BOLETÍN
JUDICIAL N° 116 DEL 18 DE
JUNIO DEL 2014
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
TERCERA
PUBLICACIÓN
Asunto: Asueto concedido a los servidores que laboran en las Oficinas
Judiciales del Cantón de Buenos Aires de la provincia de Puntarenas.
SE HACE SABER:
Que
las oficinas judiciales del cantón de Buenos Aires de la provincia de
Puntarenas, permanecerán cerradas durante el día veintisiete de junio de dos
mil catorce, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de
los festejos cívicos patronales de dicho cantón.
San
José, 4 de junio del 2014.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán,
(IN2014035298) Subdirector
Ejecutivo
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
La
Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, San José, a las trece horas del diez de
junio del dos mil catorce. En vista de que no ha sido posible notificar a los
particulares propietarios de los vehículos involucrados en colisiones, por
desconocerse su paradero, según se cita a continuación, a solicitud de los
Despachos que se dirá:
Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Aguirre y Parrita |
||||
N° expediente |
Propietario |
N° cédula |
N° placa |
N° chasis |
12-600308-0443-TC |
Gueyler Teresa Valenzuela Suarez |
63298702 |
756727 |
KMHVD34NXXU416556 |
12-600215-443-TC |
Rosibel Castro Rojas |
1-563-458 |
461488 |
KLY4A118DIC722484 |
12-600215-443-TC |
Edgardo
González Sergio |
103200011703 |
911232 |
JTMBD33V70D024441 |
12-600069-0443-TC |
Gisela Bosinger |
163000269 |
CL 224265 |
MPARFR54H8H50730 |
12-600039-043-TC |
Marcos
Quintero |
Ignorado |
833734 |
Ignorado |
12-600049-443-TC |
BAC San José Leasing S. A. |
3-101-083308 |
CL 224265 |
MPATFR54H8H507300 |
12-600053-443-TC |
Nuts Enough Sociedad |
3-101-442565 |
844652 |
JS3TD04V5B4611081 |
12-600185-043-TC |
Autotransportes Huva S. A. |
3101085014 |
CB 001801 |
9BM3840732B310299 |
12-600104-443-TC |
Fabio Calvo
Sánchez |
3-150-918 |
CL 249954 |
XC342807 |
Se hace del
conocimiento de estas personas, que de conformidad con lo establecido en el
artículo 160 y 161 de la Ley de Tránsito anterior, tienen derecho a comparecer
al Despacho Judicial dentro del término de ocho días hábiles a partir del día
siguiente de la publicación de este edicto, a manifestar si desean constituirse
como parte o no del proceso, con la advertencia de que no hacerlo, se entenderá
que renuncian a ese derecho y los trámites continuarán hasta sentencia.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
1 vez.—(IN2014036797) Subdirector
Ejecutivo
TERCERA
PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción
de inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y
AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
Para
los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el
número 12-006819-0007-CO promovida por Asociación Sindical de Empleados el
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, Enrique Gerardo Espinoza León
contra los artículos 10 y 12 de la Ley N° 5792, que a su vez fueron reformados
por el artículo 37 de la Ley N° 9036, “Transformación del Instituto de
Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER)”, por
estimarlos contrarios a los artículos 33, 39 y 190 de la Constitución Política,
se ha dictado el Voto N° 2014-007914 de las nueve horas y quince minutos del
seis de junio del dos mil catorce, que literalmente dice:
“Se declara sin lugar la acción en cuanto al vicio de procedimiento y se rechaza
por el fondo la acción en cuanto a los demás”.
San José, 6 de
junio del 2014.
Gerardo
Madriz Piedra
(IN2014036261) Secretario
Para los
efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el
número 12-014436-0007-CO promovida por William Hernández Rojas contra el primer
párrafo del artículo 29 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte
de la Caja Costarricense de Seguro Social (C.C.S.S) y, por conexidad, el
artículo XI de la sesión N° 8590 del 12 de julio del 2012 de la Junta Directiva
de la C.C.S.S, por estimarlos contrarios al derecho a la pensión establecido en
el artículo 73 de la Constitución Política, a los artículos 11 y 33
constitucionales y a los principios constitucionales de legalidad, de
mensurabilidad de las potestades públicas, de igualdad y de razonabilidad y de
proporcionalidad, se ha dictado el Voto N° 2014-007915 de las nueve horas y
quince minutos del seis de junio del dos mil catorce, que literalmente dice:
“Se declara sin
lugar la acción”.
San José, 6 de
junio del 2014.
Gerardo
Madriz Piedra
(IN2014036264) Secretario
PRIMERA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número
14-008754-0007-CO que promueve Jorge Luis Urey
Solano, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional
de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las catorce horas y cincuenta y
nueve minutos del tres de junio del dos mil catorce. Se da curso a la acción de
inconstitucionalidad interpuesta por Jorge Luis Urey
Solano, cédula de residencia número 1-5580303080 para que se declare la
inconstitucionalidad del Artículo 19 del Estatuto de Servicio Judicial, por
estimarlo contrario al derecho de igualdad y no discriminación, al derecho al
trabajo y el respeto a la dignidad humana y a los derechos consagrados en los
artículos 19, 24, 50 y 68 de la Constitución Política. Se confiere audiencia
por quince días a la Procuraduría General de la República y a la Presidenta de
la Corte Suprema de Justicia. La norma se impugna en cuanto dispone que todo
funcionario judicial debe ser costarricense lo que a
juicio del accionante resulta una discriminación laboral en razón de la nacionalidad.
Se alega que el derecho de igualdad, se resume en el derecho a ser tratado
igual que los demás en todas y cada una de las relaciones sociales, jurídicas y
culturales. Además aun cuando el extranjero haya cumplido con todos los deberes
se le discrimina vía estatuto y se limitan sus derechos como persona, solo por
su condición, lo que desconoce su dignidad como persona. Esta acción se admite
por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación al accionante proviene
del recurso de amparo número 14-004717-0007-CO. Publíquese por tres veces
consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de
la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la
aplicación de lo cuestionado no se dicte resolución final mientras la Sala no
haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso solo afecta los procesos
judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y
se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar
sentencia o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido
en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía
administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos
tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del
recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo,
claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación,
en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días
posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse
quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición
de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos
con interés legítimo a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o
improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en
relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de
conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional
y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91,
0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la
norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones
señaladas. Notifíquese./Gilbert Armijo Sancho,
Presidente».
San José, 9 de
junio del 2014.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2014036725) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad N°
14-008641-0007-CO que promueve Rebeca Chaves Rodríguez y otros, se ha dictado
la resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema
de Justicia, San José, a las nueve horas y cuarenta minutos del diez de junio
del dos mil catorce. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad
interpuesta por Bernardita Alfaro Boza, portadora de la cédula de identidad N°
2-0701-0309; Gloriana Chavarría Solís, cédula de
identidad N° 1-1565-0461; Melany Szyfer
Castillo, cédula de identidad N° 1-1485-0400; Rebeca Chaves Rodríguez,
portadora de la cédula de identidad N° 1-1539-0855, y Álvaro Sagot Rodríguez, cédula de identidad N° 2-0365-0227; para
que se declare inconstitucional la frase “Para calderas instaladas antes del 26
de marzo del 2007 el límite máximo de emisión permitido se mantiene en 220
mg/m3(PTM)” del artículo 7° del Reglamento sobre la Emisión de Contaminantes
Atmosféricos, Provenientes de Calderas y Hornos Tipo Indirecto, incorporada por
Decreto Ejecutivo N° 37031-S-MINAET-MTSS, por estimarla contraria a los
artículos 21 y 50 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince
días a la Procuraduría General de la República y al Ministerio de Ambiente y
Energía (MINAE). La norma se impugna por cuanto la incorporación de dicha frase
al Reglamento acrecienta la posibilidad de contaminar al permitir a aquellas
calderas instaladas antes del 26 de marzo del 2007 una emisión con un límite
máximo de 220 mg/m3. Añaden que el Reglamento -Decreto Ejecutivo N°
36551-S-MINAET-MTSS-, publicado en el año 2011, establecía una serie de
parámetros para disminuir la contaminación del aire; pero al año siguiente por
el Decreto Ejecutivo N° 37301-S-MINAET-MTSS se disminuyeron las exigencias y se
permite más contaminación para calderas instaladas antes del 26 de marzo del
2007. Estiman que, con esa reforma al Reglamento, se incumple con la principal
obligación de proteger la salud, el ambiente y la vida. Asimismo, continúan, se
violenta el principio de progresividad por cuanto el nivel de protección
ambiental ya alcanzado debe ser respetado y bajo ninguna circunstancia
disminuido; el Poder Ejecutivo no puede bajar los estándares si ya había hecho
los estudios durante varios períodos o años tal y como se señaló en el 2011 en
el considerando 5 del Decreto. Agregan que la reforma al Reglamento también
produce una violación al principio de objetivación ya que se permite un máximo
de 220 mg/m3 a las calderas instaladas antes del 26 de marzo del 2007 sin
hacerse un razonamiento científico que constara en el Reglamento o sus
considerandos. Consideran que los límites máximos no deben determinarse según
una fecha de instalación sino por categoría. Esta acción se admite por reunir
los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus
artículos 73 a 79. La legitimación de los accionantes proviene del artículo 75
párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en cuanto se trata
de la defensa de intereses difusos. Publíquese por tres veces consecutivas un
aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para
que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de
lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el
pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales
pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte
que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o
bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo
ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es
el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa
vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de
reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate
de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la
suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la
primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como
partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los
que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a
fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en
su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les
interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de
la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma
reiterada la Sala (resoluciones Nos. 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta
publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su
aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese./Gilbert
Armijo Sancho, Presidente”.
San José, 11 de
junio del 2014.
Gerardo
Madriz Piedra
(IN2014036795) Secretario
A los causahabientes de quien en vida se llamó
Douglas Bojorge López, con cédula de identidad número
8-069-977, se les hace saber que María Sosa Araya, cédula 6-138-649, se
apersona en este despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover
las presentes diligencias de trabajador fallecido. Por ello se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en
las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido Douglas Bojorge
López. Expediente N° 14-000124-643-LA-4.—Juzgado de
Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, 14 de mayo de 2014.—Lic. Bertha
Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2014036704).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó Yadira Armanda
Leal Castillo, quien fue mayor, soltera, vecina de Moravia, con cédula de
identidad número 1-457-301, se les hace saber que Luis Gerardo Leal Castillo,
portador de la cédula de identidad 1-343-080, vecino de Moravia, se apersonó en
este despacho en calidad de hermano de la fallecida, a fin de promover las
presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en
las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de
prestaciones de la trabajadora fallecida Yadira Armanda
Leal Castillo. Expediente N° 14-000321-1178-LA.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de junio del
2014.—Lic. Ana Cecilia Brenes López, Jueza.—1
vez.—(IN2014036707).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Seidy
María Soto Abarca, quien fue mayor, divorciada, de nacionalidad costarricense,
portó la cédula de identidad 1-810-266 y falleció el 12 de febrero del 2014, se
consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este
despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
N° 14-000533-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
14-000533-0173-LA. Proceso promovido por María del Rocío Soto Abarca a favor de
los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de
junio del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014036713).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eduardo Chavarría
Blanco, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula
de identidad 5-216-134 y falleció el 21 de enero del 2007, se consideren con
derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente N°
14-000922-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000922-0173-LA.
Proceso promovido por Xinia María Teresita Artavia Sánchez y otras a favor de los causahabientes del
fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de San José, 6 de junio del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—(IN2014036715).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Arcadio Vásquez Aragón, quien fue mayor, soltero, de
nacionalidad nicaragüense, portó la cédula de residencia N° 155808270229 y
falleció el 24 de febrero del 2014, se consideren con derecho para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación
de prestaciones bajo el expediente N° 14-001024-0173-LA, a hacer valer sus
derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente N° 14-001024-0173-LA. Proceso promovido por Bertilda Maritza García Valle a favor de los causahabientes
del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de San José, 6 de junio del 2014.—Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014036716).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rodolfo Esteban
Arguedas Díaz, quien fue mayor, soltero, de nacionalidad costarricense, portó
la cédula de identidad 1-1434-887, y falleció el 1° de mayo del 2014, se
consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este
despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente
N° 14-001107-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
14-001107-0173-LA. Proceso promovido por Nautilio
Ernesto Arguedas Víquez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, 5 de junio del 2014.—Lic. Ileana García
Arroyo, Jueza.—1 vez.—(IN2014036718).
A los causahabientes de quien en vida se llamó
Alexis Trejos Leiva, quien fue mayor, soltero, vecino de Moravia, con cédula de
identidad número 6-359-206, se les hace saber que Ester Leiva Villalta,
portadora de la cédula de identidad número 5-163-020, vecina de Moravia, se
apersonó en este despacho en calidad de madre del fallecido a fin de promover
las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita
y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en
las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido Alexis Trejos Leiva. Expediente N°
14-001123-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del 2014.—Lic. Ana Cecilia Brenes
López, Jueza.—1 vez.—(IN2014036720).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó Diego Chacón Solano, quien fue
mayor, soltero, vecino de Tibás, con cédula de identidad número 3-231-049, se
les hace saber que Ana Cecilia Cortes Chinchilla, portadora de la cédula de
identidad número 1-737-290, vecina de Tibás, se apersonó en este despacho en
calidad de compañera sentimental del fallecido, a fin de promover las presentes
diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por
medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias
aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido Diego Chacón Solano. Expediente N° 14-001126-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San
José, 21 de mayo del 2014.—Lic. Ana Cecilia Brenes López, Jueza.—1 vez.—(IN2014036721).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó Ricardo Antonio Coto Chotto, quien fue mayor, casado, vecino de Montes de Oca,
con cédula de identidad número 7-065-230, se les hace saber que María De Los
Ángeles Ramírez Zumbado, portadora de la cédula de identidad número 2-501-769,
vecina de Montes de Oca, se apersonó en este despacho en calidad de viuda del
fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de
prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido
Ricardo Antonio Coto Chotto. Expediente N°
14-001211-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de San José, 23 de mayo del 2014.—Lic. Ana Cecilia Brenes
López, Jueza.—1 vez.—(IN2014036723).
Por el plazo de ocho días se emplaza a los
causahabientes del trabajador fallecido Mario Enrique Elizondo Murillo, quien
fuera mayor, casado, trabajador en Seguridad para el Consorcio de Información y
Seguridad Sociedad Anónima, vecino de Tilarán centro,
con cédula de identidad número cinco-cero trescientos cuarenta y dos-cero
novecientos ochenta y cuatro, hijo de Ovidio Elizondo Herrera y de Estela
Murillo Barquero, nativo de Tilarán el primero de
noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro; para que dentro de dicho término
se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de devolución de
prestaciones legales y de ahorro laboral de trabajador fallecido, bajo el
apercibimiento de que si no lo hicieren el dinero se entregará a quien
corresponda de conformidad con el Artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente
número 14-300023-0404-LA-4.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán,
6 de junio del 2014.—Lic. Ana Patricia Barrantes Ruiz, Jueza.—1
vez.—(IN2014036728).
Con ocho días de plazo se convoca a los
causahabientes de la fallecida Caridad Cartín Azofeifa, quien fuera mayor, viuda, costarricense,
pensionada, vecina de Desamparados, San Antonio, del cementerio de San Antonio,
250 metros al sur, contiguo a depósito de maderas Calle Trejos, cédula de
identidad número uno-ciento veintiocho-ciento cincuenta, quien falleció el once
de marzo del dos mil catorce, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus
derechos en la presente diligencia de reclamo de reclamo de aguinaldo de la
pensión de la Caja Costarricense de Seguro Social y el aguinaldo de la pensión
del Ministerio de Hacienda, expediente N° 14-300108-0237-LA-(110-2-14),
gestionada por Dinorah Madrigal Cartín contra la Caja
Costarricense de Seguro Social y el Ministerio de Hacienda, apercibidos de que
de no hacerlo así en dicho lapso contados los días a partir de la publicación
de este edicto los dineros pasarán a quien corresponda en derecho de
conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 4 de junio
del 2014.—M.Sc. Ian
Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2014036730).
Con ocho días de plazo se convoca a los
causahabientes la fallecida: María Isabel Valverde Navarro c. c. Maribel
Valverde Navarro, quien fuera mayor, soltera, costarricense, trabajadora de
artes gráficas, vecina de Desamparados de la escuela de San Jerónimo, 500
metros este, 50 norte, Urbanización Loma, casa número 6, cédula de identidad
número uno-cuatrocientos treinta y uno-setecientos nueve, quien falleció el
treinta y uno de marzo del dos mil catorce, con el fin de que se apersonen a
hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de reclamo de
Fondo de Capitalización Laboral y Extremos Laborales, expediente número
14-300140-0237-LA-(143-2-14), gestionada por Evelyn Valverde Navarro contra la
Operadora de Planes de Pensiones Complementarias Vida Plena S. A. y el
Instituto de Alcoholismo y Farmacodependencia, apercibidos de que de no hacerlo
así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto
los dineros pasarán a quien corresponda en derecho de conformidad con el
artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer
Circuito Judicial de San José, Desamparados, 4 de junio del 2014.—M.Sc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2014036733).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de la consignación de prestaciones de trabajador fallecido, del
causante: Orlando Mejías Quirós, cédula de identidad N° 6-085-389, quien fue
mayor, divorciado, desempeñaba labores ocasionales, fue hijo de Carmelino Mejías Cambronero y
Carmen Quirós Ugalde, se consideren con derechos a las mismas, para que dentro
del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí
establecidas bajo el número de expediente: 13-300059-671-LA a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 de Código de
Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de La Fortuna, San Carlos del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Yamileth Tejada Solano, Jueza.—1 vez.—(IN2014036776).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Manuel Ramírez
Zamora, quien fue mayor, soltero, costarricense, vecino de Ticabán,
cédula N° 1-1543-0625, y falleció el 17 de febrero del 2014, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número
14-000156-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
14-000156-1041-LA. Proceso promovido por Elizabeth Mayela
de los Ángeles Zamora Soto a favor de Elizabeth Mayela
de los Ángeles Zamora Soto.—Juzgado de Trabajo de
Menor Cuantía de Pococí, 27 de mayo del
2014.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014036784).
A los causahabientes de quien en vida se llamó: José
Guillermo Víquez Gómez, quien fue mayor, casado, vecino de Urbanización La
Brisas, Los Ángeles, casa 19 A, con cédula de identidad N° 0302020947, se les
hace saber que: Roy Gerardo Víquez Monge, cédula de identidad o documento de
identidad N° 03-0431-0417, y José Iván Víquez Monge, cédula de identidad o
documento de identidad N° 03-0441-0775, se apersonó en este Despacho en calidad
de hijos del causante del fallecido, a fin de promover las presentes
diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza
por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido: José Guillermo Víquez Gómez. Expediente N°
14-000275-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago,
27 de mayo del 2014.—Lic. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—1
vez.—(IN2014036786).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes del causante: Gerardo Poveda Calderón, quien fue mayor, casado,
costarricense, laboraba para la empresa DHL como operador de montacargas,
vecino de Paraíso, y portó la cédula de identidad N° 3-0176-0666, fallecido el
17 de febrero del 2014, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro
del lapso improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen a este Despacho en las diligencias establecidas bajo
el número 14-300019-0351-LA (20-1-14), a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
de Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, 26 de mayo del 2014.—Msc. Gerardo Barillas Solís,
Juez.—1 vez.—(IN2014036796).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En
la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
catorce horas y cero minutos del veintidós de julio del año dos mil catorce y
con la base de ciento cincuenta y tres millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento treinta y siete -F- cero cero cero, la cual es terreno de montaña, parte potrero con una
casa. Situada en el distrito 06 Rancho Redondo, cantón 08 Goicoechea, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, El Royal Enterprises
S. A.; al sur, Unidad Z 11 y calle privada; al este, calle privada y al oeste
El Royal Enterprises S. A. Mide: dos mil doscientos
noventa y siete metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del siete de agosto del año dos mil
catorce, con la base de ciento catorce millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de agosto del
año dos mil catorce con la base de treinta y ocho millones doscientos cincuenta
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Elmer Bahamon
Falla. Exp: 14-000378-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
31 de marzo del año 2014.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—(IN2014036825).
En la puerta exterior de este despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación (rectificación
de medida), citas: 2011-308140-01-0006-001; a las diez horas y cero minutos del
veinticuatro de setiembre de dos mil catorce y con la base de setenta mil
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 622583-000, la cual es terreno con una casa y
patio. Situada en el distrito 01 Santa María, cantón 17 Dota, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Olga Ureña Mata; al sur, quebrada en medio de
Estrella Montero Camacho; al este, camino público y al oeste, Olga Ureña Mata.
Mide: ochocientos treinta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y cero minutos del nueve de octubre de dos mil catorce,
con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del veinticuatro de octubre de dos mil catorce con la base de
diecisiete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
3101494095 S. A, 3102507714 S.R.L, 3102507718 S.R.L, Carlos Roberto Castro
Bolaños contra Olger Gómez Ureña. Exp:
14-004663-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 29 de abril del año 2014.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014036855).
En
la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
once horas y cero minutos del veintiocho de julio del año dos mil catorce y con
la base de treinta y un millones ciento cuarenta mil setecientos cincuenta y
tres colones con setenta céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 516643-000 la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Curridabat cantón Curridabat de
la provincia de San José. Colinda: al noreste zona de protección río Chaguite; al noroeste, lote quince C urbanización Lomas de Curridabat; al sureste lote diecisiete C urbanización Lomas
de Curridabat; al suroeste calle pública con
dieciocho punto noventa y cinco metros de frente. Mide: doscientos sesenta y
cinco metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las once horas y cero minutos del doce de agosto del año dos mil
catorce con la base de veintitrés millones trescientos cincuenta y cinco mil
quinientos sesenta y cinco colones con veintisiete céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del veintiocho de agosto del año dos mil catorce con la base de
siete millones setecientos ochenta y cinco mil ciento ochenta y ocho colones
con cuarenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Costa Rica Banco
Nacional contra Sigifredo de Jesús Zamora Galván, Yeimmy del Carmen Obando Urbina. Exp:
09-018528-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 05 de junio del año
2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014036857).
Desde
la puerta exterior de este despacho, con la base dada por el perito sea la suma
de cincuenta y cuatro millones cuatrocientos noventa y un mil colones, libre de
gravámenes y anotaciones judiciales, pero soportando servidumbre traslada,
remataré: la finca del partido de San José matrícula de folio real número
doscientos cuatro mil seiscientos ochenta y uno-cero cero tres, naturaleza
terreno para construir con una casa. Sita en el distrito octavo Mata Redonda,
cantón primero San José, de la provincia de San José. Linda: al norte, con
calle 1 con 26m 79cm, al sur, con residencial Fernández Castro 23,71cm, al
este, con residencial Fernández Castro 19,76 y al oeste, con avenida 2 con 15m
7cm. Mide: cuatrocientos treinta y dos metros con noventa decímetros cuadrados,
para tal efectos se señalan las quince horas del dieciséis de julio de dos mil
catorce (Primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las quince horas del cinco de agosto de dos mil catorce, con
la base de cuarenta millones ochocientos sesenta y ocho mil doscientos
cincuenta colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el
tercer remate, se señalan las quince horas del veintiuno de agosto de dos mil
catorce, con la base de trece millones seiscientos veintidós mil setecientos
cincuenta colones (un 25%). Se remata por ordenarse así dentro del Proceso
Sumario Ejecutivo número 07-002115-0182-CI (6) de María Gabriela Mayorga Mesén
contra Arnoldo Charpentier Ramírez.—San
José, 05 de junio de 2014.—Lic. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—(IN2014036898).
En
la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones 403-18910-01-900-001 y
403-18910-01-901-001; a las diez horas y cero minutos del veinticuatro de julio
de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número cuatrocientos seis mil ciento ochenta y tres cero cero cero (406.183-000) la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito hospital, cantón
San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con
4,51 metros; al sur, Edgar Jiménez Espinoza; al este, Ramón Rafael Ortiz
Montero y al oeste, Víctor Fallas Arias. Mide: ciento treinta y cuatro metros
con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas
y cero minutos del ocho de agosto de dos mil catorce, con la base de tres
millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de
agosto de dos mil catorce con la base de un millón de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eddy
Jesús Acuña Rivera, Máximo Perera Vásquez contra Marlene Tatiana de los Ángeles
Fallas Arias. Exp: 13-005252-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 24 de
febrero del año 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014036927).
En
la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
trece horas y cuarenta y cinco minutos del siete de julio de dos mil catorce, y
con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
467315-000; la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito 04 Mata de Plátano, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Luis Enrique Ramírez Marín; al sur, Humberto Núñez González;
al este, Jorge Bogantes Alvarado y al oeste, calle pública con 12,72 metros.
Mide: doscientos setenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de
julio de dos mil catorce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del siete de
agosto de dos mil catorce con la base de tres millones setecientos cincuenta
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Carlos Roberto Camacho Víquez, Jorge Enrique de los
Ángeles Cordero Villalobos, Seicynpau Sociedad
Anónima contra Marvin Guillermo Segura Torres. Exp:
14-000253-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Heredia, 01 de abril del año 2014.—Licda. Mónica Vásquez Valverde, Jueza.—(IN2014036930).
En la puerta exterior de este despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 353-18993-01-0900-001 y servidumbre de paso bajo las citas:
576-30111-01-0014-001 y citas: 576-30111-01-0018-001; a las ocho horas y
treinta minutos del veinticuatro de julio del año dos mil catorce, y con la
base de trece millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 468362-000, la
cual es terreno de solar con una quebrada sin nombre. Situada en el distrito
06, Pital cantón 10, San Carlos de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 42 metros
con 38 centímetros lineales, sur, Margarita Ramírez Solís, este, calle pública
con un frente a ella de 25 metros con 64 centímetros lineales y oeste,
Fiduciaria Nacional Finacio S. A, en calidad de
fiduciario. Mide: mil quinientos setenta y cuatro metros cuadrados, plano:
A-1379045-2009. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta
minutos del once de agosto del año dos mil catorce, con la base de nueve
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta
minutos del veintisiete de agosto del año dos mil catorce con la base de tres
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Nacional de Costa Rica contra Odilie Ramírez
Solís. Exp: 14-000361-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
07 de abril del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014036946).
En
la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos
públicos según citas 447-00008129-01-0004-01 y demanda ordinaria bajo las citas
2009-175389-01-0001-001; con la base mil seiscientos ochenta y nueve millones
cuatrocientos diecisiete mil quinientos veintinueve colones con veinte
céntimos, sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste matrícula
157308-000, que es terreno apto para repasto y tacotal, distrito 03 Veintisiete
Abril, provincia de Guanacaste. Linda al norte, con Salvaje Iguana S. A. y Sea Breeze Mountain Condominium S.
A., al sur, con Sea Breeze Mountain Condominium S. A., No No No S. A., Isidra María Rodríguez Gutiérrez, Joel Vargas
Obando y camino público, al este, con Alberto Dinarte
Gutiérrez, Sea Breeze Mountain Condominium
S. A. y Bonifacio Pérez Álvarez y al oeste, No No No S. A., Isidra María Rodríguez Gutiérrez, Joel Vargas
Obando y Camino Público. Mide ochocientos cuarenta y dos mil quinientos
veintisiete metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto se
señalan las nueve horas del dos de julio del dos mil catorce (Primer remate).
De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las
nueve horas del diecisiete de julio del dos mil catorce, con la base de mil
doscientos sesenta y siete millones sesenta y tres mil ciento cuarenta y seis
colones con nueve céntimos y con la base de cuatrocientos veintidós millones
trescientos cincuenta y cuatro mil trescientos ochenta y dos colones con tres
céntimos (Rebajadas en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer
remate, se señalan las nueve horas del cuatro de agosto del dos mil catorce. Se
remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Laudo Arbitral 12-000146-180-CI-6
de Dennis John Peterson contra Paraíso Birds Limitada
y Sea Breeze Mountain Guanacaste S. A.—Juzgado
Primero Civil de San José, 20 de mayo de 2014.—Lic. Froylán
Alvarado Zelada, Juez.—(IN2014036978).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0304-00006613-01- 0902-001 y
denuncia penal, citas 2014-97448-01-0001-001, a las quince horas y cero minutos
del veinte de octubre de dos mil catorce, y con la base de diecinueve mil
trescientos cinco dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 245893-006 la cual
es terreno para construir dividido en dos lotes. Situada en el distrito 03-San
Juan de Dios, cantón 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
norte calle pública; al sur Adán Cerdas Castro y Karenin
Roca Abarca; al este servidumbre de paso y Karenin
Roca Abarca y al oeste Adán Cerdas Castro. Mide: mil seiscientos veintitrés
metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil catorce, con
la base de catorce mil cuatrocientos setenta y ocho dólares con setenta y cinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil
catorce con la base de cuatro mil ochocientos veintiséis dólares con
veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Katia Retana Bejarano contra Roy Costa Gamboa. Exp:10-014979-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 4 de junio del 2014.—Msc.
Ericka Robleto Artola,
Jueza.—(IN2014037019).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
nueve horas quince minutos del quince de julio de dos mil catorce, y con la
base de ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: placa CL-138308, marca Nissan, estilo D21, categoría carga
liviana, capacidad 2 personas, año 1989, carrocería caja abierta o cam-pu, color vino, tracción 4x4. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas quince minutos del treinta y uno de julio de dos mil
catorce, con la base de seiscientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas
quince minutos del dieciocho de agosto de dos mil catorce con la base de
doscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Víctor Julio Navarro Rojas contra Fausto
Alfonso Briceño Tellez. Exp.
N° 12- 100062-0250-CI.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de mayo del
2014.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2014037035).
Primer
remate: a las once horas del diecinueve de setiembre del dos mil catorce, en la
puerta exterior del Juzgado Agrario de Liberia, Guanacaste, libre de gravámenes
hipotecarios, y con la base de ciento cinco millones setecientos dieciséis mil
seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y seis céntimos, al mejor postor
se rematará la finca inscrita en el Registro Público Inmobiliario, Partido de
Guanacaste, número ciento diecisiete mil doscientos veintiséis- cero cero uno y cero cero dos. Es
terreno de potreros, ubicado en Curubandé [distrito
quinto], Liberia [cantón primero] de la provincia de Guanacaste. Sus linderos
son: norte, Claudia Eugenia Reyes Silva; sur, Hilda Alvarado Sequeira, Jean Claude
Doucet y Namiapi S. A. y
Adolfo Martínez Quesada; este, Hilda Alvarado Sequeira, Jean Claude Doucet y camino público con un frente de siete metros; y
oeste, Adolfo Martínez Quesada y camino público con un frente de siete metros
lineales. Mide diez mil metros cuadrados. Pertenece a Orietta
Baltodano Chamorro el derecho cero cero uno y el derecho cero cero
dos a Mariamalia Baltodano
Chamorro. Otros gravámenes y anotaciones: reservas y restricciones, citas:
303-03356-01-0901-001. Segundo remate: De no existir postores, para llevar a
cabo el segundo remate, se señalan las once horas del tres de octubre del dos
mil catorce, con la base de setenta y nueve millones doscientos ochenta y siete
mil quinientos colones (rebajada en un 25% de la base original). Tercer remate:
De no existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero, se
señalan las once horas del diecisiete de octubre del dos mil catorce, con la
base de veintiséis millones cuatrocientos veintinueve mil ciento sesenta y seis
colones con sesenta y seis céntimos (un 25% de la base original). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación Proagroin
contra Alejandro José Morales Jaén, Mariamalia Baltodano Chamorro y Orietta Baltodano Chamorro. Exp. N°
13-000217-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia,6 de junio del 2014.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—(IN2014037047).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las once horas y cuarenta y cinco minutos antes
meridiano del tres de setiembre de dos mil catorce, y con la base de tres
millones quinientos veinticinco mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: Placa número 807825. Marca Hyundai. Estilo Elantra. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año
2002. Color Morado. Vin KMHDN45D82U348786. Cilindrada
2000 c.c., combustible gasolina., motor Nº ilegible. Para el segundo remate se
señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano del
diecinueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de dos millones
seiscientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once
horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano del seis de octubre de dos mil
catorce con la base de ochocientos ochenta y un mil doscientos cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Sergio Agüero Calderón contra José Joaquín Esquivel
Chavarría. Exp. N° 14-001214-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 27 de mayo del 2014.—Msc.
Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014037320).
En
este Despacho; libre de gravámenes prendarios y al ser las ocho horas y treinta
minutos del cuatro de agosto de dos mil catorce, y con la base de tres millones
novecientos ochenta y nueve mil seiscientos cincuenta y tres colones, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Toyota Rav4, año: 97. Vin: JT3H910VXVO120772, color blanco. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos
mil catorce, con la base de dos millones novecientos noventa y dos mil
doscientos treinta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del cuatro de setiembre de dos mil catorce con la base de
novecientos noventa y siete mil cuatrocientos trece colones con veinticinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Sergio Agüero Calderón contra José David Mora Arrieta. Exp. N° 14-000408-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
29 de abril del 2014.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014037324).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos publico citas: 475-13104-0004-01 y reservas de la ley forestal citas
475-13104-01-0004-001; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del
veintiuno de julio de dos mil catorce y con la base de setenta y nueve mil
quinientos sesenta y siete dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cuarenta y ocho mil novecientos sesenta y nueve-cero cero cero,
la cual es terreno lote dos terreno para construir. Situada en el distrito 09
Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte, calle pública; al sur, Delaware Tamarindo 7 S. A.; al este, Empresas
Carias del Oriente S. A., y al oeste, Lote uno. Mide: mil trescientos noventa y
cinco metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del seis de agosto de dos
mil catorce, con la base de cincuenta y nueve mil seiscientos setenta y cinco
dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos
del veintidós de agosto de dos mil catorce con la base de diecinueve mil
ochocientos noventa y un dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Empresas Carias del Oriente S. A., contra Esmeralda de Tamarindo
IV Sociedad Anónima. Exp. N° 11-000176-0388-CI.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, 19/05/2013.—Luis Alberto Pineda Alvarado,
Juez.—(IN2014037394).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos publicos
citas: 321-08769-01-0003-001; a las ocho horas y cero minutos del diecisiete de
julio de dos mil catorce, y con la base de dos millones cuatrocientos siete mil
ciento setenta y cuatro colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 43881-000 cero cero cero,
la cual es naturaleza: terreno con una casa, situada en el distrito 01 Nicoya canton 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, Plaza Hacienda La Alianza Limitada; sur, Noemi
Zúñiga Zúñiga; este, calle pública, oeste, Alejandro
Briceño Briceño. Mide: ciento sesenta y nueve metros
con cuarenta y tres decímetros cuadrados, plano: G-0292807-1977. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de agosto de
dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos cinco mil trescientos
ochenta colones con ochenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del
veinte de agosto de dos mil catorce con la base de seiscientos un mil
setecientos noventa y tres colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y Desarrollo Comunal contra Grettel Patricia
Jiménez Toruño y Rachael
Obando Enríquez. Exp. N° 13-002580-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, 20 de marzo del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—(IN2014037401).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones bajo las citas: 401-18379-01-0800-001, y
servidumbre trasladada bajo las citas: 401-18379-01-0801-001; a las once horas
y cero minutos del siete de julio del año dos mil catorce, y con la base de
doce millones novecientos treinta y dos mil novecientos sesenta y un colones
con veintitrés céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 431299-000, la cual es terreno
para construir con una casa. Situada en el distrito 02, Florencia cantón 10,
San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rosmery
González Rojas; sur, lote segregado; este, servidumbre de paso en un frente de
9,67 cm., oeste. Michael Araya Campos y Lidia González Mora. Mide: ciento
setenta y dos metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Plano:
A-1105246-2006. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos
del veintidós de julio del año dos mil catorce, con la base de nueve millones
seiscientos noventa y nueve mil setecientos veinte colones con noventa y dos
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y cero minutos del siete de agosto del año dos mil
catorce con la base de tres millones doscientos treinta y tres mil doscientos
cuarenta colones con treinta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra John Alonso Villalobos González. Exp. N° 12-100148-0297-CI.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 3 de
abril del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014037404).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
diez horas y treinta minutos del dos de setiembre del año dos mil catorce, y
con la base de cincuenta y dos millones quinientos treinta y nueve mil
doscientos ochenta y dos colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
242727-000, la cual es terreno con una casa de habitación y un galerón para
ordeño. Situada en el distrito 11, Cutris cantón 10,
San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ramón Reyes
Navarrete, sur, Ramón Reyes Navarrete; este, calle pública con 74.21 metros y
oeste, Rio Kopper. Mide: siete mil cuarenta y cinco
metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados plano: A-0808328-1989. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de
setiembre del año dos mil catorce, con la base de treinta y nueve millones
cuatrocientos cuatro mil cuatrocientos sesenta y un colones con cincuenta y
ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de octubre del año
dos mil catorce con la base de trece millones ciento treinta y cuatro mil
ochocientos veinte colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Juan Carlos Campos
Zamora. Exp. N° 14-001224-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 30 de
mayo del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014037409).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
catorce horas treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil catorce, y con
la base de cuatro millones cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo Placas 449278, marca Alfa Romero, estilo
156TSPARK, 5 personas, año 2002, color rojo, sedan 4 puertas, 4x2, motor Nº
AR323012706719, 1970 c.c., gasolina. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas treinta minutos del primero de agosto del dos mil catorce, con la
base de tres millones treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil catorce con la base
de un millón doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Lafise S. A. contra Diego José González Barrantes. Exp. N° 12-013815-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de
mayo del 2014.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014037415).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
diez horas y treinta minutos (antes meridiano) del ocho de setiembre de dos mil
catorce, y con la base de nueve millones trescientos veinticinco mil
cuatrocientos veintiocho colones con veintinueve céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos veintiún mil ciento cincuenta y ocho- cero cero
uno y cero cero dos, la cual es de naturaleza: Lote
28 D, terreno para construir. Situada en el distrito 02 San José, cantón 01
Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 27 D; al sur,
avenida cuarta pública; al este, calle segunda pública, y al oeste, Cooperativa
Autogestionadora de Servicios Aero Industriales
Responsabilidad Limitada. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con setenta y
dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos (antes meridiano) del veinticuatro de setiembre de dos mil
catorce, con la base de seis millones novecientos noventa y cuatro mil setenta
y un colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos (antes
meridiano) del nueve de octubre de dos mil catorce con la base de dos millones
trescientos treinta y un mil trescientos cincuenta y siete colones con siete
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Lidiette Villalobos Rodríguez, William González Rubí. Exp. N° 14-003059-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
27 de mayo del 2014.—Msc. Juan Carlos Castro
Villalobos, Juez.—(IN2014037418).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
quince horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil catorce, y con la
base de diecinueve mil novecientos ochenta y cinco dólares con cincuenta y un
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
KYB888. Marca Fiat. Estilo Línea Dynamic. Categoría
automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2012. Color gris. Vin
ZFA323000C3151933. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del veinticinco de noviembre de dos mil catorce, con la base de catorce
mil novecientos ochenta y nueve dólares con trece centavos y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diez de diciembre de dos
mil catorce con la base de cuatro mil novecientos noventa y seis dólares con
treinta y ocho centavos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Rosibel de Los Ángeles
Romero Leiva. Exp. N° 14-001333-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional
de Grecia, 29 de mayo del 2014.—Lic. Brayan Li
Morales, Juez.—(IN2014037419).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero
soportando colisión bajo sumaria número 11-603417-489-TC; a las ocho horas y
quince minutos del ocho de julio de dos mil catorce, y con la base de ocho mil
ciento cuarenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas número CL 231241. Marca Hafei. Estilo
Ruiyi Mini Truck. Categoría
carga liviana. Capacidad dos personas. Año 2008. Color blanco. Vin LKHTC3BG98AT01209. Cilindrada 1100 c.c. Combustible
gasolina. Motor Nº DA465Q1A7A00399DH. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y quince minutos del veintitrés de julio de dos mil catorce, con la
base de seis mil ciento cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos
del ocho de agosto de dos mil catorce con la base de dos mil treinta y cinco
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Mauricio Cortés Sánchez.
Exp. N° 14-001514-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 25 de abril del 2014.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—(IN2014037422).
Se convoca a los miembros o socios de Autos Balin S. A., cédula jurídica número 3-101-203705, a una
junta a celebrarse en su domicilio social, sea Alajuela, El Llano, de la
iglesia católica 100 metros este y 75 metros norte, a las trece horas y treinta
minutos del diecisiete de setiembre de dos mil catorce, para que en la misma
elijan representante. Se hace la advertencia que la junta se verificará
cualquiera que sea el número de miembros o socios presentes, y la elección se
decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no
asistir ningún miembro o socio a la junta, el Juez hará el nombramiento que corresponda.
Lo anterior por ordenarse así en proceso ordinario de Cristian Brenes González
contra Autos Balin S. A. Expediente N°
13-000316-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 15 de mayo del 2014.—Lic. Rodrigo Araya
Durán, Juez.—1 vez.—(IN2014030143).
Se
convoca a los socios o miembros de Moramuri Ltda, a una junta que se verificará en este Despacho a las
dieciocho horas y treinta minutos del cuatro de agosto del año dos mil catorce,
para que de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos sesenta y
seis del Código Procesal Civil, elijan representante. En caso de no asistir
ningún miembro a la junta, el Juzgado hará recaer el nombramiento en persona
idónea. Proceso: ejecución hipotecaria de: Banco de Costa Rica contra: Gerardo
Mora Badilla, Moramuri Ltda,
expediente N°11-001872-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, a las quince horas y un minutos del nueve de
mayo del año dos mil catorce.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—1 vez.—(IN2014031824).
Se
convoca a los miembros o socios de Sistemas de Control Durán Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y dos mil novecientos
quince a una junta a celebrarse en este Despacho a las ocho horas, treinta
minutos del veintitrés de julio del año dos mil catorce, para que en la misma
elijan representante. Se hace la advertencia que la junta se verificará
cualquiera que sea el número de miembros o socios presentes, y la elección se
decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no
asistir ningún miembro o socio a la junta, el Juez hará el nombramiento que
corresponda. Lo anterior por ordenarse así en proceso abreviado de Ismael
Enrique Durán Jiménez contra Sistemas de Control Durán Sociedad Anónima.
Expediente número 13-000448-0164-CI.—Juzgado Civil
del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de mayo del 2014.—Lic.
Francis Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014034609).
Se convoca a los socios o miembros de Transportes R
Y R de Limón S. A., a una Junta que se verificará en este Despacho a las
catorce horas y cero minutos del cuatro de agosto del año dos mil catorce, para
que de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos sesenta y seis
del Código Procesal Civil, elijan representante. En caso de no asistir ningún
miembro a la junta, el Juzgado hará recaer el nombramiento en persona idónea.
Proceso: Monitorio de: Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra:
Transportes R Y R de Limón S. A., Exp. N°
13-002582-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial se San José, 6 de mayo del 2014.—Lic. Adriana
Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014035306).
Se
convoca a los miembros o socios de Condominio Horizontal Vertical Residencial
Comercial Metropolitan Tower, a una junta a
celebrarse en este Despacho, a las nueve horas del 06 de agosto del dos mil
catorce, para que en la misma elijan representante. Se hace la advertencia que
la junta se verificará cualquiera que sea el número de miembros o socios
presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no
resultar mayoría o de no asistir ningún miembro o socio a la junta, el Juez
hará el nombramiento que corresponda. Lo anterior por ordenarse así en proceso
otros ord. sector privado de
Ángelo Rogelio Rojas Sánchez contra Condominio Horizontal Vertical Residencial
Comercial Metropolitan Tower. Expediente N°
13-003094-1178-LA.—Juzgado de Trabajo Oral-
Electrónico del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Ana Cecilia
Brenes López, Jueza.—1 vez.—(IN2014037044).
Con
el objeto de conocer los extremos de la norma 926 del Código Procesal Civil
(nombramiento de albacea propietario y suplente, conocer acerca del inventario
y avalúo del bien, y acerca de los reclamos contra la sucesión), se convoca a
todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Juan María
Fonseca Ceciliano, quien fuera mayor, casado,
agricultor, vecino del Rosario de Desamparados, cédula de identidad número
tres-cero ochenta y cuatro-quinientos treinta y seis, a la Junta de interesados
que se llevará a cabo a las catorce horas (2:00 p. m.) del dos de julio del dos
mil catorce. Expediente N° 11-100072-0217-CI (153-2-14).—Juzgado
de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 19
de mayo del 2014.—M.Sc. Ian
Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2014037749).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 14-000025-1002-AG donde se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de Compañía Agrícola Comercial Cartaginesa Cocasa S. A., domiciliada en Cartago Centro, costado oeste
del parque central, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe
número tres-ciento uno-cero dos seis dos uno ocho-dos ocho, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de cultivos. Situada: en el
distrito ocho Tayutic, cantón quinto Turrialba, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Compañía Agrícola Comercial
Cartaginesa Cocasa S. A.; al sur, Compañía Agrícola
Comercial Cartaginesa Cocasa S. A. y calle pública;
al este, calle pública y Blanca Corrales Castillo, y al oeste, calle pública.
Mide: sesenta y un mil ciento setenta y seis metros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado N° C-1712605-2014. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio, y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió
dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por
más de cuarenta dos años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión
han consistido en construcción y mantenimiento de cercas y carriles, siembra de
árboles frutales, limpieza del terreno y mantenimiento de los frutos. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Compañía Agrícola Comercial Cartaginesa Cocasa S. A. Expediente N° 14-000025-1002-AG.—Juzgado Agrario de Turrialba, 4 de junio del
2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014036771).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 14-000026-1002-AG donde se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de Claudio Calderón Elizondo, quien es mayor, estado civil
casado una vez, vecino de Bajo Pacuar de Tayutic de Turrialba, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe N° 3-237-664, profesión agricultor, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es terreno de potrero, tacotal y bosques secundario,
dividida el área de potrero en tres apartos. Situada:
en el distrito ocho Tayutic, cantón quinto Turrialba,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, quebrada; al sur, Socorro
Jiménez Calderón y Belle Landia S. A.; al este,
Socorro Jiménez Calderón y Víctor Manuel Salazar Gómez, y al oeste, Socorro
Jiménez Calderón. Mide: ochenta y cinco mil seis metros y ochenta y ocho decímetros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° C-124637-1993. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones colones
cada una. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de cincuenta y cinco años. Que no existen condueños.
Que los actos de posesión han consistido en dar un uso adecuado al suelo,
buscando su generación y protección del bosque, dando su uso racional,
manteniendo las cercas en sus linderos, las cuales son alambre de púas y postes
vivos y muertos y mantenimiento la zona de protección de la quebrada. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Claudio Calderón Elizondo. Expediente N°
14-000026-1002-AG.—Juzgado Agrario de Turrialba, 4
de junio del 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado,
Juez.—1 vez.—(IN2014036772).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 14-000033-0341-CI donde se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de Asoc. de
Desarrollo Integral de Santa Cruz de Turrialba, con domicilio en Santa Cruz de
Turrialba, cédula jurídica N° 3-002-266-860, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
cuya naturaleza es terreno con dos construcciones, una gradería y plaza de
deportes. Situada: en el distrito cuatro Santa Cruz, cantón quinto Turrialba,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Asociación de Desarrollo
Integral de Santa Cruz de Turrialba; al sur, calle pública con un frente de
ochenta y ocho metros y setenta y un centímetros lineales; al este, Claudia, Kattia, Rosibel y Maritza las
cuatro de apellidos Camacho Vargas, y al oeste, Junta de Educación Escuela de
Santa Cruz de Turrialba. Mide: cinco mil seiscientos treinta y cinco metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° C-1683633-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en
la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por
posesión decenal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta y
cuatro años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento al inmueble, levantado las construcciones existentes y dando
el correspondiente mantenimiento a las zonas verdes y cercas. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Asoc. de Desarrollo Integral de Santa Cruz de Turrialba.
Expediente N° 14-000033-0341-CI.—Juzgado
Agrario de Turrialba, 5 de junio del 2014.—Lic. Wilberth
Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014036774).
Guiselle Montoya Morales, mayor, soltera, ama de casa, cédula número
dos-trescientos setenta y ocho-trescientos seis, vecina de Barrio San Rafael,
Corredor, Corredores, ciento cincuenta metros al este del salón comunal,
establece diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el
Registro Público de la Propiedad, las fincas que se describen así: lote 1:
terreno plano con una plantación forestal, situado en el caserío Agujas,
distrito segundo: Puerto Jiménez, cantón Sétimo Golfito, Provincia Puntarenas,
con los siguientes lindantes: sureste-noroeste, calle pública con una medida de
quinientos ochenta y siete metros con setenta y un centímetros lineal,
sureste-suroeste, calle pública con una medida de ocho cientos cincuenta y
cuatro metros con setenta y un centímetros lineales, este, río Agujas y Guiselle Montoya Morales. Plano catastrado N°
P-1504343-2011, a nombre de la promovente con una
medida de trescientos sesenta y un mil setecientos noventa metros cuadrados. Se
estima este inmueble en la suma de tres millones seiscientos mil colones. Lote
2: Terreno plano con una plantación forestal, situado en el caserío Agujas,
distrito segundo: Puerto Jiménez, cantón sétimo Golfito, provincia Puntarenas,
con los siguientes linderos: norte, zona marítimo, sur, Luz Barroso Cedeño y
Agroforestal Puerto Jiménez; este, calle pública con una medida de setecientos
cincuenta metros lineales, oeste, zona marítimo. Plano catastrado número
P-1373385-2009, posee un área de setecientos noventa y cinco mil doscientos
seis metros cuadrados. Este inmueble se estima en la suma de siete millones
novecientos mil colones. Lote 3: Terreno plano con una plantación forestal y
bosque secundario, situado en el caserío Agujas, distrito segundo: Puerto
Jiménez, cantón sétimo Golfito, provincia Puntarenas, con los siguientes
linderos: norte, Río Agujas; sur, Mario Cedeño Cedeño;
este, zona marítimo, oeste, río Agujas, plano catastrado N° P-868134-89, con
una medida de sesenta y cinco hectáreas con seis mil novecientos noventa y
nueve metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Se estima este inmueble
en la suma de seis millones seiscientos mil colones. Se estima las diligencias
en la suma de dos millones quinientos mil colones. Sobre el mismo no pesan
gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de
este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para
que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si
no verifican. Exp. N° 13-000007-419-AG (09-2-13).—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Sur, Corredores, 21 de abril del 2014.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos,
Juez.—1 vez.—(IN2014037009).
Ante
la notaría del Dr. Fernando Zamora Castellanos, se tramita sucesorio de quien
en vida se llamó, Stefano Rudan, de un solo apellido
en razón de su nacionalidad italiana, mayor, soltero, portador del pasaporte
número AA dos seis cero siete siete nueve cuatro,
vecino de Alajuela. Atenas. Se cita y emplaza a los interesados para que dentro
del plazo de treinta días hábiles a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, sita Rohrmoser cincuenta metros al norte y cincuenta este del
restaurante Isla Verde.—San José Costa Rica.—Dr. Fernando Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—(IN2014036382).
Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión
de Manuel Antonio Garita Gutiérrez, quien fue mayor, casado una vez, vecino de
San Rafael de Coronado, del Taller Rojas veinticinco al este trescientos sur y
veinticinco este, cédula uno-cero dos dos cuatro cero
ocho ocho cero, pensionado, para que comparezcan
hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que de no hacerlo en el
plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto se procederá
conforme a derecho. Expediente 2014-0001.—San José, 21
de enero del 2014.—Lic. Rafael A. Ugalde Quirós, Notario.—1
vez.—(IN2014036421).
Yo,
Fernando Alonso Castro Esquivel, notario público de la ciudad de San José, hago
saber que ante mi notaría se ha abierto un procedimiento sucesorio
extrajudicial (expediente 2014-01) de quien en vida fuera María Teresa Cunillera Canalías, quien fue
mayor, viuda, vecina de Moravia, ciudadana española y cédula de residencia
número siete dos seis cuatro dos tres ocho nueve uno cuatro tres ocho. Se cita
a todos los interesados para que, dentro del plazo de treinta días hábiles
concurran ante mi notaría a hacer valer sus derechos dentro de dicho
expediente, plazo que se inicia desde la publicación de este aviso, bajo el
apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien
corresponda, de acuerdo a lo que se resuelva en dicho expediente. La dirección
de mi oficina es en San José, barrio Otoya, avenida
9, calles 13 y 15, número 1350, oficina número 7.—San
José, 5 mayo del 2014.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—(IN2014036434).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de
quien en vida fuera María Rosa Elizondo Álvarez, viuda, del hogar, vecina de
Alajuela, Invu Las Cañas número tres, del Ebais cien metros al este, cédula dos-uno tres tres-siete
uno ocho, para que dentro del término de treinta día contados a partir de esta
publicación se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos
que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien
corresponda. Sucesión extrajudicial que se tramita como actividad judicial no
contenciosa ante la notaria Georgina Espinoza Arias con oficina en Alajuela, La
Trinidad, costado sur del parque principal, teléfono 24432295. Expediente
11-2014.—Alajuela, 7 de junio del dos mil
catorce.—Lic. Georgina Espinoza Arias, Notaria.—1
vez.—(IN2014036438).
Se hace saber que en esta notaría se tramita proceso
sucesorio de Herman Mora Quesada, y le correspondía la cédula de identidad
uno-doscientos cincuenta y tres-cuatrocientos cincuenta. Falleció en San José,
hospital San Juan de Dios, el día nueve de diciembre del dos mil uno. Se
emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersona dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente número 14-0001. Notaría de Erika Hernández Sandoval, ubicada en San
José, Los Yoses, avenida diez, entre calles treinta
tres y treinta y cinco, número treinta y tres setenta.—Tres de abril del dos
mil catorce.—Lic. Erika Hernández Sandoval, Notaria.—1
vez.—(IN2014036443).
Se
hace saber que es esta notaría se tramita proceso sucesorio de Rigoberto Mora
Quesada, y le correspondía la cédula uno-ciento sesenta y seis-novecientos
setenta y tres. Falleció en San José, Mata Redonda, Central, San José, el día
27 de marzo del dos mil trece. Se emplaza a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersona dentro de este plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente número 14-002. Notaría de Erika
Hernández Sandoval, ubicada en San José, Los Yoses,
avenida diez, entre calles treinta tres y treinta y cinco, número treinta y
tres setenta.—Tres de abril del dos mil catorce.—Lic. Erika Hernández Sandoval,
Notaria.—1 vez.—(IN2014036444).
Se
emplaza a todos los interesados en la apertura de la sucesión de quien en vida
fue Jorgen Cerdas Quedo, para que dentro de treinta
días, contados a partir de la primera publicación de este edicto comparezcan
ante esta notaría sita en Alajuela centro, setenta y cinco metros este del
Banco Popular, a reclamar sus derechos dentro de la sucesión de quien en vida
fue Gladys del Rosario Cerda Ledezma, y se apercibe a
los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de
ese término, se continuará con el proceso. Notaría del Lic. Lenin Solano
González, Alajuela. Expediente número 09-3535-0638 CI.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Alajuela, once de junio del dos mil catorce.—Lic.
Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—(IN2014036460).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de Anita Saturnina Vargas Cedeño, quien fue mayor, ama de casa, casada
una vez; cédula número cuatro-cero sesenta y siete-uno cincuenta y ocho, vecina
de San José barrio Cuba, y para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-014.—Lic. Guisella Rojas Marín,
Notaria.—1 vez.—(IN2014036514).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rodrigo Vargas Cedeño,
quien fue mayor, comerciante, soltero; cédula número cuatro-cero setenta y
uno-nueve ochenta y dos vecino de San José barrio Cuba para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente 002-014.—Lic. Guisella Rojas Marín, Notaria.—1
vez.—(IN2014036516).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rubén David Jiménez Rojas, a
las quince horas y treinta minutos del nueve de junio del dos mil catorce y
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera Fabricio Jiménez Barboza, mayor, casado una
vez, mecánico, quien residía en La Rita de Pococí
Limón, cédula siete-ciento sesenta y siete-ciento doce. Se cita y emplaza a
todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada María Socorro Mora
Ramírez, con oficina abierta en Guápiles Pococí
Limón, cien oeste y veinticinco sur de la MUCAP, teléfono 85547126. El original
fue retirado por Rubén David Jiménez Rojas a las catorce horas del diez de
junio del dos mil catorce.—Lic. María Socorro Mora
Ramírez Notaria.—1 vez.—(IN2014036522).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por Óscar Mauricio Garay Gómez,
mayor, soltero en unión libre, técnico en fibra óptica, vecino de la localidad
de Belén de Carrillo, Guanacaste, barrio La Villita, costado sur de la plaza de
deportes, con cédula de identidad número: seis-cero trescientos cincuenta-cero
trescientos cuarenta y siete, Jessica Garay Gómez, quien es mayor, soltera,
educadora, vecina de la localidad de Colorado de Abangares, Guanacaste, ciento
cincuenta metros al oeste de la escuela, con cédula de identidad número:
seis-cero trescientos once-cero setecientos veintidós y Jenny Garay Gómez,
quien es mayor, casada una vez, ama del hogar, vecina del mismo domicilio que
la anterior, con cédula de identidad número: cinco-cero doscientos noventa y
seis-cero trescientos diecinueve, a las nueve horas del veinte de enero del año
dos mil catorce y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el
proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Rigoberto Rutilio Garay
Reyes, quien en vida fuera casado, pensionado, con cédula de identidad número:
cinco-cero ciento veintidós-cero setecientos doce, fallecido el dos de febrero
del año dos mil doce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro
del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del
Lic. Alexánder Gutiérrez Mena, con domicilio
profesional en la ciudad de Santa Cruz, Guanacaste, cincuenta metros al sur el
edificio de Acueductos y Alcantarillados. Teléfono: 2680-0271 ó 8815-6473.—Lic. Alexánder Gutiérrez Mena,
Notario.—1 vez.—(IN2014036580).
Ante
esta notaría cita en Heredia de Burguer King 125 mts al este oficina a mano derecha se está tramitando bajo
el expediente SN 02-2013, el proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera
Bolívar Solano Mata, portador de la cédula de identidad número 1-402-195, quien
falleció el día 7 de febrero del dos mil trece, en la ciudad de Heredia, y se
nombró como albacea a Ena María Estrada Jirón,
portadora de la cédula de identidad número 8-083-102.—Heredia, 11 de junio del
2014.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2014036639).
Ante
esta notaría cita en Heredia de Burguer King 125 mts al este oficina a mano derecha se esté tramitando bajo
el expediente SN 01-2013 el proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera
Moisés Villalobos Soto, portador de la cédula de identidad número 4-105-745,
quien falleció el día 25 de diciembre del 2011, en la ciudad de Heredia, y se
nombró como albacea a Ligia Soto Jiménez, quien dice ser, mayor de edad, viuda,
ama de casa, vecina de Lagunilla de Heredia, portadora de la cédula de identidad
número 1-268-601.—Heredia, 11 de junio del 2014.—Lic. Eddy Cuevas Marín,
Notario.—1 vez.—(IN2014036640).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Florentino Rafael
Montenegro Herrera, quien fue mayor, divorciado, ingeniero agrónomo, vecino de
Alajuela, cédula de identidad número dos-trescientos sesenta y siete-quinientos
cincuenta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
número cero cero cero
cuatro-dos mil catorce. Notaria licenciada María González Campos sita en la
ciudad de Alajuela veinticinco metros sur de esquina sureste del parque
Central. Teléfono 2 442-64-87. Fax. 2442-75-01.—Lic.
María González Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2014036649).
Por
escritura número dieciocho otorgada ante la notaria Yenny
Rock Argüello Chaverri el día 27 de marzo del dos mil
catorce, Wendell Guillermo Montero Bogantes, Karla Ginete Montero Bogantes, Vivien Yanina Montero Bogantes, Alicia María Bogantes Víquez,
última que actúa, como albacea propietaria, y presunta heredera, solicitan la
apertura en sede notarial del sucesorio de Guillermo Jesús Montero Portuguez (quien en vida fue, mayor, casado, pensionado,
cédula de identidad: cuatro-siete ocho cero uno tres cinco, vecino de San
Joaquín de Flores Heredia. Se convoca a los interesados, acreedores se apersonen
ante esta notaría situada en San José avenida diez calle diecinueve casa
diecinueve cero seis para dentro de los treinta días siguientes a la
publicación de este aviso, en defensa de sus derechos, se les previene que
deben señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro judicial de San
José, con la advertencia de que si no lo hacen los bienes pasarán a los que
legalmente correspondan.—Lic. Yenny
Rocío Argüello Chaverri, Notaria.—1
vez.—(IN2014036661).
Se
hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Rosalía Carmona Arias, mayor, viuda, profesión desconocida,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0101850089 y vecina de
San Pedro de Montes de Oca. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer
sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien
corresponda. Expediente N° 14-000161-0164-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea,
5 de junio del 2014.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1
vez.—(IN2014036705).
Se
hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Hugo Valerio Artavia, mayor, casado una
vez, costarricense, con cédula de identidad 0202110353, transportista y vecino
de Ciudad Quesada, setecientos metros oeste del Liceo San Carlos, San Carlos.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se
apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
14-000119-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 27 de mayo del 2014.—Lic. Adolfo
Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014036712).
Se hace saber que en este despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Xenia Goulbourne
Murray, mayor, soltera, secretaria, nacionalidad costarricense, con documento
de identidad 0700550828 y vecina de Limón Centro. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo
aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-000455-0164-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 20 de mayo del 2014.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—(IN2014036714).
Se
hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Luciano Albán Ugarte Camareno, mayor,
divorciado, economista, vecino de Santo Domingo de Heredia, portador de la
cédula de identidad número 0600680308. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a
hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella
pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000194-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 12 de mayo del 2014.—Lic. María Inés Mendoza Morales,
Jueza.—1 vez.—(IN2014036731).
Se
hace saber: Que ante la notaría de la licenciada María Vanessa Roblero Arguedas, se tramita sucesión ab-intestato, en sede
notarial, de quién en vida fue: Hernando Valverde Coronado, mayor, casado una
vez, médico, vecino de Alajuela, cédula uno-doscientos ochenta ciento
veintinueve, falleció el veintidós de mayo del año dos mil dos, así consta en
Defunciones del Registro Civil, Provincia de Alajuela, al tomo: doscientos ocho,
folio: cuatrocientos cincuenta y ocho, asiento: novecientos quince. Se emplaza
a todos los herederos, legatarios, acreedores, y de más interesados en el
presente proceso para que dentro de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos en el
apercibimiento, a quienes crean tener derecho a la herencia, de que si no se
presentan en este plazo, aquella pasará a quien en derecho corresponda. La
notaría se encuentra situada en la ciudad de Alajuela, veinticinco metros sur y
setenta y cinco metros este de Mc Donald’s Tropicana.—Alajuela, 12 de junio del 2014.—Lic. María Vanessa Roblero Arguedas, Notaria.—(IN2014036833).
Por
escritura otorgada en esta notaría a las quince horas del treinta de mayo de dos
mil catorce comparecieron los señores Rubén Claudio Acuña López, cédula
nueve-cero catorce-setecientos cuarenta y tres y sus hijas Grettel,
cédula dos-cuatrocientos cincuenta y cuatro-ochocientos treinta y uno, Shirley,
cédula uno-ochocientos treinta y cuatro-ciento setenta y cuatro y Mauren, cédula uno-novecientos setenta y dos-novecientos
ochenta y ocho, las tres de apellidos Acuña Blanco a solicitar la apertura en
sede notarial del proceso sucesorio de María Estrella Blanco Gómez, cédula
uno-trescientos cuatro-setecientos doce. Comprobado el fallecimiento se declara
abierto el mismo y se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro
del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de esta
publicación comparezcan a esta notaría sita en Alajuela Naranjo frente a
Clínica de Especialidades Médicas San Gerardo a hacer valer sus derechos.—Naranjo, treinta y uno de mayo del dos mil catorce.—Lic. Analive Matamoros López, Notaria.—1
vez.—(IN2014036851).
Se
hace del conocimiento público que ante esta notaría, a las catorce horas
treinta minutos del día veinte de mayo del año dos mil catorce, se procedió a
la apertura y tramitación del proceso sucesorio en sede notarial de quien en
vida fue: Jonathan Barboza Cruz, mayor, soltero, regente farmacéutico,
costarricense, titular de la cédula de identidad número uno-un mil trescientos
veintitrés-cero doscientos noventa y ocho, vecino de San José, San Isidro de
Coronado, Residencial El Portón del Prado, casa veintitrés A. Se emplaza a
todos los interesados en este proceso sucesorio, para que dentro del plazo
máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del
licenciado Juan Guillermo Tovar González, notario público, con oficina en
Montes de Oca, San Pedro, OfiMall San Pedro oficina
cuarenta y uno dos. Teléfono 2225-6969, fax 2253-6050. Apercibidos de que si no
lo hicieren la a quien en derecho corresponda.—San
Pedro de Montes de Oca, a las diez horas del veintiuno de mayo dos mil
catorce.—Lic. Juan Guillermo Tovar González, Notario.—1
vez.—(IN2014036865).
Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores e
interesados en la sucesión de Fernando Paniagua Mendoza, mayor, casado una vez,
abogador con cédula de identidad N° 5-186-400, vecino de Santa Ana de Belén de
Carrillo, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir
de la publicación de este aviso, se apersonen a esta notaría ubicada en
Filadelfia de Carrillo. Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional, a hacer valer
sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo,
la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del licenciado Roberto Paniagua
Vargas, teléfono 2688-8661, fax 2688-8682.—Filadelfia,
28 de mayo del 2014.—Lic. Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1
vez.—(IN2014036886).
Se hace saber: Que en la notaría de la licenciada
Ana Cedin Vásquez Solórzano, ubicada en Palmares,
Alajuela, frente al gimnasio del Colegio Experimental Bilingüe, se tramita
proceso sucesorio notarial ab intestato de quien en vida fue Mayda Rodríguez Campos, mayor, cédula dos-doscientos
tres-cero ochenta y seis, cocinera, quien fue vecina de Buenos Aires de
Palmares, Alajuela Se emplaza a herederos, acreedores y en general a todos los
interesados para que en el plazo de treinta días a partir de la fecha de la
publicación de este edicto, comparezca hacer valer los derechos, con el
apercibimiento de que si no lo hicieren en el plazo dicho, la herencia pasara a
quien en derecho corresponda de conformidad como en derecho corresponde.
Expediente cero cero uno-dos mil catorce.—Palmares, Alajuela, diez de junio del año dos mil
catorce.—Lic. Ana Cedin Vásquez Solórzano, Notaria.—1 vez.—(IN2014036888).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría
por Irania Meléndez Herrera, mayor, viuda, empresaria, cédula seis-ciento
sesenta y seis-novecientos treinta, vecina de ciento cincuenta metros este de
la Iglesia Evangélica Gradas de Fe, de Canoas, Alajuela, a las trece horas del
cinco de junio del dos mil catorce y comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Álvaro
Picado Campos, quien en vida fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino con
la anterior, cédula nueve-cero seis dos-ocho siete nueve, fallecido el
veintitrés de noviembre del año dos mil doce. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría
a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Luis Diego Salazar Gonzalo,
propiamente de la Toyota en Paseo Colón, 300 metros norte, cien este y 25 sur,
edificio 371 planta baja. Teléfono 2256-0048.—Lic.
Luis Diego Salazar Gonzalo, Notario.—1 vez.—(IN2014036911).
Se
emplaza a todos los interesados en la sucesión de Myriam Araya Araya, quien en vida fuera mayor, viuda una vez, ama de
casa, cédula de identidad número dos-trescientos diecinueve-trescientos
ochenta, vecina de Alfaro de San Ramón de Alajuela, para que en el plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca a
reclamar sus derechos, asimismo se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Exp. N° 001-2014. Notaría del
Bufete Salas Rodríguez.—San Ramón, Alajuela, doce de
junio del dos mil catorce.—Lic. Frineth María Salas
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(IN2014036933).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría
por la señora Lucinia Rosales Arias, cédula
dos-trescientos veinticinco-ciento cuarenta y ocho, a las diez horas del diez
de mayo del dos mil catorce y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato quien en vida fuera Enrique Madrigal Vindas, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor,
cédula de identidad número cuatro-cero noventa y nueve-seiscientos setenta y
tres, quien falleció el día veintidós de abril del dos mil doce. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta
días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Maurin Zúñiga Núñez. San Isidro de El General, Pérez Zeledón,
San José, frente a Clínica Labrador. Teléfono 2772-3235.—Lic.
Maurin Zúñiga Núñez, Notario.—1
vez.—(IN2014036941).
Ante
mi notaría se han apersonado por medio de escrito con fecha del tres de junio
del año dos mil trece, el señor Homero Gamboa Cantillo, cédula tres-ciento
noventa y cuatro-novecientos cincuenta y dos, en calidad de únicos y
universales herederos de quien en vida fue Disney Elsio
De Corpus Christi Gamboa Cantillo quien fue mayor, soltero, cédula
uno-seiscientos setenta y ocho-setecientos ochenta y cinco, vecino de San
Isidro de El General frente a la escuela Pedro Pérez Zeledón. Fallecimiento
inscrito en el Registro Civil. Se cita a los interesados para que dentro del
término de treinta días contados a partir de la única publicación de este
edicto concurran a mi notaría a hacer valer sus derechos, la cual se ubica en
San Isidro de El General diagonal a las oficias centrales de Coopealianza. Es todo.—Tres de
junio de dos mil catorce.—Lic. Jenny Sandí Romero, Notaria.—1
vez.—(IN2014036943).
Se
cita y se emplaza a los posibles interesados en la sucesión de quien en vida
fue el señor Marcelino Méndez Cordero, mayor, casado una vez, comerciante
cédula número dos-uno siete cero-ocho cero dos y vecino de San Joaquín de
Flores de Heredia para que en el plazo de treinta días contados a partir de la
publicación del edicto en el Boletín Judicial comparezcan a reclamar sus
derechos los que crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que si no lo
hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente
número cero cero cero
uno-dos mil catorce.—Lic. Monika
Rodríguez Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2014036945).
Mediante
acta de apertura presentada ante esta notaría por la señora Jorgelina
Vásquez Angulo, de calidades en autos conocidas, a las catorce horas del
veintiuno de febrero del dos mil catorce, comprobado el fallecimiento, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de Cita Sabas Angulo
Ruiz, conocida como Damaris Angulo Ruiz, quien en vida fue mayor, divorciada
una vez, del hogar, de sesenta y nueve años, cédula número cinco-cero noventa y
ocho-ciento cincuenta y cuatro, quien en vida fue vecina de Ortega de Santa
Cruz, Guanacaste, y a su fallecimiento era vecina de Bolsón de Santa Cruz,
Guanacaste, ciento veinticinco al oeste del Rancho Camino Real, fallecida el
cuatro de junio del dos mil once. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos. Notaría del licenciado Edgar Pizarro Matarrita,
Santa Cruz de Guanacaste, veinticinco metros del Patronato Nacional de la
Infancia. Teléfono dos seis ocho cero-cero nueve-sesenta y ocho.—Santa Cruz, doce de junio del dos mil catorce.—Lic. Edgar
Pizarro Matarrita, Notario.—1
vez.—(IN2014036950).
Mediante
acta de apertura presentada ante esta notaría por la señora Teresa Luisiana
Gómez Gómez, de calidades en autos conocidas, a las
trece horas del diecisiete de febrero del dos mil catorce, comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de Omar Vidal Chavarría Gómez, mayor, soltero, jornalero, cédula número
cinco-doscientos cuarenta y tres-ciento sesenta y siete, vecino de Guaitil de Santa Cruz, Guanacaste, un kilómetro al sur de
la plaza de deportes, fallecido el día treinta y uno de mayo del dos mil trece.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del
licenciado Edgar Pizarro Matarrita. Santa Cruz de
Guanacaste, veinticinco metros del Patronato Nacional de la Infancia. Teléfono
dos seis ocho cero-cero nueve-sesenta y ocho.—Santa
Cruz, veintiuno de mayo del dos mil doce.—Lic. Edgar Pizarro Matarrita, Notario.—1
vez.—(IN2014036952).
Se hace saber que en esta notaría se tramita el
proceso sucesorio del causante: Fernando Vinicio Masís
Brenes, quien era mayor de edad, casado una vez, funcionario público, vecino de
Cartago, Agua Caliente, calle Los Pinares, frente al Bar Pinares, casa de
enchape color café y quien portó la cédula de identidad tres-doscientos setenta
y dos-seiscientos veintinueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a quienes crean tener derechos hereditario,
de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquello pasará a quienes
corresponda. Exp. N° 005-2014. Notario Jorge Monge
Jiménez, cuarenta metros sureste del Club Social División, Tejar del Guarco.—Cartago, nueve de junio del año dos mil
catorce.—Lic. Jorge Enrique Monge Jiménez, Notario.—1
vez.—(IN2014036969).
Ante
la notaría de la licenciada Adriana Varela Solís, se solicita la apertura de la
sucesión notarial de quien en vida fue Roberta Naranjo Morales, mayor, casada,
vecina de Cartago, El Guarco, Urbanización Las
Catalinas, cédula de identidad 1-0271-0988. Se cita y emplaza a los interesados
a que se apersonen en el plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, a esta notaría situada en San José, Barrio Amón,
del Invu cien metros al oeste. Condominio Travancor, en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento
de que si así no se hiciera dentro del término indicado, la herencia pasará a
quien corresponda sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho. Exp. N° 01-2014.—Lic. Adriana
Varela Solís, Notaria.—1 vez.—(IN2014036974).
Mediante acta de apertura de las dieciocho horas del
nueve de junio del dos mil catorce, otorgada ante esta notaría por Eduardo
Enrique, Adrián Ricardo y Jacqueline Patricia todos Jara Castro, a las
dieciocho horas del nueve de junio de dos mil catorce, y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de quien en vida fuera Ellieel Madrigal Moreira,
conocida como Ellisel Castro Madrigal quien era
mayor, viuda una vez, del hogar, vecina de Heredia, Mercedes Norte,
Urbanización Doña Fernanda. Casa once-A, y con cédula de identidad número:
uno-doscientos cuarenta y cuatro-novecientos diecinueve, fallecida el día
treinta de octubre de dos mil trece en su domicilio. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer
valer sus derechos. Notaría del licenciado Marvin Esteban Matarrita
Bonilla, con oficina en Río Segundo de Alajuela, doscientos metros al sur de la
antigua Aduana Las Cañas, con teléfono número dos dos
seis cero-nueve siete-dos cinco.—Lic. Marvin Esteban Matarrita
Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2014036980).
Se
hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio notarial de
Roxana Lobo Alfaro, quien en vida fue, casada una vez, enfermera profesional,
cédula: dos-cero trescientos treinta y nueve-cero cero treinta y ocho, vecina
de Puntarenas, Esparza. Se cite y emplaza a todos los interesados, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Exp. N° 01-2014. Notaría del bufete de la licenciada Meilyn Barrantes Artavia, notaria
con oficina abierta al público en la ciudad de Puntarenas, Esparza, Nances,
doscientos metros al sur de la cancha sintética.—Puntarenas,
doce de junio del 2014.—Lic. Marleny Mendoza
Elizondo, Notaria.—1 vez.—(IN2014036987).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Miriam Cubero Carmona,
quien en vida fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Urbanización
José María Zeledón, Zapote, San José, cien metros al este de la plaza, cédula
de identidad seis-cero tres cuatro-siete uno ocho, para que dentro del plazo de
treinta días naturales a partir de esta publicación comparezcan ante esta
notaría situada en San José, barrio Don Bosco, ciento veinticinco metros al
este y veinticinco metros al sur de la Funeraria del Recuerdo, a hacer valer
sus derechos bajo el apercibimiento que en caso de no nacerlo la herencia
pasará a quien en derecho corresponda. Exp. N°
2014-0002.—San José, 11 de junio del 2014.—Lic.
Eduardo García Chaves, Notario.—1 vez.—(IN2014036997).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría
por Rosa Lorena Rodríguez Solera, mayor, sortera, del hogar, vecina de
Alajuela, San Rafael, de la Escuela Julia Fernández setenta y cinco metros
norte y doscientos cincuenta metros al oeste, con cédula de identidad numero:
dos-cuatrocientos doce-seiscientos sesenta y uno, a las once horas del
veintitrés de mayo del dos mil catorce y comprobado el fallecimiento, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio acumulado ab intestato de quien en
vida fuera Luz Marina Solera Alvarado, quien tenía las siguientes calidades:
mayor de edad, del hogar, casada dos veces, vecina de Alajuela, San Rafael, de
la Escueta Julia Fernández setenta y cinco metros norte y doscientos cincuenta
metros al oeste, con cédula de identidad numero: dos-doscientos
quince-seiscientos treinta y dos, y Juan José Arguedas Fuentes, mayor, casado
una vez, agricultor, vecino de Alajuela, San Rafael, de la Escuela Julia
Fernández setenta y cinco metros norte y doscientos cincuenta metros al oeste,
con cédula de identidad numero: dos-doscientos sesenta y cinco-cuatrocientos
cuarenta y cinco. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del
licenciado Aníbal Gerardo Jiménez Salas, Alajuela centro, setenta y cinco
metros al oeste del Cuerpo de Bomberos. Teléfono: 8828-7171.—Lic.
Aníbal Gerardo Jiménez Salas, Notario.—1
vez.—(IN2014037008).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de Alex Geovanny López Esquivel, quien fue mayor, casado, con
cédula de identidad N° 01-0774-0162, vecino de Aserrí,
Salitrillos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Exp. N° 131002680217CI-01.—Juzgado Contravencional de Menor
Cuantía de Aserrí, 28 de abril del 2014.—Lic.
Adriana Jara Benavides, Jueza.—1 vez.—(IN2014037011).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Ángela Artavia Álvarez, mayor,
divorciada, con documento de identidad 0201900962 y vecina de San Ramón de
Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Exp. Nº 14-000039-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela
(San Ramón), 15 de mayo del 2014.—Lic. Minor
Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014037042).
Ante esta notaría, se presenta la señora Flora
Esmeralda Cambronero Flores, portadora de la cédula
de identidad número uno-trescientos cinco-ochocientos trece, en su condición de
cónyuge del causante, para solicitar la apertura del proceso sucesorio
extrajudicial del señor Alfredo William Herrera Corrales, quien fue mayor,
casado una vez, agricultor, vecino de Escazú, San Rafael, Alto de las Palomas,
Urbanización Mirador, portador de la cédula de identidad número uno-doscientos
cuarenta y nueve-cero cero tres. Con ese objeto, y de conformidad con el
artículo novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil, se emplaza a
los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó
Alfredo William Herrera Corrales, quien falleció el veintitrés de julio de dos
mil trece, para que en el término de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen en este proceso sucesorio extrajudicial
a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren
dentro del indicado termino, la herencia pasara a quien corresponda. Exp. N° 2502-01-2013. Licenciado Álvaro José Meza Lazarus, Bufete Econojuris
Abogados, sita en San José, San Pedro de Montes de Oca, barrio Los Yoses, costado norte de la iglesia de Nuestra Señora de
Fátima).—San José, 11 de noviembre del 2013.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1
vez.—(IN2014037045).
Ante
mí, Lic. Gladys Tapia Masís, notaria con oficina en
San José, mediante escritura número doscientos cuatro otorgada a las catorce
horas del veintiséis de junio del año en curso, visible al folio ochenta frente
del tomo sexto de mi protocolo, se tiene abierto ante esta notaría el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Manuela Alcedo Bustos, quien fue mayor,
viuda una vez, ama de casa, vecina del mismo lugar, cédula ocho cero cero cinco siete cero seis siete cuatro, vecina de Los
Sauces, San Francisco de Dos Ríos, San José, quien falleció el veintiséis de
octubre del dos mil trece en su casa de habitación. Se invita a terceros con
algún derecho, para que hagan valer su derecho ante esta notaría, sita diagonal
al Liceo Castro Madriz. Barrio Córdoba. Bufete Zamora y Asociados. Es todo.—San José, a las diez horas del ocho de junio del año dos
mil catorce.—Lic. Gladys Tapia Masís, Notaria.—1 vez.—(IN2014037094).
Se
hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Alex
Geovanny López Esquivel, quien fue mayor, casado, con cédula de identidad
número 01-0774-0162, vecino de Aserrí, Salitrillos.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, que, si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente
N° 131002680217CI-01.—Juzgado Contravencional
de Menor Cuantía de Aserrí, 28 de abril del
2014.—Lic. Adriana Jara Benavides, Jueza.—1
vez.—(IN2014037145).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Juan
Bautista Rodríguez Ramírez, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de
Guácimo, Rio Jiménez, cédula de identidad número: seis-cero veintiséis-cero
ochenta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se
percibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría Bufete
Edwards y Asociados.—Lic. Gustavo Edwards Valerín, Notario.—1
vez.—(IN2014037164).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue
Daisy Otilia Vasconcelos Vasconcelos, mayor, casada
una vez, del hogar, vecina del mismo domicilio que el anterior, cédula de
identidad número: cinco-ciento treinta y dos-ciento treinta y nueve., para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se percibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Notaría Bufete Edwards y Asociados.—Lic. Gustavo Edwards Valerín,
Notario.—1 vez.—(IN2014037168).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de quien en vida fue Fernando Antonio Ramírez Álvarez, mayor, casado
una vez, agricultor, vecino de Guácimo, cédula de identidad número:
uno-trescientos seis-seiscientos noventa y uno, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos, y se percibe a los que crean tener calidad de herederos
que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Notaría Bufete Edwards y Asociados.—Lic.
Gustavo Edwards Valerín, Notario.—1
vez.—(IN2014037171).
Se
emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la sucesión de Edgar
Gerardo Quesada Vargas, mayor, casado una vez, vecino de Alajuela de Grecia,
cédula de identidad 9-0038-0401, con el fin de que se apersonen dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación del presente edicto
a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2014. Sucesión en sede
Notarial de Edgar Gerardo Quesada Vargas, Notaría del Lic. Walter Gerardo Gómez
Rodríguez sita en San José, de la Fundación Omar Dengo ciento veinticinco
metros sur.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez,
Notario.—1 vez.—(IN2014037296).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Erick Arnoldo Carvajal
Sánchez, quien fue mayor de edad, casado en segundas nupcias, auditor, portador
de la cédula de identidad número uno-ochocientos noventa y tres-cuatrocientos
cincuenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, ante esta
notaría ubicada en San José, de Acueductos y Alcantarillados, Paseo los
Estudiantes, doscientos metros al este y veinticinco metros al sur, edificio
diez treinta, segundo piso, oficinas once y doce y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 002-2014.—Lic.
Ruth Alexandra Ramírez Jiménez, Notaria.—1
vez.—(IN2014037317).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión María Magdalena Soto González, mayor, ama de casa, vecina de
Puntarenas, cédula 6-055-447 y José Joaquín Elizondo Argüello, mayor, viudo,
pensionado, cédula 4-070-556, para que dentro del plazo máximo de treinta días
naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante
esta notaría situada en Puntarenas, de la Casa de la Cultura 25 metros al este.
Se apercibe a quiénes crean tener derecho en calidad de herederos de que de no
presentarse en el plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
0004-2014.—Lic. Guillermo Carballo Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014037323).
Se
hace saber: Que ante esta notaría, según Expediente 001-2014, se tramita juicio
sucesorio de Luis Fernando Calvo Vega, mayor, casado una vez, auxiliar de
topógrafo, cédula de identidad tres-ciento cuarenta y uno-novecientos treinta y
siete, y vecino de Cartago, Paraíso, Laguna de Doña Ana, casa ciento ochenta y
nueve, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación del
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Según auto de las ocho horas del nueve de junio del
dos mil catorce, se ha nombrado como Albacea provisional a Teresa Solano Sojo,
mayor, viuda una vez, administradora del hogar, cédula tres-ciento
sesenta-cuatrocientos, vecina de Cartago, Paraíso, Laguna de Doña Ana, casa
ciento ochenta y nueve. Expediente 001-2014, Notaría Pública, Melissa Salazar
López, Cartago, Invu, Oreamuno,
casa cuarenta y ocho, fax 2552-0370, correo electrónico
salazar2882@gmail.com.—Cartago a las ocho horas del diez de junio del dos mil
catorce.—Lic. Melissa Salazar López, Notaria.—1 vez.—(IN2014037354).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría
por María Gabriela Capon Brenes, a las trece horas
del seis de junio del dos mil catorce, y comprobado el fallecimiento, esta
Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Olma Violeta Brenes Brenes, quien portó la
cédula de identidad costarricense número uno-ciento noventa y
cuatro-seiscientos setenta y cuatro, fallecida el veinticuatro de febrero del
dos mil catorce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Se les
apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda y acerca del
señalamiento de lugar o medio para la atención de sus notificaciones, bajo los
apercibimientos de ley en caso de omisión. Notaría de la Lic. Melissa
Villalobos Ceciliano, en San José, Santa Ana, Forum II, Edificio N, piso cinco, Rucavado
& Rucavado Abogados Teléfono 2282-3300, fax
2282-3330. Expediente 01-2014. Notaría del Bufete Rucavado
& Rucavado Abogados.—Lic.
Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(IN2014037355).
Por escritura número doscientos treinta y nueve, otorgada
ante el Notario José Fidelio Castillo Pérez, con
oficina abierta en San José, Pavas centro, del correo, cien metros al sur,
doscientos metros al oeste y veinticinco metros al norte, a las catorce horas
del doce de junio del año dos mil catorce, se ha abierto y tramita el proceso
sucesorio ab intestato en sede Notarial de quien en vida se llamó José Israel
del Carmen González Hernández, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, con
cédula de identidad número tres-ciento nueve-trescientos treinta y ocho, vecino
de San José, Hatillo centro, Barrio Reina de los Ángeles, de Coopeirazú, trescientos metros al oeste y ciento cincuenta
metros al norte, por lo que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto, cito y emplazo a todas aquellas personas que
se consideren con interés legítimo dentro del presente proceso para que se
apersonen a mi oficina a hacer valer sus derechos, en el entendido de que si no
lo hicieren dentro del plazo dicho la herencia pasara a quienes habiéndose
apersonado, demostraren tener derecho a sucederle. Expediente N° 0001-2014.—San José, Pavas, 12 de junio del 2014.—Lic. José Fidelio Castillo Pérez, Notario.—1
vez.—(IN2014037386).
Se
citan y emplazan a los herederos, legatarios y demás interesados. Por el plazo
de treinta días hábiles a partir de esta publicación, para que se apersonen en
proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera Bernardino de Jesús López
Espinoza, quien fuera mayor de edad, cédula de identidad número cinco-cero
ciento setenta y cinco-cero ciento setenta y nueve, soltero, agricultor, vecino
de Santa Cruz, Guanacaste, en Barrio El Manchón de Arado, de Antiguo Bar Mi
Ranchito trescientos metros al oeste, cuyo último día de vida fue el veintidós
de noviembre del año dos mil trece, fallecimiento inscrito en el Registro de
Defunciones del Registro Civil Partido de Guanacaste al tomo ciento ocho, folio
setenta y cinco, asiento ciento cincuenta, para que se apersonen a los autos a
hacer valer sus derechos, o de lo contrario la herencia pasará a quien
corresponda. Deberán apersonarse ante la Notaría del Lic. Evans Ramos Sibaja, ubicada en la ciudad de Santa Cruz, Guanacaste,
trescientos metros de la Tienda Bella Florida, o al fax número veintiséis
ochenta-noventa cuarenta y cinco.—Lic. Evans Ramos Sibaja,
Notario.—1 vez.—(IN2014037402).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de María Felipa Quesada Quesada conocida
como Rosario Quesada Quesada y como Rosario Quesada
Rodríguez, cédula cinco-cero cero cero setenta y uno-cero
seiscientos setenta y nueve, comerciante y vecina de Liberia. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Notaría ubicada en
Sabana Norte, avenida 5, calles 42 y 44. Expediente N° 0002-2014.—Lic. María José Yglesias Ramos,
Notaria.—1 vez.—(IN2014037432).
Se convoca por medio de edicto que se
publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran
derecho a la tutela de la menor: Mariel Fernanda Bonilla Ponce, menor de edad,
de nacionalidad costarricense, hija de Keila Margarita Bonilla Ponce, nacida el
doce de abril del dos mil tres, en Centro Liberia, Guanacaste, ya por haber
sido nombrados, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro
del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del
último edicto. Expediente N° 14-000359-0938-FA. Proceso de tutela. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste (Liberia), 10 de junio del 2014.—Msc.
Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—(IN2014036787). 3
v. 1.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Lic. Valeria Arce Ihabadjen,
Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José, hace saber a Tannia Virginia Molina Cedeño, documento de identidad N°
912560745, casada, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso
un proceso nulidad de matrimonio en su contra, bajo el expediente N°
14-000093-0186-FA donde la Procuraduría General de la República interpone
inexistencia de matrimonio con base a la declaración del señor Carlos Eduardo
Castro Rojas quien indica no conocer a su esposa ni haber convivido con ella.
Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de la Procuraduría
General de la República contra Tannia Virginia Molina
Cedeño. Expediente N° 14-000093-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 20 de mayo del 2014.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1
vez.—(IN2014036781).
Msc. Eddy Rodríguez Chaves,
Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia), a Faerron Vargas Mario Gerardo, en su
carácter personal, quien es mayor, soltero, vecino de desconocido, cédula N°
0501950359, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono,
establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Faerron
Vargas Mario Gerardo, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia), a las catorce horas y veinticuatro minutos del diez de junio del dos
mil catorce. Se tiene por establecido el presente proceso especial de
declaratoria de abandono del menor Snayder Alexander
y Alison Alexandra ambos de apellidos Faerron
Morales, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Faerron Vargas Mario Gerardo, a quien se le concede el
plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la
solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y
122 del Código de Familia. Encontrándose ausente el demandado se nombra a la
Lic. Escarleth Jiménez Li como curador procesal a
quien se le previene comparecer a este Despacho, dentro del plazo de cinco
días, a aceptar y jurar el cargo. En ese mismo plazo, en el primer escrito que
presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07
celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo. b) sexo. c) fecha de nacimiento. d)
profesión u oficio. e) si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) estado
civil. g) número de cédula. h) lugar de residencia. Se le advierte que si no
contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con
una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el
artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia.
Notifíquese ésta resolución al curador procesal por medio del lugar señalado.
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y
Otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia). Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez. Lo anterior se ordena así
en proceso declaratoria judicial de abandono de Patronato Nacional de la
Infancia contra Mario Gerardo Faerron Vargas.
Expediente N° 14-000361-0938-FA.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 11 de junio del
2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1
vez.—(IN2014036790).
Esta notaría ha recibido solicitud de matrimonio de
Mireya Inés Castillo Araya, menor de edad con inscripción de nacimiento
1-1682-0506 y Josué Alonso García Torres con cédula 7-0204-0602. Cualquier
oposición deberá ser comunicado al correo electrónico bufetelobo@gmail.com
dentro de los ocho días naturales siguientes a esta publicación.—Lic. Eduardo Lobo Madrigal, Notario.—1
vez.—(IN2014036620).
Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de
Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, han comparecido a este
despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Walter Francisco Oviedo
Rivas, mayor, soltero, jornalero, portador de la cédula de identidad número
0702380677, vecino de Cariari, Los Ángeles,
quinientos metros al norte de la plaza de deportes, casa de madera, color
blanca, hijo de Franklin Oviedo Leal y Felipa Rivas Aguirre, nacido en
Guápiles, Pococí, Limón, el cinco de setiembre del
mil novecientos noventa y cinco, con dieciocho años de edad y Joseline Adriana Loría Cortes,
mayor, soltera, del hogar, portadora de la cédula de identidad número
0702290863, vecina de Cariari, Los Ángeles,
cuatrocientos metros al norte de la plaza de deportes, casa de cemento, color
rosada, hija de Orlando Loría Núñez y Pilar
Auxiliadora Cortes Gutiérrez, nacida en Guápiles, Pococí,
Limón, el veintiséis de agosto de mil novecientos noventa y cuatro, actualmente
con diecinueve años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de
manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente N° 14-000474-0932-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Juan Damián
Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2014036711).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los
contrayentes: Dailan Alfonso Chacón Borbón, mayor,
soltero, docente en Cartago, cédula de identidad número tres-cuatrocientos
veinticuatro-cuatrocientos noventa y cinco, hijo de Alfonso Chacón Vargas y
Ligia Borbón Barquero, nacido en centro de Turrialba, Cartago, el veintitrés de
noviembre de mil novecientos ochenta y siete, con veintiséis años de edad, y
Tatiana González Vargas, mayor, soltera, docente de preescolar en el Kinder, cédula de identidad número tres-cuatrocientos
veintiséis-quinientos treinta y cuatro, hija de Enrique González Fonseca e
Iveth Vargas Granados, nacida en Las Américas de Turrialba, Cartago, el primero
de marzo de mil novecientos ochenta y ocho, actualmente con veintiséis años de
edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento
legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 14-000089-0675-FA-I.—Juzgado de Familia de Turrialba, 11 de junio del
2014.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1
vez.—(IN2014036778).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, los
señores: David Sánchez Martínez, costarricense, de 30 años, soltero, operario,
cédula de identidad N° 503390681, nacido el 7 de junio de 1984, hijo de Álvaro
Sánchez Pérez y Efigenia Martínez Araya, vecina de
Puntarenas, Barranca, Juanito Mora, de la cuarta entrada, 300 metros al sur y
25 metros al oeste, y la señora: Hannia Rojas
Rodríguez, costarricense, de 27 años de edad, soltera, ama de casa, cédula de
identidad N° 603600343, nacida el 1° de noviembre de 1986, hija de Óscar Rojas
Esquivel y Grettel María Rodríguez Salas, vecina de
Puntarenas, Esparza, Juanilama, 125 metros al
noroeste de la calle Molejones. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación de este edicto. Expediente N° 14-000481-1146-FA.—Juzgado
de Familia de Puntarenas, 10 de junio del 2014.—Lic. Alberto Jiménez Mata,
Juez.—1 vez.—(IN2014036791).
Ante
esta notaría, Ashley Marie (nombre) Cole (apellido) sin segundo apellido en
razón de su nacionalidad estadounidense, portadora del pasaporte de su país
número cuatro ocho nueve seis seis tres cero ocho
seis y Jacob Eric (nombre) Yates (apellido) sin segundo apellido en razón de su
nacionalidad estadounidense portador del pasaporte de su país número tres cero
seis nueve nueve cuatro tres cuatro nueve, han
solicitado licencia para contraer matrimonio civil. Se cita a terceros e
interesados a presentar las oposiciones si las hubiera mediante envío de fax al
2653-2153.—Playa Tamarindo, Guanacaste, 12 de junio
del 2014.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1
vez.—(IN2014037391).