BOLETÍN JUDICIAL N° 61 DEL 27 DE MARZO DEL 2015
DIRECCIÓN
EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
TERCERA
PUBLICACIÓN
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2009 de fecha
26 de febrero del 2009, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión
N° 58-09 celebrada el 02 de junio del 2009, artículo LV, de la Comisión
Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos C.I.S.E.D en Acta
N° 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del
Consejo Superior en Acta N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006,
artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas
y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de
Faltas y Contravenciones del año 2007 al 2011 y Expedientes Civiles del año
2003 al 2008 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión,
Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Faltas y Contravencionales:
Remesa: G
13 C 07
Expedientes: 874
Paquete: 14
Año: 2007
Asunto: Faltas
y Contravencionales: 776 expedientes archivados, 81 expedientes con sentencia
absolutoria,10 expedientes con sentencia condenatoria,
7 expedientes desestimados.
Remesa: G
13 C 08
Expedientes: 841
Paquete: 10
Año: 2008
Asunto: Faltas
y Contravencionales: 762 expedientes archivados, 61 expedientes con sentencia
absolutoria, 10 expedientes con sentencia condenatoria, 8 expedientes
desestimados.
Remesa: G
12 C 09
Expedientes: 906
Paquete: 10
Año: 2009
Asunto: Faltas
y Contravencionales: 741 expedientes archivados, 114 expedientes con sentencia
absolutoria, 50 expedientes con sentencia condenatoria, 1 expedientes
desestimados.
Remesa: G
8 C 10
Expedientes: 2289
Paquete: 10
Año: 2010
Asunto: Faltas
y Contravencionales: 1598 expedientes archivados, 691 expedientes con sentencia
absolutoria.
Remesa: G
2 C 11
Expedientes: 720
Paquete: 8
Año: 2011
Asunto: Faltas
y Contravencionales: 710 expedientes archivados, 10 expedientes con sentencia
absolutoria.
Civiles:
Remesa: C
23 C 03
Expedientes: 69
Paquete: 1
Año: 2003
Asunto: Civil
Varios: 59 desahucios, 5 consignación de alquiler, 4 medida cautelar, 1
monitorio.
Remesa: C
18 C 04
Expedientes: 65
Paquete: 1
Año: 2004
Asunto: Civil
Varios: 49 desahucios, 8 consignación de alquiler, 5 medida cautelar, 2
fijación de alquiler, 1 prevención de desalojo
Remesa: C
16 C 05
Expedientes: 44
Paquete: 1
Año: 2005
Asunto: Civil
Varios: 34 desahucios, 5 consignación, 4 medida cautelar, 1 prendario.
Remesa: C
14 C 06
Expedientes: 48
Paquete: 1
Año: 2006
Asunto: Civil
Varios: 38 desahucio, 4 consignación, 4 prueba
anticipada, 2 depósito de llave.
Remesa: C
13 C 07
Expedientes: 36
Paquete: 1
Año: 2007
Asunto: Civil
Varios: 32 desahucios, 3 consignación de alquiler, 1
prueba anticipada.
Remesa: C
10 C 08
Expedientes: 20
Paquete: 1
Año: 2008
Asunto: Civil
Varios: 3 desahucios, 6 consignación de alquiler, 11
prueba anticipada
Si
algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
por tres veces en el Boletín Judicial.
San
José, 2 de marzo del 2015.
MBA. Rodrigo
Arroyo Guzmán
Subdirector
Ejecutivo a. í.
Exonerado.—(IN2015017674).
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 03-2011 de fecha
16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 11-12 celebrada
el 09 de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la eliminación de Expedientes de Pensiones Alimentarias del año 2005 al 2012
del Juzgado de Pensiones Alimentarias de La Unión, Cartago. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: Q
7 C 05
Expedientes: 09
Paquetes: 01
Año: 2005
Asunto: Pensiones
Alimentarias: 09 expedientes sin sentencia
Remesa: Q
6 C 06
Expedientes: 18
Paquetes: 01
Año: 2006
Asunto: Pensiones
Alimentarias: 18 expedientes sin sentencia
Remesa: Q
6 C 07
Expedientes: 20
Paquetes: 01
Año: 2007
Asunto: Pensiones
Alimentarias: 20 expedientes sin sentencia
Remesa: Q
6 C 08
Expedientes: 09
Paquetes: 01
Año: 2008
Asunto: Pensiones
Alimentarias: 09 expedientes sin sentencia
Remesa: Q
6 C 09
Expedientes: 67
Paquetes: 03
Año: 2009
Asunto: Pensiones
Alimentarias: 67 expedientes sin sentencia
Remesa: Q
2 C 10
Expedientes: 131
Paquetes: 06
Año: 2010
Asunto: Pensiones
Alimentarias: 131 expedientes sin sentencia
Remesa: Q
2 C 11
Expedientes: 142
Paquetes: 05
Año: 2011
Asunto: Pensiones
Alimentarias: 142 expedientes sin sentencia
Remesa: Q
2 C 12
Expedientes: 28
Paquetes: 01
Año: 2012
Asunto: Pensiones
Alimentarias: 28 expedientes sin sentencia
Si
algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
por tres veces en el Boletín Judicial.
San
José, 2 de marzo del 2015.
MBA. Rodrigo
Arroyo Guzmán
Subdirector
Ejecutivo a. í.
Exonerado.—(IN2015017676).
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2013,
celebrada el 14 de enero del 2013, artículo X y el acuerdo del Consejo Superior
en Sesión N° 65-13, celebrada el 25 de junio del 2013, artículo LXVII, se hace
del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del
año 1993 al 2013 del Depósito de Vehículos Decomisados, Ciudad Judicial. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A
9 H 93
Expedientes: 14810
Ampos: 80
Paquetes: 277
Libros: 18
Año: 1993 - 2013.
Asunto: Documentación
Administrativa: 13 ampos de Inventarios de vehículos retirados (1993-1998). 267
paquetes de expedientes de carros, motos y otros retirados (1995-2012). 8 ampos
de listados de bienes a la orden de despachos judiciales (2002-2011). 2 ampos
de registro de asistencia (2006-2013). 29 ampos de oficios emitidos por el
Depósito de Vehículos (2000-2012). 12 ampos y 1 paquete de actas de destrucción
de vehículos (2003-2010). 9 ampos y 3 paquetes de correspondencia recibida
(2001, 2003, 2004, 2006, 2007, 2008, 2010 y 2011). 7 ampos y 6 paquetes de
correspondencia enviada (2001, 2003, 2004, 2006, 2007, 2008, 2010 y 2011). 16
libros de actas del puesto de seguridad “Base 1” (1995-2010). 2 libros de actas
del puesto de seguridad “Oscar 4” (2009-2013).
Si
algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese
por tres veces en el Boletín Judicial.
San
José, 2 de marzo del 2015.
MBA. Rodrigo Arroyo
Guzmán
Subdirector
Ejecutivo a. í.
Exonerado.—(IN2015017681).
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta N° 01-2014, de fecha
14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión
N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general,
que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1993
al 2013 del Organismo de Investigación Judicial de Siquirres, Limón. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: O4L93
Ampos: 281
Libros: 31
Libretas: 103
Año: 1993 al 2013
Asunto: Documentación administrativa: Ampos
con expedientes policiales: 2001- 09 ampos, 2002- 10 ampos, 2003- 12 ampos,
2004- 13 ampos, 2005- 15 ampos, 2006- 21 ampos. 07 Ampos horas extras: 01 ampo
del 2008, 01 ampo del 2009, 02 ampos del 2010, 01 ampo del 2011, 02 ampos del
2012 y 2013. 26 Ampos diligencias menores: 01 ampo del 2006, 03 ampos del 2007,
03 ampo del 2008, 04 ampos del 2009, 04 ampos del 2010, 04 ampos del 2011, 04
ampos del 2012, 03 ampos del 2013. 05 Ampos de orden de libertad: 01 ampo del
2008, 01 ampo del 2009, 02 ampo del 2011, 01 ampo del 2012. 06 Ampos detener a
la orden: 01 ampo del 2008, 01 ampo del 2009.
01 ampo del 2010, 02 ampo del 2011, 01 ampo
del 2012. 02 Ampos de remisiones: 02 ampos del 2012. 11 Ampos de reportes y
registros. 01 del 2005, 03 del 2008, 03 del 2009, 01 del 2010, 02 del 2011 y 01
del 2012. 07 Correos enviados y recibidos: 02 ampos
del 2008, 02 ampos del 2009, 02 ampos del 2010 y 01 ampo del 2011. 04 Ampos de
viáticos: 01 ampo del 2009, 01 ampo del 2010, 01 ampo del 2011, 01 ampo del
2012. 06 Ampos de circulares: 02 ampo del 2008, 02 ampo del 2009, 01 ampo del
2010, y 01 ampo del 2011. 08 Ampos estadísticas: 02 ampo del 2008, 02 ampos del
2009, 02 ampos del 2010, 01 ampo del 2011 y 01 ampo del 2012.
17 Ampo copias de denuncias: 03 ampos del
2007, 02 ampos del 2008, 02 ampos del 2009, 03 ampos del 2010, 03 ampos del
2011, 04 ampos del 2012. 23 Ampos de correspondencia enviada y recibida: 02
ampo del 1999 al 2006, 01 ampo del 2007, 03 ampos del 2008, 04 ampos del 2009,
05 ampo del 2010, 04 ampos del 2011 y 04 ampos del 2012. 04 Ampos de actas de
secuestro: 02 ampos del 2009 y 02 ampos del 2010. 03 Ampos de dictámenes
periciales: 01 ampo del 2010 y 02 ampos del 2011. 05 Ampos de registro de
asistencia: 01 ampo del 2008, 01 ampo del 2009, 01 ampo del 2010, 01 ampo del
2011, y 01 ampo del 2013. 01 Ampos de registro de detenciones: 01 ampo del 2009
y 2010, 02 ampo del 2011.
09 Control de informes con y sin indicios, diligencias
menores. Oficios y notas: 01 ampo del 2002, 01 ampo del 2003, 04 ampo del 2004,
01 del 2005, 01 ampo del 2006, 01 ampo del 2007, 01 ampo del 2008 y 03 ampo del
2009. 16 Ampos de solicitudes de capturas y presentación canceladas; 02 ampos
del 2007, 03 ampos del 2008, 02 ampos del 2009, 04 ampos del 2010, 03 ampos del
2011, 02 ampos del 2012. 04 Bitácoras y alimentación de detenidos: 06 ampo del
2009, 08 ampo del 2010, 05 ampo del 2011, 05 ampos del 2012, 01 ampo del 2013.
05 Ampos de control de asignación de denuncias: 01 ampo del 2008, 01 ampo del
2009, 01 ampo del 2010, 02 ampos del 2011. 02 Ampo de actas de entrega: 01 ampo
del 2000 y 01 ampo del 2002 al 2008. 01 Ampo de equipo individual: 01 ampo del
2004 al 2008. 28 Ampos de libro de conocimiento: 08 ampos del 2006, 09 ampos
del 2008,10 ampos del 2009, 01 ampo del 2010. 01 Ampo de actas de comiso: 01
ampo del 2006 al 2007. 02 Libro de control de remisiones: 02 libros del 2008 al
2011. 04 Libros de control de detenidos: 01 libro del 2007, 01 libro del 2008,
01 libro del 2010, y 01 libro del 2011. 14 Libros de control de denuncias: 02
libros del 2000 al 2002, 03 libros del 2003 al 2004, 01 libro del 2005, 01
libro del 2006, 02 libros del 2007, 02 libros del 2008, 01 libro del 2009, 02
del 2010. 01 Libro de listado de defunciones: 01 libro del 2003 al 2005. 01
Libro de control de solicitud de cancelación: 01 libro del 1993 al 2001. 07
Libros de certificados: 01 libro del 2001 al 2002, 02 libros del 2003 al 2004,
01 libro del 2005 al 2008, 01 del 2009, 01 del 2010, 01 libro del 2011. 01
Libro de juramentaciones: 01 libro del 1994 al 2011. 103 Libretas de
expedientes de vehículos: 03 libretas del 2001, 01 libreta del 2002, 08
libretas del 2006, 19 libretas del 2007, 16 libretas del 2008, 19 libretas del
2009, 13 libretas del 2010, 04 libretas del 2011, 20 libretas del 2012. 01
Libro de novedades: 01 libro del año 2004 al 2005.
Si
algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
San
José, 5 de marzo del 2015.
MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán
Exonerado.—(IN2015018203) Subdirector Ejecutivo a. í.
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta N° 01-2013,
celebrada el 14 de enero del 2013, artículo X y el acuerdo del Consejo Superior
en sesión N° 65-13, celebrada el 25 de junio del 2013, artículo LXVII, se hace
del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del
año 2007 al 2013 del Juzgado de Violencia Doméstica del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada
y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 20 S 07
Paquetes: 9
Libros: 12
Agendas: 13
Año: 2007 a 2013.
Asunto: Documentación administrativa: 1
paquete con registros de asistencia del 2008 a 2013, 1 paquetes con reportes de
documentos recibidos y enviados del 2009 al 2013, 1 paquetes con circulares del
2009 a 2010, 1 paquetes con registros devoluciones del notificador del 2009 a
2013, 1 paquetes con archivo de referencia del 2008 a 2011, 1 paquete con
correspondencias certificada del 2009 al 2013, 13 agendas de señalamientos del
2008 a 2013, 1 paquetes con oficios consecutivos del 2009 al 2011, 1 paquete de
nombramientos de personal del 2007 al 2011, 1 paquete de control de
solicitudes, 1 libro de entrada de 2008 a 2010, 2 libros de números de
sentencia del 2007 al 2010, 1 libro de conocimientos del 2007 al 2010, 2 libros
de entrega de documentos a los técnicos judiciales de 2008 a 2012, 2 libros del
control de solicitudes de Estudios Sociales y seguimientos del 2007 al 2009, 4
libros de comisiones enviadas y recibidas de la Fuerza Pública del 2008 al
2012.
Si
algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
San
José, 5 de marzo del 2015.
MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán
Exonerado.—(IN2015018205) Subdirector Ejecutivo a. í.
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta N° 03-2011 de fecha
16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en
sesión N° 11-12 celebrada el 9 de febrero del 2012, artículo LXVIII, se hace
del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Violencia
Doméstica del año 2009 al 2011 del Juzgado de Violencia Doméstica del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: V 9 S 09
Expedientes: 1464
Paquetes: 30
Año: 2009
Asunto: Violencia doméstica.
Remesa: V 6 S 10
Expedientes: 1322
Paquetes: 31
Año: 2010
Asunto: Violencia doméstica.
Remesa: V 2 S 11
Expedientes: 1109
Paquetes: 33
Año: 2011
Asunto: Violencia doméstica.
Si
algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
San
José, 5 de marzo del 2015.
MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán
Exonerado.—(IN2015018206) Subdirector Ejecutivo a. í.
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Enrique Vinicio Ramos Vargas, quien
fue mayor, divorciado, vecino de Barva, San Roque, con cédula de identidad
número 04-0163-0273, se les hace saber que Claudia Lucía Campos Chavarría,
portadora de la cédula de identidad número 155816313827, vecina de Puerto
Viejo, se apersonó en este despacho en calidad de exesposa y madre de los hijos
del trabajador fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias
aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido Enrique Vinicio Ramos Vargas. Expediente N° 14-000008-1342-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 19 de febrero del
2015.—Msc. Brenda Caridad Vargas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015017923).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Jorge Pérez Arrieta, cédula 2-256-015, fallecido el cinco de
enero de 2008, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se
apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el N° 14-000741-1021-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 14-000741-1021-LA. A favor de Jorge Pérez
Arrieta.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de
Heredia.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015017924).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la consignacion de
prestaciones de trabajador fallecido del causante Geiner González Vargas,
cédula de identidad número 2-453-874, quien fue mayor, soltero, quien se
desempeñaba como operario de la empresa Terrapez Sociedad Anónima, hijo de
Miguel González Guido y Shirley Vargas Herrera, se consideren con derechos a
las mismas para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en
las diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente: 14-300137-927-LA,
a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 85
de Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, La Fortuna, San Carlos.—MSC. Yamileth Tejada
Solano, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015017927).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Graciela Consuelo de
María Rodríguez González, quien fue mayor, viuda, cédula 2-099-912, vecina de
San Pedro de Santa Bárbara de Heredia, pensionada, y falleció el 2-9-2014, se
consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 15-000031-1021-LA, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente N° 15-000031-1021-LA. Por Teresa Bastos Rodríguez a favor
de Graciela Consuelo de María Rodríguez González.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 23 de febrero del 2015.—Licda.
Guiselle Gené Calderón, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015017930).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó Marco Tulio Rodríguez Solís, quien
fue mayor, casado, salonero en el Banco de los Mariscos, costarricense, vecino
de San Juan de Santa Bárbara de Heredia, portador de la cédula de identidad
número 04-0102-1177, se les hace saber que Vera Violeta Arias Víquez, portadora
de la cédula de identidad o documento de identidad número 04-0105-0490, vecina
de la misma dirección, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge
supérstite del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de
consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias
aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido Marco Tulio Rodríguez Solís. Expediente N° 15-000089-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de febrero del
2015.—Msc. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015017931).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Francisco del Socorro Solís Esquivel, cédula
4-119-072, fallecido el 29 de mayo del 2011, se consideren con derecho para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias
de consig. prest. sector
público bajo el N° 15-000155-1021-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N°
15-000155-1021-LA. Por María Gabriela Solís Segura a favor de Ronald Francisco
del Socorro Solís Esquivel.—Tribunal de Trabajo de
Menor Cuantía de Heredia, 25 de febrero del 2015.—Lic.
Octavio Villegas Rojas, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015017932).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luz Marina de Jesús
Barquero Miranda, cédula de identidad 4-071-0890, fallecido el 18 de octubre
del 2014, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante
este despacho en las diligencias de consig. prest. sector publico bajo el N° 15-000167-1021-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Expediente N° 15-000167-1021-LA. Por Yessenia Rojas Barquero a
favor de Luz Marina de Jesús Barquero Miranda.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 25 de febrero del 2015.—Lic.
Octavio Villegas Rojas, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015017933).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ovidio Gerardo de la
Trinidad Esquivel Herrera, cedula de identidad 4-140-179, fallecido el 28 de
enero del 2015, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se
apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el N° 15-000210-1021-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 15-000210-1021-LA. Por Lidiette Mayela Varela
Bonilla a favor de Ovidio Gerardo de la Trinidad Esquivel Herrera—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 26 de febrero del 2015.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015017934).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gerardo José Arce
Campos, mayor, soltero, vecino de San Pablo de Heredia, cédula 4-089-622 y
falleció el 6 de febrero del 2015, se consideren con derecho para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N°
15-000220-1021-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 15-000220-1021-LA. Por
José Antonio Arce Campos a favor de Gerardo José Arce Campos.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 26 de febrero del 2015.—Licda.
Guiselle Gené Calderón, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015017936).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del causante Alonso
Guajardo Ahumada, quien fue mayor, unión libre, costarricense, Fiscal de Buses,
vecino de Paraíso y portó la cédula de identidad N° 3-0177-0671 y quien
falleció el 24 de agosto del 2014, se consideren con derecho a las mismas para
que dentro del lapso improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen a este despacho en las diligencias
establecidas bajo el número 15-300004-0351-LA. (01-1-15), a hacer valer sus
derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de
Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Paraíso, 2 de marzo de
2015.—Lic. Erick López Delgado, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015017938).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del Fondo de
Capitalización laboral (FCL) y la liquidación laboral del trabajador fallecido
Víctor Manuel Toruño Rocha, quien fue mayor de edad, soltero, peón agrícola,
cédula de residencia 155805383202, y fue vecino de Cariari de Guápiles, se
consideren con derecho a los mismos para que dentro del plazo improrrogable de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante
este despacho en las diligencias aquí establecidas por Juan y Ramón ambos de
apellidos Toruño Rocha, bajo el número de expediente 15-300081-0934-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres,
veinticuatro de febrero del dos mil quince.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas,
Jueza.—1 vez.—(IN2015017939).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes se consideren con
derecho a las prestaciones legales, liquidación laboral del trabajador
fallecido Roberto Vargas Varela, quien fue mayor de edad, soltero, chofer,
cédula 1-0859-0635, vecino de Siquirres, quien falleció el 23 de octubre de
2011, se consideren con derecho a los mismos para que dentro del plazo
improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto
se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas el número
de expediente 15-300100-0934-LA-9, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Siquirres, veinticinco de febrero de dos mil
quince.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—1
vez.—(IN2015017941)
A
los causahabientes de quién en vida se llamó Jenny Jahaira Arias López, quien fue mayor, divorciada, vecina de Guadalupe, con
cédula de identidad número 1-1049-0692, se les hace saber que Moshe David Marín
González, portador de la cédula de identidad número 1-1088-0710, vecino de
Coronado, se apersonó en este despacho en calidad de padre en ejercicio de la
patria potestad de la menor Valeria Marín Arias, hija de la fallecida, a fin de
promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello se
les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho en
las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de
prestaciones de la trabajadora fallecida Jenny Jahaira Arias López. Expediente
N° 11-003158-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
San José, Sección Segunda, 18 de febrero del 2015.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015017984).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó James Enríquez Guevara, quien fue
mayor, vecino de Pavas, con cédula de identidad número 1-0849-0295, se les hace
saber que Avy Aviram y Asociados S.A., se apersonó en este despacho en calidad
de patrono del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de
consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este despacho en las diligencias
aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido James Enríquez Guevara. Expediente N° 13-002844-1178-LA.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 17
de febrero del 2015.—M.Sc. Jenny Fallas Ureña, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015017988).
Para
los fines del artículo 21 del Reglamento del Banco Popular y Desarrollo
Comunal, 85 del Código de Trabajo; con ocho días de término se cita y emplaza a
todos los causahabientes del trabajador fallecido Andy Alberto Salazar Mora,
cédula de identidad número 1-1333-0870, quien fue mayor, panadero, vecino de
Naranjo, para que se apersonen en estas diligencias de devolución de ahorros de
trabajado fallecido en expediente número 13-300062-0310-LA, promovidas por
Karina Isabel Hernández Carranza, bajo el apercibimiento de que si no lo
hicieren dentro del término dicho las sumas de dinero pasarán a quien
corresponda de acuerdo con las disposiciones legales. Expediente:
13-300062-0310-LA (68-13) (4).—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Naranjo, 28 de enero del 2015.—Licda.
Tatyana Rodríguez Castro, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015017989).
A
los causahabientes de quien en vida se llamó Adriana María Rodríguez Mendoza,
quien fue mayor, soltera, con cédula de identidad número 1-1201-0854, se les
hace saber que BAC San José Pensiones Operadora de Pensiones Complementarias
Sociedad Anónima, se apersonó en este despacho en calidad de patrono de la
fallecida a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de
Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este despacho en las diligencias aquí establecidas a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial
libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida
Adriana María Rodríguez Mendoza. Expediente N° 14-000938-1178-LA.—Juzgado de
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 18 de
febrero del 2015.—M.Sc. Jenny Fallas Ureña, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015018154).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En la
puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintitrés de
abril del dos mil quince, y con la base de cuarenta y dos mil seiscientos
veintiún dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta
y cinco mil trescientos diecisiete cero cero cero la cual es terreno
.naturaleza: terreno para construir con una casa situada en el distrito
1-Liberia cantón 1-Liberia de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte,
Jorge Esteban y Ana Patricia ambos Espinales López; sur, José Martínez
Hernández; este, Jorge Esteban y Ana Patricia Ambos Espinales López; oeste,
calle pública. Mide: Ciento ochenta y nueve metros cuadrados. Plano:
G-1368043-2009. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos
del once de mayo del dos mil quince, con la
base de treinta y un mil novecientos sesenta y seis dólares con doce centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del veintiséis de mayo del dos mil quince con la
base de diez mil seiscientos cincuenta y cinco dólares con treinta y siete
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Juan José Acuña
Pastrana Maricel Menocal Rivera. Exp. Nº 14-002529-1205-CJ.—Juzgado de
Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia), 4 de febrero del 2015.—Yesenia Auxiliadora Zúñiga Ugarte,
Jueza.—(IN2015019569).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones
citas 336-03714-01-0901-001; a las nueve horas y cero minutos del veintinueve
de abril del dos mil quince, y con la base de ciento ocho mil cuatrocientos
once dólares con noventa y seis centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
setenta mil ochocientos noventa y ocho cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 1 Liberia, cantón 1 Liberia, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte, resto de El Maisol de La Pampa S. A.; al sur,
resto de El Maisol de La Pampa S. A. y en parte con calle pública con un frente
de 18.72 metros; al este resto de El Maisol de La Pampa S. A. y al oeste, calle
pública con un frente de 18.72 metros. Mide: Mil metros cuadrados. Plano:
G-1215260-2007. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de mayo del dos mil quince, con la
base de ochenta y un mil trescientos ocho dólares con noventa y siete centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del uno de junio del dos mil quince con la base
de veintisiete mil ciento dos dólares con noventa y nueve centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jeison Gerardo Murillo Reyes.
Exp. Nº 14-002530-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia),
5 de marzo del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015019571).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos
del diecisiete de abril del dos mil quince, y con la base de ochenta mil
doscientos setenta y siete dólares con dieciséis centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
147834-000 cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito san juan, cantón santa barbará, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, calle pública con un frente de nueve metros diez
centímetros; al sur, Cesar Alfaro Jiménez; al este, Gonzalo Alberto Zamora
Fonseca y Luis Gerardo Alfaro Jiménez y al oeste, calle pública a San Juan, con
un frente de veintiún metros treinta y cinco centímetros. Mide: doscientos
sesenta y cinco metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo
del dos mil quince, con la base de sesenta mil doscientos siete dólares con
ochenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinte
de mayo del dos mil quince, con la base de veinte mil sesenta y nueve dólares
con veintinueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Andrés
Martin Angulo Cascante. Exp. Nº 15-001989-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
20 de marzo del 2015.—Licda. Jeannette Ruíz Herradora, Jueza.—(IN2015019574).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso Ref. 2376
287 001, citas 304-09643-01- 0901-001; a las catorce horas y cuarenta y cinco
minutos del veintiséis de mayo del dos mil quince, y con la base de ciento
setenta mil ochocientos veintitrés dólares con setenta y seis centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número cuatrocientos setenta y un mil ciento ochenta y cinco-cero
cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación.
Situada en el distrito 3-Sánchez, cantón 18-Curridabat, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Los Pinares Verdes S. A.; al
este, Los Pinares Verdes S. A., y al oeste, Ileana Muñoz Corea. Mide:
Doscientos setenta metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados, plano
SJ-0183373-1994. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta
y cinco minutos del diez de junio del dos mil quince, con la base de ciento
veintiocho mil ciento diecisiete dólares con ochenta y dos centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce
horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio del dos mil quince,
con la base de cuarenta y dos mil setecientos cinco dólares con noventa y
cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra
Daniel Eugenio Muñoz Corea. Exp. Nº 14-018227-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
17 de marzo del 2015.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015019583).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del
diecinueve de mayo de dos mil catorce, y con la base de treinta y tres mil
ciento setenta dólares con sesenta y nueve centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas número setecientos setenta y cuatro mil
trescientos setenta y siete (774377), marca Audi, estilo Q7. Categoría
automóvil, capacidad 7 personas, tracción 4x4, año 2009, color rojo, serie,
chasís y VIN WAUZZZ4L79D012395. Cilindrada 2967 c.c., combustible diesel. Motor
Nº CAS048116. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del tres de junio del dos mil quince, con la base de veinticuatro mil
ochocientos setenta y ocho dólares con un centavo (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del diecinueve de junio del dos mil quince, con la base de ocho mil
doscientos noventa y dos dólares con sesenta y siete centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de
Costa Rica S. A. contra Minor Eduardo Villalta Bogantes. Exp. Nº
14-015303-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de febrero del
2015.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015019584).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas
310-11633-01-0901-001 y servidumbre trasladada. citas 310-11633-01-0901-002; a
las diez horas y cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil quince, y con
la base de doscientos veinticinco mil ochocientos seis dólares con veinticuatro
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 37375-f-000 la cual es terreno finca filial seis
de dos plantas destinada a uso habitacional, en proceso de construcción..
Situada en el distrito La Asunción, cantón Belén, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, Carolina Malavassi Barrientos; al sur, Jorge González
Alfaro; al este, calle pública y al oeste, acera, Calle Condominal y área común
libre recreativa. Mide: Trescientos cincuenta y cuatro metros con sesenta y
seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
cero minutos del tres de junio del dos mil quince, con la base de ciento
sesenta y nueve mil trescientos cincuenta y cuatro dólares con sesenta y ocho
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de junio del dos mil
quince, con la base de cincuenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y un
dólares con cincuenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de contra El Poniente de
Gibraltar C. R. S. A., Rafael Ignacio Leandro Rojas. Exp. Nº 15-003969-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 25 de febrero del 2015.—Lic. Rosnny Arce
Jiménez, Juez.—(IN2015019585).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, según
citas 302-16003-0901-001; a las catorce horas y treinta minutos del veintinueve
de abril del dos mil quince, y con la base de dieciséis millones quinientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número quinientos diecinueve mil ciento treinta y cuatro
cero cero cero la cual es terreno para construir lote 85. Situada en el
distrito 02 San Antonio, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Avenida Amiwo; con 10.00 metros; al sur, lote 90; al este,
lote 84 y al oeste, área para juegos infantiles. Mide: Doscientos cincuenta y
cuatro metros con treinta y un decímetros cuadrados, según plano catastrado número
SJ-734901-2001. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta
minutos del quince de mayo del dos mil quince, con la base de doce millones
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del uno de junio del dos mil quince, con la base de cuatro millones
ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hugadana S. A. contra
Carlos Alberto Pérez Montiel. Exp. Nº 13-017712-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
2 de marzo del 2015.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015019587).
En
la puerta exterior de este Despacho;
soportando reservas y restricciones citas tomo 299 asiento 01159, servidumbre
de acueducto y de paso de a y a citas tomo 360 asiento 19044 así como hipoteca
de primer grado citas tomo 2011 asiento 302669; a las quince horas y cero
minutos del siete de mayo del dos mil quince, y con la base de ciento diez
millones ciento setenta y tres mil trescientos cuarenta colones con cuarenta y
ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número ciento ochenta y tres mil trescientos sesenta
cero cero cero la cual es terreno de uso agrícola y terrazas. Situada en el
distrito 2-Sabalito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Vista Baru Ángeles Limitada y Wilberth Barrantes Vargas; al
sur, servidumbre agrícola; al este, Wilberth Barrantes Vargas y al oeste,
Rafael Rodríguez Hernández. Mide: Seis mil ciento veintinueve metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós
de mayo del dos mil quince, con la base de ochenta y dos millones seiscientos
treinta mil cinco colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y
cero minutos del ocho de junio del dos mil quince, con la base de veintisiete
millones quinientos cuarenta y tres mil trescientos treinta y cinco colones con
doce céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Francisco
Oviedo Jiménez, Roció Agüero Rodríguez. Exp. Nº 15-000329-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de La Zona Sur, 24 de febrero del 2015.—Licda. Eileen
Chávez Mora, Jueza.—(IN2015019591).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas quince minutos del
veintiséis de mayo del dos mil quince, y con la base de trece millones
quinientos setenta y siete mil colones con sesenta y nueve céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número quinientos setenta y ocho mil doscientos diez cero cero cero
la cual es terreno frutales. Situada en el distrito San Isidro del General,
cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mercedes
Arroyo Hernández; al sur, Miguel Arroyo Hernández; al este, calle pública y al
oeste, Mercedes Arroyo Hernández. Mide: Dos mil ciento dieciséis con sesenta
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
quince minutos del diez de junio del dos mil quince, con la base de diez
millones ciento ochenta y dos mil setecientos cincuenta colones con cincuenta y
un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las catorce horas quince minutos del veinticinco de junio del dos
mil quince, con la base de tres millones trescientos noventa y cuatro mil
doscientos cincuenta colones con diecisiete céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica
S. A. contra Laura Vanessa Arroyo Barrantes. Exp. Nº 10-005983-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 16 de marzo del 2015.—Licda. Zary Navarro
Zamora, Jueza.—(IN2015019593).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes prendarios; a las once horas y quince minutos del siete de
mayo del dos mil quince, y con la base de cinco millones de colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa BBS364, Nissan Xterra,
automóvil, capacidad 5 personas, año 2005, color beige, 4x2, todo terreno,
motor 4000, 06 cilindros, gasolina. Para el segundo remate se señalan las once
horas y quince minutos del veintidós de mayo del dos mil quince, con la base de
tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y
quince minutos del ocho de junio del dos mil quince, con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Sociedad Anónima Finauto Saficar contra Seguridad Táctica Empresarial STU S. A.
Exp. Nº 13-014724-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de
marzo del 2015.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2015019595).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del veintiocho de abril del dos mil quince, y con la base de dos millones
doscientos noventa y siete mil doscientos sesenta colones con ocho céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 617171, marca Daihatsu, estilo Terios, categoría autobús,
capacidad cinco personas, año 2006, color azul, cilindrada 1298 cc. Combustible
gasolina, motor Nº 1412363, cilindros 04. 4x4, chasís JDAJ102G000575140. Para
el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
catorce de mayo del dos mil quince, con la base de un millón setecientos
veintidós mil novecientos cuarenta y cinco colones con seis céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de mayo del dos mil quince,
con la base de quinientos setenta y cuatro mil trescientos quince colones con
dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Brunca S. A. contra
Ronald Antonio López Monico. Exp. Nº 15-004626-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
17 de febrero del 2015.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—(IN2015019596).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las
nueve horas y cero minutos del veintinueve de abril de dos mil quince y con la
base de un millón ciento sesenta mil seiscientos sesenta y ocho colones con
sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:
placas número CL189431, marca Chevrolet,
estilo S10, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2003,
cilindrada 2400 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del quince de mayo de dos mil quince, con la base de
ochocientos setenta mil quinientos un colones con cuarenta y ocho céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del uno de junio de dos mil quince, con la base
de doscientos noventa mil ciento sesenta y siete colones con quince céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Fiduciaria Brunca S.A. contra Jhonny Araya Flores. Expediente:
15-004589-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de febrero del
2015.—Lic. Elio Campos López, Juez.—(IN2015019598).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del veintiocho
de abril de dos mil quince y con la base de cuatro millones setecientos setenta
y tres mil seiscientos cincuenta y ocho colones con setenta y tres céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Cl 204676, marca Ford, estilo
Ranger, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2003, color azul,
vin 8AFDR13F93J295300, cilindrada 2800 cc. Para el segundo remate se señalan
las once horas y cero minutos del quince de mayo de dos mil quince, con la base
de tres millones quinientos ochenta mil doscientos cuarenta y cuatro colones
con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del uno de junio de dos mil
quince, con la base de un millón ciento noventa y tres mil cuatrocientos
catorce colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Brunca Sociedad
Anónima contra Jorge Antonio González Miranda. Expediente: 14-007822-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago,
14 de enero del 2015.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—(IN2015019600).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
ocho horas y cero minutos del quince de abril del año dos mil quince y con la base de catorce millones
novecientos sesenta y tres mil novecientos veintidós colones con setenta y seis
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número cuatrocientos sesenta y seis mil ochocientos
cincuenta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en
el distrito 04 San Antonio, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública con un frente de 7.07 metros; al sur, calle
pública y línea férrea con un frente de 8.35 metros; al este, María Teresa
Vargas Alvarado; y al oeste, hijos de Erasmo Herrera Limitada. Mide: ciento
veintitrés metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta de abril del dos
mil quince, con la base de once millones doscientos veintidós mil novecientos
cuarenta y dos colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y para la tercera se señalan las ocho horas y cero minutos del quince
de mayo del dos mil quince, con la base de tres millones setecientos cuarenta
mil novecientos ochenta colones con sesenta y nueve céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R.L. contra María Luisa Alvarado Quesada. Expediente:
15-000246-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 3 de marzo del 2015.—Lic. José
Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2015019609).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos
y cuarenta y cinco de la tarde) del veintisiete de mayo de dos mil quince y con
la base de once mil cuatrocientos cuarenta y ocho dólares con cincuenta y tres
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número SJB
011964, marca Toyota, estilo Hiace, categoría microbús, capacidad 16 personas,
año 2009, color blanco, vin JTFSK22P400006433, cilindrada 2986 cc, combustible
diesel, motor N° 5L6093962. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
y cuarenta y cinco minutos (dos y cuarenta y cinco de la tarde) del once de
junio de dos mil quince, con la base de ocho mil quinientos ochenta y seis
dólares con cuarenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos (dos y
cuarenta y cinco de la tarde) del veintiséis de junio de dos mil quince, con la
base de dos mil ochocientos sesenta y dos dólares con trece centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). El remate no incluye las placas de
servicio público. Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra
Cristian Matamoros Mora, Service Costa Rica Tour S.R.L. Expediente:
14-010981-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 10 de marzo del 2015.—Licda. Audrey Abarca
Quirós, Juez.—(IN2015019627).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada,
citas: 314-13884-01-0901-001, servidumbre de paso, citas:
2011-331659-01-0004-001, a las trece horas y treinta minutos del cuatro de mayo
del dos mil quince y con la base de cinco millones cincuenta y nueve mil
cuatrocientos setenta y nueve colones con noventa y siete céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número ciento doce mil novecientos ocho-cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas de la provincia de
Guanacaste. Linderos: norte, Delia María Barahona Palacios; sur, Sergio Antonio
López Barahona, servidumbre parte del resto con frente de 6,00 metros, este,
María Jesús Barahona Palacios, oeste, María Delia Barahona Palacios. Mide:
cuatrocientos ochenta y cinco metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados.
Plano: G-0534252-1998. Para el segundo remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil quince, con la base de tres
millones setecientos noventa y cuatro mil seiscientos nueve colones con noventa
y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de junio del dos
mil quince, con la base de un millón doscientos sesenta y cuatro mil
ochocientos sesenta y nueve colones con noventa y nueve céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Adriana Marina López Barahona, Jornan
Enrique Morera López. Expediente: 15-000077-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, 11 de marzo del 2015.—Licda. Mónica Farah Castillo, Jueza.—(IN2015019628).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y quince minutos (dos de la
tarde con quince minutos) del veintisiete de mayo de dos mil quince y con la
base de veintisiete mil setecientos treinta y tres dólares con seis centavos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 873224, marca
Toyota, estilo Fortuner SRV, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año
2011, color plateado vin MR0YZ59G701107208, cilindrada 2982 cc, combustible
diesel, motor N° 1KD5267173. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y quince minutos (dos de la tarde con quince minutos) del once de junio
de dos mil quince, con la base de veinte mil setecientos noventa y nueve
dólares con setenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos (dos de
la tarde con quince minutos) del veintiséis de junio de dos mil quince, con la
base de seis mil novecientos treinta y tres dólares con veintisiete centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Financiera Cafsa S.A. contra Mario Federico Brenes Quirós, Osgiken
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Expediente: 14-016076-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 9 de marzo del 2015.—Licda. Audrey Abarca
Quirós, Jueza.—(IN2015019632).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios;
pero soportando servidumbre trasladada
citas: 302-00064-01-0901-001, servidumbre sirviente, citas:
302-00064-01-0901-001, servidumbre sirviente citas: 343-10878-01-0008-001,
servidumbre de paja de agua citas 401-19140-01-0002-001, 401-19140-01-0028-001,
401-19140-01-0033-001, 401-19140-01-0038-001, 401-19140-01-0043-001,
401-19140-01-0048-001, servidumbre de paso citas: 401-19141-01-0009-001,
2009-108864-01-0004-001 servidumbre de líneas eléctricas citas:
401-19141-01-0011-001, servidumbre de cloaca citas: 401-19141-01-0013-001 y
servidumbre de acueducto, citas: 460-17781-01-0003-001, a las ocho horas y
treinta minutos del veintidós de mayo de dos mil quince y con la base de cinco
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 223546-000, la
cual es terreno de zona verde y bosque. Situada en el distrito 01 Turrialba,
cantón 05 Turrialba de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Hacienda La Cecilia
Sociedad Anónima; al sur, Hacienda La Cecilia Sociedad Anónima; al este, Carlos
Nájera Bravo y Quebrada Barahona; y al oeste, Hacienda La Cecilia Sociedad
Anónima y servidumbre agrícola con 7 metros. Mide: cinco mil cuatrocientos
treinta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del seis de junio de dos mil quince, con la base de
cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil quince, con la base de un
millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Graciela Patricia Calvo
Arias contra Agropecuaria Horizontes Sociedad Anónima. Expediente:
13-004533-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago, 24 de febrero del 2015.—Lic. Juan Pablo Carpio
Álvarez, Juez.—(IN2015019633).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y
anotaciones; a las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del trece de mayo de dos mil quince y con la base de
trece mil seiscientos veintitrés dólares con treinta y dos centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: BCG369, marca Toyota, estilo
Yaris, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 2012, color negro,
carrocería Sedan cuatro puertas, tracción 4x2, cilindros 4, combustibles
gasolina, motor 1NZE020510. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiocho de mayo de dos mil quince, con la base
de diez mil doscientos diecisiete dólares con cuarenta y nueve centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de junio de dos mil
quince, con la base de tres mil cuatrocientos cinco dólares con ochenta y tres
centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Carlos Andrés de Martin Ocampo
Esquivel, Raquel María Baeza Castillo. Exp. N° 15-006861-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del 2015.—Licda. Vanessa Guillén
Rodríguez, Jueza.—(IN2015019635).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del dieciséis de junio de dos mil quince y con la base de un millón
cuatrocientos cincuenta y tres mil ciento cincuenta y cuatro colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 773535, marca
Suzuki, estilo Sidekick, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1995,
color verde, vin JS3TD03VXS4105490, cilindrada 1600 cc. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del uno de julio de dos
mil quince, con la base de un millón ochenta y nueve mil ochocientos sesenta y
cinco colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del dieciséis de julio de dos mil quince, con la base de trescientos sesenta y
tres mil doscientos ochenta y ocho colones con cincuenta céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Hannia
García Hernández contra Jorge Sibaja Fallas. Expediente: 13-012505-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 10 de marzo del 2015.—Licda. María
Mora Saprissa, Jueza.—(IN2015019636).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del
veinte de abril de dos mil quince y con la base de seis mil novecientos sesenta
y cuatro dólares con cuarenta centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: el vehículo placa: 733.634, marca: Renault, estilo: Megane,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan, 4 puertas, año
fabricación: 2008, color: beige, cilindrada: 1998 cc, cilindros: 04, vin:
VF1LM050E39208376. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del seis de mayo de dos mil quince, con la base de cinco mil
doscientos veintitrés dólares con treinta centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta
minutos del veintiuno de mayo de dos mil quince, con la base de mil setecientos
cuarenta y un dólares con diez centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica
S. A. contra Alexis Humberto Bravo Elizondo. Expediente: 14-007490-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 16 de marzo del 2015.—Lic. Bolívar Arrieta
Zárate, Juez.—(IN2015019638).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del
cuatro de mayo del dos mil quince, y con la base de quinientos noventa y seis
mil novecientos sesenta y siete dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trece mil
cuatrocientos trece-cero cero cero la cual es terreno de solar y una casa.
Situada en el distrito 01 Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Guiso S. A. y Lilliam Aurora González Campos; al sur, Beto
Acon Allan; al este, Conrado Estrada Baldioceda; y al oeste, calle pública con
frente de 17.49 metros. Mide: doscientos cincuenta metros con siete decímetros
cuadrados. Plano catastrado N° G-0943801-1991. 2) Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número setenta mil ciento quince-cero cero cero la cual es
terreno c/1casa y local comercial. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01
Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, avenida tercera
c/14m 49cm; al sur, Luis Fernando Salas Villegas; al este, calle tercera c/20m
88cm; y al oeste, Eliel Chaves Matarrita. Mide: trescientos un metros con once
decímetros cuadrados. Plano catastrado N° G-1 083167-2006. 3) Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número setenta y seis mil setecientos setenta
y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada
en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Alfonso Centeno Cañas; al sur, Lilliam Aurora Campos
González; al este, Francisco Vargas Pizarro; y al oeste, calle pública con 8,63
metros de frente. Mide: doscientos cincuenta metros con diecisiete decímetros
cuadrados. Plano catastrado N° G-0943799-1991. 4) Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y
tres-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 01
Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Angelina Guillen Belmonte, Guiso S. A., Lidia Guillen Centeno; al sur, Lilliam
Aurora Campos González; al este, Francisco Vargas Pizarro y Conrado Estrada
Baldioceda; y al oeste, calle pública con frente de 8.61 metros. Mide:
doscientos cincuenta metros con ocho decímetros cuadrados. Plano catastrado N°
G-0943800-1991. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del diecinueve de mayo del dos mil
quince, con la base de cuatrocientos cuarenta y siete mil setecientos
veinticinco dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del tres de junio del dos mil quince con la base de ciento cuarenta y nueve mil
doscientos cuarenta y un dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Grupo
de Inversión Gloscar S. A. contra Lilliam Aurora González Campos. Exp.
14-000969-1205-CJ.—Juzgado de Cobro,
Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste (Liberia), 10 de marzo del 2015.—Licda. Mónica Farah
Castillo, Jueza.—(IN2015019639).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas
305-20183-01-0901-001; a las nueve horas y quince minutos del catorce de abril
de dos mil quince, y con la base de diez millones quinientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y ocho mil setecientos
cincuenta-cero cero cero (458750-000) la cual es terreno para construir con una
casa de habitación. Situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lote 08; al sur, lote 10; al este,
lote 14; y al oeste, alameda treinta y dos. Mide: noventa metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintinueve de
abril de dos mil quince, con la base de siete millones ochocientos setenta y
cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del catorce de mayo
de dos mil quince con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso
Ejecución Hipotecaria de Rubrica La Rana Dorada de Occidente S. A. contra Frank
Esteban Díaz Víquez. Exp. 14-007285-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 8 de
diciembre del 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2015019643).
En
la puerta exterior de este Despacho; soportando reservas y restricciones, bajo
citas: 400-12900-01-0900-001; condiciones citas: 400-12900-01-0916-001;
hipoteca de primer grado, bajo citas: 573-53106-01-0002-001; a las catorce
horas y treinta minutos del veinte de mayo del
dos mil quince, y con la base de un millón de colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número setenta y nueve mil seiscientos doce cero cero cero la cual es
terreno para vivienda lote 2-61676. Situada en el distrito 1-Buenos Aires,
cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle;
al sur, Hermogenes Herrera; al este, Virginia Picado; y al oeste, Iris Picado.
Mide: quinientos veinte metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del
cuatro de junio del año dos mil quince, con la base de setecientos cincuenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de junio
del año dos mil quince con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución
Hipotecaria de Armando Gómez Bermúdez contra Melitina Beita Umaña. Exp.
15-000975-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur, 9 de marzo del 2015.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2015019647).
En
la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado,
practicado bajo las citas 2012-287210-01-0001-001, reservas y
restricciones bajo las citas:
312-11444-01-901-001, 312-11444-01-905-001, 312-11444-01-907-001,
398-13032-01-928-001 y 398-13032-01-929-001; a las nueve horas y cero minutos
del veintiuno de abril de dos mil quince, y con la base de cinco millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 336434-000 la cual es terreno de tacotal. Situada
en el distrito Delicias, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, servidumbre de paso con frente de 201 metros 48 centímetros; al sur,
Juan Herrera Murillo; al este, Silvio Morales Guadamuz, Joaquín Oporta Alvarado
y Juan Herrera Murillo; y al oeste, Juan Herrera Murillo. Mide: ochenta y ocho
mil ciento cuarenta y tres metros con veinte decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de mayo de
dos mil quince, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de mayo de dos mil quince
con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de
Reynaldo Ruiz Fuentes contra Vilma Jeannette Tripovich Lazzo. Exp.
15-002682-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
27 de enero del 2015.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—(IN2015019679).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 362-05996-01-0965-001condiciones ref:
00215217 000 a las nueve horas y cero
minutos del veintisiete de abril de dos mil quince. y con la base de nueve
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos veintidós mil
seiscientos veintiuno-cero cero uno, la cual es terreno para la agricultura.
Situada en el distrito 1-Upala, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Paula Morales y Erick Gustavo Miranda Lostalo; al sur, calle
y Erick Gustavo Miranda Lostalo; al este, Daniel Murillo, calle pública en
medio; y al oeste, Mario Murillo y calle pública en medio. Mide: cincuenta y
siete mil trescientos setenta y cinco metros con cuarenta y tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
doce de mayo de dos mil quince, con la base de seis millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de
mayo de dos mil quince con la base de dos millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución
Hipotecaria de Mario Alberto Valverde Porras contra Priscilino Miranda Alfaro.
Exp. 14-000822-1206-CJ.—Juzgado de Cobro
y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste,
12 de marzo del 2015.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2015019749).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once
horas y treinta minutos del catorce de abril de dos mil quince, y con la base
de dos millones ciento veinticinco mil
trescientos sesenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: placas número 193309, marca Isuzu, estilo Trooper, año 1993, color
negro, chasis JACUBS25GP7104457, cilindrada 3200 c. c. Para el segundo remate
se señalan las once horas y treinta minutos del veintinueve de abril de dos mil
quince, con la base de un millón quinientos noventa y cuatro mil veinte colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y treinta minutos del quince de mayo de dos mil quince
con la base de quinientos treinta y un mil trescientos cuarenta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución
Prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA S. A. contra Jose Francisco
Calderón Boza. Exp. 08-010765-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José, 24 de setiembre del 2014.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—(IN2015019788).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción boleta N° 2007238036,
denuncia ante el OIJ y denuncia penal a las catorce horas cero minutos del
quince de abril del dos mil quince, y
con la base de veintiséis mil ochocientos cuarenta y un dólares con cuarenta y
cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas
número 532413, marca Mitsubishi, año 2004, Vin JMY0NK9704J000342, cilindrada
2835 c.c., color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas cero minutos del treinta de abril del dos mil quince, con la
base de veinte mil ciento treinta y un dólares con nueve centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas cero minutos del quince de mayo del dos mil quince, con la base de seis
mil setecientos diez dólares con treinta y seis centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso
Ejecución Prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA Sociedad Anónima contra
Graciela Leal Jaén. Expediente N° 09-001364-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 8 de setiembre del 2014.—Dr. Mauricio Vega
Camacho, Juez.—(IN2015019790).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones
bajo las citas: 395-11906-01-0903-001; a las diez horas y cero minutos del
treinta de abril del dos mil quince, y con la base de diez millones trescientos
cuarenta y cuatro mil trescientos ochenta y un colones con treinta y seis
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 488457-000, la cual es terreno para cultivos.
Situada en el distrito 6, Río Cuarto cantón 3, Grecia de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Efraín Ávila Vargas; al
este, Quebrada Caño Negro; y al oeste, Eliécer Zamora Alpízar. Mide: diecisiete
mil trescientos veintisiete metros cuadrados. Plano: A-1510631-2011. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de mayo
del dos mil quince, con la base de siete millones setecientos cincuenta y ocho
mil doscientos ochenta y seis colones con dos céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del dos de junio del dos mil quince con la base de dos millones
quinientos ochenta y seis mil noventa y cinco colones con treinta y cuatro
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución
Hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jhonny Zamora
Ávila. Exp. 14-001223-1202-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 12 de febrero del 2015.—Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza.—(IN2015019791).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada bajo las citas 388-05063-01-0900-001; a las
diez horas y cero minutos del veintinueve de abril del dos mil quince, y con la
base de tres millones setecientos noventa y siete mil novecientos cuarenta y un colones con doce
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 424417-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 2, Florencia cantón 10, San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Hernán Salazar Campos; al sur, calle pública con
un frente a ella de 12,69 metros lineales; al este, servidumbre de paso; y al
oeste, Rafael Salazar Rojas. Mide: doscientos trece metros con sesenta y seis
decímetros cuadrados. Plano: A-1096833-2006. Para el segundo remate se señalan
las diez horas y cero minutos del quince de mayo del dos mil quince, con la
base de dos millones ochocientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y
cinco colones con ochenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del
uno de junio del dos mil quince con la base de novecientos cuarenta y nueve mil
cuatrocientos ochenta y cinco colones con veintiocho céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra María Gabriela Salazar Salazar. Exp.
14-002766-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, 5 de febrero del 2015.—Elizabeth Rodríguez Pereira,
Jueza.—(IN2015019809).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidumbre trasladada bajo las citas: 340-18828-01-0901-001 y
340-18828-01-0902-001; a las quince horas y cero minutos del treinta de abril
del dos mil quince, y con la base de ocho millones ciento nueve mil seiscientos
trece colones con cuarenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 497326-000, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1, Quesada cantón 10,
San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Osvaldo Solís
Ramírez; al sur, calle pública con un frente a ella de 10.00 metros lineales;
al este, resto de Matilde Rojas Rodríguez; y al oeste, lote de Matilde Rojas
Rodríguez. Mide: ciento cincuenta y seis metros cuadrados. Plano:
A-1597485-2012. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero
minutos del dieciocho de mayo del dos mil quince, con la base de seis millones
ochenta y dos mil doscientos diez colones con diez céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas
y cero minutos del dos de junio del dos mil quince con la base de dos millones
veintisiete mil cuatrocientos tres colones con treinta y siete céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra
Katherine Gianina Núñez Salas. Exp. 14-002832-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 13 de febrero del 2015.—Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza.—(IN2015019812).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las
once horas y treinta minutos del nueve de junio de dos mil quince, y con la
base de cuatro millones cuatrocientos treinta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, del partido de Puntarenas, matrícula
número 99.247-000, la cual es de naturaleza de terreno para construir lote dos,
situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oro de la provincia de
Puntarenas, Colinda al norte, Felipe Molina Vargas y servidumbre a calle
pública; al sur, Marlene Mico Vargas; al este, Hercer Inversiones Sociedad
Anónima, al oeste, Delsa Vargas Ramírez. Mide: cuatrocientos veinticuatro metros
con veinte decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las once
horas y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil quince, con la
base de tres millones trescientos veinticuatro mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las once horas
y treinta minutos del nueve de julio de dos mil quince con la base de un millón
ciento ocho mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Leonel Flores Villalobos contra Cesar
Andrés Molina Gutiérrez. Exp: 14-004225-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de
febrero del 2015.—Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2015019899).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
veintidós de abril de dos mil quince, y con la base de dos millones doscientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número BGQ810, marca Hyundai, estilo Elantra, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 2001, color blanco, Vin KMHDN41AP1U200164, cilindrada 1500 cc,
combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del ocho de mayo de dos mil quince, con la base de un
millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del veinticinco de mayo de dos mil quince con la base de
quinientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Consultora Fecaro S. A.,
contra Juan Carlos Zamora González. Exp. N° 15-003052-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de
febrero del 2015.—Licda. Natalia Orozco Murillo, Juez.—(IN2015019853).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y
anotaciones; a las diez horas y quince minutos del veintiocho de abril de dos
mil quince, y con la base de seis mil
doscientos trece dólares con cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: CL 232785, marca Mitsubishi, categoría carga liviana,
capacidad: cinco personas, año 2008, color: rojo, cilindrada 2477 cc,
combustible: diesel, cilindros: 4, numero de motor 4D56UCBD0405. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del catorce de mayo
de dos mil quince, con la base de cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve
dólares con setenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del
veintinueve de mayo de dos mil quince con la base de mil quinientos cincuenta y
tres dólares con veintiséis centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica
S. A. contra Marvin Gerardo Rodríguez Benavides. Exp. N° 15-004840-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 16 de febrero del 2015.—Licda. Vanessa Guillén
Rodríguez, Jueza.—(IN2015019858).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del catorce
de abril del año dos mil quince, y con la base de treinta y siete millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento treinta y nueve mil cuatrocientos
cuarenta y uno cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa. Situada
en el distrito 01 Tilarán, cantón 08 Tilarán, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Noemy Agüero Vargas; al sur, José Alcides Cordero Salas y
Fundaca; al este, calle pública con 13 metros 3 cm, y al oeste, Noemy Agüero
Vargas. Mide: Quinientos veintisiete metros con ochenta y un decímetros
cuadrados. Plano: G-0923919-2004. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del veintinueve de abril del año dos mil quince, con la
base de veintisiete millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del quince de mayo del año dos mil quince con la
base de nueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Gustavo Adolfo Rodríguez Agüero. Exp. N°
15-000057-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), 25 de
febrero del 2015.—Licda. Mónica Farah Castillo, Jueza.—(IN2015019947).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del
dieciséis de abril de dos mil quince y con la base de diez mil novecientos
setenta y un dólares exactos para cada una de las fincas, en el mejor postor
remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
52165-F-000 la cual es finca filial primaria individualizada número ochenta y
seis: Apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá
tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 3 San José, cantón
3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, acceso once; al sur,
finca filial primaria individualizada número noventa y cinco; al este, finca
filial primaria individualizada número ochenta y cinco, y al oeste, finca
filial primaria individualizada número ochenta y siete. Mide: Cuatrocientos
noventa y cinco metros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula N° 52166-F-000 la cual es finca filial primaria individualizada
número ochenta y siete: Apta para construir que se destinará a uso
habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el
distrito 3 San José, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, acceso once; al sur, finca filial primaria individualizada número
noventa y cuatro; al este, finca filial primaria individualizada número ochenta
y seis, y al oeste, finca filial primaria individualizada número ochenta y ocho.
Mide: Cuatrocientos noventa y cinco metros cuadrados. 3) Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula N° 52167-F-000 la cual es finca filial primaria
individualizada número ochenta y ocho: apta para construir que se destinará a
uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada
en el distrito 3 San José, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, acceso once; al sur, finca filial primaria individualizada
número noventa y tres; al este, finca filial primaria individualizada número
ochenta y siete, y al oeste, finca filial primaria individualizada número
ochenta y nueve. Mide: Cuatrocientos noventa y cinco metros cuadrados. 4) Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 52168-F-000la cual
es finca filial primaria individualizada número ochenta y nueve: Apta para
construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos. Situada en el distrito 3 San José, cantón 3 Grecia, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, acceso once; al sur, finca filial
primaria individualizada número noventa y dos; al este, finca filial primaria
individualizada número ochenta y ocho, y al oeste, finca filial primaria
individualizada número noventa. Mide: Cuatrocientos noventa y cinco metros
cuadrados. 5) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 52169-F-000 la
cual es finca filial primaria individualizada número noventa: Apta para
construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos. Situada en el distrito 3 San José, cantón 3 Grecia, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, acceso once; al sur, finca filial
primaria individualizada número noventa y uno; al este, finca filial primaria
individualizada número ochenta y nueve, y al oeste, acceso dos. Mide:
Quinientos cincuenta y ocho metros con treinta y siete decímetros cuadrados. 6)
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 52170-F-000 la cual
es finca filial primaria individualizada número noventa y uno: Apta para
construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos. Situada en el distrito 3 San José, cantón 3 Grecia, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada
número noventa; al sur acceso diez; al este, finca filial primaria
individualizada número noventa y dos y al oeste acceso dos. Mide: Quinientos
cincuenta y ocho metros con treinta y siete cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de mayo de dos mil quince,
con la base de ocho mil doscientos veintiocho dólares con veinticinco centavos
para cada una de las fincas y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cero minutos del veintidós de mayo de dos mil quince con la base de dos
mil setecientos cuarenta y dos dólares con setenta y cinco centavos. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Inmobiliaria del Oeste Solmar Sociedad Anónima,
Maribel Reyes Ulate. Exp. N° 14-004665-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 8 de enero del
2015.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015020007).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones citas
400-02401-01-0827-001; a las nueve horas treinta minutos del primero de
setiembre de dos mil quince, y con la base de diez millones novecientos sesenta
y seis mil trescientos treinta y dos colones con sesenta y ocho céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número setenta y nueve mil sesenta cero cero cero la cual es terreno
agricultura lote Ñ-6. Situada en el distrito 1-Puerto Cortés, cantón 5-Osa, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 10; al sur, calle; al este,
calle, y al oeste, lote 5. Mide: cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta y nueve
metros con once decímetros cuadrados. Plano: P-0052186-1992 y con la base de
diez millones novecientos sesenta y seis mil trescientos treinta y dos colones
con sesenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
prohibiciones citas 461-06002-01-0059-001 la Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento treinta y dos mil ochocientos veintiuno-cero cero
cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Puerto Cortes,
cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Alberto
Granados Solís; al sur, Álvaro Eliécer Rodríguez Méndez; al este, calle pública
con un frente de 20.03 metros, y al oeste, José Rodríguez Méndez. Mide: mil un
metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Plano: P-0874881-2003. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de
setiembre de dos mil quince, con la base de ocho millones doscientos veinticuatro
mil setecientos cuarenta y nueve colones con cincuenta y un céntimos, para la
primera finca (rebajada en un veinticinco por ciento) y la base de ocho
millones doscientos veinticuatro mil setecientos cuarenta y nueve colones con
cincuenta y un céntimos para la segunda finca, y para la tercera subasta se
señalan las nueve horas del treinta minutos del primero de octubre de dos mil
quince con la base de dos millones setecientos cuarenta y un mil quinientos
ochenta y tres colones con diecisiete céntimos, para la primera finca (un
veinticinco por ciento de la base inicial) y la base de dos millones
setecientos cuarenta y un mil quinientos ochenta y tres colones con diecisiete
céntimos, para la segunda finca. Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y Desarrollo Comunal contra Dane Hervan Chaves Morales. Exp. N°
14-000237-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía
y Contravencional de Golfito, 12 de febrero del 2015.—Lic. Rafael Araya
Fallas, Juez.—(IN2015020011).
En
la puerta exterior de este Despacho; a
las diez horas y treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil quince, en el
mejor postor remataré las siguientes fincas (todas del partido de Limón): 1) y
con la base de cinco millones novecientos diez mil ciento cuarenta y siete
colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; la
Finca matrícula número cuarenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y seis cero
cero cero la cual es terreno para construir lote 130. Situada en el distrito 01
Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, IMAS;
al sur, IMAS; al este, calle pública, y al oeste, Santiago Chanberlain Zeledón.
Mide: Doscientos metros cuadrados. 2) Con la base de diecinueve millones
treinta y dos mil trescientos noventa y siete colones con ochenta y siete
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, la finca matrícula número cuarenta
y seis mil cuatrocientos cuarenta y siete cero cero cero la cual es terreno
para construir lote 131. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, IMAS; al sur, IMAS; al este, calle
pública, y al oeste, Santiago Chanberlain Zeledón. Mide: Doscientos metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del dos de junio de dos mil quince, con la base de cuatro millones
cuatrocientos treinta y dos mil seiscientos diez colones con noventa y ocho
céntimos (para la primer finca) y la base de catorce millones doscientos
setenta y cuatro mil doscientos noventa y ocho colones con cuarenta céntimos
(para la segunda finca) (todas rebajadas en un 25%). De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos
del diecisiete de setiembre de dos mil quince, con la base de un millón
cuatrocientos setenta y siete mil quinientos treinta y seis colones con noventa
y nueve céntimos (para la primer finca) y la base de cuatro millones
setecientos cincuenta y ocho mil noventa y nueve colones con cuarenta y siete
céntimos (para la segunda finca) (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Luis Alexander Gerardo Mora Piedra. Exp. N° 14-001352-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, 23 de
marzo del 2015.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(IN2015020021).
En
la puerta exterior de este Despacho;
soportando hipoteca de primer grado citas: 564-11081-01-0002-001, y servidumbre
trasladada citas: 328-11943-01-0901-001; a las diez horas y cero minutos del
veintiséis de mayo de dos mil quince, y con la base de treinta y ocho millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y ocho mil quinientos
sesenta y siete cero cero cero, la cual es terreno para construir con cinco
apartamentos. Situada en el distrito San Felipe, cantón Alajuelita, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lote 43; al sur, lote 45; al este
lote, 62, y al oeste, calle pública con 10 metros. Mide: Doscientos metros
cuadrados, según plano catastrado SJ- 0295604-1978. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y cero minutos del diez de junio de dos mil quince, con
la base de veintiocho millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del veinticinco de junio de dos mil quince con la base de nueve
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marco Antonio Chavarría
Gómez contra María Fernanda Durán Villalobos. Exp. N° 14-021287-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 16 de marzo del 2015.—Lic. Carlos Manuel Contreras
Reyes, Juez.—(IN2015020029).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones
(Citas: 318-08916-01-0901-001); a las trece horas y cuarenta y cinco minutos
(una hora y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del cuatro de mayo de
dos mil quince, y con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y seis mil trescientos ochenta
cero cero cero la cual es de naturaleza: Terreno para construir. Situada en el
distrito 1-San Vito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, Alexis Manuel Vargas Rojas; al este,
Alexis Manuel Vargas Rojas, y al oeste, Mario Calderón Calderón. Mide:
Doscientos seis metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una hora y
cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del diecinueve de mayo de dos mil
quince, con la base de un millón doscientos treinta y siete mil quinientos
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una hora y
cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del tres de junio de dos mil quince
con la base de cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Antonio Cordero
Saldaño. Exp. N° 14-011205-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro Y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19
de marzo del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015020050).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
diez horas y treinta minutos del
dieciséis de abril de dos mil quince, y con la base de sesenta y siete millones
cuatrocientos diecinueve mil ciento setenta y ocho colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
184322-001 Y 002 (ambos derechos conforman la totalidad del inmueble) la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón
01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con
14 metros de frente; al sur, Luis Edgar Pérez López; al este, Zulay Zeledón
Murillo, y al oeste, Fraccionamientos Modernos Sociedad Anónima. Mide:
Doscientos noventa y nueve metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de
mayo de dos mil quince, con la base de cincuenta millones quinientos sesenta y
cuatro mil trescientos ochenta y tres colones con cincuenta céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez
horas y treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil quince con la base de
dieciséis millones ochocientos cincuenta y cuatro mil setecientos noventa y
cuatro colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inversiones Pietro S. A. contra Lorena María Solano Barquero. Exp. N°
12-013780-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de febrero del 2015.—Lic.
Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2015020102).
En
la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca en primer grado y
servidumbre
trasladada; a las nueve horas y treinta minutos del uno de junio de dos
mil quince, y con la base de ochenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
31024-F-000 (treinta y un mil veinticuatro-f cero cero cero) la cual es terreno
finca filial número cuatro catorce de dos plantas ubicada en el primero y
segundo nivel destinada a uso habitacional totalmente construida. Situada en el
distrito Escazú, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
apartamento número trece; al sur área común; al este, calle acceso y al oeste
área común. Mide: Trescientos dos metros con sesenta y un decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del
dieciséis de junio de dos mil quince, con la base de sesenta mil dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil quince
con la base de veinte mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa
Rica S. A. contra Rafael Enrique Gairaud Salazar, Trithoma Yetsy S. A. Exp. N°
15-007438-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado De
Cobro I Circuito Judicial de San José, 4 de marzo del 2015.—Licda.
Jeannette Ruíz Herradora, Jueza.—(IN2015020121).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 0330-00014064-01-0911-001, reservas
y restricciones citas: 0330-00014064-01-0912-001, reservas y restricciones citas:
0384-00007926-01-0900-001, reservas y restricciones citas: 0384-00007926-01-
0901-001; a las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de junio de dos
mil quince, y con la base de treinta mil doscientos doce dólares exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento cincuenta mil ochocientos setenta y nueve cero cero
cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 11 Cóbano,
cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Devora
Calvo; al sur, resto de Juan Carlos Cruz Méndez; al este, Fredy Delgado
Rodríguez; y al oeste, resto de Juan Carlos Cruz Méndez y servidumbre de paso
en medio de resto. Mide: mil doscientos noventa y un metros con sesenta y nueve
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del nueve de julio de dos mil quince, con la base de veintidós mil
seiscientos cincuenta y nueve dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del veinticuatro de julio de dos mil quince con la base de siete mil quinientos
cincuenta y tres dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Agroturística Moya &
Fernández Sociedad Anónima contra Indio del Golfo Limitada. Exp.
10-100334-0642-CI.—Juzgado de Cobro
y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas,
28 de octubre del 2014.—Lic. Alejandro Espinoza Lagos, Juez.—(IN2015020128).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
catorce horas y treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil quince y
con la base de dos millones quinientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas
número doscientos ochenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y tres, marca Land
Rover, estilo Discovery DV, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
1994, color verde, cilindrada 3900 c.c., combustible gasolina. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de junio del dos
mil quince, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil
quince con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso
Ejecución Prendaria de Melody Place S. A. contra Rafael Ángel Álvarez Villalta.
Exp. 09-000458-0296-CI.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela, San Ramón, 10 de febrero del 2015.—Licda. María Auxiliadora
Cruz Cruz, Jueza.—(IN2015020134).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente citas:
0339-00013631-01-0001-001, servidumbre sirviente citas:
0339-00013631-01-0900-001, servidumbre sirviente citas: 0339-00013631-01-0901-001,
servidumbre sirviente citas: 0339- 00013631-01-0902-001, servidumbre sirviente
citas: 0391-00016315-01-0001- 001; a las nueve horas y cero minutos del catorce
de abril del dos mil quince, y con la base de cincuenta y siete mil trescientos
setenta y cuatro dólares con veintinueve centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y
dos mil cuatrocientos veinticuatro cero cero cero la cual es terreno
naturaleza: finca primaria individualizada número uno B apta para construir que
se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos. Situada en el distrito 09 Dulce Nombre cantón 01 Cartago, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Finca Filial Primaria Individualizada
Dos B; al sur, avenida uno con trece metros doce centímetros; al este, Finca
Filial Primaria Individualizada Treinta y Cinco B; y al oeste, calle uno con diecisiete
metros dos centímetros. Mide: doscientos setenta y un metros con cero
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del veintinueve de abril del dos mil quince, con la base de cuarenta y
tres mil treinta dólares con setenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero
minutos del catorce de mayo del dos mil quince con la base de catorce mil
trescientos cuarenta y tres dólares con cincuenta y siete centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra
Hebert Armando Plata Solano. Exp. 14-034917-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo
Circuito Judicial de San José, 16 de marzo del 015.—Licda.
Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—(IN2015020160).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del
veintisiete de mayo de dos mil quince, y con la base de diez millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 00060360-000, la cual es terreno con
una casa. Situada en el distrito 05 Aguacaliente (San Francisco), cantón 01
Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Jesús Vives Pereira; al
sur, Arturo Villavicencio Brenes; al este, Bernal Alberto Granados Rojas; y al
oeste, calle pública con 16m. Mide: doscientos quince metros con treinta y ocho
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y
treinta minutos del once de junio de dos mil quince, con la base de siete
millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil quince con la base de dos
millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que
se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata
por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Denis Mauricio Orozco Mata. Exp. 15-000647-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial
de Cartago, 6 de marzo del 2015.—Licda. Marcela Brenes Piedra,
Jueza.—(IN2015020163).
En
la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado a
favor de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo, y servidumbre
trasladada; a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de junio del dos mil
quince, y con la base de sesenta y tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos treinta y seis mil cuatrocientos quince-cero cero cero, la cual es
terreno para construir con un apartamento y un taller. Situada en el distrito
San Isidro, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Ronulfo Orozco Vega; al sur, Gilberth Salas Arce; al este, Jesús Orozco Salas;
y al oeste, carretera interamericana con 16.80 metros. Mide: cuatrocientos
quince metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y cero minutos del uno de julio del dos mil quince, con la base
de cuarenta y siete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cero minutos del dieciséis de julio del dos mil quince con la base de
quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución
Hipotecaria de Christopher Campos Valerio contra Pablo Bertilio Obando Gómez.
Exp. 14-002958-1203-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela,
San Ramón, 23 de febrero del 2015.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—(IN2015020175).
En
la puerta exterior de este Despacho; a
las ocho horas y cero minutos del veinte de mayo del dos mil quince, se
rematara la siguiente finca: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
condic y reservref: ida ley 2825 citas: 0395-00013843-01-0890-001, y con la
base de seis millones cuatrocientos noventa y cuatro mil veintiocho colones con
cincuenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y ocho mil setecientos
cincuenta y dos cero cero cero la cual es terreno para construir N° 79. Situada
en el distrito 04 Belén, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, IDA; al sur, calle pública; al este, Jose Moraga y Vilma
Tijerino; y al oeste, Edgar Gerardo Barrantes. Mide: doscientos treinta y un
metros con un decímetro cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del cuatro de junio del dos mil quince , con la base de
cuatro millones ochocientos setenta mil quinientos veintiún colones con treinta
y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de junio del
dos mil quince con la base de un millón seiscientos veintitrés mil quinientos
siete colones con trece céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Raimundo José Peraza Rodríguez. Exp. 15-000199-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 12
de marzo del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2015020182).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
trece horas y treinta minutos del doce
de mayo del dos mil quince, y con la base de ocho millones ochocientos sesenta
y ocho mil doscientos noventa y siete colones con cincuenta y nueve céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cincuenta y dos mil cuatrocientos noventa y ocho cero
cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Palmira,
cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle
pública con 10m 20 cm; al sur, Rafael Ángel Brenes Morales; al este, Rafael
Ángel Brenes Morales; y al oeste, Rafael Ángel Brenes Morales. Mide:
trescientos noventa metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de mayo del
dos mil quince, con la base de seis millones seiscientos cincuenta y un mil
doscientos veintitrés colones con diecinueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y
treinta minutos del once de junio del dos mil quince con la base de dos
millones doscientos diecisiete mil setenta y cuatro colones con cuarenta
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución
Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Magdalena del Socorro
Somarriba. Exp. 15-000192-1205-CJ.—Juzgado de
Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia), 9 de marzo del 2015.—Lic.
Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015020187).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada, a las once horas y cero minutos del trece de
julio del dos mil quince, y con la base de ocho mil dólares exactos para cada
una de las fincas, en el mejor postor, remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y seis mil
novecientos cincuenta y siete cero cero cero, la cual es terreno lote dos
terreno de café. Situada: en el distrito 4-San Roque, cantón 3-Grecia, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 7 metros de frente;
al sur, Luis Ángel y Jaime ambos Muñoz Villegas; al este, Luis Ángel y Jaime ambos Muñoz Villegas, y al oeste, Luis
Ángel y Jaime ambos Muñoz Villegas. Mide: doscientos veinticinco metros con
cuarenta y cinco decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y seis mil novecientos cincuenta y
seis cero cero cero, la cual es terreno lote uno terreno de café. Situada: en
el distrito 4-San Roque, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública con 7 metros 50 centímetros de frente; al sur, Luis
Ángel y Jaime ambos Muñoz Villegas; al este, Luis Ángel y Jaime ambos Muñoz
Villegas, y al oeste, Luis Ángel y Jaime ambos Muñoz Villegas. Mide: doscientos
veinticinco metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate,
se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de julio del dos mil
quince, con la base de seis mil dólares exactos para cada una de las fincas, y
para la tercera subasta, se señalan las once horas y cero minutos del doce de
agosto del dos mil quince, con la base de dos mil dólares exactos para cada una
de las fincas. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Natalia María Fernández Víquez contra Ademar Gerardo Navarro Mora. Expediente
N° 14-004785-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Grecia, 10 de marzo del 2015.—Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015020196).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada citas: 0372-00004668-01-0939-002, a las ocho
horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil quince, y con la
base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 361290 derechos 003 y
004 únicamente, la cual es terreno para construir, lote ciento veinticuatro con
una casa. Situada: en el distrito Ipís, cantón Goicoechea, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, lote 123; al sur, lote 125; al este, alameda, y al
oeste, lote 105. Mide: ciento tres metros con diecinueve decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce
de mayo del dos mil quince, con la base de dos millones doscientos cincuenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de mayo
del dos mil quince, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Corporación Sofora S. A. contra Andrés González Montoya.
Expediente N° 14-021191-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de
enero del 2015.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—(IN2015020207).
En
la puerta exterior de este Despacho, a las nueve horas y cero minutos del
cuatro de mayo del dos mil quince, se rematara la siguiente finca: libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
382-08776-01-0900-001, y con la base de un millón seiscientos ochenta mil
colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés mil setecientos
setenta y tres cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 12.
Situada: en el distrito 04 San Pablo, cantón 09 Nandayure, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con frente de 11 metros 2 centímetros;
al sur, Luis Gómez Hernández; al este, Luis Gómez Hernández, y al oeste, Luis
Gómez Hernández. Mide: quinientos once metros con veintitrés decímetros
cuadrados. Plano: G-0630745-2000. Para el segundo remate, se señalan las nueve
horas y cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil quince, con la base de
un millón doscientos sesenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero
minutos del tres de junio del dos mil quince, con la base de cuatrocientos
veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Eladio Jesús Porras Lobo contra Nidia
Teresita Briceño Rosales. Expediente N° 15-000123-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia), 13 de marzo del 2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015020233).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada, bajo las citas: 277-02825-01-0002-001, y
reservas de Ley de Agua y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas:
560-19557-01-0316-001, a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de
abril del dos mil quince, y con la base de cuatro millones de colones exactos,
en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número ciento cuarenta y tres mil setecientos ochenta y siete
cero cero uno, cero cero dos, la cual es Proyecto Amalia Hernández Piedra.
Terreno para la agricultura parcela cincuenta y ocho. Situada: en el distrito
2-Sabalito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, calle pública y Benedicto Hidalgo; al sur, río por medio con Gilberto
Hernández; al este, calle pública y Benedicto Hidalgo, y al oeste, calle
pública y Rafael Monge. Mide: trece mil cuatrocientos ochenta y cinco metros
con ocho decímetros cuadrados. Plano: P-1016001-2005. Y con la base de
diecisiete millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cuarenta y tres mil setecientos cuarenta y tres cero cero cero, la cual es
Proyecto Amalia Hernández Piedra. Terreno para la agricultura parcela cuarenta
y cuatro-siete. Situada: en el distrito 2-Sabalito, cantón 8-Coto Brus, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Édgar Óscar Calderón y Luz Miriam
Monge Solís; al sur, Ligia Monge Solís; al este, Calixto Barboza Mora y
quebrada en medio, y al oeste, calle pública con 179.06 metros. Mide:
veinticinco mil setenta y tres metros con ochenta y cuatro decímetros
cuadrados. Plano: P-1009572-2005, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada, bajo las citas: 277-02825-01-0002-001 y
reservas de Ley de Agua y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas:
560-19557-01-0207-001. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de mayo del dos
mil quince, con la base de tres millones de colones exactos, para la primera
finca y con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos,
para la segunda finca (ambas rebajadas en un 25%). De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veintiuno de mayo del dos mil quince, con la base de un millón de colones
exactos, para la primera finca, y con la base de cuatro millones doscientos
cincuenta mil colones exactos, para la segunda finca (ambas con un 25% de la
base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra María Etilma Azofeifa Carrillo. Expediente N° 13-000822-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Golfito, 10 de diciembre del 2014.—Licda. Olga Marta Sandí Torres, Jueza.—(IN2015020238).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y libre
de anotaciones judiciales de todo tipo, soportando reservas y restricciones
inscritas en las citas: 325-03469-01-0903-003, a las nueve horas del treinta de
abril del dos mil quince, y con la base de cinco millones veintidós mil
cuatrocientos setenta colones con sesenta y ocho céntimos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
38572-000, la cual es terreno para agricultura lote 59-24. Situada: en el
distrito tercero Potrero Grande, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, con Carlos Luis Briceño; al sur, con calle
pública; al este, con calle pública, y al oeste, con riachuelo. Mide:
veintitrés mil ochocientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las nueve horas del catorce de mayo del dos mil quince, con
la base de tres millones setecientos sesenta y seis mil ochocientos cincuenta y
tres colones con un céntimo (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercer subasta, se señalan las nueve horas del veintiocho de mayo del dos mil
quince, con la base de un millón doscientos cincuenta y cinco mil seiscientos
diecisiete colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución
hipotecaria de Marjorie Arauz Sánchez contra Jorge Luis Arauz Cerdas.
Expediente N° 12-100050-1046-CI (54-12).—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora,
Juez.—(IN2015020249).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 0295-00005932-01-0901-012, a las
catorce horas y cero minutos del catorce de abril del dos mil quince, y con la
base de doscientos once millones cuatrocientos cuarenta y un mil setecientos
setenta y cuatro colones con sesenta y siete céntimos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número veintitrés mil ochocientos cuarenta cero cero cero, la cual es terreno
con salón, bar, cabinas, rancho y cancha de fútbol. Situada: en el distrito
Nicoya, cantón Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle
pública con un frente de 313,23 centímetros; al sur, calle pública con un
frente de 132,84 centímetros; al este, Justo Orozco Muñoz, y al oeste, calle
pública con un frente de 147,12 centímetros. Mide: cuarenta y ocho mil
novecientos cincuenta y siete metros con sesenta y tres decímetros cuadrados.
Plano: G-0994572-2005. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y
cero minutos del veintinueve de abril del dos mil quince, con la base de ciento
cincuenta y ocho millones quinientos ochenta y un mil trescientos treinta y un colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos
del quince de mayo del dos mil quince, con la base de cincuenta y dos millones
ochocientos sesenta mil cuatrocientos cuarenta y tres colones con sesenta y
siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones Rancho J
Y T S. A. Expediente N° 13-000934-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 27 de
febrero del 2015.—Licda. Mónica Farah Castillo, Jueza.—(IN2015020257).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada, a las quince horas y cero minutos del cinco
de mayo del dos mil quince, y con la base de once millones cuatrocientos
sesenta y siete mil cuatrocientos treinta colones con setenta y ocho céntimos,
en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos veinticinco mil novecientos setenta y cuatro derechos cero cero uno
y cero cero dos, la cual es terreno de café. Situada: en el distrito Piedades
Sur, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ovideo
Villalobos Jiménez; al sur, quebrada en medio y servidumbre de paso con 21
metros y 12 centímetros; al este, quebrada en medio y Teodora Mora Barrantes, y
al oeste, servidumbre de paso con 70 metros y 25 centímetros. Mide: seis mil
quinientos sesenta y seis metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para
el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de
mayo del dos mil quince, con la base de ocho millones seiscientos mil
quinientos setenta y tres colones con nueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas
y cero minutos del cuatro de junio del dos mil quince, con la base de dos millones
ochocientos sesenta y seis mil ochocientos cincuenta y siete colones con
setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Lorena Castro Fernández y otros. Expediente N° 14-002685-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 25 de febrero del 2015.—Licda. María
Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2015020267).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbres trasladadas bajo citas de inscripción:
0207-00004035-01-0902-001, 0207-00004035-01-0915-001 y
0298-00014213-01-0927-001, a las nueve horas y quince minutos del dos de junio
del dos mil quince, y con la base de tres millones de colones exactos, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número seiscientos ocho mil setecientos seis-cero cero cero, la cual
es terreno naturaleza: terreno de pasto: lote B. Situada: en el distrito
Santiago, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Amigos Ticos S. A.; al sur, Amigos Ticos S. A.; al este, Juan Huertas Rojas
Sucesores, y al oeste, calle pública con un frente del lote a la calle de 10
metros 20 centímetros. Mide: doscientos seis mil metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos
del diecisiete de junio del dos mil quince, con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos
del dos de julio del dos mil quince, con la base de setecientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marvin Arcelio Rojas Aguilar
contra Amigos Ticos S. A., Verney Quirós Herrera. Expediente N° 15-005807-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del 2015.—Lic. Rosnny Arce
Jiménez, Juez.—(IN2015020271).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Mario Julio Rojas Arrieta, a una junta que se
verificará en este Juzgado a las siete horas treinta minutos del veinticuatro
de abril del año dos mil quince, para conocer acerca de los extremos que
establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 05-100322-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 4 de diciembre del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2015008011).
Se convoca a
todos los interesados en la sucesión de María Francisca Solano Chavarría, a una
junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos
del veintiuno de abril de dos mil
quince, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del
Código Procesal Civil. Exp. Nº 11-000467-0296-CI.—Juzgado
Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 16 de enero del
2015.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015009961).
Se
convoca a todos los interesados en la
sucesión de Abrahan Paniagua Núñez, a una junta que se verificará en este
Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del veintidós de abril de dos mil
quince, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del
Código Procesal Civil. Expediente Nº 07-000054-0296-CI.—Juzgado
Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 12 de febrero
del 2015.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1
vez.—(IN2015011769).
Se hace saber
que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 10-001551-1028-CA donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de la señora Aracelly
Ramírez Torres, quien es mayor, estado civil casada, vecina de Santa Cecilia de
La Fortuna de San Carlos, Alajuela 300 metros al este, de la empacadora,
portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-0554-0012,
profesión oficios del hogar, a fin de inscribir a favor de la Junta
Administrativa de la Escuela Herman Koschny Cascante y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia
de Alajuela, la cual es terreno de césped, aulas y cocina y una escuela.
Situada en el distrito Fortuna, cantón San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Heriberto Hernández Zumbado y Luis Francisco Mora Acuña; al
sur, servidumbre de paso y Luis Francisco Mora Acuña; al este, Luis Francisco
Mora Acuña y al oeste, calle pública. Mide: tres mil trescientos sesenta y tres
metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información
no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble
donación que realizó el señor Hernán Koschny Cascante, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en darle mantenimiento a la propiedad y a la plaza de deportes que
posee la escuela construida en la propiedad. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Junta Administrativa de la Escuela Herman Koschny
Cascante. Exp. Nº 10-001551-1028-CA.—Juzgado
Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo
Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre del 2014.—Lic. Amy
Miranda Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2015018689).
Se
hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N°
14-000227-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de María Carmen Cabalceta Barrantes, quien es mayor, viuda de su único
marido, vecina de los Ángeles de Santa Bárbara, casa a mano izquierda,
portadora de la cédula de identidad número 5-0081-0138, ama de casa, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que
se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de pasto y árboles frutales,
con un casa y un corral. Situada en Los Ángeles, distrito sétimo Diriá, cantón
tercero Santa Cruz, provincia Guanacaste. Colinda: al norte, Noel Cubillo
Sánchez y frente a calle de ciento treinta metros con ochenta centímetros; al
sur, Asociación de Desarrollo de Santa Bárbara de Santa Bárbara de Santa Cruz y
frente a calle es de quince metros con cuarenta y ocho centímetros; al este,
Asociación de Desarrollo de Santa Bárbara de Santa Bárbara de Santa Cruz, Noel
Cubillo Sánchez, Mainor González Álvarez y frente a calle de doscientos treinta
y seis metros con dos centímetros; y al oeste, Asociación de Desarrollo de
Santa Bárbara de Santa Bárbara de Santa Cruz, María Deyanira Sánchez Cascante,
Paola Sánchez Cascante, Elizabeth Sánchez Bustos y frente a calle de ochenta y
cuatro metros con veintisiete centímetros. Mide: treinta y ocho mil quinientos
cincuenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número G-1662219-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones
quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por adjudicación
extrajudicial, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta
años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
mantenimiento de ese inmueble de una casa de habitación construcción de un corral
y la siembra de árboles frutales y pastos, lo mantengo libre de maleza. Que no
ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros
inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de
que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria promovida por María Carmen Cabalceta Barrantes.
Expediente: 14-000227-0391-AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 16 de febrero del
2015.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015018142).
Se
hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
14-000235-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Leoncio Jesús Martínez Urtubia, quien es mayor, estado civil casado
una vez, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, Barrio Los Camarenos, portador de la
cédula de identidad vigente que exhibe número 102680355, profesión comerciante,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el
terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es potrero. Situada en el
distrito noveno, cantón tercero de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte, zona de manglar; al sur, con calle pública con un frente a ella de
treinta y tres metros con setenta y ocho centímetros cuadrados; al este,
Aracelly López Yong; y al oeste, Marta Elena López Yong. Mide: cuatro mil
ciento dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
G-1730736-2014. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de un millón quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por
compraventa y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte
años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en
chapias, cercado, siembra de árboles, y mantenimiento de cercas. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de
que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria promovida por Leoncio Jesús Martínez Urtubia.
Expediente: 14-000235-0391-AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 24 de febrero del
2015.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015018144).
Se
hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N°
14-000262-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Elvira Martina Zúñiga Marchena, quien es mayor, estado civil casada
una vez, vecina de Barrio El Paraíso de Tempate de Santa Cruz, portadora de la
cédula de identidad vigente que exhibe número 5-0247-0644, profesión secretaria,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad el
terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es para construir. Situada
en el distrito cuarto Tempate, cantón tercero Santa Cruz de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, con Elvira Zúñiga Marchena y Elvira Marchena
Marchena ambas en parte; al sur, María Luisa Marchena Marchena; al este, María
Luisa Marchena Marchena; y al oeste, calle pública con un frente a ella diez
metros lineales y Elvira Zúñiga Marchena. Mide: mil ciento veintiocho metros
con tres decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
G-823536-2002. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el
inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón veintiocho mil
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños.
Que los actos de posesión han consistido en arreglo de cercas, rondas, siembra
de árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias otros inmuebles según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Elvira Martina
Zúñiga Marchena. Expediente: 14-000262-0391-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 18 de
febrero del 2015.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015018147).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito del menor Yeikel Ariel Román Montes; para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última
publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 15-000145-1302-FA. Clase de
asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a las diez
horas y veintiocho minutos del diecinueve de febrero de dos mil quince.—Licda.
Sandra Saborío Artavia, Jueza.—Exento.—(IN2015017645).
3 v. 2.
Se
hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Alicia Montoya Mora, mayor, viuda, pensionada, vecina de Villa Bonita
de Alajuela, cédula de identidad número 1-172-820. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000545-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
febrero del 2015.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1
vez.—(IN2015018671).
Se
emplaza a todos los interesados en la sucesión de Manuel Salvador Urbina Guzmán
quien fue mayor, soltero, comerciante, cédula de identidad 9-0022-0053 y vecino
de San Antonio de Escazú, para que dentro de treinta días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se
apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan
dentro de ese término, la herencia pasará a quien legalmente corresponda.
Proceso sucesorio número 14-100160-0917-CI (181-2014) de Manuel Salvador Urbina
Guzmán promovido por Fabio Esteban Urbina Marchena.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú, 2 de marzo del
2015.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1
vez.—(IN2015018688).
Se
hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Orlando Mauricio Umaña Cordero, mayor, divorciado una vez,
comerciante, vecino de Guácimo, y portador de la cédula de identidad
1-0283-0157. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con
el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si
no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 15-000013-0930-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 19 de febrero del
2015.—MSc. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—(IN2015018733).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jianmei Liu, quien fue mayor,
casada una vez, ama de casa, cédula de residencia número 115600108426. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
13-000161-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 5
de marzo del 2015.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1
vez.—(IN2015018841).
Se
hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Miguel Ángel Juan Bejarano Cerdas, mayor, casado una vez,
pensionado, vecino de Cartago, barrio El Molino, cédula de identidad número
3-0109-0271. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 15-000047-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 18 de febrero del 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho,
Juez.—1 vez.—(IN2015018867).
Se
hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Sonia María Morales Peralta, mayor, estado civil viuda, profesión
ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0502500216
y vecina de Curridabat. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 14-000605-0164-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del
2015.—Msc. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(IN2015018878).
Se
convoca a todos los interesados en la sucesión de Miguel Ángel Vargas
Fernández, cédula de identidad dos-doscientos treinta y ocho-ciento sesenta y
dos, divorciado de primeras nupcias, vecino de San Vito, Barrio Canadá, setenta
y cinco metros este del teléfono público, quien falleció el veintitrés de enero
de dos mil seis, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la
herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien
corresponda. Sucesorio número 06-100146-424-CI-3 de Miguel Ángel Vargas
Fernández, promovido por María González Androventtto.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 25 de noviembre de
2013.—Licda. Guiselle Argüello González, Jueza.—1
vez.—(IN2015018915).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó Olger del Carmen Flores Chaves,
mayor, casado, costarricense, oficial de la Fuerza Pública, cédula de identidad
0601670690, y vecino de Orotina de Alajuela. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000015-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
8 de julio del 2014.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1
vez.—(IN2015018917).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida se llamó María del Carmen Fernández Solano,
mayor, viuda, profesión desconocida, costarricense, cédula de identidad
0300424825 y vecina de San Juan de Tibás. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho
a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 14-000100-0169-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de marzo del
2014.—Lic. Francis Porras León, Juez.—1 vez.—(IN2015018937).
Se
convoca por medio de edicto que se
publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran
derecho a la tutela testamentaria de las menores Ingrid Fernanda y Karolen
Priscilla ambas de apellidos Mendoza Jiménez, ya por haber sido nombrados en
testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro
del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del
último edicto. Exp. N° 14-000358-0932-FA. Proceso tutela legítima dativa.
Promovente: Juana Torres Castillo.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de junio del
2014.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—Exonerado.—(IN2015017125). 3 v. 3
Se convoca por medio de edicto que se publicara por tres veces
consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la
persona menor de edad: Cristel Yuliana Rodríguez Mora, para que se presenten
dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación
del último edicto. Expediente N° 14-400189-1046-FA (199-14).—Juzgado
de Familia de Buenos Aires, 1° de enero del 2015.—Lic. Jean Carlos Céspedes
Mora, Juez.—Exonerado.—(IN2015018167). 3 v. 3
Se hace sabe que en este Despacho, se tramitan las diligencias de
presunción de muerte de Carlos Luis Omar Vega
Mejía, Expediente Nº 14-000390-0638-CI,
promueve Inés Anita García López, mayor, casada, ama de hogar, cédula de
residencia 135171742 a efecto de que se declare la presunción de muerte de,
quien fuera Carlos Luis Omar Vega Mejía, mayor, casado, pensionado, cédula de
identidad 4-070-096. Se emplaza a los interesados que tuvieren noticia sobre su
presunta muerte, para que dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
a presentar su oposición a estas diligencias. Declaración de ausencia. Exp. Nº
14-000390-0638-CI—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
21 de enero del 2015.—Licda. Sandra Trejos Jiménez,
Jueza.—(IN2015017609). 3 v. 2
En este Juzgado se tramita el proceso de depósito judicial de la menor
de edad Nicolasa Navarro Barreras, nacida el día cuatro de mayo del año mil
novecientos noventa y nueve, hija de Heriberto Navarro Rivera, cédula de
identidad No. uno-quinientos veintinueve-ochocientos setenta y cuatro y Ramona
Barreras Hernández, cédula de identidad No. dos-quinientos cuarenta y
cinco-quinientos noventa y cuatro, establecido por el Patronato Nacional de la
Infancia. Quien tenga alguna objeción al Depósito solicitado, deberá formularla
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación de
éste edicto. Como medida cautelar se otorgó en forma provisional el depósito de
la menor Navarro Barreras al promovente Patronato Nacional de la Infancia.
Expediente N° 14-400211-0425-1-FA.—Juzgado de
Familia de Aguirre y Parrita, Quepos, 19 de enero del 2015.—Lic. Sedier
Villegas Méndez, Jueza.—Exonerado.—(IN2015009981). 3 v. 2 Alt.
Se
hace saber a Santiago Rayo Montero, mayor, nacionalidad Nicaragüense, documento
de identidad 135-RE-073362, de demás calidades desconocidas, que en este
Despacho se tramita el Sumario de salida del país, N° 14-400856-0637-FA, de
Jéssica Castro Bermúdez en su contra. Se concede a Santiago Rayo Montero el
plazo de cinco días a efecto de que se apersone para contestar o formular la
oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se
fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento
comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del
presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar lugar o medio para
recibir notificaciones, caso contrario se aplicará a las resoluciones que se
dicten la notificación automática. Publíquese una sola vez.—Juzgado
de Familia de Desamparados, 13 de marzo del 2015.—Licda. Mauren Solís
Madrigal, Jueza.—1 vez.—(IN2015019753).
Licda.
Zary Navarro Zamora, Jueza del Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José; hace saber a José Manuel Antón Marín, que en
este Despacho, se interpuso un proceso ejecución hipotecaria en contra de Edwin
Alonso Orozco Sanchun, bajo el expediente número 12-012558-1170-CJ donde se
dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Se tiene por establecido el
proceso ejecución hipotecaria en contra de Edwin Alonso Orozco Sanchun; a quien
se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se
pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de
Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08,
celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax
debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que
no pueden utilizarlo también como teléfono. Así mismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del
Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se
le solicita a las partes de este asunto, se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g)
Número de cédula, h) Lugar de residencia. Con la base de sesenta y un mil
novecientos cincuenta dólares exactos libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0333-00001078-01-0934-002;
sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de San
José, matrícula número trescientos diez mil ochenta y seis cero cero cero. Para
tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del treinta de octubre del
dos mil trece (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el
segundo remate, se señalan las catorce horas cero minutos del quince de
noviembre del dos mil trece, con la base de cuarenta y seis mil cuatrocientos
sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (rebajada en un 25%). De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas
cero minutos del tres de diciembre del dos mil trece, con la base de quince mil
cuatrocientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (un 25% de la base
original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de
intereses, se confiere audiencia por tres días al demandado. Se ordena anotar
la presente demanda al margen de inscripción de la finca dada en garantía. “Se
invita a la parte gestionante a que suministre un número de teléfono “celular”,
con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.”
Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas
y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo
19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a
la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de este
Circuito Judicial. Siendo que se comisiona para notificar al demandado por
medio de la Oficina de Comunicaciones de Este Circuito Judicial, se le indica a
la parte actora que deberá aportar un juego de copias para notificar a Edwin
Alonso Orozco Sanchun, dentro de los tres días siguientes a la notificación del
presente auto. Dicho juego de copias deberá ser presentado directamente en la
Oficina anteriormente dicha, con la finalidad de no crear atrasos innecesarios
en el trámite de notificación al demandado que se indicó. Se tiene por otorgado
el poder especial judicial a los Licenciados Jerlyn Ramírez Padilla y a Jenny
Ramírez Robles por la parte actora, y se tiene por aceptado el mismo. Artículos
118 del Código Procesal Civil. En otro orden de ideas, se les pone en
conocimiento de las partes, que una vez firmados los oficios recordatorios a
entidades comisionadas, nuevas comisiones, los oficios de embargo de salario y
bancarios, los mismos deben ser diligenciados en forma personal por quienes los
solicita y hacer llegar al despacho los resultados obtenidos. Los documentos
los podrán bajar por medio del Sistema Costarricense de Gestión de Despachos
Judiciales a través de la página www.Poder-Judicial.go.cr. Las partes deberán
comunicarse al despacho para la solicitud de clave de autorización para el uso
del sistema de Gestión en Línea. Msc. Osvaldo López Mora, Juez. Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, a las diez horas y
cincuenta y un minutos del tres de junio de dos mil catorce. Se imprueban los
remates de las catorce horas del treinta de octubre del dos mil trece y el de
las catorce horas del quince de noviembre del dos mil trece. Así mismo se le
previene al demandado en el plazo de tres días autenticar sus escritos de
fechas cuatro de setiembre, veintitrés de octubre y veintiséis de octubre todos
del dos mil trece, bajo el apercibimientos de ser
rechazados. Además se reserva la liquidación presentada el dieciocho de
setiembre del dos mil trece hasta que se encuentren notificadas todas las
partes. Así mismo a fin de llevar a cabo el remate del bien dado en garantía
libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada bajo
las citas 0333-00001078-01-0934-002 y con las bases que se dirán se señalan las
siguientes fechas: Para la celebración del primer remate se señalan las once
horas y quince minutos del veintiocho de agosto de dos mil catorce, y con la
base de sesenta y un mil dólares exactos. Para el segundo remate se señalan las
once horas y quince minutos del doce de setiembre de dos mil catorce, con la base
de cuarenta y seis mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con cincuenta
centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas y quince minutos del treinta de setiembre de dos mil
catorce con la base de quince mil cuatrocientos ochenta y siete dólares con
cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Publíquese
el edicto de ley. Así mismo se rechaza la solicitud de notificar por edicto al
acreedor de segundo grado, hasta tanto el actor no haya agotado todos los
medios disponibles para realizar la notificación. Al tenor de los artículos 2 y
21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable plazo de
ocho días, se cita y emplaza los acreedores José Manuel Anton Marín; para que
se apersone(n) a los autos en defensa de sus derechos. Msc. Osvaldo López Mora,
Juez. Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, a las ocho horas y cinco minutos del veinticinco de febrero del dos mil
quince. Conforme se solicita, se ordena verificar un nuevo señalamiento para
sacar a remate el bien dado en garantía; y para tal efecto se señalan las once
horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil quince. La base
será la misma fijada en autos, sea la suma de sesenta y un mil novecientos
cincuenta dólares exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las once horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos
mil quince, con la base de cuarenta y seis mil cuatrocientos sesenta y dos
dólares con cincuenta centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las once horas y treinta minutos
del veintinueve de mayo del dos mil quince, con la base de quince mil
cuatrocientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (un 25% de la base
original). Publíquese el edicto de ley. Conforme el párrafo tercero del
artículo 21.4 de la Ley de Cobro Judicial, se ordena la notificación de José
Manuel Antón Marín, acreedor de segundo grado, por medio de edicto; se previene
a la accionante que deberá acreditar ante este despacho, mediante documento
idóneo, su publicación en el Boletín Judicial o en un diario de circulación
nacional, bajo pena de resolver lo que corresponda. Licda. Zary Navarro Zamora,
Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Centinelas
Celestiales S. A., contra Edwin Alonso Orozco Sanchun. Expediente Nº
12-012558-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de febrero del 2015.—Licda.
Zary Navarro Zamora, Jueza.—1 vez.—(IN2015018743).
Licda.
Yuliana Andrea Ugalde Zumbado Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica; hace saber que en proceso abreviado de divorcio
por la causal de separación de hecho 13-000602-1152-FA, promovido por Iris
Salazar Espinoza, mayor, casada una vez, selectora, vecina de Limón, portadora
de la cédula de identidad 700780266, contra José Orfilio Cruz Pallan, mayor,
casado una vez, de nacionalidad salvadoreño, con número de pasaporte
desconocido, de domicilio desconocido, representado por el curador procesal
Licenciado Derick Cruickshank Foster, mayor, abogado, soltero, cédula de
identidad 7-0133-0519, carné de abogado número 23295, vecino de Limón, se ha
dictado la sentencia que literalmente en su parte dispositiva dice así:
Sentencia de primera instancia Nº 020-2015. Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las diecisiete horas y cuarenta y
seis minutos del veintidós de enero del año dos mil quince. Por tanto; se
declara con lugar la presente demanda de divorcio promovida y se decreta la
disolución del vínculo matrimonial que une a Iris Salazar Espinoza contra José
Orfilio Cruz Pallan. Alimentos: Acudan las partes a la vía de alimentos
correspondiente. Gananciales: No existen bienes gananciales a liquidar, no
obstante, de existir bien alguno, cada cónyuge adquiere el derecho de
participar en el cincuenta por ciento de los bienes con carácter de gananciales
que se constaten en el patrimonio del otro cónyuge, como lo dispone el numeral
41 del Código de Familia, La finca matricula de folio real 00058575 inscrita a
nombre de la actora, será de propiedad exclusiva de la señora Salazar Espinoza.
Costas: Sin especial condenatoria de costas (artículo 222 del Código Procesal
Civil). Inscripción: a la firmeza de este fallo, inscríbase esta sentencia en
el Registro Civil, Sección de Matrimonios de San José, tomo doscientos
veintisiete, folio cuatrocientos treinta y tres, asiento ochocientos sesenta y
seis. Notifíquese al demandado de paradero desconocido a través de su curador
procesal y por medio del Boletín Oficial la Gaceta, de conformidad con la Ley
de Notificaciones, Citaciones y otras comunicaciones judiciales. Notifíquese.
Expediente Nº 13-000602-1152-FA.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 26 de
febrero del 2015.—Yuliana Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2015018962).
Se
avisa al señor Carlos Nelson Nieto Piedra, mayor, de nacionalidad estadounidense,
pasaporte PA047926761, demás calidades y domicilio desconocido, que en este
Despacho se tramita diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada
expediente Nº 14-001422-0186-FA promovido por Miguel Giovanni Rojas Solís, para
que en sentencia se le autorice a reconocer como su hijo al menor Geovanny
Nieto Chinchilla. Dentro de dicho proceso se dictó el auto que en lo conducente
dice: “Juzgado Primero de Familia de San José, a las dieciséis horas cero
minutos del veintiocho de enero del dos mil quince...Siendo que ha sido
imposible localizar al señor Carlos Nelson Nieto Piedra, tal como dispone el
artículo 86 del Código de Familia, notifíquesele al mismo, la resolución de las
trece horas cuarenta y cuatro minutos del cinco de enero del dos mil quince,
mediante edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un diario
de circulación nacional”.—Juzgado Primero de Familia de San
José, 2 de marzo del 2015.—Msc. Gerardo Blanco Villalta, Juez.—1
vez.—(IN2015018967).
Wilson Alonso
Arguedas Fallas, mayor, de veintitrés años de edad, soltero, bodeguero,
costarricense, cédula de identidad 1-1481-0016 y Deylin Cabrera Navarro mayor
de veintiséis años de edad, soltera, ama de casa, costarricense, cédula
identidad número 1-1374-0427, ambos vecinos de Escazú, solicitan a este
Despacho, la celebración de su matrimonio civil. Se publica este edicto para
efecto del capítulo IV del Código de Familia. Matrimonio Civil número
15-100036-0917-CI (38-2015) de Wilson Alonso Arguedas Fallas y Deylin Cabrera
Navarro.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía
de Escazú, 4 de marzo del 2015.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—(IN2015018859).
Se comunica al
público en general sobre la diligencia Destrucción de Drogas, por llevarse a
cabo el día miércoles 25 de marzo del 2015, a las dieciocho horas treinta
minutos. En la que se destruirán:
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2. Envoltorios contaminados.
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3.
Casos Atípicos.
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Lo
anterior se llevará a cabo en el horno instalado en la empresa Holcim en Agua
Caliente de Cartago. Esta diligencia se iniciará el día antes mencionado, a las
16:30 horas de ese día con el traslado del material a destruir desde el Primer
Circuito Judicial hacia el lugar indicado.
Conforme
con el artículo 91 de la Ley sobre Estupefacientes Sustancias Psicotrópicas,
drogas de uso no autorizado y actividades conexas, Nº 8204 del 26 de diciembre
del 2001 y Reglamento Sobre Custodia y Destrucción de Drogas, Estupefacientes,
Psicotrópicos y Enervantes. Este edicto se encuentra exento de pago en virtud
del principio de gratuidad.
Juzgado
Penal del Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Guillermo
Esteban Castellón Ramírez, Juez Penal.—1
vez.—Exento.—(IN2015018951).
Licda.
Jennifer María Mata Mora, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía del II Circuito
Judicial de San José, a la señora Susana Jackline Benliz Díaz, cédula de
identidad número 7-164-416, propietaria registral del vehículo placa de
circulación 619122 y tercera demandada civil en la presente causa, se le hace
saber que en el legajo de legajo de acción civil resarcitoria del expediente:
13-000081-0174-TR, seguido en contra de Harrinson Achito Chavez, en perjuicio
de María Herrera Retana, por el delito de lesiones culposas, se ha dictado
resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Fiscalía del II
Circuito Judicial de San José: de conformidad con los artículos, 111, 112 y 115
del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria
interpuesta por María Herrera Retana de las pretensiones expuestas por dicha
parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor
civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por
lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos.
Asimismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un
medio para atender notificaciones bajo el apercibimiento de que mientras no lo
haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28
de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de
2009. Comuníquese el contenido de la resolución al Tercero demandado civil y a
su defensor en forma separada. En vista de que la señora Susana Jackline Benliz
Díaz, cédula de identidad número 7-164-416, propietaria registral del vehículo
placa de circulación 619122, es de domicilio desconocido, se procede a
comunicarle la resolución que antecede por medio de edicto que se publicará una
sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía
del Segundo Circuito Judicial de San José.—Licda. Jennifer María Mata Mora,
Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015017920).
Licda.
Jennifer María Mata Mora, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía del II Circuito
Judicial de San José, al señor Luis Alonso Barboza Lépiz, cédula de identidad
número 2-369-282, representante legal de la sociedad Kineret S. A., cédula
jurídica 3-101-25306, propietaria del vehículo placa de circulación 83209,
tercero demandado civil, se le hace saber que en el legajo de legajo de acción
civil resarcitoria del expediente: 13-005685-0174-TR, seguido en contra de
Álvaro López Méndez, en perjuicio de Wilmer Castro Martínez, por el delito de
lesiones culposas , se ha dictado resolución que literalmente dice:
comunicación por edicto. Fiscalía II Circuito Judicial de San José: De
conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se
procede con vista en la acción civil resarcitoria interpuesta por Wilmer Castro
Martínez de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie
sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso,
planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el
término de ley para que haga valer sus derechos. Asimismo se le previene que en
el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido
de la resolución al demandado civil y a su defensor en forma separada. En vista
de que el señor Luis Alonso Barboza Lépiz, Tercero demandado Civil cédula o
documento de identidad número 2-369-282, Representante legal de la sociedad
Kineret S. A., cédula jurídica 3-101-25306, propietario del vehículo placa de
circulación 832091, es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la
resolución que antecede por medio de edicto que se publicará una sola vez en el
Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía del
Segundo Circuito Judicial de San José.—Licda. Jennifer María Mata Mora,
Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015017922).