BOLETÍN JUDICIAL N° 62 DEL 30 DE MARZO DEL 2015
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes prendarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
veintidós de abril de dos mil quince, y con la base de dos millones doscientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas
número BGQ810, marca Hyundai, estilo Elantra,
categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2001, color blanco, Vin KMHDN41AP1U200164, cilindrada 1500 cc, combustible
gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del ocho de mayo de dos mil quince, con la base de un millón
seiscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del veinticinco de mayo de dos mil quince con la base de quinientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Consultora Fecaro
S. A., contra Juan Carlos Zamora González. Exp. N°
15-003052-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de febrero del 2015.—Licda.
Natalia Orozco Murillo, Juez.—(IN2015019853).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y
anotaciones; a las diez horas y quince minutos del veintiocho de abril de dos
mil quince, y con la base de seis mil
doscientos trece dólares con cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Vehículo: CL 232785, marca Mitsubishi, categoría carga liviana,
capacidad: cinco personas, año 2008, color: rojo, cilindrada 2477 cc,
combustible: diesel, cilindros: 4, numero de motor
4D56UCBD0405. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos
del catorce de mayo de dos mil quince, con la base de cuatro mil seiscientos
cincuenta y nueve dólares con setenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince
minutos del veintinueve de mayo de dos mil quince con la base de mil quinientos
cincuenta y tres dólares con veintiséis centavos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica
S. A. contra Marvin Gerardo Rodríguez Benavides. Exp.
N° 15-004840-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del
2015.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—(IN2015019858).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del catorce
de abril del año dos mil quince, y con la base de treinta y siete millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento treinta y nueve mil cuatrocientos
cuarenta y uno cero cero cero
la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 01 Tilarán, cantón 08 Tilarán, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Noemy
Agüero Vargas; al sur, José Alcides Cordero Salas y Fundaca;
al este, calle pública con 13 metros 3 cm, y al oeste, Noemy
Agüero Vargas. Mide: Quinientos veintisiete metros con ochenta y un decímetros
cuadrados. Plano: G-0923919-2004. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del veintinueve de abril del año dos mil quince, con la
base de veintisiete millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y cero minutos del quince de mayo del año dos mil quince con la
base de nueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Gustavo Adolfo Rodríguez Agüero. Exp. N° 15-000057-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
(Liberia), 25 de febrero del 2015.—Licda. Mónica Farah
Castillo, Jueza.—(IN2015019947).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del
dieciséis de abril de dos mil quince y con la base de diez mil novecientos
setenta y un dólares exactos para cada una de las fincas, en el mejor postor
remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
52165-F-000 la cual es finca filial primaria individualizada número ochenta y
seis: Apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá
tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 3 San José, cantón
3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, acceso once; al sur,
finca filial primaria individualizada número noventa y cinco; al este, finca
filial primaria individualizada número ochenta y cinco, y al oeste, finca
filial primaria individualizada número ochenta y siete. Mide: Cuatrocientos
noventa y cinco metros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula N° 52166-F-000 la cual es finca filial primaria individualizada
número ochenta y siete: Apta para construir que se destinará a uso
habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el
distrito 3 San José, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, acceso once; al sur, finca filial primaria individualizada número
noventa y cuatro; al este, finca filial primaria individualizada número ochenta
y seis, y al oeste, finca filial primaria individualizada número ochenta y
ocho. Mide: Cuatrocientos noventa y cinco metros cuadrados. 3) Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula N° 52167-F-000 la cual es finca filial
primaria individualizada número ochenta y ocho: apta para construir que se
destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos. Situada en el distrito 3 San José, cantón 3 Grecia, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, acceso once; al sur, finca filial primaria
individualizada número noventa y tres; al este, finca filial primaria
individualizada número ochenta y siete, y al oeste, finca filial primaria
individualizada número ochenta y nueve. Mide: Cuatrocientos noventa y cinco
metros cuadrados. 4) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 52168-F-000la cual es finca filial primaria individualizada número
ochenta y nueve: Apta para construir que se destinará a uso habitacional, la
cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 3 San
José, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, acceso
once; al sur, finca filial primaria individualizada número noventa y dos; al
este, finca filial primaria individualizada número ochenta y ocho, y al oeste,
finca filial primaria individualizada número noventa. Mide: Cuatrocientos
noventa y cinco metros cuadrados. 5) Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 52169-F-000 la cual es finca filial primaria individualizada
número noventa: Apta para construir que se destinará a uso habitacional, la
cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 3 San
José, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, acceso
once; al sur, finca filial primaria individualizada número noventa y uno; al
este, finca filial primaria individualizada número ochenta y nueve, y al oeste,
acceso dos. Mide: Quinientos cincuenta y ocho metros con treinta y siete
decímetros cuadrados. 6) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
52170-F-000 la cual es finca filial primaria individualizada número noventa y
uno: Apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá
tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 3 San José, cantón
3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial primaria
individualizada número noventa; al sur acceso diez; al este, finca filial
primaria individualizada número noventa y dos y al oeste acceso dos. Mide:
Quinientos cincuenta y ocho metros con treinta y siete cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de mayo de
dos mil quince, con la base de ocho mil doscientos veintiocho dólares con
veinticinco centavos para cada una de las fincas y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de mayo de dos mil quince
con la base de dos mil setecientos cuarenta y dos dólares con setenta y cinco
centavos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Inmobiliaria del Oeste Solmar Sociedad Anónima, Maribel Reyes Ulate.
Exp. N° 14-004665-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 8 de enero del 2015.—Lic.
Brayan Li Morales, Juez.—(IN2015020007).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones citas
400-02401-01-0827-001; a las nueve horas treinta minutos del primero de
setiembre de dos mil quince, y con la base de diez millones novecientos sesenta
y seis mil trescientos treinta y dos colones con sesenta y ocho céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número setenta y nueve mil sesenta cero cero
cero la cual es terreno agricultura lote Ñ-6. Situada
en el distrito 1-Puerto Cortés, cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, lote 10; al sur, calle; al este, calle, y al oeste, lote 5.
Mide: cuarenta y cuatro mil novecientos ochenta y nueve metros con once
decímetros cuadrados. Plano: P-0052186-1992 y con la base de diez millones
novecientos sesenta y seis mil trescientos treinta y dos colones con sesenta y
ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibiciones
citas 461-06002-01-0059-001 la Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento treinta y dos mil ochocientos veintiuno-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 1-Puerto Cortes, cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, José Alberto Granados Solís; al sur, Álvaro Eliécer Rodríguez Méndez;
al este, calle pública con un frente de 20.03 metros, y al oeste, José
Rodríguez Méndez. Mide: mil un metros con noventa y ocho decímetros cuadrados.
Plano: P-0874881-2003. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil quince, con la base de
ocho millones doscientos veinticuatro mil setecientos cuarenta y nueve colones
con cincuenta y un céntimos, para la primera finca (rebajada en un veinticinco
por ciento) y la base de ocho millones doscientos veinticuatro mil setecientos
cuarenta y nueve colones con cincuenta y un céntimos para la segunda finca, y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas del treinta minutos del
primero de octubre de dos mil quince con la base de dos millones setecientos
cuarenta y un mil quinientos ochenta y tres colones con diecisiete céntimos,
para la primera finca (un veinticinco por ciento de la base inicial) y la base
de dos millones setecientos cuarenta y un mil quinientos ochenta y tres colones
con diecisiete céntimos, para la segunda finca. Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Dane
Hervan Chaves Morales. Exp.
N° 14-000237-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Contravencional de Golfito, 12 de febrero del 2015.—Lic. Rafael
Araya Fallas, Juez.—(IN2015020011).
En
la puerta exterior de este Despacho; a
las diez horas y treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil quince, en el
mejor postor remataré las siguientes fincas (todas del partido de Limón): 1) y
con la base de cinco millones novecientos diez mil ciento cuarenta y siete
colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; la
Finca matrícula número cuarenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y seis cero cero cero la cual es terreno para
construir lote 130. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, IMAS;
al sur, IMAS; al este, calle pública, y al oeste, Santiago Chanberlain
Zeledón. Mide: Doscientos metros cuadrados. 2) Con la base de diecinueve
millones treinta y dos mil trescientos noventa y siete colones con ochenta y
siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, la finca matrícula número
cuarenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y siete cero cero
cero la cual es terreno para construir lote 131.
Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, IMAS; al sur, IMAS; al este, calle
pública, y al oeste, Santiago Chanberlain Zeledón.
Mide: Doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del dos de junio de dos mil quince, con la base de
cuatro millones cuatrocientos treinta y dos mil seiscientos diez colones con
noventa y ocho céntimos (para la primer finca) y la base de catorce millones
doscientos setenta y cuatro mil doscientos noventa y ocho colones con cuarenta
céntimos (para la segunda finca) (todas rebajadas en un 25%). De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos
del diecisiete de setiembre de dos mil quince, con la base de un millón
cuatrocientos setenta y siete mil quinientos treinta y seis colones con noventa
y nueve céntimos (para la primer finca) y la base de cuatro millones setecientos
cincuenta y ocho mil noventa y nueve colones con cuarenta y siete céntimos
(para la segunda finca) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Alexander
Gerardo Mora Piedra. Exp. N° 14-001352-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí,
23 de marzo del 2015.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—(IN2015020021).
En
la puerta exterior de este Despacho;
soportando hipoteca de primer grado citas: 564-11081-01-0002-001, y servidumbre
trasladada citas: 328-11943-01-0901-001; a las diez horas y cero minutos del
veintiséis de mayo de dos mil quince, y con la base de treinta y ocho millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y ocho mil quinientos
sesenta y siete cero cero cero,
la cual es terreno para construir con cinco apartamentos. Situada en el
distrito San Felipe, cantón Alajuelita, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lote 43; al sur, lote 45; al este
lote, 62, y al oeste, calle pública con 10 metros. Mide: Doscientos metros
cuadrados, según plano catastrado SJ- 0295604-1978. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y cero minutos del diez de junio de dos mil quince, con
la base de veintiocho millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del veinticinco de junio de dos mil quince con la base de nueve
millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marco Antonio Chavarría
Gómez contra María Fernanda Durán Villalobos. Exp. N°
14-021287-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de marzo del 2015.—Lic.
Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015020029).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones
(Citas: 318-08916-01-0901-001); a las trece horas y cuarenta y cinco minutos
(una hora y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del cuatro de mayo de
dos mil quince, y con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y seis mil trescientos ochenta
cero cero cero la cual es
de naturaleza: Terreno para construir. Situada en el distrito 1-San Vito,
cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, Alexis Manuel Vargas Rojas; al este,
Alexis Manuel Vargas Rojas, y al oeste, Mario Calderón Calderón.
Mide: Doscientos seis metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una hora
y cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del diecinueve de mayo de dos mil
quince, con la base de un millón doscientos treinta y siete mil quinientos
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una hora y
cuarenta y cinco minutos pasado meridiano) del tres de junio de dos mil quince
con la base de cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Antonio Cordero Saldaño. Exp. N°
14-011205-1157-CJ.—Juzgado de Cobro Y Civil de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de marzo del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015020050).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
diez horas y treinta minutos del dieciséis
de abril de dos mil quince, y con la base de sesenta y siete millones
cuatrocientos diecinueve mil ciento setenta y ocho colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
184322-001 Y 002 (ambos derechos conforman la totalidad del inmueble) la cual
es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón
01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con
14 metros de frente; al sur, Luis Edgar Pérez López; al este, Zulay Zeledón
Murillo, y al oeste, Fraccionamientos Modernos Sociedad Anónima. Mide:
Doscientos noventa y nueve metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de
mayo de dos mil quince, con la base de cincuenta millones quinientos sesenta y
cuatro mil trescientos ochenta y tres colones con cincuenta céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez
horas y treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil quince con la base de
dieciséis millones ochocientos cincuenta y cuatro mil setecientos noventa y
cuatro colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Inversiones Pietro S. A. contra Lorena María Solano Barquero. Exp. N° 12-013780-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de
febrero del 2015.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2015020102).
En
la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca en primer grado y
servidumbre
trasladada; a las nueve horas y treinta minutos del uno de junio de dos
mil quince, y con la base de ochenta mil dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
31024-F-000 (treinta y un mil veinticuatro-f cero cero
cero) la cual es terreno finca filial número cuatro catorce de dos plantas
ubicada en el primero y segundo nivel destinada a uso habitacional totalmente
construida. Situada en el distrito Escazú, cantón Escazú, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, apartamento número trece; al sur área común; al
este, calle acceso y al oeste área común. Mide: Trescientos dos metros con
sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil quince, con la base
de sesenta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno
de julio de dos mil quince con la base de veinte mil dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Davivienda Costa Rica S. A. contra Rafael Enrique Gairaud
Salazar, Trithoma Yetsy S.
A. Exp. N° 15-007438-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado De Cobro I Circuito Judicial de San José, 4 de marzo
del 2015.—Licda. Jeannette Ruíz Herradora, Jueza.—(IN2015020121).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
reservas y restricciones citas: 0330-00014064-01-0911-001, reservas y
restricciones citas: 0330-00014064-01-0912-001, reservas y restricciones citas:
0384-00007926-01-0900-001, reservas y restricciones citas: 0384-00007926-01-
0901-001; a las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de junio de dos
mil quince, y con la base de treinta mil doscientos doce dólares exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento cincuenta mil ochocientos setenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 11 Cóbano, cantón
01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Devora Calvo;
al sur, resto de Juan Carlos Cruz Méndez; al este, Fredy Delgado Rodríguez; y
al oeste, resto de Juan Carlos Cruz Méndez y servidumbre de paso en medio de
resto. Mide: mil doscientos noventa y un metros con sesenta y nueve decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del nueve de julio de dos mil quince, con la base de veintidós mil seiscientos
cincuenta y nueve dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del
veinticuatro de julio de dos mil quince con la base de siete mil quinientos
cincuenta y tres dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Agroturística
Moya & Fernández Sociedad Anónima contra Indio del Golfo Limitada. Exp. 10-100334-0642-CI.—Juzgado
de Cobro y Civil de Menor Cuantía de
Puntarenas, 28 de octubre del 2014.—Lic. Alejandro Espinoza Lagos, Juez.—(IN2015020128).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las
catorce horas y treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil quince y
con la base de dos millones quinientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas
número doscientos ochenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y tres, marca Land Rover, estilo Discovery DV,
categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1994, color verde, cilindrada
3900 c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y treinta minutos del tres de junio del dos mil quince, con la base de un
millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil quince con la base de
seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Melody Place S. A. contra Rafael Ángel Álvarez Villalta. Exp. 09-000458-0296-CI.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 10 de febrero del
2015.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2015020134).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre sirviente citas: 0339-00013631-01-0001-001, servidumbre
sirviente citas: 0339-00013631-01-0900-001, servidumbre sirviente citas:
0339-00013631-01-0901-001, servidumbre sirviente citas: 0339-
00013631-01-0902-001, servidumbre sirviente citas: 0391-00016315-01-0001- 001;
a las nueve horas y cero minutos del catorce de abril del dos mil quince, y con
la base de cincuenta y siete mil trescientos setenta y cuatro dólares con
veintinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y dos mil cuatrocientos
veinticuatro cero cero cero
la cual es terreno naturaleza: finca primaria individualizada número uno B apta
para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 09 Dulce Nombre cantón 01
Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Finca Filial Primaria
Individualizada Dos B; al sur, avenida uno con trece metros doce centímetros;
al este, Finca Filial Primaria Individualizada Treinta y Cinco B; y al oeste,
calle uno con diecisiete metros dos centímetros. Mide: doscientos setenta y un
metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del veintinueve de abril del dos mil quince, con la
base de cuarenta y tres mil treinta dólares con setenta y dos centavos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cero minutos del catorce de mayo del dos mil quince con la base de
catorce mil trescientos cuarenta y tres dólares con cincuenta y siete centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Hebert Armando Plata Solano. Exp.
14-034917-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de
San José, 16 de marzo del 015.—Licda. Mayela
Gómez Pacheco, Jueza.—(IN2015020160).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del
veintisiete de mayo de dos mil quince, y con la base de diez millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 00060360-000, la cual es terreno con
una casa. Situada en el distrito 05 Aguacaliente (San
Francisco), cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
Jesús Vives Pereira; al sur, Arturo Villavicencio Brenes; al este, Bernal
Alberto Granados Rojas; y al oeste, calle pública con 16m. Mide: doscientos
quince metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las once horas y treinta minutos del once de junio de dos mil
quince, con la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil quince con
la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente
al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa
Rica. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Denis Mauricio Orozco Mata. Exp.
15-000647-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Judicial de Cartago, 6 de marzo del 2015.—Licda.
Marcela Brenes Piedra, Jueza.—(IN2015020163).
En
la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado a
favor de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo, y servidumbre
trasladada; a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de junio del dos mil
quince, y con la base de sesenta y tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos treinta y seis mil cuatrocientos quince-cero cero cero, la cual es terreno para construir con un apartamento
y un taller. Situada en el distrito San Isidro, cantón San Ramón, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ronulfo
Orozco Vega; al sur, Gilberth Salas Arce; al este,
Jesús Orozco Salas; y al oeste, carretera interamericana con 16.80 metros.
Mide: cuatrocientos quince metros con diez decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de julio del
dos mil quince, con la base de cuarenta y siete millones doscientos cincuenta
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de julio del
dos mil quince con la base de quince millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Christopher Campos Valerio contra Pablo
Bertilio Obando Gómez. Exp.
14-002958-1203-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela,
San Ramón, 23 de febrero del 2015.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2015020175).
En
la puerta exterior de este Despacho; a
las ocho horas y cero minutos del veinte de mayo del dos mil quince, se
rematara la siguiente finca: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condic y reservref: ida ley 2825
citas: 0395-00013843-01-0890-001, y con la base de seis millones cuatrocientos
noventa y cuatro mil veintiocho colones con cincuenta y un céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número setenta y ocho mil setecientos cincuenta y dos cero cero cero la cual es terreno para
construir N° 79. Situada en el distrito 04 Belén, cantón 05 Carrillo, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, IDA; al sur, calle pública; al
este, Jose Moraga y Vilma Tijerino;
y al oeste, Edgar Gerardo Barrantes. Mide: doscientos treinta y un metros con
un decímetro cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del cuatro de junio del dos mil quince , con la base de cuatro millones
ochocientos setenta mil quinientos veintiún colones con treinta y ocho céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las ocho horas y cero minutos del diecinueve de junio del dos mil quince con la
base de un millón seiscientos veintitrés mil quinientos siete colones con trece
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución
Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Raimundo José Peraza
Rodríguez. Exp. 15-000199-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 12 de marzo del
2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2015020182).
En
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las
trece horas y treinta minutos del doce
de mayo del dos mil quince, y con la base de ocho millones ochocientos sesenta
y ocho mil doscientos noventa y siete colones con cincuenta y nueve céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cincuenta y dos mil cuatrocientos noventa y ocho cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 02 Palmira, cantón 05 Carrillo, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 10m 20 cm; al
sur, Rafael Ángel Brenes Morales; al este, Rafael Ángel Brenes Morales; y al
oeste, Rafael Ángel Brenes Morales. Mide: trescientos noventa metros con
treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
trece horas y treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil quince, con
la base de seis millones seiscientos cincuenta y un mil doscientos veintitrés
colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del once de
junio del dos mil quince con la base de dos millones doscientos diecisiete mil
setenta y cuatro colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Magdalena del Socorro Somarriba. Exp. 15-000192-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 9 de marzo del
2015.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015020187).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada, a las once horas y cero minutos del trece de
julio del dos mil quince, y con la base de ocho mil dólares exactos para cada
una de las fincas, en el mejor postor, remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y seis mil
novecientos cincuenta y siete cero cero cero, la cual es terreno lote dos terreno de café. Situada:
en el distrito 4-San Roque, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública con 7 metros de frente; al sur, Luis Ángel y
Jaime ambos Muñoz Villegas; al este, Luis Ángel y Jaime ambos Muñoz Villegas, y al oeste, Luis
Ángel y Jaime ambos Muñoz Villegas. Mide: doscientos veinticinco metros con
cuarenta y cinco decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y seis mil novecientos cincuenta y
seis cero cero cero, la
cual es terreno lote uno terreno de café. Situada: en el distrito 4-San Roque,
cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública
con 7 metros 50 centímetros de frente; al sur, Luis Ángel y Jaime ambos Muñoz
Villegas; al este, Luis Ángel y Jaime ambos Muñoz Villegas, y al oeste, Luis
Ángel y Jaime ambos Muñoz Villegas. Mide: doscientos veinticinco metros con
dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las once
horas y cero minutos del veintiocho de julio del dos mil quince, con la base de
seis mil dólares exactos para cada una de las fincas, y para la tercera
subasta, se señalan las once horas y cero minutos del doce de agosto del dos
mil quince, con la base de dos mil dólares exactos para cada una de las fincas.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Natalia María
Fernández Víquez contra Ademar Gerardo Navarro Mora. Expediente N°
14-004785-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Grecia, 10 de marzo del 2015.—Brayan Li Morales,
Juez.—(IN2015020196).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada citas: 0372-00004668-01-0939-002, a las ocho
horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil quince, y con la
base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 361290 derechos 003 y
004 únicamente, la cual es terreno para construir, lote ciento veinticuatro con
una casa. Situada: en el distrito Ipís, cantón
Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 123; al sur,
lote 125; al este, alameda, y al oeste, lote 105. Mide: ciento tres metros con
diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho
horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil quince, con la base de
dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintinueve de mayo del dos mil quince, con la base de
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación Sofora S. A. contra Andrés González Montoya. Expediente N°
14-021191-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de enero del 2015.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—(IN2015020207).
En
la puerta exterior de este Despacho, a las nueve horas y cero minutos del
cuatro de mayo del dos mil quince, se rematara la siguiente finca: libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
382-08776-01-0900-001, y con la base de un millón seiscientos ochenta mil
colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés mil setecientos
setenta y tres cero cero cero,
la cual es terreno para construir lote 12. Situada: en el distrito 04 San
Pablo, cantón 09 Nandayure, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con frente de 11 metros 2
centímetros; al sur, Luis Gómez Hernández; al este, Luis Gómez Hernández, y al
oeste, Luis Gómez Hernández. Mide: quinientos once metros con veintitrés
decímetros cuadrados. Plano: G-0630745-2000. Para el segundo remate, se señalan
las nueve horas y cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil quince, con
la base de un millón doscientos sesenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas
y cero minutos del tres de junio del dos mil quince, con la base de
cuatrocientos veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eladio Jesús Porras Lobo
contra Nidia Teresita Briceño Rosales. Expediente N° 15-000123-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 13 de marzo del 2015.—Lic. Jorge
Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2015020233).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada, bajo las citas: 277-02825-01-0002-001, y
reservas de Ley de Agua y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas:
560-19557-01-0316-001, a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de
abril del dos mil quince, y con la base de cuatro millones de colones exactos,
en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número ciento cuarenta y tres mil setecientos ochenta y siete
cero cero uno, cero cero
dos, la cual es Proyecto Amalia Hernández Piedra. Terreno para la agricultura
parcela cincuenta y ocho. Situada: en el distrito 2-Sabalito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública y Benedicto Hidalgo; al sur, río por medio con Gilberto
Hernández; al este, calle pública y Benedicto Hidalgo, y al oeste, calle pública
y Rafael Monge. Mide: trece mil cuatrocientos ochenta y cinco metros con ocho
decímetros cuadrados. Plano: P-1016001-2005. Y con la base de diecisiete
millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y tres mil
setecientos cuarenta y tres cero cero cero, la cual es Proyecto Amalia Hernández Piedra. Terreno
para la agricultura parcela cuarenta y cuatro-siete. Situada: en el distrito
2-Sabalito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Édgar Óscar Calderón y Luz Miriam Monge Solís;
al sur, Ligia Monge Solís; al este, Calixto Barboza Mora y quebrada en medio, y
al oeste, calle pública con 179.06 metros. Mide: veinticinco mil setenta y tres
metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: P-1009572-2005, libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, bajo las
citas: 277-02825-01-0002-001 y reservas de Ley de Agua y Ley de Caminos
Públicos, bajo las citas: 560-19557-01-0207-001. De no haber postores, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos
del seis de mayo del dos mil quince, con la base de tres millones de colones
exactos, para la primera finca y con la base de doce millones setecientos
cincuenta mil colones exactos, para la segunda finca (ambas rebajadas en un
25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho
horas y treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil quince, con la base
de un millón de colones exactos, para la primera finca, y con la base de cuatro
millones doscientos cincuenta mil colones exactos, para la segunda finca (ambas
con un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra María Etilma Azofeifa Carrillo. Expediente N° 13-000822-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Golfito, 10 de diciembre del 2014.—Licda. Olga Marta Sandí Torres, Jueza.—(IN2015020238).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y libre
de anotaciones judiciales de todo tipo, soportando reservas y restricciones
inscritas en las citas: 325-03469-01-0903-003, a las nueve horas del treinta de
abril del dos mil quince, y con la base de cinco millones veintidós mil
cuatrocientos setenta colones con sesenta y ocho céntimos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
38572-000, la cual es terreno para agricultura lote 59-24. Situada: en el
distrito tercero Potrero Grande, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, con Carlos Luis Briceño; al sur, con calle
pública; al este, con calle pública, y al oeste, con riachuelo. Mide:
veintitrés mil ochocientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las nueve horas del catorce de mayo del dos mil quince, con
la base de tres millones setecientos sesenta y seis mil ochocientos cincuenta y
tres colones con un céntimo (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercer subasta, se señalan las nueve horas del veintiocho de mayo del dos mil
quince, con la base de un millón doscientos cincuenta y cinco mil seiscientos
diecisiete colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución
hipotecaria de Marjorie Arauz Sánchez contra Jorge
Luis Arauz Cerdas. Expediente N° 12-100050-1046-CI (54-12).—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora,
Juez.—(IN2015020249).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando reservas y restricciones citas: 0295-00005932-01-0901-012, a las
catorce horas y cero minutos del catorce de abril del dos mil quince, y con la
base de doscientos once millones cuatrocientos cuarenta y un mil setecientos
setenta y cuatro colones con sesenta y siete céntimos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
veintitrés mil ochocientos cuarenta cero cero cero, la cual es terreno con salón, bar, cabinas, rancho y
cancha de fútbol. Situada: en el distrito Nicoya, cantón Nicoya, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 313,23
centímetros; al sur, calle pública con un frente de 132,84 centímetros; al
este, Justo Orozco Muñoz, y al oeste, calle pública con un frente de 147,12
centímetros. Mide: cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta y siete metros con
sesenta y tres decímetros cuadrados. Plano: G-0994572-2005. Para el segundo
remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de abril
del dos mil quince, con la base de ciento cincuenta y ocho millones quinientos
ochenta y un mil trescientos treinta y un
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de mayo del dos
mil quince, con la base de cincuenta y dos millones ochocientos sesenta mil
cuatrocientos cuarenta y tres colones con sesenta y siete céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Inversiones Rancho J Y T S. A. Expediente N° 13-000934-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia), 27 de febrero del 2015.—Licda. Mónica Farah
Castillo, Jueza.—(IN2015020257).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbre trasladada, a las quince horas y cero minutos del cinco
de mayo del dos mil quince, y con la base de once millones cuatrocientos
sesenta y siete mil cuatrocientos treinta colones con setenta y ocho céntimos,
en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos veinticinco mil novecientos setenta y cuatro derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual
es terreno de café. Situada: en el distrito Piedades Sur, cantón San Ramón, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ovideo
Villalobos Jiménez; al sur, quebrada en medio y servidumbre de paso con 21
metros y 12 centímetros; al este, quebrada en medio y Teodora Mora Barrantes, y
al oeste, servidumbre de paso con 70 metros y 25 centímetros. Mide: seis mil
quinientos sesenta y seis metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para
el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de
mayo del dos mil quince, con la base de ocho millones seiscientos mil
quinientos setenta y tres colones con nueve céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas
y cero minutos del cuatro de junio del dos mil quince, con la base de dos
millones ochocientos sesenta y seis mil ochocientos cincuenta y siete colones
con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Lorena Castro Fernández y otros. Expediente N° 14-002685-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 25 de febrero del 2015.—Licda. María
Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2015020267).
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando servidumbres trasladadas bajo citas de inscripción:
0207-00004035-01-0902-001, 0207-00004035-01-0915-001 y
0298-00014213-01-0927-001, a las nueve horas y quince minutos del dos de junio
del dos mil quince, y con la base de tres millones de colones exactos, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número seiscientos ocho mil setecientos seis-cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno de pasto: lote
B. Situada: en el distrito Santiago, cantón Puriscal,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, Amigos Ticos S. A.; al sur,
Amigos Ticos S. A.; al este, Juan Huertas Rojas Sucesores, y al oeste, calle
pública con un frente del lote a la calle de 10 metros 20 centímetros. Mide:
doscientos seis mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo
remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del diecisiete de junio del
dos mil quince, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las nueve horas y quince minutos del dos de julio del dos mil quince,
con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Marvin Arcelio Rojas Aguilar contra
Amigos Ticos S. A., Verney Quirós Herrera. Expediente
N° 15-005807-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del
2015.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—(IN2015020271).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En la puerta
exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada con las citas
226-05789-01-0002-001, demanda ordinaria con las citas 527-15378-01-0001-001 y
practicado con las citas 559-07303-01-0001-001; a las catorce horas y quince
minutos del veintidós de abril del dos mil quince, y con la base de cinco
millones quinientos veinte mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección
de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y cuatro
mil setecientos treinta y dos-cero cero cero la cual
es terreno de árboles frutales. Situada en el distrito San Pedro, cantón Santa
Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur,
Hermanos Carvajal Arguedas de Santa Bárbara S. A.; al este, Vera Aguilar
Barrantes y al oeste, calle pública. Mide: Mil cuatrocientos sesenta y cinco
metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y quince minutos del ocho de mayo del dos mil quince, con la base
de cuatro millones ciento cuarenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y quince minutos del veinticinco de mayo del dos mil quince con la base de un
millón trescientos ochenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Oscar Cortes Arias contra
Rodrigo Aguilar Barrantes. Exp. Nº 14-006315-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 8
de enero del 2015.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2015020302).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones
(citas 326-02664-01-0901-001), condiciones Ref. 1895-575-002 (citas
326-02664-01-0902-001), prohibiciones Ref. 1895-575-002 (citas
326-02664-01-0903-001); a las nueve horas y treinta minutos del dos de junio
del dos mil quince, y con la base de cincuenta mil dólares exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula
número dieciséis mil setecientos uno-cero cero cero
la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito Savegre, cantón Aguirre, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Belén Fallas y otro; al
sur, calle pública con 50,00 mts., otros; al este,
Belén Fallas y otros y al oeste, Marina Román. Mide: Siete mil trescientos
sesenta metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos
mil quince, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y treinta minutos del dos de julio del dos mil quince con la
base de doce mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Silvio Maietti contra Renwick Comercial
Sociedad Anónima representada por Kenneth Keyser. Exp. Nº 15-007900-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
13 de marzo del 2015.—Lic. Pedro Ferrán Reina, Juez.—(IN2015020306).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del veintiuno de abril del dos mil quince, y con la base de ciento cinco mil
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número-doscientos cincuenta y un mil sesenta y dos-cero
cero cero la cual es terreno para construir una casa.
Situada en el distrito Sabanilla, cantón Montes de Oca, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Compañía de Inversiones y Desarrollo Montes de Oca S.
A.; al sur, Compañía de Inversiones y Desarrollo Montes de Oca S. A.; al este,
calle pública y al oeste, Compañía de Inversiones y Desarrollo Montes de Oca S.
A. Mide: Doscientos cuarenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del siete de mayo del dos
mil quince, con la base de setenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de mayo del
dos mil quince, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de tres-ciento uno-quinientos ochenta seis novecientos cincuenta y
cinco S. A. contra Luis Ángel de Jesús Torres Calvo. Exp.
Nº 15-002759-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de enero del
2015.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Juez.—(IN2015020308).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del
veintidós de abril del dos mil quince, y con la base de mil trescientos
cincuenta y seis dólares con ochenta centavos moneda de curso legal de los
estados unidos de américa, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo
placas 792739 marca volvo, categoría automóvil, VIN YV1MS434292441720, color
negro, año 2009, cilindrada 2000 c.c. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cero minutos del ocho de mayo del dos mil quince, con la base de
mil diecisiete dólares con sesenta centavos moneda de curso legal de los
estados unidos de américa (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de
mayo del dos mil quince, con la base de trescientos treinta y nueve dólares con
veinte centavos moneda de curso legal de los estados unidos de américa (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Nora María Portugués
Vargas. Exp. Nº 14-017289-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
10 de marzo del 2015.—Licda. María Mora Saprissa,
Jueza.—(IN2015020376).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada. Citas
0366-00017465-01-0900-001; a las 11:30am del 6 de mayo del 2015, y con la base
de setenta y cuatro mil ochocientos dieciséis dólares con sesenta y seis
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número cincuenta y siete mil setecientos sesenta y
ocho-cero cero cero la cual es terreno para construir
con una casa. Situada en el distrito Jacó, cantón
Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Squer
S. A.; al sur, Squer S. A.; al este, Squer S. A. y al oeste, camino pub con 40m. Mide: Mil
quinientos noventa y ocho metros con trece decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las 11:30am del 21 de mayo del 2015, con la base de cincuenta y seis mil ciento doce dólares con
cuarenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las 11:30am del 9 de junio del 2015 con la base de
dieciocho mil setecientos cuatro dólares con dieciséis centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Centinelas Celestiales S. A., Roberto López Ramírez contra Blumenau
Latino América S. A., Maritza Casares Umaña. Exp.
Nº 15-005431-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de febrero del
2015.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—(IN2015020379).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del once
de mayo del dos mil quince, y con la base de tres millones noventa mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número
BFC538, marca BMW, estilo 328, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
2000, color negro, VIN WBAAM534XYFR17022. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil quince, con
la base de dos millones trescientos diecisiete mil quinientos colones exactos y
para la tercera subastase señalan las catorce horas y treinta minutos del diez
de junio del dos mil quince, con la base de setecientos setenta y dos mil
quinientos colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Tomas Fernández Pérez contra Sharton
Rogelio Dennis Matthews. Exp.
Nº 14-003929-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Contravencional de Grecia, 24 de marzo del 2015.—Msc. Brayan Li Morales,
Juez.—(IN2015020381).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta
minutos del seis de julio de dos mil quince y con la base de tres millones
doscientos setenta y ocho mil novecientos cuarenta y seis colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa CL-266620, marca Toyota,
estilo Tacoma Prerunner, categoría carga liviana,
capacidad 4 personas, serie 4TASM92N0YZ583215, carrocería camioneta pick-up
caja abierta o cam-pu, tracción 4x2, número chasis
4TASM92N0YZ583215,año fabricación 2000, color blanco. Para el segundo remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil
quince, con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil
doscientos nueve colones con cincuenta céntimos y para la tercera subasta se
señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de agosto de dos mil quince
con la base de ochocientos diecinueve mil setecientos treinta y seis colones
con cincuenta céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Tomas Fernández Pérez contra Felicitas Mora Carmona. Exp. Nº 14-004142-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 24 de marzo del 2015.—Msc. Brayan Li Morales,
Juez.—(IN2015020383).
En
la puerta exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del tres de
junio del dos mil quince, y con la base de sesenta y ocho mil dólares exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula 542502-001 y 002 la cual es terreno para construir-lote 222. Situada
en el distrito 1-colon, cantón 7-mora, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, calle pública con 6.00 metros; al sur, lotes 5-6 y 7; al este, lote 221
y al oeste, lote 223. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con un decímetro
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del
dieciocho de junio del dos mil quince, con la base de cincuenta y un mil
dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera
subasta se señalan las once horas y cero minutos del tres de julio del dos mil
quince, con la base de diecisiete mil dólares exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Adriana Vanessa Ortega Arce, Edward Jay Perez Chaves. Exp. Nº 14-021252-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
18 de marzo del 2015.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—(IN2015020405).
A
las nueve horas y treinta minutos del
veintiocho de abril del año dos mil quince, en la puerta exterior de este
Juzgado, libre de gravámenes prendarías, y con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré: vehículo placas
727885, marca Toyota, categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, tracción
4x2, chasis 2T1BR12E4WCO26077, estilo Corolla CE,
capacidad 5 personas, año 1998, color negro, combustible gasolina. Lo anterior
se remata por haberse ordenado así en proceso: ejecutivo simple, número
04-021511-0170-CA, de Banco de Costa Rica contra Orlando Araya Madrigal, Willy
Lazo Rojas.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo
Circuito Judicial de San José, 5 de marzo del 2015.—Lic. Yesenia Zúñiga
Ugarte, Jueza.—(IN2015020429).
En
la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos
del uno de junio del dos mil quince, y con la base de ciento cincuenta mil
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número doscientos dieciséis mil quinientos cuarenta y
nueve-cero cero cero la cual es terreno de solar con
una casa. Situada en el distrito Heredia, cantón Heredia, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, en parte Lázaro Vargas Picado, Rodolfo Orozco
Aguilar y servidumbre de paso; al sur, Río Burio; al
este, en parte Río Burio y en parte María Francisca Chaverri y al oeste, en parte servidumbre de paso, María
Luisa Protti Martinelli y
Lázaro Vargas Picado. Mide: Dos mil ciento noventa y un metros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
dieciséis de junio del dos mil quince, con la base de ciento doce mil
quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del uno de
julio del dos mil quince, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Asesora e Inversiones Horuspab S. A., Brecor del Norte B C S. A., Industrial Fercores
S. A., Inversiones Carmen Ramona S. A., Inversiones Solicam
S. A., Jorge Enrique de Los Ángeles Cordero Villalobos y Marlen
Eugenia Vargas Ruiz contra Proyecto El Baron Octavo
S. A. Exp. Nº 14-007625-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 26 de febrero del 2015.—Lic.
German Valverde Vindas, Juez.—(IN2015020489).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a
las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de abril del año dos mil quince, y con la base
de cuarenta y siete mil ochenta y cinco dólares exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento treinta mil seiscientos cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 01- San Pedro, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Rafael Pi#eres con
53,04 m; al sur, Carlos Luis Arce; al este, calle pública con 13,376 m, y al
oeste, Pinto y Escalante con 08,85 m. Mide: Quinientos ochenta y cinco metros
con sesenta y ocho decímetros cuadrados, plano SJ-0500363-1983. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del quince de mayo
del año dos mil quince, con la base de treinta y cinco mil trescientos trece
dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos
del primero de junio del año dos mil quince, con la base de once mil
setecientos setenta y un dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Alberto
Céspedes Ramírez contra Carmen Leticia Mora Bermúdez. Exp.
N° 14-022238-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de febrero del 2015.—Lic.
Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015020518).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las quince
horas y cero minutos del diecisiete de abril de dos mil quince, y con la base
de quince millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 193294-000 la cual es terreno naturaleza: Terreno para construir,
situada en el distrito 9-Monte Verde, cantón 1 Puntarenas de la provincia de
Puntarenas. Linderos: norte, calle pública con un frente de 21.41 metros; sur, Guy Vasille y Michelle Strens; este, Guy Vasille y Michelle Strens; oeste,
Guy Vasille y Michelle Strens. Mide: Trescientos noventa y dos metros con ochenta
y cinco decímetros cuadrados, plano: P-1117158-2006. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de mayo de dos mil quince,
con la base de once millones quinientos cincuenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince
horas y cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil quince con la base de
tres millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Hermilia Suárez Soto, Randall Elicio Rodríguez Suárez. Exp. N°
14-002523-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 5 de marzo del 2015.—Lic. Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2015020521).
A las nueve
horas cero minutos del ocho de mayo de dos mil quince, en la puerta exterior de
este Despacho, y con la base de dieciocho millones trescientos sesenta mil
colones (avalúo folio 196), libre de gravámenes, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
121141 derechos 001 y 002 la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito Cinco Esquinas, cantón Tibás, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, María Loaiza Chaves; al sur, calle pública 5 metros 37
centímetros; al este, Rosa Mejía Namayuro, y al
oeste, Elizabeth Mora Arroyo. Mide: Ciento dieciséis metros con treinta y siete
decímetros cuadrados. Plano SJ-0000800-1971. Se remata por ordenarse así en
proceso sucesorio de contra expediente N° 10-000049-0164-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de marzo del 2015.—M.Sc. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—(IN2015020535).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y quince minutos del seis de mayo de
dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones quinientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, Matrícula número trescientos setenta y ocho mil quinientos noventa
y siete cero cero uno, cero cero
dos la cual es terreno para construir local-comercial. Situada en el distrito
01 Aserrí, cantón 06 Aserrí,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, Librado Valverde Mora; al sur,
calle pública con un frente a ella de 15.75 metros; al este, Fernelly García, y al oeste, calle pública con un frente a
ella de 14.63 metros. Mide: Doscientos veintiocho metros con nueve decímetros
cuadrados. Plano SJ-0796811-1989. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y quince minutos del veintidós de mayo de dos mil catorce, con la base de
doce millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
quince minutos del seis de junio de dos mil catorce con la base de cuatro
millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Juan Bautista Mora Arias contra José Enrique Chaves Pérez. Exp. N° 13-017455-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de
enero del 2014.—Lic. Melania Jiménez Vargas, Juez.—(IN2015020539).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero
soportando dos servidumbres trasladadas;
a las diez horas y cero minutos del veintidós de junio de dos mil quince y con
la base de treinta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos
treinta y seis mil trescientos treinta y nueve cero cero
uno, cero cero dos, la cual es terreno con una casa
de habitación. Situada en el distrito 1-Quesada, cantón 10-San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Guillermo Rojas Rodríguez; al sur,
Guillermo Rojas Rodríguez; al este, calle pública, y al oeste, río Platanar.
Mide: Quinientos cuarenta metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados.
Plano: A-0839336-1989. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del siete de julio de dos mil quince, con la base de veintidós millones
quinientos mil colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las diez
horas y cero minutos del veintidós de julio de dos mil quince con la base de
siete millones quinientos mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Carlos Alberto Gerardo Rodríguez Villalobos
contra Arnoldo Rodríguez Quirós, Flira Ester Del
Carmen Rojas Rodríguez. Exp. N° 14-003973-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de
Grecia, 20 de marzo del 2015.—Lic. Brayan Li
Morales, Juez.—(IN2015020599).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; en el mejor postor
se rematará lo siguiente: 1) A las dieciséis horas y cero minutos (cuatro horas
y cero minutos pasado meridiano) del dieciocho de mayo de dos mil quince, y con
la base de dieciséis millones seiscientos
sesenta y dos mil cuarenta y un colones con diez céntimos, Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cuatro mil
novecientos cuarenta y cuatro-cero cero cero la cual
es de naturaleza: Terreno para construir. Situada en el distrito 14-Acapulco,
cantón 1 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Tivives Sea Breeze S. A.; al sur,
calle pública; al este, lote cuatro, y al oeste, lote dos. Mide: Dos mil
setecientos ochenta y cuatro metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos (cuatro
horas y cero minutos pasado meridiano) del dos de junio de dos mil quince, con
la base de doce millones cuatrocientos noventa y seis mil quinientos treinta
colones con ochenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos (cuatro
horas y cero minutos pasado meridiano) del diecisiete de junio de dos mil
quince con la base de cuatro millones ciento sesenta y cinco mil quinientos
diez colones con veintiocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial); 2) A las dieciséis horas y cero minutos (cuatro horas y cero minutos
pasado meridiano) del dieciocho de mayo de dos mil quince, y con la base de
veintitrés millones quinientos setenta y tres mil ochocientos noventa y siete
colones con veintiséis céntimos, Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento cuarenta y cuatro mil novecientos cuarenta y seis-cero cero cero, la cual es de naturaleza: Terreno para construir.
Situada en el distrito 14 Acapulco, cantón 1 Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Tivives Sea Breeze S. A.; al sur, calle publica; al este, lote seis, y
al oeste, lote cuatro. Mide: Tres mil novecientos treinta y cuatro metros con
cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
dieciséis horas y cero minutos (cuatro horas y cero minutos pasado meridiano)
del dos de junio de dos mil quince, con la base de diecisiete millones
seiscientos ochenta mil cuatrocientos veintidós colones con noventa y cinco
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las dieciséis horas y cero minutos (cuatro horas y cero minutos pasado
meridiano) del diecisiete de junio de dos mil quince con la base de cinco
millones ochocientos noventa y tres mil cuatrocientos setenta y cuatro colones
con treinta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial); 3) A
las dieciséis horas y cero minutos (cuatro horas y cero minutos pasado
meridiano) del dieciocho de mayo de dos mil quince, y con la base de veintiocho
millones ciento veinte mil cuatrocientos setenta y nueve colones con cuarenta y
cinco céntimos, Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cuarenta y cuatro mil novecientos cuarenta y siete-cero cero cero la cual es de naturaleza: Terreno para construir.
Situada en el distrito 14-Acapulco, cantón 1 Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Tivives Sea Breeze S. A.; al sur, calle publica; al este, lote siete, y
al oeste, lote cinco. Mide: Cuatro mil seiscientos noventa y tres metros con
cuarenta y siete decímetros. Para el segundo remate se señalan las dieciséis
horas y cero minutos (cuatro horas y cero minutos pasado meridiano) del dos de
junio de dos mil quince, con la base de veintiún millones noventa mil
trescientos cincuenta y nueve colones con cincuenta y nueve céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
dieciséis horas y cero minutos (cuatro horas y cero minutos pasado meridiano)
del diecisiete de junio de dos mil quince con la base de siete millones treinta
mil ciento diecinueve colones con ochenta y seis céntimos (un veinticinco por
ciento de la base inicial); 4) A las dieciséis horas y cero minutos (cuatro
horas y cero minutos pasado meridiano) del dieciocho de mayo de dos mil quince,
y con la base de diecisiete millones ochocientos cuarenta y cuatro mil
seiscientos setenta y ocho colones con ocho céntimos, Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cuatro mil novecientos
cuarenta y ocho-cero cero cero la cual es de
naturaleza: Terreno para construir. Situada en el distrito 14-Acapulco, cantón
1 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Tivives Sea Breeze S. A.; al sur,
calle publica; al este, lote ocho, y al oeste, lote seis. Mide: Dos mil
novecientos setenta y cuatro metros con veinte decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos (cuatro horas y
cero minutos pasado meridiano) del dos de junio de dos mil quince, con la base
de trece millones trescientos ochenta y tres mil quinientos ocho colones con
cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos (cuatro horas y
cero minutos pasado meridiano) del diecisiete de junio de dos mil quince con la
base de cuatro millones cuatrocientos sesenta y un mil ciento sesenta y nueve
clones con cincuenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular de
Desarrollo Comunal contra María Elena Vílchez Rojas y otro. Exp.
N° 10-002161-0638-CI.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de marzo del 2015.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2015020600).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante, trasladada y
reservas y restricciones citas 0344-00003362- 01-0008-001 y
0363-00013108-01-0821-001; a las nueve horas con treinta minutos del veintiocho
de abril del dos mil quince, y con la base de sesenta mil dólares exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número trescientos diecisiete mil novecientos treinta y dos-cero cero
uno y cero cero dos, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 04 Patalillo,
cantón 11 Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Eliécer Marín Lizano; al sur, Carlos Chacón Chacón;
al este, calle de servidumbre 3.95 metros de frente y Román Ulate
Barcelly, y al oeste, Antonio Chacón Zúñiga. Mide:
Doscientos dieciocho metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados, según
plano catastrado número SJ-0612633-1985. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas con treinta minutos del catorce de mayo del dos mil quince, con la
base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas con treinta
minutos del veintinueve de mayo del dos mil quince con la base de quince mil
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Transportes Guardia
Limitada contra Mayela Lorena Ulate
Zúñiga, Michele Antonio Travierso
Sequeira. Exp. N° 14-019856-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de
febrero del 2015.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2015020611).
A las nueve
horas treinta minutos del ocho de mayo de dos mil quince, en la puerta
exterior del local que ocupa este
Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, soportando Plazo de
convalidación (Ley de Informaciones Posesorias), bajo las citas
0430-00003552-01-0003-001, Reservas de la Ley de Aguas y Ley de Caminos
Públicos bajo las citas 0430-00003552-01-0004-001 y Servidumbre de líneas
eléctricas y de paso bajo las citas 0438-00005031-01-0002-001 y con la base de
tres millones doscientos mil trescientos ochenta y seis colones con cero cuatro
céntimos, remataré: el fundo hipotecado del Partido de Alajuela, matrícula
número trescientos cuatro mil setecientos veintiuno-triple cero, que es terreno
de potrero, sito en el distrito sexto, Río Cuarto, cantón tercero, Grecia, de
la provincia de Alajuela. Lindante al norte, Edwin Bolaños Espinoza; al sur,
calle pública con 243,65 metros; al este, calle pública con 65,17 metros y Ana
Delia Rojas González, y al oeste, servidumbre de paso con 134,99 metros, el
cual mide veinticinco mil doscientos noventa y un metros con setenta y siete
decímetros cuadrados, plano A-0829034-1989, propiedad del demandado Edwin
Bolaños Espinoza. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la
segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original,
sea la suma de dos millones cuatrocientos mil doscientos ochenta y nueve
colones con cincuenta y tres céntimos, se señalan las nueve horas treinta
minutos del veinticinco de mayo de dos mil quince. En la eventualidad de que en
el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con
la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de
ochocientos mil noventa y seis colones con cincuenta y un céntimos, se señalan
las nueve horas treinta minutos del cinco de junio de dos mil quince. Lo
anterior por estar así ordenado en Proceso de ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Edwin Bolaños Espinoza. Exp. N° 15-000022-0298 AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 17 de
marzo del 2015.—Lic. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—Exonerado.—(IN2015020615).
A las ocho
horas treinta minutos del doce de junio del dos mil quince, en la puerta
exterior del local que ocupa este
Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, soportando Reservas
de la Ley de Aguas y Caminos Públicos tomo 300, asiento 15225, consecutivo 01,
secuencias 0002 y 0003, subsecuencia 001, para el
primer remate y con la base de quinientos mil colones netos, remataré: el fundo
hipotecado del Partido de Alajuela, matrícula número trescientos setenta y dos
mil setecientos ochenta y nueve-cero cero cero, que
es terreno de pasto, sito en el distrito 3 El Amparo, cantón catorce Los Chiles
de la provincia de Alajuela, lindante al norte, Orlando Campos Campos; al sur, camino público, Rogelio Palacios Reyes,
Lizbeth López Amador, Escuela José Pérez Castro, María Filomena Vásquez Pérez y
Asociación Pequeños Productores Pinares del Río Caño Ciego Los Chiles; al este,
Rogelio Palacios Reyes, Asociación de Productores Pinares del Río Caño Ciego de
Los Chiles y Lote 10, y al oeste, Asociación de Pequeños Productores Pinares
del Río Caño Ciego de Los Chiles, María Filomena Vásquez Pérez y Camino
recientemente abierto en medio Río Frío, el cual mide setenta y siete mil
doscientos tres metros con treinta y tres decímetros cuadrados, según plano N°
A-0617889-2000, propiedad de la demandada Luz Marina Alvarado Baca. En caso de
resultar fracasado el primer remate, para el segunda
subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la
suma de trescientos setenta y cinco mil colones exactos, se señalan las ocho
horas treinta minutos del veintinueve de junio del dos mil quince. En la
eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la
tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original,
o se la suma de ciento veinticinco mil colones, se señalan las ocho horas del
trece de julio del dos mil quince. Publíquese dos veces en el Boletín
Judicial. De conformidad con la Circular 67-09 emitida por la Secretaría de
la Corte, del 22 de junio de 2009. Se le comunica que en virtud del Principio
de Gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de
derechos. Lo anterior por estar así ordenado en Proceso de Ejecución
Hipotecaria N° 13-000273-0298-AG establecida por el Banco Nacional de Costa
Rica, contra Luz Marina Alvarado Baca.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 17 de marzo del 2015.—Lic. Ana Milena
Castro Elizondo, Jueza.—Exonerado.—(IN2015020622).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce
horas y cero minutos del veintiocho de
mayo de dos mil quince, y con la base de quince millones setecientos ochenta y
cuatro mil trescientos veintinueve colones con dieciocho céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número EE- 029086, marca
Caterpillar, estilo 320 CL, categoría equipo especial obras civiles, capacidad
1 personas, año 2006, color amarillo, Vin
CAT0320CHSBN00964, cilindrada 6400 cc, combustible diesel,
motor Nº 7JK88639. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del doce de junio de dos mil quince, con la base de once millones
ochocientos treinta y ocho mil doscientos cuarenta y seis colones con ochenta y
nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de junio de
dos mil quince con la base de tres millones novecientos cuarenta y seis mil
ochenta y dos colones con treinta céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Costarricense
para Organizaciones de Desarrollo (Acorde) contra Excavaciones Macoaguilar Sociedad Anónima, Lisbeth Aguilar Córdoba. Exp. N° 14-007822-1158-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Heredia, 18 de febrero del 2015.—Lic. Ricardo
Chacón Cuadra, Juez.—(IN2015020624).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones
judiciales; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del once de mayo de
dos mil quince, y con la base de
ochocientos trece mil trescientos cincuenta y cuatro mil colones exactos para
llevar acabo el primer remate, en el mejor postor remataré lo siguiente:
correspondientes a cada maquinaria sean estos: 1 Hidrolavadora,
marca: Pacific Hidristar,
serie: ND, con la base de ochenta y un mil doscientos veinticinco colones
exactos, 2-Hidrolavadora, marca: Pacific Hidristar, Serie: ND, con la base de ochenta y un mil
doscientos veinticinco colones exactos, 3-Extractor portátil, marca: Tomado,
serie: ND, con la base de seiscientos cuarenta y un mil doscientos cincuenta
colones exactos, 4-Extractor portátil, marca: Galaxi,
serie: ASK8689021, con la base de seiscientos noventa y cuatro mil seiscientos ochenta
y siete colones con cincuenta céntimos, 5-Hidrolavadora, marca: Makita, serie: 60881, con la base de setecientos sesenta
mil colones exactos, 6-Soldadora, marca: Weldeef,
serie: ND, con la base de cincuenta y cinco mil diecinueve colones con veinticinco
céntimos y 7-Compresor, marca: Bosch, serie: ND, con la base de sesenta y nueve
mil quinientos noventa y siete colones. De no haber postores, para llevar a
cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del veintiséis de mayo de dos mil quince, con la base de seiscientos diez mil,
quince colones con cincuenta céntimos (rebajada en un 25%). sean estos: 1- Hidrolavadora, marca: Pacific Hidristar, serie: ND, con la base de sesenta mil
novecientos dieciocho colones con setenta y cinco céntimos, 2-Hidrolavadora,
marca: Pacific Hidristar,
serie: ND, con la base de sesenta mil novecientos dieciocho colones con setenta
y cinco céntimos, 3-Extractor portátil, marca: Tomado, Serie: ND, con la base
de cuatrocientos ochenta mil novecientos treinta y siete colones con cincuenta
céntimos, 4-Extractor portátil, marca: Galaxi, serie:
ASK8689021, con la base de quinientos veintiún mil quince colones con sesenta y
tres céntimos, 5-Hidrolavadora, marca: Makita, serie:
60881, con la base de quinientos setenta mil colones exactos, 6- Soldadora,
marca: Weldeef, serie: ND, con la base de cuarenta y
un mil doscientos sesenta y cuatro colones con cuarenta y cuatro céntimos y
7-Compresor, marca: Bosch, serie: ND, con la base de cincuenta y dos mil ciento
noventa y siete colones con setenta y cinco céntimos. De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del diez de junio de dos mil quince, con la base de doscientos
tres mil trescientos treinta y ocho colones con cincuenta céntimos (un 25% de
la base original), sean estos: 1-Hidrolavadora, marca: Pacific
Hidristar, serie: ND, con la base de veinte mil
trescientos seis colones con veinticinco céntimos, 2-Hidrolavadora, marca: Pacific Hidristar, serie: ND, con
la base de veinte mil trescientos seis colones con veinticinco céntimos,
3-Extractor portátil, marca: Tomado, serie: ND, con la base de ciento sesenta
mil trescientos doce colones con
cincuenta céntimos, 4- Extractor portátil, marca: Galaxi,
serie: ASK8689021, con la base de ciento setenta y tres mil seiscientos setenta
y un colon con ochenta y ocho céntimos, 5-Hidrolavadora, marca: Makita, serie: 60881, con la base de ciento noventa mil
colones exactos, 6-Soldadora, marca: Weldeef, serie: ND,
con la base de trece mil setecientos cincuenta y cuatro colones con ochenta y
un céntimos y 7-Compresor, marca: Bosch, serie: ND, con la base de diecisiete
mil trescientos noventa y nueve colones con veinticinco céntimos. Nota: Se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Asociación Costarricense para Organizaciones De De contra Juan Bautista Cerdas Molina. Exp.
N° 14-000739-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de enero del 2015.—Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—(IN2015020626).
En la puerta
exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce
horas y cero minutos del seis de mayo de dos mil quince, y con la base de
ciento ochenta y ocho mil doscientos sesenta y nueve dólares con cinco centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 32760-F-000
la cual es terreno filial treinta y tres de dos plantas destinada al uso
habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito San Rafael,
cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial treinta y
dos; al sur, filiar treinta y cuatro; al este, área de protección en medio de
José Rafael Ruiz Monge y yurro, y al oeste, acceso vehicular y peatonal. Mide:
Doscientos veintidós metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de
mayo de dos mil quince, con la base de ciento cuarenta y un mil doscientos un
dólares con setenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve
de junio de dos mil quince con la base de cuarenta y siete mil sesenta y siete
dólares con veintiséis centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sotiabank
de Costa Rica S. A. contra Juan Francisco Ochoa López, SGP Servicios Generales
de la Propiedad S. A. Exp. N° 15- 005597-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 20 de febrero del 2015.—Licda. Paula
Morales González, Jueza.—(IN2015020627).
Se convoca a todos los
herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de Luis Alberto Zúñiga Alvarado,
quien fue mayor, masculino, costarricense, unión de hecho, cédula de identidad
número cinco-cero doscientos veintiséis-cero doscientos sesenta y seis, para
que se apersonen a este Despacho a las ocho horas del veintitrés de abril de
dos mil quince, para llevar a cabo la Junta de Herederos, a fin de proceder
conforme lo ordena el artículo 926 del Código procesal Civil. Sucesión N°
14-000042-0507-AG, número interno (50-1-14).—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 6 de
marzo del 2015.—Lic. Sergio Ramos Álvarez, Juez.—(IN2015017712).
Se convoca a
todos los interesados en la sucesión de Misael Gómez Arroyo, a una junta de
interesados que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos
del veintiocho de abril del dos mil quince (8:30 horas del 28/04/2015), para
conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código
Procesal Civil. Expediente Nº 07-000274-0388-CI.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, 23 de febrero del 2015.—Licda. Julieth
Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—(IN2015019669).
Títulos
Supletorios
Jesús López
Ruíz, mayor de edad, soltero, agricultor, vecino de Santa Lucía de Colorado de
Abangares, cédula de identidad cinco-cero setenta y cuatro-seiscientos
dieciocho, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el
Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales, soportando
a su favor servidumbre de paso, el inmueble que se describe así: terreno de
pasto, situado en Santa Lucía de Colorado (distrito cuarto), de Abangares
(cantón sétimo) de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Pedro Matarrita Matarrita, Nicolás
Agapito Matarrita Matarrita
y Donaciano Zúñiga Zúñiga; sur, Jesús López Ruiz;
este, Jesús López Ruíz; y oeste, Jesús López Ruíz. Según plano catastrado
G-novecientos ochenta y un mil trescientos sesenta y tres-dos mil ocho, mide de
extensión seis hectáreas seis mil seis metros con veintidós decímetros
cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y
que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene
condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble, a excepción
de la servidumbre de paso. Lo adquirió por posesión originaria desde el veinte
de abril de mil novecientos cincuenta y nueve. Estima el inmueble en tres
millones de colones y el proceso en la misma suma. Por el plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este
edicto se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en
defensa de sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Jesús
López Ruiz. Expediente: 15-000003-0387-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 2 de marzo del
2015.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015017928).
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-100368-0927-CI donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Guillermo Fallas
Pinto, quien es mayor, casado una vez, Ingeniero Agrónomo, vecino de Heredia
trescientos metros al sur y cincuenta metros al oeste del Banco de Costa Rica,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0662-0558, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito sexto, cantón trece, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Bernardino López Salgado; al sur,
calle pública con catorce metros cuadrados; al este, Reymundo
Cortés Chévez y Ángel Ramón Valencia, y al oeste,
Paula Chavarría Chavarría y Erick Moreno Castro.
Mide: mil ciento veintiséis metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de
quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante escritura pública
número veintiocho, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica
y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapearlo, sembrarlo de
árboles frutales y cercarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Guillermo Fallas Pinto. Exp. N° 11-100368-0927-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, San Carlos, 26 de febrero del 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce,
Juez.—1 vez.—(IN2015018991).
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000296-0388-CI donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Zeidy
Rebeca Chavarría Duarte, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de
Sardinal de Carrillo, Guanacaste, de la entrada del Colegio Técnico Profesional
de Sardinal cincuenta metros oeste, portador a de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 5-0366-0454, profesión médico, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno
con una casa y patio. Situada en el distrito tercero (Sardinal), cantón quinto
(Carrillo), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Juan José
Chavarría Espinoza; al sur, con calle pública con un frente de doce metros con
cincuenta y cuatro centímetros; al este, Juan José Chavarría Espinoza, y al
oeste, con Jairo Quesada Navarrete. Mide: doscientos ochenta y nueve metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble por donación que le
hiciera su padre el señor Juan José Chavarría Espinoza, quien es mayor, casado
una vez, comerciante con cédula de identidad N° 5-0200-0790, con domicilio en
Sardinal de Carrillo, Guanacaste, del Portón del Colegio Técnico Profesional de
Sardinal cincuenta metros oeste, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuido,
cercado, limpieza, rondas, chapeas, mantenimiento general así como ocupación de
la casa de habitación en él construida. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata
del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en
estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de
un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Zeidy Rebeca Chavarría Duarte. Exp. N° 14-000296-0388-CI.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, 28 de enero del 2015.—Lic. Milkyan
Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—(IN2015019147).
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000390-0504-CI donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Lucía León Jirón
quien es mayor, estado civil casada dos veces, vecina de Pococí
Limón, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número ocho-cero
cuarenta y cuatro-ciento setenta y cinco, profesión ama de casa, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es
terreno de patio y árboles frutales con una casa de habitación. Situada en el
distrito tercero, cantón décimo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
Shirley Del Carmen Chavarría Castillo y María Victoria Fajardo Jiménez; al sur,
Juana Rosa Jirón Arceda y calle pública con un frente
a ella de treinta y un metros con setenta y ocho centímetros lineales; al este,
Mirey María Jiménez Cascante, Jackeline
Aguilar Jiménez y Comercializadora Remares del Nuevo Siglo Limitada, y al
oeste, Juana Rosa Jirón Arceda, calle pública con un
frente a ella de ocho metros con ochenta y siete centímetros lineales. Mide:
Mil doscientos setenta metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis
millones trescientos cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por
donación que le hiciera la señora Juana Rosa Jirón Arceda, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
cercado, limpiarlo y chapear las rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Lucia León Jirón. Exp. N° 12-000390-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, Heredia, 19
de junio del 2013.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1
vez.—(IN2015019249).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito del menor Yeikel Ariel Román Montes; para
que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº
15-000145-1302-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad
Quesada, a las diez horas y veintiocho minutos del diecinueve de febrero de
dos mil quince.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—Exento.—(IN2015017645). 3
v. 3.
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Guillermo Rodríguez
Masis, cédula número 3-165-670, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a declarar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que sí no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente 02-15. Notaría del Bufete Aguilar
& Asociados.—San José, 2 de marzo del 2015.—Lic.
Daniel Aguilar González, Notario.—1
vez.—(IN2015017533).
Ante
la Notaria, Lic. Audrys Esquivel Jiménez, ubicada en
Santa Ana del Súper Castrito; cincuenta metros al oeste y ciento setenta y
cinco al norte, bajo el expediente cero uno-dos mil quince, se tramita
sucesorio en sede notarial en quien vida fue María de La Cruz Potoy Ramos, mayor, nicaragüense, cédula de residencia
número uno cinco cinco ocho cero cinco tres cinco
nueve nueve uno uno,
soltera, ama de casa, vecina de Golfito, por lo que se emplaza por el plazo de
treinta días a partir de su publicación a herederos, acreedores y cualquier
interesado a comparecer ante la notaría indicada, transcurrido el plazo la
herencia pasara a quien corresponda.—Santa Ana, nueve de marzo del dos mil
quince.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notaria.—1 vez.—(IN2015017574).
El
suscrito notario con oficina en la ciudad de Grecia, avenida segunda setenta y
cinco metros este de la iglesia metálica, emplazo a todos los interesados en la
sucesión de quien en vida fue Filander Alfaro
Bogantes, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus
derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no
se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien
corresponda.—Grecia, 5 de marzo del 2015.—Jehiner
Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—(IN2015017608).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue
Dolores Villalobos Amores, con cédula número dos-cero setenta y cinco-tres mil
cuatrocientos cuarenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quién corresponda. Exp. Nº 01-2015. Ante la notaría del Licenciado Vinicio
Villegas Arroyo; ciento diez metros norte, de los Helados Pops
en Alajuela centro.—Alajuela, al ser ocho horas del
día trece de marzo del dos mil quince.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—(IN2015017701).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue
Carlos Luis Gamboa Gamboa, vecino de El Llano de San
Miguel de Desamparados, doscientos cincuenta al norte, del Abastecedor María
Auxiliadora, agricultor, cédula uno cero dos seis seis
cero siete setenta, fallecido el veintiocho de diciembre de dos mil trece, para
que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que de
no hacerlo se procederá conforme corresponda. Expediente cero cero cero uno dos mil quince del
notario Rafael A. Ugalde Quirós, en calle 15 Ave 10 y 10 Bis.—San José, al ser
las siete horas del cinco de marzo de 2015.—Rafael A. Ugalde Quirós, Notario.—1
vez.—(IN2015017716).
Se
cita y emplaza a todos los interesados acreedores en general, para que se
opongan al traspaso de la finca matricula cero cero cero dos dos ocho cuatro
cero-triple cero, la que se encuentra a nombre de José Ángel Calvo López, quien
es, mayor, soltero, con cédula de identidad siete-cero cero tres cinco-cero
siete uno-tres, y que fuera vecino del Barrio Limoncito de Limón, para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho Notarial a hacer valer sus derechos, se
apercibe a todos los interesados de que de no apersonarse; el mensionado plazo, el bien pasará a nombre de la Asociación
de Desarrollo Integral de Barrio Limoncito de Limón inscrita bajo tomo cinco,
folio siete cinco seis, asiento uno seis ocho cinco. Lo anterior por ordenarse
así en sucesorio número cero cero dos-cero cero
uno-dos cero uno cinco, Sede Notarial, Lic. Osman Frew Davidson. Setenta y cinco al
sur, del Museo Nacional, edificio doscientos setenta en el bulevar. Gestiona,
María Cecilia Sánchez Molina.—Limón, veinte de febrero
del dos mil quince.—Lic. Osman Frew
Davidson, Notario.—1
vez.—(IN2015017853).
Sucesión
de la causante María Ángela Madrigal Salas, cédula uno-dos seis cinco-tres tres
cinco. Ante la notaría de Danilo Loaiza Bolandi,
ubicada en San José Barrio Don Bosco Avenida seis calle veinticuatro bis,
número seis dos seis, oficina dos, a solicitud de la sobrina de la causante
doña Patricia Madrigal Salas; cédula uno-seis seis uno-uno nueve tres, procedí a abrir el proceso sucesorio
notarial extraprotocolario de quien en vida se llamó
María Ángela Madrigal Salas, cédula uno-dos seis cinco-tres tres cinco. En
virtud de lo anterior emplazo a cualquier persona que se considere con interés
legítimo en suceder o reclamar algo de esta sucesión para que, en el plazo de
treinta días contados a partir del día siguiente al de esta publicación, se
apersone a mi oficina a hacer valer sus derechos, en el entendido de que pasado
dicho plazo se procederá conforme a Derecho a la declaratoria de herederos lo
que implica que el patrimonio del causante pasará a favor de quienes
acreditaron estar legitimados para suceder al causante. Expediente número
01-02-03-2015 DLB.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1
vez.—(IN2015017889).
Por
escritura de las dieciocho horas del seis de febrero del dos mil quince, número
3, tomo segundo del Notario, Mario Jesús Jiménez Vásquez, se declara abierto el
proceso sucesorio de Adriel Sandí Sandí,
cédula de identidad uno-ciento cuarenta y nueve-ochocientos noventa y cuatro, mayor, casado una vez,
pensionado, vecino San Josecito de Alajuelita, Calle
Los Filtros del Salón La Cima; trescientos metros sur, se nombra como albacea a
María Elena Sandí Ortega, cédula de identidad uno-seiscientos cuarenta y seis-ciento
ochenta y nueve, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Felipe de Alajuelita, Urbanización Corina Rodríguez, avenida seis,
casa número ciento veinticuatro, se emplaza a terceros y cualquier interesado
en el presente sucesorio a manifestarse ante esta notaría dentro del plazo de
treinta días a partir de la presente publicación, al correo electrónico
mjjimenez@abogados.or.cr o al teléfono 8896-51-26. Es todo.—San
José, 6 de febrero del 2015.—Lic. Mario Jesús Jiménez Vásquez, Notario.—1 vez.—(IN2015017894).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de Lewis Orvin Donner,
quien usaba un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor,
casado dos veces, pensionado, vecino de San José, Escazú, Condominios Monte
Plata, Torre B, apartamento número seiscientos uno, con cédula de residencia
número, quien es la misma persona que en el testamento base del presente
proceso sucesorio notarial aparece con el número de cédula a residencia ciento
ochenta y cuatro-cero cero cero seis cinco cuatro
siete tres cuatro, quien es la misma persona que en el testamento aparece con
número de cédula de residencia ciento setenta y cinco-ciento noventa mil
seiscientos setenta y uno-cero trece mil cuatrocientos ochenta y dosciento setenta y cinco-ciento noventa mil seiscientos
setenta y uno-cero trece mil cuatrocientos ochenta y dos, para que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente 14-001. Notaría del Bufete Solano
Vásquez.—Licda. Ruth Solano Vásquez, Notaria.—1 vez.—(IN2015017935).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión Ab-intestato de Luis
Ortiz Ortiz, conocido como, Luis López Ortiz, mayor,
viudo una vez, apicultor, vecino de San Fernando de Úpala,
frente al corral del Colegio Técnico de Upala, cédula
de identidad ocho-cero cuarenta y uno-cuatrocientos setenta y uno, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2015. Notaría del Lic.
Miguel Ángel Orozco Velásquez, ubicada en Upala
centro, cincuenta metros al este del ICE, fax 2470-6556, correo electrónico orozvelas@gmail.com.—Lic.
Miguel Ángel Orozco Velásquez, Notario.—1
vez.—(IN2015017943).
Se
hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó María Amalia Arce Araya, mayor, soltera, pensionada, con
documento de identidad 0301530160 y vecina de Heredia. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo
aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 15-000095-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 26 de febrero del 2015.—Msc. Adrián Hilje Castillo,
Juez.—1 vez.—(IN2015018001).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien fuera Elizabeth
Madrigal Arce, mayor, cédula seis-trescientos once-ochocientos veintitrés,
casada dos veces, ama de casa, vecina de Cóbano de
Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días se apersonen a hacer
valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos que si no se apersonan en ese plazo la herencia pasará a quien
corresponda en derecho. Sucesorio: 15-100013-642-CI. P/ Ervin
Víctor Fernández Cruz.—Juzgado Civil y Agrario de
Puntarenas.—Licda. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—(IN2015018023).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rodrigo, Heriberto José y
Carlos Enrique, todos Vargas Molina, a las ocho horas del quince de marzo de
dos mil quince, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio notarial de
quien en vida fuera Birma Molina Marín, mayor, casada
una vez, de oficios del hogar, con cédula de identidad número uno-tres dos
dos-uno cinco tres, vecina de el Carmen de Guadalupe. Se cita y emplaza
interesados para que dentro del plazo de treinta días naturales, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría sita en
Sabanilla de Montes de Oca, ochocientos cincuenta metros al este, de la iglesia
católica, Teléfono dos dos siete tres ocho uno siete
seis, a hacer valer sus derechos.—Licda. Sinda
Vanessa Gòchez Vargas, Notaria.—1
vez.—(IN2015018221).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión Juana Bustos Bustos, mayor, casada una vez, vecina de Barranca progreso
casa C treinta y cinco con cédula seis-ciento tres-ciento sesenta y ocho, para
que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría situada en
Puntarenas, de la Casa de la Cultura 25 metros al este. Se apercibe a quiénes
crean tener derecho en calidad de herederos de que de no presentarse en el
plazo dicho, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente 0004-2015.—Lic. Guillermo Carballo Rojas, Notario.—1
vez.—(IN2015018241).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Antonio Rojas Fonseca
y quien en vida fue mayor, casado en primeras nupcias María Nuvia
C.C. María Nuria Murillo Meléndez; pensionado, vecino de Barrio San José de
Alajuela, cien metros norte y doscientos cincuenta al oeste del colegio, cédula
dos-ciento cuarenta y uno-setecientos treinta y tres, y quien falleció el día
trece de julio del dos mil cinco, en su dirección indicada, según citas de
defunción 2-0216-415-00829, para que dentro del plazo de treinta días, contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos;
y se percibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº
15-00001-JMHB-CI. Notaría del Bufete Hidalgo Barrantes. Oficina situada en la
ciudad de Escazú, San José, detrás de la Iglesia, fax 2289-0590. Firmo para su
publicación, al ser 14:00 horas del 13 de marzo del 2015.—Lic.
José Manuel Hidalgo Barrantes, Notario.—1
vez.—(IN2015018252).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Carlos Eduardo
de Jesús Villalobos Monge, quien en vida fue mayor, casado una vez,
comerciante, cédula de identidad número cuatro-cero cero nueve cuatro-cero
cuatro cuatro dos y vecino de Heredia Centro, calle
cuatro, avenidas uno y tres, para que dentro del plazo de treinta días, contados
a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp.
Nº S-0001-2015. Notaría del Lic. Andrés Oviedo Sánchez; sita en Heredia; cien
metros al sur, de la esquina suroeste, de la Estación del Ferrocarril.—Heredia, 16 de marzo del 2015.—Lic. Andrés Oviedo Sánchez,
Notario.—1 vez.—(IN2015018253).
Se
convoca a todos los interesados y presuntos herederos de la sucesión de quien
en vida se llamó Guillermo Quirós Meneses, quien fue mayor, soltero, pensionado
de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, con cédula de identidad número
uno-doscientos veintiocho-trescientos cincuenta y siete, vecino de San José
Barrio Bolívar calle dieciocho bis avenida doce bis número dieciocho
veintisiete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación del presente edicto, comparezcan ante esta notaría, en defensa de
sus derechos, bajo el apercibimiento de que si así no lo hicieren, la herencia
pasará a quien legalmente corresponda. Igualmente que la sede de esta notaría
se ubica en San José, San José, San Rafael Arriba de Desamparados Urbanización
Villa Ceci, casa número catorce A, o remitirlos al fax veintidós cincuenta y
seis-veintisiete-veinticinco. (Sucerio en Sede
Notarial de Guillermo Quirós Meneses). Exp. Nº
15-0001-SUNO.—San José, a las diez horas del día diez
de enero del dos mil quince.—Licda. Ivannia Patricia
Sojo González, Notaria.—1 vez.—(IN2015018313).
Ante mi notaría, mediante escritura número ciento
cuarenta y nueve, otorgada el trece de marzo del dos mil quince, comparecieron
Blanca Rosa del Carmen Brenes Sanabria y Gerardo Rodrigo Solano Brenes; a
efecto de tramitar proceso sucesorio extrajudicial de conformidad con el
artículo ciento veintinueve del Código Notarial de quien en vida fue Juan
Rodrigo Solano Calvo, mayor, casado una vez, peón, cédula de identidad número
tres-cero ciento veinticuatro-cero doscientos noventa y seis, vecino de
Cartago, Oreamuno, Santa Rosa, San Isidro,
veinticinco metros al norte, de la Gruta. Se nombra como albacea, quien acepta
el cargo al señor Gerardo Rodrigo Solano Brenes. Conforme el artículo
novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a
todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días a partir de
esta publicación, se apersonen en defensa de sus derechos, bajo el
apercibimiento de que si no lo hicieren en tiempo y forma, la herencia pasará a
quien en derecho corresponda. Exp. Nº 001-2015.—San José, 13 de marzo del 2015.—Lic. Gastón Sancho Cubero,
Notario.—1 vez.—(IN2015018370).
Ante la notaría del suscrito, se inició el proceso
sucesorio sin testamento, a las diez horas del dieciséis de diciembre del dos
mil catorce, solicitado por Paulina Valerio Villalobos, cédula número
4-095-197, en su condición de albacea propietaria de quien en vida fue Ronald
Ramírez Valerio, cédula número 4-140-730, fallecido en Uruca
Central San José, el día dieciséis de marzo del dos mil trece. Se emplaza a los
interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto se apersonen hacer valer sus derechos y si no se
presentan dentro del mencionado plazo, la herencia pasará a quien corresponde.—San José, a las once horas con cuarenta y cinco minutos
del diez de marzo del dos mil quince.—Lic. Miguel Ángel Jiménez Cerros, Notario.—1 vez.—(IN2015018382).
Ante la notaría del suscrito, se inició el proceso
sucesorio testamentario, a las 12:00 horas del 13 de marzo del 2015, solicitado
por Luis Arturo de Jesús Quirós Quirós, cédula
1-0723-0763, en su condición de albacea propietario y heredero de quien en vida
fuera Ana María Pérez Gutiérrez; cédula 5-0260-0132, fallecida en Centro Nicoya
Guanacaste, el 23 de octubre del 2012. Se emplaza a los interesados para que
dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto
se apersonen hacer valer sus derechos y si no se presentan dentro del
mencionado plazo, la herencia pasará a quien corresponde.—San
José, a las 10:00 horas del 16 de marzo del 2015.—Lic. Miguel Ángel Jiménez
Cerros, Notario.—1 vez.—(IN2015018383).
Ante la notaría del suscrito, se inició el proceso
sucesorio testamentario, a las 13:00 horas del 13 de marzo del 2015, solicitado
por la señora María Guadalupe Martínez Martínez,
8-054-552, en su condición de albacea propietaria y heredera de quien en vida
fuera Evelio del Carmen Quirós Garro, cédula número 3-163-391, fallecido en San
José, el 25 de mayo del 2014. Se emplaza a los interesados para que dentro del
plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto se
apersonen hacer valer sus derechos y si no se presentan dentro del mencionado
plazo, la herencia pasará a quien corresponde.—San
José, a las 9:00 horas del 16 de marzo del 2015.—Lic. Miguel Ángel Jiménez
Cerros, Notario.—1 vez.—(IN2015018386).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de Carlos Alberto Bustamante Salazar, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación del edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidades de
herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quién corresponda. Exp. Nº 2015-03-NP-7246.—Lic. José Ronny Sandí Chavarría,
Notario.—1 vez.—(IN2015018393).
Se
cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en
la sucesión de María Laurema Rojas Villalobos, cédula
dos-uno cero seis-seis tres uno, viuda una vez, ama de casa, vecina de Ciudad
Quesada, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente Nº SN 0001-2015. Ciudad Quesada, costado norte de los tribunales.
Fax: 24 60 25 19. Teléfono 24 60 00 46.—Lic. Gonzalo Alfonso
Monge Corrales, Notario.—1 vez.—(IN2015018408).
Licda. María del Milagro Arguedas Delgado, Notaría
Pública, con oficina abierta en la ciudad de San Ramón de Alajuela, hace saber
que a las quince horas del día seis de marzo del dos mil quince, en mi notaría,
bajo el expediente número 0001-2015, se declaró abierto el proceso sucesorio ab
intestado en sede notarial, de quien en vida fue Juan Ramón Pérez Chacón,
cédula de identidad dos-doscientos ochenta y dos-mil doscientos cincuenta y
dos. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores, y en general a
todos quienes puedan resultar interesados o crean tener derechos en la presente
sucesión extrajudicial en sede notarial, a efectos de que concurran a hacer
valer sus derechos dentro de los siguientes treinta días a partir de la
respectiva publicación del edicto en el Boletín Judicial, en la oficina
de la suscrita notaria, sita en la ciudad de San Ramón, provincia de Alajuela,
ciento setenta y cinco metros al norte de la Cámara de Productores de Caña,
bajo del apercibimiento de que si no se apersonaren a la sucesión en esta
notaría dentro del término conferido, la herencia pasará a quien
corresponda.—Licda. María del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—(IN2015018413).
Licda.
María del Milagro Arguedas Delgado, notaria pública
con oficina abierta en la ciudad de San Ramón de Alajuela, hace saber que a las
quince horas del día cinco de marzo del dos mil quince, en mi notaría, bajo el
expediente número 0002-2015, se declaró abierto el proceso sucesorio ab
intestado en Sede Notarial, de quien en vida fue Hernán Solorzano
Quesada, cédula dos-doscientos dos-setecientos ochenta. Se cita y emplaza a
herederos, legatarios, acreedores, y, en general a todos quienes puedan
resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión
extrajudicial, en sede notarial, a efectos de que concurran a hacer valer sus
derechos dentro de los siguientes treinta días a parir de la respectiva
publicación del edicto en el Boletín Judicial, en la oficina de la
suscrita notaria, sita en la ciudad de San Ramón, Provincia de Alajuela, ciento
setenta y cinco metros al norte de la Cámara de Productores de Caña, bajo del
apercibimiento de que si no se apersonaren a la sucesión en esta notaría dentro
del término conferido, la herencia pasará a quien corresponda.—Licda. María del
Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1
vez.—(IN2015018416).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Haydee del Carmen
Jiménez Villalobos, cédula nueve-cero sesenta y dos-nueve-cero setenta y
nueve-trescientos diecisiete, chofer, casado una vez, vecina de Platanares de
Pérez Zeledón, dos kilómetros suroeste de la iglesia Bolivia del lugar, para
que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar su derechos y se aperciban los que creen
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0002-2015. Sucesión de
Haydee del Carmen Jiménez Villalobos.—Licda. Ana Vita
Ureña Valverde, Notaria.—1 vez.—(IN2015018432).
Ante
esta notaría se inicia sucesión notarial de quien en vida fuera Odilie Forrester Hernández;
mayor, casada una vez, cédula de identidad 1-397-581, quien fuera vecina de
Cartago, Paraíso, Barrio la Estación, diagonal a la Pejivallera.
Se cita a los herederos, acreedores y terceros interesados apersonarse en mi
oficina en Cartago, cien metros al norte, de la esquina noroeste, del Parque de
la Basílica de Los Ángeles, edifico esquinero, color rojo, de no hacerlo la
herencia pasará a quien en derecho corresponda.—Cartago, 17 de marzo del
2015.—Licda. Rosaura Barquero Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2015018513).
Por
escritura número 100, otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 14 de marzo del
2015, se ha abierto el sucesorio sede notarial de Rafaela Marchena Carmona,
mayor, viuda, ama de casa, cédula 5-091-069, vecina de Guanacaste, Santa Cruz,
Río Cañas Viejo, de la plaza de deportes 200 metros al este, por lo que se cita
a los posibles herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que en el plazo de treinta días comparezca a hacer valer sus
derechos ante esta notaría, sita en San José, avenida 16, entre calles 3 y 5,
con el apercibimiento de que si no lo hiciere en ese plazo, la herencia pasará
a quien corresponda.—San José, 14 de marzo del 2015.—Licda. Maritza Navarro
Contreras, Notaria.—1 vez.—(IN2015018526).
Se
cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de
Cándida Rosa Núñez Muñoz, mayor, soltera, costurera, cédula dos-uno cuatro
dos-tres siete nueve, vecina de Pavas, Villa Esperanza, quien falleciera en
Hospital México, la Uruca el veintiocho de Enero de
mil novecientos noventa y seis, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, y se apercibe que los que crean tener capacidad de herederos que si
no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 003-2015.—Lic. Luis Fernando Fallas
Marín, Notario.—1 vez.—(IN2015018548).
Se cita y se emplaza a otros posibles interesados en
la sucesión de quien en vida fue el señor Vinicio Alonso Sánchez Calderón
mayor, soltero, cédula número uno-mil veinticinco-quinientos sesenta y cinco y
vecino de San Isidro de Heredia, sucesión que se está tramitando en la notaría
de la Licenciada, Monika Rodríguez Campos, para que
en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación del edicto en
el Boletín Judicial comparezcan a reclamar sus derechos los que crean
tener derecho a la herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº cero cero cero uno-dos mil quince.—Licda. Monika Rodríguez Campos,
Notaria.—1 vez.—(IN2015018577).
Se
cita y se emplaza a otros posibles interesados en la sucesión de quien en vida
fue el señor Raúl Sánchez Vargas mayor, casado una vez, pensionado cédula
número cuatro-cero seis seis-nueve dos cinco y vecino de San isidro de Heredia
para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación del
edicto en el Boletín Judicial comparezcan a reclamar sus derechos los
que crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro
de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº cero cero cero dos-dos mil quince.—Licda. Monika Rodríguez Campos,
Notaria.—1 vez.—(IN2015018579).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por María Eugenia Rodríguez Rodríguez, cédula 9 -0060-0986, a las 15 horas del 04 de
febrero del año 2015 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Ángela
Rodríguez Arce, viuda 1 vez, del hogar, cédula 2-0130 -0564, vecina de
Guápiles, Pococí, Limón, 500 metros al sur de Standar. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Guápiles,
Pococí, Limón, 150 oeste del Cementerio, teléfono
2710-51-58, fax 2710-3546.—Lic. Criselda
Valverde Elizondo, Notaria.—1 vez.—(IN2015018649).
Se
cita y se emplaza a los interesados en la sucesión en sede notarial de, Rafael
Rojas Paniagua quien en vida fue: mayor, casado dos veces, administrador,
vecino de San Roque de Grecia de Alajuela, cien metros norte y veinticinco
metros este de la iglesia con cedula de identidad número: dos-doscientos
ochenta y cinco-seiscientos ocho, para que dentro del plazo de treinta días
hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a
reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos
que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién
corresponda. Expediente número: cero cero uno-dos mil
quince, Notaria del Bufete Barrantes.—Lic. Giovanni
Barrantes Barrantes, Notario.—1
vez.—(IN2015018676).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión notarial de quién en vida fue Custodia Badilla Quirós, mayor, cédula
3-115-934, quién falleció el 15 de febrero 2010, para que conforme al artículo
917 del Código Procesal Civil cualquier interesado dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante el
suscrito a reclamar sus derechos lo cual podrán hacer en Santa Ana, Fórum II,
edificio A. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.—San José, 25 de febrero del 2015.—Lic. Marvin Céspedes
Méndez, Notario.—1 vez.—(IN2015018713).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por señores Israel Araya Soto,
María Ester Sánchez Campos, y Gabriel Alberto Alfaro Araya, a las 09 horas del
06 de febrero del 2015, y comprobado el fallecimiento de la causante, esta
notaría declaró abierto el Proceso Sucesorio Ab Intestato de quien en vida fue
María Cecilia del Carmen Araya Sánchez, mayor, casada una vez, ama de casa,
cédula de identidad número 2-346-901, vecina de San Pedro de Poás de Alajuela, Barrio Santa Cecilia. Se cita a los
herederos, legatarios y acreedores y en general a todos los interesados para
que dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número
0001-2015. Notaría del Lic. Edwin Antonio Bolaños Villalobos, ubicada en San
Pedro de Poás de Alajuela, 100 metros al norte del
Mercado Municipal, teléfono 2448 4974.—Lic. Edwin
Antonio Bolaños Villalobos, Notario.—1
vez.—(IN2015018718).
Ante esta Notaría,
al ser las once horas del diecisiete de marzo del dos mil quince, se ha
abierto la sucesión AB Intestato de quién en vida fue Víctor Manuel Bulgarelli Flores, con cédula de identidad número
2-0083-0796, quien murió el día 20 de julio del 2003. Promueve esta gestión el
señor Víctor Felipe Bulgarelli Céspedes; con cédula
de identidad 1-0601-0825, quién es hijo y único heredero sobreviviente del
causante. Por este medio, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados, para que dentro del término de treinta días
se apersonen ante esta notaría, en defensa de sus derechos, bajo el
apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien
corresponda. Notaría del Licenciado, Andrés Montejo Morales, sita en San José,
Montes de Oca, Mercedes, Ofiplaza del Este, Edificio
A, primer piso, oficina número cuatro.—San José, diecisiete
de marzo del dos mil quince.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(IN2015018722).
Ante esta notaría,
al ser las once horas cuarenta minutos del diecisiete de marzo del dos
mil quince, se ha abierto la sucesión AB Intestato de quién en vida fue Merary Céspedes Barquero, con cédula de identidad número
2-0135-0435, quien murió el día 17 de octubre del 2012. Promueve esta gestión
el señor Víctor Felipe Bulgarelli Céspedes, con
cédula de identidad 1-0601-0825, quién es hijo y único heredero sobreviviente
de la causante. Por este medio, se emplaza a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del término de
treinta días se apersonen ante esta notaría, en defensa de sus derechos, bajo
el apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien
corresponda. Notaría del Licenciado, Andrés Montejo Morales, sita en San José,
Montes de Oca, Mercedes, Ofiplaza del Este, Edificio
A, primer piso, oficina número cuatro.—San José,
diecisiete de marzo del dos mil quince.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(IN2015018726).
Ante
esta notaría, al ser las doce horas treinta minutos del diecisiete de marzo
del dos mil quince, se ha abierto la sucesión AB Intestato de quién en
vida fue Zeneida María Bulgarelli
Céspedes, con cédula de identidad número 1-0653-0240, quien murió el día tres
de enero del dos mil quince. Promueve esta gestión el señor Víctor
Felipe Bulgarelli Céspedes, con cédula de identidad
1-0601-0825, quién es hermano y único heredero sobreviviente de la causante.
Por este medio, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados, para que dentro del término de treinta días se
apersonen ante esta notaría, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento
de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del
Licenciado, Andrés Montejo Morales, sita en San José, Montes de Oca, Mercedes, Ofiplaza del Este, Edificio A, primer piso, oficina número
cuatro.—San José, diecisiete de marzo del dos mil
quince.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1
vez.—(IN2015018730).
Se emplaza a
herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de
quien en vida fuera el señor Arnoldo Rojas Agüero; quien fue mayor, casado, de
Guanacaste, Nicoya, Caimital del Súper Caimital, setenta y cinco este, cédula
uno-cero trescientos cuarenta y nueve-cero cero cincuenta, quien fallece en el
Centro de Nicoya, el doce de enero del dos mil quince, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen a esta notaría, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de
que en caso de que no lo hicieran la herencia pasará a quien en derecho
corresponde. Así mismo deben señalar lugar para que reciban sus notificaciones.
Expediente Nº 2015-001-5591. Licda. Elizabeth Núñez Chacón, notaria, Montes de
Oca, Lourdes, 100 NE de la U. Fidelitas, fax 22 24 63
73, Nicoya; 300 oeste, 50 sur del Servicentro San
Martín.—Nicoya, 2 de marzo del 2015.—Licda. Elizabeth
Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—(IN2015018783).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
sucesión de Aurea Rojas Arias, mayor, viuda, del
hogar, con cedula numero dos- ciento cuarenta
y nueve- quinientos setenta y tres y vecina de San Ramón, ciento
cincuenta metros noroeste de Mueblería “La Cima”, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente 22-07-02-2015. Notaría del Bufete del Lic. Carlos
Eduardo Blanco Fonseca. Abogado y Notario, oficina ubicada en San Ramón de
Alajuela, cien metros al noroeste, del Mercado Municipal.—San
Ramón, nueve de febrero del dos mil quince.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca,
Notario.—1 vez.—(IN2015018793).
Ante
la notaría del Lic. Ferdinand von Herold se apertura
proceso sucesorio en sede Notarial de quien en vida fuera Pastora Centeno Maltez se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la
publicación comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, sita en Rohrmoser quinientos veinticinco metros norte de la
Embajada de Estados Unidos, Bufete Víquez Jara & Asociados.—Lic. Ferdinand von Herold,
Notario.—1 vez.—(IN2015018801).
Se
emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el
sucesorio Notarial de Imelda Jiménez Ortiz, cédula 3-116-416, y Carlos Etelvino Bustos Vega, cédula 9-014-703, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan ante esta Notaría para hacer valer sus derechos. Se advierte a los
que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de ese
término, ésta pasará a quien corresponda. Cartago, costado norte Tribunales de
Justicia, teléfono 8914 0020.—Cartago, veinticinco de
febrero del dos mil quince.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez.—1
vez.—(IN2015018819).
Se
cita y emplaza a todos los eventuales interesados en la sucesión de quién en
vida fuera, Arnoldo Ortiz Ortiz, mayor de edad,
casado una vez, pensionado, vecino de San José, Barrio Los Yoses,
cincuenta metros al sur de la Casa Italia, portador de cédula de identidad número tres-ciento sesenta y ocho-ciento
diecinueve, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, ubicada en San José,
Avenida Escazú, edificio doscientos dos (edificio Starbuck’s),
cuarto piso, oficina cuatrocientos cuatro, a reclamar sus derechos. Se apercibe
y advierte a quienes crean tener derechos en calidad de heredero o legatario,
que si no se presentan, dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién
corresponda. Expediente número cero uno-dos mil quince.—José
Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—(IN2015018821).
Proceso
Sucesorio Acumulado Miguel Ángel Fallas Valverde y Elida Fallas Mora en vida
mayores, casados, chofer y ama de casa, vecinos Higuito de Desamparados frente
escuela, cédulas 1-372-161 y 1-239-033. Se cita y emplaza a herederos y otros
para que en treinta días hábiles, se apersonen a hacer valer derechos, sita
Desamparados detrás Liceo Monseñor Odio. Exp. 02-2015.—Desamparados, 15 de marzo del 2015.—Licda. Emilia Ma.
Marín Díaz, Notaria.—1 vez.—(IN2015018830).
De conformidad con lo establecido en el artículo 894
del Código Procesal Civil se cita y emplaza a herederos, legatarios,
acreedores, y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso
sucesorio notarial de la señora Clara Luz Méndez Sánchez, con cédula de
identidad número cinco-cero cien-cero quinientos ochenta ocho. El proceso
sucesorio lo tramita el suscrito notario público de acuerdo a lo establecido en
el artículo 129 del Código Notarial, bajo el apercibimiento a los que crean
tener derecho a la herencia, de no hacerlo dentro del plazo dicho, la misma
pasará a quien corresponda. La oficina del suscrito se encuentra ubicada en la
Avenida segunda, Calles 19 y 21, Bufete Consultores Bellavista, edificio
esquinero, altos de la Librería Expolibros, teléfonos
2222-3027 ó 2221-1281, fax: 2222-4418.—San José, ocho
de enero del dos mil quince.—Lic. Rodolfo Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—(IN2015018916).
De conformidad con lo establecido en el artículo 894
del Código Procesal Civil se cita y emplaza a herederos, legatarios,
acreedores, y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de
treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso
sucesorio notarial del señor Adalberto Briceño Campos, con cédula de identidad
número uno-cuatrocientos cuarenta y ocho-novecientos ochenta y dos. El proceso
sucesorio lo tramita el suscrito Notario Público de acuerdo a lo establecido en
el artículo 129 del Código Notarial, bajo el apercibimiento a los que crean
tener derecho a la herencia, de no hacerlo dentro del plazo dicho, la misma
pasará a quien corresponda. La oficina del suscrito se encuentra ubicada en la
Avenida Segunda, Calles 19 y 21, Bufete Consultores Bellavista, edificio
esquinero, altos de la Librería Expolibros, teléfonos
2222-3027 o 2221-1281, fax: 2222-4418.—San José, primero de febrero del dos mil
quince.—Lic. Rodolfo Montero Pacheco, Notario.—1
vez.—(IN2015018918).
De
conformidad con lo establecido en el artículo 894 del Código Procesal Civil se
cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer
valer sus derechos dentro del proceso sucesorio notarial del señor Juan Bosco
Salazar Chávez, de nacionalidad nicaragüense, con cédula de residencia
costarricense número uno cinco cinco ocho cero siete
tres tres seis cuatro cero seis. El proceso sucesorio
lo tramita el suscrito Notario Público de acuerdo a lo establecido en el
artículo 129 del Código Notarial, bajo el apercibimiento a los que crean tener
derecho a la herencia, de no hacerlo dentro del plazo dicho, la misma pasará a
quien corresponda. La oficina del suscrito se encuentra ubicada en la Avenida
Segunda, Calles 19 y 21, Bufete Consultores Bellavista, edificio esquinero,
altos de la Librería Expolibros, teléfono y fax
2222-4418.—San José, dos de marzo del dos mil
quince.—Lic. Luis Arturo Mayorga Pacheco, Notario.—1
vez.—(IN2015018920).
En mi notaría, se indica proceso sucesorio, en sede notarial de quien en vida
fue: Rosa María Araya Lobo. Se nombra albacea propietaria a: Raquel Priscilla
Vargas Araya. Se cita y emplaza a terceros interesados para que en plazo de
treinta días, se apersonen a esta notaría para hacer valer sus derechos.—San José, 23 de febrero del 2015.—Licda. Melissa Guardia
Tinoco, Notaria.—1 vez.—(IN2015018954).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la
Sucesión de, quien en vida fuera German Gerardo Céspedes Alpízar,
mayor, casado una vez, empresario, vecino de San José, Uruca,
Residencial El Jardín, cincuenta metros norte de la farmacia El Jardín, cédula
de identidad número dos-cero doscientos treinta y tres-cero cuatrocientos
veintinueve, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante la Notaría del Lic. Esteban Chaverri Jiménez, ubicada en San José, Uruca,
Urbanización Robledal, Avenida veintinueve, Calle sesenta y dos A, número
ciento cuarenta, Esquivel & Asociados; a hacer valer sus derechos; y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Se hace constar
que el horario de esta Notaría es de las ocho horas, a las diecisiete horas.
Expediente Nº 001-2015.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1
vez.—(IN2015018961).
Se cita y emplaza a todos los interesados en las
sucesiones acumuladas de, Zoraida Monge Cordero, quien fue casada una vez, con
cédula de identidad número uno ciento sesenta y ocho-cuatrocientos cinco, y de
Antonio Sánchez Villalta, quien fue casado una vez, con cédula de identidad
número uno-ciento cuarenta y siete-trescientos cincuenta y ocho, ambos vecinos
de San Rafael Abajo de Desamparados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de heredero o bien
interesados de otra naturaleza a que si no se presentan dentro de dicho plazo,
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero
cero dos-dos mil quince. Lic. Carlos Gerardo
Barrantes Méndez, San José, Alajuelita, San Josecito,
de la iglesia católica cincuenta metros al sur y cincuenta al este, correo
electrónico carlosbarrantesm@hotmail.com. Fax dos dos
cinco dos cuatro nueve cero tres”.—Lic. Carlos Gerardo
Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—(IN2015018969).
Mediante
acta de apertura otorgada por Jaime Medina Reyes, ante esta notaría a las diez horas del catorce de marzo del dos mil
quince, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el sucesorio
de Remigia Reyes Reyes,
mayor, soltera, ama de casa, vecina de Copal de Quebrada Honda de Nicoya
Guanacaste, un kilómetro al sur del Colegio de Copal, cédula cinco-cero
cuarenta y ocho-seiscientos sesenta y uno, fallecida el diecinueve de marzo del
año dos mil. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría
del Lic. Olga Granados Porras, Nicoya-Guanacaste, Bº Guadalupe 150 suroeste del
cementerio, teléfono 26866078. Fax 26854243.—Licda.
Olga Granados Porras, Notaria.—1 vez.—(IN2015018971).
Por
escrito recibido en esta notaría el 26
de febrero de 2015, se ha iniciado un proceso sucesorio en sede notarial. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados en la sucesión de Dora Amable Ovares Santos, quien en vida fue
mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula número 1-0083-0942, vecina de
San José, Pavas, Villa Esperanza; para que dentro del plazo de 30 días, se
presenten a la oficina del Lic. Edgardo Mena Páramo, sita en San José, Pavas,
100 metros oeste, de la Sucursal del Banco de Costa Rica, a hacer valer sus
derechos con el apercibimiento, a los que crean tener derechos a la herencia,
de que si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 2015-002-NO.—San José, 18 de marzo del
2015.—Lic. Edgardo Mena Páramo, Notario.—1
vez.—(IN2015018984).
Por
escrito recibido en esta notaría el 5 de
marzo del 2015, se ha iniciado un proceso sucesorio en sede notarial. Se cita a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en
la sucesión de Miguel Ángel Mora Ovares, quien en vida fue mayor, viudo,
comerciante, con cédula número 1-0235-0600, vecino de San José, Desamparados,
Barrio Fátima; para que dentro del plazo de 30 días, se presenten a la oficina
del Lic. Edgardo Mena Páramo, sita en San José, Pavas; 100 metros oeste, de la
Sucursal del Banco de Costa Rica, a hacer valer sus derechos con el
apercibimiento, a los que crean tener derechos a la herencia, de que si no se
presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
2015-003-NO.—San José, 18 de marzo del 2015.—Lic.
Edgardo Mena Páramo, Notario.—1 vez.—(IN2015018994).
Con treinta días de plazo, se cita y emplaza a todos
los herederos, legatarios y demás interesados en el proceso sucesorio Nº
15-100010-0239-CI (10-15) de Ólman Gerardo Salazar
Rivera, quien en vida fue mayor, costarricense, casado dos veces, asesor
técnico, vecino de Hatillo 8, cédula de identidad N° 1-0377-0426; para que
dentro del mismo plazo se apersonen ante este Juzgado con el fin de que hagan
valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia
pasará a quien demuestre su derecho.—Juzgado Contravencional y de Menor
Cuantía de Hatillo, 30 de enero del 2015.—Licda. Peggy
Corrales Chaves, Jueza.—1 vez.—(IN2015018995).
Por
escrito recibido en esta notaría el 26 de febrero del 2015, se ha iniciado un
proceso sucesorio en sede notarial. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados en la sucesión de Nicasio Mora Hernández, quien en vida fue mayor,
casado una vez, comerciante, con cédula número 1-0066-4574, vecino de San José,
Pavas, Villa Esperanza; para que dentro del plazo de 30 días, se presenten a la
oficina del Lic. Edgardo Mena Páramo, sita en San José, Pavas, 100 metros oeste
de la Sucursal del Banco de Costa Rica, a hacer valer sus derechos con el
apercibimiento, a los que crean tener derechos a la herencia, de que si no se
presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente:
2015-001-NO.—San José, 18 de marzo del 2015.—Lic.
Edgardo Mena Páramo, Notario.—1 vez.—(IN2015019003).
Por
el plazo de treinta días a partir de la publicación del presente edicto, se
cita y se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en
rendir oposición a las presentes diligencias sucesorias de quien en vida fuera
Rafael Ángel Monge Castillo, con cédula 9-0048-0944, mayor, soltero, operario
industrial, vecino de Heredia, San Joaquín de Flores, de los Tribunales 75
metros al oeste, quien falleció el 01 de febrero del año dos mil diez, para que
manifiesten lo que crean pertinentes dentro del referido plazo, bajo
apercibimiento de que en caso de omitirlo, la herencia pasará a quién
corresponda. Publicar por una sola vez. Sucesión, expediente N°
15-000106-0926-CI.—Juzgado Contravencional y Civil
de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores, 9 de marzo del 2015.—Msc Luis Rodrigo Campos Gamboa, Juez.—1
vez.—(IN2015019032).
Con
fecha de hoy se ha iniciado en esta notaría la sucesión extrajudicial de quien
en vida fuera Abel Antonio Ramírez Granados, mayor, casado una vez, piloto,
vecino de San Rafael de Vásquez de Coronado, cédula 1-0201-0184. Expediente
02-2015. Albacea provisional Maribel Arroyo Moraga. Se cita a todos los
interesados para que en el término de treinta días, contados a partir de esta
publicación, se apersonen a este despacho en resguardo de sus derechos e
intereses. Oficina situada en San José, calle 7 entre Avenida Central y
primera, frente al costado oeste del Hotel Balmoral,
número 31 N segundo piso. Tel. 2222-0330.—Lic. Eugenio
Fco. Jiménez Bonilla.—San
José 17 de marzo del 2015.—Lic. Eugenio Fco. Jiménez
Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2015019042).
Se cita y emplaza a todos los herederos y demás
interesados en la sucesión de Francisco Pereira Sevilla, quien fue mayor,
pensionado, cédula de identidad número 01-0082-0364, vecino de La Unión, y Olga
Salas Rodríguez, quien fue mayor, ama de casa, cédula de identidad N°
02-0041-9709, vecina de La Unión; para que dentro del término de treinta días
contados a partir de la publicación de éste edicto, se apersonen en autos a
hacer valer sus derechos, apercibiéndole a quienes crean tener la calidad de
beneficiarios o herederos, que si no se presentan dentro del citado término, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-000255-0346-CI, promueve
Rosaura Pereyra Guzmán.—Juzgado Contravencional y
de Menor Cuantía de La Unión, 29 de enero del 2015.—Msc.
María de Los Ángeles Solano Gamboa, Jueza.—1 vez.—(IN2015019052).
Se
cita y emplaza a los interesados en la sucesión de, María Teresa Vado Arévalo,
y quien fue mayor, soltera, oficios del hogar, vecina de Limón, quien portaba
la cédula de identidad número ocho-cero cuarenta y cuatro-seiscientos ochenta y
tres, para que en el plazo de treinta días contados a partir de esta publicación,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los interesados que si no
se presentan en dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
Nº 0001-2015. Lic. Róger Valle Camareno,
ubicado costado noroeste de los Tribunales de Limón.—Limón,
17 de marzo del 2015.—Lic. Róger Valle Camareno, Notario.—(IN2015019078).
Se
cita y emplaza a los interesados en la sucesión de, María Teresa Vado Arévalo,
y quien fue mayor, soltera, oficios del hogar, vecina de Limón, quien portaba
la cédula de identidad número ocho-cero cuarenta y cuatro-seiscientos ochenta y
tres, para que en el plazo de treinta días contados a partir de esta
publicación, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los
interesados que si no se presentan en dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 0001-2015. Lic. Róger
Valle Camareno, ubicado costado noroeste de los
Tribunales de Limón.—Limón, 17 de marzo del 2015.—Lic.
Róger Valle Camareno,
Notario.—(IN2015019078).
Se
cita y emplaza a los interesados en la Sucesión de, quien en vida fue Doris
Duarte Peraza, cédula 6-215-319, quien falleció el dieciocho de marzo del dos
mil seis, vecina de Guácimo de Pococí, Limón, para
que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la
publicación por única vez de este edicto, se apersonen a hacer valer sus
derechos ante esta Notaría, ubicada en San José, de antigua Botica Solera 200
metros al norte, edificio mano derecha dos plantas, apercibidos de que si no lo
hicieren dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente 0001-2015.—San José, 19 de marzo del
2015.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1
vez.—(IN2015019143).
Se
hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Jorge Solano Ramírez, mayor, casado una vez, agricultor, con
documento de identidad 0301270162 y vecino de Cachí
de Paraíso. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con
el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si
no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 14-000459-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 8 de enero del 2015.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1
vez.—(IN2015019146).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por María Elena Vargas León, a las
siete horas del diez de marzo del año dos mil quince y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
de quien en vida fuera María del Socorro Vargas Vargas,
cédula de identidad número uno- quinientos cincuenta- setecientos doce,
fallecida el día nueve de febrero del dos mil quince. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Marcela Alvarado
Castro. Fax 2293 6394.—Lic. Marcela Alvarado Castro,
Notaria.—1 vez.—(IN2015019165).
Se
hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Renford Gordon Vickers,
conocido como Renee, mayor, soltero, agricultor,
vecino de Guácimo y portador de la cédula de identidad 700270277. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp.
Nº 99-160159-0507-AG.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de agosto del 2013.—Licda. Maureen Víquez Barrantes, Jueza.—1
vez.—(IN2015019168).
Mediante
acta de apertura otorgada ante este notaría por,
Didier Gerardo Cascante Fonseca, a las veintiún horas del día veintiuno de
diciembre del dos mil catorce y comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el Proceso Sucesorio con testamento abierto de quien en vida
fue, Lázaro Cascante Álvarez, soltero, pensionado, cédula 5-040-699 vecino de
Bolsón de Santa Cruz. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro
de plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, sita en San
José, teléfono 2272-2143, fax: 2272-2311.—Lic. Blanca Cecilia Briceño Bustos,
Notaria.—1 vez.—(IN2015019172).
Se
cita y emplaza a los herederos, legatarios o cualquiera otro interesado en la
sucesión de quien fuera, Jesús María Salazar Carvajal, mayor, casado una vez,
pensionado, cédula uno-trescientos ocho-cuatrocientos cincuenta y cuatro,
vecino de Poás de Aserrí,
Barrio San Vicente, 300 metros sureste de Pulpería Caliche, para que en el
plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la publicación del presente
edicto, se apersonen a hacer valer los derechos que pudieran corresponderles,
apercibidos de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda.
Sucesión en vía Notarial. Notaría del Lic. Ramón Guillermo Fallas Mora, 100
metros norte del Liceo de Aserrí.—Aserrí, 18 de marzo del 2015.—Lic. Ramón Guillermo Fallas
Mora, Notario.—1 vez.—(IN2015019190).
Ante
mi notaría, mediante escritura número ciento cincuenta y uno, otorgada el
dieciocho de marzo del dos mil quince, compareció la señora María Eugenia
Sobrado Rothe, a efecto de tramitar proceso sucesorio
extrajudicial de conformidad con el artículo ciento veintinueve del Código
Notarial de quien en vida fue Javier Musmanni
Sobrado, mayor, soltero, arquitecto, cédula número uno-cuatrocientos treinta y
cinco-setecientos uno, vecino de La Unión, San Juan, Residencial Danza del Sol,
cincuenta metros al sur de la primera rotonda. Quien falleció en fecha del
veinticuatro de enero del dos mil quince. Se nombra como albacea, a la señora
Gioconda Musmanni Sobrado, quien acepta el cargo.
Conforme el artículo novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil, se
cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta
días a partir de esta publicación, se apersonen en defensa de sus derechos,
bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren en tiempo y forma, la herencia
pasará a quien en derecho corresponda. Expediente 002-2015.—San
José, 19 de marzo del 2015.—Lic. Gastón Sancho Cubero.—1
vez.—(IN2015019199).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría, por Florencia Margarita Espinoza Obando, a las diez horas del trece de
marzo del dos mil quince y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio AB Intestato de quien en vida fuera Ramón
Castrillo Medina, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número
cinco-cero setenta y tres-ochocientos treinta y ocho, vecino de Guardia de
Liberia, dirección Un kilómetro y medio al sur de la entrada de CATSA. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la notaría del Lic.
Hugo Zúñiga Clachar, Liberia, Guanacaste, setenta y
cinco metros este del Instituto Nacional de Seguros, Edificio Montiel a hacer
valer sus derechos. Teléfono 2666-0122 (Publicar 1 vez en el Boletín
Judicial).—Liberia, 18 de marzo del 2015.—Lic.
Hugo Zuñiga Clachar,
Notario.—1 vez.—(IN2015019238).
Se hace saber, que en mi notaría pública se
celebrará el matrimonio civil de: Abel Antonio Duarte Thomas y Bethy Elibeth Sánchez Urbina. Se
emplaza en general a todos los interesados, para que dentro de ocho días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a presentar
oposición.—San José, 19 de marzo del 2015.—Lic. Silvia
Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—(IN2015019239).
De
conformidad con lo previsto por el artículo 917 del Código Procesal Civil, se
emplaza a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los
interesados en la sucesión de Marta Eugenia Cañas Ruiz, quien fue mayor, viuda
de su único matrimonio, administradora, vecina de San Rafael de Escazú, con
cédula de identidad 1-0427-0524, para que dentro del plazo de 30 días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquélla pasará a quien
corresponda. Lo anterior por haberse ordenado así en el sucesorio acumulado de
Mario Alberto Burgos Polit y Marta Eugenia Cañas Ruiz.
Expediente N° 97-001287-0183-CI.—Juzgado Cuarto
Civil de Mayor Cuantía de San José, 24 de febrero del 2015.—Lic. Marlene
Martínez González, Jueza.—1 vez.—(IN2015019254).
Se
emplaza a todos los interesados, herederos o acreedores en la sucesión de Joaquín
Segura Arguedas, quien fue mayor, costarricense, portó la cédula de identidad
número cuatro-cero cero seis seis-cero siete cinco ocho y vecino de Piedras
Blancas de Osa, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer
valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo
indicado, la herencia pasará a quién corresponda. Exp.
N° 14-100018-0442-CI (2).—Juzgado Contravencional y
de Menor Cuantía de Osa, Ciudad Cortés, 16 de octubre del 2015.—Lic. Frank Mckenzie Peterkin, Juez.—1 vez.—(IN2015019255).
Ante
esta notaría se procede a la apertura y tramitación del proceso sucesorio de
quien en vida fue, el señor José Federico Campos Trejos, quien vida fue mayor,
casado una vez, portador de la cédula de identidad número tres-doscientos
veinte-setecientos ochenta y siete, vecino en vida de San José, El Carmen de
Guadalupe, quien falleció el día doce de noviembre del dos mil ocho; para lo
cual queda abierto el mismo para cualquier reclamo, se señala para recibir
cualquier oposición en mi oficina la cual sito en San José, Curridabat,
Granadilla, de Plaza Freses, trescientos metros norte, trescientos metros este,
doscientos metros sur y cien metros este, último edificio a mano izquierda,
color melón de dos plantas, dentro del término de Ley para recibo de las
mismas.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Notario.—1
vez.—(IN2015019256).
Ante
mi notaría, se tramita sucesorio del señor Peter Anthony Duignan
único apellido en razón de su nacionalidad norteamericana, mayor, casado dos veces, pensionado vecino de San
Isidro de Heredia, Lomas del Zurquí, cédula de
residencia número uno ocho cuatro cero cero cero uno cinco dos dos tres seis.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta
días, se apersonen a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Se les previene a los interesados que deben
señalar medio o lugar dentro del perímetro judicial de Alajuela, donde atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, o si el lugar
señalado fuere incierto, impreciso, o ya no existieren, las resoluciones posteriores
que se dicten se tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro
horas. Para el debido apersonamiento señalo la dirección de esta notaría,
Alajuela, barrio San José, costado norte de la iglesia católica.—Alajuela, doce de marzo del dos mil quince.—Lic. Ariel
González Arias, Notario.—1 vez.—(IN2015019387).
Se hace sabe que en este Despacho, se tramitan las diligencias de
presunción de muerte de Carlos Luis Omar Vega
Mejía, Expediente Nº 14-000390-0638-CI,
promueve Inés Anita García López, mayor, casada, ama de hogar, cédula de
residencia 135171742 a efecto de que se declare la presunción de muerte de,
quien fuera Carlos Luis Omar Vega Mejía, mayor, casado, pensionado, cédula de
identidad 4-070-096. Se emplaza a los interesados que tuvieren noticia sobre su
presunta muerte, para que dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
a presentar su oposición a estas diligencias. Declaración de ausencia. Exp. Nº 14-000390-0638-CI—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 21 de enero del 2015.—Licda.
Sandra Trejos Jiménez, Jueza.—(IN2015017609). 3
v. 3
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de
ausencia promovido por María de Los Ángeles Gamboa Salazar, mayor, casada una
vez, educadora pensionada, vecina de Heredia, cédula de identidad número
dos-ciento noventa y siete-cero setenta y cinco; encaminado a solicitar la
ausencia de Ángel Rigoberto Hernández Vargas, mayor, casado una vez, educador pensionado,
vecino de Heredia cédula de identidad número cuatro-cero ochenta y
cuatro-trescientos setenta y dos. Se emplaza a los interesados en este asunto,
a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última
publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos,
bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Exp.
N° 14-000529-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia,
6 de enero del 2015.—Msc. Adrián Hilje
Castillo, Juez.—(IN2015019103). 3
v. 1.
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por María de Los Ángeles
Gamboa Salazar, mayor, casada una vez, educadora pensionada, vecina de Heredia,
cédula de identidad número dos-ciento noventa y siete- cero setenta y cinco;
encaminado a solicitar la ausencia de Ángel Rigoberto Hernández Vargas, mayor
casado una vez, educador pensionado, vecino de Heredia cédula de identidad
número cuatro-cero ochenta y cuatro-trescientos setenta y dos, en el cual se ha
designado como curador a María de Los Ángeles Gamboa Salazar. Exp. N° 14-000529-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 6 de enero del 2015.—Msc.
Adrián Hilje Castillo, Juez.—(IN2015019004). 3 v. 1.
El
Licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del
Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, hace saber
a Suany Blanco Hernández, ciudadano cubano,
divorciado, ocupación y domicilio desconocidos, que en este Despacho, con el
expediente número 12-001057-0187-FA, se tramita el proceso especial de filiación
de declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación de paternidad,
promovido por Yolanda Mora Ortega, en el cual se dictó la resolución que dice:
“Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, a las
once horas nueve minutos del veintiséis de noviembre de dos mil doce. I...
II... III. Proceso especial de filiación, de declaratoria de hijo
extramatrimonial e investigación de paternidad, promovido por Yolanda Mora
Ortega se confiere traslado por el plazo de diez días a Suany
Blanco Hernández y Juan Pablo Ayala Gamboa para que lo conteste. Con relación a
los hechos de la demanda deberán manifestar si los rechazan por inexactos los
aceptan como ciertos o si los admiten con variantes o rectificaciones, las
razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoyan;
en esta oportunidad podrá oponer las excepciones que considere procedentes y
ofrecerán sus pruebas, con indicación en su caso del nombre y generales de los
testigos que proponga y sobre cuáles hechos serán interrogados. Téngase como
parte al Patronato Nacional de la Infancia. Se le previene a los demandados y
ente estatal que deberán indicar medio (fax/casillero/correo electrónico) para
recibir notificaciones. Si eligen una dirección de correo electrónico, ésta
deberá contar con la autorización emitida previamente por el Departamento de
Tecnología de la Información del Poder Judicial. Todo lo anterior bajo el
apercibimiento que en caso de omisión las futuras resoluciones que se dicten se
les tendrán por debidamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro
horas; igual consecuencia producirá para ambas partes si el medio escogido
imposibilitare la notificación por causa ajenas al Despacho o bien si el lugar
señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o no existiere
(artículos 11 y 12 de la Ley de Notificaciones Judiciales). Expediente N°
12-001057-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia del
Primer Circuito Judicial de San José, 27 de junio de 2013.—Lic. Jorge
Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015017919).
Juzgado
Primero de Familia de San José a Juan Reynerio
Meléndez Gutiérrez, en su carácter personal, quien es mayor, soltero, guarda de
seguridad, de paradero desconocido, se le hace saber que en demanda suspensión
patria potestad, establecida por Ligia Fátima Barberena Toruño
contra Juan Reynerio Meléndez Gutiérrez, se ordena
notificarle por edicto la sentencia N° 82-2015, de las catorce horas y ocho
minutos del veintiséis de enero de dos mil quince, que en lo conducente dice:
Por tanto: de conformidad con las razones de hecho alegadas y artículos 2 del
Código de Familia, 56, 158, inciso c), 159, incisos 1, 3 y 6, 5; 33, 106, 115,
116 del Código de la Niñez y la Adolescencia, 3 y 27 de la Convención sobre los
Derechos del Niño se rechaza la excepción de falta de derecho y falta de acción
interpuestas por el curador procesal, en consecuencia, se declara con lugar la
demanda abreviada que interpuso Ligia de Fátima Barberena Toruño
suspendiendo al demandado Juan Reyniero Meléndez
Gutiérrez en el ejercicio de la autoridad parental sobre sus hijos Juan José, Alisson Vanessa y Allan Eduardo todos de apellidos Meléndez
Barberena. Se dispone la suspensión por el plazo prudencial de un año, tiempo
suficiente dentro del cual se podría verificar el cese de la situación de
riesgo aquí demostrada, caso contrario, la parte actora se encuentra legitimada para solicitar la pérdida de la Autoridad
Parental. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria
en costas procesales y personales. Comuníquese mediante edicto esta sentencia
(art. 263 del C.P.C.). Inscríbase la sentencia en el Registro Civil en los
asientos, tomos y folios correspondientes a
las personas menores de edad. Hagase saber. Dra.
Shirley Víquez Vargas, Jueza de Familia. Proceso suspensión patria potestad
establecido por Ligia Fátima Barberena Toruño contra
Juan Reynerio Meléndez Gutiérrez. Expediente N°
13-000186-0186-FA.—Juzgado Primero de
Familia de San José.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015017921).
Juzgado
Primero de Familia de San José, hace saber a Darío Bouza González, documento de
identidad 79102305268, de nacionalidad cubana y de paradero desconocido, que en
este despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el
expediente número 14-000882-0186-FA, donde se ordena notificarle por edicto la
solicitud planteada por la entidad actora, referida a que se declare la nulidad
del matrimonio y del otorgamiento de residencia celebrado entre las partes por
haberse configurado un vicio en el consentimiento de unos de los contrayentes y
para que se refiera a ella le fue otorgado el plazo de diez días, dentro del
cual podrá contestar negativamente, expresando sus razones, aceptar los hechos,
ofrecer prueba, presentar excepciones y señalar medio para recibir
notificaciones. Lo anterior se ordena así en
proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de la República contra Darío
Bouza González y Karen Paola Ramírez Villalobos. Expediente N°
14-000882-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de
San José, 3 de febrero del 2015.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015017925).
El
Juzgado de Familia de Puntarenas, hace saber que en declaratoria de estado de
abandono, pérdida de la patria potestad y depósito judicial promovido por el
Patronato Nacional de la Infancia contra Óscar Andrés Espinoza Calderón y Annie Leicy Pereira Mairena, que
se tramita en este despacho bajo la sumaria número 14-001043-1146-FA, se
encuentra la resolución que literalmente dice: se tiene por establecido el
presente proceso declaratoria judicial de estado de abandono, pérdida de la
responsabilidad parental y depósito judicial, planteado por el Patronato
Nacional de la Infancia contra Óscar Andrés Espinoza Calderón, representado por
su curador procesal el Lic. Efrén Chacón Rodríguez de quien se tiene por
acepado el cargo (visible a folio 74) y contra Annie Leicy Pereira Mairena, a quienes se le concede el plazo de
cinco días para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezca pruebas de
descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código
de Familia. Asimismo se le otorga el depósito judicial provisional de la
persona menor de edad de interés Keylin María, Massiel Yinneth, Suyanli Steicy, Hanna Yuki y Jeikol
Gabriel todos Espinoza Pereira, bajo la responsabilidad del Patronato Nacional
de la Infancia. Asimismo se le previene a la demandada de conformidad con los
numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones
número 8687, el señalamiento de correo electrónico, fax, casillero, en estrado
o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de
comunicación, como medio para atender futuras notificaciones bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere
efectuar la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de
transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones
posteriores le quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de
dictadas incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a
causas que no le sean imputables. Se le advierte que si no contesta en el
indicado plazo de cinco días el proceso seguirá su curso con una convocatoria a
una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem y una
vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a
la parte demandada Cristian Bernald Francis Francis, mediante su curadora procesal, al medio señalado a
la parte demandada Joselyn Cecilia Zamora González mediante la Oficina
Centralizada de Notificaciones de estos tribunales en Puntarenas, Chacarita, Fray Casiano, parada 1, 400 metros norte y 25
metros oeste, casa color rosado de fibrolit.
Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Lic.
Alberto Jiménez Mata, Juez.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015017926).
Lic.
Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado
Segundo de Familia de San José, hace saber a Harold José Pérez Pallares, que en
este despacho en proceso ordinario de declaratoria de matrimonio inexistente
tramitado en su contra, bajo el expediente número 12-001007-0187-FA, al ser las
diez horas treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil quince, se
dictó la sentencia número 194-2015, que en su parte dispositiva dice: “Por
tanto: acorde con lo expuesto, artículos 1, 102, 104, 106, 155, 222, 287, 310,
315, y siguientes del Código Procesal Civil; 12 bis, 14 bis, 19, 24, y 64 y
siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se aplica la medida
de saneamiento que consta en el considerando primero por lo que se debe de
tener como rebelde a la codemandada Abarca Vindas tal
y como lo dispone la norma del artículo 310 del Código Procesal Civil; se acoge
la presente demanda y se declara nulo el matrimonio de Harold José Pérez
Pallares y Angie Margarita Abarca Vindas, celebrado
el cinco de mayo del dos mil ocho, inscrito al tomo quinientos uno (0501),
página cincuenta y cinco (0055), asiento ciento nueve (0109) de la Sección de
Matrimonios del Registro Civil, Partido de San José (01). Comuníquese tanto al
Registro Civil, como a la Dirección General de Migración para que en caso de
que alguno de los codemandados hubiese obtenido beneficios migratorios o de
naturalización, para que se tome nota de que tales beneficios serán nulos
conforme lo establece el numeral 19 del Código de Familia. Sin especial
condenatoria de costas. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 263 del
Código Procesal Civil, notifíquesele esta sentencia a la parte coaccionada con
domicilio desconocido, señor Harold José Pérez Pallares, por medio de edicto.
Expídase el mismo. Hágase saber. Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez de
Familia”. Lo anterior se ordena así en proceso ordinario de declaratoria de
matrimonio inexistente de el
Estado contra Angie Margarita Abarca Vindas y Harold
José Pérez Pallares. Expediente N° 12-001007-0187-FA.—Juzgado
Segundo de Familia de San José, 2 de marzo del 2015.—Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015017985).
Se
hace saber que ante este despacho se tramita proceso de cambio de nombre
promovido por Diana Bustos Cortes, mayor, soltera, costarricense, ama de casa,
vecina de Naranjo, cédula número 7-0195-0498, encaminadas a solicitar la
autorización para cambiar el nombre de su hijo menor Janick
Sthinther Lira Busto por el de Janick
Stinfer, mismos apellidos. Se emplaza a los
interesados en el proceso a efecto de que dentro del plazo de quince días
contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a
hacer valer sus derechos bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión.
Artículo 55 del Código Civil. Expediente: 13-000136-0295-CI.—Juzgado
Civil de Grecia, 13 de diciembre de 2013.—Msc.
Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015017986).
Msc. Marilene
Herra Alfaro, hace saber que en proceso declaratoria
judicial de abandono N° 13-000495-0924-FA, establecido por el Patronato
Nacional de la Infancia contra Jesús de los Ángeles Rojas Madrigal y Yaritza Navarrete Luque, mediante resolución de las diez
horas y treinta y seis minutos del primero de marzo del dos mil quince, se ha
ordenado notificar por medio de edicto al codemandado Jesús de los Ángeles
Rojas Madrigal, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia N° 167-2015
del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a
las diez horas y treinta y seis minutos del primero de marzo del dos mil
quince. Resultando: 1, 2 y 3. Considerando: I, II, III, IV y V. Por tanto: por
lo expuesto y artículos 1 a 9, 115 y siguientes, 146, 148, 158 inciso c) y 160
inciso c) del Código de Familia, 155, 162 a 165, 222 del Código Procesal Civil,
el presente proceso especial de declaratoria de abandono formulada por el
Patronato Nacional de la Infancia contra los demandados Jesús de los Ángeles
Rojas Madrigal y Yaritza Navarrete Luque, se resuelve
de la siguiente manera: a) Se declara el estado de abandono con fines de
adopción, de la persona menor de edad Kinsley Jiraya Rojas Navarrete, por parte de sus progenitores Jesús
de los Ángeles Rojas Madrigal y Yaritza Navarrete
Luque, a quienes se les sanciona con la perdida de la patria potestad sobre
dicha menor. b) Se nombra como Depositario Judicial de dicha menor al Hogarcito
San Carlos, cuyo representante legal deberá comparecer ante este despacho a
aceptar su cargo, una vez firme esta sentencia. c) Firme la sentencia expídase
la ejecutoria de ley para su correspondiente inscripción, al margen del asiento
de nacimiento de la provincia de Guanacaste, tomo cuatrocientos noventa y tres,
página doscientos setenta y cinco, asiento quinientos cuarenta y nueve. d) Se
condena a la codemandada Yaritza Navarrete Luque al
pago de las costas personales y procesales de este asunto. A quien sí se le
exime del pago de dicho extremo es al codemandado Jesús de los Ángeles Rojas
Madrigal. Notifíquese esta sentencia al codemandado Jesús de los Ángeles Rojas
Madrigal por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial,
por una sola vez.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, San Carlos, 1° marzo del 2015.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015017987).
Hace
saber que en proceso declaratoria de abandono con extinción de la patria
potestad y con depósito judicial, expediente: 14-000026-1143-FA, establecido
por el Patronato Nacional de la Infancia contra Aida María Molina Argüello,
cédula de identidad 2-523-364, de nacionalidad costarricense y Francisco
González Alemán, cédula de residencia 155815107101, de nacionalidad
nicaragüense, únicos datos. Se ordena notificarle por medio de edicto resolución
de las nueve horas del tres de marzo del dos mil quince a Francisco González
Alemán y a todas aquellas personas que tengan interés en el presente proceso.
Notifíquese.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala.—Licda.
Brenda Celina Calvo de la O, Jueza.—1
vez.—Exonerado.—(IN2015017990).
Se
hace saber que, en este despacho bajo el número único N° 13-400036-0637-FA, que
es un proceso abreviado de divorcio de Isabel Cristina Fuentes Porras, cédula
de identidad 1-1079-0692 contra Norberto Morejón Martínez de nacionalidad
cubana, número de pasaporte PC336907, de demás calidades desconocidas, que en
este se ha dictado a las ocho horas del cuatro de febrero del dos mil quince,
la sentencia número 51-15, que literalmente dice en su parte dispositiva: Por
tanto: con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se falla: a) Se
declara con lugar la presente demanda de divorcio. Se disuelve el vínculo
matrimonial existente entre Norberto Morejón Martínez y
Isabel Cristina Fuentes Porras por la causal de separación de hecho de los
cónyuges por un término no menor de tres años. Una vez firme esta sentencia,
comuníquese al Registro Civil para que haga la
anotación respectiva en la Sección de Matrimonios de la provincia de San José,
al tomo cuatrocientos cuarenta y siete, folio trescientos treinta y seis,
asiento seiscientos setenta y dos b) No existen bienes gananciales adquiridos
por las partes, sin embargo, si eventualmente existiese alguno, conforme al
artículo 41 del Código de Familia, cada uno de los cónyuges adquiere el derecho
de participar en la mitad del valor neto de los bienes gananciales que se
constaten en el patrimonio del otro, lo cual se determinará en la etapa de la
ejecución de sentencia. c) Pierden las partes sus derechos a exigirse alimentos
en forma recíproca. d) Se ordena testimoniar piezas ante la Fiscalía a fin de
que se investigue la posible comisión del delito de falso testimonio, perjurio
y simulación de matrimonio e) Se resuelve sin especial condenatoria en costas.
Por una única vez, se ordena la publicación de la parte dispositiva de esta
sentencia en el boletín judicial, para la firmeza de la sentencia se previene a la parte actora que debe
demostrar mediante copia que la publicación fue debidamente diligenciada.
Notifíquese.—Desamparados, 4 de febrero del
2015.—Licda. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1 vez.—IN2015017995).
Juzgado Primero de Familia de San José a Karen
Pamela Conejo Sanabria, quien es mayor, casada, costarricense, cédula de identidad
3-393-482, de paradero desconocido, se le hace saber que en demanda nulidad
matrimonio, establecida por Procuraduría General de la República contra
Guillermo Antonio Meléndez Boniche y otro, se ordena
notificarle por edicto la solicitud formulada por el ente actor en cuanto a que
se decrete la inexistencia del matrimonio celebrado entre los demandados al
haberse configurado un vicio en el consentimiento de uno de los cónyuges y para
que se refiera a ella le fue otorgado el plazo de diez días dentro del cual
podrá contestar negativamente, expresando sus razones, aceptar los hechos,
ofrecer prueba, presentar excepciones y señalar medio para recibir
notificaciones. Proceso nulidad de matrimonio N° 14-000382-186-FA, de la
Procuraduría General de la República contra Guillermo Antonio Meléndez Boniche y Karen Pamela Conejo Sanabria.—Juzgado
Primero de Familia de San José.—MSC. Gerardo Antonio Blanco Villalta, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015018149).
Juzgado
Primero de Familia de San José, a quien interese se hace saber que en proceso
insania establecido por Flory Guzmán Sánchez a favor
de Wilson Alonso Elizondo Guzmán, se ordena notificarle por edicto la sentencia
número 213-2015, de las quince horas y ocho minuto del veintisiete de febrero
de dos mil quince, que en lo conducente dice por tanto: de acuerdo a lo
expresado y artículos 230 y siguientes del Código de Familia y 99, 134, 155,
796 y 824 y siguientes del Código Procesal Civil, se declara el estado de
insania de Wilson Alonso Elizondo Guzmán y se designa como curadora a su madre Flory Guzmán Sánchez, a quien se le previene que dentro del
tercero día contado a partir de la notificación de esta sentencia comparezca a
aceptar y jurar el cargo conferido de lo contrario podrá ser removida. Dentro
de los treinta días siguientes al dictado de esta resolución deberá presentar
un inventario de todos los bienes del insano. Los ingresos del insano deberán
destinarse a su manutención y no a la manutención de terceras personas. Debido
a que el insano recibe una pensión del régimen no contributivo de la CCSS, la
curadora deberá presentar a este juzgado, anualmente, una situación del
patrimonio de Wilson Alonso, con nota de los gastos hechos respaldados por
facturas timbradas y sumas percibidas durante el año anterior y el presupuesto
de cada año. Las cuentas deberán ir acompañadas de sus documentos
justificativos y solo podrá excusarse la comprobación de los gastos en que no
se acostumbre recoger recibos. Los gastos de este procedimiento se cargarán al
patrimonio del incapaz. Firme esta resolución se ordena la inscripción de la
personería de la curadora en la sección de Personas del Registro Nacional y se
expedirá ejecutoria para su inscripción en el Registro Civil en concordancia
con el art. 63 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro
Civil, en la provincia de San José, al tomo 921, folio 58, asiento 115.
Publíquese la parte dispositiva de esta resolución en el Boletín Judicial,
según el art. 232, párrafo final del Código de Familia. Proceso insania
establecido por Flory Guzmán Sánchez a favor de
Wilson Alonso Elizondo Guzmán. Expediente: 14-000518-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José.—MSC. Gerardo Blanco Villalta, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015018152).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovidas por Claudio Antonio Murillo
Ramírez, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula 1-0557-0443,
encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre del menor
Mauricio Murillo Borbón por el de Mauricio de Jesús Murillo Borbón. Se emplaza
a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de 15 días
contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a
hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión.
Expediente N° 15-000030-0183-CI.—Juzgado Cuarto
Civil de Mayor Cuantía de San José.—Lic. Carlos Sancho Araya, Juez.—1 vez.—(IN2015019016).
Lic.
Guillermo Ortega Monge, Juez del Juzgado Especializado de Cobro Judicial de
Cartago; hace saber a Rodrigo Gutiérrez Lombardo, documento de identidad
pasaporte número 07390005685, vecino de México, Boca Iglesias, Estado de
Quintana Roo Municipio de la Isla Mujeres, que en este Despacho se interpuso un
proceso ejecución hipotecaria, bajo el expediente número 11-006893-1164-CJ
donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado
Especializado de Cobro Judicial de Cartago. A las quince horas y treinta y
cuatro minutos del nueve de setiembre de dos mil once. Se tiene por establecido
el proceso ejecución hipotecaria en contra de Eduardo Uriarte Scaltritti y Nativa Buho Grande
S. A. representado por Eduardo Uriarte Scaltritti; a
quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un
medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo
haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto, se sirvan suministrar
la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento,
d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Con la base de doscientos
ochenta y cuatro mil seiscientos ochenta y tres dólares con tres centavos libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y restricciones y
servidumbre de paso; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca
del partido de Puntarenas, matrícula N° F00047247-000 Para tal efecto se
señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de enero de dos mil doce
(primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las ocho horas y cero minutos del trece de febrero de dos mil doce, con
la base de doscientos trece mil quinientos doce dólares con cuarenta y siete
centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer
remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de febrero de
dos mil doce, con la base de setenta un mil ciento setenta dólares con ochenta
y dos centavos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De la
anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al
demandado. Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción de la
finca garante. Mediante anotación tecnológica inscríbase en el Registro
Nacional los respectivos embargos, para lo cual aporte la parte actora la suma
de dos mil colones en timbres del registro nacional, bajo apercibimiento de no
atender gestión alguna hasta tanto no cumpla con lo indicado. Al tenor de los
artículos 2° y 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el
improrrogable plazo de ocho días, se cita y emplaza al acreedor Nativa Mariposa
Morpho S. A. y al anotante
Rodrigo Gutiérrez Lombardo; para que se apersonen a los autos en defensa de sus
derechos. “Se invita a la parte gestionante a que
suministre un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y
recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción de notificaciones.” Notifíquese esta resolución a
los demandados Eduardo Uriarte Scaltritti y Nativa Buho Grande S. A., al acreedor Nativa Mariposa Morpho S. A y al anotante Rodrigo
Gutiérrez Lombardo personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su
casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Notifíquese a la sociedad demandada la presente
resolución, por medio de su representante, personalmente o por medio de cédula
y copias de ley en su casa de habitación, en el domicilio real de éste, o bien
en el domicilio social o real. Artículos 19 y 20 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona al Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Garabito. La parte demandada puede ser localizada en la
siguiente dirección: Puntarenas Garabito, Tárcoles,
condominio Vertical Las Vistas Nativa Resort. Para notificar al acreedor Nativa
Mariposa Morpho S. A se comisiona a Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Santa Ana, en la siguiente dirección San
José Santa Ana Lindora Forum
II edificio A cuarto piso. Previo a confeccionar y remitir el exhorto para
notificar al anotante Rodrigo Gutiérrez Lombardo que
se ha de ordenar con tal propósito, al Cónsul General de Costa Rica en Chicago,
y conforme se dispone en la circular no. 36-2008 de la Secretaría General de la
Corte Suprema de Justicia, publicada en el Boletín Judicial N° 157 del
14 de agosto de 2008, solicítese al Consulado la información pertinente
relativa al costo de la diligencia, el nombre de la institución bancaria y
número de cuenta respectiva en que habrá de efectuarse el depósito
correspondiente, lo cual en su oportunidad se pondrá en conocimiento del
interesado. Hecho el depósito, se deberá suplir una copia para el proceso. De conformidad
con el artículo 35 de la citada ley; se informa a la autoridad comisionada que
la parte accionante tiene señalado como medio el fax 2233-9403. En otro orden
de ideas, se les pone en conocimiento de las partes, que una vez firmados los
oficios recordatorios a entidades comisionadas, nuevas comisiones, los oficios
de embargo de salario y bancarios, los mismos deben ser diligenciados en forma
personal por quienes los solicita y hacer llegar al despacho los resultados
obtenidos. Los documentos los podrán bajar por medio del Sistema Costarricense
de Gestión de Despachos Judiciales a través de la página
www.Poder-Judicial.go.cr. Las partes deberán comunicarse al despacho para la
solicitud de clave de autorización para el uso del sistema de Gestión en Línea.
Licenciada Skarleth Chavarría Rodríguez. Jueza. Jpiedrac. Juzgado Especializado de Cobro Judicial de
Cartago. A las siete horas y cincuenta y seis minutos del nueve de marzo de dos
mil quince. Conforme se solicita, se ordena verificar un nuevo señalamiento
para sacar a remate el bien dado en garantía; y para tal efecto se señalan las
ocho horas y treinta minutos del ocho de junio de dos mil quince. La base será
la misma fijada en autos, sea la suma de doscientos ochenta y tres mil ciento
cuarenta y seis dólares con ochenta centavos. De no haber postores, para llevar
a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil quince, con la base de
doscientos doce mil trescientos sesenta dólares con diez centavos (rebajada en
un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las
ocho horas y treinta minutos del nueve de julio de dos mil quince, con la base
de setenta mil setecientos ochenta y seis dólares con setenta centavos (un 25% de
la base original). Publíquese el edicto de ley. Conforme lo solicitado por la
parte actora y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley de
Cobro Judicial párrafo final se ordena la notificación de la presente
resolución así como la de las quince horas y treinta y cuatro minutos del nueve
de setiembre de dos mil once, del acreedor en tercer grado Rodrigo Gutiérrez
Lombardo, mediante la publicación de un edicto en el Boletín Judicial o en un
diario de circulación nacional. Conforme lo solicita la parte actora en el
expídase oficio al cónsul de Costa Rica en la
Cuidad de México señora María Amelia Hidalgo Zamora, indicando que se deja sin
efecto la notificación ordenada y por tanto proceda con la devolución del monto
de los viáticos deduciendo los montos de las comisiones bancarias
correspondientes. Lic. Guillermo Ortega Monge. Juez Jpiedrac.
Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito
Agrícola de Cartago contra Eduardo Uriarte Scaltritti,
Nativa Buho Grande S. A.; expediente Nº
11-006893-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de
Cartago, 9 de marzo del 2015.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—(IN2015019163).
El
Juzgado de Familia de Desamparados, hace saber al señor Carl Duncan Biddle II, documento de identidad número P420282598. Que en
proceso Nº 13-400657-0637-FA, abreviado de divorcio, se dictó sentencia de las
nueve horas del veintidós de enero del año dos mil quince, que en su parte
dispositiva dice: De conformidad con lo expuesto y citas legales mencionadas,
se declara con lugar el proceso abreviado de divorcio, en los siguientes
términos: a) La disolución del vínculo matrimonial que une a Karina Jiménez
Castillo y Carl Duncan Biddle II. Firme este fallo,
inscríbase en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la Provincia de San
José, tomo quinientos cinco, folio ciento veinticinco, asiento doscientos
cincuenta; b) Cada parte adquiere el derecho a participar en el cincuenta por
ciento del valor neto de los bienes gananciales constatados en el patrimonio
del otro. En caso de ser necesario, ello será discutido en ejecución de
sentencia; c) Cesa entre los cónyuges el derecho-deber alimentario; d) Sin
especial condenatoria en costas. Publíquese por una sola vez, la parte
dispositiva de este fallo, con los datos necesarios para la identificación del
proceso, en un diario de circulación nacional o en el Boletín Judicial
del Diario La Gaceta. Notifíquese.—Juzgado
de Familia de Desamparados.—Licda. Luz Marina Solís Poveda, Jueza.—1 vez.—(IN2015019187).
Han comparecido
a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Jesús Ángela Quirós
Miranda, mayor, estado civil soltera, cédula de identidad número 0501640968,
vecina de San Martín de Nicoya, de la escuela de San Martín 100 al norte y 125
al sur, hija de Emilce Miranda Alpízar
y de Ahias Quirós Jiménez, nacida en Nicoya,
Guanacaste, el 08/12/1956 con 58 años de edad y José Ángel Mena Rodríguez,
mayor, estado civil soltero, cédula de identidad número 05-0169-0128, vecino de
San Martín de Nicoya, contiguo a la plaza de Barrio Negro, hijo de Amado Mena Guadamúz y de Ángela Rodríguez Rodríguez,
nacido en Nicoya Centro, el 03/09/1957, actualmente con 57 años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
15-000025-0869-FA.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, 17 de febrero del 2015.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2015017929).
Han
comparecido ante está notaría, solicitando contraer matrimonio civil los
contrayentes Dennis Gene Masterman, hijo de Dennis
Gene Masterman y Lynn Marie Rutledge,
nacido en California, Estados Unidos, el día 1 de abril de 1985, con 31 años de
edad, con pasaporte de su país Nº 515190065 y Marina Paredes Vega, hija de
Federico Paredes Valverde y Gabriela Vega Quesada, nacida en San José, el día
10 de julio de 1990, actualmente con 24 años de edad, cédula de identidad
número 1-1436-0446. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá
manifestarlo ante está notaría dentro del término de ocho días contados a
partir de la publicación del edicto. Solicitud de Matrimonio.—San
José, 16 de marzo del 2015.—Dra. Ma. Del Rocío Carro Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2015018037).
Diego José
Mora Cubillo, mayor, de veinticuatro años de edad, soltero, asistente de
recurso humanos, costarricense, cédula de identidad 1-1472-0517 y Debie Alejandra Sánchez Morales mayor de veintiuno años de
edad, soltera, cajera, costarricense, cédula identidad N° 1-1576-0336, ambos
vecinos de Escazú, solicitan a este Despacho la celebración de su matrimonio
civil. Se publica este edicto para efecto del capítulo IV del Código de
Familia. Matrimonio civil N° 15-100034-0917-CI (36-2015) de Diego José Mora
Cubillo y Debie Alejandra Sánchez Morales.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Escazú,
20 de febrero del 2015.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1
vez.—(IN2015019139).
Ante esta
notaría, la señorita Beleyda de los Ángeles Hernández
Mendoza, de nacionalidad nicaragüense, portadora de la cédula de residente
permanente libre condición número 1558132535808 y Gerald Leonel Vargas Venegas,
portador de la cédula de identidad número 7-0171-0136, han solicitado licencia
para contraer matrimonio civil. Se cita a terceros e interesados a presentar
las oposiciones si las hubiera mediante envío de fax al dos seis cinco tres dos
uno cinco tres.—Playa Tamarindo, Guanacaste, veinte de
marzo del dos mil quince.—Lic. Ricardo Canas Escoto, Notario.—1
vez.—(IN2015020532).
Licda. Mónica Tatiana Abarca Campos, Fiscal de la Fiscalía Adjunta del
II Circuito Judicial de San José, al señor Alexander Artavia
Álvarez, cédula de identidad número 2-0544-0331, se le hace saber que en el
legajo de legajo de investigación, seguido en contra de Alexander Artavia Álvarez, en perjuicio de Sergio Parini
Campos, por el delito de robo agravado, bajo la causa penal número
11-000169-0275-PE, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación
por edicto. Fiscalía Adjunta del II Circuito Judicial de San José, a las quince
horas con treinta minutos del veintisiete de febrero del dos mil quince, se
ordena la entrega al señor Alexander Artavia Álvarez,
cédula de identidad número 2-0544-0331 de los siguientes bienes: Un talonario
de Constructora Artavia y Álvarez del número 1351 al
1400, dos pasaportes a nombre de Alexander Artavia
Álvarez, una chequera en dólares de numeración del 5850826 al 5850850 del Banco
de Costa Rica a nombre de Constructora Artavia y
Álvarez Sociedad Anónima, una chequera en dólares de numeración del 5850751 al
58500775 del Banco de Costa Rica a nombre de Constructora Artavia
y Álvarez Sociedad Anónima; una chequera en dólares de numeración del 76-7 al
100-5 del Banco Scotiabank a nombre de Constructora Artavia y Álvarez Sociedad Anónima; una chequera de numeración del 2201-3 a 2225-1 del HSBC a nombre
de Constructora Artavia y Álvarez Sociedad Anónima;
una chequera en colones de numeración del 5095651-6 al 5095675-5 del Banco de
Costa Rica a nombre de Constructora Artavia y Álvarez
Sociedad Anónima; una chequera de numeración del 4301-5 al 4325-1 del Banco
HSBC a nombre de Constructora Artavia y Álvarez
Sociedad Anónima, una cédula jurídica a nombre de Constructora Artavia y Álvarez Sociedad Anónima, cédula 3-101-323449; una tarjeta de Office Depot
número 4524141545038169, una tarjeta número 37704593503964 American Express de Credomatic; una tarjeta número 5303157616699519 Bac José; una tarjeta 377045915850911 de Credomatic; una tarjeta del Bac
San José número 5303157316101584; Una tarjeta del Banco de Costa Rica número
5126840420510205; todas las tarjetas a nombre del Alexander Artavia
Álvarez; una licencia de conducir a nombre de Alexander Artavia
Álvarez; una cédula de identidad a nombre de Alexander Artavia
Álvarez un cheque número 85-6 a nombre de Constructora Artavia
y Álvarez Sociedad Anónima, de Scotiabank, se concede el plazo de cinco días para el
retiro de lo anteriormente descrito, de no presentarse ante Fiscalía del
II Circuito Judicial en el plazo indicado se procederá a remitir la
documentación, así como las tarjetas a los Bancos emisores, por medio de edicto
que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San
José.—Licda. Mónica Tatiana Abarca Campos, Jueza.—Exonerado.—(IN2015017983).
3 v. 1