BOLETÍN JUDICIAL N° 95 DEL 20 DE MAYO DEL 2014

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

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Avisos

Edictos Matrimoniales

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TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del seis de agosto del año dos mil catorce, y con la base de dieciséis mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° EE024608, marca New Holland, estilo tractor, categoría equipo especial agrícola, capacidad: una persona, año 2006, color azul, Vin 001333908, cilindrada 3908 cc, combustible diesel, motor Nº 804505406048631. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de agosto del año dos mil catorce, con la base de doce mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de setiembre del año dos mil catorce con la base de cuatro mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Héctor Lobo Fallas contra José Luis Bolaños González. Exp. N° 09-000197-0692-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 9 de mayo del 2014.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—Exonerado.—(IN2014028983).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roger Solano Núñez, quien fue mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad número 9-104-099, y falleció el 26 de mayo del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 13-000125-1007-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 13-000125-1007-LA. Proceso promovido por Pastora Núñez Pereira.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Turrialba, 22 de abril del año 2014.—Lic. Marjorie Aguilar Pérez, Jueza.—1 vez.—(IN2014025373).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Pascual Iván Calvo Torres , quien fuera mayor, soltero, costarricense, oficial de seguridad, vecino de Desamparados, de la escuela de Gravilias, 200 metros al este, alameda barrio nuevo, casa número 762, cédula de identidad número seis-cero setenta y tres-quinientos sesenta y cuatro, quien falleció el veintidós de agosto del dos mil trece, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de extremos laborales, expediente número 13-300334-0237-LA (342-4-13) , gestionada por: Zeidy Torres Obando contra Vanguard Security Of Costa Rica S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 25 de febrero del 2014.—Msc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2014025399).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Bairon Aguilar Murillo, quien fue mayor, casado, vecina de Río Claro de Golfito, con cédula de identidad número 602710575, se les hace saber que: Annia Gabriela Flores Barrantes, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 401760183, vecina de San Ramón de Río Claro de Golfito, 100 metros Norte y setenta y cinco metros al este del Salón de los Testigos de Jehová, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Bairon Aguilar Murillo, expediente número 14-000006-1085-LA.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito, 14 de febrero del año 2014.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014025405).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Carlos Alberto Sandoval Garro, quien fue mayor, casado pero separado de hecho, peón Agrícola, vecino de Cataluña de Tacares de Grecia, con cédula de identidad número 02-0321-0581, se les hace saber que: Ligia Hernández Mena, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 01-0643-0646, vecina de Rincón de Salas Sur de Grecia, se apersonó en este despacho en calidad de cónyuge separada de hecho del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Carlos Alberto Sandoval Garro, expediente número 14-000058-1113-LA.—Juzgado de Trabajo de Grecia, 02 de abril del año 2014.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2014025414).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Víctor Manuel Valverde Meléndez, quien fue mayor, viudo, vecino de Pavas, con cédula de identidad número 1-437-698, se les hace saber que: Krisia Valverde Conejo, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-1142-226, vecina de Pavas, se apersonó en este despacho en calidad de hija del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Víctor Manuel Valverde Meléndez, expediente número 14-000808-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 08 de abril del año 2014.—Licda. Ana Cecilia Brenes López, Jueza.—1 vez.—(IN2014025427).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Rodrigo Villalobos Rodríguez, quien fuera mayor, soltero, oficinista, cédula de identidad número 0502220291, vecino de Coronado San José, Barrio Cinai, quien falleció el treinta de diciembre del dos mil trece, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Fondo de Capitalización Laboral, expediente número 14- 300004-0398-LA, gestionada por: la señora Blanca Villalobos Blanco, en calidad de madre del fallecido contra Operadora de Pensiones Complementarias Sociedad Anónima, Popular Pensiones y la Asociación Solidarista de Empleados del Registro Nacional. Apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 14-300004-0398-LA.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de la Cruz, 18 de marzo del 2014.—Lic. Idania Sandoval Abarca, Jueza.—1 vez.—(IN2014025435).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de los ahorros legales del trabajador fallecido Norman de Jesús Sequeira Mora, portador de la cédula de identidad numero 6 191 694, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente número 14-300008-0377-LA, a hacer valer sus derechos, de según lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional Menor Cuantía y Tránsito de Sarapiquí, Puerto Viejo, 17 de marzo del 2014.—Licda. Susana Murillo Alpízar, Jueza.—1 vez.—(IN2014025436).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 14-300023-0239-LA (25-14), que es consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida: María Eugenia Araya Herra, quien en vida fue mayor, costarricense, casada, vecina de Hatillo 8, cuya cédula de identidad fue la número 1-0206-0308; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Eladio Salazar Araya.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 09 de abril del 2014.—Lic. Ricardo Núñez Montes de Oca, Juez.—1 vez.—(IN2014025438).

Se emplaza a todos los interesados en la diligencia del cobro del fondo de capitalización laboral del trabajador fallecido Reinaldo Abarca López, quién fue mayor, costarricense, con cédula de identidad número 1-1000-316 y vecino de Barranca, Puntarenas, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, el dinero pasará a quien corresponda. Expediente número 14-300192-1024-LA-2 (3).—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, a las siete horas cincuenta minutos del veintiuno de abril del dos mil catorce.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza.—1 vez.—(IN2014025440).

Cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del trabajador fallecido Luis Orlando Marín Sandí; quien fue mayor, casado guarda de seguridad, vecino de Aserrí Caja de Este, cédula de identidad número 1-0427-0158, laboró para el Colegio Santa María y falleció el 14 de abril del 2013, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 13-300082-0217-LA a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados; 3 de abril del 2014.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014025333).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones del trabajador fallecido Rafael Enrique Navarro Venegas, quien fue mayor, costarricense, soltero, profesor, vecino de Cañaza de Puerto de Jiménez de Golfito, laboraba en para el Ministerio de Educación, cédula de identidad número 6-0166-0098 y falleció el 17 de febrero del 2013, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 13-300138-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados; 9 de abril del 2014.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014025334).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Marco Vinicio Castro Bonilla, cédula de identidad número 1-0449-0179, quien fue mayor y laboró para el Ministerio de Agricultura y Ganadería; vecino de Desamparados y falleció el veintisiete de noviembre del dos mil doce; se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 13-300267-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 20 de marzo de 2014.—MSc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014025338).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre dominante ref. 00070904-000, citas 405-13653-01-0003-001; a las diez horas y quince minutos del tres de junio de dos mil catorce, y con la base de quince millones doscientos setenta y cinco mil ochocientos setenta y cinco colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cuatro mil trescientos cincuenta y cinco cero cero cero (187.355 - 000) la cual es terreno lote dos terreno para construir. Situada en el distrito San Antonio, cantón Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, José Joaquín Bolaños Murillo y Eladio Bolaños Murillo; al sur, Juan José Bolaños Murillo; al este, Juan José Bolaños Murillo y al oeste, Miguel Ángel Bolaños Murillo. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del dieciocho de junio de dos mil catorce, con la base de once millones cuatrocientos cincuenta y seis mil novecientos seis colones con ochenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del tres de julio de dos mil catorce con la base de tres millones ochocientos dieciocho mil novecientos sesenta y ocho colones con noventa y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Bolaños Murillo. Exp. 13-004977-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 13 de enero del 2014.—Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014027236).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de junio del dos mil catorce y con la base de doce mil doscientos ochenta y cinco dólares con veintiún centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 747604, marca: Suzuki, estilo: Grand Vitar, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2008, color: beige, Vin: JS3TD54V084109195, cilindrada: 2000 cc, combustible: gasolina, motor N° J20A549566. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de julio del dos mil catorce, con la base de nueve mil doscientos trece dólares con noventa y un centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil catorce, con la base de tres mil setenta y un dólares con treinta centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Johana Barrantes Mora. Expediente: 13-005962-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 27 de noviembre del 2013.—Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014027257).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre dominante, según citas 338-15429-01-0005-001, a las catorce horas y cero minutos del diez de junio del dos mil catorce y con la base de tres millones trescientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cientos siete mil novecientos sesenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 4, con una edificación. Situada en el distrito Santiago, cantón San Rafael de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, servidumbre con 18 m 76 cm; al sur, Eladio Castro; al este, Hermanos Bermúdez Castro y otro; y al oeste, Amira y Gregorio Hernández. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de junio del dos mil catorce, con la base de dos millones quinientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de julio del dos mil catorce, con la base de ochocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agropecuaria José Mari De Barva Sociedad Anónima contra Robert Francisco Bermúdez Castro. Expediente: 13-003250-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 30 de enero del 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014027337).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones (Citas: 346-15588-01-0002-001), Plazo de Convalidación (Ley de Informaciones Posesorias). Citas 567-26582-01-0003-001 y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos (Citas: 567-26582-01-0004-001; a las once horas y cero minutos del dieciséis de junio de dos mil catorce, y con la base de doce millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y uno-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Miguel Ángel Rivas Chavarría; al sur, calle pública con 13.10 metros de frente; al este, Junta de Educación de Barrio La Cruz y al oeste, Vilma del Carmen Ballestero Juárez y Edgar Bustos Espinoza. Mide: Trescientos ochenta y ocho metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del uno de julio de dos mil catorce, con la base de nueve millones novecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de julio de dos mil catorce con la base de tres millones ciento cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Hellen Lisette González Torres y Miguel Ángel Rivas Morales. Exp. N° 13-012992-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de marzo del 2014.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014027382).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de junio de dos mil catorce, y con la base de treinta y un millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1).- Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos cuarenta y un mil doscientos veintiuno-cero cero cero, la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carlos Castro Solano; al sur, calle pública; al este calle pública y al oeste, María Cecilia Chacón Montero. Mide: trescientos treinta y nueve metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. 2).- Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y un mil quinientos ochenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19  Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carlos Castro Solano; al sur, calle pública; al este, María Ester Calderón Gamboa y al oeste, Carlos Castro Solano. Mide: seiscientos treinta y nueve metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del quince de julio de dos mil catorce, con la base de veintitrés millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de julio de dos mil catorce con la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Estrella Porras Zúñiga y Norma Calderón Morales. Exp. N° 14-000184-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de abril del 2014.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014027384).

En la puerta exterior de este Despacho; a las once horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de junio del dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios; y con la base de tres millones ochocientos sesenta y seis mil seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y un mil seiscientos setenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno de café con una casa de habitación. Situada en el distrito 10 Desamparados, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Denia, Gerardo y Lidiette Todos Villalobos Solórzano; al sur, Denia, Gerardo y Lidiette todos Villalobos Solórzano; al este, Inversiones Herviso S. A. y al oeste, calle pública con frente de 15 metros 63 centímetros. Mide: doscientos setenta y nueve metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del quince de julio del dos mil catorce, con la base de dos millones ochocientos noventa y nueve mil quinientos cuatro colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de julio del dos mil catorce, con la base de novecientos sesenta y seis mil quinientos un colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Francisco Pérez Gutiérrez. Exp. N° 14-000183-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1° de abril del 2014.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014027388).

En la puerta exterior de este Despacho; a las quince horas y cero minutos del treinta de junio del dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios; y con la base de veintiséis millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y siete mil seiscientos treinta y cinco-cero cero cero, la cual es lote A terreno para construir. Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote B de Inversiones Gafallas G.F Sociedad Anónima; al sur, Vicente Gamboa Araya; al este, calle pública con seis metros de frente y al oeste, Inversiones Gafallas G.F Sociedad Anónima. Mide: ciento veinte metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del quince de julio del dos mil catorce, con la base de diecinueve millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del treinta de julio del dos mil catorce, con la base de seis millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Chih Hsiang Yang Wu. Exp. N° 14-000197-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de abril del 2014.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014027390).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del treinta de junio del dos mil catorce, y con la base de veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y nueve mil quinientos uno-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de zona verde, casa y patio. Situada en el distrito 02 Santiago, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Alban Orlando Mejías Díaz y Flory Arias Casto; al este, Fernando Castro Delgado y al oeste, Alban Orlando Mejías Díaz. Mide: seiscientos noventa metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del quince de julio del dos mil catorce, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del treinta de julio del dos mil catorce, con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Rodolfo Arce Gutiérrez y Marlenis Gutiérrez Fonseca. Exp. N° 14-000198-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de abril del 2014.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—(IN2014027392).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de junio del dos mil catorce, y con la base de veintiún millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento doce mil seiscientos sesenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 03  Aguabuena, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Juan Zamora Sánchez; al este, Juan Zamora Sánchez y al oeste, Misael Duran Gamboa y Agustin Alvarado Mora. Mide: siete mil ochocientos siete metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del quince de julio del dos mil catorce, con la base de quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de julio del dos mil catorce, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Blanca Oliva Piñar Sequeira, Dario Piñar Sequeira y Karen Sibaja Vargas. Exp. N° 14-000199-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de abril del 2014.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—(IN2014027394).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las once horas y treinta minutos del trece de junio del dos mil catorce, y con la base de quince millones setecientos setenta y un mil doscientos cuarenta y seis colones con diecisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 123044-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Orosi, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, José Luis Pachecho Sáenz; al sur, calle pública; al este, José Luis Pacheco Sáenz y al oeste, calle pública. Mide: trescientos cincuenta y ocho metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del treinta de junio del dos mil catorce, con la base de once millones ochocientos veintiocho mil cuatrocientos treinta y cuatro colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil catorce, con la base de tres millones novecientos cuarenta y dos mil ochocientos once colones con cincuenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Griselda Arce Sánchez. Exp. N° 13-001939-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 24 de marzo del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014027407).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del veinte de junio del dos mil catorce, y con la base de cuatro millones novecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 761675, marca Toyota, estilo Land Cruiser, categoría automóvil, capacidad siete personas, serie PZJ70-0003082, carrocería rural, color gris, año 1991, N° motor 1HZ0339517, cilindrada 4200 c.c., 06 cilindros marca Toyota, combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de julio del dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de julio del dos mil catorce, con la base de un millón doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Rodolfo Gamboa Brenes contra Randall Fabián Durán Correa. Exp. N° 13-008232-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 8 de abril del 2014.—Lic. Jessika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014027454).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando medianeria bajo las citas 329 asiento 14468, reservas y restricciones bajo las citas tomo 329 asiento 16370; a las once horas y treinta minutos del once de junio del dos mil catorce, y con la base de cien mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veinticinco mil sesenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno N° 670 para construir con una casa. Situada en el distrito (01) Limón, cantón (01) Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Avenida Bambú; al sur, lotes 651 y 652; al este, lote 669 y al oeste, lote 671. Mide: ciento cincuenta y un metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil catorce, con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil catorce, con la base de veinticinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Luz Salvadora Morales Cárdenas. Exp. N° 14-000487-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 17 de marzo del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014027465).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condición y reservas citas 303-205-01-0901-028, condición y reserva Ref. 2247-073-001 citas 303-205-01-092-011, reservas y restricciones citas 303-6517-01-0905-008 - 03-6517-01-0906-008 - 03-6517-01-0907-008, servidumbre de paso citas 570-16164-01-0072-001- 570-16164-01-0078-001- 570-16164-01-0089-001- 570-16164-01-0092-001- 570-16164-01-0095-001- 570-16164-01-0100-001- 570-16164-01-0114-001- 570-16164-01-00120-001- 570-16164-01-0124-001 y servidumbre de paso citas 2009-285255-01-0002-001; a las quince horas y treinta minutos del seis de junio del dos mil catorce, y con la base de cuarenta y seis mil trescientos setenta y cuatro dólares con treinta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y tres mil novecientos setenta y cinco-cero cero cero (173975-000), la cual es terreno de terraza y solar. Situada en el distrito Cortés, cantón Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de uso agrícola con 8 metros; al sur, CIA Agropecuaria La Costa Azul S. A. y resto de CIA Agropecuaria La Costa Azul S. A.; al este, CIA Agropecuaria La Costa Azul S. A. y resto de CIA Agropecuaria La Costa Azul S. A., y al oeste, calle pública con 41,33 metros. Mide: Mil setecientos doce metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil catorce, con la base de treinta y cinco mil cincuenta dólares con setenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del ocho de julio del dos mil catorce, con la base de once mil seiscientos ochenta y tres dólares con cincuenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Luis Humberto Figueroa Cubero. Exp. N° 13-005225-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 20 de enero del 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014027476).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones con número de boletas 2007309756 y 201055779, que corresponden a las sumarias 08-2420-492-TC y 11-3803-174-TR, respectivamente; a las quince horas y treinta minutos del seis de junio del dos mil catorce, y con la base de cuatro mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares con noventa y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 681267, marca Mazda, estilo Mazda3, año 2007, color azul, vin JM7BK346271332342. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil catorce, con la base de tres mil trescientos cuarenta y ocho dólares con setenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del ocho de julio del dos mil catorce, con la base de mil ciento dieciséis dólares con veinticuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Marta Ligia Mejía Sáenz. Exp. N° 13-003334-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 23 de enero del 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2014027477).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y de anotaciones judiciales; a las once horas y quince minutos del dieciocho de junio del dos mil catorce, y con la base de cinco mil novecientos sesenta dólares con cuarenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 630455, marca Mitsubishi, estilo Lancer GLX, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2006, color azul, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del tres de julio del dos mil catorce, con la base de cuatro mil cuatrocientos setenta dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del dieciocho de julio del dos mil catorce, con la base de mil cuatrocientos noventa dólares con once centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Carlos Rivera Vila. Exp. N° 13-004985-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 10 de febrero del 2014.—Lic German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014027478).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y quince minutos del diez de junio del dos mil catorce, y con la base de treinta y cuatro mil ciento treinta y ocho dólares con cincuenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 892478, marca Honda, categoría automóvil, carrocería Station Wagon o Familiar, chasis 5KBRL5860BB901479, uso particular, estilo Odyssey EXL, capacidad 8 personas, año 2011, color dorado, número motor J35Z81082283, Combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del veinticinco de junio del dos mil catorce, con la base de veinticinco mil seiscientos tres dólares con noventa y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del diez de julio del dos mil catorce, con la base de ocho mil quinientos treinta y cuatro dólares con sesenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Cristina Fernanda Hidalgo Carrillo. Exp. N° 14-003299-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de febrero del 2014.—Lic. Jéssica Céspedes Argüello, Jueza.—(IN2014027482).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y quince minutos del cuatro de junio del dos mil catorce, y con la base de noventa y nueve mil doscientos ochenta y tres dólares con cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos setenta y nueve mil setecientos cuarenta y nueve cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir lote 3D. Situada en el distrito San Vicente, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Fiduciaria Cuscathan S. A.; al este, Fiduciaria Cuscathan S. A.; al oeste, Fiduciaria Cuscathan S. A. y al sureste, calle pública con un frente de 10,82 metros. Mide: Doscientos cuarenta y siete metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del diecinueve de junio del dos mil catorce, con la base de setenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con veintiocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del cuatro de julio del dos mil catorce, con la base de veinticuatro mil ochocientos veinte dólares con setenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Karen Patricia Agüero Jiménez, Luis Jorge Trigueros Burgos. Exp. N° 13-019793-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de febrero del 2014.—Lic. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014027488).

A las ocho horas del cuatro de julio del dos mil catorce, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, sáquese a remate las fincas que a continuación se dirán: primera finca: libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0368-00015320-01-0817-001 y con la base de dieciocho mil dólares ($18.000,00) moneda de los Estados Unidos de Norteamérica , la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela folio real matrícula número 232597-001 y 002, y que se describe así: terreno potrero lote 9, sito en distrito cuarto Bijagua, cantón trece Upala de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, lote ocho y diez y cale, sur, Antonio Alvarado, este, lote once y calle y oeste, lote siete. Mide: sesenta y seis mil seiscientos cuarenta y nueve metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Segunda finca: libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones y con la base de dieciséis mil cuatrocientos noventa dólares ($16.490,00) moneda de los Estados Unidos de Norteamérica , la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela folio real matrícula número 376967-001 y 002, y que se describe así: Terreno de montaña y potrero, sito en distrito cuatro Bijagua, cantón trece de Upala, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Antonio Alvarado Herrera, sur, calle pública y este, Beleyda Alvarado López y oeste, Beleyda Alvarado López. Mide: cuarenta y un mil ochocientos veinte metros con catorce decímetros cuadrados. Tercera finca: libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones y con la base de dieciocho mil dólares ($18.000,00) moneda de los Estados Unidos de Norteamérica, la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, folio real matrícula número 232595-001 y 002, y que se describe así: Terreno de potrero, sito en distrito cuatro Bijagua, cantón trece de Upala, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, lotes 6 y 8, sur, Antonio Alvarado y este: lote 9 y oeste: lote 5. Mide: sesenta y seis mil seiscientos cuarenta y ocho metros con noventa y tres decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sean las bases de trece mil quinientos dólares ($13.500,00) moneda de los Estados Unidos de Norteamérica por la primera finca; doce mil trescientos sesenta y siete dólares con cincuenta centavos ($12.367,50) moneda de los Estados Unidos de Norteamérica por la segunda finca; y trece mil quinientos dólares ($13.500,00) moneda de los Estados Unidos de Norteamérica por la tercera finca, se señalan las: ocho horas del veintiuno de julio del año dos mil catorce. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sean las bases de cuatro mil quinientos dólares ($4.500,00) moneda de los Estados Unidos de Norteamérica por la primera finca; cuatro mil ciento veintidós dólares con cincuenta centavos ($4.122,50) moneda de los Estados Unidos de Norteamérica por la segunda finca, y cuatro mil quinientos dólares ($4.500,00) moneda de los Estados Unidos de Norteamérica por la tercera finca, se señalan las ocho horas del seis de agosto del dos mil catorce. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Feliciano Aragón Durán contra Luis Diego Rojas Gutiérrez. Exp. N° 12-101080-0297-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 24 de abril del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014027506).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidacion (rectificación de medida); a las once horas del veinticinco de agosto del dos mil catorce, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento trece mil noventa y nueve-cero cero cinco y cero cero seis, la cual es terreno inculto con dos casas de habitación. Situada en el distrito 01 Grecia, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Arturo Espinoza; al este, Walter Espinoza y Danilo Bolaños y al oeste, Guido Ballestero. Mide: trescientos cincuenta y nueve metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del nueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos y para la tercera subasta se señalan las once horas del veintiséis de setiembre del dos mil catorce, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Camji Griegos S.R.L., Osvaldo Ramírez Fernández y Patricia Campos Picado. Exp. N° 13-007221-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 8 de abril del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014027507).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas: Ley Aguas, Ley Caminos y Ley Forestal; a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil catorce, y con la base de sesenta y ocho millones seiscientos veintinueve mil ochocientos setenta y dos colones con diecisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil ochocientos siete- cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Tempate, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Inversiones López Flores S. A.; al sur, Inversiones López Flores S. A.; al este, calle pública de lastre, con un frente a ella de 10,23 metros y al oeste, calle pública con un frente de 24,14 metros. Mide: Dos mil quinientos un metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del ocho de octubre del dos mil catorce, con la base de cincuenta y un millones cuatrocientos setenta y dos mil cuatrocientos cuatro colones con trece céntimos y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil catorce, con la base de diecisiete millones ciento cincuenta y siete mil cuatrocientos sesenta y ocho colones con cuatro céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gerardo Antonio Gómez Valverde. Exp. N° 13-006906-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 1° de abril del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014027508).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del ocho de julio del dos mil catorce, y con la base de sesenta y un mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 114584-000, la cual es terreno para agricultura con una casa de habitación situada en el distrito 01 Santa Cruz cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Guillermo Brenes González, sur, Guillermo Brenes González e Ismael Gómez Gutiérrez; este, calle pública con 102 metros 68 centímetros, oeste, Ismael Gómez Gutiérrez y Guillermo Brenes González. Mide: treinta y dos mil seiscientos cuarenta y un metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de julio del dos mil catorce, con la base de cuarenta y cinco mil ochocientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil catorce, con la base de quince mil doscientos setenta y cinco dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de O Y C Oficinas Comerciales S. A. contra María de Los Ángeles Gutiérrez Reyes. Exp. N° 13-002570-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 10 de febrero del 2014.—Lic. Grace Solís Solís, Jueza.—(IN2014027518).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 0341-00002757-01-0920-001; a las once horas y cero minutos del dos de junio del año dos mil catorce, y con la base de veintinueve millones trescientos noventa y cinco mil trescientos cuarenta y dos colones con veintiocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 208218-000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 02 La Virgen, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Marcia Alfaro Carballo; al sur, Pedro Enrique Acevedo Navarro y calle publica con un frente de 30 mts 39 cm lineales; al este, quebrada La Virgen, y al oeste, Marcia Alfaro Carballo. Mide: tres mil doscientos veintinueve metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de junio del año dos mil catorce, con la base de veintidós millones cuarenta y seis mil quinientos seis colones con setenta y un céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dos de julio del año dos mil catorce, con la base de siete millones trescientos cuarenta y ocho mil ochocientos treinta y cinco colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marcia Mayela Alfaro Carballo, expediente N° 13-003533-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 1° de abril del año 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014028833).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 0323-00008744-01-0902-001, servidumbre sirviente: 0368-00018491-01-0900-00; a las diez horas y cero minutos del dos de junio del año dos mil catorce, y con la base de cuatrocientos cincuenta y dos millones diez mil cuatrocientos nueve colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 179578-000, la cual es terreno para construir bloque C lote 30. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 31; al sur, lote 29; al este, lotes 4 y 5, y al oeste, calle 2 con 9 metros. Mide: ciento sesenta y dos metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de junio del año dos mil catorce, con la base de treinta y tres millones novecientos siete mil ochocientos siete colones con cuarenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dos de julio del año dos mil catorce con la base de once millones trescientos dos mil seiscientos dos colones con cuarenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3101609025 S. A., expediente N° 13-000388-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de marzo del año 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014028834).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas cero minutos del veintisiete de junio del año dos mil catorce, y con la base de tres millones setecientos noventa y siete mil trescientos noventa y dos colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas N° 802813, marca: dos mil catorce, con la base de dos millones ochocientos cuarenta y ocho mil cuarenta y cuatro colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas cero minutos del treinta de julio del año dos mil catorce, con la base de novecientos cuarenta y nueve mil trescientos cuarenta y ocho colones con seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Reales San Miguel S. A., contra Jonathan Carranza Quesada, expediente N° 12-005866-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 1° de octubre del año 2012.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014028855).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de junio del dos mil catorce, y con la base de setenta y seis millones novecientos dieciocho mil seiscientos quince colones con sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 206549-000; la cual es terreno para construir lote 22 bloque 5. Situada en el distrito 02 San Pedro, cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 11 bloque 5; al sur, avenida dos con un frente de 8 metros lineales; al este, lote 21 bloque 5, y al oeste, lote 23 bloque 5. Mide: ciento setenta y nueve metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de junio del dos mil catorce, con la base de cincuenta y siete millones seiscientos ochenta y ocho mil novecientos ochenta y ocho colones con setenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de julio de dos mil catorce con la base de diecinueve millones doscientos veintinueve mil seiscientos sesenta y dos colones con noventa y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Doña Lela Lote Veintidos Bloque Cinco Sociedad Anónima, Javier Francisco Vega Sánchez y Marianella Meza Calvo, expediente N° 13-003613-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 20 de marzo del año 2014.—Lic. Mónica Vásquez Valverde, Jueza.—(IN2014028856).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas del diez de junio del año dos mil catorce, y con la base de tres millones novecientos setenta y un mil ciento treinta y cuatro colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: A) una unidad de refracción, marca Frastema-Siplez II, modelo HE: compuesta por una mesa corrediza, con dos rieles para lámpara de hendidura, una silla giratoria, brazos de soporte, control de base para ascenso y descenso, lámpara de iluminación para visión cercana, base para proyector, brazo para foroptero, soporte para set de diagnóstico. B) un autorefractómetro sin Keratómetro, marca Shin Nipon, modelo ocho mil uno. C) un proyector de optotipos marca Shin Nipon, modelo CP-Treinta. D) un foroptero cilindros hasta menos seis punto cero cero, marca Shin Nipon, modelo Brsiete con accesorios hasta menos ocho punto cero cero. E) un lensómetro manual marca Shin Nipon, modelo LM-QUINCE-B. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinticinco de junio del año dos mil catorce, con la base de dos millones novecientos setenta y ocho mil trescientos cincuenta colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del diez de julio del año dos mil catorce con la base de novecientos noventa y dos mil setecientos ochenta y tres colones con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jetty Hany Cordero Montero, expediente N° 11-037261-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de abril del año 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014028860).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada con las citas 252-09029-01-0004-001, 252-09029-01-0005-001, 293-01823-01-0002-001 y 370-06214-01-0900-001; a las quince horas y cero minutos del quince de julio del dos mil catorce, y con la base de noventa y cinco millones quinientos treinta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuarenta y tres mil doscientos treinta-cero cero cero, la cual es terreno de repastos con una casa y un galerón. Situada en el distrito Salitrillos, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Isidro Solano Díaz y Cesar Zarate Quesada; al sur, Rigoberto Navarro Méndez, quebrada en medio Nemesio Corrales López y Cesar Zárate Quesada; al este, quebrada en medio, Corrales López, y al oeste, Alfredo Herrera Solís, Eufrasio Alvarado Venegas, Rigoberto Alvarado Meléndez y Cesar Zárate Quesada. Mide: dieciocho mil trescientos nueve metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del treinta y uno de julio del dos mil catorce, con la base de setenta y un millones seiscientos cincuenta mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil catorce, con la base de veintitrés millones ochocientos ochenta y tres mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 3 de abril del año 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2014028863).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del trece de agosto del dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: una impresora marca Infiniti, modelo fina trescientos veinte SW, tintas base solvente, ancho de impresión: tres punto veinte metros, software UPSTRES KVA, serie número tres cinco uno uno UYH nueve cero ocho cero uno cero. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil catorce, con la base de doce millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil catorce, con la base de cuatro millones colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera G&T Continental Costa  Rica S. A., contra Marvin Madrigal Loría y Lineas Macris S. A., representada por Marvin Madrigal Loría, expediente N° 12-002657-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de agosto del año 2012.—Lic. Evelyn Araya Rodríguez, Jueza.—(IN2014028864).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las catorce horas y cero minutos del trece de junio del dos mil catorce, y con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y tres mil seiscientos cincuenta y siete- cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 3. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con trece metros de frente; al sur, Maria José Araya Moreira; al este, Juan Bautista Araya Moreira, y al oeste, Juan Bautista Araya Moreira. Mide: trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil catorce, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de julio del dos mil catorce, con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Enrique Vargas Robles contra Ferneli Gerardo Navarro Gamboa, expediente N° 13-001714-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 4 de febrero del año 2014.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(IN2014028876).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condic-Restric Ref: 00239223 000 (Citas: 379-10643-01-0900-001); a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones setecientos cuarenta y dos mil ochocientos sesenta y tres colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuarenta y ocho mil ciento sesenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno de árboles frutales. Situada en el distrito 03 San Juan de Mata, cantón 16 Turrubares, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Eida Brenes Porras; al sur, Annia Agüero Brenes; al este, Freddy Sandoval Herrera, y al oeste, calle pública con frente de 52,07 metros. Mide: dos mil ochocientos cincuenta y cuatro metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del ocho de julio del dos mil catorce, con la base de doce millones quinientos cincuenta y siete mil ciento cuarenta y siete colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil catorce, con la base de cuatro millones ciento ochenta y cinco mil setecientos dieciséis colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Aurora del Carmen Brenes Porras expediente N° 13-006760-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de marzo del año 2014.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014028880).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de junio de dos mil catorce, y con la base de veintisiete millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 173042-001-002, la cual es terreno para construir lote 20. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Urbanización El Atardecer Limitada; al sur, lote 19; al este, Urbanización El Atardecer Limitada y al oeste calle pública. Mide: ciento sesenta y nueve metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil catorce, con la base de veinte millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de julio de dos mil catorce, con la base de seis millones novecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Auxiliadora Conejo Sanabria, Jorge Arturo Azofeifa Guzmán. Exp. N° 13-010334-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 26 de febrero del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014028881).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas: 337-06317-01-0900-001; a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de junio del dos mil catorce, y con la base de un millón doscientos ochenta y nueve mil quinientos noventa y ocho colones con cincuenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil seiscientos diecinueve cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Santa Lucía, cantón Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 6 metros de frente y Eugenia Arce Rodríguez; al sur, Luis Salas Ramírez; al este, Luis Salas Ramírez y Eugenia Arce Rodríguez y al oeste, Urbanizadora Antesquivo Sociedad Anónima. Mide: ciento noventa metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de julio de dos mil catorce, con la base de novecientos sesenta y siete mil ciento noventa y ocho colones con noventa y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil catorce, con la base de trescientos veintidós mil trescientos noventa y nueve colones con sesenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Mariangel Ramírez Sandí. Exp. N° 13-004966-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 29 de enero del 2014.—Lic. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza.—(IN2014028887).

A las ocho horas del doce de junio del dos mil catorce, en la puerta exterior  de este Despacho, y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre de gravámenes y anotaciones, la finca inscrita al partido de San José, folio real matrícula número ciento veintisiete mil ochocientos ochenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de figura rectangular con una casa de dos pisos de madera y techada con hierro galvanizado, situada en el distrito cuarto Catedral, cantón primero San José de la provincia de San José. Linda al norte, Neftalí Castro, sur, Juana Saborío Ledezma; este, calle sétima con frente de 4 metros, 42 centímetros, y al oeste, Ibo Rojas. Mide: setenta y seis metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados; 2) Libre de gravámenes y soportando plazo de convalidación con citas 39314942-01-0900-001, y reservas y restricciones con citas 393-14942-01-0905-001, la finca inscrita al partido de Guanacaste, folio real matrícula número ochenta y cinco mil setecientos noventa y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia de la provincia de Guanacaste. Linda: al norte, calle pública, sur, Juana Mercedes Álvarez López, este, Luis Ángel Esquivel Ugalde, y al oeste, Juana Mercedes Álvarez López. Mide: ciento veinticuatro metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra José Luis Esquivel Obando, Luis Alberto Esquivel Garnier, sucesión de Luis Ángel Esquivel Ugalde. Exp. N° 99-100181-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 5 de mayo del 2014.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2014028889).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del tres de junio del año dos mil catorce, y con la base de once millones cuatrocientos cincuenta y un mil treinta y ocho colones con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cincuenta y un mil noventa y dos cero cero cero la cual es terreno naturaleza: construir con 1 casa. Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 12,00 metros de frente; al sur, Yadira Valladares Valladares; al este, Joan Imagaly Angulo Dinarte y al oeste, Ronald Hernández Ramos. Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: G-0493514-1983. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil catorce, con la base de ocho millones quinientos ochenta y ocho mil doscientos setenta y ocho colones con noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil catorce, con la base de dos millones ochocientos sesenta y dos mil setecientos cincuenta y nueve colones con sesenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ronald Hernández Ramos, Yesenia González Carrillo. Exp. N° 14-000455-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 1° de abril del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014028894).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando dos servidumbres de paso y una servidumbre trasladada; a las catorce horas del veintinueve de setiembre de dos mil catorce, y con la base de treinta y dos millones ochenta y cinco mil setecientos veintisiete colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos setenta y nueve mil ochenta y ocho cero cero cero la cual es terreno con café. Situada en el distrito 03 San José, cantón Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Vanessa, Eduardo, Carlos y José Raúl Bolaños Rojas; al sur, Carlos Valenciano Oconitrillo y Vanessa, Eduardo Carlos y José Raúl Bolaños Rojas; al este, Adelia Alpízar Rodríguez y al oeste calle pública. Mide: mil ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del catorce de octubre del dos mil catorce, con la base de veinticuatro millones sesenta y cuatro mil doscientos noventa y cinco colones con veinticinco céntimos y para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintinueve de octubre de dos mil catorce con la base de ocho millones veintiún mil cuatrocientos treinta y un colones con setenta y cinco céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Durman Esquivel contra Carlos Enrique Mairena Rosales. Exp. N° 14-000562-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 8 de abril del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014028907).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando practicado en el Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, bajo el número de expediente 07-000011-0386, a favor de Centro de Inversiones CII Sociedad Anónima, por un monto de un millón trescientos ochenta y cuatro colones sin céntimos, a las ocho horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil catorce y con la base de treinta y un millones seiscientos siete mil trecientos ochenta y siete colones sin céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número F cero cero cero cuarenta y cuatro mil seiscientos sesenta y nueve-cero cero cero, la cual es finca filial tres de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito Sardinal, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con área común libre destinada a parqueos cinco y seis; al sur, con área común destinada a acera este con finca filial dos y oeste con finca filial ocho. Mide: ciento treinta y nueve metros cuadrados con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintitrés de julio de dos mil catorce, con la base de veintitrés millones setecientos cinco mil quinientos cuarenta colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de julio de dos mil catorce con la base de siete millones novecientos un mil ochocientos cuarenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario de la Municipalidad de Carrillo contra Tarde Tropical de la Costa Pacífica S. A. Exp. N° 11-100039-0401-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Carrillo, 8 de abril del 2014.—Lic. Ferdinand Rojas Peralta, Juez.—(IN2014028921).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión de tránsito según expediente 12-002721-0497-TR; a las diez horas y treinta minutos del uno de julio del dos mil catorce, y con la base de veintiséis mil doscientos veintiséis dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL-doscientos veinte mil doscientos cinco, marca Mitsubishi, estilo L200 Sportero GLS TDI (K4), categoría carga liviana capacidad 5 personas serie, VIN y chasis MMBJRKB407D122802, carrocería caja abierta o cam-pu color negro, tracción 4x4, número de motor 4D56UCAS6270, cilindrada 2477 c.c marca Mitsubishi modelo KB4TGJRXZL 4 cilindros combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil catorce, con la base de diecinueve mil seiscientos sesenta y nueve dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil catorce con la base de seis mil quinientos cincuenta y seis dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desfyn Sociedad Anónima contra Manuel Antonio Obando Mora. Exp. N° 13-006422-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 25 de abril del 2014.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014028933).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del trece de junio del dos mil catorce, y con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cuatro mil trescientos diecinueve colones con noventa y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: 829076, marca Mitsubishi, categoría automóvil, serie JA4LS31H91P001065, año: 2001. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de junio del dos mil catorce, con la base de tres millones seiscientos cincuenta y cinco mil setecientos treinta y nueve colones con noventa y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de julio del dos mil catorce con la base de un millón doscientos dieciocho mil quinientos setenta y nueve colones con noventa y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credicom F.N. S. A., contra María Zulema Barboza Pérez. Exp. N° 13-000579-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 6 de mayo del dos mil catorce.—Msc. Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2014028951).

En la puerta exterior de este despacho; a las catorce horas y cero minutos del dos de junio del dos mil catorce, en el mejor postor remataré lo siguiente: primera prenda: libre de gravámenes prendarios y con la base de veintiún mil seiscientos sesenta y un dólares con cuarenta y tres centavos, vehículo placa MOT 343591, marca Ducati, estilo Multistrada Mil Doscientos S, capacidad dos personas, año de fabricación dos mil trece, categoría motocicleta, carrocería motocicleta, chasis ZDMA dos cero cero ACCB cero dos uno dos dos ocho, color blanco, motor número ZDM uno uno nueve ocho WC cero dos uno dos cero dos, tracción sencilla, combustible gasolina, cilindros dos. Segunda prenda: libre de gravámenes prendarios y con la base de veintiún mil seiscientos sesenta y un dólares con cuarenta y tres centavos, vehículo placa MOT 343592, marca Ducati, estilo Multistrada Mil Doscientos S, capacidad dos personas, año de fabricación dos mil trece, categoría motocicleta, carrocería motocicleta, chasis ZDMA dos cero cero ACCBCERO dos uno dos siete cero, color gris, motor número ZDM uno uno nueve ocho WC cero dos uno tres cero cero, tracción sencilla, combustible gasolina, cilindros dos. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de junio del dos mil catorce, con la base de dieciséis mil doscientos cuarenta y seis dólares con siete centavos primera prenda y la suma de dieciséis mil doscientos cuarenta y seis dólares con siete centavos segunda prenda (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de julio del dos mil catorce, con la base de cinco mil cuatrocientos quince dólares con treinta y cinco centavos primera prenda y la suma de cinco mil cuatrocientos quince dólares con treinta y cinco centavos segunda prenda (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Heat Marketing Emocional Costa Rica Sociedad Anónima, Iván Eduardo Liceaga Morales. Notifíquese. Exp. N° 13-017999-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de mayo del 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014028956).

Remate de madera que se llevará a cabo a las ocho horas del veintiséis de junio del dos mil catorce, en la puerta principal del Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos con base de ochocientos setenta y un setecientos diez colones exactos (871.710,00) consistente en la cantidad de 2.362 MPT de madera de la especie cedrela odorata (12 trozas de credro). Lo anterior por estar ordenado así mediante resolución de las trece horas diez minutos del siete de mayo del dos mil catorce, dentro de la causa penal número 14-200145-0457-PE por infracción a la Ley Forestal contra Víctor Quesada Mora en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, 7 de mayo del 2014.—Lic. Luis Diego Alpízar Marín, Juez.—(IN2014028971).

Remate de madera que se llevará a cabo a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil catorce, en la puerta principal del Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, con base de novecientos setenta y un mil ochenta y dos colones exactos (¢971.082,00) consistente en la cantidad de 3600 pmt de madera de las especies Cenízaro, Guanacaste y Vochysia sp, (21 trozas). Lo anterior por estar ordenado así mediante resolución de las trece horas del siete de mayo del año dos mil catorce, dentro de la causa penal N° 14-200092-0457-PE por infracción a la Ley Forestal contra Nelson Garita Lezcano en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, 7 de mayo del 2014.—Lic. Luis Diego Alpízar Marín, Juez.—Exonerado.—(IN2014028974).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del ocho de julio de dos mil catorce, y con la base de dos mil cinco dólares con noventa y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° CL 219487, marca Kia, estilo K 2700 DLX, categoría carga liviana, capacidad tres personas, año 2007, color blanco, vin KNCSE211277237504, cilindrada 2665 cc, combustible diesel, motor Nº J2479009. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veintitrés de julio de dos mil catorce, con la base de mil quinientos cuatro dólares con cuarenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del ocho de agosto de dos mil catorce con la base de quinientos un dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A. contra Lilliam María del Carmen Rodríguez Chaves. Exp. N° 14-000662-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 24 de abril del 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014028995).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos a citas 322-13141-01-0002-001; a las nueve horas y treinta minutos del tres de junio del año dos mil catorce, y con la base de treinta y seis millones quinientos setenta mil cuatrocientos ochenta colones con setenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 595511 submatrícula cero cero cero, la cual es terreno de tacotal y potrero. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Florentino Arias Quirós; al sur, María Cristina Valverde y en parte yurro; al este, yurro y en parte Florentino Arias Quirós, y al oeste, calle de servidumbre y sin servidumbre con Arnesen S. A. y María Cristina Valverde Barboza. Mide: Cuarenta y siete mil quinientos treinta y siete metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de junio del año dos mil catorce, con la base de veintisiete millones cuatrocientos veintisiete mil ochocientos sesenta colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de julio del año dos mil catorce con la base de nueve millones ciento cuarenta y dos mil seiscientos veinte colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Pérez Zeledón y Banco Crédito Agrícola de Cartago (acreedor) contra Villa Beraka Sociedad Anónima y Xinia Loáiciga Delgado. Exp. N° 13-006031-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 25 de marzo del 2014.—Lic. Christian Enrique Zamora Pérez, Juez.—(IN2014028997).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del nueve de julio de dos mil catorce, y con la base de mil setecientos cuarenta dólares con sesenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° CL 227110, marca Nissan, estilo Frontier, categoría carga liviana, capacidad cinco personas, año 2008, color gris, vin JN1CHGD22Z0085442, cilindrada 2664 cc, combustible diesel, motor Nº TD27841386. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de julio de dos mil catorce, con la base de mil trescientos cinco dólares con cuarenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del once de agosto de dos mil catorce con la base de cuatrocientos treinta y cinco dólares con dieciséis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise Sociedad Anónima contra José Francisco Lizano García. Exp. N° 14-001159-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 29 de abril del 2014.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—(IN2014029006).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de julio de dos mil catorce, y con la base de dos mil cuatrocientos treinta y cinco dólares con treinta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa CL-231699, marca Chevrolet, categoría carga liviana, estilo CMV, capacidad 2 personas, año 2008, color blanco, tracción 4x2, carrocería panel. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de agosto de dos mil catorce, con la base de mil ochocientos veintiséis dólares con cincuenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil catorce con la base de seiscientos ocho dólares con ochenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A. contra Silvia Elena Hidalgo Barquero. Exp. N° 14-001002-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 22 de abril del 2014.—Lic Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014029014).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda de divorcio bajo la sumaria 10-000249-0338-FA; a las nueve horas y treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil catorce, y con la base de once millones trescientos cuarenta y siete mil quinientos cuarenta y cinco colones con ochenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 134283-000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 02 Cot, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Juan Rafael Ramírez Vega; al sur, Juan Rafael Ramírez Vega; al este, Juan Rafael Ramírez Vega, y al oeste, calle con 7.00 metros. Mide: Doscientos cuarenta y cuatro metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos mil catorce, con la base de ocho millones quinientos diez mil seiscientos cincuenta y nueve colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil catorce con la base de dos millones ochocientos treinta y seis mil ochocientos ochenta y seis colones con cuarenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Marcos Granados Chacón. Exp. N° 07-001428-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 10 de abril del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2014029016).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y quince minutos del diez de junio de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones setecientos veinticuatro mil setecientos once colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 877330, marca Nissan, estilo Xterra, categoría automóvil, capacidad 5 personas, carrocería todo terreno 4 puertas, tracción 4x4, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del veinticinco de junio de dos mil catorce, con la base de tres millones quinientos cuarenta y tres mil quinientos treinta y cuatro colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del diez de julio de dos mil catorce con la base de un millón ciento ochenta y un mil ciento setenta y ocho colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse  así  en  proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Luis Diego Quesada Pacheco. Exp. N° 13-002483-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de febrero del 2014.—Lic. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2014029018).

A las nueve horas y cero minutos del nueve de junio del año dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho; de la forma que se dirá y con sus respectivas bases, en el mejor postor remataré lo siguiente: (1) Con la base de cincuenta y cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 357-07763-01-0902-001, servidumbre de paso bajo las citas: 469-14262-01-0004-001, servidumbre de paso bajo las citas: 469-14262-01-0005-001; la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 432658-000; la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 10 Venado, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jorge Rodríguez Espinoza; sur, Ganadera El Castaño S. A. y yurro; este, servidumbre agrícola con un frente de 113 mts 52 cm; oeste, Baudilio Mora Zamora. Mide: Veinticinco mil veintisiete metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Plano: A-1175912-2007. (2) Con la base de cuarenta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 357-07763-01-0902-001, servidumbre de paso bajo las citas: 469-14262-01-0004-001, servidumbre de paso bajo las citas: 469-14262-01-0005-001 servidumbre de paso bajo las citas: 2012-228513-01-0007-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 499128-000; la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 10 Venado, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Baudilio Mora Zamora, Lucía Rodríguez Espinoza y Róger Picado Miranda; sur, Ganadera El Castaño Sociedad Anónima; este, servidumbre de paso; oeste, Ganadera El Castaño Sociedad Anónima. Mide: veintiocho mil metros cuadrados. Plano: A-1525160-2011. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de junio del año dos mil catorce, con la base de cuarenta y un millones doscientos cincuenta mil colones exactos por la primera finca; y con la base de treinta millones de colones exactos por la segunda finca (rebajada en un 25%). Para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de julio del año dos mil catorce, con la base de trece millones setecientos cincuenta mil colones exactos por la primera finca; y con la base de diez millones de colones exactos por la segunda finca (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Róger Picado Miranda. Exp. N° 13-002280-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 21 de febrero del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014029043).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del treinta de julio del año dos mil catorce, y con la base de quince millones doscientos nueve mil quinientos trece colones con veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento catorce mil quinientos cincuenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Tilarán, cantón 08 Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Miguel Ortega Ramírez, Eugenio Ramírez Quirós E Inversiones Jenkins Chavarría Sociedad Anónima; al sur, Miriam Jenkins Chavarría, Edgar Antonio Hernández Herrera, Mariano Arguedas Méndez; al este, Inversiones Jenkins Chavarría Sociedad Anónima, y al oeste, Ángela Claudia Rodríguez Suarez y servidumbre de paso. Mide: quinientos setenta y nueve metros con veintisiete decímetros cuadrados. Plano G-0539199-1999. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de agosto del año dos mil catorce, con la base de once millones cuatrocientos siete mil ciento treinta y cuatro colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de setiembre del año dos mil catorce con la base de tres millones ochocientos dos mil trescientos setenta y ocho colones con treinta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Annia Roxana del Carmen Carranza Méndez, expediente N° 14-000681-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 12 de mayo del año 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014029066).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y quince minutos del dieciséis de junio de dos mil catorce, y con la base de veintiocho mil novecientos noventa y dos dólares con cincuenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y seis mil novecientos ochenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito Peñas Blancas, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Horacio Salas Chavarría; al sur, Horacio Salas Chavarría; al este, Horacio Salas Chavarría, y al oeste, calle pública. Mide: trece mil novecientos ochenta y seis metros con un decímetro cuadrado, según plano catastrado número A-0722876-2001. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del uno de julio del dos mil catorce, con la base de veintiún mil setecientos cuarenta y cuatro dólares con cuarenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del dieciséis de julio del dos mil catorce, con la base de siete mil doscientos cuarenta y ocho dólares con trece centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Nora María Teresa de Ángeles Rodríguez Coronado contra Sueño Real S. A., expediente N° 11-019568-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de abril del año 2014.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2014029069).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de julio del año dos mil catorce, y con la base de cincuenta y un mil trescientos setenta dólares con tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y cuatro mil ciento treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno de cultivos con una casa. Situada en el distrito 01 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Antonio Rocha Zapeda; al sur, calle pública con 58 mts 65 cms; al este, Clarencio Ulloa Corea, y al oeste, Juan de Dios Fletes Álvarez. Mide: dos mil doscientos veintiséis metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados, plano A-0402923-1980. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de agosto del año dos mil catorce, con la base de treinta y ocho mil quinientos veintisiete dólares con cincuenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de setiembre del año dos mil catorce, con la base de doce mil ochocientos cuarenta y dos dólares con cincuenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Oledys Emilia Rojas Trejos, expediente N° 14-000790-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 9 de mayo del año 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014029070).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil catorce, y con la base de ciento cincuenta y tres mil cuatrocientos sesenta dólares con catorce centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta mil doscientos cuarenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno: lote N° 54 terreno para construir, situada: en el distrito: 03 Sardinal, cantón: 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste, linderos: norte, calle con 15mts, sur, sección que tiene Yurro; este, lote 63 y 64, oeste, lote 53. Mide: quinientos treinta y seis metros con veinticinco decímetros cuadrados, plano: G-0482787-1982. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de agosto del dos mil catorce, con la base de ciento quince mil noventa y cinco dólares con once centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de agosto del dos mil catorce, con la base de treinta y ocho mil trescientos sesenta y cinco dólares con cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Angelo Olivotti Scachetti, Intubuca Trading S. A., expediente N° 12-001562-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 4 de abril del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014029071).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso bajo las citas: 571-39611-01-0002-001; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de julio del dos mil catorce, y con la base de ciento veintisiete mil trescientos setenta y ocho dólares con cincuenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 164404-000, la cual es naturaleza: terreno repastos lote 2, situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste, linderos: norte, Gerardo Milciades Gutiérrez Ortiz; sur, Gerardo Milciades Gutiérrez Ortiz; este, Florentino Arrieta Briceño, oeste, servidumbre agrícola. Mide: cinco mil metros cuadrados, plano: G-1092974-2006. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de agosto de dos mil catorce, con la base de noventa y cinco mil quinientos treinta y tres dólares con noventa y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de agosto de dos mil catorce con la base de treinta y un mil ochocientos cuarenta y cuatro dólares con sesenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Manuel Echeverría Sáenz y Pricila González Seravalli, expediente N° 13-001694-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 25 de abril del año 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014029072).

En la sala número. En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 557-12115-01-0001-001 a las ocho horas y cero minutos del ocho de julio del año dos mil catorce, y con la base de cuarenta y ocho millones novecientos veintinueve mil cuatro colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 45448-F-000, la cual es terreno finca filial cuarenta y cinco de una planta ubicada en el primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito San Sebastián, cantón San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial cuarenta y cuatro, al sur, finca filial cuarenta y seis; al este, Jorge Luis Ribvera Coto y Douglas Roney Velásquez Paz, y al oeste, acceso tres. Mide: ciento veintisiete metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de julio del año dos mil catorce, con la base de treinta y seis millones seiscientos noventa y seis mil setecientos cincuenta y tres colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de agosto del año dos mil catorce, con la base de doce millones doscientos treinta y dos mil doscientos cincuenta y un colones con ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gisela María Viales Chaves, expediente N° 13-017305-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de mayo del año 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014029121).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del dieciséis de junio de dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones cincuenta y siete mil seiscientos setenta y seis colones con sesenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y ocho mil seiscientos ochenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno de cafetal con 1 casa. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Isidro Villalobos E Hijos Ltda; al sur, calle B; al este, lote 25, y al oeste, lote 23. Mide: noventa y seis metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del uno de julio del dos mil catorce, con la base de doce millones cuarenta y tres mil doscientos cincuenta y siete colones con cincuenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil catorce con la base de cuatro millones catorce mil cuatrocientos diecinueve colones con diecisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Haydyn Jimmy Rojas Carmona, expediente N° 13-004356-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 21 de enero del año 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014029128).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas: 376-17862-01-0001-001 a las nueve horas y cero minutos del siete de julio del año dos mil catorce, y con la base de veintitrés millones trescientos mil colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 429416-000, la cual es terreno para construir lote 22 bloque D. Situada en el distrito San Felipe, cantón Alajuelita de la provincia de San José. Colinda: al norte, casa N° 5 de urbanización Tejarcillos; al sur, alameda publica; al este, casa N° 21 de urbanización Tejarcillos, y al oeste, casa N° 23 urbanización Tejarcillos. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de julio del año dos mil catorce, con la base de un millón setecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de agosto del año dos mil catorce, con la base de quinientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María Romero González, expediente N° 12-037182-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de mayo del año 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014029181).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del nueve de junio del año dos mil catorce, y con la base de cuarenta mil diecinueve dólares con setenta y nueve centavos, moneda curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número FSR 129, marca Nissan, estilo Pathfinder LE, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2012, color gris, vin VSKJVWR51Z0463231, cilindrada 2488 c.c, combustible diesel, motor Nº YD25751291B. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de junio del año dos mil catorce, con la base de treinta mil catorce dólares con ochenta y cuatro centavos, moneda curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del nueve de julio del año dos mil catorce, con la base de diez mil cuatro dólares con noventa y cinco centavos, moneda curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ronald Francisco Solís Corrales, expediente N° 13-003729-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 21 de febrero del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014029229).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones (Citas: 374-15333-01-0900-001); a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de junio del dos mil catorce, y con la base de dieciocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dos mil trescientos tres-cero cero uno, cero cero dos y cero cero tres, la cual es terreno construido. Situada en el distrito 03 San Miguel, cantón 03 Santo Domingo de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Denis Gerardo Arguello Vargas; al sur, calle pública; al este, Alice Lobo Cervantes, y al oeste, calle pública y Dennis Gerardo Arguello Vargas. Mide: doscientos metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de junio del dos mil catorce, con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de julio de dos mil catorce con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Dennis Gerardo Argüello Vargas, Francine Argüello Vargas y René Alberto Argüello Vargas, expediente N° 13-013270-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de marzo del año 2014.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014027062).

A las ocho horas treinta minutos del día martes diez de junio del dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho libre de gravámenes, y con la base de setecientos cincuenta mil colones, respectivamente en el mejor postor se rematarán dos mesas para jugar pool que se describen del modo siguiente: mesas marca Aguilar y Punis color café y blanco ambas con paño verde. En el caso de resultar fracasado este primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con un 25 % menos de la base original, sea la suma de quinientos sesenta y dos mil quinientos colones se señalan las ocho horas treinta minutos del día miércoles veinticinco de junio del dos mil catorce. De ser fracasado también el segundo remate, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del día jueves diez de julio del dos mil catorce, esta vez con la base de ciento ochenta y seis mil quinientos colones (que corresponde al 25% de la base del remate). Lo anterior por haberse ordenado en proceso monitorio expediente número 12-100042-0934- CI de Jorge Enrique Luna Leal contra German Arroyo Calderón. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, a las nueve horas veinte minutos del ocho de abril del dos mil catorce.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres.—Lic. Eric López Delgado, Juez.—(IN2014027197).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0332-00011822-01-0007-001; a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de julio del año dos mil catorce, y con la base de ochenta y tres mil ochocientos dólares exactos (moneda de los Estados Unidos de América), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil cuatrocientos noventa cero cero cero la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 04 Nacascolo, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Asociación de Desarrollo Integral de Guardia y Central Azucarera del Tempisque; al sur, calle pública y Cimentaciones Limitada; al este, Julio María Viales Gutiérrez, y al oeste, Julia María Viales Gutiérrez y Cimentaciones Limitada. Mide: diez mil trescientos setenta y tres metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Plano: G-1042247-2005. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de agosto del año dos mil catorce, con la base de sesenta y dos mil ochocientos cincuenta dólares exactos (moneda de los Estados Unidos de América) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de agosto del año dos mil catorce con la base de veinte mil novecientos cincuenta dólares exactos (moneda de los Estados Unidos de América) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Diego Amado Soler Bonilla contra Amanda Mayela Viales Gutiérrez. Exp. N° 13-002693-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 24 de abril del 2014.—Lic. Luis Alberto Miranda García, Juez.—(IN2014027244).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia por lesiones culposas inscrita al tomo 2013 asiento 00082681; a las quince horas y treinta minutos del nueve de junio del año dos mil catorce, y con la base de cinco mil novecientos sesenta y tres dólares con treinta y ocho centavos (Moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 662463. Marca Land Rover, estilo Discovery, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2006, color rojo, Vin SALLAAA446A390192, cilindrada 4000 CC, combustible gasolina, motor Nº 6149017676406PN. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticuatro de junio del año dos mil catorce, con la base de cuatro mil cuatrocientos setenta y dos dólares con cincuenta y cuatro centavos (Moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del nueve de julio del año dos mil catorce con la base de mil cuatrocientos noventa dólares con ochenta y cinco centavos (Moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Albeustre Mareblu S. A., Eloy Bernal Vega Vega. Exp. N° 13-005430-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 21 de noviembre del 2013.—Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014027254).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando anotación de denuncia penal inscrita al tomo 2012 asiento 00336562 y tres colisiones; a las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de junio del año dos mil catorce, y con la base de ocho mil cincuenta y cuatro dólares con noventa y ocho centavos (Moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 752145. Marca Renault. Estilo Megane. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2008. Color beige. Vin VF1LM1B0H39515665. Cilindrada 1598 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº R053151. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del uno de julio del año dos mil catorce, con la base de seis mil cuarenta y un dólares con veinticuatro centavos (Moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de julio del año dos mil catorce con la base de dos mil trece dólares con setenta y cinco centavos (Moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Nathalia Alvarado Orozco. Exp. N° 13-005963-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 27 de noviembre del 2013.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014027260).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y colisiones; a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de junio del año dos mil catorce, y con la base de diez mil ciento cincuenta y cinco dólares con sesenta y dos centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 733149. Marca Hyundai. Estilo Tucson GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2008. Color plateado. Vin KMHJM81VP8U800014. Cilindrada 2000 c.c combustible diesel. Motor Nº D4EA7413976. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del ocho de julio del año dos mil catorce, con la base de siete mil seiscientos dieciséis dólares con setenta y dos centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintitrés de julio del año dos mil catorce con la base de dos mil quinientos treinta y ocho dólares con noventa y un centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Ramón Ezequiel González Guevara. Exp. N° 13-005964-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 4 de diciembre del 2013.—Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014027264).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del treinta de junio del año dos mil catorce, y con la base de cuatro mil cuatrocientos diez dólares con catorce centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 794775. Marca KIA. Estilo Sportage LX. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2009. Color azul. Vin KNAJE552297603143. Cilindrada 1991 c.c combustible gasolina. Motor Nº G4GC8H779828. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de julio del año dos mil catorce, con la base de tres mil trescientos siete dólares con sesenta y un centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de julio del año dos mil catorce con la base de mil ciento dos dólares con cincuenta y cuatro centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Didier Bejarano Zamora. Exp. N° 13-005965-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 4 de diciembre del 2013.—Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014027265).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 353- 17829-01-0900-001; a las diez horas y cero minutos antes meridiano del siete de julio de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y nueve mil trescientos cincuenta y dos-cero cero cero- la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06 San Juan, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Denis Gerardo Zúñiga Muñoz y en parte con Desarrolladora Llano de San Juan S. A; al sur, Desarrolladora Llano de San Juan S. A.; al este, servidumbre de paso de 6,00 metros de ancho con un frente a ella de 12, 32 metros lineales y al oeste, María Andrea Umaña Steller y en parte Desarrolladora Llano San Juan S. A. Mide: doscientos veintiún metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos antes meridiano del veintidós de julio de dos mil catorce, con la base de tres millones quinientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos antes meridiano del seis de agosto de dos mil catorce con la base de un millón ciento setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marvin Antonio Rodríguez Arce. Exp. N° 12- 000426-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de abril del 2014.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—(IN2014027267).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Plazo Convalid Reg Art. 15 Ley 2825, bajo las citas: 0554-00019251-01- 0051-001 y Restricciones Reg Art 18, Ley 2825, bajo las citas: 0554-00019251-01- 0080-001; a las nueve horas y treinta minutos del ocho de agosto de dos mil catorce, y con la base de veinte millones ciento noventa y un mil trescientos cincuenta y un colones con veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil diecinueve cero cero cero la cual es terreno para la Vivienda, Granja 142-92609, con una casa. Situada en el distrito 03-Guaycara, cantón 07-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Freddy Guerrero Sánchez, casa de habitación a 10 metros; al sur, Gonzalo García Sequeira, con casa de habitación a 8 metros; al este, Ubaldo Villalobos Mora, finca con Palma Aceitera y al oeste, calle pública con 14 metros de frente. Mide: setecientos trece metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: P-0812984-2002. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil catorce, con la base de quince millones ciento cuarenta y tres mil quinientos trece colones con cuarenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil catorce con la base de cinco millones cuarenta y siete mil ochocientos treinta y siete colones con ochenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rafael Ángel Castro Chávez. Exp. 14-000011-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 12 de marzo del 2014.—Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014027304).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil catorce, y con la base de cinco millones trescientos cincuenta y seis mil ochocientos veintidós colones con treinta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento dos mil seiscientos noventa y dos cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno lote 16-H, terreno para construir.- Situada en el distrito 1 Corredor, cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lote 17-H; al sur, Lote 15-H; al este Lote 9-H y al oeste, calle pública con ocho metros de frente. Mide: ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Plano: P-0456948-1997. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de agosto de dos mil catorce, con la base de cuatro millones diecisiete mil seiscientos dieciséis colones con setenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil catorce con la base de un millón trescientos treinta y nueve mil doscientos cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Gilberto Madrigal Arroyo y Wendy Montero Gómez. Exp. N° 13-000911-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 26 de febrero del 2014.—Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014027306).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condiciones ref.: 00007324 000, bajo las citas 0367-00008185-01-0905-001; a las ocho horas y treinta minutos del once de agosto de dos mil catorce, y con la base de treinta y siete millones setecientos ochenta y tres mil quinientos cincuenta y cuatro colones con noventa céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y siete mil seiscientos ochenta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03-Sierpe, cantón 05-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Adrián Castro Otárola; al este, calle pública, y al oeste, calle pública. Mide: quinientos cuatro metros con ochenta y un decímetros cuadrado. Plano: P-0311195-1996. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil catorce, con la base de veintiocho millones trescientos treinta y siete mil seiscientos sesenta y seis colones con dieciocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de setiembre de dos mil catorce con la base de nueve millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil ochocientos ochenta y ocho colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Vistas de Miramar Sociedad Anónima. Exp. N° 13-000956-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 3 de marzo del 2014.—Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014027309).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las dos horas y treinta minutos del doce de junio de dos mil catorce, y con la base de seis mil doscientos ochenta y nueve dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F00032477-000, la cual es terreno filial doce de una planta ubicada en el primer piso destinada al estacionamiento de autobuses en proceso de construcción. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte filial trece; al sur en parte con filial once y área común destinada a rampas de abordaje; al este área común destinada a rampas de abordaje y al oeste área común destinada a acceso vehículos. Mide: cincuenta y nueve metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dos horas y treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil catorce, con la base de cuatro mil setecientos diecisiete dólares con doce centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dos horas y treinta minutos del veintidós de julio de dos mil catorce con la base de mil quinientos setenta y dos dólares con treinta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Comercial Plaza San Carlos contra Transportes Pital Ciudad Quesada S.A Exp: 12-008694-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 19 de marzo del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014027311).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del diecinueve de agosto del año dos mil catorce , y con la base de cuarenta millones novecientos mil ciento veintitrés colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y tres mil doscientos setenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02- General, cantón 19- Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle de servidumbre y Víctor Valverde Ceciliano; al sur, Abraham Gamboa Gamboa; al este, Giselle Gómez Gómez, y al oeste, calle de servidumbre y Víctor Valverde Ceciliano. Mide: diez mil quinientos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del tres de setiembre del año dos mil catorce , con la base de treinta millones seiscientos setenta y cinco mil noventa y dos colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil catorce con la base de diez millones doscientos veinticinco mil treinta colones con ochenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Édgar Quesada Mora. Exp. N° 13-006588-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 24 de febrero del 2014.—Lic. Christian Enrique Zamora Pérez, Juez.—(IN2014027312).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando reservas y restricciones citas tomo 372 asiento 13715 así como hipoteca de primer grado citas tomo 571 asiento 60773; a las quince horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil catorce , y con la base de cuarenta millones de colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil trescientos treinta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa y un taller. Situada en el distrito 1-San Vito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Freddy Salas; al sur, Roy Corrales Alfaro y Wilson Muñoz Solís; al este, Nelson Muñoz Solís y al oeste calle pública. Mide: setecientos veintidós metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de octubre del año dos mil catorce, con la base de treinta millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de octubre del año dos mil catorce con la base de diez millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Luis García Marín. Exp. N° 14-001471-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 7 de abril del 2014.—Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014027316).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil catorce, y con la base de doce millones doscientos dieciséis mil setecientos cincuenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cien mil doscientos doce cero cero cero la cual es terreno de café. Situada en el distrito 2 San Miguel, cantón 6 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, callejón privado de salida y Bernardita Vargas Fonseca; al sur, quebrada en medio y Juan Chacón Jara; al este, Bernardita Vargas Fonseca, y al oeste, Joaquín Salazar Varela y Gerardo Castro Castro. Mide: siete mil ochocientos cincuenta y seis metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de setiembre de dos mil catorce, con la base de nueve millones ciento sesenta y dos mil quinientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de octubre de dos mil catorce con la base de tres millones cincuenta y cuatro mil ciento ochenta y siete colones con cincuenta céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Constructora RHO S. A. contra Ruddy Conejo Rojas. Exp. N° 13-003447-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 20 de marzo del 2014.—Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014027358).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones; pero soportando hipoteca de primer grado; a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de junio de dos mil catorce, y con la base de ciento doce millones ciento siete mil ciento sesenta y ocho colones con cuarenta y cuatro céntimos, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela matrícula número trescientos veinticinco mil doscientos diecinueve - cero cero cero la cual es terreno sembrado de café y caña de azúcar con una casa. Situada en el distrito dos San Isidro, cantón tres Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto de Juan Bautista Chaves Herrera; al sur, resto de Juan Bautista Chaves Herrera; al este, calle pública con frente de veinticinco metros y cuarenta centímetros, y al oeste, Quebrada Flores en medio de Gerardo Alpízar Alfaro y José Gómez Barrientos. Mide: Seis mil trescientos noventa y cinco metros con setenta y siete decímetros cuadrados, plano A-0159312-1994. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de julio de dos mil catorce, con la base de ochenta y cuatro millones ochenta mil trescientos setenta y seis colones (rebajada en un 25%) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veintitrés de julio de dos mil catorce con la base de veintiocho millones veintiséis mil setecientos noventa y dos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Edward Trevino Jesse contra Genaro Emilio Chaves Rodríguez Exp. 10-000266-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 7 de abril del 2014.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—(IN2014027370).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas: 309-09645-01-0901-001), servidumbre trasladada (Citas: 309-09645-01-0902-001), reservas y restricciones (citas: 353-05642-01-0900-001) reservas y restricciones (citas: 353-05642-01-0901-001) y reservas y restricciones (citas: 353-05642-01-0902-001); a las diez horas y quince minutos del dieciséis de junio de dos mil catorce, y con la base de veintiséis millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciséis mil doscientos seis - cero cero cero la cual es terreno de café. Situada en el distrito 5-Concepción, cantón 5-San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, resto de César Camacho Barquero; al sur, calle pública con frente de 10 m 42 cms.; al este, resto de César Camacho Barquero y al oeste, lote dos segregado en cabeza propia de Cesar Camacho Barquero. Mide: cuatrocientos cuarenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del uno de julio de dos mil catorce, con la base de veinte millones sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del dieciséis de julio de dos mil catorce con la base de seis millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Daniel Miranda Arias. Exp. N° 13-013198-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de marzo del 2014.—Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014027376).

En la puerta exterior de este Despacho; al ser las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de junio de dos mil catorce libre de gravámenes hipotecarios; soportando Servidumbre Trasladada (Citas: 282-01765-01-0901-001); y con la base de diez millones cien mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil seiscientos treinta y ocho - cero cero cero la cual es lote-8-f terreno para construir. Situada en el distrito 2-Mercedes, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 6 metros; al sur, Banco Cooperativo Costarricense Responsabilidad Limitada; al este, Banco Cooperativo Costarricense Responsabilidad Limitada y al oeste, Banco Cooperativo Costarricense Responsabilidad Limitada. Mide: ciento cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del uno de julio de dos mil catorce, con la base de siete millones quinientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de julio de dos mil catorce con la base de dos millones quinientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Enisia Simona Mora Blanco y Laura Vanessa Villagran Mora. Exp. 13-013303-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de marzo del 2014.—Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014027377).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas: 246-00303-01-0902-001, servidumbre de acueducto y de paso de A y a citas: 426-16632-01- 0004-001, limitaciones de leyes 7052, 7208 sist. financiero de vivienda citas: 545-00100-01-0002-001 Y habitación familiar citas: 545-00100-01-0003-001, a las ocho horas y treinta minutos del cinco de junio del año dos mil catorce, y con la base de ocho millones setenta mil setecientos noventa colones con noventa y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 537097-000, la cual es terreno bloque G lote cuatro G terreno para construir. Situada en el distrito Purral, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte lote 3 G; al sur, lote 5 G; al este, área comunal, y al oeste, avenida primera con un frente de 6 metros con 1 centímetros. Mide: ciento veintitrés metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de junio del año dos mil catorce, con la base de seis millones cincuenta y tres mil noventa y tres colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de julio del año dos mil catorce con la base de dos millones diecisiete mil seiscientos noventa y siete colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados contra Olga del Rosario Segura Agüero. Exp. N° 12-032479-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de mayo del 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014029157).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de junio de dos mil catorce y con la base de novecientos setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa número: 748734, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1995, color: plateado, vin KMHVF21NPSU134973, Cilindrada: 1500 cc, combustible: gasolina, motor número: G4EKR308098. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de julio de dos mil catorce, con la base de setecientos veintisiete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de julio de dos mil catorce, con la base de doscientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Álvaro Fuentes Monge contra Carlos Eduardo Sandoval Viales. Expediente: 12-001446-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de marzo del 2014.—Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014029233).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil catorce y con la base de seiscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa número: 249215, marca: Kia, estilo: Sportage, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1995, color: rosado, Vin: no indicado, cilindrada: 1998 cc, combustible: gasolina, motor número: FE711070. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos mil catorce, con la base de cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil catorce, con la base de ciento sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ronny Ramírez Rojas contra Thepane María Molina Arroyo. Expediente: 14-000370-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de mayo del 2014.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014029236).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas 300-17148-01-0901-001 y servidumbre de acueducto y de paso de A y A, citas 421-03927-01-0001-001, a las ocho horas y cero minutos del diez de julio del dos mil catorce y con la base de seis millones seiscientos cincuenta mil doscientos diez colones con veintiocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento diecisiete mil setecientos treinta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juan José Díaz Irigoyen; al sur, Juan Alberto De La O Chavarría; al este, Pablo Rivas Espinoza; y al oeste, calle pública con un frente a ella de ocho metros cero centímetros. Mide: doscientos cuarenta y seis metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Plano: G-0612296-2000. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de julio del dos mil catorce, con la base de cuatro millones novecientos ochenta y siete mil seiscientos cincuenta y siete colones con setenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de agosto del dos mil catorce, con la base de un millón seiscientos sesenta y dos mil quinientos cincuenta y dos colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Daisy Campos Acosta. Expediente: 14-000145-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 25 de abril del 2014.—Lic. Luis Alberto Miranda García, Juez.—(IN2014029240).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de junio de dos mil catorce y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 190038-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 02 San Josecito, cantón 06 San Isidro de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Finca Vindas S. A.; al sur, José Cecilio Zamora Fonseca; al este, Finca Vindas S. A.; y al oeste, calle pública con 07.12 m. Mide: ciento noventa y seis metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de junio de dos mil catorce, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de julio de dos mil catorce con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rodolfo Martin Zúñiga Alvarado. Expediente: 13-005483-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 3 de febrero del 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2014029242).

A las catorce horas y cero minutos del tres de julio del dos mil catorce, en la puerta exterior de este despacho, de la forma que se dirá y con las bases que se indicarán a continuación remataré en el mejor postor los siguientes bienes inmuebles: 1) Con la base de un millón de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, bajo las citas: 2012-101713-01-0016-001, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Alajuela, matrícula número 493611-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto reservado de finca 2-371399-000; sur, resto reservado de finca 2-371399-000; este, José Fabio Vargas Salas; oeste, servidumbre de paso con un frente de 10 metros. Mide: doscientos ocho metros cuadrados. Plano: A-1534143-2011. 2) Con la base de un millón de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, bajo las citas: 2012-101713-01-0016-001, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Alajuela, matrícula número 493612-000, que es terreno para construir. Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto reservado de finca 2-371399-000; sur, resto reservado de finca 2-371399-000; este, José Fabio Vargas Salas; oeste, servidumbre de paso con un frente de 10 metros. Mide: doscientos nueve metros cuadrados. Plano: A-1534145-2011. 3) Con la base de un millón de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, bajo las citas: 2012-101713-01-0016-001, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Alajuela, matrícula número 493613-000, que es la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto reservado de finca 2-371399-000; sur, resto reservado de finca 2-371399-000; este, José Fabio Vargas Salas; oeste, servidumbre de paso con un frente de 10 metros. Mide: doscientos diez metros cuadrados. Plano: A-1534144-2011. 4) Con la base de un millón de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del Partido de Alajuela, matrícula número 493615-000, que es terreno para construir. Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 10 m con 74 centímetros; sur, resto reservado de finca 2-371399-000; este, resto reservado de finca 2-371399-000; oeste, servidumbre de paso con un frente de 10 metros. Mide: doscientos ocho metros cuadrados. Plano: A-1534153-2011. 5) Con la base de un millón de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del Partido de Alajuela, matrícula número 493616-000, que la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 10 m con 73 centímetros; sur, resto reservado de finca 2-371399-000; este, José Fabio Vargas Salas; oeste, resto reservado de finca 2-371399-000. Mide: ciento noventa y nueve metros cuadrados. Plano: A-1534146-2011. Para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de julio del año dos mil catorce, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos por cada finca (rebajada en un 25%). Para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de agosto del dos mil catorce, con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos por cada finca (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eladio Sergio Alfaro Alfaro contra Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cincuenta y Nueve Mil Sesenta y Uno S. A. Expediente: 13-002268-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de marzo del 2014.—Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014029255).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, bajo las citas: 320-04284-01-0901-004, a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de julio del dos mil catorce y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 418602-000, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Xinia Murillo Castro; sur, Carmen Alfaro Sánchez; este, Juan Arroyo Salas; oeste, servidumbre de paso con un ancho de 08 metros lineales y un frente a ella de 20 metros 38 centímetros lineales. Mide: quinientos ochenta y un metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0922111-2004. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil catorce, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Coopelesca contra Rigoberto Arroyo Alfaro. Expediente: 13-002278-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 8 de abril del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014029256).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación, (rectificación de medida), bajo las citas 2009-00125043-01-0003-001, a las once horas y cero minutos del dos de setiembre de dos mil catorce y con la base de ocho millones quinientos trece mil sesenta y siete colones con treinta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y cinco mil trescientos-cero cero cero, la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito 01 Alajuelita, cantón 10 Alajuelita de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Barrantes; al sur, Jesús Solano; al este, calle; y al oeste, Graciliano Mora. Mide: sesenta y siete metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Plano SJ-0470122-1998. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de setiembre de dos mil catorce, con la base de seis millones trescientos ochenta y cuatro mil ochocientos colones con cincuenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del tres de octubre de dos mil catorce, con la base de dos millones ciento veintiocho mil doscientos sesenta y seis colones con ochenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Corporación BCT y Afines (ASO-BCT) contra Mario Gerardo de Lourdes Sandoval Sandí. Expediente: 14-006761-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de abril del 2014.—Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2014029257).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo: 403 asiento: 14830, hipoteca en primer grado inscritas al tomo: 2011 asiento: 260620, e hipoteca en segundo grado inscrita al tomo: 2012 asiento:16295; a las quince horas y cero minutos del quince de octubre del año dos mil catorce, y con la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta mil trescientos seis-cero cero cero, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lidieth Ortiz; al sur, Maximiliano Estrada Granados; al este, Maximiliano Estrada Granados, y al oeste, quebrada en medio de Dimas Estrada. Mide: seis mil setecientos sesenta metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del treinta de octubre del año dos mil catorce, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de noviembre del año dos mil catorce con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Los Brahmanes del Sur S. A. contra Jorge Luis Obando Zamudio. Exp. N° 11-003134-0857-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, 23 de abril del 2014.—Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2014029339).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil catorce, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, para el compresor la suma de trescientos mil colones en el mejor postor remataré lo siguiente: una plataforma Et-Liner Classio, modelo 68606, serie CL6848, con sus respectivas torres de diez mil libras c/u, esta plataforma mide 7 metros de largo por unos tres metros de ancho y un compresor de color azul de cinco caballo de fuerza, marca American Hello. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintitrés de julio de dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y el compresor con la base de doscientos veinticinco mil colones (rebajada en un 25%) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del ocho de agosto de dos mil catorce con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial) y el compresor con la base de setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Speed Credit Sociedad Anónima contra Humberto Fernandez Ramírez. Exp. N° 12-004468-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 25 de abril del 2014.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014029369).

En la puerta exterior de este Despacho; a las diez horas y cero minutos del veinticuatro de junio de dos mil catorce, con las bases que se dirán, en el mejor postor remataré: Finca número 1) soportando Hipoteca en primer grado bajo las citas 2012-140104-02; y con la base de noventa millones ochocientos treinta y ocho mil setecientos cuarenta colones exactos, la finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 54177-F-000 la cual es terreno finca filial treinta y dos destinada a uso residencial ubicada en el quinto nivel en proceso de construcción. Situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial treinta y uno y área común construida ducto electromecánico; al sur, área común libre de acera; al este, área común libre de juegos infantiles y área común construida ducto electromecánico, y al oeste, finca filial treinta y tres y área común construida vestíbulo. Mide: ciento veinte metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Finca número 2) Soportando Hipoteca en primer grado bajo las citas 2012-140104-02; y con la base de doce millones trescientos ochenta y ocho mil setecientos ochenta y dos colones con veintidós céntimos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 54143-F-000 la cual es terreno finca filial ciento cuarenta y uno destinada a espacios para estacionamiento y bodega ubicada en el nivel de estacionamiento cubierto en proceso de construcción. Situada en el Distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial ciento cuarenta y dos, área común construida de calle y finca filial ciento cuarenta; al sur, área común construida de muro; al este, finca filial ciento cuarenta, y al oeste, fincas filiales ciento cuarenta y dos y ciento cuarenta y tres y área común construida de acera. Mide: treinta y cuatro metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de julio de dos mil catorce, para la finca número 1) con la base de sesenta y ocho millones ciento veintinueve mil cincuenta y cinco colones exactos (rebajada en un 25%) y para la finca número 2) con la base de nueve millones doscientos noventa y un mil quinientos ochenta y seis colones con sesenta y siete céntimos (rebajada en un 25%) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del Veinticuatro de julio de dos mil catorce, para la finca número 1) con la base de veintidós millones setecientos nueve mil seiscientos ochenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial) y para la finca número 2) con la base de tres millones noventa y siete mil ciento noventa y cinco colones con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Vertical Residencial Comercial Riverside Etapa II contra Tiranolete O Q S Veintiséis S. A. Exp. N° 12-003463-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de marzo del 2014.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014029370).

En la puerta exterior de este Despacho; a las catorce horas quince minutos del diez de junio de dos mil catorce, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) con la base de ciento veintiún millones setecientos setenta y nueve mil dieciséis colones con cuarenta y nueve céntimos, soportando hipoteca de primer grado, la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 54170-F-000, la cual es terreno finca filial veinticinco destinada a uso residencial ubicada en el cuarto nivel en proceso de construcción. Situada en San José. Colinda: al norte, área común libre de juegos infantiles y área común construida ducto electromecánico; al sur finca filial veintiséis y área común construida ducto electromecánico; al este área común libre de zona verde y área común construida ducto electromecánico y al oeste finca filial veinticuatro y área común construida vestíbulo y escalera. Mide: Ciento noventa y un metros con veintiséis decímetros cuadrados. 2) con la base de catorce millones ciento treinta y cinco mil doscientos dieciséis colones con cinco céntimos, soportando hipoteca de primer grado, la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 54089-F-000, la cual es terreno finca filial ochenta y seis destinada a espacios para estacionamientos ubicada en el sótano en proceso de construcción. Situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte finca filial ciento dos; al sur área común construida de calle; al este finca filial ochenta y siete y al oeste finca filial ochenta y cinco y área común construida de muro. Mide: Veintiocho metros con veintiocho decímetros cuadrados. 3) con la base de dos millones cuatrocientos veintitrés mil ochocientos veinte colones con ochenta y dos céntimos, soportando hipoteca de primer grado, la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 54091-F-000, la cual es terreno finca filial ochenta y ocho destinada a bodega en el sótano en proceso de construcción. Situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de muro; al sur, área común construida de calle; al este, finca filial ochenta y nueve y área común construida de muro, y al oeste, finca filial ochenta y siete. Mide: cuatro metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas quince minutos del veinticinco de junio de dos mil catorce, con la base de noventa y un millones trescientos treinta y cuatro mil doscientos sesenta y dos colones con treinta y seis céntimos para la primer filial (rebajada en un veinticinco por ciento); con la base de diez millones seiscientos un mil con cuatrocientos doce colones con tres céntimos para la segunda finca (rebajada en un veinticinco por ciento); y con la base de un millón ochocientos diecisiete mil ochocientos sesenta y cinco colones con sesenta y tres céntimos para el tercer bien (rebajada en un veinticinco por ciento). Y para la tercera subasta se señalan las catorce horas quince minutos del diez de julio de dos mil catorce con la base de treinta millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil setecientos cincuenta y cuatro colones con doce céntimos para el primer bien (un veinticinco por ciento de la base inicial); con la base de tres millones quinientos treinta y tres mil ochocientos cuatro colones con un céntimo para la segunda filial (un veinticinco por ciento de la base inicial) y con la base de seiscientos cinco mil novecientos cincuenta y cinco colones con veintiún céntimos para la tercer finca (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Vertical Residencial Comercial Riverside etapa II contra Careto J L N Veintiuno S. A. en expediente N° 12-003468-1170-CJ del Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de abril del 2014.—Lic. María del Carmen Vargas González, Jueza.—(IN2014029373).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando tres serv y condic ref, veinte servidumbres sirvientes, dieciocho servidumbres dominantes, cuatro servidumbres trasladadas, dos condiciones ref; a las ocho horas y treinta minutos del seis de octubre de dos mil catorce, y con la base de cincuenta y un millones ciento cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 79859-F cero cero cero la cual es terreno finca filial C seis cuatro de una planta destinada a uso habitacional ubicada en el nivel seis del edificio C en proceso de construcción. Situada en el distrito 8 San Rafael, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común libre (patio); al sur, finca filial C seis tres; al este, área común libre zona verde, y al oeste, acceso área común construida. Mide: Ochenta y siete metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil catorce, con la base de treinta y ocho millones trescientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil catorce con la base de doce millones setecientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Residencial Paso Real contra Banco Improsa S. A. Exp. N° 13-005969-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 10 de abril del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014029413).

En la puerta exterior de este Despacho; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de julio de dos mil catorce, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de catorce millones trescientos setenta y seis mil ochocientos noventa y nueve colones con setenta céntimos (primer remate), con la base de diez millones setecientos ochenta y dos mil seiscientos setenta y cuatro colones con setenta y siete céntimos (segundo remate) y con la base de tres millones quinientos noventa y cuatro mil doscientos veinticuatro colones con noventa y dos céntimos (tercer remate), libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita bajo las citas 403-16052-01-0900-001; Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y ocho mil setecientos cincuenta y tres - f - cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número quince apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito Santa Cruz, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Bejuda Sociedad Anónima; al sur, área común libre de accesos (acera); al este, finca filial número catorce, y al oeste, finca filial número dieciséis. Mide: Ciento setenta y dos metros cuadrados. 2) Con la base de trece millones quinientos cuarenta y un mil treinta y tres colones con cuarenta y cuatro céntimos (primer remate), con la base de diez millones ciento cincuenta y cinco mil setecientos setenta y cinco colones con ocho céntimos (segundo remate) y con la base de tres millones trescientos ochenta y cinco mil doscientos Cincuenta y ocho colones con treinta y seis céntimos (tercer remate), libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita bajo las citas 403-16052-01-0900-001; Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y ocho mil setecientos sesenta y dos - f - cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número veinticuatro apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito Santa Cruz, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, área común libre de accesos (acera); al sur, finca filial treinta y siete; al este, finca filial veintitrés, y al oeste, finca filial veinticinco. Mide: Ciento sesenta y dos metros cuadrados. 3) Con la base de trece millones quinientos cuarenta y un mil treinta y tres colones con cuarenta y tres céntimos (primer remate), con la base de diez millones ciento cincuenta y cinco mil setecientos setenta y cinco colones con siete céntimos (segundo remate) y con la base de tres millones trescientos ochenta y cinco mil doscientos cincuenta y ocho colones con treinta y cinco céntimos (tercer remate), libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita bajo las citas 403-16052-01-0900-001; finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y ocho mil setecientos sesenta y seis-f-cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número veintiocho apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito Santa Cruz, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, área común libre de accesos (acera); al sur, finca filial treinta y tres; al este, finca filial veintisiete, y al oeste, finca filial veintinueve. Mide: Ciento sesenta y dos metros cuadrados. 4) Con la base de trece millones quinientos cuarenta y un mil treinta y tres colones con cuarenta y tres céntimos (primer remate), con la base de diez millones ciento cincuenta y cinco mil setecientos setenta y cinco colones con siete céntimos (segundo remate) y con la base de tres millones trescientos ochenta y cinco mil doscientos cincuenta y ocho colones con treinta y cinco céntimos (tercer remate), libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita bajo las citas 403-16052-01-0900-001; finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y ocho mil setecientos setenta y cinco-f-cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número treinta y siete apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito Santa Cruz, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial veinticuatro; al sur, área común libre de accesos (acera); al este, finca filial treinta y ocho, y al oeste, finca filial treinta y seis. Mide: Ciento sesenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del trece de agosto de dos mil catorce, y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de agosto de dos mil catorce. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alimentos Animales del Valle Sociedad Anónima, Torre Diria Sociedad Anónima. Exp. N° 14-000900-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 9 de mayo del 2014.—Lic. Germán Valverde Vindas, Juez.—(IN2014029425).

En la puerta exterior de este Despacho, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 88740-F-000; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas 403-16052-01-0900-001; la cual es finca filial primaria individualizada numero dos apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Bejuda Sociedad Anónima; al sur, área común libre de accesos (acera); al este, finca filial número uno y al oeste finca filial número tres. Mide: Ciento noventa y nueve metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el primer remate se señalan las quince horas del diecisiete de julio de dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones novecientos cuarenta y un mil ochocientos noventa y dos colones exactos. Para el segundo remate se señalan las quince horas del cuatro de agosto de dos mil catorce, con la base de doce millones setecientos seis mil cuatrocientos diecinueve colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del veinte de agosto de dos mil catorce con la base de cuatro millones doscientos treinta y cinco mil cuatrocientos setenta y tres colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 88741-F-000; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas 403-16052-01-0900-001; la cual es finca filial primaria individualizada número tres apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Bejuda Sociedad Anónima; al sur, área común libre de acceso (acera); al este, finca filial número dos y al oeste finca filial número cuatro. Mide: ciento noventa y cinco metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el primer remate se señalan las quince horas del diecisiete de julio de dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones seiscientos un mil trescientos cincuenta y un colones exactos. Para el segundo remate se señalan las quince horas del cuatro de agosto de dos mil catorce, con la base de doce millones cuatrocientos cincuenta y un mil trece colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del veinte de agosto de dos mil catorce con la base de cuatro millones ciento cincuenta mil trescientos treinta y siete colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).- 3) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 88742-F-000; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas 403-16052-01-0900-001; la cual es finca filial primaria individualizada número cuatro apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Bejuda Sociedad Anónima; al sur, área común libre de acceso (acera); al este, finca filial número tres, y al oeste, finca filial número cinco. Mide: Ciento setneta y dos metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el primer remate se señalan las quince horas del diecisiete de julio de dos mil catorce, y con la base de catorce millones seiscientos cuarenta y tres mil doscientos cuarenta y tres colones exactos. Para el segundo remate se señalan las quince horas del cuatro de agosto de dos mil catorce, con la base de diez millones novecientos ochenta y dos mil cuatrocientos treinta y dos colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del veinte de agosto de dos mil catorce con la base de tres millones seiscientos sesenta mil ochocientos diez colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 4) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 88743-F-000; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas 403-16052-01-0900-001; la cual es finca filial primaria individualizada número cinco apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Bejuda Sociedad Anónima; al sur, área común libre de acceso (acera); al este, finca filial número cuatro, y al oeste, finca filial número seis. Mide: ciento setenta y tres metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el primer remate se señalan las quince horas del diecisiete de julio de dos mil catorce, y con la base de catorce millones ochocientos trece mil quinientos catorce colones exactos. Para el segundo remate se señalan las quince horas del cuatro de agosto de dos mil catorce, con la base de once millones ciento diez mil ciento treinta y cinco colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del veinte de agosto de dos mil catorce con la base de tres millones setecientos tres mil trescientos setenta y ocho colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Edificaciones Coloniales Rocha Sociedad Anónima. Exp. N° 14-000903-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 14 de mayo del 2014.—Lic. Mónica Vásquez Valverde, Jueza.—(IN2014029432).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones Ref: 00234866-000 bajo las citas: 378-08409-01-0934-001; a las diez horas y cero minutos del doce de agosto del año dos mil catorce, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 269364-000, la cual es lote 2: terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 2, Buena Vista, cantón 15, guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; sur, Víctor Julio Aragón Duran; este, Víctor Julio Aragón Duran, y oeste, Víctor Julio Aragón Duran. Mide: doscientos setenta y tres metros con cuarenta decímetros cuadrados, plano: A-0821568-1989. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de agosto del año dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del doce de setiembre del año dos mil catorce, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Paola Ramírez Alfaro contra Víctor Julio Aragón Duran, expediente N° 14-000669-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 29 de abril del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014029461).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones bajo las citas: 370-18211-01-0993-001; a las nueve horas y cero minutos del doce de agosto del año dos mil catorce, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 400132-000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 2 Buena Vista, cantón 15 Guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Resto Reservado; sur, Saúl Carranza Zamora y Óscar Castro Fonseca; este, calle pública Óscar Castro Fonseca y Nelson Alvarado Guzmán, y oeste, Ana Ligia Gamboa Bolaños. Mide: veinticuatro mil doscientos cincuenta y un metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados, plano: A-0903861-2004. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de agosto del año dos mil catorce, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de setiembre del año dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Manuel del Carmen Ramírez Quirós contra Víctor Julio Aragón Duran, expediente N° 14-000668-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de abril del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014029465).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando dos servidumbres trasladadas inscritas bajo las citas 0365-00001462-01-0905-001 y 0365-00001462-01-0905-002; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de julio del dos mil catorce, y con la base de seis millones ciento diecinueve mil seiscientos setenta y un colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecinueve mil seiscientos nueve-cero cero cinco, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Miguel, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Humberto Rogelio Mata Solís y Audrys Mata Ureña; al sur, Felipe Ferlini Chaves; al este, calle pública, y al oeste, Humberto Rogelio Mata Solís y Audrys Mata Ureña. Mide: doscientos sesenta y siete metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del trece de agosto del dos mil catorce, con la base de cuatro millones quinientos ochenta y nueve mil setecientos cincuenta y tres colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de agosto del dos mil catorce, con la base de un millón quinientos veintinueve mil novecientos diecisiete colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fabio Arroyo Acosta contra Ruth Marceneth Salazar Hernández, expediente N° 14-000890-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 9 de mayo del año 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014029467).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre Trasladada y Plazo de Convalidación (Rectificación de medidas); a las ocho horas y cero minutos del doce de junio del año dos mil catorce, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y seis mil doscientos seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Santiago, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Emiliano Barrantes Espinoza; al sur, calle pública con diez metros; al este, Emiliano Barrantes Espinoza, y al oeste, Emiliano Barrantes Espinoza. Mide: ciento noventa y dos metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de junio del año dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de julio del año dos mil catorce, con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Zuchero S. A., contra Yerlin María Herrera Zúñiga, expediente N° 13-001895-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 17 de marzo del año 2014.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014029491).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y quince minutos del nueve de junio de dos mil catorce, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y un mil ciento cuarenta y dos cero cero cero (151.142 -000) la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito San Juan, cantón Santa Barbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al noroeste, Elodia Alpízar Arias y Terreno Vacío; al noroeste, servidumbre de paso 7 m 11 cm; al sureste, Hugo Vargas Arrieta y terreno vacío, y al suroeste, Adili Alpízar Soto y terreno vacío. Mide: mil ciento sesenta y cuatro metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veinticuatro de junio del dos mil catorce, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del nueve de julio del dos mil catorce, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fráncico José Alfaro Murillo, expediente N° 13-000602-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 30 de enero del año 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014029507).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del once de agosto del dos mil catorce, y con la base de diecinueve millones quinientos cuarenta y ocho mil veintisiete colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dos mil cuatrocientos noventa y siete-cero cero cero la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito San Mateo, cantón San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Río Centeno y Alexandra Alvarado Sandoval; al sur, calle pública con 30 m 02 cm de frente; al este, Alexandra Alvarado Sandoval, y al oeste, Eladio Román Bolaños. Mide: tres mil ochocientos sesenta y nueve metros con veintidós decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de agosto de dos mil catorce, con la base de catorce millones seiscientos sesenta y un mil veinte colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del once de setiembre de dos mil catorce con la base de cuatro millones ochocientos ochenta y siete mil seis colones con ochenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular de Desarrollo Comunal contra Edgar Alberto Leguizamon Velandia, expediente N° 14-000564-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 7 de marzo del año 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2014029509).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil catorce, y con la base de siete millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintidós mil cuatrocientos cincuenta y siete cero cero uno, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Guácimo, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 10.60 mts.; al sur, Miguel Fernández Guevara; al este, Marco Antonio Zúñiga Aguilar, y al oeste, Miguel Fernández Guevara. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de setiembre de dos mil catorce, con la base de cinco millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre del dos mil catorce con la base de un millón ochocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Arcelia de los Ángeles Zúñiga Cowan contra Soluciones Dos Por Tres Sociedad Anónima, expediente N° 14-000167-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 27 de marzo del año 2014.—Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2014029515).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil catorce, y con la base de seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y ocho mil ochocientos noventa y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir lote 8. Situada en el distrito 04 Río Jiménez, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle privada con 9 metros; al sur, Encarnación Sequeira; al este, lote 7 de Julio López Rivera, y al oeste, lote 9 de Julio López Rivera. Mide: ciento noventa metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de octubre de dos mil catorce, con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de octubre de dos mil catorce con la base de ciento cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Julio Espinoza Rodríguez contra Ana Julia Rodríguez Barquero, Martin Alfonso Jiménez López, expediente N° 14-000160-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 9 de abril del año 2014.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2014029522).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas tomo 0327 asiento 11182; a las diez horas y cero minutos del dieciocho de julio del año dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos noventa y un mil cuatrocientos cincuenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir con tres casas. Situada en el distrito 01 San Isidro del General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 8 metros 36 centímetros lineales; al sur, Félix Monge; al este, Álvaro Madrigal y otro, y al oeste, Rafael Ángel Monge. Mide: trescientos treinta y cuatro metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de agosto del año dos mil catorce, con la base de doce millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de agosto del año dos mil catorce, con la base de cuatro millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Águila Verde Sociedad Anónima contra Jeremar Leiva Martínez, expediente N° 13-006693-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 8 de enero del año 2014.—Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014029532).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 308-02669-01-0901-001, condiciones bajo las citas 308-02669-01-0902-001; a las diez horas y treinta minutos del diecinueve de junio del año dos mil catorce, y con la base de cinco millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y siete mil ciento noventa y seis cero cero cero la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 3 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle de servidumbre; al sur, quebrada patio de agua; al este, Franklin Fallas, y al oeste, Adoraida Murcia Ríos. Mide: trece mil novecientos ochenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de julio del año dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de julio del año dos mil catorce, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de 3.1010664228 S. A., contra Víctor Manuel Salazar Bermúdez, expediente N° 13-006539-1200-CJ.—Juzgado de Cobro  Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014029538).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del veintitrés de junio del año dos mil catorce, y con la base de seiscientos dieciséis mil novecientos treinta y siete colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 74328-000 la cual es terreno para construir lote 192. Situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, INVU y al oeste, calle pública. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de julio del año dos mil catorce, con la base de cuatrocientos setenta y dos mil setecientos dos colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de julio del año dos mil catorce, con la base de ciento cincuenta y cuatro mil doscientos treinta y cuatro colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Vera Guido Jiménez, expediente N° 09-026131-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de abril del año 2014.—Adriana Jiménez Bonilla, Juez.—(IN2014029617).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión con boleta número 0995200061 bajo sumaria 09-600649-0500-TC; a las quince horas del cuatro de junio del dos mil catorce, y con la base de diecinueve mil doscientos cincuenta y ocho dólares con siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 632098, marca Ssang Yong, año 2006, color Morado. Para el segundo remate se señalan las quince horas del diecinueve de junio del dos mil catorce, con la base de catorce mil cuatrocientos cuarenta y tres dólares con cincuenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del cuatro de julio del dos mil catorce, con la base de cuatro mil ochocientos catorce dólares con cincuenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banca Promerica Sociedad Anónima contra Grupo Inmobiliario J & J del Oeste Sociedad Anónima. Expediente N° 09-002645-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 24 de abril del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2014029627).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil catorce, y con la base de veintiocho millones setecientos ochenta y siete mil ciento treinta y ocho colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veintitrés mil ciento sesenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno con una casa N° 3. Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Néstor Raúl Vargas y calle privada; al sur, Luis Marín Vargas; al este, Gerardo Altamirano, y al oeste, Ángel Orlando. Mide: ciento sesenta y un metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de noviembre de dos mil catorce, con la base de veintiún millones quinientos noventa mil trescientos cincuenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de noviembre de dos mil catorce con la base de siete millones ciento noventa y seis mil setecientos ochenta y cuatro colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz contra Marco Tulio de la Trinidad Arias Sánchez, expediente N° 14-004445-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 2 de mayo del año 2014.—Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014029630).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 296-09815-01-0002-001; a las trece horas y treinta minutos del nueve de junio de dos mil catorce, y con la base de trece millones ciento veintitrés mil quinientos sesenta y dos colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1). Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos dieciséis mil doscientos noventa y dos - cero cero cero, la cual es lote veinte: terreno para construir. Situada en el distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 7 metros; al sur, Jorge Eduardo Chinchilla Arroyo; al este, Jorge Eduardo Chinchilla Arroyo y al oeste, Jorge Eduardo Chinchilla Arroyo. Mide: ciento setenta y cinco metros cuadrados. 2). Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos dieciséis mil doscientos noventa y tres - cero cero cero, la cual es lote veintiuno: terreno para construir. Situada en el distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 7 metros; al sur, Jorge Eduardo Chinchilla Arroyo; al este, Jorge Eduardo Chinchilla Arroyo, y al oeste, Jorge Eduardo Chinchilla Arroyo. Mide: ciento setenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil catorce, con la base de nueve millones ochocientos cuarenta y dos mil seiscientos setenta y un colones con setenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de julio de dos mil catorce con la base de tres millones doscientos ochenta mil ochocientos noventa colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Karen Marcela Segura Castro. Exp. 13-013236-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de marzo del 2014.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014029641).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 375-14288-01-0904-001 y servidumbre de paso bajo las citas: 459-03619-01-0004-001; a las diez horas y cero minutos del veintidós de julio de dos mil catorce, y con la base de ocho millones ochocientos noventa y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 108486 cero cero cero, la cual es terreno construir. Situada en el distrito 09 Monte Verde, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Ángel Araya Fuentes Yvania Picado Sibaja; al sur Ángel Araya Fuentes Yvania Picado Sibaja; al este, calle privada, y al oeste, Ernesto Mena Barquero. Mide: trescientos diecisiete metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del siete de agosto de dos mil catorce, con la base de seis millones seiscientos setenta y dos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil catorce con la base de dos millones doscientos veinticuatro mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fideicomiso Coopemex R.L./ BCR 2010 contra Rafael Ángel Rojas Segura Exp, N° 10-011314-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de abril del 2014.—Lic. Audrey Abarca Quirós, Juez.—(IN2014029650).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de junio del dos mil catorce, y con la base de diez millones quinientos veintiún mil trescientos dos colones con once céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 225131 cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Zaragoza, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, noreste, Leopoldina Solórzano; al sur, suroeste, calle pública; al este, noroeste, lote 46 y al oeste, sureste, Taberna Shere S. A. Mide: doscientos ocho metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de julio del dos mil catorce, con la base de siete millones ochocientos noventa mil novecientos setenta y seis colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de julio del dos mil catorce con la base de dos millones seiscientos treinta mil trescientos veinticinco colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopenae R.L contra Luis Carlos Cubero Sancho y Maris Arcia Cerdas. Exp. 13-007812-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de febrero del 2014.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014029673).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso; a las nueve horas y cero minutos del veintinueve de julio del año dos mil catorce y con la base de cincuenta y tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y tres mil seiscientos setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Cirrí, cantón Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 30 metros de frente; al sur, y al este, Familia Chacón Porras S.R.L; y al oeste, Erick José Chacón Porras y Familia Chacón Porras S.R.L. Mide: mil ochocientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de agosto del año dos mil catorce, con la base de treinta y nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de setiembre del año dos mil catorce con la base de trece millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mike Santamaría Sánchez y otro. Exp. N° 14-000800-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 5 de mayo del año 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014029677).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 319-14136-01-0901-001; a las trece horas y treinta minutos del once de junio de dos mil catorce, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y dos mil doscientos treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno tacotal, pastos 1 casa. Situada en el distrito 08 Biolley, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle en medio Lilliam Arauz otro; al sur, Río Platanillal medio Aníbal Beita; al este, Idalie Mena Rodríguez, y al oeste, Pablo Méndez Mora. Mide: doscientos setenta mil cuatrocientos metros cuadrados. Plano: P-1226754-2008. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil catorce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del once de julio de dos mil catorce con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Claudino Arauz Sánchez. Exp. 13-000819-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 28 de abril del 2014.—Lic. Yesenia Auxiliadora Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014029679).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de julio de dos mil catorce, y con la base de diecisiete millones cuatrocientos cuarenta y seis mil treinta colones con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cuatro mil setecientos setenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Guaycará, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Paulino Roberto Mesen Zúñiga; al sur, Lote 52-A; al este, servidumbre, y al oeste, Lote 51-A. Mide: setecientos cincuenta y ocho metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: P- 0423454-1997. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del ocho de agosto de dos mil catorce, con la base de trece millones ochenta y cuatro mil quinientos veintidós colones con noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil catorce con la base de cuatro millones trescientos sesenta y un mil quinientos siete colones con sesenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Rodríguez Chaves Exp: 13-000584-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 4 de marzo del 2014.—Lic. Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014029683).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 387-03296-01-0901-001 y condiciones y referencias citas 387-03296-01-0906-001; a las ocho horas y treinta minutos del siete de julio de dos mil catorce, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta mil seiscientos catorce-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Sabalito, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, Roy Mora Chaves; al noroeste, calle pública con 56.24 metros de frente; al sureste, Norman Murillo Zamora, y al suroeste, calle pública. Mide: setecientos cincuenta y tres metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Plano: P-0829813-1989. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de julio de dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de agosto de dos mil catorce con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Olman Vargas Caballero. Exp. N° 13-000846-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 10 de febrero del 2014.—Lic. Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014029685).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, para el primer remate de los bienes dados en garantía se señala las diez horas y cero minutos del veinticuatro de junio del año dos mil catorce, rematándose los siguiente bienes: 1) máquina de alta velocidad y multisecuencia para inyección de plástico con panel de control computarizado, marca Mita, modelo doscientos veinte IM, 2) máquina de velocidad convencional para inyección de plástico, con panel de control computarizado, modelo: Mitaplast-doscientos cincuenta SD, y 3) compresor de tornillo marca Kaeser ASD cuarenta S; marca; Kaeser; modelo; ASD cuarenta S. Descripción y base de los bienes: primer bien: máquina de alta velocidad y multisecuencia para inyección de plástico con panel de control computarizado, marca Mita, modelo doscientos veinte IM, diámetro de tornillo: cincuenta y dos milímetros, velocidad de inyección: seiscientos treinta y siete centímetros cúbicos por segundo; presión de inyección máxima: dos mil setecientos setenta y siete kilogramos por centímetro cuadrado; capacidad de inyección: quinientos cincuenta y dos centímetros cúbicos; fuerza de prensado: doscientos veinte toneladas; máximo ancho de prensado: quinientos milímetros; tamaño mínimo de molde: ciento cincuenta milímetros; tamaño máximo de molde: quinientos cincuenta de molde; potencia total: sesenta HP; peso de la maquina: ocho toneladas; especificación de molde: diámetro uno punto dieciocho metros, altura: uno punto cuarenta y seis metros de largo; tipo: base de acero PDS-Tres; eyector de aire. Con los siguientes complementos: a) equipo para enfriar agua (Water Chiler), modelo KT-tres mil; electricidad: tres fases, dimensiones: doscientos doce centímetros (largo) por ochenta y ocho centímetros de ancho por ciento cuarenta y ocho centímetros (altura); fuente: doscientos veinte V, sesenta Hz, potencia: veinticinco Kw, treinta y tres HP; capacidad noventa y dos mil doscientos treinta y ocho Kcal/hr; número de serie nueve cero cuatro dos siete; peso ochocientos sesenta kilogramos; fecha de fabricación: primero de setiembre del año dos mil cuatro; b) torre de enfriamiento fibra de vidrio color gris; características: material de fibra de vidrio, color gris, modelo: lbccincuenta; volumen de trabajo: seiscientos cincuenta l/min, número de serie: cinco cero cinco cero dos uno seis siete; capacidad: trescientos treinta metros cúbicos por minutos; fuente: sesenta Hz, doscientos veinte V; potencia: uno punto cincuenta HP; capacidad: ciento noventa y cinco mil Kcal/hr, c) Robot para autocargado: incluye unidad para auto acomodado de embaces; dimensiones robot: ciento once centímetros (largo) por doscientos dos centímetros de ancho por ochenta centímetros (altura); dimensiones unidad de autoacomodamiento: setenta y cinco centímetros de (largo) por cincuenta centímetros de ancho, por sesenta y cinco centímetros (altura); transportadora de dos punto setenta metros de largo por cero punto cincuenta metros de ancho por cero punto sesenta y cinco metros de altura; túnel para inyección al lado; d) Moldes: Molde para tapa de cuatro cavidades; molde para tapa de ocho cavidades; molde para tapa de ocho cavidades; molde para tapa de cuatro cavidades, capucha. La maquinaria descrita anteriormente se encuentra ensamblada con sus respectivos complementos para su debido funcionamiento como una sola unidad, y no como componentes independientes; dicha maquinaria sale conjuntamente; para el primer remate con la base de noventa y ocho mil seiscientos noventa y seis dólares con cero dos centavos, moneda de los Estados Unidos de América, equivalente al cincuenta y ocho punto noventa y nueve por ciento del  préstamo. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de julio del año dos mil catorce, con la base de setenta y cuatro mil veintidós dólares con cero uno centavos. Moneda de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de julio del año dos mil catorce con la base de veinticuatro mil seiscientos setenta y cuatro dólares exactos, moneda de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Segundo bien: máquina de velocidad convencional para inyección de plástico, con panel de control computarizado, modelo: Mitaplast-doscientos cincuenta SD; país: Taiwain; diámetro de tornillo de inyección: sesenta y cinco milímetros; velocidad de inyección: doscientos veintiún - doscientos ochenta y dos centímetros cúbicos por segundo; presión de inyección máxima: mil quinientos cuarenta y dos - mil novecientos sesenta y seis kilogramos por centímetro cuadrado; fuerza de prensado: doscientos cincuenta toneladas; máximo ancho de prensado: quinientos milímetros; tamaño mínimo de molde: doscientos veinte milímetros, tamaño máximo de molde: seiscientos cincuenta milímetros, capacidad de bombeado: doscientos veinticinco litros por minuto; presión del sistema: ciento cuarenta kilogramos por centímetro cuadrado; voltaje estándar: ciento ochenta y siete voltios; motor: cuarenta HP; requisitos de agua: dieciocho punto setenta galones por minuto; dimensiones de la máquina seis punto cincuenta y siete metros de largo, uno punto cincuenta y ocho metros de ancho y dos punto diez metros de altura, peso de la máquina: once toneladas. Con los siguientes complementos: a) molino para material defectuoso; recicla material defectuoso; color: azul con rojo; fuente: doscientos veinte V; motor marca: Cyco; potencia: ciento quince HP, once KWf; número de serie: nueve tres cero uno cero uno cero cero; año dos mil tres; mil setecientos cincuenta RPM; arrancador magnético Marca: Riken; tipo RAB cincuenta N cincuenta y dos; número de serie: dos mil novecientos treinta AC tres-uno-uno-uno; fuente doscientos veinte V, sesenta Hz; relay térmico: treinta y tres - cuarenta y nueve A; b) horno de ultra violeta; marca: Genstar; país de fabricación Hong Kong; modelo: UV-trescientos RF; color: verde; fuente: doscientos veinte V; flameador marca: Genstar; modelo SKD-DOS A; función: generar flama para abrir poros y luego pasar a la serigráfica; electricidad: doscientos veinte V; incluye: banda transportadora; c) Moldes: molde para tapa de cuatro cavidades, molde para tapa de dieciséis cavidades, molde de cuatro cavidades, molde para tapa veinticuatro/cuatrocientos quince de ocho cavidades, molde para tapa setenta de dieciséis cavidades; d) Cargador automático para mitaplast-doscientos cincuenta SD, modelo: sal ochocientos; e) Impresora para envases, marca Hanky y Partners, número de serie: B-quinientos uno-siete. La maquinaria descrita anteriormente se encuentra ensamblada con sus respectivos complementos para su debido funcionamiento como una sola unidad, y no como componentes independientes; dicha maquinaria sale conjuntamente; para el primer remate con la base de sesenta y tres mil cuatrocientos noventa y cuatro dólares con cero cinco centavos, moneda de los Estados Unidos de América, equivalente al treinta y siete punto noventa y cinco por ciento del préstamo. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de julio del año dos mil catorce, con la base de cuarenta y siete mil seiscientos veinte dólares con cincuenta y tres centavos. moneda de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de julio del año dos mil catorce con la base de quince mil ochocientos setenta y tres dólares con cincuenta y un centavos, moneda de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Tercer bien: compresor de tornillo marca Kaeser ASD cuarenta S; marca; Kaeser; modelo; ASD cuarenta S; capacidad: ciento sesenta y seis CFM-FA@ ciento veinticinco PSI; presión ciento veinticinco PSI; tipo de motor: eléctrico, con cuarenta HP tipo TEFC de alta eficiencia; control: tipo sigma (PC incide); arrancador: tipo estrella-delta, de voltaje reducido; voltaje: doscientos treinta cuatrocientos sesenta voltios /tres fases/sesenta Hz; dimensiones: uno punto cuarenta metros de ancho por uno punto cincuenta metros de alto por cero punto noventa metros de fondo; color: amarillo caterpillar (pintura de tipo electrostática); gabinete: unidad compacta insonorizada con cubierta de metal y materiales aislantes. El compresor está montado en una base sólida con piso de acero y soporte antivibratorios; tamaño de conexión para descarga de aire: treinta y uno punto setenta y cinco milímetros o uno punto veinticinco pulgadas: Con los siguientes complementos: a) secador refrigerativo marca Kaeser TC cuarenta y cuatro; marca: Kaeser; modelo: TC cuarenta y cuatro; capacidad: ciento setenta SCFM-@ cien PSI y cien grados fahrenheit; presión máxima: doscientos treinta PSI; tipo de motor: eléctrico con uno punto sesenta y ocho HP; enfriamiento: por aire; voltaje: doscientos treinta voltios / uno fases / sesenta Hz; dimensiones: cero punto setenta y seis metros de ancho por un metro de alto por cero punto sesenta y siete metros de fondo; color: amarillo caterpillar (pintura tipo electrostática); peso: cuatrocientos cuarenta libras; tipo de refrigerante R ciento treinta y cuatro A; gabinete: unidad compacta insonorizada con cubierta de metal y materiales aislantes; tamaño de conexión para descarga de aire: treinta y uno punto setenta y cinco milímetros o uno punto veinticinco pulgadas para entrada y salida; b) filtro separador marca Kaeser KFS-ciento setenta; marca Kaeser; modelo KFS ciento setenta; capacidad ciento setenta SCFM @ cien PSI; presión máxima: doscientos cincuenta PSI; dimensiones: cero punto sesenta metros de largo por cero punto veinte de ancho; color: negro con amarillo caterpillar; peso: diez punto cincuenta libras; carcasa: modular de alta calidad de aluminio y acero con indicador de nivel líquido; tamaño de conexión para agua de aire: veinticinco milímetros o una pulgada para entrada y salida; c) filtro coalescente para remover aceite, marca Kaeser, modelo Kor ciento setenta; marca: Kaeser; modelo: Kor ciento setenta; capacidad ciento setenta SCFM @ cien PSI; presión máxima: doscientos cincuenta PSI; dimensiones: cero punto sesenta metros de largo por cero punto veinte metros de ancho; color: negro con amarillo caterpillar; peso: diez punto cincuenta libras; carcasa: modular de alta calidad de aluminio y acero con indicador de nivel líquido; tamaño de conexión para descarga de aire: veinticinco milímetros o una pulgada para entrada y salida. La maquinaria descrita anteriormente se encuentra ensamblada con sus respectivos complementos para su debido funcionamiento como una sola unidad, y no como componentes independientes; dicha maquinaria sale conjuntamente, para el primer remate, con la base de cinco mil ciento diecinueve dólares con sesenta y ocho centavos, moneda de los Estados Unidos de América, equivalente al tres punto cero seis por ciento del préstamo. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de julio del año dos mil catorce, con la base de tres mil ochocientos treinta y nueve dólares con setenta y seis centavos. Moneda de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de julio del año dos mil catorce con la base de mil doscientos setenta y nueve dólares con noventa y dos centavos. Moneda de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A. contra El Bongo de San José S. A. Exp. N° 13-011214-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de marzo del 2014.—Lic Audrey Abarca Quirós, Jueza.—(IN2014029700).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del siete de julio de dos mil catorce, y con la base de treinta y dos millones trescientos seis mil trescientos noventa y ocho colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y tres mil seiscientos treinta y uno - cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 07 San Isidro, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, quebrada en medio José Valenciano Madrigal; al sur, calle pública con frente de 10 metros lineales; al este, Luis Carvajal Rodríguez, Eduardo Jiménez Ávila y Jorge Ulate Cruz, y al oeste, Luis Carvajal Rodríguez, Eduardo Jiménez Ávila y Jorge Ulate Cruz. Mide: quinientos cincuenta y tres metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de julio de dos mil catorce, con la base de veinticuatro millones doscientos veintinueve mil setecientos noventa y nueve colones con veintiún céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de agosto de dos mil catorce con la base de ocho millones setenta y seis mil quinientos noventa y nueve colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Ricardo Jiménez Garita y Yendry Yulieth Santamaría Barquero Exp. N° 14-000206-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de abril del 2014.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—(IN2014029733).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condición resolutoria, reservas y restricciones, a las catorce horas y cero minutos del tres de junio de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones ochocientos diecinueve mil seiscientos once colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento nueve mil cuatrocientos setenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno lote B-14 terreno para construir. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Serviforsa S. A.; al sur, Serviforsa S. A.; al este, Serviforsa S. A. y al oeste, calle pública con 8 metros de frente. Mide: ciento cincuenta y un metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de junio de dos mil catorce, con la base de tres millones seiscientos catorce mil setecientos ocho colones con cuarenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de julio de dos mil catorce con la base de un millón doscientos cuatro mil novecientos dos colones con ochenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Graciela Leal Zeledón. Exp. N° 12-000272-0930-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 22 de enero del 2014.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(IN2014029742).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de aguas y Ley de Caminos Públicos citas número 513-5187-01-0004-001; a las nueve horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil catorce, y con la base de cuarenta y tres millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil ciento cincuenta y cinco colones con cuarenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiocho mil ciento cuatro-cero cero cero, la cual es terreno de bosque, reforestación y tacotales. Situada en el distrito 01 Golfito, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Oliverio Ledezma Porras; al sur, Gerardo Duran Ayanegui; al este, Félix Villalobos Villalobos y camino público de diez metros de ancho y al oeste, Danilo Calderón Espinoza y Edwuin Ilivares Campos; sureste, Félix Villalobos Villalobos; suroeste, Félix Villalobos Villalobos. Mide: ochocientos cincuenta y cinco mil seiscientos veinte metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano P-0047957-1992, asimismo, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas número 392-00017280-01-0901-001 y con la base de quince millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil novecientos treinta y cuatro - cero cero cero, la cual es terreno de bosque primario, bosque secundario y tacotal. Situada en el distrito 01 Golfito, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Fratobi S. A. y quebrada catarata, ambos en parte; al sur, calle pública, Edwin Olivares y Lino Agüero todos en parte; al este, Antonio Granados y Edwin olivares, ambos en parte y al oeste, quebrada catarata, Roger Leiva y Román Picado, todos en parte. Mide: un millón quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos sesenta y cuatro metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Plano P-0837051-1990. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil catorce, con la base de treinta y dos millones quinientos noventa y cuatro mil trescientos sesenta y seis colones con cincuenta y seis céntimos, para la primera finca (rebajada en un veinticinco por ciento) y la base de once millones cuatrocientos mil colones, para la segunda finca, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de julio de dos mil catorce con la base de diez millones ochocientos sesenta y cuatro mil setecientos ochenta y ocho colones con ochenta y cinco céntimos, para la primera finca (un veinticinco por ciento de la base inicial). y la base de tres millones ochocientos mil colones, para la segunda finca. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Edwin Olivares Campos, Geiner Olivares Agüero y Marco Antonio Granados Olivares. Exp. N° 13-000226-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 17 de marzo del 2014.—Lic. Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014029776).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del seis de junio del año dos mil catorce, y con la base de quince millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintidós mil quinientos cincuenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Cahuita, cantón Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, resto de Thomas Lazarus Anderson Mc Kensie; al este, Pacífica Quesada Sánchez, y al oeste, resto de Thomas Lazarus Anderson Mc Kensie. Mide: dos mil setecientos veintiséis metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de junio del año dos mil catorce, con la base de once millones setecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de julio del año dos mil catorce con la base de tres millones novecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Leitón Jiménez contra Carlos Alberto Wright Russell, Jason Roy Smith, Leonardo Ansel Rose. Exp. N° 13-001630-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de marzo del 2014.—Lic. Roy Córdoba Hernández, Juez.—(IN2014029790).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación rectificación de medida; a las trece horas y treinta minutos del dos de julio de dos mil catorce, y con la base de cincuenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 71295A-000, la cual es terreno para construido. Situada en el distrito 02 Cartago Occidental, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Loaiza Mejía y Carlos Rivera Bianchinni; al sur, Tulio González González; al este, sucesión Salguero, y al oeste, Carlos Loaiza Mejía y calle novena. Mide: cuatrocientos ochenta y ocho metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de julio de dos mil catorce, con la base de cuarenta y un millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del once de agosto de dos mil catorce con la base de trece millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gilbert Piedra Montero contra Andrea Roldan Solano Exp. 13-009262-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 29 de abril del año 2014.—Lic. Jessika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014029798).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de junio del año dos mil catorce y con la base de noventa y ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 197963-000, la cual es terreno con una casa y un local destinado a imprenta. Situada en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al noreste Rubén Soto patio de casa, al noroeste Dolores La Fuente Bodegas a 15 metros, al sureste Mario Vega y al suroeste calle pública con 21.24 metros de frente. Mide: setecientos tres metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del ocho de julio del año dos mil catorce con la base de setenta y tres millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintitrés de julio del año dos mil catorce con la base de veinticuatro millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Litografía O & L S. A., Transacciones Comerciales Tercio Sociedad Anónima Exp. N° 08-011533-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de mayo del año 2014.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—(IN2014029805).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del cuatro de junio del año dos mil catorce, y con la base de cuatrocientos treinta y dos mil novecientos noventa y cinco colones con cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diez mil trescientos noventa y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Sixaola, cantón Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Manuel Ortiz Chavarría; al sur, resto de Claudia Delfina Ortiz Chavarría; al este, resto de Claudia Delfina Ortiz Chavarría, y al oeste, calle pública con un frente de cuarenta y nueve metros veinticinco centímetros. Mide: Mil ciento veintiún metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de junio del año dos mil catorce, con la base de trescientos veinticuatro mil setecientos cuarenta y seis colones con veintiocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de julio del año dos mil catorce con la base de ciento ocho mil doscientos cuarenta y ocho colones con setenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Matamoros Ulate y otra. Exp. N° 13-001369-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 5 de marzo del 2014.—Lic. Mario García Araya, Juez.—(IN2014029978).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del tres de junio de dos mil catorce, y con la base de ochocientos cuarenta y un mil setecientos tres colones con veinticinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa MOT 178605, marca: Vento, estilo: Rebellian categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas serie: 5KMMCG2L575011748, año: 2007, color: anaranjado. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil catorce, con la base de seiscientos treinta y un mil doscientos setenta y siete colones con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de julio de dos mil catorce con la base de doscientos diez mil cuatrocientos veinticinco colones con ochenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa S. A. contra Dimas Danilo Marenco Hidalgo. Exp. N°  08-014881-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de febrero del 2014.—Lic. Éricka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014030106).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Bernabé Álvarez Álvarez, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las nueve horas del diecisiete de junio del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 12-000162-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 13 de marzo del 2014.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—(IN2014021432).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Víctor Eduardo Ramírez Cruz, cédula de identidad número 0400730560, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de junio del año dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 12-000453-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 16 de enero del año 2014.—Lic. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014026011).

Proceso prueba anticipada de Óscar Carranza Sánchez contra Corporación Chalo Vargas Chalova de Occidente S. A., cédula jurídica 3-101-446089, que mediante resolución de las ocho horas y cuarenta y nueve minutos del doce de marzo del dos mil catorce y de las diez horas y cuarenta y seis minutos del treinta de abril del dos mil catorce, se dispuso a convocar al señor Hersan Vargas Rojas cédula 2-536-492 secretario de la sociedad, a Brainer Estanislao Vargas Rojas, cédula 2-521-287 tesorero de la citada sociedad y a todos los socios de Corporación Chalo Vargas Chalova de Occidente S. A., a la junta que se celebrara en este Despacho a las nueve horas cero minutos del cinco de agosto del año dos mil catorce, para nombrar representante legal de la referida sociedad conforme lo dispuesto en el artículo 266 del Código Procesal Civil. Exp. N° 13-000074-0296-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 30 de abril del 2014.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—(IN2014027347).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Víctor Manuel Cordero Camacho, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del diecinueve de junio del año dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp.: Nº 12-000504-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 17 de diciembre del 2013.—Msc. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2014027614).

Títulos Supletorios

Marta Sánchez Padilla, mayor, del hogar, cédula de identidad número tres-ciento veinte uno-cero cero nueve, vecina de Buenos Aires de Puntarenas, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de pasto y casa, situado en el distrito primero Buenos Aires del cantón tercero Buenos Aires, de la Provincia Sexta Puntarenas, con los siguientes linderos: norte con calle pública; al sur, con Flory Mirey Varela Solís; al este, con María Eugenia González Cruz; y al oeste, con Quebrada. Mide Seiscientos ochenta y cinco metros cuadrados, según plano catastrado P-1594188-2012. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de dos millones de colones, igualmente las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente número 13-100050-1046-CI (61-13) establecidas por Marta Sánchez Padilla.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 26 de marzo del 2014.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014025023).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 08-000257-0387-AG, diligencias de información posesoria por parte de Carlos Manuel Soto Miranda, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Armenias de Upala, cédula seis-cero ciento quince-cero doscientos seis, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de repasto. Situada en el distrito Upala, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Florencia Rodríguez Ugalde y Carlos Manuel Soto Miranda; al sur, calle pública; al este, Cristian Mauricio Soto Cambronero, Carlos Adrián Soto Rodríguez, Asdrúbal Araya Suarez y Carlos Manuel Soto Miranda y al oeste, calle pública. Mide: veintiocho hectáreas siete mil trescientos treinta y dos metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-uno dos nueve tres uno cero cero-dos mil ocho. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de un millón de colones y las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento general del inmueble, cercarla, chapearla y siembra de árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Carlos Manuel Soto Miranda. Exp. N° 08-000257-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 23 de abril del 2014.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2014025343).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 14-000015-0678-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de la Junta Administrativa Liceo de Venecia; cédula jurídica 3-008-345700, representada por su Presidente señor Jorge Alberto Céspedes Salazar, quien es mayor, casado una vez, agricultor, cédula 7-048-1395, vecino de Venecia de Matina del acueducto cuatrocientos metros al este; a fin de inscribir a nombre de su representada y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno con una edificación. Situada en el distrito tercero Carrandí, cantón quinto Matina de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de dieciséis punto cincuenta metros; al sur, al este, y al oeste, con la Junta Administrativa Liceo de Venecia. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en el uso, mantenimiento y conservación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por la Junta Administrativa Liceo de Venecia. Exp. N° 14-000015-0678-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 4 de febrero del 2014.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—(IN2014025344).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 09-000002-0689-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Graciela Monge Jiménez, quien es mayor, viuda, vecina de Jericó de Desamparados, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-dos cinco seis-siete dos siete, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público una Propiedad, cuyo terreno que se describen así: Finca cuya naturaleza es de café, charral, y una casa. Situada en el distrito San Miguel, cantón Desamparados, de la provincia de San José. La finca por inscribir perteneciente a la provincia de San José descrita en el plano SJ-1285652-2008 con una medida de nueve mil ochocientos ochenta y siete metros cuadrados con treinta y ocho decímetros cuadrados, y que colinda al norte, Claudio Ceciliano Hidalgo, al sur, Jorge Isidro Padilla Ureña, al este, Oldemar Arias Gamboa, Ulises Arias Gamboa y Marcelino Arias Gamboa, Oeste, calle publica con un frente de setenta y siete metros y seis centímetros. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones, respectivamente cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra y venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta y ocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cuido y mantenimiento del área total de la propiedad, construcción de casa de habitación, cultivo café. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Graciela Monge Jiménez. Exp. N° 09-000002-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 8 de abril del 2014.—Lic. Wilberth Álvarez Li, Juez.—1 vez.—(IN2014025345).

Frainli Antonio Rojas Sandoval, mayor de edad, constructor, casado una vez, vecino de Las Flores de Bijagua de Upala, cédula de identidad cinco-doscientos cuarenta y nueve-ochocientos cuarenta y dos, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de La Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales los inmuebles que se describen así: Primero: Terreno de repasto, ganadería, con un galerón y una casa, situado en Las Flores de Bijagua. (distrito cuarto), de Upala (cantón trece), de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, calle pública con un frente de doscientos noventa metros con ochenta y tres centímetros lineales y un ancho de catorce metros lineales y Frainli Antonio Rojas Sandoval, sur, Frainli Antonio Rojas Sánchez, Las Pumas S. A., este, Riachuelo en medio de Antonio Vásquez Chavarría y Josefina Mejías Vegas, y calle pública con un frente de cincuenta y nueve metros con noventa y ocho centímetros lineales y un ancho de catorce metros lineales oeste, Frainli Rojas Sandoval, Franklin Rojas Sandoval y calle pública con un frente de ciento setenta y cuatro metros con veinticuatro centímetros lineales. Según plano catastrado A-un millón doscientos ochenta y un mil novecientos noventa y seis-dos mil ocho mide de extensión tres hectáreas cuatro mil ciento cuarenta y dos metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Lo adquirió por compraventa verbal de Ramona Sandoval Cruz C.C Emelina Sandoval Cruz en abril de mil novecientos noventa y cinco. Segundo. Terreno de repasto y ganadería, situado en Las Flores de Bijagua. (distrito cuarto), de Upala (cantón trece), de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Las Punas S. A., sur, William Herrera Álvarez, este, calle pública con un frente de ochenta y seis metros lineales, y oeste, Carlos Ledezma Soto. Según plano catastrado A-ciento trece mil seiscientos veinte-mil novecientos noventa y tres mide de extensión una hectárea siete mil noventa y tres metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Lo adquirió por compraventa de Adrián Antonio Díaz Bello el trece de mayo del dos mil seis. Manifiesta que no están inscritos, que carecen de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tienen condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre los inmuebles Estima el inmueble primero en dos millones de colones y el segundo en un millón de colones y el proceso en quinientos mil colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Frainli Antonio Rojas Sandoval. Exp. N° 10-000192-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 1° de abril del 2014.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2014025347).

Se hace saber: que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 12-000072-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ángel Ottón Hernández Rodríguez, quien es mayor, casado una vez, vecino de buenos aires de Puntarenas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-852-285, mecánico, a fin de inscribir a su nombre y ante el registro público de la propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno con casa y cultivos anuales. Situada en San Rafael en el distrito noveno Brunka, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Junta de Educación Escuela de San Rafael; al sur, Efraín Sánchez Rojas; al este, Fernely Valverde Valverde; con quebrada la palma de por medio y al oeste calle pública con un frente lineal de ciento ochenta metros con noventa y ocho centímetros.- mide: dieciocho mil noventa y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1474511-2011. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación de parte de Otton Hernández Acuña, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, rondas, chapias y cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del registro público de la propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ángel Ottón Hernández Rodríguez. Exp. N° 12-000072-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 12 de febrero del 2013.—Lic. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—William Roberto Arburola Castillo.—1 vez.—(IN2014025359).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000121-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Corporación Santa Rosa de Ocopo S. A., con domicilio social en San José, del Hotel Torremolinos 100 metros este y 650 metros sur, portador de la cédula jurídica que exhibe número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil ochocientos setenta y nueve, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público una Propiedad, cuyo terreno que se describen así: Finca cuya naturaleza es de bosque. Situada en el distrito Colón, cantón Mora, de la provincia de San José. La finca por inscribir perteneciente a la provincia de San José descrita en el plano SJ-903073-2004, con una medida de cuatro mil setecientos tres mil metros cuadrados y que colinda al norte, Santa Rosa de Ocopa S. A.; al sur, con calle publica; al este, Inversiones y Desarrollo el Rodeo S. A. y calle publica con una medida de 20 metros cuadrados, oeste, con calle pública. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de veinte millones de colones, respectivamente cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de catorce años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza e instalación de cercas y caminos, limpieza del terreno, conservación y siembra de zonas verdes, especies florales y arboledas, cría porcina, construcción de un chiquero y siembra de árboles ornamentales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Corporación Santa Rosa de Ocopo S. A., expediente N° 13-000121-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 8 de abril del año 2014.—Dra. Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—(IN2014025370).

Se hace saber: Que ante este despacho se tramita el expediente N° 13-160059-642-AG donde se promueven diligencias e Información Posesoria por parte de Rosalba Jiménez Marín quien es mayor, estado civil divorciada, vecina de Palmital de Miramar, tres kilómetros al sur de la escuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-dos tres ocho-nueve cero seis, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la propiedad, el terreno que se describe así : Finca cuya naturaleza es terreno para construir, con una casa de habitación. Situada en el distrito dos la unión, cantón cuatro Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle publica; al sur, Hugo Herrera Castro; al este, calle pública, y al oeste, Yorleny Mesen Herrera. Mide: Veinticinco mil seiscientos cincuenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 6-1603225-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por Posesión Originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta pública pacifica ininterrumpida de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de árboles y hortalizas, darle mantenimiento y limpieza constante. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso de información posesoria, promovida por Rosalba Jiménez Marín, expediente N° 13-160059-642-AG.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—(IN2014025397).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000013-0341-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de José Alberto de los Ángeles Sarkis Vargas quien es mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de Guápiles, Pococí, Limón del cementerio un kilómetro y medio al norte, contiguo al Aserradero Sarquis, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 7-0050-1166, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en el distrito doce Chirripó, cantón cinco Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, José Alberto León Chavarría y Empresa Inversiones Arias Campos Sociedad Anónima; al sur, Maribel Chavarría López; al este, Miguel Arias Jiménez, y al oeste, calle pública. Mide: Tres mil doscientos ochenta y seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-1597599-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de nueve millones ochocientos cincuenta mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza el terreno y mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Alberto de los Ángeles Sarkis Vargas, expediente N° 14-000013-0341-CI.—Juzgado Agrario de Turrialba, 21 de abril del año 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014025408).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000024-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Pascual Avalos Taleno quien es mayor, soltero en unión de hecho, vecino de Santa Rosa de Río Jiménez, Guácimo, Limón, cédula de residencia uno cinco cinco ocho uno siete ocho cinco cuatro dos tres cuatro, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es cultivos y casa. Situada en, El Caserío Santa Rosa, distrito cuarto Río Jiménez, cantón sexto Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al noreste, José Roger Maroto Molina; al noroeste, Gilberto Arguedas Azofeifa; al este, Margarita León Chavarría, y al oeste, Lucas Hernández Blandon. Mide: cinco mil diecinueve metros (cuadrados), tal como lo indica el plano catastrado número L-1641871-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones y el inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 13 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Pascual Avalos Taleno, expediente N° 14-000024-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 9 de abril del 2014.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—(IN2014025411).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000052-0681-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Nidia Inés Solís Alfaro quien es mayor, estado civil soltera, ama de casa, cédula de identidad número 2-260-285, vecina de Roxana de Pococí, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar. Situada en el distrito cuarto, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de ocho metros con noventa centímetros lineales; al sur, Acequia y Francisco Campos Bolaños; al este, María Gregoria Pérez Moralas, y al oeste, Jorge Eduardo Cubero Solís. Mide: trescientos cincuenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Nidia Inés Solís Alfaro. Expediente N° 13-000052-0681-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 31 de marzo del año 2014.—MSc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—(IN2014025545).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-101165-0297-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Olman Mauricio Soto Quesada, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Sabanilla de Montes de Oca San José, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-mil treinta y siete-ochocientos treinta y siete, profesión publicista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en San Pedro de la provincia de Alajuela, la cual es terreno de árboles frutales. Situada en San Pedro el distrito ocho La Tigra, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Cerros de la Tigra S. A.; al sur, calle pública con un frente a ella de trece metros con cuarenta y siete centímetros lineales; al este, Steven Soto Quesada, y al oeste, Carlos Francisco González Quesada. Mide: quinientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación que le hiciere Francisco Quesada Corrales quien es mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad dos-ciento cincuenta y cuatro setecientos veinte, en fecha 7 de mayo de 2011 y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiar el terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Olman Mauricio Soto Quesada, expediente N° 12-101165-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 24 de marzo del año 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014030005).

Citaciones

Ante esta notaría se está tramitando proceso sucesorio ad intestato de quien en vida se llamó Herbert Wohlleben, quien fue mayor, pensionado, ciudadano de Alemania, quien portó el pasaporte de su país número ocho ocho dos cero cero cuatro uno siete seis cero. Se cita y emplaza a los presuntos herederos y demás interesados en el proceso para que dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial se apersonen a hacer valer sus derechos apercibiéndose de que si no lo hicieran la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Notaría del Lic. César Jiménez Fajardo, Nicoya, Guanacaste, setenta y cinco metros al sur del parque, a las ocho horas del nueve de marzo del dos mil catorce.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2014024721).

Mediante acta de apertura solicitada ante esta notaría por María Belén Barrios Chavarría, en calidad de albacea, a las 15 horas del 6 de marzo de 2014 y comprobado el fallecimiento de Reyes Manuel Barrios Barrios, mayor, soltero, costarricense por naturalización, agricultor, con domicilio en Limón, Río Blanco 200 oeste de Tuki Tuki, portador de la cédula de identidad 8-062-665, acaecido en Limón el 18 de junio de 2010. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. German Ortiz Castro, Cieneguita, Limón.—Lic. German Ortiz Castro, Notario.—1 vez.—(IN2014024731).

Se tiene por establecido el presente proceso sucesorio intestado del señor que en vida se llamó Hermes Sergio de los Ángeles Mena Jiménez, se emplaza a todos los interesados por el plazo de treinta días para que se apersonen al proceso mismo que se tramita en actividad judicial no contenciosa ante el notario público Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, con oficina en Cartago, sita cien metros norte y veinticinco metros de la esquina noreste de los Tribunales de Justicia.—Cartago, diecinueve de marzo del dos mil catorce.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2014024763).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carmen Arce Ramírez, mayor, casada una vez, ama de casa, nacionalidad Costarricense, con documento de identidad número 3-0129-0531 y vecina de Cartago, Barrio Los Ángeles; 200 metros este, 25 metros sur de la Basílica. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000473-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 3 de marzo del 2014.—Msc. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—1 vez.—(IN2014024973).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señora Marisol Vargas López, quien fuera mayor, soltera, cédula 1-524-811, vecina de San José, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se apersonan dentro de ese término, la herencia pasará a quién corresponda. Exp. N° 13-100149-0216-CI.—Juzgado Contravencional Menor Cuantía San Sebastián, 5 de marzo del 2014.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—(IN2014024973).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Félix González Granados, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula número tres-cero cero sesenta y ocho-cero doscientos ochenta y siete, vecino de Escazú y Marta Emilia Porras Rivera, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número uno-cero doscientos dieciocho-cero trescientos cuatro, vecina de Escazú; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-000072-182 CI (3). Sucesión de Félix González Granados y Marta Emilia Porras Rivera.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 4 de abril del 2014.—Msc. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—1 vez.—(IN2014024994).

Se emplaza a todos los interesados, herederos o acreedores en la sucesión de Marielos Avalos Amador, quién fue mayor, costarricense, portó la cédula de identidad número seis-doscientos setenta y siete-quinientos sesenta y uno y vecina de Ciudad Cortés, Ojochal, Osa, Puntarenas, un kilómetro norte, de la Escuela de Ojochal, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente N° 13-100050-0423-CI (2).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Osa, Ciudad Cortés, a las ocho horas del catorce de enero del dos mil catorce.—Lic. Frank Mckenzie Peterkin, Juez.—1 vez.—(IN2014025057).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Salazar Arroyo, mayor, casado, pensionado, costarricense, con cédula de identidad 0101230194 y vecino de Tibás. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000082-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de febrero del 2014.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2014025067).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan José Segura Fonseca, mayor, estado civil casado, profesión Médico Patólogo, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0102910667 y vecino de Calle Blancos, Montelimar. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000129-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 1 de abril del 2014.—Lic. Francis Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014025117).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Francisco Barboza Jiménez; quien fuera mayor, casado, cédula de identidad número 1-520-797, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 13-100003-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 21 de junio del 2013.—Lic. Sirlene Salazar Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014025130).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Luis Arias Umaña; quien fue mayor, soltero, constructor, cedula de identidad 1-0178-0360 y vecino de San Rafael de Escazú, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Proceso sucesorio número 14-000011-0221-CI (44-2014) de Jorge Luis Arias Umaña promovido por Fernando Antonio Arias Espinoza Herrera. Publíquese una sola vez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, 21 de abril del 2014.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—(IN2014025287).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Norma Hilda Ortiz Arauz, mayor, soltera, con documento de identidad seis-ciento nueve-seiscientos treinta y siete, y vecina de Pérez Zeledón, Bario Cooperativa, veinticinco metros al sur del local de Cabletica, casa a mano izquierda color amarilla. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000008-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 21 de abril del año 2014.—Lic. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014025518).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Álvaro Murillo Morales Morales, mayor, casado dos veces, mecánico automotriz, con documento de identidad 1-0174-0817 y vecino de Alajuelita. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-100127-0216-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián, a las once horas ocho minutos del diecinueve de noviembre del dos mil trece.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2014025519).

Se emplaza: A todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Roger Ángel López Mendoza, quien fue mayor, divorciado una vez, vecino de Desamparados, cédula de identidad 6-0114-0201, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-100021-0217-CI. Sucesión de Roger Ángel López Mendoza.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 17 de marzo del 2014.—MSc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014025521).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Gómez Gómez Clotilde, quien en vida fue mayor, soltera, ejecutiva del hogar, con cédula número seis-cero sesenta y siete-ciento treinta y cinco, vecina de la provincia de Puntarenas, cantón: Corredores, la Nubia kilómetro veinticinco, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda.- Proceso sucesorio número 09-100140-0920-CI-1 promovido por Gómez Gómez Guadalupe Gerardo.—Juzgado Civil y Trabajo del segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, Ciudad Neily, 12 de marzo del 2014.—Lic. Guiselle Argüello González, Jueza.—1 vez.—(IN2014025541).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de, María Paz Victoria Piña Batres, conocida como Victoria Piña Batres, quien en vida fue mayor, soltera en unión libre, ama de casa, con cédula de identidad número 5-0090-0302; vecina de Corralillos de Carrillo, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a ésta notaría ubicada en Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Gerardo Enrique Picon Chávez, teléfono 2688 86 61- 2688 86 82.—Filadelfia, 28 de abril del 2014.—Lic. Gerardo Enrique Picon Chávez, Notario.—1 vez.—(IN2014026516).

Se emplaza a los herederos, acreedores y demás interesados en el Proceso Sucesorio extrajudicial de, Clara Cedeño Armengor, conocida como Clara Almengor Cedeño, Clara Cedeño Cedeño, Clara Cedeño Almengor, quien en vida fue, mayor, viuda una vez, vecina de La Mona de Golfito, cédula seis-cero siete seis-dos dos siete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría, sita en Golfito de Puntarenas, veinticinco metros sur de comercios costarricenses, en Pueblo Civil, Fax: 2775-17-85. Tel: 2775-02-06, apercibidos de que si no lo hacen la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente 01-2014.—San José, 21 de abril del 2014.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2014026591).

Se cita y emplaza a todos los interesados del causante Marcelo Zamora Solís, quien fue mayor, casado en terceras nupcias y portador de la cédula costarricense número uno-trescientos cuatro-ochocientos setenta y seis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentaren dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. 0001-2014.—San José, 29 de abril del 2014.—Lic. Eduardo Rojas Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014026646).

Se cita y emplaza todos los interesados en la Sucesión de Arnoldo Manuel López Muñoz, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula cuatro-cero ocho tres-uno cuatro uno, vecino de Coronado, San Antonio de la iglesia católica ciento cincuenta metros al oeste y doscientos metros al sur para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2014. Notaría del Bufete de la Licda. Yamilett Mayela Fernández Sandí, Notaria.—1 vez.—(IN2014026703).

De acuerdo a lo establecido en el Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los interesados que ante esta Notaría se está tramitando la sucesión de quien en vida fue, María Enriqueta Sequeira Sequeira, conocida como Sonia Sequeira Sequeira, quien al fallecer era mayor, soltera, pensionada, cédula siete-cero dos uno-seis tres nueve, vecina de Limón, Barrio Roosevelt cien metros al norte de primera iglesia Bautista. Las oficinas de la suscrita en encuentran en la provincia Limón, cantón Limón, distrito Limón, veinticinco metros al oeste de la Clínica Somedica, en el Bufete Alle & Asoc. Teléfono 2798-3898; fax 2758-1673. El emplazamiento legal es de treinta días a partir de la publicación para que interesados y presuntos herederos se apersonen a esta notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieron la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Exp.: 001-2014.—Limón, 28 de abril del 2014.—Licda. Sonia Magaly Ching Moraga, Notaria.—1 vez.—(IN2014026723).

Se cita y emplaza a interesados en la sucesión de, Francisco José Sáenz Calvo, mayor casado una vez pensionado, vecino de Heredia, San Rafael, diagonal al restaurante Oasis, cédula tres-ciento noventa-novecientos setenta y dos; para que dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. 0001-2014.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—(IN2014026738).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Luis Alberto León Chin, María Ofelia León Chiu, Daniel León León, Alberto León León, y Karen Pamela León León, a las ocho horas del veinticinco de abril del año dos mil catorce y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio de, quien en vida fue Yiu Kwan Leon Leung, conocido como Carlos León Leung, mayor, casado en primeras nupcias, comerciante, vecino de Limón, Sixaola, contiguo a la Discoteca Guaicaro, portador de la cédula de identidad número ocho-cero cero cinco cinco-cero cero dos ocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Fabiana Gutiérrez León - Páez, de la ciudad de San José, Escazú, Centro Comercial Avenida Escazú, edificio AE doscientos dos, local doscientos seis, segundo piso. Teléfono 2206-6850.—Lic. Fabiana Gutiérrez León-Páez, Notaria.—1 vez.—(IN2014026746).

Notaria del Licenciado Carlos Alberto Retana Retana. Alajuelita, a las ocho horas del primero de marzo del año dos mil trece, comprobada la defunción de Mirna Mata Ruiz mayor, casada, del hogar, cédula 6-0086-0975, vecina de San Felipe de Alajuelita, del Templo Católico 50 metros oeste, se declara abierto su proceso sucesorio, se designa albacea a Eliécer Solís Porras, mayor, viudo, pensionado, cédula 1-0283-0174, de su mismo domicilio. Se cita y emplaza a interesados, para que en el plazo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos. Notaría, Alajuelita Centro, 50 metros norte del BNCR. Fax 2214-0753, correo: carretana2011@hotmail.com Lic. Carlos Alberto Retana Retana, Notario.—1 vez.—(IN2014026756).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Gilda María Rojas Durán, mayor, soltera, de oficios domésticos, vecina de Sandillal de Cañas, cédula cinco-ciento sesenta y cuatro-novecientos sesenta y nueve, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Otilia Jesús Dolores Durán Gutiérrez, mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de río Naranjo de Bagaces, cédula cinco-cero cuarenta y seis-ciento ochenta, fallecida el día tres de febrero de dos mil ocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Ester Cecilia Solano Jérez, en Cañas, Guanacaste, del Banco Nacional cien metros norte y veinticinco metros oeste, teléfono 2669-0850.—Lic. Ester Cecilia Solano Jérez, Notaria.—1 vez.—(IN2014026820).

Se cita y se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue, Secundino Prado Chinchilla, cédula uno-doscientos setenta y siete-ochocientos noventa y siete, mayor, casado dos veces, pensionado, vecino de Cartago, Linda Vista, La Unión, sector D-tres, casa número ciento cuatro, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del aviso en el Boletín Judicial, comparezcan ante este despacho a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro de ese plazo los bienes sucesorios pasarán a quien corresponda. El expediente se encuentra en la notaría del Licenciado Roberto Carlo Castillo Araya, situado en San José, La Uruca, 25 metros sur de la Agencia Kía, Centro Ejecutivo Kayros, Oficina número 2. Expediente número 002-2014, Sucesión de Secundino Prado Chinchilla, promueve: Luz María Chichilla Araya.—San José, 2 de mayo del 2014.—Lic. Roberto Carlo Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2014026826).

Se emplaza a los herederos, acreedores y demás interesados en el sucesorio de quien en vida fue Roberto Arias Rodríguez, casado una vez, constructor, cédula número 1-472-453, vecino de La Trinidad de Moravia, para que dentro del término de 30 días contados a partir de esta publicación se apersonen ante el Despacho del suscrito notario, sito en Santiago de Puriscal, costado norte de la gruta, barrio Los Ángeles, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentan, la herencia pasará a quien legalmente corresponda.—Puriscal, dos de mayo del 2014.—Lic. Miguel Arnulfo Badilla Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(IN2014026861).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue, Rafael Mejías Orozco, casado, comerciante, cédula 2-146-941 para que se apersonen a mi Oficina a hacer sus derechos, en donde se tramita su sucesorio bajo el expediente número 01 2014. Los interesados deberán presentarse dentro de los treinta días desde de la publicación de este edicto. Avenida octava calle Alfredo Volio San José.—Lic. José Rafael Sancho Juárez, Notario.—1 vez.—(IN2014026864).

Con treinta días de término, se cita y emplaza a herederos e interesados en la Sucesión Extrajudicial, de quien en vida se llamó Rafael Ángel Ovares Orozco, mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número seis-cero noventa y nueve-mil trescientos treinta y nueve, vecino de Atenas, Alajuela, Barrio Los Ángeles, calle Maurilio Ramos casa contigua al restaurante La Trocha del Boyero, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaria, a reclamar sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren en tiempo y forma, la herencia pasará a quien en derecho corresponda.—Alajuela, treinta de abril del dos mil catorce.—Lic. Ana Lorena Castro Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2014026889).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Mario Eduardo Gutiérrez Morera, a las diez horas del dos de mayo del año dos mil catorce y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de Mario Eduardo Gutiérrez Ramírez, quien en vida fuera, mayor, costarricense, divorciado, vecino de Sabanilla contiguo al Restaurante Fridays, cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos cincuenta y cuatro-cero quinientos noventa y siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Lizzeth Fernández Brenes. Cartago, Barrio El Molino de la Funeraria La Última Joya ciento setenta y cinco metros al sur. Teléfono 2553-3109 ó 8821-3301.—Cartago, cinco de mayo del dos mil catorce.—Lic. Lizzeth Fernández Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2014026919).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de, Jesús Bernardino Villalobos Leal, quien fue mayor, soltero, electricista de casa, vecino de Heredia, cédula 5-194-306, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la única publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, apercibidos los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente sede notarial número 001-2014. Notario Público Juan Luis Calderón Castillo. Carné 3302. San José, Moravia, cincuenta metros oeste Banco Nacional de C. R. Telefax 2240-7039-Móbil 8834-7205.—Moravia 28 de abril del 2014.—Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2014027030).

Se emplaza a los herederos y demás interesados en la Sucesión Conjunta de quienes en vida se llamaron Guillermo Víquez Ugalde, cédula número 9-018-654, y la señora Cecila Vega Soto, cédula 2-209-741, para que dentro del término de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0002-2014 de la Notaría del Licenciado Isaac Montero Solera, Barva de Heredia, del Banco de Costa Rica, 100 metros al norte y 125 al este.—Barva de Heredia, 15 horas del 24 de abril del 2014.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—(IN2014027116).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de, Franklin Zúñiga Campos, quien en vida fue mayor, soltero, pensionado, vecino de Desamparados, Urbanización Los Duraznos, casa número dieciséis, portador de la cédula de identidad número seis-cien-ciento setenta y siete, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2014-001. Notaría de Flor Eugenia Castillo Castro, San José, Guadalupe, del Centro Comercial de Guadalupe, setenta y cinco metros al este.—Lic. Flor Eugenia Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—(IN2014027209).

Se hace saber que ante esta notaría, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fue Benjamín Edelberto Vargas Solano, quien fuera mayor, cédula de identidad tres - cero uno cuatro cuatro - cero ocho cinco cero, casado una vez, vecino de Cartago, Paraíso, Llanos de Santa Lucia, de la escuela de Llanos de Santa Lucia, doscientos metros este, casa esquinera color verde turquesa, frente a la plaza de deportes. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con al apercibimiento a aquellos que crean tener derecho de herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, Cartago, de la esquina sureste de los Tribunales de Justicia, setenta y cinco metros este Bufete Arce Acuña y Asociados.—22 de abril de dos mil catorce.—Dra. Angie Arce Acuña, Notaria.—1 vez.—(IN2014027286).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la Sucesión de María García Segura, quien fuese mayor, soltera, cédula de identidad número uno-cero dos cuatro ocho-cero uno siete nueve vecina de Candelarita de Puriscal, San José, Costa Rica, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la oficina de la notaria pública Laura Francini Chacón Chavarría, situada en San José, cuatrocientos metros oeste, setenta y cinco metros norte de los semáforos de Hatillo Ocho, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente notarial cero cero uno-dos mil catorce.—San José, veintisiete de marzo del dos mil catorce.—Lic. Laura Francini Chacón Chavarría, Notaria.—1 vez.—(IN2014027299).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor Taxa Akira Chan Araya, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 13-002132-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de abril del 2014.—Msc. Agustín Díaz Delgado, Juez.—Exento.—(IN2014024251).            3 v. 3.

Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez del Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón; hace saber a la acreedora Karla Vanessa Morera Fernández, documento de identidad 02-0689-0840, que en este Despacho, se interpuso un proceso ejecución hipotecaria en su contra, bajo el expediente número 13-004701-1203-CJ donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: ... Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, a las veintiuno horas y cuatro minutos del siete de febrero del dos mil catorce. Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra de Chavarría Mora S. A., representado por Tarcisio Chavarría Vargas; a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta, N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Igualmente se les invita a utilizar. El Sistema de Gestión en Línea, que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.c.rAsimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto, se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) número de cédula, h) Lugar de residencia, con la base de cuarenta y dos millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando dos servidumbres de paja de agua, dos servidumbres sirviente y servidumbre de paso; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos setenta y tres mil quinientos ochenta y ocho cero cero cero. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del trece de mayo del dos mil catorce (Primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de mayo del dos mil catorce, con la base de treinta y un millones ochocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del doce de junio del dos mil catorce, con la base de diez millones seiscientos doce mil quinientos colones exactos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al demandado. Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción de la finca garante. Mediante anotación tecnológica inscríbase en el Registro Nacional los respectivos embargos; para lo cual aporte la parte actora el monto de dos mil colones en timbres del Registro Nacional. Mientras haya negativa o morosidad en el pago oportuno del tributo, el mandamiento no se inscribirá. Al tenor de los artículos 2 y 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable plazo de ocho días, se cita y emplaza a la acreedora Karla Vanessa Morera Fernández; para que se apersone a los autos en defensa de su derecho. Indíquese dirección para notificarla. “Se invita a la parte gestionante a que suministre un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Notifíquese a la sociedad demandada la presente resolución, por medio de su representante, personalmente o por medio de cédula o copias de ley en su casa de habitación; en el domicilio real de éste, o bien en el domicilio social o real. Artículos 19 y 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón). Siendo que se comisiona para notificar al demandado por medio de la Oficina de Comunicaciones judiciales y otras Comunicaciones de este Circuito Judicial, se le indica a la parte actora que deberá aportar un juego de copias para notificar a Chavarría Mora S. A., dentro de los tres días siguientes a la notificación del presente auto. Dicho juego de copias deberá ser presentado directamente en la Oficina anteriormente dicha, con la finalidad de no crear atrasos innecesarios en el trámite de notificación al demandado que se indicó. Para evitar atrasos y/o eventuales inconvenientes en la tramitación de las anotaciones de embargo, producto de la prevención de pago de timbres o defecto en la demanda, se insta a la parte interesada para que al cumplir con lo prevenido, identifiquen el escrito en la parte superior con letras mayúsculas, subrayadas y en negrita, con la frase: Se aporta timbres, a fin de conocer su naturaleza y contenido para que el Despacho, le dé el seguimiento y prioridad necesarios. En otro orden de ideas, se les pone en conocimiento de las partes, que una vez firmados los oficios recordatorios a entidades comisionadas, nuevas comisiones, los oficios de embargo de salario y bancarios, los mismos deben ser diligenciados en forma personal por quienes los solicita y hacer llegar al Despacho, los resultados obtenidos. Los documentos los podrán bajar por medio del Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales a través de la página www.Poder-Judicial.go.cr.Las partes deberán comunicarse al Despacho, para la solicitud de clave de autorización para el uso del sistema de Gestión en Línea. Lic. Allan López Chacón. Juez. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Ángel Arroyo Morales contra Chavarría Mora S. A. Expediente Nº 13-004701-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 21 de abril del 2014.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014025158).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramitan diligencias de cambio de nombre promovidas por Bernal Alfonso Zamora Sequeira, quien es mayor, soltero, estudiante, portador de la cédula de identidad número dos-cero quinientos cincuenta y cuatro-cero cuatrocientos cuarenta y dos, vecino de San José, Barrio Luján, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre a Bernal mismos apellidos. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. N° 14-000048-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de marzo del 2014.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014025288).

En incidente de cobro de honorarios dentro del proceso por riesgos trabajo número 04-003900-0166-LA, promovido por el Lic. Rolando Porras Mejías, portador de la cédula de identidad 5-0233-0383; contra Carlos Alberto Osorno Morales, cédula de residencia 135-RE-062442-00-1999, se dictó resolución a fin de que se sirvan notificar al incidentado lo siguiente: “Juzgado de Seguridad Social, a las ocho horas y diecisiete minutos del diecinueve de noviembre del dos mil doce. Una vez aclarado el punto indicado en resolución precedente, se resuelve: Sobre el incidente de cobro de honorarios incoado por la apoderada especial judicial del Lic. Rolando Porras Mejías (folio 7), se confiere audiencia al señor Carlos Alberto Osorno Morales, a fin de que dentro del quinto día manifieste lo que estime procedente. Seguidamente, vista la solicitud de embargo sobre el monto concedido al incidentado en sentencia de ejecución N°517 de las diez horas veintitrés minutos del doce de marzo de dos mil doce, por estimarse procedente se ordena remitir atento mandamiento a la Dirección Jurídica del Instituto Nacional de Seguros, a fin de que se sirvan depositar la suma de quinientos cincuenta y dos mil cuatro colones con cuarenta y nueve céntimos (¢552.004,49), en la cuenta automatizada del Banco de Costa Rica N° 040039000166-6. (...).—Juzgado de Seguridad Social, a las ocho horas y diecisiete minutos del diecinueve de noviembre del dos mil doce.—Lic. María Gabriela Bustamante Segura, Jueza.—1 vez.—(IN2014025332).

En proceso por riesgos de trabajo número 06-001821-0166-LA, promovido por Deonise Zapata Velásquez, portadora de la cédula de residencia 270-120884-60957; contra el Instituto Nacional de Seguros & Mundo de La Limpieza Sociedad Anónima, se dictó resolución a fin de que se sirvan notificar a Mundo de La Limpieza Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-076436; lo siguiente: “Sentencia de primera instancia N° 2158. Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, a las quince horas del dieciocho de junio del año dos mil nueve. Proceso Riesgos Trabajo establecido por Deonise Zapata Velásquez, cédula de residencia número dos siete cero-uno dos cero ocho ocho cuatro-seis cero nueve cinco siete, contra Instituto Nacional de Seguros, representado por su apoderado general judicial sin límite de suma, Licenciado Roberto Zaldívar Gómez, cédula de identidad número uno-seiscientos setenta y cinco-cero treinta y cinco, y Mundo de Limpieza Sociedad Anónima, representada por su apoderada generalísima sin límite de suma, Midey Fernández Fernández, cédula de identidad número uno cuatrocientos treinta y cinco-doscientos treinta y ocho. Resultando 1. Con base en los hechos en que sustenta su demanda, solicita la actora que se condene a los demandados al pago de: incapacidad temporal y permanente que realmente se derivan del riesgo laboral sufrido; atención médica, farmacéutica, hospitalaria, quirúrgica y de rehabilitación que su actual condición de salud requiera; pago de intereses a partir de la fecha del accidente y ambas costas del proceso. 2. El INS contestó en forma negativa, según escrito de folios 16-18, interponiendo las defensas de falta de derecho, falta de legitimación activa y pasiva, pago y prescripción. La empresa codemandada fue notificada de esta acción, según acta de folio 15 vuelto; sin embargo, no contestó la demanda. 3) La Contraloría General de la República fue notificada de esta demanda, según acta de notificación de folio 4, sin embargo, no se apersonó al proceso. 4) En los procedimientos seguidos se han observado todas las formalidades de ley, no hay vicios o defectos causantes de nulidad o indefensión. Esta sentencia se dicta dentro del término de ley; y Considerando. I.—Hechos probados: De importancia para la resolución de este asunto, de conformidad con el artículo 468 del Código de Trabajo, se tienen por demostrados: 1) Laborando para Mundo de Limpieza Sociedad Anónima, el catorce de abril del dos mil seis, la actora sufrió un accidente de trabajo. (Ver hecho primero de la demanda no controvertido ante la ausencia de contestación de la empresa coaccionada y constancia de folio 19); 2) En virtud de la denuncia presentada ante este juzgado, el INS atendió el caso de la trabajadora como un caso no asegurado, por no existir póliza de riesgos del trabajo suscrita por el patrono. Le fijó cinco días de incapacidad temporal y no le fijó permanente, a la espera de resolución judicial. (Ver constancia a folio 19); 3) La actora fue valorada por la Sección de Medicina del Trabajo del Departamento de Medicina Legal del Organismo de Investigación Judicial, la cual concluyó cero días de incapacidad temporal y cero por ciento de incapacidad permanente así mismo, que la paciente no necesita más atención médica, farmacológica y/o quirúrgica.(ver dictamen 2009-304 de folios 31-35); 4) Esta demanda fue presentada el cinco de julio del dos mil seis. (Ver acta de demanda de folios 1 y 2). II.—Sobre la excepción de prescripción: De conformidad con el artículo 304 del Código de Trabajo, los derechos y acciones para reclamar las prestaciones derivadas de un riesgo laboral, prescriben en el plazo de dos años, a partir de la fecha del accidente, o del momento en que el trabajador esté en capacidad de gestionar su reconocimiento. En el caso bajo estudio, está acreditado que el accidente sufrido por la actora, fue el catorce de abril del dos mil seis. Siendo que interpuso esta demanda, el cinco de julio de ese mismo año, es claro que no dejó transcurrir el plazo de dos años ante indicado; por lo tanto, se rechaza la defensa de prescripción invocada. III.—Sobre el fondo y demás excepciones: Según las probanzas de los autos, está acreditado que laborando para Mundo de Limpieza Sociedad Anónima, el catorce de abril del dos mil seis, la actora sufrió un accidente de trabajo. A pesar de no encontrarse asegurada contra riesgos del trabajo, en virtud de la denuncia presentada ante este juzgado, el INS atendió el caso de la trabajadora como un caso no asegurado, le fijó cinco días de incapacidad temporal y no le fijó permanente, a la espera de resolución judicial. Una vez revisada la trabajadora, por parte del médico forense, se dictaminó que no le corresponde ninguna de las incapacidades reclamadas en este proceso, así como tampoco necesita más atención médica, farmacológica y/o quirúrgica. Así las cosas, se deniega en todos sus extremos la presente demanda, acogiendo al efecto, las defensas de falta de derecho, falta de legitimación activa y pasiva y pago, interpuestas por el Instituto codemandado. IV.—Costas: Con base en el párrafo final del artículo 265 del Código de Trabajo, se exime a la actora, del pago de ambas costas. Por tanto; se declara sin lugar la presente demanda interpuesta por Deonise Zapata Velásquez contra Instituto Nacional de Seguros y Mundo de Limpieza Sociedad Anónima. Se acogen las defensas de falta de derecho, falta de legitimación activa y pasiva y pago, interpuestas por el Instituto codemandado; la de prescripción se rechaza. Se exime a la actora del pago de ambas costas. Se advierte a las partes que esta sentencia admite el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Juzgado en el término de tres días. En ese mismo plazo y ante este órgano jurisdiccional también se deberán exponer, en forma verbal o escrita, los motivos de hecho o de derecho en que la parte recurrente apoya su inconformidad; bajo el apercibimiento de declarar inatendible el recurso (artículos 500 y 501 incisos c) y d) del Código de Trabajo; votos de la Sala Constitucional Números 5798 de las 16:21 horas del 11 de agosto de 1998 y 1306 de las 16:27 horas del 23 de febrero de 1999 y Voto de la Sala Segunda número 386 de las 14:20 horas del 10 de diciembre de 1999). Notifíquese.—Lic. Maureen Jiménez Gómez, Jueza.—Juzgado de Seguridad Social.—Lic. María Gabriela Bustamante Segura, Jueza.—1 vez.—(IN2014025340).

Lic. Lorena Mc Laren Quirós, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber que en este Despacho, se interpuso un proceso insania promovido por Área de Salud de Goicoechea a favor de Marcelina Leal Reyes, bajo el expediente número 11-000145-0165-FA donde se dictó la sentencia número 01-2014 de las nueve horas y once minutos del seis de enero del dos mil catorce que literalmente dicen: Proceso insania establecido por la Procuraduría general de la República representada por la Lic. Marcela Ramírez Jara, mayor, soltera, abogada, portadora de la cédula 1-941-141, vecina de Heredia, en representación de Marcelina Leal Reyes, mayor, viuda, portadora de la cédula 5-039-624, vecina de Guadalupe. Resultando: I.—II.—III.—Considerando: I.—Sobre los hechos probados: II.—Sobre el fondo: Por tanto; Razones dichas y normativa citada procede acoger la acción y se declara el estado de insania a Cleta Marcelina Leal Reyes y declarar a María Isabel Virginia Sequeira Leal, su hija, como su curadora a fin de que vele por los intereses patrimoniales y personales, personalísimo tanto a nivel judicial como administrativo, así como cualquier otro bien mueble o inmueble y/o cuentas bancarias que pudiesen determinar existen a nombre de Cleta Marcelina Leal Reyes. Firme esta sentencia inscríbase en el Registro Público en el Registro de Nacimientos de la provincia de Guanacaste. Tomo 039, Asiento 624 y publíquese esta sentencia por única vez en el Boletín Judicial. Sin especial condenatoria en costas procesales ni personales en razón de la materia. Hágase saber. Lic. Lorena Maria Mc Laren Quirós, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso insania promovido por Área de Salud de Goicoechea a favor de Marcelina Leal Reyes; Expediente Nº 11-000145-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de marzo del 2014.—Lorena Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2014025350).

M.Sc. Rafael Antonio Ortega Telleria, Juez del Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Coci-closet Ibérica S. A., documento de identidad 3-101-363918, que en este Despacho, se interpuso un proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales en su contra, bajo el expediente número 11-000194-1178-LA donde se dictaron las resoluciones que, en lo que interesa, literalmente dicen: Resolución de las ocho horas y veintiuno minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil once: De la anterior demanda ordinaria laboral y documentos aportados por Juan de Dios Jiménez Parraga, se concede traslado por el plazo de diez días, a Coci-Closet Ibérica Sociedad Anónima, representada por su apoderada general judicial Liliana Patricia Padilla Grajales, para que la conteste por escrito (esto preferiblemente a través de formato digital), debiendo manifestarse respecto de los hechos, si reconoce éstos como ciertos o si los rechaza por inexactos, o bien, si los admite con variantes o rectificaciones, bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciere, se tendrán por probados aquéllos sobre los cuales no haya dado contestación en forma debida. Así mismo, se le previene que al contestar la demanda deberá ofrecer la prueba que le interese, igualmente se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta, N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese a la sociedad demandada la presente resolución, por medio de la señora Liliana Patricia Padilla Grajales (personalmente). Artículos 19 y 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona por medio de correo electrónico al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú. La parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: San José, Escazú, Centro Comercial El Oriente oficinas 12 y 13. En cuanto a lo demás, se mantiene incólume la resolución de las trece horas cuarenta minutos del treinta y uno de agosto del año en curso. Lo anterior se ordena así en proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales de Juan de Dios Jiménez Parraga contra Coci-Closet Ibérica S. A. Expediente Nº 11-000194-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de marzo del 2014.—Lic. Rafael Antonio Ortega Telleria, Juez.—1 vez.—(IN2014025353).

Lic. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Alfredo Francisco Toral Morales, documento de identidad 0911239218, casado, comerciante, vecino de ..., que en este Despacho, se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 11-000996-0165-FA donde se dictó la sentencia en firme de primera instancia que dice: Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José, a las ocho horas treinta minutos del quince de enero dos mil catorce. Presentes en audiencia Ana Isabel Madrigal Villalobos, portadora de la cédula de identidad número 0104370354, curadora Lic. Marta Cedeño Jiménez, mayor, divorciada una vez, portadora de la cédula 1-679-404, abogada carné 13303, testiga Treysi Valverde Madrigal; 1-1024-554, audiencia oral, privada y grabada conservada en audio para los efectos, juramentación, calidades y declaración de la testigo y; sentencia oral de primera instancia N° 31-2014. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y dieciséis minutos del quince de enero de dos mil catorce. Proceso divorcio establecido por Ana Isabel Madrigal Villalobos, mayor, casado/a por segunda vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 0104370354, vecino de San José contra Alfredo Francisco Toral Morales, mayor, comerciante, portador de la cédula de identidad número 0911239218, casado una vez, vecino de paradero desconocido representado por la Lic. Marta Cedeño Jiménez, mayor, divorciada una vez, portadora de la cédula 1-679-404, abogada carné 13303. Resultando I.—... II.—.....III.—... Considerando: I.—Hechos probados: A.-...B.-...C.-...D.-... I.—Sobre el fondo:.... Así las cosas lo procedente es acoger el proceso abreviado de divorcio interpuesto por Ana Isabel Madrigal Villalobos contra Alfredo Francisco Toral Morales por la causal de separación de hecho por más de tres años del artículo 48 inciso 8 del Código de Familia y en consecuencia se dispone disolver el vínculo matrimonial que hasta la fecha les une, que se les exonera de la obligación alimentaria a ambos por contar con recursos patrimoniales de subsistencia suficientes, cada uno de ellos, que no existen bienes con vocación ganancial que distribuir entre sí y se ordena al Registro Civil Sección matrimonios de la provincia de San José inscribir las modificaciones dispuestas en el Tomo 450, Asiento 134. Sin especial condena en costas en razón de la materia y del 222 del Código Procesal Civil. Hágase saber Publíquese por edicto por única vez en el Boletín Judicial o en diario de circulación nacional de forma gratuita por disposición de la circular 56-12 de la dirección ejecutiva, reiterada en la 67-09 de secretaria de la corte del 22 de junio 2009. En estrados Judiciales se notifica de forma personal a la curadora y a la parte actora. Lic. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Ana Isabel Madrigal Villalobos contra Alfredo Francisco Toral Morales. Expediente Nº 11-000996-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de enero del 2014—Lic. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2014025356).

Lic. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón; hace saber a Walter Alberto Castro Núñez, documento de identidad uno-mil trescientos diez-seiscientos veintitrés, casado una vez, pintor, de domicilio desconocido, que en este Despacho, se interpuso un proceso de divorcio en su contra, bajo el expediente número 12-000487-0919-FA donde se dictó la sentencia de primera instancia número 309-2014 de las doce horas treinta y tres minutos del ocho de abril del año dos mil catorce, que en su parte dispositiva literalmente dice: “Por tanto: En conformidad con lo expuesto, se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por la señora Jessica Gutiérrez Villalobos contra Walter Alberto Castro Núñez, en los extremos que se indicarán: 1) Se decreta la disolución del vínculo matrimonial que une a Jessica Gutiérrez Villalobos y Walter Alberto Castro Núñez; por la causal de separación de hecho. 2) En cuanto a la pensión alimentaria entre cónyuges, se dispone que las partes no tendrán derecho de reclamarse pensión alimentaria en el futuro. 3) Sobre las hijas procreadas durante el matrimonio: Las menores Michel Marina y Sofía Naomy ambas de apellidos Castro Gutiérrez, quedarán bajo la guarda, crianza y educación de su madre, conservando ambos progenitores los demás derechos derivados del ejercicio de la autoridad parental. Ambas menores mantienen el derecho de ser alimentadas por sus progenitores. 4) Bienes: Por no haberse acreditado la existencia de bienes gananciales, se omite pronunciamiento al respecto. Se resuelve el proceso sin especial condenatoria en costas. Una vez firme este fallo, a petición de parte interesada, expídase la respectiva ejecutoria para ser inscrita en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la Provincia de San José, al margen del Tomo 475, Folio 116 y Asiento 232. Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo ante el Superior Jerárquico, dentro del tercer día contado a partir de su notificación. Notifíquese esta sentencia al accionado por medio de edicto. Notifíquese. Lic. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso de divorcio de Jessica Gutiérrez Villalobos contra Walter Alberto Castro Núñez. Expediente Nº 12-000487-0919-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón, 22 de abril del 2014.—Lic. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—(IN2014025361).

Lisbeth Quirós Villegas, notificadora del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Upala, Alajuela a Nelson Guadamuz Obando, cédula de identidad número 02-0582-0952, hace saber: Que en sumaria de tránsito número 12-600058-322-TC-3, que es causa por Colisión, contra Ingrid Castillo Cordero y otro, en perjuicio de El Tránsito, se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Upala, Alajuela. A las ocho horas del seis de marzo del dos mil trece. Visto el anterior escrito visible a folio 11, se resuelve: Téngase en lo sucesivo a la Caja Costarricense del Seguro Social, como parte del presente proceso. Además se tiene por señalado lugar para oír notificaciones. Desprendiéndose de la certificación emitida por el Registro Público de la Propiedad, que el vehículo placas 192500, chasís número EL400022030, marca Toyota es propiedad del señor Nelson Guadamuz Obando, cédula de identidad número 02-0582-0952, se ordena notificar a dicho propietario, para que se sirva apersonarse a este Despacho, si lo desea dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente resolución, con el fin de formar parte en este proceso. De no hacerlo se entenderá que no tiene interés alguno en el asunto. Además, al apersonarse al proceso deberá necesariamente proponer toda excepción o cuestión incidental que se relacione con sus intereses en litigio, así como ofrecer la prueba que les interese y en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado (Artículos 11, 34, 36 y 50 de Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009.) Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-8, celebrada el 2 de septiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) Número de cedula. h) Lugar de residencia. Asimismo se le hace saber que de conformidad con el artículo 6 de la Ley que Regula el Proceso Laboral en Negocios de Menor Cuantía, número Nº 3664 del diez de enero de mil novecientos sesenta y seis, si no contesta la demanda dentro del término que al efecto se le confirió, o si se allana expresa y totalmente a ella, no habrá juicio oral y público para recibir ningún tipo de prueba, procediéndose al fallo mediante acta lacónica se procederá dictar un auto con carácter de sentencia. Se le previene a dicha parte que puede llegar a conciliación. Con el fin de notificar personalmente o en su casa de habitación al señor Nelson Guadamuz Obando, se hará por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José, por ser localizable en el San Rafael Abajo, de Desamparados, barrio Valencia, 20 metros al norte del abastecedor La Flor. Notifíquese. Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.......... nela” Se ordena notificar a Nelson Guadamuz Obando, cédula de identidad número 02-0582-0952, a quien se le concede un término de ocho días hábiles, que corren a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta, para que se apersone a este Despacho si lo desea a formar parte en este proceso. De no hacerlo se entenderá que no tienen interés.— Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Upala, Alajuela, 16 de agosto del 2013.—Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.—1 vez.—(IN2014025364).

Lisbeth Quirós Villegas, notificadora del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Upala, Alajuela a Javier Enrique Castañeda Abellan, cédula de identidad número 05-0202-0575, hace saber: Que en sumaria de tránsito número 12-600061-322-TC-3, que es causa por Colisión, contra Ángel Osorno Silva y otro, en perjuicio de El Tránsito, se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Upala, Alajuela. A las quince horas veinte minutos del treinta de abril del dos mil trece, Desprendiéndose de la certificación registral anterior, que el vehículo placas CL 219593, chasís número 1N6SD16S7SC428819, marca Nissan es propiedad de Javier Enrique Castañeda Abellan, cédula número 5-202-575, de conformidad con el artículo 172 de la ley de Tránsito, se ordena notificar a dicho propietario, para que se sirvan apersonarse a este Despacho, si lo desean dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente resolución, con el fin de formar parte en este proceso. De no hacerlo se entenderá que no tiene interés alguno en el asunto. Se le previene a las partes que pueden llegar a conciliación. Se le previene a dicho propietario que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado (Artículos 11, 34, 36 y 50 de Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009.) Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-8, celebrada el 2 de septiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) Número de cedula. h) Lugar de residencia. Con el fin de notificar a Javier Enrique Castañeda Abella, se hará por medio de la Fuerza Pública de Santa Barbara por ser vecino de Barrio Santa Barbara de la GAR 25 metros sur. Notifíquese. Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez......... nela” Se ordena notificar a Javier Enrique Castañeda Abellan, cédula de identidad número 05-0202-0575, a quien se le concede un término de ocho días hábiles, que corren a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta, para que se apersone a este Despacho si lo desea a formar parte en este proceso. De no hacerlo se entenderá que no tienen interés.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Upala, Alajuela, 29 de julio del 2013.—Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.—1 vez.—(IN2014025366).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Yendry Paola Medina Beita, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 13-000161-1086-FA. Depósito Judicial de Menor.—Juzgado de Familia de Golfito, A las quince horas y treinta y cinco minutos del veintidós de abril del dos mil catorce.—Lic. Gerardo Antonio Blanco Villalta, Juez.—1 vez.—(IN2014025375).

Licenciada María del Rocío Quesada Zamora, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, a quien interese, se hace saber que en proceso de insania de Asdrubal Gerardo Pérez Pérez, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 1-885-405, soltero, sin oficio, vecino de San Gabriel de Pejibaye, seiscientos metros al sur del Salón Comunal, establecido por Wilberth Pérez Pérez, expediente número 13-000295-0919-FA, se ordenó notificar por edicto, la parte dispositiva de la Sentencia número 325-2014 dictada al ser las ocho horas y treinta y nueve minutos del ocho de abril del año dos mil catorce, que en lo conducente dice: “Por tanto: Acorde con lo expuesto, se declara el estado de insania de Asdrubal Gerardo Pérez Pérez y se designa como su curador a Wilberth Pérez Pérez, a quien se le previene que dentro del tercero día contado a partir de la notificación de esta sentencia, comparezca a aceptar y jurar el cargo conferido, de lo contrario podrá ser removido. Dentro de los treinta días siguientes al dictado de esta resolución, deberá presentar un inventario de todos los bienes o ingresos del insano. Los ingresos del insano deberán destinarse a su manutención y no a la manutención de terceras personas. El curador deberá presentar al Tribunal, anualmente, una situación del patrimonio del insano, con nota de los gastos hechos respaldados por facturas timbradas y sumas percibidas durante el año anterior. Las cuentas deberán ir acompañadas de sus documentos justificativos y solo podrá excusarse la comprobación de los gastos en que no se acostumbre recoger recibos. Los gastos de este procedimiento se cargarán al patrimonio del incapaz. Firme esta resolución y rendida la garantía que se fijará, se ordena la inscripción de la personería del curador en la Sección de Personas del Registro Nacional y se expedirá ejecutoria para su inscripción en el Registro Civil al margen del tomo 885, folio 203, asiento 405 de la Provincia de San José. Publíquese la parte dispositiva de esta resolución en el Boletín Judicial. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón.—Lic. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—(IN2014025377).

Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Osmasis Alberto Cusido Peñate, documento de identidad C604591, mayor, casado, de nacionalidad cubano, de paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso especial de filiación (declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación de paternidad) en su contra, bajo el expediente número 13-000301-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Segundo de Familia de San José. A las diecisiete horas y veintisiete minutos del treinta y uno de marzo del dos mil catorce. De conformidad con el artículo 262 del Código Procesal Civil, se nombra como curadora procesal del señor Cusido Peñate a la Licenciada Fiorella Rodríguez Baldi. Se toma nota del medio señalado para atender sus notificaciones a folio 29. Del anterior proceso especial de filiación (declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación de paternidad) que plantea Cindy Marcela Torres Barrantes, se confiere traslado por el plazo de diez días a David Steve Bailey Mora y Osmasis Alberto Cusido Peñate, para que en la persona del su curador procesal Licenciada Fiorella Rodríguez Baldi, para que la contesten en la forma que indica el inciso c) del artículo 98 bis del Código de Familia (Ley de Paternidad Responsable). En ese tanto con relación a los hechos de la demanda deberán manifestar si los rechazan por inexactos, los aceptan como ciertos o si los admiten con variantes o rectificaciones, las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoyan; en esta oportunidad ofrecerán pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y generales de los testigos, y sobre cuáles hechos serán interrogados, sin interrogatorio formal. Se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Asimismo, se le previene a la parte demandada y a la Institución mencionada, que en su primer escrito que presenten, deberán indicar el medio para recibir notificaciones, bajo apercibimiento de que en caso de omisión las futuras resoluciones que se dicten se les tendrán por debidamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia producirá para ambas partes si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o no existiere, la notificación será automática. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria de hijo extramatrimonial de Cindy Marcela Torres Barrantes contra David Steve Bailey Mora y Osmasis Alberto Cusido Peñate; expediente Nº 13-000301-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 31 de marzo del año 2014.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—(IN2014025380).

Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, se cita a Maritza Moreno Oporta cédula de residencia 25RE13798001999 y José Armando Ríos Rivas de calidades desconocidas, en su carácter personal, quienes son mayores, demás calidades y paradero desconocido; se les hace saber que en demanda depósito judicial, establecida por el Patronato Nacional de la Infancia contra Maritza Moreno Oporta cédula de residencia 25RE13798001999 y José Armando Ríos Rivas de calidades desconocidas; bajo el número de expediente N° 13-000592-0364-FA, 4 de abril del año 2014. Se ordena notificarles por edicto la resolución que en lo conducente dice: “Juzgado de Familia de Heredia, a las diez horas y treinta y seis minutos del siete de mayo del año dos mil trece. De las presentes diligencias de depósito de los menores Liseth, Denia Anais y Mariana todas de apellidos Ríos Moreno, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a los señores Maritza Moreno Oporta y José Armando Ríos Rivas a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Medida cautelar: Siendo procedente se concede el deposito provisional de las menores Liseth, Denia Anais y Mariana todas de apellidos Ríos Moreno en el hogar de la señora Jeimy Vanessa Bell Morales, a quién se le previene comparecer dentro de tercero día a aceptar y jurar el cargo, se le previene a la entidad actora apersonar a la citada señora a la brevedad posible a fin de que acepte el cargo conferido, asimismo se ordena recibirle declaración a la citada señora, y bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán para determinar el paradero de los padres registrales de los menores a los que se refiere este asunto, una vez efectuado lo anterior se resolverá sobre la manera en que este asunto será notificado a los padres registrales de las personas menores de edad. Publicación de edicto: Por medio de edicto, que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—(IN2014025381).

Juzgado de Familia de Grecia, al señor Edvin Gerardo Álvarez Saborío, hace saber que en este Despacho, se encuentra tramitándose proceso de depósito judicial del menor Jeicol Daniel Álvarez Díaz, para lo cual se le confiere traslado por un plazo de tres días y se apersone a este Juzgado, contados a partir de la última publicación del edicto ordenado. 21 de abril del año 2014. Expediente N° 13-000641-0687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—(IN2014025383).

Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber que en este Despacho se interpuso un proceso insania promovido por Alba Chacón Chávez, a favor de Roney Gerardo Portuguez Chacón, bajo el expediente número 13-001041-0165-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Proceso insania establecido por Alba Chacón Chávez, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 0203210852, vecina de Moravia en favor de Roney Gerardo Portuguez Chacón, mayor, soltero, portador de la cédula N° 1-1444-415, sin empleo, vecino de Moravia. Resultando 1º—…, 2º—…, 3º—..., Considerando I.—Sobre los hechos probados: II.—Sobre el fondo: Por tanto: Razones dichas y normativa citada procede acoger la acción y se declara el estado de insania a y declarar a Roney Gerardo Portuguez Chacon y declarar a Alba Chacón Chávez, su madre como su curadora a fin de que vele por los intereses patrimoniales y personales, personalísimos tanto a nivel judicial como administrativo. Firme esta sentencia inscríbase en el Registro Público en el Registro de Nacimientos de la provincia de San José tomo 1144, folio 208, asiento 415 y publíquese esta sentencia por única vez en el Boletín Judicial. Sin especial condenatoria en costas procesales ni personales en razón de la materia. Hágase saber. Lic. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso insania promovido por Alba Chacón Chávez a favor de Roney Gerardo Portuguez Chacón; expediente Nº 13-001041-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de marzo del año 2014.—Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—(IN2014025386).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Marco Vinicio Jiménez Torres, conforme con el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de promovido por Flor de María Torres Prendas y Gabriela Jiménez Torres. Expediente número 13-001369-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 12 de setiembre del año 2013.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—(IN2014025388).

Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a Odel Alejandro Sarantes Pérez, en su carácter personal, quien es mayor, Casado, nicaragüense, pasaporte de su país P395920, de domicilio desconocido, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Doris Martina González Hernández, cédula 0401320168 contra Odel Alejandro Sarantes Pérez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: “Juzgado de Familia de Heredia. A las quince horas y veinticinco minutos del tres de abril del año dos mil catorce. De la anterior demanda abreviada establecida por el accionante Doris Martina González Hernández, se confiere traslado a la accionada(o) Odel Alejandro Sarantes Pérez por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En al misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 22-07-42-23. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”. Siendo que la Ley N° 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar ó enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Nombramiento de curador: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil. De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito. Además las generalidades de ley de dos testigos que declaren sobre el conocimiento o desconocimiento del paradero del demandado. Prevención de honorarios: Se le previene a la parte actora que a efectos de que proceder cubrir los honorarios del curador a nombrar, dicho monto lo es la suma de cincuenta mil colones por lo que deberá depositarlo en la cuenta N° 13-002640-0364-FA-6, del Banco de Costa Rica. Citación a la parte actora: Se cita a la señora Doris Martina González Hernández para que en el plazo de una semana comparezca al Juzgado y, bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2014025396).

Se convoca a quienes, de conformidad con el artículo 236 del Código de Familia, les corresponda la curátela de Bryan David Rojas Castro, cédula 1-1452-0976 para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de cinco días, contado tres días después de la presente publicación. Declaratoria de insania expediente 13-401686-637-FA.—Juzgado de Familia Desamparados, 22 de abril del 2014.—Lic. Mauren Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—(IN2014025401).

Lisbeth Quirós Villegas, notificadora del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Upala, Alajuela a Beautiful Toys Of Costa Rica Limitada, representada por Leonard Auerbach, pasaporte número 218688037, hace saber: Que en sumaria de tránsito número 13-600045-322-TC-3, que es causa por Colisión, contra José Álvarez López y otra, en perjuicio de El Tránsito, se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Upala, Alajuela. A las ocho horas del dieciséis de diciembre del dos mil trece. Desprendiéndose de la certificación registral anterior, que el vehículo placas CL 216979, chasís número KMFXKS7BPYU364568, marca Hyundai es propiedad de Virgita Arce Castro, cédula número 02-0299-0295, y el vehículo placas BBV616, chasís número JTEBH9FJ005030295, marca Land Cruiser Prado T es propiedad de Beautiful Toys Of Costa Rica Limitada, representada por Leonard Auerbach, pasaporte número 218688037, de conformidad con el artículo 172 de la ley de Tránsito, se ordena notificar a dichos propietarios, para que se sirvan apersonarse a este Despacho, si lo desean dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente resolución, con el fin de formar parte en este proceso. De no hacerlo se entenderá que no tiene interés alguno en el asunto. Se le previene a las partes que pueden llegar a conciliación. Se le previene a dicho propietario que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado (Artículos 11, 34, 36 y 50 de Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009.) Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-8, celebrada el 2 de septiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) Número de cedula. h) Lugar de residencia. Con el fin de notificar a Virgita Castro Arce, se hará por medio del Juzgado Contravencional de Cañas, por ser localizable en Cañas, de la escuela Luis Leipold, 150 metros al este. Para notificar al Beautiful Toys Of Costa Rica Limitada, representada por Leonard Auerbach, se hará por la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de Heredia, por ser localizable en Belén, La Asunción, Heredia, Ciudad Cariari, Centro Comercial Cariari, Local número 06. Notifíquese. Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.” Se ordena notificar a Beautiful Toys Of Costa Rica Limitada, representada por Leonard Auerbach, pasaporte número 218688037, a quien se le concede un término de ocho días habiles, que corren a partir de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta, para que se apersone a este Despacho si lo desea a formar parte en este proceso. De no hacerlo se entenderá que no tienen interés.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Upala, Alajuela, 25 de febrero del 2014.—Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.—1 vez.—(IN2014025403).

Se convoca a quienes, de conformidad con el artículo 236 del Código de Familia, les corresponda la curatela de Loreta Lilliana Chaves Garro, cédula 1-1173-0363, para que se presenten a encargarse de ella dentro del  plazo de cinco días, contado tres días después de la presente publicación. Declaratoria de insania, expediente N° 13-401298-637-FA.—Juzgado de Familia Desamparados, 22 de abril del 2014.—Lic. Mauren Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—(IN2014025511).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante esta notaría solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Rick Usman, mayor, soltero, de nacionalidad nigeriana, soporte técnico, portador del permiso laboral número 156600005820, con domicilio en Desamparados, del Liceo de San Antonio 800 norte y Lorna Joselyn León Alfaro, mayor, soltera, soporte técnico, portadora de la cédula de identidad costarricense número 2-623-438, con domicilio en Alajuela, Río Segundo, del Súper Santiago 200 norte, 50 oeste y 50 sur. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante esta notaría dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Carné 10841.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014027277).

Edictos en lo Penal

Lic. Tatiana Murillo Jara Jueza Tramitadora del Tribunal Penal del Tercer Circuito Judicial de San José, sede Suroeste. Pavas. Hace saber que dentro de la Causa Penal seguida contra: Daniel Galagarza Sánchez, por el delito de conducción temeraria, en perjuicio de la seguridad común. Expediente número: 10-002055-275-PE se dictó la resolución de las quince horas once minutos del veintidós de enero del dos mil catorce, que en lo conducente dice “...A fin de localizar al sentenciado Daniel Galagarza Sánchez, nicaraguense, con cédula de residencia número: 155802918616, quién a folio 80, se constituyó propietario registral del automóvil placa 15319, marca Toyota, estilo Toyota, serie número: KE36921379, carrocería Stationwagon o familiar, chasis número: KE36921379, modelo un novecientos setenta y ocho, motor 3K7424485, color blanco, capacidad cinco personas, por lo que se ordena notificar por medio de edicto la existencia de dicho automotor a fin de que se apersonen a estrados hacer valer el derecho que sobre éste tenga dicho propietario registral, caso contrario se resolverá conforme la Ley 6106, Sobre Bienes Caídos en Comisos. Edicto que deberá publicarse tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Confecciónese el oficio estilo Notifíquese. Licenciado Willy Escalante Quirós Juez de Juicio.—Tribunal Penal del Tercer Circuito Judicial de San José, sede Suroeste. Pavas.—Msc Tatiana Murillo Jara, Jueza de Trámite.—(IN2014025349).           3 v. 1

Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, San José, a las ocho horas del veintitrés de abril del dos mil catorce. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento sobre expedientes electrónicos ante el Poder Judicial, se hace saber a las partes de los procesos que se tramitan en la Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, de que al contar con el expediente completamente digitalizado y con los respaldos de seguridad respectivos, se procederá a la destrucción de los expedientes en papel que a continuación se detallan. Si alguna parte, tiene interés en que se les entregue los documentos aportados o las actuaciones que se efectuaron, deberá gestionar ante la Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, en un plazo máximo de treinta días hábiles a partir de esta publicación. En caso de no recibirse manifestación alguna, se procederá con la destrucción y el reciclaje de los expedientes. El listado también puede ser consultado en la Página Web del Poder Judicial: www.poder-judicial.go.cr.

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Publíquese.—23 de abril de 2014.—MBA Ana Eugenia Romero Jenkins, Subdirectora Ejecutiva.—1 vez.—(IN2014025443).

Fiscalía de San José; al ser catorce horas con cuarenta minutos del treinta y uno de marzo del año dos mil catorce; Licenciada Nancy Araya Sandoval, Fiscal, al señor Ignacio Herrero Knohr, cédula o documento de identidad número 1-681-696 (Autotransportes Cesmag S. A.), se le hace saber: que en el Legajo de acción civil resarcitoria, en la causa número único 12-605152-489-TC; seguido en contra de Jorge Aguilar Zamora, en perjuicio de Sergio Enrique Moreno Vargas, por el (los) delito (s) de lesiones culposas, se ha dictado resolución que literalmente dice: se da traslado de la acción civil resarcitoria Fiscalía Adjunta de Primer Circuito Judicial San José, al ser las once horas y veinte minutos del once de febrero del año dos mil catorce. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por la Oficina de Defensa Civil de las Víctimas; en representación de la parte ofendida Sergio Moreno Vargas, a darle traslado al Demandado Civil; Jorge Aguilar Zamora cédula número 1-0577-0170; de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del (la) actor (a) civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, se les informa que tiene el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación; para que manifiesten lo que corresponda; por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor. Notifíquese. Lic. Ricardo Steinvord Rojas, Fiscal Auxiliar Fiscalía Adjunta Primer Circuito Judicial San José. Comunicación por edicto. Fiscalía Adjunta de San José. En vista de que el (la) señor (a) Ignacio Herrero Knohr (Autotransportes Cesmag S. A.), cédula o documento de identidad número 1-681-696; es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución; por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta de San José.—Lic. Nancy Araya Sandoval; Jueza.—1 vez.—(IN2014025840).