BOLETÍN JUDICIAL N° 100 DEL 27 DE MAYO DEL 2014

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

SALA CONSTITUCIONAL

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO GENERAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TERCERA PUBLICACIÓN

Asunto: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Bagaces de la provincia de Guanacaste

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Bagaces de la provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante el día cinco de junio de dos mil catorce, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.

San José, 28 de abril del dos mil catorce.

                                  MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,

(IN2014028981)                            Subdirectora Ejecutiva

Asunto: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Talamanca de la provincia de Limón

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Talamanca de la provincia de Limón, permanecerán cerradas durante el veintiséis de mayo de dos mil catorce, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

San José, 29 de abril del dos mil catorce.

                                              MBA Ana Eugenia Romero Jenkins,

(IN2014028982)                              Subdirectora Ejecutiva

PRIMERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006 de fecha 1° de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 83-06, celebrada el 2 de noviembre del 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Penales del año 1984, 1997, 1999, 2001 al 2008 del Juzgado Penal de Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:         20678

Expedientes:  1

Paquetes:        1

Año:                1984

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento Definito. Referentes a Delitos: 1exp. Hurto Agravado.

Remesa:         P 52 P 97

Expedientes:  1

Paquetes:        1

Año:                1997

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento Definito. Referentes a Delitos: 1 exp. Uso de Documento Falso.

Remesa:         P 28 P 99

Expedientes:  5

Paquetes:        1

Año:                1999

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento Definitivo. Referente a Delitos: 1 exp. Estupro, 2 exp. Robo, 1 exp. Abuso de Autoridad. 1 exp Robo Agravado.

Remesa:         P 21 P 01

Expedientes:  1

Paquetes:        1

Año:                2001

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimieto Definitivo. Referentes a Delitos: 1 exp. Libramiento de Cheque sin fondos.

Remesa:         P 20 P 02

Expedientes:  5

Paquetes:        1

Año:                2002

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento Definitivo. Referentes a Delitos: 1 exp. Infracción a la Ley de Derechos de Autor, 1 exp. Robo, 1 exp. Infracc. a la Ley Forestal, 1 exp. Violación de Sellos, 1 exp. Lesiones Culposas.

Remesa:         P 20 P 03

Expedientes:  34

Paquetes:        1

Año:                2003

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobresemiento Definitivo. Referentes a Delitos: 1 exp. Agresión, 2 exp. Infracc. Ley de Señas y Marcas, 2 exp. Retención Indebida, 2 exp. Lesiones Leves, 1 exp. Obstrucción a la Vía Pública, 1 exp. Violación de Sellos, 2 exp. Agresión con Arma, 23 exp. Lesiones Culposas.

Remesa:         P 20 P 04

Expedientes:  49

Paquetes:        1

Año:                2004

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento Definitivo. Referentes a Delitos: 5 exp. Infracc. a la Ley de Armas, 12 exp. Desobediencia, 5 exp. Daños 5 exp. Retención Indebida, 3 exp. Tentativa de Robo, 2 exp.Usurpación, 2 exp. Robo Simple, 2 exp. Resistencia Agravada, 1 exp. Circulación de Moneda Falsa, 7 exp. Agresión con Arma, 5 exp. Lesiones Culposas.

Remesa:         P 18 P 05

Expedientes:  103

Paquetes:        1

Año:                2005

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento Definitivo. Referentes a Delitos: 24 exp. Desobediencia, 27 Infracc. a la Ley de Armas, 12 exp. Infracc. a la Ley de Pesca, 8 exp. Lesiones Leves, 13 exp. Infracc. a la Ley Forestal, 1 exp. Hurto Agravado, 2 exp. Hurto Simple, 1 exp. Robo Simple, 1 exp. Daños, 5 exp. Usurpación, 1 exp. Infracc. a la Zona Marítimo Terrestre, 3 exp. Retención Indebida, 4 exp. Resistencia, 1exp. Lesiones Culposas.

Remesa:         P 13 P 06

Expedientes:  73

Paquetes:        1

Año:                2006

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobresemiento Definitivo. Referentes a Delitos: 1 exp. Ofrecimiento Falso de Prueba, 2 exp. Tentativa de Suicidio, 5 exp. Infracc. a la Ley de Zona Marítimo Terrestre, 2 exp. Agresión con Arma, 4 exp. Lesiones Leves, 1 exp. Obstrucción Vía Pública, 2 exp. Desobediencia, 3 exp. Amenazas, 2 exp. Usurpación de Aguas, 1 exp. Robo, 13 exp. Infracc. a la Ley de Armas, 3 exp. Infracc. Ley de Conservación a la Vida Silvestre, 1 exp. Infracc. Ley de Penalización de Violencia contra la Mujer, 1 Infracc. a la Ley de Pesca y Acuicultura, 3 exp. Usurpación, 1 exp. Daños, 1 exp. Falsificación de Señas y Marcas, 2 exp. Libramiento de Cheque sin Fondo, 6. exp. Infracc. a la Ley Forestal, 1 exp. Agresión Calificada, 1 exp. Estafa, 6 exp. Retención Indebida, 1 exp. Abandono Dañino de Animales, 3 exp. Hurto, 5 exp con de Lesiones Culposas. Expedientes trodos con Desestimacion refentes a Delitos:02 exp. Desestimaciones. Lesiones Culposas.

Remesa:         P 14 P 07

Expedientes:  174

Paquetes:        2

Año:                2007

Asunto:                 Penal Varios: Expedientes todos con Sobresemiento Definitivo. Referentes a Delitos: 7 exp. Infracc. a la Ley de Zona Marítimo Terrestre, 3 exp. Portación Ilegal de Armas, 2 exp. Infracc. a la Ley de Pesca, 11 exp. Hurto Simple, 28 exp. Agresión con Arma, 7 exp. Daños, 30 exp. Desobediencia, 11 exp. Robo Simple, 2 exp. Infracc. Ley de Armas, 1 exp. Fabricación o Tenencia de Materiales, 18 exp. Violencia contra la Mujer, 2 exp. Receptación, 2 exp. Privación de Libertad, 1 exp. Abuso de Autoridad, 1 exp. Ejercicio Ilegal de la Profesión, 3 exp. Incumplimiento de Medidas de Protección, 5 exp. Infracc. Ley de Penalización de Violencia contra la Mujer, 1 exp. Resistencia, 3 exp. Lesiones Leves, 2 Infracc. Código de Minería, 1 exp. Infracc. Ley de Conservación de la Vida Silvestre, 2 exp. Infracc. Ley Forestal, 1 exp. Violación de Domicilio, 2 exp. Descuido de Animal, 1 exp. Infracc. Ley de Loterias, , 4 exp. Retención Indebida, 1 exp Entorpecimiento del servicio Público, 6 exp. Usurpación, 1 exp. Estafa, 13 exp con Lesiones Culposas. Expedientes con Desestimacion referentes a Delitos: 02 exp. Lesiones Culposas.

Remesa:         P 6 P 08

Expedientes:  5312

Paquetes:        41

Año:                2008

Asunto:           Penal Varios:Expedientes todos con Sobreseimiento Definitivo y Referentes a Delitos: 6 exp Infracc. Ley Forestal, 01. exp de Entorpecimiento al Servicio Público, 03 exp. De Estafa, 07 exp. Infracción Zona Marítimo Terrestre, 76 exp de Desobediencia, 04 exp de Infrac. Código de Minería, 01 de Rapto, 01 exp de Accionamiento de Arma, 13 exp de Usurpación, 05 exp de Tentativa de Suicidio, 06 exp de Resistencia a la Autoridad, 07 exp de Tentativa de Hurto, 15 exp de Lesiones, 23 exp de Retención Indebida, 03 exp de Apropiación Indebida, 37 exp de Infracc. A la Ley de Armas, 01 exp de Allanamiento Ilegal, 02 exp de Violación de Sellos, 19 exp de Daños, 01 exp de Destrucción de Documento Público, 01 exp de Lesiones Culposas por Mala Praxis, 72 exp de Incumplimiento de Medidas de Protección, 04 exp de Atentado, 02 exp de Ejercicio Ilegal de la Profesión, 01 exp. de Coacción, 61 exp. De Penalización de Violencia contra la Mujer, 01 exp de Infractores al Proceso de Inscripción, 03 exp de Privación de Libertad, 01 exp de Falsificación de Señas y Marcas, 72 exp de Agresión con Arma,01 exp de Incumplimiento del Deber Alimentario, 01 exp de Evasión Culposa, 01 exp de Prevaricato, 24 exp de Hurto, 01 exp de Hurto Agravado, 02 exp de Agresión Calificada, 01 exp de Infracc. Ley de Maltrato Adulto Mayor, 02 exp de Infracc. a la Ley de Pesca y Acuicultura, 04 exp de Abuso de Autoridad, 01 exp de Contrabando, 03 exp de Sustracción de Menor, 18 exp de Portación Ilícita de Arma Permitida, 02 exp de Libramiento de Cheque sin Fondo, 11 exp de Violación de Domicilio, 01 exp Falso Testimonio, 01 exp de Suicidio, 01 exp de Falsedad Ideológica, 01 exp de Daño Patrimonial, 15 exp de Lesiones Culposas. Expedientes con Desestimación y referentes a Delitos: 1459. exp Delito Atípico, 01 exp. Abuso Sexual, 01 exp. Colisión, 10 exp Infracc. Ley Forestal, 02 exp Infracc. Ley de Juegos, 01 exp Infracc. Ley de Seguridad Privada, 03. exp Patrocinio Infiel, 05 exp Infracc. Ley de Licores, 03 exp. Alteración Ley de Señas y Marcas, 02 exp de Estelionato, 50 exp Infracción a la Ley de Derechos de Autor, 17. exp Agresión, 03. exp Privación de Libertad, 02 exp Explotación de Persona Adulto Mayor, 07 exp Descuido de Animal, 01 exp Administración Fraudulenta, 05 exp Infracción Zona Marítimo Terrestre, 02 exp. de Infrac. Código de Minería, 01 exp de Rapto, 01 exp Infracc. a la Ley de Derechos de Imagen, 24 exp de Amenazas a Funcionario Público, 54 exp de Amenazas, 40 exp. De Receptación, 03 exp de Accionamiento de Arma, 07 exp de Usurpación, 01 de Tentativa de Suicidio, 56 exp de Resistencia a la Autoridad, 06 exp de Tentativa de Hurto, 66 exp de Lesiones, 52 exp de Retención Indebida, 11 exp de Apropiación Indebida, 01 exp de Proxenetismo, 15 exp de Infracc. a la Ley de Armas, 44 exp de Averiguar Muerte, 08 exp de Lesiones Culposas, 100 exp de Daños, 01 exp de Lesiones Culposas por Mala Praxis, 428 exp de Incumplimiento de Medidas de Protección, 01 exp de Homicidio Culposo, 07 exp de Circulación de Moneda Falsa, 01 exp de Obstrucción a la Vía Pública, 02 exp de Aborto, 01 exp de Obstaculización a la Función Pública, 01 exp de Denuncia Calumniosa, 01 exp de Fraude de Simulación, 01 exp de Fraude Informático, 10 exp de Atentado, 395 exp. de Penalización de Violencia contra la Mujer, 219 exp de Robo, 02 exp de Falsificación de Señas y Marcas, 05 exp de Abandono Dañino de Animales, 1156 exp de Agresión con Arma, 03 exp de Tenencia de Droga, 12 exp de Infracción a la Ley Forestal, 02 exp de Incumplimiento de Deberes, 203 exp de Hurto, 03 exp de Hurto Agravado, 02 exp de Agresión Calificada, 33 exp de Estafa, 02 exp de Infracc. Ley de Maltrato Adulto Mayor, 21 exp de Abuso de Autoridad, 08 exp de Abandono, 03 exp de Sustracción de Menor, 01 exp de Portación Ilícita de Arma Permitida, 02 exp de Libramiento de Cheque sin Fondo, 38 exp de Violación de Domicilio, 03 exp de Falso Testimonio, 33 exp de Desaparición, 04 exp de Suicidio, 01 exp de Explotación Ilegal de Madera, 01 exp. de Daño Patrimonial, 120 de Lesiones Culposas.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 13 de mayo del 2014.

                                                      MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán

(IN2014029215).                                 Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2011, celebrada el 16 de noviembre del 2011, artículo I, y la aprobación del Consejo Superior en sesión Nº 11-2012, del 9 de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Violencia Doméstica del año 1996 al 2006 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Alajuelita, San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:         V 15 S 96

Expedientes:  2

Paquetes:        1

Año:                1996

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 17 S 98

Expedientes:  180

Paquetes:        2

Año:                1998

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 17 S 99

Expedientes:  491

Paquetes:        4

Año:                1999

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 17 S 00

Expedientes:  763

Paquetes:        6

Año:                2000

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 17 S 01

Expedientes:  1083

Paquetes:        4

Año:                2001

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 13 S 02

Expedientes:  1235

Paquetes:        12

Año:                2002

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 13 S 03

Expedientes:  1158

Paquetes:        9

Año:                2003

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 13 S 04

Expedientes:  1156

Paquetes:        11

Año:                2004

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 13 S 05

Expedientes:  764

Paquetes:        7

Año:                2005

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 12 S 06

Expedientes:  79

Paquetes:        1

Año:                2006

Asunto:           Violencia Doméstica.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 13 de mayo del 2014.

                                                      MBA Rodrigo Arroyo Guzmán

(IN2014029216).                                Subdirector Ejecutivo.

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

El Consejo de la Judicatura y el Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial y la Escuela Judicial, abren concursos para integrar listas de elegibles para los cargos de Juez y Jueza:

CONCURSO ÚNICO

CJ-16-2014

JUEZ GENÉRICO O JUEZA GENÉRICA

Para ver imagen solo en Boletín Judicial con formato PDF

El Temario de la prueba de conocimientos se encuentra disponible en la dirección electrónica:

www.poder-judicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm por lo que no se suministrará por otro medio.

Requisitos:

Generales:

Ser costarricense, ciudadano(a) en ejercicio.

Incorporado(a) al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. (Deberá remitirse en formato electrónico, ver punto III).

Específicos:

Conocer y aceptar todas las condiciones del Programa mediante la firma de un contrato de formación.

Redactar una carta (2000-2500 caracteres) donde fundamente los motivos e intereses por recibir esta capacitación profesional y su afinidad por la solución del conflicto social. Es obligatorio para participar y deberá remitirse en formato electrónico, ver punto III en conjunto con los requisitos cuando se inscriba en el concurso.

Acerca de la inscripción:

Inscripción electrónica: Es imprescindible que las personas oferentes se inscriban a través del Sistema Administrativo de la Carrera Judicial mediante la OFERTA ELECTRÓNICA DE SERVICIOS en la dirección electrónica https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr/SACJ/.

La inscripción será única y exclusivamente por este medio y queda registrada en línea automáticamente. Se habilitan las veinticuatro horas hasta la fecha de vencimiento del período de inscripción del concurso.

Procedimiento para ingresar al Sistema Administrativo de la Carrera Judicial

Intranet: http:intranet/personal/juecesyjuezas.htm

Internet: http:www.poder-judicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm

1.  Seleccione el ícono Sistema Administrativo de la Carrera Judicial.

2.  Si ya registró una contraseña en un concurso anterior, únicamente digite el número de cédula en formato de diez caracteres, la contraseña y proceda con la inscripción.

3.  Si es primera vez que ingresa al sistema SACJ, debe seleccionar la opción “cambiar contraseña” indicar el número de cédula en formato de diez dígitos, llenar el espacio que dice “nueva contraseña” confirmarla y presionar inmediatamente cambiar. En el menú del sistema, seleccionar la opción “Concursos para conformar las listas de elegibles para jueces y juezas”

4.  Para la correcta inscripción en los concursos, es preciso que complete todos los espacios requeridos en el formulario. Al final del proceso de inscripción, el sistema le brindará un comprobante mediante el cual se asegura que éste se efectúo con éxito. Caso contrario la solicitud será desestimada.

5.  De acuerdo con el procedimiento que se señala a continuación, los atestados deberán remitirse en formato electrónico(ver punto III), a la, Sección Administrativa de la Carrera Judicial al cierre del concurso, o a más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha de su vencimiento. Esta disposición rige para quienes oferten por primera vez o hayan presentado los atestados en un período mayor a dos años.

Documentos a presentar

Bachiller de secundaria. (Deberá remitirse en formato electrónico, ver punto III)

Licenciatura en Derecho. (Deber á remitirse en formato electrónico, ver punto III)

Incorporación al Colegio de Abogados. (Deberá remitirse en formato electrónico, ver punto III)

Si no es funcionario del Poder Judicial, aportar la cuenta cliente del Banco de su elección.

Otros:

Fotografía. (Indispensable presentarla al momento en que se le efectúe la valoración médica)

Encontrarse al día con las obligaciones en el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

Cumplir con lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera Judicial, el Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

En caso de ser nombrado(a), se deben aprobar los cursos institucionales de carácter obligatorio en materia de: equidad de género, accesibilidad, servicio público de calidad, hostigamiento sexual y acoso psicológico en el trabajo y sistema de gestión.

Procedimiento para remitir los atestados en formato electrónico.

Escanear documentos y crear un archivo digital el cual se requiere que sea indispensablemente en formato PDF, con un máximo tres megas.

Ingresar a la dirección electrónica:

https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr/SACJ/

3.  Seguir los pasos señalados anteriormente en relación con la contraseña.

4.  En el menú de inscripción, seleccionar la opción “buzón para agregar atestados”.

5.  En “selección tipo de atestado”, seleccionar “documento”.

6.  En “archivo a adjuntar”, elegir “examinar”, debe buscar el archivo digital PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.

7.  En la barra superior, presionar “subir atestados”.

8.  Los documentos quedan agregados en forma automática en un buzón que será revisado por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.

V.    Condiciones del concurso:

ü  Relación entre las personas participantes y el Poder Judicial:

La relación entre las personas participantes y el Poder Judicial es contractual, no laboral. Las personas que resulten escogidas que laboren para el Poder Judicial deberán tramitar un permiso sin goce de salario por el tiempo de duración del Programa.

ü  Beneficios que le brinda el Programa:

Instrucción gratuita; entrega de materiales sin costo alguno; acceso a bibliotecas de la institución y a aquellas pertenecientes a instituciones con las que se tenga convenio; utilización del laboratorio de cómputo y de todas las instalaciones y servicios destinados para la capacitación de las personas usuarias de la Escuela Judicial; entrega de un subsidio mensual por un monto de 500.000 colones durante los doce meses de duración del Programa.

Reconocimiento de dos puntos en Carrera Judicial por la aprobación del Programa FIAJ al igual que se realiza con el Programa de Formación General Básica de la Escuela Judicial.

Compromisos de la persona participante:

Conocer y aceptar todas las condiciones del programa y firmar el contrato de formación.

Cumplir el calendario asignado: la fase teórico-práctica del 02 de febrero al 2 de agosto de 2015 y la práctica tutelada del 03 de agosto de 2015 al 02 de febrero de 2016.

Realizar el Programa con resultados óptimos según los criterios de evaluación formulados por la Escuela Judicial y aprobados por el Consejo de la Judicatura.

ü  Aprobar cada uno de los módulos y talleres, asistir a las sesiones presenciales, a la práctica tutelada y a todas las actividades y visitas programadas.

ü  Durante la ejecución del Programa de formación, no podrá realizar actividades de abogacía y/o notariado. No podrá aceptar nombramientos interinos o en propiedad dentro o fuera del Poder Judicial.

Durante los tres años siguientes a la aprobación del Programa, deberá estar disponible para laborar en el Poder Judicial en caso de ser nombrado o nombrada.

El incumplimiento de los deberes asumidos por la persona participante, según el Programa y el contrato, darán lugar a la rescisión unilateral y forzosa de la relación contractual. En tal caso, deberá devolver los subsidios recibidos, con intereses al tipo legal, y deberá pagar cualquier otro gasto generado a la institución.

ü  En caso de no aprobar el Programa o de retiro injustificado, deberá pagar lo establecido en el punto 7 anterior.

Rendir una garantía a satisfacción de la institución.

Suscribir una póliza de seguro estudiantil.

Los demás que determine la Escuela Judicial para lograr los objetivos del programa.

VI.    Criterios de selección:

La selección para el Programa de Formación Inicial para Aspirantes a la Judicatura, se realizar á por prelaci ón de notas y únicamente se seleccionarán a 32 personas candidatas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 30 bis del Reglamento de Carrera Judicial, serán seleccionados en el Programa, los aspirantes que obtengan una nota igual o superior al 75.

ü  Las personas que no sean seleccionadas para este Programa, podrán continuar en el concurso a efectos de obtener su elegibilidad en el sistema de Carrera Judicial, en cuyo caso, si resultan nombradas en propiedad en la Judicatura, deberán aprobar el Programa de Formación que diseñe la Escuela Judicial.

VII.   De los componentes por valorar:

ü  Examen: Los y las aspirantes deben someterse a una prueba escrita de conocimientos por competencias profesionales, ante el tribunal examinador, con un valor de 50% de la nota final, y a ocho pruebas que valorarán competencias profesionales, con un valor de 50% de la nota final.

No se admitirá aspirantes que se presenten después de iniciada la prueba. Para realizar las evaluaciones se les entregará un sobre con la totalidad de las pruebas. Estas deberán ser realizadas y extraídas del sobre, una a la vez, en un tiempo determinado. Asimismo, una vez finalizada debe ser colocada nuevamente en el sobre. El orden de las pruebas no debe ser alterado o mantener más de una, fuera del sobre. El incumplimiento de esta disposición, será motivo de anulación de la prueba.

Las siguientes son las competencias profesionales a evaluar:

Capacidad cognitiva: capaz de identificar un problema y evaluar las causas profundas que lo provocan; busca soluciones eficientes y realistas mediante la identificación de información relevante; formula hipótesis; evalúa las consecuencias y programa las actividades requeridas para alcanzar un objetivo determinado con el fin de generar alternativas de solución, utilizando un enfoque sistemático.

2.  Inteligencia integradora: capacidad mental para buscar e identificar información relevante, integrarla y organizarla en un cuerpo coherente de conocimientos para identificar y programar las actividades requeridas para alcanzar un objetivo determinado.

3.   Creatividad: capacidad para generar con regularidad nuevos enfoques, aportes y respuestas con soluciones innovadoras y válidas a problemas y situaciones de la labor judicial, mediante combinaciones nuevas y apropiadas de elementos con diferentes perspectivas y paradigmas.

4.  Comunicación escrita: habilidad para transmitir información, ideas y criterios a través de la escritura, aplicando la terminología adecuada y adaptándola a los procedimientos del sistema judicial, de manera que sea comprensible e unívoco, así como la habilidad para comprender los mensajes escritos y los documentos técnicos elaborados por otras personas que tengan relevancia para desempeñar su labor.

5   Capacidad para dirección y toma de decisiones: habilidad para proponer, canalizar y fomentar de forma ágil la resolución de situaciones propias de los procesos judiciales mediante un enfoque proactivo y eficiente que se adecue tanto a las exigencias presentes como a aquellas que surjan con posterioridad. Demanda un nivel de autoridad racional y objetiva en el cual se ponderen todos los aspectos pertinentes que permitan gestionar la toma de decisiones propicias según cada circunstancia.

6.  Inteligencia emocional: la inteligencia emocional es el conjunto de conocimientos, capacidades y actitudes necesarias para comprender, expresar y regular de forma apropiada los fenómenos emocionales. Estas habilidades y competencias determinan la conducta de un individuo, sus reacciones y sus estados mentales, y puede definirse como la capacidad de reconocer nuestros propios sentimientos y los de las demás personas, de motivarnos y de manejar adecuadamente las relaciones.

7.  Trabajo en equipo: capacidad de promover, fomentar y mantener relaciones de colaboración eficientes con miembros del ámbito judicial así como otros grupos de trabajo que resulten pertinentes con la integración de esfuerzos comunes que garanticen el óptimo desarrollo de la práctica judicial.

8.  Objetividad: capacidad de emitir una resolución objetiva, basada en los elementos normativos, probatorios y demás aspectos de los procedimientos, desligándose de sus convicciones personales y valoraciones subjetivas.

9.  Se recibirá recurso de revisión respecto a los resultados de las pruebas, siempre y cuando se compruebe que él o la participante selección ó la opción correcta en el solucionario y esta se calificó como respuesta incorrecta.

ü  Entrevista: Quienes tengan posibilidad de quedar elegibles se someterán a una entrevista con dos integrantes del Consejo de la Judicatura, la cual versará sobre la organización del Poder Judicial, la actividad jurisdiccional en general y específica del área a la que se aspira, aspectos del sistema jurídico costarricense y sobre la cultura jurídica de la persona aspirante.

ü  Experiencia profesional: Se califica a partir de la fecha de Incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

Si como profesional en Derecho, posee experiencia laboral externa al Poder Judicial, se deberá aportar en formato electrónico, ver punto III lo siguiente:

*     Abogado(a) litigante: Declaración jurada no protocolizada sobre los periodos que fungió como abogado(a) o notario(a).

*     Empresa o institución: Constancia emitida por esta que especifique:

1.  El o los puestos desempeñados.

2.  Requisitos y especialidad del o de los puestos profesionales.

3.  La fecha de rige y vence de los períodos laborados.

4.  Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso de que los haya disfrutado, se debe señalar el período.

5.  El motivo de salida.

6.  Si hubo o no pago de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley.

En concordancia con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de Carrera Judicial, a aquellas personas que ya cuenten con elegibilidad y que participen en un concurso de una misma categoría y materia, se les considerará la experiencia ya acreditada, sin variar la fecha establecida conforme al numeral anterior. Se podrá computar nueva experiencia únicamente si ya ha superado el plazo de dos años desde el anterior corte.

ü  Promedio académico: Para promediar este componente, debe remitir en formato electrónico (ver punto III) la certificación de notas de la carrera universitaria.

Publicaciones: La guía para la calificación de los y las participantes en la Carrera Judicial contempla, únicamente, el reconocimiento de ensayos y libros atinentes a la disciplina del Derecho, previo estudio y reconocimiento de la Unidad de Componentes Salariales del Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial.

ü  Docencia: Únicamente se reconocer á la docencia universitaria. La persona interesada debe remitir en formato electrónico, ver punto III, la constancia con membrete emitida por la universidad donde fue docente, en la cual especifique el nombre del curso, el cuatrimestre o semestre, según el caso, y el año cuando la impartió.

Postgrado: Se reconocerán dos puntos por la especialidad o por la aprobación del Programa de Formación General básica para Jueces y Juezas; tres puntos por la maestría y cinco puntos por el doctorado. El tope máximo en este rubro es de cinco puntos y no es acumulativo, el o los títulos deberán remitirse en formato electrónico, ver punto III.

Capacitación recibida: Se reconocerán los certificados de capacitación en la Carrera Judicial, siempre que contengan la cantidad de horas establecidas; la capacitación sea impartida por alguna institución de renombre, atinente a la disciplina del Derecho y sea realizada luego de la incorporaci ón al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, el o los certificados deber án remitirse en formato electrónico, ver punto III.

ü  Evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas: A quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se les realizarán evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas, cuyos resultados serán parte integral del proceso de selección. La información derivada de su participación en este concurso será utilizada por los órganos decisorios.

ü  Promedio final de elegibilidad:

Para las personas candidatas seleccionadas en el Programa de Formación Inicial para Aspirantes a la Judicatura (FIAJ):

Para ser consideradas elegibles, las personas deberán aprobar el FIAJ. En este caso, el resultado obtenido en este Programa se ponderará con la nota de la prueba de aptitud y conocimientos más los componentes correspondientes a la entrevista, promedio académico, experiencia, publicaciones, docencia, posgrado y cursos de capacitación, a razón de un 40% y un 60% el Programa de Formación Inicial (FIAJ).

Para las personas candidatas que no sean seleccionadas en el FIAJ y, por lo tanto, continúan con el programa de ingreso a la Carrera Judicial:

Se ponderará el 100% de la nota de elegibilidad con el puntaje obtenido en la prueba de aptitud y conocimientos, más los componentes de entrevista, promedio académico, experiencia, publicaciones, docencia, posgrado y cursos de capacitación.

ü  Conclusión del concurso: El concurso se dará por finalizado conforme lo disponga el Consejo de la Judicatura.

VIII.  De la sanción, solicitudes de exclusión y  reprogramaciones.

De la sanción: En concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial, todas aquellas personas oferentes que se inscriban en este concurso y no se presenten a realizar el examen o se presenten después de iniciada la prueba, o se le anule el examen, serán descalificadas de forma inmediata en este acto, por lo que no podrán participar en el siguiente concurso. Esta disposición aplica para aquellas personas participantes que no aprueben el FIAJ o que no superen el 70 en su promedio final. Asimismo, la persona que no apruebe el FIAJ, sea expulsado o abandone el curso por razones injustificadas, no podrá volver a cursarlo en las tres promociones posteriores a aquella en que sucedió el incumplimiento.

Exclusión: No se aceptarán solicitudes de exclusión del concurso, excepto en casos muy calificados. El Consejo de la Judicatura valorará los motivos de fuerza mayor siempre y cuando estén debidamente justificados. Para las personas seleccionadas en el FIAJ, aplica lo establecido en el apartado III, inciso c), punto 7 de este cartel.

ü  Reprogramación: Proceden en casos calificados debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Tribunal Examinador, para lo cual debe remitir en formato electrónico (escaneado) la solicitud y comprobantes que acrediten su gestión en los cinco días hábiles posteriores a la fecha del examen.

No se aceptarán solicitudes de reprogramación por asuntos de trabajo, salvo en casos emergentes que serán valorados por el Tribunal Examinador.

En los casos que ya se hubiera cambiado la cita inicial, salvo motivos de fuerza mayor que será valorado por el Consejo de la Judicatura, no se dará trámite a solicitudes de reprogramación de examen.

IX.     De las notificaciones

La Sección Administrativa de la Carrera Judicial y la Escuela Judicial utilizarán el correo electrónico para todos los efectos como único medio de notificación. Para ello, deberá indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas condiciones las veinticuatro horas, ya que, una vez comprobada la entrega electrónica, se dará por notificado el asunto, de lo contrario, se exime de toda responsabilidad a esta Sección y a la Escuela Judicial, por lo que se tendrá por realizada la notificación, veinticuatro horas después de dictada la resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico señalado, debe ser comunicado oportunamente a esta oficina al correo electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr

Consultas:

Escuela Judicial: a los teléfonos 2267-1535 / 2267-1527 o a los correos electrónicos escuelajudicialFIAJ@poder-judicial.go.cr; kescabar@poderjudicial.go.cr.

Sección Administrativa de la Carrera Judicial, ubicada en el cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), horario de atención de 7:30 a.m. a 12 md. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m., de lunes a viernes o a los teléfonos 2295-3781 / 2295-3918 o al correo electrónico carrerajud@poder-judicial.go.cr.

ESTE CONCURSO VENCE EL 30 DE MAYO DE 2014

PARA TRÁMITE PERSONAL HASTA LAS 4:30 P.M.

Y PARA LA INSCRIPCIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS,

SE HABILITA LAS 24 HORAS DE LA FECHA INDICADA.

María Lucrecia Chaves Torres.—(IN2014028975).

SALA CONSTITUCIONAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

ADICIÓN

ASUNTO:     Acción de Inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES

DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 12-017159-0007-CO promovida por Federico Malavassi Calvo, Gabriel Bonilla Picado, Rodrigo Alberto Carazo Zeledón contra el Código Electoral, por estimarlo contrario a los artículos 1, 9, 45, 95, 96, 97 y 184 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2014-005832 de las catorce horas y treinta minutos del seis de mayo del dos mil catorce, que literalmente dice:

“Se adiciona la resolución número 2013-015343 de las 16:30 horas del 20 de noviembre del 2013, para que se agregue sobre la declaratoria sin lugar de la acción en cuanto a la resolución del Tribunal Supremo de Elecciones Nº 4250-E8-2009 de 11 de septiembre de 2009, que: 1) El Magistrado Jinesta da razones diferentes sobre este punto. 2) El Magistrado Armijo salva el voto junto al Magistrado Cruz pero únicamente en cuanto a la inconstitucionalidad de los artículos 115, 116, 117, 118 y 119 del Código Electoral, no así en cuanto a la resolución del Tribunal Supremo de Elecciones, donde concurre con el voto de mayoría, de declararla sin lugar”.

San José, 07 de mayo del 2014.

                                                               Gerardo Madriz Piedra

C-Exonerado.—(IN2014028772)                  Secretario

PRIMERA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 14-006362-0007-CO que promueve Asociación de Desarrollo Especifica Pro Mejoras de la Comunidad Playa Grande Santa Cruz Guanacaste, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez horas y veintinueve minutos del doce de mayo del dos mil catorce. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Melina D Alolio Sánchez, para que se declare inconstitucional el artículo XIX.2 bis del Reglamento de Construcciones del Invu, por estimarlo contrario a los artículos 21 y 50 de la Constitución Política, en que se proclama el derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, la Municipalidad del Cantón de Santa Cruz y el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. La norma se impugna en cuanto permite la instalación, ampliación, o modificación de la red o infraestructura de telecomunicaciones en cualquier parte del territorio nacional, particularmente en parques nacionales o zonas protegidas, como lo es la zona de amortiguamiento del Parque Nacional Marino Las Baulas. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación de la accionante proviene del artículo 75 párrafo 2º de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en cuanto se trata de la defensa de intereses difusos. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Para notificar a la Municipalidad del Cantón de Santa Cruz, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de Santa Cruz, comisión que se hará llegar por medio del correo interno. Notifíquese/Gilbert Armijo Sancho, Presidente/

San José, 13 de mayo del 2014.

                                                                 Gerardo Madriz Piedra,

Exento.—(IN2014029763).                              Secretario

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO GENERAL

Resolución N° AJD-RES-132-2014.—Expediente N° AJ-025-2014.—Dirección General de Servicio Civil.—Asesoría Jurídica, a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil catorce. Vista la gestión de despido incoada por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, téngase por instaurado el presente procedimiento disciplinario en contra de la accionada Tatiana Eugenia Chacón Mejía, con el fin de averiguar la verdad real de los siguientes cargos que se le imputan, según manifestación de la parte Actora, respecto a que Usted, supuestamente y: “…incurrió en un quebranto en sus obligaciones como funcionaria pública, ya que de conformidad con el reporte que realizó el Licenciado Cristhian Méndez Blanco, Director de Gestión Institucional de Recursos Humanos, a través del Oficio No.DGIRH-721-2014 de fecha 27 de febrero del 2014, en el cual se indicó que la servidora Chacón Mejía no se presenta a laborar desde el día 04 de octubre del 2013. Con lo cual, se tiene que dicha funcionaria, quebrantó todos los principios que deben orientar el actuar de la Administración, ya que una de las obligaciones principales que sujetan a los servidores públicos es la asistencia puntual a su trabajo, por lo que el quebranto a este deber sin ninguna justificación, constituye una falta grave, que afecta los intereses de este Ministerio...”; violentando con su supuesto actuar, y según lo manifiesta la parte Actora, lo regulado en los artículos 11, 140 inciso 2), 191 y 192 de la Constitución Política, 39 y 43 del Estatuto de Servicio Civil, 90, 50 inciso a) del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo, 11, 102, 211.1, 213 de la Ley General de la Administración Pública, 41 incisos 1), 2), 18), 78 y 81 inciso e) del Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Se le otorga a la parte accionada acceso al expediente administrativo, mismo que consta de 8 folios, el cual se encuentra en la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Servicio Civil, ubicada en el segundo piso de las Oficinas Centrales en San Francisco de Dos Ríos, ciento setenta y cinco metros al este de la Iglesia Católica para que dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al recibo de la notificación de este acto proceda a rendir por escrito su oposición a los cargos que se le atribuyen, presentando toda la prueba de descargo que tuviere. Asimismo, por disposición expresa del Tribunal de Servicio Civil, y con base en el artículo 433 del Código Procesal Civil, cuya aplicación supletoria es autorizada por el numeral 80 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, en caso que desee plantear algún tipo de excepción que requiera ser de conocimiento previo esta deberá ser interpuesta dentro de los primeros cinco días hábiles del emplazamiento, caso contrario su conocimiento y resolución quedará hasta para el momento procesal que el Tribunal de Servicio Civil determine. Toda la documentación aportada a este expediente puede ser consultada y fotocopiada a costa de las partes en esta Asesoría Jurídica, advirtiéndoles que por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con el artículo 39 Constitucional y el principio procesal consagrado en el numeral 272 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y a sus representantes legales siendo lo aquí ventilado de interés para la Asesoría Jurídica y las partes mencionadas, por lo que puede incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza, la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se informa a la parte accionada que a toda audiencia que se realice, con el fin de evacuar prueba testimonial, confesional, pericial, inspecciones oculares o cualquier otra diligencia probatoria tendientes a verificar la verdad real de los hechos, tiene derecho a hacerse asistir por un profesional en derecho, perito o cualquier especialista que considere necesario durante la tramitación del presente procedimiento. Se previene a la parte accionada el deber de señalar un lugar físico, casa u oficina o un número de fax, donde atender futuras notificaciones, advirtiéndole que se tendrá por notificado con la respectiva acta de notificación que indique el expediente. Se aclara a las partes que de conformidad con lo indicado por el Tribunal de Servicio Civil en el Expediente número 15503, por medio de la Resolución dictada el día veintidós de octubre del dos mil doce, el correo electrónico no es un medio habilitado dentro del Régimen de Servicio Civil para oír notificaciones, por ende no deberá ofrecerse el mismo para estos efectos. De no señalar lugar para oír notificaciones o si el lugar indicado fuere impreciso o no existiere se tendrá por notificado con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada la respectiva resolución. Además se le advierte a las partes, la necesidad de cumplir con lo estipulado en el artículo 75 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, en cuanto al deber de proporcionar cuantas copias sean necesarias para cada una de las partes del proceso de aquellos escritos y documentos que deseen aportar al expediente. De no oponerse a la gestión de despido dentro del plazo señalado o bien si el servidor hubiere manifestado su conformidad se procederá al traslado del expediente al Tribunal de Servicio Civil, quien dictará el despido en definitiva, sin más trámite, según lo establece el inciso c) del artículo 43 del Estatuto de Servicio Civil. De conformidad con el numeral 153 del Código Procesal Civil, esta resolución corresponde con una mera providencia, en atención a que se trata de una resolución de mero trámite, contra la cual no se dará recurso, según lo señala el artículo 553 del Código de previa cita y lo dispuesto por la Sala Constitucional, en las resoluciones números 1530-01, 3781-00, 1182-01, 5263-94, 3408-93, 1022-93, entre otras. Notifíquese.—Asesoría Jurídica.—Lic. Miriam Rojas González, Directora, Abogada Instructora.—Lic. Andrea Brenes Rojas, Magister.—Maricela Tapia Gutiérrez, Subdirectora General.—1 vez.—O. C. N° 3400022004.—Solicitud N° 12665.—(IN2014025805).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho a las ocho horas y treinta minutos del diez de julio del dos mil catorce, y con la base de quince millones novecientos cuarenta y cuatro mil quinientos veintidós colones con veintinueve céntimos, soportando hipoteca de primer grado según citas: 2011-00175156-01-0002-001, con gravámenes de reservas de Ley de aguas y Ley de caminos públicos según citas: 0531-00017007-01-0004-0001; en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 00184695-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jocchen Speling; al sur, Jocchen Sperling; al este, camino público con un frente a él de veintinueve metros lineales con setenta y ocho centímetros lineales, y al oeste, José Guillermo Urbina Chaves. Mide: mil cuatrocientos noventa metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil catorce, con la base de once millones novecientos cincuenta y ocho mil trescientos noventa y un colones con setenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil catorce con la base de tres millones novecientos ochenta y seis mil ciento treinta colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Ana Lizette Baltodano Obando contra Irza Orozco Herrera. Exp. N° 13-000066-0874-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 16 de mayo del 2014.—Lic. Alberto Juárez Gutiérrez, Juez.—(IN2014031282).

Causahabientes

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó Derman Ernesto Moss Gibbs, quien fuera mayor, soltero, futbolista, y portó cédula de identidad 7-0151-0589 y fallecido el 28 de enero del 2006, para que comparezcan a este despacho dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos y de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Diligencias de consignación de prestaciones del trabajador fallecido Derman Ernesto Moss Gibbs, interpuestas por Dorothy Louise Hejbls Mc Ducen. Expediente número 14-000123-1025-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 23 de abril del 2014.—Lic. Wendy Martínez Garbanzo, Jueza.—1 vez.—(IN2014028689).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la causante: Guiselle Poveda Jarquín, quien fue mayor, casada, vecina de Cachí, Paraíso, ama de casa y quien portó la cédula de identidad N° 3-0334-0842, fallecida el día diez de marzo del dos mil nueve, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del lapso improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias establecidas bajo el número 13-300057-0351-LA.(57-1-13), a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, 12 de mayo del 2014.—Msc. Gerardo Barillas Solís, Juez.—1 vez.—(IN2014029185).

A los causahabientes de quien en vida se llamó: Jorge Gerardo Calderón Guerrero, mayor de edad, casado, administrador de empresas, vecino de Cartago, con cédula de identidad N° 3-193-0011, se les hace saber que: Enid Deliens Fuentes, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad N° 3-193-1361, vecina de Cartago, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido: Jorge Gerardo Calderón Guerrero. Expediente N° 14-000264-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 2 de mayo del 2014.—Lic. Javier Fallas Villaplana, Juez.—1 vez.—(IN2014029200).

Se cita a todos los causahabientes de Karol Tatiana Ureña Solano, quien fue mayor, soltera, gerente de turno en Mc Donalds de Paseo Colón, vecina de Palmichal de Acosta, un kilómetro al este de la Escuela, cédula de identidad N° 1-1402-0808, fallecida el once de abril del dos mil catorce, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias a hacer valer sus derechos. Artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-300031-0197-LA.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, a las diez horas cuarenta minutos del veintinueve de abril del dos mil catorce.—Lic. Eunice Villalobos Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2014029202).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido: Arnoldo Cisneros Dubon, quien fuera mayor, casado, costarricense, de oficio desconocido, vecino de Desamparados, El Porvenir, detrás de la Iglesia de El Porvenir, casa N° 10-83, cédula de identidad número tres-ciento cuarenta y cinco-cuatrocientos seis, quien falleció el diecisiete de junio del dos mil uno, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Fondo de Capitalización Laboral, expediente N° 14-300043-0237-LA (44-2-14), gestionado por: María Luisa Ramírez Acuña contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias BN Vital S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 25 de abril del 2014.—M.Sc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2014029205).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes de la fallecida: Olama Isabel Zúñiga Solano c.c. Norma Isabel Zúñiga Solano, quien fuera mayor, viuda, costarricense, pensionada, vecina de Desamparados, San Rafael Abajo, del antiguo taller del Imas, 200 norte, 25 este y 75 norte, casa N° 25C, portón marrón, muro blanco, cédula de identidad número uno-doscientos treinta y nueve-cero setenta, quien falleció el trece de diciembre del dos mil trece, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de la pensión del Régimen No Contributivo de la Caja Costarricense del Seguro Social, expediente N° 14-300082-0237-LA (83-2-14), gestionado por: Ana Felicia Artavia Zúñiga contra la Caja Costarricense del Seguro Social, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 29 de abril del 2014.—M.Sc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2014029206).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Laura Marcela Jiménez Pereira, quien fue mayor, soltera, ama de casa, con último domicilio en Cartago, Taras 25 metros al este de la Pulpería Linda Vista, cuarta casa a mano derecha, con cédula de identidad 3-427-0051 y falleció el 19 de enero del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 14-000125-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 14-000125-1023-LA. Proceso promovido por Jorge Andrés Jiménez Pereira, cédula de identidad 1-1149-0300 a favor de Laura Marcela Jiménez Pereira con cédula de identidad 3-427-0051.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 19 de febrero del 2014.—Lic. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014029752).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marvin Rafael Espinoza Aguirre, cédula de residencia 155815006023, quien fue mayor, casado, guarda de seguridad, con último domicilio en Cartago, San Isidro de El Guarco y falleció el 06 de marzo de 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el número 14-000301-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 14-000301-1023-LA. Proceso promovido por Candelaria Del Carmen Corea Castillo, cédula de residencia 155819659902 a favor de Marvin Rafael Espinoza Aguirre, cédula de residencia 155815006023.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago; 9 de mayo del 2014.—Lic. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014029755).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Óscar Orlando Calvo Barrantes, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad 1-447-459, y falleció el día 21 de enero del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente N° 14-000552-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 14-000552-0173-LA. Proceso promovido por Anabelle Morera Rodríguez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José; 9 de mayo del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014029757).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Alberto Valverde Jiménez, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad 1-348-642, y falleció el día 10 de mayo del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente N° 14-000952-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 14-000952-0173-LA. Proceso promovido por Cecilia Carrillo Henchoz a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de mayo del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014029760).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Antonio Acuña Córdoba, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de identidad 1-501-585, y falleció el día 18 de marzo del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente N° 14-000956-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 14-000956-0173-LA. Proceso promovido por Felicia Hortensia Ruiz Rivera a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de mayo del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014029761).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de cuotas de trabajador fallecido, de quien en vida se llamó Andrey González Marín, quien en vida fue mayor, costarricense, taxista, divorciado, portador de la cédula de identidad N° 1-1116-0101, vecino de Pavas, Lomas del Río, Urbanización Bri Brí, casa 848 y quien falleciere el veintitrés de diciembre de dos mil trece, que se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en consignación de prestaciones N° 14-300002-0891-LA-9, donde figura como causante Andrey González Marín y como gestionante Gerardo González Juárez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 4 de abril del 2014.—Lic. Jairo Acuña Fallas, Juez a. í.—1 vez.—Exento.—(IN2014029765).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del causante Saúl López Fernández, quien fue mayor, casado, costarricense, laboraba para el BAC de San José, en el departamento de Premium, vecino de Llanos Santa Lucía, Paraíso y portó la cédula de identidad Nº 3-0417-0616, fallecido el 13 de noviembre del dos mil trece, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del lapso improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias establecidas bajo el número 14-300004-0351-LA (04-1-14), a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, 12 de mayo del 2014.—Msc. Gerardo Barillas Solís, Juez.—1 vez.—C-Exonerados.—(IN2014029766).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Farrier Salas Llariel Isaac, cédula de identidad N° 6-0399-0873, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14-300008-0440-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Lo anterior refiere al Proceso de Consignación de Prestaciones de trabajador fallecido, Expediente 14-300008-0440-LA, promueve: Salas Alvarado María Eugenia, causante: Farrier Salas Llariel Isaac.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Corredores, a las trece horas veinticinco minutos del cinco de febrero del dos mil catorce.—Lic. Harold Ríos Solórzano, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029768).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, las prestaciones y ahorros legales del fallecido Román Vargas Yeudy Andrés, cédula de identidad N° 1-1536-0092, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14-300009-0440-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Lo anterior refiere al Proceso de Consignación de Prestaciones de trabajador fallecido, Expediente 14-300009-0440-LA, promueve: Vargas Bustamante Mayela, causante: Román Vargas Yeudy Andrés.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Corredores, a las quince horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil catorce.—Lic. Víctor Lizano Campos, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029771).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del causante Mario Solano Masís, quien fue mayor, soltero, costarricense, laboraba para Finca La Troya, en Orosi, como mantenedor de la finca, vecino de Orosi, Paraíso y portó la cédula de identidad Nº 3-0241-0274, fallecido el 26 de enero del dos mil once, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del lapso improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias establecidas bajo el número 14-300017-0351-LA (18-1-14), a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, 12 de mayo del 2014.—Msc. Gerardo Barillas Solís, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029772).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 14-300019-240-LA (20-2014), que es Devolución del Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones del trabajador fallecido: William cc Walter Bonilla Chacón, quien en vida fue mayor, de 39 años de edad, soltero, peón de construcción, vecino de Mora, Barrio San Bosco, Ciudad Colón, costarricense, cuya cédula de identidad fue la número 1-0629-0479; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por William Andrés Bonilla Sandí.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Mora, San José, 07 de mayo del 2014.—Lic. Marvin Jarquín Sancho, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029773).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, las prestaciones y ahorros legales del fallecido Samudio López Leonor, cédula de identidad N° 6-0161-0615, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14-300023-0440-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Lo anterior refiere al Proceso de Consignación de Prestaciones de trabajador fallecido, Expediente 14-300023-0440-LA, promueve: Ril Samudio Ruth, causante: Samudio López Leonor.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Corredores, a las trece horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil catorce.—Lic. Víctor Lizano Campos, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029774).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de Marchena Marchena José Teodoro, quien fue mayor de edad, portador de la cédula 5-184-870, laboraba como peón director en el campo de Coto 47, el cual falleció el día veintiocho de junio del dos mil ocho y Pérez Hernández Analibe, quien fue mayor de edad, portadora de la cédula 6-291-571, vecina de Coto 44, laboraba como coyolera para Palma Tica de Coto 44, la cual falleció el día diez de abril de dos mil uno, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14-300037-0440-LA. Consignación de Prestación de Cuota de Trabajador fallecido de Marchena Marchena José Teodoro y Pérez Hernández Analibe promovido por Marchena Pérez Hellen Priscila y Marchena Pérez Fabián Alonso a hacer valer sus derechos, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, a las diez horas diecisiete minutos del dieciocho de marzo de dos mil catorce.—Lic. Víctor Lizano Campos, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN201429775).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Hernández Mena Elí, cédula de identidad N° 1-0408-0856, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14-300045-0440-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Lo anterior refiere al Proceso de Consignación de Prestaciones de trabajador fallecido, Expediente 14-300045-0440-LA, promueve: Córdoba Calvo Anabella, causante: Hernández Mena Elí.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Corredores, a las nueve horas quince minutos del veintiocho de abril del dos mil catorce.—Lic. Víctor Lizano Campos, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029777).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Mora Acosta Luis Diego, cédula de identidad N° 6-309-731, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14-300053-440-LA-(1), a hacer valer sus derechos, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Lo anterior refiere al Proceso de Consignación de Prestaciones de Trabajador fallecido, Expediente 14-300053-440-LA-(1), promueve: Lezcano Moreno Arecellys, causante: Mora Acosta Luis Diego.Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Corredores, a las diez horas del veintitrés de abril del dos mil catorce.—Lic. Víctor Lizano Campos, Notario.—1 vez.—(IN2014029779).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Hugo Geremías Tobar, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14-300059-0440-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Corredores, a las quince horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil catorce.—Lic. Víctor Lizano Campos, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029871).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros de trabajador fallecido de quien en vida fuere llamado Roberto Montero Zúñiga, mayor, soltero, costarricense, cédula de identidad número 1-0540-0887, vecino de Pavas, Finca San Juan, trescientos metros al oeste de la banquete, cincuenta metros al sur, alameda c-cinco, casa número dieciocho y quien falleciere el día diecinueve de abril del dos mil trece y que se consideren con derecho a las mismas con el fin que se apersonen dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto a este despacho a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en devolución de ahorros de trabajador fallecido. Expediente N° 13-300016-0891-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 6 de junio del 2013.—Lic. Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—(IN2013050829).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas del trece de agosto del año dos mil catorce, y con la base de seis millones ochocientos cuarenta y ocho mil seiscientos cuarenta y un colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintidós mil novecientos trece cero cero cero la cual es terreno de café. Situada en el distrito uno Turrialba, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Tomás Guardia Tinoco, quebrada Poró en medio y lotes a, b, e, f y g; al sur, calle pública con treinta y cinco metros de frente, Noemy de los Ángeles Rojas Loría, lotes a, b, c, d, e, f, g y h; al este, Jorge Molina Rivera, Noemy de los Ángeles Rojas Loría y lote d, y al oeste, Tomás Guardia Tinoco, lotes c y h. Mide: tres mil doscientos sesenta y dos metros con noventa y seis decímetros cuadrados. 2) A las ocho horas del trece de agosto del año dos mil catorce, y con la base de un millón cincuenta y un trescientos cincuenta y ocho colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré la siguiente finca: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos tres mil novecientos treinta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito uno Turrialba, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, José Manuel Romero Jiménez; al sur, José Manuel Romero Jiménez; al este, servidumbre de paso con un frente de diez metros lineales, y al oeste, Tomás Guardia Tinoco. Mide: ciento noventa y tres metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiocho de agosto del año dos mil catorce, con la base de setecientos ochenta y ocho mil quinientos diecinueve colones con catorce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del once de setiembre del año dos mil catorce con la base de doscientos sesenta y dos mil ochocientos treinta y nueve colones con setenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Lizanías Esteban Granados Sojo, expediente N° 13-007348-1164-CJ.—Juzgado Agrario de Turrialba, 14 de mayo del año 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—(IN2014030552).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del veintiocho de agosto del dos mil catorce, y con la base de un millón cuatrocientos veinticinco mil trescientos siete colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa C-28002, marca Isuzu, estilo FSR11F06, capacidad 3 personas, categoría carga pesada, carrocería gavetera, año 1993, color azul. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del doce de setiembre del dos mil catorce, con la base de un millón sesenta y ocho mil novecientos ochenta colones con noventa y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve de setiembre de dos mil catorce con la base de trescientos cincuenta y seis mil trescientos veintiséis colones con noventa y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Geber Fonseca Alfaro contra Yorlleth Priscilla Orozco Villalobos, expediente N° 14-000267-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 30 de abril del año 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014030591).

A las catorce horas del veinticinco de junio del dos mil catorce, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, con la base de ¢12.000.000,00, libre de gravámenes hipotecarios, remataré: la finca inscrita en el Registro Público, del partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 497272-003, que es terreno para construir con un área de 195,35 metros cuadrados, sito en Santa Ana, Uruca, distrito cuatro, del cantón nueve de la provincia de San José. Linda: al norte, con Clara Rosa Mora Acuña; al sur, Clara Rosa Mora Acuña; al este, servidumbre de paso, al oeste, Luis Enrique Salazar Saborío. Para el segundo remate, y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de nueve millones de colones 00/100, se señalan las catorce horas del once de julio del dos mil catorce. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de tres millones de colones 00/100, se señalan las catorce horas del treinta de julio del dos mil catorce. Se remata por ordenarse así en el proceso ejecutivo simple N° 03-100136-0242-CI, establecido por Geovanny Porras Matamoros contra Marvin Eduardo Anchía Mora.—Juzgado Civil y de Menor Cuantía de Santa Ana, 9 de abril del 2014.—Lic. Ronald Chacón Mejía, Juez.—(IN2014030742).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de junio de dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones doscientos setenta y cinco mil quinientos cincuenta y un colones con treinta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 157732-001-002 la cual es terreno lote 5-C terreno para construir. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, INVU lote 4; al sur, INVU lote 6; al este, INVU con servidumbre de tubería en medio 06,00 metros de ancho, y al oeste, calle 8 con 6,89 metros. Mide: doscientos ocho metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de julio del dos mil catorce, con la base de doce millones doscientos seis mil seiscientos sesenta y tres colones con cincuenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de julio del dos mil catorce, con la base de cuatro millones sesenta y ocho mil ochocientos ochenta y siete colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Dagoberto Masís Rivera, Rocío Ruiz Solano, expediente N° 13-003949-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 6 de febrero del año 2014.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2014030755).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de 1° grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal bajo las citas 576-10104-01-0002-001; a las diez horas y cero minutos del trece de agosto del año dos mil catorce y con la base de treinta y tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 113.599-000, la cual es terreno pastos con una casa. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Margarita Monge González; sur, Luis Ángel Acuña Campos; este, calle pública; oeste, Álvaro Hidalgo. Mide: trescientos doce metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Plano: A-0321156-1978. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de agosto del año dos mil catorce, con la base de veinticuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil catorce, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Importaciones Globales GA S. A., contra Roxana Solís Alfaro, expediente N° 13-002621-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de abril del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014030764).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del tres de julio del año dos mil catorce, y con la base de quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número 401239, marca Hyundai, estilo Elantra GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1992, color azul, vin KMHJF31JPNU345808, cilindrada 1500 c.c., combustible gasolina, motor Nº G4DJN455160. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de julio del año dos mil catorce, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del cinco de agosto del año dos mil catorce, con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Henry Stivens Salas Mejías contra José Eduardo Blanco Gamboa, expediente N° 14-000470-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de marzo del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014030783).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado citas 2013-297635-01-0001-001 y servidumbre trasladada citas 299-00001357-01-0901-001; a las trece horas y veinte minutos del seis de agosto de dos mil catorce (1:20 pm), y con la base de ciento sesenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 199807-000 la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito San Isidro, cantón El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Roberto Vásquez Thames; al sur, Carlos Alcides Garro Flores; al este, calle pública, y al oeste, calle pública. Mide: mil trescientos cincuenta y nueve metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y veinte minutos del veintidós de agosto del dos mil catorce, (1:20 pm), con la base de ciento veinte mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte minutos del ocho de setiembre del dos mil catorce, (1:20 pm) con la base de cuarenta mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Khaldoun Mamlouk contra Ronald de los Ángeles Jiménez Vargas, expediente N° 14-000510-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 22 de abril del año 2014.—Lic. Hannia Marchena Jiménez, Jueza.—(IN2014030796).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del uno de agosto de dos mil catorce (2:00 p.m. 01/08/2014) y con la base de quinientos quince mil cuarenta y un colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: 666.858, marca: Geo, categoría: automóvil, vin: 1Y1SK5364RZ038920, año: 1994, color: verde, cilindrada: 1.600 c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil catorce (2:00 p.m. 19/08/2014), con la base de trescientos ochenta y seis mil doscientos ochenta colones con ochenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de setiembre de dos mil catorce (2:00 p.m. 03/09/2014) con la base de ciento veintiocho mil setecientos sesenta colones con veintiocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sebastián Jiménez Mora contra Niurka González Delgado, expediente N° 13-009735-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 2 de abril del año 2014.—Lic. Hannia Marchena Jiménez, Jueza.—(IN2014030801).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del veintiséis de junio del año dos mil catorce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento doce mil ciento ochenta y cinco la cual es terreno inculto con una casa. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Enid Rojas Varela; sur, German Arias Conejo; este, calle pública, y oeste, quebrada San Martín y Carlos Luna Mendoza. Mide: trescientos cuarenta y nueve metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados, plano: A-0961773-1991. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del once de julio del año dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve de julio del año dos mil catorce, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Lino Gutiérrez Bolaños contra Marvin Gerardo Villalobos Rojas, expediente N° 14-000193-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 19 de marzo del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014030814).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 2586 343 001 bajo las citas: 312-02771-01-0901-069; a las diez horas y treinta minutos del veintiséis de junio del año dos mil catorce, y con la base de trece millones seiscientos sesenta y siete mil trescientos treinta y tres colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 497210-000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 07, La Fortuna, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, de agricultura con Carlos Arias Alvarado; sur, con calle pública con un frente de 34.53 m lineales; este, María Eugenia Quirós Zúñiga, y oeste, María Eugenia Quirós Zúñiga. Mide: ocho mil cuatro metros cuadrados, plano: A-1531956-2011. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del once de julio del año dos mil catorce, con la base de diez millones doscientos cincuenta mil cuatrocientos noventa y nueve colones con noventa y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de julio del año dos mil catorce, con la base de tres millones cuatrocientos dieciséis mil ochocientos treinta y tres colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Lino Gutiérrez Bolaños contra Roibin Cabezas Quirós, expediente N° 14-000196-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 20 de marzo del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014030816).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando hipoteca en primer grado a las once horas cero minutos del veintitrés de junio del dos mil catorce, y con la base de cuatro millones ciento doce mil quinientos colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 173747-000 la cual es terreno para construir bloque A lote 2. Situada en el distrito 06 Guadalupe, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con frente de 8.50 metros; al sur, Óscar Tames Brenes; al este, lote 3, y al oeste, lote 1. Mide: ciento noventa y cinco metros con cincuenta centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas cero minutos del ocho de julio del dos mil catorce, con la base de tres millones ochenta y cuatro mil trescientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas cero minutos del veintitrés de julio del dos mil catorce con la base de un millón veintiocho mil ciento veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Yessenia María Barahona Morales contra Víctor Hugo Alvarado Brenes, expediente N° 13-005124-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 25 de febrero del 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014030819).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones a citas 296 5145; a las quince horas y quince minutos del ocho de julio del año dos mil catorce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 154652 submatrícula cero cero cero la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Marajul Sociedad Anónima; al sur, Marajul Sociedad Anónima; al este, Marajul Sociedad Anónima, y al oeste, calle pública. Mide: mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del veintitrés de julio del año dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del ocho de agosto del año dos mil catorce, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Melvin López Arrieta contra Manuel Antonio Bermúdez Meza, expediente N° 13-004311-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 25 de abril del año 2014.—Lic. Christian Enrique Zamora Pérez, Juez.—(IN2014030825).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas quince minutos del cinco de agosto de dos mil catorce, y con la base de doce mil doscientos setenta y siete dólares con trece centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa RKT428, marca Fiat, estilo Panda, año 2012, color morado. Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince minutos del veintiuno de agosto de dos mil catorce, con la base de nueve mil doscientos siete dólares con ochenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos del cinco de setiembre de dos mil catorce con la base de tres mil sesenta y nueve dólares con veintiocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica contra Raquel Sabrina Molina Huezo en expediente N° 14-004741-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de abril del 2014.—Lic. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—(IN2014031061).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de agosto de dos mil catorce, y con la base de diecisiete mil ochocientos sesenta y seis dólares con ochenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: BCF562, marca: Peugeot; estilo: 207; capacidad: 5 personas; año: 2013; color: Negro, categoría: Automóvil; carrocería: sedán 4 puertas hatchback; tracción: 4x2; chasis: VF32MKFT0DY000434; N° motor: 10FSW96534473; cilindrada: 1360 cc; combustible: Gasolina; cilindros: 04. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de agosto de dos mil catorce, con la base de trece mil cuatrocientos dólares con diez centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de setiembre de dos mil catorce con la base de cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis dólares con setenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra José Andrés Murillo Arroyo. Exp. N° 13-007123-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 7 de abril del 2014.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—1 vez.—(IN2014031064).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de junio de dos mil catorce, y con la base de treinta y dos millones cuatrocientos ochenta y un mil ciento treinta y nueve colones con diecisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y siete mil doscientos ocho-b-cero cero cero (77.208-B-000) la cual es terreno con tres casas de habitación. Situada en el distrito San Pedro, cantón Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Hernán Herrera Camacho y Flor María Vargas Arias; al sur, Jacinto Núñez García; al este, calle pública, y al oeste, Hernán Herrera Camacho. Mide: Doscientos setenta y cuatro metros con un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del once de julio de dos mil catorce, con la base de veinticuatro millones trescientos sesenta mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio de dos mil catorce con la base de ocho millones ciento veinte mil doscientos ochenta y cuatro colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marvin Daniel Zavala Cerrato. Exp. N° 13-001347-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 12 de febrero del 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014031086).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del trece de junio de dos mil catorce, y con la base de dos millones doscientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa 314076, marca Toyota, estilo Corolla xli, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1999, vin AE1113051009. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del treinta de junio de dos mil catorce, con la base de un millón setecientos diez mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintitrés de julio de dos mil catorce con la base de quinientos setenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Marcela Guardia Gallo contra Oliver Smith Dixon. Exp. N° 12-003805-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 24 de marzo del 2014.—Lic. Jessika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014031091).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0208-00003998-01-0911-001, servidumbre trasladada citas: 0310-00012942-01-0901-001 y demanda penal citas: 201200377105-01-0001-001; a las catorce horas y cero minutos del veinte de junio de dos mil catorce, y con la base de quince mil cuatrocientos cuarenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y tres mil doscientos veinticinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Antonio, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Eva Mora; al sur, Industria Omro de Costa Rica Ltda; al este, Flora Montoya Vargas en medio quebrada Herrera Herrera, y al oeste, calle publica con un frente de sesenta y nueve metros, veintisiete centímetros. Mide: Dos mil doscientos once metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de julio de dos mil catorce, con la base de once mil quinientos ochenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de julio de dos mil catorce con la base de tres mil ochocientos sesenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Canafin S. A. contra Somos Únicamente Dos S. A. Exp. N° 13-000394-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de febrero del 2014.—Lic. Éricka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014031131).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintidós de octubre del año dos mil catorce, y con la base de cincuenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 13195 submatrícula cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa de habitación.-Situada en el distrito 01 San Vito, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rafaela Elizondo y Pilorma Sociedad Anónima; al sur, calle pública y Rafaela Elizondo; al este, Rafaela Elizondo y Pilorma Sociedad Anónima, y al oeste, Rafaela Elizondo. Mide: Cinco mil trescientos dos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de noviembre del año dos mil catorce, con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil catorce con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlos Alberto Pineda Chaves. Exp. N° 14-001878-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 12 de mayo del 2014.—Lic. Christian Enrique Zamora Pérez, Juez.—(IN2014031146).

En la puerta exterior de este Despacho; a las ocho horas treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil catorce, en el mejor postor remataré los siguientes bienes que se dirán: 1) Vehículo, placa número C 141412, marca Volvo, año 1997, vin 4V52AEFD6VR476236, cilindrada 8000 cc, color blanco, categoría carga pesada con la carga, con la base para el primer remate de ocho millones ciento diez mil colones, para el segundo remate la base de seis millones ochenta y dos mil colones, y para el tercer remate con la base de dos millones veintisiete mil colones , 2) Vehículo placa número C 139159, marca Volvo, año 1991, vin YB3U2CNA7MB461438, cilindrada ocho mil doscientos c.c, color blanco, categoría carga pesada, para el primer remate la base de tres millones doscientos veinte mil colones, para el segundo remate la base de dos millones cuatrocientos quince mil colones, y para el tercer remate la base de ocho cientos cinco mil colones. 3) Vehículo Placa 560660, soportando anotación de gravamen de la causa número cero ocho-cero cero setecientos treinta y nueve-cero sesenta y dos-PE, marca Suzuki, año 1995, vin 2S3TCO1C9S6418288, cilindrada mil seiscientos cc, color rojo, categoría automóvil; para el primer remate con la base de un millón doscientos noventa mil colones, para el segundo remate la base de novecientos sesenta y siete mil quinientos colones y para el tercer remate la trescientos veintidós mil quinientos colones. 4) Vehículo Placa 359269, marca Hyundai, año 1991, Vin no indicado, cilindrada mil quinientos C.C, color blanco, categoría automóvil, para el primer remate la base de novecientos setenta mil colones, para el segundo remate la base de setecientos veintisiete mil quinientos colones, y para el tercer remate la base de doscientos cuarenta y dos mil quinientos colones. 5) Vehículo placa 007102, soportando contrato prendario, marca Lada, año 1981, vin 113797, cilindrada cero cc, color rojo, categoría automóvil, para el primer remate la base de cuatrocientos sesenta mil colones, para el segundo remate la base de trescientos cuarenta y cinco mil colones, y para el tercer remate la base de ciento quince mil colones. 6) Con la base de treinta millones doscientos cincuenta mil colones, soportando Hipoteca de primer grado, la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos un mil ciento setenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito primero Quesada, cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ólger Artavia Arias; al sur, Municipalidad de San Carlos área comunal; al este, calle pública con 9,00 metros, y al oeste, Jaime Sandí Miranda y José Antonio Sánchez Trejos. Mide: ciento setenta y siete metros con quince decímetros cuadrados. para el segundo remate la base de veintidós millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de siete millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). 7) Soportando hipoteca de primer grado con la base de veinticuatro millones setecientos cincuenta mil colones, la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y dos mil seiscientos dieciséis-cero cero cero la cual es terreno agric y bosques. Situada en el distrito primero Quesada, cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Héctor Saborío Sibaja; al sur, Amable Miranda Arce; al este, camino privado y otros, y al oeste, Amable Miranda Arce. Mide: sesenta y cinco mil doscientos once metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate con la base de dieciocho millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de seis millones ciento ochenta y siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Para todos los anteriores remates se señalan las siguientes fechas: Para el segundo remate de todos los anteriores bienes se señalan las trece horas treinta minutos del dos de julio del dos mil catorce; y para llevar a cabo el tercer remate de todos los anteriores bienes se señalan las catorce horas del diecisiete de julio del dos mil catorce. nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Rodrigo Quirós Morales contra Mauricio Oviedo Álvarez. Exp. N° 09-000139-0390-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 6 de febrero del 2014.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—(IN2014031165).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del dieciséis de junio de dos mil catorce, y con la base de novecientos cincuenta y cuatro mil setecientos sesenta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: El Vehículo placa: 590.399, marca: Honda, estilo: Civic, categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas carrocería: Sedán 2 puertas tracción: 4x2 año fabricación: 1997 color: Verde, vin: 1HGEJ6121VL120905, cilindrada: 1600 cc cilindros: 4, Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del uno de julio de dos mil catorce, con la base de setecientos dieciséis mil setenta y dos colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de julio de dos mil catorce con la base de doscientos treinta y ocho mil seiscientos noventa colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafín S. A. contra Eric Guillermo Segura Chaves, Lucía Chaves Zúñiga. Exp. N° 13-011334-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de febrero del 2014.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2014031173).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, 2 servidumbres ecológicas y limitaciones, 2 servidumbres de acueducto; a las nueve horas y cero minutos del nueve de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de cuatrocientos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y seis mil seiscientos cuarenta y cuatro-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Tempate, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Bern Tielemann, Inmobiliaria Punta Uva S. A., Desarrollos Platinos DP S. A., servidumbre Agrícola, Alfredo Lumplecker, Siegred Kahlhammer, Abe Diecter y Broken Hill Forest S. A.; al sur, Víctor Angulo Arrieta, Natividad Jaen Lopez, Alba Rodríguez Rodríguez, Abe Diecter y Broken Hill Forest S. A.; al este, calle publica, Siegred Kahlhammer, Karin Roman, Mich Klau Doering y Broken Hill Forest S. A., y al oeste, Víctor Angulo Arrieta, Abe Diecter, Alfredo Luplecker y Broken Hill Forest S. A. Mide: Un millón ciento doce mil doscientos treinta y siete metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil catorce, con la base de trescientos mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de octubre del año dos mil catorce con la base de cien mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones El Pilón del Cerro S. A. contra Desarrollos Platinos DP S. A. Exp. N° 14-000675-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 7 de mayo del 2014.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014031193).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones y condiciones; a las quince horas y cero minutos del veintinueve de julio del año dos mil catorce y con la base de trece millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta mil doscientos noventa y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 14. Situada en el distrito Jiménez, cantón Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, parcela 95; al este, lote 15, y al oeste, calle pública. Mide: Ochocientos cincuenta y siete metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del trece de agosto del año dos mil catorce, con la base de diez millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del dos de setiembre del año dos mil catorce con la base de tres millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alba María Bogantes Sierra. Exp. N° 13-003986-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 5 de mayo del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014031196).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Siete Reservas y Restricciones; a las quince horas cero minutos del nueve de setiembre de dos mil catorce y con la base de ciento setenta y siete mil doscientos trece dólares con treinta y siete centavos moneda estadounidense, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y seis mil setecientos cuarenta y dos-f-cero cero cero, la cual es terreno Finca filial primaria individualizada número noventa y seis terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número noventa y siete; al sur, área común libre área recreativa y tanque de agua potable, ambos en parte; al este, área común libre área recreativa y Francisco Ortega Ortega, ambos en parte, y al oeste, calle cinco. Mide: Tres mil ochocientos veintinueve metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas cero minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil catorce, con la base de ciento treinta y dos mil novecientos diez dólares con tres centavos moneda estadounidense (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas cero minutos del diez de octubre del año dos mil catorce con la base de cuarenta y cuatro mil trescientos tres dólares con treinta y cuatro centavos moneda estadounidense (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Laura Lucía Villegas Araya. Exp. N° 14-000376-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 14 de mayo del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014031199).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del trece de junio de dos mil catorce, (2:00 p. m.) y con la base de diecisiete mil doscientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas: 724.893, marca: Peugeot, categoría: Automóvil, vin: 8AD3DRHYM7G051744, año: 2007, color: Gris, cilindrada: 1997 cc. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil catorce, (2:00 p. m.) con la base de doce mil novecientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de julio de dos mil catorce (2:00 p. m.) Con la base de cuatro mil trescientos doce dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra Diana Faccini Rudic. Exp. N° 13-003042-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 29 de enero del 2014.—Lic. Éricka Sanabria Salazar, Jueza.—(IN2014031213).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre de acueducto y de paso de a y a bajo las citas tomo 480 asiento 476; a las ocho horas y treinta minutos del veinte de junio de dos mil catorce, y con la base de trescientos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número filial veintisiete mil doscientos sesenta -cero cero cero la cual es terreno filial cuatro de una planta y dos sótanos destinada al uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito (01) Escazú, cantón (02) Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre de zonas verdes; al sur, área común libre de acceso vehicular y peatonal y área común libre de zonas verdes; al este, filial cinco, y al oeste, filial tres. Mide: Quinientos cuarenta y tres metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de julio de dos mil catorce, con la base de doscientos veinticinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de julio de dos mil catorce con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Promerica de Costa Rica Sociedad Anónima contra Ronald Gerald Castro Masís. Exp. N° 12-010431-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 4 de abril del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014031345).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reserva de ley de aguas y ley de caminos, plazo de convalidación (rectificación de medida y servidumbre de paja de agua; a las dieciséis horas y cero minutos del dieciocho de junio de dos mil catorce, y con la base de diecisiete millones setecientos veintiocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 162728-000 la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 06 Cuajiniquil, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Sandra Vargas Vargas; al sur, calle pública con un frente a ella de 91,03 metros lineales; al este, calle pública con un frente a ella de 137.47 metros lineales, y al oeste, Edith Margarita Leal Cabalceta y servidumbre de agua de pozo. Mide: dieciocho mil doscientos cuarenta y cinco metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del tres de julio de dos mil catorce, con la base de trece millones doscientos noventa y seis mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dieciocho de julio de dos mil catorce con la base de cuatro millones cuatrocientos treinta y dos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le  informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Ande Nº 1 Coopean contra Carmen Cecilio Leal Cabalceta. Exp. N° 13-007666-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 11 de febrero del 2014.—MSC. Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2014031352).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del treinta de junio de dos mil catorce, y con la base de diecisiete mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo CL-235693. marca: Dodge; categoría: Carga liviana; estilo: RAM 1500; capacidad: 6 personas; año: 2002; color: Plateado; carrocería: caja abierta o cam-pu; tracción: 4X4; N° motor: No visible; cilindrada: 4700 cc.; combustible: gasolina; cilindros: 08. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de julio de dos mil catorce, con la base de doce mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de julio de dos mil catorce con la base de cuatro mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Jean Haskour S. A. contra Albin Andrés Navarrete Guerrero. Exp. N° 12-005327-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de marzo del 2014.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2014031356).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada según citas 0401-00016641-01-0818-002, condiciones según citas 0401-00016641-01-0819-002; a las once horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil catorce, y con la base de diez millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, Matrícula N° 79930-000 la cual es terreno para construir lote 6 asent El Barón. Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 1, 7 y 2; al sur, lote 1, 7 y 2; al este, lote 1, 7 y 2, y al oeste, calle pública con un frente de 15 metros. Mide: Quinientos cinco metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de junio de dos mil catorce, con la base de ocho millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del diez de julio de dos mil catorce con la base de dos millones setecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Dayanna Pamela Fernández Vargas contra Héctor Emilio Camelo Méndez. Exp. N° 14-003285-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de febrero del 2014.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2014031363).

En la puerta exterior de este despacho, a las ocho horas del dieciséis de junio de dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando embargo practicado citas 0800-00076600-01-0001-001, así como plazo de convalidación (Ley Sobre Localización de Derechos Indivisos), con la base de nueve millones doscientos setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, bajo el sistema de folio real, matrícula número 617920-000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito tercero, Barbacoas, cantón cuarto: Puriscal de la provincia de San José. Colinda: norte, calle pública con un frente de 10.40 metros; sur, Vinicio Burgos López; este, Ever López Agüero y Gonzalo Burgos Picado; y oeste, Amaria Burgos López. Mide: seiscientos dieciocho metros con cero decímetros cuadrados. Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa Rica contra Hugo Aguilar Quesada y Marta Burgos López. Expediente: 03-001412-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de mayo del 2014.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2014031609).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del cuatro de julio del año dos mil catorce, y con la base de cuatro millones novecientos noventa y ocho mil trescientos ochenta y cuatro colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 219921-000, la cual es terreno de potrero con 1 casa. Situada en el distrito 04, Aguas Zarcas, cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte y oeste, María Rosa Chévez; sur y este, Leandro Benavides calle en medio. Mide: cuatrocientos veintidós metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Plano: A-0541273-1984. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de julio del año dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cuarenta y ocho mil setecientos ochenta y ocho colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de agosto del año dos mil catorce con la base de un millón doscientos cuarenta y nueve mil quinientos noventa y seis colones con veintidós céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Arelis de los Ángeles Arguedas Lizano. Exp. 13-100107-0297-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 1° de abril del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014031377).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil catorce, y con la base de trece millones doscientos treinta y siete mil novecientos treinta y cinco colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa número: 868799, marca: Nissan, estilo X-Trail, categoría automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2011, color: blanco, vin: JN1TANT31Z0100359, cilindrada: 2488 c.c., combustible: gasolina, motor: QR25096014B. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de agosto de dos mil catorce, con la base de nueve millones novecientos veintiocho mil cuatrocientos cincuenta y un colones con sesenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil catorce con la base de tres millones trescientos nueve mil cuatrocientos ochenta y tres colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados Dos Pinos contra Gerardo Alpízar Piedra Exp. 14-000305-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de abril del 2014.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014031380).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del veinticuatro de julio del año dos mil catorce, y con la base de doscientos ochenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 621642. Marca Nissan. Estilo Sentra XE. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 1992. Color rojo. Vin 1N4EB32A1NC736397. Cilindrada 1600 cc. Combustible gasolina. Motor Nº GA16997431Y. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del once de agosto del año dos mil catorce, con la base de doscientos diez mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de agosto del año dos mil catorce con la base de setenta mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Óscar Morales Chacón contra Luis Diego Cubillo Arroyo. Exp. 14-000581-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 24 de abril del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014031383).

En la puerta exterior de este Despacho; al ser las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil catorce, libre de gravámenes prendarios; y con la base de un millón seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa número: 331866, marca: B.M.W., estilo 318I, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1999, color: negro, vin: no indicado, cilindrada: 1895 c.c., combustible: gasolina, motor número: 00569035. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil catorce, con la base de un millón doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de julio de dos mil catorce con la base de cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agustina Acosta Croda contra Haydeen Andrey Ulate Castillo Exp: 13-012977-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de marzo del 2014.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014031413).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las trece cuarenta y cinco minutos del siete de julio de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 207145, marca Suzuki, estilo GSXR750. Categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año 2007, color azul, Vin JS1GR7KA672113219, cilindrada 750 cc, combustible gasolina, motor Nº R743140177. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de julio de dos mil catorce, con la base de tres millones trescientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del seis de agosto del dos mil catorce con la base de un millón cien mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Fernando Barquero Pereira contra Óscar Antonio Vargas Hidalgo. Exp.: 09-006132-0307-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de abril del 2014.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014031416).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando serv subterraneref: 316897-000 citas tomo 339 asiento 10684, serv de paso ref: 316897-000 citas tomo 339 asiento 10684 así como hipoteca de segundo grado citas tomo 2010 asiento 15133; a las dieciséis horas y cero minutos del dos de julio del año dos mil catorce, y con la base de cuatro millones trescientos ochenta y cinco mil veinte colones con cincuenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y cinco mil novecientos treinta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir con un taller industrial. Situada en el distrito 06 Platanares, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 29 metros 39 centímetros; al sur, José Araya Acuña; al este, Edgar Guillermo Romero Pereira y al oeste, José Araya Acuña. Mide: ochocientos metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del diecisiete de julio del año dos mil catorce, con la base de tres millones doscientos ochenta y ocho mil setecientos sesenta y cinco colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del uno de agosto del año dos mil catorce con la base de un millón noventa y seis mil doscientos cincuenta y cinco colones con trece céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón contra Olman Asdrúbal Araya Meza. Exp.: 13-006373-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 09 de diciembre del 2013.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014031430).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas 293-19503-01-0901-003; a las catorce horas del dieciocho de agosto de dos mil catorce, y con la base de diez mil seiscientos noventa y ocho dólares con setenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 192998-000, la cual es terreno para construir, bloque C, lote 24. Situada en el distrito 01 San Pablo, cantón 09 San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Luz Marina Salas Ruiz; al sur, bloque-C, lote -23 y calle pública; al este, bloque C-, lote 25 y al oeste, bloque C-, lote 23. Mide: doscientos cuarenta y seis metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del dos de setiembre de dos mil catorce, con la base de ocho mil veinticuatro dólares con siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del dieciocho de setiembre de dos mil catorce con la base de dos mil seiscientos setenta y cuatro dólares con sesenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Sharon Alvira Mannings Tully. Exp.: 13-002706-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 05 de mayo del 2014.—Lic. Mónica Vásquez Valverde, Jueza.—(IN2014031432).

En la puerta exterior de este Despacho, sin soportar gravámenes ni anotaciones, y con la base dada por el Registro Nacional, sea la suma de un millón diez mil colones exactos, sáquese a pública subasta el vehículo placas CL 141625, propiedad del señor Luis Quirós Valverde, cedula número 1-0446-0618, marca Toyota, estilo Hilux, chasis JT4RN67P6J5099653, tracción 4x4. Primer remate: se señalan las trece horas con treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil catorce, con la base de un millón diez mil colones exactos (¢1.010.000,00). Segundo remate: se señalan las trece horas con treinta minutos (01:30 p.m.) del diecisiete de julio del dos mil catorce con la base de setecientos cincuenta y siete mil quinientos colones (¢757.500,00) (base inicial menos su 25 por ciento). Tercer remate: se señalan las trece horas con treinta minutos (01:30 p.m.) del siete de agosto del dos mil catorce con la base de doscientos cincuenta y dos mil quinientos colones (¢252.500,00), (25 por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse orden.don Expediente: 11-100026-0444-CI, Actor: José Portuguez Cordero. Demandado: Ester Cerdas Vargas y otros, a las siete horas siete minutos del veintiuno de abril del dos mil catorce.—Lic. Kattia Vargas Barquero, Jueza.—(IN2014031434).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y quince minutos del dieciocho de agosto de dos mil catorce, y con la base de cincuenta millones seiscientos setenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 221112-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 San Josecito, cantón 05 San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al noreste, calle pública con un frente de 7 metros y ventajas mundiales S. A.; al noroeste, Ventajas Mundiales S. A. y calle pública con un frente de 7 metros; al sureste, Retazos y Sedas S. A., Olivo Seco S. A. y Ventajas Mundiales S. A. y al suroeste, Ventajas Mundiales S. A. y Retazos y Sedas S. A. Mide: ciento cuarenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del dos de setiembre de dos mil catorce, con la base de treinta y ocho millones cuatro mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del dieciocho de setiembre de dos mil catorce con la base de doce millones seiscientos sesenta y ocho mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carolina Figueroa Salazar. Exp.: 12-004558-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 05 de mayo del 2014.—Lic. Mónica Vásquez Valverde, Jueza.—(IN2014031436).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y cero minutos del tres de julio de dos mil catorce, y con la base de un millón trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y siete mil novecientos veintidós- cero cero cero, la cual es terreno para construir lote D-20 con una casa de habitación en material prefabricado y techo zinc. Situada en el distrito 05 El Cairo, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al noreste, lote D 21; al noroeste, Indvar Internacional S. A.; al sureste, en parte calle pública y en parte lote D 19 y al suroeste, lote D 19. Mide: trescientos veinte metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de julio de dos mil catorce, con la base de novecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de agosto de dos mil catorce con la base de trescientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Nájera Araya contra Heidi María Obando Hernández. Exp.: 14-000045-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 18 de marzo del 2014.—Lic. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—(IN2014031445).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando restricciones reg art 18 ley 2825 citas tomo 0545 asiento 17127; a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de julio del año dos mil catorce y con la base de siete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos sesenta y cuatro mil noventa y nueve- cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mauricio Cecillano Rivera; al sur, Carmen Vargas Navarro; al este, calle pública y al oeste, Alicia Garro Bustamante. Mide: seiscientos ochenta y siete metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de agosto del año dos mil catorce, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de agosto del año dos mil catorce con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Decisiones Dos Mil Sociedad Anónima contra Magaly Moraga Cerdas. Exp.: 13-006885-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 17 de enero del 2014.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014031454).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando Denuncia Penal tomo 2010 asiento 153221 Sumaria 1-002945-0345-PR Juzgado Penal de Cartago; Proceso Penal en Fiscalía adjunta de Cartago tomo 2010 asiento 00331845 Sumaria 10-1977-496-TR; Infracciones/Colisiones Boleta 0900225304 Sumaria 10-001977-0496-TR Juzgado de Tránsito de Cartago; a las catorce horas y quince minutos del dos de setiembre de dos mil catorce, y con la base de quince mil cuatrocientos sesenta y seis dólares con sesenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo Placa 680171, Marca Jeep, estilo Compass, color plateado, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 2007, tracción 4x4, cilindrada 2400 cc, combustible gasolina, chasís 1J8FF47W77D199540. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del dieciocho de setiembre de dos mil catorce, con la base de once mil quinientos noventa y nueve dólares con noventa y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del tres de octubre de dos mil catorce con la base de tres mil ochocientos sesenta y seis dólares con sesenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así  en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica) S. A. contra Marco Aurelio Castro Padilla. Exp.: 11-026731-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de mayo del 2014.—Lic. María Del Carmen Vargas González, Jueza.—(IN2014031495).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada bajo las citas tomo 334 asiento 18232; a las diez horas y treinta minutos del dos de julio del dos mil catorce, y con la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y un mil novecientos siete-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito (11) San Rafael Abajo, cantón (03) Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mario Alberto Oviedo Alfaro; al sur, Miguel García Montero; al este, Misael Mora Gómez y al oeste, calle pública. Mide: doscientos setenta y un metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil catorce, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del once de agosto del dos mil catorce con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima contra María Elizabeth Muñoz Duarte y María Teresita Muñoz Duarte. Exp. N° 14-000855-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 30 de abril del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014031592).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando ambas fincas; condiciones cuyas citas son 0403-00000733-01-0902-001; a las catorce horas y cero minutos del diecinueve de junio del dos mil catorce, y con la base de treinta y ocho millones doscientos cuarenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y siete mil novecientos catorce-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno lote para construir. Situada en el distrito Mariana Céspedes Chaves, cantón Municipalidad de Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Mariana Céspedes Chaves; al sur, Municipalidad de Quepos; al este, Asociación de Desarrollo Comunal y al oeste, calle pública. Mide: doscientos ochenta y cuatro metros con cuarenta y un decímetro cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuatro mil setecientos sesenta y nueve, la cual es terreno lote 27 terreno para construir. Situada en el distrito Quepos, cantón Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Mariana Céspedes Chaves y lote 26; al sur, lote 28 de la Municipalidad de Aguirre y calle pública con 13,05 centímetros de frente; al este, lote 26 de la Municipalidad de Aguirre; con 13.0 metros de frente y al oeste, Mariana Céspedes Chaves y lote 28 de la Municipalidad de Aguirre. Mide: doscientos setenta y siete metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de julio del dos mil catorce, con la base de veintiocho millones seiscientos ochenta y un mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de julio del dos mil catorce, con la base de nueve millones quinientos sesenta mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Radames Calvo Murillo. Exp. N° 13-002760-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 21 de mayo del 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014031633).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas 334-11837-01-0904-001 y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; anotadas bajo las citas 509-8986-01-0004-001; a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil catorce, y con la base de cincuenta y cinco millones trescientos treinta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 585380-000, la cual es terreno con una casa lote quince C. Situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José Colinda: al norte, calle pública, al sur, Victoria Zúñiga, al este, lote 14-C y al oeste, lote 16-C. Mide: doscientos setenta y ocho metros con un decímetro cuadrado. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del ocho de julio del dos mil catorce, con la base de cuarenta y un millones quinientos dos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil catorce, con la base de trece millones ochocientos treinta y cuatro mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Capitales de Construcción de Coronado S. A., Maureen Barrientos Delgado. Exp. N° 09-931015-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de mayo del 2014.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—(IN2014031650).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada así como hipoteca de primer y segundo grado; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil catorce, y con la base de treinta y cuatro millones cuatrocientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F-00032528-004-005, la cual es terreno filial sesenta y tres de una planta ubicada en el primer piso destinada a local comercial en proceso de construcción. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, filial sesenta y cuatro; al sur, filiales sesenta y uno y sesenta y dos; al este, filial setenta y seis y al oeste, área común destinada a pasillo. Mide: treinta y cuatro metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados valor cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de julio del dos mil catorce, con la base de veinticinco millones ochocientos sesenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil catorce, con la base de ocho millones seiscientos veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Comercial Plaza San Carlos contra Carlos Manuel Rojas Hidalgo y María Magdalena Rocha Tabla. Exp. N° 12-004023-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 28 de marzo del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014031673).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada así como hipoteca de primer grado; a las una horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil catorce, y con la base de dos millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 191848-000, la cual es terreno para construir lote ciento treinta y nueve. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ricalit S. A.; al sur, lote 140; al este, Claudio Mena Ramírez y al oeste, calle cuarta de la urbanización. Mide: ciento cuarenta y ocho metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las una horas y treinta minutos del dos de julio del dos mil catorce, con la base de un millón setecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las una horas y treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil catorce, con la base de quinientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inmobiliaria Luima Sociedad Anónima contra Gabriel Sanabria Valverde. Exp. N° 13-007428-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 3 de abril del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014031699).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Adolfo Acuña Sánchez, a una junta que se verificará en este Juzgado a las horas treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 10-002053-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de enero del 2014.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2014006744).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Jorge Luis Chaves Chinchilla, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 13-000006-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, cinco de marzo del dos mil catorce.—Lic. Elio Campos López, Juez.—1 vez.—(IN2014016371).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de José Manuel Retana Chacón, a una junta que se verificará en este Juzgado a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 12-000343-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 01 de abril del año 2014.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014025280).

Títulos Supletorios

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente número 14-100013-920-CI que es diligencias de información posesoria promovidas por Dagoberto Velásquez Elizondo, quien es mayor, con cédula de identidad número tres- cero trescientos nueve-cero trescientos cincuenta y cuatro, soltero, ingeniero agrónomo, vecino de San Bosco de Sabalito, Coto Brus, Puntarenas 200 metros al oeste del Beneficio de Café de Coopesabalito R. L, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de solar, de topografía regular, deslindada por medio de cerca de alambre de púa, situada en San Bosco de Sabalito distrito segundo del cantón octavo Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Mide: 151 metros cuadrados, según plano P-1615722-2012. Linda: al norte, servidumbre de paso de seis metros de ancho como salida a calle pública de por medio con Juanita Carpio Segura; al sur, al este, y al oeste, Juanita Carpio Segura. Estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de la posesión de más de diez años de José Heinrich Von Storren en fecha veintinueve de setiembre de dos mil trece, por medio de venta protocolizada y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica, continua, de buena fe y a título de dueño. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y limpieza de las cercas de las colindancias y la chapia de la ronda. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso diligencias de información posesoria promovidas por Dagoberto Velásquez Elizondo. Expediente número 14-100013-920-CI-2.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 29 de abril de 2014.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—(IN2014028445).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000531-0504-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Manrique Artavia Alfaro quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Heredia, Ulloa, Ciudad Cariari, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 204490099, profesión empresario, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: 1) Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno para información posesoria. Situada en el distrito tres, Asunción, cantón siete, Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rocco y Lola de Cariari S. A.; al sur, calle pública de once metros cincuenta centímetros; al este, Manrique Artavia Alfaro; y al oeste, Villa de las Mercedes del Este S. A. Mide: quinientos siete metros cuadrados. 2) Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno para información posesoria. Situada en el distrito tres, Asunción, cantón siete, Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Chalet del Cariari Sociedad Anónima; al sur, calle pública de once metros cincuenta centímetros; al este, Adrián Araya Fernández; y al oeste, Manrique Artavia Alfaro. Mide: quinientos tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre los inmuebles a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estiman dichos inmuebles en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de una cesión de derecho de posesión, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiar, cuidar, cercar y conservar y forman parte de las zonas verdes que rodean la casa de habitación de Manrique Artavia Alfaro. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Manrique Artavia Alfaro. Exp. 12-000531-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 13 de marzo del 2014.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(IN2014028557).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000065-0422-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gerardo Reyes Aguirre, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Puerto Jiménez de Golfito, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis cero uno cero ocho uno uno tres tres, profesión constructor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de patio y jardín. Situada en el distrito segundo de Puerto Jiménez, cantón sétimo de Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Brian Elis Daily; al sur, Danny Patrick; al este, calle pública, y al oeste, Guiselle Montoya Morales. Mide: Cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis metros cuadrados, según plano P-1704001-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ocho millones doscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra de mejoras y cesión de derechos de posesión, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, siembra de zona verde y construcción de cercas de alambre. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Gerardo Reyes Aguirre. Exp. N° 14-000065-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 22 de abril del 2014.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014029716).

Ólger Felipe Castro Rodríguez, mayor, soltero, comerciante, vecino del Tanque de La Fortuna de San Carlos, Alajuela, un kilómetro al este y seiscientos metros al sur de la iglesia católica Venecia de San Carlos, cédula de identidad dos-trescientos cincuenta y dos-cuatrocientos treinta. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de repasto, sito en el Tanque distrito siete, cantón diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: Al norte, Dalia Rosa Castro Rodríguez; al sur, Filomena González Ruiz; al este, Otoniel Murillo Rodríguez y Lisbeth Díaz Ugalde, y al oeste, calle pública con un frente a ella de setenta metros con noventa y siete centímetros lineales. Mide: de acuerdo al Plano catastral aportado número A-444517-97 de fecha 23 de octubre de 1997, una superficie de ocho mil setecientos treinta y cuatro metros con cincuenta centímetros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta el titulante, que lo adquirió por donación del señor Álvaro Castro Salazar. Manifiesta haber ejercido los derechos posesorios sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años. Valora el terreno en la suma de cinco millones de colones y en la suma de cinco millones de colones se estima las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria N° 14-000056-0298-AG establecida por Ólger Felipe Castro Rodríguez.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 7 de mayo del 2014.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014029748).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 08-000150-0391-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Ganadera Los Canelos Sociedad Anónima, portadora de la cédula jurídica tres-ciento uno-seis uno cero tres cinco siete, con domicilio en Santa Cruz, Guanacaste , seiscientos metros al este del Banco Nacional de Costa Rica, la cual es representada por José Alejo Leiva Juárez, mayor, divorciado dos veces, pensionado, portador de la cédula de identidad número cinco-ciento diecinueve-seiscientos noventa y siete, vecino de Moya de Santa Cruz, Guanacaste, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Pasto. Situada en Moya en el distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, José Alejo Leiva Juárez y Neftalí Peña Juárez; al sur, Vidal Peña Barrantes y Elder Peña Barrantes; al este, Miguel Ángel Peña Ramírez y al oeste, calle pública con un frente a ella de cincuenta y cinco metros con ochenta y ocho centímetros lineales. Mide: una hectárea nueve mil ciento diecisiete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1407826-2010. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de un millón de colones, y las presentes diligencias en la suma de trescientos mil colones respectivamente. Que adquirió dicho inmueble por Cesión de Derechos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años, aprovechando la posesión derivada. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, arado, cercado y chapeado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Ganadera Los Canelos Sociedad Anónima. Exp: 08-000150-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 06 de mayo del 2014.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029782)

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000039-0391-AG-4 donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Luis Ángel Aguilar Vallejos, quien es mayor, soltero, transportista, vecino de Linderos de Santa Cruz, Guanacaste, contiguo a Bar El Cevichito, cédula 5-0165-0614, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero. Situada en Linderos, distrito noveno Tamarindo, cantón tercero Santa Cruz, provincia de Guanacaste. Colinda al norte, con calle pública con un frente de ciento diecinueve metros ochenta y dos centímetros lineales; sur, Antonio Jiménez Córdoba; este, José Luis Jiménez Gutiérrez y oeste, Gerardo Obando Ruiz. Mide: treinta y seis mil ciento setenta y ocho metros cuarenta y cinco decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1066896-06. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de trescientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra el veintinueve de noviembre de dos mil diez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, chapeado, cultivo y cercado. Que si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Luis Ángel Aguilar Vallejos. Exp. 11-000039-0391-AG-4.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 02 de mayo del 2014.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.— (IN2014029788).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000064-0422-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Gerardo Reyes Aguirre, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Puerto Jiménez de Golfito, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-cero uno cero ocho-uno uno tres tres, profesión constructor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de patio y jardín. Situada en el distrito segundo de Puerto Jiménez, cantón sétimo de Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Guiselle Montoya Morales; al sur, calle pública; al este, Guiselle Montoya Morales y al oeste, Eulogio Sánchez Barrios. Mide: mil quinientos metros cuadrados, según plano P-1619296-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra de mejoras y cesión de derechos de posesión, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, siembra de zona verde y construcción de cercas de alambre. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Gerardo Reyes Aguirre. Exp.: 14-000064-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 22 de abril del 2014.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN201429791).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el Expediente N° 12-100772-0297-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Amalia Medrano Romero, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Los Chiles de Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-516-762, profesión policía, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno policía. Situada en el distrito primero, cantón catorce, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 12,19 metros lineales; al sur, calle pública con un frente de 12,31 metros lineales; al este, José Calvo Solano y al oeste, Melania Medrano Romero. Mide: doscientos treinta y seis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante donación en fecha 01 de marzo de 2000, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapear, cercar el inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Amalia Medrano Romero. Exp.: 12-100772-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 21 de marzo del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014029796).

Citaciones

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Guillermo Retana Morales, mayor, casado una vez, operario, documento de identidad 6-0042-0368 y vecino de San Sebastián. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000265-0180-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita, y San Sebastián.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2014028397).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Isaac Antonio del Socorro Ramírez Picado, mayor, casado dos veces, comerciante, cédula de identidad 3-0067-0781 y vecino de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000108-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de abril del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014028430).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Hilda Canales Rodríguez, mayor, estado civil divorciada, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0500730206 y vecina de Guadalupe. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000392-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del 2014.—Lic. Francis Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014028492).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Concepción de María García Cruz, mayor, soltera, vecina de Liberia, cédula de residencia número 155801075427. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000007-0944-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 4 de marzo del 2014.—Lic. Carlos Humberto Venegas Avilés, Juez.—1 vez.—(IN2014028501).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Nery Eneyda Álvarez Parra, mayor, divorciada una vez, agente de bienes raíces, vecina de San José, San Sebastián, de la Licorera Roos, 200 metros al oeste, cédula 2-372-537. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000079-182-CI (6).—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 21 de abril de 2014.—Lic. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—1 vez.—(IN2014028536).

Se cita y emplaza a todas las personas interesadas para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante la notaría de la Lic. Sileny Viales Hernández, con dirección en Santa Cruz, del Súper Cáman ciento cincuenta este y procedan a apersonarse y hacer valer sus derechos ante el sucesorio notarial del señor Teodoro Teudolo Cerdas Juárez, quien era mayor, vecino de San Juan de Santa Cruz, portador de la cédula 5-045-0781, bajo el Expediente 001-2011. Teléfono 8847-9446.—Lic. Sileny Viales Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014028560).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Edwin Gerardo Monge Sánchez, mayor, casado una vez, chofer, cédula de identidad número 2-0275-0615, vecino de Aguas Calientes, Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000029-1117-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 22 de enero del 2014.—Msc. Flory Tames Brenes, Jueza.—1 vez.—(IN2014028581).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Édgar Orozco Saborío, mayor, casado dos veces, pensionado, vecino de La Uruca, cédula 1-170-821, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2013-000295-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 18 de febrero de 2014.—Msc. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—1 vez.—(IN2014028589).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Modesta Núñez Cordero, mayor, viuda una vez, nacionalidad costarricense, cédula de identidad 0201720544, ama de casa y vecina en vida de Barrio Los Ángeles, 200 metros al oeste del Antiguo Almacén Suma. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000158-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 4 de abril del 2014.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—(IN2014028611).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Lorena Mayela Salazar Solís, mayor, casada una vez, oficios del hogar, cédula uno-cuatro siete cuatro-ocho uno uno, vecina de San José, Cinco Esquinas de Tibás para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2014.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2014028650).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en vía notarial de Manuel Arturo Jiménez Pacheco, mayor, soltero, estudiante, con cédula de identidad uno-cuatrocientos veinte-quinientos cuarenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina, sita en San José, San Pedro Montes de Oca, cuatrocientos metros sur y trescientos metros este del Banco Nacional de Costa Rica, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—(IN2014028654).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Grettel Ramírez Garita, a las ocho horas del veinte de marzo del año dos mil catorce y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Eduardo Ramírez Masís, mayor, casado una vez, maestro de obras, vecino de Orosi en Paraíso de Cartago exactamente cuatrocientos cincuenta metros norte, de la plaza de deportes, cédula de identidad tres-doscientos cuatro-doscientos cuarenta y siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Paula Durán Quirós, ubicada en Paraíso de Cartago exactamente cien metros sur del Mercado Municipal, Teléfono 2574-5646.—Lic. Paula Durán Quirós, Notaria.—1 vez.—(IN2014028662).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de Rafael Ángel Castro Castro, quien fue mayor, casado una vez, chofer, vecino de Desamparados, Barrio Fátima, de la Misión Bíblica, veinticinco metros oeste, cédula de identidad número uno-doscientos cincuenta y cinco-doscientos cincuenta y dos, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 12-100288-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 19 de marzo del 2013.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014028672).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue Isidoro Quesada Villalobos, mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad dos-ciento ochenta y seis-novecientos setenta y siete, vecino de San Ramón de Alajuela, Los Ángeles, dos kilómetros al norte, de la iglesia católica, casa a mano derecha, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente N° 0001-2014. Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto. San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio Los Balcones, cuarto piso, Bufete Zürcher, Odio & Raven.—3 de mayo del 2014.—Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—(IN2014028693).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Xinia María Mendoza Barrantes, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula uno-quinientos diecisiete-seiscientos cuarenta y seis, vecina de San José, para que dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que creen tener calidad de herederos, que así lo hagan saber y si no se presentan dentro del plazo dicho, fa herencia pesará a quien corresponda, sin su intervención. Expediente 001-2014, notaría del Licenciado, Alexander Adolfo Chacón Porras, telefax 2290-86-49, correo electrónico alexchaconporras@hotmal.com.—San José, doce horas del siete de mayo del dos mil catorce.—Lic. Alexander Adolfo Chacón Porras, Notario.—1 vez.—(IN2014028732).

Lic. Sandra Araya Vega, notaría pública autorizada con oficina en Cartago; costado norte, de los Tribunales, hace saber que en esta notaría bajo expediente N° 31-2013, se tramita sucesión ab intestato, de quien en vida se llamó Olga Gerardina Flores Navarro, mayor, casada una vez, vecina de San Isidro de El Guarco, Cartago, cien metros oeste de Pulpería San Antonio, cédula 3-215-963. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante notaría para hacer valer sus derechos. Se advierte a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de este término, ésta pasará a quien corresponda.—Cartago, 12 de mayo del 2014.—Lic. Sandra Araya Vega, Notaria.—1 vez.—(IN2014028890).

Se emplaza a herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Carlos Luis Rojas Carvajal, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Alajuela, Desamparados, Urbanización Silvia Eugenia, tercera entrada mano derecha, casa número veinticuatro, con cédula de identidad número uno-cero tres cero cuatro-cero cinco dos ocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Notaria pública Katthya de La Peña Rojas. Alajuela, del Banco Popular cien metros al sur y veinticinco metros al este. Expediente N° 01-2013.—Lic. Katthya de La Peña Rojas, Notaria.—1 vez.—(IN2014028932).

Se emplaza a los interesados en el sucesión de quien en vida se llamó Luis Alberto Murillo Chaves, mayor, soltero, cédula dos-doscientos setenta y cinco-novecientos setenta y seis, vecino de San Juan de Santa Bárbara, Heredia, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso se apersonen al proceso en defensa de sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio en sede Notarial. Notaria, Ana Graciela Alvarenga Jiménez, con oficina abierta en San José, Barrio La Granja, de la Estación El Higuerón, 400 mts sur, 100 este , 100 sur y 75 este.—San José, 28 de abril del 2014.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014028947).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Elena Mercedes Más Echandi, quien fue mayor, casada, ingeniera, con cédula de identidad número 8-010-0151, cuyo último vecindario fue Zapote, San José, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que, si no se presentan dentro del dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2014. Notaría de la Lic. Belkis Rosa Gallardo, Notaria Pública, Daremblum & Herrera Abogados, Escazú, San José, costado sur del Centro Comercial Multiplaza, Centro Corporativo Atrium, cuarto piso.—Lic. Belkis Rosa Gallardo, Notario.—1 vez.—(IN2014028965).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de María Luisa Loria Loria, quien fue mayor de estado civil casada, vecina de San Sebastián, urbanización López Mateo, con cédula de identidad número 3-046-8567 y José Alberto Rivera Rivera, quien fue mayor, de estado civil casado, vecino de San Sebastián, urbanización López Mateo, con cédula de identidad número 3-054-7092. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 06-000501-0184-CI-3.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, a las nueve horas cinco minutos del veintiuno de abril del dos mil seis.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2014028987).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Douglas Rangel Pacheco, a las 14:30 horas del veinticuatro de enero del año dos mil cuatro y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera María Rosario Pacheco Hernández, conocida como Catalina Pacheco Hernández, quien se identificó con la cédula de identidad número dos-cero ciento cuarenta y cuatro-cero cuatrocientos setenta y cuatro. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Paúl Murillo Miranda, ubicada en Curridabat, San José, del Centro Comercial Plaza Freses doscientos metros norte, trescientos metros este y cincuenta metros norte edificio de dos plantas, número dos. Teléfono (506)2253-1598.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—(IN2014029028).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Reina Lorena Morales Cisneros, cédula 1-0416-0951, quien fue viuda una vez, del hogar, vecina de San José, La Uruca, Ciudadela León Trece, número uno seis tres siete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan en el plazo mencionado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2014, notaría de la Licenciada, Mireya Padilla García, sita en Curridabat, de Helados Pop’s, 500 metros sur, 125 metros oeste, número 42.—San José, 12 de mayo del 2014.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—(IN2014029108).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en Sede Notarial de quien fue, Flora Brenes Fonseca, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número tres-cero ochenta y uno-seiscientos treinta y tres, vecina de Turrialba, Barrio Pueblo Nuevo, ciento setenta y cinco metros al oeste del Bar y Pulpería El Botecito; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, ante esta notaría; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría, Lic. María de Los Ángeles González Hidalgo, carné Nº 7678; San José, Barrio La California, Avenida Central, calles veintisiete y veintinueve, oficina dos mil setecientos treinta y siete. Expediente número cero cero cero uno-dos mil catorce. Teléfono: 22 56 92 38, Fax: 22 57 54 53.—San José, a las diez horas del día lunes doce de mayo de dos mil catorce.—Lic. María de Los Ángeles González Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2014029232).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Hernán Luis Monge Barquero, mayor, casado una vez, con documento de identidad N° 02-0200-0987 y vecino de Naranjo centro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-000037-0295-CI proceso sucesorio de Hernán Luis Monge Barquero, sin parte contraria.—Juzgado Civil de Grecia, 4 de abril del 2014.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2014029245).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Julio César Canton Ruiz, mayor, casado, agricultor, vecino de Acapulco de Pocosol de San Carlos, con cédula de identidad 0203990301, quien falleció el 9 de junio de 2006. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 12-100892-0297-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 11 de junio del 2013.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez.—1 vez.—(IN2014029308).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alcides Juvenal Chaves Alpízar, mayor, casado, pensionado, costarricense, portador de la cédula de identidad 0201820495. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 13-000506-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de abril del 2014.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2014029322).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Salvador Isidro del Socorro Días Ramírez, quien fue mayor, costarricense, casado una vez, empleado judicial, cédula de identidad número uno-cero quinientos ochenta y seis-cero doscientos nueve, y fue vecino de Cartago, La Unión, Tres Ríos, Calle Chavarría, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2014. Notaría del Lic. Julio López Esquivel, sita en San José, Barrio Vasconia, cincuenta metros al norte, de la Sucursal del Banco de Costa Rica.—Lic. Julio López Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2014029330).

Mediante acta número uno otorgada ante esta notaría por Javier Angulo Herrera, cédula de identidad número 5-238-016, vecino de Bribrí en Talamanca de Limón, comprobado el fallecimiento se declara abierto proceso sucesorio de quien en vida fuera Alicia Mayela Blanco Mayorga, mayor, soltera, educadora, con cédula de identidad número 7-095-157 y de ultimo domicilio en Distrito Bratsi de Bribrí en el cantón de Talamanca de Limón. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 30, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan hacer valer sus derechos. Lic. Ania Bonilla Rivas, Notaria Pública de Limón, con oficina abierta 75 metros al norte, de Tribunales de Justicia..—Lic. Ania Bonilla Rivas, Notaria.—1 vez.—(IN2014029343).

Se hace saber que ante mí, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó, Toribio Calvo Arce, portador de la cédula de identidad número: dos-doscientos setenta y dos-doscientos setenta y dos, mayor, maestro de obras, casado una vez, vecino de San Rafael de Alajuela, trescientos metros oeste del Cristo de Piedra. Quien murió el dieciséis de febrero del dos mil catorce, según consta en el Registro de Defunciones de la provincia de Alajuela, al tomo: doscientos treinta y nueve, folio: cuatrocientos noventa y dos, asiento: novecientos ochenta y cuatro y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto en el boletín judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos, en el apercibimiento, a quienes crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Se hace saber que la notaría está situada en San Rafael de Alajuela, doscientos metros norte de la Cruz Roja.—Alajuela, a las ocho horas del día quince de mayo del dos mil catorce.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014029349).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Saúl Antonio Barquero Navarro, mayor, soltero, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0602070416 y vecino de Limón, Valle de La Estrella, Caño Negro, de la escuela 250 metros norte. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-000056-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 9 de abril del 2014.—Lic. Raúl Buendía Ureña Juez.—1 vez.—(IN2014029376).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en vía notaríal de Miguel Monge Jiménez, mayor, casado una vez, cédula uno-seiscientos treinta y seis-trescientos siete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina, sita en San José, San Pedro de Montes de Oca, cuatrocientos metros sur y trescientos metros este del Banco Nacional de Costa Rica, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—(IN2014029384).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Hannia Isabel Morales Sánchez, cédula uno-cero trescientos treinta-cero cuatrocientos ochenta y ocho, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa último domicilio de la causante Costa Rica, en San José, Urbanización Roma Oeste para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Bufete del Notario Guillermo Enrique Azuola Valls; situado en San José, avenida diez calles trece y quince oficina número mil trescientos nueve. Expediente Sucesión ab intestato de Hannia Isabel Morales Sánchez Expediente N° 001-2014.—Lic. Guillermo Enrique Azuola Valls, Notario.—1 vez.—(IN2014029389).

Se declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue María Zenon Castrillo Vásquez conocida como Zeneida López Castrillo, Zeneida López López y Zeneida López Castillo. Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Zenon Castrillo Vásquez conocida como Zeneida López Castrillo, Zeneida López López y Zeneida López Castillo, quien en vida fue mayor, casada una vez, vecina de Piedras Blancas, portadora de la cédula de identidad cinco-sesenta y dos-trescientos cuarenta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio de María Zenon Castrillo Álvarez. Exp. N° 13-000168-419-AG interno 186-3-13, promovido por Gilbert Álvarez López.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial, Zona Sur, Corredores, Ciudad Neily, 17 de febrero del 2014.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—(IN2014029393).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Flora María del Carmen Bogantes Porras, a las ocho horas de hoy viernes dos de mayo de dos mil catorce y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Malvin Logiza Badilla, quien fue mayor, casado una vez, vecino de San José, San Vicente de Moravia, del BAC San José, cien metros norte, cien metros oeste, cien metros norte y cincuenta metros oeste, quien en vida portó la cédula de identidad número uno-trescientos cuatro-seiscientos seis, fallecido en la ciudad de San José, el veinticuatro de marzo de dos mil nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario Público con oficina en la ciudad de San José, Escazú, marginal norte, de la Autopista Próspero Fernández, Edificio Fuentecantos, Bufete NCC Abogados, teléfono veintidós, ochenta y ocho-sesenta y cuatro-sesenta y cuatro.—Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario.—1 vez.—(IN2014029394).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rosalba Mora Ugalde, Rosales de Desamparados, Alajuela, a las ocho horas del día trece de mayo del dos mil catorce, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Christian Víquez Mora, mayor, soltero, comerciante, vecino San Bosco, Santa Bárbara de Heredia, trescientos metros norte de la Iglesia católica con cédula de identidad número dos-cuatrocientos noventa y cuatro-novecientos diecinueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Róger Sánchez Araya, Notario Público con oficina en Rosales de Desamparados de Alajuela, quinientos metros sur de la Fundación Hogar Manos Abiertas.—Lic. Róger Sánchez Araya, Notario.—1 vez.—(IN2014029395).

Se emplaza: A todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Félix Antonio Alemán Torres, quien fue mayor, casado una vez, empresario, vecino de Desamparados San Jerónimo, cédula de identidad 8-0062-0487, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 13-100294-0217-CI. Sucesión de Félix Antonio Alemán Torres.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 9 de enero del 2014.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014029397).

Que por escritura otorgada ante mí, Juan Rafael Zavala Tasies, notario público con oficina en la ciudad de San José, código 4483, se declaró abierta la Sucesión de Fernando Beeche Tinoco en la sede notarial, expediente número cero cero uno-dos mil catorce. Se hace saber a todos los interesados, acreedores, herederos o legatarios, que pueden apersonarse en mi notaría, avenida diez, calles quince y diecisiete, casa quince ochenta y cinco, para hacer valer sus derechos y apersonarse a exponer su pretensión en la sucesión, advertidos de que si no se presentan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Para tal efecto se confiere el plazo de treinta días hábiles a partir de su publicación a todos los interesados y deben señalar un medio electrónico para recibir notificaciones.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Notario.—1 vez.—(IN2014029412).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Pedro Francisco Duarte Molina, mayor, casado una vez, profesor de enseñanza primaria, cédula cinco-cero uno seis dos-cero nueve nueve cuatro, vecino de El Alto de Guadalupe de Goicoechea, de la Iglesia Vida Abundante, cien metros al norte, doscientos metros al este y sesenta metros al norte, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Notario Público José Alberto Campos Arias, con oficina en San Juan de Tibás, de la Estación de Servicio San Juan, cuatrocientos veinticinco metros al oeste a mano derecha, edificio de dos pisos, color terracota. Exp. N° cero tres-dos mil catorce.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—(IN2014029481).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Francisco Wright Macimion, mayor, soltero, pensionado, costarricense, con documento de identidad 0301100953 y vecino de Calle Blancos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-000185-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de abril del 2014.—Lic. Francis Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014029717).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Delfín Montes Delgado, quien fue mayor, viudo, agricultor, cedula de identidad 1-0170-0445 y vecino de San Antonio de Escazú, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Proceso sucesorio número 14-100050-0917-CI (57-2014) de Delfín Montes Delgado promovido por María Eugenia Montes González.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, 23 de abril del 2014.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—(IN2014029792).

Se cita y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión extrajudicial de la señora: Margarita Lorena Mena Mena, quien fue mayor, soltera, ejecutiva del hogar, vecina de Upala centro, con cédula de residencia número uno cinco cinco ocho cero nueve cero tres nueve siete uno uno, de nacionalidad nicaragüense, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir del día de la publicación del edicto, se apersonen en resguardo de sus derechos, apercibidos los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en este plazo aquélla pasará a quien corresponda. Juicio sucesorio extrajudicial. Teléfono: 2470-0143. Fax: 2470-2021.—Upala, 15 de mayo del 2014.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2014030294).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señora: María Hortensia Silva Vargas, mayor, viuda, vecina de San Pedro, quien falleció en San José, Montes de Oca, Costa Rica, el día ocho de setiembre del dos mil cuatro, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a aquéllos que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2014. NCC Abogados, Escazú, frente a Hospital Cima, San José, edificio Fuentecantos, teléfono: 2288-6464.—San José, 13 mayo del 2014.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014030339).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio de Francisco Antonio Cerdas Bonilla, cédula de identidad N° 1-608-156, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Pozos de Santa Ana, de la Iglesia Católica, setecientos norte, Urbanización El Progreso, casa cincuenta y tres, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, en caso de no hacerlo la herencia pasará a quien en derecho corresponda. La dirección de la notaría es: San José, Barrio México, avenida 11 bis, calles 20 y 22, edificio N° 2080. Fax: 2255-1594.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2014030366).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Jorge Antonio González Cordero, cédula de identidad N° 3-0199-0946, casado una vez, administrador de empresas, vecino de Cartago, Concepción de La Unión, cincuenta metros norte de la Guardia Rural, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Dicha sucesión fue declarada abierta mediante escritura de las 11:30 horas del 16 de mayo del 2014, ante esta notaría según expediente N° 02-2014. Notaría de la Lic. María Lorena Montero Vargas, sita en Monterrey de Montes de Oca, 300 oeste y 50 norte de Perimercados.—San José, 19 de mayo del 2014.—Lic. María Lorena Montero Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2014030401).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor: Carlos Luis Quirós Villalta, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Dulce Nombre de Cartago, cédula número tres-ciento cincuenta y nueve-trescientos once, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2014. Notaría del notario público, ubicada en Cartago, 75 metros al sur del Banco Nacional de Costa Rica, teléfono: 2551-0464, fax: 2591-4789.—Cartago, 15 de mayo del 2014.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2014030420).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señora: María Corona Mora Delgado, quien fue mayor, viuda una vez, pensionada, vecina de Barrio Los Ángeles de Concepción de La Unión, de la carnicería El Yugo, ciento setenta y cinco metros al este, cédula número tres-ciento cuarenta y cinco-setecientos once, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 02-2014. Notaría del notario público Carlos Eduardo Mata Ortega, ubicada en Cartago, 75 metros al sur del Banco Nacional de Costa Rica, teléfono: 2551-0464, fax: 2591-4789.—Cartago, 17 de mayo del 2014.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2014030422).

Se emplaza al interesado en la sucesión de Rafael Antonio Guillén Brenes, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos y se les apercibe que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio notarial N° 011-2014. Causante: Rafael Antonio Guillén Brenes. Notaría de la Lic. Laura Gómez Martínez, con oficina en San Rafael de Oreamuno, Cartago, costado sur de la Iglesia.—San Rafael, Cartago, veintisiete de marzo del dos mil catorce.—Lic. Laura Gómez Martínez, Notaria.—1 vez.—(IN2014030431).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien fuera: Telly García Montiel conocida como Tili García Montiel, mayor, viuda una vez, del hogar, vecina de San José, Desamparados, Gravilias, cincuenta metros al sur del Restaurante El Campeón, cédula número uno-doscientos cincuenta y ocho-seiscientos treinta y nueve, para que dentro de treinta días contados a partir de la primera publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría de la Lic. Magally Herrera Jiménez, San José, Los Yoses, setenta y cinco metros al sur del Automercado Los Yoses, edificio San Ignacio, segundo piso Bufete González Jiménez & Asociados.—San José, veinte de marzo del dos mil catorce.—Lic. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2014030454).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Picado Solórzano, mayor, viudo, agricultor, con cédula de identidad número dos-ciento treinta y dos-doscientos ochenta y cinco, vecino de la Ciudadela Veintidós de Octubre de Corredores, casa número cinco lote B, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 003-2014. Sucesión de Luis Picado Solórzano. Notaría de la Lic. Yadira Reyes Wong.—Lic. Yadira Reyes Wong, Notaria.—1 vez.—(IN2014030483).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Bernal Bolaños Martínez, mayor, casado una vez, oficial de tránsito, con cédula de identidad número uno-seiscientos sesenta y tres-quinientos quince, vecino de Ciudad Neily, Corredores, frente a las Cabinas Heylin, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 004-2014. Sucesión de Juan Bernal Bolaños Martínez. Notaría de la Lic. Yadira Reyes Wong.—Lic. Yadira Reyes Wong, Notaria.—1 vez.—(IN2014030484).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Marcial Villalobos Lobo, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número dos-ciento noventa y cinco-setecientos setenta y ocho, vecino de San José, San Sebastián, cincuenta metros al norte del puente del río Tiribi, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el notario público Lic. Luis Alfredo Rojas Rivera, ubicada en San José, Sabana Oeste, de Canal Siete, doscientos metros al oeste veinticinco al sur SBG Abogados, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que no lo hicieran la herencia pasará a quien corresponda. Asimismo deben señalar lugar donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que el lugar que señalaron fuese impreciso o no existiere, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas por el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Expediente N° 0002-2013. Promueven: Ligia María Fernández Corrales, Lizeth Rocío Cinthya y Olman todos Villalobos Fernández. Causante: Marcial Villalobos Lobo.—San José, once de diciembre del dos mil trece.—Lic. Luis Alfredo Rojas Rivera, Notario.—1 vez.—(IN2014030726).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quienes en vida fueran: Esperanza Porras Oses y Francisca Segura Sánchez, para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Diego Gerardo Solano Cabezas, ubicada cincuenta metros al este del Banco Popular, Alajuela. Teléfono: 8392-2669.—Lic. Diego Gerardo Solano Cabezas, Notario.—1 vez.—(IN2014030757).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de Sonia María Soto Ramos, cédula número uno-tres cinco cinco-cero veintiuno, quien fue vecina de Desamparados, para que en el plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Notaria María Isabel Blanco Morales; oficina en San Antonio de Desamparados, trescientos sur de cementerio.—Mayo del 2014.—Lic. María Isabel Blanco Morales, Notaria.—1 vez.—(IN2014030765).

Se cita y emplaza a los posibles interesados en la sucesión ab intestato de quien en vida fue: Santos Olman Gómez Gómez, quien fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Pavas, Residencial del Oeste, alameda número ocho, casa número K diecisiete, portador de la cédula de identidad número cinco-cero ciento treinta y uno-cero cuatrocientos cuatro, fallecido el catorce de diciembre del dos mil once, para que en el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que de no presentarse se resolverá conforme a la ley. Cualquier oposición hacerla llegar a la notaría de la Lic. Diana Estefanía Mena Miranda, cincuenta metros norte del Más x Menos de San Pedro, Montes de Oca, teléfono: 2253-0163, fax: 2253-0193. Expediente número cero cero uno-dos mil catorce.—San José, catorce de mayo del dos mil catorce.—Lic. Diana Estefanía Mena Miranda, Notaria.—1 vez.—(IN2014030781).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Willem Andrés Hovenga Ramírez, quien fuera mayor, divorciado, comerciante, portador de la cédula de identidad número uno-seiscientos doce-seiscientos veinticuatro, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 2014-01. Notaría del Bufete de la Lic. Lilliam Hidalgo Álvarez.—Lic. Lilliam Hidalgo Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2014030791).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Félix Zamora Zamora, conocida como Felicia Zamora Zamora, cédula N° 4-0035-8690, para que dentro del término de treinta días que corren a partir de la presente; se apersonen ante esta notaría, ubicada en Moravia, 25 metros norte de la Municipalidad, para hacer valer sus derechos. Si no se presentan dentro del plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Moravia, 20 de mayo del 2014.—Lic. Ileana Palma Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2014030808).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios, y cualquier interesado en la sucesión notarial no testamentaria de los cónyuges: Manuel Antonio Astúa Solano, mayor, casado una vez, comerciante, cédula N° 3-130-080, y Lidiette Madrigal Morales, quien fue mayor, viuda una vez, maestra, cédula N° 3-134-345, ambos vecinos de Cartago, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación por única vez de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a la oficina del notario público Giovanni Portuguez Barquero, sita en Cartago centro, avenida 3, calles 9 y 11, 125 metros este de la Biblioteca Pública de Cartago, teléfono: 2552-6229, en horario de 09:00 a. m. a 05:00 p. m., a hacer valer sus derechos. Proceso sucesorio no testamentario N° 0001-2014.—Cartago, 15 de mayo del 2014.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—(IN2014030837).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión del señor: José María Monge Picado, mayor, casado una vez, del hogar, vecino de Pueblo Nuevo, Cajón de San Pedro, Pérez Zeledón, costado este de Salón Hamburgo, cédula N° 1-334-169, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en la oficina del notario Jimmy Vargas Venegas, ubicadas San Isidro de El General, cien metros al oeste y cincuenta metros al norte de las Oficinas Centrales de Coopealianza R.L., a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2014.—San Isidro de Pérez Zeledón, 20 de mayo del 2014.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—(IN2014030860).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión ab intestato de quien en vida fue la señora: Juana Clara Fallas Mora, mayor, cédula de identidad N° 301930317, casada una vez, ama de casa, vecina de Concepción de La Unión, Cartago, San Francisco, del Abastecedor Leo 100 metros al norte, calle cerrada, quien falleció en el día 26 de agosto de 1999, Hospital Max Peralta de Cartago, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, sita en San José, Barrio Escalante, de la Iglesia de Santa Teresita 200 metros al este y 50 metros al sur, casa N° 740, primer piso, a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesión N° 002-2014. Notaría de Luis Carlos Gómez Robleto.—San José, 14 de mayo del 2014.—Lic. Luis Carlos Gómez Robleto, Notario.—1 vez.—(IN2014030874).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Teresa Espinoza Cascante, quien fuera mayor, divorciada, ama de casa, vecina de Escazú, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 2014-02-04.SN. Notaría del Lic. Marvin Chamorro Trejos. Fax. 2228-1344. Cel. 8386-0801 y 8723-4977.—Lic. Marvin Chamorro Trejos, Notario.—1 vez.—(IN2014030899).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Francisco y Marta, ambos Angulo Angulo, cédulas números 1-0275-0387 y 1-0324-0962, fallecidos el 30 de julio del 2011 y el 4 de diciembre del 2012, quienes fueran mayores, solteros, chofer y ama de casa, vecinos de San Antonio de Escazú, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a redamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 2103-001-12. SN. Notaría del Lic. Marvin Chamorro Trejos. Fax. 2228-1344.—Lic. Marvin Chamorro Trejos, Notario.—1 vez.—(IN2014030902).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Fabiola Quirós Rivera, quien fue mayor, casada, pensionada, cédula de identidad N° 2-0161-0696, vecina de Alajuela, Barrio Cristo Rey, de Auto Rectificación Guido, doscientos norte y cincuenta este, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que creen tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho caso, la herencia pasará a quien  corresponda.  Expediente  N° 02-2014.  Notaría  del  Bufete J & P, de la Torre Mercedes trescientos cincuenta metros al sur.—Lic. Marilyn James Pinnock, Notaria.—1 vez.—(IN2014030919).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Noé Martínez Quesada, quien fue mayor, casado una vez, vecino de San José, Moravia, La Isla, del Salón Comunal del lugar, doscientos metros oeste, cédula de identidad número uno-cero doscientos ochenta y siete-cero ochocientos cincuenta y cinco, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 04-2014. Sucesión de Noé Martínez Quesada. Notaría de la Lic. Roxana Gómez Rodríguez, ubicada en San José, calle treinta y tres, avenidas diez y doce.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014030974).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: María de los Ángeles Pérez Fumero, mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de San José, Barrio Francisco Peralta, calle treinta y cinco, avenida doce, cédula de identidad número tres-cero cero noventa y uno-cero doscientos treinta y cinco, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 03-2014. Sucesión de María de los Ángeles Pérez Fumero. Notaría de la Lic. Roxana Gómez Rodríguez, ubicada en San José, calle treinta y tres, avenidas diez y doce.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014030976).

Con treinta días de término, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de Dominga Mora Agüero, quien fuera mayor, soltera, ama de casa, vecina de San Gabriel de Aserrí, portadora de la cédula de identidad N° 1-207-372, a efecto de que se apersonen a esta notaría y hagan valer sus derechos, en el entendido de que de no verificarlo así, la herencia pasará a manos de quien corresponda. Oficina del notario público Mauricio Monge Monge, Vuelta de Jorco de Aserrí, contiguo estación de combustibles.—San José, 14 de mayo del 2014.—Lic. Mauricio Monge Monge, Notario.—1 vez.—(IN2014031014).

Avisos

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita proceso de Declaratoria de Ausencia promovido por, Silvia Méndez Mata mayor, casada una vez, empresaria, vecina de Liberia, Guanacaste, cédula de identidad número 105270716; encaminado a solicitar la ausencia de, José Manuel Jirón Arata, mayor casado dos veces, comerciante, domicilio desconocido cédula de identidad número 103700858. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Exp.: 10-000714-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 14 de octubre del 2013.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2014016743)                                                         3 v. 3

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor de edad Efraín Eduardo Loaiza Espinoza, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 13-400155-0928-FA (158-1-2013-B). Proceso sumario Depósito Judicial; promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Daisy Geovanny Espinoza Estrada y Luis Fernando Loaiza Arguedas debe publicarse tres veces consecutivas en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, 26 de julio del 2013.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—C-Exonerado.—(IN2014028810).              3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor Samantha Suárez Castro, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 13-000781-0687-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia de Grecia, 10 de enero del año 2014.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—C-Exonerado.—(IN2014028800).       3 v.2.

Se hace saber: Que en este Despacho, Jhonny Garro Trejos, mayor, soltero, abogado y notario, cédula de identidad N° 3-0288-0353, vecino de Tejar de El Guarco, Cartago, frente al costado sur de la Basílica, ha promovido diligencias a fin de que se le repongan los certificados de participación hipotecarias, números 147-301803301349103, 147-301803301349108, 147-301803301349111 y 147-301803301353808. Se concede un término de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a todos los interesados, a fin de que se presenten en defensa de sus derechos. Por ordenarse así en diligencias de reposición de título. Exp. N° 14-000165-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 2 de mayo del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2014029368).   3 v. 1 Alt.

Licda. María Vanessa Soto Rodríguez, Jueza, se encuentra la sentencia de las diez horas del trece de diciembre del dos mil trece, que literalmente dice: “Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, a las diez horas del trece de diciembre del dos mil trece. Proceso de Declaratoria de Abandono instaurado por el Patronato Nacional de la Infancia representado por la Licenciada Dinnia María Marín Vega, mayor, abogada, vecina de Liberia, Guanacaste; en contra de Karla Vanessa Tellez Mendoza, mayor, soltera, salonera, de nacionalidad nicaragüense cédula de residencia número 155806640032, vecina de Cañas, Guanacaste y Manuel Enrique Narváez Arista, mayor, soltero, cédula de identidad número 5-325-834, de domicilio desconocido. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3—..., 4º—..., Considerando: I.—Hechos probados. Como tales se tienen los siguientes: 1)..., 2)..., 3)..., 4)..., 5)..., 6)..., 7)..., 8)..., 9)..., 10)..., 11)..., 12)..., 13)..., 14)..., 15)..., 16)..., 17)..., 18)..., 19)..., 20)..., 21)..., 22)..., 21)..., 22)..., 23)..., II.—a)..., b)..., c)..., III.—.... IV.—..., V.—..., VI.—..., Sobre las costas: ... Por tanto: En virtud de los argumentos expuestos y citas de ley se declara con lugar el proceso especial de Declaratoria Judicial de Abandono con fines de adopción, Extinción de Patria Potestad y Depósito Judicial, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de contra de, Karla Vanessa Tellez Mendoza y de Manuel Enrique Narváez Arista, declarando: 1) En estado de abandono al menor Enrique Jabnel Narváez Téllez por parte de sus progenitores. 2) Dado que la señora Téllez Mendoza y el señor Manuel Antonio Narváez Arista, no han sabido ejercer su rol como padres, se hace menester el extinguirles a los accionados el ejercicio de patria potestad sobre su hijo Enrique Jabnel, quedando dicho menor en estado de adoptabilidad. 3) Siendo que desde que se dictó la medida de protección de cuido provisional en alternativa de protección ONG Pueblito de Costa Rica, ubicada en Paraíso de Cartago, albergue que le brinda protección a la persona menor de edad.- Razón por lo cual, lo procedente es confiar el Depósito Judicial de dicho menor Enrique Jabnel Narváez Téllez, en ONG Pueblito de Costa Rica, ubicada en Paraíso de Cartago. Se le previene al (la) representante legal de dicha Institución, que deberá comparecer dentro del octavo día, después de la firmeza de la presente sentencia, a este Despacho a aceptar el cargo conferido. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil y en virtud que el presente proceso es contra una persona ausente, representada por un curador procesal, lo procedente es ordenar la publicación de la parte dispositiva, por una sola vez, en el Boletín Judicial, quedando el edicto respectivo en este Despacho a la orden de la parte promovente. Se pronuncia el Despacho sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Licda. Vanessa Soto Rodríguez, Jueza. Exp: 10-400286-0928-FA (296-1-2010)-A. Proceso de Declaratoria de Abandono, Actor: Patronato Nacional de la Infancia, contra: Karla Vanessa Tellez Mendoza y Manuel Enrique Narváez Arista.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, 12 de mayo del 2014.—Lic. María Vanessa Soto Rodríguez, Jueza.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029785).

Licenciado Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez del Juzgado de Familia de Cartago, a Ana Victoria Artavia Solano, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda suspensión patria potestad, establecida por Patronato Nacional de la Infancia, contra Ana Victoria Artavia Solano, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las once horas treinta minutos del veintinueve de abril del año dos mil catorce. Resultando: I. II. III. IV., Considerando I. II. III. IV. Por tanto, conforme lo expuesto y las citas legales: se declara con lugar la demanda establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Giovanny Solano Quirós y Ana Victoria Artavia Solano. En consecuencia, se suspende a los señores Giovanny Solano Quirós y Ana Victoria Artavia Solano en el ejercicio de la patria potestad sobre su hijo Jean Carlos Solano Artavia. Esta suspensión implica únicamente los derechos que como padre y madre les asisten y no de los deberes que como tal tiene la obligación de cumplir en beneficio de ellos. La suspensión se mantendrá por el plazo de dos años a partir de la firmeza. Durante este tiempo los demandados -en especial el padre- deberá someterse al tratamiento de desintoxicación y rehabilitación del uso sustancias psicotrópicas y licor impartido por el Instituto de Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) o institución no gubernamental o similar. Además deberá cursar un programa de escuela para padres en el Patronato Nacional de la Infancia o institución no gubernamental o similar. Lo aquí ordenado deberá demostrar mediante prueba idónea en la vía incidental. En caso contrario vencido ese plazo la actora podrá pedir la terminación de la autoridad parental de conformidad con el artículo 158 inciso c) del Código de Familia. Se dispone que los niños estarán bajo el cuidado personal de la abuela paterna doña María del Milagro Artavia Solano. Se condena a la parte demandada al pago de las costas personales y procesales que hubiere ocasionado a la parte actora. Firme esta sentencia, se ordena su anotación mediante ejecutoria que se expedirá a solicitud de interesado/a, al margen de los asientos de inscripción de los nacimientos del niño. En las siguientes citas: provincia de Cartago tomo 521 Página 434 Asiento 868. Se advierte a las partes que contra esta decisión cabe recurso de apelación. Notifíquese. Licda. Mayra Trigueros Brenes Jueza de Familia. Lo anterior en expediente 11-000415-0338-FA que es Suspensión de Patria Potestad, de Patronato Nacional de la Infancia, contra Ana Victoria Artavia Solano / Giovanny Solano Quirós.—Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014029789).

Edictos Matrimoniales

Se hace saber que en mi notaría pública, se celebrará el matrimonio civil de Eddy Alexander Lizano Parrales y María Consuelo Pérez Sevilla. Se emplaza en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a presentar oposición.—16 de mayo del 2014.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—(IN2014030382).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Susan Lizet Fallas Castro, mayor, soltera, ama de casa cedula de identidad N° 0604210558, vecina de Kilómetro Cinco de Golfito, hija de Margarita Castro Castillo y Marvin Fallas Molina, nacida en Centro Golfito Puntarenas, el 30/01/1995, con veintiuno años de edad y Marvin Rubén Chinchilla Araya, menor, soltero, jornalero, cédula de identidad N° 0604380353, vecino de Kilómetro Seis de Golfito, del plantel de buses hacia adentro, hijo de Erlin Araya Chaves y Marvin Chinchilla Sibaja, nacido en centro Golfito Puntarenas el 09/04/1997 actualmente con diecisiete años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 14-000074-1086-FA.—Juzgado de Familia de Golfito, 6 de mayo del 2014.—Lic. Gerardo Antonio Blanco Villalta, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014029749).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Esteban Gerardo Chaves Herrera, mayor, costarricense, soltero, ayudante de ruta en la empresa Dos Pinos, cédula de identidad N° 0112430753, vecino de Grecia, frente a la guardia rural, casa de zócalo color café, con amapolas al frente, hijo de Casto Chaves Chaves y Elizabeth Herrera Herrera, nacido en San José, el 04/06/1985, con 28 años de edad, y Suseth Castro González, mayor, costarricense, divorciada, display con world marketing, cédula de identidad N° 0205720295, vecina de Grecia, frente a la guardia rural, casa de zócalo color café, con amapolas al frente, hija de Allan Castro Suárez y María Elena González Alvarado, nacida en Grecia, el 11/05/1982, actualmente con 32 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 14-000291-0687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia, 9 de mayo del 2014.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014029753).

Edictos en lo Penal

Licda. Natalia Arley Porter, en representación de la Fiscalía de Fraudes del Ministerio Público, al señor Maycol Rodríguez Chacón, costarricense, mayor de edad, cédula de identidad número 1-2028-662, de vecindarios desconocidos, en su condición de Demandado Civil, se le hace saber: Siendo que en la causa penal 08-000840-277-PE, seguida por Estafa, en perjuicio Juan Johel Chacón Mora, cédula 1-1127-834 y otros, se ha formulado Acción Civil Resarcitoria, donde el demandado civil Maycol Rodríguez Chacón, costarricense, mayor de edad, cédula de identidad número 1-2028-662,de vecindario desconocido, en su condición de Demandada, a quien pese a haberse realizado todas las diligencias posibles para su localización, no ha sido posible informarles de ella, se ordena comunicar la presente Acción Civil, mediante la publicación de un edicto por una única ocasión. Licda. Natalia Arley Porter, en representación de la Fiscalía de Fraudes del Ministerio Público. Traslado de la acción civil. San José, doce de mayo del año 2014. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal vigente, se ordena comunicar a la demandada civil y a su defensor, en el lugar señalado, y, en su caso, en su casa de habitación. Se pone en conocimiento para se pronuncie sobre la participación del actor civil y opongan las excepciones que correspondan.—Fiscalía de Fraudes del Ministerio Público.—Lic. Natalia Arley Porter, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(IN2014029783).