BOLETÍN JUDICIAL N° 221 DEL 17 DE NOVIEMBRE DEL 2014

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.. 1

DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA.. 1

SALA CONSTITUCIONAL.. 1

JUZGADO NOTARIAL.. 1

TRIBUNALES DE TRABAJO.. 2

Causahabientes. 2

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL.. 2

Remates. 2

Títulos Supletorios. 15

Citaciones. 16

Avisos. 17

Edictos Matrimoniales. 20

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA

UNIDAD DE RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN

CONCURSO N° 043-2014

La Dirección de Gestión Humana, invita a las personas interesadas a participar en el concurso por antecedentes para nombramiento en propiedad en el siguiente cargo:

Jefe Departamento de Laboratorio de Ciencias Forenses

Puesto N° 43438

Forma de participar, requisitos y otros detalles del concurso se pueden acceder en la siguiente dirección electrónica:

www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos

Periodo de inscripción: Inicia: 17 de noviembre de 2014, finaliza: 28 de noviembre del 2014.

Horario de atención al público: 7:30 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m.

Ruth Bermúdez Molina.—1 vez.—(IN2014078028).

SALA CONSTITUCIONAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

ASUNTO:     Acción de inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES

DE LA REPÚBLICA

Hace saber: Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 13-003359-0007-CO promovida por Federico Malavassi Calvo, Gabriel Bonilla Picado, Rodrigo Alberto Carazo Zeledón contra la interpretación que hace el Tribunal Supremo de Elecciones del artículo 195 constitucional en la resolución N° 753-E9-2013 de las quince horas dieciséis minutos del 7 de febrero del 2013 emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones, por estimarla contraria al artículo 105 de la Constitución Política, se ha dictado el voto N° 2014-018226 de las dieciséis horas y veinte minutos del cuatro de noviembre del dos mil catorce, que literalmente dice:

“Se declara sin lugar la acción. El Magistrado Castillo Víquez da razones diferentes. Los Magistrados Armijo Sancho y Rueda Leal salvan el voto y rechazan de plano la acción. La Magistrada Hernández López pone nota.”

San José, 05 de noviembre del 2014.

                                                                           Dennis Ubilla Arce,

(IN2014076953).                                                    Secretario

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 98-000584-005-NO, de Lisbeth Ruiz Arrieta contra Olman Alvarado Cervantes, (cédula de identidad 1-0639-0538), este Juzgado mediante resolución de las trece horas treinta minutos del dieciocho de setiembre de dos mil catorce, dispuso levantar a partir del veintisiete de agosto de dos mil catorce la sanción disciplinaria impuesta al notario Olman Alvarado Cervantes mediante resolución número 00413 de las siete horas treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil dos, que salió publicada en el Boletín Judicial número 161 de fecha 18 de agosto de 2004, lo anterior por haber transcurrido el plazo de diez años según voto número 3484 de las doce horas del ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro emitido por la sala constitucional.

San José, 18 de setiembre del 2014.

                                               Msc. Juan Carlos Granados Vargas

1 vez.—(IN2014075986)                                Juez

Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 99-000939-0627-NO, de Heisel Chavarría Briceño contra Carlos Rodríguez Rescia, (cédula de identidad 1-592-553 ), este Juzgado mediante resolución de las nueve horas y tres minutos del siete de octubre de dos mil catorce, dispuso levantar a partir del siete de octubre del dos mil catorce la sanción disciplinaria impuesta al notario Carlos Rodríguez Rescia, mediante resolución número 00160 de las quince horas del diecinueve de mayo del dos mil cuatro, que salió publicada en el Boletín Judicial número 189 del veintiocho de setiembre del dos mil cuatro, lo anterior por haber transcurrido el plazo de diez años según voto número 3484 de las doce horas del ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro emitido por la sala constitucional.

San José, 7 de octubre del 2014.

                                               Msc. Juan Carlos Granados Vargas

1 vez.—(IN2014075987)                                Juez

Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 01-000302-0627-NO, de Yalile Gutiérrez Castro contra José Lino Chaves López, (cédula de identidad 6-0151-0279), este Juzgado mediante resolución de las ocho horas treinta y cinco minutos del ocho de octubre de dos mil catorce, dispuso levantar a partir del veinticinco de setiembre de dos mil catorce la sanción disciplinaria impuesta al notario José Lino Chaves López, mediante resolución número 00121-04 de las quince horas del treinta de abril de dos mil cuatro, que salió publicada en el Boletín Judicial número 181 del dieciséis de setiembre de dos mil cuatro, lo anterior por haber transcurrido el plazo de diez años según voto número 3484 de las doce horas del ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro emitido por la Sala Constitucional.

San José, 8 de octubre del 2014.

                                               Msc. Juan Carlos Granados Vargas

1 vez.—(IN2014075988)                                Juez

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

A los causahabientes de quien en vida se llamó Ricardo Alberto Chanto Herrera, con cédula de identidad número uno-mil ciento cincuenta-seiscientos ochenta y nueve, se les hace saber que: Ana Sáenz Beiture, en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma de Verdad Informática S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil seiscientos setenta y siete, se apersonó en este Despacho en calidad de antiguo patrono del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Ricardo Alberto Chanto Herrera. Expediente número 14-000617-1021-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 23 de setiembre del 2014.—Lic. Yocelin Quesada Porras, Jueza.—1 vez.—(IN2014075972).

A los que en carácter de causahabientes de Carmen Isaac Arias Arias, cédula 5-0069-0216, fallecida el día 15 de agosto de 2014, se les hace saber que: Leila Cambronero Rodríguez, portadora de la cédula número 5-0083-0872, vecina de Alajuela, Guatuso, Coto, Cabanga, 500 metros del Ebais, carretera a Arenal se apersonó en este despacho en calidad de esposa a fin de promover las presentes diligencias de Devolución de Pensión no Retirada. Por ello, se les cita y emplaza, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Devolución de Pensión no Retirada de la persona fallecida Carmen Isaac Arias Arias. Exp. N° 2014-300022-324-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guatuso.—Lic. Alcibíades Jiménez García, Juez.—1 vez.—(IN2014075982).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros de trabajador fallecido, de quien en vida fuere llamado Greivin Gerardo Rodríguez Loría, mayor, soltero, costarricense, cédula de identidad número 1-0444-0345, y quien falleciere el día 30 de marzo de dos mil trece, y que se consideren con derecho a las mismas, con el fin que se apersonen dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este Edicto, a este Despacho a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en Devolución de Ahorros de trabajador fallecido, expediente 14-300048-0891-LA, donde figura como causante Greivin Gerardo Rodríguez Loría y como gestionante Mario Enrique Rodríguez Loría.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 8 de octubre del 2014.—Lic. Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1 vez.—(IN2014075983).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 14-300060-0239-LA (67-14), que es Consignación de Prestaciones del Trabajador Fallecido: Juan José Zamora Salgado, quien en vida fue mayor, costarricense, casado, pensionado, vecino de Hatillo 5, cuya cédula de identidad fue la número 1-0327-0463; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Lilliam Salas Salas.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 21 de octubre del 2014.—Lic. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—1 vez.—(IN2014075984).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Odilio Porras Bejarano, fallecido el 30 de setiembre del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 14-000137-1007-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000137-1007-LA. Odilio Porras Bejarano a favor de Mireya Calderón Zúñiga.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Turrialba, 16 de octubre del 2014.—Lic. Marjorie Aguilar Pérez, Jueza.—1 vez.—(IN2014075995).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las ocho horas del dieciocho de febrero del dos mil quince, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de gravámenes y con la base de trece millones novecientos veintiocho mil quinientos setenta y un colones con cuarenta y tres céntimos, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita al partido de Heredia, matrícula número ciento veintiún mil novecientos noventa y uno, submatrícula cero cero cero, que es terreno de agricultura, situado en Puerto Viejo distrito primero del cantón décimo Sarapiquí de la provincia de Heredia, que mide setenta mil cuarenta metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados y que linda al norte con calle pública, al sur con lotes dos, tres y cuatro, al este con lote treinta y uno y al oeste con lote veintinueve, según lo describe topográficamente el plano catastrado Nº H-0768795-1988. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de diez millones cuatrocientos cuarenta y seis mil cuatrocientos veintiocho colones con cincuenta y ocho céntimos, (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior) se señalan las ocho horas del cinco de marzo del dos mil quince. De ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las ocho horas del veinte de marzo del dos mil quince, esta vez con la base de tres millones cuatrocientos ochenta y dos mil ciento cuarenta y dos colones con ochenta y cinco céntimos, (es decir un veinticinco por ciento de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecución hipotecaria Nº 14-000280-0507-AG (322-3-14) del Banco Nacional de Costa Rica contra María Carolina Hidalgo Guerrero y otra.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Guápiles, 5 de noviembre del 2014.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—(IN2014076969).

A las diez horas y treinta minutos del veintiséis de enero del año dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho; de la forma que se dirá y con sus respectivas bases, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley Aguas, bajo las citas 305-09094-01-0007-001, Reservas Ley Caminos bajo las citas 305-09094- 01-0008-001, servidumbres de paso bajo las citas: 2011-198712-01-0002-001, 2011-332599-01-0004-001, 2012-145449-01-0003-001, 2012-189367-01-0012-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula número 494789-000, la cual es terreno para construir.- Situada en el distrito 04, Aguas Zarcas cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ricardo Soro Montero; sur, calle pública con un frente a ella de 7 metros con 82 centímetros lineales, servidumbre de paso con un frente a ella de 20 metros con 23 centímetros lineales y otros; este, Inversiones Esquivel Sibaja S. A. y servidumbre de paso con 7 metros lineales de frente; oeste, Ricardo Soro Montero. Mide: cinco mil quinientos noventa y siete metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Plano: A-1250739-2008. 2) Con la base de ocho millones de colones exactos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley Aguas, bajo las citas 305-09094-01-0007-001, Reservas Ley Caminos bajo las citas 305-09094- 01-0008-001, servidumbres de paso bajo las citas: 2011-198712-01-0002-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula número 482426-000, la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito 04, Aguas Zarcas cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre agrícola con un frente a ella de 88,46 metros lineales; sur, Bety Quesada Salas; este, Inversiones Esquivel Sibaja S. A.; oeste, Inversiones Esquivel Sibaja S. A. Mide: cinco mil quinientos noventa y siete metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-1188668-2007. Para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de febrero del año dos mil quince, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos por la finca número 494789-000; y con la base de seis millones de colones exactos por la finca número 482426-000 (rebajada en un 25%).- Para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil quince, con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos por la finca número 494789-000; y con la base de dos millones de colones exactos por la finca número 482426-000 (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Zacarías Campos Sánchez contra Inversiones Esquivel Sibaja Sociedad Anónima. Exp. N° 14-002311-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 27 de octubre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014076997).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones (Citas: 338-09833-01-0900-001); a las quince horas y quince minutos del uno de diciembre del dos mil catorce, y con la base de quince mil cincuenta y un dólares con sesenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta mil trescientos cuarenta y uno - cero cero cero la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Alfonso Salas Villegas; al sur, Gerardo Villalobos y Alfonso Salas; al este, calle pública con 14 m 19 cm y al oeste, Alfonso Salas Villegas. Mide: seiscientos cincuenta y ocho metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de doce mil doscientos ochenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del quince de enero de dos mil quince con la base de tres mil setecientos sesenta y dos dólares con noventa y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco General (Costa Rica) S. A. contra Rafael Eduardo Baldioceda Artavia. Exp. 14-007206-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 9 de setiembre del 2014.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014077017).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del uno de diciembre de dos mil catorce, y con la base de setenta y seis mil doscientos nueve dólares con noventa y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento seis mil novecientos cuarenta y cuatro - cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Tres Ríos, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 90; al sur, Juan Carlos Vargas; al este, calle pública y al oeste, lote 86. Mide: trescientos ochenta y siete metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de cincuenta y siete mil ciento cincuenta y siete dólares con cuarenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del quince de enero de dos mil quince con la base de diecinueve mil cincuenta y dos dólares con cuarenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra José Guillermo Corrales Ceciliano. Exp. N° 14-007204-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de setiembre del 2014.—Lic. Daniel Segura Castro, Juez.—(IN2014077021).

A las once horas y cero minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho en el mejor postor de la forma que se dirá y con sus respectivas bases remataré lo siguiente: 1) Con la base de veintiún millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 298- 10013-01-0901-001, 358-02296-01-0900-001, 358-02296-01-0901-001, 358-02296-01- 0902-001, 358-02296-01-0903-001, 377-14666-01-0905-001, cargas ref: 1813 224 006 bajo las citas: 298-10013-01-0902-001, servidumbre sirviente bajo las citas: 377-14424-01-0001-001, 377-14424-01-0002-001, 377-14424-01-0003-001, 377-14424-01-0004-001, 377-14424-01-0005-001 y servidumbre trasladada bajo las citas: 377-14666-01-0906-001, la finca del partido de Alajuela, matrícula número 346334-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05, Venecia cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Elsy Zamora Conejo, Annia, Elizabeth y Flavio Rodrigo todos Chacón Zamora , sur: Elsy Zamora Conejo, Annia, Elizabeth y Flavio Rodrigo todos Chacón Zamora y calle pública con frente a ella de 20.02 m, este, Elsy Zamora Conejo, Annia, Elizabeth y Flavio Rodrigo todos Chacón Zamora, y oeste, Elsy Zamora Conejo, Annia, Elizabeth y Flavio Rodrigo todos Chacón Zamora. Mide: tres mil cuatrocientos cuarenta metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados plano: A-0541933-1999. 2) Con la base de veintinueve millones trescientos mil colones exactos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 298-10013-01-0901-001, citas: 326-02087-01-0901- 001, 358-02296-01-0900-001, 358-02296-01-0901-001, 358-02296-01-0902-001, 358- 02296-01-0903-001, 377-14666-01-0905-001, cargas ref:1813 224 006 bajo las citas: 298-10013-01-0902-001, servidumbre sirviente bajo las citas: 377- 14424-01-0001-001,377-14424-01-0002-001, 377-14424-01-0003-001, 377-14424-01- 0004-001, 377-14424-01-0005-001, servidumbre trasladada bajo las citas: 377-14666-01-0906-001 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas: 426-12237-01-0001-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula número 419508-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 05, Venecia cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Recreo Verde de Marsella S. A., servidumbre de paso, sur, Hermanos Herrera Parrales S. A., este, Laderas del Río Toro; y oeste, Adrián Vargas Barquero, Recreo Verde de Nmarsella S. A. Mide: cincuenta y tres mil doscientos cuatro metros con dieciséis decímetros cuadrados. Plano: A-1058397-2006. Para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del catorce de enero del año dos mil quince, con la base quince millones novecientos mil colones exactos por la finca número 346334-000, y con la base de veintiún millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos por la finca número 419508-000 (rebajada en un 25%). Para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve de enero del año dos mil quince, con la base de cinco millones trescientos mil colones exactos por la finca número 346334-000, y con la base de siete millones trescientos veinticinco mil colones exactos por la finca número 419508-000 (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Flavio Rodrigo Chacón Zamora. Exp. N° 14-001745-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 25 de agosto del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014077023).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas tomo 380 asiento 03481, servidumbre trasladada citas tomo 380 asiento 03481, servidumbre de paso citas tomo 465 asiento 06244, servidumbre de paso citas tomo 568 asiento 44652, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas tomo 2009 asiento 124358 así como servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas tomo 2009 asiento 124358; a las ocho horas y cero minutos del nueve de diciembre del año dos mil catorce, y con la base de diez millones novecientos catorce mil ciento sesenta colones con veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta mil trece cero cero cero la cual es terreno de patio, zona verde y con una casa de habitación. Situada en el distrito 04 Bahía Ballena, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Bosque Verde Ojochalindo S. A. y Teresa Ann Long y Georgia Sarah Jane King; al sur, Bosque Verde Ojochalindo S. A.; al este, Bosque Verde Ojochalindo S. A. y servidumbre de paso con un frente a la misma de 6 metros y 17 centímetros lineales de frente a la misma, y al oeste, Lucila Mesén León y María Jesús Mesén López. Mide: setecientos setenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de enero del año dos mil quince, con la base de ocho millones ciento ochenta y cinco mil seiscientos veinte colones con diecisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de enero del año dos mil quince con la base de dos millones setecientos veintiocho mil quinientos cuarenta colones con seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo contra José Miguel Mesén León, Mayra León Hernández y Rolando Roger Sánchez Alvarado. Exp. N° 14-006167-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 7 de octubre del  2014.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014077059).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condi ida ref:0000 Ley 2825 bajo las citas: 387-17656-01-0806-003 y citas: 387-17656-01-0892-00, reservas y restricciones bajo las citas: 387- 17656-01-0943-002 y citas: 387-17656-01-0836-002; a las trece horas y treinta minutos del veintiséis de enero del año dos mil quince, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 257086-001-002, la cual es terreno para agricultura lote 82. Situada en el distrito 01, Upala cantón 13, Upala de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, parcela 81; sur, parcela 83; este, calle pública; y oeste, José Castillo. Mide: ciento cuarenta y tres mil trescientos cinco metros con cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0733189-1988. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de febrero del año dos mil quince, con la base de siete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil quince con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eloy Lorenzo Lobo Villalobos contra Efraín Gerardo Núñez Araya. Exp. N° 14-000501-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 15 de octubre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014077063).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado citas-0557-00010948-01-0003-001, hipoteca de segundo grado citas-0557-00014475-01-0001-001, hipoteca de tercer grado bajo las citas 558-01152-01-0001-001, hipoteca de cuarto grado citas-0569-00092375-01-0001-001; a las ocho horas y cero minutos del diecinueve de enero del año dos mil quince, y con la base de cincuenta y dos millones ochocientos noventa y dos mil setecientos cincuenta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cinco mil doscientos veintitrés cero cero cero la cual es terreno con locales comerciales. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública; al sur Berta Blanco Jiménez, Rubén Sánchez Chacón, Elieth Castro Montes, Adonay Mata; al este carretera interamericana, Rubén Antonio Sánchez Chacón, Elieth Castro Montes, Gasolinera El Jorón S. A. y al oeste, Hogares Crea. Mide: cinco mil seiscientos sesenta y siete metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del tres de febrero del año dos mil quince, con la base de treinta y nueve millones seiscientos sesenta y nueve mil quinientos sesenta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de febrero del año dos mil quince con la base de trece millones doscientos veintitrés mil ciento ochenta y ocho colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Adonay Artavia Mata. Exp. N° 14-004266-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 22 de setiembre del 2014.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2014077081).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del seis de enero del año dos mil quince, y con la base de cuarenta y cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 215210-000 la cual es terreno para construir con una casa de dos plantas. Situada en el distrito 04 Ángeles, cantón 05 San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Allan Ramírez Chavarría; al sur, Luis Guillermo Vargas Ramírez; al este, Ronald Chavarría Ramírez y al oeste, calle pública. Mide: setecientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiuno de enero del año dos mil quince, con la base de treinta y tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del cinco de febrero del año dos mil quince con la base de once millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Jorge Antonio Ramírez Bolaños. Exp. 14-027502-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de octubre del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—(IN2014077101).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y quince minutos del tres de marzo de dos mil quince, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número 806300. Marca Chevrolet. Estilo Tracker. Categoría automóvil. Año 2001. Color gris. Vin 2CNBJ634216933667. Cilindrada 2500 CC. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos del dieciocho de marzo de dos mil quince, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del nueve de abril de dos mil quince con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Marco Antonio Rodríguez Esquivel contra Ana Patricia Leiva Vargas. Exp. N° 14-014339-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de setiembre del 2014.—Msc. Ericka Robleto Artola, Jueza.—(IN2014077102).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0311-00006704-01-0901-001; a las catorce horas y cero minutos del quince de enero del año dos mil quince, y con la base de nueve mil quinientos noventa y dos dólares con treinta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento tres mil seiscientos ocho cero cero cero la cual es terreno para construir lote 59. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 96; al este, lote 60 y al oeste, lote 58. Mide: ciento cincuenta y un metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de enero del año dos mil quince, con la base de siete mil ciento noventa y cuatro dólares con veintiocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de febrero del año dos mil quince con la base de dos mil trescientos noventa y ocho dólares con nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Central de Compras Centroamericanas SRL contra Ana María Rodríguez Ramos. Exp: 14-002114-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 30 de octubre del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014077105).

De conformidad los artículos 21 y siguientes de la Ley de Cobro Judicial, libre de gravámenes prendarios y con la base de quince millones quinientos veintinueve mil setecientos cuarenta y nueve colones con noventa y un céntimos (¢15.529.749,91) en el mejor postor remataré los bienes pignorados que se dirán, para tal efecto se señalan las ocho horas del veintidós de enero del año dos mil quince (primer remate). De no haber postores se procede a señalar las ocho horas del diez de febrero del año dos mil quince, para llevar a cabo el segundo remate, en cual tendrá como base la suma de once millones seiscientos cuarenta y siete mil trescientos doce colones con cuarenta y tres céntimos (¢11.647.312,43) (rebajada en un 25 %). De no apersonarse oferentes se llevará a cabo el tercer remate para lo cual se señalan las ocho horas del veintiséis de febrero del año dos mil quince, teniendo como base la suma de tres millones ochocientos ochenta y dos mil cuatrocientos treinta y siete colones con cuarenta y siete céntimos (¢3.882.437,47) (25% de la base original). Los bienes que se rematan y su valor individual indicando, además, el valor de cada uno de acuerdo con las reglas correspondientes para el segundo y tercer remate señalados, en caso de no haber postores, son los siguientes: Cuatro mesas rectangulares en apariencia de melanina la parte superior y de metal la parte que la sostiene. Valor real en noventa y tres mil quinientos treinta y cinco colones con setenta y cinco céntimos cada una con valor para el segundo remate es de setenta mil ciento cincuenta y un colones con ochenta y un céntimos cada una y un tercer remate en veintitrés mil trescientos ochenta y tres colones con noventa y tres céntimos cada una. Ocho mesas cuadradas en apariencia de melanina la parte superior y de metal la parte que la sostiene. Valor real en ochenta y nueve mil seiscientos setenta y cinco colones cada una con valor para el segundo remate es de sesenta y siete mil doscientos cincuenta y seis colones con veinticinco céntimos cada una y un tercer remate en veintidós mil cuatrocientos dieciocho colones con setenta y cinco céntimos cada una. Ocho mesas rectangulares pequeñas en apariencia de melanina la parte superior y de metal la parte que la sostiene. Valor real en ochenta y un mil setecientos cincuenta colones cada una con valor para el segundo remate es de sesenta y un mil trescientos doce colones con cinco céntimos cada una y un tercer remate en veinte mil cuatrocientos treinta y siete colones con cinco céntimos cada una. Sesenta y dos sillas con respaldar rectangular en apariencia de cuerina el respaldar y el asiento con una estructura de metal. Valor real en sesenta y cinco mil doscientos cincuenta y siete colones con cincuenta céntimos cada una con valor para el segundo remate es de cuarenta y ocho mil novecientos cuarenta y tres colones con doce céntimos cada una y un tercer remate en dieciséis mil trescientos catorce colones con treinta y siete centavos cada una. Dos sillas de comer para bebé pintadas en color natural. Valor real en trece mil quinientos colones cada una con valor para el segundo remate es de diez mil ciento veinticinco céntimos cada una y un tercer remate en tres mil trescientos setenta y cinco cada una. Dos basureros color gris marca Rubbermaid de un metro de altura aproximadamente. Valor real en diez mil colones cada una con valor para el segundo remate es de siete mil quinientos colones cada una y un tercer remate en dos mil quinientos colones cada una. Un mueble para basurero forrado en melamina color café de aproximadamente 1,30 cm de altura con una puerta para meter basurero. Valor real en treinta y cinco mil setecientos cincuenta colones con valor para el segundo remate es de veintiséis mil ochocientos doce colones con cinco céntimos y tercer remate en ocho mil novecientos treinta y siete colones con cinco céntimos. Un televisor pantalla plana marca LG de aproximadamente 32”. Valor real en ciento cuatro mil colones con valor para el segundo remate es de setenta y ocho mil colones y tercer remate en veintiséis mil colones. Un sistema Punto de Venta incluye: monitor, CPU, mouse, teclado, software, UPC e impresora pequeña. Valor real en cincuenta mil colones con valor para el segundo remate es de treinta y siete mil colones y tercer remate en doce mil quinientos colones. Un teléfono inalámbrico marca V-TECH. Valor real en doce mil quinientos colones con valor para el segundo remate es de nueve mil trescientos setenta y cinco colones y tercer remate en tres mil ciento veinticinco. Una calculadora marca Casio tamaño grande. Valor real en tres mil doscientos colones con valor para el segundo remate es de dos mil cuatrocientos colones y tercer remate en ochocientos colones. Un video grabador marca HIK-Visión. Valor real en ocho mil colones con valor para el segundo remate es de seis mil colones y tercer remate en dos mil colones. Un amplificador marca Audio Source. Valor real en treinta mil colones con valor para el segundo remate es de veintidós mil quinientos colones y tercer remate en siete mil quinientos colones. Una diadema telefónica marca Plantronics. Valor real en dos mil colones con valor para el segundo remate es de mil quinientos colones y tercer remate en quinientos colones. Una enfriadora exhibidora (mesa fría) aproximadamente 1,5 m de largo x 1,50m de alto de metal con vidrio al frente, 34 bandejas de acero inoxidable. Valor real en ochocientos sesenta y ocho mil quinientos veinticinco colones con noventa y un céntimos con valor para el segundo remate es de seiscientos cincuenta y un mil trescientos noventa y cuatro colones con cuarenta y tres céntimos y tercer remate en doscientos diecisiete mil ciento treinta y un colones con cuarenta y siete centavos. Una enfriadora exhibidora (mesa fría) aproximadamente 1,5 m de largo x 1,50m de alto de metal con vidrio al frente, 16 bandejas de acero inoxidable. Valor real en ochocientos cincuenta mil quinientos ochenta y cinco colones con valor para el segundo remate es de seiscientos treinta y siete mil novecientos treinta y ocho colones con setenta y cinco colones y tercer remate en doscientos doce mil seiscientos cuarenta y seis colones con veinticinco céntimos. Una rebanadora de huevos pequeña. Valor real en dos mil cien colones con valor para el segundo remate es de mil quinientos setenta y cinco colones y tercer remate en quinientos veinticinco colones. Una mesa de acero inoxidable de 1 metro de largo por 60 cm de ancho y 1 metro de alto. Valor real en ciento ocho mil setecientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos con valor para el segundo remate es de ochenta y un mil quinientos setenta y un colones con ochenta y siete céntimos y tercer remate en veintisiete mil ciento noventa colones con sesenta y dos céntimos. Una mesa de acero inoxidable de 2 metro de alto y 3 niveles. Valor real en ciento cincuenta y cinco mil trescientos setenta y cinco colones con valor para el segundo remate es ciento dieciséis mil quinientos treinta y un colones con veinticinco céntimos de y tercer remate en treinta y ocho mil ochocientos cuarenta y tres colones con setenta y cinco céntimos. Un congelador marca Everest de acero inoxidable. Valor real en cuatrocientos setenta y tres mil trescientos cincuenta y un colones con valor para el segundo remate es de trescientos cincuenta y cinco mil trece colones con veinticinco céntimos y tercer remate en ciento dieciocho mil trescientos treinta y siete colones con setenta y cinco. Una mesa de trabajo acero inoxidable de 3 niveles 1,5 metros de largo x 1 de alto x 1 de ancho. Valor real en ciento treinta y cinco mil quinientos colones con valor para el segundo remate es de ciento un mil seiscientos veinticinco colones y tercer remate en treinta y tres mil ochocientos setenta y cinco colones. Un fregadero de acero inoxidable de 1 batea con 5 niveles. Valor real en doscientos setenta mil ochocientos setenta y cinco colones con valor para el segundo remate es de doscientos tres mil cincuenta y seis colones con veinticinco y tercer remate en sesenta y siete mil setecientos dieciocho colones con setenta y cinco céntimos. Una plancha eléctrica (Crepera). Valor real en ciento veinticinco mil cuatrocientos sesenta y seis colones con valor para el segundo remate es de noventa y cuatro mil noventa y nueve colones con cinco céntimos y tercer remate en treinta y un mil trescientos sesenta y seis colones con cinco céntimos. Treinta y seis tazones redondos de acero inoxidable 20 cm de diámetro. Valor real en mil sesenta colones cada una con valor para el segundo remate es de setecientos noventa y cinco cada una y un tercer remate en doscientos sesenta y cinco cada una. Veintiún tenazas de acero inoxidable. Valor real en ochocientos treinta colones cada una con valor para el segundo remate es de seiscientos veintidós colones con cinco céntimos cada una y un tercer remate en doscientos siete colones con cinco céntimos cada una. Una caja fuerte marca Firts Alert. Valor real en dieciocho mil quinientos colones con valor para el segundo remate es de trece mil ochocientos setenta y cinco y tercer remate en cuatro mil seiscientos veinticinco colones. Una impresora escáner marca Cannon estilo MX 320. Valor real en cinco mil colones con valor para el segundo remate es de tres mil setecientos cincuenta colones y tercer remate en mil doscientos cincuenta colones. Dos planchas industriales marca Arcraft (sandwichera). Valor real en ciento treinta y ocho mil sesenta y cinco colones cada una con valor para el segundo remate es de ciento tres mil quinientos cuarenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos cada una y un tercer remate en treinta y cuatro mil quinientos dieciséis colones con veintiocho céntimos cada una. Dos espátulas de acero inoxidable rectangulares para las planchas. Valor real en mil doscientos ochenta y seis colones cada una con valor para el segundo remate es de novecientos sesenta y cuatro colones con cinco céntimos cada una y un tercer remate en trescientos veintiuno colones con cinco céntimos cada una. Una licuadora marca Barboss Advance modelo VM0100A serie 005066090814015948 con vaso y tapa. Valor real en doscientos diecinueve mil seiscientos colones con valor para el segundo remate es de ciento sesenta y cuatro mil setecientos colones y tercer remate en cincuenta y cuatro mil novecientos colones. Una olla grande color negra, para mantener caliente la sopa. Valor real en veintiocho mil trescientos sesenta colones con valor para el segundo remate es de veintiún mil doscientos setenta colones y tercer remate en siete mil noventa colones. Un baño maría para sopa color negro (para mantener caliente la sopa). Valor real en veintiséis mil quinientos colones con valor para el segundo remate es de diecinueve mil ochocientos setenta y cinco colones y tercer remate en seis mil seiscientos veinticinco colones. Una mesa de trabajo de acero inoxidable con rejillas en la parte de abajo con 2 niveles, 1 alto x 1 largo x 1 ancho metros. Valor real en ciento veintiocho mil veintinueve colones con valor para el segundo remate es de noventa y seis mil veintiuno colones con setenta y cinco céntimos y tercer remate en treinta y dos mil siete colones con veinticinco céntimos. Una licuadora marca Quantum Pro. Valor real en ciento treinta y dos mil sesenta y ocho colones con valor para el segundo remate es de noventa y nueve mil cincuenta y un colones y tercer remate en treinta y tres mil diecisiete colones. Un fregadero de acero inoxidable de 1 batea con 2 niveles parte de abajo rejillas de 1.2 alto x 2 largo x 1 ancho metros. Valor real en doscientos quince mil colones con valor para el segundo remate es de ciento sesenta un mil doscientos cincuenta colones y tercer remate en cincuenta y tres mil setecientos cincuenta colones. Un Congelador marca Telstar. Valor real en seiscientos veintiún mil quinientos colones con valor para el segundo remate es de cuatrocientos sesenta y seis mil ciento veinticinco colones y tercer remate en ciento cincuenta y cinco mil trescientos setenta y cinco colones. Un microondas pequeño marca Frigidare. Valor real en veintiún mil trescientos cincuenta colones con valor para el segundo remate es de dieciséis mil doce colones con cinco céntimos y tercer remate en cinco mil trescientos treinta y siete colones con cinco céntimos. Una cámara de Refrigeración Vertical motor por fuera en la parte superior rótulo Go Green. Valor real en cuatrocientos veinte mil cuatrocientos sesenta y dos colones con valor para el segundo remate es de trescientos quince mil trescientos cuarenta y seis colones con cinco céntimos y tercer remate en ciento cinco mil ciento quince colones con cinco céntimos. Un horno industrial marca Dicte color metal y azul al frente montado en una estructura de metal (5 bandejas). Valor real en novecientos ochenta y cinco mil ochocientos noventa colones con valor para el segundo remate es de setecientos treinta y nueve mil cuatrocientos diecisiete colones con cinco céntimos y tercer remate en doscientos cuarenta y seis mil cuatrocientos setenta y dos mil cinco céntimos. Un freidor marca DIN de acero inoxidable con 2 canastas de rejillas de acero inoxidable. Valor real en trescientos treinta y cinco mil setecientos treinta y dos colones con valor para el segundo remate es de doscientos cincuenta y un mil setecientos noventa y nueve colones y tercer remate en ochenta y tres mil novecientos treinta y tres colones. Un porta bandejas (rack de panadería) con capacidad para 18 bandejas. Valor real en cincuenta mil ciento cuarenta y dos colones con valor para el segundo remate es de treinta y siete mil seiscientos seis colones con cinco céntimos y tercer remate en doce mil quinientos treinta y cinco colones con cinco céntimos. Dieciséis bandejas de acero inoxidable. Valor real en dos mil novecientos ochenta y cinco colones cada una con valor para el segundo remate es de dos mil doscientos treinta y ocho colones con setenta y cinco céntimos cada uno y un tercer remate en setecientos cuarenta y seis colones con veinticinco céntimos cada uno. Una batidora industrial (batidora de inmersión) marca Robot Coupe 450 turbo. Valor real en doscientos veinticinco mil ciento cuarenta colones con valor para el segundo remate es de ciento sesenta y ocho mil ochocientos cincuenta y cinco colones y tercer remate en cincuenta y seis mil doscientos ochenta y cinco céntimos. Una waflera marca Belgian Waflemaker Torrington de acero inoxidable. Valor real en ciento veinticinco mil setecientos cincuenta colones con valor para el segundo remate es de noventa y cuatro mil trescientos doce colones con cinco céntimos y tercer remate en treinta y un mil cuatrocientos treinta y siete colones con cinco céntimos. Seis cucharones de aluminio de diferentes tamaños. Valor real en ciento veinticinco colones cada uno con valor para el segundo remate es de noventa y tres colones con setenta y cinco céntimos cada uno y un tercer remate en treinta y un colones con veinticinco céntimos cada uno. Diez pinzas de aluminio. Valor real en ciento veinticinco colones cada uno con valor para el segundo remate es de noventa y tres colones con setenta y cinco céntimos cada uno y un tercer remate en treinta y un colones con veinticinco céntimos cada uno. Tres ollas grandes de aluminio sin tapa. Valor real en trescientos colones cada una con valor para el segundo remate es de doscientos veinticinco colones cada una y un tercer remate en setenta y cinco cada una. Dos escurridores de metal con mango. Valor real en tres mil ciento cincuenta colones cada una con valor para el segundo remate es de dos mil trescientos sesenta y dos cada uno y un tercer remate en setecientos ochenta y siete colones con cinco céntimos cada uno. Dos batidores de huevo de metal. Valor real en dos mil quinientos sesenta colones cada uno con valor para el segundo remate es de mil novecientos veinte colones cada uno y un tercer remate en seiscientos cuarenta cada uno. Una rebanadora de tomate de acero inoxidable marca Saber Tomato. Valor real en treinta y seis mil ciento cincuenta colones cada una con valor para el segundo remate es de veintisiete mil ciento doce colones con cinco céntimos cada una y un tercer remate en nueve mil treinta y siete colones con cinco céntimos cada una. Un Aparato de acero inoxidable marca Nemco. Valor real en ochenta y cinco mil setecientos cincuenta colones cada uno con valor para el segundo remate es de sesenta y cuatro mil trescientos doce colones con cinco céntimos cada uno y un tercer remate en veintiún mil cuatrocientos treinta y siete colones con cinco céntimos cada uno. Una parrilla eléctrica industrial marca Coniat de acero inoxidable. Valor real en doscientos ochenta y siete mil setecientos cincuenta colones con valor para el segundo remate es de doscientos quince mil ochocientos doce colones con cinco céntimos y un tercer remate en setenta y un mil novecientos treinta y siete colones con cinco céntimos. Una Campana extractora de grasa de 2 largo x 1 ancho metro con chimenea corta de acero inoxidable. Valor real en ciento noventa y dos mil seiscientos colones con valor para el segundo remate es de ciento cuarenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta colones y tercer remate en cuarenta y ocho mil ciento cincuenta colones. Una romana electrónica marca Asam. Valor real en treinta y cinco mil setecientos cincuenta colones con valor para el segundo remate es de veintiséis mil ochocientos doce colones con cinco céntimos y tercer remate en ocho mil novecientos treinta y siete colones con cinco céntimos. Una romana electrónica marca Ballar. Valor real en treinta y cuatro seiscientos cincuenta colones con valor para el segundo remate es de veinticinco mil novecientos ochenta y siete colones con cinco céntimos y tercer remate en ocho mil seiscientos sesenta y dos colones con cinco céntimos. Una olla arrocera grande marca Black and Decker. Valor real en trece mil colones con valor para el segundo remate es de nueve mil setecientos cincuenta colones y tercer remate en tres mil doscientos cincuenta colones. Dos extensiones eléctricas color negro. Valor real en mil ochocientos veinticinco colones cada una con valor para el segundo remate es de mil trescientos sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos cada una y un tercer remate en cuatrocientos cincuenta y seis colones con veinticinco céntimos cada una. Un baño maría de acero inoxidable en forma rectangular pequeño. Valor real en cincuenta y cuatro mil cuatrocientos colones con valor para el segundo remate es de cuarenta mil ochocientos colones y tercer remate en trece mil seiscientos colones. Dos cajas de cuchillos plásticos marca Darnel 1000 unidades cada caja. Valor real en doce mil colones cada uno con valor para el segundo remate es de nueve mil colones cada una y un tercer remate en tres mil colones cada una. Una Caja de tenedores plásticos marca Darnel 1000 unidades cada caja. Valor real en doce mil colones con valor para el segundo remate es de nueve mil colones y tercer remate en tres mil colones. Dos cajas de cucharas plásticos marca Darnel 1000 unidades cada caja. Valor real en doce mil colones cada una con valor para el segundo remate es de nueve mil colones cada una y un tercer remate en tres mil colones cada una. Un freidor pequeño de acero inoxidable con tapa color negro. Valor real en sesenta y dos mil trescientos sesenta y cinco colones con valor para el segundo remate es de cuarenta y seis mil setecientos setenta y tres mil con setenta y cinco céntimos y tercer remate en quince mil quinientos noventa y un colones con veinticinco céntimos. Tres tazones de acero inoxidable 20 cm de alto. Valor real en setecientos quince colones cada uno con valor para el segundo remate es de quinientos treinta y seis colones con veinticinco céntimos cada uno y un tercer remate en ciento setenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos cada uno. Dos bandejas pequeñas de acero inoxidable cuadradas. Valor real en tres mil seiscientos cincuenta colones cada una con valor para el segundo remate es de dos mil setecientos treinta y siete colones con cinco céntimos cada uno y un tercer remate en novecientos doce colones con cinco céntimos cada una. Una Bandeja grande de aproximadamente 20x10 cm. Valor real en cuatro mil setecientos cincuenta colones con valor para el segundo remate es de tres mil quinientos sesenta y dos colones con cinco céntimos y tercer remate en mil ciento ochenta y siete colones con cinco céntimos. Un archivero de 4 gavetas crema de metal. Valor real en treinta y cinco mil seiscientos cincuenta colones con valor para el segundo remate es de veintiséis mil setecientos treinta y siete colones con cinco céntimos y tercer remate en ocho mil novecientos doce colones con cinco céntimos. Un estante de metal con 2 niveles superiores color gris con huecos en las barras laterales. Valor real en treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta y cinco colones con valor para el segundo remate es de veinticinco mil ochocientos cincuenta y seis colones con veinticinco céntimos y tercer remate en ocho mil seiscientos dieciocho colones setenta y cinco céntimos. Un estante de metal y formica con dos niveles. Valor real en treinta y ocho mil setecientos cincuenta colones con valor para el segundo remate es de veintinueve mil sesenta y dos colones con cinco céntimos y tercer remate en nueve mil seiscientos ochenta y siete colones con cinco céntimos. Un reloj de pared marca Quartz color blanco. Valor real en mil colones con valor para el segundo remate es de setecientos cincuenta colones y tercer remate en doscientos cincuenta colones. Un escurridor para mechas de piso color amarillo. Valor real en con veinticinco mil quinientos colones valor para el segundo remate es de diecinueve mil ciento veinticinco colones y tercer remate en seis mil trescientos setenta y cinco colones. Una caja de herramientas color negra, con una extensión 1.30 m, 1 taladro B&D color anaranjado y 1 segeta pequeña. Valor real en veintiún mil trescientos veinticinco colones con valor para el segundo remate es de quince mil novecientos noventa y tres colones con setenta y cinco céntimos y tercer remate en cinco mil trescientos treinta y uno colones veinticinco céntimos. Un extinguidor marca Firs Alert pequeño con carga. Valor real en nueve mil novecientos setenta y cinco colones con valor para el segundo remate es de siete mil cuatrocientos ochenta y un colones y tercer remate en dos mil cuatrocientos noventa y tres colones con setenta y cinco céntimos. Una extensión color anaranjada de 3 m. Valor real en dos mil ochocientos cuarenta y siete colones con cincuenta céntimos con valor para el segundo remate es de dos mil ciento treinta y cinco colones con sesenta y dos céntimos y tercer remate en setecientos once colones con ochenta y siete céntimos. Dos basureros plásticos con tapa color amarillo y beige. Valor real en diez mil colones cada uno con valor para el segundo remate es de siete mil quinientos colones cada uno y un tercer remate en dos mil quinientos colones cada uno. Un basurero grande gris cuadrado sin tapa. Valor real en quince mil colones con valor para el segundo remate es de once mil doscientos cincuenta colones y tercer remate en tres mil setecientos cincuenta colones. Una campana extractora de grasa de 2 metro de largo x 1 metro de ancho con chimenea larga de acero inoxidable. Valor real en ciento noventa y dos mil seiscientos colones con valor para el segundo remate es de ciento cuarenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta colones y tercer remate en cuarenta y ocho mil ciento cincuenta colones. Un basurero color azul de plástico con tapa. Valor real en once mil colones con valor para el segundo remate es de ocho mil doscientos cincuenta colones y tercer remate en dos mil setecientos cincuenta colones. Una mesa de trabajo de acero inoxidable 2 niveles 1 metro de alto x 1 metro de largo x 0,70 centímetros de ancho. Valor real en ciento quince mil ochocientos colones con valor para el segundo remate es de ochenta y seis mil ochocientos cincuenta colones y tercer remate en veintiocho mil novecientos cincuenta colones. Un basurero plástico redondo color verde mediano sin tapa. Valor real en once mil colones con valor para el segundo remate es de ocho mil doscientos cincuenta colones y un tercer remate en dos mil setecientos cincuenta colones. Seis rejillas de metal plástico de 1 metro de largo y 0.25 de ancho pegadas a la pared, (estilo closet armable). Valor real en doce mil seiscientos cincuenta colones con valor para el segundo remate es de nueve mil cuatrocientos ochenta y siete colones cinco céntimos y tercer remate en tres mil ciento sesenta y dos colones con cinco céntimos. Un Cuchillo marca Tramontina hoja ancha y larga de aproximadamente 15 cm. Valor real en dos mil seiscientos ochenta y tres colones con setenta y cinco céntimos con valor para el segundo remate es de dos mil doce colones con ochenta y uno céntimos y tercer remate en seiscientos setenta colones con noventa y tres céntimos. Un cuchillo sin marca, puño blanco hoja ancha y larga de aproximadamente 15 cm. Valor real en dos mil seiscientos ochenta y tres colones con setenta y cinco céntimos con valor para el segundo remate es de dos mil doce colones con ochenta y uno céntimos y tercer remate en seiscientos setenta colones con noventa y tres céntimos. Un Cuchillo tipo sierra, de acero inoxidable. De aproximadamente 30 cm de largo marca Tips. Valor real en dos mil cuatrocientos ochenta y cinco colones con valor para el segundo remate es de mil ochocientos sesenta y tres colones con setenta y cinco céntimos y tercer remate en seiscientos veintiuno colones con veinticinco céntimos. Un cuchillo sin marca, puño verde y de aproximadamente 12 cm. Valor real en dos mil quinientos doce colones con valor para el segundo remate es de mil ochocientos ochenta y cuatro colones y tercer remate en seiscientos veintiocho colones. Tres embaces para dispensar crema chantilli, con boquillas plásticas en acero inoxidable. Los embaces. Valor real en treinta y siete mil cuatrocientos cincuenta colones cada uno con valor para el segundo remate es de veintiocho ochenta y siete colones con cinco céntimos cada uno y un tercer remate en nueve mil trescientos sesenta y dos colones con cinco céntimos cada uno. Un estante (como cajón) pequeño en melamina color café, con divisiones en su interior y dos gabetas. Valor real en veintidós mil setecientos cincuenta colones con valor para el segundo remate es de diecisiete mil sesenta y dos colones con cinco céntimos y tercer remate en cinco mil seiscientos ochenta y siete colones con cinco céntimos. Una mesa de trabajo de acero inoxidable 1metro de alto x 1.25 metro de largo y 2 metros de altura. Valor real en ciento diez mil quinientos colones con valor para el segundo remate es de ochenta y dos mil ochocientos setenta y cinco colones y tercer remate en veintisiete seiscientos veinticinco colones. Dos basureros marca Rubbermaid color gris con tapa de pestiño movible de tamaño mediano. Valor real en once mil colones con valor para el segundo remate es de ocho mil doscientos cincuenta colones y un tercer remate en dos mil setecientos cincuenta colones. Un mueble en madera con dos agarraderas en la parte superior, 2 puertas en la parte inferior, 1 metro de altura x 0,90 centímetros de largo x 0,50 centímetros de ancho. Valor real en treinta y dos mil setecientos sesenta y cinco colones con valor para el segundo remate es de veinticuatro mil quinientos setenta y tres colones con sesenta y cinco céntimos y un tercer remate en ocho mil ciento noventa y uno colones con veinticinco céntimos. Nueve empaques de tapas plásticas para ensaladas 50 unidades cada uno. Valor real en cada una seis mil ochocientos cincuenta y siete colones con cincuenta céntimos con valor para el segundo remate es de cinco mil ciento cuarenta y tres colones con doce céntimos cada uno y un tercer remate en mil setecientos catorce colones con treinta y siete céntimos cada uno. Veintiocho empaques de tapas plásticas para ensaladas 25 unidades cada uno, Valor real en cinco mil trescientos veinte colones cada una con valor para el segundo remate es de tres mil novecientos noventa colones cada uno y un tercer remate en mil trescientos treinta colones cada uno. Treinta y cuatro empaques de 6 botellas de agua c/u marca del Bosque de 240 ml. Valor real en mil doscientos colones cada una con valor para el segundo remate es de novecientos colones cada uno y un tercer remate en trescientos colones cada uno. Tres bolsas de vasos 16 onzas 50 unidades cada uno. Valor real en cuatro mil catorce colones cada una con valor para el segundo remate es de tres mil diez colones con cinco céntimos cada una y un tercer remate en mil tres colones con cinco céntimos cada una. Veintiún paquetes para tapas de vasos de 16 onzas de 100 unidades c/u. Valor real en cinco mil setecientos sesenta colones cada una con valor para el segundo remate es de cuatro mil trescientos veinte colones cada una y un tercer remate en mil cuatrocientos cuarenta colones cada una. Once rótulos para publicidad rectangulares aproximadamente 0,30 centímetros de alto x 0,25 centímetros de largo (exhibidoras Back Lights). Valor real en veinticuatro mil colones cada uno con valor para el segundo remate es de dieciocho mil colones cada uno y un tercer remate en seis mil colones cada uno. Tres rótulos para publicidad rectangulares aproximadamente 0,70 centímetros x 0,40 centímetros de largo (exhibidoras Back Lights). Valor real en veintiocho mil quinientos colones cada uno con valor para el segundo remate es de veintiún mil trescientos setenta y cinco colones cada uno y un tercer remate en siete mil ciento veinticinco colones cada uno; y cincuenta y seis bandejas plásticas para servir. Valor real en mil ciento treinta y cinco colones cada una con valor para el segundo remate es de ochocientos cincuenta y uno colones con veinticinco céntimos cada una y un tercer remate en doscientos ochenta y tres colones con setenta y cinco céntimos cada una. Lo anterior por haber sido ordenado así en el incidente de cobro de alquileres insolutos dentro del monitorio arrendaticio 14-100006-0917-CI (06-2014) de Centro Comercial Multiplaza S. A. (Banco Improsa Calidad Fiduciario Propietario) contra Garden Foods de Costa Rica (G.F.C.R.) S. A.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Escazú, 09 de setiembre del 2014.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—(IN2014077137).

En la puerta exterior de este Despacho, pero soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal citas 2010-00308464-01-0006-001, soportando servidumbre de acueducto y de paso de a y a citas 0357-00001886-01-0026-001; a las ocho horas y cero minutos del veintisiete de enero de dos mil quince, y con la base de catorce millones setecientos treinta y un mil cuatrocientos setenta y dos colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00003053-F-cero cero cero, la cual es terreno apartamento 26 para uso habitacional. Situada en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común; al sur, apartamento 38; al este, apartamento 27 y al oeste, apartamento 25. Mide: ciento veinte metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del once de febrero de dos mil quince, con la base de once millones cuarenta y ocho mil seiscientos cuatro colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil quince con la base de tres millones seiscientos ochenta y dos mil ochocientos sesenta y ocho colones con siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Su Inversión Sólida Sociedad Anónima contra Irma Lorena Loáiciga Martínez y Reynaldo Roberto Parks Pérez. Exp.: 14-018474-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de octubre del 2014.—Msc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2014077226).

En la puerta exterior de este Despacho, pero soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica, bajo las Citas: 574-14117-01-0001-001 y soportando Servidumbre Sirviente y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del tres de diciembre de dos mil catorce, y con la base de hipoteca de segundo grado la suma de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 107118-000, la cual es terreno para la agricultura Asentamiento Roxana parcela 49. Situada en el distrito 02 Santa Rita, cantón 09 Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, Quebrada Cacao; sur, calle pública y quebrada; este, quebrada y oeste, lote 48. Mide: sesenta y cuatro mil ciento noventa y cinco metros con un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de diciembre de dos mil catorce, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de enero de dos mil quince con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Antonio Ugalde Jiménez contra Adonay Anchía Torres. Exp.: 14-001874-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 22 de octubre del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014077230).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios soportando Reservas y Restricciones Citas: 393-11532-01-0824-002 y Citas: 393-11532- 01-0873-001 Condiciones a las diez horas y treinta minutos del quince de diciembre del año dos mil catorce, y con la base de cinco millones trescientos cuarenta y siete mil novecientos noventa colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 261490-000, la cual es terreno para vivienda N° 34. Situada en el distrito Upala cantón Upala de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 36; al sur, lote 32 al este, lote 32 y al oeste, calle pública. Mide: seiscientos setenta metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del trece de enero del año dos mil quince con la base de cuatro millones diez mil novecientos noventa y dos colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de enero del año dos mil quince con la base de un millón trescientos treinta y seis mil novecientos noventa y siete colones con sesenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Prestamos para Educación (CONAPE) contra Daniela Alfaro Torres. Exp.: 13-019655-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de octubre del 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014077245).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del uno de diciembre del año dos mil catorce y con la base de dos millones setecientos cuarenta y dos mil quinientos veinte colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 300069-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Mercedes, cantón 05 Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, camino público y al sur, al este y al oeste, Asociación de Desarrollo Integral de Fátima de Atenas. Mide: ciento treinta y cinco metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre del año dos mil catorce con la base de dos millones cincuenta y seis mil ochocientos noventa colones con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de enero del año dos mil quince con la base de seiscientos ochenta y cinco mil seiscientos treinta colones con veintiún céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Préstamos para la Educación contra Heiner Molina Pérez y Nidia Pérez González. Exp.: 13-017521-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2014.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Juez.—(IN2014077248).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil quince, y con la base de tres mil setecientos noventa y nueve dólares con tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Vehículo número placa: 631583, marca: Chevrolet, serie: KL1TD51Y96B608333, color: plateado, capacidad: 5 personas. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del nueve de febrero de dos mil quince, con la base de dos mil ochocientos cuarenta y nueve dólares con veintisiete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil quince con la base de novecientos cuarenta y nueve dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Juan Carlos Morales Herrera. Exp.: 11-008523-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 23 de setiembre del 2014.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(IN2014077289).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones bajo las citas 351-04462-01-0920-002; a las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de enero del año dos mil quince, y con la base de cuatro millones quinientos cinco mil doscientos treinta y cuatro colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 170780-000. La cual es lote 9 terreno para construir. Situada en el distrito 07 Arenal cantón 08 Tilarán de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 10; sur, Instituto Costarricense de Electricidad; este, Bertalia Abarca Castro; oeste, Bertalia Abarca Castro y calle. Mide: trescientos cuarenta y dos metros cuadrados. Plano: G-1319274-2009. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de febrero del año dos mil quince, con la base de tres millones trescientos setenta y ocho mil novecientos veintiséis colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil quince con la base de un millón ciento veintiséis mil trescientos ocho colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Jason Mariano Ramos Sancho. Exp.: 14-002109-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 09 de octubre del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014077298).

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Primer Remate: A las ocho horas treinta minutos del primero de diciembre del año dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho; y con la base de ciento dieciocho millones ciento sesenta y cinco mil doscientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 482511-001, libre de gravámenes y anotaciones, la cual es terreno de café con 1 casa, situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, colinda: al norte con María Virginia Sandí Delgado; al sur con El Padrino, S. A.; al este con Calle Pública, y al oeste con María Cristina Fernández Cartín. Mide: cuatrocientos ochenta y cinco metros con setenta y dos decímetros cuadrados, y Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 482511-002, soportando demanda ordinaria bajo las citas 2012-319504-01-001-001, la cual es terreno de café con 1 casa, situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, colinda: al norte con María Virginia Sandí Delgado; al sur con El Padrino, S. A.; al este con calle pública, y al oeste con María Cristina Fernández Cartín. Mide: cuatrocientos ochenta y cinco metros con setenta y dos decímetros cuadrados.  Para el Segundo Remate: Se señalan las diez horas del diecinueve de enero del año dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho; y con la base de ochenta y ocho millones seiscientos veintitrés mil novecientos treinta y siete colones con cincuenta céntimos, (rebajada en un 25%), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 482511-001, libre de gravámenes y anotaciones, la cual es terreno de café con 1 casa, situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, Colinda: al norte con María Virginia Sandí Delgado; al sur con El Padrino, S. A.; al este con calle pública, y al oeste con María Cristina Fernández Cartín. Mide: cuatrocientos ochenta y cinco metros con setenta y dos decímetros cuadrados, y Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 482511-002, soportando demanda ordinaria bajo las citas 2012-319504-01-001-001, la cual es terreno de café con 1 casa, situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, colinda: al norte con María Virginia Sandí Delgado; al sur con El Padrino, S. A.; al este con calle pública, y al oeste con María Cristina Fernández Cartín. Mide: cuatrocientos ochenta y cinco metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el Tercer Remate: Se señalan las nueve horas del dos de febrero del año dos mil quince, en la puerta exterior de este Despacho; y con la base de veintinueve millones quinientos cuarenta y un mil trescientos doce colones con cincuenta céntimos (un 25%), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 482511-001, libre de gravámenes y anotaciones, la cual es terreno de café con 1 casa, situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, colinda: al norte con María Virginia Sandí Delgado; al sur con El Padrino, S. A.; al este con calle pública, y al oeste con María Cristina Fernández Cartín. Mide: cuatrocientos ochenta y cinco metros con setenta y dos decímetros cuadrados, y Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 482511-002, soportando demanda ordinaria bajo las citas 2012-319504-01-001-001, la cual es terreno de café con 1 casa, situada en el distrito 01 Escazú, cantón 02 Escazú, colinda: al norte con María Virginia Sandí Delgado; al sur con El Padrino, S. A.; al este con calle pública, y al oeste con María Cristina Fernández Cartín. Mide: cuatrocientos ochenta y cinco metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de María Isabel Jiménez Delgado, contra Manuel Araya Clark. Expediente Nº 12-000044-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 15 de octubre del 2014.—Lic. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(IN2014076007).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (Ley de Informaciones Posesorias), bajo las citas: 526-08257-01-0003-001, reservas Ley Aguas, bajo las citas: 526-08257-01-0004-001 y reservas Ley Caminos, bajo las citas: 526-08257-01-0005-001, a las diez horas y cero minutos del dieciséis de enero del dos mil quince y con la base de un millón ochocientos ochenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 392136-000., la cual es terreno con una casa y patio. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso de 2,50 metros de ancho en medio de Marina S. Sánchez y con frente a ella de 11,29 metros lineales; sur, Albertina Varela Jiménez; este, servidumbre de paso de 2,50 metros de ancho en medio Flory Quirós Arce y con un frente a ella de 9.08 metros lineales; y oeste, Isabel Acosta Ulate. Mide: ochenta y ocho metros con veintinueve decímetros cuadrados. Plano: A-0290319-1995. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de febrero del dos mil quince, con la base de un millón cuatrocientos trece mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil quince, con la base de cuatrocientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Corali & Mataga S. A. contra Leidy Mauren Manfu Vega. Expediente: 14-001881-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de agosto del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014077299).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del veintinueve de enero de dos mil quince y con la base de ciento treinta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos cincuenta mil doscientos cincuenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 64, con una casa de habitación. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 8.57 metros; al sur, Manuel Sánchez Zamora; al este, Manuel Sánchez Zamora; y al oeste, calle pública con 19.58 metros. Mide: ciento setenta y nueve metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de febrero de dos mil quince, con la base de ciento un mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de marzo de dos mil quince, con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Enrique Granados Moya F.O.M. Blue Capital Solutions S. A. contra Inversiones Hersol de Pérez Zeledón S. A., Vilma María Guevara Mora. Expediente: 14-017533-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 3 de octubre del 2014.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2014077307).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando demanda abreviada expediente 12-000386-0687-FA, a las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil catorce y con la base de veintisiete mil cuatrocientos veintidós dólares con setenta y seis centavos moneda estadounidense, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número BBB 330, marca Hyundai, estilo Tucson GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2012, color blanco, cilindrada 2000 c.c., combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil quince, con la base de veinte mil quinientos sesenta y siete dólares con siete centavos moneda estadounidense (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de febrero del dos mil quince, con la base de seis mil ochocientos cincuenta y cinco dólares con sesenta y nueve centavos moneda estadounidense (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Cinthya Mejías Naranjo. Expediente: 13-004710-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 23 de octubre del 2014.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014077314).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cero minutos del seis de abril de dos mil quince y con la base de seis millones treinta y cuatro mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos noventa y ocho mil cuatrocientos diecisiete-cero cero cero, la cual es terreno de casa y patio. Situada en el distrito 02 Santiago, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con frente de 12.73 metros; al sur, resto reservado de Nicolás Jara Vargas; al este, resto reservado de Nicolás Jara Vargas; y al oeste, Israel Vargas Mora. Mide: doscientos setenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de abril de dos mil quince, con la base de cuatro millones quinientos veinticinco mil ochocientos setenta y cinco colones exactos y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de mayo de dos mil quince, con la base de un millón quinientos ocho mil seiscientos veinticinco colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marysell Murillo Oconitrillo contra Rodolfo Jesús Jara González. Expediente: 13-006980-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 20 de octubre del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014077332).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de Fiscalía, con las citas 2011-00021413-004 y colisiones número de boleta 1085100340, con la sumaria 10-001116-0804-TR y número de boleta 2011-0052325, con la sumaria 12-000715-0804-TR, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de enero de dos mil quince y con la base de ocho mil ochenta y ocho dólares con noventa y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 677717, marca Hyundai, estilo Tucson GL, año 2007, color gris, vin KMHJM81VP7U620621. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de febrero de dos mil quince, con la base de seis mil sesenta y seis dólares con setenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de febrero de dos mil quince, con la base de dos mil veintidós dólares con veinticuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra José Andrés Segura Angulo. Expediente: 14-000721-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 31 de octubre del 2014.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2014077353).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y cero minutos del veintiséis de enero de dos mil quince y con la base de treinta y dos mil ciento noventa y seis dólares con cuarenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: CL-257.406, marca: Mitsubishi, categoría: carga liviana, vin: MMBJNKB40BD046028, año: 2012, color: negro, cilindrada: 2.477 c.c. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil quince, con la base de veinticuatro mil ciento cuarenta y siete dólares con treinta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de febrero de dos mil quince, con la base de ocho mil cuarenta y nueve dólares con once centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: en caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra Turrillantas de Turrialba S. A. representada por Bryam Danilo Salazar Gutiérrez y a este en su condición personal. Expediente: 14-004976-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 30 de setiembre del 2014.—Licda. Yanín Torrentes Ávila, Juez.—(IN2014077355).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando medianería citas 0345-00019246-01-0219-001, a las once horas y cero minutos del veintiuno de enero de dos mil quince y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos dieciocho mil cuatrocientos treinta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno construir con una casa N° 248. Situada en el distrito 05 Ipís, cantón 08 Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 249; al sur, lote 247; al este, lotes 238 y 239; y al oeste, alameda 6. Mide: ciento dieciocho metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del cinco de febrero de dos mil quince, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinte de febrero de dos mil quince, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Arcaleon Sociedad Anónima contra Soraya Baltodano Pazos. Expediente: 13-015449-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de julio del 2014.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—(IN2014077378).

En la puerta exterior de este Despacho, a las ocho horas y cero minutos del diez de diciembre de dos mil catorce, en el mejor postor remataré las siguiente seis fincas que a continuación detallaré : A) Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, condiciones y prohibiciones, sáquese a remate el bien dado en garantía: sea la finca uno, inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 85121-000, la cual es terreno para construir en forma triangular con una casa. Situada en el distrito 04 San Pablo, cantón 09 Nandayure de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Juanita López Rivera; al este, calle pública; y al oeste, Bolívar Blanco Alfaro. Mide: cuatrocientos veintidós metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Base para el primer remate de veintiún millones doscientos cincuenta y dos mil ciento noventa y un colones con veintiocho céntimos. Base segundo remate de quince millones novecientos treinta y nueve mil ciento cuarenta y tres colones con cuarenta y seis céntimos; (rebajada en un 25%). Base tercer remate de: cinco millones trescientos trece mil cuarenta y siete colones exactos (un 25% de la base original). B) Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibiciones, reservas y restricciones y condiciones, sea la finca dos, inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 85122-000, la cual es terreno para construir en forma triangular. Situada en el distrito 04 San Pablo, cantón 09 Nandayure de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Bolívar Blanco Alfaro; al sur, calle pública; al este, calle pública; y al oeste, no hay, es de forma triangular. Mide: quinientos diecisiete metros con cinco decímetros cuadrados. Base primer remate de: doce millones setecientos cincuenta y un mil trescientos catorce colones con setenta y seis céntimos. Base segundo remate de: nueve millones quinientos sesenta y tres mil cuatrocientos ochenta y seis colones con seis céntimos (rebajada en un 25%). Base tercer remate de: tres millones ciento ochenta y siete mil ochocientos veintiocho colones con sesenta y nueve céntimos (un 25% de la base original). C) Libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate el bien dado en garantía: sea la finca tres, inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 107372-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04 Lepanto, cantón 01 Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carmen Lía Hernández Morales; al sur, Carmen Lía Hernández Morales; al este, calle pública con 12,30 metros; y al oeste, Róger Castro Castro. Mide: doscientos diecisiete metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Base remate de: veintiún millones novecientos sesenta mil quinientos noventa y siete colones con sesenta y seis céntimos. Base segundo remate de: dieciséis millones cuatrocientos setenta mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones con veinticinco céntimos; (rebajada en un 25%). Base para el tercer remate de: cinco millones cuatrocientos noventa mil ciento cuarenta y nueve colones con cuarenta y dos céntimos (un 25% de la base original). D) Libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate el bien dado en garantía: sea la finca cuatro, inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 79527-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Lepanto, cantón 01 Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 11 m 75 cm; al sur, Gerardo Chavarría Villalobos; al este, Carmen Lía Hernández Morales; y al oeste, Carmen Lía Hernández Morales. Mide: doscientos cincuenta metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Base primer remate de: cuatro millones doscientos cincuenta mil cuatrocientos treinta y ocho colones con veinticinco céntimos. Base segundo remate de: tres millones ciento ochenta y siete mil ochocientos veintiocho colones con sesenta y nueve céntimos (rebajada en un 25%). Base tercer remate de: un millón sesenta y dos mil seiscientos nueve colones con cincuenta y seis céntimos (un 25% de la base original). E) Libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate el bien dado en garantía: sea la finca cinco, inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 90811-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Lepanto, cantón 01 Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 7 m 46 centímetros; al sur, Carmen Lía Hernández Morales; al este, Neftalí González Morales; y al oeste, Dimas Acuña Sandi. Mide: quinientos cincuenta y nueve metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Base primer remate de: seis millones trescientos setenta y cinco mil seiscientos cincuenta y siete colones con treinta y ocho céntimos. Base segundo remate de: cuatro millones setecientos ochenta y un mil setecientos cuarenta y tres colones con treinta y cinco céntimos; (rebajada en un 25%), base para el tercer remate de: un millón quinientos noventa y tres mil novecientos catorce colones con treinta y cinco céntimos (un 25% de la base original). F) Libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate el bien dado en garantía: sea la finca seis, inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 94591-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Lepanto, cantón 01 Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carlos Luis Villalobos Hernández; al sur, calle pública; al este, Neftalí González Morales; y al oeste, calle pública. Mide: trescientos setenta y tres metros con tres decímetros cuadrados. Base primer remate de: cuatro millones doscientos cincuenta mil cuatrocientos treinta y ocho colones con veinticinco céntimos. Base segundo remate de: tres millones ciento ochenta y siete mil ochocientos veintiocho colones con sesenta y nueve céntimos (rebajada en un 25%). Base para el tercer remate de: un millón sesenta y dos mil seiscientos nueve colones con cincuenta y nueve céntimos (un 25% de la base original). Señalamientos para todas las fincas: segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de enero de dos mil quince, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de enero de dos mil quince. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Karina Patricia Brais Quirós. Expediente: 12-000749-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 6 de octubre del 2014.—Licda. Evelyn Molina Zúñiga, Jueza.—(IN2014077412).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de vigencia de concesión anotada bajo las citas 417-1956-01-0006-01 y regulaciones de Ley 6043, anotadas bajo las citas 417-1956-0007-01, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de enero de dos mil quince y con la base de cinco millones cuatrocientos cinco mil novecientos ochenta y cinco dólares con setenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: derecho de concesión, denominado en la constitución de hipoteca como finca en concesión del Partido de Puntarenas, matrícula de folio real número mil quinientos diecisiete-z-cero cero cero, con las siguientes características: naturaleza: playa Espadilla, terreno inculto con 5 construcciones, compuesta por tacotales de uso turístico. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Mavis Hiltunen Lembia; al sur, zona pública; al este, Guco S. A.; y al oeste, Mavis Hiltunen Lembia. Mide: cuarenta y dos mil quinientos cincuenta y siete metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de enero de dos mil quince, con la base de cuatro millones cincuenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y nueve dólares con treinta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de febrero de dos mil quince, con la base de un millón trescientos cincuenta y un mil cuatrocientos noventa y seis dólares con cuarenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se advierte que cualquier postor que resulte adjudicatario del derecho de concesión o bien como se denomina en la hipoteca sea la finca en concesión del partido de Puntarenas, matrícula de folio real número mil quinientos diecisiete-Z-cero cero cero, dada en garantía deberá cumplir con los requerimientos legales que eventualmente le hagan las entidades respectivas a saber la Municipalidad de Aguirre y el Instituto Costarricense de Turismo, así como los requisitos y limitaciones establecidos por la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 de 2 de marzo de 1977, publicada en Alcance N° 36 a La Gaceta N° 52 de 16 de marzo de 1977 y su reglamento denominado Reglamento a la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre, Decreto Ejecutivo N° 7841-P de 16 de diciembre de 1977 publicado en el Alcance N° 16 a La Gaceta N° 20 de 27 de enero de 1978. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa S. A. contra Playa Dulce Vida S.A. Exp. N° 14-010912-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 6 de octubre del 2014.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2014077420).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca en primer grado, citas número 0574-00051651-01-0001-001, embargos practicados, citas números: 0800-00076423-01-0001-001 y 0800-00076980-01-0001-001, a las catorce horas y cero minutos del nueve de diciembre de dos mil catorce y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veintisiete mil seiscientos setenta y dos cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito el Roble, cantón Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 8 metros de frente; al sur, lote 18; al este, lote 19; y al oeste, lote 21. Mide: ciento sesenta metros con cero cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de enero de dos mil quince, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de enero de dos mil quince, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Felipe Medina Quesada contra Melba de Jesús Alpízar Alpízar. Expediente: 13-003305-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 3 de octubre del 2014.—Cristian Zamora Pérez, Decisor.—(IN2014077518).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y quince minutos del veintiocho de enero de dos mil quince y con la base de veintiocho millones ciento noventa y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y siete mil trescientos veintiocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 44-05, con una casa. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, INVU; y al oeste, alameda 44. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del doce de febrero de dos mil quince, con la base de veintiún millones ciento cuarenta y siete mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veintisiete de febrero de dos mil quince, con la base de siete millones cuarenta y nueve mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fernando León Ortiz contra Laura Díaz Suárez. Expediente: 13-005730-1170-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 10 de noviembre del 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014077534).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de enero de dos mil quince y con la base de treinta y dos mil doscientos sesenta y seis dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 345060-001 y 002 (ambos derechos conforman la totalidad del inmueble), servidumbre de alero a las citas 0363-00002679-01-0830-001, la cual es terreno lote 465 con una casa. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, pared medianera lote 464; al sur, en parte lotes 466 467 y 468; al este, en parte lotes 471 y 470; y al oeste, alameda José María Rojas. Mide: ciento noventa y nueve metros con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del trece de febrero de dos mil quince, con la base de veinticuatro mil ciento noventa y nueve dólares con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dos de marzo de dos mil quince, con la base de ocho mil sesenta y seis dólares con cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fernando León Ortiz contra Denia Auxiliadora Campos Ampie, Vilma Ampie Vanegas. Expediente: 14-018574-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de octubre del 2014.—Marlen Angulo Arrieta, Jueza Decisora.—(IN2014077535).

En la puerta exterior de este Despacho,  libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor remataré lo siguiente: Primer Finca: a las ocho horas y cero minutos del dos de diciembre de dos mil catorce y con la base de diecinueve mil setecientos dólares exactos, remataré la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y un mil quinientos veinticinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el distrito: 09 Tamarindo, cantón: 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública; sur, las Gaviotas de Tamarindo; este: Yensy Nelli Medina y Nicolás López Rosales; oeste, las Gaviotas de Tamarindo. Mide: quinientos dos metros cuadrados. Plano: G-1329167-2009. De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de catorce mil setecientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del quince de enero de dos mil quince, con la base de cuatro mil novecientos veinticinco dólares exactos (un 25% de la base original). Segunda finca: a las ocho horas y cero minutos del dos de diciembre de dos mil catorce (primer remate) y con la base de dieciocho mil dólares libre de gravámenes hipotecarios; remataré la finca inscrita en el Partido de Guanacaste, matrícula número ciento setenta y un mil quinientos veintisiete-cero cero cero, la cual se describe así: terreno: para construir, situada en el distrito: 09 Tamarindo, cantón: 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Las Gaviotas de Tamarindo en parte Las Gaviotas de Tamarindo O.C. Sociedad Anónima y calle pública; sur, Porfirio Obando Juárez, Epifanio Obando Juárez, Esteban Obando Juárez y Antonia Obando Juárez, este, Yensy Nelli Medina y Nicolás López Rosales; oeste, Las Gaviotas de Tamarindo O. C. Sociedad Anónima. Mide: Ochocientos Seis Metros Cuadrados, plano: G-1329169-2009. De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de trece mil quinientos dólares (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del quince de enero de dos mil quince, con la base de cuatro mil quinientos dólares exactos (un 25% de la base. Tercera finca: a las ocho horas y cero minutos del dos de diciembre de dos mil catorce (primer remate) y con la base de veinticuatro mil doscientos dólares, libre de gravámenes hipotecarios, remataré la finca inscrita en el partido de Guanacaste, matrícula número ciento setenta mil novecientos sesenta y uno -cero cero cero. Dicha finca se describe así: lote quinto, terreno para construir. Situada en el distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Las Gaviotas de Tamarindo OC S. A.; sur, Porfirio, Epifanio, Esteban y Antonia, todos Obando Juárez; este, Las Gaviotas de Tamarindo OC S. A.; oeste, calle pública. Mide: seiscientos ocho metros cuadrados. Plano: G-1324050-2009. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de dieciocho mil ciento cincuenta dólares (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del quince de enero de dos mil quince, con la base de seis mil cincuenta dólares (un 25% de la base original). Cuarta finca: a las ocho horas y cero minutos del dos de diciembre de dos mil catorce (primer remate) y con la base de veinticinco mil setecientos dólares, libre de gravámenes hipotecarios, remataré la finca inscrita en el partido de Guanacaste, matrícula número ciento setenta mil novecientos cincuenta y ocho-cero cero cero. Finca que se describe así: lote segundo. Terreno: para construir, situada en el distrito: 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste, linderos: norte, Las Gaviotas de Tamarindo OC S.A.; sur, Las Gaviotas de Tamarindo OC S. A.; este, Las Gaviotas de Tamarindo OC S. A.; oeste, calle pública. Mide: seiscientos cuarenta y ocho metros cuadrados, plano: G-1324046-2009. De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de diecinueve mil doscientos setenta y cinco dólares (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del quince de enero de dos mil quince, con la base de seis mil cuatrocientos veinticinco dólares (un 25% de la base original). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Mónica Carmen Gadea, Óscar Luis Cortes. Expediente: 12-001465-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 7 de noviembre del 2014.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—(IN2014077544).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas: 320-09257-01-0901-001, a las diez horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil catorce y con la base de veinte millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 188286-000, la cual es terreno de potrero, situada en el distrito 02 La Fortuna, cantón 04 Bagaces de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con un frente de 49 metros, 69 centímetros; sur, Roger Chaves Salas; este, Aida Valerio Arias; oeste, Sifredy Valerio Arias. Mide: cuatro mil seiscientos dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de diciembre de dos mil catorce, con la base de quince millones trescientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil quince, con la base de cinco millones cien mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Aida Cristina Valerio Arias, Álvaro García Alfaro. Expediente: 14-001969-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 22 de octubre del 2014.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—(IN2014077553).

En la puerta exterior de este Despacho, se remataran los siguientes bienes: primer y segunda finca: primer remate: con la base de seis millones novecientos noventa y nueve mil seiscientos veintidós colones con cuarenta y cinco céntimos (por cada finca), libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; sáquese a remate los bienes dados en garantía, sea las siguientes fincas: 5-101622-000, que se describe así: naturaleza: terreno de pasto. Situada en el distrito 01 La Cruz, cantón 10 La Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con un frente de 88.36 metros; sur, María Rodríguez Orozco; este, Lidia María Lara Medrano; oeste, Víctor Manuel Lara Medrano. Mide: diecinueve mil noventa y cinco metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Plano: G-0315541-1996 y 5-101623-000, la cual se describe así: naturaleza: terreno de pasto, situada en el distrito 01 La Cruz, cantón 10 La Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con un frente de 92.67 metros; sur, María Orozco Rodríguez; este, Héctor Luis Lara Medrano; oeste, Xenia Lara Medrano. Mide: diecinueve mil noventa y cinco metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Plano: G-0315539-1996. De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate, la base será la suma de cinco millones doscientos cuarenta y nueve mil setecientos dieciséis colones con ochenta y cuatro céntimos (por cada finca) (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes para el tercer remate, la base será la suma de un millón setecientos cuarenta y nueve mil novecientos cinco colones con sesenta y un céntimos (un 25% de la base original). Tercer finca: con la base de siete millones setecientos cincuenta y cinco colones con diez céntimos (primer remate), libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, sáquese a remate los bienes dados en garantía, sea las siguientes fincas: 5-117117-000, la cual se describe así: naturaleza: terreno de pastos. Situada en el distrito 01 La Cruz, cantón 10 La Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con 89 metros 32 centímetros; sur, María Rodríguez Orozco; este, Víctor Manuel Lara Medrano; oeste, Abel Antonio Lara Medrano. Mide: diecinueve mil noventa y ocho metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0319688-1996. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate la base será la suma de cinco millones doscientos cincuenta mil quinientos sesenta y seis colones con treinta y dos céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes para el tercer remate, la base será la suma de un millón setecientos cincuenta mil ciento ochenta y ocho colones con setenta y siete céntimos (un 25% de la base original). Señalamiento para remate de las tres fincas: para llevar a cabo el primer remate se señalan las diez horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil catorce. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de diciembre de dos mil catorce. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de enero de dos mil quince. Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Randollp Cubillo Morales. Expediente: 14-000990-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 17 de octubre del 2014.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014077559).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de Primer grado, con las citas 544-05234-01-0001-001 a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, a las nueve horas y treinta minutos del veinte de enero del dos mil quince y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento treinta mil doscientos cincuenta y tres cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, Las Juntas, cantón sétimo Abangares de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública y en parte, Flor de María Arauz Centeno; al sur, Bernal Arauz Centeno y Flor de María Arauz Centeno; al este, Flor de María Arauz Centeno; y al oeste, Flor de María Arauz Centeno.  Mide: veinticinco mil ciento treinta y tres metros con dieciséis decímetros cuadrados. Plano G-0641588-2000. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil quince, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil quince, con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Margarita Rosa Solano Quesada contra Ana Gabriela Solano Arauz, Flor de María Arauz Centeno, María Laura Solano Arauz, Rodrigo Alejandro Solano Portilla. Expediente: 14-001608-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 4 de noviembre del 2014.—Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—(IN2014077638).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Dolores Blanca Díaz Sequeira, a una junta que se verificará en este Juzgado a las trece horas y treinta minutos del quince de diciembre del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 11-000054-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 17 de setiembre del 2014.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—(IN2014062810).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Nidia Barquero Rodríguez, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre de dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 13-000195-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de junio del 2014.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2014069797).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Marlon Isaac Garro Murillo, a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas del once de diciembre de dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 11-001676-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 28 de octubre del 2014.—Licda. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2014077419).

Títulos Supletorios

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000035-0689-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Luis David Jara Díaz, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Moravia, Alto de la Trinidad, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-1109-883, profesión geólogo, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero. Situada en el distrito quinto Cascajal, cantón onceavo Vázquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública, Flora Aguilar Bolaños y Alfonso Ricardo Corrales Morales; al sur, Distribuidora y Envasadora de Químicos S. A.; al este, Inmobiliaria Tera del Sur S. A.; y al oeste, Fidelex Fide Limitada. Mide: ocho mil trescientos ochenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1429563-2010. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de cuarenta y dos mil millones de colones y las presentes diligencias en la suma de quince millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuatro años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de la finca, agricultura y arreglo de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Luis David Jara Díaz. Exp. 14-000035-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 10 de octubre del 2014.—Dr. Carlos Alberto Bolaños Céspedes, Juez.—1 vez.—(IN2014075992).

María Eugenia Ampié Rodríguez, mayor de edad, soltera, educadora, vecina de Desamparados de Alajuela, cédula de identidad cinco-ciento noventa y uno-cuatrocientos veinticuatro, promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: terreno de agricultura, situado en Artolita, distrito tercero Sardinal, del cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, calle pública con un frente de cuarenta y seis metros con ochenta y cinco centímetros; al sur, María Mayela Apú Jovel; al este, Aracelly y Carlos Luis ambos Ampié Carballo; y al oeste, Basileo Ampié Abarca. Según plano catastrado G-un millón doscientos cuarenta y nueve mil cuarenta y ocho-dos mil siete. Mide: siete mil ciento noventa y ocho metros con veintitrés decímetros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene personas condueñas, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por donación de Basileo Ampié Abarca, mayor, soltero, jornalero, cédula de identidad cinco-cero cincuenta y tres-ciento cincuenta y cuatro, el diez de noviembre del dos mil siete. Estima el inmueble y el proceso en tres millones de colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. (Expediente 14-000088-0387-AG).—Juzgado Agrario de Liberia, 15 de julio del 2014.—Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2014075994).

Citaciones

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó David Enrique Muñoz Fallas, mayor, casado dos veces, cédula de identidad 0105160482, vecino de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000382-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 7 de octubre del 2014.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2014076032).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Ana Lourdes Pereira Salazar, quien fuera mayor, soltera, ama de casa, cedula de identidad 3-0140-0012 y cuyo último domicilio fue Alajuelita, Concepción Abajo. 1- Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-100107-0251-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Alajuelita, 24 de octubre de dos mil catorce.—Msc. Erick Azofeifa Fernández, Juez.—1 vez.—(IN2014076033).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Antonio Morales Barboza, mayor, casado, agricultor, vecino de San Pedro de Tarrazú, cédula de identidad 1-0427-0661. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000089-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de setiembre del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014076037).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien fue Flor de María del Socorro Barrantes Alfaro, mayor, casada una vez, ama de casa, con último domicilio en Grecia, Alajuela, cédula de identidad nueve-cero cero nueve-ocho cinco ocho, para que en un plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentaran dentro del plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 005-2014-SN. Notaría del Lic. Danilo Loaiza Bolandi, ubicada en San José, Bo Don Bosco, av. 6, calle 24 bis, casa 1633.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—(IN2014076058).

Se emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio notarial ab intestato, del causante Luis Paulino Castillo Morera, mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Desamparados, Barrio El Jardín, cincuenta metros al oeste del Surtidor El Jardín, portador de la cédula de identidad número dos-ciento cuarenta-novecientos noventa y nueve, fallecido el dos de setiembre del dos mil catorce, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número uno-dos mil catorce. Notario público Lic. Max Rojas Fajardo. San José, Goicoechea, Guadalupe, trescientos cincuenta metros al este de los Tribunales de Justicia.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—(IN2014076178).

Mediante solicitud de apertura, con fecha 8 de octubre de 2014, de Edwin, Luis, Gerardo, José, Ricardo, Jorge, Óscar, María, todos de apellidos del Valle Garbanzo, y comprobado el fallecimiento de Rubén del Valle Chacón y Blanca Rosa Garbanzo Núñez, c.c. Noemy Garbanzo Núñez esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría Bufete Iuris S. A. del Lic. Neftalí Madrigal Chaverri. Mercedes Norte de Heredia, 50 norte del BCR. Teléfono 8897-5570. Correo: abogado.neftali@gmail.com.—Lic. Neftalí Madrigal Chaverri, Notario.—1 vez.—(IN2014076349).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Margarita Villalobos Castro, mayor, casada, con cédula número 5-136-1039, vecina de Campo Dos, Cariari de Pococí, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho situado en San José, Sabanilla de Montes de Oca, Residencial la Alhambra, casa 14 D, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo señalado, la herencia pasará legalmente a quien corresponda. Exp. 2013-0001-NO.—San José, 14 de octubre del 2013.—Lic. Marco Tulio Calderón Badilla, Notario.—1 vez.—(IN2014076360).

De acuerdo a lo establecido en los artículos 917, 945 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, artículo 129 del Código Notarial, se informa y cita a todos aquellos interesados, heredero, legatarios, acreedores, que en esta notaría se ha iniciado en sede notarial, la sucesión de quien en vida se llamó José Manuel Salas Chavarría, jubilado, soltero, cédula de identidad: 7 026 669, vecino de Pocora, Limón, para que en el término de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. La notaría está ubicada en Goicoechea, Guadalupe, un kilómetro al este de Iglesia de Purral, San Jose, fax 2292-8436.—San José, 3 de noviembre del 2014.—Lic. Lidia Elizabeth Rivera Camacho, Notaria.—1 vez.—(IN2014076401).

Ante esta notaría al ser las 8:40 horas del 8 de noviembre de 2014, se realizó el acta de apertura de la sucesión ab intestato de Georgina Padilla Quirós, cédula 3-175-383, divorciada una vez, pensionada, vecina de San Juan Sur de Corralillo, Cartago, doscientos metros norte de la agencia del Banco Nacional. Por lo tanto y en cumplimiento del artículo ochocientos noventa y cuatro del Código Procesal Civil, se procede a publicar por una vez en el Boletín Judicial, citando interesados para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos. Es todo.—Lic. Didier Fallas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014076555).

Ante esta notaría al ser las 15:00 horas del 22 de agosto de 2014, se realizó el acta de apertura de la sucesión ab intestato de José Ruperto Jiménez Leiva, quien en vida fue mayor de edad, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número tres-cero doscientos cuarenta y dos-cero quinientos noventa y cuatro, vecino de Caragral de El Guarco, Cartago, cien metros al norte del cementerio. Por lo tanto y en cumplimiento del artículo ochocientos noventa y cuatro del Código Procesal Civil, se procede a publicar por una vez en el Boletín Judicial, citando interesados para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos. Es todo.—Lic. Jeannette Fallas Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(IN2014076557).

Ante esta notaría al ser las 14:45 horas del 1° de noviembre de 2014, se realizó el acta de apertura de la sucesión ab intestato de Donelia Monestel Castro, quien en vida fue mayor de edad, casada una vez, del hogar, vecina de San Antonio, Corralillo ,Cartago, ochocientos metros al oeste de la iglesia, cédula tres-ciento treinta y seis-cuatrocientos cuarenta y nueve. Por lo tanto y en cumplimiento del artículo ochocientos noventa y cuatro del Código Procesal Civil, se procede a publicar por una vez en el Boletín Judicial, citando interesados para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos. Es todo.—Lic. Didier Fallas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014076572).

Ante esta notaria al ser las 10:00 horas del 10 de agosto de 2014, se realizó el acta de apertura de la sucesión ab intestato de Marta Isaura Flores Mena, quien en vida fue mayor de edad, viuda una vez, del hogar, cédula nueve-cero cincuenta y ocho-cuatrocientos treinta, vecina de La Lucha, Desamparados, San José, ochocientos metros al este de la escuela. Por lo tanto y en cumplimiento del artículo ochocientos noventa y cuatro del Código Procesal Civil, se procede a publicar por una vez en el Boletín Judicial, citando interesados para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos. Es todo.—Lic. Didier Fallas Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2014076577).

Ante mi notaría en San José de Alajuela, costado norte de la iglesia católica, se tramita sucesorio del señor Víctor Hugo Ramírez Garro, cédula de identidad número cuatro-cero seis cinco-seis uno uno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días, se apersonen a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Se les previene a los interesados que deben señalar medio o lugar dentro del perímetro judicial de Alajuela, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso, o ya no existieren, las resoluciones posteriores que se dicten se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas. Para el debido apersonamiento señalo la dirección de esta notaría.—Alajuela, seis de noviembre del dos mil catorce.—Lic. Ariel González Arias, Notario.—1 vez.—(IN2014076914).

Avisos

Se hace saber: Que en este Despacho, Ana Cecilia Bravo Vargas, cédula de identidad 6-0067-0904, Irene del Barco Hurtado, cédula de identidad 1-0351-0371, Francis Vincent García, cédula de identidad 1-0404-1228, Víctor Julio Calderón Hernández, cédula de identidad 1-0294-0695 y Félix Bolaños Alpízar, cédula de identidad 2-0255-0846, promueven diligencias a fin de que se le repongan las acciones de ellos. Se concede un término de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a todos los interesados, a fin de que se presenten en defensa de sus derechos. Por ordenarse así en diligencias de reposición de acción. EXP: Nº 14-000046-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 21 de octubre del 2014.—Lic. Adriana Brenes Castro.—1 vez.—(IN2014072261).                                                                                              3 v. 2 Alt.

Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Idalia Masís Pérez, en su carácter personal, quien es mayor, desconocido, nicaragüense, indocumentada, de domicilio desconocido, se le hace saber que en demanda depósito judicial, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Idalia Masís Pérez, N° 11-002096-0292-FA, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas y cincuenta y cuatro minutos del veintiséis de marzo del dos mil trece. De las presentes diligencias de depósito del menor: Jimmy Andrés Masís Pérez, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Idalia Masís Pérez, y al Patronato Nacional de la Infancia, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Asimismo por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza. Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez.—(IN2014075490).                                              3 v. 2

Licenciada Marjorie Salazar Herrera, cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Kristel Nahomy Gómez Sánchez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de quince días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Juzgado de Familia de Grecia. A las dieciséis horas y quince minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil catorce. Proceso de depósito judicial, N° 14-000120-0687-FA, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Yennifer Sánchez Alpízar y Frander Antonio Gómez Bustamante, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente (n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.—Juzgado de Familia de Grecia.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—(IN2014076552).                                                                                                   3 v. 2

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Isaac Jeanlui, Gabriel y Abrahan todos apellidos Porras Mejía, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas y siete minutos del veintidós de julio de dos mil catorce. Clase de asunto depósito judicial. Exp. N° 14-001180-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de noviembre de 2014.—Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—(IN2014076956).         3 v. 2

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de los menores Alison Alexandra y Snayder Alexander ambos de apellidos Faerron Morales, ambos menores de edad ella de 12 años, el de 15 años, hijos de Mario Faerron Vargas y Mildren Morales Tablada y vecinos de Liberia, Guanacaste, ya por haber sido nombrados, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 14-000649-0938-FA. Proceso tutela. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 23 de octubre del 2014.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—(IN2014075998).                                                           3 v. 1

Se avisa que en este Despacho en el expediente número 14-000526-0816-FA, adoptantes: Jerdy Andrés Ramírez Mussio, mayor, chofer, cédula de identidad 1-0762-0722, vecino de Desamparados, Guatuso, y Lorenza Susana Pérez Fajardo, mayor, casada dos veces, ama de casa, pasaporte P009419911, vecina de Desamparados, Guatuso, solicitan se apruebe la adopción de Henry Sánchez Pérez mayor, edad 19 años, pasaporte de Guatemala número 130513050, vecino de Desamparados, Guatuso. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrá los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma y señalarán lugar y/o medio para recibir notificaciones, caso contrario se aplicará a las resoluciones que se dicten la notificación automática.—Juzgado de Familia de Desamparados, 13 de octubre del 2014.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—(IN2014075973).

Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Juan Manuel Retana Monge, mayor, casado una vez, con cédula de identidad número 6-269-370, domicilio desconocido, en su carácter de padre registral de la persona menor de edad Alejandro David Retana Monge, se le hace saber que se ha ordenado notificarle por edicto, la resolución dictada a las catorce hora y tres minutos del diecisiete de octubre de dos mil catorce en el expediente 14-001236-0292-FA, que en lo conducente dice: Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por David Alberto Obando Zamora a favor de la persona menor de edad Alejandro David Retana Herrera. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia al padre registral del menor, el señor Juan Manuel Retana Monge. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se le(s) tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996).—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez.—1 vez.—(IN2014075974).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 14-001361-0292-FA, los señores Maribell del Socorro Suárez Chaves y Óscar Daniel Rojas Castillo, solicitan se apruebe la adopción conjunta, de la persona menor de edad Daleysha Dayana Tovar Herrera. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de octubre del año 2014.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—(IN2014075975).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Audrey Antuan Monge Torres, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°14-001486-0292-FA. Clase de Asunto depósito judicial, que promueve el Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas y cuarenta minutos del uno de setiembre de dos mil catorce.—Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—(IN2014075976).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Élida Teresa Trejos Vásquez, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Lorena Garro Trejos. Expediente número 14-002348-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 23 de octubre del 2014.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—(IN2014075979).

Se hace saber a José Rafael Arias Coto, portador de la cédula de identidad número 1-1025-369 y sin domicilio conocido, que en este Despacho se tramita el expediente número 14-400262-637-FA, que corresponde a una solicitud de autorización de reconocimiento de hijo de mujer casada a favor de Sebastián Mauricio Arias Miranda, planteada por Mauricio Rodríguez Chavarría, portador de la cédula de identidad 1-1145-179 y vecino de Patarrá, Desamparados y que se la ha otorgado audiencia por tres días para manifestar lo que tuviere a bien y para señalar medio donde atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado de Familia de Desamparados, 23 de octubre del 2014.—Lic. Luz Marina Solís Poveda, Jueza.—1 vez.—(IN2014075985).

Licenciada Cristina Dittel Masís, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Kervin Elemor Simpson Christie, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono. Expediente 13-000857-0338-FA establecida por Mariel Meza Hamm contra Kervin Elemor Simpson Christie, se ordena notificarle por edicto la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las quince horas y diecinueve minutos del treinta de setiembre del año dos mil catorce. Resultando: Primero:..., Segundo:…, Tercero:… Considerando: I.—…, II.—… Por tanto. De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda especial de declaratoria judicial de abandono de menor de edad establecida por el Mariel Meza Hamm contra Kervin Elemor Simpson Christie declarando en esta vía judicial el estado de abandono con fines de adopción de la menor de edad Yeiselyn Simpson Meza, con la consecuente pérdida de los derechos de Patria Potestad que de ella ostentaba el demandado. Se falla este asunto sin condena en costas para la demandada. Anótese el fallo en el asiento de inscripción de la menor de edad constante en el Registro Civil, de la provincia de Limón, al tomo doscientos ochenta y uno, folio doscientos setenta y siete, asiento quinientos cincuenta y cuatro. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Ana Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—(IN2014075989).

Licenciado Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), a Elayda Matilde Castellón Argueta, en su carácter personal, quien es mayor, casada, de ocupación desconocida, de nacionalidad nicaragüense, con pasaporte de ese país número PC uno tres tres siete uno seis cero, de domicilio desconocido, se le hace saber que en demanda separación judicial expediente N° 14-000445-0938-FA, establecida por Jorge Alberto Ortiz Contreras contra Elayda Matilde Castellón Argueta, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° sentencia número 598-2014. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, a las nueve horas quince minutos del veintitrés de octubre de dos mil catorce. Proceso Abreviado de Separación Judicial establecido por Jorge Alberto Ortiz Contreras, mayor, casado, pensionado, cédula de identidad número uno- trescientos cincuenta y uno-ochocientos nueve, vecino de Bagaces, contra Elayda Matilde Castellón Argueta, mayor, casada, de ocupación desconocida, de nacionalidad nicaragüense, con pasaporte de ese país número PC uno tres tres siete uno seis cero, de domicilio desconocido. Interviene la Licenciada Denia María Quirós Bustamante en su condición de curadora procesal de la accionada. Resultando: I.—..., II.—..., III.—... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre El Fondo:..., III.—Respecto al derecho de gananciales:..., IV.—Respecto a la pensión alimentaria:..., V.—Respecto a las costas:..., VI.—Sobre la notificación de la demandado:... Por tanto: Con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se falla: a) Se declara con lugar la presente demanda. Se decreta la separación judicial entre el señor Jorge Alberto Ortiz Contreras y la señora Elayda Matilde Castellón Argueta por la causal de abandono voluntario y malicioso del hogar por parte de la demandada, subsistiendo entre ellos los deberes de fidelidad y de mutuo auxilio, con la advertencia que la señora Castellón Argueta pierde el derecho de pedirle alimentos a su esposo. Una vez firme esta resolución, inscríbase la misma en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la provincia de Guanacaste, al tomo ochenta y uno, folio trescientos veintinueve, asiento seiscientos cincuenta y siete. b) Cada uno de los cónyuges adquiere el derecho de participar en la mitad del valor neto de los bienes gananciales que se constaten en el patrimonio del otro, lo cual se determinará en la etapa de la ejecución de sentencia si fuese necesario. c) Se ordena notificar esta sentencia a la demandada mediante la publicación por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional, siendo suficiente con la publicación de la parte dispositiva con los datos necesarios para identificar el proceso. d) Se condena a la demandada al pago de las costas personales y procesales causadas.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—(IN2014075997).

Licenciada Cristina Dittel Masís. Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Venancio José Sirias Reyes, se le hace saber que en demanda suspensión patria potestad, establecida por Jéssica Francisca Flores Serrano contra Venancio José Sirias Reyes, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las once horas y veintiocho minutos del dieciséis de octubre del año dos mil catorce. Proceso abreviado de suspensión de patria potestad establecido por Jéssica Flores Serrano, mayor de edad, soltera, cédula de residencia 155809412121, vecina de Cartago contra Venancio José Sirias Reyes, casado, nicaragüense, domicilio desconocido, portador del pasaporte 166994. Interviene el Patronato Nacional de la Infancia por medio de su oficina en Cartago. Como curador procesal del demandado figura el Licenciado Carlos Elizondo Vargas. Resultando: Primero:…, Segundo:… Considerando: I.—…, II.—… Por tanto De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51, 52 y 55 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 115 y siguientes, 140, 141, 143, 159 y 160 del Código de Familia; 3 de la Convención de los Derechos del Niños y 5 y 105 del Código de la Niñez y la Adolescencia y se declara con lugar la demanda abreviada interpuesta por Jéssica Flores Serrano contra Venancio José Sirias Reyes, a quien se le suspende la patria potestad que sobre el menor de edad Engel Sirias Flores, tiene ello por un plazo de dos años, dentro del cual deberán llevarse cabo estudios de tipo psicológico y social, pero siempre ha pedido del demandado, quien sería la parte interesada en revertir esta suspensión, a fin de determinar la viabilidad o no de que se puedan ejercer esos derechos de su parte; siendo que en caso de no ser posible o no haber interés, a pedido de la parte actora, podría revertirse esta suspensión en una pérdida del derecho dentro de este mismo proceso, como lo establece el inciso c) del ya mencionado artículo 158 del Código de Familia. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese un extracto de este fallo en el Boletín Judicial por una sola vez. Hágase saber. Ana Cristina Dittel Masís. Jueza de Familia. Lo anterior por haberse ordenado así en suspensión patria potestad actora Jéssica Francisco Flores Serrano contra Venancio José Sirias Reyes. Expediente N° 14-000801-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Ana Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—(IN2014076000).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes: Agustín Gerardo de Jesús Alvarado Vega, mayor, soltero, peón de construcción, cédula de identidad número 2-434-417, vecino de Alajuela, San Ramón, Volio, 200 metros de la Escuela de Volio y 25 metros oeste del Bar Milenium, hijo de Leandro Alvarado Palma y Gloria Vega Ugalde, nacido en centro de San Ramón, el 19-12-1967, con 47 años de edad, y Roxana Francisca Salas Cuadra, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 9-087-534, vecina de Alajuela, San Ramón, Volio, 200 metros de la Escuela de Volio y 25 metros oeste del Bar Milenium, hija de Carlos Eduardo Salas Zamora y Carmen Lidia Cuadra Fernández, nacida en centro de San Ramón de Alajuela, el 05-03-1965, actualmente con 49 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente número: 14-000561-0688-FA, Solicitud de Matrimonio de Agustín Gerardo de Jesús Alvarado Vega y Roxana Francisca Salas Cuadra.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 23 de octubre de 2014.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2014075970).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Cristian Evelio Ramírez Zúñiga, mayor, soltero, costarricense, desempleado, portador de la cédula de identidad número 2-555-763, vecino de San Juan de San Ramón, 300 metros norte de Maxipalí, casa de cemento con portón de color azul, hijo de Evelio Ramírez Zúñiga y de Hannia Zúñiga Suárez, nacido en San Ramón, centro de Alajuela, el 9 de noviembre de mil novecientos ochenta, con 33 años de edad, y María Auxiliadora Camacho Badilla, mayor, soltera, costarricense, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 2-506-314, vecina de San Juan de San Ramón, 300 metros norte de Maxipalí, casa de cemento con portón de color azul, hija de Jorge Luis Camacho Cabezas y Judith Badilla Picado, nacida en San Ramón, centro de Alajuela, el 12 de octubre de mil novecientos setenta y cinco, actualmente con 40 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Matrimonio civil establecida por Cristian Evelio Ramírez Zúñiga y María Auxiliadora Camacho. Exp. 14-000584-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 23 de octubre del 2014.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2014075971).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Desler David Vigil Arias, mayor, soltero, bodeguero, cédula de identidad número 2-714-378, vecino de Ciruelas de Alajuela, Santa Fe, casa G-10, teléfono 2438-5711, hijo de Danilo Antonio Vigil Cedillos de nacionalidad salvadoreño y Jacqueline Arias Peralta de nacionalidad costarricense, nacido en Alajuela, el 30 de mayo de 1993, con 21 años de edad, y Yesica Liseth Alcázar Cordero, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 2-711-223, vecina de Ciruelas de Alajuela, Santa Fe, casa G-10, teléfono 2438-5711, hija de Sixto Pastor Alcázar Cordero de nacionalidad costarricense y Rosibel Cordero Madrigal de nacionalidad costarricense , nacida en Alajuela, el 31 de marzo de 1993, actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 14-001865-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de octubre del 2014.—Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez.—1 vez.—(IN2014075977).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Óscar Emilio Arias Solano, mayor, soltero, operador de planta en el I.C.E., cédula de identidad número 03-0405-0159, vecino de Sabanillas de Tucurrique 100 metros sur y 100 este de la plaza de deportes de Sabanillas, casa color crema, hijo de Luz Marina Solano Sánchez y Javier Arias Chavarría, nacido en centro Turrialba, Cartago, el 19/08/1985, con 29 años de edad, y Gaudy de los Ángeles Sánchez Vega, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 03-0473-0309, vecina de igual a la anterior, hija de Floribet Vega Rodríguez y Mario Sánchez Peñaranda, nacida en Tucurrique, Jiménez, Cartago, el 12/12/1992, actualmente con 23 años de edad los contrayentes indican tenemos una hija de nombre Emelyn Arias Sánchez de dos años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 14-002350-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 23 de octubre del 2014.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—(IN2014075980).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Hernán Obando Monge, mayor, viudo, desempleado, cédula de identidad número 0301410705, vecino de Turrialba, Pavones, de la entrada a La Celulosa, quinientos metros hacia adentro, al lado atrás de una iglesia evangélica, casa de color blanca , hijo de Ester Monge Araya y Jesús Obando Fuentes, nacido en Pavones, Turrialba, Cartago, el 09/05/1940, con 73 años de edad, y María Isabel Gutiérrez Madriz, mayor, divorciada una vez, empleada doméstica, cédula de identidad número 0203640791, vecina de Turrialba, Los Laureles, en la rotonda, casa 13-D, casa de color verde, hija de Gladys Madriz Artavia y José Carlos Gutiérrez Morera, nacida en centro Atenas, Alajuela, el 15/07/1961, actualmente con 52 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 14-000087-0675-FA-DM.—Juzgado de Familia de Turrialba, 11 de marzo del 2014.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—(IN2014075993).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, Adrián Giovanni Barrios Barrantes, mayor, soltero, bodeguero, cédula de identidad número 0303800552, vecino de Turrialba, Carmen Lyra, 50 metros noreste de la Escuela de Carmen Lyra, casa N° 477, color beige con verjas color café, hijo de Héctor Barrios Monge y María Luisa Barrantes Poveda, nacido en centro Turrialba, Cartago, el 03/02/1982, con 32 años de edad y Lindsey Melinda Araya Carpio, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0303910407, vecina de Turrialba, Carmen Lyra, 50 metros noreste de la Escuela de Carmen Lyra, casa N° 477, color beige con verjas color café, hija de Marvin Araya Rodríguez y María del Carmen Carpio Fonseca, nacida en centro Turrialba, Cartago, el 02/11/1983, actualmente con 30 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 14-000400-0675-FA-DM.—Juzgado de Familia de Turrialba, 22 de octubre del 2014.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—(IN2014075996).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Jimmy Mendoza Flores, mayor, soltero, soldador, cédula de identidad número 2-708-222, vecino de Alajuela, Fraijanes, 500 metros este del Supermercado de la Casona del Café, teléfono 6228-6901, hijo de Roberto Mendoza Jarquín, de nacionalidad costarricense y Ligia Flores Herrera de nacionalidad costarricense, nacido en Alajuela, el 05 de diciembre de 1992, con 21 años de edad, y María Fernanda Villalobos Rodríguez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 2-717-123, vecina de Alajuela, San Isidro, del Mirador de Pilas, 150 metros a mano derecha, teléfono 2440-3182, hija de Victelia Villalobos Rodríguez de nacionalidad costarricense, nacida en Alajuela, el 15 de setiembre de 1993, actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 14-001897-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de octubre del 2014.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.—1 vez.—(IN2014076002).

Ante esta notaría, han comparecido Tyler Laurence (nombre) Burke (apellido), mayor, de nacionalidad estadounidense, con número de pasaporte cuatro cinco tres cero seis ocho seis cero ocho, hijo de Timothy Martin Burke y Rachelle Lynn Burke ambos de nacionalidad estadounidenses; vecino del Empalme de Santiago de San Ramón de Alajuela un kilómetro y medio al oeste y ciento cincuenta metros al sur de la Escuela La Constancia, y Marjorie Zúñiga Cano, mayor, costarricense, cédula de identidad uno-mil doscientos sesenta y ocho-novecientos sesenta y tres, hija de Carlos Zúñiga Blanco e Ivonne Cano Masís ambos padres costarricenses, vecina de San Juan de San Ramón de Alajuela trescientos metros al este de la plaza de San Juan, manifestando interés en contraer matrimonio civil. Dentro del plazo de 8 días después de esta publicación, se informa a todos aquellos interesados que tuvieran objeciones que hacer ante esta notaría, San Ramón Alajuela doscientos cincuenta metros al oeste y doscientos cincuenta metros al norte de urgencias del Hospital.—5 de noviembre del 2014.—Lic. Carmen Lidia Elizondo Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2014076186).

Ante esta notaría comparecen las siguientes parejas: a) Hans Owen Tupper Barboza, empresario, de cédula 1-1142-941, y Doreen Ann Hughes Jiron, psicóloga, de cédula 1-1206-0056, ambos mayores, costarricenses, solteros, vecinos de San José, Santa Ana; b) Farel Eney Rojas Torres representante comercial, de cédula 112470102; y Mardel Mercedes Villalobos Gracia, agente de ventas, de cédula 116510831, ambos mayores, costarricenses, solteros, vecinos de San José, Vázquez de Coronado. Quienes manifiestan su libertad de estado y me expresan su deseo de casarse. Se otorga el plazo de 8 días a partir de esta publicación para quienes deseen manifestar su oposición al fax 2290-6252.—Lic. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—1 vez.—(IN2014076285).

Se hace saber que ante la notaria pública Tatiana María Rojas Hernández, con oficina abierta en la Ciudad de San José, República de Costa Rica, calle siete, avenidas siete y nueve, edificio siete cinco uno, comparecerán los señores Grisell Miranda Rojas, mayor de edad, soltera, miscelánea, portadora de la cédula de identidad número uno-mil trescientos veintitrés-setecientos ochenta y siete, hija de Alfonso Miranda Pérez y Edith Patricia Rojas Martínez y Marvin Ariel Martínez Rosales, mayor de edad, soltero, nicaragüense, agente de seguridad privada, portador del pasaporte de su país número C cero uno seis uno ocho tres tres tres, ambos vecinos de Cartago, La Unión, San Diego, doscientos cincuenta metros al oeste de la pulpería Maravilla, hijo de José Mercedes Martínez Molina y María Fautina Álvarez Rosales, a fin de celebrar matrimonio civil conforme a la legislación costarricense. En virtud de ello y en aplicación del artículo 26 del Código de Familia, se ordena la publicación del presente edicto para que en el plazo de ocho días se realicen la objeciones necesarias después de publicado este, en la notaría de la notaria otorgante.—San José, diez de noviembre del dos mil catorce.—Lic. Tatiana Rojas Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2014076915).