BOLETÍN
JUDICIAL N° 132 DEL 10 DE
JULIO DEL 2014
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Manuel Mora
Hernández, quien fue mayor, casado, vecino de Liberia, cédula de identidad N°
0107150813, y falleció el 18 de setiembre del 2003, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 14-000052-0945-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 14-000052-0945-LA. Proceso promovido por Elsie Córdoba Solís.—Juzgado de
Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia),
3 de abril del 2014.—Lic. Carlos Humberto Venegas Avilés, Juez.—1 vez.—(IN2014042003).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Gabriel Moya Vega,
mayor, cédula N° 3-0397-0138, casado, vecino de Turrialba, fallecido el 25 de mayo
del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el
número 14-000238-1001-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
14-000238-1001-LA, a favor de Wendy Brenes González.—Juzgado
de Trabajo de Menor Cuantía de Turrialba, 26 de junio del 2014.—Lic.
Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—(IN2014042006).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones legales del
fallecido: Jorge Jiménez Castillo, quien en vida fue mayor, casado, cédula de
identidad N° 2-0290-1409, se consideren con derecho a las mismas, para que
dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas bajo en número 14-300002-0319-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo,
apercibidos de que si no lo hicieren, el dinero se entregará a quien así lo
demuestre.—Juzgado Contravencional de Palmares,
seis de junio del dos mil catorce.—Lic. Ivannia
Quesada Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2014042024).
A los que en
carácter de causahabientes de Santos Isabel Cárdenas Sequeira, cédula N°
2-0503-0888, fallecido el día 24 de junio del 2006, se les hace saber que: Luz Ania López Quesada, portadora de la cédula N° 2-0481-0456,
vecina de San Rafael de Guatuso de Alajuela, se apersonó en este Despacho en
calidad de madre de su Santos Andrés Cárdenas López del fallecido a fin de
promover las presentes diligencias de consignaciones de ahorros del Fondo de
Capitalización Laboral. Por ello, se les cita y emplaza, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Consignación de devolución de ahorros obligatorios del
trabajador fallecido: Santos Isabel Cárdenas Sequeira. Expediente N°
14-300007-324-LA.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Guatuso.—Lic. Alcibíades Jiménez García, Juez.—1 vez.—(IN2014042025).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros
legales del fallecido: Carlos Jesús Ulate Montoya,
cédula de identidad N° 06-0051-0824, quien fue mayor, costarricense, casado,
pensionado, hijo de Francisco Ulate Brenes y Victoria
Montoya Mora, vecino de Piedras Blancas, La Florida, 350 metros sur de la
Escuela, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo
improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto,
se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el
número 14-300031-0442-LA-3, establecido por Juanita Chavarría Navarrete, hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y Menor
Cuantía de Osa, a las ocho horas del tres de junio del dos mil trece.—Lic.
Frank Mckenzie Peterkin,
Juez.—1 vez.—(IN2014042028).
Se cita a todos
los causahabientes de Óscar Pérez Jiménez, quien fue mayor, divorciado una vez,
empleado municipal, vecino de Puriscal, cédula de
identidad N° 9-068-546, fallecido el doce de mayo del dos mil catorce, para que
dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen en estas diligencias a hacer valer sus derechos. Artículo
85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-300046-0197-LA.—Juzgado
Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 19 de
junio del 2014.—Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.—1 vez.—(IN2014042031).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando habitación familiar citas 0372-00010428-01-0002-001 y habitación
familiar citas 0372-00010428-01-0803-001; a las catorce horas y cero minutos
del veinticuatro de julio de dos mil catorce, y con la base de dos millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número sesenta mil setecientos ochenta y uno cero cero uno, cero cero dos la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 Sierra,
cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Aquiles
Castillo Ledezma; al sur, Rafael Vindas
Vindas; al este Río Cañas y al oeste, calle pública
con 8m. Mide: doscientos cuarenta y un metros con sesenta y cuatro decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del doce de agosto de dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de agosto de
dos mil catorce con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Fernando Castillo Martínez, Xinia María Vindas Carranza. Exp. N° 13-005298-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas,
23 de enero del 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014042742).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre sirviente, inscrita al tomo 332, asiento
6940-01-0042-001, servidumbre trasladada, inscrita al tomo 332, asiento
6940-01-0913-001, a las nueve horas y cero minutos del veintiocho de julio del
dos mil catorce y con la base de treinta y tres millones trescientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 516456-001 y 002, la cual es terreno lote 21 D
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 San Felipe,
cantón 10 Alajuelita de la provincia de San José.
Colinda: al norte, lote veinte D; al sur, Quintalena
S. A.; al este, lote veintidós D y calle pública con frente de 7.00 metros; y
al oeste, lotes cuatro D, tres D, dos D, uno D. Mide: ciento veinte metros con
cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del doce de agosto del dos mil catorce, con la base
de veinticuatro millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del veintiocho de agosto del dos mil catorce,
con la base de ocho millones trescientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Erika María
Mendieta Rocha, Marcos Antonio Jiménez Zamora, Sergio Dennis González Quintero.
Expediente: 14-009265-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de
junio del 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014042749).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 372-13711-01-0902-001; a las quince
horas y quince minutos del dieciocho de agosto del dos mil catorce, y con la
base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
182709-000 cero cero cero
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1 La Cruz, cantón La
Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Maynor
Gerardo González Jiménez; al sur, calle pública; al este, Maynor
Gerardo González Jiménez, y al oeste, Gerardo González Jiménez. Mide:
trescientos setenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y quince minutos del dos de setiembre del dos mil
catorce, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y quince minutos del dieciocho de setiembre de dos mil catorce con la base de
un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de
Ahorro y PR contra Rosaura Andrea Martínez González, expediente N°
13-012205-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de mayo del año
2014.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014043186).
En
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; y al ser las nueve horas y
veinticinco minutos del cuatro de agosto del dos mil catorce, y con la base de
cincuenta y un mil doscientos setenta y dos dólares, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento diecisiete mil cuatrocientos cuatro cero cero cero la cual es terreno inculto para construir. Situada en
el distrito 3 San Francisco, cantón 1 Heredia, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Emilio Piedra Jiménez; al sur, calle pública; al este, Radio
Victoria Limitada, y al oeste, Emilio Piedra Jiménez. Mide: doscientos setenta
y nueve metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y veinticinco minutos del veinte de agosto del dos mil
catorce, con la base de treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y cuatro
dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y veinticinco minutos del cuatro de setiembre del dos
mil catorce, con la base de doce mil ochocientos dieciocho dólares (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda contra Ediciones Especiales Internacional Sociedad
Anónima, Luis Eduardo Campos Ruiz, expediente N° 14-000388-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
29 de abril del año 2014.—Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014043187).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
ocho horas y cero minutos (antes meridiano) del veinticinco de agosto del dos mil
catorce, y con la base de cinco millones colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos cincuenta y ocho mil seiscientos doce cero cero
cero la cual es de naturaleza: Lote 11 B con 1 casa.
Situada en el distrito 2 San Miguel, cantón 3 Desamparados, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, lotes 12B, 10 B y 8 B; al sur, lotes 12B, 10 B y 8
B; al este, lotes 12B, 10 B y 8 B, y al oeste, calle pública con 8 m de fte. Mide: ciento diecinueve metros con ochenta y cuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos (antes meridiano) del nueve de setiembre del dos mil catorce, con la
base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
cero minutos (antes meridiano) del veinticinco de setiembre del dos mil catorce,
con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ana Lorena Morales
García, expediente N° 13-009168-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de mayo del año
2014.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos,
Juez.—(IN2014043191).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Servidumbre Trasladada (Citas: 321-02641-01-0901-001); a las diez
horas y treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil catorce, y con la base
de veintisiete mil quinientos setenta dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos treinta y siete mil ochocientos veintinueve-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. situada en el distrito 9 Pavas, cantón 1 San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle con 10m 25cm de frente; al sur,
Finsa S. A.; al este, lote 126; al oeste, lote 128;
al noreste, calle publica con frente de 10m 26 cm; al noroeste, lote 128; al
sureste, lote 126, y al suroeste, lotes 119 y 120. Mide: ciento setenta y nueve
metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y treinta minutos del veinte de agosto del dos mil catorce, con
la base de veinte mil seiscientos setenta y siete dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del dos mil
catorce, con la base de seis mil ochocientos noventa y dos dólares con
cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso
Ejecución Hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Emilio Víquez Rojas, Ileana Kluge Kluge y Olga María Flores Vargas, expediente N°
14-000608-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 30 de abril del año 2014.—Juan Carlos Castro
Villalobos, Juez.—(IN2014043192).
En
la puerta exterior de este Despacho; a las ocho horas y treinta minutos del
veinticinco de agosto del dos mil catorce, y con la base de sesenta mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil setecientos sesenta y
tres-cero cero cero la cual es terreno para café con
una casa. Situada en el distrito 12 Tambor, cantón 1 Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con frente de 16 m; al sur,
Francisco Dueñas Estrada; al este, Virginia Segura Soto, y al oeste, María
Eugenia Segura Soto. Mide: quinientos veintitrés metros con cuarenta y ocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de
cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del
veinticinco de setiembre del dos mil catorce, con la base de quince mil dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Patricia Mejias Segura, expediente N°
14-001466-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 22 de mayo del año 2014.—Luis Guillermo Ruiz
Bravo, Juez.—(IN2014043195).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando traspaso de una finca por fideicomiso 2012-75235-001; a las nueve
horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del dos mil catorce, y con la
base de ochenta y cinco millones ciento cuarenta mil setecientos cincuenta
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número trescientos diez mil setecientos treinta y cinco
cero cero cero
(310.735-000) la cual es terreno de potrero y agricultura. Situada en el
distrito Uruca, cantón Santa Ana, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, Río Uruca, paja de agua
porción A; al sur, calle pública; al este, Río Uruca, y al oeste, La Kuquia S.
A. Mide: mil ciento treinta y cinco metros con veintiún decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de
octubre del dos mil catorce, con la base de sesenta y tres millones ochocientos
cincuenta y cinco mil quinientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del veintinueve de octubre del dos mil catorce,
con la base de veintiún millones doscientos ochenta y cinco mil ciento ochenta
y siete colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Henry Clay
Irons contra Ana Lorena Webb
Choiseul, expediente N° 13-001397-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 12 de
mayo del año 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014043197).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Reservas Ley Caminos (Citas: 422-03974-01-0004-001) y Reservas Ley
Aguas (Citas: 422- 03974-01-0005-001); a las nueve horas y cero minutos del
veinticinco de agosto del dos mil catorce, y con la base de veinticuatro
millones trescientos cuarenta y seis mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento ochenta y siete mil doscientos veinticuatro-cero cero cero la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 1
Liberia, cantón 1 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
calle publica con un frente de 12 metros; al sur, Marta Ríos Ledezma; al este, Manuel Francisco Rojas Chávez, y al
oeste, María Ríos Ledezma. Mide: trescientos metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
nueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de dieciocho millones
doscientos cincuenta y nueve mil quinientos colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
cero minutos del veinticinco de setiembre del dos mil catorce, con la base de
seis millones ochenta y seis mil quinientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Neil Reynier
Blanco Jiménez, expediente N° 14-001471-1157-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de mayo del año
2014.—Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014043199).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Reservas y Restricciones (Citas: 322-10636-01-0902-001); a las once
horas y treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil catorce, y con la base
de tres millones seiscientos cuarenta y cinco mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento treinta y un mil seiscientos setenta-cero cero cero la cual es terreno para construir, bloque H, lote
H-20. Situada en el distrito 1 Liberia, cantón 1 Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, lote H-19; al sur, lote H-21; al este, lote H-9,
y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veinte de agosto
del dos mil catorce, con la base de dos millones setecientos treinta y tres mil
setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del
cuatro de setiembre del dos mil catorce, con la base de novecientos once mil
doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jorge Luis Rivera Torres, expediente N°
14-000611-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 2 de junio del año 2014.—Karol
Melina Zumbado Sánchez, Jueza.—(IN2014043201).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones (Citas: 366-06710-01-0900-01), servidumbre
de paso (Citas: 2010-332708-01-0002-001), limitaciones de leyes 7052, 7208 sist. financiero de vivienda (Citas:
2012-338616-01-0002-001); a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco
de agosto del dos mil catorce, y con la base de tres millones doscientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta mil doscientos noventa y
cinco cero cero cero la
cual es de naturaleza Lote tres, terreno para construir. Situada en el distrito
1 Upala, cantón 13 Upala,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Agropecuaria Solórzano
Hernández S. A.; al sur, calle pública; al este, servidumbre de paso de por
medio Agropecuaria Solórzano Hernández S. A., y al oeste, Agropecuaria
Solórzano Hernández S. A. Mide: doscientos cuarenta metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de
setiembre del dos mil catorce, con la base de dos millones cuatrocientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de
setiembre del dos mil catorce, con la base de ochocientos mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Oswaldo de Jesús Rodríguez Gutiérrez, expediente N° 13-011174-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
23 de mayo del año 2014.—Msc. Roxana Hernández Araya,
Jueza.—(IN2014043202).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando Servidumbre Sirviente (Citas: 342-19881-01-0001-001); a las once
horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto del dos mil catorce, y
con la base de veinticinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento nueve mil seiscientos setenta y uno-cero cero cero la cual es lote quince A, terreno para construir.
Situada en el distrito 1 Corredor, cantón 10 Corredores, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Ricardo Neily Jop; al sur, Ricardo Neily Jop; al este, calle publica con 20.18 m, y al oeste,
Ricardo Neily Jop. Mide:
mil doscientos noventa y un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las once horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de agosto del dos mil
catorce, con la base de diecinueve millones trescientos doce mil quinientos
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de
setiembre del dos mil catorce, con la base de seis millones cuatrocientos
treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Fernando Hay Rojas, Xinia
Lidieth Quesada Alpizar,
expediente N° 14-000641-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de mayo del año 2014.—Luis
Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014043203).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
catorce horas y cero minutos del cuatro de agosto de dos mil catorce, y con la
base de doce millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos cuatro mil doscientos cinco-cero cero cero
la cual es terreno para construir bloque A lote 11 con una casa. Situada en el
distrito 1 San Isidro de el General, cantón 19 Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. colinda: al
norte, Carlos Castillo Ruiz; al sur, calle publica con 9,00 metros de frente;
al este, Grupo Sibaja Inc
Sociedad Anónima, y al oeste, Grupo Sibaja Inc Sociedad Anónima. Mide: ciento cincuenta y siete metros
con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil catorce, con la
base de nueve millones quinientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil catorce con la base de
tres millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Eduardo Quirós
Aguilar, expediente N° 14-000721-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de mayo del año
2014.—Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014043206).
En
la puerta exterior de este Despacho; remataré lo siguiente: I) Libre de
gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos antes
meridiano del veinticinco de agosto del dos mil catorce, con la base de nueve
millones cuatrocientos noventa y cinco mil novecientos colones exactos, la
finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 173808-001 la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 4 San Rafael Arriba, cantón 3
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mariana Quesada
Camacho; al sur, Danilo Morales; al este, calle con un frente de cinco metros
ochenta y cinco centímetros, y al oeste, José Morales Camacho. Mide: ciento
cuarenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano del nueve de setiembre de dos
mil catorce, con la base de siete millones ciento veintiún mil novecientos
veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos antes
meridiano del veinticinco de setiembre de dos mil catorce con la base de dos
millones trescientos setenta y tres mil novecientos setenta y cinco colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). II) Libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano del
veinticinco de agosto del dos mil catorce, con la base de cuatro millones
trescientos noventa y tres mil setecientos ocho colones exactos, la finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 215569-001 la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 4 San Rafael Arriba, cantón 3
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle con un
frente de diez metros treinta milímetros; al sur, María Morales; al este, calle,
y al oeste, Mariana Quesada Camacho y María Morales Quesada. Mide: ciento
treinta y nueve metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos antes meridiano del
nueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de tres millones doscientos
noventa y cinco mil doscientos ochenta y un colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cuarenta y cinco minutos antes meridiano del veinticinco de setiembre del dos
mil catorce, con la base de un millón noventa y ocho mil cuatrocientos
veintisiete colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso monitorio de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y
Préstamo contra Ivannia María Morales Mora,
expediente N° 13-000779-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de mayo del año 2014.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014043207).
En
la puerta exterior de este despacho, a las diez horas y cero minutos del once
de agosto de dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada y con la base de seis millones setecientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número cuatrocientos sesenta y ocho mil ciento cincuenta
y seis cero cero cero, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Juan, cantón Naranjo
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Desarrolladora Llano San Juan
S. A.; al sur, Cristian Vargas Paniagua; al este, Lorena Solano Arrieta; y al
oeste, servidumbre de paso con 14.48 metros de frente. Mide: trescientos
cuarenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del veintisiete de agosto de dos mil catorce, con la base
de cinco millones veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
del once de setiembre de dos mil catorce, con la base de un millón seiscientos
setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Elena Arce Barrantes. Expediente: 11-001165-0638-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
14 de mayo del 2014.—Msc. Kenny Obaldía Salazar,
Juez.—(IN2014043235).
A
las nueve horas del primero de agosto del dos mil catorce, desde la puerta
exterior de este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre
trasladada citas 0321-00011797-01-0901-001, con la base fijada en sentencia de
veintiocho millones treinta y ocho mil ochocientos noventa y cinco colones,
remataré: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, matrícula
de folio real doscientos ochenta mil ochocientos cuarenta y nueve-cero cero uno
y cero cero dos, la cual es lote 69 B para construir,
situado en el distrito cuarto San Rafael Arriba del cantón tercero Desamparados
de la provincia de San José. Colinda: al norte, con lote 18-B; al sur, con
Ramón Fallas; al este, con destinado a calle con 8 metros 50 centímetros; y al
oeste, con Óscar Jiménez. Mide: ciento setenta y tres metros con cuarenta y
cuatro decímetros cuadrados. Hipotecario N° 12-100082-0217-CI de Leticia Matamoros
Torres contra Gustavo Adolfo Matamoros López.—Juzgado
Civil y de Trabajo de Desamparados, 2 de junio del 2014.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—(IN2014043236).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada, bajo las citas 349-17854, a las diez horas y
cero minutos del dos de setiembre del dos mil catorce y con la base de cuarenta
y cinco millones de colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 324286-003 y 004, la
cual es terreno para construir con dos casas de habitación. Situada en el
distrito 02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás de la provincia de San José.
Colinda: al norte, lote 21; al sur, lote 19; al este, lote 11; y al oeste,
calle pública. Mide: ciento quince metros con ochenta y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
dieciocho de setiembre del dos mil catorce, con la base de treinta y tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
del tres de octubre del dos mil catorce, con la base de once millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Fabio Eduardo Chacón Rodríguez, Margot Garro Calvo.
Expediente: 13-036950-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de
junio del 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014043261).
En
este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de
acueducto y servidumbre de acueducto y de paso de A y A y, al ser las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto de dos mil catorce y con
la base de cuarenta y cinco mil seiscientos diez dólares, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
F-47605-cero cero cero, la cual es terreno finca
filial sesenta y nueve-B, terreno apto para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el
distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, área común libre de acceso vehicular; al sur, área común libre de
servidumbre; al este, área común libre de acceso vehicular; y al oeste, finca
filial sesenta y ocho-B. Mide: doscientos diecinueve metros con ochenta y
cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del veinte de agosto de dos mil catorce, con la base
de treinta y cuatro mil doscientos siete dólares (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del cuatro de setiembre de dos mil catorce, con la base de once
mil cuatrocientos dos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda contra expediente:
14-000389-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de abril del
2014.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014043287).
En
la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
nueve horas y treinta minutos del cinco de agosto de dos mil catorce y con la
base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos
ochenta y cuatro mil ciento diecisiete-cero cero cero,
la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito (01)
Alajuela, cantón (01) Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Patricio Campos Gómez; al sur, calle pública y Gloria Alvarado Céspedes; al
este, calle pública; y al oeste, Gloria Alvarado Céspedes. Mide: cuatrocientos
dieciséis metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil
catorce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil catorce, con
la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Guido
Rodríguez Brenes contra Crus Costa Rica Sociedad
Anónima. Expediente: 12-014112-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 28 de mayo del 2014.—Lic.
Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014043336).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
catorce horas y cero minutos del cinco de setiembre del año dos mil catorce, y
con la base de veintiún millones once mil trescientos veintisiete colones con
cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento once mil cuatrocientos
ochenta y ocho cero cero cero
la cual es terreno de solar lote 12. Situada en el distrito primero Cañas,
cantón sexto Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 11;
al sur, lote 13; al este, calle pública con un frente a lote de 10.00 metros
lineales y al oeste, Elda Díjeres Duarte. Mide:
ciento noventa metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil catorce, con la
base de quince millones setecientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos noventa
y cinco colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del ocho de octubre del dos mil catorce, con la base de cinco millones
doscientos cincuenta y dos mil ochocientos treinta y un colones con ochenta y
nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Rosibeth de Jesús Villalta Villalta,
Yamileth Murillo Miranda. Exp. N° 14-001170-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 1 de julio del 2014.—Lic.
Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014043363).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada; a las ocho horas y treinta minutos del uno
de setiembre de dos mil catorce, y con la base de cinco millones seiscientos
cincuenta y cuatro mil quinientos tres colones con sesenta y cinco céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 192123-001 y 002 la cual es terreno destinado a la agricultura
parcela 26. Situada en el distrito 03 Potrero Cerrado, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, Empresa Comunitaria de Gestión Campesina de La Unión
Irazú de Responsabilidad Limitada; al este, calle pública y al oeste, camino
público. Mide: Seis mil doscientos veintisiete metros con treinta y un
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diecisiete de setiembre de dos mil catorce, con la base de
cuatro millones doscientos cuarenta mil ochocientos setenta y siete colones con
setenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de octubre
de dos mil catorce, con la base de un millón cuatrocientos trece mil seiscientos
veinticinco colones con noventa y un céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Asicar
Sociedad Anónima contra Dagoberto Gómez Sánchez. Exp.
N° 13-005887-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial de Cartago, 10 de junio del 2014.—Lic. Jessika
Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014043364).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 274, asiento
8292-01-0901-001; a las diez horas y treinta minutos del dos de setiembre del
dos mil catorce, y con la base de ciento treinta y seis mil setecientos treinta
y ocho dólares con noventa y seis centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 436673-000 la
cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 02 San Miguel,
cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Santiago Castro Quirós; al sur, Santiago Castro Quirós; al este, calle pública
con 15.75 metros y al oeste, Rita Sánchez Carvajal y Elieth
Arias Mata. Mide: Novecientos cuarenta y cuatro metros con sesenta y nueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del dieciocho de setiembre del dos mil catorce, con la base de
ciento dos mil quinientos cincuenta y cuatro dólares con veintidós centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos del tres de octubre del dos mil catorce, con
la base de treinta y cuatro mil ciento ochenta y cuatro dólares con setenta y
cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Fanny María Morgan Ramírez. Notifíquese. Exp.
N° 13-037432-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de junio del
2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014043403).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas ley de caminos según citas 313-9991-01-0002-001, plazo de
convalidación (rectificación de medidas) según citas 2010-251205-01-0008-001; a
las nueve horas y quince minutos del treinta de setiembre del dos mil catorce,
y con la base de dos mil setecientos cincuenta y seis dólares exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, del
partido de Heredia, matrícula número ciento sesenta mil ochocientos
veintinueve-cero cero cero (160829-000), es terreno
lote A terreno de montaña y repastos. Situada en el distrito La Virgen, cantón
Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Río Cuarto; al sur,
calle pública con 82.02 metros e Israel Teodoro Arce Castro; al este, Otto
Hernández González y al oeste, Río Cuarto. Mide: veintiocho mil quinientos
cincuenta y seis metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del quince de
octubre del dos mil catorce, con la base de dos mil sesenta y siete dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las con la base de nueve horas y quince minutos del treinta de octubre
del dos mil catorce, (un veinticinco por ciento de la base inicial). En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas Ley de Caminos según citas 313-9991-01-0002-001; a las
nueve horas y quince minutos del treinta de setiembre del dos mil catorce, y
con la base de veinte mil cuatrocientos veintitrés dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, del
partido de Heredia, matrícula número ciento sesenta mil ochocientos
treinta-cero cero cero (160830-000), la cual es
terreno lote B para agricultura repastos y bosque reservado. Situada en el
distrito La Virgen, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, lote C y servidumbre; al sur, Cerro Tamarindo S.R.L al este, Elías Salas
Quirós y Cerro Tamarindo S.R.L y al oeste, Río Cuarto. Mide: Doscientos once
mil cuatrocientos cuarenta y tres metros con treinta y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos
del quince de octubre del dos mil catorce, con la base de quince mil
trescientos diecisiete dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince
minutos del treinta de octubre del dos mil catorce, con la base de cinco mil
ciento cinco dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas Ley de Caminos según citas
313-9991-01-0002-001; a las nueve horas y quince minutos del treinta de
setiembre del dos mil catorce, y con la base de treinta y nueve mil seis
dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, del partido de Heredia, matrícula número
ciento sesenta mil ochocientos treinta y uno-cero cero cero
(160831-000), la cual es terreno lote C terreno de montaña y repastos. Situada
en el distrito La Virgen, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, calle pública con 66.86 metros; al sur, lote B, Israel
Teodoro Arce Castro, este, Esaú Arce Castro y Otto Hernández González y al
oeste, Río Cuarto. Mide: cuatrocientos tres mil ochocientos setenta y seis
metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y quince minutos del quince de octubre del dos mil
catorce, con la base de veintinueve mil doscientos cincuenta y cuatro dólares
con ochenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del treinta de
octubre del dos mil catorce, con la base de nueve mil setecientos cincuenta y
un dólares con sesenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas Ley de Caminos según citas
313-9991-01-0002-001, plazo de convalidación (Rectificación de medidas) según
citas 2010-251205-01-0009-001; a las nueve horas y quince minutos del treinta
de setiembre del dos mil catorce, y con la base de dos mil ochocientos catorce
dólares con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, del partido de Heredia, matrícula número
ciento sesenta mil ochocientos treinta y dos-cero cero cero
(160832-000), la cual es terreno lote D para agricultura, repastos y bosque
reservado. Situada en el distrito La Virgen, cantón Sarapiquí, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte, lote C de Cerro Tamarindo S. A.; al sur, José
Antonio Herrero este, Río Cuarto y al oeste, José Antonio Herrero. Mide:
Veintinueve mil ciento sesenta y dos metros con cincuenta y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos
del quince de octubre del dos mil catorce, con la base de dos mil ciento diez
dólares con ochenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del treinta
de octubre del dos mil catorce, con la base de setecientos tres dólares con
sesenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Derivados de Maíz Alimenticio Sociedad Anónima contra
Forrajes de Barva Sociedad Anónima, Gonzalo Alberto
Carrillo Delgado. Exp. N° 14-001006-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia,
17 de junio del 2014.—Msc. Liseth
Delgado Chavarría, Jueza.—(IN2014043406).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando medianería y servidumbre de paso; a las diez horas y cero minutos
del catorce de octubre del año dos mil catorce, y con la base de ocho millones
cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de
propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos ochenta y
tres mil ciento sesenta y seis-cero cero cero la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 10 Hatillo,
cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte INVU; al
sur, acera 14 con 5m 13 cm; al este INVU y al oeste INVU. Mide: treinta y cinco
metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cero minutos del veintinueve de octubre del año dos mil catorce,
con la base de seis millones trescientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del trece de noviembre del año dos mil catorce con la base de dos
millones cien mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra David Vargas Rojas. Exp. N°
09-000348-0296-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 23 de junio del
2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014043410).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
nueve horas y cero minutos del diecinueve de setiembre de dos mil catorce y con
la base de siete mil seiscientos setenta y ocho dólares con veintiún centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa: 745476, marca
Hyundai, serie KMHDU41BP8U423942, año 2008, color beige. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de octubre del dos mil
catorce, con la base de cinco mil setecientos cincuenta y ocho dólares con
sesenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de
octubre de dos mil catorce con la base de mil novecientos diecinueve dólares
con cincuenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Sofía
Andrea Blando Valverde. Exp. N° 12-007488-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
22 de mayo del 2014.—Msc. Guillermo Guevara Solano,
Juez.—(IN2014043414).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero
soportando demanda en materia de familia expediente 13-001733-165-FA; a las
ocho horas y cero minutos del catorce de octubre del dos mil catorce y con la
base de cuarenta y tres mil seiscientos nueve dólares con catorce centavos
moneda estadounidense, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placas número novecientos ocho mil novecientos treinta y cinco. Marca Mercedes
Benz. Estilo CGI Classic. Categoría automóvil.
Capacidad 5 personas. Año 2012. Color negro. Cilindrada 1796 cc. Combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del veintinueve de octubre del dos mil catorce,
con la base de treinta y dos mil setecientos seis dólares con ochenta y seis
centavos moneda estadounidense (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de
noviembre del dos mil catorce, con la base de diez mil novecientos dos dólares
con veintinueve centavos moneda estadounidense (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank
de Costa Rica Sociedad Anónima contra Elsa Alfaro Cordero. Exp.
N° 14-002194-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 18 de junio
del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014043431).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once
horas y treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil catorce y con la
base de cuatro mil doscientos sesenta y tres dólares con ochenta y cuatro
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número
499932. Marca Nissan. Estilo Amera XGL. Categoría Automóvil. Año 2003. Color
dorado. Vin JN1CBAN16Z0007603, combustible gasolina,
motor número QG18271897A. Para el segundo remate se señalan las once horas y
treinta minutos del trece de agosto del dos mil catorce, con la base de tres
mil ciento noventa y siete dólares con ochenta y ocho centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y
treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil catorce con la base de
mil sesenta y cinco dólares con noventa y seis centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia
Datsun Sociedad Anónima contra Eduardo Josué Quesada
García. Exp. N° 11-000916-0504-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 16 de mayo del 2014.—Lic. Adriana
Brenes Castro, Jueza.—(IN2014043436).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio del dos mil
catorce, y con la base de treinta y seis mil veintinueve dólares con treinta y
siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número 783751. Marca Audi. Estilo A6. Categoría automóvil. Año 2009. Color
gris. Vin WAUZZZ4F79N000476, capacidad cinco
personas, carrocería sedán cuatro puertas, tracción 4x2, cilindrada 1984 cc,
combustible gasolina, número de motor BPJ093779. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de agosto del
dos mil catorce, con la base de veintisiete mil veintidós dólares con dos
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre del
dos mil catorce con la base de nueve mil siete dólares con treinta y cuatro
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima contra Makarsaji Sociedad Anónima. Exp.
N° 12-003320-1158-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Heredia, 14 de mayo del 2014.—Lic. Adriana Brenes Castro,
Jueza.—(IN2014043438).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
nueve horas y quince minutos del cuatro de agosto de dos mil catorce, y con la
base de dos millones ciento cuatro mil doscientos once colones con ochenta y
cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas
555032, marca Nissan, estilo platina, color azul, año 2004, motor
3N1JH0158ZL092359, motor K4MM742Q114527, cilindrada 1598 c.c. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veinte de agosto de dos
mil catorce, con la base de un millón quinientos setenta y ocho mil ciento
cincuenta y ocho colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
quince minutos del cuatro de setiembre de dos mil catorce con la base de
quinientos veintiséis mil cincuenta y dos colones con noventa y seis céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima contra
Luis Ricardo Solano Núñez. Exp. N° 12-001383-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 5
de mayo del 2014.—Lic. Mónica Vásquez Valverde, Jueza.—(IN2014043441).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando dos servidumbres trasladadas; a las nueve horas y quince minutos del
dieciocho de agosto del dos mil catorce y con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos seis mil doscientos
cuarenta y tres cero cero cero
la cual es terreno para construir lote ciento noventa. Situada en el distrito
6-San Rafael, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
resto destinado a calle; al sur, calle de servidumbre; al este, lote ciento
noventa y uno y al oeste, lote ciento ochenta y nueve. Mide: Ciento cuarenta y
ocho metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y quince minutos del dos de setiembre del dos mil
catorce, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones
exactos y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos
del dieciocho de setiembre del dos mil catorce con la base de seiscientos
veinticinco mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Manuel Granados Villalobos. Exp. N°
13-007052-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Grecia, 2 de julio del
2014.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014043445).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servid condic ref:
00280244 000 inscrita al tomo 360, asiento 3630-01-0900-001; reservas y
restricciones inscritas al tomo 360, asiento 3630-01-0902-001; a las nueve
horas y treinta minutos del veintiocho de julio del año dos mil catorce y con
la base de quince millones trescientos veintiséis mil cincuenta y un colones
con setenta y un céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número 342886 - 000 la cual es terreno con 1
casa 269.- Situada en el distrito 09 Pavas cantón 01 San José de la provincia
de San José Colinda: al norte INVU al sur INVU al este INVU y al oeste alameda
13 Mide: ochenta y nueve metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de agosto
del año dos mil catorce con la base de once millones cuatrocientos noventa y
cuatro mil quinientos treinta y ocho colones con setenta y ocho céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de agosto del año dos mil
catorce con la base de tres millones ochocientos treinta y un mil quinientos
doce colones con noventa y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Gerardo Alonso Quesada Quesada. Exp. N°
14-009439-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de mayo del 201.—Adriana Jiménez
Bonilla, Jueza.—(IN2014043487).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
ocho horas y cero minutos del treinta y uno de julio del año dos mil catorce, y
con la base de doscientos veintitrés millones novecientos catorce mil
seiscientos treinta y un colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ciento ochenta y cuatro mil quinientos treinta y nueve cero cero cero la cual es terreno
dedicado a potrero. Situada en el distrito 2 Palmira, cantón 5 Carrillo, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rigoberto Vargas Vargas y Manuel Paniagua Paniagua;
al sur, Juan Francisco Catañeda Vargas y Desarrollos
Coco Mar Internacional S. A.; al este, calle pública con un frente de 314
metros con 17 centímetros, Manuel Paniagua Paniagua y
Desarrollos Coco Mar Internacional S. A. y al oeste, Rafael Hurtado Rivera,
Juan Francisco Castañeda Vargas Y Manuel Paniagua Paniagua
todos en parte. Mide: cuatrocientos dieciséis mil ochocientos setenta y tres
metros cuadrados plano G- 1484196-2011. Para el segundo remate se señalan las
ocho horas y cero minutos del dieciocho de agosto del año dos mil catorce , con
la base de ciento sesenta y siete millones novecientos treinta y cinco mil
novecientos setenta y tres colones con sesenta y nueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
cero minutos del dos de setiembre del año dos mil catorce con la base de
cincuenta y cinco millones novecientos setenta y ocho mil seiscientos cincuenta
y siete colones con noventa céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Claudio Alfonso Rojas Marín, Coco Mar Velero S. A., Desarrollos
Coco Mar Internacional S. A. Exp: 14-000731-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia), 29 de mayo del año 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014043497).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
catorce horas y treinta minutos del treinta de julio del año dos mil catorce,
en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) con la base de cincuenta y ocho
millones cuatrocientos ochenta y dos mil treinta y nueve colones con cincuenta
y cinco céntimos, Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
sesenta mil doscientos cinco cero cero cero la cual es terreno con una casa de habitación. Situada
en el distrito 01 Juntas, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste.-
Colinda: al norte Koc Man
Chan Chen; al sur calle publica con un frente de
32.22 metros y lote segregado; al este Maritza Orlich
Arcaine y lote segregado y al oeste Mackenci Barahona. Mide: tres mil nueve metros con treinta
decímetros cuadrados. 2) con la base de nueve millones ciento noventa y un mil
quinientos setenta y tres colones con cuarenta y tres céntimos: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil trescientos
cincuenta y siete cero cero cero
la cual es terreno de pastos.- Situada en el distrito 01 Juntas, cantón 07
Abangares, de la provincia de Guanacaste.- Colinda: al norte Koc Man Chan Chen
y Oldemar Chan Chen; al
sur, calle pública asfaltada con un frente de 32.22 metros lineales; al este,
Ana María Ulloa Murillo y al oeste, Luis Fernando Arévalo Arolich.
Mide: seiscientos cuarenta metros con noventa y cinco decímetros cuadrados.- Para
llevar a cabo el segundo remate , se señalan las
catorce horas y treinta minutos del catorce de agosto del año dos mil catorce,
1) con la base de cuarenta y tres millones ochocientos sesenta y un mil
quinientos veintinueve colones con sesenta y seis céntimos 2) con la base de
seis millones ochocientos noventa y tres mil seiscientos ochenta colones con
siete céntimos (rebajada en un 25%). Para el tercer remate, se señalan las
catorce horas y treinta minutos del primero de setiembre del año dos mil catorce,
1) con la base de catorce millones seiscientos veinte mil quinientos nueve
colones con ochenta y nueve céntimos (un 25% de la base original), 2) con la
base de dos millones doscientos noventa y siete mil ochocientos noventa y tres
colones con treinta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional contra Arevar
M.F.A. de Costa Rica Sociedad Anónima, Luis Fernando Arévalo Orlich, Maritza Orlich Alcaine Exp: 13-002563-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 7 de mayo del 2014.—Lic. Jorge
Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014043614).
primera publicación
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada; a las ocho horas y cero minutos del
veintiuno de octubre del año dos mil catorce y con la base de cuatro millones
cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y seis
mil quinientos sesenta y tres - cero cero cero la cual es terreno lote 1 terreno para construir. Situada
en el distrito San Roque, cantón Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte Marianela González Rodríguez; al sur servidumbre de paso con frente de
19.08 metros; al este José Roberto Solís Rodríguez y al oeste resto reservado
de Jovita Rodríguez Matamoros. Mide: doscientos metros con cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
cinco de noviembre del año dos mil catorce, con la base de tres millones
trescientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de
noviembre del año dos mil catorce con la base de un millón cien mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela contra Adriana Solís Ávila. Exp. N° 14-002182-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
26 de junio del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—(IN2014043452).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de setiembre de dos mil
catorce, y con la base de nueve millones ciento ochenta y cuatro mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta mil cuatrocientos
veintinueve-cero cero cinco, cero cero seis y cero cero siete la cual es terreno bloque A lote 111, terreno
con una casa. Situada en el distrito San Felipe, cantón Alajuelita,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 522, terreno con una casa;
al sur, calle pública; al este, lote 113 y al oeste, lote 109. Mide: ciento
veintidós metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de octubre
de dos mil catorce, con la base de seis millones ochocientos ochenta y ocho mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de
octubre de dos mil catorce con la base de dos millones doscientos noventa y
seis mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Smarketing S.A. contra Anais
Ramírez García. Exp. N° 12-013461-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de mayo del 2014.—Lic. Zary
Navarro Zamora, Juez.—(IN2014043470).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 303-18945-01-0901-009, a las quince
horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto de dos mil catorce,
y con la base de treinta y nueve millones novecientos mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número treinta y cuatro mil doscientos catorce-A cero cero cero la cual es terreno para
construir con una casa situada en el distrito 1 Liberia, cantón 1-Liberia de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, lote 39, sur, camino público con 11
m, este, lote 37, oeste, lote 35. Mide: trescientos cincuenta y siete metros
con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de setiembre de dos mil
catorce, con la base de veintinueve millones novecientos veinticinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco
de setiembre de dos mil catorce con la base de nueve millones novecientos
setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Meilyn Sánchez Rivas Exp: 13-000092-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 30 de junio de 2014.—Lic. Evelyn
Molina Zúñiga, Jueza.—(IN2014043477).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 370, asiento
9285-01-0900-001; a las trece horas y treinta minutos del cuatro de agosto del
año dos mil catorce, y con la base de catorce millones de colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 370449-000 la cual es terreno para construir lote uno. Situada
en el distrito 07 Patarrá, cantón 03 Desamparados, de
la provincia de San José. Colinda: al norte Reinaldo Naranjo Gamboa; al sur
Fernando Alexis Durán Abarca; al este Rafael Carvajal Abarca y al oeste calle
pública de 14 metros con 60 centímetros. Mide: seiscientos setenta y cinco
metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de agosto del año dos mil
catorce, con la base de diez millones quinientos mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece
horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del año dos mil catorce con la
base de tres millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Walter Ricardo Córdoba López. Exp. N° 13-024538-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de junio
del año 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014043494).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
siete horas y treinta minutos del veintinueve de agosto del año dos mil catorce
y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y
tres mil novecientos veinticinco cero cero cero la cual terreno con una casa de habitación, árboles
frutales. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle pública con 11 metros 10
centímetros lineales; al sur Josefa Morales López; al este Alex Rivas Espinoza
y al oeste Félix Enrique Noguera Duarte. Mide: doscientos cuarenta y dos metros
con cuarenta y cinco decímetros cuadrados.
Plano: G-0940394-1990. Para el segundo remate se señalan las siete horas
y treinta minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil catorce, con la
base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las siete horas y
treinta minutos del uno de octubre del año dos mil catorce con la base de dos
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Walter Noguera Brenes. Exp. N°
14-000345-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 30 de junio del 2014.—Lic. Jorge
Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014043503).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando prohibiciones artículo 16 Ley 7599 citas: 471-11315-01-0007-00; a
las nueve horas y cero minutos del veintinueve de agosto del año dos mil
catorce, y con la base de diecisiete millones quinientos setenta mil ciento
noventa y ocho colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento cincuenta y un mil novecientos seis cero cero
cero la cual es terreno de agricultura lote uno P uno
cero cero cuatro. Situada en el distrito segundo,
Santa Cecilia, cantón décimo La Cruz, la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte, Carlos Modesto Canales Canales; al sur, Víctor
Manuel Fernández Apuy; al este, servidumbre agrícola
de siete metros de ancho, frente de 318.50 metros, y al oeste, Freddy Camacho
Sevilla y Pedro Rafael Cerdas Cerdas, ambos en parte.
Mide: ciento sesenta y siete mil ochocientos veintiún metros con noventa y
cuatro decímetros cuadrados. Plano G-1060724-2006. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del año dos
mil catorce, con la base de trece millones ciento setenta y siete mil
seiscientos cuarenta y ocho colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cero minutos del uno de octubre
del año dos mil catorce con la base de cuatro millones trescientos noventa y
dos mil quinientos cuarenta y nueve colones con sesenta y seis céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Adolfo Gerardo Selva Díaz. Exp.
N° 12-000531-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 2 de julio del 2014.—Lic. Jorge
Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014043511).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
catorce horas y cero minutos del catorce de octubre del año dos mil catorce y
con la base de cincuenta y tres mil seiscientos cincuenta y seis dólares con
treinta y un centavos moneda estadounidense, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas número BDJ-novecientos noventa y cinco. Marca
Toyota. Estilo Land Cruiser
Prado V. Categoría automóvil. Capacidad 7 personas. Año 2013. Color negro.
Cilindrada 3000 c.c. Combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del veintinueve de octubre del año dos mil
catorce, con la base de cuarenta mil doscientos cuarenta y dos dólares con
veintitrés centavos moneda estadounidense (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del trece de noviembre del año dos mil catorce con la base de trece mil
cuatrocientos catorce dólares con ocho centavos moneda estadounidense (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra José
Enrique Trejos Grijalba Exp.:
14-002192-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 25 de junio del
2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014043556).
En
la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y
soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas: 355-03089-01-0939-001
a las catorce horas y treinta minutos del cuatro de agosto del año dos mil
catorce, y con la base de treinta y tres millones trescientos treinta y seis
mil seiscientos cuarenta y ocho colones con dos céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
333814-001, 002 la cual es terreno lote con una casa N 4-2. Situada en el
distrito 1-Guadalupe, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, lote 3 - 2; al sur, lote 5 - 2; al este, calle pública con 7
metros, y al oeste, escuela enseñanza especial. Mide: ciento treinta y nueve
metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y treinta minutos del veinte de agosto del año dos
mil catorce, con la base de veinticinco millones dos mil cuatrocientos ochenta
y seis colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de
setiembre del año dos mil catorce con la base de ocho millones trescientos
treinta y cuatro mil ciento sesenta y dos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ileana María Francis
Bogantes Hidalgo, Óscar Javier Cadenas Meza. Exp. N°
09-015694-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de julio del 2014.—Lic. Adriana
Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014043557).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada bajo la cita 284-05979-01-0901-001, y
advertencia administrativa bajo el expediente 2013-3160-RIM; a las diez horas y
cero minutos del cuatro de agosto de dos mil catorce, y con la base de ochenta
y siete mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 28637-F-000 cero cero cero la cual es terreno
filial seis de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de
construcción. Situada en el distrito San Jerónimo, cantón Moravia, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, vía de acceso vehicular con 19 metros
34 centímetros; al sur, Dora Vega Artavia; al este,
filial 7 y al oeste, filial 5. Mide: setecientos cincuenta y dos metros con
sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cero minutos del veinte de agosto de dos mil catorce, con la base
de sesenta y cinco mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil catorce con la base de veintiún
mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Laguna Maliche L M S.A contra Ligia Patricia Montero
Valverde. Exp. N° 14-001086-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 7 de mayo del
2014.—Lic. Yessenia Brenes González, Jueza.—(IN2014043558).
En
la puerta exterior de este Despacho; a las quince horas y cero minutos del
cuatro de agosto del año dos mil catorce, soportando hipotecas de primer grado
citas 2010-02396-01-0003-001 y de segundo grado citas 2010-251640-01-0001-001 y
con la base de once millones ochocientos ochenta y nueve mil setecientos
sesenta y tres colones con cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y
ocho mil ochocientos setenta y siete cero cero uno,
cero cero dos la cual es terreno de pastos con una
casa de habitación. Situada en el distrito Paraíso, cantón Paraíso, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública;
al este, Jaime Barquero Soto y Óscar Barquero Soto, y al oeste, José Miguel
Corrales Mata. Mide: mil quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y cero minutos del veinte de agosto del año dos mil
catorce, con la base de ocho millones novecientos diecisiete mil trescientos
veintidós colones con veintiocho céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos
del cuatro de setiembre del año dos mil catorce con la base de dos millones
novecientos setenta y dos mil cuatrocientos cuarenta colones con setenta y seis
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Eric Hidalgo Arguedas, Thais Carolin Soto
Arce. Exp. 13-009956-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de junio
del 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014043569).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho
horas del cinco de agosto de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones
ochocientos noventa y tres mil quinientos colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo: placa 859718 , marca Hyundai, estilo Accent, serie KMHCG41BPYU169573, año 2000, color blanco.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiuno de agosto de dos
mil catorce, con la base de tres millones seiscientos setenta mil ciento
veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas del cinco de setiembre de dos mil
catorce con la base de un millón doscientos veintitrés mil trescientos setenta
y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gerardo Quirós Acuña
contra William Gerardo Mora Zúñiga. Exp. N°
13-008789-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de abril del 2014.—Lic.
Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014043581).
Se emplaza a
todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los
interesados en la sucesión de Georgina Calvo Solano, quien fue mayor, casado
una vez, ama de casa, vecina de Desamparados, cédula de identidad N°
3-0162-0280, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la
herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquélla pasará a quien
corresponda. Expediente N° 14-100038-0217-CI. Sucesión de Georgina Calvo Solano.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial
de San José, Desamparados, 28 de marzo del 2014.—Dra. Leyla
K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014042016).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Carmen Núñez Núñez,
mayor, soltera, ejecutiva del hogar, vecina de Barrio El Carmen de Abrojo,
detrás de pulpería El Garrotazo, Corredores, Puntarenas, cédula de identidad
número seis-ciento cuarenta y dos-trescientos noventa y tres, a las doce horas
treinta minutos del quince de mayo del año dos mil catorce, y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de Pablo Javier Rojas Ramírez, mayor, soltero, agricultor, vecino de Barrio El
Carmen de Abrojo, detrás de pulpería El Garrotazo, Corredores, Puntarenas,
cédula de identidad número cinco-ciento treinta y cinco-doscientos dieciséis.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expediente cero cero cero uno-AJN-dos mil
catorce. Notaría del Lic. Jorge Daniel Moncrieffé
Santana, Ciudad Neily, diagonal a las Oficinas de Coopemep R.L., Corredores, Puntarenas. Teléfono:
veintisiete ochenta y tres-cuarenta y tres-treinta y cuatro y fax: veintisiete
ochenta y tres-cuarenta y cinco-cuarenta y seis.—Lic.
Jorge Daniel Moncrieffé Santana, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 15535.—(IN2014042331).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio acumulado de Virginia
Gaitán Vindas, mayor, viuda, pensionada, vecina de
Santa Ana, con cédula de identidad número uno-ciento treinta y
cinco-trescientos cuarenta y nueve y de Julio Rebelo Gonsalves,
mayor, casado una vez, cónyuge de Virginia Gaitán Vindas,
agricultor, vecino de Limón, con cédula de identidad número ocho-cero treinta y
nueve-ciento tres, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
001-2014. Lic. Iliana Cecilia Arce Umaña, San José calle trece avenida catorce
casa trece cero cinco.—Lic. Iliana Cecilia Arce Umaña,
Notaria.—1 vez.—(IN2014042636).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita proceso sucesorio número 2014-004 de Fanny Chavarría
Carrera, quien fue mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de
identidad número 1-192-785, vecina de Alajuelita, San
José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación del presente edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, de lo
contrario la herencia pasará a manos de quien corresponda. Licenciado Mark Beckford Douglas, con oficina en San José, calle once,
entre avenidas seis y ocho, edificio número seiscientos sesenta y cuatro.—San José, 26 de junio del 2014.—Lic. Mark Beckford Douglas, Notario.—1
vez.—Solicitud N° 15838.—(IN2014042646).
En
mi notaría se decretó la apertura del sucesorio notarial de quien en vida se
llamó César Gerardo Gutiérrez Hernández, cédula de identidad 113800471. Se
convoca a todos los interesados para que dentro del término de ley comparezcan
ante esta notaría en defensa de sus derechos con la advertencia que, vencido el
término la herencia procederá a ser destinada ante quien por derecho
corresponda. Para apersonamientos u oposiciones se harán en el correo
electrónico anubis@ice.co.cr o en mi oficina ubicada en Heredia, frente al OIJ,
oficina uno.—Heredia, dos de julio del 2014.—Lic.
Sergio Elizondo Garófalo, Notario.—1
vez.—(IN2014043117).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue
Edwin Gerardo Acuña Salazar, quien fue mayor, casado una vez, tipógrafo, cédula
de identidad número seis-ciento diecinueve-doscientos treinta y seis; vecino de
Tibás, de los Perimercados de La Florida de Tibás,
doscientos metros al norte, cien oeste, cuatrocientos norte para que dentro del
término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el
apercibimiento de que en su omisión la herencia pasará a quien corresponda. La
dirección de esta notaría es Tibás, de los Perimercados
doscientos metros norte, cien oeste, cuatrocientos norte, cien oeste y
veinticinco norte.—San José, dos de julio del dos mil
catorce.—Lic. Hugo Gdo. Cavero Araya, Notario.—1 vez.—(IN2014043154).
Se
cita a todos los interesados en el sucesorio de quien en vida fue Gladys Mariño
Rodríguez, cédula de identidad número dos-ciento sesenta y cuatro-novecientos
sesenta y ocho, les informo que ante esta notaría se han presentado los señores
Dagoberto Mariño Rodríguez, cédula de identidad número uno -doscientos doce-
setecientos cinco y María Teresa Mariño Rodríguez, cédula de identidad numero:
dos - ciento setenta y tres - doscientos dieciocho, como herederos de la
causante señalada, solicitado el trámite del sucesorio en sede notarial.
Cualquier interesado u otros herederos deberán presentarse ante esta notaría
dentro de los treinta días siguientes naturales a la publicación del presente
aviso a fin de hacer valer sus derechos. La oficina de la suscrita notaria se
sitúa en Santo Domingo de Heredia quinientos veinticinco sur de la Basílica. Es
todo.—Tres de julio.—Lic. Marianela Segura Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—(IN2014043161).
La
suscrita notaria informa que ante esta notaría ubicada exactamente San José, Curridabat, frente al costado norte de Plaza Cristal,
Edificio Jurex, se procedió a dar apertura del
proceso sucesorio en sede notarial de señor Arturo Blanco Solís, quien en vida
fue mayor, casado una vez, de profesión médico, vecino de San José, Barrio
Escalante, con cédula de identidad número uno -cero cero
sesenta y ocho - seis mil ciento setenta y uno, fallecido el día primero de
julio de mil novecientos noventa y cinco. Se invita a herederos e interesados a
apersonarse dentro del plazo de treinta días a la oficina indicada a hacer
valer sus derechos y pretensiones.—San José, primero
de julio del dos mil catorce.—Lic. Carolina Blanco Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2014043224).
Por
escritura otorgada ante la notaría de Rita María Solano Méndez, número:
doscientos noventa y dos del cuatro de abril del dos mil catorce, la señora
Olga Cedeño Segura, en calidad de albacea propietaria y los presuntos herederos
Matilde Brenes Leiva, Harold Ignacio Gómez Brenes, Tatiana Teresita Gómez
Brenes, Susana Teresita Gómez Brenes, Fernando Alberto Gómez Brenes, María
Silvia Gómez Brenes, solicitan la apertura en sede notarial del sucesorio, del
causante Fernando Francisco Gómez Monge causante, quien en vida fue esposo y
padre, mayor de edad, casado una vez, pensionado, cédula nueve- cero cero siete- nueve dos uno, cuyo último domicilio fue
Cartago, quien falleció el veinte de setiembre del dos mil seis. Se convoca a
los interesados para que se apersonen ante esta notaría situada en Cartago
veinticinco metros al oeste del Templo Don Bosco para dentro de los treinta
días siguientes a la publicación de este aviso con la advertencia de que si no
lo hacen los bienes pasarán a los que legalmente correspondan.—Lic. Rita María
Solano Méndez, Notaria.—1 vez.—(IN2014043250).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en vía notarial de María
Teresa Vega Zúñiga, mayor, casada una vez, agricultora, cédula tres-doscientos
veintiséis-quinientos uno, vecina de Cartago, Oreamuno,
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a mi oficina, sita en Cartago, Tres Ríos,
Urbanización Loma Verde, casa cuarenta y dos, a reclamar sus derechos y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda.—Lic.
Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1
vez.—(IN2014043254).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en vía notarial de
Dagoberto Carlos Granados Rojas, mayor, viudo, agricultor, cédula tres- ciento
setenta y uno- quinientos setenta y dos, vecino de Cartago, Oreamuno,
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a mi oficina, sita en Cartago, Tres Ríos,
Urbanización Loma Verde, casa cuarenta y dos, a reclamar sus derechos y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda.—Lic.
Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1
vez.—(IN2014043255).
Se
cita y emplaza a los interesados en la sucesión de Fernando Álvarez Vallecillo,
cédula siete - cero cero cinco cinco
- cero cinco ocho uno; quien fue vecino de Guápiles de Pococí,
para que en el plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que
si no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Notaria María Isabel
Blanco Morales; oficina en San Antonio de Desamparados, trescientos sur del
cementerio.—Lic. María Isabel Blanco Morales, Notaria.—1 vez.—(IN2014043262).
Ante
esta notaría, se solicitó el día 28 de junio del 2014 a las 15 horas, mediante
escritura número 156, visible al tomo 12, folio 125 vuelto, la apertura de la
sucesión notarial de quien en vida fuera Ivonne Loraine
Johnson Daley, mayor, casada una vez, enfermera
pensionada, cuyo domicilio era Desamparados, La Fortuna, de la escuela de
Gravillas, cuatrocientos metros sur y cincuenta metros al oeste, cédula de
identidad número siete- cero tres siete- cinco cuatro cinco, cuya defunción
consta en la sección respectiva del Registro Civil al tomo 490, folio 206,
asiento 413, fallecida el día 26 de marzo del 2009, por parte de los señores: Irwing Dixon Johnson, mayor, con cédula uno- nueve tres
siete- siete tres nueve, soltero, comerciante, vecino de Porvenir de
Desamparados, ciento veinticinco norte y cincuenta este de la Iglesia, Alberto
Hilario Dixon Thomas, mayor, casado dos veces, vecino de Desamparados, La
Fortuna, de la escuela de Gravillas, cuatrocientos metros sur y cincuenta
metros al oeste, cédula siete- cero tres nueve- cuatro ocho cinco, educador
pensionado, Michell Dixon Johnson, mayor, cédula uno-
ocho uno dos- dos siete uno, soltera, abogada, vecina de Desamparados, La
Fortuna, de la escuela de Gravillas, cuatrocientos metros sur y cincuenta
metros al oeste, Rodney Dixon Johnson, mayor, cédula
uno- ocho nueve cinco- uno dos uno, casado una vez, empresario, vecino de Curridabat, Lomas de Ayarco Sur,
de la Casa Doña Lela, un kilómetro al sur, Urbanización La Itava,
casa dos siete E, razón por la cual, en este acto se emplaza a todos aquellos
interesados a hacer valer sus derechos por el plazo de treinta días contados a
partir de su notificación ante esta notaría ubicada en La Uruca,
frente a Repuestos Gigantes, de Volcafé quinientos
metros al sur, Oficinas de Agrecom, fax número
2262-2775 o bien al 2524-3028.—San José, 30 de junio del 2014.—Lic. Billy
Quirós Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2014043299).
Conforme
lo solicitan los interesados se declara abierta la tramitación del proceso
sucesorio notarial de quien en vida fue Juan Guillermo Oviedo García, mayor,
casado, vecino de San José, cédula uno-ciento noventa y cinco- cuatrocientos
setenta y ocho de quien no se tiene conocimiento de otorgamiento de testamento.
Se tienen por agregadas al expediente certificaciones del Registro Civil,
relativas al parentesco de la interesada y de la defunción del causante. Tal y
como se solicita se nombra como albacea provisional a Marvin Oviedo Solano,
mayor, casado una vez, empresario, vecino de San Ramón de Tres Ríos, cédula
número uno - quinientos sesenta y tres -cuatrocientos cuarenta y seis, quien ya
aceptó dicho cargo. Se tienen por apersonados como presuntos herederos a: José
Guillermo Oviedo Solano, mayor, casado una vez, vecino de San José, cédula
número uno - trescientos noventa y cinco- ochocientos treinta y tres, Rafael
Ángel Oviedo Solano, mayor, casado una vez, vecino de Cartago, cédula número
uno-cuatrocientos dieciséis, setecientos sesenta y siete, Sonia María Oviedo
Solano, mayor, casada, vecina de Guatemala, cédula número uno -quinientos
sesenta y tres- cuatrocientos cuarenta y cinco, Álvaro Antonio Oviedo Solano,
mayor, casado, vecino de San José, cédula número uno - seiscientos treinta y
cinco - cuatrocientos ochenta y seis, Noemy Solano Solano, mayor, viuda, vecina de Hatillo centro, cédula
tres- ciento diez-novecientos cuarenta. Solicítese al Archivo Nacional
certificación sobre la existencia de testamento del causante. Se cita y emplaza
a todos los interesados para que en el plazo de treinta días hábiles a partir
de la publicación del edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos.
Publíquese el edicto de Ley. Todos aquellos interesados que deseen apersonarse,
podrán hacerlo ante esta notaría, sito en San José, Residencial El Bosque, San
Francisco Dos Ríos, número 483 Q. Exp. N° 02-2014
DCHM proceso sucesorio notarial Juan Guillermo Oviedo García.—San
José, a las dieciséis horas primero julio dos mil catorce.—Lic. Deyanira
Chinchilla Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2014043305).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión mancomunada de Julia
Herrera Sandí, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Desamparados,
Monte Claro, distrito central, cédula de identidad dos-cero ciento
dieciséis-cero cero treinta y nueve y Rodrigo Solís Sandí, mayor, casado una
vez, pensionado, vecino de Guápiles, La Trocha, cédula de identidad número
dos-cero ciento veintidós-cero doscientos cuarenta, para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente 06-2014, sucesión de Julia Herrera Sandí y
Rodrigo Solís Sandí. Notaría de Roxana Gómez Rodríguez, ubicada en San José,
calle treinta y tres, avenidas diez y doce.—Lic.
Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1
vez.—(IN2014043323).
Se
hace constar que en mi notaría, se tramita el proceso sucesorio notarial de
Dong Wu Kim Moon, quien fuera mayor, casado una vez,
comerciante, cédula 8 - 0056 - 0859, cuyo último domicilio fue en San José, Curridabat, de la Pops quinientos
metros al sur y setenta y cinco metros al oeste. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que de no
apersonarse dentro de ese plazo, aquellos pasarán a quien corresponda.
Expediente N° 0001-2014 de la notaría de Olga Marta Cokyeen
Moc, sita: en San José, Montes de Oca, San Pedro,
Condominio Prados del Este, casa 11-C, correo electrónico cokyeen@gmail.com. fax 2253-3417.—San José, 30 de junio de 2014.—Lic. Olga
Marta Cokyeen Moc, Notaria.—1 vez.—(IN2014043324).
Se
cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión del señor
Augusto Eduardo Castro Barquero, quien fue mayor, soltero, comerciante, vecino
de San José, Sabana Sur, de la Pops de La Sabana
cuatrocientos metros al oeste y doscientos metros al sur, con cédula de
identidad 1-0550-0280, para que dentro del plazo de treinta días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto y que se hará por una vez en
el Boletín Judicial, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho
plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2014. Ante la
notaría de la Licenciada Shirley Sánchez Bustamante, carné 13346, sita en San
José, del Hospital Blanco Cervantes, trescientos metros al oeste.—San José, 3 de junio del 2014.—Lic. Shirley Sánchez
Bustamante, Notaria.—1 vez.—(IN2014043334).Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Belarmina del Rosario
Ramírez Murillo, quien fuera mayor, cédula de identidad número 4-0061-0108,
viuda, pensionada, vecina de San José, nacida en San Antonio de Belén, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se aperciben a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 001- 2014. Teléfono
2273-8373, fax 2281-1235. Notaría de la licenciada Andrea María Meléndez
Corrales.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—(IN2014043354).
Se
cita y emplaza a herederos e interesados en la sucesión de Micaela Hidalgo
Guerrero, quien fue mayor, casada, ama de casa, vecina de Escazú centro, con
cédula de identidad numero: uno-cero cero ochenta y ocho-seis mil ciento
cincuenta y tres, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto se apersonen ante mi notaría sita en San
Antonio de Escazú, Centro Comercial El Descanso, a hacer valer sus derechos,
bajo apercibimiento de que en caso de que no lo hicieren la herencia pasará a
quien en derecho corresponda.—Escazú, diez de Junio del dos mil catorce.—Lic.
Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1
vez.—(IN2014043375).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Lilliam
Rodríguez Caldera, quien en vida fue, mayor, soltera, odontóloga, vecina de
Alajuela, de la Estación de Bomberos cincuenta metros al este y cincuenta
metros al sur, cédula número ocho- cero treinta- ciento diez, para que dentro
del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentaran dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-14. Notaría de la Lic. Zaida
Valderrama Rodríguez.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—(IN2014043426).
Se
cita y emplaza a interesados en la sucesión de Rafaela Eugenia Matarrita Valle, mayor, soltera, pero en vida en unión
libre con el señor Raimundo Espinoza Espinoza, ama de
casa, vecina de Guanacaste, Santa Cruz, San José de Pinilla, setecientos oeste
de la plaza de deportes, cédula cinco-cero cero setenta y cinco-cero
trescientos noventa y cinco; para que dentro del plazo de 30 días, contados a
partir del a publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. 0002-2014. Notaría del Lic. Édgar Rainier
Cordero Campos, Heredia, San Rafael veinticinco norte del Pollo El Rafaeleño.—Lic. Édgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1
vez.—(IN2014043446).
Se
cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, e interesados en la sucesión
de Eduardo Hidalgo Ramírez, con cédula de identidad número dos-cero ciento
veinte-cero setecientos diecisiete, quien fue mayor, contador, casado una vez,
vecino de Alajuela, Grecia, del Cuerpo de Bomberos, cien metros al sur, con fin
de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus
derechos, y bajo apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente 30-06-2014. Sucesión de Eduardo Hidalgo Ramírez,
promovida por la señora Emma Vega Quirós. Notaría de la Licenciada Marlly Condega Sánchez, con
oficina en la ciudad de San José, Catedral, avenidas 22-24. Plaza González
Víquez, de Ferretería El Pipiolo 50 metros sur, casa número 2233.—San José, 4 de julio del 2014.—Lic. Marlly
Condega Sánchez, Notaria.—1
vez.—(IN2014043464).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue
Bernarda Pineda González, con cédula de identidad número 8-056-284, q-d-D-g,
para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezca a reclamar sus derechos los que crean tener derecho a
la herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero
uno-dos mil catorce. Licenciado Geovanny Víquez Arley,
domiciliado en San José.—San José, 2 de julio del
2014.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—(IN2014043517).
Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los
interesados en la sucesión de Soledad Rodríguez Ramírez, viuda, oficios del
hogar, cédula dos- ciento veintiuno-setecientos setenta y dos, vecina de
Alajuela, Palmares centro, muerte acaecida el primero de octubre de mil
novecientos noventa y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días,
comparezcan a este Despacho, sita en San José centro, calle 17 bis, avenidas 2
y 4, número 270, segunda planta; o de la esquina noroeste del Organismo de
Investigación Judicial, 50 metros al norte; a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión notarial,
expediente número cero cero tres-dos mil catorce.
Notaría de la licenciada Guiselle García Bogantes.—San José, 24 de mayo del 2014.—Lic. Guiselle
García Bogantes, Notaria.—1 vez.—(IN2014043570).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en sucesión de Frank Xavier Watson
Williams, quien fuera, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San Rafael
de Heredia, cédula siete-cero cuatro cinco-nueve dos ocho, para que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente 0003-2014 notaría del licenciado Allan
Chaves Campos. Notario público, situada en Limón centro, diagonal a los
Tribunales de Justicia.—Lic. Allan Chaves Campos,
Notario.—1 vez.—(IN2014043589).
Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza del
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, hace saber a
Alexander Morales Pérez, que en este Despacho se interpuso un proceso
reconocimiento de hijo de mujer casada en su contra, bajo el expediente N°
14-000308-0165-FA donde se dictó la resolución que literalmente dice:
Expediente N° 14-000308-0165-FA. Proceso: Reconocimiento hijo de mujer casada.
Promovido por: Carlos Augusto Villa Torres.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las trece horas y treinta
y dos minutos del veinte de mayo del dos mil catorce. Se tienen por
establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer
casada promovido por Carlos Augusto Villa Torres a favor de la menor: Shaila Ainhoa Morales Mosquera. De las mismas se confiere
audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. A su
vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia a el padre registral
de la menor, el señor Alexander Morales Pérez. De los autos se observa que se
encuentra debidamente apersonada la señora Yoli Mosquera Mosquera,
no oponiendo objeción alguna al presente proceso. Se les previene a las partes,
que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar medio y lugar, éste
último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las
resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se le(s) tendrán
por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la
notificación por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículo 6° y
12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637
del 21 de octubre de 1996). Notifíquese esta resolución al señor Alexander
Morales Pérez, por medio de un edicto conforme lo reseña el artículo 85 del
Código de familia. Dicho edito se remitirá vía electrónica a la Imprenta
Nacional, por lo que deberá el promotor verificar con dicha Institución la
publicación del mismo, y hacerlo saber al Despacho. Para notificar al ente
aludido, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras
Comunicaciones de este Circuito Judicial. Lic. Cristina Dittel
Masís, Jueza.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Karol
Vindas Calderón, Jueza.—1
vez.—(IN2014042007).
Se
convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la
curatela de la presunta insana: Ana Laura Villagra Morice, cédula identidad N° 5-404-520, hija de Oldemar Villagra Coronado y
Matilde Morice Rugama,
conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a
encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta
publicación. Proceso de insania establecido por Matilde de Jesús Morice Rugama. Expediente N°
14-000386-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 26 de junio del 2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—(IN2014042008).
Se
convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la
curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se
presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a
partir de esta publicación. Proceso de insania de Sonia Aguilar Rodríguez en
favor de José Aguilar Badilla. Expediente N° 14-000392-0687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia, 24 de junio del
2014.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—(IN2014042009).
Se
convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la
curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se
presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a
partir de esta publicación. Proceso de insania de María Jesús Borbón Agüero,
cédula N° 6-241-211, a favor del señor: Kevin Josué Cambronero
Borbón, cédula N° 4-224-448. Expediente N° 14-000397-0364-FA.—Juzgado
de Familia de Heredia, 21 de mayo del 2014.—Lic. Carlos E. Valverde
Granados, Juez.—1 vez.—(IN2014042013).
Lic.
Karol Vindas Calderón,
Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a
Jeremy Lane Campbell Murphy, en su carácter padre
registral de la persona menor de edad: Jimena Campbell Carazo, quien es mayor
de edad, casado, de nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte de su
país N° P074649440, de ocupación y paradero desconocido, se le hace saber que
en proceso reconoc. hijo
mujer casada, con expediente N° 12-000214-0165-FA, establecido por Jorge Arturo
Vega Álvarez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José,
a las ocho horas y treinta minutos del trece de mayo del dos mil trece.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las ocho horas y
treinta minutos del trece de mayo del dos mil trece. Se tienen por establecidas
las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido
por Jorge Arturo Vega Álvarez a favor de la persona menor de edad: Jimena
Campbell Carazo. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de
la Infancia, por el plazo de tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado,
se le confiere audiencia a los padres registrales del menor, los señores Jeremy
Lane Campbell Murphy de paradero desconocido, y
Marietta Carazo Coronado. Se les previene a las partes, que en el primer
escrito que presenten deben señalar medio y lugar, éste último dentro del
circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se
dicten inclusive la sentencia, se les tendrán por notificadas con el sólo
transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se
producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas
al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso,
incierto, o inexistente (artículo 6° y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y
otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996). Notifíquese
esta resolución a los padres registrales, personalmente o por medio de cédulas
y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo
19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar a la señora Carazo
Coronado, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; de este Circuito Judicial. Para notificar al ente aludido, se
comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de
este Circuito Judicial. Notifíquese al señor Jeremy Lane
Campbell Murphy, la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará
en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional; para los
efectos de artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los
datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a
correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase de
manera electrónica y publíquese por única vez. Lic. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Karol
Vindas Calderón, Jueza.—1
vez.—(IN2014042017).
Lic.
Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo
de Familia de San José; hace saber a Alexander León Sánchez, que en este
Despacho se tramita diligencia de reconocimiento de hijo de mujer casada donde
figura como interviniente, bajo el expediente N° 13-000289-0187-FA donde se
dictó las resolución que en síntesis dice: “...Se tienen por establecidas las
presentes diligencias de autorización de reconocimiento de hijo de mujer
casada, promovidas por Christian Alberto Núñez Bolaños. En calidad de
intervinientes se tienen al Patronato Nacional de la Infancia, al padre
Registral Alexander León Sánchez, y a la madre Carolina Padilla Barrantes, a
quienes se les confiere audiencia por el plazo de tres días para apersonarse al
proceso (artículo 819 y siguientes Código Procesal Civil). De los autos se
desprende que la señora Padilla Barrantes se encuentra debidamente apersonada
(ver folio 8). Se le previene a los intervinientes, que de conformidad con el
artículo 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales en el primer escrito que
presenten, deberán indicar un medio para atender sus futuras notificaciones,
bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicará la notificación
automática...”. Lo anterior se ordena así diligencias de autorización de
reconocimiento de hijo de mujer casada promovida por Christian Alberto Núñez
Bolaños a favor de persona menor de edad. Expediente N° 13-000289-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 28 de mayo
del 2014.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—(IN2014042018).
Vista
la certificación emitida por la Dirección General de Migración y Extranjería y
dado que el anotante Ravinder
Bedi, con pasaporte canadiense BA 562187 se
encuentra(n) radicado(s) en el extranjero, pues se observa que no ha ingresado
nuevamente a Costa Rica desde el catorce de junio del dos mil trece, se ordena
notificar por medio de edicto la presente resolución que dice así: “Déjese sin
efecto los señalamientos de remate ordenados en autos y en su lugar sáquese a
remate libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando restricciones reg. art.
18, Ley N° 2825 citas: 0541-00003791-01-0206-001; el bien dado en garantía, sea
la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento treinta y ocho mil
seiscientos treinta y uno-cero cero cero, para las
diez horas y cero minutos del cuatro de agosto del dos mil catorce. La base
será la misma fijada en autos, sea la suma de treinta y siete millones ciento
noventa y cuatro mil quinientos colones exactos. De no haber postores, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del
veinte de agosto del dos mil catorce, con la base de veintisiete millones
ochocientos noventa y cinco mil ochocientos setenta y cinco colones exactos
(rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de setiembre del dos mil
catorce, con la base de nueve millones doscientos noventa y ocho mil
seiscientos veinticinco colones exactos (un 25% de la base original).
Publíquese el edicto de ley”. En otro orden de ideas se le indica al anotante Ravinder Bedi que goza de un plazo de ocho días una vez publicado el
edicto para que se apersone hacer valer sus derechos, lo anterior de
conformidad con el ordinal 21.4 de la Ley de Cobro Judicial y en vista que se
han cancelado los timbres requeridos procédase anotar de forma electrónica la
presente demanda al bien a subastar sea la finca 6-138631-000. Así como la
resolución de las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre
del dos mil trece, que dice: Se tiene por establecido el proceso ejecución
hipotecaria en contra de Luis Álvarez Segura; a quien(es) se le(s) previene que
en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de
dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda
efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de
Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08,
celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho
fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder
Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se
le solicita a las partes de este asunto, se sirvan suministrar la siguiente
información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión
u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g)
Número de cédula. h) Lugar de residencia. Con la base de treinta y siete
millones ciento noventa y cuatro mil quinientos colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando restricciones reg. art.
18, Ley N° 2825 citas: 0541-00003791-01-0206-001; sáquese a remate el bien dado
en garantía, sea la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento
treinta y ocho mil seiscientos treinta y uno cero cero
cero. Para tal efecto se señalan las
(primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las, con la base de veintisiete millones ochocientos noventa
y cinco mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un 25%).
De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las, con la
base de nueve millones doscientos noventa y ocho mil seiscientos veinticinco
colones exactos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De
la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al
(los) demandado(s). Se ordena anotar la presente demanda al margen de
inscripción de(las) finca(s) garante(s). Mediante
anotación tecnológica inscríbase en el Registro Nacional los respectivos
embargos. “Se invita a la parte gestionante a que
suministre un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y
recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción de notificaciones.” Notifíquese esta resolución
al(los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Por medio de la notaria pública Lic. Irene Arrieta Chacón. Se le previene a
la parte actora que deberá aportar certificado de microfilm que indique a que
corresponden las citas de inscripción 2013-00045511-01 como hipoteca en la
certificación literal de la finca que se pretende subastar esto con el fin de
notificarle al acreedor por si tiene a bien apersonarse al proceso. En otro
orden de ideas, se les pone en conocimiento de las partes, que una vez firmados
los oficios recordatorios a entidades comisionadas, nuevas comisiones, los
oficios de embargo de salario y bancarios, los mismos deben ser diligenciados
en forma personal por quienes los solicita y hacer llegar al despacho los
resultados obtenidos. Los documentos los podrán bajar por medio del Sistema
Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales a través de la página www.Poder-Judicial.go.cr. Las partes
deberán comunicarse al Despacho para la solicitud de clave de autorización para
el uso del sistema de Gestión en Línea. Lic. Patricia Quesada Alpízar, Jueza. Así como la resolución que dice: “A las
quince horas y cincuenta y un minutos del ocho de octubre del dos mil trece.
Por haberse omitido en la resolución de las nueve horas treinta minutos del
veinticuatro de setiembre del dos mil trece, se adiciona que el bien dado en
garantía, sea la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento
treinta y ocho mil seiscientos treinta y uno cero cero
cero, se sacará a remate y que para tal efecto se
señalan las nueve horas del treinta y uno de enero del dos mil catorce (primer
remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan
las nueve horas del diecisiete de febrero del dos mil catorce, y de no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del
cuatro de marzo del dos mil catorce, esto con las bases señaladas en el auto de
traslado. Por otro lado, y vista la solicitud hecha con la finalidad de
notificar al anotante Ravinder
Bedi vía edicto, deberá el gestionante
previo a eso aportar certificación entradas y salidas del país emitida por la
Dirección General de Migración y Extranjería. Extranjería. Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez. Es todo. Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez. Lo anterior por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Lesbia Núñez Artavia contra Luis Álvarez Segura. Expediente N°
12-100820-0642-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 20 de enero del 2014.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez.—1 vez.—(IN2014042037).
Lic.
Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, hace saber a la promovente, que en el expediente N° 13-000600-1152-FA (4),
que son diligencias no contenciosa de insania, las cuales fueron interpuestas
por Leticia Méndez González a favor de Fernando Eduardo Matarrita
Méndez, se ha dictado la sentencia que literalmente en su parte dispositiva
dice así: Sentencia de primera instancia N° 190-2014.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las ocho horas y trece minutos
del veintitrés de mayo del dos mil catorce. Proceso de actividad judicial no
contenciosa de insania promovido por la señora Leticia Méndez González, mayor,
casado, ama de casa, vecina de Limón, cédula de identidad N° 7-0046-0821; y
Resultando: 1) La promovente solicita se declare
judicialmente el estado de insano: Fernando Eduardo Matarrita
Méndez, y que se le nombre como curadora legítima a la promovente
de la presunta insana. 2) Ningún interesado se opuso al presente proceso. 3) El
edicto de ley se publicó en el Boletín Judicial N° 11, del 16 de enero
del 2014 (ver copia del edicto a folio 8). 4) En el procedimiento se han
observado las prescripciones legales. No se notan defectos u omisiones capaces
de producir nulidad o indefensión. Esta resolución se dicta dentro del plazo de
ley; y Considerando: I.—Hechos probados: 1º—…, 2º—…, 3º—…; II.—Sobre el
fondo:…, III.—Costas:…; Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos
847 y siguientes del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley
Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil, 230 y
siguientes del Código de Familia, el presente proceso de actividad judicial no
contenciosa, incoado por Leticia Méndez González, mayor, casado, ama de casa,
vecina de Limón, cédula de identidad N° 7-0046-0821, se falla de la siguiente
forma: 1) Se declara el estado de interdicción del señor: Fernando Eduardo Matarrita Méndez. 2) Firme esta sentencia, la ejecutoria
deberá inscribirse en el Registro Público, Sección de Personas y Sección de
Propiedad, así como en el Registro Civil, al tomo: noventa y tres, folio:
trescientos ocho, asiento: seiscientos quince, Sección de Nacimientos,
provincia de Limón. 3) Se nombra como curador del incapaz a Leticia Méndez
González, mayor, casada, ama de casa, vecina de Limón, cédula de identidad N°
7-0046-0821, a quien se le previene comparecer a aceptar y jurar el cargo
dentro de tercero día. 4). Se le releva al curador de la obligación de
presentar inventario y avalúo de todos los bienes del incapaz, pero en el
futuro en caso de tenerlos, deberá de presentar inventario correspondiente. 5)
Con el fin de que el curador represente a la incapaz, en los asuntos judiciales
en los que se ésta se halle interesado, se le dará certificación de esta
sentencia. 6) Si en el futuro el insano adquiere bienes, deberá de realizarse
inventario de tales bienes y se le ordenará que garantice las resultas de su
administración. 7) La garantía se puede rendir mediante depósito en dinero
efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o
bonos del Estado sus instituciones, apreciados estos últimos en su valor
comercial, según certificación de un corredor jurado. 8) El cargo de curador
lleva implícito el deber de representarla legalmente y administrar sus bienes.
Igualmente, es obligación de la curadora cuidar que el incapaz adquiera o
recobre su capacidad mental. 9) Las costas de este trámite son a cargo del
patrimonio del inhábil. 10) Publíquese la sentencia en el Boletín Judicial.
Notifíquese. Expediente N° 13-000600-1152-FA (4).—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 27 de
mayo del 2014.—Lic. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado,
Juez.—1 vez.—(IN2014042039).
Se
convoca por medio de este edicto a las personas que tengan interés en el
proceso de insania de Francisco José Montero Bolaños, cédula N° 4-178-118,
conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a
encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta
publicación. Proceso de insania promovido por Francisco Rumaldo
Montero Pérez, cédula N° 4-104-1086. Expediente N° 13-000953-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 11 de junio del
2013.—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1
vez.—(IN2014042040).
Lic. Valeria Arce Ihabadjen Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José;
hace saber a Bismarck José Guillén Díaz, pasaporte C1614276, domicilio
desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso autorización de
salida país a favor de la persona menor de edad Génesis Graciela Guillén
Navarrete, bajo el expediente número 13-001387-0186-FA con lo cual se solicita
la autorización de salida del país de la menor antes mencionada. Lo anterior se
ordena así en proceso autorización salida país de Amanda del Carmen Navarrete
Cruz. Expediente Nº 13-001387-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 23 de junio del
2014.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—(IN2014044215).
Han comparecido
ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes:
Judith González Ramírez, mayor, estado civil viuda, ayudante de cocina, cédula
de identidad N° 0601310100, vecina de Carmona de Nandayure,
200 metros oeste del Hogar de Ancianos, casa de color papaya, hija de Nieves
Ramírez González de nacionalidad costarricense, y de Clodomiro González Murillo
(fallecido) de nacionalidad costarricense, nacida en Puntarenas Centro, el 26
de marzo de 1957, con 56 años de edad, y Nelson Ugalde Ávila, mayor, estado
civil soltero, jornalero, cédula de identidad N° 0502430015, vecino de Tacani de Nandayure, 400 metros
al norte de la Escuela, hijo de Tomasa Ávila Jiménez de nacionalidad
costarricense, y de Rigo Ugalde Jiménez de nacionalidad
costarricense, nacido en Santa Rita de Nandayure, el
15 de octubre de 1967, actualmente con 46 años de edad. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del
término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de matrimonio). Expediente N° 14-000079-0869-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), 19 de
marzo del 2014.—Lic. Karol Tatiana Gómez Moraga,
Jueza.—1 vez.—(IN2014042004).
Adelia Francisca
Hernández Carrillo, mayor, estado civil soltera, cédula de identidad N°
0502590854, vecina de Acoyapa de Nicoya, 600 metros
noroeste del puente de río Morote, hija de María
Bernabé Carrillo Mayorga y de Gabino Hernández Hernández
(fallecido), nacida en Santa Rita de Nandayure, el 2
de abril de 1970, con 44 años de edad, y Antonio Alfaro Ramos, mayor, estado
civil divorciado, cédula de identidad N° 0501050901, vecino de Acoyapa de Nicoya, 600 metros noroeste del puente de río Morote, hijo de Altagracia Ramos Santamaría (fallecida) y
de Eloy Alfaro Alfaro (fallecido), nacido en Zapotal
de Nicoya, el 1° de abril de 1944, actualmente con 70 años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de matrimonio). Expediente N° 14-000090-0869-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), 19 de
junio del 2014.—Lic. Berta Lidieth Araya Porras,
Jueza.—1 vez.—(IN2014042005).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los
contrayentes: Freddy Alonso Canales Mendoza, mayor, en unión libre, hijo de
Freddy Canales Castro y Ana Luisa Mendoza Gutiérrez, nacido en Centro Central
Puntarenas, el 5 de junio del 1990, con 24 años de edad, cédula de identidad N°
0603870890, y Marcela Salas Víctor, mayor, en unión libre, hija de Antonio
Salas Pizarro y Lidia Víctor Alcocer, nacida en Liberia, Guanacaste, el 13 de
mayo de 1996, con 18 años de edad, cédula de identidad N° 0504100397. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de matrimonio). Expediente N° 14-000392-0938-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 25 de
junio del 2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1
vez.—(IN2014042010).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los
contrayentes: Bolívar Vega Barrantes, mayor, divorciado, desempleado, cédula de
identidad N° 0202060875, vecino de los Ángeles de Grecia, después del puente
Salguero 25 metros al este casa a mano izquierda, costarricense, hijo de Rafael
Vega Hidalgo y María Eugenia Barrantes Molina, nacido en los Ángeles de Grecia,
el 19 de junio de 1940, con 74 años de edad, y María Juana Obando Espinoza,
mayor, divorciada, pensionada, cédula de identidad N° 0501130805, vecina de los
Ángeles de Grecia, después del puente Salguero 25 metros al este casa a mano
izquierda, costarricense, hija de Catarino Obando
Chavarría y Felicia Espinoza Obando, nacida en San Antonio de Nicoya,
Guanacaste, el 28 de marzo de 1946, actualmente con 68 años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de matrimonio). Expediente N° 14-000406-0687-FA.—Juzgado
de Familia de Grecia, 19 de junio del 2014.—Lic. Marjorie
Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—(IN2014042014).
Han
comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer
matrimonio civil, los contrayentes el señor: Jonathan Gerardo Vega Arrieta,
mayor, estado civil soltero, profesión chofer, cédula de identidad N°
04-0175-0192, vecino de San Pedro de Barva de
Heredia, de la Iglesia Católica 500 metros al oeste y 100 metros al sur, hijo
de Marvin Antonio Vega Rodríguez y María de los Ángeles Arrieta Morales, nacido
en Heredia, el 18 de mayo de 1981, con 33 años de edad, y Meriam
Ramírez González, mayor, estado civil soltera, profesión servicio al cliente,
cédula de identidad N° 04-0191-0961, vecina de San Pedro de Barva
de Heredia, 200 metros al este de la Escuela, hija de Gerardo Ramírez Ramírez y María de los Ángeles González Cubero, nacida en
Heredia, el 30 de mayo de 1986, actualmente con 28 años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
Expediente N° 14-001260-0364-FA.—Juzgado de Familia
de Heredia, 17 de junio del 2014.—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2014042020).
Han
comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer
matrimonio civil, los contrayentes el señor: Erick Gustavo Araya Gómez, mayor,
estado civil soltero, profesión panadero, cédula de identidad N° 1-1347-165, vecino
de Guararí de Heredia, de la Escuela 75 metros al
sur, casa color café N° 7, muro negro, hijo de Maritza Araya Gómez, nacido en
San José, el 16 de marzo de 1988, con 26 años de edad, y Karla Valeria
Rodríguez Vargas, mayor, estado civil soltera, profesión estudiante, cédula de
identidad N° 4-240-173, vecina de Guararí de Heredia,
Radial 2, casa 138, hija de José Gilberto Rodríguez Moreira, nacida en Heredia,
el 7 de setiembre de 1998, actualmente con 15 años de edad. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho Juzgado de
Familia de Heredia, dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. Expediente N° 14-001289-0364-FA.—Juzgado
de Familia de Heredia, 20 de junio del 2014.—Lic. Cynthia Rodríguez
Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2014042021).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los
contrayentes: Jorge Antonio Rosales Coronado, mayor, de 29 años de edad,
soltero, oficio construcción, cédula N° 5-0343-0722, costarricense, vecino de
Guadalupe, de la entrada norte de Novacentro 75
metros norte, casa color papaya, el 5 de enero de 1985, nacido Centro Nicoya,
Guanacaste, hijo de Albino Rosales Rosales y María
Modesta Coronado Dinartes, ambos costarricenses,
padre fallecido y mi mamá vecina de Purral de
Guadalupe, y Andrea Paola López Coto, mayor, de 25 años de edad, soltera,
cédula de identidad N° 1-1378-0734, costarricense, oficio ama de casa, vecina
de la misma dirección del contrayente, nacida en Carmen, Central, San José, el
25 de noviembre de 1988, hija de Rafael Ángel López Madrigal y Ana Lorena Coto
Ureña, ambos costarricenses, vecino de la misma dirección y madre fallecida. Si
alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para
que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho
dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
Solicitud de matrimonio. Expediente N° 14-001361-0165-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Montelimar,
23 de junio del 2014.—Lic. Karol Vindas
Calderón, Jueza.—1 vez.—(IN2014042022).
Lic. Gloriana Chaves Hernández, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía
de Liberia, al señor Juan Manuel Soto Umaña, costarricense, portador de la
cédula de identidad N° 01-0951-0512, sin domicilio conocido, en su condición de
tercero civilmente responsable, como representante judicial y extrajudicial de
Asesores e Informes Contables S. A., se
le hace saber: Que en el legajo de acción civil resarcitoria N°
11-003007-0396-PE, en perjuicio de José Roberto Monge Rodríguez contra Marcos
Antonio Soto Umaña, por el delito de lesiones culposas; se han dictado las
resoluciones que literalmente dicen: Se resuelve: Fiscalía de Liberia, Liberia,
Guanacaste, a las dieciséis horas y veinticinco minutos del veintidós de
octubre del dos mil doce. Siendo que en la causa penal N° 11-003007-0396-PE,
seguida por lesiones culposas contra Marcos Antonio Soto Umaña, se ha formulado
acción civil resarcitoria, donde el tercero civilmente responsable Asesores e
Informes Contables S. A., representado por Juan Manuel Soto Umaña,
costarricense, portador de la cédula de identidad N° 01-0951-0512, sin
domicilio conocido, en su condición representante judicial y extrajudicial de
Asesores e Informes Contables S. A., a quien pese a haberse realizado todas las
diligencias posibles para su localización, no ha sido posible informarles de
ella, se le comunicará la presente mediante la publicación de un edicto por una
única ocasión. Lic. Gloriana Chaves Hernández, Fiscal
Auxiliar de la Fiscalía de Liberia. Traslado de la acción civil.—Liberia, Guanacaste, jueves 26 de junio del 2014. De
conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal vigente, se ordena
comunicar al tercero civilmente responsable y a su defensor, en el lugar
señalado, y, en su caso, en su casa de habitación. De igual forma comuníquese a
los querellantes, si los hubiere, se les informa que tienen el plazo de cinco
días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, para que
manifiesten lo que corresponda.—Fiscalía Adjunta
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia).—Lic. Gloriana Chaves Hernández, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(IN2014042015).