BOLETÍN
JUDICIAL N° 113 DEL 13 DE
JUNIO DEL 2014
CIRCULAR Nº 104-2014
Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el
ejercicio de su profesión, actualizada al 16 de mayo de 2014.-
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento
de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03,
celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII,
hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los
profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio
Profesional.
Para ver imagen solo en Boletín Judicial con formato PDF
*
La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.
** La
suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o finalización del
proceso penal.
***
Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar
Oficio 43-2014- JPPZ.
*****
Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
San José, 19 de
mayo del 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1
vez.—(IN2014035221) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 105-2014
Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el
ejercicio de su profesión, actualizada al 19 de mayo de 2014.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento
de lo dispuesto por el Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27
de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su
conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales
suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y
Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio
Profesional.
Para ver imagen solo en Boletín Judicial con formato PDF
* La suspensión
se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.
** La
suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o finalización del
proceso penal.
***
Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar
Oficio 43-2014-JPPZ.
*****
Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
San José, 19 de
mayo del 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1
vez.—(IN2014035231) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 106-2014
Asunto: Deber de realizar el curso de capacitación
virtual “Formulación, Control y Evaluación de PAO’s”
y de utilizar la plantilla para recopilar información sobre los objetivos,
metas e indicadores del desempeño.
A LOS DESPACHOS, SERVIDORAS Y SERVIDORES
JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior en sesión N° 40-14, celebrada el 2 de mayo de 2014, artículo XXIV,
acordó comunicarles que deben realizar el curso de capacitación virtual
denominado “Formulación, Control y Evaluación de PAO’s”
y utilizar la plantilla que permite recopilar información ordenada
sistemáticamente respecto a los objetivos, metas e indicadores del desempeño,
así como el grado de ejecución y descripción del resultado del logro;
instrumento que contribuye en el proceso de evaluación de estos planes.
Asimismo, es su obligación
tener presente los acuerdos tomados por los órganos superiores del Poder
Judicial, sobre la formulación, seguimiento y evaluación de los planes
operativos anuales, que se encuentran en las Directrices Técnicas para la
Formulación de la Programación Anual de Objetivos y Metas (PAOM), y sobre el
Anteproyecto de Presupuesto para el 2015, aprobado por este Consejo Superior.
San José, 20 de
mayo del 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1
vez.—(IN2014035234) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 108-2014
Asunto: Sobre los casos de comunicaciones de multas.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
QUE TRAMITAN MATERIA DE TRÁNSITO
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior en sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LII, a
solicitud de la Comisión Interinstitucional de Tránsito, acordó comunicarles
que en los casos de comunicaciones de multas, se debe especificar la fecha de
la firmeza de la sentencia, a efecto de que las personas usuarias puedan
aplicar el artículo 192, párrafo cuarto de la Ley de Tránsito por Vías Públicas
Terrestres y Seguridad Vial, N° 9078.
San José, 20 de
mayo del 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1
vez.—(IN2014035237) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 109-2014
Asunto: Reiteración de la circular N° 3-2003, sobre
“Reglas prácticas, con fundamento en los artículos 469 del Código
Procesal Penal y 251 de la Ley Orgánica del Poder Judicial”.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
QUE CONOCEN MATERIA PENAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior en sesión N° 38-14, celebrada el 29 de abril de 2014, artículo LXXXIV,
acordó reiterarles la circular N° 3-2003, sobre “Reglas prácticas con
fundamento en los artículos 469 del Código Procesal Penal y 251 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial”, publicada en el Boletín Judicial wN° 14 del 21 de enero de 2003, que indica:
“La Corte
Plena, en sesión N° 54-02, celebrada el 2 de diciembre de 2002, artículo XVII,
dispuso comunicarles que:
En virtud de la
entrada en vigencia de la Ley N° 8250 que modifica el Código Penal, la Corte
Suprema de Justicia se permite aprobar las siguientes reglas prácticas, con
fundamento en los artículos 469 del Código Procesal Penal y 251 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial:
En relación con
la indagación de la situación económica del imputado, que debe realizarse para
determinar la cuantía del día multa, se recomienda a las autoridades penales:
Recurrir a los medios probatorios disponibles, tales como la propia
información que el imputado debe suministrar al momento de rendir su
declaración (interrogatorio de identificación y condiciones personales de
vida), así como solicitar constancias salariales al patrono o a la Sección de
Planillas de la C.C.S.S., así como ordenar y recibir cualquier otro medio de
prueba lícito que permita determinar la situación económica del imputado,
conforme a los principios de libertad probatoria vigentes (arts. 182 y 234 del
C.P.P.).
b) Ante la falta de presupuesto para nuevas plazas
y la importancia de no debilitar los necesarios estudios sociales en otras
materias muy sensibles para los usuarios de la administración de justicia (como
la materia de familia en general, violencia doméstica, penal juvenil, trabajo,
casos especiales en penal de adultos, etc.), el Departamento de Trabajo Social
del Poder Judicial procurará realizar los estudios socio-económicos de los imputados
a efecto de determinar la posible multa sólo en casos muy calificados a juicio
de ese Departamento, mientras no sean asignados nuevos recursos al Poder
Judicial para atender esa nueva función que se le asigna.
2. En relación con la asignación de Defensor
Público en materia contravencional se recomienda lo
siguiente:
a. Tratándose de contravenciones sancionadas
directamente con pena de prisión, porque el imputado es reincidente, y en los
casos en que el imputado esté sometido a prisión preventiva, deberá asignarse
un defensor al menos para la realización del juicio oral; así como también en
la fase de ejecución cuando la multa se convierta a prisión. En estos casos
deberá prevenirse la designación de un defensor privado y se asignará el
defensor público cuando el primero no sea designado, conforme a la normativa
vigente.
b. Para los demás casos en materia contravencional los servicios de defensa pública se
asignarán conforme a la ley, a los lineamientos de la Sala Constitucional sobre
esa materia y a las directrices emanadas por la Jefatura de la Defensa Pública,
como ha venido funcionando hasta la fecha, en los casos que corresponda y
siempre que no sea asignado un defensor particular.
Asimismo, se
dispuso comunicar a los señores Jueces que deben de hacer las correspondientes
comunicaciones al Registro Judicial, de las condenatorias que impongan a los
efectos de la reincidencia”.
San José, 20 de
mayo del 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1
vez.—(IN2014035238) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 110-2014
Asunto: Lista de abogadas y abogados suspendidos en
el ejercicio de su profesión, actualizada al 21 de mayo de 2014.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento
de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03,
celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII,
hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los
profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio
Profesional.
Para ver imagen solo en Boletín Judicial con formato PDF
* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la
condena impuesta en sede penal.
**
La suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o finalización del
proceso penal.
***
Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar
Oficio 43-2014- JPPZ.
*****
Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
San
José, 21 de mayo del 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(IN2014035239) Secretaria General
CIRCULAR Nº 111-2014
ASUNTO: Reiteración
de la directriz sobre el deber de señalar uno o dos medios para recibir las
comunicaciones oficiales
A LAS
SERVIDORAS Y SERVIDORES JUDICIALES DEL PAÍS
SE HACE SABER QUE:
El
Consejo Superior, en sesión Nº 41-14, celebrada el 6 de mayo de 2014, artículo
XXIX, acordó comunicarles que de conformidad con la circular Nº 22-2012,
publicada en el Boletín Judicial Nº 44 del 1° de marzo de 2012, deben
suministrar al Departamento de Gestión Humana uno o dos medios para recibir las
comunicaciones oficiales.
Para ver imagen solo en Boletín Judicial con formato PDF
San José, 22 de
mayo de 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1
vez.—Exento.—(IN2014035240).
CIRCULAR Nº 112-2014
ASUNTO: Tabla de plazos de
conservación en Materia de Tránsito.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior, en sesión Nº 47-14, celebrada el 21 de mayo de 2014, artículo XXXI, a
solicitud de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos, aprobó la siguiente Tabla de Plazos de Conservación en Materia de
Tránsito:
TABLA DE PLAZOS
DE CONSERVACIÓN
TRÁNSITO
CORTE SUPREMA
DE JUSTICIA
N º |
Asunto |
Estado del proceso |
Vigencia legal |
Período de conservación (en años) |
Observaciones |
Valor científico cultural |
1 |
Cualquier clase de asunto |
Sentencia, Auto sentencia, Resolución de Archivo |
|
10 a partir de la firmeza de la resolución final. |
Dejar muestra del 1% por año. |
NO |
2 |
Boletas de tránsito |
|
|
2 |
|
NO |
Nota: Al
momento de remesar, cada despacho debe señalar y separar el o los expedientes
con valor histórico cultural según lo dispuso el Consejo Superior en sesión
66-07 del 6 de setiembre de 2007, artículo XXXVII.
Los despachos judiciales
deberán coordinar con el Archivo Judicial para la confección del acta de
eliminación de los documentos y la publicación del aviso de eliminación en el Boletín
Judicial.
San José, 23 de
mayo de 2014
Lic.
Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1
vez.—Exento.—(IN2014035241).
CIRCULAR Nº 113-2014
ASUNTO: Cambio del término “Reo Preso” por “Persona Detenida”.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
QUE TRAMITAN MATERIA PENAL Y PENAL JUVENIL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior en sesión Nº 41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIV, a
solicitud de la Comisión de la Jurisdicción Penal Juvenil, acordó comunicarles
que en adelante deben sustituir el término de “Reo Preso” por “Persona
Detenida”, con el fin de utilizar un lenguaje adecuado a los Derechos
Humanos.
San José, 23 de
mayo de 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1 vez.—Exento.—(IN2014035242).
CIRCULAR Nº 114-2014
ASUNTO: Adición al inciso b) del artículo 20 del “Manual
de Procedimientos para la contención, conducción, e intervenciones corporales
de detenidos”.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior en sesión N° 7-14, celebrada el 28 de enero de 2014, artículo XXVIII,
acordó adicionar el inciso b) del artículo 20 del “Manual de Procedimientos
para la contención, conducción, e intervenciones corporales de detenidos”,
para que en adelante se lea de la siguiente manera:
“Artículo
20: Al momento de presentarse un conductor de detenidos en cualquier centro
penitenciario para trasladar un privado de libertad, deberá proceder de la
siguiente manera:
b) Solicitar al privado de libertad que se
desprenda de implementos tales como zapatos, faja, abrigo, corbata, cubre
cabezas y todo otro tipo de accesorio que pudiere atentar contra su seguridad,
la de sus custodios o terceras personas. De igual forma, debe solicitársele
extraer todos los objetos que porte en los bolsillos del pantalón, camisa,
vestido o cualquier otra prenda de vestir.
En caso de
sospecha fundada el Conductor de Detenidos queda facultado para revisar sus
prendas y efectuar una revisión corporal minuciosa del detenido”.
San José, 23 de
mayo de 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1
vez.—Exento.—(IN2014035243).
CIRCULAR Nº 115-2014
ASUNTO: Directrices sobre las diligencias de traslado
de personas detenidas.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior en sesión Nº 41-14, celebrada el 6 de mayo de 2014, artículo XLIII,
acordó reiterarles las siguientes directrices sobre el traslado de personas
detenidas:
· Revisar
los expedientes de personas detenidas, con el fin de que las solicitudes de
remisión sean para diligencias efectivas, así como para realizar aquellos
trámites que estén relacionadas con todas las gestiones que involucra el
llamado jurisdiccional, como por ejemplo, citas para audiencia, actualización
de datos, declaración, entre otras, y así disminuir los costos generados en el
traslado, custodia y presentación de estos privados de libertad, a la vez que
se contribuye con el servicio que prestan las dependencias evaluadas.
· A las instancias judiciales que disponen del
Sistema de Gestión, la utilización de plantillas electrónicas para completar
los formularios de seguridad en el trámite de solicitudes ante la Sección de
Cárceles, con la finalidad de registrar el historial procesal del expediente en
estos documentos.
· Emitir las solicitudes de
Remisiones de Detenidos, con la mayor antelación posible para el traslado y
presentación puntual de la persona privada de libertad en las diligencias
judiciales programadas, facilitando de esta manera la atención eficiente de las
solicitudes por parte de las Unidades de Celdas del OIJ.
· Los jefes o jefas de despachos judiciales son
responsables y deberán establecer controles que permitan determinar si los
funcionarios y funcionarias proceden oportunamente, a dejar sin efecto, las
solicitudes de traslados y presentaciones en aquellos trámites señalados
previamente y a cancelarlas, con la finalidad de evitarle a la Institución
incurrir en gastos innecesarios de alimentación y traslado de este tipo de
población penal.
· Solicitar a los Centros de Atención
Institucional, la condición jurídica de la persona detenida, especialmente
cuando proceden de lugares distantes y cuentan con alta probabilidad de que la
autoridad correspondiente pueda ordenar su libertad, mientras se encuentra en
custodia en las Unidades de Celdas de San José.
Lo anterior con
la finalidad de promover ahorro de recursos, evitando costos adicionales de
viaje hacia los lugares de origen. No sin antes constatar, si al momento de la
diligencia, ingresaron nuevas causas que modifiquen la condición jurídica
señalada, para actuar conforme corresponda.
San José, 26 de
mayo de 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1
vez.—Exento.—(IN2014035244).
CIRCULAR Nº 116-2014
ASUNTO: Autorización para
firmar electrónicamente las certificaciones de antecedentes penales.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior en sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LII,
acordó autorizar a las Administradoras y a los Administradores Regionales, así
como a las Coordinadoras y Coordinadores de los despachos judiciales que emiten
certificaciones de antecedentes penales, para que las firmen de forma
electrónica a través del sistema que se tiene para ese efecto.
San José, 26 de
mayo de 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1
vez.—Exento.—(IN2014035269).
CIRCULAR Nº 117-2014
ASUNTO: Recordatorio sobre la existencia del Manual de
Procedimientos para el Uso del Sistema de Videoconferencia y circulares
emitidas al respecto.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior en sesión Nº 41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII,
acordó reiterarles la existencia del “Manual de Procedimientos para el Uso
del Sistema de Videoconferencia del Poder Judicial” y circulares emitidas
al respecto, que orientan para la coordinación y el uso de este servicio, el
cual no se limita a enlaces internos y se puede utilizar con los Centros de
Atención Institucional de la Dirección General de Adaptación Social.
San José, 27 de
mayo de 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1
vez.—Exento.—(IN2014035270).
CIRCULAR Nº 118-2014
ASUNTO: Reiteración de la circular Nº 137-08, sobre la
utilización de la videoconferencia en los procesos judiciales.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior Nº 41-14, celebrada el 6 de mayo de 2014, artículo
XLIII, acordó reiterarles la circular Nº 137-08, sobre la utilización de la
videoconferencia en los procesos judiciales, publicada en el Boletín
Judicial Nº 162-08 del 22 de agosto de 2008, que indica:
“El Consejo Superior, en sesión Nº 48-08 de 26 de junio del 2008,
artículo LXIV, dispuso formular atenta instancia a los Jueces, las Jefaturas
del Ministerio Público y de la Defensa Pública, para que promuevan el uso del
sistema de video conferencia para atender diversas diligencias, en el tanto las
Salas Tercera y Constitucional ya ha resuelto que su utilización no es contraria
a los principios de oralidad e inmediación.
Al
respecto, resulta valioso lo señalado por la Sala Tercera de la Corte, en Voto
Nº 2007-00682 de las nueve horas quince minutos del veintinueve de junio de dos
mil siete, que en lo conducente dice:
“(…) la
videoconferencia permite observar “en vivo” a quien declara y permite la
interacción de las partes con esa persona, siendo entonces posible realizar un
verdadero interrogatorio, a la luz de los demás elementos debatidos en juicio”
San José, 27 de
mayo de 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1
vez.—Exento.—(IN2014035273).
CIRCULAR Nº 119-2014
ASUNTO: Reiteración de la
circular Nº 41-12, sobre “Uso de la videoconferencia como mecanismo para
disminuir gastos”.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior Nº 41-14, celebrada el 6 de mayo de 2014, artículo XLIII, acordó
reiterarles la circular Nº 41-12, sobre “Uso de la videoconferencia como
mecanismo para disminuir gastos”, publicada en el Boletín Judicial Nº 78
del 23 de abril de 2012, que indica:
“El Consejo Superior, en sesión extraordinaria N° 19-12, celebrada el
29 de febrero de 2012, artículo XXIII, con el fin de que se disminuyan gastos,
especialmente en cuanto al traslado de detenidos, acordó reiterarles que deben
hacer uso de las herramientas tecnológicas que tiene a disposición la
Institución, como el uso de la videoconferencia, que permite realizar la
audiencia sin necesidad de generar costos de traslado a las partes”.
San José, 27 de
mayo de 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1
vez.—Exento.—(IN2014035275).
CIRCULAR Nº 120-2014
Asunto: Reiteración de la circular No. 158-10, sobre “Uso
del sistema de videoconferencia en lecturas de sentencia a las personas
privadas de libertad”.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
QUE CONOCEN MATERIA PENAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior No. 41-14, celebrada el 6 de mayo de 2014, artículo XLIII, acordó
reiterarles la circular N° 158-10, sobre “Uso del sistema de videoconferencia
en lecturas de sentencia a las personas privadas de libertad”, publicada en el Boletín
Judicial N° 247 del 21 de diciembre de 2010, que indica:
“El Consejo
Superior en sesión N° 90-10 del 7 de octubre de este año, artículo LXXII, les
recuerda que pueden recurrir a utilizar el sistema de videoconferencia que
tienen a su disposición, como una forma de evitar el traslado y presentación de
los privados de libertad en el momento en que se procede a la lectura de la
sentencia”.
San José, 27 de
mayo del 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1
vez.—(IN2014035223) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 121-2014
Asunto: Reiteración de la circular N° 54-13, sobre “Uso
del sistema de videoconferencia”.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior N° 41-14, celebrada el 6 de mayo de 2014, artículo XLIII, acordó
reiterarles la circular N° 54-13, sobre “Uso del sistema de videoconferencia”,
publicada en el Boletín Judicial N° 80 del 26 de abril de 2013,
que indica:
“El Consejo Superior en sesión N° 19-2013, celebrada el 28 de febrero
de 2013, artículo LXXVIII, acordó instarlos para que sigan utilizando el
Sistema de Videoconferencias en sus labores habituales, cuando tengan que
coordinar actividades con otras oficinas fuera del circuito judicial, tales
como sesiones de trabajo, talleres, reuniones, y especialmente con los Centros
de Atención Institucional, a fin de incrementar los beneficios asociados al no
tener que trasladar los privados de libertad a los despachos judiciales, por ende
minimizar, tanto los riesgos que implican estos traslados así como los costos
asociados a esta labor, lo cual impactará positivamente el presupuesto
institucional”.
San José, 27 de
mayo del 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1
vez.—(IN2014035225) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 122-2014
Asunto: Reiteración de la circular N° 118-12, sobre “Estrategias
para la localización, notificación, citación y asistencia de las partes en
audiencias y debates”.
A LAS JUEZAS Y JUECES PENALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior N° 41-14, celebrada el 6 de mayo de 2014, artículo XLIII, acordó
reiterarles la circular N° 118-12, sobre “Estrategias para la localización,
notificación, citación y asistencia de las partes en audiencias y debates”,
publicada en el Boletín Judicial N° 221 del 15 de noviembre de 2012, que
indica:
“El Consejo
Superior, en sesión Nº 62-12, celebrada el 28 de junio último, artículo LXIII,
acordó comunicar las siguientes nuevas estrategias específicas a seguir para la
localización, notificación, citación y asistencia de las partes en las
audiencias y debates:
En los
documentos donde conste la información de las partes, hacer uso de la mayor
especificidad posible en los datos de identificación (nombre, alias, número de
cédula o pasaporte), y ser lo más específico posible a la hora de detallar la
dirección donde la persona puede localizarse. Incluir, cuando corresponde,
tanto la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo,
correo electrónico si lo posee, así como tantos números telefónicos como la
persona pueda aportar. Incluir asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a
través del cual pueda lograrse el contacto con la parte o testigo, en caso de
dificultarse la localización directa.
Solicitar
al citador que consigne en el expediente, de forma clara, cambios en la
dirección o datos adicionales que permitan en el futuro una localización más
expedita de la persona.
Aclararle
al citador, si no existe impedimento legal para ello, cuál es la calidad del
sujeto a citar (imputado, testigo, ofendido, actor civil, entre otros) y el
tipo de delito, ello con el fin de facilitar el abordaje para la localización.
Recordar
que conforme al numeral 165 de la Ley de Notificaciones, cualquier medio para
recibir comunicaciones resulta válido para la citación, y en ese sentido, de
lograrse comunicar algún señalamiento por vía telefónica debe dejarse
constancia de la citación y es innecesario duplicarla mediante la citación a la
dirección física.
Realizar
la citación con la mayor anticipación posible, a fin de que las partes puedan
gestionar permisos o disponer asuntos personales que habiliten su asistencia al
señalamiento.
Especificar
el propósito de la citación.
Además
de consignar la fecha y hora del señalamiento en la citación, indicar
claramente el lugar donde la audiencia va a llevarse a cabo.
Consignar
en la citación, un número telefónico del despacho, en el cual la parte o
testigo pueda aclarar dudas, así como el nombre del auxiliar que tiene a su
cargo el asunto para trámite.
El
citador debe dejar constancia clara del resultado de su gestión. En caso de
testigos o partes que no se han podido citar, debe comunicarse a las partes por
resolución fundada, de manera que la parte proponente pueda ubicar a la persona
y asegurarse de su asistencia a la audiencia, evitándose así suspensiones
innecesarias del señalamiento.
Revisión
de los expedientes quince días antes de la fecha señalada para realizar la
audiencia, utilizando para ello el “Formulario para la Revisión de Expedientes
Penales Previo al Juicio Oral y Público”. Ello permite reaccionar a corregir
alguna omisión o error en la citación, con antelación al señalamiento. Dejar
constancia visible en el expediente de que todas las partes han sido
debidamente citadas.
Designar a un servidor o servidora responsable de
efectuar un recordatorio del señalamiento, dos a tres días antes de su
celebración, a fin de evitar la inasistencia de las partes por olvido, o para
poder gestionar de la manera más efectiva la orden de comparecencia de los
testigos, en caso de que alguno tenga un impedimento a una hora o en un día
particular. En este sentido, cabe recordar el uso del sistema de mensajería
judicial, que permite enviar mensajes cortos a teléfonos celulares, o a través
de correo electrónico a fin de realizar recordatorios.
En el caso de imputados presos, el auxiliar judicial
deberá recordar al centro carcelario la asistencia puntual del justiciable,
recordando la fecha y hora del señalamiento, dos o tres días antes del
señalamiento a efecto de coordinar lo necesario.
Hacer
uso de la posibilidad de gestionar viáticos, para asegurar el traslado y la
alimentación de los testigos de bajos recursos que así lo requieran.
Utilización
del sistema de agenda única a efecto de disminuir o eliminar choques en los
señalamientos. Mantener un control cruzado de las agendas de Juzgados Penales,
Tribunales de Juicio, Ministerio Público y Defensa Pública.
Los
despachos en los que no funcione el nuevo Sistema Modelo Oral-Electrónico o no
tengan instaurado el sistema de audiencias tempranas de conciliación, deben
hacer uso de la buena práctica de señalar a una audiencia de conciliación y
notificarla, junto con la interposición de la demanda.
Seguir
las reglas básicas para señalar y agendar debates,
descritos en la Circular de Secretaría General de la Corte, número 31-2011, la
cual fue publicada en el Boletín Judicial número 75, del 18 de abril de
2011. En especial, las previsiones relativas al orden y número de testigos,
tiempos aproximados de cálculo para el señalamiento según la complejidad del
caso, y consideración del traslado de privados de libertad, previo a definir la
hora de inicio de las audiencias.
Los asuntos ingresados con solicitud de apertura a
juicio, deberán ser revisados por el juez tramitador a su llegada al Tribunal,
a efecto de verificar que no hayan sobrevenido causales de extinción de la
acción penal, que no existan actividades procesales defectuosas sin resolver, y
que no exista prueba admitida sin adjuntar al expediente y por último, que no
exista ninguna causal de excusa de los jueces integrantes del Tribunal.
Quince
días antes del señalamiento para debate, el auxiliar judicial deberá verificar
si ha sido admitida como prueba, evidencia material que deba hacerse llegar al
despacho. También deberá revisar si es necesario hacer llegar intérpretes o
traductores.
Al
solicitar dictámenes médicos u otro tipo de pericias, debe consignarse la fecha
de debate, de ser ello posible, con el fin de que las respectivas solicitudes
sean evacuadas en orden de prioridad, y así evitar suspensiones de debates a la
espera de prueba técnica.
Implementar la práctica de que, si el imputado se
encuentra libre, se le cite al despacho a efecto de verificar que es
localizable, y notificarle personalmente en dicho momento de la fecha y hora
del debate. Lo anterior, para evitar el gasto de recursos en citaciones a
juicio cuya realización no será posible por rebeldía.
Todo lo indicado respecto a la revisión de
citaciones, notificación a la parte proponente sobre los testigos que no se han
podido localizar, a efecto de que los localice y presente al debate, y
recordatorios a las partes y testigos, por el sistema de mensajería judicial,
es igualmente aplicable a la fase de debate.
En
caso de que el despacho cuente con el equipo necesario, utilizar el sistema de
videoconferencias como medio para recibir la declaración de peritos que por su
ubicación o la función que cumplen, sean de difícil traslado, y así contribuir
en la agilización de los procesos judiciales.
Hacer
uso del sistema de videoconferencia a efecto de evitar el trámite de traslado
de privados de libertad a la sala de juicios, para la lectura integral del
fallo. De esta forma es posible ahorrar tiempo y recursos útiles para su
utilización en otras diligencias”.
San José, 27 de
mayo del 2014.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1
vez.—(IN2014035226) Secretaria
General
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Manuel Antonio Obando Calderón, quien fue casado, con cédula
de identidad N° 3-0147-0069, y falleció el 23 de abril del 2014, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 14-000375-1021-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000375-1021-LA.
Proceso promovido por Viria Fanny Montes Carmona a
favor de Manuel Antonio Obando Calderón, cédula de identidad N° 3-0147-0069.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 20
de mayo del 2014.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014034902).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Erick Carvajal Sánchez, cédula de identidad N° 1-893-459, y
falleció el 7 de mayo del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
público bajo el número 14-000400-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 14-000400-1021-LA. Proceso promovido por Xiomara Yalile León Eduarte a favor de
Erick Carvajal Sánchez, cédula de identidad N° 1-893-459.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 29 de mayo del 2014.—Lic. Octavio
Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014034904).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes del Fondo de Capitalización Laboral (FCL), y la liquidación del
trabajador fallecido: Jerlin Gustavo Shion Zambrana, quien fue mayor de edad, soltero en unión
de hecho, peón agrícola, nicaragüense, cédula de residencia N° 155816399606,
nacido el veintitrés de noviembre de mil novecientos setenta, y fue vecino de Siquirres, quien falleciera el día treinta de diciembre del
dos mil trece, se consideren con derecho a los mismos para que dentro del plazo
improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto,
se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas por Marina
Zambrana Díaz en su calidad de madre del causante bajo el número de expediente
14-300065-0934-LA-1, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres,
a las diez horas cuarenta minutos del seis de mayo del dos mil catorce.—Lic.
Eric López Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014034918).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes se consideren con derecho a las prestaciones legales, Fondo de
Capitalización Laboral (FCL) del trabajador fallecido: Jorge Eduardo Rodríguez
Vega, quien fue mayor de edad, costarricense, casado, cédula N° 1-0402-0353,
vecino de Siquirres; quien falleció el trece de julio
del dos mil trece; para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho,
en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14-300120-0934-LA-7, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y
de Menor Cuantía de Siquirres, a las nueve horas
del veinticinco de abril del dos mil catorce.—Lic. Eric López Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014034920).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes se consideren con derecho a las prestaciones legales, Fondo de
Capitalización Laboral (FCL) del trabajador fallecido: Victro
Luis Zúñiga Toruño, quien fue mayor de edad,
costarricense, casado, cédula N° 7-0041-0870, vecino de Siquirres;
quien falleció el nueve de agosto del dos mil trece; para que dentro del plazo
improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto,
se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el
número 14-300128-0934-LA-3, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres,
a las nueve horas del veinticinco de abril del dos mil catorce.—Lic. Eric López
Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014034923).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes se consideren con derecho a las prestaciones legales, Fondo de
Capitalización Laboral (FCL) y ROPC del trabajador fallecido Melanio Calvo Mora, quien fue mayor de edad, costarricense,
cédula N° 3-0136-0676, vecino de Siquirres; quien
falleció el día veintitrés de junio del dos mil catorce; para que dentro del
plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas
bajo el número 14-300148-0934-LA-0, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres,
a las quince horas treinta minutos del doce de mayo del dos mil catorce.—Lic.
Eric López Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014034925).
Con
ocho días de plazo, se convoca a los causahabientes del fallecido: Miguel
Barrantes Venegas, quien fuera mayor, casado, costarricense, pensionado, vecino
de Desamparados, Fátima, contiguo a la Guardia Rural, cédula de identidad
número uno-ciento ochenta y cuatro-trescientos tres, quien falleció el
veinticinco de setiembre del dos mil doce, con el fin de que se apersonen a
hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de dos meses de
pensión del año 2012 y lo correspondiente al aguinaldo del 2012, expediente N°
14-300097-0237-LA (98-2-14), gestionado por: Ana María Venegas Amador contra
Dirección Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir
de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en
derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de
Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 27 de
mayo del 2014.—M.Sc. Ian
Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2014034928).
Se emplaza a todos los que en concepto de
causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales, ahorros
obligatorios y cualquier otro dinero a que tenía derecho el trabajador
fallecido Manuel Silva González con cédula de identidad número 2-396-044,
trabajador de la empresa Limofrut Sociedad Anónima,
vecino de Limón, Matina, Barrio Estrada, para que dentro
del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto el
cual se ordena publicar por única vez, se apersonen a este Despacho en defensa
de sus derechos, apercibidos que si así no lo hiciere, los dineros que se
depositen pasarán a quien legalmente corresponda. Expediente N°
13-000586-679-LA-9 establecido por María Magdalena González Carrillo.—Juzgado de Trabajo de Mayor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, Limón, 6 de mayo del 2014.—Lic. Luis Martínez Castro, Juez.—1 vez.—(IN2014035217).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y
ahorros legales del fallecido José Ángel Quirós Castañeda, cédula de identidad
6-0074-0564, quien fue mayor, costarricense, chofer, vecino de Cartago, Tres
Ríos, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo
improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho, a hacer valer sus derechos (Artículo 85 del
Código de Trabajo). Exp. N° 13-300164-0217-LA.
Consignación de prestaciones de José Ángel Quirós Castañeda.—Juzgado
Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial
de San José, Desamparados, 26 de febrero del 2014.—Dra. Leyla Kristel Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014035219).
A
los causahabientes de quién en vida se llamó Guillermo Marín Acuña, quien fue
mayor, casado, vecino de Aserrí, San Gabriel, con
cédula de identidad N° 111480526, mantenimiento, se les hace saber que: Rita
Rivera Araya, en calidad de esposa del fallecido se apersonó a fin de promover las presentes diligencias de consignación de
prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial
libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido
Guillermo Marín Acuña, expediente N° 143000080236LA-01.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Aserrí, 6 de mayo del 2014.—Lic. Adriana Jara
Benavides, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014036230).
Se
cita y emplaza a todos los causahabientes de Luis Ramón del Socorro Elizondo
Bermúdez, de cuarenta y nueve años de edad, con cédula de identidad:
6-0191-0286, para que dentro del término de ocho días hábiles, contados a
partir de la fecha de la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Juzgado a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo
hicieren las prestaciones legales se le girará a quién legalmente corresponda.
Consignación de prestaciones legales N° 14-300037-0917 LA (43-14), de Luis
Ramón Elizondo Bermúdez, promovido por Carmen María Marín Castro.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Escazú, 2 de junio del 2014.—Lic. Alexander Solano Pérez,
Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014036232).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y
ahorros legales del fallecido Jaime Antonio Güell Carvalho, cédula 1-0486-0375,
quien falleciera el treinta y uno de octubre de dos mil ocho, mayor de 55 años,
casado, costarricense, comerciante independiente y vecino de Santa Ana, de la
gasolinera Hermanos Montes 800 m sur, carretera a Salitral, mano derecha. Villa
Melida, que se consideren con derecho a las mismas,
para que dentro del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la
publicación del este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos de
conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo
anterior por haberse ordenado así en proceso de consignación de cuotas de
trabajador fallecido, en que figuran como partes la gestionante:
Yamilette Romero Quirós, cédula 1-0467-0978 y como
fallecido Jaime Antonio Güell Carvalho, cédula 1-0486-0375, expediente
N°14-300038-0242-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor
Cuantía de Santa Ana, 5 de junio de 2014.—Lic. Ronald Chacón Mejía, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014036234).
Con
ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados
en las diligencias número 14-300041-0239-LA (44-14), que es consignación de
prestaciones del trabajador fallecido: Arturo Pérez Leal, quien en vida fue
mayor, costarricense, viudo una vez, pensionado, vecino de Hatillo 2, cuya
cédula de identidad fue la número 6-0047-0157; con el fin de que se apersonen a
los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el
dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado
así dentro de las diligencias promovidas por Juana Pérez Leal.—Juzgado
de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 23 de mayo del 2014.—Lic.
Ricardo Núñez Montes de Oca, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2014036236).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
Remate de madera que se llevará a cabo a las ocho
horas del catorce de julio del dos mil catorce en la puerta principal del
Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos con base
de ciento veinte mil colones exactos (120.000,00) consistente en la cantidad de
1.519 metros cúbicos de la madera de la especie Caja o Cajilla (4 trozas). Lo
anterior por estar ordenado así mediante resolución de las quince horas del dos
de junio del año dos mil catorce, dentro de la causa penal N° 14-200355-0457-PE
por transporte ilegal de madera contra Eliécer Morales Carvajal y otro en daño
de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, 2 de junio del 2014.—Lic. Luis Diego Alpízar Marín, Juez.—Exonerado.—(IN2014035293).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes; a las nueve horas del
seis de agosto de dos mil catorce, y con la base de siete millones ciento tres
mil seiscientos setenta y nueve colones con cuarenta y cinco céntimos
(¢7.103.679,45); sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del
Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula N° 49698-000 la cual es terreno para agricultura. Situada en el
distrito 3 Pocora, cantón 6 Guácimo, de la provincia
de Limón. Colinda: Al norte, servidumbre e IDA; al sur, quebrada e IDA; al
este, IDA, y al oeste, IDA. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
del veintidós de agosto de dos mil catorce, con la base de cinco millones
trescientos veintisiete mil setecientos cincuenta y nueve colones con cincuenta
y nueve céntimos (¢5.327.759,59), (rebajada en un 25%). De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del ocho de
setiembre de dos mil catorce, con la base de un millón setecientos setenta y
cinco mil novecientos diecinueve colones con ochenta y seis céntimos
(¢1.775.919,86) (un 25%). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Ande número uno contra Maritza Yamilet De Los Ángeles Pérez Corrales y otra. Exp. N° 13-007671-1164-CJ.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de mayo del
2014.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—Exento.—(IN2014035302).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
293-05900-01-0901-001; a las trece horas y treinta minutos del catorce de julio
de dos mil catorce, en el mejor postor remataré lo siguiente: Fincas inscritas
en el Registro Público, Partido de Guanacaste, situadas en el distrito 4
Colorado, cantón 7 Abangares, matrículas número 182809-000 y 182795-000 de la
siguiente forma: Finca matrícula 182809-000: Naturaleza: Terreno de repastos
lote 34. Situada: Linderos: norte, lote 36; sur, servidumbre agrícola; este,
lote 40, oeste, servidumbre agrícola. Mide: cinco mil metros cuadrados. (Primer
remate) con la base sesenta y cuatro mil quinientos y dos dólares con ocho
centavos. segundo remate: con la base de cuarenta y
ocho mil trescientos setenta y seis dólares con cincuenta y seis centavos
(rebajada en un 25%). tercer remate: con la base de dieciséis mil ciento
veinticinco dólares con cincuenta y dos centavos (un 25% de la base original).
2) Finca matrícula 182795-000: Terreno de repastos lote 20. Linderos: norte,
lote 5; sur, lote 22, 23 y 24; este, servidumbre agrícola, oeste, lote 10 y 11.
Mide: Cinco mil tres metros con once decímetros cuadrados (primer remate) con
la base sesenta y dos mil cuarenta dólares con ochenta y dos centavos. Segundo
remate: con la base de cuarenta y seis mil quinientos treinta dólares con
sesenta y dos centavos (rebajada en un 25%). Tercer remate: con la base de
quince mil quinientos diez dólares con veintiún centavos (un 25% de la base
original). Señalamientos: segundo remate, se señalan las trece horas y treinta
minutos del treinta de julio de dos mil catorce. Tercer remate, se señalan las
trece horas y treinta minutos del catorce de agosto de dos mil catorce. Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Otárola
Cascante Bayron Alonso. Exp.
N° 13-001908-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 3 de marzo del 2014.—Lic.
Grace Solís Solís, Jueza.—(IN2014035304).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo
las citas 373-10607-01-0885-001; a las trece horas y treinta minutos del siete
de julio del año dos mil catorce, y con la base de veintidós millones
doscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 364716-000 la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 11 San Sebastián,
cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Techos
Económicos de Costa Rica S. A.; al sur, alameda con 6 metros de frente; al
este, lote 4, y al oeste, lote 2. Mide: Noventa metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del veintidós de julio del año dos mil catorce, con la base de dieciséis
millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece
horas y treinta minutos del siete de agosto del año dos mil catorce con la base
de cinco millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Silvia María Angulo
Rojas. Exp. N° 14-005925-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 22 de mayo del 2014.—Lic. Guillermo Castro Rodríguez,
Juez.—(IN2014035307).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Reservas y restricciones; a las diez horas y treinta minutos del
primero de julio de dos mil catorce y con la base de seis millones novecientos
noventa y ocho mil ciento setenta y un colones con veinte céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos dos mil cuatrocientos setenta y tres-cero cero uno-cero cero dos,
la cual es terreno para construir, lote 11. Situada en el distrito 06
Esquipulas, cantón 07 Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
lote 10; al sur, lote 12; al este, calle pública con un frente de 15 metros, y
al oeste, Álvaro Quesada Rojas y Gerardo Quesada Barahona. Mide: Trescientos
treinta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y treinta minutos del dieciséis de julio del año dos mil catorce
, con la base de cinco millones doscientos cuarenta y ocho mil seiscientos
veintiocho colones con cuarenta céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos
del treinta y uno de julio de dos mil catorce con la base de un millón
setecientos cuarenta y nueve mil quinientos cuarenta y dos colones con ochenta
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jessica Vanessa Guzmán Montiel,
Marco Vinicio Aguirre Vega. Exp. N° 14-000606-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 14 de marzo del 2014.—Lic. María
Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014035308).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes
prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del siete de julio del año
dos mil catorce, y con la base de veinticinco mil cuatrocientos sesenta y un
dólares con cincuenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: placa EE-027335, marca Caterpillar, estilo 416E, serie
CAT0416ELSHA05128, tracción 4x4, año 2008, color amarillo. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de julio
del año dos mil catorce, con la base de diecinueve mil noventa y seis dólares
con catorce centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de agosto del
año dos mil catorce con la base de seis mil trescientos sesenta y tres dólares
con treinta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito Sociedad Anónima de
Capital VA contra Óscar Francisco Díaz Mora. Exp.
N°13-001094-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Contravencional de Grecia, 11 de
diciembre del 2013.—Lic. Patricia Cedeño Leitón,
Jueza.—(IN2014035312).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del catorce de julio
del año dos mil catorce y con la base de ochenta y cinco mil seiscientos
setenta y un dólares con noventa centavos en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 144883-000 la cual es
terreno para construir, con una casa de habitación. Situada en el distrito 01
Colón, cantón 07 Mora de la provincia de San José. Colinda: al norte, carretera
nacional; al sur, calle pública, Levi Castro y Gerardo Céspedes, al este, Jaime
Aguilar y Elías Ulloa, y al oeste, José Guzmán Cubillo; al sureste, Elesías Ulloa, y al suroeste, Gerardo Céspedes, Óscar
Céspedes. Mide: Mil sesenta y dos metros con veinticuatro decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del treinta de
julio del año dos mil catorce con la base de sesenta y cuatro mil doscientos
cincuenta y tres dólares con noventa y dos centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos
del catorce de agosto del año dos mil catorce con la base de veintiún mil
cuatrocientos diecisiete dólares con noventa y siete centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria e Banco Nacional de Costa Rica contra Rafael Ángel
Rodríguez Azofeifa. Exp. N°
13-004527-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de mayo
del 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014035363).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita al
tomo 313, asiento7810, consecutivo 01, secuencia 901, subsecuencia
001; a las once horas cero minutos del veintidós de julio del año dos mil
catorce, y con la base de ciento diez millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N°
67334-000 la cual es terreno para construcción con edificio de bodega y locales
comerciales. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la
provincia de Cartago. Colinda: al oeste, Miguel Sanabria; al noreste, calle
pública con catorce metros setenta centímetros de frente; al sureste, María
Teresa Rodríguez Sanabria y Josefa Quirós Hernández, y al suroeste, Federico
Quesada Calderón. Mide: Seiscientos cincuenta y seis metros con ochenta y tres
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas cero
minutos del siete de agosto del año dos mil catorce, con la base de ochenta y
dos millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas cero minutos del
veinticinco de agosto del año dos mil catorce con la base de veintisiete
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial) Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Inversiones Nueva Segovia JJH S. A., Jorge Fabio
Herrera Fernández. Exp. N° 12-000287-1012-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de mayo del 2014.—Lic. Manuel
Emilio Cortes Sánchez, Juez.—(IN2014035367).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando compromisos ref:
2312-075-001 anotada bajo las citas 313- 3833-01-0901-001; a las catorce horas
y treinta minutos del siete de julio del año dos mil catorce y con la base de
veinticuatro millones de colones exactos en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 77155-001 y 002 la
cual es terreno para construir con una casa lote 23-B. Situada en el distrito
03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia Colinda: al
norte, calle pública con un frente a ella de 8.50 metros; al sur, S. A.
Residencial Los Lagos, lote 26-B, casa de concreto al este, S. A. Residencial
Los Lagos, lote 22-B, casa de concreto y al oeste, S. A. Residencial Los Lagos,
lote 24-B, casa de concreto. Mide: ciento cuarenta metros con veinticinco
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del veintidós de julio del año dos mil catorce con la base de
dieciocho millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del
siete de agosto del año dos mil catorce con la base de seis millones de colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
José Fabio Céspedes Araya, María
Magdalena Víquez Calvo. Exp. N°
13-001480-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial
de San José, 23 de mayo del 2014.—Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez,
Juez.—(IN2014035469).
En
la puerta exterior de este Despacho; a las catorce horas del veinticinco de
agosto del dos mil catorce, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de
la prenda de primer grado, sea la suma de un millón seiscientos cincuenta mil
colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL
126035, categoría carga liviana, marca Toyota, estilo Dyna,
año 1994, color azul, combustible diesel, cilindrada 3,660 c.c., tracción 4X2, Vin BU660041786. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas del once de setiembre del dos mil catorce, con la base de un
millón doscientos treinta y siete mil quinientos colones (rebajada en un
veinticinco por ciento). Para la tercera subasta se señalan las catorce horas
del treinta de setiembre del dos mil catorce con la base de cuatrocientos doce
mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución sentencia de Marvel José Corrales Picado
contra Walter González Chanto, expediente N° 09-001319-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 19 de mayo del año
2014.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—(IN2014035545).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del trece de agosto
del año dos mil catorce, y con la base de veintitrés millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 419453-000, la cual es terreno de pastos. Situada
en el distrito 4 Aguas Zarcas, cantón 10, San Carlos de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Arturo Rojas Quesada; sur, servidumbre de paso con
111 metros 48 cm; este, Juan Elías, Miriam Patricia, Ligia y Luis Enrique todos
Hernández Barrantes, y oeste, Virginia Porras Barrantes. Mide: diecisiete mil
veinticuatro metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Plano:
A-0508254-1998. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del veintinueve de agosto del año dos mil catorce, con la base de
diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil catorce, con la base de
cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gilbert Didier Torres
Gutiérrez, expediente N° 13-002595-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de abril del año 2014.—Lic.
Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014035587).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbres de aguas pluviales bajo las citas: 2011-289448-
01-0010-001 y 2012-58459-01-0005-001; a las nueve horas y treinta minutos del cuatro
de julio del año dos mil catorce, y con la base de tres millones seiscientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 493.349-000, la cual es terreno lote 7,
terreno para construir. Situada en el distrito 6 Pital,
cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 6;
sur, lote 8 y calle publica con 4.14 metros; este, lote 6; oeste, lote 8, 11 y
10 en medio de servidumbre de aguas pluviales. Mide: cuatrocientos treinta y un
metros cuadrados. Plano: A-1526409-2011. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del veintiuno de julio del año dos mil catorce, con
la base de dos millones setecientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del seis de agosto del año dos mil catorce con la base de
novecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Modesto Mena Gutiérrez,
expediente N° 13-002458-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 1° de abril del año 2014.—Luis Diego
Romero Trejos, Juez.—(IN2014035590).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y quince minutos del veintidós de setiembre
de dos mil catorce, y con la base de seis millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número cuarenta y seis mil quinientos cincuenta-cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa. Situada en
el distrito Cariari, cantón Pococí,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Firmo Antonio Alfaro Solís; al
sur, Víctor Fidel Aguirre Aguirre; al este, Firmo
Antonio Alfaro Solís, y al oeste, calle publica frente 20 mts.
Mide: ochocientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y quince minutos del siete de octubre del dos mil catorce, con la base de
cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos
del veintidós de octubre del dos mil catorce, con la base de un millón
quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro Vivienda y Crédito de
los Empleados Municipales de Heredia R.L. contra Johnny Cabalceta
Ramírez, expediente N° 13-003721-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Heredia, 29 de mayo del año 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau
Hernández, Juez.—(IN2014035596).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del cuatro de agosto
del año dos mil catorce, y con la base de veinticinco millones trescientos
treinta y cinco mil trescientos cincuenta colones con setenta y siete céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número noventa y un mil seiscientos noventa y seis cero cero cero la cual es terreno para
construir con 1 casa. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Clara Cabrera Soto; al sur,
Pedro López Calderón; al este, Juan Rueda Espinoza, y al oeste, Rita Vargas
Duarte. Mide: trescientos noventa metros con un decímetro cuadrado. Plano:
G-0067564-1992. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del veinte de agosto del año dos mil catorce, con la base de diecinueve
millones mil quinientos trece colones con ocho céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del cuatro de setiembre del año dos mil catorce con la base de
seis millones trescientos treinta y tres mil ochocientos treinta y siete
colones con sesenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Ana Cecilia Baltodano
Pereira, expediente N° 14-000778-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 20 de mayo
del año 2014.—Lic. Mónica Farah Castillo, Juez.—(IN2014035600).
A
las diecisiete horas del treinta de junio del dos mil catorce, en la puerta
exterior de este Despacho, soportando gravámenes al tomo 0001 asiento 00145585;
tomo 002 asiento 418444, al tomo 002 asiento 678912; tomo 004 asiento 92168;
tomo 255 asiento 0001010; tomo 0800 asiento 00024712; tomo 2007 asiento 53703 y
sin sujeción a la base al mejor postor remataré: Un Vehículo placas número
ciento ochenta y tres mil ocho, marca Yugo, año 1993, cilindrada 1300 CC, color
azul, Categoría Automóvil, Carrocería Sedán dos puertas, Capacidad cinco
personas, Motor marca Yugo, Combustible Gasolina, Cilindros cuatro, chasis:
VX1145A0000449391, motor: 13E10640054894. Se remata por ordenarse así en
proceso Ejecutivo Prendario de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra
Alvarado Mora Eduardo. Expediente N° 93-001389-0227-CA.—Juzgado
Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José,
21 de mayo del 2014.—Lic. Ivan Tiffer
Vargas, Juez.—(IN2014035606).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero
soportando infracción de tránsito boleta numero: 3000 0150284 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Aguirre y Parrita; a
las nueve horas y cero minutos del ocho de agosto del año dos mil catorce, y
con la base de treinta y ocho millones quinientos mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo SJB 010862, marca: Mercedes Benz,
categoría: buseta, carrocería: buseta, chasis 9BM6882765B438334, capacidad: 30
personas, año: 2006, color azul. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del año dos mil catorce, con
la base de veintiocho millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas cero minutos del diez de noviembre del año dos mil catorce, con
la base de nueve millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Trasportes
Turístico Miravista MSJ S. A., expediente N°
14-001887-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 23 de mayo del año 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés
Sánchez, Juez.—(IN2014035617).
En
la puerta exterior de este Despacho; a las dieciséis horas y cero minutos del
siete de julio de dos mil catorce libre de gravámenes hipotecarios; y con la
base de veintidós millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos setenta y un mil doscientos cincuenta y cinco-cero cero cero la cual es lote tres terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 6 San Isidro, cantón 1 Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, calle publica con frente de ocho metros; al
sur, resto de Carlos María Jiménez Herrera; al este, lote dos de Carlos María
Jiménez Herrera, y al oeste, lote cuatro de Carlos María Jiménez Herrera. Mide:
ciento ochenta y dos metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintidós de julio de
dos mil catorce, con la base de dieciséis millones ochocientos setenta y cinco
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del siete de agosto del
dos mil catorce, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Desarrollo Turístico del Norte S. A. contra Giselle
Araya Rojas, expediente N° 14-000367-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de abril del año
2014.—Kenny Obaldia Salazar, Juez.—(IN2014035624).
En la puerta exterior de este Despacho; a las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio de dos mil catorce,
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones
citas: 0311-00009049-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
0335-00010332-01-0901-001, serv canal rieg ref citas:
0343-00004417-01-0001-001 y servidumbre de aguas pluviales citas:
0574-00005234-01-0476-001; y con la base de dieciocho millones seiscientos
cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 65355-F-0 la cual es terreno
finca filial primaria individualizada número cuatro-D apta para construir que
se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Área Común Libre de Juegos Infantiles, Área
Común Construida de Taller de Mantenimiento, caseta y basurero; al sur, finca
filial primaria individualizada número tres-D; al este, Área Común Libre de
Acceso Principal y al oeste, Área Común Libre de Acceso Veintiuno. Mide:
trescientos trece metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del doce de agosto del dos
mil catorce, con la base de trece millones novecientos ochenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de agosto del
dos mil catorce, con la base de cuatro millones seiscientos sesenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jonathan Morales Aguilar,
expediente N° 13-006755-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de abril del año 2014.—Msc. Kenny Obaldia Salazar,
Juez.—(IN2014035629).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 331-08653-01-0900-001, reservas y
restricciones citas: 338- 13798-01-0903-001, reservas y restricciones citas:
338-13799-01- 0900-001, reservas y restricciones citas: 385-04819-01-0900-001,
reservas y restricciones citas: 385-04819-01-0901-001, reservas y restricciones
citas: 385-04819-01-0902-001, reservas y restricciones citas:
385-04819-01-0903-001; a las quince horas y quince minutos (tres horas y quince
minutos pasado meridiano) del treinta de junio de dos mil catorce, y con la
base de ochenta mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
F-00066761-000 la cual es terreno filial individualizada numero ciento
dieciséis terreno para construir que se destinara a uso habitacional la cual
podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado,
cantón Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle
siete; al sur, finca filial primaria individualizada número ciento diecisiete;
al este, finca filial primaria individualizada número ciento quince y al oeste,
calle oeste. Mide: dos mil quinientos noventa y cinco metros con treinta y un
céntimos cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince
minutos (tres horas y quince minutos pasado meridiano) del quince de julio de
dos mil catorce, con la base de sesenta mil trescientos setenta y cinco dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y quince minutos (tres horas y quince minutos pasado
meridiano) del treinta de julio de dos mil catorce con la base de veinte mil
ciento veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Grettel María Guevara Mora. Exp. N° 11-001126- 0638-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2
de abril del 2014.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—(IN2014035633).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del uno de julio de
dos mil catorce, y con la base de cuarenta y un millones cuatrocientos noventa
y un mil quinientos veintitrés colones con ochenta y seis céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
164767-000; la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el
distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Ezequías Delgado Vargas; al sur, calle; al este, Juan José
Murillo Porras, y al oeste, calle. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con
cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y treinta minutos del dieciséis de julio de dos mil catorce, con la
base de treinta y un millones ciento dieciocho mil seiscientos cuarenta y dos
colones con noventa céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de agosto
de dos mil catorce con la base de diez millones trescientos setenta y dos mil
ochocientos ochenta colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Electro Sistemas de Control Industrial
Sociedad Anónima, Lilliana Alejandra Morales Ureña. Exp. N° 14-001128-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia,1 de abril del año 2014.—Mónica Vásquez
Valverde, Juez.—(IN2014035737).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones con las citas: 349-15454-01-0901-001,
349-15454-01-0902-001 349-15454-01-0903-00; a las nueve horas y cero minutos
del primero de julio del año dos mil catorce, y con la base de cuarenta y nueve
millones quinientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos
noventa y dos mil doscientos sesenta y nueve cero cero
cero la cual es terreno de potrero. Situada en el
distrito cuarto Bijagua, cantón trece Upala, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte quebrada Zapotillo; al sur,
servidumbre agrícola con un frente de 314 metros 79 centímetros; al este,
Compañía Hidroeléctrica Doña Rebeca S.R.L. y al oeste, Rodolfo Arguedas Muñoz.
Mide: ochenta y nueve mil novecientos sesenta y cuatro metros con ochenta y
tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del dieciséis de julio del año dos mil catorce, con la base de
treinta y siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del primero de agosto del año dos mil catorce con la base de doce
millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Marlon Adolfo Arguedas Arias. Exp. N°
13-002456-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 23 de abril del 2014.—Jorge
Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014035739).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios ; pero soportando reservas y restricciones citas:
396-10593-01-800-001, servidumbre trasladada citas: 396-10593-01-801-001 ;; a
las nueve horas y treinta minutos del cinco de agosto del año dos mil catorce,
y con la base de veintidós millones quinientos noventa y nueve mil ochocientos
treinta y un colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y
tres mil cinco cero cero cero
la cual es terreno para construir.- Situada en el distrito 01 Liberia, cantón
01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Miguel Jiménez
Cordero; al sur, José Erasmo Abarca de La O; al este, Matías Sandí Sandí y al oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta y
nueve metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0977705-1991.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del
veintiuno de agosto del año dos mil catorce, con la base de dieciséis millones
novecientos cuarenta y nueve mil ochocientos setenta y tres colones con sesenta
y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de setiembre del
año dos mil catorce con la base de cinco millones seiscientos cuarenta y nueve
mil novecientos cincuenta y siete colones con ochenta y siete céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Flor de María Mora Baltodano.
Exp. N° 14-000621-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia), 27 de mayo del 2014.—Lic. Mónica Farah
Castillo, Jueza.—(IN2014035741).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Condics y servs.
ref : 00078071-000 bajo las citas de inscripción
0395- 00001577-01-0917-001, reservas y restricciones, servidumbre trasladada,
servidumbre de paso según citas 0432-00005926-0019-001, servidumbre de líneas
eléctricas y de paso, servidumbre de acueducto y de paso de A y A, servidumbre
de paso según citas 440-00014907-01-0013-001; a las nueve horas y cero minutos
del uno de octubre de dos mil catorce, y con la base de ochocientos sesenta y
siete mil ochocientos seis dólares con un centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F- 29303
- cero cero cero la cual es
terreno Filial número tres destinada a uso habitacional en proceso de
construcción ubicada en el segundo nivel edificio número uno.- Situada en el
distrito Jaco, cantón Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte área común libre (zona verde); al sur, área común libre (calle y zona
verde); al este, área común construida (acceso/escalera) y filial cuatro y al
oeste, área común libre (zona verde). Mide: doscientos sesenta y ocho metros
con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del dieciséis de octubre de dos mil catorce, con la
base de seiscientos cincuenta mil ochocientos cincuenta y cuatro dólares con
cincuenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de
octubre de dos mil catorce con la base de doscientos dieciséis mil novecientos
cincuenta y un dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank
de Costa Rica Sociedad Anónima contra Fernando Von Morgeland
García. Exp. N° 11-100487-0642-CI.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 3 de junio del 2014.—Lic.
Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014035747).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del siete de julio
del año dos mil catorce, y con la base de veinte millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 578470-000, la cual es terreno con una casa. Situada en
el distrito 02 Mercedes Sur, cantón 04 Puriscal, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, María Eugenia Moreno Morales, en
parte Teresa Moreno Morales y resto de la citada María Eugenia; al sur calle
pública; al este María Teresa Moreno Morales y al oeste, María Eugenia Moreno
Morales y resto de la citada María Eugenia. Mide: ciento ochenta y tres metros
con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del veintidós de julio del año dos mil catorce,
con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero
minutos del siete de agosto del año dos mil catorce con la base de cinco
millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Giovanni Jiménez Chacón. Exp. N°
14-006715-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 3 de junio del 2014.—Lic. Guillermo
Castro Rodríguez, Juez.—(IN2014035754).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
quince horas cero minutos del siete de agosto del año dos mil catorce, y con la
base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00093592-000 la
cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 Carmen,
cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte avenida
tercera de urbanización; al sur, Grupo Mundial de Construcciones S. A.; al
este, Grupo Mundial de Construcciones S. A., y al oeste, Grupo Mundial de
Construcciones S. A. Mide: ciento veinte metros con cero decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las quince horas cero minutos del veinticinco
de agosto del año dos mil catorce, con la base de nueve millones de colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas cero minutos del nueve de setiembre del año dos mil
catorce con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inversiones JVK Sociedad Anónima contra José Luis Sandoval Jiménez. Exp. N° 13-009880-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 25 de abril del 2014.—Lic.
Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014035777).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del dieciséis de julio
de dos mil catorce, y con la base de un millón trescientos sesenta y cinco mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa
51491, marca Ranger-Rover, estilo Range
Rover, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
1974, color rojo, carrocería todo terreno 2 puertas, tracción 4X4, chasis
35900643B, motor 35514832B, combustible gasolina.- Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del uno de agosto de dos mil catorce, con
la base de un millón veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil catorce con
la base de trescientos cuarenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Miguel Angel Candelas
García contra Dunet Logistics
S. A. Exp. N° 12-018999-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de
mayo del 2014.—Msc. Osvaldo López Mora,
Juez.—(IN2014035793).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del dos de julio
de dos mil catorce, y con la base de diecisiete mil trescientos dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número quinientos seis mil trescientos treinta y
cuatro-cero cero uno y cero cero dos (506334-001,
002); la cual es terreno para construir con una casa, lote 36, bloque o.
Situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, INVU; al sur, calle pública; al este, INVU y al oeste
INVU. Mide: ciento cincuenta y un metros con sesenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del diecisiete de julio de dos mil catorce, con la base de doce mil novecientos
setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la Tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de
agosto de dos mil catorce con la base de cuatro mil trescientos veinticinco
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Elba Nidia Barveña Sociedad
Anónima contra Mario Enrique Mejía Sequeira, Raquel Ramírez Mora. Exp.: 13-005263-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 03 de junio del 2014.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—(IN2014035844).
En la puerta exterior de este Despacho; se rematarán
los siguiente bienes: 1) Con la base de cuatrocientos doce millones de colones
exactos (primer remate) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas:
417-08965-01-0004-001; sáquese a remate la finca Partido de Guanacaste,
matrícula número 121040-000.- Misma que se describe así Naturaleza: terreno de
potrero situada en el distrito 4-Tempate cantón 3-Santa Cruz de la provincia de
Guanacaste. Linderos: norte, Loreto Moreno Canales; sur, Félix Moreno Canales;
este, Félix Moreno Canales; oeste, calle pública con 50,00 metros. Mide: diez
mil metros cuadrados Plano: G-0690143-2001. Segundo remate: La base será la
suma de trescientos nueve millones de colones. Tercer remate: La base será la
suma de ciento tres millones de colones. 2) Con la base de cuatrocientos
ochenta y nueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (Primer
remate) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Obligaciones Ref: 1992-194-002 bajo las citas: 288-09189-01-0901-001 y
servidumbre dominante y sirviente. Sáquese a remate la finca Partido de
Guanacaste, matrícula número 146296-000. Misma que se describe así: Naturaleza:
Terreno de pasto situada en el distrito 4-Tempate cantón 3-Santa Cruz de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Mercedes Contreras Contreras; sur, Mercedes Contreras Contreras,
este, calle pública con 12 metros; oeste, Playa del Mar Pacífico. Mide: dos mil
novecientos setenta metros con tres decímetros cuadrados. Plano:
G-1009699-2005. Segundo remate: La base será la suma de trescientos sesenta y
seis millones novecientos treinta y siete mil quinientos colones. Tercer
remate: La base será la suma de ciento veintidós millones trescientos doce mil
quinientos colones. 3) Con la base de mil seiscientos cuarenta y ocho millones
de colones (Primer remate), libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
Obligaciones Ref: 1992-194-002 bajo las citas:
288-09189-01-0901-001 cero cero cero.
Servidumbre dominante y sirviente, sáquese a remate la finca Partido de
Guanacaste, matrícula número 145552-000. Misma que se describe así: Naturaleza:
terreno de pasto situada en el distrito 4-Tempate cantón 3-Santa Cruz de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Mercedes Contreras Contreras; sur, Mercedes Contreras Contreras;
este, calle pública con un frente de 88 m 91 cm, oeste, Océano Pacífico con un
frente de 83 m 36 cm. Mide: diez mil metros cuadrados plano: G-1016754-2005.
Segundo remate: La base será la suma de mil doscientos treinta y seis millones
de colones. Tercer remate: La base será la suma de cuatrocientos doce millones
de colones. Señalamientos para remate de todas las fincas: Primer remate: Para
tal efecto se señalan las catorce horas y quince minutos del diez de julio de
dos mil catorce (Primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el
Segundo remate, se señalan las catorce horas y quince minutos del veintiocho de
julio de dos mil catorce, con la base de rebajada en un 25 %. De no apersonarse
rematantes, para el Tercer remate, se señalan las catorce horas y quince
minutos del doce de agosto de dos mil catorce, con la base un 25 % de la base
original. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Santa
Cruz contra Potrero Development Trust Sociedad
Anónima. Exp.: 13-001151-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 20 de
febrero del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—1
vez.—(IN2014035845).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos, bajo las citas: 419-08317-01-0006-001; a las nueve horas y
cero minutos del primero de agosto del año dos mil catorce, y con la base de
cuarenta y ocho millones seiscientos noventa y dos mil novecientos colones con
ochenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 292451-001-002, la cual es
terreno para agricultura y pasto. Situada en el distrito 1, Los Chiles, cantón
14, Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Mario Esquivel
y Alberto Cruz; sur, Luis Quesada, Víctor Aguirre y Alberto Cruz; este,
Quebrada y Alberto Cruz; oeste, Manuel Chiroldes y
calle pública. Mide: quinientos sesenta y siete mil quinientos sesenta y nueve
metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0210821-1994. Para el
Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de
agosto del año dos mil catorce, con la base de treinta y seis millones
quinientos diecinueve mil seiscientos setenta y cinco colones con sesenta y
siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta
se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de setiembre del año dos mil
catorce con la base de doce millones ciento setenta y tres mil doscientos
veinticinco colones con veintidós céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Alicia Acuña Durán, Francisco Rodríguez
Arroyo. Exp.: 13-002781-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 09 de
abril del 2014.—Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014035869).
En la puerta exterior de este despacho, soportando
condiciones así como reservas y restricciones, a las quince horas y treinta
minutos del uno de julio de dos mil catorce (03:30 p. m. del 01/07/2014) y con
la base de veintisiete millones novecientos veintidós mil ochocientos noventa y
cinco colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y cuatro mil
ochocientos treinta y uno-cero cero cero, la cual es
terreno de solar y para construir. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres de
la provincia de Limón. Colinda: al norte, Ana Lorena Abarca Hernández; al sur,
Javier Vindas Acuña; al este, calle pública con un
frente a ella de veinticuatro metros; y al oeste, Marcelino Losilla García.
Mide: trescientos veintiséis metros con treinta decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de febrero
de dos mil catorce (03:30 p. m. del 23/07/2014), con la base de veinte millones
novecientos cuarenta y dos mil ciento setenta y un colones con treinta y cuatro
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de febrero de dos mil
catorce, con la base de seis millones novecientos ochenta mil setecientos
veintitrés colones con setenta y ocho céntimos (03:30 p. m. del 08/08/2014) (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Ramón Molina Trejos. Expediente:
13-000606-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 28 de abril del 2014.—Marcela Brenes Piedra,
Juez.—(IN2014036190).
A las ocho horas treinta minutos del treinta minutos
del catorce de julio de dos mil catorce, en la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor remataré lo
siguiente: 1) Con la base de ciento veinte mil dólares, finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número ciento sesenta y un mil quinientos setenta y
siete-cero cero cero (161577-000), la cual es terreno
con un edificio. Situada en el distrito Catedral, cantón San José de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Julio Jurado Acosta con veintitrés
metros veintinueve centímetros; al sur, Jesús Castro con nueve metros setenta
centímetros; al este calle once sur con catorce metros con diecisiete
centímetros; y al oeste, Úrsula Calvo con un metro diecisiete centímetros ocho
metros catorce centímetros. Mide: seiscientos noventa y cinco metros con
sesenta y tres decímetros cuadrados. 2) Con la base de cuarenta mil dólares,
finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cero noventa mil
quinientos sesenta-A-cero cero cero (090560A-000), la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito Catedral, cantón San
José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Beef
Productos Company Limited;
al sur, Rubén Sánchez e Inversiones León y Solano S. A.; al este, calle once; y
al oeste, Inversiones León y Solano S. A., ocho metros catorce centímetros.
Mide: seiscientos cuarenta y cuatro metros con ochenta decímetros cuadrados; la
cual responde por cuarenta mil dólares. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecutivo hipotecario de Summa Internacional Ltda. contra Beef Products
Company Limited.
Expediente: 07-000932-0185-CI.—Juzgado Segundo
Civil de Mayor Cuantía de San José, 5 de mayo del 2014.—MSC. Rodrigo Brenes
Vargas, Juez.—(IN2014036227).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada, anotada bajo las citas
317-12073-01-0004-001, a las nueve horas y cero minutos del uno de julio del
dos mil catorce y con la base de veintitrés millones ochocientos setenta y
siete mil ochocientos sesenta y cinco colones con nueve céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
172439-000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 02
Mercedes Sur, cantón 04 Puriscal de la provincia de
San José. Colinda: al norte, Sigifredo Jiménez
Fallas, al sur, Guillermo Jiménez Fernández; al este, calle pública 11.40
metros; y al oeste, Guillermo Jiménez Fernández. Mide: siete mil doscientos
seis metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil
catorce, con la base de diecisiete millones novecientos ocho mil trescientos
noventa y ocho colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del uno de agosto del dos mil catorce, con la base de cinco millones
novecientos sesenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y seis colones con
veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Ronald Espinoza Mora. Expediente: 13-030544-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 21 de mayo del 2014.—Guillermo Rodrigo Castro
Rodríguez, Juez.—(IN2014036233).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios y anotaciones, a las ocho horas treinta minutos (8:30 a. m.) del
diecinueve de agosto del dos mil catorce (primer remate) y con la base de
veintidós millones seiscientos seis mil colones con veinticuatro colones, en el
mejor postor se rematará lo siguiente: sea el derecho cero cero
dos propiedad de la señora Ana Heidy Ramírez Retana,
cédula de identidad uno-cero seis dos cinco-cero ocho seis siete, de la finca
del partido de San José, matrícula de folio real número dos cuatro cinco seis
tres cinco, el cual es un inmueble con la naturaleza de terreno para construir,
situado en el distrito diez Hatillo, cantón uno de la provincia de San José,
colinda: al norte, con carretera con veintiséis metros y sesenta y tres
centímetros; al sur, con Escuela República de Paraguay; al este, con Carmen
Herrera Rodríguez; y al oeste, con calle pública con siete metros y noventa y
siete centímetros, la cual mide doscientos cuarenta y seis metros con cincuenta
y nueve decímetros cuadrados, plano no se indica. De no haber postores para
llevar acabo el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos (8:30
a. m.) Del dos de setiembre del dos mil catorce, con la base de dieciséis
millones novecientos cincuenta y cuatro mil quinientos dieciocho colones (rebajada
en un veinticinco por ciento). De no apersonarse rematantes para el tercer
remate, se señalan las ocho horas treinta minutos (08:30 a.m.) del diecisiete
de setiembre del dos mil catorce, con la base de cinco millones seiscientos
cincuenta y un mil quinientos seis colones (un veinticinco por ciento de la
base original). Se rematará por haberse ordenado así en proceso ordinario
laboral. Expediente N° 10-300038-0239-LA de Patricia Araya Solano contra Ana Heidy Ramírez Retana.—Juzgado
Laboral de Menor Cuantía de Hatillo, 6 de junio del 2014.—Lic. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—(IN2014036249).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez
horas y cero minutos del veinticuatro de junio del dos mil catorce, y con la
base de tres millones quinientos veinticuatro mil novecientos veintiún colones
con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo
placas 568100, categoría: automóvil, color negro, vin:
JTDKW113900210909, cilindrada 1299 c.c. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cero minutos del nueve de julio del dos mil catorce, con la base
de dos millones seiscientos cuarenta y tres mil seiscientos noventa y un
colones con cuarenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
veinticuatro de julio del dos mil catorce, con la base de ochocientos ochenta y
un mil doscientos treinta colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Asociación Solidarita de Empleados del Banco de Costa Rica contra Randy
Paniagua Román, expediente N° 10-019762-1044-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 1 de abril del año
2014.—Lic. Bolívar Arrieta Zarate, Juez.—(IN2014036399).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones bajo las citas: 294-01776-01-0901-001; a
las nueve horas y treinta minutos del trece de agosto del dos mil catorce, y
con la base de tres millones novecientos cincuenta mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 436820-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 4, Aguas Zarcas cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Aracelly Alvarado Bolaños y
Eduardo Gómez Alvarado; al sur, servidumbre de paso con un frente de 8,67
metros; al este, José Rolando y Luciano Alfredo Murillo Marín, Denis Antonio
Reyes Morales; y al oeste, José Rolando, Luciano Alfredo Murillo Marín y Denis
Antonio Reyes Morales. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con cincuenta y
un decímetros cuadrados. Plano: A-1147749-2007. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de agosto del mil catorce, con la base de dos millones
novecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil catorce con la base de
novecientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Carlos Mejías Campos contra Ana Yanci Artavia Alvarado. Exp.
13-003718-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 28 de abril del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014035980).
Desde la puerta exterior de este Despacho, con la
base de la hipoteca de primer grado vencida, sea la suma de ciento cincuenta
mil dólares, unidad monetaria de los Estados Unidos de América y soportando
embargo practicado a favor de la Municipalidad de San José y plazo de
convalidación (rectificación de medida), remataré: finca inscrita en el
Registro Público provincia de San José, matrícula de folio real ciento once mil
novecientos ochenta y uno-cero cero cero, naturaleza
construir con una casa. Sita en el distrito cuatro Catedral, cantón primero San
José de la provincia de San José. Linda: al norte, con Soledad Losano; al sur, con Avenida 10; al este, con Aler y Marlen Rodríguez; y al
oeste, con Anabel Sáenz. Mide: cuatrocientos noventa y nueve metros con sesenta
y siete decímetros cuadrados, para tal efectos se señalan las catorce horas del
ocho de julio de dos mil catorce (primer remate). De no haber postores, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas del veintidós de
julio de dos mil catorce, con la base de ciento doce mil quinientos dólares
(rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las catorce horas del cinco de agosto de dos mil catorce, con la base
de treinta y siete mil dólares (un 25%). Se remata por ordenarse así dentro del
Proceso Ordinario 04-001158-181CI (1) de Mario Alberto Yunis
González contra Marina Nabo S. A., Evanor S. A.,
Amancio Cerdas Fernández, sucesión Mario Quintana Musmani
y Omar Adalberto Arroyo Acevedo.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía,
San José, 6 de mayo de 2014.—Msc. Ricardo Álvarez
Torres, Juez.—(IN2014036001).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas 310-13117-01-0901-001; a las siete horas y treinta minutos del veintitrés
de julio del dos mil catorce, y con la base de veinticinco millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 399.260-000, la cual es terreno lote segundo
terreno con 1 casa. Situada en el distrito 11, Cutris
cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública con 26 metros 80 centímetros; al sur, Mingo Aguilar Aguilar;
al este, Hermanos Chacón Obando S. A.; y al oeste, calle pública con 34 metros
86 centímetros. Mide: setecientos setenta y cinco metros con cuarenta
decímetros cuadrados. Plano: A-0091241-1993. Para el segundo remate se señalan
las siete horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil catorce, con
la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las siete horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil catorce
con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Alfa Roja Dos Mil Sociedad Anónima contra
Agropecuaria Zanuck Sociedad Anónima. Exp. 13-003428-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 2 de junio del 2014.—Lic. Luis Diego
Romero Trejos, Juez.—(IN2014036010).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
nueve horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil catorce, y con
la base de treinta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 382084-000, la
cual es terreno lote dos, terreno de pastos. Situada en el distrito 13, Pocosol cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Rita Arias Varela y quebrada en medio; al sur, Juan Elizondo
Cambronero; al este, Manuel Blanco Rojas y quebrada
en medio; y al oeste, calle pública con un frente a ella de 299 metros 19
centímetros lineales. Mide: sesenta y dos mil doscientos noventa y seis metros
con cincuenta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0616835-2000. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre
del dos mil catorce, con la base de veintidós millones quinientos mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de octubre del dos mil
catorce con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Hernán Osvaldo González López contra Armar H R
Sociedad Anónima. Exp. 14-001026-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 29
de mayo del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014036016).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, servid y sirvie ref: 00080066-000 anotadas
al tomo 373, asiento 00009176-secuencia 01-0908 y 909-001, servidumbre de paso
anotada al tomo 2009, asiento 00025045 secuencia 01-0001-001; a las diez horas
treinta minutos del siete de agosto del dos mil catorce, y con la base de
doscientos cuarenta y cuatro mil doscientos cinco dólares con sesenta y ocho
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil quinientos ochenta
y tres cero cero cero la
cual es terreno de repastos lote 31 D. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al sur, lote 30 D; al noreste, lote 32 D; al
noroeste, calle pública con frente total de 61 metros y 85 centímetros; y al
sureste, Bolcomer Bolso de Comercio. Mide: cinco mil
cincuenta y un metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las once horas once horas del veinticinco de agosto del dos
mil catorce, con la base de ciento ochenta y tres mil ciento cincuenta y cuatro
dólares con veintiséis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del nueve de
setiembre del dos mil catorce; la base de sesenta y un mil cincuenta y un
dólares con cuarenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra George Elia Nassif
El Haji. Exp.
13-038297-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado
de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San
José, 22 de mayo del 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014036030).
En
la puerta exterior de este Despacho; soportando Hipoteca de Primer Grado
inscrita al tomo 562, asiento 11539; a las nueve horas treinta minutos del
veinticuatro de julio del dos mil catorce y con la base de cincuenta y dos
millones quinientos cincuenta y cuatro mil colones en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 167785-000 la
cual es terreno lote 1 terreno para construir. Situada en el distrito 3 San
Miguel cantón 3 Santo Domingo de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
Elida Zamora Chacón; al sur, calle pública con 16,30 metros; al este, Antonio
Álvarez Vindas; y al oeste, Eduardo Álvarez Vindas. Mide: trescientos cincuenta metros con treinta y
seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
treinta minutos del once de agosto del dos mil catorce con la base de treinta y
nueve millones cuatrocientos quince mil quinientos colones (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas
treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil catorce con la base de
trece millones ciento treinta y ocho mil quinientos colones (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de
Banco Nacional de Costa Rica contra Johan Cedeño Vásquez, José Manuel Cedeño Portuguez, Multiservicios Joma S.
A. Exp. 09-015352-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo
Circuito Judicial de San José, 2 de junio del 2014.—Nydia
Piedra Ramírez, Jueza.—(IN2014036049).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez
horas y treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil catorce, y con la
base de ocho millones ochocientos veintitrés mil ochocientos diecisiete colones
con cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa C
138105, marca Volvo, estilo VNL seis cuatro T, categoría carga pesada,
carrocería cabezal o tracto camión, tracción sencilla, chasis número cuatro VG
siete DERH tres WN siete cinco tres cinco siete nueve, año mil novecientos
noventa y ocho, color azul, capacidad dos personas, motor marca Detroit número
cero seis R cero tres ocho ocho siete tres uno,
combustible diesel, cilindrada catorce mil cuatro centímetros cúbicos,
cilindros seis. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del seis de agosto del dos mil catorce, con la base de seis millones
seiscientos diecisiete mil ochocientos sesenta y dos colones con setenta y ocho
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil
catorce con la base de dos millones doscientos cinco mil novecientos cincuenta
y cuatro colones con veintiséis céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Edgar Pedro Castro Campos, Iveth Rebeca Rojas
Ugalde. Exp. 14-009070-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo
Circuito Judicial de San José, 15 de mayo del 2014.—Lic.
Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014036054).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del uno de julio de
dos mil catorce, y con la base de tres millones doscientos cincuenta y siete
mil cuatrocientos diecisiete colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento quince mil ochocientos veinticinco cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito Parrita, cantón Parrita, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, calle pública a la Julieta, con un frente de 37,00 metros;
al sur, Estadio Municipal de Parrita; al este, Municipalidad de Parrita; y al
oeste, María Elena Mora Cortes. Mide: cuatrocientos cincuenta metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis
de julio de dos mil catorce, con la base de dos millones cuatrocientos cuarenta
y tres mil sesenta y tres colones con doce céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
del uno de agosto de dos mil catorce con la base de ochocientos catorce mil
trescientos cincuenta y cuatro colones con treinta y siete céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa
de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Z contra Jonathan Mora Cortes. Exp. 13-004704-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas,
25 de abril del 2014.—Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014036082).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las
nueve horas y treinta minutos del veinte de agosto del año dos mil catorce, y
con la base de trece millones ochocientos treinta y un mil setecientos
cincuenta y cinco con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 391312-000, la
cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 6, Pital
cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, calle
pública con 67,25 metros, noroeste, María
Sonia Roja Solís, sureste, Juan José Rojas Solís y suroeste, Geovanny Chacón
Picado. Mide: nueve mil trescientos noventa y siete metros con cincuenta y seis
decímetros cuadrados Plano: A-0881943-2003. Para el Segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del año dos mil
catorce, con la base de diez millones trescientos setenta y tres mil
ochocientos dieciséis con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veintidós de setiembre del año dos mil catorce con la base de tres
millones cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos treinta y ocho con
setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de, Banco Popular y
de Desarrollo Comunal contra Enid Álvarez Rojas y Juan José Rojas Solís. Exp.: 14-000851-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 12 de
mayo del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014036087).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones, bajo citas número 386-02459-01-0901-001; a
las nueve horas del dos de julio del dos mil catorce, y con la base sin
sujeción a tipo, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número uno cero cinco uno siete nueve- cero cero cero, la cual es terreno
para vivienda, lote 63. Situada en el distrito Cariari,
cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda al
norte, calle pública con 14,50 metros; al sur, José Córdoba Segura con 14,49
metros; al este Asociación Específica de Vivienda y Ayuda Mutua con 24,24
metros y al oeste, Asociación Específica de Vivienda y Ayuda Mutua con 24,11. Mide:
trescientos cincuenta metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecutivo simple de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Norma González
Obando. Exp.: 94-100860-0473-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
14 de enero del 2014.—Licda. Guiselle Argüello
González, Jueza.—(IN2014036089).
En la puerta exterior de este Despacho, a las nueve
horas y treinta minutos del uno de julio del año dos mil catorce, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca 1: libre de gravámenes hipotecarios y con
la base de diez millones ciento treinta y tres mil quinientos cuarenta y tres
colones con noventa y tres céntimos, Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 445943-000 la cual es terreno de solar con una casa. Situada
en el distrito 6 Río Cuarto, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública con 22,87 metros de frente; al sur, José Gómez
Arce; al este, Juan Luis Zeledón Alvarado y al oeste, Gerardo Briceño Requeñes. Mide: seiscientos sesenta y un metros con
cuarenta y un decímetros cuadrados. Finca 2: libre de gravámenes hipotecarios y
con la base de diecinueve millones quinientos catorce mil treinta y nueve
colones con veinticinco céntimos, Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 137024-000 la cual es terreno de solar con una casa en mal
estado de agricultura. Situada en el distrito 6 Río Cuarto, cantón 3 Grecia, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 20,63 metros de
frente; al sur, José Gómez Arce; al este, Jefry Briceño
Romero y al oeste, calle pública con 108,26 metros de frente. Mide: tres mil
sesenta y ocho metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el Segundo
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de julio del
año dos mil catorce, con la base de siete millones seiscientos mil ciento
cincuenta y siete colones con noventa y cuatro céntimos primera finca y la suma
de catorce millones seiscientos treinta y cinco mil quinientos veintinueve
colones con cuarenta y tres céntimos segunda finca (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta
minutos del uno de agosto del año dos mil catorce con la base de dos millones
quinientos treinta y tres mil trescientos ochenta y cinco colones con noventa y
ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Geison Rodríguez Rodríguez.
Exp.: 13-032507-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 16 de mayo del 2014.—Lic. Guillermo Castro Rodríguez,
Juez.—(IN2014036090).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Reservas y Restricciones inscritas al tomo 352, Asiento
10462-01-0900-001; a las nueve horas cero minutos del once de agosto del dos
mil catorce y con la base de veintiún millones novecientos noventa y siete mil
ciento setenta y siete colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 97563-000 la cual es terreno de Potrero. Situada en el distrito 04
Lepanto, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, María de Jesús Obando Matarrita; al sur,
Asociación de Desarrollo Integral de Jicaral; al
este, Jorge Cubero Gatjens
y al oeste, calle pública con 40 metros, 31 centímetros. Mide: mil ochocientos
cincuenta y cuatro metros con setenta decímetros cuadrados. Para el Segundo
remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintisiete de agosto del
dos mil catorce, con la base de dieciséis millones cuatrocientos noventa y
siete mil ochocientos ochenta y tres colones con dieciocho céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez
horas del once de setiembre del dos mil catorce con la base de cinco millones
cuatrocientos noventa y nueve mil doscientos noventa y cuatro colones con
treinta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Fray Mena Ríos. Exp.: 12-036845-1012-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del 2013.—Manuel Emilio
Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014036120).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del cuatro de
agosto del año dos mil catorce, y con la base de sesenta y cinco millones
novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 292321-000 la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Pedro,
cantón Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Hacienda
Cloro S. A.; al sur, Parque; al este, calle pública con 19 m 68 cm y al oeste,
lote D-2. Mide: cuatrocientos cuarenta y un metros con siete decímetros
cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del veinte de agosto del año dos mil catorce, con la base de cuarenta y nueve
millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del cuatro de setiembre del año dos mil catorce con la base de
dieciséis millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Juan José Hidalgo
Rojas. Exp.: 10-003182-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 04 de junio del 2014.—Lic. Guillermo Rodrigo Castro
Rodríguez, Juez.—(IN2014036127).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de paso anotada bajo las citas
0508-00006741-01-0004-001; a las catorce horas y treinta minutos del catorce de
julio del año dos mil catorce y con la base de veintinueve millones trescientos
mil colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 543860-000 la cual es terreno de café. Situada
en el distrito San Ignacio, cantón Acosta, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Neftalí Hidalgo Mora; al sur, Marcial Fallas Mora; al este,
Fernando Meléndez Corrales y al oeste, Marcial Fallas Mora y servidumbre de
paso de 6 metros. Mide: dos mil doscientos setenta y dos metros con setenta y
dos decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del treinta de julio del año dos mil catorce con la base de
veintiún millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce
horas y treinta minutos del catorce de agosto del año dos mil catorce con la
base de siete millones trescientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Maikel de La
Trinidad Martínez Barquero. Exp.: 14-006427-1012-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del 2014.—Adriana Jiménez
Bonilla, Jueza.—(IN2014036130).
En
la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca en primer grado bajo
las citas 0563-00001955-01-0006-001; y servidumbre de paso citas
0563-00001955-01-0004-001, a las catorce horas del doce de agosto dos mil
catorce, y con la base de treinta y cuatro millones doscientos treinta y nueve
mil setecientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
dieciséis mil setenta y uno - cero cero cero la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito
06 Río Cuarto, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Alcides Sibaja Solórzano; al sur, Antonio
Morera Arroyo; al este, Servidumbre de paso y Haydée
Chaves Porras y al oeste, Juana Rojas Álvarez. Mide: tres mil cuatrocientos
veintitrés metros con noventa y siete decímetros cuadrados.- Para el Segundo
remate se señalan las catorce horas del veintiocho de agosto del año dos mil
catorce, con la base de veinticinco millones seiscientos setenta y nueve mil
setecientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas del doce de
setiembre del año dos mil catorce con la base de ocho millones quinientos
cincuenta y nueve mil novecientos veinticinco colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de,
Violeta Artiñano Araujo contra Alcides Sibaja Chaves. Exp.:
07-003253-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 20
de mayo del 2014.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2014036138).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada bajo las Citas: 315-00541-01-0901-003; a las
ocho horas y cero minutos del cuatro de setiembre del año dos mil catorce, y
con la base de treinta mil dólares de Estados Unidos de Norte América, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 300413-000, la cual es terreno con una rampa de cemento, un
garaje y una bodega. Situada en el distrito 1, Quesada cantón 10, San Carlos de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de
12,00 metros; sur, Yadira Hernández Rojas; este, Guido Rodríguez Argüello y
oeste, Gilberto Palma Delgado. Mide: cuatrocientos metros con cincuenta y un
decímetros cuadrados, Plano: A-0095373-1993. Para el Segundo remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del veintidós de setiembre del año dos mil
catorce, con la base de veintidós mil quinientos dólares de Estados Unidos de
Norte América, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre del año
dos mil catorce con la base de siete mil quinientos dólares de Estados Unidos
de Norte América, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de, María Emilia Acosta
Gutiérrez contra Gilberto Palma Delgado. Exp:
14-001086-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 02 de junio del 2014.—Lic. Luis
Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014036174).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando plazo de convalidación (Ley de informaciones posesorias) citas
0574-00083112-01-0003; a las quince horas y cero minutos del veinticinco de
agosto de dos mil catorce, y con la base de ochenta y ocho millones
cuatrocientos treinta y dos mil cuatrocientos seis colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 162988-000 cero cero cero
la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito Sámara, cantón Nicoya,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Julián Ramón y Gregorio Matarrita Rosales; al sur, Nicanor Mora Madrigal; al este,
Julián Ramón y Gregorio Matarrita Rosales y al oeste,
María Mora Madrigal. Mide: ciento sesenta y ocho mil ochocientos ochenta y seis
metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan
las quince horas y cero minutos del nueve de setiembre de dos mil catorce, con
la base de sesenta y seis millones trescientos veinticuatro mil trescientos
cuatro colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del
veinticinco de setiembre de dos mil catorce con la base de veintidós millones
ciento ocho mil ciento un colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Melvin Stevenson
no indica contra Vista del Huerto Tequel Sociedad
Anónima Exp.: 13-004571-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
23 de mayo del 2014.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014036184).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del siete de julio
del dos mil catorce, y con la base de cincuenta y cinco mil trescientos dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
registro público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 159311-000 la cual es terreno de agricultura y
ganadería. Situada en el distrito 02 San Juan Grande, cantón 02 Esparza, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, en medio de servidumbre agrícola de
siete metros de ancho, Xenia Gordienko Orlich, Fictrus Tractus F.T.S. S. A. y Yurro en medio; al sur, en medio de
servidumbre agrícola de siete metros de ancho, Xenia Gordienko
Orlich, Fictrus Tractus F.T.S. S. A. y quebrada sin nombre; al este, en
medio de servidumbre agrícola de siete metros de ancho y Yurro y al oeste, en
medio de servidumbre agrícola de siete metros de ancho, Xenia Gordienko Orlich, Fictrus Tractus F.T.S. S. A.
Mide: diez mil ciento treinta y seis metros con cero decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de
julio del dos mil catorce, con la base de cuarenta y un mil cuatrocientos
setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de
agosto del dos mil catorce, con la base de trece mil ochocientos veinticinco
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Naranjo Mesen Rafael Ángel. Exp. N°
14-002044-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de
mayo del 2014.—Lic. Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez, Juez.—(IN2014036298).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas Ley de Aguas y
reservas Ley de Caminos; a las once horas y cero minutos del siete de julio del
dos mil catorce, y con la base de cuatro millones ciento doce mil ciento
ochenta y cuatro colones con cuarenta y seis céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento noventa y seis mil quinientos treinta-cero cero cero, la cual es terreno con solar lote 11. Situada en el
distrito 1-Juntas, cantón 7-Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Jorge Martín Gutiérrez Ordoñez y parte servidumbre agrícola; al sur, Marleny Gutiérrez Ordoñez; al este, Wilbert
Reinal Gutiérrez Ordoñez y fin de la zona agrícola y al oeste, Fanny Eraida Gutiérrez Ordoñez. Mide: Cuarenta mil un metros
cuadrados. Plano: G-1576255-2012. Para el segundo remate se señalan las once
horas y cero minutos del veintidós de julio del dos mil catorce, con la base de
tres millones ochenta y cuatro mil ciento treinta y ocho colones con treinta y
cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del siete de agosto del dos
mil catorce, con la base de un millón veintiocho mil cuarenta y seis colones
con doce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Roberto Barrantes Campos contra Juan María Madrigal
Jiménez. Exp. N° 13-006437-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Grecia, 11 de diciembre del 2013.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014036313).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando dos servidumbres trasladadas; a las catorce horas y treinta minutos
del veinticinco de agosto de dos mil catorce, y con la base de treinta millones
seiscientos setenta y seis mil ciento cuarenta colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
trescientos veintiún mil seiscientos treinta cero cero
dos la cual es terreno inculto. Situada en el distrito puente de piedra, cantón
Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, armando quesada; al
sur, Inversiones Maica de Costa Rica S. A. y en parte
servidumbre de paso; al este, Ana Leyla Suarez y al
oeste, Claudia Suarez. Mide: mil trescientos noventa y cuatro metros con
treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil catorce, con
la base de veintitrés millones siete mil ciento cinco colones exactos y para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis
de setiembre de dos mil catorce con la base de siete millones seiscientos
sesenta y nueve mil treinta y cinco colones exactos. Se remata por ordenarse
así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra Melvin Salazar
Duarte. Exp. N° 12-000142-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia,
3 de marzo del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014036315).
En la puerta exterior de este Despacho; 1) Libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo
las citas 312-9946- 01-0901-001; a las diez horas y treinta minutos del
veintiocho de julio del dos mil catorce, y con la base de quince millones
trescientos setenta y tres mil doscientos ochenta y tres colones con cuarenta y
tres céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 137091-000, la cual es terreno con una casa.
Situada en el distrito 01 San Ignacio, cantón 12 Acosta de la provincia de San
José. Colinda: al norte, calle pública, al sur, Róger
Mora Quesada, al este, Mauricio Granados Salazar y al oeste, COOPEJORCO Ltda.
Mide: doscientos treinta y ocho metros con cuarenta y seis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del doce de agosto del dos mil catorce, con la base de once millones quinientos
veintinueve mil novecientos sesenta y dos colones con cincuenta y siete céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil catorce,
con la base de tres millones ochocientos cuarenta y tres mil trescientos veinte
colones con ochenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). 2) Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada anotada bajo las citas 384-18642-01-0900-001; a las diez horas y
treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil catorce, y con la base de
tres millones ciento quince mil trescientos treinta y un colones con sesenta y
cuatro céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 382069-000, la cual es terreno con una casa de
habitación. Situada en el distrito 01 San Ignacio, cantón 12 Acosta de la
provincia de San José. Colinda: al sur, José Luis Estrada Bonilla, al este,
servidumbre de paso con 60.30 metros de frente, al oeste, Mayela
Granados Valverde, Evelio Granados Alvarado, Doris Murcia Ríos y al noroeste,
calle pública con 27.20 metros. Mide: mil sesenta y ocho metros con veintiséis
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del doce de agosto del dos mil catorce, con la base de dos
millones trescientos treinta y seis mil cuatrocientos noventa y ocho colones
con setenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de
agosto del dos mil catorce, con la base de setecientos setenta y ocho mil
ochocientos treinta y dos colones con noventa y un céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Oscar Salazar Rodríguez. Exp. N° 12-031077-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de mayo
del 2014.—Lic. Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez, Juez.—(IN2014036338).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando citas 393-08277-01-0941-003 condiciones Ref. 000000000IDA; a las
ocho horas y cero minutos del veinticuatro de julio del dos mil catorce, y con
la base de veintisiete millones setecientos mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
262966-003 y 004, la cual es terreno para la vivienda número 90 con una casa de
habitación y un galerón. Situada en el distrito 7, La Fortuna; cantón 10, San
Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: lote 69, sur: calle
pública, este, lote 91 y oeste, lote 89. Mide: mil doscientos dos metros con
doce decímetros cuadrados, plano A-0019096-1991. Para el segundo remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del once de agosto del dos mil catorce,
con la base de veinte millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del veintisiete de agosto del dos mil catorce,
con la base de seis millones novecientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Carmen Ramona S. A. contra María Gilvia Anchía Vargas, Rafael
Antonio Quesada Araya. Exp. N° 14-000362-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 7 de abril del 2014.—Lic. Luis Diego
Romero Trejos, Juez.—(IN2014036345).
En
la puerta exterior de este Despacho; a las once horas y treinta minutos del
veintiocho de julio de dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios;
soportando servidumbre de paso (citas: 2009-100550-01-0001-001), y con la base
de siete millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
sesenta y tres mil doscientos sesenta y tres cero cero
uno y cero cero dos la cual es terreno de solar con
una casa. Situada en el distrito 5 Concepción, cantón 5-Atenas, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, José Rafael Alvarado Sáenz; al sur, Camen Lía Alvarado Cascante, servidumbre de paso con un
frente de 7 metros, José Alejandro Alvarado Cascante y María del Milagro
Alvarado Cascante; al este, Ana Lucrecia Alvarado Cascante; y al oeste, Jairo
Gutiérrez Bedoya. Mide: cuatrocientos sesenta y nueve metros con ochenta y tres
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y
treinta minutos del doce de agosto de dos mil catorce, con la base de cinco
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta
minutos del veintiocho de agosto de dos mil catorce con la base de un millón
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rolando Quirós Arias
contra Juan Carlos Alvarado Cascante. Exp.
13-009655-1157-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
24 de abril del 2014.—Msc. Kenny Obaldía Salazar,
Juez.—(IN2014036647).
Se
hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
2014-100011-0216-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por
parte de Uriel Badilla Fernández, quien es mayor, divorciado una vez, doctor en
medicina, vecino de Alajuelita, portador de la cédula
de identidad N° 1-0221-0718, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la
provincia de San José, la cual es terreno de café, hoy en día para urbanizar.
Situada: en el distrito 03 San Antonio, cantón 10 Alajuelita,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, con calle pública; al sur,
calle pública; al este, hermanos Jenny María, Rolando, Eddy y Roy Mora Vargas,
Marta Emérita Abarca Calderón, German Antonio Solís López y Hazel
Fernández Herrera, y al oeste, Roberto Zamora Rodríguez. Mide: catorce mil
ochocientos cuarenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de
veintinueve millones setecientos diecinueve mil setenta y un colones. Que
adquirió dicho inmueble por haberse ordenado en sentencia N° 78 del expediente
N° 10-100094-0216-CI, dictada a las nueve horas quince minutos del veinticuatro
de octubre del dos mil trece y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Uriel Badilla Fernández. Expediente N° 2014-100011-0216-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, San
Sebastián y Alajuelita.—Msc.
Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2014034995).
Se
hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-102391-0473-CI
donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Sara Viola
Chisholm Stard, quien es
mayor, estado civil casada una vez, vecina de San Isidro de Heredia, carretera
Braulio Carrillo, frente al Restaurante Las Orquídeas, portadora de la cédula
de identidad vigente que exhibe N° 700390145, profesión pensionada, y Walter
Charles Chisholm Stard,
quien es mayor, esto civil soltero, vecino de Limón, 100 metros al este y 200
al sur del Colegio de Limón, portador de la cédula de identidad N° 700480065,
profesión educador, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia
de Limón, la cual es terreno patio con una casa de habitación. Situada: en el
distrito primero Siquirres, cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al noreste,
Daysi, Leroy, Percival, Mauline,
Patricia, Egbert y Patrik
todos Wallace Campbell; al noroeste, José Zúñiga Zúñiga;
al sureste y al suroeste, Sara Violeta y Walter Charles ambos Chisholm Stard. Mide: doscientos
dieciséis metros cuadrados. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de ocho millones
seiscientos cuarenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que
le realizará la señora Caroline Alberta Chisholm Chisholm, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en chapeas, construcción de tapias de concreto,
limpieza general y edificación de una casa de habitación. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Sara Viola Chisholm Stard. Expediente N° 11-102391-0473-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí,
2 de abril del 2013.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—1
vez.—(IN2014035002).
Se
hace saber que ante este Despacho se encuentra el expediente N°
13-000166-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de
Información Posesoria, promovido por Eric Charles Gross,
quien es mayor, estadounidense, casado en segundas nupcias, empresario,
pasaporte N° 135277979, y vecino de Playas del Coco, Sardinal de Carrillo,
Guanacaste, de distribuidora El Jobo, cien metros al sur, y Judith Marie Gross, mayor, casada dos veces, empresaria, estadounidense,
pasaporte N° 135897114, vecina de Playas del Coco, Sardinal de Carrillo,
Guanacaste, de distribuidora El Jobo, cien metros al sur; el cual interpuso a
fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad,
un terreno que es para construir. Situado: en El Coco, distrito 1° (Santa
Cruz), cantón 3° (Carrillo), provincia de Guanacaste; el cual colinda: al
norte, Sidney Ruiz Marchena; sur, Floribeth
Méndez Méndez; este, Gabriela Mayorga Ulate, y oeste, Roque García Romano. Mide: 200 m2,
según plano N° G-880092-2003. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no
pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir
las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en cuatro
millones de colones, que lo adquirió mediante cesión de derechos que le hizo a
la señora Hurst Rojas, mayor, soltera, comerciante,
cédula N° 1-942-974, el día 19 de junio del 2008, que hasta la fecha lo ha
poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y
pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre él han consistido en
mejoras de cercas, limpieza de maleza; que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título
inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5° de la
Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas
interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado
a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a
hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de
Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste, 20 de mayo del 2014.—Lic. Brenda Calvo
de la O., Jueza.—1 vez.—(IN2014035009).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 14-000098-0930-CI donde se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de Ricardo Campos Hernández, quien es mayor, estado civil
soltero, vecino de Jiménez de Pococí, portador de la
cédula de identidad vigente que exhibe N° 1-630-098, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno solar, con
árboles frutales y una casa de habitación. Situada: en el distrito segundo,
cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, servidumbre de
paso; al sur, María de los Ángeles Campos Oviedo; al este, calle pública, y al
oeste, Pedro Campos Hernández. Mide: doscientos siete metros cuadrados. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima
dicho inmueble en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho
inmueble por medio de donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Ricardo Campos Hernández. Expediente N° 14-000098-0930-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí,
29 de mayo del 2014.—Msc. Roberto Carmiol
Ulloa, Juez.—1 vez.—(IN2014035058).
Se
hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000225-0930-CI
donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Thelma Ángela de la Trinidad Montoya Serrano, quien es
mayor, estado civil casada, vecina de Edén de Guácimo, portadora de la cédula
de identidad vigente que exhibe N° 501030300, profesión pensionada, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno
de cultivo con una casa. Situada: en el distrito primero Guácimo, cantón sexto
Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jaime Sáenz Coto; al sur,
Édgar Torres Torres; al este, calle pública, y al
oeste, Jaime Sáenz Coto. Mide: tres mil quinientos cuarenta y cinco metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de quince millones de colones.
Que adquirió dicho inmueble por compra que le realizará al señor Víctor Hugo
Salazar Montoya, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y
quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, siembra de
árboles frutales y cercado de alambre de púas del inmueble. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Thelma Ángela de la Trinidad
Montoya Serrano. Expediente N° 13-000225-0930-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí,
12 de mayo del 2014.—MSc. Roberto Carmiol
Ulloa, Juez.—1 vez.—(IN2014035067).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
06-160004-0188-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Aníbal Godínez Picado quien es mayor, casado, vecino de San Isidro de
El General, ciento cincuenta metros al norte y cincuenta metros oeste del
antiguo Hospital, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 01-0226-0821, comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, los terrenos que se describen así: Finca
primera: Naturaleza es terreno de repastos con una casa de habitación y un
pequeño corral . Situada en el distrito quinto, San Pedro, cantón diecinueve,
Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Abdenago Jiménez Fernández; al sur, Aníbal Godínez Picado;
al este, Hacienda Lecona de Santiago PZ Sociedad
Anónima, y al oeste, calle pública con un frente de 118 metros con 60
centímetros lineales. Mide: Diecinueve hectáreas novecientos dos metros y
setenta y un centímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número SJ 1554435-2012. Finca segunda: Naturaleza es terreno de pastizales con
un corral. Sita: Distrito quinto, cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Abdenago
Jiménez; sur y este, Flores Ticas S. A., y oeste, calle pública con un frente a
ella de ciento dieciocho metros con sesenta centímetros cuadrados. Mide: Tres
hectáreas cuatro mil novecientos cuarenta y un metros y cuarenta decímetros
cuadrados, según plano catastrado número SJ 687173-1987. Indica el promovente que sobre los inmuebles a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio; estima el
primer inmueble en la suma de tres millones de colones y el segundo inmueble en
la suma de un millón doscientos sesenta colones así como las presentes
diligencias en la suma de cuatro millones doscientos sesenta mil colones. Que
adquirió dichos inmuebles por adjudicación en remate judicial el cuatro de
octubre del año dos mil seis, y hasta la fecha los ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño. Que no existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en hacer y mantener los pastizales, construcción de
corrales, reconstruir una casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Aníbal Godínez Picado. Exp.
N° 06-160004-0188-AG.—Juzgado Agrario del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 3
de marzo del 2014.—Lic. William Roberto Arburola
Castillo, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014036240).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°08-160157-0465-AG
(B-1) donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Luis
Fernando Arias Molina quien es mayor, estado civil casado, vecino de San Pedro
de Montes de Oca, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número
2-214-460, profesión desconocida, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es Terreno de árboles de diversas especies propias de la región.
Situada en el distrito Cahuita, cantón Talamanca, de
la provincia de Limón. Colinda: al norte, con Fernando Arias Molina; al sur,
calle pública; al este, Gerard Sibourd Baudry, y al oeste, Wolgang Bissinger. Mide: Mil trescientos noventa y un metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° 7-1531366-2011. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y
a título de dueño por más de 1974 años. Que no existen condueños. Que los actos
de posesión han consistido en mantener la protección y conservación del
terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luis Fernando
Arias Molina. Exp. N° 08-160157-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica-Limón, 5 de junio del 2014.—Lic. Javier Francisco Villalón
Ruiz, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014036243).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
11-000042-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de José Antonio Barrantes Elizondo quien es mayor, casado, vecino de
Canaán de Rivas de Pérez Zeledón, dos kilómetros oeste de la escuela del lugar,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-483-775,
agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno de frutales con una casa.
Situada en el distrito cuatro Rivas, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente lineal de
diecisiete metros y Rafael Ángel Barrantes Elizondo; al sur, Gericó Barrantes Quesada; al este, Rafael Ángel Barrantes
Elizondo y Gericó Barrantes Quesada, y al oeste,
Orlando Emilio Elizondo Mora. Mide: tres mil novecientos veintidós metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ., un millón
quinientos sesenta y cuatro mil doscientos sesenta y cuatro-dos mil dos. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de
colones la presente acción; y en dos millones de colones la propiedad. Que
adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera el señor Gericó Barrantes Elizondo desde mayo del año dos mil once,
y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cincuenta años. Que
no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapear
rondas, sembrar frutales, hacer cercas y construir casa. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por José Antonio Barrantes Elizondo, expediente N°
11-000042-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 26 de marzo del año 2014.—Lic.
William Roberto Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2014036252).
Mediante
escritura número 49-1 otorgada ante esta notaría, se declara abierto el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Luis Guillermo Cordero Navarro cédula
3-163-557. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días naturales comparezcan a hacer valer sus derechos ante
esta notaría. Tel. 2248-4822. Expediente N° 0001-2014.—Lic.
Zaira Mora Blanco, Notaria.—1 vez.—(IN2014034853).
Se
cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados en el proceso sucesorio N° 14-000167-0169-CI, de: Virya Villalobos Molina, mayor, casada una vez, vecina de
San José, Zapote, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el
apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que, si no se
presentan en ese plazo, aquélla pasará a quién corresponda.—Juzgado Cuarto
Civil de Menor Cuantía de San José, 24 de abril del 2014.—Lic. Rose Mary
Lawrence Mora, Jueza.—1 vez.—(IN2014034909).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó: Yadeli Trinidad Espinoza Angulo,
mayor, casada, con documento de identidad N° 0502730702, y vecina de Valle Azul
de San Ramón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente N° 14-000044-0296-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
19 de mayo del 2014.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1
vez.—(IN2014035023).
Se
emplaza a todos los interesados en la sucesión de Gregory Luis Román Castillo
conocido como Eduardo Román Castillo, quien fue mayor, profesor, soltero, con
cédula de identidad N° 105400995, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso
a hacer valer sus derechos, apercibidos, de que si no lo hacen dentro del plazo
indicado, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente N°
2014-000072-0220-CI.—Juzgado Primero Civil de Menor
Cuantía de San José, 25 de abril del 2014.—Lic. Farith
Suárez Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2014035066).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó: Carlos Luis Castrillo Cárdenas, mayor, divorciado, agricultor,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0501100902, y vecino
de Nicoya Centro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente N° 13-000031-0390-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 29 de mayo del
2014.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—1
vez.—(IN2014035085).
A
solicitud de la albacea del sucesorio de Ana Lía de los Ángeles Villalobos
Jiménez, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Guayabo de Bagaces
Guanacaste, de la plaza de fútbol vieja setenta y cinco metros sureste, cédula:
cinco-cero ciento veintiséis-cero cero diecinueve, se avisa que se ha iniciado
el trámite de su sucesión. Cualquier persona que tenga interés en este
sucesorio deberá apersonarse en las oficinas del notario público licenciado
Jorge Eduardo Arias Barrios, con oficina abierta en Guayabo de Bagaces, Guanacaste, frente a la parada de buses edificio
de Buffete Arias, dentro de los treinta días siguientes
de la publicación de este aviso, para lo que en derecho corresponda.—Lic. Jorge
Eduardo Arias Barrios, Notario.—1 vez.—(IN2014035145).
Se
cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Lydia Angulo
Herrera, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Ciudad Colón de
Mora, portadora de la cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y
seis-trescientos cincuenta y seis, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a
hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Publíquese por una única vez. Sucesión Nº 14-100012-240-CI.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Mora. Ciudad
Colón, 13 de mayo de 2014.—Lic. Marvin Jarquín Sancho, Juez.—1
vez.—(IN2014035268).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Lydia Araya Fernández, quien
fue mayor, casada dos veces, profesora pensionada, vecina de Sarchí, cédula uno-doscientos treinta-cero treinta y cinco,
y sucesorio de Pedro Alfaro Zamora, quien fue mayor, casada dos veces, vecino
de Sarchí, cédula dos-ciento veinticuatro-doscientos
cincuenta y uno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Sucesorio de María Lydia Araya Fernández y de Pedro Alfaro
Zamora, Expediente Nº 14-000038-0295-CI.—Juzgado
Civil de Grecia, 21 de abril del 2014.—MSc. Emi
Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2014035276).
Se
hace saber: Que en este Despacho se tramita el Exequátur de quien en vida se
llamó Fred Joseph Harper, mayor, estadounidense,
portador del pasaporte de su país número
156881267, residente del Condado de Horry,
Estado de California del Sur, Estados Unidos de América. Se cita a todos los
interesados, que crean verse perjudicados por las adjudicaciones, transmisiones
o actos realizados en el domicilio de la sucesión, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, se
procederá a realizar la aprobación de las adjudicaciones, transmisiones o actos
realizados en el extranjero mediante resolución dictada el 16 de noviembre de
2010 por la Jueza Deidre W. Edmonds
del Tribunal sucesorio del Condado de Honrry, Estado
de Carolina del Sur, Estados Unidos de América, en el proceso Sucesorio de Fred
Joseph Harper. Exequátur Nº 13-000069-0004-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 12 de
mayo del 2014.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1
vez.—(IN2014035949).
Se
hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Myriam Zúñiga Rodríguez, mayor de edad, viuda, nacionalidad
costarricense, cédula de identidad 0102200753, vecina de Liberia, Guanacaste, Invu El Sabanero. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000006-0386-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 10 de febrero
del año 2014.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1
vez.—(IN2014035959).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Emma Arrieta Mora, mayor, viudo,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0201230671 y vecina de Cedral, Ciudad Quesada San Carlos. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000100-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, 7 de mayo del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014036084).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés en el depósito de los menores
Lady Sofía Castro Mora, María del Carmen Astorga Castro y José Bismarck Castro
Mora, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que
se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. A las quince
horas y veintiocho minutos del siete de marzo del dos mil catorce. Expediente
N° 14-000160-0924-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 7 de
marzo del año 2014.—Lic. Sandra Saborío Artavia,
Jueza.—(IN2014034894).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por
este medio se informa que en este Despacho, con el expediente N°
14-000408-0187-FA, se tramitan las diligencias de declaratoria de insania
promovidas por María Lorena Clare Facio, en favor de Manuel Antonio Clare Facio,
mayor de edad, costarricense, soltero, sin ocupación, pensionado, vecino de San
Rafael de Escazú. Se les confiere a todas aquellas personas con interés y
legitimación en la curatela que se promueve el plazo de quince días contados a
partir de la publicación de este edicto para que se apersonen en el proceso y
hagan valer sus derechos. Expediente N° 14-000408-0187-FA.—Juzgado
Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de mayo del
2014.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—(IN2014034912).
Se
pone en conocimiento a todos los interesados que en este Despacho, se dio curso
a las Diligencias de Declaratoria de Insania, promovidas por Jenny María
Matamoros González a favor de la presunta insana Wendy Moraga Matamoros, mayor
de edad, soltera, desempleada, vecina de Limón, portadora de la cédula de
identidad 7-0161-0966, para que dentro del plazo de quince días contados a
partir de la publicación del edicto, se apersonen a este despacho formulando
sus oposiciones mediante escrito, en el que expondrán los motivos de su
disconformidad, con indicación expresa de la prueba en que se fundamenta su
oposición. Exp: 13-000664-1152-FA (3).—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, Limón, 20 de diciembre del 2013.—Lic. José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—1
vez.—(IN2014035218).
Se
convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la
curatela, conforme con el artículo 236 del Código de familia, para que se
presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a
partir de esta publicación. Proceso de insania de Laura de los Ángeles
Villalobos Camacho, cédula 1-931-154, a favor de Karina del Carmen Villalobos
Camacho, cédula 4-177-454. Expediente número 14-000501-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia,
21 de mayo del 2014.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1
vez.—(IN2014035220).
Licenciada Zianny Calderón
Torres. Jueza del Juzgado de Pensiones Alimentarias de Cartago, a Georga Silvana Torres Ruddon e Ivannia Rudon Meneses se les hace
saber que en proceso de exoneración de la cuota alimentaria, establecida por
Ronald Alberto Torres Blanco, contra Georga Silvana
Torres Ruddon e Ivannia Rudon Meneses, se ordena notificarles por edicto, el auto
de traslado que en lo conducente dice: Juzgado de Pensiones Alimentarias de
Cartago. A las diez horas y veintisiete minutos del veintisiete de junio del
año dos mil trece. Acerca del anterior proceso de exoneración de la cuota
alimentaria que establece Ronald Alberto Torres Blanco contra Georga Silvana Torres Ruddon e Ivannia Rudon Meneses, se le(s)
confiere audiencia a este(os) último(s) por el plazo de cinco días hábiles, a
fin que manifieste lo que estime pertinente. Se le previene al (la) joven Georga Silvana Torres Ruddon, que
dentro del plazo de ocho días hábiles, deberá de aportar la documentación
relativa a su récord académico, así como la constancia de estudios. Lo anterior
de conformidad con el inciso 5) del numeral 173 del Código de Familia. Se le
previene al incidentado, que en el primer escrito que
presente pueden señalar medio y lugar para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio o lugar señalado.- Artículos 11,
34, 36 y 58 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.”
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la
Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre
2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto, se sirvan suministrar
la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento,
d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Asimismo se le hace saber a
la parte demandada de que tiene la posibilidad de contar con la asistencia del
Departamento de Defensores Públicos. Diríjase oficio a la Caja Costarricense
del Seguro Social a fin de solicitar la constancia salarial tanto de la incidentista como del incidentado.
Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, lugar de
trabajo, o bien en su domicilio real.- Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y otras comunicaciones; de este Circuito Judicial. Lic. Zianny Calderón Torres. Jueza. Lo anterior por haberse
ordenado así en Proceso de exoneración de la cuota alimentaria actor Ronald
Alberto Torres Blanco contra Georga Silvana Torres Ruddon e Ivannia Rudon Meneses. Expediente N° 96-700090-0347pa.—Juzgado de Pensiones Alimentarias de Cartago.—Zianny Calderón Torres, Jueza.—1 vez.—(IN2014035227).
Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), a Johana Osorio Obando, mayor, de
nacionalidad nicaragüense, y de demás calidades desconocida, se le hace saber
que en demanda declaratoria judicial abandono, establecida por Patronato
Nacional de la Infancia contra Johana Osorio Obando. Exp.
N° 14-000134-0938-FA, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° sentencia Nº
302-2014 Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, a las catorce horas treinta minutos del cuatro de junio de dos mil
catorce.- Proceso especial de declaratoria judicial de abandono de la persona
menor de edad Luis Diego Osorio Obando, promovido por el Patronato Nacional de
la Infancia, representado por la Licenciada Ana Marcela Montero Noguera, en su
condición de apoderada general judicial administrativa sin límite de suma,
contra Johanna Osorio Obando, mayor, de nacionalidad nicaragüense, y de demás
calidades desconocidas. Interviene la Licenciada Mónica María Camacho Quirós,
en su condición de curadora procesal de la accionada. Resultando:...
Considerando:... Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de
la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código
de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de
Familia, se falla: 1) Se acoge la demanda de declaratoria de abandono de la
persona menor de edad Luis Diego Osorio Obando. Se extingue a su madre Johanna
Osorio Obando el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito
judicial del menor Luis Diego Osorio Obando en la Asociación de Protección a la
Infancia de San Carlos, cuyo representante legal deberá apersonarse dentro de
tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de
Nacimientos de la provincia de Guanacaste, al tomo quinientos nueve, folio
trescientos cuarenta y tres, asiento seiscientos ochenta y cinco. 2) Se ordena
notificar esta sentencia a la accionada mediante la publicación por una sola
vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional,
siendo suficiente con la publicación de la parte dispositiva con los datos
necesarios para identificar el proceso. 3) Se resuelve este asunto sin especial
condena en costas.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia).—MSc.
Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—(IN2014035939).
Licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal
Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Joseph John Terrans, que en este Despacho se interpuso un proceso especial
de filiación en su contra, bajo el expediente N° 10-001289-0187-FA donde se
dictó la resolución que en síntesis dice: “...del anterior Proceso Especial de
Filiación de impugnación de reconocimiento e investigación de paternidad que
plantea Cindy González González, se confiere traslado
por el plazo de diez días a Joseph John Terrano para
que conteste la demanda de impugnación de reconocimiento y a Allan Pearsall Casafont para que
conteste la demanda de investigación de paternidad, ambos en la forma que indica
el inciso c) del artículo 98 bis del Código de Familia (Ley de Paternidad
Responsable). Con relación a los hechos de la demanda deberán manifestar si los
rechazan por inexactos, los aceptan como ciertos o si los admiten con variantes
o rectificaciones, las razones que tengan para su negativa y los fundamentos
legales en que se apoyan; en esta oportunidad ofrecerán pruebas, con
indicación, en su caso, del nombre y generales de los testigos, y sobre cuáles
hechos serán interrogados, sin interrogatorio formal. Se tiene como parte al
Patronato Nacional de la Infancia. Asimismo, se le previene a la parte
demandada y a la Institución mencionada, que de conformidad con el artículo 34
de la Ley de Notificaciones Judiciales en el primer escrito que presenten, deberán
indicar un medio para atender sus futuras notificaciones, bajo apercibimiento
de que en caso de omisión se aplicará la notificación automática...”. Lo
anterior se ordena así en proceso investigación paternidad de Cindy González González contra Allan Pearsall Casafont y Joseph John Terrans;
expediente Nº 10-001289-0187-FA.—Juzgado Segundo de
Familia de San José, 28 de mayo del 2014.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2014036246).
El licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia del Primer
Circuito Judicial de San José, hace saber a José Ángel Campos González, mayor
de edad, costarricense, divorciado, cédula de identidad número 6-0132-0591,
ocupación y domicilio actual desconocidos que en este Despacho, con el
expediente número 12-000381-0187-FA-0 se tramita el Proceso Sumario de
Autorización de Salida del País de Persona Menor de Edad promovido en su contra
por Jennifer Navarro Salazar. Se le confiere el plazo de tres días contados a
partir de la publicación de este edicto para que se apersone en el proceso,
conteste la demanda y señale medio para atender sus notificaciones. Expediente
N° 12-000381-0187-FA.—San José, 2 de junio del 2014.—Juzgado
Segundo de Familia de San José.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1
vez.—(IN2014036255).
Se hace saber a Albertina Emilce
del Rosario Mora Godínez, mayor, costarricense, casada una vez, portadora de la
cédula de identidad número uno-quinientos ochenta y cinco-ciento sesenta y ocho
y sin domicilio conocido, que en este Despacho se tramita en su contra proceso
abreviado de divorcio, expediente número 12-001023-186-FA, interpuesto por
William Ruiz Blandón, dentro del cual el mismo indica tener más de diez de años
de estar separado de hecho de la demandada, que no adquirieron bienes muebles o
inmuebles y que los dos hijos producto del matrimonio permanecen con la señora
Mora Godínez y solicita se declare con lugar la demanda de Divorcio por la
causal de Separación de Hecho, que la Guarda, Crianza y Educación de los hijos
permanezca a favor de Albertina Emilce del Rosario
Mora Godínez, se declare que no existen bienes gananciales, que no existe deber
de pensión alimentaria entre cónyuges y que en caso de oposición se condene a
la demandada al pago de ambas costas procesales.—Juzgado Primero de Familia
del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de mayo del 2013.—Lic. Valeria
Arce Ihabadjen, Jueza.—1
vez.—(IN2014036256).
Ante mí, Annia Lobo
Madrigal, Notaría pública de San José, han solicitado contraer matrimonio civil
los señores William Antonio Leiva y María de la Paz Huezo
López, en fecha 6 de julio del 2014, a las 16:00 horas, quien tenga alguna
oposición, podrá manifestarlo ante la suscrita Notaría, a los teléfonos
8920-2906 / al 8381-6849 o a la oficina 2203-0085.—Lic. Annia
Lobo Madrigal, Notaria.—1 vez.—(IN2014034815).
Han comparecido ante este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, los contrayentes: Andrés Quesada Vargas, quien es
mayor, de 22 años de edad, constructor, portador de la cédula de identidad N°
1-1487-0572, hijo de German Quesada Castro y Vilma Vargas Caballero, nacido en
San Isidro de Pérez Zeledón, el 9 de diciembre de 1991, vecino de Angostura, 30
metros suroeste de la Iglesia Evangélica de Oasis de Vida y; Yerlin Dayana Sandoval Vargas,
quien es mayor, de 20 años de edad, pintora, portadora de la cédula de
identidad N° 1-1573-0604, hija de José Antonio Sandoval Azofeifa
y Blanca Vargas Vásquez, nacida en San Isidro Pérez Zeledón, el 30 de mayo de
1994, y vecina de Santa Ana, San Pedro, 100 metros este del puente de San
Francisco. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo; lo cual deberá
manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a
partir de la publicación de este edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente
N° 14-000364-0919-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 3 de junio del 2014.—Lic.
José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—1
vez.—(IN2014034906).
Han comparecido ante este Juzgado solicitando
contraer matrimonio civil, los contrayentes: el señor Tomas Marti
Gómez, mayor, estado civil soltero, profesión operador de teléfono, cédula de
identidad N° 1-1357-0770, vecino de Heredia, San Pablo, Villas La Quintana, de
la Iglesia de los Misioneros, primera entrada a mano izquierda, contiguo al
Condominio El Cafetal, hijo de Emilio Marti Volio y Liliana María Gómez Araya, nacido en San José, con
25 años de edad, y Mónica Isela Araya Arce, mayor, estado civil, divorciada,
profesión ama de casa, cédula de identidad N° 1-1079-0240, vecina de Heredia,
San Pablo, Villas La Quintana, de la Iglesia de los Misioneros, primera entrada
a mano izquierda, contiguo al Condominio El Cafetal, hija de Juan María Araya
Alfaro y Xenia María Arce Alvarado, nacida en San José, actualmente con 35 años
de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento
legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. Expediente N° 14-001063-0364-FA.—Juzgado
de Familia de Heredia, 20 de mayo del 2014.—Lic. Carlos Enrique Valverde
Granados, Juez.—1 vez.—(IN2014034915).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los
contrayentes: Allan Daniel Alfaro Naranjo, mayor de edad, divorciado una vez en
Cartago, operario, cédula de identidad N° 0111640534, vecino de Quircot de San Nicolás de Cartago, del Ebais
de Quircot, 50 metros al norte y 25 metros este, casa
de color terracota, hijo de Elizabeth Naranjo Pereira y Víctor Manuel Alfaro
Ulloa, nacido en San José, el 25 de febrero de 1983, con 31 años de edad, y
Evelyn Patricia Solano Esquivel, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de
identidad N° 0303930790, vecina de Quircot de San
Nicolás de Cartago, del Ebais de Quircot,
50 metros al norte y 25 metros este, casa de color terracota, hija de Marta
Eugenia Solano Esquivel, nacida en Cartago, el 26 de febrero de 1984,
actualmente con 30 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que
existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá
manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir
de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N°
14-001184-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago,
4 de junio del 2014.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1
vez.—(IN2014034916).
En
este despacho se han presentado solicitando contraer matrimonio: Kevin Figueroa
Martínez, cédula: 1-1367-213 y Katherine Jiménez Fernández, cédula: 6-402-280.
Ambos mayores, solteros y vecinos de Palmar Sur de Osa. Si alguna persona
conoce impedimento para que esta boda se realice, deberá manifestarlo a este
despachó dentro del plazo de 8 días naturales siguientes después de la
publicación de este edicto. Expediente 13-400160-423FA.—Juzgado
de Familia de Osa, 13:30 horas 17 de octubre 2013.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1
vez.—(IN2014035960).
Han comparecido a este Juzgado solicitando contraer
matrimonio civil Freddy Rodríguez Alfaro, cédula N° 2-525-847, 36 años de edad,
soltero, agricultor, costarricense, nativo de Alajuela, centro, Grecia, nació
el 27-12-1977, hijo de Joaquín Rodríguez Cubero y Lidiette
Alfaro Monge y Noily Zamora Cubero, cedula 2-617-770,
28 años de edad, soltera, ama de casa, costarricense, nativa de Alajuela,
Centro, Grecia, nació el 28-02-1986, hija de Abelardo Zamora Cubero y Zulay Cubero Cubero, ambos
vecinos de Sarchí. Si alguna persona conoce
impedimento para que se realice este matrimonio deberá comunicarlo dentro de
los ocho días, posteriores a la publicación de este edicto. Expediente
14-100007-0321 CI.—Juzgado Contravencional
y Menor Cuantía de Valverde Vega, Valverde Vega, Sarchí,
21 de mayo del 2014.—Nuria Rodríguez Gonzalo, Juez.—1 vez.—(IN2014036073).
Edictos en lo Penal
Licenciada Andrea González Paniagua, Fiscala la
Fiscalía del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), al señor Walter
Gómez Clark, cédula o documento de identidad número 07-0124-0737, se le hace
saber: Que en el Legajo de Legajo de Acción Civil Resarcitoria, tramitado bajo
el número de expediente 06-000580-0069-PE, seguido en contra de Walter Gómez Clark,
en perjuicio de Danny Ricardo Acosta López, por el delito de robo agravado, se
ha dictado resolución que literalmente dice: “Fiscalía del dos mil diez Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), al ser las once horas y veintidós
minutos del diecisiete de marzo del año dos mil catorce. De conformidad con los
artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la
Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Danny Ricardo Acosta López, a darle
traslado al demandado civil de las pretensiones expuestas por dicha parte, para
que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en
este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se
le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le
previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.
Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su
defensor en forma separada. Notifíquese. Lic. Andrea González Paniagua Fiscal
Auxiliar Fiscalía del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya).
Comunicación por edicto. Fiscalía del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste
(Nicoya), a las once horas y veintidós minutos del diecisiete de marzo del año
dos mil catorce. En vista de que el (la) señor (a) Walter Gómez Clark es de
domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución que da Traslado a
la Acción Civil Resarcitoria por medio de edicto que se publicará una sola vez
en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya).—Lic.
Andrea González Paniagua, Fiscala Auxiliar.—1
vez.—(IN2014035216).
En vista que los co-demandados
civiles Claudia del Pilar Sarmiento Herrera, documento de identidad
117000076826 y Harold Ricardo Fuentes Sarmiento, documento de identidad
117001385315, no se han presentado a esta Fiscalía a fin de comunicarle
personalmente la resolución dictada por este despacho, que da curso a la Acción
Civil Resarcitoria incoada por la Lic. Emilia Hernández Agüero, en su calidad
de representante de la Oficina de la Defensa Civil de la Víctima, en contra de
Claudia del Pilar Sarmiento Herrera, Harold Ricardo Fuentes Sarmiento y otros,
dentro de la sumaria 11-004140-0175-PE, por el delito de agresión con arma, se
procede a comunicarles y darle traslado de la misma mediante edicto, que se
publicará una sola vez en el Boletín Judicial, confeccionándose el
oficio de estilo, de conformidad con los artículos 115 y 120 del Código
Procesal Penal y de conformidad con las circulares N° 58-09 y 67-09 emitidas
por la Secretaría de la Corte, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de
derechos.—Fiscalía Adjunta Segundo Circuito Judicial de San José, al ser
las once horas treinta minutos del cinco de junio del dos mil catorce.—Lic.
José Soto Rodríguez, Fiscal Auxiliar.—1
vez.—(IN2014036254).