BOLETÍN
JUDICIAL N° 169 DEL 3 DE
SETIEMBRE DEL 2014
DIRECCIÓN
EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
PRIMERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas
judiciales del cantón Orotina, provincia de Alajuela.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Orotina, provincia de Alajuela, permanecerán cerradas
durante el día ocho de agosto del dos mil catorce, con las salvedades de
costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de
dicho cantón.
San José, 11 de julio del 2014.
MBA.
Rodrigo Arroyo Guzmán
(IN2014045495) Subdirector
Ejecutivo
PRIMERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción
de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES
DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la
acción de inconstitucionalidad número 14-011260- 0007-CO que promueve
Transportes Deldu S. A., se ha dictado la resolución
que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de
Justicia.—San José, a las quince horas y veinticinco minutos del veinte de
agosto del dos mil catorce./Por disposición del pleno de esta Sala, se da curso
a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Eladio Janiff
Ramírez Sandí, mayor, soltero, empresario, portador de la cédula de identidad
número 1- 1097-849, vecino de San José, en su condición de apoderado
generalísimo sin límite de suma de Transportes Deldu
S.A., para que se declare inconstitucional el artículo 41 inciso a) de la Ley
de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos por estimarlo contrario al
principio de tipicidad en materia sancionatoria; al principio de
proporcionalidad, y al principio de seguridad jurídica. Se confiere audiencia
por quince días a la Procuraduría General de la República y a la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos. Las normas se impugnan en cuanto la
tipicidad es uno de los contenidos esenciales de las sanciones administrativas,
de tal forma que si ese contenido no se respeta, la sanción deviene ilegítima.
Agrega que la norma impugnada no establece una determinada cantidad de
conductas sancionables y se limita a indicar que se sanciona la reiteración de
faltas descritas en el artículo 38 de la misma Ley, por lo que pareciera que la
Documento firmado digitalmente por: repetición una sola vez de la conducta
descrita es suficiente para ordenar la caducidad del permiso o concesión.
Estima que, de ser así, la norma impugnada es desproporcionada. Por otra parte,
continúa, tampoco delimita en el tiempo un plazo razonable en el cual sean
acumulables las faltas para efectos de calificarlas como conductas
reincidentes. Por ello la sanción de una sola falta se convierte en un
antecedente de por vida o para siempre, a los efectos de calificar la
reincidencia, sin importar la fecha de los primeros hechos; contrario a lo que
dispone el artículo 100, inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa que
sí contiene un plazo definido. Añade que, por tratarse de una jurisdicción
disciplinaria o correctiva en la que el Estado ejerce sobre los sujetos ligados
a una relación especial de poder, como es el de la figura de la concesión para
la explotación de un servicio público, la potestad sancionatoria aparece
fundamentalmente como una garantía del cumplimiento de los deberes del
concesionario antes que como una potestad punitiva del Estado. Estima que la
reincidencia punible es aquella que se produce dentro de un determinado plazo,
pues de lo contrario la sanción por reincidencia contenida en la norma impugnada
podría convertirse en perpetua, al no estar sujeta a término, con lo cual se
violaría también el artículo 40 constitucional. Señala que el principio de
tipicidad exige que las conductas objeto de eventual sanción tengan que estar
claramente definidas por la norma sancionatoria; lo que no ocurre en este caso
ya que la norma impugnada es un tipo penal abierto en el que la conducta
sancionada no se encuentra exhaustivamente prevista en ella, debiendo, en
consecuencia, acudirse para su integración y delimitación a la discrecionalidad
del juzgador. Además continúa, la norma impugnada, no contiene el núcleo
esencial de la prohibición, de manera que no se satisface la exigencia de
certeza. Ya que castiga como punible la reiteración de las conductas sancionadas
en el artículo 38 de la misma Ley, sin especificar cuáles son las conductas
concretas del concesionario o permisionario que pueden ser objeto de la
sanción. En relación con el principio de proporcionalidad, indica que, la
jurisprudencia constitucional, sobre todo en materia de tránsito, ha reiterado
que debe existir necesariamente una proporcionalidad entre la conducta
sancionada y la sanción propiamente dicha. Manifiesta que la norma impugnada
viola el principio de proporcionalidad dado que establece indiscriminadamente
la sanción máxima que puede sufrir un concesionario, como es la cancelación de
su concesión, para cualquier reiteración de las conductas sancionadas en el
artículo 38 de la misma Ley. La norma cuestionada, continúa, no diferencia entre
incumplimientos graves e incumplimientos leves para establecer diferentes tipos
de sanción para cada uno de ellos; tampoco entre conductas dolosas y culposas.
Señala que el principio de seguridad, en materia sancionatoria, tiene una
importancia adicional puesto que los ciudadanos tienen el derecho de conocer,
de antemano y de manera precisa, cuáles conductas suyas pueden ser objeto de
sanción ya sea en sede administrativa o jurisdiccional. Agrega que la norma
impugnada no tipifica de manera precisa las eventuales causales de revocación
de la concesión por reiteración de conductas previamente sancionadas, produce
incertidumbre jurídica en los concesionarios, dado que éstos no saben, a
ciencia cierta, cuáles conductas suyas reiterativas pueden ser motivo por la
cancelación de sus concesiones. Solicita que en sentencia se declare que la
norma impugnada es inconstitucional y, por conexidad, se declare
inconstitucional el artículo 38 inciso a) de la Ley número 7593. Esta acción se
admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación del accionante
proviene del párrafo primero del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional y figura como asunto base el procedimiento administrativo
OT-341-2008 de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos en contra de
su representada Transportes Deldu S. A., a raíz de
una denuncia por cobro de tarifas, donde invocó la inconstitucionalidad de la
norma como medio razonables de amparar el derecho o interés que se estima
vulnerado. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín
Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o
procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución
final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso
sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la
aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en
dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse
lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la
acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en
los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y
a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto
final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la
tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los
quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán
apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de
interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo
impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su
procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de
inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber
además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción
Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala
(resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende
la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos
y condiciones señaladas. Notifíquese. Gilbert Armijo Sancho, Presidente”.
San José, 20 de agosto del
2014
Gerardo
Madriz Piedra,
Exonerado.—(IN2014053891). Secretario
De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la
acción de inconstitucionalidad número 14-011696- 0007-CO que promueve Otton Solís Fallas y otros, se ha dictado la resolución que
literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.—San
José, a las nueve horas y cincuenta y ocho minutos del veinte de agosto del dos
mil catorce./Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por
los diputados y diputadas Otton Solís Fallas, Epsy Alejandra Campbell Barr,
Franklin Corella Vargas, Marcela Maritza Guerrero Campos, Nidia María Jiménez
Vásquez y Ruperto Marvin Atencio Delgado, para que se
declaren inconstitucionales las mociones de creación de la Comisión Especial de
Investigación de la provincia de Puntarenas, Comisión Especial Mixta de la
provincia de Heredia, Comisión Especial Bloque de Relanzamiento de la Región Brunca, Comisión Especial de la Provincia de Limón,
Comisión de Análisis e incidencia Regional de la provincia de Cartago y de la
Comisión Especial de Investigación para que analice, estudie, dictamine y
valore las recomendaciones pertinentes en relación con la problemática social,
económica, empresarial, agrícola, turística, laboral y cultural de toda la
Provincia de Guanacaste, aprobadas en la Sesión ordinaria número 37 del
Plenario, del pasado 3 de julio del 2014. Los accionantes consideran que esas
mociones violan los artículos 106, 33, 121 inciso: 23), 39, 41, 121 inciso 22 y
124 de la Constitución, así como el artículo 207 del Reglamento Legislativo.
Manifiestan que el artículo 106 establece que los diputados tienen ese carácter
por la Nación y, ese carácter nacional implica que gozan de una absoluta
igualdad como representantes populares, por lo que no es posible utilizar
ningún otro criterio o carácter para dar algún tipo de preferencia, hacer
distinciones o discriminar entre las y los diputadas y diputados, ya que todos
y todas ostentan por igual el carácter único de representantes de la Nación con
los mismos deberes y derechos; al respecto, invocan la sentencia número 550-91
de esta Sala. Reclaman que en cuatro comisiones se utilizó la procedencia
geográfica, según la provincia de elección y, en una quinta, se utilizó el
criterio de la región de cantones vinculados con la zona de procedencia de las
y los diputadas y diputados, como criterio para integrar las comisiones; así,
el Plenario Legislativo adopta un criterio de representación territorial, al
distinguir entre las y los diputadas y diputados electas y electos en esas
provincias o vinculadas y vinculados a esa región y las y los que no lo están,
a efecto de legitimar a esas personas para integrar las comisiones, con lo que
se crean distinciones a partir de un carácter de diputados contrario al
artículo 106 párrafo 1 de la Constitución Política, como lo es el caso de las
comisiones de Puntarenas, Heredia, Región Brunca,
Limón y Cartago, integradas exclusivamente por diputadas y diputados de esas
provincias o vinculados con esa región. Les parece a los accionantes tan
evidente la violación del artículo 106 constitucional, que a la Fracción del
Partido Acción Ciudadana no se le permitió tener representación en la Comisión
de Limón porque ese partido no eligió diputados por esa provincia. Consideran
que en el trabajo legislativo debe prevalecer el bienestar general del país y
no el de un grupo de ciudadanos o habitantes en particular. Las y los diputadas
y diputados no deben corresponder a ningún otro interés que no sea el nacional,
por lo que consideran que las comisiones aprobadas son inconstitucionales en sí
mismas, por ir en contra del carácter nacional de los temas que deben ser
conocidos por las y los diputadas y diputados y de las soluciones que deben
procurar a favor de la Nación, como un todo, lo cual no ocurre al poner a las
personas integrantes de esas comisiones a velar, exclusivamente y de manera
disgregada, por los intereses de los electores de la provincia por la que
fueron electos o por los de la región de cantones con la que tienen relación
geográfica y no por los del país de manera integral. La vulneración del
artículo 33 de la Constitución Política la fundamentan en que son 47 cantones
que incluidos en las mociones aprobadas, de acuerdo con las provincias y región
involucradas, con lo que se excluyen de la atención legislativa 34 cantones,
sin justificación de peso para legitimar esa exclusión; consideran que no
existe razón para excluir las problemáticas que viven las personas en todos
esos cantones, como si no merecieran ser tratadas como iguales, con relación a
las personas que viven en los cantones incluidos en las mociones, lo que los
deja frente a dos categorías de habitantes, según el cantón en el que vivan. De
los 34 cantones excluidos, 20 se ubican en un grupo de 42 cantones que van del
lugar 40 al 81 en el ranking de cantones del Atlas de Desarrollo Humano Cantonal
de Costa Rica elaborado por el PNUD y la Escuela de Estadística de la Facultad
de Ciencias Económicas de la Universidad de Costa Rica, lo que significa que en
las mociones aprobadas se incluyen 22 cantones del mismo rango que los que sí
tendrán atención especial; en ese grupo excluido se cuentan 3 cantones ubicados
de la posición 40 a 49,8 cantones de la posición 50 a 59, a 55 de la posición
60 a 49 y, finalmente, 4 cantones ubicados de la posición 70 a la 79, e incluso
se excluye al cantón con menor índice de desarrollo humano, que es el cantón de
Alajuelita. Por otra parte, se excluyen catorce de
los cantones ubicados de la posición 1 a la 39, con lo que se dará tratamiento
especial a las problemáticas de personas que viven en los 25 cantones con mejor
desarrollo humano, lo que supera a los 22 de menor desarrollo incluidos. El
Plenario legislativo privilegia a los cantones de Puntarenas, Esparza, Buenos
Aires, Montes de Oro, Osa, Aguirre, Golfito, Coto Brus,
Parrita, Corredores y Garabito; Limón, Pococí, Siquirres, Salamanca, Matina y
Guácimo; Cartago, Paraíso, La Unión, Jiménez, Turrialba, Alvarado, Oreamuno y El Guarco; Heredia, Barva, Santo Domingo, Santa Bárbara, San Rafael, San
Isidro, Belén, Flores, San Pablo y Sarapiquí; Liberia, Nicoya, Santa Cruz, Bagaces, Carrillo, Cañas, Abangares, Tilarán,
Nandayure, La Cruz y Hojancha.
Con la moción de la creación de la Región Brunca, los
cantones de Buenos Aires, Osa, Golfito, Corredores y Coto Brus
son incluidos en dos comisiones, ya que estos cantones, además, forman parte de
la omisión creada para estudiar la Provincia de Puntarenas, sin que para esto
exista ningún criterio que amerite este doble trato. El cantón de Pérez Zeledón
será el único de la provincia de San José tomado en cuenta. Se confiere audiencia
por quince días a la Procuraduría General de la República y al Presidente de la
Asamblea Legislativa. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se
refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La
legitimación de los accionantes proviene del párrafo segundo del artículo 75
del citado cuerpo normativo. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en
el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los
procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no
se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del
caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales
se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no
puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que
haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente,
lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la
resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los
que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición
interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas
que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera
inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación
del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos
pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la
aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar
en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los
motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se
hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de
Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la
Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no
suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en
los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Gilbert Armijo Sancho,
Presidente”.
San José, 20 de agosto del
2014
Gerardo
Madriz Piedra
Exonerado.—(IN2014053941). Secretario
De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la
acción de inconstitucionalidad número 14-012592- 0007-CO que promueve
Asociación Nacional de Empleados Judiciales, se ha dictado la resolución que
literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.—San
José, a las trece horas y doce minutos del veinte de agosto del dos mil
catorce./Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Álvaro
Castro Porras, mayor, casado, jubilado judicial, portador de la cédula de
identidad número 01-0457-0039, en su condición de integrante y apoderado
judicial de la Junta Directiva de la Asociación Nacional de Empleados
Judiciales (ANEJUD); para que se declaren inconstitucionales el inciso primero
del artículo 34, el artículo 40 y el transitorio III, todos, del Código
Procesal Contencioso Administrativo, Ley número 8508, por estimarlos contrarios
a los principios de seguridad jurídica, de razonabilidad y proporcionalidad, y
de progresividad de los derechos sociales y al artículo 34 de la Constitución
Política. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la
República. Las normas se impugnan en cuanto existe un deber del Estado de
lograr niveles cada vez más altos en la satisfacción de los derechos sociales a
través de la gradualidad y la progresividad, evitando toda medida regresiva.
Añade que las normas impugnadas son regresivas y una cantidad importante de
derechos que surgen a la vida jurídica con ocasión de la existencia de la relación de empleo, podrían, en virtud
de la existencia de las norma impugnadas, ser ser
acusadas de absolutamente nulas. En consecuencia, objeto de procesos de lesividad que, vendrían a socavar derechos válidamente
nacidos a la vida jurídica con ocasión de un acto administrativo, lo cual
atenta contra un Estado Social y Democrático de Derecho. Manifiesta que normas,
como las impugnadas, que permitan y autoricen a las administraciones públicas,
revisar analizar y, con vista en el contenido de un proceso de lesividad o un proceso de conocimiento, secuestrar derechos
que han ingresado a la esfera patrimonial de cada destinatario y, en
consecuencia, se han convertido en derechos o situaciones jurídicas
consolidadas, no pueden ser consentidas en un sistema democrático como el
costarricense. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere
la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La
legitimación del accionante proviene del párrafo segundo del artículo 75 de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional tratándose el presente asunto de la
defensa de intereses difusos o que atañen a la colectividad en su conjunto y/o
corporativos. Agrega que las normas impugnadas tienen aplicación y directa
incidencia sobre el segmento de servidores públicos y judiciales que representa
la Asociación Nacional de Empleados Judiciales. Publíquese por tres veces
consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la
acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la
aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no
haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos
judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y
se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar
sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido
en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía
administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes
a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de
alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está,
que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso
la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la
primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como
partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los
que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a
fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en
su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les
interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de
la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma
reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta
publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su
aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Gilbert Armijo
Sancho, Presidente”.
San José, 20 de agosto del
2014.
Gerardo
Madriz Piedra
Exonerado.—(IN2014053946). Secretario
HACE SABER:
Que en el proceso disciplinario notarial N°
11-000274-0627-NO, de Registro Civil contra el notario público Eduardo Mora Mora Sibaja, cédula de identidad
1-343-552, este Juzgado mediante resolución de las quince horas con veinte
minutos del día trece de agosto del año dos mil catorce, dispuso dejar sin
efecto la sanción publicada en el Boletín Judicial N° 148 del día
cuatro del mes en curso, ordenada en este proceso disciplinario notarial.
San José, 13 de agosto del 2014.
M.Sc Juan Carlos Granados Vargas,
1 vez..—(IN201453131) Juez
A: Hilda Yorleny
Calvo López, mayor, notaria pública, cédula de
identidad número 5-296-498; Que en proceso disciplinario notarial N°
12-000978-0627-NO establecido por Corby Diane Smith,
contra la notaria Hilda Yorleny Calvo López, se ha
dictado resolución que en lo conducente dice: “Juzgado Notarial. San José, a
las quince horas y quince minutos del trece de agosto de dos mil catorce.
Siendo que por error de este despacho se publicó en el Boletín Judicial
N° 103 del 30 de mayo del 2014 la sanción impuesta a la notaria Hilda Yorleny Calvo López sin que existiera la resolución donde
se ordenaba, se deja sin efecto el edicto publicado y queda únicamente vigente
el publicado mediante el Boletín Judicial N° 148 del 4 de agosto del
2014. Notifíquese.
San José, 13 de agosto del
2014.
M.Sc Juan Carlos Granados Vargas,
1 vez.—(IN201453133) Juez
Licenciada Ana Cecilia Brenes López, Jueza del Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José (Oral-Electrónico); hace
saber al Condominio Horizontal Vertical Residencial Comercial Metropolitan Tower, que en este Despacho se interpuso un
proceso ordinario laboral del sector privado en su contra, bajo el expediente
13-003094-1178-LA. Lo anterior se ordena así en proceso ordinario sector
privado de Ángelo Rogelio Rojas Sánchez contra Condominio Horizontal Vertical
Residencial Comercial Metropolitan Tower, expediente
N° 13-003094-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
San José, (Oral- Electrónico), 11 de agosto del 2014.—Lic. Ana Cecilia
Brenes López, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014053278).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de Orlando Barrantes Valverde, fallecido el 7 de
agosto del 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro
obligatorio, bajo el número 12-000240-1127-LA-0, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 12-000240-1127-LA. Causante Orlando Barrantes Valverde 0104020963
a favor de Priscilla Villa Cascante 0104890168.—Juzgado de Trabajo de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 16 de
diciembre del año 2013.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—1
vez.—(IN2014052831).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Xenia Julieta Gouldbourne
Murray, cédula 7-055-828, fallecida el día 13 de marzo del año 2012, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el
expediente número 14-001484-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
14-001484-0173-LA. Promovido por Alvin Corbett Gouldbourne a favor de
los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de
agosto del año 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1
vez.—(IN2014052919).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Jesús Alberto González Cabrera, cédula 1-1469-396,
fallecido el día 02 de junio del año 2014 , se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consignación de prestaciones bajo el expediente número 14-001562-0173-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Expediente N° 14-001562-0173-LA. Promovido por Hazel Cabrera Soto a favor de los causahabientes del
fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de agosto del año 2014.—Lic.
Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—(IN2014052925).
A los causahabientes de
quien en vida se llamó Alexis Alberto Castro Solís quien fue mayor, soltero en
unión de hecho sin declarar, de cuarenta y seis años de edad, vecino de Alajuelita, con cédula de identidad N° 106830505, quien
falleció el 04 de julio del 2013, se les hace saber que: Angie Mora Abarca,
portadora de la cédula de identidad N° 112330332, vecina de Alajuelita,
se apersonó en este Despacho en representación
de las personas menores de edad Alexa Victoria Castro Mora y Keny Aarón Castro Mora, ambos hijos del fallecido, a fin de
promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello,
se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en
el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este
Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Alexis Alberto
Castro Solís. Exp. Nº 13-300029-0251-LA.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Alajuelita, 3 de octubre del
2013.—M.Sc. Erick Azofeifa
Fernández, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014053279).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros
legales del trabajador fallecido Rodolfo Araica Treminio, portador de la cédula de identidad numero 2-359- 488, se consideren con derecho a las mismas,
para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias
aquí establecidas bajo el expediente número 14-000002-1309-LA, a hacer valer
sus derechos, de según lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Sarapiquí, 11 de agosto del 2014.—Lic.
Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—(IN2014053638).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Rodrigo Rivera Hidalgo, quien fue
mayor de edad, casado una vez, vecino de Guadalupe de Rivas, frente al salón
comunal, con cédula de identidad número 3-0199-0765, se les hace saber que: Zulay Calderón Umaña, portadora de la cédula de identidad o
documento de identidad número 1-0517-0212, vecina de Guadalupe de Rivas, frente
al Salón Comunal, se apersonó en este despacho en calidad de esposa del fallecido,
a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones.
Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen
en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus
derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial libre de derechos.
Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente número
14-000122-1125-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 29 de julio del 2014.—Lic.
Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1
vez.—(IN2014053643).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó
Víctor Julio Mora Vargas, quien fue mayor, casado, vecino de Ciudad Quesada,
con cédula de identidad número 02-0288-0727, se les hace saber que: Leda María
Vargas Gómez, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad
número 02-0288-0727, vecina de Ciudad Quesada, se apersonó en este despacho en
calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido Víctor Julio Mora Vargas, expediente número 14-000167-1288-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, 3 de junio del 2014.—Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza.—1
vez.—(IN2014053649).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes del fallecido Jorge Pérez Mata, quien fue mayor,
soltero, vecino de Cartago, cédula de identidad 3-287-446 y falleció el 09 de
abril del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de
prestaciones sector privado bajo el número 14-000375-0641-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente N° 14-000375-0641-LA. Proceso promovido por Flor de Maris
Mata Moya, cédula de identidad 3-141-774.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 10 de julio del 2014.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—(IN2014053666).
Se cita a los que en
carácter de causahabientes del fallecido Jeison
Ricardo Acuña Chaves, quien fue mayor, soltero, constructor, vecino de La
Palmera de San Carlos, cédula 2-551-607, y falleció el 10/05/2014, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número
14-000182-1291-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
14-000182-1291-LA. promovido por María del Carmen
Garita Ampie.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Laboral), 18 de agosto del 2014.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—1 vez.—(IN2014053859).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de José Candelario Hernández Mendoza, fallecido
el 04 de febrero del año 2013, quien fue mayor, soltero, vecino de Heredia,
Guardia de Seguridad, con cédula de identidad 5-0137-0018, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Número
14-000218-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 14-000218-1041-LA. José Candelario Hernández
Mendoza a favor de Estibaliz Tatiana Hernández Pérez.—Juzgado
de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 4 de
agosto del 2014.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014053864).
Se cita y emplaza a todos
los causahabientes de quien en vida se llamó Adolfo Mora Mora,
mayor, casado, oficial de seguridad, vecino de Limón, portador de la cédula de
identidad 5-0180-0105 y fallecido el 26 de julio del 2014, para que comparezcan
a este despacho dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles,
posteriores a la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos y de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial, libre de derechos.
Diligencias de consignación de prestaciones del trabajador fallecido Adolfo
Mora Mora, interpuestas por Anabel Ruiz Cascante.
Expediente número 14-000248-1025-LA.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica,
Limón, 5 de agosto del 2014.—Lic. Carlos Enrique Campos Roblero, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014053873).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
401-01822-01-0905-001 y servidumbre de acueducto y de paso de A y A bajo las
citas: 418-11195-01-0001-001; a las diez horas y cero minutos del diez de
noviembre del dos mil catorce, y con la base de cuarenta y un millones cuatrocientos
veinticuatro mil ciento treinta y ocho colones con cuarenta y seis céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 301222-000, la cual es terreno con una casa y un local
comercial. Situada en el distrito 1, Quesada cantón 10, San Carlos de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, carretera nacional asfaltada con 7,04
metros; al sur, José Ángel Alfaro Alfaro; al este,
Rolando Vargas Villalobos; y al oeste, José Ángel Alfaro Alfaro.
Mide: doscientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Plano: A-1399995-2010. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de
noviembre del dos mil catorce, con la base de treinta y un millones sesenta y
ocho mil ciento tres colones con ochenta y cinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del diez de diciembre del dos mil catorce con la base de diez
millones trescientos cincuenta y seis mil treinta y cuatro colones con sesenta
y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique
R.L. contra Geiner Ramírez Gamboa, Susana Zambrana
Mairena. Exp. 14-001587-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 15 de julio del 2014.—Lic. Ana Milena
Gutiérrez Rojas, Jueza.—(IN2014054544).Juzgado Agrario de Cartago, primer remate:
A las catorce horas del diecisiete de setiembre del dos mil catorce, en la
puerta exterior del Juzgado Agrario de Carago, libre de gravámenes hipotecarios
pero soportando servidumbre Trasladada al tomo 210 asiento 5236 secuencia 01 subsecuencia 0003 y 0004 y con la base de seis millones de
colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro
Público de la Propiedad Inmueble, Partido de Cartago, número ciento noventa y
nueve mil seiscientos treinta y cuatro cero cero cero. Es terreno inculto, ubicado en distrito 2 Santiago,
cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Sus linderos son: norte, Claudio
Madriz Brenes y otra; sur, Damián Quirós Méndez; este, Zoila Vega Vega y otros, y oeste, Claudio Madriz Brenes y otro. Plano
número C-997859-2005. Mide dieciséis mil cuatrocientos setenta y cuatro metros
con treinta y cuatro centímetros cuadrados. Pertenece a Marco Tulio Madriz
Morales. Otros gravámenes y anotaciones: No hay. Segundo remate: De no existir
postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del
seis de octubre del dos mil catorce, con la base de cuatro millones quinientos
mil colones (rebajada en un 25% de la base original). Tercer remate: De no
existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las
catorce horas del veintidós de octubre del dos mil catorce, con la base de un
millón quinientos mil colones (un 25% de la base original). Se remata por estar
ordenado en proceso hipotecario N° 13-009085-1164-CJ, de Comité Regional de
Ferias del Agricultor región central contra Marco Tulio Madriz Morales.—Juzgado Agrario de Cartago, 22 de agosto del dos
mil catorce.—Lic. María Rosa Castro García, Juez.—(IN2014054539).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del dieciséis de setiembre del dos mil catorce, y con la base de
nueve millones ochocientos catorce mil setecientos doce colones con cuatro
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 288044-000 cero cero cero la cual es terreno: para construir. situada
en el distrito 04 Bijagua, cantón 13 Upala, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Cárdenas Briceño; al sur,
temporalidades de la Dioses de Tilarán; al este,
Marcelo Mejías Sánchez, y al oeste, calle pública con un frente de 18,65 metros
lineales. Mide: cuatrocientos setenta y un metros con treinta y ocho decímetros
cuadrado. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del uno de octubre del dos mil catorce, con la base de siete millones
trescientos sesenta y un mil treinta y cuatro colones con tres céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de octubre de dos mil
catorce con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y tres mil
seiscientos setenta y ocho colones con un céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la
Vivienda Rural Costa Rica-Canadá contra Camilo Hipólito Alfaro Espinoza,
expediente N° 12-009315-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de julio del año 2014.—Lic. Daniel
Segura Castro, Juez.—(IN2014054557).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero
minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de
veintiún mil setenta y siete punto noventa y tres unidades de desarrollo, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 220117-000 la cual es terreno solar con galera y casa. Situada
en el distrito 03 Capellades, cantón 06 Alvarado, de
la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Zoila Cedeño Cisneros; al sur, Ilse
Cisneros Cedeño; al este, Ilse Cisneros Cedeño y Marino Montenegro Brenes, y al
oeste, calle pública con frente 13,29 metros. Mide: trescientos sesenta y cinco
metros con ochenta decímetros. Para el segundo remate se señalan las ocho horas
y cero minutos del seis de octubre del año dos mil catorce, con la base de
quince mil ochocientos ocho punto cuarenta y cuatro unidades de desarrollo
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil catorce, con
la base de cinco mil doscientos sesenta y nueve punto cuarenta y ocho unidades
de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra José Rafael Aguilar Jiménez, expediente N° 12-010226-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 29 de julio del año 2014.—Msc, Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2014054568).
En la puerta exterior de
este Despacho; soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos,
citas: 0502-00005260-01-0004-001, y soportando hipoteca de primer grado, citas:
0569-00083019-01-0001-001, por la suma de capital de diez millones quinientos
mil colones a favor del Banco de Costa Rica; a las once horas cero minutos del
treinta de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de cincuenta y dos
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil
ochocientos siete cero cero cero la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 16.13 metros; al
sur, Anais Yadira Solano Pérez; al este, lote A, y al oeste, Manuel Urías Cruz
Gutiérrez. Mide: quinientos cuarenta y cinco metros con veinte decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del
quince de octubre del año dos mil catorce, con la base de treinta y nueve
millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las a once horas y cero minutos del treinta de
octubre del año dos mil catorce, con la base de trece millones de colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Marvin Alberto
Rodríguez Campos, expediente N° 13-000675-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 6 de agosto del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014054574).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada, bajo las citas: 293-19503-01-0901-003; a las once horas y treinta
minutos del veinticinco de setiembre del dos mil catorce, y con la base de
ciento cincuenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y
tres mil once cero cero cero
la cual es terreno para construir, bloque c, lote 6. Situada en el distrito San
Pablo, cantón San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
Bloque-D lote 7; al sur, bloque-D, lote -5; al este, calle pública, y al oeste,
bloque -D, lotes 15 y 16. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con sesenta y
cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y
treinta minutos del diez de octubre de dos mil catorce, con la base de ciento
doce mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del
veintisiete de octubre del dos mil catorce, con la base de treinta y siete mil
quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Transportes Guardia Limitada contra Luz
Estela Henao Triviño y Adobe Arquitectos Sociedad Anónima, expediente N°
13-003101-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Heredia, 6 de junio del año 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau
Hernández, Juez.—(IN2014054583).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero
minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de
tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 542150 sub matrícula
cero cero dos la cual es terreno de pastos. Situada
en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, Lacandon del Sur S. A.;
al sur, calle pública; al este, Gabriel Granados Chavarría, y al oeste, Viajes
en las Alturas de San Isidro S. A. Mide: cinco mil ciento cuarenta metros con
treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del dos de octubre del año dos mil catorce, con la
base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del diecisiete de octubre del año dos mil catorce, con la base
de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gilberth
Gerardo Hernández Sánchez contra Adriana Espinoza Garro, expediente N°
12-000618-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 20 de mayo del año 2014.—Lic.
Christian Enrique Zamora Pérez, Juez.—(IN2014054586).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios ; pero soportando servidumbre
trasladada, bajo citas: 0301-00013471; a las catorce horas y cero minutos del
diecisiete de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de doce millones
novecientos cuarenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos cincuenta y cuatro mil sesenta y seis cero cero
cero la cual es terreno agricultura sembrado de café
y frutales. Situada en el distrito 1 San Isidro del General, cantón 19 Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Hugo Valverde Gamboa;
al sur, Lulla Lilliana Quesada Quesada;
al este, Víctor Montenegro Hernández, y al oeste, Asdrúbal Solano Arias. Mide:
nueve mil cuatrocientos ochenta y siete metros con veintidós decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del dos de octubre del año dos mil catorce, con la base de nueve millones
setecientos ocho mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del
diecisiete de octubre del año dos mil catorce, con la base de tres millones
trescientos veintiséis mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Luis Salazar
Madrigal contra Mario Alcides Hernández Ureña, expediente N° 14-000935-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 7 de marzo del año 2014.—(IN2014054595).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero
minutos del dieciocho de setiembre del dos mil catorce, y con la base de diez
millones novecientos sesenta y tres mil quinientos seis colones con sesenta y
dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número trescientos veinticinco mil ochocientos cuarenta y
nueve cero cero cero la
cual es terreno para construir bloque D lote 29. Situada en el distrito 10
Desamparados, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, calle uno de la urbanización; al sur, Guillermo Laurent Benavides; al
este, lote Cafetalera dos mil Sociedad Anónima, y al oeste, lote Cafetalera dos
mil Sociedad Anónima. Mide: ciento cuarenta y un metros con noventa y dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del tres de octubre del dos mil catorce, con la base de ocho millones
doscientos veintidós mil seiscientos veintinueve colones con noventa y seis
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de octubre del dos mil
catorce, con la base de dos millones setecientos cuarenta mil ochocientos
setenta y seis colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y
Crédito ANDE Nº 1 (COOPEAN contra Cristian Claudio Barboza Jiménez, expediente
N° 14-000859-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial de Cartago, 20 de mayo del año 2014.—Lic. Tatiana Meléndez
Herrera, Jueza.—(IN2014054602).
En la puerta exterior de
este Despacho; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de
setiembre de dos mil catorce libre de gravámenes hipotecarios; soportando
Servidumbre Trasladada (Citas: 329-14463-01-0938-001); y con la base de diez
millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos
noventa y seis mil seiscientos sesenta-cero cero cero
la cual es lote 15-Ñ terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito 9 Pavas, cantón 1 San José, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, lote 16-Ñ; al sur, lote 14-Ñ; al este, calle Río Chirripó
con 6.75 metros, y al oeste, lote 8-Ñ. Mide: ochenta y nueve metros con noventa
y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas
y cuarenta y cinco minutos del catorce de octubre del dos mil catorce, con la
base de siete millones novecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de octubre del dos mil catorce, con
la base de dos millones seiscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Alberto Pizarro
Abarca, expediente N° 14-003075-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de agosto del año
2014.—Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014054616).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta
minutos del diecisiete de setiembre de dos mil catorce, y con la base de ciento
cincuenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 367799-000 la cual es terreno
lote 3 repastos. Situada en el distrito 03 Jesús, cantón 11 Coronado, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, quebrada derrumbe; al sur, calle
pública con 79 m 25cm; al este, Agroindustrial Viloa
S. A. y al oeste, Fco. Sotela
Coblentz. Mide: veintidós mil setecientos cinco
metros con cuatro decímetros cuadrados.- Para el segundo remate se señalan las
once horas y treinta minutos del dos de octubre de dos mil catorce, con la base
de ciento doce mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos
del diecisiete de octubre de dos mil catorce con la base de treinta y siete mil
quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de T.H. Universal
S.A. contra Jorge Antonio Sánchez Garbanzo Exp:
13-030496-1012-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 1° de julio del 2014.—Luis
Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2014054651).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta
minutos del nueve de octubre de dos mil catorce, y con la base de tres millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 33665-00 la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, Carlos Gutiérrez Calvo; al sur, Carlos Gutiérrez
Calvo; al este, zona de protección del dique; y al oeste, colinda con calle
pública. Mide: ochocientos veintiocho metros con cero decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del
veintitrés de octubre de dos mil catorce, con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos
del cinco de noviembre de dos mil catorce con la base de setecientos cincuenta
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones JVK Sociedad
Anónima contra Dennis Gonzalo Monge Quesada. Exp.
13-009871-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial de Cartago, 24 de julio del 2014.—Lic.
Allan Barquero Durán, Juez.—(IN2014054664).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero
minutos (3:00 pm) del veintitrés de setiembre de dos mil catorce, y con la base
de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 41888- cero cero cinco la cual es terreno de potrero con una casa. Situada
en el distrito 04 Cipreses, cantón 07 Oreamuno, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Willian
Martínez Mora, calle pública, Luie Ramírez, Custodio
Pérez Mora, Trinidad Valverde Masís y Virginelia Granados Sánchez y Melissa Monge Villalobos; al
sur, Willian Martínez Mora, calle pública, Elsa Vera,
Elisabeth y Édgar Ivancovich Chacón y William
Martínez Mora; al este, Oldemar Granados Sánchez y al
oeste, William Martínez Mora, calle pública, Hermanos Ivancovich
Chacón y Melisa Monge Villalobos y William Martínez Mora. Mide: cincuenta y
seis mil doscientos cincuenta y tres metros con cuarenta y tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos
(3:00 p. m.) del ocho de octubre de dos mil catorce, con la base de un millón
ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos ( 3:00 pm) del veintitrés de octubre de dos mil catorce con
la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inmobiliaria Dos Carlos Sociedad Anónima contra Johnny Gerardo Arley Granados Exp. 14-000414-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
28 de mayo del 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera.—(IN2014054690).
En la puerta exterior de
este Despacho, con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, al
ser las trece horas treinta minutos del seis de octubre del dos mil catorce, en
el mejor postor remataré los siguientes bienes: condensadora marca Klima Aire, modelo CS1436CZPA3, color café claro con rojo
negra, de aproximadamente un metro por lado de medida y ducto metálico de extracción
de grasa, de hierro galvanizado, con una
medida aproximadamente a los treinta y siete metros de largo, dirigida al local
siete al ducto de extracción, en el sótano (ver acta de embargo a folio 316).
De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las trece
horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil catorce, con base de
dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento); de no haber rematantes, para el tercer remate se
señalan las trece horas treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil
catorce con base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior se remata por ordenarse
así en Proceso de Desahucio N° 11-100080-0891 CI de King Tec
Industrial S. A. contra Corporación Cups Internacional Ltda.—Juzgado Contravencional y
de Menor Cuantía de Pavas, 19 de agosto del 2014.—Lic.
Lorena Delgado Ruíz, Jueza.—(IN2014054708).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada (Citas: 0323-4681-01-0002-001); a las quince horas y treinta minutos
(tres horas y treinta minutos pasado
meridiano) del veintidós de setiembre de dos mil catorce, y con la base de tres
millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos once mil ochocientos
cincuenta y cinco cero cero cero
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón
19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre
de paso; al sur, Marvin Umaña Barquero; al este, Wilberth
Navarro Sánchez y al oeste, Agroinversiones
Monteverde S. A. Mide: trescientos ocho metro con sesenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos
(tres horas y treinta minutos pasado meridiano) del siete de octubre de dos mil
catorce, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y treinta minutos (tres horas y treinta minutos pasado
meridiano) del veintidós de octubre de dos mil catorce con la base de
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Óscar Serrano Angulo. Exp.
14-004829-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de junio del 2014.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014054720).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones (citas:331-08653-01-0900-001), reservas y
restricciones (citas: 338-13798-01-0903-001), reservas y restricciones
(citas:338-13799-01-0900-001), reservas y restricciones (citas: 385-04819-01-0900- 001), reservas y
restricciones (citas: 385-04819-01-0901-001), reservas y restricciones (citas:
385-04819-01-0902-001), reservas y restricciones (citas:
385-04819-01-0903-001); a las once horas y treinta minutos (antes meridiano)
del tres de noviembre de dos mil catorce, y con la base de doscientos ocho mil
setecientos treinta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y seis mil
setecientos veintiocho f cero cero cero, la cual es de naturaleza finca filial primaria
individualizada número ochenta y dos terreno para construir que se destinara a
uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en
el distrito 4- Colorado, cantón 7-Abangares, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Finca Filial Primaria Individualizada Número Ochenta y Uno;
al sur, Finca Filial Primaria Individualizada Número Ochenta y Tres; al este,
calle cinco; y al oeste, área común libre de zona verde. Mide: cuatro mil
doscientos treinta y ocho metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos (antes meridiano)
del dieciocho de noviembre de dos mil catorce, con la base de ciento cincuenta
y seis mil quinientos cuarenta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once
horas y treinta minutos (antes meridiano) del tres de diciembre de dos mil
catorce con la base de cincuenta y dos mil ciento ochenta y dos dólares con
cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Roy Sam Fallas Fallas. Exp. 11-000746-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de
agosto del 2014.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos,
Juez.—(IN2014054721).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas:331-08653-01-0900-001, reservas y restricciones citas:
338-13798-01-0903-001, reservas y restricciones citas: 338-13799-01-0900-001,
reservas y restricciones citas: 385-04819-01-0900-001, reservas y restricciones
citas: 385-04819-01-0901-001, reservas y restricciones citas:
385-04819-01-0902-001, reservas y restricciones citas: 385-04819-01-0903-001,
servidumbre de aguas pluviales citas: 574-85227-01-0187-001, servidumbre de
aguas pluviales citas: 574-85227-01-0187-001; a las dieciséis horas y quince
minutos del veinte de octubre de dos mil catorce, y con la base de sesenta y un
millones ciento setenta y cuatro mil trescientos setenta y siete colones con ochenta y nueve céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 66658-F-000 cero cero cero la cual es terreno de
finca filial primaria individualizada número doce, terreno para construir que
se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos. Situada en el distrito cuatro Colorado, cantón séptimo Abangares, de la
provincia de Guanacaste, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Hacienda Global Ltda.; al sur, con calle dos; al este, Finca Filial Primaria
Individualizada Número Trece; y al oeste, área de servidumbre. Mide: tres mil
quinientos sesenta y seis metros con un decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las dieciséis horas y quince minutos del cuatro de noviembre
de dos mil catorce, con la base de cuarenta y cinco millones ochocientos
ochenta mil setecientos ochenta y tres colones con cuarenta y un céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las dieciséis horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil
catorce con la base de quince millones doscientos noventa y tres mil quinientos
noventa y cuatro colones con cuarenta y siete céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Nuria Bernarda Mora Mesén. Exp.
11-000742-0638-CI.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
29 de julio del 2014.—Lic. Daniel Segura Castro, Juez.—(IN2014054725).
En la puerta exterior de
este Despacho; soportando reservas, restricciones e hipoteca de primer grado; a
las trece horas y treinta minutos del quince de enero de dos mil quince, y con
la base de seis millones ochocientos sesenta y cuatro mil ciento cincuenta y
dos colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y ocho
mil doscientos cincuenta y nueve cero cero cero la cual es terreno de potrero en dos porciones con dos
casas de habitación. Situada en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón 10
Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con
841.37 metros; al sur, camino público con 1118.31 metros; al este, José Ángel
Martínez; y al oeste, Jarquines Sociedad de Responsabilidad
Limitada y Bernarda Espino Jarquín; al suroeste,
camino público con 1118.31 metros lineales. Mide: trescientos veintinueve mil
dieciséis metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de enero de dos mil
quince, con la base de cinco millones ciento cuarenta y ocho mil ciento catorce
colones con setenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del
dieciséis de febrero de dos mil quince con la base de un millón setecientos
dieciséis mil treinta y ocho colones con veinticuatro céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Gómez
Oses, Lechería La Isabel Sociedad de Responsabilidad Limitada. Exp. 14-001058-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 21 de agosto del 2014.—Dinia
Peraza Delgado, Jueza.—(IN2014054732).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley
Aguas al Tomo 265 y Asiento 2336; a las quince horas y quince minutos (tres
horas y quince minutos pasado meridiano) del veinte de octubre de dos mil catorce.
(Primer remate), con la base de treinta y dos millones cuatrocientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro
Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento sesenta y dos mil setecientos sesenta y cinco
cero cero cero la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 5-Samara, cantón 2-Nicoya, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote dos; al sur, servidumbre de
paso; al este, lote dos; y al oeste, Samara Río Frío Ltda. Mide: trescientos
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince
minutos (tres horas y quince minutos pasado meridiano) del cuatro de noviembre
de dos mil catorce, con la base de veinticuatro millones trescientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y quince minutos (tres horas y quince
minutos pasado meridiano) del diecinueve de noviembre de dos mil catorce, con
la base de ocho millones cien mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). De la misma manera, a las quince horas y quince minutos (tres
horas y quince minutos pasado meridiano) del veinte de octubre de dos mil
catorce. (Primer remate) con la base de sesenta y nueve millones setecientos
noventa mil cuatrocientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios;
pero soportando Reservas Ley Aguas al Tomo 265 y Asiento 2336; en el mejor
postor remataré la finca inscrita en el partido de Guanacaste, matrícula número
ciento sesenta y dos mil setecientos sesenta y seis cero cero
cero, la cual es terreno para construir lote dos.
Situada en el distrito 5-Samara, cantón 2-Nicoya, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, lote dos; al sur, servidumbre de paso; al este,
lote dos; y al oeste, Samara Río Frío Ltda. Mide: setecientos metros cuadrados.
De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las
quince horas y quince minutos (tres horas y quince minutos pasado meridiano)
del cuatro de noviembre de dos mil catorce,, con la
base de cincuenta y dos millones trescientos cuarenta y dos mil ochocientos
colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el
tercer remate, se señalan las quince horas y quince minutos (tres horas y
quince minutos pasado meridiano) del diecinueve de noviembre de dos mil
catorce, con la base de diecisiete millones cuatrocientos cuarenta y siete mil
seiscientos colones exactos (un 25% de la base original). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Catamgo Sociedad Anónima, Seidy
María Castillo Jirón. Exp. 11-000838-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de
julio del 2014.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos,
Juez.—(IN2014054735).
A las diez horas y cero
minutos del catorce de octubre de dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios pero soportando embargo practicado citas
0800-00076600-01-0001-001, así como plazo de convalidación (ley sobre
localización de derechos indivisos) y con la rebaja del veinticinco por ciento
de ley, sea la suma de seis millones novecientos cincuenta y dos mil quinientos
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 617920-000 la cual es terreno de solar. Situada en
el distrito 03 Barbacoas, cantón 04 Puriscal, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 10.40
metros; al sur, Vinicio Burgos López; al este, Ever
López Agüero y Gonzalo Burgos Picado; y al oeste, Amaria
Burgos López. Mide: seiscientos dieciocho metros cuadrados. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa
Rica contra Hugo Aguilar Quesada, Marta Burgos López. Exp.
03-001412-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 4 de agosto del 2014.—Lic.
Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2014054738).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones
IDA bajo citas 0398-00017312-01-0851-001; a las nueve horas del diecisiete de
setiembre del dos mil catorce y con la base de once millones quinientos mil
colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cincuenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y un
cero cero cero la cual es
terreno naturaleza Vivienda Lote 22-A.- Situada en el distrito 03 Cahuita, cantón 04 Talamanca, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, parcela 19; al sur, parcela 22-B; al este, parcela 19 y al
oeste, parcela 17. Mide: tres mil quinientos sesenta y ocho metros con noventa
y dos decímetros cuadrados.- Para el segundo remate se señalan las nueve horas
del siete de octubre del dos mil catorce, con la base de ocho millones
seiscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las Nueve horas del veintiocho de octubre
del dos mil catorce con la base de dos millones ochocientos setenta y cinco mil
colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Francisco Miguel
González Picado, Juanita Alicia Picado Barrios, Mario Alberto González Picado. Exp. N° 14-000844-1208- CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 23 de junio del 2014.—Ernesto Torres Torres,
Juez.—(IN2014054816).
A las nueve horas del
diecinueve de setiembre del dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho,
soportando reservas y restricciones de citas 0800-00138590-01-0001-001 y con la
base de cincuenta millones quinientos sesenta y cuatro mil quinientos sesenta y
nueve colones con cuarenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00265456-001-002
la cual es terreno para construir con 01 casa. Situada en el distrito 02 San
Francisco, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Melcochera La Estrella S. A.; al sur, calle pública con 10 metros ; al este, Raúl Gutiérrez, y al oeste, Raúl
Gutiérrez. Mide: 350.0 cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso
abreviado de Álvaro Gerardo Campos Murillo contra 3-101526065 S.A., María
Jimena Campos Vallejos. Exp. N° 12-000383-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José,
12 de junio del 2014.—Lic. Francis Porras León, Juez.—(IN2014054829).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres
trasladadas citas 373-00015902-01-0900-001 y 386-00004039-01-0944-001; a las
quince horas y veinticinco minutos del tres de noviembre de dos mil catorce, y
con la base de trece millones setecientos veintiséis mil novecientos sesenta y
ocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 242983-005 la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito San Rafael, cantón Alajuela, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 15 mt 53 cm; al sur, Hacienda Ojo de Agua S. A.; al este,
Hacienda Ojo de Agua S. A.; y al oeste, calle priv en
1/2 Hacien Ojo de Agua S. A. Mide: cuatrocientos
noventa y siete metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y veinticinco minutos del dieciocho de
noviembre de dos mil catorce, con la base de diez millones doscientos noventa y
cinco mil doscientos veintiséis colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y veinticinco
minutos del tres de diciembre de dos mil catorce con la base de tres millones
cuatrocientos treinta y un mil setecientos cuarenta y dos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Suministros
Permanentes de Computadoras, Super Computadoras
Limitada contra Hernán Pérez Jiménez. Exp.
10-000556-0307-CI.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
11 de agosto del 2014.—Lic. Karol Melina Zumbado
Sánchez, Jueza.—(IN2014054838).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando
Infracción/Colisión (Boleta 200935497) Sumaria 09-602200-0491-TC; a las quince
horas y quince minutos (tres horas y quince minutos pasado meridiano) del
veintisiete de octubre de dos mil catorce, y con la base de setecientos ochenta
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas:
400130, marca: Hyundai, estilo: Excel TRX, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, serie, chasis y Vin: KMHVF31PJMU507540,
año: 1991, carrocería: sedán 4 puertas, color: gris, tracción: 4x2,
combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las quince horas y
quince minutos (tres horas y quince minutos pasado meridiano) del once de
noviembre de dos mil catorce, con la base de quinientos ochenta y cinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y quince minutos (tres horas y quince
minutos pasado meridiano) del veintiséis de noviembre de dos mil catorce con la
base de ciento noventa y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de Suministros Permanentes de
Computadoras Super Computadoras Limitada contra
Graciela Quijano Varela. Exp. 11-001346-0307-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de agosto del
2014.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos,
Juez.—(IN2014054841).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 376-17862-01-0001-001; a las ocho horas y treinta minutos del
diecisiete de noviembre de dos mil catorce, y con la base de ocho millones
ochocientos trece mil ciento diez colones con ochenta céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
479759-000 la cual es terreno naturaleza: lote H Diecinueve, terreno para
construir. Situada en el distrito 5-San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Instituto Nacional de Vivienda y
Urbanismo; al sur, alameda seis; al este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo;
y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: ciento veinte
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta
minutos del dos de diciembre de dos mil catorce, con la base de seis millones
seiscientos nueve mil ochocientos treinta y tres colones con diez céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de diciembre de dos mil catorce
con la base de dos millones doscientos tres mil doscientos setenta y siete
colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso monitorio de Condominios del Santo Sociedad Anónima contra Mayela Miranda Paniagua. Exp.
11-003535-0307-CI.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
20 de agosto del 2014.—Lic. Daniel Segura Castro, Juez.—(IN2014054845).
En la puerta exterior de
este Despacho; 1) Libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero
minutos del treinta de setiembre de dos mil catorce, y con la base de veintidós
mil seiscientos quince dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil
quinientos seis - F - cero cero cero
la cual es terreno finca filial N° 46 ubicada en el primer nivel de la torre 4
destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito
03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Paredes y Elementos Estructurales; al sur, ascensor y acceso a
escaleras; al este, paredes y elementos estructurales y al oeste, paredes y
elementos estructurales. Mide: cientos cincuenta y seis metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del quince de octubre de dos mil catorce, con la base de dieciséis
mil novecientos sesenta y un dólares con veinticinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del treinta de octubre de dos mil catorce con la base de cinco
mil seiscientos cincuenta y tres dólares con setenta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta de setiembre de
dos mil catorce, y con la base de veintidós mil seiscientos quince dólares
exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil quinientos siete - F - cero cero cero la cual es terreno
finca filial N° 47 ubicada en el primer nivel de la torre 4 destinada a uso
habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 San Rafael,
cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, ascensor y
acceso a escaleras; al sur paredes y elementos estructurales; al este, paredes
y elementos estructurales, y al oeste, paredes y elementos estructurales. Mide:
cientos cincuenta y seis metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de octubre de dos
mil catorce, con la base de dieciséis mil novecientos sesenta y un dólares con
veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de octubre de
dos mil catorce con la base de cinco mil seiscientos cincuenta y tres dólares
con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 3)
Libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del
treinta de setiembre de dos mil catorce, y con la base de veintidós mil
seiscientos quince dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil
quinientos ocho - F - cero cero cero
la cual es terreno finca filial N° 48 ubicada en el segundo nivel de la torre 4
destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito
03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, paredes y elementos estructurales; al sur, ascensor y acceso a
escaleras; al este, paredes y elementos estructurales, y al oeste, paredes y
elementos estructurales. Mide: cientos cincuenta y seis metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del quince de octubre de dos mil catorce, con la base de dieciséis
mil novecientos sesenta y un dólares con veinticinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del treinta de octubre de dos mil catorce con la base de cinco
mil seiscientos cincuenta y tres dólares con setenta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). 4) Libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta de setiembre de
dos mil catorce, y con la base de veintidós mil seiscientos quince dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil quinientos nueve - F - cero cero cero la cual es terreno
finca filial N° 49 ubicada en el segundo nivel de la torre 4 destinada a uso
habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 San Rafael,
cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, ascensor y
acceso a escaleras; al sur, paredes y elementos estructurales; al este, paredes
y elementos estructurales, y al oeste, paredes y elementos estructurales. Mide:
cientos cincuenta y seis metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de octubre de dos
mil catorce, con la base de dieciséis mil novecientos sesenta y un dólares con
veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de octubre de
dos mil catorce con la base de cinco mil seiscientos cincuenta y tres dólares
con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 5)
Libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del
treinta de setiembre de dos mil catorce, y con la base de veintidós mil
seiscientos quince dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil
quinientos diez-F-cero cero cero la cual es terreno
finca filial N° 50 ubicada en el tercer nivel de la torre 4 destinada a uso
habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 San Rafael,
cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, paredes y
elementos estructurales; al sur, ascensor y acceso a escaleras; al este,
paredes y elementos estructurales y al oeste, paredes y elementos
estructurales. Mide: cientos cincuenta y seis metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del quince de octubre de dos mil catorce, con la base de dieciséis mil
novecientos sesenta y un dólares con veinticinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del treinta de octubre de dos mil catorce con la base de cinco
mil seiscientos cincuenta y tres dólares con setenta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). 6) Libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta de setiembre de
dos mil catorce, y con la base de veintidós mil seiscientos quince dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil quinientos once - F - cero cero cero la cual es terreno
finca filial N° 51 ubicada en el tercer nivel de la torre 4 destinada a uso
habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 San Rafael,
cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, ascensor y
acceso a escaleras; al sur, paredes y elementos estructurales; al este, paredes
y elementos estructurales, y al oeste, paredes y elementos estructurales. Mide:
cientos cincuenta y seis metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de octubre de dos
mil catorce, con la base de dieciséis mil novecientos sesenta y un dólares con
veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de octubre de
dos mil catorce con la base de cinco mil seiscientos cincuenta y tres dólares
con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 7)
Libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del
treinta de setiembre de dos mil catorce, y con la base de veintidós mil
seiscientos quince dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil
quinientos doce - F - cero cero cero
la cual es terreno finca filial N° 52 ubicada en el cuarto nivel de la torre 4
destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito
03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, paredes y elementos estructurales; al sur, ascensor y acceso a
escaleras; al este, paredes y elementos estructurales, y al oeste, paredes y
elementos estructurales. Mide: cientos cincuenta y seis metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del quince de octubre de dos mil catorce, con la base de dieciséis
mil novecientos sesenta y un dólares con veinticinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del treinta de octubre de dos mil catorce con la base de cinco
mil seiscientos cincuenta y tres dólares con setenta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). 8) Libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta de setiembre de
dos mil catorce, y con la base de veintidós mil seiscientos quince dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil quinientos trece - F - cero cero cero la cual es terreno
finca filial N° 53 ubicada en el cuarto nivel de la torre 4 destinada a uso
habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 San Rafael,
cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, ascensor y acceso
a escaleras; al sur, paredes y elementos estructurales; al este, paredes y
elementos estructurales, y al oeste, paredes y elementos estructurales. Mide:
cientos cincuenta y seis metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de octubre de dos
mil catorce, con la base de dieciséis mil novecientos sesenta y un dólares con
veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de octubre de
dos mil catorce con la base de cinco mil seiscientos cincuenta y tres dólares
con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 9)
Libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del
treinta de setiembre de dos mil catorce, y con la base de veintidós mil
seiscientos quince dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil
quinientos catorce - F - cero cero cero la cual es terreno finca filial N° 54 ubicada en el
quinto nivel de la torre 4 destinada a uso habitacional en proceso de
construcción. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la
provincia de San José. Colinda: al norte paredes y elementos estructurales; al
sur ascensor y acceso a escaleras; al este paredes y elementos estructurales y
al oeste paredes y elementos estructurales. Mide: cientos cincuenta y seis
metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del quince de octubre de dos mil catorce, con la
base de dieciséis mil novecientos sesenta y un dólares con veinticinco centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil catorce con
la base de cinco mil seiscientos cincuenta y tres dólares con setenta y cinco
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 10) Libre de
gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta de
setiembre de dos mil catorce, y con la base de veintidós mil seiscientos quince
dólares exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil quinientos quince - F - cero
cero cero la cual es
terreno finca filial N° 55 ubicada en el quinto nivel de la torre 4 destinada a
uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 San
Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
ascensor y acceso a escaleras; al sur, paredes y elementos estructurales; al este,
paredes y elementos estructurales, y al oeste, paredes y elementos
estructurales. Mide: cientos cincuenta y seis metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del quince de octubre de dos mil catorce, con la base de dieciséis mil
novecientos sesenta y un dólares con veinticinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del treinta de octubre de dos mil catorce con la base de cinco
mil seiscientos cincuenta y tres dólares con setenta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). 11) Libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta de setiembre de
dos mil catorce, y con la base de veintidós mil seiscientos quince dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil quinientos dieciséis - F - cero
cero cero la cual es
terreno finca filial N° 56 ubicada en el sexto nivel de la torre 4 destinada a
uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 San
Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte
paredes y elementos estructurales; al sur ascensor y acceso a escaleras; al
este paredes y elementos estructurales y al oeste paredes y elementos
estructurales. Mide: cientos cincuenta y seis metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del quince de octubre de dos mil catorce, con la base de dieciséis mil
novecientos sesenta y un dólares con veinticinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del treinta de octubre de dos mil catorce con la base de cinco
mil seiscientos cincuenta y tres dólares con setenta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). 12) Libre de gravámenes hipotecarios;
a las catorce horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil catorce,
y con la base de veintidós mil seiscientos quince dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuarenta y dos mil quinientos diecisiete - F - cero cero
cero la cual es terreno finca filial N° 57 ubicada en
el sexto nivel de la torre 4 destinada a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San
José. Colinda: al norte ascensor y acceso a escaleras; al sur paredes y
elementos estructurales; al este paredes y elementos estructurales y al oeste
paredes y elementos estructurales. Mide: cientos cincuenta y seis metros con
cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
y cero minutos del quince de octubre de dos mil catorce, con la base de
dieciséis mil novecientos sesenta y un dólares con veinticinco centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil catorce con
la base de cinco mil seiscientos cincuenta y tres dólares con setenta y cinco
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 13) Libre de
gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta de
setiembre de dos mil catorce, y con la base de veintidós mil seiscientos quince
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil quinientos dieciocho - F - cero
cero cero la cual es
terreno finca filial N° 58 ubicada en el sétimo nivel de la torre 4 destinada a
uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 San
Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
ascensor y acceso a escaleras, paredes y elementos estructurales; al sur,
ascensor y acceso a escaleras, paredes y elementos estructurales; al este,
paredes y elementos estructurales y al oeste, paredes y elementos
estructurales. Mide: trescientos cuarenta metros con cero decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del quince
de octubre de dos mil catorce, con la base de dieciséis mil novecientos sesenta
y un dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del
treinta de octubre de dos mil catorce con la base de cinco mil seiscientos
cincuenta y tres dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). 14) Libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce
horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil catorce, y con la base
de dos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil quinientos
diecinueve - F - cero cero cero
la cual es terreno finca filial N° 59 ubicada en el sótano de la torre 4
destinada a parqueo privado en proceso de construcción. Situada en el distrito
03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, área común construida, parqueo en sótanos; al sur, área común libre; al
este, área común libre y al oeste área común construida, parqueo en sótanos.
Mide: catorce metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del quince de octubre de dos mil
catorce, con la base de mil quinientos dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del treinta de octubre de dos mil catorce con la base de
quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 15)
Libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta
de setiembre de dos mil catorce, y con la base de dos mil dólares exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número cuarenta y dos mil quinientos veintiuno - F - cero cero cero la cual es terreno
finca filial N° 61 ubicada en el sótano de la torre 4 destinada a parqueo
privado en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 San Rafael,
cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común
construida, parqueo en sótanos; al sur área común libre; al este, área común
construida, parqueo en sótanos y al oeste finca filial sesenta. Mide: catorce
metros con cero decímetros cuadrados.- Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del quince de octubre de dos mil catorce, con la
base de mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta
de octubre de dos mil catorce con la base de quinientos dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). 16) Libre de gravámenes
hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta de setiembre de
dos mil catorce, y con la base de dos mil dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuarenta y dos mil quinientos veinte - F - cero cero cero la cual es terreno finca filial n°60 ubicada en el
sótano de la torre 4 destinada a parqueo privado en proceso de construcción.
Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, área común construida, parqueo en sótanos; al sur,
área común libre; al este, finca filial sesenta y uno y al oeste, área común
libre. Mide: catorce metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de octubre de dos
mil catorce, con la base de mil quinientos dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del treinta de octubre de dos mil catorce con la base de
quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Kalyke Argenteo Inversiones S. A.
contra Desarrollos Inmobiliarios TC Condominio SRL. Exp.
N° 13- 008110-1044-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de abril del 2014.—Ericka Robleto Artola,
Jueza.—(IN2014054861).
Juzgado Agrario de Cartago.
Primer Remate: a las catorce horas del diecisiete de setiembre del dos mil
catorce, en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Cartago, libre de
gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada al Tomo 210
asiento 5236 secuencia 01 subsecuencia 0003 y 0004 y
con la base de seis millones de colones, en el mejor postor se rematará la
finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, partido de
Cartago, número ciento noventa y nueve mil seiscientos treinta y cuatro cero cero cero. Es terreno inculto,
ubicado en distrito 02 Santiago cantón 02 Paraíso de la provincia de Cartago.
Sus linderos son: al norte, Claudio Madriz Brenes y otra; al sur, Damián Quirós
Méndez; al este, Zoila Vega Vega y otros; y al oeste,
Claudio Madriz Brenes y otro. Plano número C-997859-2005. Mide: dieciséis mil
cuatrocientos setenta y cuatro metros con treinta y cuatro centímetros
cuadrados. Pertenece a Marco Tulio Madriz Morales. Otros gravámenes y
anotaciones: No hay. Segundo remate: De no existir postores, para llevar a cabo
el segundo remate, se señalan las nueve horas del seis de octubre del dos mil
catorce, con la base de cuatro millones quinientos mil colones (rebajada en un
25% de la base original). Tercer remate: De no existir postores en el segundo
remate, para celebrar el tercero, se señalan las catorce horas del veintidós de
octubre del dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil colones
(un 25% de la base original). Se remata por estar ordenado en proceso
hipotecario N° 13-009085-1164-CJ, de Comité Regional de Ferias del Agricultor
región central contra Marco Tulio Madriz Morales.—Juzgado
Agrario de Cartago, Cartago, 22 de agosto del dos mil catorce.—Lic.
María Rosa Castro García, Jueza.—(IN2014054866).
A las nueve horas del
diecinueve de setiembre del dos mil catorce, en la puerta exterior de este
Despacho, soportando reservas y restricciones de citas 0800-00138590-01-0001-001
y con la base de cincuenta millones quinientos sesenta y cuatro mil quinientos
sesenta y nueve colones con cuarenta y dos céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
00265456-001-002 la cual es terreno para construir con 01 casa. Situada en el
distrito 02 San Francisco, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Melcochera La Estrella S. A.; al sur, calle publica con 10
metros; al este, Raúl Gutiérrez y al oeste, Raúl Gutiérrez. Mide: 350.0
cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Álvaro Gerardo
Campos Murillo contra 3-101526065 S. A., María Jimena Campos Vallejos. Exp. N° 12-000383-0164-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de junio del 2014.—Lic.
Francis Porras León, Juez.—(IN2014054867).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando traspaso de
finca por fideicomiso citas 572-81297-001, sustitución de fiduciario de finca
citas 2013-99544-001, reservas y restricciones citas 380-12601-01-0907-001,
finca referencia 00030743-000, afecta finca 5-00068999, finca referencia
00030743-000, advertencia administrativa ver resolución de las 8:15 horas del
9-9-2011, Exp. Adm.
2011-1098-rim, afecta finca 5-00068999, servidumbre de paso citas
572-76451-01-0001-001; y con la base de ciento veinte millones diez mil
ochocientos colones exactos, sáquese a remate el(los) inmueble(s) embargado(s)
en autos. Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, partido
de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número 68999-000, la cual es terreno para reforestar lote 14. Situada en el
distrito 06 Cuajiniquil cantón 03 Santa Cruz, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 15; al sur, lote 13; al este,
Grupo de Servicios ACAAF S. A. y al oeste, camino público. Mide: 10000 metros
con 90 decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero
minutos del cinco de noviembre del dos mil catorce. De no haber postores, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del
veinte de noviembre del dos mil catorce, con la base de noventa millones ocho
mil cien colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de
diciembre del dos mil catorce, con la base de treinta millones dos mil
setecientos colones exactos (un 25% de la base original). 2) Con la base de
sesenta millones ocho mil cuatrocientos colones netos, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando traspaso de finca por fideicomiso citas
572-81297-001, sustitución de fiduciario de finca citas 2013-99544-001,
reservas y restricciones citas 380-12601-01-0908-001, finca referencia
00030743-000, afecta finca 5-00069000, finca referencia 00030743-000,
advertencia administrativa ver resolución de las 8:15 horas del 9-9-2011. Exp. Adm. 2011-1098-rim, afecta
finca 5-00069000; sáquese a remate el(los) inmueble(s) embargado(s) en autos.
Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
69000-000, la cual es terreno para reforestar lote 15. Situada en el distrito
06 Cuajiniquil cantón 03 Santa Cruz, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, Luca Lucci y Yasmina Harouchi; al sur, lote
14; al este, camino público y al oeste, Grupo de Servicios ACAAF S. A. Mide:
5000 metros con 30 decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve
horas y cero minutos del cinco de noviembre del dos mil catorce. De no haber
postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y
cero minutos del veinte de noviembre del dos mil catorce, con la base de
cuarenta y cinco millones seis mil trescientos colones netos (rebajada en un
25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve
horas y cero minutos del cinco de diciembre del dos mil catorce, con la base de
quince millones dos mil ciento colones netos (un 25% de la base original). 3)
Con la base de sesenta millones ocho mil cuatrocientos colones netos, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas
380-12601-01-0908-001; sáquese a remate el(los) inmueble(s) embargado(s) en
autos. Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número 114411-000, la cual es terreno para reforestar.
Situada en el distrito 06 Cuajiniquil cantón 03 Santa
Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Grupo de Servicios
ACAAF S. A.; al sur, Inversiones Juma S. A.; al este, Grupo de Servicios ACAAF
S. A. y al oeste, camino público. Mide: 5000 metros con 70 decímetros
cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco
de noviembre del dos mil catorce. De no haber postores, para llevar a cabo el
segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de
noviembre del dos mil catorce, con la base de cuarenta y cinco millones seis
mil trescientos colones netos (rebajada en un 25%). De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos
del cinco de diciembre del dos mil catorce, con la base de quince millones dos
mil ciento colones netos (un 25% de la base original). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de
Alba Marbella S. A. contra First Costa Rica Title and Trust S. A. Exp.10-028222-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro ,Primer Circuito
Judicial de San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014055054).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y
reservas ref: 2433-263-002 citas:
0315-00015353-01-0901-001 y demanda ordinaria a las citas:
800-194822-01-0001-001; a las quince horas y treinta minutos del veintidós de
setiembre del año dos mil catorce, y con la base de trescientos cincuenta mil
doscientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintitrés mil seiscientos
cincuenta cero cero cero la
cual es terreno de repastos y breñones. Situada en el
distrito 01 Buenos Aires, cantón Buenos Aires, de la provincia de 23650.
Colinda: al norte, Carlos Arroyo Mena; al sur, río Blorikal
y río Platanares; al este, río Platanares y al oeste, río Blorikal
y Alcides Valderamos Blanco. Mide: setecientos
treinta mil doscientos noventa y dos metros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de octubre del año dos
mil catorce, con la base de doscientos sesenta y dos mil seiscientos veinte
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de octubre
del año dos mil catorce con la base de ochenta y siete mil quinientos cincuenta
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Producciones Camaleón Sociedad Anónima contra Tierras
de David MYM S. A. Exp. 12-000612-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 21 de julio del 2014.—Lic. José Ricardo Cerdas
Monge, Juez.—(IN2014055069).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y quince
minutos del seis de octubre de dos mil catorce, y con la base de setecientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número
cincuenta y siete mil trescientos ochenta y cuatro-cero cero dos la cual es
terreno de café. Situada en el distrito San Joaquín, cantón Flores, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte, Garita Cruz S. A.; al sur, quebrada Seca; al
este, calle pública, con 11 m, lotes 1 - 2 - 3 y al oeste Garita Cruz S. A.,
lote 1. Mide: mil trescientos treinta y tres metros con ocho decímetros
cuadrados (derecho a rematar corresponde a un quinto de la medida). Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiuno de
octubre de dos mil catorce, con la base de quinientos veinticinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y quince minutos del cinco de noviembre de dos mil
catorce con la base de ciento setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jaime
Antonio Esquivel Cortés contra Marvin Antonio Garita Cruz. Exp.
08-000729-0504-CI.—Juzgado Especializado de Cobro
de Heredia, 28 de julio del 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau
Hernández, Juez.—(IN2014055072).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y
restricciones citas tomo 334 asiento 1678; a las quince horas y treinta minutos
del once de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de cinco millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número quinientos sesenta y un mil ochocientos noventa y
seis cero cero cero la cual
es terreno para construcción. Situada en el distrito 01-San Isidro de El
General, cantón 19-Perez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Benjamín Rodríguez; al sur, calle pública, al este, Luis Gerardo Quesada
Salazar y al oeste, Inversiones Abelca de Buenos
Aires S. A. Mide: mil cuatrocientos treinta metros con veintiún decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos
del veintiséis de noviembre del año dos mil catorce, con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta
minutos del doce de diciembre del año dos mil catorce con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Cataza del Valle S.A contra GVSA Grayka
del Valle Sur Sociedad Anónima. Exp. 14-001709-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 17 de junio del 2014.—Lic. Eileen
Chaves Mora, Jueza.—(IN2014055081).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero
minutos del veintinueve de setiembre de dos mil catorce, y con la base de
veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 361115-002 la
cual es terreno para construir con dos casas. Situada en el distrito 03 San
Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
urbanización Carrez S. A.; al sur, calle pública y
Margarita Guerrero; al este, Lidia Hidalgo Herrera y al oeste, Eliodora Delgado Venegas. Mide: cuatrocientos ochenta y
siete metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y cero minutos del catorce de octubre de dos mil
catorce, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de octubre de dos mil
catorce con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de German Gerardo Salas Brenes contra Róger
Martín Umaña Herrera. Exp. 10-011482-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 21 de julio del 2014.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate,
Juez.—(IN2014055086).
En la puerta exterior de
este Despacho; finca Nº 1 libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre de paso bajo las citas 2011-258950-01-0004-001,
2011-258952-01-0004-001; a las siete horas y treinta minutos del trece de
octubre del año dos mil catorce, y con la base de ciento veintiséis mil
cuatrocientos treinta y siete dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta
y seis mil seiscientos treinta y siete cero cero cero la cual es terreno porción de café y pasto. Situada en
el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Tanok S.
A., Blank Wood Walley S. A.
y Lilliam Montenegro Espinoza; al sur, Tanok S. A., Blank Wood Walley S. A. Manuel Ceciliano
Quirós y Lilliam Montenegro Espinoza; al este, río
Pedregoso y el Estado y al oeste, Tanok S. A., calle
pública, el Estado y Lilliam Montero Espinoza. Mide:
diecisiete mil setecientos ochenta y nueve metros con treinta y cuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y
treinta minutos del veintiocho de octubre del año dos mil catorce, con la base
de noventa y cuatro mil ochocientos veintisiete dólares con setenta y cinco
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las siete horas y treinta minutos del doce de noviembre del año dos mil
catorce con la base de treinta y un mil seiscientos nueve dólares con
veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Finca Nº 2
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso bajo las
citas 2011-258950-01-0004-001, 2011-258952-01-0004-001; a las siete horas y
treinta minutos del trece de octubre del año dos mil catorce, y con la base de
noventa y seis mil seiscientos ochenta y siete dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
seiscientos veintidós mil cuarenta cero cero cero la cual es terreno para uso agrícola. Situada en el
distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, en parte servidumbre agrícola de 7 metros de
ancho y Black Wood Walley S. A.; al sur, Rojas Zúñiga
S. A.; al este, en parte Black Wood Walley S. A. y
río Pedregoso y al oeste, servidumbre agrícola, de 7 metros de ancho en medio
de Black Wood Valley. Mide: quince mil trescientos veinte metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del
veintiocho de octubre del año dos mil
catorce, con la base de setenta y dos mil quinientos quince dólares con
veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del doce de noviembre del
año dos mil catorce con la base de veinticuatro mil ciento setenta y un dólares
con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Arnoldo Giraldo Hernández contra
Tlamacazqui S. A. Exp.
14-001363-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 18 de marzo del 2014.—Lic.
Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2014055090).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las catorce
horas y cero minutos del seis de octubre del año dos mil catorce, y con la base
de ciento treinta y tres mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
ciento cincuenta y un mil cuarenta y nueve cero
cero cero la cual es
terreno de potrero. Situada en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19-Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, carretera
Interamericana y una Cecilia Hidalgo Ureña; al sur, Óscar Villalobos Granados y
calle pública a Santa Margarita; al este, Maximiliano Méndez Mora, Sergio
Venegas Morales, Jorge Fallas Martínez, Manuel Solano Rodríguez, Guillermina
Sandí Salazar, Fe Vargas Jiménez y al oeste, María Jiménez Padilla y quebrada
Chaqueta. Mide: seis mil trescientos veintidós metros con setenta y dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del veintiuno de octubre del año dos mil catorce, con la base de
cien mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del cinco de noviembre del año dos mil catorce con la base de treinta y tres
mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-656146 Sociedad
Anónima contra Nele Sociedad Anónima. Exp. 14-001941-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 24 de
abril del 2014.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014055092).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas 297-16104-01-0901-027; a las nueve horas y cero minutos del
veintitrés de setiembre del año dos mil catorce y con la base de catorce
millones veinticuatro mil ochocientos treinta y tres colones con treinta y tres
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número quinientos veinte mil trescientos veintitrés cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 08-Cajón, cantón 19-Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Rónald
Torres Ortiz; al sur, Marta Rojas Mesén; al este, Miguel Ángel Torres Castro, y
al oeste, calle pública, con 12 metros y 51 centímetros de frente. Mide:
trescientos veinticuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de octubre
del año dos mil catorce, con la base de diez millones quinientos dieciocho mil
seiscientos veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintitrés de octubre del año dos mil catorce con la base de tres millones
quinientos seis mil doscientos ocho colones con treinta y tres céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Credecoop R. L. contra Eddy de los Ángeles Prado Umaña. Exp. 14-001352-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 13 de
marzo del 2014.—Lic. Christian Zamora Pérez, Juez.—(IN2014055096).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero
minutos (03:00 pm) del diez de noviembre de dos mil catorce, y con la base de
dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00081918-000 la cual
es terreno con una casa. Situada en el distrito 01 Cartago Oriental, cantón 01
Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle privada con 10
metros 25 centímetros; al sur, Freddy Coto Varela; al este, calle pública con
0,83 metros de frente y Gustavo Campos ambos en parte y al oeste, Carlos Pérez.
Mide: doscientos veinticuatro metros con ocho
decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos (03:00 pm) del veinticinco de noviembre de dos mil catorce, con la base
de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos
(03:00 pm) del once de diciembre de dos mil catorce con la base de quinientos
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Municipalidad de Cartago contra Miguel Ángel Gómez Asenjo. Exp.: 12-001889-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
24 de julio del 2014.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Juez.—(IN2014055102).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero
minutos del veintinueve de setiembre del dos mil catorce, y con la base de tres
millones ciento setenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
veintiún mil trescientos noventa y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir lote trece-F.
Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Fiduciaria Elca S. A.;
al sur, calle pública con un frente a ella de catorce metros con setenta y
cinco centímetros lineales; al este, calle pública con un frente a ella de
nueve metros con setenta centímetros lineales y al oeste, lote catorce-F. Mide:
doscientos veinte metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el Segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de octubre de dos
mil catorce, con la base de dos millones trescientos setenta y ocho mil
doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintinueve de octubre de dos mil catorce con la base de setecientos noventa y
dos mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela de
Ahorro y Préstamo contra José Ricardo Castro Sánchez, María Luisa Ruiz Namoyure. Exp.: 13-
005808-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía de Puntarenas, 20 de febrero del 2014.—Douglas, Quesada Zamora,
Juez.—(IN2014055103).
En la puerta exterior de
este Despacho, con la base de ciento veintidós millones setenta y dos mil
seiscientos veinte colones, soportando hipoteca de primer grado; sáquese a
remate el inmueble embargado en autos. Finca que se describe así, inscrita en
el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número noventa y nueve mil novecientos sesenta y dos
guión cero cero cero la
cual es terreno para construir lote nueve, con una casa. Situada en el distrito
02 Cartago Occidental cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, calle con 10 m; al sur, calle con 10 m 31 cm; al este, lotes 7 y 8 y
al oeste lotes 6 y 10. Mide: doscientos ochenta y seis metros con cincuenta y
ocho decímetros cuadrados, plano C-0473182-1982. Para tal efecto se señalan las
nueve horas primero de octubre del dos mil catorce. De no haber postores, para
llevar a cabo el Segundo remate, se señalan las nueve horas del dieciséis de
octubre del dos mil catorce, con la base de noventa y un millones quinientos
cincuenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y cinco colones (rebajada en un
25%). De no apersonarse rematantes, para el Tercer remate, se señalan las nueve
horas del treinta y uno de octubre del dos mil catorce, con la base de treinta
millones quinientos dieciocho mil ciento cincuenta y cinco colones (un 25% de
la base original). Publíquese el edicto de ley. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Bruce
González González. Exp.:
97-000320-0337-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 29
de julio del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2014055107).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y quince
minutos del veintinueve de setiembre de dos mil catorce y con la base de
veinticuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos
veintiocho mil ciento seis cero cero cero la cual es terreno Lote B, terreno para construir con
una casa. Situada en el distrito 6-Río Cuarto, cantón 3-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Jorge Araya Quebrada
Vaca Blanca Otr; al este, Corazón de La Palma S. A. y
al oeste, calle privada lote A. Mide: mil doscientos noventa y ocho metros con
noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las
ocho horas y quince minutos del catorce de octubre de dos mil catorce, con la
base de dieciocho millones de colones exactos y para la Tercera subasta se
señalan las ocho horas y quince minutos del veintinueve de octubre de dos mil
catorce con la base de seis millones de colones exactos. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Conejo del Valle de Orosi Sociedad Anónima contra Marco Víquez Arce. Exp.: 14-002457-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia,
23 de julio del 2014.—Brayan Li
Morales.—(IN2014055155).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando cinco
servidumbres sirvientes, una servidumbre servientref
y ocho servidumbre trasladada, cada una de las fincas; a las quince horas y
cero minutos del veintinueve de setiembre de dos mil catorce, y con la base de
diez millones cuatrocientos sesenta y cinco mil quinientos ochenta y cinco
colones con once céntimos, para cada una de las fincas, en el mejor postor
remataré los siguientes bienes: 1) Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y cinco mil doscientos noventa y
ocho-cero cero cero la cual es terreno lote 4,
terreno para construir. Situada en el distrito 3-San Juan, cantón 2-San Ramón,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 5; al sur, lote 3; al
este, Viria Bogantes Vargas y al oeste, calle pública
con 7.50 metros de frente. Mide: ciento cincuenta y tres metros cuadrados. 2)
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
ochenta y cinco mil doscientos noventa y nueve-cero cero cero
la cual es terreno lote 5, terreno para construir. Situada en el distrito 3-San
Juan, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote
6; al sur, lote 4; al este, Viria Bogantes Vargas y
al oeste, calle pública con 7.50 metros de frente. Mide: ciento cincuenta y
tres metros cuadrados. 3) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos ochenta y cinco mil trescientos - cero cero
cero la cual es terreno lote 6, terreno para
construir. Situada en el distrito 3-San Juan, cantón 2-San Ramón, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 7; al sur, lote 5; al este, Viria Bogantes Vargas y al oeste, calle pública con 7,50
metros de frente. Mide: ciento cincuenta y tres metros cuadrados. Para el
Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de
octubre de dos mil catorce, con la base de siete millones ochocientos cuarenta
y nueve mil ciento ochenta y ocho colones con ochenta y tres céntimos para cada
una de las fincas y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero
minutos del veintinueve de octubre de dos mil catorce con la base de dos
millones seiscientos dieciséis mil trescientos noventa y seis colones con
veintiocho céntimos para cada una de las fincas. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de COOPEGRECIA R. L., contra Alejandra Teresa
Calderón Quirós. Exp.: 14-000619-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia,
09 de abril del 2014.—Brayan Li Morales,
Juez.—(IN2014055178).
En el plantel de la sociedad
demandada Tracoli S. A., ubicado en Barrio La Colina,
contiguo a Bloques del Caribe, a las trece horas treinta minutos (1:30 p. m.)
del dieciséis de setiembre del dos mil catorce, sáquense a primer remate libres
de gravámenes prendarios, los vehículos que se dirán: 1) LB 838, con la base de
ocho millones novecientos mil colones, marca Mercedes Benz, estilo CF172159,
carrocería autobús, categoría transporte colectivo interurbano, chasis
37623552785773, capacidad para cincuenta personas, año dos mil, color blanco;
2) LB 840 soporta una infracción/ colisión a favor del Juzgado de Tránsito del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, con la base de dos millones
cuatrocientos ochenta y seis mil colones, marca Mercedes Benz, estilo CF172159,
carrocería autobús, categoría transporte colectivo interurbano, chasis
37623552748685, capacidad para cincuenta personas, año dos mil, color blanco;
3) LB 1123, con la base de ocho millones seiscientos setenta y cinco mil cien
colones marca Bluebird, estilo All
Americ, carrocería autobús, categoría transporte
colectivo interurbano, chasis 1BABGC7A01F039687, capacidad para cuarenta y
cinco personas, año dos mil uno, color blanco; 4) LB 1156, con la base de
veinte millones doscientos ochenta y dos mil quinientos colones, marca Mercedes
Benz, estilo OF-1721, carrocería autobús, categoría transporte colectivo
interurbano, chasis 9BM3840734B344950, capacidad para cuarenta y siete
personas, año dos mil cinco, color blanco; 5) LB 1268 con la base de veintidós
millones seiscientos treinta y nueve mil quinientos colones, marca Mercedes
Benz, estilo OF-1721, carrocería y categoría autobús, chasis 9BM3840735B426951,
capacidad para cincuenta y un personas, año dos mil seis, color rojo; 6) LB
1318 soporta una infracción/colisión a favor del Juzgado de Tránsito del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, con la base de veintitrés millones
quinientos siete mil doscientos cincuenta colones, marca Mercedes Benz, estilo
OF, carrocería y categoría autobús, chasis 9BM3840736B450261, capacidad para
cincuenta y tres personas, año dos mil seis, color anaranjado; 7) LB 1325 con
la base de trece millones quinientos noventa y tres mil trescientos colones,
marca Internacional, estilo Ward, carrocería y categoría autobús, chasis
1HVBCNUR43H399830, capacidad para cincuenta y cinco personas, año dos mil tres,
color amarillo; 8) LB 1352 con la base de veinticinco millones ciento setenta y
cinco mil quinientos colones, marca Mercedes Benz, estilo OF, carrocería y
categoría autobús, chasis 9BM3840736B473835, capacidad para cuarenta y nueve
personas, año dos mil siete, color rojo; 9) LB 1353 soporta tres
infracciones/colisiones a favor del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, con la base de veinticinco millones doscientos
setenta mil colones, marca Mercedes Benz, estilo OF, carrocería y categoría
autobús, chasis 9BM3840736B473822, capacidad para cincuenta y un personas, año
dos mil siete, color rojo; 10) LB 1367 con la base de veinticuatro millones
setecientos diez mil colones, marca Mercedes Benz, estilo OF, carrocería y
categoría autobús, chasis 9BM3840737B493547, capacidad para cuarenta y siete
personas, año dos mil siete, color blanco; 11) LB 1401 con la base de once
millones setecientos noventa mil colones, marca Thomas, estilo SAFT LINER,
carrocería y categoría autobús, chasis 1T75U4B2041127451, capacidad para
sesenta y una personas, año dos mil cuatro, color amarillo; 12) LB 1429 soporta
una infracción/colisión a favor del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, con la base de quince millones setecientos
cincuenta y dos mil colones, marca Internacional, estilo 3800, carrocería y
categoría autobús, chasis 1HVBBNDN74H305745, capacidad para cuarenta y cuatro
personas, año dos mil cuatro, color amarillo; 13) LB 1435 soporta una
infracción/colisión a favor del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, con la base de diez millones cuatrocientos
ochenta y cuatro mil ochocientos colones, marca Bluebird,
estilo All-America, carrocería y categoría autobús,
chasis 1BAAHCGAX4F067253, capacidad para cuarenta y nueve personas, año dos mil
cuatro, color beige; 14) LB 1519 soporta dos infracciones/colisiones a favor
del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, con
la base de trece millones doscientos mil colones, marca Internacional, estilo
3800 STD, carrocería y categoría autobús, chasis LH689389, capacidad para cuarenta
y cinco personas, año dos mil cuatro, color amarillo; 15) LB 1520 soporta dos
infracciones/colisiones a favor del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, con la base de nueve millones novecientos
ochenta y tres mil colones, marca Internacional, estilo 3800, carrocería y
categoría autobús, chasis LH689483, capacidad para cuarenta y cinco personas,
año dos mil cuatro, color amarillo; 16) LB 1530 soporta una infracción/colisión
a favor del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, con la base de once millones trescientos setenta y ocho mil
novecientos colones, marca Bluebird, estilo TC2000,
carrocería y categoría autobús, chasis 1BAAJCSA25F049787, capacidad para
cincuenta y tres personas, año dos mil cinco, color amarillo; 17) LB 1531 con
la base de once millones cuatrocientos cincuenta y seis mil colones, marca
Thomas, estilo Saf-T-Liner,
carrocería y categoría autobús, chasis 1T75T3B2851136521, capacidad para
cincuenta y siete personas, año dos mil cinco, color amarillo; 18) LB 1554 con
la base de doce millones doscientos cuarenta mil colones, marca Bluebird, estilo All American,
carrocería y categoría autobús, chasis 1BABMBBA45F048078, capacidad para
cincuenta y siete personas, año dos mil cinco, color amarillo; 19) LB 1620
soporta una infracción/colisión a favor del Juzgado de Tránsito del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica y denuncia de la Fiscalía Adjunta del
Primer Circuito de la Zona Atlántica, al tomo 2010, asiento 00226795, con la
base de treinta y tres millones seiscientos cincuenta y dos mil colones, marca
Mercedes Benz, estilo OF, carrocería y categoría autobús, chasis
9BM3840738B588250, capacidad para cincuenta personas, año dos mil nueve, color
blanco; 20) LB 1621 soporta una infracción/colisión a favor del Juzgado de
Tránsito del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, con la base de
treinta y tres millones ciento ochenta y dos mil colones, marca Mercedes Benz,
estilo OF, carrocería y categoría autobús, chasis 9BM3840738B588154, capacidad
para cincuenta y un personas, año dos mil nueve, color blanco; 21) LB 921
soportando denuncia de la Fiscalía Adjunta del Primer Circuito de la Zona
Atlántica al tomo 2010, asiento 00280834, con la base de diecisiete millones
setecientos sesenta mil colones, marca Mercedes Benz, estilo OF1721/59,
carrocería autobús, categoría transporte colectivo interurbano, chasis
9BM3840731B254770, capacidad para cincuenta y tres personas, año dos mil uno,
color rojo; 22) LB 969 con la base de veintiún millones trescientos treinta mil
colones, marca Volvo, estilo B7R, carrocería autobús, categoría transporte
colectivo interurbano, chasis 9BVR6B4102E355854, capacidad para cuarenta y ocho
personas, año dos mil dos, color blanco; 23) LB 976, con la base de veinte
millones doscientos cincuenta mil colones, marca Volkswagen, estilo 17210 OD,
carrocería autobús, categoría transporte colectivo interurbano, chasis
9BWRF82W22R205037, capacidad para cincuenta y cuatro personas, año dos mil dos,
color azul; 24) LB 988 con la base de veinticuatro millones trescientos mil
colones, marca Volkswagen, estilo 17240 OT, carrocería autobús, categoría
transporte colectivo interurbano, chasis 9BWHG82ZX1R116592, capacidad para
cincuenta y un cuatro personas, año dos mil dos, color blanco y 25) LB 991
soporta una infracción/colisión a favor del Juzgado de Tránsito del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, con base de diecinueve millones ochenta
y dos mil quinientos colones, marca Mercedes Benz, estilo OHL 1421, carrocería
autobús, categoría transporte colectivo interurbano, chasis 9BM382058XB210243,
capacidad para cuarenta y siete personas, año dos mil dos, color blanco, a las
trece horas treinta minutos (1:30 p.m.) del primero de octubre del dos mil
catorce, sáquense a segundo remate con la base rebajada en un 25%, libres de
gravámenes prendarios, los vehículos que se dirán: 1) LB 838, con la base de
seis millones seiscientos setenta y cinco mil colones, 2) LB 840 con la base de
un millón ochocientos sesenta y cuatro mil quinientos colones, 3) LB 1123 con
la base de seis millones quinientos seis mil trescientos veinticinco mil
colones, 4) LB 1156 con la base de quince millones doscientos once mil
ochocientos setenta y cinco colones, 5) LB 1268 con la base de dieciséis millones
novecientos setenta y nueve mil seiscientos veinticinco colones, 6) LB 1318 con
la base de diecisiete millones seiscientos treinta mil cuatrocientos treinta y
siete colones con cincuenta céntimos, 7) LB 1325 con la base de diez millones
ciento noventa y cuatro mil novecientos setenta y cinco colones, 8) LB 1352 con
la base de dieciocho millones ochocientos ochenta y un mil seiscientos
veinticinco colones, 9) LB 1353 con la base de dieciocho millones novecientos
cincuenta y dos mil quinientos colones, 10) LB 1367 con la base de dieciocho
millones quinientos treinta y dos mil quinientos colones, 11) LB 1401 con la
base de ocho millones ochocientos cuarenta y dos mil quinientos colones, 12) LB
1429 con la base de once millones ochocientos catorce mil colones, 13) LB 1435
con la base de siete millones ochocientos sesenta y tres mil seiscientos
colones, 14) LB 1519 con la base de nueve millones novecientos mil colones, 15)
lb 1520 con la base de siete millones cuatrocientos ochenta y siete mil
doscientos cincuenta colones, 16) LB 1530 con la base de ocho millones
quinientos treinta y cuatro mil ciento setenta y cinco colones, 17) LB 1531 con
la base de ocho millones quinientos noventa y dos mil colones, 18) LB 1554 con
la base de nueve millones ciento ochenta mil colones, 19) LB 1620 con la base
de veinticinco millones doscientos treinta y nueve mil colones, 20) LB 1621 con
la base de veinticuatro millones ochocientos ochenta y seis mil quinientos
colones, 21) LB 921 con la base de trece millones trescientos veinte mil
colones, 22) LB 969 con la base de quince millones novecientos noventa y siete
mil quinientos colones, 23) LB 976 con la base de quince millones ciento
ochenta y siete mil quinientos colones, 24) LB 988 con la base de dieciocho
millones doscientos veinticinco mil colones y 25) LB 991 con la base de catorce
millones trescientos once mil ochocientos setenta y cinco colones, a las trece
horas treinta minutos (1:30 p. m.) del dieciséis de octubre del dos mil catorce
sáquense a tercer remate con el 25% de la base original, libres de gravámenes
prendarios, los vehículos que se dirán: 1) LB 838 con la base de dos millones
doscientos veinticinco mil colones, 2) LB 840 con la base de seiscientos
veintiún mil quinientos colones, 3) LB 1123 con la base de dos millones ciento
sesenta y ocho mil setecientos setenta y cinco colones, 4) LB 1156 con la base
de cinco millones setenta mil seiscientos veinticinco colones, 5) LB 1268 con
la base de cinco millones seiscientos cincuenta y nueve mil ochocientos setenta
y cinco colones, 6) LB 1318 con la base de cinco millones ochocientos setenta y
seis mil ochocientos doce colones con cincuenta céntimos, 7) LB 1325 con la
base de tres millones trescientos noventa y ocho mil trescientos veinticinco
colones, 8) LB 1352 con la base de seis millones doscientos noventa y tres mil
ochocientos setenta y cinco colones, 9) LB 1353 con la base de seis millones
trescientos diecisiete mil quinientos colones, 10) LB 1367 con la base de seis
millones ciento setenta y siete mil quinientos colones, 11) LB 1401 con la base
de dos millones novecientos cuarenta y siete mil quinientos colones, 12) LB
1429 con la base de tres millones novecientos treinta y ocho mil colones, 13)
LB 1435 con la base de dos millones seiscientos veintiún mil doscientos
colones, 14) LB 1519 con la base de tres millones trescientos mil colones, 15)
LB 1520 con la base de dos millones cuatrocientos noventa y cinco mil
setecientos cincuenta colones, 16) LB 1530 con la base de dos millones
ochocientos cuarenta y cuatro mil setecientos veinticinco colones, 17) LB 1531
con la base de dos millones ochocientos sesenta y cuatro mil colones, 18) LB
1554 con la base de tres millones sesenta mil colones, 19) LB 1620 con la base
de ocho millones cuatrocientos trece mil colones, 20) LB 1621 con la base de
ocho millones doscientos noventa y cinco mil quinientos colones, 21) LB 921 con
la base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta mil colones, 22) LB 969 con
la base de cinco millones trescientos treinta y dos mil quinientos colones, 23)
LB 976 con la base de cinco millones sesenta y dos mil quinientos colones, 24)
LB 988 con la base de seis millones setenta y cinco mil colones y 25) LB 991
con la base de cuatro millones setecientos setenta mil seiscientos veinticinco
colones. Lo anterior ordenado así en ejecución prendaria N° 11-000461-0678-CI-2
establecida por el Banco de Costa Rica contra Tracoli
S. A.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 26 de junio del 2014.—Lic.
Raúl Buendía Ureña, Juez.—(IN2014055498).
Primera publicación
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y restricciones ref.:
2209-507-002, a las citas: 0309-00016179-01-0901-001; a las nueve horas y
quince minutos del dos de octubre del dos mil catorce, y con la base de dos mil
cuatrocientos cuarenta dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos dos
mil sesenta y tres cero cero cero,
la cual es terreno cultivado. Situada: en el distrito 07 Pejibaye, cantón Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carlos García Sánchez;
al sur, Alcides Solano Cascante; al este, Alcides Solano Cascante, y al oeste,
calle pública. Mide: 39762.18 metros cuadrados. Plano catastrado N°
SJ-0613542-2000. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince
minutos del veintiuno de octubre del dos mil catorce, con la base de mil
ochocientos treinta dólares exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve
horas y quince minutos del cuatro de noviembre del dos mil catorce, con la base
de seiscientos diez dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso monitorio de Asociación de Productores
Agropecuarios de El Águila de Pejibaye contra R Y M de Concepción de Pilas de
Buenos Aires S. A. Expediente N° 12-000456-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 5 de
marzo del 2014.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2014049862).
En puerta exterior de este
despacho, a las nueve horas del ocho de setiembre de dos mil catorce, y con la
base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL 206273, marca Mercedes
Benz, año 2005, Vin 8AC9036625A922551, cilindrada
2150 cc, color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas del veintitrés de setiembre del año dos mil catorce,
con la base de siete millones trescientos doce mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas del siete de octubre del año dos mil catorce con la base de dos
millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ordinario Laboral de José
Antonio Camacho Brenes contra Eventos Especiales Marcela Jiménez S. A. Exp.: 09-000021-0505-LA.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 24 de julio del 2014.—Msc.
Yuri López Casal, Juez.—Exonerado.—(IN2014053720).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada Citas: 389-12561-01-0945-001; a las diez horas y cero minutos del
once de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de dieciocho millones
novecientos diez mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta
y siete mil quinientos veintidós-cero cero tres y cero cero
cuatro, la cual es terreno para construir Ñ 16-E. Situada en el distrito Patalillo, cantón Vázquez de Coronado, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, lote 15-E; al sur, lote 17-E; al este, calle pública
y al oeste, lote 18-E. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de setiembre
del año dos mil catorce, con la base de catorce millones ciento ochenta y dos
mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de
octubre del año dos mil catorce con la base de cuatro millones setecientos
veintisiete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Eduardo Francisco Chotto
Quirós, Efraín Antonio Miranda Carballo y Odilie de
los Ángeles Cordero Fallas. Exp.: 14-016473-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 11 de julio del 2014.—Lic. Guillermo Castro
Rodríguez, Juez.—(IN2014053744).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta
minutos del nueve de octubre de dos mil catorce, y con la base de ochenta y
siete mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y
nueve mil setecientos ochenta y cinco-cero cero cero
(169785-000) la cual es terreno de charral. Situada en el distrito Agua
Caliente (San Francisco), cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, Reiner Zamora Mora; al sur, Arcelio Navarro Tames y Sucesores
Ltda, servidumbre de paso con un frente de 6 metros y
Mauricio Leiva Gutiérrez todos en parte; al este, Walter Acuña Navarro y Arcelio Navarro Tames y al oeste,
Agua Caliente Coffe Co Ltda. Mide: ochenta y cinco
mil trescientos cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil
catorce, con la base de sesenta y cinco mil seiscientos veinticinco dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las trece horas y treinta minutos del diez de noviembre de dos mil
catorce con la base de veintiún mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Marco Tulio de Jesús Vargas Araya contra José Bernal González
Brenes. Exp.: 14-002388-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 02 de julio del 2014.—Msc. Liseth Delgado Chavarría,
Jueza.—(IN2014053833).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley
de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas 0408-00019887 01-0156-001 finca referencia
200291820-000; a las nueve horas y cero minutos del veintidós de setiembre de
dos mil catorce, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cuatrocientos setenta y cuatro mil ciento nueve- cero cero cero (474109-000) la cual es
terreno de agricultura. Situada en el distrito Ángeles, cantón San Ramón, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, quebrada San
Rafael; al este, Inversiones Cofagi S. A. y al oeste,
Judith Araya Rojas. Mide: nueve mil ciento ochenta metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de
setiembre de dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de
octubre de dos mil catorce con la base de ochocientos setenta y cinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Elio Antonio Gamboa Guerrero contra D Varon S. A. Exp.:
12-001357-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Heredia, 30 de mayo del 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014053842).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condic IDA bajo las citas 282-06470-01-0901-016; a las
nueve horas y cero minutos del veintinueve de octubre de dos mil catorce, y con
la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos
cincuenta y cinco mil setenta y nueve-cero cero cero,
la cual es terreno lote 2 terreno de pasto. Situada en el distrito 13 Peñas
Blancas, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con un frente a ella de 19,30 metros lineales; al sur Benedicto
Rodríguez Rodríguez; al este, Benedicto Rodríguez Rodríguez y al oeste, Benedicto Rodríguez Rodríguez. Mide: mil veinticuatro metros con noventa y tres
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del trece de noviembre de dos mil catorce, con la base de cuatro
millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintiocho de noviembre de dos mil catorce con la base de un millón quinientos
mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución de Cédula Hipotecaria inscrita bajo las
Citas 2011-182320-01-0001-001 de Grupo de Negocios S. A., contra Róger Humberto de la Trinidad Ureña Salas. Exp.: 14-004617-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31
de julio del 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Jueza.—(IN2014053904).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada inscrita al tomo 318, asiento 3805-01-0901-001; y servidumbre de acueducto
de paso de A y A inscrita al tomo 2012, asiento 55244-01-0002-001; a las
catorce horas y cero minutos del veintidós de setiembre del año dos mil
catorce, y con la base de ciento treinta y un mil quinientos setenta y un
dólares con ochenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 69903-F-001 y 002,
la cual es terreno finca filial primaria individualizada número nueve apta para
construir que se destinará a uso habitacional y que podrá tener una altura
máxima de tres pisos. Situada en el distrito 05 Piedades, cantón 09 Santa Ana,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, acceso principal-área común libre;
al sur, Concepción Rivera Castro; al este, finca filial primaria
individualizada número ocho y al oeste, juegos infantiles área común libre.
Mide: seiscientos sesenta y nueve metros con cuarenta y un decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del siete de octubre del año dos mil catorce, con la base de noventa y ocho mil
seiscientos setenta y ocho dólares con noventa y un centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del veintidós de octubre del año dos mil catorce con la base de
treinta y dos mil ochocientos noventa y dos dólares con noventa y siete
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Javier Vega Quirós y María Paula Odio Gallardo. Exp.: 13-036888-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de
agosto del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014053930).
A las ocho horas treinta
minutos del día quince de octubre del dos mil catorce, en la puerta exterior de
este Despacho soportando gravamen hipotecario al tomo 2013 asiento 00886 y con
la base de cinco millones de colones, respectivamente en el mejor postor se
rematará la finca inscrita en el Registro Público Partido Limón, distrito dos Pacuarito, cantón tres Siquirres,
matrícula de folio real número 31627 000, la cual es terreno para agricultura
lote 249-216, linda: al norte, con Gladstone Leopold Mc Kenzie; al sur, con Nytle Agatle Dann
y Gladstone Leopold, al
este, con servidumbre de paso y otro y al oeste, con Joseph Rriah
Davis. Mide dieciséis mil cuatrocientos setenta y un metros con treinta y ocho
decímetros cuadrados, según el plano L-0654556-1986. Lo anterior por haberse
ordenado en proceso Ejecutivo Simple expediente 07-100006-0934-CI de José León
Hernández contra Erasmo Mattison Mattison.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Siquirres, a las diez horas
quince minutos del nueve de junio del dos mil catorce.—Lic. Eric López Delgado,
Juez.—(IN2014053951).
En la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes prendarios, remataré al ser las ocho horas y
treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil catorce, en un primer
remate con la base de veinticinco millones ciento veinticuatro mil noventa y un
colones con sesenta y dos céntimos; a las ocho horas y treinta minutos del
catorce de octubre del dos mil catorce, en un segundo remate con una base
rebajada al veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de
dieciocho millones ochocientos cuarenta y tres mil sesenta y ocho colones con
setenta y un céntimos; o a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de
octubre del dos mil catorce en un tercer remate al veinticinco por ciento de la
base original, sea la suma de seis millones doscientos ochenta y un mil
veintidós colones con noventa y un céntimos, lo siguiente: vehículo placa LB
001591, marca Mitsubishi, estilo Rosa, categoría buseta, carrocería microbús,
tracción cuatro por dos, capacidad treinta y cuatro personas, año 2009, color
verde, motor número 4D34M12712, combustible diesel, modelo de motor BE639J,
cilindros cuatro; propiedad del accionado Rolando Kennedy Kennedy.
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra Rolando Kennedy Kennedy, expediente N°
09-000559-0678-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 7 de agosto del año 2014.—Firma ilegible.—(IN2014054003).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos
del cuatro de noviembre de dos mil catorce y con la base de diez millones
novecientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: Placas número CL-249436, marca Toyota, estilo Hilux, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, año
2011, color negro, chasis: MR0DR22G800008703, motor: 2KD5066022. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de
noviembre del dos mil catorce, con la base de ocho millones doscientos cinco
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos
mil catorce con la base de dos millones setecientos treinta y cinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de
Carlos Alberto Miranda Castro contra Luis Ángel Villegas Solórzano, expediente
N° 13-000708-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor
Cuantía y Contravencional de Golfito, 22 de julio
del año 2014.—Lic. Yesenia Auxiliadora Zúñiga Ugarte,
Jueza.—(IN2014054033).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta
minutos del veintidós de setiembre del dos mil catorce y con la base de cinco
millones seiscientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos noventa y cuatro mil seiscientos cuarenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 01 Naranjo, cantón 06 Naranjo, de la
provincia de 494645. Colinda: al norte, Sociedad Agrícola Corrales Bolaños S.
A.; al sur, Armando Montero Castro; al este, Sociedad Agrícola Corrales
Bolaños, y al oeste, calle pública con 6.20 metros. Mide: doscientos veinte
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del ocho de octubre del dos mil catorce, con la base de cuatro millones
doscientos sesenta mil colones exactos y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil
catorce, con la base de un millón cuatrocientos veinte mil colones exactos. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Roy Abarca Salazar
contra Armando Montero Castro, expediente N° 14-000197-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional
de Grecia, 28 de marzo del año 2014.—Lic. Brayan
Li Morales, Juez.—(IN2014054036).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios, soportando infracción y/o
colisión según expediente 13-8089-174-TR del Juzgado de Tránsito del Segundo
Circuito Judicial de San José; a las diez horas y cero minutos del veintiuno de
octubre del dos mil catorce, y con la base de treinta y siete mil ocho dólares con
once centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: El vehículo placa:
CL-261.831, marca: Toyota, estilo: Hilux SRV,
categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, tracción: 4x4, año
fabricación: 2012, color: dorado vin:
MR0FZ29G801645938, cilindrada: 2982 c.c., cilindros: 4 combustible: diesel.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de
noviembre del dos mil catorce, con la base de veintisiete mil setecientos
cincuenta y seis dólares con ocho centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
veinte de noviembre del dos mil catorce, con la base de nueve mil doscientos
cincuenta y dos dólares con tres centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Financiera Desyfin S. A. contra Greivin
Gerardo Arroyo Esquivel, expediente N° 14-003586-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 8 de
agosto del año 2014.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2014054040).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las ocho horas treinta
minutos del tres de noviembre de dos mil catorce, y con la base de ciento tres
millones doscientos diez mil ciento setenta colones, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ocho nueve cero cinco cuatro cero cero
uno-cero cero dos la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
01-Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública con 12 metros de frente; al sur, Multiinversiones
de Jacó S. A.; al este, Multiinversiones
de Jacó S. A., y al oeste, Multiinversiones
de Jacó S. A. Mide: trescientos sesenta metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil catorce,
con la base de ciento tres millones doscientos diez mil ciento setenta colones
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas treinta minutos del primero de diciembre del dos mil catorce,
con la base de setenta y siete millones cuatrocientos siete mil seiscientos
veintisiete colones con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución de sentencia de Gioconda Guevara
Calderón contra Lawrence Patrick Hannettt, expediente
N° 05-001336-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de
San José, 18 de junio del año 2014.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen,
Jueza.—(IN2014054050).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
paso y servidumbre de paja de agua; a las catorce horas y treinta minutos del
doce de setiembre del dos mil catorce, y con la base de veintitrés millones
cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 177996-000 la cual
es terreno para construir lote 16. Situada en el distrito 041 Cachí, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, Hacienda Cachí
S. A.; al este, Hacienda Cachí S. A., y al oeste,
Hacienda Cachí S. A.. Mide:
ciento setenta metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta de setiembre del dos
mil catorce, con la base de diecisiete millones quinientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del quince de octubre
del dos mil catorce, con la base de cinco millones ochocientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Adrián de Jesús Chaves Brenes, expediente N° 13-009383-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 7 de julio del año 2014.—Lic. Jessika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014054078).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta
minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de un
millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinticuatro mil
seiscientos ochenta y cuatro-cero cero uno derecho correspondiente a un medio
en la finca, la cual es terreno de café. Situada en el distrito Santiago,
cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rafael
Alvarado; al sur, Elvira Alvarado; al este, Carlos Luis Rojas y otro, y al
oeste, Miguel Alvarado. Mide: seis mil seiscientos setenta y ocho metros con
cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del uno de octubre del
año dos mil catorce, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de octubre del año dos mil
catorce, con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José
Joaquín Camacho Bolaños contra Carlos Luis Rojas Salas, expediente N°
13-001510-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 21 de mayo del año
2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014054088).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada y demanda ordinaria contenciosa administrativa bajo expediente
número 09-000275-0296-CI; a las quince horas y cero minutos del catorce de
octubre del año dos mil catorce y con la base de cinco millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente; finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y siete mil trescientos
setenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito cuatro Piedades Norte, cantón segundo
San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: at norte, Carmen Lidia Arroyo
Jiménez; al sur, servidumbre con frente de cuarenta y siete punto veintinueve
metros; al este, calle pública con frente de ocho metros y al oeste, Aurora
Madrigal Jiménez. Mide: ochocientos metros con setenta y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos
del veintinueve de octubre del año dos mil catorce, con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero
minutos del trece de noviembre del año dos mil catorce con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Édgar
Mauricio Sibaja Carvajal contra Flora Rosa Jiménez Jiménez. Exp: 13-004005-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón. 25 de junio del año 2014.—Lic.
Minor Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014054868).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre de
acueducto y de paso de AyA citas:
324-13259-01-0901-001 a las nueve horas y cero minutos del veintidós de octubre
del año dos mil catorce, y con la base de sesenta y tres mil setecientos
ochenta y tres dólares con noventa y nueve centavos en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
611314-000 la cual es terreno lote 2 terreno para construir. Situada en el
distrito Dulce Nombre de Jesús, cantón Vázquez de Coronado de la provincia de
San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 26.75 metros, al
sur, Roble del Pórtico JBV S. A., al este, Roble del Pórtico JBV S.A y al
oeste, Roble del Pórtico JBV S. A. Mide: dos mil quinientos sesenta y nueve
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del seis de noviembre del año dos mil catorce con la base de cuarenta y
siete mil ochocientos treinta y siete dólares con noventa y nueve centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil
catorce con la base de quince mil novecientos cuarenta y cinco dólares con
noventa y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Miguel Brenes Roberts. Exp:
13-005644-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro,
Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2014.—Lic. Manuel
Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014054929).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada; a las catorce horas y cero minutos del once de noviembre de dos mil
catorce, y con la base de trece millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
146371-000 la cual es terreno de café con una casa de construcción mixta.
Situada en el distrito 01 Turrialba, cantón 05 Turrialba, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, Rafael Rojas Martínez; al sur, calle pública a
Turrialba en un frente de 22 metros con sesenta y seis centímetros; al este,
calle pública a Turrialba en un frente de 22
metros con sesenta y seis centímetros lineales y Jorge Rojas Fuente y al oeste,
Guillermo Campo Obando. Mide: quinientos setenta y siete metros con dieciocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del veintiséis de noviembre de dos mil catorce, con la base de
nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del doce de diciembre de dos mil catorce con la base de tres
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Nicana VD S.A contra María Lucía Rojas Nájera. Exp: 14-000537-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 29
de julio del año 2014.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014054932).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 5 servidumbres
y 1 serv y condic ref: 2151 535 001; a las trece horas y cuarenta y cinco
minutos del seis de octubre del año dos mil catorce y con la base de diez
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 50988-F-000 cero cero cero la cual es terreno finca filial primaria
individualizada número ciento cincuenta y ocho, apta para construir que se
destinará a uso habitacional y que podrá tener una altura máxima de dos pisos.
Situada en el distrito 08-Bolívar, cantón 03-Grecia, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte filial ciento sesenta y uno; al sur acceso cuatro;
al este filial ciento cincuenta y siete y al oeste filial ciento cincuenta y
nueve. Mide: trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre del año dos
mil catorce, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos y
para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos
del cinco de noviembre del año dos mil catorce con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Esteban José Fernández Víquez contra Gocha
Limitada. Exp: 14-000992-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 04
de agosto del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014054940).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y
reservas a las citas 385-09485-01-0932-001 y reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos a las citas 424-17036-01-0057-001; a las quince horas y cero
minutos del veintitrés de octubre del año dos mil catorce, y con la base de dos
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta mil quinientos sesenta
y cinco-cero cero cero la cual es terreno para la
agricultura lote 27 A. Situada en el distrito tercero Potrero Grande, cantón
tercero Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle;
al sur, lote 33; al este, lote 33 y al oeste, lote 26. Mide: diecisiete mil
trescientos veintiún metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de
noviembre del año dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del veinticuatro de
noviembre del año dos mil catorce con la base de quinientos mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Arcadio Espinoza González contra Mariano Carranza Carvajal. Exp.: 12-000287-0188-CI.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur, 29 de julio del 2014.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2014054966).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas: 0297-9798-01-0004-001;
a las once horas y cero minutos del primero de octubre de dos mil catorce, y con
la base de dieciséis millones doscientos sesenta y un mil seiscientos veintidós
colones con trece céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 307131-000, la cual es
naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05
Delicias, cantón 13 Upala, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte calle pública con un frente de 29,82 metros; al sur
Rosa Elena Oporta Espinoza; al este Emelido Oporta Alvarado y al
oeste calle pública con un frente de 13,38 metros. Mide: cuatrocientos ocho
metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: A-0296958-1995. Para
el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de
octubre de dos mil catorce, con la base de doce millones ciento noventa y seis
mil doscientos dieciséis colones con cincuenta y nueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil catorce con la base de
cuatro millones sesenta y cinco mil cuatrocientos cinco colones con cincuenta y
tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de
Educadores R.L. contra Flora Elieth Mora Colomer,
Luis Alberto Oporta Espinoza. Exp:
14-008583-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 14 de mayo del 2014.—Lic. Melania Jiménez Vargas, Jueza Decisora.—(IN2014054983).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada, obligaciones, dos serv. y oblig., servidumbre dominante; a las quince horas y quince
minutos del veinte de octubre del año dos mil catorce, y con la base de
cuarenta y nueve millones cuatrocientos dieciséis mil setecientos noventa
colones con noventa y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos siete mil ciento
once-cero cero cero (2-407111-000) la cual es terreno
de solar con dos casas. Situada en el distrito 04 Carrillos, cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María
Rojas; al sur, carretera nacional con un frente de veintitrés metros con
noventa y siete centímetros; al este, José Ángel Solórzano y al oeste, Rodrigo
Vargas Rojas y Ronald Araya Porras. Mide: mil quince metros con cincuenta y
ocho decímetros cuadrados. Plano catastrado: A-0791290-2002. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y quince minutos del cuatro de noviembre del
año dos mil catorce, con la base de treinta y siete millones sesenta y dos mil
quinientos noventa y tres colones con veinte céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y quince minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil catorce con la
base de doce millones trescientos cincuenta y cuatro mil ciento noventa y siete
colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular contra
Gardel Sucesores Sociedad Anónima, Guillermo Alberto Rojas Delgado, Talía
Jiménez Muñoz. Exp.: 14-002563-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional
de Grecia, 11 de agosto del año 2014.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2014055000).
En la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y quince
minutos del veintitrés de octubre de dos mil catorce y con la base de veintiún
mil treinta y cinco dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo placa MJR423, marca Kia, estilo Sportage, año 2012, color blanco, vin
KNAPB811AC7259406. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince
minutos del siete de noviembre de dos mil catorce, con la base de quince mil
setecientos setenta y seis dólares con veinticinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y quince minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil catorce con la base
de cinco mil doscientos cincuenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María Esther Jiménez Leandro.
Exp.: 14-004439-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 21 de agosto del año 2014.—Lic. Pedro
Javier Ubau Hernádez, Juez.—(IN2014055033).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones,
servid y sirvie ref:
00080066-000 anotadas al tomo 373. Asiento 00009176- secuencia 01-0908 y
909-001, servidumbre de paso anotada al tomo 2009, asiento 00025045 secuencia
01-0001-001; a las diez horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del
año dos mil catorce, y con la base de doscientos cuarenta y ocho mil quinientos
cincuenta dólares con veintiocho centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cincuenta y cinco mil quinientos ochenta y tres-cero cero cero,
la cual es terreno de repastos lote 31 D. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al sur, lote 30 D; al noreste, lote 32 D; al
noroeste, calle publica con frente total de 61 metros y 85 centímetros, y al
sureste, Bolcomer Bolso de Comercio. Mide: cinco mil
cincuenta y un metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de octubre del año
dos mil catorce, con la base de ciento ochenta y seis mil cuatrocientos doce
dólares con setenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del
veintidós de octubre del año dos mil catorce; la base de sesenta y dos mil
ciento treinta y siete dólores con cincuenta y siete
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra George Elia Nassif El Haji,
exp. 13-038297-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de
agosto del año 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014055192).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas 364-09115-01-0904-001, servidumbre trasladada citas
364-09115-01-0905-001, servidumbre de paso citas 509-19227-01-0004-001; a las
diez horas y cero minutos del treinta de setiembre del año dos mil catorce, y
con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y
nueve mil ciento cincuenta y siete-cero cero cero, la
cual es terreno de repasto y charrales con una casa. Situada en el distrito
cuarto Tempate, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Santiago Vallejos Álvarez; al sur, Roxana Ramírez Duarte y
Rosa María Solís González; al este, calle pública, Simón Dinarte
Dinarte; y al oeste, Arboleda Tropical S. A.;
noreste, calle pública noroeste, Gerardo Ramiro Fernández Calderón; sureste,
Santiago Vallejos, suroeste, Santiago Vallejos. Mide: novecientos cuarenta
siete metros con seis decímetros cuadrados. Plano: G-0541778-1964. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del quince de octubre
del año dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de octubre del año
dos mil catorce, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Yaldicia Antonia López Montano contra Oldemar Martín Valerín Dinarte, expediente N° 14-001406-1205-CJ.—Juzgado de
Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 5 de agosto del año 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014055199).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta
minutos del quince de octubre del dos mil catorce, y con la base de cuarenta y
un mil quinientos ochenta y tres dólares con treinta y cinco centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: EE-27904, J.C.B. JS130LC, año
2008, color amarillo, capacidad 1 persona, equipo especial obras civiles,
excavadora, oruga, JCBJS13CH81180708, combustible diesel, cilindrada 4329 c.c.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta
de octubre del dos mil catorce, con la base de treinta y un mil ciento ochenta
y siete dólares con cincuenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del catorce de noviembre del dos mil catorce, con la base de diez mil
trescientos noventa y cinco dólares con ochenta y tres centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Aditec J.C.B. S. A. contra
3-101-639241 S.A. y Jim Frederick Sheridan Orias, expediente N° 14-009962-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29
de julio del año 2014.—Lic. Zary Navarro Zamora,
Jueza.—(IN2014055200).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 381-16765-01-0904-001; a las quince horas y cero minutos
del nueve de diciembre del dos mil catorce, y con la base de doce millones cuatrocientos
ochenta y dos mil ochocientos ochenta y un colones con nueve céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento cuarenta y cuatro mil setecientos noventa y dos-cero
cero cero, la cual es terreno frutales con una casa
de zócalo. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carlos Guzmán Guzmán;
al sur, calle pública con un frente de 23.67 metros; al este, calle pública con
un frente de 38,48 metros, y al oeste, Carlos Guzmán Guzmán. Mide: novecientos treinta y cuatro
metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y cero minutos del siete de enero del dos mil quince, con la
base de nueve millones trescientos sesenta y dos mil ciento sesenta colones con
ochenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de
enero del dos mil quince, con la base de tres millones ciento veinte mil
setecientos veinte colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y
Crédito Alianza de Pérez Z contra Neri Francisco Lara Rojas y Rosa
Miriam Mena Abarca, expediente N° 14-000084-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 12 de agosto del año
2014.—Lic. Cristian Zamora Pérez, Juez.—(IN2014055210).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando; Reservas y
Restricciones, bajo las citas número 376-16010-01-0806-002, a las ocho horas
treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil catorce, y con la base
de dos millones de colones, cada una, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y
seis mil ochocientos nueve-cero cero cero, la cual es
terreno repastos. Situada en el distrito cuatro Pavón, cantón sétimo Golfito,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Luis
Ángel Jiménez Rojas; al este, Eduardo Barquero Elizondo, y al oeste, Eduardo
Barquero Elizondo. Mide: quinientos metros cuadrados, y la Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número ciento setenta y seis mil ochocientos diez-cero
cero cero, la cual es terreno repastos. Situada en el
distrito cuatro Pavón, cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, Luis Ángel Jiménez Rojas; al este,
Eduardo Barquero Elizondo, y al oeste, Eduardo Barquero Elizondo. Mide:
quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas
treinta minutos catorce de octubre de dos mil catorce, con la base de un millón
quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de
octubre del dos mil catorce, con la base de quinientos mil colones (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Sadier Montero
Céspedes contra Ecosistema E B E Costa Rica S. A. expediente N°
12-000023-0422-CI.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional
de Golfito, 12 de mayo del año 2014.—Lic. Yesenia
Auxiliadora Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014055214).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes Hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas: 331-08653-01-0900-001, reservas y restricciones citas:
338-13798-01-0903-001, reservas y restricciones citas: 338-13799-01-0900-001,
reservas y restricciones citas: 385-04819-01-0900-001, reservas y restricciones
citas: 385-04819- 01-0901-001, reservas y restricciones citas:
385-04819-01-0902-001, reservas y restricciones citas: 385-04819-01-0903-001; a
las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de octubre del dos mil
catorce, y con la base de setenta millones setecientos noventa y un mil
cuatrocientos cuarenta y seis colones con setenta y tres céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número F-66681-cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: finca filial primaria individualizada número treinta y cinco
terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podra tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el
distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada numero dieciséis; al
sur, calle cuatro; al este, finca filial primaria individualizada numero
treinta y seis, y al oeste, finca filial primaria individualizada número
treinta y cuatro. Mide: tres mil novecientos noventa y nueve metros con
dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de noviembre del dos mil catorce,
con la base de cincuenta y tres millones noventa y tres mil quinientos ochenta
y cinco colones con cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos
del diecinueve de noviembre de dos mil catorce con la base de diecisiete
millones seiscientos noventa y siete mil ochocientos sesenta y un colones con
sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Guisella Mejías Esquivel, expediente N° 11-000762-0638-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
24 de julio del año 2014.—Lic. Daniel Segura Castro, Juez.—(IN2014055226).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservar y
restricciones 246-03184-01-0901-001 y servidumbre trasladada
533-12531-01-0001-001; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de octubre
del dos mil catorce, y con la base de tres millones trescientos trece mil
cuatrocientos cuarenta y nueve colones con treinta y ocho céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento veinte mil cuatrocientos veintiuno-cero cero cero
(120421-000), la cual es terreno para construir con una casa de habitación.
Situada en el distrito Guápiles, cantón Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Isaac Bogantes Gómez; al sur y al oeste,
Promociones Ambientales y Turísticas del Atlántico S. A., y al este, calle
pública con 16,30 metros de frente. Mide: trescientos cuarenta y dos metros con
dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del cinco de noviembre del dos mil catorce, con la base de
dos millones cuatrocientos ochenta y cinco mil ochenta y siete colones con
cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de noviembre del
dos mil catorce, con la base de ochocientos veintiocho mil trescientos sesenta
y dos colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Mayela Montero Montero,
expediente N° 13-004817-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia,
16 de julio del año 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014055269).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y veinte
minutos del quince de octubre del dos mil catorce, y con la base de ciento doce
millones trescientos cuatro mil cuatrocientos sesenta y nueve colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento diecinueve mil novecientos treinta y cuatro-cero
cero cero, la cual es terreno solar para construir.
Situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, Guido Villalta Loaiza; al sur, calle pública con 39
metros; al este, calle pública con 11 metros con 30 centímetros, y al oeste,
Rafael Ángel Villalta Loaiza. Mide: ochocientos cincuenta y nueve metros con
treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
trece horas y veinte minutos del treinta y uno de octubre del dos mil catorce,
con la base de ochenta y cuatro millones doscientos veintiocho mil trescientos
cincuenta y un colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte
minutos del diecisiete de noviembre del dos mil catorce, con la base de veintiocho
millones setenta y seis mil ciento diecisiete colones con veinticinco céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución
Hipotecaria de Inversiones El Callejón Sociedad anónima contra Transportes Solorte Sociedad Anónima, expediente N° 14-002148-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
1° de julio del año 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014055316).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta
minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de
doscientos veintitrés millones setecientos dieciséis mil setecientos ochenta y
un colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cuatro mil ochocientos treinta y tres-cero cero cero,
la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito 01 Liberia,
cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rafael
Rojas Rojas; al sur, María Lucila Rovira Arburola; al este, María Lucila Rovira Arburola,
y al oeste, calle cinco con 9 metros 95 centímetros. Mide: doscientos ochenta y
tres metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del dos de octubre del año dos mil catorce, con la base de ciento sesenta y siete
millones setecientos ochenta y siete mil quinientos ochenta y seis colones con
nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de octubre
del año dos mil catorce, con la base de cincuenta y cinco millones novecientos
veintinueve mil ciento noventa y cinco colones con treinta y seis céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Abdel Rahman Ali Mohd
Hussein Alaraj Rabi,
expediente N° 13-000836-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y
Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 21 de julio
del año 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014055323).
En la puerta exterior de
este Despacho, a las 8:00 horas del 17 de octubre del 2014. En el mejor postor
remataré: finca matrícula folio real número ciento setenta y dos mil doscientos
cuarenta y siete-cero cero cero, sita en distrito 02
Palmar, cantón 05 Osa, provincia de Puntarenas, naturaleza: terreno de
cultivos. Linderos: norte, Francisco Valerio Varela, sur, servidumbre agrícola
y Juan Espinoza Cruz, este, Eduardo Miranda Huertas, Annia
Cubero Mora y Jorge Zamora Esquivel y al oeste, Francisco Valerio Varela y con
una base según avalúo visible a folio 250 de setenta y dos millones novecientos
cincuenta y cinco mil quinientos colones, con una medida según Registro Público
de cuarenta y dos mil novecientos quince metros cuadrados, la finca matrícula
folio real número ciento setenta y dos mil setecientos setenta-cero cero cero, sita en distrito 02 Palmar, cantón 05 Osa, provincia
de Puntarenas, naturaleza: potrero, linderos: norte, Juan Acevedo y Cristina
Álvarez, sur, servidumbre agrícola en medio y Eduardo Miranda Huertas, este,
Eduardo Miranda Huertas y al oeste, Eduardo Miranda Huertas y con una base para
su subasta según avalúo visible a folio 258 de treinta y dos millones
doscientos treinta y tres mil quinientos colones, con una medida según Registro
Público de veintiún mil cuatrocientos ochenta y nueve metros cuadrados,
vehículo placa C-011918, clase: carga pesada, marca: Mercedes Benz, color:
blanco, carrocería: ganadero, tracción: 4x2, serie: 34500012661549, año: 1985,
motor: 34499110795294 y con la base para su subasta según avalúo a folio 259 de
un millón quinientos mil colones, vehículo placa S-018658, clase: carga pesada,
marca: 3-Star, color: blanco, categoría: semi-remolque,
carrocería: Adrales, tracción: 4x2, serie: 188768, año: 1998 y con la base para
su subasta según avalúo a folio 261 de dos millones quinientos mil colones.
Expediente 10-000911-1170-CJ, proceso monitorio establecido por Derivados del
Maíz Alimenticio contra Byron López Jiménez.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 28 de
agosto del 2014.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—(IN2014055339).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas quince
minutos del veinte de octubre de dos mil catorce, y con la base de cien mil
dólares estadounidenses, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 66579-000, la cual es terreno
de cultivo de zacate y grama. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05
Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Eladio Amador y
Alfonso Pizarro; al sur, Paulina Alicia Aguilar; al este, calle con 37m 10 cm y
al oeste, Paulina Alicia Aguilar Guido. Mide: cincuenta y cuatro mil
ochocientos treinta y dos metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas quince minutos del cuatro de noviembre
de dos mil catorce, con la base de setenta y cinco mil dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil catorce
con la base de veinticinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
3101601350 S. A. contra Francisco Miralles Caravaca en Exp.
N° 14-011474-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del
2014.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014055341).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas con cero
minutos del seis de octubre del año dos mil catorce y con la base de diecisiete
mil doscientos ochenta y seis unidades de desarrollo, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
333023-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito 01 San Ignacio cantón Acosta de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Víctor Cruz Gamboa al sur, José Corrales Hidalgo al este, calle pública
con 11 m y al oeste, Víctor Cruz Gamboa. Mide: ciento sesenta y tres metros con
cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas con cero minutos del veintiuno de octubre del año dos mil catorce con la
base de doce mil novecientos sesenta y cuatro punto cincuenta unidades de
desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las diez horas con cero minutos del cinco de noviembre del año dos
mil catorce con la base de cuatro mil trescientos veintiuno punto cincuenta
unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Abel Eugenio Solís Guzmán y
Valverde Bonilla Daili Gerardo. Exp.
08-007144-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de
Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de agosto del
2014.—Lic. Christian Escalante Ávila, Juez.—(IN2014055355).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; soportando servidumbre
trasladada según citas 369-1471-01-900-001, a las catorce horas y cero minutos
del veinticinco de setiembre del dos mil catorce, y con la base de dos millones
cuatrocientos ochenta y tres mil quinientos cuarenta y dos colones con sesenta
y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca del partido
de Limón, matrícula número 38931-000, la cual es naturaleza: terreno para
construir, situada en el distrito 04 Roxana, cantón 02 Pococí
de la provincia de Limón, linderos: norte, Claris Beita Vargas, sur, Roxana Farm S.
A., este, Claris Beita
Vargas, oeste, calle pública. Mide: quinientos cuarenta y ocho metros con
veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del diez de octubre del dos mil catorce, con la base de un
millón ochocientos sesenta y dos mil seiscientos cincuenta y siete colones con
dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de octubre del dos
mil catorce, con la base de seiscientos veinte mil ochocientos ochenta y cinco
colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación
Adri contra Minor Gerardo
Núñez Avila, expediente N° 14-002206-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 8
de agosto del año 2014.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2014055363).
En la puerta exterior de
este Despacho; a las nueve horas y cero minutos del uno de octubre del año dos
mil catorce, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca 1: libre de
gravámenes hipotecarios y con la base de doscientos ochenta y seis mil
quinientos ochenta y un dólares exactos, finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número 77629-F-000, la cual es terreno finca filial setenta y cuatro
ubicada en el nivel treceavo destinada a uso residencial en proceso de
construcción. Situada en el distrito 08 Mata Redonda, cantón 01 San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de pared, ducto
y columna estructural en parte; al sur, área común construida de pared, elevadores,
ducto de basura, escaleras de emergencia uno y columna estructural en parte; al
este, área común construida de pared, ducto y pared estructural y al oeste,
finca filial setenta y tres, área común construida de elevadores, escaleras de
emergencia uno, ducto y en parte columna estructural. Mide: ciento ochenta y
nueve metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Finca 2: libre de
gravámenes hipotecarios y con la base de veintitrés mil setecientos diecinueve
dólares exactos, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
77587-F-000, la cual es terreno finca filial treinta y dos ubicada en el nivel
dos destinada a uso de estacionamiento en proceso de construcción. Situada en
el distrito 08 Mata Redonda, cantón 01 San José, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, finca filial treinta y uno; al sur, finca filial treinta y
tres y columna estructural; al este, área común de circulación vehicular y en
parte columna estructural y al oeste, área común de pared y en parte columna
estructural. Mide: treinta y dos metros con dieciséis decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis
de octubre del año dos mil catorce, con la base de doscientos catorce mil
novecientos treinta y cinco dólares con setenta y cinco centavos primera finca
y la suma de diecisiete mil setecientos ochenta y nueve dólares con veinticinco
centavos segunda finca (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de
octubre del año dos mil catorce con la base de setenta y uno mil seiscientos
cuarenta y cinco dólares con veinticinco centavos primera finca y la suma de
cinco mil novecientos veintinueve dólares con setenta y cinco centavos segunda
finca (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Douglas
Bernal Campos Fallas, Sabana Real Apartamento Trece Este S. A. Exp. 14-011018-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de
agosto del 2014.—Lic. Jessika Fernández Cubillo,
Jueza.—(IN2014055451).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas del trece de
octubre del año dos mil catorce, y con la
base de un millón novecientos dieciséis mil seiscientos veinte colones con
dieciocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas
número TSJ 6748, marca Toyota, estilo Corolla,
categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2009, vin
JTDBJ41E20J002043. Para el segundo remate se señalan las quince horas del
veintiocho de octubre del año dos mil catorce, con la base de un millón
cuatrocientos treinta y siete mil cuatrocientos sesenta y cinco colones con
catorce céntimos y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del
doce de noviembre del año dos mil catorce con la base de cuatrocientos setenta
y nueve mil ciento cincuenta y cinco colones con cinco céntimos. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa
S. A. contra Froilán Hernández Navarro. Exp.
14-000993-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor
Cuantía y Contravencional de Grecia, 9 de mayo
del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014055472).
En la puerta exterior de
este Despacho; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de octubre
de dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios; soportando reservas y
restricciones (citas 296-06446-01-0901-007); reservas y restricciones (citas
380-19150-01-0900-001) servidumbre de paso (citas 554-06958-01-0007-001),
servidumbre de paso (citas 554- 06958-01-0007-001), servidumbre de paso (citas
554-06958-01- 0012-001), servidumbre de paso (citas 554-06958-01-0012-001),
servidumbre de paso (citas 557-01632-01-0010-001), servidumbre de paso (citas
557-01632-01-0010-001); y con la base de doscientos ocho millones cuatrocientos
cuarenta mil novecientos cincuenta y un colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cuarenta y tres mil ochocientos setenta y nueve-cero cero cero,
la cual es terreno de agricultura con una casa. Situada en el distrito 07 Belén
de Nosarita, cantón 02 Nicoya, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública, Bonificación Pérez, Buena Vistas
del Mar Sociedad Anónima, Tres Pericos en la Palmera Sociedad Anónima, Tres
Ciento Uno Cinco Dos Ocho Cinco Tres Nueve Sociedad Anónima, y Nuena Vista del Mar Azul.; al sur, César Vargas, Tres
Ciento Uno Cinco Dos Ocho Cinco Tres Nueve Sociedad Anónima, Coin Investments Sociedad Anónima
y lote de Buena Vista del Mar Azul Sociedad Anónima; al este, Río Zeval de Nicoya Sociedad Anónima, Tres Pericos en la
Palmera Sociedad Anónima y al oeste, Wálter Suárez,
Costa Rica Ocean View Sociedad Anónima, Zeval de Nicoya Sociedad Anónima, Buena Vista del Mar Azul
Sociedad Anónima, Tres Pericos en la Palmera Sociedad Anónima, Tres Ciento Uno
Cinco Dos Ocho Cinco Tres Nueve Sociedad Anónima, Buena Vist.
Mide: ochenta y dos mil novecientos dieciocho metros con sesenta y siete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta
y cinco minutos del veintiocho de octubre de dos mil catorce, con la base de
ciento cincuenta y seis millones trescientos treinta mil setecientos trece
colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos
del doce de noviembre de dos mil catorce con la base de cincuenta y dos
millones ciento diez mil doscientos treinta y siete colones con setenta y cinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de
Palmares Dos Limitada contra Buena Vista del Mar Azul Sociedad Anónima. Exp. 13-004583-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
16 de julio del 2014.—MSc. Kenny Obaldía Salazar,
Jueza.—(IN2014055475).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y quince
minutos del veintisiete de octubre de dos mil catorce, y con la base de dos
millones ciento ochenta y tres mil quinientos treinta y un colones con ochenta
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 854779
marca: Daihatsu, estilo: Terios,
capacidad: 5 personas, año: 2011, color plateado, categoría. automóvil,
carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, chasis: JDAJ210G001117286,
número motor: 2598283, cilindrada: 1495 c.c., combustible: gasolina, cilindros:
04. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del once
de noviembre de dos mil catorce, con la base de un millón seiscientos treinta y
siete mil seiscientos cuarenta y ocho colones con ochenta céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas
quince minutos del veintiséis de noviembre del dos mil catorce con la base de
quinientos cuarenta y cinco mil ochocientos ochenta y dos colones con noventa y
cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa
S. A. contra Michelle Andrea Calvo Quesada. Exp.
14-012093-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de julio del 2014.—Lic.
Luis Alberto Ureña Monge Juez.—(IN2014055477).
Se cita y emplaza a todos los herederos y demás
interesados en la sucesión de María de los Ángeles Ceciliano
Bejarano, quien fue mayor, soltera, cédula de identidad número 1-0336-0360,
vecina de La Unión; para que a las once horas del día veinticinco de setiembre
del dos mil catorce, se apersonen en este despacho para llegar a cabo la junta
de herederos señalada. Si no se presentaran este
juzgado resolver lo que en derecho corresponda. Expediente número:
13-000163-0164-CI (1) de María de los Ángeles Ceciliano
Bejarano.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de La Unión, 11 de agosto del 2014.—Lic. Xinia Solís Pomares, Jueza.—1
vez.—(IN2014052817).
Se
convoca a todos los interesados en la sucesión de Israel Solano Zúñiga, a una
junta que se verificará en este Juzgado a las trece horas y treinta minutos del
veintitrés de setiembre de dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos
que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp.
Nº 01-000732-0184-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 14 de agosto del 2014.—Lic. Francis Porras
León, Juez.—1 vez.—(IN2014053807).
Se
convoca a todos los interesados en la sucesión de Guido Varela Solano, quien
fue mayor, casado, cédula de identidad número cuatro-setenta y tres-setecientos
noventa y dos, vecino de San José, a una junta que se verificará en este
juzgado a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil
catorce para conocer los extremos a los que se refiere el artículo 926 del
Código Procesal Civil. Expediente: 12-000191-0182-CI (7). Sucesión de Guido
Varela Solano.—Juzgado Tercero Civil de Mayor
Cuantía de San José, 22 de julio del 2014.—Msc.
Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014055705).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 13-000067-0387-AG donde se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de José María Gutiérrez Jaen,
mayor de edad, casado una vez, vecino de San Blas de Carrillo, cédula de
identidad cinco-cero ochenta y uno-ochocientos veintitrés, promueve Información
Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la
Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe
así: Terreno de tacotales, situado en San Blas, distrito tercero Sardinal, del
cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Celina
Bustos Contreras; sur, Guanacaste Fields S. A.; este,
calle pública con un frente a ella de cuatro metros lineales, y oeste, Evaristo
Gutiérrez Jaen. Según plano catastrado G-un millón
quinientos cuarenta y ocho mil ciento cuarenta y dos-dos mil doce, mide de
extensión dieciséis mil sesenta y siete metros cuadrados. Manifiesta que no
está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las
consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas
reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por donación de Leandro
Gutiérrez Jaen, en el año de mil novecientos ochenta
y tres. Estima el inmueble en un millón de colones y el proceso en un millón de
colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en
defensa de sus derechos. (Expediente N° 13-000067-0387-AG, Información
Posesoria de José María Gutiérrez Jaen).—Juzgado Agrario de Liberia, 14 de agosto del
2014.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—1
vez.—(IN2014052826).
Jorge Castillo Rodríguez,
mayor de edad, soltero, agricultor, vecino de Las Maravillas de San Rafael de Upala, Alajuela, cédula de identidad dos-quinientos ochenta
y siete-setecientos sesenta y seis, promueve Información Posesoria. Pretende
inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de
gravámenes y cargas reales, soportando una servidumbre agrícola de paso, el
inmueble que se describe así: Terreno de potrero, situado en San Martín,
distrito sétimo Yolillal, del cantón trece Upala, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Leonidas Rojas Boza; sur, servidumbre agrícola de paso;
este, Lorena Castillo Rodríguez, y oeste, María Castillo Rodríguez. Según plano
catastrado A-un millón cuatrocientos treinta y dos mil ciento sesenta y
cinco-dos mil diez, mide de extensión cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta
y tres metros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título
inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio,
no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble a
excepción de la servidumbre agrícola de paso. Lo adquirió por donación de Lázaro
Carrillo Álvarez, el veinte de diciembre del dos mil diez. Estima el inmueble
en cuatrocientos mil colones y el proceso en quinientos mil colones. Por el
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a
todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus
derechos. (Expediente N° 11-000041-0387-AG, Información Posesoria de Jorge
Francisco Castillo Rodríguez).—Juzgado Agrario de
Liberia, 28 de julio del 2014.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—(IN2014052841).
Se
emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de Información Posesoria
promovida por Gerardo c.c. Fernando Vindas Castro,
mayor, casado, agricultor, vecino de La Guaria de Paquera
de Puntarenas cédula número cinco-ciento veintisiete-setecientos veintiséis,
para que se titule a su nombre la finca sin inscribir que es terreno repasto,
sito en distrito quinto Paquera, cantón primero de la
provincia de Puntarenas. Linda al norte, con Custodio Castro; al sur, con en
parte camino público, y en parte Luis Ángel Alfaro Fernández; al este, con
Francisco Álvarez López, y al oeste, con Luis Ángel Alfaro Fernández y en parte
con quebrada en medio según plano catastrado número P-30937-77 del 3/2/1977 con
una medida de cincuenta y dos hectáreas cinco mil setecientos ochenta y siete
metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Las presentes diligencias no
tienen objeto de evadir las consecuencias legales de un juicio sucesorio. Quien
se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo
saber a este Juzgado dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto. Información Posesoria 82-100260-418-CI promovente Gerardo c.c. Fernández Vindas
Castro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de
Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—(IN2014052930).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 13-000269-0391-AG/4 donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Ana Caridad Jiménez Corella
quien es mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de El Manchón de Arado del
Colegio Bilingüe quinientos metros al sur, carretera a Arado, cédula
dos-doscientos cincuenta y nueve-cero veinte, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
cuya naturaleza es terreno de charral, árboles frutales y jardín, siembra de
maíz y frijoles. Situada en El Manchón de Arado, distrito primero Santa Cruz,
cantón tercero Santa Cruz, provincia de Guanacaste. Colinda al norte, con Ramón
Guevara Ruiz, Maribel Corella Álvarez; sur, Carlos Miguel Rodríguez Guevara y
Ligia Contreras Morales; este, calle pública con un frente de catorce metros
ocho centímetros lineales, y oeste, Victoria Zúñiga Zúñiga.
Mide seiscientos ochenta y seis metros cincuenta y cuatro decímetros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número G-1185777-07. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el
inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble
por compra y donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento de cercas, chapeas periódicas y limpieza en general del lote.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Ana Caridad Jiménez Corella. Expediente N°
13-000269-0391-AG/4.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 19 de marzo del 2014.—Lic.
José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—(IN2014052933).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 12-000047-0422-CI donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Asociación Integral de Desarrollo
de Las Trenzas, cédula jurídica 3-002-092515, domiciliada en Las Trenzas de
Golfito, representada por Luis Secundino Villeda Ramírez, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia de Golfito, la cual es terreno para
construir con un salón. Situada en el distrito primero, cantón sétimo, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Asociación Cristiana de la
Asambleas de Dios; al sur, Daniel Venegas Herrera; al este, calle pública con
un frente de cincuenta y seis metros con treinta y ocho decímetros, y al oeste,
Quebrada Las Trenzas. Mide: mil setecientos cincuenta y siete metros con
noventa y tres centímetros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón
de colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria desde mil
novecientos ochenta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública,
pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuidar en
inmueble, conservarlo deslindado chapearlo y construir un salón y corral. Que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Asociación Integral de Desarrollo de las
Trenzas. Expediente N° 12-000047-0422-CI. Lic. Olga Sandí Torres, Jueza.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 29 de
julio del año 2013.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1
vez.—(IN2014052957).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 12-100452-0297-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Gilberto Suarez Esquivel,
quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Puerto Escondido de Pital, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número 5-175-971, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con una casa. Situada
en Puerto Escondido el distrito seis Pital, cantón
décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Misael Rojas
Solís; al sur, Johny Zamora Ávila; al este, quebrada
San Pedro en medio Elizableth Arias González, y al
oeste, calle pública. Mide: Cuatrocientos cuarenta y nueve metros cuadrados con
cincuenta y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciere a
Julio Marcelo Galeano Rodríguez quien es nicaragüense, cédula
025-RE-00778900-1989, vecino de Puerto Escondido de Pital,
y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Gilberto
Suarez Esquivel. Exp. N° 12-100452-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, San Carlos, 29 de julio del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014053036).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 14-000030-0386-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Melissa Camacho Cerda, quien
es mayor, estado civil soltera, vecina de La Cruz, portadora de la cédula de
identidad vigente que exhibe número 05-0336-0505, profesión Educadora, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito primero La Cruz, cantón décimo
La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre de paso
de cuatro metros de ancho y Viviana Loáciga Corea; al
sur, Aracely Torres Bonilla; al este, Representaciones Televisivas Repretel S. A., y al oeste, Marina Martínez Corea. Mide:
Ciento sesenta y nueve metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de
quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra venta, y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en chapias y cercas. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro
del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Melissa Camacho Cerda. Exp.
Nº 14-000030-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 22 de julio del 2014.—Lic.
Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—(IN2014053242).
Asociación de Desarrollo
Integral de Jabillo de Potrero Grande de Buenos Aires, representada por Carlos
Chacón Fernández, mayor, inspector, casado una vez, cédula de identidad número
uno-seiscientos cuarenta y siete-trescientos cinco, vecino de Buenos Aires
Jabillo Potrero Grande, solicita se levante Información Posesoria a fin de que
se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin
inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno para construir,
situado en Jabillo del distrito tercero Potrero Grande del cantón tercero
Buenos Aires, de la provincia sexta Puntarenas, con los siguientes linderos
actualizados: al norte, con Servidumbre de paso de seis metros de ancho y
Nieves Cruz Hidalgo; al sur, con Temporalidades de la Diocesis
de San Isidro del General; al este, con calle pública; y al oeste, con Rafael
Muñoz Villalobos. Mide mil tres metros cuadrados, según plano catastrado
P-1474850-2011. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor
en calidad de dueño de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de
diez años. Estima el fundo en la suma de un millón de colones, igualmente las
presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la
publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados
con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos.
Información posesoria expediente número 12-100052-1046-CI (56-12) establecidas
por Asociación de Desarrollo Integral de Jabillo de Potrero Grande de Buenos
Aires.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 30 de mayo del
2014.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1
vez.—(IN2014053301).
Se emplaza a todos los que
tuvieren interés en proceso de Información Posesoria promovida por Asociación
Iglesia Cristiana Remanente Fiel cédula jurídica número tres-cero cero
dos-ciento dieciséis mil doscientos veinte, representada por Juvenal Gerardo Vindas López, para que se a nombre titule a su nombre la
finca sin inscribir del Partido de Puntarenas, que es lote para construir, sito
en distrito octavo Barranca, cantón primero de la provincia de Puntarenas.
Linda al norte y sur, calle pública con una medida de dieciséis punto cincuenta
y cinco metros y dieciséis punto cuarenta metros respectivamente; al este, con
Sixto Espinal Pereira, y al oeste, con Asociación Iglesia Cristiana Remanente
Fiel. Mide: Quinientos diecisiete metros con quince decímetros cuadrados, según
plano catastrado número P-ochocientos treinta y cuatro mil novecientos
siete-dos mil tres. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin
interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto
evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan
cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de ocupación originaria, el
inmueble lo estima en la suma de un millón de colones. Quien se crea con
derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a
este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de
este edicto. Información posesoria N° 09-100629-0642-CI-2 promovida por
Asociación Iglesia Cristiana Remanente Fiel.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Xinia
González Grajales, Jueza.—1 vez.—(IN2014053410).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 14-000023-0297-CI donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de José Humberto Alvarado
Álvarez, quien es mayor, estado civil viudo, vecino de Santa Rita de Río
Cuarto, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-197-830,
profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia
de Alajuela, la cual es terreno de solar. Situada en Santa Rita el distrito
seis Río Cuarto, cantón tres Grecia, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Luz Solano Barboza (hoy Gerardo
Solano Barboza); al sur, Gilbert Alvarado Hidalgo; al este, Cecilia Rojas
Sánchez, y al oeste, calle pública con un frente de catorce metros con
cincuenta centímetros lineales. Mide: Trescientos treinta y dos metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón quinientos mil
colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciere Arlem Fernando Alvardo Hidalgo, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en mantenimiento, cuidarlo, cercarlo,
limpiarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por José Humberto
Alvarado Álvarez. Expediente N° 14-000023-0297-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 14
de julio del año 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1
vez.—(IN2014053429).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se encuentra el expediente N° 13-000124-0388-CI, el cual corresponde a
un proceso de diligencias de información posesoria, promovido por Osvaldo
Contreras Acevedo, quien es mayor, casado una vez, comerciante, cédula
9-0099-0360 y vecino de Sardinal de Carrillo, Guanacaste, de la estación de
Servicio Sardinal, cincuenta metros al norte y ciento veinticinco metros al
este, Cavilas La Colina; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para construir,
situado en Sardinal, distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo, provincia de
Guanacaste; el cual colinda al norte, Jairo Hernández Ruiz, Óscar Quesada
Arrieta y servidumbre de paso en medio con un frente a ella de treinta y nueve
metros con noventa y cinco centímetros y un ancho de la servidumbre de seis
metros; sur, Osvaldo Contreras Acevedo; este, calle pública con un frente a
ella de setenta y siete metros, oeste, Óscar Quesada Arrieta y calle pública
con un frente a ella de ocho metros con noventa y seis centímetros. Mide 1 473
m2, según plano G-1595055-2012. Indica la parte promotora: que sobre
el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no
pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el
inmueble en tres millones de colones, que lo adquirió mediante una compra que
le hizo al señor Jairo Hernández Ruiz, mayor, casado una vez, comerciante,
cédula 5-0289-0475, vecino de Sardinal de Carrillo, Guanacaste, el 22 de mayo
del año dos mil doce, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única
persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de
posesión que ha ejercido sobre el han consistido en
cuido, cercado, limpieza, rondas, chapeas, y mantenimiento en general; que no
ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros
inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de
conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza
por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado
Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste, 8 de agosto del 2014.—Lic.
Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1
vez.—(IN2014053569).
El Paraíso de San Martín S.
A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuarenta y dos mil ochocientos
veinticuatro, domiciliada en Palmar Norte de Osa, Puntarenas, frente a la
Botica Costa Rica, representada por su apoderada generalísima Rosa Elena Zúñiga
Vargas, mayor, divorciada una vez, abogada, vecina de San Isidro de El General,
Pérez Zeledón, cédula seis-ciento sesenta y nueve-ciento cincuenta y dos,
establece diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el
Registro Público de la Propiedad, las fincas sin inscribir situadas en Santa
Rosa, distrito quinto Piedras Blancas, cantón quinto Osa, provincia de
Puntarenas, que se describen así: lote uno: Terreno de potrero. Lindantes:
norte, Manuel Sandí Garita; sur, Edith Vásquez Segura; este, calle pública con
un frente de quinientos nueve metros con veintiocho centímetros lineales,
oeste, Edith Vásquez Segura. Plano catastrado número P-1299212-2008, con una
medida de cuatro mil ochocientos noventa y nueve metros con setenta y un
decímetros cuadrados. Se estima el inmueble en la suma de tres millones de
colones. Lote dos: Terreno de potrero. Lindantes: norte, Manuel Sandí Garita;
sur, Justo Baltodano Baltodano
y Firehorizons Landviews S.
A.; este, Manuel Sandí Garita y Río Caña Blancal, oeste, calle pública con un
frente de quinientos treinta y seis metros con setenta y ocho centímetros
lineales. Plano catastrado número P-1345640-2009, con una medida de dieciocho
hectáreas ocho mil dos metros cuadrados. Se estima el inmueble en la suma de
siete millones de colones. Sobre los mismos no pesan gravámenes ni cargas
reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se
emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen
en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no verifican.
Expediente N° 14-000065-0419-AG (Interno 84-1-14).—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 12 de
junio del 2014.—Lic. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—(IN2014053581).
Rosemary Ávila Salas, mayor,
viuda de primeras nupcias, ama de casa, portadora de la cédula de identidad
dos-trescientos ochenta y nueve-ciento treinta y cinco, vecina de Sabalito de
Coto Brus, trescientos metros oeste del plantel del
MOPT, promueve diligencias de Información Posesoria, para inscribir a su nombre
en el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo:
Terreno: agricultura. Situado: Sabalito, distrito segundo Sabalito, cantón
octavo Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Mide:
cuarenta y tres mil setecientos quince metros cuadrados. Linda: norte, Roberto
Chavarría Padilla; sur, calle pública con un frente de ciento sesenta y dos
metros con noventa y dos decímetros, este, Carlos Jiménez Corrales y Javier
Marín Ramírez, oeste, Rose Mary Ávila Salas. Plano catastrado número
P-999880-05. Se estima el inmueble en la suma de cinco millones de colones. Se
cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con
mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término
de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín
Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de
que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el registro.
Notifíquese Wilbert Álvarez Li, Juez. Información
Posesoria 14-000064-419-AG interno 83-3-14 de Rose Mary Ávila Salas.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
la Zona Sur, Corredores.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2014053595).
Se hace saber: que ante este
despacho se tramita el expediente 13-100018-0217-CI, donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Marco Antonio Mora Zúñiga,
mayor, casado una vez, albañil, vecino de Aserrí, de
la iglesia católica, cincuenta metros oeste, cédula de identidad 1-327-181, a
fin de inscribir a su nombre, y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: naturaleza: terreno para construir con una casa de
habitación, situada en distrito primero Aserrí,
cantón seis Aserrí, de la provincia de San José, con
linderos actuales: norte, Benjamín Mora Mora, oeste,
Guillermina Fallas Fallas, sur, calle pública, y
este, Guillermina Fallas Fallas. Mide: trescientos
cuarenta y dos metros con veinticinco céntimos cuadrados (342,25 m²), según
plano catastrado Nº SJ-468091-1982 de fecha 31 de marzo de 1982. Se cita y
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus
derechos. Exp. 13-100018-0217-CI, información
posesoria promovida por Marco Antonio Mora Zúñiga.—Juzgado
Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados,
04 de agosto del 2014.—Dra. Leyla K. Lozano Chang,
Jueza.—1 vez.—(IN2014053650).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el
expediente 13-100286-0217-CI, donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Betty Eugenia Badilla Calderón, mayor, divorciada una
vez, oficios domésticos, vecina de Chirraca de Acosta, del salón comunal 75
metros sur, casada una vez, jubilada, vecina de San Ignacio de Acosta, contiguo
al Almacén Caraigres, cédula de identidad número
uno-trescientos sesenta y tres-ciento setenta y seis, a fin de inscribir a su
nombre, y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: naturaleza: terreno para construir con una casa, matas de café, cítricos y
rastrojos, ubicado en el distrito tres, Palmichal, cantón doce Acosta, de la
provincia primera San José, linda: norte, Juan Edgar Mora Hung
y servidumbre de paso, sur, Víctor Manuel Mora Mora y
quebrada a Chirraca, este, Mario Calderón Badilla, oeste, Luis Badilla Calderón
y Belén Badilla Calderón. Mide: cinco mil setecientos veintisiete metros
cuadrados, (5 727,00 m²), según plano catastrado Nº SJ-1604520 de fecha 14 de
febrero del 2012. Se cita y emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el despacho a hacer valer sus derechos. Exp.
13-100286-0217-CI, información posesoria promovida por Betty Eugenia Badilla
Calderón.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer
Circuito Judicial de San José, Desamparados, 26 de mayo del
2014.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014053662).
Se hace
saber que ante este despacho se tramita el expediente 13-100287-217-CI, donde
se promueven diligencias de información posesoria por parte de Cecilia Badilla
Calderón, quien es mayor, soltera, oficios domésticos, vecina de Acosta, cédula
número 1-0452-0478, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno para construir con
matas de café, ubicado en Acosta, distrito tres del cantón doce de la provincia
de San José, cuya área según el plano es de ochocientos dieciséis metros
cuadrados. Linda al norte, con Juan Édgar Mora Haug y
en parte de servidumbre de paso; al sur, con Betty Badilla Calderón; al este,
con Belén Badilla Calderón; y al oeste, con Alfonso Mora Mora.
Se cita y emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información
Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer
sus derechos. Exp. 13-100287-0217-CI. Información
posesoria promovida por Cecilia Badilla Calderón.—Juzgado
Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados,
22 de enero del 2014.—MSc. Kattia
Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—(IN2014053665).
Se
emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de Información Posesoria
promovida por Paquita Chaves Rodríguez, mayor, casada una vez, ama de casa,
número de cédula seis-doscientos catorce-novecientos setenta y ocho vecina de
Barrio La Tranquilidad Puntarenas, ciento cincuenta metros de la plaza
sintética de fútbol, Cóbano Puntarenas, para que se
titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es
terreno para construir con una casa, sito distrito cero once Cóbano cantón de Puntarenas, provincia de Puntarenas.
Linda: al norte, con José Ángel López Ruiz; al sur, con calle pública con un
frente de ocho metros cincuenta centímetros lineales; al este, con Etelvina
Ramírez y William Villegas Vallejos; y al oeste, con Asociación Testigos de
Jehová. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y
a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las
consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales
sobre él ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de compraventa, el
inmueble lo estima en la suma de un millón de colones. Quien se crea con
derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a
este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de
este edicto. Información Posesoria N° 13-100169-642-CI de Paquita Chaves
Rodríguez.—Juzgado Civil y Agrario
de Puntarenas.—Lic. Xinia González
Grajales, Jueza.—1 vez.—(IN2014053728).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000030-1002-AG
donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Braqui Sociedad Anónima con cédula de personería jurídica
número 3-101-295982, domiciliada en Turrialba, La Suiza, Canadá, cincuenta
metros norte y cincuenta metros este de la escuela, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en el distrito dos La
Suiza, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
calle pública y Miguel Salmerón Acuña; al sur, Marta Neli
Araya Salazar; al este, Manuel Acuña López y Miguel Salmerón Acuña; y al oeste,
Marta Neli Araya Salazar. Mide: diez mil quinientos
cincuenta y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número C-1620779-2012. Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de seiscientos mil colones cada una. Que adquirió dicho
inmueble por compra verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
doce años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento de la finca, mantenimiento de cercas, limpia del potrero y la
siembra de árboles de guayaba. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por
Braqui Sociedad Anónima. Exp.
14-000030-1002-AG.—Juzgado Agrario de Turrialba,
18 de agosto del 2014.—Lic. Wilberth Herrera
Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014053846).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 14-000132-0391-AG donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Victor
Julio Acosta Abarca quien es mayor, estado civil soltero, vecino de San
Gerónimo Desamparados, portador de la cédula de identidad número 1-832-265,
profesión mensajero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es
terreno de árboles frutales. Situada en el distrito cuarto (Lepanto), cantón
primero (Puntarenas), de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle
pública con un frente a ella de diecinueve metros noventa y cuatro centímetros
lineales; al sur, Melissa Morales Badilla; al este, Saúl Rosales Guevara y
servidumbre agrícola en medio; y al oeste, Jonathan Gómez Rosales y Anita
Rosales Guevara. Mide: ochocientos sesenta y cinco metros cuadrados, tal como
lo indica el plano catastrado número P-1714076-2014. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones
cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra a Saúl Rosales Guevara, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta y dos años.
Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercado,
chapeas, y asistencia en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Victor Julio Acosta Abarca. Exp.
14-000132-0391-AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 19 de
agosto del 2014.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero,
Juez.—1 vez.—(IN2014053856).
Tres Uno Cero Dos-Cinco Cero
Dos Tres Cero Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
tres-uno cero dos-cinco cero dos tres cero siete, domiciliada en Los Ángeles de
Pocosol, de San Carlos de Alajuela, ochocientos
metros al sureste de la iglesia; representada por su apoderada generalísima
María Eugenia Camacho Álvarez, mayor, casada una vez, de oficios domésticos,
cédula de identidad seis-ciento doce seiscientos cincuenta y seis, vecina de
Los Ángeles de Pocosol. Solicita se levante
Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro
Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe
así: terreno sembrado de caña en la actualidad, con una casa, sito en Los
Ángeles, distrito trece Pocosol, cantón diez San
Carlos, de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte,
Juan Méndez Mora, Danilo Parageles Mora, Alexandra Angulo
Chacón y quebrada sin nombre; al sur, Rigoberto González Miranda y Tres Uno
Cero Dos-Cinco Cero Dos Tres Cero Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada;
al este, Miguel Serrano Campos, otra propiedad de Daube
Lara Alpízar, Juan Méndez Mora y calle pública con un
frente a ella de 464.48 metros lineales; y al oeste, otra propiedad Daube Lara Alpízar, quebrada sin
nombre. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-1601498-2012 de
fecha 3 de setiembre de 2012, una superficie de treinta y un hectáreas,
seiscientos metros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta el titulante, que lo adquirió por compra que le hiciera a Daube Lara Alpízar, mayor, casado
una vez, agricultor, cédula de identidad dos-trescientos
veinticuatro-cuatrocientos cuatro, vecino de Los Ángeles de Pocosol,
un kilómetro al suroeste de la iglesia católica, el 3 de julio de 2014,
mediante escritura pública número cincuenta y
seis, otorgada ante el notario José Fabio Rodríguez Arguedas y quien le
trasmitiera la posesión decenal del inmueble, posesión ejercida en forma pública, pacífica, sin interrupción y a
título de dueña. Valora el terreno en la suma de veinte millones de colones y
en la misma suma estima las presentes diligencias. Con un mes de término
contado a partir de la publicación de este Edicto, se cita a los interesados
que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en
defensa de sus derechos. Diligencias de Información Posesoria N° 14-000189-0298
AG, establecida por Tres Uno Cero Dos-Cinco Cero Dos Tres Cero Siete Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 12 de
agosto de 2014.—Lic Federico Villalobos Chacón,
Juez.—1 vez.—(IN2014053861).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000148-0188-CI
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de German
Mena Villalobos quien es mayor, estado civil casado dos veces, vecino de Pérez
Zeledón, 250 metros oeste de Coopealianza, portador
de la cédula de identidad vigente que exhibe número 06-0077-0870, profesión
comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San
José, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en
el distrito 1 San Isidro del General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Augusto Quesada Sánchez;
al este, Adela Monge Navarro y al oeste, calle pública. Mide: trescientos
treinta y nueve metros con treinta y dos centímetros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de treinta y
cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble a finales de mil
novecientos cincuenta, mediante compra al señor Otoniel Ceciliano
Mora, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que
los actos de posesión han consistido en habitación, ya que ahí crecieron sus
hijos.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por German Mena
Villalobos. Exp. N° 13-000148-0188-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez
Zeledón, 8 de julio del 2014.—Msc. Norman Herrera
Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014053986).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Eliecer Navarro Padilla, mayor, casado, agricultor,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad 09-0064-0190 y vecino de
Tambor de San Pedro de Pérez Zeledón. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000021-0188-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 19 de
mayo del año 2014.—Msc. Norman Herrera Vargas,
Juez.—1 vez.—(IN2014051572).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quien fuera Samaniego Espinoza Marchena,
mayor, casado una vez, cédula de identidad personal número cinco-cero cero
setenta-cero ochocientos treinta y seis, con ultimo domicilio en de Guanacaste,
Santa Marta de Nosara, frente a plaza de Deportes, a
un costado del Salón, quien falleció el veintiocho junio del año dos mil once,
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo,
la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente: cero cero cero
uno-dos mil trece. Notaría del notario Luis Fernando Jiménez Quesada, sita en
San José, calle trece, avenidas doce y catorce, número mil doscientos sesenta y
nueve.—San José, catorce de agosto del año dos mil
catorce.—Lic. Luis Fernando Jiménez Quesada, Notario.—1
vez.—(IN2014052553).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Óscar
Carranza Espinoza, mayor, casado, ebanista, vecino de San Pedro de Valverde,
cédula 2-303-667. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 13-000138-0295-CI, causante Óscar Carranza
Espinoza.—Juzgado Civil de Grecia, 13 de
diciembre del año 2013.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2014052819).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mario
Rodrigo Navarro Sandoval, mayor, sin discapacidad, inspector de leyes y
reglamentos de la Caja Costarricense de Seguro Social, casado, nacionalidad
costarricense, portador de la cédula de identidad cinco doscientos cuarenta y
cinco quince. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000085-0386-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 4 de agosto del año 2014.—Lic. Guillermo Ortega Monge,
Juez.—1 vez.—(IN2014052860).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Vargas
Jiménez, mayor, casado, doctor en derecho, costarricense, con documento de
identidad 0202911441 y vecino de Sabanilla. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000420-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José,
30 de julio del año 2014.—Lic. Francis Porras León, Juez.—1
vez.—(IN2014052908).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Rafael Ángel Quesada Brenes, mayor, casado una vez, separado de hecho,
costarricense, comerciante, con documento de identidad Nº 0301370737 y vecino
de Cipreses, Oreamuno, Cartago. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
13-000371-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25
de marzo del año 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014052942).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Eustaquio Cirilo Ruiz Ruiz, mayor, pensionado,
casado, con documento de identidad 5-0050-0091 y vecino de Filadelfia. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp.
Nº 14-000125-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz,
02 de julio del 2014.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1
vez.—(IN2014053097).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Albino Rodríguez Jiménez, mayor, guarda de seguridad, costarricense, con
documento de identidad 0202420668 y vecino de San Ramón. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp.
Nº 13-000078-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 30 de julio del 2014.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2014053136).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Olga Solano Castro, mayor, soltera, ama de casa, de nacionalidad
costarricense, con documento de identidad 1-0258-0131 y vecina de Mozotal, Guadalupe. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Exp. Nº 13-000340-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José,
17 de julio del 2014.—Lic. Francis Porras León, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2014053139).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Maritza Gioconda Remón Saturno, mayor, casada, ama de casa, naturalizada
costarricense, con documento de identidad 081000107 y vecina de Tibás. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
14-000427-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 23 de julio del año 2014.—Lic. Francis
Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014053303).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan de Dios
Fallas Varela, mayor, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de
identidad 0201520315 y vecino de San Ramón, Concepción, un kilometro
al norte de la Escuela Mercedes Quesada. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000621-0691-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
17 de febrero del año 2014.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.— (IN2014053405).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso Sucesorio de quien en vida se
llamó Walter Gamboa Rodríguez, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Ciudad
Quesada, con documento de identidad 0202120032. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, sino se
apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente
Nº11-101120-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 10 de setiembre del año
2013.—Lic. Armando Alfaro Araya. Juez.—1
vez.—(IN2014053408).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Maurie Rocío Blanco Padilla, mayor, licenciada de planificación,
vecina de Tres Ríos, con documento de identidad 0108100997. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº
13-000361-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18
de noviembre del año 2013.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1
vez.—(IN2014053436).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juana
Eugenia Ramona Guerrero Jiménez, mayor, pensionada, soltera, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad 0600810468 y vecina de Bella Vista el
Roble Puntarenas. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 14-000014-0432-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 6 de marzo del año 2014.—Lic. Marcela
Arce Matarrita, Jueza.—1
vez.—(IN2014053473).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Raúl Chamorro Chavarría, mayor, casado una vez, agricultor,
costarricense, con cédula de identidad 2-231-140, vecino de Asentamiento Ulima, Florencia, San Carlos, frente al Abastecedor Ulima. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000151-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, 2 de julio del año 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014053488).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Bertha
Alicia del Carmen Rodríguez Campos, mayor, casada una vez, del hogar, con
documento de identidad número 0204550716, y vecina de Brisas de Zarcero. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº
14-000097-0295-CI proceso sucesorio de Bertha Alicia del Carmen Rodríguez
Campos, sin parte contraria.—Juzgado Civil de
Grecia, 29 de julio del año 2014.—Msc. Emi Lorena
Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(IN2014053493).
Se
convoca a todos los interesados en la sucesión de Alexis Jiménez Anchía, quiern en vida fue mayor,
casado una vez, agricultor, cédula de identidad número uno-cuatrocientos
veintiocho-seiscientos ochenta y cuatro, vecino de la Unión de Sabalito Coto Brus, trescientos metros al oeste de la Pulpería El Gallo,
para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de
que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda.
Sucesorio número 14-100027-920-CI-3 de Alexis Jiménez Anchía,
promovido por Floribeth Cruz Villegas.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 21 de agosto de 2014.—Lic. Dany Matamoros Bendaña, Juez.—1
vez.—(IN2014053578).
Se emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la
sucesión de Tito de Jesús Guevara Meza, quien fue mayor, soltero, vecino de
Desamparados, Urbanización La Capri, etapa tres, lote
AB-06, cédula de identidad 5-0199-0109, para que dentro del plazo de treinta
días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor
derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente N° 13-100226-0217-CI. Sucesión de Tito
de Jesús Guevara Meza.—Juzgado Civil y de Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 9 de mayo del
2014.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014053607).
Se hace saber: que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Marín
Aguilar, mayor, casado, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento
de identidad 0601510714 y vecino de Bambel Tres de
Río Claro, quinientos metros del Bar El Ranchito. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000016-1098-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Golfito, 22 de
octubre del 2013.—Lic. Olga Sandí Torres, Jueza.—1
vez.—(IN2014053642).
Se hace
saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Alfonso Soto Monge, mayor, estado civil casado, profesión panadero,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0600144084 y vecino de no
indica. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 14-000146-0164-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de julio del 2014.—Lic. Francis
Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2014053648).
Se hace
saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Marcela Mayela Dobles Balmaceda, mayor, casada
una vez, del hogar, cédula de identidad 400950707. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 11-000219-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 04 de abril del
2014.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1
vez.—(IN2014053655).
Se hace
saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Ana Cristina Ballestero Rosales, mayor, divorciada una vez,
administradora de negocios, cédula número uno-mil setenta y tres-cero
seiscientos ochenta y cuatro y vecina de Heredia. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000298-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 10 de julio
del 2014.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—1 vez.—(IN2014053802).
Con treinta días de plazo,
se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás interesados en el
proceso sucesorio Nº 12-100074-0239-CI (87-12) de Marjorie
Chavarría Rojas, quien en vida fue mayor, soltera, costarricense, vecina de
Hatillo, cédula de identidad número 1-0481-0453; para que dentro del mismo
plazo se apersonen ante este Juzgado con el fin de que hagan valer sus
derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien
demuestre su derecho.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Hatillo, 16 de enero del 2014.—Lic. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—1
vez.—(IN2014053825).
Se hace
saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Jorge Antonio Martín Solano Jiménez, mayor, soltero, operario, con
documento de identidad 1-0537-0643 y vecino de La Unión San Juan Urbanización
Villas de Ayarco, Cartago. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000455-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27 de enero
del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014053835).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Biddle Krause Bessie, mayor,
casada, nacionalidad estadounidense, pensionada, vecina de Heredia, cédula de
residencia 175-0200494-0014437 y James David Krauser,
mayor, casado, nacionalidad estadounidense, pensionado, vecino de Heredia,
cédula de residencia 175-0200495-0014438. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000269-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 17 de julio del 2014.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—1
vez.—(IN2014053836).
Por el plazo de treinta días a partir de la publicación del
presente edicto, se cita y se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y
demás interesados en rendir oposición a las presentes diligencias sucesorias de
quien en vida fuera Rosa María del Carmen Madrigal Salas, mayor, casada una
vez, ama de casa, vecina de Heredia, San Joaquín, Llorente de Flores, del Lagar
700 metros al este y 150 metros al norte, con cédula cuatro-cero cero ocho
cuatro-cero seis cero tres, para que manifiesten lo que crean pertinentes
dentro del referido plazo, bajo apercibimiento de que en caso de omitirlo, la
herencia pasará a quién corresponda. Expediente 14-000109-0926-CI.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de San Joaquín de Flores, Heredia, San Joaquín, 28 de marzo
del dos mil catorce.—Lic. Luis Rodrigo Campos Gamboa, Juez.—1 vez.—(IN2014053872).
A los causahabientes de
quién en vida se llamó Flores Vásquez Rocío, quien fue mayor, casada, de
cuarenta y un años de edad, con cédula de identidad número 1-0753-0458,
falleció el dieciséis de mayo de dos mil once, se les hace saber que Jiménez
Castillo José, portador de la cédula de identidad número 1-0684-0676, vecino de
Alajuelita se ha apersonado a abrir el proceso
sucesorio, en razón de lo que se cita a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente N° 14-100071-0251-CI.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Alajuelita, 15 de julio del 2014.—MSc.
Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—1 vez.—(IN2014053911).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos
Roberto Agüero Gutiérrez, mayor, casado una vez, comerciante, costarricense,
con cédula de identidad 0103380450 y vecino
de Guadalupe. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 14-000382-0164-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de agosto
del 2014.—Lic. Francis Porras León, Juez.—1
vez.—(IN2014053918).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Claudio Lobo
Vargas, mayor, viudo, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de
identidad 2-128-420 y vecino(a) de Centro de Golfito Puntarenas.- Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº
14-000049-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía
de Golfito, 2 de julio del 2014.—Lic. Olga Sandí Torres, Jueza.—1 vez.—(IN2014053927).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José
Francisco Salas Alvarado, mayor, casado, nacionalidad costarricense, con
documento de identidad 0301230337 y vecino de la Cruzada de Atirro
en la ciudadela la Lima casa número 33, en la Suiza de Turrialba, masculino,
hijo del señor Rafael Salas Arias y la señor Graciela Alvarado Salas. Se cita a
los (as) herederos (as), legatarios (as), acreedores y en general a todos(as)
los(as) interesados (as) , para que dentro del plazo
de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000041-0341-CI.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 15 de
julio del 2014.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2014053933).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ana Isabel
Aguilar Rodríguez, mayor, soltera, con documento de identidad número
05-0129-0602 y vecina de Grecia.- Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000139-0295-CI proceso sucesorio
de Ana Isabel Aguilar Rodríguez, sin parte contraria.—Juzgado
Civil de Grecia, 11 de noviembre del 2013.—Msc.
Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1
vez.—(IN2014053960).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de Carlos Manuel Ovares Barrantes, quien fuera
mayor, casado, cédula de identidad número 3-192-869 y vecino de Sarapiquí, Río
Frío, Finca Diez, para que dentro de los treinta días contados a partir de la
publicación de este Edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus
derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente #14-100006-0377-CI proceso
sucesorio de Carlos Manuel Ovares Barrantes.—Juzgado
Contravencional Menor Cuantía y Tránsito de
Sarapiquí, Puerto Viejo, 9 de julio del 2014.—Lic. Nain
Isaac Monge Segura, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014053973).
Se hace saber: Que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de Roberto Sawyers
Copeland, quién fue mayor, casado una vez, médico,
vecino de San José, Barrio México, cédula de identidad número 7-0048-0361. Se
emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sin no
se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. Nº 13-000464-0164-CI.—Juzgado
Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 8 de agosto del 2014.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014053977).
Se convoca por
medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas
personas que tuvieran derecho a la tutela legítima del menor Carlos Alberto
Álvarez Álvarez, ya por corresponderles la legítima,
para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la
fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 14-000308-0932-FA.
Proceso tutela legítima dativa. Promovente: Patronato
Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de mayo del año
2014.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—(IN2014053661).
3
v. 1
Se hace saber que en proceso
Judicial de quiebra tramitado en este despacho Judicial, se dictó la sentencia
número 493-2014 de las dieciséis horas y un minutos del siete de agosto del dos
mil catorce, que en lo conducente dice: “...Por tanto: Se declara la quiebra de
Difiesta Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-146565; con base en lo dispuesto por los artículos 851 inciso b), 852,
860, 868,y 886 del Código de Comercio y 760 del Código Procesal Civil.
Concatenando los artículos 863 y 868 del Código de Comercio, se fija por ahora
y en perjuicio de tercero la época en que cesó al pago de sus obligaciones
provisionalmente el día diecinueve de agosto del dos mil trece, que corresponde
al día final del plazo de tres meses retroactivo contado a partir del
diecinueve de noviembre de ese mismo año, fecha en la cual se cumplieron las
veinticuatro horas para la declaración de quiebra como lo contempla el canon
863 ibídem. Se les previene a todas las personas que en cuyo poder existan
pertenencias de la quebrada, cualquiera que sea su naturaleza, que dentro del
plazo de un mes, hagan al curador o al juez manifestación y entrega de ellas
bajo pena de ser tenidos por ocultadores de bienes y responsables de los daños
y perjuicios. Los tenedores de prendas y demás acreedores con derecho de
retención, tendrán la obligación de dar noticia al curador o al Juez, bajo la
misma pena. En tratándose de dineros, los mismos podrán ser depositados en la
cuenta bancaria número 130000260958-0 del Banco de Costa Rica, previo a lo cual
la persona física o jurídica depositante habrá de comunicarse personalmente o
por teléfono con este juzgado a efectos de ser habilitada en el sistema de
depósitos judiciales con su nombre y número de identificación completos. Se
prohíbe a terceros hacer pagos o entregar efectos de bienes de cualquier clase
a la quebrada bajo el apercibimiento de nulidad de tal pago o entregas. Envíese
mandamiento al Registro Nacional, Sección de Propiedad, de Inmuebles, Vehículos
y General de Prendas para que se abstengan de dar curso e inscribir cualquier
documento emanado del deudor, en el que se consigne un traspaso de derechos o
la imposición de un gravamen. También inscríbase la declaración de quiebra al
margen de la sociedad anónima fallida, en la
Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Comuníquese a los Bancos,
Instituciones de Crédito, Almacenes Generales de depósitos y Aduanas para que
se abstengan de entregar al deudor, apoderado o
encargado suyo, títulos valores, efectos de comercio, mercaderías y cualquier
otro documento o efecto de algún contenido económico. Comuníquese a la oficina
de Correos, Telégrafos, Radios y Cables, para que le entreguen al señor curador
toda correspondencia, encomiendas y Despachos que lleguen dirigidos a la
quebrada. Comuníquese a las Oficinas y Autoridades del Ministerio Público a fin
de que inicien proceso para determinar si la quebrada ha incurrido en el delito
de quiebra fraudulenta o culposa y para que se impongan, si fuera el caso, las
sanciones penales correspondientes. Se concede a todos los interesados un plazo
de dos meses para que presenten legalización de sus créditos, plazo que
empezará a correr desde la publicación de la parte dispositiva. La parte actora
de este proceso deberá legalizar su crédito también a efectos de salvaguardar
la igualdad de todos los acreedores en el trámite de constatación de los
pasivos. Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por una sola vez en
el Boletín Judicial y en un periódico de circulación nacional, lo cual
corre a cargo de la parte promovente y/o el curador
que se designe. En cuanto a la publicación en un periódico de circulación
nacional, el curador propietario, la parte actora o cualquier persona con
interés legítimo en su publicación podrá apersonarse
al Despacho a retirar el documento original firmado. En relación con el edicto
a publicar en el Boletín Judicial, el mismo será enviado por este
despacho judicial de manera electrónica y le corresponderá a cualquier
interviniente con interés legítimo presentarse a la Imprenta Nacional a
gestionar la publicación de manear directa sin necesidad de retirar documento
físico alguno. Solicítese a la Dirección Ejecutiva las nóminas de curador
propietario, curador suplente y notario inventariador
que procedan por estricto turno. Expediente N° 13-000026-0958-CI.—Juzgado Concursal de San José, 07 de agosto del
2014.—MSc. Christian Quesada Vargas, Juez
Concursal.—1 vez.—(IN2014051606).
Se avisa que en este
Despacho los señores Fernando José de la Trinidad Sánchez Murillo y Gabriela
Azucena Moya Segura, solicitan se apruebe la adopción conjunta y cambio de
nombre de las personas menores de edad Santiago de Jesús Garro Prado y Sweet Yakaira Garro Prado. Se
concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
14-000457-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 8 de agosto del año
2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, jueza.—1
vez.—(IN2014052909).
Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez Jueza del Juzgado
de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón); hace saber a
María de Los Ángeles Brenes García, de documento de identidad y domicilio
desconocidos, que en este Despacho se interpuso un proceso declaratoria
judicial abandono en su contra, bajo el expediente N° 13-000277-0688-FA donde
se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón). A las diez horas y treinta y ocho
minutos del quince de noviembre del año dos mil trece. Se tiene por establecido
el presente proceso especial de declaratoria de abandono del menor Aarón Brenes
García, planteado por Patronato Nacional de la Infancia en contra de María de
Los Ángeles Brenes García, representada en la persona de su curador procesal el
licenciado Luis Carlos Acuña Jara, cédula 2-400-921, carné 4244, de quien
consta en autos la aceptación de dicho cargo y a quién se le concede el plazo
de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y
ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del
Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente (n)
debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2
de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que,
si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema
de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de
cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia
oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez
recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese ésta resolución al
Curador Procesal por medio del lugar señalado. Notifíquese la presente
resolución a la demandada Brenes García, por medio de su curador procesal el
licenciado Luis Carlos Acuña Jara en el medio señalado por éste para tal efecto
sea el correo electrónico: lacunajara@ice.co.cr. Previo a realizar dicha
notificación, deberá el ente actor en el plazo de tres días proceder a aportar
un juego adicional de copias de los folios que van del 1 frente al 59 frente,
del 63 frente al 66 frente y del 74 frente al 81 frente, lo anterior bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere sus futuras gestiones no le serán
atendidas. Tome nota el curador procesal de la demandada que una vez se le
proceda a notificar este asunto, deberá tomar en cuenta de que las copias de
esta demanda quedan a su disposición, en el archivo de esta oficina para que
las retire a la mayor brevedad posible. Por otra parte se ordena notificar a la
demandada Brenes García la presente demanda, por medio de un edicto que se
publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de circulación nacional,
para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Los plazos
comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación.
Expídase y publíquese por parte de este despacho judicial. Ahora bien por
encontrarlo conforme a derecho se procede a autorizar al ente actor a realizar
la correspondiente ubicación en riesgo y adoptabilidad
administrativa del menor Aarón Brenes García, hasta tanto no se emita una
resolución que indique lo contrario. F) Msc. Denia
Magaly Chavarría Jiménez. Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso
declaratoria judicial abandono de Patronato Nacional de la Infancia contra
María de Los Ángeles Brenes García; expediente Nº 13-000277-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela, San Ramón, 15 de noviembre del 2013.—Lic. Denia Magaly Chavarría
Jiménez, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014053137).
Se avisa que en este
Despacho bajo el expediente N° 13-001758-0364-FA, los señores Víctor Madrigal Sánchez, cédula 0502010030, Nelise
Wielewski Narloch, cédula
0800840985, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la menor Kiara Fiorella Arias Víquez. Se concede a los interesados
el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde
expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que
fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia,
06 de agosto del 2014.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014053276).
Se hace saber a Rafael Ángel
Solís Porras, mayor, nacionalidad costarricense, documento de identidad
1-0555-0316, de demás calidades desconocidas, que en este Despacho se tramita
el proceso abreviado de divorcio, N° 13-401639-637-FA, de Lorena María Arce Alemán
en su contra. Se concede a Rafael Ángel Solís Porras el plazo de diez días a
efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición
correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la
indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr
tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto.
Se previene a la parte accionada, señalar lugar o medio para recibir
notificaciones, caso contrario se aplicará a las resoluciones que se dicten la
notificación automática.—Juzgado de Familia de
Desamparados. Lic. Luz Marina Solís Poveda, Jueza.—1
vez.—Exento.—(IN2014053281).
Se avisa
que en este despacho bajo el expediente número 14-000124-0687-FA, los señores
José Ángel Herrera Jiménez y Noilyn Alejandra
González Barrantes, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la menor Danna Rodríguez Zúñiga. Se concede a los interesados el
plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta
la misma.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San
Ramón, 01 de julio del 2014.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2014053645).
Se avisa que en este
despacho bajo el expediente número 14-000236-0688-FA, la señora Marjorie Quesada Salas, mayor, soltera, costarricense,
vecina de San Ramón, cédula número 2-471-512, solicita se apruebe la adopción
simple del menor de edad Axel Salazar Astorga. Se concede a los interesados el
plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta
la misma.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San
Ramón, 17 de junio del 2014.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2014053654).
Juan Damián Brilla Ramírez,
Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
a Ezequiel Adolfo Sánchez Velando, en su carácter padre registral, quien es de nacionalidad
peruana, mayor, divorciado una vez, de domicilio desconocido, cédula pasaporte
número P3874610, se le hace saber que en proceso reconocimiento hijo mujer
casada, establecido por Ovilio Martín Solano Rojas. Exp: 14-000257-0932-FA se ordena notificarle por edicto, la
resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, a las nueve horas y ocho minutos del tres de
junio del año dos mil catorce. Se tienen por establecidas las presentes diligencias
de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Ovilio
Martín Solano Rojas a favor del menor Gabriel Sánchez Herrera. De las mismas se
confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres
días. De los autos se observa que se encuentran debidamente apersonada la madre
registral del menor no oponiendo objeción alguna al presente proceso. Siendo
que el señor Ezequiel Adolfo Sánchez Velando es de domicilio desconocido se
ordena notificar esta resolución por medio de un edicto que se publicara en el Boletín
Judicial por una sola vez. Se les previene a las partes, que en el primer
escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo
el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta
a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es
para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción
de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina
de Comunicaciones Judiciales y otros Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial
de la Zona Atlántica (Guápiles). Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez Juez
Coordinador.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Juan Damián Brilla
Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2014053657).
Se avisa
que en este despacho bajo el expediente número 14-000339-0688-FA, los señores
Juan Carlos Agüero Zamora, solicitan se apruebe la adopción individual de los
menor Julio César, Susana y Róger David todos Delgado
Carvajal. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 6 de agosto del 2014.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada,
Jueza.—1 vez.—(IN2014053664).
Se avisa
que en este despacho el señor Johel Francisco Zamora
Tenorio, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad
Brandon David Segura Brenes. Se concede a todos los interesados directos el
plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la
misma. Expediente 14-000379-0673-NA.—Juzgado de la
Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de julio
del año 2014.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1
vez.—(IN2014053667).
Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza del Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela; hace saber a Robert Christopher Todd Dannelley, pasaporte número
P038688892, de domicilio desconocido, que en este despacho se interpuso un
proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el expediente número
14-000409-0292-FA donde se dictó las resolución que literalmente dicen: Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas y siete
minutos del doce de junio de dos mil catorce. Se tiene por establecido el
presente proceso especial de declaratoria judicial de abandono del menor
Christopher Matías Dannelley Chaves, planteado por Kerly Isabel Chaves Artavia
contra Robert Christopher Todd Dannelley
por medio de su curador procesal el Lic. Mario Rivera Campos, a quien se le
concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre
la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121
y 122 del Código de Familia. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Representante Legal del Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese esta resolución al demandado por medio de su curador
procesal Lic. Mario Rivera Campos al medio señalado.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc.
Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—(IN2014053670).
Se avisa al señor Jairo
Espinoza Sánchez, de calidades desconocidas que en este juzgado, se tramita el
expediente 14-000428-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito
judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se
solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Kristel Dayanna Espinoza
Rodríguez. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten
su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de
julio del dos mil catorce.—MSc. Yerma Campos Calvo,
Jueza.—1 vez.—(IN2014053672).
Se avisa al señor Randall Howells Castro, mayor de edad, costarricense, casado,
portador de la cédula de identidad 1-0858-0411, de domicilio y demás calidades
desconocidas que en este juzgado, se tramita el expediente 14-000440-0673-NA,
correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la
persona menor de edad Dilan David Howells
Umaña. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su
conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de agosto del 2014.—MSc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(IN2014053675).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovidas por Rodrigo Mauricio
García Hernández mayor, casado, vecino de San José, calle 22, avenida 3 y 5, casa
número 351, frente a Sede Episcopal cédula 1-678-820, encaminadas a solicitar
la autorización para cambiarse el nombre de Rodrigo Mauricio García Hernández
por el de Mauricio únicamente mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en
este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus
derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Expediente N°
14-000032-183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor
Cuantía de San José, 25 de junio de 2014.—Lic. Elio José Campos López, Juez.—1 vez.—(IN2014053683).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido
por Héctor Gómez Cascante mayor, soltero, educador, vecino de Siquirres, Indiana Sur, cien metros al oeste de la Pulpería
La Diferente y portador de la cédula de identidad 50150-0076, encaminadas a
solicitar la autorización para cambiar el nombre de su hija menor Britany Alejandra Gómez Solano por el de Tamara Alejandra
mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en el proceso, a efecto de que
dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este
edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los
apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. 14-000109-0930-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—MSc. Roberto Carmiol Ulloa,
Juez.—1 vez.—(IN2014053715).
Lic. Patricia Cordero
García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Fátima del Carmen Pérez
Salas, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda declaratoria
judicial abandono, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra
Fátima del Carmen Pérez Salas. Expediente 14-000238-0338-FA(4) se ordena notificarle
por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de
Cartago, a las catorce horas y treinta Resultando 1º—…; 2º—…; 3º—…;
Considerando I.— II.— Por tanto Razones dadas, Código de Familia se declara sin
lugar la excepción de falta de derecho invocada por la parte accionada. Con
lugar este Proceso Especial de Declaratoria de Abandono promovido por el
Patronato Nacional de la Infancia contra Fátima Pérez Salas, al efecto se
declara a Héctor John Pérez Salas en estado de abandono y se declara la
terminación en el ejercicio de la patria
potestad que sobre este menor de edad ostenta la señora Fátima Pérez Salas, se
confiere el depósito de Héctor John a la señora Cruz Reyes Tellez,
deberá la depositaria comparecer a este Juzgado dentro de los ocho días
siguientes a la firmeza de este fallo a aceptar el cargo que aquí se le
confiere. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Firme este fallo
inscríbase en el Registro Civil, nacimientos de San José tomo mil setecientos
ochenta y dos, página trescientos sesenta y ocho, asiento setecientos treinta
y seis. Notifíquese.—Juzgado de Familia de
Cartago.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014053870).
Se avisa que en este
Despacho bajo el expediente número 14-000275-0688-FA, los señores Francisco
Valverde Brenes y Elvira Santamaría Barquero, solicitan se apruebe la adopción
Conjunta de la persona mayor de edad Isabel Riquene
Duarte Gómez. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 4 de agosto del 2014.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014053874).
Se han presentado solicitando contraer matrimonio civil, los señores:
Ismael Rojas Cortés, mayor, soltero, con discapacidad temporal en oído
izquierdo, agricultor, vecino de esta ciudad, Tilarán,
Sabalito, ciento cincuenta metros noroeste de la plaza de deportes, portador de la cédula de identidad número 5-0148-0650,
nativo de La Palma de Tilarán el 15-02-1954, hijo de
Juan Abraham Rojas Duarte e Ignacia Cortés Rivera, el primero fallecido y la
segunda vecina de Sabalito, y Gladys Herrera Artavia,
mayor, divorciada, sin discapacidad, ama de casa, vecina de Sabalito de Tilarán, treinta metros noroeste de la plaza de deportes,
portadora de la cédula de identidad número 5-0202-0680, nativa de Santa Rosa de
Tilarán el 25-07-1962, hija de Ernesto Herrera
Villalobos y María Francisca Artavia García, ambos
fallecidos. Si cualquier persona conoce algún impedimento para la celebración
de este matrimonio sírvase comunicarlo a este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación. Expediente N°14-100021-0404-CI.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán, 8 de agosto del 2014.—Lic. Ana Patricia Barrantes
Ruiz, Jueza.—1 vez.—(IN2014052818).
Han comparecido solicitando
contraer matrimonio civil los señores Víctor Manuel Alemán Mendoza, mayor, de
veintinueve años, cédula de identidad número: dos-quinientos sesenta y
siete-doscientos tres, soltero, costarricense, peón agrícola, nativo de Caño
Negro, Los Chiles de Alajuela, el día diecinueve de noviembre de mil
novecientos ochenta y uno, hijo de Medardo Irigoña Chévez y Sebastiana Alemán
Mendoza, ambos de nacionalidad Costarricenses, los cuales son vecinos de Caño
Negro y Yalile Ortiz Cano, mayor, de veintiocho años
de edad, cédula de identidad número: seis-trescientos cuarenta-setecientos
cuarenta y cuatro, soltera, costarricense,
del hogar, nativa de Laurel, Corredores Puntarenas, el día diecisiete de
setiembre de mil novecientos ochenta y cuatro, hija de José Pascual Ortiz
Morales y Juana María Cano González ambos costarricenses y vecinos del Centro
de la localidad de Laurel. Los contrayentes son vecinos del centro de Laurel,
por la Torre del ICE. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este Matrimonio se realice, que
están en la obligación de manifestarlo a este Despacho
dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto.
Matrimonio civil N° 13-400203-921-FA-0 (interno 13-2013).—Juzgado
de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 30 de
marzo del 2011.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1
vez.—Exento.—(IN2014053280).
Han comparecido ante este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los señores Frank de la
Trinidad Aguilar Castro, mayor, soltero, chofer de autobús, cédula de identidad
número 0203520401, vecino de Alajuela, Barrio El Carmen, de la Fabrica Pasta
Roma, del Autolavado Quick 50 metros al este casa
color rojo con negro, casa de dos plantas, hijo de Julio Aguilar Morux y María Elena Castro Cambronero
ambos padres de nacionalidad costarricenses, nacido en centro central Alajuela,
el 15-11-1958, con 56 años de edad, teléfonos 2431-4491, 8346-6048 y Elizabeth
del Carmen Chacón González, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad
número 0204180704, vecina de Alajuela, Barrio El Carmen, de la Fabrica Pasta Roma, del Autolavado
Quick 50 metros al este casa color rojo con negro, casa de dos plantas, hija de
Isidro Chacón Chacón y María Claudina González Ramos,
ambos padres de nacionalidad costarricenses, nacida en Turrúcares
Central Alajuela, el 27-07-1966, actualmente con 48 años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de Matrimonio) Expediente N° 14-001283-0292-FA.—Juzgado
de Familia de Alajuela, 11 de julio del año 2014.—Lic. Luis Fernando Jacobo
Portuguez, Juez.—1
vez.—(IN2014053545).
Han comparecido ante este
despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Alberto
Antonio Calderón Brenes, mayor, soltero, oficial de seguridad, cédula de
identidad número tres-trescientos once-quinientos diez, hijo de Egidio Calderón
Prado y Ligia Brenes Quesada, nacido en centro central Cartago, el veintitrés
de noviembre de mil novecientos setenta, con cuarenta y tres años de edad, y
Alejandra de los Ángeles Hernández Meneses, mayor, soltera, ama de casa, cédula
de identidad número tres-cuatrocientos catorce-novecientos tres, hija de Rafael
Alberto Hernández Calderón y Gerardina Meneses
Granados, nacida en centro Turrialba, Cartago, el veintisiete de mayo de mil
novecientos ochenta y seis, actualmente con veintiocho años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de matrimonio). Exp. 14-000283-0675-FA-I.—Juzgado de Familia de Turrialba, 8 de agosto del
año 2014.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1
vez.—(IN2014053659).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Yesenia Arias Morales, quien es mayor, de 37 años de edad,
ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 6-288-407, hija de
Máximo Arias González y Rosa Morales Portillo, nacida en Cortés Osa Puntarenas
el 15 de diciembre de 1977 y; Andrés Gustavo Rivera Mora, quien es mayor, de 36
años de edad, técnico en telecomunicaciones, portador de la cédula de identidad
número 3-355-337, hijo de Sara María Mora Serrano y Gustavo Rivera Quirós,
nacido en Oriental Central Cartago el 16 de setiembre de 1978; ambas personas
vecinas de Pérez Zeledón, Daniel Flores, Repunta, 600 metros al sur del puente
El Peje, sobre Carretera Interamericana. Si alguna persona tuviere conocimiento
de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a
cabo; lo cual deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación de este edicto. (Solicitud de
Matrimonio) Exp. 14-000098-1303-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur (Pérez Zeledón), 18 de agosto de 2014.—José Miguel Fonseca Vindas, Juez.—1 vez.—(IN2014053848).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Yesenia Arias Morales, quien es mayor, de 37 años de edad,
ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 6-288-407, hija de
Máximo Arias González y Rosa Morales Portillo, nacida en Cortés Osa Puntarenas
el 15 de diciembre de 1977 y; Andrés Gustavo
Rivera Mora, quien es mayor, de 36 años de edad, técnico en telecomunicaciones,
portador de la cédula de identidad número 3-355-337, hijo de Sara María Mora
Serrano y Gustavo Rivera Quirós, nacido en Oriental Central Cartago el 16 de
setiembre de 1978; ambas personas vecinas de Pérez Zeledón, Daniel Flores,
Repunta, 600 metros al Sur del puente el Peje, sobre carretera Interameriacana. Si alguna persona tuviere conocimiento de
que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo;
lo cual deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días
contados a partir de la publicación de este edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. N° 14-000098-1303-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 18
de agosto de 2014.—José Miguel Fonseca Vindas,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014053867).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Richard Antonio Núñez Espinoza,
mayor, cédula de identidad número,
0701240320, nacido en Limón en el Cantón Central, con treinta y siete años de
edad, y Angélica Chavarría Ulloa, mayor, unión de hecho, ama de casa, cédula de
identidad número 0701310817, y nacida en Limón Cantón, actualmente con treinta
y cinco años de edad.; ambos contrayentes son vecinos de Limón Liverpool
contiguo al Colegio de Liverpool. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. Nº14-000361-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, Limón, 13 de agosto del 2014.—Lic. Yuliana
Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014053877).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Víctor Manuel Chaves
González, mayor, divorciado una vez, comerciante, portador de la cédula de
identidad número 0601690708, vecino de Las Minas de la Unión, ruta 32, de
teleféricos quinientos metros al este, hijo de Miguel Ángel Chaves Esquivel y
Evangelina González Rodríguez, nacido en Quepos,
Aguirre, Puntarenas, el primero de octubre del año mil novecientos sesenta y
dos, con cincuenta y un años de edad, número telefónico 8609-2154 y Guiselle Fuentes Peraza, mayor, soltera, ama de casa,
portadora de la cédula de identidad número 0701600619, vecina de Las Minas de
la Unión, ruta 32, de teleféricos quinientos metros al este, hija de José Luis
Fuentes Calderón y Ana Peraza Mora, nacida en Guápiles, Pococí,
Limón, el nueve de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro, actualmente con
veintinueve años de edad, numero telefónico 8809-0505.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº14-000384-0932-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Juan Damián
Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014053879).
Juzgado Penal del segundo Circuito Judicial de San José, en la sumaria
08-000733-0042-PE seguida contra Luis Guillermo Castañeda Ramírez en perjuicio
de la fe pública, por el delito de alteración de señas y marcas y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de
Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución
de las nueve horas del veinticuatro de abril del dos mil catorce al señor Minor Enrique González Arias cédula de identidad 1-888-756,
que se ordenó la devolución del motor identificado con el número 3XP, marca
Yamaha, cilindrada 200 c.c., debiendo el interesado presentar ante este
Despacho con la documentación respectiva que acredite su propiedad; así mismo
cuentan con el plazo de tres meses a partir de esta publicación, en caso de no
presentarse se ordenará el comiso a favor del Estado. Se ordena su publicación
por única vez en el Diario Oficial La Gaceta. Es todo.—Juzgado
Penal del Segundo Circuito
Judicial de San José.—Lic. Carlos Rojas Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2014052846).