BOLETÍN
JUDICIAL N° 80 DEL 28 DE
ABRIL DEL 2014
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
TERCERA PUBLICACIÓN
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 02-2007 de fecha 06 de agosto
del 2007, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 66-07
celebrada el 06 de setiembre del 2007, artículo XXXVII, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Incidentes de Ejecución del año 2011 del
Juzgado de Ejecución de La Pena de Alajuela. La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: P 1 A 11
Año: 2011
Incidentes: 3127
Paquetes: 74
Asuntos: Incidentes de
Ejecución: 772 Incidentes de Libertad Condicional, 1039 Incidentes de
Modificación de Pena, 873 Incidentes de Queja, 90 Incidentes de Enfermedad, 194
Incidentes de Unificación de Pena, 9 Incidentes de Fuga, 5 Incidentes de
Modificación de Pena por Prescripción, 36 Incidentes de Aislamiento, 96
Incidentes de Solicitud de Internamiento, 6 Incidentes de Modificación de Pena
por Conversión, 1 Incidente de Petición, 1 Incidente de Ejecución Diferida, 3
de Otros Incidentes y 2 Incidentes de Adecuación.
Si algún
interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 26 de
febrero de 2014.
MBA. Ana
Eugenia Romero Jenkins,
(IN2014020421) Subdirectora
Ejecutiva
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
12 del Reglamento sobre expedientes electrónicos ante el Poder Judicial, se
hace saber a las partes de los procesos que se tramitan en el Juzgado de Cobro
y Civil de Menor Cuantía de Heredia de que al contar con el expediente
completamente digitalizado y con los respaldos de seguridad respectivos, se
procederá a la destrucción de los expedientes en papel que a continuación se
detallan. Si alguna parte, tiene interés en que se les entregue los documentos
aportados o las actuaciones que se efectuaron, deberá gestionar ante el Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia en un plazo máximo de treinta días
hábiles a partir de esta publicación. En caso de no recibirse manifestación
alguna se procederá con la destrucción y el reciclaje de los expedientes. El
listado también puede ser consultado en la página web del Poder Judicial:
www.poder-judicial.go.cr.
Para ver tabla solo en Boletín Judicial con formato PDF
San José, 11 de
marzo de 2014.
MBA
Ana Eugenia Romero Jenkins
1 vez.—(IN2014020481) Subdirectora
Ejecutiva
ASUNTO: Acción de
inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional,
dentro de la acción de inconstitucionalidad número 13-012267-0007-CO que
promueve Sociedades Inversiones Térraba Sociedad
Anónima, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las catorce horas y
veintinueve minutos del diez de marzo de dos mil catorce. Se da curso a la
acción de inconstitucionalidad interpuesta por Emilio Arana Puente, en
representación de Marcelino Morales Villalobos, apoderado generalísimo sin
límite de suma de Inversiones Térraba Sociedad
Anónima, para que se declare la inconstitucionalidad del artículo 3 del
Reglamento de Máquinas de la Municipalidad de Buenos Aires, número 47-06,
publicado en La Gaceta N° 240 de 14 de diciembre de 2006. Se confiere
audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República. Esta norma
se impugna en la medida que estima el accionante, violenta el principio de
reserva de ley en materia tributaria, ya que establece un impuesto equivalente
al diez por ciento sobre el salario mínimo para cada máquina de juegos en forma
separada que se autorice en el cantón, más los demás impuestos de ley. Refiere
que se encuentra prohibida la creación de impuestos municipales vía reglamento,
por lo que esta disposición violenta el principio antedicho y como tal es
inconstitucional. Afirma que la norma impugnada carece de toda razonabilidad
técnica y jurídica que fundamente su existencia, y, por el contrario, excede el
marco de regulación con fines de recaudación fiscal al crear un impuesto por la
vía de un reglamento. Agrega que se produce una diferenciación entre
actividades comerciales, porque la actividad gravada por esta norma es
únicamente la de sala de juegos, la que al igual que las demás actividades
lucrativas autorizadas en el cantón, se encuentran sujetas al pago de los
impuestos definidos en la Ley de Patentes Municipales, por lo que las máquinas
de juego están recibiendo una doble imposición tributaria, y respecto de ellas
se crea un régimen tributario diferenciado, limitando entonces también la
libertad de comercio. Así, esta limitación se impone vía reglamento, y dista de
ser necesaria, idónea y válida, ya que si lo pretendido es una mayor
recaudación de carácter diferenciado con las demás actividades comerciales del
cantón, el reglamento carece de la posibilidad jurídica de sustentar el tributo
creado. La legitimación del accionante proviene del proceso de amparo que se
tramita ante esta Sala, bajo el número de expediente 13-10361-0007-CO.
Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial
sobre la interposición de esta acción, para que en los procesos o
procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte
resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso.
Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se
discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede
hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia, o bien, el acto en que haya de
aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único
que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución
final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se
inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos
contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben
aplicarse durante la tramitación, posteriores a la primera publicación del
citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos
pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la
aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar
en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los
motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se
hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de
Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la
Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no
suspende la vigencia de la norma en general o acto cuestionado, sino únicamente
su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese./Gilbert Armijo
Sancho, Presidente».
San José, 10 de
marzo del 2014.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2014020459). Secretario
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Alcides Zamoran Altamirano, pasaporte 0953753 , y
falleció el 12 de febrero del año 2014, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 14-000168-1021-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 14-000168-1021-LA. Proceso promovido por Ana
Rosa Lagos Carrasco a favor de Alcides Zamoran
Altamirano, pasaporte 0953753.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de
Heredia, 5 de marzo del año 2014.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1
vez.—(IN2014020827).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Nelson Zelaya Rivera,
quien fue mayor, casado, vecino de Mercedes Sur de Heredia, cédula 8-950-442, y
falleció el 30 de diciembre del año 2013, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el Número 14-000209-1021-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 14-000209-1021-LA. Proceso promovido por Zoila
Villarreal Rosales a favor de Nelson Zelaya Rivera.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía de Heredia, 13 de marzo del año 2014.—Lic. Daniel González Sibaja, Juez.—1 vez.—(IN2014020830).
Con
ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Adonias Cordero Solano c.c. Adonias
León Cordero, quien fuera mayor, divorciado, costarricense, chofer de bus,
vecino de Heredia Santo Domingo, cédula de identidad número uno-cuatrocientos
sesenta y ocho-setecientos noventa y siete, quien falleció el veintitrés de
octubre del dos mil nueve , con el fin de que se apersonen a hacer valer sus
derechos en la presente diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral,
expediente número 14-300076-0237-LA (77-2-14), gestionado por: Adonias Cordero Brenes, contra Operadora de Planes de
Pensiones Complementarias Popular Pensiones S. A., apercibidos de que de no
hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de
este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad
con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del
Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 10 de marzo del 2014.—M.Sc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2014020831).
Se
cita y emplaza a los causahabientes de José Pablo Cortes Espinoza, quien fue
mayor, soltero, cédula 1-1424-455, vecino de San Sebastián, quien falleció el
10-06-2013, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias de devolución de
cuotas de fallecido, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no
lo hicieren, se le entregará a quien corresponda conforme al artículo 85 del Código
de Trabajo. Expediente N° 13-300013-0250-LA.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de San Sebastián, 7 de noviembre del 2013.—Lic. Esteban
Guzmán González, Juez.—1 vez.—(IN2014020840).
Se
cita y emplaza a los causahabientes de Augusto Cesar Delgado Solís, quien fue
mayor, soltero, cédula 1-1128-480, vecino de San Sebastián, quien falleció el
25-07-2013, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias de devolución de cuotas
de fallecido, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo
hicieren se le entregará a quien corresponda conforme al artículo 85 del Código
de Trabajo. Expediente N° 13-300023-0250-LA.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de San Sebastián, 8 de enero del 2014.—Lic. Esteban
Guzmán González, Juez.—1 vez.—(IN2014020843).
Se
cita y emplaza a los causahabientes de quien fue en vida Dionisia Vicenta
Montenegro Montenegro, mayor, soltera, pensionada,
cédula 6-024-912, falleció el 21/11/2013, para que dentro del plazo de ocho
días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en estas
diligencias de devolución de cuotas de fallecido, a hacer valer sus derechos,
apercibidos de que si así no lo hicieren se le entregará a quien corresponda
conforme al artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
13-300024-0250-LA.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de San Sebastián, 8 de enero del 2014.—Lic. Esteban Guzmán
González, Juez.—1 vez.—(IN2014020845).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Wady
Antonio Valerio Chaves, quien fue mayor, casado, chofer, vecino de Pital de San Carlos, cédula de identidad 2-455-979, y
falleció el 2 de agosto del año 2008, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 14-000014-1291-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 14-000014-1291-LA. Proceso promovido por Lidieth María Solís Villalobos.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, materia laboral 17 de
enero del año 2014.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—1 vez.—(IN2014020858).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Enrique Rivera
Chacón, quien fue mayor, viudo, comerciante, con último domicilio en Cartago,
50 metros al este y 40 metros norte del Pali de las Ruinas, con cédula de
identidad 3-0082-128 y falleció el 22 de mayo del 2013, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores
a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las
diligencias de consignación de prestaciones del sector privado bajo el número
14-000181-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
14-000181-1023-LA. Proceso promovido por Rafael Enrique Rivera Chacón, cédula
de identidad 1-589-422 a favor de Enrique Rivera Chacón con cédula de identidad
3-0082-128.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía
de Cartago, 6 de marzo del año 2014.—Msc.
Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—(IN2014020868).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios, soportando afectación de servidumbre de paso, bajo las citas
2012-280093-01-0002-001; a las trece horas del cuatro de junio de dos mil
catorce, y con la base de diez millones seiscientos mil colones, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos ocho mil ochocientos cincuenta y seis-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de potreros y montes. Situada
en el distrito tercero, Llano Bonito, cantón León Cortés, de la provincia de
San José. Mide: noventa y ocho mil ciento once metros con diecinueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del dieciocho de
junio del dos mil catorce, con la base de siete millones novecientos cincuenta
mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las trece horas del dos de julio del dos mil catorce, con la base de
dos millones seiscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Walter Solano Fallas
contra Antonia Melina Blanco y Habram S. Blanco. Exp.: 13-000150-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago,
08 de abril del 2014.—Lic. Rebeca Salazar Alcócer,
Jueza.—(IN2014024115).
A las nueve horas y treinta minutos del cuatro de agosto del año
dos mil catorce, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando servidumbre
traslada anotada al tomo 0314, asiento 00011984 y con la base de once millones
ciento setenta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 231889-000, la
cual es terreno solar con una casa lote 7. Situada en el distrito Pavas, cantón
San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Monarca S. A.
destinado a avenida; al sur, lote 21; al este, lote 8 y al oeste, lote 6. Mide:
ciento ochenta metros con cero decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por
haberse ordenado así en proceso Ejecutivo Simple número 01-014769-0170-CA de
Instituto Nacional de Seguros contra Ana Chávez Chavarría.—Juzgado Civil de
Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 08
de abril del 2014.—Lic. Iván Tiffer Vargas,
Juez.—(IN2014024124).
En la parte exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con
las anotaciones judiciales que presenta, se rematarán los derechos cero cero dos, cero cero tres, cero cero cuatro, cero cero cinco,
cero cero ocho, cero cero
nueve y cero cero diez, matrícula doscientos setenta
y cuatro mil ochocientos sesenta y cinco, de naturaleza: terreno inculto con
una casa, sita en distrito primero, Desamparados, cantón tercero, Desamparados,
de la provincia primera San José. Linderos: al norte, Dolores Chacón Cabezas;
al sur, calle pública con nueve metros con treinta centímetros lineales; al
este, Abdenago Alvarado Quesada; y al este, Dolores
Chacón Cabezas. Mide: cuatrocientos veintitrés metros con cincuenta y ocho
decímetros cuadrados según plano catastrado número SJ-0358702-1979; para lo
cual se señalan las siguientes tres fechas: El primer remate a las nueve horas
(9:00 horas) del dieciséis de mayo de dos mil catorce; con la base de sesenta
millones novecientos ochenta y cinco mil seiscientos sesenta colones,
(¢60.985.660.00). Para el segundo remate las nueve horas (9:00 horas) del dos
de junio de dos mil catorce con la base de sesenta millones novecientos ochenta
y cinco mil seiscientos sesenta colones, (¢60.985.660.00) conservando la base
inicial y para el tercer remate las nueve horas (9:00 horas) del diecisiete de
junio de dos mil catorce, con la base de sesenta millones novecientos ochenta y
cinco mil seiscientos sesenta colones, (¢60.985.660.00) conservando la base
inicial. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ordinario N°
10-100294-0217-CI de María Cecilia Mora Venegas y otros contra Pablo José Mora
Cruz.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de San José, Desamparados, 10 de abril del
2014.—Dra. Leyla K. Lozano Chang,
Jueza.—(IN2014024137).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de A y A
citas: 2013-00282305-01-0079-001; a las siete horas y treinta minutos del
catorce de mayo del dos mil catorce, y con la base de quince millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ochenta y cinco mil ciento treinta y
cinco-F-cero cero cero, la cual es terreno finca
filial primaria individualizada número setenta apta para construir que se
destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con un frente de área común de
acceso vehicular con un frente de trece metros con noventa y seis centímetros;
al sur, Abel González Ruiz; al este, zona de juegos infantiles con un frente de
cincuenta metros con dos centímetros; y al oeste, finca filial número setenta y
uno. Mide: setecientos un metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del
veintinueve de mayo del dos mil catorce, con la base de once millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos
del trece de junio del dos mil catorce con la base de tres millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Óscar Palma Rodríguez contra Asdrúbal
de la Trinidad Suárez Jiménez. Exp.
14-000335-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia,
19 de marzo del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014024141).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las ocho horas y cero minutos del veinte de junio de dos mil
catorce, y con la base de un millón cuatrocientos siete mil cuatrocientos
setenta y un colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Vehículo: Placas: 649828, marca: Hyundai, categoría: automóvil, Vin: KMHVF21NPSU136373, año: 1995, color: celeste,
cilindrada: 1500 cc. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del siete de julio de dos mil catorce ,
con la base de un millón cincuenta y cinco mil seiscientos tres colones con
noventa céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de julio de dos
mil catorce con la base de trescientos cincuenta y un mil ochocientos sesenta y
siete colones con noventa y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada contra Juan Ramón Castillo Oporta. Exp.: 13-004918-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 19 de febrero del 2014.—Lic. Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2014024208).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintiséis de junio de dos
mil catorce, y con la base de un millón doscientos ochenta y cuatro mil
ochocientos setenta y cinco colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 866838, Hyundai H1 Starex,
Microbús, año 1997, color azul, tracción 4x2, vin
KMJWWH7BPVU033712, combustible diesel, cilindrada 2600 cc.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del once de
julio de dos mil catorce, con la base de novecientos sesenta y tres mil
seiscientos cincuenta y seis colones con ochenta y siete céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cero minutos del veintinueve de julio de dos mil catorce con la base de
trescientos veintiún mil doscientos dieciocho colones con noventa y cinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi
JDS Corporación de Inversiones S. A. contra Siri
Arias Méndez. Exp.: 14-002005-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de
marzo del 2014.—Lic. Yesenia Zúñiga Ugarte,
Jueza.—(IN2014024211).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
300-06981-01-0926-003, reservas y restricciones citas: 341-19960-01-0900-001,
reservas y restricciones citas: 341-19960-01-0901-001, reservas y restricciones
citas: 341-19960-01-0902-001, reservas y restricciones citas:
372-07635-01-0800-001; a las nueve horas y treinta minutos del quince de mayo
del dos mil catorce, y con la base de cuarenta millones de colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento sesenta y cinco mil seiscientos cuarenta-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito
05 Porvenir, cantón 09 Nandayure, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Manuel Ángel Arias Mora; al sur, calle pública
con 49,94 metros; al este, Luis Zúñiga García; y al oeste, Manuel Ángel Arias
Mora. Mide: mil cuatrocientos setenta y nueve metros con setenta y tres
decímetros cuadrados. Plano: G-1217012-2008. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del treinta de mayo del dos mil catorce, con
la base de treinta millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del dieciséis de junio del dos mil catorce con la base de diez millones de
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Efrén Gerardo
Arias Mora. Exp. 14-000074-1205-CJ.—Juzgado de
Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 19 de marzo del
2014.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2014024244).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente citas:
0331-00005375-01-0900-001; obligaciones ref. 1992-194-002 citas
0331-00005375-01-0906-001, servidumbre de paso citas:
0388-00006903-01-0005-001; servidumbre de paso citas:
0424-00002252-01-0004-001; servidumbre de paso citas:
0428-00001450-01-0004-001; a las diez horas y treinta minutos del dieciséis de
mayo del año dos mil catorce, y con la base de veintiocho millones quinientos
cincuenta y un mil doscientos sesenta y seis colones con ochenta y nueve
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento tres mil quinientos sesenta y uno-cero
cero cero, la cual es terreno lote número quince
terreno de solar. Situada en el distrito 04 Tempate, cantón 03 Santa Cruz, de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Marañones Industriales del
Pacífico Sociedad Anónima; al sur, Vistas de Flamingo
Número Catorce Sociedad Anónima; al este, Marañones Industriales del Pacífico
Sociedad Anónima; y al oeste, servidumbre agrícola con 58.08 metros. Mide:
siete mil trescientos ochenta y cuatro metros con noventa y tres decímetros
cuadrados. Plano: G-0357749-1996. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del dos de junio del dos mil catorce, con la base de
veintiún millones cuatrocientos trece mil cuatrocientos cincuenta colones con
diecisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de junio del
dos mil catorce con la base de siete millones ciento treinta y siete mil
ochocientos dieciséis colones con setenta y dos céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Luis Diego Lara Barrantes, Vistas de Flamingo Número Quince S. A. Exp.
14-000462-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y
Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 31 de marzo del 2014.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2014024249).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del doce de junio del año dos
mil catorce, y con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número sesenta y dos mil cuatrocientos ochenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: lote para construir número
69 con una casa. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Mutual Gte
de Ah. y Pres. P. la Vivien.; al sur, Mutual Gte de Ah y Pres. P la Vivien; al
este, calle pública con 10,00 metros de Fte. y al
oeste, Mutual. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintisiete de junio del
año dos mil catorce, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de julio del
año dos mil catorce con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rigoberto Angulo Miranda. Exp.: 14-000352-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 21
de marzo del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen,
Juez.—(IN2014024256).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de junio del
año dos mil catorce y con la base de cuatro millones seiscientos veintisiete
mil doscientos ochenta colones con sesenta y seis céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento once mil seiscientos sesenta y siete - cero cero
cero, la cual es terreno lote 9, terreno para
construir marcado con el número 1165. Situada en el distrito Barranca, cantón
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 1143 e INVU;
al sur, avenida Gabriela; al este, lote 1166 y al oeste, lote 1164. Mide:
ciento ochenta y un metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de julio del
año dos mil catorce, con la base de tres millones cuatrocientos setenta mil
cuatrocientos sesenta colones con cincuenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del diecisiete de julio del año dos mil catorce con la base de
un millón ciento cincuenta y seis mil ochocientos veinte colones con diecisiete
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Hipoteca Uno
Sociedad Anónima contra Luis Molina Alvarado. Exp.:
14-000174-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 11 de marzo del 2014.—Lic. María
Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014024260).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de junio de
dos mil catorce, y con la base de dos millones cuatrocientos doce mil
quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 069522-005, la cual es terreno de
patio. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 04 Santa Bárbara, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, Adrián Bravo Alfaro y Ana Isabel Bravo
Alfaro; al sur, Cristian Bravo Alfaro y Río Sanjon;
al este, Cristian y Ana Bravo Alfaro; y al oeste, Cristian Bravo Alfaro, Adrián
Bravo Alfaro y Ana Lucía Moreira Salas. Mide: mil seiscientos sesenta y tres
metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del nueve de julio de dos mil catorce,
con la base de un millón ochocientos nueve mil trescientos setenta y cinco
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de julio
de dos mil catorce con la base de seiscientos tres mil ciento veinticinco
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Betty Bravo Alfaro contra Ener
Bravo Alfaro. Exp. 10-001733-0926-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 4 de marzo
del 2014.—Lic. Mónica Vásquez Valverde, Jueza.—(IN2014024264).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas
295-13923-01-0901-001; a las diez horas y treinta minutos del dos de junio del
año dos mil catorce y con la base de sesenta y un millones trescientos mil
colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 460660-001 y 002, la cual es terreno lote 33
terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 04
San Rafael, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, calle pública con un frente a ella de 24,15 metros; al sur, área de
protección la quebrada Poro; al este, destinado a servidumbre pluvial y al
oeste, lote 32. Mide: setecientos un metros con veintiséis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del diecisiete de junio del año dos mil catorce con la base de cuarenta y cinco
millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del dos de julio del año dos mil catorce con la base de quince
millones trescientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gerardo Xatruch
Ortiz, Ileana Obando Hernández. Exp.:
12-032329-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 03 de abril del 2014.—Lic. Viviana Salas Hernández,
Jueza.—(IN2014024270).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las once horas y cero
minutos del veintinueve de julio del año dos mil catorce, y con la base de dos
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
tres mil doscientos veintiséis-cero cero cero, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito trece Peñas Blancas,
cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote
71; al sur, camino público con 13,30 metros de frente; al este, lote 94 y al
oeste, lote 92. Mide: quinientos treinta y dos metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del
trece de agosto del año dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del
veintinueve de agosto del año dos mil catorce con la base de seiscientos
veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ramón Luis
Vásquez Solís contra Manuel Ángel del Socorro Murillo Rodríguez. Exp.: 14-000811-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 04 de abril
del 2014.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas,
Juez.—(IN2014024280).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condición resolutoria bajo las citas:
0300-00003022-01-0901-001; a las diez horas treinta minutos del veintiséis de
mayo del dos mil catorce y con la base de ocho millones seiscientos mil colones
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Cartago Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número doscientos treinta y tres mil seiscientos setenta y
ocho-cero cero cero, la cual es terreno para
agricultura. Situada en el distrito dos San Isidro, cantón ocho El Guarco de la provincia de Cartago. Colinda: norte, Unión de
Compañías Centroamericanas S. A.; sur, José Alberto Quesada Elizondo; este,
José Alberto Quesada Elizondo y José Ángel Camacho Mena y oeste, José Alberto
Quesada Elizondo. Mide: treinta y cuatro mil cuatro metros cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del
diez de junio del dos mil catorce con la base de seis millones cuatrocientos
cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de
junio del dos mil catorce con la base de dos millones ciento cincuenta mil
colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Geovanni Gerardo Quesada Elizondo. Exp.:
13-018821-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 13 de marzo del 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés
Sánchez, Juez.—(IN2014024282).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones Citas:
295-20626-01-0930-001; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diez
de julio de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones quinientos
setenta mil cuatrocientos cincuenta y cuatro colones con veintiséis céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 111254-000, la cual es terreno para agricultura situada
en el distrito 04 Quebrada Honda cantón 02 Nicoya de la provincia de
Guanacaste. Linderos: norte, servidumbre de paso en medio con Bernardo Gómez
Zúñiga; sur, Marlon Medina Galagarza y María Galagarza Orias, este, Digna Galagarza Orias, oeste, Ana Galagarza Orias. Mide: dos mil
trescientos cuarenta y cuatro metros con setenta y siete decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos
del veintiocho de julio de dos mil catorce, con la base de tres millones
cuatrocientos veintisiete mil ochocientos cuarenta colones con setenta céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cuarenta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil
catorce con la base de un millón ciento cuarenta y dos mil seiscientos trece
colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y
Crédito Alianza de Pérez Z contra Luis Ángel Carrillo Sánchez. Exp.: 14-000032-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 21 de febrero del 2014.—Lic.
Claudio José Morera Salas, Juez.—(IN2014024286).
En la puerta exterior de este Despacho; al ser las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del trece de mayo de dos mil catorce, libre de
gravámenes hipotecarios; y con la base de un millón noventa y seis mil
trescientos treinta y nueve colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos mil
trescientos cincuenta y ocho-cero cero cero, la cual
es terreno para construir lote 133. Situada en el distrito 04 Piedades Norte,
cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, terreno
reservado para la construcción de la Avenida Los Tulipanes; al sur, Marcela
Jiménez González; al este, resto de la finca para segregar lote 134; y al
oeste, lote 132 Ana Lorena Castillo Porras. Mide: ciento cuarenta y siete
metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de mayo de
dos mil catorce, con la base de ochocientos veintidós mil doscientos cincuenta
y cuatro colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del doce de junio de dos mil catorce con la base de doscientos
setenta y cuatro mil ochenta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Martha Carballo
Villalobos. Exp. 13-009443-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 25 de febrero del 2014.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—(IN2014024297).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de mayo de dos
mil catorce y con la base de dos millones ochocientos sesenta y tres mil
doscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo
placa 698785, Hyundai, estilo Starex, microbús, serie
KMJWWH7BPVU011729, tracción 4x2, motor D4BBV418907, diesel, 2600 cc, 04
cilindros, año 1997, color plateado. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del once de junio de dos mil catorce, con la base
de dos millones ciento cuarenta y siete mil cuatrocientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintiséis de junio de dos mil catorce,
con la base de setecientos quince mil ochocientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Alfredo Eduardo Ramírez Valverde contra Cristian
Higinio Aragón Artola. Expediente: 13-013738-1044-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de enero del
2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014024302).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las diez horas y treinta minutos del catorce de mayo de dos mil
catorce, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 486082. Marca
Renault. Estilo Megane Classic.
Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2003. Color azul. Vin VF1LA110526851251. Cilindrada 1598 c.c. Combustible
gasolina. Motor Nº D697960. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del veintinueve de mayo de dos mil catorce, con la base de un
millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del trece de junio de dos mil catorce con la base de
seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Gustavo Adolfo Sandí Alfaro contra Marlene Barboza Chavarría, y The World Language
and Culture Center Sociedad Anónima. Exp.
13-015870-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 12 de marzo del 2014.—Lic.
Audrey Abarca Quirós, Juez.—(IN2014024344).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del trece de mayo de dos mil
catorce, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número doscientos sesenta y tres mil seiscientos cinco derecho cero cero cero, la cual es terreno
para construir con dos casas. Situada en el distrito San Miguel, cantón
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Luis Vindas Robles y otro; al sur, Carlos Ortega Solano; al
este, Rafael Sandoval Camacho; y al oeste, calle pública con 7m 76cm. Mide:
doscientos ochenta y siete metros con doce decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de mayo
de dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del doce de junio de dos mil
catorce con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Multi-Mercados S. A.
contra Henry Oldemar Arias Picado. Exp. 13-010244-1044-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de marzo
del 2014.—Lic. Yessenia Brenes González,
Jueza.—(IN2014024377).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios;
pero soportando reservas y restricciones citas: 0377-00013395-01-0901-001 y serv restricc ref:
00020672-000 citas: 0377-00013395-01-0902-001; a las catorce horas y cero
minutos del quince de mayo del dos mil catorce, y con la base de seiscientos
quince mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil ciento
cincuenta y seis- cero cero cero,
la cual es terreno con un edificio de apartamentos. Situada en el distrito 05
Sámara, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Enzian Nelke S. A.; al sur, calle
pública con treinta y ocho punto cuarenta y cinco metros; al este, Odisea EFH
Costarricense; y al oeste, Chavolga del Pacífico.
Mide: mil novecientos setenta metros con cuatro decímetros cuadrados. Plano:
G-0944854-2004. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del treinta de mayo del dos mil catorce, con la base de cuatrocientos
sesenta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del dieciséis de junio del dos mil catorce con la base de ciento
cincuenta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Luca Galli, Puntosamara S.A. Exp.
14-000423-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y
Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 20 de marzo del 2014.—Lic. Allan Montero Valerio,
Juez.—(IN2014024439).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del quince de mayo del dos mil
catorce y con la base de cinco millones cincuenta y seis mil setecientos
veintiséis colones con cincuenta y ocho céntimos en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 361727-000, la
cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Pigagres, cantón 07 Mora, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Otilia Bermúdez Herrera; al sur, calle pública con 14 m 26
cm; al este, Fulvio Bermúdez Flores; y al oeste,
Otilia Bermúdez Herrera. Mide: ciento treinta y siete metros con cincuenta y
cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
cero minutos del treinta de mayo del dos mil catorce con la base de tres
millones setecientos noventa y dos mil quinientos cuarenta y cuatro colones con
noventa y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del trece de junio del
dos mil catorce con la base de un millón doscientos sesenta y cuatro mil ciento
ochenta y un colones con sesenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular de Desarrollo Comunal contra Lubin
Bermúdez Flores. Exp. 12-008439-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
San José, 18 de marzo del 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla,
Jueza.—(IN2014024440).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; se rematarán los
siguientes bienes: primer finca: libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Reservas de Ley de Aguas y de Caminos; a las quince horas y cero
minutos del veintiséis de mayo del dos mil catorce, y con la base de tres
millones novecientos setenta y un mil novecientos veintiún colones con un
céntimo, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número, la cual es terreno naturaleza: lote tres
terreno para construir, situada en el distrito 1 Filadelfia, cantón 5 Carrillo
de la provincia de Guanacaste, linderos: norte, calle pública con un frente de
10.00 metros; sur, Andersa Sociedad Anónima; este,
lote cuatro de Andersa Sociedad Anónima, oeste, lote
dos de Andersa Sociedad Anónima, mide: doscientos
metros cuadrados, plano: G-0653353-2000. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del diez de junio del dos mil catorce, con la base
de dos millones novecientos setenta y ocho mil novecientos cuarenta colones con
setenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de
junio del dos mil catorce, con la base de novecientos noventa y dos mil
novecientos ochenta colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Segunda finca: libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas de ley de aguas y de caminos; a las quince horas y cero
minutos del veintiséis de mayo del dos mil catorce, y con la base de cuatro
millones seiscientos noventa y cuatro mil ochenta y ocho colones con cuarenta y
siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 119234-000, la cual es: naturaleza: lote cuatro
terreno para construir, situada en el distrito 1 Filadelfia, cantón 5 Carrillo
de la provincia de Guanacaste, linderos: norte : calle publica con un frente de
10.00 metros; sur, Andersa Sociedad Anónima; este,
lote cinco de Andersa Sociedad Anónima, oeste, lote
tres de Andersa Sociedad Anónima, mide: doscientos
metros cuadrados, plano: G-0653360-2000. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del diez de junio del dos mil catorce, con la base
de tres millones quinientos veinte mil quinientos sesenta y seis colones con
treinta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de
junio del dos mil catorce, con la base de un millón ciento setenta y tres mil
quinientos veintidós colones con doce céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Tercera finca: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
Reservas de Ley de Aguas y de Caminos; a las quince horas y cero minutos del
veintiséis de mayo del dos mil catorce, y con la base de cuatro millones
seiscientos noventa y cuatro mil ochenta y ocho colones con cuarenta y siete
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 119242-000, la cual es: naturaleza: lote doce
terreno para construir situada en el distrito 1 Filadelfia, cantón 5 Carrillo
de la provincia de Guanacaste, linderos: norte, Andersa
Sociedad Anónima; sur, calle pública con un frente a ella de 10.00 metros;
este, lote trece de Andersa Sociedad Anónima, oeste,
lote once de Andersa Sociedad Anónima, mide:
doscientos metros cuadrados, plano: G-0653358-2000. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y cero minutos del diez de junio de dos mil catorce,
con la base de tres millones quinientos veinte mil quinientos sesenta y seis
colones con treinta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del
veinticinco de junio del dos mil catorce, con la base de un millón ciento
setenta y tres mil quinientos veintidós colones con doce céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Cuarta finca: libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y de caminos; a las
quince horas y cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil catorce, y con la
base de cuatro millones seiscientos noventa y cuatro mil ochenta y ocho colones
con cuarenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 115236-000, la cual es:
Naturaleza: terreno para construir lote veinticuatro, situada en el distrito 1
Filadelfia, cantón 5 Carrillo de la provincia de Guanacaste, linderos: norte, Andersa S. A.; sur, calle pública; este, Andersa S. A., oeste, Andersa S.
A., mide: doscientos metros cuadrados, plano: G-0577374-1999. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y cero minutos del diez de junio del dos mil
catorce, con la base de tres millones quinientos veinte mil quinientos sesenta
y seis colones con treinta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos
del veinticinco de junio de dos mil catorce con la base de un millón ciento
setenta y tres mil quinientos veintidós colones con doce céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Amarelis
Méndez Duarte, Banco Internacional de Información y Servicios Ban, expediente N° 13-001726-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y
Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 2 de diciembre del
año 2013.—Lic. Grace Solís Solís,
Jueza.—(IN2014014622).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del catorce de mayo de mayo
del año dos mil catorce, y con la base de veinticuatro millones quinientos
cincuenta y seis mil novecientos treinta y dos colones con noventa y cinco
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 408143-000 la cual es terreno para la agricultura
con árboles frutales. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 San
Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Delia Villalobos
Valverde; al noroeste, Marco Tulio Chacón Araya; al sureste, calle pública con
frente de 62.62 metros, y al suroeste, Virgita
Villalobos Valverde. Mide: seis mil seiscientos setenta y siete metros con tres
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del veintiocho de mayo del año dos mil catorce, con la base de
dieciocho millones cuatrocientos diecisiete mil seiscientos noventa y nueve
colones con setenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del once
de junio del año dos mil catorce, con la base de seis millones ciento treinta y
nueve mil doscientos treinta y tres colones con veintitrés céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra
Jorge Isaac Vargas Araya, expediente N° 13-015853-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de
marzo del año 2014.—Lic. Nydia Piedra Ramírez, Jueza.—(IN2014020836).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las once horas y quince minutos del veinte de mayo de dos mil
catorce y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
ciento cincuenta y siete mil ciento treinta y dos-cero cero cero,
la cual es terreno inculto. Situada en el distrito 02 San José, cantón 01
Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y otros;
al sur, Consuelo Solís Rodríguez; al este, Consuelo Solís Rodríguez; y al
oeste, Ramón Fco. Vega Hernández y otros. Mide:
ciento cincuenta y ocho metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del cuatro de junio
de dos mil catorce, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once
horas y quince minutos del diecinueve de junio de dos mil catorce, con la base
de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carmen Oconitrillo
Venegas. Expediente: 13-013210-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de febrero del
2014.—Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014024300).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios,
a las diez horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil catorce y con
la base de un millón ciento sesenta y cuatro mil trescientos cuarenta y seis
colones con cincuenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y dos mil cuatrocientos
trece-cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 01 Siquirres,
cantón 03 Siquirres de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, José Eduardo Azofeifa Jiménez; al
sur, calle pública; al este, lote 22-A; y al oeste, IMAS. Mide: doscientos
setenta y nueve metros noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de setiembre del año
dos mil catorce, con la base de ochocientos setenta y tres mil doscientos
cincuenta y nueve colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del veinte de setiembre del dos mil catorce, con la base de
doscientos noventa y un mil ochenta y seis colones con sesenta y tres céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Grettel
Núñez Rodríguez, Gustavo Alfonso Núñez Rodríguez. Expediente:
14-000752-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 7 de abril del 2014.—Dany Gerardo
Matamoros Bendaña, Juez.—(IN2014024311).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de junio de dos
mil catorce y con la base de cincuenta y tres millones ochocientos veintidós
mil seiscientos cincuenta y cuatro colones con ocho céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
trescientos treinta y un mil cuatrocientos sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito Pital, cantón San Carlos de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Rolando Barrantes Jiménez; al sur, Vicente Miranda en parte
y Rio Sahino; al este, calle pùblica;
y al oeste, Río Sahino. Mide: noventa y tres mil
setecientos veintiún metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de julio de dos mil
catorce, con la base de cuarenta millones trescientos sesenta y seis mil
novecientos noventa colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del diecisiete de julio de dos mil catorce, con la base de trece
millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos sesenta y tres colones
con cincuenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Distribuidora Jeans Internacional Sociedad Anónima
contra Rodrigo Delgado Salazar. Expediente: 13-005399-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 8 de abril del 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2014024315).
En la puerta exterior de este despacho, a las diez horas y quince
minutos del treinta de junio de dos mil catorce, libre de gravámenes
hipotecarios y con la base de veinticinco millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número doscientos catorce mil novecientos veintiocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir número uno con una
casa. Situada en el distrito 04 Carrillos, cantón 08 Poás
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote tres de María Isabel
Molina; al sur, calle pública; al este, Mainor
Gerardo Fonseca López; y al oeste, lote dos de Francisco Molina. Mide:
doscientos noventa y nueve metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del quince de
julio de dos mil catorce, con la base de dieciocho millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del treinta de julio
de dos mil catorce, con la base de seis millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Zaida María Araya Herrera contra María Jacqueline
Castillo Molina. Expediente: 14-000173-1157-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de marzo del
2014.—Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014024397).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las catorce horas y quince minutos del veinticuatro de junio de
dos mil catorce y con la base de un millón cuatrocientos mil colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número SJB-010868,
marca: Mitsubishi, categoría: microbús, carrocería: microbús, tracción: 4x2,
chasis: BE647GA00294, uso: particular, estilo: rosa, capacidad: 30 personas,
año: 1999, color: beige. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
quince minutos del nueve de julio de dos mil catorce, con la base de un millón
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veinticuatro
de julio de dos mil catorce, con la base de trescientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Uver Cedeño
Fonseca contra Wybe Van Oss.
Expediente: 14-003843-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 7 de marzo del 2014.—Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014024441).
Se convoca a los miembros o socios
de la Fundación Proagroin, cédula jurídica
3-006-356236, a una junta que se llevará a cabo en este Despacho, a fin de que
se apersonen y elijan un representante; para lo cual se señalan las nueve horas
del catorce de julio de dos mil catorce. Lo anterior por estar así ordenado en
proceso de ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Luz
Marina Alvarado Baca. Exp. N° 13-000273-0298- AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Ciudad Quesada, 4 de abril de 2014.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce,
Jueza.—(IN2014024117). 2
v. 2.
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Greivin Nacarado Rojas, a una junta que se verificará en
este Juzgado a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil
catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del
Código Procesal Civil. Exp. Nº 11-000696-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 23 de enero del año 2014.—Licda. Jackeline
Brenes Segura, Jueza.—1 vez.—(IN2014006972).
Por haberse ordenado así dentro de expediente N°
12-000136-0183-CI, que es proceso sucesorio de Ciro Guerra Baldares, se convoca
todos los interesados a la Junta, que se verificará en este Despacho a las 9:30
horas del día lunes, 26 del mes de mayo del 2014, ello para conocer de los
extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil.—Juzgado
Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de febrero del 2014.—Lic.
Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—(IN2014014333).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Cristóbal
Peña Azofeifa, expediente N° 12-000046-0223-CI a una
junta que se verificará en este Juzgado a las diez horas del veintisiete de
mayo de dos mil catorce, para conocer de los extremos del artículo 926 del
Código Procesal Civil. Publicar 1 vez. Publicar entre el cuatro de abril de dos
mil catorce y el quince de mayo de dos mil catorce.—Juzgado Primero Civil
San José, 19 de marzo del 2014.—MSc. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—1
vez.—(IN2014020225).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
14-000004-0387-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Naranjales Boskind Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-ciento dieciséis mil ciento noventa y tres,
representada por Irvin Junior Wilhite, mayor de edad,
casado dos veces, estadounidense, empresario, vecino de La Cruz, cédula de
residencia uno-ocho cuatro cero cero cero seis dos nueve cinco uno seis, promueve información
posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la
Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales el inmueble que se describe así:
Terreno de montaña, situado en San Rafael, distrito dos Santa Cecilia, del
cantón décimo La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte,
Naranjales Boskind S. A.; sur, Silvia Espinoza
Chaves; este, Naranjales Boskind S. A., y oeste,
Pablo Cano Calderón, Erasmo Campos Lara. Según plano catastrado G-un millón
seiscientos ochenta y cuatro mil doscientos cuatro-dos mil trece, mide de
extensión noventa y seis mil novecientos noventa y cinco metros cuadrados.
Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no
pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños,
ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por compra
venta de Pablo Cano Calderón, mayor de edad, soltero, agricultor, vecino de Dos
Ríos de Upala, el treinta de abril del dos mil trece.
Estima el inmueble en catorce millones quinientos cuarenta y nueve mil
doscientos cincuenta colones y el proceso en catorce millones quinientos
cuarenta y nueve mil doscientos cincuenta colones. Por el plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas
interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. (Expediente N°
14-000004-0387-AG, Información Posesoria de Naranjales Boskind
Sociedad Anónima).—Juzgado Agrario de Liberia, 10 de marzo del
2014.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—(IN2014020854).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
14-000008-0993-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte
de Óscar Enrique de Jesús Soto Carranza, quien es mayor, casado, vecino de
Piedades Norte de San Ramón, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número 2-389-042, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es terreno de café y potrero. Situada en el distrito Piedades Norte,
cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Vidmar Soto Carranza; al sur, Carlos Manuel Jiménez Villalobos;
al este, Manuel Antonio Molina Salas, y al oeste, calle pública. Mide: 8430,34
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A- 14504-1975. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de 10 millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño desde el año 1975. Que no existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en limpieza, cercado, cuido del terreno. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Óscar Enrique de Jesús Soto Carranza,
expediente N° 14-000008-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 18 de marzo del año 2014.—Msc. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—1
vez.—(IN2014020857).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Hilda Herrera Solís, mayor, viuda de
primeras nupcias, ama de casa, de nacionalidad costarricense, con cédula de
identidad 0200980127 y vecina de Ciudad Quesada, San Carlos, cien metros al
oeste y cien metros al norte del Hospital Cooperativo. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000047-0297-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 12 de marzo del
año 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014020846).
Se emplaza a todos los interesados en la Sucesión de Abigail
Herrera Hidalgo, quien fue mayor, casada, ama de casa, cedula de identidad
9-0019-0794 y vecina de San Antonio de Escazú, para que dentro de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no
se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien legalmente
corresponda. Proceso sucesorio número 14-000014-0223-CI (34-2014) de Abigail
Herrera Hidalgo promovido por Zulay Angulo Herrera.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, 12
de marzo del 2014.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—(IN2014020852).
De acuerdo a lo establecido en los artículos 917, 945 y siguientes
y concordantes del Código Procesal Civil, artículo 129 del Código Notarial, se
informa y se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, que en esta notaría se ha iniciado la sucesión Ab Instestato en sede notarial de quien en vida se llamó
Enrique Lobo Charpantier, con cédula de identidad
número uno-doscientos noventa y nueve-quinientos dieciocho, quien en vida fuera
costarricense, Técnico en Telecomunicaciones, con domicilio en Tibás de San
José, del cementerio de Tibás doscientos metros este, cien metros sur,
veinticinco metros este, para que dentro del plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quién corresponda. Se convoca por
haberse ordenado así dentro del expediente notarial de la sucesión abintestato
número cero cero cero
uno-catorce. Licenciado Álvaro Moya Ramírez, sita con oficina en San José,
Sabana Suroeste, frente a la Pops, edificio Vistas de
la Sabana cuarto piso, fax Nº 2231-1385.—San José, a las once horas del día
primero de abril del dos mil catorce.—Lic. Álvaro Moya Ramírez,
Notario.—1vez.—(IN2014021301).
Se convoca por medio de edicto que
se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que
tuvieran derecho a la tutela testamentaria de la persona menor de edad Helberth Gabriel Sánchez Camacho, ya por haber sido nombrados
en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro
del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del
último edicto. Expediente N° 12-000498-0364-FA. Proceso de tutela dativa. Promovente: Helberth Sánchez
Mora.—Juzgado de Familia de Niñez y Adolescencia, 6 de marzo del
2014.—Lic. Yerma Campos C., Jueza.—Exonerado.—(IN2014020530). 3
v. 3
Se hace saber, que ante este
Despacho se tramita proceso de Declaratoria de Ausencia promovido por, Silvia
Méndez Mata mayor, casada una vez, empresaria, vecina de Liberia, Guanacaste,
cédula de identidad número 105270716; encaminado a solicitar la ausencia de,
José Manuel Jirón Arata, mayor casado dos veces, comerciante, domicilio
desconocido cédula de identidad número 103700858. Se emplaza a los interesados
en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a
partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer
valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Exp.: 10-000714-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 14 de octubre del 2013.—Lic.
Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2014016743) 3
v. 3
Tania Sánchez Rodríguez, Jueza de Familia del Juzgado Civil,
Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita
hace saber que en proceso abreviado de divorcio N° 2014-400086-216-FA promovido
por Sunilda Martínez Rodríguez contra Rene Rodríguez
Aguilar, se ha dictado la resolución que en lo que interesa dice: “Juzgado Civil,
Familia y de Trabajo de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita,
a las diez horas cuarenta minutos del siete de marzo del dos mil catorce. De la
anterior demanda de divorcio establecida por la accionante Sunilda
Martínez Rodríguez, se confiere traslado al accionado Rene Rodríguez Aguilar,
por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o
manifieste su conformidad con la misma. Al contestar negativamente deberá
expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos
legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá
contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En
la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en
su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se
referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene
como parte al Patronato Nacional de la Infancia, a quien se ordena notificar
por medio del notificador del Despacho en el Albergue de Hatillo 2. Asimismo,
se previene a las partes que deben señalar únicamente medio, estrados, correo
electrónico y casilleros donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga(n), las resoluciones posteriores que se dicten se
le(s) tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas
después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido
imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, artículos 19, 34 de
la Nueva Ley de Notificaciones.- Por no contar actualmente este Despacho con
casilleros, se les hace saber a las partes que por el momento no deben señalar
casilleros. Agotados los medios legales para la localización del demandado, de
conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código Procesal Civil se
ordena notificar por edicto el traslado del demandado al accionado ausente. A
efecto de proceder al nombramiento de curador procesal que vele por los
intereses del demandado, remítase oficio dirigido a la Defensa Pública, a
efecto de que nombren un curador procesal, que vele por los intereses del
demandado René Rodríguez Aguilar. Asimismo por haberlo dispuesto el Consejo
Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan
suministrar la siguiente información; a) lugar de trabajo , b) sexo, c)fecha de
nacimiento, d) profesión u oficio, e)si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f)estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita.—Lic.
Tania Sánchez Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2014020834).
Se hace saber a Pedro Guerra Rivero, mayor, nacionalidad cubano,
documento de identidad PC564989, de demás calidades desconocidas, que en este
despacho se tramita el proceso especial de filiación de declaratoria de hijo
extramatrimonial e investigación de paternidad N° 13-401155-637-FA, de Kattia María Madrigal Carvajal, en su contra. Se concede a
Pedro Guerra Rivero, el plazo de diez días a efecto de que se apersone para
contestar o formular la oposición correspondiente con la indicación de las
pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso;
dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se
hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada,
señalar lugar o medio para recibir notificaciones, caso contrario se aplicará a
las resoluciones que se dicten la notificación automática.—Juzgado de
Familia de Desamparados.—Luz Marina Solís Poveda, Jueza.—1
vez.—(IN2014020848).
Se hace saber a Odeimys Suarez Carnaval,
mayor, nacionalidad cubano, pasaporte D176013107447, de demás calidades
desconocidas, que en este Despacho se tramita el proceso especial de filiación
de declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación de paternidad, N° 13-401507-637-FA,
de Natieska Ramírez Jiménez en su contra. Se concede
a Odeimys Suarez Carnaval el plazo de diez días a
efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición
correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la
indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr
tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto.
Se previene a la parte accionada, señalar lugar o medio para recibir
notificaciones, caso contrario se aplicará a las resoluciones que se dicten la
notificación automática.—Juzgado de Familia de Desamparados.—Luz Marina
Solís Poveda, Jueza.—1 vez.—(IN2014020851).
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número
14-000064-0338-FA, los señores, solicitan se apruebe la adopción de persona
mayor de edad Ana Sofía Rodríguez Mesén, promoventes
Rodrigo Gerardo Chacón Vega y María Alvarado Céspedes. Se concede a los
interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito
donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en
que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago, 17 de marzo del
año 2014.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—(IN2014020859).
Se avisa al señor Charles Tinevra,
mayor, estadounidense, demás calidades desconocidas, que en este juzgado, se
tramita el expediente 14-000094-0673- NA, correspondiente a diligencia de
depósito judicial, promovido por la Licenciada Hazel Oreamuno Sánchez, en calidad de representante legal del Patronato
Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la
persona menor de edad Nathasha Mary Tinevra Delgado. Se le concede el plazo de tres días
naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a esta diligencia.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de
marzo del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—(IN2014020863).
Al señor Tyrone Oniel
Lahoo (de un solo apellido en razón de su
nacionalidad Jamaiquina), en su carácter de padre registral, quien es mayor,
casado una vez, con pasaporte número 2939792, se le hace saber que en este
Juzgado se tramitan Las Diligencias no Contenciosas de Reconocimiento de hijo
de mujer casada, establecidas por Marvin Galán Gutiérrez, a favor de la persona
menor de edad Dereck Alejandro Lahoo
Ramírez, hijo de Tyrone Oniel
Lahoo (de un solo apellido en razón de su
nacionalidad Jamaiquina) y Elida Marleny Ramírez
Mendoza, para que dentro del plazo de cinco días a partir de la publicación de
este edicto, se apersone en este despacho en defensa de sus derechos mediante
escrito en el que expondrá los motivos de su inconformidad, con indicación
expresa de las pruebas en que fundamenta su oposición. Expediente N°
14-000095-1152 FA (4).—Juzgado de Familia de Limón, 17 de marzo del
2014.—Lic. Karina Víquez Hernández, Jueza.—1 vez.—(IN2014020864).
Se avisa al señor Hermes Fonseca Segura, mayor y demás calidades
desconocidas, que en este juzgado, se tramita el expediente 14-000132-0673-NA,
correspondiente a la diligencia de depósito judicial, promovido por el Lic.
Mildred Morales Castrejón, en calidad de Representante Legal del Patronato
Nacional de la Infancia, donde se solicita que se aprueba el depósito de la
persona menor de edad Verónica Fabiola Fonseca Campos. Se le concede el plazo
de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a esta
diligencia.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de
San José, 13 de marzo del 2014.—Msc. Milagro
Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014020866).
Se avisa a los señores Fadi Kerbaj, mayor, Libanes y Anabelle
Happer Ballestero mayor, cédula de identidad
1-1426-0991, costarricense y ambos demás calidades desconocidas, que en este
juzgado, se tramita el expediente 14-000137-0673-NA, correspondiente a la
diligencia de depósito judicial, promovido por el Lic. Roberto Marín Araya, en
calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se
solicita que se aprueba el depósito de la persona menor de edad Nicolás Anthony
Kerbaj Happer. Se le
concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se
oponga a esta diligencia.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 14 de marzo del 2014.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014020867).
Luis Diego Cascante Mejía, mayor de 36 años, divorciado,
administrador de empresas, de nacionalidad costarricense, nacido el veinticinco
de febrero de mil novecientos setenta y ocho, vecino de La Fila de Mora, 50
metros este del Cementerio de La Fila, casa a mano izquierda, cedula de
identidad número uno-novecientos noventa y seis-cero cero diez; hijo de Álvaro
Cascante Marín y Teresa Mejía Cartín, ambos costarricenses
y Marilyn Andrea Mena Corrales, mayor, de treinta y dos años de edad,
divorciada, docente, de nacionalidad costarricense, nacida el veintisiete de
setiembre del mil novecientos ochenta y uno, vecina de La Fila de Mora, 50
metros este del Cementerio de La Fila, casa a mano izquierda, cédula de
identidad número uno- mil ciento quince seiscientos veinte, han comparecido
ante este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil. Si alguna persona
conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá hacerlo saber a
este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este
edicto. Expediente N° 14-400069-0197-FA.—Juzgado Civil, de Trabajo y Familia
de Puriscal, Santiago, 7 de marzo del 2014.—M.Sc. Carlos Manuel Sánchez Miranda, Juez.—1
vez.—(IN2014020833).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio
civil los contrayentes Kevin Eduardo Peraza Valladares, hijo de Eduardo Peraza
Barboza, nacido el veinticinco de marzo de mil novecientos noventa y cuatro,
con diecinueve años de edad, cédula de identidad Nº 7-0226-0324 y Yeilin Mariana Arroyo Cordero, hija de Manuel Ángel Arroyo Berrrocal y Sonia Lidieth Cordero
Mendoza, nacida el nueve de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, con
dieciocho años de edad, cédula de identidad Nº 7-0242-0209. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del
término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de Matrimonio) Expediente N° 14-000072-0932-FA.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 24 de enero del año
2014.—Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2014020862).