BOLETÍN JUDICIAL N° 107 DEL 05 DE JUNIO DEL 2014

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-12 celebrada el 09 de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Violencia Doméstica del año 2009 del Juzgado de Violencia Doméstica de Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:         V 2 H 09

Paquetes:        46

Expedientes:  1656

Año:                2009

Asunto:           Expedientes de Violencia Doméstica

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 27 de mayo del 2014.

                                                     MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

Exento.—(IN2014033402)                Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-12 celebrada el 09 de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Violencia Doméstica del año 2010 del Juzgado de Violencia Doméstica de Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:         V 2 A 10

Expedientes:  2702

Paquetes:        30

Año:                2010

Asunto:           Expedientes de Violencia Doméstica (Solicitud de Medidas de Protección), con resolución final o abandonados.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 27 de mayo del 2014.

                                                     MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

Exento.—(IN2014033404)                Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2013, celebrada el 14 de enero del 2013, artículo X y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 65-13, celebrada el 25 de junio del 2013, artículo LXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1992 al 2012 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Atenas, Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:          A 10 A 92

Libros:            5

Ampos:           9

Agendas:        5

Años:              1992 a 2012

Asunto:           Documentación Administrativa: Ampos: Conciliaciones Bancarias 2004 (1 Ampo), Conciliaciones Bancarias 2005 al 2006 (1 Ampo), Informes Mensuales 2008 (1 Ampo), Correo Certificado 2007 al 2010 (1 Ampo), Correo Certificado 2010 al 2011 (1 Ampo), Control Asistencia 2009 al 2011 (1 Ampo), Control Vacaciones 2000 al 2011 (1 Ampo), Proposiciones Nombramientos 2008 al 2011 (1 Ampo), Reportes y Registros 2006 al 2010 (1 Ampo). Agendas: 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012 (5 Agendas). Reportes y Registros 1994 al 2008 (1 Libro), Control Boletas Seguridad 1999 al 2006 (1 Libro), Control Comisiones Entrantes 1993 al 2008 (1 Libro), Control Comisiones Salientes 2007 al 2008 (1 Libro), Reportes y Registros 1992 al 2010 (1 Libro).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 27 de mayo del 2014.

                                                      MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

Exento.—(IN2014033406)                 Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2013, celebrada el 14 de enero del 2013, artículo X y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 65-13, celebrada el 25 de junio del 2013, artículo LXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1998 al 2012 del Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Nicoya, Guanacaste. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:         A 11 G 98

Ampos:           33

Carpetas:        17

Agendas:        14

Libro:              5

Año:                1998 al 2012

Asunto:           Documentación Administrativa:

                         4 ampos con oficios consecutivos 2005 al 2011,1 ampo con informes trimestrales 2007,6 ampos con copiadores de sentencia 2007 y 2008,1 ampo con circulares y oficios consecutivos 2008 y 2009,18 ampos con registro de notificaciones a distribuir 2007 al 2012, 2 ampos con circulares 2008 al 2012,1 ampo con correos y solicitudes de personal del 2011 al 2012.

                         1 carpeta con registro de rol de disponibilidad 2007,7 carpetas con registro de asistencia 2007 al 2010,1 carpeta con oficios consecutivos 2008, 3 carpetas con proposición de nombramiento 2009 al 2011,1 carpeta con registro de asistencia 2011,1 carpeta con oficios consecutivos 2011, 3 carpetas con registro de boletas de préstamos de expedientes 2010 al 2012.

                         1 agenda 2004, 1 agenda 2005, 1 agenda 2006, 2 agenda 2008, 2 agenda 2009, 3 agenda 2010, 2 agendas 2011, 2 agendas 2012.

                         3 libros de conocimiento 1998 al 2010, 2 libros correo certificado 2007 al 2010.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 27 de mayo de 2014.

                                                     MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

Exento.—(IN2014033408)                Subdirector Ejecutivo

PRIMERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 11-12 celebrada el 9 de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Familia del 2011 y Expedientes de Violencia Doméstica del 2011 del Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Nicoya, Guanacaste. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Familia:

Remesa:                      F 2 G 11

Expedientes:               25

Paquetes:                     1

Año:                             2011

Asunto:                        Varios Familia: Depósito Judicial inadmisible 1, Reconocimiento de hijo de mujer casada inadmisible 1, Reconocimiento de unión de hecho inadmisible 1, Nulidad de matrimonio abandonado1,Modificación de Guarda crianza y educación Inadmisible 4, Investigación de Paternidad Inadmisible 2, Impugnación de Paternidad Inadmisible 1, sin sentencia 1, Protección a la niñez y Adolescencia Inadmisible 1, Divorcio por mutuo acuerdo Inadmisible 1, Divorcio sin sentencia 3, inadmisible 7, sin lugar 1.

Violencia Doméstica

Remesa:                      V 1 G 10

Expedientes:               707

Paquetes:                     8

Año:                             2010

Asunto:                        Violencia Doméstica 707.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 27 de mayo del 2014.

                                                      MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

(IN2014033409)                                  Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2009 de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 58-09 celebrada el 2 de junio del 2009, artículo LV. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 11-12 celebrada el 9 de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Faltas y Contravenciones del 2011, Expedientes de Violencia Doméstica del 2010 y Expedientes de Pensiones Alimentarias del año 1982 al 2011 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Mateo, Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Faltas y Contravenciones:

Remesa:                           G 1 A 11

Expedientes:                    136

Paquetes:                          1

Año:                                  2011

Asunto:                             Faltas y Contravenciones. Con sentencia absolutoria, desestimiento y sentencia condenatoria.

Violencia Doméstica:

Remesa:                           V 3 A 10

Expedientes:                    61

Paquetes:                          1

Año:                                  2010

Asunto:                             Violencia Doméstica. Con resolución final o abandonados.

Pensión Alimentaria:

Remesa:                           20679

Expedientes:                    1

Paquetes:                          1

Año:                                  1982

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           20680

Expedientes:                    4

Paquetes:                          1

Año:                                  1985

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           20681

Expedientes:                    2

Paquetes:                          1

Año:                                  1988

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 14 A 90

Expedientes:                    3

Paquetes:                          1

Año:                                  1990

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 16 A 91

Expedientes:                    7

Paquetes:                          1

Año:                                  1991

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 15 A 92

Expedientes:                    4

Paquetes:                          1

Año:                                  1992

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 14 A 93

Expedientes:                    2

Paquetes:                          1

Año:                                  1993

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 15 A 94

Expedientes:                    3

Paquetes:                          1

Año:                                  1994

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 15 A 95

Expedientes:                    4

Paquetes:                          1

Año:                                  1995

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 13 A 96

Expedientes:                    5

Paquetes:                          1

Año:                                  1996

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 16 A 97

Expedientes:                    6

Paquetes:                          1

Año:                                  1997

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 11 A 98

Expedientes:                    12

Paquetes:                          1

Año:                                  1998 Asunto: Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 9 A 99

Expedientes:                    5

Paquetes:                          1

Año:                                  1999

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 8 A 00

Expedientes:                    9

Paquetes:                          1

Año:                                  2000

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 11 A 01

Expedientes:                    3

Paquetes:                          1

Año:                                  2001

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 11 A 02

Expedientes:                    5

Paquetes:                          1

Año:                                  2002

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 11 A 03

Expedientes:                    6

Paquetes:                          1

Año:                                  2003

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 12 A 04

Expedientes:                    5

Paquetes:                          1

Año:                                  2004

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 13 A 05

Expedientes:                    9

Paquetes:                          1

Año:                                  2005

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 11 A 06

Expedientes:                    3

Paquetes:                          1

Año:                                  2006

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 11 A 07

Expedientes:                    4

Paquetes:                          1

Año:                                  2007

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 8 A 08

Expedientes:                    4

Paquetes:                          1

Año:                                  2008

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 8 A 09

Expedientes:                    5

Paquetes:                          1

Año:                                  2009

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 4 A 10

Expedientes:                    2

Paquetes:                          1

Año:                                  2010

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Remesa:                           Q 2 A 11

Expedientes:                    2

Paquetes:                          1

Año:                                  2011

Asunto:                             Pensión Alimentaria (Con Sentencia Firme y Muerte del Obligado)

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deber á hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 27 de mayo del 2014.

                                                      MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

(IN2014033410)                                  Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2013, celebrada el 14 de enero del 2013, artículo X y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 65-13, celebrada el 25 de junio del 2013, artículo LXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2003 al 2011 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de San Mateo, Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:              A 9 A 03

Ampos:                24

Años:                    2003 al 2011

Asunto:                Documentación Administrativa: Registro de Boletas de Citación 2007 al 2009 (1 Ampo), Registro de Boletas de Citación 2009 (1 Ampo), Registro de Boletas de Citación 2007 al 2008 (1 Ampo), Registro de Fotocopias 2010 al 2012 (1 Ampo), Copiadores de Sentencias 2007 (1 Ampo),Copiadores de Sentencias 2008 (2 Ampos), Copiadores de Sentencias 2009 (2 Ampos), Copiadores de Sentencias 2010 (3 Ampos), Copiadores de Sentencias 2011 (2 Ampos), Correspondencia 2003 al 2004 (2 Ampos), Correspondencia 2006 al 2008 (1 Ampo), Correspondencia 2007 al 2008 (3 Ampos), Correspondencia 2008 al 2009 (1 Ampo), Correspondencia 2009 al 2010 (1 Ampo), Correspondencia 2010 (1 Ampo), Correspondencia 2010 al 2011 (1 Ampo).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deber á hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 27 de mayo del 2014.

                                                      MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

 (IN2014033412)                                Subdirector Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 03-2006 de fecha 1° de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Civiles del año 2000 al 2002 del Juzgado Contencioso Administrativo del II Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:              E 25 S 00

Expedientes:       429

Paquetes:             17

Año:                     2000

Asunto:                Civil Varios: Consignación de Pago 1, Contenciosos Administrativo 25 Defraudación Tributaria 1 (Terminado con Sentencia Firme), Diligencia Varias 1,Ejecución de Sentencia 146, Incumplimiento Contractual 1 (Terminado con Sentencia Firme), Interdicto 2, Lesividades 2 (Terminado con Sentencia Firme), Licitaciones 1 (Terminado con Sentencia Firme), Medida Cautelares 3,Ordinario 245 (Terminado con Sentencia Firme) Pensión de Hacienda 1

Remesa:              E 24 S 01

Expedientes:       226

Paquetes:             11

Año:                     2001

Asunto:                Civil Varios: Abreviado 4 (Terminado con Sentencia Firme), Contenciosos Administrativo 7 (Terminado con Sentencia Firme), Ejecución de Sentencia 81, Incumplimiento Contractual 1, Interdicto 3, Medida Cautelares 1, Ordinario 128 (Terminado con Sentencia Firme), Pensión de Hacienda 1

Remesa:              E 22 S 02

Expedientes:       118

Paquetes:             4

Año:                     2002

Asunto:                Civil Varios: Abreviado 1 (Terminado con Sentencia Firme, Contenciosos Administrativo 1 (Terminado con Sentencia Firme), Ejecución de Sentencia 50, Interdicto 3, Ordinario 62 (Terminado con Sentencia Firme), Daños y Perjuicio 1.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deber á hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 27 de mayo del 2014.

                                                      MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,

(IN2014033413)                                  Subdirector Ejecutivo

SALA CONSTITUCIONAL

TERCERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:     Acción de Inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 14-006362-0007-CO que promueve Asociación de Desarrollo Especifica Pro Mejoras de la Comunidad Playa Grande Santa Cruz Guanacaste, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez horas y veintinueve minutos del doce de mayo del dos mil catorce. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Melina D Alolio Sánchez, para que se declare inconstitucional el artículo XIX.2 bis del Reglamento de Construcciones del Invu, por estimarlo contrario a los artículos 21 y 50 de la Constitución Política, en que se proclama el derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, la Municipalidad del Cantón de Santa Cruz y el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. La norma se impugna en cuanto permite la instalación, ampliación, o modificación de la red o infraestructura de telecomunicaciones en cualquier parte del territorio nacional, particularmente en parques nacionales o zonas protegidas, como lo es la zona de amortiguamiento del Parque Nacional Marino Las Baulas. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación de la accionante proviene del artículo 75 párrafo 2º de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en cuanto se trata de la defensa de intereses difusos. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Para notificar a la Municipalidad del Cantón de Santa Cruz, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de Santa Cruz, comisión que se hará llegar por medio del correo interno. Notifíquese/Gilbert Armijo Sancho, Presidente/

San José, 13 de mayo del 2014.

                                                                 Gerardo Madriz Piedra,

Exento.—(IN2014029763)                               Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad N° 14-004297-0007-CO que promueve la Asociación Sindical de Trabajadores del MINAE e Instituciones Afines de Conservación, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.—San José, a las trece horas y treinta y dos minutos del veintiuno de mayo del dos mil catorce. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Roberto Miguel Molina Ugalde, cédula de identidad N° 5-195-151, en su condición personal y de Secretario General de la Asociación Sindical de Trabajadores del Ministerio de Ambiente y Energía e instituciones afines de conservación (SITRAMINAE), cédula de persona jurídica N° 301-1212127, y Mauricio Álvarez Mora, cédula de identidad N° 1-877-217, para que se declare inconstitucional la Ley N° 9205 de 23 de diciembre del 2013 titulación en inmueble propiedad de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y a la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica. La norma se impugna, en cuanto al procedimiento parlamentario, por no haber contado con estudios técnicos previos a la aprobación de la ley que justifiquen la reducción o desafectación de áreas silvestres protegidas. El artículo 3 de la Ley impugnada decreta la desafectación general de la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, a nombre de JAPDEVA, partido de Limón, Folio Real N° 96658, secuencia 000. Esto, con el fin de autorizar la titulación de inmuebles por personas poseedoras, en los términos del artículo 1° de la Ley de Informaciones Posesorias. Los terrenos desafectados de la finca dicha forman parte de áreas silvestres protegidas, patrimonio natural del Estado y terrenos sometidos a diversas categorías de protección ambiental, entre ellos el Parque Nacional Tortuguero, el Refugio Nacional de Fauna Silvestre Barra del Colorado, la Zona Protectora Tortuguero, el Humedal Nacional Cariari, el Refugio de Vida Silvestre Dr. Archie Carr, la reserva forestal creada por Decreto Ejecutivo N° 2886, las zonas protectoras establecidas en el Decreto N° 23253, las áreas de bosque incorporadas al patrimonio natural del Estado; el Humedal Caribe Norte, y la zona marítimo terrestre. Alega que se violentó también los artículos 71 y 72 del Decreto Ejecutivo N° 34433-MINAE, Reglamento a la Ley de Biodiversidad, según los cuales para la declaratoria, modificación o cambio de categoría de manejo de áreas silvestres protegidas debe elaborarse un informe técnico coordinado por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación. Tal estudio debe reunir condiciones mínimas de rigurosidad y profundidad, definidas en el artículo 38 de la Ley Orgánica del Ambiente y ser anterior a la aprobación del proyecto de ley. Como vicios de fondo aducen los accionantes: a) que el artículo 8° de la Ley impugnada establece que las áreas silvestres protegidas y humedales desafectados, genéricamente y sin estudios técnicos, mantendrían su condición de bien demanial y su desafectación se sujeta a estudios posteriores; pero la misma norma establece que esto sería con las salvedades del artículo 7° de la Ley de Informaciones Posesorias, excluyendo del procedimiento a los poseedores decenales anteriores a la creación del área protegida. Se abre así la puerta para la desafectación permanente del dominio público de las zonas ya reseñadas, cuando lo que procura la norma de la Ley de Informaciones Posesoria es garantizar el derecho de indemnización de los poseedores, no consolidar su titularidad sobre un bien de dominio público. b) Además, el artículo 8° declara de interés urbano una serie de poblados y terrenos, desafectando del dominio público la zona restringida y reduciendo sensiblemente la zona marítimo terrestre, con violación del principio de intangibilidad de ese bien demanial, que forma parte del patrimonio natural del Estado y es de uso común. Se está permitiendo su titulación y apropiación definitiva por particulares, bajo el régimen de propiedad privada (artículos 8° y 9° de la Ley cuestionada). c) Piden tomar en cuenta que el Parque Nacional Tortuguero fue designado en 1996 sitio Ramsar, por los humedales que protege. También se ubica en la zona el Humedal Nacional Cariari, establecido por Decreto Ejecutivo N° 23253 del 23 de abril de 1994, que abarca canales, caños y lagunas costeros ubicados entre la desembocadura del río Moín y el límite del Parque Nacional Tortuguero. d) Que esta Sala ha sostenido, reiteradamente, que la reducción de una zona protegida es constitucionalmente posible solo si no implica detrimento del derecho a un ambiente sano. e) También se viola el principio de imprescriptibilidad de los bienes demaniales, el derecho de propiedad sobre bienes públicos y privados y el derecho de acceso a la justicia, por la prohibición arbitraria que contiene el Transitorio II de la Ley N° 9205 de anular en vía administrativa o judicial los títulos de propiedad obtenidos en la finca propiedad de JAPDEVA, lo que imposibilita discutir la titularidad pública o privada sobre el bien. f) Asimismo, considera que la Ley implica una lesión del derecho de las personas al libre tránsito, al acceso a los caminos públicos y a disfrutar de un entorno urbano ordenado y planificado, con servicios públicos de calidad, al eximir, en su artículo 10, para la inscripción de planos en el Catastro Nacional, de los requisitos básicos establecidos en los artículos 4° de la Ley de Caminos Públicos; 32 y 33 de la Ley de Planificación Urbana, sobre ancho de carreteras y caminos vecinales, acceso a vía, cesión de áreas para uso público, condiciones de construcción de calles, aceras, cañerías, drenajes pluviales y sanitarios, electrificación y alumbrado público, visado municipal y refrendo del INVU, constitución y extinción de servidumbres. No debe olvidarse que se permite la titulación de terrenos de hasta 300 hectáreas (artículo 5° de la Ley). g) Por otra parte, se pide declarar inconstitucional la Ley N° 9205, debido a que su artículo 16 viola la independencia de poderes, la reserva de jurisdicción, el deber estatal de proteger y recuperar los bienes públicos, la irretroactividad de la ley y el principio de cosa juzgada, al permitir que se archiven las causas pendientes relacionadas con la finca de JAPDEVA, de cualquier clase, y la restitución de poseedores desalojados. El artículo 17 contradice el derecho de propiedad y a la seguridad jurídica, al autorizar la inscripción de títulos de propiedad sobre bienes inmuebles, aun cuando cuenten con títulos inscribibles en el Registro Público de la Propiedad. La posibilidad de omitir el requisito del artículo 1° inciso f) de la Ley de Informaciones Posesorias abre un peligroso portillo legal. h) Alega también que se quebrantó el principio de no regresión del derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación a los accionantes proviene de lesión de intereses difusos, por tratarse de la defensa del derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como del patrimonio natural del Estado. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones Nos. 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Para notificar a la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA), se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, comisión que se hará llegar por medio del correo interno. Notifíquese./Gilbert Armijo Sancho, Presidente”.

San José, 22 de mayo del 2014.

                                                                    Gerardo Madriz Piedra

(IN2014032635)                                                   Secretario

PRIMERA PUBLICACIÓN

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 13-014476-0007-CO promovida por Asociación Nacional de Empleados Judiciales, Francisco Gutiérrez Vivas contra el artículo 7 del Reglamento de Comisiones de Salud Ocupacional, por estimarlo contrario a los artículos 33, 60 y 121 inc. l) y el principios de razonabilidad, se ha dictado el voto número 2014-007457 de las quince horas y quince minutos del veintiocho de mayo del dos mil catorce, que literalmente dice:

«Se declara sin lugar la acción.»

San José, 29 de mayo del 2014.

                                                          Gerardo Madriz Piedra

(IN2014033572)                                                   Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

A los causahabientes de quien en vida se llamó Andrei Bourrouet Vargas, quien fue mayor, casado, vecino de Montes de Oca, con cédula de identidad número 106720652, se les hace saber que Instituto Costarricense de Electricidad, se apersonó en este Despacho, en calidad de patrono del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Andrei Bourrouet Vargas. Expediente número 13-003067-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, (Oral-Electrónico), 22 de mayo del 2014.—Lic. Ana Cecilia Brenes López, Jueza.—1 vez.—(IN2014033571).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Dora Emilia Saborío Saborío, mayor, cédula 0203210122, casada, secretaria, vecina de Grecia La Argentina contiguo a la pulpería La Argentina, y falleció el veinticuatro de octubre del dos mil siete, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de devoluciones ahorro obligatorio bajo el número 14-000008-1118-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Proceso promovido por Juvenal Venegas Arias a favor de Juvenal Venegas Arias. Expediente N° 14-000008-1118-LA.—Juzgado Laboral de Menor Cuantía de Grecia, 27 de enero del 2014.—Lic. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza.—1 vez.—(IN2014033573).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Berta Solano Solano; quien fue mayor, casada, operaria de floricultor, con último domicilio en Cartago, El Guarco, con cédula de identidad número 9-0097-0002, y falleció el 17 de agosto del 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 14-000189-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Proceso promovido por Vera Virginia Calderón Solano; cédula 3-0460-0102. Expediente N° 14-000189-1023-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago; 7 de abril del 2014.—Lic. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—(IN2014033575).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Anabell Castro Gómez, quien fue mayor, casada, secretaria, vecina de Turrialba, Ciudadela Clorito Picado, con cédula de identidad número 302400058, se les hace saber que Fernando Valerio Meléndez, portador de la cédula de identidad o documento de identidad número 3-248-603, vecino de Turrialba, Ciudadela Clorito Picado, se apersonó en este Despacho, en calidad de esposo del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Anabell Castro Gómez. Expediente N° 14-000210-1001-LA.—Juzgado de Trabajo de Turrialba, 28 de mayo del 2014.—Msc. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014033576).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Alberto Calderón Gómez, quien fue mayor, casado, agente de ventas, con último domicilio en la dirección arriba indicada, con cédula de identidad N° 3-0256-0537, y falleció el 11 de marzo del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 14-000352-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 14-000352-1023-LA. Proceso promovido por María Elena Navarro Pereira, cédula 3-0245-0980.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 26 de mayo del 2014.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014033582).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Juzgado y soportando hipoteca de primer grado en favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, inscrita mediante citas: quinientos sesenta y nueve-cuatro dos ocho cuatro tres-cero uno-cero cero cero tres-cero cero uno, así como anotación de habitación familiar con citas: dos mil nueve-dos uno seis tres cuatro-cero uno-cero cero cero dos-cero cero uno, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta y siete- cero cero cero, que es terreno con una casa; situado en el distrito uno-Quesada, cantón diez-San Carlos, de la provincia de Alajuela; linda al norte, con lote doce, al sur, Jorge Raúl Fantini Taborda, al este, calle pública con nueve metros y oeste, Asociación Solidarista de Empleados de Cooperativa de Productores de Leche R.L; y que Mide: ciento cincuenta y tres metros con trece decímetros cuadrados, según plano catastral número: A-cero uno uno uno tres uno siete-mil novecientos noventa y tres. Para tal efecto y para el primer remate se señalan las trece horas con treinta minutos del día veinte de agosto del año dos mil catorce. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del día doce de setiembre del año dos mil catorce y para el tercer remate se señalan las nueve horas del treinta de setiembre del año dos mil catorce. Todos estos remates lo serán con la misma base de treinta millones setecientos setenta y seis mil cincuenta colones. Lo anterior por haberse ordenado en Proceso de ejecución de sentencia instado por la señora Karla María González Céspedes en contra de James Miguel Rojas Araya, expediente 11-000271-687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia, 26 de mayo de 2014.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—(IN2014033270).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos bajo las citas: 309-03003-01-0005-001; a las ocho horas y treinta minutos del trece de agosto del año dos mil catorce, y con la base de cincuenta y siete millones ciento veinticinco mil novecientos cuatro colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 451665-000, la cual es terreno es terreno de repasto y montaña con cuatro casas. Situada en el distrito 2, Caño Negro cantón 14, Los Chiles de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rosa Duarte Sequeira, sur, Fidelmo Martínez Duarte, este, Refugio de Vida Silvestre Caño Negro y oeste, calle publica a San Emilio con 90.58 dec. lineales. Mide: veinticuatro mil novecientos siete metros cuadrados. Plano: A-1313639-2009. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de agosto del año dos mil catorce, con la base de cuarenta y dos millones ochocientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos veintiocho colones con nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil catorce con la base de catorce millones doscientos ochenta y un mil cuatrocientos setenta y seis colones con tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jesús Erick Taleno Leitón Exp: 13-100099-0297-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 24 de abril del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014033274).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente y trasladada; a las quince horas y treinta minutos del primero de setiembre de dos mil catorce, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiocho mil setenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir lote 5. Situada en el distrito 01 cañas, cantón 06 cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Pura María Carmona Villareal; al sur, Pura María Carmona Villareal; al este, calle pública y al oeste, Pura María Carmona Villareal. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil catorce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil catorce con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rapicréditos S. A. contra Zuleyka Carmona Villareal. Exp: 12-000417-0930-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 19 de mayo del año 2014.—Lic. Dinia Peraza Delgado, Jueza Decisora.—(IN2014033319).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 0347-00019834-01-0906-001, 0347-00019834-01-0907-001, 0347-00019834-01-0908-001, limitaciones de leyes 7052, 7208 SIST. Financiero D bajo las citas: 0539-00017011-01-0001-001; a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de junio del año dos mil catorce y con la base de treinta y nueve millones cincuenta y siete mil doscientos veintitrés colones con veintitrés céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 475741-000 la cual es terreno para construir lote 8-A. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 9-A; al sur, lote 7-A; al este, calle pública con 8 metros 58 centímetros y al oeste, Municipalidad de Desamparados. Mide: ciento veinte metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del ocho de julio del año dos mil catorce con la base de veintinueve millones doscientos noventa y dos mil novecientos diecisiete colones con cuarenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de julio del año dos mil catorce con la base de nueve millones setecientos sesenta y cuatro mil trescientos cinco colones con ochenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Leda Emperatriz Alvarado Navarrete. Exp: 13-001518-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del año 2014.—Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014033330).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 292-8161, a las nueve horas y cero minutos del veintitrés de junio del año dos mil catorce y con la base de doscientos veintiún mil doscientos ochenta y cinco dólares con treinta y nueve centavos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 201901-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 07 Uruca cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Cía Lotificadora El Jardín Ltda-otra al sur, Hernán Solórzano al este, calle pública con 10 m y al oeste Cía Lotificadora El Jardín Ltda. Mide: trescientos cuarenta y nueve mts con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de julio del año dos mil catorce con la base de ciento sesenta y cinco mil novecientos sesenta y cuatro dólares con cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de julio del año dos mil catorce con la base de cincuenta y cinco mil trescientos veintiún dólares con treinta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Enrique Alfaro Moya, Piedras Secas Sociedad Anónima. Exp: 09-013724- 1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del año 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014033337).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las trece horas y treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil catorce, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y un mil doscientos treinta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir lote 10. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Ramón Elieth Alvarado Rodríguez; al sur, calle pública con diez metros; al este, lote 11 y al oeste lote 9. Mide: seiscientos dos metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil catorce con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sarita Patricia Castro Palma contra Ligia Xinia Quintana Castro. Exp: 13-002117-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 21 de abril del año 2014.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2014033346).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 1789-246-006 inscrita al tomo: 306, asiento:17740; a las quince horas y cero minutos del veintitrés de junio del año dos mil catorce y con la base de dieciséis millones cuatrocientos mil colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 179566-000 la cual es terreno. Para construir. Situada en el distrito 03 Guaycará, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Jomeyt Org S. A; al sur, calle pública; al este, servidumbre de paso y al oeste, Hernán Mendoza Vargas y canal en medio. Mide: setecientos veintiocho metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de julio del año dos mil catorce con la base de doce millones trescientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de julio del año dos mil catorce con la base de cuatro millones cien mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alfredo González Fallas. Exp: 14-001863-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de mayo del año 2014.—Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014033362).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas-0372-00010550-01-0901-001, prohibiciones y referencias citas-0372-00010550-01-0904-001, reservas y restricciones citas-0404-00005670-01-0900-001, condiciones y referencias citas-0404-00005670-01-0901-001, prohibiciones y referencias citas-0404-00005670-01-0902-001, reservas y restricciones citas-0404-00005670-01-0903-001, condiciones y referencias citas-0404-00005670-01-0904-001, prohibiciones y referencias citas-0404-00005670-01-0905-001; a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de julio del año dos mil catorce, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos veintitrés mil trescientos veintisiete cero cero cero la cual es terreno de agricultura y árboles frutales. Situada en el distrito Barú, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Luis Alberto Azofeifa Jiménez; al sur, calle publica y María Cecilia Morera Madrigal; al este, María Cecilia Morera Madrigal, Alberto Picado Méndez, OMSR Montero Otarola y al oeste, Jacinto Brenes, María Cecilia Morera Madrigal y Heriberto Morera Madrigal. Mide: dos mil trescientos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de agosto del año dos mil catorce, con la base de un  millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de agosto del año dos mil catorce con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Zapatitos Ortocoquetos Sociedad Anónima contra Heriberto Morera Madrigal. Exp: 13-006444-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 27 de enero del año 2014.—Lic. Christian Zamora Pérez, Juez.—(IN2014033367).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (Citas: 294-14925-01-0901-001); a las diez horas y quince minutos del veintitrés de junio de dos mil catorce, y con la base de dos millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y seis mil setecientos sesenta y nueve-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-San Isidro, cantón 6-San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte José Francisco Vega Rodríguez en medio servidumbre de paso; al sur, Manuel Hernán Moya Solano; al este, Constructora Fasosa de Costa Rica S. A. y al oeste Constructora Fasosa de Costa Rica S. A. Mide: trescientos quince metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del uno de julio de dos mil catorce, con la base de dos millones veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del veintitrés de julio de dos mil catorce con la base de seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Jeremías Zamora Fonseca y Lidia Quesada Muñoz. Exp: 14-000180-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del I Circuito Judicial de Alajuela, 28 de mayo del año 2014.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez Decisor.—(IN2014033371).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y quince minutos del treinta de junio de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones quinientos noventa y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y ocho mil setecientos cuarenta y ocho-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, bloque D, lote 3. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote D 4; al sur, lote D 2; al este, calle 1 con 8,00 metros y al oeste, juegos infantiles. Mide: ciento sesenta y cinco metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del quince de julio de dos mil catorce, con la base de tres millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del treinta de julio de dos mil catorce con la base de un millón ciento cuarenta y ocho mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Maritza del Carmen Quesada Monestel y Oscar Esteban Murillo Hurtado. Exp. 14-000178-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1° de abril del 2014.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—(IN2014033374).

En la puerta exterior de este Despacho; al ser las diez horas y treinta minutos del treinta de junio de dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y reservas Ref: (citas: 332-12428-01-0976-001); y con la base de dos millones cuatrocientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y un mil ciento veintisiete-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Fremar Internacional; al sur, resto de Édgar Guzmán Castro; al este, Fremar Internacional y al oeste, calle con 10,00 metros de frente. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de julio de dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos sesenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de julio de dos mil catorce con la base de seiscientos veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Denis Yonis Barillas Jiménez. Exp. 14-000175-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de marzo del 2014.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014033376).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del tres de julio de dos mil catorce (14:30 3/7/2014), y con la base de seis millones trescientos setenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y dos colones con ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ocho mil setecientos veintisiete-cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno bloque B terreno para construir lote cuatro. Situada en el distrito (04) Cipreses, cantón (07) Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública, al sur, lotes nueve y diez B; al este, lote cinco B y al oeste, lote tres B. Mide: ciento setenta y cinco metros con cero centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil catorce (14:30 28/7/2014), con la base de cuatro millones setecientos ochenta y tres mil ochocientos treinta y nueve colones con sesenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de agosto de dos mil catorce con la base de un millón quinientos noventa y cuatro mil seiscientos trece colones con veinte céntimos (14:30 12/08/2014) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Carlos Luis Portuguez Jiménez. Exp. 13-003316-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 5 de mayo del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014033385).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 353-18993-01-0900-001 y servidumbre de paso bajo las citas: 576-30111-01-0014-001 y citas: 576-30111-01-0018-001; a las ocho horas y cero minutos del veintisiete de junio del año dos mil catorce, y con la base de nueve millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 479379-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06, Pital cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso de 6 metros de ancho en medio de Teresa Ramírez Solís y calle pública, sur, Fiduciaria Nacional Finacio S.A., este, calle pública, y oeste, Teresa Ramírez Solís. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros cuadrados, plano: A-1460456-2010. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de julio del año dos mil catorce, con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta de julio del año dos mil catorce con la base de dos millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Margarita Ramírez Solís. Exp. 14-000099-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 20 de marzo del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014033424).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado anotada bajo las citas 573-1007-01-0005-001; hipoteca de segundo grado anotada bajo las citas 575-47068-01-0001-001; servid y túnel ref: 2169-335-001 anotada bajo las citas 297-20096-01-0901-001; servidumbre trasladada anotada bajo las citas 300-3794-01-0901-001; servidumbre dom ref: 310366-000 anotada bajo las citas 339-3135-01-0003-001; servidumbre dominante anotada bajo las citas 339-15303-01-0005-001 y servidumbre de paso anotada bajo las citas 384- 19209-01-0004-001; a las once horas y cero minutos del siete de julio del año dos mil catorce, y con la base de diez millones de colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 544997-000 la cual es terreno de construir con una casa de habitación en proceso de construcción.- Situada en el distrito 06 Brasil, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al este, servidumbre de paso con 17,42 metros de frente; al oeste, Inmobiliaria Valle de Berada Ivabe S.A.; al noroeste, Inmobiliaria Valle Berada Ivabe S. A. y al sureste, Guisselle Marie Güell Camacho. Mide: quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de julio del año dos mil catorce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del siete de agosto del año dos mil catorce con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Sixto Villalobos Arias. Exp. 14-006714-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de mayo del 2014.—Lic. Guillermo Castro Rodríguez, Juez.—(IN2014033437).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 312-02771-01-0901-039; a las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de julio del año dos mil catorce, y con la base de veintisiete millones trescientos cincuenta mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 409.466-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07, Fortuna cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Margarita, Juan Luis, Mayra, Yolanda, Floribeth y Adrián todos Céspedes Cortés; sur, calle pública, con 28 metros de frente; este, María Margarita, Juan Luis, Mayra, Yolanda, Floribeth y Adrián todos Céspedes Cortés; y al oeste, María Margarita, Juan, Juan, Mayra, Yolanda, Floribeth y Adrián todos Céspedes Cortés. Mide: ochocientos treinta y ocho metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0985070- 2005. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de agosto del año dos mil catorce, con la base de veinte millones quinientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del año dos mil catorce con la base de seis millones ochocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Luis Céspedes Cortés Exp. 12-101367-0297-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 4 de abril del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014033438).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 373-07327-01-0900-001, citas: 380-12333-01-0806-001, citas: 380-12333-01-0810-001 y citas: 380-12333-01-0906-001; a las ocho horas y treinta minutos del tres de julio del año dos mil catorce, y con la base de veintiún millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 485993-000, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 07, La Fortuna cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Juan Israel Arias Ramírez, sur: Juan Israel Arias Ramírez, este: calle publica con un frente de 14 m 50 cm y oeste: Juan Israel Arias Ramírez. Mide: cuatrocientos diez metros cuadrados, plano: A-1490464-2011. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de julio del año dos mil catorce, con la base de dieciséis millones trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de agosto del año dos mil catorce con la base de cinco millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gabriela Matarrita Matarrita. Exp. 14-000341-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 31 de marzo del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014033439).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del veintitrés de setiembre de dos mil catorce, y con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y nueve mil ochocientos diecisiete derecho cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 04, Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con Jesús Cortés Vargas; al sur, con calle pública con dieciocho metros treinta y seis centímetros; al este, con José González Alfaro y al oeste, con calle pública con once metros cuarenta y nueve centímetros. Mide: ciento cincuenta metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del ocho de octubre de dos mil catorce, con la base de veinticinco mil trescientos doce dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del veintitrés de octubre de dos mil catorce con la base de ocho mil cuatrocientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A., contra Rosa María Cortés Ugalde, Saúl Mora Ceciliano. Exp. 14-000787-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del 2014.—Lic. Ana Naranjo Solano, Jueza.—(IN2014033453).

En este Despacho; al ser las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio de dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios; soportando tres servidumbres, cinco servidumbres de paso y seis servidumbres de líneas eléctricas y de paso y con la base de trescientos setenta mil dólares estadounidenses, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cinco mil seiscientos cuarenta y nueve cero cero cero, la cual es terreno de jardín y una casa. Situada en el distrito 01 Atenas, cantón 05 Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Soleil de Pintemps S. A.; al sur, Folie Dautomne S. A. y servidumbre de paso; al este, Fantaisies du Sud S. A. y servidumbre de paso y al oeste, Bonheur D Hiver S. A. Joi D Ete S. A. y Fleur de Automne S. A. Mide: dos mil novecientos veintitrés metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil catorce, con la base de doscientos setenta y siete mil quinientos dólares estadounidenses (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de agosto de dos mil catorce con la base de noventa y dos mil quinientos dólares estadounidenses (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fleurs et Saveurs Sociedad Anónima contra La Clef du Paradis Sociedad Anónima. Exp. 14-000375-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de abril del 2014.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014033502).

A las diez horas y cero minutos del tres de julio del año dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho; en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de quince millones de colones exactos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 365-11597-01-0900-001; la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 227973-000, la cual es terreno de pastos con una casa. Situada en el distrito 09, La Palmera cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Lidia Salazar Quesada; sur, Eliana Lineth Rojas Rojas, servidumbre de paso en medio de Víctor Manuel Vargas Rojas; este, calle pública y Eliana Lineth Rojas Rojas; oeste, quebrada en medio de Alberto Artavia. Mide: Cinco mil ciento ochenta y nueve metros con veintitrés decímetros cuadrados. Plano: A-0960953-2004. 2) Con la base de dos millones de colones exactos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 365-11597-01-0900-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula número 377683-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 09, La Palmera, cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Maribel Rojas Salazar; sur, servidumbre de paso en medio de Víctor Manuel Vargas Rojas con un frente de 32,40 metros; este, calle publica con un frente de 19,30 metros; oeste, Maribel Rojas Salazar. Mide: cuatrocientos cincuenta y dos metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Plano: A-0758421-2001. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de julio del año dos mil catorce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos por la primera finca, y la base de un millón quinientos mil colones exactos por la segunda finca (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de agosto del año dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos por la primera finca, y la base quinientos mil colones exactos por la segunda finca (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eliana Lineth Rojas Rojas y Maribel Rojas Salazar. Exp. N° 14-000191-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 23 de abril del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014033639).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las diez horas del primero de julio del dos mil catorce, y con la base de treinta y dos millones novecientos treinta y siete mil quinientos cuarenta y siete colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y dos mil ochenta y siete-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir lote 20. Situada en el distrito 01 San Pablo, cantón 09 San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle publica; al sur, Iris Benavides Esquivel; al este, Asociación de Vivienda y Desarrollo Urbano Los Heredianos, y al oeste, Asociación de Vivienda y Desarrollo Urbano Los Heredianos. Mide: Doscientos sesenta metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas del diecisiete de julio del dos mil catorce, con la base de veinticuatro millones setecientos tres mil ciento sesenta colones con cuarenta y ocho céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del cuatro de agosto del dos mil catorce, con la base de ocho millones doscientos treinta y cuatro mil trescientos ochenta y seis colones con ochenta y tres céntimos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Guillermo Enrique Arroyo Navarro contra Clara Zulay Herrera Castillo. Exp. N° 12-000340-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 28 de abril del 2014.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2014033689).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de agosto de dos mil catorce, y con la base de ciento veinticinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y dos mil novecientos ochenta y cuatro-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa marcada con el numero 53. Situada en el distrito 03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 52 de Negocios Bienes Raíces Sociedad Anónima con 20 metros lineales; al sur lote 54 de Negocios Bienes Raíces Sociedad Anónima con 20 metros lineales; al este, calle pública que se dirá con 8 metros lineales, y al oeste, lote 74 en parte y 73 de Negocios Bienes Raíces Sociedad Anónima con 8 metros lineales. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de agosto de dos mil catorce, con la base de noventa y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de setiembre de dos mil catorce con la base de treinta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Zamora & Loría Asociados S. A. contra Flor de María Chaverri Cordero y William Rodolfo De Jesús Valenciano Camacho. Exp. N° 14-000731-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de mayo del 2014.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014033700).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones Citas: 0373-00001881-01-0900-001; a las diez horas y cero minutos del trece de agosto del año dos mil catorce, y con la base de veintiún millones trescientos setenta y un mil trescientos dieciséis colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y nueve mil setecientos veinticuatro-cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 02 Bolsón, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 18.43 metros; al sur, Félix Villegas Barrantes; al este, Félix Villegas Barrantes, y al oeste, Mauro Villegas Lara. Mide: Dos mil quinientos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de agosto del año dos mil catorce, con la base de dieciséis millones veintiocho mil cuatrocientos ochenta siete colones con sesenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del doce de setiembre del año dos mil catorce con la base de cinco millones trescientos cuarenta y dos mil ochocientos veintinueve colones, con veintiún céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Speed Credit Sociedad Anónima contra Banco Internacional de Información y Servicios S. A. Exp. N° 14-000819-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 7 de abril del 2014.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—(IN2014033713).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del veintiséis de agosto del año dos mil catorce, y con la base de doscientos ochenta y tres millones ochocientos cincuenta y seis mil seiscientos treinta y dos colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 00118135-002, la cual es terreno inculto con oficinas y galerón. Situada en el distrito 01, Heredia, cantón 01, Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Calving Paniagua Espinoza; al sur, José Joaquín Rojas Vílchez; al este, calle segunda con 25 metros de frente, y al oeste, Gerardo Morera Barrantes y otro. Mide: mil cincuenta y dos metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del once de setiembre de dos mil catorce, con la base de doscientos doce millones ochocientos noventa y dos mil cuatrocientos setenta y cuatro colones con cuarenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintinueve de setiembre de dos mil catorce con la base de setenta millones novecientos sesenta y cuatro mil ciento cincuenta y ocho colones con dieciséis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de María Eugenia Lobo Chavarría contra Carolina Benavides Esquivel. Exp. N° 04-001957-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de mayo del 2014.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—(IN2014033714).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso al tomo 442 asiento 01112; a las diez horas quince minutos del dos de julio de dos mil catorce, y con la base de veintiséis mil trescientos dólares con treinta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 114771-001 y 002 cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito Parrita, cantón Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 381; al sur, lote 383; al este, lotes 385 y 386 en parte, y al oeste, calle pública. Mide: Doscientos sesenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del diecisiete de julio de dos mil catorce, con la base de diecinueve mil setecientos veinticinco dólares con veintitrés centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas quince minutos del cuatro de agosto de dos mil catorce con la base de seis mil quinientos setenta y cinco dólares con siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Yohna I.Y.N. S. A contra Ronald Alexis Blanco Miranda, Yesenia Malinse Arias Rivera. Exp. N° 14-002728-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 6 de mayo del 2014.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2014033727).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del primero de julio del año dos mil catorce y con la base de tres millones quinientos mil colones exacto, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y ocho mil doscientos veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno Lote 20 D terreno para construir. Situada en el distrito Turrúcares, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 19 D; al sur, lote 21 D; al este, Antonio Hernández López y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta y dos metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de julio del año dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de julio del año dos mil catorce con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopavegra R.L. contra Duvin González Parajeles. Exp: 14-000610-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 13 de marzo del año 2014.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014033743).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando dos servidumbres trasladadas; a las dieciséis horas y cero minutos del veintiuno de julio de dos mil catorce, y con la base de diecisiete millones cuatrocientos treinta y nueve mil cuatrocientos cincuenta colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Naranjo, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Kattia Rodríguez Solís; al este, Plutarco Rodríguez Prez, y al oeste, Rubén Rodríguez Pérez. Mide: Seiscientos nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del seis de agosto de dos mil catorce, con la base de trece millones setenta y nueve mil quinientos ochenta y ocho colones con doce céntimos y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintidós de agosto de dos mil catorce con la base de cuatro millones trescientos cincuenta y nueve mil ochocientos sesenta y dos colones con setenta y un céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular contra Emma Umaña Rodríguez. Exp. N° 13-006663-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 23 de enero del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014033763)

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del siete de julio del año dos mil catorce, y con la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta y tres mil setecientos siete colones con siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos noventa y nueve mil doscientos sesenta y tres derechos cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Pedro, cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Manuel Emilio Avendaño Bolaños; al noroeste, calle pública; al sureste y suroeste, José Luis Sánchez Herrera. Mide: Trescientos quince metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de julio del año dos mil catorce, con la base de veintitrés millones trescientos quince mil doscientos ochenta colones con treinta céntimos y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de agosto del año dos mil catorce con la base de ocho millones cuatrocientos treinta y ocho mil cuatrocientos veintiséis colones con setenta y siete céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular contra Fabricio Granados Fuentes y Karla Ginnette Fernández Mata. Exp. N° 13-002508-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 16 de mayo del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014033770)

A las ocho horas y treinta del veintinueve de julio de dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando servidumbre de paja de agua inscrita a tomo 414, asiento 771, y servidumbre de acueducto de paso de AyA inscrita a tomo 467 y asiento 19151. y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y ocho mil quinientos ochenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito seis Esquipulas, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte y al sur, José Daniel Meléndez Alfaro; al este, Juan María, Lidia María, Eduardo José Francisco, Rolando, Juan Félix, y Porfirio todos Bolaños Chaves, y al oeste, calle pública con un frente a ella de nueve metros con cincuenta centímetros. Mide: Ciento treinta y nueve metros cuadrados con treinta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carmen María Jiménez Badilla contra Ana Rita Sánchez Araya. Exp. N° 04-000220-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 13 de mayo del 2014.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—(IN2014033787).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre de Paso; a las nueve horas y cero minutos del ocho de agosto de dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cinco mil setecientos cuarenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Sámara, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Mercedes Pérez Hernández; al sur, Mercedes Pérez Hernández; al este, servidumbre de paso y Mercedes Pérez Hernández, y al oeste, Yockfor Chan Ramírez. Mide: ochocientos noventa y cinco metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil catorce, con la base de doce millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de setiembre de dos mil catorce con la base de cuatro millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Walter Rodríguez Cano contra José Pablo Solano Gómez. Exp. N° 13-002200-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 27 de enero del 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014033835).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del cinco de agosto de dos mil catorce, y con la base de mil trescientos veintiún dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 631852, marca Isuzu, estilo Rodeo, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1998, color negro, carrocería station wagon, tracción 4X2, chasis 4S2CK58D3W4336727, motor X22SE25048416, cilindrada 2200 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veintiuno de agosto de dos mil catorce, con la base de novecientos noventa dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del cinco de setiembre de dos mil catorce con la base de trescientos treinta dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos de Trabajo S. A. contra Roy Eduardo Sojo Steller. Exp. N° 12-009406-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del 2014.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2014033885).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del dieciséis de julio del año dos mil catorce, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° TG 384, marca Toyota, estilo Corolla XLI, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2007, color rojo, vin JTDBJ21EX04015223, cilindrada 1974 cc, combustible diesel, motor Nº 2C4038310. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del uno de agosto del año dos mil catorce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de agosto del año dos mil catorce con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Orlando Junez Miranda contra Daniel Manrique Marín Ortiz. Exp. N° 13-001404-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 24 de abril del 2014.—Lic. Luis Alberto Miranda García, Juez.—(IN2014033897).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del veinticinco de junio del año dos mil catorce, y con la base de dieciocho mil ochocientos once dólares con treinta y dos centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas N° 792336, marca Kia, estilo Sportage LX, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2009, color plateado, vin KNAJE551597594176, cilindrada 1991 cc, combustible diesel, motor Nº D4EA8H385051. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de julio del año dos mil catorce, con la base de catorce mil ciento ocho dólares con cuarenta y nueve centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de julio del año dos mil catorce, con la base de cuatro mil setecientos dos dólares con ochenta y tres centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra José Joaquín Rodríguez González. Exp. N° 14-000084-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 17 de marzo del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014033919).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley Caminos bajo las citas: 329-15266-01-0014-001 y Reservas Ley Aguas bajo las citas: 329-15266-01-0015-001; a las quince horas y cero minutos del veinticinco de junio del año dos mil catorce, y con la base de cuarenta y dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 447067-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 8 La Tigra, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 22,31 metros; sur, Guido Arrieta Chacón; este, Guido Arrieta Chacón; oeste, Guido Arrieta Chacón. Mide: quinientos cincuenta y cuatro metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Plano: A-1265592-2008. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diez de julio del año dos mil catorce, con la base de treinta y un millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de julio del año dos mil catorce con la base de diez millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Minor Rodríguez Campos. Exp. N° 14-000083-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 13 de marzo del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014033933).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil catorce, y con la base de dos millones quinientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 500407-001-002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 6 Pital, cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 9 metros lineales; sur, este y oeste, Eric Enrique González Quesada. Mide: ciento ochenta metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0950735-2004. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de julio del año dos mil catorce, con la base de un millón novecientos cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de julio del año dos mil catorce con la base de seiscientos treinta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Pres contra Gerónimo Sandoval Acevedo. Exp. N° 13-001322-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 20 de marzo del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014033935).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibiciones artículo 16 Ley 7599, bajo las citas: 456-19288-01-0052-001, a las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil catorce y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 335084-000, la cual es terreno con una casa de habitación con una area de construcción de 50 mts cuadrados. Situada en el distrito 01 Los Chiles, cantón 14 Los Chiles de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alfonso Avellan; sur, Kattia y Rosalía Sandino; este, Alfonso Avellán y Rosalía Sandino; y oeste, calle pública. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Plano: A-0351558-1996. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del once de julio del dos mil catorce, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil catorce, con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Erika María Leitón Sandino. Expediente: 14-000172-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 19 de marzo del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014033981).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.: 1789-246-006, (citas: 306-17740-01-0901-001), a las ocho horas y treinta minutos del treinta de junio de dos mil catorce y con la base de tres millones cincuenta y cinco mil setecientos un colones con treinta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y siete mil seiscientos treinta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 36-A. Situada en el distrito 03 Guaycará, cantón 07 Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, IMAS; al este, zona inundación; y al oeste, lote 5-B. Mide: veinticinco mil setecientos cinco metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de julio de dos mil catorce, con la base de dos millones doscientos noventa y un mil setecientos setenta y cinco colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de julio de dos mil catorce, con la base de setecientos sesenta y tres mil novecientos veinticinco colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Geiner Gómez Ril. Expediente: 14-000120-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de marzo del 2014.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014033983).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, bajo las citas: 306-00769-01-0901-001, a las nueve horas y treinta minutos del tres de julio del año dos mil catorce y con la base de veinte millones setecientos cuarenta y siete mil setecientos setenta y ocho colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 411839-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Alvarado Cordero; sur, Gilbert Acuña y calle publica con 11,00 metros; este, María Alvarado; y oeste, Rafael Alvarado Córdoba. Mide: mil cien metros con veintiún decímetros cuadrados. Plano: A-1006807-2005. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil catorce, con la base de quince millones quinientos sesenta mil ochocientos treinta y tres colones con setenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de agosto del dos mil catorce, con la base de cinco millones ciento ochenta y seis mil novecientos cuarenta y cuatro colones con cincuenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jeffry David Esquivel Barquero y María Isabel Alvarado Córdoba. Expediente: 14-000208-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de marzo del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014033985).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil catorce y con la base de nueve millones setecientos dieciséis mil setenta y cinco colones con veintitrés céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 456942-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Gladys Rodríguez Chacón; sur, Cotis del Norte S. A.; este, calle pública; y oeste, Cotis del Norte S.A. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano: A-1016440-2005. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil catorce con la base de siete millones doscientos ochenta y siete mil cincuenta y seis colones con cuarenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de agosto del dos mil catorce, con la base de dos millones cuatrocientos veintinueve mil dieciocho colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Yeiner Gerardo Porras Porras. Expediente: 14-000321-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 31 de marzo del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014033990).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del veintitrés de julio del dos mil catorce y con la base de tres millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos treinta y un mil setecientos quince-cero cero uno-cero cero dos-cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Rafael Abajo, cantón Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norteste, Vilma Sánchez Calderón; al noroeste, Aida Luz Sánchez Calderón y servidumbre de por medio; al sureste, Primo Calderón Jiménez; y al suroeste, María Eugenia Sánchez Calderón. Mide: ciento sesenta y tres metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil catorce, con la base de dos millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil catorce, con la base de ochocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Francisco Duron López, Juan Francisco Duron López, Silvia Zúñiga Sánchez, Alejandro Josué Duron Zúñiga, Sonia Pamela Duron Zúñiga, Erick y Daniel Duron Zúñiga. Expediente: 13-028864-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de mayo del 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014034008).

En la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, en el mejor postor remataré: libre de gravámenes prendarios, se remata un vehículo marca Nissan, modelo 1998, estilo Sentra, 4 cilindros, combustible gasolina, cubicaje 1.600 centímetros cúbicos, chasis número 1N4AB41D6WC725722, motor número GA16857819N, color vino, capacidad 5 pasajeros, placas número 524046. Para el primer remate se señala las nueve horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil catorce, con la base dada por el perito en la suma de dos millones setecientos treinta y cinco mil colones. Para celebrar el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil catorce, con el rebajo de un veinticinco por ciento de la base, sea en la suma de dos millones cincuenta y un mil doscientos cincuenta colones. Para celebrar el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil catorce tomando como base un veinticinco por ciento de la base original, sea en la suma de seiscientos ochenta y tres mil setecientos cincuenta colones. Se remata por ordenarse así en proceso 11-000233-0180-CI-2, ejecución de sentencia de Francisca Quirós Urbina contra Marco Antonio Mora Ramírez.—Juzgado Primero Civil de San José, 16 de mayo del 2014.—Lic. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—(IN2014034086).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de junio de dos mil catorce y con la base de un millón seiscientos ochenta y nueve mil ciento nueve colones con setenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 302254, marca Nissan, estilo Sentra, categoría automóvil, año 1998, color gris, vin no indicado, carrocería sedan cuatro puertas, tracción 4x2, combustible gasolina, cilindrada 1597 cc, número de motor GA16715215V. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de julio de dos mil catorce, con la base de un millón doscientos sesenta y seis mil ochocientos treinta y dos colones con veintinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de julio de dos mil catorce, con la base de cuatrocientos veintidós mil doscientos setenta y siete colones con cuarenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun S. A. contra Ana Hernández Sandoval. Expediente: 10-003796-0370-CI.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 16 de mayo del 2014.—Lic. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(IN2014034106).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos, inscritas bajo las citas de tomo 309 y asiento 13781, así como servidumbre de paso, inscrita bajo las citas de tomo 570 y asiento 42395, a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil catorce y con la base de ciento cuarenta y nueve millones veintiocho mil treinta y cinco colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, matrícula número 29864, derechos 001 y 002, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 01 Corredor, cantón 10 Corredores de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José María Cordero y parcela el litigio; al sur, Gerardo Umaña, al este, Antonio Garita; y al oeste, calle pública con frente de 348.20 m y Asociacion Mision Emanuel Caracol Norte. Dicha finca mide doscientos veintiún mil doscientos veintinueve metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del ocho de julio del dos mil catorce, con la base de ciento once millones setecientos setenta y un mil veintiséis colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil catorce, con la base de treinta y siete millones doscientos cincuenta y siete mil ocho colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Contraloría General de la República contra Primo Feliciano Álvarez Guevara. Expediente: 11-002515-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de abril del 2014.—Lic. Mariela Cortés García, Jueza.—(IN2014034141).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Alberto Rodolfo de Jesús Serrano Soto, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas y cero minutos del dos de julio del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 13-000081-0341-CI.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 12 de mayo del 2014.—Lic. Wilbeth Herrera Delgado, Juez Civil.—1 vez.—(IN2014023207).

Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de Carlos Samuel Chamu Chamu, quien fue mayor, casado una vez, vecino de La Selva, Guácimo, Limón, cédula de identidad número 7-016-795, para que se apersonen a este Despacho a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de julio de dos mil catorce, para llevar a cabo la junta de interesados, a fin de proceder conforme lo ordena el artículo 926 del Código Procesal Civil. Sucesión N° 07-100403-0468-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 13 de mayo de 2014.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—(IN2014031409).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Minor Alberto Morales Campos, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del veintiséis de junio de dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 06-000965-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de mayo del 2014.—Lic. Francis Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014033880).

Títulos Supletorios

Se hace saber, que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 14-000067-0638-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María del Carmen Ugalde Víquez; quien es mayor, estado civil casada una vez, del hogar, vecino de San Pedro de Poás de Alajuela, ciento cincuenta metros sur de la Pulpería Choco, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-576-580, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de patio con una casa y callejón de acceso. Situada en el distrito 02 San Juan, cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de tres metros y un centímetros, Adela Isabel Ugalde Víquez; al sur, María del Pilar Víquez Espinoza; al este, Adela Isabel Ugalde Víquez, Xinia Herrera Mora y al oeste, María Eugenia Araya Porras, Amado Araya Campos y Emilia Murillo Román. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de 3000000 colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera su madre la señora Paula Víquez Rodríguez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento por medio de chapias, mantenimiento de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María del Carmen Ugalde Víquez. Exp. N° 14-000067-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 9 de mayo del 2014.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—(IN2014033450).

Se hace saber, que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 13-000191-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Juana Blasa Gorgona Villagra; quien es mayor, estado civil soltera, vecina de San Blas, Sardinal, Guanacaste, de la Iglesia Católica seiscientos metros al este y ciento cincuenta metros al sur, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-ciento veintiséis-cero cero dos, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno patio con una casa. Situada en el distrito tercero (Sardinal), cantón quinto (Carrillo), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Servidumbre de paso; al sur, Murubel Espinoza Gorgona; al este, Karen Bustos Gorgona y al oeste, Julia Miriam Gorgona Villagra. Mide: novecientos ochenta y dos metros cuadrados. Plano catastrado número G-1621127-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación mediante escritura pública número ciento treinta y tres, visible al folio setenta y nueve vuelto del tomo cuarto de la notaría pública Lisseth Yessenia Jaén Gutiérrez, un lote sin inscribir del señor Saturdino Gorgona Villagra, mayor, soltero, agricultor, cédula cinco-cero cuarenta y tres-ciento cuarenta y cuatro, vecino de San Blas, Sardinal, Guanacaste, de la Iglesia Católica seiscientos metros al este y ciento cincuenta al sur, quien indica ser su tío, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener en el lugar árboles frutales y además de mantenerlo limpio, así como habitar la casa de habitación que en él existe, le he construido de alambre de púas una cerca alrededor del mismo, así como ejercer los demás atributos del dominio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Juana Blasa Gorgona Villagra. Exp. N° 13-000191-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, San José, 22 de abril del 2014.—Lic. José Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—(IN2014033459).

Se hace saber, que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 13-000258-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Elisandro Morales Matamoros; quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Barrio Lourdes de San Rafael de Alajuela sita doscientos metros al noreste del Club Campestre Horizonte, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-cuatrocientos cuarenta y dos-novecientos sesenta y cinco, profesión Administrador, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el Edén de Cartagena, en el distrito quinto (Cartagena), cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Plano catastrado número: G-1590441-2012. Colinda: al norte, Juan María Peraza Briceño; al sur, con calle pública con veinte metros lineales; al este, Jorge Luis Bolaños Cabezas y al oeste, Fausto Marchena Viales. Mide: seiscientos cincuenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hizo el señor Fausto Marchena Viales, mayor, viudo una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número cinco-cero ochenta y nueve- quinientos, vecino de Cartagena de Santa Cruz, Guanacaste sita de la Cruz Roja, cincuenta metros al norte, el día veintisiete de abril del año dos mil doce, con quien no le liga parentesco alguno; quien le trasmitió la posesión ejercida por más de doce años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en hacer rondas, chapeas, arreglo de los cercos y cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Elisandro Morales Matamoros. Exp. N° 13-000258-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, San José, 22 de abril del 2014.—Lic. José Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—(IN2014033501).

Se hace saber, que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 11-000096-0390-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Francisco Carrillo Obando; quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Lagunilla de Heredia, portador de la cédula de identidad número 5-0127-0251, profesión guardia de seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de repasto. Situada en el distrito Cuarto (Quebrada Honda), cantón Segundo (Nicoya), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Luz Marina Murillo Calderón; al sur, Dilmer Carrillo Reyes; al este, Dilmer Carrillo Reyes y al oeste, Hilda Mayorga Carrillo, María Carrillo Torres ambos en parte. Mide: cuatro hectáreas ocho mil setecientos ochenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1598438-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cien mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en Almácigos de semilla de teca, abonar la tierra y sembrar árboles de teca. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por. Exp. N° 11-000096-0390-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), San José, 20 de mayo del 2014.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—(IN2014033564).

Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el expediente N° 13-000258-0387-AG, información posesoria de Olger Arroyo Rodríguez; mayor, casado una vez, contador, vecino de Bijagua de Upala, Alajuela, cédula dos-trescientos dieciocho-quinientos trece, para inscribir a su nombre y en el Registro Público Inmobiliario, el terreno que se describe así: Finca de potrero y bosque. Situada en El Salto, distrito cuarto (Bijagua), cantón Trece (Upala), de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ernidez Zúñiga López; sur, Delfín Vargas Alfaro; este, Carretera Nacional con un frente de quinientos tres metros con sesenta y tres centímetros lineales y al oeste, calle pública con un frente de trescientos noventa y nueve metros con treinta y siete centímetros lineales. Mide: cinco hectáreas nueve mil doscientos ocho metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado A-1541115-2011, de fecha veintinueve de noviembre del dos mil once, a nombre de Ólger Arroyo Rodríguez. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el inmueble en la suma de diez millones de colones y las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones. Afirma adquirió dicho inmueble por compra que le hiciera a Edwin Alfaro Castillo, el veintiuno de enero del dos mil tres, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta y cinco años. No existen condueños, los actos de posesión han consistido en potrero, conservación de área boscosa, reforestación, mejoramiento, mantenimiento de cercas, cuido y manejo de área de pastos. Afirma no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 26 de mayo del 2014.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2014033566).

Se hace saber, que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 14-000049-0465-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Caribbean Wonderfull Paradise Sociedad Anónima, quien es mayor, estado civil, vecino de, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número, profesión, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es forestal y agrícola. Situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Rafael Córdoba Chavarría; al sur, Alejandro Solís Solís y Juan Jiménez Luna; al este, Rafael Córdoba Chavarría y Alejandro Solís Solís y al oeste, con calle pública con un frente a ella de cincuenta y dos metros con dieciocho centímetros. Mide: diez hectáreas cuatro mil cuatrocientos noventa y dos decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-1561981-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por ocupación y transmisión de posesión que le hiciera la empresa Inmobiliaria Marflo de Dulce Nombre Sociedad Anónima y a este le transmitió, Ramón Arauz Umaña, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cuido del inmueble, mantenimiento de cercas y siembras de árboles varios. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Caribbean Wonderfull Paradise Sociedad Anónima. Exp. N° 14-000049-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 14 de mayo del 2014.—Lic. Javier Villalón Ruiz, Juez.—1 vez.—(IN2014033574).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000248-0297-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Lolita Rodríguez Esquivel quien es mayor, estado civil soltera en unión libre, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-trescientos cincuenta y ocho-novecientos doce, vecino de Las Milpas de Upala, Alajuela, doscientos metros de la escuela, carretera Upala, profesión oficios del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Upala, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noroeste, con Ganadera Briceño S. A.; al suroeste, Luis Carlos Calderón Arguero y calle pública con un frente de diez metros lineales; al este, Ganadera Briceño S. A.; y al oeste; Luis Carlos Calderón Arguero. Mide: trescientos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciere el señor Luis Carlos Calderón Agüero, mayor, soltero, oficial de seguridad, cédula de identidad número cinco-doscientos noventa y siete-quinientos sesenta y dos, quien traspasa los derechos de posesión, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en levantar cercas, chapea y limpia del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Lolita Rodríguez Esquivel. Exp. 13-000248-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 28 de marzo del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014033723).

Asociación de Desarrollo Integral de San José de Upala, Alajuela cédula jurídica tres-cero cero dos-cero ocho cuatro cinco cero cinco, representada por Pedro Espinoza Meneses, quien es mayor, casado, agricultor, vecino de San Jorge de Upala, Alajuela, cédula 2-321-370, solicita se levante Información Posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por donación que le hiciere Carlos Alfonso Sandoval, mayor, nicaragüense, casado una vez, agricultor, cédula residencia 155810469919, vecino de San Jorge de Yolillal de Upala, Alajuela, 2 kilómetros al sur del salón comunal, con quien no le liga parentesco alguno con los representes de la asociación, el 05 de enero de 2011. Dicho terreno se describe así: Terreno con un Salón Comunal, sito en San Jorge, distrito siete, Yolillal, cantón trece Upala, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle pública con un frente de ciento cinco metros con ochenta y un centímetros lineales, Asociación de Desarrollo Integral de San José de Upala, y Julia García Reyes; al sur, calle pública con un frente de ciento noventa metros con veintitrés centímetros lineales; al este, calle pública con un frente de cincuenta y tres metros con noventa y seis centímetros lineales; y al oeste, calle pública con un frente de treinta y un metros con ochenta y cinco centímetros lineales y Asociación de Desarrollo Integral de San Jorge de Upala. Mide: nueve mil ochocientos cincuenta y siete metros cuadrados, según el plano catastrado número A-1389497-2009 de fecha 3 de diciembre de 2009. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de cuatro millones de colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Proceso Información Posesoria, promovida por Asociación de Desarrollo Integral de San Jorge de Upala. Exp. 12-100736-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 15 de mayo del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014033730).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el expediente N° 14-160010-0642-AG, información posesoria de Miguel Ángel Porras Villegas, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Pozo Azul de Abangares, Guanacaste, cédula cinco-ciento uno-quinientos ochenta y uno, para inscribir a su nombre y en el Registro Público Inmobiliario, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de potrero. Situada en Pozo Azul, distrito: tercero (San Juan), cantón: Sétimo (Abangares), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de doscientos tres metros con setenta y seis centímetros lineales; sur, Porras Montero y Asociados S. A.; este, Luisa González Chavarría y Elmer Esteban Morúm Varela, ambos en parte, y al oeste, Porras Montero y Asociados S. A. y Mario Morúm Varela, ambos en parte. Mide: noventa mil setecientos dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado G-1692934-2013, de fecha quince de octubre del dos mil trece, a nombre de Miguel Porras Villegas. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Afirma adquirió dicho inmueble por compraventa que le hiciera a Porras Montero y Asociados S.A., el veintidós de marzo del dos mil dos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de trece años. No existen condueños, los actos de posesión han consistido en mantenimiento de pastos, vegetación, mantenimiento de cercas, corrales y linderos. Afirma no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 27 de mayo del 2014.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014033586).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000052-0296-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Denis Francisco Alpízar Villalobos, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Alto Villegas de Volio de San Ramón, un kilómetro al este de la Escuela Lisímaco Chavarría, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-0586-0703, profesión mecánico, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito décimo Volio, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de dieciocho metros veinte centímetros lineales; al sur y al este, Juan Carlos Alpízar Rojas, y al oeste, Luis Diego Alpízar Villalobos. Mide: cuatrocientos ocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Denis Francisco Alpízar Villalobos, expediente N° 14-000052-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 2 de mayo del año 2014.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014033849).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000034-0296-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Álvaro Roger Alpízar Villalobos, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Alto Villegas de Volio de San Ramón, un kilómetro al norte de la Escuela Lisímaco Chavarría, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-0570-440, mecánico, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de zona verde para construir. Situada en el distrito décimo Volio, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con frente a ella de dieciocho metros treinta y un centímetros lineales; al sur y al este, con Denis Alpízar Villalobos, y al oeste, Luis Diego Alpízar Villalobos. Mide: novecientos sesenta y ocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Álvaro Roger Alpízar Villalobos, expediente N° 14-000034-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 19 de marzo del año 2014.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014033852).

Citaciones

Se emplaza: a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Francisco Alonso Astúa Madrigal, quien fue mayor, soltero, vecino de Desamparados, cédula de identidad 1-1312-0862 para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia de que si no se presentan en el plazo citado aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000266-0164-CI. Sucesión de Francisco Alonso Astúa Madrigal.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 2 de julio del 2013.—Dra. Leyla Kristel Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2013045634).

Se cita y emplaza a los posibles interesados en el sucesorio ab intestato de quien en vida fue: Juan José Quesada Molina, a efecto en el plazo de treinta días contabilizados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen a mi oficina, situada en el cantón de Palmares, provincia de Alajuela, cincuenta metros al norte de la esquina noreste del parque, a hacer valer sus derechos. De no presentarse reclamo alguno la herencia pasará a quienes corresponda según la normativa legal.—Palmares, a las once horas y quince minutos del día veinticuatro de mayo del dos mil catorce.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—(IN2014032878).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Cecilia Sánchez Coto, mayor de edad, viuda una vez, ama de casa, vecina de Cartago, San Francisco, un kilómetro al sur del Hospital Max Peralta, con cédula de identidad número tres-ciento setenta y uno-cuatrocientos cincuenta, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; del mismo modo se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número: cero cero cero dos-dos mil catorce. Notaría del Lic. Alfonso Víquez Sánchez, notario público.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014032892).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria en sede notarial de Gerardo Rafael Chavarría Delvó, mayor, soltero, estudiante, vecino de Sabanilla de Montes de Oca, cédula de identidad uno-mil trescientos siete-cuatrocientos ochenta y siete; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto y que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, ante esta Notaría ubicada en San José, Santa Ana, Centro Empresarial Forum uno, edificio C, oficina uno C uno; apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2014.—San José, 23 de mayo del dos mil catorce.—Lic. Germán Eduardo Rojas Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014032977).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ramón Aguilar Monge, cédula uno-ciento ochenta y siete-cuatrocientos once, quien fue mayor, casado una vez, guarda particular, vecino de Curridabat, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se les apercibe a los crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente número 10- 2014 SN.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2014033068).

Se emplaza a herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Carlos Eduardo González Ramírez, quien fue mayor, casado una vez, taxista, vecino de Heredia, cantón de San Isidro, distrito San José, contiguo al Asilo de Ancianos Nuestra Señora de los Ángeles, con cédula de identidad número cuatro-ciento sesenta y seis-quinientos veintitrés, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Notario público Rubén Gerardo Chaves Ortiz. Goicoechea, el Carmen, Las Américas, Segunda entrada al final de la calle. Expediente N° 001-2013.—Lic. Rubén Gerardo Chaves Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2014033096).

Por escritura otorgada ante esta notaría, expediente número 01-2014-EMC, Nichole Rojas Tayor solicita la tramitación del proceso sucesorio de la señora Elena Taylor Brown; por lo que se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fuera Elena Taylor Brown, mayor de edad, casada en primeras nupcias, ama de casa, con domicilio en San José, Desamparados, Calle Fallas, Urbanización Monseñor Sanabria casa número treinta y seis, con cédula de identidad número uno-cuatrocientos veinticinco-ochocientos cuarenta y tres; quien falleció en Costa Rica el día veintiocho de Setiembre de mil novecientos noventa y dos, sin haber otorgado testamento según las leyes de éste país, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieran la herencia pasará a quien en derecho corresponda. San José, exactamente en Desamparados, cincuenta metros al sur de la Clínica Marcial Fallas Díaz.—Lic. Elizabeth Méndez Chaves, Notaria.—1 vez.—(IN2014033100).

A los interesados en sucesión Fabio Sánchez Ledezma, mayor, casado una vez, comerciante, cédula uno-ciento setenta y ocho-ochocientos veintidós, vecino de Tibás, quien falleció el día diecinueve de febrero de dos mil catorce, para que en treinta días contados a partir esta publicación, comparezcan a mi Notaría a hacer valer sus derechos y en su omisión la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de terceros de mejor derecho.—Moravia, 7 de mayo del 2014.—Lic. Manuel Núñez Carrillo, Notario.—1 vez.—(IN2014033109).

A los interesados en sucesión Rodrigo Antonio Cordero Masis, mayor, casado una vez, cédula uno-trescientos setenta y tres-setecientos noventa y tres, vecino de San José, quien falleció el día seis de julio de dos mil once, para que en treinta días contados a partir esta publicación, comparezcan a mi Notaría a hacer valer sus derechos y en su omisión la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de terceros de mejor derecho.—Moravia, 25 de abril del 2014.—Lic. Manuel Núñez Carrillo, Notario.—1 vez.—(IN2014033111).

A las a las once horas del uno de abril del dos mil catorce, se declaró abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue José Antonio Hernández Ceciliano, hijo de Mayita Georgina Hernández Ceciliano. La defunción del causante acaeció en la provincia de Limón, cantón de Talamanca, distrito de Bratsi, el tres de octubre de mil novecientos noventa y tres, según consta en certificación expedida por el Registro Civil, en sede notarial ante la notaría del Lic. Salvador Orozco Trejos, expediente 003-2014, con oficina abierta en la Ciudad de Limón, Barrio Santa Eduviges, Teléfono 8705 9418 y fax 2758 6724. Se confiere audiencia a la Procuraduría General de la República y se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en general, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la fecha de esta publicación, comparezcan, mediante apersonamiento hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento a los que crean tener derechos a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—Limón, quince horas del 15 de abril del 2014.—Lic. Salvador Orozco Trejos, Notario.—1 vez.—(IN2014033124).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Vicente Lau Siu, mayor, casado, pensionado, de nacionalidad Chino, vecino de San José, Tibás Urbanización Jardines, de la casa de los Scout cien metros norte, fallecido el treinta de mayo de mil novecientos noventa y nueve en Llórente de Tibás, para que dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2014. Lic. Douglas Hernández Zamora, San José, Tibás, del Peri mercado de Jardines de Tibás cien metros sur y doscientos cincuenta al oeste casa once E. Teléfono 8391-1080 Telefax 2297-2862.—Lic. Douglas Hernández Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2014033126).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión de Carlos Alberto Urtecho Morales, mayor, casado una vez, cédula seis-cero cero ochenta-cero doscientos noventa y cuatro vecino de San José, San Gabriel de Calle Blancos, de la bomba de Gasolina cuatrocientos metros al norte, fallecido el catorce de agosto del dos mil once en Goicoechea San José para que dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. -Expediente 0003-2014. Lic. Douglas Hernández Zamora, San José, Tibás, del Peri mercado de Jardines de Tibás cien metros sur y doscientos cincuenta al oeste casa once E. Teléfono 8391-1080 Telefax 2297-2862.—Lic. Douglas Hernández Zamora, Notario.—1 vez.—(IN2014033127).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de quien en vida fue Zaida María Arroyo Madrigal, quien fue mayor, casada una vez, de oficios del hogar, vecina de Alajuela, La Guácima, Rincón Chiquito, cien metros oeste y cien metros sur de la Iglesia Evangélica, con cédula de identidad número dos-doscientos noventa y ocho-trescientos setenta y seis, quien falleció el día veinticinco de noviembre del año dos mil doce, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta notaría, ubicada en San José, Central, Catedral, Barrio Francisco Peralta, cien metros al norte de la Casa Italia, frente al I.M.A.S, edificio AB&P, apercibimos de que si no lo hicieren dentro del plazo dicho, la herencia pasara a quien corresponda. El albacea realizó las manifestaciones establecidas en el artículo novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil, mediante escritura pública número veintiuno, otorgada ante esta Notaría a las nueve horas del día veintidós de noviembre del año dos mil trece, mediante la cual se solicitó la apertura de este sucesorio en sede notarial. Expediente N° 0001- 2014-J.L.P.M.—San José, veintidós de mayo del año dos mil catorce.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—(IN2014033128).

Se cita a todos los interesados para que dentro del plazo de 30 días hábiles a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos dentro del proceso sucesorio notarial del señor Dagoberto López Seguro, mayor, casado una vez, cédula número 1-0468-0463 y vecino de Santa Rita de Aserrí y que se tramita en la notaría de la Lic. Ligia María Bermúdez Barquero, en San José, Sabana Sur, 25 metros al norte de la Universidad de La Salle. Transcurrido el plazo sin oposición, se adjudicará el haber sucesorio a quien corresponda San José, 26 de mayo del 2014.—Lic. Ligia María Bermúdez Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2014033157).

Se emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio notarial testamentario de Frank John (nombre) Thompson (único apellido en razón de su nacionalidad), mayor de edad, ciudadano de nacionalidad canadiense, soltero, retirado, con pasaporte de su país número J X cuatro dos nueve nueve nueve ocho, anteriormente número LJ cuatro nueve seis ocho uno nueve, con domicilio en San José, Pérez Zeledón, Páramo, exactamente un kilómetro al oeste de la Escuela de San Ramón Norte, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número uno-dos mil catorce. Notaria: Ana Patricia Vargas Jara. San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, exactamente frente al costado oeste del parque central, edificio Vargas Abogados, primer piso.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Sol. 14234.—(IN2014033164).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Francisco Soto Rodríguez, quien fue mayor, casado una vez, cantinero, vecino de Barrio San José, Alajuela, cédula de identidad número dos-trescientos veintiséis-seiscientos sesenta y dos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero tres-dos mil catorce. Notaría Licenciada María González Campos sita en la ciudad de Alajuela veinticinco metros sur de esquina sureste del Parque Central. Teléfono 2 442-6487. Fax. 2 442-7501.—Lic. María González Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2014033223).

Se hace saber que ante la Notaria Lic. Analive Azofeifa Monge, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó Carmen Aguilar Marín, quien en vida fue mayor de edad, casada una vez, portadora de la cédula número uno-cero uno siete cero-cero uno siete ocho y vecina de la Ciudadela Pavas número uno María Reinas, doscientos metros al sur y cien metros al este de la Iglesia Católica casa número noventa y uno frente a la línea férrea última casa, quien murió el pasado veinticinco de febrero del año dos mil catorce, según consta en el Registro Civil, Sección de Defunciones al tomo: quinientos treinta y cuatro, folio: cincuenta y dos, asiento: ciento tres, de la provincia de San José; y por este medio se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo de treinta días, que se contaran a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente se hace saber que la Notaría está situada en la Ciudad de San Juan de Tibás, del Burger King cien metros sur, Edificio Sing, Segunda Planta, a las catorce horas del veintiocho de mayo del año dos mil catorce.—Lic. Analive Azofeifa Monge, Notaria.—1 vez.—(IN2014033295).

Ante mí, David Guzmán Guzmán, Notario Público con oficina abierta en la Ciudad de San José, comparece: Arlene Caruso Briceño, mayor, casada una vez, vecina de Cañas Guanacaste, cédula de identidad seis-doscientos noventa y ocho-quinientos cuarenta y seis, y dice: que se presenta ante esta notaría y solicita la apertura y tramitación del proceso sucesorio testamentario, de quien en vida se llamó Gregorio Herrera Altamirano, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad número ocho-cero sesenta y cuatro-setecientos doce, quien fue vecino de la Curia Roxana de Guápiles, Pococí, Limón, un kilómetro y medio al este del bar el Arriero, en Llano Bonito. Se cita y se emplazan a todos los interesados, legatarios, acreedores o cualquier otra persona que presuma tener calidad de heredero, para que dentro del plazo de treinta días, comparezca hacer valer sus derechos ante este Notaría. En el entendido que si transcurriera el plazo citado sin presentarse hacer valer sus derechos en esta notaría, la herencia pasará a manos de quien corresponda. Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial.—San José, siete de mayo del dos mil doce.—Lic. David Guzmán Guzmán, Notario.—1 vez.—(IN2014033314).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Laura Guzmán Mora, Maricruz de los Ángeles Abarca Guzmán, Tatiana de los Ángeles Abarca Guzmán, a las quince horas treinta minutos del veintiocho de abril del año dos mil catorce, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el Proceso Sucesorio Ab intestado de quien en vida fuera Víctor Manuel Abarca Jiménez, quien fue mayor, constructor, casado una vez, con cédula de identidad número: Uno-trescientos ochenta-cero diecinueve, vecino de Salitral de Santa Ana, de la Fuente de Salitre cien metros sureste y cien metros oeste. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría: Sergio Fernando Jiménez Guevara, situada en Santa Ana, ciento cincuenta metros al oeste del Banco de Costa Rica.—Lic. Sergio Fernández Guevara, Notario.—1 vez.—(IN2014033316).

Ante mí, Ronald Núñez Villalobos, Notario con oficina en Upala, Alajuela, cincuenta metros oeste del Banco Nacional de Costa Rica, bajo el expediente número: cero cero cero uno-dos mil catorce, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó: Víctor López López, conocido como López Moran, casado una vez joyero, vecino de Upala centro, Alajuela, con cédula: dos-doscientos setenta y siete-mil cincuenta, por lo que se emplaza a los interesados para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación de éste aviso se apersonen a ésta Notaría a hacer valer sus derechos.—Upala, veintiséis de mayo del año dos mil catorce.—Lic. Ronald Núñez Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2014033332).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Julio Corredera Barrantes, quien fue mayor, divorciado de su único matrimonio, Criminólogo, cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos seis-cero trescientos cincuenta y tres; vecino de Tibás, trescientos metros al oeste del cruce de Colima, frente a la Ferretería EPA; para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en su omisión la herencia pasara a quien corresponda. La dirección de esta notaría es Tibás, de los Perimercados doscientos metros norte, cien oeste, cuatrocientos norte, cien oeste y veinticinco norte.—San José, veintiocho de mayo del dos mil catorce.—Lic. Hugo Gerardo Cavero Araya, Notario.—1 vez.—(IN2014033350).

Se hace saber: Qué en sede notarial se tramita el proceso sucesorio de María Cecilia Valle Brenes, quien fue mayor, divorciada, vecina de la provincia de San José, Cantón Desamparados San Rafael Abajo Urbanización Treviño casa Ocho B, con cédula de identidad número uno cero trescientos noventa y dos cero ochocientos ochenta y cuatro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponde. Proceso sucesorio en sede notarial N° 0001-2014 de: María Cecilia Valle Brenes. Proceso sucesorio en sede notarial. Lic. Manuel Alberto Vargas Umanzor, San José, Cantón Moravia Palacio Municipal 350 este, 250 sur, 200 sureste 75 sur tres portones color verde.—San José, 28 de mayo del 2014.—Lic. Manuel Alberto Vargas Umanzor, Notario.—1 vez.—(IN2014033373).

Se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida fuera Juan Rafael Araya Marín, quien en vida fuera mayor de edad, casado en primeras nupcias, empresario, portador de la cédula de identidad número uno-cero trescientos ochenta y dos-cero cero treinta y vecino de la Ciudad de Santo Domingo de Heredia, del Palí ochocientos metros al oeste, Condominio Santa Rosa número siete, para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este proceso a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren en el término indicado, la herencia pasará a quien corresponda sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho. Expediente número Ol-EAP-2014. Heredia, avenida tres, calles cinco y siete.—Heredia, doce de mayo del dos mil catorce.—Lic. Enrique Alvarado Peñaranda, Notario.—1 vez.—(IN2014033381).

Para los fines legales correspondientes se hace conocimiento de cualquier interesado que ante esta notaría se tramita en sede notarial la sucesión de quien en vida fuera Luis Paulino Marín Delgado, con cédula de identidad uno-cero doscientos treinta y siete-cero ochocientos treinta y seis. Se emplaza por el termino de treinta días habites a partir de la publicación del presente edicto, a todos aquellos interesados para que se apersonen ante esta notaría situada en la ciudad de San José, Goicoechea Guadalupe del Banco de Costa Rica trescientos metros norte Condominio Santa Mónica, casa treinta y siete, teléfono 2224-6915 o 8997-6643.—San José, 12:00 horas del 28 de mayo del 2014.—Lic. Allen Puente Desanti, Notario.—1 vez.—(IN2014033388).

Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de Alexander Javier Duran Quirós, quien en vida fuera mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San José, cédula uno-ocho uno uno-seis tres ocho, fallecido en San José el tres de abril del dos mil catorce, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en autos a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Esta Notaría se ubica San José, Guachipelín de Escazú, edificio Atrium, cuarto piso. Expediente N° 001-2014.—San José, 28 de mayo del 2014.—Lic. Alexander Javier Duran Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2014033391).

Se cita y emplaza a todos los interesaos en la sucesión de Flor María Víquez González, mayor, casada una vez, oficios del hogar, cédula nueve-cero cincuenta y cuatro-ciento sesenta y ocho, vecina de Alajuela, Cariblanco de la Bomba trescientos norte frente a nueva Cinchona, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 03-2014. Notaría del Bufete de la Lic. Rafael Ángel Rodríguez Salazar, Notario Público.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2014033416).

Se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión ab intestada extrajudicial de Ruth Esther Rocha Lira de Álvarez quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Garabito de León XIII, San José, de nacionalidad nicaragüense y tuvo la cédula de residencia número uno cinco cinco ocho cero tres uno seis uno seis cero seis-para que en el plazo de 30 días contados a partir de esta publicación, se apersonen ante esta notaría situada en Calle Blancos de Goicoechea, 825 al norte de Pali, Asesores Jurídicos, Lic. María Lucrecia Loaiza Chinchilla, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del término Indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2014.—Calle Blancos, 28 de mayo del 2014.—Lic. Mana Lucrecia Loaiza Chinchilla, Notaría.—1 vez.—(IN2014033425).

Se hace saber: Que en esta Notaría se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fuera Anne Verónica (nombres) Luscombe (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad británica, mayor, viuda por tercera vez, ama de casa, portadora de la cédula de residencia número uno ocho dos seis cero cero cero cero seis ocho dos seis, vecina de Alajuela, Orotina. Se cita y se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2014. Notaría del Lic. Rafael Alejandro Rojas Salazar, Notario Público.—San José, Guadalupe, cinco de mayo del año dos mil catorce.—Lic. Rafael Alejandro Rojas Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2014033434).

Al ser las 15 horas 30 minutos del 21 de mayo del 2014, en mi oficina ubicada en Ciudad Quesada, San Carlos, cien metros al sur del hospital, en Maxi Servicios Meco, declaro abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue: Hilda María Arroyo Jiménez, cédula de identidad número 2-371-230, quien en vida fue mayor, soltera, ama de casa, vecina de Pénjamo de Florencia de San Carlos, contiguo al acueducto, según solicitud de apertura otorgado mediante escritura de las catorce horas del veintiuno de mayo del dos mil catorce, ante mi notaria, según escritura numero ciento doce de mi protocolo numero cincuenta y uno. Se nombra como albacea provisional a Angélica María Arroyo Jiménez, cedula numero dos-quinientos sesenta y cuatro-doscientos sesenta y siete, quien es: mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Urbanización Manantial de Aguas Zarcas de San Carlos, del Super Económico, cien metros al oeste, cien al norte y cincuenta al oeste, a quien se la hace saber que debe de comparecer dentro del plazo de cinco días ante mi notaria a aceptar el cargo de albacea provisional. Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasara a quien corresponda. Se expide el edicto de ley. Se le hace saber a las partes interesadas que deben señalar lugar o medio para recibir notificaciones.—Lic. Fabricio José Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2014033458).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Evelyn Gabriela Ocampo Loría, mayor, divorciada una vez, empresaria, con domicilio en Barrio Santiago de San Rafael de Heredia, setenta y cinco metros oeste del Súper Chisco, cédula cuatro- ciento sesenta y siete- trescientos setenta y dos, a las dieciséis horas del veintisiete de mayo del año dos mil catorce, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Luis Humberto Ocampo González, mayor, casado una vez, pensionado, con domicilio en Barrio Santiago de San Rafael de Heredia, setenta y cinco metros oeste de Súper Chisco, cédula cuatro-ciento trece-ciento veintinueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Verny Valerio Hernández, Heredia, doscientos metros norte del Correo en Bufete Valerio Hernández y Asociados. Teléfono dos dos seis uno ocho cero uno cinco.—Lic. Verny Gustavo Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—(IN2014033473).

Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Victoria Eugenia Mena Solís, quien fue mayor, soltera, vecina de Piedades de Santa Ana; cédula 1-1069-0508. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sin no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000071-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil, San José, 4 de abril del 2014.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014033479).

Se hace saber que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Alix Daisy Badilla Carvajal, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa, San José de la Montaña de Barva-Heredia, veinticinco metros al sur de la iglesia católica, con cédula de identidad número cuatro-cero sesenta y cinco-quinientos sesenta y ocho. Se emplaza a los herederos, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro del plazo, aquella pasará a quien corresponda. Notaría del licenciado Mario Enrique Ulate Ulate, sita en la Ciudad de Heredia, avenida cuatro, calles dos y cuatro. Teléfonos (506) 2261-8642 o al fax (506) 2237-6934.—Lic. Mario Enrique Ulate Ulate, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 14321.—(IN2014033493).

Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Emérita Vargas Herrera, mayor, soltera, ejecutiva del hogar, vecina de Alajuela, cédula de identidad 0202080385. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000128-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de mayo del 2014.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2014033495).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Víctor Julio Rodríguez Mora, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Zarcero costado oeste de la plaza de deportes, dos-ciento sesenta y ocho-quinientos sesenta y siete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la primera publicación de este edicto, se apersonen en esta Notaría en Zarcero cien metros norte del Banco Nacional de Costa Rica, a reclamar sus derechos, bajo apercibimiento de que de no comparecer dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio notarial 0005-2013-Notarial.—Zarcero, dieciocho de diciembre del dos mil trece.—Lic. Javier Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—(IN2014033510).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Nelly Victoria González Viales, mayor, pensionada, soltera, nacionalidad costarricense, con documento de identidad número cinco-cero cincuenta y nueve-cuatrocientos veintidós, vecina de Barrio Condega de Liberia, Guanacaste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000062-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 9 de mayo del 2014.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—(IN2014033517).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera María Elena Grossi Domenech, mayor, soltera, pensionada, cédula de identidad 1-0231-0087, vecina de San Sebastián, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se apersonan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-100030-0250-CI.—Juzgado Contravencional Menor Cuantía San Sebastián, 13 de mayo del 2014.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—(IN2014033529).

Se hace saber, que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Bernardino Fonseca Rodríguez, mayor, casado una vez, vecino de Cartago, Cocorí, cédula 3-153-943. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000379-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 3 de marzo del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014033568).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Ángel Delgado Soto, mayor, agricultor, casado una vez, costarricense, masculino, con documento de identidad número: 0301880496 y vecino del Barrio Canadá de la Suiza de Turrialba, hijo del señor Israel Delgado Leiva y la señora Bertilia Soto Morera, falleció el día veinticuatro de marzo del dos mil seis. Se cita a los(as) herederos(as), legatarios(as), acreedores y en general a todos(as) los(as) interesados(as), para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000020-0341-CI.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 26 de mayo del 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez Civil.—1 vez.—(IN2014033645).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Socorro Gutiérrez Méndez, quien fuera mayor, casada una vez, del hogar, cédula de identidad número 2-0183-0256, vecina que fuera de San Carlos de Alajuela, Santa Rosa de la Palmera, veinticinco metros al oeste de la plaza de deportes, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2014, Notaría del bufete Blanco Araya, San Isidro de Coronado, del Banco de Costa Rica, ciento veinticinco metros al norte.—San Isidro de Coronado, 27 de mayo del 2014.—Lic. Hugo Antonio Blanco Araya, Notario.—1 vez.—(IN2014033650).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial del causante fuera Ermida Robles Mena, mayor, viuda, portadora de la cédula número uno-cero ciento veintinueve - cero novecientos sesenta y nueve, ama de casa, vecina de Frailes de Desamparados; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en San José Guadalupe, cien metros norte de la clínica católica. Teléfono: 8856-2957. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. sucesión de Ermida Robles Mena en Sede Notarial. Expediente 0001-2014.—Lic. Rónald Hidalgo Vega, Notario.—1 vez.—(IN201433665).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio conjunto de quien en vida se llamó Juana María de Jesús Murillo Campruni, mayor, casada una vez, ama de casa, con documento de identidad 5-0081-0891 y vecina de Hatillo y del señor Victor Manuel Alvarado García quien fue mayor, viudo una vez, pensionado con documento de identidad 1-0268-0882 y vecino de Hatillo. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000081-0181-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita, y San Sebastián.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2014033668).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María del Socorro Monge Monge, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número 3-0158-0201, vecina de Cartago, Barrio El Carmen, 400 metros norte del Asilo de Ancianos Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000185-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 13 de mayo del 2014.—Msc. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—1 vez.—(IN2014033669).

Ante la notaria Alejandra Badilla Salas al ser las diez horas de veinticinco de mayo del dos mil catorce, se dio la apertura al proceso sucesorio de la señora Elieth Pérez Chacón invita a los posibles interesados por un lapso de treinta días para hacer valer sus derechos ante la notaria mencionada, oficina entrada de Santa Rosa Barranca, Puntarenas.—Lic. Alejandra Badilla Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2014033670).

Ante la notaria Alejandra Badilla Salas, al ser las diez horas de veinticinco de mayo del dos mil catorce, se dio la apertura al proceso sucesorio del señor Salvador Álvaro Morales Sánchez invita a los posibles interesados por un lapso de treinta días para hacer valer sus derechos ante la notaria mencionada, oficina entrada de Santa Rosa, Barranca, Puntarenas.—Lic. Alejandra Badilla Salas, Notaria.—1 vez.—(IN2014033672).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Ángel Villegas Jiménez, mayor, viudo, comerciante, costarricense, con cédula de identidad 0600800109 y vecino San Francisco de la Palmera, San Carlos.- Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000071-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 29 de mayo del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014033676).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señora Nuria Lao Madrigal, quien fue mayor, soltera, enfermera, vecina de San José, Curridabat, con cédula de identidad uno-trescientos noventa y seis-trescientos setenta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, sita en San José, Zapote, calle treinta y cinco, avenida veinte A, edificio Covites.—Lic. Alonso Jesús Chaves Fernández, Notario.—1 vez.—(IN2014033678).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Ronald Arriola Grosgean, mayor, con doble nacionalidad guatemalteco y costarricense, casado en terceras nupcias, ingeniero textil, vecino de Alajuela, San Mateo, Villas Adriana, casa número 17, cédula de identidad 8-0075-747. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000141-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de mayo del 2014.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—(IN2014033682).

Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Osa, Ciudad Cortés. Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Miguel Ángel Guzmán Garro, quién fue mayor, costarricense, casado una vez, viudo, pensionado, portó la cédula de identidad número uno-cero dos dos uno-cero seis cero tres y vecino de Ciudad Cortes, Osa, del Minisuper Zamora 250 metros norte. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.. Expediente N° 14-100007-0442-CI (1).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía Osa, Ciudad Cortes, a las siete horas del veinte de mayo de dos mil catorce.—Lic. Frank Mc Kenzie Peterkin, Juez.—1 vez.—(IN2014033701).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Aracelly Cerdas Cascante, quién fue mayor, casada, del hogar, vecina de Pavas, cédula de identidad número 1-497-802. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sin no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 14-000095-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 13 de mayo de 2014.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014033764).

Se emplaza a acreedores, legatarios y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Orminta Castro Castro cédula N° 1-0138-0552, mayor, viudo, oficio no indica, vecino de Puriscal, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso para hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Se ordenó dentro de (Sucesión Nº 14-100009-0197-CI promueve Odir Montero Bonilla, causante Orminta Castro Castro).—Santiago, 15 de mayo del 2014.—Lic. Mauricio Herrera Barboza, Juez.—1 vez.—(IN2014033788).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Berta Salazar Zamora, mayor, casada una vez, oficios del hogar, vecina de Cariari, frente al Palí y portadora de la cédula de identidad número 201640592. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000093-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de setiembre del 2013.—Lic. Maureen Víquez Barrantes, Jueza.—1 vez.—(IN2014033792).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Carmen Sandí Chavarría, mayor, viuda una vez, pensionada, cédula de identidad número: 1-251-740, vecina de San José, Pavas Centro; a las 14 horas del 24 de mayo del año 2014, y comprobado el fallecimiento, de quien en vida fuera Miguel Ángel Porras Mora; mayor, casado una vez, Administrador de negocios, cédula de identidad número: 1-201-105, quien fue vecino de San José, Pavas Centro, esta Notaría declara abierto el Proceso Sucesorio Ab Intestato. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Rodrigo Arauz Figueroa, con oficina abierta en San José, costado este de la Asamblea Legislativa. Teléfono: 8389-9800.—Lic. Rodrigo Arauz Figueroa, Notario.—1 vez.—(IN2014033851).

Sucesorio de la señora Leticia Murillo Camacho. Cítese a todos los interesados, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el Juicio Sucesorio ad intestato de la señora Leticia Murillo Camacho, quien fue mayor, casada una vez, del Hogar, en vida vecina de San Pedro de Barba de la Iglesia católica trescientos metros al este y cien metros, con cédula de identidad número nueve-cero cuarenta y cinco-cuatrocientos noventa y cinco, para que en el plazo de treinta días comparezcan a hace valer sus derechos, en la oficina del suscrito notario, situada en Santa Bárbara de Heredia, del Restaurante el Banco de los Mariscos, cuatrocientos metros oeste, cien metros norte, cien metros este y cincuenta metros norte, con el apercibimiento de que si no se presentaren en este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2014.—Santa Bárbara, 2 de junio del 2014.—Lic. Freddy Aguilar Paniagua, Notario.—1 vez.—(IN2014033854).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Oduber Rivera Romero, mayor, masculino, costarricense, casado una vez, sociólogo, vecino del Barrio Loma Azul de Turrialba, cédula de identidad número: 0302300473, falleció el día veintiséis de febrero del dos mil doce, hijo del señor José Rivera Gómez y la señora Noemy Romero Vargas. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000035-0341-CI.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 26 de mayo del año 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014033855).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores e interesados en las Sucesión Liduvina María Cubillo Díaz, mayor, viuda una vez, Comerciante, con cédula de identidad número 5-070061, vecina de Filadelfia de Carrillo, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a ésta notaría Ubicada en Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Roberto Paniagua Vargas, Teléfono 2688-8661, Fax 2688-8682.—Filadelfia, 28 de mayo del 2014.—Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2014033876).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Manuel González Ugalde, quien fuera mayor, casado, agricultor, cédula de identidad 2-448-383, vecino de Valverde Vega, Sarchí, Sabanilla; para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-100005-0321-CI.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Valverde Vega, diecinueve de mayo del dos mil catorce.—Lic. Nuria Rodríguez Gonzalo, Jueza.—1 vez.—(IN2014033879).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María del Rosario Esquivel Badilla, mayor, casada una vez farmacéutica pensionada, cédula de identidad número dos-trescientos ocho-quinientos sesenta y dos, vecina de Cañas, Guanacaste, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría, en defensa de sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que sin no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda .Expediente veintidós -dos mil catorce.—Lic. Marisela Berrocal Velásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2014033883).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Mario Trejos Hidalgo y María Eugenia Solís Hernández, cédula de identidad N° 3-083-875 y 4-070-070 respectivamente, quienes en vida fueron mayores, vecinos de Barrio Cuba, 50 metros al sur de la Pulpería La Gaviota, de profesión pensionado y ama de casa respectivamente. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sin no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-000053-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil Mayor Cuantía de San José, 12 de agosto del 2013.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—(IN2014033907).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Ana Virginia, Blanca Rosa, María Isabel, Juan, Anavelio, José Rafael todos de apellido Quesada Mena, a las once horas del veintinueve de mayo del año dos mil catorce, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Ronald Gerardo Quesada Mena, quién fue mayor, costarricense, soltero, de profesión agricultor, vecino de Cartago, El Guarco de Macho Gaff dos kilómetros sur este de la Iglesia de Macho Gaff, cédula de identidad número tres-cero doscientos ochenta y ocho-cero ciento cincuenta y nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan. Notaría de la Lic. Lizzeth Fernández Brenes. Cartago, Barrio El Molino de la Funeraria la Última Joya ciento setenta y cinco metros al sur. Teléfono 2553-3109 o 8821-3301.—Cartago, dos de junio del 2014.—Lic. Lizzeth Fernández Brenes, Notaria.—1 vez.—(IN2014033946).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la mortual de Blanca Luz Zúñiga Barboza, quien en vida fue mayor, costarricense, soltera, de oficios domésticos, cédula de identidad número 1-0224-0877, vecina de Pavas, Pueblo Nuevo del Restaurant El León Dorado 200 sur, casa esquinera, y quien falleciere el veintiocho de febrero de dos mil dos, con el fin que se apersonen dentro del plazo de treinta días, a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 12-000071-223-CI causante: Blanca Luz Zúñiga Barboza y como albacea: Marlene Zúñiga Barboza.—Pavas, 01 de abril del 2014.—Lic. Jairo Acuña Fallas, Juez.—1 vez.—(IN2014033968).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Lizano Esquivel, mayor, casado, pensionado, cédula de identidad 0400440798, y vecino de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000093-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de mayo del año 2014.—Lic. Allan López Chacón, Juez.—1 vez.—(IN2014033972).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Esquivel Barrientos, mayor, costarricense, soltero, vecino de Bagaces, Guanacaste, doscientos metros este de la Soda Limar, cédula de identidad dos-cero ciento cuarenta y ocho-cero doscientos ocho (2-0148-0208), falleció el 13 de marzo de 2008. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-000506-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 6 de noviembre del año 2013.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—(IN2014033976).

En Alajuela a las once horas del diez de enero del dos mil catorce, comprobado el fallecimiento de la causante, Adela Monge Vargas, cédula uno-doscientos setenta y ocho-ciento ochenta y dos, soltera, del hogar, vecina Alajuela Villa Bonita, frente Súper la Amistad, se cita y emplaza a todos los interesados en la presente mortual apersonarse al proceso sucesorio notarial establecido en la oficina de la notaría Patricia Zumbado Rodríguez, que consideren tener derechos en la presente mortual, por el plazo de 30 días a partir de la publicación del edicto, a hacer valer sus derechos. Oficina Residencial don Guillermo oficina diecisiete. Expediente N° 20014-00005-Sede notarial.—Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014033977).

En Alajuela a las trece horas del veinte de febrero del dos mil catorce, comprobado el fallecimiento del causante, Marco Antonio Fonseca Khonne cédula nueve-ciento dieciséis-quinientos cincuenta, soltero, quien fuera comerciante, vecino de Heredia Centro, contiguo a la iglesia católica, se cita y emplaza a todos los interesados en la presente mortual apersonarse al proceso sucesorio notarial establecido en la oficina de la notaría Patricia Zumbado Rodríguez, que consideren tener derechos en la presente mortual, por el plazo de 30 días a partir de la publicación del edicto, a hacer valer sus derechos. Oficina Residencial don Guillermo oficina diecisiete. Expediente N° 20014-00006- Sede Notarial.—Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2014033979).

Se hace saber que en esta Notaría se tramite el proceso sucesorio notarial sin testamento, de quien en vida fuera Ricardo Arturo de Jesús Murillo Chavarría, Maestro de obras, vecino de Heredia, con cédula de identidad número 4-107-156. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores e interesados para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente número: 1-2014. Notaría de Lic. Eugenia Carazo Golcher. San José, avenida 8, calles 9 y 11, casa número 963. Tel: 2223-7711.—Lic. Eugenia Carazo Golcher, Notaria.—1 vez.—(IN2014033987).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Kattia Isabel Vargas Brenes, a las diecisiete horas del veintitrés de mayo de dos mil catorce, comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Mario Gastón Guevara Arias, mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número: dos-tres dos cinco-seis seis siete, vecino de Alajuela, San Mateo, del Abastecedor San Francisco ciento veinticinco metros este. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Alajuela, treinta de mayo de dos mil catorce. Notaría del Lic. Jorge Arturo Campos Araya. Expediente N° 001-2014.—Lic. Jorge Arturo Campos Araya, Notario.—1 vez.—(IN2014033989).

A los herederos e interesados en el sucesorio de quien en vida fue Gerónimo Salazar Menocal, cédula de identidad número ocho-cero cero cuarenta y cuatro-ochocientos cincuenta y uno. Les informo que ante el suscrito notario se han presentado los señores Olga María Espinoza Ríos, Mirta Salazar Espinoza, Roger Antonio Salazar Espinoza, Vilma Patricia Salazar Espinoza, Iris Salazar Espinoza, William Salazar Espinoza, Raúl Salazar Espinoza, Mirna Petrona Salazar Espinoza, y Alexis Salazar Espinoza, en su carácter de herederos legítimos, solicitando la tramitación en esta sede notarial del sucesorio de dicho señor. en consecuencia cualquier otro heredero o interesado deberá apersonarse ante el suscrito notario dentro de los treinta días hábiles siguientes a la publicación del presente aviso, para hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, la herencia procederá a quien legalmente corresponde.—San José, dieciséis de mayo del dos mil catorce.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—(IN2014034010).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Juan Quesada Jiménez, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Cerbatana de Puriscal, cédula de identidad número 1-290-085, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión N° 13-100110-197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 11 de setiembre del 2013.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez.—1 vez.—(IN2014034087).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor de edad Paola Michelle Álvarez Nárvaez y su hijo Demián Álvarez Nárvez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 13-400279-0928-FA (289-2-2013)-B.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, 22 de mayo del 2014.—Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez.—(IN2014032641).             3 v. 3

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Rafael Abrego, Gerardo Abrego, Jorge e Iván ambos Palacios Abrego, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las diez horas con diez minutos del treinta de abril de dos mil catorce dentro del expediente Nº 14-400166-921-FA (1) que es un proceso de depósito judicial de P.M.E. promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Gladys Abrego Palacios y Mariano Palacios.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neilly, 30 de abril de 2014.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—(IN2014032846).      3 v. 3

Se comunica que en el Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, se tramita proceso de depósito judicial de persona menor de edad de nombre Josephine Camila Portuguez Picado, hija de Cristina Picado Garita y Ramiro Portuguez Salas, promovido por el Patronato nacional de la Infancia contra Cristina Picado Garita Y Ramiro Portuguez Salas, bajo el número de expediente 14-400168-921-FA(3). Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren algún interés en este asunto, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la última publicación del edicto ordenado, se apersonen y manifiesten lo que estimen conveniente.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, Ciudad Neily, 29 de abril de 2014.—Lic. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—(IN2014032848).                                      3 v. 3

Se emplaza a todos los interesados, en el proceso de reposición de acciones de Centro Educativo Privado de Cañas Sociedad Anónima que realiza Javier Villafuerte Ramírez, mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de Cañas, cédula de identidad número cinco-ciento cuarenta y ocho-mil ciento veintidós (5-0148-1122), para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho, de que si no se presentan en el plazo citado, se resolverá lo que corresponda. Expediente N° 14-100001-0927-CI (1-4-2014)-A. Solicitud de reposición de acciones de Javier Villafuerte Ramírez contra Centro Educativo Privado de Cañas S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Cañas, Guanacaste, 30 de abril del 2014.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—(IN2014031116).                                                                                              3 v. 2. Alt.

PRIMERA PUBLICACIÓN

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la menor Noilyn Mariana Sáenz Angulo, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N°14-000318-0938-FA. Proceso de tutela. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 28 de mayo del 2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—Exento.—(IN2014033579).

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la menor Elena María Zúñiga Mairena ya por haber sido nombrados, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 14-000319-0938-FA. Proceso tutela legítima. Promovente: Patronato  Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 28 de mayo del 2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—Exento.—(IN2014033580).

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de los menores Alisson Fabiola Moreno Vargas, María Nazareth Moreno Vargas y Jendry Pamela Moreno Vargas, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 14-000320-0938-FA. Proceso de tutela. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 28 de mayo del 2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—Exento.—(IN2014033581).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-008, dispuso suspender por morosidad al licenciado Castillo Hernández Otto Naen código 11623 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de ¢100.700,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC 00084-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9673.—Solicitud 982-00132.—C-53670.—(IN2014033731).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-009, dispuso suspender por morosidad al licenciado Castrillo Arias Fernando código 4256 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de ¢100.700,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas Impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC 00088-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9673.—Solicitud 982-00132.—C-53670.—(IN2014033733).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-010, dispuso suspender por morosidad al licenciado Castro Salas Rolando código 4983 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de ¢100.700,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC 00095-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9673.—Solicitud 982-00132.—C-53160.—(IN2014033736).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-011, dispuso suspender por morosidad a la licenciada Chacón Flores Katia Virginia código 15563 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de ¢93.500,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC 00098-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9673.—Solicitud 982-00132.—C-52910.—(IN2014033738).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-012, dispuso suspender por morosidad al licenciado Cortés Reyes Eladio código 17992 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de ¢104.300,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC 00119-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9673.—Solicitud 982-00132.—C-53370.—(IN2014033739).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-003, dispuso suspender por morosidad a la licenciada Acuña Navarro Zulma Linnette código 4982 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de ¢100.700,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC 00004-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9674.—Solicitud 982-00131.—C-53570.—(IN2014033795).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-005, dispuso suspender por morosidad a la licenciada Ardón Morales Lydia código 4411 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de ¢100.700,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC 00030-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9674.—Solicitud 982-00131.—C-53110.—(IN2014033796).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-007, dispuso suspender por morosidad al licenciado Calderón Vargas José Antonio código 3535 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de 93.500,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC 00068-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9674.—Solicitud 982-00131.—C-52910.—(IN2014033800).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16--004, dispuso suspender por morosidad a la licenciada Aguilar Jiménez Maryan Lía código 13292 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de 93.500,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC 00005-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9674.—Solicitud 982-00131.—C-52800.—(IN2014033804).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-006 dispuso Suspender por Morosidad al licenciado Briceño Obando Carlos Armando código 10817 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de 107.900,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC 00064-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9674.—Solicitud 982-00131.—C-54490.—(IN2014033805).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-013, dispuso suspender por morosidad al licenciado Garro Obaldía Eric código 6174 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de 97.100,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC00172-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9672.—Solicitud 982-00130.—C-52650.—(IN2014033819).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-015, dispuso suspender por morosidad al licenciado Maxwell Brown Franklin código 5021 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de 107.900,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC 00265-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9672.—Solicitud 982-00130.—C-54080.—(IN2014033822).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-016, dispuso suspender por morosidad al licenciado Pacheco Jiménez Mario José código 17179 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de 111.500,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC 00329-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9672.—Solicitud 982-00130.—C-54740.—(IN2014033823).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-018, dispuso suspender por morosidad a la licenciada Tijerino Medina Yolanda código 10399 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de 97.100,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC 00448-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9672.—Solicitud 982-00130.—C-52960.—(IN2014033840).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-014, dispuso suspender por morosidad a la licenciada Lobo Zúñiga Xiomara código 19532 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de 93.500,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC00238-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9672.—Solicitud 982-00130.—C-52450.—(IN2014033841).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-020, dispuso Suspender por Morosidad al Lic. Montero Benito Luis Gustavo código 8284 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de 93.500,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de ésta publicación. Expediente administrativo PAC 00285-2013.—Licda. Mayela Guillén Garro, Directora de Finanzas y Presupuesto.—(IN2014033843).

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 16-14, acuerdo 2014-16-017, dispuso suspender por morosidad a la licenciada Solís Gómez Giselle código 17579 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2012, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre, diciembre del 2013, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo del 2014, por un monto de 111.500,00 colones. Habiéndose comprobado lo anterior, el profesional ha sido inhabilitado en los términos señalados en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio, mientras subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Rige a partir de esta publicación. Expediente administrativo PAC 00439-2013.—Lic. Mayela Guillén Garro, cédula 104140825, Directora de Finanzas y Presupuesto Colegio de Abogados.—O. C. 9672.—Solicitud 982-00130.—C-54330.—(IN2014033844).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por el plazo de cinco días, contados a partir de la publicación del presente edicto, se emplaza a todos los que tengan interés en las diligencias de adopción en sede notarial de mayor de edad de Angélica Mora Villalobos, portadora de la cédula de identidad número 4-0208-0921, por Peter Anthony Leaver Bladon, para que se apersonen por escrito en el Despacho de la Licda. Wendy Mora Garro, en defensa de sus derechos, asimismo, se les previene su obligación de señalar medio donde atender notificaciones, apercibidos de que en caso de omitirlo, o si señalados, el lugar fuere incierto, impreciso o ya no existiere, o si existiendo permaneciera cerrado, las resoluciones futuras que se dicten, se les tendrá por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Expediente número 0003-2014 Adopción de Angélica Mora Villalobos promovida por Peter Anthony Leaver Bladon. Notaría Licda. Wendy Mora Garro. Ciudad Neilly, frente al parqueo del Banco Nacional, Corredores, Puntarenas.—Lic. Wendy Mora Garro, Notaria.—1 vez.—(IN2014033551).

Por el plazo de cinco días, contados a partir de la publicación del presente edicto, se emplaza a todos los que tengan interés en las diligencias de adopción en sede notarial de mayor de edad de Priscila María Quirós Mora, portadora de la cédula de identidad número 5-0387-0758, por Ronald Gerardo Jara Argüello, para que se apersonen por escrito en el Despacho de la Licda. Wendy Mora Garro, en defensa de sus derechos, asimismo, se les previene su obligación de señalar medio donde atender notificaciones, apercibidos de que en caso de omitirlo, o si señalados, el lugar fuere incierto, impreciso o ya no existiere, o si existiendo permaneciera cerrado, las resoluciones futuras que se dicten, se les tendrá por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Expediente número 0002-2014 Adopción de Priscila María Quirós Mora promovida por Ronald Gerardo Jara Argüello. Notaría Licda. Wendy Mora Garro. Ciudad Neilly, frente al parqueo del Banco Nacional, Corredores, Puntarenas.—Lic. Wendy Mora Garro, Notaria.—1 vez.—(IN2014033554).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de María Cecilia Vega Calvo a favor de German y Gerardo Johnny ambos con apellidos Calvo Marín. Expediente número 13-000131-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), 18 de marzo del 2014.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—(IN2014033565).

Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza del Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón); hace saber a Johnny Martín Álvarez Valverde, mayor, costarricense, portador de la cédula de identidad número 6-194-063, divorciado, de domicilio desconocido, que en este Despacho, se interpuso un proceso abreviado de suspensión patria potestad en su contra, bajo el expediente número 13-000278-0688-FA donde se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), a las catorce horas y cincuenta y tres minutos del veinticuatro de abril del dos mil catorce. De la anterior demanda abreviada de suspensión de patria potestad establecida por el accionante Ligia Elena Fallas Rodríguez, se confiere traslado al accionado Johnny Martín Álvarez Valverde; en la persona de su curadora procesal la señora Sara Elena Álvarez Fallas, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) de este circuito. Se le previene a la curadora de la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado Álvarez Valverde en la persona de su curadora Sara Elena Álvarez Fallas, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de San Ramón. La curadora de la parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: San Juan de San Ramón, 100 metros este, de la plaza de deportes, casa de dos pisos en la pura entrada de la Colchonería Santamaría. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículos 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese el mismo por parte de este despacho judicial. Con el fin de notificar lo relativo a este proceso al PANI, deberá la parte actora aportar un juego adicional de copias de los folios que van del 1 al 5, lo anterior dentro del plazo de tres días, apercibida de que si no lo hiciere sus futuras gestiones no le serán atendidas en caso de incumplimiento. (Artículo 136 del Código Procesal Civil)”. Msc. Ana Belly Umaña Quesada. Juez(a). Lo anterior se ordena así en proceso suspensión patria potestad de Ligia Elena Fallas Rodríguez contra Johnny Martín Álvarez Valverde. Expediente N° 13-000278-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 24 de abril del 2014.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2014033567).

Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a quien interese, se hace saber que en proceso insania N° 13-001807-0292-FA, establecido por María Edith Vargas Rodríguez, se ordena notificar por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia de primera instancia N° 100659-2014. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas y treinta y cinco minutos del trece de mayo de dos mil catorce. Actividad Judicial no Contenciosa de Declaratoria de insania de Omar Vargas Rodríguez, quien es mayor, soltero, vecino de San Rafael de Alajuela, cédula de identidad 2-276-438, promovido por María Edith Vargas Rodríguez, mayor, soltera, ama de casa, del mismo vecindario que el presunto insano, cédula 2-337-097. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... 5º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... III.—... Por tanto: En mérito de lo y artículos citados se acogen la presentes diligencia s de Insania, en consecuencia se declara en esa condición a Omar Vargas Rodríguez y se nombra como su curadora a su hermana María Edith Vargas Rodríguez a fin de que vele por su bienestar físico y emocional de manera integral, así como para que lo represente, cuide de sus intereses y administre en su beneficio el patrimonio con que cuenta o pueda llegar a contar en un futuro, incluida la pensión que recibe y placa de concesión de taxi. Se previene a la curadora para que dentro del tercero día contado a partir de la notificación de esta sentencia, comparezca personalmente a aceptar el cargo, así como a rendir caución juratoria. De conformidad con los ordinales 206, 215, 219, 241 del Código de Familia deberá dentro de los treinta días siguientes al dictado de esta resolución, deberá presentar inventario de los bienes del insano, luego de lo cual presentará informes anuales de su gestión que incluirían lo indicado supra-artículo 237 Código de Familia. A la firmeza de esta sentencia, se ordena la inscripción en el Registro Público y en la Sección de Personas del Registro Civil en Alajuela al tomo 276, página 146, asiento 438. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Publíquese esta resolución por una vez en el Boletín Judicial. Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo dentro del plazo legal.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.— Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—(IN2014033569).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 13-002210-0292-FA, los señores Ana Cecilia Aguilar Garro y Wagner Alfaro Bolaños, solicitan se apruebe la adopción conjunta del menor Randall Emilia Canales Palma y Kendall Emilio Canales Palma. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de diciembre del 2013.—Lic. Francinni Campos León, Jueza.—1 vez.—(IN2014033570).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de la señora Plácida Quirós Alvarado, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania establecido por Dietis Feliciana Quirós Quirós en favor de Plácida Quirós Alvarado. Expediente N° 14-000237-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 25 de abril del 2014.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014033577).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la declaratoria de abandono de la menor Evelyn López Rodríguez. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Exp. N° 14-400142-0928-FA (145-1-2014-A) declaratoria de abandono con fines de adopción establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Eva María López Rodríguez.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste, 28 de mayo del 2014.—Lic. María Vanessa Soto Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014033587).

Se convoca a todas aquellas personas que tuvieran derechos a la tutela de la menor Cristy Valeria Rivera Bermúdez, para que se presenten dentro del plazo de quince días a reclamar los mismos. Expediente N° 06-400097-389-FA, nombramiento de tutor a persona menor de edad, promovido por Silvia Virginia Badilla Álvarez.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste 20 de mayo del 2014.—Lic. María Vanessa Soto Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2014033927).

Edictos Matrimoniales

Se hace saber que en mi Notaría Pública, se celebrará el matrimonio civil de Charles Ortega Mora y Yara Calderón Díaz. Se emplaza en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a presentar oposición a mi oficina Goicoechea, el Carmen, Las Américas, segunda entrada al final de la calle.—Lic. Gerardo Chaves Ortiz, Notario.—1 vez.—(IN2014033098).

Se hace saber que ante el notario público José Leonel Sáenz Batalla con oficina ubicada en Heredia, 100 metros al oeste del Edificio de Gobernación, han comparecido los señores Miguel Ángel Enríquez Guevara, mayor de edad, divorciado una vez, Mecánico de Precisión, costarricense, con cédula de identidad número 5-0334-0582, vecino de Heredia, Los Lagos, de la Panadería los Reyes 25 metros al este y 50 metros al sur, hijo de Ruth Mary Enríquez Guevara y Padre desconocido y la señorita Angie Boulak Salazar, mayor de edad, divorciada una vez, costarricense, con cédula de identidad número 1-1311-0162, Ama de casa, vecina de Heredia, Los Lagos de la Panadería los Reyes 25 metros al este y 50 metros al sur, hija de Lidia Beliza Boulak Salazar y padre desconocido, han comparecido ante esta notaría a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en aras de que si existe alguna oposición a la unión solicitada lo hagan saber dentro del plazo de ocho días naturales después de la publicación de este edicto ante la notaría del Licenciado José Leonel Sáenz Batalla.—Heredia, 29 de mayo del 2014.—Lic. José Leonel Sáenz Batalla, Notario.—1 vez.—(IN2014033411).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Geovanny Francisco Soto Mora, costarricense, mayor, soltero, administrador de empresas, cédula de identidad N° 0205620429, vecino de San Ramón, 150 metros noroeste de la ermita de San Juan, casa con portón negro, hijo de María Cecilia Mora Camacho y Francisco Soto Alfaro, nacido en centro San Ramón Alajuela, el 16/07/1981, con 32 años de edad, y Damaris de Los Ángeles Céspedes Martínez, costarricense, mayor, divorciada de José Fernando González Granados en San Ramón el veintiuno de octubre del dos mil trece, miscelánea, cédula de identidad número 0303370547, vecina de San Ramón, polideportivo, 75 metros oeste de la Bloquera Chavarría, casa color verde con muro papaya, hija de María Noemy Martínez Carpio y Hugo Céspedes Blanco, nacida en centro central Cartago, el 15/08/1975, actualmente con 38 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 14-000310-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 27 de mayo del 2014.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014033578).

Presentes en este Despacho Francis Olivier García Durán, mayor, soltero, oficial de seguridad, cédula de identidad N° 2-625-690, vecino de Alajuela, hijo de Francisco Javier García García, salvadoreño y Lucrecia Durán Rodríguez, costarricense, nacida en Alajuela, el 10-10-1986, con 27 años de edad, y Katherine Jakdana Méndez Arias, mayor, soltera , estudiante, cédula de identidad N° 7-234-162, vecina de Alajuela, hija de Guillermo Méndez Álvarez y Rosa María Arias Salazar ambos costarricenses, nacida en Limón, el 06-03-1995, actualmente con 19 años de edad, quien actualmente no se encuentra en estado de embarazo. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº14-000946-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de mayo del 2014.—Lic. Isabel Cristina Ortiz Fernández, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014033583).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Cristian Alonso Ford Williams, mayor, soltero, agente de ventas, cédula de identidad N° 0701260278, hijo de Henry Ford Lowisa y Marlene Williams Araya, nacido en Centro Central Limón, el 24/01/1978, con 36 años de edad, y Juliana Mercedes Vega Bravo, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0303890778, hija de Eladio Vega Salas y Belarmina Bravo Martínez, nacida en Centro Turrialba Cartago, el 27/08/1983, actualmente con 30 años de edad; ambos contrayentes son vecinos de Naranjo de Juan Viñas de Jiménez, del salón Santa Eduviges, 750 al este casa color verde con verjas negras. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 14-000969-0338-FA-DM.—Juzgado de Familia de Turrialba, 27 de mayo del 2014.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014033584).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes el señor Johan Alonso Carvajal Espinoza, mayor, estado civil soltero, profesión operario en una fábrica, cédula de identidad N° 2-0609-0789, vecino(a) de Montecillos de Alajuela, Urbanización Gregorio José Ramírez, casa 726, hijo de Miguel Ángel Carvajal Delgado y Paulina Espinoza Morales, nacido en Alajuela, con 28 años de edad, y Paola Hibbert Zamora, mayor, estado soltera, profesión comerciante, cédula de identidad N° 4-208-515, vecino(a) de Santa Lucía de Barva, del Patio de Beneficio, 100 metros al este y 50 metros al norte, hija de German Guillermo Hibbert Suarez y Xinia Zamora González, nacida en Heredia, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 14-000988-0364 FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 7 de mayo del 2014.—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014033585).

Han comparecido solicitando contraer Matrimonio Civil los señores Jimmy Ángel García Alvarado, cédula de identidad número seis- trescientos setenta y ocho-cero cero cuatro, de veinticinco años de edad, soltero, costarricense, encargado de  Agencia de Agroquímicos, nativo de Corredores, Corredor, Puntarenas, el veintitrés de febrero de mil novecientos ochenta y nueve, hijo de María Gladys Alvarado López y Miguel Ángel García Alvarado, vecino de Cariari de Laurel, quinientos metros al sur de la Iglesia Evangélica de Cariari y Aura Lidia Mendoza Padilla cédula de identidad número seis-cuatrocientos once-ciento ochenta y dos, veinte de edad, soltera, costarricense, impulsadora de Coopeagropal, nativa de Corredor, Corredores, Puntarenas, hija de Alberto Mendoza Espinoza y Lidia Padilla Dicson, vecina de la Palma de La Cuesta, trescientos metros al Guay. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este Matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio civil 14-400242-921-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 28 de mayo del 2014.—Lic. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014033588).

De conformidad con el artículo veinticinco del Código de Familia hago constar que Erick Mauricio Fernández Oviedo, cédula 109600437, hijo de los costarricenses Víctor Manuel Fernández Muñoz y de Ana María Oviedo Sánchez, despachador de vuelos y vecino de barrio Fátima de Heredia. De treinta y siete años, nacido en La Uruca San José; y Angélica Romero (único apellido en razón de su nacionalidad) ciudadana de los Estados Unidos de América, pasaporte número P 469979005, de veintidós años de edad, agente de operación de vuelos, nacida en Los Ángeles California de los Estados Unidos de América, es hija de Martín Romero Herrera, nacionalidad: mexicano y de Julia Haydee Yépez Plúas, nacionalidad: ecuatoriana; han decidido contraer matrimonio entre el día siete y el día once de junio de dos mil catorce en la comunidad de San Lorenzo de Flores de Heredia, en Villas El Potrero.—Heredia, 29 de mayo de dos mil catorce.—Lic. Belisario Pérez Jiménez, Notario.—1 vez.—(IN2014033663).

Ha comparecido ante esta notaría solicitando contraer matrimonio civil el día dieciocho de julio de 2014, a las quince horas, los señores Marco Vinicio López Bastos, mayor de treinta y seis años, soltero, administrador de empresas cédula de identidad numere 303490484 quien nació el día 6 de octubre de 1977, hijo de Alfonso López Arrieta y Olga Bastos Rodríguez, vecino de San José, Las Luisas, Quesada Durán, y Gabriela González Rojas, mayor, soltera, médico veterinaria de treinta y siete años, quien nació el día 30 de octubre de 1976, hija de Manuel Antonio González Arce y Gabriela Rojas Oconitrillo. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a esta notaría ubicada en Guadalupe, Goicoechea, San José, avenidas dos y cuatro, calle cinco, oficina doscientos veinticinco, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto.—Guadalupe, veintinueve de mayo de dos mil catorce.—Lic. Ligia Rodríguez Moreno, Notaria.—1 vez.—(IN2014033705).

Edictos en lo Penal

Licenciada, Tatiana Murillo Jara, Jueza Tramitadora del Tribunal Penal del Tercer Circuito Judicial de San José, sede Suroeste, Pavas, hace saber que dentro de la Causa Penal seguida contra Daniel Galagarza Sánchez, por el delito de conducción temeraria, en perjuicio de la seguridad común. Expediente número 10-002055-275-PE, se dictó la resolución de las quince horas once minutos del veintidós de enero del dos mil catorce, que en lo conducente dice “...a fin de localizar al sentenciado Daniel Galagarza Sánchez, nicaragüense, con cédula de residencia número 155802918616, quien a folio 80, se constituyó propietario registral del automóvil placa 15319, marca Toyota, estilo Toyota, serie número KE36921379, carrocería Stationwagon o familiar, chasis número KE36921379, modelo un novecientos setenta y ocho, motor 3K7424485, color blanco, capacidad cinco personas, por lo que se ordena notificar por medio de edicto la existencia de dicho automotor a fin de que se apersonen a estrados hacer valer el derecho que sobre éste tenga dicho propietario registral, caso contrario se resolverá conforme la Ley 6106, Sobre Bienes Caídos en Comisos. Edicto que deberá publicarse tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Confecciónese el oficio estilo. Notifíquese Licenciado, Willy Escalante Quirós, Juez de Juicio.—Tribunal Penal del Tercer Circuito Judicial de San José, sede Suroeste, Pavas.—Msc. Tatiana Murillo Jara, Jueza.—1 vez.—(IN2014033563).