BOLETÍN
JUDICIAL N° 154 DEL 12 DE
AGOSTO DEL 2014
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
PRIMERA PUBLICACIÓN
ASUNTO Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas
judiciales del cantón de Pococí de la provincia de
Limón.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Pococí de la provincia de Limón, permanecerán cerradas
durante el diecinueve de setiembre de dos mil catorce, con las salvedades de
costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho
cantón.
San José, 21 de julio del 2014.
MBA
Rodrigo Arroyo Guzmán,
(IN2014049391) Subdirector Ejecutivo
ASUNTO Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas
judiciales del cantón de Jiménez, provincia de Cartago.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón Jiménez,
provincia de Cartago, permanecerán cerradas durante el día diecinueve de agosto
de dos mil catorce, con las salvedades de costumbre, por motivo de la
celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
San José, 29 de julio del 2014.
MBA
Rodrigo Arroyo Guzmán,
(IN2014049395) Subdirector
Ejecutivo
ASUNTO Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas
judiciales del cantón de Turrialba de la provincia de Cartago.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Turrialba de
la provincia de Cartago, permanecerán cerradas durante el día catorce de agosto
de dos mil catorce, con las salvedades de costumbre, por motivo de la
celebración de los festejos cívico patronales de dicho cantón.
San José, 29 de julio del 2014.
MBA
Rodrigo Arroyo Guzmán,
(IN2014049398) Subdirector
Ejecutivo
Res. Nº 2014006337.—San José, a las catorce horas
treinta minutos del catorce de mayo de dos mil catorce. (Exp.
N° 12-016951-0007-CO).
Acción de inconstitucionalidad promovida por Marta E. Acosta Zúñiga,
mayor, casada, portadora de la cédula de identidad N° 6-0146-0579, vecina de
Sabanilla, en su condición de Contralora General de la República, contra los
artículos 113 y 156 de la Convención Colectiva de Trabajo de RECOPE 2011-2012 y
4, 9, 10, 13, 18 y 22 de las Normas para la Evaluación del Desempeño de RECOPE.
Resultando:
1º—En la sentencia número 2014-001227 de las dieciséis
horas y veintiuno minutos del veintinueve de enero del dos mil catorce, se
estableció el siguiente Por Tanto:
“Por mayoría se declara
parcialmente con lugar la acción, en cuanto el artículo 156 de la Convención
Colectiva de Trabajo de la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (RECOPE)
se aplica a los funcionarios “no profesionales”. En consecuencia, los aumentos
previstos en dicha norma no podrán ser de aplicación a este sector, hasta tanto
no se logre establecer un mecanismo que busque preservar el poder adquisitivo
de los salarios de los funcionarios “no profesionales”. Esta sentencia tiene
efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma cuya
práctica se anula, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. En lo
demás, se declara SIN LUGAR la acción. El magistrado Salazar Alvarado pone
nota. El magistrado Armijo Sancho salva el voto y rechaza de plano la acción.
El magistrado Jinesta Lobo rechaza de plano la acción
y da razones diferentes. El Magistrado Rueda salva el voto, declara
parcialmente con lugar la acción de inconstitucionalidad contra los artículos
155 de la Convención Colectiva y 13 de las Normas para la Evaluación del
Desempeño de RECOPE. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes
Legislativo, y Ejecutivo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La
Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.
2º—En los procedimientos seguidos se ha observado las prescripciones
legales.
Redacta el Magistrado Castillo Víquez; y,
Considerando:
I.—El artículo 12 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional establece que las sentencias que dicte esta Sala podrán ser
aclaradas o adicionadas, a petición de parte, si se solicitare dentro del
tercer día y de oficio en cualquier tiempo, incluso en los procedimientos de
ejecución, en la medida en que sea necesario para dar cabal cumplimiento al
contenido del fallo.
II.—En la sentencia número 2014-001227 de las dieciséis horas y
veintiuno minutos del veintinueve de enero del dos mil catorce, se estableció
el siguiente Por Tanto: “Por mayoría se declara parcialmente con lugar la
acción, en cuanto el artículo 156 de la Convención Colectiva de Trabajo de la
Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (RECOPE) se aplica a los
funcionarios “no profesionales”. En consecuencia, los aumentos previstos en
dicha norma no podrán ser de aplicación a este sector, hasta tanto no se logre
establecer un mecanismo que busque preservar el poder adquisitivo de los
salarios de los funcionarios “no profesionales”. Esta sentencia tiene efectos
declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma cuya práctica se
anula, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. En lo demás, se
declara SIN LUGAR la acción. El magistrado Salazar Alvarado pone nota. El
magistrado Armijo Sancho salva el voto y rechaza de plano la acción. El
magistrado Jinesta Lobo rechaza de plano la acción y
da razones diferentes. El Magistrado Rueda salva el voto, declara parcialmente
con lugar la acción de inconstitucionalidad contra los artículos 155 de la
Convención Colectiva y 13 de las Normas para la Evaluación del Desempeño de
RECOPE. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, y
Ejecutivo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y
publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.
En consecuencia y con fundamento en la facultad que el artículo 12 de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional le otorga a esta Sala, se corrige de
oficio el error material consignado en la parte dispositiva, para que se lea
correctamente de la siguiente manera: “Por mayoría se declara parcialmente
con lugar la acción, en cuanto el artículo 156 de la Convención Colectiva de
Trabajo de la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (RECOPE) se aplica a
los funcionarios “no profesionales”. En consecuencia, los aumentos previstos en
dicha norma no podrán ser de aplicación a este sector, hasta tanto no se logre
establecer un mecanismo que busque preservar el poder adquisitivo de los
salarios de los funcionarios “no profesionales”.Esta
sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de
la norma cuya práctica se anula, sin perjuicio de los derechos adquiridos de
buena fe. En lo demás, se declara SIN LUGAR la acción. El magistrado Salazar
Alvarado pone nota. El magistrado Armijo Sancho salva el voto y rechaza de
plano la acción. El magistrado Jinesta Lobo rechaza
de plano la acción y da razones diferentes. El Magistrado Rueda salva el voto,
declara parcialmente con lugar la acción de inconstitucionalidad contra los
artículos 156 de la Convención Colectiva y 13 de las Normas para la Evaluación
del Desempeño de RECOPE. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes
Legislativo, y Ejecutivo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La
Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.
III.—Corolario de lo expuesto, y para facilitar la adecuada lectura del
fallo, se ordena corregir el referido error material en la parte dispositiva en
los términos señalados.
Por tanto:
Se corrige el error material consignado en la
sentencia número 2014-001227 de las dieciséis horas y veintiuno minutos del
veintinueve de enero del dos mil catorce, para que el por tanto se lea
correctamente así: “Por mayoría se declara parcialmente con lugar la acción,
en cuanto el artículo 156 de la Convención Colectiva de Trabajo de la
Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE) se aplica a los
funcionarios “no profesionales”. En consecuencia, los aumentos previstos en
dicha norma no podrán ser de aplicación a este sector, hasta tanto no se logre
establecer un mecanismo que busque preservar el poder adquisitivo de los
salarios de los funcionarios “no profesionales”. Esta sentencia tiene efectos
declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma cuya práctica se
anula, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. En lo demás, se
declara SIN LUGAR la acción. El magistrado Salazar Alvarado pone nota. El
magistrado Armijo Sancho salva el voto y rechaza de plano la acción. El
magistrado Jinesta Lobo rechaza de plano la acción y
da razones diferentes. El Magistrado Rueda salva el voto, declara parcialmente
con lugar la acción de inconstitucionalidad contra los artículos 156 de la
Convención Colectiva y 13 de las Normas para la Evaluación del Desempeño de
RECOPE. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, y
Ejecutivo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y
publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”. Gilbert
Armijo S. Presidente/ Ernesto Jinesta L./ Fernando
Cruz C./ Fernando Castillo V./ Paul Rueda L./ Nancy Hernández L./ Luis Fdo.
Salazar A./
San José, 30 de julio del 2014.
Dennis
Ubilla Arce
1 vez.—(IN2014049421) Secretario
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de quien fue Luis Adolfo Mora Ruiz, pasaporte 566-130885-0002-P,
y falleció el 26 de agosto del año 2013, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prestaciones bajo el número
13-000224-0945-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°13-000224-0945-LA.
Proceso promovido por Maderas Preciosas de Costa Rica S.A a favor de
desconocido.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, Liberia, 25 de noviembre del 2013.—Lic. Carlos
Humberto Venegas Avilés, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049044).
A los causahabientes de
quien en vida se llamó Enrique Núñez Sancho, quien fue mayor, casado, con
cédula de identidad número 4-0157-0062, se les hace saber que: Lileana Brenes Pacheco, portadora de la cédula de identidad
o documento de identidad número 1-700-093, se apersonó en este Despacho en
calidad de esposa supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes
diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza
por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí
establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por
el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido. Expediente N° 14-000094-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 21 de mayo del 2014.—Msc. Yuri López
Casal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049055).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Claudio Paulino García Quirós, mayor, casado,
vecino de San José, identificación R 115200017500, fallecido el 12 de marzo del
año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el N° 14-000263-1021-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 14-000263-1021-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia,
17 de julio del 2014.—Lic. Randall Porras Chinchilla, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014049067).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Rodolfo Antonio Castro Carballo, cédula de
identidad 4-193-704, fallecido el 07 de marzo del año 2014, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el N° 14-000275-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
14-000275-1021-LA. Por Embotelladora Centroamericana Ltd
a favor de Rodolfo Antonio Castro Carballo.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Heredia, 8 de julio del 2014.—Lic. Octavio Villegas Rojas,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049069).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Robert Iván Vega Vargas, quien fue mayor,
pensionado, cédula 4-159-170 y falleció el 15 de mayo del año 2014, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias Consignación de Prestaciones de trabajador
fallecido bajo el número 14-000391-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 14-000391-1021-LA. Por Ana Lorena Chavarría Vásquez a favor de
Robert Iván Vega Vargas.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia
26 de junio del 2014.—Lic. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049070).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Josué Gerardo Villalobos Sanarrucia,
con cédula número 1-1076-426, fallecido el 16 de mayo del año 2014, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
privado bajo el número 14-000435-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 14-000435-1021-LA. Por Verdad Informática de Costa Rica S. A. a
favor de Josué Gerardo Villalobos Sanarrucia.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 23 de julio del 2014.—Lic.
Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049073).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Ricardo Francisco Nicolás Rodríguez Torres, cédula de identidad 4-109-0926, fallecido el
10 de marzo del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias bajo el número
14-000450-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
14-000450-1021-LA. Por Fondo de Capitalización Laboral de la CCSS a favor de
Ricardo Francisco Nicolás Rodríguez Torres.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Heredia, 25 de junio del 2014.—Lic. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014049075).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Víctor Hugo Gómez Palacios quien fue mayor,
soltero, vecino de Heredia, cédula 6-192-058, fallecido el 15 de agosto del año
2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el número 14-000555-1021-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente N° 14-000555-1021-LA. Por Cynthia Barrantes Vargas a favor
de Víctor Hugo Gómez Palacios.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de
Heredia, 17 de julio del 2014.—Lic. Randall Porras Chinchilla, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014049076).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fernando Antonio Montero
Agüero, quien tuvo cédula número 2-355-670, fallecido el 24 de julio del año
2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el número 14-000556-1021-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente N° 14-000556-1021-LA. Por Olga Marta Segura Campos a favor
de Fernando Antonio Montero Agüero.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de
Heredia, 17 de julio del 2014.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014049078).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Rocío del Carmen Villalobos Hernández,
quien fue mayor, soltera, con cédula de identidad número 02-0505-0905, se les
hace saber que: José Lupe Villalobos Arce, portador de la cédula de identidad
número 02-0299-0161 y Yadira Hernández Estrada portadora de la cédula de
identidad número 02-0318-0895, ambos vecinos de Río Segundo de Alajuela, se
apersonó en este Despacho en calidad de padre y madre de la fallecida, a fin de
promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello,
se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en
el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este
Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Consignación de prestaciones del trabajador fallecido expediente número
14-000446-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 8 de julio del 2014.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.
A los causahabientes de
quien en vida se llamó Adimir Jiménez Salazar; quien
fue mayor, casado, oficial de seguridad, portó la cédula de identidad número
3-0375-0273 y falleció el primero de noviembre de dos mil trece. Los interesados
deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este
edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo
hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de
conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por
derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número
13-300130-0895-LA de Adimir Jiménez Salazar.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión,
30 de junio de 2014.—Msc María de Los Ángeles Solano
Gamboa, Jueza.—1 vez.—(IN2014049307).—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049082).
Por el plazo de ocho días, se emplaza a los
causahabientes del trabajador fallecido José Luis Centeno González, quien fuera
mayor, soltero, pistero en la gasolinera Cerro Plano en Santa Elena de
Monteverde de Puntarenas, vecino de Tilarán, con
cédula de identidad número cinco-cero doscientos sesenta y dos-cero seiscientos
veintitrés, hijo de Pablo Centeno Durán y de Ana Lucía González Herrera, para
que dentro de dicho término se apersonen a hacer valer sus derechos en las
diligencias de devolución de ahorro laboral de trabajador fallecido, bajo el
apercibimiento de que si no lo hicieren, el dinero se entregará a quien
corresponda, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 14-300029-0404-LA-1.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Tilarán, 28 de julio del
2014.—Lic. Ana Patricia Barrantes Ruiz, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014049375).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida Laura María Bonilla
Solís, cédula 1-1086-0850, quien falleciera el trece de enero del año dos mil
seis, mayor de 31 años, soltera, costarricense y vecina de Santa Ana, Alto de
Las Palomas. Del Restaurante Cebolla Verde 50 metros noreste, calle adoquinada,
casa color hueso, que se consideren con derecho a las mismas, para que dentro
del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación del este
edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo
85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así
en proceso de consignación de cuotas de trabajador fallecido, en que figuran
como partes la gestionante: Carmen Nuria Solís
Delgado, cédula número 1-0640-0142 y como fallecida Laura María Bonilla Solís,
cédula 1-1086-0850, expediente N° 14-300050-0242-LA.—Juzgado de Trabajo de
Menor Cuantía de Santa Ana, 29 de julio del 2014.—Lic. Ronald Chacón Mejía,
Juez.—1 vez.—(IN2014049377).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Freddy
José Ruiz Jiménez, quien fue mayor, soltero, albañil, portó la cédula de
residencia N° 155817814008 y falleció el diez de marzo de dos mil catorce. Los
interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la
publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de
que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se
entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del
Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de Consignación de
prestaciones N° 14-300060-0895-LA de Freddy José Ruiz Jiménez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 27 de
mayo del 2014.—M.Sc. María De Los Ángeles Solano
Gamboa, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014049381).
Con ocho días de plazo se convoca
a los causahabientes del fallecido Luis Gerardo Marín Quirós, quien fuera
mayor, divorciado, costarricense, mensajero, vecino de Desamparados, San
Miguel, urbanización El Ocaso, cédula de identidad número uno-ochocientos
cincuenta y tres-cero sesenta y nueve, quien falleció el veinte de noviembre
del dos mil diez, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en
la presente diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral, expediente
N° 13-300297-0237-LA (302-2-13), gestionado por: Ana Yancy
Fajardo Baltodano, contra Operadora de Planes de
Pensiones Complementarias BN Vital S. A., apercibidos de que de no hacerlo así
en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto,
los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el
artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer
Circuito Judicial de San José, Desamparados, 22 de noviembre del 2013.—Lic.
Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2014049408).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas:
298-13070-01-0910-001 y servidumbre de paso bajo las citas:
573-02471-01-0001-001, a las quince horas y cero minutos del cinco de setiembre
del dos mil catorce, y con la base de siete millones quinientos setenta y dos
mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula N° 462619-000, la cual es terreno para
construir. Situada: en el distrito 02
Florencia, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, calle pública de 10 metros lineales de ancho, con un frente a ella de 08
metros con 13 centímetros lineales; sur, Manuel Rodríguez Blanco; este, Limberth Zúñiga Álvarez, y oeste, Carlos García Núñez.
Mide: trescientos cuarenta y un metros cuadrados. Plano: A-1346072-2009. Para
el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de
setiembre del dos mil catorce, con la base de cinco millones seiscientos
setenta y nueve mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y
para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de
octubre del dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos noventa y
tres mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Ingenio Quebrada Azul y Afines
contra Carlos Alberto Agüero Umaña. Expediente N° 13-002988-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 19 de
junio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014050291).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero
minutos del primero de setiembre del dos mil catorce, y con la base de
veintisiete millones doscientos sesenta y siete mil doscientos sesenta y cinco
colones con sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 165733-000,
naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito 01 Nicoya, cantón
02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con
frente a ella de 82.99 metros; sur, Daniel Fajardo Toruño;
este, Orlando Matarrita Rodríguez; oeste, Daniel
Fajardo Toruño. Mide: diez mil metros cuadrados.
Plano: G-1226209-2008. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero
minutos del diecisiete de setiembre del dos mil catorce, con la base de veinte
millones cuatrocientos cincuenta mil cuatrocientos cuarenta y nueve colones con
veintitrés céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del dos de octubre del dos
mil catorce, con la base de seis millones ochocientos dieciséis mil ochocientos
dieciséis colones con cuarenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Daniel Gerardo Fajardo Sequeira. Expediente N°
14-000728-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste, 8 de julio del 2014.—Lic. Evelyn Molina Zúñiga,
Jueza.—(IN2014050310).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones y servidumbre de paso, a las nueve horas y cero minutos del dos
de setiembre del dos mil catorce, y con la base de veinticuatro millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 502016-000, la cual es
naturaleza: terreno para uso agrícola. Situada: en el distrito 01 Upala, cantón 13 Upala, de la
provincia de Alajuela. Linderos: norte, calle pública con una extensión de
28.25 metros; sur, Alondra Melissa S. A.; este, Rodrigo Cortés Villalobos,
María Melissa Fernández Salas, servidumbre agrícola en medio, Alondra Melissa
S. A.; oeste, Alondra Melissa S. A. Mide: tres mil cuatrocientos ochenta y
cinco metros cuadrados. Plano: A-1564072-2012. Para el segundo remate, se
señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del dos mil
catorce, con la base de dieciocho millones trescientos setenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de octubre del dos
mil catorce, con la base de seis millones ciento veinticinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Aquileo Naranjo López.
Expediente N° 14-001010-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste, 15 de julio del 2014.—Lic. Luis Alberto
Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014050314).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones
bajo citas: 334-10234-01-0900-001, a las nueve horas y cero minutos del tres de
setiembre del dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones ochocientos
sesenta y siete mil seiscientos diez colones con cuarenta y cinco céntimos, en
el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número cincuenta y dos mil novecientos cuarenta y cuatro-cero cero cero, la cual es: naturaleza: terreno con una casa.
Situada: en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de
Guanacaste. Linderos: norte, río Matamba; sur, Edwin
Sandoval Fernández y Gerardo Vargas; este, Gerardo Vargas; oeste, Octaviana
Castillo Castillo y servidumbre de paso con 3 metros
y Jorge Arenas Castillo. Mide: cuatrocientos veintisiete metros con sesenta y
ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0463883-1982. Para el segundo remate, se
señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos mil
catorce, con la base de doce millones seiscientos cincuenta mil setecientos
siete colones con ochenta y cuatro céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan
las nueve horas y cero minutos del seis de octubre del dos mil catorce, con la
base de cuatro millones doscientos dieciséis mil novecientos dos colones con
sesenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Juan Rigoberto Ortiz
Gutiérrez. Expediente N° 14-000709-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 18 de julio del 2014.—Lic. Evelyn
Molina Zúñiga, Jueza.—(IN2014050316).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las
catorce horas y quince minutos del veintinueve de agosto del dos mil catorce, y
con la base de ocho millones trescientos dos mil colones exactos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
N° 111993-003 y 004, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito
03 San Miguel, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte,
María Mercedes Madrigal Alfaro; sur, calle pública con 9,00 metros; este, María
Mercedes Madrigal Alfaro, lote 13 A; oeste, María Mercedes Madrigal Alfaro,
lote 11 A. Mide: doscientos once metros con cincuenta decímetros cuadrados.
Plano: G-0448251-1997. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
quince minutos del dieciséis de setiembre del dos mil catorce, con la base de
seis millones doscientos veintiséis mil quinientos colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce
horas y quince minutos del primero de octubre del dos mil catorce, con la base
de dos millones setenta y cinco mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Berter Manuel Cheves
Morales y Jeniffer Paola Jiménez Sibaja.
Expediente N° 13-001288-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste, 2 de julio del 2014.—Lic. Luis Alberto
Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014050318).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo el tomo: 408 y asiento: 19886, a
las nueve horas y treinta minutos del diez de setiembre del dos mil catorce, y
con la base de diecisiete millones de colones exactos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
290751-001-002, la cual es terreno Proyecto San Rafael para la agricultura
parcela 12. Situada: en el distrito 13 Pocosol,
cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública y lotes 24 y 25; sur, calle pública; este, calle pública; oeste,
reserva del I D A. Mide: cincuenta y seis mil ochocientos ochenta metros con
ochenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0133534-1993. Para el segundo
remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de
setiembre del dos mil catorce, con la base de doce millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de
octubre del dos mil catorce, con la base de cuatro millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Ronald Rodrigo Barrantes Camacho. Expediente N° 12-100953-0297-CI.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 18 de
junio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014050329).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y cuarenta
y cinco minutos del cinco de setiembre del dos mil catorce, y con la base de
ocho millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 182294-000, la cual es
terreno naturaleza: terreno de solar. Situada: en el distrito 02 Palmira,
cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Ana María Matarrita Salazar; sur, Ana María Matarrita
Salazar; este, Ana María Matarrita Salazar; oeste,
calle pública con 19 metros 97 centímetros. Mide: quinientos un metros
cuadrados. Plano: G-1460808-2010. Para el segundo remate, se señalan las quince
horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de setiembre del dos mil
catorce, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas
y cuarenta y cinco minutos del ocho de octubre del dos mil catorce, con la base
de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra José Luis Camareno Guido. Expediente N°
14-000980-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste, 28 de julio del 2014.—Lic. Evelyn Molina Zúñiga,
Jueza.—(IN2014050333).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero
minutos del diez de setiembre del dos mil catorce, y con la base de once
millones setecientos ocho mil ciento ochenta y siete colones con sesenta y seis
céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número veinte mil setecientos treinta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno de patio con una casa. Situada: en
el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
Víctor Soto; al sur, Jesús Elizondo; al este, Roberto Mora, y al oeste, calle
con 17.92 centímetros. Mide: quinientos setenta y un metros con sesenta y nueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
cero minutos del veintiséis de setiembre del dos mil catorce, con la base de
ocho millones setecientos ochenta y un mil ciento cuarenta colones con setenta
y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de octubre del
dos mil catorce, con la base de dos millones novecientos veintisiete mil
cuarenta y seis colones con noventa y dos céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Christian Valladares Camacho. Expediente N° 14-002001-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 20 de junio del 2014.—Lic. Mario García Araya,
Juez.—(IN2014050353).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas cero minutos
del veinticinco de setiembre del dos mil catorce, y con la base de cuatro
millones seiscientos cuarenta y seis mil setecientos treinta y cuatro colones
con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cinco mil
doscientos sesenta cero cero cero,
la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el
distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Asociación de Desarrollo Cantón
Aguirre; al sur, calle pública con un ancho de 10 metros; al este, Asociación
de Desarrollo Cantón Aguirre y al oeste, Asociación de Desarrollo Cantón Aguirre.
Mide: doscientos dos metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de octubre de
dos mil catorce, con la base de tres millones cuatrocientos ochenta y cinco mil
cincuenta y un colones con veinticuatro céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos
del veintisiete de octubre de dos mil catorce con la base de un millón ciento
sesenta y un mil seiscientos ochenta y tres colones con setenta y cinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Óscar Rodríguez Moya. Exp.: 13-005543-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 12 de febrero del 2014.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez.—(IN2014050358).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada; a las catorce horas y quince minutos del tres de setiembre de dos
mil catorce, y con la base de doce millones quinientos setenta y cinco mil
ciento cuarenta colones con cincuenta y dos céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 510377-002, 003, 004 la cual es naturaleza:
terreno para construir, lote 10 G, situada en el distrito 11-San Sebastián,
cantón 1-San José, de la provincia de San José. Linderos: norte, lote 1 G; sur,
calle pública; este, área de juegos infantiles y facilidades comunales, oeste,
lotes 9 G. Mide: noventa y cuatro metros con cincuenta decímetros cuadrados.
Plano: SJ-0673677-2000. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
quince minutos del diecinueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de
nueve millones cuatrocientos treinta y un mil trescientos cincuenta y cinco
colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del seis
de octubre de dos mil catorce con la base de tres millones ciento cuarenta y
tres mil setecientos ochenta y cinco colones con trece céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra María de los Ángeles Álvarez Martínez,
Ricardo Chacón Morales. Exp: 14-000766-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste,
21 de julio del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014050374).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condiciones y
Referencias Citas 335-18050-01-0900-001; a las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del tres de setiembre de dos mil catorce, y con la base de treinta y un
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cincuenta y ocho mil cincuenta y siete cero cero cero, la cual es terreno con una casa situada en el
distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, Elda Martha Vásquez Espinoza, sur, Elda Martha Vásquez Espinoza, este,
servidumbre de paso con frente de 8 metros, oeste, Agustín Marqueth
Ricco. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con
noventa y un decímetros cuadrados. Plano: G-1133775-2007. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de
setiembre de dos mil catorce, con la base de veintitrés millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
seis de octubre de dos mil catorce con la base de siete millones ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Alex Mauricio Alvarado Mora, Viviana Consuelo Muñoz Vargas. Exp.: 13-000693-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 21 de julio del 2014.—Lic. Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014050377).
En la puerta exterior de
este Despacho, a las ocho horas y cero minutos del veintidós de setiembre del
año dos mil catorce, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre de gravámenes
hipotecarios, la finca del Partido de San José, matrícula número trescientos
dos mil cincuenta y seis- cero cero cero, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil
quinientos doce colones con nueve céntimos, la cual es terreno para construir
con una bodega. Situado en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia, de la
provincia de San José. Linda al norte: Álvaro Esquivel y calle pública con
3,00; al sur, Mario Esquivel, al este, Pablo Esquivel y al oeste, Sonia
Esquivel. Mide: trescientos cincuenta y ocho metros con setenta decímetros
cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios; la finca del Partido de San
José, matrícula número doscientos cuarenta y tres mil quinientos cuarenta y
uno- cero cero cero, con la
base de treinta millones seiscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos
cincuenta y cinco colones con noventa y dos céntimos, la cual es terreno para
construir con una casa, situado en el distrito 01 San Vicente, cantón 14
Moravia, de la provincia de San José. Linda al norte, calle pública con un
frente de 14,30 metros lineales; al sur, Mario Esquivel Mora, al este, Rodrigo
Esquivel Mora y, al oeste, Sonia Esquivel Chaverri.
Mide: seiscientos treinta y tres metros con cuarenta y cinco decímetros
cuadrados. Para llevar a cabo el segundo remate se señalan las ocho horas y
cero minutos del siete de octubre del año dos mil catorce, con las bases de
forma respectiva de: 1) seis millones ciento ochenta y siete mil ochocientos
ochenta y cuatro colones con siete céntimos. 2) Veintidós millones novecientos
ochenta y siete mil noventa y un colones con noventa y cuatro céntimos. Y para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de
octubre del año dos mil catorce con las bases en forma respectiva de 1) dos
millones sesenta y dos mil seiscientos veintiocho colones con dos céntimos. 2)
Siete millones seiscientos sesenta y dos mil trescientos sesenta y tres colones
con noventa y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Freddy Adolfo González Barboza, Ruth Mora Arias. Exp.: 13-001604-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 29 de julio
del 2014.—Licda. Mónica Farah Castillo,
Jueza.—(IN2014050389).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero
minutos del veintiocho de agosto del año dos mil catorce, en el mejor postor
remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número sesenta y cuatro mil cuatrocientos veintitrés cero cero cero, la cual es terreno
construir una casa hab. Situada en el distrito cuatro Belén, cantón quinto
Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública 9
metros; al sur, Coop Río Cañas; al este Suriday Chavarría Espinoza y al oeste Olman
Álvarez Peña. Mide: doscientos cincuenta y seis metros con diecisiete
decímetros cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios pero soportando
Reservas y Restricciones citas 395-13843-01-0912-001 y Reservas y Restricciones
Citas: 395-13843-01-0915-001, y 395-13843-01-0911-001. Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número setenta y ocho mil setecientos doce-cero cero uno-cero
cero dos la cual es terreno para construir lote 6. Situada en el distrito
cuatro Belén, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, Ania Serrano; al
este, Wilfreddy Jaén y al oeste calle pública. Mide:
doscientos veinticuatro metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. 3)
Libre de gravámenes pero soportando Reservas y Restricciones Citas
395-13843-01-0930-001, y Reservas y Restricciones Citas: 395-13843-01-0911-001.
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y ocho mil
setecientos catorce-cero cero cero la cual es terreno
agricultura lote 7. Situada en el distrito cuatro Belén, cantón quinto
Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juan Ruiz; al sur,
Doris Eneida Serrano; al este, Misael y al oeste, calle pública. Mide:
doscientos cuarenta y seis metros con setenta y cinco decímetros cuadrados, con
las bases que se dirán: 1) de doce millones setecientos cuarenta y un mil
quinientos sesenta colones exactos. 2) Cuatro millones ciento veinticinco mil
novecientos veinte colones. 3) Y con la base de cuatro millones quinientos
treinta y dos mil quinientos veinte colones. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y cero minutos del doce de setiembre del año dos mil catorce,
con las bases que se dirán 1) de nueve millones quinientos cincuenta y seis mil
ciento setenta colones exactos, 2) tres millones noventa y cuatro mil
cuatrocientos cuarenta colones y 3) tres millones trescientos noventa y nueve
mil trescientos noventa colones, (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las quince horas cero minutos del treinta de
setiembre del año dos mil catorce con las bases que se dirán 1) de tres
millones ciento ochenta y cinco mil trescientos noventa colones exactos, 2) un
millón treinta y un mil cuatrocientos ochenta colones, y 3) un millón ciento
treinta y tres mil ciento treinta colones, (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la Restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Yamileth de la Trinidad Orozco Herrera. Exp.:
14-000043-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 21 de julio del 2014.—Lic.
Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014050390).
En la puerta exterior de
este Despacho se procederá a rematar las siguientes fincas: 1) Con la base de
veinticinco millones trescientos veintitrés mil setecientos treinta colones con
treinta y tres céntimos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
Reservas y Restricciones Citas: 398-03071-01-0902-001, para tal efecto se
señalan las quince horas y cero minutos del ocho de setiembre del año dos mil
catorce (primer remate). Sáquese a remate la finca Partido de Guanacaste, matrícula
número ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos ochenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 02 Palmira, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Llanos de Barbudal S. A.; al sur, Llanos
de Barbudal S. A.; al este, Guillermina Vargas Moya y
al oeste, calle pública con frente de 29,13 metros. Mide: dos mil cuarenta y
nueve metros con veintiún decímetros cuadrados. Plano: G-1243169-2007. Para el
segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro de
setiembre del año dos mil catorce, con la base de dieciocho millones
novecientos noventa y dos mil setecientos noventa y siete colones con quince
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del nueve de octubre del año dos mil
catorce con la base de seis millones trescientos treinta mil novecientos
treinta y dos colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). 2) Con la base de veintiún millones novecientos setenta y
seis mil doscientos sesenta y nueve colones con sesenta y siete céntimos libre
de gravámenes hipotecarios, para tal efecto se señalan las quince horas y cero
minutos del ocho de setiembre del año dos mil catorce (Primer remate). Sáquese
a remate la finca Partido de Guanacaste, matrícula número ciento sesenta y
nueve mil cuatrocientos ochenta y uno-cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Palmira, cantón 05
Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Llanos de Barbudal S. A.; al sur, Carlos Luis Paniagua Vargas; al
este, Guillermina Vargas Moya y al oeste, calle pública con frente de 27,28
metros. Mide: mil setecientos setenta y ocho metros con treinta y tres
decímetros cuadrados. Plano: G-1209446-2007.
De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las
quince horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil
catorce, con la base de dieciséis millones cuatrocientos ochenta y dos mil
doscientos dos colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y
cero minutos del nueve de octubre del año dos mil catorce, con la base de cinco
millones cuatrocientos noventa y cuatro mil sesenta y siete colones con
cuarenta y dos céntimos (un 25 % de la base original). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Juan Miguel Paniagua Vargas, Llanos
del Barbudal S. A. Exp.:
14-000863-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 25 de junio del
2014.—Licda. Mónica Farah Castillo,
Jueza.—(IN2014050393).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta
minutos del doce de setiembre de dos mil catorce, y con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos para cada una de las fincas, en el mejor postor
remataré lo siguiente:1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
179757-000 la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 05,
cantón 05, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote cinco; al sur,
lote uno; al este, servidumbre de camino y al oeste, Fernando Céspedes Vindas. Mide: trece mil quinientos cuarenta y cinco metros
con cuarenta y dos decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 179759-000 la cual es terreno para agricultura. Situada
en el distrito 05, cantón 05, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
lote dos; al sur, lote tres; al este, Sander Andreuss Wilkin y al oeste,
Fernando Céspedes Vindas. Mide: trece mil quinientos
cuarenta y cinco metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de
setiembre de dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos setenta y
cinco mil colones exactos para cada una de las fincas (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del quince de octubre de dos mil catorce con la base de
seiscientos veinticinco mil colones exactos para cada una de las fincas (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Asociación de Productores del Sauce de Sta. Teresita contra David Soto Porras. Exp.: 13-007408-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 15 de julio del 2014.—Lic. Allan Barquero Durán,
Juez.—(IN2014050400).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero
minutos del cinco de setiembre del dos mil catorce, y con la base de
veintisiete mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y tres mil
setecientos sesenta y tres-cero cero cero, la cual es
terreno para construir lote uno. Situada en el distrito 03 Carrizal, cantón 01
Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Resto de Cultivos
Agrícolas de Puente Salas Limitada; al sur, calle pública; al este, Resto de
Cultivos Agrícolas de Puente Salas Limitada, y al oeste, lote dos. Mide:
doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil catorce, con la base de
veinte mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
ocho de octubre del dos mil catorce, con la base de seis mil setecientos
cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Elizabeth Cerdas Alfaro contra Mauricio Alberto Chacón
Rodríguez, expediente N° 12-000092-0295-CI.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de junio del año
2014.—Msc. Roxana Hernández Araya,
Jueza.—(IN2014050411).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas tomo 337 asiento 9505 y servidumbre de paso citas tomo 2011
asiento 231734; a las quince horas y treinta minutos del cuatro de noviembre
del año dos mil catorce, y con la base de cinco millones setecientos diecisiete
mil seiscientos noventa y cuatro colones con cuarenta y tres céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número quinientos ochenta y tres mil doscientos setenta y uno-cero
cero cero, la cual es terreno de cultivo anuales.
Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, Carnesur
S. A.; al sur, Carnesur S. A.; al este, María Isabel
Zamora Murillo, y al oeste, Servidumbre Agrícola. Mide: diez mil metros con
cero decímetros. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil
catorce, con la base de cuatro millones doscientos ochenta y ocho mil
doscientos setenta colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y
treinta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil catorce con la base de
un millón cuatrocientos veintinueve mil cuatrocientos veintitrés colones con
sesenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Albert
Alexis Solís Barrios, expediente N° 14-002707-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 17
de julio del año 2014.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2014050428).
En la puerta exterior de
este Despacho; a las catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del
diecisiete de setiembre del dos mil catorce, se rematan las fincas partido de
Guanacaste, matrículas 126807-000, 37763-000, y 62930-000. Los remates se
realizan de la siguiente manera: 1) Remate finca 5-126807-000. Con la base de
diez mil novecientos veintisiete dólares con trece centavos, en el mejor postor
remataré la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula 126807-000, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03
Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda norte, calle publica con 15
metros de frente; sur, Franklin Montiel Larios; este, Ivan
Francisco Pizarro Méndez y Elvira Duarte Castellon,
oeste, Joaquín Romero Gutiérrez. Mide: cuatrocientos cincuenta y ocho metros
con treinta y cuatro decímetros cuadrados. El remate de esta finca se hace
soportando Hipoteca de primer grado, bajo las citas 573-70670-01-0002-001, y
reservas y restricciones, bajo las citas 352-00253-01-0900-001. De no haber
postores, para el segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos (dos
de la tarde) del dos de octubre del dos mil catorce, con la base de ocho mil
ciento noventa y cinco dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, de no haber postores , para la tercera subasta se
señalan las catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del diecisiete de
octubre del dos mil catorce con la base de dos mil setecientos treinta y un
dólares con setenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). 2) Remate finca 5-37763-000. Libre de gravámenes hipotecarios a las
catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del diecisiete de setiembre del
dos mil catorce. Con la base de setenta y seis mil cuatrocientos ochenta y
nueve dólares con ochenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré la
Finca inscrita en el Registro Público, Partido Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula 37763-000, la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Santa Cruz,
cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, Rosamaría
Sánchez Yonny; sur, calle pública; este, Lucas
Evangelista Pineda Orozco, oeste, Amancio Gutiérrez Santana. Mide: trescientos
cincuenta y nueve metros con veintinueve decímetros cuadrados. De no haber
postores, para el segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos (dos
de la tarde) del dos de octubre del dos mil catorce, con la base de cincuenta y
siete mil trescientos sesenta y siete dólares con cuarenta y un centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y de no haber postores, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del
diecisiete de octubre del dos mil catorce con la base de diecinueve mil ciento
veintidós dólares con cuarenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). 3) Remate finca 5-62930-000. Libre de gravámenes hipotecarios
a las catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del diecisiete de setiembre
del dos mil catorce. Con la base de diez mil novecientos veintisiete dólares
con trece centavos, en el mejor postor remataré la Finca inscrita en el
Registro Público, Partido Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula 62930-000, la cual es terreno para construir. Situada en
el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: norte, calle pública con 10m 6cm; sur, Floreny
Morales Monge; este, Elvira Duarte Castellón, oeste, Teodora Bellido Álvarez.
Mide: trescientos ocho metros con ochenta decímetros cuadrados. De no haber postores,
para el segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos (dos de la
tarde) del dos de octubre del dos mil catorce, con la base de ocho mil ciento
noventa y cinco dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y de no haber postores, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del diecisiete de
octubre del dos mil catorce, con la base de dos mil setecientos treinta y un
dólares con setenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Yohna I.Y.N. S. A. contra Yara Vanessa Jiménez Vallejos,
expediente N° 13-005596-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 10 de junio del año 2014.—Lic. Audrey Abarca
Quirós, Jueza.—(IN2014050467).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis horas y cero
minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de
tres millones doscientos cuarenta y dos mil ochocientos cuarenta y siete
colones con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 100313-000, la cual
es terreno de café. Situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Benigno Bonilla; al sur, Aurora
Cordero; al este, calle publica con 34m 97cm, y al oeste, Benigno Bonilla.
Mide: mil setecientos ochenta y tres metros con ochenta decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del tres
de octubre del año dos mil catorce, con la base de dos millones cuatrocientos
treinta y dos mil ciento treinta y cinco colones con ochenta y dos céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las dieciséis horas y cero minutos del veinte de octubre del año dos mil
catorce con la base de ochocientos diez mil setecientos once colones con
noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito
Agrícola de Cartago contra Juan Chávez Arce, Seguridad Integral-Internacional
Sociedad Anónima, Thomas Neal Baker no indica
expediente N° 12-016870-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de
Cartago, 19 de junio del año 2014.—Lic. Allan Barquero Durán,
Juez.—(IN2014050480).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada, visible al tomo doscientos sesenta y siete, asiento ocho mil
trescientos ochenta y nueve, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero dos, subsecuencia cero cero uno, plazo
de convalidación (rectificación demedida), visible al
tomo dos mil once, asiento cero cero cero ochenta y ocho, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero cuatro, subsecuencia cero cero uno, a las
catorce horas y cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil catorce, y con
la base de diecisiete millones seiscientos noventa y un mil seiscientos treinta
y un colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 43743-000, la
cual es terreno potrero con una lechería. Situada en el distrito cuarto, cantón
quinto, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Zacarias
Araya Romero; al sur, con Celia Araya; al este, Isabel Araya, y al oeste, Eulogia Araya. Mide: treinta y nueve mil treinta y siete
metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil
catorce, con la base de trece millones doscientos sesenta y ocho mil
setecientos veintitrés colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del siete de octubre del dos mil catorce, con la base de cuatro
millones cuatrocientos veintidós mil novecientos siete colones con noventa y
seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Bartolome Antonio Mora Chinchilla, expediente N°
14-000212-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 9
de junio del año 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014050499).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas cuarenta y
cinco minutos del seis de octubre del dos mil catorce, y con la base de noventa
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 609827-000, la cual es terreno con una
edificación. Situada en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibas,
de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Rafael Ajun
López; al noroeste, Manuel Alvarado Escot y Gabriela
Díaz Alfaro; al sureste, calle pública con 14.90 metros de frente, y al
suroeste, José Alvarado Rivera. Mide: quinientos setenta y cuatro metros con
cincuenta y dos decímetros cuadrados. Plano: SJ-0780276-2002. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de
octubre de dos mil catorce con la base de sesenta y siete mil quinientos
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del cinco de
noviembre del dos mil catorce, con la base de veintidós mil quinientos dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Central de Compras Centroamericanas
S.R.L. contra Corporacion Bleriot
del Norte S. A., expediente N° 14-010476-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de
julio del año 2014.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014050501).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condiciones y
restricciones: 2901-295-001, cuyas citas son: 326-09419-0901-001; a las catorce
horas y cero minutos del doce de setiembre del dos mil catorce, y con la base
de dieciséis millones ochocientos veintidós mil cuatrocientos setenta y seis
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y dos mil trescientos treinta y
cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito Paquera, cantón Puntarenas,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Chemin BBC Constructora S. A.; al este, Chemin
BBC Constructora S. A., y al oeste, 3-101-503968 S. A. Mide: Dos mil metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del veintinueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de doce millones
seiscientos dieciséis mil ochocientos cincuenta y siete colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
catorce horas y cero minutos del catorce de octubre del dos mil catorce, con la
base de cuatro millones doscientos cinco mil seiscientos diecinueve colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica- Canadá contra Marco
Vinicio Campos Guzmán, expediente N° 13-002505-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 13 de febrero del año 2014.—Lic.
Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014050508).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero
minutos del veintiocho de agosto de dos mil catorce 3:00 p.m. 28 de agosto del 2014, y con la
base de diecisiete millones ochenta y tres mil setecientos ochenta colones con
ochenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 104919-000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada
en el distrito 03 Tobosi, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
Marlene Porras Vásquez; al sur, Rafael Alfaro Ramírez y Ana María Hidalgo
Umaña; al este, calle pública con frente de 7,00 metros, y al oeste, Humberto
Ortiz Montero. Mide: trescientos veinticinco metros con cuarenta y cuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del doce de setiembre del dos mil catorce 3:00 p.m. 12 de setiembre del
2014, con la base de doce millones ochocientos doce mil ochocientos treinta y
cinco colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos
del treinta de setiembre de dos mil catorce 3:00 p.m. 30 de setiembre del 2014,
con la base de cuatro millones doscientos setenta mil novecientos cuarenta y
cinco colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Carlos José Benitez Loveman
contra Mayi Antonio Aguilar Solís, expediente N°
14-000867-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
13 de mayo del año 2014.—Lic. Hannia Marchena
Jiménez, Jueza.—(IN2014050510).
Licenciada
Marianela Fallas Víquez, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José, con la base de doscientos noventa y tres millones
trescientos ochenta y seis mil quinientos cincuenta y tres colones exactos, y
en la puerta exterior de este Despacho, sáquese a segundo remate y con la
rebaja del 25%, el inmueble embargado en autos, soportando anotación de
servidumbre de líneas eléctricas y de paso cita: 561-01803-001. Finca que se
describe así: inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cinco mil
cuatrocientos cuarenta y ocho- derecho cero cero cero, la cual es terreno en dos porciones de zacate en
parte y árboles frutales en otra y el resto de montes con una casa. Situada en
el distrito 03-Chomes, cantón 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, calle en medio primera porción y Víctor Flores; al sur,
calle en medio segunda porción y Jorge Fernández; al este, calle en medio José
Quesada Rodríguez y Jorge Fernández y al oeste calle pública en medio Emiliano
Flores. Mide: trescientos quince mil quinientos ochenta metros con cuatro
decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas del veintiséis
de agosto del dos mil catorce. Lo anterior por haberse ordenado en proceso de
ejecución de sentencia, establecida por Edith Godínez Lizano contra Manuel
Lozano Navarro. Expediente: 05-000144-0165-FA.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de San José.—Licda. Marianela Fallas Víquez,
Jueza.—(IN2014050524).
pRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintinueve de
setiembre del año dos mil catorce, y con la base de ciento setenta y un mil
ochenta y un dólares con noventa y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número ciento noventa mil novecientos sesenta-cero cero cero, la cual es terreno cancha de fútbol sintética.
Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, María Yamileth Garcia Piñar; al sur, sucesión Sebastián Meléndez Meléndez; al este, María Yamileth García Piñar y al oeste calle publica con un frente de 20 metros.
Mide: mil diecinueve metros cuadrados, plano G-1556732-2012. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de octubre del año
dos mil catorce, con la base de ciento veintiocho mil trescientos once dólares
con cuarenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de octubre
del dos mil catorce, con la base de cuarenta y dos mil setecientos setenta
dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sanigest
Internacional S. A. contra María Cupertina Noguera Baltodano y Ramón Antonio Duque Ávila. Exp. N° 14-001249-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia,
15 de julio del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014050544).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando gravámenes de
reservas y restricciones anotado al tomo cuatrocientos cuatro asiento nueve mil
trescientos ochenta y dos consecutivo cero uno secuencia novecientos y
novecientos uno y demanda penal sumaria número 11-200432-0645-PE del Juzgado
Penal de Garabito; anotada al tomo dos mil doce, asiento doscientos cuarenta y
seis mil ciento sesenta y consecutivo cero uno; a las nueve horas y quince
minutos del diecinueve de noviembre de dos mil catorce, y con la base de
treinta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número filial dieciocho mil
setecientos cinco derecho cero cero cero, la cual es apartamento número cincuenta y nueve
destinado al uso habitacional y que consta de dos plantas. Situada en el
distrito 01 Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, filial cincuenta y ocho; al sur, con filial
sesenta; al este, con área común y al oeste con área común. Mide: cuarenta y
seis mil metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y quince minutos del cuatro de diciembre de dos mil
catorce, con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas
y quince minutos del trece de enero de dos mil quince con la base de siete mil
quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Joseph James Scrivo contra Costa Rica Aborigen y Autóctona Pacaca S. A. Exp. N°
14-013819-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 30 de julio del 2014.—Lic. Fabio
Enrique Delgado Hernández, Juez.—(IN2014050552).
Desde la puerta exterior de
este Despacho, sáquese a remate los bienes embargados en autos, sean las
patentes comerciales inscritas en la municipalidad de San José en cabeza de la
demandada las cuales se encuentran en uso dentro del Casino Horse
Shoe, las cuales sales libres de gravámenes y
anotaciones judiciales, de la siguiente manera: 1) Patente número
1-437960-01-0001, autorizada como N° 307, para casino, con la base dada por el
perito, sea la suma de ciento cuarenta millones de colones. 2) Patente número
2-437961-01-1243, autorizada como N° 307, para casino, con la base dada por el
perito, sea la suma de ciento cuarenta millones de colones. 3) Patente número
1-437960-01-0002, autorizada como N° 345, para máquinas de juego, con la base
dada por el perito sea la suma de ciento cuarenta millones de colones. 4)
Patente número 1-437962-01-0004, autorizada como N° 364, para restaurante, con
la base dada por el perito sea la suma de treinta y cinco millones de colones.
5) Patente número 2-437960-01-2267, autorizada como N° 509, para licores en
restaurante, con la base dada por el perito sea la suma de cuarenta y cinco
millones de colones. Para tal efecto se señalan las quince horas del treinta de
setiembre de dos mil catorce (primer remate). De no haber postores, para llevar
a cabo el segundo remate, se señalan las quince horas del catorce de octubre de
dos mil catorce, de la siguiente manera: 1) Patente número 1-437960-01-0001,
autorizada como N° 307, para casino, con la base dada por el perito, sea la
suma de ciento cinco millones de colones. 2) Patente número 2-437961-01-1243,
autorizada como N° 307, para casino, con la base dada por el perito, sea la
suma de ciento cinco millones de colones. 3) Patente número 1-437960-01-0002,
autorizada como N° 345, para máquinas de juego, con la base dada por el perito
sea la suma de ciento cinco millones de colones. 4) Patente número
1-437962-01-0004, autorizada como N° 364, para restaurante, con la base dada
por el perito sea la suma de veintiséis millones doscientos cincuenta mil
colones. 5) Patente número 2-437960-01-2267, autorizada como N° 509, para
licores en restaurante, con la base dada por el perito sea la suma de treinta y
tres millones setecientos cincuenta mil colones. (Bases rebajadas en un 25%).
De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince
horas del veintinueve de octubre de dos mil catorce, de la siguiente manera: 1)
Patente número 1-437960-01-0001, autorizada como N° 307, para casino, con la
base dada por el perito, sea la suma de treinta y cinco millones de colones. 2)
Patente número 2-437961-01-1243, autorizada como N° 307, para casino, con la
base dada por el perito, sea la suma de treinta y cinco millones de colones. 3)
Patente número 1-437960-01-0002, autorizada como N° 345, para máquinas de
juego, con la base dada por el perito sea la suma de treinta y cinco millones
de colones. 4) Patente número 1-437962-01-0004, autorizada como N° 364, para
restaurante, con la base dada por el perito sea la suma de ocho millones
setecientos cincuenta mil colones. 5) Patente número 2-437960-01-2267, autorizada
como N° 509, para licores en restaurante, con la base dada por el perito sea la
suma de once millones doscientos cincuenta mil colones. (Un 25% de la base
original) se remata por ordenarse así dentro del proceso ejecución de sentencia
número 09-000195-0182-CI (6) de Grupo Nación GN S. A. y otra contra Favitro S. A.—Juzgado Tercero Civil de Mayor
Cuantía de San José, 23 de julio de 2014.—Lic. Osvaldo López Mora,
Juez.—(IN2014050554).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las 09:00 horas del uno de
setiembre de dos mil catorce, y con la base de setenta y cinco mil
cuatrocientos ochenta y dos dólares con noventa
y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número setenta y nueve mil ciento ochenta y seis-cero
cero cero, la cual es terreno para construir situada
en el distrito 03 Sardinal cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste.
Linderos: norte, calle pública con 40 mts., sur, Simon Torrente Torrente, este, Simon Torrente Torrente, oeste,
calle pública con 40 mts. Mide: mil quinientos
noventa y seis metros con cincuenta decímetros cuadrados plano G-0043366-1992.
Para el segundo remate se señalan las 9:00 horas del diecisiete de setiembre de
dos mil catorce, con la base de cincuenta y seis mil seiscientos doce dólares
con veinticuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las 9:00 horas del dos de octubre del dos mil
catorce, con la base de dieciocho mil ochocientos setenta dólares con setenta y
cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Luis Eduardo Castro Soto contra Gerardo Jovani Rivera López. Exp. N°
11-000208-0388-CI.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste, 07 julio del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado,
Juez.—(IN2014050563).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas 328-16150-01-0019-001 y plazo de
convalidación (rectificación de medida) citas 2010-283839-01-0003-001; a las
nueve horas y treinta minutos del diez de noviembre de dos mil catorce, y con
la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
ochenta y tres mil doscientos ocho-cero cero cero, la
cual es terreno naturaleza solar. Situada en el distrito 01 Puerto Cortés,
cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, María Castellon Tijerino; al sur, María
Castellón Tijerino; al este, Yuseta
S. A. y al oeste, calle pública. Mide: Quinientos metros con cero decímetros.
Plano: P-1476265-2011. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veinticinco de noviembre de dos mil catorce, con la base de
cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del diez de diciembre del dos mil catorce, con la base de un millón quinientos
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Luis Alberto Tijerino Espinoza. Exp. N°
14-000157-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional
de Golfito, 9 de julio del 2014.—Lic. Yesenia
Auxiliadora Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014050568).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones,
referencias ida citas 401-14653-01-0911-001; a las trece horas y treinta
minutos del diez de noviembre del dos mil catorce, y con la base de veinte
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta mil cuatrocientos
cincuenta y ocho-cero cero tres y cero cero cuatro,
la cual es terreno para la vivienda, número cinco con una casa. Situada en el
distrito 02 La Cuesta, cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Sileni Arrieta Zúñiga; al sur,
Maribel Miranda Cala; al este, calle
pública con 14
metros de frente y al oeste, Coopeagropal R.
L. Mide: Quinientos noventa y nueve metros con cuatro decímetros. Plano:
P-0959880-1991. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta
minutos del veinticinco de noviembre del dos mil catorce, con la base de quince
millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de
diciembre del dos mil catorce, con la base de cinco millones de colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Ariel Espinoza López y
otro. Exp. N° 14-000158-1201-CJ.—Juzgado de Cobro
de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 9
de julio del 2014.—Lic. Yesenia Auxiliadora Zúñiga
Ugarte, Jueza.—(IN2014050570).
A las catorce horas y
treinta minutos del tres de noviembre del año dos mil catorce, en la puerta
exterior de este Despacho, de la forma que se dirá y con sus respectivas bases
en el mejor postor remataré las siguientes fincas: primera: con la base de once
millones trescientos setenta mil sesenta colones con veinticinco céntimos,
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo
las citas: 401-07371-01-0912-001 y 401-07371-01-0921-001, condiciones bajo las
citas 401-07371-01-0922-001 y 401-07371-01-0924-001; sáquese a remate el bien
dado en garantía, sea la finca del partido de Alajuela, matrícula número
275764-001 y 002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02,
Buena Vista cantón 15, Guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Edgar Umaña Carvajal y Mauren Jiménez Steller; sur, Edgar Umaña Carvajal y Mauren
Jiménez Steller; este, calle pública con 19,97
metros; y al oeste, Edgar Umaña Carvajal y Mauren
Jiménez Steller. Mide: Trescientos noventa y cuatro
metros con veinticinco decímetros cuadrados. Plano: A-0034645-1992. Segunda:
con la base de veintiocho millones trescientos veintinueve mil ochocientos
setenta colones con setenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios;
pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 387-01526-01-0957-001
y 387-01526-01-0958-002; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la
finca del partido de Alajuela, matrícula número 453710-000, la cual es terreno
de potrero. Situada en el distrito 02, Buena Vista cantón 15 Guatuso, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Enrique Blanco Jara; sur,
Rodolfo Solórzano Jiménez; este, Luis Diego Umaña y Mauren
Jiménez Steller y calle pública con un frente de 64 metros
09 centímetros; oeste, I.D.A. Mide: Cuarenta mil cuarenta y tres metros
cuadrados. Plano: A-1324896-2009. Para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del año
dos mil catorce, con la base de ocho millones quinientos veintisiete mil
quinientos cuarenta y cinco colones con diecinueve céntimos por la finca número
275764-001 y 002; y con la base de veintiún millones doscientos cuarenta y
siete mil cuatrocientos tres colones con nueve céntimos, por la finca número
453710-000 (rebajada en un 25%). Para el tercer remate, se señalan las catorce
horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil catorce, con la base
de dos millones ochocientos cuarenta y dos mil quinientos quince colones con
seis céntimos por la finca número 275764-001 y 002; y con la base de siete
millones ochenta y dos mil cuatrocientos sesenta y siete colones con setenta
céntimos por la finca número 453710-000 (un 25% de la base original). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Maureen Jiménez Steller y otros. Exp. N°
14-000790-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 1° de julio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos,
Juez.—(IN2014050597).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones bajo las citas: 302-02582-01-0902-002, citas
321-14264-01-0905-001 y citas: 321-14264-01-0906-001; a las catorce horas y
cero minutos del cuatro de setiembre del dos mil catorce, y con la base de
siete millones catorce mil ochocientos setenta y cuatro colones con treinta y
tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 369559-000, la cual es terreno de solar de forma
triangular. Situada en el distrito 04, Aguas Zarcas, cantón 10 San Carlos de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública, sur, calle pública y
oeste, Manuel Ángel Carranza Espinioza. Mide:
Trescientos metros cuadrados, plano A-0583787-1999. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de setiembre del año dos
mil catorce, con la base de cinco millones doscientos sesenta y un mil ciento
cincuenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del siete de octubre del dos mil catorce, con la base de un
millón setecientos cincuenta y tres mil setecientos dieciocho colones con
cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Dunia Damaris Mejías Loría, Ely Milet Obando Mejías. Exp. N° 14-001147-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 10 de junio del
2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014050598).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas con cero
minutos del treinta de setiembre del dos mil catorce, y con la base de sesenta
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el
sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos trece mil ochocientos
veinte-cero cero cero, la cual es de naturaleza lote
46 terreno para construir lote 46. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón
01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 47; al sur,
lote 45; al este, zona de protección municipal de Alajuela Río Ciruelas y al
oeste, calle cuatro (calle pública) con 7,14 metros. Mide: ciento sesenta y
ocho metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas con cero minutos del quince de octubre del dos mil catorce, con
la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas con cero minutos
del treinta de octubre del dos mil catorce con la base de quince mil dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Inversiones Gómez Rodríguez GR S. A. contra Azucena Gueis Jiménez. Exp. N°
13-012196-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 16 de junio del 2014.—Lic. Karol Melina Zumbado Sánchez, Jueza.—(IN2014050599).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta
minutos del cuatro de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de un
millón seiscientos sesenta y seis mil cuatrocientos sesenta y un colones con
cuarenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número 360245-000, la cual es terreno
para construir lote 18 D. Situada en el distrito 01, Quesada cantón 10 San
Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 10
metros, sur, lote 6, este, lote 19 y oeste, lote 17. Mide: doscientos metros
cuadrados, plano A-0416069-1997. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil catorce, con la
base de un millón doscientos cuarenta y nueve mil ochocientos cuarenta y seis
colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de
octubre del dos mil catorce, con la base de cuatrocientos dieciséis mil
seiscientos quince colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Daniel Del
Carmen Morera Solórzano. Exp. N° 14-001148-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 10 de
junio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014050600).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta
minutos del uno de octubre del dos mil catorce, y con la base de diecisiete mil
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento veinte mil ochocientos ochenta y siete-cero
cero cero (120887-000), la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia,
de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 6m 01cm de
frente; al sur, lote 4E; al este, lote 14E, y al oeste, lote 12E. Mide: ciento
doce metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil
catorce, con la base de doce mil setecientos cincuenta dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil
catorce con la base de cuatro mil doscientos cincuenta dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafcarm CC Sociedad Anónima, Ruster
MLJ Sociedad Anónima contra Jesio Sociedad Anónima,
expediente N° 14-001183-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia,
1° de julio del año 2014.—Msc. Liseth
Delgado Chavarría, Jueza.—(IN2014050603).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos
del dos de setiembre del dos mil catorce, y con la base de treinta y cinco
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 62224-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa
numerada como cinco. Situada en el distrito: 01 Puntarenas, cantón: 01
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle con 20
metros 30 centímetros; al sur, Inversiones Losaco S.
A. Dest. a calle pública; al este, lote 06, y al
oeste, calle pública con 20 metros 30 centímetros. Mide: ciento treinta y siete
metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 99968 derecho cero cero uno y
derecho cero cero dos, la cual es terreno para la
vivienda lote 07 Cambalache. Situada en el distrito 02 San Juan, cantón 02
Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al
sur, calle pública; al este, lote 08, y al oeste, lote 06. Mide: cuatro mil
trescientos veinticinco metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de setiembre
del dos mil catorce, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de octubre del dos
mil catorce, con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Melyben S. A. contra Sua Miolani Chavarría Jara,
expediente N° 13-001601-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía
de Puntarenas, 12 de febrero del año 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora,
Juez.—(IN2014050604).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del tres de
noviembre del dos mil catorce, y con la base de trescientos noventa y tres
millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
33116-000, la cual es terreno con una casa cultivado de pasto Jaragua. Situada
en el distrito 01 Jaco, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Rodolfo Matamoros y Otro; al sur, Aristides
Salas y otro; al este, Ricardo Jiménez y otro, y al oeste, salida a calle por
servidumbre. Mide: ciento noventa y un mil quinientos metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de
noviembre del dos mil catorce, con la base de doscientos noventa y cinco
millones cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del
tres de diciembre del dos mil catorce, con la base de noventa y ocho millones
trescientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Gas Nacional Zeta
Sociedad Anónima contra El Horcón de Herradura S. A., expediente N°
95-100246-0337-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 5 de junio del año
2014.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—(IN2014050609).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos
del veintidós de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de doscientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número 511992, marca GEO, estilo Tracker, categoría
automóvil, capacidad 5 personas, año 1993, color amarillo, Vin
2CNBE18U0P6911336, cilindrada 4 cc, combustible gasolina, motor Nº G16P120300.
Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del siete de
octubre del año dos mil catorce, con la base de ciento cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y cero minutos del veintidós de octubre del año dos mil
catorce con la base de cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Juan Carlos Zúñiga Álvarez contra Clemente Tenorio Pérez, expediente N°
14-001270-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 18 de junio del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero
Trejos, Juez.—(IN2014050623).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del
veintitrés de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de cien mil dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cincuenta y tres mil quinientos veintiséis-cero
cero cero, la cual es terreno cultivado de café con
casa. Situada en el distrito cuatro San Rafael, cantón quince Montes de Oca, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, Justo Hernández Hernández; al sur, clacle en 1/2
propiedad Francisco Aguilar; al este, José Hernández con frente de 25 metros, y
al oeste, Justo Hernández Hernández. Mide:
seiscientos cuarenta metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Plano:
SJ-0521559-1983. Para el segundo remate se señalan las diez horas del ocho de
octubre del año dos mil catorce, con la base de setenta y cinco mil dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas del veintitrés de octubre del año dos mil catorce, con
la base de veinticinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inversiones Lutz S. A. contra Basilea SJV S. A.,
expediente N° 11-028267-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del año 2014.—Lic. Carlos
Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2014050629).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos
del veintidós de octubre del dos mil catorce, y con la base de doce millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento treinta y dos mil quinientos ochenta y
tres-cero cero cero, (132583-000) la cual es terreno
para construir con una casa. Situada en el distrito San Miguel, cantón Santo
Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Víctor Hugo Calvo
Chacón; al sur, calle pública con 11m 41cm; al este, Gerardo Murillo Castro y
otro, y al oeste, Gilberto Ramírez Villalobos. Mide: ciento sesenta metros con
cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del seis de noviembre del dos mil catorce, con la base de nueve
millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de
noviembre del dos mil catorce, con la base de tres millones de colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Fabiola Alejandra Zúñiga Padilla contra José González Madrigal y
María Isabel Rivera Jiménez, expediente N° 14-001242-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 22 de julio del año 2014.—Lic. Ricardo
Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014050630).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de
ley de aguas y ley de caminos públicos con las citas 0444-00017431-01-0004-001;
a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil
catorce, y con la base de veintiún millones trescientos sesenta y tres mil novecientos
dieciséis colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento un
mil ciento veinticuatro-cero cero cero, la cual es
terreno para construir, finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el
distrito segundo Mansión, cantón segundo Nicoya, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Víctor Manuel García Aguirre; al sur, Guillermo García
Aguirre; al este, calle pública con un frente de 16.02 metros, y al oeste,
Marcos Barrantes Cruz. Mide: setecientos veinticuatro metros con ochenta y
nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del tres de octubre del año dos mil catorce, con la base de
dieciséis millones veintidós mil novecientos treinta y siete colones con
sesenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de octubre
del año dos mil catorce con la base de cinco millones trescientos cuarenta mil
novecientos setenta y nueve colones con veintitrés céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Ilse Marie Vanessa Acosta Acosta
y Marvin Antonio Zúñiga Medrano, expediente N° 14-001332-1205-CJ.—Juzgado de
Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 23 de julio del año 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen,
Juez.—(IN2014050633).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; pero soportando reservas ley
aguas citas: 0408-00015687-01-0211-001, reservas ley caminos citas:
0408-00015687-01-0212-001; a las siete horas y treinta minutos del diecisiete
de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de once millones cincuenta
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y tres mil trescientos
noventa-cero cero cero, la cual es terreno de solar.
Situada en el distrito primero La Cruz, cantón decimo La Cruz, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, Gerico Dimas Lara
López; al sur, Gerico Dimas Lara López; al este, Gerico Dimas Lara López, y al oeste, calle publica con un
frente a esta de 26 m con 18 dm lineales. Mide: mil ochocientos ochenta metros
con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete
horas y treinta minutos del dos de octubre del año dos mil catorce, con la base
de ocho millones doscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las siete horas y treinta minutos del diecisiete de octubre del año dos mil
catorce, con la base de dos millones setecientos sesenta y dos mil quinientos
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Jenny Marina Chacón Peña, expediente
N° 14-001314-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 21 de julio del año
2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014050634).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servid y conds ref: 2461-007-001 bajo las
citas: 308-13974-01-0901-001, servidumbre trasladada bajo las citas:
325-19030-01-0903-001, 325-19431-01-0907-001; a las once horas y cero minutos
del veintidós de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de doscientos
noventa y un millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
513000-000, la cual es terreno para construir lote 317. Situada en el distrito
03 Pozos, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Hacienda Lindora S. A.; al sur, calle pública; al
este, lote 318, y al oeste, lote 316. Mide: quinientos sesenta y dos metros con
veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y
cero minutos del siete de octubre del año dos mil catorce, con la base de
doscientos dieciocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y cero minutos del veintidós de octubre del año dos mil catorce
con la base de setenta y dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jaime
Antonio Soria Prado, Paranagua Altos Trescientos
Diecisiete S. A., exp. N° 14-017024-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de
julio del año 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014050654).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta
minutos del veintiocho de octubre del año dos mil catorce, y con la base de dos
millones novecientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número trescientos setenta y siete mil cuatrocientos setenta y
nueve-cero cero cero, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito primero Naranjo, cantón sexto
Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Inversiones Hidalgo
Chavarría S. A.; al sur, Inversiones Hidalgo Chavarría S. A.; al este,
Inversiones Hidalgo Chavarría S. A., y al oeste, calle pública con 17 metros 55
centímetros. Mide: quinientos treinta y dos metros con veintiún decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del doce de noviembre del año dos mil catorce, con la base de dos millones
ciento noventa mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del
veintisiete de noviembre del año dos mil catorce con la base de setecientos
treinta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Fabio Hidalgo
Chavarría y Rafaela Varela Retana, expediente N° 14-002283-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
29 de julio del año 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—(IN2014050683).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
paso citas 2010-112661-01-0001-001; a las diez horas y treinta minutos del
veintitrés de setiembre de dos mil catorce, y con la base de tres millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil
cuatrocientos treinta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 1 Corredor, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Eduardo González Herrera; al sur, Eduardo González Herrera;
al este, servidumbre con un frente a ella de 10 metros con Eduardo González
Herrera y al oeste, Eduardo González Herrera. Mide: doscientos metros
cuadrados. Plano: P- 1537596-2011. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil catorce, con la base de
dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil catorce con la base de
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eduardo González Herrera
contra Sucesión de, Junior Carmiol Abarca. Exp.: 13-000958-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Golfito, 21 de abril del
2014.—Yesenia Auxiliadora Zúñiga Ugarte,
Jueza.—(IN2014050711).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y
Restricciones Citas: 0323-00006621-01-0901-001; a las quince horas y cero
minutos del nueve de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de dos
millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y
cuatro mil cuarenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito primero Cañas, cantón sexto Cañas, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Olga Pérez Espinoza; al sur, calle pública con
un frente de doce metros lineales; al este, Daysi Arce Rojas y al oeste,
Etelvina Borbón Solano. Mide: cuatrocientos setenta y tres metros con sesenta y
dos decímetros cuadrados. Plano: G-0629178-1986. Para el Segundo remate se
señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de setiembre del año
dos mil catorce, con la base de dos millones sesenta y dos mil quinientos
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera
subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diez de octubre del año
dos mil catorce con la base de seiscientos ochenta y siete mil quinientos
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rosa Haydée Hurtado Obando. Exp.:
13-002490-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 08 de julio del 2014.—Jorge
Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014050714).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
dominante Citas: 359-13461-01-0004-001, a las quince horas y cero minutos del
seis de octubre de dos mil catorce, y con la base de tres millones ochocientos
cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 459901-000, la cual es terreno
para construir con árboles frutales y ornamentales lote 14 E. Situada en el
distrito 7-Purral, cantón 8-Goicoechea, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lotes 28, 29 y 30 E; al sur, Avenida
Hamburgo; al este, Margarita Bukowicks Lucas y al
oeste, lote 13 E. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con cincuenta y cinco
decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del veintiuno de octubre de dos mil catorce, con la base de dos
millones ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince
horas y cero minutos del cinco de noviembre de dos mil catorce con la base de
novecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Building For Rent Sociedad Anónima contra Constructora Artemis del
Caribe S. A. Exp: 14-006533-1044-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de junio del 2014.—Ericka Robleto Artola,
Jueza.—(IN2014050715).
A las nueve horas y cero
minutos del tres de noviembre del año dos mil catorce, en la puerta exterior de
este Juzgado, libre de gravámenes y soportando servidumbre traslada Citas:
300-06548-01-0902-001, B T U REF: 2277-003-001 Citas 300-06548-01-0903-001 y
con la base de un millón doscientos treinta y tres mil cuatrocientos diecinueve
colones al mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público al
Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número cuatrocientos sesenta y un
mil doscientos treinta y seis-cero cero cero.
Que es terreno: para construir. Sito: distrito cinco Legua, cantón seis Aserrí, de la provincia de San José. Linderos: norte Jorge
Enrique Alpízar Marín; sur, calle pública con 12,50
metros; este, Jorge Enrique Alpízar Marín, y oeste,
Jorge Enrique Alpízar Marín. Mide: doscientos treinta
y ocho metros con veinticinco decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por
haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 02-009639-0170-CA
de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Enrique Alpízar
Marín, William Mora Moreno,—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios
del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de julio del 2014.—Lic.
Iván Tiffer Vargas, Juez.—(IN2014050728).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada bajo las citas 247-6696-01-0901-001; a las once horas y cero minutos
del veinte de octubre de dos mil catorce, y con la base de quinientos siete mil
doscientos sesenta dólares con ochenta y nueve centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos sesenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para
construir, Lote 268 CC. Situada en el distrito Granadilla, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
calle pública con un frente de 18 metros; al sur, en parte lote 263 CC y en
parte lote 262 CC; al este, lote 267 CC y al oeste, lote 269 CC. Mide:
seiscientos cincuenta y cinco metros con sesenta y seis decímetros cuadrados.
Para el Segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de
noviembre de dos mil catorce, con la base de trescientos ochenta mil
cuatrocientos cuarenta y cinco dólares con sesenta y seis centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas
y cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil catorce con la base de
ciento veintiséis mil ochocientos quince dólares con veintidós centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa
Rica S. A. contra Ana Yamileth Leitón Araya, Marlon
Gerardo Cantillano González. Exp.:
14-011112-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 01 de agosto del 2014.—Licda. Zary
Navarro Zamora, Jueza.—(IN2014050733).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos
del dos de octubre de dos mil catorce, y con la base de cinco mil novecientos
setenta y dos dólares con veinticuatro centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas número CL- 247044. Marca Isuzu. estilo D-MAX,
categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2009, color blanco, Vin MPATFR54H9G507521, cilindrada 2500 cc combustible
diesel, motor Nº 728720. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil catorce, con la base de
cuatro mil cuatrocientos setenta y nueve dólares con dieciocho centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del tres de noviembre de dos mil catorce con la
base de mil cuatrocientos noventa y tres dólares con seis centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Scotibank de Costa Rica S. A. contra Carlos Aju Venegas. Exp.:
14-000761-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 21 de mayo
del 2014.—Ricardo Chacón Cuadra, Jueza.—(IN2014050735).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince
minutos del catorce de octubre de dos mil catorce, y con la base de treinta y
siete mil doscientos nueve dólares con treinta y un centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 903188, marca Jeep, estilo Limited, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año 2011, color gris, tracción 4x4, uso particular. Para
el Segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintinueve
de octubre de dos mil catorce, con la base de veintisiete mil novecientos seis
dólares con noventa y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del trece
de noviembre de dos mil catorce con la base de nueve mil trescientos dos
dólares con treinta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra The
Measure Of Magic Limitado. Exp.: 14-009997-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de julio del 2014.—Nidia
Durán Oviedo, Jueza.—(IN2014050736).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada, Citas: 36407024-01-0900-001; a las once horas y quince minutos del
veinte de octubre de dos mil catorce, y con la base de ciento veintinueve mil
cuarenta dólares con dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 51557-F-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 01-El Tejar, cantón El Guarco, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Finca Filial Doce Bloque D; al sur,
Avenida cinco acceso vehicular; al este, finca filial veintidós del bloque D y
al oeste, finca filial veinticuatro del bloque D. Mide: ciento sesenta metros cuadrados.
Para el Segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del cuatro de
noviembre de dos mil catorce, con la base de noventa y seis mil setecientos
ochenta dólares con quince centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la Tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del
diecinueve de noviembre de dos mil catorce con la base de treinta y dos mil
doscientos sesenta dólares con cinco centavos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Carlos Ernesto
Agostini Gutiérrez, La Flor del Río S. A., Mónica Martínez Álvarez. Exp.: 14-012196-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de agosto del 2014.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández,
Juez.—(IN2014050738).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta
minutos del uno de setiembre de dos mil catorce, y con la base de noventa y
ocho mil ochocientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 83627-F-000 la
cual es terreno finca filial primaria individualizada diez bloque B apta para
construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos. Situada en el distrito 02 San Josecito, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
finca filial número nueve bloque B; al sur, finca filial número once bloque B;
al este, calle interna y al oeste finca filial número cinco bloque B. Mide:
ciento cincuenta y siete metros con cero decímetros cuadrados. Para el Segundo
remate se señalan las once horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre
de dos mil catorce, con la base de setenta y cuatro mil ciento treinta y siete
dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la Tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del dos de
octubre de dos mil catorce con la base de veinticuatro mil setecientos doce
dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra
Óscar Cooper Chacón. Exp.: 14-001298-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 11 de junio del 2014.—Jessika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014050754).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta
minutos del once de setiembre de dos mil catorce, y con la base de quince
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 00142751-000, la cual es terreno
para construir hoy con una casa lote A-4. Situada en el distrito 02 Mercedes,
cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al noreste, lote A
tres; al noroeste, Urbanización El Banco; al sureste, calle pública y al
suroeste, parque infantil. Mide: ciento cincuenta y dos metros con ochenta y
cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas y
treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de
once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y
treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil catorce con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Brecor del Norte B C Sociedad Anónima,
Catalina Barrantes Arroyo, José Antonio Araujo Segura, José Rafael Brenes
Hernández contra Guillermo Ramírez Alfaro. Exp.:
12-011062-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
02 de julio del 2014.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014050766).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta
minutos del once de setiembre de dos mil catorce, y con la base de quince
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 00142751-000, la cual es terreno
para construir hoy con una casa lote A-4. Situada en el distrito 02 Mercedes, cantón
01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al noreste, lote A tres; al
noroeste, Urbanización El Banco; al sureste, calle pública y al suroeste,
parque infantil. Mide: ciento cincuenta y dos metros con ochenta y cinco
decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas y
treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de
once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y
treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil catorce con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Brecor del Norte B C Sociedad Anónima, Catalina
Barrantes Arroyo, José Antonio Araujo Segura, José Rafael Brenes Hernández
contra Guillermo Ramírez Alfaro. Exp.:
12-011062-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
02 de julio del 2014.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014050766).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos
del veinticuatro de setiembre de dos mil catorce, y con la base de cuatro mil
doscientos setenta y dos dólares con noventa y siete centavos, en el mejor postor
remataré lo
siguiente: vehículo: placas
número C-157118, marca Freightliner, estilo
ST120, categoría tractocamión (carga pesada),
capacidad 2 personas, año 2001, color blanco, Vin 1FUJBBCG21LH95117,
cilindrada 12700 c.c., combustible diesel, motor Nº 06R0634632. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de octubre de dos mil
catorce, con la base de tres mil doscientos cuatro dólares con setenta y tres centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del veinticuatro de octubre de dos mil catorce
con la base de mil sesenta y ocho dólares con veinticuatro centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de ATR Atlantic Trailer S. A. contra Adela Olga Víquez Saldaña y Lillian Patricia Delcid Quirós. Exp. 13-009577-1044-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12
de junio del 2014.—Lic. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—(IN2014050782).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas treinta minutos
del veinticinco de setiembre de dos mil catorce, y con la base de novecientos
treinta y ocho mil veinte colones con cuarenta y dos céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo placa SR-000022, marca Montone, estilo Volqeta,
categoría semi remolque, año 1997, color plateado,
chasis 77121311. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta
minutos del diez de octubre de dos mil catorce, con la base de setecientos tres
mil quinientos quince colones con treinta y un céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas
treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil catorce con la base de
doscientos treinta y cuatro mil quinientos cinco colones con diez céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de ATR Repuestos Usados del Atlántico S. A. contra
Erick Alejandro Rojas Obando en expediente N° 14-008711-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 3 de julio del 2014.—Lic. María del
Carmen Vargas González, Jueza.—(IN2014050783).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de anotaciones hipotecarios; pero soportando hipoteca de
primer grado; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de
setiembre del dos mil catorce, y con la base de cinco millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y un mil quinientos
cinco-cero cero cero, la cual es terreno para
construir con una casa, lote dos. Situada en el distrito 02 San Josecito,
cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Miguel Piedra Piedra; al este, lote 1; y al oeste, José Francisco Herrera
Umaña. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con treinta y ocho decímetros
cuadrados. Plano: SJ-0428407-1997. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de octubre del dos mil catorce, con
la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de octubre del dos mil catorce con la
base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El
Sendero del Puma Sociedad Anónima contra Inversiones Cochea Cacruzpa
Sociedad Anónima. Exp. 14-002565-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional
de Grecia, 17 de julio del 2014.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014050812).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las trece
horas y quince minutos del veintidós de setiembre del dos mil catorce, y con la
base de once millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
sesenta y cinco mil novecientos cincuenta y cuatro-cero cero cero (1-465954-000), la cual es terreno para construir lote
uno. Situada en el distrito 02 San Josecito, cantón 10 Alajuelita,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, Víctor Manuel Agüero
Chinchilla; al sur, servidumbre de paso; al este, calle pública; y al oeste,
lote dos. Mide: ciento sesenta y un metros con cuarenta y cuatro decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos
del ocho de octubre del dos mil catorce, con la base de ocho millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos
del veintitrés de octubre del dos mil catorce con la base de dos millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Sendero del Puma S. A.
contra Gestec S. A. Exp.
14-002566-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y
Contravencional de Grecia, 17 de
julio del 2014.—Lic. Patricia Cedeño Leitón,
Jueza.—(IN2014050816).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servid y condic ref: 2775 494 001; a las
diez horas y quince minutos del veintidós de setiembre del dos mil catorce, y
con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
veintidós mil novecientos cuarenta y nueve-cero cero cero,
la cual es terreno para construir con una casa número 89, Unidad Vecinal La
Libertad. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, I.N.V.U.; al sur, I.N.V.U.; al este, I.N.V.U.;
y al oeste, alameda 3. Mide: ochenta y nueve metros con setenta y seis
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince
minutos del ocho de octubre del dos mil catorce, con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y quince minutos del veintitrés de octubre del dos mil catorce
con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Oso Escondido Sociedad
Anónima Rep/Carlos Edwin Fe contra Karla María Abarca
Pinto. Exp. 14-002462-1204-CJ.—Juzgado de
Cobro de Menor Cuantía y Contravencional
de Grecia, 22 de julio del 2014.—Lic. Brayan
Li Morales, Juez.—(IN2014050820).
A las quince horas del nueve
de setiembre de dos mil catorce, desde la puerta exterior de este Juzgado,
libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; con la base dada por
el perito sea la suma de ocho millones quince mil doscientos setenta y dos
colones con veintisiete céntimos, se remata por ordenase así la finca inscrita
en el Registro Público provincia de San José,
matrícula folio real ciento cincuenta y ocho mil doscientos cuarenta y dos-cero
cero dos, la cual es terreno para construir con casa. Sita en el distrito
tercero Trinidad, cantón catorce Moravia de la provincia de San José. Linda: al
norte, con Jorge Duran; al sur, con Matías Serrano L.; al este, con Miguel
Ángel Odio; y al oeste, con calle pública. Mide: novecientos cuarenta metros
con veintisiete decímetros cuadrados, proporción medida. Ejecutivo Simple
05-000914-0182-CI-5 de Asociación Costarricense para Organizaciones de
Desarrollo (ACORDE) contra Centro de Mantenimiento de Moggar
S. A., Mónica Guzmán Alvarado y Rodrigo Antonio Gutiérrez Rodríguez.—Juzgado
Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 30 de julio de
2014.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2014050835).
En la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y quince
minutos del veintisiete de agosto de dos mil catorce y con la base de seis
millones ciento treinta y cinco mil ciento ochenta y siete colones con
veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas
número 609826, marca Nissan, estilo X-Terra SE, año 2006, color amarillo, vin 94DTEND226J648739, capacidad cinco personas, categoría
automóvil, carrocería station wagon
o familiar, tracción 4x4, cilindrada 2800 c.c., combustible diesel, número de
motor M1A230661. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince
minutos del once de setiembre de dos mil catorce, con la base de cuatro
millones seiscientos un mil trescientos noventa colones con cuarenta y un
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las once horas y quince minutos del veintinueve de setiembre de dos mil
catorce, con la base de un millón quinientos treinta y tres mil setecientos
noventa y seis colones con ochenta céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carcrédito
Sociedad Anónima contra Fernando Esuivel Escalante.
Expediente: 10-002115-0504-CI.—Juzgado Especializado de Cobro de
Heredia, 15 de mayo del 2014.—Lic. Adriana Brenes Castro,
Jueza.—(IN2014050877).
En la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y quince minutos del
veinticinco de agosto de dos mil catorce y con la base de seis mil ochocientos
veintidós dólares con setenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo: placas número 451638, marca Audi, estilo A3, categoría
automóvil, año 2002, color rojo, vin
WAUZZZ8L421003543, capacidad cinco personas, carrocería sedán dos puertas,
tracción 4x2, cilindrada 1781 c.c., combustible gasolina, número de motor
AUM049488. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos
del nueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de cinco mil ciento
diecisiete dólares con cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del
veinticinco de setiembre de dos mil catorce, con la base de mil setecientos
cinco dólares con sesenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun
Sociedad Anónima contra German Andrés Camacho Rodríguez. Expediente:
12-003290-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 15 de mayo
del 2014.—Lic. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(IN2014050879).
En la puerta exterior de
este despacho, soportando condiciones así como reservas y restricciones; a las
trece horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil catorce (01:30 p.
m. 01/10/2014) y con la base de veintisiete millones novecientos veintidós mil
ochocientos noventa y cinco colones con doce céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y
cuatro mil ochocientos treinta y uno-cero cero cero,
la cual es terreno de solar y para construir. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres de
la provincia de Limón. Colinda: al norte, Ana Lorena Abarca Hernández; al sur,
Javier Vindas Acuña; al este, calle pública con un
frente a ella de veinticuatro metros; y al oeste, Marcelino Losilla García.
Mide: trescientos veintiséis metros con treinta decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de
octubre de dos mil catorce (01:30 p. m. 16/10/2014), con la base de veinte
millones novecientos cuarenta y dos mil ciento setenta y un colones con treinta
y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan la trece horas y treinta minutos del tres de noviembre de
dos mil catorce (01:30 p. m. 03/11/2014), con la base de seis millones
novecientos ochenta mil setecientos veintitrés colones con setenta y ocho
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Fernando Molina
Trejos, Ramón Molina Trejos. Expediente: 13-000606-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 22 de julio del 2014.—Lic.
Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014050991).
Para conocer los alcances de la norma número 926 del
Código Procesal Civil, referente a la designación de Albacea propietario y
suplente, para conocer el inventario de bienes, así como los créditos
legalizados, se convoca a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
se llamó, Jesús Rubén Isacc Quesada Segura, mayor,
agricultor, cédula 6-017-6659, vecino de San Rafael de Guatuso, Alajuela, 300
metros al sur del Colegio, a una Junta de interesados que se llevará a cabo en
este Despacho a las trece horas treinta minutos del lunes ocho de setiembre del
dos mil catorce. Proceso Sucesorio Judicial de Jesús Rubén Isacc
Quesada Segura. Expediente N° 13-000098-0298-AG. Promueve Juana Quesada
Villalobos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Ciudad Quesada, 11 de junio del 2014.—Lic. Ana Milena Castro Elizondo,
Jueza.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014037079).
Proceso Ordinario Laboral de Vitaliano
Ramírez Cordero contra Carlos Guzmán Chaves, Marvin Fernández Vindas y C&C Soluciones Constructivas S. A. Exp. 14-000077-0692-LA, que mediante resolución de las
catorce horas y catorce minutos del diecinueve de junio del dos mil catorce, se
dispuso convocar a todos los socios de C&C Soluciones Constructivas S. A.
cédula jurídica 3-101-581007, a la junta que se celebrará en este Despacho a
las nueve horas cero minutos del diez de setiembre del dos mil catorce, para
nombrar representante legal de la referida sociedad conforme lo dispuesto en el
artículo 266 del Código Procesal Civil.—Juzgado de Trabajo
de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela, San Ramón, 19 de junio del 2014.—Lic. Daniel Hernández
Cascante, Juez.—1 vez.—(IN2014039586).
Se
convoca a todos los interesados en la sucesión de, Lisímaco
Montoya Madrigal, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve
horas del jueves once de setiembre del año dos mil catorce, para conocer acerca
de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 12-000208-0182-CI.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de San José, 09 de julio del 2014.—Dr. Carlos Alberto
Bolaños Céspedes, Juez.—1 vez.—(IN2014046966).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 13-000269-0391-AG/4 donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Ana Caridad Jiménez Corella, quien es mayor, casada una
vez, ama de casa, vecina de El Manchón de Arado del Colegio Bilingüe quinientos
metros al sur, carretera a Arado, cédula dos-doscientos cincuenta y nueve-cero
veinte, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de
charral, árboles frutales y jardín, siembra de maíz y frijoles. Situada en El
Manchón de Arado, distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz,
provincia de Guanacaste. Colinda al norte con Ramón Guevara Ruiz, Maribel
Corella Álvarez, sur Carlos Miguel Rodríguez Guevara y Ligia Contreras Morales,
al este calle pública con un frente de catorce metros ocho centímetros lineales
y oeste Victoria Zúñiga Zúñiga. Mide seiscientos
ochenta y seis metros cincuenta y cuatro
decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
G-1185777-07. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de cuatro millones de colones.
Que adquirió dicho inmueble por compra y donación, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos
de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, chapeas periódicas y
limpieza en general del lote. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo
de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante
el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Ana Caridad Jiménez Corella. Exp.
13-000269-0391-AG/4.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Santa Cruz, 19 de marzo del 2014.—Lic. José Walter Ávila
Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049046).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 14-000115-0391-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Carlos María González
Vallejos, quien es mayor, soltero, pensionado, vecino de La Garita Nueva de
Cabo Velas de Santa Cruz, Guanacaste, cédula 5-0074-0976, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca de pasto. Situado en La Garita, distrito octavo Cabo Velas,
cantón tercero Santa Cruz, provincia de Guanacaste. Colinda al norte, con
Hernán Vargas Yépez y Katia González Angulo, ambos en parte, sur Casa Sueños
Metálicos S. A., Pueblo La Garita S. A., ambos en parte, este, Quinta Esmeralda
S. A. y oeste, Emanuel Sardini y Katia González
Angulo, ambos en parte. Mide cuatro mil ciento veintidós metros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado número G-1714411-14. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el
inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por
donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en arreglo de
cercas, chapeas, rondas y cuido en general. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Carlos María González Vallejos. Exp.
N° 14-000115-0391-AG/4.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, Santa Cruz, 9 de junio de 2014.—Lic. José Walter Ávila Quirós,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049057).
Adela Martínez Cambronero, mayor de edad, casada una vez, ama de casa,
vecina de Barrio Fátima de La Cruz, Guanacaste, cédula de identidad cinco-cero
ciento sesenta y siete-cero ochocientos diecisiete, promueve información
posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público Inmobiliario,
libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno
de pasto con una casa, situado en Monte Plata de La Cruz [distrito primero],
[cantón décimo], de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Carlos Morales
Torres, sur, calle pública con un frente de ciento dieciocho metros con cuatro
decímetros lineales, Sonia Martínez Cambronero, Mario
Martínez Cambronero y Luis Fernando Martínez Cambronero, este, Carlos Morales Torres, Luis Fernando
Martínez Cambronero, y oeste, Rosa Espinoza Jiménez.
Según plano catastrado G-seiscientos siete mil doscientos sesenta y ocho-dos
mil. Mide de extensión doce hectáreas ocho mil ciento treinta y nueve metros con
cincuenta y un decímetros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que
carece de título inscribible y que pretende evadir las consecuencias de un
juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes
sobre el inmueble. Lo adquirió por donación de Felicitas Cambronero
Cambronero el veinticinco de enero del dos mil.
Estima el inmueble en siete millones quinientos mil colones y el proceso en
ochocientos cincuenta mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para
que se apersonen en defensa de sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Adela Marcelina Martínez Cambronero. Exp. N° 14-000116-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 23 de julio del 2014.—Lic.
Rodrigo T. Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049058).
Se hace saber que ante este
Despacho, se tramita el expediente N° 13-000242-0388-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Gerbert
Gerardo Vásquez Navarro; quien es mayor, estado civil soltero, vecino de
Paraíso de Veintisiete de Abril, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número cinco-doscientos cincuenta y cuatro-novecientos catorce, profesión
conserje, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
Veintisiete de Abril, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Francisco Gómez Rodríguez; al sur, Jesenia
María Espinoza Espinoza; al este, calle pública con
un frente a ella de veinte metros con setenta y seis decímetros cuadrados y al
oeste, Río Sequito. Mide: Trescientos sesenta y ocho metros con cuarenta y
cinco centímetros cuadrados. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble catorce de julio del dos mil seis, y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en construcción y mantenimiento de una casa. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria promovida por Gerbert Gerardo
Vásquez Navarro. Exp. N° 13-000242-0388-CI.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, 5 de febrero del 2014.—Lic. Jaime Eduardo Rivera
Prieto, Juez.—1 vez.—(IN2014049172).
Se hace saber que ante este
Despacho, se tramita el expediente N° 14-000029-0386-CI donde se promueven diligencias
de información posesoria por parte de Teresa De Gerardo Rojas López; quien es
mayor, estado civil, vecina de Heredia, portadora de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 05-0245-603, profesión educadora, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito segundo Fortuna, cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
al este, y al oeste, Carlos Rojas López y al sur, servidumbre de paso con un
frente a ella de ocho metros con quince centímetros lineales. Mide: Trescientos
cuarenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón
de colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en limpieza de maleza, chapeo, rondeo,
reparación de cercas y cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida
por Teresa De Gerardo Rojas López. Exp. N°
14-000029-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 23 de junio del 2014.—Lic. Ivannia
Solano Gómez, Jueza.—1 vez.—(IN2014049226).
Se hace saber que ante este
Despacho, se tramita el expediente N° 13-000030-0930-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Lorenzo Lizano Araya; quien
es mayor, casado una vez, vecino de Siquirres,
Guayacán, del Súper San Lorenzo trescientos metros al oeste carretera a
Turrialba, cédula tres-trescientos noventa-cuatrocientos cincuenta y dos,
operario de maquinaria pesada, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya
naturaleza es potreros. Situada en Guayacán distrito primero Siquirres, cantón tercero Siquirres,
de la provincia de Limón. Colinda: al noroeste, Servidumbre de paso en medio;
Miguel Araya Granados y Margarita Araya Campos; al noreste, Enid Arguedas Leitón; al suroeste, Miguel Araya Granados y al sureste,
Daniel Monge Tencio. Mide: Una hectárea con seis mil
ciento ochenta y tres metros (cuadrados), tal como lo indica el plano
catastrado número L-1554059-2012. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma
de dos millones quinientos mil colones y el inmueble en la suma de dos millones
quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de 26 años. Que no existen condueños. Que
los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Lorenzo Lizano
Araya. Exp. N° 13-000030-0930-CI.—Juzgado Agrario
del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Pococí,
21 de julio del 2014.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—(IN2014049299).
Se hace saber que ante este
Despacho, se tramita el expediente N° 13-000211-0507-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Maribel Pérez Alvarado; quien
es mayor, casada una vez, vecina de Concepción de San Rafael de Heredia;
cuatrocientos metros oeste de la Iglesia Católica, cédula cuatro-ciento
cincuenta y ocho-ochocientos cincuenta y seis, ama de casa, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca cuya naturaleza es patio con frutales, agricultura y una
casa. Situada en Flores, distrito primero Guápiles, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Miriam
Cecilia Arce Ramos; al sur, Irene Emilia Arce Ramos; al este, calle pública con
un frente a la misma de diecisiete metros y veinticinco centímetros lineales y
al oeste, Irene Emilia Arce Ramos. Mide: mil metros (cuadrados), tal como lo
indica el plano catastrado número L-1622969-2012. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma
de un millón de colones y el inmueble en la suma de dos millones quinientos mil
colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de 50 años. Que no existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria promovida por Maribel Pérez Alvarado. Exp. N° 13-000211-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Pococí,
23 de julio del 2014.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—(IN2014049301).
Se hace saber que este
Despacho, tramita el expediente N° 13-000330-0507-AG que son diligencias de
información posesoria de Jorge Jiménez Corrales; mayor, viudo, vecino de San
Antonio de Escazú, San José, cédula uno-doscientos treinta y nueve-ciento
treinta, retirado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Nacional,
el terreno que se describe así: Finca de pastos y frutales. Situada en distrito
primero Guácimo, cantón sexto Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, Playon de Río y Río Guácimo; al sur, calle
pública con un frente a la misma de cuatrocientos sesenta y un metros con
sesenta y ocho centímetros lineales al este, De la Vega Inv
S. A., y al oeste, en parte Playón de Río y Alfredo Loría
Zamora. Mide: diecisiete hectáreas tres mil trescientos treinta y un metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-1683006-2013. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones y el inmueble
en la suma de treinta millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por
compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y
cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria promovida por Jorge Jiménez Corrales. Exp.
N° 13-000330-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de La
Zona Atlántica, Pococí, 4 de julio
del 2014.—Lic. Sergio Ramos Álvarez, Juez.—1 vez.—(IN2014049304).
Teresa Rodríguez Barquero,
mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Monterrey de San Carlos,
Alajuela, 25 metros norte del Banco de Costa Rica, con cédula de identidad N°
2-306-901. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a
su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le
pertenece y que se describe así: Terreno de pastos, con una casa, sito en La
Tigra de Monterrey, distrito doce de San Carlos, cantón diez de la provincia de
Alajuela. Lindante al norte, Jainer Gerardo Villegas Leitón; al sur, Aguilera Hermanos S. A., al este, quebrada
Samba y Jainer Gerardo Villegas Leitón,
y al oeste, calle pública con un frente a ella de doscientos cincuenta y tres
metros sesenta y tres centímetros lineales. Mide de acuerdo al plano catastral
aportado N° A-928139-2004 de fecha 27-05-04, una superficie de veintitrés
hectáreas nueve mil ciento sesenta y cuatro metros cuarenta y cuatro decímetros
cuadrados. El inmueble descrito lo adquirió la titulante
mediante donación que le hizo el señor Fredy Vargas Sánchez, mayor, casado una
vez, ganadero, vecino de Monterrey de San Carlos, Alajuela, 50 metros al norte
del Banco de Costa Rica, cédula 2-317-717, quien junto con el inmueble le
transfiere la posesión que tanto el como los anteriores dueños han ejercido
sobre el mismo, en forma quieta, pública, pacífica y notoria, sin interrupción
y a título de dueño, esto mediante escritura pública número ochenta y seis
otorgada ante el notario público Ricardo Reyes Calix
a las 17:30 horas del 11-06-14. El fundo fue estimado en la suma de tres
millones de colones y las diligencias fueron estimadas en la suma de un millón
de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este
edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación,
a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria
expediente N° 05-000128-0298-AG promovida por Teresa Rodríguez Barquero.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 29 de
julio del 2014.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014049401).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 13-000222-0297-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Alfonso Gaitán Duarte, quien
es mayor, casado una vez, vecino de San José, del Amparo, Los Chiles, Alajuela,
cuatrocientos metros al sur del Ebais, portador de la
cédula de identidad vigente que exhibe número dos-cuatrocientos ochenta y
siete-setecientos ochenta y ocho, profesión operador de maquinaria, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es
terreno del frutales y un jardín. Situada en el distrito tercero El Amparo,
cantón Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública con un frente a ella de trece metros con diez centímetros lineales; al
sur, Modesta Duarte Murillo; al este, Leonidas Duarte
Montiel, y al oeste, Patricia Gaitán
Duarte. Mide: quinientos noventa metros cuadrados. Plano A-uno cinco tres ocho
tres ocho dos-dos mil once. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble por venta protocolizada, el día quince de
enero del año dos mil trece, que le hiciera su madre Modesta Duarte Murillo,
mayor, viuda una vez, oficios del hogar, vecina de San José, del Amparo, Los
Chiles, Alajuela, cuatrocientos metros al sur del Ebais,
cédula de identidad dos-ciento setenta y cinco-cero cero cuatro, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en darle mantenimiento, delimitando el terreno,
limpiándolo de maleza, siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Alfonso Gaitán
Duarte. Exp. N° 13-000222-0297-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos,
29 de mayo del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014049413).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alicia Dobles Riggioni,
mayor, ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad
2-0131-0526 y vecina de Grecia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 14-000018-1117-CI.—Juzgado Civil de Menor
Cuantía de Grecia, 7 de mayo del 2014.—Lic. Brayan
Li Morales, Juez.—1 vez.—(IN2014049051).
Se hace
saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó José Miguel Montero Barahona, mayor, casado una vez, de oficio
desconocido, costarricense, con documento de identidad 0103931173 y vecino de
Goicoechea de San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 14-000347-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 18 de julio
del 2014.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014049080).
Se hace
saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Johel Quesada Salazar; quien fuera mayor, casado una vez,
guarda de seguridad privado, con cédula de identidad número 2-0260-938 y vecino
de San Ramón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº
07-000500-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 11 de julio del 2014.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014049111).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión N° 14-000149-0180-CI de Mario Gatica Carvajal, quien
fue mayor, viudo, vecino de San José, Rohrmoser, de
Teletica Canal Siete, setenta y cinco metros al oeste, cédula número 1-208-335,
para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean
tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la
herencia pasará a quien corresponda.—Juzgado Primero Civil de San José,
17 de julio del 2014.—Msc. Froylán
Alvarado Zelada, Juez.—1 vez.—(IN2014049119).
Se cita a todos los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el
proceso Sucesorio ad intestato Expediente N° 2013-000124-0223-CI causante Ruth
Porras Montero promovente Roy Hernández Porras
Madrigal, herederos Clara Rosa Porras Madrigal y otros, quien en vida fuera
mayor, soltera, vecina de San José, Barrio México, avenida 17, calles 10 y 16,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a
los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda.—Juzgado Cuarto Civil de Menor
Cuantía de San José, a las once horas cinco minutos del treinta y uno de
julio.—Lic. Rose Mary Lawrence Mora, Jueza.—1 vez.—(IN2014049152).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lidier Mavisca Rojas, mayor,
casado una vez, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de
identidad 0601680602 y vecino de Pérez Zeledón, Las Lagunas, quinientos metros
sur de la Escuela Las Lagunas. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 13-000068-0188-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón, 23 de mayo del
2014.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2014049184).
Se hace saber
que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Ricardo Rojas Bolaños, mayor, casado una vez, asesor legislativo, vecino de
Barrio Sinaí, Pérez Zeledón, cédula 2-0290-1383. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000174-0188-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón, 13 de
enero del 2014.—Lic. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014049189).
Se
emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los
interesados en la sucesión de Eida Herradora Quesada;
quien fue mayor, soltera, ama de casa, vecina de San Rafael Abajo de
Desamparados, cédula de identidad 1-0104-1785, para que dentro del plazo de
treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean
tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado,
aquella pasará a quien corresponda. Exp. N°
14-100139-0217-CI. Sucesión de Eida Herradora
Quesada.—Juzgado Civil y de Trabajo del Trecer
Circuito Judicial de San José, Desamparados, 4 de julio del 2014.—Msc. Kattia Sequeira Muñoz,
Jueza.—1 vez.—(IN2014049198).
En
notaría de Luis Marino Castillo López, apertura y tramitación en Sede Notarial
de Proceso Sucesorio de Alexander Espinoza Campos, cédula 2-333-237. Albacea:
Juan Rafael Espinoza Campos, cédula 2-207-412. Se emplazan a herederos e
interesados para que dentro de los próximos 30 días hábiles contados a partir
de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría. Notificaciones
fax 2231-7707.—San José, 30 de julio del 2014.—Lic. Luis Marino Castillo López,
Notario.—1 vez.—(IN2014049211).
En notaría de Luis Marino
Castillo López, apertura y tramitación en Sede Notarial de Proceso Sucesorio de
Marie Bravo Rudín, cédula 1-173-955. Albacea: Rose
Marie Ruiz Bravo, cédula 9-005-486. Se emplazan a herederos e interesados para
que dentro de los próximos 30 días hábiles contados a partir de la publicación
de este edicto se apersonen ante esta notaría. Notificaciones fax
2231-7707.—San José, 26 de julio del 2014.—Lic. Luis Marino Castillo López,
Notario.—1 vez.—(IN2014049212).
A solicitud de la albacea y
la presunta heredera de Gregorio Herrera Altamirano, mayor soltero, agricultor,
cédula ocho-cero setenta y cuatro-setecientos dos y vecino de un kilómetro al
oeste del Río Tortuguero en Las Vegas del Tortuguero de Roxana Pococí, se
avisa que se ha iniciado el trámite de su sucesión. Cualquier persona que tenga
interés en este sucesorio deberá apersonarse en las oficinas del notario
público Lic. Juan Antonio Rescia Chinchilla.—San
José, 31 de julio de 2014.—Lic. Juan Antonio Rescia
Chinchilla, Notario.—1 vez.—(IN2014049214).
.Se hace saber que en este Despacho, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alfredo De Jesús Valerín Chévez, mayor, divorciado
una vez, profesor pensionado, costarricense, con documento de identidad
0601050804 y vecino de Tirrases de Curridabat, San José. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 14-000217-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de mayo del 2014.—Lic.
Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—(IN2014049233).
Se hace
saber que en este Despacho,
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lazaro
Antonio Castro Álvarez, mayor, viudo, pensionado, con cédula de identidad
0800430003, costarricense, y vecino de Cariari, El
Ceibo, de la plaza de Deportes del Ceibo, veinticinco metros al sur. Se cita a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº
14-000020-0681-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pococí,
13 de mayo del 2014.—Lic. Henry Piñar Alvarado,
Juez.—1 vez.—(IN2014049234).
En este Despacho, se tramita
el proceso sucesorio de José Felix Balbino
Hernández Hernández; quien fuera mayor, casado,
agricultor, cédula de identidad 5-016-6615, quien fue vecino de Naranjito de Quepos y Ángela Céspedes Lezcano, quien fuera mayor,
casada, ama de casa, cédula de identidad 9-064-586, quien fue vecina de
Naranjito de Quepos. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean
tener derecho a la herencia, de qu, si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente
Nº 13-100052-425-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—(IN2014049305).
Se hace saber que en este
Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron Carlos
Moya Rojas, mayor, casado una vez, agricultor, costarricense, con documento de
identidad 0201490215 y vecino de Palmares y Digna Quesada Montero, mayor,
casada una vez, ama de casa, costarricense, con documento de identidad
0201250762, vecina de Palmares. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 14-000107-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 7 de julio del 2014.—Lic.
Viviana Salas Hernández, Jueza.—1 vez.—(IN2014049310).
Se cita
a todos los presuntos herederos, legatarios y demás interesados dentro del
juicio sucesorio de Francisca Laura Ramírez Torres, quien fue mayor, ama de
casa, casada una vez, quien portó la cédula de identidad número siete-cero cero
noventa y nueve-cero ochocientos setenta y nueve, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la
herencia pasará a quien corresponda. Exp. N°
14-100003-0404-CI, proceso sucesorio de Francisca Laura Ramírez Torres.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán, Guanacaste, 20 de marzo del 2014.—Lic. Ana
Patricia Barrantes Ruiz, Jueza.—1 vez.—(IN2014049385).
Con el
plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, se cita a los
herederos, legatarios e interesados en sucesión de Juan Vicente Jiménez Vargas,
quien fuera mayor, casado una vez, con cédula de identidad uno-doscientos
veintitrés-cuatrocientos sesenta y cinco, guarda de seguridad, vecino de Tirrases de Curridabat para que
se apersonen en defensa de sus derechos en mi notaría en Curridabat,
cincuenta metros al norte de Motores Británicos, bajo el apercibimiento de que
si así no lo hicieren dentro del término indicado, la herencia pasará a quien
por ley corresponda. Teléfono 2272-5311.—Expediente N° 001-2014.—San José, 26
de julio del dos mil catorce.—Lic. Vilma Camacho Víquez, Notaria.—1
vez.—(IN2014050030).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Antonio Rodríguez Rodríguez, quien fuera mayor de edad, casado, en primeras
nupcias, operador de maquinaria pesada, vecino Dulce Nombre de Coronado, cédula
de identidad número 2-248-005. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente N° 03-001694-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 21 de enero del 2004.—Lic.
Dalia Núñez Alfaro, Jueza.—1 vez.—(IN2014050042).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Melania Quesada González, mayor, cédula de
identidad número dos-ciento setenta y dos-cuatrocientos cuatro, quien dice que
es viuda una vez, ama de casa, vecina de Ciudad Quesada, San Carlos, Barrio
Lourdes, setenta y cinco metros sur de Purdy Motor, a
las doce horas del nueve de julio del dos mil catorce, comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Carlos Manuel Chaves Salazar, mayor, cédula de identidad número
dos-ciento veinticuatro-setecientos setenta y siete, casado una vez, ganadero,
vecino Ciudad Quesada, San Carlos, Barrio Lourdes, setenta y cinco metros al
sur de Purdy Motor. Se cita y emplaza a todos los
interesados, para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría, a hacer valer sus derechos. Expediente número: 0002-2014. Notaría del
Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, notario público, ubicado en Ciudad Quesada,
San Carlos, costado norte de los Tribunales de Justicia.—Ciudad Quesada, a las
trece horas del catorce de julio del dos mil catorce.—Teléfono 2460-1564 fax
2460-4070.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014050045).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Hilda Arias Soto, y Minor
Elpidio Alvarado Arias, Milton Alvarado Arias, Miriam Alvarado Arias, Nidia
Yadira Alvarado Arias, Sonia Lorena Alvarado Arias, Henry Alvarado Arias, Edin Dany Alvarado Arias, Eladio Alberto Alvarado Arias y
Ligia María Alvarado Arias, a las ocho horas del dos de agosto del dos mil
catorce, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Elpidio Alvarado Conejo, quien es
mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de Ujarrás
de Sarapiquí, Alajuela, ciento cincuenta metros al sur del puente sobre el Río
María Aguilar, portador de la cédula de identidad número: Tres-cero ciento
veinticinco-cero setecientos cincuenta y ocho. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Rodrigo Garita López, con
oficina abierta en la ciudad de Florencia de San Carlos, Alajuela, Centro
Comercial Villa Real Florencia, local número: uno. Teléfono 2475-7545.—Lic.
Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—(IN2014050047).
Notaría del Licenciado
Ronald Núñez Álvarez. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y
demás interesados en la sucesión de quien en vida fue María Aurelia Vargas
Víquez con cédula de identidad cuatro cero cero cincuenta y seis cero cuatrocientos diecisiete,
soltera, del hogar quien falleció el día nueve de octubre de dos mil trece,
según consta en el Registro Civil, Sección Defunciones de la provincia de
Heredia a las citas cuatro cero uno cero cero cuatro
dos uno cero ocho cuatro. Se declara abierto su proceso sucesorio, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del
edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el
apercibimiento de que en caso de que no lo hicieren, la herencia pasará a quien
en derecho corresponda. Expediente número cero cero cero cero uno-dos mil catorce.
Sucesorio en Sede Notarial de María Aurelia Vargas Víquez.—Lic. Ronald Núñez Álvarez,
Notario.—1 vez.—(IN2014050056).
Se hace saber a todos los
interesados en la sucesión de: Teodocio Carmen
Gonzalo Arrieta Carvajal, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino
de Puntarenas, Cabo Blanco, diagonal a la plaza de deportes, cédula de
identidad número tres-cero doscientos veintitrés-cero quinientos ochenta y
ocho; se cita a los herederos, legatarios, y los que crean tener derecho para
que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se les apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0004-2014 SN.
Notifíquese.—Lic. Eliseo Briones Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2014050060).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados en la sucesión de quien en vida fue Domingo Zúñiga Zúñiga, mayor, soltero, pensionado, vecino de Sabana Grande
de Nicoya, Guanacaste, ciento cincuenta al sur de la plaza de deportes del
lugar, cédula de identidad cinco-cero setenta y uno-ciento treinta y cinco,
para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos, en el
despacho del Lic. José Miguel Zúñiga Zúñiga, El
Carmen de Guadalupe, cincuenta metros oeste de la Bomba El Carmen, con el
apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se
presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión notarial.
Expediente: 0003-2014.—Lic. José Miguel Zúñiga Zúñiga,
Notario.—1 vez.—(IN2014050073).
Mediante acta de apertura
solicitada por la señora Adriana Laclé Murray, Thomas
Jiménez Quinn y Carlos Jiménez Quinn,
y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Elizabeth Mooney,
conocida como Elizabeth Mary Quinn Killiam de nacionalidad estadounidense, mayor, casada,
pensionada, vecina de San José, portadora de la cédula de residencia número uno
ocho cuatro cero cero cero
uno uno uno cero cero nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para
que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del Lic. Andrés Gómez Tristán, con oficina en Alajuela,
Atenas, cien metros al sur y setenta y cinco metros al este de los Tribunales
de Justicia.—Lic. Andrés Gómez Tristán, Notario.—1 vez.—(IN2014050096).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Arabela Jiménez Masís,
quien fue mayor, casada una vez, cédula: dos-doscientos treinta y
cinco-trescientos cincuenta y nueve, del hogar, vecina de Alajuela, Tuetal Sur, cuatrocientos metros sur de la Escuela Mariana
Madrigal de la O. Para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente
número 0001-2014 notaría del Lic. Javier Brenes Sáenz.—Lic. Javier Brenes
Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2014050156).
Se hace
saber que en esta notaría se levantó acta notarial a las diecinueve horas
cincuenta y cinco minutos del veintidós de julio del dos mil catorce, donde se
acredita la defunción y se solicita la apertura y la tramitación del proceso
sucesorio extrajudicial intestado de quien en vida se llamó Rafael Moraga
Bustos, quien en vida fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de san
Pedro de Montes de Oca y portador en vida de la cédula de identidad número
cinco-cero setenta y nueve-doscientos dos.; se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no lo presentan dentro del término
indicado, la herencia pasará a quien corresponda.—San Pedro de Montes de Oca,
cinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Minor
Segura Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2014050268).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Mauricio Alfredo Alvarado Cascante, mayor,
soltero, difunto, con cédula de identidad número uno-siete cero nueve-ocho tres
dos, para que dentro del plazo del treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2014-01.
Notaría del Bufete Mil Novecientos Cuarenta y Cinco, calle 15 av. 14-16.—Lic.
Salvador H. Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2014050307).
Los suscritos Gerardo Morera
Castro, mayor, viudo una vez, jubilado, cédula número 2-048-0115, Evelyn Morera
Villalobos, mayor, casada una vez, investigadora de mercado, cédula de
identidad número 1-0956-0501, Gerardo Morera Villalobos, mayor, soltero,
trabaja en servicios profesionales privados, cédula de identidad número
1-0986-0628 y Óscar Mario Morera Villalobos, mayor, casado una vez, ingeniero
topógrafo, cédula de identidad número 1-1115-0124, todos vecinos de Heredia,
San Isidro, del Liceo San Isidro doscientos metros al norte, frente al Taller
Mecánico Aguilar, ponen en conocimiento de la
apertura del proceso sucesorio en sede notarial ante la notaría de la Lic.
Gabriela Oviedo Vargas, de la causante Marta Oliva Villalobos Amador, quien en
vida fue mayor, ama de casa, vecina de Heredia, San Isidro, del Liceo San
Isidro, doscientos metros al norte, frente al Taller Aguilar cédula de
identidad número 4-0430-0423, quien falleció el día siete de noviembre del año
dos mil doce, por lo que emplazan a todos los interesados para que hagan valer
sus derechos ante la notaria de la Licenciada Gabriela Oviedo Vargas, ubicada
en Heredia, San Isidro, 25 metros al norte del Banco de Costa Rica.—San Isidro
de Heredia, 5 de agosto del 2014.—Lic. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2014050368).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión testamentaria en sede notarial de Vicente Molina
Molina, quien fue mayor, naturalizado costarricense,
casado una vez, jardinero, cédula 8-0055-0933, vecino de Granadilla, Curridabat, San José, de la Escuela de Santa Marta,
doscientos metros al este y doscientos al sur; para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a quienes crean tener la calidad de herederos
que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente Número 0001-2014 de la notaría del Lic. German Carvajal
Oviedo, ubicada en Barrio El Cedral, casa número
seis, San Pedro de Montes de Oca, San José.—Lic. German Carvajal Oviedo,
Notario.—1 vez.—(IN2014050412).
Yo, Carlos Madrigal Mora,
notario público comunico a quien interese que
en mi notaría ubicada en San José, Barrio González Lahmann,
de Casa Matute Gómez, cien sur y cien este, casa 1075 se tramita proceso
sucesorio en sede notarial de quien en vida se llamó Mario Enrique Cervantes
Machado, cédula de identidad número uno-quinientos dieciséis-cero cincuenta y
cuatro. Cito a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días
concurran a mi notaría a hacer valer sus derechos.—San José, cinco de agosto
del dos mil catorce.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014050441).
Se cita
y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión del señor Paulo
Francisco Campos Solano, quien fue mayor, soltero, estudiante, vecino de San
José, Desamparados, de Maxi Pali 800 metros carretera a San Miguel,
Urbanización Las Orquídeas, primera casa a mano derecha, con cédula de
identidad 1-0977-0025, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados
a partir de la publicación de este edicto y que se hará por una vez en el Boletín
Judicial, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2014. Ante la notaría del
Licenciado Carlos Alberto Rojas Badilla, carné 11.589, sita en San José, Alajuelita Centro, de Licorera La Uvita cincuenta metros al
norte.—San José, 30 de julio del 2014.—Lic. Carlos Alberto Rojas Badilla,
Notario.—1 vez.—(IN2014050474).
Se hace saber que en esta
notaría, sita en Heredia, avenida 2ª, calles 1ª y 3ª, se tramita proceso
sucesorio de quienes en vida fueron Bienvenido Herrera Luna y Adelia Zúñiga Chacón, ambos mayores, casados una vez entre
sí, pensionados, vecinos de Cartago, Tucurrique de
Jiménez, frente al EBAIS, con cédulas de identidad números 2-0140-0647 y
3-0108-0637, respectivamente. Se cita y emplaza a quienes crean tener la
condición de herederos y demás interesados, a que comparezcan ante esta notaría
dentro del plazo de 30 días a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si
no lo hicieren dentro del plazo señalado, la herencia pasará a quien legalmente
corresponda, sin perjuicio de terceros con mejor o igual derecho.—Heredia, 23
de junio de 2014.—Lic. Juan Carlos Camacho Sequeira, Notario.—1
vez.—(IN2014050475).
Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión
legítima de Estela Stawski Goldzwaig,
quien fue mayor, divorciada una vez, oficios del hogar, vecina de San Rafael de
Escazú, Residencial Los Laureles, Apartamentos El Cortijo, apartamento cuatro
A, cédula uno-quinientos setenta y dos-quinientos cincuenta y siete, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
aviso, comparezcan a la notaría del Lic. Adolfo García Baudrit,
sita en provincia de San José, San Rafael Escazú, ciento cincuenta metros sur
de la entrada sureste del Centro Comercial Multiplaza,
Edificio Terraforte, cuarto piso, con el mismo
horario del Poder Judicial, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento,
a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente: 0001-2014.—San José,
cinco de agosto del 2014.—Lic. Adolfo García Baudrit,
Notario.—1 vez.—(IN2014050504).
Se emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Pablo Salustiano Zúñiga Zúñiga,
quien fuera, soltero, agricultor, vecino de Limón centro, Matama,
La Bomba, del puente cincuenta metros norte, cédula cinco-cero
noventa-trescientos cuarenta, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de su publicación, se apersonen a esta notaría a hacer valer
sus derechos, apercibidos de que si así no lo hacen, la herencia pasará a quien
legalmente corresponda. (Exp. 0001-2014 proceso
sucesorio en sede notarial de Pablo Salustiano Zúñiga Zúniga).—Lic.
Bernice Espinoza Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2014050619).
Se cita y emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la reapertura del
proceso sucesorio de Teresa Valls Ávila, mayor, viuda una vez, pensionada,
vecina de San José, Zapote, de Autos Bohío, veinticinco metros al oeste, cédula
de identidad uno-doscientos uno-quinientos cincuenta y dos, fallecida el cinco
de marzo del dos mil nueve, para que dentro del término de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante este
notaría, sita en Curridabat, de la Heladería Pops, seiscientos metros al sur, costado norte de Plaza
Cristal, para hacer valer sus derechos. Se apercibe a quienes crean tener
derecho a la herencia que si no se apersonan dentro de ese término, la misma
pasará a quien corresponda. Sucesión extrajudicial expediente número cero cero cero uno-dos mil trece.—San
José, cinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos,
Notario.—1 vez.—(IN2014050709).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Rodolfo Cortés Rojas, quien fuera mayor,
casado una vez, empresario, vecino de San José, Curridabat,
del Indoor Club cien metros al sur, cédula número
dos-ciento cuarenta y cuatro-trescientos diecinueve, fallecido el día
diecisiete de noviembre del dos mil once, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar
sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si
no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente cero cero dos-dos mil catorce.—Dr. Juan
José Montero Cortés, Notario.—1 vez.—(IN2014050774).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Luz Marina Alpízar
Murillo, portadora de la cédula de identidad número cinco-ciento
veinticuatro-trescientos treinta y dos. Albacea provisional Marlene Ruiz Alpízar, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto comparezcan a redamar sus derechos y
se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Exp 14-0001. Notaría del Bufete Guzmán Coto. Lic. Sonia
Guzmán Coto, carné número 13564, sita en Bagaces,
Guanacaste, cincuenta metros norte del MINAE.—Lic. Sonia Guzmán Coto,
Notaria.—1 vez.—(IN2014050793).
Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de
Guillermo Barquero Vargas, quien fue mayor, vecino de Los Guido de
Desamparados, cédula 1-375-310, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan
a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100327-0217-CI.—Juzgado
Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial
de San José, Desamparados, 14 de enero del 2010.—Lic. Christian
López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014050801).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Giselle Ulate
Zamora, quien fue mayor, soltera, vecina de la provincia de Puntarenas, cantón
Corredores, detrás de la Escuela Echandi, portadora de la cédula de identidad
número seis-doscientos doce-novecientos dieciséis, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar su derecho; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos
que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda.—Lic. Shirley González Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2014050803).
Se tiene
por establecido el presente proceso sucesorio ab-intestato, de la señora que en
vida se llamó Flor María Ramírez Rivas, se emplaza a todos los interesados por
el plazo de treinta días para que se apersonen al proceso mismo que se tramita
en actividad judicial no contenciosa ante notario público Lic. José Miguel
Solano Álvarez, con oficina en Cartago, sita de los Tribunales de Justicia cien
metros al oeste y cincuenta al sur.—Cartago, 1° de agosto del dos mil
catorce.—Lic. José Miguel Solano Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2014050813).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión en sede notarial de quien en vida fue Homero
Monge Gamboa, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José,
Desamparados centro, de la esquina sureste de la iglesia católica, doscientos
metros sur, cédula uno-cero ochenta y cinco dos mil setecientos noventa y tres,
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo,
la herencia pasará a quien corresponda.—San José, cuatro de agosto de
2014.—Lic. Elizabeth Fallas Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2014050839).
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores
de edad Maicol José, Marvin Josué y Yendry todos de apellidos Rugama
Paniagua, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.
Expediente N° 13-400362-0924-FA. Proceso depósito judicial.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada.15 de
julio del 2013.—Msc. Marilene
Herra Alfaro, Jueza.—Exonerado.—(IN2014049054). 3 v. 1.
Juzgado
Primero de Familia de San José, a Marlennys Esther
Suero Reyes, en su carácter personal, quien es mayor, de nacionalidad
dominicana, pasaporte SC5352225, se le hace saber que en demanda nulidad
matrimonio, establecida por Procuraduría de la República de Costa Rica contra Marlennys Esther Suero Reyes y otro, se ordena notificarle
por edicto, la resolución de las trece horas y cincuenta y siete minutos del
diecinueve de febrero de dos mil catorce, que en lo conducente dice: De la
anterior demanda abreviada de nulidad de matrimonio establecida por el
accionante Procuraduría de la República de Costa Rica, se confiere traslado a
la accionados Jeffry Picado Gómez y Marlennys Esther Suero Reyes por el plazo perentorio de
diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la
misma. Se pide la anulación del matrimonio, por haberse contraído para efectos
migratorios. Proceso nulidad matrimonio, establecido por Procuraduría de la
República de Costa Rica contra Marlennys Esther Suero
Reyes número 13-001462-0186-FA.—Juzgado Primero
de Familia de San José.—Lic. Valeria
Arce Ihabadjen, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014049052).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el
artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella
dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso
de insania que promueve Ana c.c. Anabelle Vargas
Sánchez donde figura como presunto insano José Martí Rivera Vargas. Expediente
N° 14-000139-0675-FA-I.—Juzgado de Familia de Turrialba, 24 de julio del
2014.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049061).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el
artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella
dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso
de insania de Ana Virginia Muñoz Araya, cédula 107110042 y Alcides Delgado Vindas, cédula 106800382, a favor de Javier Esteban Delgado
Muñoz. Expediente N° 14-000205-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia,
15 de julio del 2014.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049065).
Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza del Juzgado
de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón; hace
saber que en proceso insania promovido por María López Espinoza; a favor de
Edgardo López Arias, bajo el expediente número 11-000167-0688-FA se dictó la
resolución que literalmente dice: Sentencia de primera instancia N° 2014.
Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
al ser las trece horas del cinco de marzo del dos mil catorce. diligencias de
declaratoria de insania promovidas por la señora María López Espinoza, mayor,
cédula de identidad 5-0193-0631, vecina de Alajuela, San Ramón, Alfaro, de la
Plaza de Deportes 100 metros al sur, en condición de tía paterna y en favor de
Edgardo López Arias, mayor, soltero, cédula de identidad número 5-0264-0439,
vecino de la dirección supraindicada. Se apersonó en
representación de la Procuraduría General de la República, la licenciada
Marcela Ramírez Jara, mayor, soltera, cédula de identidad número 1-941-0141,
vecina de Heredia. Resultando: I).—... II).—... III).—... Considerando: I).—Hechos
probados: De interés para la resolución de fondo del presente asunto se tienen
los siguientes: 1). ... 2). ... 3). ... 4). ... 5). ... 7). ... 8). ... 9). ...
II).—Sobre el fondo: ... III).—Costas: ... Por tanto: En virtud de lo expuesto
en la parte considerativa de la presente resolución, y de conformidad con los
artículos 819 inciso 4), 831, 847 y siguientes del Código Procesal Civil y 230
y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la presente Diligencia
de Insania: 1) Se declara en estado de incapacidad a Facundo Edgardo López
Arias, y se nombra como su Curadora legítima a María López Espinoza, a fin de
que lo represente y vele por su bienestar físico, cuide de sus intereses y
administre en beneficio de éste el patrimonio con que cuenta, para que éste,
lleve su vida de una forma adecuada en todos sus ámbitos, procurando satisfacer
sus necesidades básicas, de acuerdo con los recursos con los que se cuente, de
tal manera se le garantice la representación debida, para todos los efectos
requeridos. 2) Se previene a la Curadora que dentro de tercero día, comparezca,
jure y acepte el cargo conferido. 3) Deberá la curadora nombrada dentro de los
treinta días siguientes al dictado de esta resolución, presentar inventario y
avalúo de los bienes del insano, (en caso que los hubiera, o bien detallar
otros valores) obligación que de conformidad con el ordenamiento jurídico
deberá llevar a cabo cada año, debiendo rendir cuenta sobre la situación
patrimonial del señor Facundo Edgardo López Arias y sobre su labor como
administradora de los bienes, con indicación de las sumas percibidas y los
gastos realizados. Esa rendición de cuentas se tramitará por la vía incidental
y deberá ir acompañada de los documentos justificativos correspondientes. 4) La
condición de curador únicamente le permite administrar los bienes de su
representado; es decir, le está vedado disponer de ellos. De requerir hacerlo,
deberá gestionar y obtener la autorización judicial pertinente, mediante el
trámite respectivo, de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Familia. De
incumplir con la responsabilidad que se le asigna, puede ser removida de su
cargo, tal y como dispone el artículo 198 del Código de Familia. 5) La garantía
que corresponda al ejercicio de dicho cargo, se fijará luego de presentado el
inventario y avalúo arriba citado; de igual manera deberá presentar el
presupuesto de gastos que establece la ley. La garantía se puede rendir
mediante depósito en dinero efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad del
Instituto Nacional de Seguros o bonos del Estado sus instituciones, apreciados
estos últimos en su valor comercial, según certificación de un corredor jurado.
6) Firme este fallo, publíquese por una vez en el Boletín Judicial, e
inscríbase en el Registro de Nacimientos de la provincia de Guanacaste, al
margen de las citas de inscripción del nacimiento de Facundo Edgardo López
Arias, sea al tomo: doscientos sesenta y cuatro, página doscientos veinte,
asiento: cuatrocientos treinta y nueve. 7) Una vez firme este fallo expídase la
ejecutoria de interés. 8) Los gastos de esta declaratoria, se cargan al
patrimonio del insano. F). Lic. Eleonora Badilla Delgado, Jueza. Lo anterior se
ordena así en proceso insania de Facundo Edgardo López promovido por María
López Espinoza. Expediente Nº 11-000167-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 20 de mayo del 2014.—Lic. Denia
Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2014049292).
Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza del Juzgado
de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón; hace
saber a Heyner Salas Esquivel, cédula de identidad
número 5-324-553 y a Santos Aneurys Linares Robert,
pasaporte número PSC4780119, que en este Despacho, se interpuso un proceso
declaratoria de extramatrimonialidad y declaracion de paternidad en su contra, bajo el expediente
número 12-000437-0688-FA, donde se dictó la resolución que literalmente dice:
“Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
a las diez horas y treinta y cuatro minutos del veintidós de abril del dos mil
trece. Se tiene por establecido por parte de Martha Laura López Cruz; el
presente proceso de declarar extramatrimonialidad en
contra de Santos Aneurys Linares e Investigación de
Paternidad en contra de Robert Heyner Salas Esquivel;
a quienes se les confiere traslado por el plazo de diez días, para que la
conteste, oponga excepciones previas, la prueba documental que tuviere y la
testimonial con indicación en su caso del nombre y generales de los testigos
que proponga. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las
razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya.
Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno,
manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. Por existir menores involucrados en
este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Se le
previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2
de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que,
si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. Así mismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial,
Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan
suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se pone en
conocimiento de las partes que el Departamento de Laboratorio Forense, Sección
de Bioquímica, concedió cita para realizar la prueba de marcadores genéticos
para las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de mayo del dos mil
trece. Deberán presentarse en el Departamento antes citado, en el Complejo de
Ciencias Forenses, ubicado en San Joaquín de Flores, Heredia. No es necesario
que se presenten en ayunas pero sí indispensable la presentación del documento
de identidad vigente. A la actora y al demandado se les hace saber, que de
conformidad con el artículo 98 del Código de Familia, la parte que sin motivo
alguno se niegue a practicarse esa importante prueba, será considerado ese
proceder como malicioso. Además esa circunstancia podrá ser tenida como un
indicio de veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha prueba, de ahí
la importancia de mantener o señalar un lugar o medio donde escuchar
notificaciones. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o
por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su
domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona para notificar al
señor Heyner Salas Esquivel; al Delegado Policial de Sarchí de Valverde Vega. La parte demandada puede ser
localizada en la siguiente dirección: Sarchí de
Valverde Vega, Alto Castro, frente a la escuela de la localidad, casa de dos
plantas color amarillo pastel con portón negro. Parta notificar al señor Santos
Aneurys Linares Robert se hará por medio de su
curador el Lic. Cristian Miguel Vargas Araya, en el medio señalado para tales
efectos. Previo al envió de las notificaciones, se le hace ver a la actora que
debe aportar tres juegos de copias de los folios del 1 al 11. Lo anterior se
ordena así en proceso declaratoria de extramatrimonialidad
y declaratoria de paternidad de Martha Laura López Cruz contra Heyner Salas Esquivel y Santos Aneurys
Linares Robert. Expediente Nº 12-000437-0688-FA.— Juzgado de Familia
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 25 de junio del 2014.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1
vez.—(IN2014049296).
Lic. Yendry
Gutiérrez Bermúdez, Jueza de Familia de Puriscal,
hace saber que en diligencias de Insania, expediente N° 13-400327-0197-FA
promovido por Yorleny Murillo Rubí a favor del insano
Miguel Ángel Murillo Torres, se ha dictado la resolución que en su parte
dispositiva dice: “Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 99,
153, 155, 819, 820, 867, 868, 869 y 870 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal
Supremo de Elección y del Registro Civil, 230, 231, 232, 235, 238 y 241 del
Código de Familia, el presente proceso de actividad judicial no contenciosa,
incoado por María de Los Ángeles Murillo Rubí; se falla de la siguiente forma:
1) Se declara el estado de interdicción del señor Miguel Ángel Murillo Torres.
2) Se nombra como curadora del incapaz, a su hija María de Los Ángeles Murillo
Rubí, a quien se le previene comparecer a aceptar el cargo, dentro de tercero
día; o a exponer el motivo de excusa que tuviere. 3) Aceptado que sea el
cargo por la curadora, se señalará el día y la hora para que se presente a
prestar el juramento de que cumplirá el cargo
con fidelidad. 4) Con el fin de que la curadora represente al incapaz, en los
asuntos judiciales en los que éste se halle interesado, se le dará certificación
de la respectiva acta y de esta sentencia. 5) Firme esta sentencia, la
ejecutoria deberá publicarse en el periódico oficial e inscribirse en el
Registro Nacional, Sección de Personas y Sección de Propiedad, así como en el
Registro Civil. 6) El cargo de curadora lleva implícito el deber de representar
legalmente, al inhábil, y administrar sus bienes. 7) Igualmente, es obligación
de la curadora cuidar que el incapaz adquiera o recobre su capacidad mental o
física. 8) Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Sin
embargo, los gastos del procedimiento se cargarán al patrimonio del incapaz
Lic. Carlos Ml. Sánchez Miranda, Juez”.—Juzgado Civil y de Trabajo y Familia
de Puriscal, 16 de julio del 2014.—Lic. Yendry Gutiérrez Bermúdez, Jueza.—1 vez.—(IN2014049308).
Se hace
saber que ante este Despacho, se tramitan diligencias de cambio de nombre
promovidas por Prince Shalom López Pérez, representado por su madre en
ejercicio de la patria potestad, señora Roxana Noelia Pérez Castro, diligencias
que van encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre Prince
Shalom a Ariana Prince, mismos apellidos, quedando el cambio de nombre como
Ariana Prince López Pérez. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes
diligencias, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus
derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del
Código Civil. Exp. N° 14-000100-0183-CI.—Juzgado
Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Elio
Campos López, Juez.—1 vez.—(IN2014049366).
Se
convoca por medio de edicto a las personas a quienes les corresponda la
curatela, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten
a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta
publicación. Proceso de insania de Bernal Elías Jiménez Zúñiga, quien es mayor,
soltero, sin oficios, cédula de identidad N° 1-1462-759, vecino de La Legua de Puriscal. Exp. N° 14-400233-0197-
FA.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal,
Santiago, 21 de julio del 2014.—Lic. Yendry
Gutiérrez Bermúdez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014049386).
Msc. Ramón Zamora Montes. Juez del Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber que en este Despacho se
interpuso un proceso insania, establecido por María de los Ángeles Monge
Vargas, a favor de Rafael Ángel Cardona Monge, bajo el expediente N°
11-002950-0165-FA donde se dictó la sentencia que en lo conducente dice:
Sentencia N° 346-2014 Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San
José, Goicoechea, a las trece horas veinte minutos del veintiocho de mayo del
año de dos mil catorce. Proceso de actividad judicial no contenciosa de
insania, a favor de Rafael Ángel Cardona Monge, mayor, titular de la cédula de
identidad número uno-trescientos noventa y nueve-cuatrocientos setenta y seis,
sin oficio promovido por María de los Ángeles Monge Vargas, quien es mayor de
edad, soltera, sin oficio, portadora de la cédula de identidad número
uno-trescientos diecisiete-trescientos noventa y ocho. Interviene como curador
procesal de la persona presunta insana la Licenciada Yanina
de los Ángeles Jiménez Ugalde, carne de incorporación al Colegio de Abogados N°
18309. Resultando: I.-…, II.-… III.-... Considerando: I.-…, II.-… III.-...
IV.-.... V.-... Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153,
155, 796, 797, 842, 828, y 829 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil,
43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil,
233, 236, 239, 242, 202 y 204 del Código de Familia, el presente proceso de
insana, incoado por María de los Ángeles Monge Vargas se falla de la siguiente
forma: 1) Se declara el estado de interdicción de Rafael Ángel Cardona Monge.
2) Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá inscribirse en el Registro
Público, Sección de Personas, así como en el Registro Civil. 3) Se nombra como
curador del insano a Julia María Fernández Monge a quien se le previene
comparecer a aceptar y jurar el cargo dentro de tercero día; o a exponer el
motivo de excusa que tuviere. 4). Con el fin de que la curadora represente a la
persona insana, en los asuntos judiciales en los que éstos se hallen interesad
os, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. 5).
Dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la aceptación del
cargo, deberá la señora Julia María Fernández Monge presentar un inventario de
bienes, dentro del cual deberá aportar certificaciones generales de propiedad
de bienes muebles e inmuebles a nombre del presunto insano. Además deberá
aportar certificación, en la cual se indique si la insana recibe alguna
pensión, el monto de la misma y quien está autorizado para su retiro. Una vez
presentado el inventario se le ordenará que garantice las resultas de su
administración. La garantía sobre ambos bienes o derechos registrales puede
rendirse mediante depósito en dinero efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad
del Instituto Nacional de Seguros o bonos del Estado sus instituciones,
apreciados estos últimos en su valor comercial, según certificación de un
corredor jurado. Asimismo, una vez presentado el inventario en los términos
solicitados, podrá ésta autoridad según sea el caso, eximir la rendición de
garantía. El cargo de curadora lleva implícito el deber de representarlas
legalmente y administrar sus bienes. Igualmente, es obligación de la curadora
cuidar que la incapaz adquiera o recobre su capacidad mental, de ser ello factible.
El cargo de curadora no le da la facultad de disponer de los bienes que estén a
nombre del insano; en caso que lo requiera deberá solicitar la autorización de
esta autoridad. 6). Costas: Son las costas de este trámite a cargo del
patrimonio del insano (artículo 852 del Código Procesal Civil). 7) Publíquese
la sentencia en el Boletín Judicial. Licenciada Marianella
Fallas Víquez. Juez de Familia. Lo anterior se ordena así en proceso insania de
contra María de los Ángeles Monge Vargas, a favor de Rafael Ángel Cardona
Monge; Exp. N° 11-002950-0165-FA.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de julio del
2014.—Lic. Ramón Zamora Montes, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014049414).
Msc. Ramón Zamora Montes, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José; hace saber a John Starks,
documento de identidad 5788783000, que en este Despacho se interpuso un proceso
divorcio en su contra, establecido por Maureen
Naranjo Gamboa, bajo el expediente N° 12-000876-0165-FA donde se dictó la
sentencia que en lo conducente dice: Sentencia de primera instancia 289-2014.
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, a las
quince horas diez minutos del siete de mayo del dos mil catorce. Proceso
abreviado de divorcio establecido por Maureen Naranjo
Gamboa, mayor, casada una vez, cédula uno-mil ciento sesenta y ocho-quinientos
cuarenta y siete, vecina de San Antonio de Coronado, contra John Robert Starks, mayor, casado, pensionado, de nacionalidad
estadounidense, pasaporte número P cero cinco siete ocho ocho
siete ocho tres cero. Interviene la Licenciada Karla García Naranjo como
apoderada especial judicial de la actora y el licenciado Randall Salas Alvarado
en calidad de curador procesal del
accionado. Resultando: I.-...- II.-... III.-... Considerando: I.-... II.-....
III.-… IV.-… Por tanto: Con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se
falla: I.-Se declara con lugar la presente demanda abreviada de divorcio y en
razón de ello se declara disuelto el vínculo
matrimonial que ha unido a los señores John Robert Starks
y Maureen Elidia Naranjo
Gamboa. Una vez firme esta sentencia inscríbase en el Registro Civil, Sección
matrimonios de la provincia de San José, al tomo cuatrocientos noventa y seis,
folio ciento noventa, asiento trescientos ochenta II.- Por no existir hijos
menores de edad, se omite pronunciamiento sobre guarda, crianza y educación.
III.- Por no existir bienes gananciales que liquidar, se omite emitir
pronunciamiento sobre esto. IV.- Ambos ex cónyuges pierden el derecho a
exigirle alimentos al otro. V.- Se resuelve este asunto sin especial condena en
costas. Notifíquese. Licenciada Nelda Jiménez Rojas,
Jueza de Familia. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Maureen Naranjo Gamboa contra John Starks;
expediente Nº 12-000876-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Ramón Zamora
Montes, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014049420).
Han comparecido ante este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil los contrayentes Gabelo Enrique Ortiz Álvarez, mayor,
divorciado de Silvia Patricia Chacón Delgado, mesero, con cédula de identidad
N° 0107510501, hijo de Clara Luz Álvarez
Baldivia y Gabelo Ortiz Marín, nacido en Hospital
Central San José y Karen Tatiana Boza González, mayor, soltera, ama de casa,
con cédula de identidad número 0206790823, hija de Inés Cecilia González Leitón y José Ángel Boza Brenes, nacida en Quesada, San
Carlos, Alajuela. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo
ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp.
14-000446-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 23 de julio del 2014.—Msc.
Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049085).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Rubén de Jesús
Méndez Álvarez, mayor, soltero, asistente de técnico en refrigeración, hijo de
Lorenza Álvarez Castillo y José Manuel Méndez García, nacido en Centro Liberia,
el 23/02/1994, con 20 años de edad, cédula de identidad Nº 0503970340 y Tatiana
Priscila Sánchez Quirós, mayor, soltera, ama de casa, hija de Miriam Sánchez
Quirós, nacida en Centro Liberia, el 05/07/1991, con 23 años de edad, cédula de
identidad Nº 0503820547. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe
algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá
manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a
partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 14-000449-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 24 de julio del 2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014049086).
Han comparecido ante este
Juzgado, solicitando contraer matrimonio
civil Gaudelia Navarro Monge, c.c. Gaudy Navarro Monge, de 35 años, unión libre, ama de casa,
cédula de identidad número 1-1028-0102, vecina de Aserrí,
Las Mercedes, de la Ferretería El Progreso 100 mts.
sur, 25 mts. este, nació el día 8 de febrero de 1979,
San José, hija de Elizabeth Monge Madrigal y Rafael Ángel Navarro Herrera; y el
contrayente Anthony Adrián Vindas Quesada, vecino de Aserrí, Las Mercedes, de la Ferretería El Progreso 100 mts. sur, 25 mts. oeste, hijo de
María de Los Ángeles Vindas Quesada, de 39 años de
edad, divorciado, fecha de nacimiento: 05 noviembre 1974, comerciante, cédula
de identidad 1-0896-0491. La oposición de alguien con interés legítimo, debe
ser presentada ante este juzgado dentro de los ocho días luego de esta
publicación. Expediente Nº 14-100036-0236-CI-01.—Juzgado Contravencional
y Menor Cuantía de Aserrí, 15 de julio de
2014.—Lic. Ligia González González, Jueza.—1
vez.—(IN2014049260).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil José Róger de Los Ángeles Morales Díaz, mayor, divorciado una
vez, comerciante, cédula de identidad número 0302680149, vecino de Turrialba,
Verbena Norte, 600 metros norte de la iglesia católica, casa de color blanca de
dos plantas, hijo de Flor Eliette Díaz Pérez y Róger Morales González, nacido en centro Turrialba,
Cartago, el 19/03/1964, con 49 años de edad, y Georgina Vannessa
García Cordero; mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula de identidad
número 0303540300, vecina de Turrialba, Verbena Norte, 600 metros norte de la
iglesia católica, casa de color blanca de dos plantas, hija de Mireya Cordero
Corrales y Eleuterio García Salas, nacida en centro Turrialba, Cartago, el
22/07/1978, actualmente con 35 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº
14-000021-0675-FA-DM.—Juzgado de Familia de Turrialba, 9 de mayo del
2014.—Lic. Elmer Rojas
Aguilar, Juez.—1 vez.—(IN2014049309).
Se hace saber que dentro del proceso penal tramitado con el número
05-17559-042-PE seguida contra Marvin Madrigal Rodríguez y otros en perjuicio
de Mario Bolaños Camacho, se ordenó notificar por medio de edicto a Abel Amador
Naranjo, cédula de identidad número 111680882 que a partir de la última
publicación tiene el plazo de tres meses para apersonarse ante este tribunal
para gestionar la entrega del vehículo placas 188136, ya que de no hacerlo se
ordenará el comiso del mismo a favor de El Estado. Publíquese por tres veces
consecutivas en el Boletín Judicial.—Tribunal Penal del Tercer
Circuito Judicial de San José, Sede Suroeste, Pavas.—Lic. Tatiana Murillo
Jara, Jueza Tramitadora.—(IN2014049024). 3
v. 2.
Licenciada Natalia Segura Barrios, Fiscal de la Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San José, al señor Pablo José Cruz Méndez, cédula o documento de identidad N° 1-1131-894, se le hace saber: Que en el Legajo de Legajo de Investigación 11-006036-0174-TR, seguido en contra de Leonel Valerín Cedeño, en perjuicio de Erick Oses Ilama, por el (los) delito (s) de Lesiones Culposas (Ley de Tránsito), se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San José, a las once horas con treinta y siete minutos del trece de junio del dos mil catorce. En vista de que el señor Pablo José Cruz Méndez es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle acción civil resarcitoria por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Natalia Segura Barrios, Fiscal—1 vez.—Exento.—(IN2014049417).