mts y Mario Bejarano Monge; resto de finca madre; y al
oeste, resto de finca. Mide: Quinientos metros cuadrados. Plano:
A-1570907-2012. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos
del dos de julio del dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de julio del
dos mil catorce, con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Oscar Andrés Lange Ulate contra Sian Francisco Bejarano Miranda. Exp. N° 13-001770-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
5 de marzo del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014022589).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once
horas y cero minutos del veinte de mayo del dos mil catorce, y con la base de
un millón seiscientos diez mil novecientos nueve colones con treinta y cinco
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: CL-192021
marca: Nissan estilo: Frontier categoría: carga
liviana capacidad: 4 personas serie: 1N6DD26Y2WC331200 tracción: 4x4 año: 1998
color: negro. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos
del cuatro de junio del dos mil catorce, con la base de un millón doscientos
ocho mil ciento ochenta y dos colones con un céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del diecinueve de junio del dos mil catorce, con la base de
cuatrocientos dos mil setecientos veintisiete colones con treinta y cuatro
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista
de Empleados de Roag y Afin
contra Marco Marín Jiménez. Exp. N° 13-012395-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial
de San José, 11 de febrero del 2014.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014022700).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
330-01854-01-0002-001 y servidumbre de aguas pluviales citas:
573-18215-01-0007-001, a las ocho horas y cero minutos del ocho de mayo del dos
mil catorce, y con la base de setenta y nueve millones trescientos cincuenta y
tres mil novecientos cuarenta colones con ochenta y seis céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
cuatrocientos setenta y siete mil quinientos veintinueve cero cero cero la cual es terreno para
construir y de solar. Situada en el distrito 09 Alfaro, cantón 02 San Ramón, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Desarrollos Turísticos Poco a Poco
S. A., con servidumbre de aguas en medio; al sur, Luis Fernando Badilla Alfaro;
al este, Chang & Chang S. A. y al oeste, servidumbre de paso con un frente
de cuarenta y nueve metros con sesenta y siete centímetros. Mide: mil
trescientos nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del veintitrés de mayo del dos mil catorce, con la base de
cincuenta y nueve millones quinientos quince mil cuatrocientos cincuenta y cinco
colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de
junio del dos mil catorce, con la base de diecinueve millones ochocientos
treinta y ocho mil cuatrocientos ochenta y cinco colones con veintidós céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Susana Alfaro Ceciliano. Exp. N°
14-000046-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 17 de
marzo del 2014.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2014022745).
En la puerta exterior de este Despacho; en el mejor
postor remataré lo siguiente: 1) libre de gravámenes hipotecarios; finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número 152384-001, 002 la cual es terreno
para construir lote 6. Situada en el distrito 03 San Francisco, cantón 01
Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 5; al sur, avenida
primera con 16 mts 24 cm; al este lote 34 y al oeste,
calle San Francisco con 10 mts 74 cm. Mide: ciento
ochenta metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el primer remate
se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de julio
del dos mil catorce, y con la base de veintitrés mil ciento veinte dólares
exactos. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco
minutos del seis de agosto del dos mil catorce, con la base de diecisiete mil
trescientos cuarenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del veintidós de agosto del dos mil catorce, con la base de cinco mil
setecientos ochenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). 2) libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre
trasladada, citas 0390- 00001232-01-0900-001; finca inscrita en el Registro
Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número 133240-000 la cual es terreno lote 7, bloque c, para
construir. Situada en el distrito 02 mercedes, cantón 01 Heredia, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, kite 6-C; al
sur, lote 8-C; al este calle pública con 8,00 mts y
al oeste, lote 29-C. Mide: ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados.
Para el primer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
veintiuno de julio del dos mil catorce, y con la base de cincuenta y siete mil
ochocientos dólares exactos. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
y cuarenta y cinco minutos del seis de agosto del dos mil catorce, con la base
de cuarenta y tres mil trescientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del veintidós de agosto del dos mil catorce, con la
base de catorce mil cuatrocientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de
comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Alvarado Alfaro Limitada contra Flor de María Chaverrí
Cordero, William Rodolfo de Jesús Valenciano Camacho. Exp.
N° 14-000908-1158-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Heredia, 3 de abril del 2014.—Lic. Mónica Vásquez Valverde, Jueza.—(IN2014022777).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero
soportando aviso catastral anotado bajo las citas 2011-305929-01; a las once
horas y cero minutos del trece de mayo del dos mil catorce, y con la base de
doscientos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo
el sistema de folio real, matrícula número 197186-000 la cual es terreno con un
edificio. Situada en el distrito 01 Heredia, cantón 01 Heredia, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte, Banco Internacional de Costa Rica y Jhona Adkin Messinger;
al sur, calle pública con un frente de 25.84 metros; al este, Asociación Misión
Evangélica Menonita y al oeste, Banco Internacional de Costa Rica. Mide:
novecientos cincuenta y un metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho
de mayo del dos mil catorce, con la base de ciento cincuenta mil dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las once horas y cero minutos del doce de junio del dos mil catorce,
con la base de cincuenta mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Arnoldo Vargas Vargas contra Mareugasa
S. A. Exp. N° 14-002182-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 7 de
marzo del 2014.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014022782).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; pero soportando servidumbre
de paso bajo la cita: 558-15431-01-0114-001; a las diez horas y cero minutos
del tres de junio del dos mil catorce, y con la base de cuarenta mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 146064-000 la cual es terreno lote treinta y
nueve terreno de pastoreo. Situada en el distrito 4-Nacascolo, cantón 1-Liberia,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote treinta y ocho Agro
Forestal Rocha S. A.; al sur, lote Cuarenta Agro Forestal Rocha S. A.; al este,
servidumbre agrícola con un frente a ella de sesenta y siete metros con
cincuenta y cinco centímetros lineales, oeste, resto de Agro Forestal Rocha
S.A. Mide: cinco mil quinientos cincuenta y cuatro metros con catorce
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del dieciocho de junio del dos mil catorce, con la base de treinta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del tres de julio del dos mil
catorce, con la base de diez mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Grupo Agro Verde MMC S.A. Contra Quinta La Granja S. A. Exp.
N° 13-012989-1044-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de febrero del 2014.—Lic. Yessenia Brenes González, Jueza.—(IN2014022787).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos bajo las citas: 309-09644-01-0028-001; a las diez horas y treinta
minutos del siete de julio del año dos mil catorce, y con la base de trece
millones ciento cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 365685-001,002 la
cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 3 El Amparo, cantón 14
Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Eusebia Suazo
Díaz, Julia Maltes Hernández; noroeste, Mirna Arzon Suazo y Dionisio Amigol Castillo; sureste, Julia Maltes Hernández, suroeste,
calle pública. Mide: cincuenta y siete mil ciento
siete metros con dieciocho decímetros cuadrados, plano: A-0061172-1992. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de
julio del año dos mil catorce, con la base de nueve millones ochocientos
sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos
del siete de agosto del año dos mil catorce, con la base de tres millones
doscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Industrial Alfamar Sociedad Anónima
contra Nubia Lanza Gaitan, expediente N°
13-002384-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 3 de abril del año 2014.—Lic.
Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014022804).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho
horas del quince de julio de dos mil catorce, y con la base de seis millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo placas CL 250217, marca Nissan, estilo Frontier
XE, año 1998, color blanco, vin 1N6DD26SXWC332252.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas del treinta y uno de julio de
dos mil catorce, con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas del dieciocho de agosto de dos mil catorce
con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carlos
Humberto Araya Castañeda contra Distribuciones Josava
Sociedad Anónima Exp:14-000254-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 17 de febrero del 2014.—Lic. Pedro
Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2014022829).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
0377-00004848-01-0908-001; reservas y restricciones citas:
0377-00004848-01-0909-001, a las diez horas del doce de mayo del año dos mil
catorce, y con la base de treinta millones seiscientos mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento treinta y siete mil quinientos cuarenta y tres cero cero uno, cero cero dos la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito noveno-Monteverde, cantón
primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, María
Cecilia Cruz Porras; al sur, calle pública con un frente de 6 metros; al este,
María Cecilia Cruz Porra, y al oeste, Xenia Rodríguez Arguedas. Mide:
trescientos cincuenta y un metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas del veintisiete de mayo del dos mil catorce,
con la base de veintidós millones novecientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez
horas y cero minutos del once de junio del año dos mil catorce con la base de
siete millones seiscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Damaris Aguilar Ramírez, Juan Luis
Francisco Moya Ramírez. Exp. N° 13-002134-1205-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 13 de
setiembre del 2013.—Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014022877).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las trece
horas y treinta minutos del veintidós de julio de dos mil catorce, y con la
base de once mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1)
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y
cuatro mil doscientos ochenta y cinco cero cero cero, la cual es Lote A, Terreno para Construir. Situada en
el distrito 3-Canoas, cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Doña Rita de Santa Elena S. A.; al sur, Lote B; al este,
servidumbre de paso de 6 metros con 10 metros y al oeste, Doña Rita de Santa
Elena S. A. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano: P-1255286-2008.- 2) Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil
doscientos ochenta y seis cero cero cero la cual es Lote B, Terreno para Construir. Situada en
el distrito 3-Canoas, cantón 10- Corredores, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte,, Lote A; al sur, Lote C; al este,
servidumbre de paso de 6 metros con 10 metros y al oeste, Doña Rita de Santa
Elena S. A. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano: P-1255302-2008. 3) Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil
doscientos ochenta y siete cero cero cero, la cual es terreno Lote C, Terreno para Construir.-
Situada en el distrito3-Canoas, cantón 10-Corredores, de la provincia de
Puntarenas.- Colinda: al norte, Lote B; al sur, Lote D; al este servidumbre de
Paso de 6 metros con 10 metros y al oeste, Doña Rita de Santa Elena S. A. Mide:
Doscientos Metros Cuadrados, Plano: P-1255303-2008. 4) Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil doscientos ochenta
y ocho cero cero cero, la
cual es terreno Lote D, Terreno para Construir. Situada en el distrito 3
Canoas, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Lote C; al sur, Lote E; al este, servidumbre de paso de 6 metros con 10 metros
y al oeste, Doña Rita de Santa Elena S. A. Mide: doscientos metros cuadrados,
Plano: P-1255287-2008. 5) Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y nueve cero cero cero, la cual es terreno
Lote E, terreno para construir. Situada en el distrito 3 Canoas, cantón 10
Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lote D; al sur,
Doña Rita de Santa Elena S. A.; al este, Doña Rita de Santa Elena S. A., y al
oeste, Doña Rita de Santa Elena S. A. Mide: trescientos cincuenta metros con
once decímetros cuadrados, plano: P-1255288-2008. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del seis de agosto de dos mil
catorce, con la base de ocho mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece
horas y treinta minutos del veintiuno de agosto de dos mil catorce con la base
de dos mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Soluciones de Vivienda
Rocha S. A. contra Doña Rita de Santa Elena S. A., Empresa Maderera Impala S.
A. Exp. 13-000760-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito,
3 de marzo del 2014.—Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014022892).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho
horas y treinta minutos del veintiséis de mayo del año dos mil catorce, y con
la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas número C 127147. Marca General Motor Company. Estilo W7RO42. Categoría carga pesada. Capacidad 3
personas. Año 1988. Color blanco. Vin
J8DM7A1S5J340041. Cilindrada 06 CC. Combustible diesel. Motor Nº6SA1607620.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de
junio del año dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de junio del año dos
mil catorce con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Marcelino Ramírez Esquivel contra Marco Vinicio Ugalde Marín. Exp. N° 13-005300-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
27 de febrero del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—(IN2014022904).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos; a las nueve horas y treinta minutos del cinco de setiembre de
dos mil catorce, y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos sesenta y tres mil ochenta y dos cero cero
uno, cero cero dos la cual es terreno de patio con
una casa de habitación.- Situada en el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10 San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ángela Salas; al sur,
calle pública; al este, Virginia Arce y al oeste, Virginia Arce. Mide:
setecientos ochenta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil
catorce, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del siete de octubre de dos mil catorce con la base de tres
millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Rapicréditos
S. A. contra Franklin Antonio Gómez Arce. Exp. N°
13-000358-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
de Pococí, 1 de abril del 2014.—Lic. Arnoldo
Víquez Esquivel, Juez.—(IN2014022906).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez
horas y cero minutos del doce de junio del dos mil catorce, y con la base de
diez mil cuatrocientos cuarenta y ocho dólares con ochenta y nueve centavos, en
el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas N° CL-270396, marca:
South East, estilo: carga liviana, año: 2013, color: blanco, combustible:
gasolina. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del
veintisiete de junio del dos mil catorce, con la base de siete mil ochocientos
treinta y seis dólares con sesenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero
minutos del catorce de julio del dos mil catorce, con la base de dos mil
seiscientos doce dólares con veintidós centavos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Leopoldo José Núñez Atencio. Expediente
N° 14-000205-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 21
de marzo del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014022936).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del primero de
setiembre del dos mil catorce, y con la base de ciento sesenta y dos mil
setecientos setenta y dos dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 145326-000, la cual
es terreno con dos casas, dos bodegas y un taller. Situada: en el distrito 01
San Isidro del General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Dinora Mora Barrantes; al sur, calle pública; al este,
Avícola Peñas Blancas S. A., y al oeste, Olga Sánchez Cerdas. Mide: tres mil
doscientos siete metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de
setiembre del dos mil catorce, con la base de ciento veintidós mil setenta y
nueve dólares exactos, y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y
treinta minutos del tres de octubre del dos mil catorce, con la base de
cuarenta mil seiscientos noventa y tres dólares exactos. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Edmonton Sociedad Anónima
contra Avícola Peñas Blancas S. A. Expediente N° 12-000248-0295-CI.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional
de Grecia, 11 de marzo del 2014.—Lic. Brayan Li
Morales, Juez.—(IN2014022944).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las
catorce horas y quince minutos del veintisiete de junio del dos mil catorce, y
con la base de seis millones novecientos sesenta y siete mil ciento noventa y dos
colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Vehículo placa: 766822, marca. Skoda, estilo: Fabia, año: 2009, color: dorado, vin:
TMBBD45J093006009. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
quince minutos del catorce de julio del dos mil catorce, con la base de cinco
millones doscientos veinticinco mil trescientos noventa y cuatro colones con
veinte céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las catorce horas y quince minutos del veintinueve de julio
del dos mil catorce, con la base de un millón setecientos cuarenta y un mil
setecientos noventa y ocho colones con siete céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
BAC San José S. A. contra Mario Ernesto Campos Sandoval. Expediente N°
14-000141-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Heredia, 13 de febrero del 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau
Hernández, Juez.—(IN2014022951).
En la sala número, libre de gravámenes hipotecarios
y soportando servidumbre trasladada, a las diez horas y cero minutos del dos de
junio del dos mil catorce, y con la base de veintinueve mil quinientos
cincuenta y siete unidades de desarrollo, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 544269-000, la cual
es terreno para construir lote 3-E. Situada: en el distrito primero, cantón
décimo octavo, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 2-E; al
sur, lote 3-E; al este, calle 1, y al oeste, lote 33-E. Mide: trescientos
treinta y nueve metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de junio del
dos mil catorce, con la base de veintidós mil ciento sesenta y siete punto
setenta y cinco unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento),
y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del dos de
julio del dos mil catorce, con la base de siete mil trescientos ochenta y nueve
punto veinticinco unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra María Auxiliadora Hernández Sandoval. Expediente
N° 09-028773-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de
marzo del 2014.—Lic. Nydia Piedra Ramírez, Jueza.—(IN2014022987).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las dieciséis horas y cinco minutos del veinte de
mayo del dos mil catorce, y con la base de seis millones quinientos mil colones
exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos mil novecientos doce cero cero cero, la cual es terreno
para construir con una casa N° 9. Situada: en el distrito 03-Daniel Flores,
cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU;
al sur, INVU; al este, calle pública, y al oeste, Ana
Ligia Monge Barrantes. Mide: ciento treinta y un metros con cuarenta y nueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las dieciséis horas y
cinco minutos del cuatro de junio del dos mil catorce, con la base de cuatro
millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las dieciséis
horas y cinco minutos del diecinueve de junio del dos mil catorce, con la base
de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de 3101564228 contra Trino Santi Rojas Morales. Expediente N°
13-006329-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 6 de marzo del 2014.—Lic.
Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2014023007).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando condiciones ref: 00221255-000 citas:
0361-00000763-01-0847-001; a las siete horas y treinta minutos del quince de
mayo del año dos mil catorce, y con la base de tres millones cuatrocientos
cuarenta y siete mil cuatrocientos doce colones con treinta y cuatro céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número doscientos veintiún mil doscientos setenta y cuatro cero
cero cero la cual es
terreno lote N° 17 terreno de agricultura con una casa rústica de 36 metros
cuadrados de construcción. Situada en el distrito 01 Upala,
cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Wilbert Morera Gallo; al sur,
calle pública; al este, Delfín Madrigal, y al oeste, Armando Rodríguez. Mide:
Sesenta y ocho mil novecientos cuarenta y ocho metros con sesenta decímetros
cuadrados. Plano: A-0637173-1986. Para el segundo remate se señalan las siete
horas y treinta minutos del treinta de mayo del año dos mil catorce, con la
base de dos millones quinientos ochenta y cinco mil quinientos cincuenta y nueve
colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del dieciséis de junio del año dos
mil catorce con la base de ochocientos sesenta y un mil ochocientos cincuenta y
tres colones con nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Bismar Acevedo Molina. Exp. N°
14-000111-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 19 de
marzo del 2014.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2014022157).
Se hace
saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Jorge Enrique Sánchez Villalobos, mayor, casado una vez, bartender, con documento de identidad 0401060739 y vecino
de Palmares centro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 14-000010-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 11 de febrero del 2014.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014019617).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la menor Ángela Sandra Reyes Rivas, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última
publicación del edicto ordenado. A su vez, se comunica a los señores Ana Rivas
y Ugenio Reyes, padres registrales de la citada menor, que dicho proceso se tramita en este
Juzgado, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia de Upala, donde solicita el depósito de la menor Ángela Sandra
Reyes Rivas, por lo que se le concede el plazo de tres días, contados a partir
de la última publicación, para que manifiesten su conformidad o se oponga a
estas diligencias. Expediente N° 14-000131-0924-FA. Clase de asunto depósito
judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Ciudad Quesada, a las ocho horas y diecisiete minutos del
veintisiete de febrero del dos mil catorce.—Msc. Marilene Herra Alfaro,
Jueza.—C-Exonerado.—(IN2014019201). 3 v. 3
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de los menores Freddy Isidro Cano Castro y Brayan
Isidro Cano Castro, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. A su vez, se comunica al señor Isidro Ramón Castro Solano, padre
registral de los citados menores, que dicho proceso se tramita en este Juzgado,
promovido por el Patronato Nacional de la Infancia de Los Chiles, donde solicita
el depósito de los menores ya mencionados, por lo que se le concede el plazo de
tres días, contados a partir de la última publicación, para que manifiesten su
conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N° 14-000158-0924-FA.
Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a las
nueve horas y quince minutos del veintisiete de febrero del dos mil
catorce.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—C-Exonerado.—(IN2014019202). 3 v. 3
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de la menor Alisson Viviana Tinoco Mena,
para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. A su vez, se
avisa a la señora Sonia Tinoco Vega, madre registral de la citada menor, que
dicho proceso se tramita en este Juzgado y es promovido por la Licda. Natalia
Murillo Jiménez, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de
Los Chiles, donde solicita que se apruebe el depósito de la citada menor; por
lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la última
publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas
diligencias. Expediente N° 13-400315-0924-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Ciudad Quesada, a las once horas y cuatro minutos del cinco de
setiembre de dos mil trece.—Msc. Marilene
Herra Alfaro, Jueza.—(IN2014019496). 3. v. 1
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de las personas menores de edad Michelle, Carlos Alberto y Marjorie todos apellidos Trejos Masís,
vecinos de Alajuela, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Exp. N° 14-000226-0292-FA. Clase de asunto:
Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 3 de marzo del 2014.—Lic. Kattia Alfaro Martínez, Jueza.—Exento.—(IN2014019543). 3. v. 1
Licenciada Karol Vindas Calderón. Jueza del Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de San José, hágase saber a Pedro Valdés Martínez, en su
carácter padre registral de la menor de edad Isabella;
quien es mayor, soltero, empresario, de nacionalidad cubana, vecino de Miami
Florida, se le hace saber que en proceso Reconocimiento de hijo mujer casada
bajo el número de expediente 13-002597-0165-FA, establecido por Walter Mauricio
Barahona Rivera, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José,
a las quince horas y treinta y cuatro minutos del veintiocho de noviembre del
dos mil trece. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de Reconocimiento
de hijo de mujer casada promovido por Walter Mauricio Barahona Rivera a favor
de la menor Isabella. De las mismas se confiere
audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. A su
vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia al padre registral
del menor, el señor Pedro Valdés Martínez. De los autos se observa que se
encuentra debidamente apersonada la madre registral del menor no oponiendo
objeción alguna al presente proceso. Se les previene a la parte interesada, que
en el primer escrito que presente debe señalar medio y lugar, éste último
dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
que se dicten inclusive la sentencia, se le tendrán por notificadas con el sólo
transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se
producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas
al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso,
incierto, o inexistente (artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y
otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996. Publíquese
este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de
circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel
en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Karol
Vindas Calderón, Jueza.—1
vez.—C-Exonerado.—(IN2014019398).
Msc. Gisela Salazar Rosales,
Jueza de Familia de Turrialba, hace saber: que en este despacho se tramitan las
diligencias de depósito judicial del menor Freddy José Morales López, bajo el
Expediente N° 2013-000395-675-FAJI del Patronato Nacional de la Infancia en
contra de Lidia del Socorro Morales López, en el cual se dictó la parte
dispositiva de la sentencia que literalmente dice: Por tanto: de acuerdo a lo
expuesto, y artículos 51, 52 y 55 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8,
115 y siguientes, 140, 141, 142, 158, 159 y 160 del Código de Familia; 3 de la
Convención de los Derechos del Niño, y 32 y 105 del Código de la Niñez y la
Adolescencia, se declara sin lugar la excepción de falta de derecho y con lugar
el depósito judicial de menor de edad interpuesta por el Patronato Nacional de
la Infancia, contra Lidia del Socorro Morales López, estableciendo el depósito
judicial del menor Freddy José Morales López en el hogar de los señores Henry
Aguilar Bastos y de su esposa María Cristina Chacón Soto y se les otorga dicho
depósito a partir de la firmeza de este fallo. Este asunto se falla sin una
especial condena en costas. Notifíquese.— Juzgado
de Familia de Turrialba, 26 febrero 2014.—MSC. Gisela Salazar Rosales,
Jueza.—1 vez.—(IN2014019487).
Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza del Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, a quien interese, se le hace saber que en
proceso reconocimiento de hijo mujer casada, Expediente N° 13-002193-0292-FA
establecido por Jefferson William Francisco Qualls
Jiménez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente
dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las once
horas y cincuenta y cinco minutos del diecisiete de febrero de dos mil catorce.
Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo
de mujer casada promovidas por Jefferson Qualls
Jiménez a favor de la menor Algie Marie Moraga Mora.
De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por
el plazo de tres días. De los autos se observa que se encuentran debidamente
apersonada las madre registral de la menor no oponiendo objeción alguna al
presente proceso. Se pone en conocimiento al señor Qualls
Jiménez y a la señora Mora Jiménez que les fue concedida cita junto con la
menor Algie Marie para las nueve horas (09:00 a.m.)
del día veintiocho de febrero del dos mil catorce, en la Sección de Bioquímica
de la Medicatura Forense ubicada en el Complejo de
Ciencias Forenses en San Joaquín de Flores de Heredia. Se les hace ver que no
será necesario presentarse en ayunas pero si portar documento de identidad al
día. Por estar fallecido el padre registral de la menor, se ordena la
publicación por una sola vez del edicto de ley, el cual se enviará en forma
electrónica pero deberá el gestionante acreditar su
publicación por lo que deberá estar pendiente de la misma.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc.
Johanna Escobar Vega Jueza.—1 vez.—(IN2014019489).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita la diligencia de cambio de nombre
promovida por Philipe Nathaniel Thomas Winter, mayor,
casado, pensionado, costarricense, portador de la cédula de identidad número
seis-cero cero noventa y seis-cero ochocientos, vecino de León XIII; encaminado
a solicitar la autorización para cambiar su nombre por el de Philipe Thomas Winter, mismos apellidos. Se cita y emplaza
a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro del
plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se
apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de
ley en caso de omisión. Cambio de nombre de Philipe
Nathaniel Thomas Winter. Exp. N° 140000330182CI-01.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José,
19 de febrero del 2014.—Msc. Ricardo Álvarez Torres,
Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014019507).
Msc. Eddy Rodríguez Chaves Juez del Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia); hace saber a Jorge Arturo Campos
Calderón, documento de identidad 0104040791, vecino de desconocido, que en este
Despacho se interpuso un proceso autorización salida país en su contra, bajo el
expediente N° 14-000089-0938-FA donde se dictaron las resoluciones que
literalmente dicen: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste (Liberia). A las siete horas y veintitrés minutos del cuatro de
marzo del año dos mil catorce. Del anterior proceso de autorización de salida
del país, establecido por Wendy Tayler Clarke, se
confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a Jorge Arturo Campos
Calderón (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer
escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a
las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Igualmente se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr.
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo
podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente.
Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al
Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de
la a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otros Comunicaciones de este
circuito. Asimismo y habiéndose depositado la suma prudencial fijada para
responder en forma provisional a los honorarios de curador, se nombra como tal
a la licenciada Marianela Aguirre Rodríguez; a quien se le previene que en caso
de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días
para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta
y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no
hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que
presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho
fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono. La parte interesada puede
localizarlo al teléfono 26650994. Notifíquese a la parte demandada; la presente
demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial
o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del
Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para
identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de
aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Msc.
Eddy Rodríguez Chaves. Juez(a). Lo anterior se ordena así en proceso
autorización salida país de Wendy Tayler Clarke
contra Jorge Arturo Campos Calderón; expediente Nº 14-000089-0938-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 4 de marzo
del 2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2014019511).
Se
hace saber que, en este Despacho bajo el número único 12-400350-637-FA,
diligencias de declaratoria de insania, promovido por Abelardo Mena García,
documento de identidad N° 155806352728, en favor de Ana Lucía Mena Jaime cédula
1-1454-693 se ha dictado a las diez horas del treinta de julio del dos mil
trece la sentencia N° 309-2013, que literalmente dice en su parte dispositiva:
“Por tanto: Con base en lo expuesto, y normas citadas, se falla: procede
declarar insana a Ana Lucía Mena Jaime, y se designa como su curadora
definitiva a Maritza Jaime Miranda, quien deberá aceptar el cargo dentro del
plazo de cinco días una vez firme este fallo, la aceptación la podrá hacer
mediante memorial debidamente autenticado por un profesional en derecho, o por
acta en el despacho compareciendo el curador designado en forma personal. La
curadora deberá presentar un inventario y avalúo de los bienes que tenga
inscritos a su nombre el insano, para cumplir con este requisito se le otorga a
la curadora designado el plazo de treinta días, una vez aceptado el cargo,
asimismo deberá indicar el estado de las propiedades a nombre del insano y si
estas se encuentran en uso. La curadora deberá indicar si la insana recibe
alguna pensión y rendir únicamente las cuentas finales de su administración con
los documentos justificativos del caso, esto de conformidad con lo que
establecen los artículos 215, 218, 221 y 237 del Código de Familia. Firme esta
sentencia deberá ser publicada una vez en el Boletín Judicial y se
inscribirá en el Registro Público, Sección de Personas. Los gastos del
procedimiento son a cargo del patrimonio del insano. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Desamparados, 30 de Octubre
del 2013.—Lic. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014019512).
Se
avisa que en este Despacho bajo el expediente número 14-000252-0364-FA, el
señor Steven Gerardo Madrigal Quirós, cédula 1-0984-008 y la señora Grettel Irene Acosta Ortiz, cédula 1-0789-0210, solicitan
se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Fabián Gerardo Mollinedo Rojas. Se concede a los interesados el plazo de
cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los
motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la
misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 19 de
marzo del 2014.—MSc. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2014019519).
Se
avisa que en este Despacho bajo el expediente número 14-000115-0292-FA, los
señores Víctor Hugo Álvarez Monge y Rose Marie Delgado Soto, solicitan se
apruebe la adopción conjunta del menor Paul Mauricio Rodríguez Cornejo. Se
concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se
indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de febrero del
2014.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2014019540).
Licenciada
Patricia Cordero García. Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Fátima del
Carmen Pérez Salas, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda
declaratoria judicial abandono, establecida por Patronato Nacional de la
Infancia contra Fátima Del Carmen Pérez Salas, se ordena notificarle por
edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago.
A las trece horas y trece minutos del veintiuno de febrero del año dos mil
catorce. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria
de abandono de la persona menor de edad Héctor John Pérez Salas, planteado por
Patronato Nacional de la Infancia contra Fátima Del Carmen Pérez Salas, a quién
se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie
sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los
artículos 121 y 122 del Código de Familia. En virtud de que la accionada es
ciudadana Nicaragüense, al desconocerse su identificación, y por consulta
electrónica que se hiciera al Tribunal Supremo de Elecciones, sin que se logre
obtener un resultado positivo sobre su domicilio, se nombra a Fabio Arias
Córdoba cédula: 0106500631 como su curador procesal, localizable a los
teléfonos: 22360992/83816714, señala el fax: 25242797, correo: fariascr@ammet.co.cr,
a quien se le previene para que dentro del plazo de tres días se presente a
aceptar el cargo. lo anterior bajo el apercibimiento de que de no hacerlo, se
entenderá que no tiene interés en dicho nombramiento, y se procederá a la
sustitución, sin necesidad de ulterior resolución que lo ordene, previa
comunicación a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial para lo que
corresponda. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28
de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de
2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un
fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono
“celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite
procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye
los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de
notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en
Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones.
Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial,
http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV,
se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas
que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b)
sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco
días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y
privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las
pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese ésta resolución al Curador Procesal
por medio del lugar señalado. Publíquese el edicto de ley. El cual será
tramitado por medio del sistema electrónico FTP. Notifíquese. Licda. Patricia
Cordero García. Jueza. Lo anterior por haberse ordenado así en expediente
14-000238-0338-FA (4) que es Declaratoria Judicial de Abandono que promueve
Patronato Nacional de la Infancia, contra Fátima Pérez Salas.—Juzgado
de Familia de Cartago.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014019545).
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, a quien interese se hace saber que en demanda declaratoria judicial
abandono, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Freddy Ortiz
Pineda, N° 09-000315-292-FA, se ordena notificar por edicto, la sentencia que
en lo conducente dice: Por Tanto: Razones dadas y normativa citada, se rechazan
las excepciones de falta de legitimación activa y pasiva, la falta de derecho,
falta de interés actual opuestas por el Curador Procesal de la demandada Lara
Patterson. Se acoge la acción presentada por el Patronato Nacional de la Infancia
y en consecuencia, se declara en estado de abandono con fines de adopción a
Daysi Deyanira Ortiz Lara, por parte de sus progenitores Martha Deyanira Lara
Patterson y Freddy Antonio Ortiz Pineda, de igual forma a Astrid Danhaya Ramírez Lara, por parte de sus progenitores Martha
Deyanira Lara Patterson y Ronny Asdrúbal Ramírez
Brenes, a quienes se les da por terminada la patria potestad; se deposita
judicialmente a las referidas menores en el Patronato Nacional de la Infancia,
institución que deberá velar por procurarles una ubicación adecuada en un hogar
donde puedan ver satisfechas en el sentido amplio de la palabra, todas su
necesidades, ello implica que la primera opción que debe considerarse es que la
adopción sea conjunta y realizada por nacionales para vivir en territorio
nacional, por ser este el entorno, ambiente y cultura a que se encuentran
acostumbradas. Caso de no ser esto posible, deberá procurarse la adopción
individual con el acompañamiento profesional para la separación y el duelo que
ello representa. Caso de que deban permanecer en las Aldeas S.O.S. donde
permanecen en la actualidad, deberá esa entidad procurar que aprendan un oficio
que les permita ganarse la vida dignamente, ser autosuficientes y con ello la
posibilidad de tener un futuro diferente, por ello deberá valorarse en cada
caso y según convenga, que puedan ser beneficiarias de los distintos programas
de ayuda y soporte para las personas que sobrepasen los 18 años de edad y que
aún no se encuentren en condiciones de egreso independiente. Deberá valorarse
en el caso de la menor Astrid, si existe posibilidad actual y real que le sea
beneficiosa en el hogar de sus recientes guardadores, ello implica determinar
si existe interés actual por parte de éstos y de ser así, que el entorno sea
adecuado para garantizar su bienestar integral, lo que conllevaría el
acompañamiento institucional para su aceptación y adaptación, de igual forma la
conservación del vínculo, relación y cercanía entre las hermanas. Firme esta
resolución inscríbase mediante ejecutoria que se expedirá, en el Registro
Civil, Sección de nacimientos de la Provincia de Alajuela el de Daysy Deyanira al tomo 804, página 168, asiento 336; el de
Astrid Danhaya al tomo 874, página 033, asiento 065.
Publíquese la parte dispositiva de este fallo por una única vez, en el Boletín
Judicial o en un periódico de circulación nacional. Se resuelve sin
especial condenatoria en costas. Se advierte a las partes el derecho de apelar
este fallo dentro del plazo del Ley. Proceso declaratoria judicial abandono,
establecido por Patronato Nacional de la Infancia contra Freddy Ortiz Pineda,
Martha Deyanira Lara Paterson y Rony Asdrúbal Ramírez Brenes.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de junio del 2013.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2014019556).
Lic.
Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de
Familia de San José; hace saber a Cliford Charles Cookhorn Cookhorn, que en este
Despacho, se interpuso un proceso abreviado de divorcio en su contra, bajo el
expediente número 12-000569-0186-FA dentro del cual se le otorgó traslado por
diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas,
indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se
referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender
notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación
automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con
claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o
rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los
fundamentos legales en que se apoye. El emplazamiento corre tres días después
de esta publicación. Lo anterior se ordena así en proceso abreviado de divorcio
de Miriam Rosalia Thomas Winter contra Cliford Charles Cookhorn Cookhorn; expediente Nº 12-000569-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 3 de abril del 2013.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1
vez.—(IN2014019559).
Lic.
Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza del Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber que en este
Despacho, se interpuso proceso de insania, número 12-000724-0164-CI, promovido
por Vera Sequeira Sánchez, donde se dictó la sentencia que en lo conducente
dice: Sentencia de Primera Instancia Nº 771-2013, Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de San José, a las catorce horas y doce minutos del
treinta y uno de octubre del dos mil trece. Resultando: I. II. III.
Considerando: I. II. Por tanto: Razones dichas y normativa citada procede
acoger la acción y se declara el estado de insania a Alexandra de Jesús Cambronero Sequeira y declarar a Vera Sequeira Sánchez, su
madre como su curadora a fin de que vele por los intereses patrimoniales y
personales, personalísimos tanto a nivel judicial como administrativo. Sin
especial condenatoria en costas. Firme esta sentencia inscríbase en el Registro
Público en el Registro de Nacimientos de la provincia de San José. Hágase
saber. Lic. Lorena María Mc Laren Quirós. Lo anterior
se ordena así en proceso insania, promovido por Vera Sequeira Sánchez;
Expediente Nº 12-000724-0164-CI.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de diciembre del 2013.—Lic.
Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1
vez.—(IN2014019561).
Licenciado,
José Miguel Fonseca Vindas, Juez del Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón, a Hillaria Lucía Cascante Villalobos, en su carácter
personal, quien es mayor, casada una vez, vecina de vecindario desconocido,
portadora de la cédula de identidad número 5-0142-0036, se le hace saber que en
demanda abreviada de divorcio, establecida por José Joaquín Vargas Segura
contra Hillaria Lucía Cascante Villalobos, dentro del
expediente 13-000084-0919-FA, se ordenó notificarle por edicto, la parte
dispositiva de la Sentencia de Primera Instancia número 149-2014 de las diez
horas cuarenta minutos del veinticuatro de febrero de dos mil catorce que en lo
conducente dice: “Por tanto De conformidad con lo expuesto, artículos 41, 48
inciso 8), 55, 56, 57, 152, 159 inciso 2), 169 inciso 1) del Código de Familia,
1, 120, 153, 155, 221, 223, 310, 420 inciso 1) siguientes y concordantes del
Código Procesal Civil, se declara con lugar la anterior demanda abreviada de divorcio,
establecida por José Joaquín Vargas Segura, por la causal de separación de
hecho por un término no menor a los tres años, contra Hillaria
Lucía Cascante Villalobos, por lo que se declara: a.- Disuelto el vínculo
matrimonial existente entre las partes, lo cual se hará constar en el asiento
respectivo del Registro Civil, Sección de Matrimonios, provincia de San José,
al tomo cero uno nueve dos, folio uno uno cero,
asiento cero dos uno nueve; b.- Tanto al actor Vargas Segura como a la
demandada Vargas López, se les exime del pago alimentario entre sí; c.- Se
omite pronunciamiento sobre bienes gananciales, ya que no se acredito su
existencia; empero, lo anterior se resuelve sin perjuicio de que las partes
demuestren la existencia y ganancialidad de cualquier
cosa en ejecución de sentencia; d.- Las partes no procrearon hijos/as, por lo
que se omite pronunciamiento en cuanto atributos de la patria potestad; e.- Se
resuelve sin especial condena en costas; f.- Por tratarse de una demanda contra
un ausente, publíquese mediante edicto por una sola vez en el Boletín
Judicial, la parte dispositiva de esta sentencia con los datos generales
para identificar el proceso. Así se resuelve al amparo de lo dispuesto por el
artículo 263 del Código Procesal Civil, reformado mediante Ley número 7637, de
21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta N° 211, del 4 de noviembre
de 1996. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón.—Lic. José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—1 vez.—(IN2014019562).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los
contrayentes Óscar Michael Ugalde Jiménez, mayor, divorciado, cocinero, cédula
de identidad número 1-1135-717, vecino de Invu Las
Cañas, del semáforo 200 metros al sur, hijo de Oscar Antonio Ugalde Arguedas y
María Elena Jiménez Vargas, ambos de nacionalidad costarricense, nacido en Uruca Central San José, el 26/04/1982, con 31 años de edad,
y Jennifer Patricia Téllez García, mayor, soltera, ama de casa, cédula de
identidad N° 2-669-551, vecina de Invu Las Cañas, del
semáforo 200 metros al sur, hija de Ronald Téllez Solís y Julia García Cuadra,
ambos de nacionalidad Costarricense, nacida en Centro Central Alajuela, el
03/02/1990, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 14-000325-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de febrero del
2014.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2014019546).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los
contrayentes Marcos Octavio Ramírez Trejos, mayor de edad, divorciado en
Cartago, carnicero, cédula de identidad N° 0303560167, vecino de San Isidro del
Guarco de Cartago, frente a la escuela de Guatuso,
casa de color verde agua con verjas negras, hijo de Inmaculada Trejos Arrieta y
Carlos Guido Ramírez Alfaro, nacido en Cartago, el 30/10/1978, con 35 años de
edad, y Sujey Lorena Meneses Portuguez,
mayor de edad, soltera, carnicera, cédula de identidad N° 0303540914, vecina de
San Isidro del Guarco de Cartago, frente a la escuela
de Guatuso, casa de color verde agua con verjas negras, hija de María Isabel Portuguez Godínez y Leonardo Meneses Maroto, nacida en
Cartago, el 20/08/1978, actualmente con 35 años de edad. Ambos promoventes tienen un hijo en común de nombre Dylan Jafeth. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del
término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de Matrimonio) Exp. N° 14-000413-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 3 de marzo del
2014.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2014019548).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los
contrayentes Gerlan Moreno Gutiérrez, mayor de edad,
soltero, cocinero, nicaragüense, cédula de residencia número 155817833404,
vecino de Concepción de Tres Ríos, del Bar la Carreta 50 metros norte, 450
metros este, cuesta El Poró, hijo de Dominga
Gutiérrez Castillo y Juan Francisco Moreno Orozco, nacido en Nicaragua, el
06/07/1982, con 31 años de edad, y Rosa Adela Siles Estrada, mayor de edad,
soltera, ama de casa, cédula de residencia N° 155817833618, vecina de
Concepción de Tres Ríos, del Bar la Carreta 50 metros norte, 450 metros este,
cuesta el Poró, hija de Esperanza del Carmen Estrada
de Siles y Julio Siles, nacida en Nicaragua, el 20/01/1992, actualmente con 22
años de edad. Ambos promoventes tienen una hija menor
de edad de nombre Naomy Aisha
Moreno Siles. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo
ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp.
N° 14-000433-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago,
5 de marzo del 2014.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2014019549).
Han comparecido ante este Despacho, solicitando
contraer matrimonio civil los contrayentes María Delmis
Guevara Matarrita, mayor, estado civil soltera,
cédula de identidad número 0502940001, vecina de Santa Ana de Nicoya, 250
metros noreste de la plaza de deportes, hija de Hermenegilda Guevara Matarrita, nacida en San Antonio de Nicoya, el 04/03/1976,
con 37 años de edad, y Juan Carlos Silva Gómez, mayor, estado civil soltera,
cédula de identidad número 0502740752, vecino de Santa Ana de Nicoya, 250
metros noreste de la plaza de deportes, hijo de Paulina Gómez Enríquez y de
Máximo Silva Silva, nacido en Liberia, el 15/10/1972,
actualmente con 41 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que
existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá
manifestarlo ante este Despacho, dentro del término de ocho días contados a
partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 13-000342-0869-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 16 de
diciembre del 2013.—Msc. Berta Lidieth
Araya Porras, Jueza.—1 vez.—(IN2014019569).
Licenciada
Peggy Corrales Chaves, Jueza de Pensiones
Alimentarias de Hatillo, hace saber que en proceso de pensión alimentaria Nº
13-700040-0239-PA-9 promovido por Raquel Guzmán Amador, en representación del menor
Koby Daniel Pinto Guzmán contra Warren Vladimir Pinto
Brumley, con cédula de identidad número 9-0096-0856,
se ha dictado la resolución que en lo que interesa dice: Fijación del monto
provisional. Juzgado de Pensiones Alimentarias de Hatillo, al ser las once
horas del quince de noviembre del dos mil trece. De la anterior demanda de
Pensión Alimentaria que presenta Raquel Guzmán Amador, se confiere audiencia
durante el plazo de ocho días a Warren Vladimir Pinto Brumley,
con el fin de que la conteste, ofrezca prueba y oponga excepciones. Así mismo,
se les previene a las partes que en el primer escrito que presenten deben
señalar medio y lugar; éste último, dentro del Circuito Judicial de este
Despacho, para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten se les tendrán por
notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas.
Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilita la
notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, según los
artículos 10, 11 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 29 de
octubre del dos mil ocho. De conformidad con lo establecido por la Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (voto Nº 8645-08 de las 17:36
horas del 21-05-2008), que ordena la fundamentación de la cuota Alimenticia
Provisional, y tomando en consideración que: La finalidad de la pensión provisional
es la de garantizar al alimentario la satisfacción de sus necesidades básicas,
mientras se recaba la prueba pertinente para el dictado de fondo, que esta
fijación de la cuota provisional, lo anterior por cuanto la cuota provisional
es una suma que se establece al inicio del proceso cuando aún no se tienen
todos los elementos de pruebas necesarios para contar con un panorama más
amplio con respecto a las posibilidades y necesidades de las partes
involucradas. La Pensión Alimentaria está establecida por ley como una
obligación impuesta por razones de parentesco, y el objetivo que cumple dicha
obligación es solventar las necesidades de alimentos; por lo anterior, es que
esta Autoridad entra a conocer de la presente solicitud de Pensión Alimentaria
interpuesta por Raquel Guzmán Amador contra el obligado Warren Vladimir Pinto Brumley. Se parte del concepto de Alimentos, que comprende
según la normativa que rige la materia, no solo el suministro de alimentos o
sustancias nutrientes, sino además la atención de las necesidades de estudio,
vestido, habitación, gastos médicos y compras de medicinas, y recreación; todo
en cara de un sano desarrollo en las esferas físicas, emocionales y
cognoscitivas de aquellas personas a las que la Ley les otorga este beneficio.
Revisada que, ha sido la prueba aportada por la actora se impone al demandado
al pago de una cuota alimentaria por un monto de noventa mil colones mensuales
(¢90.000,00) a favor de Koby Daniel Pinto Guzmán; de
9 años de vida, hijo del aquí accionado, según se desprende de la certificación
de nacimiento. Nos informa únicamente la actora, con relación al objeto de
debate en el presente proceso, que los gastos en que incurre para la
manutención del menor son los siguientes: la actora vive con su nueva pareja,
tiene otra niña menor de edad, se cancela alquiler en la suma de ciento sesenta
mil colones mensuales, aparte pago de servicios públicos, alimentación en la
suma de ciento cincuenta mil colones mensuales, pago de estudio, medicinas,
etc. El menor recibe atención psicológica en el Hospital de Niños por problemas
de aprendizaje. No aporta mayores elementos probatorios más que, las
certificaciones que acreditan el parentesco del acreedor alimentario, recibos
de servicios públicos, recibos de alimentación según lo exige el numeral 168
del Código de Familia, los recibos de servicios públicos aportados. Sin embargo
no es necesario tener prueba que el menor necesita alimentación, pues nadie
puede vivir sin ella y mucho menos cuando se es menor de edad y se está en pleno
crecimiento, dependiendo única y exclusivamente de los padres. Con respecto a
las posibilidades económicas del obligado, señala únicamente que el señor Pinto
Brumley, trabaja como taxista, que su ingreso mensual
es de ¢500.000.00 colones, vive en casa propia y tiene dos hijos más. Por lo
que se fijará una cuota que le permita al deudor alimentario hacer frente a su
obligación, sin descuidar otras de su interés. Primero tenemos que aclarar que
la obligación alimentaria es prioritaria tratándose una menor de edad, en el
presente caso la actora como madre de familia, encargada de su hijo dice que
hace lo posible para satisfacer las necesidades del menor; es decir, pese a
esta circunstancia, se ha hecho cargo ella sola, según lo expuesto a esta
Autoridad, sustrayéndose de tal obligación el demandado. No se cuenta con la
prueba de la parte contraria, por lo que el monto se puede modificar
posteriormente, sea antes de la sentencia mediante los recursos de revocatoria
y apelación contra la presente resolución o bien una vez evacuada toda la
prueba, en sentencia. La cuota alimentaria deberá pagarla el demandado por mes
por adelantado, y dentro del tercer día después de notificada, bajo el
apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se podrá decretar apremio corporal
en su contra y a solicitud de la actora. El depósito deberá efectuarlo en la
cuenta número 137000400239-9 del Banco de Costa Rica a nombre de la actora.
Gírese el monto fijado a la actora sin necesidad de nueva resolución que así lo
indique. Inclúyase el monto establecido en el Sistema de Depósitos Judiciales.
Asimismo, se le hace saber al demandado Warren Vladimir Pinto Brumley, que de conformidad con lo que establece el
artículo 16 de la Ley de Pensiones Alimentarias, deberá cancelar durante los primeros
quince días del mes de diciembre de cada año, una cuota equivalente a una
mensualidad, por concepto de aguinaldo. De acuerdo con la circular de la Corte
Suprema de Justicia, Consejo Superior número 159-08, tomando en cuenta que los
ya cuentan con edad escolar y que de ahí se indicó a los jueces sobre la
importancia de dejar fijado un monto como ayuda a los gastos de entrada a
clases de los alimentarios y que en esa circular específicamente se dice que
“...En todo caso, sea para la fijación de gastos ordinarios o gastos
extraordinarios por concepto de educación, su pago no depende de quién sea
obligado (a) a alimentos reciba o no un ingreso adicional, puesto que no existe
norma que reserve ese pago únicamente para obligados (as) que tengan un ingreso
extra...”, se ordena al padre el pago de suma igual a la que por alimentos en
favor de su hijo este rigiendo al momento de ingreso a clases, como bono de
entrada a clases para el beneficiario, cuota que deberá depositar dentro de la
segunda quincena del mes de enero de cada año. Se le hace saber, a las partes
que pueden presentar en caso de disconformidad los recursos de revocatoria o de
apelación contra esta resolución, dentro del tercer día después de notificada.
Se les comunica que existe la posibilidad de que el conflicto planteado pueda
resolverse mediante un acuerdo conciliatorio que sea beneficioso para todos, de
tal forma que pueden comparecer a este Despacho, con ese fin, aún sin contar
con cita previa. Se les hace saber a las partes que de conformidad con el
artículo 58 de la Ley de Pensiones Alimentarias, la prestación se actualizará
automáticamente cada año en forma porcentual a los aumentos de ley decretados
por el Estado dependiendo del sector al que pertenezca el demandado. Para el
alimentante no asalariado, la prestación alimentaria se actualizará
automáticamente cada año, en un porcentaje igual a la variación del salario
mínimo descrito en el artículo 2, de la Ley N° 7337 de 5 de mayo de 1993. Para
los asalariados, se reajustará en forma porcentual a los aumentos de ley
decretados por el Estado para el sector público o privado, según corresponda.
Pídase a la Caja Costarricense de Seguro Social que se sirva certificar los
salarios devengados por el actor y la demandad a, durante los últimos seis meses.
Comuníquese lo correspondiente al Sistema de Obligados Alimentarios. Por haber
menores de edad interesados, se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia, a quien se ordena notificar la presente resolución al correo
suministrado por dicha institución. Notifíquese al demandado personalmente en
su lugar de trabajo, o por medio de cédula y copias de ley en su casa de
habitación lo cual se hará una vez que se tenga conocimiento
de la información solicitada al Consulado de Panamá. Notifíquese.—Juzgado de Pensiones Alimentarias de Hatillo.—Lic. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—1
vez.—(IN2014019614).
El
suscrito Licenciado Justin Sterling Bogantes, Fiscal
Auxiliar de Bribrí. A las nueve horas treinta minutos
del cuatro de marzo del dos mil catorce, se hace saber dentro del proceso penal
número causa 13-000365-597-PE-2 contra de: Nathalie
María Vargas Obando por el delito de lesiones en perjuicio de María Elizabeth
Villareal Garita, se solicita la publicación por una vez, en el Boletín
Judicial de edicto al propietario registral que debe apersonarse a la
Fiscalía de Bribrí Talamanca, a hacer valer sus
derechos y a quien se le comunica la resolución de las catorce horas treinta
minutos del 06 de agosto del 2013 (Se da curso a la Acción Civil Resarcitoria)
quien se le concede el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación,
bajo apercibimiento que una vez vencido el término estipulado, sin que el
comunicado o interesado comparezca, la imputada se da por comunicada de la
resolución y la causa penal se enviará al Juzgado Penal del lugar para que
resuelva conforme a derecho.—Fiscalía de Bribrí,
Talamanca.—Justin Sterling Bogantes, Fiscal
Auxiliar.—1 vez.—(IN2014019470).