BOLETÍN
JUDICIAL N° 178 DEL 17 DE
SETIEMBRE DEL 2014
CIRCULAR Nº 146-2014
ASUNTO: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el
ejercicio de su profesión, actualizada al 7 de julio de 2014.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE
SABER QUE:
En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de
diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los
fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio
de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según
correo electrónico del citado Colegio Profesional.
LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN EL
EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
ACTUALIZADA AL
7 DE JULIO DE 2014
Nombre del abogado |
N° carné |
Tiempo |
Rige del |
Hasta el |
Gaceta |
Alvarado Cervantes Olman |
4436 |
***** |
12/05/2011 |
***** |
91 del 12/05/2011 |
Alvarado Cervantes Olman |
4436 |
2 años, tres
meses y 20 días |
27/12/2013 |
15/04/2016 |
250 del 27/12/2013 |
Badilla Toruño Minor |
8362 |
1 Año |
06/02/2014 |
05/02/2015 |
247 del 21/12/2012 |
Barillas Jiménez Juan Alexis |
11541 |
1 Año
y 4 meses |
04/09/2013 |
03/01/2015 |
169 del 04/09/2013 |
Cambronero Oviedo Marco |
3912 |
3 meses |
15/05/2014 |
14/08/2014 |
092 del 15/05/2014 |
Carvajal Mora Daniel |
9680 |
4 meses |
25/03/2014 |
24/07/2014 |
059 del 25/03/2014 |
Chacón Araya Guiselle |
10087 |
3 años |
04/03/2014 |
03/03/2017 |
44 del 04/03/2014 |
Cubillo Pacheco Luis Antonio |
12673 |
2 años
y 18 dias |
22/08/2012 |
09/09/2014 |
161 del 22/08/2012 |
De León Quesada Lilliam Vanessa |
17669 |
** |
16/10/2013 |
** |
107 del 05/06/2014 |
Díaz Díaz
Yosef Yamín cc Cohen Díaz Yosef Yamín |
15276 |
6 años |
15/05/2014 |
14/05/2020 |
092 del 15/05/2014 |
Di Bella Hidalgo Herbert |
5869 |
12 Años |
23/03/2007 |
22/03/2019 |
59 del 23-03-07 |
Echegaray Castellanos Edgar |
2775 |
3 años
y 6 meses |
13/01/2012 |
12/06/2015 |
10 del 13/01/2012 |
Rojas Fallas
Luis Alexánder |
16985 |
8 años
y 7 meses |
11/03/2014 |
10/10/2022 |
49 del 11/03/2014 |
Fernández Vargas Bernardo Fidel |
16131 |
3 años |
13/10/2011 |
12/10/2014 |
197 13/10/2011 |
González Salas Gerardo Ant. |
5454 |
28 años |
20/06/2007 |
19/06/2035 |
118 del 20-6-07 |
Guerrero Jara
Luis Gerardo |
2316 |
* |
27/12/2013 |
* |
250 del 27/12/2013 |
Guevara Duarte Ricardo Alberto |
11155 |
5 meses |
24/08/2014 |
23/01/2015 |
048 del 08/03/2012 |
Guevara Duarte Ricardo Alberto |
11155 |
2 meses |
24/06/2014 |
23/08/2014 |
10 del 13/01/2012 |
Hernández Quirós
Francisco Javier |
6526 |
5 meses |
06/04/2014 |
05/09/2014 |
082 del 30/04/2013 |
Hernández Quirós
Francisco Javier |
6526 |
4 meses |
07/09/2014 |
06/01/2015 |
115 del 17/06/2013 |
Hernández Quirós
Francisco Javier |
6526 |
7 meses |
06/01/2015 |
05/08/2015 |
44 del 04/03/2014 |
Jara Guzmán Francisco Antonio |
14599 |
* |
11/03/2014 |
* |
49 del 11/03/2014 |
Jiménez Castrillo
José Luis |
16220 |
3 años |
27/12/2013 |
26/12/2016 |
250 del 27/12/2013 |
Jiménez Rodríguez Victorino |
8040 |
* |
06/07/2010 |
* |
130 del 06/07/2010 |
Lobo Madrigal Eduardo |
11846 |
4 meses |
25/03/2014 |
24/07/2014 |
059 del 25/03/2014 |
López Elizondo Steve |
9792 |
6 meses |
06/07/2014 |
05/01/2015 |
199 del 18/10/2011 |
Marín Rojas Gillio |
11441 |
30 años |
11/03/2004 |
10/03/2034 |
50 del 11/03/04 |
Mata Araya Rodrigo |
3134 |
** |
10/05/2013 |
** |
115 del 17/06/2013 |
Molina Subiros
Guiselle |
4745 |
4 meses |
25/03/2014 |
24/07/2014 |
059 del 25/03/2014 |
Mora Guevara William |
10370 |
3 años |
22/08/2012 |
21/08/2015 |
161 del 22/08/2012 |
Nelson Ulloa
Dyanna |
13228 |
4 meses |
15/05/2014 |
14/09/2014 |
092 del 15/05/2014 |
Núñez Mata Federico |
15398 |
3 meses |
26/02/2014 |
28/08/2014 |
*** |
Peña Zúñiga
Hugo Eduardo |
6679 |
5 meses |
16/05/2014 |
15/10/2014 |
093 del 16/05/2014 |
Pérez Fuentes José Gerardo |
15079 |
** |
30/04/2014 |
** |
107 del 05/06/2014 |
Quesada Elizondo
Carlos Luis |
10740 |
5 meses |
18/05/2014 |
17/10/2014 |
211 del 01/11/2013 |
Quesada Ugalde
Iveth Emilia |
12524 |
3 meses |
04/06/2014 |
03/09/2014 |
92 del 15/05/2014 |
Ramírez Ulate Bernal |
4547 |
3 años |
01/11/2013 |
31/10/2016 |
211 del 01/11/2013 |
Robles Macaya
Carlos Hernán |
2416 |
24 Años |
15/04/2005 |
14/04/2029 |
72 del 15/04/05 |
Rodríguez Bastos
Fabio Evencio |
3991 |
3 años |
13/10/2011 |
12/10/2014 |
197 del 13/10/2011 |
Rodríguez Bastos
Fabio Evencio |
3991 |
4 meses |
13/10/2014 |
12/02/2015 |
247 del 21/12/2012 |
Rojas Saborío
Manuel David |
15100 |
3 años
y 3 meses |
24/08/2012 |
23/11/2015 |
163 del 24/08/2012 |
Rojas Saborío
Manuel David |
15100 |
9 meses |
24/11/2015 |
23/08/2016 |
107 del 05/06/2014 |
Salas Salazar Kenneth |
1356 |
20 Años |
11/03/2004 |
10/03/2024 |
50 del 11/03/04 |
Tenorio Castro Luis Gdo. |
9850 |
6 Meses |
14/03/2014 |
13/09/2014 |
152 del 05/08/04 |
Tenorio Castro Luis Gdo. |
9850 |
3 años
y 3 meses |
14/09/2014 |
13/12/2017 |
59 del 23/03/07 |
Tenorio Castro Luis Gdo. |
9850 |
4 años |
14/12/2017 |
13/12/2021 |
135 del 14/07/2008 |
Tijerino Medina Yolanda Margarita |
10399 |
* |
17/06/2013 |
* |
115 del 17/06/2013 |
Valverde Segura Jorge E. |
8540 |
3 años |
24/04/2013 |
23/04/2016 |
193 del 08/10/2007 |
Vargas Barrantes
Walter |
11875 |
3 años |
08/03/2013 |
07/03/2016 |
048 del 08/03/2013 |
Vargas Montero Carlos |
9480 |
3 meses |
05/06/2014 |
04/06/2014 |
107 del 05/06/2014 |
Vargas Rivera José Eduardo |
13901 |
4 meses |
05/06/2014 |
04/10/2014 |
107 del 05/06/2014 |
Villalobos Salas José Alberto |
12163 |
21 meses |
05/03/2014 |
04/12/2015 |
211 del 01/11/2013 |
Villalobos Salas José Alberto |
12163 |
6 meses |
05/12/2015 |
04/06/2016 |
250 del 27/12/2013 |
Villalobos Salas José Alberto |
12163 |
8 meses |
05/06/2016 |
04/02/2017 |
092 del 15/05/2014 |
* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en
sede penal.
** La suspensión será hasta le revocación de medida cautelar o
finalización del proceso penal.
*** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida
Cautelar Oficio 43-2014- JPPZ.
*****Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
San José, 7 de julio de 2014.
Silvia
Navarro Romanini
1 vez.—Exonerado.—(IN2014057318) Secretaria
General.
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de
la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de
inconstitucionalidad número 14-011800-0007-CO que promueve Corporacion
de Inversiones Tournon S. A., se ha dictado la
resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de
Justicia. San José, a las ocho horas y treinta y tres minutos del diecinueve de
agosto del dos mil catorce. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad
interpuesta por Mario Hidalgo Matlock, mayor,
portador de la cédula de identidad número 2-405-555, en su condición de
apoderado especial de la sociedad Corporación de Inversiones Tournon S. A. para que se declaren inconstitucionales las
Resoluciones 14-96, del 30 de agosto de 1996, y 10-97, del 29 de agosto de
1997, ambas emitidas por la Dirección General de la Tributación Directa, por
estimarlas contrarias a los artículos 18 y 33 de la Constitución Política. Se
confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y
a la Dirección General de Tributación. Las resoluciones se impugnan en cuanto
la aplicación de porcentajes fijos a la reevaluación de activos fijos
depreciables crea una mayor tributación por parte de los contribuyentes al
aplicarse un gasto por depreciación menor al que realmente les corresponde
utilizar, siendo el impacto en el cálculo de la renta, lesivo del principio de
capacidad contributiva, al no tomar en cuenta la real capacidad económica del
contribuyente. Considera que dichas resoluciones son inconstitucionales en el
tanto el método utilizado por la Administración para la determinación de los
porcentajes fijos no es objetivo ni razonables, pues el criterio utilizado para
hacer la diferenciación depende de si estamos en presencia de un bien mueble o
un bien inmueble lo que crea una desigualdad respecto de los contribuyentes que
ha utilizado otros métodos de reevaluación de activos de años anteriores, ya
que pudieron deducir como gastos cuotas de depreciación mayores. Añade que esa
diferenciación favorece la creación de distintas categorías de reevaluaciones
de activos sin ningún criterio técnico para mantener esa diferencia, ya que no
toma aspectos importantes y determinantes como el desgaste de los activos, el
tipo de negocio, su uso, su clase, entre otros. Añade que la Sala
Constitucional ya se ha referido al tema en las sentencias número 2005-07177 y
número 2006-016277 en que declaró inconstitucionales las resoluciones generales
11-98 y 24-95 de la Dirección General de la Tributación Directa. Esta acción se
admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación de la accionante
proviene del artículo 75, párrafo primero, de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional al tener como asunto base el procedimiento administrativo que se
tramita bajo el expediente número 13-11-671 ante el Tribunal Fiscal
Administrativo, en el cual se invocó la inconstitucionalidad de las normas
impugnadas como medio razonables de amparar el derecho o interés que se estima
vulnerado. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín
Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o
procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte
resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso.
Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se
discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede
hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de
aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único
que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución
final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se
inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos
contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben
aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera
inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación
del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos
pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la
aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar
en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los
motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se
hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de
Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la
Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no
suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en
los casos y condiciones señaladas. Notifíquese./
Gilbert Armijo Sancho, Presidente».
San José, 19 de agosto del 2014.
Gerardo Madriz
Piedra,
(IN2014057348). Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de
inconstitucionalidad número 14-012125- 0007-CO que promueve Asociación Cámara
de Comercio de Costa Rica, se ha dictado la resolución que literalmente dice:
«Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las nueve
horas y cincuenta minutos del trece de agosto del dos mil catorce. Se da curso
a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por La Asociación Cámara de
Comercio de Costa Rica, cédula jurídica N° 3-002-042022, representada por Francisco
Llobet Rodríguez, portador de la cédula de identidad
N° 02-0270-0211, apoderado generalísimo sin límite de suma, La Asociación de
Consumidores de Costa Rica (CONCORI), cédula de persona jurídica N°
3-002-405107, representada por Erick Ulate Quesada,
portador de la cédula de identidad N° 01-0902-0837, apoderado generalísimo sin
límite de suma, La Asociación Nacional de Consumidores Libres, cédula jurídica
N° 3-002-315158, representada por Juan Ricardo Fernández Ramírez, cédula de
identidad N° 01-0641-0299, apoderado general sin límite de suma y, La Junta
Nacional de Ferias del Agricultor, inscrita en el Departamento de
Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en el
tomo 0, folio 0, asiento 11, expediente N° 1-JN del 26 de febrero del 2010,
representada por Juan Ramón Calvo Vega, portador de la cédula de identidad N°
2-0359-0064, apoderado generalísimo sin límite de suma, para que se declare
inconstitucional La Ley N° 9098 de 30 de octubre de 2012, Identificación del
origen de los productos agropecuarios que se consumen en Costa Rica. Reforma
del inciso b) del artículo 34 de la ley N° 7472, Ley de Promoción de la
Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, por estimarla contraria a los
principios de reserva de Ley, libertad de comercio, proporcionalidad,
razonabilidad e igualdad. Se confiere audiencia por quince días a la
Procuraduría General de la República, a la Comisión Nacional del Consumidor, al
Ministerio de Economía, Industria y Comercio, al Ministerio de Agricultura y
Ganadería, al Ministerio de Salud y al Ministerio de Hacienda. La norma se
impugna por exigir requisitos de imposible cumplimiento para un sector de la
producción nacional, restringiendo la libertad de comercio y la libre
competencia, perjudicando en última instancia al consumidor, por el traslado de
los costos al precio final y la subsecuente reducción de productores y
competidores en el mercado. La reforma llevada a cabo por la Ley impugnada, en
especial lo que se refiere al inciso b) del artículo 34 de la Ley N° 7472, crea
nuevas y gravosas obligaciones que afectan tanto a los establecimientos
mercantiles que venden los productos como a los productores agropecuarios, todo
a raíz del mal diseño de la norma, que además no definió el método mediante el cual
garantizaría la tranzabilidad de aquellos productos,
dejando libre la discrecionalidad de los entes verificadores (Ministerio de
Agricultura y Ganadería, Ministerio de Salud y el Ministerio de Hacienda) no
solo su definición, sino también la forma en que tales obligaciones deben ser
cumplidas. Alegan que la situación es grave, en primer lugar porque la
implementación del sistema de tranzabilidad conlleva
la creación de una barrera de entrada, una restricción a la libertad de
comercio, por lo que esa implementación no podía delegarse en el reglamento por
tratarse de materia reservada a la Ley. En términos generales, la tranzabilidad consiste en el registro de las huellas que
deja un producto mientras transita por la cadena antes de llegar al consumidor
final. Sin embargo, por lo menos en el derecho comparado, no existe un
mecanismo estándar que permita compartir o transmitir la tranzabilidad
de una forma sencilla. La implementación de un sistema inadecuado puede impedir
la libre circulación de determinados productos, crear condiciones desiguales de
competencia y con ello afectar directamente el funcionamiento del mercado.
Destacan que, al tratarse en el fondo de una limitación a la libertad de
comercio, correspondía a la Ley definir con total precisión las nuevas
obligaciones impuestas, de manera que el administrado pueda saber con certeza
cuál es la conducta esperada por el legislador, y que no se deje esa labor al
criterio de las Autoridades administrativas; la ley debió indicar claramente el
método mediante el cual se garantizaría esa tranzabilidad
a la que se hace referencia, la técnica que utilizó el legislador fue
simplemente la de enunciar el deber de la administración de garantizar la tranzabilidad, pero sin especificar el método a utilizar,
con lo cual delegó en el Poder Ejecutivo el contenido mismo de la competencia.
Sea cual sea el método que se termine implementando, es claro que conllevara
una limitación a la libertad de comercio, pues por un lado se imponen
obligaciones para poder participar en la cadena productiva y comercial, pero
por otro, no se precisa cómo deben cumplirse esas obligaciones. Subrayan que la
disposición crea la competencia a cargo de la Administración, delegando
aparentemente en el Poder Ejecutivo la determinación del contenido de la misma,
a manera de un cheque en blanco, permitiendo por esa vía establecer las
regulaciones que restringen la comercialización de productos agropecuarios vía
reglamentaria. Agregan que la norma impugnada impone requisitos de difícil o
imposible cumplimiento, lo que vacía el contenido esencial de la libertad de
comercio. Subrayan que las nuevas obligaciones resultan gravemente
desproporcionadas e irrazonables por cuanto, para poder indicar la fecha de
producción o procesamiento en el país de origen del producto agropecuario
(fresco o a granel, no empacado), se debe implementar un sistema de tranzabilidad, cuyos alcances no fueron definidos por la
norma y que en todo caso representa una carga de implementación imposible de
cumplir por los productores nacionales e internacionales. Además de la
capacidad de espacio en los establecimientos comerciales para colocar
separadamente los productos por país de origen y fecha de producción o
procesamiento. En caso de que fuera posible implementar un sistema de tranzabilidad para cumplir con lo ordenado en la norma,
implicaría un aumento de costos para productores y comerciantes incalculable,
que a la postre no representaría un beneficio claro para el consumidor en
materia de información y más bien provocaría un aumento del precio de los
alimentos. Insisten que de todo el universo de productores que existen en Costa
Rica, podría ser que algunos pocos cuenten con cierto grado de capacidad
técnica, profesional, humana y financiera para poder cumplir con la exigencia normativa,
sin embargo la mayoría de los productores están muy lejos de poder cumplir,
para quienes la imposición de la Ley es absolutamente desproporcionada e
irrazonable; lo mismo aplica para los productores que vendan en la Feria del
Agricultor, pues si el productor no está en capacidad de cumplir, será sacado
del mercado, limitándosele así su derecho al trabajo y al comercio, dañando al
consumidor y se hará sujeto pasivo de sanciones que, al día de hoy, pueden
superar por cada infracción, los diez millones de colones, según la Ley N°
7472. Para el comerciante sucede una situación similar. Si un comerciante
pulpero recibe 10 kilogramos del mismo producto a granel o no empacado (el
producto final que se llega a vender es una mezcla unos con otros productos de
la misma especie sin distinción alguna), la Ley exige al comerciante que el
consumidor pueda “identificar claramente la fecha de producción o procesamiento
y el origen del producto”, entonces se crea la obligación de requerir al
proveedor que el entregue para cada tipo de producto, debidamente separada e
identificada, la información del país de origen y la fecha de producción o
procesamiento; sin dejar de lado la capacidad de espacio que se obliga al
comerciante tener en el establecimiento para colocar los productos separados de
acuerdo con el país de origen y la fecha de producción o procesamiento. Un
supermercado de primer orden que desde el punto de vista económico podría tener
mayor posibilidad de asumir los costos de un sistema de tranzabilidad
para cumplir con los requisitos de la norma, aún así
necesitaría que el productor cuente con su propio sistema de tranzabilidad que deberá ser homologado para todo el país,
con el fin de que la cadena de comercialización del producto no se rompa en
algún eslabón. Todo esto en su criterio es irrazonable y desproporcionado. Un
componente importante del giro del negocio de los comerciantes, es el espacio
en las góndolas de sus establecimientos, la exigencia dispuesta por la norma,
tratándose de productos no empacados o envasados, es que la información
requerida deberá consignarse en un lugar visible y claramente legible de la
góndola o el anaquel del establecimiento comercial donde se encuentren
ubicados. Eso según su punto de vista violenta los principios de razonabilidad
y proporcionalidad, pues obliga a los comerciantes a multiplicar la ubicación
de tantas góndolas por producto, como país de origen y fecha de producción o de
procesamiento existan, requerimiento que los obligaría disponer de amplios
espacios orientados a satisfacer el mandato legal, o reducir su oferta de
productos en función del espacio disponible en sus establecimientos, lo que
eleva los costos, la administración y la disponibilidad de los productos para
el consumidor; todo esto aducen pudo haberse resuelto mediante una mejor
técnica legislativa, pues no existe un adecuado equilibrio entre el medio
escogido y el fin buscado. Para determinar el impacto que genera en el mercado
la norma recurrida, la Asociación Cámara de Comercio de Costa Rica realizó una
consulta confidencial a tres cadenas de supermercados de gran posicionamiento
en el mercado costarricense. El estudio pretendía obtener información sobre la
cantidad de proveedores (productores) dentro de las categorías de productos
frescos y cárnicos – que resultan afectados con la Ley N° 9098. Las
estadísticas consolidadas al cierre del año 2012, reflejan que sólo en este
canal de comercialización, tres mil ochocientos cuarenta y ocho proveedores en
total resultan afectados, de los cuales hasta la fecha señalada cuatrocientos
treinta y ocho son micro o pequeños proveedores para los cuales la afectación
es mayor; estos representan el 11.4 % del total de proveedores de las cadenas
de supermercados consultadas, porcentaje que disminuirá en virtud de la imposibilidad
de cumplimiento de la norma por parte de dichos productores, lo que se
contrapone con los planes de las cadenas de supermercados de incorporar un
número cada vez mayor de micro y pequeños proveedores. Los supermercados
reportan compras promedio mensuales de estos productos por veinte mil
doscientos cuarenta y seis toneladas y representan compras por aproximadamente
diecinueve mil cuatrocientos siete millones de colones mensuales. Consideran
que la norma no garantiza al razonabilidad en el fin, pues perfectamente pudo
haberse dispuesto otra solución que no afectara al productor, al comerciante y
no implicara un sacrifico tan excesivo del espacio comercial, que con clara
notoriedad debe maximizar las áreas con el objeto de poder ofrecer una mayor calidad
de productos a sus clientes; además de que “alimentar” y actualizar esta
cantidad de información en las góndolas y anaqueles con altos flujos de ingreso
y salida de producto, resulta inmanejable, situaciones que terminarán afectando
al consumidor, a quien precisamente la reforma pretendía proteger. Subrayan que
la norma bajo estudio crea una desigualdad ante la Ley entre aquellos agentes
económicos que también ejercen el comercio (industriales) y los comerciantes
propiamente. Argumentan que se establece en abstracto un trato discriminatorio,
pues el cumplimiento del requisito no alcanza a todos aquellos que ejercen la
actividad, sino solamente a los comerciantes. Insisten en que las exigencias
que establece la norma funcionan como una barrera al restringir o impedir la
libre circulación de productos nacionales, dada la imposibilidad de cumplir con
ellas, que si bien protegen al consumidor, desprotegen al comerciante y
productor. Resaltan que la norma en cuestión atenta contra la seguridad
jurídica, produce incertidumbre en los comerciantes y productores, al no fijar
requisitos que puedan válidamente cumplir. Esta acción se admite por reunir los
requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus
artículos 73 a 79. La legitimación de los accionantes proviene del párrafo
segundo del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, pues se
apersonan en defensa de intereses corporativos y colectivos. Publíquese por
tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la
interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se
discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras
la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los
procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo
impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos,
es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en
el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en
vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos
tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del
recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo,
claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación,
en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días
posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse
quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición
de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos
con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o
improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de
conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional
y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91,
0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la
norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones
señaladas. Notifíquese./ Fernando Cruz Castro,
Presidente a. í.»
San José, 14 de agosto del 2014.
Gerardo Madriz
Piedra,
(IN2014057364). Secretario
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de, Víctor Alfredo Blanco Villalta, cédula de identidad
1-1311-538 y falleció el 14 de marzo del año 2014, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Devoluciones de Ahorro Obligatorio bajo el número 14-000254-1021-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N°
14-000254-1021-LA. Proceso promovido por Maribel del Carmen Blanco Villalta a
favor de Víctor Blanco Villalta.—Tribunal de
Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 11 de agosto del 2014.—Lic. Octavio
Villegas Rojas, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014057296).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de, Juan Ramón Retana Fallas, conocido como Juan
Ramón Solís Retana, quien fue mayor, divorciado, chofer de equipo pesado,
cédula 6-079-930, vecino de Parcelas Quebrada Azul, Tilarán
Guanacaste, laboró para Constructora Meco S. A. y falleció el 16 de enero del
año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Consig.
Prest. Sector Privado bajo el número 14-000364-0505-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N°
14-000364-0505-LA. Por José Antonio Retana Delgado a favor de Juan Ramón Retana
Fallas.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia,
01 de julio del 2014.—Licda. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014057298).
A los causahabientes de
quien en vida se llamó Kattia Segura Zamora, quien
fue maestra, mayor, divorciada, vecina de Heredia, de la esquina suroeste del antiguo
Hospital San Vicente de Paúl, cincuenta metros oeste, con cédula de identidad
número uno-novecientos cincuenta y ocho-ciento cuarenta y siete, se les hace
saber que: Eliécer García Hidalgo, portador de la cédula de identidad número
dos quinientos catorce-quinientos treinta y nueve, vecino de Heredia, Santa
Lucía de Barva, del Salón Italia, novecientos metros
este, contiguo al Bar Paraíso, se apersonó en este Despacho en calidad de padre
en ejercicio de la patria potestad de la persona menor de edad de nombre Pamela
García Segura, hija de la fallecida, a fin de promover las presentes
diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza
por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial.
Libre de Derechos. Consignación de Prestaciones del Trabajador fallecido.
Expediente número: 14-000535-0505-LA.—Juzgado de
Trabajo de Heredia, 06 de agosto del 2014.—Msc.
Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057300).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros de trabajador
fallecido, de quien en vida fuere llamado Christian Manuel Olivares Bonilla,
cédula de identidad número 1-0958-0232, mayor, soltero, costarricense, y quien
falleciere el día cinco de noviembre de dos mil once, y que se consideren con
derecho a las mismas, con el fin que se apersonen dentro del plazo de ocho
días, contados a partir de la publicación de este edicto, a este Despacho a
hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de
Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en Devolución de
Ahorros de trabajador fallecido, expediente 14-300018-0891 LA gestionado por, Viria Maritza Bonilla Benavides, Causante: Christian Manuel
Olivares Bonilla.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Pavas, 20 de mayo del 2014.—Licda. Lorena Delgado
Ruiz, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057308).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de las Prestaciones Legales del fallecido Luis
Ángel Vargas Meléndez quien en vida fue mayor, casado, cédula de identidad
2-0282-0867, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo
improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto,
se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo en
número 14-300029-0319-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo, apercibidos de que si no
lo hicieren, el dinero se entregará a quien así lo demuestre. Publíquese en el Boletín
Judicial.—Juzgado Contravencional
de Palmares, siete de agosto del dos mil catorce.—Licda. Adriana Soto
González, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057310).
A los causahabientes de
quién en vida se llamó Benigno Serrano Castillo, quien fue mayor, casado,
vecino de Santo Domingo de Heredia, con cédula de identidad número 3-0303-0781,
se les hace saber que: Asociación Solidarista de
Empleados de Importadora Monge de Alajuela y Afines S. A ASEIMO S. A., se
apersonó en este Despacho, a fin de promover las presentes diligencias de
Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido Benigno Serrano Castillo. Expediente N° 14-000090-0638-CI.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 19 de agosto del
2014.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014057323).
Se cita
y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó Juan Agustín
Cano Piedra, mayor, divorciado, constructor,
vecino de Limón, portador de la cédula de identidad 7-0106-1110 y
fallecido el 04 de octubre del 2005, para que comparezcan a este despacho
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la
publicación de este edicto, en defensa de sus derechos y de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola
vez en el Boletín Judicial, libre de derechos. Diligencias de
consignación de prestaciones del trabajador fallecido Juan Agustín Cano Piedra,
interpuestas por Merlin Dean
Cano Jiménez. Expediente N° 14-000255-1025-LA-A.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
Limón, 13 de agosto del 2014.—Lic. Wendy Martínez Garbanzo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057326).
A los causahabientes de
quién en vida se llamó Joreiny Bonilla Artavia, quien fue mayor, casada, vecina de Mercedes Norte
de Heredia, con cédula de identidad número 1-0651-0987, se les hace saber que:
Jorge Manuel Sáenz Murillo, mayor, viudo, portador de la cédula de identidad o
documento de identidad número 1-0643-0176, vecino de Mercedes Norte de Heredia,
se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite de la fallecida y
padre en ejercicio de la patria potestad del menor Alejandro José Sáenz
Bonilla, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones.
Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en
este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos.
Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente N°
14-000368-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia,
19 de agosto del 2014.—Msc. Xiomara Arias Madrigal,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057328).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos
del siete de octubre de dos mil catorce, y con la base de nueve millones
setecientos quince mil cuatrocientos doce colones con treinta y un céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 00127557-000, la cual es terreno para construir, lote A-13.
Situada en el distrito 15 El Roble, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, área de juegos infantiles de urbanización Fiesta
del Mar; al sur, calle pública con 9 metros 9 centímetros de frente; al este,
zona de protección de quebrada y al oeste, lote once A de la urbanización Fiesta
del Mar. Mide: trescientos cuarenta y cuatro metros con cuarenta y siete
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintidós de octubre de dos mil catorce, con la base de
siete millones doscientos ochenta y seis mil quinientos cincuenta y nueve
colones con veintitrés céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de
noviembre de dos mil catorce con la base de dos millones cuatrocientos
veintiocho mil ochocientos cincuenta y tres colones con siete céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Milena Coto Ramírez. Exp:
14-000687-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 18 de julio del año 2014.—Licda. Marcela Brenes
Piedra, Jueza.—(IN2014056465).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción
boleta 2012-2198-7, sumaria 12-001304-017 TR Juzgado de Tránsito del Segundo
Circuito Judicial de San José; a las nueve horas y cero minutos del quince de
octubre de dos mil catorce, y con la base de dos millones cuatrocientos noventa
y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: TSJ 5146, Hyundai Accent, automóvil,
capacidad 5 personas, Sedan 4 puertas, año 2001. Color rojo. Cilindrada 1500
CC. Combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del treinta de octubre de dos mil catorce, con la base de un
millón ochocientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del catorce de noviembre de dos mil catorce con
la base de seiscientos veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A.
contra Ali José Madrigal Garita. Exp.
Nº 13-006218-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 8 de agosto del 2014.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014057519).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve
horas y cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil catorce, y con la
base de dieciséis mil ochocientos cincuenta dólares con cuarenta centavos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo MOT 111061, marca B.M.W.,
categoría motocicleta, año 2002, color gris, tracción 2x2, chasis
WB10415A62ZE29668, cilindrada 1130 c.c. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil catorce, con la
base de doce mil seiscientos treinta y siete dólares con ochenta centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del diecinueve de diciembre de dos mil catorce
con la base de cuatro mil doscientos doce dólares con sesenta centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial), con la base de once mil doscientos
treinta y tres dólares con sesenta centavos libre de gravámenes prendarios;
sáquese a remate los bienes dados en garantía, el vehículo placa 423282, marca
B.M.W., categoría automóvil, año 1991, color verde, tracción 4x2, chasis
WBAHD61090BK26080, cilindrada 2494 c.c. Para tal efecto se señalan las nueve
horas y cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil catorce (primer
remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan
las nueve horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil catorce, con la
base de ocho mil cuatrocientos veinticinco dólares con veinte centavos
(rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de diciembre de dos mil
catorce, con la base de dos mil ochocientos ocho dólares con cuarenta centavos.
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Gustavo A. Sauma
Fernández contra Alfredo Ugalde Sáenz. Exp.
10-006856-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del 2014.—MSc. Éricka Robleto
Artola, Jueza.—(IN2014057818).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las quince
horas y quince minutos del dos de octubre de dos mil catorce, y con la base de
veinticinco mil trescientos cuarenta y un dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placa 830976, marca Toyota, estilo RAV4, año
2010, color beige, vin JTMBD31V405253821. Para el
segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del diecisiete de
octubre de dos mil catorce, con la base de diecinueve mil cinco dólares con
setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del tres de
noviembre de dos mil catorce con la base de seis mil trescientos treinta y
cinco dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A.
contra David Elías Rodríguez Larios. Exp.
14-001790-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Heredia, 24 de julio del 2014.—Lic. German Valverde Vindas,
Juez.—(IN2014057819).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 356, asiento 18101-01-0900-001;
a las catorce horas y cero minutos del seis de octubre del año dos mil catorce
y con la base de ciento sesenta mil trescientos treinta y seis dólares con
treinta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número 28949-F-000, la cual es terreno
filial cuatro de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de
construcción. Situada en el distrito 03 San Rafael cantón 02 Escazú de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Compañía Made
Sociedad Anónima y Condominio C I N B H Limitada al sur, área común y Pincicol Limitada al este, área común y al oeste, Compañía Made Sociedad Anónima. Mide: trescientos quince metros con
veintidós decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del veintiuno de octubre del año dos mil catorce con la
base de ciento veinte mil doscientos cincuenta y dos dólares con veintisiete
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de noviembre del año dos mil
catorce con la base de cuarenta mil ochenta y cuatro dólares con nueve centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra
Raphael Anthony Salas Vílchez. Exp. 10-002493-0638-CI.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 5 de setiembre del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro,
Jueza.—(IN2014057832).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero
minutos del dieciséis de enero de dos mil quince, y con la base de nueve
millones cuatrocientos ochenta y un mil ochocientos un colones con nueve
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ciento un mil noventa y dos-cero cero cero, la cual es terreno lote 78 terreno con una casa de
habitación. Situada en el distrito Puntarenas, cantón Puntarenas, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, calle
pública con 09 metros y al oeste, INVU. Mide: ciento sesenta y un metros con
ochenta y nueve decimeros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del dos de febrero de dos mil quince, con la base de siete
millones ciento once mil trescientos cincuenta colones con ochenta y dos
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de febrero de dos mil
quince con la base de dos millones trescientos setenta mil cuatrocientos
cincuenta colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Sonia Orozco Aguirre y William Torres Cordero. Exp.
14-000416-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 2 de junio del 2014.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez.—(IN2014057837).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez
horas y treinta minutos del catorce de enero del año dos mil quince, y con la
base de diecinueve millones quinientos sesenta y un mil trece colones con
veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número 559937 quinientos cincuenta y nueve mil
novecientos treinta y siete-cero cero cero, la cual
es terreno lote cinco terreno para agricultura. Situada en el distrito 01 San
Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, German Carvajal Oviedo; al sur, calle pública, al este,
María Cecilia Carvajal Oviedo, servidumbre agrícola y al oeste, Claudio Barrantes
Flores. Mide: siete mil quinientos dieciséis metros con nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del veintinueve de enero del año dos mil quince, con la base de catorce
millones seiscientos setenta mil setecientos cincuenta y nueve colones con
noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del trece de
febrero del año dos mil quince con la base de cuatro millones ochocientos
noventa mil doscientos cincuenta y tres colones con treinta y un céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Leda María Carvajal Oviedo. Exp. 14-005221-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 27 de
agosto del 2014.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014057874).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones citas: 0335-00007590-01-0900-001; a las diez horas y cero minutos
del seis de octubre de dos mil catorce, y con la base de cinco millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ciento seis mil ochocientos setenta y
siete-cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Felipe Ponce Gutiérrez; al sur,
Santiago Gutiérrez López; al este, Amelia Rojas Espinoza y al oeste, calle
pública. Mide: quinientos ochenta y dos metros con treinta y un decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
veintiuno de octubre de dos mil catorce, con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
cinco de noviembre de dos mil catorce con la base de un millón doscientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela de Ahorro y
Préstamo contra Rafael Eduardo Baldioceda Artavia. Exp. 13-005958-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas,
26 de febrero del 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014057891).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando el derecho 003 condiciones ref: 2094 569
001 citas tomo 354 asiento 2315, servidumbre de paso citas tomo 443 asiento
14380, demanda ordinaria citas tomo 800 asiento 194722 así como demanda
ordinaria citas tomo 800 asiento 196225 y el derecho 004 soportando condiciones
ref: 2094 569 001 citas tomo 354 asiento 2315,
servidumbre de paso citas tomo 443 asiento 14380, demanda ordinaria citas tomo
800 asiento 194723 así como demanda ordinaria citas tomo 800 asiento 196228; a
las diez horas y cero minutos del trece de noviembre del año dos mil catorce, y
con la base de cinco millones quinientos sesenta y cinco mil cuatrocientos
setenta y nueve colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos setenta y seis mil novecientos sesenta y tres-cero cero tres y
cero cero cuatro, la cual es terreno para la
agricultura. Situada en el distrito 04 Rivas, cantón 19 Perez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Antonio Gamboa
Elizondo; al sur, Fernando Gamboa Gómez, Blanca Iris Abarca Salazar y calle
pública y lote segregado; al este, Luia Fernando
Gambo Gómez, Blanc Iris Abarca Salazar, Alcides
Gamboa y Francisco Gamboa Gómez y al oeste Luis Fernando Gamboa Gómez, Blanca
Iris Abarca Salazar y quebrada en medio Antonio Gamboa Elizondo y lote
segregado. Mide: dieciséis mil setecientos nueve metros con diecinueve decímeros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil catorce,
con la base de cuatro millones ciento setenta y cuatro mil ciento nueve colones
con cincuenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de
diciembre del año dos mil catorce con la base de un millón trescientos noventa
y un mil trescientos sesenta y nueve colones con ochenta y seis céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María
Isabel Quesada Castillo contra Blanca Iris Abarca Salazar y Luis Fernando
Gamboa Gómez. Exp. 14-003951-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 27 de junio del 2014.—Lic. Eileen
Chaves Mora, Jueza.—(IN2014057893).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero
minutos del veintidós de enero de dos mil quince, y con la base de diez
millones cuatrocientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta colones con
cincuenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y dos mil ochocientos
veintitrés-cero cero cero, la cual es terreno para
construir con una casa N° 923. Situada en el distrito 01 Limón, cantón 01
Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte Instituto Nacional de
Vivienda y Urbanismo; al sur Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al
este calle pública y al oeste Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide:
ochenta y ocho metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las diez horas y cero minutos del seis de febrero de dos mil quince,
con la base de siete millones ochocientos cuarenta y tres mil cuatrocientos dos
colones con noventa y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés
de febrero de dos mil quince con la base de dos millones seiscientos catorce
mil cuatrocientos sesenta y siete colones con sesenta y cuatro céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L.
contra Diego Armando Solís Jiménez. Exp.
14-008290-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de julio del 2014.—Lic.
Ricardo Barrantes López, Juez.—(IN2014057896).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas Ley
Aguas a citas 0413-00013479-01-0282-001 y reservas Ley Caminos a citas
0413-00013479-01-0377-001; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del
cuatro de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de treinta y seis
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 86288 submatrícula
cero cero cero, la cual es
terreno para construir lote 61951. Situada en el distrito 01 Corredor, cantón
10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, quebrada en
medio Porfirio Loría; al sur, carretera
Interamericana; al este, María Luisa Alvarado y al oeste, calle pública. Mide:
mil trescientos ocho metros con setenta y seis decimeros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del
diecinueve de noviembre del año dos mil catorce, con la base de veintisiete millones
de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de
diciembre del año dos mil catorce con la base de nueve millones de colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial), libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones a citas
0341-00019280-01-0002-001 y servidumbre de paso a citas
0430-00017858-01-0002-001; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro
de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de cincuenta y cuatro
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 97711 submatrícula
cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno sembrado frutales con una casa de dos plantas. Situada
en el distrito 01 Corredor, cantón 10 Corredores, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Emilia Emilce Arroyo
García y Teófilo Rosales Rosales ambos en parte; al
sur, Porfirio Loría Barrantes, Pedro Guilkrist Venegas, Francisco Otero Pereza y frente a
servidumbre constituida; al este, Jesús Barrantes Méndez y Porfirio Loría Barrantes y al oeste, Manuel Valverde Palma,
Francisco Núñez y Franklin Rodríguez Delgado. Mide: treinta y seis mil setenta
y cinco metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de
noviembre del año dos mil catorce, con la base de cuarenta millones quinientos
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y
cinco minutos del cuatro de diciembre del año dos mil catorce con la base de
trece millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional contra
Gerardo Ortega Cordero. Exp. 14-000371-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, 1° de agosto del 2014.—Lic. Danny Alberto
Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2014057897).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando reservas y
restricciones citas: 295-11140-01-0923-001 a las diez horas y cero minutos del
veintiocho de octubre del año dos mil catorce, y con la base de dos millones
ochocientos mil ochenta y cinco colones con treinta y cuatro céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número 162881-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
San Antonio cantón Nicoya de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Santos Elid Obando Obando,
al sur, calle pública con 7,96 metros, al este, Santos Elid
Obando Obando y, al oeste, Juan Pablo Orias Orias. Mide: ciento
cincuenta y dos metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del doce de noviembre
del año dos mil catorce con la base de dos millones cien mil sesenta y cuatro
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del año
dos mil catorce con la base de setecientos mil veintiún colones con treinta y
tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro
Social contra Wagner Obando Orias. Exp. 12-030885-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de
agosto del 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014057931).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos (citas: 495-10717-01-0004-001); a las
nueve horas y cero minutos del trece de octubre de dos mil catorce, y con la
base de treinta y cinco millones cien mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos treinta y cinco mil setecientos cuarenta y cinco-cero cero uno y
cero cero dos, la cual es terreno de solar con un
local comercial y una casa. Situada en el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10
San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Damaris Jiménez
Cascante y José Berrocal Ugalde; al sur, María Jiménez Cascante; al este, calle
pública y María Cascante Artavia y al oeste, Danilo
Alfaro Cruz. Mide: setecientos once metros con veinticuatro decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintiocho de octubre de dos mil catorce, con la base de veintiséis millones
trescientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos
del trece de noviembre de dos mil catorce con la base de ocho millones
setecientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Duane Vinicio Moya Valdelomar y Veralym Miranda Arce. Exp.
14-005719-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de julio del
2014.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014057934).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones (citas: 361-00760-01-0803-001); a las siete
horas y cuarenta y cinco minutos del trece de octubre de dos mil catorce, y con
la base de nueve millones trescientos setenta mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos treinta y ocho mil trescientos veinte-cero cero cero, la cual es lote número 02 terreno para construir.
Situada en el distrito 01 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote
3 de Inversiones Upaleñas Palo Seco F A H Sociedad
Anónima; al sur, lote 1 de Inversiones Upaleñas Palo
Seco F A H Sociedad Anónima; al este, Inversiones Upaleñas
Palo Seco F A H Sociedad Anónima y al oeste, calle pública. Mide: doscientos
cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiocho de octubre de dos mil catorce, con la
base de siete millones veintisiete mil quinientos colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete
horas y cuarenta y cinco minutos del doce de noviembre de dos mil catorce con
la base de dos millones trescientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Raquel Xiomara
Hernández Zapata. Exp. 14-005802-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 21 de julio del 2014.—Lic. Daniel Segura Castro, Juez.—(IN2014057943).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero
minutos del veintisiete de octubre de dos mil catorce, y con la base de
veintitrés millones cuatrocientos sesenta y un mil ochocientos cincuenta y un
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento setenta y siete mil seiscientos sesenta y
siete-cero cero cero, la cual es terreno de café y
plátanos con casa. Situada en el distrito 04 Mata de Plátano, cantón 08
Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lucrav
S. A.; al sur, Manuel Rivera Acuña; al este, Virginia Muñoz Madrigal, y al
oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos veintiséis metros con doce decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del once de noviembre de dos mil catorce, con la base de diecisiete millones
quinientos noventa y seis mil trescientos ochenta y ocho colones con
veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de noviembre
de dos mil catorce con la base de cinco millones ochocientos sesenta y cinco
mil cuatrocientos sesenta y dos colones con setenta y cinco céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Rosa María Vargas Vega.
Exp. 14-006641-1157-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4
de agosto del 2014.—Lic. Karol Melina Zumbado
Sánchez, Jueza.—(IN2014058045).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y
Restricciones (Citas: 382-02677-01-0952-001); a las quince horas y cero minutos
del veintisiete de octubre de dos mil catorce, y con la base de quince millones
ochocientos diez mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y tres mil ochocientos
sesenta y dos - cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con 1 casa N
269. Situada en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, avenida Torbit con 09,98
cm; al sur, Municipalidad de Limón; al este, INVU y al oeste, INVU. Mide:
doscientos cuarenta y siete metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del once de noviembre
de dos mil catorce, con la base de once millones ochocientos cincuenta y siete
mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de
noviembre de dos mil catorce con la base de tres millones novecientos cincuenta
y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Adriana Emilce
Sáenz Ramírez y Julio César Hurtado Calderón. Exp. N°
14-006644-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de agosto del
2014.—Lic. Daniel Segura Castro, Juez.—(IN2014058049).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones bajo citas: 314-05207-01-0901-001; a las catorce horas y cero
minutos del trece de octubre de dos mil catorce, y con la base de veintiún
millones ciento noventa mil trescientos veintiún colones con cincuenta y siete
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 39293-000, la cual naturaleza: terreno para
construir. Situada en el distrito 07 Diriá, cantón 03
Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte: Hernan
Villafuerte Villafuerte, sur, Hernán Villafuerte Villafuerte; este, Hernán Villafuerte Villafuerte;
oeste, calle pública con 20 m. Mide: mil setenta y ocho metros con setenta y
cuatro decímetros cuadrados, plano: G-0032643-1977. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil
catorce, con la base de quince millones ochocientos veintinueve mil setecientos
cuarenta y un colones con dieciocho céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del doce de noviembre de dos mil catorce con la base de cinco millones
doscientos noventa y siete mil quinientos ochenta colones con treinta y nueve
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Macedonio Adonay
López López y María Eulogia
Villafuerte Cubillo. Exp. N° 14-000900-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, 4 de agosto del 2014.—Lic. Evelyn Molina Zúñiga,
Jueza.—(IN2014058057).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las ocho horas
del veintisiete de noviembre de dos mil catorce, y con la base de ciento
setenta y un mil ochocientos diez dólares, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cuatro
mil quinientos cuatro-F-cero cero cero, la cual es
terreno finca filial primaria individualizada número veintiocho apta para
construir que se destinará a uso habitacional y la cual podrá tener una altura
máxima de tres pisos. Situada en el distrito Brasil, cantón Santa Ana, de la
provincia de San José. Colinda: al norte con calle; al sur con finca filial 34;
al este con finca filial 29 y al oeste con fincas filiales 26, 27 y 33.- Mide:
setecientos cuarenta y siete metros con cero decímetros cuadrados, según plano
catastrado número SJ-1333673-2009. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas del quince de diciembre de dos mil catorce, con la base de ciento
veintiocho mil ochocientos cincuenta y siete dólares con cincuenta centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas del diecinueve de enero de dos mil quince con la base de
cuarenta y dos mil novecientos cincuenta y dos dólares con cincuenta centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Negritos Once Sesenta y Uno S. A. contra Condominio
Bosque Esc Lote Veintiocho Azul S. A. Exp. N° 13-007837-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22
de agosto del 2014.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2014058093).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre sirviente anotada al tomo 326 asiento 2161, a las ocho
horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil catorce, y con
la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 291969-001 y 002,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Mata de Plátano,
cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Radio
Monumental S. A.; al sur, Urbanización Villa Verde; al este, Zoraida Guzmán
Solís, y al oeste, calle publica con 13 m con 80 cms
de ancho. Mide: ciento veintiocho metros con cincuenta y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
dos de diciembre del año dos mil catorce, con la base de seis millones de
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de diciembre
del año dos mil catorce con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra Juan Carlos
Palma Guzmán y Zoraida Guzmán Solís Exp:
14-007577-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de agosto del 2014.—Lic.
Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014058101).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta
minutos del veinte de octubre del dos mil catorce, y con la base de ciento
cuarenta y dos mil dólares exactos en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 189688-000, la cual es terreno
para construir lote 73. Situada en el distrito 04 San Roque, cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
Servicio Fiduciarios del Foro S. A.; al sur, avenida central pública; al este,
Servicios Fiduciarios del Foro S. A. y al oeste, calle pública. Mide:
trescientos diecisiete metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del cuatro de
noviembre del dos mil catorce, con la base de ciento seis mil quinientos dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos
mil catorce, con la base de treinta y cinco mil quinientos dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Bomei Chen Gao.
Exp. Nº 13-008241-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de agosto
del 2014.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014058155).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos
del once de noviembre del dos mil catorce, y con la base de mil setecientos
cuarenta y un dólares con sesenta y seis centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Vehículo: Placas número 716035. Marca Toyota. Estilo Yaris. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2008.
Color negro. vin
JTDBT933901178543. Cilindrada 1496 cc. Combustible
gasolina. Motor Nº 1NZ4653699. Para el
segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de
noviembre del dos mil catorce, con la base de mil trescientos seis dólares con
veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del doce de diciembre del dos
mil catorce, con la base de cuatrocientos treinta y cinco dólares con cuarenta
y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.
A., contra Manuel Ángel Méndez Rodríguez. Exp. Nº
14-002072-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Heredia, 22 de agosto del 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014058228).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta
minutos del doce de enero del dos mil quince y con la base de cinco mil
trescientos noventa y seis dólares con doce centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo placas número 770441. Marca Honda. Estilo Civic LX. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año
2008. Color gris. vin
1HGFA15508L501610. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del veintisiete de enero del dos mil quince, con la base de cuatro mil
cuarenta y siete dólares con nueve centavos y para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del once de febrero del dos mil quince
con la base de mil trescientos cuarenta y nueve dólares con tres centavos. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank
de Costa Rica Sociedad Anónima contra Xiomara Guadalupe Chaves Orellana. Exp. Nº 14-002656-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia,
26 de agosto del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014058230).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas cuarenta y
cinco minutos del tres de octubre del dos mil catorce, y con la base de
dieciséis mil doscientos noventa y seis dólares con doce centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número HGV239. Marca Honda.
Estilo CR-V. Categoría automóvil. Año 2007. Color dorado. Cilindrada 2400 cc. Combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan
las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinte de octubre del dos mil
catorce, con la base de doce mil doscientos veintidós dólares con nueve
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de noviembre del
dos mil catorce, con la base de cuatro mil setenta y cuatro dólares con tres
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Brunca
S. A. contra Desarrollo Gusavia Meridional S.A.,
Henry González Valenciano. Exp. Nº 14-008899-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 7 de julio del 2014.—Lic. Marvin Ovares
Leandro, Juez.—(IN2014058236).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando medianería
citas 0320-00013231-01-0920-001, Serv. y Condic. Ref. 2743 061 001, citas
0320-0013231-01-921-001; a las diez horas y cero minutos del veinte de enero
del dos mil quince, y con la base de cuarenta mil dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos setenta y seis mil ochocientos treinta-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con 1 casa 172.
Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, INVU; al sur, alameda N9 7M 88 CM FTE; al este, INVU y
al oeste, acera C/FTE 16M 95CM. Mide: ciento cuarenta y dos metros con
veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del cuatro de febrero del dos mil quince, con la base de
treinta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de
febrero del dos mil quince con la base de diez mil dólares exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de María de Los Ángeles Bravo Bravo
y René Antonio León González contra Elisa María Fonseca Calderón e Ingrid
Margot Fonseca Calderón. Exp. Nº 14-002764-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 29 de julio del 2014.—Lic. Ricardo Barrantes
López, Juez.—(IN2014058250).
En la puerta exterior de
este Despacho; a las ocho horas del veinticinco de noviembre del dos mil
catorce, y con la base de sesenta y ocho millones doscientos setenta y cuatro
mil seiscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 92942-000, la cual
es terreno inculto. Situada en el distrito 04 Concepción, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Eduardo Rodríguez Zamora e Hilda Chavarría Cambronero;
al sur, Julio Cambronero; al este, Carlos Sevilla
Sierra y José Chinchilla y al oeste, Hilda Chavarría Cambronero
y calle pública. Mide: tres mil doscientos veinte metros con cincuenta
decímetros cuadrados. Plano SJ-0820330-2002. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas del diez de diciembre del dos mil catorce, con la base de
cincuenta y un millones doscientos cinco mil novecientos cincuenta colones
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas del quince de enero del dos mil quince con la base de diecisiete
millones sesenta y ocho mil seiscientos cincuenta colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio de Alianzas y Estrategias para la Actividad Empresarial y la
Construcción Sociedad Anónima contra Asociación Pro Desarrollo de Salón
Multiusos de Alajuelita. Exp.
Nº 11-017411-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 4 de agosto del 2014.—Lic. Marvin Ovares
Leandro, Juez.—(IN2014058251).
En la puerta exterior de
este Despacho; a las once horas y quince minutos del seis de octubre del dos
mil catorce, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) con la base de quince
millones setecientos veinte mil cuatrocientos sesenta y tres colones con
veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo
de convalidación (rectificación de medida); Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento dieciséis mil quinientos cincuenta y siete-cero cero cero (2-116557-000), la cual es terreno de patio con una
casa. Situada en el distrito 03 San José, cantón 06 Naranjo, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Víctor Alpízar Vega; al
sur, Juan José Araya Acuña; al este, Juan José Araya Acuña y al oeste,
carretera pública. Mide: Trescientos setenta y cinco metros con cuatro
decímetros cuadrados. 2) Con la base de nueve millones cuatrocientos ochenta y
siete mil noventa y tres colones con dos céntimos, libre de anotaciones y
gravámenes hipotecarios; la finca del partido de Alajuela, matrícula número
doscientos veinticuatro mil cuatrocientos ochenta y dos derechos cero cero uno y cero cero dos
(2-224482-001 y 002), la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
03 San José, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Isaac Araya Quirós; al sur, Miguel Chacón Salazar; al este, calle pública con
17 m. 50 cm. y al oeste, Isaac Araya Quirós. Mide: Quinientos diez metros con
cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
once horas y quince minutos del veintiuno de octubre del año dos mil catorce,
con la base de once millones setecientos noventa mil trescientos cuarenta y
siete colones con cuarenta y cinco céntimos para la finca 2-116557-000, y con
la base de siete millones ciento quince mil trescientos diecinueve colones con
noventa céntimos, para la finca 2-224482-001 y 002, y para la tercera subasta
se señalan las once horas y quince minutos del cinco de noviembre del dos mil
catorce, con la base de tres millones novecientos treinta mil ciento quince
colones con ochenta y dos céntimos, para la finca 2-116557-000, y con la base
de dos millones trescientos setenta y un mil setecientos setenta y tres colones
con treinta céntimos para la finca 2-224482-001 y 002. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito
Refaccionario del cantón de Alfaro Ruiz contra Carmen Rojas Solís y Norman
Elizondo Salas. Exp. Nº 14-002398-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional
de Grecia, 1º de agosto del 2014.—Lic. Brayan Li
Morales, Juez.—(IN2014058253).
A las ocho horas treinta
minutos del veintisiete de octubre del año dos mil catorce, (primer remate) en
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y
anotaciones judiciales, pero soportando infracción a la ley de Tránsito, según
sumaria 07-601154-0489-TC, que se tramita en el Juzgado de Tránsito del Primer
Circuito Judicial de San José y con la base de cuatro mil veintiocho dólares
con once centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas
310379, marca Mitsubishi, estilo Montero RS, capacidad 7 personas, año 1990,
chasis J A cuatro G J cuatro uno S tres L J cero cero
tres cuatro cero seis, color blanco, categoría automóvil, tracción 4x4,
carrocería Station Wagon,
motor seis G siete dos KN cuatro cuatro uno ocho.
Para el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de
noviembre del dos mil catorce, con la base de tres mil veintiún dólares con
cero nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para el tercer
remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre
del dos mil catorce, con la base de mil siete dólares con cero dos centavos (un
veinticinco por ciento). Se remate por ordenarse así en proceso ejecutivo
prendario. Expediente N° 06-001213-0181-CI de Vehículos Internacionales Veinsa S. A. contra Greivin
Barrantes Guerrero.—Juzgado Segundo Civil de Mayor
Cuantía de San José, 20 de agosto del 2014.—Msc.
Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(IN2014058284).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y quince
minutos del trece de noviembre del dos mil catorce, y con la base de catorce
mil quinientos treinta y siete dólares con trece centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Vehículo placas CL 260378, marca JMC, estilo N601, año
2012, color azul, vin LETYFAA11CHN05094. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiocho de
noviembre del dos mil catorce, con la base de diez mil novecientos dos dólares
con ochenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del doce de enero
del dos mil quince, con la base de tres mil seiscientos treinta y cuatro
dólares con veintiocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA)
Sociedad Anónima contra Julio César Fonseca Salas, expediente N°
14-004959-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Heredia, 3 de setiembre del año 2014.—Lic. Gabriela Chaves Villalobos, Jueza.—(IN2014058288).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas:
504-13975-01-0001-001 y 576-22645-01-0001-001; a las catorce horas y cero
minutos del cinco de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de un
millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 460659-000, la cual es terreno
de cultivos, lote 27. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 San
Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Misael Hidalgo Chaves;
sur, calle pública; este, Misael Hidalgo Chaves, y oeste, calle pública. Mide:
mil doscientos ocho metros cuadrados, plano: A-1323415-2009. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de noviembre del
año dos mil catorce, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del cinco de diciembre del año dos mil
catorce, con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Villalobos Arias Sociedad Anónima contra Eric
Francisco Mora Villalobos, expediente N° 14-001628-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 17 de
julio del año 2014.—Lic. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—(IN2014058306).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y
restricciones bajo las citas: 327-00384-01-0900-001, citas:
327-00386-01-0901-001, citas: 329-17375-01-0900-001, citas:
347-08182-01-0900-001 y servidumbre de paso bajo las citas:
572-31374-01-0001-001; a las quince horas y cero minutos del seis de noviembre
del año dos mil catorce, y con la base de once millones de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 449648-000, la cual es terreno de pasto. Situada en el
distrito 13 Pocosol, cantón 10 San Carlos de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Manuel Torres Caton;
sur, Angelino Jesús Arias Arias servidumbre agrícola
en medio; este, calle publica frente 41.21 metros, y oeste, Geiner
Ramírez Arias. Mide: cuatro mil novecientos diecisiete metros con cinco
decímetros cuadrados, plano: A-1297789-2008. Para el segundo remate se señalan
las quince horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil
catorce, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las cero horas y cero minutos del ocho de diciembre del año dos mil catorce,
con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Distribuidora Santa Rosa de Pocosol J.F.C. Sociedad contra Compañia
Matopi del Norte Limitada, expediente N°
14-000078-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, 4 de julio del año 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014058308).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas: 0359-00003943-01-0900-001; a las nueve horas y treinta
minutos del ocho de octubre del año dos mil catorce, y con la base de cinco
millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta
y nueve mil ciento veintisiete- cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Álvaro Antonio Díaz Vallejos; al sur, Víctor Manuel Rivera Chavarría;
al este, Víctor Manuel Rivera Chavarría, y al oeste, calle publica con 10m.
Mide: doscientos cuarenta y nueve metros con ochenta y cinco decímetros
cuadrados. Plano: G-0672815-1987. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del año dos mil catorce, con
la base de tres millones novecientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
treinta minutos del siete de noviembre del año dos mil catorce, con la base de
un millón trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rebeca María González
Carvajal contra Marcia Emilia Espinoza Rojas, expediente N° 14-001374-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 31 de julio del año 2014.—Lic. Jorge Zúñiga
Jaén, Juez.—(IN2014058309).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos bajo las citas:
553-06616-01-0004-001; a las nueve horas y cero minutos del trece de enero del
año dos mil quince, y con la base de veintidós millones quinientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 410675-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10 San Carlos de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Lorena Talavera Medina y Esteban Medina Méndez;
sur, Ismael Calderón Leiva Jaime Poveda Moises; este,
Esteban Medina Méndez; oeste, Ismael Calderón Leiva y calle publica con 13 m 18
cm. Mide: setecientos ochenta y tres metros con treinta decímetros cuadrados.
Plano: A-0882658-2003. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del veintiocho de enero del año dos mil quince, con la base de
dieciséis millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cero minutos del doce de febrero del año dos mil quince, con la base de
cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Marjorie
Arce Calderón, expediente N° 13-000704-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de agosto del año
2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014058310).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones
ref:1932 021 004 bajo las citas: 326-03816-01-0901-001, servidumbre sirviente
bajo las citas: 374-04574-01-0001-001 y servidumbre de paso bajo las citas:
490-19504-01-0004-001; a las ocho horas y cero minutos del doce de noviembre
del año dos mil catorce, y con la base de tres millones trescientos noventa y
dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 376950-000, la cual es terreno
de pastos. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 2 San Ramón de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Maybe de
San Carlos M Y I S. A., sur, calle pública; este, Maybe
de San Carlos M Y I S. A., y oeste, Maybe de San
Carlos M Y I S. A. Mide: mil noventa y dos metros con dieciséis decímetros
cuadrados. Plano: A-0636069-2000. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil catorce, con
la base de dos millones quinientos cuarenta y cuatro mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del doce de diciembre del año dos mil catorce,
con la base de ochocientos cuarenta y ocho mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Agropecuaria José Ángel Pérez Arrieta S. A., contra
Bienes Raíces María Fernanda B.R.M.F. S. A., expediente N° 14-001694-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 2 de
setiembre del año 2014.—Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014058314).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez
horas y cero minutos del diecisiete del noviembre del año dos mil catorce, y
con la base de un millón doscientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos cuarenta y dos mil seiscientos veintitrés-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito Buenos Aires, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Marco Tulio González y otro; al sur, calle pública con 10 mts 05 cm; al este, Marco Tulio Ramírez González, y al
oeste, Marco Tulio Ramírez Barquero. Mide: doscientos un metros con cuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del dos de diciembre del año dos mil catorce, con la base de
novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de
diciembre del año dos mil catorce, con la base de trescientos mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Xinia María
Ramírez Herrera contra María del Carmen Ramírez Cubero, expediente N°
14-002336-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 3 de setiembre del año
2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014058325).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero
minutos del nueve de octubre del dos mil catorce, y con la base de cuatro mil
quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
marca B M W estilo 525IA, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año
mil novecientos noventa y seis, color gris, carrocería sedán cuatro puertas,
chasis WBAHD61090GK62385, número de motor 31118166, cilindrada dos mil
cuatrocientos noventa y cuatro, combustible gasolina, seis cilindros, placas
cuatrocientos once mil cuatrocientos setenta y cinco. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del dos
mil catorce, con la base de tres mil trescientos setenta y cinco dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil
catorce con la base de mil ciento veinticinco dólares exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Rosa Elvira Morán Marroquín contra Multimodal Investments The Fifth Scopion Fish
S. A. expediente N° 14-013406-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23
de julio del año 2014.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado
Hernández, Juez.—(IN2014058352).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre linea referencia: 00048012-00,
servidumbre de paso referencia: 00048012-000, servidumbre de pozo referencia:
00074315-000; a las catorce horas y cero minutos del cuatro de noviembre del
dos mil catorce, y con la base de tres mil ochocientos treinta y un dólares
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número noventa y nueve mil novecientos veintiuno-cero
cero cero, la cual es terreno para construir, lote
veintitrés. Situada en el distrito 02 Mansión, cantón 02 Nicoya, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle publica con un frente de 3
metros y tres H Construcciones Sociedad Anónima; al sur, tres H Construcciones
Sociedad Anónima; al este, Tres H Construcciones Sociedad Anónima, y al oeste,
Tres H Construcciones Sociedad Anónima. Mide: seiscientos quince metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del diecinueve de noviembre del dos mil catorce, con la base de dos mil
ochocientos setenta y tres dólares con veinticinco centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil catorce, con la base de
novecientos cincuenta y siete dólares con setenta y cinco centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
Proceso Ejecución Hipotecaria de Inversiones Sacha S. CH. S. A. contra Gustavo
Alfonso Lugo Valverde, expediente N° 14-006633-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de mayo
del año 2014.—Lic. Ericka Robleto
Artola, Jueza.—(IN2014058354).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre línea ref: 00048012-000,
servidumbre de paso ref: 00048012-000 y servidumbre
de pozo ref: 00074315-000; a las nueve horas y cero
minutos del once de noviembre del dos mil catorce, y con la base de tres mil
ochocientos treinta y un dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y
nueve mil novecientos diecinueve-cero cero cero, la
cual es terreno para construir, lote diecinueve. Situada en el distrito 02
Mansión, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
callé pública con un frente de 3 metros H Construcciones S. A.; al sur, Tres H
Construcciones S. A.; al este, Tres H Construcciones S. A., y al oeste, Tres H
Construcciones S. A. Mide: seiscientos quince metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de noviembre
del dos mil catorce, con la base de dos mil ochocientos setenta y tres dólares
con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del once de diciembre
del dos mil catorce, con la base de novecientos cincuenta y siete dólares con
setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Sacha
S. CH. S. A. contra Gustavo Alfonso Lugo Valverde, expediente N°
14-006634-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de mayo del año 2014.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014058361).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta
minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de
sesenta y seis millones setenta y nueve mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
526794-000, la cual es terreno lote ocho, bloque E, terreno para construir.
Situada en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, Lote siete-E; al sur, lote nueve-E; al este,
Bosque Adentro S. A., y al oeste, resto destinado a calle. Mide: ciento sesenta
y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del dos de diciembre del año dos mil catorce, con la base de
cuarenta y nueve millones quinientos cincuenta y nueve mil doscientos cincuenta
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de
diciembre del año dos mil catorce, con la base de dieciséis millones quinientos
diecinueve mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco de Costa Rica contra Luis Gerardo Barquero Brenes, expediente N°
14-024954-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 3 de setiembre del año 2014.—Lic. Jazmín Núñez
Alfaro, Jueza.—(IN2014058363).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero
minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil catorce y con la base de
siete millones novecientos cuarenta y tres mil quinientos doce colones con treinta
y dos céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 379910-000 la cual es terreno para construir lote
ciento once. Situada en el distrito 12 Tambor, cantón 01 Alajuela de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte lote uno, al sur avenida El Paso, al
este lote ciento diez y al oeste lote ciento doce. Mide: ciento cuarenta siete
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del dos de diciembre del año dos mil catorce con la base de cinco
millones novecientos cincuenta y siete mil seiscientos treinta y cuatro colones
con veinticuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de
diciembre del año dos mil catorce con la base de un millón novecientos ochenta
y cinco mil ochocientos setenta y ocho colones con ocho céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Ángel Carmona
Cruz. Exp. 13-003381-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 3 de setiembre del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro,
Jueza.—(IN2014058364).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero
soportando inmovilización 2010, 198091,001 y boleta 3000-139677 sumaria
12-03590-497-TR; a las catorce horas y cero minutos del siete de noviembre de
dos mil catorce, y con la base de seis millones seiscientos setenta y cuatro
mil ciento cincuenta y siete colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo: placa número 788224, marca Nissan, estilo Sentra, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
1999, color negro, vin 3N1AB41D1XL088497, cilindrada
1600 cc, combustible gasolina, motor Nº GA16770797P. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos
mil catorce, con la base de cinco millones cinco mil seiscientos dieciocho
colones con trece céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de
diciembre de dos mil catorce con la base de un millón seiscientos sesenta y
ocho mil quinientos treinta y nueve colones con treinta y nueve céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Corporación Santo Domingo S. A. contra Verónica Ortiz Dinarte.
Exp. 13-004238-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 11 de agosto del 2014.—Lic. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—(IN2014058365).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando condiciones ref: 00001089 000 anotadas
bajo las citas 383-14596-01-0918-001; a las trece horas y treinta minutos del
diecisiete de noviembre del año dos mil catorce y con la base de cincuenta y un
millones seiscientos mil colones exactos en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 128245-000 la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Cahuita,
cantón 04 Talamanca de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública
con un frente de 64,05 metros, al sur, Luis Ramón Smith Smith,
al este, Alfredo Smith Smith y, al oeste, Alfredo
Smith Smith. Mide: siete mil quinientos metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del dos de diciembre del año dos mil catorce con la base de treinta y ocho
millones setecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos
del diecisiete de diciembre del año dos mil catorce con la base de doce
millones novecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Miguel Ángel Jiménez Cerros. Exp.
14-012104-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 3 de
setiembre del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014058367).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del uno de octubre de dos mil catorce, y con la base de un millón
doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo placa MOT 344674, marca Bajaj, estilo Pulsar
135 LS, año 2013, color negro, vin MD2A17CZ9DCC00235.
Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos
del dieciséis de octubre de dos mil catorce, con la base de novecientos mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno
de octubre de dos mil catorce con la base de trescientos mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Kraft Foods Costa Rica Sociedad
Anónima contra Álvaro Reyes Miranda. Exp.
14-000589-0375-CI.—Juzgado Especializado de Cobro
de Heredia, 7 de agosto del 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau
Hernández, Juez.—(IN2014058370).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho
horas y cero minutos del tres de octubre del año dos mil catorce, y con la base
de quince millones quinientos noventa y nueve mil setecientos setenta y tres
colones con veinticinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y un mil
quinientos cinco cero cero cero
la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San
Rafael, cantón 15 Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Asociación de Desarrollo Integral de San Rafael de Guatuso; al sur, Jorge Luis
Espinoza Cruz; al este Danilo Murillo Murillo y al
oeste, calle pública con un frente de 15,00 metros. Mide: quinientos noventa y
siete metros con diecisiete decímetros cuadrados. Plano: A-0594652-1985. Para
el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de
octubre del año dos mil catorce, con la base de once millones seiscientos
noventa y nueve mil ochocientos veintinueve colones con noventa y cuatro
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de noviembre del año dos mil
catorce con la base de tres millones ochocientos noventa y nueve mil
novecientos cuarenta y tres colones con treinta y un céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Eudemar
Gerardo Murillo Rivas. Exp. 14-000332-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste Liberia, 8 de agosto del 2014.—Lic. Mónica Farah Castillo, Jueza.—(IN2014058374).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada anotada al tomo 251, asiento 4621 yt serv de paso anotada al tomo 318, asiento 15533; a las once
horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil catorce y
con la base de veinte millones seis mil sesenta y nueve colones con veintinueve
céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Heredia Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 177217-000 la cual es terreno para construir, con
una casa de habitación. Situada en el distrito 03 San Miguel cantón 03 Santo
Domingo de la provincia de Heredia Colinda: al norte, calle con servidumbre de
paso, Flor María Chacón Ramírez, al sur, Hugo Camacho González, al este, Hugo
Camacho Corrales y, al oeste, Flor y Carlos Chacón Ramírez Mide: ciento
veintidós metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las once horas y treinta minutos del dos de diciembre del año dos mil
catorce con la base de quince millones cuatro mil quinientos cincuenta y un
colones con noventa y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del
diecisiete de diciembre del año dos mil catorce con la base de cinco millones
mil quinientos diecisiete colones con treinta y dos céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra Henry Camacho
Granados. Exp. 12-023743-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito
Judicial de San José, 4 de setiembre del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro,
Jueza.—(IN2014058378).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos
del veinte de octubre de dos mil catorce, y con la base de quince mil
novecientos setenta y cuatro dólares con cuatro centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas: CL 250.627, marca: Toyota, estilo: Hilux, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas,
carrocería: caja abierta o Cam-pu, tracción: 4x4, año
fabricación: 2011, color: negro, vin:
MR0FR22G400573717. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del cuatro de noviembre de dos mil catorce, con la base de once mil
novecientos ochenta dólares con cincuenta y tres centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil catorce con la base de tres
mil novecientos noventa y tres dólares con cincuenta y un centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Andrés Gerardo
Sequeira Anchía. Exp.
14-003104-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 8 de agosto del 2014.—Lic.
Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2014058387).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos
(9:00 a. m.) el veintisiete de octubre de dos mil catorce, y con la base de
siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas número EE 017033, marca: Same,
chasis: SRL5T6799, capacidad: 1 persona, año: 1994, color: rojo. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos (9:00 a. m.) del doce
de noviembre de dos mil catorce, con la base de cinco millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos (9:00 a. m.) del
veintisiete de noviembre de dos mil catorce con la base de un millón
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Arcelio
Alfredo Cordero Abarca contra Christian Armando Gómez Leitón.
Exp. 12-014891-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 14 de agosto del 2014.—Lic.
Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014058394).
A las trece horas y treinta
minutos del cinco de noviembre de dos mil catorce, en la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando anotación de
demanda ordinaria bajo las citas tomo: 464, asiento: 1992, y con la base de
veintitrés millones trescientos cincuenta y nueve mil doscientos cuarenta y
cinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca que se
describe así, inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 496830-000, la cual
es el producto de la reunión de la finca número 8689-000 del partido de
Alajuela. El inmueble a rematar se describe de la siguiente manera: terreno
para construir una casa. Situada en el distrito San Ramón, cantón San Ramón, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle
pública; al este, calle pública y, al oeste, calle pública. Mide: 6741 metros
cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Empresa Jiménez
S. A. contra Ignacio Muñoz Arias. Exp.
99-100109-0296-CI.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 16 de junio del 2014.—Lic. Rodrigo Araya
Durán, Juez.—(IN2014058423).
En la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada bajo las Citas: 369-00274-01-0927-001; a las
trece horas y treinta minutos del once de noviembre del año dos mil catorce, y
con la base de dos millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil seiscientos
treinta y un colones con un céntimo, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 233720-000, la cual
es terreno lote 28, con una casa. Situada en el distrito 05 Venecia cantón 10
San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Asociación de
Desarrollo Integral de Venecia; sur, calle pública, este, Marvin Muñoz y oeste,
José Ángel Hidalgo Mora. Mide: ciento sesenta y dos metros cuadrados. Plano:
A-0780581-1988. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta
minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil catorce, con la base de un
millón ochocientos treinta y seis mil cuatrocientos setenta y tres colones con
veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del once de diciembre del
año dos mil catorce con la base de seiscientos doce mil ciento cincuenta y
siete colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Rita María Mora Hidalgo y Víctor Manuel Ureña Mora. Exp.: 14-001595-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 24 de
julio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014058438).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y
Restricciones bajo las citas: 378-02823-01-0975-001; a las catorce horas y
treinta minutos del seis de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de
siete millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 247522-000, la
cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 13, Pocosol
cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 15;
sur, lote 28; este, calle pública; y oeste, lote 29. Mide: ciento cincuenta y
nueve metros con veintitrés decímetros cuadrados. Plano: A-0832412- 1989. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno
de noviembre del año dos mil catorce, con la base de cinco millones
cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del ocho de diciembre del año dos mil catorce con la base de un millón
ochocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Luis Alberto Larios Córdoba. Exp:
13-002388-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 04 de julio del 2014.—Lic. Luis
Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014058442).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y
Restricciones; a las catorce horas y quince minutos del trece de octubre de dos
mil catorce, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 167968-000, la cual es naturaleza: lote cinco: Terreno
para construir, Situada en el distrito 02 Puerto Jiménez cantón 07 Golfito de
la provincia de Puntarenas, Linderos: norte, Humberto Hidalgo González; sur,
calle pública con frente a ella de 29,38 metros lineales, este, Humberto
Hidalgo González, oeste, lote de 3-101-567118 S. A. Mide: dos mil doscientos un
metros cuadrados, Plano: P-1467669-2010. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y quince minutos del veintiocho de octubre de dos mil catorce,
con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y quince minutos del doce de noviembre de dos mil catorce con
la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mario
Alonso de la Trinidad Fuentes Figueroa contra 3-101-567118 Sociedad Anónima. Exp: 14-001154-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 04 de
agosto del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014058443).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca bajo
las citas: 571-10991-01-0001-001; a las diez horas y treinta minutos del
dieciséis de enero del año dos mil quince, y con la base de veintiún millones
novecientos cuarenta y siete mil setecientos un colones con ochenta céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número 352818-000, la cual es terreno de pastos. Situada en el
distrito 02, Florencia cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte: Hilda María Quirós Herrera, sur: Cooperativa de Electrificación
Ruaral de San Carlos R.L. y León Víctor Villalobos
Chacón ambos en parte, este: calle publica, León Víctor Villalobos Chacón,
Cambio Y Fuera Sociedad Anónima, Pedro Luis Rojas Chacón, Alfredo Rodríguez
Barrientos y Luis Villalobos Chacón todos en parte y oeste: Cooperativa De
Electrificación Ruaral de San Carlos R. L. Mide:
ciento diez mil veintisiete metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados.
Plano: A-0927633-2004. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del dos de febrero del año dos mil quince, con la base de
dieciséis millones cuatrocientos sesenta mil setecientos setenta y seis colones
con treinta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de
febrero del año dos mil quince con la base de cinco millones cuatrocientos
ochenta y seis mil novecientos veinticinco colones con cuarenta y cinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Jorge André Quirós González, Quiro Servicios
S. A. Exp: 14-001887-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de agosto del
2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014058444).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de
paso bajo las citas: 377-02841-01-0003-001; a las diez horas y treinta minutos
del trece de enero del año dos mil quince, y con la base de setenta millones
cuatrocientos noventa mil ochocientos cuarenta y seis colones con doce
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 195701-000, la cual es terreno con una casa y un
local comercial. Situada en el distrito 02, La Virgen cantón 10, Sarapiquí de
la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con calle pública con 99 metros y
95 centímetros, sur, con Norman Scott Chinchilla y Carlos Salazar Carballo,
este, con Joel Alvarado Chavarría, lote A y B, y oeste, con calle publica con
39 metros con 13 centímetros. Mide: dos mil cuatrocientos setenta y seis metros
con sesenta decímetros cuadrados. Plano: H-0877365-2003. Para el segundo remate
se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de enero del año dos
mil quince, con la base de cincuenta y dos millones ochocientos sesenta y ocho
mil ciento treinta y cuatro colones con cincuenta y nueve céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas
y treinta minutos del doce de febrero del año dos mil quince con la base de
diecisiete millones seiscientos veintidós mil setecientos once colones con
cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Centro de Servicios Cordero Sociedad Anónima. Exp: 13-002556-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 02 de
setiembre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014058447).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; las quince horas y cero minutos
del dos de octubre de dos mil catorce, y con la base de cuarenta y cinco
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y nueve mil setecientos
setenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno de
solar con una casa. Situada en el distrito 01 Jacó,
cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Jesús
Moreira Moreira; al sur, Víctor Vega Vega y Jesús Moreira Moreira
ambos en parte; al este, carretera costanera con un frente de 3 metros y Jesús
Moreira Moreira y al oeste, Hernán Solís Solís. Mide: trescientos treinta y nueve metros con
cincuenta y tres decímetros cuadrados, para el segundo remate se señalan las
quince horas y cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil catorce, con
la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cero minutos del tres de noviembre de dos mil catorce con la
base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Ana Yorleny Vega Alfaro. Exp.:
13-004680-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 20 de febrero del 2014.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Jueza.—(IN2014058489).
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y
cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil catorce, y con la base de
diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 93859-000, la cual
es terreno para construir, lote 20. Situada en el distrito 05 Cartagena, cantón
03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Asociación Pro
Vivienda de Interés Social de Guanacaste; al sur, Asociación Pro Vivienda de
Interés Social de Guanacaste; al este, Vidal Bustos Bustos
y al oeste, calle pública con 10 metros de frente. Mide: cuatrocientos treinta
metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del doce de noviembre de dos mil catorce, con la
base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
cero minutos del veintisiete de noviembre de dos mil catorce con la base de dos
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Emcar de Cartagena Sociedad Anónima contra Mercedes Peraza
Bustos. Exp.: 14-013608-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14
de agosto del 2014.—Lic. Luis Alberto Ureña Mongue,
Juez.—(IN2014058501).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de
Ley de aguas y Ley de Caminos Públicos y Servidumbre de acueducto; a las once
horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil catorce y con
la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y
ocho mil ochocientos cincuenta y nueve -F-cero cero cero
la cual es terreno finca filial cinco bloque B terreno apto para construir que
se destinará a uso habitación y que tendrá una altura máxima de dos pisos.
Situada en el distrito Bahía Ballena, cantón Osa, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, finca filial seis B; al sur y al este, calle; y
al oeste, filiales uno y dos bloque B. Mide: quinientos noventa y siete metros
con treinta y un decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once
horas y cero minutos del dos de diciembre del año dos mil catorce, con la base
de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil catorce con la base de
un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Condominio Residencial Turístico Tortuga contra Color del Cielo
S. A. Exp.: 14-000584-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
03 de setiembre del 2014.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—(IN2014058512).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del veintidós de octubre de dos mil catorce, y con la base de
cuarenta y dos mil novecientos ochenta y ocho dólares con sesenta y seis
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas BCQ718,
Marca Mitsubichi, Estilo Montero Sport, capacidad 7
personas, Año 2013, color plateado, todo terreno 4 puertas, 4x4. Motor Nº
4M41UCAY2256, 3200 cc, diesel, para el segundo remate se señalan las ocho horas
y cuarenta y cinco minutos del seis de noviembre de dos mil catorce, con la
base de treinta y dos mil doscientos cuarenta y un dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre de
dos mil catorce con la base de diez mil setecientos cuarenta y siete dólares
con dieciséis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad
Anónima contra Mario Alberto Montero Araya. Exp.:
14-012940-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de agosto del 2014.—Lic.
Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014058528).
En la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y treinta
minutos del treinta de setiembre de dos mil catorce y con la base de cinco mil
ciento ochenta y tres dólares con tres centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placa 471212, marca Nissan, estilo X-Trail,
año 2002, color gris, vin JN1TBNT30Z0002224. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del quince de
octubre de dos mil catorce, con la base de tres mil ochocientos ochenta y siete
dólares con veintisiete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta
de octubre de dos mil catorce, con la base de mil doscientos noventa y cinco
dólares con setenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.-Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun
Sociedad Anónima contra Ricardo Andrés Salas Brenes. Expediente:
13-005300-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Heredia, 2 de julio del 2014.—Lic. German Valverde Vindas,
Juez.—(IN2014058721).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las diez horas treinta minutos del diez de
noviembre del dos mil catorce, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de
gravámenes hipotecarios, soportando anotación citas 2010-00192054-01-0001-001,
reservas y restricciones citas 0249-00011935-01-0901-001, y sin sujeción a
base, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en propiedad, partido de
Alajuela, folio real ocho mil doscientos ochenta-cero cero cero,
que es terreno de potrero y agricultura, sita en Aguas Claras distrito segundo,
del cantón trece Upala, de la provincia de Alajuela.
Linderos: norte, Asociación Norteña de Pequeños Productores Agropecuarios e
Industriales de Aguas Claras de Upala, sur, Ninfa
Zamora Alvarado y Orlando Hernández Morales, este, calle pública, Asociación
Norteña de Pequeños Productores Agropecuarios e Industriales de Aguas Claras de
Upala y Ricardo Álvarez Rojas y oeste, Asociación Norteña
de Pequeños Productores Agropecuarios e Industriales de Aguas Claras de Upala. Mide setenta y seis mil cuatrocientos sesenta y seis
metros con veinticinco decímetros cuadrados. Pertenece a Asociación Norteña de
Pequeños Productores Agropecuarios e Industriales de Aguas Claras de Upala. Por estar ordenado en expediente 03-100138-0386-CI,
proceso hipotecario de Nelson Ramírez Mena contra Asociación Norteña de
Pequeños Productores Agropecuarios e Industriales de Aguas Claras de Upala.—Juzgado Agrario de Liberia,
5 de setiembre del 2014.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—(IN2014058553).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y treinta
minutos del dos de octubre del año dos mil catorce y con la base de ocho
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número diecisiete mil trescientos
ochenta y dos cero cero uno la cual es terreno de
café. Situada en el distrito 10 Desamparados, cantón 01 Alajuela, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, río
Cachazas; al sur, Hilda Segura Fonseca, José Fonseca Zumbado y calle pública;
al este, Teodoro Picado y río Cachazas en parte y al oeste, calle pública, Lilliam Segura Fonseca, Hilda Segura Fonseca y río Cachazas
todos en parte. Mide: ocho mil novecientos sesenta y seis metros con setenta y
seis decímetros cuadrados. Plano número: A-0667322-1987. Para el segundo remate
se señalan las siete horas y treinta minutos del diecisiete de octubre del año
dos mil catorce, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete
horas y treinta minutos del tres de noviembre del año dos mil catorce con la
base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Cemex Costa Rica S. A., contra
Carlos Francisco Segura Cordero. Exp:
14-001224-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 30 de julio del año 2014.—Licda.
Mónica Farah Castillo, Jueza.—(IN2014058555).
En la puerta exterior de
este despacho; soportando hipoteca de primer grado citas
2011-239856-01-0004-001, reservas y restricciones citas 390-08216-01-0901-001;
a las diez horas y cero minutos del dos de octubre del año dos mil catorce, y
con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y
cinco mil veintiocho-cero cero cero la cual es
terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón
07 Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Biannete Izaba Martínez; al sur, Cruz Carmen Izaba; al
este, calle pública con 10 m 07 cm y al oeste, Cruz Carmen Izaba. Mide:
trescientos tres metros con sesenta y seis cuadrados. Plano: G-0983631-1991.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete
de octubre del año dos mil catorce, con la base de setecientos cincuenta mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas y cero minutos del tres de noviembre del año
dos mil catorce con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Proyectos Propiedades e Inversiones Don Belfort S. A., contra Carmen Yenori Izaba Martínez conocida como Carmen Yanori. Exp.: 14-001230-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 30 de julio del
2014.—Licda. Mónica Farah Castillo, Jueza.—(IN2014058560).
A las quince horas del nueve
de octubre de dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho,
soportando rectificación de medida y libre de anotaciones judiciales, con la
base dada por el perito, sea la suma de ocho millones novecientos cincuenta y
un mil colones exactos al mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Nacional número 122178-000, situada en el distrito 01-Escazú,
cantón 02 Escazú de la provincia de San José. Linda al norte, con María Herrera
Herrera, al sur, con Rafael Carranza Agüero, al este,
con Rafael Carranza Agüero y al oeste, con calle pública. Tiene una medida de
ochenta y nueve metros con cincuenta decímetros cuadrados. Se remata por
ordenarse así en proceso sucesorio de Liduvina Marín
Arias y Mardoqueo Herrera Fernández, promovido por
Leticia Herrera Marín. Expediente 07-002253-0182-CI (5).—Juzgado
Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 01 de setiembre de 2014.—Msc. Osvaldo López Mora, Juez.—(IN2014058581).
En la
puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve
horas y treinta minutos del primero de octubre del año dos mil catorce, y con
la base de once millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
72595-001, 002 la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 06
Candelarita, cantón 04 Puriscal, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, calle medio de Guillermo Sánchez; al sur, Judith
Bermúdez y Jese Pérez; al este, sucesión de Ramón Artavia y al oeste, Manuel Sánchez. Mide: veintidós mil
doscientos setenta y tres metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de
octubre del año dos mil catorce, con la base de ocho millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y
uno de octubre del año dos mil catorce con la base de dos millones ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Guillermo Sánchez Agüero, Pedro Sánchez Agüero. Exp.: 13-008428-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de
San José, 20 de agosto del 2014.—Licda. Jéssika
Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014058582).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando
infracción/colisión por boleta 1239600412 en sumaria 11-001369-0492-TC del
Juzgado de Tránsito de Hatillo, a las ocho horas quince minutos del veintinueve
de setiembre de dos mil catorce y con la base de setecientos cincuenta y nueve
mil ochocientos treinta y un colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo y en su lugar para llevar a cabo el remate del bien dado en
garantía, sea el vehículo placas 608771, marca Isuzu, estilo Rodeo STD,
capacidad para cinco personas, categoría automóvil, carrocería Station Wagon o familiar, color
blanco, año 1991, chasis, serie y vin
4S2CG58E9M4313735, cilindrada 2.600 cc, motor N° 897072, combustible gasolina.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince minutos del catorce de
octubre de dos mil catorce, con la base de quinientos sesenta y nueve mil
ochocientos setenta y tres colones con veinticinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas
quince minutos del veintinueve de octubre de dos mil catorce, con la base de
ciento ochenta y nueve mil novecientos cincuenta y siete colones con setenta y
cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Asociación de Profesionales de Desarrollo para la
Promoción de Personas en Condición de Pobreza contra Flavio Augusto Restrepo
Ochoa en expediente N° 12-014782-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de julio del 2014.—Lic.
María del Carmen Vargas González, Jueza.—(IN2014058700).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero
minutos del dos de octubre de dos mil catorce y con la base de trece millones
setenta y nueve mil doscientos noventa y cinco colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
trescientos trece mil trescientos ochenta y ocho-cero cero cero,
la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 01 Upala,
cantón 13 Upala de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Warner Acevedo Hurtado; al sur, Warner Acevedo Hurtado; al este,
camino público con 10.00 mtrs; y al oeste, Warner
Acevedo Hurtado. Mide: doscientos metros con cero decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de
octubre de dos mil catorce, con la base de nueve millones ochocientos nueve mil
cuatrocientos setenta y un colones con veinticinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del tres de noviembre de dos mil catorce, con la base de tres
millones doscientos sesenta y nueve mil ochocientos veintitrés colones con
setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Aprode contra Dora de los Ángeles Pineda Flores.
Expediente: 14-004017-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de
abril del 2014.—Ericka Esther Robleto
Artola, Jueza.—(IN2014058704).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero
minutos del nueve de octubre de dos mil catorce y con la base de doce millones
setecientos sesenta y cuatro mil trescientos colones con setenta y cuatro
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número once mil trescientos veintiocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito Puntarenas, cantón Puntarenas de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, lote 7; al sur, George Ernets
e Hijos Ltda; al este, calle 5ta con
frente de 10,33 metros; y al oeste, lote 8. Mide: doscientos diez metros con
sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del veinticuatro de octubre de dos mil catorce,
con la base de nueve millones quinientos setenta y tres mil doscientos
veinticinco colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero
minutos del diez de noviembre de dos mil catorce, con la base de tres millones
ciento noventa y un mil setenta y cinco colones con diecinueve céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Jorge Abel Guevara García. Expediente:
13-001765-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 26 de febrero del 2014.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez.—(IN2014058730).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada cada una de las fincas, a las quince horas y cero minutos del
veintisiete de octubre de dos mil catorce, en el mejor postor remataré lo
siguiente: 1) con la base de cuarenta y un millones ochocientos ochenta y tres
mil doscientos cuarenta y cuatro colones con noventa y cinco céntimos, finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos sesenta y nueve mil
seiscientos noventa-cero cero uno y cero cero dos, la
cual es terreno lote 7, terreno de potrero. Situada en el distrito 05 Cascajal,
cantón 11 Vásquez de Coronado de la provincia de San José. Colinda: al norte,
servidumbre de paso con 54 metros 29 centímetros y 7 metros de ancho; al sur,
Quebrada Guacamaya; al este, Juan José Morales Rodríguez; y al oeste, María Cecilia
Morales Rodríguez. Mide: cinco mil ochocientos sesenta y seis metros con ocho
decímetros cuadrados. 2) Con la base de cuarenta y tres millones setecientos
ochenta y un mil doscientos sesenta y cinco colones con veinticinco céntimos,
finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos sesenta y
nueve mil seiscientos noventa y tres-cero cero cero,
la cual es terreno lote 10 terreno de potrero. Situada en el distrito 05
Cascajal, cantón 11 Vásquez de Coronado de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Rafael Ángel Rodríguez Rojas; al sur, Quebrada Guacamaya; al este,
Carlos Luis Morales Rodríguez; y al oeste, Ana María Morales Rodríguez. Mide:
cinco mil ochocientos sesenta y seis metros con ocho decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del once de
noviembre de dos mil catorce, con la base de treinta y un millones
cuatrocientos doce mil cuatrocientos treinta y tres colones con setenta y un
céntimos para la finca 1-569690-001-002 y la suma de treinta y dos millones
ochocientos treinta y cinco mil novecientos cuarenta y ocho colones con noventa
y cuatro céntimos para la finca 1-569693-000 y para la tercera subasta se señalan
las quince horas y cero minutos del veintiséis de noviembre de dos mil catorce,
con la base de diez millones cuatrocientos setenta mil ochocientos once colones
con veinticuatro céntimos para la finca 1-569690-001-002 y la suma de diez
millones novecientos cuarenta y cinco mil trescientos dieciséis colones con
treinta y un céntimos para la finca 1-569693-000. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular contra Jennifer Alvarado,
Rubén Castrillón García. Expediente: 10-000554-0295-CI.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 15 de
mayo del 2014.—Brayan Li Morales,
Juez.—(IN2014058731).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones, a
las once horas y cero minutos del catorce de octubre del dos mil catorce y con
la base de dos millones quinientos mil colones exactos para cada finca, en el
mejor postor remataré las siguientes dos fincas: 1) Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número setenta y tres mil ochocientos setenta y
tres-cero cero cero, la cual es terreno para
agricultura lote LV-187. Situada en el distrito Golfito, cantón Golfito de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Miguel Mora; al sur, Arcelio Mora; al este, calle pública; y al oeste, Bernardo
Calvo. Mide: siete mil cuarenta y dos metros con setenta y cinco decímetros
cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número setenta y tres mil ochocientos setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para agricultura lote LV-186.
Situada en el distrito Golfito, cantón Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Luis Mora; al sur, calle pública; al este, calle pública; y al oeste,
José Rodríguez. Mide: nueve mil seiscientos treinta y cinco metros con veinte
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero
minutos del veintinueve de octubre del dos mil catorce, con la base de un
millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos para cada finca
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las once horas y cero minutos del trece de noviembre del dos mil catorce, con
la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos para cada finca (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de José Luis Solano Bolaños contra Socal Investments Inc R Y A S. A. Expediente: 14-002180-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 24 de junio del 2014.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014058760).
En la puerta exterior de
este Despacho, a las nueve horas y treinta minutos del veinte de octubre del
dos mil catorce, en el mejor postor rematare lo siguiente: finca 1: libre de
gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones, bajo el tomo:
364, asiento: 6044, plazo de convalidación, bajo el tomo: 569, asiento: 55015,
con la base de ciento siete millones novecientos cuarenta y dos mil ciento
setenta y dos colones con treinta y ocho céntimos, finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 210918-000, la cual es terreno con una casa de
habitación y bodega. Situada en el distrito Orosi,
cantón Paraíso de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con
9,56 metros y José Alberto, Luis Guillermo y Marta apellidos González Garita;
al sur, Jesús González Loaiza; al este, José Alberto González Garita; y al
oeste, Luis Guillermo Marta y Ana Isabel González Garita. Mide: mil setecientos
cincuenta y dos metros con veinticinco decímetros cuadrados. Finca 2: libre de
gravámenes hipotecarios y con la base de veintiocho millones veintitrés mil
cuatrocientos cuarenta y ocho colones con sesenta céntimos, la Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número 135874-000, la cual es terreno para construir
con una casa. Situada en el distrito San Ramón, cantón San Ramón de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 9 metros 31
centímetros; al sur, Martha Mora Gamboa; al este, Marco Tulio Rodríguez Quesada
y German Arias Rojas; y al oeste, Soledad Mora Gamboa y Jorge Cruz Sagot. Mide: trescientos catorce metros con cincuenta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil catorce, con la base de
ochenta millones novecientos cincuenta y seis mil seiscientos veintinueve
colones con veintiocho céntimos para la primera finca y de veintiuno millones
diecisiete mil quinientos ochenta y seis colones con cuarenta y cinco céntimos
para la segunda finca (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de
noviembre del dos mil catorce, con la base de veintiséis millones novecientos
ochenta y cinco mil quinientos cuarenta y tres colones con nueve céntimos para
la primera finca y de siete millones cinco mil ochocientos sesenta y dos
colones con quince céntimos para la segunda finca (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Beleyda
Ramírez Huertas, Luis Enrique González Ramírez Kipa
Construcciones de Orosi S. A. Expediente:
11-005216-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 20 de agosto del 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés
Sánchez, Juez.—(IN2014058805).
En la puerta exterior de
este Despacho, a las trece horas y treinta minutos del quince de octubre del
dos mil catorce, en el mejor postor remataré lo siguiente 1) Libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación
de medida), citas: 2010 -00335052-01-0002-001, la finca del Partido de
Guanacaste, matrícula número veintiséis mil ciento sesenta y tres-cero cero cero y con la base de cuarenta y cuatro millones
seiscientos cincuenta y un mil seiscientos sesenta y cinco colones con cuarenta
y cinco céntimos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Marco Tulio Vega Wells; al sur, calle pública de asfalto con 7 metros
25 cts; al este, Nery Aguirre Aguirre;
y al oeste, Edwin Arrieta Rodríguez. Mide: ciento sesenta y siete metros
cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios, la finca del Partido de
Guanacaste, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil seiscientos ochenta y
dos-cero cero cero y con la base de veinte millones
doscientos cuarenta y ocho mil trescientos treinta y cuatro colones con
cincuenta y cinco céntimos, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 03 Mayorga, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Hacienda Mogoto S. A.; al sur, calle
publica de lastre con un frente de 60,72 metros; al este, Marleny
Ponce Ortiz y Joaquín Ponce Ponce ambos en parte; y
al oeste, Cementerio Municipal. Mide: tres mil ochocientos noventa y siete
metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del treinta de octubre del dos mil catorce,
con la bases en forma respectiva de: 1) Treinta y tres millones cuatrocientos
ochenta y ocho mil setecientos cuarenta y nueve colones con nueve céntimos, 2)
Quince millones ciento ochenta y seis mil doscientos cincuenta colones con
noventa y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de noviembre
del dos mil catorce, con la bases en forma respectiva de 1) once millones
ciento sesenta y dos mil novecientos dieciséis colones con treinta y seis
céntimos, 2) Cinco millones sesenta y dos mil ochenta y tres colones con
sesenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor
de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Yendri
Tatiana Castro Murillo. Expediente: 13-000343-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 26 de junio del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen,
Juez.—(IN2014058818).
En la puerta exterior de
este Despacho, al ser las catorce horas con cero minutos del treinta de
setiembre del dos mil catorce, libre de gravámenes hipotecarios y con la base
de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número veintiún mil
doscientos ochenta y uno F cero cero dos, la cual es
apartamento ochenta y ocho bloque f, dedicado a habitación en proceso de
construcción. Situada en el distrito 04 San Antonio, cantón 01 Alajuela de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común de acceso peatonal; al
sur, área común de patio; al este, apartamento 89 F; y al oeste, área común de
acceso peatonal. Mide: treinta y siete metros con treinta y cinco decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas con cero minutos
del quince de octubre del dos mil catorce, con la base de tres millones colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las catorce horas con cero minutos del treinta de octubre del dos mil
catorce, con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Olga Villalobos Barquero
contra Carmen Espinoza González. Expediente: 13-010851-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 16 de junio del 2014.—Lic. Karol Melina Zumbado Sánchez, Jueza.—(IN2014058839).
En la puerta exterior de
este Despacho remataré al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios la
finca del partido de Puntarenas, matrícula N° ciento setenta y tres mil
seiscientos siete-cero cero cero, con las siguientes
bases: para el primer remate la suma de nueve millones cien mil colones, remate
que se celebrará a las ocho horas treinta minutos del tres de octubre de dos
mil catorce. Para el segundo remate con base en la suma de seis millones
ochocientos veinticinco mil colones (rebaja del veinticinco por ciento de la
base), se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de octubre de dos
mil catorce. Para el tercer remate con la base en la suma de dos millones
doscientos setenta y cinco mil colones, se señalan las ocho horas treinta
minutos del cuatro de noviembre de dos mil catorce. El inmueble se describe
así: terreno de solar, situada en Agua Buena, distrito tercero Coto Brus, cantón octavo de la provincia de Puntarenas, linda:
al norte, con Francisca Méndez Arguedas; al sur, con Evelio Zeledón Méndez; al
este, con Francisco Méndez Arguedas; y al oeste, con calle pública. Mide:
setecientos noventa y dos metros cuadrados, posee plano N° P-1394142-2010,
propiedad de María Elena Calero Jiménez. Lo anterior dentro del proceso de
ejecución hipotecaria N° 11-100201-0920-CI, establecido por el Banco Nacional
de Costa Rica en contra de María Elena Calero Jiménez.—Juzgado Civil y de
Trabajo de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily,
5 de agosto de 2014.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña,
Juez.—(IN2014058841).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y quince
minutos del uno de octubre de dos mil catorce, y con la base de once millones
ciento tres mil setecientos setenta y siete colones con sesenta y seis
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y cuatro mil cuarenta y
uno-cero cero tres y cero cero cuatro la cual es
terreno para construir con una casa de habitación N.27. Situada en el distrito Aserrí, cantón Aserrí, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 08,50 metros; al
sur, Abilio Monge; al este, lote veintiocho; y al oeste, lote veintiséis. Mide:
ciento veintitrés metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y
quince minutos del dieciséis de octubre de dos mil catorce, con la base de ocho
millones trescientos veintisiete mil ochocientos treinta y tres colones con
veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del treinta y uno de
octubre de dos mil catorce con la base de dos millones setecientos setenta y
cinco mil novecientos cuarenta y cuatro colones con cuarenta y dos céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Eric Alfredo Chaves Zúñiga y Evelyn María
Rojas Rojas. Exp.
14-000164-1158-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Heredia, 22 de julio del 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2014059164).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de
Róger de los Ángeles Medina Zúñiga, quien era mayor, soltero, peón agrícola, cédula de
identidad 0701310265, vecino de Batán centro, Barrio Mira Flores a un costado
de la pulpería Mira Flores, segunda casa después de la pulpería de cemento de
color azul a mano derecha, a una junta que se verificará en este Juzgado a las
nueve de la mañana del dos de octubre del dos mil catorce, para conocer acerca
de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 13-000173-0465-AG (B-2).—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón,
31 de julio del 2014.—Lic. Javier Francisco Villalón Ruiz, Juez.—1 vez.—(IN2014058552).
Se hace saber: Que ante este Despacho se encuentra
el expediente N° 11-000352-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de
diligencias de Información Posesoria, promovido por Uforya
For U Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-582357,
representado por Keith Leher, nacionalidad británico,
mayor, casado una vez, profesor, pasaporte británico 761050017, vecino de Santa
Cruz, Guanacaste, Finca Caña Fístula; el cual interpuso a fin de que se
inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que
es para construir, situado en Caña Fistulal, distrito
9° (Tamarindo), cantón 3° (Santa Cruz), provincia de Guanacaste; el cual
colinda al norte, Flor Miguelina Dinarte Valle,
noroeste, Carmen, Catalina, Maruja todas Dinarte
Valle, sur, Flor Miguelina Diñarte Valle;
este, calle pública con un frente a ella de 64 metros con 17 centímetros
lineales y Flor Miguelina Diñarte Valle y suroeste, Sandra Barrantes Dinarte. Mide 400 m2. Indica la parte promotora:
que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho
proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima
el inmueble en un millón quinientos mil colones, que lo adquirió mediante una
compra que le hizo al señor Tieknado Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-260115, empresa domiciliada en San José dos
kilómetros al este de la iglesia, Oficina Kilates, el
día 3 de julio del año 2006, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de
única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los
actos de posesión que ha ejercido sobre él han consistido en limpieza del
terreno, hechura de cercas y rondas, mantenimiento de la casa de habitación;
que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias
otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y
de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias,
se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste,
14 de noviembre del 2012.—Lic. Ana Victoria Gómez Zúñiga, Jueza.—1 vez.—(IN2014056625).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita et expediente N° 09-160152-0188-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Eylin
Umaña Fonseca quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de INVU El
Clavel de Daniel Flores Pérez Zeledón, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 1-1054-717, profesión estilista, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito San Pedro, cantón Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Manuel Antonio Fonseca Díaz; al sur,
Eduardo Quirós Abarca; al este Quebrada San Juan y al oeste calle pública.
Mide: mil veinticuatro metros treinta y dos decímetros cuadrados. Indica el
promoverte que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble de José Manuel
Fonseca Díaz, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y
quieta. Que los actos de posesión han consistido en fijar linderos, y limpiar
el lote. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Eylin Umaña Fonseca. Exp:
09-160152-0188-AG.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de la Zeledón, Pérez Zeledón, 07 de setiembre del
2010.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Jueza.—1
vez.—(IN2014056949).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se encuentra el expediente N° 00-100225-0388-CI, el cual corresponde a
un proceso de diligencias de información posesoria, promovido por Elda Obando
Vallejos, quien es mayor, soltera, ama de casa, cédula 5-0136-0979 y vecina de Escazú, cuatrocientos cincuenta metros al sur
del Banco Nacional de Costa Rica; el cual interpuso a fin de que se inscriba a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es para
construir, situado en Matapalo, distrito 8° (Cabo Velas), cantón 3° (Santa
Cruz), provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte, Rocío Cruz Gutiérrez;
sur, Randall Padilla Gollenaga; este, calle pública
con un frente a ella de veinticuatro metros setenta y tres y oeste, Vicenta
Cruz Vallejos; mide 2305.88 m2. Indica la parte promotora: que sobre
el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no
pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el
inmueble en quinientos mil colones, que lo adquirió mediante una venta que le
hizo su madre, señora María Esustaquia Vallejos Vallejos, cédula 05-0048-0852, el día 13 de enero del 2000,
que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en
forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido
sobre él han consistido en mantener limpias las rondas y linderos; que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros
inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de
conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza
por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste,
6 de noviembre del 2012.—Lic. Ana Victoria Gómez Zúñiga, Jueza.—1 vez.—(IN2014057221).
Se hace saber, que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 10-000034-0689-AG donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Servulo
Mora Alvarado quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Sabanas de
Acosta, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-473-487,
profesión educador, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es
agricultura. Situada en el distrito quinto, cantón doce, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Ramón Elías Godínez Godínez;
al sur, José Quesada Godínez; al este, calle pública y al oeste, Ramón Elías
Godínez Godínez. Mide: tres mil doscientos noventa y
seis metros cuadrados con setenta y cinco decímetros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número SJ-1299626-08. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes
diligencias en la suma de un millón de colones y quinientos mil colones
respectivamente. Que adquirió dicho inmueble por compra-venta, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe
y a título de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los
actos de posesión han consistido en el uso y explotación del terreno como fundo
destinado a cultivos y vivienda. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Servulo Antonio Mora Alvarado. Exp.: 10-000034-0689-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 11 de
agosto del 2014.—Dr. Carlos Alberto Bolaños Céspedes, Juez.—1
vez.—(IN2014057284).
Se hace saber, que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 13-000171-0930-CI donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Pastor Alemán Martínez, quien
es mayor, casado una vez, vecino de El Limbo, Duacarí,
Guácimo, Limón, contiguo al bar Luna, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número ocho - cero setenta y cinco - trescientos treinta y
cinco, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es: terreno
de frutales y casas de habitación. Situada en Limbo, distrito Duacarí, cantón Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, Carmen Luna Cheves; al sur, Ana Zelmira Navarro Miranda y Antonio Matarrita
Oviedo; al este, Pastor Alemán Martínez y al oeste, calle pública con diez
metros cuarenta y ocho centímetros de frente. Mide: Un mil quinientos noventa y
dos metros con setenta y un decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número L-seis cuatro tres nueve uno nueve-dos mil. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el
inmueble en la suma de cuatro millones de colones exactos, las presentes
diligencias en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho
inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en siembra de árboles frutales, mantenimiento de las cercas, chapeas y
construcción de dos casas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Pastor Alemán Martínez. Exp.: 13-000171-0930-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, Pococí, 01 de agosto del
2014.—Lic. Sergio Ramos Álvarez, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014057288).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 09-000051-1002-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Miryam
Guerrero Vásquez, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Juan
Viñas de Jiménez, Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente que
exhibe número 1-382-742, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno galera y zacate.
Situada en el distrito primero, cantón cuarto Jiménez, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, Constructores Guerros S.
A. en medio de quebrada sin nombre Nuria Vega Salas; al sur, Nuria Vega Salas y
calle pública en medio; al este, calle pública en medio de zona verde, y al
oeste, Constructores Guerros SLAL en medio de Nuria
Juliana Vega Salas. Mide: cuatrocientos ochenta y tres metros cuadrados, bajo
el plano catastrado número C-1348311-2009. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro
millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra en
abril del 2009, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y
quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento general del
terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Miryam Guerrero Vásquez. Exp. N°
09-000051-1002-AG.—Juzgado Agrario de Turrialba,
2 de noviembre del 2009.—Lic. Wilberth Herrera
Delgado, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057319).
Se cita y emplaza a todos los interesados por un mes
en la sucesión de Josefina Mesén Mesén, mayor, ama de
casa, divorciada una vez, cédula de identidad 9-0041-0302, con su último
domicilio en Pocora, Guácimo, Limón ochocientos
metros suroeste de la Ygriega, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos, y que se oponen ante tal
proceso sucesorio notarial, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Exp. 12-08-2014.
Sucesión de Josefina Mesén Mesén. Bufete Licenciado
Ricardo Núñez Estrada. Teléfono 2760-0176, nuestra oficina se encuentra situada
en Pocora, Guácimo, Limón, 125 metros norte de la
entrada principal a la localidad.—Lic. Ricardo Núñez
Estrada, Notario.—1 vez.—(IN2014056579).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quien en vida fuera María del Carmen Ávila
Vega, mayor, soltera, secretaria, vecina de Alajuela, de materiales Arpe
cincuenta metros este, cédula dos-cuatro diez-cero cincuenta y cuatro para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto en el diario oficial, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de
dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2014 Notaría
de la Licenciada Celina María González Ávila.—Lic.
Celina María González Ávila, Notaria.—1
vez.—(IN2014056581).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por la promovente María
Jiménez Brizuella a las nueve y treinta horas del día
catorce de agosto del dos mil catorce y comprobado el fallecimiento, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Jaime Corrales Montoya, se cita y emplaza a todos los interesados para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría para hacer valer sus derechos. Se
advierte a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan
dentro de este término, esta pasará a quien corresponda. Expediente 01-2014.
Notaría sita en Paraíso de Cartago, de la bomba Serpasa
100 norte.—Paraíso de Cartago, nueve horas del día
dieciocho de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Ana Irene Granados Solano,
Notaria.—1 vez.—(IN2014056621).
Se emplaza a herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Laura Pérez
Echeverría, quien fue mayor, casada en segundas nupcias, economista agrícola,
cédula uno - cuatrocientos dieciséis - cero
diecinueve, vecina de Curridabat, de la Bomba La
Galera quinientos cincuenta metros al este, quien falleció en Sánchez, Curridabat, San José, el quince de mayo del año dos mil
catorce, la notaría de la licenciada Eida Patricia
Sáenz Zumbado, sita en Curridabat, Urbanización José
María Zeledón, 175 metros al este del Centro Comercial Plaza Cristal, casa
K-27, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría, en defensa de sus
derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieren la herencia
pasará a quien en derecho corresponde. Asimismo deben señalar lugar o medio
para recibir sus notificaciones.—Curridabat, 27 de agosto del 2014.—Lic. Eida
Patricia Sáenz Zumbado, Notaria.—1
vez.—(IN2014056706).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría en fecha veintiuno de agosto del dos mil catorce,
según escritura número doscientos noventa y nueve en donde compareció el señor
Emilio Miguel Sánchez Fernández, mayor, divorciado dos veces, comerciante,
vecino de Hatillo de la bomba de gasolina Delta cien metros al sur, con cédula
de identidad número uno-cero cuatrocientos setenta y seis-cero doscientos
cuarenta y cuatro, como albacea comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera
Arturo Reyes Fields, mayor, soltero, agricultor,
vecino de Hatillo centro cien metros al sur de la Bomba Delta, de nacionalidad
estadounidense, con pasaporte número siete uno uno
cinco cuatro tres ocho cuatro cuatro, quien falleció
el día siete de mayo del dos mil catorce, según certificado de declaración de
defunción del Registro Civil número uno dos tres dos tres tres
tres. Se cita y emplaza a todos los interesados para
que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del Lic. Rafael Ángel Vílchez Sánchez, con oficina en Heredia
de los Tribunales de Justicia cincuenta metros al este, edificio Bonafide, Teléfono 2263-6565.—Heredia, veintisiete de
agosto del dos mil catorce.—Lic. Rafael Ángel Vílchez Sánchez, Notario.—1 vez.—(IN2014056758).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Annia Josefa Pineda
Jiménez, mayor, casada una vez, enfermera, vecina de Esparza, cédula número
seis-ciento setenta y tres-cuatrocientos noventa, a las veinte horas del
veintitrés de mayo del año dos mil catorce y comprobado el fallecimiento, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera su madre
Teresa Jiménez Arroyo, mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Puntarenas,
Chacarita, cédula número dos-ciento cincuenta y
dos-cuatrocientos cincuenta y siete; fallecida el día veinte de mayo de dos mil
doce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del
Lic. Marvin Cubero Martínez. Sita en Esparza, Puntarenas, doscientos metros al
sur y cien metros al este del Hotel Castañuelas. Teléfono 2661-2128.—Lic. Marvin Cubero Martínez, Notario.—1
vez.—(IN2014056762).
En mi notaría, bajo
expediente número 001-2014, se encuentra abierto el proceso sucesorio
testamentario en Sede Notarial, de quien en vida fuera Yolanda Céspedes Salazar, cédula 2-229-276, mayor, soltera, del hogar,
comerciante, con domicilio en San José, Concepción de Alajuelita,
Los Almendros, de la calle El Chorro, setenta y cinco metros al norte y
cincuenta al sur, y que falleciera el cuatro de julio del dos mil catorce, en
el Hospital San Juan de Dios. De conformidad con los artículos 129 del Código
Notarial, así como el 946 del Código Procesal Civil, por este medio se cita a
los legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados, para que,
dentro del plazo de treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos, con
el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se
presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Notario: Alberto
Sandoval Fajardo, carné 13.969, oficina sita en Puntarenas centro, contiguo a
la Delegación Regional de la Guardia Civil, Avenida Central.—Treinta
de julio del dos mil catorce.—Lic. Alberto Sandoval Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2014056795).
Se cita y emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión notarial de
Álvaro Fonseca López, mayor, casado una vez, tornero, cédula 1-320-169, vecino
de Tibás, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante la oficina de la notaria pública Jessica Pérez Araya sita en Tibás,
Residencial Ámbar, casa quince, a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia que si no se
presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente notarial
cero cero uno-dos mil catorce.—San
José, 3 de setiembre del 2014.—Licda. Jessica Pérez Araya, Notaria.—1 vez.—(IN2014056805).
Se convoca a herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se
llamó Paula Medina Gutiérrez, mayor, viuda una vez, de hogar, cédula número
cinco-cero cero veintidós-tres mil trescientos, con último domicilio en
Sardinal de Carrillo, Guanacaste, fallecida el día veintidós de diciembre de
mil novecientos noventa y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen ante la
notaría del Lic. Fernando Pizarro Abarca, ubicada en Sardinal de Carrillo,
Guanacaste, sobre carretera a Playas del Coco, diagonal a Villas Nacazcol, a
hacer valer sus derechos, apercibidos que en caso de no hacerlo la herencia
pasará a manos de quien en derecho corresponda. Exp.
Nº 01-2014-NFPA.—Sardinal, Carrillo, Guanacaste,
primero de agosto del año dos mil catorce.—Lic. Fernando Pizarro Abarca,
Notario.—1 vez.—(IN2014056835).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Arturo Cascante Mora,
casado una vez, agricultor, con cédula número: uno-cero ciento setenta y
uno-cero seiscientos sesenta y cuatro, vecino de Jericó de San Miguel de
Desamparados, San José, de la plaza cien metros al sur, fallecido el día siete
de febrero del año mil novecientos noventa y cuatro, para que en el plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos. Apercibo a los que crean tener calidad de herederos que
si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Apertura solicitada por: María Cristina Cascante Hidalgo, mayor,
soltera, costurera, con cédula número: uno-cero quinientos setenta y tres-cero
doscientos cincuenta y siete, vecina de Río Azul, de la Unión de Cartago, del
bar “JoJo”, doscientos metros este. Exp.: 02-2014-SUC-NOT. Oposiciones al email: misanchez@lex.org.in,
o al fax: 2224-8957, o al Bufete sita en Zapote, San José, Yoses
Sur, edificio Don Erasmo, 200 sur y 50 este de Torres de Radio Columbia.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1
vez.—(IN2014056980).
Se emplaza a todos los interesados al
sucesorio en sede notarial de Mercedes Tenorio Tenorio,
cédula 5-053-445, vecina de San José, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. 02-2014, notaría del licenciado Mario Esquivel Monge, Alajuelita de la iglesia católica cien metros al sur y
ciento setenta cinco al oeste.—Alajuelita,
2 de setiembre del 2014.—Lic. Mario Esquivel Monge, Notario.—1
vez.—(IN2014057014).
Mediante escritura número 17
otorgada a las 17 horas del 2 de setiembre del 2014, ante esta Notaría
comparece la presunta heredera Anne Marie Hegney, solicitando que se declare abierto el procedimiento
sucesorio extrajudicial testamentario de quien en vida fuera Bengt Frey, de un solo apellido en razón de su nacionalidad
canadiense, mayor, casado dos veces, inversionista, vecino de Guanacaste,
Sardinal de Carrillo, Residencial Altos de los Caciques, lote número veinte,
con cédula de residencia permanente número uno uno
dos cuatro cero cero cero
tres cero uno uno nueve. Comprobado el fallecimiento,
se declara abierto dicho procedimiento sucesorio. Se cita y emplaza a todos los
interesados, para que en el plazo máximo de treinta días a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia o legado, de
que si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia o legado pasará a
quien corresponda. La oficina del suscrito notario se encuentra ubicada en
Escazú, de la Tienda Cemaco Multiplaza
doscientos metros sur, Edificio Terraforte, cuarto
piso, Bufete Lex Counsel.
Expediente 0001-2014.—San José, 2 de febrero del
2014.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—(IN2014057047).
Que
mediante expediente número: cero cero cero uno-dos mil catorce-SN; se tramita sucesión ab
intestada de Hernán Ortiz Ortiz, comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Filemón Hernán Ortiz Ortiz, mayor casado,
agricultor, con cédula de identidad número cinco cero ciento treinta y tres
cero ciento cincuenta y uno, quien fue vecino de Marbella de Santa Cruz,
Guanacaste, de la esquina sureste de la plaza, ciento setenta y cinco metros al
sur. Cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores, y en general, a
todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe a los que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no se presentan en el plazo señalado, aquella pasara a
quien corresponda. Notaría del Lic. Steven González Agüero, con oficina abierta
en Santa Cruz, Guanacaste, Barrio las Tecas, ciento cincuenta metros oeste de
la plaza El Pez Dorado, a mano izquierda verjas negras, teléfono 2680-2796 o
8821-8055.—Lic. Steven González Agüero, Notario.—1
vez.—(IN2014057078).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta Notaría por los señores Teresa Saborío Velázquez, cédula
3-0160-0841, Luis Antonio Ramírez Saborío, cédula 3-0272-0124, Jorge Eduardo
Ramírez Saborío, cédula 3-0282-0958, Adolfo Alfredo Ramírez Saborío cédula
3-0303-0327, Alan Javier Ramírez Saborío cédula 3-0313-0701, Olendia Elena Ramírez Saborío, cédula 3-0390-0580, a las 8
horas del 3 de setiembre del año 2014, y comprobado el fallecimiento, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Antonio Ramírez Sánchez, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado,
cédula de identidad número 3-0177-0367. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría de la Lic. María de los Ángeles Bonilla Jiménez, ochenta
metros oeste del Cuerpo de Bomberos, Barrio Luján, edificio 1520. Teléfono:
2255-2851.—Lic. María de los Ángeles Bonilla Jiménez,
Notaria.—1 vez.—(IN2014057082).
Yo, Mario Alberto Rigioni Álvarez, notario público, hago constar que ante mi
notaría, ubicada en San José, cantón Central, distrito El Carmen, veinticinco metros oeste de la Rotonda del Farolito, se
tramita bajo el expediente número: cero cero cero dos - dos mil catorce. Sucesión ab intestato de José
Luis de San Gerardo Pérez Salazar, mayor, casado una vez, comerciante, cédula
de identidad número: dos - cero cuatrocientos treinta - cero ciento diecinueve,
vecino de Alajuela, Grecia centro, quien falleció el veintitrés de diciembre
del dos mil doce, en centro, Grecia, Alajuela, por lo que emplazo a todos los
herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en este proceso para que
en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto
en el Boletín Judicial, se apersonen ante esta notaría en la dirección
dicha, a hacer valer sus derechos. Publíquese por una vez en el Boletín
Judicial.—San José, a las quince horas del día
tres de setiembre del dos mil catorce.—Lic. Mario Alberto Rigioni
Álvarez, Notario.—1 vez.—(IN2014057130).
Se
emplaza a los herederos y demás
interesados en la sucesión intestada-extrajudicial de quien en vida se llamó
María Eugenia Hernández Albertazzi, quien fue mayor, viuda, comerciante, quien
era vecina de Escazú de la antigua Fábrica Intex,
cien metros al este y setenta y cinco metros al sur, con cédula de identidad
número 1-0284-0949, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, situada en
Avenida San Martín (avenida 10) entre calles 33 y 35, costado este de la
Residencia del Embajador de Venezuela; en defensa de sus derechos, bajo el
apercibimiento de que sí así no lo hicieren dentro del término indicado, la
herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de tercero de mejor o igual
derecho. Expediente 001-2014. Publíquese una vez, en el Boletín Judicial.
Notaría del Lic. Arturo Monge Corrales.—San José, 5 de
setiembre de 2011.—Lic. Arturo Monge Corrales, Notario.—1
vez.—(IN2014057148).
Se emplaza a todos los
interesados que en esta notaría se tramita sucesorio notarial de Franco Alberto
Fait Fallas, mayor, soltero, operador de máquina,
vecino del mismo lugar de la compareciente, cédula seis cero trescientos
dieciocho cero cero cuarenta y cinco, para que dentro
de treinta días contados a partir de la publicación, comparezcan a reclamar sus
derechos y se percibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. 2014-001.—Lic. Gerardo Valle
Sequeira, Notario.—1 vez.—(IN2014057181).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Eduardo Sandoval Mora, con cédula uno-mil doscientos
sesenta y seis, a las doce horas del veintisiete de agosto del año dos mil
catorce y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Eduardo Sandoval Cervantes, con
cédula de identidad uno-quinientos cuarenta y tres-cuatrocientos ocho. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca arte esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Ana Patricia Gómez
Quesada, San José, detrás del Ministerio de Seguridad Pública.—Lic.
Ana Patricia Gómez Quesada, Notaria.—1
vez.—(IN2014057217).
Esta notaría declara abierto
el proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fuera, Manuel Antonio Zenón
Zumbado Ramírez, mayor, viudo de su primer matrimonio, industrial, con cédula
de identidad número cuatro - cero cincuenta y cinco - tres tres
cinco, vecino de San Rafael Abajo de Desamparados, del Liceo Roberto Gamboa
doscientos metros al este, portador de la cédula de identidad número uno-ciento
noventa y nueve-cero quince, fallecido el treinta y uno de agosto del dos mil
catorce, en San José. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro
del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos en San
José, Barrio Francisco Peralta, contiguo a la Farmacia La Esquina de la Salud,
edificio color crema de dos pisos, mano derecha con rótulo Universal Music de Centroamérica, Teléfono 2281-2430, Fax 2283-5492.
Expediente N° cero tres-dos mil catorce.—Lic. Óscar
Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—(IN2014057219).
Se emplaza a herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión notarial de Leocadio
Pérez Granados y Haydee Delgado Delgado, quienes en
vida fueron mayores, casados entre sí, vecinos de León Trece de Tibás, cédulas
respectivas números 1-0350-0233 y 1-0181-0510, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a
esta Notaría situada en Tibás, cincuenta metros norte del cruce de Llorente con
Colima, en defensa de sus derechos; bajo el apercibimiento de que en caso de
que no lo hicieran la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Asimismo,
deben señalar medio, casa u oficina dentro del perímetro de Tibás donde atender
notificaciones. Expediente 04-2014. Sucesión de Leocadio Pérez Granados y
Haydee Delgado Delgado.—Lic. Jorge Antonio Salas
Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2014057255).
Se cita y emplaza a todos
los interesados en la sucesión en sede notarial de la causante Olga Camacho
Vargas, quien en vida fuera mayor, viuda de su único matrimonio, profesora
pensionada, vecina de Heredia, Residencial María Auxiliadora, cincuenta metros
al este del Colegio, calle Istarú, portadora de la
cédula de identidad número siete-cero once-seiscientos cuarenta y dos; para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, lo cual podrán hacer en San
José, Santa Ana, Centro Empresarial Forum Uno,
edificio C, Oficina uno C uno, teléfono 2503-9800, fax 2204-7580. Se apercibe a
los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de Olga Camacho
Vargas en sede notarial. Expediente 0001-2013. Notaría de la Lic. Carmen de
María Castro Kahle.—Lic.
Carmen de María Castro Kahle, Notaria.—1 vez.—(IN2014057260).
Se hace saber, que en este
Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Dulcelina Molina Chaverri, mayor,
casada una vez, ama de casa, cédula de
identidad número dos-ciento cuarenta y cuatro-quinientos ochenta y seis, vecina
de San Roque de Grecia y José Rodríguez Bastos, mayor, casado una vez,
agricultor, cédula dos-ciento cincuenta y ocho-cero setenta y uno, vecino de
Grecia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 14-000058-0295-CI.—Juzgado Civil de
Grecia, 09 de julio del 2014.—Msc. Emi Lorena
Guevara Guevara, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014057293).
Msc. Ramón Zamora Montes, Juez del Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a, Fidias Adrián Urroz Hernández, documento de identidad 0000834069, que en
este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, establecido por
Esperanza Dora Rodríguez Porras, bajo el expediente número 11-001231-0165-FA
donde se la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia de Primera
Instancia 312-14. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José,
Goicoechea, a las diez horas veinte minutos del diecinueve de mayo del dos mil
catorce. Proceso abreviado de divorcio establecido por, Esperanza Dora
Rodríguez Porras, mayor, casada una vez, portadora de la cédula de identidad
número dos-ciento seis-novecientos cincuenta y seis contra Fidias Adrián Urroz Hernández, mayor, nicaragüense, portador del
documento de identidad número PC ochocientos treinta y cuatro mil sesenta y
nueve. Intervienen como apoderado especial de la parte actora Max Aguilar
Rodríguez y como curadora de la parte demandada, la licenciada Andreína Vincenzi Guilá. Resultando: I..., II..., III..., Considerando: I...,
II..., III..., IV...,V.... Por tanto: Con base en lo
expuesto, normas de derecho citadas, se falla: a) Se rechaza la excepción de
falta de derecho y falta de causa opuesta por el curador procesal del
demandado. b) Se declara con lugar la presente demanda de divorcio. Se disuelve
el vínculo matrimonial existente entre el señor Esperanza Dora Rodríguez Porras
y Fidias Adrián Urroz Hernández. Una vez firme esta
resolución, inscríbase la misma en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de
la Provincia de la provincia de Heredia, al tomo setenta y nueve, folio
doscientos cuarenta y tres, asiento cuatrocientos ochenta y seis. c) No existen
bienes gananciales adquiridos por las partes, sin embargo, si eventualmente
existiese alguno, cada uno de los cónyuges adquiere el derecho de participar en
la mitad del valor neto de los bienes gananciales que se constaten en el
patrimonio del otro, lo cual se determinará en la etapa de la ejecución de
sentencia. Tampoco se constata la existencia de hijos menores de edad respecto
de cuya guarda crianza y educación deba emitirse pronunciamiento. d) Los ahora excónyuges pierden el derecho a exigir alimentos del otro.
e) Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. Notifíquese. Licda. Marianella Fallas Víquez. Lo anterior se ordena así en
proceso divorcio de Esperanza Dora Rodríguez Porras contra Fidias Adrián Urroz Hernández. Expediente: Nº 11-001231-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San
José, 23 de junio del 2014.—Msc. Ramón Zamora
Montes, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057286).
Licenciada Luz Amelia
Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, a Yasmina del Socorro Díaz González, en su
carácter personal, quien es mayor, soltera, ama de casa, de domicilio
desconocido, nicaragüense, se le hace saber que en demanda Declaratoria
Judicial Abandono, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Yasmina del Socorro Díaz González, se ordena notificarle
por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia de Primera
Instancia N° 100853-2014. Juzgado de Familia, del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, a las once horas del dieciséis de junio de dos mil catorce. Proceso
Judicial de Declaratoria Judicial de abandono o estado de vulnerabilidad con
fines de adopción de persona menor de edad, incoado por Patronato Nacional de
la Infancia, en contra de Yasmina del Socorro Díaz
González quien es mayor de edad, soltera, de nacionalidad nicaragüense, ama de casa, indocumentada y de otras calidades
ignoradas. Actúa en representación del Ente Promovente
la Licenciada, Marianela Acón Chan, mayor de edad,
soltera, costarricense, abogada, vecina de San José, portadora de la cédula de
identidad número seis - ciento cuarenta y uno - cuatrocientos cincuenta. Actúa
como curador procesal de la parte demandada el Licenciado Mario Alberto Rivera
Campos, carné profesional número 4423. Resultando: I…, II)…, III)…, VI)…, II…,
III…, IV…, V…, Considerando: I.—Hechos
probados: II.—Sobre el fondo: III.—Por tanto: Conforme lo expuesto y artículos
113, 115, 117, 118, 119, 120, 121, 123, 143, 158 inciso c), 160 inciso c) y 161
del Código de Familia, artículos 1, 5, 7, 13, 19, 30, 32, 36, 105 y
concordantes del Código de la Niñez y la Adolescencia y artículos 3, 9 y
12 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Se declara con lugar la
demanda interpuesta por el Patronato Nacional de la Infancia, en contra de Yasmina del Socorro Díaz González consecuentemente se
declara: en estado vulnerabilidad o abandono con fines de adopción a la persona
menor de edad Zaira Esther Díaz González por parte de su progenitora Yasmina del Socorro Díaz González, para quien se da por
terminado o extinto el ejercicio de la Patria
Potestad, sobre la persona menor de edad Zaira Esther Díaz González, se
deposita judicialmente a la niña Zaira Esther Díaz González en el Patronato
Nacional de la Infancia. Firme la resolución inscríbase al margen de las citas
de nacimiento en el Registro Civil, en Nacimientos de la provincia de Heredia
al tomo doscientos noventa y tres (293), página: cuarenta y siete (47),
asiento: noventa y cuatro (94); publíquese la parte dispositiva de ésta
resolución por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de
circulación nacional. Se dicta esta sentencia sin especial condenatoria en
costas. Se advierte a las partes sobre su derecho de recurrir esta resolución
dentro del plazo de ley y ante el superior en caso de inconformidad.
Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela.—Licda. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057290).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la
curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se
presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a
partir de esta publicación. Proceso de insania de Otilia Solís Murillo, quien es mayor, soltera, ama de casa,
número de cédula 1-0167-0257, vecina de Hatillo, Florida del Sur, del INA 200
metros sur, 75 oeste, contiguo a los teléfonos públicos. Expediente número
2014-400417-0216-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y
Familia de Hatillo, San
Sebastián y Alajuelita, 19 de agosto del 2014.—Msc.
Patricia Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057313).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia,
para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días
contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Mario Chaverri Chacón, quien es mayor, casado dos veces,
pensionado, número de cédula 4-0096-0350, vecino de Hatillo 8. Expediente
número 2014-400429-0216-FA.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 19
de agosto del 2014.—Msc. Patricia Méndez Gómez,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057314).
Licda. Karol
Vindas Calderón, Jueza del Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Roberto Marcelo Zabala,
documento de identidad P23290373N, de domicilio desconocido, que en este Despacho
se interpuso un proceso reconocimiento de hijo mujer casada en su contra, bajo
el expediente número 14-400606-0637-FA donde se dictó la resolución de las
dieciséis horas y cinco minutos del veinticuatro de julio de dos mil catorce
que literalmente dice: Se tienen por establecidas las presentes diligencias de
reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por, Warner Alberto Sánchez
Valverde a favor de la menor Samantha. De las mismas
se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de
tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia al
padre registral de la menor, al señor Roberto Marcelo Zabala. De los autos se
desprende debidamente apersona a la madre de la menor. Se les previene al padre
registral, que en el primer escrito que presente debe señalar medio y lugar,
éste último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se le tendrán
por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la
notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere
cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 6 y 12 Ley de
Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de
octubre de 1996). Notifíquese esta resolución al padre registral, la presente
demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial;
para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el
mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos
comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación.
Expídase y publíquese. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la
Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de este Circuito
Judicial. Lo anterior se ordena así en proceso reconocimiento de hijo mujer
casada promovido por Warner Alberto Sánchez Valverde. Expediente Nº
14-400606-0637-FA.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de San José, 24 de julio del 2014.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057316).
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Nicol Vargas
Sánchez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.
Expediente N° 14-000112-0688-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado
de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 6 de marzo
del 2014.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057324).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de la señora Ana
Cecilia Baltodano Pereira, quien es mayor, casada,
ama de casa, cédula de identidad número cinco-doscientos seis-mil doscientos
setenta y tres, vecina de Liberia, conforme con el artículo 236 del Código de
Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince
días contados a partir de esta publicación. Expediente 14-000467-0938-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia, 19 de agosto del 2014.—Msc.
Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057333).
Se convoca por medio de este
edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Jamie
Joshue Cubillo Solís, conforme con el artículo 236
del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del
plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania
de María Elena Cubillo Solís. Expediente N° 14-001782-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, 19 de agosto del 2014.—Lic. Patricia Cordero García,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057340).
Han comparecido ante este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil los contrayentes Ronald Villalobos Villegas, mayor,
divorciado, agricultor, cédula de identidad número 0603350016, vecino de Purruja Km 7, Golfito, hijo de Josefina Villegas Villegas y Rafael Adolfo Villalobos Anchía,
nacido en centro Golfito, Puntarenas, el 11/02/1984, con 30 años de edad, y
Silvia Elena Cruz Gómez, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número
0603970923, vecina de Purruja Km 7, Golfito, hija de
Yolanda Gómez Rosales y Víctor Gerardo Cruz Saso, nacida en Golfito,
Puntarenas, el 06/08/1991, actualmente con 22 años de edad. Si alguna persona
tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho
matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del
término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud
de matrimonio). Exp. 14-000131-1086-FA.—Juzgado de Familia de Golfito, 21 de julio del
2014.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014057294).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Frank de la Trinidad
Aguilar Castro, mayor, soltero, chofer de autobús, cédula de identidad número
0203520401, vecino de Alajuela, Barrio El Carmen, de la Fábrica Pasta Roma, del
Autolavado Quick 50 metros al este, casa color rojo
con negro, casa de dos plantas, hijo de Julio Aguilar Morux
y María Elena Castro Cambronero ambos padres de
nacionalidad costarricenses, nacido en Centro, Central, Alajuela, el
15-11-1958, con 56 años de edad, teléfonos 2431-4491, 8346-6048 y Elizabeth del
Carmen Chacón González, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número
0204180704, vecina de Alajuela, Barrio El Carmen, de la Fábrica Pasta Roma, del
Autolavado Quick 50 metros al este, casa color rojo
con negro, casa de dos plantas, hija de Isidro Chacón Chacón
y María Claudina González Ramos, ambos padres de nacionalidad costarricenses,
nacida en Turrúcares, Central, Alajuela, el
27-07-1966, actualmente con 48 años de edad. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio).
Exp. 14-001283-0292-FA.—Juzgado
de Familia de Alajuela, 11 de julio del 2014.—Lic. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014057302).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Óscar Humberto
Conejo Obando, mayor, soltero, dibujante arquitectónico, cédula de identidad
número 0112550385, vecino de Los Sitios de Moravia, 800 metros norte del Fútbol
Cinco Torre Fuerte, hijo de Luis Ángel Conejo Rodríguez, costarricense y María
Teresa Obando Campos, costarricense, nacido en Carmen Central, el 04/09/1985,
con 28 años de edad, y Francela Retana Ulate, mayor, divorciada una vez, Técnico Asistencial A,
cédula de identidad número 0111550497, vecina de Los Sitios de Moravia, 800
metros norte del Fútbol Cinco Torre Fuerte, hija de Randall José Retana Flores,
costarricense e Ileana María Ulate Solís,
costarricense, nacida en Carmen, Central, San José, el 11/11/1982, actualmente
con 31 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo
ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp.
14-001604-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de San José, 24 de julio del 2014.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057305).
Han comparecido ante este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Minor Alberto Alfaro Zúñiga, mayor, soltero, operario en
instalación de vidrios, cédula de identidad número 0111060652, vecino de San Antonio de Coronado, Urbanización Los Romilios casa 15F, hijo de Minor
Alfaro Morales, costarricense y Olga Zúñiga Rodríguez, nacido en Carmen,
Central, el 12/06/1981, con 33 años de edad, y Yeimy Zuley Arguedas Bojorge, mayor,
soltera, ama de casa y estudiante, cédula de identidad número 0113240723,
vecina de San Antonio de Coronado, Urbanización Los Romilios
casa 15F, hija de Rigoberto Arguedas Céspedes, costarricense y Yadira Bojorge Muñiz, nicaragüense, nacida en Carmen, Central, el
08/08/1987, actualmente con 26 años de edad. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 14-001628-0165-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de julio del
2014.—Licda. Karol Vindas
Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057306).
Han comparecido ante este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes: Freddy
Antonio Miranda García, mayor, costarricense, chofer, divorciado una vez de la
señora Xinia María Ramona Barrantes León, el 9 de
noviembre de 2007, con cédula de identidad número 2-445-125, vecino de San
Ramón de Alajuela, 200 metros oeste de la plaza de deportes de la Angostura,
casa de madera y cemento de color barniz y caoba, hijo de Porfirio Miranda
Chaves y Flor María García Mora, nacido en centro de Naranjo de Alajuela, el
18-11-1968, con 46 años de edad, y Xinia María Ramona
Barrantes León, mayor, costarricense, divorciada dos veces, la última del señor
Freddy Antonio Miranda García, el 9 de noviembre de 2007, esteticista, cédula
de identidad número 2-404-885, vecina de San Ramón de Alajuela, 200 metros
oeste de la plaza de deportes de la Angostura, casa de madera y cemento de
color barniz y caoba, hija de Urias Barrantes Hidalgo
y Marta Elid León Castro, nacida en centro de San
Ramón de Alajuela, el 13-03-1965, actualmente con 49 años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro
del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de Matrimonio) Exp. 14-000409-0688-FA.—Juzgado
de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 16 de julio
del 2014.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057330).
Han comparecido ante este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Joel Jesús
Campos Mora, mayor, soltero costarricense, agente de ventas, cédula de
identidad número 0114590001, vecino de El Carmen, Cartago, del Asilo de la
Vejez 100 m al norte, 500 m al oeste, hijo de Ciro Campos Araya e Inés Mora
Gómez, ambos padres costarricenses, nacido en Uruca,
central San José, el seis de diciembre de mil novecientos noventa, con 23 años
de edad, y Katherine Nairobi Dibner Duarte, mayor,
divorciada, administradora del hogar, cédula de identidad número 0304130698, vecina
de la misma dirección que el anterior, hija de Rosa Cruz Duarte Guzmán madre
costarricense y Jack Dibner Kranes,
de nacionalidad estadounidense, nacida en Oriental, central Cartago, el diez de
setiembre de mil novecientos ochenta y seis, actualmente con 27 años de edad.
Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal
para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este
Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación
del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. N°
14-001284-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago,
18 de junio del 2014.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014057336).
Han comparecido ante este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Marvin Alberto
Rosales Picado, mayor, costarricense, soltero, soldador en lo propio, portador
de la cédula de identidad número 01-1197-0251, vecino de Coronado, Urbanización
Sinai, casa 48 D, hijo de María Isabel Picado Rivera
y de Marvin Rosales Barrantes, nacido en Carmen Central San José, el
26/01/1984, actualmente con 30 años de edad, y Kattia
Vanessa Fonseca Araya, mayor, costarricense, divorciada, ama de casa, portadora
de la cédula de identidad número 01-1240-0746, vecina de Coronado, Urbanización
Sinai, casa 48 D, hija de Miguel Fonseca Tenorio y de
Rosa María Araya Alvarado, nacida en Carmen Central San José, el 30/04/1985,
actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que
existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo,
deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados
a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 14-001696-0165-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de agosto del
2014.—Lic. Karol Vindas
Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057337).
Han comparecido ante este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Junior Estanley León Barahona, mayor, costarricense, divorciado,
asistente de pacientes, portador de la cédula de identidad número 01-0628-0988,
vecino de Guadalupe, Purral, Los Cuadros, hijo de
Miguel León Molina y de María Elena Barahona Sandoval, nacido en Carmen Central
San José, el 27/04/1964, actualmente con 50 años de edad, y Yorleni
Fernández Cascante, mayor, costarricense, divorciada, peluquera, portadora de
la cédula de identidad número 01-0867-0023, vecina de Guadalupe, Purral, Los Cuadros, hija de María Fernández Cascante y de
Miguel Antonio Cordero Romero, nacida en Hospital Central San José, el
24/10/1973, actualmente con 40 años de edad. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 14-001717-0165-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de agosto del
2014.—Lic. Karol Vindas
Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057339).
Han comparecido ante este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Cristopher
Monge Alvarado, mayor de edad, soltero, estudiante, cédula de identidad número
0304680395, vecino de La Lima Taras de Cartago, 300 metros este y 100 metros
norte de la plaza de deportes, casa color terracota con verjas negras, hijo de Jéssica Alvarado Carmona y Jorge Mario Monge Calderón,
nacido en Cartago, el 27/01/1993, con 21 años de edad, y Génesis Valeria Ortiz
Sánchez, mayor de edad, soltera, estudiante, cédula de identidad número
0304680439, vecina de La Lima Taras de Cartago, 300 metros este y 100 metros
norte de la plaza de deportes, casa color terracota con verjas negras, hija de Maribel
Ortiz Sánchez, nacida en Cartago, el 29/01/1993, actualmente con 21 años de
edad. Tenemos una hija en común de nombre Zoeh Monge
Ortiz de siete meses de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que
existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo,
deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados
a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 14-001785-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, 18 de agosto del 2014.—Lic. Karina Víquez Hernández,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014057343).
Han comparecido ante este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Jeison Alejandro Quesada Solano, mayor de edad, soltero,
operario, cédula de identidad número 0304700510, vecino de Proyecto Manuel de
Jesús Jiménez, Cartago, de la Escuela Guzmán Mata 300 metros al sur y 75 metros
al este, casa color verde con portón de zinc, número Q-3, hijo de Kattia Alejandra Solano Jiménez y Marco Vinicio Quesada
Camacho, nacido en Cartago, el 19/05/1993, con 21 años de edad, y Laura de Los
Ángeles Martínez Arrieta, menor de edad, soltera, ama de casa, cédula de
identidad número 0304990375, vecina del Carmen de Cartago, 100 metros oeste y
300 metros sur de los antiguos teléfonos detrás del MOPT, casa color lila sin
verjas, hija de Luzmilda Martínez Arrieta, nacida en
Cartago, el 01/01/1997, actualmente con 17 años de edad. La contrayente Laura
Martínez Arrieta se encuentra en estado de embarazo con un mes de gestación. Si
alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para
que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho
dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.
(Solicitud de Matrimonio) Exp. 14-001794-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 19 de agosto del
2014.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014057346).
Juzgado Penal
de La Unión, de previo a decretar comiso a favor del estado, y con el fin de no
causar un perjuicio a los correspondientes propietarios, se previene a Álvaro
Campos Prado, propietaria registral del vehículo placas 325191 decomisada en la
causa 11-000918-071-PE, que deberá presentarse a éste Juzgado Penal, a fin de
solicitar la devolución del bien decomisado, o en su caso, para determinar el
no interés en el mismo; siendo que de no presentarse, se decretara el
correspondiente comiso, de conformidad a la ley 6106.—Juzgado Penal de La
Unión.—Lic. Jorge Esteban Pérez Cedeño, Juez Penal.—(IN2014018465). 3 v. 1.
Juzgado Penal
de La Unión, de previo a decretar comiso a favor del estado, y con el fin de no
causar un perjuicio a los correspondientes propietarios, se previene a María
Gilma Patido Vélez, propietaria registral del
vehículo placas MOT 156543 decomisada en la causa 12-000454-0569-PE, que deberá
presentarse a éste Juzgado Penal, a fin de solicitar la devolución del bien
decomisado, o en su caso, para determinar el no interés en el mismo; siendo que
de no presentarse, se decretara el correspondiente comiso, de conformidad a la
ley 6106.—Juzgado Penal de La Unión.—Lic. Jorge Esteban Pérez Cedeño,
Juez Penal.—(IN2014018470). 3 v.1.
La suscrita Cynthia Ortiz
Ramírez, en representación de la Fiscalía de Fraudes del Ministerio Público, se
comunica a Aixa Guevara Quesada en representación de World
Directories Sociedad Anónima cédula jurídica
3-101-374653, que se ha presentado Acción Civil en contra de su representada,
se le hace saber: Siendo que en la causa penal 13-000905-0612-PE, seguida por
Apropiación Irregular, en perjuicio Banco Lafise S.A
contra Carlos Marten Bustamante, se ha formulado
Acción Civil Resarcitoria, en contra
de World Directories
Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-374653, siendo que se han agotado las
fuentes y el domicilio social sin que se hubiera dado por notificada la
sociedad señalada, se ordena comunicar la presente Acción Civil, mediante la
publicación de un edicto por una única ocasión. Traslado de la acción civil.
San José, veinte de agosto del año 2014. De conformidad con el artículo 115 del
Código Procesal Penal vigente, se ordena comunicar a la demandada civil y a su
defensor, en el lugar señalado, y, en su caso, en su casa de habitación. Se
pone en conocimiento para se pronuncie sobre la participación del actor civil y
opongan las excepciones que correspondan. Lic. Cynthia Ortiz Ramírez, Fiscal
Auxiliar de Fraudes del Ministerio Público. Causa: 09-000905-612-PE.—Cinthya Ortiz Ramírez, Fiscal.—1
vez.—Exonerado.—(IN2014057322).
Se comunica al público en general
sobre la diligencia Destrucción de Drogas por llevarse a cabo el 24 de
setiembre del 2014, a las dieciocho horas treinta minutos, en la que se
destruirán:
Destrucción N°10: miércoles 24 de setiembre 2014.
1. Casos de cocaína con sus envoltorios. Nº Bolsa
causa caso peso marchamo
1
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.525 A5071506
2
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.545 A5071507
3
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.560 A5071508
4
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.570 A5071509
5
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.640 A5071510
6
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.610 A5071511
7
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.730 A5071512
8
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.630 A5071513
9
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.805 A5071514
10
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.570 A5071515
11 14-200333-457-PE
14-2830-QDR 11.635 A5071516
12
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.550 A5071517
13
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.770 A5071518
14
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.650 A5071519
15
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.660 A5071520
16
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.610 A5071521
17
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.815 A5071522
18
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.675 A5071523
19
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.670 A5071524
20
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.600 A5071525
21
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.615 A5071526
22
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.645 A5071527
23
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.520 A5071528
24
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.470 A5071529
25
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.710 A5071530
26
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.710 A5071531
27
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11785 A5071532
28
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.685 A5071533
29
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.785 A5071534
30
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 12.825 A5071535
31
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 12.345 A5071536
32
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.500 A5071537
33
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.480 A5071538
34
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.455 A5071539
35
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 11.465 A5071540
36
14-200333-457-PE 14-2830-QDR 12.660 A5071541
37
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.320 A5071542
38
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.330 A5071543
39
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.315 A5071544
40
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.345 A5071545
41
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 12.005 A5071546
42
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.785 A5071547
43
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.795 A5071548
44
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.930 A5071549
45
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.910 A5071550
46
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.810 A5071551
47 14-000481-0455-PE
14-3126-QDR 11.895 A5071552
48
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.890 A5071553
49
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.850 A5071554
50
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.880 A5071555
51
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.750 A5071556
52
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.860 A5071557
53
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.860 A5071558
54
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.895 A5071559
55
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.865 A5071560
56
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.890 A5071561
57
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.835 A5071562
58
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.805 A5071563
59
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.880 A5071564
60
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.855 A5071565
61
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.910 A5071566
62
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.800 A5071567
63
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.865 A5071568
64
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.840 A5071569
65
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.900 A5071570
66
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.895 A5071571
67
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.850 A5071572
68
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.935 A5071573
69
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.840 A5071574
70
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.825 A5071575
71
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.905 A5071576
72
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.845 A5071577
73 14-000481-0455-PE
14-3126-QDR 11.925 A5071578
74
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.810 A5071579
75
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 12.080 A5071580
76
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.820 A5071581
77
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.810 A5071582
78
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.860 A5071583
79
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 12.060 A5071584
80
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.840 A5071585
81
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.860 A5071586
82
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.780 A5071587
83
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 12.000 A5071588
84
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.840 A5071589
85
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.920 A5071590
86
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.870 A5071591
87
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.950 A5071592
88
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.940 A5071593
89
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.860 A5071594
90
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.845 A5071595
91
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.865 A5071596
92
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.845 A5071597
93
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.835 A5071598
94 14-000481-0455-PE
14-3126-QDR 11.850 A5071599
95
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.850 A5071600
96
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.850 A5071601
97
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.875 A5071602
98
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.835 A5071603
99
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.840 A5071604
100
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.890 A5071605
101
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.840 A5071606
102
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.870 A5071607
103
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.920 A5071608
104 14-000481-0455-PE
14-3126-QDR 11.865 A5071609
105
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.845 A5071610
106
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.840 A5071611
107
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.900 A5071612
108
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.890 A5071613
109 14-000481-0455-PE
14-3126-QDR 11.865 A5071614
110
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.870 A5071615
111
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.900 A5071616
112
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.910 A5071617
113
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.860 A5071618
114
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.780 A5071619
115
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.905 A5071620
116
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.880 A5071621
117
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.840 A5071622
118
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.770 A5071623
119
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.910 A5071624
120
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.910 A5071625
121
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.875 A5071626
122
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.895 A5071627
123
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.855 A5071628
124
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.785 A5071629
125
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.965 A5071630
126
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.920 A5071631
127
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.870 A5071632
128
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.915 A5071633
129 14-000481-0455-PE
14-3126-QDR 11.830 A5071634
130
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.860 A5071635
131
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.855 A5071636
132
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.910 A5071637
133
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.920 A5071638
134 14-000481-0455-PE
14-3126-QDR 11.990 A5071639
135
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.885 A5071640
136
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.845 A5071641
137
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.885 A5071642
138
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.850 A5071643
139
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.960 A5071644
140
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.995 A5071645
141
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.775 A5071646
142
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.865 A5071647
143
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 12.015 A5071648
144
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.875 A5071649
145
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.930 A5071650
146
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.880 A5071651
147
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.955 A5071652
148
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.825 A5071653
149
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.890 A5071654
150
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.830 A5071655
151
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.910 A5071656
152
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.935 A5071657
153
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.940 A5071658
154
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.865 A5071659
155
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.820 A5071660
156
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.820 A5071661
157
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.850 A5071662
158
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.980 A5071663
159 14-000481-0455-PE
14-3126-QDR 11.940 A5071664
160
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.880 A5071665
161
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.830 A5071666
162
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.845 A5071667
163
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.875 A5071668
164 14-000481-0455-PE
14-3126-QDR 11.905 A5071669
165
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.945 A5071670
166
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.900 A5071671
167
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.905 A5071672
168
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.890 A5071673
169
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.865 A5071674
170
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.790 A5071675
171
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.855 A5071676
172
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.845 A5071677
173
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.795 A5071678
174
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.905 A5071679
175
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.800 A5071680
176
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.835 A5071681
177
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.770 A5071682
178
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.820 A5071683
179
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.945 A5071684
180
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.785 A5071685
181
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.850 A5071686
182
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.945 A5071687
183
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.940 A5071688
184
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.855 A5071689
185
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.975 A5071690
186
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.920 A5071691
187
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.905 A5071692
188
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.870 A5071693
189 14-000481-0455-PE
14-3126-QDR 11.895 A5071694
190
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.875 A5071695
191
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.865 A5071696
192
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.900 A5071697
193
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.845 A5071698
194 14-000481-0455-PE
14-3126-QDR 11.320 A5071699
195
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.965 A5071700
196
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.895 A5071701
197
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.765 A5071702
198
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.900 A5071703
199
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.840 A5071704
200
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.785 A5071705
201
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.810 A5071706
202
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.955 A5071707
203
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.400 A5071708
204
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.970 A5071709
205
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.945 A5071710
206
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.855 A5071711
207
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.755 A5071712
208
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.815 A5071713
209
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.580 A5071714
210
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.555 A5071715
211
14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.465 A5071716
212 14-000481-0455-PE 14-3126-QDR 11.885
A5071717
Total de cocaína 2.507.265.
Total de material a destruir 2.507.265, dos
mil quinientos siete kilos y doscientos sesenta y cinco gramos.
Lo anterior será
efectuado utilizando un incinerador instalado la Ciudad Judicial de San Joaquín
de Flores, Heredia. Conforme con el artículo 91 de la Ley sobre Estupefacientes
Sustancias Psicotrópicas, drogas de uso no autorizado y actividades conexas N°
8204 del 26 de diciembre del 2001 y Reglamento Sobre Custodia y Destrucción de
Drogas, Estupefacientes, Psicotrópicos y Enervantes.—Juzgado Penal del
Primer Circuito Judicial de San José.—Yorleny Quesada Lewis, Jueza.—1
vez.—(IN2014058590).