BOLETÍN
JUDICIAL N° 100 DEL 27 DE
MAYO DEL 2014
DIRECCIÓN
EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
DEPARTAMENTO
DE GESTIÓN HUMANA
DIRECCIÓN
GENERAL DE SERVICIO GENERAL
TERCERA PUBLICACIÓN
Asunto: Asueto concedido a los servidores que laboran
en las oficinas judiciales del cantón de Bagaces de la provincia de Guanacaste
SE HACE SABER:
Que las
oficinas judiciales del cantón de Bagaces de la provincia de Guanacaste,
permanecerán cerradas durante el día cinco de junio de dos mil catorce, con las
salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos
patronales de dicho cantón.
San José, 28 de
abril del dos mil catorce.
MBA. Ana
Eugenia Romero Jenkins,
(IN2014028981) Subdirectora
Ejecutiva
Asunto: Asueto
concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de
Talamanca de la provincia de Limón
SE HACE SABER:
Que las
oficinas judiciales del cantón de Talamanca de la provincia de Limón,
permanecerán cerradas durante el veintiséis de mayo de dos mil catorce, con las
salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos
de dicho cantón.
San José, 29 de
abril del dos mil catorce.
MBA
Ana Eugenia Romero Jenkins,
(IN2014028982) Subdirectora
Ejecutiva
PRIMERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para
el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006 de fecha 1° de
setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N°
83-06, celebrada el 2 de noviembre del 2006, artículo XLIV, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Expedientes Penales del año 1984, 1997,
1999, 2001 al 2008 del Juzgado Penal de Puntarenas. La documentación, se
encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20678
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1984
Asunto: Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento
Definito. Referentes a Delitos: 1exp. Hurto Agravado.
Remesa: P 52 P 97
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento
Definito. Referentes a Delitos: 1 exp. Uso de Documento Falso.
Remesa: P 28 P 99
Expedientes: 5
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento
Definitivo. Referente a Delitos: 1 exp. Estupro, 2 exp. Robo, 1 exp. Abuso de
Autoridad. 1 exp Robo Agravado.
Remesa: P 21 P 01
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimieto
Definitivo. Referentes a Delitos: 1 exp. Libramiento de Cheque sin fondos.
Remesa: P 20 P 02
Expedientes: 5
Paquetes: 1
Año: 2002
Asunto: Penal Varios: Expedientes todos con
Sobreseimiento Definitivo. Referentes a Delitos: 1 exp. Infracción a la Ley de
Derechos de Autor, 1 exp. Robo, 1 exp. Infracc. a la
Ley Forestal, 1 exp. Violación de Sellos, 1 exp. Lesiones Culposas.
Remesa: P 20 P 03
Expedientes: 34
Paquetes: 1
Año: 2003
Asunto: Penal Varios: Expedientes todos con Sobresemiento Definitivo.
Referentes a Delitos: 1 exp. Agresión, 2 exp. Infracc. Ley de Señas y Marcas, 2
exp. Retención Indebida, 2 exp. Lesiones Leves, 1 exp. Obstrucción a la Vía
Pública, 1 exp. Violación de Sellos, 2 exp. Agresión con Arma, 23 exp. Lesiones
Culposas.
Remesa: P 20 P 04
Expedientes: 49
Paquetes: 1
Año: 2004
Asunto: Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento
Definitivo. Referentes a Delitos: 5 exp. Infracc. a la
Ley de Armas, 12 exp. Desobediencia, 5 exp. Daños 5 exp. Retención Indebida, 3
exp. Tentativa de Robo, 2 exp.Usurpación, 2 exp. Robo Simple, 2 exp.
Resistencia Agravada, 1 exp. Circulación de Moneda Falsa, 7 exp. Agresión con
Arma, 5 exp. Lesiones Culposas.
Remesa: P 18 P 05
Expedientes: 103
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: Penal
Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento Definitivo. Referentes a Delitos: 24 exp. Desobediencia,
27 Infracc. a la Ley de Armas, 12 exp. Infracc. a la Ley de Pesca, 8 exp. Lesiones Leves, 13 exp. Infracc. a la Ley Forestal, 1 exp. Hurto Agravado, 2 exp. Hurto
Simple, 1 exp. Robo Simple, 1 exp. Daños, 5 exp. Usurpación, 1 exp. Infracc. a la Zona Marítimo Terrestre, 3 exp. Retención Indebida, 4
exp. Resistencia, 1exp. Lesiones Culposas.
Remesa: P 13 P 06
Expedientes: 73
Paquetes: 1
Año: 2006
Asunto: Penal
Varios: Expedientes todos con Sobresemiento Definitivo. Referentes a Delitos: 1 exp. Ofrecimiento
Falso de Prueba, 2 exp. Tentativa de Suicidio, 5 exp. Infracc. a la Ley de Zona Marítimo Terrestre, 2 exp. Agresión con
Arma, 4 exp. Lesiones Leves, 1 exp. Obstrucción Vía Pública, 2 exp.
Desobediencia, 3 exp. Amenazas, 2 exp. Usurpación de Aguas, 1 exp. Robo, 13
exp. Infracc. a la Ley de Armas, 3 exp. Infracc. Ley
de Conservación a la Vida Silvestre, 1 exp. Infracc. Ley de Penalización de
Violencia contra la Mujer, 1 Infracc. a la Ley de
Pesca y Acuicultura, 3 exp. Usurpación, 1 exp. Daños, 1 exp. Falsificación de
Señas y Marcas, 2 exp. Libramiento de Cheque sin Fondo, 6. exp.
Infracc. a la Ley Forestal, 1 exp. Agresión
Calificada, 1 exp. Estafa, 6 exp. Retención Indebida, 1 exp. Abandono Dañino de
Animales, 3 exp. Hurto, 5 exp con de Lesiones Culposas. Expedientes trodos con
Desestimacion refentes a Delitos:02 exp.
Desestimaciones. Lesiones Culposas.
Remesa: P 14 P 07
Expedientes: 174
Paquetes: 2
Año: 2007
Asunto: Penal
Varios: Expedientes todos con Sobresemiento Definitivo. Referentes a Delitos: 7 exp. Infracc. a la Ley de Zona Marítimo Terrestre, 3 exp. Portación Ilegal
de Armas, 2 exp. Infracc. a la Ley de Pesca, 11 exp.
Hurto Simple, 28 exp. Agresión con Arma, 7 exp. Daños, 30 exp. Desobediencia,
11 exp. Robo Simple, 2 exp. Infracc. Ley de Armas, 1 exp. Fabricación o
Tenencia de Materiales, 18 exp. Violencia contra la Mujer, 2 exp. Receptación,
2 exp. Privación de Libertad, 1 exp. Abuso de Autoridad, 1 exp. Ejercicio
Ilegal de la Profesión, 3 exp. Incumplimiento de Medidas de Protección, 5 exp.
Infracc. Ley de Penalización de Violencia contra la Mujer, 1 exp. Resistencia,
3 exp. Lesiones Leves, 2 Infracc. Código de Minería, 1 exp. Infracc. Ley de
Conservación de la Vida Silvestre, 2 exp. Infracc. Ley Forestal, 1 exp.
Violación de Domicilio, 2 exp. Descuido de Animal, 1 exp. Infracc. Ley de
Loterias, , 4 exp. Retención Indebida, 1 exp
Entorpecimiento del servicio Público, 6 exp. Usurpación, 1 exp. Estafa, 13 exp
con Lesiones Culposas. Expedientes con Desestimacion referentes a Delitos: 02
exp. Lesiones Culposas.
Remesa: P 6 P 08
Expedientes: 5312
Paquetes: 41
Año: 2008
Asunto: Penal
Varios:Expedientes todos con Sobreseimiento Definitivo y
Referentes a Delitos: 6 exp Infracc. Ley Forestal, 01. exp
de Entorpecimiento al Servicio Público, 03 exp. De Estafa, 07 exp. Infracción
Zona Marítimo Terrestre, 76 exp de Desobediencia, 04 exp de Infrac. Código de
Minería, 01 de Rapto, 01 exp de Accionamiento de Arma, 13 exp de Usurpación, 05
exp de Tentativa de Suicidio, 06 exp de Resistencia a la Autoridad, 07 exp de
Tentativa de Hurto, 15 exp de Lesiones, 23 exp de Retención Indebida, 03 exp de
Apropiación Indebida, 37 exp de Infracc. A la Ley de Armas, 01 exp de
Allanamiento Ilegal, 02 exp de Violación de Sellos, 19 exp de Daños, 01 exp de
Destrucción de Documento Público, 01 exp de Lesiones Culposas por Mala Praxis,
72 exp de Incumplimiento de Medidas de Protección, 04 exp de Atentado, 02 exp
de Ejercicio Ilegal de la Profesión, 01 exp. de
Coacción, 61 exp. De Penalización de Violencia contra la Mujer, 01 exp de
Infractores al Proceso de Inscripción, 03 exp de Privación de Libertad, 01 exp
de Falsificación de Señas y Marcas, 72 exp de Agresión con Arma,01 exp de Incumplimiento del Deber Alimentario, 01 exp de
Evasión Culposa, 01 exp de Prevaricato, 24 exp de Hurto, 01 exp de Hurto
Agravado, 02 exp de Agresión Calificada, 01 exp de Infracc. Ley de Maltrato
Adulto Mayor, 02 exp de Infracc. a la Ley de Pesca y
Acuicultura, 04 exp de Abuso de Autoridad, 01 exp de Contrabando, 03 exp de
Sustracción de Menor, 18 exp de Portación Ilícita de Arma Permitida, 02 exp de
Libramiento de Cheque sin Fondo, 11 exp de Violación de Domicilio, 01 exp Falso
Testimonio, 01 exp de Suicidio, 01 exp de Falsedad Ideológica, 01 exp de Daño
Patrimonial, 15 exp de Lesiones Culposas. Expedientes con Desestimación y
referentes a Delitos: 1459. exp Delito Atípico, 01
exp. Abuso Sexual, 01 exp. Colisión, 10 exp Infracc. Ley Forestal, 02 exp
Infracc. Ley de Juegos, 01 exp Infracc. Ley de Seguridad Privada, 03. exp Patrocinio Infiel, 05 exp Infracc. Ley de Licores, 03
exp. Alteración Ley de Señas y Marcas, 02 exp de Estelionato, 50 exp Infracción
a la Ley de Derechos de Autor, 17. exp Agresión, 03.
exp Privación de Libertad, 02 exp Explotación de Persona Adulto Mayor, 07 exp
Descuido de Animal, 01 exp Administración Fraudulenta, 05 exp Infracción Zona
Marítimo Terrestre, 02 exp. de Infrac. Código de
Minería, 01 exp de Rapto, 01 exp Infracc. a la Ley de
Derechos de Imagen, 24 exp de Amenazas a Funcionario Público, 54 exp de
Amenazas, 40 exp. De Receptación, 03 exp de Accionamiento de Arma, 07 exp de
Usurpación, 01 de Tentativa de Suicidio, 56 exp de Resistencia a la Autoridad,
06 exp de Tentativa de Hurto, 66 exp de Lesiones, 52 exp de Retención Indebida,
11 exp de Apropiación Indebida, 01 exp de Proxenetismo, 15 exp de Infracc. a la
Ley de Armas, 44 exp de Averiguar Muerte, 08 exp de Lesiones Culposas, 100 exp
de Daños, 01 exp de Lesiones Culposas por Mala Praxis, 428 exp de
Incumplimiento de Medidas de Protección, 01 exp de Homicidio Culposo, 07 exp de
Circulación de Moneda Falsa, 01 exp de Obstrucción a la Vía Pública, 02 exp de
Aborto, 01 exp de Obstaculización a la Función Pública, 01 exp de Denuncia
Calumniosa, 01 exp de Fraude de Simulación, 01 exp de Fraude Informático, 10
exp de Atentado, 395 exp. de Penalización de Violencia
contra la Mujer, 219 exp de Robo, 02 exp de Falsificación de Señas y Marcas, 05
exp de Abandono Dañino de Animales, 1156 exp de Agresión con Arma, 03 exp de
Tenencia de Droga, 12 exp de Infracción a la Ley Forestal, 02 exp de
Incumplimiento de Deberes, 203 exp de Hurto, 03 exp de Hurto Agravado, 02 exp
de Agresión Calificada, 33 exp de Estafa, 02 exp de Infracc. Ley de Maltrato
Adulto Mayor, 21 exp de Abuso de Autoridad, 08 exp de Abandono, 03 exp de
Sustracción de Menor, 01 exp de Portación Ilícita de Arma Permitida, 02 exp de
Libramiento de Cheque sin Fondo, 38 exp de Violación de Domicilio, 03 exp de
Falso Testimonio, 33 exp de Desaparición, 04 exp de Suicidio, 01 exp de
Explotación Ilegal de Madera, 01 exp. de Daño
Patrimonial, 120 de Lesiones Culposas.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 13 de mayo del 2014.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
(IN2014029215). Subdirector
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2011, celebrada el 16 de noviembre del
2011, artículo I, y la aprobación del Consejo Superior en sesión Nº 11-2012,
del 9 de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la eliminación de Expedientes de Violencia Doméstica del año 1996 al 2006 del
Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Alajuelita, San José. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: V 15 S 96
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Año: 1996
Asunto: Violencia Doméstica.
Remesa: V 17 S 98
Expedientes: 180
Paquetes: 2
Año: 1998
Asunto: Violencia Doméstica.
Remesa: V 17 S 99
Expedientes: 491
Paquetes: 4
Año: 1999
Asunto: Violencia Doméstica.
Remesa: V 17 S 00
Expedientes: 763
Paquetes: 6
Año: 2000
Asunto: Violencia Doméstica.
Remesa: V 17 S 01
Expedientes: 1083
Paquetes: 4
Año: 2001
Asunto: Violencia Doméstica.
Remesa: V 13 S 02
Expedientes: 1235
Paquetes: 12
Año: 2002
Asunto: Violencia Doméstica.
Remesa: V 13 S 03
Expedientes: 1158
Paquetes: 9
Año: 2003
Asunto: Violencia Doméstica.
Remesa: V 13 S 04
Expedientes: 1156
Paquetes: 11
Año: 2004
Asunto: Violencia Doméstica.
Remesa: V 13 S 05
Expedientes: 764
Paquetes: 7
Año: 2005
Asunto: Violencia Doméstica.
Remesa: V 12 S 06
Expedientes: 79
Paquetes: 1
Año: 2006
Asunto: Violencia Doméstica.
Si algún interesado ostenta un
interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo
saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín
Judicial.
San José, 13 de mayo del 2014.
MBA
Rodrigo Arroyo Guzmán
(IN2014029216). Subdirector
Ejecutivo.
SEGUNDA PUBLICACIÓN
El Consejo de la Judicatura y el Departamento de Gestión Humana del Poder
Judicial y la Escuela Judicial, abren concursos para integrar listas de
elegibles para los cargos de Juez y Jueza:
CONCURSO ÚNICO
CJ-16-2014
JUEZ GENÉRICO O JUEZA GENÉRICA
Para
ver imagen solo en Boletín Judicial con
formato PDF
El Temario de la prueba de conocimientos se encuentra disponible en la
dirección electrónica:
www.poder-judicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm
por lo que no se suministrará por otro medio.
Requisitos:
Generales:
Ser costarricense, ciudadano(a) en ejercicio.
Incorporado(a)
al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. (Deberá remitirse en formato
electrónico, ver punto III).
Específicos:
Conocer y aceptar
todas las condiciones del Programa mediante la firma
de un contrato de formación.
Redactar
una carta (2000-2500 caracteres) donde fundamente los motivos e intereses por
recibir esta capacitación profesional y su afinidad por la
solución del conflicto social. Es obligatorio para
participar y deberá remitirse en formato electrónico, ver punto III en conjunto
con los requisitos cuando se inscriba en el concurso.
Acerca de la inscripción:
Inscripción
electrónica: Es imprescindible que las personas oferentes
se inscriban a través del Sistema Administrativo de la Carrera Judicial
mediante la OFERTA ELECTRÓNICA DE SERVICIOS en la dirección electrónica
https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr/SACJ/.
La
inscripción será única y exclusivamente por este medio y queda registrada en
línea automáticamente. Se habilitan las veinticuatro horas hasta la fecha de vencimiento del período de inscripción del
concurso.
Procedimiento para
ingresar al Sistema Administrativo de la Carrera
Judicial
Intranet: http:intranet/personal/juecesyjuezas.htm
Internet: http:www.poder-judicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm
1. Seleccione el ícono
Sistema Administrativo de la Carrera Judicial.
2. Si ya registró una contraseña en un concurso
anterior, únicamente digite el número de cédula en
formato de diez caracteres, la contraseña y proceda con la inscripción.
3. Si es primera vez que
ingresa al sistema SACJ, debe seleccionar la opción “cambiar contraseña”
indicar el número de cédula en formato de diez dígitos, llenar el espacio que
dice “nueva contraseña” confirmarla y presionar inmediatamente cambiar. En el menú del sistema, seleccionar la opción “Concursos para
conformar las listas de elegibles para jueces y juezas”
4. Para la correcta
inscripción en los concursos, es preciso que complete todos los espacios
requeridos en el formulario. Al final del proceso de
inscripción, el sistema le brindará un comprobante mediante el cual se asegura
que éste se efectúo con éxito. Caso contrario la
solicitud será desestimada.
5. De acuerdo con el
procedimiento que se señala a continuación, los atestados deberán remitirse en
formato electrónico(ver punto III), a la, Sección Administrativa de la Carrera
Judicial al cierre del concurso, o a más tardar dentro de los ocho días hábiles
posteriores a la fecha de su vencimiento. Esta disposición rige para quienes
oferten por primera vez o hayan presentado los atestados en un período mayor a
dos años.
Documentos a presentar
Bachiller de
secundaria. (Deberá remitirse en formato electrónico, ver punto III)
Licenciatura
en Derecho. (Deber á remitirse en formato electrónico, ver punto III)
Incorporación
al Colegio de Abogados. (Deberá remitirse en formato
electrónico, ver punto III)
Si
no es funcionario del Poder Judicial, aportar la
cuenta cliente del Banco de su elección.
Otros:
Fotografía. (Indispensable
presentarla al momento en que se le efectúe la
valoración médica)
Encontrarse
al día con las obligaciones en el Colegio de Abogados
y Abogadas de Costa Rica.
Cumplir
con lo establecido por la Ley Orgánica del Poder
Judicial, la Ley de Carrera Judicial, el Reglamento de Carrera Judicial y demás
disposiciones vigentes.
En
caso de ser nombrado(a), se deben aprobar los cursos
institucionales de carácter obligatorio en materia de: equidad de género,
accesibilidad, servicio público de calidad, hostigamiento sexual y acoso
psicológico en el trabajo y sistema de gestión.
Procedimiento para remitir
los atestados en formato electrónico.
Escanear documentos
y crear un archivo digital el cual se requiere que sea indispensablemente en formato
PDF, con un máximo tres megas.
Ingresar
a la dirección electrónica:
https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr/SACJ/
3. Seguir los pasos señalados anteriormente en
relación con la contraseña.
4. En el menú de
inscripción, seleccionar la opción “buzón para agregar atestados”.
5. En “selección tipo de atestado”, seleccionar “documento”.
6. En “archivo a adjuntar”, elegir “examinar”,
debe buscar el archivo digital PDF que contiene los
documentos escaneados y adjuntarlos.
7. En la barra superior,
presionar “subir atestados”.
8. Los documentos quedan agregados en forma
automática en un buzón que será revisado por la
Sección Administrativa de la Carrera Judicial.
V. Condiciones del
concurso:
ü Relación
entre las personas participantes y el Poder Judicial:
La
relación entre las personas participantes y el Poder
Judicial es contractual, no laboral. Las personas que resulten escogidas que
laboren para el Poder Judicial deberán tramitar un
permiso sin goce de salario por el tiempo de duración del Programa.
ü Beneficios que le
brinda el Programa:
Instrucción
gratuita; entrega de materiales sin costo alguno; acceso a bibliotecas de la institución y a aquellas pertenecientes a instituciones
con las que se tenga convenio; utilización del laboratorio de cómputo y de
todas las instalaciones y servicios destinados para la capacitación de las
personas usuarias de la Escuela Judicial; entrega de un subsidio mensual por un
monto de 500.000 colones durante los doce meses de duración del Programa.
Reconocimiento
de dos puntos en Carrera Judicial por la aprobación
del Programa FIAJ al igual que se realiza con el Programa de Formación General
Básica de la Escuela Judicial.
Compromisos de la persona participante:
Conocer
y aceptar todas las condiciones del programa y firmar
el contrato de formación.
Cumplir
el calendario asignado: la fase teórico-práctica del
02 de febrero al 2 de agosto de 2015 y la práctica tutelada del 03 de agosto de
2015 al 02 de febrero de 2016.
Realizar
el Programa con resultados óptimos según los criterios
de evaluación formulados por la Escuela Judicial y aprobados por el Consejo de
la Judicatura.
ü Aprobar cada uno de los módulos y talleres,
asistir a las sesiones presenciales, a la práctica
tutelada y a todas las actividades y visitas programadas.
ü Durante la ejecución
del Programa de formación, no podrá realizar actividades de abogacía y/o
notariado. No podrá aceptar nombramientos interinos o en propiedad dentro o
fuera del Poder Judicial.
Durante
los tres años siguientes a la aprobación del Programa,
deberá estar disponible para laborar en el Poder Judicial en caso de ser
nombrado o nombrada.
El
incumplimiento de los deberes asumidos por la persona
participante, según el Programa y el contrato, darán lugar a la rescisión
unilateral y forzosa de la relación contractual. En tal caso, deberá devolver
los subsidios recibidos, con intereses al tipo legal,
y deberá pagar cualquier otro gasto generado a la institución.
ü En caso de no aprobar el
Programa o de retiro injustificado, deberá pagar lo establecido en el punto 7
anterior.
Rendir
una garantía a satisfacción de la institución.
Suscribir
una póliza de seguro estudiantil.
Los
demás que determine la Escuela Judicial para lograr
los objetivos del programa.
VI. Criterios de selección:
La
selección para el Programa de Formación Inicial para
Aspirantes a la Judicatura, se realizar á por prelaci ón de notas y únicamente
se seleccionarán a 32 personas candidatas.
De
conformidad con lo establecido en el artículo 30 bis
del Reglamento de Carrera Judicial, serán seleccionados en el Programa, los
aspirantes que obtengan una nota igual o superior al 75.
ü Las personas que no sean
seleccionadas para este Programa, podrán continuar en el concurso a efectos de
obtener su elegibilidad en el sistema de Carrera Judicial, en cuyo caso, si
resultan nombradas en propiedad en la Judicatura, deberán aprobar el Programa
de Formación que diseñe la Escuela Judicial.
VII. De los componentes por valorar:
ü Examen: Los y las aspirantes deben
someterse a una prueba escrita de conocimientos por competencias profesionales,
ante el tribunal examinador, con un valor de 50% de la
nota final, y a ocho pruebas que valorarán competencias profesionales,
con un valor de 50% de la nota final.
No
se admitirá aspirantes que se presenten después de iniciada la
prueba. Para realizar las evaluaciones se les entregará un sobre con la totalidad de las pruebas. Estas deberán ser realizadas y
extraídas del sobre, una a la vez, en un tiempo
determinado. Asimismo, una vez finalizada debe ser colocada nuevamente en el sobre. El orden de las pruebas no debe ser alterado o
mantener más de una, fuera del sobre. El
incumplimiento de esta disposición, será motivo de anulación de la prueba.
Las siguientes son
las competencias profesionales a evaluar:
Capacidad cognitiva: capaz de
identificar un problema y evaluar las causas profundas que lo provocan; busca
soluciones eficientes y realistas mediante la
identificación de información relevante; formula hipótesis; evalúa las
consecuencias y programa las actividades requeridas para alcanzar un objetivo
determinado con el fin de generar alternativas de solución, utilizando un
enfoque sistemático.
2. Inteligencia integradora: capacidad
mental para buscar e identificar información relevante, integrarla y
organizarla en un cuerpo coherente de conocimientos para identificar y
programar las actividades requeridas para alcanzar un objetivo determinado.
3. Creatividad:
capacidad para generar con regularidad nuevos enfoques, aportes y respuestas
con soluciones innovadoras y válidas a problemas y situaciones de la labor judicial, mediante combinaciones nuevas y
apropiadas de elementos con diferentes perspectivas y paradigmas.
4. Comunicación escrita: habilidad para
transmitir información, ideas y criterios a través de la
escritura, aplicando la terminología adecuada y adaptándola a los
procedimientos del sistema judicial, de manera que sea comprensible e unívoco,
así como la habilidad para comprender los mensajes escritos y los documentos
técnicos elaborados por otras personas que tengan relevancia para desempeñar su
labor.
5 Capacidad para dirección y toma de
decisiones: habilidad para proponer, canalizar y fomentar de forma ágil la resolución de situaciones propias de los procesos
judiciales mediante un enfoque proactivo y eficiente que se adecue tanto a las
exigencias presentes como a aquellas que surjan con posterioridad. Demanda un
nivel de autoridad racional y objetiva en el cual se
ponderen todos los aspectos pertinentes que permitan gestionar la toma de
decisiones propicias según cada circunstancia.
6. Inteligencia emocional: la inteligencia emocional es el conjunto de conocimientos,
capacidades y actitudes necesarias para comprender, expresar y regular de forma
apropiada los fenómenos emocionales. Estas habilidades y competencias
determinan la conducta de un individuo, sus reacciones
y sus estados mentales, y puede definirse como la capacidad de reconocer
nuestros propios sentimientos y los de las demás personas, de motivarnos y de
manejar adecuadamente las relaciones.
7. Trabajo en equipo: capacidad de
promover, fomentar y mantener relaciones de colaboración eficientes con
miembros del ámbito judicial así como otros grupos de
trabajo que resulten pertinentes con la integración de esfuerzos comunes que
garanticen el óptimo desarrollo de la práctica judicial.
8. Objetividad: capacidad de emitir una
resolución objetiva, basada en los elementos normativos, probatorios y demás
aspectos de los procedimientos, desligándose de sus
convicciones personales y valoraciones subjetivas.
9. Se recibirá recurso de revisión respecto a los
resultados de las pruebas, siempre y cuando se compruebe que él o la participante selección ó la opción correcta en el
solucionario y esta se calificó como respuesta incorrecta.
ü Entrevista: Quienes tengan posibilidad
de quedar elegibles se someterán a una entrevista con dos integrantes del Consejo de la Judicatura, la cual versará sobre la
organización del Poder Judicial, la actividad jurisdiccional en general y
específica del área a la que se aspira, aspectos del sistema jurídico
costarricense y sobre la cultura jurídica de la persona aspirante.
ü Experiencia profesional: Se califica a
partir de la fecha de Incorporación al Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica.
Si como profesional en
Derecho, posee experiencia laboral externa al Poder
Judicial, se deberá aportar en formato electrónico, ver punto III lo siguiente:
* Abogado(a)
litigante: Declaración jurada no protocolizada sobre los periodos que fungió como
abogado(a) o notario(a).
* Empresa o institución: Constancia
emitida por esta que especifique:
1. El o los puestos desempeñados.
2. Requisitos y especialidad del
o de los puestos profesionales.
3. La fecha de rige y vence
de los períodos laborados.
4. Si durante su permanencia solicitó o no
permisos sin goce de salario. En caso de que los haya disfrutado, se debe
señalar el período.
5. El motivo de salida.
6. Si hubo o no pago de prestaciones y, en caso
afirmativo, con cuál ley.
En concordancia con lo
establecido en el artículo 38 del Reglamento de
Carrera Judicial, a aquellas personas que ya cuenten con elegibilidad y que
participen en un concurso de una misma categoría y materia, se les considerará
la experiencia ya acreditada, sin variar la fecha establecida conforme al
numeral anterior. Se podrá computar nueva experiencia únicamente si ya ha
superado el plazo de dos años desde el anterior corte.
ü Promedio académico: Para
promediar este componente, debe remitir en formato electrónico (ver punto III) la certificación de notas de la carrera universitaria.
Publicaciones: La guía para la calificación de los y las participantes en la Carrera
Judicial contempla, únicamente, el reconocimiento de ensayos y libros atinentes
a la disciplina del Derecho, previo estudio y reconocimiento de la Unidad de
Componentes Salariales del Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial.
ü Docencia: Únicamente se reconocer á la docencia universitaria. La persona interesada debe
remitir en formato electrónico, ver punto III, la
constancia con membrete emitida por la universidad donde fue docente, en la
cual especifique el nombre del curso, el cuatrimestre o semestre, según el
caso, y el año cuando la impartió.
Postgrado: Se reconocerán
dos puntos por la especialidad o por la aprobación del
Programa de Formación General básica para Jueces y Juezas; tres puntos por la
maestría y cinco puntos por el doctorado. El tope máximo en este rubro es de cinco puntos y no es acumulativo, el o los títulos
deberán remitirse en formato electrónico, ver punto III.
Capacitación
recibida: Se reconocerán los certificados de capacitación en la
Carrera Judicial, siempre que contengan la cantidad de horas establecidas; la
capacitación sea impartida por alguna institución de renombre, atinente a la
disciplina del Derecho y sea realizada luego de la incorporaci ón al Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica, el o los certificados deber án remitirse en
formato electrónico, ver punto III.
ü Evaluaciones médicas, de trabajo social y
psicológicas: A quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se les
realizarán evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas, cuyos
resultados serán parte integral del proceso de
selección. La información derivada de su participación en este concurso será
utilizada por los órganos decisorios.
ü Promedio final de elegibilidad:
Para las personas
candidatas seleccionadas en el Programa de Formación
Inicial para Aspirantes a la Judicatura (FIAJ):
Para
ser consideradas elegibles, las personas deberán aprobar el
FIAJ. En este caso, el resultado obtenido en este
Programa se ponderará con la nota de la prueba de aptitud y conocimientos más
los componentes correspondientes a la entrevista, promedio académico,
experiencia, publicaciones, docencia, posgrado y cursos de capacitación, a
razón de un 40% y un 60% el Programa de Formación Inicial (FIAJ).
Para las personas
candidatas que no sean seleccionadas en el FIAJ y, por
lo tanto, continúan con el programa de ingreso a la Carrera Judicial:
Se ponderará el 100% de la nota de elegibilidad con el puntaje obtenido
en la prueba de aptitud y conocimientos, más los componentes de entrevista,
promedio académico, experiencia, publicaciones, docencia, posgrado y cursos de
capacitación.
ü Conclusión del
concurso: El concurso se dará por finalizado conforme lo disponga el
Consejo de la Judicatura.
VIII. De la
sanción, solicitudes de exclusión y
reprogramaciones.
De la sanción: En concordancia con lo establecido en el artículo 75
de la Ley del Sistema de Carrera Judicial, todas aquellas personas oferentes
que se inscriban en este concurso y no se
presenten a realizar el examen o se presenten después de iniciada la prueba, o
se le anule el examen, serán descalificadas de forma inmediata en este
acto, por lo que no podrán participar en el siguiente concurso. Esta
disposición aplica para aquellas personas participantes que no aprueben el FIAJ o que no superen el 70 en su promedio final.
Asimismo, la persona que no apruebe el FIAJ, sea
expulsado o abandone el curso por razones injustificadas, no podrá volver a
cursarlo en las tres promociones posteriores a aquella en que sucedió el
incumplimiento.
Exclusión: No se aceptarán
solicitudes de exclusión del concurso, excepto en
casos muy calificados. El Consejo de la Judicatura valorará
los motivos de fuerza mayor siempre y cuando estén debidamente justificados.
Para las personas seleccionadas en el FIAJ, aplica lo
establecido en el apartado III, inciso c), punto 7 de este cartel.
ü Reprogramación: Proceden en casos
calificados debidamente justificados, cuya valoración le
corresponderá al Tribunal Examinador, para lo cual debe remitir en formato
electrónico (escaneado) la solicitud y
comprobantes que acrediten su gestión en los cinco días hábiles posteriores
a la fecha del examen.
No
se aceptarán solicitudes de reprogramación por asuntos de trabajo, salvo en
casos emergentes que serán valorados por el Tribunal
Examinador.
En
los casos que ya se hubiera cambiado la cita inicial,
salvo motivos de fuerza mayor que será valorado por el Consejo de la
Judicatura, no se dará trámite a solicitudes de reprogramación de examen.
IX. De las notificaciones
La
Sección Administrativa de la Carrera Judicial y la
Escuela Judicial utilizarán el correo electrónico para todos los efectos como
único medio de notificación. Para ello, deberá indicar correctamente este
medio, mantenerlo habilitado y en óptimas condiciones las veinticuatro horas,
ya que, una vez comprobada la entrega electrónica, se
dará por notificado el asunto, de lo contrario, se exime de toda
responsabilidad a esta Sección y a la Escuela Judicial, por lo que se tendrá
por realizada la notificación, veinticuatro horas después de dictada la
resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al
medio electrónico señalado, debe ser comunicado oportunamente a esta oficina al
correo electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr
Consultas:
Escuela
Judicial: a los teléfonos 2267-1535 / 2267-1527 o a los correos electrónicos
escuelajudicialFIAJ@poder-judicial.go.cr; kescabar@poderjudicial.go.cr.
Sección
Administrativa de la Carrera Judicial, ubicada en el
cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), horario
de atención de 7:30 a.m. a 12 md. y de 1:00 p.m. a
4:30 p.m., de lunes a viernes o a los teléfonos 2295-3781 / 2295-3918 o al
correo electrónico carrerajud@poder-judicial.go.cr.
ESTE CONCURSO VENCE
EL 30 DE MAYO DE 2014
PARA TRÁMITE PERSONAL HASTA
LAS 4:30 P.M.
Y PARA LA INSCRIPCIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS,
SE HABILITA LAS 24 HORAS DE LA FECHA
INDICADA.
María Lucrecia
Chaves Torres.—(IN2014028975).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ADICIÓN
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES
DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
Para los
efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el
número 12-017159-0007-CO promovida por Federico Malavassi Calvo, Gabriel
Bonilla Picado, Rodrigo Alberto Carazo Zeledón contra el Código Electoral, por
estimarlo contrario a los artículos 1, 9, 45, 95, 96, 97 y 184 de la
Constitución Política, se ha dictado el voto número 2014-005832 de las catorce
horas y treinta minutos del seis de mayo del dos mil catorce, que literalmente
dice:
“Se adiciona la
resolución número 2013-015343 de las 16:30 horas del 20 de noviembre del 2013,
para que se agregue sobre la declaratoria sin lugar de la acción en cuanto a la
resolución del Tribunal Supremo de Elecciones Nº 4250-E8-2009 de 11 de
septiembre de 2009, que: 1) El Magistrado Jinesta da razones diferentes sobre
este punto. 2) El Magistrado Armijo salva el voto junto al Magistrado Cruz pero
únicamente en cuanto a la inconstitucionalidad de los artículos 115, 116, 117,
118 y 119 del Código Electoral, no así en cuanto a la resolución del Tribunal
Supremo de Elecciones, donde concurre con el voto de mayoría, de declararla sin
lugar”.
San José, 07 de
mayo del 2014.
Gerardo
Madriz Piedra
C-Exonerado.—(IN2014028772) Secretario
PRIMERA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción
de inconstitucionalidad número 14-006362-0007-CO que promueve Asociación de
Desarrollo Especifica Pro Mejoras de la Comunidad Playa Grande Santa Cruz
Guanacaste, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez horas y
veintinueve minutos del doce de mayo del dos mil catorce. Se da curso a la
acción de inconstitucionalidad interpuesta por Melina D Alolio Sánchez, para
que se declare inconstitucional el artículo XIX.2 bis del Reglamento de
Construcciones del Invu, por estimarlo contrario a los artículos 21 y 50 de la
Constitución Política, en que se proclama el derecho a un medio ambiente sano y
ecológicamente equilibrado. Se confiere audiencia por quince días a la
Procuraduría General de la República, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental,
la Municipalidad del Cantón de Santa Cruz y el Instituto Nacional de Vivienda y
Urbanismo. La norma se impugna en cuanto permite la instalación, ampliación, o
modificación de la red o infraestructura de telecomunicaciones en cualquier
parte del territorio nacional, particularmente en parques nacionales o zonas
protegidas, como lo es la zona de amortiguamiento del Parque Nacional Marino
Las Baulas. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la
Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación
de la accionante proviene del artículo 75 párrafo 2º de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional, en cuanto se trata de la defensa de intereses
difusos. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín
Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o
procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte
resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso.
Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se
discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede
hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de
aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único
que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución
final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se
inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos
contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben
aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera
inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación
del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos
pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la
aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar
en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los
motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se
hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de
Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la
Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no
suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en
los casos y condiciones señaladas. Para notificar a la Municipalidad del Cantón
de Santa Cruz, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de
Santa Cruz, comisión que se hará llegar por medio del correo interno.
Notifíquese/Gilbert Armijo Sancho, Presidente/
San José, 13 de mayo del 2014.
Gerardo
Madriz Piedra,
Exento.—(IN2014029763). Secretario
Resolución N°
AJD-RES-132-2014.—Expediente N° AJ-025-2014.—Dirección
General de Servicio Civil.—Asesoría Jurídica, a las nueve horas treinta minutos
del veintiocho de marzo del dos mil catorce. Vista la gestión de despido
incoada por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, téngase por
instaurado el presente procedimiento disciplinario en contra de la accionada
Tatiana Eugenia Chacón Mejía, con el fin de averiguar la verdad real de los
siguientes cargos que se le imputan, según manifestación de la parte Actora,
respecto a que Usted, supuestamente y: “…incurrió en un quebranto en sus
obligaciones como funcionaria pública, ya que de conformidad con el reporte que
realizó el Licenciado Cristhian Méndez Blanco, Director de Gestión
Institucional de Recursos Humanos, a través del Oficio No.DGIRH-721-2014 de
fecha 27 de febrero del 2014, en el cual se indicó que la servidora Chacón
Mejía no se presenta a laborar desde el día 04 de octubre del 2013. Con lo
cual, se tiene que dicha funcionaria, quebrantó todos los principios que deben
orientar el actuar de la Administración, ya que una de las obligaciones principales
que sujetan a los servidores públicos es la asistencia puntual a su trabajo,
por lo que el quebranto a este deber sin ninguna justificación, constituye una
falta grave, que afecta los intereses de este Ministerio...”; violentando
con su supuesto actuar, y según lo manifiesta la parte Actora, lo regulado en
los artículos 11, 140 inciso 2), 191 y 192 de la Constitución Política, 39 y 43
del Estatuto de Servicio Civil, 90, 50 inciso a) del Reglamento del Estatuto de
Servicio Civil, artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo, 11, 102, 211.1,
213 de la Ley General de la Administración Pública, 41 incisos 1), 2), 18), 78
y 81 inciso e) del Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes. Se le otorga a la parte accionada acceso al expediente
administrativo, mismo que consta de 8 folios, el cual se encuentra en la
Asesoría Jurídica de la Dirección General de Servicio Civil, ubicada en el
segundo piso de las Oficinas Centrales en San Francisco de Dos Ríos, ciento
setenta y cinco metros al este de la Iglesia Católica para que dentro del plazo
de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al recibo de la
notificación de este acto proceda a rendir por escrito su oposición a los
cargos que se le atribuyen, presentando toda la prueba de descargo que tuviere.
Asimismo, por disposición expresa del Tribunal de Servicio Civil, y con base en
el artículo 433 del Código Procesal Civil, cuya aplicación supletoria es
autorizada por el numeral 80 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, en
caso que desee plantear algún tipo de excepción que requiera ser de
conocimiento previo esta deberá ser interpuesta dentro de los primeros cinco
días hábiles del emplazamiento, caso contrario su conocimiento y resolución
quedará hasta para el momento procesal que el Tribunal de Servicio Civil
determine. Toda la documentación aportada a este expediente puede ser
consultada y fotocopiada a costa de las partes en esta Asesoría Jurídica,
advirtiéndoles que por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad
con el artículo 39 Constitucional y el principio procesal consagrado en el
numeral 272 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo
de acceso restringido sólo a las partes y a sus representantes legales siendo lo
aquí ventilado de interés para la Asesoría Jurídica y las partes mencionadas,
por lo que puede incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza,
la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí
se consigne. Se informa a la parte accionada que a toda audiencia que se
realice, con el fin de evacuar prueba testimonial, confesional, pericial,
inspecciones oculares o cualquier otra diligencia probatoria tendientes a
verificar la verdad real de los hechos, tiene derecho a hacerse asistir por un
profesional en derecho, perito o cualquier especialista que considere necesario
durante la tramitación del presente procedimiento. Se previene a la parte
accionada el deber de señalar un lugar físico, casa u oficina o un número de
fax, donde atender futuras notificaciones, advirtiéndole que se tendrá por
notificado con la respectiva acta de notificación que indique el expediente. Se
aclara a las partes que de conformidad con lo indicado por el Tribunal de
Servicio Civil en el Expediente número 15503, por medio de la Resolución
dictada el día veintidós de octubre del dos mil doce, el correo electrónico no
es un medio habilitado dentro del Régimen de Servicio Civil para oír
notificaciones, por ende no deberá ofrecerse el mismo para estos efectos. De no
señalar lugar para oír notificaciones o si el lugar indicado fuere impreciso o
no existiere se tendrá por notificado con el transcurso de veinticuatro horas
después de dictada la respectiva resolución. Además
se le advierte a las partes, la necesidad de cumplir con lo estipulado en el
artículo 75 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, en cuanto al deber de proporcionar cuantas copias sean
necesarias para cada una de las partes del proceso de aquellos escritos y
documentos que deseen aportar al expediente. De no oponerse a la gestión de despido dentro del plazo señalado o bien
si el servidor hubiere manifestado su conformidad se procederá al traslado del
expediente al Tribunal de Servicio Civil, quien dictará el despido en definitiva,
sin más trámite, según lo establece el inciso c) del artículo 43 del Estatuto
de Servicio Civil. De conformidad con el numeral 153 del Código Procesal Civil,
esta resolución corresponde con una mera providencia, en atención a que se
trata de una resolución de mero trámite, contra la cual no se dará recurso,
según lo señala el artículo 553 del Código de previa cita y lo dispuesto por la
Sala Constitucional, en las resoluciones números 1530-01, 3781-00,
1182-01, 5263-94, 3408-93, 1022-93, entre otras. Notifíquese.—Asesoría
Jurídica.—Lic. Miriam Rojas González, Directora, Abogada Instructora.—Lic. Andrea Brenes Rojas, Magister.—Maricela
Tapia Gutiérrez, Subdirectora General.—1 vez.—O. C. N° 3400022004.—Solicitud N°
12665.—(IN2014025805).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En
la puerta exterior de este Despacho a las ocho horas y treinta minutos del diez
de julio del dos mil catorce, y con la base de quince millones novecientos
cuarenta y cuatro mil quinientos veintidós colones con veintinueve céntimos,
soportando hipoteca de primer grado según citas: 2011-00175156-01-0002-001, con
gravámenes de reservas de Ley de aguas y Ley de caminos públicos según citas:
0531-00017007-01-0004-0001; en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 00184695-000 la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito primero cantón Santa Cruz, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jocchen Speling; al sur, Jocchen
Sperling; al este, camino público con un frente a él de veintinueve metros
lineales con setenta y ocho centímetros lineales, y al oeste, José Guillermo
Urbina Chaves. Mide: mil cuatrocientos noventa metros con ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veinticuatro de julio del dos mil catorce, con la base de once millones
novecientos cincuenta y ocho mil trescientos noventa y un colones con setenta y
un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil
catorce con la base de tres millones novecientos ochenta y seis mil ciento
treinta colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Ana Lizette Baltodano Obando
contra Irza Orozco Herrera. Exp. N° 13-000066-0874-LA.—Juzgado
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya,
16 de mayo del 2014.—Lic. Alberto Juárez Gutiérrez, Juez.—(IN2014031282).
Se cita y emplaza a todos los
causahabientes de quien en vida se llamó Derman Ernesto Moss Gibbs, quien fuera
mayor, soltero, futbolista, y portó cédula de identidad 7-0151-0589 y fallecido
el 28 de enero del 2006, para que comparezcan a este despacho dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este
edicto, en defensa de sus derechos y de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 del Código de Trabajo. Diligencias de consignación de prestaciones
del trabajador fallecido Derman Ernesto Moss Gibbs, interpuestas por Dorothy
Louise Hejbls Mc Ducen. Expediente número 14-000123-1025-LA.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 23 de abril del
2014.—Lic. Wendy Martínez Garbanzo, Jueza.—1
vez.—(IN2014028689).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la causante: Guiselle
Poveda Jarquín, quien fue mayor, casada, vecina de Cachí, Paraíso, ama de casa
y quien portó la cédula de identidad N° 3-0334-0842, fallecida el día diez de
marzo del dos mil nueve, se consideren con derecho a las mismas, para que
dentro del lapso improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias
establecidas bajo el número 13-300057-0351-LA.(57-1-13), a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de
Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, 12 de mayo del
2014.—Msc. Gerardo Barillas Solís, Juez.—1 vez.—(IN2014029185).
A los causahabientes de quien en vida se llamó:
Jorge Gerardo Calderón Guerrero, mayor de edad, casado, administrador de
empresas, vecino de Cartago, con cédula de identidad N° 3-193-0011, se les hace
saber que: Enid Deliens Fuentes, portadora de la cédula de identidad o
documento de identidad N° 3-193-1361, vecina de Cartago, se apersonó en este
Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las
presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido: Jorge Gerardo Calderón Guerrero.
Expediente N° 14-000264-0641-LA.—Juzgado de Trabajo
de Cartago, 2 de mayo del 2014.—Lic. Javier Fallas Villaplana, Juez.—1 vez.—(IN2014029200).
Se
cita a todos los causahabientes de Karol Tatiana Ureña Solano, quien fue mayor,
soltera, gerente de turno en Mc Donalds de Paseo Colón, vecina de Palmichal de
Acosta, un kilómetro al este de la Escuela, cédula de identidad N° 1-1402-0808,
fallecida el once de abril del dos mil catorce, para que dentro del plazo de
ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en
estas diligencias a hacer valer sus derechos. Artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente N° 14-300031-0197-LA.—Juzgado
Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, a las diez horas cuarenta minutos
del veintinueve de abril del dos mil catorce.—Lic. Eunice Villalobos Jiménez,
Jueza.—1 vez.—(IN2014029202).
Con
ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido: Arnoldo Cisneros Dubon, quien fuera mayor,
casado, costarricense, de oficio desconocido, vecino de Desamparados, El
Porvenir, detrás de la Iglesia de El Porvenir, casa N° 10-83, cédula de identidad
número tres-ciento cuarenta y cinco-cuatrocientos seis, quien falleció el
diecisiete de junio del dos mil uno, con el fin de que se apersonen a hacer
valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Fondo de
Capitalización Laboral, expediente N° 14-300043-0237-LA (44-2-14), gestionado
por: María Luisa Ramírez Acuña contra Operadora de Planes de Pensiones
Complementarias BN Vital S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en dicho
lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros
pasarán a quien corresponda en derecho, de conformidad con el artículo 85 del
Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de
San José, Desamparados, 25 de abril del 2014.—M.Sc. Ian Berrocal Azofeifa,
Juez.—1 vez.—(IN2014029205).
Con
ocho días de plazo se convoca a los causahabientes de la fallecida: Olama
Isabel Zúñiga Solano c.c. Norma Isabel Zúñiga Solano, quien fuera mayor, viuda,
costarricense, pensionada, vecina de Desamparados, San Rafael Abajo, del antiguo
taller del Imas, 200 norte, 25 este y 75 norte, casa N° 25C, portón marrón,
muro blanco, cédula de identidad número uno-doscientos treinta y nueve-cero
setenta, quien falleció el trece de diciembre del dos mil trece, con el fin de
que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de
reclamo de la pensión del Régimen No Contributivo de la Caja Costarricense del
Seguro Social, expediente N° 14-300082-0237-LA (83-2-14), gestionado por: Ana
Felicia Artavia Zúñiga contra la Caja Costarricense del Seguro Social,
apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir
de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en
derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de
Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 29 de
abril del 2014.—M.Sc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2014029206).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Laura Marcela Jiménez
Pereira, quien fue mayor, soltera, ama de casa, con último domicilio en
Cartago, Taras 25 metros al este de la Pulpería Linda Vista, cuarta casa a mano
derecha, con cédula de identidad 3-427-0051 y falleció el 19 de enero del 2014,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 14-000125-1023-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Exp. N° 14-000125-1023-LA. Proceso promovido por Jorge
Andrés Jiménez Pereira, cédula de identidad 1-1149-0300 a favor de Laura
Marcela Jiménez Pereira con cédula de identidad 3-427-0051.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 19 de febrero del 2014.—Lic. Clelia
Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014029752).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marvin Rafael
Espinoza Aguirre, cédula de residencia 155815006023, quien fue mayor, casado,
guarda de seguridad, con último domicilio en Cartago, San Isidro de El Guarco y
falleció el 06 de marzo de 2014, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de
prestaciones sector privado bajo el número 14-000301-1023-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Exp. N° 14-000301-1023-LA. Proceso promovido por Candelaria Del Carmen
Corea Castillo, cédula de residencia 155819659902 a favor de Marvin Rafael
Espinoza Aguirre, cédula de residencia 155815006023.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago; 9 de mayo del 2014.—Lic. Mónica
Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014029755).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Óscar Orlando Calvo
Barrantes, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la
cédula de identidad 1-447-459, y falleció el día 21 de enero del año 2014, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
N° 14-000552-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N°
14-000552-0173-LA. Proceso promovido por Anabelle Morera Rodríguez a favor de
los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de San José; 9 de mayo del 2014.—Lic. Ileana
García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014029757).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Alberto Valverde
Jiménez, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la
cédula de identidad 1-348-642, y falleció el día 10 de mayo del año 2013, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
N° 14-000952-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N°
14-000952-0173-LA. Proceso promovido por Cecilia Carrillo Henchoz a favor de
los causahabientes del fallecido.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de
mayo del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2014029760).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Antonio Acuña
Córdoba, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la
cédula de identidad 1-501-585, y falleció el día 18 de marzo del año 2014, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
N° 14-000956-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N°
14-000956-0173-LA. Proceso promovido por Felicia Hortensia Ruiz Rivera a favor
de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de
mayo del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2014029761).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de
cuotas de trabajador fallecido, de quien en vida se llamó Andrey González
Marín, quien en vida fue mayor, costarricense, taxista, divorciado, portador de
la cédula de identidad N° 1-1116-0101, vecino de Pavas, Lomas del Río,
Urbanización Bri Brí, casa 848 y quien falleciere el veintitrés de diciembre de
dos mil trece, que se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del
plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos de conformidad con el
artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse
ordenado así en consignación de prestaciones N° 14-300002-0891-LA-9, donde
figura como causante Andrey González Marín y como gestionante Gerardo González
Juárez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 4 de abril
del 2014.—Lic. Jairo Acuña Fallas, Juez a. í.—1
vez.—Exento.—(IN2014029765).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del causante Saúl López
Fernández, quien fue mayor, casado, costarricense, laboraba para el BAC de San
José, en el departamento de Premium, vecino de Llanos Santa Lucía, Paraíso y
portó la cédula de identidad Nº 3-0417-0616, fallecido el 13 de noviembre del
dos mil trece, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del
lapso improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias establecidas bajo el
número 14-300004-0351-LA (04-1-14), a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de
Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, 12 de mayo del 2014.—Msc. Gerardo
Barillas Solís, Juez.—1 vez.—C-Exonerados.—(IN2014029766).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y
ahorros legales del fallecido Farrier Salas Llariel Isaac, cédula de identidad
N° 6-0399-0873, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del
plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas
bajo el número 14-300008-0440-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con el artículo 85 del Código de Trabajo. Lo anterior refiere al Proceso de
Consignación de Prestaciones de trabajador fallecido, Expediente
14-300008-0440-LA, promueve: Salas Alvarado María Eugenia, causante: Farrier
Salas Llariel Isaac.—Juzgado de Trabajo de Menor
Cuantía de Corredores, a las trece horas veinticinco minutos del cinco de
febrero del dos mil catorce.—Lic. Harold Ríos Solórzano, Juez.—1
vez.—C-Exonerado.—(IN2014029768).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de, las prestaciones y ahorros legales del fallecido Román
Vargas Yeudy Andrés, cédula de identidad N° 1-1536-0092, se consideren con
derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número
14-300009-0440-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con el artículo
85 del Código de Trabajo. Lo anterior refiere al Proceso de Consignación de
Prestaciones de trabajador fallecido, Expediente 14-300009-0440-LA, promueve:
Vargas Bustamante Mayela, causante: Román Vargas Yeudy Andrés.—Juzgado
de Trabajo de Menor Cuantía de Corredores, a las quince horas treinta
minutos del tres de marzo del dos mil catorce.—Lic. Víctor Lizano Campos, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029771).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del causante Mario
Solano Masís, quien fue mayor, soltero, costarricense, laboraba para Finca La
Troya, en Orosi, como mantenedor de la finca, vecino de Orosi, Paraíso y portó
la cédula de identidad Nº 3-0241-0274, fallecido el 26 de enero del dos mil
once, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del lapso
improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias establecidas bajo el
número 14-300017-0351-LA (18-1-14), a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de
Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, 12 de mayo del 2014.—Msc. Gerardo
Barillas Solís, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029772).
Con
ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados
en las diligencias número 14-300019-240-LA (20-2014), que es Devolución del
Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones del trabajador
fallecido: William cc Walter Bonilla Chacón, quien en vida fue mayor, de 39
años de edad, soltero, peón de construcción, vecino de Mora, Barrio San Bosco,
Ciudad Colón, costarricense, cuya cédula de identidad fue la número
1-0629-0479; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus
derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre
su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias
promovidas por William Andrés Bonilla Sandí.—Juzgado
de Trabajo de Menor Cuantía de Mora, San José, 07 de mayo del
2014.—Lic. Marvin Jarquín Sancho, Juez.—1
vez.—C-Exonerado.—(IN2014029773).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, las prestaciones y
ahorros legales del fallecido Samudio López Leonor, cédula de identidad N°
6-0161-0615, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo
improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto,
se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el
número 14-300023-0440-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con el
artículo 85 del Código de Trabajo. Lo anterior refiere al Proceso de
Consignación de Prestaciones de trabajador fallecido, Expediente
14-300023-0440-LA, promueve: Ril Samudio Ruth, causante: Samudio López Leonor.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Corredores,
a las trece horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil
catorce.—Lic. Víctor Lizano Campos, Juez.—1
vez.—C-Exonerado.—(IN2014029774).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y
ahorros legales de Marchena Marchena José Teodoro, quien fue mayor de edad,
portador de la cédula 5-184-870, laboraba como peón director en el campo de
Coto 47, el cual falleció el día veintiocho de junio del dos mil ocho y Pérez
Hernández Analibe, quien fue mayor de edad, portadora de la cédula 6-291-571,
vecina de Coto 44, laboraba como coyolera para Palma Tica de Coto 44, la cual
falleció el día diez de abril de dos mil uno, se consideren con derecho a las
mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho,
en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14-300037-0440-LA. Consignación
de Prestación de Cuota de Trabajador fallecido de Marchena Marchena José
Teodoro y Pérez Hernández Analibe promovido por Marchena Pérez Hellen Priscila
y Marchena Pérez Fabián Alonso a hacer valer sus derechos, de conformidad con
el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de
Trabajo de Menor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, a las diez horas
diecisiete minutos del dieciocho de marzo de dos mil catorce.—Lic. Víctor
Lizano Campos, Juez.—1
vez.—C-Exonerado.—(IN201429775).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y
ahorros legales del fallecido Hernández Mena Elí, cédula de identidad N°
1-0408-0856, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo
improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto,
se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el
número 14-300045-0440-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con el
artículo 85 del Código de Trabajo. Lo anterior refiere al Proceso de Consignación
de Prestaciones de trabajador fallecido, Expediente 14-300045-0440-LA,
promueve: Córdoba Calvo Anabella, causante: Hernández Mena Elí.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Corredores,
a las nueve horas quince minutos del veintiocho de abril del dos mil
catorce.—Lic. Víctor Lizano Campos, Juez.—1
vez.—C-Exonerado.—(IN2014029777).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y
ahorros legales del fallecido Mora Acosta Luis Diego, cédula de identidad N°
6-309-731, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo
improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto,
se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el
número 14-300053-440-LA-(1), a hacer valer sus derechos, de conformidad con el
artículo 85 del Código de Trabajo. Lo anterior refiere al Proceso de
Consignación de Prestaciones de Trabajador fallecido, Expediente
14-300053-440-LA-(1), promueve: Lezcano Moreno Arecellys, causante: Mora Acosta
Luis Diego.—Juzgado de Trabajo de Menor
Cuantía de Corredores, a las diez horas del veintitrés de abril del dos mil
catorce.—Lic. Víctor Lizano Campos, Notario.—1
vez.—(IN2014029779).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y
ahorros legales del fallecido Hugo Geremías Tobar, se consideren con derecho a
las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho,
en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14-300059-0440-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
de Trabajo de Menor Cuantía de Corredores, a las quince horas treinta
minutos del tres de marzo del dos mil catorce.—Lic. Víctor Lizano Campos, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029871).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de
ahorros de trabajador fallecido de quien en vida fuere llamado Roberto Montero
Zúñiga, mayor, soltero, costarricense, cédula de identidad número 1-0540-0887,
vecino de Pavas, Finca San Juan, trescientos metros al oeste de la banquete,
cincuenta metros al sur, alameda c-cinco, casa número dieciocho y quien
falleciere el día diecinueve de abril del dos mil trece y que se consideren con
derecho a las mismas con el fin que se apersonen dentro del plazo de ocho días,
contados a partir de la publicación de este edicto a este despacho a hacer
valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y
sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en devolución de ahorros de
trabajador fallecido. Expediente N° 13-300016-0891-LA.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 6 de junio del 2013.—Lic.
Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez.—1
vez.—(IN2013050829).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las ocho horas del trece de agosto del año dos mil
catorce, y con la base de seis millones ochocientos cuarenta y ocho mil
seiscientos cuarenta y un colones con quince céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
veintidós mil novecientos trece cero cero cero la cual es terreno de café.
Situada en el distrito uno Turrialba, cantón quinto Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte, Tomás Guardia Tinoco, quebrada Poró en medio y
lotes a, b, e, f y g; al sur, calle pública con treinta y cinco metros de
frente, Noemy de los Ángeles Rojas Loría, lotes a, b, c, d, e, f, g y h; al
este, Jorge Molina Rivera, Noemy de los Ángeles Rojas Loría y lote d, y al
oeste, Tomás Guardia Tinoco, lotes c y h. Mide: tres mil doscientos sesenta y
dos metros con noventa y seis decímetros cuadrados. 2) A las ocho horas del
trece de agosto del año dos mil catorce, y con la base de un millón cincuenta y
un trescientos cincuenta y ocho colones con ochenta y cinco céntimos, en el
mejor postor remataré la siguiente finca: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número doscientos tres mil novecientos treinta y cuatro cero
cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito uno
Turrialba, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, José Manuel Romero Jiménez; al sur, José Manuel Romero Jiménez; al este,
servidumbre de paso con un frente de diez metros lineales, y al oeste, Tomás
Guardia Tinoco. Mide: ciento noventa y tres metros con ochenta decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiocho de
agosto del año dos mil catorce, con la base de setecientos ochenta y ocho mil
quinientos diecinueve colones con catorce céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del once de
setiembre del año dos mil catorce con la base de doscientos sesenta y dos mil
ochocientos treinta y nueve colones con setenta y un céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Lizanías Esteban Granados Sojo, expediente N°
13-007348-1164-CJ.—Juzgado Agrario de Turrialba, 14 de mayo del año
2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—(IN2014030552).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del veintiocho de agosto
del dos mil catorce, y con la base de un millón cuatrocientos veinticinco mil
trescientos siete colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: placa C-28002, marca Isuzu, estilo FSR11F06,
capacidad 3 personas, categoría carga pesada, carrocería gavetera, año 1993,
color azul. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del
doce de setiembre del dos mil catorce, con la base de un millón sesenta y ocho
mil novecientos ochenta colones con noventa y cuatro céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del veintinueve de setiembre de dos mil catorce con la base de
trescientos cincuenta y seis mil trescientos veintiséis colones con noventa y
ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Geber Fonseca Alfaro contra Yorlleth Priscilla Orozco
Villalobos, expediente N° 14-000267-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 30 de abril del año 2014.—Lic. Ricardo
Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014030591).
A
las catorce horas del veinticinco de junio del dos mil catorce, en la puerta
exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, con la base de ¢12.000.000,00,
libre de gravámenes hipotecarios, remataré: la finca inscrita en el Registro
Público, del partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 497272-003, que es terreno para construir con un
área de 195,35 metros cuadrados, sito en Santa Ana, Uruca, distrito cuatro, del
cantón nueve de la provincia de San José. Linda: al norte, con Clara Rosa Mora
Acuña; al sur, Clara Rosa Mora Acuña; al este, servidumbre de paso, al oeste,
Luis Enrique Salazar Saborío. Para el segundo remate, y con la rebaja del
veinticinco por ciento de la base original, sea la base de nueve millones de
colones 00/100, se señalan las catorce horas del once de julio del dos mil
catorce. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la
base original, sea la base de tres millones de colones 00/100, se señalan las
catorce horas del treinta de julio del dos mil catorce. Se remata por ordenarse
así en el proceso ejecutivo simple N° 03-100136-0242-CI, establecido por Geovanny
Porras Matamoros contra Marvin Eduardo Anchía Mora.—Juzgado Civil y de Menor
Cuantía de Santa Ana, 9 de abril del 2014.—Lic. Ronald Chacón Mejía, Juez.—(IN2014030742).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de
junio de dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones doscientos
setenta y cinco mil quinientos cincuenta y un colones con treinta y cuatro
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 157732-001-002 la cual es terreno lote 5-C terreno para
construir. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, INVU lote 4; al sur, INVU lote 6; al
este, INVU con servidumbre de tubería en medio 06,00 metros de ancho, y al
oeste, calle 8 con 6,89 metros. Mide: doscientos ocho metros con cuarenta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del tres de julio del dos mil catorce, con la base de doce millones
doscientos seis mil seiscientos sesenta y tres colones con cincuenta y un
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de julio del dos mil
catorce, con la base de cuatro millones sesenta y ocho mil ochocientos ochenta
y siete colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Dagoberto Masís Rivera, Rocío Ruiz
Solano, expediente N° 13-003949-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 6 de febrero del año 2014.—Lic. Guillermo Guevara
Solano, Juez.—(IN2014030755).
En
la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de 1° grado a favor
del Banco Popular y de Desarrollo Comunal bajo las citas 576-10104-01-0002-001;
a las diez horas y cero minutos del trece de agosto del año dos mil catorce y
con la base de treinta y tres millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
113.599-000, la cual es terreno pastos con una casa. Situada en el distrito 01
Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Margarita Monge González; sur, Luis Ángel Acuña Campos; este, calle pública;
oeste, Álvaro Hidalgo. Mide: trescientos doce metros con sesenta y siete
decímetros cuadrados. Plano: A-0321156-1978. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y cero minutos del veintinueve de agosto del año dos mil
catorce, con la base de veinticuatro millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del año dos
mil catorce, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Importaciones Globales GA S. A., contra
Roxana Solís Alfaro, expediente N° 13-002621-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de abril del
año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014030764).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del tres de julio del
año dos mil catorce, y con la base de quinientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número 401239, marca
Hyundai, estilo Elantra GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
1992, color azul, vin KMHJF31JPNU345808, cilindrada 1500 c.c., combustible
gasolina, motor Nº G4DJN455160. Para el segundo remate se señalan las once
horas y cero minutos del dieciocho de julio del año dos mil catorce, con la
base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos
del cinco de agosto del año dos mil catorce, con la base de ciento veinticinco
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Henry Stivens Salas Mejías
contra José Eduardo Blanco Gamboa, expediente N° 14-000470-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 28 de marzo del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero
Trejos, Juez.—(IN2014030783).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando hipoteca de primer grado citas 2013-297635-01-0001-001 y servidumbre
trasladada citas 299-00001357-01-0901-001; a las trece horas y veinte minutos
del seis de agosto de dos mil catorce (1:20 pm), y con la base de ciento
sesenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 199807-000 la cual es terreno de
potrero. Situada en el distrito San Isidro, cantón El Guarco, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte, Roberto Vásquez Thames; al sur, Carlos Alcides
Garro Flores; al este, calle pública, y al oeste, calle pública. Mide: mil
trescientos cincuenta y nueve metros con siete decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las trece horas y veinte minutos del veintidós de
agosto del dos mil catorce, (1:20 pm), con la base de ciento veinte mil dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y veinte minutos del ocho de setiembre del dos mil
catorce, (1:20 pm) con la base de cuarenta mil dólares exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Khaldoun Mamlouk contra Ronald de los Ángeles Jiménez Vargas, expediente N°
14-000510-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 22 de abril del año 2014.—Lic. Hannia Marchena
Jiménez, Jueza.—(IN2014030796).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del uno de agosto de
dos mil catorce (2:00 p.m. 01/08/2014) y con la base de quinientos quince mil
cuarenta y un colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas: 666.858, marca: Geo, categoría: automóvil, vin:
1Y1SK5364RZ038920, año: 1994, color: verde, cilindrada: 1.600 c.c. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de
agosto de dos mil catorce (2:00 p.m. 19/08/2014), con la base de trescientos
ochenta y seis mil doscientos ochenta colones con ochenta y cuatro céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del tres de setiembre de dos mil catorce (2:00
p.m. 03/09/2014) con la base de ciento veintiocho mil setecientos sesenta
colones con veintiocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sebastián Jiménez
Mora contra Niurka González Delgado, expediente N° 13-009735-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
2 de abril del año 2014.—Lic. Hannia Marchena Jiménez, Jueza.—(IN2014030801).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
once horas y cero minutos del veintiséis de junio del año dos mil catorce, y
con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
doce mil ciento ochenta y cinco la cual es terreno inculto con una casa.
Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Enid Rojas Varela; sur, German Arias Conejo; este,
calle pública, y oeste, quebrada San Martín y Carlos Luna Mendoza. Mide:
trescientos cuarenta y nueve metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados,
plano: A-0961773-1991. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero
minutos del once de julio del año dos mil catorce, con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del
veintinueve de julio del año dos mil catorce, con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Víctor Lino Gutiérrez Bolaños contra Marvin Gerardo Villalobos Rojas,
expediente N° 14-000193-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 19 de marzo del
año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014030814).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando condiciones ref: 2586 343 001 bajo las citas: 312-02771-01-0901-069;
a las diez horas y treinta minutos del veintiséis de junio del año dos mil
catorce, y con la base de trece millones seiscientos sesenta y siete mil trescientos
treinta y tres colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 497210-000, la
cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 07, La Fortuna, cantón
10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, de agricultura
con Carlos Arias Alvarado; sur, con calle pública con un frente de 34.53 m
lineales; este, María Eugenia Quirós Zúñiga, y oeste, María Eugenia Quirós
Zúñiga. Mide: ocho mil cuatro metros cuadrados, plano: A-1531956-2011. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del once de julio
del año dos mil catorce, con la base de diez millones doscientos cincuenta mil cuatrocientos noventa y nueve
colones con noventa y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del
veintinueve de julio del año dos mil catorce, con la base de tres millones
cuatrocientos dieciséis mil ochocientos treinta y tres colones con treinta y
tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Lino Gutiérrez Bolaños
contra Roibin Cabezas Quirós, expediente N° 14-000196-1202-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 20 de
marzo del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014030816).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero
soportando hipoteca en primer grado a las once horas cero minutos del
veintitrés de junio del dos mil catorce, y con la base de cuatro millones
ciento doce mil quinientos colones exactos en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 173747-000 la
cual es terreno para construir bloque A lote 2. Situada en el distrito 06
Guadalupe, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
calle pública con frente de 8.50 metros; al sur, Óscar Tames Brenes; al este,
lote 3, y al oeste, lote 1. Mide: ciento noventa y cinco metros con cincuenta
centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas cero
minutos del ocho de julio del dos mil catorce, con la base de tres millones
ochenta y cuatro mil trescientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas
cero minutos del veintitrés de julio del dos mil catorce con la base de un
millón veintiocho mil ciento veinticinco colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Yessenia María Barahona Morales contra Víctor Hugo Alvarado
Brenes, expediente N° 13-005124-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 25 de febrero del 2014.—Lic.
Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014030819).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones a citas 296 5145; a las quince horas y
quince minutos del ocho de julio del año dos mil catorce, y con la base de
cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 154652 submatrícula
cero cero cero la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 02 Savegre,
cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Marajul
Sociedad Anónima; al sur, Marajul Sociedad Anónima; al este, Marajul Sociedad
Anónima, y al oeste, calle pública. Mide: mil metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos
del veintitrés de julio del año dos mil catorce, con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos
del ocho de agosto del año dos mil catorce, con la base de un millón doscientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Melvin López Arrieta contra Manuel
Antonio Bermúdez Meza, expediente N° 13-004311-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 25 de
abril del año 2014.—Lic. Christian Enrique Zamora Pérez, Juez.—(IN2014030825).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho
horas quince minutos del cinco de agosto de dos mil catorce, y con la base de
doce mil doscientos setenta y siete dólares con trece centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo placa RKT428, marca Fiat, estilo Panda,
año 2012, color morado. Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince
minutos del veintiuno de agosto de dos mil catorce, con la base de nueve mil
doscientos siete dólares con ochenta y cuatro centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
quince minutos del cinco de setiembre de dos mil catorce con la base de tres
mil sesenta y nueve dólares con veintiocho centavos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Scotiabank de Costa Rica contra Raquel Sabrina Molina Huezo en expediente N°
14-004741-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San
José, 9 de abril del 2014.—Lic. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—(IN2014031061).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho
horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de agosto de dos mil catorce, y con
la base de diecisiete mil ochocientos sesenta y seis dólares con ochenta y un
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: BCF562, marca:
Peugeot; estilo: 207; capacidad: 5 personas; año: 2013; color: Negro,
categoría: Automóvil; carrocería: sedán 4 puertas hatchback; tracción: 4x2;
chasis: VF32MKFT0DY000434; N° motor: 10FSW96534473; cilindrada: 1360 cc;
combustible: Gasolina; cilindros: 04. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de agosto de dos mil
catorce, con la base de trece mil cuatrocientos dólares con diez centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de setiembre de dos mil
catorce con la base de cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis dólares con
setenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra José
Andrés Murillo Arroyo. Exp. N° 13-007123-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 7 de
abril del 2014.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—1
vez.—(IN2014031064).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de junio de dos mil
catorce, y con la base de treinta y dos millones cuatrocientos ochenta y un mil
ciento treinta y nueve colones con diecisiete céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
setenta y siete mil doscientos ocho-b-cero cero cero (77.208-B-000) la cual es
terreno con tres casas de habitación. Situada en el distrito San Pedro, cantón
Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Hernán Herrera Camacho y
Flor María Vargas Arias; al sur, Jacinto Núñez García; al este, calle pública,
y al oeste, Hernán Herrera Camacho. Mide: Doscientos setenta y cuatro metros
con un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
y cuarenta y cinco minutos del once de julio de dos mil catorce, con la base de
veinticuatro millones trescientos sesenta mil ochocientos cincuenta y cuatro
colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del veintiocho de julio de dos mil catorce con la base de ocho millones ciento
veinte mil doscientos ochenta y cuatro colones con setenta y nueve céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Marvin Daniel Zavala Cerrato. Exp. N°
13-001347-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Heredia, 12 de febrero del 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014031086).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
quince horas y treinta minutos del trece de junio de dos mil catorce, y con la
base de dos millones doscientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: placa 314076, marca Toyota, estilo Corolla
xli, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1999, vin AE1113051009.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del
treinta de junio de dos mil catorce, con la base de un millón setecientos diez
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintitrés de julio
de dos mil catorce con la base de quinientos setenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Marcela Guardia Gallo contra Oliver Smith Dixon.
Exp. N° 12-003805-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial de Cartago, 24 de marzo del 2014.—Lic. Jessika Fernández
Cubillo, Jueza.—(IN2014031091).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada citas: 0208-00003998-01-0911-001, servidumbre
trasladada citas: 0310-00012942-01-0901-001 y demanda penal citas:
201200377105-01-0001-001; a las catorce horas y cero minutos del veinte de
junio de dos mil catorce, y con la base de quince mil cuatrocientos cuarenta
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y tres mil doscientos
veinticinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito San Antonio, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Eva Mora; al sur, Industria Omro de Costa Rica Ltda; al este, Flora
Montoya Vargas en medio quebrada Herrera Herrera, y al oeste, calle publica con
un frente de sesenta y nueve metros, veintisiete centímetros. Mide: Dos mil
doscientos once metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de julio de dos mil
catorce, con la base de once mil quinientos ochenta dólares exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cero minutos del veintidós de julio de dos mil catorce con la base de
tres mil ochocientos sesenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Canafin S. A.
contra Somos Únicamente Dos S. A. Exp. N° 13-000394-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de febrero
del 2014.—Lic. Éricka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014031131).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
ocho horas y cero minutos del veintidós de octubre del año dos mil catorce, y
con la base de cincuenta millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N°
13195 submatrícula cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa de
habitación.-Situada en el distrito 01 San Vito, cantón 08 Coto Brus, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rafaela Elizondo y Pilorma Sociedad
Anónima; al sur, calle pública y Rafaela Elizondo; al este, Rafaela Elizondo y
Pilorma Sociedad Anónima, y al oeste, Rafaela Elizondo. Mide: Cinco mil
trescientos dos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del seis de noviembre del año dos mil
catorce, con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil
catorce con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Carlos Alberto Pineda Chaves. Exp. N° 14-001878-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 12 de mayo del 2014.—Lic. Christian Enrique Zamora
Pérez, Juez.—(IN2014031146).
En
la puerta exterior de este Despacho; a las ocho horas treinta minutos del
diecisiete de junio del dos mil catorce, en el mejor postor remataré los
siguientes bienes que se dirán: 1) Vehículo, placa número C 141412, marca
Volvo, año 1997, vin 4V52AEFD6VR476236, cilindrada 8000 cc, color blanco,
categoría carga pesada con la carga, con la base para el primer remate de ocho
millones ciento diez mil colones, para el segundo remate la base de seis
millones ochenta y dos mil colones, y para el tercer remate con la base de dos
millones veintisiete mil colones , 2) Vehículo placa número C 139159, marca
Volvo, año 1991, vin YB3U2CNA7MB461438, cilindrada ocho mil doscientos c.c,
color blanco, categoría carga pesada, para el primer remate la base de tres
millones doscientos veinte mil colones, para el segundo remate la base de dos
millones cuatrocientos quince mil colones, y para el tercer remate la base de
ocho cientos cinco mil colones. 3) Vehículo Placa 560660, soportando anotación
de gravamen de la causa número cero ocho-cero cero setecientos treinta y
nueve-cero sesenta y dos-PE, marca Suzuki, año 1995, vin 2S3TCO1C9S6418288,
cilindrada mil seiscientos cc, color rojo, categoría automóvil; para el primer
remate con la base de un millón doscientos noventa mil colones, para el segundo
remate la base de novecientos sesenta y siete mil quinientos colones y para el
tercer remate la trescientos veintidós mil quinientos colones. 4) Vehículo
Placa 359269, marca Hyundai, año 1991, Vin no indicado, cilindrada mil
quinientos C.C, color blanco, categoría automóvil, para el primer remate la
base de novecientos setenta mil colones, para el segundo remate la base de
setecientos veintisiete mil quinientos colones, y para el tercer remate la base
de doscientos cuarenta y dos mil quinientos colones. 5) Vehículo placa 007102,
soportando contrato prendario, marca Lada, año 1981, vin 113797, cilindrada
cero cc, color rojo, categoría automóvil, para el primer remate la base de
cuatrocientos sesenta mil colones, para el segundo remate la base de
trescientos cuarenta y cinco mil colones, y para el tercer remate la base de
ciento quince mil colones. 6) Con la base de treinta millones doscientos
cincuenta mil colones, soportando Hipoteca de primer grado, la Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número doscientos un mil ciento setenta y
tres-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito
primero Quesada, cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Ólger Artavia Arias; al sur, Municipalidad de San Carlos área
comunal; al este, calle pública con 9,00 metros, y al oeste, Jaime Sandí
Miranda y José Antonio Sánchez Trejos. Mide: ciento setenta y siete metros con
quince decímetros cuadrados. para el segundo remate la base de veintidós
millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de siete
millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones (un veinticinco por
ciento de la base inicial). 7) Soportando hipoteca de primer grado con la base
de veinticuatro millones setecientos cincuenta mil colones, la finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y dos mil seiscientos
dieciséis-cero cero cero la cual es terreno agric y bosques. Situada en el
distrito primero Quesada, cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Héctor Saborío Sibaja; al sur, Amable Miranda Arce; al este,
camino privado y otros, y al oeste, Amable Miranda Arce. Mide: sesenta y cinco
mil doscientos once metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo
remate con la base de dieciocho millones quinientos sesenta y dos mil
quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta con la base de seis millones ciento ochenta y siete mil quinientos
colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Para todos los
anteriores remates se señalan las siguientes fechas: Para el segundo remate de
todos los anteriores bienes se señalan las trece horas treinta minutos del dos
de julio del dos mil catorce; y para llevar a cabo el tercer remate de todos
los anteriores bienes se señalan las catorce horas del diecisiete de julio del
dos mil catorce. nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ordinario de Rodrigo Quirós Morales contra
Mauricio Oviedo Álvarez. Exp. N° 09-000139-0390-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 6 de febrero del
2014.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—(IN2014031165).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del dieciséis de junio
de dos mil catorce, y con la base de novecientos cincuenta y cuatro mil
setecientos sesenta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: El Vehículo placa: 590.399, marca: Honda, estilo: Civic, categoría:
Automóvil, capacidad: 5 personas carrocería: Sedán 2 puertas tracción: 4x2 año
fabricación: 1997 color: Verde, vin: 1HGEJ6121VL120905, cilindrada: 1600 cc
cilindros: 4, Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos
del uno de julio de dos mil catorce, con la base de setecientos dieciséis mil
setenta y dos colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
dieciséis de julio de dos mil catorce con la base de doscientos treinta y ocho
mil seiscientos noventa colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Grupo Canafín S. A. contra Eric Guillermo Segura Chaves, Lucía
Chaves Zúñiga. Exp. N° 13-011334-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de febrero
del 2014.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2014031173).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones, 2 servidumbres ecológicas y limitaciones,
2 servidumbres de acueducto; a las nueve horas y cero minutos del nueve de
setiembre del año dos mil catorce, y con la base de cuatrocientos mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número treinta y seis mil seiscientos cuarenta y
cuatro-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
Tempate, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Bern Tielemann, Inmobiliaria Punta Uva S. A., Desarrollos Platinos DP S. A.,
servidumbre Agrícola, Alfredo Lumplecker, Siegred Kahlhammer, Abe Diecter y
Broken Hill Forest S. A.; al sur, Víctor Angulo Arrieta, Natividad Jaen Lopez,
Alba Rodríguez Rodríguez, Abe Diecter y Broken Hill Forest S. A.; al este,
calle publica, Siegred Kahlhammer, Karin Roman, Mich Klau Doering y Broken Hill
Forest S. A., y al oeste, Víctor Angulo Arrieta, Abe Diecter, Alfredo Luplecker
y Broken Hill Forest S. A. Mide: Un millón ciento doce mil doscientos treinta y
siete metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de setiembre del año dos
mil catorce, con la base de trescientos mil dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del diez de octubre del año dos mil catorce con la base de cien
mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones El Pilón del Cerro
S. A. contra Desarrollos Platinos DP S. A. Exp. N° 14-000675-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 7 de mayo del 2014.—Lic. Minor Antonio
Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014031193).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones y condiciones; a las quince horas y cero
minutos del veintinueve de julio del año dos mil catorce y con la base de trece
millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta
mil doscientos noventa y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para
construir lote 14. Situada en el distrito Jiménez, cantón Golfito, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, parcela 95;
al este, lote 15, y al oeste, calle pública. Mide: Ochocientos cincuenta y
siete metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y cero minutos del trece de agosto del año dos mil
catorce, con la base de diez millones doscientos setenta y cinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del dos de setiembre del año dos mil
catorce con la base de tres millones cuatrocientos veinticinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Alba María Bogantes Sierra. Exp. N° 13-003986-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
5 de mayo del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014031196).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Siete Reservas y Restricciones; a las quince horas cero minutos del
nueve de setiembre de dos mil catorce y con la base de ciento setenta y siete
mil doscientos trece dólares con treinta y siete centavos moneda
estadounidense, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número sesenta y seis mil setecientos cuarenta y
dos-f-cero cero cero, la cual es terreno Finca filial primaria individualizada
número noventa y seis terreno para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el
distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número noventa y
siete; al sur, área común libre área recreativa y tanque de agua potable, ambos
en parte; al este, área común libre área recreativa y Francisco Ortega Ortega,
ambos en parte, y al oeste, calle cinco. Mide: Tres mil ochocientos veintinueve
metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas cero minutos del veinticinco de setiembre del año dos
mil catorce, con la base de ciento treinta y dos mil novecientos diez dólares
con tres centavos moneda estadounidense (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las quince horas cero minutos del diez de
octubre del año dos mil catorce con la base de cuarenta y cuatro mil
trescientos tres dólares con treinta y cuatro centavos moneda estadounidense
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Laura Lucía Villegas Araya.
Exp. N° 14-000376-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 14 de mayo del
2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014031199).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del trece de junio de
dos mil catorce, (2:00 p. m.) y con la base de diecisiete mil doscientos
cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:
placas: 724.893, marca: Peugeot, categoría: Automóvil, vin: 8AD3DRHYM7G051744,
año: 2007, color: Gris, cilindrada: 1997 cc. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil catorce, (2:00
p. m.) con la base de doce mil novecientos treinta y siete dólares con
cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de julio de dos
mil catorce (2:00 p. m.) Con la base de cuatro mil trescientos doce dólares con
cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad
Anónima contra Diana Faccini Rudic. Exp. N° 13-003042-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 29 de enero del 2014.—Lic.
Éricka Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2014031213).
En
la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre de acueducto y de
paso de a y a bajo las citas tomo 480 asiento 476; a las ocho horas y treinta
minutos del veinte de junio de dos mil catorce, y con la base de trescientos
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número filial veintisiete mil doscientos
sesenta -cero cero cero la cual es terreno filial cuatro de una planta y dos
sótanos destinada al uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el
distrito (01) Escazú, cantón (02) Escazú, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, área común libre de zonas verdes; al sur, área común libre de acceso
vehicular y peatonal y área común libre de zonas verdes; al este, filial cinco,
y al oeste, filial tres. Mide: Quinientos cuarenta y tres metros con cincuenta
y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del siete de julio de dos mil catorce, con la base de
doscientos veinticinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del treinta de julio de dos mil catorce con la base de setenta y cinco mil dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Promerica de Costa Rica Sociedad Anónima contra Ronald
Gerald Castro Masís. Exp. N° 12-010431-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 4 de abril del 2014.—Lic.
Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014031345).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Reserva de ley de aguas y ley de caminos, plazo de convalidación
(rectificación de medida y servidumbre de paja de agua; a las dieciséis horas y
cero minutos del dieciocho de junio de dos mil catorce, y con la base de diecisiete
millones setecientos veintiocho mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N°
162728-000 la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 06
Cuajiniquil, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte, Sandra Vargas Vargas; al sur, calle pública con un frente a ella de
91,03 metros lineales; al este, calle pública con un frente a ella de 137.47
metros lineales, y al oeste, Edith Margarita Leal Cabalceta y servidumbre de
agua de pozo. Mide: dieciocho mil doscientos cuarenta y cinco metros con
cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
dieciséis horas y cero minutos del tres de julio de dos mil catorce, con la
base de trece millones doscientos noventa y seis mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
dieciséis horas y cero minutos del dieciocho de julio de dos mil catorce con la
base de cuatro millones cuatrocientos treinta y dos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y
Crédito Ande Nº 1 Coopean contra Carmen Cecilio Leal Cabalceta. Exp. N°
13-007666-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 11 de febrero del 2014.—MSC. Guillermo Guevara Solano,
Juez.—(IN2014031352).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del treinta de junio
de dos mil catorce, y con la base de diecisiete mil dólares exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo CL-235693. marca:
Dodge; categoría: Carga liviana; estilo: RAM 1500; capacidad: 6 personas; año:
2002; color: Plateado; carrocería: caja abierta o cam-pu; tracción: 4X4; N°
motor: No visible; cilindrada: 4700 cc.; combustible: gasolina; cilindros: 08.
Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del quince
de julio de dos mil catorce, con la base de doce mil setecientos cincuenta
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de julio
de dos mil catorce con la base de cuatro mil doscientos cincuenta dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Jean Haskour S. A. contra Albin
Andrés Navarrete Guerrero. Exp. N° 12-005327-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de
marzo del 2014.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2014031356).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada según citas 0401-00016641-01-0818-002,
condiciones según citas 0401-00016641-01-0819-002; a las once horas y treinta
minutos del diez de junio de dos mil catorce, y con la base de diez millones
ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, Matrícula N° 79930-000 la cual es
terreno para construir lote 6 asent El Barón. Situada en el distrito 04 San
Rafael, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
lote 1, 7 y 2; al sur, lote 1, 7 y 2; al este, lote 1, 7 y 2, y al oeste, calle
pública con un frente de 15 metros. Mide: Quinientos cinco metros con cuarenta
y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas
y treinta minutos del veinticinco de junio de dos mil catorce, con la base de
ocho millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del diez
de julio de dos mil catorce con la base de dos millones setecientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Dayanna Pamela Fernández Vargas contra
Héctor Emilio Camelo Méndez. Exp. N° 14-003285-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de
febrero del 2014.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2014031363).
En la puerta exterior de este despacho, a las ocho
horas del dieciséis de junio de dos mil catorce, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando embargo practicado citas
0800-00076600-01-0001-001, así como plazo de convalidación (Ley Sobre
Localización de Derechos Indivisos), con la base de nueve millones doscientos
setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, bajo el sistema de folio real, matrícula
número 617920-000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito tercero,
Barbacoas, cantón cuarto: Puriscal de la provincia de San José. Colinda: norte,
calle pública con un frente de 10.40 metros; sur, Vinicio Burgos López; este,
Ever López Agüero y Gonzalo Burgos Picado; y oeste, Amaria Burgos López. Mide:
seiscientos dieciocho metros con cero decímetros cuadrados. Nota: se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple
de Banco Nacional de Costa Rica contra Hugo Aguilar Quesada y Marta Burgos
López. Expediente: 03-001412-0638-CI.—Juzgado Civil
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de mayo del 2014.—Lic. Rodrigo Araya Durán,
Juez.—(IN2014031609).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce
horas y cero minutos del cuatro de julio del año dos mil catorce, y con la base
de cuatro millones novecientos noventa y ocho mil trescientos ochenta y cuatro
colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número 219921-000, la cual es terreno de potrero con 1 casa. Situada en el
distrito 04, Aguas Zarcas, cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte y oeste, María Rosa Chévez; sur y este, Leandro Benavides
calle en medio. Mide: cuatrocientos veintidós metros con sesenta y dos
decímetros cuadrados. Plano: A-0541273-1984. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintiuno de julio del año dos mil
catorce, con la base de tres millones setecientos cuarenta y ocho mil
setecientos ochenta y ocho colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del seis de agosto del año dos mil catorce con la base de un
millón doscientos cuarenta y nueve mil quinientos noventa y seis colones con
veintidós céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Arelis de los Ángeles Arguedas Lizano. Exp.
13-100107-0297-CI.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 1° de abril del
2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014031377).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
catorce horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil catorce, y
con la base de trece millones doscientos treinta y siete mil novecientos
treinta y cinco colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placa número: 868799, marca: Nissan, estilo
X-Trail, categoría automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2011, color: blanco,
vin: JN1TANT31Z0100359, cilindrada: 2488 c.c., combustible: gasolina, motor:
QR25096014B. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del doce de agosto de dos mil catorce, con la base de nueve millones
novecientos veintiocho mil cuatrocientos cincuenta y un colones con sesenta y
un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de agosto de dos
mil catorce con la base de tres millones trescientos nueve mil cuatrocientos
ochenta y tres colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de
Empleados Dos Pinos contra Gerardo Alpízar Piedra Exp. 14-000305-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 25 de abril del 2014.—Lic. Roxana Hernández
Araya, Jueza.—(IN2014031380).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
quince horas y cero minutos del veinticuatro de julio del año dos mil catorce,
y con la base de doscientos ochenta y un mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 621642. Marca Nissan.
Estilo Sentra XE. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1992. Color
rojo. Vin 1N4EB32A1NC736397. Cilindrada 1600 cc. Combustible gasolina. Motor Nº
GA16997431Y. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del
once de agosto del año dos mil catorce, con la base de doscientos diez mil
setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del
veintisiete de agosto del año dos mil catorce con la base de setenta mil
doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Óscar
Morales Chacón contra Luis Diego Cubillo Arroyo. Exp. 14-000581-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 24 de abril del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos,
Juez.—(IN2014031383).
En la puerta exterior de este Despacho; al ser las
ocho horas y treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil catorce, libre
de gravámenes prendarios; y con la base de un millón seiscientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa número:
331866, marca: B.M.W., estilo 318I, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, año: 1999, color: negro, vin: no indicado, cilindrada: 1895 c.c.,
combustible: gasolina, motor número: 00569035. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil catorce,
con la base de un millón doscientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dieciséis de julio de dos mil catorce con la base de
cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agustina Acosta Croda
contra Haydeen Andrey Ulate Castillo Exp: 13-012977-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
28 de marzo del 2014.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014031413).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las
trece cuarenta y cinco minutos del siete de julio de dos mil catorce, y con la
base de cuatro millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 207145, marca Suzuki, estilo
GSXR750. Categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año 2007, color azul, Vin
JS1GR7KA672113219, cilindrada 750 cc, combustible gasolina, motor Nº
R743140177. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del veintidós de julio de dos mil catorce, con la base de tres
millones trescientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del seis de agosto del dos mil catorce con la base de un millón
cien mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio de Fernando Barquero Pereira contra Óscar Antonio Vargas Hidalgo.
Exp.: 09-006132-0307-CI.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de abril del
2014.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014031416).
En
la puerta exterior de este Despacho, soportando serv subterraneref: 316897-000
citas tomo 339 asiento 10684, serv de paso ref: 316897-000 citas tomo 339
asiento 10684 así como hipoteca de segundo grado citas tomo 2010 asiento 15133;
a las dieciséis horas y cero minutos del dos de julio del año dos mil catorce,
y con la base de cuatro millones trescientos ochenta y cinco mil veinte colones
con cincuenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y cinco
mil novecientos treinta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para
construir con un taller industrial. Situada en el distrito 06 Platanares,
cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública con 29 metros 39 centímetros; al sur, José Araya Acuña; al este, Edgar
Guillermo Romero Pereira y al oeste, José Araya Acuña. Mide: ochocientos metros
con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
dieciséis horas y cero minutos del diecisiete de julio del año dos mil catorce,
con la base de tres millones doscientos ochenta y ocho mil setecientos sesenta
y cinco colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero
minutos del uno de agosto del año dos mil catorce con la base de un millón
noventa y seis mil doscientos cincuenta y cinco colones con trece céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón contra Olman Asdrúbal
Araya Meza. Exp.: 13-006373-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 09 de
diciembre del 2013.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014031430).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada, citas 293-19503-01-0901-003; a las catorce
horas del dieciocho de agosto de dos mil catorce, y con la base de diez mil
seiscientos noventa y ocho dólares con setenta y seis centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
192998-000, la cual es terreno para construir, bloque C, lote 24. Situada en el
distrito 01 San Pablo, cantón 09 San Pablo, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Luz Marina Salas Ruiz; al sur, bloque-C, lote -23 y calle
pública; al este, bloque C-, lote 25 y al oeste, bloque C-, lote 23. Mide:
doscientos cuarenta y seis metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas del dos de setiembre de dos
mil catorce, con la base de ocho mil veinticuatro dólares con siete centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas del dieciocho de setiembre de dos mil catorce con la base de
dos mil seiscientos setenta y cuatro dólares con sesenta y nueve centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Sharon Alvira Mannings Tully. Exp.:
13-002706-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Heredia, 05 de mayo del 2014.—Lic. Mónica Vásquez Valverde, Jueza.—(IN2014031432).
En
la puerta exterior de este Despacho, sin soportar gravámenes ni anotaciones, y
con la base dada por el Registro Nacional, sea la suma de un millón diez mil
colones exactos, sáquese a pública subasta el vehículo placas CL 141625,
propiedad del señor Luis Quirós Valverde, cedula número 1-0446-0618, marca
Toyota, estilo Hilux, chasis JT4RN67P6J5099653, tracción 4x4. Primer remate: se
señalan las trece horas con treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil
catorce, con la base de un millón diez mil colones exactos (¢1.010.000,00).
Segundo remate: se señalan las trece horas con treinta minutos (01:30 p.m.) del
diecisiete de julio del dos mil catorce con la base de setecientos cincuenta y
siete mil quinientos colones (¢757.500,00) (base inicial menos su 25 por ciento).
Tercer remate: se señalan las trece horas con treinta minutos (01:30 p.m.) del
siete de agosto del dos mil catorce con la base de doscientos cincuenta y dos
mil quinientos colones (¢252.500,00), (25 por ciento de la base inicial). Lo
anterior por haberse orden.don Expediente: 11-100026-0444-CI, Actor: José
Portuguez Cordero. Demandado: Ester Cerdas Vargas y otros, a las siete horas
siete minutos del veintiuno de abril del dos mil catorce.—Lic.
Kattia Vargas Barquero, Jueza.—(IN2014031434).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las
diez horas y quince minutos del dieciocho de agosto de dos mil catorce, y con
la base de cincuenta millones seiscientos setenta y dos mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 221112-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 02 San Josecito, cantón 05 San Rafael, de la provincia de Heredia.
Colinda: al noreste, calle pública con un frente de 7 metros y ventajas
mundiales S. A.; al noroeste, Ventajas Mundiales S. A. y calle pública con un
frente de 7 metros; al sureste, Retazos y Sedas S. A., Olivo Seco S. A. y
Ventajas Mundiales S. A. y al suroeste, Ventajas Mundiales S. A. y Retazos y
Sedas S. A. Mide: ciento cuarenta y siete metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y quince minutos del dos de setiembre de dos
mil catorce, con la base de treinta y ocho millones cuatro mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y quince minutos del dieciocho de setiembre de dos mil catorce
con la base de doce millones seiscientos sesenta y ocho mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Carolina Figueroa Salazar. Exp.:
12-004558-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Heredia, 05 de mayo del 2014.—Lic. Mónica Vásquez Valverde, Jueza.—(IN2014031436).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y cero minutos del tres de
julio de dos mil catorce, y con la base de un millón trescientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ochenta y siete mil novecientos veintidós- cero
cero cero, la cual es terreno para construir lote D-20 con una casa de
habitación en material prefabricado y techo zinc. Situada en el distrito 05 El
Cairo, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al noreste, lote
D 21; al noroeste, Indvar Internacional S. A.; al sureste, en parte calle
pública y en parte lote D 19 y al suroeste, lote D 19. Mide: trescientos veinte
metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del dieciocho de julio de dos mil catorce, con la base de
novecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
cuatro de agosto de dos mil catorce con la base de trescientos veinticinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Nájera Araya contra
Heidi María Obando Hernández. Exp.: 14-000045-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 18 de marzo del 2014.—Lic. Dinia Peraza
Delgado, Jueza.—(IN2014031445).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando restricciones reg art 18 ley 2825 citas tomo 0545 asiento 17127; a
las catorce horas y cero minutos del veintitrés de julio del año dos mil
catorce y con la base de siete millones quinientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número quinientos sesenta y cuatro mil noventa y nueve- cero cero
cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01
San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Mauricio Cecillano Rivera; al sur, Carmen Vargas Navarro; al
este, calle pública y al oeste, Alicia Garro Bustamante. Mide: seiscientos
ochenta y siete metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de agosto del año
dos mil catorce, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de agosto del
año dos mil catorce con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Decisiones Dos Mil Sociedad Anónima contra Magaly
Moraga Cerdas. Exp.: 13-006885-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 17 de
enero del 2014.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014031454).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero
soportando Denuncia Penal tomo 2010 asiento 153221 Sumaria 1-002945-0345-PR
Juzgado Penal de Cartago; Proceso Penal en Fiscalía adjunta de Cartago tomo
2010 asiento 00331845 Sumaria 10-1977-496-TR; Infracciones/Colisiones Boleta
0900225304 Sumaria 10-001977-0496-TR Juzgado de Tránsito de Cartago; a las
catorce horas y quince minutos del dos de setiembre de dos mil catorce, y con la
base de quince mil cuatrocientos sesenta y seis dólares con sesenta y cuatro
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo Placa 680171,
Marca Jeep, estilo Compass, color plateado, categoría automóvil, capacidad
cinco personas, año 2007, tracción 4x4, cilindrada 2400 cc, combustible
gasolina, chasís 1J8FF47W77D199540. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y quince minutos del dieciocho de setiembre de dos mil catorce,
con la base de once mil quinientos noventa y nueve dólares con noventa y ocho
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y quince minutos del tres de octubre de dos mil
catorce con la base de tres mil ochocientos sesenta y seis dólares con sesenta
y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC
(Costa Rica) S. A. contra Marco Aurelio Castro Padilla. Exp.: 11-026731-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 06 de mayo del 2014.—Lic. María Del Carmen Vargas
González, Jueza.—(IN2014031495).
En
la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada bajo las
citas tomo 334 asiento 18232; a las diez horas y treinta minutos del dos de
julio del dos mil catorce, y con la base de nueve millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número doscientos sesenta y un mil novecientos siete-cero cero
uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en
el distrito (11) San Rafael Abajo, cantón (03) Desamparados, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, Mario Alberto Oviedo Alfaro; al sur, Miguel García
Montero; al este, Misael Mora Gómez y al oeste, calle pública. Mide: doscientos
setenta y un metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de julio
del dos mil catorce, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del once de agosto del dos
mil catorce con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima contra María
Elizabeth Muñoz Duarte y María Teresita Muñoz Duarte. Exp. N° 14-000855-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
30 de abril del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014031592).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando ambas fincas; condiciones cuyas citas son 0403-00000733-01-0902-001;
a las catorce horas y cero minutos del diecinueve de junio del dos mil catorce,
y con la base de treinta y ocho millones doscientos cuarenta y dos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento treinta y siete mil novecientos
catorce-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno lote para construir.
Situada en el distrito Mariana Céspedes Chaves, cantón Municipalidad de Quepos,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Mariana Céspedes Chaves; al
sur, Municipalidad de Quepos; al este, Asociación de Desarrollo Comunal y al
oeste, calle pública. Mide: doscientos ochenta y cuatro metros con cuarenta y
un decímetro cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento cuatro mil setecientos sesenta y nueve, la cual es terreno lote
27 terreno para construir. Situada en el distrito Quepos, cantón Aguirre, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Mariana Céspedes Chaves y lote 26;
al sur, lote 28 de la Municipalidad de Aguirre y calle pública con 13,05
centímetros de frente; al este, lote 26 de la Municipalidad de Aguirre; con
13.0 metros de frente y al oeste, Mariana Céspedes Chaves y lote 28 de la
Municipalidad de Aguirre. Mide: doscientos setenta y siete metros con noventa y
dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del cuatro de julio del dos mil catorce, con la base de veintiocho
millones seiscientos ochenta y un mil quinientos colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cero minutos del veintiuno de julio del dos mil catorce, con la base de
nueve millones quinientos sesenta mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Radames Calvo Murillo. Exp. N° 13-002760-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas,
21 de mayo del 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014031633).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas 334-11837-01-0904-001
y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; anotadas bajo las citas
509-8986-01-0004-001; a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de
junio del dos mil catorce, y con la base de cincuenta y cinco millones trescientos
treinta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 585380-000, la cual
es terreno con una casa lote quince C. Situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de
San José Colinda: al norte, calle pública, al sur, Victoria Zúñiga, al este,
lote 14-C y al oeste, lote 16-C. Mide: doscientos setenta y ocho metros con un
decímetro cuadrado. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del ocho de julio del dos mil catorce, con la base de cuarenta
y un millones quinientos dos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del veintitrés de julio del dos mil catorce, con la base de trece
millones ochocientos treinta y cuatro mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Capitales de Construcción de
Coronado S. A., Maureen Barrientos Delgado. Exp. N° 09-931015-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 5 de mayo del 2014.—Lic. Viviana Salas Hernández,
Jueza.—(IN2014031650).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada así como hipoteca de primer y segundo grado;
a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil catorce,
y con la base de treinta y cuatro millones cuatrocientos ochenta mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número F-00032528-004-005, la cual es terreno filial
sesenta y tres de una planta ubicada en el primer piso destinada a local
comercial en proceso de construcción. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón
10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, filial sesenta y
cuatro; al sur, filiales sesenta y uno y sesenta
y dos; al este, filial setenta y seis y al oeste, área común destinada a
pasillo. Mide: treinta y cuatro metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados
valor cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del uno de julio del dos mil catorce, con la base de veinticinco
millones ochocientos sesenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veinticuatro de julio del dos mil catorce, con la base de ocho
millones seiscientos veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical
Comercial Plaza San Carlos contra Carlos Manuel Rojas Hidalgo y María Magdalena
Rocha Tabla. Exp. N° 12-004023-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 28 de marzo del
2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014031673).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada así como hipoteca de primer grado; a las una
horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil catorce, y con la
base de dos millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
191848-000, la cual es terreno para construir lote ciento treinta y nueve.
Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, Ricalit S. A.; al sur, lote 140; al este, Claudio
Mena Ramírez y al oeste, calle cuarta de la urbanización. Mide: ciento cuarenta
y ocho metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las una horas y treinta minutos del dos de julio del dos mil
catorce, con la base de un millón setecientos veinticinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las una horas y treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil catorce,
con la base de quinientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inmobiliaria Luima Sociedad Anónima contra Gabriel Sanabria Valverde. Exp. N°
13-007428-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 3 de abril del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014031699).
Se convoca
a todos los interesados en la sucesión de Adolfo Acuña Sánchez, a una junta que
se verificará en este Juzgado a las horas treinta minutos del veintiséis de
junio de dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el
artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 10-002053-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
28 de enero del 2014.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1
vez.—(IN2014006744).
Se convoca a
todos los interesados en la sucesión de Jorge Luis Chaves Chinchilla, a una
junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas treinta minutos del
veinticinco de junio del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos
que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N°
13-000006-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor
Cuantía de San José, cinco de marzo del dos mil catorce.—Lic. Elio Campos
López, Juez.—1 vez.—(IN2014016371).
Se convoca a
todos los interesados en la sucesión de José Manuel Retana Chacón, a una junta
que se verificará en este Juzgado a las trece horas y treinta minutos del
veintitrés de junio del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos
que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº
12-000343-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 01 de abril del año 2014.—Lic.
Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014025280).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el
expediente número 14-100013-920-CI que es diligencias de información posesoria
promovidas por Dagoberto Velásquez Elizondo, quien es mayor, con cédula de
identidad número tres- cero trescientos nueve-cero trescientos cincuenta y
cuatro, soltero, ingeniero agrónomo, vecino de San Bosco de Sabalito, Coto
Brus, Puntarenas 200 metros al oeste del Beneficio de Café de Coopesabalito R.
L, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
el terreno que se describe así: terreno de solar, de topografía regular,
deslindada por medio de cerca de alambre de púa, situada en San Bosco de
Sabalito distrito segundo del cantón octavo Coto Brus de la provincia de
Puntarenas. Mide: 151 metros cuadrados, según plano P-1615722-2012. Linda: al
norte, servidumbre de paso de seis metros de ancho como salida a calle pública
de por medio con Juanita Carpio Segura; al sur, al este, y al oeste, Juanita
Carpio Segura. Estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que
adquirió dicho inmueble por medio de la posesión de más de diez años de José
Heinrich Von Storren en fecha veintinueve de setiembre de dos mil trece, por
medio de venta protocolizada y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica, continua, de buena fe y a título de dueño. Que los actos de posesión
han consistido en mantenimiento y limpieza de las cercas de las colindancias y
la chapia de la ronda. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso diligencias de información
posesoria promovidas por Dagoberto Velásquez Elizondo. Expediente número
14-100013-920-CI-2.—Juzgado Civil y de Trabajo de
Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 29 de abril de 2014.—Lic.
Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—(IN2014028445).
Se
hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
12-000531-0504-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de Manrique Artavia Alfaro quien es mayor, estado civil casado una vez,
vecino de Heredia, Ulloa, Ciudad Cariari, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 204490099, profesión empresario, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: 1) Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno
para información posesoria. Situada en el distrito tres, Asunción, cantón
siete, Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rocco y Lola de
Cariari S. A.; al sur, calle pública de once metros cincuenta centímetros; al
este, Manrique Artavia Alfaro; y al oeste, Villa de las Mercedes del Este S. A.
Mide: quinientos siete metros cuadrados. 2) Finca ubicada en la provincia de
Heredia, la cual es terreno para información posesoria. Situada en el distrito
tres, Asunción, cantón siete, Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, Chalet del Cariari Sociedad Anónima; al sur, calle pública de once
metros cincuenta centímetros; al este, Adrián Araya Fernández; y al oeste,
Manrique Artavia Alfaro. Mide: quinientos tres metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre los inmuebles a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estiman dichos inmuebles en la
suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de una
cesión de derecho de posesión, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
limpiar, cuidar, cercar y conservar y forman parte de las zonas verdes que
rodean la casa de habitación de Manrique Artavia Alfaro. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Manrique Artavia Alfaro. Exp. 12-000531-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 13 de marzo
del 2014.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1
vez.—(IN2014028557).
Se
hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000065-0422-CI
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gerardo
Reyes Aguirre, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Puerto Jiménez
de Golfito, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis
cero uno cero ocho uno uno tres tres, profesión constructor, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno
de patio y jardín. Situada en el distrito segundo de Puerto Jiménez, cantón
sétimo de Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Brian Elis
Daily; al sur, Danny Patrick; al este, calle pública, y al oeste, Guiselle
Montoya Morales. Mide: Cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis metros
cuadrados, según plano P-1704001-2013. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ocho millones
doscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra de mejoras
y cesión de derechos de posesión, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
limpieza, siembra de zona verde y construcción de cercas de alambre. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Gerardo Reyes Aguirre. Exp. N°
14-000065-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía
de Golfito, 22 de abril del 2014.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014029716).
Ólger
Felipe Castro Rodríguez, mayor, soltero, comerciante, vecino del Tanque de La
Fortuna de San Carlos, Alajuela, un kilómetro al este y seiscientos metros al
sur de la iglesia católica Venecia de San Carlos, cédula de identidad
dos-trescientos cincuenta y dos-cuatrocientos treinta. Solicita se levante
información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro
Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se
describe así: Terreno de repasto, sito en el Tanque distrito siete, cantón
diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: Al
norte, Dalia Rosa Castro Rodríguez; al sur, Filomena González Ruiz; al este,
Otoniel Murillo Rodríguez y Lisbeth Díaz Ugalde, y al oeste, calle pública con
un frente a ella de setenta metros con noventa y siete centímetros lineales.
Mide: de acuerdo al Plano catastral aportado número A-444517-97 de fecha 23 de
octubre de 1997, una superficie de ocho mil setecientos treinta y cuatro metros
con cincuenta centímetros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta el
titulante, que lo adquirió por donación del señor Álvaro Castro Salazar.
Manifiesta haber ejercido los derechos posesorios sobre el fundo en forma
quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez
años. Valora el terreno en la suma de cinco millones de colones y en la suma de
cinco millones de colones se estima las presentes diligencias. Con un mes de
término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los
interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se
apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria N°
14-000056-0298-AG establecida por Ólger Felipe Castro Rodríguez.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Ciudad Quesada, 7 de mayo del 2014.—Lic. Federico Villalobos
Chacón, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014029748).
Se
hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N°
08-000150-0391-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de Ganadera Los Canelos Sociedad Anónima, portadora de la cédula jurídica
tres-ciento uno-seis uno cero tres cinco siete, con domicilio en Santa Cruz,
Guanacaste , seiscientos metros al este del Banco Nacional de Costa Rica, la
cual es representada por José Alejo Leiva Juárez, mayor, divorciado dos veces,
pensionado, portador de la cédula de identidad número cinco-ciento
diecinueve-seiscientos noventa y siete, vecino de Moya de Santa Cruz,
Guanacaste, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Pasto.
Situada en Moya en el distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, José Alejo Leiva Juárez y
Neftalí Peña Juárez; al sur, Vidal Peña Barrantes y Elder Peña Barrantes; al
este, Miguel Ángel Peña Ramírez y al oeste, calle pública con un frente a ella
de cincuenta y cinco metros con ochenta y ocho centímetros lineales. Mide: una
hectárea nueve mil ciento diecisiete metros cuadrados, tal como lo indica el
plano catastrado número G-1407826-2010. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de un millón de
colones, y las presentes diligencias en la suma de trescientos mil colones
respectivamente. Que adquirió dicho inmueble por Cesión de Derechos, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de diez años, aprovechando la posesión
derivada. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
limpieza, arado, cercado y chapeado. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida
por Ganadera Los Canelos Sociedad Anónima. Exp: 08-000150-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Santa Cruz, 06 de mayo del 2014.—Lic. José Joaquín Piñar
Ballestero, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029782)
Se
hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N°
11-000039-0391-AG-4 donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de Luis Ángel Aguilar Vallejos, quien es mayor, soltero, transportista,
vecino de Linderos de Santa Cruz, Guanacaste, contiguo a Bar El Cevichito,
cédula 5-0165-0614, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es
potrero. Situada en Linderos, distrito noveno Tamarindo, cantón tercero Santa
Cruz, provincia de Guanacaste. Colinda al norte, con calle pública con un
frente de ciento diecinueve metros ochenta y dos centímetros lineales; sur,
Antonio Jiménez Córdoba; este, José Luis Jiménez Gutiérrez y oeste, Gerardo
Obando Ruiz. Mide: treinta y seis mil ciento setenta y ocho metros cuarenta y
cinco decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
G-1066896-06. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de trescientos mil
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra el veintinueve de
noviembre de dos mil diez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
diez. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
limpieza, chapeado, cultivo y cercado. Que si ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida
por Luis Ángel Aguilar Vallejos. Exp. 11-000039-0391-AG-4.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 02 de mayo
del 2014.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—
(IN2014029788).
Se
hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N°
14-000064-0422-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de Gerardo Reyes Aguirre, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de
Puerto Jiménez de Golfito, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número seis-cero uno cero ocho-uno uno tres tres, profesión constructor,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la
cual es terreno de patio y jardín. Situada en el distrito segundo de Puerto
Jiménez, cantón sétimo de Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, Guiselle Montoya Morales; al sur, calle pública; al este, Guiselle
Montoya Morales y al oeste, Eulogio Sánchez Barrios. Mide: mil quinientos
metros cuadrados, según plano P-1619296-2012. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra de mejoras y cesión de
derechos de posesión, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza,
siembra de zona verde y construcción de cercas de alambre. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria promovida por Gerardo Reyes Aguirre. Exp.: 14-000064-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 22 de
abril del 2014.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1
vez.—(IN201429791).
Se
hace saber, que ante este Despacho se tramita el Expediente N°
12-100772-0297-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de Amalia Medrano Romero, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de
Los Chiles de Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 2-516-762, profesión policía, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Alajuela, la cual es terreno policía. Situada en el distrito
primero, cantón catorce, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública con un frente de 12,19 metros lineales; al sur, calle pública con un
frente de 12,31 metros lineales; al este, José Calvo Solano y al oeste, Melania
Medrano Romero. Mide: doscientos treinta y seis metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió
dicho inmueble mediante donación en fecha 01 de marzo de 2000, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en chapear, cercar el inmueble. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria promovida por Amalia Medrano Romero. Exp.: 12-100772-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, San Carlos, 21 de marzo del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce,
Juez.—1 vez.—(IN2014029796).
Se hace saber:
que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Rafael Guillermo Retana Morales, mayor, casado una vez, operario, documento de
identidad 6-0042-0368 y vecino de San Sebastián. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000265-0180-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de
Hatillo, Alajuelita, y San Sebastián.—Msc. Diamantina
Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2014028397).
Se
hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Isaac Antonio del Socorro Ramírez Picado, mayor, casado dos
veces, comerciante, cédula de identidad 3-0067-0781 y vecino de Cartago. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 14-000108-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, 28 de abril del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1
vez.—(IN2014028430).
Se
hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Hilda Canales
Rodríguez, mayor, estado civil divorciada, nacionalidad costarricense, con
documento de identidad 0500730206 y vecina de Guadalupe. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
13-000392-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del 2014.—Lic.
Francis Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014028492).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Concepción de María García Cruz,
mayor, soltera, vecina de Liberia, cédula de residencia número 155801075427. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 14-000007-0944-CI.—Juzgado Civil de
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia), 4 de marzo del 2014.—Lic. Carlos Humberto Venegas Avilés, Juez.—1 vez.—(IN2014028501).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de Nery Eneyda Álvarez Parra, mayor, divorciada una vez,
agente de bienes raíces, vecina de San José, San Sebastián, de la Licorera
Roos, 200 metros al oeste, cédula 2-372-537. Se emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000079-182-CI (6).—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía,
San José, 21 de abril de 2014.—Lic. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—1 vez.—(IN2014028536).
Se cita y emplaza a todas las personas interesadas
para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto comparezcan ante la notaría de la Lic. Sileny
Viales Hernández, con dirección en Santa Cruz, del Súper Cáman ciento cincuenta
este y procedan a apersonarse y hacer valer sus derechos ante el sucesorio
notarial del señor Teodoro Teudolo Cerdas Juárez, quien era mayor, vecino de
San Juan de Santa Cruz, portador de la cédula 5-045-0781, bajo el Expediente
001-2011. Teléfono 8847-9446.—Lic. Sileny Viales
Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014028560).
Se
hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Edwin Gerardo Monge Sánchez, mayor, casado una vez, chofer,
cédula de identidad número 2-0275-0615, vecino de Aguas Calientes, Cartago. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 13-000029-1117-CI.—Juzgado Civil de
Menor Cuantía de Cartago, 22 de enero del 2014.—Msc. Flory
Tames Brenes, Jueza.—1 vez.—(IN2014028581).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de Édgar Orozco Saborío, mayor, casado dos veces, pensionado, vecino
de La Uruca, cédula 1-170-821, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente 2013-000295-0180-CI.—Juzgado Primero
Civil de San José, 18 de febrero de 2014.—Msc. Froylán
Alvarado Zelada, Juez.—1 vez.—(IN2014028589).
Se
hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Modesta Núñez Cordero, mayor, viuda una vez, nacionalidad
costarricense, cédula de identidad 0201720544, ama de casa y vecina en vida de
Barrio Los Ángeles, 200 metros al oeste del Antiguo Almacén Suma. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
13-000158-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 4 de abril del
2014.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—(IN2014028611).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Lorena Mayela Salazar
Solís, mayor, casada una vez, oficios del hogar, cédula uno-cuatro siete
cuatro-ocho uno uno, vecina de San José, Cinco Esquinas de Tibás para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2014.—Lic.
Rafael Ángel Rodríguez Salazar, Notario.—1
vez.—(IN2014028650).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en vía notarial de Manuel
Arturo Jiménez Pacheco, mayor, soltero, estudiante, con cédula de identidad
uno-cuatrocientos veinte-quinientos cuarenta y nueve, para que dentro del plazo
de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a mi oficina, sita en San José, San Pedro Montes de Oca,
cuatrocientos metros sur y trescientos metros este del Banco Nacional de Costa
Rica, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quien en derecho corresponda.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—(IN2014028654).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por Grettel Ramírez Garita, a las
ocho horas del veinte de marzo del año dos mil catorce y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de quien en vida fuera Eduardo Ramírez Masís, mayor, casado una vez, maestro de
obras, vecino de Orosi en Paraíso de Cartago exactamente cuatrocientos
cincuenta metros norte, de la plaza de deportes, cédula de identidad
tres-doscientos cuatro-doscientos cuarenta y siete. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer
valer sus derechos. Notaría de la Lic. Paula Durán Quirós, ubicada en Paraíso
de Cartago exactamente cien metros sur del Mercado Municipal, Teléfono
2574-5646.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2014028662).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y,
en general a todos los interesados en la sucesión de Rafael Ángel Castro
Castro, quien fue mayor, casado una vez, chofer, vecino de Desamparados, Barrio
Fátima, de la Misión Bíblica, veinticinco metros oeste, cédula de identidad
número uno-doscientos cincuenta y cinco-doscientos cincuenta y dos, para que
dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este despacho a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente N° 12-100288-0217-CI.—Juzgado Civil y
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José, Desamparados, 19 de marzo del 2013.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014028672).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio de quien en vida
fue Isidoro Quesada Villalobos, mayor, casado una vez, comerciante, portador de
la cédula de identidad dos-ciento ochenta y seis-novecientos setenta y siete,
vecino de San Ramón de Alajuela, Los Ángeles, dos kilómetros al norte, de la
iglesia católica, casa a mano derecha, para que dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si así no lo
hicieren, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente N°
0001-2014. Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto. San José, Escazú, San Rafael,
Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio Los Balcones, cuarto piso, Bufete
Zürcher, Odio & Raven.—3 de mayo del 2014.—Lic.
Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1
vez.—(IN2014028693).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Xinia María Mendoza
Barrantes, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula uno-quinientos
diecisiete-seiscientos cuarenta y seis, vecina de San José, para que dentro del
plazo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que creen tener
calidad de herederos, que así lo hagan saber y si no se presentan dentro del
plazo dicho, fa herencia pesará a quien corresponda, sin su intervención.
Expediente 001-2014, notaría del Licenciado, Alexander Adolfo Chacón Porras,
telefax 2290-86-49, correo electrónico alexchaconporras@hotmal.com.—San José,
doce horas del siete de mayo del dos mil catorce.—Lic.
Alexander Adolfo Chacón Porras, Notario.—1
vez.—(IN2014028732).
Lic.
Sandra Araya Vega, notaría pública autorizada con oficina en Cartago; costado
norte, de los Tribunales, hace saber que en esta notaría bajo expediente N° 31-2013,
se tramita sucesión ab intestato, de quien en vida se llamó Olga Gerardina
Flores Navarro, mayor, casada una vez, vecina de San Isidro de El Guarco,
Cartago, cien metros oeste de Pulpería San Antonio, cédula 3-215-963. Se
emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante notaría para hacer valer sus
derechos. Se advierte a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se
presentan dentro de este término, ésta pasará a quien corresponda.—Cartago, 12 de mayo del 2014.—Lic. Sandra Araya Vega,
Notaria.—1 vez.—(IN2014028890).
Se
emplaza a herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó
Carlos Luis Rojas Carvajal, quien fue mayor, casado una vez, comerciante,
vecino de Alajuela, Desamparados, Urbanización Silvia Eugenia, tercera entrada
mano derecha, casa número veinticuatro, con cédula de identidad número uno-cero
tres cero cuatro-cero cinco dos ocho, para que dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante
esta notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo
hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Notaria pública Katthya de La
Peña Rojas. Alajuela, del Banco Popular cien metros al sur y veinticinco metros
al este. Expediente N° 01-2013.—Lic. Katthya de La
Peña Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2014028932).
Se emplaza a los interesados en el sucesión de quien
en vida se llamó Luis Alberto Murillo Chaves, mayor, soltero, cédula
dos-doscientos setenta y cinco-novecientos setenta y seis, vecino de San Juan
de Santa Bárbara, Heredia, para que en el plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este aviso se apersonen al proceso en defensa de
sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen la herencia pasará a quien
corresponda. Sucesorio en sede Notarial. Notaria, Ana Graciela Alvarenga
Jiménez, con oficina abierta en San José, Barrio La Granja, de la Estación El
Higuerón, 400 mts sur, 100 este , 100 sur y 75 este.—San José, 28 de abril del
2014.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2014028947).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Elena Mercedes Más
Echandi, quien fue mayor, casada, ingeniera, con cédula de identidad número
8-010-0151, cuyo último vecindario fue Zapote, San José, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la
calidad de herederos que, si no se presentan dentro del dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2014. Notaría de la
Lic. Belkis Rosa Gallardo, Notaria Pública, Daremblum & Herrera Abogados,
Escazú, San José, costado sur del Centro Comercial Multiplaza, Centro
Corporativo Atrium, cuarto piso.—Lic. Belkis Rosa Gallardo, Notario.—1 vez.—(IN2014028965).
Se
hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de María Luisa
Loria Loria, quien fue mayor de estado civil casada, vecina de San Sebastián,
urbanización López Mateo, con cédula de identidad número 3-046-8567 y José
Alberto Rivera Rivera, quien fue mayor, de estado civil casado, vecino de San
Sebastián, urbanización López Mateo, con cédula de identidad número 3-054-7092.
Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Expediente N° 06-000501-0184-CI-3.—Juzgado Quinto
Civil de Mayor Cuantía de San José, a las nueve horas cinco minutos del
veintiuno de abril del dos mil seis.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2014028987).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por Douglas Rangel Pacheco, a las
14:30 horas del veinticuatro de enero del año dos mil cuatro y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de quien en vida fuera María Rosario Pacheco Hernández, conocida como Catalina
Pacheco Hernández, quien se identificó con la cédula de identidad número
dos-cero ciento cuarenta y cuatro-cero cuatrocientos setenta y cuatro. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Paúl Murillo Miranda,
ubicada en Curridabat, San José, del Centro Comercial Plaza Freses doscientos
metros norte, trescientos metros este y cincuenta metros norte edificio de dos
plantas, número dos. Teléfono (506)2253-1598.—Lic.
Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—(IN2014029028).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Reina Lorena Morales
Cisneros, cédula 1-0416-0951, quien fue viuda una vez, del hogar, vecina de San
José, La Uruca, Ciudadela León Trece, número uno seis tres siete, para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan en el plazo mencionado, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente 01-2014, notaría de la Licenciada,
Mireya Padilla García, sita en Curridabat, de Helados Pop’s, 500 metros sur,
125 metros oeste, número 42.—San José, 12 de mayo del
2014.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1
vez.—(IN2014029108).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en Sede Notarial de quien
fue, Flora Brenes Fonseca, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de
identidad número tres-cero ochenta y uno-seiscientos treinta y tres, vecina de
Turrialba, Barrio Pueblo Nuevo, ciento setenta y cinco metros al oeste del Bar
y Pulpería El Botecito; para que dentro del plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos,
ante esta notaría; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que
si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Notaría, Lic. María de Los Ángeles González Hidalgo, carné Nº
7678; San José, Barrio La California, Avenida Central, calles veintisiete y
veintinueve, oficina dos mil setecientos treinta y siete. Expediente número
cero cero cero uno-dos mil catorce. Teléfono: 22 56 92 38, Fax: 22 57 54 53.—San José, a las diez horas del día lunes doce de mayo de
dos mil catorce.—Lic. María de Los Ángeles González Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2014029232).
Se
hace saber: Que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Hernán Luis Monge Barquero,
mayor, casado una vez, con documento de identidad N° 02-0200-0987 y vecino de
Naranjo centro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Exp. N° 14-000037-0295-CI proceso sucesorio de Hernán Luis
Monge Barquero, sin parte contraria.—Juzgado Civil
de Grecia, 4 de abril del 2014.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1
vez.—(IN2014029245).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Julio César Canton Ruiz, mayor, casado,
agricultor, vecino de Acapulco de Pocosol de San Carlos, con cédula de
identidad 0203990301, quien falleció el 9 de junio de 2006. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº
12-100892-0297-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 11 de junio del 2013.—Lic. Giovanni
Vargas Loaiza, Juez.—1 vez.—(IN2014029308).
Se
hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Alcides Juvenal Chaves Alpízar, mayor, casado, pensionado,
costarricense, portador de la cédula de identidad 0201820495. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N°
13-000506-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 2 de abril del 2014.—Lic. Rodrigo Araya
Durán, Juez.—1 vez.—(IN2014029322).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Salvador Isidro del
Socorro Días Ramírez, quien fue mayor, costarricense, casado una vez, empleado
judicial, cédula de identidad número uno-cero quinientos ochenta y seis-cero
doscientos nueve, y fue vecino de Cartago, La Unión, Tres Ríos, Calle
Chavarría, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la
publicación del presente edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se
apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan
dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2014.
Notaría del Lic. Julio López Esquivel, sita en San José, Barrio Vasconia,
cincuenta metros al norte, de la Sucursal del Banco de Costa Rica.—Lic. Julio López Esquivel, Notario.—1
vez.—(IN2014029330).
Mediante acta número uno otorgada ante esta notaría
por Javier Angulo Herrera, cédula de identidad número 5-238-016, vecino de
Bribrí en Talamanca de Limón, comprobado el fallecimiento se declara abierto
proceso sucesorio de quien en vida fuera Alicia Mayela Blanco Mayorga, mayor,
soltera, educadora, con cédula de identidad número 7-095-157 y de ultimo
domicilio en Distrito Bratsi de Bribrí en el cantón de Talamanca de Limón. Se
cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 30,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan hacer valer sus
derechos. Lic. Ania Bonilla Rivas, Notaria Pública de Limón, con oficina
abierta 75 metros al norte, de Tribunales de Justicia..—Lic.
Ania Bonilla Rivas, Notaria.—1 vez.—(IN2014029343).
Se
hace saber que ante mí, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó,
Toribio Calvo Arce, portador de la cédula de identidad número: dos-doscientos
setenta y dos-doscientos setenta y dos, mayor,
maestro de obras, casado una vez, vecino de San Rafael de Alajuela, trescientos
metros oeste del Cristo de Piedra. Quien murió el dieciséis de febrero del dos
mil catorce, según consta en el Registro de Defunciones de la provincia de
Alajuela, al tomo: doscientos treinta y nueve, folio: cuatrocientos noventa y
dos, asiento: novecientos ochenta y cuatro y se emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto en el boletín judicial, comparezcan a
hacer valer sus derechos, en el apercibimiento, a quienes crean tener derecho a
la herencia de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Se hace saber que la notaría está situada en San Rafael de
Alajuela, doscientos metros norte de la Cruz Roja.—Alajuela,
a las ocho horas del día quince de mayo del dos mil catorce.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2014029349).
Se
hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Saúl Antonio Barquero Navarro, mayor, soltero, agricultor,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0602070416 y vecino de
Limón, Valle de La Estrella, Caño Negro, de la escuela 250 metros norte. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N°
14-000056-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 9 de abril del 2014.—Lic. Raúl
Buendía Ureña Juez.—1 vez.—(IN2014029376).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en vía notaríal de Miguel
Monge Jiménez, mayor, casado una vez, cédula uno-seiscientos treinta y
seis-trescientos siete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina, sita en San
José, San Pedro de Montes de Oca, cuatrocientos metros sur y trescientos metros
este del Banco Nacional de Costa Rica, a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda.—Lic. Rita
Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—(IN2014029384).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Hannia Isabel Morales Sánchez, cédula uno-cero trescientos treinta-cero
cuatrocientos ochenta y ocho, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa
último domicilio de la causante Costa Rica, en San José, Urbanización Roma
Oeste para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la
herencia pasará a quien corresponda. Bufete del Notario Guillermo Enrique
Azuola Valls; situado en San José, avenida diez calles trece y quince oficina
número mil trescientos nueve. Expediente Sucesión ab intestato de Hannia Isabel
Morales Sánchez Expediente N° 001-2014.—Lic. Guillermo
Enrique Azuola Valls, Notario.—1 vez.—(IN2014029389).
Se declara abierto el proceso sucesorio de quien en
vida fue María Zenon Castrillo Vásquez conocida como Zeneida López Castrillo,
Zeneida López López y Zeneida López Castillo. Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de María Zenon Castrillo Vásquez conocida como
Zeneida López Castrillo, Zeneida López López y Zeneida López Castillo, quien en
vida fue mayor, casada una vez, vecina de Piedras Blancas, portadora de la
cédula de identidad cinco-sesenta y dos-trescientos cuarenta y cuatro, para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la primera y única
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este
plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio de María Zenon
Castrillo Álvarez. Exp. N° 13-000168-419-AG interno 186-3-13, promovido por
Gilbert Álvarez López.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial, Zona Sur, Corredores, Ciudad Neily, 17 de febrero del
2014.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1
vez.—(IN2014029393).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Flora María del Carmen
Bogantes Porras, a las ocho horas de hoy viernes dos de mayo de dos mil catorce
y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Malvin Logiza Badilla, quien fue
mayor, casado una vez, vecino de San José, San Vicente de Moravia, del BAC San
José, cien metros norte, cien metros oeste, cien metros norte y cincuenta
metros oeste, quien en vida portó la cédula de identidad número uno-trescientos
cuatro-seiscientos seis, fallecido en la ciudad de San José, el veinticuatro de
marzo de dos mil nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría
del Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario Público con oficina en la ciudad
de San José, Escazú, marginal norte, de la Autopista Próspero Fernández,
Edificio Fuentecantos, Bufete NCC Abogados, teléfono veintidós, ochenta y
ocho-sesenta y cuatro-sesenta y cuatro.—Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís,
Notario.—1 vez.—(IN2014029394).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rosalba Mora Ugalde, Rosales de
Desamparados, Alajuela, a las ocho horas del día trece de mayo del dos mil
catorce, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Christian Víquez Mora, mayor,
soltero, comerciante, vecino San Bosco, Santa Bárbara de Heredia, trescientos
metros norte de la Iglesia católica con cédula de identidad número
dos-cuatrocientos noventa y cuatro-novecientos diecinueve. Se cita y emplaza a
todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener
derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Notaría del Lic. Róger Sánchez Araya, Notario Público con
oficina en Rosales de Desamparados de Alajuela, quinientos metros sur de la
Fundación Hogar Manos Abiertas.—Lic. Róger Sánchez
Araya, Notario.—1 vez.—(IN2014029395).
Se
emplaza: A todos los herederos, legatarios,
acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Félix
Antonio Alemán Torres, quien fue mayor, casado una vez, empresario, vecino de
Desamparados San Jerónimo, cédula de identidad 8-0062-0487, para que dentro del
plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que
crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo
citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 13-100294-0217-CI. Sucesión
de Félix Antonio Alemán Torres.—Juzgado Civil y de
Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 9 de enero
del 2014.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1
vez.—(IN2014029397).
Que
por escritura otorgada ante mí, Juan Rafael Zavala Tasies, notario público con
oficina en la ciudad de San José, código 4483, se declaró abierta la Sucesión
de Fernando Beeche Tinoco en la sede notarial, expediente número cero cero
uno-dos mil catorce. Se hace saber a todos los interesados, acreedores,
herederos o legatarios, que pueden apersonarse en mi notaría, avenida diez,
calles quince y diecisiete, casa quince ochenta y cinco, para hacer valer sus
derechos y apersonarse a exponer su pretensión en la sucesión, advertidos de
que si no se presentan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Para tal efecto se confiere el plazo de treinta días hábiles a partir de su
publicación a todos los interesados y deben señalar un medio electrónico para
recibir notificaciones.—Lic. Juan Rafael Zavala
Tasies, Notario.—1 vez.—(IN2014029412).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue
Pedro Francisco Duarte Molina, mayor, casado una vez, profesor de enseñanza
primaria, cédula cinco-cero uno seis dos-cero nueve nueve cuatro, vecino de El
Alto de Guadalupe de Goicoechea, de la Iglesia Vida Abundante, cien metros al
norte, doscientos metros al este y sesenta metros al norte, para que dentro del
plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante esta notaría, en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo
hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Notario Público José Alberto
Campos Arias, con oficina en San Juan de Tibás, de la Estación de Servicio San
Juan, cuatrocientos veinticinco metros al oeste a mano derecha, edificio de dos
pisos, color terracota. Exp. N° cero tres-dos mil catorce.—Lic.
José Alberto Campos Arias, Notario.—1
vez.—(IN2014029481).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Francisco Wright Macimion,
mayor, soltero, pensionado, costarricense, con documento de identidad
0301100953 y vecino de Calle Blancos. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-000185-0164-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de abril del 2014.—Lic.
Francis Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014029717).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de
Delfín Montes Delgado, quien fue mayor, viudo, agricultor, cedula de identidad
1-0170-0445 y vecino de San Antonio de Escazú, para que dentro de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no
se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien legalmente
corresponda. Proceso sucesorio número 14-100050-0917-CI (57-2014) de Delfín
Montes Delgado promovido por María Eugenia Montes González.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, 23 de abril del 2014.—Lic.
Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—(IN2014029792).
Se
cita y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados
en la sucesión extrajudicial de la señora: Margarita Lorena Mena Mena, quien
fue mayor, soltera, ejecutiva del hogar, vecina de Upala centro, con cédula de
residencia número uno cinco cinco ocho cero nueve cero tres nueve siete uno
uno, de nacionalidad nicaragüense, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir del día de la publicación del edicto, se apersonen en
resguardo de sus derechos, apercibidos los que crean tener mejor derecho a la
herencia, de que si no se presentan en este plazo aquélla pasará a quien
corresponda. Juicio sucesorio extrajudicial. Teléfono: 2470-0143. Fax:
2470-2021.—Upala, 15 de mayo del 2014.—Lic. Carlos
Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2014030294).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de la señora: María Hortensia Silva Vargas, mayor, viuda, vecina de
San Pedro, quien falleció en San José, Montes de Oca, Costa Rica, el día ocho
de setiembre del dos mil cuatro, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, y se apercibe a aquéllos que crean tener calidad de herederos, que si
no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 001-2014. NCC Abogados, Escazú, frente a Hospital Cima, San José,
edificio Fuentecantos, teléfono: 2288-6464.—San José,
13 mayo del 2014.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2014030339).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio de Francisco Antonio
Cerdas Bonilla, cédula de identidad N° 1-608-156, mayor, casado una vez,
comerciante, vecino de Pozos de Santa Ana, de la Iglesia Católica, setecientos
norte, Urbanización El Progreso, casa cincuenta y tres, para que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, en caso de no hacerlo
la herencia pasará a quien en derecho corresponda. La dirección de la notaría
es: San José, Barrio México, avenida 11 bis, calles 20 y 22, edificio N° 2080.
Fax: 2255-1594.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos,
Notario.—1 vez.—(IN2014030366).
Se
cita y emplaza a los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Jorge
Antonio González Cordero, cédula de identidad N° 3-0199-0946, casado una vez,
administrador de empresas, vecino de Cartago, Concepción de La Unión, cincuenta
metros norte de la Guardia Rural, para que dentro de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos bajo el
apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia
pasará a quien corresponda. Dicha sucesión fue declarada abierta mediante
escritura de las 11:30 horas del 16 de mayo del 2014, ante esta notaría según
expediente N° 02-2014. Notaría de la Lic. María Lorena Montero Vargas, sita en
Monterrey de Montes de Oca, 300 oeste y 50 norte de Perimercados.—San José, 19
de mayo del 2014.—Lic. María Lorena Montero Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2014030401).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión del señor: Carlos Luis Quirós Villalta, quien fue mayor, casado una
vez, comerciante, vecino de Dulce Nombre de Cartago, cédula número tres-ciento
cincuenta y nueve-trescientos once, para que dentro del plazo de treinta días
hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos, que si no presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2014. Notaría del notario público,
ubicada en Cartago, 75 metros al sur del Banco Nacional de Costa Rica,
teléfono: 2551-0464, fax: 2591-4789.—Cartago, 15 de
mayo del 2014.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1
vez.—(IN2014030420).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señora: María
Corona Mora Delgado, quien fue mayor, viuda una vez, pensionada, vecina de
Barrio Los Ángeles de Concepción de La Unión, de la carnicería El Yugo, ciento
setenta y cinco metros al este, cédula número tres-ciento cuarenta y
cinco-setecientos once, para que dentro del plazo de treinta días hábiles,
contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan a reclamar
sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si
no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 02-2014. Notaría del notario público Carlos Eduardo Mata Ortega,
ubicada en Cartago, 75 metros al sur del Banco Nacional de Costa Rica,
teléfono: 2551-0464, fax: 2591-4789.—Cartago, 17 de
mayo del 2014.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1
vez.—(IN2014030422).
Se
emplaza al interesado en la sucesión de Rafael Antonio Guillén Brenes, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos y se les apercibe que si no se
presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Proceso
sucesorio notarial N° 011-2014. Causante: Rafael Antonio Guillén Brenes.
Notaría de la Lic. Laura Gómez Martínez, con oficina en San Rafael de Oreamuno,
Cartago, costado sur de la Iglesia.—San Rafael, Cartago, veintisiete de marzo
del dos mil catorce.—Lic. Laura Gómez Martínez, Notaria.—1
vez.—(IN2014030431).
Se
emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien fuera: Telly García
Montiel conocida como Tili García Montiel, mayor, viuda una vez, del hogar,
vecina de San José, Desamparados, Gravilias, cincuenta metros al sur del
Restaurante El Campeón, cédula número uno-doscientos cincuenta y
ocho-seiscientos treinta y nueve, para que dentro de treinta días contados a
partir de la primera publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no
se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda.
Notaría de la Lic. Magally Herrera Jiménez, San José, Los Yoses, setenta y
cinco metros al sur del Automercado Los Yoses, edificio San Ignacio, segundo
piso Bufete González Jiménez & Asociados.—San José, veinte de marzo del dos
mil catorce.—Lic. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2014030454).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Picado Solórzano,
mayor, viudo, agricultor, con cédula de identidad número dos-ciento treinta y
dos-doscientos ochenta y cinco, vecino de la Ciudadela Veintidós de Octubre de
Corredores, casa número cinco lote B, para que dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente N° 003-2014. Sucesión de Luis Picado Solórzano.
Notaría de la Lic. Yadira Reyes Wong.—Lic. Yadira Reyes Wong, Notaria.—1 vez.—(IN2014030483).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Bernal Bolaños
Martínez, mayor, casado una vez, oficial de tránsito, con cédula de identidad
número uno-seiscientos sesenta y tres-quinientos quince, vecino de Ciudad
Neily, Corredores, frente a las Cabinas Heylin, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente N° 004-2014. Sucesión de Juan Bernal Bolaños
Martínez. Notaría de la Lic. Yadira Reyes Wong.—Lic. Yadira Reyes Wong, Notaria.—1
vez.—(IN2014030484).
Se
cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en
proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Marcial Villalobos Lobo, quien fue
mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número
dos-ciento noventa y cinco-setecientos setenta y ocho, vecino de San José, San
Sebastián, cincuenta metros al norte del puente del río Tiribi, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se
apersonen ante el notario público Lic. Luis Alfredo Rojas Rivera, ubicada en
San José, Sabana Oeste, de Canal Siete, doscientos metros al oeste veinticinco
al sur SBG Abogados, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que
no lo hicieran la herencia pasará a quien corresponda. Asimismo deben señalar
lugar donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que el lugar que
señalaron fuese impreciso o no existiere, las resoluciones que se dicten se les
tendrán por notificadas por el solo transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas. Expediente N° 0002-2013. Promueven: Ligia María Fernández Corrales,
Lizeth Rocío Cinthya y Olman todos Villalobos Fernández. Causante: Marcial
Villalobos Lobo.—San José, once de diciembre del dos
mil trece.—Lic. Luis Alfredo Rojas Rivera, Notario.—1
vez.—(IN2014030726).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quienes en vida
fueran: Esperanza Porras Oses y Francisca Segura Sánchez, para que dentro del plazo
máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del
Lic. Diego Gerardo Solano Cabezas, ubicada cincuenta
metros al este del Banco Popular, Alajuela. Teléfono: 8392-2669.—Lic. Diego Gerardo Solano Cabezas, Notario.—1 vez.—(IN2014030757).
Se
cita y emplaza a los interesados en la sucesión de Sonia María Soto Ramos,
cédula número uno-tres cinco cinco-cero veintiuno, quien fue vecina de
Desamparados, para que en el plazo de treinta días a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos,
apercibidos de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda.
Notaria María Isabel Blanco Morales; oficina en San Antonio de Desamparados,
trescientos sur de cementerio.—Mayo del 2014.—Lic.
María Isabel Blanco Morales, Notaria.—1
vez.—(IN2014030765).
Se
cita y emplaza a los posibles interesados en la sucesión ab intestato de quien
en vida fue: Santos Olman Gómez Gómez, quien fue mayor de edad, casado una vez,
pensionado, vecino de San José, Pavas, Residencial del Oeste, alameda número
ocho, casa número K diecisiete, portador de la cédula de identidad número
cinco-cero ciento treinta y uno-cero cuatrocientos cuatro, fallecido el catorce
de diciembre del dos mil once, para que en el plazo de treinta días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, bajo el apercibimiento de que de no presentarse se resolverá
conforme a la ley. Cualquier oposición hacerla llegar a la notaría de la Lic.
Diana Estefanía Mena Miranda, cincuenta metros norte del Más x Menos de San
Pedro, Montes de Oca, teléfono: 2253-0163, fax: 2253-0193. Expediente número
cero cero uno-dos mil catorce.—San José, catorce de
mayo del dos mil catorce.—Lic. Diana Estefanía Mena Miranda, Notaria.—1 vez.—(IN2014030781).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Willem Andrés Hovenga
Ramírez, quien fuera mayor, divorciado, comerciante, portador de la cédula de
identidad número uno-seiscientos doce-seiscientos veinticuatro, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará
a quien corresponda. Expediente N° 2014-01. Notaría del Bufete de la Lic.
Lilliam Hidalgo Álvarez.—Lic. Lilliam Hidalgo Álvarez,
Notaria.—1 vez.—(IN2014030791).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Félix Zamora
Zamora, conocida como Felicia Zamora Zamora, cédula N° 4-0035-8690, para que
dentro del término de treinta días que corren a partir de la presente; se
apersonen ante esta notaría, ubicada en Moravia, 25 metros norte de la
Municipalidad, para hacer valer sus derechos. Si no se presentan dentro del
plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Moravia,
20 de mayo del 2014.—Lic. Ileana Palma Porras, Notaria.—1
vez.—(IN2014030808).
Se
cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios, y cualquier
interesado en la sucesión notarial no testamentaria de los cónyuges: Manuel
Antonio Astúa Solano, mayor, casado una vez, comerciante, cédula N° 3-130-080,
y Lidiette Madrigal Morales, quien fue mayor, viuda una vez, maestra, cédula N°
3-134-345, ambos vecinos de Cartago, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación por única vez de este edicto en el Boletín
Judicial, se apersonen a la oficina del notario público Giovanni Portuguez
Barquero, sita en Cartago centro, avenida 3, calles 9 y 11, 125 metros este de
la Biblioteca Pública de Cartago, teléfono: 2552-6229, en horario de 09:00 a.
m. a 05:00 p. m., a hacer valer sus derechos. Proceso sucesorio no testamentario
N° 0001-2014.—Cartago, 15 de mayo del 2014.—Lic.
Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1
vez.—(IN2014030837).
Se
cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en
la sucesión del señor: José María Monge Picado, mayor, casado una vez, del
hogar, vecino de Pueblo Nuevo, Cajón de San Pedro, Pérez Zeledón, costado este
de Salón Hamburgo, cédula N° 1-334-169, para que dentro de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en la oficina
del notario Jimmy Vargas Venegas, ubicadas San Isidro de El General, cien
metros al oeste y cincuenta metros al norte de las Oficinas Centrales de
Coopealianza R.L., a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener
la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo citado, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2014.—San
Isidro de Pérez Zeledón, 20 de mayo del 2014.—Lic. Jimmy Vargas Venegas,
Notario.—1 vez.—(IN2014030860).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión
ab intestato de quien en vida fue la señora: Juana Clara Fallas Mora, mayor,
cédula de identidad N° 301930317, casada una vez, ama de casa, vecina de
Concepción de La Unión, Cartago, San Francisco, del Abastecedor Leo 100 metros
al norte, calle cerrada, quien falleció en el día 26 de agosto de 1999,
Hospital Max Peralta de Cartago, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría, sita en San José, Barrio Escalante, de la Iglesia de Santa Teresita
200 metros al este y 50 metros al sur, casa N° 740, primer piso, a reclamar sus
derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente sucesión N° 002-2014. Notaría de Luis Carlos Gómez Robleto.—San José, 14 de mayo del 2014.—Lic. Luis Carlos Gómez
Robleto, Notario.—1 vez.—(IN2014030874).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de María Teresa Espinoza Cascante, quien fuera mayor, divorciada, ama
de casa, vecina de Escazú, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
2014-02-04.SN. Notaría del Lic. Marvin Chamorro Trejos. Fax. 2228-1344. Cel.
8386-0801 y 8723-4977.—Lic. Marvin Chamorro Trejos,
Notario.—1 vez.—(IN2014030899).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de Luis Francisco y Marta, ambos Angulo Angulo, cédulas números
1-0275-0387 y 1-0324-0962, fallecidos el 30 de julio del 2011 y el 4 de
diciembre del 2012, quienes fueran mayores, solteros, chofer y ama de casa,
vecinos de San Antonio de Escazú, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a redamar sus
derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 2103-001-12. SN. Notaría del Lic. Marvin Chamorro Trejos. Fax.
2228-1344.—Lic. Marvin Chamorro Trejos, Notario.—1 vez.—(IN2014030902).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Fabiola Quirós Rivera,
quien fue mayor, casada, pensionada, cédula de identidad N° 2-0161-0696, vecina
de Alajuela, Barrio Cristo Rey, de Auto Rectificación Guido, doscientos norte y
cincuenta este, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se
apercibe a los que creen tener calidad de herederos, que si no se presentan
dentro de dicho caso, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 02-2014. Notaría
del Bufete J & P, de la Torre
Mercedes trescientos cincuenta metros al sur.—Lic.
Marilyn James Pinnock, Notaria.—1 vez.—(IN2014030919).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de Noé Martínez Quesada, quien fue mayor, casado una vez, vecino de
San José, Moravia, La Isla, del Salón Comunal del lugar, doscientos metros
oeste, cédula de identidad número uno-cero doscientos ochenta y siete-cero
ochocientos cincuenta y cinco, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 04-2014. Sucesión de Noé Martínez Quesada. Notaría de la Lic.
Roxana Gómez Rodríguez, ubicada en San José, calle treinta y tres, avenidas
diez y doce.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014030974).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue:
María de los Ángeles Pérez Fumero, mayor, divorciada una vez, ama de casa,
vecina de San José, Barrio Francisco Peralta, calle treinta y cinco, avenida
doce, cédula de identidad número tres-cero cero noventa y uno-cero doscientos
treinta y cinco, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
03-2014. Sucesión de María de los Ángeles Pérez Fumero. Notaría de la Lic.
Roxana Gómez Rodríguez, ubicada en San José, calle treinta y tres, avenidas
diez y doce.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014030976).
Con
treinta días de término, contados a partir de la fecha de publicación de este
edicto, se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de
Dominga Mora Agüero, quien fuera mayor, soltera, ama de casa, vecina de San
Gabriel de Aserrí, portadora de la cédula de identidad N° 1-207-372, a efecto
de que se apersonen a esta notaría y hagan valer sus derechos, en el entendido
de que de no verificarlo así, la herencia pasará a manos de quien corresponda.
Oficina del notario público Mauricio Monge Monge, Vuelta de Jorco de Aserrí,
contiguo estación de combustibles.—San José, 14 de
mayo del 2014.—Lic. Mauricio Monge Monge, Notario.—1
vez.—(IN2014031014).
Se hace saber,
que ante este Despacho se tramita proceso de Declaratoria de Ausencia promovido
por, Silvia Méndez Mata mayor, casada una vez, empresaria, vecina de Liberia,
Guanacaste, cédula de identidad número 105270716; encaminado a solicitar la
ausencia de, José Manuel Jirón Arata, mayor casado dos veces, comerciante,
domicilio desconocido cédula de identidad número 103700858. Se emplaza a los
interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses
contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al
proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de
omisión. Exp.: 10-000714-0386-CI.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 14 de octubre del
2013.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2014016743) 3
v. 3
Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en el depósito del menor de edad Efraín Eduardo Loaiza
Espinoza, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.
Expediente N° 13-400155-0928-FA (158-1-2013-B). Proceso sumario Depósito
Judicial; promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Daisy
Geovanny Espinoza Estrada y Luis Fernando Loaiza Arguedas debe publicarse tres
veces consecutivas en el Boletín Judicial.—Juzgado
de Familia de Cañas, Guanacaste, 26 de julio del 2013.—Lic. Luis Fernando
Sáurez Jiménez, Juez.—C-Exonerado.—(IN2014028810). 3 v. 2.
Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés en el depósito del menor Samantha Suárez Castro,
para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
13-000781-0687-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado
de Familia de Grecia, 10 de enero del año 2014.—Lic. Marjorie
Salazar Herrera, Jueza.—C-Exonerado.—(IN2014028800). 3 v.2.
Se hace saber:
Que en este Despacho, Jhonny Garro Trejos, mayor, soltero, abogado y notario,
cédula de identidad N° 3-0288-0353, vecino de Tejar de El Guarco, Cartago,
frente al costado sur de la Basílica, ha promovido diligencias a fin de que se
le repongan los certificados de participación hipotecarias, números
147-301803301349103, 147-301803301349108, 147-301803301349111 y 147-301803301353808.
Se concede un término de un mes a partir de la última publicación de este
edicto, a todos los interesados, a fin de que se presenten en defensa de sus
derechos. Por ordenarse así en diligencias de reposición de título. Exp. N°
14-000165-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 2
de mayo del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2014029368). 3 v. 1 Alt.
Licda. María
Vanessa Soto Rodríguez, Jueza, se encuentra la sentencia de las diez horas del
trece de diciembre del dos mil trece, que literalmente dice: “Juzgado de
Familia de Cañas, Guanacaste, a las diez horas del trece de diciembre del dos
mil trece. Proceso de Declaratoria de Abandono instaurado por el Patronato
Nacional de la Infancia representado por la Licenciada Dinnia María Marín Vega,
mayor, abogada, vecina de Liberia, Guanacaste; en contra de Karla Vanessa
Tellez Mendoza, mayor, soltera, salonera, de nacionalidad nicaragüense cédula
de residencia número 155806640032, vecina de Cañas, Guanacaste y Manuel Enrique
Narváez Arista, mayor, soltero, cédula de identidad número 5-325-834, de
domicilio desconocido. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3)º—...,
4º—..., Considerando: I.—Hechos probados. Como tales se tienen los siguientes:
1)..., 2)..., 3)..., 4)..., 5)..., 6)..., 7)..., 8)..., 9)..., 10)..., 11)...,
12)..., 13)..., 14)..., 15)..., 16)..., 17)..., 18)..., 19)..., 20)..., 21)...,
22)..., 21)..., 22)..., 23)..., II.—a)..., b)..., c)..., III.—.... IV.—..., V.—..., VI.—..., Sobre las costas: ... Por tanto: En
virtud de los argumentos expuestos y citas de ley se declara con lugar el
proceso especial de Declaratoria Judicial de Abandono con fines de adopción,
Extinción de Patria Potestad y Depósito Judicial, promovido por el Patronato
Nacional de la Infancia en contra de contra de, Karla Vanessa Tellez Mendoza y
de Manuel Enrique Narváez Arista, declarando: 1) En estado de abandono al menor
Enrique Jabnel Narváez Téllez por parte de sus progenitores. 2) Dado que la
señora Téllez Mendoza y el señor Manuel Antonio Narváez Arista, no han sabido ejercer
su rol como padres, se hace menester el extinguirles a los accionados el
ejercicio de patria potestad sobre su hijo Enrique Jabnel, quedando dicho menor
en estado de adoptabilidad. 3) Siendo que desde que se dictó la medida de
protección de cuido provisional en alternativa de protección ONG Pueblito de
Costa Rica, ubicada en Paraíso de Cartago, albergue que le brinda protección a
la persona menor de edad.- Razón por lo cual, lo procedente es confiar el
Depósito Judicial de dicho menor Enrique Jabnel Narváez Téllez, en ONG Pueblito
de Costa Rica, ubicada en Paraíso de Cartago. Se le previene al (la)
representante legal de dicha Institución, que deberá comparecer dentro del
octavo día, después de la firmeza de la presente sentencia, a este Despacho a
aceptar el cargo conferido. De conformidad con el artículo 263 del Código
Procesal Civil y en virtud que el presente proceso es contra una persona
ausente, representada por un curador procesal, lo procedente es ordenar la
publicación de la parte dispositiva, por una sola vez, en el Boletín
Judicial, quedando el edicto respectivo en este Despacho a la orden de la
parte promovente. Se pronuncia el Despacho sin especial condenatoria en costas.
Notifíquese. Licda. Vanessa Soto Rodríguez, Jueza. Exp: 10-400286-0928-FA
(296-1-2010)-A. Proceso de Declaratoria de Abandono, Actor: Patronato Nacional
de la Infancia, contra: Karla Vanessa Tellez Mendoza y Manuel Enrique Narváez
Arista.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste,
12 de mayo del 2014.—Lic. María Vanessa Soto Rodríguez, Jueza.—1
vez.—C-Exonerado.—(IN2014029785).
Licenciado
Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez del Juzgado de Familia de Cartago, a Ana
Victoria Artavia Solano, en su carácter personal, se le hace saber que en
demanda suspensión patria potestad, establecida por Patronato Nacional de la
Infancia, contra Ana Victoria Artavia Solano, se ordena notificarle por edicto,
la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las
once horas treinta minutos del veintinueve de abril del año dos mil catorce.
Resultando: I. II. III. IV., Considerando I. II. III. IV. Por tanto, conforme
lo expuesto y las citas legales: se declara con lugar la demanda establecida
por Patronato Nacional de la Infancia contra Giovanny Solano Quirós y Ana
Victoria Artavia Solano. En consecuencia, se suspende a los señores Giovanny
Solano Quirós y Ana Victoria Artavia Solano en el ejercicio de la patria
potestad sobre su hijo Jean Carlos Solano Artavia. Esta suspensión implica
únicamente los derechos que como padre y madre les asisten y no de los deberes
que como tal tiene la obligación de cumplir en beneficio de ellos. La
suspensión se mantendrá por el plazo de dos años a partir de la firmeza.
Durante este tiempo los demandados -en especial el padre- deberá
someterse al tratamiento de desintoxicación y rehabilitación del uso sustancias
psicotrópicas y licor impartido por el Instituto de Alcoholismo y
Farmacodependencia (IAFA) o institución no gubernamental o similar. Además
deberá cursar un programa de escuela para padres en el Patronato Nacional de la
Infancia o institución no gubernamental o similar. Lo aquí ordenado deberá
demostrar mediante prueba idónea en la vía incidental. En caso contrario
vencido ese plazo la actora podrá pedir la terminación de la autoridad parental
de conformidad con el artículo 158 inciso c) del Código de Familia. Se dispone
que los niños estarán bajo el cuidado personal de la abuela paterna doña María
del Milagro Artavia Solano. Se condena a la parte demandada al pago de las
costas personales y procesales que hubiere ocasionado a la parte actora. Firme
esta sentencia, se ordena su anotación mediante ejecutoria que se expedirá a
solicitud de interesado/a, al margen de los asientos de inscripción de los
nacimientos del niño. En las siguientes citas: provincia de Cartago tomo 521
Página 434 Asiento 868. Se advierte a las partes que contra esta decisión cabe
recurso de apelación. Notifíquese. Licda. Mayra Trigueros Brenes Jueza de
Familia. Lo anterior en expediente 11-000415-0338-FA que es Suspensión de
Patria Potestad, de Patronato Nacional de la Infancia, contra Ana Victoria
Artavia Solano / Giovanny Solano Quirós.—Juzgado de
Familia de Cartago.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029789).
Se hace saber que en mi
notaría pública, se celebrará el matrimonio civil de Eddy Alexander Lizano
Parrales y María Consuelo Pérez Sevilla. Se emplaza en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a presentar oposición.—16
de mayo del 2014.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1
vez.—(IN2014030382).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Susan Lizet
Fallas Castro, mayor, soltera, ama de casa cedula de identidad N° 0604210558,
vecina de Kilómetro Cinco de Golfito, hija de Margarita Castro Castillo y
Marvin Fallas Molina, nacida en Centro Golfito Puntarenas, el 30/01/1995, con
veintiuno años de edad y Marvin Rubén Chinchilla Araya, menor, soltero,
jornalero, cédula de identidad N° 0604380353, vecino de Kilómetro Seis de
Golfito, del plantel de buses hacia adentro, hijo de Erlin Araya Chaves y
Marvin Chinchilla Sibaja, nacido en centro Golfito Puntarenas el 09/04/1997
actualmente con diecisiete años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento
de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo
deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados
a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N°
14-000074-1086-FA.—Juzgado de Familia de Golfito,
6 de mayo del 2014.—Lic. Gerardo Antonio Blanco Villalta, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014029749).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Esteban Gerardo
Chaves Herrera, mayor, costarricense, soltero, ayudante de ruta en la empresa
Dos Pinos, cédula de identidad N° 0112430753, vecino de Grecia, frente a la
guardia rural, casa de zócalo color café, con amapolas al frente, hijo de Casto
Chaves Chaves y Elizabeth Herrera Herrera, nacido en San José, el 04/06/1985,
con 28 años de edad, y Suseth Castro González, mayor, costarricense,
divorciada, display con world marketing, cédula de identidad N° 0205720295,
vecina de Grecia, frente a la guardia rural, casa de zócalo color café, con
amapolas al frente, hija de Allan Castro Suárez y María Elena González
Alvarado, nacida en Grecia, el 11/05/1982, actualmente con 32 años de edad. Si
alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para
que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho
dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 14-000291-0687-FA.—Juzgado
de Familia de Grecia, 9 de mayo del 2014.—Lic. Marjorie Salazar Herrera,
Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014029753).
Licda. Natalia Arley Porter,
en representación de la Fiscalía de Fraudes del Ministerio Público, al señor
Maycol Rodríguez Chacón, costarricense, mayor de edad, cédula de identidad
número 1-2028-662, de vecindarios desconocidos, en su condición de Demandado
Civil, se le hace saber: Siendo que en la causa penal 08-000840-277-PE, seguida
por Estafa, en perjuicio Juan Johel Chacón Mora, cédula 1-1127-834 y otros, se
ha formulado Acción Civil Resarcitoria, donde el demandado civil Maycol
Rodríguez Chacón, costarricense, mayor de edad, cédula de identidad número
1-2028-662,de vecindario desconocido, en su condición de Demandada, a quien
pese a haberse realizado todas las diligencias posibles para su localización,
no ha sido posible informarles de ella, se ordena comunicar la presente Acción
Civil, mediante la publicación de un edicto por una única ocasión. Licda.
Natalia Arley Porter, en representación de la Fiscalía de Fraudes del
Ministerio Público. Traslado de la acción civil. San José, doce de mayo del año
2014. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal vigente, se
ordena comunicar a la demandada civil y a su defensor, en el lugar señalado, y,
en su caso, en su casa de habitación. Se pone en conocimiento para se pronuncie
sobre la participación del actor civil y opongan las excepciones que
correspondan.—Fiscalía de Fraudes del Ministerio
Público.—Lic. Natalia Arley Porter, Fiscal Auxiliar.—1
vez.—(IN2014029783).