BOLETÍN JUDICIAL N° 154 DEL 12 DE AGOSTO DEL 2014

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO   Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Pococí de la provincia de Limón.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Pococí de la provincia de Limón, permanecerán cerradas durante el diecinueve de setiembre de dos mil catorce, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

San José, 21 de julio del 2014.

                                                        MBA Rodrigo Arroyo Guzmán,

(IN2014049391)                                    Subdirector Ejecutivo

ASUNTO   Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Jiménez, provincia de Cartago.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón Jiménez, provincia de Cartago, permanecerán cerradas durante el día diecinueve de agosto de dos mil catorce, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

San José, 29 de julio del 2014.

                                                        MBA Rodrigo Arroyo Guzmán,

(IN2014049395)                                    Subdirector Ejecutivo

ASUNTO   Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Turrialba de la provincia de Cartago.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Turrialba de la provincia de Cartago, permanecerán cerradas durante el día catorce de agosto de dos mil catorce, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico patronales de dicho cantón.

San José, 29 de julio del 2014.

                                                        MBA Rodrigo Arroyo Guzmán,

(IN2014049398)                                    Subdirector Ejecutivo

SALA CONSTITUCIONAL

Res. Nº 2014006337.—San José, a las catorce horas treinta minutos del catorce de mayo de dos mil catorce. (Exp. N° 12-016951-0007-CO).

Acción de inconstitucionalidad promovida por Marta E. Acosta Zúñiga, mayor, casada, portadora de la cédula de identidad N° 6-0146-0579, vecina de Sabanilla, en su condición de Contralora General de la República, contra los artículos 113 y 156 de la Convención Colectiva de Trabajo de RECOPE 2011-2012 y 4, 9, 10, 13, 18 y 22 de las Normas para la Evaluación del Desempeño de RECOPE.

Resultando:

1º—En la sentencia número 2014-001227 de las dieciséis horas y veintiuno minutos del veintinueve de enero del dos mil catorce, se estableció el siguiente Por Tanto:

“Por mayoría se declara parcialmente con lugar la acción, en cuanto el artículo 156 de la Convención Colectiva de Trabajo de la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (RECOPE) se aplica a los funcionarios “no profesionales”. En consecuencia, los aumentos previstos en dicha norma no podrán ser de aplicación a este sector, hasta tanto no se logre establecer un mecanismo que busque preservar el poder adquisitivo de los salarios de los funcionarios “no profesionales”. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma cuya práctica se anula, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. En lo demás, se declara SIN LUGAR la acción. El magistrado Salazar Alvarado pone nota. El magistrado Armijo Sancho salva el voto y rechaza de plano la acción. El magistrado Jinesta Lobo rechaza de plano la acción y da razones diferentes. El Magistrado Rueda salva el voto, declara parcialmente con lugar la acción de inconstitucionalidad contra los artículos 155 de la Convención Colectiva y 13 de las Normas para la Evaluación del Desempeño de RECOPE. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, y Ejecutivo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.

2º—En los procedimientos seguidos se ha observado las prescripciones legales.

Redacta el Magistrado Castillo Víquez; y,

Considerando:

I.—El artículo 12 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional establece que las sentencias que dicte esta Sala podrán ser aclaradas o adicionadas, a petición de parte, si se solicitare dentro del tercer día y de oficio en cualquier tiempo, incluso en los procedimientos de ejecución, en la medida en que sea necesario para dar cabal cumplimiento al contenido del fallo.

II.—En la sentencia número 2014-001227 de las dieciséis horas y veintiuno minutos del veintinueve de enero del dos mil catorce, se estableció el siguiente Por Tanto: “Por mayoría se declara parcialmente con lugar la acción, en cuanto el artículo 156 de la Convención Colectiva de Trabajo de la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (RECOPE) se aplica a los funcionarios “no profesionales”. En consecuencia, los aumentos previstos en dicha norma no podrán ser de aplicación a este sector, hasta tanto no se logre establecer un mecanismo que busque preservar el poder adquisitivo de los salarios de los funcionarios “no profesionales”. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma cuya práctica se anula, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. En lo demás, se declara SIN LUGAR la acción. El magistrado Salazar Alvarado pone nota. El magistrado Armijo Sancho salva el voto y rechaza de plano la acción. El magistrado Jinesta Lobo rechaza de plano la acción y da razones diferentes. El Magistrado Rueda salva el voto, declara parcialmente con lugar la acción de inconstitucionalidad contra los artículos 155 de la Convención Colectiva y 13 de las Normas para la Evaluación del Desempeño de RECOPE. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, y Ejecutivo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.

En consecuencia y con fundamento en la facultad que el artículo 12 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional le otorga a esta Sala, se corrige de oficio el error material consignado en la parte dispositiva, para que se lea correctamente de la siguiente manera: “Por mayoría se declara parcialmente con lugar la acción, en cuanto el artículo 156 de la Convención Colectiva de Trabajo de la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (RECOPE) se aplica a los funcionarios “no profesionales”. En consecuencia, los aumentos previstos en dicha norma no podrán ser de aplicación a este sector, hasta tanto no se logre establecer un mecanismo que busque preservar el poder adquisitivo de los salarios de los funcionarios “no profesionales”.Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma cuya práctica se anula, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. En lo demás, se declara SIN LUGAR la acción. El magistrado Salazar Alvarado pone nota. El magistrado Armijo Sancho salva el voto y rechaza de plano la acción. El magistrado Jinesta Lobo rechaza de plano la acción y da razones diferentes. El Magistrado Rueda salva el voto, declara parcialmente con lugar la acción de inconstitucionalidad contra los artículos 156 de la Convención Colectiva y 13 de las Normas para la Evaluación del Desempeño de RECOPE. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, y Ejecutivo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.

III.—Corolario de lo expuesto, y para facilitar la adecuada lectura del fallo, se ordena corregir el referido error material en la parte dispositiva en los términos señalados.

Por tanto:

Se corrige el error material consignado en la sentencia número 2014-001227 de las dieciséis horas y veintiuno minutos del veintinueve de enero del dos mil catorce, para que el por tanto se lea correctamente así: “Por mayoría se declara parcialmente con lugar la acción, en cuanto el artículo 156 de la Convención Colectiva de Trabajo de la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE) se aplica a los funcionarios “no profesionales”. En consecuencia, los aumentos previstos en dicha norma no podrán ser de aplicación a este sector, hasta tanto no se logre establecer un mecanismo que busque preservar el poder adquisitivo de los salarios de los funcionarios “no profesionales”. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma cuya práctica se anula, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. En lo demás, se declara SIN LUGAR la acción. El magistrado Salazar Alvarado pone nota. El magistrado Armijo Sancho salva el voto y rechaza de plano la acción. El magistrado Jinesta Lobo rechaza de plano la acción y da razones diferentes. El Magistrado Rueda salva el voto, declara parcialmente con lugar la acción de inconstitucionalidad contra los artículos 156 de la Convención Colectiva y 13 de las Normas para la Evaluación del Desempeño de RECOPE. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, y Ejecutivo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”. Gilbert Armijo S. Presidente/ Ernesto Jinesta L./ Fernando Cruz C./ Fernando Castillo V./ Paul Rueda L./ Nancy Hernández L./ Luis Fdo. Salazar A./

San José, 30 de julio del 2014.

                                                                         Dennis Ubilla Arce

1 vez.—(IN2014049421)                                     Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de quien fue Luis Adolfo Mora Ruiz, pasaporte 566-130885-0002-P, y falleció el 26 de agosto del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prestaciones bajo el número 13-000224-0945-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°13-000224-0945-LA. Proceso promovido por Maderas Preciosas de Costa Rica S.A a favor de desconocido.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 25 de noviembre del 2013.—Lic. Carlos Humberto Venegas Avilés, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049044).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Enrique Núñez Sancho, quien fue mayor, casado, con cédula de identidad número 4-0157-0062, se les hace saber que: Lileana Brenes Pacheco, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-700-093, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N° 14-000094-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 21 de mayo del 2014.—Msc. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049055).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Claudio Paulino García Quirós, mayor, casado, vecino de San José, identificación R 115200017500, fallecido el 12 de marzo del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 14-000263-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000263-1021-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 17 de julio del 2014.—Lic. Randall Porras Chinchilla, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049067).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rodolfo Antonio Castro Carballo, cédula de identidad 4-193-704, fallecido el 07 de marzo del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 14-000275-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000275-1021-LA. Por Embotelladora Centroamericana Ltd a favor de Rodolfo Antonio Castro Carballo.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 8 de julio del 2014.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049069).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Robert Iván Vega Vargas, quien fue mayor, pensionado, cédula 4-159-170 y falleció el 15 de mayo del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Consignación de Prestaciones de trabajador fallecido bajo el número 14-000391-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000391-1021-LA. Por Ana Lorena Chavarría Vásquez a favor de Robert Iván Vega Vargas.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia 26 de junio del 2014.—Lic. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049070).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Josué Gerardo Villalobos Sanarrucia, con cédula número 1-1076-426, fallecido el 16 de mayo del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 14-000435-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000435-1021-LA. Por Verdad Informática de Costa Rica S. A. a favor de Josué Gerardo Villalobos Sanarrucia.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 23 de julio del 2014.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049073).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ricardo Francisco Nicolás Rodríguez Torres, cédula de identidad 4-109-0926, fallecido el 10 de marzo del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias bajo el número 14-000450-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000450-1021-LA. Por Fondo de Capitalización Laboral de la CCSS a favor de Ricardo Francisco Nicolás Rodríguez Torres.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 25 de junio del 2014.—Lic. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049075).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Hugo Gómez Palacios quien fue mayor, soltero, vecino de Heredia, cédula 6-192-058, fallecido el 15 de agosto del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 14-000555-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000555-1021-LA. Por Cynthia Barrantes Vargas a favor de Víctor Hugo Gómez Palacios.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 17 de julio del 2014.—Lic. Randall Porras Chinchilla, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049076).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fernando Antonio Montero Agüero, quien tuvo cédula número 2-355-670, fallecido el 24 de julio del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 14-000556-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000556-1021-LA. Por Olga Marta Segura Campos a favor de Fernando Antonio Montero Agüero.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 17 de julio del 2014.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049078).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Rocío del Carmen Villalobos Hernández, quien fue mayor, soltera, con cédula de identidad número 02-0505-0905, se les hace saber que: José Lupe Villalobos Arce, portador de la cédula de identidad número 02-0299-0161 y Yadira Hernández Estrada portadora de la cédula de identidad número 02-0318-0895, ambos vecinos de Río Segundo de Alajuela, se apersonó en este Despacho en calidad de padre y madre de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido expediente número 14-000446-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 8 de julio del 2014.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.

A los causahabientes de quien en vida se llamó Adimir Jiménez Salazar; quien fue mayor, casado, oficial de seguridad, portó la cédula de identidad número 3-0375-0273 y falleció el primero de noviembre de dos mil trece. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 13-300130-0895-LA de Adimir Jiménez Salazar.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 30 de junio de 2014.—Msc María de Los Ángeles Solano Gamboa, Jueza.—1 vez.—(IN2014049307).—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049082).

Por el plazo de ocho días, se emplaza a los causahabientes del trabajador fallecido José Luis Centeno González, quien fuera mayor, soltero, pistero en la gasolinera Cerro Plano en Santa Elena de Monteverde de Puntarenas, vecino de Tilarán, con cédula de identidad número cinco-cero doscientos sesenta y dos-cero seiscientos veintitrés, hijo de Pablo Centeno Durán y de Ana Lucía González Herrera, para que dentro de dicho término se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de devolución de ahorro laboral de trabajador fallecido, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, el dinero se entregará a quien corresponda, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 14-300029-0404-LA-1.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán, 28 de julio del 2014.—Lic. Ana Patricia Barrantes Ruiz, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014049375).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida Laura María Bonilla Solís, cédula 1-1086-0850, quien falleciera el trece de enero del año dos mil seis, mayor de 31 años, soltera, costarricense y vecina de Santa Ana, Alto de Las Palomas. Del Restaurante Cebolla Verde 50 metros noreste, calle adoquinada, casa color hueso, que se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación del este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso de consignación de cuotas de trabajador fallecido, en que figuran como partes la gestionante: Carmen Nuria Solís Delgado, cédula número 1-0640-0142 y como fallecida Laura María Bonilla Solís, cédula 1-1086-0850, expediente N° 14-300050-0242-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Santa Ana, 29 de julio del 2014.—Lic. Ronald Chacón Mejía, Juez.—1 vez.—(IN2014049377).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Freddy José Ruiz Jiménez, quien fue mayor, soltero, albañil, portó la cédula de residencia N° 155817814008 y falleció el diez de marzo de dos mil catorce. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de Consignación de prestaciones N° 14-300060-0895-LA de Freddy José Ruiz Jiménez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 27 de mayo del 2014.—M.Sc. María De Los Ángeles Solano Gamboa, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014049381).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Luis Gerardo Marín Quirós, quien fuera mayor, divorciado, costarricense, mensajero, vecino de Desamparados, San Miguel, urbanización El Ocaso, cédula de identidad número uno-ochocientos cincuenta y tres-cero sesenta y nueve, quien falleció el veinte de noviembre del dos mil diez, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral, expediente N° 13-300297-0237-LA (302-2-13), gestionado por: Ana Yancy Fajardo Baltodano, contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias BN Vital S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 22 de noviembre del 2013.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014049408).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 298-13070-01-0910-001 y servidumbre de paso bajo las citas: 573-02471-01-0001-001, a las quince horas y cero minutos del cinco de setiembre del dos mil catorce, y con la base de siete millones quinientos setenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 462619-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 02 Florencia, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública de 10 metros lineales de ancho, con un frente a ella de 08 metros con 13 centímetros lineales; sur, Manuel Rodríguez Blanco; este, Limberth Zúñiga Álvarez, y oeste, Carlos García Núñez. Mide: trescientos cuarenta y un metros cuadrados. Plano: A-1346072-2009. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil catorce, con la base de cinco millones seiscientos setenta y nueve mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de octubre del dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos noventa y tres mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Ingenio Quebrada Azul y Afines contra Carlos Alberto Agüero Umaña. Expediente N° 13-002988-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 19 de junio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014050291).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del primero de setiembre del dos mil catorce, y con la base de veintisiete millones doscientos sesenta y siete mil doscientos sesenta y cinco colones con sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 165733-000, naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con frente a ella de 82.99 metros; sur, Daniel Fajardo Toruño; este, Orlando Matarrita Rodríguez; oeste, Daniel Fajardo Toruño. Mide: diez mil metros cuadrados. Plano: G-1226209-2008. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del dos mil catorce, con la base de veinte millones cuatrocientos cincuenta mil cuatrocientos cuarenta y nueve colones con veintitrés céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del dos de octubre del dos mil catorce, con la base de seis millones ochocientos dieciséis mil ochocientos dieciséis colones con cuarenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Daniel Gerardo Fajardo Sequeira. Expediente N° 14-000728-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 8 de julio del 2014.—Lic. Evelyn Molina Zúñiga, Jueza.—(IN2014050310).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones y servidumbre de paso, a las nueve horas y cero minutos del dos de setiembre del dos mil catorce, y con la base de veinticuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 502016-000, la cual es naturaleza: terreno para uso agrícola. Situada: en el distrito 01 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, calle pública con una extensión de 28.25 metros; sur, Alondra Melissa S. A.; este, Rodrigo Cortés Villalobos, María Melissa Fernández Salas, servidumbre agrícola en medio, Alondra Melissa S. A.; oeste, Alondra Melissa S. A. Mide: tres mil cuatrocientos ochenta y cinco metros cuadrados. Plano: A-1564072-2012. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del dos mil catorce, con la base de dieciocho millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de octubre del dos mil catorce, con la base de seis millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Aquileo Naranjo López. Expediente N° 14-001010-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 15 de julio del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014050314).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones bajo citas: 334-10234-01-0900-001, a las nueve horas y cero minutos del tres de setiembre del dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones ochocientos sesenta y siete mil seiscientos diez colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y dos mil novecientos cuarenta y cuatro-cero cero cero, la cual es: naturaleza: terreno con una casa. Situada: en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, río Matamba; sur, Edwin Sandoval Fernández y Gerardo Vargas; este, Gerardo Vargas; oeste, Octaviana Castillo Castillo y servidumbre de paso con 3 metros y Jorge Arenas Castillo. Mide: cuatrocientos veintisiete metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0463883-1982. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de doce millones seiscientos cincuenta mil setecientos siete colones con ochenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de octubre del dos mil catorce, con la base de cuatro millones doscientos dieciséis mil novecientos dos colones con sesenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Juan Rigoberto Ortiz Gutiérrez. Expediente N° 14-000709-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 18 de julio del 2014.—Lic. Evelyn Molina Zúñiga, Jueza.—(IN2014050316).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y quince minutos del veintinueve de agosto del dos mil catorce, y con la base de ocho millones trescientos dos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 111993-003 y 004, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 03 San Miguel, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, María Mercedes Madrigal Alfaro; sur, calle pública con 9,00 metros; este, María Mercedes Madrigal Alfaro, lote 13 A; oeste, María Mercedes Madrigal Alfaro, lote 11 A. Mide: doscientos once metros con cincuenta decímetros cuadrados. Plano: G-0448251-1997. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y quince minutos del dieciséis de setiembre del dos mil catorce, con la base de seis millones doscientos veintiséis mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y quince minutos del primero de octubre del dos mil catorce, con la base de dos millones setenta y cinco mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Berter Manuel Cheves Morales y Jeniffer Paola Jiménez Sibaja. Expediente N° 13-001288-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 2 de julio del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014050318).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo el tomo: 408 y asiento: 19886, a las nueve horas y treinta minutos del diez de setiembre del dos mil catorce, y con la base de diecisiete millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 290751-001-002, la cual es terreno Proyecto San Rafael para la agricultura parcela 12. Situada: en el distrito 13 Pocosol, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y lotes 24 y 25; sur, calle pública; este, calle pública; oeste, reserva del I D A. Mide: cincuenta y seis mil ochocientos ochenta metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0133534-1993. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de setiembre del dos mil catorce, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de octubre del dos mil catorce, con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ronald Rodrigo Barrantes Camacho. Expediente N° 12-100953-0297-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 18 de junio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014050329).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de setiembre del dos mil catorce, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 182294-000, la cual es terreno naturaleza: terreno de solar. Situada: en el distrito 02 Palmira, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Ana María Matarrita Salazar; sur, Ana María Matarrita Salazar; este, Ana María Matarrita Salazar; oeste, calle pública con 19 metros 97 centímetros. Mide: quinientos un metros cuadrados. Plano: G-1460808-2010. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de setiembre del dos mil catorce, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de octubre del dos mil catorce, con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Luis Camareno Guido. Expediente N° 14-000980-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 28 de julio del 2014.—Lic. Evelyn Molina Zúñiga, Jueza.—(IN2014050333).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del diez de setiembre del dos mil catorce, y con la base de once millones setecientos ocho mil ciento ochenta y siete colones con sesenta y seis céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número veinte mil setecientos treinta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno de patio con una casa. Situada: en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Víctor Soto; al sur, Jesús Elizondo; al este, Roberto Mora, y al oeste, calle con 17.92 centímetros. Mide: quinientos setenta y un metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de setiembre del dos mil catorce, con la base de ocho millones setecientos ochenta y un mil ciento cuarenta colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de octubre del dos mil catorce, con la base de dos millones novecientos veintisiete mil cuarenta y seis colones con noventa y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Christian Valladares Camacho. Expediente N° 14-002001-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de junio del 2014.—Lic. Mario García Araya, Juez.—(IN2014050353).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas cero minutos del veinticinco de setiembre del dos mil catorce, y con la base de cuatro millones seiscientos cuarenta y seis mil setecientos treinta y cuatro colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cinco mil doscientos sesenta cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Asociación de Desarrollo Cantón Aguirre; al sur, calle pública con un ancho de 10 metros; al este, Asociación de Desarrollo Cantón Aguirre y al oeste, Asociación de Desarrollo Cantón Aguirre. Mide: doscientos dos metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de octubre de dos mil catorce, con la base de tres millones cuatrocientos ochenta y cinco mil cincuenta y un colones con veinticuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de octubre de dos mil catorce con la base de un millón ciento sesenta y un mil seiscientos ochenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Óscar Rodríguez Moya. Exp.: 13-005543-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 12 de febrero del 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014050358).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las catorce horas y quince minutos del tres de setiembre de dos mil catorce, y con la base de doce millones quinientos setenta y cinco mil ciento cuarenta colones con cincuenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 510377-002, 003, 004 la cual es naturaleza: terreno para construir, lote 10 G, situada en el distrito 11-San Sebastián, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Linderos: norte, lote 1 G; sur, calle pública; este, área de juegos infantiles y facilidades comunales, oeste, lotes 9 G. Mide: noventa y cuatro metros con cincuenta decímetros cuadrados. Plano: SJ-0673677-2000. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del diecinueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de nueve millones cuatrocientos treinta y un mil trescientos cincuenta y cinco colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del seis de octubre de dos mil catorce con la base de tres millones ciento cuarenta y tres mil setecientos ochenta y cinco colones con trece céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra María de los Ángeles Álvarez Martínez, Ricardo Chacón Morales. Exp: 14-000766-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 21 de julio del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014050374).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condiciones y Referencias Citas 335-18050-01-0900-001; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres de setiembre de dos mil catorce, y con la base de treinta y un millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil cincuenta y siete cero cero cero, la cual es terreno con una casa situada en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Elda Martha Vásquez Espinoza, sur, Elda Martha Vásquez Espinoza, este, servidumbre de paso con frente de 8 metros, oeste, Agustín Marqueth Ricco. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con noventa y un decímetros cuadrados. Plano: G-1133775-2007. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de veintitrés millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del seis de octubre de dos mil catorce con la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alex Mauricio Alvarado Mora, Viviana Consuelo Muñoz Vargas. Exp.: 13-000693-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 21 de julio del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014050377).

En la puerta exterior de este Despacho, a las ocho horas y cero minutos del veintidós de setiembre del año dos mil catorce, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre de gravámenes hipotecarios, la finca del Partido de San José, matrícula número trescientos dos mil cincuenta y seis- cero cero cero, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil quinientos doce colones con nueve céntimos, la cual es terreno para construir con una bodega. Situado en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Linda al norte: Álvaro Esquivel y calle pública con 3,00; al sur, Mario Esquivel, al este, Pablo Esquivel y al oeste, Sonia Esquivel. Mide: trescientos cincuenta y ocho metros con setenta decímetros cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios; la finca del Partido de San José, matrícula número doscientos cuarenta y tres mil quinientos cuarenta y uno- cero cero cero, con la base de treinta millones seiscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco colones con noventa y dos céntimos, la cual es terreno para construir con una casa, situado en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Linda al norte, calle pública con un frente de 14,30 metros lineales; al sur, Mario Esquivel Mora, al este, Rodrigo Esquivel Mora y, al oeste, Sonia Esquivel Chaverri. Mide: seiscientos treinta y tres metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para llevar a cabo el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre del año dos mil catorce, con las bases de forma respectiva de: 1) seis millones ciento ochenta y siete mil ochocientos ochenta y cuatro colones con siete céntimos. 2) Veintidós millones novecientos ochenta y siete mil noventa y un colones con noventa y cuatro céntimos. Y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de octubre del año dos mil catorce con las bases en forma respectiva de 1) dos millones sesenta y dos mil seiscientos veintiocho colones con dos céntimos. 2) Siete millones seiscientos sesenta y dos mil trescientos sesenta y tres colones con noventa y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Freddy Adolfo González Barboza, Ruth Mora Arias. Exp.: 13-001604-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 29 de julio del 2014.—Licda. Mónica Farah Castillo, Jueza.—(IN2014050389).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del veintiocho de agosto del año dos mil catorce, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y cuatro mil cuatrocientos veintitrés cero cero cero, la cual es terreno construir una casa hab. Situada en el distrito cuatro Belén, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública 9 metros; al sur, Coop Río Cañas; al este Suriday Chavarría Espinoza y al oeste Olman Álvarez Peña. Mide: doscientos cincuenta y seis metros con diecisiete decímetros cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios pero soportando Reservas y Restricciones citas 395-13843-01-0912-001 y Reservas y Restricciones Citas: 395-13843-01-0915-001, y 395-13843-01-0911-001. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y ocho mil setecientos doce-cero cero uno-cero cero dos la cual es terreno para construir lote 6. Situada en el distrito cuatro Belén, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Ania Serrano; al este, Wilfreddy Jaén y al oeste calle pública. Mide: doscientos veinticuatro metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. 3) Libre de gravámenes pero soportando Reservas y Restricciones Citas 395-13843-01-0930-001, y Reservas y Restricciones Citas: 395-13843-01-0911-001. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y ocho mil setecientos catorce-cero cero cero la cual es terreno agricultura lote 7. Situada en el distrito cuatro Belén, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juan Ruiz; al sur, Doris Eneida Serrano; al este, Misael y al oeste, calle pública. Mide: doscientos cuarenta y seis metros con setenta y cinco decímetros cuadrados, con las bases que se dirán: 1) de doce millones setecientos cuarenta y un mil quinientos sesenta colones exactos. 2) Cuatro millones ciento veinticinco mil novecientos veinte colones. 3) Y con la base de cuatro millones quinientos treinta y dos mil quinientos veinte colones. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del doce de setiembre del año dos mil catorce, con las bases que se dirán 1) de nueve millones quinientos cincuenta y seis mil ciento setenta colones exactos, 2) tres millones noventa y cuatro mil cuatrocientos cuarenta colones y 3) tres millones trescientos noventa y nueve mil trescientos noventa colones, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas cero minutos del treinta de setiembre del año dos mil catorce con las bases que se dirán 1) de tres millones ciento ochenta y cinco mil trescientos noventa colones exactos, 2) un millón treinta y un mil cuatrocientos ochenta colones, y 3) un millón ciento treinta y tres mil ciento treinta colones, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la Restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Yamileth de la Trinidad Orozco Herrera. Exp.: 14-000043-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 21 de julio del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014050390).

En la puerta exterior de este Despacho se procederá a rematar las siguientes fincas: 1) Con la base de veinticinco millones trescientos veintitrés mil setecientos treinta colones con treinta y tres céntimos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones Citas: 398-03071-01-0902-001, para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de setiembre del año dos mil catorce (primer remate). Sáquese a remate la finca Partido de Guanacaste, matrícula número ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos ochenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Palmira, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Llanos de Barbudal S. A.; al sur, Llanos de Barbudal S. A.; al este, Guillermina Vargas Moya y al oeste, calle pública con frente de 29,13 metros. Mide: dos mil cuarenta y nueve metros con veintiún decímetros cuadrados. Plano: G-1243169-2007. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil catorce, con la base de dieciocho millones novecientos noventa y dos mil setecientos noventa y siete colones con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de octubre del año dos mil catorce con la base de seis millones trescientos treinta mil novecientos treinta y dos colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Con la base de veintiún millones novecientos setenta y seis mil doscientos sesenta y nueve colones con sesenta y siete céntimos libre de gravámenes hipotecarios, para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de setiembre del año dos mil catorce (Primer remate). Sáquese a remate la finca Partido de Guanacaste, matrícula número ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Palmira, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Llanos de Barbudal S. A.; al sur, Carlos Luis Paniagua Vargas; al este, Guillermina Vargas Moya y al oeste, calle pública con frente de 27,28 metros. Mide: mil setecientos setenta y ocho metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Plano: G-1209446-2007. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil catorce, con la base de dieciséis millones cuatrocientos ochenta y dos mil doscientos dos colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de octubre del año dos mil catorce, con la base de cinco millones cuatrocientos noventa y cuatro mil sesenta y siete colones con cuarenta y dos céntimos (un 25 % de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Juan Miguel Paniagua Vargas, Llanos del Barbudal S. A. Exp.: 14-000863-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 25 de junio del 2014.—Licda. Mónica Farah Castillo, Jueza.—(IN2014050393).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del doce de setiembre de dos mil catorce, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos para cada una de las fincas, en el mejor postor remataré lo siguiente:1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 179757-000 la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 05, cantón 05, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote cinco; al sur, lote uno; al este, servidumbre de camino y al oeste, Fernando Céspedes Vindas. Mide: trece mil quinientos cuarenta y cinco metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 179759-000 la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 05, cantón 05, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote dos; al sur, lote tres; al este, Sander Andreuss Wilkin y al oeste, Fernando Céspedes Vindas. Mide: trece mil quinientos cuarenta y cinco metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos para cada una de las fincas (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de octubre de dos mil catorce con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos para cada una de las fincas (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación de Productores del Sauce de Sta. Teresita contra David Soto Porras. Exp.: 13-007408-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 15 de julio del 2014.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—(IN2014050400).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del cinco de setiembre del dos mil catorce, y con la base de veintisiete mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y tres mil setecientos sesenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote uno. Situada en el distrito 03 Carrizal, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Resto de Cultivos Agrícolas de Puente Salas Limitada; al sur, calle pública; al este, Resto de Cultivos Agrícolas de Puente Salas Limitada, y al oeste, lote dos. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil catorce, con la base de veinte mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de octubre del dos mil catorce, con la base de seis mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Elizabeth Cerdas Alfaro contra Mauricio Alberto Chacón Rodríguez, expediente N° 12-000092-0295-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de junio del año 2014.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014050411).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas tomo 337 asiento 9505 y servidumbre de paso citas tomo 2011 asiento 231734; a las quince horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de cinco millones setecientos diecisiete mil seiscientos noventa y cuatro colones con cuarenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y tres mil doscientos setenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno de cultivo anuales. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carnesur S. A.; al sur, Carnesur S. A.; al este, María Isabel Zamora Murillo, y al oeste, Servidumbre Agrícola. Mide: diez mil metros con cero decímetros. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil catorce, con la base de cuatro millones doscientos ochenta y ocho mil doscientos setenta colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil catorce con la base de un millón cuatrocientos veintinueve mil cuatrocientos veintitrés colones con sesenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Albert Alexis Solís Barrios, expediente N° 14-002707-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 17 de julio del año 2014.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2014050428).

En la puerta exterior de este Despacho; a las catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del diecisiete de setiembre del dos mil catorce, se rematan las fincas partido de Guanacaste, matrículas 126807-000, 37763-000, y 62930-000. Los remates se realizan de la siguiente manera: 1) Remate finca 5-126807-000. Con la base de diez mil novecientos veintisiete dólares con trece centavos, en el mejor postor remataré la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula 126807-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda norte, calle publica con 15 metros de frente; sur, Franklin Montiel Larios; este, Ivan Francisco Pizarro Méndez y Elvira Duarte Castellon, oeste, Joaquín Romero Gutiérrez. Mide: cuatrocientos cincuenta y ocho metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. El remate de esta finca se hace soportando Hipoteca de primer grado, bajo las citas 573-70670-01-0002-001, y reservas y restricciones, bajo las citas 352-00253-01-0900-001. De no haber postores, para el segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del dos de octubre del dos mil catorce, con la base de ocho mil ciento noventa y cinco dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, de no haber postores , para la tercera subasta se señalan las catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del diecisiete de octubre del dos mil catorce con la base de dos mil setecientos treinta y un dólares con setenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Remate finca 5-37763-000. Libre de gravámenes hipotecarios a las catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del diecisiete de setiembre del dos mil catorce. Con la base de setenta y seis mil cuatrocientos ochenta y nueve dólares con ochenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré la Finca inscrita en el Registro Público, Partido Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula 37763-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, Rosamaría Sánchez Yonny; sur, calle pública; este, Lucas Evangelista Pineda Orozco, oeste, Amancio Gutiérrez Santana. Mide: trescientos cincuenta y nueve metros con veintinueve decímetros cuadrados. De no haber postores, para el segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del dos de octubre del dos mil catorce, con la base de cincuenta y siete mil trescientos sesenta y siete dólares con cuarenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y de no haber postores, para la tercera subasta se señalan las catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del diecisiete de octubre del dos mil catorce con la base de diecinueve mil ciento veintidós dólares con cuarenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 3) Remate finca 5-62930-000. Libre de gravámenes hipotecarios a las catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del diecisiete de setiembre del dos mil catorce. Con la base de diez mil novecientos veintisiete dólares con trece centavos, en el mejor postor remataré la Finca inscrita en el Registro Público, Partido Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula 62930-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, calle pública con 10m 6cm; sur, Floreny Morales Monge; este, Elvira Duarte Castellón, oeste, Teodora Bellido Álvarez. Mide: trescientos ocho metros con ochenta decímetros cuadrados. De no haber postores, para el segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del dos de octubre del dos mil catorce, con la base de ocho mil ciento noventa y cinco dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y de no haber postores, para la tercera subasta se señalan las catorce horas cero minutos (dos de la tarde) del diecisiete de octubre del dos mil catorce, con la base de dos mil setecientos treinta y un dólares con setenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Yohna I.Y.N. S. A. contra Yara Vanessa Jiménez Vallejos, expediente N° 13-005596-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de junio del año 2014.—Lic. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—(IN2014050467).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de tres millones doscientos cuarenta y dos mil ochocientos cuarenta y siete colones con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 100313-000, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Benigno Bonilla; al sur, Aurora Cordero; al este, calle publica con 34m 97cm, y al oeste, Benigno Bonilla. Mide: mil setecientos ochenta y tres metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del tres de octubre del año dos mil catorce, con la base de dos millones cuatrocientos treinta y dos mil ciento treinta y cinco colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinte de octubre del año dos mil catorce con la base de ochocientos diez mil setecientos once colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Juan Chávez Arce, Seguridad Integral-Internacional Sociedad Anónima, Thomas Neal Baker no indica expediente N° 12-016870-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 19 de junio del año 2014.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—(IN2014050480).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, visible al tomo doscientos sesenta y siete, asiento ocho mil trescientos ochenta y nueve, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero dos, subsecuencia cero cero uno, plazo de convalidación (rectificación demedida), visible al tomo dos mil once, asiento cero cero cero ochenta y ocho, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero cuatro, subsecuencia cero cero uno, a las catorce horas y cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil catorce, y con la base de diecisiete millones seiscientos noventa y un mil seiscientos treinta y un colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 43743-000, la cual es terreno potrero con una lechería. Situada en el distrito cuarto, cantón quinto, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Zacarias Araya Romero; al sur, con Celia Araya; al este, Isabel Araya, y al oeste, Eulogia Araya. Mide: treinta y nueve mil treinta y siete metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil catorce, con la base de trece millones doscientos sesenta y ocho mil setecientos veintitrés colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de octubre del dos mil catorce, con la base de cuatro millones cuatrocientos veintidós mil novecientos siete colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Bartolome Antonio Mora Chinchilla, expediente N° 14-000212-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 9 de junio del año 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014050499).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del seis de octubre del dos mil catorce, y con la base de noventa mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 609827-000, la cual es terreno con una edificación. Situada en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibas, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Rafael Ajun López; al noroeste, Manuel Alvarado Escot y Gabriela Díaz Alfaro; al sureste, calle pública con 14.90 metros de frente, y al suroeste, José Alvarado Rivera. Mide: quinientos setenta y cuatro metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Plano: SJ-0780276-2002. Para el segundo remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil catorce con la base de sesenta y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del cinco de noviembre del dos mil catorce, con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Central de Compras Centroamericanas S.R.L. contra Corporacion Bleriot del Norte S. A., expediente N° 14-010476-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de julio del año 2014.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014050501).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condiciones y restricciones: 2901-295-001, cuyas citas son: 326-09419-0901-001; a las catorce horas y cero minutos del doce de setiembre del dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones ochocientos veintidós mil cuatrocientos setenta y seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y dos mil trescientos treinta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Paquera, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Chemin BBC Constructora S. A.; al este, Chemin BBC Constructora S. A., y al oeste, 3-101-503968 S. A. Mide: Dos mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de doce millones seiscientos dieciséis mil ochocientos cincuenta y siete colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de octubre del dos mil catorce, con la base de cuatro millones doscientos cinco mil seiscientos diecinueve colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica- Canadá contra Marco Vinicio Campos Guzmán, expediente N° 13-002505-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 13 de febrero del año 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014050508).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del veintiocho de agosto de dos mil catorce  3:00 p.m. 28 de agosto del 2014, y con la base de diecisiete millones ochenta y tres mil setecientos ochenta colones con ochenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 104919-000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 03 Tobosi, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Marlene Porras Vásquez; al sur, Rafael Alfaro Ramírez y Ana María Hidalgo Umaña; al este, calle pública con frente de 7,00 metros, y al oeste, Humberto Ortiz Montero. Mide: trescientos veinticinco metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del doce de setiembre del dos mil catorce 3:00 p.m. 12 de setiembre del 2014, con la base de doce millones ochocientos doce mil ochocientos treinta y cinco colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil catorce 3:00 p.m. 30 de setiembre del 2014, con la base de cuatro millones doscientos setenta mil novecientos cuarenta y cinco colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos José Benitez Loveman contra Mayi Antonio Aguilar Solís, expediente N° 14-000867-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 13 de mayo del año 2014.—Lic. Hannia Marchena Jiménez, Jueza.—(IN2014050510).

Licenciada Marianela Fallas Víquez, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, con la base de doscientos noventa y tres millones trescientos ochenta y seis mil quinientos cincuenta y tres colones exactos, y en la puerta exterior de este Despacho, sáquese a segundo remate y con la rebaja del 25%, el inmueble embargado en autos, soportando anotación de servidumbre de líneas eléctricas y de paso cita: 561-01803-001. Finca que se describe así: inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cinco mil cuatrocientos cuarenta y ocho- derecho cero cero cero, la cual es terreno en dos porciones de zacate en parte y árboles frutales en otra y el resto de montes con una casa. Situada en el distrito 03-Chomes, cantón 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle en medio primera porción y Víctor Flores; al sur, calle en medio segunda porción y Jorge Fernández; al este, calle en medio José Quesada Rodríguez y Jorge Fernández y al oeste calle pública en medio Emiliano Flores. Mide: trescientos quince mil quinientos ochenta metros con cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas del veintiséis de agosto del dos mil catorce. Lo anterior por haberse ordenado en proceso de ejecución de sentencia, establecida por Edith Godínez Lizano contra Manuel Lozano Navarro. Expediente: 05-000144-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Licda. Marianela Fallas Víquez, Jueza.—(IN2014050524).

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En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de ciento setenta y un mil ochenta y un dólares con noventa y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa mil novecientos sesenta-cero cero cero, la cual es terreno cancha de fútbol sintética. Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, María Yamileth Garcia Piñar; al sur, sucesión Sebastián Meléndez Meléndez; al este, María Yamileth García Piñar y al oeste calle publica con un frente de 20 metros. Mide: mil diecinueve metros cuadrados, plano G-1556732-2012. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de octubre del año dos mil catorce, con la base de ciento veintiocho mil trescientos once dólares con cuarenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de octubre del dos mil catorce, con la base de cuarenta y dos mil setecientos setenta dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sanigest Internacional S. A. contra María Cupertina Noguera Baltodano y Ramón Antonio Duque Ávila. Exp. N° 14-001249-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 15 de julio del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014050544).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando gravámenes de reservas y restricciones anotado al tomo cuatrocientos cuatro asiento nueve mil trescientos ochenta y dos consecutivo cero uno secuencia novecientos y novecientos uno y demanda penal sumaria número 11-200432-0645-PE del Juzgado Penal de Garabito; anotada al tomo dos mil doce, asiento doscientos cuarenta y seis mil ciento sesenta y consecutivo cero uno; a las nueve horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil catorce, y con la base de treinta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número filial dieciocho mil setecientos cinco derecho cero cero cero, la cual es apartamento número cincuenta y nueve destinado al uso habitacional y que consta de dos plantas. Situada en el distrito 01 Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, filial cincuenta y ocho; al sur, con filial sesenta; al este, con área común y al oeste con área común. Mide: cuarenta y seis mil metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del cuatro de diciembre de dos mil catorce, con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del trece de enero de dos mil quince con la base de siete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Joseph James Scrivo contra Costa Rica Aborigen y Autóctona Pacaca S. A. Exp. N° 14-013819-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de julio del 2014.—Lic. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—(IN2014050552).

Desde la puerta exterior de este Despacho, sáquese a remate los bienes embargados en autos, sean las patentes comerciales inscritas en la municipalidad de San José en cabeza de la demandada las cuales se encuentran en uso dentro del Casino Horse Shoe, las cuales sales libres de gravámenes y anotaciones judiciales, de la siguiente manera: 1) Patente número 1-437960-01-0001, autorizada como N° 307, para casino, con la base dada por el perito, sea la suma de ciento cuarenta millones de colones. 2) Patente número 2-437961-01-1243, autorizada como N° 307, para casino, con la base dada por el perito, sea la suma de ciento cuarenta millones de colones. 3) Patente número 1-437960-01-0002, autorizada como N° 345, para máquinas de juego, con la base dada por el perito sea la suma de ciento cuarenta millones de colones. 4) Patente número 1-437962-01-0004, autorizada como N° 364, para restaurante, con la base dada por el perito sea la suma de treinta y cinco millones de colones. 5) Patente número 2-437960-01-2267, autorizada como N° 509, para licores en restaurante, con la base dada por el perito sea la suma de cuarenta y cinco millones de colones. Para tal efecto se señalan las quince horas del treinta de setiembre de dos mil catorce (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las quince horas del catorce de octubre de dos mil catorce, de la siguiente manera: 1) Patente número 1-437960-01-0001, autorizada como N° 307, para casino, con la base dada por el perito, sea la suma de ciento cinco millones de colones. 2) Patente número 2-437961-01-1243, autorizada como N° 307, para casino, con la base dada por el perito, sea la suma de ciento cinco millones de colones. 3) Patente número 1-437960-01-0002, autorizada como N° 345, para máquinas de juego, con la base dada por el perito sea la suma de ciento cinco millones de colones. 4) Patente número 1-437962-01-0004, autorizada como N° 364, para restaurante, con la base dada por el perito sea la suma de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones. 5) Patente número 2-437960-01-2267, autorizada como N° 509, para licores en restaurante, con la base dada por el perito sea la suma de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil colones. (Bases rebajadas en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas del veintinueve de octubre de dos mil catorce, de la siguiente manera: 1) Patente número 1-437960-01-0001, autorizada como N° 307, para casino, con la base dada por el perito, sea la suma de treinta y cinco millones de colones. 2) Patente número 2-437961-01-1243, autorizada como N° 307, para casino, con la base dada por el perito, sea la suma de treinta y cinco millones de colones. 3) Patente número 1-437960-01-0002, autorizada como N° 345, para máquinas de juego, con la base dada por el perito sea la suma de treinta y cinco millones de colones. 4) Patente número 1-437962-01-0004, autorizada como N° 364, para restaurante, con la base dada por el perito sea la suma de ocho millones setecientos cincuenta mil colones. 5) Patente número 2-437960-01-2267, autorizada como N° 509, para licores en restaurante, con la base dada por el perito sea la suma de once millones doscientos cincuenta mil colones. (Un 25% de la base original) se remata por ordenarse así dentro del proceso ejecución de sentencia número 09-000195-0182-CI (6) de Grupo Nación GN S. A. y otra contra Favitro S. A.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 23 de julio de 2014.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2014050554).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las 09:00 horas del uno de setiembre de dos mil catorce, y con la base de setenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y dos dólares con noventa y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y nueve mil ciento ochenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir situada en el distrito 03 Sardinal cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con 40 mts., sur, Simon Torrente Torrente, este, Simon Torrente Torrente, oeste, calle pública con 40 mts. Mide: mil quinientos noventa y seis metros con cincuenta decímetros cuadrados plano G-0043366-1992. Para el segundo remate se señalan las 9:00 horas del diecisiete de setiembre de dos mil catorce, con la base de cincuenta y seis mil seiscientos doce dólares con veinticuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las 9:00 horas del dos de octubre del dos mil catorce, con la base de dieciocho mil ochocientos setenta dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Eduardo Castro Soto contra Gerardo Jovani Rivera López. Exp. N° 11-000208-0388-CI.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 07 julio del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014050563).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas 328-16150-01-0019-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida) citas 2010-283839-01-0003-001; a las nueve horas y treinta minutos del diez de noviembre de dos mil catorce, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y tres mil doscientos ocho-cero cero cero, la cual es terreno naturaleza solar. Situada en el distrito 01 Puerto Cortés, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, María Castellon Tijerino; al sur, María Castellón Tijerino; al este, Yuseta S. A. y al oeste, calle pública. Mide: Quinientos metros con cero decímetros. Plano: P-1476265-2011. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre de dos mil catorce, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de diciembre del dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Luis Alberto Tijerino Espinoza. Exp. N° 14-000157-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 9 de julio del 2014.—Lic. Yesenia Auxiliadora Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014050568).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones, referencias ida citas 401-14653-01-0911-001; a las trece horas y treinta minutos del diez de noviembre del dos mil catorce, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta mil cuatrocientos cincuenta y ocho-cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno para la vivienda, número cinco con una casa. Situada en el distrito 02 La Cuesta, cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Sileni Arrieta Zúñiga; al sur, Maribel Miranda Cala; al este, calle  pública  con  14  metros de frente y al oeste, Coopeagropal R. L. Mide: Quinientos noventa y nueve metros con cuatro decímetros. Plano: P-0959880-1991. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil catorce, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de diciembre del dos mil catorce, con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Ariel Espinoza López y otro. Exp. N° 14-000158-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 9 de julio del 2014.—Lic. Yesenia Auxiliadora Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014050570).

A las catorce horas y treinta minutos del tres de noviembre del año dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho, de la forma que se dirá y con sus respectivas bases en el mejor postor remataré las siguientes fincas: primera: con la base de once millones trescientos setenta mil sesenta colones con veinticinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 401-07371-01-0912-001 y 401-07371-01-0921-001, condiciones bajo las citas 401-07371-01-0922-001 y 401-07371-01-0924-001; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Alajuela, matrícula número 275764-001 y 002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02, Buena Vista cantón 15, Guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Edgar Umaña Carvajal y Mauren Jiménez Steller; sur, Edgar Umaña Carvajal y Mauren Jiménez Steller; este, calle pública con 19,97 metros; y al oeste, Edgar Umaña Carvajal y Mauren Jiménez Steller. Mide: Trescientos noventa y cuatro metros con veinticinco decímetros cuadrados. Plano: A-0034645-1992. Segunda: con la base de veintiocho millones trescientos veintinueve mil ochocientos setenta colones con setenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 387-01526-01-0957-001 y 387-01526-01-0958-002; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Alajuela, matrícula número 453710-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 02, Buena Vista cantón 15 Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Enrique Blanco Jara; sur, Rodolfo Solórzano Jiménez; este, Luis Diego Umaña y Mauren Jiménez Steller y calle pública con un frente de 64 metros 09 centímetros; oeste, I.D.A. Mide: Cuarenta mil cuarenta y tres metros cuadrados. Plano: A-1324896-2009. Para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil catorce, con la base de ocho millones quinientos veintisiete mil quinientos cuarenta y cinco colones con diecinueve céntimos por la finca número 275764-001 y 002; y con la base de veintiún millones doscientos cuarenta y siete mil cuatrocientos tres colones con nueve céntimos, por la finca número 453710-000 (rebajada en un 25%). Para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil catorce, con la base de dos millones ochocientos cuarenta y dos mil quinientos quince colones con seis céntimos por la finca número 275764-001 y 002; y con la base de siete millones ochenta y dos mil cuatrocientos sesenta y siete colones con setenta céntimos por la finca número 453710-000 (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Maureen Jiménez Steller y otros. Exp. N° 14-000790-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 1° de julio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014050597).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 302-02582-01-0902-002, citas 321-14264-01-0905-001 y citas: 321-14264-01-0906-001; a las catorce horas y cero minutos del cuatro de setiembre del dos mil catorce, y con la base de siete millones catorce mil ochocientos setenta y cuatro colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 369559-000, la cual es terreno de solar de forma triangular. Situada en el distrito 04, Aguas Zarcas, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública, sur, calle pública y oeste, Manuel Ángel Carranza Espinioza. Mide: Trescientos metros cuadrados, plano A-0583787-1999. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de setiembre del año dos mil catorce, con la base de cinco millones doscientos sesenta y un mil ciento cincuenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de octubre del dos mil catorce, con la base de un millón setecientos cincuenta y tres mil setecientos dieciocho colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Dunia Damaris Mejías Loría, Ely Milet Obando Mejías. Exp. N° 14-001147-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 10 de junio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014050598).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas con cero minutos del treinta de setiembre del dos mil catorce, y con la base de sesenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos trece mil ochocientos veinte-cero cero cero, la cual es de naturaleza lote 46 terreno para construir lote 46. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 47; al sur, lote 45; al este, zona de protección municipal de Alajuela Río Ciruelas y al oeste, calle cuatro (calle pública) con 7,14 metros. Mide: ciento sesenta y ocho metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas con cero minutos del quince de octubre del dos mil catorce, con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas con cero minutos del treinta de octubre del dos mil catorce con la base de quince mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Gómez Rodríguez GR S. A. contra Azucena Gueis Jiménez. Exp. N° 13-012196-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de junio del 2014.—Lic. Karol Melina Zumbado Sánchez, Jueza.—(IN2014050599).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de un millón seiscientos sesenta y seis mil cuatrocientos sesenta y un colones con cuarenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 360245-000, la cual es terreno para construir lote 18 D. Situada en el distrito 01, Quesada cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 10 metros, sur, lote 6, este, lote 19 y oeste, lote 17. Mide: doscientos metros cuadrados, plano A-0416069-1997. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil catorce, con la base de un millón doscientos cuarenta y nueve mil ochocientos cuarenta y seis colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de octubre del dos mil catorce, con la base de cuatrocientos dieciséis mil seiscientos quince colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Daniel Del Carmen Morera Solórzano. Exp. N° 14-001148-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 10 de junio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014050600).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del uno de octubre del dos mil catorce, y con la base de diecisiete mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinte mil ochocientos ochenta y siete-cero cero cero (120887-000), la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 6m 01cm de frente; al sur, lote 4E; al este, lote 14E, y al oeste, lote 12E. Mide: ciento doce metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil catorce, con la base de doce mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil catorce con la base de cuatro mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafcarm CC Sociedad Anónima, Ruster MLJ Sociedad Anónima contra Jesio Sociedad Anónima, expediente N° 14-001183-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 1° de julio del año 2014.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—(IN2014050603).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del dos de setiembre del dos mil catorce, y con la base de treinta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 62224-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa numerada como cinco. Situada en el distrito: 01 Puntarenas, cantón: 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle con 20 metros 30 centímetros; al sur, Inversiones Losaco S. A. Dest. a calle pública; al este, lote 06, y al oeste, calle pública con 20 metros 30 centímetros. Mide: ciento treinta y siete metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 99968 derecho cero cero uno y derecho cero cero dos, la cual es terreno para la vivienda lote 07 Cambalache. Situada en el distrito 02 San Juan, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, lote 08, y al oeste, lote 06. Mide: cuatro mil trescientos veinticinco metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del dos mil catorce, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de octubre del dos mil catorce, con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Melyben S. A. contra Sua Miolani Chavarría Jara, expediente N° 13-001601-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 12 de febrero del año 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014050604).

 En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del tres de noviembre del dos mil catorce, y con la base de trescientos noventa y tres millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 33116-000, la cual es terreno con una casa cultivado de pasto Jaragua. Situada en el distrito 01 Jaco, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Rodolfo Matamoros y Otro; al sur, Aristides Salas y otro; al este, Ricardo Jiménez y otro, y al oeste, salida a calle por servidumbre. Mide: ciento noventa y un mil quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil catorce, con la base de doscientos noventa y cinco millones cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil catorce, con la base de noventa y ocho millones trescientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Gas Nacional Zeta Sociedad Anónima contra El Horcón de Herradura S. A., expediente N° 95-100246-0337-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 5 de junio del año 2014.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—(IN2014050609).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del veintidós de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 511992, marca GEO, estilo Tracker, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1993, color amarillo, Vin 2CNBE18U0P6911336, cilindrada 4 cc, combustible gasolina, motor Nº G16P120300. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del siete de octubre del año dos mil catorce, con la base de ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de octubre del año dos mil catorce con la base de cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Juan Carlos Zúñiga Álvarez contra Clemente Tenorio Pérez, expediente N° 14-001270-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 18 de junio del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014050623).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del veintitrés de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de cien mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y tres mil quinientos veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno cultivado de café con casa. Situada en el distrito cuatro San Rafael, cantón quince Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Justo Hernández Hernández; al sur, clacle en 1/2 propiedad Francisco Aguilar; al este, José Hernández con frente de 25 metros, y al oeste, Justo Hernández Hernández. Mide: seiscientos cuarenta metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Plano: SJ-0521559-1983. Para el segundo remate se señalan las diez horas del ocho de octubre del año dos mil catorce, con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintitrés de octubre del año dos mil catorce, con la base de veinticinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Lutz S. A. contra Basilea SJV S. A., expediente N° 11-028267-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de mayo del año 2014.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2014050629).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil catorce, y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y dos mil quinientos ochenta y tres-cero cero cero, (132583-000) la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Miguel, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Víctor Hugo Calvo Chacón; al sur, calle pública con 11m 41cm; al este, Gerardo Murillo Castro y otro, y al oeste, Gilberto Ramírez Villalobos. Mide: ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de noviembre del dos mil catorce, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil catorce, con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fabiola Alejandra Zúñiga Padilla contra José González Madrigal y María Isabel Rivera Jiménez, expediente N° 14-001242-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 22 de julio del año 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014050630).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos con las citas 0444-00017431-01-0004-001; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de veintiún millones trescientos sesenta y tres mil novecientos dieciséis colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento un mil ciento veinticuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir, finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito segundo Mansión, cantón segundo Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Víctor Manuel García Aguirre; al sur, Guillermo García Aguirre; al este, calle pública con un frente de 16.02 metros, y al oeste, Marcos Barrantes Cruz. Mide: setecientos veinticuatro metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de octubre del año dos mil catorce, con la base de dieciséis millones veintidós mil novecientos treinta y siete colones con sesenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de octubre del año dos mil catorce con la base de cinco millones trescientos cuarenta mil novecientos setenta y nueve colones con veintitrés céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ilse Marie Vanessa Acosta Acosta y Marvin Antonio Zúñiga Medrano, expediente N° 14-001332-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 23 de julio del año 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014050633).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; pero soportando reservas ley aguas citas: 0408-00015687-01-0211-001, reservas ley caminos citas: 0408-00015687-01-0212-001; a las siete horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de once millones cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y tres mil trescientos noventa-cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito primero La Cruz, cantón decimo La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Gerico Dimas Lara López; al sur, Gerico Dimas Lara López; al este, Gerico Dimas Lara López, y al oeste, calle publica con un frente a esta de 26 m con 18 dm lineales. Mide: mil ochocientos ochenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del dos de octubre del año dos mil catorce, con la base de ocho millones doscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del diecisiete de octubre del año dos mil catorce, con la base de dos millones setecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Jenny Marina Chacón Peña, expediente N° 14-001314-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 21 de julio del año 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014050634).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servid y conds ref: 2461-007-001 bajo las citas: 308-13974-01-0901-001, servidumbre trasladada bajo las citas: 325-19030-01-0903-001, 325-19431-01-0907-001; a las once horas y cero minutos del veintidós de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de doscientos noventa y un millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 513000-000, la cual es terreno para construir lote 317. Situada en el distrito 03 Pozos, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Hacienda Lindora S. A.; al sur, calle pública; al este, lote 318, y al oeste, lote 316. Mide: quinientos sesenta y dos metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del siete de octubre del año dos mil catorce, con la base de doscientos dieciocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de octubre del año dos mil catorce con la base de setenta y dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jaime Antonio Soria Prado, Paranagua Altos Trescientos Diecisiete S. A., exp. N° 14-017024-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de julio del año 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014050654).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de octubre del año dos mil catorce, y con la base de dos millones novecientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y siete mil cuatrocientos setenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero Naranjo, cantón sexto Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Inversiones Hidalgo Chavarría S. A.; al sur, Inversiones Hidalgo Chavarría S. A.; al este, Inversiones Hidalgo Chavarría S. A., y al oeste, calle pública con 17 metros 55 centímetros. Mide: quinientos treinta y dos metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de noviembre del año dos mil catorce, con la base de dos millones ciento noventa mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil catorce con la base de setecientos treinta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Fabio Hidalgo Chavarría y Rafaela Varela Retana, expediente N° 14-002283-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 29 de julio del año 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014050683).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas 2010-112661-01-0001-001; a las diez horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil catorce, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil cuatrocientos treinta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1 Corredor, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Eduardo González Herrera; al sur, Eduardo González Herrera; al este, servidumbre con un frente a ella de 10 metros con Eduardo González Herrera y al oeste, Eduardo González Herrera. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano: P- 1537596-2011. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil catorce con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eduardo González Herrera contra Sucesión de, Junior Carmiol Abarca. Exp.: 13-000958-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 21 de abril del 2014.—Yesenia Auxiliadora Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014050711).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones Citas: 0323-00006621-01-0901-001; a las quince horas y cero minutos del nueve de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y cuatro mil cuarenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero Cañas, cantón sexto Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Olga Pérez Espinoza; al sur, calle pública con un frente de doce metros lineales; al este, Daysi Arce Rojas y al oeste, Etelvina Borbón Solano. Mide: cuatrocientos setenta y tres metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Plano: G-0629178-1986. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil catorce, con la base de dos millones sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diez de octubre del año dos mil catorce con la base de seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rosa Haydée Hurtado Obando. Exp.: 13-002490-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 08 de julio del 2014.—Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014050714).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre dominante Citas: 359-13461-01-0004-001, a las quince horas y cero minutos del seis de octubre de dos mil catorce, y con la base de tres millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 459901-000, la cual es terreno para construir con árboles frutales y ornamentales lote 14 E. Situada en el distrito 7-Purral, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lotes 28, 29 y 30 E; al sur, Avenida Hamburgo; al este, Margarita Bukowicks Lucas y al oeste, lote 13 E. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de octubre de dos mil catorce, con la base de dos millones ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de noviembre de dos mil catorce con la base de novecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Building For Rent Sociedad Anónima contra Constructora Artemis del Caribe S. A. Exp: 14-006533-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de junio del 2014.—Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014050715).

A las nueve horas y cero minutos del tres de noviembre del año dos mil catorce, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes y soportando servidumbre traslada Citas: 300-06548-01-0902-001, B T U REF: 2277-003-001 Citas 300-06548-01-0903-001 y con la base de un millón doscientos treinta y tres mil cuatrocientos diecinueve colones al mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número cuatrocientos sesenta y un mil doscientos treinta y seis-cero cero cero. Que es terreno: para construir. Sito: distrito cinco Legua, cantón seis Aserrí, de la provincia de San José. Linderos: norte Jorge Enrique Alpízar Marín; sur, calle pública con 12,50 metros; este, Jorge Enrique Alpízar Marín, y oeste, Jorge Enrique Alpízar Marín. Mide: doscientos treinta y ocho metros con veinticinco decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 02-009639-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Enrique Alpízar Marín, William Mora Moreno,—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de julio del 2014.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—(IN2014050728).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 247-6696-01-0901-001; a las once horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil catorce, y con la base de quinientos siete mil doscientos sesenta dólares con ochenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos sesenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir, Lote 268 CC. Situada en el distrito Granadilla, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 18 metros; al sur, en parte lote 263 CC y en parte lote 262 CC; al este, lote 267 CC y al oeste, lote 269 CC. Mide: seiscientos cincuenta y cinco metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil catorce, con la base de trescientos ochenta mil cuatrocientos cuarenta y cinco dólares con sesenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil catorce con la base de ciento veintiséis mil ochocientos quince dólares con veintidós centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Ana Yamileth Leitón Araya, Marlon Gerardo Cantillano González. Exp.: 14-011112-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de agosto del 2014.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza.—(IN2014050733).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del dos de octubre de dos mil catorce, y con la base de cinco mil novecientos setenta y dos dólares con veinticuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL- 247044. Marca Isuzu. estilo D-MAX, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2009, color blanco, Vin MPATFR54H9G507521, cilindrada 2500 cc combustible diesel, motor Nº 728720. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil catorce, con la base de cuatro mil cuatrocientos setenta y nueve dólares con dieciocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de noviembre de dos mil catorce con la base de mil cuatrocientos noventa y tres dólares con seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Scotibank de Costa Rica S. A. contra Carlos Aju Venegas. Exp.: 14-000761-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 21 de mayo del 2014.—Ricardo Chacón Cuadra, Jueza.—(IN2014050735).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del catorce de octubre de dos mil catorce, y con la base de treinta y siete mil doscientos nueve dólares con treinta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 903188, marca Jeep, estilo Limited, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2011, color gris, tracción 4x4, uso particular. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintinueve de octubre de dos mil catorce, con la base de veintisiete mil novecientos seis dólares con noventa y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del trece de noviembre de dos mil catorce con la base de nueve mil trescientos dos dólares con treinta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra The Measure Of Magic Limitado. Exp.: 14-009997-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de julio del 2014.—Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2014050736).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, Citas: 36407024-01-0900-001; a las once horas y quince minutos del veinte de octubre de dos mil catorce, y con la base de ciento veintinueve mil cuarenta dólares con dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 51557-F-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01-El Tejar, cantón El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Finca Filial Doce Bloque D; al sur, Avenida cinco acceso vehicular; al este, finca filial veintidós del bloque D y al oeste, finca filial veinticuatro del bloque D. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del cuatro de noviembre de dos mil catorce, con la base de noventa y seis mil setecientos ochenta dólares con quince centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil catorce con la base de treinta y dos mil doscientos sesenta dólares con cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Carlos Ernesto Agostini Gutiérrez, La Flor del Río S. A., Mónica Martínez Álvarez. Exp.: 14-012196-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de agosto del 2014.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez.—(IN2014050738).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del uno de setiembre de dos mil catorce, y con la base de noventa y ocho mil ochocientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 83627-F-000 la cual es terreno finca filial primaria individualizada diez bloque B apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 02 San Josecito, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial número nueve bloque B; al sur, finca filial número once bloque B; al este, calle interna y al oeste finca filial número cinco bloque B. Mide: ciento cincuenta y siete metros con cero decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre de dos mil catorce, con la base de setenta y cuatro mil ciento treinta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del dos de octubre de dos mil catorce con la base de veinticuatro mil setecientos doce dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Óscar Cooper Chacón. Exp.: 14-001298-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 11 de junio del 2014.—Jessika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014050754).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del once de setiembre de dos mil catorce, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00142751-000, la cual es terreno para construir hoy con una casa lote A-4. Situada en el distrito 02 Mercedes, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al noreste, lote A tres; al noroeste, Urbanización El Banco; al sureste, calle pública y al suroeste, parque infantil. Mide: ciento cincuenta y dos metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil catorce con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Brecor del Norte B C Sociedad Anónima, Catalina Barrantes Arroyo, José Antonio Araujo Segura, José Rafael Brenes Hernández contra Guillermo Ramírez Alfaro. Exp.: 12-011062-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 02 de julio del 2014.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014050766).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del once de setiembre de dos mil catorce, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00142751-000, la cual es terreno para construir hoy con una casa lote A-4. Situada en el distrito 02 Mercedes, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al noreste, lote A tres; al noroeste, Urbanización El Banco; al sureste, calle pública y al suroeste, parque infantil. Mide: ciento cincuenta y dos metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil catorce con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Brecor del Norte B C Sociedad Anónima, Catalina Barrantes Arroyo, José Antonio Araujo Segura, José Rafael Brenes Hernández contra Guillermo Ramírez Alfaro. Exp.: 12-011062-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 02 de julio del 2014.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014050766).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil catorce, y con la base de cuatro mil doscientos setenta y dos dólares con noventa y siete centavos, en el mejor  postor  remataré  lo  siguiente:  vehículo:  placas  número C-157118, marca Freightliner, estilo ST120, categoría tractocamión (carga pesada), capacidad 2 personas, año 2001, color blanco, Vin 1FUJBBCG21LH95117, cilindrada 12700 c.c., combustible diesel, motor Nº 06R0634632. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de octubre de dos mil catorce, con la base de tres mil doscientos cuatro dólares con setenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de octubre de dos mil catorce con la base de mil sesenta y ocho dólares con veinticuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de ATR Atlantic Trailer S. A. contra Adela Olga Víquez Saldaña y Lillian Patricia Delcid Quirós. Exp. 13-009577-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—(IN2014050782).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas treinta minutos del veinticinco de setiembre de dos mil catorce, y con la base de novecientos treinta y ocho mil veinte colones con cuarenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa SR-000022, marca Montone, estilo Volqeta, categoría semi remolque, año 1997, color plateado, chasis 77121311. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del diez de octubre de dos mil catorce, con la base de setecientos tres mil quinientos quince colones con treinta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil catorce con la base de doscientos treinta y cuatro mil quinientos cinco colones con diez céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de ATR Repuestos Usados del Atlántico S. A. contra Erick Alejandro Rojas Obando en expediente N° 14-008711-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 3 de julio del 2014.—Lic. María del Carmen Vargas González, Jueza.—(IN2014050783).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de setiembre del dos mil catorce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y un mil quinientos cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote dos. Situada en el distrito 02 San Josecito, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Miguel Piedra Piedra; al este, lote 1; y al oeste, José Francisco Herrera Umaña. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano: SJ-0428407-1997. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de octubre del dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de octubre del dos mil catorce con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Sendero del Puma Sociedad Anónima contra Inversiones Cochea Cacruzpa Sociedad Anónima. Exp. 14-002565-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 17 de julio del 2014.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014050812).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las trece horas y quince minutos del veintidós de setiembre del dos mil catorce, y con la base de once millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y cinco mil novecientos cincuenta y cuatro-cero cero cero (1-465954-000), la cual es terreno para construir lote uno. Situada en el distrito 02 San Josecito, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Víctor Manuel Agüero Chinchilla; al sur, servidumbre de paso; al este, calle pública; y al oeste, lote dos. Mide: ciento sesenta y un metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos del ocho de octubre del dos mil catorce, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del veintitrés de octubre del dos mil catorce con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Sendero del Puma S. A. contra Gestec S. A. Exp. 14-002566-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 17 de julio del 2014.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014050816).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servid y condic ref: 2775 494 001; a las diez horas y quince minutos del veintidós de setiembre del dos mil catorce, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veintidós mil novecientos cuarenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa número 89, Unidad Vecinal La Libertad. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, I.N.V.U.; al sur, I.N.V.U.; al este, I.N.V.U.; y al oeste, alameda 3. Mide: ochenta y nueve metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del ocho de octubre del dos mil catorce, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del veintitrés de octubre del dos mil catorce con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Oso Escondido Sociedad Anónima Rep/Carlos Edwin Fe contra Karla María Abarca Pinto. Exp. 14-002462-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 22 de julio del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014050820).

A las quince horas del nueve de setiembre de dos mil catorce, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; con la base dada por el perito sea la suma de ocho millones quince mil doscientos setenta y dos colones con veintisiete céntimos, se remata por ordenase así la finca inscrita en el Registro Público provincia de San José, matrícula folio real ciento cincuenta y ocho mil doscientos cuarenta y dos-cero cero dos, la cual es terreno para construir con casa. Sita en el distrito tercero Trinidad, cantón catorce Moravia de la provincia de San José. Linda: al norte, con Jorge Duran; al sur, con Matías Serrano L.; al este, con Miguel Ángel Odio; y al oeste, con calle pública. Mide: novecientos cuarenta metros con veintisiete decímetros cuadrados, proporción medida. Ejecutivo Simple 05-000914-0182-CI-5 de Asociación Costarricense para Organizaciones de Desarrollo (ACORDE) contra Centro de Mantenimiento de Moggar S. A., Mónica Guzmán Alvarado y Rodrigo Antonio Gutiérrez Rodríguez.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 30 de julio de 2014.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2014050835).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y quince minutos del veintisiete de agosto de dos mil catorce y con la base de seis millones ciento treinta y cinco mil ciento ochenta y siete colones con veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 609826, marca Nissan, estilo X-Terra SE, año 2006, color amarillo, vin 94DTEND226J648739, capacidad cinco personas, categoría automóvil, carrocería station wagon o familiar, tracción 4x4, cilindrada 2800 c.c., combustible diesel, número de motor M1A230661. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del once de setiembre de dos mil catorce, con la base de cuatro millones seiscientos un mil trescientos noventa colones con cuarenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del veintinueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de un millón quinientos treinta y tres mil setecientos noventa y seis colones con ochenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carcrédito Sociedad Anónima contra Fernando Esuivel Escalante. Expediente: 10-002115-0504-CI.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 15 de mayo del 2014.—Lic. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(IN2014050877).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y quince minutos del veinticinco de agosto de dos mil catorce y con la base de seis mil ochocientos veintidós dólares con setenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 451638, marca Audi, estilo A3, categoría automóvil, año 2002, color rojo, vin WAUZZZ8L421003543, capacidad cinco personas, carrocería sedán dos puertas, tracción 4x2, cilindrada 1781 c.c., combustible gasolina, número de motor AUM049488. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del nueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de cinco mil ciento diecisiete dólares con cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del veinticinco de setiembre de dos mil catorce, con la base de mil setecientos cinco dólares con sesenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima contra German Andrés Camacho Rodríguez. Expediente: 12-003290-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 15 de mayo del 2014.—Lic. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(IN2014050879).

En la puerta exterior de este despacho, soportando condiciones así como reservas y restricciones; a las trece horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil catorce (01:30 p. m. 01/10/2014) y con la base de veintisiete millones novecientos veintidós mil ochocientos noventa y cinco colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número noventa y cuatro mil ochocientos treinta y uno-cero cero cero, la cual es terreno de solar y para construir. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Ana Lorena Abarca Hernández; al sur, Javier Vindas Acuña; al este, calle pública con un frente a ella de veinticuatro metros; y al oeste, Marcelino Losilla García. Mide: trescientos veintiséis metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciséis de octubre de dos mil catorce (01:30 p. m. 16/10/2014), con la base de veinte millones novecientos cuarenta y dos mil ciento setenta y un colones con treinta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan la trece horas y treinta minutos del tres de noviembre de dos mil catorce (01:30 p. m. 03/11/2014), con la base de seis millones novecientos ochenta mil setecientos veintitrés colones con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Fernando Molina Trejos, Ramón Molina Trejos. Expediente: 13-000606-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 22 de julio del 2014.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014050991).

Convocatorias

Para conocer los alcances de la norma número 926 del Código Procesal Civil, referente a la designación de Albacea propietario y suplente, para conocer el inventario de bienes, así como los créditos legalizados, se convoca a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó, Jesús Rubén Isacc Quesada Segura, mayor, agricultor, cédula 6-017-6659, vecino de San Rafael de Guatuso, Alajuela, 300 metros al sur del Colegio, a una Junta de interesados que se llevará a cabo en este Despacho a las trece horas treinta minutos del lunes ocho de setiembre del dos mil catorce. Proceso Sucesorio Judicial de Jesús Rubén Isacc Quesada Segura. Expediente N° 13-000098-0298-AG. Promueve Juana Quesada Villalobos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 11 de junio del 2014.—Lic. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—C-Exonerado.—(IN2014037079).

Proceso Ordinario Laboral de Vitaliano Ramírez Cordero contra Carlos Guzmán Chaves, Marvin Fernández Vindas y C&C Soluciones Constructivas S. A. Exp. 14-000077-0692-LA, que mediante resolución de las catorce horas y catorce minutos del diecinueve de junio del dos mil catorce, se dispuso convocar a todos los socios de C&C Soluciones Constructivas S. A. cédula jurídica 3-101-581007, a la junta que se celebrará en este Despacho a las nueve horas cero minutos del diez de setiembre del dos mil catorce, para nombrar representante legal de la referida sociedad conforme lo dispuesto en el artículo 266 del Código Procesal Civil.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 19 de junio del 2014.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—(IN2014039586).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de, Lisímaco Montoya Madrigal, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del jueves once de setiembre del año dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 12-000208-0182-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, 09 de julio del 2014.—Dr. Carlos Alberto Bolaños Céspedes, Juez.—1 vez.—(IN2014046966).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000269-0391-AG/4 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ana Caridad Jiménez Corella, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de El Manchón de Arado del Colegio Bilingüe quinientos metros al sur, carretera a Arado, cédula dos-doscientos cincuenta y nueve-cero veinte, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de charral, árboles frutales y jardín, siembra de maíz y frijoles. Situada en El Manchón de Arado, distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, provincia de Guanacaste. Colinda al norte con Ramón Guevara Ruiz, Maribel Corella Álvarez, sur Carlos Miguel Rodríguez Guevara y Ligia Contreras Morales, al este calle pública con un frente de catorce metros ocho centímetros lineales y oeste Victoria Zúñiga Zúñiga. Mide seiscientos ochenta y seis metros cincuenta y cuatro decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1185777-07. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra y donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, chapeas periódicas y limpieza en general del lote. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ana Caridad Jiménez Corella. Exp. 13-000269-0391-AG/4.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 19 de marzo del 2014.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049046).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000115-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Carlos María González Vallejos, quien es mayor, soltero, pensionado, vecino de La Garita Nueva de Cabo Velas de Santa Cruz, Guanacaste, cédula 5-0074-0976, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca de pasto. Situado en La Garita, distrito octavo Cabo Velas, cantón tercero Santa Cruz, provincia de Guanacaste. Colinda al norte, con Hernán Vargas Yépez y Katia González Angulo, ambos en parte, sur Casa Sueños Metálicos S. A., Pueblo La Garita S. A., ambos en parte, este, Quinta Esmeralda S. A. y oeste, Emanuel Sardini y Katia González Angulo, ambos en parte. Mide cuatro mil ciento veintidós metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1714411-14. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en arreglo de cercas, chapeas, rondas y cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Carlos María González Vallejos. Exp. N° 14-000115-0391-AG/4.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 9 de junio de 2014.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049057).

Adela Martínez Cambronero, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, vecina de Barrio Fátima de La Cruz, Guanacaste, cédula de identidad cinco-cero ciento sesenta y siete-cero ochocientos diecisiete, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de pasto con una casa, situado en Monte Plata de La Cruz [distrito primero], [cantón décimo], de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Carlos Morales Torres, sur, calle pública con un frente de ciento dieciocho metros con cuatro decímetros lineales, Sonia Martínez Cambronero, Mario Martínez Cambronero y Luis Fernando Martínez Cambronero, este, Carlos Morales Torres, Luis Fernando Martínez Cambronero, y oeste, Rosa Espinoza Jiménez. Según plano catastrado G-seiscientos siete mil doscientos sesenta y ocho-dos mil. Mide de extensión doce hectáreas ocho mil ciento treinta y nueve metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por donación de Felicitas Cambronero Cambronero el veinticinco de enero del dos mil. Estima el inmueble en siete millones quinientos mil colones y el proceso en ochocientos cincuenta mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Adela Marcelina Martínez Cambronero. Exp. N° 14-000116-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 23 de julio del 2014.—Lic. Rodrigo T. Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049058).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 13-000242-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gerbert Gerardo Vásquez Navarro; quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Paraíso de Veintisiete de Abril, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-doscientos cincuenta y cuatro-novecientos catorce, profesión conserje, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Veintisiete de Abril, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Francisco Gómez Rodríguez; al sur, Jesenia María Espinoza Espinoza; al este, calle pública con un frente a ella de veinte metros con setenta y seis decímetros cuadrados y al oeste, Río Sequito. Mide: Trescientos sesenta y ocho metros con cuarenta y cinco centímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble catorce de julio del dos mil seis, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción y mantenimiento de una casa. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Gerbert Gerardo Vásquez Navarro. Exp. N° 13-000242-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 5 de febrero del 2014.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—(IN2014049172).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 14-000029-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Teresa De Gerardo Rojas López; quien es mayor, estado civil, vecina de Heredia, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 05-0245-603, profesión educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito segundo Fortuna, cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, al este, y al oeste, Carlos Rojas López y al sur, servidumbre de paso con un frente a ella de ocho metros con quince centímetros lineales. Mide: Trescientos cuarenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de maleza, chapeo, rondeo, reparación de cercas y cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Teresa De Gerardo Rojas López. Exp. N° 14-000029-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 23 de junio del 2014.—Lic. Ivannia Solano Gómez, Jueza.—1 vez.—(IN2014049226).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 13-000030-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Lorenzo Lizano Araya; quien es mayor, casado una vez, vecino de Siquirres, Guayacán, del Súper San Lorenzo trescientos metros al oeste carretera a Turrialba, cédula tres-trescientos noventa-cuatrocientos cincuenta y dos, operario de maquinaria pesada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potreros. Situada en Guayacán distrito primero Siquirres, cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al noroeste, Servidumbre de paso en medio; Miguel Araya Granados y Margarita Araya Campos; al noreste, Enid Arguedas Leitón; al suroeste, Miguel Araya Granados y al sureste, Daniel Monge Tencio. Mide: Una hectárea con seis mil ciento ochenta y tres metros (cuadrados), tal como lo indica el plano catastrado número L-1554059-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de dos millones quinientos mil colones y el inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 26 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Lorenzo Lizano Araya. Exp. N° 13-000030-0930-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Pococí, 21 de julio del 2014.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—(IN2014049299).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 13-000211-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Maribel Pérez Alvarado; quien es mayor, casada una vez, vecina de Concepción de San Rafael de Heredia; cuatrocientos metros oeste de la Iglesia Católica, cédula cuatro-ciento cincuenta y ocho-ochocientos cincuenta y seis, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es patio con frutales, agricultura y una casa. Situada en Flores, distrito primero Guápiles, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Miriam Cecilia Arce Ramos; al sur, Irene Emilia Arce Ramos; al este, calle pública con un frente a la misma de diecisiete metros y veinticinco centímetros lineales y al oeste, Irene Emilia Arce Ramos. Mide: mil metros (cuadrados), tal como lo indica el plano catastrado número L-1622969-2012. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de un millón de colones y el inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 50 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Maribel Pérez Alvarado. Exp. N° 13-000211-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Pococí, 23 de julio del 2014.—Lic. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—(IN2014049301).

Se hace saber que este Despacho, tramita el expediente N° 13-000330-0507-AG que son diligencias de información posesoria de Jorge Jiménez Corrales; mayor, viudo, vecino de San Antonio de Escazú, San José, cédula uno-doscientos treinta y nueve-ciento treinta, retirado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Nacional, el terreno que se describe así: Finca de pastos y frutales. Situada en distrito primero Guácimo, cantón sexto Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Playon de Río y Río Guácimo; al sur, calle pública con un frente a la misma de cuatrocientos sesenta y un metros con sesenta y ocho centímetros lineales al este, De la Vega Inv S. A., y al oeste, en parte Playón de Río y Alfredo Loría Zamora. Mide: diecisiete hectáreas tres mil trescientos treinta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-1683006-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones y el inmueble en la suma de treinta millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Jorge Jiménez Corrales. Exp. N° 13-000330-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Pococí, 4 de julio del 2014.—Lic. Sergio Ramos Álvarez, Juez.—1 vez.—(IN2014049304).

Teresa Rodríguez Barquero, mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Monterrey de San Carlos, Alajuela, 25 metros norte del Banco de Costa Rica, con cédula de identidad N° 2-306-901. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de pastos, con una casa, sito en La Tigra de Monterrey, distrito doce de San Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela. Lindante al norte, Jainer Gerardo Villegas Leitón; al sur, Aguilera Hermanos S. A., al este, quebrada Samba y Jainer Gerardo Villegas Leitón, y al oeste, calle pública con un frente a ella de doscientos cincuenta y tres metros sesenta y tres centímetros lineales. Mide de acuerdo al plano catastral aportado N° A-928139-2004 de fecha 27-05-04, una superficie de veintitrés hectáreas nueve mil ciento sesenta y cuatro metros cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. El inmueble descrito lo adquirió la titulante mediante donación que le hizo el señor Fredy Vargas Sánchez, mayor, casado una vez, ganadero, vecino de Monterrey de San Carlos, Alajuela, 50 metros al norte del Banco de Costa Rica, cédula 2-317-717, quien junto con el inmueble le transfiere la posesión que tanto el como los anteriores dueños han ejercido sobre el mismo, en forma quieta, pública, pacífica y notoria, sin interrupción y a título de dueño, esto mediante escritura pública número ochenta y seis otorgada ante el notario público Ricardo Reyes Calix a las 17:30 horas del 11-06-14. El fundo fue estimado en la suma de tres millones de colones y las diligencias fueron estimadas en la suma de un millón de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria expediente N° 05-000128-0298-AG promovida por Teresa Rodríguez Barquero.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 29 de julio del 2014.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014049401).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000222-0297-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Alfonso Gaitán Duarte, quien es mayor, casado una vez, vecino de San José, del Amparo, Los Chiles, Alajuela, cuatrocientos metros al sur del Ebais, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-cuatrocientos ochenta y siete-setecientos ochenta y ocho, profesión operador de maquinaria, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno del frutales y un jardín. Situada en el distrito tercero El Amparo, cantón Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de trece metros con diez centímetros lineales; al sur, Modesta Duarte Murillo; al este, Leonidas Duarte Montiel, y al oeste,  Patricia Gaitán Duarte. Mide: quinientos noventa metros cuadrados. Plano A-uno cinco tres ocho tres ocho dos-dos mil once. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta protocolizada, el día quince de enero del año dos mil trece, que le hiciera su madre Modesta Duarte Murillo, mayor, viuda una vez, oficios del hogar, vecina de San José, del Amparo, Los Chiles, Alajuela, cuatrocientos metros al sur del Ebais, cédula de identidad dos-ciento setenta y cinco-cero cero cuatro, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en darle mantenimiento, delimitando el terreno, limpiándolo de maleza, siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Alfonso Gaitán Duarte. Exp. N° 13-000222-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 29 de mayo del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014049413).

Citaciones

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alicia Dobles Riggioni, mayor, ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 2-0131-0526 y vecina de Grecia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000018-1117-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Grecia, 7 de mayo del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—1 vez.—(IN2014049051).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Miguel Montero Barahona, mayor, casado una vez, de oficio desconocido, costarricense, con documento de identidad 0103931173 y vecino de Goicoechea de San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000347-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 18 de julio del 2014.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049080).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Johel Quesada Salazar; quien fuera mayor, casado una vez, guarda de seguridad privado, con cédula de identidad número 2-0260-938 y vecino de San Ramón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº  07-000500-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 11 de julio del 2014.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014049111).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión N° 14-000149-0180-CI de Mario Gatica Carvajal, quien fue mayor, viudo, vecino de San José, Rohrmoser, de Teletica Canal Siete, setenta y cinco metros al oeste, cédula número 1-208-335, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Juzgado Primero Civil de San José, 17 de julio del 2014.—Msc. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—1 vez.—(IN2014049119).

Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso Sucesorio ad intestato Expediente N° 2013-000124-0223-CI causante Ruth Porras Montero promovente Roy Hernández Porras Madrigal, herederos Clara Rosa Porras Madrigal y otros, quien en vida fuera mayor, soltera, vecina de San José, Barrio México, avenida 17, calles 10 y 16, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—Juzgado Cuarto Civil de Menor Cuantía de San José, a las once horas cinco minutos del treinta y uno de julio.—Lic. Rose Mary Lawrence Mora, Jueza.—1 vez.—(IN2014049152).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lidier Mavisca Rojas, mayor, casado una vez, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0601680602 y vecino de Pérez Zeledón, Las Lagunas, quinientos metros sur de la Escuela Las Lagunas. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000068-0188-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón, 23 de mayo del 2014.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2014049184).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ricardo Rojas Bolaños, mayor, casado una vez, asesor legislativo, vecino de Barrio Sinaí, Pérez Zeledón, cédula 2-0290-1383. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000174-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur, Pérez Zeledón, 13 de enero del 2014.—Lic. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014049189).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Eida Herradora Quesada; quien fue mayor, soltera, ama de casa, vecina de San Rafael Abajo de Desamparados, cédula de identidad 1-0104-1785, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-100139-0217-CI. Sucesión de Eida Herradora Quesada.—Juzgado Civil y de Trabajo del Trecer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 4 de julio del 2014.—Msc. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014049198).

En notaría de Luis Marino Castillo López, apertura y tramitación en Sede Notarial de Proceso Sucesorio de Alexander Espinoza Campos, cédula 2-333-237. Albacea: Juan Rafael Espinoza Campos, cédula 2-207-412. Se emplazan a herederos e interesados para que dentro de los próximos 30 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría. Notificaciones fax 2231-7707.—San José, 30 de julio del 2014.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(IN2014049211).

En notaría de Luis Marino Castillo López, apertura y tramitación en Sede Notarial de Proceso Sucesorio de Marie Bravo Rudín, cédula 1-173-955. Albacea: Rose Marie Ruiz Bravo, cédula 9-005-486. Se emplazan a herederos e interesados para que dentro de los próximos 30 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría. Notificaciones fax 2231-7707.—San José, 26 de julio del 2014.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(IN2014049212).

A solicitud de la albacea y la presunta heredera de Gregorio Herrera Altamirano, mayor soltero, agricultor, cédula ocho-cero setenta y cuatro-setecientos dos y vecino de un kilómetro al oeste del Río Tortuguero en Las Vegas del Tortuguero de Roxana Pococí, se avisa que se ha iniciado el trámite de su sucesión. Cualquier persona que tenga interés en este sucesorio deberá apersonarse en las oficinas del notario público Lic. Juan Antonio Rescia Chinchilla.—San José, 31 de julio de 2014.—Lic. Juan Antonio Rescia Chinchilla, Notario.—1 vez.—(IN2014049214).

.Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alfredo De Jesús Valerín Chévez, mayor, divorciado una vez, profesor pensionado, costarricense, con documento de identidad 0601050804 y vecino de Tirrases de Curridabat, San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000217-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de mayo del 2014.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—(IN2014049233).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lazaro Antonio Castro Álvarez, mayor, viudo, pensionado, con cédula de identidad 0800430003, costarricense, y vecino de Cariari, El Ceibo, de la plaza de Deportes del Ceibo, veinticinco metros al sur. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000020-0681-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pococí, 13 de mayo del 2014.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014049234).

En este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de José Felix Balbino Hernández Hernández; quien fuera mayor, casado, agricultor, cédula de identidad 5-016-6615, quien fue vecino de Naranjito de Quepos y Ángela Céspedes Lezcano, quien fuera mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad 9-064-586, quien fue vecina de Naranjito de Quepos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de qu, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-100052-425-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—(IN2014049305).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron Carlos Moya Rojas, mayor, casado una vez, agricultor, costarricense, con documento de identidad 0201490215 y vecino de Palmares y Digna Quesada Montero, mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense, con documento de identidad 0201250762, vecina de Palmares. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000107-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 7 de julio del 2014.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—1 vez.—(IN2014049310).

Se cita a todos los presuntos herederos, legatarios y demás interesados dentro del juicio sucesorio de Francisca Laura Ramírez Torres, quien fue mayor, ama de casa, casada una vez, quien portó la cédula de identidad número siete-cero cero noventa y nueve-cero ochocientos setenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-100003-0404-CI, proceso sucesorio de Francisca Laura Ramírez Torres.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán, Guanacaste, 20 de marzo del 2014.—Lic. Ana Patricia Barrantes Ruiz, Jueza.—1 vez.—(IN2014049385).

Con el plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, se cita a los herederos, legatarios e interesados en sucesión de Juan Vicente Jiménez Vargas, quien fuera mayor, casado una vez, con cédula de identidad uno-doscientos veintitrés-cuatrocientos sesenta y cinco, guarda de seguridad, vecino de Tirrases de Curridabat para que se apersonen en defensa de sus derechos en mi notaría en Curridabat, cincuenta metros al norte de Motores Británicos, bajo el apercibimiento de que si así no lo hicieren dentro del término indicado, la herencia pasará a quien por ley corresponda. Teléfono 2272-5311.—Expediente N° 001-2014.—San José, 26 de julio del dos mil catorce.—Lic. Vilma Camacho Víquez, Notaria.—1 vez.—(IN2014050030).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Antonio Rodríguez Rodríguez, quien fuera mayor de edad, casado, en primeras nupcias, operador de maquinaria pesada, vecino Dulce Nombre de Coronado, cédula de identidad número 2-248-005. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 03-001694-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de enero del 2004.—Lic. Dalia Núñez Alfaro, Jueza.—1 vez.—(IN2014050042).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Melania Quesada González, mayor, cédula de identidad número dos-ciento setenta y dos-cuatrocientos cuatro, quien dice que es viuda una vez, ama de casa, vecina de Ciudad Quesada, San Carlos, Barrio Lourdes, setenta y cinco metros sur de Purdy Motor, a las doce horas del nueve de julio del dos mil catorce, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Carlos Manuel Chaves Salazar, mayor, cédula de identidad número dos-ciento veinticuatro-setecientos setenta y siete, casado una vez, ganadero, vecino Ciudad Quesada, San Carlos, Barrio Lourdes, setenta y cinco metros al sur de Purdy Motor. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. Expediente número: 0002-2014. Notaría del Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, notario público, ubicado en Ciudad Quesada, San Carlos, costado norte de los Tribunales de Justicia.—Ciudad Quesada, a las trece horas del catorce de julio del dos mil catorce.—Teléfono 2460-1564 fax 2460-4070.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2014050045).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Hilda Arias Soto, y Minor Elpidio Alvarado Arias, Milton Alvarado Arias, Miriam Alvarado Arias, Nidia Yadira Alvarado Arias, Sonia Lorena Alvarado Arias, Henry Alvarado Arias, Edin Dany Alvarado Arias, Eladio Alberto Alvarado Arias y Ligia María Alvarado Arias, a las ocho horas del dos de agosto del dos mil catorce, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Elpidio Alvarado Conejo, quien es mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de Ujarrás de Sarapiquí, Alajuela, ciento cincuenta metros al sur del puente sobre el Río María Aguilar, portador de la cédula de identidad número: Tres-cero ciento veinticinco-cero setecientos cincuenta y ocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Rodrigo Garita López, con oficina abierta en la ciudad de Florencia de San Carlos, Alajuela, Centro Comercial Villa Real Florencia, local número: uno. Teléfono 2475-7545.—Lic. Rodrigo Garita López, Notario.—1 vez.—(IN2014050047).

Notaría del Licenciado Ronald Núñez Álvarez. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue María Aurelia Vargas Víquez con cédula de identidad cuatro cero cero cincuenta y seis cero cuatrocientos diecisiete, soltera, del hogar quien falleció el día nueve de octubre de dos mil trece, según consta en el Registro Civil, Sección Defunciones de la provincia de Heredia a las citas cuatro cero uno cero cero cuatro dos uno cero ocho cuatro. Se declara abierto su proceso sucesorio, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieren, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente número cero cero cero cero uno-dos mil catorce. Sucesorio en Sede Notarial de María Aurelia Vargas Víquez.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2014050056).

Se hace saber a todos los interesados en la sucesión de: Teodocio Carmen Gonzalo Arrieta Carvajal, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Puntarenas, Cabo Blanco, diagonal a la plaza de deportes, cédula de identidad número tres-cero doscientos veintitrés-cero quinientos ochenta y ocho; se cita a los herederos, legatarios, y los que crean tener derecho para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se les apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0004-2014 SN. Notifíquese.—Lic. Eliseo Briones Castillo, Notario.—1 vez.—(IN2014050060).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Domingo Zúñiga Zúñiga, mayor, soltero, pensionado, vecino de Sabana Grande de Nicoya, Guanacaste, ciento cincuenta al sur de la plaza de deportes del lugar, cédula de identidad cinco-cero setenta y uno-ciento treinta y cinco, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos, en el despacho del Lic. José Miguel Zúñiga Zúñiga, El Carmen de Guadalupe, cincuenta metros oeste de la Bomba El Carmen, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión notarial. Expediente: 0003-2014.—Lic. José Miguel Zúñiga Zúñiga, Notario.—1 vez.—(IN2014050073).

Mediante acta de apertura solicitada por la señora Adriana Laclé Murray, Thomas Jiménez Quinn y Carlos Jiménez Quinn, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Elizabeth Mooney, conocida como Elizabeth Mary Quinn Killiam de nacionalidad estadounidense, mayor, casada, pensionada, vecina de San José, portadora de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero uno uno uno cero cero nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Andrés Gómez Tristán, con oficina en Alajuela, Atenas, cien metros al sur y setenta y cinco metros al este de los Tribunales de Justicia.—Lic. Andrés Gómez Tristán, Notario.—1 vez.—(IN2014050096).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Arabela Jiménez Masís, quien fue mayor, casada una vez, cédula: dos-doscientos treinta y cinco-trescientos cincuenta y nueve, del hogar, vecina de Alajuela, Tuetal Sur, cuatrocientos metros sur de la Escuela Mariana Madrigal de la O. Para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente número 0001-2014 notaría del Lic. Javier Brenes Sáenz.—Lic. Javier Brenes Sáenz, Notario.—1 vez.—(IN2014050156).

Se hace saber que en esta notaría se levantó acta notarial a las diecinueve horas cincuenta y cinco minutos del veintidós de julio del dos mil catorce, donde se acredita la defunción y se solicita la apertura y la tramitación del proceso sucesorio extrajudicial intestado de quien en vida se llamó Rafael Moraga Bustos, quien en vida fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de san Pedro de Montes de Oca y portador en vida de la cédula de identidad número cinco-cero setenta y nueve-doscientos dos.; se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no lo presentan dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda.—San Pedro de Montes de Oca, cinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Minor Segura Navarro, Notario.—1 vez.—(IN2014050268).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Mauricio Alfredo Alvarado Cascante, mayor, soltero, difunto, con cédula de identidad número uno-siete cero nueve-ocho tres dos, para que dentro del plazo del treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2014-01. Notaría del Bufete Mil Novecientos Cuarenta y Cinco, calle 15 av. 14-16.—Lic. Salvador H. Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—(IN2014050307).

Los suscritos Gerardo Morera Castro, mayor, viudo una vez, jubilado, cédula número 2-048-0115, Evelyn Morera Villalobos, mayor, casada una vez, investigadora de mercado, cédula de identidad número 1-0956-0501, Gerardo Morera Villalobos, mayor, soltero, trabaja en servicios profesionales privados, cédula de identidad número 1-0986-0628 y Óscar Mario Morera Villalobos, mayor, casado una vez, ingeniero topógrafo, cédula de identidad número 1-1115-0124, todos vecinos de Heredia, San Isidro, del Liceo San Isidro doscientos metros al norte, frente al Taller Mecánico Aguilar, ponen en conocimiento de la apertura del proceso sucesorio en sede notarial ante la notaría de la Lic. Gabriela Oviedo Vargas, de la causante Marta Oliva Villalobos Amador, quien en vida fue mayor, ama de casa, vecina de Heredia, San Isidro, del Liceo San Isidro, doscientos metros al norte, frente al Taller Aguilar cédula de identidad número 4-0430-0423, quien falleció el día siete de noviembre del año dos mil doce, por lo que emplazan a todos los interesados para que hagan valer sus derechos ante la notaria de la Licenciada Gabriela Oviedo Vargas, ubicada en Heredia, San Isidro, 25 metros al norte del Banco de Costa Rica.—San Isidro de Heredia, 5 de agosto del 2014.—Lic. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2014050368).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria en sede notarial de Vicente Molina Molina, quien fue mayor, naturalizado costarricense, casado una vez, jardinero, cédula 8-0055-0933, vecino de Granadilla, Curridabat, San José, de la Escuela de Santa Marta, doscientos metros al este y doscientos al sur; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a quienes crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Número 0001-2014 de la notaría del Lic. German Carvajal Oviedo, ubicada en Barrio El Cedral, casa número seis, San Pedro de Montes de Oca, San José.—Lic. German Carvajal Oviedo, Notario.—1 vez.—(IN2014050412).

Yo, Carlos Madrigal Mora, notario público comunico a quien interese que en mi notaría ubicada en San José, Barrio González Lahmann, de Casa Matute Gómez, cien sur y cien este, casa 1075 se tramita proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida se llamó Mario Enrique Cervantes Machado, cédula de identidad número uno-quinientos dieciséis-cero cincuenta y cuatro. Cito a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días concurran a mi notaría a hacer valer sus derechos.—San José, cinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—(IN2014050441).

Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión del señor Paulo Francisco Campos Solano, quien fue mayor, soltero, estudiante, vecino de San José, Desamparados, de Maxi Pali 800 metros carretera a San Miguel, Urbanización Las Orquídeas, primera casa a mano derecha, con cédula de identidad 1-0977-0025, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto y que se hará por una vez en el Boletín Judicial, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2014. Ante la notaría del Licenciado Carlos Alberto Rojas Badilla, carné 11.589, sita en San José, Alajuelita Centro, de Licorera La Uvita cincuenta metros al norte.—San José, 30 de julio del 2014.—Lic. Carlos Alberto Rojas Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2014050474).

Se hace saber que en esta notaría, sita en Heredia, avenida 2ª, calles 1ª y 3ª, se tramita proceso sucesorio de quienes en vida fueron Bienvenido Herrera Luna y Adelia Zúñiga Chacón, ambos mayores, casados una vez entre sí, pensionados, vecinos de Cartago, Tucurrique de Jiménez, frente al EBAIS, con cédulas de identidad números 2-0140-0647 y 3-0108-0637, respectivamente. Se cita y emplaza a quienes crean tener la condición de herederos y demás interesados, a que comparezcan ante esta notaría dentro del plazo de 30 días a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo señalado, la herencia pasará a quien legalmente corresponda, sin perjuicio de terceros con mejor o igual derecho.—Heredia, 23 de junio de 2014.—Lic. Juan Carlos Camacho Sequeira, Notario.—1 vez.—(IN2014050475).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión legítima de Estela Stawski Goldzwaig, quien fue mayor, divorciada una vez, oficios del hogar, vecina de San Rafael de Escazú, Residencial Los Laureles, Apartamentos El Cortijo, apartamento cuatro A, cédula uno-quinientos setenta y dos-quinientos cincuenta y siete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso, comparezcan a la notaría del Lic. Adolfo García Baudrit, sita en provincia de San José, San Rafael Escazú, ciento cincuenta metros sur de la entrada sureste del Centro Comercial Multiplaza, Edificio Terraforte, cuarto piso, con el mismo horario del Poder Judicial, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente: 0001-2014.—San José, cinco de agosto del 2014.—Lic. Adolfo García Baudrit, Notario.—1 vez.—(IN2014050504).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Pablo Salustiano Zúñiga Zúñiga, quien fuera, soltero, agricultor, vecino de Limón centro, Matama, La Bomba, del puente cincuenta metros norte, cédula cinco-cero noventa-trescientos cuarenta, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de su publicación, se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hacen, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Exp. 0001-2014 proceso sucesorio en sede notarial de Pablo Salustiano Zúñiga Zúniga).—Lic. Bernice Espinoza Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2014050619).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la reapertura del proceso sucesorio de Teresa Valls Ávila, mayor, viuda una vez, pensionada, vecina de San José, Zapote, de Autos Bohío, veinticinco metros al oeste, cédula de identidad uno-doscientos uno-quinientos cincuenta y dos, fallecida el cinco de marzo del dos mil nueve, para que dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante este notaría, sita en Curridabat, de la Heladería Pops, seiscientos metros al sur, costado norte de Plaza Cristal, para hacer valer sus derechos. Se apercibe a quienes crean tener derecho a la herencia que si no se apersonan dentro de ese término, la misma pasará a quien corresponda. Sucesión extrajudicial expediente número cero cero cero uno-dos mil trece.—San José, cinco de agosto del dos mil catorce.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2014050709).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rodolfo Cortés Rojas, quien fuera mayor, casado una vez, empresario, vecino de San José, Curridabat, del Indoor Club cien metros al sur, cédula número dos-ciento cuarenta y cuatro-trescientos diecinueve, fallecido el día diecisiete de noviembre del dos mil once, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero dos-dos mil catorce.—Dr. Juan José Montero Cortés, Notario.—1 vez.—(IN2014050774).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luz Marina Alpízar Murillo, portadora de la cédula de identidad número cinco-ciento veinticuatro-trescientos treinta y dos. Albacea provisional Marlene Ruiz Alpízar, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a redamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Exp 14-0001. Notaría del Bufete Guzmán Coto. Lic. Sonia Guzmán Coto, carné número 13564, sita en Bagaces, Guanacaste, cincuenta metros norte del MINAE.—Lic. Sonia Guzmán Coto, Notaria.—1 vez.—(IN2014050793).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de Guillermo Barquero Vargas, quien fue mayor, vecino de Los Guido de Desamparados, cédula 1-375-310, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100327-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 14 de enero del 2010.—Lic. Christian López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014050801).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Giselle Ulate Zamora, quien fue mayor, soltera, vecina de la provincia de Puntarenas, cantón Corredores, detrás de la Escuela Echandi, portadora de la cédula de identidad número seis-doscientos doce-novecientos dieciséis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar su derecho; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Shirley González Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2014050803).

Se tiene por establecido el presente proceso sucesorio ab-intestato, de la señora que en vida se llamó Flor María Ramírez Rivas, se emplaza a todos los interesados por el plazo de treinta días para que se apersonen al proceso mismo que se tramita en actividad judicial no contenciosa ante notario público Lic. José Miguel Solano Álvarez, con oficina en Cartago, sita de los Tribunales de Justicia cien metros al oeste y cincuenta al sur.—Cartago, 1° de agosto del dos mil catorce.—Lic. José Miguel Solano Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2014050813).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de quien en vida fue Homero Monge Gamboa, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Desamparados centro, de la esquina sureste de la iglesia católica, doscientos metros sur, cédula uno-cero ochenta y cinco dos mil setecientos noventa y tres, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, cuatro de agosto de 2014.—Lic. Elizabeth Fallas Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2014050839).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores de edad Maicol José, Marvin Josué y Yendry todos de apellidos Rugama Paniagua, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 13-400362-0924-FA. Proceso depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada.15 de julio del 2013.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—Exonerado.—(IN2014049054).                         3 v. 1.

Juzgado Primero de Familia de San José, a Marlennys Esther Suero Reyes, en su carácter personal, quien es mayor, de nacionalidad dominicana, pasaporte SC5352225, se le hace saber que en demanda nulidad matrimonio, establecida por Procuraduría de la República de Costa Rica contra Marlennys Esther Suero Reyes y otro, se ordena notificarle por edicto, la resolución de las trece horas y cincuenta y siete minutos del diecinueve de febrero de dos mil catorce, que en lo conducente dice: De la anterior demanda abreviada de nulidad de matrimonio establecida por el accionante Procuraduría de la República de Costa Rica, se confiere traslado a la accionados Jeffry Picado Gómez y Marlennys Esther Suero Reyes por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Se pide la anulación del matrimonio, por haberse contraído para efectos migratorios. Proceso nulidad matrimonio, establecido por Procuraduría de la República de Costa Rica contra Marlennys Esther Suero Reyes número 13-001462-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049052).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania que promueve Ana c.c. Anabelle Vargas Sánchez donde figura como presunto insano José Martí Rivera Vargas. Expediente N° 14-000139-0675-FA-I.—Juzgado de Familia de Turrialba, 24 de julio del 2014.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049061).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Ana Virginia Muñoz Araya, cédula 107110042 y Alcides Delgado Vindas, cédula 106800382, a favor de Javier Esteban Delgado Muñoz. Expediente N° 14-000205-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 15 de julio del 2014.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049065).

Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza del Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón; hace saber que en proceso insania promovido por María López Espinoza; a favor de Edgardo López Arias, bajo el expediente número 11-000167-0688-FA se dictó la resolución que literalmente dice: Sentencia de primera instancia N° 2014. Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, al ser las trece horas del cinco de marzo del dos mil catorce. diligencias de declaratoria de insania promovidas por la señora María López Espinoza, mayor, cédula de identidad 5-0193-0631, vecina de Alajuela, San Ramón, Alfaro, de la Plaza de Deportes 100 metros al sur, en condición de tía paterna y en favor de Edgardo López Arias, mayor, soltero, cédula de identidad número 5-0264-0439, vecino de la dirección supraindicada. Se apersonó en representación de la Procuraduría General de la República, la licenciada Marcela Ramírez Jara, mayor, soltera, cédula de identidad número 1-941-0141, vecina de Heredia. Resultando: I).—... II).—... III).—... Considerando: I).—Hechos probados: De interés para la resolución de fondo del presente asunto se tienen los siguientes: 1). ... 2). ... 3). ... 4). ... 5). ... 7). ... 8). ... 9). ... II).—Sobre el fondo: ... III).—Costas: ... Por tanto: En virtud de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, y de conformidad con los artículos 819 inciso 4), 831, 847 y siguientes del Código Procesal Civil y 230 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la presente Diligencia de Insania: 1) Se declara en estado de incapacidad a Facundo Edgardo López Arias, y se nombra como su Curadora legítima a María López Espinoza, a fin de que lo represente y vele por su bienestar físico, cuide de sus intereses y administre en beneficio de éste el patrimonio con que cuenta, para que éste, lleve su vida de una forma adecuada en todos sus ámbitos, procurando satisfacer sus necesidades básicas, de acuerdo con los recursos con los que se cuente, de tal manera se le garantice la representación debida, para todos los efectos requeridos. 2) Se previene a la Curadora que dentro de tercero día, comparezca, jure y acepte el cargo conferido. 3) Deberá la curadora nombrada dentro de los treinta días siguientes al dictado de esta resolución, presentar inventario y avalúo de los bienes del insano, (en caso que los hubiera, o bien detallar otros valores) obligación que de conformidad con el ordenamiento jurídico deberá llevar a cabo cada año, debiendo rendir cuenta sobre la situación patrimonial del señor Facundo Edgardo López Arias y sobre su labor como administradora de los bienes, con indicación de las sumas percibidas y los gastos realizados. Esa rendición de cuentas se tramitará por la vía incidental y deberá ir acompañada de los documentos justificativos correspondientes. 4) La condición de curador únicamente le permite administrar los bienes de su representado; es decir, le está vedado disponer de ellos. De requerir hacerlo, deberá gestionar y obtener la autorización judicial pertinente, mediante el trámite respectivo, de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Familia. De incumplir con la responsabilidad que se le asigna, puede ser removida de su cargo, tal y como dispone el artículo 198 del Código de Familia. 5) La garantía que corresponda al ejercicio de dicho cargo, se fijará luego de presentado el inventario y avalúo arriba citado; de igual manera deberá presentar el presupuesto de gastos que establece la ley. La garantía se puede rendir mediante depósito en dinero efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o bonos del Estado sus instituciones, apreciados estos últimos en su valor comercial, según certificación de un corredor jurado. 6) Firme este fallo, publíquese por una vez en el Boletín Judicial, e inscríbase en el Registro de Nacimientos de la provincia de Guanacaste, al margen de las citas de inscripción del nacimiento de Facundo Edgardo López Arias, sea al tomo: doscientos sesenta y cuatro, página doscientos veinte, asiento: cuatrocientos treinta y nueve. 7) Una vez firme este fallo expídase la ejecutoria de interés. 8) Los gastos de esta declaratoria, se cargan al patrimonio del insano. F). Lic. Eleonora Badilla Delgado, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso insania de Facundo Edgardo López promovido por María López Espinoza. Expediente Nº 11-000167-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 20 de mayo del 2014.—Lic. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2014049292).

Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza del Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón; hace saber a Heyner Salas Esquivel, cédula de identidad número 5-324-553 y a Santos Aneurys Linares Robert, pasaporte número PSC4780119, que en este Despacho, se interpuso un proceso declaratoria de extramatrimonialidad y declaracion de paternidad en su contra, bajo el expediente número 12-000437-0688-FA, donde se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, a las diez horas y treinta y cuatro minutos del veintidós de abril del dos mil trece. Se tiene por establecido por parte de Martha Laura López Cruz; el presente proceso de declarar extramatrimonialidad en contra de Santos Aneurys Linares e Investigación de Paternidad en contra de Robert Heyner Salas Esquivel; a quienes se les confiere traslado por el plazo de diez días, para que la conteste, oponga excepciones previas, la prueba documental que tuviere y la testimonial con indicación en su caso del nombre y generales de los testigos que proponga. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Así mismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se pone en conocimiento de las partes que el Departamento de Laboratorio Forense, Sección de Bioquímica, concedió cita para realizar la prueba de marcadores genéticos para las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de mayo del dos mil trece. Deberán presentarse en el Departamento antes citado, en el Complejo de Ciencias Forenses, ubicado en San Joaquín de Flores, Heredia. No es necesario que se presenten en ayunas pero sí indispensable la presentación del documento de identidad vigente. A la actora y al demandado se les hace saber, que de conformidad con el artículo 98 del Código de Familia, la parte que sin motivo alguno se niegue a practicarse esa importante prueba, será considerado ese proceder como malicioso. Además esa circunstancia podrá ser tenida como un indicio de veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha prueba, de ahí la importancia de mantener o señalar un lugar o medio donde escuchar notificaciones. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona para notificar al señor Heyner Salas Esquivel; al Delegado Policial de Sarchí de Valverde Vega. La parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: Sarchí de Valverde Vega, Alto Castro, frente a la escuela de la localidad, casa de dos plantas color amarillo pastel con portón negro. Parta notificar al señor Santos Aneurys Linares Robert se hará por medio de su curador el Lic. Cristian Miguel Vargas Araya, en el medio señalado para tales efectos. Previo al envió de las notificaciones, se le hace ver a la actora que debe aportar tres juegos de copias de los folios del 1 al 11. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria de extramatrimonialidad y declaratoria de paternidad de Martha Laura López Cruz contra Heyner Salas Esquivel y Santos Aneurys Linares Robert. Expediente Nº 12-000437-0688-FA.— Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 25 de junio del 2014.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2014049296).

Lic. Yendry Gutiérrez Bermúdez, Jueza de Familia de Puriscal, hace saber que en diligencias de Insania, expediente N° 13-400327-0197-FA promovido por Yorleny Murillo Rubí a favor del insano Miguel Ángel Murillo Torres, se ha dictado la resolución que en su parte dispositiva dice: “Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 819, 820, 867, 868, 869 y 870 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil, 230, 231, 232, 235, 238 y 241 del Código de Familia, el presente proceso de actividad judicial no contenciosa, incoado por María de Los Ángeles Murillo Rubí; se falla de la siguiente forma: 1) Se declara el estado de interdicción del señor Miguel Ángel Murillo Torres. 2) Se nombra como curadora del incapaz, a su hija María de Los Ángeles Murillo Rubí, a quien se le previene comparecer a aceptar el cargo, dentro de tercero día; o a exponer el motivo de excusa que tuviere. 3) Aceptado que sea el cargo por la curadora, se señalará el día y la hora para que se presente a prestar el juramento de que cumplirá el cargo con fidelidad. 4) Con el fin de que la curadora represente al incapaz, en los asuntos judiciales en los que éste se halle interesado, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. 5) Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá publicarse en el periódico oficial e inscribirse en el Registro Nacional, Sección de Personas y Sección de Propiedad, así como en el Registro Civil. 6) El cargo de curadora lleva implícito el deber de representar legalmente, al inhábil, y administrar sus bienes. 7) Igualmente, es obligación de la curadora cuidar que el incapaz adquiera o recobre su capacidad mental o física. 8) Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Sin embargo, los gastos del procedimiento se cargarán al patrimonio del incapaz Lic. Carlos Ml. Sánchez Miranda, Juez”.—Juzgado Civil y de Trabajo y Familia de Puriscal, 16 de julio del 2014.—Lic. Yendry Gutiérrez Bermúdez, Jueza.—1 vez.—(IN2014049308).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramitan diligencias de cambio de nombre promovidas por Prince Shalom López Pérez, representado por su madre en ejercicio de la patria potestad, señora Roxana Noelia Pérez Castro, diligencias que van encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre Prince Shalom a Ariana Prince, mismos apellidos, quedando el cambio de nombre como Ariana Prince López Pérez. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. N° 14-000100-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Elio Campos López, Juez.—1 vez.—(IN2014049366).

Se convoca por medio de edicto a las personas a quienes les corresponda la curatela, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Bernal Elías Jiménez Zúñiga, quien es mayor, soltero, sin oficios, cédula de identidad N° 1-1462-759, vecino de La Legua de Puriscal. Exp. N° 14-400233-0197- FA.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 21 de julio del 2014.—Lic. Yendry Gutiérrez Bermúdez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014049386).

Msc. Ramón Zamora Montes. Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber que en este Despacho se interpuso un proceso insania, establecido por María de los Ángeles Monge Vargas, a favor de Rafael Ángel Cardona Monge, bajo el expediente N° 11-002950-0165-FA donde se dictó la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia N° 346-2014 Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, a las trece horas veinte minutos del veintiocho de mayo del año de dos mil catorce. Proceso de actividad judicial no contenciosa de insania, a favor de Rafael Ángel Cardona Monge, mayor, titular de la cédula de identidad número uno-trescientos noventa y nueve-cuatrocientos setenta y seis, sin oficio promovido por María de los Ángeles Monge Vargas, quien es mayor de edad, soltera, sin oficio, portadora de la cédula de identidad número uno-trescientos diecisiete-trescientos noventa y ocho. Interviene como curador procesal de la persona presunta insana la Licenciada Yanina de los Ángeles Jiménez Ugalde, carne de incorporación al Colegio de Abogados N° 18309. Resultando: I.-…, II.-… III.-... Considerando: I.-…, II.-… III.-... IV.-.... V.-... Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 796, 797, 842, 828, y 829 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil, 233, 236, 239, 242, 202 y 204 del Código de Familia, el presente proceso de insana, incoado por María de los Ángeles Monge Vargas se falla de la siguiente forma: 1) Se declara el estado de interdicción de Rafael Ángel Cardona Monge. 2) Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá inscribirse en el Registro Público, Sección de Personas, así como en el Registro Civil. 3) Se nombra como curador del insano a Julia María Fernández Monge a quien se le previene comparecer a aceptar y jurar el cargo dentro de tercero día; o a exponer el motivo de excusa que tuviere. 4). Con el fin de que la curadora represente a la persona insana, en los asuntos judiciales en los que éstos se hallen interesad os, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. 5). Dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la aceptación del cargo, deberá la señora Julia María Fernández Monge presentar un inventario de bienes, dentro del cual deberá aportar certificaciones generales de propiedad de bienes muebles e inmuebles a nombre del presunto insano. Además deberá aportar certificación, en la cual se indique si la insana recibe alguna pensión, el monto de la misma y quien está autorizado para su retiro. Una vez presentado el inventario se le ordenará que garantice las resultas de su administración. La garantía sobre ambos bienes o derechos registrales puede rendirse mediante depósito en dinero efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o bonos del Estado sus instituciones, apreciados estos últimos en su valor comercial, según certificación de un corredor jurado. Asimismo, una vez presentado el inventario en los términos solicitados, podrá ésta autoridad según sea el caso, eximir la rendición de garantía. El cargo de curadora lleva implícito el deber de representarlas legalmente y administrar sus bienes. Igualmente, es obligación de la curadora cuidar que la incapaz adquiera o recobre su capacidad mental, de ser ello factible. El cargo de curadora no le da la facultad de disponer de los bienes que estén a nombre del insano; en caso que lo requiera deberá solicitar la autorización de esta autoridad. 6). Costas: Son las costas de este trámite a cargo del patrimonio del insano (artículo 852 del Código Procesal Civil). 7) Publíquese la sentencia en el Boletín Judicial. Licenciada Marianella Fallas Víquez. Juez de Familia. Lo anterior se ordena así en proceso insania de contra María de los Ángeles Monge Vargas, a favor de Rafael Ángel Cardona Monge; Exp. N° 11-002950-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de julio del 2014.—Lic. Ramón Zamora Montes, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014049414).

Msc. Ramón Zamora Montes, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a John Starks, documento de identidad 5788783000, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, establecido por Maureen Naranjo Gamboa, bajo el expediente N° 12-000876-0165-FA donde se dictó la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia de primera instancia 289-2014. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, a las quince horas diez minutos del siete de mayo del dos mil catorce. Proceso abreviado de divorcio establecido por Maureen Naranjo Gamboa, mayor, casada una vez, cédula uno-mil ciento sesenta y ocho-quinientos cuarenta y siete, vecina de San Antonio de Coronado, contra John Robert Starks, mayor, casado, pensionado, de nacionalidad estadounidense, pasaporte número P cero cinco siete ocho ocho siete ocho tres cero. Interviene la Licenciada Karla García Naranjo como apoderada especial judicial de la actora y el licenciado Randall Salas Alvarado en calidad de curador procesal del accionado. Resultando: I.-...- II.-... III.-... Considerando: I.-... II.-.... III.-… IV.-… Por tanto: Con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se falla: I.-Se declara con lugar la presente demanda abreviada de divorcio y en razón de ello se declara  disuelto el vínculo matrimonial que ha unido a los señores John Robert Starks y Maureen Elidia Naranjo Gamboa. Una vez firme esta sentencia inscríbase en el Registro Civil, Sección matrimonios de la provincia de San José, al tomo cuatrocientos noventa y seis, folio ciento noventa, asiento trescientos ochenta II.- Por no existir hijos menores de edad, se omite pronunciamiento sobre guarda, crianza y educación. III.- Por no existir bienes gananciales que liquidar, se omite emitir pronunciamiento sobre esto. IV.- Ambos ex cónyuges pierden el derecho a exigirle alimentos al otro. V.- Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. Notifíquese. Licenciada Nelda Jiménez Rojas, Jueza de Familia. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Maureen Naranjo Gamboa contra John Starks; expediente Nº 12-000876-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de julio del 2014.—Lic. Ramón Zamora Montes, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014049420).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Gabelo Enrique Ortiz Álvarez, mayor, divorciado de Silvia Patricia Chacón Delgado, mesero, con cédula de identidad N°  0107510501, hijo de Clara Luz Álvarez Baldivia y Gabelo Ortiz Marín, nacido en Hospital Central San José y Karen Tatiana Boza González, mayor, soltera, ama de casa, con cédula de identidad número 0206790823, hija de Inés Cecilia González Leitón y José Ángel Boza Brenes, nacida en Quesada, San Carlos, Alajuela. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 14-000446-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 23 de julio del 2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049085).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Rubén de Jesús Méndez Álvarez, mayor, soltero, asistente de técnico en refrigeración, hijo de Lorenza Álvarez Castillo y José Manuel Méndez García, nacido en Centro Liberia, el 23/02/1994, con 20 años de edad, cédula de identidad Nº 0503970340 y Tatiana Priscila Sánchez Quirós, mayor, soltera, ama de casa, hija de Miriam Sánchez Quirós, nacida en Centro Liberia, el 05/07/1991, con 23 años de edad, cédula de identidad Nº 0503820547. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 14-000449-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 24 de julio del 2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014049086).

Han comparecido ante este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil Gaudelia Navarro Monge, c.c. Gaudy Navarro Monge, de 35 años, unión libre, ama de casa, cédula de identidad número 1-1028-0102, vecina de Aserrí, Las Mercedes, de la Ferretería El Progreso 100 mts. sur, 25 mts. este, nació el día 8 de febrero de 1979, San José, hija de Elizabeth Monge Madrigal y Rafael Ángel Navarro Herrera; y el contrayente Anthony Adrián Vindas Quesada, vecino de Aserrí, Las Mercedes, de la Ferretería El Progreso 100 mts. sur, 25 mts. oeste, hijo de María de Los Ángeles Vindas Quesada, de 39 años de edad, divorciado, fecha de nacimiento: 05 noviembre 1974, comerciante, cédula de identidad 1-0896-0491. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Expediente Nº 14-100036-0236-CI-01.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Aserrí, 15 de julio de 2014.—Lic. Ligia González González, Jueza.—1 vez.—(IN2014049260).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil José Róger de Los Ángeles Morales Díaz, mayor, divorciado una vez, comerciante, cédula de identidad número 0302680149, vecino de Turrialba, Verbena Norte, 600 metros norte de la iglesia católica, casa de color blanca de dos plantas, hijo de Flor Eliette Díaz Pérez y Róger Morales González, nacido en centro Turrialba, Cartago, el 19/03/1964, con 49 años de edad, y Georgina Vannessa García Cordero; mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula de identidad número 0303540300, vecina de Turrialba, Verbena Norte, 600 metros norte de la iglesia católica, casa de color blanca de dos plantas, hija de Mireya Cordero Corrales y Eleuterio García Salas, nacida en centro Turrialba, Cartago, el 22/07/1978, actualmente con 35 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 14-000021-0675-FA-DM.—Juzgado de Familia de Turrialba, 9 de mayo del 2014.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—(IN2014049309).

Edictos en lo Penal

Se hace saber que dentro del proceso penal tramitado con el número 05-17559-042-PE seguida contra Marvin Madrigal Rodríguez y otros en perjuicio de Mario Bolaños Camacho, se ordenó notificar por medio de edicto a Abel Amador Naranjo, cédula de identidad número 111680882 que a partir de la última publicación tiene el plazo de tres meses para apersonarse ante este tribunal para gestionar la entrega del vehículo placas 188136, ya que de no hacerlo se ordenará el comiso del mismo a favor de El Estado. Publíquese por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial.—Tribunal Penal del Tercer Circuito Judicial de San José, Sede Suroeste, Pavas.—Lic. Tatiana Murillo Jara, Jueza Tramitadora.—(IN2014049024).                                                                              3 v. 2.

Licenciada Natalia Segura Barrios, Fiscal de la Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San José, al señor Pablo José Cruz Méndez, cédula o documento de identidad N° 1-1131-894, se le hace saber: Que en el Legajo de Legajo de Investigación 11-006036-0174-TR, seguido en contra de Leonel Valerín Cedeño, en perjuicio de Erick Oses Ilama, por el (los) delito (s) de Lesiones Culposas (Ley de Tránsito), se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San José, a las once horas con treinta y siete minutos del trece de junio del dos mil catorce. En vista de que el señor Pablo José Cruz Méndez es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle acción civil resarcitoria por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Natalia Segura Barrios, Fiscal—1 vez.—Exento.—(IN2014049417).