BOLETÍN JUDICIAL N° 102 DEL 29 DE MAYO DEL 2014

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TERCERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006 de fecha 1° de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 83-06, celebrada el 2 de noviembre del 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Penales del año 1984, 1997, 1999, 2001 al 2008 del Juzgado Penal de Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:         20678

Expedientes:  1

Paquetes:        1

Año:                1984

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento Definito. Referentes a Delitos: 1exp. Hurto Agravado.

Remesa:         P 52 P 97

Expedientes:  1

Paquetes:        1

Año:                1997

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento Definito. Referentes a Delitos: 1 exp. Uso de Documento Falso.

Remesa:         P 28 P 99

Expedientes:  5

Paquetes:        1

Año:                1999

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento Definitivo. Referente a Delitos: 1 exp. Estupro, 2 exp. Robo, 1 exp. Abuso de Autoridad. 1 exp Robo Agravado.

Remesa:         P 21 P 01

Expedientes:  1

Paquetes:        1

Año:                2001

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimieto Definitivo. Referentes a Delitos: 1 exp. Libramiento de Cheque sin fondos.

Remesa:         P 20 P 02

Expedientes:  5

Paquetes:        1

Año:                2002

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento Definitivo. Referentes a Delitos: 1 exp. Infracción a la Ley de Derechos de Autor, 1 exp. Robo, 1 exp. Infracc. a la Ley Forestal, 1 exp. Violación de Sellos, 1 exp. Lesiones Culposas.

Remesa:         P 20 P 03

Expedientes:  34

Paquetes:        1

Año:                2003

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobresemiento Definitivo. Referentes a Delitos: 1 exp. Agresión, 2 exp. Infracc. Ley de Señas y Marcas, 2 exp. Retención Indebida, 2 exp. Lesiones Leves, 1 exp. Obstrucción a la Vía Pública, 1 exp. Violación de Sellos, 2 exp. Agresión con Arma, 23 exp. Lesiones Culposas.

Remesa:         P 20 P 04

Expedientes:  49

Paquetes:        1

Año:                2004

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento Definitivo. Referentes a Delitos: 5 exp. Infracc. a la Ley de Armas, 12 exp. Desobediencia, 5 exp. Daños 5 exp. Retención Indebida, 3 exp. Tentativa de Robo, 2 exp.Usurpación, 2 exp. Robo Simple, 2 exp. Resistencia Agravada, 1 exp. Circulación de Moneda Falsa, 7 exp. Agresión con Arma, 5 exp. Lesiones Culposas.

Remesa:         P 18 P 05

Expedientes:  103

Paquetes:        1

Año:                2005

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobreseimiento Definitivo. Referentes a Delitos: 24 exp. Desobediencia, 27 Infracc. a la Ley de Armas, 12 exp. Infracc. a la Ley de Pesca, 8 exp. Lesiones Leves, 13 exp. Infracc. a la Ley Forestal, 1 exp. Hurto Agravado, 2 exp. Hurto Simple, 1 exp. Robo Simple, 1 exp. Daños, 5 exp. Usurpación, 1 exp. Infracc. a la Zona Marítimo Terrestre, 3 exp. Retención Indebida, 4 exp. Resistencia, 1exp. Lesiones Culposas.

Remesa:         P 13 P 06

Expedientes:  73

Paquetes:        1

Año:                2006

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobresemiento Definitivo. Referentes a Delitos: 1 exp. Ofrecimiento Falso de Prueba, 2 exp. Tentativa de Suicidio, 5 exp. Infracc. a la Ley de Zona Marítimo Terrestre, 2 exp. Agresión con Arma, 4 exp. Lesiones Leves, 1 exp. Obstrucción Vía Pública, 2 exp. Desobediencia, 3 exp. Amenazas, 2 exp. Usurpación de Aguas, 1 exp. Robo, 13 exp. Infracc. a la Ley de Armas, 3 exp. Infracc. Ley de Conservación a la Vida Silvestre, 1 exp. Infracc. Ley de Penalización de Violencia contra la Mujer, 1 Infracc. a la Ley de Pesca y Acuicultura, 3 exp. Usurpación, 1 exp. Daños, 1 exp. Falsificación de Señas y Marcas, 2 exp. Libramiento de Cheque sin Fondo, 6. exp. Infracc. a la Ley Forestal, 1 exp. Agresión Calificada, 1 exp. Estafa, 6 exp. Retención Indebida, 1 exp. Abandono Dañino de Animales, 3 exp. Hurto, 5 exp con de Lesiones Culposas. Expedientes trodos con Desestimacion refentes a Delitos:02 exp. Desestimaciones. Lesiones Culposas.

Remesa:         P 14 P 07

Expedientes:  174

Paquetes:        2

Año:                2007

Asunto:           Penal Varios: Expedientes todos con Sobresemiento Definitivo. Referentes a Delitos: 7 exp. Infracc. a la Ley de Zona Marítimo Terrestre, 3 exp. Portación Ilegal de Armas, 2 exp. Infracc. a la Ley de Pesca, 11 exp. Hurto Simple, 28 exp. Agresión con Arma, 7 exp. Daños, 30 exp. Desobediencia, 11 exp. Robo Simple, 2 exp. Infracc. Ley de Armas, 1 exp. Fabricación o Tenencia de Materiales, 18 exp. Violencia contra la Mujer, 2 exp. Receptación, 2 exp. Privación de Libertad, 1 exp. Abuso de Autoridad, 1 exp. Ejercicio Ilegal de la Profesión, 3 exp. Incumplimiento de Medidas de Protección, 5 exp. Infracc. Ley de Penalización de Violencia contra la Mujer, 1 exp. Resistencia, 3 exp. Lesiones Leves, 2 Infracc. Código de Minería, 1 exp. Infracc. Ley de Conservación de la Vida Silvestre, 2 exp. Infracc. Ley Forestal, 1 exp. Violación de Domicilio, 2 exp. Descuido de Animal, 1 exp. Infracc. Ley de Loterias, , 4 exp. Retención Indebida, 1 exp Entorpecimiento del servicio Público, 6 exp. Usurpación, 1 exp. Estafa, 13 exp con Lesiones Culposas. Expedientes con Desestimacion referentes a Delitos: 02 exp. Lesiones Culposas.

Remesa:         P 6 P 08

Expedientes:  5312

Paquetes:        41

Año:                2008

Asunto:     Penal Varios:Expedientes todos con Sobreseimiento Definitivo y Referentes a Delitos: 6 exp Infracc. Ley Forestal, 01. exp de Entorpecimiento al Servicio Público, 03 exp. De Estafa, 07 exp. Infracción Zona Marítimo Terrestre, 76 exp de Desobediencia, 04 exp de Infrac. Código de Minería, 01 de Rapto, 01 exp de Accionamiento de Arma, 13 exp de Usurpación, 05 exp de Tentativa de Suicidio, 06 exp de Resistencia a la Autoridad, 07 exp de Tentativa de Hurto, 15 exp de Lesiones, 23 exp de Retención Indebida, 03 exp de Apropiación Indebida, 37 exp de Infracc. A la Ley de Armas, 01 exp de Allanamiento Ilegal, 02 exp de Violación de Sellos, 19 exp de Daños, 01 exp de Destrucción de Documento Público, 01 exp de Lesiones Culposas por Mala Praxis, 72 exp de Incumplimiento de Medidas de Protección, 04 exp de Atentado, 02 exp de Ejercicio Ilegal de la Profesión, 01 exp. de Coacción, 61 exp. De Penalización de Violencia contra la Mujer, 01 exp de Infractores al Proceso de Inscripción, 03 exp de Privación de Libertad, 01 exp de Falsificación de Señas y Marcas, 72 exp de Agresión con Arma,01 exp de Incumplimiento del Deber Alimentario, 01 exp de Evasión Culposa, 01 exp de Prevaricato, 24 exp de Hurto, 01 exp de Hurto Agravado, 02 exp de Agresión Calificada, 01 exp de Infracc. Ley de Maltrato Adulto Mayor, 02 exp de Infracc. a la Ley de Pesca y Acuicultura, 04 exp de Abuso de Autoridad, 01 exp de Contrabando, 03 exp de Sustracción de Menor, 18 exp de Portación Ilícita de Arma Permitida, 02 exp de Libramiento de Cheque sin Fondo, 11 exp de Violación de Domicilio, 01 exp Falso Testimonio, 01 exp de Suicidio, 01 exp de Falsedad Ideológica, 01 exp de Daño Patrimonial, 15 exp de Lesiones Culposas. Expedientes con Desestimación y referentes a Delitos: 1459. exp Delito Atípico, 01 exp. Abuso Sexual, 01 exp. Colisión, 10 exp Infracc. Ley Forestal, 02 exp Infracc. Ley de Juegos, 01 exp Infracc. Ley de Seguridad Privada, 03. exp Patrocinio Infiel, 05 exp Infracc. Ley de Licores, 03 exp. Alteración Ley de Señas y Marcas, 02 exp de Estelionato, 50 exp Infracción a la Ley de Derechos de Autor, 17. exp Agresión, 03. exp Privación de Libertad, 02 exp Explotación de Persona Adulto Mayor, 07 exp Descuido de Animal, 01 exp Administración Fraudulenta, 05 exp Infracción Zona Marítimo Terrestre, 02 exp. de Infrac. Código de Minería, 01 exp de Rapto, 01 exp Infracc. a la Ley de Derechos de Imagen, 24 exp de Amenazas a Funcionario Público, 54 exp de Amenazas, 40 exp. De Receptación, 03 exp de Accionamiento de Arma, 07 exp de Usurpación, 01 de Tentativa de Suicidio, 56 exp de Resistencia a la Autoridad, 06 exp de Tentativa de Hurto, 66 exp de Lesiones, 52 exp de Retención Indebida, 11 exp de Apropiación Indebida, 01 exp de Proxenetismo, 15 exp de Infracc. a la Ley de Armas, 44 exp de Averiguar Muerte, 08 exp de Lesiones Culposas, 100 exp de Daños, 01 exp de Lesiones Culposas por Mala Praxis, 428 exp de Incumplimiento de Medidas de Protección, 01 exp de Homicidio Culposo, 07 exp de Circulación de Moneda Falsa, 01 exp de Obstrucción a la Vía Pública, 02 exp de Aborto, 01 exp de Obstaculización a la Función Pública, 01 exp de Denuncia Calumniosa, 01 exp de Fraude de Simulación, 01 exp de Fraude Informático, 10 exp de Atentado, 395 exp. de Penalización de Violencia contra la Mujer, 219 exp de Robo, 02 exp de Falsificación de Señas y Marcas, 05 exp de Abandono Dañino de Animales, 1156 exp de Agresión con Arma, 03 exp de Tenencia de Droga, 12 exp de Infracción a la Ley Forestal, 02 exp de Incumplimiento de Deberes, 203 exp de Hurto, 03 exp de Hurto Agravado, 02 exp de Agresión Calificada, 33 exp de Estafa, 02 exp de Infracc. Ley de Maltrato Adulto Mayor, 21 exp de Abuso de Autoridad, 08 exp de Abandono, 03 exp de Sustracción de Menor, 01 exp de Portación Ilícita de Arma Permitida, 02 exp de Libramiento de Cheque sin Fondo, 38 exp de Violación de Domicilio, 03 exp de Falso Testimonio, 33 exp de Desaparición, 04 exp de Suicidio, 01 exp de Explotación Ilegal de Madera, 01 exp. de Daño Patrimonial, 120 de Lesiones Culposas.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 13 de mayo del 2014.

                                                      MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán

(IN2014029215)                                  Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2011, celebrada el 16 de noviembre del 2011, artículo I, y la aprobación del Consejo Superior en sesión Nº 11-2012, del 9 de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Violencia Doméstica del año 1996 al 2006 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Alajuelita, San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:         V 15 S 96

Expedientes:  2

Paquetes:        1

Año:                1996

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 17 S 98

Expedientes:  180

Paquetes:        2

Año:                1998

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 17 S 99

Expedientes:  491

Paquetes:        4

Año:                1999

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 17 S 00

Expedientes:  763

Paquetes:        6

Año:                2000

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 17 S 01

Expedientes:  1083

Paquetes:        4

Año:                2001

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 13 S 02

Expedientes:  1235

Paquetes:        12

Año:                2002

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 13 S 03

Expedientes:  1158

Paquetes:        9

Año:                2003

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 13 S 04

Expedientes:  1156

Paquetes:        11

Año:                2004

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 13 S 05

Expedientes:  764

Paquetes:        7

Año:                2005

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 12 S 06

Expedientes:  79

Paquetes:        1

Año:                2006

Asunto:           Violencia Doméstica.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 13 de mayo del 2014.

                                                      MBA Rodrigo Arroyo Guzmán

(IN2014029216)                                  Subdirector Ejecutivo

SEGUNDA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2013, celebrada el 14 de enero del 2013, artículo X y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 65-13, celebrada el 25 de junio del 2013, artículo LXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2011 al 2012 de la Oficina de Comunicaciones del II Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:         A 3 S 11

Paquetes:        51

Año:                2011 al 2012

Asunto:       Documentación Administrativa: 1 paquetes Boletas de combustible del año 2012, 1 paquetes control de correo certificado del 2012, 1 paquetes correspondencia 2011, 1 paquetes informes mensuales y anuales del año 2012, 2 paquetes nombramiento de personal 2011 al 2012, 1 paquetes registro de asistencia 2012, 1 paquetes reportes de fax 2012, 43 paquetes reportes y registros del año 2011 al 2012.

                         22 paquetes reporte y registro (libreta de control y servicios de vehículos) 2011 a 2012, 12 paquete reporte y registro (control y retiro de actas por despacho) 2012, 1 paquetes reporte y registro (control y entrega de comisiones urgente) 2011 a 2012, 1 paquetes de reporte y registro (lista de comisiones entregadas) 2011 a 2012, 1 paquetes de reporte y registro ( lista de entrega de copias ) 2011 a 2012, 1 paquetes de reporte y registro (lista de notificaciones entregadas) 2011 a 2012.

                         2 paquetes de reporte y registro (lista de citaciones entregadas) 2011 a 2012, 1 paquetes de reporte y registro (revisión de casilleros) 2011 a 2012, 1 paquetes de reporte y registro ( entregas de casilleros) 2011 a 2012, 1 paquetes de reporte y registro (control y retiro de listas a los despachos) 2011 a 2012, 1 paquetes de reporte y registro (control y retiro de listas a los técnicos comunicaciones judiciales) 2011 a 2012.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 20 de marzo de 2014.

                                             MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,

(IN2014022556)                             Subdirectora Ejecutiva

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta N° 02-2007, de fecha 6 de agosto del 2007, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 66-07, celebrada el 6 de setiembre del 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Dictámenes Médicos y de Documentación Administrativa del año 1992 al 2011 de la Sección de Psiquiatría y Psicología Forense del Organismo de Investigación Judicial, San Joaquín de Flores, Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:       O 4 H 92

Paquetes:      713

Libros:           92

Ampos:          403

Año:               1992 - 2011

Asunto:         Dictámenes médicos y documentación administrativa: 15 paquetes con dictámenes médicos del año 1992. 6 paquetes con dictámenes médicos del año 1993. 6 paquetes con dictámenes médicos del año 1994. 8 paquetes con dictámenes médicos del año 1995. 11 libros entre agendas de los profesionales, agenda general, libro de conocimiento, libro de entradas de casos y libros de actas y 13 paquetes de dictámenes médicos del año 1996. 4 libros entre agenda general, libro de conocimientos, libro de entrada de casos y libro toma actas y 22 dictámenes médicos del año 1997.

                       9 libros entre agendas de los profesionales, agenda general, libro de conocimiento, libro de entradas de casos y libros de actas, 5 ampos de correspondencia y 16 paquetes de dictámenes médicos del año 1998. 11 libros entre agendas de los profesionales, agenda general, libro de conocimiento, libro de entradas de casos y libros de actas, 19 ampos correspondencia y 22 paquetes de dictámenes médicos del año 1999. 6 libros entre agendas de los profesionales, agenda general, libro de conocimiento, libro de entradas de casos y libros de actas, 46 ampos de correspondencia y 37 paquetes dictámenes médicos del año 2000.

                       08 libros entre agendas de los profesionales, agenda general, libro de conocimiento, libro de entradas de casos y libros de actas y 50 paquetes de dictámenes médicos y 42 ampos de correspondencia del año 2001. 08 libros entre agendas de los profesionales, agenda general, libro de conocimiento, libro de entradas de casos y libros de actas, 39 paquetes con dictámenes médicos y 46 ampos de correspondencia del año 2002. 08 libros entre agendas de los profesionales, agenda general, libro de conocimiento, libro de entradas de casos y libros de actas, 51 paquetes con dictámenes médicos y 50 ampos de correspondencia del año 2003.

                       07 libros entre agendas de los profesionales, agenda general, libro de conocimiento, libro de entradas de casos y libros de actas, 70 paquetes con dictámenes médicos y 59 ampos de correspondencia del año 2004. 05 libros entre agendas de los profesionales, agenda general, libro de conocimiento, libro de entradas de casos y libros de actas, 92 paquetes con dictámenes médicos, y 52 ampos de correspondencia del año 2005. 06 libros entre agendas de los profesionales, agenda general, libro de conocimiento, libro de entradas de casos y libros de actas, también 98 paquetes con dictámenes médicos y 46 ampos de correspondencia del año 2006.

                       03 libros de agenda general, libro de conocimiento y libro de entrada de casos, 19 ampos de correspondencia y 72 paquetes con dictámenes médicos del año 2007. 03 libros de agenda general, libro de conocimiento y libro de entrada de casos, 65 paquetes con dictámenes médicos y 19 ampos de dictámenes del año 2008. 03 libros de conocimiento, agenda e ingreso de casos y 7 paquetes de correspondencia administrativa del año 2009. 16 paquetes de correspondencia administrativa del año 2010. 8 paquetes de correspondencia administrativa (pacientes que no vinieron a cita ni solicitaron una nueva fecha y otra correspondencia) del año 2011.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 13 de mayo del 2014.

                                                      MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán

(IN2014029209)                                  Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta N° 02-2007, de fecha 6 de agosto del 2007, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N°  66-07, celebrada el 6 de setiembre del 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1997 al 2011 de la Sección de Delitos Varios OIJ, San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:        O 61 S 97

Paquetes:       331

Año:               1997-2011

Asunto:          Documentación administrativa: 18 paquetes de copias de actas de decomiso y secuestro de los años 1990 al año 1993, y del año 2001 al año 2011. 177 paquetes de legajos de investigación - de los años 1998 al año 2004. 7 paquetes de libros de controles de investigadores de casos que le fueron entregados para la realización de la investigación respectiva, del año 2002. 10 paquetes de datos administrativos -pizarra informativa, controles extras personal administrativo de números de notas- del año 1989. 2 paquetes de inventario de mobiliario del año 1994. 54 paquetes de copias de informes policiales con indicios y sin indicios de los años 1992 al año 1999 y del año 2001 al año 2004. 2 paquetes de roles de servicio de personal que estuvo disponible, del año 2004. 3 paquetes de control de casos asignados de los años 1997 y 1998. 3 paquetes de informes estadísticos. 1 paquete de copias de denuncias de año 2003. 9 paquetes de copias de circulares varias de los años 1999, 2004, 2005 y 2008. 37 paquetes de copias de correspondencia enviada y recibida de los años 1999, 2000, 2004 al 2011. 1 paquete de copias de solicitud de dictámenes criminalísticos del año 2007. 1 paquete de hojas de control de registros de oficios despachados del año 1999. 1 paquete de registro de asistencia del año 1999. 5 paquetes de control de horas extras de los años 1999, 2003, 2004 y 2008.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 13 de mayo del 2014.

                                                      MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán

(IN2014029210)                                  Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta N° 02-2007, de fecha 6 de agosto del 2007, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 66-07, celebrada el 6 de setiembre del 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1997 al 2012 de la Unidad de Taller Mecánico del Organismo de Investigación Judicial, San Joaquín de Flores, Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:        O 1 H 97

Paquetes:       28

Año:               1997-2012

Asunto:          Documentación administrativa: entradas de mercadería: 1997 al 2005 (2 paquetes); correspondencia: 1997 al 2005 (3 paquetes); solicitud de repuestos: 2005 al 2006 (2 paquetes). Correspondencia: 2006 al 2009 (2 paquetes); solicitud de repuestos: 2006 al 2009 (6 paquetes); reportes y registros: 2008 (1 paquete). Correspondencia: 2010 al 2012 (3 paquetes); solicitud de repuestos: 2011 al 2012 (6 paquetes); reporte de asistencia: 2011 al 2012 (2 paquetes); reportes y registros: 2011 al 2012 (1 paquete).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 13 de mayo del 2014.

                                                      MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán

(IN2014029213)                                  Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 02-2010, celebrada el 15 de noviembre del 2010, artículo XI, y la aprobación del Consejo Superior en sesión Nº 03-2011, del 18 de enero del 2011, artículo XLV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Tránsito del año 2001 al 2003 del Juzgado Menor Cuantía y Tránsito de Nicoya, Guanacaste. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:            G 26 G 01

Expedientes:     15

Paquetes:           1

Año:                    2001

Asunto:              Tránsito: Infracción Ley de Tránsito 15.

Remesa:            G 24 G 02

Expedientes:     773

Paquetes:           9

Año:                    2002

Asunto:              Tránsito: Infracción Ley de Tránsito 773.

Remesa:            G 22 G 03

Expedientes:     424

Paquetes:           5

Año:                    2003

Asunto:              Tránsito: Infracción Ley de Tránsito 424.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 13 de mayo del 2014.

                                                      MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán

(IN2014029217)                                  Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 11-12 celebrada el 9 de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Familia del año 2006 al 2010 y Expedientes de Violencia Doméstica del año 2006 al 2010 del Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

FAMILIA:

Remesa:          F 6 C 06

Expedientes:   46

Paquetes:         1

Año:                 2006

Asunto:           Familia Varios: 4 Solicitud de Matrimonio sin sentencia no celebrados, 1 diligencia de utilidad y necesidad sin sentencia, 1 separación judicial sin lugar, 1 ordinario liquidación anticipada de bienes gananciales sin lugar, 7 ordinario liquidación anticipada de bienes gananciales sin sentencia, 2 insania sin sentencia, 1 reconocimiento de hijo de mujer casada sin sentencia, 6 declaración de paternidad sin sentencia, 2 abreviados de divorcio sin lugar, 12 abreviados de divorcio sin sentencia, 1 homologación y reconocimiento de unión de hecho sin sentencia, 1 medida de cuido de menor sin sentencia, 5 proceso especial de filiación de declaratoria de paternidad sin sentencia, 1 impugnación de reconocimiento 1 sin sentencia.

Remesa:         F 8 C 07

Expedientes:  62

Paquetes:        1

Año:                2007

Asunto:           Familia Varios: 3 solicitud de matrimonio sin sentencia no celebrados, 8 diligencias de utilidad y necesidad sin sentencia, 2 separación judicial sin lugar, 1 abreviado de modificación de la guarda crianza y educación sin sentencia, 4 régimen de visitas sin sentencia, 2 régimen de visitas sin lugar, 3 insania sin sentencia, 4 reconocimiento de hijo de mujer casa sin sentencia, 17 investigación de paternidad sin sentencia, 5 abreviado de divorcio sin lugar, 12 abreviado de divorcio sin sentencia, 1 homologación y reconocimiento de unión de hecho sin sentencia.

Remesa:         F 8 C 08

Expedientes:  76

Paquetes:        2

Año:                2008

Asunto:           Familia Varios: 7 solicitud de matrimonio sin sentencia no celebrados, 10 diligencias de utilidad y necesidad sin sentencia, 8 diligencias de utilidad y necesidad sin lugar, 9 divorcio por mutuo consentimiento inadmisibles, 3 divorcios sin sentencia, 1 separación judicial sin lugar, 1 ordinario de liquidación anticipada de bienes gananciales sin lugar, 2 abreviado de modificación de la guarda crianza y educación sin sentencia, 2 régimen de visitas sin sentencia, 4 régimen de visitas sin lugar, 2 depósito judicial de un menor sin lugar, 1 suspensión de patria potestad sin lugar, 1 impugnación de paternidad sin sentencia, 2 insania sin sentencia, 3 reconocimiento de hijo de mujer casa sin sentencia, 6 investigación de paternidad sin sentencia, 2 abreviado de divorcio sin lugar, 12 abreviado de divorcio sin sentencia.

Remesa:         F 1 C 09

Expedientes:  72

Paquetes:        2

Año:                2009

Asunto:           Familia Varios: 7 solicitud de matrimonio sin sentencia no celebrados, 4 diligencias de utilidad y necesidad sin sentencia, 1 diligencias de utilidad y necesidad sin lugar, 7 divorcio por mutuo consentimiento inadmisibles, 18 divorcios sin sentencia, 1 separación judicial sin lugar, 2 abreviado de modificación de la guarda crianza y educación sin sentencia, 3 régimen de visitas sin sentencia, 7 régimen de visitas sin lugar, 2 insania sin sentencia, 5 reconocimiento de hijo de mujer casa sin sentencia, 8 investigación de paternidad sin sentencia, 1 declaratoria de paternidad sin sentencia, 2 homologación y reconocimiento de unión de hecho sin sentencia, 4 impugnación de reconocimiento sin sentencia.

Remesa:         F 1 C 10

Expedientes:  77

Paquetes:        2

Año:                2010

Asunto:           Familia Varios: 6 divorcio por mutuo acuerdo inadmisibles, 8 régimen de visitas inadmisibles, 2 régimen de visitas sin lugar, 17 divorcios inadmisibles, 3 divorcios sin lugar, 5 solicitud de matrimonio inadmisible no celebrados, 3 reconocimiento unión de hecho inadmisible, 3 reconocimiento unión de hecho sin lugar, 1 insania inadmisible, 1 solicitud salida del país inadmisible, 1 depósito de menor inadmisible, 5 impugnación de paternidad inadmisible, 1 separación judicial sin lugar, 2 modificación de guarda crianza inadmisible, 2 modificación de guarda crianza sin lugar, 3 impugnación de reconocimiento inadmisible, 4 reconocimiento de hijo de mujer casada inadmisible, 3 reconocimiento de hijo de mujer casada sin lugar, 2 investigación de paternidad inadmisible, 5 diligencias de utilidad y necesidad inadmisible.

VIOLENCIA DOMÉSTICA:

Remesa:         V 6 C 06

Expedientes:  664

Paquetes:        6

Año:                2006

Asunto:           Violencia doméstica 664.

Remesa:         V 7 C 07

Expedientes:  547

Paquetes:        5

Año:                2007

Asunto:           Violencia doméstica 547.

Remesa:         V 6 C 08

Expedientes:  493

Paquetes:        5

Año:                2008

Asunto:           Violencia doméstica 493.

Remesa:         V 5 C 09

Expedientes:  664

Paquetes:        6

Año:                2009

Asunto:           Violencia doméstica 664.

Remesa:         V 3 C 10

Expedientes:  770

Paquetes:        7

Año:                2010

Asunto:            Violencia doméstica 770.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 13 de mayo del 2014.

                                                      MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán

(IN2014029219)                                  Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 02-2010, celebrada el 15 de noviembre del 2010, artículo XI, y la aprobación del Consejo Superior en sesión Nº 03-2011, del 18 de enero del 2011, artículo XLV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Tránsito del año 1993 y 2000 al 2010 del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           G 66 S 93

Boletas:            1

Paquetes:          1

Año:                  1993

Asunto:             Boletas de Tránsito.

Remesa:           G 54 S 00

Boletas:            1

Paquetes:          1

Año:                  2000

Asunto:             Boletas de Tránsito.

Remesa:           G 56 S 01

Boletas:            3

Paquetes:          1

Año:                  2001

Asunto:             Boletas de Tránsito.

Remesa:           G 58 S 02

Boletas:            13

Paquetes:          1

Año:                  2002

Asunto:             Boletas de Tránsito.

Remesa:           G 51 S 03

Boletas:            17

Paquetes:          1

Año:                  2003

Asunto:             Boletas de Tránsito.

Remesa:           G 44 S 04

Boletas:            14

Paquetes:          1

Año:                  2004

Asunto:             Boletas de Tránsito.

Remesa:           G 41 S 05

Boletas:            23

Paquetes:          1

Año:                  2005.

Asunto:             Boletas de Tránsito.

Remesa:           G 40 S 06

Boletas:            852

Paquetes:          5

Año:                  2006

Asunto:             Boletas de Tránsito.

Remesa:           G 33 S 07

Boletas:            1.982

Paquetes:          9

Año:                  2007

Asunto:             Boletas de Tránsito.

Remesa:           G 29 S 08

Boletas:            1.637

Paquetes:          8

Año:                  2008

Asunto:             Boletas de Tránsito.

Remesa:           G 26 S 09

Boletas:            831

Paquetes:          4

Año:                  2009

Asunto:             Boletas de Tránsito.

Remesa:           G 6 S 10

Boletas:            316

Paquetes:          2

Año:                  2010

Asunto:             Boletas de Tránsito.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 13 de mayo del 2014.

                                                      MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán

(IN2014029221)                                  Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006 de fecha 1° de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Civiles del año 2000 al 2002 del Juzgado Contencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:         E 25 S 00

Expedientes:  429

Paquetes:        17

Año:                2000

Asunto:           Civil Varios: Consignación de Pago 1, Contenciosos Administrativo 25 Defraudación Tributaria 1 (Terminado con Sentencia Firme), Diligencia Varias 1, Ejecución de Sentencia 146, Incumplimiento Contractual 1 (Terminado con Sentencia Firme), Interdicto 2, Lesividades 2 (Terminado con Sentencia Firme), Licitaciones 1 (Terminado con Sentencia Firme), Medida Cautelares 3, Ordinario 245 (Terminado con Sentencia Firme) Pensión de Hacienda 1.

Remesa:         E 24 S 01

Expedientes:  226

Paquetes:        11

Año:                2001

Asunto:           Civil Varios: Abreviado 4 (Terminado con Sentencia Firme), Contenciosos Administrativo 7 (Terminado con Sentencia Firme), Ejecución de Sentencia 81, Incumplimiento Contractual 1, Interdicto 3, Medida Cautelares 1, Ordinario 128 (Terminado con Sentencia Firme) Pensión de Hacienda 1.

Remesa:         E 22 S 02

Expedientes:  118

Paquetes:        4

Año:                2002

Asunto:           Civil Varios: Abreviado 1 (Terminado con Sentencia Firme, Contenciosos Administrativo 1 (Terminado con Sentencia Firme), Ejecución de Sentencia 50, Interdicto 3, Ordinario 62 (Terminado con Sentencia Firme), Daños y Perjuicio 1.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 13 de mayo del 2014.

                                                      MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán

(IN2014029223)                                  Subdirector Ejecutivo

SEGUNDA PUBLICACIÓN

ASUETO: concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Tilaran de la provincia de Guanacaste

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Tilarán de la provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante el día trece de junio de dos mil catorce, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.

San José, 12 de mayo del 2014.

MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

(IN2014029936)                                   Subdirector Ejecutivo

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, San José, a las dieciséis horas del treinta de abril del dos mil catorce. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9° del Reglamento sobre expedientes electrónicos ante el Poder Judicial, se hace saber a las partes de los procesos que se tramitan en el Tribunal de Juicio de Pérez Zeledón, que al contar con el expediente completamente digitalizado y con los respaldos de seguridad respectivos, se procederá a la destrucción de documentos en papel que a continuación se detallan. Si alguna parte, tiene interés en que se les entregue los documentos aportados o las actuaciones que se efectuaron, deberá gestionar ante el Tribunal de Juicio de Pérez Zeledón, en un plazo máximo de treinta días hábiles a partir de esta publicación. En caso de no recibirse manifestación alguna, se procederá con la destrucción y el reciclaje de los documentos. El listado también puede ser consultado en la página web del Poder Judicial: www.poder-judicial.go.cr.

Para ver imágenes solo en Boletín Judicial con formato PDF

San José, 30 de abril del 2014.

                                            MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins

1 vez.—(IN2014029182)             Subdirectora Ejecutiva

SALA CONSTITUCIONAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

ASUNTO:     Acción de Inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 13-008079-0007-CO que promueve Director Ejecutivo de la Dirección Nacional de Notariado, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema De Justicia. San José, a las diez horas y cincuenta y tres minutos del doce de mayo del dos mil catorce. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Melvin Rojas Ugalde, mayor, casado, abogado y notario público, portador de la cédula de identidad número 2-0395-0564 en su condición de Director Ejecutivo a. í. de la Dirección Nacional de Notariado, contra jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia . Afirma el accionante que la jurisprudencia de la Sala Primera, contenida entre otros en los votos 31-C-SI-2010, 1508-D-S1-2011, 184-C-S1-2012, 508-C-S1-2013 ha interpretado que la omisión o falta de firma del notario en documentos notariales protocolares, constituye una falta asimilable a la omisión de presentar los índices notariales. Señala que esa omisión no está regulada en el Código Notarial por lo que la Sala Primera ha hecho una interpretación analógica que lesiona el principio del debido proceso, así como los principios de reserva de ley, tipicidad y culpabilidad. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General Documento firmado digitalmente por: de la República y al Presidente de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. Esta acción se admite por reunir los requisitos contenidos en los artículos 73 a 79 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional. La legitimación del accionante proviene del párrafo primero del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional. El asunto previo es un proceso disciplinario que se tramita en el expediente 07-001456-0627-NO. En dicho expediente, la Dirección Nacional de Notariado planteó un conflicto de competencias, de conformidad con el artículo 54 inciso 12 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, motivo por el cual el asunto se encuentra pendiente de resolver ante la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. Adicionalmente, mediante resolución N° 2014-005945 de las 11:45 horas del 7 de mayo del 2014 se dispuso dar curso a esta acción en relación con la jurisprudencia referida emitida por la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. Publíquese por tres veces un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación del procedimiento correspondiente, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese./Gilbert Armijo Sancho, Presidente.

San José, 13 de mayo del 2014.

                                                         Gerardo Madriz Piedra,

(IN2014029625)                                                   Secretario

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 12-016951-0007-CO promovida por Contraloría General de la República, Marta Acosta Zúñiga contra los artículos 113 y 156 de la Convención Colectiva de Trabajo de RECOPE 2011-2012 y 4, 9, 10, 13, 18 y 22 de las Normas para la Evaluación del Desempeño de RECOPE, se ha dictado el voto número 2014- 006337 de las catorce horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil catorce, que literalmente dice:

«Se corrige el error material consignado en la sentencia número 2014-001227 de las dieciséis horas y veintiuno minutos del veintinueve de enero del dos mil catorce, para que el por tanto se lea correctamente así: “Por mayoría se declara parcialmente con lugar la acción, en cuanto el artículo 156 de la Convención Colectiva de Trabajo de la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE) se aplica a los funcionarios “no profesionales”. En consecuencia, los aumentos previstos en dicha norma no podrán ser de aplicación a este sector, hasta tanto no se logre establecer un mecanismo que busque preservar el poder adquisitivo de los salarios de los funcionarios “no profesionales”. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma cuya práctica se anula, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. En lo demás, se declara sin lugar la acción. El magistrado Salazar Alvarado pone nota. El magistrado Armijo Sancho salva el voto y rechaza de plano la acción. El magistrado Jinesta Lobo rechaza de plano la acción y da razones diferentes. El Magistrado Rueda salva el voto, declara parcialmente con lugar la acción de inconstitucionalidad contra los artículos 156 de la Convención Colectiva y 13 de las Normas para la Evaluación del Desempeño de RECOPE. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, y Ejecutivo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 15 de mayo del 2014.

                                                                    Gerardo Madriz Piedra

Exonerado.—(IN2014029849)                          Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 13-002390-0007-CO promovida por Alfonso Castro Rodríguez, Francisco Castro Araya, Javier Francisco Méndez Ramírez, Joan Manuel Blanco Saborío, Johanna Vásquez Ramírez, Jorge Mario Garita Quesada, José Andrés Valverde Hidalgo, Karol Gamboa Cruz, Marcos Solano Leandro, Mayra Centeno Mejía, Roger Muñoz Mata, Rolando González Calvo, Rosalio Ortega Hegg, Secretario General de La Unión de Empleados del Banco Central Costa Rica, Tatiana Madrigal Álvarez, Walter Zúñiga Villalobos contra último párrafo del artículo 173 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, se ha dictado el voto número 2014-006550 de las dieciséis horas y veinte minutos del catorce de mayo del dos mil catorce, que literalmente dice:

«Por mayoría se declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad. Los Magistrados Armijo Sancho y Documento firmado digitalmente por: Cruz Castro salvan el voto y la declaran con lugar por vicios de forma y fondo. El Magistrado Rueda salva el voto y la declara con lugar por razones distintas y solo por el fondo.»

San José, 15 de mayo del 2014.

                                                             Gerardo Madriz Piedra

Exonerado.—(IN2014029879)                   Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Enrique Rosales Montiel, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad 602640329 de Barranca, Central, Puntarenas, y falleció el 29 de julio del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 13-000226-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000226-1041-LA. Proceso promovido por María de los Ángeles Montiel Hernández a favor de María de los Ángeles Montiel Hernández.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 08 de octubre del año 2013.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014030108).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Abelardo Eladio Ríos Piedra, quien fue mayor, soltero, vecino de Quepos, Río Seco, agricultor, cédula de identidad 10686006 y falleció el 25 de junio del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 13-000238-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 13-000238-1041-LA. Proceso promovido por María Yohana Ríos Duarte a favor de María Yohana Ríos Duarte.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 10 de octubre del año 2013.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014030109).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida Ileana de los Ángeles Arana Solís, cédula de identidad número seis-trescientos sesenta y siete-ciento uno, soltera, vecina de Herradura y falleció el primero de marzo del dos mil catorce, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 13-300032-445-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Garabito, a las catorce horas cuarenta minutos del dieciséis de diciembre de dos mil trece.—Lic. Luis Fernando Barrantes Aguilar, Juez.—1 vez.—(IN2014030112).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Moisés Eliseo Perla Ventura, quien fue mayor, salvadoreño, cédula de residencia 2201166375478, y falleció el 19 de diciembre del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 14-000089-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000089-1041-LA. Proceso promovido por Marianela Arias Rojas a favor de Marianela Arias Rojas.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 14 de mayo del año 2014.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014030119).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rónald Miguel Fernández Quesada, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad 6-176-702, y falleció el 18 de febrero del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 14-000093-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000093-1041-LA. Proceso promovido por Mary Isabel Rivera Dávila a favor de Mary Isabel Rivera Dávila, cédula residencia 155812129711.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 14 de mayo del año 2014.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014030123).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Luis Ruiz Mora, quien fue mayor, cédula de identidad 5-157-124, y falleció el 13 de febrero del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 14-000097-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000097-1041-LA. Proceso promovido por Teresa Zúñiga Cerdas a favor de Teresa Zúñiga Cerdas.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 14 de mayo del año 2014.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014030125).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Madrigal Obando, quien fue mayor, divorciado, cédula de identidad 1-605-814, y falleció el 18 de enero del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 14-000105-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000105-1041-LA. Proceso promovido por Ediberta Obando Reyes a favor de Ediberta Obando Reyes c.c. Edilberta.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 13 de mayo del año 2014.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014030127).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Evelio Castillo Calero, quien fue mayor, soltero, estudiante, operador, cédula 7-133-169, y falleció el 02 de diciembre del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 14-000111-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000111-1041-LA. Proceso promovido por Sara Cecilia Calero Trejos a favor de Sara Cecilia Calero Trejos.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 12 de mayo del año 2014.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014030129).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Róger Antonio Mora Espinoza, quien fue mayor, casado, cédula de identidad 8-058-546, y falleció el 12 de abril del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 14-000141-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000141-1041-LA. Proceso promovido por Elia Matarrita Sánchez a favor de Elia Matarrita Sánchez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 14 de mayo del año 2014.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014030131).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eligio Herrera Centeno, quien fue mayor, cédula de identidad 5-262-654, y falleció el 17 de junio del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 14-000147-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000147-1041-LA. Proceso promovido por Mireya Jiménez Araya a favor de Mireya Jiménez Araya, cédula 6-0194-0181.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí; 12 de mayo del año 2014.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014030133).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de William Granados Flores, quien fue mayor, casado, peón, y falleció el 8 de diciembre del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 14-000140-1127-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-000140-1127-LA. Proceso promovido por Juana María Elizondo Díaz a favor de Juana María Elizondo Díaz.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón; 9 de mayo del 2014.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030448).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Michael José Ramírez Díaz quien fue mayor, casado, display, con último domicilio en Cartago, barrio El Carmen, con cédula de identidad número 3-0387-0459, y falleció el 13 de octubre del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 14-000327-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-000327-1023-LA. Proceso promovido por Seidi Patricia Díaz Navarro, cédula 3-0277-0708.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago; 12 de mayo del 2014.—MSc. Rónald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030449).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Johan Alfonso Vásquez Salas, quien fue mayor, soltero, con último domicilio en Cartago, La Pitahaya, con cédula de identidad 3-460-682 y falleció el 3 de febrero de 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado, bajo el número 14-000339-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-000339-1023-LA. Proceso promovido por Katherine Alejandra Agüero López, cédula de identidad 1-1517-974 a favor de Johan Alfonso Vásquez Salas, cédula de identidad 3-460-682.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 15 de mayo del 2014. Lic. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030451).

Con el término de ocho días, se cita y emplaza a los causahabientes del fallecido Maximino Cerdas Brenes c. c. Máximo Cerdas Brenes quien fue mayor, casado, costarricense, con cédula de identidad número 05-0064-0313, vecino Montenegro de Bagaces, Guanacaste, hijo de Luis Cerdas y Victoria Brenes; para que se apersonen en diligencias de devolución de ahorros de trabajador fallecido, Maximino Cerdas Brenes c. c. Máximo Cerdas Brenes, promovidas por María Canales Torrentes, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren las sumas que ingresen por este concepto, será entregados a quien derecho tenga de ellos. Expediente 14-300005-0399-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Bagaces, Guanacaste, 12 de marzo del 2014.—Lic. Xinia Marjorie Díaz Obando, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030469).

Se emplaza a todos los que en concepto de causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales, ahorros obligatorios y cualquier otro dinero a que tenía derecho el trabajador fallecido Carlos Fernández Obando con cédula de identidad número 7-085-732, quien fue mayor, soltero, trabajaba como oficial de seguridad, vecino de Limón, barrio Cristóbal Colón, de la pulpería La Hormiguita, 100 metros al oeste y 25 al sur, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto el cual se ordena publicar por una sola vez en el Boletín Judicial y por razón de la materia asimismo se ordena realizar en forma gratuita, para que todos los interesados se apersonen a este Despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hiciere, los dineros que se depositen pasarán a quien legalmente corresponda. Expediente número 12-000504-0679-LA establecido por Kyra Guzmán Vega.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Limón, 19 de febrero del 2014.—Lic. Luis Martínez Castro, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030512).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Cristóbal Fernando Del Carmen Vega Chavarría, quien fue mayor de edad, soltero, trailero, vecino de Calle San José de Santa Gertrudis de Grecia, con cédula de identidad número 6-0134-0211, se les hace saber que Marieth Núñez Chacón, portador de la cédula de identidad número 2-0309-0421, vecina de la misma dirección indicada, se apersonó en este despacho en calidad de conviviente del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Cristóbal Fernando Del Carmen Vega Chavarría. Expediente N° 14-000078-1113-LA.—Juzgado de Trabajo de Grecia, 29 de abril del 2014.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2014030554).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Carlos Alberto De Jesús Castro Delgado, quien fue mayor, casado, vecino de Escazú, con cédula de identidad número 1-0544-0895, se les hace saber que Vivian Eugenia Madrigal Marín, portadora de la cédula de identidad número 1-0707-0798, vecina de Escazú, se apersonó en este despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Carlos Alberto De Jesús Castro Delgado. Expediente N° 14-000955-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de mayo del 2014.—Lic. Ana Cecilia Brenes López, Jueza.—1 vez.—(IN2014030557).

Se cita a todos los causahabientes de German Delgado Delgado, quien fuera mayor de 69 años, costarricense, casado, pensionado, cédula N° 1-326-100, vecino de San Antonio Arriba de Puriscal, 50 metros sur de la Escuela Ramón Bedoya Monge, para que dentro del plazo de ocho días a partir de la publicación de este edicto se apersonen en estas diligencias a hacer valer sus derechos. Artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-300039-0197-LA.—Juzgado Civil, de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 16 de mayo del 2014.—Lic. Eunice Villalobos Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2014030561).

Se hace saber se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Willy Gerardo Jarquín Ulate, cédula 1-391-1178, quien falleció el dieciocho de abril del dos mil catorce, quien era mayor, casado, administrador de mercados, vecino de Hatillo. Se consideren con derecho en este asunto se apersonen ante el despacho dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente 2014-300040-0216-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, catorce de mayo del dos mil catorce.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2014030564).

A los causahabientes de quien en vida se llamó José Luis Lobo Alfaro, quien fue mayor, casado, de cincuenta años de edad, vecino de la Esperanza de Acosta, 300 mts al oeste de la plaza de deportes, casa color papaya, con cédula de identidad número 106050708, quien falleció el primero de marzo de dos mil catorce, se les hace saber que María Del Carmen Araya Mora, portadora de la cédula de identidad 900820841, vecina de Esperanza de Acosta, 300 mts al oeste de la plaza de deportes, casa color papaya, se apersonó en este despacho en calidad de ex-esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido José Luis Lobo Alfaro. Expediente N° 14-300001-0247-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Acosta, 24 de abril de 2014.—Lic. Carmen Valverde Valverde, Jueza.—1 vez.—(IN2014030716).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Adrián Monge Valverde, quien fue mayor, casado, de cuarenta y dos años de edad, vecino de Agua Blanca de Acosta, 300 mts noreste de la Escuela de Agua Blanca, casa de madera de color rosada, con cédula de identidad número 1080007418, quien falleció el veinticinco de marzo de dos mil catorce, se les hace saber que Seidy Castro Monge, portadora de la cédula de identidad 108290770, vecina de Agua Blanca de Acosta, 300 mts noreste de la Escuela de Agua Blanca, casa de madera de color rosada, se apersonó en este despacho en calidad de ex-esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Adrián Monge Valverde. Expediente N° 14-300002-0247-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Acosta, 5 de mayo de 2014.—Lic. Carmen Valverde Valverde, Jueza.—1 vez.—(IN2014030717).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó Alexis Araya Alvarado, mayor, casado, taxista, vecino de Limón, portador de la cédula de identidad 7-0073-0445 y fallecido el 08 de diciembre del 2007, para que comparezcan a este despacho dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos y de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Diligencias de consignación de prestaciones del trabajador fallecido Alexis Araya Alvarado, interpuestas por Ana Isabel Ovares Roda. Expediente número 14-000121-1025-LA-D.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 28 de abril del 2014.—Lic. José Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014030740).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 311-09049-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 335-10332- 01-0901-001, serv canal riegref: citas: 343-04417-01-0001-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 574-05234-01-0476-001, y servidumbre de aguas pluviales citas: 574-05234-01-0652-001; a las dieciséis horas y quince minutos del cuatro de agosto de dos mil catorce, y con la base de veinticuatro millones ochocientos sesenta y ocho mil diecinueve colones con treinta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y cinco mil ciento cincuenta y nueve-F cero cero cero la cual es terreno finca filial primaria individualizada numero cincuenta-a apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 6 San Isidro, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada numero cuarenta y nueve-A; al sur, finca filial primaria individualizada numero cincuenta y uno-A; al este, área común libre de acceso uno, y al oeste, finca filial primaria individualizada numero cuarenta y cuatro-A. Mide: trescientos dos metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y quince minutos del veinte de agosto del dos mil catorce, con la base de dieciocho millones seiscientos cincuenta y un mil catorce colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y quince minutos del cuatro de setiembre del dos mil catorce, con la base de seis millones doscientos diecisiete mil cuatro colones con ochenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Erick Eliseo Soto Chong, expediente N° 13-007554-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de mayo del año 2014.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014003321).

En la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre de paso, bajo las citas tomo 2012, asiento 160579, a las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil catorce y con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos dos mil cuatrocientos cincuenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Evelyn María Castro Saborío; al sur, Evelyn María Castro Saborío; al este, servidumbre de paso con 10 metros de frente; y al oeste, Evelyn María Castro Saborío. Mide: ciento noventa metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de julio de dos mil catorce, con la base de tres millones cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil catorce, con la base de un millón ciento sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ana Jancy Amador Espinoza. Expediente: 13-006995-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 2 de abril del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014031521).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas y veinte minutos (1:20 p. m.) del veinte de junio de dos mil catorce y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: AB 5418, marca Hyundai, capacidad 12 personas, categoría microbús, año 2010, serie, vin, chasis KMJWA. Para el segundo remate se señalan las trece horas y veinte minutos (1:20 p. m.) del siete de julio de dos mil catorce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte minutos (1:20 p. m.) del veintidós de julio de dos mil catorce, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carlos Luis Rojas Madrigal contra Tropical Expeditions of Costa Rica S. A. Expediente: 11-009577-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de febrero del 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014031523).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones de leyes 7052-7208, Sist. financiero de vivienda, a las once horas y cero minutos del once de julio de dos mil catorce y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 185290-001-002, la cual es terreno para construir bloque D lote 1. Situada en el distrito Carmen, cantón Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 2; al sur, facilidades comunales; al este, calle 1; y al oeste, Grupo Mundial de Construcciones S. A. Mide: ciento treinta y ocho metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve de julio de dos mil catorce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del trece de agosto de dos mil catorce, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra María Del Rosario Sánchez Guevara, Roberto Ulloa Aguilar. Expediente: 14-000103-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 11 de marzo del 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014031527).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y treinta minutos del once de julio de dos mil catorce y con la base de dos millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Mercedes Benz, estilo ML 320, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 1998, color blanco, carrocería todo terreno cuatro puertas, tracción 4x4, chasis 4JGAB54E8WA035871, número de motor no visible, cilindrada 3.200 centímetros cúbicos, combustible gasolina, seis cilindros, placas 844095. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil catorce, con la base de un millón novecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de agosto de dos mil catorce, con la base de seiscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carballo Motor S. A. contra sucesión de Carlos Monge Herrera. Expediente: 14-007008-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de mayo del 2014.—Lic. Ana Naranjo Solano, Jueza.—(IN2014031553).

En la puerta exterior de este despacho remataré al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, a las citas número tomo: trescientos treinta y cuatro, asiento: cinco mil ochocientos veintitrés, consecutivo: cero uno, secuencia: cero cero cero dos, subsecuencia cero cero uno, la finca del partido Puntarenas, matrícula número ciento sesenta y seis mil cuatrocientos sesenta y siete-cero cero cero, con las siguientes bases: para el primer remate la suma de cincuenta y tres millones cuatrocientos treinta y tres mil seiscientos setenta y ocho colones con noventa y seis céntimos, remate que se celebrará a las ocho horas treinta minutos del cuatro de julio de dos mil catorce. Para el segundo remate con base en la suma de cuarenta millones setenta y cinco mil doscientos cincuenta y nueve colones con veintidós céntimos (rebaja del veinticinco por ciento de la base), se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de julio de dos mil catorce. Para el tercer remate la base en la suma de trece millones trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos diecinueve colones con setenta y cuatro céntimos (veinticinco por ciento de la base original), se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil catorce. El inmueble se describe así: terreno de cultivos anuales con ferretería, situada en el distrito Pavón, cantón Golfito de la provincia de Puntarenas, linda: al norte; sur; y al este, con Fundación para el Desarrollo del Hospital Nacional de Niños; y al oeste, con calle pública con setenta y ocho metros veintisiete centímetros. Mide diecinueve mil quinientos setenta y nueve metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados, posee plano N° P-1252517-2008, propiedad de Juan Rafael Artavia Pérez. Lo anterior dentro del proceso de ejecución hipotecaria. Expediente N° 12-100118-0920-CI-3, establecido por el Banco Nacional de Costa Rica en contra de Diego Armando Artavia Sánchez y otro.—Juzgado Civil de Corredores, Ciudad Neily, 12 de mayo de 2014.—Lic. William Calderón Navarro, Juez.—(IN2014031566).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del dieciocho de junio de dos mil catorce y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 400222-000, la cual es terreno para construir lote N-10. Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, ZYH Constructores S. A.; al sur, ZYH Constructores S. A.; al este, calle pública con 9,50 metros; y al oeste, Marcos Ávila Gutiérrez. Mide: ciento veintiún metros cuadrados con cero cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del tres de julio de dos mil catorce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de julio de dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Napier Sociedad Anónima contra Rosibel Cantillano Díaz. Expediente: 13-010274-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 6 de febrero del 2014.—MSC. Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2014031583).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, a las dieciséis horas cero minutos del siete de agosto del dos mil catorce y con la base de cuatro millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 520090-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Patarrá, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Flory Yolanda Núñez Román; al este, Flory Yolanda Núñez Román; y al oeste, Gabriel Campos González. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil catorce, con la base de tres millones quinientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subastase señalan las dieciséis horas cero minutos del nueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de un millón ciento setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicentro Barrio el Molino Sociedad Anónima contra Óscar Rivera Monge. Expediente: 13-007413-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 25 de abril del 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014031588).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia por lesiones culposas expediente número 08-000496-0164-CI anotado bajo las citas 2007-256424-001 a las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de junio del año dos mil catorce y con la base de veintisiete mil ciento cinco dólares con ochenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 593469, marca Ssang Yong, estilo Rexton RX 270 X, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2005, número de serie, chasis y vin KPTG0B1FS5P166444, color plateado, tracción 4x4, peso bruto 1800 kg, número de motor 66592510501352, marca Mercedes Benz, cilindrada 2696 c.c., modelo RX 270 XDI, potencia 163.00 kw, cilindros 5, combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de julio del año dos mil catorce, con la base de veinte mil trescientos veintinueve dólares con treinta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de julio del año dos mil catorce, con la base de seis mil setecientos setenta y seis dólares con cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Mayari de Costa Rica S. A., Miguel Lucio Lecusay Ponce, expediente N° 09-006264-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de mayo del año 2014.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—(IN2014031705).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada al tomo 0356, asiento 00006777 secuencia 01-0903-001; a las quince horas y cero minutos del quince de julio del año dos mil catorce y con la base de trece millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 335.322-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 3; al sur, lote 5; al este, calle pública, y al oeste, lote 21. Mide: ciento diecisiete metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del treinta y uno de julio del año dos mil catorce, con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de agosto del año dos mil catorce con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Lorena Mayela Vargas Pacheco, Silvia Iliana Álvarez Sánchez, expediente N° 14-007901-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del año 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014031706).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las ocho horas y cero minutos del catorce de julio del año dos mil catorce, y con la base de siete millones setecientos sesenta y cuatro mil once colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL 261807, marca Changan, año 2012, Vin LS4ASB3R5BE073425, cilindrada 1300 c.c., color gris, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta de julio del año dos mil catorce, con la base de cinco millones ochocientos veintitrés mil ocho colones con cuarenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de agosto del año dos mil catorce, con la base de un millón novecientos cuarenta y un mil dos colones con ochenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alexander Fallas Anchía, Yohani Enrique Fallas Anchía, expediente N° 12-025339-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de mayo del año 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014031784).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos, servidumbres de paso y servidumbre ecológica y limitaciones; a las ocho horas y cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil catorce, y con la base de sesenta y dos millones ciento sesenta y tres mil doscientos cincuenta y cinco colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 32272-F-000 la cual es terreno: finca filial sesenta y seis terreno apto para construir que se destinará a uso habitacional las cuales tendrán una altura máxima de dos pisos situada en el distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, área común de avenidas y calles, avenida la Quilla; sur, área común de avenidas y calles, avenida Barlovento y filial sesenta y cinco; este, área común de avenidas y calles, avenida la Quilla y Barlovento, oeste, área común de zonas verdes y filial sesenta y cinco. Mide: dos mil cuarenta y un metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados valor porcentual: 0.7352941 valor medida: 0.66. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de cuarenta y seis millones seiscientos veintidós mil cuatrocientos cuarenta y un colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de setiembre del dos mil catorce, con la base de quince millones quinientos cuarenta mil ochocientos trece colones con setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio La Reserva Degolf contra Hutchenson Beach Property S. A. expediente N° 12-001597-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 20 de mayo del año 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014031816).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 370, asiento 11731-01-0910-001; a las nueve horas y cero minutos del veintinueve de julio del dos mil catorce, y con la base de seis millones quinientos ochenta y tres mil cuatrocientos noventa y cinco colones con ochenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 542279-000 la cual es terreno lote 94 terreno para construir. Situada en el distrito 05 Ipís, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 95; al sur, lote 93; al este, lote 99, 100 y 98, y al oeste, alameda con frente de 7 metros. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de agosto del dos mil catorce, con la base de cuatro millones novecientos treinta y siete mil seiscientos veintiún colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintinueve de agosto del dos mil catorce con la base de un millón seiscientos cuarenta y cinco mil ochocientos setenta y tres colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Mercedes Guadalupe Castro Sibaja, Wilson de los Ángeles Badilla Castro, expediente N° 13-006560-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del año 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014031821).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de agosto del año dos mil catorce y con la base de cincuenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número once mil ciento cincuenta y nueve-B-cero cero cero, la cual es terreno frutales y para construir. Situada en el distrito Macacona, cantón Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carretera Interamericana con 54 metros lineales; al sur, Soledad Arroyo Villareal; al este, Hacienda Paries S. A., y al oeste, Elieth Romero Arroyo. Mide: Cinco mil novecientos cuarenta y un metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de setiembre del año dos mil catorce, con la base de cuarenta y un millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil catorce, con la base de trece millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Leodan Sociedad Anónima contra 3-101-622820 Sociedad Anónima, expediente N° 14-000808-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 12 de mayo del año 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014031822).

En la puerta exterior de este Despacho; 1) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda ordinaria bajo las citas: 2013-207720, expediente Juzgado de Familia Desamparados 13-400938-637-FA; a las diez horas y cero minutos del catorce de julio del dos mil catorce, y con la base de trescientos once millones trescientos noventa y seis mil seiscientos cinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 399539-000, la cual es terreno con edificio industrial. Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Elymae S. A.; al oeste, calle pública con 16.80 metros de frente; al sureste, Quebrada Chilamate; y al suroeste, en parte calle pública con 29.85 metros, Balsamina, María Ángela, Pedades, Miguel, Aníbal y Juan José todos Monge Gamboa y Elymae S. A. Mide: tres mil quinientos quince m con sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de julio del dos mil catorce, con la base de doscientos treinta y tres millones quinientos cuarenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y tres colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de agosto del dos mil catorce con la base de setenta y siete millones ochocientos cuarenta y nueve mil ciento cincuenta y un colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda ordinaria bajo las citas: 2013-207720, expediente Juzgado de Familia Desamparados 13-400938-637-FA; a las diez horas y cero minutos del catorce de julio del dos mil catorce, y con la base de setenta y tres millones seiscientos tres mil trescientos noventa y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 399540-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 29m 70cm y otro; al sur, Vera Salazar Gamboa; al este, Quebrada Chilamate; y al oeste, Balsamina Monge y Luis Castro. Mide: tres mil quinientos sesenta y nueve metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de julio del dos mil catorce, con la base de cincuenta y cinco millones doscientos dos mil quinientos cuarenta y seis colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de agosto del dos mil catorce con la base de dieciocho millones cuatrocientos mil ochocientos cuarenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Espumas y Colchones Hermanos Trejos Sociedad Anónima. Exp. 14-011231-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de mayo del 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014031835).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas del veintitrés de julio de dos mil catorce, y con la base de siete mil cuarenta y seis dólares con setenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas CL-200671, marca Ford, estilo Ranger XL, año 2004, color blanco, capacidad 3 personas, categoría carga liviana, carrocería caja abierta o cam-pu, chasís 8AFDR10F84J343519, número de motor NR, combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del ocho de agosto de dos mil catorce, con la base de cinco mil doscientos ochenta y cinco dólares con siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintiséis de agosto de dos mil catorce con la base de mil setecientos sesenta y un dólares con sesenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Istmo Law S. A. contra Vedepa S. A. Exp. 14-001739-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de marzo del 2014.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2014031872).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del siete de julio del dos mil catorce, y con la base de catorce millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 469851-003 y 004, la cual es terreno lote 11 bloque K terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04 San Rafael Arriba, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 5-K; al sur, calle pública con 8,10 metros de frente; al este, lote 12-K; y al oeste, lote 10-K. Mide: ciento treinta y seis metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de julio del dos mil catorce, con la base de diez millones seiscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del siete de agosto del dos mil catorce con la base de tres millones quinientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Hilda Miriam Mora Mesén y Olman Armando Calvo Abarca. Exp. 14-008013-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del 2014.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—(IN2014031876).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas 0383-00017669-01-0900-001; a las catorce horas del catorce de agosto de dos mil catorce, y con la base de sesenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 156864-000; la cual es lote 17 terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Heredia, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote dieciocho; al sur, lote 16; al este, calle pública con 7.00 metros; y al oeste, Deyco Desarrollos y Construcción S. A. Mide: ciento sesenta y siete metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del uno de setiembre de dos mil catorce, con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del diecisiete de setiembre de dos mil catorce con la base de quince mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Kapama Sociedad Anónima contra María de los Ángeles Castillo Barboza. Exp. 14-001326-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 20 de mayo del 2014.—Lic. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—(IN2014031883).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, bajo las citas: 382-13164-01-0930-001; a las nueve horas y treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil catorce, y con la base de ciento treinta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F-cuarenta y cinco mil ochocientos diecinueve-cero cero cero, la cual es terreno finca filial siete de tres plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito San Vicente, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, acera peatonal y zona verde; al sur, Ilasteron S. A.; al este, área de juegos infantiles y Luz Bejarano Hernández; y al oeste, finca filial seis. Mide: ciento cuarenta y dos metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil catorce, con la base de noventa y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil catorce con la base de treinta y dos mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alex Alberto Alvarado Cordero. Exp. 12-003736-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 12 de mayo del 2014.—Lic. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(IN2014031890).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 3029 123 001 bajo las citas: 329-15266-01-0904-002 y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas: 466-07909-01-0015-001; a las nueve horas y treinta minutos del doce de agosto del dos mil catorce, y con la base de tres millones doscientos setenta y cinco mil seiscientos sesenta y ocho colones con ochenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 344478-001 y 002, la cual es terreno para la vivienda, Asentamiento Concepción, lote 4. Situada en el distrito 08, La Tigra cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 3; al sur, lote 5; al este, calle pública; y al oeste, Carlos Rodríguez. Mide: quinientos setenta y cinco metros con cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0517027-1998. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil catorce, con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y seis mil setecientos cincuenta y un colones con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de setiembre del dos mil catorce con la base de ochocientos dieciocho mil novecientos diecisiete colones con veintiún céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Alfredo Rivera Chaves y María Cecilia Lara Santamaría. Exp. 14-000670-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de abril del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014031898).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando Hipoteca de primer grado bajo las citas 2011-66038-01-0002-001, Servidumbre de paso bajo las citas 2013-86142-01-0001-001; a las trece horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil catorce, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta mil seiscientos once-cero cero cero, la cual es terreno de potrero.  Situada en el distrito Florencia, cantón San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre agrícola en medio de Ricardo Quirós Díaz; al sur, Dalay María Chacón Quirós; al este, calle pública con frente de 18.69 metros lineales; y al oeste, Dalay María Chacón Quirós. Mide: mil setecientos setenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de julio del dos mil catorce, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil catorce con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Hipotecaria de Toromocho S. A. contra Manuel Enrique González Valerio. Exp. 14-000075-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 6 de marzo del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014031899).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita mediante las citas 0340-00008878-01-0901-001; a las ocho horas y treinta minutos del trece de junio de dos mil catorce, y con la base para cada una de las fincas de veinte mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: A) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 180974-000, la cual terreno para construir lote N° 48. Situada en el distrito 03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rodrigo Rodríguez Alvarado y Gloriana Rodríguez Hernández; al sur, lote 47 de Cafetalera San Agustín S. A.; al este, calle pública con frente de 6.89 metros; y al oeste, Cafetalera San Agustín. Mide: ciento setenta y un metros con setenta y dos decímetros cuadrados. B) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 180973-000, la cual terreno para construir lote N° 47. Situada en el distrito 03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 48 de Cafetalera San Agustín S. A.; al sur, lote 46 de Cafetalera San Agustín S. A.; al este, calle pública con frente de 6.95 metros; y al oeste, Cafetalera San Agustín S. A. Mide: ciento sesenta metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. C) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 180972-000, la cual es terreno para construir lote N° 46. Situada en el distrito 03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 47 de Cafetalera San Agustín S. A.; al sur, Cafetalera San Agustín S. A.; al este, calle pública con frente de 8.04 metros; y al oeste, Cafetalera San Agustín S. A. Mide: ciento cincuenta y siete metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de junio de dos mil catorce, con la base para cada una de las fincas de quince mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de julio de dos mil catorce con la base para cada una de cinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.-Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3101596425 Sociedad Anónima contra Cafetalera San Agustín Sociedad Anónima. Exp. 12-011061-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 21 de mayo del 2014.—Lic. Jessika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014031912).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil catorce, y con la base de quince mil dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y ocho mil trescientos diez cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada: en el distrito Santa Rosa, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Henry Ureña; al sur, José Manuel Hidalgo; al este, calle con 3 metros 34 centímetros, y al oeste, Fausto Rodríguez. Mide: sesenta y cinco metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del primero de julio del dos mil catorce, con la base de once mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil catorce, con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero contra Rónald Enrique Jackson Solano. Expediente N° 13-005481-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 6 de febrero del 2014.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—(IN2014031917).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del treinta de junio del dos mil catorce, con la base de cinco millones trescientos diez mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos treinta y tres mil seiscientos diez-cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada: en el distrito 01-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de Antonio Núñez Abarca; al sur, calle pública; al este, resto de Antonio Núñez Abarca, y al oeste, calle pública. Mide: trescientos nueve metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de julio del dos mil catorce, con la base de tres millones novecientos ochenta y cinco mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de julio del dos mil catorce, con la base de un millón trescientos veintisiete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Mauricio Gómez Romero. Expediente N° 14-000188-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de abril del 2014.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014031942).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y treinta minutos del veinte de junio del dos mil catorce, y con la base de sesenta mil dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cuatro mil ochocientos sesenta y tres cero cero cero, la cual es terreno inculto con una casa. Situada: en el distrito Cinco Esquinas, cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Max Mongalo Borbón; al sur, Mario Leiva Quirós; al este, Leiva Urcuyo Limitada, y al oeste, calle pública con 11 metros 13 centímetros. Mide: doscientos diez metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del siete de julio del dos mil catorce, con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del veintidós de julio del dos mil catorce, con la base de quince mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Francisco Fernando Vargas Vargas, Virginia María del Carmen Céspedes Rojas contra Corporación Disimpa de Costa Rica Sociedad Anónima. Expediente N° 13-005281-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 4 de febrero del 2014.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—(IN2014031956).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, a las dos horas y treinta minutos del veinte de junio del dos mil catorce, y con la base de cinco millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 420222-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Odile Gamboa Rodríguez; al sur, Edwin Gamboa Rodríguez; al este, Edwin Gamboa Rodríguez, y al oeste, calle pública con frente de 10 metros. Mide: seiscientos sesenta y cuatro metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las dos horas y treinta minutos del siete de julio del dos mil catorce, con la base de cuatro millones trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las dos horas y treinta minutos del treinta de julio del dos mil catorce, con la base de un millón cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Víctor Manuel Miranda Velásquez. Expediente N° 14-000499-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 9 de abril del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014031958).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las quince horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil catorce (03:30 p. m. del 17/06/2014), y con la base de cinco millones ochocientos setenta y seis mil noventa y ocho colones con ochenta y dos céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente Vehículo: placas N° C 148937, marca: Freightliner, estilo: FL70, año: 1999, color: blanco, tracción: 6x4. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del dos de julio del dos mil catorce (03:30 p. m. del 02/07/2014), con la base de cuatro millones cuatrocientos siete mil setenta y cuatro colones con once céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil catorce (03:30 p. m. del 28/07/2014), con la base de un millón cuatrocientos sesenta y nueve mil veinticuatro colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Brunca Sociedad Anónima contra Luis Diego León Jiménez. Expediente N° 13-010313-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 4 de abril del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014031987).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y treinta minutos del veinte de junio del dos mil catorce, y con la base de dieciocho millones cincuenta mil novecientos noventa y cinco colones con veintinueve céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 104850-000, la cual es terreno solar con una casa. Situada: en el distrito 03 Carmen, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, noroeste, calle con 8 m 31 cm; al sur, noroeste, Grupo Mundial de Construc. S. A.; al este, sureste, Grupo Mundial de Construc. S. A., y al oeste, suroeste, Grupo Mundial de Construc. S. A. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de julio del dos mil catorce, con la base de trece millones quinientos treinta y ocho mil doscientos cuarenta y seis colones con cuarenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de julio del dos mil catorce, con la base de cuatro millones quinientos doce mil setecientos cuarenta y ocho colones con ochenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Aurora Ofelia Víquez Vargas, Corporación D H Sistemas Sociedad Anónima, Gustavo Antonio Siles Víquez. Expediente N° 14-000228-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 8 de abril del 2014.—Lic. Jessika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014032020).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y quince minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil catorce, y con la base de catorce millones setenta y un mil novecientos setenta y cinco colones con cuarenta y nueve céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos dieciséis mil setecientos noventa y cinco cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Antonio Acosta Ramírez; al sur, Antonio Acosta Ramírez; al este, Antonio Acosta Ramírez, y al oeste, calle pública. Mide: ciento ochenta y un metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y quince minutos del nueve de octubre del dos mil catorce, con la base de diez millones quinientos cincuenta y tres mil novecientos ochenta y un colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y quince minutos del veinticuatro de octubre del dos mil catorce, con la base de tres millones quinientos diecisiete mil novecientos noventa y tres colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Kattia Rojas Centeno y otros. Expediente N° 12-000052-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 23 de abril del 2014.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2014032025).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cero minutos del veintitrés de junio del año dos mil catorce, y con la base de doce millones doscientos ochenta y un mil setecientos treinta colones con setenta y seis céntimos y cincuenta y nueve millones setecientos dieciocho mil doscientos sesenta y nueve colones con veinticuatro céntimos respectivamente, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 157396-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Sabalito, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Eraclides Barrantes Hernández; al este, Mauricio Rojas Barrantes, y al oeste, Eraclides Barrantes Hernández. Mide: mil cuatrocientos sesenta y nueve metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 52041-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Agua Buena, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Eladio Mora Villegas; al sur, calle pública con 50 mts; al este, Eladio Mora Villegas, y al oeste, calle pública con 60 metros. Mide: dos mil novecientos cincuenta y cinco metros con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cero minutos del ocho de julio del año dos mil catorce, con la base de nueve millones doscientos once mil doscientos noventa y ocho colones con siete céntimos y cuarenta y cuatro millones setecientos ochenta y ocho mil setecientos un colones con noventa y tres céntimos respectivamente (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cero minutos del veintitrés de julio del año dos mil catorce con la base de tres millones setenta mil cuatrocientos treinta y dos colones con sesenta y nueve céntimos y catorce millones novecientos veintinueve mil quinientos sesenta y siete colones con treinta un céntimos respectivamente (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se rematan por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Movieba S. A., y Ronald Wilfrido Peralta Artavia, expediente N° 13-009513-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de mayo del año 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014032072).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 0300-00015466-01-0903-001; a las diez horas y cero minutos del veintiuno de julio del año dos mil catorce, y con la base de veintisiete millones ciento noventa y dos mil ochocientos ochenta y seis colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintisiete mil trescientos sesenta y ocho cero cero cero (27368-000) la cual es Naturaleza: terreno de pastos con una plantación. Situada en el distrito 03 San Antonio, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Idalie Obando Jiménez; al sur, Surzeneida Enríquez Gómez; al este, calle pública, y al oeste, Santos Silva Silva. Mide: sesenta y cinco mil sesenta y ocho metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Plano: G-0003278-1972. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del siete de agosto del año dos mil catorce, con la base de veinte millones trescientos noventa y cuatro mil seiscientos sesenta y cuatro colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de agosto del año dos mil catorce, con la base de seis millones setecientos noventa y ocho mil doscientos veintiún colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra María Ángela Medrano García y contra Beulonias Service S. A., expediente N° 14-000775-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 12 de mayo del año 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014032112).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0304-00012203-01-0902-001; a las quince horas y cero minutos del siete de julio del año dos mil catorce, y con la base de cincuenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y siete mil trescientos cuarenta y cinco cero cero cero la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 04 Belén, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, El Sandal S. A.; al sur, El Sandal S. A.; al este, El Sandal S. A., y al oeste, calle pública con 50 metros 84 centímetros de frente. Mide: cinco mil metros con cero decímetros cuadrados, plano: G-1381666-2009. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de julio del año dos mil catorce, con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de agosto del año dos mil catorce, con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Erlin Cruz Ochoa, expediente N° 14-000065-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 22 de abril del año 2014.—Lic. Luis Alberto Miranda García, Juez.—(IN2014032114).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servid a favor ref: 00140607-000 con las citas 404-14389-01-0906-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de agosto del dos mil catorce, y con la base de ciento sesenta mil setecientos sesenta y cuatro dólares con cincuenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y siete mil doscientos uno-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito La Asunción, cantón Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Inmoviliaria Izarra S. A., lote número quince; al sur, calle pública con frente de 13,90 metros; al este, Inmobiliaria Izarra S. A., lotes doce y trece; al oeste, calle publica con frente 34,21 metros, y al suroeste, Mocheta Esquinera con 8,42 metros. Mide: quinientos setenta y cinco metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dos de setiembre del dos mil catorce, con la base de ciento veinte mil quinientos setenta y tres dólares con treinta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de setiembre del dos mil catorce, con la base de cuarenta mil ciento noventa y un dólares con trece centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Eduardo Rojas Sánchez y Teresita Rojas Marín, expediente N° 14-001084-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 21 de abril del año 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2014032120).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos (10:00 am) del seis de agosto de dos mil catorce, y con la base de quince mil ochocientos cuarenta y seis dólares con setenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 896068, marca: Nissan, estilo: Tiida, año: 2012, color: gris, categoría: automóvil, vin: 3N1CC1AD6ZK120261, cilindrada: 1598 c.c. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos ( 10:00 am) del veintidós de agosto del dos mil catorce, con la base de once mil ochocientos ochenta y cinco dólares con nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos ( 10:00 am) del ocho de setiembre del dos mil catorce, con la base de tres mil novecientos sesenta y un dólares con setenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Rodrigo González Sandí, expediente N° 12-006906-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 6 de mayo del año 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014032122).

Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de agua y ley de caminos públicos citas 480-17500, las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de julio del dos mil catorce, y con la base de cien millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento dieciocho mil seiscientos ochenta y ocho-cero cero cero la cual es terreno de potrero situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Ramón, María Isabel, Damaris, Santos Sabas, Andrea y Yimi todos de apellidos Rodríguez Matarrita, Carlos Guevara Gutiérrez y calle publica con un frente a ella de 31.33 metros lineales todos en parte; sur, Río en medio; este, Río en medio, oeste, Claudio Ruiz López. Mide: cuarenta y dos mil trescientos sesenta y ocho metros con ocho decímetros cuadrados, plano: G-0419789-1997. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del uno de agosto del dos mil catorce, con la base de setenta y cinco millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de agosto del dos mil catorce, con la base de veinticinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Las Nubes de Hato Viejo S. A., y Erick Villafuerte Viales, expediente N° 13-000534-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 14 de marzo del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014032151).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del cuatro de agosto del dos mil catorce, y con la base de veintidós millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y un mil seiscientos catorce-cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir lote 6-H con una casa. Situada en el distrito San Juan, cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Abrahan Alvarado Rodríguez; al sur, lote destinado a calle publica; al este, Condomisa S. A. lote 7-H, y al oeste, Condomisa S. A. lote 5-H. Mide: ciento veintiún metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil catorce, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de setiembre del dos mil catorce, con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Margarita María de Jesús Durán Carrillo, expediente N° 14-000494-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 3 de marzo del año 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2014032172).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del veintiséis de junio del año dos mil catorce, y con la base de cuarenta y dos millones setecientos sesenta y cinco mil ciento veintinueve colones con dieciocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve 002, 003, 005, 006 y 007 la cual es terreno con una parte de corredor al frente, un Hall comedor y patio. Situada en el distrito 01, cantón 01, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, avenida 6 con 04.52 metros; al sur, Alfredo Benavides; al este, Genaro, María Luisa, Hilda, Flora y Ángela Chaves, y al oeste, Genaro, María Luisa, Hilda, Flora Chaves. Mide: noventa y nueve metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del once de julio del año dos mil catorce, con la base de treinta y dos millones setenta y tres mil ochocientos cuarenta y seis colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintiocho de julio del año dos mil catorce, con la base de diez millones seiscientos noventa y un mil doscientos ochenta y dos colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Ana Fuentes Brenes y otro contra Álvaro Murillo Chaves, expediente N° 12-000123-0504-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 24 de abril del año 2014.—Msc. Andrea Ramírez Solano, Jueza.—(IN2014032197).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación con las citas 2010-190174-01-0004-001; a las once horas y quince minutos del veintidós de julio del dos mil catorce, y con la base de veintiséis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos diecisiete mil doscientos dieciocho-cero cero cero la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito San Pedro, cantón Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Daisy Montero Hidalgo; al sur, Rodrigo Miranda Montero; al este, Ruth Miranda Montero y Carlos Alberto Ulate Solís, y al oeste, servidumbre de paso en medio Máyela Avendaño Solís. Mide: trescientos setenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del ocho de agosto del dos mil catorce, con la base de diecinueve millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del veintiséis de agosto del dos mil catorce, con la base de seis millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Andrés Miranda Ramírez contra Luis Roberto Antonio Villalobos Leitón, expediente N° 14-000084-0504-CI.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 13 de mayo del año 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2014032217).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil catorce, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dos mil cuatrocientos noventa y nueve cero cero cero, la cual es terreno naturaleza lote c-terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Luis Guillermo Vargas Coto; al sur, Luis Guillermo Vargas Coto; al este, Luis Guillermo Vargas Coto, y al oeste, calle publica con 7 metros. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del dos de julio del dos mil catorce, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil catorce, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones La Finca Lin Sociedad Anónima contra Moviso RP del Nuevo Milenio Sociedad Anónima, expediente N° 10-000704-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 3 de abril del año 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014032239).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando Colisiones mediante la sumaria 08-000201-0497-TR del Juzgado de Transito de Heredia; a las ocho horas y quince minutos del treinta de junio de dos mil catorce, y con la base de once mil ochocientos cincuenta y cinco dólares con cuarenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 707411, Toyota, Land Cruiser Prado VX, capacidad 8 personas, año 2008, color gris, tracción 4x4, vin JTEBY2500058972, combustible diesel, cilindrada 2982 cc. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del quince de julio de dos mil catorce, con la base de ocho mil ochocientos noventa y un dólares con cincuenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del treinta y uno de julio de dos mil catorce con la base de dos mil novecientos sesenta y tres dólares con ochenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Guadalupe Aguilar Cigarroa, Juan Daniel Rodríguez Cortes. Exp. N° 13-019191-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del 2014.—Lic. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2014032259).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos (nueve horas y quince minutos antes meridiano) del treinta de junio del dos mil catorce, y con la base de cinco mil doscientos cuarenta y dos dólares con cincuenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo Placa: CL 243035, Marca: JMC, categoría: carga liviana, serie, chasis y vin: LETYEAA188HN10853, Carrocería: Plataforma, Tracción: 4x2, capacidad: 2 personas, año: 2009, color: azul, cilindradada: 2771 c.c. Cilindros: 4, combustible: diesel. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos (nueve horas y quince minutos antes meridiano) del quince de julio del dos mil catorce, con la base de tres mil novecientos treinta y un dólares con noventa y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos (nueve horas y quince minutos antes meridiano) del treinta de julio del dos mil catorce con la base de mil trescientos diez dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Johnny Umaña Porras. Exp. N° 13-009816-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de marzo del 2014.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014032263).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del diecinueve de junio del dos mil catorce, y con la base de cinco mil cuatrocientos diecisiete dólares con setenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 645062. Marca Chevrolet. Estilo Optra. Año 2006. Color vino. vin KL1JD51646K275786. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de julio del dos mil catorce, con la base de cuatro mil sesenta y tres dólares con veintiocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de julio del dos mil catorce, con la base de mil trescientos cincuenta y cuatro dólares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Yocelyn Vargas Hernández. Exp. N° 13-004831-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 16 de mayo del 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014032269).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando calle Ref: 00120096 000 (Citas: 311-16547-01-0818-001) y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 420-17792-01-0053-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de junio del dos mil catorce, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cinco mil ochocientos ochenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para vivienda lote 19-uno. Situada en el distrito 04 Coyolar, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Fernando Pérez; al sur, calle; al este, lote 19 y al oeste, María Carranza Rojas. Mide: trescientos cuarenta y cinco metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del uno de julio del dos mil catorce, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de julio del dos mil catorce, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gustavo Alexander Valverde Peña contra Marta Pérez Pérez. Exp. N° 13-011749-1157-CJ Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de marzo del 2014.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014032276).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado inscrita según citas: 2009-132302-01-0001-001 otorgada a favor de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo, cédula de persona jurídica número 3-009-045201, a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de junio del dos mil catorce, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de San José, Sección de la Propiedad Inmueble, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 462028 submatrículas 001 y 002, la cual es terreno naturaleza; terreno para construir con una casa lote 8-C situada en el distrito 11 San Rafael Abajo cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Linderos: norte, avenida primera sur, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo oeste, calle pública. Mide: ciento dieciséis metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de julio del dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil catorce, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Minas Brillantes S. A., contra José Luis Astúa Zúñiga. Exp. N° 13-007674-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de febrero del 2014.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2014032281).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando dos reservas y restricciones; a las trece horas y treinta minutos del treinta de junio del dos mil catorce, y con la base de sesenta y ocho mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y cuatro mil ochocientos veinticinco-F-cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaría individualizada número ciento treinta apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, acceso número tres; al sur, finca filial primaría individualizada número cuarenta y ocho y finca filial primaría individualizada número ciento cuarenta y cuatro ambas en parte; al este, área común libre y al oeste, finca filial primaría individualizada número ciento treinta y uno. Mide: mil setenta y cinco metros cuadrados. Plano catastrado N° G-1441801-2010. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de julio del dos mil catorce, con la base de cincuenta y un mil dólares exactos y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de julio del dos mil catorce, con la base de diecisiete mil dólares exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3101615799 Sociedad Anónima, Laura Gabriela Conejo Rodríguez. Exp. N° 11-000294-0295-CI.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 11 de febrero del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014032290).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios a las once horas y cero minutos del veintiséis de junio del dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones ochocientos veintidós mil cuatrocientos treinta y cinco colones con ochenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 463853-000, la cual es terreno para construir Situada en el distrito Tambor cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela, Colinda: al norte, María de Los Ángeles Chaves Solís al sur, María de Los Ángeles Chaves Solís, al este, José Soto Montero y al oeste, servidumbre de paso con un frente de 10,98 metros. Mide: doscientos veintiún metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del once de julio del dos mil catorce, con la base de doce millones seiscientos dieciséis mil ochocientos veintiséis colones con noventa y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve de julio del dos mil catorce, con la base de cuatro millones doscientos cinco mil seiscientos ocho colones con noventa y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Criss Vanessa Vega Gutiérrez. Exp. N° 12-028806-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de abril del 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014032292).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del cuatro de setiembre del dos mil catorce, y con la base de treinta y dos millones quinientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 793321. Marca Mercedes Benz. Categoría automóvil. Capacidad 7 personas. Año 2009. Color gris. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de veinticuatro millones cuatrocientos treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de octubre del dos mil catorce, con la base de ocho millones ciento cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Huabin Li. Exp. N° 12-100266-0642-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 4 de marzo del 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014032293).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del veintitrés de junio del dos mil catorce, y con la base de veintiséis millones sesenta y ocho mil novecientos tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 179225-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 01 San Vito, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Porfirio Cruz Hernández; al sur, Erick Willi Booz; al este, Roberto Rojas y Porfirio Cruz y al oeste, calle pública. Mide: veinticinco mil ciento sesenta y tres metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del ocho de julio del dos mil catorce, con la base de diecinueve millones quinientos cincuenta y un mil seiscientos setenta y ocho colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintitrés de julio del dos mil catorce, con la base de seis millones quinientos diecisiete mil doscientos veinticinco colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Costarricense de Electricidad contra Diego Alonso Arguedas López. Exp. N° 13-035208-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de mayo del 2014.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—(IN2014032294).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintidós de julio del dos mil catorce, y con la base de trescientos siete mil ochocientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 186173, marca Subarú, categoría automóvil, capacidad 5 personas, estilo GL10, color celeste, año 1987, carrocería Station Wagon o Familiar, motor de 1800 c.c. gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de agosto del dos mil catorce, con la base de doscientos treinta mil ochocientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil catorce con la base de setenta y seis mil novecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Omar Chavarría Arroyo contra Erich Gerardo Solano Villalobos. Exp. N° 13-005389-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 26 de marzo del 2014.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014032301).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas 381-04129-01-0900-001; condiciones, citas 38104129-01-0901-001; a las ocho horas y quince minutos del cuatro de julio de dos mil catorce, y con la base de seis millones ochocientos treinta y cinco mil seiscientos dos colones con noventa céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 209663-000; la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, resto de Marcos Villalobos y Rosario Ramírez; al sur, Heylin Villalobos Ramírez; al este, calle pública y al oeste, Luis Zúñiga Salas. Mide: Cuatrocientos ocho metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del veintiuno de julio de dos mil catorce, con la base de cinco millones ciento veintiséis mil setecientos dos colones con dieciocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del seis de agosto de dos mil catorce con la base de un millón setecientos ocho mil novecientos colones con setenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón R. L. contra Cristopher Villalobos Ramírez. Exp. N° 14-000078-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 11 de marzo del 2014.—Lic. Mónica Vásquez Valverde, Jueza.—(IN2014032303).

En la puerta de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas treinta minutos del ocho de julio de dos mil catorce, y con la base de seiscientos cincuenta y tres mil ciento noventa y nueve colones con 25/100, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 076142-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón primero de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 217; al sur, lote 215; al este, calle pública con seis metros noventa y nueve decímetros cuadrados y al oeste, lote 219. Mide: noventa y seis metros con diez decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Keilor Novoa Arias. Exp. N° 07-025239-0170-CA.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 20 de marzo del 2014.—Lic. Carlos Humberto Venegas Avilés, Juez.—(IN2014032307).

A las nueve horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cincuenta millones sesenta y dos mil seiscientos ochenta colones, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matricula folio real número ochenta y ocho mil cuatrocientos setenta y dos-cero cero cero, (88472-000), que es terreno para agricultura, sito en distrito cero dos Tárcoles del cantón once de Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con lote ocho, al este resto destinado a servidumbre agrícola con Coopemep R. L., al sur, lote seis y oeste Asociación Bali. Mide doce mil quinientos quince metros con sesenta y siete decímetros cuadrados, con la base de cuarenta y siete millones trescientos ochenta y nueve mil ochocientos colones, la finca matrícula folio real numero ochenta y ocho mil cuatrocientos setenta y tres-cero cero cero (88473-000), que es terreno para agricultura, sito en distrito cero dos Tárcoles del cantón once de Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con lote nueve, al este resto destinado a servidumbre agrícola con Coopemep R. L., al sur, lote siete y oeste Asociación Bali. Mide once mil ochocientos cuarenta y siete metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Con la base de cincuenta y dos millones ochocientos ochenta y seis mil cuatrocientos cuarenta colones, la finca partido de Puntarenas matricula folio real número ochenta y ocho mil cuatrocientos setenta y cinco-cero cero cero (88475-000), que es terreno para agricultura, sito en distrito cero dos Tárcoles del cantón once de Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Rancos Playa Baja Mar S. A., al este con Coopemep R. L., al sur, lote once y oeste resto destinado a servidumbre agrícola. Mide Trece mil doscientos veintiún metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Con la base de cincuenta y cuatro millones seiscientos quince mil seiscientos cuarenta colones, la finca matricula folio real numero ochenta y ocho mil cuatrocientos setenta y seis-cero cero cero (88476-000), que es terreno para agricultura, sito en distrito cero dos Tárcoles del cantón once de Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con lote diez, al este con Coopemep R. L., al sur, lote doce y al oeste con resto destinado a servidumbre agrícola. Mide Trece mil seiscientos cincuenta y tres metros con noventa y un decímetros cuadrados, con la base de cuarenta millones novecientos noventa y nueve mil cuatrocientos ochenta colones la finca matricula folio real número ochenta y ocho mil cuatrocientos setenta y siete-cero cero cero (88477-000), que es terreno para agricultura, sito en distrito cero dos Tárcoles del cantón once de Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, lote once, al este con Coopemep R. L., al sur, lote trece y al oeste con resto destinado a servidumbre agrícola. Mide diez mil doscientos cuarenta y nueve metros con ochenta y siete decímetros cuadrados, con la base de treinta y nueve millones novecientos setenta y cuatro ochocientos colones la finca partido de Puntarenas matricula folio real numero ochenta y ocho mil cuatrocientos setenta y ocho-cero cero cero (88478-000), que es terreno para agricultura, sito en distrito cero dos Tárcoles del cantón once de Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con lote doce, al este Coopemep R. L., al sur, lote catorce y resto reservado destinado a servidumbre agrícola y oeste Resto destinado a servidumbre Agrícola. Mide nueve mil novecientos noventa y tres metros con setenta decímetros cuadrados, con la base cuarenta y cinco millones quinientos cinco mil novecientos sesenta colones la finca matricula folio real ochenta y ocho mil cuatrocientos setenta y nueve-cero cero cero (88479-000), que es terreno para agricultura, sito en distrito cero dos Tárcoles del cantón once de Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, lote trece y resto destinado a servidumbre agrícola, al este con Coopemep R. L., al sur, lote quince y al oeste con resto destinado a servidumbre agrícola. Mide once mil trescientos setenta y seis metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados, con la base de veintinueve millones sesenta y dos mil ciento veinte colones la finca ochenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y cinco-cero cero cero (88485-000), que es terreno para agricultura, sito en distrito cero dos Tárcoles del cantón once de Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con lote tres al este con servidumbre agrícola, al sur, lote uno y oeste Asociación Bali. Mide siete mil doscientos sesenta y cinco metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados, con la base de cuarenta y cuatro millones seiscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos colones la finca matricula folio real numero ochenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y seis-cero cero cero (88486-000), que es terreno para agricultura, sito en distrito cero dos de Tarcoles del cantón once de Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con lote cuatro, al este Resto destinado a servidumbre Agrícola, al sur, lote dos y oeste Asociación Bali. Mide once mil ciento sesenta y un metros con quince decímetros cuadrados. Con la base cuarenta y siete millones trescientos cuarenta y cinco mil quinientos veinte colones la finca matricula folio real número ochenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y siete-cero cero cero (88487-000), que es terreno para agricultura, sito en distrito cero dos Tárcoles del cantón once de Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con lote siete, al este Resto destinado a servidumbre Agrícola, al sur, lote cinco y oeste Asociación Bali. Mide once mil ochocientos treinta y seis metros con treinta y ocho decímetros cuadrados, con la base de veinticinco millones seiscientos cuarenta mil colones la finca cincuenta y cinco mil trescientos siete-cero cero cero (55307-000), que es terreno para construir, sito en distrito primero de Jacó del cantón once de Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con calle publica y otro, al este lote 8D al sur, Océano Pacifico y otro y oeste con lote 10 y Océano Pacifico. Mide mil ochocientos doce metros con ocho decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de julio del dos mil catorce, con la base (rebajada en un 25%) para la finca 88472-000 con la base de treinta y siete millones quinientos cuarenta y siete mil diez colones, con la base de treinta y cinco millones quinientos cuarenta y dos mil trescientos cincuenta colones, la finca número ochenta y ocho mil cuatrocientos setenta y tres-cero cero cero 88473-000; con la base de treinta y nueve millones seiscientos sesenta y cuatro mil ochocientos treinta colones, la finca partido de Puntarenas matricula folio real número ochenta y ocho mil cuatrocientos setenta y cinco-cero cero cero (88475-000), con la base de treinta y cinco millones quinientos cuarenta y dos mil trescientos cincuenta colones, la finca 88476-000, de cuarenta millones novecientos sesenta y un mil setecientos treinta colones, la finca 88477-000 con la base de treinta millones setecientos cuarenta y nueve mil seiscientos diez colones, la finca 88478-000 con la base de veintinueve millones novecientos ochenta y un mil cien colones, la finca 88479-000 con la base de treinta y cuatro millones ciento veintinueve mil cuatrocientos setenta colones, la finca 88485-000 con la base de veintiún millones setecientos noventa y seis mil quinientos noventa colones la finca 88486-000 con la base de treinta y tres millones cuatrocientos ochenta y tres mil cuatrocientos cincuenta colones, la finca 88487-000, con la base de treinta y cinco millones quinientos nueve mil ciento cuarenta colones, la finca 55307-000 con la base de diecinueve millones doscientos treinta colones. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil catorce, para la finca la finca 88472-000 con la base de doce millones quinientos quince mil seiscientos setenta colones, la finca 88473-000 con la base de once millones ochocientos cuarenta y siete mil cuatrocientos cincuenta colones, la finca 88475-000 con la base de trece millones doscientos veintiún mil seiscientos diez colones, la finca 88476-000 con la base de trece millones seiscientos cincuenta y tres mil novecientos diez colones, la finca 88477-000 con la base de diez millones doscientos cuarenta y nueve mil ochocientos setenta colones, la finca 88478-000 con la base de nueve millones novecientos noventa y tres mil setecientos colones, la finca 88479-000 con la base de once millones trescientos setenta y seis mil cuatrocientos noventa colones, la finca 88485-000 con la base de siete millones doscientos sesenta y cinco mil quinientos treinta, la finca 88486-000 con la base de once millones ciento sesenta y un mil ciento cincuenta colones, la finca 88487-000 con la base de once millones ochocientos treinta y seis mil trescientos ochenta colones y la finca 55307-000 con la base de seis millones cuatrocientos diez colones. Publíquese el edicto de ley. Lo anterior por haberse ordenado así en Ordinario 05-100121-642-CI de José Elias Jiménez Vega contra Kamrai Agherdai.—Juzgado Civil de Puntarenas, 22 de abril del dos mil catorce.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—(IN2014032558).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de María Hilda Álvarez Solórzano, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 11-000440-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 24 de febrero del 2014.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—C-Exento.—(IN2014014452).

Se cita a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Arnoldo Carmona Sandí, quien fue mayor, casado, agricultor, vecino de Puriscal, cédula uno-cuatrocientos setenta y nueve-ciento sesenta y cinco, a una junta que se verificará en este Despacho, a las ocho horas treinta minutos del viernes veintisiete de junio del dos mil catorce, a efecto de conocer los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil. Sucesión Nº 13-100021-0197-CI.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, 13 de mayo de 2014.—Lic. Eunice Villalobos Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2014032572).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de María Rosa Alfaro Arias, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 10-003458-0857-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 18 de marzo del 2014.—Lic. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014030752).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000026-0678-CI-3 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Miguel Cano Barrios, quien es mayor, estado civil unión libre, vecino de Limón, Bananito Sur, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 155815993320, oficio jornalero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca con número de plano 7-1645584-2013, ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito segundo, cantón primero, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Róger Amador Román; al sur Greivin Jesús Rojas Villanueva; al este Reyes Gómez Guevara y al oeste Berta Irene Porras González. Mide: ciento noventa y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de la Empresa Bananera La Paz Sociedad Anónima, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y mantenimiento de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Miguel Cano Barrios. Exp.: 14-000026-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 14 de marzo del 2014.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—(IN2014030103).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000147-0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marvin Rodríguez Murillo, quien es mayor, estado civil divorciado, vecino de Bajo Rodríguez de Ángeles de San Ramón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-465-846, profesión agricultor. Hugo Harvey Rodríguez Murillo, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Bajo Rodríguez de Ángeles de San Ramón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-547-317, profesión agricultor. Midey Rodríguez Murillo, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Bajo Rodríguez de Ángeles de San Ramón, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-450-298, profesión comerciante. Nuria Lorena Rodríguez Murillo, quien es mayor, estado civil divorciada segundas nupcias, vecina de Bajo Rodríguez de Ángeles de San Ramón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-484-025, profesión ayudante de cocina. Cinthia Rodríguez Murillo, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecina de Bajo Rodríguez de Ángeles de San Ramón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-494-800, profesión ama de casa, a fin de inscribir a sus nombres y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es repastos con una casa y galerón. Situada en el distrito Ángeles, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hacienda Tilajari S. A.; al sur, Marcelino Chacón Ruiz; al este, Hacienda Tilajari S. A., Marco Tulio Angulo Rodríguez, Marvin Rodríguez Murillo, María Luisa Torres Pérez y al oeste, Danilo Méndez Cordero, Eliécer González Rodríguez, Elio Rodríguez Bolaños y Cecilia Salas Madriz. Mide: seis hectáreas mil novecientos catorce metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1583543-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de cien mil colones y el inmueble en la suma de treinta millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marvin Rodríguez Murillo. Exp.: 12-000147-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 15 de mayo del año 2014.—Licda. Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—(IN2014030105).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000022-0678-CI-3 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Santiago Álvarez Álvarez, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Limón, Bananito Sur, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-134-709, profesión jornalero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito segundo Valle La Estrella, cantón primero, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Mardonio Medina Campos; al sur, Emerito Díaz Chavarría; al este, Inmaculada Cubillo Sánchez y al oeste, José Luis Rivera Rivera. Mide: trescientos veintinueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de la Empresa Bananera La Paz Sociedad Anónima, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la limpieza y mantenimiento de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Santiago Álvarez Álvarez. Exp: 14-000022-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 14 de marzo del año 2014.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—(IN2014030111).

Mauricio Carvajal Badilla, cédula 6-330-302, mayor, soltero, agricultor, vecino de Santiago de Caracol Golfito, 500 metros al sur de la escuela, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: terreno: de cultivos agrícolas, deslindado en parte con cerca de alambre de púa de tres hilos postes vivos y muertos, y carriles a tres metros de ancho. Situado: distrito quinto Piedras Blancas, cantón quinto Osa de la provincia de Puntarenas. Mide: ciento sesenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y nueve metros cuadrados. Linda actualmente: norte, Mara Carmona Villegas, sur, Isaac Mejía Villalobos, este, quebrada en medio, Israel Carvajal Jiménez, calle pública con un frente a ella de doscientos veinticinco metros con setenta y dos decímetros, Cirilo Gómez Reyes, oeste, Isaac Mejía Villalobos. Plano catastrado número P-1625671-2012. Se estima el inmueble en la suma de cinco millones de colones, igual monto las diligencias. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el Registro. Notifíquese. Información posesoria 14-000034-419-AG (47-3-14) de Mauricio Carvajal Badilla.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial, Zona Sur, Corredores.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014030113).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000028-0678-CI-3 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jorge Agustín Beita Piña, quien es mayor, estado civil unión libre, vecino de Limón, Bananito Sur, portador de la cédula de identidad vigente número 6-223-063, oficio supervisor de calidad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca con número de plano 7-1639090-2013, ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito segundo, cantón primero, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Carlos Luis González Vargas; al sur, Iván Aniel Castrillo Zúñiga; al este Berta Irene Porras González y José Remigio Gutiérrez Cortés y al oeste, con calle pública con un frente a ella de dieciséis metros lineales y catorce centímetros lineales. Mide: trescientos seis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble Empresa Bananera La Paz S. A., y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y mantenimiento de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jorge Agustín Beita Piña. Exp.: 14-000028-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 14 de marzo del año 2014.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—(IN2014030118).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000024-0678-CI-3 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marvin Castillo Cisneros, quien es mayor, estado civil unión libre, vecino de Limón, Bananito Sur, portador de la cédula de residente permanente número 155805697621, oficio jornalero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca con número de plano 7-1640242-2013 ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito segundo, cantón primero, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Raimundo Gutiérrez Matarrita; al sur, Edvin Leonit Retana Castrillo; al este, Malvin Barrantes Barrantes conocido como Marvin Barrantes Barrantes y al oeste, con calle pública con un frente a ella de quince metros lineales y veintiún centímetros lineales. Mide: doscientos noventa y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de Empresa Bananera La Paz Sociedad Anónima, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y mantenimiento de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovido por Marvin Castillo Cisneros. Exp: 14-000024-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 14 de marzo del año 2014.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—(IN2014030132).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000072-0297-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Hacienda El Ángel Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-369722, domiciliada en San Francisco de Heredia, urbanización Aries, casa número 169, representada por Jafett Castro Herrera, mayor, casado una vez, empresario, cédula 5-223-308, vecino de San Francisco de Heredia, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno solar. Situado en el distrito Caño Negro, cantón Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de veintiún metros con veinte centímetros lineales; al sur, Natural Lodge de Caño Negro Sociedad Anónima; al este, JJ & Yarley S. A. y al oeste, Inés Rodríguez Duarte. Mide: cuatrocientos sesenta y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hiciera, Gilberto Aquino Pérez, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Calle Blancos de Goicoechea San José, casa número treinta y seis, urbanización El Encanto, cédula 8-052-341, a quien no me liga ningún parentesco, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en levantamiento de cercas, mantenimientos y limpieza de malezas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Hacienda El Ángel Sociedad Anónima. Exp. 14-000072-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 4 de abril del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014030474).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 08-100427-0297-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Joaquín Madrigal Ugalde quien es mayor, casado una vez, chofer, vecino de Río Cuarto de Grecia, de la entrada a La Laguna, 25 metros al norte, portador de la cédula 2-490-756, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno solar. Situada en el distrito sexto, cantón tercero de Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 07,65 metros; al sur, y oeste, Hernán Chacón Pérez; al este, Hoydeé Barrantes Rojas. Mide: ciento trece metros cuadrados según el plano catastrado número A-1484652-2011 de fecha 14 marzo 2011. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciere a Pedro Chacón Pérez, mayor, casado, chofer, cédula 4-116-087, vecino de Carrizal de Río Cuarto de Grecia, con quien no la liga parentesco, el 1° de noviembre de 2004, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, cercado del mismo y construcción de una vivienda. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por. Exp. 08-100427-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 25 de marzo del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014030539).

Thunder Bay S. A., domiciliada en San José, Barrio Los Yoses de la Agencia Subarú, doscientos metros al sur y veinticinco al este calle cuarenta y uno y cuarenta y tres, avenida diez, representada por su apoderado generalísimo Roy Elliot Cecchi, estadounidense, mayor, casado una vez, médico, vecino de Punta Mala, Osa, Puntarenas; establece diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: Terreno de montaña y potrero, sito en Punta Mala, distrito primero Cortés, cantón quinto de Osa, de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, Playa Tortuga S. A.; sur, Costanera Sur con un frente a ella de cincuenta y dos punto cuarenta y cinco metros lineales; este, Thunder Bay S. A.; oeste, José Virgilio Víquez Carvajal. Plano catastrado número P-1390470-2009, con una medida de setenta y ocho mil ochocientos cincuenta y siete metros cuadrados. Se estima el inmueble en la suma de siete millones de colones. Sobre el mismo no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no verifican. Exp. N° 11-000051-419-AG (Interno 61-1-11).—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, 09 de mayo del 2014.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014030747).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 01-001047-0504-CI que son diligencias de Información Posesoria promovidas por Manrique Araya Sánchez, mayor de edad, soltero, agricultor, vecino de Getsemaní de San Rafael de Heredia, cédula de identidad 4-142-576, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describe así: Naturaleza: terreno con una casa de habitación. Situada en Getsemaní, distrito 4° Los Ángeles, cantón 5° San Rafael, provincia: Heredia. Colinda: al norte, Flor María Montero Esquivel; al sur, calle pública con un frente de 10.87 metros lineales; al este, José Ruiz Montero y al oeste, Eduardo Naranjo González. Mide: ochenta y seis metros sesenta y dos decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y no tiene condueños. Que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, la cual se hizo en forma verbal, ya que el señor Bernando Araya Zárate, le cedió el inmueble y la posesión, sin que mediara documento alguno, hace alrededor de treinta años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción, habitación y mantenimiento de la casa, cuido del inmueble, cercado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Manrique Araya Sánchez. Exp.: 01-001047-0504-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Heredia, 02 de mayo del 2014.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(IN2014030826).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000002-0930-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Ana Marcela Gutiérrez Sánchez quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de San José, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0779-0328, profesión del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno de pasto natural para construir. Situada en el distrito cuarto, cantón sexto, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Marcela Gutiérrez Sánchez; al sur, Willy Nic Nuck; al este, Máximo Ángulo Aguilar y calle pública y al oeste, María de los Ángeles Cordero Céspedes. Mide: trescientos treinta y dos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Ana Marcela Gutiérrez Sánchez. Exp.: 14-000002-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 05 de mayo del 2014.—Msc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—(IN2014030875).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 12-000072-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Fernando Antonio Moreno Herrera; quien es mayor, estado civil casado dos veces, vecino de Cerbatana de Puriscal; 500 al sur, de la escuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0438-0058, profesión pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Pastos. Situada en el distrito segundo Mercedes Sur, cantón cuarto Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Quebrada en medio de Abel Moreno Mora, Sergio Moreno Herrera y José Moreno Garita; al sur, Lorena Morena Herrera, Cristina Quesada Chacón, Carmen Quesada Chacón, José Arias Quesada, William Arias Murillo y servidumbre; al este, Lillian Arias Mora y al oeste, Carmen Quesada Chacón y Cristina Quesada Chacón. Mide: dieciocho mil novecientos treinta y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1564364-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón ochocientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación realizada el 3 de abril del 2012, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 52 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapear la finca hacer cercas y cultivo de pasto.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Fernando Antonio Moreno Herrera. Exp. N° 12-000072-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 12 de mayo del 2014.—Dra. Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—(IN2014030982).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 12-000100-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Aurora Ramírez Rojas, quien es mayor, viuda, vecina de San Pedro de Turrubares, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-uno ocho cero-cinco siete tres, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público una Propiedad, cuyo terreno que se describen así: Fincas cuya naturalezas es de terreno para construir. Situada en el distrito San Pedro, cantón Turrubares, de la provincia de San José. La finca por inscribir perteneciente a la provincia de San José descrita en el plano SJ-1489926-2011 con una medida de veinte mil metros cuadrados con una naturaleza de terreno de potrero y que colinda al norte, con Enid Calderón Ramírez y sociedad El Camino del Sol Naciente S.A; al sur, con Aurora Ramírez Rojas; al este, con Inversiones el Camino del Sol naciente S.A; al oeste, con Enid Calderón Ramírez. Tal como lo indican el plano catastrado SJ-1489926-2011. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima el inmueble así como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones, cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra y venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de malezas, construcción y reparación de cercas, y siembra de pasto. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Aurora Ramírez Rojas. Exp. N° 12-000100-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 5 de mayo del 2014.—Dr. Carlos Alberto Bolaños Céspedes. Juez.—1 vez.—(IN2014030984).

Que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 12-101254- 0297-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Integral de San Isidro de Peñas Blancas de San Ramón, representada por Fabio Luis López Salazar quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Isidro de Peñas Blancas de San Ramón, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-179-969, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en San Isidro el distrito trece, Peñas Blancas, cantón Dos. San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Centro de Nutrición de San Isidro de Peñas Blancas; al sur, calle pública con un frente a ella de ciento diez metros con once centímetros lineales; al este, calle pública con un frente de cuarenta y siete metros con setenta y seis centímetros lineales y al oeste, calle pública con un frente de sesenta y nueve metros con setenta y seis centímetros lineales. Mide: Cuatro mil setecientos noventa y dos metros con veintiocho decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciere la Asociación Civil del Distrito de San Isidro de Peñas Blancas de San Ramón, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Asociación de Desarrollo Integral de San Isidro de Peñas Blancas de San Ramón. Exp. N° 12-101254-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 13 de marzo del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014031016).

Citaciones

Siendo que en esta notaría se está tramitando el proceso sucesorio testamentario notarial del señor Ricciotti Zoch Rigutti, quien fue mayor de edad, casado una vez, contador, domiciliado en San Francisco de Dos Ríos, San José, portador de la cédula de identidad número dos-doscientos ochenta y ocho-ochocientos veintiocho, fallecido el dos de abril de dos mil nueve, con fundamento en la norma jurídica del artículo quinientos veintinueve del Código Civil, en relación con la del novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión para que en el plazo de treinta días contados a partir desde la fecha de la publicación de este edicto concurran a hacer valer sus derechos apercibidos de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 0001-2014.—San José, trece de mayo de dos mil catorce.—Lic. Sergio Donato Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2014029802).

Siendo que en esta notaría se está tramitando el proceso sucesorio testamentario notarial del señor Carlos Enrique Zoch Zannini, quien fue mayor de edad, casado una vez, médico psiquiatra, domiciliado en Guayabos de Curridabat, portador de la cédula de identidad número uno-trescientos ocho-setecientos setenta y uno, fallecido el primero de octubre de dos mil doce, con fundamento en las normas jurídicas de los artículos quinientos veintinueve del Código Civil y novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión para que en el plazo de treinta días contados a partir desde la fecha de la publicación de este edicto concurran a hacer valer sus derechos apercibidos de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 0002-2014.—San José, catorce de mayo de dos mil catorce.—Lic. Sergio Donato Calderón, Notario.—1 vez.—(IN2014029804).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, solicitada por Elsa del Carmen Jackson Grant, Mayra María Jackson Grant y Edwin Alberto Jackson Grant, a las diez horas del diez de mayo del dos mil catorce, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: Roberto Rafael Pablo Jackson Grant, quien en vida fuera mayor de edad, soltero, pensionado, vecino de San José, San Sebastián, Las Margaritas, de la Iglesia Católica cien metros sur, doscientos metros oeste, cien metros norte y setenta y cinco metros oeste, casa doscientos treinta y seis, con cédula de identidad número: siete-cero cuatro uno-seis uno tres, quien falleció el veintisiete de febrero del dos mil doce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, expediente que se tramita bajo el número: 0001-2014. Notaría del Lic. Isidor Asch Steele, con oficina en San José, San Pedro, Barrio Dent, del INEC cien metros al sur en el Bufete Echeverría, teléfono: 8712-11-14.—Lic. Isidor Asch Steele, Notario.—1 vez.—(IN2014029865).

Por escritura número doscientos diecinueve otorgada ante el notario Víctor Hugo Fernández Mora, a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil catorce, se ha solicitado el inicio del proceso sucesorio ad intestado de quien en vida fuera Luis Arturo Sanabria Rojas, quien fue ingeniero agrónomo, casado una vez, portador de la cédula de identidad número tres-cero dos dos cero-cero cuatro seis cuatro, vecino de Cartago, La Unión, San Rafael, Urbanización Sierras de La Unión, casa número L cuatro B, se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen a esta notaría, en defensa de sus derechos, ubicada en San José, San Pedro, Los Yoses, trescientos metros sur, cien metros oeste y veinticinco metros norte de Automercado, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieran la herencia pasará a quien en derecho corresponda, en caso de oposición, se pasará al Juzgado que corresponda, por lo que se les previene señalar lugar dentro del perímetro judicial de San José, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que si el lugar señalado fuera incierto, impreciso o no existiere, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas por el solo trascurso de veinticuatro horas después de dictadas.—San José, 18 de marzo de 2014.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014030016).

Se hace saber a los interesados que en la notaría, sita en Limón, Pococí, Cariari, San Francisco, Calle Ocho, Los Laureles, 750 metros sur, y 75 este de la entrada, se tramita sucesión de: Lidia López López, cédula: 8-062-443, para que en el plazo de 30 días, a partir de la publicación del edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, de no presentarse interesados se procederá a la adjudicación correspondiente. Expediente número: 0001-2012. Correo electrónico: jimenezyviales@gmail.com.—Cariari, Pococí, 14 horas del 13 de mayo de 2014.—Lic. Giovanni Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—(IN2014030022).

Se emplaza a los legatarios, herederos, acreedores y demás interesados en la sucesión intestada-extrajudicial de quien en vida se llamó Omar Aguilar Oses, cédula de identidad dos-cero doscientos veintinueve-cero doscientos cincuenta y uno, quien era mayor, casado una vez, pensionado, quien era vecino San Rafael Abajo de Desamparados, de la entrada principal barrio Los Ángeles, 100 metros oeste y 50 metros al sur, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de éste edicto, se apersonen ante ésta notaría, situada en San José, avenida 10, entre calles 33 y 35, costado este de la residencia del Embajador de Venezuela, Bº Francisco Peralta, Montes de Oca, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si así no lo hicieren dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de tercero de mejor o igual derecho. Expediente Nº 0001-2014.—San José, 21 de abril del 2014.—Lic. Alberto Francisco Alfaro Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014030060).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Matilde Matarrita Matarrita, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero cuarenta y siete-dos nueve siete, vecina de Barrio Carazo de Copal de Nicoya, un kilómetro al norte y quinientos metros al este de la escuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000058-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 01 de abril del año 2014.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—(IN2014030116).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron Antonia Mercedes Gutiérrez Leal, mayor, casada una vez, de oficios domésticos, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero diez-doce cuatro siete, y vecina de Marbella de Santa Cruz, Guanacaste, costado oeste de la plaza de deportes del lugar, y Pío Angulo Zúñiga c. c. Jesús Angulo Zúñiga, mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número cinco-cero veintidós-dos nueve tres dos, y vecino de Marbella de Santa Cruz, Guanacaste, costado oeste de la plaza de deportes del lugar. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000089-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 09 de mayo del año 2014.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—(IN21014030117).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Cindy Marcela Herrera Madrigal, mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad 2-0498-0162 y vecina de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000022-0638-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de febrero del 2014.—MSc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2014030480).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio acumulado de quien en vida se llamó Teresa Doris Abarca Chacón mayor, viuda, ama de casa, vecina de Sabanilla de Alajuela y con cédula de identidad 6-113-209; y Rodrigo Chaves Arce, mayor, casado, pensionado, vecino de Sabanilla de Alajuela, y con cédula de identidad 2-258-571. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000602-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de julio del 2013.—Lic. Wendy Martínez Garbanzo, Jueza.—1 vez.—(IN2014030486).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Steven Lee Ball, mayor, casado, empresario, vecino de Orotina, Mastaste, de nacionalidad estadounidense, pasaporte de su país número P 401263660. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 11-001963-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de abril del 2014.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2014030545).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión acumulada de Santiago Manuel Sandoval Valladares, mayor, casado una vez, albañil, cédula de identidad tres-ciento siete-cuatrocientos setenta y cuatro, y María de los Ángeles Naranjo Miranda, mayor, casada una vez, del hogar, ambos vecinos de Desamparados, San Antonio, Ciudadela Río Damas casa número 11, cédula de identidad 1-260-003, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp.: N° 13-100148-0217-CI. Sucesión acumulada de Santiago Manuel Sandoval Valladares y María de los Ángeles Naranjo Miranda.—Juzgado Civil y de Trabajo de Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 02 de setiembre del 2013.—MSc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014030767).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Rafael Pérez Morales, mayor, casado una vez, vecino de Cariari, cédula de identidad 5-071-625. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000680-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de marzo del 2014.—MSc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—(IN2014030822).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Sol Ángel Benavides Blanco cc Sury Benavides Blanco, mayor, soltera, comerciante, costarricense, con cédula de identidad 0203630990, vecina de Ciudad Quesada. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000403-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 27 de marzo del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014030886).

Se cita y emplaza a los posibles interesados en el sucesorio ad-intestato de quien en vida fue Juan Miguel Ledezma Araya a efecto en el plazo de treinta días contabilizados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen a mi oficina, situada en el cantón de Palmares, provincia de Alajuela cincuenta metros al norte de la esquina noreste del parque, a hacer valer sus derechos. De no presentarse reclamo alguno la herencia pasará a quienes corresponda según la normativa legal. Palmares, a las diecisiete horas del día diecinueve de mayo del año dos mil catorce.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014030951).

Se cita y emplaza a los posibles interesados en el sucesorio ab intestato de quien en vida fue Marco Vinicio Sancho Castro a efecto en el plazo de treinta días contabilizados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen a mí oficina, situada en el cantón de Palmares, provincia de Alajuela cincuenta metros al norte de la esquina noreste del parque, a hacer valer sus derechos. De no presentarse reclamo alguno la herencia pasará a quienes corresponda según la normativa legal. Palmares, a las dieciséis horas del día dieciséis de mayo del dos mil catorce.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014030961).

Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Toribia Celsa Péres Moray, ciudadana costarricense, mayor, viuda, comerciante, cédula de residencia 05-0070-0285, vecina de San José, Barrio Los Ángeles, CC/Toribi Pérez Moráis. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sin no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000052-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil Mayor Cuantía, San José, 5 de mayo del 2014.—Lic. Elio José Campos López, Juez.—1 vez.—(IN2014030988).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Filiberto Villalobos Pacheco, a las doce horas del veintidós de abril del dos mil catorce, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera: Mario Sáenz Vargas, mayor, cédula de identidad número uno-cinco cinco ocho-cuatro dos cinco, soltero, misceláneo, vecino de San José, Aserrí, detrás de la Iglesia Católica, Urbanización Piamente, fallecido el veintisiete de marzo del dos mil catorce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de Marianella Mora Barrantes, sita Zapote, de la Casa Presidencial seiscientos metros oeste y trescientos metros norte. Grupo Jurídico Especializado. Teléfono: 2234-6710.—Lic. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014031033).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera: Jorge Delgado Abarca, mayor, cédula de identidad número seis-cero veinte-trescientos sesenta y tres, soltero en unión de hecho, constructor, quien falleció en el Hospital Monseñor Sanabria, Puntarenas, el día veintiuno de abril del dos mil uno, vecino de El Progreso, veinticinco metros sur de Panadería Elizondo, El Roble, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos, se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que de no atender este llamado dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 002-2014. Notaría de la Lic. Yadira Correa Martínez, notaria pública, situada en Residencial Los Corales, casa 44, San Isidro, Puntarenas.—Lic. Yadira Correa Martínez, Notaria.—1 vez.—(IN2014031175).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eugenie Daisy Murillo Sotela, cédula de identidad número cinco cero uno cero uno cero siete cinco uno, casada dos veces, en vida fue vecina de Guadalupe, de la entrada principal de Novacentro cien metros norte, ciento cincuenta este, calle pública, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina, sita en San José, Calle Blancos, Urbanización El Encanto primer etapa casa 27, teléfono: 8711-7370, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 004-2014. Notaría de la Lic. Jeannette Badilla Madrigal.—San José, veintiuno de mayo del dos mil catorce.—Lic. Jeannette Badilla Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2014031180).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera: Digna Adoración Obando Álvarez, cédula N° 3-0069-0457, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponde. Notaría Bufete Rodríguez, 300 metros oeste y 50 sur de la oficina de Correos de Heredia. Expediente N° 3-14.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—(IN2014031211).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera: Evert Antonio Toleda Mena, cédula de residencia N° 155811765118, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponde. Notaría Bufete Rodríguez, 300 metros oeste y 50 sur de la oficina de Correos de Heredia. Expediente N° 3-14.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—(IN2014031214).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera: Senay Quesada Álvarez, cédula N° 5-215-363, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponde. Notaría Bufete Rodríguez, 300 metros oeste y 50 sur de la oficina de Correos de Heredia. Expediente N° 3-14.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—(IN2014031216).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera: Víctor Manuel Sánchez Salas, cédula N° 4-0106-1479, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponde. Notaría Bufete Rodríguez, 300 metros oeste y 50 sur de la oficina de Correos de Heredia. Expediente N° 2-14.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—(IN2014031218).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera: María Cecilia Rojas Sánchez, cédula N° 4-0081-0876, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponde. Notaría Bufete Rodríguez, 300 metros oeste y 50 sur de la oficina de Correos de Heredia. Expediente N° 3-14.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—(IN2014031219).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera: Luis Alberto Rodríguez Serrano, cédula N° 2-293-538, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponde. Notaría Bufete Rodríguez, 300 oeste y 50 sur de las oficinas de Correos de Costa Rica de Heredia.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—(IN2014031244).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión extrajudicial de Salvadora Caralampia Villegas Jiménez, quien fuera mayor, costarricense, casada una vez, de oficios del hogar, cédula número cinco-cero uno cero ocho-cero uno uno tres, cuyo último domicilio fue de la Johnson quinientos metros oeste y cien metros norte, Lomas de Pavas, San José; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en el Bufete Sánchez, ubicado en Guayabo, Bagaces, Guanacaste, trescientos metros sur y setenta y cinco al este del Redondel; en resguardo de sus derechos, apercibidos los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo aquélla pasará a quien corresponda. Juicio sucesorio extrajudicial. Expediente N° 0002-2014-Suc.—Bagaces, 18 de mayo del 2014.—Lic. Guiselle Sánchez Solórzano, Notaria.—1 vez.—(IN2014031262).

Mediante escritura de apertura otorgada ante esta notaría por Alexander Soto Guzmán, a las trece horas del tres de abril del dos mil catorce, y comprobando el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: Theodore Kop Jurgens, quien era mayor, casado una vez, empresario, vecino de Escazú, del Centro Comercial Paco, doscientos cincuenta metros sur, con cédula de identidad número: ocho-cero cero tres cero-cero uno uno tres, fallecido el día dieciocho de noviembre de mil novecientos ochenta y siete, en San Rafael de Escazú. Se cita y se emplaza a todos los interesados para que en el plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Lic. Alexander Soto Guzmán, con oficina en San Francisco de Dos Ríos, doscientos cincuenta metros sur del edificio Lachner y Sáenz, con teléfono número dos dos dos seis cero cero nueve dos.—San José, 20 de mayo del 2014.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2014031319).

Por escritura otorgada el día veintiséis de agosto del dos mil trece, ante el suscrito notario, compareció Samantha Córdoba Miller, a solicitar la apertura del sucesorio ab intestato de Juan Rafael Córdoba Mora, cédula número uno-cuatrocientos ochenta y siete-doscientos setenta, vecino de Paso Ancho de San José, quien fue mayor, viudo una vez, profesor, costarricense. Por el término de treinta días a partir de su publicación, se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores en general y a todos los interesados en la presente sucesión, para que dentro de este término se apersonen ante mi despacho, ubicado en San José, Curridabat, de Mc Donalds Plaza del Sol, cuatrocientos metros al sur y cincuenta metros al oeste, última casa a mano derecha, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no la hicieren, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Sucesión extrajudicial-notarial. Expediente N° NRGC-006-2013. Bufete Roberto Gourzong Cerdas y Asociados.—San José, 27 de agosto del 2013.—Lic. Roberto Gourzong Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2014031349).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Jaime Granados Giralt, quien en su vida fue mayor de edad, casado una vez, ingeniero eléctrico, vecino de Cartago, exactamente en Residencial González Angulo, primera etapa, ciento veinticinco metros al sur de la entrada principal, sector “Geranios”, número catorce, cédula de identidad número tres-ciento cincuenta y tres-quinientos cincuenta y siete, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; del mismo modo se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número: cero cero uno-dos mil doce. Notaría del Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, notario público.—Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, Notario.—1 vez.—(IN2014031353).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Guillermo Cruz Patiño, quien en su vida fue mayor de edad, soltero, estudiante, vecino de Cartago, exactamente en avenida segunda, calles seis y ocho, cédula de identidad número tres-cero cero cinco-cero cero diez, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; del mismo modo se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número: cero cero uno-dos mil doce. Notaría del Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, Notario Público.—Lic. Esteban Francisco Troyo Dittel, Notario.—1 vez.—(IN2014031354).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Héctor Adolfo Cruz Molina, quien en su vida fue mayor de edad, casado una vez, economista, vecino de Cartago, exactamente trescientos metros al norte y veinticinco metros al este, de la esquina noroeste del edificio de los Tribunales de Justicia, cédula de identidad número tres-ciento noventa y dos-trescientos ocho, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; del mismo modo se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número: cero uno-dos mil catorce. Notaría del Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario Público.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014031355).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Víctor Ramón Vindas Pérez, mayor, casado una vez, pensionado vecino de Pénjamo de Florencia, San Carlos, doscientos metros al oeste de la cancha de fútbol, con cédula de identidad número cinco-cero noventa y ocho-novecientos setenta y uno; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 2014-0001-AJNC. Notaría de la Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Ciudad Quesada, San Carlos, Barrio Baltazar Quesada, veinticinco metros al norte, cien metros al oeste y veinticinco metros al norte del abastecedor El Vicero.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2014031389).

En la notaría del Lic. Filimón Ponce López, con oficina abierta en Santa Cecilia, La Cruz, Guanacaste, se gestionó la apertura del sucesorio ab intestado, siendo la causante Aura Estela Oporta Montiel, con cédula de residencia número ciento cincuenta y cinco-ochocientos once-seiscientos diecisiete-cero veintiocho, vecina de Santa Cecilia, La Cruz Guanacaste, de los Corrales Negros trescientos metros al norte, lo promueven Félix Antonio Oporta Prado, mayor, agricultor, cédula de residencia número doscientos setenta-ciento quince-ciento treinta y nueve-cincuenta cuatrocientos treinta y tres, vecino de Santa Cecilia, La Cruz Guanacaste, de los Corrales Negros trescientos metros al norte, actuando como viudo de la difunta ha nombrado a Ángela del Carmen Montiel Romero, mayor, ama de casa, vecina de Santa Cecilia, La Cruz, Guanacaste, de los Corrales Negros trescientos metros al norte como albacea. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que esta sucesión se realice, está en la obligación de manifestarlo en esta notaría dentro de los treinta días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 2014-02. Notaría del Lic. Filimón Ponce López, Santa Cecilia, La Cruz, Guanacaste.—Santa Cecilia, La Cruz, 19 de mayo del 2014.—Lic. Filimón Ponce López, Notario.—1 vez.—(IN2014031400).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día once de marzo del dos mil catorce, se dio la apertura el expediente número cero cero tres-dos mil catorce, que es proceso sucesorio notarial, de quien en vida fuera: Esperanza de la Trinidad Marín Quesada, quien fue mayor, divorciada, cédula de identidad número tres-ciento seis-setecientos cincuenta y nueve; quien falleció en Turrialba, Cartago, el día veintisiete de enero del dos mil catorce, según consta en el Registro Civil, Sección Defunciones del partido de Cartago, al tomo: ciento setenta y seis, folio: trescientos diecisiete, asiento: seiscientos treinta y tres. Se cita a todos los interesados dentro del plazo de ley, apersonarse al presente proceso a hacer valer sus derechos.—Turrialba, once de marzo del dos mil catorce.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014031406).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión acumulada de Róger Chaves Moreno, quien fue mayor, soltero, comerciante, vecino de San José, San Sebastián, cincuenta norte y cincuenta oeste de la iglesia católica, cédula número uno-cero quinientos seis-cero cero cincuenta y siete, fallecido el día once de abril de dos mil catorce, y de Marina Moreno Rivera, quien fuera mayor, viuda una vez, vecina de San José San Sebastián, cincuenta norte y cincuenta oeste de la Iglesia Católica, cédula de identidad número uno cero doscientos cuarenta y dos-cero seiscientos veintisiete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2014.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014031448).

Por escritura otorgada en esta notaría a las quince horas y cincuenta minutos del doce de mayo de dos mil catorce compareció Georgina Chacón Chaves, cédula dos-doscientos treinta-ciento ochenta y cuatro a solicitar la apertura en sede notarial del proceso sucesorio testamentario de Sergio Chacón Carvajal, cédula dos-ciento cinco-ochocientos cincuenta y ocho y comprobado su fallecimiento se declara abierto el mismo v se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de esta publicación comparezcan a esta notaría sita en Alajuela Naranjo frente a Clínica de Especialidades Médicas San Gerardo a hacer valer sus derechos.—Naranjo, catorce de mayo de dos mil catorce.—Lic. Analive Matamoros López, Notaria.—1 vez.—(IN2014031458).

Por escritura otorgada en esta notaría a las once horas y treinta minutos del veintiuno de mayo de dos mil catorce compareció Luis Antonio Fortis, siendo Luis Antonio su nombre y Fortis su único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, cédula de residente uno-ocho cuatro cero cero cero uno cero tres uno uno cinco, como apoderado generalísimo sin límite de suma de Sarela María Ulloa Lacayo, cédula uno-cinco ocho dos-nueve cero tres a solicitar la apertura en sede notarial del proceso sucesorio testamentario de Julieta Lacayo Araya, cédula tres-ciento veinticinco-cero diecinueve y comprobado su fallecimiento se declara abierto el mismo y se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de esta publicación comparezcan a esta notaría sita en Alajuela Naranjo frente a Clínica de Especialidades Médicas San Gerardo a hacer valer sus derechos.—Naranjo, veintiuno de mayo de dos mil catorce.—Lic. Analive Matamoros López, Notaria.—1 vez.—(IN2014031460).

Se hace saber que en esta Notaría se tramita el proceso sucesorio intestado en sede notarial de quien en vida fue María Eduviges González Prado, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Guanacaste, Tilarán, Cerro San José, finca de Irene Rodríguez, cédula de identidad número dos-cero trescientos dos-cero trescientos setenta. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que desato del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en Alajuela, calle 10, avenidas central y primera, en Centro Comercial Jorge Ávila, local número once, teléfono 2443-04-92, a hacer valer sus derechos, con apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2014, sucesorio intestado de María Eduviges González Prado.—Alajuela, 14  de mayo del 2014.—Lic. María Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—1 vez.—(IN2014031475).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de quien en vida fue Patrocinio Mora Prado conocido como Patrocinio Picado Mora, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San José, San Jerónimo de Acosta, de la escuela, con cédula de identidad número uno-ciento sesenta y dos-doscientos veinte, quien falleció el día seis de enero del año dos mil ocho, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta notaría, ubicada en San José, Central, Catedral, Barrio Francisco Peralta, cien metros al norte de la Casa Italia, frente al I.M.A.S, edificio AB&P, apercibimos de que si no lo hicieren dentro del plazo dicho, la herencia pasara a quien corresponda. El albacea realizó las manifestaciones establecidas en el artículo novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil, mediante escritura pública número noventa y seis, otorgada ante esta Notaría a las catorce horas del día veintiocho de febrero del año dos mil catorce, mediante la cual se solicitó la apertura de este sucesorio en sede notarial. Expediente Nº 0001-2014-H.C.L.—San José, veintiuno de mayo del dos mil catorce.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—(IN2014031485).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de Pricila Lucas Bolívar, y quien fue mayor, soltera, enfermera, vecina de Barrio Los Corales de Limón, con cédula de identidad número 7-146-203, fallecida el 17-12-2009, para que en el plazo de treinta días contados a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los interesados que si no se presentan en dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2014. Lic. Darwin Williams Anglin, ubicado 25 metros al oeste de los Tribunales de Limón.—Limón, 4 de abril del 2014.—Lic. Darwin Williams Anglin, Notario.—1 vez.—(IN2014031500).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso de quien fuera Carmen Alcócer Estrada, mayor, soltera, del hogar, cédula seis-ciento diecisiete-cero ochenta y seis y vecina del Veinte de Noviembre, Puntarenas para que dentro del plazo de treinta días se apersones a hacer valer sus derechos y se apercibe a las que crean tener calidad de herederos que si no se apersone en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Ante notaría Evangely María Pérez Campos, Puntarenas centro veinticinco este de la Casa de la Cultura, número de sucesorio 14-02.—Lic. Evangely María Pérez Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2014031546).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Julio Ramón Ciezar Cid, quien era mayor, soltero, agricultor, vecino de Dos Ríos de Upala, Alajuela, quinientos metros al sur de la Escuela Asentamiento La Jabalina, cédula de identidad número cinco-ciento diecinueve-ciento ochenta y uno, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2014. Notaría de la Licenciada Evelyn Hernández Dormond situada en Limón, Siquirres, del Registro Civil ciento cincuenta metros al oeste.—Lic. Evelyn Hernández Dormond, Notaria.—1 vez.—(IN2014031555).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de quien en vida fuera Daisy Loría Colombari, mayor, viuda una vez, ama de casa, portador de la cédula de identidad número uno-dos dos dos-siete seis tres, vecina del mismo domicilio ya indicado, quien falleció el día veintitrés de abril de dos mil catorce, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, ante esta notaría, sita en San José, San Francisco de Dos Ríos de la esquina sureste del Parque Okayama cien metros al sur y veinticinco metros oeste, o por medio del facsímil número dos dos uno nueve cero dos cinco cero, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia, pasará a quien corresponda. Expediente cero cero uno-dos mil catorce.—San José, a las trece horas del doce de mayo del dos mil catorce.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2014031558).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 16 de abril del 2014, y por así haberlo solicitado una de las presuntas herederas, la señora Judith Lynn Halva, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Lawrence Joseph Moravec, quien fue mayor de edad, casado, estadounidense, residente de diez mil ciento noventa, calle Flanders noreste, Blaine, MN Estados Unidos de América, Minnesota, cincuenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y nueve, Estados Unidos de América, retirado, quien fue portador del pasaporte de su país número cuatro tres cinco ocho tres cuatro cero nueve ocho, anteriormente con pasaporte número uno cinco cinco tres seis tres siete siete cinco. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Fernán Pacheco Alfaro, ubicada en San José, San Francisco de Goicoechea, Barrio Tournón, frente al parqueo del Centro Comercial El Pueblo, edificio Facio y Cañas. Teléfono 2256-5555.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2014031568).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Freddy Chaves Morera, cédula uno-mil novecientos setenta y uno-cero cero uno, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación comparezcan a reclamar sus derechos, se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2014.—Lic. Fabio Hernández Flores, Notario.—1 vez.—(IN2014031613).

Por escritura número ciento seis del tomo dos de mi protocolo, otorgada a las doce horas diecisiete minutos del veintidós de mayo del dos mil catorce, se ha otorgado el  acta de apertura del proceso sucesorio notarial testamentario del señor Héctor Gerardo González Vega, mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número uno-trescientos sesenta y nueve-trescientos sesenta y nueve y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio notarial testamentarios de quien en vida fuera Héctor Gerardo González Vega. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Carlos Manuel Gómez Morales, sita en San José, San Juan de Tibás costado oeste del parque,  teléfono dos dos cuatro cero cuatro seis cero tres o siete uno cero cuatro siete dos dos siete.—Lic. Carlos Manuel Gómez Morales, Notario.—1 vez.—(IN2014031652).

Se hace saber que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio de José Ángel Mena Camacho, quien era, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Isidro de Tejar de El Guarco Cartago, portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos cuatro-doscientos cuatro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a quienes crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2014.—21 de mayo del 2014.—Lic. Rodolfo Camacho Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014031685).

Se hace saber: que en esta notaría, se tramita el proceso sucesorio conjunto de quienes fueran cónyuges entre sí, Juan Araya Guillén, mayor, casado una vez, agricultor, cédula 3-080-949 y María Daisy Chaves Coto, mayor, casada una vez, del hogar, cédula 3-094-021, ambos vecinos de Orosi de Paraíso de Cartago. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo improrrogable de treinta días contados a partir de su publicación, comparezcan a hacer valer sus derechos, con apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonaren dentro del plazo otorgado, aquella pasará a quien corresponda. Para recibir notificaciones, oficina en Cartago, 100 metros al oeste y 25 al norte de la esquina suroeste de los Tribunales de Justicia. Expediente Nº 2014-0003-OERB. Notaría Bufete del Lic. Óscar Eduardo Rodríguez Bonilla.—Lic. Óscar Eduardo Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2014031690).

Se tiene por establecido el presente proceso sucesorio, del señor que en vida se llamó Willie Humberto Flores Alfaro, quien era portador de la cédula de identidad tres cero doscientos noventa y tres cero cero cero seis, el cual falleció el tres de agosto de mil novecientos noventa y siete. Se declara abierta su sucesión. Se emplaza a todos los interesados por el plazo de treinta días para que se apersonen al proceso, mismo que se tramita en actividad judicial no contenciosa ante el notario Lic. Wálter Martínez Ceciliano, con oficina en Cartago, cien metros peste y ciento setenta y cinco sur de la esquina sur oeste de los Tribunales de Justicia de Cartago.—Cartago, diez de mayo del dos mil catorce.—Lic. Wálter Martínez Ceciliano, Notario.—1 vez.—(IN2014031693).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor José Armando León Jirón, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. A su vez, se comunica a la señora María Pastora León Jirón, madre del citado menor, que dicho proceso se tramita en este Juzgado, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia de Los Chiles, donde solicita el deposito del menor José Armando León Jirón, por lo que se le concede el plazo de tres días, contados a partir de la última publicación, para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N° 13-400138-0924-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a las quince horas y cuarenta y un minutos del cinco de marzo de dos mil catorce.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—(IN2014029884).                               3 v. 2

Lic. Marjorie Salazar Herrera, cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor (incapaz) Alexa Barrantes Cubero, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 14-000163-0687-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia de Grecia, a las ocho horas con cuarenta y siete minutos del trece de marzo del dos mil catorce.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Juez.—(IN2014029895).                                          3 v. 2

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor (incapaz) Diana Molina Pérez y Susana Molina Pérez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 11-000034-0869-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), 23 de abril del 2014.—Msc. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.—Exento.—(IN2014030935).                                      3 v. 1.

Se emplaza a todos los interesados, en el proceso de reposición de acciones de Centro Educativo Privado de Cañas Sociedad Anónima que realiza Javier Villafuerte Ramírez, mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de Cañas, cédula de identidad número cinco-ciento cuarenta y ocho-mil ciento veintidós (5-0148-1122), para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho, de que si no se presentan en el plazo citado, se resolverá lo que corresponda. Expediente N° 14-100001-0927-CI (1-4-2014)-A. Solicitud de reposición de acciones de Javier Villafuerte Ramírez contra Centro Educativo Privado de Cañas S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Cañas, Guanacaste, 30 de abril del 2014.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—(IN2014031116).                                                                                              3 v. 1. Alt.

Licenciado Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez del Juzgado de Familia de Cartago, hace saber que en proceso insania, establecido por María de los Ángeles Pereira Solano, insano Juan Enrique Pereira Solano, se ordena notificar edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. Cartago, a las trece horas del once de marzo del año de dos mil catorce. Resultando I.—… II.—… III.—…. Considerando: I.—… II.—… III.—… IV.—…V.—… Por tanto: de conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 796, 797, 842, 828, y 829 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil, 233, 236, 239, 242, 202, 204, 230 siguientes y demás concordantes del Código de Familia, el presente proceso de actividad judicial no contenciosa de insania, incoado por María de los Ángeles Pereira Solano, se falla de la siguiente forma: a. Se declara el estado de interdicción del señor Juan Enrique de los Ángeles Pereira Solano. b. Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá inscribirse en el Registro Público, Sección de Personas y Sección de Propiedad, así como en el Registro Civil, al tomo número doscientos sesenta y dos (0262), folio o página número cuatrocientos ochenta y ocho (0488), asiento número novecientos setenta y cinco (0975), Sección de Nacimientos, provincia de Cartago (03). c. Se nombra como curadora del incapaz, a María de los Ángeles Pereira Solano, a quien se le previene comparecer a aceptar y jurar el cargo dentro de tercero día, o a exponer el motivo de excusa que tuviere. d. La curadora designada deberá levantar un inventario de todos los bienes del inhábil en el plazo de treinta días contados a partir de la aceptación del cargo. e. Con el fin de que la curadora represente a la incapaz, en los asuntos judiciales en los que se este se halle interesado, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. f. Una vez que la curadora presente el inventario y el avalúo de todos los bienes de la incapaz, se le ordenará que garantice las resultas de su administración. g. La garantía se puede rendir mediante depósito en dinero efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o bonos del Estado sus instituciones, apreciados estos últimos en su valor comercial, según certificación de un corredor jurado. h. El cargo de curadora lleva implícito el deber de representarlo legalmente y administrar sus bienes. Igualmente, es obligación de la curadora cuidar que el incapaz adquiera o recobre su capacidad mental. i. Las costas de este trámite son a cargo del patrimonio del inhábil. j. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 332 del Código de Familia, publíquese el edicto de ley. Hágase saber. Lo anterior en expediente 12-000279-0346-CI que es proceso de insania.— Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—(IN2014030107).

Se pone en conocimiento a todos los interesados que en este Despacho, se dio curso a las diligencias de declaratoria de insania, promovidas por Delia María González Aguirre, a favor de la señora Dora Eneida Aguirre Aguirre, mayor de edad, viuda, vecina de Barrio Cacao, Batán, Matina, Limón, portadora de la cédula de identidad 06-0056-0768, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación del edicto, se apersonen a este despacho formulando sus oposiciones mediante escrito, en el que expondrán los motivos de su disconformidad, con indicación expresa de la prueba en que se fundamenta su oposición. Exp: 14-000168-1152-FA (4).—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 13 de mayo del año 2014.—Licda. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—(IN2014030134).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Daniel David Abarca Blanco, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Álvaro Martín Abarca Obando. Expediente número 14-000707-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 06 de mayo del año 2014.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—(IN2014030135).

A la señora Martha Poveda Suárez así como a los señores Eugenio Obando Téllez y José María Rocha Dávila se les informa que en el Juzgado de Familia de Grecia, sumaria número 11-000658-0687-FA, se dictó la sentencia número 590-13 de las catorce horas treinta y un minutos del día cuatro de diciembre de dos mil trece, mediante la que literalmente se dispuso lo siguiente: Por tanto. Se acoge con lugar la demanda establecida por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de la señora Martha Poveda Suárez así como de los señores José María Rocha Dávila y Eugenio Obando Téllez. Consecuentemente, se declara formalmente en estado de abandono a las personas menores de edad Miriam Rubí Poveda Suárez, Nubia Lisbet Rocha Poveda y Clara Isabel Obando Suárez conocida como “Clara Isabel Obando Poveda”, de parte de su progenitora común doña Martha así como de sus progenitores (de las dos últimas) don José María y don Eugenio, esto con extinción de la autoridad parental a todos los accionados con respecto a sus citadas hijas. Se ordena depositar judicialmente a Miriam Rubí, Nubia Lisbet y Clara Isabel a cargo de la señora María Isabel Suárez González, quien deberá presentarse a los autos para aceptar el cargo conferido. Comuníquese a los accionados la parte dispositiva de este fallo mediante una publicación en el Diario Oficial. Son las costas personales y procesales a cargo de los accionados. Publíquese esta resolución por una sola vez en el Boletín Judicial o bien en un diario de circulación nacional.—Juzgado de Familia de Grecia.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030439).

Licenciado Carlos Eduardo Leandro Solano. Juez del Juzgado de Familia de Cartago, a Ana Marcela Valverde Serrano se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, establecida por Patronato Nacional de la Infancia.- contra Ana Marcela Valverde Serrano, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago.- A las trece horas treinta minutos del treinta de abril del año dos mil catorce .- Proceso especial de declaratoria judicial de estado de abandono y depósito del menor Engel Gabriel Guillén Valverde, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por su representante legal y apoderado judicial, licenciado Rodolfo Jiménez Arias, contra: Ana Marcela Valverde Serrano, mayor, casada, cédula de identidad número 03-0359-0970, demás generales de ley desconocidas, y Luis Carlos Guillén Brenes, mayor, portador de la cédula de identidad 03-0376-0910 demás generales de ley desconocidas.- Intervine como curador procesal del demandado el Lic. Víctor Manuel Fallas Mora quien es mayor, abogado, portador de la cédula de identidad número 01-0530-0487 carnet profesional 5.383. Resultando I.- II.- La accionada Ana Marcela Valverde Serrano fue debidamente notificada, según consta en acta de folio 49, y no contestó la acción; mientras que el señor Luis Carlos Guillén Brenes, por ser de paradero desconocido, se le nombró como curador procesal al licenciado Víctor Manuel Fallas Mora, quien contestó la demanda, según los extremos del memorial que rola a folio 58-66. III.- Considerando I.- II.- III. Por tanto, de conformidad con todo lo expuesto, normas legales citadas, se acoge la solicitud planteada por el Patronato Nacional de la Infancia y se declara judicialmente en estado de abandono al niño Engel Gabriel Guillen Valverde por parte de su madre y padre, señores Ana Marcela Valverde Serrano y Luis Carlos Guillén Brenes a quienes, además, se les retira los atributos de la Autoridad Parental sobre su hijo. El menor se pone bajo custodia de los señores Minor Gerardo Quesada Cortés y María del Carmen Cortés Robles, quienes deberán comparecer a este Despacho dentro de tercero día de la firmeza de esta sentencia, a aceptar el cargo conferido. Se solicita a la representante del Patronato Nacional de la Infancia que comunique el contenido de esta resolución a la depositaria judicial nombrada, por conocer dónde localizarla. En caso de que no lo pueda hacer, se le solicita que lo informe a este Despacho, para proceder a ordenar la notificación correspondiente. Publíquese el presente fallo por una sola vez en el Boletín Judicial. Se resuelve sin especial condena en costas. Se le ordena y encomienda al Patronato Nacional de la Infancia que gestione el proceso Especial de Filiación para determinar con certeza si el señor Minor Gerardo Quesada Cortés, ahora depositario, efectivamente es el padre de Engel Gabriel con las consecuencias que eso implica. Una vez firme el fallo, se ordena su inscripción en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, de la Provincia de Cartago documento de identificación del menor 03-0576-0478. Gírese los honorarios del Curador Procesal. Lo anterior por haberse ordenado así en declaratoria judicial de abandono actor PANI contra Ana Valverde Serrano y Luis Guillén Brenes expediente Nº 12-002197-0338-FA. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Mayra H. Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030440).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda el proceso de insania y eventual curatela del señor Rodrigo de Jesús Blanco, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Ana Beatriz Blanco Jara y Xenia Jara Arroyo en favor del señor Rodrigo Blanco Jara. Expediente número 12-002349-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de marzo del 2013.—Lic. María Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030442).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de la señora Irma Carranza Gallegos, cédula de identidad 1-157-887, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Ilse Gólcher Carranza, Patricio Édgar Gólcher Carranza. Expediente número 13-002790-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del 2014.—Lic. María Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030443).

Se cita y emplaza a Obispo Franco Marte, en su carácter padre del menor Jeferson Franco García, quien se desconoce sus calidades y ubicación, se le hace saber que en proceso depósito judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice; de las presentes diligencias de depósito del menor Jeferson Franco García, promovidas por la Lic. Xinia Guerrero Araya, representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Ciudad Quesada, se confiere traslado por tres días al señor Obispo Franco Marte, se omite conferir audiencia a la señora Sharon Paola García García madre del menor ya que se encuentra apersonada, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado, Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información; a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g)número de cédula, h) lugar de residencia. Por medio de edicto, que se publicará en una ocasión en el Boletín Judicial, se ordena notificar esta resolución al señor Obispo Franco Marte siendo que se desconoce el domicilio, para que se apersone dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado. Expediente 13-400429-0924-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a las catorce horas y veintiséis minutos del trece de mayo de dos mil catorce.—Lic. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030444).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, expediente 14-000704-0165-FA, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Fernando Antonio Molina Rugama. Expediente número 14-000704-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de marzo del 2014.—Lic. María Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030463).

Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez de Familia de Cañas, hace saber a la señora Elizabeth Valerio Cruz, dominicana, mayor, con número de pasaporte PLV cero dos cero nueve cinco siete nueve, proceso abreviado de divorcio, se encuentra auto de traslado de la demanda de las once horas cincuenta minutos del dos de mayo del dos mil catorce, que literalmente dice: “Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste. A las once horas cincuenta minutos del dos de mayo del dos mil catorce. Se tiene por establecido el presente proceso abreviado de divorcio establecido por Dennis Hagnauer Barrantes contra la demandada Elizabeth Valerio Cruz, a quienes se les confiere traslado por el plazo de diez días, a fin de que lo conteste, apercibidos de que si no lo hace en tiempo y forma, se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos que le sirven de fundamento. Con respecto a los hechos de la demanda los contestará uno por uno y manifestará en forma categórica, si los admite como ciertos o si los rechaza por inexactos o bien si los admite con variantes o rectificaciones, y en caso de que no se conforme con lo que se pide en la demanda, expondrá con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En esta oportunidad ofrecerá las pruebas con indicación en su caso del nombre y las generales de los testigos. Notificaciones: se hace ver a las partes que deben señalar fax o correo electrónico para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, las resoluciones se tendrán por notificadas en forma automática con el transcurso de veinticuatro horas de dictada, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar por medio señalado, en este caso, la resolución se tendrá por notificada con el comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. Las copias de los escritos y de los documentos quedarán a disposición de las partes en este Despacho. En caso de no contar con medio la parte queda obligada a designar en estrados para lo cual el despacho confeccionará una lista de los procesos para notificar que se exhibirá únicamente para efectos de consulta los días martes y jueves de cada semana. Las partes podrán señalar hasta dos números o fax distintos de manera simultánea, pero la parte o el interesado deberá indicar en forma expresa, cuando de ellos se utilizará como principal. En caso de omisión corresponde al juez la elección. (Artículos 4, 11, 34, 36, 41 y 58 Ley de Notificaciones Judiciales número 8687 publicada en La Gaceta número 20 del 29 de enero del año 2009). Se ordena notificar mediante edicto de notificación la presente resolución a la demanda ausente Elizabeth Valerio Cruz, el cual será enviado a la Imprenta Nacional para su publicación, conforme lo dispuesto en circular N° 19-2013 de la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 262 y 263 del Código Procesal Civil. Asimismo notifíquese esta resolución a la curadora procesal la licenciada Marianela Aguirre Rodríguez en su medio señalado por medio de la Técnica de Comunicaciones Judiciales de este Despacho. Quedan las copias de ley en este Despacho a disposición de la curadora procesal. Notifíquese. Expediente número 14-400065-0928-FA (67-1-2014)-B.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, 2 de mayo del 2014.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2014030471).

Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, hace saber a Jesús De Los Ángeles Rojas Madrigal, mayor, nicaragüense, indocumentado, de domicilio desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra bajo el expediente número 13-000495-0924-FA, donde se dictó la resolución de las catorce horas y seis minutos del dieciocho de setiembre de dos mil trece que dicen: “se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la menor Kinsley Jirana Rojas Navarrete, planteado por Patronato Nacional de la Infancia Oficina Local de los Chiles contra Jesús De Los Ángeles Rojas Madrigal y Yaritza Navarrete Luque, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuaren el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada conforme lo estipula el artículo 123 ibídem y una vez recibidas las pruebas se dictará sentencia....se decreta el Depósito Judicial Provisional de la menor Kinsley Jiraya Rojas Navarrete en la Alternativa de Protección ONG Hogarcito San Carlos, bajo responsabilidad del Patronato Nacional de la Infancia... Notifíquese esta resolución a los demandados Rojas Madrigal y Navarrete Luque, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales.” Se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de tres días que se contaran a partir de la publicación de este edicto.—Juzgado de Familia de San Carlos, 14 de mayo del 2014.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—(IN2014030548).

Se avisa que en este despacho los señores Gladys Maritza Jiménez Segura y Minor Enrique Carranza Córdoba, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Sara Carranza Jiménez. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente: 14-000246-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de mayo del 2014.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(IN2014030708).

Se avisa que en este despacho los señores John Matthew Curtis y Lauren Elizabeth Murphy, solicitan se apruebe la adopcion conjunta internacional de las personas menores de edad Dominic Jafeth y Justin Jafeth ambos de apellidos Vega Scoth. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente: 14-000263-0673-NA.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 16 de mayo del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014030711).

Se avisa que en este despacho el señor Jeffrey Gerardo Rodríguez Salazar, solicita se apruebe la adopción individual de hija de cónyuge de la persona menor de edad Nicolle Sandí Solís. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente: 14-000266-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de mayo del 2014.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(IN2014030713).

Se hace saber al señor Iván Bolanov, de nacionalidad rusa, pasaporte número P51N1182742, casado y sin domicilio conocido, que en este despacho se tramita en su contra proceso abreviado divorcio N° 2014-000344-0186-FA (2) establecido por Dyhala Araya Soto, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas y señalar medio para atender notificaciones. Se Solicita se declare disuelto el vínculo matrimonial con los correspondiente efectos patrimoniales por la causal de separación de hecho. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de mayo de 2014.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—(IN2014030714).

Se avisa que en este despacho los señores Gilda María de Jesús Jiménez Córdoba y José Mario Emirto Sprok, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Gabriela María Jiménez Córdoba. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente: 14-000458-0165-FA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de mayo del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014030715).

Se avisa que en este despacho los señores María Cecilia Cascante Alvarado y Salomón Muñoz Herra, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Wilmer Jesús Gómez Muñoz. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente: 10-000024-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 7 de mayo del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014030724).

Se avisa a Jhorling Osejo Mendoza, menor de edad, cédula número 5-506-656 de oficio y domicilio desconocidos, siendo representada en este proceso por el curador procesal Lic. Luis Diego Sáenz Mederas, que en este despacho se dictó dentro del proceso de declaratoria judicial de abandono, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, expediente 13-000557-0673-NA, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia N° 206-2014. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas y veintisiete minutos del catorce de mayo de dos mil catorce. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos probados… II. Sobre el fondo:… Por tanto: con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono a la niña Dilany Diachenga Osejo Mendoza. Se extingue a la señora Jhorling Osejo Mendoza el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito judicial de la niña Dilany Diachenga Osejo Mendoza en el ente actor, debiendo su representante legal apersonarse dentro del tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de Alajuela, al tomo novecientos sesenta y seis, folio ciento cincuenta y tres, asiento trescientos cinco. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de mayo de 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014030729).

Se avisa al señor Carlos Espinoza Benavides, mayor, cédula 1-0856-473, costarricense y demás calidades desconocidas que en este juzgado se tramita el expediente 14-000149-0673-NA, correspondiente a diligencia de depósito judicial promovida por el Lic. Roberto Marín Araya en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Andrés y Ashley ambos Espinoza Solís. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014030731).

Se avisa al señor Henry Salgado Blandon, mayor, nicaragüense y demás calidad desconocidas que en este juzgado se tramita el expediente: 14-000191-0673-NA, correspondiente a diligencia de depósito judicial, promovida por la Lic. Alma Nuvia Zavala Martínez, en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Bayardo Ivan Espinoza Dávila y Sanders Josué Salgado Espinoza. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de mayo del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014030733).

Se avisa al señor Miguel Ángel Sandoval Gómez, mayor, nicaragüense y demás calidades desconocidas que en este juzgado se tramita el expediente N° 14-000205-0673NA, correspondiente a diligencia de depósito judicial, promovida por la licenciada Hazel Oreamuno Sánchez, en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Yoilyn Sandoval Vindas. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de mayo del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014030736).

Se avisa que en este Despacho el señor Johnny Mora Bonilla, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Tamara Grijalba Escalante. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 14-000239-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 13 de mayo del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—C-Exonerdo.—(IN2014030738).

Se avisa que en este Despacho los señores Antonella Locursio y Giuseppe Povia, solicitan se apruebe la adopción conjunta internacional de la persona menor de edad Breython José Rivera Muñoz. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 14-000245-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial,  San José, 15 de mayo del 2014.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014030739).

Se hace saber que, en este Despacho bajo el número único 12-400870-637-FA, declaratoria de insania, promovido por Joaquín Bernardo Segura Monge, cédula 1-0384-0190 a favor de Jorge Enrique de Jesús Segura Aguilar, cédula 1-0581-0045 se ha dictado a las diez horas del veintisiete de setiembre del dos mil trece, la sentencia número 429-2013, que literalmente dice en su parte dispositiva: “Por tanto: Con base en lo expuesto, y normas citadas, se falla: procede declarar insano a Jorge Enrique de Jesús Segura Aguilar, y se designa como su curador definitivo al señor Joaquín Bernardo Segura Monge pues ha sido la promovente quien ha pretendido seguir haciéndose cargo de él y la administración de sus bienes. En este sentido debe indicarse que ninguno de los interesados refirió oposición a los peritajes presentados, ni refirieron prueba alguna para desvirtuarlos, por el contrario fueron omisos en cuanto a dichas diligencias. Por tanto, deberá don Bernardo aceptar el cargo dentro del plazo de cinco días una vez firme este fallo, la aceptación la podrá hacer mediante memorial debidamente autenticado por un profesional en derecho, o por acta en el despacho compareciendo el curador designado en forma personal. El curador deberá presentar un inventario y avaluó de los bienes que tenga inscritos a su nombre el insano, para cumplir con este requisito se le otorga al curador designado el plazo de treinta días, una vez aceptado el cargo. El curador deberá indicar si el insano recibe alguna pensión y rendir cuentas anuales de su administración con los documentos justificativos del caso, esto de conformidad con lo que establecen los artículos 215, 218, 221 y 237 del Código de Familia. Asimismo se hace ver al curador que es su obligación velar por la seguridad, salud y tranquilidad de la persona insana, por lo cual tendrá que tomar las medidas más pertinentes a fin de cesar posibles riesgos en torno a éste. De igual forma debe obligatoriamente el curador que iniciar los procesos que correspondan a fin que se resuelva la posible nulidad de los traspasos referidos, debiendo de ellos informar al Despacho. Firme esta sentencia deberá ser publicada una vez en el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro Público, Sección de Personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del patrimonio del insano. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Desamparados, Desamparados, 11 de noviembre del 2013.—Licda. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—(IN2014030879).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho los señores Randall Gerardo Valverde García, mayor, de 49 años de edad, soltero, electricista, cédula de identidad número 5-0223-0021, nacido el veintitrés de febrero de mil novecientos sesenta y cinco, teléfono: 8634-7539, vecino de Riojalandia casa 520 en Barranca central Puntarenas, hijo de Ana María Valverde García y papá desconocido y la señora Vanessa Jaen Chavarría, mayor, de 32 años de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad 6-0313-0098, el catorce de mayo de mil novecientos ochenta y uno, hija de Fidelia Chavarría Ramírez y Rafael Jaen Jaen, misma dirección del cónyuge. Seguidamente los contrayentes manifiestan: Que es nuestra voluntad de contraer matrimonio civil ante sus oficios, ya que tenemos años de convivir, para lo cual nos permitimos presentar los documentos exigidos por Ley. Para que declaren sobre nuestra aptitud legal de contraer matrimonio civil, indicamos a los siguientes testigos: José Alpízar Porras y Manuela Antonia Sandino Espinoza. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Expediente 14-000383-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 2 de mayo de 2014.—Lic. Patricia Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030455).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los señores: presentes en este Despacho José Luis Salazar Rodríguez, de 30 años, pescador, soltero, cédula 6-333-599, nació el 12 de noviembre de 1983, hijo de Rita Salazar Rodríguez, vecino de Puntarenas, 25 de Noviembre, 75 mts al este de la entrada principal, por el lado de la playa y Mailyn Esther Reyes Matarrita, de 21 años de edad, soltera, ama de casa, cédula 6-406-160, nació el 14 de diciembre de 1992, hija de David Reyes Reyes y Eva Matarrita Mendoza, vecina de Puntarenas, 25 de Noviembre, 75 mts al este de la entrada principal, por el lado de la playa. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Expediente 14-000399-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 12 de mayo de 2014.—Lic. Patricia Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030458).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Gerardo Barquero Rivera, mayor de edad, divorciado una vez en Cartago, chofer, cédula de identidad número 0301981147, vecino del Bosque de San Rafael de Oreamuno de Cartago, del Pilo´s Bar 25 metros al este, hijo de Amelia Rivera Sanabria y Antonio Barquero Granados, nacido en Cartago, el 20/10/1953, con 61 años de edad, y María Isabel Brenes Mata conocida como Maritza Brenes Mata, mayor de edad, divorciada una vez en Cartago, oficios domésticos, cédula de identidad número 0302410166, vecina del Bosque de San Rafael de Oreamuno de Cartago, del Pilo´s Bar 25 metros al este, hija de Teresa Mata Villalta y Manuel Brenes Salas, nacida en Paraíso de Cartago, el 07/07/1960, actualmente con 53 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Exp. 14-001019-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 16 de mayo del 2014.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030464).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Fredis Antonio Sánchez Calero, mayor de edad, soltero, artesano, cédula de residencia número 155809225434, vecino de la Lima de San Nicolás de Cartago, diagonal a Pequeño Mundo, hijo de Socorro Calero y Julio Sánchez Marín, nacido en Masaya de Nicaragua, el 31/08/1963, con 50 años de edad, y María del Carmen Córdoba Rodríguez, mayor de edad, soltera, ama de casa, número de pasaporte c01474865, vecina de la Lima de San Nicolás de Cartago, diagonal a Pequeño Mundo, hija de Mercedes Rodríguez y Mario Córdoba, nacida en Masaya de Nicaragua, el 19/8/1967, actualmente con 47 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Exp. 14-001024-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 16 de mayo del 2014.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014030466).

Han comparecido ante este despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Maikol Jairo Herrera González, mayor, soltero, constructor, cédula de identidad número 0206060338, hijo de Carmen María González Ovares y Marco Tulio Herrera González, nacido en centro, San Ramón, Alajuela, el 24/04/1985, con 28 años de edad y Nancy Fabiola Quesada Arroyo, mayor, soltera, del hogar, cédula de identidad número 0206490387, hija de María Isabel Arroyo Salas y Braulio Quesada Víquez, nacida en centro, San Ramón, Alajuela, el 24/08/1988, actualmente con 25 años de edad. Ambos vecinos de Alajuela, San Ramón, San Juan, La Ranchera, 200 metros norte y 300 oeste del polideportivo. Todos costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente: 14-000293-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 14 de mayo del 2014.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2014030555).